salud ocupacional y seguridad industrial

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SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL PRESENTADO POR FONTALVO CARLOS LOPEZ ANGELICA MARTINEZ DAVINSON ERNESTO MINDIOLA MORALES IVAN TORRES KEYLA DOCENTE YIMMIS PEREZ ROJAS UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR FACULTAD DE INGENIERIAS Y TECNOLOGIAS INGENIERIA AGROINDUSTRIAL SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL VALLEDUPAR-CESAR 2014-II

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Panorama de riesgo

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SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

PRESENTADO POR

FONTALVO CARLOSLOPEZ ANGELICAMARTINEZ DAVINSONERNESTO MINDIOLAMORALES IVANTORRES KEYLA

DOCENTEYIMMIS PEREZ ROJAS

UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR

FACULTAD DE INGENIERIAS Y TECNOLOGIAS

INGENIERIA AGROINDUSTRIAL

SALUD OCUPACIONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

VALLEDUPAR-CESAR

2014-II

EMPRESA: Metlicas BornacellyDIRECCION: Cra 25#45-49 Villa fuente Valledupar cesar

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION MISIN Y VISIN MARCO CONCEPTUAL POLITICA DE SALUD OCUPACIONAL OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL BASE LEGAL O REQUISITOS LEGALES DESCRIPCION DE LA EMPRESA ORGANIGRAMA CLASIFICACION DE LOS RIESGOS ANEXOS

EMPRESA: Metlicas BornacellyDIRECCION: Cra 25#45-49 Villa fuente Valledupar cesar

INTRODUCCION

Metlicas Bornacelly est ubicada en la ciudad de Valledupar en la direccin Cra 25 #45-49 barrio villa fuente, cuenta con 2 aos de experiencia en el mercado de la metalmecnica. Metlicas Bornacelly es una empresa fabricante de puertas, ventanas, portones, rejas, rejillas fluviales y de ms, es una empresa comprometida con sus clientes, que busca satisfacer al mximo las necesidades de estos.

VISIN

Buscamos ser una empresa reconocida, distinguida, renombrada y demandante, en el mundo metalmecnico. Caracterizndonos por brindar un servicio con confiabilidad y respeto, generando en nuestros clientes confianza y lealtad. Enfocada a solucionar las necesidades de los clientes, logrando as posicionarnos en el mercado de Valledupar.

MISIN

Producir y distribuir estructuras de metlicas tales como: puertas, ventanas, portones, rejas y rejillas fluviales, a los cuales se le realiza un proceso de soldadura, moldeaje y pintura, para ser distribuir en el sector industrial.MARCO CONCEPTUAL

POLTICA DE SALUD OCUPACIONAL: Es la directriz general que permite orientar el curso de unos objetivos, para determinar las caractersticas y alcances del Programa de Salud Ocupacional. La poltica de la empresa en esta materia, debe tener explcita la decisin de desarrollar el Programa de Salud Ocupacional, definir su organizacin, responsables, procesos de gestin, la designacin de recursos financieros, humanos y fsicos necesarios para su adecuada ejecucin. El apoyo de las directivas de la empresa al Programa se traduce en propiciar el desarrollo de las acciones planeadas y estimular los procesos de participacin y concertacin con los trabajadores a travs de la conformacin y funcionamiento del Comit Paritario de Salud Ocupacional u otras estrategias de comunicacin (autor reportes, carteleras, buzn de sugerencias, etc.). Esta poltica deber resaltar el cumplimiento de las normas legales. Debe estar escrita, publicada y difundida. PREVENCIN: Es el conjunto de medidas cuyo objeto es impedir o evitar que los riesgos a los que est expuesta la empresa den lugar a situaciones de emergencia. RIESGO: Es la probabilidad de que un objeto, material, sustancia o fenmeno pueda, potencialmente, desencadenar alguna perturbacin en la salud o integridad fsica de la persona, como tambin en los materiales y equipos. RIESGOS BIOLGICOS: Se pueden encontrar en servicios higinico-sanitarios, instrumentos, desechos industriales y materias primas. Estos son: Animados, virus, bacterias, parsitos, hongos, animales, inanimados, agentes de origen animal y de origen vegetal. RIESGOS ELCTRICOS: Se encuentran en redes, cajas de distribucin e interruptores elctricos, esttica, entre otros. RIESGOS EN LAS EMPRESAS: Segn el artculo 4 del Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, la clasificacin de los riesgos se debe realizar tanto en las administrativas como operativas. Estos pueden ser fsicos, qumicos, ergonmicos, biolgicos, mecnicos, elctricos, incendio y otros. Al elaborar el documento, la empresa deber identificar los riesgos y clasificarlos como principales o especficos, segn corresponda.

RIESGOS ERGONMICOS: Son los factores de riesgo que involucran objetos, puestos de trabajo, mquinas y equipos. Estos son: Sobre esfuerzo fsico, manejo de cargas, posturas, entorno del trabajo, diseo de sillas, comandos, superficies y relaciones de trabajo. RIESGOS FSICOS: Son todos aquellos factores ambientales de naturaleza fsica que al ser percibidos por las personas pueden llegar a tener efectos nocivos segn la intensidad, concentracin y exposicin. Estos son: Ruido, vibraciones, presiones anormales, iluminacin, humedad, temperaturas extremas (calor y fro), radiaciones ionizantes y no ionizantes. RIESGOS LOCATIVOS: Los encuentran en: pisos, techos, paredes y escaleras. RIESGOS MECNICOS: Se encuentran bsicamente en los puntos de operacin. Herramientas elctricas y operaciones con transmisin de fuerza. RIESGOS PROFESIONALES: Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeada, y la enfermedad que haya sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional. Comentario: El riesgo profesional es el suceso al que se encuentra expuesto el trabajador por la actividad que desarrolla en ejercicio de una relacin de trabajo. Este concepto genrico comprende dos especies: los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. (Art. 8, capitulo II, decreto 1295, ley 100). RIESGOS PSICOSOCIALES (FACTORES): Los factores psicosociales en el trabajo consisten en interacciones entre el trabajo, su medio ambiente, la satisfaccin en el trabajo y las condiciones de su organizacin, por una parte, y por la otra parte, las capacidades del trabajador, sus necesidades, su cultura y su situacin personal fuera del trabajo, todo lo cual, a travs de percepciones y experiencias, puede influir en la salud, rendimiento y la satisfaccin en el trabajo. (Informe del Comit Mixto OIT/OMS sobre Medicina del trabajo, Novena Reunin, Ginebra, 1984). Adems de lo anterior, inciden en las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias. Estos riesgos generados en el trabajo tienen su manifestacin a travs de patologas orgnicas, sicosomticas y emocionales. Se pueden prevenir mediante medidas dirigidas hacia el personal, ambiente y forma de trabajo.

RIESGOS QUMICOS: Son los riesgos que abarcan todos aquellos elementos y sustancias que al entrar en contacto con el organismo por cualquier va de ingreso pueden provocar intoxicacin. Las sustancias de los factores de riesgo qumico se clasifican segn su estado fsico y los efectos que causen en el organismo. Estos son: Gases y Vapores, aerosoles, partculas slidas (polvos, humos, fibras), partculas lquidas (nieblas, rocos), lquidos y slidos. SALUD: Segn la Organizacin Mundial de la Salud (OMS), la salud no solo es la ausencia de enfermedad, sino el completo bienestar fsico, mental y social de las personas. SEGURIDAD INDUSTRIAL: Conjunto de actividades dedicadas a la identificacin, evaluacin y control de factores de riesgo que puedan ocasionar accidentes de trabajo. TRABAJO: Es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, que una persona natural ejecuta permanente y conscientemente para s o al servicio de otra. ACCIDENTE DE TRABAJO: Es el suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasin del trabajo, y que produce en el trabajador una lesin orgnica, una perturbacin funcional, una invalidez o la muerte; as como aquel que se produce durante la ejecucin de rdenes del empleador, an fuera del lugar y horas de trabajo, o durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte se suministre por el empleador. (Art. 9, capitulo II, decreto 1295/94). Los factores que causan accidentes de trabajo son tcnicos, psicosociales y humanos. Algunos tipos de accidentes son: los golpes, cadas, resbalones, choques, etc. CARGAS DE TRABAJO: Las cargas de trabajo se dividen en: carga fsica y carga mental o psicosocial. La carga fsica se refiere a los factores de la labor que imponen al trabajador un esfuerzo fsico; generalmente se da en trminos de postura corporal, fuerza y movimiento e implica el uso de los componentes del sistema seo muscular. La carga mental o psicosocial est determinada por las exigencias cognoscitivas y psicoafectivas de las tareas o de los procesos propios del rol que desempea el trabajador en su labor. Con base en las cargas laborales se mide la calidad del ambiente del trabajador y con la adecuada planificacin del ambiente del trabajo, se logra disminuirlas.CONDICIONES DE SALUD: Son el conjunto de variables objetivas y subjetivas de orden fisiolgico y sociocultural que determinan o condicionan el perfil socio demogrfico y de morbi-mortalidad de la poblacin trabajadora. En su elaboracin deben intervenir, adems del personal de salud ocupacional, otras dependencias de la empresa encargadas de las acciones de bienestar social, con el fin de orientar en forma integral sus programas. Este diagnstico se obtiene a travs de un proceso de recopilacin y anlisis de la informacin sobre los perfiles socio-demogrficos y de morbi-mortalidad de la poblacin trabajadora y la opinin directa de los trabajadores sobre sus condiciones (signos y sntomas) a partir de las experiencias cotidianas en su entorno de trabajo, al igual que sobre los hbitos que influyen sobre su bienestar y seguridad, a travs de instrumentos como el auto reporte, encuestas, entre otros.

CONDICIONES DE TRABAJO: Son el conjunto de variables subjetivas y objetivas que definen la realizacin de una labor concreta y el entorno en que esta se realiza e incluye el anlisis de aspectos relacionados como la organizacin, el ambiente, la tarea, los instrumentos y materiales que pueden determinar o condicionar la situacin de salud de las personas. CONDICIN INSEGURA: Es toda situacin peligrosa que posibilita que ocurra un accidente. CONSECUENCIA: Es la valoracin de daos posibles debidos a un accidente determinado o a una enfermedad profesional. La consecuencia puede ser limitada por los daos a las personas, la propiedad y los costos. CONSECUENCIAS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO: Son las lesiones personales y las prdidas econmicas por mltiples aspectos. Las consecuencias personales pueden ser desde lesiones pequeas hasta la muerte. Las de tipo econmico comprenden pensiones por invalidez o de sobrevivientes, indemnizaciones por incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial y auxilio funerario, los daos que se produjeron en las mquinas y/o equipos, paro en la produccin y los valores de servicios mdicos y los salarios entre otros. ENFERMEDAD PROFESIONAL: Se considera Enfermedad Profesional todo estado patolgico permanente o temporal que sobrevenga como consecuencia obligada y directa de la clase de trabajo que desempea el trabajador, o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, y que haya sido determinada como enfermedad profesional por el gobierno nacional. (Art 11, capitulo II, decreto 1295, ley 100). ERGONOMA: Orienta al anlisis de la actividad hacia un encadenamiento de acciones consecuentes y lgicas acordes con las capacidades y necesidades del trabajador y de la empresa. Su propsito fundamental es procurar que el diseo del puesto de trabajo, la organizacin de la tarea, la disposicin de los elementos de trabajo y la capacitacin del trabajador estn de acuerdo con este concepto de bienestar, que supone un bien intrnseco para el trabajador y que adems proporciona beneficios econmicos para la empresa.

GRADO DE PELIGROSIDAD: Relacin matemtica obtenida del producto entre la probabilidad de ocurrencia, la intensidad de la exposicin y las consecuencias ms probables derivadas de una condicin de riesgo especfica. GRADO DE RIESGO: Es la relacin matemtica entre la concentracin, intensidad o el tiempo que un trabajador se encuentra expuesto a un determinado factor de riesgo, con el tiempo de exposicin permitido para un nivel de concentracin o intensidad dados. OBJETO DE TRABAJO: Es el conjunto de materiales o materias primas que se van a transformar para fabricar el producto final necesario para satisfacer una necesidad vital o de consumo.FACTORES DE RIESGO: La existencia de elementos, fenmenos, ambiente y acciones humanas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daos materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminacin y/o control del elemento agresivo.FATIGA MUSCULAR: La fatiga, se puede definir como la disminucin de la capacidad fsica del individuo, despus de haber realizado una tarea, durante un tiempo determinado. La fatiga constituye un fenmeno complejo que se caracteriza porque el usuario baja su ritmo de actividad, nota cansancio, los movimientos se hacen ms torpes e inseguros y va acompaada de una sensacin de malestar e insatisfaccin. Adems, se produce una disminucin del rendimiento en cantidad y calidad. La fatiga puede responder a mltiples factores dependientes tanto del individuo como de las condiciones del entorno y circunstancias acompaantes.TRASTORNOS MUSCULO ESQUELTICOS: Los trastornos musculo esquelticos (TME) pueden afectar a los msculos, articulaciones, tendones, ligamentos, huesos y nervios del cuerpo. La mayor parte de los TME de origen laboral se van desarrollando con el tiempo y son provocados por el propio trabajo o por el entorno en el que ste se lleva a cabo. Tambin pueden ser resultado de accidentes, como por ejemplo, fracturas y dislocaciones. Por lo general, los TME afectan a la espalda, cuello, hombros y extremidades superiores, aunque tambin afectan a las inferiores pero con menor frecuencia. Los problemas de salud abarcan desde incomodidad, molestias y dolores hasta cuadros mdicos ms graves que obligan a solicitar la baja laboral e incluso a recibir tratamiento mdico. En los casos ms crnicos, el tratamiento y la recuperacin suelen ser insatisfactorios y el resultado puede ser una discapacidad permanente, con prdida del empleo.PANORAMA DE FACTORES DE RIESGO OCUPACIONAL: Es el reconocimiento pormenorizado de los factores de riesgo a que estn expuestos los distintos grupos de trabajadores en una empresa especfica, determinando en ste los efectos que pueden ocasionar a la salud de los trabajadores y la estructura organizacional y productiva de la empresa. Los resultados se recopilan en un documento bsico que permite reconocer y valorar los diferentes agentes con el fin de establecer prioridades preventivas y correctivas que conlleven a mejorar la calidad de vida laboral.RIESGO: Se denomina riesgo a la probabilidad de que un objeto material, sustancia fenmeno pueda, potencialmente, desencadenar perturbaciones en la salud o integridad fsica del trabajador, as como en materiales y equipos.

POLITICA DE S Y SO Metlicas Bornacelly considera que su mejor maquinaria son sus trabajadores por lo que es primordial proveer un rea de trabajo saludable y seguro, esforzndose por eliminar los riesgos a los cuales estn expuestos los trabajadores y visitantes, aplicando las normas vigentes en salud y seguridad ocupacional, La prevencin y control de accidentes y de eventos indeseados es responsabilidad de todos por lo que se han establecido una serie de metas: Capacitar al personal acerca de la importancia del uso de la indumentaria y la implementacin de S y SO en el rea de trabajo Dotar al personal de trabajo con la indumentaria necesaria para la realizacin de sus actividades diarias. Eliminar las lesiones laborales implementando la indumentaria de seguridad Eliminar enfermedades profesionales ofreciendo al trabajador una adecuada rea de trabajo.OBJETIVOS DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL

OBJETIVOS GENERALES Promover la salud y el bienestar de los trabajadores. Identificar y evaluar los principales factores de riesgos a los que estn expuestos los trabajadores. Prevenir al mximo las lesiones y enfermedades en el rea de trabajo.

OBJETIVOS ESPECIFICOS Promover y mejorar las condiciones de salud de los trabajadores de metlicas Bornacelly. Identificar, evaluar y controlar los factores de riesgo ocupacionales que puedan afectar la salud de los trabajadores, de los clientes y del pblico en general. Prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, proteger la salud de los trabajadores, en todas sus categoras.

MARCO LEGALLEY 9 DE 1979 (enero 24) TITULO III Para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones la presente Ley establece normas tendientes a:a) Prevenir todo dao para la salud de las personas, derivado de las condiciones de trabajo;b) Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes fsicos, qumicos, biolgicos, orgnicos, mecnicos y otros que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo; c) Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los lugares de trabajo;d) Proteger la salud de los trabajadores y de la poblacin contra los riesgos causados por las radiaciones;e) Proteger a los trabajadores y a la poblacin contra los riesgos para la salud provenientes de la produccin, almacenamiento, transporte, expendio, uso o disposicin de sustancias peligrosas para la salud pblica.

Artculo 84: Todos los empleadores estn obligados a:a) Proporcionar y mantener un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones de higiene y seguridad, establecer mtodos de trabajo con el mnimo de riesgos para la salud dentro de los procesos de produccin;b) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la presente Ley y dems normas legales relativas a Salud Ocupacional;c) Responsabilizarse de un programa permanente de medicina, higiene y seguridad en el trabajo destinado a proteger y mantener la salud de los trabajadores de conformidad con la presente Ley y sus reglamentaciones;

d) Adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores, mediante la instalacin, operacin y mantenimiento, en forma eficiente, de los sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes en los lugares de trabajo; e) Registrar y notificar los accidentes y enfermedades ocurridos en los sitios de trabajo, as como de las actividades que se realicen para la proteccin de la salud de los trabajadores;f) Proporcionar a las autoridades competentes las facilidades requeridas para la ejecucin de inspecciones e investigaciones que juzguen necesarias dentro de las instalaciones y zonas de trabajo.g) Realizar programas educativos sobre los riesgos para la salud a que estn expuestos los trabajadores y sobre los mtodos de su prevencin y control.Pargrafo. Los trabajadores independientes estn obligados a adoptar, durante la ejecucin de sus trabajos, todas las medidas preventivas destinadas a controlar adecuadamente los riesgos a que puedan estar expuestos su propia salud o la de terceros, de conformidad con las disposiciones de la presente Ley y sus reglamentaciones.De la organizacin de la salud ocupacional en los lugares de trabajo;

Artculo 111. En todo lugar de trabajo se establecer un programa de Salud Ocupacional, dentro del cual se efecten actividades destinadas a prevenir los accidentes y las enfermedades relacionadas con el trabajo. Corresponde al Ministerio de Salud dictar las normas sobre organizacin y funcionamiento de los programas de salud ocupacional. Podr exigirse la creacin de comits de medicina, higiene y seguridad industrial con representacin de empleadores y trabajadores.

Medicina preventiva; Artculo 125Todo empleador deber responsabilizarse de los programas de medicina preventiva en los lugares de trabajo en donde se efecten actividades que puedan causar riesgos para la salud de los trabajadores. Tales programas tendrn por objeto la promocin, proteccin, recuperacin y rehabilitacin de la salud de los trabajadores, as como la correcta ubicacin del trabajador en una ocupacin adaptada a su constitucin fisiolgica y sicolgica.

RESOLUCIN NMERO 1075 (24 de Marzo 1992)

Por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional. Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservacin de la salud y el bienestar de los trabajadores. Que mediante el Decreto 614 del 14 de marzo de 1.984, se determinan las bases para la organizacin y administracin de la salud ocupacional en el pas y se establece como uno de los objetos de la salud ocupacional, el eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud integral del trabajador en los lugares de trabajo. Que es obligacin de los empleadores, proporcionar a sus trabajadores condiciones laborales que garanticen la conservacin de la salud. Que la drogadiccin, el alcoholismo y el tabaquismo afectan los ambientes de trabajo, agravan los riesgos ocupacionales, atentan contra la salud y la seguridad, constituyndose en amenaza para la integridad fsica y mental de la poblacin trabajadora en general.

Resuelve: Artculo 1: Los empleadores pblicos y privados, incluirn dentro de las actividades del Subprograma de medicina preventiva, establecido por la Resolucin 1016 de 1.989 campaas especficas, tendientes a fomentar la prevencin y el control del frmaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores.

Artculo 2: Esta Resolucin rige a partir de la fecha de su publicacin en el Diario Oficial. RESOLUCION NUMERO 1401 DE 2007 (mayo 14)Artculo 1: Campo de aplicacin. La presente resolucin se aplica a los empleadores pblicos y privados, a los trabajadores dependientes independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economa solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral; a las administradoras de riesgos profesionales; a la Polica Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado y al personal civil de las fuerzas militares.Artculo 2: Objeto. Establecer obligaciones y requisitos mnimos para realizar la investigacin de incidentes y accidentes de trabajo, con el fin de identificar las causas, hechos y situaciones que los han generado, e implementar las medidas correctivas encaminadas a eliminar o minimizar condiciones de riesgo y evitar su recurrencia.

Artculo 3:

Definiciones. Para efecto de lo previsto en la presente resolucin, se adoptan las siguientes definiciones:Incidente de trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relacin con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daos a la propiedad y/o prdida en los procesos. Investigacin de accidente o incidente: Proceso sistemtico de determinacin y ordenacin de causas, hechos o situaciones que generaron o favorecieron la ocurrencia del accidente o incidente, que se realiza con el objeto de prevenir su repeticin, mediante el control de los riesgos que lo produjeron.Causas bsicas: Causas reales que se manifiestan detrs de los sntomas; razones por las cuales ocurren los actos y condiciones subestndares o inseguros; factores que una vez identificados permiten un control administrativo significativo. Las causas bsicas ayudan a explicar por qu se cometen actos subestndares o inseguros y por qu existen condiciones subestndares o inseguras.Causas inmediatas: Circunstancias que se presentan justamente antes del contacto; por lo general son observables o se hacen sentir. Se clasifican en actos subestndares o actos inseguros (comportamientos que podran dar paso a la ocurrencia de un accidente o incidente) y condiciones subestndares o condiciones inseguras (circunstancias que podran dar paso a la ocurrencia de un accidente o incidente).Aportantes:Empleadores pblicos y privados, contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo; a las organizaciones de economa solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones autorizadas para realizar la afiliacin colectiva de trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral.Accidente grave: Aquel que trae como consecuencia amputacin de cualquier segmento corporal; fractura de huesos largos (fmur, tibia, peron, hmero, radio y cbito); trauma craneoenceflico; quemaduras de segundo y tercer grado; lesiones severas de mano, tales como aplastamiento o quemaduras; lesiones severas de columna vertebral con compromiso de mdula espinal; lesiones oculares que comprometan la agudeza o el campo visual o lesiones que comprometan la capacidad auditiva.Artculo 4:Obligaciones de los aportantes. Los aportantes definidos en el artculo anterior tienen las siguientes obligaciones:1. Conformar el equipo investigador de los incidentes y accidentes de trabajo, de conformidad con lo establecido en el artculo 7 de la presente resolucin.2. Investigar todos los incidentes y accidentes de trabajo dentro de los quince (15) das siguientes a su ocurrencia, a travs del equipo investigador, conforme lo determina la presente resolucin.

3. Adoptar una metodologa y un formato para investigar los incidentes y los accidentes de trabajo, que contenga, como mnimo, los lineamientos establecidos en la presente resolucin, siendo procedente adoptar los diseados por la administradora de riesgos profesionales. Cuando como consecuencia del accidente de trabajo se produzca el fallecimiento del trabajador, se debe utilizar obligatoriamente el formato suministrado por la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado, conforme lo establece el artculo 4 del Decreto 1530 de 1996, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.4. Registrar en el formato de investigacin, en forma veraz y objetiva, toda la informacin que conduzca a la identificacin de las causas reales del accidente o incidente de trabajo.5. Implementar las medidas y acciones correctivas que, como producto de la investigacin, recomienden el Comit Paritario de Salud Ocupacional o Viga Ocupacional; las autoridades administrativas laborales y ambientales; as como la Administradora de Riesgos Profesionales a la que se encuentre afiliado el empleador, la empresa de servicios temporales, los trabajadores independientes o los organismos de trabajo asociado y cooperativo, segn sea el caso.6. Proveer los recursos, elementos, bienes y servicios necesarios para implementar las medidas correctivas que resulten de la investigacin, a fin de evitar la ocurrencia de eventos similares, las cuales debern ser parte del cronograma de actividades del Programa de Salud Ocupacional de la empresa, incluyendo responsables y tiempo de ejecucin.7. Implementar el registro del seguimiento realizado a las acciones ejecutadas a partir de cada investigacin de accidente e incidente de trabajo ocurrido en la empresa o fuera de ella, al personal vinculado directa o indirectamente.8. Establecer y calcular indicadores de control y seguimiento del impacto de las acciones tomadas.9. Remitir, a la respectiva administradora de riesgos profesionales, los informes de investigacin de los accidentes de trabajo a que se refiere el inciso primero del artculo 14 de la presente resolucin, los cuales debern ser firmados por el representante legal del aportante o su delegado.

DESCRIPCION DE LA EMPRESA

La empresa Metlicas Bornacelly est ubicada en la ciudad de Valledupar en la direccin Cra 25 #45-49 barrio villa fuente, cuenta con 2 aos de experiencia en el mercado de la metalmecnica.Metlicas Bornacelly es una empresa fabricante de puertas, ventanas, portones, rejas, rejillas fluviales y de ms, es una empresa comprometida con sus clientes, que busca satisfacer al mximo las necesidades de estos.

ORGANIGRAMA GENERAL METLICAS BORNACELLYS

JAIME BORNACELLYSGERENTE Y PROPIETARIO

SOLDADURA Y MOLDEAJE

PINTURA Y ACONDICIONAMIENTO

TRANPORTE Y ENTREGA DE LOS PRODUCTOSPRODUCTOS