caso insepro finsepro

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UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA ESCUELA DE CIENCIAS JURÍDICAS MONOGRAFÍA SOCIEDADES MERCANTILES NULAS E IRREGULARES CASO ESPECÍFICO: FINSEPRO - INSEPRO Y SUS REPERCUSIONES JURÍDICAS EN EL SALVADOR PRESENTADO POR: ANA ELIZABETH HERNÁNDEZ CORADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE: LICENCIATURA EN CIENCIAS JURÍDICAS ASESOR: LIC. DAVID SALVADOR LUNA IBARRA SANTA ANA, MAYO DEL 2005

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Desfalcos financieros

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  • UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA ESCUELA DE CIENCIAS JURDICAS

    MONOGRAFA

    SOCIEDADES MERCANTILES NULAS E IRREGULARES CASO ESPECFICO:

    FINSEPRO - INSEPRO Y SUS REPERCUSIONES JURDICAS EN EL SALVADOR

    PRESENTADO POR:

    ANA ELIZABETH HERNNDEZ CORADO

    PARA OPTAR AL TTULO DE:

    LICENCIATURA EN CIENCIAS JURDICAS

    ASESOR:

    LIC. DAVID SALVADOR LUNA IBARRA

    SANTA ANA, MAYO DEL 2005

  • UNIVERSIDAD FRANCISCO GAVIDIA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES

    ESCUELA DE CIENCIAS JURDICAS

    RECTOR INGENIERO MARIO ANTONIO RUZ RAMREZ

    SECRETARIA GENERAL LICENCIADA TERESA DE JESS GONZLEZ DE MENDOZA

    DECANA DE LA FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES

    LICENCIADA ROSARIO MELGAR DE VARELA

    DIRECTOR DE LA ESCUELA DE CIENCIAS JURDICAS DOCTOR JORGE EDUARDO TENORIO

  • NDICE

    INTRODUCCIN i OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN ii CAPTULO I PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 1 DELIMITACIN DEL PROBLEMA 2 ANTECEDENTES 2 ENFOQUE METODOLGICO 3 CAPTULO II ASPECTO CONCEPTUAL 4 CAPTULO III SOCIEDADES CARENTES DE CONTRATO 6 ANEXOS 11 CONCLUSIONES 40 BIBLIOGRAFA 41

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    INTRODUCCIN Con el presente trabajo de investigacin, se pretende hacer un estudio jurdico acerca de las Sociedades Nulas e Irregulares especficamente tratando el caso INSEPRO - FINSEPRO, tomando en cuenta todas aquellas sociedades que en un momento dado adolezcan de invalidez en su contrato social y por su misma naturaleza jurdica se diversifican sus anomalas, ya sea stas por adolecer de vicios que acarrean su total nulidad o su contrato social inexistente. Se han seguido muy de cerca los lineamientos planteados en el Cdigo de Comercio y los establecidos en la Teora Civil de la inexistencia y nulidad. No obstante, no se habla de sociedades inexistentes, por la razn que cuando la sociedad se ha exteriorizado por actos frente a terceros es absolutamente indispensable reconocerle ciertos efectos al contrato para evitar un perjuicio mayor a los terceros contratantes de buena fe. Las sociedades irregulares son aquellas cuyo contrato es vlido, pero con el resultado negativo para sus contratantes y socios, la cual est sujeta a una regulacin especial que conlleva a la liquidacin de la misma.

  • ii

    OBJETIVOS DE LA INVESTIGACIN OBJETIVOS GENERALES: Proporcionar una herramienta prctica y adecuada en base a la cual se pueda

    formar un criterio en cuanto al tratamiento de los NEGOCIOS SOCIALES NULOS plantendose una digresin para considerar en general el tema de la NULIDAD E IRREGULARIDAD de las Sociedades Mercantiles en nuestro medio, el cual presenta una variedad de hiptesis y situaciones que conviene traer a cuenta que toda sociedad se considera REGULAR si cumple con los requisitos de forma y eficacia previstos por la propia ley, es decir, que el contrato social conste en la Escritura Pblica exigida por la ley y que la Sociedad se encuentre debidamente inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, de modo que a contrario sensu se considera IRREGULAR.

    Respecto a la NULIDAD se considera pertinente aclarar que aqulla sociedad que tenga ilicitud en su OBJETO es NULA no pudiendo inscribirse en el Registro de Comercio pertinente, si de hecho fuere inscrita proceder su declaratoria de nulidad en forma retroactiva y la Sociedad que tenga causa ilcita tambin se considera NULA ya sea que la causa conste en el instrumento o que se establezca con posterioridad.

    En el presente trabajo de investigacin resulta clave que alrededor del caso FINSEPRO - INSEPRO no solamente se encuentra la obra de los empresarios estafadores sino que se perciben implicaciones ms profundas con la Sociedad poltica y otros miembros del sector empresarial ms prominente del pas.

    OBJETIVOS ESPECFICOS: A travs de la investigacin y recopilacin de informacin se pretende realizar

    un trabajo de calidad por medio del cual se pueda sustentar y dar a conocer el espritu del legislador en cuanto al caso prctico de las SOCIEDADES MERCANTILES en el medio, su NULIDAD E IRREGULARIDAD y las situaciones adversas que acarrean su funcionar anmalo.

    Poder contribuir a la divulgacin y conocimiento general de nuestra Sociedad la figura de los protagonistas de los casos sealados especficamente como lo son FINSEPRO - INSEPRO y sus repercusiones NEGATIVAS en el medio social.

    Conocer la metodologa utilizada por nuestra Legislacin Mercantil para su tratamiento, su accin y consecuencia frente a terceros contratantes de BUENA FE.

  • 1

    CAPTULO I: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

    El tema tratar es de mucha importancia en el sentido de que hoy en da se manifiestan a cada momento DEFRAUDACIONES MILLONARIAS cometidas contra ciudadanos honrados dentro de un marco de complicidad por parte de funcionarios y de Instituciones desposedas de su verdadera funcin, ha sido quizs el principal motivo de escndalo, inestabilidad y consecuentemente una situacin de incertidumbre entre los afectados en los ltimos aos del siglo que recin termin. Bajo el ttulo de SOCIEDADES NULAS E IRREGULARES, se conocen en el cdigo de comercio aquellas sociedades que adolecen de invalidez en su contrato social o de irregularidades en su funcionamiento, se trata de una serie de casos de naturaleza jurdica diversa, pero que todas tienen en comn la circunstancia de que acarrean la disolucin forzosa de la Sociedad. El mayor de estos fraudes cometidos por una SOCIEDAD IRREGULAR es el caso de INSEPRO - FINSEPRO, es un caso emblemtico no slo por la cuanta de los dineros defraudados a los ahorrantes de un mil doscientos cincuenta millones de colones, equivalentes a ciento cuarenta y tres millones de dlares actualmente, sino por la caracterstica de las empresas financieras involucradas y de las personas responsables de la Administracin Fraudulenta de las mismas, all figuraron nombres de connotadas familias de alto abolengo acusadas de perpetrar una MILLONARIA ESTAFA que afect a miles de ciudadanos de todos los crculos sociales y diversas edades y profesiones , el caso se ventil pblicamente desatando las ms violentas realidades del sistema financiero del pas, inclusive reacciones de personas, que eran pacficas entregados mayoritariamente a la tranquilidad de una merecida jubilacin, mientras sus ahorros estaban supuestamente depositados en las manos de las ms respetadas personalidades del mundo empresarial, apellidos como MATHIES HILL, MATHIES REGALADO, ANNICHIARICO y otros en quienes era entonces depositada la mxima confianza de quienes buscaban en sus ahorros producir rentas atractivas en un lugar seguro. El mito se vino abajo, el sistema se derrumb, el pas dej de ser el mismo, la confianza se perdi y los crculos se volvieron ms cerrados e indiscutiblemente ms enigmticos que nunca. Las Autoridades desde la Presidencia de la Repblica de aqulla poca, hasta las Instituciones encargadas de velar por la seguridad econmica y jurdica de las personas, se vieron enredadas en las maquiavlicas manipulaciones sofisticadas algunas burdas, las otras para proteger intereses personales y polticos - partidaristas e instituciones que llevaron al sistema financiero, poltico y jurdico de El Salvador al borde del caos y al ms profundo desprestigio ante la ciudadana, mientras tanto de manera cnica y totalmente divorciada de la tica, autoridades locales e internacionales conferan al pas un galardn cuestionable y poco creble como el pas de las oportunidades y de las libertades econmicas. CASO CONCRETO: Como operaban INSEPRO - FINSEPRO? Pues bien la ruta del fraude, se desarrollaba de la siguiente manera: 1) FINSEPRO, Institucin autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero reciba a sus clientes como cualquier otra entidad bancaria; 2) Los empleados remitan a los clientes hacia las

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    Instalaciones de INSEPRO contiguas a FINSEPRO y les prometan intereses ms altos y seguridad en sus ahorros. INSEPRO captaba esos depsitos ilegales; 3)Se desconoce el destino de los fondos que llegaron a INSEPRO al igual que se ignora el monto real de lo captado por la Financiera; 4)Cuando INSEPRO afronta problemas de liquidez FINSEPRO le transfiere doscientos millones de colones; 5)Para cubrir el Hoyo Financiero ocasionado por FINSEPRO al transferir fondos a INSEPRO sta emite cheques sin respaldo.

    DELIMITACIN DEL PROBLEMA GEOGRFICA: Territorio de El Salvador TEMPORAL: Segundo Trimestre, Ao 1997 ENFOQUE: Sociedades Nulas e Irregulares, Caso Especfico INSEPRO - FINSEPRO

    ANTECEDENTES

    Histricamente el Derecho Mercantil aparece con posterioridad al Derecho Civil, las legislaciones ms antiguas contenan las regulaciones de las materias mercantiles mezcladas con las civiles; el derecho romano, que constituye la raz del derecho prominentemente privado moderno, no hizo distincin entre el derecho civil y mercantil. Esto no quiere decir que el comercio como fenmeno econmico haya aparecido hasta que se concret la existencia del derecho mercantil, como rama independiente. Tenemos relaciones muy antiguas de tipo mercantil, como las actividades mercantiles de los fenicios, de los griegos, tambin de los romanos, quienes practicaban extensamente el comercio, es indudable que todos estos pueblos tenan normas de tipo jurdico para regular la actividad econmica, pero no exista la separacin de las ramas civil o privada, por igual las materia de ndole mercantil. El derecho mercantil de la lejana poca surge como un derecho esencialmente subjetivo, era el derecho de los comerciantes es decir, el conjunto de normas que se aplicaba a las personas que se dedicaban al comercio, tenan un mercado prcticamente gremial. En la actualidad el derecho mercantil se ha transformado grandemente con las operaciones de banca, bolsa, ahorro y seguros y en la intervencin de los empresarios o como agentes intermediarios. En nuestro caso nos ocuparemos especficamente de tratar y conocer el desenvolvimiento de LAS SOCIEDADES MERCANTILES NULAS E IRREGULARES su etapa de evolucin, su desenvolvimiento en un mbito mercantil nuestro, su proceso de disolucin y la intervencin estatal respecto a su proceder, asimismo su declaratoria de nulidad en su caso, y en el caso especfico desde el da tres de julio del ao dos mil uno en que fueron intervenidas las sociedades FINSEPRO - INSEPRO por la Superintendencia del Sistema Financiero, segn informe de la Fiscala General de La Repblica de conformidad a auditoria practicada por el Superintendente del Sistema Financiero en las Sociedades Financieras INSEPRO S.A. de C.V. y FINSEPRO S.A. de C.V., luego de una investigacin ordenada por el Gobierno Salvadoreo cuando se conociera el fraude de un mil

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    doscientos millones de colones depositados por unas seis mil personas naturales y jurdicas, por medio de un matutino como es La Prensa Grfica.

    ENFOQUE METODOLGICO

    A) TIPO DE INVESTIGACIN: Se llevar a cabo una investigacin exploratoria, bibliogrfica y documental basndose en los documentos relacionados con el tema en estudio.

    B) MTODOS, TCNICAS E INSTRUMENTOS DE LA RECOPILACIN DE DATOS. El mtodo a emplear es el deductivo, ya que partiremos de un articulado ya existente tomando en cuenta como un todo para estudiar cada una de sus partes. La tcnica a utilizar ser un Anlisis de Contenido y el Resumen Documental, ya que da la oportunidad de recabar toda la informacin relacionada con el universo de la muestra. El instrumento a utilizar ser la ficha de trabajo.

    C) RECOPILACIN DE LA INFORMACIN: La informacin se recopilara por medio de sesiones peridicas de trabajo mediante resmenes de texto previamente establecidos.

    D) TRATAMIENTO DE LOS DATOS: Todos los datos recopilados se vertern en el informe final.

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    CAPTULO II: ASPECTO CONCEPTUAL

    SOCIEDADES NULAS E IRREGULARES

    Bajo este titulo se conocen en el cdigo de comercio aquellas sociedades que adolecen de invalidez en su contrato social o de irregularidades en su funcionamiento, se trata de una serie de casos de naturaleza jurdica diversa, pero que todas tienen en comn la circunstancia de que acarrean la disolucin forzosa de la sociedades. Son sociedades nulas aquellas cuyo contrato social adolece de vicios que acarrean su nulidad. Desde luego, el contrato social tambin puede ser inexistente, siguiendo los lineamientos generales de la teora civil de la inexistencia y la nulidad. No obstante ello no hablamos de sociedades inexistentes, la razn es que, cuando la sociedad se a exteriorizado por actos frente a terceros, es indispensable reconocerle ciertos efectos al contrato, para evitar el perjuicio que pudiera causarse a los acreedores sociales de toda clase, lo dicho ha sido la causa de que el derecho mercantil haya creado la teora de la sociedad de hecho, que viene a excluir, en cuanto a sus efectos, la inexistencia de las sociedades. Son sociedades irregulares aquellas cuyo contrato es valido, pero cuyo funcionamiento, contrato a las normas legales, las convierte en un peligro para el pblico contratante. En virtud que la proteccin que el Estado debe al pblico, cuando se produce esta situacin, la sociedad queda sujeta a una regulacin especial que comprende la liquidacin forzosa de la misma. De acuerdo con la legislacin vigente, todo lo referente a la invalidez de las sociedades se sujetan a las normas del derecho civil ya que no se encuentran regulado de manera especifica en el cdigo de comercio, el cdigo de comercio, tal como se a dicho, contempla de manera expresa los casos de validez del pacto social y los de irregularidad en el funcionamiento de la sociedad. La teora de la sociedad de hecho esta establecida en la legislacin vigente, Esto no quiere decir solo pueden aplicarse a las sociedades colectivas, puesto que a la sociedad comanditaria simple le es aplicable el rgimen de las colectivas (Art. 307 C.m.), en a la sociedad annima se refiere, esta no tiene existencia legal si no a partir de su respectiva inscripcin, establecindose responsabilidad personal y solidaridad que gestionen a su nombre, en caso contrario (Art. 236 C.m.), en cuanto a la comanditaria por acciones, le es aplicable el rgimen de la annima (Art. 307 C.m.) En el cdigo de comercio, las disposiciones referentes a sociedades nulas e irregulares, son aplicables a todo tipo de sociedades sin distincin. La regulacin referente a la sociedad de hecho, en la legislacin vigente podemos resumirla as:

    1.) Hay nulidad del contrato social, cuando se omite la escritura o cualquiera de las formalidades previstas para la constitucin de la sociedad. Esto planea el problema de si se aplica la regulacin de la sociedad de hecho, a aquellos casos en que la escritura social sido validamente a celebrada, pero la sociedad ha quedado automticamente disuelta por algunas de las causales

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    contempladas en la ley, y no se halla procedido a su liquidacin. En este caso no nos encontremos frente a una verdadera sociedad de hecho, sino simplemente ante una situacin irregular que la ley vigente ha contemplado; desde luego, la regulacin referente a la responsabilidad frente a terceros ser aplicable a esta situacin, pero no lo ser aquella que refiere a las relaciones entre los socios, pues estas no se derivan de la situaciones de hecho inicialmente, sino de una situacin legal cuya liquidacin definitiva se ha pospuesto indebidamente; en mi opinin, las disposiciones de la escritura social que rige a la sociedad mientras funciona validamente, continan teniendo aplicacin entre los socios cuando traten de liquidar la situacin existente, salvo naturalmente, la responsabilidad en que incurran los culpables de esta situacin.

    2.) Al declararse la nulidad, si aun subsiste la sociedad de hecho, se procede a su liquidacin como si se tratara de una comunidad.

    3.) Se garantizan totalmente los derechos de terceros. Los socios no pueden alegar la nulidad ni la falta de nulidades frente a terceros, ni por va de accin ni por va de excepcin; los terceros podrn comprobar la existencia de la sociedad de hecho por cualquier medio de prueba admitido por la ley; los socios no podrn alegar contra terceros, ni aun el conocimiento privado que dichos terceros hayan tenido de la situacin. En las relaciones de los terceros entre si, estos si podrn oponerse mutuamente la falta de formalidades de la sociedad, porque ellos no son responsables de la nulidad, pero, no podrn aprovecharse de la nulidad del contrato social, para no cumplir las obligaciones en que validamente hayan consentido. En el cdigo de comercio los casos contemplados pueden clasificarse, tal como se ha dicho antes, en dos categoras.

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    CAPITULO III: SOCIEDADES CARENTES DE CONTRATO

    Entre las sociedades carentes de contrato se encuentran:

    a) Las sociedades cuyo contrato social carece de validez b) Las sociedades cuyo contrato social es valido, pero cuyo funcionamiento es

    irregular Dentro de la primera categora colocamos las siguientes: Las sociedades con objeto ilcito o con causa ilcita, ya sea que la causa

    conste en el instrumento o se compruebe con posterioridad; la causa que no se expresa se presume licita, a menos que probarse lo contrario. La escritura social de tales sociedades no puede inscribirse en el Registro de Comercio, si de hecho se inscribiera, puede declararse con efectos retroactivos. La accin de nulidad compete a cualquier persona que compruebe inters, o al Ministerio Pblico, por medio del Fiscal General de la Repblica; tambin debe ser declarada de oficio, siempre que el Juez por cualquier motivo tenga conocimiento de ella; las consecuencias de la accin de nulidad son la disolucin y la liquidacin forzosa de la sociedad, la cual se practica judicialmente, pudiendo hacerla el Juez por si mismo o designar liquidador, en cuyo caso deber or previamente a la oficina que ejerce la vigilancia del estado, nombrando de preferencia a una institucin bancaria. El importe resultante de la liquidacin no beneficiar en ningn caso a los miembros de la sociedad liquidada, en vista de la culpa en que han incurrido; se implicar primeramente al pago de las responsabilidades civiles para con terceros; el remanente se destinar a beneficencia.

    La falta de consentimiento de la mayora de los socios produce nulidad. En el presente caso las reglas aplicables son similares a las del caso anterior, con la sola diferencia que la responsabilidad civil comprende tambin la indemnizacin de perjuicios a los socios que no hayan consentido. La falta de consentimiento de un solo socio o de la minora de ellos no produce nulidad, sino solamente la separacin del socio o socios que no hayan consentido, continuando validamente la sociedad entre los restantes; desde luego, los socios que no hayan consentido tendrn derecho a que se le indemnice por los perjuicios que hayan sufrido, conforme a las reglas generales.

    La sociedad que carece absolutamente de formalidades para su otorgamiento. En este caso, la sociedad no tiene existencia legal; pero si funciona de hecho, la proteccin a los derechos de los terceros que de buena fe contratan con ella, demanda que se le de alguna existencia; por ello, al contratar con terceros, adquiere existencia legal. Todo lo referente a la accin de nulidad, a la forma de liquidar la sociedad y al reparto del importe resultante de la liquidacin se regulara en la forma indicada para los casos anteriores, con las diferencias siguientes: a) Antes de proceder a la liquidacin, el juez sealara un plazo a la sociedad

    de hecho para que formalice legalmente su contrato social y evite la liquidacin; dicho plazo oscilara entre 90 y 120 das, la razn de esta

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    diferencia estriba en que las personas que participan en la sociedad de hecho, si bien han violado la ley por no haberla formalizado tal como la misma ley prescribe, la infraccin es de menores proporciones a la cometida en los casos antes contemplados; aun mas, es posible que se de esta figura sin que en la practica se cause perjuicio de nadie; estas causas justifican que se de a los participantes la oportunidad de constituir legalmente su sociedad.

    b) Por las mismas razones, no es conveniente privar a los participantes de lo que hayan aportado, de aqu que, despus de haber cancelado la responsabilidad civil frente a terceros, el remanente se dividir entre las personas que han hecho aportes a la sociedad de hecho, a prorrata de estos aportes; pero, como ha habido una infraccin manifiesta a la ley, no es conveniente que se aprovechen de ella los pretendidos socios para obtener utilidades, por ello, nadie podr obtener una cantidad mayor a la que realmente hubiera aportado; si hubiere utilidad, esta se destinara a beneficencia.

    La sociedad cuya escritura social no llena los requisitos exigidos por la ley para las sociedades del tipo que haya adoptado. En este caso, los efectos de la nulidad, se regulan de igual manera en los de la inexistencia del contrato, con las diferencias: a) La escritura social no podr ser inscrita mientras las diferencias no hayan

    sido subsanadas; desde luego, el plazo que se seala a la sociedad sin formalidades, para que se constituya, es concedido, para que la sociedad subsane las diferencias.

    b) Si hubieren utilidades, estas se repartirn entre los socios. c) Pero, si la diferencia consiste en no haberse hecho los aportes por los

    socios, en la fecha y proporciones exigidas por la ley, puede presumirse la voluntad de los socios de defraudar a terceros; de todas maneras, aun cuando dicha voluntad no haya exigido en la practica, la diferencia es de tal naturaleza que afecta directamente la garanta que la sociedad esta obligada a dar al publico con quien contrata; en vista de ello, si se presenta este caso, el remanente que quedare del importe de la liquidacin despus de cubrir la responsabilidad civil, no podr repartirse entre los socios, ni a titulo de devolucin de sus aportes ni a titulo de utilidades, sino que se destinara a beneficencia.

    Las sociedades que se acaban de relacionar, que se hubieren exteriorizado frente a terceros, mediante actos de contratacin con los mismos, se les reconoce personalidad jurdica en todo aquello que las perjudique, pero no en lo que pudiera beneficiarlas; este criterio, tal como se ha dicho antes, se funda en la necesidad de proteger al publico contratante contra las consecuencias de las nulidades en que pudieran incurrir los socios, al construir la sociedad. Los socios, administradores y cualesquiera otras personas que pudieran intervenir en el funcionamiento de la sociedad, responden frente a terceros por las obligaciones sociales, personales, solidaria e ilimitadamente sin perjuicio de las responsabilidades penales en que pudieran haber incurrido; con esto, se completa la proteccin dada al publico que va a contratar con la sociedad, en la medida que sea posible establecerla. En cuanto a

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    las relaciones internas entre los socios, estas se regularan por el pacto social si lo hubiere; en caso contrario, se aplicaran las disposiciones legales de carcter supletorio. Dentro de la segunda categora, o sea la de las sociedades irregulares se encuentran las siguientes:

    1) Las sociedades que se dedica a realizar actos ilcitos. Es el caso mas grave, pues la sociedad se convierte de hecho en un instrumento para violar el derecho. Esta figura comprende dos modalidades especiales: a) La sociedad que se dedica a efectuar actos cuya ilicitud depende de su

    propia naturaleza, o sea actos que se consideran ilcitos para cualquier persona que los realice.

    b) La sociedad que se dedica a efectuar actos que requieren una autorizacin especial concedida al sujeto que los realiza, tales como operaciones bancarias, de ahorro y otras similares, estos actos no son ilcitos de por si, desde luego que aquellas sociedades que han obtenido la autorizacin necesaria pueden ejecutarlos validamente, pero son ilcitos para todas aquellas personas que no tienen autorizacin para dedicarse a esa actividad; son los que se conocen con el nombre de actividades reservadas, porque requieren controles especiales, una estructura especializada y una vigilancia y regulacin propias; cuando se realizan sin autorizacin, ponen en peligro los intereses del publico hasta tal punto que pueden considerarse como proclives al fraude. Las sociedades que se colocan en cualquiera de estas situaciones, se declaran disueltas y se liquidan inmediatamente por la va judicial; la liquidacin se rige, en todos sus aspectos de la misma manera que la de las sociedades nulas por ilicitud de su objeto o de su causa.

    2) Las sociedades que no han inscrito su contrato social, dentro de los quince das siguientes a su otorgamiento; en este caso, cualquier socio tiene derecho a gestionar dicho registro, judicial o administrativamente. Cualquiera interesado y el Ministerio Publico, tiene accin para requerir a la sociedad que compruebe su existencia legal; dicho requerimiento no solamente se notificara a la sociedad, sino que se publicara a fin de que el publico conozca la irregularidad y se proteja contra ella. La liquidacin se practicara de acuerdo con las disposiciones del contrato social y, si este nada dijera, con las aplicables contenidas en la ley.

    3) Las sociedades que realicen otros actos lcitos, pero que no estn contenidos en su finalidad social. La finalidad de toda sociedad determina el tipo de actividad a que va a dedicarse; desde luego la sociedad puede adoptar cualquier finalidad, pero debe hacerlo expresamente; en caso de que desee dedicarse a esta clase distinta de actos, de los realizados hasta una fecha dada, puede perfectamente cambiar su finalidad o aplicarla, llenando los requisitos legales respectivos; si no hiciere, se coloca en una situacin irregular, pues estara ella misma violando el pacto social que libremente se ha dado. Cualquier interesado tendr accin exigir la reforma; frente a una demanda en tal sentido, el juez dar a la sociedad el plazo de cuatro meses para que formalice la reforma; si se venciere este plazo sin que la sociedad

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    haya cumplido lo ordenado por el juez, este la pondr en liquidacin; la liquidacin se practicara en la forma indicada. Aquellas personas que realicen actos jurdicos, como representantes o mandatarios de las sociedades referidas anteriormente, respondern frente a terceros solidariamente; la solidaridad alcanza a todos los socios y a todas las personas, que en cualquier forma, participen en el manejo de la sociedad, aun cuando no hayan intervenido en el acto por el cual se deducen responsabilidades. Todos los interesados, inclusive los socios que no sean culpables de las irregularidades, podrn exigir daos y perjuicios a los culpables y a quienes hayan actuado como responsables o mandatarios de la sociedad.

    4) Sociedad que prolongue su vida mas all del plazo social fijado en la escritura sin haber formalizado previamente la prorroga correspondiente, as como aquella otra sociedad que sea afectada por cualquier causal de disolucin contemplada en la ley, y no proceda ni a subastarla, a fin de continuar regularmente sus operaciones, ni a reconocerla, a fin de entrar a liquidacin. Estas sociedades continan funcionando en forma regular, mientras nadie haga uso de la accin de disolucin, o no se pongan voluntariamente en liquidacin. Demandada la disolucin, el juez conceder un plazo, que oscila entre 20 y 120 das, como requisito previo para que la sociedad regularice su existencia; en caso de que no lo haga, la pondr en liquidacin, en la misma forma indicada anteriormente.

    5) Sociedades Unimembres: Las sociedades que por cualquier motivo, quedare reducida a un solo socio. En este caso, la sociedad deja de existir como tal, porque no es posible su existencia si no hay pluralidad de socios; este efecto se causa, si han transcurrido tres meses sin que se haya traspasado alguna participacin social a otra persona; pero el negocio subsistir como empresa mercantil individual, perteneciendo desde luego al nico socio. La empresa podr ser de responsabilidad ilimitada o de responsabilidad limitada, segn: a) Si algn socio, en la sociedad de que proviene, responda ilimitadamente,

    la empresa ser de responsabilidad ilimitada. b) Si todos los socios en la sociedad de que proviene, respondan

    limitadamente, la sociedad de que proviene, respondan limitadamente, la sociedad ser de responsabilidad limitada. Estas reglas tienen por objeto proteger a los acreedores sociales, a fin de que no vean restringida en lo ms mnimo la garanta de sus crditos, al efectuarse la conversin. La conversin se efecta automticamente, pero el titular tendr la obligacin de otorgar los documentos necesarios a fin de formalizar la conversin, dentro del plazo de los dos meses subsiguiente expiracin del de tres meses antes relacionado; si no lo hiciere, la sociedad se considerara como irregular y se proceder a su liquidacin forzosa, de acuerdo con el procedimiento sealado para las sociedades cuya escritura social no tiene los requisitos exigidos por la ley para las de su clase, porque en este caso se trata precisamente de falta de formalidades.

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    El Cdigo de Comercio completa el cuadro, imponiendo el Fiscal General de la Republica la obligacin de hacer uso de las acciones concedidas al Ministerio Publico, dentro del plazo de tres meses de haber tenido conocimiento del hecho que las motiva, bajo pena de responsabilidad. Adems, concede a la oficina que ejerce la vigilancia del Fiscal la atribucin de separar a los administradores de la sociedad y designar interventor, quien ejercer sus funciones hasta que el juez decrete la liquidacin; esta facultad solo podr ejercerse hasta despus de que haya transcurrido el plazo para subsanar las irregularidades, cuando legalmente haya lugar a sealarlo. Finalmente, la misma oficina tiene la obligacin de poner en conocimiento del Fiscal General de la Republica, los hechos que notare y que sean susceptibles de originar accin del Ministerio Publico, en el funcionamiento de las sociedades sometidas a su vigilancia.

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    ANEXOS

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    EL CASO MATHIES HILL: LOS EMPRESARIOS Y LA SOCIEDAD CIVIL ANTE LA TRANSICIN DEMOCRTICA

    EL CASO MATHIES HILL EN BREVE

    El da 3 de julio fueron intervenidas las sociedades FINSEPRO e INSEPRO por la Superintendencia del Sistema Financiero. Segn un informe de la Fiscala General de la Repblica, de conformidad a auditoria practicada por el Superintendente del Sistema Financiero en las sociedades financieras INSEPRO S.A. de C.V., y FINSEPRO S.A. de C.V., la Fiscala General de la Repblica ha instruido diligencias... determinndose que el seor Roberto Mathies Hill y otros miembros de las Juntas Directivas de dichas instituciones han cometido el delito de defraudacin de la economa pblica. Si inicialmente se estimaba que el monto de lo estafado oscilaba entre 200 y 500 millones de colones, posteriormente se hablado de algo ms de mil millones de colones, cuyo paradero se desconoce. Tambin se ignora el nombre de todos los estafados y los montos que perdieron, aunque s se sabe que fueron los dos o tres puntos que pagaban de intereses INSEPRO y FINSEPRO -por encima de otras financieras del pas- lo que llev a muchos a arriesgar sus ahorros. Cmo operaban INSEPRO - FINSEPRO? Pues bien, la ruta del fraude tal como fue establecida por el matutino El Diario de Hoy era la siguiente: (1) FINSEPRO, institucin autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), reciba a sus clientes como cualquier otra entidad bancaria. La administracin y el presidente de FINSEPRO eran los mismos de INSEPRO, esta ltima no autorizada por la Superintendencia del Sistema Financiero. (2) Los empleados remitan a los clientes hacia las instalaciones de INSEPRO -contiguas a FINSEPRO- y les prometan intereses ms altos y seguridad en sus ahorros. INSEPRO captaba esos depsitos ilegalmente. (3) Se desconoce el destino de los fondos que llegaron a INSEPRO, al igual que se ignora el monto real de lo captado por la financiera. (5) Cuando INSEPRO enfrenta problemas de liquidez, FINSEPRO le transfiere ilegalmente ms de 200 millones de colones. Segn la Superintendencia, esa transaccin mostr alguna evidencia del problema. (5) Para cubrir el hoyo financiero ocasionado a FINSEPRO al transferirle fondos a INSEPRO, sta da a cambio cheques pagaderos a otros bancos, muchos de los cuales carecan de respaldo.

    LAS HIPTESIS Y LOS HECHOS El caso Mathies Hill ha dado pie a las ms diversas hiptesis, entre las cuales dos han sido las ms discutidas. La primera, defendida por amigos cercanos de Mathies Hill e incluso por el mismo ex Presidente Caldern Sol, fue que sus actividades ilegales eran un caso aislado, que en lo absoluto podan extenderse a otros empresarios y, mucho menos, al sistema financiero en su conjunto. Se trataba de los errores de un buen muchacho, cuya ambicin lo haba llevado no slo a violar las leyes, sino tambin a deshonrar a su familia. Quienes apostaban por esta hiptesis trataban de disminuir, con poco xito, el impacto pblico de la estafa realizada por INSEPRO y FINSEPRO y de focalizar el problema en una persona concreta que, al

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    ser penalizada, evidenciara la determinacin de las autoridades por combatir la criminalidad en cualquiera de sus manifestaciones. De paso, con esa penalizacin, el asunto pasara al olvido. Otra hiptesis, ms agresiva y menos optimista, fue abanderada por la oposicin legislativa. La misma sostena que el caso Mathies Hill tena implicaciones ms amplias y que, inclusive, existan otras personas e instituciones implicadas en el fraude financiero que ponan en peligro la estabilidad econmica del pas. Los que se adscriban a esta lectura de los hechos pretendan vincular diferentes casos criminales -estafas financieras, narcotrfico, lavado de dinero-, aparentemente no relacionados entre s, pero en los que aparecan siempre los mismos nombres. De este modo, resultara que Robertillo Mathies Hill no sera un buen muchacho que se habra equivocado, sino que se tratara, ms bien, de un delincuente de altos vuelos que no estara solo en sus negocios ilcitos. El desarrollo posterior de los acontecimientos di la razn a quienes sostenan que el caso Mathies Hill no era algo aislado. Ahora est claro que son varias las personas e instituciones involucradas en el fraude financiero y todo apunta a que dicho fraude se relaciona con otros hechos criminales como el lavado de dinero y el narcotrfico. Pero lo que resulta ms sorprendente es que quienes se dedicaban a estos negocios ilcitos tambin hacan trabajo de inteligencia, compraban periodistas, financiaban a intelectuales para la elaboracin de anlisis y trabajos de investigacin, y canalizaban recursos a determinadas figuras polticas. Esto ltimo lo han puesto de manifiesto las pesquisas policiales en torno a Mario Galdmez, otro delincuente de altos quilates, que se ha tomado la tarea de hundir con sus declaraciones a su antiguo mentor en la empresa Caribe Motor y a quien le canaliz fondos para su empresa Automotriz Sabater, es decir, el mismo Mathies Hill. El conjunto de hechos que han salido a relucir y los intereses econmicos y polticos puestos en juego, hacen presumir que el nudo de los negocios ilcitos en los que se haya involucrado, como principal figura, Roberto Mathies Hill no va a ser fcilmente desatado. Quines de los actuales diputados o del actual gabinete de gobierno recibieron dinero y favores de los implicados en el escndalo financiero? Esa es la pregunta que todo el mundo se hace y que urge de una pronta respuesta. Hasta ahora, aunque son muchos los elementos aportados por las pesquisas policiales y periodsticas, todava hay una infinidad de cabos sueltos que es preciso relacionar para tener una comprensin cabal del fraude y sus implicaciones polticas y econmicas. Es importante esclarecer los hechos y sus conexiones, pues su alcance va ms all de una mera equivocacin de algunos de los miembros de las familias ms prominentes de El Salvador. Si inicialmente se quiso vender esa idea, ahora ya es tarde. El caso Mathies Hill obliga a llegar hasta las ltimas consecuencias en las investigaciones, as como a actuar sin contemplaciones de ninguna especie para quienes han manejado ilcitamente recursos financieros del pblico. Asimismo, tambin es de suma importancia esclarecer la relacin de ese fraude con el narcotrfico, el trfico de automviles y quizs tambin con la industria de los secuestros. Seguramente saldrn a relucir nombres de personas e instituciones tenidas por honorables; sin embargo, si todo queda medianamente claro, la institucionalidad democrtica saldr favorecida.

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    MITOS QUE SE QUIEBRAN Algo que es necesario recalcar es que el caso de Mathies Hill y conexos ha enseado a todos los salvadoreos que la honorabilidad tradicionalmente atribuida a las familias poderosas es tan endeble como la de cualquier habitante de El Salvador. Las frases de buena familia, de sangre azul, decente y respetable con las que se caracterizaba a las familias ricas del pas, y a aquellas que pretendan ser como ellas, se han revelado vacas y carentes de sentido. Y es que as como es un mito que los pobres son holgazanes y deshonestos por naturaleza tambin lo es el creer que los que nacen en cuna dorada poseen los mejores talentos y virtudes. Las duras crticas de Jos Ingenieros a los grupos oligrquicos de su poca no dejan de tener un cierto eco en nuestro pas, sobre todo, porque ellas nos recuerdan que tener dinero y poder no significa automticamente tener talento y honorabilidad. Sali a flote una abundante informacin sobre la corrupcin empresarial, aunque todava no est suficientemente clara cul es la dimensin real de la misma. Es decir, a estas alturas no se conocen los niveles de corrupcin y de ilegalidad presentes en el sistema financiero, aunque -por los casos que han salido a la luz pblica- es de sospechar que los mismos son extremadamente elevados. Y la interrogante que no puede eludirse es, hasta qu punto estn dispuestas a llegar las autoridades del pas en la investigacin y sancin de empresas y personas que han hecho de la estafa institucionalizada una prctica digna de elogios? En su momento, la destitucin del Superintendente del Sistema Financiero dio lugar a una serie de interrogantes que apuntaban, ms que nada, a poner en duda las intenciones del Presidente Armando Caldern Sol cuando tom esa decisin. Tal como se han sucedido los hechos parece que algunas de esas dudas tienen ya alguna respuesta: Rodrguez Loucel, como Superintendente del Sistema Financiero, estaba enterado de las actividades fraudulentas que realizaban empresarios como Mathies Hill y no hizo nada para poner alto a las anomalas. Ahora bien, quines ms en el gobierno saban de eso y se hicieron los de odos sordos? Hasta ahora, esa pregunta no ha sido respondida con claridad y contundencia por las autoridades. Aqu estamos ante un vaco de informacin que debe ser llenado a la mayor brevedad, si en verdad se pretende manejar las cosas con transparencia y honestidad. Por lo dems, no se puede dejar de sealar un punto ciertamente grave para el pas: que la clase empresarial salvadorea, por obra y gracia de sus miembros modelo, se est desprestigiando ante la opinin pblica y se proyecta como un grupo ambicioso y sin escrpulos. Y es que sin una clase empresarial comprometida con el desarrollo nacional y respetuosa de la legalidad, El Salvador no va a encontrar un rumbo como nacin. Hasta ahora no se ha visto por ninguna parte a ese nuevo empresario que el pas requiere, por ms que la Asociacin Nacional de la Empresa Privada (ANEP) insista en que sus agremiados estn comprometidos con un proyecto de nacin a largo plazo. Ese compromiso no es tal si se privilegian mecanismos de enriquecimiento ilcito, que lo primero que hacen es violar las reglas del mercado a las que todo capitalista, que lo quiera ser a carta cabal, debera respetar. Otro mito que se ha derrumbado es el de la transparencia empresarial, al igual que han perdido credibilidad las ideas propagadas desde los crculos empresariales

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    acerca de la superioridad administrativa y tica del sector privado sobre el sector pblico. No hay que perder de vista que en un momento en el que la lgica del mercado se impone sin resistencias por el mundo, los epgonos del neoliberalismo no se cansan de repetir la tesis de que el sector pblico es, por naturaleza, ineficiente y corrupto, mientras que el sector privado empresarial tendra como caractersticas distintivas a eficiencia y la honestidad. Ciertamente, no se tiene que profesar el credo neoliberal para reconocer los vicios de los estados latinoamericanos, as como la necesidad de su reforma radical; tampoco se tiene que ser un anticapitalista para reconocer que los empresarios ni son siempre todo lo eficientes que proclaman ni son los ms honestos y transparentes en sus actividades econmicas. Nuestros empresarios son la mejor prueba de ello, como lo demuestra el rezago tecnolgico de muchas industrias nacionales -lo cual es inseparable del temor de nuestros capitalistas a arriesgarse en proyectos de inversin a largo plazo- y las actividades ilcitas en que suelen involucrarse, con la ms absoluta tranquilidad, miembros importantes de la clase empresarial. Las inobjetables pruebas de corrupcin en el sistema financiero no slo desmienten la tan proclamada honestidad empresarial, sino que, adems, levantan serias dudas sobre el compromiso de los empresarios salvadoreos con un proyecto de nacin a largo plazo, como el que la Asociacin Nacional de la Empresa Privada defendi en su Manifiesto Salvadoreo, o como el que el Presidente Caldern Sol insiste en proclamar en sus discursos oficiales. As, el caso ms escandaloso de corrupcin empresarial tiene como protagonista a una de las familias ms prominentes de El Salvador, particularmente a uno de sus miembros, quien hasta hace poco fue considerado modelo a seguir en el camino del triunfo y como uno de los ms eximios representantes de esos nuevos capitalistas -modernos, emprendedores y audaces- que, al amparo de actividades financieras de la ms diversa ndole, le estaban dando un nuevo rostro al sector empresarial del pas. Incluso, no faltaron quienes llegaron a pensar que era en figuras como Mathies Hill en los que deba descansar la apuesta por un nuevo El Salvador. Sin embargo, una vez ms, las apariencias terminaron distorsionando la realidad y engaando a los que se crean ms listos. El buen muchacho de Robertito result ser un fraude. Claro que fue emprendedor y dinmico, pero lo fue con actividades financieras ilcitas que, al ser descubiertas, lo han llevado ante la justicia. De paso, sus actividades han puesto al descubierto los nombres de otras personas e instituciones -incluido su padre, Roberto Mathies Regalado- que se movan en el oscuro mundo de los negocios ilcitos, el espionaje y el chantaje econmico. Mathies Hill igual que el crculo de colaboradores que lo rodeaban- ha resultado ser uno ms de los que buscaban enriquecerse a como diera lugar, violando las leyes del pas e irrespetando unas reglas -las del mercado- que, presumiblemente, los empresarios deberan ser los primeros en cumplir.

    EMPRESARIOS, CLASE POLTICA Y SOCIEDAD CIVIL El pas necesita de empresarios con vocacin nacional. Ms an, El Salvador no va a ir a ningn lado mientras no exista un compromiso de nacin por parte de los

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    principales actores sociales, econmicos y polticos. La corrupcin empresarial muestra palpablemente que nuestros capitalistas, incluso los que se tildan de modernos y honestos, no estn preparados para la construccin de una nueva sociedad, en la que, aunque ambicionen riquezas y las obtengan, tendrn que aceptar que el respeto a la legalidad y la preocupacin porque los ciudadanos de sus pas no se mueran de hambre sern una garanta para su prosperidad. Los empresarios salvadoreos, pues, no dan seales de estar preparados para los retos que les plantea la transicin democrtica. No parecen estar enterados de que su contribucin es decisiva para la construccin de un orden democrtico en el pas. Y, a la par de los empresarios, la sociedad civil es la otra gran ausente en las decisiones que se estn tomando en el pas. Esto ltimo es particularmente grave, puesto que quienes a la larga terminarn cargando con las consecuencias de un estancamiento en la transicin -o en su retroceso- sern los sectores mayoritarios de El Salvador. Hasta ahora, cuando se ha hablado de transicin democrtica, se ha pensado casi exclusivamente en el fortalecimiento del sistema de partidos, el pluralismo ideolgico y la competencia electoral. Ms an, se ha hecho descansar el rumbo de la transicin, casi en su totalidad, sobre las espaldas de la clase poltica, a la que se ha hecho principal responsable de los aciertos o desaciertos de aqulla. Es decir, los polticos han terminado por ser los principales protagonistas de un proceso que, en realidad, los excede y que no es de su exclusividad, pues atae directamente al conjunto de los actores sociales. Esto es claro en la transicin salvadorea, en la cual la clase poltica pareciera tener en sus manos el futuro del pas, ya sea que ste avance hacia un orden democrtico consolidado o que los lastres autoritarios sigan predominando en las prcticas sociopolticas. Es indudable que esto no es lo mejor ni lo ms conveniente para el pas, porque lo que est en juego en un proceso de transicin democrtica no puede depender de unas instituciones y personas -los partidos polticos y sus dirigentes- cuyos intereses difcilmente van a coincidir totalmente con los intereses del conjunto de la sociedad. Los partidos polticos y sus dirigentes desempean una funcin importante en la construccin de un orden democrtico, pero no son -ni deben ser- los nicos protagonistas. Hay demasiadas cosas en juego, demasiadas decisiones que tomar y demasiados involucrados, para que una elite decida por todo y por todos. Luego de la firma de los Acuerdos de Paz, se ha propendido a depositar en la clase poltica las decisiones ms importantes sobre los derroteros institucionales de El Salvador, eximindose los dems actores sociopolticos de cualquier responsabilidad. La gran ausente en la transicin es la sociedad civil, cuyos miembros -organizados o no- no se hacen sentir por ninguna parte, pese a que desde la firma de los Acuerdos de Paz se han presentado importantes coyunturas, como la suscitada por el fraude financiero, en las que su presencia tendra que cobrar relevancia. Cabe traer a cuenta que en las dcadas de los setenta y ochenta sucedieron cosas graves en el pas, y fueron pocos los ciudadanos que se atrevieron a decir un palabra crtica sobre lo que estaba pasando. Eso se explicaba por el temor y el miedo colectivos, propiciado por los aparatos de terror del Estado; en la postguerra, de esos aparatos slo quedan vestigios, cuyo campo de maniobra es estrecho y limitado.

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    Pero lo que no ha desaparecido del todo son las huellas subjetivas que aos de terror dejaron en lo ms profundo de la conciencia de los salvadoreos. Eso se traduce en un inmovilismo social y una resistencia al riesgo y al compromiso pblico que hacen que la sociedad civil no tenga la presencia debida en la transicin salvadorea. La sociedad civil -las organizaciones, grupos e individuos que la constituyen- tendra que asumir un papel protagnico en la transicin democrtica; su irrupcin pblica debera hacerse sentir cada vez que afloraran problemas de alcance nacional. En este momento, lo que reclama la irrupcin de la sociedad civil -denunciando, pronuncindose, exigiendo cuentas- es la corrupcin en el sistema financiero, ya que el pas en su conjunto es el que tendr que pagar los costos de un posible colapso econmico que se podra seguir del manejo ilcito de dinero que estn haciendo determinados empresarios nacionales. Que la sociedad civil puede superar sus miedos y asumir un papel activo en la construccin democrtica lo muestran palpablemente los casos de Espaa y Corea del Sur. En el primero, la sociedad civil desafi el terror del ETA y sali masivamente a las calles a pronunciarse por el cese de la violencia y el imperio de la legalidad. Si se considera de dnde viene Espaa y se tienen en cuenta las cortapisas que puso el franquismo a la participacin social, cobra relevancia la actitud asumida por la sociedad espaola no slo ante el asesinato del concejal vasco Miguel ngel Blanco, sino a lo largo de la transicin iniciada con Adolfo Surez. En Corea del Sur, pas que no ha sido ajeno al autoritarismo poltico y militar, la sociedad civil ha asumido como bandera de lucha la erradicacin de la corrupcin, de lo cual pueden dar buena cuenta un ex presidente en prisin y otro que est siendo enjuiciado. Espaa y Corea del Sur cuentan con sociedades civiles que, activamente, estn apuntalando la institucionalizacin democrtica. No se ha dejado todo el trabajo en manos de los polticos, pues stos ni son capaces por s solos de sacar adelante la transicin ni son totalmente confiables por los intereses particulares que puedan terminar defendiendo. El contrapeso a los desmanes que stos puedan cometer proviene de una sociedad civil consciente de sus derechos y responsabilidades; sta es tambin la que les ofrece el respaldo y la fuerza necesarios para superar los obstculos encontrados. En nuestro pas, la sociedad civil se resiste a irrumpir responsablemente en el quehacer nacional, pese a que su presencia es imprescindible para avanzar en la institucionalizacin democrtica. No cabe duda de que el recuerdo de la guerra no ha desaparecido por completo de la conciencia colectiva, al igual que no ha desaparecido el temor a ser vctima de la violencia por motivos polticos. A este temor se suma el generado por el crimen organizado, que seguramente no tolerar que organizaciones y personas de la sociedad civil lo cuestionen pblicamente. Sin embargo, los ciudadanos honestos y las organizaciones sociales representativas deben sobreponerse a esos y otros temores que puedan inducir al inmovilismo y a la pasividad pblicas. La democratizacin, en lo que tiene de respeto a las leyes y a las instituciones, no es asunto exclusivo de la clase poltica, aunque sta tenga un rol importante que cumplir. Hasta ahora, las decisiones importantes del pas han estado en manos de esta ltima; ello ha puesto a los polticos en la mira de la crtica pblica,

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    pero tambin les ha permitido concentrar ms poder del que efectivamente les corresponde en una democracia. En la coyuntura actual del pas, existen exigentes desafos que la clase poltica no puede enfrentar por s sola, aun si se asume que sus miembros pondrn siempre y en todo momento el bien comn por encima de determinados intereses particulares. La voz de la sociedad civil, su respaldo y su presin son necesarios para la construccin de un nuevo El Salvador. Hechos como la corrupcin empresarial exigen el pronunciamiento de aqulla, su movilizacin y su demanda de investigaciones prontas y eficaces para establecer responsabilidades. Slo una sociedad civil activa y comprometida de lleno con el respeto a la legalidad podr hacer avanzar la transicin, poner freno a quienes se interponen en su camino y dar su respaldo a quienes estn decididos a que el Estado de derecho sea una realidad. Que empresarios inescrupulosos atenten contra la estabilidad econmica y pongan en riesgo la credibilidad del sistema financiero es algo que no debera ser preocupacin slo de la clase poltica, sino preocupacin de todos los salvadoreos. La indiferencia ante los problemas nacionales que ha predominado hasta ahora debe ser reemplazada por una vigilancia activa. Slo as se podr poner un alto a los desmanes de empresarios y polticos deshonestos; slo as quienes poseen una cuota de poder econmico o poltico sabrn que ello no los convierte en amos absolutos de El salvador.

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    EL FRAUDE DEL SIGLO Y LA COMPLICIDAD DEL ESTADO CASO INSEPRO / FINSEPRO

    Manuel R. Prraga

    [email protected] El tema de las defraudaciones millonarias cometidas en contra de ciudadanos honrados dentro de un marco de complicidad de parte de funcionarios corruptos y de instituciones desposedas de su verdadera funcin, fue quiz el principal motivo de escndalo, inestabilidad y dolor para miles de familias salvadoreas en los ltimos aos del siglo que acaba de terminar. El mayor de estos es, sin duda alguna, el caso INSEPRO - FINSEPRO. Es un caso emblemtico no slo por la cuanta de los dineros defraudados a la gente, 1,250 millones (143 millones de dlares), sino por las caractersticas de las empresas financieras involucradas y de las personas responsables de la administracin de las mismas. All figuran los nombres de connotadas familias de rancio abolengo acusadas de perpetrar una multimillonaria estafa que afect a miles de personas de todos los niveles sociales y econmicos y en su inmensa mayora personas de la tercera edad. El caso se ventil pblicamente desatando las ms violentas pasiones de parte de personas que otrora seran pacficos ciudadanos entregados mayoritariamente a la tranquilidad de una merecida jubilacin, mientras sus ahorros estaban supuestamente depositados en las manos de las ms respetables personas del mundo empresarial. Apellidos como Mathies Hill, Mathies Regalado, Annichiarico y otros eran hasta entonces depositarios de la mxima confianza de quienes buscaban poner sus ahorros a producir rentas atractivas en un lugar seguro. El mito se cay. El sistema se derrumb. El pas dej de ser el mismo. La confianza se perdi y los crculos se volvieron mucho ms cerrados y enigmticos que nunca. Las autoridades, desde la presidencia de la Repblica hasta las instituciones encargadas de velar por la seguridad econmica y jurdica de las personas, se vieron enredadas en nefastas y maquiavlicas manipulaciones, sofisticadas algunas y espectacularmente burdas las ms, para proteger intereses personales, polticos, partidarios e institucionales que llevaron al sistema financiero, poltico y jurdico de El Salvador al borde del caos y al ms profundo desprestigio ante la ciudadana. Mientras tanto, de manera cnica y totalmente divorciada de la tica, autoridades locales e internacionales conferan al pas un galardn cuestionable y poco creble como el pas de las oportunidades, de la sonrisa y de las libertades econmicas. La realidad es otra muy diferente: los salvadoreos atraviesan por un perodo de su historia en el que la marginacin, la desigualdad de oportunidades, la inseguridad y la falta de valores le han borrado la sonrisa, convirtindose de paso en el pueblo ms violento de la tierra, despus de un par de pequeas naciones africanas tercermundistas. El caso INSEPRO - FINSEPRO es uno en que, cansados de tanto abuso, los afectados recurrieron a todas las acciones legales posibles, incluyendo acciones de calle en seal de protesta. Los abusos continuaron y la complicidad de funcionarios e instituciones era cada vez ms obvia y repugnante. Las instituciones encargadas de proteger y velar por los intereses de la ciudadana y hasta la misma Presidencia de la

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    Repblica por intereses particulares o partidarios, por accin u omisin no cumplieron con la Ley perjudicando a mas de 6,000 personas. Debido a lo anterior la Asamblea Legislativa cre el Decreto Legislativo 79 / 97 con el propsito de proteger a los afectados, estableciendo en el mismo, un fideicomiso el cual se manejara los mas de 700 millones de colones destinados para este fondo. Desde su inicio, este fondo se prest para manipulaciones por parte del entonces Superintendente del Sistema Financiero, quien haciendo caso omiso de la ley, hizo y deshizo a su antojo con la aplicacin del Decreto, llegando a la desfachatez de responder a los reclamos de los Representantes de los Afectados dicindoles yo har lo que quiera y que si no les gusta mtanme preso. En contra de lo estipulado por el Decreto Legislativo, quien pag a los Afectados fue esa Superintendencia y no el Fideicomiso. Se pag arbitrariamente a personas que no tenan derecho segn la ley, dejando afuera a otras que si lo tenan. As mismo se le pag a ciertas personas e instituciones en exceso a lo legal en ciertos casos hasta el 100% en lugar del 68% que manda l Decreto. Nunca permiti dicha Superintendencia que se depuraran las listas de afectados con el objeto de detectar reclamos indebidos por lo cual se increment la cantidad defraudada y se disminuy el pago a los legtimos afectados. Todo esto se realiz con el conocimiento de las autoridades correspondientes y de la misma Asamblea Legislativa, quienes por razones polticas o de otra ndole, nunca actuaron para corregir los abusos y castigar a los que se aprovecharon de sus puestos para nuevamente estafar a los estafados. La estafa ha golpeado profundamente a los afectados, quien en su gran parte son personas retiradas que invirtieron los ahorros de toda una vida confiados que de esta forma garantizaran su vejez. Ellos han visto sus sueos truncados a una edad en que nadie les da trabajo y debido al gran impacto varios han adolecido de enfermedades cardacas y por falta de poder costearse atencin mdica y medicinas, han perecido ya ms de 50 afectados y muchos otros se encuentran en situaciones precarias teniendo que vender sus casas para sufragar sus gastos de vida, y muchos recurriendo a vivir dependiendo del buen corazn de familiares. En vista de la falta de voluntad poltica por parte de las instituciones gubernamentales para actuar y cumplir con su deber, mas de 600 afectados han tomado la decisin de agruparse por medio de IN/FIN S.A. de C.V. para tomar una accin judicial interpuesta en contra del Estado salvadoreo, demandando de ste y de sus instituciones de acuerdo a lo que establece el Artculo #245 de la Constitucin de la Repblica, la retribucin de ms de quinientos millones de colones que les han sido robados. Con esta demanda se pondr a prueba la seguridad jurdica del pas ya que no existe precedente legal en la aplicacin de dicho Artculo Constitucional. Ganar este caso significar que en el futuro la ciudadana podr pedirle cuenta a los funcionarios pblicos, exigirles cumplir la ley, evitar los abusos y arbitrariedades de los mismos, hacerlos responsables de sus actos o atenerse a las consecuencias. De esta forma, los futuros funcionarios aceptaran los cargos pblicos para cumplir con su deber y no como la mayora que actualmente aprovechan estos puestos para abusar impunemente de los mismos. En esta accin valiente y audaz, los afectados son acompaados del ms capacitado y prestigiado abogado del pas, el doctor Roberto Oliva, quien, convencido por las abundantes evidencias que se tienen a mano que incriminan a las ms altas

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    instituciones del estado, no ha vacilado en tomar el caso mediante un sistema de participacin en los resultados del juicio.

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    LA PRENSA GRFICA FINSEPRO / INSEPRO LAV DINERO DE DEPOSITANTES. 04 JUNIO 2001

    BernardoValiente/Hctor Silva valos

    Alfredo Hernndez/Milton Grimaldi [email protected]

    Accionistas y funcionarios de las empresas implicadas en el escndalo invirtieron fuertes sumas para crear empresas en el extranjero. Tambin efectuaron depsitos en bancos internacionales. El fiscal general, Belisario Artiga, cree que se trataba de una operacin de lavado de dinero. Una investigacin de la Superintendencia del Sistema Financiero confirman que los implicados en el fraude utilizaron el dinero del pblico, unos mil 200 millones de colones de 6,000 personas, para sacar de problemas de liquidez a sus empresas. El juicio por este caso inicia maana. Los propietarios de las financieras FINSEPRO / INSEPRO crearon empresas en Florida e Islas Vrgenes, invirtieron fuertes sumas en bancos y bienes races en Miami e, incluso, sacaron dinero hacia Ginebra y Luxemburgo. As lavaron un buen porcentaje de los depsitos ilegales que haban obtenido desde que iniciaron su operacin, en 1988. Una investigacin ordenada por el Gobierno salvadoreo, luego de que se conociera en julio de 1997 el fraude de mil 200 millones de colones depositados por unas 6 mil personas naturales, y jurdicas, revela los detalles del lavado y desvo de fondos. LA PRENSA GRAFICA tuvo acceso a ese informe. Los principales autores intelectuales de la operacin fueron, segn las investigaciones de la Polica Internacional (INTERPOL), Roberto Mathies Hill, Jos Mario Galdmez y Roberto Annicchiarico. Los dos primeros enfrentan un juicio, a partir de maana, por defraudacin a la economa pblica.

    CMO SE GEST EL PLAN La investigacin de INTERPOL determin que, en 1988, Mario Galdmez sugiri a los principales accionistas de Caribe Motors y Autosal crear una sociedad que captara fondos, para aliviar la situacin financiera de las dos empresas. As naci la sociedad annima Inversiones Seguras y Productivas (INSEPRO). Roberto Mathies Regalado, padre de Mathies Hill, era presidente de Caribe Motors y vicepresidente de Autosal. Otras empresas se beneficiaron de la operacin, entre ellas Sabater, propiedad de Mario Galdmez. El dinero de los depositantes tambin sirvi para constituir empresas en el exterior, con el propsito de registrar y esconder las captaciones ilegales de fondos. En 1993, por ejemplo, crearon Palter Financial Corporation en Islas Vrgenes, segn el informe de INTERPOL. Bancos de Miami, Florida, Islas Vrgenes, Barbados, Suiza y Luxemburgo recibieron fuertes depsitos hechos por Mathies Hill y Annicchiarico.

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    En El Salvador hay una ley especial contra la utilizacin del sistema financiero local o extranjero para justificar ganancias obtenidas en forma ilegal, tal como lo hizo INSEPRO. El delito se llama lavado de dinero.

    SE ABREN LOS HUECOS Parte de los problemas de Caribe Motors y Autosal surgieron porque ofrecan altos intereses a las personas que depositaban en ellas. Lleg un momento en que no pudieron pagar esos intereses. La creacin de INSEPRO les dio un respiro. Sin embargo, en 1991 entr en vigencia la Ley de Bancos, que regulaba la captacin de fondos del pblico. La estrategia fue, entonces, crear la Financiera de Inversiones Seguras y Productivas S.A. de C.V. (FINSEPRO), sta s autorizada para la captacin. Las investigaciones de la Fiscala sobre el caso abierto contra Mathies Hill y Galdmez indican que FINSEPRO fue una fachada para que INSEPRO siguiera captando fondos en forma ilegal. La financiera tambin cubra las deudas de la sociedad annima. Las prdidas registradas en los libros de FINSEPRO, al final de toda la operacin, fueron de 266 millones 745 mil colones. La investigacin de INTERPOL, sin embargo, indica que 683 millones 946 mil colones de los depositantes de INSEPRO sirvieron para financiar a todas las empresas del grupo. Todo ese dinero era pasivo, es decir, no perteneca a la sociedad y a la financiera, sino a los depositantes. Para hacerlo pasar como activo -ganancias de los accionistas- se cre la empresa en el Caribe, se invirti en apartamentos en Florida y se abri cuentas en Europa, Barbados y Estados Unidos.

    CUENTAS EN MIAMI Expedientes fiscales y de la Superintendencia del Sistema Financiero, que audit a INSEPRO en 1997, revelan que Mathies Hill posea cuentas en dos bancos de Miami. La nmero 266197400 en el Deutsch Sudamerikanishe y la 06701181 en el Banco Pedroso. Ah estuvo parte del dinero de los depositantes. La investigacin de la Fiscala apunta a que Mathies Hill pagaba, con cheques de esas cuentas, crditos que otorgaba a Sabater, empresa de Mario Galdmez. Una de las formas de operar, segn la Fiscala, era que las empresas relacionadas, cuando no podan pagar los intereses a los depositantes, trasladaban las deudas a INSEPRO, que, a su vez, la pasaba a FINSEPRO. Las cuentas de Miami eran slo una forma de hacer la triangulacin.

    EL EDIFICIO DE SABATER La compra de este inmueble fue, segn la investigacin, otra inversin fraudulenta del dinero de los depositantes. En el proceso judicial que se instruye a Galdmez no se prob si los 10 millones de colones que pag por el edificio de Sabater (Karina) salieron de INSEPRO.

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    Galdmez asegur a investigadores internacionales que obtuvo el dinero de prstamos bancarios concedidos sin garanta. Sin embargo, un documento encontrado en un bnker de Automotriz Sabater con el nombre Cartera Dlares de EE.UU. Documentada detalla, en el mutuo nmero 293, la compra del inmueble por un milln 215 mil 56 dlares con 83 centavos. En el documento se reconoce la deuda de Sabater a INSEPRO por esta cantidad, adems de otras deudas que sumaran hasta 50 millones de colones. Ese hueco, segn los investigadores internacionales, est relacionado con esa compra, pero el dinero nunca fue registrado en la cartera de prstamos de INSEPRO.

    LOS OTROS PROTAGONISTAS La investigacin nacional e internacional revela la metodologa utilizada para perpetrar el fraude. Divide en tres grupos a los defraudadores: los accionistas de FINSEPRO / INSEPRO, los funcionarios de estas mismas empresas y los accionistas de Sabater. El grupo 1 estaba formado, segn el informe, por Roberto Mathies Hill, Roberto Annicchiarico y Michel Laennec, Este grupo obtuvo beneficios a travs de prstamos personales, prstamos a compaas relacionadas, prstamos a terceros y la distribucin de dividendos. El grupo 1 tambin utiliz fondos de los depositantes para comprar bienes inmuebles en los Estados Unidos. En el segundo grupo habran participado funcionarios medios de FINSEPRO / INSEPRO, quienes se beneficiaron con prstamos personales, prstamos a terceros, cheques girados ilcitamente e inversiones personales, tales como la compra de acciones de bolsa e inversiones en otros proyectos de bienes races. En grupo 3 se menciona a Mario Galdmez y miembros de su familia. El informe destaca que estas personas actuaron en conjunto con los miembros del primer grupo: los accionistas de FINSEPRO / INSEPRO. Dos investigaciones del escndalo financiero de FINSEPRO e INSEPRO estuvieron en marcha. Una patrocinada por el gobierno y la otra por la Asamblea Legislativa, lo cual demuestra el inters de ambos en el asunto, as como tambin su mutua desconfianza. Con una determinacin poco usual, pero encomiable, el ex Presidente Caldern pidi ayuda a expertos estadounidenses y parecera estar dispuesto a aclarar el destino de los fondos y su posible relacin con el narcotrfico y el lavado de dinero. Asimismo, es encomiable el esfuerzo del sistema financiero para comprar la cartera de la financiera quebrada y devolver, al menos en parte, el dinero de los ahorrantes. El gobierno y el sistema financiero parecieron estar decididos a reparar los daos ocasionados por este sonado fraude, en la medida de sus posibilidades. Les conviene actuar con determinacin y rapidez, porque el fraude financiero proyecta una imagen negativa en un rea donde hasta ahora El Salvador haba obtenido altas calificaciones internacionales. La corrupcin del sistema financiero es lo que menos conviene a un pas empeado en atraer inversin extranjera.

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    La colaboracin de tcnicos extranjeros en la investigacin de esta clase de operaciones puede ser determinante para obtener resultados positivos. Sin embargo, surgen algunas dudas, No se sabe si la investigacin comprende nicamente a FINSEPRO e INSEPRO o a todas aquellas empresas que se dedican a actividades financieras ilegales y quizs fraudulentas. Hasta ahora, la Superintendencia del Sistema Financiero no ha impedido una sola quiebra, sino que se ha limitado a certificarlas, cuando ya no hay nada que hacer al respecto. Si slo se investigan FINSEPRO e INSEPRO, Con qu criterio se dejan de lado aquellas otras como FOMIEXPORT o CREDICLUB, que tambin aparecen comprometidas en actividades fraudulentas? Por qu no se investigan aquellas otras que todava operan, pero sobre las cuales hay sospechas fundadas de actividades ilegales tal como lo insinu el ltimo Superintendente? Si como ste asegura, las instituciones que supervisaba alteran sus informes para ocultar operaciones contrarias a la y la prctica bancaria, la ilegalidad y el fraude son prcticas normales en esta actividad tan lucrativa. En realidad, no podra ser de otra manera, pues slo as se pueden obtener ganancias tan abultadas. La Asamblea Legislativa tambin decidi tomar cartas en el asunto por medio de una comisin especial, encargada de investigar las actividades de FINSEPRO e INSEPRO, lo cual excluye de entrada cualquier otra investigacin. Es potestad de la Asamblea Legislativa integrar comisiones para investigar hechos de relevancia nacional, pero es dudoso que cuente con la capacidad necesaria. Asumiendo que est decidida a investigar, carece de los recursos tcnicos, humanos y materiales para llevar a cabo una investigacin que, en s misma, es compleja. En efecto, para una investigacin como la que se propone, se requieren condiciones y experticias de las cuales carece. Si las comisiones ordinarias a duras penas cuentan con uno o dos asesores para iluminar a los diputados y la comisin dedicada a la privatizacin de ANTEL cuenta con asesora gracias a la colaboracin de la embajada de Estados Unidos, la nueva comisin muy difcilmente podr cumplir con su mandato a no ser que alguien acuda en su ayuda. La experiencia demuestra que estas comisiones legislativas no arrojaron resultado alguno, excepto proyectar una imagen de preocupacin ante un escndalo de grandes proporciones. No hace mucho, otra comisin legislativa investig el fraude de FOMIEXPORT sin que se conozca el resultado. Ms an, extravi expedientes judiciales de la fiscala, tuvo en sus manos pistas importantes que no sigui, en su archivo existen documentos que no estn en el expediente judicial y no coordin sus actividades con las otras instancias que investigaban el mismo caso. Quizs la nueva correlacin de fuerzas en el seno de la Asamblea haga que esta nueva comisin siente un precedente aleccionador. Pese a estos esfuerzos, persiste la duda de cun dispuestos estn a llegar a las ltimas consecuencias. ARENA lo asegura con firmeza, intentando convencer. Pero est comprobado que cuando la investigacin apunta hacia las altas esferas del poder, sta es detenida. Por otro lado, en los crculos financieros existe consenso de que el pas no tolerara un nuevo escndalo financiero; por lo tanto, no habra disposicin a revelar ms de lo que ya se sabe. Segn esto, la investigacin en marcha no debe salirse de estos lmites. La decisin parece estar tomada; por lo tanto, ahora se trata de mantenerla encubriendo cualquier nuevo escndalo. As

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    piensan mantener la imagen de seguridad, estabilidad y credibilidad, pero no resolvern el problema de fondo. Sin embargo, est por verse si los diputados respetarn esta limitacin y actuarn independientemente. La investigacin es importante, pero su xito depende de lo que se busque. Si slo se trata de impresionar a los evaluadores e inversionistas extranjeros, nos encontramos ante otra farsa que, de momento, calma los nimos exaltados y gana tiempo para que el asunto se olvide. Si el gobierno se ha vuelto serio y, de hecho, est determinado a investigar, entonces habra que comenzar por aquellas empresas que an no han quebrado, pero que se sospecha llevan a cabo operaciones ilegales y quiz tambin fraudulentas. La investigacin de las empresas quebradas debera buscar deducir responsabilidades, pero sobre todo identificar las fallas de la supervisin para corregirlas de inmediato. En este ltimo punto, el papel de la Asamblea Legislativa podra ser determinante.

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    LIBRES DE CARGOS MATHIES Y GALDMEZ GANAN JUICIO. GALDMEZ SEGUIR DETENIDO

    MIENTRAS SE DILUCIDA UN PROCESO POR ESTAFA EN SU CONTRA, VINCULADO AL CASO DE FINSEPRO - INSEPRO

    Maria T. Perez, Alberto Lpez, Wilfredo Moreno, Jaime Garca, Edgard Gutirrez

    El Diario de Hoy En un juicio que contrarrest todos los pronsticos, Roberto Mathies hijo y Mario Galdmez fueron absueltos anoche por un tribunal popular, del fraude multimillonario cometido a travs de las financieras FINSEPRO - INSEPRO en 1997, el ms grave del Siglo XX en El Salvador. El veredicto del tribunal de conciencia, formado por cuatro hombres y una mujer, exoner por unanimidad a los acusados del cargo de defraudacin a la economa pblica, por el que tuvieron que pasar casi cuatro aos en prisin. El juez Levis ltalmir Orellana ley el veredicto en torno de las 12:35 de la noche, despus de asegurarse que los jurados hubieran llegado a sus casas por medidas de seguridad y para no ser acosados por periodistas, segn se explic. Mathies y Gaidmez no estaban en la sala del juicio, en el Centro Judicial isidro Menndez, a la hora del veredicto, pues fueron llevados a los presidios de Santa Ana e Ilobasco, respectivamente, poco despus de que el jurado comenzara sus deliberaciones, las cuales duraron una hora con cincuenta minutos. Inicialmente se haba previsto que el juicio durara diez das, debido a lo voluminoso del proceso documental que se acumul y muchos apostaban que concluyera con un veredicto condenatorio, dado que la Fiscala sopes en gran medida las evidencias que tena, entre ellas documentos de ex-ejecutivos de FINSEPRO - INSEPRO. La Fiscala no terminaba de salir de su asombro. Una de las fiscales, Carolina Lpez, declar que el Ministerio Pblico respeta el veredicto del jurado, el cual es inapelable segn la legislacin salvadorea, aunque no descart impugnarlo en un tribunal regional. Antes de leerlo, el juez Orellana explic a los periodistas que el fallo era entera responsabilidad del tribunal del pueblo, como lo llam repetidamente, y no de su tribunal, es decir, la decisin fue de los representantes de la ciudadana salvadorea. Todo el tiempo fue un calvario, declar Mirella de Mathies, esposa de Roberto Mathies. Le doy gracias a Dios porque fue una lucha de cuatro aos, agreg. Explic que por ahora no tienen ms planes que recuperar a su familia y estar siempre junto a mi esposo.

    SEGUIR DETENIDO Pese a su absolucin, Galdmez al parecer continuar detenido mientras se dilucida un proceso por estafa que se sigue en su contra, conexo con el mismo escndalo de FINSEPRO, explic el juez Orellana. Carlos Avelar, abogado de Galdmez, dijo que el trmite por ese delito podra demorar dos meses y quedar en manos del mismo juez emitir un dictamen.

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    En treinta das el juez emitir una sentencia previsiblemente absolutoria que, sin embargo, obligar los imputados a responder civilmente y en daos; es decir, por daos y perjuicios y daos; por el delito. A pesar de que el juez pidi que no hubiera demostraciones emotivas, los familiares de Mathies y Galdamez rompieron en llanto y regocijo. Para el juez Orellana, este caso fue ms que otro, aunque se complicaba por lo voluminoso del proceso.

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    FINSEPRO - INSEPRO

    El mayor fraude financiero conocido en la historia de El Salvador fue descubierto en junio de 1997. El monto de la estafa asciende a ms de 130 millones de dlares. Involucr a miembros de prominentes familias salvadoreas afiliadas con el partido gobernante y afect a 1,400 personas que invirtieron en la Financiera de Seguros Productivos (FINSEPRO) e Inversiones Segura Productivas (INSEPRO). Fue detectado por autoridades del Gobierno cuando algunos de los usuarios reclamaron la devolucin de sus fondos, pedido que fuera rechazado por las financieras. En 2001 un tribunal de conciencia, desestimando las evidencias presentadas por la Fiscala, declar penalmente inocentes a Roberto Mathies Hill y Mario Galdmez, principales imputados en el caso. Mientras que por la va civil, fueron condenados a reponer a los afectados cerca de 90 millones de dlares, aunque el mismo juez admiti que no hay forma de obligarlos a pagar.

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    CONFIRMAN LLAMADO A JUICIO EN CASO FINSEPRO DESPUS DE QUE UN TRIBUNAL DE APELACIONES LLAMARA A JUICIO POR

    EL CASO FINSEPRO-INSEPRO, EL JUZGADO DE LA CAUSA CONFIRM EL PROCESO

    Alberto Lpez

    El Diario de Hoy

    Cinco implicados en el millonario fraude FINSEPRO/INSEPRO sern llamados a juicio, acusados de cometer el delito de estafa, de acuerdo con una resolucin de un tribunal capitalino que lleva el caso. El proceso en contra de Mario Galdmez, Roberto Annicchiarico, Ricardo Garca, Roberto Mathies hijo y Roberto Mathies padre fue elevado a plenario por el Juzgado Primero de Instruccin de San Salvador.

    Con eso se cumple la etapa previa a la instalacin del juicio o vista pblica. De acuerdo con fuentes del tribunal, son casi mil las denuncias de estafa en perjuicio de los procesados. Todas ellas fueron establecidas por los ahorrantes de dinero en las clausuradas financieras FINSEPRO/INSEPRO. Unos 20 imputados ms fueron sobresedos, provisionalmente, por el mismo cargo. En opinin del juez de la causa, el licenciado Levis Italmir Orellana, no existan suficientes elementos probatorios que los incriminaran en los hechos que se les imputaban. Segn la resolucin, los exonerados slo fungan como miembros de las sociedades financieras. Agrega que por ese solo hecho no hay suficiente prueba para suponer que participaron en la estafa. A diferencia de los acusados, quienes, segn la decisin judicial, s tuvieron una participacin directa o complicidad en la misma. Las mismas fuentes judiciales aclararon que en esta voluminosa resolucin -ms de 60 pginas- slo se conoci acerca de las estafas y no del delito de defraudacin a la economa pblica, el cual ya fue procesado y elevado tambin a plenario por un tribunal de apelaciones de esta ciudad. Dicha resolucin fue dictada por la Cmara Primera de lo Penal de San Salvador, en febrero pasado. En la misma se sobresey, provisionalmente, por el delito de defraudacin a la economa pblica a Roberto Annicchiarico, aunque no del cargo de estafa, el cual ya fue ratificado tambin por el tribunal de instruccin. El desfalco en la financieras fue descubierto a mediados de 1997. Se calcula que el monto del desfalco podra pasar de los mil 500 millones de colones

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    QUITAN SECRETO BANCARIO A FINSEPRO-INSEPRO A seis aos del escndalo, la Cmara Tercera de lo Civil orden levantar el secreto bancario a los documentos relacionados con la intervencin de las financieras FINSEPRO-INSEPRO. Lo anterior significa que las auditoras podrn cotejarse con los balances pblicos que presentaban ambas instituciones, y que se supone contaban con el aval de la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF). Autorizaron balances que no correspondan a la realidad y la gente invirti por la confianza que dan las instituciones, dijo Roberto Oliva, abogado demandante. Por la orden judicial, la SSF deber remitir los exmenes de auditora que originaron el cierre de las instituciones. Luego de la captura, el 3 de julio de 1997, de Roberto Mathies Hill, principal involucrado en el caso, la SSF autoriz que un grupo de interventores examinara las entraas de las financieras. Los magistrados aceptaron la peticin de 430 afectados que reclamaron una indemnizacin de 40 millones de dlares por la supuesta negligencia de parte de la SSF, la encargada de vigilar la sanidad financiera de las instituciones que manejan fondos pblicos.

    LA DEFENSA Los abogados de la SSF declinaron adelantar opinin sobre el caso. Una abogada del bufete jurdico de Roberto Romeo Pineda, quien representa a la institucin estatal, se limit a sealar que el tiempo de discutir los asuntos de fondo an no ha llegado. La abogada declin identificarse.

    ESTRATEGIA RESERVADA

    El millonario reclamo contra el Estado no es la nica herencia del caso FINSEPRO-INSEPRO. El Banco Central de Reserva (BCR) tiene 15 demandas ms cada una de por lo menos 6 mil dlares por el pago de una garanta bancaria, tal como lo estableca la antigua Ley de Bancos. En tres casos, la Cmara Segunda de lo Civil declar inepto el reclamo por vicios de forma. Los afectados recurrieron a la Corte Suprema de Justicia. La jefa de la unidad de procuracin civil de la Fiscala, Merlin Dinarte, dice que an trabajan en la defensa. El proceso de liquidacin de FEAGIN est pendiente. Mientras eso no termine, ellos no tendran que haber demandado, adelant Dinarte.

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    EL SUTIL TRATAMIENTO DE LOS DELITOS DE CUELLO BLANCO

    Jaime Martnez Ventura Abogado e investigador jurdico

    El tratamiento informativo de casos como los delitos atribuidos a Carlos Perla, ex presidente de la ANDA, y otros delitos de cuello blanco, presenta varios elementos que hacen pensar que estn siendo tratados con una gran delicadeza. Uno es el tipo de calificativos que reciben las personas involucradas; ninguna es sealada como delincuente o presunto delincuente, algo correcto porque segn el principio de presuncin de inocencia, no debe tratarse as a persona alguna mientras no sea oda y vencida en juicio. Sin embargo, diariamente suele ser ignorado por algunos medios de comunicacin contra la generalidad de personas detenidas. Lo ms llamativo es que casi nunca son sealados como imputados, especialmente el principal de ellos a quien se le sigue tratando con mucha deferencia como el Ingeniero Perla, el ex Presidente de ANDA etc. Otro elemento, todava ms evidente, es que se omite mencionar que Carlos Perla y seguramente todas las personas involucradas en este multimillonario caso de corrupcin, son funcionarios o allegados del partido de gobierno; obviamente esta omisin busca evitar la vinculacin con el partido oficial, lo cual tambin es correcto en virtud de que en materia penal nadie puede ser responsable por el simple hecho de tener alguna relacin con los autores o partcipes de un delito. Pero, por regla general, esto tampoco se respeta. Recurdese el reportaje que public en mltiples pginas, uno de los diarios de mayor circulacin, sobre las supuestas irregularidades de la empresa MIDES y la Alcalda de San Salvador; el encabezado en primera pgina deca MAFIA con letras enormes y con las fotos no solo del ex alcalde, si no de los principales dirigentes de un partido poltico de oposicin, sin que stos tuvieran relacin con los hechos. Hay otros dos elementos que por su omisin resultan ms preocupantes. Primero, que como el caso Carlos Perla hay otros y podran haber muchos ms. Slo como ejemplo, preguntmonos que pas con la denuncia que hizo pblica otro peridico local sobre los beneficios arancelarios que el actual Ministro de Economa haba introducido en un acuerdo regional con el fin de beneficiar, entre otros rubros, al de la exportacin de bateras de automviles, favoreciendo as a su empresa familiar. Se hizo el escndalo pero no se investig nada ni se dedujeron responsabilidades de ningn tipo, cuando haba indicios de al menos dos delitos, como son Actos Arbitrarios y Trfico de Influencias. La Fiscala no hizo nada y el Ministro sigui y sigue como un destacado funcionario. El anterior no es el nico ejemplo. En los ltimos siete aos salieron a la luz pblica otros casos que, probablemente no sean los nicos, si no slo aquellos que por su dimensin no pudieron mantenerse en la oscuridad. En 1996 fue descubierto el caso del Instituto Salvadoreo del Seguro Social, en el que se imput a su director actos de corrupcin por un monto de US $ 22,85,142.86; en ese mismo ao trascendi el caso de US $ 2,057,142.86, imputados a la Presidenta del Fondo de Inversin Social, Norma de Dowe y el resto de la Junta Directiva de esa institucin; en 1997, el ms grande de todos, la

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    defraudacin financiera por ms de US $ 130,000,000.00 atribuida a Roberto Mathies Hill, reconocido empresario y alto dirigente del partido oficial, a travs de las financieras FINSEPRO/INSEPRO. En 1997 tambin se dio a conocer otro caso de defraudacin fraguado en CREDICLUB, a cargo del seor Federico Guirola y otros miembros de la junta directiva, por un monto de US $ 10,000,000.00; en 1999, se supo del caso de la FEDEFUTBOL, por US $ 10,285,714.29, atribuidos a Juan Torres, Roberto Mathies Hill, Roger Barberena y otros miembros de la junta directiva; en el 2000, otro de los casos ms grandes: CREDISA, por US $ 72,000,000.00, cuya responsabilidad se seala a Jorge Sansivirini y Hans Bodewing; el mismo ao se denunci a los dirigentes de una asociacin vinculada al gobierno de nombre PROCADES, por delitos de cuello blanco que sumaban US $ 4,571,428.57. En 2003, el ms reciente y actual: el caso en contra de la ANDA por US $ 30,000,000.00, imputados a Carlos Perla y a otro grupo de personas. Estos casos totalizan US $ 326, 057,142.87 que equivalen a DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL MILLONES DE COLONES; una cifra que eriza la piel, de asombro e indignacin, y que probablemente se quede corta si se sumaran otros hechos que no han salido a la luz pblica. El monto total es tan grande que seguramente es mucho mayor que la suma de todos los hurtos, robos, estafas u otros delitos patrimoniales por los que se encuentran presas miles de personas en nuestro pas. Esto nos lleva al otro elemento ms preocupante del tratamiento de este tipo de delitos: la impunidad que les caracteriza. En todos los casos mencionados hasta la fecha no se ha condenado a nadie; en muchos de ellos ni siquiera se consider como posible delito las conductas realizadas, como en el caso de CREDISA, algo que por cierto es caracterstico de los delitos de cuello blanco, es decir, muchos de ellos en principio no son considerados delictivos; otros, en los que s se configuraba claramente algn tipo de delito, no se someti a investigacin a las personas involucradas, como el caso del FIS, y en los pocos casos en que algunas personas fueron encarceladas, con relativa rapidez fueron exoneradas de cargos y recobraron su libertad ante el fracaso de la Fiscala de probar los hechos cometidos y la autora de las personas imputadas, como el caso FINSEPRO/ INSEPRO. Es hora que estos delitos dejen de ser tratados con tanta delicadeza y en verdad se les aplique la mano dura que ha ofrecido el Presidente de la Repblica.

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    ECA N 587, SEPTIEMBRE 1997 LA INTERPELACIN DEL PRESIDENTE DEL

    BANCO CENTRAL DE RESERVA Con los resultados de las ltimas elecciones legislativas y municipales se suscit un importante cambio en la correlacin de fuerzas polticas, tanto a nivel de los gobiernos locales como de la asamblea legislativa. Este elemento, catalizado por el multimillonario fraude financiero cometido en las instituciones FINSEPRO e INSEPRO, ha dado paso a iniciativas para dirimir responsabilidades nunca vistas en la historia reciente del pas; aun cuando existen antecedentes de escndalos financieros previos, aunque de menor envergadura, como el de FOMIEXPORT en 1992 y CREDICLUB slo unos meses antes de FINSEPRO-INSEPRO. Una de las facetas ms novedosas de esta nueva etapa del pas ha sido la interpelacin del Presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Roberto Orellana Milla, sobre su actuacin en el caso FINSEPRO-INSEPRO y, en alguna medida, sobre algunos aspectos relacionados con las caractersticas del sistema financiero. Esta interpelacin, y otros datos que ms adelante se presentan, dieron lugar a que la asamblea legislativa emitiera una recomendacin que sugera al Presidente de la Repblica destituir al presidente del BCR de su cargo, por considerar que su actuacin fue negligente frente al caso de defraudacin mencionado. A contrapelo, el Presidente de la Repblica decidi, apoyado por su Consejo de Ministros, ignorar la recomendacin del pleno legislativo y ratificar en su cargo a Orellana Milla. Los hechos presentados sugieren que la interpelacin slo fue una futilidad, pues no pas de ser un simulacro de democracia, sin embargo, de su examen pueden surgir valoraciones de importancia sobre la conduccin de la poltica econmica y las transformaciones del pas operados durante esta dcada. El principal objetivo del cuestionario que gui la citada interpelacin era explorar las relaciones de Orellana Milla con el sistema financiero, con posibles actos de trfico de influencias y con el fraude FINSEPRO-INSEPRO. Los aspectos vinculados a los resultados de la poltica monetaria y crediticia sobre la estabilidad macroeconmica -que son competencia del Banco Central de Reserva- no fueron abordados. Lo anterior no es de extraar, considerando que la interpelacin surgi como resultado directo del escndalo financiero citado, y no como resultado de un cuestionamiento omnicomplexivo sobre el papel del banco en la economa. La exploracin de la funcin del BCR en la estabilizacin macroeconmica apareci ms como un tema aislado, sin mayor trascendencia para los legisladores, cuando en realidad debi ser el tema principal de la interpelacin. En lo que sigue, se consigna una pequea resea de la interpelacin en lo tocante a los pocos aspectos tcnico-econmicos que se abordaron y al caso FINSEPRO e INSEPRO, para luego analizar datos que fueron aportados posteriormente y que influyeron de manera decisiva en el dictamen de la asamblea legislativa. Finalmente, se presentan algunas de las implicaciones de la interpelacin y sus resultados. Los aspectos tcnico-econmicos de la interpelacin fueron en realidad muy pocos y, como se mencion, ignoraron importantes aspectos relacionados con la poltica monetario-financiera desarrollada desde 1989, ao en que asumi el cargo su actual presidente. Algunos de estos aspectos, abordados en el cuestionario inicial de 40

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    preguntas utilizado para la interpelacin, son los relacionados con la concentracin de las utilidades y los depsitos en slo tres bancos del sistema y el manejo del encaje legal de FINSEPRO e INSEPRO. Ms adelante, en la fase de repreguntas sobre el mismo cuestionario, se tocaron temas como la situacin de las reserv