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ÍNDICE.

Introducción. ...................................................................................................................................... 3

1. Objetivos generales de la orientación y la acción tutorial. ..................................................... 4

2. Funciones y responsabilidades: el Departamento de Orientación y el profesorado tutor. . 5

2.1. Composición y funciones del departamento de orientación. ........................................ 5

2.2. Los profesores tutores: funciones. ......................................................................................... 7

3. Organización y programación de la acción tutorial. .............................................................. 9

3.1. Finalidades. ............................................................................................................................. 9

3.2. Designación de los tutores..................................................................................................... 9

3.3. Aspectos organizativos y horarios. ........................................................................................ 9

3.4. Programación de la tutoría lectiva. ..................................................................................... 10

3.5. Procedimientos para la recogida y organización de los datos académicos y personales

del alumnado. .............................................................................................................................. 13

4. El plan de orientación académica y profesional. ................................................................... 15

4.1. Finalidades. ........................................................................................................................... 15

4.2. Programas y contenidos básicos. ........................................................................................ 15

4.2.1 Programa de orientación académica y profesional para el alumnado de tercero

de educación secundaria obligatoria. .................................................................................... 15

4.2.2 Programa de orientación académica y profesional para el alumnado de cuarto de educación secundaria obligatoria y segundo de los programas de cualificación

profesional inicial. .................................................................................................................... 15

4.2.3 Programa de orientación académica y profesional en Bachillerato y ciclos

formativos de grado superior de formación profesional. ..................................................... 16

4.2.4 Programa de orientación académica y profesional para el primer curso de los Programas de cualificación profesional inicial y los ciclos formativos de grado medio de

formación profesional. ............................................................................................................. 17

4.3. Actuaciones e instrumentos a utilizar. ................................................................................ 17

5. Contribución de la orientación y la acción tutorial al plan de atención a la diversidad. ... 18

5.1. Objetivos del departamento de orientación en relación con la atención a la diversidad.

....................................................................................................................................................... 18

5.2. Actuaciones del departamento de orientación en relación con la atención a la

diversidad. .................................................................................................................................... 18

a. Actuaciones del orientador u orientadora. ........................................................................ 18

b. Actuaciones del profesorado de educación especial........................................................ 19

c. Actuaciones de otros profesionales del departamento. ................................................... 20

6. Coordinación y transición entre etapas educativas. ............................................................. 21

6.1 Objetivos, actividades, temporalización y responsables ..................................................... 21

6.2 Metodología ........................................................................................................................... 23

3.6 Evaluación y seguimiento ..................................................................................................... 23

7. Colaboración y comunicación con las familias. ..................................................................... 24

7.1. Entrevistas personales con padres y madres de alumnos. ................................................ 24

7.2. Reuniones colectivas con las familias. ................................................................................. 25

7.3. Comunicación de los resultados del proceso de aprendizaje del alumnado................... 25

7.4. Compromisos pedagógicos y de convivencia. ................................................................... 26

7.5. Participación de las familias en la vida del centro. Representación y asociación. ........... 26

7.6. Derechos y deberes de las familias. ..................................................................................... 26

8. Coordinación y asesoramiento, en el ámbito de la orientación y la acción tutorial. .......... 28

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8.1. Reuniones de tutores............................................................................................................ 28

8.2. Los equipos docentes. .......................................................................................................... 29

8.3. Reuniones del departamento de orientación. .................................................................... 29

8.4. Departamento de formación, evaluación e innovación educativa. ................................. 30

8.5. Equipo técnico de coordinación pedagógica. ................................................................... 31

9. Organización de los recursos personales y materiales. ........................................................ 33

10. Seguimiento y evaluación de los programas y actuaciones. ............................................ 35

10.1. Estrategias de seguimiento. ............................................................................................... 35

a) Reuniones de lo órganos de coordinación docente citados en el apartado 8 de este

documento. .............................................................................................................................. 35

b) Sesiones de evaluación, evaluación de diagnóstico y análisis de los resultados

escolares. .................................................................................................................................. 35

c) Otras técnicas de obtención de información, seguimiento y evaluación. ...................... 35

10.2. Evaluación final. .................................................................................................................. 36

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Introducción.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 1, relativo a los principios de la educación, contempla la orientación educativa y profesional de los estudiantes como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores. Por otro lado, en el artículo 91.d) establece entre las funciones del profesorado, la orientación educativa, académica y profesional del alumnado, en colaboración, en su caso, con los servicios o departamentos especializados. En su Disposición final Primera, entre los derechos que tienen los padres, está el de ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos e hijas, e igualmente se establece que el alumnado tiene, entre otros derechos básicos, el de recibir orientación educativa y profesional. La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece que ha de potenciarse la orientación educativa como medio para el desarrollo personal y como garantía de una respuesta educativa ajustada a las necesidades del alumnado. La orientación educativa y profesional constituye un importante factor de calidad del sistema educativo, favoreciendo el desarrollo académico y personal del alumnado, contribuyendo a una educación integral, y promoviendo la innovación educativa y la mejora escolar. Consciente de esta importancia, el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, establece en su artículo 23.3, letra h, que todos los I.E.S. deberán elaborar un plan de orientación y acción tutorial que forme parte de su Proyecto Educativo, como documento de planificación a medio y largo plazo que a su vez formará parte del Plan de Centro. Entendemos el plan de orientación y acción tutorial como el instrumento pedagógico-didáctico que articula, a medio y largo plazo, el conjunto de actuaciones de los equipos docentes y del centro educativo en su conjunto, relacionados con la orientación y la acción tutorial. Se trata por tanto de clarificar, entre otros aspectos, los objetivos, responsables, mecanismos de coordinación, programas básicos y recursos que permitirán implementar la orientación y la acción tutorial en nuestro centro, optimizando y sistematizando su desarrollo. A este fin se dirige el presente documento.

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1. Objetivos generales de la orientación y la acción tutorial.

a) Reforzar la coordinación de los equipos docentes y del profesorado que ejerce la tutoría, permitiendo la toma de decisiones coordinada en lo relativo al desarrollo de los procesos de enseñanza y evaluación, en el marco de lo a tales efectos establecido en el Proyecto Educativo y de acuerdo con los restantes órganos de coordinación docente. b) Contribuir a mejorar la convivencia en el centro, facilitando la adaptación escolar y la participación del alumnado en la vida del instituto. c) Potenciar la comunicación con las familias del alumnado, ofreciéndoles información detallada y orientaciones sobre el proceso educativo de sus hijos, y solicitando su colaboración en el mismo. d) Facilitar el conocimiento de las aptitudes, intereses y circunstancias personales del alumnado, con objeto de orientarles más eficazmente en su proceso de aprendizaje. e) Atender a la diversidad del alumnado del centro, contribuyendo y orientando, en el marco de lo establecido en el plan de atención a la diversidad, a la puesta en marcha de medidas organizativas, metodológicas y curriculares facilitadoras de una oferta educativa abierta y flexible que responda a necesidades educativas diferenciadas. f) Contribuir a la identificación y detección temprana de las dificultades de aprendizaje, así como a la puesta en marcha de medidas educativas que permitan solventarlas o paliarlas. g) Optimizar la atención educativa proporcionada al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, potenciando su inclusión educativa y su adaptación escolar. h) Informar y orientar al alumnado sobre las opciones existentes al finalizar las diferentes etapas educativas, dotándoles de las estrategias necesarias para una toma de decisiones realista e informada en relación con su itinerario académico y profesional. i) Favorecer el autoconocimiento del alumnado en relación con sus capacidades, intereses o actitudes, de forma que se facilite su toma de decisiones vocacionales y su proceso de desarrollo personal. j) Potenciar el conocimiento del mundo laboral, facilitando los procesos de inserción laboral y transición a la vida activa, así como la elección de itinerarios educativos adecuados a las distintas ocupaciones y campos profesionales. k) Coordinar actuaciones con instituciones y servicios externos, con objeto de mejorar el proceso de desarrollo psicosocial y educativo del alumnado del centro, así como la apertura del mismo a la comunidad: Equipo de Orientación Educativa, Colegio de Educación Primaria, Salud, Servicios Sociales, Empleo, ONGs, etc.

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2. Funciones y responsabilidades: el Departamento de Orientación y el

profesorado tutor.

El conjunto del profesorado del centro, deberá contribuir al logro de los objetivos generales contemplados en el apartado anterior de este documento. No obstante, existen dos órganos de coordinación docente que deben asumir una responsabilidad y protagonismo fundamental, en el desarrollo de actuaciones y programas tendentes al logro de dichos fines. A continuación pasamos a describir las funciones y responsabilidades fundamentales de dichos órganos, en relación con la orientación y acción tutorial en nuestro centro.

2.1. Composición y funciones del departamento de orientación.

El departamento de orientación será el órgano de coordinación docente encargado de impulsar, promover y coordinar las actividades y programas de orientación y tutoría del centro. Asimismo colaborará y asesorará sobre la planificación y evaluación de la oferta curricular adaptada o diversificada y, en general, sobre las distintas medidas de atención a la diversidad reguladas por la legislación educativa vigente. De acuerdo con la normativa de aplicación, este departamento estará compuesto por: E12.1

a) El profesorado perteneciente a la especialidad de orientación educativa. b) Los maestros y maestras especialistas en educación especial y, en su caso, de audición y lenguaje. c) El profesorado responsable de impartir los módulos de formación general de los Programas de Cualificación Profesional Inicial. d) En su caso, los educadores sociales y otros profesionales no docentes con competencias en la materia con que cuente el centro. No pertenecerán al departamento de orientación, pero mantendrán una estrecha coordinación con dicho órgano de coordinación docente, los siguientes profesores: a) El profesorado responsable de los programas de atención a la diversidad, especialmente los encargados de impartir los módulos específicos y voluntarios de los programas de cualificación profesional inicial, los ámbitos formativos de los programas de diversificación curricular y, en su caso, el profesorado responsable de los programas de apoyo y refuerzo educativo en horario extraescolar. b) Los profesores tutores, especialmente los titulares de las tutorías de educación secundaria obligatoria y los programas de cualificación profesional inicial.

El departamento de orientación realizará las siguientes funciones:

a) Colaborar y asesorar a los departamentos de coordinación didáctica y al profesorado en general, bajo la coordinación de la jefatura de estudios, en el desarrollo de las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado y en la prevención y detección temprana de problemas de aprendizaje. b) Colaborar con el equipo directivo en la elaboración del plan de orientación y acción tutorial y en la del plan de convivencia para su inclusión en el proyecto educativo y contribuir al desarrollo y a la aplicación de los mismos,

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planificando y proponiendo actuaciones dirigidas a hacer efectiva la prevención de la violencia, la mejora de la convivencia escolar, la mediación y la resolución pacífica de los conflictos. c) Elaborar la programación didáctica de los programas de diversificación curricular, en sus aspectos generales, y coordinar la elaboración de la programación de los ámbitos, en cuya concreción deberán participar los departamentos de coordinación didáctica de las materias que los integran. d) Elaborar la programación didáctica de los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial. La programación didáctica de los módulos específicos corresponderá a los departamentos de las familias profesionales correspondientes. e) Asesorar al alumnado sobre las opciones que le ofrece el sistema educativo, con la finalidad de inculcarle la importancia de proseguir estudios para su proyección personal y profesional. Cuando optara por finalizar sus estudios, se garantizará la orientación profesional sobre el tránsito al mundo laboral. De forma más específica, el orientador u orientadora del centro, perteneciente a la especialidad de orientación educativa, asumirá las siguientes funciones:

a) Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente. b) Asistir a aquellas sesiones de evaluación que se establezcan de acuerdo con el equipo directivo del instituto. c) Asesorar al profesorado en el desarrollo del currículo sobre el ajuste del proceso de enseñanza y aprendizaje a las necesidades del alumnado. d) Asesorar a la comunidad educativa en la aplicación de medidas relacionadas con la mediación, resolución y regulación de conflictos en el ámbito escolar. e) Asesorar al equipo directivo y al profesorado en la aplicación de las diferentes actuaciones y medidas de atención a la diversidad, especialmente las orientadas al alumnado que presente necesidades específicas de apoyo educativo. f) Colaborar en el desarrollo del plan de orientación y acción tutorial, asesorando en sus funciones al profesorado que tenga asignadas las tutorías, facilitándoles los recursos didácticos o educativos necesarios e interviniendo directamente con el alumnado, ya sea en grupos o de forma individual. g) Asesorar a las familias o a los representantes legales del alumnado en los aspectos que afecten a la orientación psicopedagógica del mismo. h) En su caso, impartir docencia de aquellas materias para las que tenga competencia docente, de acuerdo con los criterios fijados en el proyecto educativo y sin perjuicio de la preferencia del profesorado titular de las mismas. La jefatura del departamento de orientación recaerá sobre la persona designada por la Dirección del centro, en los términos establecidos en la normativa vigente. No obstante, dada la naturaleza de las funciones asignadas al departamento y la formación necesaria para desarrollar dichas funciones y coordinar su puesta en práctica, dicho nombramiento recaerá preferentemente sobre profesorado perteneciente a la especialidad de

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orientación educativa con destino definitivo en el centro. El jefe o jefa del departamento de orientación asumirá las labores de dirección, coordinación y representación del departamento en los términos establecidos en el artículo 94 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. Dicho profesional se integrará en el equipo técnico de coordinación pedagógica y en el departamento de formación, evaluación e innovación educativa según lo dispuesto por la normativa antes citada.

2.2. Los profesores tutores: funciones.

Cada grupo de alumnos tendrá un profesor tutor a su cargo. Los tutores trabajarán de forma coordinada con el departamento de orientación y con sus respectivos equipos docentes, orientado su trabajo al logro de los objetivos del plan de orientación y acción tutorial establecidos en el apartado 1 de este documento. Para ello participarán en el desarrollo de los programas y actuaciones de orientación y acción tutorial contenidos en este documento. De forma más específica, las funciones de los profesores tutores del centro serán:

a) Desarrollar las actividades previstas en el plan de orientación y acción tutorial. b) Conocer las aptitudes e intereses de cada alumno o alumna, con objeto de orientarle en su proceso de aprendizaje y toma de decisiones personales, académicas y profesionales. c) Coordinar la intervención educativa del profesorado que compone el equipo docente del grupo de alumnos y alumnas a su cargo. d) Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas propuestas y elaboradas por el equipo docente. e) Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza y aprendizaje que se propongan al alumnado a su cargo. f) Organizar y presidir las reuniones del equipo docente y las sesiones de evaluación de su grupo de alumnos y alumnas. g) Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado y adoptar, junto con el equipo docente, las decisiones que procedan acerca de la evaluación, promoción y titulación del alumnado, de conformidad con la normativa que resulte de aplicación. h) Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo. i) Recoger la opinión del alumnado a su cargo sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje desarrollado en las distintas materias, ámbitos o módulos que conforman el currículo. j) Informar al alumnado sobre el desarrollo de su aprendizaje, así como a sus familias o representantes legales. k) Facilitar la comunicación y la cooperación educativa entre el profesorado del equipo docente y las familias o representantes legales del alumnado. Dicha cooperación incluirá la atención a la tutoría electrónica a través de la cual los padres, madres o representantes legales del alumnado menor de edad podrán intercambiar información relativa a la evolución escolar de sus hijos e hijas con el profesorado que tenga asignada la tutoría de los mismos.

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l) Mantener una relación permanente con los padres, madres o representantes legales del alumnado, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en la normativa vigente. m) Facilitar la integración del alumnado en el grupo y fomentar su participación en las actividades del instituto. n) Colaborar, en la forma que se determine en el reglamento de organización y funcionamiento, en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto. Los aspectos organizativos para el ejercicio de la tutoría, son los contemplados en el apartado 3 de este documento, relativo a la organización de la acción tutorial.

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3. Organización y programación de la acción tutorial.

3.1. Finalidades.

Entendemos por acción tutorial el conjunto de intervenciones y actuaciones con el alumnado, las familias y los equipos docentes, tendentes a conseguir las siguientes finalidades:

a) Favorecer el desarrollo personal, la integración y la participación del alumnado en la vida del centro. b) Realizar un seguimiento personalizado del proceso educativo del alumnado, haciendo especial énfasis en

la prevención de las dificultades de aprendizaje y el fracaso escolar.

c) Facilitar las toma de decisiones del alumnado y sus familias en relación con su futuro académico y profesional.

d) Favorecer y mejorar la convivencia entre el alumnado, mediando y potenciando la resolución adecuada

de los conflictos y la prevención de problemas disciplinarios. El desarrollo de la acción tutorial será una responsabilidad compartida entre los profesores tutores y el departamento de orientación, en coordinación constante con los equipos docentes.

3.2. Designación de los tutores.

Cada unidad o grupo de alumnos tendrá un tutor que será nombrado por la dirección del centro, a propuesta de la jefatura de estudios, de entre el profesorado que imparta docencia en el mismo.

En el caso del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo escolarizado en un grupo ordinario, la tutoría será ejercida de manera compartida entre el profesor o profesora que ejerza la tutoría del grupo donde esté integrado y el profesorado de educación especial que lo atiende en períodos variables. En todo caso, la atención a las familias de este alumnado se realizará conjuntamente, lo que será previsto en el horario individual de este profesorado. El tutor ordinario se responsabilizará de los aspectos administrativos generales y asumirá la comunicación con las familias en lo relacionado con la información relativa a la participación e integración en clase, así como el rendimiento educativo del alumno en el aula ordinaria. El profesorado de educación especial asumirá especial responsabilidad en la coordinación de la atención educativa específica al alumno, el seguimiento y elaboración de adaptaciones curriculares, o el asesoramiento a las familias sobre pautas educativas o programas de intervención que mejoren su desarrollo educativo o personal. En el caso del alumnado de diversificación curricular, el orientador u orientadora apoyará al profesor tutor ordinario de los alumnos en el desarrollo de sus funciones. Para ello impartirá una o dos horas de tutoría lectiva específica a dichos alumnos, según lo dispuesto en el plan de atención a la diversidad, y colaborará en la comunicación con las familias y en el trabajo con el alumnado orientado a alcanzar las finalidades citadas en el apartado 3.1. de este documento.

3.3. Aspectos organizativos y horarios.

En la educación secundaria obligatoria, los tutores dispondrán de cuatro horas semanales de obligada

permanencia en el centro para el desempeño de sus funciones, de las que dos de ellas serán de horario lectivo.

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Estas dos últimas horas lectivas se dedicarán al desarrollo de la hora de tutoría lectiva con el grupo y a la atención personalizada del alumno y su familia. Las dos horas restantes incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el centro se dedicarán, una hora a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría. En las enseñanzas postobligatorias, de las tres horas dedicadas a las tareas relacionadas con el desempeño de las tutorías, incluidas en el horario regular de obligada permanencia en el centro, una hora se dedicará a la atención personalizada del alumno y de su familia, otra a las entrevistas con la familia del alumnado y otra a las tareas administrativas propias de la tutoría. Los programas de cualificación profesional inicial tendrán tres horas semanales de dedicación a la

tutoría, de las que una de ellas tendrá carácter lectivo. En el primer curso esta función será ejercida, preferentemente, por el profesorado que imparta los módulos de formación general. Los programas de diversificación curricular tendrán hasta tres horas semanales de tutoría, de las que una corresponderá a la de la tutoría con el grupo de referencia del alumnado y el resto a la tutoría específica que imparta el orientador o la orientadora del instituto al grupo que sigue dicho programa. Los tutores podrán mantener entrevistas con las familias o representantes legales del alumnado dentro

de sus horas de dedicación a la tutoría, de forma que se posibilite la asistencia de los mismos. En todo caso, cuando dichas entrevistas no puedan desarrollarse en horario de mañana, se llevarán a cabo en la hora de tarde fijada por cada tutor en su horario para tal fin. En el apartado relativo a la comunicación con las familias, hacemos una descripción más detallada de los objetivos a conseguir con las citadas entrevistas.

3.4. Programación de la tutoría lectiva.

Tanto en educación secundaria obligatoria, como en los programas de cualificación profesional inicial, los alumnos tendrán una hora de tutoría lectiva semanal dentro de su horario. Las actividades desarrolladas en dicha hora se orientarán a la consecución de las finalidades citadas en el apartado 3.1. de este documento y serán planificadas y revisadas cada año, en el marco de lo establecido en la programación anual de actividades de orientación y acción tutorial y de acuerdo con las necesidades detectadas en los diferentes niveles y grupos. Corresponde a los profesores tutores la responsabilidad fundamental en el desarrollo de las actividades propias de dicha hora. No obstante, cuando la especificidad de los temas a tratar lo aconseje, podrá contemplarse la intervención del orientador u orientadora del centro, así como de otros profesionales pertenecientes a instituciones externas que hagan aportaciones valiosas para la consecución de los fines perseguidos. En las reuniones de coordinación entre tutores y Departamento de orientación, se hará un seguimiento de los programas y actividades desarrolladas en la tutoría, así como una evaluación constante de su eficacia. En dichas reuniones también se proporcionarán los materiales didácticos necesarios para llevar a cabo las actuaciones previstas. A continuación se especifican los objetivos básicos a alcanzar con los programas y actividades desarrollados en esta hora. Esta propuesta básica será secuenciada por cursos y trimestres en la programación anual de actividades de orientación y acción tutorial.

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Objetivos Programas y actividades tipo Conocer al alumnado y presentar las actividades de tutoría

Actividades de acogida e integración grupal.

Facilitar la adaptación escolar y la integración grupal del alumnado Recopilar datos académicos, personales y familiares de relevancia. Facilitar el conocimiento del organigrama del centro y del sistema educativo Revisar el perfil y las funciones del delegado/a de grupo y proceder a su elección

Elección de delegados y subdelegados

Establecer normas para el funcionamiento interno del grupo

Convivencia y normas de funcionamiento.

Ayudar al alumnado a planificar el estudio Técnicas de trabajo intelectual

Mejorar el conocimiento y el uso de las diferentes técnicas de estudio: lectura, subrayado, esquemas y mapas conceptuales, resumen. Potenciar la motivación hacia el aprendizaje Preparar las sesiones de evaluación y reflexionar sobre las dificultades encontradas

Autoevaluación

Reflexionar sobre las calificaciones obtenidas en el trimestre anterior

Post-evaluación.

Reflexionar sobre los propios intereses profesionales y rasgos de personalidad, relacionándolos con distintos estudios y profesiones.

Orientación académica y profesional. Actividades de autoconocimiento.

Valorar la trayectoria académica y las propias capacidades Conocer en profundidad las distintas opciones formativas ofrecidas por el sistema educativo

Orientación académica y profesional. Conocimiento del sistema educativo.

Desarrollar estrategias adecuadas de toma de decisiones en el ámbito académico, personal y profesional

Orientación académica y profesional. Toma de decisiones.

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Objetivos Programas y actividades tipo Conocer el mercado laboral, así como las distintas estrategias para una adecuada inserción en el mismo

Orientación académica y profesional. Inserción laboral.

Adquirir hábitos de vida saludables, incompatibles con conductas perjudiciales para la salud.

Prevención de drogodependencias

Entender y conocer la sexualidad humana como fuente de salud, afectividad y comunicación, desarrollando conductas responsables hacia la misma

Educación afectiva y sexual

Mejorar el proceso de comunicación interpersonal, desarrollando estrategias asertivas en las relaciones sociales

Habilidades sociales

Conocer las distintas fórmulas para utilizar adecuadamente el tiempo de ocio

Uso adecuado del ocio y del tiempo libre

Reflexionar sobre la discriminación entre hombres y mujeres en nuestra sociedad, desarrollando actitudes y comportamientos no sexistas

Educación para la igualdad. Prevención de la violencia de género.

Reflexionar sobre las propias características para ajustar y mejorar la autoimagen personal

Autoestima

Potenciar el uso crítico y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación.

Uso adecuado de las tecnologías de la comunicación

Instaurar hábitos de vida saludable en relación con la alimentación, la higiene personal y el cuidado del propio cuerpo

Educación para la salud. Alimentación saludable y actividad física.

Adquirir y consolidar valores relacionados con la solidaridad, el respeto, la paz y la justicia

Educación en valores. Educación para la paz y el desarrollo.

Instruir al alumnado sobre el procedimiento a seguir en casos de emergencia en el centro.

Plan de evacuación

Para el desarrollo de las actividades y programas citados, se utilizarán los siguientes recursos:

Programas educativos institucionales. Materiales de tutoría. Programa de salud del Ayuntamiento de Utrera o de otras instituciones públicas. Colaboración de ONGs y fundaciones. Materiales y recursos personales procedentes de instituciones públicas relacionadas con el empleo, el

consumo o la salud. Celebración de días internacionales.

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3.5. Procedimientos para la recogida y organización de los datos académicos y personales del alumnado.

La Secretaría del centro custodiará los datos académicos del alumnado, reflejados en los documentos oficiales

establecidos por la normativa que regula la evaluación en las distintas etapas educativas. Dicha información también estará disponible en la aplicación informática Séneca. Entre dichos documentos también deberán figurar los informes de tránsito desde educación primaria a educación secundaria obligatoria, que proporcionarán información relevante para la organización escolar del primer curso de la etapa en aspectos relacionados con los agrupamientos, la organización de los refuerzos, la optatividad o el desarrollo del programa bilingüe. A principios de cada curso escolar, los profesores tutores revisarán los documentos oficiales de evaluación del alumnado del grupo a su cargo, con especial atención a los informes personales y, en primero de ESO, los informes de tránsito. La información más relevante extraída de dichos documentos deberá ser compartida

con el resto del equipo docente en las reuniones de dichos equipos y en las sesiones de evaluación inicial. Dicha información será fundamental para adecuar el proceso de enseñanza a las necesidades y peculiaridades del alumnado de cada grupo. El departamento de orientación podrá custodiar copias de los documentos oficiales específicos para al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo: dictámenes de escolarización, informes

psicopedagógicos y adaptaciones curriculares. Cuando los padres vayan a mantener entrevistas con los profesores tutores, para analizar la evolución escolar de sus hijos, podrán solicitar que se les ofrezca información sobre el aprovechamiento en cada una de las materias, ámbitos o módulos. A tal efecto, el profesor tutor recabará dicha información del resto del profesorado del equipo docente, a través de un documento depositado en el lugar que se determine dentro de la sala de profesores. Los padres o representantes legales del alumnado menor de edad, serán informados periódicamente sobre las faltas de asistencia de sus hijos al centro, y deberán justificar el motivo de las mismas a sus tutores. Las faltas de asistencia injustificadas podrán tener efectos sobre la evaluación del aprendizaje del alumnado, en los términos establecidos en el proyecto educativo. Cuando un alumno menor de 16 años exceda de las 25 horas mensuales de ausencias injustificadas, recibirá la consideración de alumno absentista por el centro. Como consecuencia el tutor, previa notificación a la jefatura de estudios, comunicará la situación por escrito a los padres o representantes legales del alumno, informándoles de la obligatoriedad de la enseñanza hasta la citada edad, e instándoles a tomar las medidas necesarias para reconducir la situación. Cuando tras la adopción de esta medida la condición de absentismo del alumno persista, la jefatura de estudios comunicará por escrito la situación a la Delegación municipal de educación o al órgano municipal competente, remitiéndoles un expediente donde consten todas las medidas adoptadas al respecto por el centro hasta la fecha. Los padres también recibirán información puntual sobre las infracciones de sus hijos a las normas de

convivencia del centro, en los términos establecidos en el plan de convivencia del centro. La información personal del alumnado estará disponible en la Secretaría y en la aplicación informática Séneca. No obstante lo anterior, el profesorado o el equipo directivo podrán solicitar información adicional del alumnado a través de cuestionarios y otros documentos, con objeto de ampliar y mejorar el conocimiento de los

intereses o aptitudes, de datos médicos y demás aspectos personales relevantes para el proceso educativo. Igual procedimiento se llevará a cabo cuando dicha información sea relevante para la realización de evaluaciones

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internas o externas del centro, o para adoptar decisiones relacionadas con la elaboración o modificación del Plan de Centro. El profesorado mostrará la máxima discreción cuando acceda a información personal sensible del alumnado o sus familias, con objeto de salvaguardar el derecho a la intimidad del alumnado, en los términos establecidos en el artículo 2.h del Reglamento Orgánico de Centro. Las familias deberán informar al centro de problemas de salud importantes que, en su caso, padezcan sus hijos, cuando dichos problemas requieran una especial vigilancia o la toma de medidas de precaución por parte del instituto, para así poder garantizar la seguridad y la protección del alumnado afectado.

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4. El plan de orientación académica y profesional.

4.1. Finalidades.

a. Favorecer el autoconocimiento de los alumnos y alumnas para que conozcan y valoren sus propias capacidades, motivaciones e intereses de una forma ajustada y realista.

b. Facilitar las estrategias para la toma de decisiones del alumnado respecto a su futuro profesional y a la

elección de un itinerario académico ajustado a sus intereses, actitudes y capacidades. c. Ofrecer información sobre las distintas opciones formativas al término de la educación secundaria

obligatoria y de todas las otras enseñanzas que se impartan en el centro al alumnado y a las familias. d. Establecer los mecanismos para que el alumnado acceda al mundo del trabajo, las ocupaciones y los

procesos que favorecen la transición a la vida activa, la inserción laboral y la formación a lo largo de la vida.

4.2. Programas y contenidos básicos.

4.2.1 Programa de orientación académica y profesional para el alumnado de tercero de educación secundaria obligatoria.

Tendrá como objetivo fundamental una adecuada elección, por parte del alumnado, de los itinerarios académicos de cuarto de ESO. Trabajará los siguientes bloques de contenidos:

Autoconocimiento: intereses profesionales y trayectoria escolar. Conocimiento del sistema educativo: estructura de las enseñanzas de régimen general. Bachillerato,

ciclos formativos de grado medio de formación profesional, artes plásticas y diseño y enseñanzas deportivas. Información sobre otras opciones educativas para alumnos que no obtengan el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, que dé respuesta a situaciones particulares de algunos alumnos.

Información sobre los itinerarios académicos en cuarto de ESO. Vinculación de los mismos con las

distintas opciones formativas.

Toma de decisiones.

4.2.2 Programa de orientación académica y profesional para el alumnado de cuarto de educación secundaria obligatoria y segundo de los programas de cualificación profesional inicial.

Tratarán de potenciar la continuación de la formación del alumnado a través de su matriculación en enseñanzas postobligatorias. Contendrá los siguientes bloques de contenidos:

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Autoconocimiento: intereses profesionales, capacidades y aptitudes, rasgos de personalidad, trayectoria escolar.

Conocimiento del sistema educativo I: opciones formativas para el alumnado con el título de Graduado

en Educación Secundaria Obligatoria (bachillerato, ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial, enseñanzas deportivas de grado medio, ciclos formativos de grado medio de artes plásticas y diseño).

Conocimiento del sistema educativo II: enseñanzas de idiomas y enseñanzas profesionales de música y

danza.

Conocimiento del sistema educativo III: opciones formativas para el alumnado que no tiene el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (programas de cualificación profesional inicial, prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio, enseñanza secundaria para personas adultas, prueba libre para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para alumnado mayor de 18 años, pruebas extraordinarias para la obtención de la titulación básica).

Toma de decisiones: importancia del proceso de toma de decisiones. Modelos y fases. Estrategias.

Inserción laboral: el mercado laboral. Sectores productivos. Empleo público y empleo privado. Técnicas

de búsqueda de empleo. Autoempleo y carácter emprendedor. Superación de estereotipos sexistas en la elección de la carrera profesional. Uso de las tecnologías en la búsqueda de empleo.

4.2.3 Programa de orientación académica y profesional en Bachillerato y ciclos formativos de grado superior de formación profesional.

Se orientará a la continuación de estudios superiores por parte del alumnado de esta etapa educativa. Recogerá actuaciones diferenciadas para primero y segundo de bachillerato por un lado y para el alumnado de formación profesional por el otro, conteniendo al menos, los siguientes bloques de contenidos:

Estructura del bachillerato: Elección de itinerarios en segundo según la modalidad elegida. Optatividad y materias de modalidad. Evaluación y promoción. Vinculación de los itinerarios con estudios superiores.

Estructura de la selectividad. Fase obligatoria y específica. Calificación y reclamación. Parámetros de

ponderación.

Acceso a la Universidad desde los ciclos formativos de grado superior. Sistema de acceso.

Los estudios universitarios: procedimiento de solicitud de admisión. Notas de corte. Estructura de las enseñanzas universitarias. Catálogo de títulos. Universidades públicas y privadas. Becas y Servicios.

Los ciclos formativos de grado superior de formación profesional inicial. Estructura y finalidad. Requisitos

de acceso y procedimientos de admisión. Oferta educativa. Vinculación con los estudios universitarios.

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Enseñanzas deportivas de grado superior y enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño. Estructura y finalidad. Requisitos de acceso y procedimientos de admisión. Oferta educativa. Vinculación con los estudios universitarios.

Enseñanzas artísticas superiores. Música, danza, arte dramático, conservación y restauración de bienes

culturales, artes plásticas y diseño.

4.2.4 Programa de orientación académica y profesional para el primer curso de los Programas de cualificación profesional inicial y los ciclos formativos de grado medio de formación profesional.

Este programa se coordinará con el contenido del módulo de Formación y Orientación Laboral y con el de proyecto emprendedor. Específicamente contendrá algunos de los siguientes contenidos:

Acceso a los ciclos formativos de grado medio. Estructura y finalidad de estas enseñanzas. Acceso a los ciclos formativos de grado superior mediante prueba. Estructura de la prueba y exenciones.

Plazos y requisitos. Oferta educativa.

Inserción laboral. Conocimiento del mercado laboral. Empleo público y privado. Autoempleo. Técnicas de búsqueda de empleo; utilización de las nuevas tecnologías. Igualdad de oportunidades en el ámbito académico y laboral.

4.3. Actuaciones e instrumentos a utilizar.

Para el desarrollo de los programas citados en el apartado anterior, utilizaremos diferentes instrumentos y actuaciones, entre las que cabe citar las siguientes: a. Guías y documentos informativos entregados a los alumnos y trabajados posteriormente en tutoría o

mediante charlas informativas. b. Cuestionarios individuales. c. Reuniones informativas con las familias del alumnado. d. Aplicación específica dentro de la página web del centro. e. Asesoramiento individualizado a familias y alumnos desde el departamento de orientación. f. Charlas informativas del orientador del centro, de orientadores universitarios y de otros profesionales del

ámbito educativo. g. Visitas a salones de estudiantes y muestras de orientación. h. Integración de contenidos relacionados con la orientación académica y profesional en el currículum de las

distintas materias o módulos. i. Actividades contempladas dentro del acuerdo entre Educación y Empleo de la Junta de Andalucía.

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5. Contribución de la orientación y la acción tutorial al plan de atención a la

diversidad.

La estructura y formas de organización de la atención a la diversidad en nuestro centro, quedan recogidas en el plan de atención a la diversidad, a su vez integrado dentro del proyecto educativo. Resulta necesario, sin embargo, definir y delimitar responsabilidades en cuanto a la coordinación y seguimiento de las medias y programas contenidas en dicho plan, con especial atención a las funciones a desarrollar al respecto por parte de los principales responsables de la orientación y la acción tutorial.

5.1. Objetivos del departamento de orientación en relación con la atención a la

diversidad.

a. Asesorar a la comunidad educativa sobre las diferentes medidas y programas de atención a la diversidad, coordinando y orientando el proceso de selección del alumnado destinatario.

b. Contribuir a la prevención y, en su caso, identificación temprana de las dificultades de aprendizaje,

asesorando sobre la puesta en marcha de las medidas educativas necesarias para su corrección. c. Informar, asesorar y coordinar actuaciones con las familias del alumnado destinatario de las diferentes

medidas y programas de atención a la diversidad. d. Impartir docencia, en los términos establecidos en la normativa vigente, al alumnado con necesidad

específica de apoyo educativo, al matriculado en el primer curso de los programas de cualificación profesional, y al alumnado de diversificación curricular en la hora de tutoría específica.

5.2. Actuaciones del departamento de orientación en relación con la atención a la diversidad.

Para el logro de los objetivos señalados en el apartado anterior, los componentes del Departamento de orientación llevarán a cabo las siguientes actuaciones.

a. Actuaciones del orientador u orientadora.

Asesoramiento a los órganos de gobierno y coordinación docente en la elaboración y, en su caso, revisión

del proyecto educativo, velando porque el mismo contemple las medidas organizativas, curriculares y metodológicas necesarias para una atención flexible a las necesidades educativas diferenciadas del alumnado.

Realización de la evaluación psicopedagógica del alumnado que vaya a ser objeto de una adaptación

curricular significativa, o que necesite una detección precisa de sus dificultades y necesidades educativas. Coordinación y asesoramiento en el proceso de elaboración de adaptaciones curriculares.

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Seguimiento y asesoramiento sobre el proceso educativo del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, participando en la comunicación con las familias, el asesoramiento a los equipos docentes y la valoración de su aprendizaje.

Fijar criterios, en colaboración con el profesorado de educación especial, para la organización de los

apoyos al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, confeccionando los horarios de atención personalizada y orientando al profesorado sobre los materiales didácticos a utilizar.

Asistir a las sesiones de evaluación de los grupos donde se integre el alumnado con necesidad específica

de apoyo educativo y el integrado en diversificación curricular. Realizar las actuaciones establecidas en la normativa vigente y en el plan de atención a la diversidad, en

relación con el alumnado de diversificación curricular: impartir la hora de tutoría específica, elaborar el programa base en sus aspectos comunes, participar y asesorar en el proceso de selección del alumnado y colaborar con los tutores ordinarios en el desarrollo de su labor tutorial, según lo contemplado en el apartado 3.2. de este documento.

Participar en el procedimiento de selección del alumnado destinatario de los principales programas y

medidas de atención a la diversidad, velando porque dicho procedimiento se atenga a lo contemplado en la legislación y satisfaga las necesidades educativas del alumnado.

Realizar un seguimiento y evaluación del plan de atención a la diversidad, proponiendo los cambios y

mejoras necesarias en función de los resultados obtenidos. Asesorar a profesorado y familias sobre medidas preventivas de las dificultades de aprendizaje y el fracaso

escolar: medidas metodológicas, programaciones, agrupamientos, refuerzo educativo, técnicas de trabajo intelectual, planificación del estudio, programas educativos específicos, pautas de seguimiento e intervención familiar…

Realizar informes y proponer protocolos necesarios para la adopción de medidas educativas excepcionales,

tales como la flexibilización del período de escolarización, la permanencia extraordinaria en una etapa educativa, la escolarización en un curso inferior al correspondiente por edad, etc.

Coordinarse con agentes e instituciones externas con responsabilidades relevantes en relación con la

atención a la diversidad: equipo de orientación educativa, servicios sociales, servicios de salud mental, equipos especializados, servicios de empleo o maestros del colegio de procedencia en los términos establecidos en el programa de tránsito correspondiente.

b. Actuaciones del profesorado de educación especial.

De acuerdo con la Orden de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y del profesorado, serán las siguientes: La atención e impartición de docencia directa para el desarrollo del currículo al alumnado con necesidades

educativas especiales cuyo dictamen de escolarización recomiende esta intervención. Asimismo, podrá

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atender al alumnado con otras necesidades específicas de apoyo educativo en el desarrollo de intervenciones especializadas que contribuyan a la mejora de sus capacidades. El perfil de los alumnos atendidos así como la organización de estos apoyos son los establecidos en al apartado IX del plan de atención a la diversidad.

La realización, en colaboración con el profesorado de la materia encargado de impartirla y con el

asesoramiento del departamento de orientación, de las adaptaciones curriculares significativas, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 de la Orden de 25 de julio de 2008, por la que se regula la atención a la diversidad del alumnado que cursa la educación básica en los centros docentes públicos de Andalucía.

La elaboración y adaptación de material didáctico para la atención educativa especializada del alumnado

con necesidades educativas especiales, así como la orientación al resto del profesorado para la adaptación de los materiales curriculares y de apoyo.

La tutoría compartida del alumnado con necesidades educativas especiales al que imparte docencia, en

los términos previstos en el apartado 3.2. de este documento. En todo caso, la atención a las familias de este alumnado se realizará conjuntamente, lo que será previsto en el horario individual de este profesorado.

La coordinación con los profesionales de la orientación educativa, con el personal de atención educativa

complementaria y con otros profesionales que participen en el proceso educativo del alumnado con necesidades educativas especiales.

c. Actuaciones de otros profesionales del departamento.

El profesorado que imparta los módulos de formación general de los programas de cualificación profesional inicial, impartirá los módulos de Participación y Ciudadanía y de Proyecto Emprendedor y ejercerá, preferentemente, la tutoría de uno de los dos programas. Cuando el centro disponga de otros profesionales integrados en el departamento de orientación, tales como educadores sociales, el presente documento se revisará para dar cabida a la definición de sus funciones y responsabilidades de acuerdo con la normativa de aplicación.

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6. Coordinación y transición entre etapas educativas.

Anualmente se programarán actividades que favorezcan la transición del alumnado desde educación primaria a educación secundaria obligatoria, favoreciendo la adaptación escolar y el rendimiento educativo del alumnado de nuevo ingreso en primero de ESO. Dichas actividades formarán parte del llamado Programa de Tránsito,

cuyas finalidades serán las siguientes: Facilitar la acogida y la adaptación escolar del alumnado procedente de educación primaria. Intercambiar datos, documentación e información de interés sobre el nuevo alumnado. Orientar a las familias sobre aquellos aspectos que contribuyan a la adaptación de dicho alumnado a la

nueva etapa educativa. Potenciar la coordinación entre los proyectos educativos del colegio de procedencia y del instituto,

mejorando la coherencia y continuidad entre ambas etapas educativas, especialmente en relación a los objetivos y competencias básicas y las normas de convivencia.

De forma más concreta, el programa de tránsito contemplará actuaciones dirigidas a las familias, el alumnado y el profesorado, y contendrá al menos los siguientes elementos:

6.1 Objetivos, actividades, temporalización y responsables

a) Con relación al alumnado

OBJETIVOS ACTIVIDADES TEMPORALIZACIÓN RESPONSABLES

1. Proporcionar al alumnado información suficiente sobre la etapa educativa de educación secundaria y el marco físico donde se va a desenvolver, a fin de disipar posibles temores ante las nuevas perspectivas.

1.1 Sesiones informativas en los I.E.S. sobre la estructura, cursos, materias, optativas... Entrega de dossier informativo al alumnado. 1.2 Desarrollo de una jornada de puertas abiertas en el I.E.S: recepción parte del equipo directivo, visitas a las instalaciones, convivencia en el recreo, invitación de un desayuno...

Septiembre Marzo

El tutor/a, y orientador de secundaria Planificación y Organización: Equipo Directivos de ambos centros, dto.orientación. del I.E.S.

2. Posibilitar la adaptación del nuevo alumnado al I.E.S.

2.2 Realización en el I.E.S. de un plan de acogida de los nuevos alumnos: primer día horario adaptado, entrega de horario, información acerca de las distintas materias, trabajo a través del P.O.A.T. de las normas de convivencia, T.T.I.,...

Septiembre Equipo directivo y dto. de orientación. del I.E.S. y tutores.

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b) Con relación a las familias

OBJETIVOS ACTIVIDADES TEMPORALIZACIÓN RESPONSABLES

Proporcionar a las familias información suficiente sobre la etapa educativa de educación secundaria y el marco físico donde se va a desenvolver, a fin de disipar posibles temores ante las nuevas perspectivas.

1.1 Celebración de una Jornadas de Puertas Abiertas en el I.E.S.: presentación del equipo directivo y departamento de orientación, explicación de la estructura y oferta educativa, visita a las dependencias ...

1.2 Reunión informativa sobre el nuevo curso

Marzo Octubre

Equipos directivos de ambos centros y D.O. Tutor/a de 1º de E.S.O. Y D.O.

c) Con relación al profesorado

OBJETIVOS ACTIVIDADES TEMPORALIZACIÓN RESPONSABLES

1. Facilitar y trasladar al I.E.S. la información y/o documentación relativa al alumnado 2. Potenciar el establecimiento de cauces de diálogo y coordinación entre el profesorado de primaria y secundaria.

1.1. Cumplimentación de los informes de tránsito de todos los alumnos que promocionan

1.2. Realización de los dictámenes de escolarización de los alumnos con n.e.e.

1.3. Reunión de orientadores de E.O.E. e I.E.S. para traslado de información sobre el alumnado con n.e.e.

2.1 Reunión entre los

profesores de P.T., A.L. y Educadores de ambas etapas educativas.

2.2. Reunión de profesores de Lengua, Matemáticas e Idiomas de ambos niveles educativos.

2.3 Reunión de orientadores y tutores de 6º de primaria para traslado de información del alumnado que promociona a 1º de E.S.O.

Junio Marzo Marzo Junio Junio o septiembre del curso anterior Junio o septiembre del curso anterior

Tutores Primaria E.O.E. E.O.E. -D.O. Equipo directivos de ambos centros, profesorado y Dto. de orientación Equipos directivos, Profesorado y dto. de orientación

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6.2 Metodología

Deberá ser colaborativa y participativa, procurando la integración en el proceso de tránsito de todos los agentes que forman parte del mismo. En relación a las actividades de visitas a los centros, la metodología DEBERÁ SER ACTIVA preparando previamente al alumnado para que realice las observaciones oportunas y puedan obtener la información pertinente en relación a sus necesidades, motivaciones, intereses, etc.

3.6 Evaluación y seguimiento

El proceso de evaluación debe tener un carácter formativo, de manera que permita la modificación de las acciones propuestas o la introducción de otras que nos ayuden a lograr los objetivos marcados. Tanto en el seguimiento como en la evaluación deberán participar los agentes implicados o representantes de cada uno de los sectores que han intervenido. Se estudiará: a) Si las acciones que se han propuesto han sido adecuadas b) La idoneidad de los materiales utilizados c) Si se han asumido las responsabilidades asignadas para el desarrollo de las acciones d) Si la información y/o documentación facilitada llegó en tiempo y forma La información obtenida nos será útil para establecer propuestas de mejora. Jefatura de estudios y el departamento de orientación impulsarán y coordinarán las actuaciones a llevar a cabo cada curso, que quedarán planificadas en la programación anual de actividades de orientación y acción tutorial.

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7. Colaboración y comunicación con las familias.

La familia juega un papel fundamental en la socialización y el proceso educativo de niños y jóvenes. Cuando los padres valoran la importancia de la educación y les transmiten a sus hijos dicha actitud, están colaborando activamente en el éxito escolar de los mismos. Distintos estudios y evaluaciones, tanto nacionales como internacionales, ponen de manifiesto la correlación existente entre variables familiares como en nivel sociocultural y de estudios de los padres, y los resultados escolares de los hijos. El seguimiento paterno y materno del proceso de aprendizaje de los hijos, la comunicación fluida con los tutores y el profesorado en general, la participación en la vida del centro, la concienciación y motivación de los hijos en relación con el ámbito escolar o el desarrollo de estrategias positivas de colaboración con el profesorado, huyendo de actitudes de desconfianza y suspicacia, son todos elementos favorecedores del rendimiento escolar y el desarrollo personal del alumnado. Conscientes de la importancia de las variables familiares sobre el proceso educativo del alumnado, es preciso sistematizar los cauces de comunicación y colaboración con las familias que nuestro centro ofrece, dando orientaciones sobre cómo desarrollar esta labor así como explicitando las estrategias concretas a utilizar. Finalmente, parece conveniente recoger en este documento los derechos y deberes de los padres en relación con el centro y con el proceso educativo de sus propios hijos, para orientar así a toda la comunidad educativa en relación con lo que podemos y debemos esperar de las relaciones familia-centro.

7.1. Entrevistas personales con padres y madres de alumnos.

Serán mantenidas entre los profesores tutores, el orientador y orientadora o cualquier profesor del centro por una parte, y los padres o representantes legales del alumnado por otra. Con objeto de poder planificarlas adecuadamente y de hacerlas compatibles con el horario del profesorado y la disponibilidad de los padres, se llevarán a cabo preferentemente previa cita, ya sea por petición expresa de las familias o a iniciativa del centro. De acuerdo con lo fijado en el apartado 3.3. de este documento, cuando las entrevistas sean mantenidas con los profesores tutores, éstas se llevarán a cabo preferentemente en la hora de entrevistas con la familias o en la de atención personalizada a familias o alumnos. Las finalidades básicas de las entrevistas con padres serán las siguientes:

a) Proporcionar información y orientaciones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado, su adaptación escolar y su desarrollo personal.

b) Proporcionar información y aclaraciones sobre los criterios de evaluación y calificación.

c) Promover y facilitar la orientación académica y profesional del alumnado a través del asesoramiento e

información detallada a los padres. d) Potenciar la colaboración y cooperación de los padres en el proceso educativo del alumnado, así como

en el clima de convivencia en el centro. e) Recabar información relevante sobre el alumnado.

Cuando de las entrevistas mantenidas se derive la puesta en marcha de compromisos pedagógicos y de convivencia, éstos se recogerán por escrito y su cumplimiento se evaluará periódicamente, según el procedimiento que se establece en el apartado correspondiente del proyecto educativo del centro. Cuando las entrevistas versen sobre la evolución escolar del alumnado, el profesor tutor recabará previamente información sobre el alumno del conjunto del profesorado del equipo docente, con objeto de proporcionar información actualizada y precisa a los padres.

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Finalizadas la primera y la segunda evaluación, los profesores tutores tratarán de mantener entrevistas con las familias de aquellos alumnos con resultados escolares más negativos, con objeto de pedir colaboración y compromiso, por parte de la familia, así como las orientaciones que se estimen necesarias para reconducir y superar la situación.

7.2. Reuniones colectivas con las familias.

En el mes de octubre, preferentemente antes de cumplirse el primer mes del calendario escolar, el centro convocará a todos los padres o representantes legales del alumnado a una reunión con los profesores tutores de sus hijos en horario de tarde. Esta reunión se llevará a cabo en todas las enseñanzas del centro con excepción de los ciclos formativos de grado superior de formación profesional, debido a que el alumnado de esta última etapa educativa es mayor de edad. En dicha reunión se informará sobre aspectos relevantes del calendario escolar, la estructura de las respectivas enseñanzas, las funciones de los profesores tutores y su horario de atención a familias, los criterios de evaluación, promoción y titulación, etc. Con objeto de homogeneizar el contenido concreto de dichas reuniones, y de dar pautas para su realización, jefatura de estudios y el departamento de orientación se encargarán de planificarlas y de proporcionar los materiales y las sugerencias que se consideren útiles. A título orientativo, se proporcionan a continuación algunos aspectos concretos mínimos que deben abordarse en las mismas. Presentación del tutor o tutora. Profesorado y horario del grupo. Aspectos relevantes de la tutoría: funciones del tutor, horario de tutoría y de atención a familias. Calendario escolar. Aclaraciones relacionadas con programas relevantes del centro: gratuidad de libros de texto, el programa

Escuela TIC 2.0 o, en su caso, el bilingüismo. Estructura del actual sistema educativo; horario y características generales de la etapa educativa

correspondiente. Criterios de evaluación, promoción y titulación. Características del alumnado del grupo: número de alumnos y alumnas, marcha general y percepción

personal del grupo. Pautas educativas para un adecuado rendimiento educativo. Normas de convivencia del centro. Posibilidades de colaboración de padres y madres. Elección de delegado o delegada de padres del grupo.

Además de las reuniones citadas, podrá convocarse a una nueva reunión colectiva a los padres y madres de grupos concretos de alumnos, en cualquier momento del curso, cuando el profesor tutor, el departamento de orientación, el equipo docente o el equipo directivo lo estimen conveniente para tratar aspectos relevantes relacionados con el rendimiento escolar del alumnado, su orientación profesional o la mejora del clima de convivencia en dicho grupo.

7.3. Comunicación de los resultados del proceso de aprendizaje del alumnado.

Al menos tres veces a lo largo del curso, una vez celebradas las correspondientes sesiones de evaluación, se informará por escrito a las familias sobre los resultados del aprendizaje de sus hijos menores de edad, expresados a través de las correspondientes calificaciones. Asimismo, cuando dicha comunicación se haga tras

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la evaluación final del curso, se informará a los mismos sobre las repercusiones de dichas calificaciones sobre la promoción y, en su caso, titulación del alumnado. En educación secundaria obligatoria, PCPI y bachillerato, cuando tras la convocatoria final el alumno tenga materias, ámbitos o módulos pendientes de evaluación positiva, los tutores entregarán a los padres de los alumnos menores de edad un informe de cada materia, ámbito o módulo pendiente que contendrá los objetivos y contenidos no alcanzados y una propuesta de actividades de recuperación, que será el referente fundamental para la superación de las mismas en la convocatoria extraordinaria. Cuando los padres o representantes legales del alumnado no estén de acuerdo con la valoración del aprendizaje de sus hijos, podrán reclamar las calificaciones o decisiones que estimen oportunas a través del procedimiento establecido en la normativa vigente.

7.4. Compromisos pedagógicos y de convivencia.

Las familias podrán suscribir con el centro compromisos de convivencia, con objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y con otros profesionales que atienden al alumnado que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares, y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación. Del mismo modo podrán suscribirse compromisos educativos o pedagógicos cuando el rendimiento escolar del alumnado no se ajuste a lo esperado. El procedimiento y el formato para la suscripción de tales compromisos son los establecidos en el apartado correspondiente del proyecto educativo del centro.

7.5. Participación de las familias en la vida del centro. Representación y asociación.

Las familias de alumnos estarán representadas en el Consejo Escolar del centro según lo regulado en la

normativa de aplicación. Asimismo, podrán ejercer su derecho a asociación a través de las correspondientes asociaciones de madres y padres de alumnos. A principios de curso, en la reunión colectiva de las familias con el tutor del grupo, podrá llevarse a cabo la elección de delegado o delegada de padres de alumnos del

grupo. En los términos establecidos en la normativa de aplicación. Además de lo anterior, se potenciará la participación de las familias en las actividades extraescolares y complementarias y en determinadas actividades educativas, favoreciendo así su implicación en la vida del centro y aprovechando las aportaciones de valor educativo que puedan realizar al instituto.

7.6. Derechos y deberes de las familias.

Los padres y las madres o representantes legales, como principales responsables que son de la educación de sus hijos, tienen la obligación de colaborar con el instituto y con el profesorado. Esta colaboración de las familias se concreta en los siguientes deberes: a) Estimular a sus hijos en la realización de las actividades escolares para la consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado. b) Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado. c) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del instituto. d) Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto, ordenadores y el material didáctico cedido por el centro.

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e) Cumplir con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de convivencia que hubieran suscrito con el instituto. Asimismo, las familias deberán disfrutar de los siguientes derechos: a) Recibir el respeto y la consideración de todo el personal del instituto. b) Participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de enseñanza y aprendizaje de estos. c) Ser informadas de forma periódica sobre la evolución escolar de sus hijos, siendo oídos en las decisiones que afecten a dicho proceso. A tal efecto, antes de la evaluación final ordinaria, se recogerá por escrito la opinión de los padres o representantes legales, o del propio alumnado si éste es mayor de edad, acerca de las decisiones de promoción y titulación.

e) Ser informadas de los criterios de evaluación que serán aplicados a sus hijos. f) Ser informadas puntualmente de las faltas de asistencia de sus hijos al instituto. h) Conocer el Plan de Centro. i) Ser informadas de las normas de convivencia establecidas en el centro. j) Recibir notificación puntual de las conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia realizadas por sus hijos e hijas. k) Suscribir con el instituto un compromiso de convivencia o educativo, con las finalidades apuntadas en el apartado 7.4. de este documento, y según lo establecido en el apartado correspondiente del proyecto educativo.

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PLAN DE CENTRO

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8. Coordinación y asesoramiento, en el ámbito de la orientación y la acción

tutorial.

Para la adecuada puesta en práctica de los programas y actuaciones contemplados en este plan, concretados para cada curso escolar en el correspondiente plan anual, es necesaria la coordinación entre todos los agentes implicados, así como el asesoramiento desde el departamento de orientación. A continuación, especificamos los cauces que se utilizarán para hacer realidad dicha coordinación y asesoramiento.

8.1. Reuniones de tutores.

Todos los tutores de educación secundaria obligatoria tendrán, dentro de su horario de permanencia en el centro, una hora semanal dedicada a las reuniones de coordinación de tutores con el departamento de orientación y jefatura de estudios. Dichas reuniones se realizarán preferentemente por ciclos, aunque la estructura de las mismas podrá variar de un curso a otro en función de las posibilidades organizativas del centro. Respecto a los tutores de las restantes enseñanzas impartidas en el centro, se les convocará a reuniones de coordinación cuando se estime conveniente, de acuerdo con las prioridades y necesidades establecidas desde jefatura de estudios. El contenido de dichas reuniones se ajustará a lo siguiente:

a) Coordinación y seguimiento de las actividades realizadas en la hora de tutoría lectiva o, en su caso, de las actividades contempladas en el plan de orientación y acción tutorial que se hayan integrado de forma transversal en las distintas materias, ámbitos o módulos.

b) Tratamiento de la orientación académica y profesional.

c) Desarrollo y seguimiento de las medidas y programas de atención a la diversidad o de otros programas

específicos en los que participe el centro.

d) Selección del alumnado destinatario de los programas de atención a la diversidad del centro, especialmente del programa de diversificación curricular, de los programas de cualificación profesional y de los programas de apoyo y refuerzo educativo en horario no lectivo, todo ello de acuerdo con lo establecido en el plan de atención a la diversidad del centro.

e) Valoración y puesta en común sobre la evolución del rendimiento escolar de los grupos.

f) Seguimiento y puesta en marcha de medidas en relación con la convivencia y el absentismo escolar.

g) Coordinación de las actividades extraescolares y complementarias en las que participen los grupos.

h) Preparación y análisis de las sesiones de evaluación.

i) Detección temprana de dificultades de aprendizaje.

j) Coordinación y asesoramiento en relación con la comunicación y colaboración con las familias.

PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL

ANEXO II PROYECTO EDUCATIVO

PLAN DE CENTRO

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8.2. Los equipos docentes.

El conjunto de profesores que imparten docencia a un grupo de alumnos, coordinados por el profesor tutor, constituyen el equipo docente de cada grupo. Según establece la normativa actual, los equipos docentes tienen atribuidas funciones muy relevantes relacionadas con la orientación y la acción tutorial, tales como la detección de dificultades de aprendizaje, la contribución a la mejora del clima de convivencia de cada grupo, la información que sobre el proceso de aprendizaje del alumnado se proporciona a las familias, la atención a padres o la elaboración de adaptaciones curriculares no significativas. Parece por tanto necesario, reflejar aquí las funciones a desarrollar por dichos equipos de acuerdo con la normativa vigente: a) Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo, estableciendo las medidas necesarias para mejorar su aprendizaje, de acuerdo con el proyecto educativo del centro. b) Realizar de manera colegiada la evaluación del alumnado, de acuerdo con la normativa vigente y con el proyecto educativo del centro y adoptar las decisiones que correspondan en materia de promoción y titulación. c) Garantizar que cada profesor o profesora proporcione al alumnado información relativa a la programación de la materia que imparte, con especial referencia a los objetivos, los mínimos exigibles y los criterios de evaluación. d) Establecer actuaciones para mejorar el clima de convivencia del grupo. e) Tratar coordinadamente los conflictos que surjan en el seno del grupo, estableciendo medidas para resolverlos y sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos en materia de prevención y resolución de conflictos. f) Conocer y participar en la elaboración de la información que, en su caso, se proporcione a los padres, madres o representantes legales de cada uno de los alumnos o alumnas del grupo. g) Proponer y elaborar las adaptaciones curriculares no significativas, bajo la coordinación del profesor o profesora tutor y con el asesoramiento del departamento de orientación. h) Atender a los padres, madres o representantes legales del alumnado del grupo. i) Trabajar para prevenir los problemas de aprendizaje o de convivencia que pudieran presentarse y compartir toda la información que sea necesaria para actuar de manera coordinada en el cumplimiento de sus funciones. j) Trabajar de forma coordinada para que el alumnado adquiera las competencias básicas y objetivos previstos para la educación secundaria obligatoria. Jefatura de estudios planificará y convocará las reuniones de los equipos docentes

8.3. Reuniones del departamento de orientación.

El departamento de orientación, con la composición y las funciones citadas en el apartado 2.1. de este documento, se reunirá semanalmente con objeto de coordinar, hacer un seguimiento y evaluar el conjunto de medidas, programas y actuaciones contempladas en el plan de orientación y acción tutorial. De forma más concreta, en estas reuniones se deberán abordar, entre otros, los siguientes aspectos:

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a) Seguimiento y evaluación de los programas y medidas de atención a la diversidad del centro, prestando

singular atención al programa de diversificación curricular y al programa de cualificación profesional inicial cuando en las reuniones se integre parte del profesorado de los mismos.

b) Coordinación del conjunto de actuaciones a desarrollar, en relación con la atención educativa al alumnado

con necesidad específica de apoyo educativo (horarios, evaluación inicial, evaluación psicopedagógica, coordinación de la atención a familias, coordinación de la elaboración de adaptaciones curriculares, materiales didácticos, censo, etc.).

c) Inventario y planificación de la adquisición de recursos del departamento en relación con la orientación y la

acción tutorial. d) Distribución de responsabilidades entre los miembros del departamento, en relación con las distintas

actuaciones contempladas en el plan de orientación y acción tutorial, de acuerdo con las funciones y tareas enunciadas en los apartados 2.1. y 5.2. de este documento.

e) Selección y elaboración de materiales y recursos que puedan recomendarse y ofrecerse a otros miembros

de la comunidad educativa, para la optimización de los programas contemplados en el plan de orientación y acción tutorial.

f) Cualesquiera otras actuaciones que contribuyan a mejorar la acción tutorial, la convivencia, la orientación

académica y profesional y la atención a la diversidad en el centro.

8.4. Departamento de formación, evaluación e innovación educativa.

Este departamento, regulado en cuanto a su composición y funciones por el Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, debe tener un protagonismo especial en la detección de necesidades formativas de los profesionales del centro, así como en la evaluación interna del mismo y la propuesta de medidas de mejora e innovación en relación con las necesidades y dificultades detectadas. En lo concerniente al plan de orientación y acción tutorial, este departamento, en coordinación con el de orientación, detectará necesidades formativas relacionadas especialmente con la atención a la diversidad, la convivencia y la acción tutorial, propondrá actividades formativas para responder a las mismas dentro del plan de formación del profesorado, trabajará de forma coordinada con el centro de profesorado para responder a dichas necesidades, contribuirá a la difusión de buenas prácticas relacionadas con los aspectos citados, contribuirá a la evaluación de los programas incluidos dentro del plan de orientación y acción tutorial y realizará las propuestas de mejora que se deriven de la anterior evaluación a los órganos de gobierno y coordinación docente del centro. De forma más concreta, enumeramos a continuación la totalidad de las funciones de este departamento: a) Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de los resultados de la autoevaluación o de las evaluaciones internas o externas que se realicen. b) Proponer al equipo directivo las actividades formativas que constituirán, cada curso escolar, el plan de formación del profesorado, para su inclusión en el proyecto educativo.

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c) Elaborar, en colaboración con el correspondiente centro del profesorado, los proyectos de formación en centros. d) Coordinar la realización de las actividades de perfeccionamiento del profesorado. e) Colaborar con el centro del profesorado que corresponda en cualquier otro aspecto relativo a la oferta de actividades formativas e informar al Claustro de Profesorado de las mismas. f) Investigar sobre el uso de las buenas prácticas docentes existentes y trasladarlas a los departamentos del instituto para su conocimiento y aplicación. g) Fomentar el trabajo cooperativo de los equipos docentes y velar para que estos contribuyan al desarrollo de las competencias básicas en la educación secundaria obligatoria. h) Informar al profesorado sobre líneas de investigación didáctica innovadoras que se estén llevando a cabo con respecto al currículo. i) Fomentar iniciativas entre los departamentos de coordinación didáctica que favorezcan la elaboración de materiales curriculares. j) Promover que las materias optativas de configuración propia y el proyecto integrado estén basados en trabajos de investigación y sigan una metodología activa y participativa entre el alumnado. k) Establecer indicadores de calidad que permitan valorar la eficacia de las actividades desarrolladas por el centro y realizar su seguimiento. l) Elevar al Claustro de Profesorado el plan para evaluar los aspectos educativos del Plan de Centro, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza. m) Colaborar con la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa en la aplicación y el seguimiento de las pruebas de evaluación de diagnóstico y en aquellas otras actuaciones relacionadas con la evaluación que se lleven a cabo en el instituto. n) Proponer, al equipo directivo y al Claustro de Profesorado, planes de mejora como resultado de las evaluaciones llevadas a cabo en el instituto.

8.5. Equipo técnico de coordinación pedagógica.

Este órgano de coordinación docente, tendrá las siguientes funciones relacionadas con la orientación y la acción tutorial:

a) Establecer las directrices generales para la modificación o actualización del presente plan de orientación y acción tutorial.

b) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las medidas y programas de

atención a la diversidad del alumnado, incluidos los programas de diversificación curricular y los programas cualificación profesional inicial.

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c) Establecer propuestas de coordinación que ayuden al desarrollo de las competencias básicas.

d) Establecer criterios y procedimientos de funcionamiento del aula de convivencia.

e) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los aspectos recogidos en el presente plan, en el marco general del Plan de Centro.

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9. Organización de los recursos personales y materiales.

El conjunto del profesorado del centro contribuirá al logro de los objetivos generales del plan de orientación y acción tutorial, según las funciones, actuaciones y responsabilidades que se han ido enumerando a lo largo de este documento. A tal efecto, jefatura de estudios y el departamento de orientación serán los órganos encargados de impulsar y coordinar la actuación de dichos profesionales, así como de otros recursos personales externos al centro, para el desarrollo de los programas y actividades previstos en este plan. En relación con los medios materiales, se contará con los recursos ordinarios del centro debiendo contarse, al menos, con las siguientes instalaciones y dotación de recursos específicos: Aula de apoyo a la integración para la prestación de apoyos en períodos variables, fuera del aula, a

aquellos alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que lo necesiten. Dicha aula, además de las condiciones espaciales y de confortabilidad necesarias para llevar a cabo esta labor, deberá contar con los recursos tecnológicos y bibliográficos necesarios para atender al alumnado, en función del tipo de discapacidad o necesidad educativa presentada. La ubicación del aula, además, deberá reunir las condiciones de accesibilidad necesarias para permitir que el alumnado con limitaciones motóricas o sensoriales pueda acceder a la misma con la máxima facilidad y comodidad. Cuando se requieran recursos muy específicos que por su coste o dificultad de adquisición, no estén al alcance del centro, el departamento de orientación justificará adecuadamente la necesidad de su adquisición y, una vez analizada la propuesta por la Dirección del centro, se solicitará la dotación correspondiente a la administración educativa.

Apertura del centro en horario de tarde, para que, en su caso, puedan llevarse a cabo los programas de

apoyo y refuerzo educativo en horario no lectivo. Presupuesto de gastos de funcionamiento para los programas citados en el párrafo anterior. Sede del departamento de orientación. Aulas específicas para los ámbitos formativos del programa de diversificación curricular. Presupuesto específico para el departamento de orientación. Despacho para las reuniones de coordinación de tutores. Aula de convivencia. Despacho para las entrevistas de atención a padres. Página web del centro. Equipamiento informático y de reprografía disponible para el conjunto del profesorado y el departamento

de orientación. Cualesquiera otros espacios o recursos, debidamente justificados, que contribuyan al logro de los objetivos

enunciados en este plan.

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El departamento de orientación será el órgano encargado de proporcionar los materiales didácticos necesarios para el desarrollo de los diferentes programas educativos contemplados en el plan de orientación tutorial, o bien de asesorar sobre la adquisición de aquellos que resulten útiles al efecto. Con este fin, la sede del departamento servirá de aula de recursos donde se podrá localizar y obtener bajo préstamo materiales de tutoría, bases de datos de legislación educativa, programas educativos, publicaciones pedagógicas, informes de relevancia educativa sobre el alumnado, etc. Asimismo, para una constante disponibilidad de los recursos documentales más relevantes del departamento, dichos recursos, en formato informático, estarán a disposición del profesorado en la red interna del centro. El profesorado que acceda a dichas recursos documentales, deberá observar el principio básico de confidencialidad cuando los documentos consultados contengan información personal sobre el alumnado del centro o sus familias. Cuando para la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, se requiera la ampliación de los recursos personales del instituto, el departamento de orientación informará a la Dirección del centro. Valorada dicha necesidad por parte del equipo directivo, se procederá a cursar la petición correspondiente a la Delegación Provincial de Educación, según los plazos y conforme a los requisitos establecidos por la administración educativa. El aula de apoyo a la integración, por su parte, además de servir como espacio físico de los apoyos educativos individuales o en pequeños grupos que se crean convenientes, funcionará también como aula de recursos para la atención educativa al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. Para ello dispondrá de materiales didácticos, bibliografía, programas específicos para el tratamiento de las dificultades de aprendizaje y otros recursos educativos, en formato papel o digital, que podrán ser consultados o utilizados por el profesorado que atiende a este alumnado. Corresponde al jefe del departamento de orientación inventariar todos los equipamientos y recursos materiales citados en los párrafos anteriores, velar por su adecuada conservación y disponibilidad, y promover su actualización y mejora según las nuevas necesidades surgidas en cada curso escolar.

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10. Seguimiento y evaluación de los programas y actuaciones.

La concreción y programación anual del plan de orientación y acción tutorial, será objeto de seguimiento y evaluación continua durante el curso, así como de una evaluación final. A continuación especificamos algunas de las estrategias que se utilizarán para llevar a cabo esta labor.

10.1. Estrategias de seguimiento.

a) Reuniones de lo órganos de coordinación docente citados en el apartado 8 de este documento.

Estas reuniones constituyen la ocasión fundamental para valorar el grado de cumplimiento y la eficacia de los distintos programas contemplados en este plan. El desarrollo de la orientación profesional, el funcionamiento de las diferentes medidas de atención a la diversidad, el clima de convivencia en el centro, las actividades de tutoría con los distintos grupos, la evaluación del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, las necesidades formativas del profesorado como consecuencia de las nuevas dificultades surgidas, la eficacia de las medidas tomadas contra el absentismo escolar o el análisis de la dinámica y resultados de aprendizaje obtenidos por los distintos grupos, por ejemplo, son algunas de las variables que serán analizadas y debatidas en estas reuniones. Las actuaciones contempladas en el plan anual de orientación y acción tutorial sufrirán los cambios que se estimen necesarios, para responder a las nuevas necesidades y dificultades que vayan detectándose durante el curso escolar por dichos órganos de coordinación docente.

b) Sesiones de evaluación, evaluación de diagnóstico y análisis de los resultados escolares.

Nos servirán como indicadores válidos para comprobar la eficacia de las medidas y programas de atención a la diversidad del centro. Indirectamente, estos resultados pueden también informarnos sobre la idoneidad de otros aspectos como la comunicación con las familias, la eficacia de la labor tutorial con algunos grupos o de los procesos de coordinación y asesoramiento llevados a cabo.

c) Otras técnicas de obtención de información, seguimiento y evaluación.

Entrevistas con familias y alumnos. Reuniones de los órganos de gobierno del centro. Reuniones de coordinación con el equipo de orientación educativa de Utrera. Reuniones de coordinación con los maestros de primaria contempladas en el programa de

tránsito. Análisis del clima de convivencia escolar en el centro. Cuestionarios para alumnos y familias.

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10.2. Evaluación final. a) Memoria final del departamento de orientación.

Recogerá una síntesis de las actuaciones del departamento en relación con lo contemplado en el plan de orientación y acción tutorial anual, una valoración sobre el grado de eficacia de las mismas y un apartado relativo a las propuestas de mejora.

b) Memoria final del centro.

En relación con la orientación y la acción tutorial, contendrá los aspectos más significativos contemplados en la memoria anterior, pudiendo también incluir valoraciones al respecto de los tutores u otros órganos de coordinación docente. Las conclusiones y propuestas de mejora incluidas en esta memoria, constituirán la base para las modificaciones realizar en el plan anual de orientación y acción tutorial en el siguiente curso escolar.

c) El departamento de formación, evaluación e innovación educativa.

De acuerdo con la normativa vigente, este departamento elaborará indicadores de calidad y evaluación, que permitan valorar las actividades educativas del centro, incluyendo las relacionadas con la orientación y acción tutorial. Dichos indicadores podrán ser incluidos en las memorias citadas en los dos apartados anteriores. Corresponde también a este órgano de coordinación docente la elaboración de propuestas de mejora, así como la inclusión de aspectos relacionados con la labor tutorial u orientadora en el plan de formación del profesorado del curso siguiente, cuando se detecten necesidades formativas en la materia.

d) Evaluaciones externas.

Este plan de orientación y acción tutorial, y especialmente su concreción anual, sufrirán las modificaciones que se estimen necesarias en función de los resultados de las evaluaciones externas llevadas a cabo sobre el centro, bien desde la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa o bien desde el Servicio de Inspección Educativa.

EL PRESENTE PLAN DE ORIENTACIÓN Y ACCIÓN TUTORIAL FUE

APROBADO EN SESIÓN ORDINARIA DEL CONSEJO ESCOLAR EL 27 DE

OCTUBRE DE 2011

VºBº LA DIRECTORA EL SECRETARIO

Fdo.: Mª Erundina Muela Gandul Fdo.: Manuel Cabrera Clavero


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