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Page 1: Relaciones laborales 2

Bogotá D.C., febrero de 2017

Tipos de Contratos laborales en Colombia

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Definición de trabajo

”toda actividad humana libre, ya sea

material o intelectual, permanente o

transitoria, que una persona natural

ejecuta conscientemente al servicio

de otra, y cualquiera que sea su

finalidad, siempre que se efectúe en

ejecución de un contrato de trabajo”.

(Art. 5 CST).

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Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).

- Libre elección, equitativo y protección.

- Salario igual a trabajo igual.

Remuneración y dignidad.

Relaciones laborales entre el empleador y el

trabajador.

Regulación

Articulo 25: Derecho y obligación social.

Protección del estado.

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El PC -Visión Holística donde todas las partes son integradores y generan un sistema - Módulos

EL PS - Línea de conocimientos y herramientas, que ayudan a comprender a las organizaciones modernas en un entorno global.Objeto de estudio: SIG

Individuo: Gestor

Denominación

El Programa incorpora la palabra Gestión por:

Actividad personal del trabajador

Continua subordinación

Salario, comoretribución delservicio prestado.

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1. Actividad personal del trabajador

No debe ser desarrollada o ejecutada por

persona diferente a la contratada.

.

Directamente debe ser

realizada por el contratado.

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Elementos del contrato

2. Continuada Subordinación. *

• Facultad del empleador de impartir ordenes, y que el

trabajador las acate.

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3. Remuneración por el trabajo realizado.

El trabajador recibe por parte del empleador una retribución

a su labor, el salario o remuneración contemplan este

aspecto.

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TIPOS DE CONTRATOS LABORALES

A termino fijo

Inferior a un año

Entre 1 a 3 años

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Contratos a termino fijo

Inferior a un año

• .

Entre 1 y 3 años

• .

Periodo de prueba

Indemnización por terminación unilateral.

No requiere aviso previo.

Hasta 3 veces.

Después no puede ser inferior a 1

año.

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Contrato a termino indefinido

• No estipula fecha de terminación.

• Puede ser por escrito o verbal.Art. 47 C.S.T.

• Establecer por escrito clausulas especificas.

• Prestaciones sociales y parafiscales.El empleador

• Si no hay causa justa se debe pagar una indemnización.

• Art. 28 de la ley 789 de 2002

Terminación unilateral

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Contrato de obra o labor

.Labor especifica.

Art. 45 CST.

Termina con el fin de la obra.

. . Ejemplo: construcciones y educación (horas catedra).

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Contrato de Aprendizaje

• Formación de practicantes, a través del uso de herramientas académicas y teóricas:

• Organización – Universidad para la inclusión al mundo laboral.

• Remuneración: Auxilio de sostenimiento.

• Art. 30 – Ley 789 de 2002.

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Contrato accidental u ocasional

Art. 6 del C.S.T.

.

Se desarrollan actividades

distintas a las normales del empleador.

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CONTRATO CIVIL POR PRESTACION DE SERVICIOS

Contrato bilateral entre la empresa y una

persona (natural o jurídica)

No obliga a pago de prestaciones laborales. Relación contratante -

contratista

Se aplica retención en la fuente, el contratista

asume el pago de pago de Seguridad Social, sobre el 40% del valor mensual del

contrato.


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