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Prácticas del Módulo II de Educación y Sociedad Raquel Rodríguez Jimeno 15/05/2015 2ºA GRADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

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Page 1: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Prácticas del Módulo II de Educación y Sociedad Raquel Rodríguez Jimeno 15/05/2015 2ºA GRADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Page 2: Prácticas del módulo II de Pedagogía

INDICE

1. PRÁCTICA 2 A……………………………………………………………………2-9

2. PRÁCTICA 2B…………………………………………………………………10-11

3. PRÁCTICA 2C……………………………………………………………………12

4. PRÁCTICA 2D……………………………………………………………………13

5. AUTOEVALUACIÓN……………………………………………………………..14

Page 3: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Práctica 2a:

Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco

legar (LOMCE, LOE, Ley de Educación de Castilla – La Mancha y

Decretos de Currículo)

o LOMCE (LEY ORGÁNICA PARA LA MEJORA DE LA CALIDAD

EDUCATIVA DE 10 DE DIC. DE 2013)

Artículo 20. Tutoría.

1. La tutoría y la orientación del alumnado formarán parte de la función

docente y serán competencia de todo el profesorado, canalizada y

coordinada a través del tutor.

2. La acción tutorial orientará el proceso educativo individual y

colectivo de los alumnos a través de su integración y participación en la

vida del centro, el seguimiento individualizado de su proceso de

aprendizaje y la toma de decisiones relacionadas con su evolución

académica.

Artículo 21. Tutores.

1. Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será designado por el

director a propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá

preferentemente en el maestro que imparta mayor número de horas

lectivas semanales a dicho grupo. Además del anterior, en

determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor ayudante que

colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de acuerdo

con lo que se establezca en las normas de organización y

funcionamiento del centro.

2. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el

primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y

motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia

del mismo tutor en los cursos de 1. º a 3.º y de 4.º a 6.º.

3. El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de

alumnos tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua

colaboración con sus familias. Para ello establecerá a lo largo del curso

escolar un número mínimo de tres reuniones con el conjunto de padres

del grupo, que podrá coordinar con las sesiones de evaluación

trimestrales, y una individual con los padres de cada alumno.

Page 4: Prácticas del módulo II de Pedagogía

4. Son funciones de los tutores:

a) Participar en el desarrollo del Plan de acción tutorial y en las

actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios y

pudiendo contar, para ello, con la colaboración del orientador del

centro.

b) Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo.

c) Atender las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para

proceder a la adecuación personal del currículo.

d) Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su

participación en las actividades del centro.

e) Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas.

f) Colaborar con el orientador del centro en los términos que establezca

la jefatura de estudios.

g) Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos.

h) Informar a los padres o tutores legales, en su caso, del alumnado, a

los maestros y a los propios alumnos del grupo de todo aquello que les

concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento

académico.

i) Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de

los alumnos.

j) Atender y cuidar a los alumnos, junto con el resto del profesorado del

centro, en los periodos de recreo y en las actividades no lectivas.

5. Los tutores serán coordinados por el Jefe de estudios, manteniendo las

reuniones que sean precisas, con la finalidad de que la acción tutorial se

desarrolle en las condicilones adecuadas.

o LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación)

1- Desarrollar con el alumnado programas relativos a la mejora de la

convivencia, a los hábitos y técnicas de estudio, a la toma de

decisiones y al pensamiento creativo y emprendedor.

2-Facilitar el intercambio y la coherencia del proceso educativo con las

familias y establecer una vía de participación activa de la comunidad

educativa en la vida del centro.

Page 5: Prácticas del módulo II de Pedagogía

3-Coordinar al profesorado que interviene en un mismo grupo de

alumnos para garantizar la coherencia del proceso de enseñanza y

aprendizaje.

4. Colaborar con el resto de niveles de la orientación para favorecer un

desarrollo gradual y coordinado a través del asesoramiento y el

intercambio. La responsabilidad del profesorado con respecto a la

tutoría y los contenidos de la misma se concretarán en cada etapa y

nivel a través del currículo y de la organización del centro en función de

las particularidades del alumnado, garantizando que cada alumno

tenga, al menos, un tutor o tutora (artículo 7).

5-Favorecer los procesos de madurez personal y social, de desarrollo de

la propia identidad y del sistema de valores, y de la progresiva toma de

decisiones que el alumno ha de realizar a lo largo de su vida escolar.

6-Prevenir las dificultades de aprendizaje y no sólo asistirlas cuando han

llegado a producirse, anticipándose a ellas y combatir el abandono del

sistema educativo, el fracaso y la inadaptación escolar.

7-Colaborar en el ajuste de la respuesta educativa a las necesidades

particulares de todos y cada uno de los alumnos, adaptándola a sus

capacidades, intereses y motivaciones, mediante las oportunas

adaptaciones curriculares y metodológicas y el asesoramiento en las

medidas de atención a la diversidad que garanticen una respuesta

educativa más personalizada y especializada.

8 -Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas áreas,

ciclos y etapas y, particularmente, el paso de la educación infantil a la

primaria y de ésta a la educación secundaria obligatoria.

9 -Prestar asesoramiento psicopedagógico a los diferentes órganos de

gobierno y de coordinación docente de los centros educativos.

10 -Asesorar a las familias en su práctica educativa • Colaborar en el

desarrollo de la innovación, investigación y experimentación como

elementos que redundan en una mejora de la calidad educativa.

11-Contribuir a la adecuada relación e interacción entre los distintos

integrantes de la comunidad educativa: profesorado, alumnado y

familias, así como entre la comunidad educativa y su entorno

colaborando en los procesos organizativos y de participación de la

comunidad educativa, y en especial del alumnado, en la vida de los

centros.

Page 6: Prácticas del módulo II de Pedagogía

o Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de

julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias.Título

VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La

orientación educativa y profesional).

Artículo 22. El papel de las familias.

Las familias del alumnado constituyen una parte esencial del proceso

educativo y, actuando en colaboración con el profesorado como

miembros de la comunidad educativa, son agentes básicos para la

mejora de la educación.

Artículo 23. La participación de las familias en el proceso educativo.

1. Los padres y madres, y los tutores o tutoras legales tienen derecho a

elegir y participar en la definición del modelo de educación de sus hijos

e hijas o pupilos, a asociarse en defensa de sus derechos y a participar

en el gobierno de los centros de acuerdo con lo dispuesto en la Ley

3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación y lo

establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,

reguladora del Derecho a la Educación.

2. La Consejería competente en materia de educación impulsará

programas de formación de las familias o tutores legales para mejorar su

papel como educadores y para contribuir a una colaboración más

efectiva en la educación de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas.

3. La Consejería competente en materia de educación pondrá a

disposición de los centros docentes públicos los medios y programas

adecuados para desarrollar vías electrónicas de comunicación con las

familias, favoreciendo la realización de consultas y el intercambio de

información por medios telemáticos, sin detrimento de la relación

personal y directa entre las familias y el profesorado de los centros.

4. El Consejo de Gobierno desarrollará los derechos y deberes de las

familias del alumnado en tanto que miembros de la comunidad

educativa, incluidos los que les reconoce la Ley Orgánica 8/1985, de 3

de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, y regulará y

garantizará su ejercicio.

Artículo 24. Otros derechos de los padres y madres o tutores y tutoras

legales.

Los derechos de los padres y madres o tutores y tutoras legales se

sustentan en el derecho a la educación de sus hijos e hijas o pupilos y

Page 7: Prácticas del módulo II de Pedagogía

pupilas, y a que éstos reciban la formación religiosa y moral que esté de

acuerdo con sus propias convicciones. Tienen derecho a la libre

elección de centro, al conocimiento y la participación en el proyecto

educativo y las normas que regulan la vida en el centro, al

conocimiento de los criterios de evaluación y la opinión sobre las

decisiones que afecten al progreso académico de sus hijos e hijas o

pupilos, y a la información personal sobre su evolución educativa y su

rendimiento académico.

Artículo 25. Deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales.

1. Los deberes de los padres y madres o tutores y tutoras legales se

sustentan en la obligación de conocer y respetar el proyecto educativo

y las normas del centro, la colaboración con el profesorado y la

contribución al desarrollo educativo de sus hijos e hijas o pupilos y

pupilas. 2. Los centros docentes promoverán la suscripción por las

familias o tutores legales de compromisos orientados a la mejora del

estudio y la convivencia de sus hijos e hijas o pupilos y pupilas. Artículo

26. Asociaciones de madres y padres del alumnado.

1. Los padres y madres o tutores y tutoras legales del alumnado

matriculado en un centro educativo podrán asociarse de acuerdo con

lo dispuesto en la Ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en

la Educación y demás normativa vigente.

2. Los fines de las Asociaciones de madres y padres de alumnos y

alumnas serán los que se establecen en el artículo 27 de la Ley 3/2007,

de 8 de marzo, de Participación Social en la Educación

. Artículo 27. Medidas de fomento del asociacionismo.

1. La Consejería competente en materia de educación fomentará la

creación y desarrollo de asociaciones, federaciones y confederaciones

de asociaciones de madres y padres del alumnado.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y sus

federaciones y confederaciones, deberán inscribirse en el Registro de

entidades colaboradoras de la enseñanza, al que se hace referencia

en el artículo 135.5 de la presente Ley, de acuerdo al procedimiento

reglamentario que se establezca.

3. Las asociaciones de madres y padres del alumnado, y las

federaciones y confederaciones que tengan su sede y desarrollen

mayoritariamente su actividad en Castilla-La Mancha, podrán ser

declaradas de utilidad pública por el Consejo de Gobierno.

4. La Consejería competente en materia de educación impulsará

campañas informativas, de manera directa y a través de los medios de

comunicación, en colaboración con las federaciones y

confederaciones de madres y padres, para dar a conocer sus derechos

y deberes.

Page 8: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Artículo 28. La participación de las familias en los consejos escolares.

Las familias tienen el derecho y el deber de participar, en los términos

previstos en la ley 3/2007, de 8 de marzo, de Participación Social en la

Educación y a través de sus representantes elegidos

democráticamente, en el Consejo Escolar del centro y de la localidad,

así como en el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha.

Artículo 29. La colaboración de las familias.

Los centros docentes propiciarán la colaboración de las familias, de

forma voluntaria y siempre bajo las directrices del profesorado, en

tareas educativas no lectivas del centro cuyo objetivo sea la mejora de

la convivencia y el aprendizaje.

o DECRETOS DE CURRÍCULO EN CASTILLA-LA MANCHA PRIMARIA

Castilla-La Mancha ha hecho efectivo el traspaso de las funciones y

servicios correspondientes a las competencias educativas no

universitarias desde el primero de enero de 2000. La sociedad de

Castilla-La Mancha en general, y la comunidad educativa en particular,

se ha manifestado ampliamente sobre la necesidad de un servicio

educativo de calidad con sus miles de aportaciones y sugerencias

surgidas del debate sobre el Libro Blanco de la Educación. El Decreto

43/2005, de 26-04-05 por el que se regula la Orientación educativa y

profesional en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha tiene

por objeto establecer el modelo de orientación educativa y vocacional

y crear las estructuras necesarias para su desarrollo en los centros

docentes no universitarios. Dicho modelo de orientación plantea un

incremento de los recursos y una renovación del mismo como

consecuencia de cambios sociales experimentados en las últimas

décadas y relacionados con la presencia de alumnado con

necesidades específicas asociadas a distintas capacidades,

motivaciones e intereses y culturas diferentes; la demanda de dominio

de los lenguajes virtuales; la evolución de la familia y de la convivencia

introducen nuevas necesidades y plantean nuevas demandas a las

instituciones escolares que requieren respuestas adecuadas en el

ámbito del asesoramiento psicopedagógico y de la orientación. Ello

exige elaborar nuevos materiales, aportar contenido, sistematizar la

acción tutorial y aportar estrategias para impregnar el currículo con la

educación en valores y la transversalidad. Sabemos que educar no es

una mera instrucción, ni siquiera una buena transmisión de

conocimientos. Se educa a la persona completa: su inteligencia, su

dimensión personal y social. Y se educan personas concretas,

individuales, con características y casuísticas propias, que la educación

Page 9: Prácticas del módulo II de Pedagogía

ha de respetar, aprovechar enriquecer y desarrollar. La tutoría

comprende, para la Educación Primaria, tres ámbitos de la acción

orientadora: ”Enseñar a ser persona”, “Enseñar a convivir” y “Enseñar a

pensar”. La función tutorial de un grupo de alumnos aunque sea

responsabilidad directa del profesor tutor, debe ser compartida por el

equipo docente como tal y en su totalidad, dando continuidad y

relieve a dicha Acción tutorial.

http://apoclam.org/sites-proyectos/tutoria-en-

primaria/doc/general/el_PAT_en_primaria.pdf

5. El responsable de la evaluación es el equipo docente, coordinado

por el maestro tutor del grupo. El equipo docente se reunirá en las

sesiones de evaluación para valorar tanto el aprendizaje del alumnado,

como la información procedente de las familias y el desarrollo de su

propia práctica docente, con la finalidad de adoptar las medidas

pertinentes para la mejora del proceso educativo. AÑO XXXIII Núm. 156

14 de agosto de 2014 24025 Las sesiones de evaluación contarán con el

asesoramiento del responsable de orientación y la colaboración de los

especialistas de apoyo, cuando sea preciso. Artículo 15. Participación

de padres, madres y tutores legales en el proceso educativo. Los

padres, madres o tutores legales deberán participar y apoyar la

evolución del proceso educativo de sus hijos o tutelados; así como

conocer las decisiones relativas a la evaluación y promoción, y

colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que adopten los centros

para facilitar su progreso educativo. Tendrán acceso a los documentos

oficiales de evaluación, a los exámenes y documentos de las

evaluaciones que se realicen a sus hijos o tutelados, y a otra

documentación que, por su carácter educativo o de gestión

administrativa, deba figurar en su expediente académico.

Decreto curriculum primaria LOMCE

Page 10: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Práctica 2b:

Tras el visionado del vídeo “la comunicación familia escuela”, sobre la

forma de actuar en una tutoría con padres y al que se accede al

principio del módulo, realiza una breve síntesis de los elementos que

aporta y una valoración crítica personas en relación a la comunicación

que se establece entre la familia y la escuela.

El vídeo trata sobre la relación entre la familia y la escuela. Como bien dice el

vídeo, muchas veces no es fácil ya que ni padres ni tutores llegan a ponerse

de acuerdo, por ello, uno de los elementos más importantes son las entrevistas

entre ambas partes.

A través de estas entrevistas hay que crear un clima cálido y una

comunicación entre ambos que podrá ser de dos tipos:

o Comunicación verbal: lo que se dice.

o Comunicación no verbal: aquello que no se dice con palabras, sino a

través de gestos, miradas, posturas…

En este vídeo podemos observar tres tipos de modelo de comunicación:

AGRESIVO: En este tipo de modelo de comunicación existen muchos

factores negativos como son:

o El profesor mantiene un lenguaje no verbal en el que muestra

distancia con la madre, se mantiene levantado para no dar su

brazo a torcer y que su autoridad quede aún más destacada,

además de hacer gestos con las manos violentos.

Al mantenerse de pie, el profesor invade el espacio de la madre

por lo que no se crea un clima cálido.

o En la comunicación verbal podemos decir que tampoco

favorece ya que los dos hablan a la vez y no escuchan lo que

quiere decir el otro, además de que se echan la culpa

mutuamente.

Llegamos a la conclusión de que la comunicación no se ha llegado a

efectuar.

ASERTIVO: El profesor en esta situación intenta crear un ambiente cálido

preocupándose por la madre para que se siente y se sienta cómoda.

Además, hace lo posible por escucharla y que se sienta comprendida.

En vez de recriminar a la madre que no haya ido antes, la recompensa

diciéndole lo positivo de ese encuentro.

Comparte sentimientos con la madre, es decir, se pone en su lugar y

para finalizar la entrevista resume lo acordado y ponen fecha para una

nueva entrevista.

Page 11: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Es importante que la madre note que forma parte de la educación de

su hijo/a.

La relación entre los padres y los profesores es muy importante ya que afecta

directamente al alumno/a.

Cuando los padres van a una tutoría tenemos que hacer que se cree un

ambiente cálido y discernido para que éstos nos puedan contar cuál es el

problema del niño/a, cómo se comporta en casa y juntos llegar a un acuerdo

para paliar el problema que padezca el niño.

Además, si éste presenta una enfermedad diagnostica, o no, es aún más

importante la colaboración, no sólo de los padres, sino también de toda la

familia para poder trabajar ese problema y que el niño/a se encuentre bien en

clase.

A mi parecer, aunque el padre venga a la tutoría y se presente con malos

modales y acusándonos de los problemas de su hijo/a, nosotros, como

profesores que somos, debemos mantener la tranquilidad y hacer que el

padre/madre/tutor se encuentre lo más cómodo posible, pues tenemos que

escucharle, ponernos en su lugar y él/ella debe hacer lo mismo.

Pero hoy en día, la relación entre los padres y el profesor es casi nula, por eso

tenemos que hacer lo posible para que los padres participen en la vida

educativa de sus hijos y así los niños se sientan igual de cómodos al hacer la

tarea tanto en casa como en el colegio, pues muchas veces, los niños no

llevan la tarea hecha al colegio porque los padres no les ayudan a hacerla.

Page 12: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Práctica 2c:

Causas de la baja participación de los padres en los centros educativos.

Propuestas y medidas de mejora para promover dicha participación.

Las causas de la baja participación de los padres en los colegios son diversas:

Algunos padres desconocen totalmente las asociaciones y los medios

por los cuales pueden participar en la educación de sus hijos.

El horario del trabajo no les permite acudir a las tutorías con los

profesores para saber cómo es el rendimiento de su hijo.

Dejan la educación de sus hijos a manos de los profesores.

Tienen muy poca información.

Las medidas de mejora para promover la participación pueden ser:

Participación de los padres en las asociaciones del colegio, como

puede ser el AMPA.

Tener un horario más amplio para las tutorías con los padres.

Proporcionar información desde el colegio para que los padres estén al

corriente de todo lo que hacen sus hijos.

Proporcionarles información sobre cómo pueden ayudar a sus hijos en

su etapa educativa.

Page 13: Prácticas del módulo II de Pedagogía

Práctica 2d:

Programación de una actividad con padres en formato de presentación

audiovisual.

https://prezi.com/bhs5gqfhcfz_/edit/#4_95982358

Page 14: Prácticas del módulo II de Pedagogía

AUTOEVALUACIÓN = 9