prevencion lavado de activos

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ES REVENCION AVADO DE ACTIVOS ACTIVIDAD SEMANA 3 Descripción de la actividad Conteste las siguientes preguntas: Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para prevenir el lavado de activos? Explique cada uno. Sabemos de acuerdo al material que son 3, 1 es adoptar y aplicar medidas de control, 2 efectuar reportes y 3 conocer la vigilancia que ejecuta la superintendencia. 3. Mecanismos de control 3.1 Conocimiento de clientes y del mercado El conocimiento del cliente y del mercado permite protegerse adecuadamente del lavado de activos a través de sus operaciones. 3.1.1 Concepto de Cliente. Se entiende por cliente, a la persona natural o jurídica que ostenta la calidad de usuario y con la que se establece y/o se mantiene una relación contractual para la prestación de cualquier servicio y/o suministro de cualquier producto propio de la actividad financiera. 3.1.2 Conocimiento del Cliente. a) Reglas generales De acuerdo con las características particulares de los diferentes productos o servicios que se ofrezca, cada entidad deberá diseñar y poner en práctica mecanismos de control que le permitan alcanzar un conocimiento adecuado de todos sus clientes, en cuanto a su identificación y a la

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Page 1: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

ES REVENCION AVADO DE ACTIVOS

ACTIVIDAD SEMANA 3

Descripción de la actividad

Conteste las siguientes preguntas:

Cuáles son los requisitos que se deben cumplir para prevenir el lavado de activos? Explique cada uno. Sabemos de acuerdo al material que son 3,

1 es adoptar y aplicar medidas de control,

2 efectuar reportes y

3 conocer la vigilancia que ejecuta la superintendencia.

3. Mecanismos de control

3.1 Conocimiento de clientes y del mercado

El conocimiento del cliente y del mercado permite protegerse adecuadamente del lavado de activos a través de sus operaciones.

3.1.1 Concepto de Cliente.

Se entiende por cliente, a la persona natural o jurídica que ostenta la calidad de usuario y con la que se establece y/o se mantiene una relación contractual para la prestación de cualquier servicio y/o suministro de cualquier producto propio de la actividad financiera.

3.1.2 Conocimiento del Cliente.

a) Reglas generales

De acuerdo con las características particulares de los diferentes productos o servicios que se ofrezca, cada entidad deberá diseñar y poner en práctica mecanismos de control que le permitan alcanzar un conocimiento adecuado de todos sus clientes, en cuanto a su identificación y a la

|determinación de su actividad económica, a efecto de definir su perfil financiero. |

|Cuando se considere necesario, el gobierno a través de sus organismos de control establecerá, por tipo de producto o servicio ofrecido, los |

|requisitos mínimos de información y documentación necesarios para la vinculación de clientes. |

Page 2: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|El conocimiento del cliente debe empezar por el registro de entrada al sistema y el cumplimiento de los requisitos que determine la entidad |

|para cada uno de los productos o servicios a través de los cuales se puede vincular. Es necesario que se indague, por los medios que considere|

|más eficaces, acerca de datos personales y comerciales relevantes. |

|Todos estos datos deben verificarse, estar soportados adecuadamente y actualizarse cuando menos una vez al año. |

|La política de conocimiento del cliente supone el cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en normas de carácter general para |

|acceder a cualquier producto o servicio. |

|3.1.3 Conocimiento del mercado |

|Cada entidad diseñar y poner en práctica mecanismos de control que le permitan alcanzar un conocimiento adecuado del mercado correspondiente a|

|cada clase de producto o servicio que ofrezca, para determinar las características usuales de las transacciones que se desarrollan dentro del |

|mismo y compararlas con las transacciones que realicen quienes negocien con esos productos o servicios. |

|3.1.4 Compra y venta de inversiones |

|Cuando las entidades realicen operaciones simultáneas, sucesivas o fraccionadas de compra y venta de inversiones de cualquier naturaleza, |

|deberán identificar al comprador y la actividad económica del mismo, de conformidad con las instrucciones contenidas en los artículos 102 a |

|107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. |

|Cuando la operación consista en una transacción de acciones recibidas en dación en pago o por cualquier otro medio, se deberán tener en cuenta|

|las normas establecidas. |

|3.2 Control de operaciones |

|3.2.1 Segmentación del mercado |

Page 3: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Con el fin de lograr un adecuado control de las operaciones que realizan, las entidades deben adoptar parámetros de segmentación o cualquier |

|otro instrumento de similar eficacia, por niveles de riesgo, por clase de producto, o por cualquier otro criterio, que les permita identificar|

|las operaciones inusuales. |

|Una adecuada segmentación debe permitirles a las entidades establecer el rango en el cual se desarrollan normalmente las operaciones que |

|realizan los clientes y las características del mercado. |

|3.2.2. Consolidación de operaciones por cliente |

|Para determinar las operaciones inusuales es necesario consolidar, dentro de cada mes calendario, todas las operaciones de un mismo cliente. |

|Las operaciones débito y crédito no deben sumarse entre sí. |

|3.2.3 Señales de alerta |

|Para facilitar la detección de las operaciones inusuales, cada entidad deberá definir en su manual de procedimiento un listado de señales de |

|alerta. |

|Estas señales de alerta deben considerar la naturaleza específica de cada entidad, las diversas clases de productos o servicios que ofrecen, |

|los niveles de riesgo o cualquier otro criterio que a juicio de la entidades resulte adecuado. |

|3.2.4 Desarrollo tecnológico |

|Para facilitar la detección de las operaciones inusuales, las entidades deben implementar niveles de desarrollo tecnológico que aseguren la |

|mayor cobertura y alcance de los mecanismos de control. |

|El nivel de tecnología implementado deberá permitirles hacer un cubrimiento de operaciones realizadas en todas sus oficinas, con el fin de |

Page 4: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|consolidar la información relacionada con transacciones efectuadas por un mismo cliente. |

|3.3 Detección de operaciones inusuales y determinación de operaciones sospechosas |

|3.3.1 Concepto |

|Son inusuales aquellas operaciones cuya cuantía o características no guarden relación con la actividad económica de los clientes, o que por su|

|número, por las cantidades transadas o por sus características particulares, se salen de los parámetros de normalidad establecidos para |

|determinado rango de mercado. |

|3.3.2 Detección de operaciones inusuales |

|El perfil básico de operaciones de un cliente debe inscribirse dentro del segmento de mercado que corresponda a las características de sus |

|transacciones, de tal forma que se detecten las operaciones inusuales con la ayuda de tecnología adecuada, con base en señales de alerta |

|predefinidas y en el criterio prudente de la entidad. |

|El conocimiento del mercado y su segmentación de acuerdo con los lineamientos determinados y la identificación de las transacciones que se |

|salgan de esos parámetros, apoyado por un adecuado nivel de desarrollo tecnológico, contribuyen también a la identificación de operaciones |

|inusuales. |

|3.3.3 Determinación de operaciones sospechosas |

|La confrontación de las detectadas como inusuales, con la información acerca de los clientes y los mercados, debe permitir, conforme el buen |

|criterio de la entidad, identificar si una operación es o no sospechosa. |

|Con todo, la entidad podrá considerar como sospechosas aquellas operaciones del cliente que, no obstante mantenerse dentro de los parámetros |

Page 5: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|de su perfil financiero, con buen criterio estime en todo caso irregular o extraña, a tal punto que escapa de lo simplemente inusual. |

|3.4 Control de transacciones en efectivo |

|3.4.1 Montos de transacciones sujetas a registro individual |

|De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, todas la entidades deben dejar constancia en |

|formulario especialmente diseñado para el efecto, de la información relativa a transacciones en efectivo cuyo valor sea igual o superior a |

|diez millones de pesos ($10.000.000.00) si es en moneda legal o cinco mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica (US$5.000.00) o su |

|equivalente en otras monedas, según la tasa de cambio en dólares americanos del día en que se realice la operación conforme indique el Banco |

|de la República. |

|3.4.2 Determinación de transacciones múltiples como una sola operación |

|Aquellas transacciones que se realicen en una o varias oficinas, durante un (1) mes calendario, por o en beneficio de una misma persona, que |

|en su conjunto igualen o superen cincuenta millones de pesos ($50.000.000.00) si es en moneda legal o cincuenta mil dólares (US $50.000.00) o |

|su equivalente en otras monedas, deberán considerarse como transacción única. |

|Estas transacciones múltiples deben incluirse dentro de los reportes consolidados que trimestralmente deben enviarse a las entidades de |

|vigilancia y control . |

|3.4.3 Organización interna de la información |

|Las entidades a que se refiere esta circular están obligadas a conservar debidamente organizados por orden cronológico y a disposición de las |

Page 6: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|autoridades los formularios establecidos en el numeral 1° del artículo 103 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. |

|La información contenida en esos formularios deberá organizarse internamente por orden alfabético o numérico de identificación, en forma |

|centralizada, de manera que permita atender requerimientos de las autoridades y pueda ser utilizada eficientemente por cada entidad para la |

|detección de operaciones inusuales o sospechosas. |

|3.4.4 Clientes exceptuados del registro individual |

|Aquellos clientes que por el giro normal de sus negocios realicen transacciones múltiples en efectivo, habiéndose establecido que sus |

|actividades son lícitas, pueden ser excluidos del diligenciamiento del formulario individual. |

|En estos casos, se debe mantener un registro especial sobre la s características específicas y el volumen de los negocios de esos clientes, en|

|el que consten las razones por las cuales fueron exonerados. |

|Las entidades deben incluir en sus manuales de procedimientos los requisitos generales que deben cumplir estos clientes. |

|Este régimen de excepción debe basarse en el estricto conocimiento del cliente. |

|3.4.5 Capacitación |

|Las entidades están en la obligación de desarrollar programas de capacitación dirigidos a todos sus funcionarios, con el fin de instruirlos en|

|el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de prevención de lavado de activos, y particularmente para indicarles cuáles son los |

|mecanismos de control desarrollados por la entidad y su aplicación y cumplimiento. |

|Esos programas de capacitación deben ser constantemente revisados y actualizados por las entidades, de acuerdo con sus necesidades internas y |

Page 7: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|la legislación vigente. |

|4. Reportes |

|4.1 Relativos a las transacciones en efectivo |

|El control a las transacciones en efectivo debe permitirle a la entidad detectar operaciones inusuales, además de ser un sustento estadístico |

|que le proporciona a la entidad de control un elemento adicional en la determinación de sus políticas de supervisión. |

|El reporte consolidado de transacciones en efectivo dirigido a la entidad de control no exime a la entidad de la detección de las operaciones |

|inusuales o sospechosas relacionadas con efectivo. |

|4.1.1 Reporte consolidado a la entidad de control |

|Las entidades deberán remitir un informe global trimestral sobre el número de transacciones en efectivo, mediante el diligenciamiento de la |

|proforma adjunta, conforme a las instrucciones contenidas en la misma. |

|En el evento de que no se presenten las transacciones aludidas en el inciso anterior, la entidad deberá informar por escrito sobre tal hecho, |

|en la fecha correspondiente. |

|4.1.2 Clientes exceptuados del registro individual |

|De acuerdo con lo establecido en el numeral 2° del artículo 103 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, las entidades controladas están |

|en la obligación de informar mensualmente al ente de control los nombres de todos los clientes exonerados de tener el formulario de |

|transacciones en efectivo. |

|Esa información debe remitirse a la entidad de control en anexo correspondiente. |

Page 8: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|En el evento de que no se presenten clientes exceptuados del registro individual, la entidad deberá informar por escrito sobre tal hecho, en |

|la fecha correspondiente. |

|4.2 Reporte de transacciones sospechosas a la Unidad de Información y Análisis Financiero (U.I.A.F.) |

|4.2.1 Aspectos generales |

|Una vez se determine que una operación es sospechosa, deberá seguirse el trámite previa y debidamente reglamentado en el manual de |

|procedimientos, para hacer el respectivo reporte a la Unidad de Información de Análisis Financiero. |

|Para efectos del reporte no se requiere que las entidades controladas tengan certeza de que se trata de una actividad delictiva, o que los |

|recursos que manejan provienen de esas actividades, ni tampoco identificar el tipo de penal; sólo se requiere que la entidad considere que las|

|operaciones son sospechosas. |

|Bajo el entendido de que el reporte de operaciones sospechosas no constituye denuncia penal, no se exige que deba estar suscrita por |

|funcionario alguno de la entidad. |

|4.2.2 Contenido del reporte |

|El reporte de transacciones sospechosas deberá remitirse a la Unidad de Información y Análisis Financiero, en medio electrónico o magnético, |

|conforme al anexo correspondiente. |

|4.2.3 Reporte de ausencia de operaciones sospechosas |

|Las entidades que no hayan encontrado evidencia de la existencia de operaciones sospechosas, deberán informar sobre tal hecho a la Unidad de |

|Información y Análisis Financiero, UIAF, de manera mensual, dentro de los diez (10) primeros días del mes siguiente al del reporte. |

| |

Page 9: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Cómo puede ser utilizada una entidad financiera para el lavado de activos? |

|Toda industria delictiva que maneja recursos en efectivo tiene graves problemas por los volúmenes en dinero que éstos representan, en la |

|medida que no puede realizar importantes transacciones con ese efectivo sin despertar sospechas. |

| |

|El Lavado de Activos se realiza con el objeto de encubrir la actividad criminal con la cual está relacionado, ocultando la verdadera fuente de|

|los fondos para que después puedan utilizarse libremente. |

| |

|Las entidades financieras al recibir los depósitos del público son los principales agentes para la transferencia de dinero, por lo cual |

|resulta obvio que la fase inicial del depósito sea un instrumento fundamental para los delincuentes. Otro momento importante para la detección|

|de operaciones sospechosas ocurre cuando los recursos ilícitos son repartidos mediante transferencias aparentemente lícitas a través de las |

|entidades financieras. |

| |

|Tradicionalmente el lavado de dinero se ha examinado desde la perspectiva del negocio del narcotráfico, no obstante constituye un |

|procedimiento que puede extenderse a otras modalidades delictivas, como ocurre en el caso del secuestro, el terrorismo, la corrupción y los |

|delitos contra la administración pública. |

| |

|Por ello, resulta necesario conocer en qué consiste el Lavado de Activos cuáles son las etapas que comprende, cuales son las formas frecuentes|

|de realizarlo y como podemos reconocer operaciones que puedan estar encaminadas a lavar dinero de origen ilícito. |

Page 10: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

| |

|Diga 3 características que debe poseer el Código de Conducta. |

| |

|Aparte de los mencionados en el material pienso indiscutiblemente que se deben retomar conceptos sobre los componentes internacionales en el |

|marco de la Cooperación Jurídica internacional frente al lavado de activos o por lo menos nombrarlos o establecerlos como parámetros generales|

|dentro del respectivo código. |

| |

|Ley Patriótica. La Ley autoriza al Presidente a “confiscar cualquier propiedad de cualquier persona extranjera, organización extranjera, o |

|país extranjero que según él, haya planeado, autorizado, ayudado o participado en “hostilidades” o “ataques en los Estados Unidos”. Su |

|filosofía se basa en la Metáfora del Derecho Globalizado, Corresponsabilidad, Convergencia de Estatutos Jurídicos y Arbitraje Regulatorio |

| |

|Ley de la Victoria. Es una compilación de normas de la Ley Patriótica que revisa el paquete de normas sobre lavado de dinero, crímenes de |

|cuello blanco y fraude corporativo. Establece herramientas de confiscación e interceptación de comunicaciones. Su filosofía es la de combatir |

|frontalmente el narcotráfico y la financiación del terrorismo. |

| |

|Sarbanes – Oxley Act. Con esta Ley se busca evitar un nuevo fraude corporativo como el de Enron en USA o el de Parmalat en Europa. Genera |

|independencia en el auditor y responsabilidad corporativa. Su filosofía es la separación de las funciones de contabilidad, auditoría y |

|revisoría fiscal. |

| |

Page 11: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Pedro Pérez tiene una cuenta en el Banco JSP y una asesora le ha dado sus datos a un cliente que lo vio en el banco y se le hizo conocido. |

|Usted que la asesora del banco obró correctamente?, porqué? Justifique sus respuestas. |

| |

|Obró incorrectamente, sencillamente por que la información de cada usuario o cliente es confidencial y el otro que la solicito, puede hacer |

|mal uso de ella, usando al buen nombre de su “conocido” para actuar indebidamente. Ahora esta información es confidencial y puede haber |

|causal para despido e imposiciones de sanciones penales, no obstante si es solicitada por una autoridad competente o presentada mediante |

|reporte a las autoridades de fiscalización sería una situación diferente. |

|No obstaente tambi´n es importante conocer la normatividad nacional respecto a este tema: |

|Decreto 1872 de 1992.- Dispuso la obligación de las instituciones sometidas al control de la Superintendencia Bancaria ( Hoy Superintendencia|

|Financiera de Colombia ) a adoptar medidas de control, para evitar que en la realización de sus operaciones puedan ser utilizadas como |

|instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión y aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades |

|delictivas, o para dar apariencia de legalidad a las actividades o transacciones y fondos vinculados con las mismas. |

| |

|Ley 67 de 1993.- “Por medio de la cual se aprueba la convención de Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias |

|Psicotrópicas”, o Convención de Viena de 1988. |

| |

|Ley 190 de 1995.- Dispone como una de las funciones de la Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera de Colombia) ejercer el |

Page 12: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|control de lavado de activos. |

| |

|Decreto 1552 de 1995.- Crea la Unidad de Prevención de Lavado de Activos en la Superintendencia Bancaria (Hoy Superintendencia Financiera de |

|Colombia). |

|Ley 365 de 1997.- Establece el deber de las entidades financieras de controlar las operaciones en efectivo. |

| |

|Ley 526 de 1999.- el Gobierno creó como una unidad especial la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF), que es una unidad de |

|información de activos financieros, independiente de la Superintendencia Financiera, la cual actúa en el análisis de los casos surgidos de la |

|información reportada por las entidades financieras, para determinar aquellos que pueden dar lugar a investigación por la Fiscalía General de|

|la Nación. |

| |

|Ley 898 de 2004.- Aprobó la Convención Interamericana contra el Terrorismo, en la que cada estado parte se comprometió a tomar las medidas |

|para asegurar que su legislación penal referida al lavado de dinero incluya como delitos determinantes del lavado de dinero los establecidos |

|en la citada Convención. En esta Convención el narcotráfico es contemplado como una parte del terrorismo. |

| |

|Ley 1017 de 2006.- Aprueba el “Convenio sobre blanqueo, detección, embargo y confiscación de los productos de un delito”. firmado en |

|Estrasburgo el 8 de noviembre de 1990, y aprobado por ésta ley en Colombia, compromete al Gobierno a adoptar mediadas de confiscación de los |

|instrumentos o productos de un delito. |

| |

Page 13: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Ley 1121 de 2006 por la cual se dictan normas para la prevención, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras|

|disposiciones, actualiza las normas del EOSF, el tipo penal correspondiente al lavado de activos y las obligaciones de reserva sobre la |

|información reportada. |

| |

|Resolución No 11880 de octubre 2007, emitida por el Director General de la Unidad Administrativa Especial DIAN, el propósito de esta norma es |

|regular todo lo pertinente a la entrada y salida de divisas y moneda legal colombiana en efectivo por un monto superior a diez mil dólares de |

|los Estados Unidos de América (US $10.000) o su equivalente en otras monedas o títulos representativos. |

| |

|Circular 061 de diciembre 2007, emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, modifica el Capitulo Décimo Primero del Titulo I de la|

|Circular Básica Jurídica adoptado mediante la Circular Externa 022 de 2007 denominado “Instrucciones Relativas a la Administración del Riesgo |

|de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo”. Esta norma prorroga los plazos del Cronograma de SARLAFT al 01 de julio de 2008 y |

|sus anexos I, II, II, IV, V y VI, rigen a partir del 01 de abril de 2008. Así mismo presenta algunas modificaciones de contenido. |

| |

|Resolución No 285 de diciembre 2007, por la cual se impone a los depósitos públicos y privados; sociedades de intermediación aduanera; |

|sociedades portuarias; usuarios de zona franca; empresas transportadoras; agentes de carga internacional; usuarios aduaneros permanentes y |

|usuarios altamente exportadores, la obligación de reportar los ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas) y Transacciones individuales en |

|efectivo que superen los Diez Millones de Pesos ($10.000.000), de manera directa a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF). |

| |

Page 14: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Cuál es la importancia de la política “conocer bien a sus clientes”? |

| |

|Generar un clima de confianza y establecer la veracidad, legalidad y viabilidad de las operaciones de los clientes asi como el origen de sus |

|recursos. |

|Es por ello que la herramienta mas útil para evitar el riesgo del Lavado de Activos, es posiblemente la política de conocer a su cliente, |

|dicha implementación le proporcionará a la Entidad los datos necesarios para detectarlas transacciones inusuales y sospechosas |

|oportunamente. |

| |

|Nombre 3 disposiciones comerciales para prevenir y controlar el lavado de activos |

|Conocimiento del mercado |

|Cada entidad diseñar y poner en práctica mecanismos de control que le permitan alcanzar un conocimiento adecuado del mercado correspondiente a|

|cada clase de producto o servicio que ofrezca, para determinar las características usuales de las transacciones que se desarrollan dentro del |

|mismo y compararlas con las transacciones que realicen quienes negocien con esos productos o servicios. |

|Compra y venta de inversiones |

|Cuando las entidades realicen operaciones simultáneas, sucesivas o fraccionadas de compra y venta de inversiones de cualquier naturaleza, |

|deberán identificar al comprador y la actividad económica del mismo, de conformidad con las instrucciones contenidas en los artículos 102 a |

|107 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. |

|Cuando la operación consista en una transacción de acciones recibidas en dación en pago o por cualquier otro medio, se deberán tener en cuenta|

Page 15: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|las normas establecidas. |

|Segmentación del mercado |

|Con el fin de lograr un adecuado control de las operaciones que realizan, las entidades deben adoptar parámetros de segmentación o cualquier |

|otro instrumento de similar eficacia, por niveles de riesgo, por clase de producto, o por cualquier otro criterio, que les permita identificar|

|las operaciones inusuales. |

|Una adecuada segmentación debe permitirles a las entidades establecer el rango en el cual se desarrollan normalmente las operaciones que |

|realizan los clientes y las características del mercado. |

|Consolidación de operaciones por cliente |

|Para determinar las operaciones inusuales es necesario consolidar, dentro de cada mes calendario, todas las operaciones de un mismo cliente. |

|Las operaciones débito y crédito no deben sumarse entre sí. |

| |

|Cuáles son los clientes catalogados como no deseables? |

|Aquellos cuyas actividades u origen de sus recursos no son confiables o son de dudosa procedencia o cuya actividad está por fuera de las |

|actividades consideradas legales o comunes. |

| |

|Comente y justifique su comentario sobre la siguiente frase: |

|“Los funcionarios de la entidad financiera están obligados a cumplir todos los pasos para lograr la correcta identificación del cliente, aún |

|cuando se trate de personas “recomendadas” o muy conocidas, sin aceptar ingresos de palabra u omitir trámites y controles” |

Page 16: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

| |

|Nombre 3 políticas de conocimiento del cliente y explique cada una |

|Actividades del cliente |

|Se debe tener conocimiento sobre las actividades que dan origen al financiamiento interno de los recursos financieros |

|Promoción del cumplimiento de normas legales |

|Si aplicamos la normatividad vigente seguro evitaremos el lavado y por ende mantendremos la reputación e imagen de nuestra institución |

|financiera. |

|Verificación de datos del cliente |

|No basta solo con que el cliente de datos, pues hoy día buscan amigos que aseguren ciertos datos, por ellos deben verificarse toda la |

|información, especialmente referencias y dato financieros. |

| |

|Nombre 2 de las principales Normas sobre el lavado de activos |

|Decreto 663 de 1993 Estatuto orgánico del sistema financiero. |

|Circulares externas 061/96, 072/96, y 012/99 |

|Criterios de evaluación |

Page 17: PREVENCION LAVADO DE ACTIVOS

|Tarea(Resumen /Preguntas de|Excelente |Bueno |Regular |Aceptable |

|reflexión e Investigación | | | | |

|complementaria) | | | | |

|Documento: Respuesta a la |Presenta la respuesta a la|Presenta la respuesta a la |Contesta en forma parcial o |Omite la respuesta o coloca |

|pregunta: Evaluación |pregunta en forma completa|pregunta en forma completa, |incluye errores en el |datos erróneos |

|Conceptos |y explícita. |falta un poco de claridad. |concepto | |

| | | | | |

| | | | | |

|10 puntos |10 puntos |9 puntos | | |

| | | |8 puntos |7 puntos |