1er trabajo de finanzas i - sistema regulado guatemalteco
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1er Trabajo de Finanzas I - SISTEMA REGULADO GUATEMALTECOTRANSCRIPT
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
ESCUELA DE CONTADURIA PÚBLICA Y ADITORIA
OCTAVO SEMESTRE
FINANZAS I
LIC. DELFIDO MORALES
“SISTEMA REGULADO GUATEMALTECO”
GRUPO # 2
SALON 211
EDIFICIO S-3
JORNADA FIN DE SEMANA
FINANZAS I
GRUPO # 2
No. Carne Nombre Apellidos
1 200513312 Emily Rossana Herrera Canel
2 200913150 Manuel Alexander Orellana González
3 200913527 Claudia Lorena Aguilar Sandoval
4 201010718 Sucette Victoria García López
5 201010894 Cindy Guisela Morataya Bolaños
6 201011433 Viky Natalia Ruano Vargas
7 201012619 Karla Janira Valiente Noriega
8 201012803 Joel Estiben Castellanos Alvarado
9 201012851 Roberto Antonio Castillo Palma
10 201012864 Pedro Omar Gamez Aquino
11 201012869 Marlon Ottoniel Morales Sian
12 201013206 Amilda Xiomara Monge Solis
13 201022147 Byron René Reyes Marroquín
INDICE
TEMA
PAGINA
Marco Conceptual
1
Sistema Financiero
2
Funciones del Sistema Financiero
2
Clasificación
2
Sistema Regulado
2
Estructura Organizacional
3
Junta Monetaria
3
Banco de Guatemala
4
Funciones de Orden Interno
4
Funciones de Orden Internacional
5
Superintendencia de Bancos
5
Bancos del sistema
6
Clases de Bancos
6
Operaciones Bancarias
7
Financieras
8
Aseguradoras
9
Afianzadoras
10
Otras Instituciones
11
Sistema Financiero No Regulado
11
Financieras Comerciales o Financiadoras
12
Emisoras de Tarjetas de Crédito
13
Off Shore
13
Cooperativas de ahorro y crédito
13
Organizaciones no gubernamentales
13
Empresas Exportadoras
14
Prestamistas
14
Fiscalización
16
Superintendencia de Bancos
16
Junta Monetaria Miembros
23
Ministerio de Finanzas Publicas
24
Banca Universal
28
Fondo Monetario Internacional
30
Sistema de Diseminación de datos
32
Conclusiones
39
Recomendaciones
40
Bibliografía
41
E-grafía
42
INTRODUCCIÓN
La presente investigación tiene como objetivo dar a conocer la importancia, las
funciones y la estructura del Sistema Financiero en Guatemala.
El sistema financiero en Guatemala se divide en Sistema Financiero Regulado y
No Regulado. El Sistema Regulado está integrado por instituciones legalmente
constituidas, autorizadas por la Junta Monetaria y fiscalizadas por la
Superintendencia de Bancos. Se integra por el Banco Central, los bancos del
sistema, las sociedades financieras, las casas de cambio y los auxiliares de
crédito. El sistema No Regulado, Son instituciones constituidas legalmente como
Sociedades Mercantiles, generalmente sociedades anónimas. No están
reconocidas, ni son autorizadas por la Junta Monetaria como instituciones
financieras y como consecuencia, no son fiscalizadas por la Superintendencia de
Bancos. Así mismo se detalla la división, estructura y las funciones de cada uno
de los componentes de los distintos Sistemas Financieros.
Se hace referencia a la necesidad de que la Superintendencia de Bancos realice
las funciones como ente Fiscalizador, con el fin de prever cualquier desfalco o
alguna actividad que afecte la economía del País, realizando un reportes de forma
trimestral.
Encontrará un detalle de cómo está conformada la Junta Monetaria, cuáles son
sus funciones y como se relaciona todo el Sistema Financiero con el Ministerio de
Finanzas Públicas y este a su vez con la Banca Universal.
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MARCO CONCEPTUAL
La República de Guatemala es un país situado en América Central, en su extremo
noroccidental, su superficie total 108,889 kilómetros cuadrados y con una
población total de 15,500,000 (dato estimado a 2013) y una densidad de 135
habitantes por kilometro cuadrado. Su moneda oficial es el Quetzal su sistema
financiero es regulado por la Junta Monetaria.
En el presente trabajo analizaremos como está regulado el sistema financiero en
Guatemala, para ello es de suma importancia saber que la máxima autoridad es la
Junta Monetaria quien se encarga de guardar la política monetaria, cambiaria y
crediticia del país y quien velara por la solvencia y liquidez del sistema bancario
nacional.
El Banco de Guatemala otra entidad que interviene en el sistema financiero del
país y que está bajo la autoridad de la Junta Monetaria para la realización de sus
funciones, es quien tiene a su cargo y objetivo fundamental, contribuir a la
creación y mantenimiento de las condiciones más favorables al desarrollo
ordenado de la economía nacional.
La superintendencia de bancos (SIB) es una institución que realiza una
supervisión efectiva de las personas sujetas a su vigilancia e inspección de los
grupos financieros que practican en el país.
El Ministerio de Finanzas Publicas es quien se encarga de administrar los ingresos
del Estados, pero ¿En que se relaciona El Ministerio de Finanzas Publicas y El
sistema financiero guatemalteco? Bueno pues al ser la Junta Monetaria la máxima
autoridad de velar por el sistema financiero del país, es muy bien sabido que toda
moneda debe estar respaldada por la riqueza de un país. Y es así como entran en
juego todas estas entidades para medir la riqueza de Guatemala y así respaldar
su moneda y todas las transacciones que necesite para desarrollarse.
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SISTEMA FINANCIERO
Se refiere a un mercado financiero organizado y se define como el conjunto de
instituciones que generan, recogen, administran y dirigen tanto el ahorro como la
inversión, dentro de una unidad política-económica, y cuyo establecimiento se rige
por la legislación que regula las transacciones de activos financieros y por los
mecanismos e instrumentos que permiten la transferencia de esos activos entre
ahorrantes, inversionistas ó los usuarios del crédito.
El sistema financiero en general comprende la oferta y la demanda de dinero y de
valores de toda clase, en moneda nacional y extranjera.
FUNCIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO
En un país la función del sistema financiero es la creación, intercambio,
transferencia y liquidación de activos y pasivos financieros. No es más que una
rama económica adicional, que en vez de producir bienes, produce servicios
demandados por la población.
CLASIFICACIÓN
Por su regulación el Sistema Financiero Guatemalteco se divide en:
Regulado
No Regulado (Extra-bancario)
SISTEMA FINANCIERO REGULADO
Está integrado por instituciones legalmente constituidas, autorizadas por la Junta
Monetaria y fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos. Se integra por el
Banco Central (Banco de Guatemala), los bancos del sistema, las sociedades
financieras, las casas de cambio y los auxiliares de crédito (almacenes generales
de depósito, seguros y fianzas).
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ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
El sistema financiero guatemalteco se encuentra organizado bajo la estructura de
Banca Central. Su organización es la siguiente:
Junta Monetaria
Banco de Guatemala
Superintendencia de Bancos
Bancos del Sistema
Financieras
Aseguradoras
Afianzadoras
Almacenes Generales de Depósito
Otras Instituciones
JUNTA MONETARIA
Tiene a su cargo la determinación de la política monetaria, cambiaria y crediticia
del país, así como, la dirección suprema del Banco de Guatemala. La Junta
Monetaria se integra con las siguientes representaciones:
Presidente y Vicepresidente nombrados por el Presidente de la República.
Los Ministros de Finanzas Públicas, Economía y de Agricultura.
Un representante del Congreso de la República.
Un representante de los Bancos Privados.
Un representante de las Asociaciones y Cámaras Comerciales, Industriales,
Agrícolas y Ganaderas (CACIF).
Un representante de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC).
Atribuciones de la Junta Monetaria son:
Cumplir y hacer cumplir la política general y los deberes asignados al
Banco de Guatemala.
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Acordar, interpretar y reformar los reglamentos del Banco de Guatemala.
Acordar el presupuesto del Banco de Guatemala.
Nombrar y remover al gerente del Banco de Guatemala.
Fijar y modificar los encajes de los Bancos.
Fijar y modificar las tasas de interés del Banco de Guatemala.
Fijar las tasas máximas de interés en operaciones pasivas y activas de los
Bancos y regular el crédito bancario de acuerdo a la ley.
BANCO DE GUATEMALA
Es el agente financiero del Estado que tiene por objeto principal promover la
creación y el mantenimiento de las condiciones monetarias, cambiarias y
crediticias más favorables al desarrollo ordenado de la economía del país. El
Banco Central es el Banco de Guatemala y funciona con carácter autónomo. Es la
única entidad bancaria que puede emitir billetes y monedas en el territorio
nacional, funciona bajo la dirección general de la Junta Monetaria.
Las Funciones del Banco de Guatemala se clasifican en dos formas que son:
Funciones de Orden Interno
Funciones de Orden Internacional
FUNCIONES DE ORDEN INTERNO:
Adaptar los medios de pago y la política de crédito a las legítimas
necesidades del país y el desarrollo de las actividades productivas y
prevenir las tendencias inflacionistas, especulativas, deflacionistas,
perjudiciales a los intereses colectivos.
Procurar la necesaria coordinación entre las diversas actividades
económicas y financieras del Estado que afecten el mercado monetario y
crediticio y, especialmente, procurar esa coordinación entre la política fiscal
y la política monetaria.
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FUNCIONES DE ORDEN INTERNACIONAL
Mantener el valor externo y convertibilidad de la moneda nacional de
acuerdo con el régimen establecido en la Ley Monetaria.
Administrar las Reservas Monetarias Internacionales del país y el régimen
de las transferencias internacionales con el fin de preservar al país de
presiones monetarias indebidas.
Conforme la modernización financiera el Banco de Guatemala, a partir del 14 de
marzo de 1994, ya no compra moneda extranjera al sector privado (Money
Orders), ya que son funciones que no le corresponden como Banco Central, estas
operaciones las realiza el sistema financiero nacional.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Es una entidad de carácter técnico especializada que se rige por las disposiciones
contenidas en las leyes bancarias, financieras y otras aplicables, que le
encomienden la vigilancia e inspección de instituciones o empresas del sector
financiero del país. Su principal objetivo lo constituye el obtener y mantener la
confianza del público en el sistema financiero y en las entidades sujetas a su
control, vigilando porque estás mantengan solidez económica y liquidez apropiada
para atender sus obligaciones, que cumplan con sus deberes legales, y que
presten sus servicios adecuadamente a través de una sana y eficiente
administración.
La Superintendencia de Bancos se ubica como órgano de vigilancia y fiscalización
del sector financiero del país, organizado bajo el sistema de banca central el cual
goza de autonomía con respecto al Gobierno Central. Este sistema además del
ente fiscalizador, está conformado por:
La Junta Monetaria (como Órgano Rector)
El Banco de Guatemala (como Banco Central)
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Bancos del Sistema debidamente autorizados
El Superintendente de Bancos, es nombrado por el Presidente Constitucional de la
República. No obstante la comunicación y dependencia directa del Presidente,
actúa dentro del ámbito de acción del sistema de banca central, bajo la dirección
general de la Junta Monetaria. Además es asesor permanente de dicha junta.
BANCOS DEL SISTEMA
Instituciones Bancarias. Únicamente las entidades debidamente autorizadas
podrán legalmente efectuar, dentro del territorio de la República, negocios que
consistan en el préstamo de fondos obtenidos del público mediante el recibo de
depósitos o la venta de bonos, títulos u obligaciones de cualquier otra naturaleza,
y serán consideradas para los efectos legales como instituciones bancarias.
Los Bancos nacionales, privados o mixtos, deberán constituirse en forma de
sociedades por acciones de responsabilidad limitada, con arreglo a la legislación
general de la República. Los Bancos nacionales del Estado se constituirán en la
forma que establezcan las leyes que regulen su organización.
CLASES DE BANCOS
Se reconoce las siguientes clases de Bancos:
Bancos Comerciales. Son las instituciones de crédito que reciben depósitos
monetarios y depósitos a plazo menor, con objeto de invertir su producto,
principalmente, en operaciones activas de corto término.
Bancos Hipotecarios. Son las instituciones de crédito que emiten bonos
hipotecarios o prendarios y reciben depósitos de ahorro y de plazo mayor, con
objeto de invertir su producto, principalmente, en operaciones activas de mediano
y largo término.
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Bancos Comerciales e Hipotecarios. Deberán establecer dos departamentos
separados e independientes, a través de los cuales realizarán, respectivamente,
las operaciones que corresponden a la banca comercial y a la banca hipotecaria.
Bancos de Capitalización. Son las instituciones de crédito que emiten títulos de
capitalización y reciben primas de ahorro con objeto de invertir su producto en
distintas operaciones activas de plazos consistentes con los de las obligaciones
que contraigan.
El Fideicomiso. Aun cuando no se trata físicamente de una institución (banco ó
financiera), es una figura que relaciona a personas y bienes cuya administración
genera productos y beneficios, esto es, todo fideicomiso tiene fines establecidos
que inciden en la actividad económica del país por la cuantía de recursos que se
manejan. Su existencia depende de la intermediación de un “Fiduciario”
(Administrador) que únicamente puede ser un banco o institución de crédito
autorizada por la Junta Monetaria.
OPERACIONES BANCARIAS
Los bancos realizan diferentes operaciones financieras con el objetivo de cumplir
con sus fines, las operaciones bancarias las dividiremos en tres grandes grupos:
Operaciones Activas: Son las operaciones que los bancos realizan y que surge un
derecho a ejercer a favor del banco y en contra de terceras personas,
independientemente de la forma jurídica de formalización e instrumentación o del
registro contable que se adopte. Esto significa que son las operaciones crediticias
establecidas por la ley, las que el banco concede a otros personas y/o entidades,
previo análisis económico de la capacidad de pago del futuro deudor, entre las que
se pueden mencionar: prestamos fiduciarias, hipotecarios, prendarios, con bono
de prenda, garantizados con cédulas hipotecarias, descuento de documentos,
inversiones a través de diferentes títulos-valores, prestamos con garantías mixtas
y otros que contemplen las leyes específicas. También son operaciones activas la
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emisión y operación de tarjetas de crédito, arrendamiento financiero, reportos
(como reportador) y créditos en cuentas de depósitos monetarios.
Operaciones Pasivas: Son las operaciones que realizan los bancos de las cueles
nace mediata o inmediatamente un deber u obligación para el banco y que ofrecen
explícita o implícitamente cualquier tipo de seguridad o garantía ya sea en cuanto
a su recuperabilidad, mantenimiento de valor, rendimiento, liquidez y otros
compromisos que impliquen la restitución de fondos, se puede decir que son las
actividades de captación de recursos económicos para ser colocados
posteriormente, entre otras podemos mencionare: depósitos monetarios, depósitos
de ahorros, depósitos a plazo fijo, obtención de líneas de crédito con organismos
nacionales e internacionales, bonos bancarios, creación de obligaciones
convertibles en acciones, reporto (como reportado) y otros que contemplen las
leyes específicas.
Otras Actividades Bancarias: Son operaciones indiferenciadas, es decir, que ni
dan un derecho ni crean una obligación para el banco, son servicios que las
entidades bancarias cobran y que los clientes estén dispuestos a pagar por los
servicios, los cuales no implican intermediación financiera ni compromisos
financieros para las mismas, también llamadas operaciones de confianza, y
pueden ser:
Servicios Financieros entre los que encontramos cobros por cuenta ajena,
cambio de monedas extranjeras, reporto (por cuenta de terceros).
Servicios no Financieros que son actividades que generan un valor
agregado para la institución aprovechando la infraestructura ya establecida.
FINANCIERAS
Las sociedades financieras son instituciones bancarias que actúan como
intermediarios financieras especializados en operaciones de banco deinversión,
promueven la creación de empresas productivas mediante la captación y
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canalización de recursos internos y externos de mediano y largo plazo; los
invierten en estas empresas (industriales, agrarias ó ganaderas), ya sea en forma
directa adquiriendo acciones o participaciones, o en forma indirecta, otorgándole
créditos para su organización, ampliación, modificación, transformación o fusión,
siempre que promuevan el desarrollo y diversificación de la producción.
ASEGURADORAS
El seguro es un contrato mediante el cual el asegurador se obliga a resarcir un
daño o a pagar una suma de dinero al realizarse la eventualidad prevista y el
asegurado o tomador del seguro, se obliga a pagar la prima correspondiente.
CLASES MÁS IMPORTANTES DE SEGUROS:
Seguros de Personas. Cubre riesgos de posibilidad de muerte, accidente,
enfermedad, incapacidad o pérdida de miembros que puedan interrumpir la
generación de ingresos de un individuo.
Seguro de Vida Individual
Seguro de Vida Colectivo
Seguro de Accidentes Personales
Seguro de Hospitalización y Gastos Médicos
Seguros de Bienes o Cosas (Daños a la Propiedad). Cubren los riesgos
(patrimonio) de una persona natural o jurídica. Cubre riesgos como incendio,
terremoto, riesgos marítimos, roo y hurto, rotura de cristales y otros.
Seguro contra Incendio
Seguro de Vehículos
Seguro de Transporte
Seguro de Responsabilidad Civil
Seguro contra todo Riesgo de Construcción (técnico)
Seguro de Computadoras y Equipos Electrónicos
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Seguro de Explosión de Calderas
Seguro de Robo
ENTIDADES ASEGURADORAS DE HIPOTECAS:
Empresas dedicadas al aseguramiento de hipotecas mediante la emisión de un
seguro de hipoteca y/o fianza de pago.
Inicialmente esta actividad era exclusiva para el Instituto de Fomento de Hipotecas
Aseguradas FHA, pero con la emisión del Decreto ley 12o-96 del Congreso de la
República (ley de Vivienda y Asentamientos Humanos), específicamente el
artículo 33, se descentraliza tal función que la podrán realizar las aseguradoras y
afianzadoras autorizadas.
AFIANZADORAS
Fianza. Obligación por escrito que compromete a una o más partes como fiadores
de otra u otras.
Clases de Fianzas que pueden emitirse:
De Fidelidad (A)
Judiciales (B)
Administrativas de Gobierno (C)
Administrativas de Particulares (PA)
Objetivo:
Otorgar fianzas a título oneroso.
ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO
Son empresas que tienen el carácter de instituciones auxiliares de crédito, cuyo
titular debe ser una sociedad anónima guatemalteca, cuyo objeto es el depósito, la
conservación y custodia, el manejo y la distribución, la compra y venta por cuenta
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ajena de mercancías o productos de origen nacional o extranjero y la emisión de
los Títulos-Valor ó Títulos de Crédito.
Solo los Almacenes Generales de Depósito pueden emitir Certificados de Depósito
y Bonos de Prenda, los cuales son transferibles por simple endoso. El Certificado
de Depósito acredita la propiedad y depósito de la mercadería o producto. Los
Bonos de Prenda representan el contrato de préstamo con la consiguiente
garantía de las mercancías o productos depositados, y confieren por sí mismos los
derechos y privilegios de un crédito prendario.
Los certificados de depósito pueden emitirse hasta por un año de plazo y el
vencimiento de los Bonos de Prenda no debe exceder de la fecha de expiración de
aquellos. Ambos títulos son prorrogables, por acuerdo entre las partes.
OTRAS INSTITUCIONES
Pueden considerarse entre otras instituciones:
Casas de Cambio. Son instituciones que se dedican exclusivamente a la compra-
venta de moneda extranjera, deben constituirse como sociedades anónimas, con
capital mínimo de Q. 650,000, asignado exclusivamente a operaciones cambiarias.
Las casas de cambio con autorización previa de la Junta Monetaria y con opinión
favorable de la Superintendencia de Bancos, podrá aumentar su capital asignado
a operaciones cambiarias.
Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas. FHA.
Departamento de Monte de Piedad del Crédito Hipotecario Nacional.
Banco Nacional de Desarrollo Agrícola.
SISTEMA FINANCIERO NO REGULADO
Son instituciones constituidas legalmente como Sociedades Mercantiles,
generalmente sociedades anónimas. No están reconocidas, ni son autorizadas por
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la Junta Monetaria como instituciones financieras y como consecuencia, no son
fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos, su autorización responde a una
base de de tipo general legislada básicamente en el Código de Comercio.
El sistema financiero no regulado denominado también sector informal, lo
conforman aquellas entidades de acuerdo con los procedimientos y requisitos
legales para las sociedades mercantiles, que rigen principalmente por el código de
comercio, y, a pesar que realizan actividades de intermediación financiera, no se
adhieren a lo estipulado en las leyes financieras del país, actuando fuera del
control y supervisión de la superintendencia de bancos.
En nuestro medio pueden encontrarse dos clases de instituciones no reguladas:
1. Las financiadoras que se han constituido como sociedades mercantiles que
actúan bajo la figura de sociedades anónimas, que se dedican a las
operaciones de crédito, inversión y descuento de documentos comerciales,
y
2. Las financiadoras que regularmente trabajan como representantes de
empresas del exterior, o bien se trata de empresas individuales que prestan
dinero más que todo a base de garantías prendarías o hipotecarias.
Fiscalmente estas entidades están reguladas por la Superintendencia de
Administración Tributaria, SAT y pueden clasificarse como Financieras
Comerciales o Financiadotas, Empresas Emisoras de Tarjetas de Crédito,
Empresas Off Shore, Cooperativas de Ahorro, Organizaciones no
Gubernamentales, Empresas Exportadoras y Prestamistas Particulares.
FINANCIERAS COMERCIALES O FINANCIADORAS
Personas jurídicas constituidas normalmente como sociedades anónimas que se
dedican a captación de recursos y colocación de fondos.
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EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO
Instituciones jurídicas constituidas normalmente como Sociedades Anónimas que
se dedican a la captación de recursos para ser destinados al financiamiento de
compra de bienes y servicios a través de Tarjetas de Crédito, normalmente son
empresas afiliadas a los Bancos del Sistema.
OFF SHORE
Instituciones constituidas en el extranjero, principalmente en países que se
consideran paraísos tributarios, es decir, que no se pagan ningún impuesto por
intermediación financiera. Son entidades que son utilizadas por varios bancos para
captar recursos en moneda extranjera y así proporcionar otro tipo de servicios a
sus clientes.
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO
Entidades que obtienen recursos de sus asociados por medio de ahorros
periódicos para poder realizar diferentes operaciones comerciales con el objeto de
obtener un rendimiento colectivo en beneficio de sus afiliados.
ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
Conocidas con nombre de “ONG's”. Son entidades dedicadas a la captación de
recursos internaciones, cuyo origen principalmente son donativos, que serán
destinados básicamente para un fin social. Los fondos son fiscalizados por los
mismos entes internacionales que otorgan los aportes. Esas organizaciones se
encuentran ubicadas especialmente en el área rural y surgen por la ineficiencia del
Estado en canalizar las donaciones para el fin propuesto.
EMPRESAS EXPORTADORAS
Son entidades que se dedican a canalizar la producción de mercancías nacionales
para su exportación, adquieren la mercadería de los propios productores para ser
vendida en el extranjero. En algunos casos los mismos productores son los que
exportan sus productos.
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PRESTAMISTAS PARTICULARES:
Son personas individuales que de sus propios fondos ofrecen crédito sin mayores
trámites particulares y/o empresas, con el objetivo de tener una mayor
rentabilidad.
REGISTRO DE VALORES Y MERCANCIAS
El registro de valores y mercancías está regulado por la Ley de Mercado de
Valores y Mercancías con el decreto 34-96,
En esta Ley indica que se ha creado el Registro del Mercado de Valores y
Mercancías, en como un órgano del Ministerio de Economía, de carácter técnico y
su objetivo es el control de la estrictamente técnico, cuyo objeto es el control de la
juridicidad y registro de los actos que realiceny contratos que celebren las
personas que intervienen en los mercados a que se refiere esta ley.
Y con relación al cumplimiento, en el Artículo 16 indica que dentro del entorno de
su competencia le corresponde cumplir y que se cumplan disposiciones
establecidas en la Ley, disposiciones normativas o reglamentarias de carácter
general.
LEY DEL MERCADO DE VALORES Y MERCANCÍAS
DECRETO 34-96
Creación y Promulgación de la Ley. Su creación obedece al principio
constitucional que establece como obligación fundamental del Estado, promover el
desarrollo económico de la Nación, así como proteger la formación del capital, el
ahorro y la inversión y crear las condiciones adecuadas para promover la inversión
de capitales nacionales y extranjeros. En ese orden de ideas fue promulgada la
Ley del Mercado de Valores y Mercancías, contenida en el Decreto 34-96 del
Congreso de la República, la cual cobró vigencia el día veintitrés de diciembre de
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mil novecientos noventa y seis.
Objeto de la Ley. Dicha Ley regula las normas que promueven el desarrollo
transparente, eficiente y dinámico del mercado de valores; en particular, establece
el marco jurídico de:
Del mercado de valores, bursátil y extrabursátil;
De la oferta pública en bolsas de comercio de valores, de mercancías, de
contratos sobre éstas y contratos, singulares o uniformes;
De las personas que en tales mercados actúan; y
De la calificación de valores y de las empresas dedicadas a esta actividad.
REFERENCIAS DE LA LEY
En primera instancia, la Ley hace referencia a:
a) Valores. Se entiende por valores todos aquellos documentos, títulos o
certificados, acciones, títulos de crédito típicos o atípicos, que incorporen o
representen, según sea el caso, derechos de propiedad, de crédito o de
participación. Los valores podrán crearse o emitirse y negociarse mediante
anotaciones en cuenta;
b) Mercancías. Son mercancías todos aquellos bienes que no estén excluidos del
comercio por su naturaleza o por disposición de la ley;
c) Contratos. A los efectos de esta ley, se entiende por contrato todo negocio
jurídico de características uniformes por cuya virtud se crean, modifican, extinguen
o transmiten obligaciones dentro del mercado bursátil
Ahora bien, para la negociación de las ofertas públicas, tanto de valores
mercancías, la Ley, dentro de su normativa, establece dos tipos de mercados a
saber:
Mercado Bursátil: Es aquél que se desarrolla dentro de una Bolsa de Comercio,
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cumpliéndose con la reglamentación que para ese efecto haya sido emitida por
dicha Bolsa, de conformidad con la facultad de autorregulación de que gozan y,
Mercado Extrabursátil: Es aquél que se realiza fuera de las Bolsas de Comercio
y que por esa razón, no estaba sujeto, hasta antes de entrar en vigencia la Ley, a
reglamentación alguna.
FISCALIZACIÓN
FISCALIZACIÓN POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE
GUATEMALA –SIB–
De acuerdo al párrafo tercero del artículo 133 de la Constitución Política de la
República de Guatemala, “La superintendencia de Bancos organizada, conforme a
la ley, es el órgano que ejerce la vigilancia e inspección de bancos, instituciones
de crédito, empresas financieras, entidades afianzadoras, de seguros y las demás
que la ley disponga”.
De igual manera, la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, señala que La
Superintendencia de Bancos, bajo la dirección general de la Junta Monetaria,
ejercerá la vigilancia y fiscalización permanente del Banco de Guatemala, de los
bancos del sistema y de las otras instituciones que la ley someta a su control.
La Superintendencia de Bancos de Guatemala debe disponer de la independencia
funcional necesaria para el cumplimiento de sus fines y poder velar por que las
personas sujetas a vigilancia e inspección cumplan con sus obligaciones legales y
observen las disposiciones normativas aplicables en cuando a liquidez, solvencia y
solidez patrimonial.
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ANTECEDENTES
Como consecuencia de cambios fundamentales que en lo social y económico
experimento el país, a raíz de la revolución de Octubre de 1944, se instituyó el
Sistema Banca Central según Decreto 215 del Congreso de la República “Ley
Orgánica del Banco de Guatemala” en el que también se creó la Superintendencia
de Bancos como entidad descentralizada y autónoma.
En el año 1996 se desarrolló un Modelo Único de Supervisión, definido como un
conjunto de Sistemas de Información y Análisis, filosofía de trabajo, estrategias,
políticas y procedimientos de supervisión, con énfasis en la evaluación de riesgos
que oriente y dosifique la supervisión in situ el cual descansa en un sistema
uniforme de calificación, basado en un conjunto de indicadores y criterios
cualitativos, que con una ponderación determinada, que resume en un solo
indicador la situación General de la Entidad evaluando su desempeño en cinco
áreas fundamentales, Gestión, Calidad de Activos, Liquidez, Rentabilidad y
Capital, denominado Sistema de Calificación de Entidades Supervisadas
(SUPER). Dicho sistema es el que actualmente utiliza la Superintendencia de
Bancos de Guatemala en el desarrollo de sus funciones.
FUNCIONES
La Superintendencia de Bancos para poder fiscalizar el sistema financiero
guatemalteco deberá verificar la contabilidad y los inventarios del Banco de
Guatemala, mediante arqueos y otras comprobaciones convenientes; examinar los
diferentes balances y estados de cuenta, comprobarlos con los libros y
documentos; y certificarlos cuando los estime correctos.
Asimismo, la Junta Monetaria podrá, para efectos de vigilancia y supervisión del
Banco de Guatemala, autorizar la contratación de firmas de auditores externos
para coadyuvar con las funciones de la Superintendencia de Bancos.
Otra de las funciones más importantes de la Superintendencia de Bancos, es la
facultad que posee para emitir resoluciones de diversa índole (ejecutivas e
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interpretativas), con el objeto de hacer cumplir con su mandato constitucional de
vigilancia e inspección. Por lo que cabe resaltar que toda resolución dictada por
dicho órgano, debe hacerse cumplir y obedecerla, aun contra la voluntad de la
entidad financiera a la cual se haya dirigido.
CUOTA DE SOSTENIMIENTO
Las instituciones sujetas al control de la supervisión de la Superintendencia de
Bancos costearán los servicios de fiscalización, pagando a ésta una cuota anual
fijada por la Junta Monetaria. Dicha cuota será calculada en relación con el activo
de estas instituciones; según su Balance General certificado de cierre del ejercicio
anterior al que se esté fiscalizando o bien si fuere una nueva institución se tomará
como referencia su Balance de apertura de operaciones.
Esta cuota no podrá exceder de 1 por millar sobre el Activo de las instituciones
supervisadas, deduciendo sus respectivos encajes bancarios y fondos disponibles.
En lo que respecta al Banco de Guatemala su contribución será la diferencia entre
la suma de las cuotas de las otras instituciones fijadas de conformidad con el
párrafo anterior, y el importe total del presupuesto de la Superintendencia.
MANUAL DE CONTABILIDAD
Una de las características más importantes de la Superintendencia de Bancos, le
fue otorgada por el Acuerdo número 13-94 en el cual el primero de sus
considerados dice: “Que por medio de la resolución JM-647-93 del 22 de
septiembre de 1993, en la cual se aprobó la matriz del programa de modernización
del sistema financiero nacional, que contempla, entre otras cosas la implantación
de las bases de un sistema de contabilidad conforme a principios que determinan
la forma de registrar las operaciones de naturaleza bancaria, de acuerdo con las
más modernas prácticas de contabilidad y de la elaboración de estados
financieros bancarios”, del mismo modo, el segundo de sus considerados
establece: “Que mediante resolución JM-782-93 del 12 de noviembre de 1993, la
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Junta Monetaria reconoció el sistema de contabilidad para las instituciones
bancarias, cuya reglamentación corresponde a la Superintendencia de Bancos”
por ello se acordó: “aprobar con carácter obligatorio para los Bancos y Sociedades
Financieras, con excepción del Banco de Guatemala, el Manual de Instrucciones
Contables para Bancos y Sociedades Financieras”. Es decir, hoy en día los
Bancos y las Sociedades Financieras Privadas de Nuestro país deben ajustar sus
operaciones contables al Manual de Instrucciones Contables que fue creado
mediante el acuerdo antes descrito. Los objetivos de dicho manual son los
siguientes:
1. Regular y uniformar el registro contable y la presentación de la información
financiera de las instituciones bancarias del país.
2. Servir de instrumento para la administración de las entidades bancarias.
3. Orientar la forma de registro contable de las operaciones típicas.
4. Uniformar la preparación de estados financieros
5. Facilitar el análisis y la fiscalización.
Hoy en día, todas las operaciones contables que realizan los Bancos y las
Financieras Privadas de nuestro país, deben ser (obligatoriamente) adaptadas a la
nomenclatura contable que el Manual de Instrucciones Contables de la
Superintendencia de Bancos provee.
INTERVENCIÓN DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
El Superintendente de Bancos, que es la máxima autoridad de la
Superintendencia de Bancos, con aprobación de la Junta Monetaria, es la entidad
encargada de intervenir a las instituciones bancarias, tomando para ello el control
de las operaciones realizadas por el mismo y dicha entidad se encuentre dentro de
las causales reguladas por los artículos 101 y 102 de la ley de Bancos.
FINANZAS I Página 20
IMPORTANCIA DE LA FISCALIZACIÓN
El fiscalizar implica controlar, inspeccionar, averiguar o criticar las acciones de
otros. En consecuencia la fiscalización del Sistema Financiero guatemalteca
consiste en la inspección y control, en general, de las instituciones bancarias.
La importancia de la fiscalización bancaria radica en que:
1. Protege los intereses públicos (depositantes, prestatarios, acreedores, etc.)
2. Protege los intereses del Estado
3. Vela por que se cumplan las normas y disposiciones legales y
reglamentarias aplicables.
4. Protege los intereses de las propias instituciones, de sus accionistas y
propietarios.
La forma en que se ejerza la fiscalización, así como la calidad de la misma, será
determinada por:
1. El grado de soporte legal que estén investidos los organismos de
supervisión correspondiente.
2. Los mecanismos administrativos y fundamentos para hacer valer su
autoridad.
3. El alcance y oportunidad de sus intervenciones
4. La calidad y capacitación profesional de su personal
5. La existencia de una organización adecuada con normas y procedimientos
de actuación bien definidos.
INFORMES TRIMESTRALES
La ley de Supervisión Financiera, Decreto Número 18-2002 del Congreso de la
República de Guatemala, establece que el Superintendente de Bancos deberá
informar a la Junta Monetaria, trimestralmente, sobre la situación financiera de las
entidades sujetas a la vigilancia e inspección de la Superintendencia de Bancos, a
través de informes que incluyan la concesión de financiamiento, la captación de
recursos, la gestión de riesgo y el resultado de las operaciones.
FINANZAS I Página 21
CONFORMACIÓN DE LA JUNTA MONETARIA
Tiene a su cargo la determinación de la política monetaria, cambiaria y crediticia
del país y vela por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional,
asegurando la estabilidad y el fortalecimiento de la banca privada nacional.
La Finalidad de la Junta Monetaria es garantizar la estabilidad monetaria,
cambiaria y crediticia del país. La Junta Monetaria no podrá autorizar que el Banco
de Guatemala otorgue financiamiento directo o indirecto; garantía o aval al Estado,
a sus entidades descentralizadas o autónomas ni a las entidades privadas no
bancarias.
La Junta Monetaria, se integra conforme los artículos 132 de la Constitución
Política de la República de Guatemala y 13 de la Ley Orgánica del Banco de
Guatemala, ejerce la dirección suprema del Banco de Guatemala, dicha Junta se
integra de la forma siguiente:
El Presidente, quien también lo es del Banco de Guatemala, nombrado por el
Presidente de la República; los ministros de Finanzas Públicas, de Economía y de
Agricultura, Ganadería y Alimentación; un miembro electo por el Congreso de la
República; un miembro electo por las Asociaciones Empresariales de Comercio,
Industria y Agricultura (CACIF); un miembro electo por los presidentes de los
consejos de administración o juntas directivas de los bancos privados nacionales;
y un miembros electo por el Consejo Superior de la Universidad de San Carlos de
Guatemala.
Todos los miembros de la junta Monetaria tienen suplente, salvo el Presidente, a
quien lo sustituye el Vicepresidente del Banco de Guatemala; a los ministros de
Estado los sustituyen los respectivos viceministros.
El Presidente, el Vicepresidente y los designados por el Consejo Superior
Universitario y por el Congreso de la República, deberán ser personas de
reconocida honorabilidad y de notoria preparación y competencia en materia
económica y financiera.
FINANZAS I Página 22
FUNCIONES
Son funciones de la Junta Monetaria las siguientes:
a) Determinar y evaluar la política monetaria, cambiaria y crediticia del país,
incluyendo las metas programadas, tomando en cuenta el entorno económico;
b) Velar por la liquidez y solvencia del sistema bancario nacional;
c) Reglamentar los aspectos relativos al encaje bancario y al depósito legal, de
conformidad con su Ley Orgánica;
d) Reglamentar la cámara de compensación bancaria o cualquier otro instrumento
o mecanismo que persiga los mismos fines de aquella;
e) Autorizar, a propuesta del Gerente General, la política de inversiones de las
reservas monetarias internacionales;
f) Establecer las reservas necesarias para fortalecer el patrimonio del Banco;
g) Aprobar el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Banco de Guatemala y el de
Superintendencia de Bancos;
h) Aprobar o modificar la estructura administrativa del Banco de Guatemala, a
i) Nombrar y remover al Gerente General y demás autoridades y funcionarios;
j) Aprobar anualmente los estados financieros del Banco;
k) Aprobar anualmente, para su publicación, la memoria de labores del Banco de
Guatemala;
l) Emitir los reglamentos que de conformidad con ésta y otras leyes;
m) Aprobar las disposiciones, normas o instrumentos legales que someta a su
consideración la Superintendencia de Bancos o, en su caso, el Banco de
Guatemala; y
n) Ejercer las demás atribuciones y facultades que le correspondan, de acuerdo
con esta Ley, la Ley Monetaria y otras disposiciones legales aplicables
FINANZAS I Página 23
MIEMBROS DE LA JUNTA MONETARIA
Edgar Baltazar Barquín Durán
Presidente
Julio Roberto Suárez Guerra
Vicepresidente
MIEMBROS TITULARES
Pavel Vinicio Centeno López
Ministro de Finanzas Públicas
Tulio René García Morales
Electo por las asociaciones empresariales de comercio, industria y agricultura
Sergio de la Torre Gimeno
Ministro de Economía
Luis Rolando Lara Grojec
Electo por los presidentes de los consejos de administración o juntas directivas de
bancos privados Nacionales
Elmer Alberto López Rodríguez
Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Luis Fernando Pérez Martínez
Electo por el Congreso de la República
Rodrigo Alfonso Ponce Chavarría
Electo por el Consejo Superior de la Universidad de San Carlos de Guatemala
directivas de bancos privados Nacionales
FINANZAS I Página 24
MIEMBROS SUPLENTES
Luis Fernando Leal Toledo
Electo por las asociaciones empresariales de comercio, industria y agricultura
Albaro Joel Girón Barahona
Electo por el Consejo Superior de la Universidad de San Carlos de Guatemala
Mario Roberto Granai Fernández
Electo por los presidentes de los consejos de administración o juntas directivas de los
bancos privados nacionales
José Alejandro Arévalo Alburez
Electo por el Congreso de la República
MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS
El Ministerio de Finanzas Públicas es uno de los catorce ministerios que conforman
el Organismo Ejecutivo del Gobierno de Guatemala, bajo la dirección del presidente de
la República de Guatemala, por lo cual le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo
relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la recaudación y
administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo,
la ejecución presupuestaria y el registro y control de los bienes que constituyen el
patrimonio del Estado. En lo relativo a la recaudación tributaria, control aduanero y
otros, el Ministerio de Finanzas Públicas es ayudado por la Superintendencia de
Administración Tributaria.
FUNCIONES DEL MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS:
Formular la política fiscal y financiera del corto, mediano y largo plazo en
función de la política económica y social del Gobierno de Guatemala.
Proponer al Organismo Ejecutivo la Política Presupuestaria y las normas
para su ejecución.
Dirigir, coordinar y consolidar el proyecto del Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado.
Proponer a la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- normas
para desconcentrar la recaudación de impuestos.
FINANZAS I Página 25
Coordinar con la SAT la programación de ingresos derivados de la
recaudación tributaria.
Transferir los recursos asignados en el presupuesto a los organismos y
entidades del Estado.
Evaluar la ejecución presupuestaria del Estado cada cuatrimestre, y proponer
a la Presidencia de la República medidas correctivas que en el ámbito de su
competencia sean necesarias.
Definir la política para seleccionar proyectos y programas de inversión social,
los cuales serán realizados con fondos propios, préstamos y cooperación
externa.
Fijar normas y procedimientos operativos relacionados con el sistema de
contrataciones y adquisiciones del Estado de acuerdo con la Ley.
MISIÓN Y VISIÓN
La misión del Ministerio de Finanzas Públicas es generar y administrar los recursos
financieros y patrimoniales del Estado, de manera eficaz, equitativa y transparente para
alcanzar el bien común.
Su visión, por otro lado, es ser ejemplo de administración y gestión pública cuyos
resultados produzcan un impacto positivo en el desarrollo de Guatemala.
ESTRUCTURA ORGÁNICA
DESPACHO MINISTERIAL
Despacho Ministerial es la autoridad superior del MINFIN. Está a cargo de un
ministro responsable de formular y ejecutar la política fiscal del país.
Viceministerio del Área de Administración Financiera está a cargo de un
viceministro que contribuye a diseñar la política fiscal y financiera del país, y
proponer en coordinación con el Despacho Ministerial la política presupuestaria.
Viceministerio de Ingresos y Evaluación Fiscal está a cargo de un viceministro
responsable de evaluar la ejecución del gasto público, la política fiscal y la
capacidad de endeudamiento del Estado.
Viceministerio de Administración Interna y Desarrollo de Sistemas esta a cargo
de un viceministro responsable de coordinar acciones para el diseño, desarrollo e
FINANZAS I Página 26
implementación del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF) en la
entidades públicas.
Asesoría, Control, Comunicación y Coordinadora de Gestión:
Asesoría Específica apoya al Despacho Ministerial en la concepción, diseño y
conducción de los programas que le sean asignados.
Asesoría Jurídica es el órgano técnico consultor y asesor del MINFIN en materia
legal.
Auditoría Interna verifica, evalúa y analiza permanentemente los registros y
operaciones contables, y financieros que realizan las dependencias del Ministerio.
Comunicación Social es responsable de generar e implementar estrategias y
políticas de comunicación para informar permanentemente sobre las actividades
que realiza el Ministerio.
Coordinadora de Gestión es la Unidad del Ministerio de Finanzas Públicas,
responsable de registrar, ingresar, analizar, revisar, gestionar, resolver en el ámbito
de su competencia, notificar, certificar y agilizar la resolución de toda solicitud,
expediente y correspondencia ingresada al Despacho Ministerial, velando porque el
proceso administrativo se desarrolle oportuna y eficazmente.
VICEMINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Dirección de Contabilidad del Estado realiza el registro consolidado de la
ejecución presupuestaria, y administra el Sistema de Contabilidad Integrada
Gubernamental.
Dirección Técnica del Presupuesto es rectora del Sistema Presupuestario del
sector público; norma, dirige y coordina el proceso presupuestario.
Tesorería Nacional programa y reprograma en forma periódica la ejecución
financiera del presupuesto del Estado y actúa como rectora del sistema de
tesorería.
Dirección de Crédito Público es rectora del sistema de crédito público; asegura la
eficiente programación, utilización y control de los medios de financiamiento
internos y externos.
VICEMINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN INTERNA Y DESARROLLO DE SISTEMAS
Dirección de Tecnologías de la Información establece normas, estándares,
políticas y metodologías relacionadas con redes, sistemas operativos, equipos,
bases de datos, desarrollo de sistemas y comunicaciones informáticas para el
MINFIN.
FINANZAS I Página 27
Dirección Financiera planifica, coordina, registra y controla la ejecución
presupuestaria del Ministerio de Finanzas Públicas.
Dirección de Recursos Humanos formula e implementa políticas y estrategias
para el desarrollo y administración del recurso humano que labora en el ministerio.
Dirección de Servicios Administrativos agiliza la resolución de toda solicitud,
expediente y correspondencia que ingresa al ministerio, y vela por la efectiva
operación y mantenimiento de los servicios e infraestructura del MINFIN.
Taller Nacional de Grabados en Acero diseña e imprime material para las
instituciones responsables de la recaudación tributaria del Estado, y todo lo relativo
a la industria gráfica para el Ministerio y otras entidades de gobierno.
Dirección de Asistencia a la Administración Financiera Municipal brinda
asistencia y asesoría técnica a las municipalidades, mancomunidades de
municipalidades, dependencias y empresas municipales del país en lo relativo al
Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF).
VICEMINISTERIO DE INGRESOS Y EVALUACIÓN FISCAL
Dirección de Análisis Financiero formula, evalúa y da seguimiento a la política
fiscal. Concentra y provee información de índole fiscal, mediante análisis económicos
y fiscales.
Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado facilita los
procesos de contrataciones y adquisiciones del sector público.
Dirección de Bienes del Estado mantiene un registro consolidado, moderno, seguro
y eficiente del patrimonio del Estado.
Dirección de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles administra el impuesto
Único Sobre Inmuebles de las municipalidades que no han absorbido dicho impuesto,
así como el de Herencias, Legados y Donaciones.
Dirección de Evaluación Fiscal contribuye al fortalecimiento de los procesos de
evaluación fiscal y de proyectos, a través de la implementación de acciones que
promuevan la calidad, eficacia y eficiencia de la gestión pública financista.
Dirección de Fideicomisos es la designada como órgano rector en materia de
fideicomisos, por lo que le corresponde gestionar la constitución, operación, extinción
y liquidación de los fideicomisos establecidos con recursos del Estado; así como
fondos y otros instrumentos financieros para la ejecución de los programa del
Gobierno Central, regulando, registrando y controlando su operación.
FINANZAS I Página 28
NORMATIVA
El ministerio de Finanzas Publicas utiliza la normativa de los siguientes Acuerdos
Gubernativos que tiene pro objeto normar la estructura orgánica interna del ministerio
de Finanzas Publicas, para cumplir eficientemente las funciones que le competen;
BANCA UNIVERSAL
Las tendencias globalizadoras de la economía mundial están suscitando profundos
cambios en la banca a nivel internacional. En este contexto, surge la Banca Universal,
institución que de conformidad con lo establecido en la ley general de bancos y otras
instituciones financieras, puede realizar todas las operaciones que pueden efectuar los
bancos e instituciones financieras especializadas como Bancos Comerciales, Bancos
Hipotecarios, Bancos de Inversión, Sociedades de Capitalización, Arrendadoras
financieras y fondos de mercado monetario.La banca universal se enfoca en el
desempeño de las empresas privadas invirtiendo directamente en dichas entidades. Al
participar en el mercado de inversiones, los bancos pueden ejercitar directamente el
poder de decisión en el directorio de las corporaciones. Este objetivo de la banca
universal apunta a asegurar los intereses financieros de las empresas que han recibido
inversiones directas, y proteger el desarrollo futuro de esas instituciones. Por ejemplo,
el economista suizo Georg Rich indica que al apuntar a la participación directa en el
mercado de inversiones, los bancos universales de Suiza quieren asegurar que las
empresas que han sido beneficiarias de estos fondos los administrarán de forma
adecuada y no tomarán decisiones financieras equivocadas.
Al brindar múltiples servicios financieros, la banca universal apunta a aportar beneficios
inmediatos a sus clientes. Esto hace que las entidades sean atractivas para las
personas que quieren administrar todas sus necesidades financieras en un solo sitio,
ya que pueden aplicar para un esquema de inversión y solicitar un crédito para
desarrollar su negocio. Al ofrecer a los clientes opciones de ahorro e inversión, la
banca universal intenta diversificar el rango de servicios brindado y tener una mayor
influencia en los mercados financieros. El economista alemán RalfElsas de la
Universidad de Frankfurt enfatiza el hecho de que al fomentar el ahorro y los
programas de créditos, la banca universal puede beneficiar a distintos tipos de clientes
y obtener más capital de trabajo para invertir en el futuro.
Entre los principales objetivos de la banca universal está el desarrollo del sector
privado. Como tal, las instituciones bancarias son reacias a cooperar con los fondos
FINANZAS I Página 29
gubernamentales debido a su urgente necesidad de invertir dinero, y la banca universal
apunta al sector privado como la principal fuente de sus clientes. Pero para tener esos
clientes, la banca necesita desarrollar el sector y asegurar que funcione y crezca de
forma estable. Esto ha sido revelado por el economista Gary Gorton, quien asevera que
la banca universal alemana es el principal contribuyente a la rápida expansión del
sector privado en el país.
OPERACIONES
Financiar capital de trabajo.
Otorgar créditos al consumo.
Recibir depósitos a la vista y a plazo.
Otorgar créditos hipotecarios.
Emitir títulos hipotecarios.
Financiar proyectos de inversión de mediano y largo plazo.
Intervenir en el mercado de capitales.
Celebrar contratos de capitalización.
Efectuar operaciones de arrendamiento financiero.
Vender al público títulos o valores en fondos de activos líquidos, fondos
fiduciarios, etc.
Otorgar fianzas.
Abrir cartas de crédito.
Intermediar en el mercado cambiario.
CARACTERÍSTICAS
Ampliar su oferta de instrumentos financieros para la capitalización de recursos,
pudiendo recibir depósitos tanto a corto como a largo plazo, bajo distintas modalidades.
Poder realizar operaciones de intermediación financiera en distintos plazos.
Prestar bajo una misma figura, los servicios que individualmente ofrecen las
instituciones financieras especializadas en distintos plazos.
Operar con una estructura departamental variada, especializada e integrada,
tanto en su aspecto organizacional como operativo, debido a la magnitud y
diversidad de negocios que manejan.
Mantener niveles de capitalización superiores a los de la banca especializada.
FINANZAS I Página 30
VENTAJAS
Estimula la eficiencia y la competitividad por la vía de la reducción de costos. No
solo a nivel de operaciones, sino también de mercadeo, informática,
infraestructura y recursos humanos.
Pone a disposición del usuario, en una sola institución una amplia gama de
productos y servicios.
Facilita el desarrollo económico, al canalizar una mayor cantidad de recursos al
financiamiento a largo plazo y permitir el diseño de instrumentos de crédito con
características y necesidades de financiamiento de cada actividad económica.
Brinda flexibilidad a la institución para adaptarse a cambios en el entorno
macroeconómico y financiero, dado los últimos plazos en los que puede operar y
los distintos sectores que puede atender (mayor diversificación de riesgos).
Reduce el riesgo de liquidez ocasionado por la insuficiencia de captaciones a
largo plazo para financiar operaciones a largo plazo.
FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
Es un organismo intergubernamental creado en 1945 por la ONU en base a los
acuerdos de Bretton Woods cuyos objetivos son promover políticas cambiarias
sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza
a nivel mundial.
Los objetivos del FMI son estabilizar los tipos de cambio a nivel internacional y facilitar
el desarrollo a través de la influencia en las políticas económicas de los países como
condición para obtener préstamos, alivio de la deuda y ayudas. También ofrece
préstamos con diferentes niveles de la condicionalidad, principalmente a los países
más pobres. Su sede está en Washington DC. La influencia relativamente alta del FMI
en el desarrollo y asuntos mundiales ha desencadenado algunas críticas fuertes desde
algunas fuentes.
El Fondo Monetario Internacional es uno de los organismos especializados de la ONU.
Fue concebido originalmente en julio de 1944 con 45 miembros. Entró en
funcionamiento en diciembre de 1945 cuando 29 países firmaron un acuerdo con el
objetivo de estabilizar los tipos de cambio y ayudar a la reconstrucción del sistema
mundial de pagos internacionales. Estos países contribuyeron a la formación de un
fondo al que podrían pedir préstamos, con carácter temporal, los países con
desequilibrios en su balanza de pagos. El FMI fue importante cuando se creó
FINANZAS I Página 31
principalmente porque ayudó a la estabilización del sistema económico a nivel
internacional. El FMI trabaja para mejorar las economías de sus países miembros. El
FMI se describe como "una organización de 187 países que trabaja para fomentar la
cooperación monetaria mundial, asegurar la estabilidad financiera, facilitar el comercio
internacional, promover el aumento del empleo y el crecimiento económico sostenible
así como reducir la pobreza".
HISTORIA DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
El Fondo Monetario Internacional fue concebido en julio de 1944 durante la Conferencia
Monetaria y Financiera de las Naciones Unidos celebrada en Bretton Woods (Nuevo
Hampshire) en Estados Unidos. 44 de los delegados de la conferencia acordaron un
marco para la cooperación económica internacional del que nacería el Fondo Monetario
Internacional el 27 de Diciembre de 1945, día en el que 29 países firmaron el Convenio
Constitutivo del FMI.
La influencia del FMI en la economía global es cada vez mayor ya que ha ido
acumulando más miembros. El número de países miembros del FMI se ha más que
cuadruplicado. La expansión de los miembros del FMI, junto con los cambios en la
economía mundial, ha exigido que el FMI se adapte a una variedad de formas de
continuar sirviendo a sus propósitos de manera eficaz.
En el 2008, frente a un déficit de ingresos, el Director Ejecutivo del Fondo Monetario
Internacional acordó la venta de parte de las reservas de oro del FMI. El 7 de abril de
2008 se propuso un nuevo marco para el FMI diseñado para reducir el déficit
presupuestario de $ 400.000.000 en los años posteriores, así se introdujeron recortes
drásticos y se despidieron hasta 360 trabajadores llegando a una reducción del gasto
de 100 millones de dólares en el 2011 respecto al 2008.
En el 2009 se decidió, durante la reunión del G-20 de Londres, que el FMI requería
recursos financieros adicionales para satisfacer las necesidades potenciales de sus
países miembros durante la crisis financiera mundial que explotó en 2008. Como parte
de esa decisión, los miembros del G-20 se comprometieron a aumentar los fondos
monetarios complementarios del FMI por diez hasta llegar a $ 500 mil millones.
El 23 de octubre de 2010 los ministros de finanzas del G-20, que abarcan la mayor
parte de las cuotas de los miembros del FMI, acordaron reformar el FMI y cambiaron un
6 por ciento de los derechos de voto a las principales naciones en desarrollo y los
países con mercados emergentes. Los principales prestatarios del FMI, en Agosto de
FINANZAS I Página 32
2010 eran Rumania (13,9 millones), Ucrania (12,66 mil millones dólares), Hungría ($
11,7 mil millones) y Grecia (US $ 30 millones).
OBJETIVOS
El objetivo del FMI según sus estatutos es evitar las crisis en los sistemas monetarios
promoviendo en los países miembros la adopción de medidas en política económica.
Además, como su nombre indica, el FMI es un fondo al que los países miembros
pueden recurrir para superar los problemas de balanza de pagos que puedan de forma
puntual y con carácter temporal. El FMI también promueve la cooperación internacional
en relación a sistemas monetarios internacionales para facilitar el comercio a través de
la capacidad productiva.
Desde su fundación, uno de los principales objetivos ha sido mantener la estabilidad y
regímenes cambiarios ordenados para conseguir la estabilidad en los sistemas
monetarios para evitar depreciaciones cambiarias competitivas, facilitar un sistema
multilateral de pagos y de transferencias para las transacciones tratando de eliminar las
restricciones que dificultan la expansión del comercio mundial. También actúa de
órgano asesor para los gobiernos y Bancos Centrales en el desarrollo de sistemas de
contabilidad pública. En resumen, los objetivos del Fondo Monetario Internacional son:
Promover el intercambio monetario internacional.
Facilitar la expansión y crecimiento equilibrado del comercio internacional.
Promover la estabilidad en los intercambios de divisas.
Facilitar el establecimiento de un sistema multilateral de pagos.
Realizar préstamos ocasionales a los miembros que tengan dificultades en su
balanza de pagos.
Acortar la duración y disminuir el grado de desequilibrio en las balanzas de
pagos de los miembros.
SISTEMAS DE DISEMINACION DE DATOS
En 1995 el Fondo Monetario Internacional comenzó a trabajar en estándares de
publicación y diseminación de datos con el fin de guiar a los países miembros del FMI
en la publicación de sus datos económicos y financieros. El Comité del Fondo
Monetario Internacional (CFMI) aprobó la guía para la publicación de estos estándares
FINANZAS I Página 33
que fueron divididos en dos categorías: El General Data DisseminationSystem (GDDS)
y el Special Data Dissemination Standard (SDDS).
La Junta Ejecutiva del Fondo Monetario Internacional aprobó el SDDS y el GDDS en
1996 y 1997 respectivamente y seguidamente fueron publicados en la "Guide tothe
General Data DisseminationSystem". El sistema está dirigido principalmente a las
agencias estadísticas para mejorar muchos aspectos de los sistemas estadísticos de
cada país. Es también parte del World Bank Millennium DevelopmentGoals.
El GDDS tiene como objetivo fomentar en los países miembros del FMI la construcción
de un entorno de trabajo que mejore la calidad de los datos y la capacidad estadística.
El GDDS comprende la preparación de los datos describiendo las prácticas llevadas a
cabo para recoger los datos y los posibles planes y acciones para su mejora. Tras
construir el entorno de trabajo, el país puede evaluar sus necesidades estadísticas y
establecer las prioridades para mejorar el tiempo, transparencia, la exactitud y
accesibilidad de los datos financieros y económicos.
CARTAS DE CRÉDITO
Es un medio de pago por el cual el banco emisor se compromete por petición del
importador, a pagarle al exportador una suma de dinero, previamente establecida, a
cambio de que éste haga entrega de los documentos de embarque dentro de un
periodo de tiempo dado.
QUIENES PARTICIPAN
A) Exportador o Vendedor Su participación inicia al negociar los términos y las
condiciones de la Carta de Crédito; posteriormente tendrá que embarcar las
mercancías de acuerdo con lo pactado, también se le conoce como beneficiario ya que
será quien reciba el pago convenido.
B) Importador o Comprador Es la persona que pone en marcha los trámites para
establecer una carta de crédito, es quien solicita en primera instancia su apertura.
C) Banco Emisor Es el banco que emite o abre la carta de crédito de acuerdo con las
instrucciones de su cliente.
D) Banco Intermediario Se le dan distintos nombres como "notificador" si únicamente
avisa del crédito y "confirmador" si entrega la conformación del crédito a su cliente su
función es la de calificar y evaluar a sus clientes y los documentos para garantizar el
éxito de la transacción.
FINANZAS I Página 34
BENEFICIOS:
El comprador no paga anticipadamente, ya que ofrece a su proveedor un medio
de pago bancario ejercible contra documentos que cumplan con ciertas
condiciones y tiene la posibilidad de financiamiento sin modificar el pago al
proveedor.
En cartas de crédito confirmadas el beneficiario (vendedor) obtiene una garantía
bancaria en su propia país, con la seguridad del pago al cumplimiento de las
condiciones y con la posibilidad del descuento de sus ventas a plazo sin afectar
sus líneas de crédito, ni lo pactado con el comprador.
En cartas de crédito notificadas el beneficiario cuenta con la garantía de pago
del banco emisor de la carta de crédito
Las cartas de crédito irrevocables no pueden modificarse ni cancelarse sin el
previo consentimiento de las partes que intervienen.
SUJETOS
Ordenante: es el importador o comprador de la mercancía, y es entonces quien
solicita la apertura del crédito documentario e instruye al banco emisor sobre las
condiciones para llevarlo a cabo. Es el obligado final a pagar, y deberá
reembolsar al banco emisor cuantas cantidades o gastos anticipe éste.
Banco emisor: es el banco sobre el que recae la obligación principal para con el
beneficiario, y el que deberá abrir el crédito documentario a favor de éste. Obra
a pedido y bajo las instrucciones del ordenante.
Beneficiario: es el exportador o vendedor de la mercancía, y el que tiene el
derecho de cobro en función del cumplimiento de las condiciones impuestas en
el crédito. Es el receptor del documento que sustenta el crédito, y el que recibirá
entonces una garantía de pago siempre que esté en posición de presentar la
documentación requerida en los plazos correspondientes.
Banco corresponsal: según la responsabilidad que tenga, se llamará banco
pagador si debe entregarle dinero a la vista al beneficiario contra el cumplimiento
de sus obligaciones (pago a la vista), banco negociador si estuviera encargado
de descontar letra/s al beneficiario contra el cumplimiento de sus obligaciones
FINANZAS I Página 35
(pago diferido), banco aceptador si acepta la/s letra/s del beneficiario para
pagárselas al vencimiento o banco avisador si solo actúa notificando al
beneficiario de la apertura del crédito a su favor. Los usos y costumbres hacen
que el banco corresponsal pueda investir la figura de más de un sujeto, por tener
responsabilidades diferentes (por ejemplo, puede ser banco avisador y banco
negociador a la vez).
TIPOS DE CARTAS DE CRÉDITO
DOMÉSTICAS
Es la carta de crédito abierta en favor de un beneficiario que tiene su domicilio
localmente y, generalmente, no requiere la intervención de otra institución financiera.
Establece una relación triangular entre el ordenante del instrumento, el banco emisor y
el beneficiario vendedor.
Es la carta de crédito abierta en favor de un beneficiario que tiene su domicilio en el
país. Generalmente intervienen bancos del exterior como intermediarios ante el
beneficiario. Al abrir la carta de crédito, el banco la remite a su corresponsal extranjero
para que agregue su confirmación y dé aviso al beneficiario, directamente o a través de
su propio corresponsal en el país de destino.
CONTRA PAGO
Este tipo de carta puede subdividirse a su vez en pago a la vista y diferido.
Pago a la vista y confirmado por el banco pagador, éste no puede demorar el
pago.
Diferido (pagadero a plazo) y confirmado el banco se compromete contra
entrega de documentos a pagar en el vencimiento.
CONTRA ACEPTACIÓN
El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de una letra de
cambio liberada a plazo contra un banco designado por el crédito que puede ser el
propio emisor.
CONTRA NEGOCIACIÓN
El crédito es disponible contra presentación de los documentos y de una letra de
cambio liberada a la vista o a plazo contra el banco emisor. El banco negociador
“compra” por cuenta del emisor los derechos del beneficiario sobre el crédito. Un
crédito libremente negociable puede ser negociado por cualquier banco.
REVOCABLES O IRREVOCABLES
FINANZAS I Página 36
Por omisión, la carta de crédito se considera irrevocable, es decir, el compromiso
emitido y aceptado por las partes no puede ser modificado sin el consentimiento de
todas las partes involucradas (ordenante, bancos, beneficiario). Por expresa indicación
puede emitirse un crédito documentario nominado revocable, en cuyo caso podrá
modificarse siempre que no haya sido utilizado, y quedarán firmes las obligaciones
adquiridas, o en curso de ejecución.
COMERCIALES O FINANCIERAS
Según el tipo de obligación que ampara, la carta de crédito puede ser comercial,
cuando la transacción que la involucra es una operación de compraventa, que puede
ser local o internacional (de importación o de exportación), o financiera, cuando
asegura el cumplimiento de una obligación de este orden (stand by).
NOMINATIVAS O NEGOCIABLES
Es nominativa la carta de crédito que indica expresamente los bancos autorizados para
confirmar, avisar y negociar el instrumento, y serán negociables libremente aquellas
que no indican expresamente los bancos nominados para intervenir en su manejo.
A vista, por aceptación o por pago diferido Según su disponibilidad, la carta de crédito
podrá ser a vista cuando el pago se efectúe de inmediato contra presentación de
documentos conformes; por aceptación, cuando el pago se produzca por la aceptación
del banco pagador de una letra de cambio librada a plazo cierto, o por pago diferido,
cuando el pago se establezca a un plazo determinado luego de la utilización del
instrumento (días fecha factura o de la emisión de documento de transporte).
CARTAS DE CRÉDITO PARTICULARES
Transferibles: La carta de crédito que expresamente así lo indique le permite al
beneficiario hacer disponible el crédito total o parcialmente a un tercero
(segundo beneficiario), conforme a los mismos términos, condiciones,
obligaciones y beneficios, excepto el valor y precio de las mercancías que podrá
ser reducido. La omisión de indicación al respecto implica que es intransferible.
Rotativa: Incluye la restitución inmediata del valor del crédito toda vez que sea
utilizado permitiendo su reutilización en la misma forma, monto y condiciones
originales, durante un plazo determinado.
De Anticipo: Permite el pago anticipado total o parcial contra simple recibo y
compromiso expreso de presentación de documentos (Cláusula Roja) o contra
un certificado de depósito en almacén autorizado, facturas u otros comprobantes
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de disposición previamente convenidos e identificados en el crédito (Cláusula
Verde).
Back to Back: Se establece cuando el banco abre un crédito respaldado por
otro crédito más importante a favor del ordenante.
TRANSFERENCIAS BANCARIAS
Las transferencias bancarias es un modo de mover dinero.
Características:
Se hacen entre cuentas de una misma persona física o jurídica en un mismo banco o
también en diferentes bancos en diferentes países o entre cuentas de diferentes
titulares.Normalmente si las dos cuentas están en el mismo banco y son de la misma
persona, no se suele cobrar comisión. A veces aun estando en el mismo banco, se
cobra comisión por pertenecer a una persona distinta.
También puede suceder que se desconozca el número de la cuenta de destino de la
transferencia. Esto no impide que la transferencia se pueda realizar, pues normalmente
el banco de destino se encargará de buscarla, pero esto puede suponer que las
comisiones que se cobren sean mayores.
TRANSFERENCIA BANCARIA ELECTRÓNICA:
Para facilitar los pagos entre bancos, se suelen utilizar códigos de identificación
bancaria nacionales e internacionales. El de mayor utilización internacional es el
SWIFT, aunque actualmente se utilice cada vez más el IBAN promulgado por el Comité
Europeo de Estándares Bancarios.
Código SWIFT (TheSocietyforWorldwideInterbankFinancialTelecomunications), es un
formato estándar de los códigos de identificación bancaria (BIC) y es código de
identificación único para un banco en particular.
Estos códigos se utilizan cuando la transferencia de dinero entre los bancos, en
particular para las transferencias bancarias internacionales. Los bancos también
utilizan los códigos para el intercambio de otros mensajes entre ellos.
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El IBAN puede utilizarse en todas las operaciones con el extranjero, con todos los
países del mundo, y sirve principalmente para identificar la cuenta bancaria en los
pagos internacionales.
Con fundamento en la recomendación efectuada por el CMCA (El Consejo Monetario
Centroamericano), la Junta Monetaria, en agosto de 2011, aprobó mediante Resolución
JM-95-2011, el Reglamento para la Estandarización de Cuentas Bancarias para
Guatemala. Este reglamento es el resultado del análisis de la estructura de cuentas
bancarias del sistema bancario nacional, efectuado por el Banco de Guatemala y por
los bancos del sistema.
Se definió para Guatemala una cuenta bancaria estandarizada bajo la estructura IBAN,
con una longitud de 28 caracteres, integrada de la forma siguiente:
Código de país: Se representa con 2 caracteres alfabéticos que identifican al
país donde se encuentra establecida la institución bancaria de que se trate. Para
el caso de Guatemala serán las letras GT.
Dígito verificador: Se representa con 2 caracteres numéricos, calculado de
acuerdo con la metodología de la Cuenta Bancaria Estandarizada.
Código bancario: Se representa con 4 caracteres alfabéticos del código de
identificación bancaria (BIC), asignado por SWIFT, que identifican a la institución
bancaria, el cual obedece al ordenamiento que realice cada país.
Número de cuenta bancaria: Se representa con 20 caracteres alfanuméricos.,
que deberán escribirse en mayúsculas, sin espacios ni separaciones. Los 2
primeros caracteres identificarán el código de moneda; el tercero y cuarto
caracteres el código de producto; y los restantes dieciséis caracteres el número
de la cuenta asignado por cada institución bancaria. Los espacios que no se
utilicen, deben ser llenados con 0, hasta llegar a la longitud de 20 caracteres.
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CONCLUSIONES
La riqueza de un país se mide en la producción que genera un país.
Toda moneda debe estar respaldada por la riqueza de un país.
La máxima Autoridad que vela por la política monetaria, cambiaria y crediticia del
país es la Junta Monetaria, quien es la que dirige al Banco de Guatemala y la
Superintendencia de Bancos.
Guatemala cuenta con dos sistemas Financieros, El Sistema Regulado y no
Regulado.
Toda entidad financiera que tenga operaciones en el país deberá ser fiscalizada
por la Superintendencia de Bancos.
El Fondo Monetario Internacional tiene como objetivos promover políticas
cambiarias sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y
reducir la pobreza a nivel mundial.
Es importante tener buenas políticas cambiarias y crediticias para que el país
sea sostenible y pueda afrontar cualquier situación económica.
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RECOMENDACIONES
Distinguir las dos formas del Sistema Financiero en Guatemala.
Identificar cuando las Entidades Financieras, son reguladas y supervisadas por
El Banco de Guatemala.
Conocer la estructura organizacional de cada entidad que está relacionada con
el Sistema Financiero en Guatemala.
Conocer a los integrantes y representantes, así como cada una de sus
funciones, para poder obtener el criterio necesario para realizar comentarios y
observaciones en función al Sistema Financiero Guatemalteco.
La importancia de saber distinguir entre cada una de las entidades bancarias,
como trabajan y cuáles son sus funciones principales y así poder elegir o bien
saber a cuál dirigirse según las necesidades que se requieran cubrir.
Poder identificar entre cada una de las operaciones que realizan las Entidades
Financieras, ya sean Operaciones Activas u Operaciones Pasivas.
Conocer la diferencia entre un Órgano Financiero y una Entidad Financiera. Así
como conocer cada una de sus funciones y los distintos servicios que prestan.
Conocer cuál es la función principal del Ministerio de Finanzas, así como su
estructura organizacional, la importancia de la fiscalización a las Entidades
Financieras que operan en el país, de qué manera intervine y la forma y tiempo
en que presentan Informes Financieros, no solo para el uso Gerencial y
Gubernamental si no para cada uno de los ciudadanos.
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BIBLIOGRAFIA
Constitución Política De La República De Guatemala
Decreto 215 del Congreso de la República de Guatemala (Ley Orgánica del
Banco de Guatemala.
Ley de Supervisión Financiera, Decreto Número 18-2002 del Congreso de la
República de Guatemala.
Resolución JM-647-93 de la Junta Monetaria.
Acuerdo Gubernativo No. 135 Reformas al Acuerdo Gubernativo No. 394-2008
del 23 de diciembre de 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de
Finanzas Públicas
Acuerdo Gubernativo No. 394-2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio
de Finanzas Públicas
Ley del Mercado de Valores y Mercancías
Decreto 34-96
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E-GRAFÍA
www.bancodeguatemala.gob.gt
www.minfin.gob.gt
www.sib.gob.gt
http://www.aulafacil.com/cursosenviados/analisisestadosfinancieros/Lecc-7.htm
http://www.banguat.gob.gt/inveco/notas/articulos/envolver.asp?karchivo=1002&k
disc=si
http://es.wikipedia.org/wiki/Transferencia_bancaria
http://www.listadecodigosswift.com.ar/
http://www.bantigua.com.gt/images/pdf/estandar-cuentas-bancos.pdf