informe preliminar 1. informacion general · el distrito de santa marta maneja un sistema de...

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PROCESO COMUN CÓDIGO FI-COMU-610224 Copia Controlada INFORME DE VISITA- SANTA MARTA DISTRITO TURISTICO, CULTURAL E HISTORICO VERSIÓN 03 Página 1 de 268 INFORME PRELIMINAR 1. INFORMACION GENERAL 1.1 Información general del sujeto visitado Nombre o razón Social: Alcaldía Distrital de Santa Marta, Distrito Turístico, cultural e Histórico Dirección y ubicación de la entidad visitada: carrera 14 No 2-49 Número de identificación tributaria: 891780009-4 Objeto social: Tipo de entidad visitada: Alcaldía Distrital Estructura organizacional del sujeto vigilado: Organigrama Composición accionaria de la entidad visitada: Dirección de correspondencia Representante Legal de la Entidad Visitada: Carrera 14 No 2-49 Nombre Representante Legal de la Entidad Visitada: Carlos Eduardo Caicedo Omar Identificación Representante Legal de la Entidad Visitada: C.C 85.448.338 1.2 Información de la visita y del grupo visitador Fecha de la visita: del 10 al 14 de Febrero del 2014 Lugar de la visita: Santa Marta Distrito Turístico, cultural e Histórico Duración de la visita: 5 días Fecha: 14/02/2014 Número del auto de visita: 001893 del 2013 Ordenador de la Visita: RUTTY PAOLA ORTIZ JARA, Superintendente Delegada para las medidas especiales Coordinador de la Visita: DIONNE IVONNE FAJARDO RETIZ, C.C 52.250. 344 Bogotá; Odontóloga. Luis Alberto Jaramillo Solarte C.C 94.430.244 de Cali, Ingeniero de Sistemas, Jorge Mario Moya Herrera; Odontólogo, C.C 79.348.426 Bogotá(Auditor Técnico-científico), María Alejandra Gómez Yate, Contador C.C 39.569. 260 Girardot Auditor financiero; Sandra Moreno; Contador Público 1.3 Objeto de la visita: Realizar auditoria de carácter integral al Distrito de Santa Marta, Distrito Turístico, cultural e Histórico , con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones frente al Sistema General de seguridad Social en Salud en los componentes de financiamiento, aseguramiento, prestación de servicios de salud y salud pública para población general y poblaciones de especial protección constitucional y la implementación y desarrollo de los sistemas de atención al usuario, acceso a los servicios de Salud.

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INFORME DE VISITA- SANTA MARTA DISTRITO TURISTICO, CULTURAL E

HISTORICO

VERSIÓN 03

Página 1 de 268

INFORME PRELIMINAR

1. INFORMACION GENERAL

1.1 Información general del sujeto visitado

Nombre o razón Social: Alcaldía Distrital de Santa Marta, Distrito Turístico, cultural e Histórico Dirección y ubicación de la entidad visitada: carrera 14 No 2-49 Número de identificación tributaria: 891780009-4 Objeto social: Tipo de entidad visitada: Alcaldía Distrital Estructura organizacional del sujeto vigilado: Organigrama Composición accionaria de la entidad visitada: Dirección de correspondencia Representante Legal de la Entidad Visitada: Carrera 14 No 2-49 Nombre Representante Legal de la Entidad Visitada: Carlos Eduardo Caicedo Omar Identificación Representante Legal de la Entidad Visitada: C.C 85.448.338

1.2 Información de la visita y del grupo visitador

Fecha de la visita: del 10 al 14 de Febrero del 2014 Lugar de la visita: Santa Marta Distrito Turístico, cultural e Histórico Duración de la visita: 5 días Fecha: 14/02/2014 Número del auto de visita: 001893 del 2013 Ordenador de la Visita: RUTTY PAOLA ORTIZ JARA, Superintendente Delegada para las medidas especiales Coordinador de la Visita: DIONNE IVONNE FAJARDO RETIZ, C.C 52.250. 344 Bogotá; Odontóloga. Luis Alberto Jaramillo Solarte C.C 94.430.244 de Cali, Ingeniero de Sistemas, Jorge Mario Moya Herrera; Odontólogo, C.C 79.348.426 Bogotá(Auditor Técnico-científico), María Alejandra Gómez Yate, Contador C.C 39.569. 260 Girardot Auditor financiero; Sandra Moreno; Contador Público

1.3 Objeto de la visita:

Realizar auditoria de carácter integral al Distrito de Santa Marta, Distrito Turístico, cultural e Histórico , con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones frente al Sistema General de seguridad Social en Salud en los componentes de financiamiento, aseguramiento, prestación de servicios de salud y salud pública para población general y poblaciones de especial protección constitucional y la implementación y desarrollo de los sistemas de atención al usuario, acceso a los servicios de Salud.

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1.4 Metodología aplicada en la Auditoria:

Realizar Auditoría a los componentes de Aseguramiento, Salud Pública, Sistemas Obligatorio de Garantía de calidad; Auditoría al Componente financiero y de Sistemas de la Alcaldía Municipal del Distrito de Santa Marta.

2. ANTECEDENTES

Atendiendo lo preceptuado en el auto de visita 001691 del 13 de noviembre de 2013, lo siguiente: “Que la ley 1122 del 2007 en su Capítulo VII establece las disposiciones que enmarcan el Sistema de Inspección Vigilancia y Control del Sistema General De Seguridad Social En Salud, como el conjunto de normas, agentes y procesos articulados entre sí, el cual está en cabeza de la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con sus competencias constitucionales y legales, funciones que deberá enfocar el financiamiento, el aseguramiento, la prestación de servicios de atención en salud pública, la atención al usuario y participación social, las acciones y medidas especiales. Que dicho marco normativo establece también las funciones y facultades de la Superintendencia Nacional de Salud, entre las cuales se encuentran, las de ejercer la competencia preferente de la inspección, vigilancia y control frente a sus vigilados para que cumplan con las normas que regulan el sistema general de seguridad social en salud e imponer las sanciones a que haya lugar en el ámbito de su competencia y denunciar ante las autoridades competentes las posibles irregularidades que se pueden estar cometiendo en el sistema”.

La Superintendencia Nacional de Salud suscribió el Contrato Interadministrativo No. 386 de

28 de octubre de 2013, con HAGGEN AUDIT LTDA, con el objeto de “Realizar auditoria de

carácter integral a Entidades Territoriales de orden Departamental, o Distrital y/o Municipal,

con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones frente al Sistema General de

seguridad Social en Salud en los componentes de financiamiento, aseguramiento, prestación

de servicios de salud y salud pública para población general y poblaciones de especial

protección constitucional y la implementación y desarrollo de los sistemas de atención al

usuario, acceso a los derechos de atención y mecanismos de participación ciudadana”.

La Superintendencia Nacional de Salud mediante oficio 2-2014-010718, notificó y entregó a

la Entidad Territoria SANTA MARTA, el informe preliminar de la visita de auditoría practicada

conforme a lo ordenado en el auto N° 001893 de 2013, donde de manera expresa se le

señaló que si vencido el termino de 10 días posteriores al recibido del informe preliminar de

visita por parte del sujeto visitado, no se recibe retroalimentación del mismo en ejercicio de

su derecho a la contradicción, se entenderá que el informe preliminar ha sido aceptado y

este mismo corresponderá al informe final de visita, conforme lo establece el artículo quinto

de la Resolución 2190 de la Superintendencia Nacional de Salud del 7 de noviembre de

2013.

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Conforme a lo anterior la Entidad Territoria SANTA MARTA, presentó respuesta al informe

presentado por el grupo auditor, mediante radicado NURC- 1-2014-024536, con fecha 21

de Marzo de 2014 ejerciendo de esta manera el derecho a la contradicción establecido en

la Resolución 2190 de la Superintendencia Nacional de Salud del 7 de noviembre de 2013

3. INFORME TEMATICO DE LA VISITA

3.1 Módulos y estándares a inspeccionar:

3.1.1. COMPONENTE FINANCIERO El análisis de la información en el componente financiero, debe presentar la evaluación del comportamiento en cada uno de los periodos objeto de auditorías para los siguientes ítems de acuerdo con las normas, responsabilidades y competencias de los Municipios Distritos y Departamentos. El Distrito de Santa Marta maneja un sistema de información contable llamado SIAFP CT (Sistema Integrado de Información Administrativa y Financiera) desde el año 2005. Al analizar la información financiera del fondo local de salud del distrito se logró verificar que los módulos de Presupuesto, Contabilidad y Tesorería generan las interfaces adecuadamente sin contratiempos. Al verificar el principio de causación y pago de algunos procedimientos contables se logró evidenciar que las facturas causadas para el pago de los recobros de medicamentos y tutelas no pos, presenta falencia, ya que contabilidad y su vez tesorería están ligados directamente a la información que suministra el área de auditoría de cuentas medicas de la secretaria de salud. La información que genera auditoría médica es consolidada y poco específica en cuanto al valor total reconocido de cada factura y valor neto glosado, al no especificar estas dos situaciones en cada factura queda sin soporte valido el principio de causación y pago que debe efectuar presupuesto, contabilidad y tesorería. Al igual es importante reconocer que el área de Control Interno del distrito en su auditoría del efectuada entre el 5 y el 9 de 2011 y emitida el 5 de diciembre del mismo año, en sus tres últimos apartes deja claro que:

1. Procedimiento Auditoría de Cuentas de la RED de prestadores contratada, Actividad 2, NO CONFORME. Se revisaron los listados de facturas que aparecen en medio electrónico solicitando a la azar se entregaran de forma física algunas facturas… no pudo ser verificado el cumplimiento de la actividad 2 señalada dentro el procedimiento por qué no aparecieron en forma física.

2. Procedimiento Gestión de Auditoria de Calidad a la RED contratada, Actividades 1,2 y 3. NO CONFORME. Se evidenció que en la realización de la contratación no se tiene en cuenta que servicios se tienen habilitados, ni se ha presentado evaluación de la prestación de servicio del usuario.

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3. Procedimiento para el Recobro de Medicamentos y/o Tutelas o por parte del Comité Técnico Científico, Actividad 2. Al revisar los soportes de los Recobros, se evidencio que no cuentan con listado de chequeo que determine el cumplimiento de los requisitos para ello.

El periodo de la auditoría llevada a cabo por la oficina de Control Interno es corto, a pesar de esto logró evidenciar falencias en los procedimientos que se deben desarrollar para el control y verificación de las facturas radicadas por las diferentes entidades prestadoras de salud. Por lo anteriormente expuesto se concluye que, al analizar la información contable suministrada por la secretaría de hacienda se evidencio que durante los periodos 2011, 2012 y primer semestre de 2013 la información contable del fondo local presenta inconsistencias en el cumplimiento del principio de Devengo o Causación, toda vez que el procedimiento de evaluación, reconocimiento, causación y pago de los recobros no pos y tutelas no se muestra homogénea y transversal a los principios, normas técnicas y procedimientos que permitan conocer la gestión, el uso, el control y las condiciones de los recursos y el patrimonio públicos; es de recordar que la información contable pública es razonable cuando refleja la situación y actividad de la entidad contable pública, de manera ajustada a la realidad. Los procedimientos de contabilidad están siendo aplicados en la mayoría de los procesos contables, pero un aspecto tan importante como es el identificar por factura el pago neto y valor glosado de los recobros por medicamentos no POS y tutelas se determina que existe falencia por parte de la secretaria de salud y por parte de la secretaría de hacienda del distrito de Santa Marta, toda vez que por falta de coordinación entre las áreas se está dejando de lado el reconocimiento del hecho económico. HALLAZGO: El Distrito de Santa Marta – Magdalena no cumple con el Régimen de Contabilidad Publica Parte I Plan General de Contabilidad Publica Libro I Marco Conceptual Titulo II Capitulo Único – Numeral 7. Características Cualitativas de la Información Contable Pública. 103. Confiabilidad, 107. Relevancia y Numeral 8 Principios de Contabilidad Pública. 117. Devengo o Causación, 122. Revelación. CONCLUSION: Al no existir un seguimiento constante en los procesos contables por medio de la verificación y control en la causación y pago en el reconocimiento del hecho económico, conlleva a que la información financiera no sea transversal, integrada y confiable. Descargos de la entidad auditada

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Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Es clara la aplicación de la norma con respecto a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados y aún más con respecto a las características cualitativas de la información contable pública. Pero del mismo modo es importante aclarar que según la Doctrina Contable Pública, “una vez el ente territorial contratante reciba la facturación por parte de la IPS, dicha facturación es debe ser sometida a un proceso de auditoría para determinar que cumple con los requisitos formales y legales que impliquen la generación de una obligación cierta, caso en el cual, en aplicación de los principios de Registro, Causación o Devengo y Prudencia, debe proceder a registrar la respectiva cuenta por pagar mediante un débito a la subcuenta correspondiente, de la cuenta 5502-SALUD y como contrapartida un crédito a la subcuenta correspondiente, de la cuenta 2480- ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD. Ahora bien, si en el proceso de auditoría se detecta que la facturación recibida de la IPS presenta glosas que generan incertidumbre para la entidad territorial contratante, dicha entidad debe proceder a registrarlas mediante un débito a la subcuenta 991590-Otras cuentas acreedoras de control, de la cuenta 9915-ACREEDORAS DE CONTROL POR CONTRA (Db) y como contrapartida un crédito a la subcuenta 939012-Facturación glosada en la adquisición de servicios, de la cuenta 9390-OTRAS CUENTAS ACREEDORAS DE CONTROL. En caso de que la glosa sea subsanada por parte de la IPS, y se genere la obligación de pagar el valor correspondiente por parte de la entidad territorial contratante, esta última debe proceder a registrar la cuenta por pagar mediante un débito a la subcuenta correspondiente,

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de la cuenta 5502-SALUD y como contrapartida un crédito a la subcuenta correspondiente, de la cuenta 2480- ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD, previa disminución de las cuentas de orden acreedoras de control inicialmente afectadas”. Teniendo en cuenta lo anterior el Distrito respalda el hallazgo relatando que efectúa los registros contables cumpliendo la normatividad, afectando los gastos, los pasivos y las cuentas de orden cuando son cuentas que generan incertidumbre, pero no anexan ningún documento donde se pueda constatar que el procedimiento realmente es aplicado bajo las descripciones y dinámicas que señala la norma. Las Notas a los Estados Financieros y los mismos Estados Financieros, Anexo 2 y 4 del Distrito de Santa Marta, son globales y no detallan las subcuentas o auxiliares que son empleados para este procedimiento, incluso las cuentas de orden son muy generales y no son detalladas a nivel 4 como lo son las cuentas reales. Se confirma el hallazgo: Los procedimientos de contabilidad están siendo aplicados en la mayoría de los procesos contables, pero un aspecto tan importante como es el identificar por factura el pago neto y valor glosado de los recobros por medicamentos no POS y tutelas se determina que existe falencia por parte de la secretaria de salud y por parte de la secretaría de hacienda del distrito de Santa Marta, toda vez que por falta de coordinación entre las áreas se está dejando de lado el reconocimiento del hecho económico. El Distrito de Santa Marta – Magdalena no cumple con el Régimen de Contabilidad Publica Parte I Plan General de Contabilidad Publica Libro I Marco Conceptual Titulo II Capitulo Único – Numeral 7. Características Cualitativas de la Información Contable Pública. 103. Confiabilidad, 107. Relevancia y Numeral 8 Principios de Contabilidad Pública. 117. Devengo o Causación, 122. Revelación. 3.1.1.1 Verificación del funcionamiento del Fondo de Salud (incluye la creación y sus modificaciones. El distrito de Santa Marta entrego El Decreto 164 del 15 de Julio de 2004, por medio del cual se adopta la estructura orgánica de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, se determina las funciones de dependencias y se dictan otras disposiciones. HALLAZGO:

Este acto administrativo no adopta la Resolución 3042/07, por la cual se reglamente la organización de los Fondos de Salud de las Entidades Territoriales, la operación y registro de las cuentas maestras para el manejo de los recursos de los Fondos de Salud y se dictan otras disposiciones. El distrito incumple con el DECRETO 1893 DE 1994 y Resolución 3042/07

CONCLUSION:

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La adopción de la estructura, operación y administración permite a la entidad realizar un manejo adecuado de los recursos de salud, para ello es importante que la entidad distrital adopte las normativas que se han proferido para la fin, con el objeto de constituir el Fondo Local de Salud, adecuadamente y que permita realizar un seguimiento y vigilancia sobre estos recursos. Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En este caso específico se revisa es la estructura del Fondo local de Salud, que se haya adoptado por el Distrito mediante a Secretaria de Hacienda para el manejo adecuado de los recursos de salud y que la última normatividad fue expedida para ello fue la Resolución No. 3042/ del año 2007 Que el documento del acuerdo 017 del 21 de diciembre 2012 “POR EL CUAL SE EXPIDE EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS E INVERSIONES DEL DISTRITO, TURISTICO , CULTURAL E HISTORICO DE SANTA MARTA PARA LA VIGENCIA FISCAL 2013” Se evidencia que el Distrito a la fecha auditada ya han transcurrido casi 6 años aún no ha creado el FONDO LOCAL DE SALUD en la Secretaria de Hacienda, para el manejo de los Recursos colocando en riesgo el funcionamiento , operación y administración de los recursos que le son asignados para la población del Distrito de Santa Marta.

Por lo anterior, se confirma el hallazgo: Este acto administrativo no adopta la Resolución 3042/07, por la cual se reglamente la organización de los Fondos de Salud de las Entidades Territoriales, la operación y registro de las cuentas maestras para el manejo de los recursos de los Fondos de Salud y se dictan otras disposiciones. El distrito incumple con el DECRETO 1893 DE 1994 y Resolución 3042/07.

3.1.1.2 Análisis y evaluación del comportamiento y ejecución de las fuentes y usos de

los recursos del sector en la Entidad Territorial, así como el cumplimiento del

flujo y la distribución de los recursos, de acuerdo con las normas, así:

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FUENTES Y USOS VIGENCIA 2011 Cifras en pesos $

FUENTES USOS

DETALLE VALOR % DETALLE VALOR %

Sistema General de Participaciones

51.882.654.050 40,4%

Régimen Subsidiado 38.896.577.253 75,0%

Salud Pública 2.530.523.697 4,9%

Prestación de Servicios 10.455.553.100 20,2%

TOTAL 51.882.654.050 100,0

%

FOSYGA 40.093.861.416 31,2%

Régimen Subsidiado 40.093.861.416 100,0

%

TOTAL 40.093.861.416 100,0

%

ETESA 2.172.797.957 1,7%

Régimen Subsidiado 75% 1.629.598.527 75,0%

Funcionamiento 25% 543.199.430 25,0%

TOTAL 2.172.797.957 100,0

%

Recursos del Balance

30.631.285.421 23,9%

Régimen Subsidiado 24.582.320.496 80,3%

Salud Pública 4.229.398.713 13,8%

Prestación de Servicios 1.819.566.212 5,9%

TOTAL 30.631.285.421 100,0

%

Rendimientos Financieros

347.308.995 0,3%

Régimen Subsidiado 200.065.875 57,6%

Salud Pública 40.068.494 11,5%

Prestación de Servicios 107.174.626 30,9%

TOTAL 347.308.995 100,0

%

Recursos Propios

3.200.986.449 2,5%

Régimen Subsidiado 2.587.180.816 421,5

%

Salud Pública 613.805.633 19,2%

TOTAL 3.200.986.449 100,0

%

TOTAL 128.328.894.288 100,0% TOTAL

128.328.894.288

100,0%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO: Los recursos del balance representan un 23.9% ($30.631.285.421 millones) lo que indica que el Distrito de Santa Marta no comprometió la totalidad de los recursos en las vigencias correspondientes para el financiamiento del Fondo Local de salud. Incumplimiento a la norma: Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2.

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CONCLUSION: Todos los años el Ministerio de la Protección social de Salud, realiza una asignación de los recursos para el financiamiento del Régimen subsidiado, Salud pública y Prestación de Servicios para la población pobre no asegurada, estos recursos deben ser apropiados dentro del presupuesto del Fondo Local de Salud, para las necesidades de su población, lo que indica que el Distrito no proyecta, planea y ejecuta los recursos asignados. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Por lo anterior se confirma el hallazgo, Los recursos del balance representan un 23.9% ($30.631.285.421 millones) lo que indica que el Distrito de Santa Marta no comprometió la totalidad de los recursos en las vigencias correspondientes para el financiamiento del Fondo Local de salud, incumple la norma: Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2.

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FUENTES Y USOS VIGENCIA 2012 Cifras en pesos $

FUENTES USOS

DETALLE VALOR % DETALLE VALOR %

Sistema General de Participaciones

65.071.520.754 37,2%

Régimen Subsidiado 49.565.670.523 76,2%

Salud Pública 2.625.930.712 4,0%

Prestación de Servicios 12.879.919.519 19,8%

TOTAL 65.071.520.754 100,0

%

FOSYGA 72.770.285.826 41,6% Régimen Subsidiado 72.770.285.826

100,0%

TOTAL 72.770.285.826 100,0

%

ETESA 1.632.768.607 0,9%

Régimen Subsidiado 75% 1.224.576.455 75,0%

Funcionamiento 25% 408.192.152 25,0%

TOTAL 1.632.768.607 100,0

%

Recursos del Balance

22.170.381.930 12,7%

Régimen Subsidiado 12.266.753.305 55,3%

Salud Pública 7.739.174.500 34,9%

Prestación de Servicios 2.159.420.450 9,7%

Reintegros Rentas Cedidas 5.033.674 0,0%

TOTAL 22.170.381.930 100,0

%

Rendimientos Financieros

392.621.816 0,2%

Régimen Subsidiado 175.155.803 44,6%

Salud Pública 37.231.001 9,5%

Prestación de Servicios 180.235.013 45,9%

TOTAL 392.621.816 100,0

%

Recursos Propios

12.700.764.071 7,3%

Régimen Subsidiado 3.121.064.695 32,6%

Salud Pública 9.579.699.376 75,4%

TOTAL 12.700.764.071 100,0

%

TOTAL 174.738.343.00

3 100,0

% TOTAL 174.738.343.00

3 100% Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO:

Aunque el porcentaje de los Recursos del Balance para la vigencia del 2012 es de 12.7% bajo en comparación con el porcentaje de la vigencia 2011, si persiste un valor alto de $22.170.381.390 millones, el distrito de Santa Marta no cumplió con lo establecido en la Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2.

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CONCLUSION: La no ejecución de los recursos indica que el Distrito de Santa Marta no realiza una buena planeación, no existe una buena administración y operación para el manejo de los recursos designados para las necesidades de la población. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Por lo anterior se confirma el hallazgo: Aunque el porcentaje de los Recursos del Balance para la vigencia del 2012 es de 12.7% bajo en comparación con el porcentaje de la vigencia 2011, si persiste un valor alto de $22.170.381.390 millones, el distrito de Santa Marta no cumplió con lo establecido en la Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2.

FUENTES Y USOS CORTE JUNIO 2013 Cifras en pesos $

FUENTES USOS

DETALLE VALOR % DETALLE VALOR %

Sistema General de Participaciones

47.403.402.515 25,2%

Régimen Subsidiado 37.062.576.318 78,2%

Salud Pública 2.853.671.300 6,0%

Prestación de Servicios 7.487.154.897 15,8%

TOTAL 47.403.402.515 100,0%

FOSYGA 98.923.353.487 52,6% Régimen Subsidiado 98.923.353.487 100,0%

TOTAL 98.923.353.487 100,0%

ETESA 800.000.000 0,4%

Régimen Subsidiado 75% 600.000.000 75,0%

Funcionamiento 25% 200.000.000 25,0%

TOTAL 800.000.000 100,0%

Recursos del Balance 30.029.493.945 16,0%

Régimen Subsidiado 9.436.333.607 31,4%

Salud Pública 10.813.858.077 36,0%

Prestación de Servicios 9.779.302.260 32,6%

TOTAL 30.029.493.945 100,0%

Rendimientos Financieros

173.421.470 0,1%

Régimen Subsidiado 36.590.530 21,1%

Salud Pública 69.247.441 39,9%

Prestación de Servicios 67.583.499 39,0%

TOTAL 173.421.470 100,0%

Recursos Propios 10.616.845.300 5,6%

Régimen Subsidiado 2.400.001.000 29,2%

Salud Pública 8.216.844.300 77,4%

TOTAL 10.616.845.300 100,0%

TOTAL 187.946.516.717 100,0% TOTAL 187.946.516.717 100,0%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

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HALLAZGO:

Los recursos del balance en la vigencia de 2013, del porcentaje del año 2012 al 2013 aumento en un 3% reflejando un valor para esta vigencia de $30.029.493.945 millones, lo que indica que sigue sin comprometer los recursos adecuadamente, el distrito de Santa Marta incumple con la Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2. CONCLUSION: Los recursos del balance de la vigencia 2012 no disminuyeron por lo contrario aumentaron los recursos correspondientes a este concepto lo que indica que el Distrito no compromete los recursos para las finalidades en los servicios programados por la Nación para la población de Santa Marta. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Por lo anterior se confirma el hallazgo: Los recursos del balance en la vigencia de 2013, del porcentaje del año 2012 al 2013 aumento en un 3% reflejando un valor para esta vigencia de $30.029.493.945 millones, lo que indica que sigue sin comprometer los recursos adecuadamente, el distrito de Santa Marta incumple con la Ley 715/01 Artículo 44. 44.1.2. 3.1.1.3. Análisis y evaluación de los aspectos administrativos, operacionales técnicos y financieros (presupuestales, tesorería, contables,) de la Entidad Territorial, específicamente en el Fondo local de Salud, así como la dispersión de los recursos de acuerdo con los porcentajes y plazos establecidos en las normas vigentes.

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EJECUCION DE INGRESOS VIGENCIA 2011 Cifras en pesos $

INGRESOS PPTO.

DEFINITIVO RECAUDO

% RECAU

DO

FONDO LOCAL DE SALUD 128.328.894.288,2 119.562.292.32

9,4 93,17%

SUBCUENTA REGIMEN SUBSIDIADO 107.989.604.383,6 99.340.371.869,

8 91,99%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SSF 38.896.577.253,0

38.896.577.253,0 100,00%

FOSYGA SSF 40.093.861.415,9 31.851.026.941,

7 79,44%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 200.065.875,1 200.065.875,1 100,00%

RECURSOS ETESA 1.629.598.527,5 1.629.598.527,5 100,00%

RECURSOS PROPIOS 2.587.180.816,0 2.180.782.776,4 84,29%

RECURSOS DEL BALANCE 24.582.320.496,2 24.582.320.496,

2 100,00%

SUBCUENTA SALUD PÚBLICA INTERVENCIONES COLECTIVA 7.413.796.536,7 7.296.427.091,7 98,42%

SGP SALUD PUBLICA ULTIMA DOCEAVA 2.530.523.697,0 2.530.523.697,0 100,00%

RECURSOS PROPIOS 613.805.633,0 496.436.188,0 80,88%

RECURSOS DEL BALANCE 4.229.398.712,9 4.229.398.712,9 100,00%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 40.068.493,7 40.068.493,7 100,00%

SUBCUENTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD 12.382.293.938,3

12.382.293.938,3 100,00%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 10.455.553.100,0

10.455.553.100,0 100,00%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 107.174.626,3 107.174.626,3 100,00%

RECURSOS DEL BALANCE 1.819.566.212,0 1.819.566.212,0 100,00%

OTROS GASTOS EN SALUD 543.199.429,7 543.199.429,7 100,00%

ETESA 25% 543.199.429,7 543.199.429,7 100,00%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta HALLAZGO: Para la vigencia del 2011, la ejecución de ingresos no cuadra con la ejecución de Gastos ya que el valor de los ingresos corresponde a un total definitivo de $125.741.713.472 Fueron entregados los siguientes valores adicionales como rubros que se encuentra inmersos dentro de los recursos del Distrito sin posibilidad de identificarse en los Ingresos del Fondo Local de Salud, los rubros entregados que son destinados a la cofinanciación del fondo son:

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03 - 010201030106 - 176 Rendimientos Operaciones Financieras - Convenios de Cofinanciacion10,687.95

03 - 01020101020102 - 130 Predial Vigencias Anteriores SSF 350,000,000.00

03 - 0101020202010302 - 79 SGP Otros Sectores Libre Destinación 50%2,090,000,000.00

03 - 01020101020101 - 46 Predial Vigencias Anteriores CSF 27,170,128.00

03 - 010101020101 - 20 ICA Libre Destinación 120,000,000.00

Total 2,587,180,815.95

COFINANCIACIÓN PARA EL FONDO LOCAL DE SALUD Cifras en pesos $

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

EJECUCION DE INGRESOS: $125.741.713.472 INGRESOS INMERSOS EN EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO QUE COFINANCIAN EL FONDO LOCAL: $2.587.180.815 TOTAL: $128.328.894.288 Este total coincide con la ejecución definitiva de gastos de esta vigencia; los recursos de cofinanciación de recursos propios al fondo solo tuvieron un recaudo del 84.29%. Por otro lado, el recaudo de la fuente del FOSYGA se encuentra en 79.44% porcentaje muy bajo. En Los ingresos de cofinanciación que se encuentran inmerso del presupuesto del Distrito en especial la fuente SGP Otros Sectores Libre Destinación 50% no fue posible de identificarlo en la ejecución de gastos lo cual se dificulta el seguimiento de este recurso; el distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el fondo local de salud. No cumple con lo establecido en el Artículo 2°.y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01. CONCLUSION: Los recursos de cofinanciación que el distrito asigna para el fondo local de Salud no se encuentran identificados en la ejecución de ingresos del Fondo, solo si la persona encargada de presupuesto los identifica, evidenciando así que los recursos de ingresos no están equilibrados con los gastos dentro del fondo local. Descargos de la entidad auditada

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Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

En el momento de la visita, la secretaria de Hacienda suministro la información de activas y pasivas (ingreso y gastos 2011) los cuales deben reposar en su totalidad la información sobre los recursos del fondo local de salud, y se observó que la ejecución de ingresos tenia que se sumada con unas partidas adicionales que fueron entregadas por la misma secretaria de Hacienda “presupuesto” por lo el distrito no cumple con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 3042 de 2007, que reza: Los fondos de salud departamentales, distritales, y municipales, según el caso, constituyen una cuenta especial del presupuesto de la respectiva entidad territorial, sin personería jurídica ni planta de personal, para la administración y manejo de los recursos del sector, separada de las demás rentas de la entidad territorial, conservando un manejo contable y presupuestal independiente y exclusivo, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente, de conformidad con lo previsto en la ley y en la presente resolución.

POR LO ANTERIOR SE CONFIRMA EL HALLAZGO: Para la vigencia del 2011, la ejecución de ingresos no cuadra con la ejecución de Gastos ya que el valor de los ingresos corresponde a un total definitivo de $125.741.713.472 Fueron entregados los siguientes valores adicionales como rubros que se encuentra inmersos dentro de los recursos del Distrito sin posibilidad de identificarse en los Ingresos del Fondo Local de Salud, los rubros entregados que son destinados a la cofinanciación del fondo son:

COFINANCIACIÓN PARA EL FONDO LOCAL DE SALUD Cifras en pesos $

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

03 - 010201030106 - 176 Rendimientos Operaciones Financieras - Convenios de Cofinanciacion10,687.95

03 - 01020101020102 - 130 Predial Vigencias Anteriores SSF 350,000,000.00

03 - 0101020202010302 - 79 SGP Otros Sectores Libre Destinación 50%2,090,000,000.00

03 - 01020101020101 - 46 Predial Vigencias Anteriores CSF 27,170,128.00

03 - 010101020101 - 20 ICA Libre Destinación 120,000,000.00

Total 2,587,180,815.95

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EJECUCION DE INGRESOS: $125.741.713.472 INGRESOS INMERSOS EN EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO QUE COFINANCIAN EL FONDO LOCAL: $2.587.180.815 TOTAL: $128.328.894.288 Este total coincide con la ejecución definitiva de gastos de esta vigencia; los recursos de cofinanciación de recursos propios al fondo solo tuvieron un recaudo del 84.29%. Por otro lado, el recaudo de la fuente del FOSYGA se encuentra en 79.44% porcentaje muy bajo. En Los ingresos de cofinanciación que se encuentran inmerso del presupuesto del Distrito en especial la fuente SGP Otros Sectores Libre Destinación 50% no fue posible de identificarlo en la ejecución de gastos lo cual se dificulta el seguimiento de este recurso; el distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el fondo local de salud. No cumple con lo establecido en el Artículo 2° y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01.

EJECUCION DE INGRESOS VIGENCIA 2012 Cifras en pesos $

INGRESOS PPTO.

DEFINITIVO RECAUDO

% RECAUD

O

FONDO LOCAL DE SALUD 174.738.343.003,

2 156.213.950.978

,9 89,40%

SUBCUENTA REGIMEN SUBSIDIADO 139.128.540.280,

8 124.562.389.256

,5 89,53%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SSF 49.565.670.523,0 49.565.670.523,

0 100,00%

FOSYGA SSF 72.770.285.825,5 58.204.139.942,

3 79,98%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 175.155.803,2 175.155.803,2 100,00%

RECURSOS ETESA 1.224.576.455,0 1.224.576.455,0 100,00%

RECURSOS PROPIOS 3.121.064.695,0 3.121.059.553,9 100,00%

RECURSOS DEL BALANCE 12.271.786.979,1 12.271.786.979,

1 100,00%

SUBCUENTA SALUD PÚBLICA INTERVENCIONES COLECTIVA 19.982.035.589,1

16.023.794.589,1 80,19%

SGP SALUD PUBLICA ULTIMA DOCEAVA 2.625.930.712,0 2.625.930.712,0 100,00%

RECURSOS PROPIOS 9.579.699.376,0 5.621.458.376,0 58,68%

RECURSOS DEL BALANCE 7.739.174.500,3 7.739.174.500,3 100,00%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 37.231.000,8 37.231.000,8 100,00%

SUBCUENTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD 15.219.574.981,6 15.219.574.981,

6 100,00%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 12.879.919.519,0 12.879.919.519,

0 100,00%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 180.235.012,5 180.235.012,5 100,00%

RECURSOS DEL BALANCE 2.159.420.450,1 2.159.420.450,1 100,00%

OTROS GASTOS EN SALUD 408.192.151,7 408.192.151,7 100,00%

ETESA 25% 408.192.151,7 408.192.151,7 100,00%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

La fuente de financiamiento FOSYGA persiste en un bajo porcentaje de recaudo bajo en un 79.98% del total.

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03 - 010101020101 - 20 ICA Libre Destinación 478,094,897.01

03 - 01020101020101 - 46 Predial Vigencias Anteriores CSF 1,042,969,797.99

03 - 0101020202010302 - 79SGP Otros Sectores Libre Destinación

50% 1,600,000,000.00

Sub total 3,121,064,695.00

HALLAZGO: En la vigencia del 2012, el distrito de Santa Marta destino de sus recursos al Fondo local de salud los siguientes montos:

2012 Cifras en pesos $

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

EJECUCION DE INGRESOS: $171.617.278.308 INGRESOS INMERSOS EN EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO QUE COFINANCIAN EL FONDO LOCAL: $3.121.064.695 TOTAL: $174.738.343.003 Los recursos de cofinanciación no se encuentran dentro de la ejecución de ingresos del Fondo Local, no existe equilibrio entre ingresos y gastos del Fondo Local de Salud en la vigencia 2012, el distrito no cumple con el Artículo 2°.y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01. CONCLUSION: Los recursos de cofinanciación que el distrito que asigna el distrito para el fondo local no se identifican dentro de la ejecución de ingresos lo que indica que no existe un equilibrio entre ingresos y gastos del Fondo local de salud, así mismo se evidencia que no son recaudados adecuadamente, lo que podría dificultar los pagos a los compromisos que adquieran con estos recursos. Descargos de la entidad auditada

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03 - 010101020101 - 20 ICA Libre Destinación 478,094,897.01

03 - 01020101020101 - 46 Predial Vigencias Anteriores CSF 1,042,969,797.99

03 - 0101020202010302 - 79SGP Otros Sectores Libre Destinación

50% 1,600,000,000.00

Sub total 3,121,064,695.00

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

En el momento de la visita, la secretaria de Hacienda suministro la información de activas y pasivas (ingreso y gastos 2012) los cuales deben reposar en su totalidad la información sobre los recursos del fondo local de salud, y se observó que la ejecución de ingresos tenia que se sumada con unas partidas adicionales que fueron entregadas por la misma secretaria de Hacienda “presupuesto” por lo el distrito no cumple con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución 3042 de 2007, que reza: Los fondos de salud departamentales, distritales, y municipales, según el caso, constituyen una cuenta especial del presupuesto de la respectiva entidad territorial, sin personería jurídica ni planta de personal, para la administración y manejo de los recursos del sector, separada de las demás rentas de la entidad territorial, conservando un manejo contable y presupuestal independiente y exclusivo, que permita identificar con precisión el origen y destinación de los recursos de cada fuente, de conformidad con lo previsto en la ley y en la presente Resolución.

Por lo anterior se confirma el HALLAZGO: En la vigencia del 2012, el distrito de Santa Marta destino de sus recursos al Fondo local de salud los siguientes montos:

Cifras en pesos $ Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

EJECUCION DE INGRESOS: $171.617.278.308 INGRESOS INMERSOS EN EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO QUE COFINANCIAN EL FONDO LOCAL: $3.121.064.695 TOTAL: $174.738.343.003

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Los recursos de cofinanciación no se encuentran dentro de la ejecución de ingresos del Fondo Local, no existe equilibrio entre ingresos y gastos del Fondo Local de Salud en la vigencia 2012, el distrito no cumple con el Artículo 2°.y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01.

EJECUCION DE INGRESOS CORTE JUNIO 2013 Cifras en pesos $

INGRESOS PPTO. DEFINITIVO RECAUDO %

RECAUDO

FONDO LOCAL DE SALUD 187.946.516.716,7 108.235.062.933,0 57,59%

SUBCUENTA REGIMEN SUBSIDIADO 148.458.854.942,5 78.505.156.022,4 52,88%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES SSF 37.062.576.318,0 19.329.091.444,0 52,15%

FOSYGA SSF 98.923.353.486,9 47.811.962.625,7 48,33%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 36.590.530,1 74.314.089,1 203,10%

RECURSOS ETESA 600.000.000,0 624.172.237,2 104,03%

RECURSOS PROPIOS 2.400.001.000,0 1.229.282.019,0 51,22%

RECURSOS DEL BALANCE 9.436.333.607,5 9.436.333.607,5 100,00%

SUBCUENTA SALUD PÚBLICA INTERVENCIONES COLECTIVA 21.953.621.118,0 12.998.542.974,5 59,21%

SGP SALUD PUBLICA ULTIMA DOCEAVA 2.853.671.300,0 1.427.070.630,0 50,01%

RECURSOS PROPIOS 8.216.844.300,0 670.227.578,0 8,16%

RECURSOS DEL BALANCE 10.813.858.077,4 10.866.958.077,4 100,49%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 69.247.440,6 34.286.689,2 49,51%

SUBCUENTA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD 17.334.040.656,2 16.521.733.190,3 95,31%

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 7.487.154.897,0 6.591.537.736,0 88,04%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 67.583.498,8 150.893.193,9 223,27%

RECURSOS DEL BALANCE 9.779.302.260,4 9.779.302.260,4 100,00%

OTROS GASTOS EN SALUD 200.000.000,0 209.630.745,7 104,82%

ETESA 25% 200.000.000,0 209.630.745,7 104,82%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO: En la Ejecución de ingresos de la vigencia 2013 corte junio. Se observa un 203.10% en el recaudo en los rendimientos financieros del Régimen subsidiado; en los recursos propios que cofinancian los programas de Salud Pública se encuentra en un 8.16% porcentaje muy bajo teniendo en cuenta que se encuentra a mitad de periodo; existe cofinanciación que el distrito realiza pero que no se encuentra en la ejecución de ingresos del Fondo local de Salud, detalle:

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COFINANCIACIÓN PARA EL FONDO LOCAL DE SALUD Cifras en pesos $

03 - 010101020101 - 20 ICA Libre Destinación 200,000,000.00

03 - 0101020202010301 - 79

SGP Otros Sectores Libre Destinación

2,200,000,000.00

Sub total

2,400,000,000.00

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta EJECUCION DE INGRESOS FONDO LOCAL DE SALUD: $185.546.516.716 $INGRESOS INMERSOS EN EL PRESUPUESTO DEL MUNICIPIO QUE COFINANCIAN EL FONDO LOCAL: $2.400.000.000 TOTAL: $187.946.516.716 Persiste la dificulta de hacer seguimiento a la fuente de SGP Otros Sectores Libre Destinación que no se pueden identificar en la ejecución de Gastos de la misma vigencias. E distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el Fondo Local de Salud. No cumple con lo establecido en el Artículo 2° y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01. CONCLUSION: El distrito no realiza una planeación adecuada para la ejecución de los recursos de salud pública perjudicando el cumplimiento de las actividades planeadas por los programas dirigidos hacia la población, por ende no hay una administración y operación adecuada de los recursos. Por otro lado los recursos de cofinanciación no se identifican en la ejecución de ingresos por ende no existe un equilibrio entre ingresos y gastos. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo: En la Ejecución de ingresos de la vigencia 2013 corte junio. Se observa un 203.10% en el recaudo en los rendimientos financieros del Régimen subsidiado; en los recursos propios que cofinancian los programas de Salud Pública se encuentra en un 8.16% porcentaje muy bajo teniendo en cuenta que se encuentra a mitad de periodo; existe

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cofinanciación que el distrito realiza pero que no se encuentra en la ejecución de ingresos del Fondo local de Salud. Persiste la dificulta de hacer seguimiento a la fuente de SGP Otros Sectores Libre Destinación que no se pueden identificar en la ejecución de Gastos de la misma vigencias. E distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el Fondo Local de Salud. No cumple con lo establecido en el Artículo 2° y Artículo 3°. Función: 6 Resolución 3042/01

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EJECUCION DE GASTO VIGENCIA 2011 Cifras en pesos $

CONCEPTO TOTAL PPTADO TOTAL

COMPROMISOS

% COMPRO

M

TOTAL PAGADO

% PAGA

DO

PRESUPUESTO DE GASTOS ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA 128.328.894.288,2 95.562.993.107,6 74%

67.821.270.897,9 71%

INVERSION - INFRAESTRUCTURA 38.585.544,4 0,0 0% 0,0 0%

CONVENIO FNR DTCH para la Construcción Policlínica del Norte 10.688,0 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 38.574.856,4 0,0 0% 0,0 0%

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1.052.126.849,1 668.493.393,5 64% 633.573.265,

5 95%

ADQUISICION DE BIENES 120.001.202,9 0,0 0% 0,0 0%

ADQUISICION DE SERVICIOS 15.000.000,0 2.686.329,5 18% 2.686.329,5 100%

OTROS SERVICIOS 749.197.116,6 526.168.297,7 70% 521.768.297,

7 99%

RECURSOS DEL BALANCE 167.928.529,6 139.638.766,3 83% 109.118.638,

3 78%

GASTOS DE INVERSION 164.469.827,7 119.997.795,2 73% 76.000.000,0 63%

DEL NIVEL MUNICIPAL Y/O DISTRITAL 156.001.693,4 119.997.795,2 77% 76.000.000,0 63%

RECURSOS DEL BALANCE 8.468.134,3 0,0 0% 0,0 0%

FONDO LOCAL DE SALUD 127.073.712.067,1 94.774.501.918,9 75% 67.111.697.6

32,4 71%

RÉGIMEN SUBSIDIADO 99.822.531.009,3 77.476.596.045,9 78% 53.470.455.7

61,3 69%

RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 49.074.298.810,7 45.612.188.843,8 93%

33.651.235.455,1 74%

RECURSOS FOSYGA 36.356.517.615,9 27.478.327.007,4 76% 16.496.812.8

38,4 60%

ETESA 75% 826.207.028,4 213.095.221,0 26% 65.820.743,0 31%

RECURSOS DEL BALANCE 13.565.507.554,3 4.172.984.973,7 31% 3.256.586.72

4,9 78%

SALUD PÚBLICA E INTERVENCIONES COLECTIVAS 4.320.613.153,9 3.362.100.984,8 78%

2.938.620.796,8 87%

SALUD INFANTIL 613.877.403,7 442.430.901,3 72% 391.800.000,

0 89%

SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 153.900.000,0 124.212.747,2 81% 101.400.000,

0 82%

SALUD ORAL 99.300.000,0 96.750.197,8 97% 87.300.000,0 90%

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SALUD MENTAL Y LESIONES VIOLENTAS EVITABLES 207.000.000,0 103.494.022,0 50% 90.500.000,0 87%

LAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES Y LAS ZOONOSIS 884.858.134,0 694.755.852,9 79%

610.911.623,8 88%

ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES 45.300.000,0 29.362.549,5 65% 27.000.000,0 92%

NUTRICIÓN 200.360.795,0 178.275.818,0 89% 146.150.000,

0 82%

SEGURIDAD SANITARIA Y DEL AMBIENTE 512.400.000,0 489.166.531,8 95%

475.700.000,0 97%

SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES DE ORIGEN LABORAL 25.000.000,0 25.000.000,0

100% 25.000.000,0 100%

LA GESTIÓN PARA EL DESARROLLO OPERATIVO Y FUNCIONAL DEL PNSP 510.345.085,3 458.887.965,6 90%

437.544.627,0 95%

RECURSOS DEL BALANCE 1.068.271.735,9 719.764.398,7 67% 545.314.546,

0 76%

SUBCUENTA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD 17.782.784.683,8 11.485.207.292,9 65%

8.471.487.307,0 74%

PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PUBLICA 4.927.471.613,1 3.847.372.882,0 78%

2.613.735.806,6 68%

PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PRIVADA 8.722.600.296,7 6.702.167.267,4 77%

5.231.322.156,4 78%

RECURSOS DEL BALANCE 4.132.712.773,9 935.667.143,5 23% 626.429.344,

0 67%

GASTOS DE PERSONAL MEDICO 2.069.688.164,5 1.474.359.752,0 71% 1.474.359.75

2,0 100%

SGP - APORTES PATRONALES SSF 1.474.359.752,0 1.474.359.752,0 100%

1.474.359.752,0 100%

RECURSOS DEL BALANCE 595.328.412,5 0,0 0% 0,0 0%

CANCELACION DE RESERVAS - RG SUB 2.264.093.673,6 479.914.791,2 21%

260.450.963,2 54%

CANCELACION DE CUENTAS POR PAGAR 624.001.382,1 306.323.052,1 49%

306.323.052,1 100%

PROG. PREV. EVENTOS EN SALUD-EMER INVERNAL-SP (ART. 7 DTO 017/2011) 190.000.000,0 190.000.000,0

100%

190.000.000,0 100%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO: Durante la vigencia 2011, se observa que el Fondo local de Salud en su totalidad comprometió solo un 74.47%. Para el Régimen Subsidiado, en su totalidad el porcentaje es de 77.61% bajo, así mismo se observa que para la subcuenta presupuestal SALUD PUBLICA el porcentaje fue de 77.82% bajo. En la subcuenta de Prestación de Servicios para la población pobre no asegurada fue muy bajo 64.58%. El distrito no cumple con la norma LEY 715/01 Artículo 44 44.1.2. Resolución 3042/01 Artículo 3°. función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1.

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CONCLUSION: Los recursos del Fondo Local de Salud no fueron ejecutados adecuadamente para la vigencia del 2011, observándose una mala administración y planeación de todas las subcuentas del Fondo local de salud de Santa Marta. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo: Durante la vigencia 2011, se observa que el Fondo local de Salud en su totalidad comprometió solo un 74.47%. Para el Régimen Subsidiado, en su totalidad el porcentaje es de 77.61% bajo, así mismo se observa que para la subcuenta presupuestal Salud Pública el porcentaje fue de 77.82% bajo. En la subcuenta de Prestación de Servicios para la población pobre no asegurada fue muy bajo 64.58%. El distrito no cumple con la norma LEY 715/01 Artículo 44 44.1.2. Resolución 3042/01 Artículo 3°. función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1

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EJECUCION DE GASTO VIGENCIA 2012 Cifras en pesos $

CONCEPTO TOTAL

PPTADO

TOTAL COMPROMI

SOS

% COMPROMETIDO

TOTAL PAGADO

% PAGAD

O

PRESUPUESTO DE GASTOS ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA

174.738.343.003,2

130.474.630.691,8

75%

124.308.472.883,1 95%

INVERSION - INFRAESTRUCTURA

38.603.065,1 0,0 0% 0,0 0%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 14.126,0 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 38.588.939,

1 0,0 0% 0,0 0%

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

737.413.024,6

371.884.149,3

50% 371.884.149,3 100%

ADQUISICION DE SERVICIOS 16.258.418,

5 9.022.943,0 55% 9.022.943,0 100%

OTROS SERVICIOS 357.192.151

,7 136.480.000

,0 38% 136.480.000,0 100%

RECURSOS DEL BALANCE 351.830.920

,1 226.381.206

,3 64% 226.381.206,3 100%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS

12.131.534,3 0,0 0,0

GASTOS DE INVERSION 76.472.053,

4 68.000.000,

0 89% 51.333.333,3 75%

DEL NIVEL MUNICIPAL Y/O DISTRITAL

48.000.000,0

48.000.000,0

100% 33.000.000,0 69%

RECURSOS DEL BALANCE 28.470.040,

6 20.000.000,

0 70% 18.333.333,3 0%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2.012,8 0,0 0,0 0%

FONDO LOCAL DE SALUD 173.885.854

.860,1 130.034.746

.542,5 75%

123.885.255.400,5 95%

RÉGIMEN SUBSIDIADO 136.792.758

.489,5 114.007.390

.188,7 83%

113.406.031.580,7 99%

RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

52.360.709.060,0

52.354.892.648,9

100%

52.354.330.939,0 100%

RECURSOS FOSYGA 71.077.761.

825,5 57.357.896.

618,0 81%

57.357.896.618,0 100%

ETESA 75% 612.288.227

,5 281.250.000

,0 46% 281.209.538,0 100%

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RENDIMIENTOS FINANCIEROS

148.010.708,3 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 12.593.988.

668,1 4.013.350.9

21,7 32%

3.412.594.485,7 85%

SALUD PÚBLICA E INTERVENCIONES COLECTIVAS

4.526.081.461,8

2.734.054.846,0

60%

1.491.806.035,0 55%

SALUD INFANTIL 466.200.917

,0 288.061.818

,5 62% 274.951.818,5 95%

SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

220.500.000,0

157.000.000,0

71% 20.094.915,0 13%

SALUD ORAL 95.800.000,

0 60.800.000,

0 63% 0,0 0%

SALUD MENTAL Y LESIONES VIOLENTAS EVITABLES

90.000.000,0

90.000.000,0

100% 31.000.000,0 34%

LAS ENFERMEDADES TRANSMISIBLES Y LAS ZOONOSIS

349.500.000,0

281.300.000,0

80% 102.500.000,0 36%

(ETV) SGP Y TRANSFERENCIAS NACIONALES

402.157.000,0

90.000.000,0

22% 17.000.000,0 19%

CAMPAÑAS DIRECTAS - PROMOCION Y CONTROL DE LAS ETV

159.018.839,0

151.123.216,0

95% 141.785.205,0 94%

ZOONOSIS 468.535.715

,2 301.635.715

,0 64% 57.500.000,0 19%

ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRANSMISIBLES

65.300.000,0

50.800.000,0

78% 25.500.000,0 50%

NUTRICIÓN 301.360.795

,0 261.360.000

,0 87% 10.000.000,0 4%

SEGURIDAD SANITARIA Y DEL AMBIENTE

423.900.000,0

346.500.000,0

82% 188.000.000,0 54%

SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES DE ORIGEN LABORAL

30.000.000,0

16.000.000,0

53% 11.000.000,0 69%

LA GESTIÓN PARA EL DESARROLLO OPERATIVO Y FUNCIONAL DEL PNSP

387.867.284,8

220.072.459,9

57% 220.072.459,9 100%

RECURSOS DEL BALANCE 1.028.199.8

05,2 419.401.636

,6 41% 392.401.636,6 94%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS

37.741.105,6 0,0 0% 0,0 0%

SUBCUENTA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD

29.709.168.553,4

11.562.859.262,8

39%

7.670.420.392,8 0%

PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PUBLICA

12.942.449.169,0

10.038.794.567,8

78%

6.159.516.442,8 61%

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PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PRIVADA

9.079.888.860,1

827.733.397,0 9% 814.572.652,0 98%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS

194.722.329,5 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 7.492.108.1

94,8 696.331.298

,0 9% 696.331.298,0 0%

GASTOS DE PERSONAL MEDICO

2.449.467.826,5

1.529.353.370,0

62%

1.223.482.696,0 80%

SGP - APORTES PATRONALES SSF

1.529.353.370,0

1.529.353.370,0

100%

1.223.482.696,0 80%

RECURSOS DEL BALANCE 920.114.456

,5 0,0 0% 0,0 0%

CANCELACION RESERVAS - PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIG EXPIRADAS

408.378.528,9

201.088.875,1

49% 93.514.696,1 47%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta HALLAZGO:

Para la vigencia 2012, persiste la baja ejecución de los recursos del Fondo Local de Salud, en su totalidad solo alcanzo un 74.67%, de los cuales la Subcuenta del Régimen Subsidiado solo comprometió un 83.28%, la fuente de menor compromiso fueron los rendimientos financieros con 0% compromiso, seguido de los recursos del Balance con un 31.87%. En la subcuenta de Salud Publica presenta un compromiso de solo un 59.33% de los cuales el menor compromiso lo tuvo el programa de ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTORES (ETV) SGP Y TRANSFERENCIAS NACIONALES con un 22.38% por ende los pagos en su totalidad en Salud Publica alcanzo un porcentaje de 66.65%. En la Subcuenta de Prestación de Servicios a la Población Pobre no Asegurada su total de compromiso alcanzo solo el 38.92% y su porcentaje sobre el pago de estos compromiso se observa en 0%. % se evidencia la mala planeación, coordinación y administración de los recursos, el distrito no cumple con los establecido en las siguientes normas LEY 715/01 Artículo 44- 44.1.2, 44.3.4 Resolución 3042/01 Artículo 3°. función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1. CONCLUSION: Los recursos del Fondo local para la vigencia 2012 no tuvieron una planeación, administración y control de su ejecución, colocando en una situación de riesgo a la población como se evidencia con la mala gestión del programa de ETV teniendo en cuenta que el Dengue genera muertes dentro de la población.

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Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Los recursos del Plan de Intervenciones colectivas “Salud Publica” no son asignados por Resoluciones, son asignados por CONPES SOCIALES recursos del Sistema General de Participaciones, por tanto la respuesta del Distrito no es coherente con el hallazgo. En cuanto a los recursos de la población pobre y vulnerable se evidencia que si el Distrito no celebro contrato, que la duda ¿A qué tarifas cobro la IPS? para la población que si alcanzo a prestarle los servicios. Ya que está comprobado que por evento las IPS tienen a cobrar pleno los servicios. POR LO ANTERIOR SE CONFIRMA EL HALLAZGO: Para la vigencia 2012, persiste la baja ejecución de los recursos del Fondo Local de Salud, en su totalidad solo alcanzo un 74.67%, de los cuales la Subcuenta del Régimen Subsidiado solo comprometió un 83.28%, la fuente de menor compromiso fueron los rendimientos financieros con 0% compromiso, seguido de los recursos del Balance con un 31.87%. En la subcuenta de Salud Publica presenta un compromiso de solo un 59.33% de los cuales el menor compromiso lo tuvo el programa de ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTORES (ETV) SGP Y TRANSFERENCIAS NACIONALES con un 22.38% por ende los pagos en su totalidad en Salud Publica alcanzo un porcentaje de 66.65%. En la Subcuenta de Prestación de Servicios a la Población Pobre no Asegurada su total de compromiso alcanzo solo el 38.92% y su porcentaje sobre el pago de estos compromiso se observa en 0%. % se evidencia la mala planeación, coordinación y administración de los recursos, el distrito no cumple con los

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establecido en las siguientes normas LEY 715/01 Artículo 44- 44.1.2, 44.3.4 Resolución 3042/01 Artículo 3°. función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1.

EJECUCION DE GASTO CORTE JUNIO 2013 Cifras en pesos $

CONCEPTO TOTAL

PPTADO

TOTAL COMPROMISO

S

% COMPROMETIDO

TOTAL PAGADO

% PAGA

DO

PRESUPUESTO DE GASTOS ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA

187.946.516.716,7

69.601.692.372,0 37%

56.619.865.631,6 81%

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 477.827.374,6 349.911.477,0 73% 30.421.823,6 9%

ADQUISICION DE BIENES 15.001.000,0 10.000.000,0 67% 4.461.329,6 0%

ADQUISICION DE SERVICIOS 15.002.000,0 7.335.494,0 49% 7.335.494,0 100%

OTROS SERVICIOS 113.998.000,0 109.500.000,0 96% 15.125.000,0 14%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 953.135,2 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 332.873.239,5 223.075.983,0 67% 3.500.000,0 2%

GASTOS DE INVERSION 312.295.905,2 98.000.002,0 31% 32.083.335,0 33%

DEL NIVEL MUNICIPAL Y/O DISTRITAL 256.000.000,0 98.000.002,0 38% 32.083.335,0 33%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 122.584,1 0,0 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 56.173.321,0 0,0 0% 0,0 0%

FONDO LOCAL DE SALUD 187.156.393.43

6,9 69.153.780.893

,0 37% 56.557.360.473

,0 82%

RÉGIMEN SUBSIDIADO 147.960.280.77

3,1 68.296.142.836

,0 46% 56.472.140.558

,0 83%

RECURSOS SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

39.262.576.318,0

20.486.939.587,0 52%

17.222.969.872,0 84%

RECURSOS FOSYGA 98.923.353.486

,9 47.809.203.249

,0 48% 39.249.170.686

,0 82%

ETESA 75% 300.000.000,0 0,0 0% 0,0 0%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 38.017.360,7 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 9.436.333.607,

5 0,0 0% 0,0 0%

SALUD PÚBLICA E INTERVENCIONES COLECTIVAS

5.534.717.623,6 857.638.057,0 15% 85.219.915,0 10%

SALUD INFANTIL 330.000.000,0 28.000.000,0 8% 0,0 0%

SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA 278.500.000,0 50.000.000,0 18% 0,0 0%

SALUD ORAL 124.000.000,0 28.000.000,0 23% 0,0 0%

SALUD MENTAL Y LESIONES VIOLENTAS EVITABLES 133.810.028,4 0,0 0% 0,0 0%

ENFERMEDADES TRANSMISIBLES (ETV - LEPRA - TBC) Y LAS ZOONOSIS

1.509.320.300,0 267.015.557,0 18% 73.844.915,0 28%

ENFERMEDADES CRÓNICAS NO TRASMISIBLES 80.516.042,6 30.000.000,0 37% 0,0 0%

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NUTRICIÓN 314.287.137,0 0,0 0% 0,0 0%

SEGURIDAD SANITARIA Y DEL AMBIENTE 514.000.000,0 213.500.000,0 42% 11.375.000,0 5%

SEGURIDAD EN EL TRABAJO Y LAS ENFERMEDADES DE ORIGEN LABORAL 35.000.000,0 0,0 0% 0,0 0%

GESTIÓN PARA EL DESARROLLO OPERATIVO Y FUNCIONAL DEL PLAN NACIONAL DE SALUD 265.377.092,0 151.900.000,0 57% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 1.937.732.622,

4 89.222.500,0 5% 0,0 0%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 12.174.401,2 0,0 0% 0,0 0%

SUBCUENTA PRESTACION DE SERVICIOS EN SALUD

31.848.128.191,1 0,0 0% 0,0 0%

PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PUBLICA

7.956.354.454,5 0,0 0% 0,0 0%

PROGRAMAS DE ATENCION POBLACION VINCULADA IPS PRIVADA

6.515.058.392,5 0,0 0% 0,0 0%

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 69.051.710,9 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 17.307.663.633

,2 0,0 0% 0,0 0%

GASTOS DE PERSONAL MEDICO 1.774.661.506,

5 0,0 0% 0,0 0%

SGP - APORTES PATRONALES SSF 854.547.050,0 0,0 0% 0,0 0%

RECURSOS DEL BALANCE 920.114.456,5 0,0 0% 0,0 0%

CONVENIOS 38.605.342,6 0,0 0% 0,0 0%

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO: 2013, En la ejecución de Gastos del Fondo Local de Salud se observa del total de su compromiso en 37.03% porcentaje muy bajo teniendo encuentra que el mitad vigencia y que debería estar en un 50% de compromiso; Se analiza el comportamiento del Régimen subsidiado no se comprometieron los recursos de ETESA se encuentra en 0%, se confronta con la matriz del Ministerio de la Protección Social anexo:

Fuente: Reporte Ministerio de Protección Social - Web Se evidencia que la matriz asigno para el Distrito SPG un total de $37.062.576.318 valor que no se refleja ni en el presupuesto definitivo ni en el compromiso de esta vigencia, el valor del FOSYGA corresponde a $96.249.534.049 suma de FOSYGA vigencia y PPNA, se evidencia un diferencia con el valor reportado en el presupuesto definitivo así como en el compromiso.

ULTIMA DOCEAVA

CONPES 158

ESTIMADO SISTEMA GENERAL

DE PARTICIPACIONES DE

RÉGIMEN SUBSIDIADO (11/12)

CONPES 160

RECURSOS ART 217

L100/93 ADMINISTRAN

DIRECTAMENTE LAS CCF

Y LEY 1438 DE 2011

ESTIMADO RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

MUNICIPIO -2013

TOTAL RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

DEPARTAMENTO - 2013

FOSYGA Y PGN ENERO-

DICIEMBRE 2013

4,551,187,379 32,511,388,939 2,550,667,927.00 - 95,358,260,903.11

RECURSOS ESTIMADOS POR FUENTE DE FINANCIACION PARA LA VIGENCIA ENERO-DICIEMBRE 2013

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En relación a los recursos propios (ETESA) la asignación fue de $2.550.667.927 existe diferencia entre este valor y el definitivo del Presupuesto de Ingresos y no realizo compromiso por este recurso lo que deja al Régimen Subsidiado en riesgo para cumplir con sus obligaciones ante la prestación de los Servicios. En la subcuenta de Salud Pública, en su totalidad comprometió a junio 2013 solo un 20.48% evidenciando un incumplimiento de la ejecución de los recursos. En la subcuenta de Prestación de Servicios de Salud, su compromiso se encuentra en 0% lo que indica que la población esta desprotegida para los servicios salud. el Distrito incumple con la norma: LEY 715/01 Artículo 44- 44.1.2, 44.3.4. 44.1.3 - 44.2- Resolución 3042/01 Artículo 3°. función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1. CONCLUSION: El distrito no realizo la incorporación de los valores asignados por la Matriz del Ministerio de la Protección Social al Fondo local, lo indica que el fondo se encuentra desfinanciado para la ejecución de la vigencia 2013, no se observa a este corte modificaciones para la incorporación completa de los recursos. Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada De acuerdo a la respuesta de la entidad se desvirtúa el hallazgo.

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3.1.1.4. Verificación y análisis integral de la estructura financiera de cada entidad territorial, el giro directo realizado por el Ministerio de salud y Protección Social de los Recursos correspondientes al Sistema General de Participaciones en su componente de subsidios a la demanda, salud pública y los demás recursos del Presupuesto General de la Nación, y los recursos propios para la financiación y cofinanciación del Régimen subsidiado.

GIRO DIRECTO Y PAGOS REALIZADOS AL REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2011

Cifras en pesos $

DESCRIPCION NOMBRE PAGOS

ETESA: Régimen Subsidiado

Continuidad CSF

COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS" 26.345.361,00

COOPERATIVA DE SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA ZONA SURORIENTAL LTDA COOSALUD

27.357.777,00

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 12.117.605,00

TOTAL

65.820.743,00

FOSYGA: Régimen Subsidiado

Continuidad SSF

ASOCIACIÓN DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA "DUSAKAWI EPSI" 300.560.106,76

ASOCIACION MUTUAL BARRIOS UNIDOS DEL QUIBDÓ ATLANTICO

1.473.257,63

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

1.154.655.002,64

CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO 1.418.049.838,96

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

3.887.302.117,12

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

1.089.777.123,66

COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS" 3.137.821.890,61

COOPERATIVA DE SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA ZONA SURORIENTAL LTDA COOSALUD

3.289.804.767,96

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 1.474.434.859,14

SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A. 742.933.873,96

TOTAL

16.496.812.838,44

SGP - Régimen Subsidiado -

Continuidad SSF

ASOCIACIÓN DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA "DUSAKAWI EPSI"

556.470.794,68

ASOCIACION MUTUAL BARRIOS UNIDOS DEL QUIBDÓ ATLANTICO

3.376.806,51

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

2.362.059.070,40

CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO 2.822.273.379,55

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

7.460.960.216,01

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

2.154.922.290,18

COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS" 6.077.416.707,12

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COOPERATIVA DE SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA ZONA SURORIENTAL LTDA COOSALUD

6.438.901.163,99

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 2.847.130.763,44

SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A. 1.602.900.697,39

TOTAL

32.326.411.889,27

SGP Propósito General - Régimen

Subsidiado - Continuidad CSF

ASOCIACIÓN DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA "DUSAKAWI EPSI"

19.529.851,57

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

115.125.534,19

CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO 98.925.253,80

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

381.625.267,52

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

75.554.707,83

COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS" 186.797.615,14

COOPERATIVA DE SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA ZONA SURORIENTAL LTDA COOSALUD

307.882.980,00

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 87.674.598,56

SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A. 51.707.757,17

TOTAL

1.324.823.565,78

Vigencia Anterior - FOSYGA: Régimen

Subsidiado Ampliación CSF

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

11.227.587,86

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

475.413.410,91

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

161.889.117,33

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 43.373.355,83

TOTAL

691.903.471,93

Vigencia Anterior - FOSYGA: Régimen

Subsidiado Continuidad CSF

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

73.866.428,61

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

512.328.234,56

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

731.540.893,52

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 359.489.347,86

TOTAL

1.677.224.904,55

Vigencia Anterior - FOSYGA: Régimen

Subsidiado Continuidad SSF

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 607.402.123,14

TOTAL

607.402.123,14

Vigencia Anterior - SGP - Régimen

Subsidiado -

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

23.169.696,07

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES

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Ampliación CSF "CAPRECOM" E.P.S. 71.496.635,65

COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

30.537.269,95

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 990.554,55

TOTAL

126.194.156,22

Vigencia Anterior - SGP - Régimen

Subsidiado - Continuidad CSF

ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

143.217.117,45

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

916.278,71

SALUDVIDA, S.A. E.P.S. 9.728.672,85

TOTAL 153.862.069,01

TOTAL PAGOS REGIMEN SUBSIDIADO 53.470.455.761,34

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta Para el cubrimiento del Régimen Subsidiado en la vigencia 2011, los pagos en su mayoría fueron efectuados por las fuentes de FOSYGA y SGP por un valor de $48.823.224.727,71 equivalente a un 91% del total de los pagos del régimen. Así mismo se puede observar que del total de los pagos efectuados CAPRECOM corresponde un 24%.

PAGOS REALIZADOS AL SALUD PUBLICA VIGENCIA 2011 Cifras en pesos $

PROGRAMA NOMBRE PAGOS

Enfermedades Crónicas No

Trasmisibles - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

7.000.000,00

TOTAL 7.000.000,00

Enfermedades Crónicas No

Trasmisibles - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

VIVES RIASCOS ERICA MARIA 20.000.000,00

TOTAL 20.000.000,00

Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV)

SGP - Prevención del

Riesgo

COTES DAZA ROSA BEATRIZ 7.000.000,00

LOPEZ FONTALVO CARMEN LETICIA 13.000.000,00

LOPEZ BANDERA MARCELINO ANTONIO 14.000.000,00

TOTAL 34.000.000,00

Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV) SGP - Vigilancia

BRITO GARZON MARTA ELENA 14.000.000,00

HERNANDEZ IMBRECH LUIS ALCIDES 14.000.000,00

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en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento

MARTINEZ ORTA WALFRAN ENRIQUE 14.000.000,00

SOLANO RUIZ ULISES MANUEL 3.800.000,00

TOTAL 45.800.000,00

ETV. Contribuciones Inherentes a la

Nómina (Campañas

Directas) Prevención del

Riesgo

SECRETARÍA DE HACIENDA DISTRITAL 34.086.415,80

TOTAL 34.086.415,80

ETV. Gastos Generales

(Gastos de Viaje y Viáticos

(Campañas Directas)

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento

OSORIO SANCHEZ JUAN FERNANDO 1.155.825,00

TOTAL 1.155.825,00

ETV. Inversión (Gastos

Operativos (Campañas

Directas)

BIG PASS S.A. 15.000.000,00

CASTILLA HENRY EDUARDO 20.000.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

7.000.000,00

TOTAL 42.000.000,00

ETV. Servicios Personales

Asociados a la Nómina

(Campañas Directas)

Prevención del Riesgo

CRISALLTEX S.A. 4.723.179,80

SECRETARÍA DE HACIENDA DISTRITAL 102.746.203,20

TOTAL 107.469.383,00

Gestión SGP

AMADOR OROZCO BIVIANA 1.813.920,00

ANTOLINEZ MANJARRES SILVANA ANDREA 22.000.000,00

ARDILA ALFONSO JORGE 30.000.000,00

ARIZA CAMPO KATIUSKA DE JESUS 7.000.000,00

CODINA GONZALEZ GERARDO YASMET 35.000.000,00

DE LA ROSA PACHECO BELIA REBECA 41.331.548,00

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DELUQUE PERNET CAROLINA DEL PILAR 20.000.000,00

DIAZ GRANADOS ARNEDO ADRIAN ALEXANDER 5.400.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

17.500.000,00

FUENTES MARTINEZ JOSE FRANCISCO 15.000.000,00

GIRALDO AGAMEZ ALVARO DE JESUS 9.997.143,00

GRANADOS MORA ANTONHY XAVIER 9.400.000,00

GUTIERREZ ROJAS YEISON ANDRES 2.625.301,00

JIMENEZ OVALLE LUZ MARINA 18.911.567,00

JULIO BERDUGO JOSE ANTONIO 4.200.000,00

MARTINEZ OROZCO ALEXANDRA ISABEL 18.000.000,00

MUÑOZ OSORIO JOHANNA MARGARITA 22.000.000,00

OROZCO BARROS KEILA ALEXANDRA 22.000.000,00

PACHECO BECERRA JOSE YAMIL 17.600.000,00

PONCE GUIDO PATRICIA INES 1.934.334,00

RIPOLL VAN-LEENDEN MAGOLA ESTHER 52.382.984,00

ROMERO VALDERRAMA GABRIEL GUSTAVO 11.000.000,00

TOLEDO REYNA ANSELMO ANTONIO 7.200.000,00

TORRES GAMEZ ARELIS 1.747.830,00

TORRES VELASQUEZ HAROLD REYES 18.500.000,00

VELEZ MARTINEZ ANDRES ALBERTO 25.000.000,00

TOTAL 437.544.627,00

Lepra SGP - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

37.000.000,00

TOTAL 37.000.000,00

Lepra SGP - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

16.100.000,00

TOTAL 16.100.000,00

Lepra SGP - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

AMAYA OVALLE RAMIRO ALBERTO 12.500.000,00

CALLEJAS MENDOZA MARCELA BEATRIZ 12.500.000,00

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Conocimiento EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

3.500.000,00

TOTAL 28.500.000,00

Lepra Transferencia

Nacional - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

17.000.000,00

TOTAL 17.000.000,00

Nutrición - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

42.000.000,00

ORTIZ SUAREZ EMPERATRIZ ELENA 15.000.000,00

TORRES GAMEZ ARELIS 27.000.000,00

TOTAL 84.000.000,00

Nutrición - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

38.150.000,00

TOTAL 38.150.000,00

Nutrición - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

ANDRADE CONTRERAS ISABEL EMILIA 24.000.000,00

TOTAL 24.000.000,00

Salud Infantil - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

254.000.000,00

TOTAL 254.000.000,00

Salud Infantil - Prevención del

Riesgo (Res.00004183-20 Sept. 2011)

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

75.000.000,00

TOTAL 75.000.000,00

Salud Infantil - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

35.000.000,00

TOTAL 35.000.000,00

Salud Infantil - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

2.800.000,00

VARGAS TEJEDA ROSSANA PATRICIA 25.000.000,00

TOTAL 27.800.000,00

Salud Mental y DE LA HOZ CARO JOHANIS SOFIA

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las Lesiones Evitables -

Prevención del Riesgo

22.000.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

2.100.000,00

TOTAL 24.100.000,00

Salud Mental y las Lesiones Evitables -

Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

36.400.000,00

TOTAL 36.400.000,00

Salud Mental y las Lesiones Evitables -

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento

PORTILLO VIANA DAYANA DEL PILAR 30.000.000,00

TOTAL 30.000.000,00

Salud Oral - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

7.000.000,00

TOTAL 7.000.000,00

Salud Oral - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

21.000.000,00

MENDOZA MENDOZA MEYRA ESTHER 20.800.000,00

TOTAL 41.800.000,00

Salud Oral - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

VALENCIA SOLANO SANTIAGO JOSE 38.500.000,00

TOTAL 38.500.000,00

Salud Sexual y Reproductiva -

Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

34.300.000,00

TOTAL 34.300.000,00

Salud Sexual y Reproductiva - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

BARROS CERCHAR SANDRA JUDITH 18.000.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

700.000,00

ESCORCIA SANABRIA FANNY FARIDES 22.000.000,00

MOZO GUERRERO NINI ARLET 22.000.000,00

TEJEDA URBINA ANA GRACE 4.400.000,00

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TOTAL 67.100.000,00

Seguridad en el Trabajo y las

Enfermedades de Origen Laboral -

Prevención del Riesgo

MARTINEZ MONTES LUIS MIGUEL 25.000.000,00

TOTAL 25.000.000,00

Seguridad Sanitaria y del

Ambiente - Prevención del

Riesgo

COTES BRITO PEDRO LUIS 7.000.000,00

GUTIERREZ BOTO DANIA PATRICIA 3.000.000,00

MENDRIZ VASQUEZ JOSE IGNACIO 8.500.000,00

OLIVEROS MACHADO ALFONSO 6.000.000,00

POLO CORTES ELVIDA BEATRIZ 7.000.000,00

SALAS PEREZ GRECY MARGARITA 15.000.000,00

SOLANO RUIZ ULISES MANUEL 6.000.000,00

TOTAL 52.500.000,00

Seguridad Sanitaria y del

Ambiente - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

9.800.000,00

TOTAL 9.800.000,00

Seguridad Sanitaria y del

Ambiente - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

AGUDELO RODRIGUEZ JOSE RAFAEL 18.000.000,00

ALVARADO GALVAN NIZA MARIA 13.000.000,00

BARROS SOSSA JOSE LUIS 18.000.000,00

CAMPO HEREDIA ANTALCIDES ALFONSO 13.000.000,00

CONSUEGRA HERNANDEZ JENNIFER 22.000.000,00

COTES BRITO PEDRO LUIS 4.200.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

30.100.000,00

ESCOBAR BOVEA OMAIRA CECILIA 3.800.000,00

FERNANDEZ ACOSTA ENRIQUE JOSE 13.000.000,00

GOMEZ NAVARRO ANGELICA PATRICIA 22.000.000,00

GUTIERREZ ROJAS YEISON ANDRES 24.000.000,00

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HERNANDEZ POLO RAUL EMILIO 15.000.000,00

JIMENEZ RODRIGUEZ ROSARIO DEL CARMEN 17.600.000,00

JULIO GOMEZ OLIVIA 14.000.000,00

LOPEZ LOPEZ LUIS RAMON 22.000.000,00

LORA GUTIERREZ JUAN ALBERTO 22.000.000,00

MANJARRES PADILLA YULI MILETH 13.000.000,00

MANJARRES SILVA GUILLERMO DE JESUS 12.500.000,00

MANJARREZ PINZON FLORALBA 18.000.000,00

MARTINEZ IGUARAN ALEXANDER 14.000.000,00

MENDEZ MARTINEZ YERLY 10.400.000,00

MEZA HERNANDEZ HENRY ALBERTO 15.000.000,00

RAMOS MANJARRES TEODOSIA 6.800.000,00

VARGAS PALACIOS DAGOBERTO 24.000.000,00

VELASQUEZ MOZO MARIO CAMILO 15.000.000,00

VILORIA NAVARRO OMER JOSE 13.000.000,00

TOTAL 413.400.000,00

TBC SGP - Prevención del

Riesgo

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

12.000.000,00

TOTAL 12.000.000,00

TBC SGP - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

9.800.000,00

TOTAL 9.800.000,00

TBC SGP - Vigilancia en

SAlud Pública y Gestión del

Conocimiento

ALMANZA HURTADO DELFILIA RAQUEL 12.500.000,00

AMAYA OVALLE RAMIRO ALBERTO 12.500.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

3.500.000,00

TOTAL 28.500.000,00

TBC Transferencia

Nacional - Prevención del

Riesgo

ACOSTA MALDONADO LESLY GICELA 12.500.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

46.000.000,00

ESCOBAR PEREZ ANA LORENA 6.500.000,00

GARCES QUINTERO GLORIA AMPARO

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6.500.000,00

REMON LORA GISELA MARGARITA 12.500.000,00

TOTAL 84.000.000,00

Vigencia Anterior -

Enfermedades Transmitidas por Vectores (ETV) -

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento - Res 5461/2010

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

14.000.000,00

TOTAL 14.000.000,00

Vigencia Anterior - Seguridad

Sanitaria y del Ambiente -

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

22.064.546,00

TOTAL 22.064.546,00

Vigencia Anterior - Seguridad

Sanitaria y del Ambiente -

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento - Res 2870/2010

BARROS PATERNOSTRO RICARDO 15.000.000,00

DAVID LEDESMA EDWIS DE JESUS 15.000.000,00

DEL PORTILLO MOZO ADOLFO GREGORIO 27.000.000,00

MUÑOZ PRADA ANA MARIA 22.000.000,00

PEREA DE LA ROSA JUANA ISABEL 15.000.000,00

TOTAL 94.000.000,00

Vigencia Anterior - Seguridad

Sanitaria y del Ambiente -

Vigilancia en Salud Pública y

Gestión del Conocimiento - Res 5237/2010

AMADOR OROZCO BIVIANA 30.000.000,00

BARROS GULFO YOLIMA ESTHER 7.500.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

77.350.000,00

GARCIA GALEZO KELLY 30.000.000,00

GOVEA MALDONADO IVAN DAVID 15.000.000,00

LACOUTURE CORREA JOHANNA JUDITH 8.200.000,00

PAREDES ACEVEDO LIZETH 23.000.000,00

SEPULVEDA COTES CLAUDIA PATRICIA 13.200.000,00

ZAMBRANO BELEÑO MIRIAM PATRICIA 25.000.000,00

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TOTAL 229.250.000,00

Vigencia Anterior -

Zoonosis - Prevención del

Riesgo

COHEN BERMUDEZ ENRIQUE JOSE 14.000.000,00

COTES BARRIOS ALVARO RAFAEL 14.000.000,00

PARDO CODINA ANTONIO WILLIAM 14.000.000,00

SEGRERA GARCIA RENE JOSE 14.000.000,00

SERVICIOS INTEGRALES DE SALUD DEL MAGDALENA S.A.S. "S.I.S.M.S"

130.000.000,00

TOTAL 186.000.000,00

Zoonosis - Promoción de la Salud y Calidad

de Vida

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

3.500.000,00

TOTAL 3.500.000,00

Zoonosis - Vigilancia en

Salud Pública y Gestión del

Conocimiento

BALAGUERA PEÑARANDA ALFONSO 14.000.000,00

DIAZGRANADOS AMARIS HERNANDO JOSE 26.000.000,00

LEMUS TORO ISRAEL ANTONIO 14.000.000,00

LOPEZ VERGARA MANUEL EDURDO 14.000.000,00

NORIEGA POLO ALEXANDER JOSUE 14.000.000,00

RODRIGUEZ DIAZ ELFRED DE JESUS 14.000.000,00

SANCHEZ MANJARREZ FARID EMIRO 14.000.000,00

TOTAL 110.000.000,00

TOTAL PAGOS SALUD PUBLICA 2.938.620.796,80

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Para el cubrimiento de Salud Pública en la vigencia 2011, los pagos en su mayoría fueron efectuados para el cubrimiento de los programas de Salud Infantil, ETV, Nutrición, Salud Mental y Salud Oral por un valor de $ 1.840.211.697 equivalente a un 63% del total de los pagos de la subcuenta.

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PAGOS A PRESTACION DE SERVICIOS POBLACION POBRE NO ASEGURADA VIGENCIA 2011.

Cifras en pesos $

DESCRIPCION NOMBRE PAGOS

ETESA (75%) - Nivel III - IV (Alto Costo)

FUNDACION OFTALMOLOGICA DEL CARIBE 61.500.000,00

TOTAL 61.500.000,00

FOSYGA: Prestación de Servicios a la PPNA y

No POS (Res. 00005441-23 dic.2010)

SSF

SOCIEDAD MEDICA DE SANTA MARTA LTDA - SOMESA 410.459.000,00

TOTAL 410.459.000,00

FOSYGA: Prestación de Servicios a la PPNA y

No POS (Res.00002675-06 de

julio 2011)SSF

CLINICA BENEDICTO S.A. 837.344.713,00

CLINICA LA MILAGROSA S.A. 688.193.361,00

SOCIEDAD MEDICA DE SANTA MARTA LTDA - SOMESA 173.703.053,00

UNIDAD GASTROQUIRURGICA LTDA 25.304.099,00

UNIDAD RENAL DEL MAGDALENA, LIMITADA 100.835.738,00

TOTAL 1.825.380.964,00

SGP - Nivel I - 41% EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND 1.113.735.806,56

TOTAL 1.113.735.806,56

SGP - Nivel II EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

500.000.000,00

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

1.000.000.000,00

TOTAL 1.500.000.000,00

SGP - Nivel III - IV (Alto Costo)

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

2.933.982.192,44

TOTAL 2.933.982.192,44

Vigencia Anterior - ETESA (75%) - Nivel III -

IV (Alto Costo) OXIMED LTDA.

66.630.800,00

TOTAL 66.630.800,00

Vigencia Anterior - Programa de Desarrollo de la Salud-Emergencia y Desastre (Of. 366593)

DISTRUMEDICA S.A. 44.798.544,00

TOTAL 44.798.544,00

Vigencia Anterior - SGP - Nivel III - IV (Alto

Costo)

INSTITUTO DE ORTOPEDIA INFANTIL "ROOSEVELT" 115.000.000,00

INSTITUTO NEUROPSIQUIATRICO NUESTRA SEÑORA DEL CARMEN "INSECAR"

400.000.000,00

TOTAL 515.000.000,00

TOTAL SUBCUENTA PRESTACION DE SERVICIOS 8.471.487.307,00

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

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NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA Bancolombia

TITULAR Distrito de Santa Marta

NIT 891,780,009

TIPO Ahorros

NUMERO DE LA CUENTA 516-412121-41

DENOMINACION

SGP - SALUD PUBLICA COLECTIVA DTCH DE STA

MTAFECHA DE APERTURA 22 DE Abril de 2008

SUBCUENTA SGP - SALUD PUBLICA

DATOS GENERALES DE LA CUENTA

NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA Bancolombia

TITULAR Distrito de Santa Marta

NIT 891,780,009

TIPO Ahorros

NUMERO DE LA CUENTA 516-412105-99

DENOMINACION SGP REG SUBSID DE SALU-DTCH DE SANTA MARTA

FECHA DE APERTURA 22 DE Abril de 2008

SUBCUENTA REGIMEN SUBSIDIADO

DATOS GENERALES DE LA CUENTA

Para el cubrimiento de la subcuenta Prestación de Servicios en la vigencia 2011, los pagos fueron efectuados por las fuentes de FOSYGA y SGP por un valor de $ 8.365.188.763 equivalente a un 99% del total. Así mismo se puede observar que del total de los pagos efectuados, la ESE Hospital Universitario Fernando Troconis corresponde un 35% siendo este el más representativo. Para las vigencias 2012 y 2013 el comportamiento de los pagos fue similar al del 2011. Es importante aclarar que al verificar los conceptos por los cuales se había efectuado pagos, se evidenció que el Distrito hace su proyección presupuestal de compromisos con rubros de vigencias anteriores, que por su naturaleza son conocidas como vigencias expiradas, las cuales deben estar clasificadas en largo, mediano y corto plazo, para ser cubiertas. 3.1.1.5 Verificación y evaluación frente a las cuentas maestras, comprobar que estén creadas y cumplan con la normatividad vigente. El distrito de Santa Marta Tiene creada las siguientes cuentas bancarias para manejo de los Recursos del Fondo Local de Salud.

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA Bancolombia

TITULAR Distrito de Santa Marta

NIT 891,780,009

TIPO Ahorros

NUMERO DE LA CUENTA 516-637538-71

DENOMINACION DTCH SANTA MARTA SALUD -ETESA

FECHA DE APERTURA 27 de Octubre de 2010

SUBCUENTA ETESA

DATOS GENERALES DE LA CUENTA

NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA Bancolombia

TITULAR Distrito de Santa Marta

NIT 891,780,009

TIPO Ahorros

NUMERO DE LA CUENTA 516-651034-75

DENOMINACION OTROS GASTOS EN SALUD INVERSION

FECHA DE APERTURA 16 de diciembre de 2010

SUBCUENTA OTROS GASTOS EN SALUD

DATOS GENERALES DE LA CUENTA

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NOMBRE DE LA ENTIDAD FINANCIERA Bancolombia

TITULAR Distrito de Santa Marta

NIT 891,780,009

TIPO Ahorros

NUMERO DE LA CUENTA 516-412113-74

DENOMINACION SGP - PCISN SVIC DE LA SALUD NO CUBIERTO

FECHA DE APERTURA 22 DE Abril de 2008

DATOS GENERALES DE LA CUENTA

SUBCUENTA SGP - PRESTACION DE SERVICIOS

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Convenios bancarios Cuentas Maestras Fondo Local de Salud: Al verificar la información suministrada por la Secretaria de Salud acerca de los Convenios suscritos entre la entidad financiera y el Distrito de Santa Marta donde se encuentran abiertas las cuentas maestras que reglamenta la Resolución 3042 del año 2007; se pudo constatar que existe un convenio de mayo de 2008 donde las partes firmantes acuerdan el modo de empleo de las cuentas Maestras de Régimen Subsidiado de Salud, Salud Pública Colectiva y Prestación de Servicios de Salud en lo Cubierto con Subsidios a la demanda. No fue presentado el convenio firmado entre las partes de la cuenta de Otros Gastos en Salud, incumpliendo lo estipulado en la Resolución 3042 de 2007 Articulo 16. Formulario de Beneficiarios: El Distrito de Santa Marta hace periódicamente y constantemente la inscripción de los beneficiarios de cada cuenta maestra. La secretaria de Hacienda del distrito aclara que no hace el retiro de los beneficiaros de las cuentas maestras toda vez que sustenta que estos mismo pueden ser contratados más adelante por la alcaldía distrital. HALLAZGO: Para las cuentas maestras de Régimen Subsidiado de Salud, Salud Pública Colectiva y Prestación de Servicios de Salud en lo Cubierto con Subsidios a la demanda fue solicitada su inscripción ante el Ministerio de Protección Social el 28 de Mayo de 2008, la inscripción resalta los datos básicos de la entidad financiera, en la cual se encuentran abiertas las cuentas maestras, los datos de la entidad territorial y los datos de la cuenta bancaria. Pese a que enviaron las solicitudes de inscripción ante el Ministerio de Protección, no fue suministrado por parte del Distrito de Santa Marta a la presente auditoria, los oficios o cartas de aceptación del ministerio, donde se acepta el registro de estas cuentas. El Distrito incumple con el artículo 3 función 9. Artículo 4, articulo 24 Resolución 30/42. CONCLUSION EL Distrito de Santa Marta no ha realizado la inscripción de las cuentas maestras bancarias correspondientes a los recursos que recibe con respecto al Fondo local de Salud.

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Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada El Distrito de Santa Marta hace entrega de la información correspondiente a la aceptación de la inscripción de las cuentas maestras por parte del Ministerio de Protección Social, entrega como soporte al hallazgo el Oficio 1606 del 28 de Abril de 2008 emitido por Rosa María Laborde Calderón – Secretaria General – Grupo de Presupuesto del Ministerio de Protección Social. Por lo anterior se desvirtúa el hallazgo. HALLAZGO No fue presentado el convenio firmado entre las partes de la cuenta de Otros Gastos en Salud, incumpliendo lo estipulado en la Resolución 3042 de 2007 Articulo 16. CONCLUSION La entidad no lleva un control adecuado de la cuenta maestra de Otros Gastos en Salud, ya que no se evidencio el convenio firmado con la entidad bancaria que garantice el pago de intereses y la exoneración de gravámenes financieros. Descargos de la entidad auditada

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Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada El Distrito hace entrega nuevamente de los convenios que fueron suscritos con las entidades financieras para las cuentas maestras de Régimen Subsidiado de Salud, Salud Pública Colectiva y Prestación de Servicios de Salud en lo Cubierto con Subsidios a la demanda, pero nuevamente no hacen entrega del convenio para la cuenta de Otros Gastos en Salud. Por lo anterior se ratifica el hallazgo: No fue presentado el convenio firmado entre las partes de la cuenta de Otros Gastos en Salud, incumpliendo lo estipulado en la Resolución 3042 de 2007 Articulo 16. Conciliaciones Bancarias Las conciliaciones bancarias tienen como objetivo confrontar y conciliar los valores que el Distrito tiene registrados, en la cuenta de ahorros, con los valores que el banco suministra por medio del extracto bancario. Cuando se realiza la confrontación y verificación de saldos por lo general, el saldo del extracto bancario no coincide con el saldo que la alcaldía tiene en sus libros auxiliares, por lo que es preciso identificar las diferencias y las causas por las que esos valores no coinciden. El anterior proceso se debe realizar mensualmente con cada una de las cuentas maestras del fondo local de salud con el propósito de generar información contable con las características de confiabilidad, comprensibilidad y relevancia, en procura de lograr la gestión eficiente, transparencia, control de los recursos públicos y rendición de cuentas, como propósitos del Sistema de Nacional de Contabilidad Pública. Las conciliaciones bancarias presentadas por la Secretaría de Hacienda del Distrito de Santa Marta no reflejan el adecuado seguimiento a las transacciones bancarias registradas en libros y expuestas en los extractos bancarios el cual debe estar sustentado por los procedimientos contables establecidos a nivel interno de la alcaldía con el fin de darle control a las cuentas maestras bajo los lineamientos de los principios de eficiencia y eficacia. Lo anterior se expone debido que al verificar la información contenida en las conciliaciones bancarias suministradas por la Secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta, de los periodos 2011, 2012 y junio de 2013, no existen partidas conciliatorias en las cuentas de Régimen subsidiado y la cuenta de prestación de servicios en algunos periodos. HALLAZGO: La Secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta no realiza el proceso de control y verificación de las cuentas bancarias del fondo local de salud, por medio del procedimiento de conciliación bancaria de forma periódica y continua, dejando de lado un sistema de gestión de calidad continua o un plan estratégico en políticas de calidad y manejo de la información financiera. Incumple Resolución 357 del 23 de Julio de 2008 - Por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación, Procedimiento para la implementación y evaluación Del control interno contable, 1. Aspectos introductorios, Inciso 1.2 Objetivos del

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control interno contable, literales a, b, c, e, f, g, q. 2. Aspectos conceptuales relacionados con el proceso contable, Inciso 2.1. Etapas y actividades del proceso contable, numerales 2.1.1 y 2.1.2. CONCLUSION: Al no realizar las conciliaciones bancarias no permite a la entidad identificar porque conceptos realizan pagos y por ende saber que ingresos reciben. permitiendo clasificar los recursos. del Fondo local. Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada La Secretaria de Hacienda sustenta, que realiza las conciliaciones bancarias, según los procedimientos que establecen las normas, así mismo confirma que entrego las conciliaciones de las vigencias 2011, 2012 y a junio de 2013, situación que se confronta con el Acta de Cierre de la visita de vigilancia, control e inspección que efectuó la Superintendencia Nacional de Salud. Una vez revisada la información se logró evidenciar que están en blanco las conciliaciones, situación que es un poco extraña, ya que como lo estipula la Resolución 3042 de 2007, las cuentas maestras deben generar intereses a favor de la secretaria de salud. Estos intereses son impredecibles porque solo los otorga el banco en cumplimiento de sus funciones.

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Los intereses que generan las cuentas deben aparecer en la conciliación bancaria, ya que solo se evidencian con el reporte que emite la entidad financiera. Si el Distrito trabaja bajo otro procedimiento, y puede establecer antes del cierre contable mensual los intereses que han producido las cuentas, éste no se puede verificar ya que no fue suministrado a la presente auditoria. Por lo anterior, se confirma el hallazgo: La Secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta no realiza el proceso de control y verificación de las cuentas bancarias del fondo local de salud, por medio del procedimiento de conciliación bancaria de forma periódica y continua, dejando de lado un sistema de gestión de calidad continua o un plan estratégico en políticas de calidad y manejo de la información financiera. Incumple Resolución 357 del 23 de Julio de 2008 - Por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación, Procedimiento para la implementación y evaluación Del control interno contable, 1. Aspectos introductorios, Inciso 1.2 Objetivos del control interno contable, literales a, b, c, e, f, g, q. 2. Aspectos conceptuales relacionados con el proceso contable, Inciso 2.1. Etapas y actividades del proceso contable, numerales 2.1.1 y 2.1.2. 3.1.1.6. Análisis y de los movimientos de la cuenta maestra del régimen subsidiado, los giros directos, estableciendo el valor por cada fuente que compone el saldo de las cuentas maestras 2011, 2012, primer trimestre 2013. y en general los demás aspectos que definan el manejo de los recursos del Régimen Subsidiado.

CUADRO No. RELACION CUENTAS ABIERTAS VIGENCIA 2011

Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD

ENERO 1 A 31 DE DICIEMBRE DE 2011

CUANTA BANCARIA SALDO INICIAL

RECAUDO

S PAGOS SALDO FINAL

Bancolombia 516-41210599 Régimen Subsidiado De Salud

8.205.591.935,41

457.466.005,81

431.324.199,29

8.231.733.741,93

Bancolombia 516-4212141 SGP Salud Publica Colectivo

2.652.556.887,94

447.856.398,78

1.782.106.393,74

1.318.306.892,98

Bancolombia 516-421211374 SGP Prestaci. Sev. En Lo No Cubierto Con Sub. A La Dem

8.085.144.001,48

1.614.320.955,83

2.822.100.568,50

6.877.364.388,81

Bancolombia 516-63753871 ETESA-Inversión Sector Salud

2.358.787.663,83

292.513.691,03

207.231.481,60

2.444.069.873,26

Bancolombia 516-651034-75 Atención integral a la senitud - Otros Gastos en Salud

53.661.254,88 58.914,43 0,00

53.720.169,31

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

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Se observa que en la cuenta del Régimen subsidiado existe al iniciar el periodo del 2011, comienza con un valor de $8.205.591.935, valor que se relaciona con el rubro de recursos del balance y que confirma que el distrito no realiza una administración de los recursos del Fondo local de Salud.

RELACIÓN CUENTAS NO CERTIFICADAS ABIERTAS VIGENCIA 2011 Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD - NO CERTIFICADAS

ENERO 1 A 31 DE DICIEMBRE DE 2011

CUANTA BANCARIA SALDO INICIAL

RECAU

DOS PAGOS SALDO FINAL

Bco Colmena 215-00074623 Sgp Salud 21.719.409,

80 0,00 0,00 21.719.40

9,80

Bancolombia 516-451188-41 Subcuenta Salud Publica Colectiva

5.286.270,75

2.768.184,18

5.518.185,99

2.536.268,94

Bco Colpatria 72420-84416 Etesa 59.768.136,

48 102.990,

49 7.204,64 59.863.92

2,33

Bco Colpatria 72420-84963 Regimen Subsidiado 816.992,19 67,21 0,00

817.059,40

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Estas cuentas el distrito de Santa Marta las Tiene abiertas y se encuentran unos recursos al parecer del Fondo local de salud, se observa que dos de estas cuentas se tuvieron movimiento de recaudo y pagos lo que indica que la Secretaria de Salud realiza uso de estas, es necesario que el Distrito realice el cierre de estas cuentas y traslade estos recursos según los recursos a las cuentas maestras para mejor seguimiento y control.

RELACIÓN CUENTAS ABIERTAS VIGENCIA 2012 Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD

ENERO 1 A 31 DE DICIEMBRE DE 2012

CUENTA BANCARIA SALDO INICIAL RECAUDOS PAGOS SALDO FINAL

Bancolombia 516-41210599 Régimen Subsidiado De Salud 9.081.621.701,75 717.450.712,69 0,00

9.799.072.414,44

Bancolombia 516-4212141 Sgp Salud Publica Colectivo 3.449.930.915,82 646.812.541,33

1.060.988.492,00

3.035.754.965,15

Bancolombia 516-421211374 Sgp Prestaci. Sev. En Lo No Cubierto Con Sub. A La Dem

14.290.602.332,48

2.185.369.203,09 767.112.496,00

15.708.859.039,57

Bancolombia 516-63753871 ETESA-Inversión Sector Salud 3.207.264.101,98 122.960.057,70

2.076.341.255,57

1.253.882.904,11

Bancolombia 516-651034-75 Atención integral a la senitud - Otros Gastos 40.287.755,90 150.010,03 115.950,33 40.321.815,60

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Se observa que la cuenta de Régimen subsidiado y que se supone está destinada para realizar los giros de los pagos de las EPSS, no tuvo ningún movimiento que demuestre que las obligaciones de los LMA se hayan cancelado por esta cuenta.

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RELACIÓN CUENTAS NO CERTIFICADAS ABIERTAS VIGENCIA 2012 Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD - NO CERTIFICADAS

ENERO 1 A 31 DE DICIEMBRE DE 2012

CUENTA BANCARIA SALDO INICIAL RECAUDOS PAGOS

SALDO FINAL

Bco Colmena 215-00074623 Sgp Salud 21.719.409,80 0,00 0,00 21.719.409,8

0

Bancolombia 516-451188-41 Subcuenta Salud Publica Colectiva 3.957.925,11 3.733.868,56 3.787.140,99 3.904.652,68

Bco Colpatria 72420-84416 Etesa 60.172.826,36 39.093,39 32.224,99 60.179.694,7

6

Bco Colpatria 72420-84963 Regimen Subsidiado 817.576,46 26,96 0,00 817.603,42

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

Se observa que la cuenta no identificada como maestra y que tiene el nombre de salud pública sigue en movimiento, utilizan las dos cuentas para el manejo de los recursos, situación que no se debe presentar, no cumple con los requerimientos para la administración y seguimiento, operación de los recursos de salud.

RELACION CUENTAS ABIERTAS A JUNIO 2013

Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD

ENERO 1 A 30 DE JUNIO DE 2013

CUENTA BANCARIA SALDO INICIAL RECAUDOS PAGOS SALDO FINAL

Bancolombia 516-41210599 Régimen Subsidiado De Salud 9.605.929.282,75 939.994.510,62 850.893.118,00 9.695.030.675,37

Bancolombia 516-4212141 Sgp Salud Publica Colectivo 3.582.308.219,21 378.807.144,23 36.008.742,00 3.925.106.621,44

Bancolombia 516-421211374 Sgp Prestaci. Sev. En Lo No Cubierto Con Sub. A La Dem 21.304.572.307,27 951.178.944,84 26.780.892,42 22.228.970.359,69

Bancolombia 516-63753871 ETESA-Inversión Sector Salud 948.442.875,02 130.439.543,80 21.769.519,80 1.057.112.899,02

Bancolombia 516-651034-75 Atención integral a la senitud - Otros Gastos 129.236.502,92 1.031.688.674,90 895.617.160,00 265.308.017,82

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

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RELACION CUENTAS NO CERTIFICADAS ABIERTAS A JUNIO 2013 Cifras en pesos $

DETALLE CUENTAS BANCARIAS FONDO LOCAL DE SALUD - NO CERTIFICADAS

ENERO 1 A 30 DE JUNIO DE 2013

CUENTA BANCARIA SALDO INICIAL RECAUDOS PAGOS SALDO FINAL

Bco Colmena 215-00074623 Sgp Salud 21.719.409,80 0,00 0,00 21.719.409,8

0

Bancolombia 516-451188-41 Subcuenta Salud Publica Colectiva 4.215.724,35 3.920.797,00 4.436.959,99 3.699.561,36

Bco Colpatria 72420-84416 Etesa 60.223.593,79 2.403,77 314,52 60.225.683,0

4

Bco Colpatria 72420-84963 Regimen Subsidiado 817.631,24 0,00 0,00 817.631,24

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta HALLAZGO: Para la vigencia 2011-2012, corte junio 2013, Al verificar la información suministrada por el sistema acerca de las cuentas bancarias abiertas con saldos y movimientos para estas vigencias, se pudo evidenciar que existen 4 cuentas bancarias nombradas como cuentas maestras y que no fueron certificadas por parte de la Secretaria de Hacienda. Del Distrito de Santa Marta. Así mismo se evidencio que la cuenta de salud pública realizan pagos con cheque a favor de LESLY ACOSTA MALDONADO - OP 8928 por valor de $322.750, según conciliación bancaria mes noviembre de 2011, cuenta de ahorro 516-412-12141, El distrito solo debe tener las cuentas abiertas registradas ante el ministerio en excepción la cuenta de Etesa que lo permite la Resolución 4204/08, por tanto no cumple con la siguiente normatividad Ley 1122 de 2007, Resolución 3042 de 2007 articulo 4 y Decreto 4693 de 2007. CONCUSION: El distrito de Santa Marta tiene otras cuentas abiertas que no cumplen con la normatividad según la estructura solo debe existir una cuenta presupuestal para el ingreso de los recursos para mayor seguimiento, así como se observa que durante el 2011 se efectuaba la modalidad de pago con cheque cuando la norma no prohíbe desde el 2007 Descargos de la entidad auditada

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Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada El Distrito explica que el término de “Cheques sin Cobrar”, corresponde a un ítem que usan para contabilizar y determinar las partidas que no han sido identificadas al comparar la información de los libros contables con la del extracto bancario. Al existir partidas conciliatorias sin identificar la entidad debe proceder a contabilizarlas pero con otros términos, ya que al tratarse de un fondo con recursos de destinación específica las cuentas deben estar creadas como cuentas de ahorro, las cuales no deben permitir ni por política y manejo el giro de cheques. En el momento de efectuar las conciliaciones bancarias, Hacienda debe tener claro el concepto por el cual se efectuaron movimientos de los recursos en las entidades financieras, pues es el área de Tesorería o Pagos es la única quien tiene la potestad de hacer el movimiento real del dinero, razón por la cual no deberían haber los registros en “Cheques no cobrados” que describe el Distrito en los descargos. Con respecto a la existencia de 4 cuentas diferentes a las cuentas maestras pero que aparecen en los libros de la Secretaria de Hacienda y están nombradas con los mimos nombres de las cuentas maestras del fondo local de salud, el distrito no da ninguna explicación. Por lo anterior se confirma el hallazgo: Para la vigencia 2011-2012, corte junio 2013, Al verificar la información suministrada por el sistema acerca de las cuentas bancarias abiertas con saldos y movimientos para estas vigencias, se pudo evidenciar que existen 4 cuentas bancarias nombradas como cuentas maestras y que no fueron certificadas por parte de la Secretaria de Hacienda. Del Distrito de Santa Marta. Así mismo se evidencio que la cuenta de salud pública realizan pagos con cheque a favor de LESLY ACOSTA MALDONADO -

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OP 8928 por valor de $322.750, según conciliación bancaria mes noviembre de 2011, cuenta de ahorro 516-412-12141, El distrito solo debe tener las cuentas abiertas registradas ante el ministerio en excepción la cuenta de Etesa que lo permite la Resolución 4204/08, por tanto no cumple con la siguiente normatividad Ley 1122 de 2007, Resolución 3042 de 2007 articulo 4 y Decreto 4693 de 2007. 3.1.1.7. Verificación y análisis de la aplicación, administración y el flujo de los recursos, entre la Entidad Territorial, las Entidades Administradoras de los Planes de Beneficios y los Prestadores de Servicios de Salud, así:

Análisis del registro de la factura radicada, la oportunidad y pertinencia de la

causación de estas en el pasivo.

Se realizó seguimiento de oportunidad de los pagos del régimen subsidiado desde septiembre de 2011 hasta marzo de 2012, según los LMA reportados por El Ministerio de Salud, en contraendose lo siguiente: CUADRO No. LMA RECURSOS PROPIOS MES SEPTIEMBRE REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2011

Fuente: LMA Ministerio de Salud CUADRO No. LMA RECURSOS PROPIOS MES OCTUBRE REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2011

Fuente: LMA Ministerio de Salud

DANE DEPARTAMENTO MUNICIPIOCODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS ESFUERZO

PROPIO

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF015 COMFACOR 9,626,544.34

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF055 CAJACOPI ATLANTICO 11,910,737.31

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS020 CAPRECOM 32,813,207.17

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSI01 DUSAKAWI 3,072,330.84

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS14 HUMANAVIVIR 8,504,490.91

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS26 SOLSALUD 6,748,308.51

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS33 SALUDVIDA 12,210,195.28

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS024 COOSALUD 27,224,994.41

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS076 AMBUQ 38,314.65

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS133 COMPARTA 26,158,399.19

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS207 MUTUAL SER 11,499,391.31

DANE DEPARTAMENTO MUNICIPIOCODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF015 COMFACOR 9,515,002.59

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF055 CAJACOPI ATLANTICO 12,146,631.55

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS020 CAPRECOM 33,222,098.25

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSI01 DUSAKAWI 2,707,526.47

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS14 HUMANAVIVIR 8,590,037.52

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS26 SOLSALUD 6,589,009.17

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS33 SALUDVIDA 12,167,288.54

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS024 COOSALUD 27,415,433.00

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS076 AMBUQ 36,740.96

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS133 COMPARTA 26,654,243.75

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS207 MUTUAL SER 10,762,902.12

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DANE DEPARTAMENTO MUNICIPIOCODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF015 COMFACOR 11,280,435.23

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF053 COMFACUNDI 4,099.41

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF055 CAJACOPI ATLANTICO 11,488,755.41

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS020 CAPRECOM 31,990,183.18

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS031 SELVASALUD -

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSI01 DUSAKAWI 2,439,709.41

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS14 HUMANAVIVIR 7,776,492.06

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS26 SOLSALUD 6,759,037.04

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS33 SALUDVIDA 11,842,152.39

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS024 COOSALUD 29,240,595.83

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS076 AMBUQ 88,626.70

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS133 COMPARTA 25,681,364.70

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS207 MUTUAL SER 11,215,462.56

LMA RECURSOS PROPIOS MES NOVIEMBRE REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2011

Fuente: LMA Ministerio de Salud

LMA RECURSOS PROPIOS MES DICIEMBRE REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2011

Fuente: LMA Ministerio de Salud

LMA RECURSOS PROPIOS MES ENERO REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2012

Fuente: LMA Ministerio de Salud

LMA RECURSOS PROPIOS MES FEBRERO REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2012

Fuente: LMA Ministerio de Salud

DANE DEPARTAMENTO MUNICIPIO CODIGO EPS NOMBRE EPSRECURSOS

ESFUERZO PROPIO

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF015 COMFACOR 9,278,920

47001 MAGDALENA SANTA MARTA CCF055 CAJACOPI ATLANTICO 11,849,016

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS020 CAPRECOM 32,715,204

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPS031 SELVASALUD 1,031

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSI01 DUSAKAWI 2,645,569

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS14 HUMANAVIVIR 8,277,832

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS26 SOLSALUD 6,801,354

47001 MAGDALENA SANTA MARTA EPSS33 SALUDVIDA 12,117,605

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS024 COOSALUD 27,357,777

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS076 AMBUQ 43,809

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS133 COMPARTA 26,345,361

47001 MAGDALENA SANTA MARTA ESS207 MUTUAL SER 12,373,437

DANEDEPARTAM

ENTOMUNICIPIO

CODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS

ESFUERZO

PROPIO

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF015 COMFACOR 9,072,432.12

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF053 COMFACUNDI 746.62

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF055 CAJACOPI ATLANTICO 12,994,383.49

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPS020 CAPRECOM 26,855,809.42

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSI01 DUSAKAWI 2,535,913.96

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS14 HUMANAVIVIR 2,782,542.18

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS26 SOLSALUD 7,380,024.76

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS33 SALUDVIDA 13,457,113.37

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS024 COOSALUD 45,947,196.89

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS076 AMBUQ 74,484.90

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS133 COMPARTA 23,214,678.55

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS207 MUTUAL SER 12,455,506.74

DANEDEPARTAM

ENTOMUNICIPIO

CODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

47001 MAGDALENASANTA MARTA CCF015 COMFACOR 13,780,382.90

47001 MAGDALENASANTA MARTA CCF053 COMFACUNDI 1,063.04

47001 MAGDALENASANTA MARTA CCF055 CAJACOPI ATLANTICO 17,997,044.15

47001 MAGDALENASANTA MARTA EPS020 CAPRECOM 29,873,920.95

47001 MAGDALENASANTA MARTA EPSI01 DUSAKAWI 2,216,475.52

47001 MAGDALENASANTA MARTA EPSS14 HUMANAVIVIR 6,552,905.59

47001 MAGDALENASANTA MARTA EPSS26 SOLSALUD 6,656,009.54

47001 MAGDALENASANTA MARTA EPSS33 SALUDVIDA 12,407,490.46

47001 MAGDALENASANTA MARTA ESS002 EMDISALUD 3,332.78

47001 MAGDALENASANTA MARTA ESS024 COOSALUD 31,220,685.83

47001 MAGDALENASANTA MARTA ESS076 AMBUQ 64,524.03

47001 MAGDALENASANTA MARTA ESS133 COMPARTA 25,184,432.24

47001 MAGDALENASANTA MARTA ESS207 MUTUAL SER 10,812,566.33

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LMA RECURSOS PROPIOS MES MARZO REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA 2012

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

HALLAZGO: En la vigencia 2011, se verifico la oportunidad de pago de los recursos propios para pagos de las obligaciones con las EPSS, de los meses septiembre, octubre, noviembre, se confronto las LMA con los extractos bancarios de estos últimos tres meses y se evidencia que los pagos del mes de septiembre se efectuaron en el mes de noviembre días 4 y 8. (Un mes tarde); Las obligaciones del mes de octubre se efectuaron hasta el mes de diciembre día 23, (dos meses después); Las obligaciones del mes de noviembre hasta el día 23 de diciembre de 2011. Las obligaciones del mes de diciembre fueron canceladas hasta el mes de marzo día 28 del 2012 (tres meses después). Así como también se evidencio que no realizaron el pago a la EPS HUMANA VIVIR durante estos cuatro meses. Se solicita al Distrito explicar los motivos por los cuales no realizó el pago de sus obligaciones con esta EPS. Para la vigencia del 2012 las obligaciones con la EPSS se cancelaron hasta el mes de mayo día 22 (retraso en el pago). Así como también se evidencia a la EPSS CAJA COPI ATLANTICO no le fueron cancelados los servicios de los tres primeros meses del año, El distrito de Santa Marta no cumple con los tiempos estipulados en la norma tiempo estipulado para el pago de sus obligaciones, obstaculizando el flujo de recursos del sistema de salud no cumple con el Decreto 1713 de 2012: Artículo 1. Decreto 971/11 articulo 4 parágrafo 1. CONCLUSION: El distrito no realiza dentro de los tiempos establecidos por la ley, la causación del Giro directo, así como tampoco el pago de los recursos propios oportunamente a las EPSS, obstaculizando el flujo de recursos del sistema de salud del Distrito, que en consecuencia se pueden ver reflejados en la dificultad de la prestación de los Servicios a la población.

DANEDEPARTAM

ENTOMUNICIPIO

CODIGO

EPSNOMBRE EPS

RECURSOS

ESFUERZO PROPIO

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF015 COMFACOR 13,521,159.46

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF053 COMFACUNDI -

47001 MAGDALENASANTA MARTACCF055 CAJACOPI ATLANTICO 12,152,582.16

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPS020 CAPRECOM 31,022,594.86

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSI01 DUSAKAWI 2,354,777.33

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS14 HUMANAVIVIR 6,644,623.55

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS26 SOLSALUD 7,315,327.62

47001 MAGDALENASANTA MARTAEPSS33 SALUDVIDA 12,792,315.59

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS002 EMDISALUD -

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS024 COOSALUD 33,102,255.51

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS076 AMBUQ 90,512.94

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS133 COMPARTA 26,252,712.94

47001 MAGDALENASANTA MARTAESS207 MUTUAL SER 11,521,971.40

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Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada. Como es posible que una EPSs tenga afiliados pero en el municipio no la haya aceptado para la prestación de los Servicios de salud, se observa que no hubo oportunidad en los procesos correspondientes de aceptación de esta EPSS humana vivir, Adicional se debe verificar que los pagos se hagan efectivos para evitar inconvenientes con el flujo de los recursos al sistema de salud. Por lo anterior se confirma el hallazgo: En la vigencia 2011, se verifico la oportunidad de pago de los recursos propios para pagos de las obligaciones con las EPSS, de los meses septiembre, octubre, noviembre, se confronto las LMA con los extractos bancarios de estos últimos tres meses y se evidencia que los pagos del mes de septiembre se efectuaron en el mes de noviembre días 4 y 8. (Un mes tarde); Las obligaciones del mes de octubre se efectuaron hasta el mes de diciembre día 23, (dos meses después); Las obligaciones del mes de noviembre hasta el día 23 de diciembre de 2011. Las obligaciones del mes de diciembre fueron canceladas hasta el mes de marzo día 28 del 2012 (tres meses después). Así como también se evidencio que no realizaron el pago a la EPS HUMANA VIVIR durante estos cuatro meses. Se solicita al Distrito explicar los motivos por los cuales no realizó el pago de sus obligaciones con esta EPS. Para la vigencia del 2012 las obligaciones con la EPSS se cancelaron hasta el mes de mayo día 22 (retraso en el pago). Así como también se evidencia a la EPSS CAJA COPI ATLANTICO no le fueron cancelados los servicios de los tres primeros meses del año, El distrito de Santa Marta no cumple con los tiempos estipulados en la norma tiempo estipulado para el pago de sus obligaciones, obstaculizando el flujo de recursos del sistema de salud no cumple con el Decreto 1713 de 2012: Artículo 1. Decreto 971/11 articulo 4 parágrafo 1.

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Análisis de las cuentas por pagar, detallando la edad de las cuentas,

discriminadas por acreedor y componente, identificando la fuente de financiación y la

disponibilidad de recursos para su cancelación y Análisis de los saldos por pagar a

los prestadores de servicios de salud, por atención de población pobre no asegurada

y por salud pública

El Decreto Nº 019 del 23 de Enero de 2012, por medio del cual se cierra la vigencia fiscal 2011, establece la reserva presupuestal y las cuentas por pagar generadas a 31 de Diciembre de 2011 y se cancelan las reservas y las cuentas por pagar correspondientes a la vigencia 2010. En el contexto del Decreto detallan las reservas presupuestales y de cuentas por pagar del distrito de Santa Marta, en cual se detalla por rubro presupuestal el valor a reservar en pro del cumplimiento de las obligaciones financieras de Alcaldía Distrital. Según los auxiliares contables suministrados por el contador de la secretaría de hacienda para el año 2011 las cuentas por pagar del fondo de salud que serán asumidas en el año 2012 son:

CUENTAS POR PAGAR FONDO LOCAL DE SALUD VIGENCIA 2011

RELACIÓN SALDOS CUENTAS POR PAGAR VIGENCIA 2011 REGIMEN SUBSIDIADO

NIT TERCERO

NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR PAGAR

804001273-5 SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A.

29.794.254,61

804002105-0

COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS"

86.383.046,22

818000140-0

ASOCIACION MUTUAL BARRIOS UNIDOS DEL QUIBDÓ ATLANTICO

118.864,96

830074184-5 SALUDVIDA, S.A. E.P.S.

24.380.175,73

890102044-1

CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO 42.173.289,89

899999026-0

CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

732.217.681,60

TOTAL CUENTAS POR PAGAR REGIMEN SUBSIDIADO 915.067.313,01

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RELACION SALDOS CUENTAS POR PAGAR VIGENCIA 2011 SUBSIDIO A LA OFERTA

NIT TERCERO

NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR PAGAR

891780185-2

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

5.631.147.120,00

TOTAL CUENTAS POR PAGAR SUBSIDIO A LA OFERTA 5.631.147.120,00 Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

VIGENCIA 2012 El Decreto Nº 05 del 8 de Enero de 2013, por medio del cual se cierra la vigencia fiscal 2012, establece la reserva presupuestal y las cuentas por pagar generadas a 31 de Diciembre de 2012 y se cancelan las reservas y las cuentas por pagar correspondientes a la vigencia 2011. En el contexto del Decreto detallan las reservas presupuestales y de cuentas por pagar del distrito de Santa Marta, en cual se detalla por rubro presupuestal el valor a reservar en pro del cumplimiento de las obligaciones financieras de Alcaldía Distrital. Según los auxiliares contables suministrados por el contador de la secretaría de hacienda para el año 2012 las cuentas por pagar del fondo de salud que serán asumidas en el año 2013 son:

CUENTAS POR PAGAR FONDO LOCAL DE SALUD VIGENCIA 2012

NIT TERCERO NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR

PAGAR

800249241-0 COOPERATIVA DE SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL DE LA ZONA SURORIENTAL LTDA COOSALUD

157.947.185,00

804001273-5 SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A. 52.957.538,61

804002105-0 COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS" 171.483.431,22

806008394-7 ASOCIACION MUTUAL SER E.S.S.(EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD)

36.458.738,00

818000140-0 ASOCIACION MUTUAL BARRIOS UNIDOS DEL QUIBDÓ ATLANTICO

544.757,00

824001398-1 ASOCIACIÓN DE CABILDOS INDIGENAS DEL CESAR Y LA GUAJIRA "DUSAKAWI EPSI"

7.818.822,00

830006404-0 E. P. S. HUMANAVIVIR 21.340.710,00

830074184-5 SALUD VIDA, S.A. E.P.S. 70.687.332,73

890102044-1 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO 84.216.745,89

891080005-1 COMFACOR CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR DE CORDOBA CCF

35.650.723,00

891780009-4 ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA 59.436.000,00

891780185-2 EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

2.020.150.816,12

899999026-0 CAJA DE PREVISION SOCIAL DE COMUNICACIONES "CAPRECOM" E.P.S.

144.771.046,04

TOTAL CUENTAS POR PAGAR REGIMEN SUBSIDIADO 2.863.463.845,61

Fuente: Secretaria de Hacienda – Distrito de Santa Marta

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RELACIÓN SALDOS CUENTAS POR PAGAR VIGENCIA 2012 SUBSIDIO A LA OFERTA

NIT TERCERO

NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR

PAGAR

891780185-2

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

3.610.996.303,88

9999- TERCEROS 53.393.970.117,51

TOTAL CUENTAS POR PAGAR SUBSIDIO A LA OFERTA 57.004.966.421,39

Fuente: Secretaria de Hacienda – Distrito de Santa Marta

NOTA: El ítem “TERCEROS” es un registro contable de cuentas por pagar informadas por la secretaria de salud y que no cuentan con respaldo presupuestal, según se puede observar en los libros contables - Detalle del registro. VIGENCIA 2013 La secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta no hizo entrega del Decreto con fecha 2014, por medio del cual se cierra la vigencia fiscal 2013, se establece la reserva presupuestal y las cuentas por pagar generadas a 31 de Diciembre de 2013 y se cancelan las reservas y las cuentas por pagar correspondientes a la vigencia 2012, donde se detallen las reservas presupuestales y de cuentas por pagar del distrito de Santa Marta los cuales deben ser constituidas en pro del cumplimiento de las obligaciones financieras de Alcaldía Distrital. La información suministrada fue descargada del aplicativo contable y no registra el acto administrativo por el cual fueron constituidas legalmente. Según los auxiliares contables suministrados por el contador de la secretaría de hacienda para el primer semestre del año 2013 las cuentas por pagar del fondo de salud:

RELACION SALDOS CUENTAS POR PAGAR VIGENCIA JUNIO 2013 RÉGIMEN

SUBSIDIADO Cifras en pesos $

NIT TERCERO

NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR

PAGAR

804001273-5 SOLIDARIDAD DE SALUD "SOLSALUD" E.P.S., S.A.

29.581.909,61

804002105-0 COOPERATIVA DE SALUD COMUNITARIA "COMPARTA ESS"

86.383.046,22

830074184-5 SALUD VIDA, S.A. E.P.S.

24.380.175,73

890102044-1 CAJA DE COMPENSACION FAMILIAR "CAJACOPI" ATLANTICO

118.683.288,89

891780009-4 ALCALDIA DISTRITAL DE SANTA MARTA

59.436.000,00

891780185-2

EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

2.020.150.816,12

TOTAL CUENTAS POR PAGAR REGIMEN SUBSIDIADO 2.338.615.236,57

Fuente: Secretaria de Hacienda – Distrito de Santa Marta

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RELACION SALDOS CUENTAS POR PAGAR VIGENCIA JUNIO 2013 SUBSIDIO A LA OFERTA

Cifras en pesos $

NIT TERCERO

NOMBRE TERCERO TOTAL CTA. POR PAGAR

891780185-2 EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO FERNANDO TROCONIS

3.610.996.303,

88

9999- TERCEROS

53.393.970.117,51

TOTAL CUENTAS POR PAGAR SUBSIDIO A LA OFERTA

57.004.966.421,39

Fuente: Secretaria de Hacienda – Distrito de Santa Marta

ESTADO DE CARTERA ESE ALEJANDRO PROSTERO REVEREND DE LA VIGENCIA 2012

Fuente: ESE ALEJANDRO REVEREND

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Se observa una cartera demasiado alta por valor de $8.003.732.286 lo que indica que las EPSS no están cumpliendo con sus obligaciones ante la red prestadora.

HALLAZGO:

Se analiza la información suministrada por la Secretaria de Hacienda y se observa en el 2011, las cuentas por pagar quedaron por valor de $915.061.313 millones y para el 2012 quedaron en cuentas por pagar un valor de $2.863.463.845 incrementándose en un 313%, lo que indica que no existe gestión por parte de la Secretaria de Hacienda así como tampoco de la Secretaria de Salud en la depuración de las cuentas registradas de las vigencias anteriores, No existe seguimiento, control, gestión a cumplir con sus obligaciones. El Ministerio de la Protección Social con el objetivo de evitar la obstrucción del flujo de recursos implemento mecanismo de Giro Directo. Se solicita al Distrito aclarar dicho incremento en las cuentas por pagar del Régimen Subsidiado y que persiste durante la vigencia del 2013. El distrito no cumple con la depuración y registro con respecto al manejo de los recursos del Fondo local de Salud, Por otro lado para la vigencia del 2012, las EPS subsidiadas debían a la ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND la suma de $8.003.732.286 millones lo que indica que el distrito no realizó ninguna gestión de vigilancia hacia las EPSS para el cumplimiento de sus compromisos con su red prestadora colocando en riesgo la situación financiera de la RED. Incumplimiento a la Resolución 3042/07 articulo 3 – funciones: 1- 4. 6- Decreto 1080/12 Articulo 3

CONCLUSION:

El distrito de Santa Marta no realiza los pagos con respecto a sus obligaciones de las vigencias anteriores que han quedado constituidos mediante actos administrativos, por lo contrario tiende a aumentar dichas obligaciones para las vigencias siguientes, así como tampoco realiza un seguimiento y vigilancia hacia las EPS de sus obligaciones con la red de prestación de Servicios.

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial de Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo: Se analiza la información suministrada por la Secretaria de Hacienda y se observa en el 2011, que las cuentas por pagar quedaron por valor de $915.061.313 millones y para el 2012 quedaron en cuentas por pagar un valor de $2.863.463.845 incrementándose en un 313%, lo que indica que no existe gestión por parte de la Secretaria de Hacienda así como tampoco de la Secretaria de Salud en la depuración de las cuentas registradas de las vigencias anteriores, No existe seguimiento, control,

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gestión a cumplir con sus obligaciones. El Ministerio de la Protección Social con el objetivo de evitar la obstrucción del flujo de recursos implemento mecanismo de Giro Directo. Se solicita al Distrito aclarar dicho incremento en las cuentas por pagar del Régimen Subsidiado y que persiste durante la vigencia del 2013. El distrito no cumple con la depuración y registro con respecto al manejo de los recursos del Fondo local de Salud, Por otro lado para la vigencia del 2012, las EPS subsidiadas debían a la ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND la suma de $8.003.732.286 millones lo que indica que el distrito no realizó ninguna gestión de vigilancia hacia las EPSS para el cumplimiento de sus compromisos con su red prestadora colocando en riesgo la situación financiera de la RED. Incumplimiento a la Resolución 3042/07 articulo 3 – funciones: 1- 4. 6- Decreto 1080/12 Articulo 3.

Análisis de los saldos por pagar a las EPSS por liquidación de contratos del Régimen subsidiado, tutelas y CTC por NO POS, y esfuerzo propio; así como, los promedios de recursos en la cuenta maestra frente a las cuentas por pagar.

El distrito de Santa Marta no suministro información de registro de tutelas y CTC por No POS.

3.1.1.8. Revisión y análisis del estado de liquidación de los contratos de

aseguramiento, establecer los saldo por cuentas por cobrar y por pagar a nivel de

cada contrato, identificando la fuente de financiación y la fecha de liquidación de

cada contra

RELACION DE LIQUIDACIONES DE CONTRATOS REGIMEN SUBSIDIADO VIGENCIA

DEL 2010 AL 2011

Cifras en pesos $

Fuente: Secretaria de Hacienda- Distrito de Santa Marta

EPS-S No. Contrato Y Su Otro SiVigencia

Fecha Inicio

Contrato

Fecha

Terminacion

Contrato

Estado

Liquidacion Valor del Contrato

Valor Ejecucion del

Contrato

Valor Liquidacion a

favor de la EPS-S

Valor Liquidacion a favor

de la Entidad Territorial

MUTUAL SER ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 641.956.653 725.218.640 66.264.611

SALUDVIDA ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 887.385.446 903.505.179 2.209.426

CAPRECOM ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 2.461.105.392 2.812.796.522 326.919.386

SOLSALUD ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 619.231.765 609.086.241 18.714.683

COOSALUD ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 2.469.938.085 2.550.599.201 60.757.916

COMPARTA ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 1.957.041.646 1.966.862.179 378.716.571

COMFACOR ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 506.741.814 511.658.199 4.916.385

DUSAKAWI ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 154.915.134 192.041.376 19.563.870

CAJACOPI ABRIL-MAYO 2010 01/04/2010 31/05/2010 Liquidado 1.030.380.733 940.451.776 126.944.595

DUSAKAWI 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 987.295.583 802.374.664 78.433.002

COOSALUD 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 13.949.791.539 12.621.066.273 702.704.534

CAPRECOM 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 13.856.897.994 13.285.757.194 526.466.124

SALUDVIDA 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 5.646.844.981 5.380.227.004 673.241.092

SOLSALUD 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 3.466.553.054 3.178.193.646 164.375.715

COMFACOR 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 4.205.972.773 3.537.809.223 20.815.015

MUTUAL SER 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 3.588.830.435 3.655.890.408 22.244.311

COMPARTA 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 10.057.863.331 8.939.074.156 642.938.353

CAJACOPI 470012010-01-02-03 2010 01/06/2010 31/03/2011 Liquidado 5.257.888.521 4.969.067.094 695.453.029

CONSOLIDADO LIQUIDACIONES DE CONTRATOS DEL REGIMEN SUBSIDIADO DE SALUD VIG 2010-2011 DISTRITO DE SANTA MARTA

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El distrito de Santa Marta liquido los contratos efectuados con las EPSS para las vigencias 2010 al 31 de marzo del 2011. SALUD PÚBLICA LIQUIDACIONES. Muestra aleatoria de contratos por prestación de servicios con acta de finalización y sin acta de liquidación de los programas de salud pública año 2012 y 2013 Según la Doctora Patricia Ponce Guida – Líder de Salud Pública al finalizar el año 2011 durante el año 2012 y en el primer semestre del año 2013, los contratos por prestación de servicios no fueron liquidados debido a una orientación impartida por el jurídico de la Secretaría de Salud sustentándose en acogerse al Decreto 734 de 2012. Por lo anterior realizaban actas de finalización. Al consultar la norma se establece que este documento no es válido como Acta de Liquidación del contrato suscrito para el cumplimiento de los programas de salud pública de estos periodos. A continuación se presenta la relación de contratos suministrados por el área de Salud Pública de la secretaria de salud del Distrito de Santa Marta, los cuales fueron revisados aleatoriamente encontrando que en la carpeta de cada contratista no se evidencia el Acta de liquidación del contrato suscrito ni tampoco el balance del estado del contrato si existen saldos a favor de algunas de las partes o si de lo contrario se encuentran a paz y salvo. Para estos contratos se adjuntó a cada carpeta un Acta de finalización la cual no cumple con los requisitos mínimos de ley.

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CUADRO No. RELACION DE CONTRATOS SIN LIQUIDAR VIGENCIA 2011 SALUD PUBLICA

Cifras en pesos $

PROGRAMA

NOMBRE DEL CONTRATISTA

Nº DE IDENTIFIC

ACION

Nº CONT

RA VALOR PLAZO

TERMINO

NO. CDP

NO. RP

FECHA

ACTA DE INICI

O

FECHA

TERMIN.

GESTION

GABRIEL ROMERO VALDERRAMA

4.978.924 330

11.000.000

Hasta 31/12/2011

3 meses 991

1722

26/05/2011

31/12/2011

GESTION

ADRIAN ALEXANDER DIAZGRANADOS ARNEDO

7.630.633 116

5.400.000

Hasta 20/07/2011

2 meses 413

834

20/05/2011

19/08/2011

GESTION

BELIA REBECA DE LA ROSA PACHECO

36.556.562 138

38.500.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 418

676

12/05/2011

31/12/2011

GESTION JOSE ANTONIO JULIO BERDUGO

12.539.474 120

4.200.000

Hasta 12/07/2011

2 meses 417

652

12/05/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

BIVIANA AMADOR OROZCO

57.444.127 201

30.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 340

970

30/05/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

IVAN DAVID GOVEA

85.465.575 318

15.000.000

Hasta 31/12/2011

3 meses

1120

1718

26/09/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

PEDRO COTES BRITO

7.142.004 178

4.200.000

Hasta 12/07/2011

2 meses 342

679

12/05/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

PEDRO COTES BRITO

7.142.004 298

7.000.000

Hasta 31/12/2011

4 meses 984

1551

30/08/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

RAUL EMILIO HERNANDEZ POLO

85.453.490 239

15.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 341

1017

13/06/2011

31/12/2011

SANIDAD PORTUARIA

ALEXANDER MARTINEZ IGUARAN

85.464.250 140

14.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 338

641

12/05/2011

31/12/2011

SANEAMIENTO BASICO

ANGELICA PATRICIA GOMEZ NAVARRO

36.725.001 139

22.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 438

691

12/05/2011

31/12/2011

SANEAMIENTO BASICO

ANTALCIDES ALFONSO CAMPO HEREDIA

12.545.476 182

13.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 328

668

12/05/2011

31/12/2011

ALIMENTOS Y BEBIDAS

ADOLFO GREGORIO DEL PORTILLO MOZO

84.454.504 188

27.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 405

664

12/05/2011

31/12/2011

ALIMENTOS Y BEBIDAS

OLIVIA JULIO GOMEZ

36.555.984 143

14.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 400

657

12/05/2011

31/12/2011

ALIMENTOS Y BEBIDAS

OMAIRA CECILIA ESCOBAR BOVEA

54.438.441 119

3.800.000

Hasta 12/07/2011

2 meses 399

659

12/05/2011

31/12/2011

ALIMENTO RICARDO 147 Hasta 8 403 77 12/05 31/12

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S Y BEBIDAS

BARROS PATERNOSTRO

85.465.173 15.000.000

31/12/2011

meses

1 /2011 /2011

ALIMENTOS Y BEBIDAS YERLIS MENDEZ

36.564.459 212

10.400.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 398

1461

12/05/2011

31/12/2011

ALIMENTOS Y BEBIDAS

ELVIDA POLO CORTES

36.535.929 326

7.000.000

Hasta 31/12/2011

3 meses 980

1733

23/09/2011

31/12/2011

ETV

CARMEN LETICIA LOPEZ FONTALVO

36.547.095 167

13.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 389

640

12/05/2011

31/12/2011

ETV

WALFRAN ENRIQUE MARTINEZ ORTA

7.603.256 156

13.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 391

850

12/05/2011

31/12/2011

ETV

MARCELINO ANTONIO LOPEZ BANDERA

12.557.866 130

14.000.000

Hasta 31/12/2011

8 meses 390

655

12/05/2011

31/12/2011

ETV ULISES MANUEL SOLANO

85.473.978 200

3.800.000

Hasta 12/07/2011

2 meses 393

796

16/05/2011

31/12/2011

ETV ROSA BEATRIZ COTES DAZA

1.082.961.216 322

7.000.000

Hasta 31/12/2011

3 meses 988

1742

03/10/2011

31/12/2011

TUBERCULOSIS Y LEPRA

RAMIRO ALBERTO AMAYA OVALLE

72.073 166

25.000.000

Hasta 31/12/2011

7 meses 349

851

23/05/2011

31/12/2011

TUBERCULOSIS Y LEPRA

GLORIA AMPARO GARCES QUINTERO

36.665.856 342

6.500.000

Hasta 31/12/2011

3 meses

1112

1829

14/10/2011

31/12/2011

TUBERCULOSIS Y LEPRA

ANA LORENA ESCOBAR PEREZ

57.464.281 343

6.500.000

Hasta 31/12/2011

3 meses

1111

1849

19/10/2011

31/12/2011

SEG. SANITARIA Y AMBIENTE

CLAUDIA PATRICIA SEPULVEDA

57.442.711 301

13.200.000

Hasta 31/12/2011

4 meses 632

1531

30/08/2011

31/12/2011

SALUD INFANTIL

LOLY LUZ VALLE MANJARRES

36.723.154 308

12.500.000

Hasta 31/12/2011

4 meses 346

1618

07/09/2011

31/12/2011

Fuente; Secretaria de Salud, Área de Salud pública, Distrito de Santa Marta

Los contratos de la vigencia 2011, al interior de sus carpetas no se encontró el documento de acta de liquidación de contrato, se observó documento de acta de terminación documento que no soporta la información necesaria para identificar en qué estado quedo.

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CUADRO No. RELACION DE CONTRATOS SIN ACTA DE LIQUIDACION DE LA VIGENCIA 2012.

Cifras en pesos $

LISTADO DE CONTRATOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS - SALUD PUBLICA AÑO 2012

PROGRAMA CONTRATISTA VALOR CONTRATO

No. FECHA DE

INICIO CDP RP ESTADO

S. INFANTIL MARTA PAREDES BERMÚDEZ

40.000.000

174 Agosto 10 de 2012

590 901 Terminación

S. INFANTIL MARTA CHACÓN 8.000.000

196 Septiembre 05 de 2012

649 1027 Terminación

S. INFANTIL MARTA FONSECA 8.000.000

197 Septiembre 05 de 2012

654 1030 Terminación

S. INFANTIL OLIVIA JULIO 8.000.000 199 Septiembre 05 de 2012

705 1032 Terminación

S. INFANTIL ZULIMA MORENO 8.000.000

194 Septiembre 05 de 2012

653 1026 Terminación

S. INFANTIL AZENETH VILLAFAÑE

8.000.000

198 Septiembre 05 de 2012

651 1031 Terminación

S MENTAL GLORIA LATORRE 16.000.000

193 Septiembre 05 de 2012

679 1082 Terminación

S MENTAL ROSMARY ARIZA CORONADO

15.000.000

190 Septiembre 03 de 2012

678 1005 Terminación

ZOONOSIS ARMANDO ARRIETA

17.500.000

191 712 1010 Terminación

ZOONOSIS ANA MARÍA VARELA

15.000.000

195 Septiembre 05 de 2012

708 SI Terminación

ZOONOSIS JOSE ARVILLA 7.500.000

201 Septiembre 05 de 2012

710 1034 Terminación

ZOONOSIS ISRAEL LEMUS TORO

7.500.000

192 Septiembre 03 de 2012

706 1006 Terminación

CRÓNICAS ELIECER PEÑARANDA

15.000.000

184 657 961 Terminación

SSA GEST JAIR PINEDO HUGUETT

35.000.000

172 Agosto 10 2012

592 897 Terminación

ALIMENTOS LUCERO RAMÍREZ

30.000.000

167 Agosto 10 2012

602 890 Terminación

ALIMENTOS ADOLFO DEL PORTILLO

27.000.000

151 julio 30 2012 599 872 Terminación

AGUA POT CARLOS HERNÁNDEZ GARCÍA

27.000.000

173 Agosto 10 2012

593 898 Terminación

SAN BÁSICO SARA YEN CANDANOZA

15.000.000

186 Septiembre 03 de 2012

707 1001 Terminación

SAN BÁSICO VIRGINIA GUTIÉRREZ

12.500.000 187 Septiembre 03 de 2012

709 1002 Terminación

SAN PORT EDUARDO GÓMEZ

15.000.000

189 Septiembre03 de 2012

655 1004 Terminación

SAN PORT PEDRO COTES BRITO

17.000.000

149 julio 30 2012 591 859 Terminación

SAN PORT RAUL HERNÁNDEZ POLO

17.000.000

150 julio 30 2012 589 871 Terminación

SAN PORT RENÉ SEGRERA 176 Agosto 13 588 899 Terminación

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15.300.000 2012

SSA MARCELA MIRANDA C.

24.000.000

169 Agosto 10 2012

603 894 Terminación

GESTIÓN GABRIEL MEJÍA ARROYO

40.000.000

170 Noviembre 10 de 2012

595 895 Terminación

GESTIÓN KEYLA OROZCO 28.000.000

148 julio 30 2012 601 870 Terminación

GESTIÓN GABRIEL ROMERO

25.000.000

165 Agosto 10 2012

605 889 Terminación

GESTIÓN KARINA BOLAÑO 15.000.000

168 Agosto 10 2012

594 891 Terminación

GESTIÓN ORLANDO SOFFIA GUERRA

18.000.000

164 Agosto 10 de 2012

600 885 Terminación

GESTIÓN ALAIN PEREZ BOHADA

36.000.000

159 Agosto 01 de 2012

596 878 Terminación

TB-LEPRA SARA JIMÉNEZ DURÁN

40.000.000

177 Agosto 13 de 2012

515 902 Terminación

GESTIÓN PYP DEIBYS PACHECO BARRIOS

14.000.000

211 septiembre 12 de 2012

729 1078 Terminación

PAI ESTELA GARCIA BRITO

7.000.000

206 Septiembre 05 de 2012

652 1035 Terminación

PAI CARMEN SANCHEZ

8.000.000 200 Septiembre 05 de 2012

650 1033 Terminación

GESTIÓN PYP MAYRA PALACIO CASTAÑEDA

14.000.000

213 septiembre 12 de 2012

728 1080 Terminación

ALIMENTOS LORENZO OROZCO

7.500.000

215 septiembre 12 de 2012

727 1082 Terminación

ALIMENTOS OMER VILORIA NAVARRO

7.500.000

214 septiembre 12 de 2012

726 1081 Terminación

TB-LEPRA DIONISIA GRANADOS NAVARRO

7.500.000

232 Octubre 04 de 2012

757 1162 Terminación

TB-LEPRA JOSE DE LEON MOSCOTE

12.500.000

234 Octubre 04 de 2012

756 1163 Terminación

TB-LEPRA SENOVIA BOTTO PÉREZ

7.500.000

231 Octubre 04 de 2012

755 1161 Terminación

SSR- ITS CLAUDIA SEPULVEDA COTES

14.000.000

229 Octubre 04 de 2012

758 1158 Terminación

GESTION NEREYDA HERNANDEZ BOLAÑO

10.000.000

254 Noviembre 09 de 2012

819 1310 Terminación

GESTION LUIS ALEXANDERA GARCIA C

7.500.000

261 Noviembre 09 de 2012

825 1313 Terminación

VIGILANCIA MARIA VILLALOBOS GARCIA

10.000.000

258 Noviembre 09 de 2012

820 1312 Terminación

ZOONOSIS JAVIER VARGAS BALLESTEROS

7.500.000

260 Noviembre 09 de 2012

711 1334 Terminación

ECNT DORYS DAY AYARZA FERRER

7.500.000

259 818 1328 Terminación

TB-LEPRA MEREDITH MAYA SANCHEZ

10.000.000

256 Noviembre 09 de 2012

824 1321 Terminación

VIGILANCIA LIZETH PAREDES 266 Noviembre 15 856 1316 Terminación

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ACEVEDO 7.500.000 de 2012

GESTION LUIS CHAPARRO GARCIA

12.000.000

267 Noviembre 15 de 2012

859 1317 Terminación

NUTRICION ARELIS TORRES GAMEZ

10.000.000

255 Noviembre 09 de 2012

822 1311 Terminación

TB-LEPRA JESUSITA ACOSTA ORTEGA

12.500.000

263 Noviembre 09 de 2012

830 1329 Terminación

TB-LEPRA MARTA CECILIA GOEZ

12.500.000

262 Noviembre 09 de 2012

827 1314 Terminación

ETV MARCELINO LOPEZ BANDERA

6.000.000

257 Noviembre 09 de 2012

829 1326 Terminación

ECNT YURIS BOLAÑO CRESPO

3.000.000

299 954 1437 Terminación

ALIMENTOS JENNIFER SULBARAN

2.500.000

295 Diciembre 06 de 212

951 1433 Terminación

S.AMBIENTAL YAMINA YAÑEZ PIMIENTA

4.000.000

294 Diciembre 06 de 2012

949 1432 Terminación

ZOONOSIS ALEXANDER NORIEGA POLO

2.500.000

297 Diciembre 06 de 2012

958 1435 Terminación

MEDICAMENTOS CAROL JULIETH SAN JUAN C.

3.000.000

298 Diciembre 06 de 2012

942 1436 Terminación

MEDICAMENTOS ESTEBAN DE JESUS HAWKINS M.

3.000.000

301 Diciembre 06 de 2012

922 1439 Terminación

MEDICAMENTOS JAVIER RINCON CALDERON

3.000.000

296 Diciembre 06 de 2012

934 1434 Terminación

S. BASICA CHISTIAN DAMIAN ZUÑIGA

4.000.000

289 Diciembre 04 2012

936 1413 Terminación

ZOONOSIS LUIS ALCIDES HERNANDEZ I.

2.000.000

293 Diciembre 06 de 2012

962 1431 Terminación

S.S.R DELCIS MARGOTH TERNERA O.

2.500.000

292 Diciembre 06 de 2012

855 1429 Terminación

TECN. SANEAMT LUIS ANGEL GARCIA

3.000.000

291 Diciembre 06 2012

919 1430 Terminación

E.T.V MARIA GREGORIA PEREZ

3.000.000

300 Diciembre 06 de 2012

940 1438 Terminación

VIGILANCIA MIRIAN ZAMBRANO

4.500.000

281 Diciembre 04 de 2012

938 1386 Terminación

E.T.V ULICES SOLANO RUIZ

6.000.000

264 Noviembre 09 de 2012

828 1315 Terminación

AIEPI MARGARETH DE LEON

4.000.000

304 Diciembre 06 de 2012

929 1440 Terminación

SEG. TRABAJO YURANIS ROCIO YANETT ROA

6.000.000

286 Diciembre 04 de 2012

955 1422 Terminación

S. ABIENTAL LUIS ALFONSO VEGA VELANDIA

3.000.000

303 Diciembre 06 de 2012

924 1456 Terminación

SEG. TRABAJO ARLENIS CAREY ATENCIA

5.000.000

302 Dicembre 06 de 2012

944 1447 Terminación

En las carpetas revisadas de contratos de la vigencia 2012, para la ejecución de actividades de Salud pública no se encontró ningún documento soporte de acta de liquidación.

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VERSIÓN 03

Página 70 de 268

RELACION DE CONTRATOS SIN ACTA DE LIQUIDACION VIGENCIA 2013 Cifras en pesos $

FUENTE DE RECURSOS

CONTRATISTA VALOR CONTRATO

No. CDP RP

MESES

DE PAGOS

% DE EJECUC

.

ESTADADO

SGP JAIR PINEDO HUGUETT

35.000.000 78

245 de 22 de Marzo de 2013

485 02 de Mayo 2013 8

100%

Terminado

SGP LUCERO RAMÍREZ 28.000.000 79

244 de 22 de Marzo de 2013

476 02 de Mayo de 2013 8

100%

Terminado

SGP ADOLFO DEL PORTILLO

28.000.000 81

243 de 22 de Marzo de 2013

483 02 de Mayo de 2013 8

100%

Terminado

SGP

CARLOS HERNÁNDEZ GARCÍA

28.000.000 123

460 de 09 de Mayo de 2013

653 de Mayo 30 de 2013 7

100%

Terminado

SGP SARA YEN CANDANOZA

28.000.000 156

461 de 09 de Mayo de 2013

756 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP VIRGINIA GUTIÉRREZ

25.000.000 124

462 de 09 de Mayo de 2013

654 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP EDUARDO GÓMEZ TOVAR

28.000.000 198

516 de 30 de Mayo de 2013

901 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP - TN

PEDRO COTES BRITO

18.000.000 209

613 de 30 de Mayo de 2013

919 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP SANDRA POLO C. 22.500.000 228

779 de 16 de Julio de 2013

1111 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

TN RAUL HERNÁNDEZ POLO

18.000.000 207

612 de 30 de Mayo de 2013

916 de 04 de Julio 6

100%

Terminado

SGP RENÉ SEGRERA 18.000.000 208

614 de 30 de Mayo de 2013

917 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP FREDY CORREA ROCHA

25.000.000 197

627 de 30 de Mayo de 2013

900 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP OMER VILORIA NAVARRO

13.500.000 203

626 de 30 de Mayo de 2013

906 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP - TN

LORENZO OROZCO FARELO

13.500.000 199

635 de 30 de Mayo de 2013

911 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP ESTEBAN DE JESUS HAWKINS M. 13.500.000 193

622 de 30 de Mayo de 2013

896 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JAVIER RINCON CALDERON

13.500.000 181

624 de 30 de Mayo de 2013

873 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP

JORGE BETANCOURT LOPEZ

28.000.000 141

448 de 07 de Mayo de 2013

706 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP

ELIZABETH MANCERA GUTIERREZ

13.500.000 169

473 de 10 de Mayo de 2013

767 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP JOSE DE LEON MOSCOTE

24.500.000 196

620 de 30 de Mayo de 2013

899 de Julio 4 de 2013 6

100%

Terminado

SGP CHRISTIAN ÑUNGO ZUÑIGA

25.000.000 200

625 de 30 de Mayo de 2013

902 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP - TN HENRY MEZA

13.500.000 190

617 de 30 de Mayo de 2013

912 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JEISON SARMIENTO 12.500.000 232

778 de 16 de Julio de 2013

1095 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP - JENIFER SULBARAN 189 616 de 30 de 910 de 04 de 6 100 Termi

PROCESO COMUN CÓDIGO

FI-COMU-610224 Copia Controlada

INFORME DE VISITA- SANTA MARTA DISTRITO TURISTICO, CULTURAL E

HISTORICO

VERSIÓN 03

Página 71 de 268

TN 13.500.000 Mayo de 2013 Julio de 2013 % nado

SGP LUIS EDUARDO DUICA

17.500.000 227

781 de 16 de Julio de 2013

1090 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP GILBERTO PERTUZ SALAZAR

12.000.000 252

783 de 16 de Julio de 2013

1238 de 03 Septiembre de

2013 4 100%

Terminado

TN LORENA CLARET DIAZTAGLE

17.200.000 263

780 de 16 de Julio de 2013

1151 de 09 Agosto de 2013 4

100%

Terminado

SGP REF:SARA JIMÉNEZ DURÁN

35.000.000 128

467 de 09 de Mayo de 2013

648 de Mayo 30 de 2013 7

100%

Terminado

SGP - TN

MARTA CECILIA GOEZ

22.500.000 175

478 de 10 de Mayo de 2013

863 de Junio 28 de 2013 6

100%

Terminado

SGP YAMINA YAÑEZ PIMIENTA

22.500.000 178

603 de 30 de Mayo de 2013

870 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP

DIONISIA GRANADOS NAVARRO

13.500.000 129

470 de 09 de Mayo de 2013

661 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP JESUSITA ACOSTA ORTEGA

22.500.000 155

511 de 20 de Mayo de 2013 no 7

100%

Terminado

SGP SENOVIA BOTTO PÉREZ

13.500.000 134

474 de 10 de Mayo de 2013

700 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP-TN JENIFER GARCIA

13.500.000 262

787 de 16 de Julio de 2013

1150 de 09 Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP-TN MEREDITH MAYA

20.000.000 231

785 de 16 de Julio de 2013

1127 de 09 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP-TN CESAR ROBLES

22.500.000 230

789 de 16 de Julio de 2013

1089 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP-TN

JHON CARLOS PEDROZO PUPO

22.500.000 280

847 de 24 de Julio de 2013

1445 de 11 Octubre de 2013 3

100%

Terminado

SGP-TN

CHRISTIAN MOGOLLÓN CHAPILLINQUEN

15.000.000 286

786 de 16 de Julio de 2013

1535 de 30 de Octubre de 2013 2

100%

Terminado

SGP REF:ARMANDO ARRIETA ROJAS

28.000.000 162

503 de 02 de Mayo de 2013

760 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP JOSE ARVILLA PEÑA

13.500.000 204

608 de 30 de Mayo de 2013

913 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JAVIER VARGAS BALLESTEROS

13.500.000 180

609 de 30 de Mayo de 2013

872 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP ALEXANDER NORIEGA POLO

13.500.000 179

610 de 30 de Mayo de 2013

871 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JORGE CORREDOR ZAGARRA

13.500.000 177

606 de 30 de Mayo de 2013

869 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP LUIS CASTRILLO BARRETO

13.500.000 205

607 de 30 de Mayo de 2013

914 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP ISRAEL LEMUS TORO

12.000.000 195

600 de 30 de Mayo de 2013

898 de Julio 4 de 2013 6

100%

Terminado

SGP RAMON REBOLLEDO RIVAS

13.500.000 194

605 de 30 de Mayo de 2013

897 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP YESID JIMENEZ 13.500.000 191

611 de 30 de Mayo de 2013

908 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP

ENRIQUE FERNANDEZ ACOSTA

9.000.000 253

784 de 16 de Julio de 2013

1147 de 09 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP MARCELINO LOPEZ BANDERA

13.500.000 168

512 de 20 de Mayo de 2013

766 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP LUIS ALCIDES HERNANDEZ I.

13.500.000 183

513 de 20 de Mayo de 2013

875 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

PROCESO COMUN CÓDIGO

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VERSIÓN 03

Página 72 de 268

SGP MARIA GREGORIA PEREZ

13.500.000 174

515 de 20 de Mayo de 2013

851 de 28 de Junio de 2013 6

100%

Terminado

SGP EVERALDO CHARRASQUIEL

15.000.000 165

471 de 10 de Mayo de 2013

763 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP ULICES SOLANO RUIZ

13.500.000 166

514 de 20 de Mayo de 2013

764 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP CLAUDIA SEPULVEDA COTES

25.000.000 163

510 de 20 de Mayo de 2013

761 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP HAROLD TORRES 18.000.000 265

510 de 20 de Mayo de 2013

761 de 14 de Junio de 2013 4

100%

Terminado

SGP ROSSEMERY VALERO CARBONO

19.000.000 264

849 de 24 de Julio de 2013

1139 de 09 Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP DORIS POMARES 25.000.000 164

509 de 20 de Mayo de 2013

762 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP REF:LILIANA ALBOR 28.000.000 201

598 de 30 de Mayo de 2013

904 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP ROSMARY ARIZA CORONADO

25.000.000 182

599 de 30 de Mayo de 2013

874 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP

Ref AIEPI: MAGARETH DE LEON

28.000.000 158

477 de 10 de Mayo de 2013

759 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP AZENETH VILLAFAÑE

15.000.000 225

722 de 04 de Julio de 2013

1092 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP GREIS BARRAZA 12.000.000 260

725 de 04 de Julio de 2013

1142 de 09 de Agosto de 2013 4

100%

Terminado

SGP SIRNEY CUJIA 15.000.000 226

727 de 04 de Julio de 2013

1094 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP FABIOLA REDONDO 16.000.000 261

783 de 16 de Julio de 2013

1238 de 03 Septiembre de

2013 4 100%

Terminado

SGP ZORAIMA PEREZ 12.000.000 266

723 de 04 de Julio de 2013

1144 de 09 de Agosto de 2013 4

100%

Terminado

SGP SANDRA VALENCIA 15.000.000 223

724 de 04 de Julio de 2013

1091 de 06 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP BELQUIS FONSECA DIAZ

14.000.000 255

885 de 06 de Agosto de 2013

1138 de 09 Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP AILEEN FERNANDEZ MEZA

10.000.000 259

848 de 24 de Julio de 2013.

1146 de 09 Agosto de 2013 5

100%

Terminado

TN

ALBA ISIDORA VILLANUEVA BERMUDEZ

7.200.000 279

897 de 09 de Agosto de 2013

1447 de 11 Octubre de 2013 3

100%

Terminado

TN MARTA CECILIA FONSECA CONDE

7.200.000 281

898 de 09 de Agosto de 2013

1446 de 11 de Octubre de 2013 3

100%

Terminado

TN

YANETH ESTHER RODRIGUEZ MORENO

4.800.000 283

896 de 09 de Agosto de 2013

1492 de 28 de octubre 2

100%

Terminado

GPS

Ref PAI: ERCILIA MARIA MORENO REDONDO

7.000.000 285

726 de 04 de Julio de 2013

1494 de 28 de Octubre de 2013 2

100%

Terminado

SGP Ref: ELIECER PEÑARANDA

30.000.000 170

502 de 20 de Mayo de 2013

768 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP ARMANDO FILIDIPO 15.000.000 202

618 de 30 de Mayo de 2013

905 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP GABRIEL MEJIA ARROYO

21.000.000 254

846 de 24 de Julio de 2013

1141 de 09 de Agosto de 2013 5

100%

Terminado

SGP GABRIEL ROMERO 25.000.000 127 465 de 09 de 657 de Mayo 30 7 100 Termi

PROCESO COMUN CÓDIGO

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Página 73 de 268

VALDERRAMA Mayo de 2013 de 2013 % nado

SGP KARINA BOLAÑO GUTIERREZ

25.000.000 142

468 de 09 de Mayo de 2013

707 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP LICET PAREDES ACEVEDO

25.000.000 160

507 de 20 de Mayo de 2013

758 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP MIRIAN ZAMBRANO BELEÑO

25.000.000 185

508 de 20 de Mayo de 2013

876 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP KEYLA OROZCO 32.000.000 258

874 de 01 de Agosto de 2013

1136 de 09 de Agosto de 2013 4

100%

Terminado

SGP MARIA VILLALOBOS GARCIA

25.000.000 206

601 de 30 de Mayo de 2013

915 de 04 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP RICHAR LIZARAZO TERRAZA

25.000.000 153

464 de 09 de Mayo de 2013

721 de Mayo 31 de 2013 7

100%

Terminado

SGP LUIS ALEXANDER GARCIA

25.000.000 138

466 de Mayo 09 de 2013

705 de Mayo 30 de 2013 7

100%

Terminado

SGP NEREYDA HERNANDEZ

25.000.000 122

469 de 09 de Mayo de 2013

652 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP ARMANDO MADRID 25.000.000 186

476 de 10 de Mayo de 2013

877 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JHON BOLAÑO MEZA

15.000.000 213

619 de 30 de Mayo de 2013

947 de 12 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP DEIBYS PACHECO BARRIOS

28.000.000 121

472 de 10 de Mayo de 2013

649 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP MAYRA PALACIO CASTAÑEDA

25.000.000 125

463 de 09 de Mayo de 2013

655 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP ARELIS TORRES GAMEZ

25.000.000 187

602 de 30 de Mayo de 2013

878 de 02 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

TN JOVANA CATAÑO BAGETT

33.622.500 159

505 de 20 de Mayo de 2013

774 de 14 de Junio de 2013 7

100%

Terminado

SGP YURANIS ROCIO YANETT ROA

30.000.000 173

504 de 20 de Mayo de 2013

895 de 4 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP JOSE BARON PEREDES

28.000.000 140

475 de 10 de Mayo de 2013

702 de 30 de Mayo de 2013 7

100%

Terminado

SGP BELQUIS PEREZ ROJAS

15.000.000 192

623 de 30 de Mayo de 2013

909 de 4 de Julio de 2013 6

100%

Terminado

SGP - TN

PIC E.S.E ALEJANDRO PROSPERO REVEREND

1.455.928.180 214

691 de 28 de Junio de 2013

990 de 23 de Julio de 2013

Fuente: Secretaria de Salud- Distrito de Santa Marta.

Para la vigencia de 2013, revisadas las carpetas de los contratos para la ejecución de las actividades de salud Pública no se encontró ningún contrato con el documento soporte de acta de liquidación. HALLAZGO: Los contratos de las vigencias 2011.2012- 2013 según relación de contratos no se encontraron en las carpetas ningún documento soporte de acta de liquidación de contratos por tanto el municipio no cumple con lo establecido en el artículo 11 LEY 1150/07. CONCLUSION: El distrito no proyecto, ni elaboro el documento soporte de actas de liquidación para los contratos de ejecución de recursos del SPG asignados para los Programas de Plan de

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Página 74 de 268

Intervenciones Colectivas, este documento permite identificar si existen saldo a favor o en contra del contratista y que permita realizar las liberaciones de los recursos a favor del Distrito. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo: Los contratos de las vigencias 2011.2012- 2013 según relación de contratos no se encontraron en las carpetas ningún documento soporte de acta de liquidación de contratos por tanto el municipio no cumple con lo establecido en el artículo 11 LEY 1150/07. RECOMENDACIÓN El proceso de contratación que realiza una entidad pública debe estar bajo los parámetros que dicta la normatividad, entre dichos parámetros se encuentra la liquidación de los contratos firmados en el cumplimiento de los programas y planes de salud, por tanto el Distrito debe velar que las normas se cumplan. CONTRATOS PARA LA PRESTACION DE SERVICIOS 2011. HALLAZGO: Revisados los documentos soportes de los contratos para la Población pobre no asegurada de la vigencia 2011, no reposa documentos soporte de acta de liquidación de estos contratos, así como tampoco el área jurídica demostró ningún documento de acta de liquidación de los contratos por servicios a la población pobre no asegurada, lo que puede evidenciar una mala coordinación y gestión debido a que la Secretaria de Salud no reposa ningún documento con respecto a las liquidaciones, así como tampoco tiene conocimiento si estas actas existen o no, La oficina de jurídica no entrego documento soporte de las actas para estos contratos. El Distrito no cumple con lo establecido en el artículo 11 LEY 1150/07. CONCLUSION: No existe documento soporte que se evidencia que los contratos de Prestación de Servicios que fueron ejecutados en la vigencia 2011 hayan sido respectivamente liquidados

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INFORMACION DE CONTRATOS CON DEUDAS PENDIENTES ANEXO 1

NOMBRE DE LA

EPSNUMERO DEL CONTRATO VIGENCIA

VALOR DEL

CONTRATO

V/R DEUDA

RECONOCIDA

V/R A PAGACON

RECURSOS

DISPONIBLES DE LAS

CUENTAS MAESTRAS

COMFACOR 47001-2010-001 2010 4.205.972.772,78 20.815.015,15 20.815.015,15

AMBUQ 0008 OTRO SI 0002 0003 0004 2005 486.865.351,05 23.631.490,01 23.631.490,01

AMBUQ 65 2006 105.903.895,56 10.697.452,43 10.697.452,43

AMBUQ 76 2006 57.784.657,44 1.532.929,69 1.532.929,69

AMBUQ 200700800 2007 115.950.787,20 (7.755.949,21) (7.755.949,21)

AMBUQ 200702800 2007 63.266.572,80 18.964,81 18.964,81

CAPRECOM 4700-2010001 2010 13.856.897.994,08 526.466.124,22 526.466.124,22

DUSAKAWI 0004 OTRO SI 0001 0002 0003 0004 2004 670.470.969,70 (48.530.667,83) (48.530.667,83)

DUSAKAWI 61 2006 230.075.662,50 14.763.436,95 14.763.436,95

DUSAKAWI 200700400 OTRO SI 200900401 2007 483.602.400,00 21.644.041,22 21.644.041,22

DUSAKAWI 200802800 2008 80.466.840,00 (2.124.384,80) (2.124.384,80)

DUSAKAWI 200800300 2008 843.878.673,00 36.603.437,36 36.603.437,36

DUSAKAWI 200902600 2009 32.210.586,00 (9.355.070,80) (9.355.070,80)

DUSAKAWI 200900400 OTRO SI 200900401 2009 328.842.423,00 (9.244.975,44) (9.244.975,44)

DUSAKAWI 47001-2010-001 2010 987.295.582,58 78.433.001,78 78.433.001,78

SALUDVIDA 0006 OTRO SI 0002 0003 0004 2005 2.690.618.476,90 181.594.978,40 181.594.978,40

SALUDVIDA 0014 2004 407.216.220,53 51.412.927,84 51.412.927,84

SALUDVIDA 000021 2005 100.300.263,56 22.203.191,22 22.203.191,22

SALUDVIDA 000023 2005 42.844.578,73 (225.401.102,40) (225.401.102,40)

SALUDVIDA 000040 2005 204.049.643,10 62.600.506,66 62.600.506,66

SALUDVIDA 000053 2005 14.873.913,50 (2.771.901,99) (2.771.901,99)

SALUDVIDA 200900600 OTRO SI 200900601 200900602 2009 1.408.120.119,00 (111.091.107,87) (111.091.107,87)

Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Se acepta la respuesta y los anexos entregados por el Distrito, por lo anterior se desvirtúa el hallazgo. 3.1.1.9. Revisión y análisis por cada contrato del régimen subsidiado, en el

marco del Decreto 1080 de 2012, lo siguiente:

Valor de deuda reconocida y los pagos realizados a cada EPS con recursos de la

cuenta maestra.

La secretaria de salud suministro la información correspondiente a la aplicación del Decreto 1080 del 23 de mayo de 2012. Esta información fue presentada adecuadamente relacionando los siguientes soportes de los pagos efectuados. Para cada EPS presentaron los siguientes soportes:

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Acta de conciliación entre las partes: esta acta contiene entre otros, relación de

contratos, vigencia de los contratos, valor del contrato, pagos efectuados, valor

adeudado, saldo del acta final y valor a pagar. Estas de conciliación están

debidamente firmadas por las partes que intervienen en la conciliación.

Carta donde hacen entrega oficial de los Anexos 1 y Anexo 2 conforme a las

estipulaciones del Decreto 1080 de 2012.

Anexo 1

Anexo 2

Soportes de pago, transferencias interbancarias.

A continuación se presenta un cuadro resumen de la relación de las EPS con las cuales se concilio las deudas a la fecha del decreto. Relación de pagos efectuados a las respectivas IPS.

EPSS

Anexo Técnico 1 Formato

"DETERMINACION DE

DEUDA"

Giros Directos a las IPS Publicas,

Realizados Por el Distrito de

Santa Marta, en virtud del

Decreto 1080

ESE Hospita l Alejandro Maestre Sierra 2.355.312,00 2.355.312,00

ESE Hospita l Univers i tario Fernando Troconis 79.833.506,44 79.833.506,44

CAPRECOM 526.466.124,22 ESE Alejandro Prospero Reverend 526.466.124,22 526.466.124,22

SALUDVIDA 181.408.491,90 ESE Alejandro Prospero Reverend 181.408.491,90 181.408.491,90

ESE Hospita l Univers i tario Fernando Troconis 24.764.553,73 24.764.553,73

ESE Alejandro Prospero Reverend 3.393.334,00 3.393.334,00

COMFACOR 20.815.015,15 ESE Alejandro Prospero Reverend 20.815.015,15 20.815.015,15

TOTAL 839.036.337,44$ 839.036.337,44$ 839.036.337,44$

Corte: 31-10-2012

Proyectó: Maritza Avendaño

AMBUQ 28.157.887,73

INFORMACIÓN DECRETO 1080 DEL 23 DE MAYO DE 2010-Expedido por el MSPS ANEXO 2

Anexo 2 Formato Relación de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud

para el giro recursos disponibles en la Cuenta Maestra del Régimen Subsidiado

DUSAKAWI 82.188.818,44

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Fuente Secretaria de Salud – Distrito de Santa Marta

los valores no pagados de acuerdo con la deuda reconocida.

Los valores no reconocidos por los contrato de aseguramiento que las Entidades

promotoras de salud del Régimen subsidiado reclamen a las entidades territoriales

determinando las razones que motivaron el no reconocimiento.

Las circunstancias para no liquidar los contratos de aseguramiento, dentro del

término previsto en la norma vigente.

Cruzar los resultados de la evaluación y revisión con la información publicada por el

Ministerio de Salud y Protección Social, como resultado de la aplicación del Decreto 1080 de

2012.

HALLAZGO: Del ítem relacionado con el reporte de la información suministrada por la Secretaria de Salud, de los compromisos del distrito con la EPSS, se observa que según relación anexo 1 relacionaron solo algunos pagos, que fueron consolidados para el pago hacia la red. De los otros pagos relacionados en el anexo no soportaron su cancelación a estos compromisos, incumplimiento el Decreto 1080/12 articulo 3. Literal a. CONCLUSION: El distrito de Santa Marta no demostró la cancelación de todas sus obligaciones reportadas por el Decreto 1080/12.

RELACION INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SALUD ANEXO 2

NOMBRE DE

LA EPSNOMBRE DE LA IPS VALOR A GIRAR

FECHA DE

PAGO

COMFACOR ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND 20.815.015,15 31/07/2012

AMBUQ ESE HOSPITAL UNIV. FERNANDO TROCONIS 24.764.553,73 13/08/2012

AMBUQ ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND 3.393.334,00 13/08/2012

CAPRECOM ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND 526.466.124,22 27/07/2012

DUSAKAWI ESE ALEJANDRO MAESTRE SIERRA 2.355.312,00 03/09/2012

DUSAKAWI ESE HOSPITAL UNIV. FERNANDO TROCONIS 79.833.506,44 03/09/2012

SALUDVIDA ESE ALEJANDRO PROSPERO REVEREND 181.408.491,90 13/08/2012

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Descargos de la entidad auditada

Concepto y análisis de la superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada El Distrito de Santa Marta anexa el pantallazo de las trasferencias – pagos efectuados a las EPS CAPRECOM, COMPFACOR, CAJACOPI y DUSAKAWI, entre otros, al verificar los pagos y verificar el total girado a cada una de las ESP se puede verificar que no suman el total de los valores comprometidos en el Decreto 1080. Por lo anterior se confirma el hallazgo: Del ítem relacionado con el reporte de la información suministrada por la Secretaria de Salud, de los compromisos del distrito con la EPSS, se observa que según relación anexo 1 relacionaron solo algunos pagos, que fueron consolidados para el pago hacia la red. De los otros pagos relacionados en el anexo no soportaron su cancelación a estos compromisos, incumplimiento el Decreto 1080/12 articulo 3. Literal a. 3.1.1.10 Determinación y análisis del uso de los saldos de la cuenta maestra del régimen subsidiado a 31 de diciembre de 2012, en el marco de la Ley 1608 de 2013. El distrito de Santa Marta, reporto en cero, el anexo técnico, 6 “EJECUCION DE RECURSOS DE EXCEDENTES DE RENTAS CEDIDAS” el anexo técnico 4 “SEGUIMIENTO DE EJECUCION DE RECURSOS DE SALDOS DE LA CUENTA MAESTRA” se observa un formato con ceros y otro con un valor reportado de $7.079.975.381 millones no se evidencia la fecha de corte de estos recursos de la vigencias 2012. Anexo técnico 1

SALDO DE LA CTA MAESTRA A 31 DICIEMBRE 2012: $9.799.072.414

COMPROMISO PENDIENTES DECRETO 1080/12 $1.107.574.178

RECURSO ESFUERZO PROPIO PENDIENTE DE GIRO: $630.792. 840

SALDO DE LA CUENTA MAESTRA DISPONIBLE: $ 8.060.705.394.

Se observa que el Distrito constituye El Decreto Nº 05 del 8 de Enero de 2013, por medio del cual se cierra la vigencia fiscal 2012, establece la reserva presupuestal y las cuentas por pagar generadas a 31 de Diciembre de 2012, por valor de $2.863.463.845 que no es reportado dentro de sus obligaciones o por lo menos lo que reporta es menor al decreto de la vigencia 2012, así como también se observa que todas la obligaciones reconocidas debían ser canceladas en un tiempo de 40 días según Decreto 1080/12 y de esta forma se pueda establecer si existe los excedentes del régimen subsidiado,

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3.1.1.11 Verificación y evaluación de la estructura, organización funcional, administrativa y recursos con que cuentan las Entidades Territoriales para cumplir sus competencias de inspección, vigilancia y control.

La vigilancia y control la delegan en las interventoras contratas para el Régimen Subsidiado, por tanto no se evidencio que el Distrito tenga una estructura y personal que realice estas competencias de vigilancia. 3.1.1.12. Verificación y análisis en el marco de las competencias de vigilancia y control que les corresponde a los Municipios, Distritos y Departamentos del cumplimiento de las normas para el logro de las metas del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en lo correspondiente a:

Funcionamiento y estructuración de la red de prestadores de servicios de

salud.

HALLAZGO: No existe claramente un consolidado de la red de servicios en todos los niveles, ciudades y nombre de los prestadores, direcciones y teléfonos, incumplimiento art 44 – 44-2 LEY 715/01. CONCLUSION: El distrito no tiene consolidado de la red que contrata las EPSS para la prestación de los servicios que sea identificable y que sirva como guía y/o consulta con los usuarios y de esta forma tener claridad que las EPS cumplan con la red de servicios adecuada, suficiente. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

Recursos de la entidad territorial destinados a la organización funcional y

administrativa de la red prestadora del servicio de salud de la jurisdicción, así como

mecanismos de planeación y gestión del funcionamiento de la red.

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Estudios financieros, realizados por la entidad Territorial de las instituciones

que componen a red, incluido análisis de indicadores financieros y de monitoreo.

Políticas de la Entidad territorial para fortalecer el flujo de recursos de la red

bajo su responsabilidad.

Planeación y orientación de las acciones de Inspección, Vigilancia y Control de

la Entidad Territorial, frente a la red de prestadores de Servicios de salud.

Cumplimiento de las normas financieras para evidenciar déficit presupuestal

frente a la red pública, así como políticas de control establecidas para las entidades

que presentan situación deficitaria.

Medidas adoptadas por la entidad territorial tendientes a controlar la

racionalización y austeridad en el gasto de la red pública a su cargo, así como las

medidas relacionadas con la venta de servicios, control y unificación de tarifas que

permitan el manejo financiero eficiente de la red pública a su cargo logrando como

mínimo un equilibrio financiero.

Acciones de la entidad territorial para verificar el cumplimiento de la suficiencia

patrimonial, así como seguimiento a las condiciones financieras de habilitación de las

IPS públicas y privadas de la Jurisdicción.

HALLAZGO: De los ítems anteriores el distrito no presento documento alguno que permitiera evidencia la gestión, coordinación con respecto a sus competencias según ley 715/01.

CONCLUSIÓN: Las competencias del Distrito deben ser planeadas, coordinadas y ejecutadas con el fin de realizar mejoras tanto al interior del manejo, operación administración que permita realizar un seguimiento al sistema de salud del Distrito. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

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Se confirma el hallazgo: No se evidencio administración, estudios financieros, estudios y seguimiento al fortalecimiento del flujo de recursos de la red contratada así como tampoco se logró identificar la gestión, coordinación con respecto a sus competencias según ley 715/01. 3.1.2. COMPONENTE DE ASEGURAMIENTO

El aseguramiento en salud, dentro del marco de la protección social, es la estrategia o

mecanismo estructurado y formal por el cual una persona o familia es protegida o amparada

de unos riesgos en salud específicos, a través de un plan de beneficios, que se encuentra

financiado por una unidad de pago por capitación (UPC).

El concepto de aseguramiento en salud, implica entonces, la gestión del riesgo en salud de

los afiliados, lo cual puede definirse como la determinación de la probabilidad de ocurrencia

de un hecho o daño, que es incierto, afecta la salud o requiere un servicio de salud y que en

consecuencia puede vulnerar la economía familiar.

Las entidades territoriales del orden local tienen unas competencias definidas a través de la

Ley 715 de 2001 a saber: a. Financiar y cofinanciar la afiliación al Régimen Subsidiado de la

población pobre y vulnerable y ejecutar eficientemente los recursos destinados a tal fin, b.

Identificar a la población pobre y vulnerable y seleccionar a los beneficiarios del Régimen

Subsidiado, atendiendo las disposiciones que regulan la materia, c. Celebrar contratos o

instrumentos que los sustituyan para el aseguramiento en el Régimen Subsidiado de la

población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control directamente o por medio de

interventorías ahora de acuerdo a la ley 1438 llamadas auditorias, d. Promover en su

jurisdicción la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en

Salud de las personas con capacidad de pago y evitar la evasión y elusión de aportes; para

dar cumplimiento a dichas competencias se han venido desarrollando simultáneamente

normas que reglamentan el Aseguramiento, una de las más importantes, el Acuerdo 415 de

2009 que determinó la forma y condiciones de operación del Régimen Subsidiado de salud.

3.1.2.1 ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DE LA SECRETARÍA DE SALUD PARA LA GESTIÓN DEL ASEGURAMIENTO:

El Municipio de Santa Marta es un Ente Certificado en Salud; NO cuenta con una estructura organizacional para la gestión del aseguramiento. El Ente Territorial tiene un organigrama donde hace parte la Secretaría de Salud.

Análisis:

De acuerdo a las competencias definidas en la Ley, el Municipio debe contar con una

estructura organizacional que garantice la Vigilancia y Control del aseguramiento.

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Hallazgo:

La Secretaría de Salud del Municipio de Santa Marta, no cuenta con una estructura

organizacional para la gestión del aseguramiento, incumpliendo lo establecido en la Ley 715

de 2001 en su Artículo 43 y 45.

Conclusión:

El Ente Territorial incumple con los Artículos 43 y 45 de la Ley 715 de 2001, respecto a la

adopción de una estructura organizacional para la gestión del aseguramiento

Personas entrevistadas: Maritza Mercedes Avendaño García Profesional Universitario

Pruebas documentales: Estructura Organizacional Alcaldía Municipal de Santa Marta

Descargos entidad auditada

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Alcaldía Distrital dentro de los documentos que soporta, no relaciona la Resolución No

984 de fecha 12 de Septiembre de 2005, donde se adopta la organización de la Secretaría

de Salud Distrital, por lo que se confirma el hallazgo debido a que el Ente Territorial no

cuenta con una estructura organizacional para la gestión del aseguramiento, incumpliendo lo

establecido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 y 45.

3.1.2.2. RESPONSABLES DEL PROCESO DE ORGANIZACIÓN DEL ASEGURAMIENTO El Ente Territorial presenta Manual de Funciones el cual fue adoptado mediante Resolución No 984 de fecha 12 de Septiembre de 2005; así mismo el área de Salud cuenta con una Secretaria de Salud DAIRID CECILIA FONTALVO BUELVAS, nombrada mediante Decreto 271 del 13 de Noviembre de 2013 y Posesionada el día 13 de Noviembre de 2013; Así mismo para el año 2013 fue nombrada mediante Decreto No 141 de fecha 31 de Mayo, la funcionaria OMAIRA GONZÁLEZ VILLANUEVA, Posesionada el 04 de Junio de 2013; Para el año 2012 fue nombrado el funcionario ANA MARÍA CRISTINA DIAZ mediante Decreto No 002 de fecha 02 de Enero de 2012 y Acta de Posesión No 004 de fecha 02 de Enero de 2012; LUIS MANUEL PAREDES FONTALVO nombrado mediante Decreto No 204 de fecha 09 de Octubre de 2012 y acta de Posesión No 308 de fecha 09 de Octubre de 2012. Para el

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año 2011 fue nombrado JORGE PAULO LASTRA CANTILLO mediante Decreto No 197 de fecha 13 de Junio de 2011 y acta de Posesión No 300 de fecha 13 de Junio de 2011. En cuanto a las OPS, para el año 2012 la Alcaldía Municipal Contrató a un Ingeniero de Sistemas para apoyo de las actividades de Aseguramiento; tres Profesionales de apoyo a la gestión para la Auditoría Financiera, Administrativa, de Prestación de Servicios, Promoción y Prevención de Régimen Subsidiado, cuyo contrato cuenta con vigencia 20 de Diciembre de 2012 a 31 de Diciembre de 2012. Para el año 2013 se contrató un Profesional de Apoyo a la Gestión para la validación y recepción de Formularios únicos de Afiliación, con vigencia contractual 30 de Mayo a 31 de Diciembre de 2013; un Profesional de apoyo para la gestión del fortalecimiento de la universalización de la Afiliación al Régimen Subsidiado, con vigencia contractual 30 de Mayo a 31 de Diciembre de 2013. Un Profesional de apoyo a la gestión para el fortalecimiento de la universalización de la Afiliación al Régimen Subsidiado, vigencia Contractual 06 de Agosto a 31 de Diciembre de 2013. Un Profesional Ingeniero de Sistemas de Apoyo al área de Aseguramiento, con vigencia contractual 30 de Mayo a 31 de Diciembre de 2013. Dos Profesionales de apoyo a la gestión para la Auditoría Administrativa, Financiera, de Prestación de Servicios, Promoción y Prevención, vigencia contractual 02 de Mayo a 31 de Diciembre de 2013. RESOLUCIÓN 984 DE (SEPTIEMBRE 12 DE 2005) MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES MISION.- La misión de la Alcaldía Distrital es la siguiente: El Distrito Turístico Cultural e Histórico de Santa Marta como ente territorial, en el desarrollo de su competencia le corresponde velar por la prestación y cumplimiento de los servicios públicos que determina la ley, construir las obras que demanda el desarrollo local, promover la participación comunitaria, ordenar el desarrollo de su territorio, logrando el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, cumpliendo las demás funciones que le señala la Constitución y la Ley. VISION.- La visión de la Alcaldía Distrital es la siguiente: Construir una sociedad decente en donde todas las dependencias de la administración central y los institutos descentralizados den a los habitantes del territorio el honor que se merecen como ciudadanos y ciudadanas de primera categoría. MANUAL ESPECIFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES PLANTA GLOBALIZADA I.IDENTIFICACIÓN Nivel: DIRECTIVO Denominación del Empleo: SECRETARIO DE DESPACHO Código: 020 Grado Salarial: 04 No. de Cargos 1 Dependencia: Secretaría de Salud Cargo del Jefe Inmediato Alcalde Ubicación Geográfica: Alcaldía Tipo de Vinculación: Libre Nombramiento II. PROPÓSITO PRINCIPAL- SECRETARIA DE SALUD Formula, dirigir y ejecutar planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en armonía con las disposiciones del orden nacional y departamental. III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Adelantar las acciones de salud pública en la promoción y prevención dirigidas a la población de su jurisdicción. 2. Velar por la articulación de la prestación de los servicios de salud en el distrito con la red de prestación de servicios de salud del departamento del Magdalena. 3. Formular y ejecutar planes, programas y proyectos para el desarrollo del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en armonía con las disposiciones del orden nacional y

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departamental 4. Velar porque se gestione el recaudo, flujo y ejecución de los recursos con destinación específica para la prestación de los servicios de atención en salud del Distrito. 5. Administrar, en los eventos en que este sea delegado, todos los recursos que ingresen al Fondo Local de Salud acorde con las disposiciones que regulen la materia, al igual que las directrices que sobre el tema dicte el Gobierno Nacional. 6. Adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar, en el distrito las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas. 7. Prestar asistencia técnica y asesoría a las instituciones públicas que prestan servicios de salud, en el distrito. 8. Vigilar y controlar el cumplimiento de las políticas y normas técnicas, científicas y administrativas que expida el Ministerio de la Protección Social para garantizar el logro de las metas del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 9. Adoptar, implementar, administrar y coordinar la operación en el Distrito del sistema integral de información en salud, así como generar y reportar la información requerida por el Sistema. 10. Promover la participación social y la promoción del ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud. 11. Promover planes, programas, estrategias y proyectos en salud para su inclusión en los planes y programas nacionales y departamentales 12. Velar por la adopción, difusión, implante y ejecución de la política de prestación de servicios de salud formulada por la Nación. 13. Adelantar la gestión la prestación de los servicios de salud se haga de manera oportuna, eficiente y con calidad a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, que resida en el distrito, mediante instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas. 14. Estudiar y proponer, si lo considera pertinente, financiar con los recursos propios, con los recursos asignados por concepto de participaciones y demás recursos cedidos, la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda y los servicios de salud mental. 15. Organizar, dirigir, coordinar y administrar la red de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas en el distrito 16. Estudiar y proponer la forma en que el Distrito puede concurrir en la financiación de las inversiones necesarias para la organización funcional y administrativa de la red de instituciones prestadoras de servicios de salud a su cargo. 17. Velar por que se efectúe en el distrito el registro de los prestadores públicos y privados de servicios de salud, recibir la declaración de requisitos esenciales para la prestación de los servicios y adelantar la vigilancia y el control correspondiente. 18. Vigilar el cumplimiento de las normas técnicas dictadas por la Nación para la construcción de obras civiles, dotaciones básicas y mantenimiento integral de las instituciones prestadoras de servicios de salud y de los centros de bienestar del anciano. 19. Velar por la adopción, difusión, implante y ejecución de la política de salud pública formulada por la Nación. 20. Establecer la situación de salud en el distrito y propender por su mejoramiento. 21. Formular y ejecutar el Plan de Atención Básica distrital. 22. Dirigir y controlar en el distrito, el Sistema de Vigilancia en Salud Pública. 23. Vigilar y controlar, en coordinación con el Instituto Nacional para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, y el Fondo Nacional de Estupefacientes, la producción, expendio, comercialización y distribución de medicamentos, incluyendo aquellos que causen dependencia o efectos psicoactivos potencialmente dañinos para la salud y sustancias potencialmente tóxicas. 24. Ejecutar las acciones de inspección, vigilancia y control de los factores de riesgo del ambiente que afectan la salud humana, y de control de vectores y zoonosis. 25. Coordinar, supervisar y controlar las acciones de salud pública que realicen en el distrito las Entidades Promotoras de Salud, las demás entidades que administran el régimen subsidiado, las entidades transformadas y adaptadas y aquellas que hacen parte de los regímenes

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especiales, así como las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud e instituciones relacionadas. 26. Ejercer en el distrito la vigilancia y el control del aseguramiento en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y en los regímenes de excepción definidos en la Ley 100 de 1993. 27. Gestionar la financiación y cofinanciación para la afiliación al Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y ejecutar eficientemente los recursos destinados a tal fin. 28. Identificar a la población pobre y vulnerable en el distrito y seleccionar a los beneficiarios del Régimen Subsidiado, atendiendo las disposiciones que regulan la materia. 29. Gestionar la celebración de contratos para el aseguramiento en el Régimen Subsidiado de la población pobre y vulnerable y realizar el seguimiento y control directamente o por medio de interventorías. 30. Promover en el distrito la afiliación al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud de las personas con capacidad de pago y evitar la evasión y elusión de aportes. 31. Vigilar las condiciones ambientales que afectan la salud y el bienestar de la población generadas por ruido, tenencia de animales domésticos, basuras y olores, entre otros. 32. Vigilar en el distrito, la calidad del agua para consumo humano; la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos; manejo y disposición final de radiaciones ionizantes, excretas, residuos líquidos y aguas servidas; así como la calidad del aire. Para tal efecto, coordinará con las autoridades competentes las acciones de control a que haya lugar. 33. Ejercer vigilancia y control sanitario en el distrito, sobre los factores de riesgo para la salud, en los establecimientos y espacios que puedan generar riesgos para la población, tales como establecimientos educativos, hospitales, cárceles, cuarteles, albergues, guarderías, ancianatos, puertos, aeropuertos y terminales terrestres, transporte público, piscinas, estadios, coliseos, gimnasios, bares, tabernas, supermercados y similares, plazas de mercado, de abasto público y plantas de sacrificio de animales, entre otros. 34. Cumplir y hacer cumplir en el distrito las normas de orden sanitario previstas en la Ley 9ª de 1979 y su reglamentación o las que la modifiquen, adicionen o sustituyan. 35. Analizar y proponer la actualización de los trámites, procesos y procedimientos de su dependencia que le permitan a la administración local mejorar su gestión para el desarrollo eficiente de sus competencias, dentro de sus límites financieros. 36. Preparar para la consideración del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud los instrumentos y metodologías de focalización de los beneficiarios del régimen subsidiado en el Distrito y orientar su puesta en marcha. 37. Firmar la correspondencia oficial de carácter externo que deba efectuar el Distrito en relación con las funciones de la Secretaría. 38. Evaluar el desempeño de los funcionarios adscritos al Despacho de la Secretaría. 39. En coordinación con la Secretaría de Planeación dirigir y adoptar los indicadores de resultados para evaluar el impacto de los programas de la Secretaría. 40. Ejercer el autocontrol en todas las funciones que le sean asignadas. Análisis: El Municipio de Santa Marta cuenta con la Secretaria de Salud, como funcionaria de planta de libre nombramiento y remoción y seis (6) contratistas para el área de aseguramiento. PERSONAS ENTREVISTADAS: Dairid Cecilia Fontalvo Buelvas Secretaria de Salud PRUEBAS DOCUMENTALES: Manual de Funciones

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3.1.2.3 VIGILANCIA Y CONTROL DEL ASEGURAMIENTO EN EL SGSSS SEGÚN COMPETENCIA, LEY 715 DE 2001

El Municipio como Ente Certificado en Salud debe adoptar, difundir, implantar, ejecutar y evaluar, las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas. No se cuenta adoptado mediante Acto Administrativo el Manual de Procesos y Procedimientos para el área de Aseguramiento; así mismo no se evidencian informes donde se vea su ejecución y seguimiento o verificación de su evaluación. El Municipio cuenta con actas de reunión de fecha 30, 31 de Julio y 01 de Agosto de 2012 donde se capacita a la Red Pública y Privada, en el procedimiento de Afiliación. No se evidencia para los años 2011 y 2013 planillas de asistencia a capacitaciones, cartillas o presentaciones que evidencien las acciones de asesoría y asistencia técnica realizada a las IPS Públicas Se evidencia que el Municipio, según información suministrada cuenta con las Resoluciones expedidas por la Superintendencia Nacional de Salud No 290 de fecha 09 de Marzo de 2009, 0286 de fecha 07 de Marzo de 2001, 0203 de fecha 01 de Febrero de 2006, 0356 de fecha 24 de Febrero de 2006, 0048 de fecha 20 de Enero de 2009, 1231 de fecha 20 de Junio de 2001, 313 de fecha 17 de Marzo de 2008, 807 de fecha 16 de Junio de 2009, 360 de fecha 24 de Febrero de 2006, 315 de fecha 17 de Marzo de 2008, 0283 de fecha 03 de Marzo de 2009, por medio de las cuales habilita a las EPSS DUSAKAWI, MUTUAL SER, COOSALUD, CAPRECOM,CAJACOPI, SALUD VIDA, SOLSALUD, COMPARTA, AMBUQ, HUMANA VIVIR y COMFACOR, respectivamente para administrar los Planes de Beneficios de Régimen Subsidiado. Se evidencia que el Municipio realiza el seguimiento a los formularios de traslados, realizado entre las EPS SUBSIDIADAS del Municipio, constatando que efectivamente se reportó la novedad de traslado en la BDUA. Así mismo se verifica que durante los años 2011, 2012 y 2013 existen actas mensuales de las personas que hicieron el proceso de traslados. Se evidencia en los archivos del Municipio que no hubo negación ni traslados masivos por parte de las EPS SUBSIDIADAS, para los años 2011, 2012 y 2013 No hubo para los años 2011, 2012 y 2013 procesos de liquidación, retiro voluntario o revocatoria de EPSS Se evidencia que el Ente Territorial no realiza en forma periódica y permanente, el seguimiento y control del aseguramiento, como ocurre en los años 2011, 2012 y 2013 que las EPS SUBSIDIADAS no remitieron en forma mensual la Póliza de Alto Costo con el respectivo pago de la prima. Durante el ejercicio auditor se verificó carpetas de los años 2011, 2012 y 2013 que contenían información de las EPS SUBSIDIADAS encontrando lo siguiente: Para el año 2011 no relacionan las Pólizas de Alto Costo de las EPSS.

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Para el año 2012 SALUD VIDA presenta Póliza de Alto Costo No 1158, expedida por la compañía de Seguros AURORA, vigencia 01 de Octubre de 2011 a 01 de Diciembre de 2013. Pago de la prima meses de Octubre y Noviembre. No se evidencia Paz y salvo pago aportes Parafiscales. EPSS DUSAKAWI cuenta con Póliza de Alto Costo Nos 441100000189 y 441100000207 expedida por la compañía de Seguros QBE de vigencia, 01 de Octubre de 2011 a30 de Septiembre de 2012 y 01 de Octubre de 2012 a 30 de Septiembre de 2013 respectivamente. Relacionan pago de la prima del año 2012. No se evidencia Paz y Salvo pago aportes Parafiscales. EPSS COMPARTA presenta Póliza de Alto Costo No 1167, expedida por la compañía de Seguros AURORA, con vigencia 01 de Abril de 2012 a 01 de Abril de 2013. Pago de la prima de los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Octubre. No relacionan Paz y salvo aportes Parafiscales. MUTUAL SER EPSS presenta Póliza de Alto Costo No 1164 expedida por la compañía de Seguros AURORA, de vigencia 01 de Enero de 2012 a 01 de Enero de 2013. Pago de la prima del mes de Enero al mes de Octubre inclusive. No relacionan Paz y salvo aportes Parafiscales. CAJACOPI EPSS presenta Póliza de Alto Costo No 91200035 expedida por la compañía LIBERTY SEGUROS, de vigencia 01 de Febrero de 2012 a 01 de Febrero de 2013. No se evidencia pago de la prima, ni Paz y salvo aportes Parafiscales. Para el año 2013 MUTUAL SER remite Póliza de Alto Costo No 91200039 de la compañía LIBERTY SEGUROS de vigencia 01 de Enero de 2013 a 01 de Febrero de 2013; se evidencia pago de la prima de los meses de Febrero y Marzo. Se evidencia pago aportes Parafiscales, meses de Febrero y Marzo. EPSS COOSALUD cuenta con Póliza de Alto Costo No 1168 de vigencia 01 de Mayo de 2012 a 01 de Mayo de 2013. Se evidencia pago de la prima de los meses de Enero y Febrero. No relacionan Paz y Salvo pago de aportes Parafiscales. EPSSI DUSAKAWI, presenta Póliza de Alto Costo No 441100000207 expedida por la compañía de Seguros QBE con vigencia 01 de Octubre de 2012 a 30 de Septiembre de 2013. Pago de la prima con corte al mes de Enero, Febrero y Marzo. No relacionan Paz y Salvo pago de aportes Parafiscales. EPSS SALUDVIDA cuenta con Póliza de Alto Costo No 1158, expedida por la compañía de Seguros AURORA, con vigencia 01 de Octubre de 2011 a 31 de Diciembre de 2013. Pago de la prima del mes de Enero, Febrero y Marzo. No se evidencia Paz y Salvo pago de Aportes Parafiscales. EPSS AMBUQ cuenta con Póliza de Alto Costo No 91200024 expedida por la compañía LIBERTY SEGUROS, con vigencia 01 de Enero de 2013 a 01 de Abril de 2013. Pago de la prima de los meses de Enero, Febrero y Marzo. No se evidencia Paz y Salvo pago Aportes Parafiscales. EPSS COMFACOR presenta Póliza de Alto Costo No 41100000203 expedida por la compañía de seguros QBE, vigencia 01 de Junio de 2012 a 31 de Mayo de 2013. No relacionan pago de la prima. No se evidencia Paz y Salvo aportes Parafiscales. EPSS SOLSALUD cuenta con la Póliza de Alto Costo No 1174, expedida por la compañía de Seguros AURORA, vigencia 01 de Septiembre de 2012 a 01 de Septiembre de 2013. No relacionan pago de la prima ni Paz y salvo de aportes Parafiscales. De lo anterior se desprende que no hay Vigilancia y Control por parte del Ente Territorial ni adopción de planes de mejoramiento, del incumplimiento reiterado de las EPS SUBSIDIADAS. No se evidencia en los archivos del Municipio copia de la totalidad de los contratos suscritos con la red prestadora, de los servicios de baja, mediana y alta complejidad, para el año 2011. En cuanto al año 2012, en los archivos de la Secretaría de Salud reposa copia de los

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contratos de las siguientes EPSS: CAJACOPI, COOSALUD, SALUD VIDA Y SOLSALUD y AMBUQ EPSS; COMPARTA EPSS presenta contratos con vencimiento a 31 de Marzo de 2012; no se evidencia Acta u Otrosí de renovación. EPSS DUSAKAWI, COMFACOR y EPSS MUTUAL SER no se evidencia copia de la totalidad de los contratos suscritos con la red. EPSS HUMANA VIVIR, cuenta con contratos de vencimiento 31 de Marzo de 2012; las actas u Otrosí de Prórroga, no se encuentran legalizadas. En cuanto al año 2013 se evidencian copia de los contratos suscritos con la red de Baja, Mediana y Alta Complejidad para las EPSS COMPARTA, SALUDVIDA, COOSALUD, COMFACOR, SOLSALUD; EPSS CAPRECOM suscribe contratos con la Red Prestadora con vigencia menores a un año, en forma fraccionada. El Municipio se manifestó mediante oficio dirigido al Director Territorial, solicitando la ampliación de la Red de Servicios. En cuanto a las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI, no se evidencia los contratos de Baja y Mediana Complejidad; EPSS CAJACOPI no se evidencia contrato legalizado con la IPS de Baja Complejidad. Es evidente el incumplimiento de las EPSS para los años 2011, 2012 y 2013, respecto a la obligación de realizar los contratos con la red prestadora en forma anualizada, teniendo en cuenta la vigencia de la Acta de compromiso Presupuestal del Municipio (01 de Enero a 31 de Diciembre). Análisis: Dentro de las competencias definidas en la Ley, el Distrito de Santa Marta, no ha adoptado mediante Acto Administrativo el Manual de Procesos y Procedimientos del área de Aseguramiento; no se evidencian informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas. En relación a las acciones de asesoría y asistencia técnica, que deben realizar dentro de sus competencias a la IPS Pública de su jurisdicción, no se evidencian actas de reunión, planillas de asistencia a capacitaciones, cartillas o presentaciones de dichas asesorías, para los años 2011 y 2013.

De acuerdo a las competencias definidas en la Ley 715 de 2001, el Municipio NO realiza

Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que no hubo informes, actas de

compromiso o planes de mejoramiento, que mostraran el cumplimiento de las EPSS, en la

remisión mensual de las Pólizas de Alto Costo, con el respectivo pago de la prima.

El Municipio no cuenta ni en medio físico ni magnético para el año 2011 con la copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red prestadora; en cuanto al año 2012 las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR, presentan contratos incompletos, Otro sí no legalizados. Para el año 2013 no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que suscribieron las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI y CAJACOPI, con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad. No se evidencia por parte del Ente Territorial que haya realizado Vigilancia y Control a dichos

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contratos para verificar que efectivamente las EPS SUBSIDIADAS, cumplan como mínimo el 60% de contratación con la Red Pública.

Hallazgos: No se evidencia en los archivos del Municipio, la adopción del Manual de Procesos y Procedimientos o informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas, contraviniendo lo señalado en la Ley 715 de 2001 en sus Artículo 43 Numeral 43.1.2 y Artículo 45. No se evidencian para los años 2011 y 2013, acciones de asesoría y asistencia técnica, por parte del Municipio a las IPS Públicas de su jurisdicción, incumpliendo lo establecido en el Artículo 43 Numeral 43.1.3 de la Ley 715 de 2001. Se evidencia que el Ente Territorial no realiza en forma periódica y permanente, Vigilancia y Control del aseguramiento, para los años 2011, 2012 y 2013 donde las EPS SUBSIDIADAS no remitieron en forma mensual la Póliza de Alto Costo con el respectivo pago de la prima. NO hay seguimiento por parte del Ente Territorial ni adopción de planes de mejoramiento, del incumplimiento reiterado de las EPS SUBSIDIADAS. Lo anterior contraviene lo definido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 44, Numeral 44.2.3., Decreto 971 de 2011 en su Artículo 14, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 19 de la Ley 1122 de 2007, Ley 828 de 2003 en su Artículo 1, Parágrafo 2, y demás normatividad vigente. El Municipio no cuenta ni en medio físico ni magnético para el año 2011, con la copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad; en cuanto al año 2012, se evidencia red prestadora incompleta por parte de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR. Para el año 2013 las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI, presentan red prestadora incompleta, violando lo señalado en la Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007 y demás normatividad vigente. Conclusiones

El Ente Territorial incumplió con la Ley 715 de 2001 en sus Artículo 43 Numeral 43.1.2 y Artículo 45, respecto a la implementación de los Manuales de Procesos y Procedimientos e informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas.

El Municipio para los años 2011 y 2013, incumplió con el Artículo 43 Numeral 43.1.3 de la

Ley 715 de 2001, respecto a los procesos de Asesoría y asistencia Técnica que debió

realizar a las IPS Públicas de su Jurisdicción, en los temas de Aseguramiento

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El Municipio incumplió conLey 715 de 2001 en su Artículo 44, Numeral 44.2.3., Decreto 971

de 2011 en su Artículo 14, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 19 de la Ley 1122 de

2007, Ley 828 de 2003 en su Artículo 1, Parágrafo 2, respecto a la Vigilancia y Control del

Aseguramiento, debido a que las EPSS no presentaron en forma mensual las Pólizas de Alto

Costo con el respectivo pago de la prima durante los años 2011, 2012 y 2013.

El Municipio incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que en los archivos del Municipio no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que las EPSS suscribieron con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad

PERSONAS ENTREVISTADAS: Maritza Mercedes Avendaño García, Profesional Universitario PRUEBAS DOCUMENTALES: Informes de Auditoría, Actas, Manuales.

Hallazgo: No se evidencia en los archivos del Municipio, la adopción del Manual de Procesos y Procedimientos o informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas, contraviniendo lo señalado en la Ley 715 de 2001 en sus Artículo 43 Numeral 43.1.2 y Artículo 45. Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

El Ente Territorial cuenta con un Manual de Procesos y Procedimientos en fase de aprobación y adopción mediante Acto Administrativo; no se evidencia en los archivos del Municipio, informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas. Por lo anteriormente descrito se confirma el

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hallazgo, teniendo en cuenta que se incumplió con lo señalado en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.1.2 y Artículo 45. Hallazgo: No se evidencian para los años 2011 y 2013, acciones de asesoría y asistencia técnica, por parte del Municipio a las IPS Públicas de su jurisdicción, incumpliendo lo establecido en el Artículo 43 Numeral 43.1.3 de la Ley 715 de 2001. Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud Distrital presenta actas donde se realizó Asistencia Técnica a las IPS Alejandro Próspero Reverend, Clínica la Castellana, Centro de Salud Bastidas y Centro de Salud Mamatoco en el mes de Octubre del año 2013, fecha que no corresponde a la vigencia de la visita de Auditoría. Por lo tanto se confirma el hallazgo, debido a que no se evidencia para el último trimestre del año 2011 y primer trimestre del año 2013, acciones de asesoría y asistencia técnica, por parte del Municipio a las IPS Públicas de su jurisdicción, incumpliendo lo establecido en el Artículo 43 Numeral 43.1.3 de la Ley 715 de 2001. Hallazgo:

Se evidencia que el Ente Territorial no realiza en forma periódica y permanente, Vigilancia y Control del aseguramiento, para los años 2011, 2012 y 2013 donde las EPS SUBSIDIADAS no remitieron en forma mensual la Póliza de Alto Costo con el respectivo pago de la prima. No hay seguimiento por parte del Ente Territorial ni adopción de planes de mejoramiento, del incumplimiento reiterado de las EPS SUBSIDIADAS. Lo anterior contraviene lo definido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43, Decreto 971 de 2011 en su Artículo 14, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 19 de la Ley 1122 de 2007.

Descargos Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Alcaldía Distrital de Santa Marta, presenta para el año 2012, soportes de expedición por

parte de la compañía de Seguros de las Pólizas de Alto Costo con el respectivo pago de la

prima, correspondiente a las EPSS MUTUAL SER, BARRIOS UNIDOS; no relacionan los

pagos de la prima en forma mensual de las EPSS SALUDVIDA, COMPARTA, CAPRECOM

(Enero-Mayo de 2012), CAJACOPI y COMFACOR. En relación al año 2013 no presentan

certificación expedida por la compañía de seguros de que las EPSS COMFACOR y

SOLSALUD pagaron en forma mensual la prima de Alto Costo. En cuanto al año 2011 no

presentan certificación expedida por la compañía de Seguros de que las EPSS contrataron el

Reaseguro y pagaron en forma mensual la prima de Alto Costo. De lo anteriormente descrito

se confirma el hallazgo para los años 2011, 2012 y primer trimestre del año 2013, debido a

que el Ente Territorial no realiza en forma mensual la Vigilancia y Control del Aseguramiento,

donde las EPS SUBSIDIADAS no remitieron en forma mensual la Póliza de Alto Costo con el

respectivo pago de la prima. NO hay seguimiento por parte del Ente Territorial ni adopción de

planes de mejoramiento, del incumplimiento reiterado de las EPS SUBSIDIADAS. Lo anterior

contraviene lo definido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43, Decreto 971 de 2011 en su

Artículo 14, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 19 de la Ley 1122 de 2007.

Hallazgo:

El Municipio incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que en los archivos del Municipio no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que las EPSS suscribieron con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud presenta soportes en medio magnéticos para el año 2012 de los contratos que suscribieron las EPSS COMFACOR, COMPARTA Y DUSAKAWI con la red de prestadores para los servicios de baja, mediana y alta complejidad; no relacionan los contratos faltantes que suscribieron las EPSS MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR con dicha

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red. En cuanto al año 2013, no relacionan los contratos faltantes de las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI; para el año 2011, no se evidencia copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red de prestadores para los servicios de baja, mediana y alta complejidad. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, teniendo en cuenta que el Distrito de Santa Marta incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que en los archivos del Ente Territorial no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que las EPSS suscribieron con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad.

3.1.2.4 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA PRIORIZACIÓN PARA LA AFILIACION DEL REGIMEN SUBSIDIADO

El procedimiento que establece el Ente Territorial, para priorizar la población para afiliación al Régimen Subsidiado, consiste en solicitar la base de encuestados al Sisben, se cruza con la base de datos del Régimen Subsidiado del Municipio y a su vez con la malla validadora del FOSYGA, y el resultado de estos cruces se validan contra el Departamento Nacional de Planeación y la población que cumple con los puntajes del Sisbén metodología III, se proceden a afiliar al Régimen Subsidiado. El Municipio adoptó mediante Resolución No 2141 de fecha 23 de Noviembre de 2010, la población del listado censal.

Los beneficiarios del Régimen Subsidiado se seleccionaron de acuerdo a la resolución 3778

de 2011 la cual estableció los puntos de corte para los niveles 1 y 2 en salud tal como se

describe en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 1 PUNTOS DE CORTE PARA NIVELES 1 Y 2

NIVEL PUNTAJE DE SISBÉN III

14 CIUDADES OTRAS CABECERAS RURAL

1 0 - 47.99 0 - 44.79 0 - 32.98

2 48.00 - 54.86 44.80 - 51.57 32.99 - 37.80

Fuente: Secretaría de Salud Para surtir la afiliación de la población elegible, se verificó que los usuarios que afilian las

EPS SUBSIDIADAS, hacen parte de los listados censales y de la Base de datos del Sisbén

metodología III, pero NO se evidencia que el Municipio haya adoptado mediante Acto

Administrativo dicho Sisbén.

Análisis:

La población del Municipio de Santa Marta, se afilió al Régimen Subsidiado, teniendo en

cuenta la base de datos de población elegible.

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La base de datos del Sisbén Metodología III se encuentra certificada por el Departamento

Nacional de Planeación, pero no fue adoptada por el Municipio mediante Acto Administrativo.

Hallazgo:

La base de datos del Sisbén Metodología III se encuentra certificada por el Departamento

Nacional de Planeación, pero no fue adoptada por el Municipio mediante Acto Administrativo,

incumpliendo lo señalado en la Circular Única 047 de 2007 con modificaciones de las

Circulares Externas: 049, 050, 051 y 052 de 2008,057 y 058 de 2009,059, 060, 061 y 062 de

2010 en el título V Entidades Territoriales punto 8 Focalización de los subsidios en salud.

Conclusiones

El Municipio incumplió con la Circular Única 047 de 2007 con modificaciones de las

Circulares Externas: 049, 050, 051 y 052 de 2008,057 y 058 de 2009,059, 060, 061 y 062 de

2010 en el título V Entidades Territoriales punto 8 Focalización de los subsidios en salud,

respecto a la emisión del Acto Administrativo, para adoptar la base de datos del Sisbén

Metodologia III.

PERSONAS ENTREVISTADAS: Carlos Andrés Montoya Santacruz, Contratista Secretaría de Salud PRUEBAS DOCUMENTALES: Base de datos del Sisbén metodología III Certificada por el DNP, Listado de población elegible del Municipio

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

El Distrito de Santa Marta, presenta Resolución No 2340 de fecha 27 de Diciembre de 2011,

debidamente firmada por el Representante Legal, donde el Municipio adopta la base de

datos del Sisbén Metodología III. Por lo anteriormente descrito se desvirtúa el hallazgo.

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3.1.2.5 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN AL PROCESO DE AFILIACIÓN, IDENTIFICACIÓN, Y SELECCIÓN DE AFILIADOS DEL REGIMEN SUBSIDIADO

El Municipio con cobertura superior en el aseguramiento según censo Dane, cuenta con 267.988 personas afiliadas al Régimen Subsidiado. Para la administración del aseguramiento el Municipio tiene once (11) EPSS, cuyos afiliados se encuentran discriminados de la siguiente manera:

AFILIADOS POR EPSS

Fuente: Secretaría de Salud

El proceso de Afiliación, Identificación y Selección de afiliados al Régimen Subsidiado se realiza mediante la encuesta del Sisbén o en los casos de poblaciones especiales a través de listados censales; la selección se hace a través de los listados de población elegible. Se evidencia que el Municipio adoptó mediante Acto administrativo el listado de Población elegible, mediante la Resolución 2141 de fecha 23 de Noviembre de 2010 y 092 de fecha 14 de Marzo de 2013, con 10130 afiliados. Dicho listado se actualizó el 01 de Noviembre de 2013 con 20594 personas y cumple con los criterios de priorización de las personas que pueden ingresar al Régimen Subsidiado. Se evidencia en los archivos del Ente Territorial y los documentos que soporta que para el año 2012, la Alcaldía Municipal expidió el Decreto No 142 de fecha 29 de Junio "por medio de la cual se fijan lineamientos, mecanismos y condiciones para la universalización de la cobertura del Régimen Subsidiado en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta"; no relacionan documentos que muestren que se realizó la durante los años 2012 y 2013, procedimientos para realizar la búsqueda activa de la población seleccionada y priorizada, como son la utilización de los medios de comunicación a través de la emisora radial y canal local, Juntas de Acción Comunal, fijación de listados en la Alcaldía Municipal y Hospital Local. Para el año 2011, no existen procedimientos para realizar la búsqueda activa de la población seleccionada y priorizada En cuanto a los formularios de afiliación y Traslados, se tomó una muestra para la vigencia de los años 2011, 70 formularios, 2012, 150 formularios y 2013, 70 formularios. Revisados

COD EPS BDUA A CORTE DICIEMBRE 2011 BDUA A CORTE DICIEMBRE 2012 BDUA A CORTE JUNIO 2013

CCF 015 COMFACOR 22.015 18.052 17.972

CCF 055 CAJACOPI 28.772 23.105 23.748

EPSS 024 COOSALUD 60.366 56.872 59.441

EPSS 20 CAPRECOM 57.028 53.897 54.162

EPSS 133 COMPARTA 48.134 47.775 48.019

EPSI 101  DUSAKAWI 4.132 4.364 4.859

EPSS 26 SOLSALUD 12.693 12.679 12.197

EPSS 33 SALUDVIDA 23.330 22.744 26.092

ESS 207 MUTUAL SER 20.747 19.953 20.893

EPSS 076 BARRIOS UNIDOS 109 298 605

EPSS 14 HUMANAVIVIR 12.717 10.197 0

290.043 269.936 267.988

AFILIADOS POR EPS SANTA MARTA

TOTAL SUBSIDIADO

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los años 2011, 2012 y 2013, se verificó que los formularios de afiliación se encuentran debidamente diligenciados, con los soportes correspondientes, es decir, copia del o de los documentos de identificación de los beneficiarios, certificación de inscripción al Sisbén y constancia del FOSYGA que los potenciales beneficiarios se encuentra sin ningún tipo de Seguridad Social. Los documentos donde reposan los archivos de la Secretaría de Salud, no se encuentran organizados en carpetas, cajas, y foliados, según exigencias definidas en la Ley 594 de 2000. En cuanto a la base de datos del Sisbén Metodología III el Ente Territorial, entrega la certificada por el Departamento Nacional de Planeación de 276.220 personas con corte al mes de Junio del año 2013. Análisis: El proceso de Afiliación, Identificación y Selección de afiliados al Régimen Subsidiado se realiza mediante la encuesta del Sisbén o en los casos de poblaciones especiales a través de listados censales; la selección se realiza a través de los listados de población elegible, el cual se encuentra adoptado mediante Acto administrativo y actualizado en el año 2013. Los formularios de afiliación para los años 2011, 2012 y 2013 se encuentran diligenciados en forma correcta sin tachones ni enmendaduras, presentando los soportes correspondientes como son: Documentos de identificación de los beneficiarios, copia de afiliación al Sisbén y certificación del FOSYGA. El Ente Territorial no tiene adoptado mediante Acto Administrativo el Manual de Procesos y Procedimientos para los años 2011, 2012 y 2013 en los Procesos de Afiliación, Identificación y Selección de afiliados. No se evidencian estrategias adelantadas por el Municipio, para realizar la búsqueda activa de la población seleccionada y priorizada Hallazgo: El Municipio cuenta con un listado de población elegible, que cumple con los criterios de priorización de las personas que pueden ingresar al Régimen Subsidiado; dicho listado fue adoptado mediante Acto administrativo en el año 2010, pero no se actualizó durante los años 2011, 2012 y 2013, incumpliendo lo establecido en el Artículo 11 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS. Se evidencia que el Municipio para los años 2011, 2012 y 2013 NO adelantó ningún tipo de estrategia para localizarla población seleccionada y priorizada, para la afiliación al Régimen Subsidiado, incumpliendo lo definido en el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS. La Secretaría de Salud NO cuenta con un archivo organizado de los formularios de afiliación y registro de novedad del Régimen Subsidiado, de acuerdo a las exigencias del Archivo General de la Nación, incumpliendo lo señalado en la Ley 594 de 2000. Conclusiones: El Municipio incumplió durante los años 2011, 2012 y 2013, con lo establecido en el Artículo 11 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la actualización en forma periódica y permanente de los listados de población elegible.

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El Municipio incumplió con el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la aplicación de estrategias para localizar a la población seleccionada y priorizada para la afiliación al Régimen Subsidiado, para los años 2011, 2012 y 2013 Existe incumplimiento de la Ley 594 de 2000, respecto del archivo de los formularios de afiliación y novedad de Régimen Subsidiado. PERSONAS ENTREVISTADAS: Carlos Andrés Montoya Santacruz, Contratista Secretaría de Salud PRUEBAS DOCUMENTALES: Formularios de Afiliación, Actos Administrativos.

Hallazgo: El Municipio cuenta con un listado de población elegible, que cumple con los criterios de priorización de las personas que pueden ingresar al Régimen Subsidiado; dicho listado fue adoptado mediante Acto administrativo en el año 2010, pero no se actualizó durante los años 2011, 2012 y 2013, incumpliendo lo establecido en el Artículo 11 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud presenta Resolución No 1205 de fecha 01 de Noviembre de 2013, por medio de la cual se actualiza la base de datos única de la PPNA para la afiliación al Régimen Subsidiado. Es de recordar que la vigencia de la Auditoría para el año 2013, corresponde al primer trimestre. No relacionan Actos Administrativos de actualización de los listados de población elegible para los años 2011, 2012 y primer trimestre del año 2013. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, teniendo en cuenta que se violóel Artículo 11 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

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Hallazgo: Se evidencia que el Municipio para los años 2011, 2012 y 2013 NO adelantó ningún tipo de estrategia para localizarla población seleccionada y priorizada, para la afiliación al Régimen Subsidiado, incumpliendo lo definido en el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo, debido a que el distrito de Santa Marta para los años 2011, 2012 y 2013 NO adelantó ningún tipo de estrategia para localizar la población seleccionada y priorizada, para la afiliación al Régimen Subsidiado, incumpliendo lo definido en el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

Hallazgo: La Secretaría de Salud NO cuenta con un archivo organizado de los formularios de afiliación y registro de novedad del Régimen Subsidiado, de acuerdo a las exigencias del Archivo General de la Nación, incumpliendo lo señalado en la Ley 594 de 2000. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta, no cuenta con un archivo organizado de los formularios de afiliación y registro de novedad del Régimen Subsidiado, de acuerdo a las exigencias del Archivo General de la Nación, incumpliendo lo señalado en la Ley 594 de 2000.

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3.1.2.6 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DEL SEGUIMIENTO AL PROCESO DE

AUDITORIA DEL REGIMEN SUBSIDIADO.

Se evidencia para los años 2011, 2012 y 2013, Acto Administrativo donde se delega en los funcionarios de la Secretaría de Salud, la Auditoría Interna. En los informes presentados por el equipo Auditor, NO existe cronograma de visitas a las EPSSUBSIDIADAS.

Se evidencia que existe en los archivos del Municipio para el año 2013 (periodo Enero-Marzo) un informe Técnico, Administrativo y Financiero realizado por la Secretaría de Salud a las EPSS AMBUQ, SOLSALUD, MUTUAL SER, COOSALUD, CAJACOPI, COMFACOR, COMPARTA, SALUD VIDA y la EPSI DUSAKAWI, donde se evaluaron aspectos como el proceso de Afiliación y reporte de Novedades, Prestación de Servicios de Salud (relacionan listados Red de Servicios, donde informan a fecha 14 de Abril de 2013 que las EPSS aportan Cartas de Intención), flujo de recursos, sistema de Referencia y Contrarreferencia, Sistema de Información y Atención del Usuario, Garantía de Calidad, Promoción y Prevención, pago de aportes Parafiscales, Póliza de Alto Costo; no se evidencian informes de las EPSS CAPRECOM y HUMANA VIVIR. No relacionan informe Diagnóstico. No se evidencian en los informes las conclusiones y recomendaciones; no se referencia en dichos informes si las EPSS entregaron a sus afiliados la carta de Deberes y Derechos. No se evalúa si hay oportunidad en la entrega de medicamentos. Para el año 2012, el Secretario de Salud Distrital mediante Resolución No 005 de fecha 18 de Noviembre de 2012 designa auditores para el Régimen Subsidiado. Se presenta un informe ( periodo Enero a Diciembre, con fecha 19 de Diciembre de 2012, y un informe final con corte al mes de Diciembre) de Auditoría a las EPSS CAPRECOM, COMPARTA, COMFACOR, COOSALUD, SALUDVIDA, SOLSALUD, AMBUQ, CAJACOPI, DUSAKAWI, HUMANA VIVIR y MUTUAL SER, donde se evaluaron componentes como el proceso de Afiliación y reporte de Novedades, Prestación de Servicios de Salud (relacionan listados Red de Servicios), flujo de recursos, sistema de Referencia y Contrarreferencia, Sistema de Información y Atención del Usuario, Garantía de Calidad, Promoción y Prevención, pago de aportes Parafiscales, Póliza de Alto Costo con el respectivo pago de la prima. No se evidencian informes bimestrales; no se referencia en dichos informes si las EPSS entregaron a sus afiliados la carta de Deberes y Derechos. No se evalúa si hay oportunidad en la entrega de medicamentos. Para el año 2011 existe la Resolución No 025 de fecha 18 de Enero de 2011, donde designan transitoriamente la Interventoría Interna a los Contratos de Régimen Subsidiado; No se evidencian informes de Auditoría. No se evidencian Planes de Mejoramiento y Seguimiento realizados entre el Municipio y las EPS SUBSIDIADAS para los años 2012 y 2013, de acuerdo a los hallazgos y recomendaciones de los Auditores de la Secretaria de Salud Municipal.

Análisis

La Secretaría de Salud para los años 2011, 2012 y 2013 delegó mediante Acto Administrativo en unos funcionarios de planta, la Auditoría Interna a las EPSS, Para el año 2011, no se evidencian informes de Auditoría Interna o Externa a las EPSS. Para el año 2012, el Municipio no cuenta con informes bimestrales. En cuanto al año 2013, no se cuenta con informe bimestral; en los archivos de la Secretaría de Salud existe un informe para el trimestre Enero-Marzo. No se evidencian planes de mejoramiento y seguimiento

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realizados entre el Municipio y las EPS SUBSIDIADAS para los años 2012 y 2013, de acuerdo a los hallazgos evidenciados por el equipo auditor; igualmente no se realizaron cronogramas de visitas a las EPSSUBSIDIADAS. Hallazgos:

Se evidencia para el año 2011, que el Municipio no cuenta con informes de Auditoría Interna

o Externa realizados a las EPSS, incumpliendo lo señalado en la Ley 715 de 2001, Artículo

43 Numeral 43.4.1, Articulo 45, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de

Salud.

El Municipio para los años 2012 y 2013, no realizó informes bimestrales de Auditoría Interna a las EPSS; se evidencia para el año 2013, informe del trimestre Enero-Marzo. No se concertó con las EPS SUBSIDIADAS planes de mejoramiento y seguimiento para los años 2012 y 2013 de acuerdo a los hallazgos evidenciados por el equipo auditor. Lo anterior contraviene con lo establecido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Circular 006 de 2011. Conclusiones: El Ente Territorial de acuerdo a sus competencias, incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento. PERSONAS ENTREVISTADAS: Alexa Silva García Auditora Régimen Subsidiado

PRUEBAS DOCUMENTALES: Informes de Auditoría

Hallazgo:

Se evidencia para el año 2011, que el Municipio no cuenta con informes de Auditoría Interna

o Externa realizados a las EPSS, incumpliendo lo señalado en la Ley 715 de 2001, Artículo

43 Numeral 43.4.1, Articulo 45, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de

Salud.

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

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Se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta para

el año 2011, no cuenta con informes de Auditoría Interna o Externa realizados a las EPSS,

incumpliendo lo señalado en la Ley 715 de 2001, Artículo 43 Numeral 43.4.1, Articulo 45,

Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud.

Hallazgo:

El Municipio para los años 2012 y 2013, no realizó informes bimestrales de Auditoría Interna a las EPSS; se evidencia para el año 2013, informe del trimestre Enero-Marzo. No se concertó con las EPS SUBSIDIADAS planes de mejoramiento y seguimiento para los años 2012 y 2013 de acuerdo a los hallazgos evidenciados por el equipo auditor. Lo anterior contraviene con lo establecido en la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Circular 0006 de la Superintendencia Nacional de Salud en su Numeral 10 Literal c,

informa que los Municipios deben presentar informes bimestrales de evaluación y

seguimiento. La Secretaría de Salud cuenta para el año 2012 con un único informe anual de

Auditoría al Régimen Subsidiado, igualmente ocurre para el año 2013, en el cual se cuenta

con un solo informe correspondiente al primer trimestre. Por lo anteriormente descrito se

confirma el hallazgo para los años 2012 y 2013, teniendo en cuenta que se incumplió la Ley

715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo

29, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud.

3.1.2.7 VERIFICACIÓN Y CONTROL DEL SEGUIMIENTO AL PROCESOS DE BASES DE

DATOS DEL REGIMEN SUBSIDIADO

Se evidencia en los archivos del Municipio, base de datos de población sisbenizada, certificada por el Departamento Nacional de Planeación para el año 2011 de 241.755 con corte a Diciembre de 2012 de 255.656; para el año 2013, 276220 personas. El Municipio cuenta con base de datos de Listados Censales. El Municipio con corte al año 2013, cuenta según proyección población DANE con 469066 habitantes, 276.220 personas certificadas por Sisbén Metodología III; 267.988 personas

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afiliadas al régimen Subsidiado según BDUA; 239.558 personas afiliadas al Régimen Contributivo, Población Pobre No Asegurada 10130 personas. Es decir que el 100% se encuentra asegurado según proyección DANE, y el 100% según base de datos certificada por el Departamento Nacional de Planeación. Al verificar el sistema de información se evidencia que el Municipio para la vigencia de la Auditoría, no realizó la depuración y actualización de la base de datos de población elegible, según criterios señalados en el Acuerdo 415 de 2009. El Municipio en forma mensual hace el cargue en la BDUA de los afiliados nuevos y novedades presentadas. Se realiza al azar revisión de algunos formularios y se constata que efectivamente se encuentran cargados en dicha base. El Ente Territorial presenta oficios correspondientes al año 2012 donde se evidencia procesos de depuración con las EPS SUBSIDIADAS de las bases de datos de los afiliados que presentan inconsistencias en la identificación, Multiafiliación Régimen Contributivo y Subsidiado. Relacionan oficios dirigidos al Comandante del Batallón Córdoba, Secretaría de Educación Departamental, con el fin de detectar Multiafiliación. El día 10 de Octubre de 2012, la Secretaría de Salud Municipal solicita a la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante oficio No SG-799, cruzar las bases de datos con el Municipio a fin de detectar inconsistencias en la identificación y Afiliados fallecidos. No se evidencian para los años 2011 y primer trimestre del año 2013, procesos de depuración de bases de datos adelantados con las EPSS. No se relacionan para los años 2011, 2012 y 2013 Actos Administrativos para excluir población afiliada al Régimen Subsidiado que presentan inconsistencias. La composición a corte de DIC del 2012 de la base de datos de población asegurada en los

regímenes contributivo y subsidiado presento el siguiente comportamiento:

CUADRO No 3 AFILIADOS REGIMEN CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO CODIGO NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EPS NRO.

USUARIOS

PORCEN

TAJE %

TIPO DE

REGIMEN

EAS027 Fondo de pasivo social de

ferrocarriles nacionales de

Colombia

5552 1,08 contributivo

EPS001 Colmedica eps 6289 1,23 contributivo

EPS002 Salud Total SA 35643 6,96 contributivo

EPS003 Cafesalud EPS 1072 0,21 contributivo

EPS005 Sanitas EPS 9342 1,82 contributivo

EPS010 Susalud EPS 7 0,00 contributivo

EPS013 Saludcoop EPS 78132 15,25 contributivo

EPS014 Humana Vivir EPS 3 0,00 contributivo

EPS015 Salud Colpatria EPS 8 0,00 contributivo

EPS016 Coomeva EPS SA 62677 12,23 contributivo

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EPS017 Eps famisanar LTDA 2236 0,44 contributivo

EPS018 Servicio occidental de salud SOS

EPS

37 0,01 contributivo

EPS026 Solidaria de salud solsalud

entidad promotora de salud del

regimen contributivo y subsidiado

Solsalud SA

1970 0,38 contributivo

EPS033 Saludvida EPS SA 2143 0,42 contributivo

EPS037 Nueva EPS 33321 6,50 contributivo

EPS039 Golden Group EPS 4037 0,79 contributivo

CCF015 Caja de compensación familiar

de Córdoba comfacor

18052 3,52 subsidiado

CCF055 Caja de compensación familiar

cajacopi Atlántico

23105 4,51 subsidiado

EPS020 Caja de previsión social de

comunicaciones

caprecom3er_nov_2012

53897 10,52 subsidiado

EPSI01 Asociación de cabildos indígenas

del cesar y guajira dusakawi

ARSi”

4364 0,85 subsidiado

EPSS14 Humana vivir sa eps 10197 1,99 subsidiado

EPSS26 Solsalud EPS sa 12679 2,47 subsidiado

EPSS33 Saludvida sa eps 22744 4,44 subsidiado

ESS024 Cooperativa de salud y desarrollo

integral zona sur oriental de

Cartagena LTDA coosalud ess

56872 11,10 subsidiado

ESS076 Asociación mutual barrios unidos

de Quibdo ambuq ARS

298 0,06 subsidiado

ESS133 Ess comparta 47775 9,32 subsidiado

ESS207 Asociación mutual ser empresa

solidaria de salud ESS

19953 3,89 subsidiado

Fuente: Secretaría de Salud

Verificación del Seguimiento al proceso de las bases de Datos del Régimen

Subsidiado:

Se encuentra que la SSPM tiene dispuesto para el proceso de mantenimiento y seguimiento

a la Base de Datos del RS un equipo portátil y un funcionario encargado del tema en el

municipio, al momento de la revisión del proceso se evidencio la existencia de un equipo de

cómputo con características insuficientes para el trabajo de bases de datos, en el cual se

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adelantan las novedades y registros de los datos utilizando como herramienta el software

Excel y Access, para la revisión fueron solicitadas todas las bases de datos de los periodos

en revisión pero DE MANERA ALEATORIA se escogieron 3 cortes para análisis detallado

así: a.) Corte de población vigencia 201111, b.) Corte de población vigencia 201212, c.)

Corte de población vigencia 201306.

Evaluación a la calidad de dato disponible en la BDUA:

En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y la posterior Resolución 1344 del

2012 del MPS la conformación de estructura y pertinencia de dato disponible en la base de

datos BDUA del municipio se realizaron varias pruebas de contenido para determinar que los

datos reportados no solamente cumplan con su estructura sino con la referencia cruzada

entre las diferentes variables que componen la tabla, esta validación no incluye el cruce de

esta información con ninguna tabla adicional lo cual está orientado a verificar que el dato

reportado sea consistente en sí mismo.

Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruzada de variables pertenecientes a la

misma tabla como edad y tipo de documento de identificación, longitud de la identificación

acorde al tipo de documento, campos con valores predeterminados como grupo poblacional

que no cumplan con la norma, y error de estrato porque este vacío o porque no concuerde

con lo requerido.

Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - No conformidad de Estructura de datos BDUA. En la evaluación a la calidad de dato disponible en la BDUA existe el hallazgo de una no conformidad de Estructura de datos BDUA en un total de 80.903 ítems para la vigencia Dic2011, 62.885 ítems para la vigencia Dic2012 y 58.381 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Corte1: Dic2011 Distribución No conformidad por EPS del RS No conformidad en Evaluación de calidad de Dato DIC2011 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total General

Identificación no acorde a la edad 6419 10047 22622 517 15382 9 17351 4870 77217

Longitud identificación errada 102 325 1037 381 894

819 128 3686

Total general 6521 10372 23659 898 16276 9 18170 4998 80.903

Corte2: Dic2012 Distribución No conformidad por EPS del RS

No conformidad en Evaluación de calidad de Dato DIC2012 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total General

Error Estrato #

2

30

7 7 46 Error Fecha Afi ARS vacía o Fecha Inconsistente

1

1

Error grupo poblacional 2 871 1

3 2 96

975

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Error Modalidad

1

1

Identificación no acorde a la edad 6053 8776 18747 519 12285 19 9282 2778 58459

Longitud identificación errada 96 299 923 369 843

770 103 3403

Total general 6151 9948 19672 888 13161 21 10156 2888 62.885

Corte3: Jun2013 Distribución No conformidad por EPS del RS No conformidad en Evaluación de calidad de Dato JUN2013 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total General

Identificación no acorde a la edad 5358 8486 17706 555 11517 33 8736 2668 55059 Longitud Identificación errada 91 285 903 365 820

765 93 3322

Total general 5449 8771 18609 920 12337 33 9501 2761 58.381

Conclusión: Se evidencia en las cifras presentadas una tendencia de disminución en las

inconformidades a lo largo de las vigencias evaluadas (28.7% para la vigencia 2011.11 en

281.482 afiliados activos) pasando de 80.903 ítems encontrados en Dic2011 a 58.381 ítems

encontrados en Jun2013 (21.8% para la vigencia 2013.06 en 268.245 afiliados activos), esto

indica que existe mejora en la calidad de dato en la cifra de inconformidades con relación al

total de afiliados del municipio, lo cual debe mantenerse para la vigencia 2014 en pro del

cumplimiento de la norma.

Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andres Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Area Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte:

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2011.Dic.

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2012.Dic.

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2013.Jun.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo

Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo

Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo

Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

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Evaluación de duplicidades en la BDUA:

En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 del

2012 del MPS se verifica la conformación de datos disponible en la base de BDUA entre las

diferentes EPS de RS del municipio, se realizaron varias pruebas de referencia cruzada entre

las distintas bases de datos de las EPS de RS para determinar que la población que ha sido

pagada a estas entidades no genere doble subsidio.

Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruce de BD entre las diferentes EPS de

RS que operan en el municipio, así como también sobre la propia base de datos de una

misma EPS de RS buscando potenciales duplicados, para ello se utilizaron diferentes

variables que componen la tabla de cada EPS de RS, esta evaluación nos indica que en

donde existe la probable duplicidad entre los diferentes registros coincidentes. La

metodología tenida en cuenta para esta tarea es el uso de diferentes combinaciones de las

siguientes variables: Nombres, Apellidos, Nro de Identificación, sexo y fecha de nacimiento.

Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución

1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Duplicidades de personas entre EPSs del Régimen Subsidiado. En la evaluación de duplicidades en la BDUA existe el hallazgo de un total de 5141 ítems para la vigencia Dic2011, 5.017 ítems para la vigencia Dic2012 y 4.274 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Corte1: DIC2011 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA DIC2011 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 EPSS14 EPSS26 EPSS33 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total General

CCF015 39 59 50

12 12 20 40

36 10 278

CCF055 61 216 76 1 15 20 37 78 1 41 22 568

EPS020 56 66 410 3 31 30 105 127

151 44 1023

EPSI01 1

1 122

2

1 3 130

EPSS14 12 11 35

15 7 13 19

200 10 322

EPSS26 4 11 26 1 10 46 38 28

25 19 208

EPSS33 28 35 101 2 24 20 93 94

78 31 506

ESS024 50 57 135 1 18 32 108 151

130 50 732

ESS133 40 60 139

192 23 93 151

363 35 1096

ESS207 14 17 38 1 13 10 30 40

38 77 278

Total general 305 532 1011 131 330 200 537 730 1 1063 301 5.141

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 598

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 12

apell1+apell2+nomb2+fnac 655

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apell1+nomb1+fnac 792

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 44

apell1+nomb1+nomb2+fnac 268

apell1+nomb2+fnac 643

apell2+nomb1+fnac 540

apell2+nomb1+nomb2+fnac 665

apell2+nomb2+fnac 566

identi+nomb1 312

identi+nomb2 40

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1 1

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 1

tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identi+apell2+nomb1 1

tipodoc+identificación 2

Total General 5.141

Corte2: Dic2012 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA DIC2012 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 EPSS14 EPSS26 EPSS33 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total general

CCF015 61 63 70

10 14 29 52

56 22 377

CCF055 52 144 84

16 12 36 83

81 34 542

EPS020 48 74 359 1 29 33 79 109 1 125 69 927

EPSI01

1 1 97 1

1 101

EPSS14 10 22 26

12 6 18 20

191 21 326

EPSS26 6 23 26

6 45 24 27

29 18 204

EPSS33 23 42 85 1 16 32 84 84

77 32 476

ESS024 47 70 132 4 15 23 71 102

138 57 659

ESS076

1

1

2

ESS133 51 74 114

158 29 78 152 1 371 56 1084

ESS207 23 15 60 4 7 11 35 40

45 79 319

Total general 321 528 957 107 270 206 454 669 2 1114 389 5.017

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 443

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 24

apell1+apell2+nomb2+fnac 382

apell1+nomb1+fnac 696

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 57

apell1+nomb1+nomb2+fnac 376

apell1+nomb2+fnac 612

apell2+nomb1+fnac 500

apell2+nomb1+nomb2+fnac 815

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Página 108 de 268

apell2+nomb2+fnac 506

identi+nomb1 516

identi+nomb2 85

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 2

tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identificacion 2

Total General 5.141

Corte3: Jun2013 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA JUN2013 CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 EPSS14 EPSS26 EPSS33 ESS024 ESS076 ESS133 ESS207

Total General

CCF015 61 40 64 1 3 8 28 36 1 52 13 307

CCF055 59 149 79 2

17 36 63

67 27 499

EPS020 55 77 375 1 1 24 98 142

120 55 948

EPSI01 1 2 2 98

2 2

2 2 111

EPSS14 2 2 6 1

1 3 5

3

23

EPSS26 11 12 25 1 1 41 19 22 1 23 13 169

EPSS33 36 46 84 1 2 23 112 92

85 30 511

ESS024 58 67 94 2 4 18 59 100

139 44 585

ESS076

4

1 2

7

ESS133 47 76 124 3 1 25 86 132 2 266 52 814

ESS207 17 24 47 2 3 17 29 43

48 70 300

Total General 347 495 904 112 15 174 472 637 5 807 306 4.274

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 96

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 4

apell1+apell2+nomb2+fnac 453

apell1+nomb1+fnac 653

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 48

apell1+nomb1+nomb2+fnac 411

apell1+nomb2+fnac 563

apell2+nomb1+fnac 438

apell2+nomb1+nomb2+fnac 567

apell2+nomb2+fnac 461

identi+nomb1 488

identi+nomb2 87

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 2

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tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identificacion 2

Total General 5.141

Conclusión: Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los

5.141 caso de registros Duplicados BDUA vigentes a 2013.06, establecer si es una

Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando más recursos

documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los documentos de identidad,

etc., y finalmente verificar que estas duplicidades no estén ya ubicadas y debidamente

saneadas por las interventorías de los años en referencia para dejar en firme las potenciales

duplicidades aquí encontradas.

Se concluye que en muchos de los casos existen hallazgos de posibles duplicidades hasta

dentro de la misma EPS del RS.

Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que

posean registros dejados en firme como duplicados esta interventoría ha anexado los datos

BDUA de afiliados mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos

dobles realizados en los históricos de las bases de datos.

Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andrés Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Area Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte:

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2011.Dic.

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2012.Dic.

Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2013.Jun.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables

que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo

Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables

que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo

Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables

que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo

Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS.

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Evaluación de Multiafiliados Reg.Sub Vrs Reg.Cont:

En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 del

2012 del MPS se verifica la conformación de datos disponible en la base de RS del municipio

Vrs las BD de RC del mismo municipio suministradas en el proceso de la interventoría, para

esta evaluación se realizaron varias pruebas de referencia cruzada entre las distintas bases

de datos para determinar que la población no se encuentre MULTIAFILIADA en los dos

regímenes.

Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruce de BD entre las diferentes EPS de

RS y RC que operan en el municipio, así como también sobre la propia base de datos de una

misma EPS de RS o RC buscando potenciales duplicados, para ello se utilizaron diferentes

variables que componen la tabla de cada EPS de RS, esta evaluación nos indica que en

donde existe la probable duplicidad entre los diferentes registros coincidentes. La

metodología tenida en cuenta para esta tarea es el uso de diferentes combinaciones de las

siguientes variables: Nombres, Apellidos, No de Identificación, sexo y fecha de nacimiento.

Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución

1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Multiafiliados EPS de RS Vrs EPS de RC del municipio. En la evaluación de Multiafiliados Reg. Sub. Vrs Reg. Cont. Existe el hallazgo de un total de 10.854 ítems para la vigencia Dic2011 y 8.235 ítems para la vigencia Dic2012, estos ítems son detallados en tablas anexas.

Corte1: Dic2011 Distribución Multiafiliados por EAPB Análisis de Revisión Cruzada RS Vrs RC CCF015 CCF055 EPS020 EPSI01 EPSS14 EPSS26 EPSS33 ESS024 ESS133 ESS207

Total general

EAS027 30 35 10

3 5 14 15 27 7 146

EPS001 54 76 20

5 15 42 55 54 29 350

EPS002 214 287 212 2 52 56 211 208 376 106 1724

EPS003 3 4 5

3 2 3 4 3 1 28

EPS005 20 22 6

2 8 14 18 28 9 127

EPS010 2

2

EPS013 524 728 605 3 111 159 471 597 915 252 4365

EPS014 1

1

1

1

4

EPS016 300 414 243

88 87 314 311 565 135 2457

EPS017 8 7 14

3 3 5 7 17 1 65

EPS018 1

1

2

EPS026 12 13 17

5 1 5 11 23 8 95

EPS033 8 9 19 2 4 1 5 11 21 4 84

EPS037 203 198 118

59 41 153 178 281 68 1299

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Página 111 de 268

EPS039 10 22 19

4 6 10 6 20 9 106

Total general 1390 1815 1290 7 339 384 1248 1421 2331 629 10.854

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS010

EPS013

EPS014

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

To tal Gen

apell1+apell2+nomb1+fnac 24 134 392 7 27

1135 1 478 16

22 7 397 16

2656

apell1+apell2+nomb1+ nomb2+fnac 2 2 4 1 1

111

49 2

4 2 20 3 201

apell1+apell2+nomb2+fnac 24 46 392 5 27 2 802 2 570 13

17 14 211 23

2148

apell1+nomb1+fnac 7 20 87 2 7

231

123 5

6 4 59 4 555 apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb

4

1

3 2

10 apell1+nomb1 +nomb2+fnac 36 44 266 5 13

649

435 4 2 11 13 187 13

1678

apell1+nomb2+fnac 5 13 58 1 9

151

90 3

7 4 48 7 396

apell2+nomb1+fnac 8 16 66 2 9

219

99 4

5 5 52 8 493 apell2+nomb1+ nomb2+fnac 22 37 313 2 22

680 1 420 11

16 29 188 21

1762

apell2+nomb2+fnac 8 12 64 1 4

155

102 2

3 2 45 3 401

identi+nomb1 7 21 63 2 6

205

77 5

2 1 80 6 475

identi+nomb2 3

19

2

22

12

2

10 2 72 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1

1

1 tipodoc+identi+apell1+nomb2

1

1

tipodoc+identi +fNac

5

5

Total General 146 350 1724 28 127 2 4365 4 2457 65 2 95 84 1299 106

10.854

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RS CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS133

ESS207

Total General

apell1+apell2+nomb1+fnac 340 324 320 2 87 109 398 434 444 198 2656 apell1+apell2+nomb1+ nomb2+fnac 22 38 29

17 8 3 32 42 10 201

apell1+apell2+ nomb2+fnac 353 316 283 2 30 93 298 306 328 139 2148

apell1+nomb1+fnac 74 46 112 2 15 17 77 103 84 25 555 apell1+nomb1+ fnac-invertido-apellvsnomb 1 1 2

2 2

2 10 apell1+nomb1+ nomb2+fnac 201 633 152

29 61 181 170 175 76 1678

apell1+nomb2+fnac 68 47 66

14 17 45 62 54 23 396

apell2+nomb1+fnac 44 48 54

33 11 44 80 157 22 493 apell2+nomb1+ nomb2+fnac 171 146 151 1 60 36 131 134 871 61 1762

apell2+nomb2+fnac 52 47 50

22 11 35 47 112 25 401

identi+nomb1 53 162 59

29 17 26 36 55 38 475

identi+nomb2 11 6 12

3 4 7 12 8 9 72

tipodoc+identi+apell1

1 1

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Página 112 de 268

+apell2+nomb1

tipodoc+identi+apell1 +nomb2

1

1

tipodoc+identi+fNac

1

1 3

5

Total General 1390 1815 1290 7 339 384 1248 1421 2331 629 10.854

Corte2: Dic2012 Distribución Multiafiliados por EAPB Análisis de Revisión Cruzada RS Vrs RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS013

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

Total General

CCF015 26 53 129 4 20 500 295 9

5 7 219 19 1286

CCF055 31 60 198 3 22 696 376 11

8 10 184 30 1629

EPS020 7 8 93 1 5 384 151 5 1 5 15 72 27 774

EPSI01

2 4

2

8

EPSS14 2 4 39 4 4 95 80 2

2

57 6 295

EPSS26 4 15 45 2 7 163 88 3

4 1 44 15 391

EPSS33 6 29 107 2 10 264 128 1

1 6 84 11 649

ESS024 12 38 121 2 13 482 266 9

7 6 134 22 1112

ESS076

1

1 2

ESS133 22 40 249 5 25 620 436 11

14 18 189 39 1668

ESS207 5 20 51

6 188 88 2

4 4 43 10 421

Total General 115 267 1032 23 112 3395 1912 53 1 50 69 1026 180 8235

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS013

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

Total General

apell1+apell2+nomb1+fnac 17 76 171 3 21 633 209 11

4 4 200 15 1364

apell1+apell2+ nomb1+nomb2+fnac 1 2 2 1

49 25 2

1 1 12 1 97

apell1+apell2+ nomb2+fnac 20 35 135 4 24 592 396 7

10 7 162 41 1433

apell1+nomb1+fnac 7 19 74 2 5 222 115 5

7 4 61 11 532 apell1+nomb1+fnac- invertido-apellvsnomb

3 1

9 7

1 6 2 29 apell1+nomb1+ nomb2+fnac 28 38 157 4 14 553 382 4 1 8 9 176 23 1397

apell1+nomb2+fnac 3 12 45 1 10 162 95 4

3 6 57 16 414

apell2+nomb1+fnac 5 17 61 2 11 192 88 4

1 2 47 8 438 apell2+nomb1+ nomb2+fnac 20 32 220 2 18 575 357 10

9 23 163 29 1458

apell2+nomb2+fnac 5 13 67 2 4 147 110 2

2 50 8 410

identi+nomb1 7 19 44

3 176 84 2

1 3 64 11 414

identi+nomb2 2 2 15 1 2 29 14

2 1 8 9 85 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1

4

8 4

1

4 3 24 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1+nomb2

3

5 3

1 1

13

tipodoc+identi+apell1

1

2 1 1

1 1 2

9

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VERSIÓN 03

Página 113 de 268

+nomb1

tipodoc+identi+ apell2+nomb1

1

3 1

5

tipodoc+identi+fNac

2

2 tipodoc+identi+ nombres+fNac

29

38 21 1

2 4 13 3 111

Total general 115 267 1032 23 112 3395 1912 53 1 50 69 1026 180 8.235

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RS

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

apell1+apell2 +nomb1+fnac 280 258 28 1 71 90 238 255 1 16 126 1364 apell1+apell2 +nomb1+nomb2+fnac 16 29 2

13 10 2 18

2 5 97

apell1+apell2 +nomb2+fnac 273 249 192 1 24 66 81 231

251 65 1433

apell1+nomb1+fnac 78 53 101 3 13 22 66 87

81 28 532 apell1+nomb1 +fnac-invertido-apellvsnomb 1 1 2

4

19 2 29 apell1+nomb1 +nomb2+fnac 180 570 126

21 61 85 156

152 46 1397

apell1+nomb2+fnac 76 63 65 2 12 19 33 61

60 23 414

apell2+nomb1+fnac 43 51 50 1 28 13 28 78

133 13 438 apell2+nomb1 +nomb2+fnac 144 130 123

52 29 36 109

800 35 1458

apell2+nomb2+fnac 55 52 50

25 15 32 54 1 105 21 410

identi+nomb1 67 156 12

31 19 22 37

30 40 414

identi+nomb2 17 15 14

4 2 3 14

8 8 85 tipodoc+identi +apell1+apell2+nomb1 6

11 2 2

1 2 24 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1+nomb2 7

3 2

1 13 tipodoc+identi +apell1+nomb1 6

1 1

1 9 tipodoc+identi +apell2+nomb1 1 1

1 1

1

5 Tipodoc +identi+fNac

1 1

2 tipodoc+identi +nombres+fNac 36 1 9

29 17 5

9 5 111

Total general 1286 1629 774 8 295 391 649 1112 2 1668 421 8235

Conclusión: Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los

8.235 casos de registros Multiafiliados contributivo que aún persisten en la vigencia 2013.06

y establecer si es una Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando

más recursos documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los

documentos de identidad, etc., adicionalmente verificar que estas duplicidades no estén ya

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ubicadas y debidamente saneadas por las interventorías de los años en referencia para

finalmente dejar en firme las potenciales duplicidades aquí encontradas.

Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que

tienen los registros finalmente identificados como duplicados esta interventoría ha Incluido

los datos del beneficiario del servicio (Tipo y Numero de documento, Nombres y apellidos,

etc.) mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos dobles realizados

en los históricos de las bases de datos.

Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andrés Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Area Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte:

Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2011.Dic.

Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2012.Dic.

Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2013.Jun.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las

variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del

periodo Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y

adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las

variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del

periodo Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro

resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y

adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB.

Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las

variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del

periodo Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un

cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y

adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB.

Análisis: Se evidencia que el Municipio no realiza la depuración y actualización de la base de datos de población elegible, como lo establece el Acuerdo 415 de 2009.

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El Municipio en forma mensual realiza el cargue en la BDUA de los afiliados nuevos y novedades presentadas. Se realiza al azar revisión de algunos formularios y se constata que efectivamente se encuentran cargados en dicha base.

La depuración de la base de datos que realiza el Municipio en forma mensual no es

suficiente, debido a que para los años 2011, 2012 y a Junio de 2013 se siguen presentando

un número importante de Multiafiliados en el Régimen Contributivo y Subsidiado,

Duplicidades en el Régimen Subsidiado, afiliados al Régimen Subsidiado sin Sisbén

Metodología III, a saber:

AÑO IDENTIFICACION

NO ACORDE CON

LA EDAD

DUPLICIDADES

RÉGIMEN

SUBSIDIADO

MULTIAFILIACION

RÉGIMEN

CONTRIBUTIVO Y

SUBSIDIADO

AFILIADOS AL

RÉGIMEN

SUBSIDIADO

SIN SISBÉN

METODOLOGÍA

III

2011 77217 5141 10854 140544

2012 58459 5017 8235

2013 55059 4274 136374

Hallazgo: Se evidencia que el Municipio para los años 2011, 2012 y 2013 y teniendo en cuenta los cruces realizados, en los cuales se detectaron afiliados al Régimen Subsidiado sin Sisbén Metodología III, Multiafiliados en el Régimen Contributivo y Subsidiado, Duplicidades en el Régimen Subsidiado, no realiza un proceso efectivo de depuración de las bases de datos de Régimen Subsidiado, incumpliendo lo señalado en el Artículo 46 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1.

Conclusiones:

El Municipio incumple con el Artículo 46 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1., respecto del proceso de depuración y actualización de sus bases de datos.

PERSONAS ENTREVISTADAS: Carlos Andrés Montoya Santacruz, Contratista Secretaría de Salud

PRUEBAS DOCUMENTALES: Formularios de afiliación de las EPSS, soporte de cargue en

la BDUA, Actas, Oficios, Actos Administrativos, bases de datos Régimen Subsidiado,

Contributivo, Fallecidos y Sisbén Metodología III.

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Descargos Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

El Distrito de Santa Marta emite respuesta a los hallazgos evidenciados en la base de datos

de Régimen Subsidiado, en las cuales se encontraron inconsistencias como afiliados al

Régimen Subsidiado sin Sisbén Metodología III, Multiafiliados en el Régimen Contributivo y

Subsidiado, Duplicidades en el Régimen Subsidiado, inconsistencias en la identificación,

informando que se realizaron procesos de depuración en la BDUA, como el retiro de 1344

docentes que contaban con afiliación al Régimen Subsidiado, 2510 personas fallecidas.

Durante el ejercicio auditor para los años 2011, 2012 y 2013 se realizaron cruces de

información en la BDUA de forma interna, con el Régimen Contributivo y con el Sisben

Metodología III, encontrando una serie de inconsistencias, que se relacionan a continuación:

RESUMEN DE INCONSISTENCIAS BDUA

AÑO IDENTIFICACION

NO ACORDE

CON LA EDAD

DUPLICIDADES

RÉGIMEN

SUBSIDIADO

MULTIAFILIACION

RÉGIMEN

CONTRIBUTIVO Y

SUBSIDIADO

AFILIADOS AL

RÉGIMEN

SUBSIDIADO

SIN SISBÉN

METODOLOGÍA

III

2011 77217 5141 10854 140544

2012 58459 5017 8235

2013 55059 4274 136374

Por lo anteriormente expuesto se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud,

no realizó un ejercicio oportuno y eficiente de depuración de sus bases de datos, lo cual

presuntamente generó durante los años 2011, 2012 y 2013 pagos indebidos a las EPSS en

el SGSSS, incumpliendo lo establecido en la Resolución 1344 2012 en sus Artículos 5 y 6,

Artículo 46 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

3.1.2.8 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN AL PROCESO DE AFILIACIÓN AL REGIMEN

SUBSIDIADO (ACUERDO 415 DE 2009 GARANTIAS A LA LIBRE ELECCIÓN DE EPS).

No se evidencia en los archivos del Ente Territorial y los documentos que soporta que durante los años 2011, 2012 y 2013, la implementación de estrategias para informar sobre los procesos de afiliación dirigida a la población elegible, mediante comunicados a través del canal local, Juntas de Acción Comunal, listados fijados en la Alcaldía Municipal y Hospital San Vicente de Paul. El Municipio no publica en forma periódica y permanente o emite acto administrativo, del listado de EPS SUBSIDIADAS que se encuentran inscritas en el territorio, con la respectiva red de prestadores adscrita a cada una de ellas.

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Se evidencia que el Ente territorial no realizó evaluación del desempeño de las EPS SUBSIDIADAS durante los años 2011, 2012 y 2013.

No se evidencia en los archivos del Municipio documento alguno que demuestre que el Ente Territorial brindó apoyo a las EPSSUBSIDIADAS, para la entrega de la carta de desempeño, a los afiliados. Así mismo no relacionan el seguimiento realizado a dichas EPS, respecto al soporte de entrega y capacitación al usuario en el tema de deberes y derechos. Análisis: El Municipio dentro de sus competencias en la Vigilancia y Control del Aseguramiento no informa a la comunidad sobre los requisitos que deben cumplir para acceder al Régimen Subsidiado; así mismo no publica en forma periódica y permanente o emite acto administrativo, del listado de EPS SUBSIDIADAS que se encuentran inscritas en el territorio, con la respectiva red de prestadores adscrita a cada una de ellas, lo cual genera incertidumbre en la Población, teniendo en cuenta que en los casos de afiliación de la PPNA, no se conocen las EPSS habilitadas ni la red con las que cuenta cada una de ellas, para que se pueda garantizar el ejercicio de la libre elección. No se realizó evaluación del desempeño de las EAPB, ni se brindó apoyo a las EPS SUBSIDIADAS para la entrega de la carta de desempeño a los usuarios. Los informes de Auditoría no relacionan el seguimiento que realizó la Secretaría de Salud a las EPSS durante los años 2011, 2012 Y 2013, respecto de la entrega y capacitación al usuario en el tema de deberes y derechos en el SGSSS. Hallazgos: Se evidencia que el Municipio no publica en forma periódica y permanente o emite acto administrativo, del listado de EPS SUBSIDIADAS que se encuentran inscritas en el territorio, con la respectiva red de prestadores adscrita a cada una de ellas, incumpliendo lo establecido en el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS. No se evidencia en los archivos del Municipio documento alguno que demuestre que el Ente Territorial brindó apoyo a las EPSSUBSIDIADAS, para la entrega de la carta de desempeño, incumpliendo lo definido en el Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución 1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9. Se evidencia que el Ente Territorial no realizó seguimiento a las EPS SUBSIDIADAS para que cumplieran con la entrega de la carta de deberes y derechos, incumpliendo con lo señalado en el Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9.

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Conclusiones: El Municipio incumplió con el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la publicación o emisión del Acto Administrativo de las EPSS que se encuentran inscritas y habilitadas. El Ente Territorial incumplió con el Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución 1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9, respecto del apoyo que debió haber brindado a las EPSS en la entrega de la carta de desempeño. El Municipio incumplió con lo señalado en el Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, para que las EPS SUBSIDIADAS, entregaran y capacitaran al usuario en el tema de deberes y derechos en el SGSSS. PERSONAS ENTREVISTADAS: Carlos Andrés Montoya Santacruz, Contratista Secretaría de Salud

PRUEBAS DOCUMENTALES: Oficios, Actas, Comunicados, Actos Administrativos.

Hallazgo: Se evidencia que el Municipio no publica en forma periódica y permanente o emite acto administrativo, del listado de EPS SUBSIDIADAS que se encuentran inscritas en el territorio, con la respectiva red de prestadores adscrita a cada una de ellas, incumpliendo lo establecido en el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

Descargos Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud soporta documentos donde se demuestra la publicación en la

cartelera, de las EPSS que se encuentran inscritas y habilitadas en el Distrito de Santa

Marta; sin embargo no se evidencia la red adscrita a cada una de las EPSS, como lo

establece el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 que en su numeral 1 define “1. Mantener

en un lugar visible al público y o en los principales centros de atención en salud en el

municipio o Distrito, en forma permanente y actualizada, el listado de las EPS-S que se

encuentran debidamente inscritas en el territorio con su respectiva ubicación, números

telefónicos de atención al público y red prestadora de servicios de salud adscrita a cada una

de ellas. Garantizando en todo momento igualdad en las condiciones de promoción de las

EPS-S tal como lo señala el artículo 33 del presente Acuerdo”. Por lo anteriormente descrito

se confirma el hallazgo, debido a que se violó lo señalado en el Artículo 18 del Acuerdo 415

de 2009 del CNSSS.

Hallazgo:

No se evidencia en los archivos del Municipio documento alguno que demuestre que el Ente Territorial brindó apoyo a las EPSSUBSIDIADAS, para la entrega de la carta de desempeño, incumpliendo lo definido en el Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución 1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta no

brindó apoyo a las EPSSUBSIDIADAS, para la entrega de la carta de desempeño,

incumpliendo lo definido en el Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución

1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9.

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Hallazgo:

Se evidencia que el Ente Territorial no realizó seguimiento a las EPS SUBSIDIADAS para que cumplieran con la entrega de la carta de deberes y derechos, incumpliendo con lo señalado en el Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9.

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud presenta documentos, donde se realiza para el año 2012, visita de Inspección, Vigilancia y Control al SIAU de las EPSS COMPARTA, CAJACOPI, MUTUAL SER, SALUDVIDA, HUMANA VIVIR, COMFACOR Y SOLSALUD, aplicándoles una lista de chequeo que en el tema de deberes y derechos, se indaga a la coordinadora del SIAU si se hacen actividades de capacitación a la asociación de usuarios. El Artículo 21 del acuerdo 415 de 2009 señala “Artículo 21. Carta de Derechos de los Afiliados y de los Pacientes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y Carta de Desempeño de las Entidades Promotoras de Salud en el Régimen Subsidiado. Las EPS-S harán entrega de la "Carta de Derechos de los Afiliados y de los Pacientes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud" y la "Carta de Desempeño" de acuerdo con la Resolución 1817 de 2009 expedida por el Ministerio de la Protección Social”. No se evidencia soportes del seguimiento realizado por el Municipio a las EPSS, donde conste que efectivamente se está entregando la Carta de Derechos de los Afiliados y de los Pacientes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, debido a que se incumplió con lo señalado en el Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9.

3.1.2.9 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE FALLOS DE TUTELA

La Secretaria Distrital de Salud cuenta con una oficina de Servicio de Atención a la Comunidad (SAC), es el espacio dispuesto, donde se le brinda información, orientación y respuesta a los requerimientos ciudadanos con relación a las competencias que tiene la Secretaría Distrital de Salud. La oficina del SAC adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la Secretaria Distrital

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de Salud no permite evaluar las competencias frente al cumplimiento artículo 4 del decreto 1757de 1994 No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos. La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social. Una vez revisados los archivos de la Secretaría de Salud y según lo informado por el Asesor Jurídico, durante los años 2011, 2012 y 2013, no se interpusieron Tutelas en contra de la Secretaría de Salud, Oficina de Aseguramiento.

Análisis:

El Ente Territorial para los años 2011, 2012 y 2013, no cuenta en sus archivos con ninguna

Tutela interpuesta por los usuarios, respecto al Aseguramiento en el SGSSS.

PERSONAS ENTREVISTADAS: Maritza Mercedes Avendaño García Profesional Universitario

PRUEBAS DOCUMENTALES: Oficios, Actas, Comunicados, Actos Administrativos.

3.1.2.10 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LA REMISIÓN A LAS AUTORIDADES

COMPETENTES DE LOS HALLAZGOS DE AUDITORÍA RÉGIMEN SUBSIDIADO

Durante el periodo Auditado de la vigencia 2012, la Secretaria de Salud Municipal puso en conocimiento a la Superintendencia Nacional de Salud mediante oficio de fecha 26 de Noviembre de 2012, de la situación que estaba ocurriendo con el menor JEFERSON DAVID JIMENEZ GONZÁLEZ, respecto al garante que debe asumir la prestación de los servicios de Salud. En cuanto a los estados de Cartera que presentan las EPSS con la Red Pública durante los años 2011, 2012 y 2013, NO se evidencia que el Ente Territorial haya informado de tal situación a las autoridades competentes. A continuación se relaciona los estados de cartera por edades que presentan las EPSS con las IPS Públicas Hospital Alejandro Próspero Reverend y Hospital Universitario Fernando Troconis, correspondiente a los años 2011, 2012 y 2013, a saber:

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ESTADOS DE CARTERA ALEJANDRO PRÓSPERO REVEREND A 31 DE DICIEMBRE DE 2011

Las EPSS presentan Cartera con la ESE Hospital Alejandro Próspero Reverend, para el año 2011 de $7.245.885.596, donde CAJACOPI cuenta la participación del 25%, seguido de la EPSS SALUDVIDA y SOLSALUD con el 20% y CAPRECOM con el 12%

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ESTADOS DE CARTERA HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVEREND 31 DE

DICIEMBRE DE 2012

Las EPSS presentan cartera para el año 2012 con el Hospital Alejandro Próspero Reverend de $8.003.732.286, donde la EPSS que más adeuda a la IPS es CAJACOPI con el 20%, SOLSALUD y SALUDVIDA con el 15% y CAPRECOM con el 12%

STADOS DE CARTERA ESE HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVEREND CON CORTE A 31 DE DICIEMBRE DE 2013

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Las EPSS adeudan al Hospital Alejandro Próspero Reverend con corte a 31 de Diciembre de 2013, el valor de $8.325.890.112, donde la EPSS que más adeuda es CAPRECOM cuyo porcentaje de Participación asciende al 22%, seguido de CAJACOPI con el 20%, SALUDVIDA con el 16% y HUMANA VIVIR y COMPARTA con el 15%

De lo anterior se evidencia, que las EPSS presentan Cartera con la ESE Hospital Alejandro Próspero Reverend, para los años 2011 de $7.245.885.596, año 2012 de $8.003.732.286 y año 2013 de $8.325.890.112. Al hacer comparación de la Cartera del año 2013 respecto al año 2011, se infiere que dicha Cartera aumentó en un 15%. Análisis: El Municipio dentro de sus competencias en la Vigilancia y Control del Aseguramiento, no informó a las autoridades competentes respecto del incumplimiento de los giros a la Red Pública Municipal ESE HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVEREND, por parte de las EPSS AMBUQ, CAJACOPI, CAPRECOM, COMPARTA, COOSALUD, HUMANA VIVIR, MUTUAL SER, SALUDVIDA Y SOLSALUD teniendo en cuenta que dichas EPSS adeudaban al hospital con corte al 31 de Diciembre de 2011 el valor de $7.245.885.596, año 2012 de $8.003.732.286 y año 2013 de $8.325.890.112., afectando gravemente el flujo de recursos a nivel Municipal y Departamental respectivamente. Hallazgo: Se evidencia que el Municipio no realiza Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en

cuenta que no existe reporte alguno a las autoridades competentes del incumplimiento

reiterado de las EPS SUBSIDIADAS en el pago oportuno a la Red Pública Municipal y

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Departamental en los plazos fijados en la norma, incumpliendo lo señalado en el Artículo 56

de la Ley 1438 de 2011, Artículo 43, Numeral 43.4.1 de la Ley 715 de 2001, Artículo 13

Literal d de la Ley 1122 de 2007 y demás normatividad vigente.

Conclusiones:

El Municipio incumplió con el Artículo 56 de la Ley 1438 de 2011, Artículo 43, Numeral 43.4.1

de la Ley 715 de 2001, Artículo 13 Literal d de la Ley 1122 de 2007, respecto de la remisión

a las autoridades competentes de los hallazgos de Auditoría al Régimen Subsidiado.

PERSONAS ENTREVISTADAS: Maritza Mercedes Avendaño García Profesional Universitario

PRUEBAS DOCUMENTALES: Informes de Auditoría, Estados de Cartera

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 346, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta, no

realiza Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que no existe reporte

alguno a las autoridades competentes del incumplimiento reiterado de las EPS

SUBSIDIADAS en el pago oportuno a la Red Pública Municipal y Departamental en los

plazos fijados en la norma, incumpliendo lo señalado en el Artículo 56 de la Ley 1438 de

2011, Artículo 43, Numeral 43.4.1 de la Ley 715 de 2001, Artículo 13 Literal d de la Ley 1122

de 2007.

3.1.2.11 VERIFICAR EL SEGUIMIENTO A LA GESTIÓN DE LIQUIDACIÓN Y POSTERIOR

PAGO DE LOS SALDOS DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO DE LAS ASEGURADORAS

El Ente Territorial soporta el acta de liquidación del bimestre Abril-Mayo de 2010 con la EPSS CAJACOPI, con un saldo a favor del Ente Territorial de $126.944.594,86; Acta de liquidación del contrato con la EPSS CAJACOPI vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado en forma unilateral mediante Resolución No 2086 de fecha 17 de Noviembre de 2011 con un saldo a favor del Municipio de $695.453.028,86; El Municipio realiza Acta de Conciliación con fecha 10 de Agosto de 2012, de los saldos de las Actas de Liquidación; A la fecha de la visita de Auditoría la EPSS, no ha reintegrado los recursos. Acta de liquidación.

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EPSS CAPRECOM periodo Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor de la EPSS de $326.919.386,40; Acta de liquidación del contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado el 28 de Julio de 2011 con un saldo a favor de la EPSS de $526.466.124,22. El Ente Territorial gira los recursos a favor de la EPSS el día 25 de Julio de 2012 (giro realizado por Decreto 1080 de 2012, a la ESE HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVERENO). Acta de liquidación bimestre Abril-Mayo de 2013. EPSS COMFACOR, con un saldo a favor de la EPSS de $4.916.385,36 y Acta de Liquidación Periodo 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011 el cual fue liquidado el 28 de Julio de 2011, con un saldo a favor de la EPSS de $20.815.015,15. El Ente Territorial realiza el giro a la EPSS el día 31 de Julio de 2012 (giro efectuado a la ESE HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVENERO). EPSS COMPARTA periodo Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor del Ente Territorial de $378.716.570.66; Acta de Liquidación del Contrato con la EPSS COMPARTA vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, el cual fue liquidado unilateralmente el 17 de Noviembre de 2011 mediante Resolución No 2087, con un saldo a favor del Ente Territorial $642.938.352,86. El día 28 de Septiembre según soportes bancarios presentados por el Municipio, se canceló por parte de la EPSS el saldo del Acta de Liquidación. EPSS COOSALUD bimestre Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor del Ente Territorial de $60.757.916,30; Acta de Liquidación Contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado el 25 de Julio de 2011, con un saldo a favor del Municipio de $702.704.533,86. El Municipio realiza Acta de Conciliación con fecha 15 de Junio de 2012 de los saldos de las Actas de Liquidación; a la fecha de visita de Auditoría la EPSS no ha reintegrado los recursos. EPSS DUSAKAWI bimestre Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor del Ente Territorial de $19.563.870,11; Acta de Liquidación Contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado el 28 de Julio de 2011, con un saldo a favor de la EPSS de $ 78.433.001,78, girado por el Municipio el día 03 de Septiembre de 2012 a las IPS ALEJANDRO PRÓSPERO Y FERNANDO TROCONIS. EPSS MUTUAL SER bimestre Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor de la EPSS de $66.264.610,68; Acta de Liquidación Contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado el 28 de Julio de 2011, con un saldo a favor de la EPSS de $22.244.311,86. El día 01 de Noviembre de 2012 la EPSS según soportes bancarios giró el Valor de $139.204.113,83, de los saldos de Liquidación a favor del Municipio. EPSS SOLSALUD bimestre Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor del Ente Territorial de $18.714.683,49; Acta de Liquidación Contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, liquidado el 28 de Julio de 2011, con un saldo a favor del Municipio de $164.375.715,49. El Municipio realiza acta de conciliación con fecha 07 de Junio de 2012 de los saldos de las actas de liquidación; a la fecha de la visita de Auditoría la EPSS no ha reintegrado los recursos. EPSS SALUDVIDA bimestre Abril-Mayo de 2010 con un saldo a favor del Ente Territorial de $2.209.426,16; Acta de Liquidación Contrato vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de

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2011, liquidado el 28 de Julio de 2011, con un saldo a favor de la EPSS de $673.241.092,08. Se realiza giro a la EPSS el día 13 de agosto de 2012 (giro efectuado a la ESE HOSPITAL ALEJANDRO PRÓSPERO REVENERO)

CUADRO No. 4 LIQUIDACIÓN DE CONTRATOS

EPS NO.

CONTRATO

FECHA INICIO

FECHA TERMINA

CIÓN

LIQUIDADO SALDO PARCIAL

A FAVOR EPS

SALDO PARCIALA

FAVOR ENTIDAD

TERRITORIAL

FECHA DE PAGO DE LOS SALDOS

SI / NO

CAJACOPI 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 0.00 695.453.028,86 NO SE HAN GIRADO LOS RECURSOS

CAPRECOM 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 526.466.124,22 0.00 25 de Julio de 2012

COMFACOR 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 20.815.015,15 0.00 31 de Julio de 2012

COMPARTA 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 642.938.352,86 28 de Septiembre de 2012

COOSALUD 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 702.704.533,86 NO SE HAN GIRADO LOS RECURSOS

DUSAKAWI 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 78.433.001,78 03 de Septiembre de 2012

MUTUAL SER 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 22.244.311,86

SE GIRÓ POR PARTE DE LA EPSS UN VALOR DE $139.204.113,86, SEGÚN ACTA DE CONCILIACIÓN DE SALDOS DE ACTAS DE LIQUIDACIÓN ANTERIORES AL 31 DE MARZO DE 2011

SOLSALUD 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 164.375.715,49 NO SE HAN GIRADO LOS RECURSOS

SALUDVIDA 2010001 01/06/2010 31/03/2011 SI 673.241.092,08 13 de Agosto de 2012

Fuente: Secretaría de Salud.

Análisis:

El Municipio de Santa Marta liquidó los contratos suscritos con las EPS SUBSIDIADAS para

la vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, en los plazos fijados en la Ley 80 de

1993 y Ley 1150 de 2007; el giro de los saldos a favor o en contra del Municipio de las EPSS

CAPRECOM, COMFACOR, COMPARTA, DUSAKAWI, MUTUAL SER Y SALUDVIDA no se

realizaron en los plazos fijados en la Ley 1438 de 2011; en cuanto a las EPSS CAJACOPI,

COOSALUD y SOLSALUD, no se han girado los recursos a favor del Ente Territorial.

Hallazgos:

Se evidencia que el Ente Territorial, según los comprobantes y órdenes de pago aportados durante la visita de Auditoría, realizó los giros a favor de las EPSS CAPRECOM, COMFACOR, DUSAKAWI, MUTUAL SER y SALUDVIDA de los saldos de liquidación de los contratos del Régimen Subsidiado, vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, en forma extemporánea; igualmente ocurrió con el saldo a favor del Municipio por parte de la EPSS COMPARTA, incumpliendo lo establecido en el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

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No se han girado los recursos de los saldos a favor del Municipio de las Actas de Liquidación de los Contratos suscritos con las EPSS CAJACOPI, COOSALUD y SOLSALUD, incumpliendo lo establecido en el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

Conclusiones:

El Municipio incumplió con el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011, respecto de los plazos de los giros a favor o en contra del Ente Territorial de los saldos de las Actas de Liquidación de los Contratos de Régimen Subsidiado, vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011. PERSONAS ENTREVISTADAS: Maritza Mercedes Avendaño García Profesional Universitario

PRUEBAS DOCUMENTALES: Oficios, Actas de Liquidación, Comprobantes de Egreso

Hallazgo:

Se evidencia que el Ente Territorial, según los comprobantes y órdenes de pago aportados durante la visita de Auditoría, realizó los giros a favor de las EPSS CAPRECOM, COMFACOR, DUSAKAWI, MUTUAL SER y SALUDVIDA de los saldos de liquidación de los contratos del Régimen Subsidiado, vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, en forma extemporánea; igualmente ocurrió con el saldo a favor del Municipio por parte de la EPSS COMPARTA, incumpliendo lo establecido en el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

Para la vigencia de la Auditoría, es decir, último trimestre del año 2011, año 2012 y primer trimestre del año 2013, los saldos a favor o en contra del Municipio de las EPSS CAPRECOM, COMFACOR, DUSAKAWI, MUTUAL SER, SALUDVIDA y COMPARTA no fueron cancelados en los plazos fijados en la Ley 1438 de 2011 que en su Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 señala “Parágrafo transitorio 2°. Deudas por concepto de contratos liquidados. El monto a favor de la Entidad Promotora de Salud contenido en el acta de liquidación de mutuo acuerdo de los contratos de administración del Régimen Subsidiado o en el acto de liquidación unilateral vigente a la fecha de entrada en vigencia de

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la presente ley y los que surjan del cumplimiento de la misma, debe ser girado a la Entidad Promotora de Salud, por la Entidad Territorial, dentro de los treinta (30) días siguientes a la expedición de la presente ley, giro que se realizará directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud en el caso en que las Entidades Promotoras de Salud les adeude recursos, el monto restante, si hubiere lugar a ello, se girará a la Empresa Promotora de Salud dentro del mismo plazo”. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, debido a que se violó el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

Hallazgo:

No se han girado los recursos de los saldos a favor del Municipio de las Actas de Liquidación de los Contratos suscritos con las EPSS CAJACOPI, COOSALUD y SOLSALUD, incumpliendo lo establecido en el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

Para el año 2014, fecha en la cual se realizó la visita de Inspección, Vigilancia y Control a la Alcaldía Distrital de Santa Marta por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, los saldos a favor del Municipio de las actas de liquidación de los Contratos suscritos con las EPSS CAJACOPI, COOSALUD y COMPARTA no habían sido cancelados, incumpliendo los plazos fijados en la Ley 1438 de 2011. Igualmente no soportaron documentos que demuestren que se adelantaron o se están adelantando procesos administrativos para recuperar los recursos adeudados por parte de dichas EPSS, lo cual podría acarrear un presunto detrimento patrimonial. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, debido a que se violó el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

3.1.3. COMPONENTE SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTÍA DE CALIDAD Y RED PRESTADORA 3.1.3.1 Verificación y evaluación del cumplimiento de lo ordenado en el SOGC en el componente de habilitación. Descripción:

Cuentan con un consolidado de la red prestadora donde se evidencia la atención de los usuarios de I, II, III y IV nivel de atención de las EPS-S que están habilitadas en el Municipio.

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Cuentan con un organigrama definido para la Alcaldía Distrital pero no para la Secretaría de Salud del Distrito, como tampoco con su respectivo acuerdo de creación.

En el Organigrama de la Alcaldía Municipal no cuentan con un Departamento de calidad establecido, en el organigrama solo están definidas para la Secretaría de Salud las áreas de Salud Pública y el área de Supervisión, Vigilancia y Control; el área de Prestación de servicios la maneja la Dra. Carmen Roca, Profesional Universitario Grado I.

Se evidencian soportes de búsqueda activa de los años 2011

No se evidencian soportes de búsqueda activa de los años 2012 y 2013. Hallazgos:

No se evidencia organigrama de la Secretaría Distrital de Santa Marta por lo tanto se encuentra incumpliendo por lo tanto se está incumpliendo con Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial de Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud. Hallazgo

No se evidencian soportes de búsqueda activa para las vigencias 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Decreto 1011 de 2006 Inciso 3 Art 16

Descargos de la Entidad Auditada "Se evidencia pantallazo de la circular de los reportes correspondientes al año 2011." Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que el hallazgo hace referencia a las vigencias 2012 y 2013.

Conclusiones:

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Cuentan con un consolidado de la red prestadora donde se evidencia la atención de los usuarios de I, II, III y IV nivel de atención de las EPS-S que están habilitadas en el Municipio.

Cuentan con un organigrama definido para la Alcaldía Distrital pero no para la Secretaría de Salud del Distrito, como tampoco con su respectivo acuerdo de creación.

En el Organigrama de la Alcaldía Municipal no cuentan con un Departamento de calidad establecido, en el organigrama solo están definidas para la Secretaría de Salud las áreas de Salud Pública y el área de Supervisión, Vigilancia y Control; el área de Prestación de servicios la maneja la Dra. Carmen Roca, Profesional Universitario Grado I.

EL Distrito cuenta con soportes de búsqueda activa de los años 2011

No se evidencian soportes de búsqueda activa de los años 2012 y 2013.

No cuentan con soportes de búsqueda activa de los años 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Carmen Roca, Profesional Universitario Grado I. Pruebas Documentales: Organigrama de la Alcaldía Distrital, soportes de búsqueda activa año 2011,

Fuente: Organigrama Alcaldía Distrital de Santa Marta

3.1.3.2 Verificación y evaluación de la generación y reporte de la información requerida por el Sistema de Información para la Calidad por parte de las IPS de su área. Descripción:

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Se Evidencia reporte de indicadores de la circular única de las IPS Digident , Inversalud de las Américas, Digident 2013 y sociedad colombiana de Ortodoncia de los años 2013.

No se evidencian reportes de la circular única de las vigencias 2011 y 2012.

No se evidencia validación de la circular única por parte de la Secretaría de Salud del Distrito del año 2012.

No se evidencian reportes de indicadores de alerta temprana de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencia reporte de eventos adversos de las IPS Digident del año 2013.

No se evidencian reporte de indicadores adversos de los años 2011 y 2012.

Se evidencian reportes de indicadores de gestión interna de destinación y capacitación de residuos del 2013.

Hallazgos:

No se evidencian reportes de la circular única de los años 2011 y 2012, por lo tanto se está incumpliendo con la circular única por lo tanto está incumpliendo con la circular única de la Superintendencia Nacional de Salud 049, 050, 051, 052 del 2008, 057 y 058 del 2009, 059, 060, 061 y 062 del 2010.

Descargos de la Entidad "Se evidencia el pantallazo de los reportes correspondientes al año 2011." Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el Hallazgo puesto que se hace referencia al reporte de la Circular única de los años 2011 y 2012, y solo anexan evidencias del año 2011. Hallazgo No se evidencia validación de la circular única por parte de la Secretaría de Salud del Distrito del año 2012 por lo tanto está incumpliendo con la circular única de la Superintendencia Nacional de Salud 049, 050, 051, 052 del 2008, 057 y 058 del 2009, 059, 060, 061 y 062 del 2010. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo

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tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

Hallazgo:

No se evidencian reportes de indicadores de alerta temprana de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se está incumpliendo con la circular 056 del 2009.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 344, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo

No se evidencia reporte de eventos adversos de los años 2011 y 2012 por lo tanto se está incumpliendo con resolución 1446 del 2006

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia reporte de indicadores de gestión interna de destinación y capacitación de residuos 2011 y 2012 por lo tanto se está incumpliendo con la resolución 1164 del 2002.

Descargos de la Entidad

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En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Conclusiones:

El Distrito cuenta con reporte de indicadores de la circular única de las IPS Digident , Inversalud de las Américas, Digident 2013 y sociedad colombiana de Ortodoncia de los años 2013.

El Distrito no cuenta con evidencias de reportes de la circular única de las vigencias 2011 y 2012.

El Distrito no cuenta con validación de la circular única por parte de la Secretaría de Salud del Distrito del año 2012.

El Distrito no cuenta con reportes de indicadores de alerta temprana de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Distrito cuenta con evidencias de reporte de eventos adversos de las IPS Digident del año 2013.

En el Distrito No se evidencian reporte de indicadores adversos de los años 2011 y 2012.

En el Distrito Se evidencian reportes de indicadores de gestión interna de destinación y capacitación de residuos del 2013.

Persona Entrevistada: Carmen Roca, Profesional Universitario Grado I. Pruebas Documentales: Reportes de la circular única 2013, reporte de eventos adversos 2013, indicadores de gestión interna y capacitación de residuos 2013.

3.1.3.3 Verificación y evaluación del Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud PAMEC cuando obra como asegurador. Descripción:

Se evidencia Pamec del 2011 y 2012.

No se evidencia autoevaluación del Pamec para las vigencias 2011 y 2012.

Para el PAMEC tienen priorizados los procesos de red prestadora, evaluación de la satisfacción de los usuarios, referencia y contrarreferencia, universalización del aseguramiento y atención al usuario.

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No se evidencian procesos de auditoria externa de la calidad de la atención realizados a los prestadores de servicios de salud como parte del seguimiento al PAMEC.

Hallazgos:

No se evidencia autoevaluación del PAMEC para las vigencias 2011 y 2012, por lo tanto se está incumpliendo Decreto 1011 de 2006 Art 32, Art 35 Numeral 3, Art 36 Numerales 1 y 2, Art 39 y Art 40. Pautas y guías de Auditoría del MPS 2007, Sistemas de Autoevaluación normalizados.

Descargos de la Entidad Auditada "Se anexa autoevaluación del Pamec vigencia 2011 y 2012"

Fuente: Autoevaluación del Pamec 2011,y 2012, Distrito de Santa Marta

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que el Distrito en su respuesta anexa evidencias de la autoevaluación del Pamec vigencias 2011 y 2012. Hallazgo:

No se evidencian procesos de auditoria externa de la calidad de la atención realizados a los prestadores de servicios de salud como parte del seguimiento al PAMEC. por lo tanto se está incumpliendo Decreto 1011 de 2006 Art 32, Art 35

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Numeral 3, Art 36 Numerales 1 y 2, Art 39 y Art 40. Pautas y guías de Auditoría del MPS 2007 Sistemas de Autoevaluación normalizados.

Descargos de la Entidad Auditada La Secretaría de Salud Distrital dentro del proceso de verificación de habilitación a prestadores se servicios de salud evaluaba integralmente habilitación, Pamec y sistemas de información durante los años objeto de esta auditoría. Sin embargo para la vigencia actual se han programado la realización de visitas independientes para evaluación de PAMEC y sistemas de información. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que el Distrito en su repuesta no adjunta evidencias de las auditorías externas de PAMEC, vigencias 2011, 2012 y 2013.

Conclusiones:

En el Distrito de Santa Marta Se evidencia Pamec del 2011 y 2012.

En el Distrito de Santa Marta No se evidencia autoevaluación del Pamec para las vigencias 2011 y 2012.

En el Distrito de Santa Marta Para el PAMEC tienen priorizados los procesos de red prestadora, evaluación de la satisfacción de los usuarios, referencia y contrareferencia, universalización del aseguramiento y atención al usuario.

En el Distrito de Santa Marta No se evidencian procesos de auditoria externa de la calidad de la atención realizados a los prestadores de servicios de salud como parte del seguimiento al PAMEC, por lo tanto no se pueden evidenciar la calidad de los servicios prestados en el Distrito.

3.1.3.4 Verificación y evaluación de la organización para la prestación de servicios de salud, gestión y coordinación de la oferta de servicios de salud, red de prestadores y sistema de referencia y contrarreferencia con la red Departamental/Distrital, estructura administrativa y proceso de selección de red. Descripción:

El Distrito cuenta con censo de instituciones prestadoras de servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013, en el 2011 cuentan con 208 IPS, 258 profesionales independientes, 6 empresas de transporte, 15 instituciones de objeto social diferente.

Cuentan con estudios de Demanda y Oferta de Prestadores de Servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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No Cuentan con estrategias publicitarias para divulgarle y socializarle a la Población pobre no asegurada la red prestadora de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencian indicadores de productividad y calidad de la I.P.S prospero Reverand de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian procesos de referencia y contrareferencia aprobados para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencia procedimiento documento para la emisión de autorizaciones No pos para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Hallazgos:

No Cuentan con estrategias publicitarias para divulgarle y socializarle a la Población pobre no asegurada la red prestadora de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto están incumpliendo Ley 715 de 2001 Artículo 44,Ley 1122 de 2007 Art 20, Decreto 4747 de 2007.

Descargos de la Entidad Auditada: "Se acepta el hallazgo" Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 343, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

Hallazgo:

No se evidencian procesos de referencia y contrareferencia aprobados para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 4747 de 2007, Resolución 3047 de 2008

Descargos de la Entidad Auditada Los Procesos fueron actualizados, están para la firma del Alcalde y posterior socialización

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Fuente: Actualización proceso de Referencia y Contrareferencia

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la entidad anexa actualización del proceso de Referencia y contrareferencia Hallazgo:

No se evidencia procedimiento documento para la emisión de autorizaciones No pos para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 4747 de 2007, Resolución 3047 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 343, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Conclusiones:

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El Distrito cuenta con censo de instituciones prestadoras de servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013, en el 2011 cuentan con 208 IPS, 258 profesionales independientes, 6 empresas de transporte, 15 instituciones de objeto social diferente.

El Distrito Cuenta con estudios de Demanda y Oferta de Prestadores de Servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Distrito no Cuentan con estrategias publicitarias para divulgarle y socializarle a la Población pobre no asegurada la red prestadora de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto la población Pobre no asegurada no puede conocer con exactitud la red prestadora que le corresponde más cerca de su residencia.

El Distrito cuenta con indicadores de productividad y calidad de la I.P.S prospero Reverand de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

En El Distrito no se evidencian procesos de referencia y contrareferencia aprobados para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no se tiene claridad del proceso que se lleva a cabo para la realización de referencia y contrareferencia de un paciente en el Distrito.

En el Distrito no se evidencia procedimiento documento para la emisión de autorizaciones No pos para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no hay claridad para la emisión de autorización No pos en el Distrito.

3.1.4 SALUD PÚBLICA 3.1.4.1 Verificación y evaluación de la organización y capacidad institucional de gestión de las acciones de salud pública territoriales. Descripción: Mediante Decreto 164 del 15 de Julio de 2004, se adopta la estructura orgánica de la Alcaldía Distrital de Santa Marta y se determinan las funciones de dependencias y se dictan otras disposiciones en cuanto a la estructura de la Alcaldía: Administración central: Secretaria de gobierno, Secretaría de educación, Secretaría de salud (con los procesos y funciones propios). Según el organigrama suministrado durante la visita, la Secretaría Distrital de Salud de Santa Marta está dividida en: - Dirección de Salud Pública -Supervisión vigilancia y control -No se visibiliza el organigrama de la Secretaria de Salud sino el de la Alcaldía Distrital Mediante resolución 984 de septiembre 12 de 2005, se emite el manual de funciones y de competencias laborales, que describe las tareas a realizar por cada funcionario de la planta globalizada. -No se evidencia en el funcionamiento del Área de Salud Pública, la estructura de los programas, no hay concordancia con lo que describe el manual de funciones y competencias de la planta globalizada, lo que permite establecer, que no está siendo implementado, pues no se identifican niveles de control, ni diferenciación respecto al funcionamiento de las áreas que integran la Secretaría de Salud

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Hallazgos: -No se evidencia organigrama de la Secretaría Distrital de Salud de Santa Marta, por lo tanto se encuentra incumpliendo con el Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19. -La estructura del organigrama de la Secretaria Distrital de Salud aportado no corresponde a lo contemplado en el manual de funciones y competencias. Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19. -la ausencia de un Organigrama evidencia una departamentalización inadecuada del área de salud pública, de igual manera fallas en la unidad de mando y por supuesto La recarga laboral para la líder de salud pública Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19. Descargos de la Entidad Auditada El organigrama presentado en la visita de Auditoría es el oficial de la Alcaldía Distrital, debido a que una vez el Ente territorial entro en reestructuración de pasivos “ Ley 550 de 1999”, y por solicitud del Ministerio de hacienda promotor del acuerdo, la Secretaría Distrital debía hacer una re-estructuración en su planta de personal. En este orden de ideas la Secretaría de Salud Distrital hace parte del sector Central de la Alcaldía Distrital de Santa Marta, no tiene personería Jurídica, no tiene autonomía administrativa ni financiera. Internamente se procedió a organizar el personal de planta en las áreas estratégicas de la Secretaría Distrital siendo importante resaltar que una vez nacieron a la vida jurídica las empresas sociales del estado el personal de planta se redujo. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo, puesto que la Entidad auditada no adjunta en su respuesta el organigrama de la Secretaría Distrital de Salud de Santa Marta y su respectivo acuerdo de aprobación. Conclusiones: -La Secretaria Distrital de salud, Cuenta con un organigrama definido para la Alcaldía Distrital pero no para la Secretaría Salud del Distrito -La ausencia de Organigrama en La Secretaria Distrital de salud, no permite analizar la estructura de la entidad para su correcto funcionamiento. - La Secretaria Distrital de salud evidencia una departamentalización inadecuada y refleja la ausencia de talento humano al frente de los proyectos de la dirección de salud pública - La Secretaria Distrital de salud Se evidencia, fallas de unidad de mando por ausencia de organigrama y la responsabilidad de la gestión en salud pública recae todo sobre la líder del Área de salud pública, aumentado La recarga laboral para esta funcionaria. -La no existencia y/o implementación de procesos y procedimientos, afecta el que la Entidad no cumpla con sus objetivos misionales y su gestión no responda a las necesidades identificadas ni a las responsabilidades asignadas normativamente, de igual manera, no

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establecer procesos y procedimientos conlleva a que las acciones sean ejecutadas y que sus resultados no muestren articulación. Persona Entrevistada: Patricia Ponce, Líder de Salud Pública Pruebas documentales: Organigrama Alcaldía Distrital, Manual de funciones y competencias de la planta globalizada. Descripción:

- La Dirección de Salud Pública, Cuenta con listado de personas que ejecutaron las acciones de Salud Pública de las vigencias 2011, 2012, no hay listado para el primer trimestre 2013 - La Dirección de salud Pública, presenta Tardanza en la contratación y por consiguiente en la ejecución de las acciones de salud pública para las vigencias las vigencias 2011 y 2012 se quedan trimestres sin ejecución - La Dirección de salud Publica presenta contratación por periodos demasiado Cortos que no abarcan todos los trimestres de ejecución de las acciones de salud publica - La Dirección de salud Publica No evidencia contratación primer trimestre 2013 - La Dirección de salud Pública deja Dineros de SGP sin ejecutar - La Dirección de Salud Pública presenta Rotación continua de talento humano dificultando la sostenibilidad en la ejecución de los proyectos de salud pública - La Dirección de salud Publica No solicita pólizas de cumplimiento y de calidad en la ejecución de los contratos de talento humano. Hallazgos: -En la Dirección de Salud Pública, No se evidencia contratación primer trimestre 2013 dando Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007,el decreto 3518,de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008. Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 323, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

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-Tardanza en la contratación y por consiguiente en la ejecución de las acciones de salud pública para las vigencias las vigencias 2011 y 2012 se quedan trimestres sin ejecución Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008. Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 323, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Salud Hallazgo: -Cortos los periodos de contratación generando Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008. Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 322, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo: -Se dejan Recursos de Sistema General de Participación, sin ejecutar incumpliendo lo estipulado en la ley 715 de 2001 Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 322, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo -Rotación continua de talento humano dificulta la sostenibilidad de los proceso dando Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada El Ente Territorial con el fin de buscar personal idóneo y que cumpla a cabalidad sus funciones los rota con el único fin de mejorar la calidad del servicio. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que esta rotación dificulta la sostenibilidad de los procesos y la ejecución de las acciones del PIC. Hallazgo: -No hay pólizas de cumplimiento y de calidad en la ejecución de los contratos de talento humano Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo: No hay gestión documental lo que conlleva a que la documentación requerida no se presente durante la visita incumpliendo La Ley 594 de 2000. Descargos de la Entidad Auditada:

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Se acepta parcialmente el hallazgo. La Entidad ha venido realizando gestión para para una nueva sede que le permita organizar de forma técnica y adecuada todos los archivos documentales que hoy se encuentran en cajas en Distintas Entidades del Distrito. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que no se evidencia gestión documental en la Secretaría Distrital de Santa Marta. Conclusiones: La Dirección de Salud Pública, Cuenta con listado de Talento Humano contratado, que ejecutaron las acciones de Salud Pública para las vigencias 2011, 2012. No hay evidencia del listado de talento Humano para el primer trimestre 2013 porque no hubo contratación para este periodo. - La Dirección de Salud Publica No Evidencia la contratación de acciones de salud pública para la vigencia primer trimestre 2013 dando Incumplimiento a la circular 0005 del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008. La Dirección de Salud Publica evidencia Tardanza en el proceso de contratación y por consiguiente en la ejecución de las acciones de salud pública para las vigencias 2011 y 2012 lo que permite que se quedan trimestres sin ejecución dando Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008. -La Dirección de Salud Publica hace uso ineficiente de los recursos destinados para las acciones de salud pública Dejando recursos girados por Sistema General de participaciones incumpliendo lo estipulado en la ley 715 de 2001. - La Dirección de Salud Pública se presenta Rotación continua de talento humano lo que dificulta la sostenibilidad de los Proyectos generando incumplimiento en las metas y en los indicadores de salud pública. - La Dirección de Salud Pública no evidencia el requerimiento de pólizas de cumplimiento y de calidad a los contratistas por OPS En La Dirección de Salud Publica Existe inoportunidad en la contratación de “acciones externas” del PIC, lo cual limita la cobertura de las mismas y la verificación propia de auditoría en cuanto al cumplimiento de condiciones o requisitos previos a la contratación. En lo referente a la contratación de profesionales y técnicos, existe cumplimiento de requisitos precontractuales y seguimiento a la contratación, sin embargo, tal seguimiento está a cargo de una funcionaria evidenciándose sobrecarga laboral. Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 - La Dirección de Salud Publica No hay pólizas de cumplimiento y de calidad en la ejecución de los contratos de talento humano

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La Dirección de Salud Publica No cuenta con personal referente perteneciente a la planta de la Entidad, situación que puede sobrecargar laboralmente a los funcionarios y disminuir la efectividad de los resultados esperados. La Dirección de Salud Pública No todas las prioridades y competencias están a cargo profesionales pertenecientes a la planta de personal teniendo en cuenta que sólo hay tres profesionales vinculados a la planta de la Entidad en el área de Salud Pública. Persona Entrevistada: Patricia Ponce Pruebas documentales: listado de personas que ejecutaron las acciones de Salud Pública de las vigencias 2011, 2012 y 2013. Primer trimestre 2013 no hubo contratación 3.1.4.2 Verificación y evaluación de los procesos del Plan de Intervenciones Colectivas. 3.1.4.2.1 COMPETENCIAS EN SALUD PÚBLICA Descripción Vigencias 2011, 2012 y 2013. No se evidencian cronogramas de asesorías técnicas que evidencien la implementación del Plan de Salud territorial y el plan de intervenciones colectivas, se evidencian asistencias técnicas a las EAPB 2012, no se evidencian 2011 y 2013. Hallazgos:

No se evidencian cronogramas de Asesoría Técnica que evidencie la implementación del Plan de Salid territorial y el plan de intervenciones colectivas para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

Descargos de la Entidad Auditada Los planes de Intervenciones colectivas para las vigencias 2011, 2012 y 2013y de Salud Territorial fueron trabajados por el equipo técnico de la secretaría de Salud, el PST 2011 fue aprobado por el Consejo Distrital con sus anexos correspondientes y para las vigencias 2012 y 2013 fueron inmersos en el plan de Desarrollo “ Equidad para todos” primero los niños y las niñas”, aprobado también por el Concejo Distrital. Desde 2013 se viene trabajando con Asesoría de ASIS Nacional para el ajuste en Salud y se cuenta con el Documento de Análisis de la Situación en Salud del Distrito, en el cuál se hará el cargue del plan Decenal de Salud ( Se anexa documento completo de ASIS del Distrito de Santa Marta) Por otro lado se adjuntan actas de la Socialización del POA 2011 con las EAPB. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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Se confirma el hallazgo puesto que no se evidencian cronogramas de Asesoría técnica que evidencie la implementación del plan de Salud Territorial y el plan de intervenciones colectivas 2011, 2013.

Hallazgo:

No se evidencian asistencias técnicas de los años 2011 1 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

Descargos de la Entidad Auditada: Se acepta parcialmente. La Secretaría Distrital de Salud realizó asistencia técnica a las EAPB en el año 2011, como se evidencia en archivo adjunto con acta de asistencia técnica y listado de asistencia técnica el evento Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad auditada no anexa actas de asistencia técnica del año 2013. Conclusiones:

No se evidencian cronogramas de Asesoría Técnica que evidencie la implementación del Plan de Salid territorial y el plan de intervenciones colectivas para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencian asistencias técnicas a las EAPB del año 2012.

No se evidencian asistencias técnicas de los años 2011 1 y 2013. Pruebas documentales: Asistencias técnicas del año 2012. Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce. 3.1.4.2.1.2. VIGILANCIA EN SALUD PÚBLICA Descripción:

Se evidencian Actas de invitación con EAPB e IPS 2011.

No se evidencian actas de invitación con EAPB e IPS 2012 y 2013.

No se evidencian actas de participación de consejo territorial en Salud 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian protocolos del INS 2013.

No se evidencian actas de evaluación y monitoreo para I.P.S de las vigencia 2011.

Se evidencian actas de evaluación y Monitoreo para I.P.S vigencias 2012 y 2013.

No se evidencia Censo de UPGD 2011.

Se evidencia censo actualizado de UPGD 2012 Y 2013donde cuentan con 55 UPGD.

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Se evidencian actas de seguimiento UPGD 2011 y 2012.

No se evidencian actas de seguimiento UPGD 2013.

Se evidencian COVES de los años 2011 y 2012 y 2013

Se evidencian actas de COVECOM 2012.

No se evidencian actas de Covecom 2011 y 2013.

Se evidencian actas de articulación con la Red de vigilancia en Salud Pública 2011.

No se evidencian actas de articulación con la red de vigilancia en Salud Pública 2012 y 2013.

Se evidencian investigaciones de campo del 10 de Octubre del 2012 por un caso de Parotiditis, del 18 de Octubre de 2012 por un caso de Tosferina en la Fundación Cardiovascular y visita a la Cárcel Distrital de Santa Marta por notificación de cuatro casos de Varicela.

Se evidencian indicadores de vigilancia en Salud Pública 2011, 2012 y 2013. Hallazgos:

No se evidencian actas de invitación con EAPB e IPS 2012 y 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

Descargos de la Entidad Auditada: Para el año 2012, la Secretaria de Salud realizó taller “Evaluación de ejecución acciones de protección específica, detección temprana y atención de las enfermedades de interés en salud pública de las EPS contributivas y subsidiadas del año 2012”, se anexan soportes de listado de asistencia al taller. Por otro lado, la Secretaría de Salud realizó invitaciones a las IPS a Talleres, Capacitaciones…etc como se evidencia en el Acta y listado de asistencia de reunión de fecha 07/03/2012 los cuales se anexan. (1) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se desvirtúa el hallazgo ya que la Entidad auditada anexa los soportes pertinentes a actas de invitación con EAPB de las vigencias 2012 y 2013.

Hallazgo:

No se evidencian actas de participación en consejo territorial de Salud 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

Descargos de la Entidad Auditada La Secretaría de Salud Distrital cuenta con el Acta de reunión del Consejo Territorial No. 008 del 26 de Enero de 2011 donde se realizó la Presentación del Plan Operativo Anual 2011.

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Además se cuenta con el Acta de reunión 009 del 20 de diciembre de 2011 que tenía por objetivo la Presentación del POA 2012, la cual se suspendió por no contar con el Quorum requerido. (Se anexan Formatos de Actas)(2) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se solicitaban las actas de participación del Consejo territorial en Salud de las vigencias 2011, 2012 y 2013, el Distrito solo evidencia actas del 2011, por lo tanto se confirma el hallazgo. Hallazgo:

No se evidencian protocolos del INS 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 3518 de 2006 implementación del SIVIGILA.

Descargos de la Entidad Auditada La Secretaría de Salud Distrital realizó la Implementación del SIVIGILA 2013 enviando a los correos de las UPGD del Distrito el Link de donde aparecen éstos y la solicitud de la implementación de los mismos, teniendo en cuenta que las evidencias también son válidas utilizando los medio electrónicos modernos; a la fecha, ya se recuperó el archivo con los Protocolos 2013 y se encuentra en el escritorio del Equipo de SIVIGILA (Se anexa pantallazo 3) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se confirma el hallazgo puesto que al momento de realizar la auditoría no se evidenciaron

los Protocolos del INS, ni la implementación de los mismos. Hallazgo:

No se evidencian actas de seguimiento a UPGD 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo por lo tanto se encuentran incumpliendo el Decreto 3518 del 2006 implementación del SIVIGILA.

Descargos de la Entidad Auditada: Para este trimestre se realizó seguimiento, recepción por SIVIGILA y consolidación de la notificación oportuna por semanas y períodos epidemiológicos del 100% de las UPGD del Distrito según consta en formato Acumulado de notificación oportuna de las UPGD 2013 (4) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa los soportes de las actas de seguimiento de SIVIGILA del último trimestre del 2013. Hallazgo:

No se evidencian actas de COVECOM 2011 Y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 3518 del 2006 implementación del SIVIGILA.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 320, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

No se evidencian actas de articulación con la red de vigilancia en Salud Pública 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo el Decreto 3518 del 2006 implementación del SIVIGILA.

Descargos de la Entidad Auditada: La Secretaría de Salud realizó articulación de la red de vigilancia en el año 2012 como se evidencia en tres (3) Actas de articulación con el Programa de Tuberculosis y Lepra las cuales se anexan. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que solo anexan actas de articulación del 2012 y no del 2013 como lo enuncia el hallazgo. Conclusiones:

El Distrito cuenta con Actas de invitación con EAPB e IPS 2011.

En el Distrito No se evidencian actas de invitación con EAPB e IPS 2012 y 2013.

En el Distrito No se evidencian actas de participación de consejo territorial en Salud 2011, 2012 y 2013.

En el Distrito no se evidencian protocolos del INS 2013.

En el Distrito No se evidencian actas de evaluación y monitoreo para I.P.S de las vigencia 2011.

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En el Distrito Se evidencian actas de evaluación y Monitoreo para I.P.S vigencias 2012 y 2013.

En el Distrito No se evidencia Censo de UPGD 2011.

En el Distrito se evidencia censo actualizado de UPGD 2012 Y 2013donde cuentan con 55 UPGD.

En el Distrito Se evidencian actas de seguimiento UPGD 2011 y 2012.

En el Distrito no se evidencian actas de seguimiento UPGD 2013.

En el Distrito Se evidencian COVES de los años 2011 y 2012 y 2013

En el Distrito Se evidencian actas de COVECOM 2012.

En el Distrito No se evidencian actas de Covecom 2011 y 2013.

En el Distrito Se evidencian actas de articulación con la Red de vigilancia en Salud Pública 2011.

En el Distrito No se evidencian actas de articulación con la red de vigilancia en Salud Pública 2012 y 2013.

En el Distrito Se evidencian investigaciones de campo del 10 de Octubre del 2012 por un caso de Parotiditis, del 18 de Octubre de 2012 por un caso de Tosferina en la Fundación Cardiovascular y visita a la Cárcel Distrital de Santa Marta por notificación de cuatro casos de Varicela.

En el Distrito Se evidencian indicadores de vigilancia en Salud Pública 2011, 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: Actas de invitación con EAPB e IPS 2011, actas de evaluación y monitoreo 2012 y 2013,censo actualizado UPGD 2012 y 2013,actas de seguimiento UPGD 2011 y 2012,COVES 2011, 2012 y 2013, actas de COVECOM 2012,actas de articulación con la red de vigilancia en Salud Pública 2011,soportes de investigaciones de campo 2011, 2012 y 2013, indicadores de vigilancia 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.1. SEGURIDAD SANITARIA Y AMBIENTAL Descripción:

El Distrito no cuenta con Política de Salud Ambiental 2011, 2012 y 2013.

Se evidencia censo sanitario actualizado 2011, 2012 y 2013.

Se evidencian informes de aire, agua, manejo de Residuos, informe de Ruido y radiaciones ionizantes de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian informes de calidad de alimentos 2011.

Se evidencian informe de calidad de alimentos 2012 y 2013.

No se evidencian actas, convenios contratos intersectoriales para proyectos de intervención integrada de riesgos del ambiente 2011, 2012 y 2013.

Hallazgos:

El Distrito no cuenta con política de Salud ambiental para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

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Descargos de la Entidad Auditada: Para el año 2011 la Secretaría de Salud Distrital elaboró e implementó el "Plan de Salud Ambiental del Distrito de Santa Marta" contemplado en el Plan de Desarrollo 2008-2011 "La Ciudad como tú la quieres" en base a las actividades realizadas en este periodo según los lineamientos del Ministerio el cual serviría como base para la construcción de la Política de Salud Ambiental direccionada en los lineamientos del Conpes 3550. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad auditada solo anexa soportes del 2011, y el hallazgo hace referencia también a las vigencias 2012 y 2013, de lo cual no anexan ninguna evidencia.

Hallazgo:

El Municipio no cuenta con informe de calidad de alimentos de las vigencias del año 2011 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 320, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

El Municipio no cuenta con actas, convenios, contratos intersectoriales para proyectos de intervención integrada del Riesgo del ambiente 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo la Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 322, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Conclusiones:

El Distrito no cuenta con Política de Salud Ambiental 2011, 2012 y 2013.

En el Distrito no Se evidencia censo sanitario actualizado 2011, 2012 y 2013.

En el Distrito Se evidencian informes de aire, agua, manejo de Residuos, informe de Ruido y radiaciones ionizantes de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

En el Distrito no se evidencian informes de calidad de alimentos 2011.

En el Distrito Se evidencian informe de calidad de alimentos 2012 y 2013.

En el Distrito No se evidencian actas, convenios contratos intersectoriales para proyectos de intervención integrada de riesgos del ambiente 2011, 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Dra Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: Censo sanitario actualizado 2011, 2012 y 2013, informes de calidad de aire, agua , manejo de residuos, informe de ruido y radiaciones ionizantes vigencias 2011, 2102 y 2013, informe de calidad de alimentos 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.2. PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES Y ZOONOSIS

Descripción:

Se evidencian informes de enfermedades transmitidas por Zoonosis de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencia listado de I.P.S que manejen eventos centinelas para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencia informe de consolidación de índices aédicos para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian actas de participación en Consejo territorial en Zoonosis 2011, 2012.

Se evidencian actas de participación en consejo territorial en zoonosis primer trimestre del 2013.

No se evidencia censo canino y felino actualizado vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencian informes de vacunación antirrábica vigencias 2011, 2012 y 2013, donde se evidencian que las coberturas para el año 2012 son deficientes se encuentran en el 47%.

Se evidencia POA de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se observa informes de ejecución del Poa de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Hallazgos:

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No se evidencia listado de I.P.S que manejan eventos centinelas para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: Se presentan los listados de las IPS que manejan eventos centinelas para las vigencias 2011, 2012 y 2013 (se anexa archivo con los tres listados en medio magnético). Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa los listados de I.P.S que manejan eventos centinelas para las tres vigencias auditadas.

Hallazgo:

No se evidencian actas de participación en consejo territorial en zoonosis de las vigencias 2011, 2012 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

Descargos de la Entidad Auditada

La Secretaría de Salud es miembro del Consejo Técnico Seccional de Zoonosis; evidencia de esto es la invitación, Acta y Listado de Asistencia al Consejo Técnico de Zoonosis del 27 de Noviembre de 2012 la cuales se anexan en físico. No se encontró el soporte de la reunión del Consejo Distrital de Zoonosis realizado en Diciembre de 2011. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo, puesto que no se evidencian soportes de las vigencia 2011.

Hallazgo:

No se evidencia censo canino y felino actualizado vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: La Secretaría de Salud Distrital realizó actualización del Censo de Caninos y Felinos en el año 2011 durante la Jornada de Vacunación Masiva realizada entre Agosto-Septiembre de 2011. Para los años de 2012, 2013 y 2014 se actualizó el censo con una estimación de acuerdo al cálculo del porcentaje anual de natalidad y mortalidad de caninos y felinos, el cual se ajustará en la Jornada de Vacunación Masiva de 2014. Se anexa "Informe Final Jornada Masiva Antirrabica canina y Felina 2011" en medio magnético, Censo estimado para 2012, 2013 y 2014 en medio físico.

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad Auditada anexa soportes de los censos caninos y felinos de las vigencias auditadas. Hallazgo:

Se evidencia que las coberturas de vacunación de caninos y felinos para la vigencia 2012 no cumple con la meta del 90%, se encuentra en el 47%, por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 319, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. .

Hallazgo:

No se evidencian informes de ejecución de POA de Salud ambiental para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 319, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

Conclusiones:

En el Distrito Se evidencian informes de vacunación antirrábica vigencias 2011, 2012 y 2013, donde se evidencian que las coberturas para el año 2012 son deficientes se encuentran en el 47%.

En el Distrito Se evidencia POA de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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En el Distrito No se observa informes de ejecución de la POA de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce. Pruebas documentales: Informes de enfermedades transmitidas por zoonosis 2011, 2012 y 2013, informes de consolidación de índices aédicos 2011, 2012 y 2013,actas de participación consejo territorial en zoonosis 2013, informes de vacunación antirábica 2011, 2012 y 2013, Poa de Salud ambiental 2011, 2012 y 2013.

3.1.4.2.1.3.3 PRIORIDADES EN SALUD PÚBLICA

La Entidad territorial ejecuta las acciones de Salud Pública a través de las E.S.E Alejandro Prospero Reverand para las vigencias 2011, 2012 y 2013 . La Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta presenta a través de los informes de

Gestión trimestrales y anuales el seguimiento a las acciones para las prioridades en salud,

vigilancia en salud pública y saneamiento, cuentan con los POA 2011, 2012 y 2013 con

todos los lineamientos exigidos por la normatividad vigente.

La Secretaria de Salud maneja todos los programas de Salud Pública a través de la Dra.

Patricia Ponce, Líder de Salud Pública.

RELACION DE CONTRATOS DEL PIC VIGENCIAS 2011, 2012 Y 2013

CONTRATO No I.P.S FECHA DE

INICIO

FECHA DE

TERMINACION

VALOR

271 Alejandro

Prospero

Reverand

29-06-2011 15-12-2011 629.520.780(

Seiscientos

veintinueve

millones

quinientos veinte

,mil setecientos

ochenta pesos)

Resolución 240

-2012 por medio

de la cuál se

establece

contratación

Directa

Alejandro

Prospero

Reverand

19_11-2012 31-12-2012 1.186.429.715

pesos( Mil ciento

ochenta y seis

millones

cuatrocientos

veinte nueve

setecientos

quince pesos)

214-2013 Alejandro 12-07-2013 31-12-2013 727.964.090 (

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Prospero

Reverand

Setecientos

veintisiete

millones

novecientos

sesenta y cuatro

mil noventa

pesos)

Fuente: Relación de Contratos con el Pic Distrito de Santa Marta 2011- 2013

HALLAZGOS:

Los Contratos para la ejecución del PIC no cuentan con continuidad ni con ejecución del 100% para las vigencias 2011, 2012 y 2013, en el año 2012 se e videncia contrato por un mes nada más por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 319, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

CONCLUSIONES:

El Distrito no cuenta con continuidad para los contratos del Pic de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no se observan ejecuciones del 100% de las actividades que contemplan el Pic para las respectivas vigencias.

Persona Entrevistada:Dra. Patricia Ponce. Pruebas documentales:Contratos con el pIc 2011, 2012 y 2013.

3.1.4.2.2.1.3.4 Programa Ampliado de Inmunizaciones

Descripción: Dentro de las acciones de PIC se encuentran las coberturas de vacunación las cuáles cuentan con los siguientes porcentajes

Vigencia 2011

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Fuente: Coberturas de vacunación Distrito de Santa Marta 2011.

Vigencia 2012.

Fuente: Coberturas de vacunación 2012 Vigencia 2013

Fuente: Coberturas de vacunación 2013.

Cuentan con diferentes estrategias publicitarias de vacunación como son:

DEPTOS

Población

Menor 1

año

VOP <DE1

AÑO 3ras +

VIP <1AÑO

3as Dosis

% VOP

3ras

DPT

MENOR DE

UN AÑO

3ras .Dosis

% DPT

3ras

B C G R EC IEN

N A C ID O ( HA STA

2 8 D Í A S) +

M EN OR U N A Ñ O

( 2 9 D Í A S A 11

M ESES 2 9 D IA S)

D osis U nica

% BCG

ROTAVIRUS

DE 2 A 7

MESES 29

DIAS

2da Dosis

% Rota

2da

Dosis

FLU DE 6 A

11 MESES

2da Dosis

% FLU de

6 a 11

Meses

2da

Población

De 1 año

SRP (T.V.)

DE UN AÑO

U.Dósis

%TV F.A. 1 AÑO

U. Dósis %F.A.

Neumo de

(11 Meses

29 Dias)

2da Dosis

% Neumo

de (11

Meses 29

Dias)

2ra dosis

SANTA MARTA 9.158 6825 74,5 6969 76,1 8200 89,5 6780 74,0 3025 33,0 9.226 7294 79,1 7620 82,6 7814 85,3

COD Deptos Municipio

Poblaciòn

Menor de 1

año (Meta

Programatica)

VOP < DE 1

AÑO 1a

% VOP

1as

VOP < DE

1 AÑO 2a

%

VOP

2as

VOP <DE 1

AÑO 3ras

+ VIP <1

AÑO 3as

% 3ras.

Dosis de

Polio

NV

Ajustado

s

DPT

MENOR DE

UN AÑO

1ras

% DPT

1ras

(Ajustada

NV)

DPT

MENOR DE

UN AÑO

2das

47001 MÁGDALENA SANTA MARTA 9.005 8.971 99,6 8.436 93,7 8895 98,8 9.383 104,2 8986

F.A. 1

AÑO

Dosis

Unica

% F.A.

(Meta

Programat

)

Neumo

(11

Meses

29 Dias)

%

Neum

o

1ra

Neumo

(11

Meses

29 Dias)

%

Neum

o

2ra

Neumo

de 12

Meses

3ra

%

Neum

o

3ra

Neumo

de 12-

23

meses

Neumo

de 12-

23

meses

Neumo

de 24-

47

Meses

VOP Al

año de

la 3ra

Dosis

% VOP

1er Ref.

DPT Al

año de

la 3ra

Dosis

% DPT

1er

Ref.

Pob. 5 años

Meta

Programatic

a 2012

VOP 5

AÑOS

2do.

Ref.

%

VOP

2do

Ref.

DPT 5

AÑOS

2do.

Ref.

%

DPT

2do

Ref. 5

SRP

(T.V.) 5

AÑOS

Ref.

% TV

2do

Ref. 5

Años

FLU de

50 Años y

más

UNICA P

To

tale

s

8449 92,7 9251 102,7 7696 85,5 5128 56,9 1069 703 1649 5931 65,1 5671 62,2 9.294 5818 62,6 5730 61,7 5795 62,4 9.969 169.345

DEPARTAMENTOS

Población

Menor 1 año

DEPARTAMENTOS(Meta Programática)3.Dosis % 1ras. Dosis % 2das. Dosis % 3ras .Dosis % Dosis Unica % D. Unica % 1ra Dosis % 2da Dosis % 2da Dosis % 2da Dosis %

SANTA MARTA 9.985 6300 63,1 7866 78,8 7253 72,6 6775 67,9 10332 103,5 9.934 99,5 6839 68,5 6326 63,4 2.787 55,8 2.533 24,6

VOP <DE1 AÑO

+ VIP <1AÑO

3as

PENTA MENOR

DE UN AÑO

PENTA MENOR DE

UN AÑO

PENTA MENOR

DE UN AÑO

BCG RECIEN

NACIDO (HASTA

28 DÍAS) +

ROTAVIRUS DE

2 A 7 MESES 29

DIAS

ROTAVIRUS DE

2 A 7 MESES 29

DIAS

FLU DE 6 A 11

MESES

HB RECIEN

NACIDO (HASTA

28 DÍAS)

FLU DE 12 A 23

MESES + UNICA

P o blació n de 1

A ño (M eta

Programática) U.Dósis % U.Dósis % 1ra Dosis % 2da Dosis % 3ra Dosis % 1ra Dosis % U. Dósis % 1er. Ref. % 1er. Ref. %

10.300 7081 68,7 6772 65,7 7534 75,5 7008 70,2 5569 54,1 1019 9,9 5.385 52,3 6885 66,8 6916 67,1

N eumo de (11

M eses 29 D ias)

SR P (T .V.) D E UN

A ÑOF .A . 1 A ÑO

N eumo de (11 M eses

29 D ias)

N eumo de (12

meses)

VOP A l año de la

3ra D o sis

D P T A l año de la

3ra D o sis

N eumo de (12-23

meses)

H A

1 A ÑO

P o blació n 5

año s ((M eta

FLU de 50 a

59 Años

FLU de 60

Años y más

Gestantes a

partir de la

semana 14

Programática) 2do. Ref. % 2do. Ref. % Ref. % UNICA UNICA UNICA

10.181 6.041 59,3 6.530 64,1 5.715 56,1 4.236 5626 532

SR P (T .V.) 5 A ÑOSD P T 5 A ÑOSVOP 5 A ÑOS

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Página 159 de 268

Fuente: Estrategias Publicitarias de vacunación 2011

Fuente: Estrategias publicitarias 2012.

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Página 160 de 268

Fuente: Estrategias Publicitarias 2012.

ACCIONES DEL PAI Descripción:

No se evidencian censos de canalización 2011, 2012 y 2013. No se evidencian Monitoreos rápidos de cobertura de las vigencias 2011, 2012 y

2013. Se Evidencian contratos de PAI extramural 2011,Ejecución del 2011, con fecha de

inicio 02 de Junio del 2011, fecha de terminación 29 de Diciembre del 2011, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2011.

Se evidencian contratos PAI extramural 2012, ejecuciones 2012, pero con fecha de inicio 05 de septiembre del 2012, fecha de terminación 31 de Diciembre del 2012, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2012.

No se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no hubo

contratación para la vigencia auditada. Para el año 2013 no se evidencia acciones de PAI extramural debido a que no

hubo contratación ene l primer trimestre del 2013 No se evidencian búsquedas activas institucionales( BAI) de los años 2011, 2102 y

2013 No se evidencian búsquedas activas comunitarias (BAC) de los años 2011 y 2013. Se evidencian Búsquedas activas comunitarias del 2012 No se evidencian informes de red la red de frio, ni mantenimientos preventivos a la

red de frio de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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No se evidencian planes de mejoramiento de vacunación de las IPS y EAPB de las vigencias 2011, 2012 y 2013

Fuente: Contrato de PAI extramural 2011.

Fuente: Informe de Supervisión de contrato 2011.

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Fuente: Contrato de PAI extramural 2012

Hallazgos: El Distrito no cumple con la meta de vacunación del 95% para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentra incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la protección social. Descargos de la Entidad Auditada: Para la vigencia 2012 el Distrito alcanzó coberturas útiles iguales o mayores al 95% en los biológicos trazadores para menores de 1 año y 1 año, como se evidencia en el informe presentado y en el cuadro de cobertura por trazadores que se presenta como evidencia. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo, puesto que la Entidad Auditada solo anexa evidencias del 2012 y el hallazgo se refiere también a las vigencias 2011 y 2013. Hallazgo:

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No se evidencian censos de canalización 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada: El Distrito trabaja con las metas de vacunación concertadas con el Ministerio con base a la población DANE por lo tanto no realiza Censo de Canalización ya que No aplica. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que las metas de vacunación del Distrito son concertadas con el Ministerio con base a la población DANE y los censos de canalización no aplican Hallazgo: No se evidencian Monitoreos rápidos de Cobertura de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada: El Distrito realizó Monitoreo de Sarampión Rubeola en Diciembre 2011 y 2012, MRC en Octubre 2012 y en Octubre 2013; Se anexan en medio magnético evidencia de los monitoreos Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que el Distrito anexa los Monitoreos de Sarampión Rubeola en Diciembre 2011 y 2012, MRC en Octubre 2012 y en Octubre 2013; Se anexan en medio magnético evidencia de los monitoreos. Hallazgo No se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no hubo contratación para la vigencia auditada por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada:

"para la vigencia 2013 se inició la ejecución en el segundo semestre de 2013. Se acepta parcial"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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Se ratifica el hallazgo no se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no hubo contratación para la vigencia auditada por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Hallazgo: Se Evidencian contratos de PAI extramural 2011, Ejecución del 2011, con fecha de inicio 02 de Junio del 2011, fecha de terminación 29 de Diciembre del 2011, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2011, por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 318, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo: Se evidencian contratos PAI extramural 2012, ejecuciones 2012, pero con fecha de inicio 05 de septiembre del 2012, fecha de terminación 31 de Diciembre del 2012, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2012, por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 318, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

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Para el año 2013 no se evidencia acciones de PAI extramural debido a que no hubo contratación ene l primer trimestre del 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 318, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

Hallazgo:

No se evidencian búsquedas activas institucionales (BAI) de los años 2011, 2102 y 2013. Por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Descargos de la Entidad Auditada: El Distrito realizó las BAI de 2011, 2012 y en el primer trimestre del 2013 se realizó la BAI del IV trimestre de 2012. Se anexan seis (6) archivos de BAI en medio magnético Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad Auditada anexa los soportes de búsqueda Activa institucional de las vigencias auditadas. Hallazgo:

No se evidencian búsquedas activas comunitarias (BAC) de los años 2011 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 318, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

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Hallazgo:

No se evidencian informes de red la red de frio, ni mantenimientos preventivos a la red de frio de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Descargos de la Entidad Auditada: El mantenimiento preventivo realizado en 2013 corresponde al mes de agosto (se anexa los reportes en medio físico), Se presenta Informe de Red de Frío de 2012, tablero de control 2012, tablero de control Gerencial 2013, Inventario Red de Frío 2011. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa mantenimiento preventivo fuera de la vigencia auditada. Hallazgo:

No se evidencian planes de mejoramiento de vacunación de las IPS y EAPB de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Descargos de la Entidad Auditada:

Se presenta informe de visita técnica a las IPS vacunadoras realizadas en Diciembre de 2012 donde se relacionan ocho (8) instituciones a las que se les encontró fallas en estas visitas y se les implementó un Plan de Mejoramiento. (Se anexa el informe de las visitas)

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Se confirma el hallazgo puesto que solo evidencian planes de mejoramiento del año 2012, no se evidencia 2011 y 2013.

Conclusiones:

En el Distrito No se evidencian censos de canalización 2011, 2012 y 2013. En el Distrito No se evidencian Monitoreos rápidos de cobertura de las vigencias

2011, 2012 y 2013. En el Distrito Se Evidencian contratos de PAI extramural 2011,Ejecución del 2011,

con fecha de inicio 02 de Junio del 2011, fecha de terminación 29 de Diciembre del 2011, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2011.

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En el Distrito Se evidencian contratos PAI extramural 2012, ejecuciones 2012, pero con fecha de inicio 05 de septiembre del 2012, fecha de terminación 31 de Diciembre del 2012, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2012.

En el Distrito No se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no

hubo contratación para la vigencia auditada. Para el año 2013 no se evidencia acciones de PAI extramural debido a que no

hubo contratación ene l primer trimestre del 2013 En el Distrito No se evidencian búsquedas activas comunitarias (BAC) de los años

2011 y 2013. En el Distrito Se evidencian Búsquedas activas comunitarias del 2012 En el Distrito No se evidencian informes de red la red de frio, ni mantenimientos

preventivos a la red de frio de las vigencias 2011, 2012 y 2013. En el Distrito No se evidencian planes de mejoramiento de vacunación de las IPS y

EAPB de las vigencias 2011, 2012 y 2013 Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: Contratos de PAI extramural 2011, 2012, búsquedas activas comunitarias 2012, estrategias publicitarias de vacunación. ESTRATEGIA AIEPI-IAMI Se guían por la estrategia AIEPI-IAMI de la Unicef, se evidencian pruebas documentales de talleres de IAMI Y estrategias publicitarias de lo mismo. Conclusiones:

El Distrito para desarrollar la Estrategia AIEPI-IAMI Se guían por la Estrategia AIEPI.IAMI de la Unicef.

En el Distrito Se evidencian talleres de capacitación AIEPI-IAMI 2011, 2012 Y 2013.

Persona Entrevistada: Patricia Ponce; Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: Estrategia AIEPI.IAMI Unicef, soportes de capacitación en talleres IAMI. 3.1.4.2.1.3.4Política de Salud Infantil, Infancia y Adolescencia Descripción:

El Municipio no cuenta con Política de Salud Infantil, infancia y adolescencia para las vigencias 2011 y 2012.

Cuentan con política de Salud Infantil, infancia y adolescencia a partir del 2013. Se evidencia Decreto No 248 del 07 de Diciembre del 2012 por medio de la cuál se

crea la comisión intersectorial para la adopción de la Política de primera infancia del Distrito Turístico, cultural e histórico de Santa Marta.

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La política de Primera Infancia para el Distrito de Santa Marta esta soportado en los siguientes ejes fundamentales:

• DERECHO A LA IDENTIFICACIÓN DE NIÑAS Y NIÑOS EN PRIMERA INFANCIA:

Establecer Convenio con la Registraduría para garantizar el derecho a la identidad de

niñas y niños.

• ATENCIÓN CON CALIDAD Y EQUIDAD EN SALUD PARA LAS NIÑAS Y NIÑOS

EN PRIMERA INFANCIA: Implementación de acciones y estrategias que apunten a

la cobertura universal y disminución de la morbimortalidad prevenible, prevención y

atención a la enfermedad e impulsar prácticas de vida saludable y condiciones

básicas de saneamiento ajustado a las características de las mujeres gestantes,

lactantes, niñas y niños.

• NUTRICIÓN CON CALIDAD Y EQUIDAD PARA NIÑAS Y NIÑOS EN PRIMERA

INFANCIA: Promoción de la lactancia materna como determinante de la nutrición, el

afecto y la buena salud de la población en primera infancia e integrar las acciones de

seguridad alimentaria y nutricional para que las niñas y niños dispongan de la

cantidad y calidad suficiente y estable de alimentos, acceso y el consumo oportuno y

permanente de los mismos.

• ACCESO CON CALIDAD Y EQUIDAD EN EDUCACIÓN PARA LAS NIÑAS, NIÑOS

EN PRIMERA INFANCIA: Mejorar las condiciones y calidad de la educación inicial en

las modalidades de entorno familiar, comunitario e institucional establecidas por el

MEN y el ICBF, a través de la construcción y puesta en marcha de Centros de

Desarrollo Infantil, Centro de Desarrollo Infantil para la primera infancia indígena y

ludotecas que aporten al desarrollo biológico, cognoscitivo y psicomotriz de las niñas

y niños en primera infancia.

• ENTORNOS PROTECTORES, ADECUADOS E INCLUYENTES PARA NIÑAS Y

NIÑOS EN PRIMERA INFANCIA: Promover actividades y espacios recreativos,

deportivos y culturales para el desarrollo integral y fomento de la participación y

construcción de la ciudadanía De niños y niñas.

• PREVENCIÓN DE LA VULNERACIÓN Y RESTABLECIMIENTO DE LOS

DERECHOS DE PROTECCIÓN EN NIÑAS Y NIÑOS DE PRIMERA INFANCIA:

Implementar acciones para garantizar la prevención y restitución de derechos

vulnerados frente al maltrato infantil, violencia intrafamiliar, peligro, abandono, trabajo

infantil, abuso sexual, desplazamiento forzoso u otro delito en el marco del conflicto

armado.

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• FORMACIÓN, ACOMPAÑAMIENTO A FAMILIAS Y CUIDADORES DE NIÑAS Y

NIÑOS EN PRIMERA INFANCIA: Implementación de estrategias de apoyo y

educación a la familia y cuidadores para fortalecer y garantizar las relaciones

significativas y afectivas para el desarrollo integral de niñas y niños.

• GESTIÓN SOCIAL INTEGRAL ORIENTADA A LA PARTICIPACIÓN DEL ESTADO,

LA FAMILIA Y LA SOCIEDAD, EN CUMPLIMIENTO DE SU RESPONSABILIDAD

COMPARTIDA RESPECTO A LOS DERECHOS DE LAS NIÑAS Y NIÑOS: El eje

de Gestión Social Integral es transversal a toda la Política Pública y define las

características de los procesos de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación,

mediante acciones articuladas, con participación social y rendición de cuentas.

Se evidencia acta de reunión del 20 de Marzo del 2013 para erradicación del trabajo infantil. Hallazgo: El Municipio no cuenta con Política de Salud Infantil, infancia y adolescencia para las vigencias 2011 y 2012, por lo tanto se encuentran incumpliendo la ley 1450 del 2011, lineamientos técnicos de salud en la Primera Infancia del Ministerio de la Protección Social. Descargos de la Entidad Auditada: Por otro lado, para el año 2012 se inició la construcción de la Política de Infancia y Adolescencia la cual ya cuenta con el Decreto No 248 del 07 de diciembre de 2012 por medio de la cual se crea la comisión intersectorial para la adopción de la política de primera infancia del Distrito. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad auditada solo anexa soportes para el año 2012 y 2013, pero no para el 2011. Conclusiones:

El Municipio no cuenta con Política de Salud Infantil, infancia y adolescencia para los años 2011 y 2012.

El Municipio cuenta con Política de Salud Infantil para la vigencia 2013. El Municipio cuenta con actas y capacitaciones para la erradicación del trabajo

infantil de las vigencias 2011, 2012 y 2013. Persona Entrevistada: Patricia Ponce; Líder de Salud Pública.

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Pruebas documentales: Decreto 248 del 2012, Política de infancia y adolescencia 2013, actas de reunión para la erradicación del trabajo infantil 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.5. Salud Sexual y Reproductiva. Descripción:

Las actividades de Salud Sexual y reproductiva se encuentran contratadas con el Hospital prospero Reverand para las vigencias 2011, 2012 en el 2013 no hubo contratación para la vigencia auditada.

Cuentan con POA de Salud Sexual y reproductiva para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian informes de ejecución del POA de Salud Sexual y reproductiva para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

En la actualidad no existe referente para el contrato de Salud Sexual y reproductiva.

Hallazgo:

Para el primer trimestre del 2013 no se observa contratación de las actividades de Salud Sexual y reproductiva por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

Para la vigencia 2013 se inició la ejecución a partir de mayo de 2013

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se confirma el hallazgo puesto que la ejecución comenzó fuera de la vigencia auditada. Hallazgo:

No se evidencian informes de ejecución de actividades realizadas del POA de salud sexual y reproductiva de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 317, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

No se evidencia referente del Contrato de salud sexual y reproductiva en la actualidad por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: La Administración contrató una profesional médica como referente del Programa de Salud Sexual y Reproductiva a partir del 24 de enero de 2014 la cual por hasta el momento desconocidos renunció al contrato y acto seguido sobrevino la Ley de Garantías por tanto nos encontramos en el proceso de selección para la contratación de una persona idónea que ejecute las actividades de Salud Sexual y Reproductiva Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad auditada da respuesta de una referente de Salud sexual y reproductiva fuera de la vigencia auditada.

Conclusiones:

El Municipio no cuenta con contratación para las actividades de salud sexual y reproductiva del primer trimestre del 2013, por lo tanto se observa una no continuidad en la ejecución de las actividades de salud pública de esta prioridad.

El Municipio no cuenta con informe de actividades realizadas del POA de salud sexual y reproductiva de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto no se evaluar el nivel de cumplimiento de metas exigidas para esta prioridad.

El Municipio no cuenta con referente del contrato de Salud Sexual y reproductiva en la actualidad por lo tanto no se observa un responsable para llevar a cabo las actividades de Salud Sexual y Reproductiva.

Persona Entrevistada: Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: POA 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.6 Salud Mental Descripción:

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Se evidencia POA de salud mental para las vigencias 2011 y 2012 y 2013

Se Evidencia ejecución del POA expresada en porcentaje para las vigencias 2011 y 2012.

No se evidencia ejecución del POA para la vigencia 2013 por lo que no hubo contratación para el primer trimestre del 2013.

Las actividades de Salud Mental se encuentran contratadas se encuentran contratadas con el Hospital Prospero Reverand.

No se evidencia informe de ejecución de actividades para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Hallazgos

No se evidencia ejecución del POA de Salud Mental para el primer trimestre del 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: Para la vigencia 2013 se inició la ejecución a partir del segundo trimestre de 2013

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad Auditada cita en su respuesta que inicia la ejecución para el segundo trimestre del 2013, el cual se encuentra fuera de la vigencia auditada. Hallazgo

NO se evidencia informe de ejecución de actividades para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo que no hubo contratación para el primer trimestre del 2013.

Descargos de la Entidad Auditada: Se presenta Informe de ejecución de actividades de Salud Mental vigencias 2011 y 2012. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa informe de ejecución de actividades poa salud Mental 2011 y 2012. Conclusiones:

El Distrito no cuenta con ejecución del POA para la vigencia 2013 por lo que no hubo contratación, por lo tanto no se ejecutaron las acciones de Salud Pública de esta prioridad.

Persona Entrevistada: Patricia Ponce; Líder de Salud Pública.

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Pruebas documentales: POA de Salud Sexual y reproductiva 2011, 2012 y 2013.

3.1.4.2.1.3.7 Nutrición

Descripción:

La referente de esta prioridad es la Dra. Gloria Helena Lineros Salas, Nutricionista

Se evidencia POA de nutrición 2011, 2012 y 2013.

Cuentan con una buena implementación de la Estrategia IAMI.

La Política de seguridad alimentaria se encuentra en aprobación por parte del Alcalde Distrital.

En el 2011 se presentaron 6 muertes por desnutrición, en el 2012 tres y en el 2013 cero.

Cuentan con el programa de lactancia materna exclusiva de 0.6

En el 2012 de 301.360795 solo ejecutaron 10 millones de pesos por lo tanto se observa una subejecución de esta prioridad.

En el año 2013 no hubo contratación por lo tanto se quedaron sin ejecutar 314.287.137.

Hallazgos:

Para la vigencia 2012 se observa una subejecución el contrato ya que solo ejecutaron 10 millones de pesos de por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la entidad Auditada:

Para la vigencia 2012 a través del PIC se ejecutaron $251.360.000 que sumados a los $10.000.000 del contrato de una profesional encargada de Seguridad Alimentaria y Nutricional dan un total ejecución de $361.360.000 (Se anexan las actas de coordinación, aprobación y finalización de cada una de las actividades en medio físico - 24 folios) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa las ejecuciones del contrato de la vigencia 2012. Hallazgo:

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Para la vigencia 2013 no hubo contratación por lo tanto se quedaron sin ejecutar 314.287.137.( Trescientos catorce millones doscientos ochenta y siete mil ciento treinta y siete pesos), ), por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: El Programa de Nutrición cuenta con un profesional universitario de planta como referente del mismo y que ejecuta acciones durante todo el año; los contratos iniciaron a partir del 30 de mayo de 2013 (profesional por valor de $25.000.000) y las acciones del PIC por valor de $269.287.137 (se anexan minutas de contrato 255 de 2012, contrato 248 de 2012 e interventoría final contrato 248 de 2012) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la ejecución del contrato comenzó en mayo del 2013, período fuera de la vigencia de esta auditoría. Conclusiones:

En el año 2013 no hubo contratación lo tanto se quedaron sin ejecutar 314.287.137. (Trescientos catorce millones doscientos ochenta y siete mil ciento treinta y siete pesos).

Persona Entrevistada: Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: POA de Nutrición 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.8 Salud Oral Descripción:

Las actividades de Salud oral se encuentran contratadas con la E.S.E Prospero Reverand para las vigencias 2011 y 2012

El Referente de esta prioridad es el Dr. Yamid Espitia, Odontólogo.

Se evidencia POA de Salud oral para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencia ejecución del POA de salud oral para el primer trimestre del año 2012 y 2013

No se realizó vigilancia a eventos centinela de fluorosis para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Hallazgos:

No se evidencia ejecución del POA de Salud Oral para las vigencias 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

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Descargos de la Entidad Auditada: "Se acepta el hallazgo" Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 316, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

Hallazgo:

No se realizó vigilancia a eventos centinela de Fluorosis para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

Para la vigencia 2011 y 2012 el Distrito realizó Vigilancia de Fluorosis (se anexa una muestra de actas de tomas de muestra para Fluor, análisis de fluor en agua y registro de resultados fisicoquímicos de alimentos en medio físico - 16 folios de 2011 y 2 folios de 2012). Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad Auditada anexa en su respuesta las acciones de vigilancia en fluorosis para las vigencias 2011 y 2012.

Conclusiones:

Se evidencia contratación para las actividades de Salud Pública para las vigencias 2011 y 2012.

El Distrito no cuenta con ejecución del POA de Salud Oral para las vigencias 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Dr. Yamid Espitia, Referente de Salud Sexual y Reproductiva. Pruebas documentales: POA de Salud Oral 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.9 Tuberculosis y Lepra

Descripción:

Se evidencia POA de tuberculosis y lepra 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian informe de gestión para el año 2011.

Se evidencia informe de gestión para el año 2012.

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No se evidencia ejecución de actividades para el año 2013 debido a que no hubo contratación.

Para el año 2012 no se ejecutó todo el presupuesto del POA se glosaron 60 millones.

Hallazgos:

No se evidencian informes de gestión para el año 2011 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: Se anexa informe de gestión año 2011 Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa informe de gestión año 2011. Hallazgo:

No se evidencia ejecución de actividades para el año 2013 debido a que no hubo contratación por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la entidad Auditada: Para la vigencia 2013 se inició la ejecución a partir del segundo trimestre de 2013 Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que la ejecución comenzó a partir del segundo trimestre del 2013, la cual está fuera de la vigencia auditada. Conclusiones:

El Distrito cuenta con POA de Tuberculosis y Lepra para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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El Distrito no cuenta con ejecución de actividades del año 2013 debido a que no hubo contratación con el Hospital Prospero Reverand para la vigencia auditada.

Para el año 2013 no se ejecutó todo el presupuesto asignado, por lo tanto se glosaron 60 millones de pesos.

Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce, Lider de Salud Pública. Pruebas documentales: POA de tuberculosis y lepra 2011, 2012 y 2013. 3.1.4.2.1.3.10Enfermedades Crónicas No Transmisibles

Descripción:

Se evidencia POA de Enfermedades crónicas no transmisibles de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Para el año 2012 se asignaron 65.300.000( Sesenta y cinco millones trescientos mil pesos) de los cuáles quedaron sin ejecutar 19 millones de pesos( Diecinueve millones de pesos)

Para el primer trimestre del año 2013 no hubo ejecución del POA de enfermedades crónicas no transmibles debido a que no hubo contratación con el Hospital Prospero Reverand.

Hallazgos:

Para el año 2012 no hubo ejecución del POA de enfermedades crónica s no transmisibles debido a que no hubo contratación por lo que se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

Descargos de la Entidad Auditada: Para la vigencia 2012 a través del PIC se ejecutaron $25.300.000 que sumados a los $25.500.000 de los contratos de prestación de servicios dan un total ejecución de $50.800.000 (Se anexan contrato PIC 248 de 2012, contrato 184,) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que la Entidad auditada anexa ejecución del Pic del año 2012. Hallazgo:

Para el primer trimestre del año 2013 no hubo ejecución del POA de enfermedades crónicas no transmibles debido a que no hubo contratación con el Hospital Prospero Reverand por lo que se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

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Descargos de la Entidad Auditada: Se realizaron las actividades de Vigilancia de las Lesiones por Pólvora del 1 al 17 de enero de 2012 Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se confirma el hallazgo puesto que la pólvora no pertenece a enfermedades crónicas no transmisibles.

Conclusiones:

El Distrito cuenta con POA de enfermedades crónicas no transmisibles para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El distrito no realizo ejecución del POA de enfermedades crónicas no transmisibles del año 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Dra. Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: POA de Enfermedades crónicas no transmisibles 2011, 2012 y 2013.

3.1.4.2.13.10 EMERGENCIAS Y DESASTRES

Descripción:

El programa está contemplado en el plan de desarrollo territorial 2012-2015, el cual

tiene unos ejes programáticos dentro de los cuáles está desastres y emergencias.

El Distrito cuenta con Decreto 151 del 24 de Julio del 2012 por el cuál se crea y

conforma y organiza el Consejo Distrital de Gestión de Riesgo de Desastres.

EL Distrito cuenta con POA de Emergencias y desastres para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Los POA de Emergencias y desastres se encuentran sin ejecución de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

No se evidencian informes de gestión de los POA de emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Cuentan con Plan Municipal de Gestión de Riesgo de Desastres.

No se encuentra constituido el CLOPAD y el CREPAD Hallazgos:

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Los POA de Emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013 no cuentan con ejecución por lo tanto se encuentran incumpliendo la Resolución 425 del 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 315, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

No se evidencian informes de gestión de los POA de emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo la Resolución 425 del 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 315, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma.

Hallazgo:

No se encuentra constituido el CLOPAD y el CREPAD por lo tanto se encuentran incumpliendo la Resolución 425 del 2008.

Descargos de la Entidad Auditada:

Para la vigencia 2011 estaba conformado el CLOPAD que para estas vigencias se conoce como Oficina de Gestión del Riesgo

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Se desvirtúa el hallazgo puesto que anexan evidencias de conformación del CLOPAD 2011.

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Conclusiones:

EL Distrito cuenta con POA de emergencias y desastres para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Distrito no cuenta con informes de gestión de los POA de emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013. .

El Distrito cuenta con Plan Municipal de Gestión del Riesgo para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Persona Entrevistada: Patricia Ponce, Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: POA de emergencias y desastres 2011, 2012 y 2013 sin ejecución.

3.1.4.2.1.3.11 RENDICION DE CUENTAS.

Descripción:

No se evidencia informe de Rendición de cuentas delos año 2011 y 2013.

Se evidencia informe de Rendición de cuentas del año 2012.

Se evidencian Comités de Participación ciudadana de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Se evidencian Consejos de Política Social de las vigencias 2011, 2012 y 2013. Hallazgos:

En el Distrito no se evidencia informe de Rendición de cuenta s de las vigencias 2011 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo la Resolución 425 del 2008

Descargo de la Entidad Auditada: En la visita de auditoría se hizo entrega de las Rendiciones de cuenta de 2011, 2012 y 2013; se anexa nuevamente los soportes de 2011 y 2013 en medio magnético Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que el Distrito en su respuesta anexa soportes de rendición de cuentas 2011, 2012 y 2013. Conclusiones:

.

El Distrito cuenta con informe de Rendición de cuentas del 2012

El Distrito cuenta con Comités de Participación ciudadana de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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Persona Entrevistada: Patricia Ponce; Líder de Salud Pública. Pruebas documentales: Informe de Rendición de cuentas del año 2012, Comités de Participación Social de las vigencias 2011, 2012 y 2013. 3.1.5 POBLACIOEES ESPECIALES

3.1.5.1 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE ASEGURAMIENTO Se evidencian en los archivos de la Secretaría de Salud, que durante el mes de Mayo de 2012, el Gobernador Indígena remite el listado Censal de los Resguardos Indígenas KOGUI, WIWA Y ARHUACO, con el fin de que el Municipio adelantara el proceso de afiliación a la EPSS DUSAKAWI; en el mes de Octubre de 2012 le remitieron por parte de la Gobernación del Magdalena, la población perteneciente a la Red Unidos, para su afiliación inmediata. No se evidencian para los años 2011, 2012 y 2013 listados censales provenientes del ICBF, Desmovilizados y Desplazados. La Secretaría de Gobierno cuenta con listados censales correspondiente al Adulto Mayor, Habitante de la Calle y Discapacitados.

El procedimiento que establece el Ente Territorial, para identificar la Población Pobre No Afiliada consiste en solicitar la base de encuestados al Sisbén se cruza con la base de datos del Régimen Subsidiado del municipio y a su vez con la malla validadora del FOSYGA, y el resultado de estos cruces se validan contra el Departamento Nacional de Planeación y la población que cumple con los puntajes del Sisbén metodología III, se proceden a afiliar al Régimen Subsidiado. El municipio no tiene conformado el listado censal. El procedimiento para identificar la PPNA consiste en solicitar la base de datos al Sisbén certificada por el DNP, la cual es cruzada y depurada con los afiliados al Régimen Contributivo y Subsidiado, fallecidos. El resultado de dicha depuración se considera como PPNA, es decir, 10130 usuarios con corte a 30 de Junio de 2013.

Análisis:

La Secretaría de Salud para los años 2011 y 2013 no solicita información a las entidades que

manejan poblaciones especiales, los listados censales, con el fin de actualizar la base de

datos.

Hallazgo:

La Secretaría de Salud para los años 2011 y 2013, no cuenta con documento o actas de reunión con las entidades que manejan poblaciones especiales, que evidencie el cumplimiento respecto a la remisión periódica y permanente de los listados censales, contraviniendo lo establecido en el Artículo 7 Parágrafo 3 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS. Conclusión:

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El Municipio incumplió con el Artículo 7 Parágrafo 3 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la remisión periódica y permanente por parte de las entidades que manejan poblaciones especiales, de los listados censales.

PERSONAS ENTREVISTADAS: Carlos Andrés Montoya Santacruz, Contratista Secretaría de Salud PRUEBAS DOCUMENTALES: Base de datos Listados Censales, Oficios, Actas

Descargos Entidad Auditada:

El Distrito de Santa Marta, no presentó descargos de este hallazgo, dentro de los plazos

establecidos, ni ejerció el derecho a la contradicción de acuerdo a lo establecido en el

artículo 5º de la Resolución 002190 de 2013.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

Se confirma el hallazgo, debido a que la Secretaría de Salud del Distrito de Santa Marta, para los años 2011 y 2013, no cuenta con documento o actas de reunión con las entidades que manejan poblaciones especiales, que evidencie el cumplimiento respecto a la remisión periódica y permanente de los listados censales, contraviniendo lo establecido en el Artículo 7 Parágrafo 3 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

3.1.5.2 VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROCESOS DE PRESTACIÓN DE

SERVICIOS DE SALUD

El Municipio no cuenta ni en medio físico ni magnético para el año 2011, con la copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad; en cuanto al año 2012, se evidencia red prestadora incompleta por parte de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR. Para el año 2013 las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI, presentan red prestadora incompleta. Análisis: El Municipio para el año 2011, no cuenta con la copia de los contratos vigentes, que suscriben las EPS SUBSIDIADAS con la red prestadora Pública y Privada en medio físico o magnético; para el año 2012 relacionan red prestadora incompleta de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER y HUMANA VIVIR y para el año 2013 red prestadora incompleta de las EPSSMUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI. Hallazgo:

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En los archivos de la Alcaldía Municipal para el año 2011, no reposan copias vigentes de los contratos que suscribieron las EPS SUBSIDIADAS con la red prestadora de servicios de Salud Pública y Privada en todos los niveles de complejidad. Para el año 2012, se evidencia red prestadora incompleta de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR. Para el año 2013 relacionan red prestadora incompleta de las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI, violando lo estipulado en el Artículo 5, 6, 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1 Artículo 29 de la Ley 1438 de 2011, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Circular 06 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud. Conclusiones: El Municipio incumplió con el Artículo 5, 6, 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1 Artículo 29 de la Ley 1438 de 2011, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Circular 06 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud, respecto a la Vigilancia y Control que debieron realizar para que las EPS SUBSIDIADAS, remitieran al Ente Territorial copia actualizada y vigente de los Contratos que suscribieron con la Red Prestadora Pública y Privada, en todos los niveles de complejidad. PERSONAS ENTREVISTADAS: Maritza Mercedes Avendaño García Profesional Universitario

PRUEBAS DOCUMENTALES: Oficios, Contratos Red Prestadora

Descargos Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos

encontrados y descargos presentados de la entidad visitada

La Secretaría de Salud presenta soportes en medio magnéticos para el año 2012 de los contratos que suscribieron las EPSS COMFACOR, COMPARTA Y DUSAKAWI con la red de prestadores para los servicios de baja, mediana y alta complejidad; no relacionan los contratos faltantes que suscribieron las EPSS MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR con dicha red. En cuanto al año 2013, no relacionan los contratos faltantes de las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI; para el año 2011, no se evidencia copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red de prestadores para los servicios de baja, mediana y alta complejidad. Por lo anteriormente descrito se confirma el hallazgo, teniendo en cuenta que el Distrito de Santa Marta incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001

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Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que en los archivos del Ente Territorial no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que las EPSS suscribieron con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad. 3.1.5.3 Verificación y evaluación de los procesos de Salud Pública para esta población . Descripción: La Dirección de salud Publica No adjunta líneas de base para estas poblaciones con enfoque diferencial en las vigencias auditadas Se elabora el POA del Eje Promoción Social para las vigencias 2011 y 2013 pero no se ejecuta, no hay liderazgo frente a la ejecución de las acciones a esta población en estado de vulnerabilidad en las vigencias auditadas No se evidencia POA de Promoción Social en La vigencia 2012 tampoco se evidencia la ejecución No hay caracterización de la población con enfoque diferencial en las vigencias auditadas No hay lineamientos para el modelo de atención a esta población con enfoque diferencial en las vigencias auditadas No hay planeación seguimiento y evaluación de acciones a esa población con enfoque diferencial en las vigencias auditadas No se refleja la transversalidad de las acciones de salud pública en el enfoque diferencial en las vigencias auditadas No hay indicadores de eficacia eficiencia y efectividad en este componente en las vigencias auditadas No se reflejan metas ni indicadores de gestión en las vigencias auditadas No se evidencian informes trimestrales de ejecución del POA de promoción social en las vigencias auditadas Hallazgos: La Dirección de salud Publica No adjunta líneas de base para estas poblaciones con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039. Descargos de la Entidad auditada: El Distrito tiene la población con enfoque diferencial de acuerdo a la base de datos de afiliados al Régimen Subsidiado, Se anexa Base de datos

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se desvirtúa el hallazgo puesto que anexan base de datos de la población diferencial Hallazgo: Se elabora el POA del Eje Promoción Social 2011 y 2013 pero no se ejecuta, no hay liderazgo frente a la ejecución de las acciones a esta población en estado de vulnerabilidad Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 314, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo: No se evidencia POA de Promoción Social en La vigencia 2012 tampoco se evidencia la ejecución Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 314, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo: No hay caracterización de la población con enfoque diferencial en las vigencias auditadas Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

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Descargos de la Entidad Auditada: Estos procesos son llevados por la Secretaría Distrital de Gobierno. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que no se evidencia la respectiva caracterización de la Población especial para las vigencias auditadas. Hallazgo: No hay lineamientos para el modelo de atención a esta población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada Estos procesos son llevados por la Secretaría Distrital de Gobierno Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que no se evidencian lineamientos para el modelo de atención de la población diferencial. Hallazgo: No hay planeación seguimiento y evaluación de acciones a esa población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada: En el área de Salud Pública, Programa Gestión se desarrollan actividades a poblaciones con enfoque diferencial como se evidencian en los POA de los Programas de Salud Mental, TB y Lepra…) Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que en estos POA no se evidencia la atención a la población especial con enfoque diferencial Hallazgo:

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No se refleja la transversalidad de las acciones de salud pública en el enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada: La Secretaría de Salud realiza actividades con las poblaciones especiales en los programas con el enfoque diferencial. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Se confirma el hallazgo puesto que no hay evidencia de estas actividades de las poblaciones especiales de las vigencias auditadas. Hallazgo: No hay indicadores de eficacia eficiencia y efectividad en este componente Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 313, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo: No se reflejan metas ni indicadores de gestión Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039,No se evidencian informes trimestrales de ejecución del POA de promoción social Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 312, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Conclusiones: La Dirección de salud Publica No adjunta líneas de base para estas poblaciones con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039 La Dirección de salud Publica elabora y formula el POA del Eje Promoción Social pero no se ejecuta, no hay liderazgo frente a la ejecución de las acciones a esta población en estado de vulnerabilidad Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 La Dirección de salud Publica No hay caracterización de la población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039, LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008 La Dirección de salud Publica No hay lineamientos para el modelo de atención a esta población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008 La Dirección de salud Publica No hay planeación seguimiento y evaluación de acciones a esa población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 La Dirección de salud Publica No se refleja la transversalidad de las acciones de salud pública en el enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008 La Dirección de salud Publica No hay indicadores de eficacia eficiencia y efectividad en este componente Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 3039 La Dirección de salud Publica No se reflejan metas ni indicadores de gestión Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008 La Dirección de salud Pública No se evidencia informes trimestrales de ejecución del POA de promoción social ley 1122, decreto 3039 y resolución 425

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Persona Entrevistada: Patricia Ponce Pruebas Documentales: POAS promoción social 3.1.6 SISTEMAS DE ATENCIÓN AL USUARIO Y PROGRAMAS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 3.1.6.1 Verificación y evaluación frente a los sistemas de atención al usuario comprobar que cumplan con lo establecido en las normas.

DESCRIPCION PARTICIPACION SOCIAL

La Secretaria Distrital de Salud cuenta con una oficina de Servicio de Atención a la Comunidad (SAC), es el espacio dispuesto, donde se le brinda información, orientación y respuesta a los requerimientos ciudadanos con relación a las competencias que tiene la Secretaría Distrital de Salud.

La oficina del SAC adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la secretaria distrital de salud no permite evaluar las competencias frente al cumplimiento artículo 4 del decreto 1757de 1994

No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos.

La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social

No se evidencia periodicidad en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012

No se evidencian actas que contengan los datos de los actores sociales presentes en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012

No se evidencia soporte de otros canales utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas

No se evidencia mecanismo de capacidad y tiempo de respuesta efectiva a las PQRS en todas las vigencias auditadas

No se evidencia los canales utilizados para la respuesta de las PQRS en todas las vigencias auditadas

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No se evidencia soportes de la Evaluación de la satisfacción de los Usuarios frente a la prestación de los Servicios de Salud en las IPS Y EPS en todas las vigencias auditadas

No se evidencian soportes de la Gestión en las IPS y EPS para generar acciones correctivas que conduzcan a mejorar la calidad de los Servicios de Salud en todas las vigencias auditadas

No se evidencia el diagnóstico de fallas, omisiones, falta de oportunidad o mala calidad en los servicios de salud en todas las vigencias auditadas

No existe comité de participación comunitario, OPACO en todas las vigencias auditadas

No se evidencia acto administrativo de conformación del COPACO en todas las vigencias auditadas

No se evidencia reglamento interno del COPACO en todas las vigencias auditadas

No se evidencia actas de reuniones que informen la periodicidad en las reuniones del COPACO en todas las vigencias auditadas

No se evidencia actas de asistencia de integrantes del COPACO frente a los comités de ética hospitalaria en todas las vigencias auditadas

No se evidencia Acta de constitución de veedurías registrada en personería O Cámara de Comercio en todas las vigencias auditadas

No se evidencia actas de conformación o activación del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013

No se evidencia actas de asistencia de los integrantes del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013

No se evidencia acta con recomendaciones del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS para la formulación de los POAS anuales 2012 y 2013

No se evidencia actas o informes de la asistencia de las instancias de participación social en las audiencias públicas para las rendiciones de cuentas semestrales en todas las vigencias auditadas

La única instancia de participación comunitaria que se ve reflejada en la Dirección de salud Pública es el COVECOM, se evidencia su conformación,se evidencian sus soportes de asistencia técnica a los líderes comunitarios y a la población más necesitada, aportan muy buena documentación de los procesos ejecutados durante las vigencias auditadas.

Hallazgo:

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La oficina del SAC de la Secretaria Distrital de Salud, adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la secretaria distrital de salud no permite evaluar las competencias frente al cumplimiento artículo 4 del decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

Se está en la adopción y mejoramiento de los procesos.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitad Se confirma el hallazgo puesto que la Entidad Auditada no reúne los soportes válidos y en la respuesta acepta el hallazgo. Hallazgo:

No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos. Incumplimiento a lo que reza en artículo 4 del decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

Existe la Resolución 027 que se expidió la reactivación del COMITÉ TERRITORIAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD en el 2012 y firmada por el señor alcalde Carlos Caicedo Omar. Existe actas de reuniones para la aprobación del POA 2012 ENERO 2011 Y DICIEMBRE 2011) En la actualidad estamos en el proceso de convocar a los actores que hacen parte de este Comité para llevar a cabo las diferentes asambleas. Existe Resolución 004 de 2012 por medio del cual se convoca a las asociaciones de usuarios de los Centros y Puestos de Salud de santa Marta para la elección del representante de los usuarios ante la junta directiva de la ESE. Existe Resolución 006 por medio de la cual se hace designación del Representante de los usuarios de la salud ante la Junta directiva de la Ese Alejandro Prospero Reverend. Existe acta de inscripción de candidatos para miembros de la Junta directiva de la ESE Alejandro Prospero Reverend. (9 de nov. 2012). Existe acta de escrutinio elección representantes de los usuarios de los centros y puestos de salud de Santa Marta ante la Junta Directiva de la ESE Alejandro Prospero Reverend.(16 de nov 2012) Existe acta de posesión # 002 de nov 19 de 2012 donde se posesiona al Representante de las Asociaciones de usuarios hacer parte de la Junta Directiva de la ESE. Existe acta de reunión asistencia técnica por parte del Ministerio de la Protección Social liderado por la Dra. MARIA DEL PILAR GARCIA con funcionarios encargados del SIAU de las diferentes ESE a nivel distrital y Dptal. (2 DIAS)

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Existe actas de visita IVC a los SIAU de las diferentes EPS-S 2011. SE ANEXAN SOPORTES.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

Los documentos aportados no desvirtúan el hallazgo por el contrario lo reafirma se confirma el hallazgo Hallazgo:

La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social Incumplimiento a lo que reza en artículo 4 del decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

En el 2011 se realizaron capacitaciones a los líderes comunitarios y comunidades en general, por cuanto solicitamos asistencia técnica AL MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL. DRA MAIA DEL PILAR GARCIA. SE ANEXAN SOPORTES.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: Los documentos aportados no desvirtúan el hallazgo por el contrario lo reafirma, se confirma el hallazgo

Hallazgo:

No se evidencia periodicidad en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012 Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

El buzón de sugerencias se abría cada tres (3) meses como quiera que nunca se presentaban quejas y sugerencias por parte de los usuarios, el mismo se empezó a revisar no en la periocidad exigida, sin embargo es importante recalcar que las quejas y reclamaciones son casi nulas.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

No se adjuntan documentos o soportes que evidencien la apertura del buzón de sugerencias, se confirma el hallazgo.

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Hallazgo:

No se evidencian actas que contengan los datos de los actores sociales presentes en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012 Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

"Se acepta el hallazgo"

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

La Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico Cultural e Histórico, en las respuestas presentadas en el folio 325, manifiesta que acepta el hallazgo, por lo tanto el hallazgo formulado inicialmente se confirma. Hallazgo:

No se evidencia soporte de otros canales utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

Si se han colocado quejas en el portal de la Superintendencia de salud, pero a nombre del mismo querellante pero con el correo de la funcionaria SAC-ADJUNTAR CORREOS. [email protected] verificar Queja # 4-2012-060488, 4-2012-054897 16 oct/12,4-2012-018775 30 marz. /12, 4-2012-021064 16 marz./12, 4-2012-021566 18 marz/12, 4-2012-018342 27 marz/12, 4-2012-00, 4-2012-003937 26 ene/12, 4-2012-004031 26 ene /12, 4-2012-004286 27 ene/12, 4-2012-004302 27 ene/ 12, 4-2012-004319 27 ene/12, 4-2012-007845 [email protected] 30 de ener/12, 4-2012-006061 jhovitta@hotmail 3 feb/12, 4-2012-007392 8 feb/12, 4-2012-007406 [email protected] , 4-2012-008198 13/feb/13, 4-2013-016723 21 mzo/13, 4-2013-082902 2013. //// De igual manera se anexa evidencia de queja enviada a la superintendencia nacional de salud con el NURC 1-2012-108422. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: De acuerdo a la información presentada se confirma el hallazgo no hay soporte de canales utilizados para la recepción de PQRS. Hallazgo:

No se evidencia mecanismo de capacidad y tiempo de respuesta efectiva a las PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

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Descargos de la Entidad Auditada:

El conducto regular para recepcionar las PQR en la Secretaria de Salud Distrital es el siguiente: se recibe la queja, si es escrita se hace el requerimiento a la institución, se le da un tiempo perentorio dependiendo el caso, ellos responden ante el requerimiento que se les hace y la funcionaria SAC se encarga de remitir esta respuesta al usuario y si es satisfactoria se da por cerrado el caso en caso contrario continuamos con el proceso de intervención. Este proceso se maneja mediante la herramienta informatica Excel, ante la necesidad de hacer efectiva y eficiente esta área se realizó reunión con el área de recurso técnicos con el fin de sistematizar el proceso de PQR.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: La entidad no aporta Los documentos válidos soportar la evidencia de mecanismo de capacidad y tiempo de respuesta efectiva de PQRS por lo anterior se confirma el hallazgo. Hallazgo:

No se evidencia los canales utilizados para la respuesta de las PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

En la actualidad las respuestas de las PQRS se realizan de forma escrita y telefónicamente cuando se trata de la zona rural por medio de la línea telefónica No 4382589.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: La entidad no aporta Los documentos válidos para desvirtuar el hallazgo por lo tanto se confirma el hallazgo

Hallazgo:

No se evidencia soportes de la Evaluación de la satisfacción de los Usuarios frente a la prestación de los Servicios de Salud en las IPS Y EPS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

En la visita no se solicitó soportes de Encuestas de Satisfacción, solo requirieron el consolidado de encuestas, sin embargo se anexa soportes que evidencian la gestión realizada en cuanto a la evaluación de la satisfacción de los Usuarios. Anexo: Cuadro en Excel y muestra de diez (10) encuestas de satisfacción).

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

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La entidad aporta Los documentos válidos para desvirtuar el hallazgo por lo tanto se levanta el hallazgo Hallazgo:

No se evidencian soportes de la Gestión en las IPS y EPS para generar acciones correctivas que conduzcan a mejorar la calidad de los Servicios de Salud en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

Se anexan los soportes de las visitas de inspección a las IPS Y EPS, donde el ente territorial logró evidenciar planes de mejoramiento y correctivos para la mejor atención en salud a los usuarios desarrollando correctivos a las falencias encontradas. SE ANEXA VISITA DE INSPECCIÓN.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: La entidad no aporta Los documentos pertinentes para desvirtuar el hallazgo el acta que aporta excede la fecha de la vigencia auditada, por lo tanto se confirma el hallazgo Hallazgo:

No se evidencia el diagnóstico de fallas, omisiones, falta de oportunidad o mala calidad en los servicios de salud en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

Se evidenciaron fallas en la visitas de inspección a las diferentes IPS y EPS-S pero con trabajo conjunto se logró cumplir con las falencias presentadas mejorando la prestación de servicios de salud. SE ANEXA PLAN DE MEJORAMIENTO. Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: La entidad no aporta Los documentos pertinentes para desvirtuar el hallazgo el acta que aporta excede la fecha de la vigencia auditada, por lo tanto se confirma el hallazgo Hallazgo:

No existe comité de participación comunitario, COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

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En la Vigencia 2011 según documento adjunto, el Secretario de Salud Distrital de ese periodo, certifica que los mecanismos de participación social establecidos en el decreto 1757 de 1994 incluidos los COPACOS no se encontraban funcionando, solicitando asesoría y asistencia técnica a los nuevos funcionarios o contratistas que asumirían la conformación y organización de los mismos en el Distrito de Santa Marta

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada:

En las respuestas recibidas por el vigilado manifiestas que los COPACOS no se encontraban funcionando, por lo tanto se confirma el hallazgo. Hallazgo:

No se evidencia acto administrativo de conformación del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad Auditada:

En la vigencia 2012 los encargados del programa de participación comunitaria asistieron a jornadas convocadas por el ministerio de salud y protección social cuyo propósito era la búsqueda de insumos que servirían para la modificación del decreto 1757 de 1994. Esto quedó evidenciado en los siguientes documentos:

1. Invitación al encuentro nacional de coordinadores de participación social 2. Agenda Propuesta para la reunión de coordinadores 3. Agenda de la reunión nacional de participación y control social en salud (Actividad del 9 Agosto de 2012) 4. Agenda de la reunión nacional de participación y control social en salud (Actividad del 10 Agosto de 2012) 5. Análisis DOFA del Proceso de Participación Social en el Distrito de Santa Marta 6. Certificado de Asistencia 7. Lista de Asistencia al Evento 8. Oficio de Agradecimiento por asistencia al encuentro 9. Borrador del Decreto que reemplazara al Dcto 1757 de 1.994. En la Vigencia 2013 anexamos Resolución administrativa donde se crea y se invita a la comunidad a participar en el COPACO. Anexamos Resolución No 04 del 18 de Noviembre de 2013.

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada: De acuerdo con la respuesta dada por el vigilado no soporta el acto administrativo de la conformación del COPACO para el 2011 y primer trimestre del 2013, por lo anterior se confirma el hallazgo. Hallazgo:

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No se evidencia reglamento interno del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia actas de reuniones que informen la periodicidad en las reuniones del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia actas de asistencia de integrantes del COPACO frente a los comités de ética hospitalaria en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem.

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Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia Acta de constitución de veedurías registrada en personería O Cámara de Comercio en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia actas de conformación o activación del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo

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tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia actas de asistencia de los integrantes del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

No se evidencia acta con recomendaciones del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS para la formulación de los POAS anuales 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Hallazgo:

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No se evidencia actas o informes de la asistencia de las instancias de participación social en las audiencias públicas para las rendiciones de cuentas semestrales en todas las vigencias auditadas decreto 3039 y resolución 425 de 2008

Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Conclusiones:

La oficina del SAC de la Secretaria Distrital de Salud, adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la secretaria distrital de salud no permite evaluar las competencias frente al cumplimiento artículo 4 del decreto 1757de 1994.

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos.

La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia periodicidad en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencian actas que contengan los datos de los actores sociales presentes en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia soporte de otros canales utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia mecanismo de capacidad y tiempo de respuesta efectiva a las PQRS en todas las vigencias auditadas

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En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia los canales utilizados para la respuesta de las PQRS en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia soportes de la Evaluación de la satisfacción de los Usuarios frente a la prestación de los Servicios de Salud en las IPS Y EPS en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencian soportes de la Gestión en las IPS y EPS para generar acciones correctivas que conduzcan a mejorar la calidad de los Servicios de Salud en todas las vigencias auditadas

En Secretaria Distrital de Salud No se evidencia el diagnóstico de fallas, omisiones, falta de oportunidad o mala calidad en los servicios de salud en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No existe comité de participación comunitario, OPACO en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia acto administrativo de conformación del COPACO en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia reglamento interno del COPACO en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de reuniones que informen la periodicidad en las reuniones del COPACO en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de asistencia de integrantes del COPACO frente a los comités de ética hospitalaria en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia Acta de constitución de veedurías registrada en personería O Cámara de Comercio en todas las vigencias auditadas

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de conformación o reactivación del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de asistencia de los integrantes del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia acta con recomendaciones del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS para la formulación de los POAS anuales 2012 y 2013

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas o informes de la asistencia de las instancias de participación social en las audiencias públicas para las rendiciones de cuentas semestrales en todas las vigencias auditadas

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Persona Entrevistada: Margarita Torres Pruebas Documentales: carpeta participación social aportada por La Secretaría Distrital de salud 3.1.6.2 Verificación y evaluación a la implementación y desarrollo de los programas de participación ciudadana de la entidad territorial, frente al cumplimiento de sus obligaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Descripción:

Se evidencian procesos y procedimientos de participación ciudadana para las vigencias 2011, 2102 y 2013.

Se evidencian actas de Veeduría Ciudadana de las vigencias 2011, 2012 y 2013. Conclusiones:

Se evidencian procesos y procedimientos de participación ciudadana para las vigencias 2011, 2102 y 2013.

Se evidencian actas de Veeduría Ciudadana de las vigencias 2011, 2012 y 2013. Persona Entrevistada: Margarita Torres. Pruebas documentales: Procesos y procedimientos de participación ciudadanas, actas de veeduría ciudadana 2011, 2012 y 2013.

3.1.7 TECNOLOGÍA 3.1.7.1. Evaluación del cumplimiento de los procesos y procedimientos

tecnológicos asociados con la infraestructura tecnológica. El municipio de Santa Marta dentro de su organigrama posee un área de tecnología de la información bajo el nombre de “Recursos Técnicos”, los aspectos relacionados con estos temas son realizados con personal del área, fueron evidenciados dos técnico de sistemas un para redes, datos y telefonía y otro para equipos de cómputo, a continuación se detallara y analizara el contenido entregado así como también se hará mención de la información que fue solicitada pero no fue aportada por el municipio. Backup y Manuales de políticas de seguridad: Con relación a los manuales, procesos y procedimientos NO se evidencia la existencia de documentos que indiquen los modos de operación específicos para el tratamiento de la información derivada de los procesos de salud. Se evidencia la existencia de Backup, realizados de forma manual en una maquina PORTATIL HP Pavilion G4 – 1386 LA Sistema Operativo Windows, este portátil no pudo ser evidenciado como una maquina perteneciente al municipio, al parecer este equipo es una

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maquina prestada de forma temporal, realizándose sobre este equipo PROCESOS NO AUTOMATIZADOS que directamente realiza el funcionario de aseguramiento en salud para la creación de copias (Backup de información) recopilando los datos de las bases de datos BDUA, las novedades del mes, cruces de datos, etc. esta información se almacena comprimida utilizando el formato RAR, y finalmente ser ubicados en carpetas por fechas dentro del disco duro del Portátil mencionado el cual actualmente está a cargo del Prof. Carlos Andrés Montoya. Dentro de lo evidenciado en la Secretaria de Salud, esta que existen Backup Históricos de las bases de datos REALIZADOS CON MECANISMOS DE NO CONFORMIDAD según manuales presentados por los mismos funcionarios de sistemas para los periodos: 2011JUN hasta 2013JUN. En la Secretaria de Hacienda se evidencia la existencia de un protocolo para la realización de copias de seguridad de registros financieros que involucran dineros de salud ejecutados por el área de sistemas del municipio para las vigencias 2011JUL a 2013JUL. Análisis: Analizando los métodos utilizados para la realización de los Backup y realizando una auditoria al azar sobre el los periodos antes mencionados se reflejan los siguientes análisis según el periodo en revisión: PERIODO JUNIO DEL 2011

No SE EVIDENCIA Backup de información de salud acorde al manual de procesos, estas son realizadas en un PC portátil que no pertenece a la alcaldía. Si SE EVIDENCIA Backup de información Financiera.

PERIODO JUNIO DEL 2012

No SE EVIDENCIA Backup de información de salud acorde al manual de procesos, estas son realizadas en un PC portátil que no pertenece a la alcaldía. Si SE EVIDENCIA Backup de información Financiera.

PERIODO JUNIO DEL 2013

No SE EVIDENCIA Backup de información de salud acorde al manual de procesos, estas son realizadas en un PC portátil que no pertenece a la alcaldía. Si SE EVIDENCIA Backup de información Financiera.

Es evidente que estos procesos de Backup se están ejecutando de una manera manual, la descripción del proceso adelantado no está debidamente documentado presentándose una NO CONFORMIDAD ya que los métodos usados no corresponden a las medidas previamente establecidas por la misma alcaldía y oficina de sistemas, el área de salud NO TIENE cobertura por parte del área de sistemas en lo que refiere a soporte de procesos de copias de respaldo. Hallazgo: NO se cumple el Manual de procesos y procedimientos de Backup en el municipio, las copias se realizan en MEDIOS NO IDONEOS, en periodos que no están claramente estipulados ni con contenidos mínimos claros incluidos en un procedimiento estándar para las vigencias 2011JUL a 2013JUN. Las copias de seguridad de salud corren un alto riesgo de pérdida o deterioro por manipulación, virus, etc. ya que el área de sistemas NO INCORPORA BAJO SU INFRAESTRUCTURA de TIC la custodia de esta información; consecuentemente el municipio esta Incumplimiento las normas básicas de conservación de información digital así

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como la no observancia del decreto 2693 Art.6 MinTIC 2012, y de decreto 2609 Art.3 y Art.5 Presidencia Republica 2012. Conclusión: Existe un Manual de Proceso de Backup que No se cumple en el área de Salud, las copias se realizan en MEDIOS NO IDONEOS, en periodos que no están claramente estipulados ni con contenidos mínimos claros incluidos en un procedimiento estándar para las vigencias 2011JUL a 2013JUN. Encuestados: Nombres y Apellidos Nelson Moreno Jiménez

Cargo OPS - Recursos Técnicos (Sistemas Mcipio)

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Cristina Fernández de Castro

Cargo Profesional Universitario (Ing. Sistemas Mcipio) desde el 2005

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Carlos Andrés Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Área Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, Entrega del Manual de Protocolo de seguridad. Acta de cierre de visita, Entrega del Manual de Procesos de Sistemas de Información. Hallazgo: NO se cumple el Manual de procesos y procedimientos de Backup en el municipio, las copias se realizan en MEDIOS NO IDONEOS, en periodos que no están claramente estipulados ni con contenidos mínimos claros incluidos en un procedimiento estándar para las vigencias 2011JUL a 2013JUN. Las copias de seguridad de salud corren un alto riesgo de pérdida o deterioro por manipulación, virus, etc. ya que el área de sistemas NO INCORPORA BAJO SU INFRAESTRUCTURA de TIC la custodia de esta información; consecuentemente el municipio esta Incumplimiento las normas básicas de conservación de información digital así como la no observancia del decreto 2693 Art.6 MinTIC 2012, y de decreto 2609 Art.3 y Art.5 Presidencia Republica 2012. Descargos de la Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Dado que existen descargos presentados por la entidad visitada con relación a este punto del informe en los cuales SE ACEPTA EL HALLAZGO y que adicionalmente se ha presentado apropiadamente la información que sustenta el incumplimiento, EL HALLAZGO SE CONFIRMA. Planes de Contingencia y Continuidad para la Infraestructura Tecnológica y Sistemas de Información: Se observa un plan de este tipo en la alcaldía que fue entregado al momento la visita, este plan está fechado en el 2013. Análisis se evidencia la existencia de un Plan de Contingencia 2013, lo cual consecuentemente hace que el municipio deba desarrollar las estrategias y acciones para su cumplimiento, socialización y puesta en operación, cosas que no fueron evidenciadas para la vigencia en referencia, esto permite establecer que el municipio no ha puesto en funcionamiento dicho plan y que no existen acciones tendientes a mitigar los factores de riesgo a la continuidad de su operación en términos de tecnología, para las vigencias 2011JUL a 2013JUN. Hallazgo: El Plan de contingencia y continuidad para las vigencias 2011JUL a 2013JUN en la SSPM NO fue evidenciado, consecuentemente, NO existen acciones tendientes a mitigar los potenciales riesgos de desastre y de interrupción de servicios de TIC de la administración de salud en el municipio, No existe un mecanismo mediante el cual se asegure que UNA COPIA de las memorias digitales (copias realizadas históricas) de la alcaldía reposen fuera de la entidad para evitar su perdida en caso de desastre, el Plan no tiene un acto administrativo que lo soporte y ponga en operación, del plan presentado no se evidenciaron acciones para socializarlo. Consecuentemente el municipio esta Incumplimiento las normas

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básicas de conservación de información digital así como la no observancia del decreto 2693 Art.6 MinTIC 2012. Conclusión: El Plan de contingencia y continuidad tendientes a mitigar los potenciales riesgos de desastre y de interrupción de servicios de TIC para la administración de salud en las vigencias 2011JUL a 2013JUN no ha operado en la SSPM, NO existe mecanismos para mitigar los factores de riesgo presentes en la administración, No existe un mecanismo mediante el cual se asegure que UNA COPIA de las memorias digitales (copias realizadas históricas) de la alcaldía repose fuera de la entidad para evitar su perdida en caso de desastre. Encuestado:

Nombres y Apellidos Nelson Moreno Jiménez

Cargo OPS - Recursos Técnicos (Sistemas Mcipio)

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Cristina Fernández de Castro

Cargo Profesional Universitario (Ing. Sistemas Mcipio) desde el 2005

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, Entrega del Plan de contingencia 2013. Hallazgo: El Plan de contingencia y continuidad para las vigencias 2011JUL a 2013JUN en la SSPM NO fue evidenciado, consecuentemente, NO existen acciones tendientes a mitigar los potenciales riesgos de desastre y de interrupción de servicios de TIC de la administración de salud en el municipio, No existe un mecanismo mediante el cual se asegure que UNA COPIA de las memorias digitales (copias realizadas históricas) de la alcaldía reposen fuera de la entidad para evitar su perdida en caso de desastre, el Plan no tiene un acto administrativo que lo soporte y ponga en operación, del plan presentado no se evidenciaron acciones para socializarlo. Consecuentemente el municipio esta Incumplimiento las normas básicas de conservación de información digital así como la no observancia del decreto 2693 Art.6 MinTIC 2012. Descargos de la Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Dado que existen descargos presentados por la entidad visitada con relación a este punto del informe en los cuales SE ACEPTA EL HALLAZGO y que adicionalmente se ha presentado apropiadamente la información que sustenta el incumplimiento, EL HALLAZGO SE CONFIRMA. Infraestructura de Conectividad y Disponibilidad: La prestación del servicio se realiza con COSTATEL, utilizando un modelo en el cual se descentraliza la banda mediante el uso de un producto llamado PACKETSHAPER por medio del cual se da acceso a Internet utilizando un canal de 3MB con transmisión Ethernet cableada e inalámbrica del CAM (Centro Administrativo Municipal) e interconexión para las diferentes dependencias como la SSPM que opera en otra edificación a 10 min del edificio principal.

Infraestructura de Conectividad y Disponibilidad:

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Se evidencia una red de cableado físico con características básicas para la transmisión de información con categoría 5e, adicionalmente se evidencia el uso de Routers inalámbricos para transmisión de acceso a internet y a la red de datos local, la señal de conexión requerida provee internet aunque por momentos durante la visita fue inestable el acceso a este servicio, NO se observa uso de servidor proxy, SI se evidencia mecanismos para el filtrado de páginas web y la banda contratada está acorde al número de máquinas conectadas.

EVIDENCIA OBTENIDA DEL ESTADO DE LA RED

Switch que reparte la señal de tramas IP de internet hacia la red interna LAN del CAM. Con soporte de armario según norma técnica.

Switch que reparte la señal de tramas IP de internet hacia la red interna LAN de la SSPM, pegado en la pared al lado de los escritorios con cobertura para los cables pero sin protección (caja/armario de seguridad para el Router).

Para el área de salud NO existe un servidor que recopile la información derivada de los diferentes procesos, La red está dispersa por toda la secretaria utilizando cables en canaleta con SWICH pegados a la pared en los cuales se evidencia para unos pocos casos ausencia de protección, la red es OPERTIVA y así mismo la transmisión de datos e internet.

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Análisis: La Infraestructura de Tecnología utilizada garantiza el acceso a internet con un canal de 8mb provisto por la empresa COSTATEL Telecomunicaciones, también se provee la conectividad con la que operan las aplicaciones del CAM y la SSPM bajo cableado UTP categoría 5e; se observa una BASICA implementación de seguridad informática, NO se evidencia el uso de servidores Proxy pero si el uso de firewall perimetral para este servicio, la estructura de red combina el uso de tecnología inalámbrica y red cableada. Conclusión: La Infraestructura de Tecnología utilizada permite la conexión de las aplicaciones y el acceso a internet de manera básica, NO provee servicios de proxy pero si de firewall y ha estado disponible para los sistemas de información en las vigencias 2011JUL a 2013JUN en la SSPM. Encuestado:

Nombres y Apellidos Nelson Moreno Jiménez

Cargo OPS - Recursos Técnicos (Sistemas Mcipio)

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Cristina Fernández de Castro

Cargo Profesional Universitario (Ing. Sistemas Mcipio) desde el 2005

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Sistemas – CAM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Contrato telecomunicaciones entregado en PDF por el Municipio. 3.1.7.2. Verificación y evaluación para establecer si disponen de un sistema de información integrado y en línea que garantice la calidad y oportunidad de la información. Sistema de Información Financiero: El sistema Financiero esta operado por el software SIAF “Sistema Integrado Administrativo y Financiero”, este programa fue adquirido para soportar las transacciones de toda la administración municipal de Santa Marta, las características del producto son: presupuesto (Apropiación, CDP, presupuesto gasto e ingreso y Plan Anual de Caja), contabilidad (contabilidad, causación, información exógena DIAN e integración), central de cuentas (órdenes de pago y legalización), tesorería (egresos, ingresos conciliaciones y entrega de cheques), sistema de recurso físico, sistema de recurso de contratación y módulos complementarios. El programa inicio su funcionamiento en el año 2006 y fue adquirido bajo licencia por el contrato Nro. 117 al contratista PCT LTDA Nit: 830.016.890.

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Análisis: El sistema está realizado en plataforma Windows corre con clientes PC bajo archivo EXE utilizando el modelo cliente/servidor con cliente nativo Oracle para Windows, el EXE se ejecuta desde el cliente se enlaza con el motor de base de datos mediante el uso de ODBC que apunta a la dirección IP del servidor los diferentes componentes de este programa que tienen relación con la operación de dineros de la Salud en el municipio fueron revisados con la información cargada en línea entre los diferentes módulos, evidencia de ellos fue recopilada en cada paso de la revisión así:

Sist. Info. Financiero – Características Generales

La plataforma tecnológica actual para soportar las transacciones del área financiera del municipio que utiliza el software SIAF es Oracle 10g, y el modo de conexión con el servidor es utilizando el cliente nativo de conexión Oracle para Windows, el servidor donde reposan los datos del sistema financiero está ubicado en el área de sistemas, SIN protección apropiada de cajón Rack y con soporte básico de una ups que regula el suministro de energía, el servidor tiene las siguientes características: IBM SYSTEMX 3650 con DOS procesador Intel Xeon X5450 3ghz con 20gb de memoria RAM y 6 disco duro de 146gb con un sistema Windows Server 2003 SP2.

Sist. Info. Financiero – Comprobación Acceso al Sistema

El sistema permite acceso mediante el uso de login y contraseña.

Sist. Info. Financiero – Administración de Usuarios y asignación de derechos

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El sistema permite la asignación de derechos específicos a los usuarios por cada módulo, de esta forma se personaliza cada pantalla de asignación de derechos según sea necesario.

Sist. Info. Financiero – Certificados de Registro Presupuestal

Dentro de la auditoria que se realizó se solicitó de forma aleatoria el seguimiento al CDP número 64 del 2012, se solicitó su revisión en medio físico y su rastreo desde el sistema de información.

Sist. Info. Financiero – Registro Presupuestal

El sistema permite realizar RP o registro de la obligación presupuestal asignando un número único y asociando un tercero al cual va destinado el recurso, para la auditoria se exigió el número 1222 del 2012 el cual aparece en la imagen como evidencia del registro. Sist. Info. Financiero – Orden de Pago

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El sistema registra el orden de pago desde la cual se establecen los montos a pagar y los rublos desde los cuales se asocia el egreso o pago a la entidad de salud, para este caso se ha solicitado el comprobante de pago número 6906 de la EPS humana vivir.

Sist. Info. Financiero – Comprobante de Egreso

El sistema registra el comprobante de egreso en la cual se asocia la orden de pago desde la cual se realizó la causación, para el proceso de auditoría se solicitó el soporte físico y el registro magnético desde el software del Comprobante de Egreso número 6543 del 2012 la cual aparece en la imagen como evidencia.

Conclusión: El municipio de Santa Marta TIENE UN SISTEMA INTEGRADO para el manejo de: presupuesto (Apropiación, CDP, presupuesto gasto e ingreso y Plan Anual de Caja), contabilidad (contabilidad, causación, información exógena DIAN e integración), central de cuentas (órdenes de pago y legalización), tesorería (egresos, ingresos conciliaciones y entrega de cheques), sistema de recurso físico, sistema de recurso de contratación y módulos complementarios, se evidenció que el soporte para esta aplicación está activo bajo el contrato número 028-2013 para la vigencia en revisión. Encuestado:

Nombres y Apellidos Luz Telbys Ardila Pimiento

Cargo Jefe Presupuesto – desde el 2012.08

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Hacienda – SSPM – Santa Marta - Magdalena

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Nombres y Apellidos Sandra Pilar Rodríguez Pulido

Cargo Prof. Univ. Causacion – desde el 2011.06

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Hacienda – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Pedro Pablo Blanco Zapata

Cargo Prof. Univ. Central cuentas Ord. Pago – desde el 2011.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Hacienda – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Nombres y Apellidos Gladis Candelario Meneses

Cargo Lider Prog. Ingresos y Pagos. – desde el 2003.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Hacienda – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, Imágenes Sistema de Información Financiero Imágenes de acceso, módulos, Creación de CDP, Creación de RP, Contabilización, Pago, y Reportes. Sistemas de información para Peticiones, Quejas y Reclamos: En la alcaldía no se evidencio un software para la recepción de quejas y reclamos de la ciudadanía, pero si se evidencio una oficina de SAC en la cual se reciben y tramitan las quejas que la ciudadanía instaura ante los diferentes entes del sistema de seguridad social que operan en el municipio.

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Análisis: Las quejas recepcionadas son enviadas con oficio a las entidades competentes, todo este proceso es documentado en una hoja de cálculo la cual contiene las variables de identificación de la queja y la entidad de destino así como un espacio para descripción de la respuesta y el tiempo transcurrido para la misma, entre otras variables que registra, esta hoja no evidencia el seguimiento a contra-respuestas ni al cumplimiento de los tiempos establecidos para que los involucrados den solución a la queja. HALLAZGO: Existe el uso de Excel como herramienta de tecnología para el registro de información para el manejo de quejas y reclamos donde se almacenan los datos relacionados con la queja, NO SE EVIDENCIO un sistema de información o en su defecto el uso de herramienta informática (Excel) en la cual se realice el seguimiento de tiempos, evolución de la queja, registro de las diferentes áreas involucradas en la respuesta y el uso de estadística propia requerida para tal fin en salud, considerándose una NO CONFORMIDAD en estos aspectos para las vigencias 2011JUN a 2013JUL; consecuentemente existe Incumplimiento de la ley 1437 Art.53 y Art.59 Congreso Republica 2011. Conclusión: Existe el uso de Excel como herramienta de tecnología para el registro de la información de quejas y reclamos, Pero no se cuenta con una herramienta informática (Excel tablero de control) para el seguimiento a repuesta, indicadores de tiempo y dependencias involucradas. El sistema es deficiente en estos aspectos para las vigencias 2011JUN a 2013JUL. Encuestado:

Nombres y Apellidos Margarita Torres Argel

Cargo Profesional Universitario – Coordinadora del SAC

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Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, Imágenes Evidencia Sistema de Información de Salud o herramienta informática para SEGUIMIENTO y CONTROL de evolución de: - Peticiones, Quejas, Reclamos, Atención al Usuario. HALLAZGO: Existe el uso de Excel como herramienta de tecnología para el registro de información para el manejo de quejas y reclamos donde se almacenan los datos relacionados con la queja, NO SE EVIDENCIO un sistema de información o en su defecto el uso de herramienta informática (Excel) en la cual se realice el seguimiento de tiempos, evolución de la queja, registro de las diferentes áreas involucradas en la respuesta y el uso de estadística propia requerida para tal fin en salud, considerándose una NO CONFORMIDAD en estos aspectos para las vigencias 2011JUN a 2013JUL; consecuentemente existe Incumplimiento de la ley 1437 Art.53 y Art.59 Congreso Republica 2011. Descargos de la Entidad Auditada:

Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Dado que existen descargos presentados por la entidad visitada con relación a este punto del informe en los cuales SE ACEPTA EL HALLAZGO y que adicionalmente se ha presentado apropiadamente la información que sustenta el incumplimiento, EL HALLAZGO SE CONFIRMA.

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Sistemas de Información para el manejo de Aseguramiento en salud: El municipio NO cuenta con un software para el manejo de novedades del proceso de aseguramiento, pero el proceso se adelanta utilizando herramientas de tecnología de hojas de cálculo Excel y bases de datos Acces. El proceso es adelantado principalmente por el funcionario Carlos Andrés Montoya desde el pc Pavilon G4 – 1386 LA, en este pc se adelantan los procesos de BD de aseguramiento en Salud, se ha revisado este sistema de información en sus diferentes componentes encontrándose que: Análisis:

SISTEMA DE INFORMACION PARA EL MANEJO DE NOVEDADES DE ASEGURAMIENTO

Cada mes se registra una carpeta donde ubica dos archivos, la base de datos del subsidiado y del contributivo del mes pasado

Posteriormente se procede a cruzar utilizando Acces y se genera un resultado que incluye un archivo de duplicidades y otro de multiafiliaciones.

Una vez se genera el consolidado se procede a realizar un cuadro resumen de duplicidades y multiafiliaciones para revisar en el periodo (mes) y tener listas las novedades de retiro para el final de cada mes.

Se ingresa al RUAF para bajar la base de egresos por fallecimiento y luego cruzarla con la bd de afiliados.

El proceso encontrado en operación tiene las funcionalidades básicas requeridas para registrar el trabajo de aseguramiento, no obstante se precisa mejorar la infraestructura en la que corre permitiendo que las bases de datos principales que utiliza no estén hospedadas en un Equipo Portátil ya que esto genera un riesgo potencial de pérdida o deterioro por manipulación. HALLAZGO: El municipio NO evidencia la existencia de un reservorio apropiado para los archivos almacenados en el pc de Aseguramiento en salud, que sumado a la ausencia de procesos y procedimientos estandarizados para el manejo de la información histórica de bases de datos

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se presenta una NO CONFORMIDAD en el manejo de la información y un potencial riesgo de pérdida o deterioro por manipulación para las vigencias 2011JUN a 2013JUL, consecuentemente existe Incumplimiento de la ley 1437 Art.59 Congreso Republica 2011. Conclusión: El municipio tiene un procedimiento manual de registro de actividades en Excel para el manejo de aseguramiento con las funcionalidades básicas requeridas para facilitar y registrar el trabajo de aseguramiento, no obstante se precisa mejorar la infraestructura en la que corre permitiendo que las bases de datos principales que utiliza no estén hospedadas en un Equipo Portátil ya que esto genera un riesgo potencial de pérdida o deterioro por manipulación para las vigencias 2011JUN a 2013JUL. Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andrés Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Área Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, Entrega de soportes del Sistema de Información Proceso de Novedades Aseguramiento Régimen Subsidiado. Acta de cierre de visita, NO Entrega de soportes de procedimientos documentados de Backup de Datos para el área de Salud HALLAZGO: El municipio NO evidencia la existencia de un reservorio apropiado para los archivos almacenados en el pc de Aseguramiento en salud, que sumado a la ausencia de procesos y procedimientos estandarizados para el manejo de la información histórica de bases de datos se presenta una NO CONFORMIDAD en el manejo de la información y un potencial riesgo de pérdida o deterioro por manipulación para las vigencias 2011JUN a 2013JUL, consecuentemente existe Incumplimiento de la ley 1437 Art.59 Congreso Republica 2011. Descargos de la Entidad Auditada:

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Concepto y Análisis de la Superintendencia Nacional de Salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada Dado que existen descargos presentados por la entidad visitada con relaciona este punto del informe en los cuales SE ACEPTA EL HALLAZGO y que adicionalmente se ha presentado apropiadamente la información que sustenta el incumplimiento, EL HALLAZGO SE CONFIRMA. 3.1.7.3. Verificación y evaluación para determinar que el sistema de información incluya mecanismos de captura, registro, trasmisión, consolidación y validación de datos, que garanticen la calidad y oportunidad de la información.

SISTEMA DE INFORMACIÓN FINANCIERO

DESCRIPCION

Área Secretaria de Salud Pública Municipal

Función Apoyo al Registro Financiero de las actividades de Salud

Software que permite registrar las transacciones relacionadas con las novedades del municipio el registro de afiliados, información básica de EPS y municipios, registro de fallecidos, informes y reportes de novedades.

ANALISIS

Se procede analizar la presencia de los siguientes mecanismos en el sistema de información:

Captura y Registro Se evidencia que el programa tiene formato de captura y registro de información pertinentes, que para diferentes tipos de datos presenta métodos apropiados de captura como son Textbox y ComboBox.

Validación de Datos Se evidencia validación especial para campos con valores inconsistentes en la base de datos.

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Se evidencia validación para casos en los cuales la información no ha sido diligenciada completamente, esta vacía o es inexistente.

Transmisión y Consolidación

El sistema transmite la información hacia una base de datos soportada por Oracle.

CONCLUSION

El Sistema para el manejo de transacciones Financieras, permite contar con los mecanismos de captura, registro, trasmisión, consolidación y validación de datos mencionados

ENCUESTADO

Gladis Candelario Meneses, Oficina de Hacienda – Alcaldía de Santa Marta

DOCUMENTOS SOPORTE

Diferentes capturas de pantalla en sitio al momento de la auditoria en el municipio.

3.1.7.3.1 Proceso de bases de datos Régimen Subsidiado La composición a corte de DIC del 2012 de la base de datos de población asegurada en los regímenes contributivo y subsidiado presento el siguiente comportamiento:

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CODIGO NOMBRE O RAZON SOCIAL DE LA EPS

NRO. USUARIOS

PORCEN TAJE %

TIPO DE REGIMEN

EAS027 Fondo de pasivo social de ferrocarriles nacionales de Colombia

5552 1,08 contributivo

EPS001 Colmedica eps 6289 1,23 contributivo

EPS002 Salud Total SA 35643 6,96 contributivo

EPS003 Cafesalud EPS 1072 0,21 contributivo

EPS005 Sanitas EPS 9342 1,82 contributivo

EPS010 Susalud EPS 7 0,00 contributivo

EPS013 Saludcoop EPS 78132 15,25 contributivo

EPS014 Humana Vivir EPS 3 0,00 contributivo

EPS015 Salud Colpatria EPS 8 0,00 contributivo

EPS016 Coomeva EPS SA 62677 12,23 contributivo

EPS017 Eps famisanar LTDA 2236 0,44 contributivo

EPS018 Servicio occidental de salud SOS EPS

37 0,01 contributivo

EPS026 Solidaria de salud solsalud entidad promotora de salud del regimen contributivo y subsidiado Solsalud SA

1970 0,38 contributivo

EPS033 Saludvida EPS SA 2143 0,42 contributivo

EPS037 Nueva EPS 33321 6,50 contributivo

EPS039 Golden Group EPS 4037 0,79 contributivo

CCF015 Caja de compensación familiar de Córdoba comfacor

18052 3,52 subsidiado

CCF055 Caja de compensación familiar cajacopi Atlántico

23105 4,51 subsidiado

EPS020 Caja de previsión social de comunicaciones caprecom3er_nov_2012

53897 10,52 subsidiado

EPSI01 Asociación de cabildos indígenas del cesar y guajira dusakawi ARSi”

4364 0,85 subsidiado

EPSS14 Humana vivir sa eps 10197 1,99 subsidiado

EPSS26 Solsalud EPS sa 12679 2,47 subsidiado

EPSS33 Saludvida sa eps 22744 4,44 subsidiado

ESS024 Cooperativa de salud y desarrollo integral zona sur oriental de Cartagena LTDA coosalud ess

56872 11,10 subsidiado

ESS076 Asociación mutual barrios unidos de Quibdo ambuq ARS

298 0,06 subsidiado

ESS133 Ess comparta 47775 9,32 subsidiado

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ESS207 Asociación mutual ser empresa solidaria de salud ESS

19953 3,89 subsidiado

Verificación del Seguimiento al proceso de las bases de Datos del Régimen Subsidiado:Se encuentra que la SSPM tiene dispuesto para el proceso de mantenimiento y seguimiento a la Base de Datos del RS un equipo portátil y un funcionario encargado del tema en el municipio, al momento de la revisión del proceso se evidencio la existencia de un equipo de cómputo con características insuficientes para el trabajo de bases de datos, en el cual se adelantan las novedades y registros de los datos utilizando como herramienta el software Excel y Access, para la revisión fueron solicitadas todas las bases de datos de los periodos en revisión pero DE MANERA ALEATORIA se escogieron 3 cortes para análisis detallado así: a.) Corte de población vigencia 201111, b.) Corte de población vigencia 201212, c.) Corte de población vigencia 201306. Evaluación a la calidad de dato disponible en la BDUA:En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y la posterior Resolución 1344 del 2012 del MPS la conformación de estructura y pertinencia de dato disponible en la base de datos BDUA del municipio se realizaron varias pruebas de contenido para determinar que los datos reportados no solamente cumplan con su estructura sino con la referencia cruzada entre las diferentes variables que componen la tabla, esta validación no incluye el cruce de esta información con ninguna tabla adicional lo cual está orientado a verificar que el dato reportado sea consistente en sí mismo. Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruzada de variables pertenecientes a la misma tabla como edad y tipo de documento de identificación, longitud de la identificación acorde al tipo de documento, campos con valores predeterminados como grupo poblacional que no cumplan con la norma, y error de estrato porque este vacío o porque no concuerde con lo requerido. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - No conformidad de Estructura de datos BDUA. En la evaluación a la calidad de dato disponible en la BDUA existe el hallazgo de una no conformidad de Estructura de datos BDUA en un total de 80.903 ítems para la vigencia Dic2011, 62.885 ítems para la vigencia Dic2012 y 58.381 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Corte1: Dic2011 Distribución No conformidad por EPS del RS No conformidad en Evaluación de calidad de Dato DIC2011

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

Identificación no acorde a la edad 6419 10047 22622 517 15382 9 17351 4870 77217 Longitud identificación errada 102 325 1037 381 894

819 128 3686

Total general 6521 10372 23659 898 16276 9 18170 4998 80.903

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Corte2: Dic2012 Distribución No conformidad por EPS del RS No conformidad en Evaluación de calidad de Dato DIC2012

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

Error Estrato #

2

30

7 7 46 Error Fecha Afi ARS vacía o Fecha Inconsistente

1

1

Error grupo poblacional 2 871 1

3 2 96

975

Error Modalidad

1

1 Identificación no acorde a la edad 6053 8776 18747 519 12285 19 9282 2778 58459 Longitud identificación errada 96 299 923 369 843

770 103 3403

Total general 6151 9948 19672 888 13161 21 10156 2888 62.885 Corte3: Jun2013 Distribución No conformidad por EPS del RS No conformidad en Evaluación de calidad de Dato JUN2013

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

Identificación no acorde a la edad 5358 8486 17706 555 11517 33 8736 2668 55059 Longitud Identificación errada 91 285 903 365 820

765 93 3322

Total general 5449 8771 18609 920 12337 33 9501 2761 58.381

Conclusión: Se evidencia en las cifras presentadas una tendencia de disminución en las inconformidades a lo largo de las vigencias evaluadas (28.7% para la vigencia 2011.11 en 281.482 afiliados activos) pasando de 80.903 ítems encontrados en Dic2011 a 58.381 ítems encontrados en Jun2013 (21.8% para la vigencia 2013.06 en 268.245 afiliados activos), esto indica que existe mejora en la calidad de dato en la cifra de inconformidades con relación al total de afiliados del municipio, lo cual debe mantenerse para la vigencia 2014 en pro del cumplimiento de la norma. Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andres Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Área Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2011.Dic. Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2012.Dic. Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2013.Jun.

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Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de inconformidad incluida en el hallazgo Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - No conformidad de Estructura de datos BDUA. En la evaluación a la calidad de dato disponible en la BDUA existe el hallazgo de una no conformidad de Estructura de datos BDUA en un total de 80.903 ítems para la vigencia Dic2011, 62.885 ítems para la vigencia Dic2012 y 58.381 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud Evaluación de duplicidades en la BDUA: En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 del 2012 del MPS se verifica la conformación de datos disponible en la base de BDUA entre las diferentes EPS de RS del municipio, se realizaron varias pruebas de referencia cruzada entre las distintas bases de datos de las EPS de RS para determinar que la población que ha sido pagada a estas entidades no genere doble subsidio. Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruce de BD entre las diferentes EPS de RS que operan en el municipio, así como también sobre la propia base de datos de una misma EPS de RS buscando potenciales duplicados, para ello se utilizaron diferentes variables que componen la tabla de cada EPS de RS, esta evaluación nos indica que en donde existe la probable duplicidad entre los diferentes registros coincidentes. La metodología tenida en cuenta para esta tarea es el uso de diferentes combinaciones de las siguientes variables: Nombres, Apellidos, Nro. de Identificación, sexo y fecha de nacimiento.

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Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Duplicidades de personas entre EPSs del Régimen Subsidiado. En la evaluación de duplicidades en la BDUA existe el hallazgo de un total de 5141 ítems para la vigencia Dic2011, 5.017 ítems para la vigencia Dic2012 y 4.274 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Corte1: DIC2011 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA DIC2011

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

CCF015 39 59 50

12 12 20 40

36 10 278

CCF055 61 216 76 1 15 20 37 78 1 41 22 568

EPS020 56 66 410 3 31 30 105 127

151 44 1023

EPSI01 1

1 122

2

1 3 130

EPSS14 12 11 35

15 7 13 19

200 10 322

EPSS26 4 11 26 1 10 46 38 28

25 19 208

EPSS33 28 35 101 2 24 20 93 94

78 31 506

ESS024 50 57 135 1 18 32 108 151

130 50 732

ESS133 40 60 139

192 23 93 151

363 35 1096

ESS207 14 17 38 1 13 10 30 40

38 77 278

Total general 305 532 1011 131 330 200 537 730 1 1063 301 5.141

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 598

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 12

apell1+apell2+nomb2+fnac 655

apell1+nomb1+fnac 792

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 44

apell1+nomb1+nomb2+fnac 268

apell1+nomb2+fnac 643

apell2+nomb1+fnac 540

apell2+nomb1+nomb2+fnac 665

apell2+nomb2+fnac 566

identi+nomb1 312

identi+nomb2 40

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1 1

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 1

tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identi+apell2+nomb1 1

tipodoc+identificacion 2

Total General 5.141

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Corte2: Dic2012 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA DIC2012

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total general

CCF015 61 63 70

10 14 29 52

56 22 377

CCF055 52 144 84

16 12 36 83

81 34 542

EPS020 48 74 359 1 29 33 79 109 1 125 69 927

EPSI01

1 1 97 1

1 101

EPSS14 10 22 26

12 6 18 20

191 21 326

EPSS26 6 23 26

6 45 24 27

29 18 204

EPSS33 23 42 85 1 16 32 84 84

77 32 476

ESS024 47 70 132 4 15 23 71 102

138 57 659

ESS076

1

1

2

ESS133 51 74 114

158 29 78 152 1 371 56 1084

ESS207 23 15 60 4 7 11 35 40

45 79 319

Total general 321 528 957 107 270 206 454 669 2 1114 389 5.017

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 443

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 24

apell1+apell2+nomb2+fnac 382

apell1+nomb1+fnac 696

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 57

apell1+nomb1+nomb2+fnac 376

apell1+nomb2+fnac 612

apell2+nomb1+fnac 500

apell2+nomb1+nomb2+fnac 815

apell2+nomb2+fnac 506

identi+nomb1 516

identi+nomb2 85

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 2

tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identificacion 2

Total General 5.141

Corte3: Jun2013 Distribución Duplicidades por EPS del RS Posibles Duplicidades BDUA JUN2013

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

CCF015 61 40 64 1 3 8 28 36 1 52 13 307

CCF055 59 149 79 2

17 36 63

67 27 499

EPS020 55 77 375 1 1 24 98 142

120 55 948

EPSI01 1 2 2 98

2 2

2 2 111

EPSS14 2 2 6 1

1 3 5

3

23

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EPSS26 11 12 25 1 1 41 19 22 1 23 13 169

EPSS33 36 46 84 1 2 23 112 92

85 30 511

ESS024 58 67 94 2 4 18 59 100

139 44 585

ESS076

4

1 2

7

ESS133 47 76 124 3 1 25 86 132 2 266 52 814

ESS207 17 24 47 2 3 17 29 43

48 70 300

Total General 347 495 904 112 15 174 472 637 5 807 306 4.274

Tipo de Cruce Cantidad

apell1+apell2+nomb1+fnac 96

apell1+apell2+nomb1+nomb2+fnac 4

apell1+apell2+nomb2+fnac 453

apell1+nomb1+fnac 653

apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb 48

apell1+nomb1+nomb2+fnac 411

apell1+nomb2+fnac 563

apell2+nomb1+fnac 438

apell2+nomb1+nomb2+fnac 567

apell2+nomb2+fnac 461

identi+nomb1 488

identi+nomb2 87

tipodoc+identi+apell1+apell2+nomb1+nomb2 2

tipodoc+identi+apell1+nomb2 1

tipodoc+identificacion 2

Total General 5.141

Conclusión: Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los 5.141 caso de registros Duplicados BDUA vigentes a 2013.06, establecer si es una Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando más recursos documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los documentos de identidad, etc., y finalmente verificar que estas duplicidades no estén ya ubicadas y debidamente saneadas por las interventorías de los años en referencia para dejar en firme las potenciales duplicidades aquí encontradas. Se concluye que en muchos de los casos existen hallazgos de posibles duplicidades hasta dentro de la misma EPS del RS. Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que posean registros dejados en firme como duplicados esta interventoría ha anexado los datos BDUA de afiliados mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos dobles realizados en los históricos de las bases de datos.

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Encuestado:

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Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2011.Dic. Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2012.Dic. Base de datos BDUA suministrada por municipio, corte 2013.Jun. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Duplicidad encontrada y las variables que se informa están idénticas y todos los demás datos incluidos en el hallazgo del periodo Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Duplicidades de personas entre EPSs del Régimen Subsidiado. En la evaluación de duplicidades en la BDUA existe el hallazgo de un total de 5141 ítems para la vigencia Dic2011, 5.017 ítems para la vigencia Dic2012 y 4.274 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas anexas. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

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Evaluación de Multiafiliados Reg.Sub Vrs Reg.Cont: En cumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 del 2012 del MPS se verifica la conformación de datos disponible en la base de RS del municipio Vrs las BD de RC del mismo municipio suministradas en el proceso de la interventoría, para esta evaluación se realizaron varias pruebas de referencia cruzada entre las distintas bases de datos para determinar que la población no se encuentre MULTIAFILIADA en los dos regímenes. Análisis: El análisis realizado incluye la verificación cruce de BD entre las diferentes EPS de RS y RC que operan en el municipio, así como también sobre la propia base de datos de una misma EPS de RS o RC buscando potenciales duplicados, para ello se utilizaron diferentes variables que componen la tabla de cada EPS de RS, esta evaluación nos indica que en donde existe la probable duplicidad entre los diferentes registros coincidentes. La metodología tenida en cuenta para esta tarea es el uso de diferentes combinaciones de las siguientes variables: Nombres, Apellidos, Nro de Identificación, sexo y fecha de nacimiento. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Multiafiliados EPS de RS Vrs EPS de RC del municipio. En la evaluación de Multiafiliados Reg. Sub. Vrs Reg. Cont. Existe el hallazgo de un total de 10.854 ítems para la vigencia Dic2011 y 8.235 ítems para la vigencia Dic2012, estos ítems son detallados en tablas anexas. Corte1: Dic2011 Distribución Multiafiliados por EAPB Análisis de Revisión Cruzada RS Vrs RC

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS133

ESS207

Total general

EAS027 30 35 10

3 5 14 15 27 7 146

EPS001 54 76 20

5 15 42 55 54 29 350

EPS002 214 287 212 2 52 56 211 208 376 106 1724

EPS003 3 4 5

3 2 3 4 3 1 28

EPS005 20 22 6

2 8 14 18 28 9 127

EPS010 2

2

EPS013 524 728 605 3 111 159 471 597 915 252 4365

EPS014 1

1

1

1

4

EPS016 300 414 243

88 87 314 311 565 135 2457

EPS017 8 7 14

3 3 5 7 17 1 65

EPS018 1

1

2

EPS026 12 13 17

5 1 5 11 23 8 95

EPS033 8 9 19 2 4 1 5 11 21 4 84

EPS037 203 198 118

59 41 153 178 281 68 1299

EPS039 10 22 19

4 6 10 6 20 9 106

Total general 1390 1815 1290 7 339 384 1248 1421 2331 629 10.854

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Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS010

EPS013

EPS014

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

To tal Gen

apell1+apell2+nomb1+fnac 24 134 392 7 27

1135 1 478 16

22 7 397 16

2656

apell1+apell2+nomb1+ nomb2+fnac 2 2 4 1 1

111

49 2

4 2 20 3 201

apell1+apell2+nomb2+fnac 24 46 392 5 27 2 802 2 570 13

17 14 211 23

2148

apell1+nomb1+fnac 7 20 87 2 7

231

123 5

6 4 59 4 555 apell1+nomb1+fnac-invertido-apellvsnomb

4

1

3 2

10

apell1+nomb1 +nomb2+fnac 36 44 266 5 13

649

435 4 2 11 13 187 13

1678

apell1+nomb2+fnac 5 13 58 1 9

151

90 3

7 4 48 7 396

apell2+nomb1+fnac 8 16 66 2 9

219

99 4

5 5 52 8 493 apell2+nomb1+ nomb2+fnac 22 37 313 2 22

680 1 420 11

16 29 188 21

1762

apell2+nomb2+fnac 8 12 64 1 4

155

102 2

3 2 45 3 401

identi+nomb1 7 21 63 2 6

205

77 5

2 1 80 6 475

identi+nomb2 3

19

2

22

12

2

10 2 72 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1

1

1

tipodoc+identi+apell1+nomb2

1

1

tipodoc+identi +fNac

5

5

Total General 146 350 1724 28 127 2 4365 4 2457 65 2 95 84 1299 106

10.854

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RS

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS133

ESS207

Total General

apell1+apell2+nomb1+fnac 340 324 320 2 87 109 398 434 444 198 2656 apell1+apell2+nomb1+ nomb2+fnac 22 38 29

17 8 3 32 42 10 201

apell1+apell2+ nomb2+fnac 353 316 283 2 30 93 298 306 328 139 2148

apell1+nomb1+fnac 74 46 112 2 15 17 77 103 84 25 555 apell1+nomb1+ fnac-invertido-apellvsnomb 1 1 2

2 2

2 10

apell1+nomb1+ nomb2+fnac 201 633 152

29 61 181 170 175 76 1678

apell1+nomb2+fnac 68 47 66

14 17 45 62 54 23 396

apell2+nomb1+fnac 44 48 54

33 11 44 80 157 22 493 apell2+nomb1+ nomb2+fnac 171 146 151 1 60 36 131 134 871 61 1762

apell2+nomb2+fnac 52 47 50

22 11 35 47 112 25 401

identi+nomb1 53 162 59

29 17 26 36 55 38 475

identi+nomb2 11 6 12

3 4 7 12 8 9 72 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1

1 1

tipodoc+identi+apell1 +nomb2

1

1

tipodoc+identi+fNac

1

1 3

5

Total General 1390 1815 1290 7 339 384 1248 1421 2331 629 10.854

Corte2: Dic2012 Distribución Multiafiliados por EAPB

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Página 230 de 268

Análisis de Revisión Cruzada RS Vrs RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS013

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

Total General

CCF015 26 53 129 4 20 500 295 9

5 7 219 19 1286

CCF055 31 60 198 3 22 696 376 11

8 10 184 30 1629

EPS020 7 8 93 1 5 384 151 5 1 5 15 72 27 774

EPSI01

2 4

2

8

EPSS14 2 4 39 4 4 95 80 2

2

57 6 295

EPSS26 4 15 45 2 7 163 88 3

4 1 44 15 391

EPSS33 6 29 107 2 10 264 128 1

1 6 84 11 649

ESS024 12 38 121 2 13 482 266 9

7 6 134 22 1112

ESS076

1

1 2

ESS133 22 40 249 5 25 620 436 11

14 18 189 39 1668

ESS207 5 20 51

6 188 88 2

4 4 43 10 421

Total General 115 267 1032 23 112 3395 1912 53 1 50 69 1026 180 8235

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RC

EAS027

EPS001

EPS002

EPS003

EPS005

EPS013

EPS016

EPS017

EPS018

EPS026

EPS033

EPS037

EPS039

Total General

apell1+apell2+nomb1+fnac 17 76 171 3 21 633 209 11

4 4 200 15 1364

apell1+apell2+ nomb1+nomb2+fnac 1 2 2 1

49 25 2

1 1 12 1 97

apell1+apell2+ nomb2+fnac 20 35 135 4 24 592 396 7

10 7 162 41 1433

apell1+nomb1+fnac 7 19 74 2 5 222 115 5

7 4 61 11 532

apell1+nomb1+fnac- invertido-apellvsnomb

3 1

9 7

1 6 2 29

apell1+nomb1+ nomb2+fnac 28 38 157 4 14 553 382 4 1 8 9 176 23 1397 apell1+nomb2+fnac 3 12 45 1 10 162 95 4

3 6 57 16 414

apell2+nomb1+fnac 5 17 61 2 11 192 88 4

1 2 47 8 438

apell2+nomb1+ nomb2+fnac 20 32 220 2 18 575 357 10

9 23 163 29 1458

apell2+nomb2+fnac 5 13 67 2 4 147 110 2

2 50 8 410

identi+nomb1 7 19 44

3 176 84 2

1 3 64 11 414

identi+nomb2 2 2 15 1 2 29 14

2 1 8 9 85 tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1

4

8 4

1

4 3 24

tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1+nomb2

3

5 3

1 1

13

tipodoc+identi+apell1 +nomb1

1

2 1 1

1 1 2

9

tipodoc+identi+ apell2+nomb1

1

3 1

5

tipodoc+identi+fNa

2

2

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Página 231 de 268

c

tipodoc+identi+ nombres+fNac

29

38 21 1

2 4 13 3 111

Total general 115 267 1032 23 112 3395 1912 53 1 50 69 1026 180 8.235

Análisis Detallado Multiafiliados Desde el RS

CCF015

CCF055

EPS020

EPSI01

EPSS14

EPSS26

EPSS33

ESS024

ESS076

ESS133

ESS207

Total General

apell1+apell2 +nomb1+fnac 280 258 28 1 71 90 238 255 1 16 126 1364 apell1+apell2 +nomb1+nomb2+fnac 16 29 2

13 10 2 18

2 5 97

apell1+apell2 +nomb2+fnac 273 249 192 1 24 66 81 231

251 65 1433

apell1+nomb1+fnac 78 53 101 3 13 22 66 87

81 28 532 apell1+nomb1 +fnac-invertido-apellvsnomb 1 1 2

4

19 2 29

apell1+nomb1 +nomb2+fnac 180 570 126

21 61 85 156

152 46 1397

apell1+nomb2+fnac 76 63 65 2 12 19 33 61

60 23 414

apell2+nomb1+fnac 43 51 50 1 28 13 28 78

133 13 438 apell2+nomb1 +nomb2+fnac 144 130 123

52 29 36 109

800 35 1458

apell2+nomb2+fnac 55 52 50

25 15 32 54 1 105 21 410

identi+nomb1 67 156 12

31 19 22 37

30 40 414

identi+nomb2 17 15 14

4 2 3 14

8 8 85 tipodoc+identi +apell1+apell2+nomb1 6

11 2 2

1 2 24

tipodoc+identi+apell1 +apell2+nomb1+nomb2 7

3 2

1 13

tipodoc+identi +apell1+nomb1 6

1 1

1 9

tipodoc+identi +apell2+nomb1 1 1

1 1

1

5

Tipodoc +identi+fNac

1 1

2

tipodoc+identi +nombres+fNac 36 1 9

29 17 5

9 5 111

Total general 1286 1629 774 8 295 391 649 1112 2 1668 421 8235

Conclusión: Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los 8.235 casos de registros Multiafiliados contributivo que aún persisten en la vigencia 2013.06 y establecer si es una Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando más recursos documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los documentos de identidad, etc., adicionalmente verificar que estas duplicidades no estén ya ubicadas y debidamente saneadas por las interventorías de los años en referencia para finalmente dejar en firme las potenciales duplicidades aquí encontradas. Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que tienen los registros finalmente identificados como duplicados esta interventoría ha Incluido los datos del beneficiario del servicio (Tipo y Numero de documento, Nombres y apellidos, etc.) mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos dobles realizados en los históricos de las bases de datos. Encuestado:

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Nombres y Apellidos Carlos Andres Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Area Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014 Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2011.Dic. Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2012.Dic. Base de datos BDUA y Contributivo suministrada por municipio, corte 2013.Jun. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del periodo Dic2011, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del periodo Dic2012, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB. Tabla Excel contiene detalle de cada registro y tipo de Multiafiliación encontrada y las variables que se informa están idénticas y todo los demás datos incluido en el hallazgo del periodo Jun2013, esto para facilitar el seguimiento por parte de la SSPM, así como un cuadro resumen de los hallazgos por cada EPS tanto del contributivo como del subsidiado y adicionalmente una referencia cruzada de los datos entre unos y otros regímenes por EAPB. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 2321 de 2011 del MPS y posterior Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 5 Parágrafo 2 - Multiafiliados EPS de RS Vrs EPS de RC del municipio. En la evaluación de Multiafiliados Reg. Sub. Vrs Reg. Cont. Existe el hallazgo de un total de 10.854 ítems para la vigencia Dic2011 y 8.235 ítems para la vigencia Dic2012, estos ítems son detallados en tablas anexas. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

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3.1.7.4. Verificación y evaluación del envío y cargue de información. Descripción: Se solicita evidencias de cargue de información al FOSYGA/BDUA de los periodos 2011Jul a 201Jun mediante entrega de los oficios remisorios de información y de las bases de datos de novedades y con la revisión en el portar de cargue.

Análisis: El municipio aporto las bases de datos de los envíos para todos los periodos pero solo evidencio cargue de los siguientes: 2011.05, 2011.06, 2011.07, 2011.09, 2011.10, 2011.11, 2011.12, 2012.01, 2012.02, 2012.03, 2012.04, 2012.05, 2012.07, 2012.08, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06, 2011.10, 2011.11, 2012.03, 2012.07, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06.

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Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 4 - El municipio no evidencio el cargue de la información de “Entrega de novedades de actualización y/o corrección de información” para los periodos 2011.08, 2012.06. Conclusión: El municipio presento soportes de cumplimiento de cargue de información de novedades BDUA en los periodos: 2011.05, 2011.06, 2011.07, 2011.09, 2011.10, 2011.11, 2011.12, 2012.01, 2012.02, 2012.03, 2012.04, 2012.05, 2012.07, 2012.08, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06, 2011.10, 2011.11, 2012.03, 2012.07, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06, pero no fue posible encontrar evidencia de cargue para los periodos: 2011.08, 2012.06. Encuestado:

Nombres y Apellidos Carlos Andrés Montoya Santacruz

Cargo OPS – Ing. Área Aseguramiento desde el 2012.04

Correo Electrónico [email protected]

Entrevista realizada Lunes 10 de Feb 2014

Hasta el Viernes 14 Feb 2014

Lugar Oficina Aseguramiento – SSPM – Santa Marta - Magdalena

Documentos soporte: Acta de cierre de visita, entrega Evidencia de Cargue Novedades BDUA. Hallazgo: Incumplimiento de la Resolución 1344 de 2012 del MPS Articulo 4 - El municipio no evidencio el cargue de la información de “Entrega de novedades de actualización y/o corrección de información” para los periodos 2011.08, 2012.06. Descargos de la Entidad En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no presento descargos al hallazgo formulado en este ítem. Concepto de la Superintendencia nacional de salud frente a los hallazgos encontrados y descargos presentados de la entidad visitada En las respuestas recibidas por parte de la Entidad Territorial Santa Marta Distrito Turístico, Cultural e Histórico, no se recibieron descargos al hallazgo formulado en este ítem, por lo tanto el hallazgo se confirma de acuerdo con lo establecido en el artículo quinto de la resolución 2190 del 7 de noviembre de 2013, expedida por la Superintendencia Nacional de Salud

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4. CONCLUSIONES

COMPONENTE FINANCIERO

Al no existir un seguimiento constante en los procesos contables por medio de la verificación y control en la causación y pago en el reconocimiento del hecho económico, conlleva a que la información financiera no sea transversal, integrada y confiable.

La adopción de la estructura, operación y administración permite a la entidad realizar

un manejo adecuado de los recursos de salud, para ello es importante que la entidad distrital adopte las normativas que se han proferido para la fin, con el objeto de constituir el Fondo Local de Salud, adecuadamente y que permita realizar un seguimiento y vigilancia sobre estos recursos.

Todos los años el Ministerio de la Protección social de Salud, realiza una asignación

de los recursos para el financiamiento del Régimen subsidiado, Salud pública y Prestación de Servicios para la población pobre no asegurada, estos recursos deben ser apropiados dentro del presupuesto del Fondo Local de Salud, para las necesidades de su población, lo que indica que el Distrito no proyecta, planea y ejecuta los recursos asignados.

La no ejecución de los recursos indica que el Distrito de Santa Marta no realiza una

buena planeación, no existe una buena administración y operación para el manejo de los recursos designados para las necesidades de la población.

Los recursos del balance de la vigencia 2012 no disminuyeron por lo contrario

aumentaron los recursos correspondientes a este concepto lo que indica que el Distrito no compromete los recursos para las finalidades en los servicios programados por la Nación para la población de Santa Marta.

Los recursos de cofinanciación que el distrito asigna para el fondo local de Salud no

se encuentran identificados en la ejecución de ingresos del Fondo, solo si la persona encargada de presupuesto los identifica, evidenciando así que los recursos de ingresos no están equilibrados con los gastos dentro del fondo local.

Los recursos de cofinanciación que el distrito que asigna el distrito para el fondo local

no se identifican dentro de la ejecución de ingresos lo que indica que no existe un equilibrio entre ingresos y gastos del Fondo local de salud, así mismo se evidencia que no son recaudados adecuadamente, lo que podría dificultar los pagos a los compromisos que adquieran con estos recursos.

El distrito no realiza una planeación adecuada para la ejecución de los recursos de

salud pública perjudicando el cumplimiento de las actividades planeadas por los programas dirigidos hacia la población, por ende no hay una administración y operación adecuada de los recursos. Por otro lado los recursos de cofinanciación no se identifican en la ejecución de ingresos por ende no existe un equilibrio entre ingresos y gastos.

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Los recursos del Fondo Local de Salud no fueron ejecutados adecuadamente para la vigencia del 2011, observándose una mala administración y planeación de todas las subcuentas del Fondo local de salud de Santa Marta.

Los recursos del Fondo local para la vigencia 2012 no tuvieron una planeación,

administración y control de su ejecución, colocando en una situación de riesgo a la población como se evidencia con la mala gestión del programa de ETV teniendo en cuenta que el Dengue genera muertes dentro de la población.

El Distrito de Santa Marta hace entrega de la información correspondiente a la

aceptación de la inscripción de las cuentas maestras por parte del Ministerio de Protección Social, entrega como soporte al hallazgo el Oficio 1606 del 28 de Abril de 2008 emitido por Rosa María Laborde Calderón – Secretaria General – Grupo de Presupuesto del Ministerio de Protección Social.

La entidad no lleva un control adecuado de la cuenta maestra de Otros Gastos en

Salud, ya que no se evidencio el convenio firmado con la entidad bancaria que garantice el pago de intereses y la exoneración de gravámenes financieros.

Al no realizar las conciliaciones bancarias no permite a la entidad identificar porque

conceptos realizan pagos y por ende saber que ingresos reciben. permitiendo clasificar los recursos. del Fondo local.

El distrito de Santa Marta tiene otras cuentas abiertas que no cumplen con la

normatividad según la estructura solo debe existir una cuenta presupuestal para el ingreso de los recursos para mayor seguimiento, así como se observa que durante el 2011 se efectuaba la modalidad de pago con cheque cuando la norma no prohíbe desde el 2007

El distrito no realiza dentro de los tiempos establecidos por la ley, la causación del

Giro directo, así como tampoco el pago de los recursos propios oportunamente a las EPSS, obstaculizando el flujo de recursos del sistema de salud del Distrito, que en consecuencia se pueden ver reflejados en la dificultad de la prestación de los Servicios a la población.

El distrito de Santa Marta no realiza los pagos con respecto a sus obligaciones de las

vigencias anteriores que han quedado constituidos mediante actos administrativos, por lo contrario tiende a aumentar dichas obligaciones para las vigencias siguientes, así como tampoco realiza un seguimiento y vigilancia hacia las EPS de sus obligaciones con la red de prestación de Servicios.

El distrito no proyecto, ni elaboro el documento soporte de actas de liquidación para

los contratos de ejecución de recursos del SPG asignados para los Programas de Plan de Intervenciones Colectivas, este documento permite identificar si existen saldo a favor o en contra del contratista y que permita realizar las liberaciones de los recursos a favor del Distrito.

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El distrito de Santa Marta no demostró la cancelación de todas sus obligaciones reportadas por el Decreto 1080/12.

El distrito no tiene consolidado de la red que contrata las EPSS para la prestación de

los servicios que sea identificable y que sirva como guía y/o consulta con los usuarios y de esta forma tener claridad que las EPS cumplan con la red de servicios adecuada, suficiente.

COMPONENTE DE ASEGURAMIENTO

El Ente Territorial incumple con los Artículos 43 y 45 de la Ley 715 de 2001, respecto

a la adopción de una estructura organizacional para la gestión del aseguramiento

El Ente Territorial incumplió con Ley 715 de 2001 en sus Artículo 43 Numeral 43.1.2 y

Artículo 45, respecto a la implementación de los Manuales de Procesos y

Procedimientos e informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan

verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias,

planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad

Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas.

El Municipio para los años 2011 y 2013, incumplió con el Artículo 43 Numeral 43.1.3

de la Ley 715 de 2001, respecto a los procesos de Asesoría y asistencia Técnica que

debió realizar a las IPS Públicas de su Jurisdicción, en los temas de Aseguramiento

El Municipio incumplió conLey 715 de 2001 en su Artículo 44, Numeral 44.2.3.,

Decreto 971 de 2011 en su Artículo 14, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo

19 de la Ley 1122 de 2007, Ley 828 de 2003 en su Artículo 1, Parágrafo 2, respecto a

la Vigilancia y Control del Aseguramiento, debido a que las EPSS no presentaron en

forma mensual las Pólizas de Alto Costo con el respectivo pago de la prima durante

los años 2011, 2012 y 2013.

El Municipio incumplió para los años 2011, 2012 y 2013 con la Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007 , respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, teniendo en cuenta que en los archivos del Municipio no se evidencia copia de la totalidad de los contratos que las EPSS suscribieron con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad

El Municipio incumplió durante los años 2011, 2012 y 2013, con lo establecido en el Artículo 11 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la actualización en forma periódica y permanente de los listados de población elegible.

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El Municipio incumplió con el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la aplicación de estrategias para localizar a la población seleccionada y priorizada para la afiliación al Régimen Subsidiado, para los años 2011, 2012 y 2013

Existe incumplimiento dela Ley 594 de 2000, respecto del archivo de los formularios de afiliación y novedad de Régimen Subsidiado.

El Ente Territorial de acuerdo a sus competencias, incumplió para los años 2011, 2012 y 2013, con la Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento.

El Municipio incumplió con el Artículo 46 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1., teniendo en cuenta que no realizó un proceso de depuración y actualización de sus bases de datos.

El Municipio incumplió con el Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, respecto a la publicación o emisión del Acto Administrativo de las EPSS que se encuentran inscritas y habilitadas.

El Ente Territorial incumplió con el Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución 1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9, respecto del apoyo que debió haber brindado a las EPSS en la entrega de la carta de desempeño.

El Municipio incumplió con lo señalado en el Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9, respecto a la Vigilancia y Control del Aseguramiento, para que las EPS SUBSIDIADAS, entregaran y capacitaran al usuario en el tema de deberes y derechos en el SGSSS.

El Municipio incumplió con el Artículo 56 de la Ley 1438 de 2011, Artículo 43,

Numeral 43.4.1 de la Ley 715 de 2001, Artículo 13 Literal d de la Ley 1122 de 2007,

respecto a la remisión de las autoridades competentes de los hallazgos de Auditoría

al Régimen Subsidiado.

El Municipio incumplió con el Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011, respecto de los plazos de los giros a favor o en contra del Ente Territorial de los saldos de las Actas de Liquidación de los Contratos de Régimen Subsidiado, vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011.

COMPONENTE SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIA DE CALIDAD

Cuentan con un consolidado de la red prestadora donde se evidencia la atención de los usuarios de I, II, III y IV nivel de atención de las EPS-S que están habilitadas en el Municipio

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Cuentan con un organigrama definido para la Alcaldía Distrital pero no para la Secretaría de Salud del Distrito, como tampoco con su respectivo acuerdo de creación.

En el Organigrama de la Alcaldía Municipal no cuentan con un Departamento de calidad establecido, en el organigrama solo están definidas para la Secretaría de Salud las áreas de Salud Pública y el área de Supervisión, Vigilancia y Control; el área de Prestación de servicios la maneja la Dra. Carmen Roca, Profesional Universitario Grado I, lo que afecta al prestación de los servicios del Distrito de santa Marta

EL Distrito cuenta con soportes de búsqueda activa de los años 2011 No se evidencian soportes de búsqueda activa de los años 2012 y

2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del distrito de Santa Marta

No cuentan con soportes de búsqueda activa de los años 2012 y 2013, lo que afecta la salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

El Distrito cuenta con reporte de indicadores de la circular única de las IPS Digident , Inversalud de las Américas, Digident 2013 y sociedad colombiana de Ortodoncia de los años 2013.

El Distrito no cuenta con evidencias de reportes de la circular única de las vigencias 2011 y 2012, lo que afecta la calidad de la atención en Salud de los habitantes de Santa Marta

El Distrito no cuenta con validación de la circular única por parte de la Secretaría de Salud del Distrito del año 2012, lo que afecta la calidad de la atención en Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

El Distrito no cuenta con reportes de indicadores de alerta temprana de las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

El Distrito cuenta con evidencias de reporte de eventos adversos de las IPS Digident del año 2013.

En el Distrito de Santa Marta No se evidencian procesos de auditoria externa de la calidad de la atención realizados a los prestadores de servicios de salud como parte del seguimiento al PAMEC, por lo tanto no se pueden evidenciar la calidad de los servicios prestados en el Distrito.

El Distrito cuenta con censo de instituciones prestadoras de servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013, en el 2011 cuentan con 208 IPS, 258 profesionales independientes, 6 empresas de transporte, 15 instituciones de objeto social diferente.

El Distrito Cuenta con estudios de Demanda y Oferta de Prestadores de Servicios de Salud para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Distrito no Cuentan con estrategias publicitarias para divulgarle y socializarle a la Población pobre no asegurada la red prestadora de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto la población Pobre no asegurada no puede conocer con exactitud la red prestadora que le corresponde más cerca de su residencia.

El Distrito cuenta con indicadores de productividad y calidad de la I.P.S prospero Reverand de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

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En El Distrito no se evidencian procesos de referencia y contrareferencia aprobados para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no se tiene claridad del proceso que se lleva a cabo para la realización de referencia y contrareferencia de un paciente en el Distrito.

En el Distrito no se evidencia procedimiento documento para la emisión de autorizaciones No pos para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no hay claridad para la emisión de autorización No pos en el Distrito.

COMPONENTE SALUD PÚBLICA

La Dirección de Salud Publica, Cuenta con listado de Talento Humano contratado, que ejecutaron las acciones de Salud Pública para las vigencias 2011, 2012. No hay evidencia del listado de talento Humano para el primer trimestre 2013 porque no hubo contratación para este periodo.

- La Dirección de Salud Publica No Evidencia la contratación de acciones de salud pública para la vigencia primer trimestre 2013 dando Incumplimiento a la circular 0005 del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

La Dirección de Salud Publica evidencia Tardanza en el proceso de contratación y por consiguiente en la ejecución de las acciones de salud pública para las vigencias 2011 y 2012 lo que permite que se quedan trimestres sin ejecución dando Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

-La Dirección de Salud Publica hace uso ineficiente de los recursos destinados para

las acciones de salud pública Dejando recursos girados por Sistema General de participaciones incumpliendo lo estipulado en la ley 715 de 2001.

- La Dirección de Salud Pública se presenta Rotación continua de talento humano lo que dificulta la sostenibilidad de los Proyectos generando incumplimiento en las metas y en los indicadores de salud pública.

- La Dirección de Salud Pública no evidencia el requerimiento de pólizas de cumplimiento y de calidad a los contratistas por OPS

En La Dirección de Salud Publica Existe inoportunidad en la contratación de “acciones externas” del PIC, lo cual limita la cobertura de las mismas y la verificación propia de auditoría en cuanto al cumplimiento de condiciones o requisitos previos a la contratación.

En lo referente a la contratación de profesionales y técnicos, existe cumplimiento de requisitos precontractuales y seguimiento a la contratación, sin embargo, tal seguimiento está a cargo de una funcionaria evidenciándose sobrecarga laboral.

Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

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- La Dirección de Salud Publica No hay pólizas de cumplimiento y de calidad en la ejecución de los contratos de talento humano

La Dirección de Salud Publica No cuentan con personal referente perteneciente a la

planta de la Entidad, situación que puede sobrecargar laboralmente a los funcionarios y disminuir la efectividad de los resultados esperados.

La Dirección de Salud Pública No todas las prioridades y competencias están a cargo profesionales pertenecientes a la planta de personal teniendo en cuenta que sólo hay tres profesionales vinculados a la planta de la Entidad en el área de Salud Pública.

No se evidencian cronogramas de Asesoría Técnica que evidencie la implementación del Plan de Salid territorial y el plan de intervenciones colectivas para las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

No se evidencian asistencias técnicas de los años 2011 1 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

El Distrito cuenta con Actas de invitación con EAPB e IPS 2011. En el Distrito No se evidencian actas de invitación con EAPB e IPS 2012 y

2013 , lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta En el Distrito No se evidencian actas de participación de consejo territorial en

Salud 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito no se evidencian protocolos del INS 2013, lo que afecta la salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se evidencian actas de evaluación y monitoreo para I.P.S de las vigencia 2011, lo que afecta la salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se evidencia Censo de UPGD 2011, lo que afecta la salud

Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta En el Distrito No se evidencian actas de Covecom 2011 y 2013, lo que afecta la

salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta En el Distrito No se evidencian actas de articulación con la red de vigilancia en

Salud Pública 2012 y 2013, lo que afecta la salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

El Distrito no cuenta con Política de Salud Ambiental 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

En el Distrito no Se evidencia censo sanitario actualizado 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

En el Distrito no se evidencian informes de calidad de alimentos 2011, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

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En el Distrito No se evidencian actas, convenios contratos intersectoriales para proyectos de intervención integrada de riesgos del ambiente 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

En el Distrito Se evidencian informes de vacunación antirrábica vigencias 2011, 2012 y 2013, donde se evidencian que las coberturas para el año 2012 son deficientes se encuentran en el 47%., lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito Se evidencia POA de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se observa informes de ejecución del Poa de Salud ambiental de las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud Pública de los habitantes del Distrito de Santa Marta

El Distrito no cuenta con continuidad para los contratos del Pic de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto no se observan ejecuciones del 100% de las actividades que contemplan el Pic para las respectivas vigencias.

En el Distrito No se evidencian censos de canalización 2011, 2012 y 2013. En el Distrito No se evidencian Monitoreos rápidos de cobertura de las vigencias

2011, 2012 y 2013, lo que afecta la salud de los habitantes del distrito de Santa Marta.

En el Distrito Se Evidencian contratos de PAI extramural 2011,Ejecución del 2011, con fecha de inicio 02 de Junio del 2011, fecha de terminación 29 de Diciembre del 2011, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2011.

En el Distrito Se evidencian contratos PAI extramural 2012, ejecuciones 2012, pero con fecha de inicio 05 de septiembre del 2012, fecha de terminación 31 de Diciembre del 2012, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2012.

En el Distrito No se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no

hubo contratación para la vigencia auditada, lo que afecta al salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

Para el año 2013 no se evidencia acciones de PAI extramural debido a que no hubo contratación ene l primer trimestre del 2013, lo que afecta la Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se evidencian búsquedas activas comunitarias ( BAC) de los años 2011 y 2013, lo que afecta la Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se evidencian informes de red la red de frio, ni mantenimientos preventivos a la red de frio de las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que afecta la Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En el Distrito No se evidencian planes de mejoramiento de vacunación de las IPS y EAPB de las vigencias 2011, 2012 y 2013, , lo que afecta la Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta

El Municipio no cuenta con Política de Salud Infantil, infancia y adolescencia para

los años 2011 y 2012. El Municipio cuenta con Política de Salud Infantil para la vigencia 2013.

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El Municipio cuenta con actas y capacitaciones para la erradicación del trabajo infantil de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Municipio no cuenta con contratación para las actividades de salud sexual y reproductiva del primer trimestre del 2013, por lo tanto se observa una no continuidad en la ejecución de las actividades de salud pública de esta prioridad.

El Municipio no cuenta con informe de actividades realizadas del POA de salud sexual y reproductiva de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto no se evaluar el nivel de cumplimiento de metas exigidas para esta prioridad.

El Municipio no cuenta con referente del contrato de Salud Sexual y reproductiva en la actualidad por lo tanto no se observa un responsable para llevar a cabo las actividades de Salud Sexual y Reproductiva.

El Distrito no cuenta con ejecución del POA para la vigencia 2013 por lo que no hubo contratación, por lo tanto no se ejecutaron las acciones de Salud Pública de esta prioridad.

El Distrito no cuenta con ejecución del POA de Salud Oral para las vigencias 2012 y 2013, lo que afecta la salud de los habitantes del Distrito de santa Marta

El Distrito cuenta con POA de Tuberculosis y Lepra para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

El Distrito no cuenta con ejecución de actividades del año 2013 debido a que no hubo contratación con el Hospital Prospero Reverand para la vigencia auditada.

Para el año 2013 no se ejecutó todo el presupuesto asignado, por lo tanto se glosaron 60 millones de pesos.

El distrito no realizo ejecución del POA de enfermedades crónicas no transmisibles del año 2012 y 2013

EL Distrito cuenta con POA de emergencias y desastres para las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que pone en riesgo la salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

El Distrito no cuenta con informes de gestión de los POA de emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013, lo que pone en Riesgo la Salud de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

La Dirección de salud Publica No adjunta líneas de base para estas poblaciones con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

La Dirección de salud Publica elabora y formula el POA del Eje Promoción Social pero no se ejecuta ,no hay liderazgo frente a la ejecución de las acciones a esta población en estado de vulnerabilidad Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

La Dirección de salud Publica No hay caracterización de la población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039,LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008

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La Dirección de salud Publica No hay lineamientos para el modelo de atención a esta población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008

La Dirección de salud Publica No hay planeación seguimiento y evaluación de

acciones a esa población con enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

La Dirección de salud Publica No se refleja la transversalidad de las acciones de

salud pública en el enfoque diferencial Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008

La Dirección de salud Publica No hay indicadores de eficacia eficiencia y efectividad en este componente Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

La Dirección de salud Publica No se reflejan metas ni indicadores de gestión Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039LEY 789 de 2002 resolución 425 de 2008

La Dirección de salud Publica No se evidencian informes trimestrales de ejecución del POA de promoción social ley 1122, decreto 3039 y resolución 425

COMPONENTE POBLACIONES ESPECIALES

El Municipio incumplió con el Artículo 7 Parágrafo 3 del Acuerdo 415 de 2009 del

CNSSS, respecto a la remisión periódica y permanente por parte de las entidades que manejan poblaciones especiales, de los listados censales.

COMPONENTE SISTEMAS DE ATENCION AL USUARIO

La oficina del SAC de la Secretaria Distrital de Salud, adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la secretaria distrital de salud lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos, lo que causa la falta de

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conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta.

La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social, lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia periodicidad en la apertura de

buzones para las vigencias 2011 y 2012, lo que causa la falta de conocimiento de

los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencian actas que contengan los datos de

los actores sociales presentes en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y

2012, lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los

habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia soporte de otros canales

utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas , lo que causa

la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de

Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia soporte de otros canales

utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas, lo que causa

la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de

Santa Marta.

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia mecanismo de capacidad y tiempo

de respuesta efectiva a las PQRS en todas las vigencias auditadas, lo que causa la

falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de

Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia los canales utilizados para la

respuesta de las PQRS en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de

conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa

Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia soportes de la Evaluación de la

satisfacción de los Usuarios frente a la prestación de los Servicios de Salud en las

IPS Y EPS en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de conocimiento

de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencian soportes de la Gestión en las IPS

y EPS para generar acciones correctivas que conduzcan a mejorar la calidad de los

Servicios de Salud en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de

conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa

Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No existe comité de participación comunitario,

COPACO en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de conocimiento

de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

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En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia acto administrativo de

conformación del COPACO en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta

de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa

Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia reglamento interno del COPACO

en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de conocimiento de los

deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de reuniones que informen

la periodicidad en las reuniones del COPACO en todas las vigencias auditadas , lo

que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes

del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de asistencia de integrantes

del COPACO frente a los comités de ética hospitalaria en todas las vigencias

auditadas , lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los

habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia Acta de constitución de veedurías

registrada en personería O Cámara de Comercio en todas las vigencias auditadas, lo

que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes

del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de conformación o

reactivación del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 ,

lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes

del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas de asistencia de los

integrantes del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 ,

lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes

del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia acta con recomendaciones del

consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS para la formulación de los

POAS anuales 2012 y 2013, lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y

derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

En la Secretaria Distrital de Salud No se evidencia actas o informes de la asistencia de las instancias de participación social en las audiencias públicas para las rendiciones de cuentas semestrales en todas las vigencias auditadas , lo que causa la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los habitantes del Distrito de Santa Marta

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COMPONENTE TECNOLOGÍA:

Existe un Manual de Proceso de Backup que No se cumple en el área de Salud, las copias se realizan en MEDIOS NO IDONEOS, en periodos que no están claramente estipulados ni con contenidos mínimos claros incluidos en un procedimiento estándar para las vigencias 2011JUL a 2013JUN.

El Plan de contingencia y continuidad tendientes a mitigar los potenciales riesgos de desastre y de interrupción de servicios de TIC para la administración de salud en las vigencias 2011JUL a 2013JUN no ha operado en la SSPM, NO existe mecanismos para mitigar los factores de riesgo presentes en la administración, No existe un mecanismo mediante el cual se asegure que UNA COPIA de las memorias digitales (copias realizadas históricas) de la alcaldía repose fuera de la entidad para evitar su perdida en caso de desastre.

La Infraestructura de Tecnología utilizada permite la conexión de las aplicaciones y el acceso a internet de manera básica, NO provee servicios de proxy pero si de firewall y ha estado disponible para los sistemas de información en las vigencias 2011JUL a 2013JUN en la SSPM.

El municipio de Santa Marta TIENE UN SISTEMA INTEGRADO para el manejo de:

presupuesto (Apropiación, CDP, presupuesto gasto e ingreso y Plan Anual de Caja), contabilidad (contabilidad, causación, información exógena DIAN e integración), central de cuentas (órdenes de pago y legalización), tesorería (egresos, ingresos conciliaciones y entrega de cheques), sistema de recurso físico, sistema de recurso de contratación y módulos complementarios, se evidenció que el soporte para esta aplicación está activo bajo el contrato número 028-2013 para la vigencia en revisión.

Existe el uso de Excel como herramienta de tecnología para el registro de la información de quejas y reclamos, Pero no se cuenta con una herramienta informática (Excel tablero de control) para el seguimiento a repuesta, indicadores de tiempo y dependencias involucradas. El sistema es deficiente en estos aspectos para las vigencias 2011JUN a 2013JUL.

El municipio tiene un procedimiento manual de registro de actividades en Excel para el manejo de aseguramiento con las funcionalidades básicas requeridas para facilitar y registrar el trabajo de aseguramiento, no obstante se precisa mejorar la infraestructura en la que corre permitiendo que las bases de datos principales que utiliza no estén hospedadas en un Equipo Portátil ya que esto genera un riesgo potencial de pérdida o deterioro por manipulación para las vigencias 2011JUN a 2013 JUL.

El Sistema para el manejo de transacciones Financieras, permite contar con los mecanismos de captura, registro, trasmisión, consolidación y validación de datos mencionados

Se evidencia en las cifras presentadas una tendencia de disminución en las inconformidades a lo largo de las vigencias evaluadas (28.7% para la vigencia 2011.11 en 281.482 afiliados activos) pasando de 80.903 ítems encontrados en Dic2011 a 58.381 ítems encontrados en Jun2013 (21.8% para la vigencia 2013.06 en 268.245 afiliados activos), esto indica que existe mejora en la calidad de dato en la cifra de inconformidades con relación al total de afiliados del municipio, lo cual debe mantenerse para la vigencia 2014 en pro del cumplimiento de la norma.

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Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los 5.141 caso de registros Duplicados BDUA vigentes a 2013.06, establecer si es una Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando más recursos documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los documentos de identidad, etc., y finalmente verificar que estas duplicidades no estén ya ubicadas y debidamente saneadas por las interventorías de los años en referencia para dejar en firme las potenciales duplicidades aquí encontradas.

Se concluye que en muchos de los casos existen hallazgos de posibles duplicidades hasta dentro de la misma EPS del RS.

Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que posean registros dejados en firme como duplicados esta interventoría ha anexado los datos BDUA de afiliados mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos dobles realizados en los históricos de las bases de datos.

Se debe realizar por parte de la SSPM un examen detallado de cada uno de los 8.235 casos de registros Multiafiliados contributivo que aún persisten en la vigencia 2013.06 y establecer si es una Multiafiliación o son homónimos en las bases de datos, esto utilizando más recursos documentales como el uso del formulario de afiliación, copia de los documentos de identidad, etc., adicionalmente verificar que estas duplicidades no estén ya ubicadas y debidamente saneadas por las interventorías de los años en referencia para finalmente dejar en firme las potenciales duplicidades aquí encontradas.

Para identificar el seguimiento a los valores que deberán ser descontados de las EPS que tienen los registros finalmente identificados como duplicados esta interventoría ha Incluido los datos del beneficiario del servicio (Tipo y Numero de documento, Nombres y apellidos, etc.) mediante los cuales el municipio puede rastrear el número de pagos dobles realizados en los históricos de las bases de datos.

El municipio presento soportes de cumplimiento de cargue de información de novedades BDUA en los periodos: 2011.05, 2011.06, 2011.07, 2011.09, 2011.10, 2011.11, 2011.12, 2012.01, 2012.02, 2012.03, 2012.04, 2012.05, 2012.07, 2012.08, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06, 2011.10, 2011.11, 2012.03, 2012.07, 2012.09, 2012.10, 2012.11, 2012.12, 2013.01, 2013.02, 2013.03, 2013.04, 2013.05, 2013.06, pero no fue posible encontrar evidencia de cargue para los periodos: 2011.08, 2012.06.

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5. RECOMENDACIONES

COMPONENTE FINANCIERO

El Distrito debe aplicar la normatividad vigente emitida por los entes de control, esto permitirá hacer de la contabilidad un sistema que informe plenamente el reconocimiento de los hechos económicos según los principios de contabilidad generalmente aceptados

La normatividad expedida por el Ministerio de Salud y Superintendencia Nacional de

Salud, sean implementadas y adoptada por el Distrito en las fechas establecidas, ya que esto permitirá la operatividad y adecuado manejo de los recursos que le sean asignados al Distrito de Santa Marta, así como la constantemente revisión de la normatividad y no acarrear dificultades en el manejo de los recursos de salud.

El Distrito debe velar por gestionar el recaudo, flujo y ejecución de los recursos con destinación específica para salud del Distrito y administrar los recursos del Fondo Local de Salud comprometiendo la totalidad de los recursos en las vigencias correspondientes y a su vez garantizando la prestación de los servicios adecuados a la población de Santa Marta.

El Distrito debe fortalecer el sistema por medio del cual hace uso eficiente de los

recursos destinados para la financiación y cofinanciación, cada vigencia son asignados los recursos y se deben ejecutar con adecuada planeación, operatividad y administración de los recursos del Fondo local de Salud, ya que esto permite mejorar las condiciones de servicios que se deben prestar a la población del Distrito.

El Distrito debe planear adecuadamente el uso de los recursos recibidos para el

cumplimiento de los programas en salud, debe comprometer eficientemente los recursos para que se garantice la salud a toda la población de Santa Marta.

El fondo local de salud, pueda ser maneja por unidad de costo y que los recursos que son asignados para la cofinanciación del fondo de salud, sean incorporados en el presupuesto de ingresos. Si utilizan la unidad de Costo lo podrán hacer.

El fondo local de salud, pueda ser maneja por unidad de costo y que los recursos

que son asignados para la cofinanciación del fondo de salud, sean incorporados en el presupuesto de ingresos. Si utilizan la unidad de Costo lo podrán hacer.

El Distrito debe realizar una planeación adecuada para la ejecución de los recursos

de salud pública donde vele por el cumplimiento de las actividades planeadas por los programas dirigidos hacia la población.

El Distrito debe garantizar la administración y utilización de los recursos destinados a

la salud de conformidad con las competencias establecidas por la ley para el sector salud, es vital comprometer los recursos asignados y presupuestados al inicio de

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cada vigencia, ya que al contar con los recursos se pueden ejecutarse en su totalidad los programas de salud.

Los recursos para el Plan de Intervenciones Colectivas asignados mediante CONPES

los cuales deben ser incorporados y ejecutados, estos recursos son girados con puntualidad por la Nación y si existiera modificaciones de aumento estos recursos son girados en la misma vigencias, en cuanto a los recursos de la Población pobre y vulnerable se debe evaluar sobre el valor que si termina pagando el distrito y que debe buscar los mecanismo porque si las tarifas son a un menor precio de lo que realmente termina pagando el distrito por evento a los servicios que terminan prestando las IPS a la población.

Se debe implementar un sistema de archivo que permita ordenar los documentos

relevantes del fondo local de salud y así permitir su fácil consulta.

Al igual que las cuentas maestras de Régimen Subsidiado de Salud, Salud Pública Colectiva y Prestación de Servicios de Salud en lo Cubierto con Subsidios a la demanda, el Distrito debe firmar un convenio con las entidades financieras que garanticen el pago de intereses sobre los recursos para la cuenta de Otros Gastos en Salud.

Todas las partidas por mínima que sea su cuantía debe ser conciliada bajo un

procedimiento que establece la entidad. Si existen partidas que se verifican y confrontan con los movimientos bancarios y no fueron registradas contablemente deben ser reflejadas en las conciliaciones bancarias, pues una vez efectuado el cierre contable, la información que hace parte de este, no puede ser modificada.

La Secretaria de Hacienda en conjunto con la Secretaria de Salud del Distrito de

Santa Marta deben dar cumplimiento a la Resolución 3042 de 2007, la cual es muy clara en la existencia de varias cuentas maestras, por lo tanto deben ser canceladas y sus saldos deben ser trasladados a las cuentas que actualmente se están empleando.

Los trámites administrativos deben ser agiles y oportunos para evitar obstáculos en

los giros del flujo de los recursos al sistema de salud del Distrito de Santa Marta, así como también la persona responsable del giro electrónico debe revisar al día siguiente la plataforma del banco para identificar o verificar que los giros realizados el día anterior no hayan revotado y si al volver hacer la operación se devuelve otra vez, debe contactarse con el banco para identificar la causa que no se hace efectivo el giro.

El Congreso de Republica en el año 2001 decreto la Ley 716 Por la cual se

expiden normas para el saneamiento de la información contable en el sector público y se dictan disposiciones en materia tributaria y otras disposiciones, es importante que el Distrito analice la posibilidad de aplicar esta norma y sus modificaciones para depurar la información de los auxiliares contables de las cuentas por pagar.

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El proceso de contratación que realiza una entidad pública debe estar bajo los parámetros que dicta la normatividad, entre dichos parámetros se encuentra la liquidación de los contratos firmados en el cumplimiento de los programas y planes de salud, por tanto el Distrito debe velar que las normas se cumplan.

La documentación que sea solicita por los auditores de las visitas de auditorías sean entregadas a las personas quien las solicita, debido a que cada auditor tiene un tema y documentación diferente que revisar.

En cumplimiento de lo estipulado por el Decreto 1080 de 2012, la entidad debe

cumplir con los compromisos y obligaciones contraídas y efectuar el traslado a las EPS contratadas.

El Distrito debe llevar una base de datos con la información principal de las EPS que contrata, que sea de fácil consulta.

COMPONENTE DE ASEGURAMIENTO

Se recomienda al Municipio realizar el seguimiento y control al Aseguramiento, a través

de Auditorías Internas o Externas.

Se recomienda al Municipio, depurar en forma periódica y permanente las bases de

datos de Régimen Subsidiado.

Se recomienda al Ente Territorial establecer un sistema de información unificado en

Salud.

Se recomienda al Municipio establecer un Sistema de Información que permita el

seguimiento y control de tutelas y los trámites de Peticiones, Quejas y Reclamos.

Solicitar a las EPSS en forma mensual las Pólizas de Alto Costo, con el respectivo pago

de la prima, al igual que los Parafiscales

Solicitar en cada vigencia fiscal, la copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la

red prestadora.

Seguimiento periódico y permanente a las EPSS, para que entreguen y capaciten a los

afiliados, en el tema de deberes y derechos en el SGSSS, al igual que la carta de

desempeño

Evaluación periódica del desempeño de las EPSS

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Solicitar en forma periódica y permanente, a las entidades que manejan poblaciones

especiales, los listados censales

Adecuar el archivo para la gestión documental, de acuerdo a las especificaciones del

Archivo General de la Nación

Realizar cobro coactivo a las EPSS CAJACOPI, COOSALUD y COMPARTA, para

recuperar los recursos adeudados, según saldos de las actas de liquidación de los

Contratos de Aseguramiento

COMPONENTE SISTEMA OBLIGATORIO GARANTIA DE CALIDAD

Implementar el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad ene l Distrito de Santa Marta.

COMPONENTE DE SALUD PÚBLICA Implementar los Procesos y Procedimientos de Salud Pública en el Distrito de santa

Marta de acuerdo a la normatividad vigente COMPONENTE DE PARTICIPACION SOCIAL Se recomienda capacitar al talento humano en componente como tal Implementar las instancias de participación social Conformar las instancias de participación social Elaborar manual de proceso y procedimientos del componente Aprobar mediante actas las instancias de participación social Documentar los procesos y procedimientos de participación social Mejorar la gestión documental Mejorar el proceso de informes de Gestión ante las entidades de control

COMPONENTE TECNOLOGÍA Se Recomienda la implementación de un manual de políticas informáticas para el

establecimiento de los estándares de manejo de información, es necesario que los usuarios de los equipos de cómputo y herramientas informáticas tengan claro el uso apropiado de estos recursos.

Se recomienda implementar procesos y procedimientos de backup que permitan identificar la información más importante de la entidad y registrar de manera ordenada su evolución en cintas o medios ópticos apropiados para su conservación y consulta.

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Se recomienda la implementación de un plan de contingencia y continuidad para el componente tecnológico con el objeto de evitar la suspensión indefinida o pérdida total o parcial de operación debido a inconvenientes o imprevistos que puedan suceder con ocasión de riesgos detectados y previsibles dentro de la organización del municipio.

Se recomienda la implementación de mejoras en la infraestructura tecnológica

utilizada, realizando la adición de proxy servers que asisten el proceso de interconexión entre los diferentes sistemas de compto y el internet corporativo.

Se recomienda establecer un cronograma de cargue de información al BDUA sobre novedades de afiliados y hacer seguimiento preventivo con el fin de evitar periodos en los cuales este reporte sea extemporáneo o ausente por parte de la administración, dado que es obligatorio que los municipios actualicen y den mantenimiento a la calidad de dato de las bases de afiliados de su jurisdicción.

Se recomienda que debido a la cantidad de NO CONFORMIDADES encontradas para la vigencia 2013, sea establecido un plan de revisión y solución a estos casos encontrados, principalmente a aquellos que implican posibles pagos dobles de subsidio por afiliado como son los casos de Multiafiliación con RC y Multiafiliación con RS.

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6. RESUMEN DE HALLAZGOS COMPONENTE FINANCIERO

ITEM HALLAZGO NORMA VIOLADA

3.1.1 Se confirma el hallazgo: Los procedimientos de contabilidad están siendo aplicados en la mayoría de los procesos contables, pero un aspecto tan importante como es el identificar por factura el pago neto y valor glosado de los recobros por medicamentos no POS y tutelas se determina que existe falencia por parte de la secretaria de salud y por parte de la secretaría de hacienda del distrito de Santa Marta, toda vez que por falta de coordinación entre las áreas se está dejando de lado el reconocimiento del hecho económico.

Régimen de Contabilidad Pública -Parte I Plan General de Contabilidad Publica Libro I Marco Conceptual Titulo II Capitulo Único – Numeral 7. Características Cualitativas de la Información Contable Pública. 103. Confiabilidad, 107. Relevancia y Numeral 8 Principios de Contabilidad Pública. 117. Devengo o Causación, 122. Revelación

3.1.1.1 Se confirma el hallazgo: Este acto administrativo no adopta la Resolución 3042/07,por la cual se reglamente la organización de los Fondos de Salud de las Entidades Territoriales, la operación y registro de las cuentas maestras para el manejo de los recursos de los Fondos de Salud y se dictan otras disposiciones.

Decreto 1893 de 1994 y Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social

3.1.1.2 Se confirma el hallazgo: Los recursos del balance representan un 23.9% ($30.631.285.421 millones) lo que indica que el Distrito de Santa Marta no comprometió la totalidad de los recursos en las vigencias correspondientes para el financiamiento del Fondo Local de salud.

Ley 715 de 2001 Artículo 44. 44.1.2.

3.1.1.2 Se confirma el hallazgo: Aunque el porcentaje de los Recursos del Balance para la vigencia del 2012 es de 12.7% bajo en comparación con el porcentaje de la vigencia 2011, si persiste un valor alto de $22.170.381.390 millones.

Ley 715 de 2001 Artículo 44. 44.1.2.

3.1.1.2 Se confirma el hallazgo: Los recursos del balance en la vigencia de 2013, del porcentaje del año 2012 al 2013 aumento en un 3% reflejando un valor para esta vigencia de $30.029.493.945 millones, lo que indica que sigue sin comprometer los recursos adecuadamente.

Ley 715 de 2001 Artículo 44. 44.1.2.

3.1.1.3 Se confirma el hallazgo: Para la vigencia del 2011, la ejecución de ingresos no cuadra con la ejecución de Gastos ya que el valor de los ingresos corresponde a un total definitivo de $125.741.713.472 Fueron entregados los siguientes valores adicionales como rubros que se encuentra inmersos dentro de los recursos del Distrito sin posibilidad de identificarse en los Ingresos del Fondo Local de Salud. El distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el fondo local de salud.

Artículo 2° y Artículo 3° Función: 6 Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social.

3.1.1.3 Se confirma el hallazgo: En la vigencia del 2012, los recursos de cofinanciación no se encuentran dentro de la ejecución de ingresos del Fondo Local, no existe equilibrio entre ingresos y gastos del Fondo Local de Salud en la vigencia 2012.

Artículo 2° y Artículo 3° Función: 6 Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social.

3.1.1.3 Se confirma el hallazgo: En la Ejecución de ingresos de la vigencia 2013 corte junio, existe cofinanciación que el distrito realiza pero que no se encuentra en la ejecución de ingresos del Fondo local de Salud. Persiste la dificulta de hacer seguimiento a la fuente de SGP Otros Sectores Libre Destinación que no se pueden identificar en la ejecución de Gastos de la

Artículo 2° y Artículo 3° Función: 6 Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social.

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misma vigencias. El distrito no conserva un manejo presupuestal independiente y exclusivo para el Fondo Local de Salud.

3.1.1.3 Se confirma el hallazgo: Durante la vigencia 2011, se observa que el Fondo local de Salud en su totalidad comprometió solo un 74.47%. Para el Régimen Subsidiado, en su totalidad el porcentaje es de 77.61% bajo, así mismo se observa que para la subcuenta presupuestal Salud Pública el porcentaje fue de 77.82% bajo. En la subcuenta de Prestación de Servicios para la población pobre no asegurada fue muy bajo 64.58%.

Ley 715 de 2001 Artículo 44 44.1.2. Resolución 3042 de 2007 Artículo 3 función 1. Artículo 31. Responsabilidad 1.

3.1.1.3 Por lo anterior se confirma el hallazgo: para la vigencia 2012, persiste la baja ejecución de los recursos del Fondo Local de Salud. Se evidencia mala planeación, coordinación y administración de los recursos, el distrito no cumple con lo establecido en la normatividad.

Ley 715 de 2001 Artículo 44- 44.1.2, 44.3.4 Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social Artículo 3 función 1, Artículo 31 Responsabilidad 1.

3.1.1.5 Se ratifica el hallazgo: No fue presentado el convenio firmado entre la entidad financiera y el Distrito de la cuenta de Otros Gastos en Salud.

Resolución 3042 de 2007 Articulo 16.

3.1.1.5 Se confirma el hallazgo: La Secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta no realiza el proceso de control y verificación de las cuentas bancarias del fondo local de salud, por medio del procedimiento de conciliación bancaria de forma periódica y continua, dejando de lado un sistema de gestión de calidad continua o un plan estratégico en políticas de calidad y manejo de la información financiera.

Resolución 357 del 23 de Julio de 2008 - Por la cual se adopta el procedimiento de control interno contable y de reporte del informe anual de evaluación a la Contaduría General de la Nación, Procedimiento para la implementación y evaluación Del control interno contable, 1. Aspectos introductorios, Inciso 1.2 Objetivos del control interno contable, literales a, b, c, e, f, g, q. 2. Aspectos conceptuales relacionados con el proceso contable, Inciso 2.1. Etapas y actividades del proceso contable, numerales 2.1.1 y 2.1.2.

3.1.1.6 Se confirma el hallazgo: Para la vigencia 2011-2012, corte junio 2013, Al verificar la información suministrada por el sistema acerca de las cuentas bancarias abiertas con saldos y movimientos para estas vigencias, se pudo evidenciar que existen 4 cuentas bancarias nombradas como cuentas maestras y que no fueron certificadas por parte de la Secretaria de Hacienda del Distrito de Santa Marta. El distrito solo debe tener las cuentas abiertas registradas ante el ministerio en excepción la cuenta de Etesa que lo permite la Resolución 4204/08.

Ley 1122 de 2007, Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social, articulo 4 y Decreto 4693 de 2007, artículo 1 y 2.

3.1.1.7 Se confirma el hallazgo: En las vigencias 2011 y 2012, El distrito de Santa Marta no cumple con los tiempos estipulados para el pago de sus obligaciones, obstaculizando el flujo de recursos del sistema de salud.

Decreto 1713 de 2012, Artículo 1. Decreto 971 de 2011 articulo 4 parágrafo 1.

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3.1.1.7 Se confirma el hallazgo: El distrito no realizó ninguna gestión de vigilancia hacia las EPSS para el cumplimiento de sus compromisos con su red prestadora colocando en riesgo la situación financiera de la RED.

Resolución 3042 de 2007 del Ministerio de Protección Social artículo 3 – funciones: 1- 4. 6- Decreto 1080/12 Articulo 3.

3.1.1.8 Se confirma el hallazgo: Los contratos de las vigencias 2011.2012- 2013 según relación de contratos no se encontraron en las carpetas ningún documento soporte de acta de liquidación de contratos.

Artículo 11 LEY 1150/07.

3.1.1.9 Se confirma el hallazgo: Del ítem relacionado con el reporte de la información suministrada por la Secretaria de Salud, de los compromisos del distrito con la EPSS, se observa que según relación anexo 1 relacionaron solo algunos pagos, que fueron consolidados para el pago hacia la red. De los otros pagos relacionados en el anexo no soportaron su cancelación a estos compromisos.

Decreto 1080 de 2012 articulo 3. Literal a.

3.1.1.12 Se confirma el hallazgo: No existe claramente un consolidado de la red de servicios en todos los niveles, ciudades y nombre de los prestadores, direcciones y teléfonos.

Art 44 – 44-2 LEY 715 de 2001.

COMPONENTE DE ASEGURAMIENTO Ïtem Hallazgo Norma violada

3.1.2.1 La Secretaría de Salud del Municipio de Santa Marta, no cuenta con una

estructura organizacional para la gestión del aseguramiento.

Ley 715 de 2001 en su

Artículo 43 y 45.

3.1.2.3 No se evidencia en los archivos del Municipio, la adopción del Manual de Procesos y Procedimientos o informes de ejecución, evaluación y seguimiento que permitan verificar la adopción, difusión, implantación, de las normas, políticas, estrategias, planes, programas y proyectos del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que formule y expida la Nación o en armonía con éstas.

Ley 715 de 2001 en

sus Artículo 43

Numeral 43.1.2 y

Artículo 45.

3.1.2.3 No se evidencian para los años 2011 y 2013, acciones de asesoría y asistencia técnica, por parte del Municipio a las IPS Públicas de su jurisdicción.

Artículo43 Numeral 43.1.3 de la Ley 715 de 2001.

3.1.2.3 Se evidencia que el Ente Territorial no realiza en forma periódica y permanente, Vigilancia y Control del aseguramiento, para los años 2011, 2012 y 2013 donde las EPS SUBSIDIADAS no remitieron en forma mensual la Póliza de Alto Costo con el respectivo pago de la prima. NO hay seguimiento por parte del Ente Territorial ni adopción de planes de mejoramiento, del incumplimiento reiterado de las EPS SUBSIDIADAS.

Ley 715 de 2001 en su

Artículo 43, Decreto

971 de 2011 en su

Artículo 14, Ley 1438

de 2011 en su Artículo

29, Artículo 19 de la

Ley 1122 de 2007

3.1.2.3 El Municipio no cuenta ni en medio físico ni magnético para el año 2011, con la copia de los contratos que suscribieron las EPSS con la red prestadora para los servicios de Baja, Mediana y Alta Complejidad; en cuanto al año 2012, se evidencia red prestadora incompleta por parte de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR. Para el año 2013 las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI, presentan red prestadora incompleta.

Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Artículo 5, 6 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007.

3.1.2.5 El Municipio cuenta con un listado de población elegible, que cumple con los criterios de priorización de las personas que pueden ingresar al Régimen Subsidiado; dicho listado fue adoptado mediante Acto administrativo en el año 2010, pero no se actualizó durante los años 2011, 2012 y 2013.

Artículo 11 del Acuerdo

415 de 2009 del

CNSSS.

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3.1.2.5 Se evidencia que el Municipio para los años 2011, 2012 y 2013 NO adelantó ningún tipo de estrategia para localizarla población seleccionada y priorizada, para la afiliación al Régimen Subsidiado.

Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

3.1.2.5 La Secretaría de Salud NO cuenta con un archivo organizado de los formularios de afiliación y registro de novedad del Régimen Subsidiado, de acuerdo a las exigencias del Archivo General de la Nación.

Ley 594 de 2000, artículo 7, 8 y 18-20.

3.1.2.6

Se evidencia para el año 2011, que el Municipio no cuenta con informes de

Auditoría Interna o Externa realizados a las EPSS.

Ley 715 de 2001, Artículo 43 Numeral 43.4.1, Articulo 45, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud.

3.1.2.6 El Municipio para los años 2012 y 2013, no realizó informes bimestrales de Auditoría Interna a las EPSS; se evidencia para el año 2013, informe del trimestre Enero-Marzo. No se concertó con las EPS SUBSIDIADAS planes de mejoramiento y seguimiento para los años 2012 y 2013 de acuerdo a los hallazgos evidenciados por el equipo auditor.

Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1, Artículo 45, Ley 1438 de 2011 en su Artículo 29, Circular 006 de 2011.

3.1.2.7 Se evidencia que el Municipio para los años 2011, 2012 y 2013 y teniendo en cuenta los cruces realizados, en los cuales se detectaron afiliados al Régimen Subsidiado sin Sisbén Metodología III, Multiafiliados en el Régimen Contributivo y Subsidiado, Duplicidades en el Régimen Subsidiado, no realiza un proceso efectivo de depuración de las bases de datos de Régimen Subsidiado.

Artículo 46 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS, Ley 715 de 2001 en su Artículo 43 Numeral 43.4.1.

3.1.2.8

Se evidencia que el Municipio no publica en forma periódica y permanente o emite acto administrativo, del listado de EPS SUBSIDIADAS que se encuentran inscritas en el territorio, con la respectiva red de prestadores adscrita a cada una de ellas.

Artículo 18 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

3.1.2.8 No se evidencia en los archivos del Municipio documento alguno que demuestre que el Ente Territorial brindó apoyo a las EPSSUBSIDIADAS, para la entrega de la carta de desempeño.

Artículo 18 Numeral 3 del Acuerdo 415 de 2009, Resolución 1817 de 2009 Artículos 2, 3, 6 y 9.

3.1.2.8 Se evidencia que el Ente Territorial no realizó seguimiento a las EPS SUBSIDIADAS para que cumplieran con la entrega de la carta de deberes y derechos.

Artículo 21 del Acuerdo 415 de 2009 y Resolución 1817 de 2009 Artículos 4, 5, 6 y 9.

3.1.2.10 Se evidencia que el Municipio NO realiza Vigilancia y Control del

Aseguramiento, teniendo en cuenta que no existe reporte alguno a las

autoridades competentes del incumplimiento reiterado de las EPS

SUBSIDIADAS en el pago oportuno a la Red Pública Municipal y

Departamental en los plazos fijados en la norma.

Artículo 56 de la Ley

1438 de 2011, Artículo

43, Numeral 43.4.1 de

la Ley 715 de 2001,

Artículo 13 Literal d de

la Ley 1122 de 2007.

3.1.2.11 Se evidencia que el Ente Territorial, según los comprobantes y órdenes de pago aportados durante la visita de Auditoría, realizó los giros a favor de las EPSS CAPRECOM, COMFACOR, DUSAKAWI, MUTUAL SER y SALUDVIDA de los saldos de liquidación de los contratos del Régimen Subsidiado, vigencia 01 de Junio de 2010 a 31 de Marzo de 2011, en forma extemporánea; igualmente ocurrió con el saldo a favor del Municipio por parte de la EPSS COMPARTA.

Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

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3.1.2.11 No se han girado los recursos de los saldos a favor del Municipio de las Actas de Liquidación de los Contratos suscritos con las EPSS CAJACOPI, COOSALUD y SOLSALUD.

Artículo 31 Parágrafo Transitorio 2 de la Ley 1438 de 2011.

COMPONENTE POBLACIONES ESPECIALES

Ítem Hallazgo Norma violada

3.1.5.1 La Secretaría de Salud para los años 2011 y 2013, no cuenta con documento o actas de reunión con las entidades que manejan poblaciones especiales, que evidencie el cumplimiento respecto a la remisión periódica y permanente de los listados censales.

Artículo 7 Parágrafo 3 del Acuerdo 415 de 2009 del CNSSS.

3.1.5.2

3.1.5.3 3.1.5.3 3.1.5.3 3.1.5.3 3.1.5.3 3.1.5.

En los archivos de la Alcaldía Municipal para el año 2011, no reposan copias vigentes de los contratos que suscribieron las EPS SUBSIDIADAS con la red prestadora de servicios de Salud Pública y Privada en todos los niveles de complejidad. Para el año 2012, se evidencia red prestadora incompleta de las EPSS COMPARTA, DUSAKAWI, COMFACOR, MUTUAL SER Y HUMANA VIVIR. Para el año 2013 relacionan red prestadora incompleta de las EPSS MUTUAL SER, DUSAKAWI Y CAJACOPI.

Artículo 5, 6, 7 y 8 del Decreto 4747 de 2007, Ley 715 de 2001 Artículo 43 Numeral 43.4.1 Artículo 29 de la Ley 1438 de 2011, Artículo 22 de la Ley 1122 de 2007, Circular 006 de 2011 de la Superintendencia Nacional de Salud.

Se elabora el POA del Eje Promoción Social 2011 y 2013 pero no se ejecuta ,no hay liderazgo frente a la ejecución de las acciones a esta población en estado de vulnerabilidad

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No se evidencia POA de Promoción Social en La vigencia 2012 tampoco se evidencia la ejecución

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No hay caracterización de la población con enfoque diferencial en las vigencias auditadas

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No hay lineamientos para el modelo de atención a esta población con enfoque diferencial Incumplimiento a la

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley

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3 3.1.5.3

1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No se refleja la transversalidad de las acciones de salud pública en el enfoque diferencial Incumplimiento a la

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No hay indicadores de eficacia eficiencia y efectividad en este componente Incumplimiento a la

circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039

No se reflejan metas ni indicadores de gestión Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social,

ley 1122 se 2007al decreto 3518,de 2006,resolución 3039 y resolución 3039,No se evidencian informes trimestrales de ejecución del POA de promoción social

COMPONENTE SISTEMA OBLIGATORIO DE GARANTIA DE CALIDAD

ITEM HALLAZGO NORMA VIOLADA

3.1.3.1 No se evidencia organigrama de la Secretaría Distrital de Santa Marta por lo tanto se encuentra incumpliendo por lo tanto se está incumpliendo con Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

3.1.3.1 No se evidencian soportes de búsqueda activa para las vigencias 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Decreto 1011 de 2006 Inciso 3 Art 16

Decreto 1011 de 2006 Inciso 3 Art 16

3.1.3.2 No se evidencian reportes de la circular única de los años 2011 y 2012 circular única de la Superintendencia Nacional de Salud 049, 050, 051, 052 del 2008, 057 y 058 del 2009, 059, 060, 061 y 062 del 2010

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3.1.3.2 No se evidencia validación de la circular única por parte de la Secretaría de Salud del Distrito del año 2012.

circular única de la Superintendencia Nacional de Salud 049, 050, 051, 052 del 2008, 057 y 058 del 2009, 059, 060, 061 y 062 del 2010

3.1.3.2 No se evidencian reportes de indicadores de alerta temprana de las vigencias 2011, 2012 y 2013

Circular 056 del 2009, numeral 4 y 5.

3.1.3.2 No se evidencia reporte de eventos adversos de los años 2011 y 2012 por lo tanto se está incumpliendo con resolución 1446 del 2006

Resolución 1446 del 2006, Página 18-30.

3.1.3.2 No se evidencia reporte de indicadores de gestión interna de destinación y capacitación de residuos 2011 y 2012 por lo tanto se está incumpliendo con la resolución 1164 del 2002.

Resolución 1164 del 2002, numeral 4, 5 y 6.

3.1.3.2 No se evidencian procesos de auditoria externa de la calidad de la atención realizados a los prestadores de servicios de salud como parte del seguimiento al PAMEC.

Decreto 1011 de 2006 Art 32, Art 35 Numeral 3, Art 36 Numerales 1 y 2, Art 39 y Art 40. Pautas y guías de Auditoría del MPS 2007 Sistemas de Autoevaluación normalizado

3.1.3.4 No Cuentan con estrategias publicitarias para divulgarle y socializarle a la Población pobre no asegurada la red prestadora de las vigencias 2011, 2012 y 2013

Ley 715 de 2001 Artículo 44,Ley 1122 de 2007 Art 20, Decreto 4747 de 2007, artículo 7-11

3.1.3.4 No se evidencia procedimiento documento para la emisión de autorizaciones No pos para las vigencias 2011, 2012 y 2013 .

Decreto 4747 de 2007, artículo 7-11, Resolución 3047 de 2008 numeral 4-10.

COMPONENTE SALUD PÚBLICA

ITEM HALLAZGO NORMA VIOLADA

3.1.4.1 No se evidencia organigrama de la Secretaría Distrital de Salud de Santa Marta

Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

3.1.4.1 -La estructura del organigrama de la Secretaria Distrital de Salud aportado no corresponde a lo contemplado en el manual de funciones y competencias.

Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001, Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

3.1.4.1 -la ausencia de un Organigrama evidencia una departamentalización inadecuada del área de salud pública, de igual manera fallas en la unidad de mando y por supuesto La recarga laboral para la líder de salud pública

Decreto 4973 de 2009, art 5 a6 y 7, numerales 5.3, 6.3, 7.3 para municipios certificados Ley 715 de 2001,

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Resolución 425 de 2008, Artículo 19.

3.1.4.1 -En la Dirección de Salud Pública, No se evidencia contratación primer trimestre 2013

Circular 0005 del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

3.1.4.1 -Tardanza en la contratación y por consiguiente en la ejecución de las acciones de salud pública para las vigencias las vigencias 2011 y 2012 se quedan trimestres sin ejecución Incumplimiento a la circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

Circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

3.1.4.1 Cortos los periodos de contratación. Circular 0005del 26 de enero de 2012 del ministerio de salud y protección social, ley 1122 de 2007, el decreto 3518, de 2006, resolución 3039 y resolución 425 de 2008.

3.1.4.1 -Se dejan Recursos de Sistema General de Participación, sin ejecutar incumpliendo lo estipulado en la ley 715 de 2001, artículo 44

ley 715 de 2001, artículo 44

3.1.4.1 Rotación continua de talento humano dificulta la sostenibilidad de los proceso

circular 0005del 26 de enero de 2012 del

ministerio de salud y protección social, ley

1122 se 2007al decreto 3518,de

2006,resolución 3039 y resolución 3039

3.1.4.1 -No hay pólizas de cumplimiento y de calidad en la ejecución de los contratos de talento humano

Ley 715, artículo 44.

3.1.4.1 No hay gestión documental lo que conlleva a que la documentación requerida no se presente durante la visita incumpliendo La Ley 594 de 2000

La Ley 594 de 2000, artículo 7-8 y 18-20

3.1.4.2.1

No se evidencian cronogramas de Asesoría Técnica que evidencie la implementación del Plan de Salid territorial y el plan de intervenciones colectivas para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo

Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

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3.1.4.2.1

No se evidencian asistencias técnicas de los años 2011 1 y 2013. Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

3.1.4.2.1.2.

No se evidencian actas de participación en consejo territorial de Salud 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política

N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34.

3.1.4.2.1.2.

No se evidencian protocolos del INS 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 3518 de 2006 implementación del SIVIGILA.

Decreto 3518 de 2006 implementación del SIVIGILA.

3.1.4.2.1.2.

No se evidencian actas de COVECOM 2011 Y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo Decreto 3518 del 2006 implementación del SIVIGILA.

Decreto 3518 de 2006 implementación del SIVIGILA, artículo 6-10

3.1.4.2.1.2.

No se evidencian actas de articulación con la red de vigilancia en Salud Pública 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo el Decreto 3518 del 2006 implementación del SIVIGILA.

Decreto 3518 de 2006 implementación del SIVIGILA, artículo 6-10

3.1.4.2.1.3.1

El Distrito no cuenta con política de Salud ambiental para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto

se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

3.1.4.2.1.3.1

El Municipio no cuenta con informe de calidad de alimentos de las vigencias del año 2011

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008.

3.1.4.2.1.3.1

El Municipio no cuenta con actas, convenios, contratos intersectoriales para proyectos de intervención integrada del Riesgo del ambiente 2011, 2012 y 2013

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 8-10.

3.1.4.2.1.3.1

No se evidencia listado de I.P.S que manejan eventos centinelas para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 8-10

3.1.4.2.1.3.2.

No se evidencian actas de participación en consejo territorial en zoonosis de las vigencias 2011, 2012

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 8-10

3.1.4.2.1.3.2.

Se evidencia que las coberturas de vacunación de caninos y felinos para la vigencia 2012 no cumple con la meta del 90%, se encuentra en el 47%, por lo tanto se encuentra incumpliendo Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 8-10

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3.1.4.2.1.3.2.

No se evidencian informes de ejecución de POA de Salud ambiental para las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentra incumpliendo

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008,a artículo 8-10

3.1.4.2.1.3.3

Los Contratos para la ejecución del Pic no cuentan con continuidad ni con ejecución del 100% para las vigencias 2011, 2012 y 2013, en el año 2012 se e videncia contrato por un mes nada más por lo tanto se encuentran incumpliendo

Ley 715 2001 artículo 43.3 Decreto 3039 de 2007, línea de política N° 5 objetivo 10 decreto 1011 de 2006, artículos 5, 32, 33 y 34

3.1.4.2.1.3.3

El Distrito no cumple con la meta de vacunación del 95% para las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentra incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la protección social

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

No se evidencian contratos de PAI extramural 2013 debido que no hubo contratación para la vigencia auditada por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

Se Evidencian contratos de PAI extramural 2011,Ejecución del 2011, con fecha de inicio 02 de Junio del 2011, fecha de terminación 29 de Diciembre del 2011, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2011, por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

Se evidencian contratos PAI extramural 2012, ejecuciones 2012, pero con fecha de inicio 05 de septiembre del 2012, fecha de terminación 31 de Diciembre del 2012, por lo tanto no se observa continuidad para la vacunación extramural en el Distrito de santa Marta para la Vigencia 2012, por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

Para el año 2013 no se evidencia acciones de PAI extramural debido a que no hubo contratación ene l primer trimestre del 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social del 2006.

3.1.4.2.1.3.3

No se evidencian búsquedas activas comunitarias (BAC) de los años 2011 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

No se evidencian informes de red la red de frio, ni mantenimientos preventivos a la red de frio de las vigencias 2011, 2012 y 2013 por lo tanto se encuentran incumpliendo con los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del Ministerio de la Protección social del 2006

3.1.4.2.1.3.3

No se evidencian planes de mejoramiento de vacunación de las IPS y EAPB de las vigencias 2011, 2012 y 2013, por lo tanto se encuentran incumpliendo los lineamientos PAI del Ministerio de la Protección Social.

Lineamientos PAI del ministerio de la Protección Social del 2006

3.1.4.2.1.3.4

El Municipio no cuenta con Política de Salud Infantil, infancia y adolescencia para las vigencias 2011, 2012 y 2013.

ley 1450 del 2011,artículos 3-11 lineamientos técnicos de salud en la Primera Infancia del Ministerio de la Protección Social

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3.1.4.2.1.3.5.

Para el primer trimestre del 2013 no se observa contratación de las actividades de Salud Sexual y reproductiva por lo tanto se encuentra incumpliendo

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-6

3.1.4.2.1.3.5.

3.1.4.2.1.3.5. 3.1.4.2.1.3.6 3.1.43.10

No se evidencian informes de ejecución de actividades realizadas del POA de salud sexual y reproductiva de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-6

No se evidencia referente del Contrato de salud sexual y reproductiva en la actualidad

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-6

No se evidencia ejecución del POA de Salud Mental para el primer trimestre del 2013

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-6-

Para la vigencia 2013 no hubo contratación por lo tanto se quedaron sin ejecutar 314.287.137.( Trescientos catorce millones doscientos ochenta y siete mil ciento treinta y siete pesos), ),

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008. Artículo 3-6

No se evidencia ejecución del POA de Salud Oral para las vigencias 2012 y 2013

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-6

Para el primer trimestre del año 2013 no hubo ejecución del POA de enfermedades crónicas no transmibles debido a que no hubo contratación con el Hospital Prospero Reverand por lo que se encuentra incumpliendo

Ley 715 de 2011 Art 44, Decreto 3039 de 2007, Resolución 425 de 2008, artículo 3-7

Los POA de Emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013 no cuentan con ejecución por lo tanto se encuentran incumpliendo la Resolución 425 del 2008.

Resolución 425 del 2008, artículo 3-7

No se evidencian informes de gestión de los POA de emergencias y desastres de las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Resolución 425 del 2008, articulo 3-7

COMPONENTE ATENCION AL USUARIO

ITTEM HALLAZGO NORMA VIOLADA

3.1.6.1 La oficina del SAC de la Secretaria Distrital de Salud, adjunta un manual de procesos y procedimientos sin fecha de expedición y sin datos de la autoridad distrital que lo aprueba, no se evidencia actas de conformación de ninguna instancia de participación social, la documentación que adjunta la secretaria distrital de salud no permite evaluar las competencias frente al cumplimiento artículo 4 del decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas de conformación o de reactivación de las diferentes instancias de participación social, no se evidencia soportes de los actos administrativos para dichos procesos. Incumplimiento a lo que reza en artículo 4 del decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 La responsable de la oficina de atención al usuario adjunta actas de reunión Decreto 1757 de 1994,

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para la elaboración ejecución y evaluación del plan de asistencia técnica a los actores sociales del SGSSS pero no se evidencia soportes de las capacitaciones, asesorías y acompañamientos a estas instancias de participación social Incumplimiento a lo que reza en artículo 4 del decreto 1757de 1994

articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia periodicidad en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012 Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencian actas que contengan los datos de los actores sociales presentes en la apertura de buzones para las vigencias 2011 y 2012 Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia soporte de otros canales utilizados para la recepción de PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia mecanismo de capacidad y tiempo de respuesta efectiva a las PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia los canales utilizados para la respuesta de las PQRS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia soportes de la Evaluación de la satisfacción de los Usuarios frente a la prestación de los Servicios de Salud en las IPS Y EPS en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencian soportes de la Gestión en las IPS y EPS para generar acciones correctivas que conduzcan a mejorar la calidad de los Servicios de Salud en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia el diagnóstico de fallas, omisiones, falta de oportunidad o mala calidad en los servicios de salud en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No existe comité de participación comunitario, COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia acto administrativo de conformación del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia reglamento interno del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas de reuniones que informen la periodicidad en las reuniones del COPACO en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas de asistencia de integrantes del COPACO frente a los comités de ética hospitalaria en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

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3.1.6.1 No se evidencia Acta de constitución de veedurías registrada en personería O Cámara de Comercio en todas las vigencias auditadas Incumplimiento a lo que reza en el decreto 1757de 1994

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas de conformación o activación del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas de asistencia de los integrantes del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia acta con recomendaciones del consejo territorial de seguridad social en salud CTSSS para la formulación de los POAS anuales 2012 y 2013 Incumplimiento a lo que reza en el acuerdo 25 de 1996 del consejo nacional de seguridad social en Salud

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

3.1.6.1 No se evidencia actas o informes de la asistencia de las instancias de participación social en las audiencias públicas para las rendiciones de cuentas semestrales en todas las vigencias auditadas decreto 3039 y resolución 425 de 2008

Decreto 1757 de 1994, articulo 3-8

COMPONENTE TECNOLOGIA

ITEM HALLAZGOS NORMATIVIDAD

3.1.7.1.

La evaluación del Manual de Políticas Informáticas y el proceso de

Backup NO se cumple el Manual de procesos y procedimientos de

Backup en el municipio, las copias se realizan en MEDIOS NO IDONEOS,

en periodos que no están claramente estipulados ni con contenidos

mínimos claros incluidos en un procedimiento estándar para las vigencias

2011JUL a 2013JUN. Las copias de seguridad de salud corren un alto

riesgo de pérdida o deterioro por manipulación, virus, etc. ya que el área

de sistemas NO INCORPORA BAJO SU INFRAESTRUCTURA de TIC la

custodia de esta información.

Consecuentemente el municipio esta Incumplimiento las normas básicas de conservación de información digital así como la no observancia del decreto 2693 Art.6 MinTIC 2012, y de decreto 2609 Art.3 y Art.5 Presidencia Republica 2012.

La Evaluación al Plan de contingencia y continuidad para el 2012 -

2013 El Plan de contingencia y continuidad para las vigencias 2011JUL a

2013JUN en la SSPM NO fue evidenciado, consecuentemente, NO

existen acciones tendientes a mitigar los potenciales riesgos de desastre y

de interrupción de servicios de TIC de la administración de salud en el

municipio, No existe un mecanismo mediante el cual se asegure que UNA

COPIA de las memorias digitales (copias realizadas históricas) de la

alcaldía reposen fuera de la entidad para evitar su perdida en caso de

desastre, el Plan no tiene un acto administrativo que lo soporte y ponga en

operación, del plan presentado no se evidenciaron acciones para

Consecuentemente el

municipio esta

Incumplimiento las

normas básicas de

conservación de

información digital así

como la no

observancia del

decreto 2693 Art.6

MinTIC 2012

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socializarlo..

3.1.7.2.

El Sistema Para Peticiones Quejas y Reclamos Existe el uso de Excel

como herramienta de tecnología para el registro de información para el

manejo de quejas y reclamos donde se almacenan los datos relacionados

con la queja, NO SE EVIDENCIO un sistema de información o en su

defecto el uso de herramienta informática (Excel) en la cual se realice el

seguimiento de tiempos, evolución de la queja, registro de las diferentes

áreas involucradas en la respuesta y el uso de estadística propia

requerida para tal fin en salud, considerándose una NO CONFORMIDAD

en estos aspectos para las vigencias 2011JUN a 2013JUL.

Consecuentemente

existe Incumplimiento

de la ley 1437 Art.53

y Art.59 Congreso

Republica 2011.

El Sistema de Información para el manejo de aseguramiento en salud

El municipio NO evidencia la existencia de un reservorio apropiado para

los archivos almacenados en el pc de Aseguramiento en salud, que

sumado a la ausencia de procesos y procedimientos estandarizados para

el manejo de la información histórica de bases de datos se presenta una

NO CONFORMIDAD en el manejo de la información y un potencial riesgo

de pérdida o deterioro por manipulación para las vigencias 2011JUN a

2013JUL,

Consecuentemente

existe Incumplimiento

de la ley 1437 Art.59

Congreso Republica

2011

3.1.7.3.1.

En la Evaluación a la Calidad de Datoexiste el hallazgo de una no

conformidad de Estructura de datos BDUA en un total de 80.903 ítems

para la vigencia Dic2011, 62.885 ítems para la vigencia Dic2012 y 58.381

ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son detallados en tablas

anexas.

Incumplimiento de la

Resolución 2321 de

2011 del MPS y

posterior Resolución

1344 de 2012 del

MPS Articulo 5

Parágrafo 2 - No

conformidad de

Estructura de datos

BDUA.

En la Evaluación de Duplicidades en la BDUA existe el hallazgo de un

total de 5141 ítems para la vigencia Dic2011, 5.017 ítems para la vigencia

Dic2012 y 4.274 ítems para la vigencia Jun2013, estos ítems son

detallados en tablas anexas.

Incumplimiento de la

Resolución 2321 de

2011 del MPS y

posterior Resolución

1344 de 2012 del

MPS Articulo 5

Parágrafo 2 - No

conformidad de

Estructura de datos

BDUA.

En la Evaluación de Multiafiliados Reg. Sub. Vrs Reg. Cont. Existe el

hallazgo de un total de 10.854 ítems para la vigencia Dic2011 y 8.235

ítems para la vigencia Dic2012, estos ítems son detallados en tablas

anexas.

Incumplimiento de la

Resolución 2321 de

2011 del MPS y

posterior Resolución

1344 de 2012 del

MPS Articulo 5

Parágrafo 2 - No

conformidad de

Estructura de datos

BDUA.

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3.1.7.4.

El municipio no evidencio el cargue de la información de “Entrega de

novedades de actualización y/o corrección de información” para los

periodos 2011.08, 2012.06.

Incumplimiento de la

Resolución 1344 de

2012 del MPS

Articulo 4

Firma del Grupo visitador DIONNE IVONNE FAJARDO RETIZ LUIS ENRIQUE JARAMILLO SOLARTE Coordinadora Auditor. JORGE MARIO MOYA HERRERA MARIA ALEJANDRA GOMEZ YATE Auditor Auditor SANDRA MORENO Auditor