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     TEMARIO PROPIO TOMÁS CNP 2012

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    TEMA 1  El derecho. 

    1. EL DERECHO: CONCEPTO Y ACEPCIONES

     – “El conjunto de normas que establece el Estado, a través del poder legislativo, con carácter general yobligatorio, para facilitar y regular la convivencia en sociedad”.

     – “La ordenación moral, imperativa, de la vida social humana orientada a la realización de la justicia”.

    -Derecho natural y Derecho positivo: Llamamos Derecho natural al conjunto de principios universales quetienen su fundamento en la naturaleza humana, es decir, lo que se considera justo o injusto, es inmutable,universal y objetivo. Derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas que regulan la vida de una comunidaden un momento determinado. El Derecho positivo es cambiante.

    -Derecho público y Derecho privado: El Derecho público son las normas que regulan la actividad del Estado ydemás Entes públicos, y sus relaciones entre sí o con los particulares (Derecho Administrativo, Derecho Penal,etc.). El Derecho privado regula las relaciones de los ciudadanos entre sí (Derecho Civil, Derecho Mercantil,etc.). 

    -Derecho objetivo y Derecho subjetivo: El Derecho objetivo es el conjunto de normas en sí mismas (el CódigoPenal). Derecho subjetivo es el poder que la norma concede a la persona (“toda persona tiene derecho a la vida,a la propiedad, etc.”).

    1.2 FUENTES DEL DERECHO: (establecidas en el CC)

    FUENTES DIRECTAS: La Ley, la Costumbre, y los Principios Generales del Derecho.Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior. Para su validez, las leyes han deser: Sancionadas (firmadas), promulgadas (ordenado su conocimiento tras ser firmadas), y publicadas (insertadas en el Boletín Oficial del Estado).

    -La Ley es la norma principal del derecho, tiene supremacía sobre el resto.

    -La Costumbre es una norma no escrita pero aceptada generalmente por su repetido uso social; sólo regirá endefecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.Carácter consuetudinaria y reconocida por el Estado.

    -Los Principios Generales del Derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre sin perjuicio de su carácterinformador del ordenamiento jurídico.

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     FUENTES INDIRECTAS: La Jurisprudencia, Tratados Internacionales y Doctrina Científica.

     –La Jurisprudencia es el conjunto de criterios que reiteradamente establecen el Tribunal Supremo y elTribunal Constitucional al interpretar la ley.

    -Los Tratados Internacionales; una vez publicados en España, formarán parte del ordenamiento interno.

    -La Doctrina Científica; Publicaciones de juristas que ayudan a interpretar la norma jurídica.

    Las leyes entrarán en vigor a los 20 días naturales de su completa publicación en el BOE, si en ellas no sedispone otra cosa. Las leyes sólo se derogan por otras posteriores. Las leyes no tendrán efecto retroactivo sino dispusieren lo contrario. 

    2. LAS NORMAS JURÍDICAS POSITIVAS

    CONCEPTO

    El profesor Albaladejo define la norma jurídica como: “todo precepto general cuyo fin sea ordenar laconvivencia de la Comunidad y cuya observancia puede ser impuesta coactivamente por el poder directivo deaquélla”.Éste dice que la norma jurídica, además de bilateral, general, coercitiva y obligatoria, es legítima.Tienen eficacia motivadora, sancionadora y constitutiva.

    ESTRUCTURA DE LA NORMA JURIDICA

    Supuesto de Hecho;es la realidad social que una norma quiere regular.

    Consecuencia jurídica, que es la pena o una medida de seguridad para quien realice la conducta que se describeen el supuesto de hecho. 

    CLASES

    -Normas rígidas o de Derecho estricto, son aquellas en las que el supuesto de hecho y los efectos oconsecuencias jurídicas son taxativos, de contenido concreto e invariable y normas elásticas o de Derechoequitativo, aquellas en las que el supuesto de hecho o la consecuencia jurídica son flexibles.

    -Normas comunes o universales, que rigen en todo el territorio de que se trate, y normas particulares,regionales locales o comarcales, que sólo rigen en una parte del mismo.

    -Normas necesarias o imperativas, que han de ajustarse a la ley, y normas supletorias, dispositivas o deDerecho voluntario, las que no tienen ese ajuste.

    -Normas generales son aquellas que contienen una regla de aplicación para todos, y normas especiales,las que se apartan de la regla general.

    -Normas regulares, son aquellas que regulan las relaciones de modo habitual y estable y normas excepcionales,

    se oponen a la regla general y se aplican en casos muy concretos. 

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    CARACTERES

     – Bilateralidad o Alteralidad, la norma jurídica se refiere siempre a la conducta de un sujeto considerado enrelación con otro, crea a un mismo tiempo deberes para una parte y derechos para la otra.

     – Obligatoriedad o Imperatividad, es decir , que mandan o prohíben algo.

     – Generalidad, es decir, que es un mandato para todos.

     – Coercibilidad, Coercitividad o Coactividad, se impone por “la fuerza” si no se cumple voluntariamente.

    El carácter interno de la norma jurídica es su  justicia o tendencia a lo justo. 

    LA VIGENCIA DE LAS NORMAS JURÍDICAS

    Las leyes entrarán en vigor a los 20 días naturales de su completa publicación en el BOE si en ellas no se disponeotra cosa este período es conocido como “vacatio legis”. La duración de la vacatio puede ser mayor o menordefinida por ley. La muerte del texto legal se produce por su derogación. 

    Las leyes sólo se derogan por otras posteriores siempre que sean de igual o superior rango que las derogadas.Hay dos formas de derogación:

    * Expresa, cuando el legislador manifiesta expresamente su voluntad derogatoria.

    * Tácita, cuando no se manifiesta expresamente esa voluntad, pero el contenido de la ley nueva sustituye…o contradice el de la norma anterior.

    También pierde vigencia un texto con rango de ley o la parte de él declarada inconstitucional por el TribunalConstitucional.

    En cuanto a la vigencia de las leyes se puede diferenciar entre:

    a) Vigencia formal: cuando la ley solo es ejercida dentro de su periodo de vigencia.

     b) Vigencia material: cuando se aplica más allá del periodo de vigencia formal, puede ser :

    -Ultraactividad; una ley derogada produce efectos posteriores.

    -Retroactividad; una ley se aplica a hechos anteriores a su entrada en vigor .

    APLICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS

    Procederá la aplicación analógica de las normas cuando éstas no contemplen un supuesto específico.Las leyes penales, las excepcionales y las de ámbito temporal no se aplicarán a supuestos ni en momentosdistintos de los comprendidos expresamente en ellas.

    Analogía: Aplicación a una situación no prevista por la ley de los principios derivados del ordenamiento jurídicoo las normas que rigen una situación semejante.

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    3. CLASES DE NORMAS JURÍDICAS: LA LEYES

    3.1. LA LEY: DEFINICIONES

     – “Ordenación moral, dirigida al bien común y promulgada solemnemente por aquel que tiene a su cargo elcuidado de la Comunidad” (Sto. Tomas de Aquino).

     – “Norma jurídica de carácter general y obligatorio, dictada por los órganos estatales a los que el ordenamiento jurídico atribuye el Poder Legislativo”.

    Según la Constitución Española, los titulares de la potestad legislativa son: El Estado (Cortes Generales),y las Comunidades Autónomas (Asambleas Legislativas de dichas Comunidades).

    La sanción de las leyes de las Cortes Generales corresponde al Rey, en el plazo de 15 días, y las leyes de lasComunidades Autónomas serán sancionadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma respectiva en nombredel Rey. El debate definitivo de una ley lo realiza el Parlamento.

    Se puede renunciar a los derechos reconocidos en una ley cuando no sean contrarios al interés u orden público yno perjudique a terceros.

    3.2. CLASES DE LEYES

    En la configuración de la jerarquía normativa distinguiremos las siguientes clases de leyes:

    1. º La Constitución, que es la norma suprema del ordenamiento jurídico. 

    2. º Leyes orgánicas son:

    a) Las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. b) Las que aprueben los Estatutos de Autonomía.

    c) Las que regulen el Régimen Electoral General.

    d) Las demás previstas en la Constitución (Derechos y deberes fundamentales, FCS, etc.).

    Estas leyes son objeto de debate en Comisión y en Pleno, y al terminar se exige votación de globalidad, o sea, detodo el texto como conjunto. La aprobación de las leyes orgánicas se hace por mayoría absoluta del Pleno delCongreso (no en Comisión).

    3. º Leyes ordinarias, son el resto, es decir, las que se dictan para regular materias que no están reservadas aleyes orgánicas. Para la aprobación de las leyes ordinarias sólo es necesaria mayoría simple de ambas cámaras, pudiéndose hacer en Pleno y también por las Comisiones Legislativas Permanentes, siempre que éstas tengan lacorrespondiente delegación;”Quedan exceptuadas de delegación la reforma constitucional, las cuestionesinternacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado”.

     – Leyes de “transferencia o delegación”. Por medio de las cuales el Estado podrá transferir o delegar en lasComunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatalque por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación. 

     – Leyes “refrendadas”. Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum

    …consultivo de todos los ciudadanos; dicho referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del…Presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados (art. 92 CE).

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    Dentro de las leyes ordinarias hay que incluir, como especialidades:

     – Leyes “marco” o leyes de principios. Son leyes dictadas por las Cortes Generales que determinan los principios, directrices y límites de otras disposiciones normativas posteriores.Vienen recogidas en el art. 150.1 CE, y mediante ellas las Cortes Generales, en materias de competencia estatal,

     podrán atribuir a todas o alguna Comunidad Autónoma la facultad de dictar normas para sí mismas en el marcode los principios, bases o directrices fijados por una ley estatal.

     – Leyes de “armonización”. Estado podrá dictar leyes que establezcan los principios necesarios para armonizarlas disposiciones normativas de las Comunidades Autónomas, aun en el caso de materias atribuidas a éstascuando así lo exija el interés general, correspondiendo la apreciación de esta necesidad a las Cortes Generales,

     por mayoría absoluta de cada Cámara.

    Las relaciones entre las normas de carácter estatal y las emanadas de los órganos competentes de lasComunidades Autónomas no se rigen por el principio de jerarquía, sino por el principio de competencia,en base al cual, no tendrá validez una norma estatal que invada competencias de las Comunidades Autónomas,si bien la CE, señala que “las normas estatales prevalecerán frente a las de las Comunidades Autónomas encaso de conflicto, en todo lo que no esté atribuido a la exclusiva competencia de las CCAA”

     – Leyes “básicas”. Contempladas en la CE, al recoger que el Estado tiene competencia exclusiva en laregulación de las “condiciones básicas” que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de losderechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.

    3.3. DISPOSICIONES LEGISLATIVAS DEL GOBIERNO CON RANGO DE LEY

    Decretos-leyes

    “En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionalesque tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del

    Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de lasComunidades Autónomas, ni al Derecho electoral general”. 

    Art.86.2: “Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta díassiguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobresu convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario”.“Durante el plazo establecido en el apartado anterior las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley o porel procedimiento de urgencia”.

    La apreciación gubernamental de “extraordinaria y urgente necesidad” compete confirmarla o no, en primerlugar al Congreso, convalidando o no el Decreto-ley, en caso de conflicto, será el Tribunal Constitucional,quien tenga la última palabra; de todas maneras el Decreto-Ley entra en vigor de forma inmediata con todos susefectos.

    Decretos Legislativos

    Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos”(art. 85 CE). Esto nos permite diferenciar claramente los Decretos normales del Gobierno, dictados para aplicaro desarrollar una Ley concreta, de los Decretos Legislativos, en los que el Gobierno hace uso de una delegación

    legislativa de las Cortes, la cual es contemplada por la CE de la forma siguiente:

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    Art. 82.1: “Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de leysobre materias determinadas no incluidas en el artículo anterior” (se excluyen por tanto las materias cuyotratamiento requiere una ley orgánica).

    Art. 82.2: “La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una Ley de Bases cuando su objeto sea laformación de textos articulados o por  Ley Ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en unosolo” (Las Leyes de Bases no podrán en ningún caso autorizar la modificación de la propia Ley de Bases,

    ni facultar para dictar normas con carácter retroactivo). 

    Tratados Internacionales (forman parte del ordenamiento nacional una vez publicados en España)

    Son acuerdos regulados por el Derecho internacional siendo competencia exclusiva del Estado; clases: 

    -Ordinarios: pueden ser concluidos por el Gobierno con inmediata información a las Cortes Generales.

    -Cesión de soberanía: el Estado se despoja de competencias legislativas, ejecutivas y judiciales a favor deorganizaciones internacionales, deben ser  autorizados por ley orgánica.

    -Extraordinarios: son los de carácter político o militar, los que afectan a la integridad territorial del Estado o alos derechos fundamentales, los que impliquen obligaciones financieras para la H.P. y los que modifiquen oderoguen alguna ley o exijan medidas legislativas, se requiere autorización previa de las Cortes Generales, aunque no por ley orgánica, sino mediante acuerdo con las Cortes a solicitud del Gobierno por mayoría simple.

    Disposiciones emanadas de la potestad reglamentaria del Gobierno

    Para poder realizar su misión, el Gobierno se ha de valer de una serie de disposiciones, que son las llamadas:

    Decretos, Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno, Órdenes Ministeriales y disposiciones deautoridades y órganos inferiores. Por lo expuesto anteriormente, la jerarquía normativa es:

     – Constitución.

     – Leyes orgánicas.

     – Leyes ordinarias (en sus diferentes modalidades).

     – Decretos-leyes.

     – Decretos legislativos.

     – Decretos. – Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

     – Órdenes Ministeriales.

     – Disposiciones de Autoridades y órganos inferiores.

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    3.4 LOS REGLAMENTOS 

    Se puede definir el Reglamento como: “Una norma escrita, dictada por la Administración, de valor inferior a laley”. Decimos que es una norma dictada por la Administración, lo que sirve para distinguirla de la ley, la cualnunca emana de la Administración, sino de los órganos que poseen la potestad legislativa (Parlamento, Asamblea,Cortes, etc.). En nuestro Derecho, la potestad reglamentaria es genérica y expresamente del Gobierno,implícitamente a las Comunidades Autónomas, a los Plenos de los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales en

    lo que se refiere a Ordenanzas y Reglamentos; y a los Alcaldes para dictar  Bandos.

    Las diferentes clases de reglamentos estatales son jerárquicamente los siguientes:

     – Decretos, dictados por el Gobierno, a través del Consejo de Ministros, generalmente para desarrollaruna Ley previa. Son expedidos por el Rey.

     – Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno, dictadas por las mismas.

     – Órdenes Ministeriales, dictadas por los Ministros.

     – Disposiciones o resoluciones, dictadas por Autoridades y órganos inferiores.

    En cuanto al control de la potestad reglamentaria “Los Tribunales controlan la potestad reglamentaria y lalegalidad de la actuación administrativa”. Esta misión la desempeñan los tribunales de la  jurisdiccióncontencioso-administrativa.

    Según Garrido Falla, el Reglamento es toda disposición jurídica de carácter general dictada por la AdministraciónPública y con valor subordinado a la Ley. El citado autor clasifica los Reglamentos de la siguiente manera:

    a) Por razón del sujeto que los dicta en: estatales, autonómicos, locales e institucionales. 

     b) Por la relación existente entre los Reglamentos y la Ley en:

     – Ejecutivos (o “secundum legem”), que se limitan a desarrollar los preceptos previamente sentados en unaley formal.

     – Independientes (o “praeter legem”), que se dictan prescindiendo de cualquier Ley anterior, para regularrelaciones o situaciones en las que no existe una ley previa.

     – De necesidad (o “contra legem”), que son los dictados por las Autoridades administrativas en caso deemergencia (p. Ej. los dados por los Alcaldes en caso de epidemia).

    4. LA PERSONA EN SENTIDO JURÍDICO: CONCEPTO Y CLASES; SU NACIMIENTO YEXTINCIÓN; CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR

    4.1. CONCEPTO

    El más aceptado es aquel que considera persona a todo ser capaz de derechos y obligaciones, es decir,capaz de ser sujeto activo o pasivo de relaciones jurídicas, por lo tanto el hecho de ser persona lleva consigouna “aptitud” que se llama personalidad o capacidad jurídica o de goce, cosa distinta del concepto de capacidad de obrar o de ejercicio, que es la posibilidad de actuar jurídicamente por sí mismo.

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    Según nuestro Código Civil, la personalidad se origina en el momento del nacimiento con vida, una vezproducido el entero desprendimiento del seno materno.

    Por lo tanto, la capacidad jurídica se adquiere al nacer, y la capacidad de obrar, al cumplir la mayoría deedad civil que actualmente está fijada en 18 años (Art. 12 CE), si bien antes de cumplir dicha edad, se tienenciertas capacidades, por ejemplo: la de 14 años para poder hacer testamento y testificar, la de 14 años (mujer ovarón) para contraer matrimonio, y la de 16 años para poder emanciparse.

    Por último, añadir que la capacidad de obrar tiene tres manifestaciones: “negocial” (poder realizar actos jurídicos), “procesal” ( poder actuar en juicio), y “penal” (actuar con arreglo a las normas penales).

    Ya hemos dicho que la capacidad de obrar es la posibilidad de actuar jurídicamente por sí mismo, pero estacapacidad puede ser plena o limitada; como causas más importantes de esta limitación podemos citar:

     – La incapacitación, si bien nadie puede ser declarado incapaz, sino por sentencia judicial en virtud de lascausas establecidas en la Ley y además, la sentencia que declare la incapacitación determinará la extensióny los límites de esta, así como el régimen de tutela o guarda a que haya de quedar sometido el incapacitado.

     – La prodigalidad, que se aplica a las personas que con su conducta desordenada ponen en peligro su patrimonioy la subsistencia de su familia. Esta causa limitativa de la capacidad de obrar ha de ser declarada por sentencia

     judicial.

    También desde otro punto de vista, la capacidad de obrar puede ser General o Especial.

    -Capacidad de Obrar General, Es la que corresponde al mayor de edad no incapacitado.

    -Capacidad de Obrar Especial, Es la que tiene lugar cuando la ley exige mas requisitos que la mayoría de

    …edad, que se llama Capacidad Agravada, (Adopción 25 años) o bien la ley exige menos requisitos, entonces…de llama Capacidad Atenuada (matrimonio o testamento).

    4.2. CLASES DE PERSONAS

    Personas naturales llamadas también físicas o individuales

    Son los seres humanos. El nacimiento determina la personalidad lo que conlleva derechos originarios einnatos, absolutos, privados, extrapatrimoniales, intransmisibles e indisponibles; pero el concebido se tiene por

    nacido  para todos los efectos que le sean favorables (teoría del nacimiento) en el momento del nacimiento convida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.

    La personalidad civil se extingue por la muerte de la persona. Se entiende por edad el tiempo que lleva viviendouna persona desde el momento de nacer; para el cómputo de los años de la mayoría de edad se incluirá completoel día de nacimiento. 

     – Teoría de la concepción. Sostiene esta teoría que el concebido ha de ser tenido como sujeto de derechos,aun antes de nacer.

     – Teoría del nacimiento. Se es persona desde el momento del nacimiento, se considera nacido cuando tuviere

    figura humana y viva 24 horas desprendido del seno materno.

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     – Teoría ecléctica (CC). Sitúa el origen de la personalidad en el nacimiento, pero reconociendo derechos alconcebido.

     – Teoría de la viabilidad. Exige para el reconocimiento no sólo el hecho de nacer con vida, sino además laaptitud para seguir viviendo fuera del claustro materno. 

    Personas jurídicas, llamadas también colectivas, incorporales o morales

    Se encuentran formadas por un conjunto de personas para la consecución de un fin, a las que el derecho reconocecomo tales. Están legitimadas para ejercer acciones penales contra otras personas físicas o jurídicas y tienencapacidad jurídica y capacidad de obrar o de ejercicio. Clases de personas jurídicas:

    1. Las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público: Están reconocidas por la ley.Su personalidad empieza desde el instante mismo en que, con arreglo a Derecho, hubiesen quedado válidamenteconstituidas. Son organizaciones creadas con el objetivo fundamental de la defensa de sus asociados,

     p. Ej.: los Colegios de Abogados), cuya capacidad civil se regulará por las leyes que las hayan creado oreconocido.

    2. Las asociaciones de interés particular: Sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independiente de la de cada uno de los asociados. Son uniones de personas organizadas para la consecución de un fin común, p. Ej.: un partido político, que se regulará por sus estatutos.

    3. Las fundaciones: Persona jurídica que posee un patrimonio destinado a llevar a cabo actividades sociales, p. Ej.: las ONG), que se regirá por las reglas de su institución.

    5. NACIONALIDAD ESPAÑOLA

    La nacionalidad es el vínculo político y jurídico que une a persona física o jurídica con un Estadodeterminado, pudiendo ser voluntaria y necesaria. La ley que regula la nacionalidad es el Código Civil.A ella se refiere también el artículo 11 de la Constitución, que dice:

     –  La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la Ley.

     –  Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad por sanción (EXM 2011)

     –  El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellosque hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando noreconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder sunacionalidad de origen. 

    Son características subjetivas de la nacionalidad la conciencia y la lealtad, pudiendo ser dicha nacionalidadvoluntaria o necesaria. 

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    FORMAS DE ADQUIRIR LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

     –  Adquisición originaria, por medio de la cual se fija a la persona una nacionalidad determinada unilateralmente por el Estado desde el momento de su nacimiento y que puede obedecer a dos criterios: 

    * Por filiación (ius sanguinis), en virtud de la cual son españoles de origen los nacidos de padre o madreespañoles. Por tanto es suficiente que uno de los padres sea español. 

    * Por nacimiento en territorio español (ius soli), según el cual son españoles de origen: 

    • Los nacidos en España de padres extranjeros, si al menos uno de ellos hubiera nacido también en España.Se exceptúan los hijos de funcionario diplomático o consular acreditado en España.

    • Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación deninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.

    • Los nacidos en España cuya filiación resulte desconocida. A estos efectos, se presumen nacidos en territorioespañol los menores de edad cuyo primer lugar conocido de estancia sea territorio español.

    El extranjero menor de 18 años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad ..española de origen. Si el adoptado ya ha cumplido los 18 años, podrá optar por la nacionalidad de origen..en el plazo de 2 años a partir de la adopción. La edad mínima para poder adoptar son 25 años.

     – Adquisición derivativa, sobrevenida o debilitada, producida por el cambio o modificación de la nacionalidadque anteriormente se ostentaba. Puede adquirirse de las siguientes formas:

    * Por posesión de estado (detentación de la nacionalidad española sin tenerla realmente).

    La posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante10 años

    , con buena fe y basada en untítulo inscrito en el Registro Civil.

    * Por opción: tienen derecho a optar por la nacionalidad española las personas mayores de 18 años, que esténo hayan estado sujetas a la patria potestad de un español, o aquellas cuyo padre o madre hubiera sidooriginariamente español y nacido en España.

    * Por carta de naturaleza: se adquiere la nacionalidad española por carta de naturaleza, otorgadadiscrecionalmente por el Gobierno mediante Real Decreto, cuando en el extranjero concurran circunstanciasexcepcionales.

    * Por residencia: se concede por el Ministerio de Justicia, que podrá denegarla por motivos razonados de orden público o interés nacional. En todos los casos, la residencia habrá de ser legal, continuada e inmediatamenteanterior a la petición. El interesado deberá justificar, en el expediente regulado por la legislación del RegistroCivil, buena conducta cívica y suficiente grado de integración en la sociedad española. 

    -Como norma general se exigen 10 años de residencia, 5 años para los asilados o refugiados, y 2 años para los deorigen iberoamericano, de Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes.

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    -Bastará el tiempo de residencia de 1 año para:

    * El que haya nacido en territorio español.

    * El que no haya ejercitado oportunamente la facultad de optar.

    * El que esté o haya estado sujeto legalmente a la tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o instituciónespañoles durante dos años consecutivos.

    * El que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separadolegalmente o de hecho. A estos efectos, se entenderá que tiene residencia legal en España el cónyuge queconviva con funcionario diplomático o consular español acreditado en el extranjero.

    * El viudo o viuda de español o española, si a la muerte del cónyuge no existiera separación legal o de hecho.

    * El nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles.

    Las concesiones por carta de naturaleza o por residencia caducan a los 180 días siguientes a su notificaciónsi en este plazo no compadece el interesado ante funcionario competente para cumplir los requisitos.

    Los requisitos para la adquisición de la nacionalidad española por extranjero son los siguientes: que el mayorde catorce años jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes; renuncia a suanterior nacionalidad; y que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.

    PÉRDIDA DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

    1. Por adquisición voluntaria de otra nacionalidad. Perderán la nacionalidad española (salvo el supuesto dedoble nacionalidad) los emancipados que, residiendo habitualmente en el extranjero, adquieran voluntariamente

    otra nacionalidad o utilicen exclusivamente la nacionalidad extranjera que tuvieran atribuida antes de laemancipación. 

    La pérdida se producirá una vez que transcurran 3 años, a contar, respectivamente, desde la adquisición de lanacionalidad extranjera o desde la emancipación. No obstante, los interesados podrán evitar la pérdida si dentrodel plazo indicado declaran su voluntad de conservar la nacionalidad al encargado del Registro Civil.

    En todo caso, pierden la nacionalidad los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienenotra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.“No se pierde la nacionalidad española en virtud de lo dispuesto en este precepto si España se hallare en guerra” 

    2. Por sanción. Los españoles que no lo sean de origen, perderán la nacionalidad española cuando, durante un período de 3 años utilicen exclusivamente la nacionalidad a la que hubieran declarado renunciar al adquirir lanacionalidad española; o cuando entren voluntariamente al servicio de las armas o ejerzan cargo político en unEstado extranjero, contra la prohibición expresa del Gobierno.

    La sentencia firme que declare que el interesado ha incurrido en falsedad, ocultación o fraude en la adquisiciónde la nacionalidad española produce la nulidad de tal adquisición, no se derivarán de ella efectos perjudiciales

     para terceros de buena fe. La acción de nulidad deberá ejercitarse por  el Ministerio Fiscal de oficio o en virtud dedenuncia, dentro del plazo de 15 años.

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    RECUPERACIÓN DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

    Quien haya perdido la nacionalidad española podrá recuperarla cumpliendo los siguientes requisitos:

     – Ser residente legal en España. Este requisito no será de aplicación a los emigrantes ni a los hijos deemigrantes. En los demás casos podrá ser dispensado por el Ministro de Justicia cuando concurrancircunstancias excepcionales.

     – Declarar ante el encargado del Registro Civil su voluntad de recuperar la nacionalidad española.

     – Inscribir la recuperación en el Registro Civil.

    6. EL DOMICILIO

    La doctrina afirma que el domicilio es la sede jurídica de la persona.

    EL DOMICILIO DE LAS PERSONAS NATURALES

    El Código Civil dispone que: “Para el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones civiles,el domicilio de las personas naturales es el lugar de su residencia habitual, y, en su caso, el que determine laLey de Enjuiciamiento Civil”, es decir, el domicilio es el lugar donde se tiene la morada personal y familiar yse refleja en el padrón municipal.

    Respecto al domicilio, la Ley de Enjuiciamiento Criminal considera domicilios particulares, a los efectos desu entrada y registro:

    1. Los palacios reales, estén o no habitados por el Monarca al tiempo de efectuar la entrada o registro.

    2. El edificio o lugar cerrado, o la parte de él destinada principalmente a habitación de cualquier español oextranjero residente en España y de su familia.

    3. Los buques mercantes españoles.

    Y por último, añadir que el Tribunal Constitucional (Enero-2002), derogó la norma que permitía registros en loshoteles sin orden judicial, en contra del artículo 557 de la citada LECrim. que decía:”Las tabernas, casas decomidas, posadas y fondas, no se reputarán como domicilio de los que se encuentren o residan en ellas accidentalo temporalmente, y lo serán tan sólo de los taberneros, hosteleros, posaderos y fondistas que se hallen a su frentey habiten allí con sus familias en la parte del edificio a este servicio destinada”.

    Este Tribunal considera que las habitaciones de los hoteles pueden constituir domicilio de sus huéspedes, ya que,en principio, son lugares idóneos para que en las mismas se desarrolle la vida privada. Matiza, no obstante,que ello no significa que las habitaciones de los hoteles no puedan ser utilizadas también para realizar otro tipo deactividades de carácter profesional, mercantil o de otra naturaleza, en cuyo caso no se considerarán domicilio dequien las usa a tales fines.

    El mencionado Tribunal declara inconstitucional el precepto “por cuanto excluye expresamente la posibilidadde que las habitaciones de los huéspedes de los hoteles puedan considerarse su domicilio a los efectos de quela entrada y registro en las mismas requieran autorización judicial”.

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    Aclara que “ni la accidentalidad, temporalidad o ausencia de habitualidad del uso de la habitación del hotel(apreció antes que los términos “posada” o “fonda”, propios del momento en que se redactó la norma en el año1882, equivalen a “hotel”...) pueden constituir obstáculos a su consideración como domicilio de los clientes”.

    De esta forma, siempre que en ellas se desarrolle la vida privada, las habitaciones de los hoteles entran dentro delámbito de protección del artículo 18 de la Norma Fundamental. Esta declaración se traduce en que no podrán serregistradas sin orden judicial o sin consentimiento de su titular, fuera de los casos de delito flagrante.

    Residencia: Lugar donde la persona se encuentra accidentalmente o transitoriamente sin llegar a la permanenciadomiciliaria, elegida libremente por los ciudadanos y pudiendo ser limitada mediante sentencia judicial.

    Paradero: Lugar donde la persona se encuentra actualmente, no tiene domicilio ni residencia.

    Estancia: Permanencia en territorio español por un periodo de tiempo inferior a 90 días.

    EL DOMICILIO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS

    El establecido en disposiciones creadoras de la persona jurídica o en sus estatutos o reglas de fundación,en defecto de ésta, se entenderá que lo tienen en el lugar en que se halle establecida su representación legal,y en defecto de ésta última, donde ejerzan las principales funciones de su instituto”. 

    CLASES DE DOMICILIOS

    Según el Tribunal Constitucional, “domicilio” es la sede jurídica de la persona donde ejercita los derechosy cumple las obligaciones por tener su residencia habitual.

    De este anterior concepto hay que distinguir el de residencia que, según el mismo Tribunal, supone el lugar

    donde la persona se encuentra accidental o transitoriamente sin llegar a la permanencia domiciliaria.El que habite al año en varios municipios se debe inscribir en el que habite más tiempo. 

    La nota diferenciadora es en el domicilio la “habitualidad”, mientras que la residencia se caracteriza por serlode forma esporádica o accidental.

     – Domicilio real, domicilio legal y domicilio electivo:

    * Domicilio real o voluntario, es el domicilio basado en la residencia habitual. El artículo 40 del Código Civilcaracteriza al domicilio real por dos elementos: La residencia efectiva y la habitualidad de esa residencia.

    * Domicilio legal o necesario, es el domicilio que impone la Ley. Son supuestos de domicilio legal:

    -El de los hijos sometidos a patria potestad, será el de sus padres.

    -El de los sometidos a tutela, es el del tutor.

    -El de los empleados, estará en el lugar de destino.

    -El de los militares en servicio activo, es el lugar donde se halle su Cuerpo.

    -El de los diplomáticos que residan, por razón de su cargo, en el extranjero, será el último que hubiesen….tenido en territorio español.

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    * Domicilio especial o electivo, es el que escogen voluntariamente las personas para la realización y ejecuciónde determinados actos, jurisdicción aplicable, etc.

    7. LA VECINDAD CIVIL

    -Vecindad Administrativa: resultante del cumplimiento de obligaciones administrativas (inscripción en el padrón municipal).

    -Vecindad Civil: determina la sujeción al derecho común, especial o foral.

    Formas de adquisición

    Por filiación:

    -“Tienen vecindad civil en territorio de derecho común, o en uno de los de derecho especial o foral, los nacidosde padres que tengan tal vecindad.

    -Por la adopción, el adoptado no emancipado adquiere la vecindad civil de los adoptantes.”Sin embargo los padres, o el que de ellos ejerza o le haya sido atribuida la patria potestad, podrán atribuir al hijola vecindad civil de cualquiera de ellos en tanto no transcurran los seis meses siguientes al nacimiento o a laadopción.

    La privación o suspensión en el ejercicio de la patria potestad, o el cambio de vecindad de los padres,no afectarán a la vecindad civil de los hijos.

    Si al nacer el hijo, o al ser adoptado, los padres tuvieren distinta vecindad civil, el hijo tendrá la que corresponda aaquél de los dos respecto del cual la filiación haya sido determinada antes; en su defecto, tendrá la del lugar denacimiento y, en último término, la vecindad de derecho común. 

    Por opción:

    En todo caso el hijo, desde que cumpla catorce años y hasta que transcurra 1 año después de su emancipación, podrá optar bien por la vecindad civil del lugar de su nacimiento, bien por la última vecindad de cualquiera de sus padres.

    Por matrimonio:

    “El matrimonio no altera la vecindad civil. No obstante, cualquiera de los cónyuges no separados, ya sealegalmente o de hecho, podrá, en todo momento, optar por la vecindad civil del otro.”

    Por residencia:

    “La vecindad civil se adquiere:

    a) Por residencia continuada durante 2 años, siempre que el interesado manifieste ser esa su voluntad.

     b) Por residencia continuada de 10 años, sin declaración en contrario en este plazo.

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    Ambas declaraciones se harán constar en el Registro Civil y no necesitarán ser reiteradas.”“En caso de duda prevalecerá la vecindad civil que corresponda al lugar de nacimiento”.

    Sobre esta materia, el CC, pone de manifiesto:

    1. El extranjero que adquiera la nacionalidad española deberá optar, al inscribir la adquisición de la nacionalidad, por cualquiera de las vecindades siguientes:

    a) La correspondiente al lugar de residencia.

     b) La del lugar de nacimiento.

    c) La última vecindad de cualquiera de sus progenitores o adoptantes.

    d) La del cónyuge.

    2. El extranjero que adquiera la nacionalidad por carta de naturaleza tendrá la vecindad civil que el Real Decretode concesión determine teniendo en cuenta la opción de aquél, de acuerdo con lo que dispone el apartado

    anterior u otras circunstancias que concurran en el peticionario. 3. La recuperación de la nacionalidad española lleva consigo la de aquella vecindad civil que ostentara elinteresado al tiempo de su pérdida.

    La Ley marca taxativamente los derechos y deberes del vecino, que son:

    1. Ser elector y elegible de acuerdo con la legislación electoral.

    2. Participar en la gestión municipal.

    3. Utilizar los servicios públicos municipales.4. Contribuir mediante las prestaciones económicas y personales legalmente previstas a la realización de las

    competencias municipales.

    5. Pedir la consulta popular en los términos previstos en la ley.

    6. Exigir la prestación y, en su caso, el establecimiento del correspondiente servicio público.

    8. Ejercer la iniciativa popular.

    9. Aquellos otros derechos y deberes establecidos en las leyes.

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    TEMA 2-3 CONSTITUCIÓN. Con carácter general la Constitución puede ser definida como la ley fundamental de un Estado que comprendelos derechos y deberes de los ciudadanos y determina la forma de organización del mismo.

    La Constitución de 1978 no es la primera que ha tenido nuestro país, antes hubo otras que constituyen susantecedentes. Los antecedentes más remotos hay que buscarlos en las Constituciones españolas del siglo XIX yen la constitución republicana de 1931.

    Dejando aparte el Estatuto de Bayona de 1808, no considerado por algunos una constitución, a causa de sucarácter afrancesado, su corta duración y su imposición al pueblo español, la primera Constitución fue la de1812 (La Pepa), a la que siguieron el Estatuto Real de 1834, la Constitución de 1837; la de 1845; la de 1869; lade 1876 y la de 1931.

    Posteriormente aparece un periodo en el que la Constitución es sustituida por las “Leyes Fundamentales” de laetapa franquista.

    Los antecedentes más próximos aparecen con la muerte de Franco y la proclamación como Rey de España delhasta entonces Príncipe Don Juan Carlos de Borbón el 22 de noviembre de 1975. Es a partir de esta fecha juntocon la Constitución de 1978 cuando se produce lo que conocemos como “transición política”.

    Para llegar a la redacción de la Constitución actual se siguieron una serie de procesos hasta su publicación en elBOE que fueron las siguientes:

    1. -En agosto de 1977 se elige en el Congreso de los diputados una Comisión o Ponencia Constitucionalformada por  7 miembros que debería encargarse de redactar el borrador o anteproyecto de la Constitución.

    2. -En julio de 1978 el Pleno del Congreso inicia los debates constitucionales, debates sin discusión, debido aque el texto estaba consensuado. “El consenso de los partidos redujo el debate más bajo de nuestra historiadesde las Cortes de Cádiz” (Fraga).

    3. -El 31 de octubre de 1978, el Congreso y el Senado en sesiones plenarias, por separado, aprueban porabrumadora mayoría el texto constitucional definitivo.

    4. -El 6 de diciembre del mismo año se lleva a cabo el referéndum sobre el proyecto de Constitución y el pueblo lo aprueba mayoritariamente.

    5. -El 27 de diciembre de 1978, Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I la sancionaba y promulgada ante lasCortes Españolas, reunidas en sesión conjunta.

    6. -Por último, de acuerdo con su Disposición Final, la Norma Suprema del Estado español entró en vigor elmismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado en todas las lenguas el 29 de diciembre de1978.

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    Estructura:

     – 1 Preámbulo llamado “pórtico de la Constitución” pero su contenido NO obliga. – 169 artículos, distribuidos en once títulos (un Título Preliminar y diez Títulos numerados) – 4 Disposiciones Adicionales – 9 Disposiciones Transitorias – 1 Disposición Derogatoria

     – 1 Disposición Final

    CARACTERES DE LA CONSTITUCIÓN

     – Escrita. Se contrapone así a las consuetudinarias, como la inglesa.

     – Codificada. Porque está recogida en un código cerrado.

     – Extensa. Por la gran extensión de su articulado.

     – Consensuada. Porque fue el resultado de un acuerdo entre los grandes Grupos Parlamentarios.

     – Rígida. Porque su procedimiento de reforma es muy complicado. – Pactada. Por el acuerdo entre el Monarca y la Asamblea representante del pueblo.

     – Popular. Porque se elaboró y aprobó por una Asamblea elegida por el pueblo.

     – Refrendada. Al ser sometida y aprobada en referéndum popular.

     – Ambigua o imprecisa. Sobre todo en materia autonómica.

     – Derivada. Porque está inspirada en otras constituciones, como en la Española de 1931, en la Ley Fundamental

    de Bonn de 1949 o en la Constitución Italiana de 1947.

     –Normativa

    . Porque es observada, es decir, existe concordancia entre norma y realidad. – Pragmática. De aplicación práctica. Se contrapone a las ideológicas.

     – Democrática. Al constituir un Estado democrático.

     –  Monárquica. Porque el cargo de Jefe del Estado se le atribuye a un Rey.

     – Abierta. Por las numerosas alusiones a las leyes orgánicas.

    PARTES DE LA CONSTITUCIÓN Y CONTENIDO DE LAS MISMAS

    El contenido de la Constitución suele dividirse, a efectos didácticos, en Preámbulo y Articulado, y éste último,a su vez, en parte orgánica y en parte dogmática. El Preámbulo sirve para exponer la tendencia y el espíritudel texto. No se considera parte de la norma.

     – La parte dogmática contiene una declaración de principios inspiradores del sistema político, así como elreconocimiento y garantía de los derechos y deberes fundamentales. Abarca los títulos:

    * Título Preliminar: Principios generales.

    * Título I: De los derechos y deberes fundamentales.

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     – La parte orgánica regula la organización del Estado y los principales órganos que lo componen, así comolas relaciones entre sí. Abarca los siguientes títulos:

    * Título II: De la Corona.

    * Título III: De las Cortes Generales.

    * Título IV: Del Gobierno y de la Administración.

    * Título V: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

    * Título VI: Del Poder Judicial.

    * Título VII: Economía y Hacienda.

    * Título VIII: De la Organización Territorial del Estado.

    * Título IX: Del Tribunal Constitucional.

    * Título X: De la Reforma Constitucional.

    TÍTULO PRELIMINAR

    Artículo 1 La soberanía reside en el pueblo

    1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superioresde su ordenamiento jurídico la libertad (el más desarrollado en la constitución), la justicia, la igualdad yel pluralismo político.

    2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

    3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

    Artículo 2 Unidad de la Nación y derecho a la autonomía

    La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible detodos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que laintegran y la solidaridad entre todas ellas.

    Artículo 3 El castellano y las demás lenguas españolas1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla yel derecho a usarla.

    2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdocon sus Estatutos.

    3. las distintas modalidades lingüísticas de España será objeto de especial respeto y protección.

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    Artículo 4 La bandera de España y las de las Comunidades Autónomas

    1. La bandera de España está formada por tres franjas horizontales, roja, amarilla y roja, siendo la amarilla dedoble anchura que cada una de las rojas.

    2. Los estatutos podrán reconocer banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas se utilizarán junto a la bandera de España.

    Artículo 5 Madrid, capital

    La capital del Estado es la villa de Madrid.

    Artículo 6 Partidos políticos

    Expresan el pluralismo político Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a laConstitución y a la ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

    Artículo 7 Sindicatos y asociaciones empresariales

    Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la ley.Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

    Artículo 8 Fuerzas Armadas

    1. Las Fuerzas Armadas, constituidas por el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire, tienen comomisión garantizar la soberanía e independencia de España, defender su integridad territorial y elordenamiento constitucional.

    2. Una ley orgánica regulará las bases de la organización militar conforme a los principios de la presenteConstitución.

    Artículo 9 Garantías  jurídicas

    1. Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

    2. Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuosean reales y efectivas.

    3. La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas,la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales,la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.

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    TÍTULO I (del 10-55) De los derechos y deberes fundamentales

    Artículo 10 Derechos de la persona

    1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad,el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

    2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce seinterpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdosinternacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

    Artículo 13 Derechos de los extranjeros

    1. Los extranjeros gozarán en España de las libertades públicas que garantiza el presente Título en los términosque establezcan los tratados y la ley.

    2. Solamente los españoles serán titulares de los derechos reconocidos en el artículo 23, salvo lo que, atendiendo acriterios de reciprocidad, pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo en laselecciones municipales y al Parlamento Europeo por los extranjeros.

    3. La extradición sólo se concederá en cumplimiento de un tratado o de una ley, atendiendo al principio dereciprocidad. Quedan excluidos de la extradición los delitos políticos, no considerándose como tales los delitos

     por terrorismo.

    4. La ley establecerá los términos en que los ciudadanos de otros países y los apátridas podrán gozar del derechode asilo en España. 

    CAPÍTULO II Derechos y libertades

    Artículo 14 Igualdad ante la ley

    Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento,raza, sexo, religión, opinión…con la excepción de sucesión en la corona por razón de sexo.

    SECCIÓN 1. ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas

    Artículo 15 Derecho a la vida

    Todos tienen derecho a la vida y sin que puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos odegradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares paratiempos de guerra.

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    Artículo 16 Libertad ideológica y religiosa

    1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación,en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.

    2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología.

    Desde un punto de vista religioso, España es oficialmente aconfesional.

    Artículo 17 Derecho a la libertad personal y a la seguridad individual.

    1. Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad. Nadie puede ser privado de su libertad, sino con laobservancia de lo establecido en este artículo y en los casos y en las formas previstas en la ley.

    2. La detención preventiva no podrá durar más del tiempo estrictamente necesario para la realización de lasaveriguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y, en todo caso, en el plazo máximo de 72 horas,el detenido deberá puesto en libertad o a disposición de la autoridad judicial.

    3. Toda persona detenida debe ser informada de forma inmediata, de sus derechos y de las razones de sudetención, no pudiendo ser obligada a declarar.

    4. La ley regulará un procedimiento de hábeas corpus para producir la inmediata puesta a disposición judicialde toda persona detenida ilegalmente.

    Artículo 18 Derecho a la intimidad. Inviolabilidad del domicilio

    1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

    2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular oresolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.

    3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvoresolución judicial.

    4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de losciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

    Artículo 19 Libertad de residencia y circulación

    Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.

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     Artículo 20 Libertad de expresión 

    1. Se reconocen y protegen los derechos:

    a) A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones.

     b) A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.

    c) A la libertad de cátedra (posibilidad de todo profesor de exponer su saber científico sin limitaciones).

    d) A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.

    2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.

    4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de lasleyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a laprotección de la juventud y de la infancia.

    5. Sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud deresolución judicial. 

    Artículo 21 Derecho de reunión y manifestación

    1. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas que no necesitará autorización previa.

    2. Las reuniones en lugares públicos y manifestaciones se comunicarán (pero no solicitar) a la autoridadgubernativa, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones de alteración del orden público, con peligro

     para personas o bienes.

    Se considera reunión la concurrencia de más de 20 personas con una finalidad determinada.

    Artículo 22 Derecho de asociación

    1. Se reconoce el derecho de asociación.

    2. Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales. 

    3 Deberán inscribirse en un registro a efectos de publicidad.

    4 Sólo podrán ser disueltas o suspendidas en sus actividades por resolución judicial motivada.5. Se prohíben las asociaciones secretas y las de carácter paramilitar.

    Artículo 23 Derecho de participación

    1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio derepresentantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

    2. Asimismo, tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los

    requisitos que señalen las leyes.

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     Artículo 24 Protección  judicial de los derechos

    1. Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales en el ejerciciode sus derechos e intereses legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

    2. Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de

    letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas ycon todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra símismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado adeclarar sobre hechos presuntamente delictivos.

    Artículo 25 Principio de legalidad penal

    1. Nadie puede ser condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de producirse noconstituyan delito, falta o infracción administrativa.

    2. Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación yreinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuvierecumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se veanexpresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social,así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad.

    3. La Administración civil no podrá imponer sanciones que, directa o subsidiariamente, impliquen privación delibertad.

    Artículo 26 Prohibición de los Tribunales de Honor en el ámbito de la Administración civil y de las organizaciones profesionales.

    Artículo 27 Libertad de enseñanza

    1. Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.

    2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios

    democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales.3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formaciónreligiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

    4. La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.

    5. Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general dela enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes.

    6. Se reconoce a las personas físicas y jurídicas la libertad de creación de centros docentes, dentro del respeto

    a los principios constitucionales.

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    7. Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centrossostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca.

    10. Se reconoce la autonomía de las Universidades, en los términos que la ley establezca.

    Artículo 28 Libertad de sindicación y de huelga

    1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar exceptuar esto a las Fuerzas o Institutosarmados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar , comprende el derecho a fundar sindicatos y aafiliarse , así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicalesinternacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.

    Derecho a la huelga2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses, pueden acordarla lostrabajadores y sus representantes.

    Artículo 29 Derecho de petición

    1. Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito.

    2. Los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podránejercer este derecho sólo individualmente.

    SECCIÓN 2. ª De los derechos y deberes de los ciudadanos

    Artículo 30 Servicio militar y objeción de conciencia

    1. Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España.

    4. Mediante ley podrán regularse los deberes de los ciudadanos en los casos de grave riesgo, catástrofe ocalamidad pública.

    Artículo 31 Sistema tributario

    1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica siguiendolos principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.

    2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecuciónresponderán a los criterios de eficiencia y economía.

    3. Sólo podrán establecerse prestaciones personales o patrimoniales de carácter público con arreglo a la ley.

    Artículo 32 Matrimonio

    1. El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad  jurídica. 

    2. La ley regulará las formas de matrimonio, la edad y capacidad para contraerlo, los derechos y deberes delos cónyuges, las causas de separación y disolución y sus efectos.

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    Artículo 33 Derecho a la propiedad

    1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia.

    2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes.

    3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social,mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.

    Artículo 34 Derecho de fundación 

    1. Se reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, con arreglo a la Ley y sólo podrán serdisueltas o suspendidas en sus actividades por resolución judicial motivada.Las que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.

    Artículo 35 El trabajo, derecho y deber

    1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, La ley regulará un estatuto de lostrabajadores.

    2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.

    Artículo 36 Colegios Profesionales

    La estructura interna y el funcionamiento de los Colegios deberán ser democráticos.

    Artículo 37 Convenios y conflictos laborales

    1. La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadoresy empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.

    2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo.La ley que regule el ejercicio de este derecho incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamientode los servicios esenciales de la comunidad.

    Artículo 38 Libertad de empresa. Economía de mercado“Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizany protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía generaly, en su caso, de la planificación”.

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    CAPÍTULO III De los principios rectores de la política social y económica

    Artículo 39 Protección a la familia y a la infancia

    1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. 

    2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con

    independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará lainvestigación de la paternidad.

    3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durantesu minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.

    4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales quevelan por sus derechos.

    Artículo 42 Emigrantes

    El Estado por la salvaguardia de los derechos económicos y sociales de los trabajadores españoles en el extranjeroy orientará su política hacia su retorno.

    Artículo 45 Medio ambiente. Calidad de vida

    1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente así como el deber de conservarlo.

    2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger ymejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensablesolidaridad colectiva.

    3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, se establecerán sanciones penales o, en su caso,administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

    Artículo 46 Conservación del patrimonio artístico

    Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico,cultural y artístico de los pueblos de España. La ley penal sancionará los atentados contra éste.

    Artículo 47 Derecho a la vivienda. Utilización del suelo Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos

     promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas para impedir la especulación.

    Artículo 50 Tercera edad

    Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones, la suficiencia económica a los ciudadanos durante latercera edad.

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    Artículo 52 Organizaciones profesionales

    La ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que lessean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.

    CAPÍTULO IV De las garantías de las libertades y derechos fundamentales

    Artículo 54 El Defensor del Pueblo

    Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales,designado por éstas, podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales.

    Protege los derechos del Título I de la Constitución. 

    El Defensor del pueblo aparece por vez primera en la Constitución sueca con el nombre de Ombudsman.Es elegido para un período de cinco años renovables por las Cortes Generales, con una mayoría de 3/5 de losmiembros del Congreso, ratificada por igual mayoría del Senado, a propuesta de la Comisión MixtaCongreso-Senado encargada de relacionarse con el Defensor del Pueblo y es nombrado por la firmaconjunta del presidente del congreso y del senado.

    El Defensor del Pueblo no está sujeto a mandato imperativo alguno, no recibe instrucciones de ninguna autoridad,desempeña sus funciones con autonomía y goza de inviolabilidad e inmunidad durante su permanencia en elcargo. Todos los poderes públicos están obligados a auxiliar, con carácter preferente y urgente, al Defensor delPueblo en sus investigaciones e inspecciones.

    La reclamación ante él elevada se denomina queja y es de carácter antiformalista, no es necesaria laintervención de Abogado ni de Procurador, tan sólo la firma del interesado.El Defensor del Pueblo estará auxiliado por 2 adjuntos en los que podrá delegar sus funciones y que lesustituirán en los supuestos de imposibilidad temporal y en los de cese. Los Adjuntos son nombrados yseparados por el Defensor del Pueblo previa conformidad de las Cámaras, también disfrutan de lasmismas prerrogativas que el Defensor del Pueblo.

    Respecto a su cese podrá serlo por alguna de las siguientes causas:

    a) Renuncia.

     b) Muerte o incapacidad sobrevenida.

    c) Expiración del plazo de su nombramiento (5 años con posibilidad de prórroga).

    d) Actuar con notoria negligencia en el cumplimiento de sus obligaciones y deberes del cargo.

    e) Haber sido condenado, mediante sentencia firme, por delito doloso.

     Su cese por negligencia se decide mediante mayoría de 3/5 de cada una de las cámaras y audiencia del

    interesado.

    CAPÍTULO V De la suspensión de los derechos y libertades

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     Artículo 55 Suspensión de derechos y libertades 

    1. Algunos derechos fundamentales reconocidos podrán ser suspendidos cuando se acuerde la declaración

    del estado de excepción o de sitio, son los derechos:

    - Libertad y seguridad individual (17)

    - Inviolabilidad del domicilio y secreto de comunicaciones (18.2 y 18.3),

    - Libertad de circulación y de residencia (19)

    - Libertad de expresión e información ( 20.1-a , 201.-d y 20.5)

    - Reunión y manifestación (21)

    - Huelga (28.2)

    - Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo (37.2)

    Se exceptúa de lo establecido anteriormente el apartado 3 del articulo 17 (garantías del detenido) para elsupuesto de declaración del estado de excepción, solo pudiendo ser suspendido por el de sitio.

    2. Los derechos de duración máxima de la detención preventiva, inviolabilidad del domicilio y secreto en lascomunicaciones pueden ser suspendidos para personas determinadas, en relación con las investigacionescorrespondientes a la actuación de bandas armadas o elementos terroristas. 

    TÍTULO II De la Corona

    Artículo 56 El Rey

    1. El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento delas instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales.

    3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados.

    Artículo 57 Sucesión en la Corona 

    La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siemprela línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado,el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

    3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Coronaen la forma que más convenga a los intereses de España.

    4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y susdescendientes.

    5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesióna la Corona se resolverán por una ley orgánica.

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     Artículo 58 La Reina

    La reina consorte o el consorte de la Reina no podrá asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto parala Regencia.

    Artículo 59 La Regencia

    1. Cuando el Rey fuere menor de edad, el padre o la madre del Rey entrará a ejercer inmediatamente la Regenciay la ejercerá durante el tiempo de la minoría de edad del Rey.

    2. Si el Rey se inhabilitare para el ejercicio de su autoridad y la imposibilidad fuere reconocida por las CortesGenerales, entrará a ejercer inmediatamente la Regencia el Príncipe heredero de la Corona, si fuere mayor deedad. Si no lo fuere, se procederá de la manera prevista en el apartado anterior, hasta que el Príncipe herederoalcance la mayoría de edad.

    3. Si no hubiere ninguna persona a quien corresponda la Regencia, ésta será nombrada por las Cortes Generales,y se compondrá de una, tres o cinco personas.

    4. Para ejercer la Regencia es preciso ser español y mayor de edad.

    5. La Regencia se ejercerá por mandato constitucional y siempre en nombre del Rey.

    Artículo 60 Tutela del Rey

    1. Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que seamayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras

     permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.

    2. El ejercicio de la tutela es también incompatible con el de representación política.Formas de tutoría: Testamentaria, legítima y parlamentaria.

    Artículo 61 Proclamación

    1. El Rey, al ser proclamado ante las Cortes Generales, prestará juramento de desempeñar fielmente sus

    funciones, guardar y hacer guardar la Constitución.2. El Príncipe heredero, al alcanzar la mayoría de edad, y el Regente o Regentes al hacerse cargo de susfunciones, prestarán el mismo juramento, así como el de fidelidad al Rey.

    Artículo 62 Funciones del   Rey

    a) Sancionar y promulgar las leyes.

     b) Convocar y disolver las Cortes Generales y convocar elecciones.

    c) Convocar a referéndum en los casos previstos en la Constitución.d) Proponer el candidato a Presidente del Gobierno y, en su caso, nombrarlo, así como poner fin a sus funciones.

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    e) Nombrar y separar a los miembros del Gobierno, a propuesta de su Presidente.

    f) Expedir los decretos acordados en el Consejo de Ministros, y conceder honores y distinciones.

    g) Ser informado de los asuntos de Estado y presidir, a estos efectos, las sesiones del Consejo de Ministros,

    a petición del Presidente del Gobierno.

    h) El mando supremo de las Fuerzas Armadas.

    i) Ejercer el derecho de gracia con arreglo a la ley, que no podrá autorizar indultos generales.

     j) El Alto Patronazgo de las Reales Academias.

    Artículo 63.Funciones de política exterior

    1. El Rey acredita a los embajadores y otros representantes diplomáticos. Los representantes extranjeros enEspaña están acreditados ante él.

    2. Al Rey corresponde manifestar el consentimiento del Estado para obligarse internacionalmente por mediode tratados, declarar la guerra y hacer la paz.

    Artículo 64 Refrendo de los actos del Rey

    1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, serán refrendados por el Presidentedel Congreso.

    2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

    Artículo 65 La Casa del Rey

    1. El Rey recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad global para el sostenimiento de su Familia y Casa,y distribuye libremente la misma.

    2. El Rey nombra y releva libremente a los miembros civiles y militares de su Casa.

    TÍTULO III De las Cortes Generales, CAPÍTULO I De las Cámaras

    Artículo 66 Cortes Generales: potestad legislativa y control del Gobierno

    1. Las Cortes Generales representan al pueblo español y están formadas por el Congreso de los Diputadosy el Senado.

    2. Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan laacción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución.

    3. Las Cortes Generales son inviolables.

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    Artículo 67 El mandato parlamentario

    1. Nadie podrá ser miembro de las dos Cámaras simultáneamente, ni acumular el acta de una Asamblea deComunidad Autónoma con la de Diputado al Congreso, pero sí los senadores.

    2. Los miembros de las Cortes Generales no estarán ligados por mandato imperativo.

    3. Las reuniones de Parlamentarios que se celebren sin convocatoria reglamentaria no vincularán a las Cámaras,y no podrán ejercer sus funciones ni ostentar sus privilegios.

    Artículo 68 El Congreso de los Diputados, cámara baja

    1. El Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 Diputados (actualmente 350), elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.

    2. La circunscripción electoral es la provincia. Ceuta y Melilla estarán representadas cada una de ellas porun Diputado. La ley distribuirá el número total de Diputados, asignando una representación mínima iniciala cada circunscripción y distribuyendo los demás en proporción a la población.

    4. El Congreso es elegido por 4 años. El mandato de los Diputados termina 4 años después de su elección oel día de la disolución de la Cámara.

    6 . Las elecciones tendrán lugar entre los 30 y 60 días desde la terminación del mandato.El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los 25 días siguientes a las elecciones.

    Artículo 69 El Senado, Cámara de representación territorial, cámara alta

    1. El Senado es la Cámara de representación territorial.

    2. En cada provincia se elegirán 4 Senadores por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por losvotantes de cada una de ellas, en los términos que señale una ley orgánica.

    3. Corresponden 3 senadores a cada una de las islas mayores -Gran Canaria, Mallorca y Tenerife- y 1 senador acada una de islas o agrupaciones: Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, Gomera, Hierro, Lanzarote yLa Palma.

    4. Las poblaciones de Ceuta y Melilla elegirán cada una de ellas 2 Senadores.

    5. Las Comunidades Autónomas designarán además 1 Senador y otro más por cada millón de habitantes de surespectivo territorio. La designación corresponderá a la Asamblea legislativa o, en su defecto, al órgano colegiadosuperior de la Comunidad Autónoma.

    6. El Senado es elegido por 4 años.

    Artículo 71 Inviolabilidad e inmunidad parlamentarias

    1. Los Diputados y Senadores gozarán de inviolabilidad por las opiniones y de inmunidad, por lo que sólo podránser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización

    de la Cámara respectiva.

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    3. En las causas contra Diputados y Senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.La mesa es el órgano de gobierno de la Cámara, otros órganos de las Cámaras son los grupos parlamentariosy la junta de portavoces.

    Artículo 70 Incompatibilidades 

    1. No serán elegibles para Diputado o Senador:a) Los componentes del Tribunal Constitucional.

     b) Los altos cargos de la Administración del Estado que determine la ley, con la excepción de los miembros

    del Gobierno.

    c) El Defensor del Pueblo.

    d) Los Magistrados, Jueces y Fiscales en activo.

    e) Los militares profesionales y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Policía en activo.

    f) A los miembros de las Juntas Electorales.

    Artículo 72 Reglamentos de las Cámaras

    1. Las Cámaras establecen sus propios Reglamentos, aprueban autónomamente sus presupuestos y regulan elEstatuto del Personal de las Cortes Generales. Los Reglamentos y su reforma serán sometidos a una votación finalsobre su totalidad, que requerirá la mayoría absoluta.

    2. Las Cámaras eligen sus respectivos Presidentes y los demás miembros de sus Mesas.

    3. Las sesiones del Congreso y Senado las preside el presidente del Congreso.

    Artículo 73 Sesiones de las Cámaras

    1. Las Cámaras se reunirán anualmente en 2 períodos ordinarios de sesiones: el primero, de septiembre adiciembre, y el segundo de febrero a junio.

    2. Las Cámaras podrán reunirse en sesiones extraordinarias a petición del Gobierno, de la Diputación Permanenteo de la mayoría absoluta de los miembros de cualquiera de las Cámaras.

    Artículo 75 El Pleno y las Comisiones de las Cámaras

    1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.

    2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la probación de proyectos o proposiciones de ley.

    3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestionesinternacionales, las leyes orgánicas y de bases y los presupuestos Generales del Estado.

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     Artículo 76 Comisión de investigación

    1. El Congreso y el Senado, y, en su caso, ambas Cámaras conjuntamente, podrán nombrar Comisiones deinvestigación sobre cualquier asunto de interés público.Sus conclusiones no serán vinculantes para los Tribunales, ni afectarán a las resoluciones judiciales.

    Artículo 77 Peticiones a las Cámaras

    1. Las Cámaras pueden recibir peticiones individuales y colectivas, siempre por escrito, quedando prohibidala presentación directa por manifestaciones ciudadanas.

    2. Las Cámaras pueden remitir al Gobierno las peticiones que reciban. El Gobierno está obligado a explicarsesobre su contenido, siempre que las Cámaras lo exijan.

    Artículo 78 Diputaciones Permanentes

    1. En cada Cámara habrá una Diputación Permanente compuesta por un mínimo de 21 miembros, querepresentarán a los grupos parlamentarios, en proporción a su importancia numérica, pueden aprobar proyectosde ley y declarar el estado de sitio. Cuando las cámaras no están en periodo de sesiones o disueltas, lasfunciones son asumidas por éstas.

    Artículo 79Adopción de Acuerdos

    3. El voto de Senadores y Diputados es personal e indelegable.

    Artículo 80 Publicidad de las sesiones

    Las sesiones plenarias de las Cámaras serán públicas, salvo acuerdo en contrario de cada Cámara, adoptado pormayoría absoluta o con arreglo al Reglamento.

    CAPÍTULO II De la elaboración de las leyes

    Artículo 81 Las leyes Orgánicas

    1. Son las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que apruebenlos Estatutos de Autonomía y el régimen electoral. La aprobación, modificación o derogación exigirá mayoríaabsoluta del Congreso.

    Artículo 82 La delegación legislativa

    1. Las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas con rango de ley sobrematerias que no requieran Ley Orgánica (art 81).

    2. La delegación legislativa deberá otorgarse mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación detextos articulados o por una ley ordinaria cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.

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    Artículo 83 Limitación a las leyes de bases

    Las leyes de bases no podrán en ningún caso: Autorizar la modificación de la propia ley de bases ni facultar para dictar normas con carácter retroactivo.

    Artículo 85 Decretos Legislativos

    Las disposiciones del Gobierno que contengan legislación delegada recibirán el título de Decretos Legislativos.

    Artículo 86 Decretos-leyes y su convalidación

    1. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionalesque tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas delEstado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de lasComunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.

    2. Los Decretos-leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de losDiputados en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación.Durante esos 30 días las Cortes podrán tramitarlos como proyectos de ley por el procedimiento de urgencia.

    Artículo 87 Iniciativa legislativa: Corresponde al Gobierno, al Congreso y al Senado.

    Iniciativa legislativa popular

    3. Una ley orgánica regulará las formas de ejercicio y requisitos de la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley. En todo caso, se exigirán no menos de 500.000 firmas acreditadas. No procederá dicha iniciativa en materias propias de ley orgánica, tributarias o de carácter internacional, ni en lorelativo a la prerrogativa de gracia.

    Las Asambleas o Parlamentos de las Comunidades Autónomas también podrán solicitar del Gobierno la adopciónde un proyecto de ley o remitir a la Mesa del Congreso una proposición de ley, delegando ante dicha Cámara unmáximo de tres miembros de las Asambleas encargados de su defensa.

    Artículo 88 Proyectos de ley: Los proyectos de ley serán aprobados en Consejo de Ministros, que los someteráal Congreso.

    Artículo 90 Actuación legislativa del Senado

    1. Aprobado un proyecto de ley ordinaria u orgánica por el Congreso de los Diputados, su Presidente dará cuentadel mismo al Presidente del Senado.

    2. El Senad