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Universidad Nacional Autónoma de México Facultad de Estudios Superiores Acatlán México 2016 TERCERA ÉPOCA MAYO-AGOSTO DE 2016

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Universidad Nacional Autónoma de MéxicoFacultad de Estudios Superiores Acatlán

México 2016

TERCERA ÉPOCA MAYO-AGOSTO DE 2016

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Correspondencia: Multidisciplina. Edificio de Gobierno, Planta Baja, cubículo 112 de la Av. Alcanfores

y San Juan Totoltepec S/N, Colonia Santa Cruz Acatlán, C.P. 53150, Naucalpan, Estado de México.

Lic. Ariadna Uribe OrtizEDITORA

Lic. Daniel Jasso MorenoDISEÑO GRÁFICO Y FORMACIÓN

Portada: Mosaico de inclusiónPor: Lic. Daniel Jasso Moreno

Traducciones realizadas por: Itzel Morgane Mora Laroze-Cervetti.Servicio social: Brenda Cervantes Osnaya.

MULTIDISCIPLINA. REVISTA DE LA FACULTAD DE ESTUDIOS SUPERIORES ACATLÁNAño 8, No. 24 (mayo-agosto, 2016) es una publicación cuatrimestral, editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, a través de la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, con domicilio en el Edificio de Gobierno, Planta Baja, cu-bículo 112 de la Avenida Alcanfores y San Juan Totoltepec S/N, Colonia Santa Cruz Acatlán, C.P. 53150, Naucalpan, Estado de México. Teléfono 56-23-16-09, 56-23-15-94 y 95, www.acatlan.unam.mx/multidisciplina, Correo electrónico: [email protected]

El objetivo de Multidisciplina, es publicar artículos de carácter científico y humanístico en las siguientes áreas de cono-cimiento: Matemáticas e Ingeniería; Diseño y Edificación; Humanidades; Ciencias Socioeconómicas; Ciencias Jurídicas e Idiomas, para difundir las investigaciones realizadas y contribuir a la generación de conocimiento y su aplicación en la resolución de problemas de carácter local, regional, nacional e internacional. La revista cuenta con un Consejo Editorial multidisciplinario e interinstitucional, conformado por académicos de reconocida trayectoria, así como de una cartera de árbitros de amplio reconocimiento, encargados de la revisión y aprobación de los artículos a publicar, a fin de garantizar los estándares de calidad aceptados por las revistas de difusión de la investigación. Asimismo, está integrada en diversos índices y bases de datos internacionales como Latindex, Clase, Biblat, Académica, Revistas UNAM, y forma parte de la iniciativa de acceso abierto Open Journal System.

Editora Responsable: Lic. Ariadna Uribe Ortiz. Certificado de Reserva de Derechos al Uso ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor número 04-2008-111212225300-102. Número de Certificado de Licitud de Título y Contenido ante la Comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación: 15396. ISSN 2007-4395.

La responsabilidad de los artículos publicados en Multidisciplina recae, de manera exclusiva, en sus autores y su contenido no refleja necesariamente el criterio de los árbitros, el editor, ni la institución. Se autoriza la reproducción de los artículos (no así de las imágenes) con la condición de citar la fuente y se respeten los derechos de autor.

Esta obra fue realizada con las fuentes: Anivers, Delicious, Fontin, Exo, Linux Libertine, Novecento, Source Sans Pro, Sansumi y Scriptina. Todas las fuentes tienen permitido su uso para reproducción, no así para modificación (salvo lo especificado en las licencias). Todos los derechos reservados a los respectivos autores.

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revista MULTIDISCIPLINA tercera época

CONSEJO EDITORIAL

Dr. José Alejandro Salcedo Aquino

Presidente

Dr. Mario Camacho Cardona

Dra. Ana María Cardero García

Lic. Francisco Casanova Álvarez

Dr. Sergio Chapa Vergara

Mtra. María del Rosario Dosal Gómez

Dr. Héctor Fix Fierro

Dra. Alicia Gojman Goldberg

Mtra. María Isabel Hernández Guerra

Arq. Agustín Hernández Navarro

Dr. Pedro Irigoyen Reyes

Dr. Octavio Islas Carmona

Dra. Yolanda G. López Franco

Dra. Elizabeth Guadalupe Luna Traill

Dr. Roberto Meli Piralla

Dr. Dieter Rall

Dr. Antonio Ruezga Barba

Dr. Carlos Tello Macías

Dra. María Teresa Uriarte Castañeda

Dr. Diego Valadés

Ing. José Pedro Agustín Valera Negrete

FES ACATLÁN. UNAM

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CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y DE ESTUDIOS AVANZADOS, IPN

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INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, UNAM

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FACULTAD DE ARQUITECTURA, UNAM

FES ACATLÁN. UNAM

TECNOLÓGICO DE MONTERREY, CEM

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INSTITUTO DE INGENIERÍA, UNAM

CENTRO DE ENSEÑANZA DE LENGUAS EXTRANJERAS, UNAM

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FACULTAD DE ECONOMÍA, UNAM

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES ESTÉTICAS, UNAM

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS, UNAM

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Contenido

Ciencias Jurídicas

• Juicio para la protección de derechos político electorales mexiquense

Mario Enríquez Carbajal

• La policía en la implementación del sistema de justicia penalPedro Eduardo Escamilla Nava

• El derecho migratorio: entre la contención y la gestiónLuisa Gabriela Morales Vega

Ciencias Socioeconómicas

• Nanopolítica del poderJavier Piña Sánchez, Arturo Hernández Magallón, Ricardo Manuel Leyva Gama

Diseño y Edificación

• Programas de vivienda sostenible en México

Víctor Manuel Vallejo Aguirre

Humanidades

• Discapacidad: Contextos de aprendizaje, inclusión y exclusión en Europa y América Latina

René León Valdez

Letrillas

• Comentario al libro Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI. De Clemente Ruiz Durán

Enrique García y Moisés

• Presentación del libro: Inteligencia cualitativa para la investigación en ciencias del cambio. Teoría y prácticas estratégicas

Diego Juárez Chávez

• Reseña del libro México y las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en el Siglo XXI: retos y oportunidades de María Cristina Rosas (coordinadora)

Jorge Alfonso Monjaráz Domínguez

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EditorialEn este número de Multidisciplina, en la sección de Ciencias Jurídicas, Mario Enríquez Carbajal establece la importancia del juicio para la protección de los derechos políti-co-electorales del ciudadano en el Estado de México, esto, a partir de su implementación en el Código Electoral mexiquense. Por su parte, Pedro Eduardo Escamilla Nava realiza un análisis sobre el trabajo que desempeñan los policías desde la entrada del nuevo sistema penal acusatorio, para conocer qué tan capacitados están para asumir esta responsabilidad y dejar en claro el papel estratégico que tiene un policía en este sistema de justicia. Por último, Luisa Gabriela Morales Vega presenta un interesante panorama sobre los derechos de los migrantes de cara a las nuevas políticas en esta materia.

En Ciencias Socioeconómicas, Javier Piña, Arturo Hernández y Ricardo Leyva esbozan las diversas conductas que los seres humanos asumen frente una relación de poder, a través del estudio de la nanopolítica, la cual orienta su objeto de estudio en los comportamientos minúsculos que ocurren en las acciones sociales de los individuos en su dinámica cotidiana.

Diseño y Edificación presenta un artículo de Víctor Manuel Vallejo Aguirre que ilustra diversos programas de vivienda sostenible en nuestro país, mismos que funcionan como líneas de financiamiento para desarrollar y adquirir vivienda que utiliza tecnología enfocada en ciertos ahorros y aprovechamiento de recursos naturales, sin embargo, sólo se circunscriben a aspectos térmicos y energéticos, dejando fuera factores económicos, sociales y ambientales en la planeación, diseño y construcción de la vivienda.

Por su parte, René León Valdez muestra en la sección Humanidades, una apro-ximación al concepto de discapacidad y su influencia en la educación; así como un análisis de la inclusión/exclusión como factores determinantes en la integración y desarrollo social de las personas discapacitadas.

En Letrillas, Enrique García y Moisés comenta el libro Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI, de Clemente Ruiz Durán. Diego Juárez Chávez presenta un comentario a propósito del texto Inteligencia cualitativa para la investigación en ciencias del cambio. Teoría y prácticas estratégicas de Imelda Jiménez Noriega, José Antonio Mendoza Aguirre y Miguel Ángel Maciel González. Finalmente, Jorge Alfonso Monjaráz Domínguez reseña la obra México y las operaciones de manteni-miento de la paz de las Naciones Unidas en el siglo XXI: retos y oportunidades de María Cristina Rosas (coordinadora).

Comité Editorial de la Revista Multidisciplina Tercera Época

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Resumen

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 6-25

JUICIO PARA LA PROTECCIÓN DE DERECHOSPOLÍTICO ELECTORALES MEXIQUENSE

Trial for the protection of mexiquense´s political and electoral rights

Mario Enríquez Carbajal - [email protected]

Esta investigación pretende establecer la importancia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el Estado de México, a partir de su implementación en el Código Electoral del Estado de México.

Se establecerá el fundamento constitucional y legal, definición del juicio para la protección de los derechos político-electorales, los derechos político-electorales del ciudadano, así como las resoluciones emitidas por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación que ordenaron la protección a derechos político-electorales de los habitantes del Estado de México.

Con la investigación se busca que el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano sea considerado como un mecanismo de control de la constitucionalidad.

Así, a través del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, los magistrados que integran el Tribunal Electoral del Estado de México tendrán que proteger los derechos político-electorales de los mexiquenses.

Palabras clave: juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, control de constitucionalidad, defensa de la constitución.

Absrtract

This paper intends to set the importance of the trial for the protection of the political and electoral rights of the residents in Mexico State ever since it was implemented in its Electoral Code.

The legal and constitutional basis and the definition of the trial for the protection of the citizens’ political and electoral rights shall be established, as well as the resolutions issued by the Federal Electoral Court ordering to safeguard such titles.

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The research aims to reckon the trial for the protection of the political and electoral rights as a mechanism to control the constitutionality.

Thus, by this trial, the judges who constitute the Electoral Court of Mexico State shall have to protect the political and electoral rights of the civilians.

Keywords: trial for the protection of the political and electoral rights of the citizens; control of the constitutionality; defense of the Constitution.

I. Juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano y fundamento constitucional

El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano es un medio de impugnación previsto en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia electoral que tiene base constitucional.

El debate entre los Ministros José María Iglesias e Ignacio L. Vallarta entre 1874 y 1882 generó la denominada incompetencia de origen que se resume en la improcedencia del juicio de amparo en materia electoral, sin que existiera un mecanismo de protección de los derechos político-electorales. No fue hasta 1996 que se estableció en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos la protección de estos derechos a través de un medio de impugnación, estable-ciéndose de la siguiente manera:

Artículo 99. El Tribunal Electoral será, con excepción de lo dispuesto en la fracción II del artículo 105 de esta Constitución, la máxima autoridad jurisdic-cional en la materia y órgano especializado del Poder Judicial de la Federación.

Al Tribunal Electoral le corresponde resolver en forma definitiva e inatacable, en los términos de esta Constitución y según lo disponga la ley, sobre:

[...]V. Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político

electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen esta Constitución y las leyes. Para que un ciudadano pueda acudir a la juris-dicción del Tribunal por violaciones a sus derechos por el partido político al

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que se encuentre afiliado, deberá haber agotado previamente las instancias de solución de conflictos previstas en sus normas internas, la ley establecerá las reglas y plazos aplicables [...]

En este sentido, el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano es un medio de impugnación en materia electoral con base cons-titucional y de configuración legal, a través del cual los ciudadanos pueden solicitar la protección de sus derechos político-electorales, así como de todos aquellos derechos estrechamente vinculados con éstos.

Para Alberto del Castillo del Valle es un medio jurídico de protección de los derechos de votar, ser votado y asociación libre, individual y voluntaria a un partido político, de que goza un ciudadano, previéndose constitucionalmente (Del Castillo, 2002, p. 103).

Así, la finalidad consiste en restituir a los ciudadanos en el uso y goce de sus derechos político-electorales, a través de su protección constitucional y legal.

Por su parte, la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral en el libro tercero, título único, capítulo primero, establece las reglas particulares del juicio para la protección de los derechos políti-co-electorales del ciudadano.

Con relación a la procedencia del juicio para la protección de los derechos político-electorales, el artículo 79 de dicha ley señala lo siguiente:

Artículo 79

1. El juicio para la protección de los derechos político-electorales, sólo procederá cuando el ciudadano por sí mismo y en forma individual o a través de sus repre-sentantes legales, haga valer presuntas violaciones a sus derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos y de afiliarse libre e indi-vidualmente a los partidos políticos. En el supuesto previsto en el inciso e) del párrafo 1 del siguiente artículo, la demanda deberá presentarse por conducto de quien ostente la representación legítima de la organización o agrupación política agraviada.

2. Asimismo, resultará procedente para impugnar los actos y resoluciones por quien teniendo interés jurídico, considere que indebidamente se afecta su derecho para integrar las autoridades electorales de las entidades federativas.

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Resulta claro que este medio de impugnación protege los derechos político-elec-torales que tienen todos los ciudadanos para intervenir en actividades que se encuentran relacionadas con el Estado, en el ejercicio de la función política.

Es por ello, que la misma Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, otorga legitimidad a los ciudadanos para interponer el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano como se nota enseguida:

Artículo 8

1. El juicio podrá ser promovido por el ciudadano cuando:

a) Habiendo cumplido con los requisitos y trámites correspondientes, no hubiere obtenido oportunamente el documento que exija la ley electoral respectiva para ejercer el voto;

b) Habiendo obtenido oportunamente el documento a que se refiere el inciso anterior, no aparezca incluido en la lista nominal de electores de la sección correspondiente a su domicilio;

c) Considere haber sido indebidamente excluido de la lista nominal de electores de la sección correspondiente a su domicilio;

d) Considere que se violó su derecho político-electoral de ser votado cuando, habiendo sido propuesto por un partido político, le sea negado indebi-damente su registro como candidato a un cargo de elección popular. En los procesos electorales federales, si también el partido político interpuso recurso de revisión o apelación, según corresponda, por la negativa del mismo registro, el Consejo del Instituto, a solicitud de la Sala que sea competente, remitirá el expediente para que sea resuelto por ésta, junto con el juicio promovido por el ciudadano;

e) Habiéndose asociado con otros ciudadanos para tomar parte en forma pacífica en asuntos políticos, conforme a las leyes aplicables, consideren que se les negó indebidamente su registro como partido político o agrupación política;

f) Considere que un acto o resolución de la autoridad es violatorio de cualquier otro de los derechos político-electorales a que se refiere el artículo anterior, y

g) Considere que los actos o resoluciones del partido político al que está afiliado violan alguno de sus derechos político-electorales. Lo anterior es aplicable a los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular aún cuando no estén afiliados al partido señalado como responsable.

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Sin duda, los llamados derechos políticos se encuentran reservados a los derechos de los ciudadanos, es decir al voto activo, al voto pasivo, a la asociación en materia política y por ende, el juicio para la protección de los derechos polí-tico-electorales del ciudadano es un medio de control constitucional, ya que procura que la Constitución mantenga su vigencia y supremacía sobre todos los actos de autoridad, incluso aquellos emitidos por la autoridad electoral.

En este contexto, los derechos político electorales pertenecen a la rama del Derecho Público, reconocidos constitucionalmente a la persona como ciudadano mexicano, ya sea en lo individual o en lo colectivo, para que dentro de un estado de derecho, participe con la representación de la soberanía del pueblo y de manera democrática en la renovación del poder público. (Barraza, 2000, pp. 370 y 371).

Es evidente que los derechos político-electorales encaminan a derechos y obligaciones de aquellos que tienen la calidad de ciudadanos. Al respecto, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé quiénes tienen la calidad de ciudadano, a saber:

Artículo 34. Son ciudadanos de la República los varones y mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos, reúnan, además, los siguientes requisitos:

I. Haber cumplido 18 años, y

II. Tener un modo honesto de vivir.

En este precepto constitucional es de notarse que considera ciudadanos tanto hombres como mujeres, que conforme al artículo 30 constitucional tengan la nacionalidad mexicana, ya sea por nacimiento o por naturalización, además de ello, que tengan 18 años de edad y un elemento que parece subjetivo es tener modo honesto de vivir. Requisitos estos que le permiten ejercer derechos polí-tico-electorales como son: de votar y ser votado a un cargo de elección popular.

Siguiendo este orden, el artículo 35 de la Constitución prevé de manera precisa los derechos de los ciudadanos, de la siguiente manera:

Artículo 35. Son derechos del ciudadano:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos,

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así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera indepen-diente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país;

IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes;

V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición;

VI. Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;

VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso. El Instituto Nacional Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley, y

VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional...

[...]

En las fracciones señaladas en el artículo anterior, se sitúan los derechos polí-tico-electorales de votar, ser votado, asociación, ocupar un cargo público, que en caso de violación a estos derechos, la Ley de la materia prevé el juicio de protección de los mismos, y que desde luego tiene base constitucional, tal como se ha mencionado.

Por otro lado, el artículo 36 constitucional establece las obligaciones que tienen los ciudadanos, siendo:

Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:

I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.La organización y el funcionamiento permanente del Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición del documento que acredite la ciudadanía mexicana son servicios de interés público, y por tanto, responsabilidad que corresponde al Estado y a los ciudadanos en los términos que establezca la ley,

II. Alistarse en la Guardia Nacional;

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III. Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;

IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de las entidades federativas, que en ningún caso serán gratuitos; y

V. Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las de jurado.

En las fracciones III, IV y V previstas en el artículo anterior, se establecen obli-gaciones relacionadas con los derechos político-electorales de los ciudadanos que deben cumplirse por tratarse de derechos del ciudadano a los cuales no puede renunciar, ya que de lo contrario, la misma Constitución en el artículo 38 prevé sanciones al respecto, como se advierte enseguida.

Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obli-gaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley...

[...]

En suma, los derechos político-electorales de los ciudadanos, al ser una obligación constitucional deben ejercerse y son irrenunciables, ya que su ejercicio conlleva ostentar un cargo de elección popular que bajo ninguna circunstancia se puede renunciar, tanto así que la misma ley electoral prevé la licencia al cargo para separase del mismo, por la misma naturaleza jurídica que tienen; sin embargo, como se puede advertir, los derechos o prerrogativas se pueden suspender en caso de no cumplir con las obligaciones ciudadanas, sin causa justificada. Dicha suspensión durará un año, más aquellas sanciones que señale la ley.

Con relación a la suspensión de los derechos o prerrogativas de los ciudadanos, es importante señalar que en México no se ha presentado algún caso relacionado de suspensión de prerrogativas, ni mucho menos la ley de la materia señala sanción alguna relacionada con esto. Y que, sin duda, resultaría de gran relevancia que se aplicará dicha suspensión así como una sanción tal como prevé el artículo 38 constitucional, inclusive serviría como un mecanismo para erradicar el abstencionismo que se ha acrecentado en las últimas elecciones.

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II. Una aproximación a los derechos político-electorales

Los derechos político electorales en general originan una relación de Derecho público en la que intervienen como sujetos los ciudadanos y el Estado. En el primer caso se encuentran los ciudadanos, los candidatos, las organizaciones políticas y los partidos políticos nacionales. En el segundo, interviene el estado a través de sus autoridades electorales, o sea, el Instituto Federal Electoral y el Tribunal Electoral del poder Judicial de la Federación (Barraza, 2000, p. 386).

Es evidente que los derechos político-electorales se clasifican en dos grandes grupos: aquellos que se hacen valer en lo personal y los que se ejercitan en lo colectivo. En razón que esta investigación se centra en los derechos político-electorales de los ciudadanos mexiquenses, se analizarán aquellos que son personales. Para ello, se ha señalado que la constitución en su artículo 35 prevé las prerrogativas de los ciudadanos como son: I. Votar en las elecciones populares; II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley; III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país; IV. Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezcan la ley; y V. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional.

La importancia de la debida tutela de los derechos político-electorales, es para conservar un estado constitucional de derecho, lo cual ser realiza principal-mente a través del juicio para la protección de los derechos político electorales, competencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Flores. 2011, p. 29).

Los derechos político-electorales están consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y por tanto los derechos políticos son derechos humanos y deben gozar de una adecuada protección jurisdic-cional (Nieto, 2003, p. 312).

Así pues, los derechos político-electorales vienen a determinar primero, a la persona como actor del poder político, y, segundo, a establecer las modalidades de su obligación con las instituciones de gobierno en razón de ser inherentes al desarrollo del Estado democrático; su contenido y contexto evolucionaron en medida que el ejercicio del poder dejó de concentrarse en un solo individuo o en los órganos de gobierno (Hernández, 2007, p. 531).

En este sentido, se ha considerado que dentro de los derechos de primera generación se encuentran los derechos de manifestación, de reunión, de libertad

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de expresión, a publicar escritos, de participación política (que engloban los de participación en la dirección de asuntos políticos los de votar y ser votado, a los cargos públicos, afiliación política y participar en elecciones democráticas, periódicas y libres) (Nieto, 2003, p. 313).

Por tanto, si se considera por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que ésta, los tratados internacionales y las leyes generales son ley suprema de toda la unión, los derechos político-electorales son conside-rados como derechos humanos, sin embargo, es importante considerar que, para gozar de estos derechos, es indispensable que se satisfagan previamente ciertos requisitos legales, principalmente el de ciudadanía.

Dentro de los derechos político-electorales están: a votar (voto activo), a ser votado (voto pasivo), de afiliación, de asociación, a la información políti-co-electoral, de petición en materia político-electoral, de libertad de expresión y de réplica en materia político-electoral.

III. Genésis del juicio para la protección de los derechos políti-co-electorales del ciudadano en el Estado de México

Es importante mencionar que entre los años 1990 hasta el año 2013, no estaba previsto el juicio para la protección de derechos político-electorales de ciudadano dentro de la legislación electoral del Estado de México, y cuando se presentaba una afectación a derechos político-electorales, los ciudadanos acudían a la Sala Regional Toluca que pertenece a la quinta circunscripción del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Pese a ello, existía una gran incertidumbre jurídica, ya que los ciudadanos no tenían un medio de impugnación a su alcance para el caso de vulneración a estos derechos.

La protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el Estado de México tuvo lugar a partir de que el Tribunal Electoral del Estado de México remitió a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, un asunto relacionado con la omisión del Presidente Municipal de Zinacantepec, Estado de México por concepto de pago de dietas a una regidora municipal que recién había concluido su cargo1, es así, que cuando la

1 Cfr. SUP-JDC-3220/2012, SUP-JDC-3221/2012, .SUP-JDC-3222/2012, SUP-JDC-3223/2012, SUP-JDC-3224/2012, ST-JDC-38/2013, ST-JDC-42/2013, ST-JDC-43/2013 y ST-JDC-44/2013, ST -JDC-63/2013, ST-JDC-64/3013, ST-JDC-65/2013, ST-JDC-66/2013, ST-_ JDC-68/2013 y ST-JDC-71/2013, entre otros. Los precedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sentaron las bases del juicio ciudadano local

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Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación toma conocimiento del mismo, realizó una interpretación sistemática y armónica de los artículos 116, párrafo segundo, fracción IV, inciso L) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, al considerar que las entidades federativas en materia electoral garantizarán que se establezca un sistema de medios de impugnación para que todos los actos y resoluciones electorales se sujeten invariablemente al principio de legalidad en concordancia con lo previsto en el artículo 13, primer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, en el cual se prevé la existencia de un sistema de medios de impugnación, al señalar que para garantizar los principios de constitucio-nalidad y legalidad de los actos y resoluciones electorales, la ley establecerá un sistema de medios de impugnación que dará definitividad a las distintas etapas de los procesos electorales, así como garantizar la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos.

La Sala Superior afirmó que el conocimiento y resolución de los medios de impugnación en materia electoral en el Estado de México compete al Tribunal Electoral de esta entidad federativa, ya que tiene la atribución de resolver las impugnaciones de actos y resoluciones que vulneren los derechos político-elec-torales de los ciudadanos, como son: votar, ser votado, y a la afiliación libre y pacífica, y que la carencia de una reglamentación en cuanto a la sustanciación e instrucción de ese medio de impugnación no puede constituir un obstáculo que prive a los ciudadanos del Estado de México de la posibilidad de promover ese medio de impugnación en defensa de sus derechos.

De esta manera, el Tribunal Electoral del Estado de México instrumentó un nuevo medio de impugnación denominado “asuntos especiales” para salva-guardar los derechos político-electorales del ciudadano en la entidad.

al realizar una interpretación sistemática y armónica de preceptos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México para determinar que el Tribunal Electoral del Estado de México si bien no tenía previsto en su Código Electoral de la entidad citada un instru-mento que salvaguardara y garantizara la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, debería instrumentar un mecanismo para salvaguardar estos derechos, considerando los presupuestos procesales previstos para los demás medios de impugna-ción en la materia.

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IV. Importancia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el Estado de México

Con el propósito de entender la importancia del juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el Estado de México se hará una retrospectiva legislativa para identificar cómo se ha integrado el sistema de medios de impugnación en esta materia.

La Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales del Estado de México por primera vez en su historia legislativa del Estado de México incluye de forma específica un capítulo relativo a los medios de impugnación, los cuales eran: protesta, inconformidad, queja y revocación.

Dicha ley contempló la posibilidad de dar curso a las controversias electorales, también lo es que estaba limitada porque no incluía un apartado relativo a los medios de prueba admisibles, así como a cuestiones relacionadas a la improcedencia o sobreseimiento de los recursos. Con relación al órgano que resolvía dichos medios no podía considerarse como una autoridad jurisdic-cional que con carácter autónomo resolviera las impugnaciones presentadas por los partidos políticos inconformes, por lo que las decisiones eran tomadas por autoridades de los poderes Ejecutivo y Legislativo, dejando duda sobre la certeza e imparcialidad de las decisiones tomadas por dichos poderes. Pese a ello, constituyó el primer antecedente formal de los medios de impugnación en materia contenciosa electoral en el Estado de México.

Por su parte, la Ley de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales del Estado de México previó instrumentos legales como medio de control de la legalidad de los actos de los organismos electorales que estaban al alcance de los partidos políticos, candidatos a cargos de elección popular y ciudadanía en general, en el caso de ver transgredidos sus derechos.

Los medios de impugnación que contemplaba la legislación mencionada eran:

a) Recurso de protesta.b) La inconformidad. Procedía en contra de los actos del registro estatal de

electores y estaban legitimados para interponerlo los partidos, a través de sus representantes, candidatos o los ciudadanos.

c) El recurso de queja. Procedía en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo municipal y en la de cómputo distrital, de acuerdo con la elección de que se tratara. Se impugnaban también las constancias de

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mayoría expedidas por los organismos electorales, su objeto era hacer valer en su momento, las causales de nulidad consignadas en la Ley. Los legitimados para su interposición eran los comisionados o los candidatos, ante la comisión municipal o distrital respectiva. Su procedencia era únicamente cuando se hubiera hecho valer el escrito de protesta en tiempo y forma.

d) El recurso de revisión. Procedía en contra de actos de la Comisión Estatal Electoral, con excepción de las calificaciones de miembros de Ayuntamiento, así como la expedición de constancias de mayoría en elecciones de diputados. Estaban legitimados los comisionados de los partidos políticos acreditados ante el organismo, dentro del plazo de los tres días siguientes a aquel en que tuvieran conocimiento del acto.

e) El recurso de apelación. Procedía, finalmente, en contra de la negativa de registro de un partido político estatal, dentro de un plazo de cinco días naturales, contados a partir del siguiente en que se notificara la resolución respectiva.

Puede notarse que no se previó ningún mecanismo para garantizar la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos, ya que trataba de velar por la legalidad de los actos de las autoridades electorales.

En 1995 se reformó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, y se estableció un sistema de medios de impugnación, para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos y reso-luciones electorales y lograr así, la definitividad de las diversas etapas del proceso electoral. De ahí que se elevó a rango constitucional a la protección de los derechos político-electorales del ciudadano de votar y ser votado y de asociación, en los términos regulados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Como consecuencia de ello, el 2 de marzo de 1996, la LII Legislatura del Estado de México mediante el Decreto número 134 se expidió el Código Electoral del Estado de México que reguló normas constitucionales relativas a:

a) Derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos del Estado de México.

b) Organización, función, derechos y obligaciones de los partidos políticos.

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c) Función pública de organizar y vigilar las elecciones de los integrantes del Poder Legislativo y de los ayuntamientos, así como de Gobernador en la Entidad.

d) La integración y funcionamiento del Tribunal Electoral y el sistema de medios de impugnación.

Así, a partir de la reforma constitucional de 1995 se elevó a rango constitucional la protección de los derechos político-electorales del ciudadano en el Estado de México y en el año de 1996, los legisladores expidieron el Código Electoral de la Entidad, mismo que previó como uno de sus fines la protección de los derechos y obligaciones político-electorales de los ciudadanos del Estado de México, sin que se establecieran un mecanismo para su protección efectiva.

A raíz de la última reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y al otrora Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales2 en el Estado de México se realizaron reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como al Código Electoral del Estado de México3 en aras de cumplir con los artículos transitorios de dicha reforma constitucional en materia política-electoral.

2 Cfr. Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia política-electoral. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, así como el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales y se expide la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 15 de mayo de 2014, decreto por el que se expide la Ley General de Partidos Políticos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 2014 y el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación del 23 de mayo de 2014.

3 Cfr. El Decreto 237 en su artículo Único, por el que se reforman los artículos: el primer párrafo del 3, el segundo párrafo del 10, el 11, los párrafos primero, cuarto, quinto, octavo, décimo cuarto, décimo sexto, décimo noveno, vigésimo y vigésimo primero del 12, los párrafos tercero, cuarto, quinto y sexto del 13, el último párrafo del 14, los numerales 4 y 6 de la fracción VIII del 29, las fracciones II y III del 39, las fracciones VI, VII, VIII y el párrafo segundo del 40, el 44, el segundo párrafo del 45, las fracciones XXI en su primer párrafo, XLVIII y XLIX del 61, el primer párrafo del 86 bis, el 116 y el último párrafo del 120; se adicionan el párrafo sexto recorriéndose los subsecuentes al 13, los párrafos cuarto y quinto al 17, los párrafos quinto y sexto al 39, la fracción IX al 40 y se deroga el párrafo segundo del 39 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 24 de junio de 2014, entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” y la reforma

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En consecuencia de ello, el Legislador mexiquense modificó la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, así como el Código Electoral del Estado de México. De este último, se advierte la implementación del Juicio para la protección de los derechos político- electorales del ciudadano.4

a los artículos 44 y 116 de esta Constitución será aplicable a los diputados locales e inte-grantes de los ayuntamientos que sean electos a partir del proceso electoral de 2015, así como el decreto número 248 por el que se expide el Código Electoral del Estado de México, se deroga el título quinto denominado “delito contra el proceso electoral” del Código Penal del Estado de México, se reforma la fracción VII al artículo 3 y se adicionan la fracción VIII al artículo 3, las fracciones XXIV BIS y XXIV TER al artículo 41, un tercer y cuarto párrafo a la fracción V del artículo 49, recorriéndose los subsecuentes de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y se adicionan tres párrafos al artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

4 Cfr. Decreto número 248 por el que se expide el Código Electoral del Estado de México, se deroga el título quinto denominado “Delito contra el proceso electoral” del Código Penal del Estado de México, se reforma la fracción VII del artículo 3 y se adicionan la fracción VIII al artículo 3, las fracciones XXIV BIS y XXIV TER al artículo 42, un tercer y cuarto párrafo a la fracción V del artículo 49, recorriéndose los subsecuentes de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios y se adicionan tres párrafos al artículo 78 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, que resulta interesante destacar los puntos relevantes de la exposición de motivos para implementar el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, como sigue:Durante el siglo XIX se acuñó el paradigma que imposibilitaba una relación del derecho de acceder a la justicia para proteger o hacer efectivos los derechos político-electorales de los ciudadanos. Ignacio L. Vallarta instituyó en 1874 la prohibición expresa de poder acudir a los tribu-nales, de exigir justicia en cuestiones políticas, situación que hizo nugatoria la defensa jurisdiccional de los derechos políticos de los ciudadanos durante casi una centuria.No fue sino hasta 1996 que se dejó atrás cien años del vacío de la tutela jurisdiccional de los derechos políticos cuando se creó el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano, que protege desde ese entonces el derecho de votar, a ser votado y de asociación política, reforma en la cual Acción Nacional al igual que muchas fuerzas políticas representadas en esta Soberanía, tuvieron un papel preponderante en el reconocimiento y defensa de tan trascendental prerrogativa ciudadana.La reforma Constitucional de 2007 dejó de manifiesto que el juicio ciudadano de defensa de los derechos político-electorales era indispensable para garantizar la tutela legal de los derechos ciudadanos, ya que sin una autoridad que lo hiciera valer y los reparara de forma eficaz y oportuna, dichas prerrogativas serían solo de carácter subjetivo en el texto legal y no objetivos, para cobrar vida en la política de la Nación.Son diversas las asignaturas pendientes que en el ámbito Constitucional Federal tiene derecho procesal electoral en materia de protección de derechos político-electorales como la tutela de dichos derechos frente a resultados electorales y ante actos considerados de derecho parlamentario con un alto contenido electoral. Sin embargo, hay otra asigna-tura pendiente que deriva de la jurisprudencia electoral y que es materia de una reforma electoral local, el juicio local de protección de los derechos político-electorales. Ante dicha asignatura por cumplir y derivado de las interpretaciones recientes hechas

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El legislador de la entidad mexiquense estableció que, si el artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México autoriza a tutelar los derechos político-electorales, resulta evidente que se debe tutelar dichos derechos mediante una tutela judicial efectiva, mediante ordenamiento que respeten el principio de debido proceso legal.

De esta manera, los artículos 4 5 fracción IV, 4 6, fracción IV y 4 9 del Código Electoral del Estado de México prevén en relación con el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, lo siguiente:

Artículo 4 5. El sistema de medios de impugnación establecido en el presente Código tiene por objeto para garantizar:

[...]

IV. La protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos locales.

[...]

Artículo 4 6. Para garantizar la legalidad y certeza de los actos y resoluciones de los órganos electorales, así como la protección de los derechos político-elec-torales de los ciudadanos, el sistema se integra con los siguientes medios de impugnación:

[...]

a nuestro pacto político por los tribunales federales, se deriva de una interpretación uniforme y sistemática que de conformidad con los artículos 41, Base I y 116, fracción IV, de nuestra constitución federal, que los Estados de la Unión y aun el Distrito Federal tienen plena libertad y competencia para establecer las normas y reglas para intervenir en los procesos electorales locales, incluyendo desde luego, los mecanismos legales de defensa de los derechos político-electorales del ciudadano.En tal virtud, esta soberanía no solo está facultada a legislar en materia del juicio ciudadano local, sino obligada a proteger mediante dicho mecanismo los derechos políti-co-electorales de sus ciudadanos, correspondiendo con un mecanismo de reconocimiento del federalismo jurisdiccional electoral.

...Se concluye, entonces, que los tribunales electorales de las entidades federativas son competentes para conocer de dicho juicio y por tanto deben contar con un medio de impugnación apto y eficaz para obtener la restitución del derecho violado, pues de esta manera, se privilegian los principios constitucionales de tutela judicial efectiva, de fede-ralismo judicial y de un sistema integral de justicia en materia electoral.Si bien es cierto que el Estado de México ha sido punta de lanza en la evolución legislativa de la Nación, no menos verídico resulta que carecemos de un medio de defensa jurídica de los derechos político-electorales del ciudadano de corte local, lo cual es contrario con la obligación legal de contar con un sistema integral de justicia en materia electoral que tutele de forma eficaz tan importante derecho constitucional.

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IV. El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local.

Artículo 4 9. En cualquier momento podrá ser interpuesto el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano local, que sólo procederá cuando el ciudadano por sí mismo y en forma individual, o a través de sus representantes legales, haga valer presuntas violaciones a sus derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, de asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos y de afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos.

I. El juicio podrá ser promovido por el ciudadano cuando:

a) Considere que se violó su derecho político-electoral de ser votado cuando, habiendo sido propuesto por un partido político, le sea negado indebidamente su registro como candidato a un cargo de elección popular local.

En los procesos electorales locales, si también el partido político interpuso recurso de revisión o apelación, según corresponda, por la negativa del mismo registro, el Consejo del Instituto, deberá remitir el expediente para que sea resuelto por éste, junto con el juicio promovido por el ciudadano.

b) Habiéndose asociado con otros ciudadanos para tomar parte en forma pacífica en asuntos políticos del Estado, conforme a las leyes aplicables, consideren que se les negó indebidamente su registro como partido político local o agrupación política local. La demanda deberá presentarse por medio de quien ostente la representación legítima.

c) Considere que un acto o resolución de la autoridad es violatorio de cualquier otro de los derechos político-electorales a que se refiere el primer párrafo del presente artículo.

d) Considere que los actos o resoluciones del partido político al que está afiliado violan alguno de sus derechos político-electorales.

De igual forma, tratándose de los actos y resoluciones emitidos por las autoridades partidistas durante los procesos internos de elección de dirigentes y selección de candidatos a puestos de elección popular. Lo anterior es aplicable a los precandidatos y candidatos a cargos de elección popular aun cuando no estén afiliados al partido señalado como responsable.

e) Considere que se vulnera el derecho de votar y ser votado en las elecciones de las autoridades auxiliares de los ayuntamientos.

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f) En contra de sanciones impuestas por algún órgano del instituto o de un partido político, siempre y cuando implique violación a un derecho políti-co-electoral.

g) Se vulnere su derecho a la información o el derecho de petición en materia político-electoral.

h) En contra de los actos y resoluciones que violenten su derecho para integrar las autoridades electorales del Estado.

i) En contra de las resoluciones de los consejos del Instituto respecto de la acre-ditación de los observadores electorales. Cuando se trate de una organización de observadores, la demanda deberá presentarse por medio de quien ostente la representación legítima.

II. El juicio sólo será procedente cuando el actor haya agotado todas las instancias previas y realizado las gestiones necesarias para estar en condiciones de ejercer el derecho político-electoral presuntamente violado, en la forma y en los plazos que las leyes respectivas, establezcan para tal efecto.

En aquellos casos o cuando las instancias previas requieran de mayores requisitos que el presente juicio o pongan en riesgo la restitución del derecho político-elec-toral violado, el quejoso podrá acudir directamente ante el Tribunal Electoral.

III. En los casos de conflictos intrapartidarios, el quejoso deberá haber agotado previamente las instancias de solución de conflictos previstas en las normas internas del partido de que se trate, salvo que los órganos partidistas competentes no estuvieren integrados e instalados con antelación a los hechos litigiosos, o dichos órganos incurran en violaciones graves de procedimiento que dejen sin defensa al quejoso.

Cuando la normativa estatutaria de un partido político establezca que, durante el desarrollo de un procedimiento electoral, todos los días y horas son hábiles para la promoción de los medios de defensa partidistas; debe estimarse que esa regla es aplicable cuando se controviertan, ante este Tribunal Electoral actos derivados de esos procedimientos electivos, a fin de hacer coherente el sistema de medios de impugnación partidista y constitucional.

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IV. El juicio para la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos local se presentará, sustanciará y resolverá en los términos que establece el presente Código.

V. Los actos o resoluciones que violen el derecho político-electoral de votar de los ciudadanos en las elecciones constitucionales, sólo podrá controvertirse a través del medio de impugnación que establece la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En esta retrospectiva legislativa se nota cuánto tiempo transcurrió para que los ciudadanos en el Estado de México contarán con un mecanismo de protección de sus derechos político-electorales, y que genera un avance significativo en la tutela efectiva de estos derechos, contra algunos actos que ahora regula este medio de impugnación.

El juicio ciudadano es un mecanismo que permite garantizar de forma efectiva la tutela de los derechos políticos y democratizar a los partidos políticos desde su interior, lo que ha generado una justicia electoral para los ciudadanos.

En el ámbito local, el juicio para la protección de los derechos político-elec-torales será importante mecanismo de control de la constitucionalidad porque solventará las omisiones y dilaciones de algunas instancias partidarias en la resolución de las impugnaciones de militantes ante los propios institutos políticos en la defensa de sus derechos.

Por otro lado, el Tribunal Electoral del Estado de México, como máxima autoridad jurisdiccional en la materia, debe garantizar la protección de los derechos político-electorales de los ciudadanos mexiquenses, y que tiene el reto de resolver aquellos conflictos internos que se susciten en cada partido político, dirimir controversias suscitadas por la elección de autoridades auxiliares, aquellos asuntos relacionados con el derecho de acceso al cargo, verbigracia, la elección de integrantes de órganos administrativos y jurisdic-cionales electorales, el pago de dietas a quienes ostentan un cargo de elección popular, entre otros. Es una gama de conflictos que se deben resolver mediante este mecanismo de control de la constitucionalidad.

Así pues, en un estado de derecho se debe dar primacía al orden jurídico, con la voluntad política de someterse a él, por parte de los poderes públicos y de cualquier autoridad, es decir, es importante contar con mecanismos o instrumentos para salvaguardar la Constitución, y que el acto de los poderes

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públicos, organismos autónomos y autoridades en general, no quede fuera del control de la constitucionalidad.

El juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano es un mecanismo de control de la constitucionalidad para la defensa de estos derechos, considerado como un derecho humano de corte político5 que debe garantizar su protección y tutela efectiva y, en su caso, restituir a los gobernados en este tipo de derechos violados.

Referencias

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ਈ Flores, F. (2011), Los derechos político-electorales en el Estado de México. Avances y retos, México, Instituto Electoral del Estado de México/imprenta Santa Bárbara.

5 Al respecto, es importante señalar que existe tesis del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha estimado que los derechos políticos no son derechos humanos, al no encontrarse dentro del catálogo de las garantías individuales y, por ende, la impro-cedencia del juicio de amparo, cuyo rubro es: DERECHOS POLÍTICOS. AMPARO IMPROCEDENTE POR VIOLACIÓN A.Al respecto, es importante señalar que existe tesis del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ha estimado que los derechos políticos no son derechos humanos, al no encontrarse dentro del catálogo de las garantías individuales y, por ende, la improcedencia del juicio de amparo, cuyos rubros son: Cfr. DERECHOS POLÍTICOS. AMPARO IMPROCEDENTE POR VIOLACIÓN A. (Seminario Judicial de la Época, t. VIII, p. 389); DERECHOS DE PARTICIPACIÓN POLÍTICA A VOTAR Y SER VOTADO. SON DERECHOS FUNDAMENTALES PROTEGIDOS A TRAVÉS DE LOS PROCESOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL ESTABLECIDOS EN LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, DE ACUERDO AL SISTEMA COMPETENCIAL QUE LA MISMA PREVÉ. (Novena época. Pleno. Jurisprudencia 83/2007). Ahora bien, el 10 de junio de 2011 el Poder Reformador de la Constitución modificó el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y cambió el término “garantías individuales” por “derechos humanos”. Asimismo, estableció el principio pro persona, que viene a erradicar el criterio decimonónico que ha emitido la Suprema Corte de la Nación.Dicha reforma constitucional viene a consolidar que los derechos políticos son derechos humanos que están elevados a rango constitucional que prevé su mecanismo de protec-ción, el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del ciudadano.

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ਈ HernánDez M. (2007), Análisis y perspectiva de los derechos político-electorales del ciudadano en el proceso constituyente mexicano. A 150 años de la constitución de 1857 y 90 de la constitución de 1917, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.

ਈ nieto, s. (2003), Interpretación y argumentación jurídicas en materia electoral, una propuesta garantista, México, Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México.

ਈ silva, l. (2008). El control judicial de la constitucionalidad y el juicio de amparo en México. México. Porrúa.

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Páginas web

ਈ http://www.ieem.org.mx/d_electoral/ceem.pdf

ਈ http://portal2.edomex.gob.mx/edomex/temas/normatividad/index.htm

ਈ http://www.trife.gob.mx/

ਈ http://www.teemmx.org.mx/Sentencias/default.htm

MARIO ENRÍQUEZ CARBAJAL es Doctor en Derecho Constitucional-Electoral por la Universidad Popular Autónoma de Veracruz, Maestro en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, Maestro en Derechos Humanos por la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez Chihuahua, Especialidad en Justicia Electoral por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y Especialidad en Procedimientos Jurídico-Electorales por la Universidad Autónoma del Estado de México. Se ha desempeñado como auxiliar jurídico en la Dirección Jurídica de Tenango del Valle; secretario auxiliar jurídico, secretario proyectista y secretario de estudio y cuenta en el Tribunal Electoral del Estado de México, Subdirector General de la Revista Electrónica Jurídica Pro homine México; docente de diversas materias en educación media básica, media superior y superior; asesor de tesis de licenciatura, maestría y doctorado; así mismo miembro del comité revisor de artículos y ensayos que publica el Instituto Electoral del Estado de México. Actualmente labora en la FES Acatlán de la UNAM como profesor de tiempo completo.

Sus temas de especialización son: derechos humanos, constitucional, electoral, municipal y metodología de la investigación.

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Resumen

LA POLICÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMADE JUSTICIA PENAL

The police in the implementation of the criminal justice system

Pedro Eduardo Escamilla Nava

Ya entró en operación en todo el país el sistema penal acusatorio; jueces, defensores, peritos, policías, ministerios y operadores del mismo se dicen listos para su ejecución, Pero, ¿qué pasa con el policía, primer respondiente en esta trascendente reforma de seguridad y justicia?

La presente investigación tiene como propósito hacer un análisis del trabajo de las y los policías en el marco de su implementación. Su elaboración se construye a través del método analítico con dos enfoques: La capacitación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley considerando sus nuevas atribuciones legales y, las condiciones económicas, sociales y culturales en las que estos servidores públicos cumplen con su deber. La conjunción de ambos aspectos da la pauta para analizar la capacidad de los policías, al dejar en claro el papel estratégico que ocupa el policía en este nuevo sistema de justicia. A partir de los resultados de esta investigación, poner en la mesa de debate la disparidad considerable entre una visión gubernamental de buenos resultados y la realidad cotidiana en la que estos guardianes del orden actuarán como primeros respondientes.

Palabras clave: policía, capacitación, sistema penal acusatorio, primer respondiente.

Abstract

The accusatory penal system is currently in function throughout the country, and the judges, lawyers, experts, ministries and participants declare to be ready to execute it. But which is the role of the police, the first respondent of this transcendental reform to the safety and justice?

The purpose of this research is to explain the effort made by the policemen during the implementation. It is the consequence of the construction of an analytical method of two perspectives: the qualification of civil servants responsible for the realization

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 26-53

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of the law, considering the new legal assignments and the economic, social and cultural conditions which surround these officials fulfilling their duties. The combination of both topics sets the pattern to analyze the ability of the law enforcement body by establishing their strategic role in this new justice system. Based on the results from the investigation, a notable gap between a governmental depiction of a positive outcome and the daily facts under which these officers perform their role as first respondents shall be discussed.

Keywords: police; effort; accusatory penal system; first respondent.

Introducción

Hablar de democracia y Estado de Derecho exige de las instituciones de un país su compromiso en la búsqueda de alternativas a los múltiples retos nacionales, alter-nativas en las que deben ser resguardadas el orden, la paz y las grandes libertades.

Son muchas las razones que llevaron en 2008 a legisladores, actores políticos, instituciones de gobierno y organizaciones de la sociedad civil a repensar una manera más eficaz para hacer frente a una de las grandes exigencias sociales en México, la crisis en materia de seguridad e impartición de justicia.

La elevada impunidad, la falta de profesionalización y compromiso en los operadores de la justicia, un pésimo sistema penitenciario, un palpable hartazgo social y una necesidad de responder ante las nuevas formas de criminalidad, son algunas de las tantas razones que motivaron un cambio de esquema jurídico en el país. Un reto, que debido a sus dimensiones, no resultaba fácil ni sencillo.

Como respuesta al conjunto de problemas que prevalecían, la reforma cons-titucional en materia de seguridad y justicia se fragua después de la presen-tación de diez iniciativas que fueron impulsadas a partir del 29 de Septiembre de 2006, por parte de diversos grupos políticos ante la Cámara de Diputados. El resultado –aunque largo y muy controvertido- fue la modificación de diez artículos de la norma constitucional (Arts: 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73, 115 y 123) los cuales renovaban conceptos que ya se encontraban previamente estable-cidos; sin embargo, también surgieron nuevas figuras jurídicas que dieron un giro de ciento ochenta grados a la manera de entender y aplicar el sistema procesal de administración e impartición de justicia, concediendo un plazo a

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las entidades federativas de ocho años para que según sus condiciones sociales, económicas y culturales, pudieran adecuarse a las reformas antes del 16 de junio de 2016.

De conformidad con los reformados artículos constitucionales, llama la atención la implementación de un proceso acusatorio y oral regido por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. La creación de un juez de control; la garantía de una defensa adecuada como derecho primordial; la obligación de las y los policías a respetar permanen-temente los derechos humanos del detenido; la creación de procedimientos especiales, entre otros. Este conjunto de novedades ha generado críticas buenas, malas y algunas muy controvertidas por parte de analistas, académicos, mesas de debate, etc. Sin embargo, no es la intención del presente artículo formular una opinión técnica respecto a los contenidos implícitos en la reforma, sino observar el funcionamiento de la misma en el terreno práctico de la vida cotidiana, para decirlo de manera más específica, verificar su vigencia en el trabajo diario de las y los policías de nuestro país.

La función policial es la actividad permanente y concreta que ejercen los funcionarios públicos llamados normalmente “policías”, con el fin de preservar la armonía social y garantizar el desarrollo de las actividades dentro del orden, evitando que éstas sean perturbadas. La protección de las libertades y de los derechos que de ella se derivan, cuando se expresan o ejerzan en público o de modo que trasciendan de lo privado, constituyen parte fundamental de la función de policía. Las labores preventivas, educativa y social, son funciones esenciales de la misma1.

Así también, la función de policía es la potestad conferida por el Estado, cuyo ejercicio conlleva un número de responsabilidades importantes en materia procesal penal, entre ellas, ser la primera en recibir la noticia de un probable hecho delictivo y tener el primer contacto con el escenario del delito. Conservar y preservar de manera eficiente los indicios que frecuentemente constituirán prueba y generarán convicción plena en el razonamiento del juzgador para la resolución de un juicio penal.

El buen manejo de evidencias y de la cadena de custodia garantiza a los intervinientes en un proceso penal, un juicio justo y transparente.

1 Delgado,V. (1993) Policía, Derechos Humanos y Libertades Individuales. Revista Instituto Interamericano de Derechos Humanos, pág. 3.

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Es fundamental generar conciencia del papel protagónico del policía en nuestro nuevo sistema de justicia penal, pues de nada servirá que los demás operadores del sistema –jueces, defensores, ministerios públicos, entre otros- conozcan y realicen bien sus cometidos, si el resultado de un proceso puede, en un momento dado, verse afectado de validez, dada la naturaleza integral del sistema procesal, por las malas actuaciones de los cuerpos policiales.

Un nuevo sistema penal

La transformación de un sistema de corte mixto a uno con características de corte acusatorio y oral, se produce como consecuencia de dos motivos importantes.

En primer lugar, surge como un propósito del legislador de estructurar y modernizar la legislación penal a los cambios normativos contemporáneos que se han suscitado a lo largo de toda América Latina, cambios que han sido parte de una actualización jurídica penal de carácter supranacional, como lo muestra el cuadro siguiente:

Cronología de las reformas penales latinoamericanas2

1991-1998 Argentina 2000 Chile y Paraguay 2004 Republica Dominicana

2008 México1998 Guatemala, Costa Rica y El Salvador 2001 Bolivia, Ecuador y Nicaragua 2005 Colombia

1999 Venezuela 2002 Honduras 2006 Perú

Cuadro 1. Reformas penales impulsadas en América Latina.Fuente. Elaboración Propia

En segundo lugar, para hablar de México concretamente, persistía una crisis de violencia e inseguridad –que aún no aminora- perjudicial en el desarrollo de las personas en todos sus aspectos, desencadenando un contexto sistemático de graves violaciones a los Derechos Humanos. Lo anterior, puede percibirse en los resultados del Índice de Desarrollo Humano para las Entidades federativas, México 20153 cuyos resultados reflejaron lo siguiente:

2 García Ramírez, S. (2008). La Reforma Procesal Penal en la Constitución Mexicana: Transacción y Transición. Revista Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM. p. 13.

3 Índice de Desarrollo Humano para las Entidades Federativas (2015). [On-line]. Disponible en: http://www.mx.undp.org/content/dam/mexico/docs/Publicaciones/PublicacionesReduccionPobreza/InformesDesarrolloHumano/PNUD_boletinIDH.pdf. Dicho estudio, nos permite visualizar a grandes rasgos los logros en salud, educación, seguridad e ingreso de las personas ofreciendo un panorama multidimensional del desa-

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En 20124, el mayor nivel de desarrollo humano por habitante tuvo lugar en el Distrito Federal, con un IDH de 0.830. Le siguieron Nuevo León con 0.790, y Sonora con 0.779. El IDH del Distrito Federal fue 11.3% más elevado que el valor nacional que tuvo un valor de 0.746. En contraste, Chiapas con un IDH de 0.667, Guerrero con 0.679 y Oaxaca con 0.681 presentaron los menores niveles de desarrollo en el país. Solo para clarificar mejor, el valor del IDH de Chiapas fue 10.5% menor al nacional y 19.6% menor al de la Ciudad de México, como puede apreciarse en la siguiente gráfica5:

ChiapasOaxaca

VeracruzGuanajuato

Hidalgo

YucatánEstado de México

Campeche

Sinaloa

CoahuilaSonora

Distrito Federal

0 0.1 0.2 0.3 0.4 0.5 0.6 0.7 0.8 0.9 1

Índice de Desarrollo Humano (IDH 2012)

Cuadro 2. Índice de Desarrollo Humano para las Entidades Federativas, 2015

El Informe de Desarrollo Humano (2015), concluye que en algunas entidades federativas puede observarse un avance lento pero estable, en otras como Chiapas y Oaxaca se presenta un rezago importante en los índices básicos para el desarrollo del ser humano. Bajo las tendencias actuales de crecimiento, a la mayoría de las entidades federativas, les tomará entre 20 y 200 años alcanzar el nivel de desarrollo actual de la Ciudad de México.

¿Por qué hablar de seguridad y de desarrollo humano a la vez? El concepto de desarrollo humano marcó un hito en la manera como los países

rrollo. Es importante señalar que para calcular el IDH de las entidades, primero se cons-truyen los índices normalizados correspondientes a cada dimensión (índice de Salud, índice de educación e índice de ingreso). El logaritmo resultante da cuenta del nivel de desarrollo humano experimentado por las personas en el año de referencia (2012). Los valores del IDH oscilan entre cero y uno. Cuanto más cercano a uno sea el valor del IDH, mayor será el avance obtenido por la entidad en relación con los parámetros de desarrollo definidos en el ámbito internacional.

4 Idem. 5 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (2015). Informe de Desarrollo Humano.

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y la comunidad internacional entienden y miden el desarrollo. Este concepto plantea la necesidad de reconocer que la verdadera riqueza de las naciones son las personas, y que el objetivo del desarrollo debe ser la “creación de condiciones que permitan que las personas disfruten de una vida larga, saludable y creativa” (PNUD 1990, 10). El desarrollo humano debe entenderse como el proceso de ampliación de opciones, libertades y capacidades de las personas con el fin de que puedan gozar de salud y bienestar, y tener acceso a los conocimientos y a los recursos necesarios para vivir una vida digna, sin embargo, la violencia y el delito –como coyuntura vigente en nuestro país- dañan directamente el núcleo básico de derechos que están en la base del desarrollo humano: la vida y la integridad física y material de las personas. Entonces, hablar de seguridad es implícitamente hablar de desarrollo humano. Lo anterior, se refuerza mediante el análisis del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD):

“La seguridad ciudadana, tal como se define en el presente informe del PNUD, es un tema delicado que preocupa a muchos tomadores de decisión y repercute al calor de las campañas electorales. No es de extrañar que el tema haya escalado en América Latina hasta convertirse en la principal preocupación pública en muchos países. El nivel de inseguridad que muchos sufren en la región impide el desarrollo humano…”6

En suma, hablar de seguridad es hablar de desarrollo humano, de tal suerte que la implementación de una nueva política criminal en materia de seguridad y justicia debe 1) representar un cambio de fondo para el entorno social, y 2) ser analizado desde un enfoque integral.

Los avances en materia de seguridad ciudadana no resultan de una sola política aislada, sino de un enfoque multisectorial y de una serie de políticas que incluyan medidas de prevención, reformas institucionales, inversión pública suficiente, cambios en la relación entre Estado y comunidades, voluntad política amplia y sostenida, y la adopción de sistemas de información y de intervención más modernos y eficaces. En este conjunto de políticas es en donde los cuerpos policiales adquieren un papel protagónico, pues son ellos los que representan el punto de interacción entre sociedad y Estado, su buena

6 Informe Regional de Desarrollo Humano. (2013-2014). [On-line]. Disponible en http://www.undp.org/content/dam/rblac/img/IDH/IDH-AL%20Informe%20completo.pdf

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o mala actuación influirá en gran medida en los resultados concretos de la reforma constitucional de junio de 2008.

El Policía y su relación con el nuevo Sistema de Justicia Penal

De conformidad con los nuevos lineamientos de la reforma, las obligaciones y grados de intervención del policía en el desarrollo del proceso penal se renuevan y adquieren un protagonismo mayor. De manera particular, estos cambios pueden reflejarse en lo establecido en el artículo 21 constitucional párrafo I7, así como en el artículo 132 del Código Nacional de Procedimientos Penales, relativo a las obligaciones del policía8. Los artículos citados, evidencian la transformación del policía en una pieza fundamental del sistema de justicia, como lo muestra la tabla comparativa siguiente:

Obligaciones del policíaen el viejo sistema

Obligaciones del policía en el nuevo sistema

El policía sólo recibía denuncias que debido a las circunstancias no podían ser formuladas directamente al Ministerio Público.

Practicar detenciones, con estrictocumplimiento de los plazos constitucional y legalmente establecidos.

Practicar detenciones en flagrancia.

Emitir partes policiales y demás documentos.

Todas las acciones realizadas por la policía debían ser ordenadas por el Ministerio Público.

El policía recibe cualquier tipo de denuncia, debiendo atenderla en el momento que la realice cualquier ciudadano.

Realizar detenciones en los casos que autoriza la Constitución, haciendo saber a la persona detenida los derechos que esta otorga..

Impedir que se consumen los delitos o que los hechos produz-can consecuencias ulteriores.

Seguir los lineamientos establecidos en el Protocolo Nacional Primer Respondiente.

Requisitar el Informe Policial Homologado.

Obligación de brindar protección a víctimas.

Informe de Uso de la Fuerza (en caso de haber sido necesaria debido las circunstancias).

Obligación de promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de los detenidos y los ciudadanos.

La policía mantiene una cierta autonomía de decisión en la Investigación a pesar de que ésta se realice bajo la dirección del Ministerio Público.

Prohibición expresa de exhibir en medios de comunicación a detenidos o víctimas.

Cuadro 3. Nuevas atribuciones del Policía en el Sistema Penal Acusatorio.Fuente: Elaboración propia

7 Artículo 21: “La investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función...”

8 Disponible en http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5334903&fecha=05/03/2014 , consultado por última vez el 21 de Agosto de 2016.

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Sin duda alguna, el cuadro anterior no hace alusión a todas las actividades policiales, pero sí es un intento de representar las más notables novedades de sus funciones.

El Policía y sus intervenciones en el Sistema Penal

Podríamos distinguir en el nuevo proceso penal al menos tres niveles de inter-vención del policía:

i. El policía que actúa como “Primer Respondiente”

ii. El policía investigador

iii. El policía con capacidad para procesar

El policía que actúa como “Primer Respondiente”. Le compete corroborar la denuncia, localizar, descubrir o recibir aportaciones de indicios o elementos materiales probatorios y realizar la detención en caso de flagrancia9. El cono-cimiento y la capacitación del policía en relación con este nivel de interven-ción resulta fundamental, pues de su intervención se desprenden una serie de criterios de actuación que garantizan –en caso de cumplirse debidamente- seguridad y certeza en el proceso de investigación. Esta categoría adquiere quizá una mayor relevancia–pues todos los cuerpos policiales pueden ubicarse en este escalafón- en relación con la implementación de la nueva figura de

“Informe Policial Homologado”. El policía que se ubique en esta categoría realizará su llenado correspondiente con el anexo del acta de lectura de derechos y demás actas que ameriten ser llenadas, dependiendo de las circuns-tancias de cada situación en particular.

El policía investigador. Le corresponde acudir, recibir y hacerse cargo del lugar de intervención, para realizar las investigaciones conducentes10. Por lo tanto, una vez que el policía que actúa como “Primer Respondiente” realiza sus tareas de protección de lugar y documentación necesarias, éste, a la llegada del Policía Investigador le hará la entrega-recepción del lugar de la interven-ción, entrevistándose y prestando el apoyo necesario según las circunstan-cias. Una vez que el policía investigador cuenta con todos los datos recabados

9 Protocolo Nacional de Actuación “Primer Respondiente”, disponible en http://www.secretaria-doejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/normateca/protocolos/ProtocoloPrimerRespondienteV1.pdf

10 Idem.

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de la investigación inicial, éste llevará a cabo la supervisión de la correcta recolección de indicios para la posterior elaboración de la cadena de custodia, además, coordinará a los peritos así como a los policías con capacidad para procesar que intervengan en el lugar, de tal suerte, que todo lo que se haga o deje de hacer en el lugar de intervención, será responsabilidad inmediata de la policía de investigación.

El policía con capacidad para procesar. Las autoridades que actúan como policía con capacidad para procesar, tienen la responsabilidad de realizar las acciones de procesamiento de los indicios o elementos materiales probatorios en el lugar de intervención, con lo que inicia la cadena de custodia que tendrá por objeto garantizar la integridad, autenticidad y mismidad de éstos, para así, complementar las actividades realizadas por el oficial de Primer Respondiente. Esta categoría resulta entonces un auxiliar de los actos de investigación que coordina la Policía de Investigación, bajo la conducción y mando del Ministerio Público11. Su labor resulta fundamental, toda vez que al realizar correctamente el procesamiento de los indicios o elementos materiales probatorios que se encuentren en el lugar de la intervención, se evita su conta-minación, alteración, pérdida o destrucción, contribuyendo a que estos verda-deramente constituyan un elemento certero en el desarrollo de un juicio penal.

La Policía en cifras, sus condiciones actuales

En materia de seguridad y policía, el órgano auxiliar en la generación de información corresponde al Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), quien dentro de sus facultades y atribuciones tiene la actualización de la base de datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Dicho sistema registra los procedimientos de selección, ingreso, formación, capacitación, permanencia, evaluación, certificación y registro de los servidores públicos de las instituciones de Seguridad Pública12. Con el fin de proporcionar al lector una mirada general y lo más actualizada posible de la estructura de los cuerpos policiales del país en cuestión de números, haremos

11 Protocolo Nacional de Actuación para Policía con Capacidades para Procesar el lugar de la Intervención, disponible en http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/normateca/protocolos/VF10ProtocoloPolicaCapacidadesProcesarLugarIntervencin.doc.

12 La lista completa de facultades y objetivos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, puede encontrarse disponible en el siguiente enlace: http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/sistema-nacional/facultades-objetivos.php

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una comparación de la información difundida por dos instituciones distintas INEGI y el SNSP13.

Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario 2015 (INEGI) Número de Policías

Nacional 213,048 policías en todo el país.

Cuadro 4. Policías a nivel nacional. Fuente. INEGI

De acuerdo con la información recaudada por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (INEGI) en el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario, México en 2015, contaba con un total de 213,048 policías registrados como personal destinado a funciones de seguridad pública en las administraciones públicas estatales. Así también, se publicó que las tres entidades con mayor número de policías por entidad federativa corresponden a: Distrito Federal, Veracruz y Estado de México.

Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario 2015 (INEGI) Número de Policías

1) Distrito Federal 89,245 policías

2) Veracruz 20,420 policías

3) Estado de México 19,236 policías

Cuadro 5. Policías a nivel estatal. Fuente: INEGI

Ahora bien, de acuerdo a los datos y estadísticas contenidas en el Sistema Nacional de Seguridad Pública, las cifras referentes a la cantidad de policías registrados tanto a nivel nacional como a nivel estatal, son las siguientes:

Sistema Nacional de Seguridad Pública Número de Policías

Nacional 368,039 policías en todo el país

1) Distrito Federal 84,111 policías

2) Estado de México 73,361 policías

3) Veracruz 16,534 policías

Cuadro 6. Policías a nivel estatal según el Sistema Nacional de Seguridad Pública. Fuente: SNSP

13 Cabe precisar, que el portal de la página del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/voces-estatales/voces-poli-cias.php) respecto al número de policías a nivel nacional y por entidad federativa, cuenta con información “actualizada” del Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública, con fecha de corte al 30 de Noviembre de 2014.

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Como puede apreciarse, hay una diferencia numérica entre ambos sistemas de información, la causa radica quizá – por lo que se refiere al número total de policías- en que a diferencia de los datos del SNSP, el INEGI no contempla la cuantificación de policías municipales.

Por lo que hace a las estadísticas referentes a la policía estatal, a pesar de que la Ciudad de México, Estado de México y Veracruz permanecen en los sistemas de ambas instituciones –INEGI Y SNSP- como los estados que cuentan con más policías, existe una diferencia muy marcada en las estadís-ticas de sus respectivas bases de datos. Por un lado hay un aumento policial de 5,134 policías en las cifras del INEGI para la Ciudad de México, y una reducción en el caso de Veracruz de 2,072 policías en el Sistema Nacional en comparación con el censo de INEGI. No obstante, habría que resaltar la situación del Estado de México, pues aún si contempláramos las posibles causas que podrían ser el motivo de una desproporcionalidad en el control de datos de cada institución –INEGI Y SNSP-, tales como el tiempo14, las categorías policiales (estatal y municipal), o los diversos niveles jerárquicos y administrativos que pueda o no contemplar cada base de datos en particular, se ostenta en esa entidad federativa una enorme diferencia de 54,125 policías. Lo anterior podría dar cuenta, según el autor, a la posibilidad de pensar que existe un grave descontrol de información o quizá a la falta de transparencia con la que se desenvuelven los diversos órganos encargados de emitir, reunir o publicar información de dominio público; dando paso a vicios inquebrantables que afectan a las instituciones y a la comunidad en general.

La información anterior, relativa a la cuantificación de las y los policías es importante para poder hacer un análisis de la seguridad pública contestando la siguiente pregunta, ¿en qué medida la seguridad o inseguridad de un país, depende de contar con un número elevado de policías? Es decir, verificar si efectivamente –como afirman muchos- un aumento de policías disponibles por cada cierto número de habitantes influye de manera directa en los índices de seguridad de un determinado territorio.

14 Cabe destacar que la diferencia en la generación y publicación de los estudios comparados en este artículo, es de un mes aproximadamente. Pues mientras el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario tuvo una fecha de corte al 31 de Diciembre de 2014, el Sistema Nacional de Seguridad Pública establece su fecha de corte de su último estudio, el día 30 de Noviembre de 2014.

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La ONU a través de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC)15 determinó que “la funcionalidad de un buen sistema policial y la creación de un ambiente seguro tiene como uno de los factores básicos una relación equitativa en la que un policía no tenga una responsabi-lidad de cuidado que sobrepase su capacidad humana”16, estableciendo así, que debe existir un número promedio de 300 oficiales de policía, por cada 100,000 habitantes en los países de América Latina.

En el caso particular de México, sería interesante verificar cuántos policías velan por nuestra seguridad y hacer una comparativa con los estándares impuestos por la Organización de las Naciones Unidas. Para examinarlo, usaremos como referencia el Registro Nacional de Personal de Seguridad Pública del SNSP, por ser la que cuenta con información conjunta de la policía estatal por un lado y de la policía municipal por el otro, quedando de la siguiente manera17:

Número total de policías Estatales y Municipales en México (2014) = 368,039 policías estatales y municipales en todo el país.

Población total en México (CONAPO) 2014 = 119,713,203 millones de habitantes.

Fórmula utilizada = (Número Total de Policías / Número Total de Población) x 100,000 hab.( 368,039 / 119,713,203) x 100,000 = 307 policías por cada 100,000 habitantes a nivel Nacional

Cuadro 7. Cálculo de policías por cada cien mil habitantes. Fuente: Elaboración propia

Se desprende entonces, que a nivel nacional se rebasa el estándar de los 300 policías por cada 100,000 habitantes establecido por la ONU. No obstante, habría que verificar si los 307 policías con los que contamos a escala nacional se reparten de manera alícuota cuando particularizamos en las entidades federativas, considerando lo que mencionamos anteriormente, respecto a los estados con mayor índice de registro de policías (Ciudad de México, Estado de México y Veracruz) que de un total de 174,006 policías, acaparan el 48% de la policía a nivel nacional.

15 El estudio al que se hace alusión, fue llevado a cabo con motivo del 12º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, disponible en http://www.un.org/es/events/crimecongress2010/pdf/factsheet_ebook_es.pdf

16 Ibídem, pp. 24-25.17 Número total de policías según el RNPS, disponible en http://www.secretariadoejecutivo.

gob.mx/voces-estatales/voces-policias.php. El número total de habitantes fue consultado de acuerdo a las cifras del Consejo Nacional de Población, disponible en: http://www.conapo.gob.mx/es/CONAPO/Proyecciones_Datos , consultado por última vez el 03 de Agosto de 2016.

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Entidad Federativa Total de Policías Total de la Población Media/PromedioPolicías x 100,000 hab

Ciudad de México 84,111 oficiales 8,874,724 habitantes 947 policías x 100,000 hab

Estado de México 73,361 oficiales 16,618,388 habitantes 441 policías x 100,000 hab

Baja California Sur 2,789 oficiales 741,037 habitantes 376 policías x 100,000 hab

Quintana Roo 5,602 oficiales 1,529,877 habitantes 366 policías x 100,000 hab

Tabasco 8,223 oficiales 2,359,444 habitantes 348 policías x 100,000 hab

Guerrero 11,569 oficiales 3,546,710 habitantes 326 policías x 100,000 hab

Colima 2,240 oficiales 710,982 habitantes 315 policías x 100,000 hab

Cuadro 8. Estados con más policías por cada cien mil habitantes. Fuente: Elaboración propia

Sólo siete de las 32 entidades federativas de la República Mexicana, se mantienen por encima de los 300 policías. Las entidades restantes, se mantienen por debajo del promedio:

Entidad Federativa Total de Policías Total de la Población Media/PromedioPolicías x 100,000 hab

Chihuahua 6,188 oficiales 3,673,342 habitantes 168 policías x 100,000 hab

Coahuila 4,759 oficiales 2,925,594 habitantes 162 policías x 100,000 hab

Zacatecas 2,499 oficiales 1,563,324 habitantes 159 policías x 100,000 hab

Sonora 4,553 oficiales 2,892,464 habitantes 157 policías x 100,000 hab

Durango 2,475 oficiales 1,746,805 habitantes 141 policías x 100,000 hab

Cuadro 9. Estados con menos policías por cada cien mil habitantes. Fuente: Elaboración propia

En relación con las 19 entidades restantes, que como ya mencionamos también se encuentran por debajo del promedio, sus estadísticas oscilan entre los 177 policías y los 288 policías por cada 100,000 habitantes.

Una vez que conocemos la dimensión numérica de los cuerpos de seguridad, resulta necesario -para vernos en la posibilidad de contestar la pregunta inicial de este capítulo- revisar cuáles han sido los índices de violencia estatal en México; para ello recurriremos a los resultados obtenidos en el Índice de Paz México realizado vía el Instituto para la Economía y la Paz18, cuyos resultados reflejaron lo siguiente:

18 Resultados del Índice de Paz (2016), elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz, disponible en http://imco.org.mx/seguridad/indice-de-paz-mexico-2016-via-el-instituto-para-la-economia-y-la-paz/ consultado por última vez el 03 de Agosto de 2016.

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Índices de violencia estatal (México)

Entidad Posición (De menor a mayor violencia)

Tabasco 12°

Ciudad de México 14°

Estado de México 17°

Quintana Roo 22°

Baja California Sur 28°

Cuadro 10. La violencia estatal en México. Fuente. Índice de Paz México.

A contrario de lo que muchos afirman, la seguridad pública no se garantiza en función de un crecimiento operativo o de una contratación masiva de personal. Empero, es importante contar con elementos capaces de cubrir las necesidades de la población en cuestión de números, sin embargo los altos índices de violencia demuestran que la clave se encuentra en la capacitación y preparación de los oficiales de policía, dotándolos de los conocimientos tanto teóricos como prácticos que les permitan afrontar en buena medida y de la forma correcta, las circunstancias y adversidades de la vida práctica del funcionario encargado de hacer cumplir la ley; por lo tanto, una vez que se ha comprobado que no es la cantidad sino la calidad la que define en gran medida el éxito de las instituciones policiales, en el siguiente capítulo desarrollaremos de manera cuantitativa y cualitativa el tipo de preparación de nuestros policías.

Capacitación Policial

La duración del curso de formación inicial para ser policía en México tiene una duración promedio de seis meses, tanto para la categoría federal, como estatal y municipal. Este tiempo de preparación es homogéneo en la mayoría de los países de América Latina, sus procesos de capacitación van desde los cuatro meses (como Haití) a los siete meses (como en algunas entidades de Estados Unidos)19. El problema y la gran diferencia en cuanto a la formación –más allá del tiempo- se ha fraguado en el nivel educativo y el modelo de entrenamiento policial.

En algunos países de Latinoamérica, la formación de los cadetes se respalda en una educación de alto nivel como requisito para ingresar a las filas de ser policía y que se acompaña de una profesionalización hacia la carrera policial en las diversas academias e institutos establecidos para ese fin.

19 Arias Patricia, Reformas Policiales en América Latina. Principios y lineamientos progresistas p. 24.

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En relación con los modelos de capacitación policiales, se ha generalizado la adopción arraigada de la denominada “instrucción tradicional”20 como sinónimo de un proceso de aprendizaje desarrollado a puerta cerrada, en donde la enseñanza es dada por instructores al interior de la academia policial

–método de la mayoría de los países de Latinoamérica incluyendo México- esto ha ocasionado consecuencias entre las que se encuentran “la falta de parti-cipación de la comunidad en el diseño y dictado de cursos de formación, el desfase entre la teoría enseñada al nuevo cadete y su práctica en las calles, la no-incorporación del contenido de derechos humanos, la falta de conciencia multicultural en la capacitación y, la falta de control externo”21.

Las nuevas tendencias han dado paso a la fusión de un método teórico que converge con prácticas de campo reales que en su mayoría se manifiestan a través de la unión de un cadete recién graduado con un policía de mayor experiencia para que éste le sirva como un mentor o una guía durante un tiempo determinado. En América Latina, usualmente no se ha dado este modelo de entrenamiento práctico22. A pesar de lo anterior y de los modelos que puedan considerarse para su futura implementación en el país, sería importante considerar que la formación recibida en el corto tiempo que pasa el cadete en las aulas de formación, forzosamente debe ser –o debería mejor dicho- complementada con herramientas académicas (cursos, diplomados, seminarios, carreras profesionales) y prácticas que le permitan perfeccionar las técnicas y conocimientos empleados en el terreno operativo.

De acuerdo con estadísticas del INEGI, en un estudio realizado en 201523 en relación con la policía estatal, de un total de 213,048 policías, solamente 66,044 elementos, es decir el 31%, concluyó y aprobó cursos de capacitación en un Instituto de Formación Policial, Capacitación y/o Profesionalización policial u homólogo de la Entidad Federativa, entre el 1 de Enero y 31 de Diciembre del 2014. Ahora bien, por lo que se refiere a los elementos municipales, las

20 Neild Rachel, Temas y debates en la Reforma de la Seguridad Pública. Capacitación Policial pp. 35-41.

21 O’Rawe, May and Moore, Linda (1997). Human Rights on Duty, Committee for the Administration of Justice.

22 https://www.wola.org/sites/default/files/downloadable/Citizen%20Security/past/police%20training%20formatted--sp.pdf ,p 10, consultado por última vez el 04 de Agosto de 2016.

23 INEGI, Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales 2015, disponible en http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos//prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825085759.pdf consultado por última vez el 04 de Agosto de 2016.

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mismas estadísticas refieren que de un total de 177,508 policías adscritos, entre los que se encuentran policía preventiva, policía de tránsito, policía bancaria, comercial y/o auxiliar, policía administrativa y personal de agencias municipales, solamente 76,315 elementos, es decir el 43%, concluyó y aprobó cursos de capacitación en un Instituto de Formación Policial, Capacitación y/o Profesionalización policial.

La falta de interés en los mandos policiales para mandar a sus elementos a prepararse a los diversos Institutos de Formación Policial, es un tema que inquieta si consideramos que las bases de preparación operativa y académica de los elementos se solidifican en las escuelas de policía. Sin embargo y sin que sea motivo de justificación, por lo que a la capacitación del sistema penal acusatorio se refiere, la obligación de dar un seguimiento a su preparación recaía en hombros de una Secretaría que fue creada para tal fin, la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, la cual a través de un Consejo de Coordinación tenía la atribución de establecer los mecanismos, los programas, el seguimiento y los criterios necesarios para instrumentar, en los tres órdenes de gobierno, una estrategia nacional para la implementación del Sistema de Justicia Penal, que contemple la programación de compromisos y etapas de desarrollo24.

El tema de la capacitación ha sido y seguirá siendo el tema pendiente en la agenda institucional en materia de seguridad pública, pues ésta, define en gran medida la correcta aplicación de los lineamientos normativos, modelos, protocolos de actuación y el pleno respeto a los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Estudio particular

Ahora que el sistema está “operando de manera plena” en todo el país, y con el fin de revisar si al día de hoy las actuaciones policiales se realizan con conoci-miento de causa, o al contrario, responden a una mera formalidad ejecutada sin los menores estándares de profesionalización, se considera importante realizar un estudio detallado del nivel de conocimiento teórico y operativo del policía en sus nuevas tareas y responsabilidades. Sin embargo, dado que la extensión del presente artículo no permitiría estudiar todas y cada una de las entidades en lo particular, tomaremos en consideración a uno de los estados pioneros en

24 Artículo 8 del proyecto de Decreto por el que se crea el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal como una instancia de coordinación.

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la implementación del sistema penal. Estamos hablando del Estado de México, quien según datos de la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC)25, de la mano con Chihuahua, Morelos, Zacatecas, Durango, Yucatán y Nuevo León, conforman el grupo de entidades en donde el nuevo sistema se encuentra implementado con los índices más elevados de avance por Estados.

De conformidad con los datos proporcionados por SETEC26, la medición de los avances en la implementación del nuevo sistema, se realizan con apego en la “Nueva Metodología de Clasificación y Estratificación de Entidades Federativas”27, cuyos avances se determinan en una pirámide de siete niveles. Con base en lo anterior, el avance general del Estado de México, al 18 de Junio de 2016, corresponde al nivel alto (7.5 a 8.9), ubicándose tan solo un nivel por debajo de la posición más alta. A nivel institución operadora y eje estratégico, los avances de la entidad federativa se observan en la siguiente tabla28:

Simbología:TIC: Tecnología de la Información y Comunicación CAP: CapacitaciónINFRA: Infraestructura RI: Gestión y Reorganización Institucional

Avance por Eje para cada operador

TIC CAP INFRA RI

Entidad Federativa TSJ PGJ DP SSP TSJ PGJ

MPPGJ

PI DP SSP TSJ PGJ DP TSJ PGJ DP SSP N%

Cober-tura

México* Medio alto Alto Medio Medio

alto Alto Alto Óptimo Óptimo Medio Óptimo Medio Alto Óptimo Alto Medio

alto Medio Medio Óptimo 100%

Cuadro 11. Niveles de implementación del Sistema Penal Acusatorio en el Estado de México.Fuente: SETEC

25http://www.animalpolitico.com/2016/01/a-5-meses-del-inicio-del-nuevo-sistema-penal-faltan-leyes-reformas-y-dinero/ consultado por última vez el 21 de Agosto de 2016.

26 Solicitud de Información número 0400800001416, datos obtenidos mediante oficio Nº ST/DGAF/DGAF/0080/2016 por parte de SETEC.

27 Disponible en http://www.setec.gob.mx/es/SETEC/Nueva_Metodologia_para_Clasificacion _y_Estratificacion_de_Entidades_Federativas

28 Ibídem.

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La posición en el nivel “Alto” de la escala SETEC, significa que en la entidad de que se habla, si bien es cierto existe un avance alto institucional, se da también la disparidad en algún eje y/o institución concreta. Si observamos la tabla con los datos precedentes, desafortunadamente la institución en la que prevalecen los resultados más bajos en cada una de las áreas evaluadas, es la Secretaría de Seguridad Pública.

Los bajos resultados en los organismos de seguridad, se reflejan en los siguientes datos29:

‣ Policía Estatal (Comisión Estatal de Seguridad)

1. De acuerdo con los datos de SETEC30, el Estado de Fuerza reportado por el Estado de México al CNI31 al mes de Enero de 2016 es de 43,162 policías. De los cuales, sólo han sido capacitados en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 19,412 policías. Esto significa que el 55% de los elementos de policía restantes, hoy en día realizan actividades operativas sin cono-cimiento alguno del sistema penal.

2. De acuerdo a los programas de capacitación emitidos por SETEC, los cursos se dividen en: Programa Básico y Cursos Especializados.Programa Básico: Implica el conocimiento general de las bases del Sistema Penal Acusatorio, el conocimiento de protocolos y las nuevas obligaciones que derivan de los mismos, dirigidos a los elementos de policía Federales, Estatales y Municipales, con una duración de 130 horas.Cursos Especializados: Implican el perfeccionamiento de las habili-dades específicas del policía en el nuevo Sistema Penal, una vez que ha recibido la capacitación correspondiente al “Programa Básico” como parte de una profesionalización de los elementos, con una duración de 40 horas.En relación con la Policía Estatal del Estado de México, según datos de la SETEC, las cifras son las siguientes:

29 Solicitud de Información INFOEM, con número de oficio 00126/SEGEGOB/IP/2016.30 Solicitud de Información SETEC, con número de oficio ST/DGPCD/2313/2016, respondida al

día 12 de Agosto de 2016.31 Centro Nacional de Inteligencia.

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Número de Policías Estatales que SÓLO recibieron el curso de Programa Básico de SETEC = 840 policías.Número de Policías Estatales que recibieron Cursos Especializados = 18,572 policías. Número de Policías Estatales que han recibido curso de Programa Básico de SETEC y Curso Especializado = 0 policías.

3. De los 19,412 policías que el Estado de México argumenta haber capa-citado, la mayoría, 18,572 (96 %) recibió un curso de especialización de 40 horas sin haber recibido de manera previa las bases que otorga el Programa Básico de conocimiento general del Sistema Penal. De tal suerte que solo el 4% de los capacitados recibió la instrucción elemental de 130 horas que marca SETEC.

4. No hay una guía hacia la profesionalización en las labores del policía, pues todos han recibido ya sea uno u otro curso, pero ningún elemento ha recibido instrucción tanto en el programa básico como en algún curso especializado.

‣ Policía de Investigación (Procuraduría General de Justicia del Estado de México)

1. De acuerdo con datos de SETEC, el Estado de Fuerza perteneciente a la Policía de Investigación en el Estado de México, es de 1,681 elementos. De los cuales han sido capacitados sólo 655, es decir, el 39% del total.

2. De los 655 elementos que están registrados con instrucción, la han recibido en el Programa Básico, esto quiere decir, que ningún elemento de Policía de Investigación ha recibido Curso de Especialización en el nuevo Sistema Penal.

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‣ Policías Municipales y Cuerpos de Seguridad Auxiliar del Estado de México (CUSAEM)

1. La SETEC no cuenta en su base de datos con el registro de capacitación a policías municipales ni Cuerpos de Seguridad Auxiliar del Estado de México.La Policía Municipal es un elemento importante a tomar en cuenta toda vez que constituyen un elemento numeroso de la fuerza policial en el país. De acuerdo al Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegaciones 201532, son 177,508 los elementos que se encuentran en esta categoría, a nivel Nacional. De manera particular, en el Estado de México se dispone en el mismo censo que son 24,440 los policías muni-cipales de esta entidad33.El argumento de la SETEC, en la solicitud de información realizada por el autor34, fue señalar que toda vez que los policías municipales no son capacitados con recursos pertenecientes a esa Secretaría para los fines de la implementación, no se llevaba registro alguno. Dato preocu-pante no sólo por el desamparo del policía municipal a la voluntad del gobierno de cada Entidad para capacitarlo, sino también, por ser esto una limitación de información de gran relevancia a pesar de la cual, la SETEC se ha aventurado a decir que los cuerpos de seguridad han sido capacitados con éxito.

Para reforzar la información anterior, considero importante anexar que una de las preguntas formuladas a la Secretaría en función de la capacitación policial en el Estado de México, fue la siguiente:

‣ Cuántos policías del Estado de México de acuerdo con los datos de SETEC, que han recibido curso especializado, se tienen registrados para cada uno de los siguientes rubros:

32 Disponible en: http://internet.contenidos.inegi.org.mx/contenidos/productos//prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825085759.pdf

33 Cabe destacar, que en el capítulo denominado “La Policía en cifras”, de las operaciones reali-zadas entre la información proporcionada por INEGI y el SNSP, los resultados arrojaban que eran 54,125 policías los que debían encontrarse en la categoría municipal. Reiteramos así, una preocupación por una grave falta de control institucional.

34 Solicitud de Información 0400800002416, con oficio Nº ST/DGAF/DGAF/0091/2016 del día 15 de Agosto de 2016.

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Policía Estatal(Comisión Estatal de

Seguridad)

Policía de Investigación

(PGJEM)

Policías Municipales

del Estado de México

Policías pertene-cientes al CUSAEM (Cuerpos de Segu-ridad Auxiliar del Estado de México)

Policía como primer respondiente. Deten-ción en flagrancia y re-gistro de Información

1857 0 0 0

Policía con capacidad para procesar el lugar de los hechos

667 0 0 0

Competencias en comunicaciones escrita y oral

0 0 0 0

Formación de formado-res para el desarrollo de competencias en comunicación oral y escrita

0 0 0 0

La Policía y su actua-ción ante la víctima en el SJP

0 0 0 0

Los Derechos Humanos en la función policial 0 0 0 0

Cuadro 12. Cursos especializados impartidos en el Estado de México.Fuente: Datos proporcionados por la SETEC.

En términos generales, los resultados anteriores evidencian la falta de preparación que prevalece en los cuerpos policiales del Estado de México. Tomando en cuenta que dicha entidad está considerada como la segunda “más avanzada” en la implementación del nuevo sistema, resulta inevitable inferir cuál es la situación que adolecen los 31 estados de la República restantes.

Contar con una policía de esa naturaleza, implica que uno de los pilares del proceso penal se vea mermado de eficacia, generando consecuencias preocupantes no sólo para los implicados en un proceso, sino también para la ciudadanía en general. Pues hablamos de una nula capacitación de los estándares mínimos de conocimiento policial, lo que podría generar conse-cuencias graves en relación con violaciones a los derechos fundamentales

–como ha venido pasando a lo largo de este sexenio- y la responsabilidad inter-nacional del Estado.

Es evidente que la instrucción de los cuerpos policiales es un proceso que debe tomar su debido tiempo, la tarea de seguir enriqueciendo la preparación del policía es una responsabilidad que implica un arduo trabajo institucional

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y voluntad política. Sin embargo, no debemos confiar a una reforma constitu-cional –en la que el elemento policial constituye tan sólo una parte – un cambio trascendental y de fondo en el trabajo operativo de los agentes encargados de hacer cumplir la ley. Pues resultaría ilusorio pensar que una preparación de cuarenta horas, subsane deficiencias y carencias originadas por las condiciones económicas, sociales, laborales y académicas que padecen desde el momento en que pasan a formar parte de las filas de la seguridad.

¿Es el problema policial una responsabilidad única de las Secretarías de Seguridad Pública?

¿Cuáles son las condiciones y limitaciones de un policía más allá del conoci-miento de un nuevo sistema procesal? Es la pregunta que pretende responderse en los siguientes párrafos.

El nivel educativo de un policía

El grado de estudios de un país influye de manera directa en el buen desempeño del ciudadano en las distintas áreas de su vida. Desafortunadamente el bajo nivel educativo en México ha cobrado cuentas a nivel económico, laboral y de desarrollo humano de sus habitantes. Un contexto de 9.1 años de escolaridad promedio35 –secundaria terminada- a nivel nacional y una concepción cultural de aberración al policía, robustecida con el paso de los años, han provocado que ser policía sea considerada no como una labor de prestigio y respeto, como en otros países del mundo, sino por el contrario, que sea percibida por el grueso de la población como un oficio deshonrado, ubicado en el último lugar de la lista de opciones de empleo y proyectos de vida.

El tiempo promedio de escolaridad de los elementos estatales y municipales a nivel nacional es de = 10.7 años.36

35 Promedio de escolaridad de la población de 15 años y más, de acuerdo a los índices de esco-laridad establecidos por el INEGI en 2015, disponibles en http://cuentame.inegi.org.mx/poblacion/escolaridad.aspx?tema=P consultado por última vez el 04 de Agosto de 2016.

36 Diagnóstico del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

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Sin escolaridad2%

Primaria8%

Licenciatura7%

Bachillerato31%

Secundaria52%

Cuadro 13. Centro Nacional de Información (CNI), con corte al 30 de Septiembre de 2015Fuente: Elaboración propia

Estos datos alarmantes por sí mismos, se convierten en una barrera profesional para los cuerpos de seguridad al momento de llevar a cabo sus actividades diarias. Pongamos un ejemplo, una de las obligaciones primordiales en este nuevo sistema de justicia tiene que ver con la realización de todos aquellos registros que sean inherentes a quien actúe como Primer Respondiente, tal es el caso del Informe Policial Homologado, este conjunto de actas coadyuvan en un proceso judicial y permiten revisar también si el oficial de policía cumplió de manera cabal con todas y cada una de sus obligaciones al momento de participar como primer autoridad en el lugar de la intervención. Es natural que teniendo un porcentaje tan elevado de policías con nada más que los cono-cimientos básicos de lectura y escritura, se presente una dificultad para los operadores de la seguridad al momento de llenar dichos informes, ocasionando que éstos, sean llenados en plazos muy largos de tiempo, que en algunos casos –dependiendo del nivel de educación de cada operador– sean llenados en plazos de hasta tres horas, un dato preocupante si tenemos en cuenta que uno de los mandatos fundamentales con este nuevo sistema de justicia, es la inmediata puesta a disposición –con las actas debidamente llenadas- del probable responsable de un delito ante el Ministerio Público, tal y como se establece en al artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Es esencial pensar en estrategias adecuadas que impulsen la preparación de los policías desde los aspectos más elementales del conocimiento humano

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–educación básica y profesional- si se quiere que el sistema de justicia y sus protocolos de actuación funcionen a cabalidad.

Rango de edad de los policías37

• El 51% de los policías estatales y municipales tienen entre 30 y 44 años.• El rango de edad más numeroso es entre 35 y 39 años = 18.1% del total.• Un 8.6% del total de los policías tiene entre 18 y 24 años.

Cuadro 14. Rango de edad policial a nivel estatal y municipal. Fuente: Elaboración propia.

Mujeres y Hombres en la policía38

• El 19% de la fuerza policial a nivel nacional son mujeres.• El 81% de la fuerza policial a nivel nacional son hombres.

Cuadro 15. Estadísticas de género en la policía. Fuente: Elaboración propia.

Salario de un policía

Desproporcionalidad absoluta, es quizá la palabra más adecuada para describir la situación salarial de los cuerpos de seguridad pública. Con sueldos que van desde los $2,380 pesos brutos mensuales39, hasta los $49,964 pesos brutos mensuales, según los resultados del Diagnóstico de Salarios y Prestaciones de Policías Estatales y Municipales del País.40

La estructura operativa de las corporaciones policiales está compuesta por una estructura básica: Policía, Policía Tercero, Policía Segundo y Policía Primero. El 96.5% de los policías se encuentran en la escala salarial más baja que es la que corresponde a la estructura jerárquica básica y sólo el 3.5% tiene acceso a los sueldos más altos asociados a la escala de mandos medios y superiores.

37 Centro Nacional de Información, con corte al 30 de Septiembre de 2015.38 Ibídem.39 En el municipio de Cuautitlán, Jalisco se tiene registrado el sueldo más bajo para un

municipio que no recibe el apoyo SUBSEMUN, disponible en http://www.secretaria-doejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/transparencia/Resultados_diagnostico_sueldos_presta-ciones%20Policiales_SESNSP.pdf

40 El diagnóstico se realizó del 15 de octubre al 31 de diciembre de 2015.

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• Promedio Salarial a nivel Nacional del Policía Estatal = $10,434 pesos mensuales.• La Región Sureste del país, tiene los salarios promedio más bajos para el Policía Estatal = $7,938

pesos mensuales.• Promedio Salarial a nivel Municipal (Municipios que reciben recursos SUBSEMUN) = $9,236 pesos

mensuales• Promedio Salarial a nivel Municipal (Municipios que NO reciben recursos SUBSEMUN) = $7,302

pesos mensuales

Cuadro 16. El salario de la policía estatal y municipal en México. Fuente: Elaboración propia

Si bien es cierto, se han dado propuestas de reforma por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública para ajustar el número de grados y salarios, hoy en día el poco poder adquisitivo y las precarias pres-taciones que reciben los elementos de seguridad por sus servicios en algunos lugares de la República Mexicana, han constituido una barrera infranqueable que ha propiciado la generación de conductas de corrupción como una de las vías de compensación económica para dignificar sus condiciones de vida.

‣ Otros datos interesantes41

• El 78% de nuestros policías son casados o viven con su pareja.• Más del 65% de los policías son jefes de familia.• El hogar de un policía, tiene en promedio 4.5 integrantes de los cuales, en su mayoría, 2 de ellos

dependen económicamente del policía.• Los policías con estudios de secundaria (que constituyen la mayoría) han estudiado alguna

carrera técnica, en donde las que más prevalecen son las siguientes: reparación de vehículos de motor, ciencias de la computación y enfermería.

• En los policías con estudios de licenciatura (7%), prevalecen las carreras de derecho y criminología.• Tan sólo el 5.3% de las policías de todo el país –estatales y municipales- continua estudiando.

Cuadro 17. Datos estadísticos de la policía estatal y municipal en México. Fuente: Elaboración propia

Conclusiones

Mucho se ha dicho, tanto en la academia como en la sociedad, de la manera en que laboran y se desempeñan los cuerpos de seguridad; comentarios y análisis en ambos extremos que no van más allá de críticas institucionales o propuestas de cambio, que muy difícilmente se convierten en realidades tangibles. Y es

41 Estadísticas obtenidas por el Sistema Nacional de Seguridad Pública (2015), la cual se refiere únicamente a policía estatal y municipal. Disponible en http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/

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que, desafortunadamente la policía aún no ha ganado la categoría de un actor fundamental en la consolidación de un Estado democrático. Basta ver la última encuesta de confianza institucional publicada por Reforma en el 2015, para darnos cuenta que el 78% de los mexicanos no confía en la policía, estable-ciéndose así un binomio en el que la sociedad considera a la policía como un problema, y a su vez, la policía considera a la sociedad como un problema.

Sin duda alguna, la generación de un nuevo sistema procesal coadyuva en gran medida a conseguir los cometidos de paz y seguridad que tanto exige

–y ha exigido- la ciudadanía. Sin embargo, no debe ser concebido como el acto milagroso que por sí solo producirá grandes resultados a partir de su redacción en un texto normativo, tal como ha venido pasando. Voluntad, trabajo, esfuerzo institucional, coordinación y disciplina en el desarrollo de los procesos de implementación deben de sentar las bases para construir un mejor cuerpo policial. El incumplimiento y la ignorancia de sus nuevas facultades y atribuciones influyen en buena medida, en la represión, en la generación de severísimos problemas sociales, en el aumento de descontento social y en el uso excesivo de la fuerza. Quedando en la sombra la seguridad ciudadana y la seguridad humana, efecto de la verdadera observancia de los derechos humanos. De aquí la importancia de una institución capacitada y preparada para el fortalecimiento del nuevo Sistema de Justicia Penal.

Los resultados del análisis realizado en el presente artículo, dan cuenta de la falta de interés institucional, político y social en los cuerpos de seguridad. Coexiste una capacitación escasa, mala y de baja calidad que ha generado consecuencias de gran envergadura.

¿Cuál ha sido la causa que ha colocado a las instituciones policiales en el foco rojo de inquietud en México? Quizá existen dos formas de replicar este planteamiento; por un lado, existe una concepción equivocada y desequili-brada en los mandos y titulares de las diversas corporaciones acerca de la misión de los cuerpos policiales, estos miran a los fines, pero no a los medios. Y por otro lado, la presencia de un gobierno y una sociedad que pide a la policía que resuelva un sin número de problemas, pero que no les dice a sus cuerpos de seguridad cómo hacerlo, con qué herramientas y dónde llevarlo a cabo.

Debemos ser contundentes en la idea de que cualquier institución a la cual no se le dé una metodología apropiada para actuar eficientemente y que no tenga un método formal de trabajo, actuará con lo que tenga a su alcance. Mientras siga sin existir un compromiso encaminado a profesionalizar al policía y a hacer de su profesión un proyecto de vida íntegro, digno y de

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mejores condiciones, éstos seguirán formándose con “cursos” que sólo son cumplidos como una mera formalidad institucional.

Perdura la falta de sensibilidad para ponerse en los zapatos de las y los policías. Hay que escuchar a los elementos previo a la generación de prejuicios sociales en su contra, pues en gran medida, la capacitación como herramienta fundamental para el cumplimiento de su deber permanece en el olvido. Se deben generar las condiciones políticas, económicas e institucionales en donde se coloque a la policía en el centro de preocupación. Solo así, se empezarán a trazar las vías que sienten las bases de una reforma policial con elementos operativos de verdadera vocación de servicio, que sirvan de la manera más eficiente a las exigencias de la modernidad en México.

Referencias

ਈ arias Patricia, Reformas Policiales en América Latina. Principios y lineamientos progresistas p. 24.

ਈ carBonell, MiGUel. Los Derechos Fundamentales en México. Porrúa, México 2005, pp 15-18.

ਈ Censo Nacional de Gobierno Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2015,http://www.beta.inegi.org.mx/proyectos/censosgobierno/estatal/cngspspe/2015/

ਈ Consejo Nacional de Población 2015, disponible en: http://www.conapo.gob.mx/es/CONAPO/Proyecciones_Datos

ਈ GarcÍa raMÍrez, serGio La Reforma Procesal Penal en la Constitución Mexicana: Transacción y Transición cit, p13.

ਈ Índice de Paz (2016), elaborado por el Instituto para la Economía y la Paz, disponible en http://imco.org.mx/seguridad/indice-de-paz-mexico-2016-via-el-instituto-para-la-economia-y-la-paz/

ਈ Índice de Desarrollo Humano para las entidades federativas, México 2015 Avance continuo, diferencias persistentes, disponible en file:///C:/Users/Usuario/Downloads/PNUD_boletinIDH%20final.pdf

ਈ Informe de Desarrollo Humano, PNUD (2015), disponible en http://hdr.undp.org/sites/default/files/2015_human_development_report_overview_-_es.pdf

ਈ Informe Regional de Desarrollo Humano 2013-2014, página 6, disponible en http://www.undp.org/content/dam/rblac/img/IDH/IDH-AL%20Informe%20completo.pdf

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LA POLICÍA EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL

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ਈ INEGI, Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Delegacionales 2015, disponible en http://www.inegi.org.mx/est/contenidos/proyectos/censosgobi-erno/cngmd2015/default.aspx

ਈ MoloezniK, Marcos PaBlo ¿Qué es la Seguridad Ciudadana?, México 2013.pp 56-61

ਈ neilD racHel, Temas y debates en la Reforma de la Seguridad Pública. Capacitación Policial. pp. 35-41.

ਈ o’raWe, MaY anD Moore, linDa (1997). Human Rights on Duty, Committee for the Administration of Justice.

ਈ Protocolo Nacional de Actuación “Primer Respondiente”, Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, disponible en http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/normateca/protocolos/ProtocoloPrimerRespondienteV1.pdf

ਈ Protocolo Nacional de Actuación para Policía con Capacidades para Procesar el lugar de la Intervención, disponible en http://www.secretariadoejecutivo.gob.mx/docs/pdfs/normateca/protocolos/VF10ProtocoloPolicaCapacidadesProcesarLugarIntervencin.doc.

ਈ Solicitud de Información número 0400800001416, datos obtenidos mediante oficio Nº ST/DGAF/DGAF/0080/2016 por parte de SETEC.

ਈ Solicitud de Información INFOEM, con número de oficio 00126/SEGEGOB/IP/2016.

ਈ Solicitud de Información SETEC, con número de oficio ST/DGPCD/2313/2016, respondida al día 12 de Agosto de 2016.

ਈ 12º Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Justicia Penal, disponible en http://www.un.org/es/events/crimecongress2010/pdf/factsheet_ebook_es.pdf

PEDRO EDUARDO ESCAMILLA NAVA es estudiante de la carrera de Derecho en la Facultad de Estudios Superiores Acatlán, UNAM. Ha participado en distintos cursos de capacitación en materia de combate y prevención de la tortura y derechos humanos impartidos por la Procuraduría General de la República y la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Participó como ponente en el Primer Congreso Nacional de Investigación Psico-Crimino-Delictiva y su aplicación en el Sistema Penal Acusatorio organizado por el Colegio Mexicano de Psicología Criminal y Forense S.C, en Mayo de 2015. Fue ganador del Tercer Lugar en el Concurso de Ensayo Universitarios Construyendo Transparencia edición 2015, organizado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal. Actualmente se desempeña como Asesor para la Asamblea Constituyente de la Ciudad de México en la elaboración de la Constitución Política de la Ciudad de México.

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Resumen

El derecho migratorio entre la contención y la gestión

The migratory right: between containment and action

Luisa Gabriela Morales Vega - [email protected]

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha expandido su contenido de manera ininterrumpida en las últimas décadas; de manera específica en torno a la migración hemos presenciado un amplio desarrollo de conferencias, acuerdos, foros, declaraciones, jurisprudencia y doctrina. De este modo, las instancias internacio-nales cuyo mandato gira esencialmente alrededor de la migración internacional, han reconocido que los flujos migratorios vigentes tienen raíces profundas en la historia, en la política y en la economía, de modo que no es posible prever en el futuro cercano su disminución, cesación o desviación. Así pues, los países fuertemente implicados en el fenómeno, deben concientizarse de esta realidad y elegir la forma en cómo tratar jurí-dicamente el fenómeno.

Palabras clave: derecho internacional, derechos humanos, migración, ciudadanía.

Abstract

The International Law of Human Rights has expanded its content in an uninte-rrupted way in the last decades; Specifically on migration we have witnessed a wide development of conferences, agreements, forums, declarations, jurisprudence and doctrine. Thus, international bodies whose mandate revolves around international migration have recognized that current migratory flows have deep roots in history, politics and economics, so that it is not possible to foresee in the near future its decrease, cessation or deviation. Thus, countries strongly involved in the phenomenon must be aware of this reality and choose how to deal with the phenomenon legally.

Keywords: international law, human rights, migration, citizenship.

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 54-76

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Introducción

Ante la expansiva formulación del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, las instancias internacionales cuyo mandato gira esencialmente alrededor de la migración internacional, han reconocido que los migrantes, independientemente de sus motivaciones, fines o el estatus legal que ostenten en el país de tránsito o destino, son titulares de derechos y además que los flujos migratorios vigentes tienen raíces profundas en la historia, en la política y en la economía, de modo que no es posible prever en el futuro cercano su disminución, cesación o desviación.

Bajo esa premisa es necesario que todos los Estados del orbe, pero sobretodo los fuertemente implicados en el fenómeno, como México, definan las herramientas políticas y jurídicas a implementar para afrontar esta realidad, conservando por un lado, la gobernabilidad al interior de sus territorios y por otro, respetando los derechos fundamentales de las personas que cruzan su frontera, con la principal motivación de huir y librarse de situaciones de violencia, insufi-ciencia alimentaria, precariedad económica o catástrofes ambientales.

Así, el presente artículo se propone identificar los elementos jurídicos que ayuden a construir la identidad de la política y el derecho mexicano en torno a la migración internacional que se presenta en el territorio nacional; para ello en primer lugar se presenta un breve esbozo del Derecho internacional de los Derechos Humanos, haciendo hincapié en los derechos subjetivos que específicamente corresponden a las personas en movimiento; más adelante se reflexiona en torno al concepto de ciudadanía como la caracterización política de las personas y que trae aparejada una serie de prerrogativas que distinguen a quienes la poseen de aquéllos que carecen de ella.

En un ulterior apartado, se interpreta al migrante en lo individual como un sujeto del Derecho Internacional contemporáneo, para después evidenciar el debate que el derecho migratorio desarrolla en torno a la gestión y la contención o represión de los flujos.

II. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos

Se conoce con ese nombre al orden normativo que conforman los tratados internacionales de la materia y la costumbre internacional relativa; a su vez, la

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jurisprudencia y las opiniones de los tribunales internacionales de Derechos Humanos, las declaraciones o resoluciones emitidas por los organismos regionales o universales sobre el tema, así como las directrices y principios internacionales son también parte de él.

Este régimen se construye a partir de una gran cantidad de disposiciones jurídicas que establecen las obligaciones que los Estados deben cumplir tanto en el plano interno como internacional, en materia de Derechos Humanos.

Ahora bien, a partir de la interpretación del artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, tenemos que no sólo las convenciones y la costumbre son fuente del Derecho Internacional, sino también las decisiones judiciales y la doctrina; de ahí que en la actualidad nos encontramos ante un incesante y exponencial crecimiento del derecho internacional de los Derechos Humanos; a pesar de ello, es de destacar que de manera general, en este cúmulo de normas e incluso dentro de la Declaración Universal de Derechos Humanos, no se contiene una definición de ellos; no obstante, desde la doctrina han sido concebidos como “El conjunto de facultades, prerrogativas, libertades y pretensiones de carácter civil, político, económico, social y cultural, incluidos los recursos y mecanismos de garantías de todas ellas que se reconocen al ser humano, considerado individual o colectivamente”1; o como “el conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona”2.

También se conciben como “Aquellas facultades y prerrogativas inherentes a la persona humana, que le corresponden por su propia naturaleza, indispen-sables para asegurar su pleno desarrollo dentro de una sociedad organizada, mismos que deben ser reconocidos y respetados por el poder público o autoridad, debiendo ser garantizados por el ordenamiento positivo3.

La Declaración Universal dice que “los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres; y se han declarado resueltos a promover el progreso social

1 Diccionario Jurídico Mexicano, Tomo D-H, México, Instituto de Investigaciones jurídicas -UNAM, 2000, pp. 1268-1270.

2 Comisión Nacional de Derechos Humanos, disponible en http://www.cndh.org.mx/Que_son_derechos_humanos, consultado el 22 de noviembre de 2016.

3 Roccatti, Mireille, Los Derechos Humanos y la experiencia del Ombudsman en México, México, Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, 1996, p 19.

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y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad”4. A partir de aquí se entiende que las naciones proclamaron que ser humano es el criterio utilizado para proteger el ejercicio y goce de los derechos elementales y no criterios como la ciudadanía o la nacionalidad, es decir, de acuerdo a los principios de los Derechos Humanos, los individuos están protegidos por ser humanos y no por el vínculo político o jurídico que tengan o no establecido con determinado Estado.

La Carta de las Naciones Unidas en el artículo 1, segundo párrafo estatuye como propósito el fomento de la amistad entre las naciones, basada en el respeto al principio de la igualdad de derechos5 con el objetivo de fortalecer la paz universal; en el tercer párrafo se propone llevar a cabo la cooperación internacional en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión6.

De lo anterior, vemos cómo los propósitos primordiales de la Organización, tales como el desarrollo y la cooperación, se fundamentan en la preemi-nencia de los derechos humanos, los cuales son interdependientes, indivisibles, progresivos, iguales y no discriminatorios.

Se debe señalar que los derechos humanos son formulaciones abstractas que representan auténticos principios no sólo jurídicos, sino también morales; la peculiaridad de que los Estados deben respetarlos, protegerlos y realizarlos7, trae como consecuencia que al interior de los estados, a través de la formulación de políticas, leyes y resoluciones concretas, los resultados sean diversos.

La dignidad humana es un concepto fundamental de este orden jurídico, la dignidad ha facilitado acuerdos en el proceso de precisar y extender los derechos humanos y, ocasionalmente, también en la neutralización de diferencias insalvables8 entre regímenes y sistemas jurídicos totalmente disímiles. Ha sido mencionada también en varias convenciones internacionales, como la Declaración de Filadelfia de 1944 que estableció los fines y obligaciones de la

4 Declaración Universal de los Derechos Humanos, página electrónica de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos disponible en http://www.ohchr.org/EN/UDHR/Documents/UDHR_Translations/spn.pdf

5 Ídem artículo 1, párrafo 2.6 Ídem artículo 1, párrafo 3.7 Esta realización significa la adopción de medidas y leyes internas compatibles con las obliga-

ciones y derechos dimanantes de los tratados.8 Habermas, Jürgen, La constitución de Europa, Madrid, Trotta, 2012.p. 17.

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Organización Internacional del Trabajo. Y también ha sido incorporado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La dignidad humana ha sido interpretada en el sentido de que es una y la misma en todas partes y para todo ser humano, fundamenta la indivisibilidad de los derechos fundamentales9. Este es uno de los cimientos de la universalidad de los derechos humanos y que justifica la penetración e influencia de este derecho a los regímenes internos.

Otro concepto establece que “la dignidad humana es un valor, principio y derecho fundamental base y condición de todos los demás. Implica la comprensión de la persona como titular y sujeto de derechos y a no ser objeto de violencia o arbitrariedades por parte del Estado o de los particulares”10.

La definición legal, no considera a la dignidad sólo como un valor, sino también como un principio y un derecho, además de que refuerza la idea de que tal dignidad reconoce una calidad única y excepcional al ser humano, en virtud de la que se asume al hombre como titular y sujeto de derechos y prohíbe que sea objeto de violencia, discriminación o arbitrariedades.

Así, con base en la dignidad, los Derechos Humanos son aquéllos que todas las personas tienen en su calidad de seres humanos y les son atribuidos desde el momento de su nacimiento11; por su parte, los Derechos Fundamentales son aquéllos derechos humanos positivizados; esto es, los integrados a algún instrumento jurídico12, sea de derecho interno o internacional y que por ende son exigibles.

Por otro lado, tenemos que a fin de cumplir con la obligación auto impuesta de respetar, proteger y realizar los derechos humanos, los Estados han configurado sistemas de protección a diferentes niveles. El sistema universal, los sistemas regionales y el sistema interno de protección.

El sistema universal, se fundamenta en la Carta de las Naciones Unidas, del siguiente modo y a su vez, lo que se conoce como “La Carta Internacional de

9 Ibidem p. 20.10 Ley de Víctimas, artículo 5.11 En México, el Código Civil, al referirse a la capacidad jurídica de las personas físicas,

establece que “desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protec-ción de la ley y se le tiene por nacido para los efectos declarados en este código”. Artículo 22 del Código Civil para el Distrito Federal.

12 Cfr. Guerrero Verano, Martha Guadalupe, La protección de los derechos humanos en el Estado de derecho internacional, en “Estado de Derecho Internacional”, Becerra Ramírez y González Martín, coord., Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, México 2012. Lo que en el Sistema Jurídico Mexicano se denomina “garantía individual.”

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Derechos Humanos”, la conforman la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus protocolos facultativos y por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

III. Los Derechos Humanos de las personas en movimiento

El sistema universal de protección de Derechos Humanos comprende un gran número de instrumentos internacionales13 que abarcan diversas materias; para los efectos de este trabajo, interesa conocer las disposiciones relacionadas con el grupo de derechos denominados “de movilidad” o “de las personas en movimiento”14.

Al respecto, la disposición básica, la encontramos en el artículo 13 de la Declaración Universal que establece:

1.- Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un estado.

2.- Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio y a regresar a su país.

La facultad de emigrar que se concede en el segundo párrafo transcrito, resulta carente de sentido si las personas se ven impedidas de entrar al territorio de otro Estado. Este precepto contrasta ostentosamente con la realidad, en México, por ejemplo, los nacionales de más del 60% de los países del mundo, requieren de visa consular para internarse al país15, además de que son muchas las nacio-nalidades que México ha catalogado como “restringidas”, entre ellas todas las centroamericanas a excepción de la Costarricense.

Los tratados internacionales universales, que tienen como tema principal la movilidad, son la “Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares” de 1990;

13 De acuerdo a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, únicamente los tratados principales en la materia son quince, vid. “Los prin-cipales tratados internacionales de derechos humanos”, disponible en http://www.ohchr.org/Documents/Publications/CoreTreatiessp.pdf, consultado el 22 de noviembre de 2016.

14 En este sentido, la Organización Internacional de las Migraciones ubica al derecho a la libertad de movimiento, el derecho a buscar asilo, a la nacionalidad y a la unidad familiar.

15 Instituto Nacional de Migración, Lista de países que requieren visa para internarse a México, http://www.inm.gob.mx/index.php/page/Paises_Visa, consultado el 02 de noviembre de 2012.

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la “Convención sobre el estatuto de los apátridas” de 1954; la “Convención para reducir los casos de apatridia” de 1961; la “Convención sobre el estatuto de los refugiados” de 1951; el “Protocolo sobre el estatuto de los refugiados” de 1967; la “Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven”.

La última declaración citada fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 40/144, del 13 de diciembre de 198516, si bien no es un tratado internacional y por tanto carece de fuerza vinculante, sí expresa la consideración de los Estados sobre el particular, pues en el 5º artículo establece el conjunto de derechos y prerrogativas que los extranjeros tendrán en el territorio del país en que viven, y son los siguientes:

a) El derecho a la vida y la seguridad de la persona; ningún extranjero podrá ser arbitrariamente detenido ni arrestado; ningún extranjero será privado de su libertad, salvo por las causas establecidas por la ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta.

b) El derecho a la protección contra las injerencias arbitrarias o ilegales en la intimidad, la familia, el hogar o la correspondencia.

c) El derecho a la igualdad ante los tribunales y todos los demás órganos y autoridades encargados de la administración de justicia y, en caso necesario, a la asistencia gratuita de un intérprete en las actuaciones penales y, cuando lo disponga la ley, en otras actuaciones.

d) El derecho a elegir cónyuge, a casarse, a fundar una familia.e) El derecho a la libertad de pensamiento, de opinión, de conciencia y de

religión; el derecho a manifestar la religión propia o las creencias propias, con sujeción únicamente a las limitaciones que prescriba la ley y que sean necesarias para proteger la seguridad pública, el orden público, la salud o la moral públicas, o los derechos y libertades fundamentales de los demás.

f) El derecho a conservar su propio idioma, cultura y tradiciones.

16 Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, “Declaración sobre los derechos humanos de los individuos que no son nacionales del país en que viven”, disponible en español en http://www2.ohchr.org/spanish/law/individuos.htm, consultada el 2 de noviembre de 2012.

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g) El derecho a transferir al extranjero sus ganancias, ahorros u otros bienes monetarios personales, con sujeción a las reglamentaciones monetarias nacionales.

h) El derecho a salir del país.i) El derecho a la libertad de expresión.j) El derecho a reunirse pacíficamente.k) El derecho a la propiedad, individualmente y en asociación con otros, con

sujeción a la legislación nacional.l) El derecho a circular libremente y a elegir su residencia dentro de las

fronteras de ese Estado.m) El derecho a la unidad familiar, pues establece que se permitirá que el cónyuge

y los hijos menores o a cargo de un extranjero que resida legalmente en el territorio de un Estado lo acompañen, se reúnan y permanezcan con él.

Del listado anterior se desprende que son reconocidos por esta declaración, los derechos primordiales a los extranjeros. Del mismo modo, establece los derechos laborales que tendrán, como lo son un trabajo digno, libre de peligros y el derecho a un salario justo así como a reunirse en sindicatos.

A nivel regional, la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, actúa de acuerdo a las siguientes divisiones:

‣ Región de Europa, Norteamérica y Asia Central ‣ Región de las Américas, en la que se inscribe México. ‣ Región de Asia y el Pacífico ‣ Región de África ‣ Región del Medio Oriente y África del Norte.

Sin embargo, la ONU no es la única organización internacional que ha creado organismos especializados en materia de derechos humanos: la Organización Internacional de las Migraciones (OIM) es una organización interguber-namental mundial que tiene su origen en el Comité Intergubernamental Provisional para los Movimientos de Migrantes desde Europa fundado en 1951, cuyo propósito era auxiliar y acompañar a las personas desplazadas a conse-cuencia de la Segunda Guerra Mundial.

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A partir de septiembre de 2016, se incorporó al sistema de las Naciones Unidas como la Agencia de las Naciones Unidas para las Migraciones17; pero incluso anteriormente a su incorporación, ha colaborado estrechamente con la ACNUR, la Asamblea General e incluso el Consejo de Seguridad y demás órganos, agencias y dependencias de la ONU cuyo mandato se vincula con la migración humana.

El mandato de la OIM es humanitario así como de apoyo y asesoría a gobiernos y organizaciones, pues consiste en cerciorarse de una gestión ordenada y humana de la migración; promover la cooperación internacional sobre cuestiones migratorias; ayudar a encontrar soluciones prácticas a los problemas migratorios: y ofrecer asistencia humanitaria a los migrantes que lo necesitan, ya se trate de refugiados, de personas desplazadas o desarraigadas. Una de sus principales actividades consiste en la promoción del derecho inter-nacional sobre migración.

Existen asimismo, tres sistemas regionales de protección de Derechos Humanos, que se fundan en tratados o convenciones y son:

‣ Sistema Interamericano de Derechos Humanos, dimanante de la Convención Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos;

‣ Sistema Africano de Derechos Humanos y de los Pueblos, que emanó de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de la Unión Africana;

‣ Sistema Europeo de Derechos Humanos, que derivó del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales del Consejo de Europa.

En América, el sistema está compuesto de dos órganos: la Comisión y la Corte. La primera se integra por siete miembros representativos de todos los países miembros de la organización de Estados Americanos, y que, de acuerdo a lo establecido en ese tratado, recibe, analiza e investiga peticiones indivi-duales en que se alega que Estados Miembros de la OEA que han ratificado la Convención Americana o aquellos Estados que aún no la han ratificado han violado derechos humanos.

17 Centro de Información de las Naciones Unidas para México, Cuba y República Dominicana, OIM se integra al sistema de la ONU, 19 de septiembre de 2016, consultable en http://www.cinu.mx/noticias/la/oim-se-integra-al-sistema-de-l/

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Asimismo, observa la situación general de los derechos humanos en los Estados Miembros y publica informes especiales sobre la situación existente en determinado Estado Miembro, cuando lo considera apropiado; además, realiza visitas “in loco” a los países para analizar en profundidad de la situación general y/o para investigar una situación específica. En general, estas visitas dan lugar a la preparación de un informe sobre la situación de los derechos humanos que sea observada, el cual es publicado y presentado ante el Consejo Permanente y la Asamblea General de la OEA18.

Adicionalmente, estimula la conciencia pública respecto de los derechos humanos en las Américas. A tales efectos, la Comisión lleva a cabo y publica informes sobre temas específicos; organiza y celebra visitas, conferen-cias, seminarios y reuniones con representantes de gobiernos, instituciones académicas, entidades no gubernamentales y otros, con el objetivo principal de divulgar información y fomentar el conocimiento amplio de la labor del sistema interamericano de derechos humanos.

Recomienda a los Estados Miembros de la OEA la adopción de medidas que contribuyan a la protección de los derechos humanos en los países del Continente; solicita a los Estados Miembros que adopten medidas cautelares, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 25 de su Reglamento, para prevenir daños irreparables a las personas o al objeto de una petición ante la CIDH en casos graves y urgentes. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 63.2 de la Convención Americana, puede solicitar que la Corte Interamericana disponga la adopción de “medidas provisionales” en casos de extrema gravedad y urgencia para evitar daños irreparables a las personas, aunque el caso aún no haya sido presentado ante la Corte.

Dos de sus funciones más importantes consisten en presentar casos ante la Corte Interamericana y comparece ante la misma durante la tramitación y consideración de los casos y solicitar opiniones consultivas a la Corte Interamericana, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64 de la Convención Americana; a su vez, ella misma recibe y examina comunica-ciones en las que un Estado parte alegue que otro Estado parte ha incurrido en violaciones de los derechos humanos reconocidos en la Convención Americana, de conformidad con el Artículo 45 de dicho instrumento.

18 De esta facultad derivó el informe sobre detenciones y debido proceso en los Estados Unidos, analizado en el capítulo tres de este trabajo vid. supra. Capítulo tres.

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La Comisión tiene facultades amplias de investigación e información, del mismo modo, está facultada para emitir recomendaciones a los estados parte y para solicitarle la adopción de medidas cautelares; pero su prerrogativa quizá más importante es compartir con los estados miembros, la posibilidad de ejercitar una acción ante la corte interamericana19, esta facultad es fundamental, pues a través de ella, los particulares pueden tener acceso a la instancia juris-diccional, si bien no de forma directa.

La Corte Interamericana, con sede en la ciudad de San José de Costa Rica, es una institución judicial autónoma cuyo objetivo es la aplicación e interpre-tación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos20 que posee una función jurisdiccional y una consultiva. La función jurisdiccional o contenciosa se ejercita a través de la competencia para conocer de cualquier caso relativo a la interpretación y aplicación de las disposiciones de la Convención… siempre que los Estados Partes en el caso hayan reconocido o reconozcan dicha competencia, ora por declaración… ora por convención especial,21 el Pacto de San José prevé que los Estados parte, reconozcan la competencia contenciosa de la Corte, al momento de la adhesión o ratificación al tratado o en momento posterior.

Las sentencias emitidas por la Corte, en consonancia con el derecho inter-nacional, vincularán jurídicamente a los Estados inmiscuidos en el asunto, de modo tal que sus sentencias tendrán carácter restitutorio que podrá incluir el pago de indemnizaciones e incluso, la posibilidad de emitir medidas precauto-rias en caso de urgencia o gravedad.

La otra función de la Corte, consiste en la posibilidad de que los Estados miembros formulen una consulta22 sobre la interpretación de la Convención o de la compatibilidad de ésta con su derecho interno.

Como conclusión, en América, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, deriva de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los tratados que han emanado de ella; su interpretación, vigilancia de cumpli-miento y garantía, se depositan en la Comisión y en la Corte, quienes a través de las resoluciones, informes, visitas, consultas que realizan, han ido creando un campo normativo que permea las fronteras estatales.

En esta materia la Corte ha emitido las siguientes opiniones consultivas:

19 Artículo 61 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.20 Artículo 1 del Estatuto de la Corte21 Artículo 62 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.22 Artículo 64 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos

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‣ Derechos y garantías de niñas y niños en el contexto de la migración y/o en necesidad de protección internacional. Opinión Consultiva OC-21/14

‣ Condición Jurídica y Derechos de los Migrantes Indocumentados. Opinión Consultiva OC-18/03

‣ El Derecho a la Información sobre la Asistencia Consular en el Marco de las Garantías del Debido Proceso Legal. Opinión Consultiva OC-16/99

‣ Propuesta de Modificación a la Constitución Política de Costa Rica Relacionada con la Naturalización. Opinión Consultiva OC-4/84

Y las siguientes sentencias: ‣ Caso de personas haitianas y dominicanas expulsadas VS. República

Dominicana. ‣ Caso Vélez Loor VS. Panamá ‣ Caso familia Pacheco Tineo VS. Bolivia

A través de todas estas resoluciones y opiniones consultivas, la Corte ha establecido estándares y lineamientos que deben observar los Estados, con base en lo estipulado en los tratados internacionales en materia de derechos humanos, aplicables.

Como ha quedado asentado, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos es diverso, emana de fuentes variadas y su observancia es controlada por los órganos supranacionales jurisdiccionales y no jurisdiccionales a los que está sujeto el Estado, en este caso México.

IV. La idea de soberanía estatal y sus implicaciones en la Gobernanza de las migraciones

La Revolución Francesa trajo consigo una importante modificación al origen teórico de la soberanía estatal, al trasladarlo del monarca absoluto al pueblo. El pueblo, como categoría política derivada de este proceso de transforma-ción político y jurídico, es aparentemente incluyente si se piensa que bajo esa denominación se agrupa a todo el colectivo social; sin embargo, es en efecto excluyente; pues la participación de las personas en la vida social, económica, cultural y política del Estado está fuertemente restringida por normas que tienen asidero generalmente, en la Constitución estatal.

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De este modo, a partir de entonces la política de los Estados a nivel tanto externo como interno, se desarrolla sobre la línea que divide a los incluidos de los excluidos23, en donde los excluidos permanentemente pretenden ser incluidos y los incluidos usualmente pugnan porque los estándares de división se perpetúen, o incluso se endurezcan o amplíen.

La población, el elemento humano del Estado, ha sido clasificada a partir de criterios variados tales como el sexo, la edad, la raza, la pertenencia étnica, lingüística o religiosa, el origen nacional, etc. De este modo se han creado grupos que evidentemente presentan diferencias reales al interior de los Estados; los grupos no participantes de la vida política del mismo, es decir los que no forman parte del pueblo, han sido generalmente los menores de edad, los discapacitados, las mujeres, los pertenecientes a ciertos grupos raciales o étnicos minoritarios y los extranjeros. Así, el conglomerado de individuos que conforman al pueblo se ve acotado en gran medida.

a. Las fronteras territoriales y las barreras intangibles

La frontera territorial puede ser entendida como la línea que separa el espacio reservado a la competencia estatal de otro estado o del mar libre o de un territorio reservado a una competencia interestatal o, teóricamente, de un territorio no sometido a ninguna soberanía o competencia estatal24; si tomamos en cuenta los elementos de esa definición, podemos afirmar que la frontera establece el límite del territorio sobre el cual, los Estados ejercen su soberanía territorial.

El Estado como se ha dicho, cuenta entre sus elementos al territorio, que comprende el terreno, el subsuelo, las aguas, y el espacio aéreo sobre los cuales ejerce su autoridad o jurisdicción. De este modo, el soberano está facultado a regular los acontecimientos que sucedan al interior de los límites fronterizos, pues en ello radica el ejercicio de la soberanía territorial.

Por ese motivo es que en la tradición estatal la política migratoria y, por ende, el derecho migratorio, han gozado de un carácter eminentemente unilateral, que encuentra su justificación y legitimación en la facultad soberana de proteger las fronteras, otorgar seguridad a sus habitantes, inclusive con la capacidad discrecional de la autoridad administrativa de proveer, sin necesidad de fundamentar, a la admisión o expulsión de extranjeros.

23 Cfr. Wallerstein, Immanuel, op. cit.24 Enciclopedia Jurídica Omeba, Tomo XII, voz Frontera, Editorial Driskill, S.A. Buenos Aires, 1987.

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En efecto, estas facultades son incluso utilizadas por la autoridad estatal para promover entre sus ciudadanos el temor a los migrantes, a los extranjeros; o atribuye a éstos, en otros casos, cualidades negativas y contrarias a los fines que persigue el Estado, o aún más, imputándoles la responsabilidad directa de las desgracias ocurridas dentro del Estado25 y todo por el simple hecho de ser extranjeros y carecer, en algunos casos, de medios económicos.

En ese sentido, Ban Ki Moon -Secretario General de la ONU- en su mensaje emitido con motivo del día internacional del Migrante en 2009, reconoció que la crisis económica y financiera sufrida ese año, fue la causa de que se haya exacerbado la vulnerabilidad de los migrantes, pues muchos países han endurecido las restricciones a la migración y han adoptado medidas ilegales para combatir la migración irregular26, lo que aumenta el riesgo de explotación y abuso, reforzando la impresión de que los migrantes son una de las causas de la crisis.

Esta idea no se extinguió con la superación de esa crisis, de hecho, no sólo las crisis económicas, sino también los conflictos armados, las persecuciones y los desastres naturales obligan a las personas a emigrar y como hemos atestiguado, la vulnerabilidad es patente en todas las ocasiones, en primer término pues la situación de la que pretenden alejarse las personas es en sí muy riesgosa e incluso mortal y en segundo lugar, por el reforzamiento fronterizo que implementan los Estados, manifestado en la construcción de campos de refugiados, que son auténticos guetos, así como de una presencia armada en aumento, que al día de hoy no sólo involucra a la policía o al ejército, sino también a cuerpos de seguridad privada.

De ahí que la posibilidad de ser víctimas de explotación y abuso, deriva de las situaciones de vulnerabilidad, marginación y pobreza en que se llegan a ubicar las personas que se han visto compelidas a mudar su residencia. Estas condiciones son vividas por los migrantes en su comunidad de origen y también en la de destino.

La vulnerabilidad, la marginación y la pobreza son términos que han tenido varias interpretaciones, es común que todas se identifiquen con la pobreza o las relacionen directamente, sin distinguir qué relación existe entre ellos.

25 Arendt, Hannah. Nosotros los refugiados en Una Visión de la Historia Judía y otros ensayos. Ed. Paidós Básica, Buenos Aires, 2001.

26 Por ejemplo, las detenciones arbitrarias a que ha recurrido el gobierno griego como control del ingreso de migrantes irregulares procedentes de Afganistán, Somalia, Irán y Eritrea.

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Para evitar ambigüedades, recurrimos a las interpretaciones que en México ha realizado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de cuatro tesis de jurisprudencia27, todas ellas derivadas de controversias constitucionales, que aclaran lo que para el derecho mexicano es la vulnerabilidad y la relación que ésta guarda con la pobreza, a la que también define.

De las referidas tesis se sigue que la pobreza y la vulnerabilidad no son sinónimos, sino que la última es de mayor extensión, pues se origina a partir de varios factores, uno de esos factores es la pobreza. Por ello es que entre ambos fenómenos existe una relación de causalidad.

Los migrantes, sobre todo los indocumentados, pueden catalogarse como un grupo social en situación de vulnerabilidad, mismos que el derecho mexicano en la tesis derivada de la Controversia Constitucional 41/2006, definió como aquéllos núcleos de población y personas que por diferentes factores o la combinación de ellos, enfrentan situaciones de riesgo o discriminación que les impiden alcanzar mejores niveles de vida y por lo tanto, requieren de la atención e inversión del Gobierno para lograr su bienestar.

La marginación por su parte, fue definida como el fenómeno estructural que abarca tanto la dificultad de propagar el progreso, como por la exclusión de grupos sociales del proceso de desarrollo y lo más importante, del disfrute de sus beneficios; de lo que se concluye que los migrantes en algunos casos (casi en todos tratándose de indocumentados), forman un núcleo social en condiciones de vulnerabilidad, en situación de marginación, y una de las causas de esta realidad es la pobreza.

27 Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009; Pág. 1073 Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009; Pág. 1072 Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009; Pág. 1071 Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009; Pág. 1544

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En los siguientes párrafos nos referimos a las barreras intangibles, y consisten en la violencia, los peligros y los retos a que se enfrentan los migrantes que se han internado a México de forma indocumentada, por lugares distintos a los destinados al tránsito internacional de personas o que por alguna otra causa su estancia se haya vuelto irregular: estas barreras que generan que las personas se ubiquen en situaciones de pobreza, vulnerabilidad y marginación.

La exclusión sufrida por estos grupos poblacionales extranjeros, no se constriñe al ámbito político, sino que abarcan lo laboral, económico, educativo, sanitario e incluso la prestación de servicios públicos básicos y más aún, atentan contra su supervivencia y seguridad personal.

Como ejemplo de las fronteras no físicas que deben sortearse, tenemos leyes, directivas, programas ejecutivos que tienen como finalidad contener los flujos migratorios, que no es otra cosa que evitar que las personas ingresen al territorio nacional; sin reparar, casi absolutamente, en los métodos empleados, que han resultado ser variados, pues van desde la propagación y manteni-miento de creencias racistas o discriminatorias contra ellos, tales como ser portadores de enfermedades, ser criminales peligrosos, personas deshonestas o inmorales, faltos de preparación, instrucción o capacitación absoluta para el trabajo; hasta la utilización de la fuerza pública en persecuciones, redadas o detenciones arbitrarias.

Es importante reparar en el hecho de que en el párrafo anterior nos referimos a acciones amparadas por disposiciones jurídicas o políticas adoptadas por el Estado y ejecutada por sus agentes, de lo que percibimos cómo el derecho se erige en una barrera fuerte a la llegada, establecimiento e integración de los migrantes; con todo, no es la única que existe.

Otra barrera que podemos identificar es la de la violencia contra los migrantes, que puede ser ejercida por entes estatales o no, pero que ocurre fuera de la ley, es decir por la ausencia o negligencia de las autoridades o del orden jurídico mismo. El caso de México, donde la violencia se ha generalizado contra los extranjeros indocumentados sirve de ejemplo. Es sabido que en los últimos años miles de personas provenientes de Centro América, principal-mente, han sido víctimas del crimen organizado.

Por otro lado, el fenómeno de la migración en México y en la región de Centroamérica se ha vuelto cada vez más complejo en términos de la composición, rutas y destinos de los flujos migratorios, así como en los retos que las personas migrantes deben afrontar a lo largo de su tránsito y estancia en una región de la cual no son originarios, de acuerdo a los capítulos subse-

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cuentes la celebración de acuerdos de movilidad entre naciones centroame-ricanas y las condiciones económicas, sociales, educativas y políticas de las mismas generan y mantienen importantes desplazamientos de población.

Así, podemos concluir que la frontera territorial, que puede estar represen-tada por las fuerzas armadas, los perros, el muro, la garita, el puente interna-cional, el desierto, el mar, el río, no son los únicos obstáculos que el migrante debe sortear para alcanzar el lugar de destino.

Para superarlos necesita primero alcanzarlos, sorteando toda clase de peligros, como sucede en nuestra frontera sur; y una vez superados, se enfrenta a sistemas jurídicos que fomentan la desconfianza, la discriminación, el racismo y la xenofobia. O a situaciones de alojamiento y aprehensión en condiciones deplorables como sucede en diversas latitudes.

V. El migrante como individuo

Las personas migrantes a nivel individual, se enfrentan a varias dificultades, cuando radican en el territorio del estado del que no son nacionales; estas dificultades pueden ser de índole personal, psicológicas, culturales, etcétera. Aquí consideramos los obstáculos jurídicos y políticos que debe superar a fin de vivir dignamente en el territorio donde ha decidido establecerse, entre estos uno de mayúscula importancia es la no posesión de la ciudadanía.

La ciudadanía es una figura relacionada directamente con la nacionalidad y es usada con más frecuencia al interior del Estado28; representa una idea más compleja pues no se limita al origen de las personas sino que generalmente implica cuestiones secundarias. Algunos autores han agrupado las teorías que tratan de explicar la ciudadanía en tres grupos: las teorías socialistas que retoman la idea de ciudadanía tal como fue formulada por Marshall29, basando en este concepto la defensa del derecho del bienestar y los derechos sociales; las teorías liberales que se ocupan de los aspectos multiculturales de las sociedades demo-cráticas actuales y las teorías del republicanismo, que reivindica la importancia de los derechos de participación política, defendiendo no sólo la libertad, sino

28 Cfr. Sorensen Max, Manual de Derecho Internacional Público, Fondo de Cultura Económica, México D.F., 2008.

29 Marshall, T.H. Ciudadanía y clase social, 1950.

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también las condiciones necesarias para la libertad. Como podemos apreciar, las dos últimas entran dentro de las corrientes liberales del pensamiento30.

Podemos aseverar que la ciudadanía constituye una especie de caracteriza-ción política de los hombres o mejor dicho del pueblo; y se presenta como la investidura que otorga la aptitud a las personas de ser iguales ante la ley y de ese modo gozar de los mismos derechos. Mediante el ejercicio de los derechos iguales es que los individuos pueden acceder a los mecanismos establecidos para el reclamo del respeto a los derechos humanos y no sólo eso, sino que es la forma en que les es posible alcanzar una participación plena en la sociedad, de modo tal que el bienestar social está relacionado directamente con los conceptos de ciudadanía y nacionalidad.

Es decir, la ciudadanía presupone el ejercicio de derechos civiles, sociales y políticos incluso a diferencia de otros nacionales menos favorecidos31, por ello es que consideramos únicamente la ciudadanía.

Las desigualdades reales entre países y personas, generan que la movilidad sea un privilegio también desigual; los inmigrantes no necesariamente destruyen o deterioran las sociedades de destino sino que, en muchos casos, contribuyen a que tales sociedades se desarrollen bajo un contexto de apertura y justicia.

La reserva del ejercicio del espectro total de derechos a los ciudadanos, acarrea serias complicaciones en la lucha por instaurar un régimen global respetuoso de los derechos fundamentales, en esta época de grandes flujos migratorios, pues se deben conciliar algunas de las facultades otorgadas por los más altos cuerpos jurídicos internacionales en materia de Derechos Humanos como la Libertad de Circulación y la seguridad personal de los migrantes, con las actividades relativas al control y la seguridad fronterizos y a la seguridad pública.

Ahora bien, el derecho internacional en la actualidad reconoce al individuo una subjetividad jurídica, esto quiere decir que una persona es considerada capaz a nivel internacional, de obligarse, de establecer relaciones jurídicas, de reclamar sus derechos y de ser hallado responsable.

Lo anterior genera que, entre otras cosas, las personas físicas hoy en día sean capaces de acudir a un tribunal internacional e iniciar un proceso en contra del Estado o al menos, echar a andar los mecanismos necesarios para

30 Cfr. Palacios Cruz, T.: Determinantes del marco jurídico de los inmigrantes en España y la Unión Europea en Revista de la Universidad Cristóbal Colón Número 19, edición digital. Texto disponible en www.eumed.net/rev/rucc/19/ consultado el 17 de octubre de 2012.

31 Sorensen, Max, Op. Cit. p. 453

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que un proceso sea entablado. Las consecuencias jurídicas derivadas de estos procesos han demostrado ser de la más diversa índole, pero a nuestro juicio relevantes, pues han generado modificaciones sustanciales en leyes y normas incluso constitucionales, además de imponer medidas de reparación.

Esta tendencia genera el convencimiento de que el Derecho Internacional ha venido en cierto modo a subsanar o colmar debilidades de los sistemas jurídicos internos, y entonces podemos apreciar la dimensión subjetiva de los seres humanos a nivel internacional. Debemos empero, aclarar que estas acciones dependen de la nacionalidad de las personas, pues al menos en el caso americano, la Corte sólo tiene competencia respecto de los Estados que la han aceptado expresamente, lo que de algún modo continúa limitando el ejercicio de derechos de los individuos a un ciudadanía o nacionalidad.

VI. El debate del derecho mexicano entre contener y gestionar

Tradicionalmente, los Estados han establecido políticas migratorias con base en la cantidad de personas que ingresan a su territorio, la dinámica poblacional que tienen, las necesidades laborales que se generan y las relaciones históricas o culturales que establecen entre sí.

Bajo esa premisa, podemos clasificar las políticas estatales en la materia en dos grandes grupos: hospitalarias, atrayentes o atractivas y como restrictivas, repulsivas o de contención, según favorezcan la entrada o no de extranjeros a su territorio.

Actualmente, la magnitud que ha adquirido el fenómeno en todo el mundo, del cual México y Centro América no se exceptúan, obliga a generar un cambio radical en la manera en que es tratado y regulado el mismo; al más alto nivel en las organizaciones internacionales, se habla de la caracterización de la migración como proceso incontenible e irreversible, mismo del que no se tienen datos que permitan prever que disminuirá o se modificará en el futuro próximo.

Aunado a las características apuntadas, hoy en día se liga estrechamente a la migración con el desarrollo, no sólo económico o estatal, sino también humano y encima, se ha concluido que a través de ella se ejercita un derecho fundamental que asiste a las personas; adicionalmente, rebate la idea de que se trata de un riesgo, una calamidad o una emergencia, sino que se realiza con el legítimo objetivo de mejorar su situación económica y de evadirse de eventos que ponen en riesgo su seguridad personal, tales como la violencia generali-

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zada, la violación sistemática de derechos humanos, los conflictos armados, la pobreza extrema y la falta de instrucción y empleo.

Ante esta caracterización del movimiento internacional de personas, las organizaciones internacionales y de manera individual varios Estados, se han decantado por promover la instauración de políticas migratorias que

“gestionen” la internación, estancia y salida de las personas migrantes.Esto implica alejarse de estrategias que intenten detener, retardar u obsta-

culizar de algún modo estos procesos, y que por el contrario, los ordenen, registren, reglamenten, vigilen y acompañen. Las estrategias referidas en primer lugar son propias de programas migratorios de contención, que por su propia naturaleza tornan nugatorio el derecho de las personas a elegir y cambiar libremente su residencia, pero, sobre todo, contribuyen a empeorar la situación de inseguridad, invisibilidad y vulnerabilidad en que se encuentran las personas migrantes, pues consisten fundamentalmente en obstaculizar los cauces migratorios mediante el destacamento de agentes estatales, la construc-ción de barreras en los lugares utilizados como acceso o el impedimento de utilizar ciertas rutas o medios de transporte.

Al mismo tiempo, encontramos políticas más elaboradas como aquéllas consistentes en brindar capacitación y apoyo financiero a fin de que las personas emprendan una actividad económica calificada que les permita auto emplearse de modo que puedan permanecer en su lugar de residencia u origen, o que represente la oportunidad de retornar al mismo y poder satisfacer sus necesidades económicas. A nivel federal, México opera actualmente más de 60 programas dirigidos a la población migrante presente en el país y la constituida por los mexicanos residentes en Estados Unidos.

Estas posturas pueden en determinado momento y lugar desalentar la migración; empero, la experiencia ha demostrado que será temporalmente, pues dependen generalmente de la capacidad estatal de mantener las medidas restrictivas, lo que no siempre es viable económica y fácticamente.

En México la Ley de Migración expedida en 2011 presenta una naturaleza dual, pues por un lado puede considerarse como garantista o protectora, pues incluye en su texto un amplio catálogo de derechos a favor de los migrantes, además de que textualmente establece una serie de principios que regirán la política migratoria, siendo el primero el de respeto irrestricto a los derechos humanos y prevé una amplia coordinación intersecretarial para atender el fenómeno; pero también tiene un amplio cariz securitista al establecer al Instituto Nacional de Migración como un miembro del Sistema de Seguridad Nacional, y establecer

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como criterio para el otorgamiento o cancelación de condiciones de estancia a los extranjeros el ser una amenaza para la seguridad nacional32.

Mucho se ha criticado la Coordinación para la Atención Integral de la Migración en la Frontera Sur, implementada en julio de 2014, pues ha traído como resultado un incremento importante en las detenciones y además como parte de su ejercicio, ha desviado las rutas ferroviarias, ha incrementado la velocidad a que viajan los trenes o ha cancelado o postergado los horarios de operación del mismo, obligando a las personas a utilizar vías alternas, de modo que lo que se percibe como una disminución en el flujo es más bien la invisi-bilización del mismo. Esta situación no sería tan grave, si tal invisibilización no redundara en la vulnerabilidad de las personas, pues como se expone en el capítulo respectivo, la ruta migrante debe transitar por zonas controladas por grupos de la delincuencia.

Así pues, hoy día resulta inadecuado pensar en la contención migratoria, valdrá la pena mejor abocarse a comprender las causas profundas de la migración y replantearnos la vigencia de las disposiciones jurídicas de extranjería, visado y ciudadanía.

Conclusiones

El Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha impuesto a los Estados severas restricciones al momento de emitir la política migratoria.

Dichas restricciones no son textuales, mucho menos coactivas. No es posible afirmar que los países están jurídicamente obligados a formular sus normas migratorias de cierto modo, pero derivado de la armonización y de la obligación de adoptar medidas internas a fin de garantizar a todas las personas el ejercicio y goce de los derechos, a la que están constreñidos mediante tratados internacionales y en el caso de México incluso por la Constitución Política, es que es posible afirmar lo anterior.

Ante la realidad de la movilidad humana actual, un gran número de países deben realizar esfuerzos significativos en materia jurídica, política, presu-puestal y en seguridad pública, a fin de lograr que los derechos sean respetados.

Los marcos jurídicos y la situación real de vulnerabilidad en que se sitúan los migrantes tornan necesaria la intervención del Estado y de la sociedad

32 Cfr. Morales, Luisa, “Categorías migratorias en México: Análisis a la Ley de Migración” en Anuario Mexicano de Derechos Internacional, IIJ, UNAM, vol. XII, 2012, pp. 929-958

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civil en su alivio y mejoramiento. Hoy en día algunas naciones constitucio-nales y democráticas han cuestionado de facto la viabilidad o conveniencia de mantenerse bajo los regímenes protectores de derechos.

Pero independientemente de los cuestionamientos que puedan plantearse los Estados, atenidos a su potestad soberana, la interrelación mundial actual y el entramado jurídico que se ha venido construyendo incesantemente en los últimos años, ocasiona que los mismos se consideren un retroceso e incluso un acto de barbarie.

Hoy día resulta inadecuado pensar en la contención migratoria, valdrá la pena mejor abocarse a comprender las causas profundas de la migración y replantearnos la vigencia de las disposiciones jurídicas de extranjería, visado y ciudadanía.

Referencias

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ਈ Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009.

ਈ Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretarios: Raúl Manuel Mejía Garza y Laura Patricia Rojas Zamudio. [J]; 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Julio de 2009.

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LUISA GABRIELA MORALES VEGA es Doctora en Derecho por la UNAM FES Acatlán, Profesora Investigadora de Tiempo Completo en la Universidad Autónoma del Estado de México, Centro Universitario Valle de México. Profesora del Programa de Posgrado en Derecho de la UNAM. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

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Resumen

NANOPOLÍTICA DEL PODER

Nanopolicy of power

Javier Piña Sánchez - [email protected]

Arturo Hernández Magallón - [email protected]

Ricardo Manuel Leyva Gama - [email protected]

El presente análisis supone que el ejercicio del poder no sólo se orienta al logro de un objetivo en particular (obtener un cargo, instrumentar la voluntad de alguien, dirigir comportamientos colectivos, etc.), sino a la perdurabilidad del poder en sí mismo y sus relaciones de poder, la cual es la suma de distintos logros de objetivos que pueden evolucionar dependiendo del contexto social que trate. Se asume también que los individuos modifican o ajustan su conducta de acuerdo a la voluntad de acción que les convenga-o no- y/o beneficie-o no-, con base en ciertos elementos de poder constantes y/o no constantes. Finalmente se describe un marco conceptual de los posibles compor-tamientos que los seres humanos pueden asumir en una relación de poder. Para explicar lo dicho, el presente trabajo se apoya en una vertiente novedosa llamada nanopolítica, la cual orienta su objeto de estudio a los comportamientos minúsculos que ocurren en los individuos en su dinámica de día a día de las acciones sociales.

Palabras clave: poder, relaciones de poder, nanopolítica.

Abstract

This analysis implies that the exercise of power does not aim only to the achievement of a particular goal (to obtain a position, to compel someone’s will, to lead collective behavior, etc.) but to the perpetuation of the power by itself and its relations, which sum up the accomplishment of different tasks that might evolve depending on the social context. It is also presumed that individuals modify or adjust their behavior according to their will to act if deemed appropriate or beneficial or not, based on some elements of power that may or not may be constant. Finally, a conceptual framework of the possible performance of the human beings in a relationship with power is described.

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 77-101

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JAVIER PIÑA SÁNCHEZ, ARTURO HERNÁNDEZ MAGALLÓN, RICARDO MANUEL LEYVA GAMA

In order to explain the aforementioned, this paper is sustained by a ground-breaking aspect named “nanopolitics” which is oriented to study the minuscule behaviors occurred to the individuals in their daily social activities.

Keywords: power, relationships with power; nanopolitics.

Introducción

Cientos de filósofos, economistas, historiadores, sociólogos, politólogos y, en resumen, infinidad de personas, en algún momento de su vida han reflexionado sobre el tema del poder o al menos han orientado parte de su pensamiento en comprender cuál es la naturaleza y efectos del poder. En el presente escrito orientamos nuestros esfuerzos a identificar qué factores de relaciones de poder se presentan no sólo en los niveles de acción social de manera global, nacional o nivel macro por un lado; entre la interacción y redes de políticas de distintas instituciones, nivel micro y finalmente, en las actividades minúsculas del comportamiento humano, nivel nano. Es fundamental dejar en claro que las relaciones de poder se efectúan en tres niveles de análisis de política, los cuales se comentarán más adelante, sin embargo, se puede hacer un sentido general de los mismos.

El nivel de acción política en un sentido de macropolítica, ocurre cuando la decisión afecta a la sociedad en general. Imaginemos que política fiscal impone mayor contribución respecto al Impuesto al Valor Agregado o bien que el sistema educativo cambie a una lógica religiosa o socialista, los efectos se impactarían a la sociedad en un sentido amplio. Una acción de micropo-lítica ocurre cuando en una institución se lleva a cabo un diseño funcional y estructural orientado a responder tanto a la misión y visión, como a su capacidad económica, su condición legal, el tipo de actividad a desempeñar, y los ajustes con otras instituciones, etc.; los efectos que de ella se desprendan no necesariamente afectarán a toda la sociedad como en el caso de la acción macro, sino sólo a aquellos involucrados e interesados. El nivel de nanopolí-tica es diferente, porque representa a las acciones u omisiones que ocurren de sujeto a sujeto en actividades específicas, del día a día y que para bien o para mal generan el tipo de resultados que se evalúan a nivel macro y micro.

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En este sentido, cuando se piensa en términos de hechos políticos, es común informarnos en periódicos, internet, Facebook, televisión, radio u otros medios de comunicación: “tal Secretaría de Estado decidió...”; “los Partidos Políticos acordaron entre sí lo siguiente...”; “se firmó un acuerdo con el sector empresarial y orden Municipal...”; “la organización civil hizo tales recomen-daciones en materia de transparencia a...”; “la Organización de las Naciones Unidas llevó un congreso de Corrupción con los países miembros...”; etc. Lo anterior, como si las organizaciones absorbieran plenamente a los individuos en sus fines que persiguen, sin embargo, al interior de las organizaciones se llevan a cabo relaciones de poder que definen, ajustan, cambian, modifican, reinterpretan, adaptan, negocian, distintos actores políticos en su dinámica del día. La voluntad de los individuos se refleja en los efectos organizacionales, sociales e internacionales de la acción política sin importar el nivel macro, micro, nano o una combinación de los mismos.

Entonces, el terreno de la nanopolítica pretende analizar el interior de las relaciones de poder, es decir, la interacción entre grupos e individuos en su dinámica política del día a día (Arellano, 2013, 2010 y Aguilar, 2007: 90). O para ser más claros, tal como señala Simon, “la mejor manera de lograr una visión intensa de la estructura y funcionamiento de la organización, es analizar la manera en que las decisiones y el comportamiento de esos empleados se ven influidos dentro de y por la organización” (1970: 5). Si se pretende que una política pública sea efectiva y eficaz, el análisis acerca de qué ocurre entre

“el proceso de elección que lleva a la acción” (Simon, 1970: 17) en el interior (nanopolítica) de las organizaciones gubernamentales deberá ser vital, ya que

“el terreno entre los insumos y los resultados existe un terreno aún inexplorado” (Rein y Rabinovitz, en Aguilar, 2007: 147). Las políticas públicas no se formulan de una vez y para siempre, evolucionan mediante la interacción continua entre las intenciones de quienes las formulan y los resultados de su ejecución (Peters, 1992: 55). Es necesario comprender los comportamientos que ocurren de individuo a individuo y que en múltiples escenarios pueden definir el rumbo de otros en las relaciones de poder.

La estrategia metodológica de este texto, procede de la construcción de un esquema conceptual que dé cuenta del nivel de nanopolítica en las relaciones de poder sin importar el tipo de institución política que se trate. Debido a que el enfoque de nanopolítica no tiene mucho que se planteó, no se cuenta con autores para efectuar una metodología comparativa. Pero sí se cuenta con la variable de análisis que ha sido estudiada ampliamente en la política, es decir,

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el poder. De estos esfuerzos se desprende la posibilidad de estructurar una propuesta de categorías de análisis para estudios posteriores.

Nicolás Maquiavelo dijo “mi intención no es otra que escribir algo útil para quien lo lea y por lo tanto he creído conveniente ver las cosas en su verdadera realidad y no basar mi discurso sólo en la imaginación” (2012: 78). Este escrito pretende que, al ser leído en cada línea, se palpen las ideas vertidas aquí, parte de lo que se vive en la realidad social. La razón es someter al lector a generar para sí mismo más preguntas que respuestas, y que, de acuerdo con su recorrido de vida; enriquezca a su vez las ideas que tiene acerca del poder, pero, sobre todo, busca la finalidad de que nos sea útil para nuestra cotidianeidad a partir de algunos puntos de vista de teóricos que se consideraron idóneos para generar debate. Tal como dice Michel Foucault “es bueno conocer lo que nos amenaza; pero también es bueno saber cómo defenderse” (2012: 171).

Poder

Juan Jacobo Rousseau dijo que “el hombre ha nacido libre y, sin embargo, en todas partes se encuentra encadenado. Se considera amo, pero no deja de ser menos esclavo que los demás” (2015, 3). Por su parte, Aristóteles mencionó que hay dos clases de hombres “es pues preciso decir que hay algunos que son esclavos en todas partes, y otros que no lo son en ninguna” (1998: 8). Gaetano Mosca agrega por su cuenta que “existen dos clases de personas: la de los gobernantes y la de los gobernados” (2006: 106) y Albert Einstein por su lado, decía “no creo en absoluto en la libertad del hombre en un sentido filosófico. Actuamos bajo presiones externas y por necesidades internas” (2013: 11).

Si estas ideas expuestas son ciertas –total o parcialmente–, no debe significar que estemos condenados a una servidumbre o un dominio del poder de la voluntad de unos sobre otros así sin más, sino que debemos aprender a conocer dichas situaciones y para ello debemos estudiar, el estudio del poder, conocer la voluntad del otro y su lógica con la que construimos o destruimos al mundo. Los siguientes comentarios suponen nutrientes para ampliar nuestra visión e invitar a esa reflexión inacabada del poder y de la cual sentimos sus efectos día a día, aun si deseáramos ignorarlos o ser indiferentes al tema. Pues como el genio Albert Einstein dijo, “ante la vida cotidiana no es necesario reflexionar demasiado: estamos para los demás. Ante todo, para aquellos de cuya sonrisa y bienestar dependa nuestra felicidad; pero también para tantos desconocidos a cuyo destino nos vincula una simpatía” (2013: 11).

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En este sentido, conviene mencionar para distinguir al poder de la política de la siguiente forma. Aunque la palabra política alude fundamentalmente a la “ciencia y el arte del poder, su estudio y su práctica” (Casanova, 2005), tenemos un sentido diferente a dicha palabra de acuerdo con el idioma inglés. La cultura románica asimiló la palabra griega politeia, la transformó en politia y la heredó a los idiomas europeos como policía, police, policey y policy, respec-tivamente en español, francés, alemán e inglés (Guerrero, 2011: 1). Para el caso del término política, el idioma inglés concibe tres acepciones (Roth, 2006: 25, 26). La complicación radica en que nos hallamos en presencia de un término polisémico. En efecto, en el idioma inglés es posible distinguir entre policy, politics y polity (Harto de Vera, 2010: 58). Desde una perspectiva integral tenemos que la definición y acotación de lo que puede y debe entenderse por

“política” es una tarea compleja, el siguiente cuadro reúne las acepciones y dimensiones de uso:

Cuadro 1Dimensiones de la política

Acepciones de uso

Polity

Se refiere a la política concebida como el ámbito del gobierno de las sociedades humanas. Es otra perspectiva, es la dimensión institucional de la política. Lo político como el universo formado por las acciones y los constructos humanos en los que la política se desarrolla. En castellano podría traducirse por politeia o “institucionalidad política”: el conjunto de las instituciones y reglas dise-ñadas para modelar la interacción política.

Politics

Se ocupa de la política como la actividad de organización y lucha por el control y ejercicio del poder. En castellano podría ser traducido como “proceso político” o “articulación política”: los actores interactúan entre ellos cuando tienen intereses conflictivos o visiones divergentes sobre temas sociales que no pueden resolverse por sí mismos.

PolicyAlude a la política como designación de los propósitos y programas de las autoridades públicas. Las políticas como las decisiones ordenadas hacia la consecución de un fin político. En castellano podría ser traducido como “políticas públicas”: las opciones elegidas para resolver un problema.

Fuente: elaboración propia con base en Roth (2006: 25 y 26).

Indudablemente, el término adecuado para los fines de nuestra investigación de politics, el cual se orienta al estudio del poder. De manera breve qué es lo que se entiende por poder. El fenómeno del poder es simple y universal, pero el concepto de poder es vago y multiforme (Crozier, 1990: 55). La etimología de poder proviene del latín potere, derivado del latín arcaico posse (poder). La siguiente tabla muestra unas cuantas reflexiones referentes al poder.

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Tabla 2Acepciones al poder

Acepciones de uso

Max Weber

Lo ha definido de la siguiente manera, “poder significa la probabilidad de imponer la propia volun-tad, dentro de una relación social, aun contra toda resistencia y cualquiera que sea el fundamento de esa probabilidad” (2008: 43). Suma a su interpretación que “el concepto del poder es amorfo. Todas las cualidades imaginables de un hombre y toda suerte de constelaciones posibles pueden colocar a alguien en la posición de imponer su voluntad en una situación dada” (2008: 43).

Karl Marx En sentido propio, el poder político es el poder de una clase, organizado para oprimir con él a otra (2014: 126). Se orienta principalmente a la lucha de clases sociales.

Michel Foucault

La pregunta consistiría ahora en saber: si el poder se ejerce, ¿qué es este ejercicio?, ¿en qué consis-te?, ¿cuál es funcionamiento? Hay una respuesta inmediata que proviene, me parece de muchos análisis actuales: el poder es esencialmente lo que reprime. El poder reprime la naturaleza, los instintos, a una clase, los individuos (1992: 143).

Robert Dahl

El poder es más o menos lo siguiente: A tiene poder sobre B en la medida en que logre que B haga algo que no haría de otro modo. Formaliza su concepción de la siguiente manera:

P = p1 – p2

Donde p1, representa la probabilidad de que B ejecute las instrucciones de A, mientras que p2 sim-boliza la probabilidad de que B las ejecute de todos modos” (citado en Garmendia, José: 1988: 1693).

Karl W. Deutsch

Poder significa la capacidad de un individuo u organización para imponer extrapolaciones o pro-yecciones de su estructura interna sobre su ambiente. En lenguaje más sencillo, tener poder quiere decir no tener que ceder, y obligar al ambiente o a la otra persona a que lo hagan. Poder en este sentido restringido, es la prioridad de la salida sobre la entrada, la capacidad de hablar, en vez de escuchar (1973: 124).

Nicos Poulantzas

El concepto de poder se restringe económica y políticamente a las relaciones de clase, como domi-nación y lucha entre éstas, a la vez que, de acuerdo a como lo comprende, su constitución sólo es posible a partir de la existencia del tipo de Estado y el orden social que así se consagra.

Miguel Escobar

Valenzuela

Podemos definir concreta y objetivamente al poder como la instrumentación de una voluntad de un sujeto por parte de otro. Es concreta porque el poder tiene que manifestarse en un hecho: la obe-diencia que un sujeto obtiene de otro. Es objetivo, porque manifiesta en un hecho, la obediencia, que una vez producida es independiente de la conciencia del observador (2001: 30).

Michel Crozier

El poder, en el plano más general, implica siempre la posibilidad, para algunos individuos o grupos, de actuar sobre otros individuos o grupos.

Hannah Arendt

El poder no es entendido como dominio, sino como poder del pueblo donde lo que domina son las leyes, se obedecen porque el pueblo las ha apoyado y por eso se entiende que no es un dominio de las leyes sobre el pueblo, porque el pueblo es quien puede cambiar, es el que domina al gobier-no, que depende de la fuerza de la opinión. Y este poder siempre será un número, a diferencia de la violencia, que queda en mero instrumento (1975).

Niklas Lhumann

El poder es una oportunidad para aumentar la probabilidad de realización de combinaciones improbables de selecciones. El poder no se convierte en un instrumento de una voluntad ya presente; antes que nada, genera esa voluntad. El poder puede hacer demandas a la voluntad, la puede obligar a absorber riesgos e inseguridades, incluso la puede llevar a la tentación y dejarla frustrada (1988).

Giovanni Sartori

El poder es siempre la fuerza y la capacidad de controlar a los otros, incluyendo la fuerza de dispo-ner sus vidas y de sentenciarlos a muerte (1991: 161).

Fuente: elaboración propia

Es evidente que como se ha mencionado, el concepto es amorfo, por tal razón, no puede ser encasillado en una idea o caja metafórica. El poder es adaptable, voluble y dinámico de un individuo a otro mediante las relaciones e interac-

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ciones construidas en los mismos, que finalmente hará merecedor a aquel o aquellos que lo hayan heredado o estructurado en las acciones sociales. Es un hecho evidente que el poder no es sólo una probabilidad de comportamientos que condicionen la voluntad ajena, en muchos casos es una autoridad concedida o merecida y que no conlleva quizá riesgos para su ejercicio. O como afirma North “en el mundo actual estamos inmersos en cientos de organizaciones e instituciones que establecen las reglas del juego” (2002: 13-15) y que advierten de antemano las limitaciones a los comportamientos para interactuar con ellas. Asumimos de forma consciente o inconsciente un sometimiento, aceptación u obediencia a una relación y ejercicio del poder. Estos espacios organizacionales nos colocan de manera inmediata en posiciones de dominadores y dominados. Es un hecho recíproco que las organizaciones e instituciones influyen sobre nosotros, al igual que nosotros influimos sobre ellas.

A manera de Crozier, se puede decir “por vaga que parezca, esta formulación tiene la ventaja de que no está prejuiciada por una teoría sobre la esencia del poder, de que puede aplicarse a cualquier forma de poder y, sobre todo porque dirige la atención hacia lo que constituye, a nuestro modo de ver, lo esencial, el carácter de relación de poder. En efecto, actuar sobre el prójimo es entrar en relación con él, y es en esta relación donde se desarrolla el poder de una persona A sobre una persona B” (1990: 55).

La finalidad de esta sección ya comentada, radicaba en mostrar algunas ideas respecto al concepto del poder, las cuales se desenvuelven desde un plano individual, grupal, organizacional, social e internacional en un contexto social definido a partir de los valores, símbolos, tradiciones, ritos, ceremonias, historia, cultura, economía e ideologías políticas. Se puede deducir de los conceptos anteriores que ya sea que involucren las variables de: lucha de clases, nivel grupal, organizacional, social, internacional, etc., el poder básicamente recae en la instrumentación de una posible voluntad con interacción a la relación construida bajo el sello de otra posible voluntad a nivel macrosocial (política de Estado, por ejemplo) o microsocial (interacción entre determinadas organizaciones). A continuación, se presentará un bosquejo de la forma en que se construyen las relaciones de poder.

Relaciones de poder

Las relaciones de poder se construyen, materializan y concretan en espacios de poder a través de ámbitos variados y complejos de relaciones sociales; tanto

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de carácter formal como de manera informal a través de su interacción de las voluntades humanas con el gobierno, el sector privado y con la sociedad organizada/no organizada. Foucault lo expresa de la siguiente manera “las relaciones de poder son las que los aparatos de Estado ejercen sobre los individuos, pero asimismo la que el padre de familia ejerce sobre su mujer y sus hijos, el poder ejercido por el médico, el poder ejercido por el notable, el poder que el dueño ejerce en su fábrica sobre sus obreros” (2012: 42).

Una relación formal es aquella que está apegada a normas o códigos de conducta establecidos bajo un acuerdo social, es decir, relaciones contractuales orientadas a un deber ser. El plano formal representa el escenario de compor-tamientos estructurados, definidos con base en reglas jerárquicas, técnicas, fórmulas, leyes, procedimientos y todo aquel principio que establezca roles de comportamiento planeados. Por su parte, las relaciones informales son aquellas que nacen del conjunto de sentimientos, afectividades, afinidades, frustraciones, etc. La parte valorativa de la conducta humana. El plano informal representa esos códigos de conducta que se definen en mayor medida a las conductas emocionales que definidas, en muchos sentidos se les pueden considerar como disfuncionalidades (Merton, 1999: 227 y Ostrom, 2011: 42 y 43) al comportamiento humano estructurado, sin embargo, es un hecho que los comportamientos sociales bajo la lógica informal puede crear resultados benéficos al igual que en perjuicio de las organizaciones sociales. Vivimos en una sociedad moldeada entre lo formal e informal. Y, sin importar la lógica que sea, o incluso la combinación de ambas en una acción social, se puede decir que las relaciones de poder están presentes en todo acto humano.

Bajo esta idea, prácticamente toda interacción social supone la creación de una relación de poder. Por supuesto, cada relación de poder varía en tiempo; en intensidad de ejercicio de poder y obediencia; en cantidad de recursos (materiales, informáticos, económicos, legales, etc.); en uso y abuso de inteli-gencia; bajo un ideal o sin él aparentemente; en el tipo de individuos, grupos, organizaciones o instituciones que conformen la acción social. No obstante, una relación de poder puede concluir una vez que ya no exista modo de condicionar o someter a una obediencia, por dejar de convenir a los intereses o redes de poder por parte de los individuos que hayan creado la relación de poder.

Es notorio que en algún momento hay quien detenta más poder que otro, pero eso depende del uso y abuso que se dé a las capacidades intelectuales, a los recursos (económicos, materiales, tecnológicos), al miedo que se imponga, a la violencia que se ejerza, a la persuasión o emociones que se desaten y

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desprendan. Las condiciones y términos de poder que establezcan no son perpetuas siempre y cuando las voluntades creadas así se lo impongan.

Agrega Crozier al respecto, que “el poder es, pues, una relación y no un atributo de los actores. No puede manifestarse -y en consecuencia hacerse restrictivo para una de las partes presentes- más que mediante el inicio de una relación que enfrenta a dos o más actores, dependientes unos de otros, en el cumplimiento de un objetivo común que condiciona sus objetivos personales. Para ser más precisos, no se puede desarrollar más que a partir del intercambio de los actores comprometidos en una determinada relación, pues en la medida en que toda relación entre dos partes supone un intercambio y adaptación entre ambas, el poder está inseparablemente ligado a la negociación: es una relación de intercambio, por lo tanto, de negociación, en la que están comprome-tidas por lo menos dos personas” (1990: 56).

En toda relación de poder se puede decir convencionalmente que al menos se cuenta con dos sujetos, uno representa al “sujeto activo” y el otro es el “sujeto pasivo”. El primero, es quien manifiesta a través de determinados comporta-mientos la dirección de un mandato o voluntad a seguir; el segundo por su cuenta, es quien manifiesta obediencia respecto del mandato y autoridad que ha transmitido por las vías de comunicación que sean, lo que espera el sujeto activo. Por lo regular. En este sentido, sea de paso, Galbraith (1986) nos dice que existen tres fuentes de poder: la personalidad (cualidades propias en los individuos), la propiedad (o la riqueza, el ingreso económico) y la organización (conjunto de individuos que se reúnen para determinados fines). Respecto a los tipos de poder, tenemos el poder condigno, que se logra la sumisión infligiendo o amenazando con consecuencias. El poder compensatorio, logra la sumisión a través de la recompensa respecto a algo que tiene valor para el individuo de quien se espera la obediencia. Finalmente, el poder condicionado, el cual se ejerce cambiando la creencia. En consecuencia, es en el espacio de la personalidad, la propiedad y la organización donde se materializan y concretan los distintos tipos de relaciones de poder, ya sea en un poder condigno, condicionado o compensatorio.

Como hemos dicho, el poder tiene múltiples formas; la ambición de poseer un poder intelectual que admiremos, el poder político de un mandatario, el poder del liderazgo familiar, el poder vecinal, el poder seductor sobre los demás, etcétera. El poder juega una doble función (objeto de estudio y estudio del objeto). La característica del poder por sí mismo radica en que se dirige en esencia sobre las acciones de otros individuos. Otro rasgo del poder en sí mismo o el ejercicio del poder, es que implica el reconocimiento de alguien

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que manda y alguien que obedece, ya que se crea una figura de autoridad. Es importante mencionar sea de paso, que un individuo que aspire a más poder o al logro de poder, entra en un juego de suma cero o suma variable, es decir, similar al caso anterior, el logro y perdurabilidad del poder significa el restar o eliminar el poder de otro(s). Ha sido claro que los elementos de las relaciones de poder pueden combinarse o aislarse, depende de la acción social que se trate y de su evolución.

Un elemento adicional al presente trabajo es que cada relación de poder puede ser catalogada mediante la lógica de racionalidad desde distinta óptica de análisis de cada actor involucrado e incluso mediante actores que no sean parte de la acción social. Es decir, cada actor asume una postura de interpre-tación del mundo propio y ajeno, la cual no necesariamente es aceptada por el resto de los seres humanos. Dichas relaciones de poder en algunos casos pueden ser valoradas como racionales o incluso irracionales. A tales eventos en teoría de juegos, se les ha conocido como el efecto Macbeth en mención a la obra de Shakespeare.

Un ejemplo es un juego conocido como “la subasta del dólar” con base en Amster y Pinaso (2014: 40-43):

En un juego se subasta un billete de un dólar. Se abre la subasta con una mínima de un centavo. La persona que ofrezca ese mínimo se queda con el dólar a menos nadie ofrezca más. La subasta se desarrolla con las reglas comunes de dicho juego, con una sola excepción. La regla especial dice que al subastador debe pagarle no sólo el que haga la oferta más alta, sino también la persona cuya oferta estuviera por debajo de ésta. El que ofreció más pagará y se quedará con el dólar, mientras que el que queda segundo pagará lo que apostó, pero sin recibir nada a cambio.Mérὅ, distingue tres momentos que por lo regular se cumplen de manera invariable. El primero se da al comenzar el juego, cuando los participantes se preguntan si vale la pena participar o no, la inversión de comprar un dólar por unos pocos centavos ofrece un retorno atractivo. El segundo momento crítico llega cuando las ofertas cruzan a la frontera de los 50 centavos. Allí los jugadores comprenden que el subastador comienza a tener beneficios, pues la suma de las dos ofertas más elevadas supera el valor del dólar que debe desembolsar. Pero cada uno sigue creyendo que todavía hará un buen negocio si compra un dólar por un valor de entre 50 y 99 centavos. Finalmente, el tercer momento crítico ocurre cuando alguno de los jugadores ofrece 100 centavos,

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es decir, un dólar. La posibilidad de escapar sin pérdidas es según Mérὅ, un espejismo. El oponente que había ofrecido 99 centavos se inclina a estirar su oferta y ofrecer un dólar y un centavo, pues prefiere perder un centavo comprando el dólar a 1.01 a perder 99. La subasta se ha vuelto irracional, y el subastador obtendrá, como mínimo, el doble de dinero invertido.

Como se ha podido leer, dicho comportamiento en esta relación de poder puede parecer irracional para quien quizá sólo es espectador, pero dentro de la lógica construida por los actores del juego, hay un grado de racionalidad que justifica su conducta. Ante esta idea, Amster y Pinaso, dicen que el efecto Macbeth, se puede entender con la siguiente idea tomada de la obra referida

“estoy en sangre tan empapado que, si dejase de avanzar, volver atrás sería tan tedioso como seguir adelante” (2014: 42). La sección siguiente, pretende describir algunas ideas acerca de los motivos que pueden impulsar a los seres humanos a crear relaciones de poder en los contextos macro, micro y nano bajo las fuentes y tipos de poder comentados líneas arriba.

Las razones del poder

¿Qué busca cada ser humano durante su vida? Einstein expresó que “curiosa es nuestra situación de hijos de la tierra. Estamos por una breve visita y no sabemos con qué fin, aunque a veces creemos presentirlo” (2013: 11). Galbraith nos comparte que “Bertrand Russell llegó a la conclusión de que el poder, junto con la gloria, continúa siendo la más grande aspiración y la máxima recompensa de la especie humana” (1986: 15). Otra perspectiva interesante es la de Foucault al decirnos que “alcanzar la inmortalidad es la máxima aspiración del poder. El hombre sabe que es destructible y corruptible. Se trata de taras que ni siquiera la mente más lógica podría racionalizar. Por eso el hombre se vuelve hacia otras formas de comportamiento que lo hace sentir omnipotente. A menudo de naturaleza sexual” (2012: 129).

Los seres humanos en algún momento de nuestras vidas nos cuestio-namos qué buscamos para sí mismos y -agregaríamos-, qué buscamos de cada individuo que comparte acciones sociales (o sea el otro o los otros). Las relaciones de poder se alimentan de lo que cada individuo tiene como meta(s) u objetivo(s), es decir, en cada acción social o interacción entre seres humanos, hay un intercambio y/o costos transacción (Williamson, 2013: 53), pasiones, emociones (Kahneman, 2016: 36), necesidades (Maslow, 1999: 250), violencias

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(Montaño, 2007: 65), sueños, deseos, rechazos, miedos, sentimientos, (Ibarra y Montaño, 1997), recursos (Rose, 1998: 232), mercancías, resistencias, misterios, frustraciones, ambiciones, etcétera; sin embargo, debe haber o existir algo que motive a darse tal acción social. Estos insumos con los cuales se crean las relaciones de poder, suponen la razón de ser de la interacción social y la dinámica en que construimos la misma. Esta dinámica define quién ejerce el poder, su alcance, límites, intercambios y, de manera particular por cada caso de acción social, se establecen las formas en que se podrá aspirar al poder, las lagunas o inconsistencias de su estructuración lo cual quizá dé lugar a que desde otra posición y desde otra perspectiva, exista alguien que puede ofrecer (o al menos creer eso) otro universo poder. En resumen, la estructuración del poder permite a cada jugador tener una arena de poder a mantener, ya que, en caso contrario será arrebatada o simplemente destituida, define también las formas en que se accede al poder, las posibles traiciones o conjuras para cambiar de bando, las estrategias para mantener el poder o para perderlo -aparentemente y temporalmente quizá- en favor de alianzas o de otros intereses.

En términos generales, en estas líneas de pensamiento se puede suponer que el ser humano en las relaciones de poder que construya actúa impulsado mediante la búsqueda de algo que cree puede concretar en una relación de metas-fines, propios o ajenos desde distintos matices de comportamiento, por ejemplo: someter la voluntad, obtener riquezas que nos den bienes materiales o un placer corporal, por citar algunos casos. Sin embargo, el problema de tal correlación radica en que un medio se puede volver a su vez en un fin en sí mismo o a la inversa, un fin se puede volver en un medio para llegar a otros medios y fines.

Ante esta situación de medios-fines, Simon infirió que “el conocimiento es el medio de descubrir cuál de todas las consecuencias posibles de un compor-tamiento se derivará realmente de él. El objetivo último del conocimiento, en cuanto que este forma parte del proceso de elección, es descubrir una posibilidad única que responda a cada alternativa de comportamiento, aunque en la práctica este objetivo solo se alcance de manera imperfecta” (Simon, 1988: 74).

La dinámica de perdurabilidad del ejercicio del poder depende del criterio de cada ser humano, ya que es posible creer que el goce o aumento de poder sólo traerá consecuencias que harán que el individuo ambicione mayor ejercicio del poder, pero no siempre son así los casos, depende del cúmulo de experien-cias vividas y la percepción o efectos que haya dejado en cada actor social.

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Es importante distinguir la diferencia entre obtener y mantener. Citemos dos breves ejemplos: tenemos un estudiante que pretende ser parte de la universidad “x” ya que imparte la profesión que persigue. Deberá ganarse su lugar mediante un examen que exija los conocimientos necesarios para ingresar, por tanto, lo primero que deberá hacer es aprobar dicho examen. Pero, la tarea no acaba ahí, puesto que el hecho de aprobar un examen no significa una garantía de adquirir la profesión, nuestro estudiante además de ingresar a la universidad, debe egresar y concluir sus estudios. El medio era ingresar a la universidad y estudiar algo en particular, sin embargo, ¿Una vez logrado esto, acaba la tarea aquí y en este caso el estudiante puede sentir que ha llegado a la conquista de su felicidad o autorrealización? Puede que sí o puede que no, sin embargo, lo más lógico es que el estudiante cree un nuevo esquema de medios-fines con base en su propia lógica de racionalidad construida. Con esa sensación de poder concretada, es probable que inicie con la creación de nuevas relaciones de poder que le permitan mantener la sensación de perdura-bilidad de poder bajo nuevos matices de comportamiento.

Otro ejemplo puede ser el de un ciudadano o miembro de un partido político que busca un cargo de elección. No sólo se trata de contender en la elección ciudadana, ganarla y ya. Se trata y de ser el caso de: administrar; presupuestar; negociar; delegar y asumir responsabilidades; en pocas palabras, se trata de construir relaciones de poder con otros actores gubernamentales, ciudadanos, redes de política (organizaciones e instituciones, etc.); intereses y lealtades de partido, con el sector empresarial y la sociedad organizada, etcétera. En síntesis, lograr algo es un primer paso, si deseamos mantener relaciones de poder, debemos crear una perdurabilidad de acciones que den como efecto supuestos resultado que esperábamos. Preservar el poder mediante acción(es) perdurable(s) será la mancuerna “medios-fines” que definan nuestra acción social.

Una vez definida una reseña conceptual del poder, pasemos al análisis de la nanopolítica.

Marco conceptual de nanopolítica

Al hablar de macropolítica hacemos alusión a aquellos estudios orientados al terreno de relaciones de poder de los partidos políticos en una campaña presi-dencial; los sistemas políticos comparados entre 2 países; los efectos culturales entre 5 regímenes presidenciales; los resultados de programas gubernamen-tales en materia de salud durante un sexenio; los efectos de regulación de

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política fiscal o monetaria a nivel nacional, etc.; por citar algunos casos. Por otro lado, cuando se habla de la transferencia de un modelo administrativo por otro, por ejemplo, integrar la planeación estratégica en una institución guber-namental como parte de su modernización; el estudio de caso de la evaluación y control de confianza en los centros de justicia de un municipio; las relaciones intergubernamentales en materia pago de aguinaldos del sector educativo; la propuesta de una nueva Secretaría de Estado; son ejemplos de lo que podemos llamar la micropolítica. La mayor parte las investigaciones académicas han situado su objeto de análisis en tales ámbitos de estudio.

Tenemos pues las siguientes posturas político-organizativas convencio-nales: la “macropolítica” (dirección socioeconómica y administrativa de un Estado) y “micropolítica” (redes múltiples de organizaciones que interactúan entre sí, definiendo así su actuar). La “nanopolítica” (Arellano, 2013: 65), es una propuesta diferente e innovadora, pues pretende analizar el interior organiza-cional, es decir, la interacción entre grupos e individuos en su dinámica del día a día (Arellano, 2013, 2010 y Aguilar, 2007: 90). Es evidente que las relaciones de poder atraviesan los tres ámbitos de análisis propuestos, lo macro, lo micro y lo nano. La inquietud oscila en el descuido del terreno nano, es decir, esas micro-luchas de relaciones de poder en la dinámica del día a día en los individuos que componen nuestra realidad; quizá este descuido se debe en parte al hecho de la dificultad de tener que llegar al corazón de cada relación de poder y a lo voluble que es el comportamiento humano. No obstante, es fundamental para comprender los resultados y efectos que se tienen en la acción social.

Todo comenzó el 29 de diciembre de 1959. Esa noche Richard Feyman –quien en 1965 recibiría el premio Nobel de Física, por su trabajo en Física teórica– dio un discurso frente a un grupo élite de físicos estadounidenses reunidos en un congreso. A la edad de 41 años ya gozaba de una excelente reputación y todos lo veían como un profesor de una inteligencia creativa, sorprendente y fuera de lo común. Feyman pronunció un discurso titulado “There´s plenty of room at the bottom” (Hay mucho espacio en el fondo). Hoy en día se le considera el padre de las nanotecnologías. Los físicos, se lanzan a explorar el mundo de “abajo”, provocando así el nacimiento de las nanotecnologías (Joachim y Plévert, 2014: 21).

Al respecto se pueden citar las propias palabras de Feyman referente a su obra, sin ánimo de polemizar o profundizar en torno a los desarrollos de las nano ciencias “Voy a describir un campo poco conocido, pero donde hay mucho por hacer. Tendrá enormes aplicaciones técnicas. De lo que quiero hablar es de

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la manipulación y del control de las cosas a pequeña escala. Existe un mundo increíblemente pequeño allá abajo” (citado en Joachim y Plévert, 2014: 22).

Una vez mencionado el antecedente histórico de las nano ciencias, es sugerente referir que la palabra nano es un “prefijo que antepuesto a una unidad de medida significa la milmillonésima parte de su valor” (Salvat, 2004: 10738). Es posible definir a las nano ciencias como el conjunto de conoci-mientos y técnicas aplicadas en pequeña escala en diversas áreas científicas y sociales, con el fin de obtener nuevos preceptos de comprensión que regulen los hechos y eventos de la realidad. Las nano ciencias se han extendido en la mecánica, física, biología, informática, electrónica, por citar algunas. En la ciencia política, administrativa y económica: ¿de qué forma podrá tener sentido? Las ciencias sociales no pueden quedar atrás en el replanteamiento de sus enfoques o bien en el encuentro con nuevas posturas que expliquen el comportamiento de sus hechos sociales. En este sentido, cobra relevancia el estudio de las nano ciencias.

Y es que como argumentó Foucault “hay relaciones de poder entre un hombre y una mujer, entre el que sabe y el que no sabe, entre los padres y los hijos, en la familia. En la sociedad hay millares y millares de relaciones de poder y, por consiguiente, relaciones de fuerzas, y por tanto de pequeños enfrentamientos, microluchas, por llamarlas de algún modo. Si bien es cierto que esas grandes relaciones de poder son muchas veces regidas, inducidas desde arriba por los grandes poderes del Estado o las grandes dominaciones de clase, hay que decir además que, en sentido inverso, una dominación de clase o estructura sólo pueden funcionar bien si en la base existen esas pequeñas relaciones de poder” (2012: 76). De tal modo, el poder se encuentra incluso en la más elemental interacción humana.

Quien alimente una relación de poder mediante cualquier tipo de relaciones de poder, debe actuar en contra no sólo de sus semejantes sino además actuar en contra de sí mismo, pues para ejercer poder en un acto social debe doblegar o reducir la voluntad de otro ser humano, eso ya envuelve el uso y disposición de los demás actores políticos. El individuo que busca ejercer el poder y establecer una perdurabilidad también debe controlar su propia conducta de sí mismo y en correspondencia con los demás tanto como sea posible. Debe, sí es necesario, reprimir su conducta pues el no hacerlo, podría alejarlo de la perdu-rabilidad de relaciones de poder en la relación medios-fines que persigue. De igual modo, es posible que en algunos casos no requiera controlar su conducta, es decir, que un individuo se comporte simplemente como es y esto le favorezca

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a tener lo que quiere, pero, aun así, debe ser tan racional como pueda en sus convicciones para que al momento de interactuar e involucrase con otros no se deje influir y modifique del todo lo que es en realidad.

La acción social juega doble papel pues, por un lado, los seres humanos deben ya sea comprometer o disciplinar su voluntad para no perder de vista el sentido de sus hechos. Para lograr y mantener el poder aún a costa de las posibles resistencias de otros. Por otro lado, debe asimilar que la voluntad de otros representa y significa que debe alterar la voluntad ajena de algún modo, ya sea por condicionamiento, por compensación económica, por coacción/coerción, por manipulación e incluso por eliminación total de la voluntad ajena. La siguiente sección comprende los elementos que pueden estar presentes en actos de nanopolítica.

Factores y conductas de nanopolítica

Los siguientes factores forman parte del escenario donde se juega una relación de poder, donde se juega con la lógica de otros, donde se usan las estrategias construyendo relaciones de poder, no son los únicos, pero sí representan los más generales. Su capacidad de combinarse depende de la forma en que se vaya definiendo la relación de poder.

Dentro de las acciones macro, micro y nano de política es posible notar que hay relaciones de poder que surgen con factores que siempre están presentes sin importar la personalidad, la propiedad y la organización que se trate. Empero, hay otras relaciones de poder que surgen de manera más informal, esporádica e incluso fuera de la personalidad, propiedad y organiza-ción. Los siguientes son elementos que se hacen presentes o no en una relación de poder, independientemente del tipo de poder (compensatorio, condicio-nado o condigno) que se presente en los niveles macro, micro o nano. Resulta relevante mencionar que, en cada acto social, se pueden presentar más de una combinación de factores, tanto en lo constante y lo no constante.

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Tabla 3Factores constantes en una acción social de política

Factor Descripción

Racionalidad Limitada

De acuerdo con Simon (1970), es inherente a todo ser humano, lo cual define el tipo de decisiones y acciones. Es limitada porque el ser humano como tal, no puede ser omnipoten-te, omnipresente y omnisciente. Su conducta varía con base en su lógica de juicios de valor (sentimientos, emociones y criterio) y su juicio de hecho (experiencias y consecuencias de actos previos y planeados).

Voluntad de Actuar

Parece simple, pero para afirmar que toda acción conlleva una intención, implica reconocer que el no hacer puede ser una motivación en sí misma.

Valoración Subjetiva

Es un hecho que todos los seres humanos decidimos con base en juicios de valor (sentimien-tos y relaciones informales), sobre las acciones o inacciones que determinen.

Cultura Organizacional

Se puede definir como el conjunto de valores, ritos, tradiciones, símbolos, rutinas, historia y sentimientos que comprenden un ambiente organizacional. Estos elementos pueden definir el curso que puede seguir una política pública.

División del Trabajo

La distribución del trabajo puede ser un factor que defina los resultados de políticas públicas, sin embargo, la forma en que se define puede obedecer solo a cuestiones laborales, o bien, a intereses subjetivos en los individuos.

ProcedimientosUna cosa es la construcción metodológica que dirija la acción y otra muy diferente su interpretación.Por otro lado, la acción llevada a cabo hoy no necesariamente tendrá los mismos resultados en otro tiempo.

AutoridadEl poder del cargo gubernamental puede facilitar la consecución de las metas o bien burocra-tizarlas (en un sentido disfuncional). Su uso y abuso de igual modo incide en los resultados. La autoridad puede radicar en el individuo, grupo o institución.

Comunicación Sigue siendo un elemento a considerar, la distorsión de los mensajes sumados al proceso cognoscitivo son factores para el cumplimiento en tiempo y forma.

Formación y/o Adiestramiento

Actualmente hay 3 elementos con base en los cuales, los individuos deciden e implementan sus acciones: la experiencia, formación profesional y/o la heurística (creatividad).

Discurso

Como mencionó Sigmund Freud “por medio de las palabras puede un hombre hacer feliz a un semejante o llevarle a la desesperación. (…). Las palabras provocan afectos emotivos y cons-tituyen el medio general para la influencia recíproca de los hombres.” (2002: 7). Una intención y su acción requieren de una argumentación persuasiva, un proceso de Neuropolítica.

Mensajes Explícitos e Implícitos

En toda decisión y acción hay al menos un mensaje explícito y/o implícito. Puede presentarse el hecho de que una posible acción conlleve o no dichos elementos.

Interés El interés, impulso o motivación puede ser: económico, político, moral, hedonista, etcétera.

Intención Ya sea en beneficio o en perjuicio, ésta depende del “juicio de valor” tal como Simon (1970) lo señaló.

Costos de Transacción y Relaciones

Contractuales

El sólo hecho de pretender decidir, involucra al menos el costo de oportunidad de esa decisión, su puesta en marcha supone el involucramiento de otros elementos (tiempo, dinero, trabajo, etcétera).También se puede interpretar la transacción como el intercambio de un objeto por otro, una voluntad por otra, de una acción por otra, etcétera (Williamson, 2013).

Capacidad de Recursos

Tanto la intención como la acción requieren de insumos de cualquier índole, no siempre en abundancia: principio de escasez.

Temporalidad Toda decisión y acción conlleva siempre el uso de tiempo.

Reglas del Juego

Ya sea explícitamente o implícitamente, toda intención y acción supone un comportamiento, no necesariamente fijo pero su variación puede concretar una acción o evitarla.

Fuente: elaboración propia

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Tabla 4Factores no necesariamente constantes en una acción social de política

Factor Descripción

Liderazgo La interacción es tan cercana e inmediata entre un individuo y otro(s), que no supone nece-sariamente la guía de un líder de manera formal para la consecución de un fin.

Violencia en el trabajo, Física o

Psicológica

Es un factor coercitivo que puede estar presente en la acción gubernamental (acoso, intimi-dación, chantaje, miedo, etcétera).

Evasión de la Responsabilidad

Se puede tener la pretensión de una voluntad de actuar, pero el hacer o decidir no significa necesariamente asumir responsabilidad.

Monopolio u Oligopolio de

Recursos

Puede ser que en ocasiones se cuente con la capacidad de decisión e implementación y adicional el control de los medios para llevar a cabo determinada acción.

AgentesIntermediarios

Suele ser el caso cuando uno o varios individuos interceden para facilitar una decisión y/o implementación.

Influencia En ocasiones no procede de un discurso o de la capacidad de recursos, sino de una posición que en un momento dado privilegia al actor que la posee.

Legalidad y Legitimidad

Las acciones y decisiones gubernamentales no siempre concurren bajo un entorno de lega-lidad o legitimidad. Hay múltiples situaciones informales que proceden con este esquema (por ejemplo, un permiso para faltar o llegar tarde al trabajo).

Alianzas oCoaliciones

En ocasiones la materialización de las decisiones y acciones gubernamentales ocurren por las relaciones construidas entre los individuos involucrados.

Nuevas Relacio-nes de Poder

Una posible decisión y/o implementación puede traer consigo nuevas relaciones, uniones o intereses entre los individuos.

Corrupción, Deslealtadesy/o Traición

Es aquella alteración o adecuación sobre un acto previamente establecido.

Deslealtad Es una conducta desviada respecto de los principios de una institución, grupo o incluso la persona misma.

Ideología Aunque siempre hay una parte valorativa por parte del individuo, no siempre representa una bandera de condicionamiento para que una decisión ocurra o no.

Atemporalidad Por lo regular las decisiones y sus respectivas acciones suponen un tiempo de desarrollo, pero en otras ocasiones puede durar de manera continua.

RelacionesInformales

La decisión y su acción pueden crear lazos de carácter emocional o psicológico, fuera del ámbito legal.

Fuente: elaboración propia

Una vez delineados los elementos de análisis de nanopolítica, es necesario someter nuestras observaciones a otra cuestión. Una cosa son las fuentes de poder o los tipos de poder, otra muy diferente los tipos de conductas que se llevan a cabo en las relaciones de poder. ¿Qué tipo de conductas se manifiestan entonces en los actos de macro, micro y nanopolítica? La siguiente taxonomía de conducta pondera el ejercicio del poder, no son únicas ni perpetuas.

Comportamiento probabilístico: se crea cuando un individuo supone un tipo de comportamiento para sí o para otros, esperando con lo anterior la sumisión o aceptación de otro individuo que no necesariamente debe

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pertenecer a la relación. El ejemplo más notorio es de aquel jugador de futbol soccer que siendo individualista, cambia de actitud con sus compañeros y director técnico al enterarse de la llegada de representantes de otros equipos de futbol, se vale de dicha actitud para ser favorecido por él mismo, así como por sus compañeros.

Comportamiento necesario: es aquel comportamiento que asumimos en instituciones y que de antemano vamos interiorizando a futuro de ser concretada una posible relación de poder. Un ejemplo común puede ser el de aquel joven estudiante que sueña con determinada universidad por su excelencia académica y beneficios que puede traer a su vida. De tal suerte, tendrá que cumplir con los lineamientos que marque la institución. Otro caso similar, pueden ser los ambientes laborales, muchos individuos ocupan un lugar en un centro de trabajo a cambio de un pago, sin que por ello les agrade ser parte de la organización e incluso de sus propios compañeros. El individuo en este último caso pude asumir una postura de comportamiento necesario a cambio de mantener un trabajo.

Comportamiento condicionado: es aquel comportamiento que está orientado a entrenar y disciplinar las actitudes y aptitudes de los individuos. Un ejemplo común es el ejército, los centros policiacos, logias o centros de culto, prisiones entre otras instancias.

Comportamiento aceptado racionalmente: este comportamiento es propiamente derivado del análisis Weberiano, es el que se presenta en las relaciones de poder de carácter legal. Son los límites y posibilidades con base en la normatividad contractual generada en las empresas, gobierno y organiza-ciones civiles. La característica es la formalidad de la institución u organización.

Comportamiento económico: Es aquel que se crea mediante una posible relación de poder, siempre y cuando los análisis previos determinen si el costo beneficio, utilidad y posibilidad son viables y óptimos para los agentes económicos. Supongamos un análisis de contratación de un seguro contra riesgos o daños patrimoniales en una licitación gubernamental de una institución petroquímica. La aseguradora primero efectúa un análisis de costo-beneficio y sopesa si es oportuno el posible costo de oportunidad, una vez estimados costos, tiempos y riesgos decide si lleva a cabo o mejor renuncia al concurso de licitación antes del cierre de contrato.

Comportamiento impuesto: es el que se adopta de manera voluntaria o involuntaria en una relación de poder. Existen múltiples razones que provocan su adopción, pero hay dos componentes básicos y constantes para

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que impere este tipo de dominio, es la violencia y resistencia, por un lado. Ambos componentes son necesarios, por un lado, se requiere del abuso de algún tipo de violencia para que se concrete y por el otro una resistencia que la contenga en la medida de lo posible, ya sea por salvar la vida, por temor, por intimidación. La diferencia con el comportamiento necesario es el margen de libre albedrío, pues en el caso presente, las posibilidades de evasión de la relación del poder son mínimas o nulas. Imaginemos por un momento un secuestro, donde la persona –de estar incluso atada–, depende de la voluntad del otro para sobrevivir, su capacidad de resistencia podría hasta agravar más su estado; otro ejemplo común es el abuso de alguien más fuerte sobre alguien más débil, en muchas ocasiones la inteligencia de cada individuo suele ser crucial para aumentar al área de resistencia, pero se debe reconocer que su capacidad de evasión siempre es limitada y controlada en su mayor grado por la voluntad del otro.

Epítome

Las relaciones de poder que construimos en la mayor parte de los casos nos permiten conocer nuestros propios límites y alcances, saber de qué somos o no capaces, para admirar los costos de transacción y riesgos que estamos dispuestos a correr en las acciones sociales que estamos inmersos. Ha sido evidente que las motivaciones de las relaciones de poder son múltiples, desde matices de instrumentación de una voluntad sobre otra, manipulación, liderazgo, violencia, riqueza, etc., y es en este abanico de posibilidades que los efectos de macropolítica, micropolítica y por supuesto, nanopolítica definen nuestra realidad social. La intención de estas líneas ha sido identificar elementos constantes y no constantes en una acción social de política. A raíz de esto, surge la inquietud de orientar los análisis del poder igualmente a los estudios minúsculos del comportamiento humano que definen el curso de los beneficios, consecuencias, tiempos y resultados sociales, económicos y políticos.

¿La naturaleza es injusta en las relaciones de poder? Pensar que la naturaleza nos dotó con las mismas actitudes y aptitudes en proporción justa y que en esencia todos los seres humanos somos iguales ante los demás, no parece tener mucha utilidad práctica. El ser humano es diverso y volátil por naturaleza, tal como puede despertar ansiando un sueño (o aspiración), de igual manera puede ir a descansar con la muerte de otro sueño habiendo olvidando por completo el sueño con que inició su abrir de ojos. Nacemos siendo diferentes ya sea desde

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la forma de los ojos, el pelo, la estatura, sexo, etc., y desarbolamos distintas relaciones de poder en compañía de otros seres humanos de acuerdo a criterios sociales tanto formales e informales. Iniciamos y terminamos nuestra vida con cualidades y características distintas, pero a su vez creando similitudes de acción social entre nosotros, mismas que se definen por nuestras preferencias, deseos, aspiraciones, logros y fracasos. Las relaciones de poder a su vez, nos colocan en dos puntos: dominación y sumisión en las acciones sociales. ¿Qué tanto somos dominados o dominadores? Depende sin duda alguna de nuestra voluntad de actuar, de los medios y de las circunstancias.

Finalmente, de estas observaciones, podemos apuntar, que es vital para la comprensión de los fenómenos sociales los análisis de macropolítica, micro-política y nanopolítica. Ya que, en el terreno de esta última, es que se puede comprender mucho del quehacer gubernamental y político y, analizar cómo a través de la acción u omisión de la voluntad de un actor podemos modificar los cursos de vida de múltiples personas y las relaciones de poder construidas por ellas. El ejercicio del poder hacia nuestros semejantes y la forma en cómo se impacte en ellos, cómo lo asimilen e interpreten es lo que determina no sólo la realidad social, sino además el sentido de vida y pertenencia en las institu-ciones sociales a través de nuestras acciones sociales y las de otros.

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ANTONIO JAVIER PIÑA SÁNCHEZ es licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la FES Acatlán, UNAM. Ha sido Profesor en las asignaturas de Trabajo en las Organizaciones y Comunicación Organizacional en la UNE; Desarrollo Organizacional, Derecho, Auditoria Administrativa, Desarrollo Motivacional en la UI. Ha sido servidor público en el orden Federal, Estatal y Capacitador en Administración, Políticas Públicas, Economía y Estudios Organizacionales en el sector público. Sus líneas de investigación son la Economía Conductual Gubernamental, Teoría de Poder y Políticas Públicas.

ARTURO HERNÁNDEZ MAGALLÓN es Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM, Maestro y Doctor en Estudios Organizacionales por la UAM. Es Profesor de Tiempo Completo adscrito al Centro de Estudios en Administración Pública, en la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM, y durante varios años fue profesor de la FES Acatlán, UNAM. Es miembro del Sistema Nacional de Investigadores. Sus líneas de trabajo son el Control y evaluación de la gestión pública y el Análisis organizacional.

RICARDO MANUEL LEYVA GAMA, es Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la FES Acatlán, UNAM, calificado con Mención Honorífica en defensa de tesis; Especialidad en Política y Gestión Energética y Medioambiental por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales; Máster en Pensamiento Contemporáneo y Tradición Clásica, especializado en Filosofía Política Clásica por la Universidad de Barcelona, calificado con Matrícula de Honor en defensa de tesis. Profesor de Asignatura adscrito a la División de Ciencias Socioeconómicas de la FES Acatlán, UNAM; Profesor de Asignatura adscrito al Centro de Estudios en Administración Pública de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales, UNAM. Sus líneas de investigación son la Filosofía, Teoría y Comunicación Política, así como el ámbito Electoral y Organizacional Público.

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Resumen

PROGRAMAS DE VIVIENDA SOSTENIBLE EN MÉXICO

Sustainable housing programs in Mexico

Víctor Manuel Vallejo Aguirre - [email protected]

El artículo tiene como objetivo dar a conocer y describir las características generales de los programas existentes en México referentes a la vivienda sostenible y uno relacionado con los desarrollos urbanos sostenibles.

Se describen las características de Programas Nacionales como Hipoteca Verde y DUIS, y de programas de carácter internacional que fueron adoptados en México, coordinados por instituciones mexicanas, pero con el apoyo de organismos de otros países con financiamiento y apoyo técnico, como por ejemplo NAMAs y MDL. Tales programas funcionan como líneas de financiamiento para desarrollar y adquirir vivienda que utiliza tecnología enfocada en ciertos ahorros y aprovechamientos de los recursos naturales.

Finalmente, se presenta la descripción y análisis de los dichos programas, donde -a pesar de que el discurso sostenible de la vivienda puede ser considerado de uso cotidiano por los organismos gubernamentales encargados de la vivienda (INFONAVIT, FOVISSSTE, SEDATU, CONAVI, etc.), así como la existencia misma de programas para ese fin (Programa “Ésta es tu casa”, Hipoteca verde,Vida integral INFONAVIT: Vivienda Sustentable, Programa ECOCASA y Desarrollo Urbanos Integrales Sustentables (DUIS)- dichos programas, más bien se refieren sólo a aspectos térmicos y energéticos, pero no a un verdadero enfoque sostenible, es decir, a tomar en cuenta factores económicos, sociales y ambientales en la planeación, diseño y construcción de la vivienda.

Palabras clave: Programa, vivienda sostenible, financiamiento, ecotecnologías; desarrollos urbanos sostenibles.

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 102-130

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Abstract

The purpose of this article is to present and describe the general characteristics of the existing programs in Mexico related to sustainable housing as well as one related to sustainable urban development.

The features of National Programs such as Green Mortgage, DUIS and programs of international nature adopted and coordinated by Mexican institu-tions financially and technically supported by international organisms such as NAMAs and MDL are described. Such arrangements act like funding strands to develop and acquire housing that uses technology focused on the conserva-tion and usability of natural resources.

Finally, the depiction and analysis of the plans before mentioned where they only refer to the heating and energetic aspects but not to a real sustainable approach, that is to say the reflection on the economic, social and environmental factors implicated in the planning, design, and construction of housing is presented. This in spite of the lecture of sustainable housing being considered of daily use by the government authorities responsible for housing (INFONAVIT, FOVISSSTE, SEDATU, CONAVI, etc.) together with the existence of programs intended for that purpose (“Ésta es tu casa” Program, Green Mortgage, “Vida integral INFONAVIT”: Sustainable Housing, ECOCASA Program y Sustainable Integral Urban Development (DUIS).

Keywords: program, sustainable housing, funding, ecotechnologies, sustainable urban developments.

Introducción

Primeramente, es conveniente aclarar la estructura con la que fue realizado el trabajo para ayudar a comprender mejor la narrativa del mismo:

Se hace la descripción de las características generales de: 1. Los Programas Nacionales de Vivienda para Vivienda Sustentable implementados por la CONAVI (Consejo Nacional de Vivienda), el INFONAVIT (Instituto Nacional Fondo del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores) y la CONUEE (Consejo Nacional para el Uso Eficiente de la Energía): 1.1 Programa Estatal esta es tu Casa, 1.2 Hipoteca Verde, 1.3 Vida Integral INFONAVIT: Vivienda

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Sustentable, 1.4 Programa Ecocasa y el 1.5 Programa de Desarrollos Urbanos Integrales sustentables (DUIS). 2. Los Programas Internacionales para la Construcción de Vivienda adoptados en México: 2.1 MDL (Mecanismos de Desarrollo Limpio), 2.2 NET ZERO (Vivienda Cero Energía), 2.3 NAMA ((Medidas Nacionales Apropiadas para la Eficiencia Energética en el sector de vivienda en México). 3. La Estrategia Nacional Adoptada para la Vivienda Sustentable es decir la 3.1 Mesa Transversal de Vivienda Sustentable en México. Y los 4. Programas o Herramientas para Evaluar la Sustentabilidad de la Vivienda en los Programas antes mencionados.

Esta descripción permite conocer los temas que son tratados por los distintos programas y ver si en ellos se configura en realidad un enfoque de vivienda sustentable, es decir, si toman en cuenta las variables de los 3 pilares fundamentales de la sustentabilidad: lo económico, lo social y lo ambiental.

También es necesario aclarar la relación entre los términos sostenible y/o sustentable, ya que todavía hoy existe controversia, en el sentido de que algunos autores los toman como sinónimos y otros los consideran con diferentes significados.

Esta discusión es, sin duda importante, pero al no poder ocuparse en este artículo, por razones de espacio, del tema de dicha controversia, remitimos a los interesados en el mismo, a tres artículos que abordan esta temática:

El de Juan Manuel Loredo “Sobre el origen, el uso y el contenido del término sostenible” donde se da una visión global de la utilización de los términos; el de Claudia Andrea Castillo Hasger y Mario Del Castillo Oyarzún

“La enseñanza de la sostenibilidad en las Escuelas Españolas, donde se analiza cómo se enseñan los términos en la educación superior en España; y un tercero, del que fuera uno de los más grandes conocedores del idioma español, Don Arrigo Coen Anitúa, en donde se ocupa de este tema en específico “De Sostenible y Sustentable”.

En el presente artículo se tomará la definición de sostenible y sustentable del Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) y donde, en principio, parecieran sinónimos:

a) Sostener: del latín sustinere tr. Sustentar. Sostenible. Dicho de un proceso, que puede mantenerse por sí mismo; b)Sustentar: del latin sustentare, intens. de sustinere, sustentar. DRAE

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En lo que respecta a la parte teórico-conceptual de los mismos, se toma la fuente original de donde proviene toda la discusión sobre el desarrollo sostenible, el “Informe de la Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo 1987 (Informe Brundtland): “Está en manos de la humanidad hacer que el desarrollo sea sostenible, duradero, o sea, asegurar que satisfaga las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras genera-ciones para satisfacer las propias” pag. 23.

Por otro lado, es justificable pensar en la sostenibilidad de los recursos naturales debido aldaño que se ha provocado en los servicios ecosistémicos del planeta. Un ejemplo de ello puede apreciarse en la siguiente gráfica del Fondo Mundial para la Naturaleza (o World Wilde Fund for Nature WWF), en su informe Planeta Vivo del 2008, muestra que en el 2005 la Huella Ecológica (mide la demanda de la humanidad sobre la biósfera en hectárea global (h/g), 1 ha. de tierra y mar biológicamente productiva requerida para proporcionar los recursos que utilizamos, así como para absorber nuestros desechos), fue de 2.7 h/g por persona (la demanda) y la oferta total de área productiva o biocapa-cidad, fue de 2.1 h/g por persona, lo cual implica que en ese año se excedió la capacidad de la tierra entre un 30% y 40%, es decir se necesitarían para ese año 1.4 planeta tierra. Para el 2030 calculan que se requerirían 2 planetas tierras para mantener la demanda de los recursos y poder mantener el estilo de vida actual sólo de los países desarrollados o de las clases acomodadas de los subde-sarrollados, que son los que más demandan.

Gráfica 1

1,61,41,21,00,80,60,40,20,0

Huella ecológica de la humanidad 1961-2005excedió la capacidad de carga de la Tierraen 2005 entre un 30% y 40% aproximadamente 1.4 planetas

En 2030 se necesitarán 2 Planetas Tierrapara mantener el estilo de vida actual

Una hectárea Global es una hectárea con la capacidad mundialpromedio de producir recursos y absorber desechos.

1960 1970 1980 1990 2000 2003 2005

Planetas Tierra

Fuente: informe planeta vivo 2008

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Esto ha provocado altos índices de contaminación y el mal uso de recursos naturales como el agua o el cambio climático, que representan una situación muy preocupante; ante la cual, la ONU ha buscado medidas para revertir tal situación, proponiendo a los países que la conforman a participar en convenios e implantación de programas que tengan como objetivo el desarrollo sostenible.

Por medio de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), se aprobó el Protocolo de Kioto, acuerdo que data de 1997. En él se establece el compromiso por parte de países desarrollados a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) que provocan el cambio climático. En él se estableció la creación de bonos de carbono1 y ha motivado a los gobiernos a establecer leyes y políticas para cumplir tal compromiso, por medio de 3 acciones:

1. El comercio de emisiones: permite a los países transferir parte de sus derechos de emisiones.

2. La implementación conjunta: permite a los países reclamar crédito por las reducciones de emisiones que se generen de la inversión en otros países industrializados.

3. El Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL): permite proyectos de reducción de emisiones hacia la sustentabilidad en los países en desarrollo, los cuales generan reducciones certificadas de emisiones para la obtención de bonos de carbono.

México participa en tal acuerdo y en respuesta publicó el Programa Especial de Cambio Climático 2009-2012 coordinado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), el cual establece más de 100 acciones de mitigación de CO2; entre las que destacan las relacionadas con la vivienda eficiente y sustentable.

El gobierno mexicano ha reconocido en el sector vivienda, uno de los más fuertes en el país, una oportunidad para fomentar la sustentabilidad, reducir la contaminación, ahorrar en el consumo de energía y agua, atender la protección del medio ambiente y el aprovechamiento de los recursos naturales además de incrementar la cobertura de vivienda y la calidad de vida de las familias.

1 Los “bonos de carbono” son un conjunto de instrumentos que pueden generarse por diversas actividades de reducción de emisiones de carbono.

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Las acciones asociadas a este sector, establecen la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero mediante la implementación de eco-tecnología en 800,000 viviendas nuevas, así como distintas orientaciones de sustentabilidad energética y ambiental, el desarrollo de sistemas constructivos de eficiencia energética, la minimización de impactos ambientales y el establecimiento del MDL, lo que permite orientar proyectos hacia reducciones certificadas de emisiones. En conclusión, el establecimiento de políticas públicas o Programas orientados a la construcción de vivienda y conjuntos urbanos sostenibles2.

1. Programas nacionales para vivienda sostenible

La Comisión Nacional para la Vivienda (CONAVI), el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía (CONUEE), son los organismos responsables de aplicar los Programas de vivienda sustentable en el país. Cada uno de ellos en su propio ámbito ha generado programas, básicamente de financiamiento, con mecanismos de aplicación y normas en esta materia. Entre los principales programas se tienen:

‣ Programa Ésta es tu casa

‣ Hipoteca verde

‣ Vida integral INFONAVIT: Vivienda Sustentable

‣ Programa ECOCASA

‣ Desarrollo Urbanos Integrales Sustentables (DUIS)

Programa Ésta es tu casa

Es coordinado por el CONAVI y funciona a través de subsidios dirigidos a las familias de bajos recursos que quieran adquirir una vivienda. El subsidio es un apoyo económico otorgado por el Gobierno Federal para la adquisición de vivienda nueva o usada, adquisición de lote con servicios; mejoramiento,

2 La vivienda sustentable es el tipo de vivienda que a la par de optimizar recursos naturales, comprende aspectos como equidad, empleo, movilidad y cohesión social, por lo que las viviendas deben ser cómodas, mejorar la calidad de vida y fomentar la unidad familiar (Moreno,2013).

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autoconstrucción o autoproducción de vivienda. La condicionante es que la vivienda con base en la tipología y la zona bioclimática donde se encuentre, cumpla con 5 lineamientos de diseño: análisis del sitio, uso eficiente de energía, uso eficiente de agua, manejo adecuado de residuos y mantenimiento de equipos e instalaciones. A partir de una evaluación y de acuerdo con su ubicación se facilita el subsidio. Se acordó con la CONAVI, conjuntar los beneficios adicionales de la Hipoteca Verde con los del subsidio federal.

Hipoteca verde

Hipoteca Verde es un programa de crédito de INFONAVIT establecido en el 2009 que ofrece un monto adicional para que el derechohabiente de bajos recursos pueda comprar una vivienda sustentable con diseño bio-climático acorde a la zona donde se localice. Este tipo de vivienda está resuelta con tecnologías ecológicas de eficiencia energética y de energías renovables, como calentadores solares, lámparas ahorradoras, válvulas ahorradoras de agua, aislamientos térmicos, aires acondicionados de alta eficiencia, entre otros. Pero el programa también ofrece financiamiento para la adquisición de eco tecnologías en viviendas ya construidas.

El monto adicional que ofrece se puede obtener cuando la vivienda nueva o usada tenga instalados los accesorios ahorradores que cumplan con los mínimos requeridos, en caso de que la vivienda no cuente con estos accesorios, podrán instalarse una vez que se haya obtenido el crédito hipotecario. Los accesorios ahorradores se pueden adquirir con los proveedores autorizados por el Instituto.

Hipoteca Verde permite obtener un 48% de ahorro en el consumo de elec-tricidad y gas y en el caso de las emisiones de bióxido de carbono (CO2), se estima que al año cada vivienda genera un ahorro de entre 1 y 1.5 toneladas. También significa un beneficio económico, por ejemplo: el pago en los recibos de luz, agua y gas, oscilan entre 186 y 366 MXN mensuales, que significa un ahorro promedio de 261 MXN para habitantes de viviendas económicas.

A partir del 2011, Hipoteca Verde es obligatorio para todo derechohabiente que adquiera un crédito con el INFONAVIT y para cualquiera de los productos de crédito que se elija (vivienda nueva o usada, remodelación, ampliación o autoconstrucción).

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Este programa ha sido reconocido con el premio “Beyond Banking 2010” y el “Premio Mundial de Hábitat 2012” por los avances conseguidos en materia de sustentabilidad y promoción de vivienda para la población de bajos ingresos.

Vida integral INFONAVIT: Vivienda Sustentable

Programa promovido por el INFONAVIT que contempla la sustentabilidad ambiental, social y económica a través de 3 ejes rectores relacionados con la conformación de ciudades y desarrollos habitacionales: Entorno, Vivienda y Comunidad. Su importancia radica en que a diferencia de otros programas considera el entorno urbano y social haciendo énfasis en la localización de las viviendas dentro de una comunidad solidaria y responsable de acuerdo a ciertos estándares.

Ofrece incentivos y la certificación a la vivienda sostenible que cumpla con los ejes rectores si esta es parte de un Desarrollo Urbano Integral Sustentable (DUIS). Otros de los requerimientos son: cumplir con servicios públicos y centros de integración social cercanos, vialidades pavimentadas y uso de ecotecnologías.

En agosto de 2009 se realizó la publicación de las Reglas de Operación, en las que se incorporó un nuevo requisito en la modalidad de adquisición de vivienda nueva: toda vivienda nueva que sea obtenida con subsidio Federal deberá cumplir con lineamientos, criterios y parámetros de sustentabilidad, entre los que destacan mejoras y beneficios de aspectos urbanos, uso eficiente del agua y de la energía, manejo adecuado de residuos sólidos y favorables aspectos sociales (Soluciones Verdes para el sector vivienda, CONAVI, p.10) .

Programa ECOCASA

El Programa de Cooperación Financiera para la oferta de Vivienda Sustentable en México (ECOCASA), ha sido desarrollado por la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) con el soporte del Banco de Desarrollo Alemán (KfW) que participa con la iniciativa para la protección al clima y medio ambiente; y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) que coordina la Línea de Crédito Condicional para Proyectos de Inversión (CCLIP) con recursos del Fondo de Tecnología Limpia (CTF). La SHF otorga créditos puente para viviendas sustentables con un “rango mínimo de eficiencia energética”3, considerando el

3 El sistema de evaluación Sisevive-Ecocasa, es el que define el “rango mínimo de eficiencia”.

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diseño bioclimático (arquitectura, sistemas constructivos y materiales) y uso de ecotecnologías.

El programa tiene el fin de promover la construcción de viviendas con menor impacto ambiental. También sirve como herramienta para que desa-rrolladores de vivienda puedan negociar con los proveedores y autoridades mejores precios en materiales, ecotecnologías y cuotas tarifarias.

Los organismos también dan asistencia técnica respecto al cobro de cuotas para consumo de agua y de energía eléctrica a organismos federales, estatales y municipales, y la formación de un manual para implementar campañas de educación a asociaciones vecinales sobre el uso y mantenimiento.

Desarrollos Urbanos Integrales Sustentables (DUIS)

En la página web de la Sociedad Hipotecaria Federal (SHF) de Programas, Productos y Servicios, se define a los DUIS como las:

Áreas de desarrollo integralmente planeadas que contribuyen al ordenamiento territorial de los estados y municipios y promueven un desarrollo urbano más ordenado, denso, justo y sustentable.

Motor del desarrollo regional, donde la vivienda, infraestructura, servicios, equipamiento, comercio, educación, salud, industria, esparcimiento y otros insumos, constituyen el soporte para el desarrollo de proyectos económicos estratégicos. ---Emprendimientos mixtos en los que participan los gobiernos federal, estatal y municipal, desarrolladores y propietarios de tierra, que se integran a los centros urbanos existentes.

Los DUIS surgen ante la necesidad de corregir el crecimiento desordenado de las ciudades; en ellos se deben considerar diferentes niveles desde: la vivienda, colonia o el barrio, la ciudad y hasta la región a ocupar. Buscan integrar otros sectores como el comercio y la industria que activen la economía del entorno con empleos. Un DUIS debe tener infraestructura urbana eficiente además de sostenible con facilidades de accesibilidad y movilidad, todo esto con base en la protección de los ecosistemas y un uso adecuado de los recursos naturales.

Es requisito que el 40% de la vivienda de carácter social dentro de los DUIS sea susceptible al subsidio del programa Ésta es tu casa.

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El Gobierno Federal promovió la creación de un Grupo de Promoción y Evaluación de Desarrollos Urbanos Integrales Sustentables (GPEDUIS) en el que participan 11 organismos, entre los que se encuentran: la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Secretaría de Economía (SE), la Comisión Nacional de Vivienda (CONAVI), SHF, y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Uno de los objetivos es dar acceso al financiamiento e incentivos a este tipo de proyectos, los cuales se dividen en:

1. INTRAURBANOS: Re-densificación inteligente y uso de espacios intraur-banos. Todas las manchas urbanas tienen en su interior espacio que puede ser utilizado. Impulsado principalmente por pequeños desarrolladores y Gobiernos Municipales y Estatales.

2. PERIUBANOS: Proyectos que permiten el ensanche natural de la ciudad, dando continuidad a la mancha urbana existente. Se genera suelo servido aprovechando parte de las infraestructuras y equipamientos que la propia zona urbana existente ofrece. Impulsados principalmente por desarrolla-dores de vivienda, desarrolladores de macro lotes y Gobiernos Municipales y Estatales.

3. NUEVOS DESARROLLOS URBANOS: Esquema de generación de nuevos polos de desarrollo y nuevas comunidades. Proyectos Urbanos que generan suelo servido con infraestructura, equipamientos y usos de suelo mixtos. Impulsados principalmente por desarrolladores de vivienda y desarrolla-dores de macro lotes y Gobiernos Municipales y Estatales. (SHF. DUIS El Crecimiento Ordenado de las Comunidades, enero 2013)

Existen una serie de criterios que condicionan el que un Desarrollo Urbano pueda ser considerado sostenible, estos son:

‣ Tener fuentes de abastecimiento cercanas y contar con la infraestructura (agua potable, drenaje y energía eléctrica) que garantice la dotación actual y futura del desarrollo.

‣ Hay un orden de jerarquía en los componentes urbanos (regional, ciudad, colonia, barrio y vecindario) con equipamiento y servicios necesarios.

‣ Son multifuncionales (usos habitacionales, comerciales, industriales, turísticos). ‣ Hay conexión entre las zonas habitacionales y las zonas de trabajo, equipa-

miento y servicios.

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‣ Vialidades y sistemas de transporte público eficientes y adecuados. ‣ La mayoría de la vivienda es de carácter social, financiadas con subsidios

federales del programa Esta es tu casa. ‣ Establecidos en lugares donde las condiciones físicas son aptas para la

nueva zona. No se establecen en zonas de riesgo. Avalados por la Planeación Urbana Regional y Local.

‣ Fomenta la Ciudad compacta en módulo de crecimiento polimétrico. ‣ Diseño arquitectónico que contempla la protección del medio ambiente y

existen condiciones de ordenamiento territorial. ‣ Proyectos que son rentables (financieramente) que ayudan a que empresas

privadas deseen participar en ellos. ‣ Instalaciones básicas educativas, deportivas, recreación y de salud.

Densidades medias y graduadas en función del transporte público.

De la misma manera hay una serie de criterios para determinar si un desarrollo urbano puede ser elegible financieramente; para ello se realiza una evaluación financiera y de negocios del DUIS. El Financiamiento puede provenir del Gobierno Federal, Estatal, Municipal, banca privada, fondos de pensiones, BANOBRAS y /o SHF.

En la actualidad existen 3 proyectos DUIS aprobados:

‣ Valle de San Pedro, suroeste de Tijuana Baja California; con una superficie de 5, 859 hectáreas, para 180,000 viviendas y 700,000 habitantes.

‣ Desarrollo “El Rehilete”, localizado en Villagrán, Guanajuato en 150 hectáreas, para 11,688 viviendas y 47,400 habitantes.

Los DUIS no solo consideran proyectos privados sino también del Estado. Desde el 2010 se empezó la evaluación y próxima elaboración del Plan Parcial de Desarrollo Urbano con criterios DUIS, en colaboración con la SHF y el BID (Soluciones verdes para el sector vivienda, CONAVI, p.12).

2. Programas internacionales adaptados a México

Existen programas internacionales que han sido adaptados para la construc-ción de vivienda sostenible en México. En estos programas participan institu-ciones internacionales que colaboran con apoyo financiero y/o técnico o, en

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algunos casos, como evaluadores de la aplicación y avances de los distintos programas. Algunos de los más relevantes son:

‣ Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL)

‣ Net Zero: Vivienda Cero Energía

‣ Medidas Nacionalmente Apropiadas para la Eficiencia Energética en el Sector Vivienda en México (NAMA)

Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL)

El Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) fue establecido en el Protocolo de Kioto para ayudar a los países desarrollados a mitigar sus emisiones de GEI a nivel global. Ofrece financiamiento internacional para que los países en desarrollo, como el caso de nuestro país, generen reducciones de emisiones de GEI certificadas que puedan intercambiarse por recursos vía bonos de carbono.

A través de la CONAVI se implementó el primer Programa MDL en México, referido a la Vivienda Sustentable. Su objetivo es integrar viviendas sostenibles al programa que puedan obtener Certificados de Reducción de Emisiones (CER´s) que se traducirán en bonos de carbono comercializables a nivel internacional. En este Programa participan la principales instituciones hipotecarias para el financiamiento; el Banco Mundial como el comprador de bonos de carbono, Carbonding como consultor técnico, Det Norske Veritas (DNV) es el auditor y CONAVI funge como coordinador y administrador.

Net Zero: Vivienda Cero Energía

El proyecto Cero Energía también denominados Net Zero es coordinado por la CONAVI y apoyada con financiamiento y apoyo técnico del Ministerio de Medio Ambiente de Canadá, la Asociación de Empresas para el Ahorro de Energía en la Edificación (AEAEE), Alliance to Save Energy (ASE), entre otras organizaciones públicas y privadas Nacionales e Internacionales. Por medio de este programa, los promotores habitacionales desarrollan casas que auto-pro-ducen la energía (renovable) que consumen, contribuyendo a disminuir las emisiones de bióxido de carbono provocando un balance entre la energía consumida y la energía producida.

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El propósito es que, a través de este programa, las viviendas Cero Energía sean completamente establecidas en éste sector. Este tipo de vivienda se caracteriza por la implementación de avanzados sistemas de telemetría y foto-voltaicos de alta generación de energía con auxilio de celdas solares y por su eficiencia térmica a partir del diseño y la construcción del inmueble.

Desarrolladores de vivienda como ARA, GEO, Sadasi, URBI y Vinte, han implementado Net Zero como programa piloto de viviendas en diferentes ciudades como: Playa del Carmen, Cancún, Acapulco, Coatzacoalcos y Mexicali.

Medidas Nacionalmente Apropiadas para la Eficiencia Energética en el Sector Vivienda en México (NAMA)

Las Medidas de Mitigación Nacionalmente Apropiadas (NAMA) son líneas de financiamiento internacionales que buscan alcanzar la eficiencia energética de un país mediante el desarrollo de un plan con objetivos determinados. Por medio de diferentes actividades, una NAMA, tiene el propósito de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero que lleva a cabo un país emergente. Estas actividades están sustentadas por herramientas de tecnología, financia-miento y construcción de capacidades. Es un programa flexible que se adapta al desarrollo económico de cada país, pero que a su vez establece reglas locales con reconocimiento internacional (Fundación IDEA A.C., 2013).

NAMA es la opción para aquellos proyectos que individualmente no serían viables para el programa de Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL), y así tener acceso a los certificados de carbono. Se clasifican en 3 tipos de acuerdo a la fuente de financiamiento:

a) Unilateral: Ejecutadas con financiamiento local (de cada país)

b) Apoyadas: Ejecutadas con el apoyo financiero o de otro tipo, por parte de organizaciones internacionales o del Fondo Verde4 para el Clima.

c) Acreditadas: Ejecutadas con acciones integradas en las NAMAs apoyadas, con un sistema de MRV más estricto para generar Certificados de Reducción de Emisiones y que sean puestos a la venta en el mercado mundial del carbono.

4 México, durante la 16ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (COP16) propuso la creación de un Fondo Verde confor-mado con las aportaciones de los países desarrollados; con los que se financiarán los proyectos y las acciones de mitigación y adaptación al cambio climático (Soluciones verdes para el sector vivienda, CONAVI, p.5).

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Y por la tipología de vivienda se divide en:

a) NAMA vivienda nueva: Apoya la construcción de viviendas cada vez más eficientes en el consumo de energía.

b) NAMA vivienda existente: Para el mejoramiento verde (remodelación y equipamiento) del parque existente de vivienda.

c) NAMA Urbano: Para disminuir el impacto ambiental de las viviendas en función de su ubicación y entorno.

Nuestro país ha sido uno de los primeros en adoptar y desarrollar Acciones de Mitigación Nacionalmente Apropiadas (NAMA) a nivel mundial, para la eficiencia energética del sector vivienda, con el apoyo del Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear (BMU) de Alemania a través de la GIZ.

La NAMA de vivienda sustentable en México se cataloga como NAMA Apoyada, ya que intenta la constitución de un Fondo NAMA para atraer recursos internacionales. Con este programa, se podrá aumentar el número de viviendas sostenibles en el país, y se desarrollará una normativa mucho más eficaz que fomente nuevas eco-tecnologías que todavía no son aplicadas en el país. Una ventaja del programa es que ofrece la oportunidad de ampliar y adquirir más recursos junto con el programa de Hipoteca Verde para construir desarrollos habitacionales sostenibles.

Todas las NAMAs están sujetas a el Monitoreo, Reporte y Verificación de los resultados obtenidos en el Programa (MRV por sus siglas en inglés).

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Coordinador Nombre del programa

CONAVI

INFONAVIT

SHF

SEDESOL, SEMARNAT, SENERECONOMÍA,CONAVI, INFONAVIT,FOVISSSTE, SHF,BANOBRAS, FONADIN,PROMEXICO

• CONAVI• Banco Mundial• Carbonding• Det Norske Veritas (DNV)

• Hipoteca verde• Vida integral INFONAVIT: Vivienda Sustentable

• Ésta es tu casa

• Ecocasa

• DUIS

• Mecanismo de Desarollo Limpio (MDL)

• Net Zero: Vivienda Cero Energía

• Eficiencia Energética en el Sector Vivienda en México (NAMA)

• CONAVI• Ministerio de Medio Ambiente de Canadá• AEAEE• ASE

• CONAVI• Agencia Internacional de Cooperación Alemana (GIZ)• Ministerio Federal de Medio Ambiente, Protección de la Naturaleza y Seguridad Nuclear de Alemania (BMU)

Fig.2.Programas de Vivienda Sostenible en MéxicoFuente: Elaboración propia.

3. Estrategia nacional para la vivienda sustentable

Para unificar los esfuerzos y avances logrados en cada uno de estos Programas, en el 2012 el CONAVI con apoyo de GIZ (Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit GmbH – Agencia Internacional de Cooperación Alemana), integró la Mesa Transversal de Vivienda Sustentable en México; cuyo objetivo general es coordinar a las diversas instituciones involucradas en la vivienda sostenible o sustentable en México para: “impulsar y definir una estrategia de trabajo hacia un objetivo en común de enriquecer, mejorar y ampliar los

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programas y esquemas con los que se cuenta o se están desarrollando [...] además de homologar reglas, indicadores y herramientas” (Fundación IDEA A.C., 2013, p.91).

Esta Mesa fue conformada por: CONAVI, INFONAVIT, SHF (Sociedad Hipotecaria Federal), FOVISSSTE, CFE (Comisión Federal de Electricidad), VESAC (Asociación Vivienda y Entorno Sustentable), Banco Mundial, Environment Canada, BID (Banco Interamericano de Desarrollo), GIZ (Agencia Internacional de Cooperación Alemana), Point Carbon, KfW(Cooperación Financiera Alemana, por sus siglas en alemán ), Embajada Británica, Fundación IDEA, Enervalia, Carbonding, AEAEE (Asociación de Empresas para el Ahorro de Energía en la Edificación), Centro Mario Molina, RUV(Registro Único de Vivienda), ANFAD(Asociación Nacional de Fabricantes de Aparatos Domésticos A.C.), entre otros, quienes plantearon la Estrategia Nacional para la Sustentabilidad de la Vivienda; un proyecto con enfoque integral que logra agrupar los programas de vivienda sustentable existentes, fijar parámetros de evaluación comunes e incentivar inversiones y esfuerzo, públicos y privados orientados a la promoción de este tipo de vivienda.

Se establecen 4 conceptos en los que se aterriza esta Estrategia: objetivos, líneas de acción de financiamiento, herramientas de evaluación de la vivienda sustentable y definición de estándares normativos, conceptos que son más detallados en el siguiente cuadro:

Estrategia Nacional de Vivienda Sustentable (ENVS)

Objetivo general Mejorar la calidad de vida de los habitantes de la vivienda social, al mismo tiempo que garantiza la sustentabilidad social, económica y ambiental, del sector vivienda en México.

Objetivosparticulares

• Desarrollo de viviendas que brinden mayor confort, bienestar y oportunidades de desarro-llo a sus habitantes.

• Viviendas que sean altamente eficientes en el consumo de recursos, particularmente ener-gía y agua. En particular, la ubicación de las viviendas y el equipamiento del entorno son factores de alto impacto en la sustentabilidad económica, social y ambiental.

• Transformar la forma en que se construyen y equipan las viviendas en México, sobreponien-do la calidad de vida y la sustentabilidad. El diseño de la vivienda social debe privilegiar la planeación urbana y el diseño bioclimático.

• Fomentar el tratamiento de residuos sólidos y la generación de energía limpia en desarrollos habitacionales, impulsando de este modo la creación de empleos y la educación ambiental.

• Impulsar una industria nacional que desarrolle materiales y tecnologías eficientes y susten-tables, adecuadas a las características y necesidades de la población y climas mexicanos.

• Apoyar el desarrollo de una cultura de la sustentabilidad que oriente los hábitos de los habitantes de las viviendas y que genere un mercado donde consumidores y oferentes de vivienda valoren y premien la eficiencia de las casas.

(Continúa en la siguiente página)

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Estrategia Nacional de Vivienda Sustentable (ENVS)

Líneas deacción de

Financiamiento

Mediante programas y acciones que buscan captar recursos nacionales e internacionales :• Evolución de los programas y acciones en materia de vivienda sustentable, como Hipoteca

Verde y Vida integral INFONAVIT: Vivienda Sustentable, del INFONAVIT o Ésta es tu casa, de CONAVI, para incentivar el desarrollo de viviendas más eficientes desde una visión integral.

• Programa Acciones de Mitigación Nacionalmente Apropiadas (NAMA) para las viviendas nuevas y existentes, coordinado por CONAVI.

• ECOCASA, desarrollado por SHF, KFW y BID, con la finalidad de promover la oferta de vivien-da sustentable con mayores niveles de eficiencia.

• Proyectos de Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) y su modalidad de Programa de Activi-dades (PoA), coordinado por CONAVI.

• Desarrollo urbanos integrales sustentables (DUIS).

Herramientas de evaluación de la

vivienda

Programas que evalúan el desempeño ambiental de la vivienda sustentable:• Sistema de evaluación Sisevive-Ecocasa.• Mecanismos de Medición, Reporte y Verificación (MRV) .• Índice de Sustentabilidad de la Vivienda (ISV).

Definición de estándaresnormativos

Lineamientos que establecen el contexto regulatorio necesario para desarrollar programas de sustentabilidad. Este grupo se refiere a las normas oficiales mexicanas.

Fuente: Elaboración propia con base en información obtenida de la “Estrategia Nacional para la vivienda sustentable”.

4. Programas o herramientas de evaluación

La Estrategia Nacional de Vivienda Sustentable retoma sistemas específicos que se encargan únicamente de evaluar la sustentabilidad de las viviendas; para ello se consensó la metodología y herramientas a utilizar para su medición, para así tener resultados transversales, es decir comparables y replicables entre los actores del sector. Estas herramientas se dividen en dos tipos de acuerdo a los resultados que buscan.

a) Herramientas que evalúan a la vivienda, antes de ser habitada. Dan como resultado indicadores de desempeño ambiental.

b) Herramientas que evalúan la vivienda cuando ya está habitada. Dan como resultado, información sobre consumos y demandas energéticas que puede alcanzar.

Sistema de Evaluación de Vivienda Verde (SISEVIVE-ECOCASA)

Sistema creado por el INFONAVIT, que evalúa de manera integral la eficiencia energética y el consumo de agua en función de su diseño y equipamiento. Se han unido instituciones como el Ministerio Federal para la Cooperación Económica y el Desarrollo de Alemania a través de GIZ y GOPA, la Fundación IDEA y

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la Embajada Británica en México. El INFONAVIT pretende promover este Programa como un Sistema Nacional para la Evaluación Integral de la Eficiencia Energética Ambiental de la Vivienda. (Fundación IDEA A.C., 2013, p.113).

Durante los últimos años se ha utilizado este sistema o programa para calificar a las viviendas financiadas por Hipoteca Verde y ECOCASA y podría bien ser una base para la Certificación de la Vivienda Eficiente emitida por CONUEE.

Encabeza el esfuerzo, talleres de

coordinación

NAMA y Sistema MRV México

MesaTransversal

Cálculo deNOM-20

CréditosPuentes con

Banca Nacionale Int’l

Cálculo de consumo de agua

Capacitación al sector

Diseño del sistema de calificación y

estrategia de implementación

INFONAVIT

GIZ

FIDEA / EMBAJADABRITÁNICA

CMICCANADEVI

VESAC CONAGUA

SHF

CONUEE

CONAVI

SISEViVe

Homologación de indicadores Energía

y Agua (ISV)Se firmó convenio

Fig.2. Articulación Interinstitucional dentro de SISEVIVEFuente: Infonavit

La evaluación se genera de acuerdo a su tipología (aislada, adosada y vertical) y la zona climática en la que se encuentra (Cálido húmedo, Cálido subhúmedo, Cálido muy seco, Seco y semi-seco, Templado húmedo, Templado subhúmedo y Fríos de alta montaña). Consta de dos etapas que en términos generales consisten en:

Primera etapa. Evaluación de 3 propiedades de la vivienda:a) Demanda Específica Total (DET)

‣ Demanda térmica (energía) de una vivienda en periodos de refri-geración y calefacción, considerando clima del lugar y condiciones internas predeterminadas (potencia de iluminación instalada, personas, artefactos, hábitos de operación). También cuantifica el impacto de las medidas arquitectónicas y especificación de materiales.

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b) Demanda de Energía Primaria (DEP) ‣ Cuantificación de todos los consumos proyectados de energía,

normalizados a energía primaria (consumo proyectado de lumina-rias, calentador de gas, electrodomésticos, refrigerador y sistemas de climatización).

‣ Considera el aporte de las energías renovables tanto en el abaste-cimiento eléctrico como térmico (específicamente de agua caliente sanitaria).

‣ El cálculo considera condiciones internas predeterminadas de operación (número de personas, hábitos de operación, otros).

c) Consumo Proyectado de Agua (CPA) ‣ Cuantifica el consumo proyectado de agua potable de una

vivienda, considerando las condiciones internas predeterminadas de operación. El consumo está dado por los artefactos sanitarios, regadera, grifería, lavadora y tubería de agua caliente.

Para la primera etapa, se utilizan instrumentos con base en hojas de cálculo para la estimación de estos indicadores, los cuales son: el Diseño Energéticamente Eficiente de la Vivienda (DEEVi) y el Simulador de Ahorro de Agua de la Vivienda (SAAVi).

La suma de estos indicadores se integra en una sola calificación de la eficiencia energética y ambiental de la vivienda, lo que se determina como Indicador de Desempeño Global (IDG). Dentro de esta calificación, cada uno de los componentes (DEt, DEP, CPA) tiene un peso distinto, es decir cada una de las variables que componen el IDG cuenta con un ponderador que define su peso específico en la composición del indicador.

Con base en el IDG se le otorga a la vivienda una calificación dentro de una escala que va de A (Altamente eficiente) a G (ineficiente). El nivel F es el nivel de línea base. Al mismo tiempo la calificación global de la vivienda nos permite conocer porcentajes de ahorro en consumo de agua, energía, y niveles de emisiones proyectadas de CO2 de la vivienda.

Segunda Etapa. Califica:Atributos Sustentables del Conjunto Habitacional (AS) ‣ Las características del conjunto habitacional que tienen un impacto

directo en la incidencia ambiental de la vivienda y su contexto (trata-

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miento de aguas residuales, residuos sólidos) así como su ubicación en referencia al centro urbano.

Esta herramienta también toma en cuenta la normatividad mexicana para definir la línea base (consumos mínimos autorizados por la normatividad) y consumos eficientes de las ecotecnologías disponibles en el mercado.

Primera etapaSe evalúan 3 propiedades

Demanda Específica Total (DET)

Instrumentos de Evaluación

Diseño Energéticamente eficiente de la vivienda

(DEEVI)

El simulador de ahorro de agua de la vivienda (SAAVI)

Demanda de Energía Primaria (DEP)

Consumo Proyectado de Agua (CPA)

Atributos Sustentables del Conjunto Habitacional (AS)

IDCIndicador de

Desempeño Global

Segunda etapa

Sistema de Evaluación

SISEVIVEECOCASA

A [85≤|DG≤100]B [70≤|DG<85]C [55≤|DG<70]D [40≤|DG<55]E [20≤|DG<40]F [0≤|DG<20]G [|DG<0]

Fig.3. Funcionamiento del SISEVIVE-ECOCASAFuente: Elaboración propia con base en información obtenida del documento “Estrategia Nacional para

la vivienda sustentable”

Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV)

El sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV) sirve para medir el impacto de las acciones implementadas en la vivienda por medio de una NAMA y así evaluar su contribución hacia los objetivos de las políticas nacionales e internacionales de mitigación y de cambio climático.

Las NAMAs deben demostrar que las acciones propuestas han sido adaptadas y que el progreso es medible hacia la reducción de gases de efecto invernadero. Los MRVs también podrían ser transferibles, ya que en cualquier momento la NAMA puede llegar a ser transferido de una NAMA unilateral o apoyada a una NAMA acreditada.

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Existen dos tipos de monitoreo: el Monitoreo GEI y el Monitoreo Detallado. Ambos se realizarán con lo establecido de acuerdo con el protocolo de monitoreo y reporte que se defina en la Mesa Transversal, la cual definirá los parámetros comunes, modelos de simulación, herramientas de cálculo y los tipos de sistemas de monitoreo.

a) El Monitoreo GEI o Monitoreo Simplificado, tiene como objetivo conocer los consumos de energía eléctrica (monitoreado bimestralmente), agua y gas (anual) en las viviendas. Se realiza en una muestra amplia de viviendas definido como el conjunto de viviendas de una misma tipología con el mismo nivel de eficiencia. Los resultados son comparados con un grupo de viviendas de referencia, con los estándares constructivos y tecnologías de uso común en el país (concreto, con la normatividad vigente, sin uso de ecotecnologías). Esta comparación permite corroborar si cumplió con las metas en reducción de emisiones. El sistema de evaluación tendrá una duración mínima de 14 meses por vivienda.

b) El Monitoreo Detallado, busca el ajuste de las acciones realizadas en la vivienda por región. Se hace una medición continua (horaria y/o diaria) de los consumos de electricidad, gas y agua; así como del consumo de energía de algunos dispositivos de alto consumo, como aparatos de aire acondicionado o refrigeradores. Asimismo se efectúa la:

‣ Medición de temperaturas y humedades exteriores e interiores que arroja como dato las condiciones de confort térmico dentro de las viviendas, lo que sirve para simular la demanda energética insatis-fecha para enfriamiento y calefacción de estas casas en función de su diseño.

‣ Medición de calidad del aire al interior de las casas. Este monitoreo, por su alto costo y complejidad es realizado solamente en el 3% de la muestra representativa del Monitoreo GEI por tipología de vivienda.

Índice de Sustentabilidad de la Vivienda (ISV)

El Índice de Sustentabilidad de la Vivienda (ISV) es un indicador que evalúa a los modelos de conjuntos habitacionales de interés social. Fue creado por la Asociación de Vivienda y Entorno Sustentable A.C. (VESAC) y desarrollado

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por el Centro Mario Molina (CMM). Cuantifica los avances en sustentabilidad e identifica oportunidades para el desarrollo de vivienda sostenible.. Con este sistema se pretende investigar y desarrollar mejores procesos constructivos y materiales en los conjuntos habitacionales de instituciones públicas y privadas.

El indicador considera 3 áreas principales que pueden ser analizadas de manera independiente o en conjunto: el desempeño ambiental, económico y social.

Lo que caracteriza a este sistema es que considera un análisis completo del “ciclo de vida” que contempla desde la cadena de suministro de materiales o un sistema, hasta la construcción, además de que a diferencia del SISEVIVE, y de manera complementaria, el ISV evalúa el nivel del conjunto habitacional, y no a la vivienda de forma individual.

El ISV está compuesto por 30 indicadores con base en una escala de desempeño que son analizados a largo plazo para reportar avances en el sector vivienda. Estos indicadores son afectados por 40 factores de ponderación regional, los cuales fijan una escala de valor que determina el peso de las variables con base en las características físicas, económicas y sociales de la región donde se encuentra la vivienda.

A continuación se presenta una relación de los indicadores que son evaluados en las áreas: ambiental, económica y social, y los factores de ponderación que intervienen en las diferentes áreas a evaluar.

Cuadro 2. Indicadores para el índice ambiental

Ambiental Económica Social

• Uso de suelo• Abastecimiento de agua• Abastecimiento de energía• Ecotoxicidad*• Toxicidad humana*• Cambio climático*• Acidificación*• Formación de oxidantes fotoquímicos*• Eutrofización*• Manejo y disposición de residuos sólidos*

• Variación en el gasto familiar• Formación de patrimonio• Gastos de vivienda como

porcentaje del ingreso• Gastos de transporte como

porcentaje del ingreso• Ahorros por la implementa-

ción de ecotecnologías• Plusvalía

• Variación de los espacios• Adecuación de los espacios• Influencia del tamaño de los espacios en las relaciones familiares• Calidad de los materiales• Índice de hacinamiento• Variación en el entorno• Suficiencia de equipamiento urbano• Organización de los vecinos• Espacios públicos• Convivencia social• Administración vecinal• Índice de Rezago Social (IRS)• Variación en los servicios de transporte• Tiempo de transporte

Fuente: Elaboración propia con base en información obtenida de la“Estrategia Nacional para la vivienda sustentable”.

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Los programas establecidos en nuestro país son parte de la política pública de vivienda que han sido útiles para fomentar el desarrollo habitacional sustentable, y en los que el financiamiento es el factor importante para lograr metas en este campo. Los programas son instrumentos que permiten acceso a los recursos que ayuden a la adquisición de ecotecnologías en la vivienda. La realidad es que falta más por hacer en este campo; la vivienda sostenible y más aún los desarrollos urbanos sostenibles requieren evolucionar hasta convertirse en parte del desarrollo ambiental, económico y social del país y así, lograr ciudades sostenibles que contribuyan a la conservación del medio ambiente.

5. Comentarios finales

A pesar de los programas de vivienda antes descritos, que buscan solucionar tanto el déficit como lograr alcanzar una mayor sustentabilidad de la vivienda en México, actualmente todavía persisten grandes y variados problemas en este sector, veamos de manera puntual y como comentarios finales, solo algunos de ellos:

‣ De acuerdo al último reporte de la ONU, World Cities Report 2016, la vivienda representa entre el 60 y 70 % del área urbanizada de una ciudad, lo cual quiere decir que la vivienda determina en gran parte la forma y densidad urbanas. Por tanto, habría que hacer conciencia de la importancia de desarrollar adecuadas tipologías de diseño y condiciones socio-econó-micas de las viviendas ya que son un elemento fundamental para ordenar el desarrollo y crecimiento de las ciudades. Es por ello que los diversos tipos de subsidios a la vivienda, que en este documento se mencionan, deberían ser mayoritariamente aplicables en los perímetros de contención de las ciudades y como desarrollos habitacionales verticales e integrales (vivienda, servicios, trabajo, adecuada localización) para así, evitar seguir creciendo de manera desordenada en los suburbios de las ciudades y continuar con su crecimiento que se ha llamado “3D”, es decir desordenado, desconectado y disperso, con las fatales consecuencias que todos vivimos, por ejemplo en la ZMVM, y tratar de satisfacer el elemento de la sustentabilidad de la vivienda como lo es la localización.

‣ La implementación de modernos y eficientes sistemas administrativos como la posibilidad de Consejos Estatales de Planeación y Vivienda son de

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fundamental importancia para involucrar y coordinar a todos los actores (gobierno, instituciones crédito, desarrolladores de vivienda y usuarios finales) en el proceso de planeación, diseño, construcción, habitar, mante-nimiento y reciclaje de la vivienda evitando así la dispersión y contradic-ción de políticas y acciones que sólo entorpecen y generan corrupción en el proceso. Con ello se intentaría lograr satisfacer una de las variables (gober-nanza) de la vivienda sustentable.

‣ En el documento Estado Actual de la Vivienda en México 2015 realizado por el CIDOC (Centro de Investigación y Documentación de la Casa, A. C.) y apoyado por la SHF (Sociedad Hipotecaria Federal), en su página 38, se muestra que la demanda total de vivienda (datos sólo para el año 2015, no totales acumulados) para el año de 2015 fue de 1,159,480, mientras que para 2014 fue de 1.101,381, un 5.3% de incremento de variación porcentual. Pero lo que verdaderamente llama la atención, se muestra cuando nos detalla los porcentajes por cada uno de los cuatro componentes en que se subdivide la demanda, veamos: Formación de Hogares 2015: 317,414 y 2014: 329,556 (-3.7% de decremento), Rezago Habitacional: 2015: 714,522 y 2014: 650,325 (9.9% de incremento), Curas de Originación (hogares que ya cumplen con las reglas de operación para la adquisición de un crédito): 2015: 34,292 y 2014: 32,000 (7.2% de incremento), Movilidad Habitacional: 2015: 93,252 y 2014: 89,500 (4.2% de incremento). Estas cifras nos llevan a dos reflexiones:

1. La primera es que mientras hay un déficit de vivienda muy grande en el país, por el otro hay cientos de viviendas desocupadas (se calcula que para 2015, existen alrededor de 2000,000 viviendas en situación de abandono, la mayoría financiadas por el INFONAVIT, siendo la locali-zación el factor fundamental para su abandono (p. 58 “Estado Actual de la vivienda en México”), así se da la paradoja “personas sin vivienda y viviendas sin personas”.

2. La segunda es en cuanto a la movilidad habitacional, en una infor-mación de la agencia de noticias Notimex fechada el 02-02-2016 en la ceremonia de presentación del documento aquí citado Estado actual de la Vivienda en 2015, refirió que “Antes una persona cambiaba de trabajo en tres ocasiones, mientras que estudios demuestran que hoy los jóvenes se mueven alrededor de 17 veces de trabajo y no siempre en la misma ciudad... los jóvenes ya no quieren la cajita de la felicidad,

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los jóvenes ya no piensan como patrimonio en el sentido tradicional como lo vemos la generaciones anteriores, sino que piensan en rentar”. Pero, si bien es cierto que los jóvenes tienen una movilidad habita-cional muy importante no es sólo porque “piensen diferente” sino que existen causas socio-económicas que los orillan a ello. Los jóvenes hoy y no solamente lo que ya laboran sino también los estudiantes, no están dispuestos a gastar (si se los permiten sus condiciones socio-econó-micas) aproximadamente en promedio de 3 a 4 horas de transporte al día (caro, inseguro y en pésimo estado) con el derroche de tiempo, dinero y esfuerzo que ello significa, por lo cual buscan un lugar donde vivir más cercano a sus lugares de estudios o empleos. Además de otro gran costo que hay que pagar y que tampoco aparece en los análisis de los programas gubernamentales de vivienda que aquí se presentaron, el costo de la problemática social que implica el relajamiento de los lazos familiares a tempranas edades por el alejamiento obligado del núcleo familiar, por intentar paliar los problemas ocasionados por la ubicación de la vivienda de su familia. Pero no sólo los jóvenes tienen problemas con la ubicación de sus viviendas, sino también los adultos mayores. Se conoce que la población en México está pasando por una etapa demo-gráfica de transición al envejecimiento, lo cual tiene como consecuen-cias que las personas mayores tengan problemas de salud y movilidad. De salud implica estar en la necesidad de contar con sus familiares para que los asistan en las actividades diarias de su vida cotidiana, lo cual significa tener cercanía con ellos, cosa que no siempre es posible por contar con el espacio necesario en el interior de su vivienda, o no tener la posibilidad de estar en el entorno. Por otro lado, en cuanto a la movilidad, la complejidad de los problemas urbanos (gran cantidad de tiempo por los transados, inseguridad, parque vehicular de transporte público insuficiente, etc.) y el no tener la posibilidad de poder despla-zarse a la casas de sus familiares por no tener automóvil, o por no tener ya la capacidad físico-mental para conducir, o por ejemplo en la ZMVM los grandes problemas que resultan del programa “Hoy no circula” y no contar con un transporte colectivo seguro, eficiente y en buenas condiciones, lleva a la necesidad de arrendar una vivienda cercana a los familiares para intentar disminuir la problemática (cifras del INEGI describen que hay 5.4 millones de inmuebles en renta, de las cuales se calcula que el 90% se encuentran en la informalidad, y también

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hay 2.8 millones de viviendas prestadas. Y estas cifras tienen una gran tendencia al alza). Sin embargo el alquilar una vivienda en México es un verdadero viacrucis, tanto para dueños como inquilinos; porque la legislación en la materia no es clara, no da seguridad al que arrienda; ni congruente, los impuestos son muy altos por arrendar; ni sencilla, llena de trámites engorrosos, ya que no existen políticas que fomenten el arrendamiento en México. En los programas aquí mostrados, no existen lineamientos para la vivienda en renta, a pesar que las cifras muestran que el fenómeno es grande y en constante crecimiento. Esto es relevante porque uno de los elementos de una vivienda sustentable es su localización y accesibilidad, aspecto que no se toma en cuenta en los programas.

‣ Finalmente, es posible apreciar, que los programas para vivienda sostenible en México aquí mostrados, no han sido hasta hoy, factor trascendental para lograr un cambio radical, ni en la calidad ni en la cantidad de la planeación, diseño, financiamiento, construcción y habitabilidad de una oferta habi-tacional sostenible, es decir se acercan más a un discurso retórico que se queda en un diseño pasivo y la utilización de ciertas tecnologías energéticas, que al logro de un desarrollo de vivienda sostenible, es decir, que verdade-ramente tome en cuenta los factores del desarrollo sostenible: Sociales: significa que los programas habitacionales tienen que tomar en cuenta las formas de ser y tipos de relaciones sociales, necesidades, aspiraciones y las posibilidades de convivencia de los distintos tipos de usuarios además del derecho a la vivienda digna y a la ciudad en conjunto. Lograr la equidad y cohesión social de los habitantes en su acceso y habitabilidad de la vivienda. Económicos: los programas de financiamiento aquí mencionados tendrán que dar condiciones accesibles a los distintos estratos económicos de la población, para así tener la posibilidad real de acceder a una vivienda en condiciones y una localización adecuada para cada estrato socio-econó-mico de la población. Ocuparse de temas como: La seguridad patrimonial, los niveles de empleo, subempleo y desempleo para tener claro la derrama, beneficio y solvencia económica de los usuarios de las viviendas. Políticos: Brindar la posibilidad de una mayor participación social de los usuarios en

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los programas y políticas de vivienda. Para tratar de revertir los problemas de coordinación y lamentables actos de corrupción entre los distintos órdenes de gobierno, para así transitar a un buen gobierno o gobernanza, que permita que la organización gubernamental, la normatividad jurídica, técnica y de certificación sean una base sólida y confiable para beneficio de los usuarios de los programas de vivienda. Ambiental: Significa que el medio ambiente sea un elemento fundamental a tomar en cuenta en el proceso de planeación, diseño y construcción de los desarrollos habita-cionales, para su cuidado y aprovechamiento racional de sus potenciali-dades. Tomar en cuenta temas como la protección del medio ambiente, el ordenamiento territorial y ecológico, seguridad contra riesgos naturales y creados por el hombre, manejo del paisaje natural y el principio de diseñar y construir viviendas con criterios pasivos, bioclimáticos y ecotecnologías apropiadas al sitio donde se desarrolle.

‣ De esta manera puede afirmarse que el proceso de diseño, construcción, el habitar y en la terminación de la vida útil de la vivienda, para ser conside-rada sustentable, debería de permitir lo que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) llama “El Derecho a una Vivienda Adecuada”, cuyas princi-pales características se resumen en el siguiente cuadro:

ONU (2000): ¿QUÉ ES EL DERECHO A UNA VIVIENDA ADECUADA?

El derecho a una vivienda adecua-da abarca libertades:

El derecho a una vivienda adecua-da contiene otros derechos:

Una vivienda adecuada debe brindar más que cuatro paredes y un techo:

• La protección contra el desalojo forzoso y la destrucción

• La seguridad de la tenencia La seguridad de la tenencia

• El derecho de ser libre de inje-rencias arbitrarias en el hogar, la privacidad y la familia

• La restitución de la vivienda, la tierra y el patrimonio

Disponibilidad de servicios, ma-teriales, instalaciones e infraes-tructura

• El derecho de elegir la residencia y determinar dónde vivir y el dere-cho a la libertad de circulación

• El acceso no discriminatorio y en igualdad de condiciones a una vivienda adecuada

Asequibilidad

• La participación en la adopción de decisiones vinculadas con la vivienda en el plano nacional y en la comunidad

Habitabilidad

Accesibilidad

Ubicación

Adecuación cultural

Fuente: Elaboración Propia con base en datos de: “El Derecho a la Vivienda Adecuada” ONU.

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VÍCTOR MANUEL VALLEJO AGUIRRE cuenta con estudios a nivel Licenciatura en Arquitectura y a nivel posgrado, de maestría en Urbanismo en el Colegio de México y en Francia, además de un Diplomado en Impacto Ambiental por la Universidad Iberoamericana. Experiencia profesional en proyectos de planificación urbana en el Gobierno de la Ciudad de México y trabajos urbanos para la SEDUE. Actualmente labora en el Programa de Investigación de la FES Acatlán, y en la Licenciatura en Arquitectura como profesor y Coordinador académico del Seminario de Urbanismo y Medio Ambiente.

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Resumen

Discapacidad: Contextos de aprendizaje,inclusión y exclusión en Europay América Latina

Disability: learning environments, inclusion and exclusion in Europe and Latin America

René León Valdez - [email protected]

En el siguiente documento se desarrolla un primer acercamiento al concepto de disca-pacidad y su influencia en diversos aspectos sociales, en específico, la educación y la tecnología. Así mismo, se analizan los conceptos de inclusión y exclusión como factores que determinan la integración de las personas con discapacidad en los núcleos sociales y el apoyo que reciben por parte de instituciones gubernamentales o de asociaciones civiles. Posteriormente, se hace una revisión sobre el contexto de la discapacidad en diversos países de Europa y América Latina con el objetivo de conocer los avances y estrategias que se han desarrollado para favorecer la inclusión de los estudiantes con discapacidad en la educación y su posterior incursión en el campo laboral.

Palabras clave: discapacidad, inclusión, educación, representaciones, rehabilitación.

Abstract

The following paper explores a first approach to the concept of disability and its influence on diverse social aspects, specifically on education and technology. In addition, the ideas of inclusion and exclusion are analyzed as constituents that determine the integration of disabled individuals in the social nucleus and the support provided by government institutions and civil associations. Subsequently, the circumstances of disability in certain countries in Europe and Latin America are reviewed in order to understand the improvements and strategies that have developed for the promotion of disabled students and the posterior insertion in the labor field.

Keywords: disability; inclusion; education; representation; rehabilitation.

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 131-152

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Introducción

Las nuevas tecnologías de información y comunicación se han establecido como la revolución moderna del siglo XX y han tenido una incidencia en la vida cotidiana de las personas de diversas maneras al generar una nueva serie de hábitos que colocan a los seres humanos frente a la innovación y constante revolución tecnológica que, día a día, transforma los entornos sociales y culturales en la búsqueda de una interacción más sólida y continua entre los individuos. Sin embargo, este avance tecnológico en los núcleos sociales no está favoreciendo a determinados sectores de la sociedad que continúan siendo objeto de exclusión y rechazo tanto por las personas como por las instituciones. Este es el caso de las personas con discapacidad, quienes, a pesar de contar con el amparo de diversos tratados, decretos y leyes que debieran favorecer su pleno desarrollo, continúan sin recibir la atención debida por parte de los organismos y, más importante aún, por parte de la sociedad.

La discapacidad ha sido entendida de forma errónea por parte de las personas, pues es un término que, no necesariamente, implica la deficiencia o la inmovilidad de una parte del cuerpo o la discapacidad intelectual o mental. Más bien, la discapacidad debe comenzar a ser entendida como la exclusión que hace la sociedad de las personas con deficiencias, pues el hecho de que una persona padezca una deficiencia corporal no significa que esté completamente discapacitada, ya que puede adaptarse al entorno (o viceversa) y seguir con sus actividades cotidianas sin ninguna dificultad. Pero es aquí donde las personas con discapacidad se enfrentan a los retos que ponen a prueba su condición física y emocional.

Según Barnes (2009) al pensar en la discapacidad y la rehabilitación es fundamental recordar que las formas en que percibimos a la discapacidad cambian al paso del tiempo. Es decir, definir el concepto de discapacidad implica profundizar en las representaciones culturales que la sociedad ha hecho del término para entender lo que verdaderamente implica, una deficiencia –física o biológica– en la vida de las personas que la padecen. Sin embargo, ante el panorama que viven las personas con discapacidad en los núcleos sociales, Tsokova y Becirevic (2009) mencionan que los representantes de las Naciones Unidas en favor de las personas con discapacidad han promovido una convoca-toria para fomentar la inclusión de las personas discapacitadas en los diversos

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núcleos sociales, la cual, está reforzada por la nueva Convención de la ONU sobre los derechos de las personas con discapacidad, donde se hace un llamado a los países para garantizar un sistema de educación inclusivo en todos los niveles así como un aprendizaje permanente a través del respeto en los hogares.

Es importante destacar que una vez que un país firma y ratifica esta nueva convención su compromiso será hacer todo lo posible para evitar que los niños y jóvenes discapacitados sean enviados a instituciones de salud pública o centros residentes sin recibir una formación de calidad en las instituciones públicas de educación a las que por derecho tienen acceso. Como respuesta ante el panorama de exclusión que se vive en las instituciones educativas, se han realizado esfuerzos para crear reformas de integración en escuelas y comunidades de diversos países europeos y occidentales que favorezcan a los estudiantes con discapacidad en su proceso de aprendizaje dentro de las aulas.

Definir a la discapacidad en un entorno discapacitante

Al inicio del capítulo se describió la importancia de entender a la discapacidad no como la deficiencia biológica, mental o física que padece una persona, sino como el proceso que resulta de la exclusión que la misma sociedad hace de las personas en quienes se percibe una anormalidad que no cumple los estándares socialmente establecidos para una persona normal. Barnes (2009) establece que las personas con discapacidad, sea física o psicológica, constituyen un segmento cada vez mayor de la población mundial, lo cual, no es un dato alentador si se considera que las mismas sociedades son las que crean las defi-ciencias y discapacidades que excluyen a las personas discapacitadas.

Barton (2009) establece un dato fundamental para profundizar en las repre-sentaciones que se han hecho sobre la discapacidad:

La forma en que definamos a la discapacidad es enormemente trascendental, pues el lenguaje utilizado para describir a las personas con discapacidad y para reflexionar sobre su estado habrá de influir en nuestras expectativas respecto a ellas, en nuestras interrelaciones. Con demasiada frecuencia, las expresiones que utilizamos y las suposiciones implicadas en nuestro discurso se basan en ideas discapacitadoras.

Se puede establecer que la definición acerca de la discapacidad es subjetiva pues depende de la forma en que las personas conciben a las personas con defi-

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ciencias físicas, mentales o biológicas y que el discurso que se plantee acerca de esa deficiencia será tomado como la definición más acertada que se puede hacer para definir a la discapacidad. Es decir, se cumple la afirmación que se hace en la cita anterior, pues al ser una idea subjetiva las mismas personas crean un discurso que excluye y discapacita a las personas con deficiencias. Lo anterior demuestra la importancia de manejar un lenguaje apropiado y serio para analizar y dirigirse a las personas que padecen cualquier tipo de deficiencia y no dejarse llevar por discursos políticamente correctos cuyo único resultado es la amplitud de la exclusión de las personas discapacitadas en los entornos sociales.

Para comprender los elementos que intervienen en la definición de la disca-pacidad es necesario revisar tres corrientes importantes que han marcado el destino de las personas discapacitadas en los entornos sociales de interacción. Estas corrientes se muestran en el siguiente esquema:

Figura 1

Enfoque Tradicional

Individualista

EnfoqueLiberal

Interrelacional

EnfoqueRadical

Sociopolítico

Discapacidad

Fuente: Elaboración Propia con datos de Barnes (2009)

Enfoque Tradicional Individualista

Barnes (2009) plantea que la base de esta corriente radica en las definiciones que ha hecho sobre la discapacidad la Organización Mundial de la Salud, en concreto, la Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías (CIDDM). Esta clasificación recurre a tres diferentes términos: la deficiencia, la discapacidad y la minusvalía. Según la CIDDM, la deficiencia debe ser entendida como cualquier pérdida o anormalidad de una estructura o función fisiológica, psicológica o anatómica. La discapacidad hace referencia a la restricción o inhabilidad en la capacidad para realizar una actividad en la

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forma que se considera normal para un ser humano. Finalmente, la minusvalía se define como la desventaja que tiene una persona, como resultado de una deficiencia o discapacidad, y que limita o impide el desempeño de una función que sería normal en dicha persona.

Las tres definiciones anteriores se guían bajo un mismo esquema disca-pacitante: la normalidad como regla universal para que una persona pueda ser aceptada como tal en la sociedad y que la presencia de una deficiencia o anormalidad, cuyo origen no necesariamente tiene que ser biológico, implica que la persona no sea aceptada y se le rechace de los núcleos sociales pues no está adaptada a los estándares socialmente establecidos para las personas que no padecen algún tipo de discapacidad. Una posible afirmación que se puede establecer es que, aun cuando se trata de conceptos establecidos por institu-ciones de salud con prestigio y renombre, se mantiene una representación excluyente y de rechazo al calificar a las personas de acuerdo a la normalidad y funcionalidad de su cuerpo y mente. La idea que se establece con esta corriente es que las personas discapacitadas son objetos a los cuales hay que curar, tratar, rehabilitar y normalizar con el propósito de que puedan formar parte de una sociedad normal en la que puedan desenvolverse sin ningún tipo de dificultad.

Enfoque Liberal o Interrelacional

Esta corriente también trabaja con tres tipos de definición: la deficiencia se vincula con las funciones y las estructuras corporales; la actividad (anterior-mente “discapacidad” en el enfoque tradicional) no cuenta con una definición concreta en este enfoque al igual que la tercera de las definiciones, la partici-pación (anteriormente “minusvalía). Es evidente que este enfoque mantiene arraigada una visión funcional de las personas que padecen alguna discapacidad al destacar como rasgos importantes para poder ser aceptados en la sociedad lo que se denomina participación y actividad. La falta de una definición de estas dos categorías acentúa la visión de una sociedad definida como normal y en donde se prioriza a la discapacidad como un asunto de salud, más que un asunto político, recurriendo a la rehabilitación como la alternativa más eficaz para devolver a las personas discapacitadas su funcionalidad y movilidad.

La cuestión de la rehabilitación representa otro de los retos a los que se enfrentan las personas con deficiencias, pues también existe una falta de información y entendimiento sobre lo que implica un proceso de rehabili-tación en las personas que padecen algún tipo de discapacidad. El discurso

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que se ha manejado en la sociedad es que la rehabilitación es el proceso más eficaz y comprobado para tratar a las personas discapacitadas y devolverles la funcionalidad corporal o psicológica que habían perdido. De acuerdo con Barnes (2009) la rehabilitación dentro del enfoque interrelacional implica una liberalización de los programas de asistencia social para las personas con discapacidad que se han ido implementando desde la década de 1970, en donde se deja de lado el establecimiento de una política de tipo institucional, para dar paso a una serie de servicios comunitarios de apoyo y atención.

Los servicios de apoyo que se proponen deben ir más allá de la terapia médica que se ofrece para las personas con discapacidad. Lo que se busca es incluir una amplia diversidad de medidas y actividades que abarquen desde la rehabilitación básica y general, hasta las actividades que estén orientadas a cumplir metas reales que favorezcan el adecuado desarrollo de las personas discapacitadas. Sin embargo, la predominancia de la discapacidad desde el punto de vista médico y no desde una perspectiva política ha hecho imposible crear programas de rehabilitación que satisfagan las necesidades de las personas no sólo para recuperar la movilidad corporal sino para fomentar la inclusión en una sociedad que discapacita de forma constante.

La permanencia de la rehabilitación como una solución médica y no política se mantiene vigente debido al sometimiento de los gobiernos nacionales a los intereses de las industrias transnacionales y financieras que priorizan las ganancias más que a las personas y a las barreras culturales, políticas y económicas que enfrentan las personas con discapacidad en las diversas regiones mundiales. El conjunto de todos estos aspectos origina un proceso de exclusión de las personas discapacitadas, así como una crisis de tipo emocional que puede incidir de forma negativa y que, ante el rechazo de la sociedad, recurren a la rehabilitación como una alternativa milagrosa que puede darles una nueva oportunidad de formar parte de la sociedad.

Enfoque Radical Sociopolítico

Esta corriente hace énfasis en la construcción de un modelo social o modelo de la discapacidad de las barreras sociales. Es decir, el modelo se basa en las diversas barreras (políticas, económicas y culturales) que enfrentan las personas con discapacidad y en donde se especifica que la separación entre personas con y sin discapacidad ya no es sostenible ya que todas las personas poseen alguna deficiencia, no sólo las personas discapacitadas. El modelo

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plantea la necesidad de que la discapacidad sea vista desde una perspectiva política y no médica pues esto ha incrementado el proceso de exclusión hacia las personas con discapacidad en las sociedades modernas.

La incorporación de las tecnologías de información y comunicación en el contexto de la educación inclusiva: La discapacidad como factor de exclusión

Para Escudero (2010) las nuevas tecnologías de información y comunica-ción representan un ecosistema cultural basado en interacciones dinámicas entre diferentes medios masivos y entre éstos y sus audiencias, además de que representan posibilidades desconocidas hasta el presente no sólo para el registro, tratamiento, procesamiento y transmisión de la información, sino para las posibilidades que están abriendo para establecer nuevas relaciones sociales y culturales. Las TIC son vistas como una herramienta que puede fortalecer las interacciones entre las personas y los lazos de convivencia entre individuos que se encuentran separados de forma espacial pero que se mantienen unidos a través de las plataformas virtuales.

Sin embargo, la incursión de las nuevas tecnologías de información en los escenarios educativos trae consigo diversos desafíos para la comunidad estudiantil que experimenta, por primera vez, el uso de dispositivos y plataformas virtuales. En el caso de los estudiantes que padecen algún tipo de discapacidad, sea física o psicológica, el panorama no ofrece oportunidades que puedan favorecer su pleno desarrollo y un aprendizaje de calidad. La innovación que se ha dado en cuanto a la creación de dispositivos y plataformas no ha centrado su atención en las necesidades de los estudiantes que padecen alguna discapacidad así como en una alternativa que les permita formar parte del contexto educativo en el cual se desarrollan.

Barton y Barnes (2009) plantean que en la mayoría de las sociedades occi-dentales existen sistemas educativos especiales para los niños con discapa-cidad. El apoyo a este tipo de medidas viene de diversas fuentes, entre ellas, los creadores de políticas y programas públicos, a los profesionales del sector, a los padres y a ciertos sectores de la comunidad discapacitada. Se tiene la creencia de que las escuelas mayoritarias, es decir, del sector público, son incapaces de proporcionar los niveles adecuados de apoyo educativo y médico personalizado, así como la empatía cultural que requieren los niños y jóvenes con necesidades educativas especiales quienes se enfrentan a barreras insti-

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tucionales, ideológicas, estructurales y materiales, las cuales, constituyen un conjunto de condiciones antagónicas y relaciones sociales hostiles que contribuyen de forma colectiva a la marginación, desposeimiento y exclusión de las personas con deficiencias.

Los partidarios de una educación separada, es decir, personas con y sin discapacidad, argumentan que este modelo es eficaz ya que posibilita una concentración en los espacios escolares especiales de los costosos y escasos recursos requeridos, tales como profesores entrenados y equipos especiali-zados. Diversas organizaciones conformadas por personas con discapacidad sostienen que el sistema de educación especial está vinculado con la opresión que sufren las personas discapacitadas por lo que debe abolirse. En el ámbito educativo, los estudiantes con discapacidad se enfrentan a una serie de barreras que limitan su aprendizaje y desempeño en las diferentes actividades que se desarrollan en los escenarios áulicos.

Un ejemplo de ello se centra en la figura del docente: los profesores a menudo esperan menos de los estudiantes con discapacidad, lo cual, significa que éstos reciben una enseñanza limitada y los logros escolares que llegan a obtener en los ambientes especiales quedan por debajo de los obtenidos por estudiantes no discapacitados. En Reino Unido los niños y jóvenes con discapacidad que estudian bajo el modelo especial adquieren menos capacidades para entrar en el mercado laboral y poseen habilidades mínimas en comparación con los estudiantes que no padecen algún tipo de discapacidad. Bajo este sistema los estudiantes con discapacidad están en desventaja y son considerados como una carga. Las diversas barreras a las que puede enfrentarse un estudiante con deficiencias en el espacio educativo son presentadas en el siguiente esquema:

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Figura 2

Barreras alas que seenfrentan

los EUD

Acceso restringido a los medios de aprendizaje

Problemas de comunicación con los demás

Falta de apoyo de los

docentesNo hay

adaptaciones curriculares

Ritmos de aprendizaje

distintos

Uso de dispositivos especiales

Fuente: Elaboración propia con datos de Ferraz (2002)

Para Ferraz (2002) los estudiantes con discapacidades tienen limitada su partici-pación en el proceso de enseñanza/aprendizaje por diversos factores, entre ellos:

‣ Los estudiantes con discapacidad no siempre pueden utilizar los medios normales de aprendizaje, o no los utilizan de manera satisfactoria.

‣ Algunos de ellos pueden utilizar dispositivos especiales. ‣ Los estudiantes con discapacidad pueden no seguir el mismo ritmo de

aprendizaje. ‣ Las clases dinámicas pueden no ser lo suficientemente móviles ni adaptables. ‣ Su rendimiento puede ser insuficiente en tiempo y forma, además de que

puede no haber una adaptación curricular para su deficiencia. ‣ Pueden necesitar más tiempo en la elaboración de una tarea o actividad. ‣ Los docentes pueden percibir que la presencia en el aula de un estudiante

con discapacidad conlleva una carga de trabajo adicional negativa para él y para el resto de los estudiantes bajo el argumento de que no puede ni sabrá cómo tratarlo.

‣ Los estudiantes con discapacidad pueden presentar problemas para comu-nicarse con los demás.

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Ray (2011) sostiene que durante el año 2011, aproximadamente 200,000 niños en Canadá fueron diagnosticados con autismo, cifra que continúa en aumento. Este padecimiento afecta los diversos servicios en las regiones canadienses, incluido el sistema educativo. Diversas investigaciones han demostrado que los docentes en Canadá se encuentran mal equipados y capacitados para tratar a los niños que padecen autismo, aunado al hecho de que los docentes manifiestan estados de tensión cuando tienen a estudiantes con discapa-cidad dentro de las aulas. En ambos planteamientos un factor común es la incapacidad de los docentes para interactuar con estudiantes con discapacidad y la marginación de la que hacen objeto a los estudiantes ante su falta de compromiso y sensibilidad hacia ellos.

Para fortalecer las dos hipótesis anteriores, Devecchi, Dettori, Doveston, Sedgwick y Jament (2012) sugieren que las necesidades de los niños y jóvenes con discapacidad son diferentes de las de otros niños y jóvenes por lo que los docentes no cuentan con la experiencia, el conocimiento, la formación y el tiempo para interactuar con ellos y ayudarlos en su proceso de aprendizaje. Esta afirmación puede ser la base para la creación de alternativas de colaboración, creativas y eficaces, entre los docentes y auxiliares académicos que posibiliten una mayor convivencia entre los profesores y los estudiantes con discapacidad. Sin embargo, esta medida puede dar lugar a situaciones de conflicto en donde los estudiantes con discapacidad como los auxiliares académicos pueden ser marginados y excluidos.

Heimdahl y Malmgren (2009) plantean que durante la década de 1970 y 1980 diversas escuelas e instituciones para niños con discapacidad en Suecia fueron cerradas debido a políticas gubernamentales y sólo las escuelas para personas sordas permanecieron abiertas debido a la necesidad que tenían las personas para comunicarse a través del lenguaje de signos. Las escuelas para estudiantes con discapacidad intelectual mantuvieron un tipo de organización escolar que favorecía la integridad de la comunidad estudiantil aunque fueron integrados al sistema de educación pública obligatoria. A todos los estudiantes con discapacidad se les dio el derecho legal de asistir a una escuela obligatoria cerca de su casa.

La participación de las personas con discapacidad en el ámbito laboral no mejora en mucho sobre el contexto educativo. Barnes (2009) sugiere que las personas con discapacidad tienen una participación mínima en las profesiones y en los puestos directivos donde son mayores los sueldos, las prestaciones y las oportunidades para progresar. De forma paralela es mayor su participación

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en trabajos comunes, mal remunerados y que ponen en riesgo su integridad física. En el caso de Gran Bretaña los trabajadores con discapacidad de tiempo completo ganan 25% menos que sus compañeros no discapacitados y los salarios de las mujeres con discapacidad son menores en una tercera parte que los de los hombres con discapacidad. Se presenta aquí otra dificultad que se ha mantenido vigente hasta nuestros días: la igualdad de género y de opor-tunidades para hombres y mujeres.

Es importante destacar que la población discapacitada que muestra difi-cultades para el aprendizaje o presenta enfermedades de tipo mental se encuentra en una desventaja laboral mucho mayor. Siguiendo con el ejemplo de Gran Bretaña, existen evidencias persuasivas de las prácticas y actitudes negativas, tanto entre los jefes de trabajo como entre los compañeros de actividad laboral, en relación con la contratación de los trabajadores disca-pacitados. El transporte al trabajo, los sitios de trabajo inaccesibles y las condiciones de trabajo inflexibles contribuyen a erigir barreras que producen efectos emocionales negativos en las personas con discapacidad, a la vez que inhibe las oportunidades de obtener mayores ingresos y de hacer un consumo adecuado de productos y servicios.

Barton (2009) propone algunas medidas importantes que se deben fomentar para mejorar las condiciones de vida de las personas con discapa-cidad y favorecer su integración plena a la sociedad: ‣ Las personas con discapacidad deben participar centralmente en el diseño

y la construcción de los servicios públicos. ‣ Los servicios para las personas con discapacidad deben personalizarse, a

fin de que reflejen la gama de necesidades. ‣ Los proveedores de servicios deben responder ante las personas con disca-

pacidad cuando sea necesario. Las personas discapacitadas también deben de participar en el diseño y la planeación de los servicios, con la posibilidad de plantear cuestionamientos críticos.

‣ Las personas discapacitadas deben tener mayor opción respecto a los servicios y beneficios que reciben, y recibir el apoyo específico para el registro de opciones inteligentes.

Las personas discapacitadas requieren una participación activa en las decisiones políticas que se toman para favorecer su integridad física y emocional. El plan-teamiento de proyectos y leyes no satisface de forma completa las necesidades que las personas con discapacidad han manifestado durante varios años y que

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no se enfocan principalmente en asistencia médica o rehabilitación, sino en un trato justo e igualitario en todos los órdenes de la vida social. Esta necesidad también abarca la inclusión en los proyectos ciudadanos que no sólo se dirijan a las personas sin discapacidad sino que también tomen en cuenta a los sectores de la población que padezcan algún tipo de deficiencia pues de esto depende una mayor igualdad de oportunidades y beneficios que favorezcan a todas las personas sin excepción.

Escudero (2010) plantea que los sistemas escolares, centros, profesionales, y sobre todo lo que en ellos se enseña y aprende, siguen representando un mundo dentro de un nuevo mundo, una lógica, con sus propias inercias, posi-bilidades y obediencias, muy diferentes, a veces para mal y otras para bien, a la que impera y rige la eclosión de las nuevas tecnologías, el mundo que están conformando, y las relaciones sociales y personales que están propiciando. La incursión de las nuevas tecnologías en el entorno educativo genera cambios en las formas de interacción que llevan a cabo los estudiantes dentro de las aulas y en las actividades cotidianas que realizan se hace evidente la presencia de los nuevos dispositivos y plataformas que conforman el nuevo panorama tecnológico en el mundo.

Para conocer un poco más acerca del entorno de la educación inclusiva y las oportunidades que se brindan a los estudiantes con discapacidad se hará una revisión del contexto de la inclusión en diversos países de Europa y, poste-riormente, se analizará el entorno que vive América Latina para contrastar ambos espacios y determinar las medidas más apropiadas para favorecer una integración plena de las personas con discapacidad en la sociedad y erradicar el fenómeno de la exclusión social.

Educación inclusiva en Suecia

Heimdahl y Malmgren (2009) describen que en Suecia el número de estudiantes con discapacidad intelectual se ha duplicado en los últimos años, mientras que la población escolar de estudiantes discapacitados en las instituciones obliga-torias ha crecido de forma marginal, lo cual, genera un aumento de la exclusión bajo la forma de grupos segregados. Cabe destacar que estos grupos son hete-rogéneos y están conformados por estudiantes que padecen diversos tipos de discapacidad en donde se refuerzan los efectos negativos que la sociedad hace de ellos. Para los autores, la inclusión debe ser entendida como:

“[...] el respeto a la diversidad; la educación inclusiva implica la idea de apoyo para todos los estudiantes dentro de una comunidad local. Es una cuestión de

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reducción de la exclusión no sólo para los estudiantes con discapacidad sino para aquellos categorizados con necesidades educativas especiales” (p. 466).

En 1989 el curso de formación post-secundaria denominado Docente de Educación Especial en Suecia llegó a su fin después de una decisión tomada en el Parlamento y fue sustituido en el año de 1990 por un curso especial de formación de educadores, también bajo la modalidad de post-secundaria, y cuya duración se amplió a 18 meses. La principal tarea de los educadores especiales sería la supervisión de los docentes y miembros del personal de las escuelas con el propósito de que los estudiantes con discapacidad no tuvieran una formación enfocada exclusivamente en situaciones de difícil aprendizaje. Esta medida tenía como objetivo que los estudiantes con diversos tipos de discapacidad no fueran separados de sus grupos de aprendizaje ordinarios y así constituir un modelo de competencia para la educación especial.

Es importante destacar que en el año 2006 todavía existían en Suecia grupos segregados y, aún hoy, se siguen estableciendo estos grupos gracias a la cooperación entre las escuelas que buscan la incorporación e inclusión de los estudiantes con discapacidad dentro de las aulas, aunque la propuesta que se estableció sobre la “escuela en casa” empezó a correr peligro y esto provocó que los estudiantes buscaran otra escuela en su municipio o en otra localidad diferente. Los directores que organizaban las actividades de trabajo en las escuelas definían al educador especial como un supervisor y coordinador de recursos, como una persona que ayudaría a proporcionar soluciones que no fomentaran la exclusión de los estudiantes desde el entorno escolar ordinario. A partir de esto se establecieron medidas educativas especiales con un espíritu de cooperación y dentro de los marcos existentes.

Barton (2009) menciona que la educación inclusiva no es un fin en sí misma, sino un medio para alcanzar cierto fin. Se trata de contribuir a la creación de una sociedad inclusiva por medio de un planteamiento político donde los derechos humanos de las personas con discapacidad sean el componente central de la elaboración de las políticas y programas. Esto implica hacer justicia a las diferencias entre los estudiantes y utilizar estas diferencias como un recurso y oportunidad para el aprendizaje en vez de conceptualizarlo como un problema que hay que excluir. La inclusión no consiste en la asimilación o ubicación de las personas dentro de un sistema que imparte y practica la educación escolar, ni tampoco en la categorización de los estudiantes de acuerdo a su tipo de discapacidad.

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La educación inclusiva debe entenderse a través del por qué, el cómo, el cuándo, el dónde, así como en las consecuencias de educar a todos los estudiantes por igual. Se trata de mantener un reconocimiento hacia los estudiantes con disca-pacidad, así como una preocupación por la cuestión de quién es incluido y quién es excluido de la esfera de la educación y de la sociedad en general. Heimdahl y Malmgren (2009) argumentan que la educación inclusiva puede ser descrita como una actitud ante los efectos negativos de la separación y ante las estrategias de enseñanza y aprendizaje en relación con las actividades individuales y cambiantes de los estudiantes, las cuales, tienen que ser evaluadas y examinadas.

Las condiciones de vida de los estudiantes con discapacidad en Suecia continúan bajo un esquema excluyente a pesar de las reformas y programas planteados en el Parlamento. La segregación en la escuela y en el hogar sigue en aumento; el número de estudiantes que han ingresado a las escuelas para estudiantes con discapacidad intelectual se ha duplicado en los últimos años. Asimismo, se ha detectado un aumento en el número de grupos segregados que son comunes a varias escuelas y a varias regiones. Es preocupante el hecho de que los estudiantes que necesitan apoyo educativo especial y que se organizan fuera de su propia escuela para conformar grupos mixtos en otras instituciones educativas corren más riesgo de que sean vistos por la sociedad como invisibles.

Educación inclusiva en Bulgaria y Bosnia-Herzegovina

Para Tsokova y Becirevic (2009) las políticas que se establecieron durante los periodos de transición en Europa Central y del Este favorecieron de forma mínima a las familias con niños discapacitados. Un ejemplo de esto es que los gobiernos tenían la facultad de sacar a los niños con discapacidad fuera de sus hogares para obligar a los padres a trabajar, además de que aquellos niños en quienes se percibía una discapacidad de gravedad eran enviados a instituciones de asistencia social, las cuales, fueron construidas en lugares remotos y alejados.

En Bulgaria y Bosnia-Herzegovina el término utilizado para referirse a la educación especial fue el de defectología, concepto que refleja la influencia de las tradiciones psicológicas y pedagógicas de los soviéticos. Este discurso dominante tuvo como base el paradigma psico-médico, mientras que las interpretaciones sociales de la discapacidad planteadas por Vygotsky fueron ignoradas. En Bulgaria, bajo el esquema de la tradición defectológica, se creó un sistema paralelo de educación especial que consistió en la creación de escuelas e instituciones especiales para niños y jóvenes discapacitados, mientras que

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en Bosnia-Herzegovina las clases especiales en las escuelas ordinarias eran la opción más popular.

En ambos países las escuelas especiales proporcionan educación principal-mente para los niños con discapacidades leves, aunque no para todos. Sobre la exclusión de los grupos marginados existe una responsabilidad compartida entre el sector educativo, el sector salud y las autoridades de asistencia social cuya coordinación se ha tornado compleja con el paso del tiempo. Para las dos naciones la educación inclusiva no ha tenido el impacto favorable que se esperaba así como el apoyo por parte de la sociedad. Las actitudes sociales negativas siguen siendo frecuentes así como las dificultades con las actitudes públicas hacia la discapacidad y hacia los niños con necesidades educativas especiales en las escuelas ordinarias.

Sin embargo, ante el panorama de exclusión que se vive en los dos países europeos la lucha por los derechos de los estudiantes con discapacidad se mantiene vigente. Las políticas gubernamentales en ambos países hacen énfasis en la no discriminación y plantean que los niños que eligen una educación de tipo especial sólo deben hacerlo después de haber agotado todas las demás opciones de educación dentro del sistema educativo europeo y con la aprobación de los padres de familia. Para los responsables políticos que se esfuerzan por fomentar las normas de inclusión en la Unión Europea no es fácil enfrentarse a las consecuencias de las medidas que no son populares en cada país miembro.

Un dato estadístico sobre la educación inclusiva en Bulgaria establece que durante el periodo 2007-2008 el número de escuelas especiales para niños con discapacidad intelectual se redujo de 76 en 2003 a 59 en 2008. Durante el mismo periodo el número de estudiantes con discapacidad ha pasado de 9,163 a 5,679. Más de la mitad de todos los niños que forman parte de centros especiales pertenecen a la categoría de discapacidad y dificultades de aprendizaje intelectual leve, mientras que el resto abarca discapacidades de tipo visual, audición, discapacidades físicas, autismo, trastornos psiquiátricos, múltiples discapacidades y dificultades en el habla y lenguaje.

Estos datos indican la necesidad de que la educación inclusiva requiere de expertos que se comprometan con el aprendizaje de los niños y jóvenes con discapacidad para no seguir fomentando la segregación de los grupos discapa-citados. En Bulgaria los niños con necesidades educativas especiales que están inscritos en el sistema educativo reciben el apoyo personalizado de una serie de profesionales: docentes, tutores, psicólogos y terapeutas del habla y del

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lenguaje. A su vez, en Bosnia-Herzegovina los estudiantes con discapacidad reciben el apoyo del pedagogo escolar y de un equipo móvil que consiste en defectólogos, logopedas y psicólogos. Sin embargo, ambos países continúan fomentando políticas y prácticas de educación inclusiva sin una estrategia clara y sujetos a un modelo mal concebido importado desde el exterior.

Las voces de las personas con discapacidad, en especial, los niños y jóvenes, no están siendo tomadas en cuenta para la formulación de políticas que favorezcan su desarrollo. Es notable la ausencia, así como la necesidad de participación, de activistas en el campo de la discapacidad en el proceso de elaboración de políticas responsables que generen un cambio de actitudes en la sociedad.

Educación inclusiva en Italia y Reino Unido

En el contexto social de Reino Unido, Devecchi, Dettori, Doveston, Sedgwick y Jament (2012) describen que existen 442,700 profesores y 345,900 miembros de apoyo docente en las escuelas inglesas, de los cuales, 151,580 son auxiliares docentes y 16,300 son auxiliares docentes de alto nivel. Estas dos figuras de la educación han cobrado importancia debido a la función que cumplen dentro del espacio educativo para satisfacer y elevar los estándares de rendimiento de los estudiantes en áreas como lectura y aritmética, además del apoyo que ofrecen en la agenda de inclusión hacia los niños con discapacidad y de los niños que viven en entornos sociales desfavorecidos.

Es importante mencionar que los auxiliares académicos pueden acceder a cursos para obtener los grados de Auxiliares Académicos de Alto Nivel con el objetivo de alcanzar categorías docentes que les permitan trabajar con niños con discapacidad o para realizar labores de alfabetización y ayuda en asignaturas como aritmética. Al igual que Reino Unido, Italia tiene una larga historia en el desarrollo de más escuelas inclusivas, las cuales, llegan a atender a un 99.5% de todos los niños con discapacidad. El primer paso importante en la legislación italiana sobre la materia fue la Ley 517/77, promulgada en 1977, y que decretó que todos los niños, independientemente de su capacidad y/o discapacidad, tenían el derecho constitucional de acceder a la educación pública. Esto provocó que las escuelas especiales cerraran sus puertas y las clases de recuperación fueran abolidas.

Los derechos a la educación fueron actualizados en la Ley 104/92, la cual, estableció la función del docente de apoyo con responsabilidades para facilitar la inclusión social, emocional y educativa de los niños con discapacidad. Sin

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embargo, mientras que en la ley se promueve la inclusión, llegar a lograrlo en la práctica representa un camino lleno de dificultades. Una de las más latentes es el grado en que los docentes se sienten capacitados para ser responsables de la enseñanza y aprendizaje de niños y jóvenes con discapacidad. La consecuencia de esta situación, que no difiere mucho de lo que sucede en Reino Unido, es la inestable interacción entre los docentes y los auxiliares académicos.

Los niños con necesidades educativas especiales sufren de constantes crisis emocionales al percatarse de que el número de docentes que abandona la profesión va en aumento o que prefieren asumir actividades de tipo admi-nistrativo y de gestión en lugar de intentar establecer un lazo de apoyo con niños y jóvenes discapacitados. En Italia el principal problema es que 30% de los profesores de apoyo piden un nombramiento como titulares de clase después de 5 años de haber obtenido su grado como auxiliares académicos. Esta decisión deja a muchos niños con necesidades educativas especiales sin apoyo, a su vez que las autoridades locales ofrecen puestos vacantes para la búsqueda de nuevos auxiliares académicos o, en el peor de los casos, contratan a docentes que no poseen un grado de especialista y con experiencia mínima en el campo de la educación especial.

Contrario a lo establecido en las leyes, los auxiliares académicos no son vistos como parte de un equipo y son designados específicamente para enseñar sólo a niños con discapacidades a través de un modelo aislado y que no se centra en las actividades que se realizan dentro del aula. Mientras que Reino Unido e Italia fomentan la idea de que la inclusión de los niños con necesidades educativas especiales es un proceso en el cual los docentes y los asistentes de trabajo deben de trabajar juntos en apoyo a todos los niños dentro del aula, la realidad muestra que las prácticas de exclusión y marginación de jóvenes y niños todavía persisten.

En Italia el hecho de que los auxiliares académicos sean calificados para trabajar con niños con discapacidad contribuye a que los docentes regulares sientan que no tienen que ser responsables de la educación de niños con necesidades educativas especiales pues los auxiliares pueden desempeñar mejor esa tarea. Esto deriva en que el apoyo a los niños con necesidades educativas especiales se realice de forma aislada y que la interacción con los docentes no sea la normal. El apoyo a los auxiliares académicos, tanto en Italia como en Reino Unido, debe mantenerse vigente pues esto representa el camino para facilitar la inclusión educativa y social de los niños y jóvenes con discapacidad.

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Estadísticas sobre la discapacidad en América Latina:Un camino por recorrer

Jiménez (2009) plantea que la escasez de datos estadísticos sobre la discapa-cidad y su poca veracidad son una realidad que afecta de forma negativa los estudios que se hacen sobre el tema y la posibilidad de encontrar información que represente la situación real que atraviesan las personas que padecen alguna deficiencia física o psicológica. Diversas organizaciones gubernamen-tales internacionales han establecido cifras aproximadas de la discapacidad a nivel mundial; sin embargo, son cifras inestables y poco exactas que no ofrecen un panorama objetivo sobre la discapacidad. En 1992 diversos investigadores en el tema plantearon que un 4% de la población mundial padecía algún tipo de discapacidad en los países en vías de desarrollo, mientras que el 7% repre-sentaba a la población de los países industrializados.

En 1999 la Organización Mundial de la Salud presentó como estimación actualizada un rango de entre 7 y 10% de la población, lo que traducido a cifras, sería un total de 500 millones de personas con discapacidad en el mundo. La Unión Europea calcula que 10% de la población europea (aproximadamente 46 millones de personas) tiene algún tipo de discapacidad. A su vez, la Agencia para el Desarrollo Internacional de Estados Unidos estima que la proporción de personas con discapacidad a nivel mundial representa también un 10%, o un poco más, y el Instituto Roeher, de Toronto, ubica una cifra entre 13 y 20%. Para la región latinoamericana, el informe La salud en las Américas, publicado en 2002, afirma que en Latinoamérica existen, aproximadamente, 85 millones de personas con discapacidad, lo que equivale a un 17%.

Otras cifras aproximadas sobre la discapacidad a nivel mundial son las siguientes: 18% en el Reino Unido, 17% en Australia, 19.3% en Estados Unidos, 12.1% en Canadá, 20% en Nueva Zelanda, 7.1% en Argentina, 7.6% en Uruguay, 12.9% en Chile y 2.6% en Honduras. Como se puede observar, los porcentajes varían según las regiones geográficas y los contextos sociales, económicos y culturales que se desarrollan en cada uno de los países, lo que imposibilita la obtención de cifras reales que den muestra de la condición de la discapa-cidad a nivel mundial. En la siguiente infografía se muestran las cifras más recientes que se tienen sobre la discapacidad en países de América Latina, el Caribe y Europa. Cabe destacar que los datos presentados pertenecen al año 2003 debido a la problemática que existe para establecer un consenso sobre las cifras reales de la discapacidad en el mundo.

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Fuente: elaboración propia con base en el texto "Visiones y revisiones sobre la discapacidad" coordinado por Patricia Brogna

La discapacidad en América Latina: Un camino por recorrer

La escasez de datos estadísticos sobre la discapacidad y su poca veracidad son una realidad que afecta de forma negativa los estudios que se hacen sobre el tema y la

posibilidad de encontrar información que presente la situación real que atraviesan las personas que padecen deficiencias. A continuación se presentan las cifras más

recientes que se tienen sobre la discapacidad en América Latina e Iberoamérica

Ecuador

1,608,334

España

4.12 millones

Guatemala

426,821

Honduras

177,304

México

2,241,193

Argentina

2,176,123

Bolivia

741,382

Brasil

24,600,256

Colombia

2.6 millones

Costa Rica

200,000

Cuba

366,864

Chile

2,068,072

RepúblicaDominicana

358,341

América Latina e Iberoamérica: Situación de la discapacidad(Número de personas con discapacidad por país)

Portugal

634,408

El SalvadorNo se

especifica

UruguayNo se

especifica

Venezuela

927,495

Nicaragua

461,000

Panamá

52,197

Paraguay

51,146

PerúNo se

especifica

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Las cifras anteriores acerca de la población con discapacidad confirman la necesidad de progresar en la aplicación de definiciones y metodologías serias que proporcionen datos estadísticos confiables y verídicos que muestren la realidad social que viven las personas con discapacidad en cada uno de sus entornos de desarrollo. Como se puede apreciar, en algunos casos no se cuenta con una cifra aproximada del total de personas con discapacidad que hay en los países latinoamericanos, lo que dificulta las acciones que se pueden promover y establecer para ofrecerles una mejor calidad de vida con base en propuestas de tipo político que respeten sus derechos y garanticen su inclusión en las diversas esferas de la sociedad.

Conclusiones

Se hace indispensable entender a la discapacidad no como la deficiencia física sino como el proceso de exclusión que se hace de las personas que padecen algún tipo de discapacidad. El apoyo que debe recibir este sector de la población debe tener sus bases en propuestas políticas gubernamentales y no en medidas sanitarias y de rehabilitación que no promueven la integración de las personas discapacitadas, pues bajo este esquema quedan convertidas en objetos que se deben curar y tratar para que puedan formar parte de una sociedad que se define como normal. Asimismo, la educación inclusiva debe representar una alternativa para que los estudiantes con discapacidad puedan tener acceso a una formación académica de calidad donde los docentes asuman el compromiso y responsabilidad de formarlos y apoyarlos para satisfacer sus necesidades más indispensables.

Los enfoques acerca de la discapacidad muestran una visión compleja acerca de este fenómeno, además de enfatizar el papel de la rehabilitación como la única solución que existe para devolver a las personas con deficiencias su movilidad, aún cuando esto no es del todo verdadero. Es necesario que la sociedad desarrolle un sentido de empatía hacia las personas con discapacidad pues es dentro de este núcleo donde se originan la exclusión y la discrimina-ción. Así mismo, es indispensable crear políticas que favorezcan la educación de los estudiantes con deficiencias en las instituciones educativas y procurar que las barreras existentes no afecten el desarrollo profesional y emocional de los estudiantes con discapacidad.

Las diversas políticas que se han establecido en países de Europa y América Latina pueden ser un modelo a seguir para favorecer la educación

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de los estudiantes con discapacidad. Sin embargo, también se ha visto que las ideologías que predominan en determinados países pueden no favorecer de manera completa a las personas con deficiencias. Los países de Europa del Este son un ejemplo de las antiguas políticas que se establecieron durante la Posguerra y que, con el tiempo, tuvieron modificaciones que favorecieran el pleno desarrollo de las personas con deficiencias.

En América Latina los datos acerca de la discapacidad carecen de veracidad y validez, pues se toman como principales referentes estudios que se han hecho años atrás y que no han sido actualizados. Se tiene un número estimado acerca de las personas con deficiencias que habitan en los países latinoamericanos, pero la falta de investigaciones acerca del tema provoca que no exista un consenso acerca del total de personas con discapacidad que habitan la región latinoa-mericana. La educación de los estudiantes con discapacidad es una prioridad que debe prevalecer en las políticas gubernamentales, tanto nacionales como internacionales, de los países que conforman este mundo globalizado.

Si bien las políticas gubernamentales a nivel mundial trabajan por favorecer los derechos y garantías de las personas con discapacidad, la realidad nos muestra que las prácticas de exclusión y segregación son el principal obstáculo al que se enfrentan las personas discapacitadas. El poco apoyo que se brinda a este sector de la población deriva en que no se cuenten con cifras reales sobre la incidencia de la discapacidad en la población que puedan ser la base para promover acciones sociales que busquen mejorar sus condiciones de vida y otorgarles a los jóvenes y niños discapacitados mayores oportunidades para una educación integral y de calidad.

Referencias

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ਈ Ferraz FernánDez, a. (2002). Ergonomía de la información para estudiantes univer-sitarios con discapacidad. Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales de Barcelona, Universidad Politécnica de Cataluña, Cataluña, España.

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ਈ JiMénez, a. (2009). Las personas con discapacidad en Iberoamérica: perfiles demográficos. En Brogna, P. (Comp.), Visiones y revisiones de la discapacidad (pp. 23-72). México: Fondo de Cultura Económica.

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RENÉ LEÓN VALDEZ es Licenciado en Comunicación por la FES Acatlán y actualmente labora en la Coordinación de Estudios de Posgrado como Asistente Académico y Secretario Técnico de la Especialización en Historia del Arte. Ha publicado los siguientes artículos: Slumdog Millionaire: Aproximación al análisis cinematográfico desde la metodología de Lauro Zavala (en conjunto con dos colegas más); La música pop en español. Industria artificial y de entretenimiento. Orígenes del fenómeno y su reproducción masiva; y La telenovela histórica en México: Apuntes para la construcción de un proyecto con “beneficio social”. Estos dos últimos publicados en la Revista Multidisciplina.

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Letrillas

Comentario al libro Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI, de Clemente Ruiz Durán1

Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 153–157

El doctor Clemente Ruiz Durán vuelve a sorprender con un texto que motiva a reflexionar sobre un proceso que ya es crónico, el de las crisis financieras – económicas, y subrayo en primer término el aspecto financiero porque éste ha sido, a partir de 1929, y seguirá siendo por lo visto, el detonante de la crisis económica.

Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI, es el título del libro que se divide en los siguientes capítulos:

‣ La crisis financiera de principios del siglo XXI ‣ Multiplicidad de respuesta y el surgimiento ‣ Estructuras e instituciones del capitalismo ‣ Tamaño y papel del Estado en las variedades del capitalismo ‣ La cuestión financiera, su impacto en los balances de los agentes, el efecto sobre la

acumulación y el papel de los bancos centrales ‣ Los modelos de producción: la cara más cambiante de los capitalismos contemporáneos ‣ Los mercados laborales en el rediseño de los capitalismos ‣ Una visión hacia el futuro en la reestructuración del capitalismo

Resistiré la enorme tentación de comentar cada capítulo, porque, si no se hace a detalle, se corre el riesgo de ser superficial y perder entonces la esencia del escrito; además fomentaré así la curiosidad de conocer el contenido a los posibles lectores. Sólo diré que los ocho capítulos están engarzados de tal manera, que presentan los elementos más importantes que sirven para entender cómo está estructurado el capitalismo actual.

1 Ruiz Durán, Clemente. Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI. México, Universidad Autónoma De Baja California. 2015.

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ENRIQUE GARCÍA Y MOISÉS

Pues bien, el autor no se limita a enfocar el tema sólo desde la visión económica, sino que enriquece su análisis con la dimensión del Estado. Para abordar el tema nos encontramos con dos conceptos: el de economía de mercado liberal y el de economía de mercado coordinada. El primer concepto encuentra su representación en los Estados Unidos, se basa, dice el autor, “en las jerarquías dentro de las empresas y de los mercados competitivos. Los agentes económicos sólo tienen relaciones entre partes independientes entre sí, mediándose por mercados, y la coordinación se lleva a cabo en respuesta a las señales de precios” (p. 36).

Así, Alemania sería el ejemplo de las economías de mercado coordinadas, pues “se basa en formas no mercantiles de coordinación, incluida la negociación y la colaboración [...] un alto grado de coordinación entre los empleadores, amplias redes entre empresas, un financiamiento basado en los bancos y un sistema de gobierno corporativo que apoya al <<capital>>” (p. 36).

Traduzco lo anterior como un capitalismo casi aislado, el norteamericano, y un capitalismo inserto en una estrategia multinacional, el de Alemania en la Unión Europea. Ambas modalidades se encuentran en un contexto de compe-tencias de economías capitalistas donde existen otros actores: Japón, China, la India y Rusia; por mencionar los más importantes.

El sistema capitalista no funciona de forma autónoma ni endémica, sino que necesita algo más que el propio mercado, necesita del Estado – gobierno, y el autor distingue de manera precisa cuatro modalidades: los sistemas institu-cionales como el de Estados Unidos, los capitalismos europeos, el asiático, y los sistemas de los Estados desarrollistas que tienen como denominador común, unos el crecimiento económico y otros el desarrollo (pp. 48, 49).

Cada una de estas formas posee sus propias instituciones formales que conviven con las informales, las cuales son producto de la demanda de la propia sociedad. Lo importante es saber cómo la sociedad es representada y si tiene la posibilidad de tomar decisiones que la involucran, como parte de la gobernanza y de la verdadera democracia.

Sin duda, la participación ciudadana a través del voto es importante, pero no el único factor que garantiza la democracia, ya que ésta se encuentra más allá del proceso formal y se instaura en el ámbito de discusión responsable y orientadora de la política pública. Una de esas políticas públicas es la de la política económica que, despojada de su ropaje técnico, impacta directamente a la sociedad; menciono solamente el punto de los impuestos.

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COMENTARIO AL LIBRO CRISIS Y REDISEÑO DEL CAPITALISMO EN EL SIGLO XXI

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Es cierto, como dice el doctor Ruiz, que la sociedad puede manifestar “su desaprobación de reformas fiscales de largo alcance” (p.61), si es que tiene los medios para hacerlo; si no, será un sujeto pasivo. Estoy de acuerdo con el autor cuando dice que “la democracia directa consiste en la participa-ción popular mediante varios mecanismos, tales como los referendos, las iniciativas populares, la revocación de mandato y el sufragio universal” (p. 61), el problema es que estos mecanismos no están presentes en los Estados desa-rrollistas, exceptuando Argentina, Brasil y Chile; el autor ofrece datos sobre este proceso en un listado de países seleccionados.

En el análisis se introduce el papel que juega la burocracia como elemento importante del gobierno, ligado esto con el Estado de Bienestar ejemplificado nuevamente con algunos países, 16 para ser exactos.

Este tema se relaciona con otro, el Estado remodelado y su desempeño en la economía, es decir, cómo intervino cada Estado ante la crisis 2001 – 2012. El Dr. Ruiz resume esta intervención en un punto: si los Estados deberían o no apoyar al sistema financiero, aunque al final generen un mayor gasto público (p. 78). Es el caso de Estados Unidos, Europa y Japón donde se destinó más del 60 % en aspectos como educación, vivienda cultura y recreación (p. 79), no sucede lo mismo con el capitalismo en desarrollo.

Otro medio para enfrentar la crisis fue la construcción de infraestructura. En este caso, China e India fueron los países que más inversión realizaron. Con esto, también se pone en duda el argumento de que la inversión privada es mucho más eficaz y resulta un ahorro para el sector público. Así, el doctor Ruiz, refuerza lo anterior al recordar cómo en el 2009 el Presidente Obama rescató de la quiebra a las empresas automotrices General Motors y Chrysler. Otro ejemplo es el apoyo de diversos Estados hacia la investigación farmacéutica para elaborar medicamentos destinados a la población de menores recursos o para tratar padecimientos que a las empresas privadas no les interesa por ser poco rentables. Igualmente, en el texto se dan números y porcentajes que muestran cómo el Estado sigue participando con sus empresas en la economía.

Sin embargo, en el análisis no se podía dejar de lado la crisis financiera del 2008 originada en los Estados Unidos, la cual cundió en países desarro-llados y en vías de desarrollo, afectando la estructura económica productiva y trayendo desempleo. Obviamente, el primer efecto negativo fue en los activos financieros de las economías e igualmente en los activos no financieros de las empresas. Se ven los efectos también en el crecimiento económico de los países, unos más que otros.

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ENRIQUE GARCÍA Y MOISÉS

El autor manifiesta que “en suma, el desempeño de las economías está directamente asociado con las características de sus instituciones financieras, así como sus mecanismos reguladores y de vigilancia” (p. 94).

Existen otros indicadores interesantes, el de acumulación de capital, el de crecimiento y el de acumulación y consumo de masas. Al respecto, surge una pregunta medular que hace el autor: ¿qué papel desempeñan los diversos agentes de financiamiento en el desarrollo del capitalismo? (p. 97). No hay una respuesta única e invitamos al lector a revisar los argumentos del autor. Asimismo, la explicación que se da en el texto sobre el papel de los bancos centrales ante la crisis, que fue como sucedió en 1929, pasiva y de acción tardía en el caso europeo, o de complementariedad como fue en Estados Unidos y China.

El doctor Ruiz hace una afirmación puntual:

A diferencia de otras crisis, la de principios del siglo XXI se dio en medio de una gran transformación productiva, en donde el sistema global acabó dominado por las cadenas globales de valor (cgv) comerciales y de servicios, las economías capitalistas se interconectaron más y muchas decisiones de los capitalismos nacionales fueron capturadas por centros remotos de decisión – localizados a miles de kilómetros, a través de un sofisticado sistema de proveeduría, con procesos logísticos diseñados bajo el sistema de justo a tiempo (p. 107).

En el sentido productivo, el autor da otro argumento medular: “este cambio estructural se dio en medio de un esquema de reindustrialización de algunas economías que se han convertido en fábricas del mundo, como es el caso de los países asiáticos, en donde las manufacturas ocupan una tercera parte de su PIB” (p. 110).

Por fuerza, los ejemplos asiáticos son Japón, Corea y China; el primero con los clústers y los otros con organizaciones empresariales aprovechando la tecnología de la información y los medios de transporte veloces y económicos que ganaron mercados a las economías industrializadas tradicionales; las cuales, además, trasladaron procesos industriales por ahorro en costos a estos países, sobre todo Corea y China.

El autor expone una amplia explicación sobre las cadenas productivas que se han desarrollado en algunos sectores productivos. La constitución de las llamadas fábricas, la de Asia, la de América del Norte y la de Europa que complementan la Gobernanza y regionalismo del siglo XXI. Ante este panorama el doctor Ruiz apunta que “se necesitarían así dos organizaciones

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COMENTARIO AL LIBRO CRISIS Y REDISEÑO DEL CAPITALISMO EN EL SIGLO XXI

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para reunificar la gobernanza del comercio internacional, la actual OMC 1.0 para la agenda tradicional y una OMC 2.0 para las disciplinas que requieren las cadenas globales de producción” (p. 123).

Otro factor en el desarrollo del capitalismo, afirma el autor, han sido “los mercados laborales [...] elemento clave para la estructuración del sistema a lo largo de sus diferentes etapas; las grandes transformaciones del capitalismo en el siglo XX estuvieron sustentadas en múltiples reestructuraciones de los mercados laborales, dando paso a la producción en masa y al desarrollo de mercados de consumo masivo. Por una parte, los trabajadores hicieron posible el rediseño de los procesos productivos, y la relación empresa – trabajo otorgó poder de compra a los trabajadores para poder consumir y dar viabilidad a los mercados de consumo masivo” (p. 143).

Me parece que aquí se da una paradoja: la especialización que se traduce en las cadenas productivas no va de acuerdo a la generación de empleos, que va a la baja; esto tiene muchas causales, pero el panorama es que, si un segmento de la población laboral percibe salarios más altos, también existe otro segmento que no los tiene tan elevados y otros nada.

El material del libro da para más comentarios, pero es necesario detenernos cerrando con esta reflexión del autor: “Entre el mundo de la planeación y los modelos más neoliberales, surge el Estado desarrollista que es convalidado por las urnas y da pauta para una intervención indirecta pero eficaz del Estado” (p.166).

Sobra decir que el texto está cuidado de principio a fin con las notas pertinentes, con una bibliografía extensa y especializada que le dan un soporte metodológico adecuado. La invitación es que se lea el libro del Dr. Clemente Ruiz Durán.

Enrique García y Moisés

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Núm. 24, may-ago. 2016, pp. 158-164

Agradezco la consideración al invitarme a presentar el libro Inteligencia cualitativa para la investigación en ciencias del cambio. Teoría y prácticas estratégicas (Grupo Noriega Ursé, México, 2015), de la autoría de los doctores Imelda Jiménez Noriega, José Antonio Mendoza Aguirre y Miguel Ángel Maciel González.

Deseo desarrollar esta presentación en tres territorios o zonas: ‣ La zona de promesas. Basada en el contenido de la obra y en el conjunto de provoca-

ciones e invocaciones de lo dicho y no dicho por los escritores, a quienes considero, por la naturaleza de su empeño, unos intelectuales arriesgados, sugerentes y comprometidos.

‣ La zona de oportunidades y posibilidades. Definida por el valor del trabajo académico de profesores como los autores, quienes no sólo se preocupan por enseñar y formar. Arrastran también el lápiz y en una escritura nada sencilla comparten sus reflexiones acerca de una modalidad de investigación convertida en patrimonio social.

‣ La zona de la existencia y su mejoramiento. Establecida a partir de cómo la ciencia, la investigación, el conocimiento, los profesores, los estudiantes, el desa-rrollo y las comunidades pueden construir juntos un futuro de bienestar y prospe-ridad, respetuoso e incluyente, libertario y solidario.

I. De la zona de promesas a la zona de las oportunidades y posibilidades

A los lectores consagrados y expertos, pero sobre todo a los lectores futuros de esta obra –espero sean muchos–, les comparto una vista panorámica de lo expresado por los autores:

‣ Son discutibles algunos planteamientos hechos a mansalva. ‣ Se pueden debatir ciertas cuestiones de estilo. ‣ Desde luego se podría poner en tela de juicio la configuración o formato de la obra:

texto de textos. ‣ Y podría haber disenso respecto al orden de presentación de los capítulos y apartados.

Presentación del libro: Inteligencia cualitativa para la investigaciónen ciencias del cambio. Teoría y prácticas estratégicas

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Lo importante es, a mi juicio que se trata de un libro bien intencionado, con muchas inquietudes y altas pretensiones –lo cual siempre será controversial-, de cuya lectura uno no sale indemne.

Es pertinente mencionar que los autores no se salen por la tangente ni optan por los atajos y, muchos menos, caen en lugares comunes y fáciles. Al contrario ponen cara y dan razón del significado y sentido del conocimiento y de la investigación en la indeterminación, en la incertidumbre y en el caos

–entorno donde casi siempre se lleva a cabo la investigación-. Apuestan a lo largo del libro a un saber y una indagación como un acto de creación -con dosis de sabiduría-, donde se dan aproximaciones y existen grados de error cuando se busca la verdad.

La ciencia infalible no existe ante el hallazgo de enigmas y misterios. Sí en cambio emerge una ciencia flexible, alimentada del aprendizaje a partir de la equivocación, de la pérdida del miedo a errar o del ajuste de cuentas con el ego, cuando no se ofrecen respuestas tajantes, contundentes e irrebatibles; y en todo caso, se llena la alforja de más preguntas y de angustia, y se alimenta el espíritu de humildad.

En este marco me parece sobresaliente el espacio dedicado a Francis Bacon (1561-1626), fundador del materialismo y de la ciencia experimental moderna, como precursor de una relación ciencia-naturaleza donde ésta pone límites a un uso depredador del saber. Cito de manera textual a los autores: “la naturaleza, su respeto y obediencia, constituyen el centro de vida del futuro... debe ser comprendida la naturaleza1 a fin de ir paulatinamente develando su esencia para aplicar descubrimientos en bien de las sociedades” (p. 53).

El conocimiento aplicado al bienestar de las sociedades, como dicen los doctores Imelda, José Antonio y Miguel, radica en la posibilidad de alcanzar un conoci-miento desmitificado y desmitificante (y autodesmitificante). Además éste es una condición de una inteligencia social dedicada a hacer de la ciencia y de la inves-tigación dispositivos del cambio hacia un bienestar generalizado y sustentable, y hacia una prosperidad material e inmaterial basada en el célebre principio «¡De cada cual según sus capacidades, a cada cual según sus necesidades!».2

1 “La Naturaleza se halla en estado de movimiento que, a juicio de Bacon, es la propiedad interna inalienable de la materia” (Diccionario filosófico marxista, 1946; p. 23-24).

2 “En una fase superior de la sociedad comunista, cuando haya desaparecido la subordinación esclavizadora de los individuos a la división del trabajo, y con ella, el contraste entre el trabajo intelectual y el trabajo manual; cuando el trabajo no sea solamente un medio de vida, sino la primera necesidad vital; cuando, con el desarrollo de los individuos en todos sus aspectos, crezcan también las fuerzas productivas y corran a chorro lleno los

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II. De la zona de oportunidades y posibilidades a la zona de la existencia y su mejoramiento

Desde mi punto de vista, es destacable un principio implícito sostenido a lo largo de la obra:

‣ A veces, con rudas disquisiciones epistemológicas.

‣ En otras ocasiones, a partir de referencias teóricas densas.

‣ En algunas partes del documento, analizando y criticando la forma de construir los objetos de estudio.

‣ En ciertos apartados planteando el carácter controversial de los métodos.

‣ Y en los últimos puntos repasando y sugiriendo repensar las técnicas en el marco de prácticas estratégicas, a raíz de considerar, por un lado, “la comprensión hermenéutica y la activación existencial de la comunicación” (pp. 161-173); y, por otra parte, el tránsito de la “etnografía clásica a la etno-grafía performativa” (pp. 174-188).

Tal principio es la prevalencia de la triada ética, derechos sociales y derechos humanos, en los propósitos e intereses del conocimiento y la investigación. Con la finalidad de transitar de la zona de oportunidades y posibilidades de la vida en general, a la zona de la existencia concreta y su mejoramiento cotidiano, a partir de la convivencia respetuosa basada “en el establecimiento de límites a la exclusión del otro” –que desde luego, como bien dicen los autores, necesitamos aprender.

III. De la zona de la existencia y su mejoramiento a los otros, a nosotros y a la conmoción y comunión

Quienes escriben y nos hablan son, además de investigadores de la investiga-ción, practicantes expertos y especializados de la investigación y formadores de la cultura de la investigación en la UNAM, concretamente en la FES Acatlán.

manantiales de la riqueza colectiva, sólo entonces podrá rebasarse totalmente el estrecho horizonte del derecho burgués y la sociedad podrá escribir en sus banderas: ¡De cada cual, según sus capacidades; a cada cual según sus necesidades!” [Marx, K. (1875). Crítica al programa de Gotha. Disponible en el sitio: https://www.marxists.org/espanol/m-e/1870s/gotha/gotha.htm]

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Son generosos como tienden a ser los profesores cuando comparten sus cono-cimientos, su experiencia y, ahora con este libro, nos hacen copartícipes de sus reflexiones y de sus expectativas respecto de lo deseable posible para la ciencia, la investigación y la sociedad.

Me asumo como destinatario y firmo el acuse de recibo de su crítica a “los usos ideológicos de la ciencia y la investigación cuando se practican y utilizan para legitimar determinados intereses o proyectos”.

El planteamiento de estos profesores de la UNAM nos interpela ética y praxeológicamente a quienes trabajamos en diversos campos de aplicación de la ciencia y la investigación.

No es cinismo, lo digo en verdad con pena y pudor: ‣ Admito a título personal haber realizado estudios e investigaciones

para proyectos donde la finalidad ha sido legitimar o posicionar marcas, productos y abrir “nuevas” oportunidades a negocios privados.

‣ He participado en investigaciones donde se ha buscado fortalecer a alguno de los tres órdenes de gobierno (municipal, estatal o federal), a candidatos a puestos de elección popular y a partidos políticos –y sus campañas-, en diversas regiones del país.

‣ No he dejado de realizar evaluaciones de políticas públicas con vistas a mejorarlas o justificarlas.

‣ Lo confieso, como resultado de trabajos de investigación, he apoyado también estrategias de resistencia, resiliencia y de emancipación de diversos grupos sociales rurales y urbanos, muchos de ellos marginados.

Admito la advertencia, el llamado o el regaño –no sabría en estos momentos cómo definirlo-. Debo decir públicamente que tienen razón. Y pongo sobre esta mesa de presentación, en este espacio de conversación, y en esta noble institución pública, laica y gratuita, la trascendencia de discutir con profesores y estudiantes, el enorme reto profesional de evitar el uso/aprovechamiento

“mercenario” de la ciencia y de la investigación. Tienen razón los doctores Imelda, José Antonio y Miguel, y de allí la importancia de su libro: es deseable y posible construir una inteligencia (lo dejo en inteligencia sin adjetivos) para la investigación en ciencias del cambio.

Siguiendo sus enseñanzas, advierto: el cambio se debe analizar también, porque los intereses y propósitos que suelen sobredeterminar los usos y apli-caciones de la ciencia y la investigación, también utilizan la inteligencia con la finalidad de cambiar para no cambiar.

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IV. A manera de consideración final

De manera respetuosa pongo a su consideración en esta mesa y foro algunas convicciones, aunque no sé qué validez y legitimidad tengan después de confesar mi mercenarismo en el usufructuo de la ciencia y la investigación:

‣ Si un Estado no tiene otra opción que seguir las instrucciones de sus acree-dores y la voluntad de los inversionistas extranjeros, no hace diferencia quién es elegido ni cómo. La democracia debe tener un efecto. Y cuando ese efecto es real y no una apariencia, involucra la soberanía, interna y también externa. Dada la magnitud de los problemas de hoy, mi confianza la pongo en lo que me parece esencial: movilizar a las personas y la libertad de movilizarse; también la libertad de prensa, incluyendo la existencia de una prensa inde-pendiente, alternativa, en la prensa escrita y en los medios digitales. Y no menos importante, libertad académica para enseñar e investigar (como se hace en la FES Acatlán y en la UNAM). Estos recursos para movilizar son mucho más importantes de lo que pensamos y su alcance en el mediano y largo plazos los convierte en bienes públicos.

‣ La ciencia y la investigación que se produce y se enseña en una institución pública, laica y gratuita, además de preocuparse por prescribir cómo se puede desarrollar un conocimiento oportuno, pertinente, correcto, válido y pulcro –ética y estéticamente-, debe servir, en tanto patrimonio de todos, para pensar y actuar, por ejemplo, en el escenario de cómo está actual-mente y cómo terminará el capitalismo, dado que, como dice el sociólogo alemán Wolfgang Streeck:3

3 “El crecimiento constante, la moneda sólida y un mínimo de equidad social, que extienda algunos de los beneficios del capitalismo a los que no tienen capital, se han considerado desde hace mucho tiempo los prerrequisitos para que una economía política capitalista obtenga la legitimación que necesita” (p. 40).Streeck, Wolfgang. (2014). ¿Cómo terminará el capitalismo? New Left Review, No. 87, mayo-junio. Ecuador: Instituto de Altos Estudios Nacionales de Ecuador (IAEN). pp. 38-68. Disponible en el sitio: http://r.search.yahoo.com/_ylt=A0LEV2VgK8NXiosA2FrD8Qt.;_ylu=X3oDMTEyNHNrOTl0BGNvbG8D-YmYxBHBvcwMzBHZ0aWQDQjAzMThfMQRzZWMDc3I-/RV=2/RE=1472437216/RO=10/RU=http%3a%2f%2fnewleftreview.es%2farticle%2fdownload_pdf%3flanguage%-3des%26id%3d1108/RK=0/RS=sJbpLb9IH1.FTTj9Nt8..IBsN0c-

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La imagen que tengo del final del capitalismo (un final que creo que ya está de camino) es la de un sistema social con un fallo crónico, por sus propias causas y al margen de la ausencia de una alternativa viable. Aunque no podamos saber con exactitud cuándo y cómo desaparecerá el capitalismo y qué vendrá después, lo que importa es que no existe ninguna fuerza disponible de la que pueda esperarse que cambie las tres tendencias en caída libre: la falta de crecimiento económico, la desigualdad social y la inestabilidad financiera.

Al contrario que en la década de los 30, no existe hoy en día ninguna fórmula político-económica a la vista, que pudiera proporcionar a las sociedades capitalistas un régimen nuevo de regulación coherente.

La integración social así como la integración sistémica parecen dañadas sin remisión y propicias a deteriorarse aún más. Con el paso del tiempo lo más probable es que se produzca una acumulación continua de disfunciones pequeñas y no tan pequeñas; ninguna de ellas necesariamente mortal por sí sola, pero la mayoría sin solución, especialmente cuando lleguen a ser demasiadas para su consideración individual.

En el proceso, las partes del todo se engarzarán cada vez peor; se multipli-carán todo tipo de fricciones; las consecuencias inesperadas se extenderán por causas cada vez más difíciles de explicar. Proliferará la incertidumbre; las crisis de todo tipo, de legitimidad, de productividad o ambas, se sucederán rápidamente; a la vez que la previsibilidad y la gobernabilidad disminuirán aún más (tal como ocurre desde hace décadas).

Al final, la miríada de parches provisionales diseñados para la gestión a corto plazo de la crisis reventarán bajo la presión de los desastres cotidianos producidos por un orden social en una situación de total desorganización anómica” (p. 50-51).

Quizás les parezca apocalíptico e improbable lo que creo, siguiendo los diag-nósticos de Wolfgang Streeck y los propios resultados de mi trabajo, pero, ¿no creen que una entidad pública como ésta, con profesores y estudiantes tan brillantes como los aquí presentes, podría poner este escenario a considera-ción de la inteligencia para la investigación en ciencias del cambio?

Me parece que las promesas, posibilidades y oportunidades, así como la existencia y su mejoramiento, están sobredeterminadas por un escenario que solemos plantear en términos de crisis pasajera y de cambiar para no

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cambiar, cuando quizás estamos ante un contexto de decadencia irreversible y necesitamos periclitar el desastre y cambiar para cambiar.

Sinceramente, no veo otro espacio donde cosas como ésta se puedan plantear en un ambiente de seriedad, rigurosidad, libertad y solidaridad social.

V. A manera de despedida

Agradezco a Imelda, a José Antonio y a mi amigo Miguel, el compartir conmigo su libro. Admiro su dedicación, convicción y vocación de ser profesores; y, particularmente en el área de la investigación.

En un entorno tan violento contra la figura docente4, debo subrayar la dignidad de su profesión y la importancia de que personas como ustedes y como Jorge Pérez Gómez, Virginia Medina Ávila, José Arturo Salcedo Mena, Mario Revilla Basurto, Xavier Ávila Guzmán, Manuel Vázquez Arteaga, Alejandro Salcedo Aquino, Daniel Mendoza Estrada, y desde luego, los legendarios Jaime Pérez Dávila, Alejandro Byrd Orozco, María de Lourdes Gómez Castelazo y Rafael Serrano Partida, nos hayan enseñado mucho en la vida, para la vida, con su esmero, autoexigencia, humanismo y generosidad.

Comparto tres aprendizajes que les debo particularmente a Jaime Pérez, Alejandro Byrd, y Rafael Serrano; y a todos los profesores citados, a nuestro anfitrión y moderador; y, desde luego a nuestros tres sensibles e inteligentes autores. Estos aprendizajes se refieren a la libertad y a la solidaridad social:

‣ “No hay alivio más grande que comenzar a ser lo que se es” (Alejandro Jodorowsky)

‣ “Concédete todas las posibilidades de ser, cambia de caminos cuantas veces te sea necesario” (Alejandro Jodorowsky)

‣ “No se trata de ser el primero, sino de llegar con todos y a tiempo” (León Felipe).

Diego Juárez ChávezAgosto, 2016

4 Y también, ¿por qué no admitirlo?, de algunos profesores hacia sus estudiantes.

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Reseña del libro México y las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en el Siglo XXI: retos y oportunidades

de María Cristina Rosas (coordinadora)

Rosas, María Cristina (coordinadora) (2015). México y las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en el Siglo XXI: retos y oportunidades, México: Centro de Análisis e Investigación

sobre Paz, Seguridad y Desarrollo Olof Palme A. C. – Folke Bernadotte Academy.

El libro México y las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en el Siglo XXI: retos y oportunidades, es una obra coordinada por la doctora María Cristina Rosas, una insigne y prolífica investigadora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), cuya inagotable labor ha producido una copiosa cantidad de reflexiones en los más diversos ámbitos de las Relaciones Internacionales (RRII), muchos de ellos de temáticas inusuales y de alta valía y, sin duda, muy útiles para la construcción de la política nacional y externa de México.

No resulta extraño que encabece una iniciativa más para acercarnos al debate actual sobre el papel que desempeñan las Operaciones de Mantenimiento de la Paz (OMP) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en el mundo actual. Ambas instituciones han inspirado a Rosas para la confección de al menos 5 libros y varios artículos en los últimos 10 años, todo ello con el fin de valorar los avances, retrocesos y pendientes de la ONU y de las OMP, materias de especial relevancia para las RRII contemporáneas.

Y es que resulta obligado recordar las numerosas tareas que la ONU desempeña en el mundo, de entre las cuales la consecución de la paz, la seguridad, el desarrollo, el progreso y la estabilidad mundiales, se destacan como sus principales preocupaciones, siendo las OMP uno de los medios para alcanzar la paz y la seguridad. Sin duda, éstas son perfectibles, justo por eso resulta obligado conocerlas a detalle para comprenderlas y visualizar sus posibilidades así como sus límites y, entonces, puedan criticarse sus acciones y omisiones y proponerse cambios que las beneficien y mejoren su labor; sin

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un trabajo serio en este sentido, cualquier reproche resulta inútil e insostenible, en resumen: infructuoso.

Por ello, el esfuerzo encabezado por la Dra. Rosas no puede pasar inadvertido, porque, en más de una ocasión, las acciones de las Operaciones de Mantenimiento de la Paz han sido censuradas por la comunidad internacional sin proponer soluciones que enriquezcan su papel. Esas voces casi siempre han soslayado que todas sus críticas sobre las OMP y la ONU son el reflejo de las debilidades de la misma institución causadas por sus Estados miembro y nunca provocadas por la ausencia de voluntad ni de los funcionarios, ni de los Cascos azules o Soldados de paz, como se le conoce al personal de las OMP.

Mucha tinta ha corrido acerca del papel de la ONU como constructora de la paz y la seguridad internacionales a través de las OMPS. Cristina Rosas también ha sido partícipe de ello, pues esta es la tercera obra que coordina sobre este tema; la primera fue publicada en 2005 bajo el título Las OMPS de las Naciones Unidas: lecciones para México; la segunda, denominada como Las OMPS de las Naciones Unidas: lecciones desde el mundo, vio la luz en 2008, así que, con este libro, ha completado una trilogía orgullosamente mexicana sobre esta materia, labor de encomiable valor por llevarse a cabo en un país en el que este tema es, prácticamente, desconocido.

Entre los atributos que caracterizan a este trabajo se hallan la exposición de avances y un inventario de propuestas para enmendar los tropiezos, según la visión de trece expertos de México, Canadá, Chile, Israel, Benín, Estados Unidos y Suecia. La biopsia que del asunto realizaron a través de once trabajos posibilita que examinemos los progresos, pero también los retos que la ONU y sus OMP encaran en este ya avanzado siglo XXI. Asimismo, es menester subrayar que este análisis sobre las OMP abunda en la explicación de propuestas para mejorar su mandato y su eficiencia; y, también, destaca su valor práctico a través de la revisión de algunos casos y los beneficios logrados de su despliegue.

Los autores no pretenden demostrar que las Operaciones tienen una historia inmaculada, porque ciertamente se han cometido errores, algunos de ellos casi imperdonables; pero es indiscutible que esto ha ocurrido porque las OMP (y la ONU) están conformadas por Estados, entes que tienen intereses, metas u objetivos nacionales que -se supone-, son expresados en la voz de sus élites gobernantes. Sin embargo, es claro que éstas difícilmente se mueven por la buena voluntad o por la cooperación sin esperar alguna retribución a cambio, por lo cual es lógico asumir que la ONU y las OMP fallan porque sus miembros,

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MÉXICO Y LAS OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ DE LAS NACIONES UNIDAS EN EL SIGLO XXI

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los Estados, son imperfectos y la Organización tiene pocas herramientas útiles para cambiar esa cruda realidad. Los casos abundan, pero bastaría recordar dos: el primero, cuando en el contexto post 11/IX/2001, Estados Unidos práctica-mente ignoró todos los medios pacíficos para resolver un desafío a su seguridad nacional e inició la “guerra contra el terrorismo”, en la que, además, George W. Bush amenazó con aquello de que “quienes no estaban con Washington, estaban en su contra”; otro ejemplo, durante la crisis del Suez, Francia y Reino Unido se esforzaron poco por usar la diplomacia para resolver sus diferencias con Egipto, prácticamente boicotearon las negociaciones y se unieron a Israel para atacar al país africano; en ambas situaciones, tres miembros permanentes del Consejo de Seguridad hicieron a un lado las disposiciones del Capítulo VI de la Carta de la ONU para solucionar los conflictos, tres garantes de la paz y la seguridad las pusieron en riesgo. No obstante, lo último debe agradecerse, pues la crisis egipcia justificó la existencia permanente de las OMP como un cuerpo al servicio de la paz mundial.

Y es por lo anterior, porque el mundo es un sitio descarnado, que se agradece la existencia de este mecanismo que ha desarrollado su inapreciable obra en los entornos más violentos, desolados y desesperanzadores del orbe. Aunque no siempre en primera plana, sus acciones brillan por sí solas en un entorno en el que el Secretario General de la ONU se destaca por su bajo perfil; mientras que el Consejo de Seguridad –que monopoliza las decisiones sobre paz y seguridad– supedita sus decisiones en estas trascendentes materias a los intereses de sus cinco miembros permanentes, a la vez que la Asamblea General –que podría tener un papel más activo si sus 193 miembros actuaran al unísono– es incapaz de volverse el agente de cambio que fue en 1950-1960, cuando nacían justamente las OMP.

Por esta razón los autores buscan demostrar el valor de éstas desde distintos ángulos. En su trabajo María Cristina Rosas realiza un pormenori-zado recorrido por la historia de las Operaciones, destacando los recursos con los que han contado y cómo han evolucionado, explicando el espinoso tema de cuáles países son los principales contribuyentes –financieros y humanos– con los que hoy se “mantiene la paz donde no existe”, para luego compararlas con otras misiones, realidades que deben comprenderse si, como México, se ha decidido participar activamente en tareas de esta naturaleza.

Por su parte, el canadiense Walter Dorn expone detalladamente el papel y las contribuciones de su país a lo largo de la historia de las OMP, sobresa-liendo el decidido impulso que Canadá encabezó para su creación. Desde luego

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que no pueden faltar los comentarios a las distintas etapas que Ottawa ha atravesado como voluntario en estas misiones, desde la participación activa en sus orígenes, hasta una era reciente casi inerte motivada por los altos costos y errores que su nación ha enfrentado y que contrasta con la edad madura que han alcanzado las OMP, pese a lo cual Canadá tiene muchas experiencias que compartir y que deben servir para afinar las capacidades de las Operaciones.

En tercer lugar, Martha Bárcena Coqui y José de Jesús Cisneros comparten sus percepciones sobre el papel desarrollado por Turquía en este tenor, en el que la geopolítica y la ubicación geográfica del país han determinado su participación de cara a su interés por “ser atractivo para los europeos”; sin embargo, al margen de las ambiciones de Ankara, los autores nos invitan a una seria reflexión sobre las implicaciones de privilegiar lo regional y las esferas de influencia, antes de lo multilateral cuando de paz y seguridad se trata.

Cristina Rosas participa con un segundo trabajo en el que aborda el papel de la República Popular China con su Poder suave y su Diplomacia del manteni-miento de la paz, al respecto efectúa un recorrido sobre los rasgos que caracte-rizaban a Beijing hasta hace no mucho, papel que ha dado un interesante giro conforme la fuerza económica de China –miembro permanente del Consejo de Seguridad de la ONU–, la cual, impulsa al país a consolidarse como una potencia con ascendencia política en el mundo, objetivo que –como lo demuestra la autora– entraña importantes obligaciones más allá de la Diplomacia del panda y le permite progresar y conseguirlo de modo más fluido caminando por la vía multilateral.

Por su parte, Richard Gowan y Jake Sherman refieren las razones por las que, en tiempos recientes, se ha invocado a instituciones regionales como soporte adicional o complementario a las OMP. Señalan que los conflictos actuales tienen un carácter intrincado que obliga al mundo a recurrir a la cooperación con esos entes para diversificar las opciones de acción conjunta y elegir vías más idóneas para descifrar esos desafíos.

Moira Nakousi y Daniel Soto plantean una novedosa visión sobre las Operaciones, pues parten de la visión cinematográfica de éstas en la película The Whistleblower, señalando algunos desafortunados errores atribuidos a la ONU, en los que se soslaya el papel de las empresas de seguridad privada que, progresivamente, se han involucrado en las tareas de paz. Así, abren un interesante debate sobre cómo deben enlazarse los temas públicos globales con las metas de las empresas, explican las ventajas y riesgos de emplearlas, indican qué servicios podrían cubrir y enlistan qué tipo de rasgos deben cumplir como organizaciones privadas de la fuerza al servicio de la paz y seguridad mundiales,

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y así evitar que se conviertan en parte del problema, como ha ocurrido en más de una ocasión.

Ligado al capítulo previo, el trabajo de Daphné Richemond-Barak examina el despliegue de empresas militares privadas en los compromisos de paz y seguridad. Inicia contrastando a ese nuevo negocio con el viejo del merce-narismo para explicar si es que son fenómenos distintos o es el mismo con un disfraz. Enseguida la autora sostiene que mirar a la paz como un mercado redituable debe ir de la mano del establecimiento de reglas y principios que enmarquen el comportamiento de esas corporaciones, que incluya la rendición de cuentas y que ello permita reducir la preocupación sobre su inclusión en las delicadas tareas de la ONU; o de lo contrario las ganancias serán privadas, pero los costos seguirán siendo asumidos por Naciones Unidas tal como sucede en la actualidad.

William Durch participa con un examen sobre las actividades policiales de las OMP, explicando que éstas han evolucionado desde 1960 a la fecha conforme los ambientes operativos plantean nuevas dificultades que obligan a desplegar Operaciones con mandatos complejos y ambiciosos. Sin duda, en la mayoría de los Estados colapsados existen entornos muy violentos que requieren soluciones más allá del mantenimiento de la paz, siendo las actividades de seguridad pública algunas de las más urgentes; no obstante, la ONU y sus OMP disfrutan de recursos escasos para encarar el reto, por ello Durch indica que no queda sino esperar a que surjan más socios para el desarrollo y construc-ción de capacidades para evitar que círculos viciosos, que incluyen violencia, parálisis económica y delincuencia; se apoderen de los países volviendo estéril el esfuerzo de la ONU en pro de la paz.

Kathleen M. Jennings revisa la cuestión del género en las actividades de la paz. Asociadas a valores como sensibilidad, confianza, compasión, empatía, comunicación y maternidad; hay un debate sobre la función de las mujeres en las OMPS porque, como indica la autora, es preciso resolver si ellas pueden realizar tareas más significativas que las desarrolladas hasta hoy en estos mecanismos, incluso cercanas a las hoy realizadas por los hombres, y no menos importante es resolver si eso es deseable y necesario; a la vez que debe aclararse si su tradicional efecto limitado en la construcción de la paz se debe a condiciones difíciles de transformar y, desde luego, puntualizar si por ello se están perdiendo oportunidades primordiales en estas tareas; debate por demás pertinente ya que este 2016 atestiguará la sucesión del actual Secretario

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General de la ONU Ban Ki-Moon, proceso en el que sólo se han escuchado nombres de mujeres como candidatas al cargo.

Finalmente, el sueco Peter Wallensteen comparte una enriquecedora reflexión sobre el difícil entorno en el que hoy se desenvuelve la ONU, a 70 años de su fundación. Con un escenario tanto o más complejo que el de 1945, es indiscutible que es una entidad indispensable porque, con todo y sus fallas y limitaciones, la titánica labor que realiza la Organización alrededor del mundo en tantas materias hoy no tiene parangón, razón de suficiente peso para dejar de regatearle el apoyo, pues el siglo XXI puede ser más llevadero con una ONU más robusta.

Sin duda, todas esas aportaciones abren la reflexión a cambios que deben operar sobre el papel de los Cascos azules hoy y hacia el futuro, tales como:

1. Cambiar la visión de paz que debe imperar en el mundo. La paz negativa es insuficiente como alternativa de largo aliento, entonces hay que construir y abonar a favor de la paz positiva debido a que siempre será cuestionable ser una fuerza de larga permanencia en sitios convulsos, que es incapaz de reinstaurar la paz e iniciar procesos de reconciliación;

2. Continuar luchando para evitar que estos mecanismos disfracen objetivos geopolíticos para los países más poderosos y que, tampoco, sean herra-mientas de alivio financiero para las naciones más débiles o castigadas del mundo porque, en ambos casos, los objetivos de la misión pueden verse contaminados y alterados por esas condiciones;

3. Seguir insistiendo en que los Estados, en especial las potencias, no pueden regatear los recursos económicos, pues continuar con la política de que los fondos sean rehenes del ejercicio del poder sólo genera críticas, descon-fianza y distanciamiento respecto a esos gobiernos que parecen recibir

“trato especial”, mientras que otros intentan, con todo y sus problemas, cumplir con sus obligaciones con la institución;

4. Reforzar el papel de la capacitación permanente y adecuada de los Soldados de la paz, pues generalmente los militares tienen a su cargo la defensa y consecución de sus metas en términos clásicos, agresivos, con el uso de la fuerza, de ahí que su inclusión en metas distintas sea una tarea compleja. El giro no es sencillo, pero es indispensable realizarlo para evitar las atro-cidades por las que se ha condenado a varias OMP en el pasado; éstas son, entre otras, algunas vulnerabilidades que urge atender.

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Lo anterior es imprescindible por el alcance de diversas tragedias que las OMP han buscado evitar o eliminar, al respecto el libro tiene mucho qué decir. Una cita del Talmud, el libro sagrado de los judíos, se hizo muy conocida cuando el mundo supo que los esfuerzos de Oskar Schindler lograron salvar a unos 1,200 judíos del holocausto nazi y, como signo de agradecimiento, cuando sus empleados se despidieron de él porque la II Guerra Mundial estaba terminando, le regalaron un anillo en el que grabaron la frase: “Wer auch nur ein einziges Leben rettet, rettet die ganze Welt”, que significa: “Quién salva incluso una sola vida, salva al mundo entero”; en este sentido la ONU y sus OMP, de la mano de héroes con nombres conocidos, pero también de héroes anónimos, han salvado miles de veces al mundo entero.

Y es que con mucha frecuencia se exige que la institución “haga algo” y con más frecuencia aún criticamos su inacción y concluimos que ante su bajo perfil sería mejor que desapareciera. Siempre me he preguntado si quienes opinan así conocen el grado de autonomía que tiene la Organización para actuar, y es más interesante el ejercicio si al crítico en cuestión se le requiere una solución en las condiciones operativas reales actuales de la ONU de cara a algún grave problema. De esto he obtenido una conclusión indiscutible: la fila de críticos siempre es larguísima, la fila de los que nos dicen qué debe hacerse es un poco más corta y la fila de voluntarios está casi vacía cuando de actuar, de hacer o de construir se trata.

En ese sentido, la ONU y su personal más comprometido en las OMP ha dado mucho -incluso la vida- en aras de construir un mundo mejor, como: el segundo Secretario General de la ONU, el sueco Dag Hammarskjöld, el brasileño Sergio Vieira de Mello, los canadienses Lester Pearson y Romeo Dallaire, la estadounidense Kathryn Bolkovac y los 3,326 valerosos héroes anónimos de 120 países que ofrecieron su vida haciendo cuanto estuvo a su alcance para evitar las catástrofes y construir la paz, no con muros, sino con loables acciones que resultaran en un planeta donde todos podamos vivir en paz. Que las redes sociales no hablen de ellos no significa que su labor sea poco relevante o que sus acciones sean mitos; existieron, muchos lo sabemos y muchos lo seguiremos recordando, tal como se hace en esta obra.

Tal vez el ajuste deba venir del cambio mismo: en pocos meses el 8º Secretario General de la ONU, Ban Ki-Moon, dejará el cargo y comienza a escucharse la necesidad de que una mujer sea, por fin, Secretario General. Mujeres capaces hay muchas: las búlgaras Irina Bokova y Kristalina Ivanova Georgieva, la croata Vesna Pusic, la neozelandesa Hellen Clark, la chilena

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Michelle Bachelet y la mexicana Alicia Bárcena, suenan como candidatas a reemplazar al sudcoreano en el cargo, si alguna de ellas llega a ocupar el puesto, seguramente nuevos aires y nuevas ideas surgirán desde el piso 38 de la sede de la ONU.

Como sea, la Secretaría General encara el enorme desafío de continuar respondiendo a un mundo cambiante desde una institución atada con reglas del siglo y milenio pasados, por ello, a veces, se le mira como un ente arcaico, rebasado por el hoy. Sin duda, hay que reformarla junto con las OMP, involu-crémonos en esa meta, seamos partícipes de ella porque, como sea, algo que se debe reconocer es que la ONU es indispensable, que hace lo que nadie está dispuesto a hacer aún contando con presupuestos muchas veces mayores a los fondos de la institución. Atinadamente, en el libro se dice que a 70 años de su fundación, ¡es tiempo de traerla de vuelta! Yo añadiría, en estos 70 años nos ha acompañado en las malas y en las peores, es tiempo de demostrarle que no está sola.

Jorge Alfonso Monjaráz Domínguez

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LINEAMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE ARTÍCULOS

El Comité Editorial de la Revista Multidisciplina someterá a dictamen de su cartera de árbitros, los artículos de investigación redactados en español o inglés, que cumplan con los siguientes linea-mientos:

‣ Ser originales y no haber sido publicados ni estar comprometidos para su difusión en cualquier otro medio impreso o digital.

‣ Pertenecer a alguno(s) de los campos de conocimiento que se imparten en la FES Acatlán:

o Ciencias Jurídicaso Ciencias Socioeconómicaso Diseño y Edificacióno Humanidadeso Matemáticas e Ingeniería

‣ Tener rigor metodológico, calidad académica y redacción clara. ‣ Contar con un mínimo de 20 cuartillas y un máximo de 30, incluyendo imágenes, fotografías,

tablas o gráficas.

PRESENTACIÓN DE ORIGINALES

1. Los textos deben ser enviados por correo electrónico a [email protected], en formato Word

2. No se podrán usar imágenes que tengan copyright

3. Las gráficas, cuadros, tablas, fotografías e imágenes del texto, además se entregarán por separado y en archivo .jpg o gif; las gráficas deberán ser enviadas en Excel

4. La tipografía será Times New Roman, de 12 puntos, con interlineado doble, justificado, con márgenes simétricos de 2.5 cm.

5. Los párrafos deberán ir indicados sin espacio, con sangría, salvo cuando se trate de los que siguen a títulos o subtítulos

6. Presentará numeración de página ininterrumpida

7. La primera hoja incluirá título (que no deberá exceder 10 palabras) y nombre del autor o autores, así como sus datos personales, a saber: a) título académico y universidad donde lo obtuvieron; b) insti-tución donde laboran; c) correo electrónico d) síntesis curricular y temas de especialización (que no deberá exceder 7 líneas) y e) número telefónico.

8. La segunda página contendrá un resumen de máximo 200 palabras que incluya: objetivo, alcance, método, resultados y conclusiones. Asimismo, se consignarán de tres a cinco palabras clave del trabajo.

9. Las hojas de datos y del resumen no forman parte del número total de cuartillas del artículo.

10. Las citas y referencias se sujetarán a la norma editorial de la American Psychological Association

(APA), misma que puede consultar en: http://dgb.unam.mx/index.php/ayuda/170-como-elaborar-ci-

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tas-y-referencias-bibliograficas-estilo-apa

11. La redacción del texto será en tercera persona

12. Para el caso de fórmulas matemáticas, es imperativo el uso del editor de ecuaciones de Word.

El incumplimiento de cualquiera de estos lineamientos será motivo de rechazo del artículo.

PROCESO DE REVISIÓN:

Para ser incluido en nuestra publicación, todo artículo será sometido a una fase de selección y a un proceso de dictaminación.

En la fase de selección, el Comité Editorial elegirá los artículos que corresponden con la línea editorial de Multidisciplina y que cumplen con los requisitos indispensables de un artículo de investi-gación.

En el proceso de dictaminación, los trabajos seleccionados serán revisados por tres especialistas en la materia, quienes emitirán su juicio de manera anónima, con base en los siguientes criterios: a) relevancia temática y originalidad, b) rigor metodológico y calidad académica, c) aportación del artículo en el campo disciplinario, d) uso adecuado y actualidad de las fuentes de información.

El dictamen puede ser: a) publicable, b) condicionado a correcciones del autor, o c) no publicable. Cualquiera de los resultados será inapelable.

ARTÍCULO ACEPTADO PARA PUBLICACIÓN

Una vez completo el proceso de dictaminación, el autor recibirá los resultados. En el caso de condicio-nado con correcciones, el autor deberá atenderlas dentro de los 10 días hábiles siguientes contados a partir de la fecha de notificación.

IMPORTANTE: una vez que el artículo es aprobado, no se aceptará ningún cambio ulterior en el texto. Asimismo, el autor se comprometerá a firmar una carta de cesión de derechos de exclusividad a Multidisciplina y a dar su autorización para que, eventualmente, el artículo sea reproducido en formato impreso y electrónico.

SOBRE LOS DICTAMINADORES

‣ a) En Multidisciplina se realiza un proceso de dictaminación de doble ciego. ‣ b) El Comité Editorial de Multidisciplina seleccionará a sus dictaminadores dentro de los académicos

y profesionales de mayor autoridad en cada una de las especialidades que se requieran, a escala local, nacional e internacional.

‣ c) El Comité Editorial de Multidisciplina designará tres evaluadores por texto. ‣ d) Todo dictamen se emitirá por escrito.

Los derechos de autor de las colaboraciones publicadas en Multidisciplina pertenecen a la UNAM y estarán sujetos a la normatividad vigente.

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GUIDELINES FOR SUBMITTING ARTICLES

The Editorial Committee of the Revista Multidisciplina will undergo opinion of its group of mediators, the research papers written in Spanish or English, which meet the following guidelines:

‣ Be original, have not been published or be committed to its diffusion in any other printed or digital media. ‣ Belong to the areas of knowledge taught in the FES Acatlán:

° Legal Science° Socio-economic Science° Design and Construction° Humanities° Mathematics and Engineering

‣ Have methodological strictness and academic quality, with clear and appropriate wording. ‣ Have at least 20 pages and a maximum of 30, including images, photographs, charts or graphics.

SUBMISSION OF ORIGINALS

‣ Submit the collaboration via e-mail to [email protected], in Word format ‣ Images without copyright will not be able to be used ‣ Graphics, charts, tables, photographs and images from the text, and more are to be submitted

separated and in jpg or gif format, the graphics must be send Excel format. ‣ The font will be Times New Roman, 12 points, with double spacing, justified, with symmetrical

margins of 2.5 cm. ‣ Paragraphs shall be indicated with no space, indented, except in the case of those that follow titles

or subtitles ‣ Pages numbers will be continuous ‣ The first page will include the article title (no larger than 10 words) and name of the author or

authors, as well as their personal data, namely: a) academic degree and university where obtained b) institution where they work, c) e-mail address d) curricular synthesis (per author) and specialist subjects (no larger than 7 lines) and e) phone number.

‣ The second page will contain a summary of the work not exceeding 200 words that includes: objective, range, method, results, and conclusions. Also, from three to five key words for me article will be recorded.

‣ The pages which contain data and summary have no value in the total number pages of the article. ‣ Qquotations and benchmarks will be subject to the editorial policy of the American Psychological

Association (APA), same that can be found at: http://dgb.unam.mx/index.php/ayuda/170-como-ela-borar-citas-y-referencias-bibliograficas-estilo-apa

‣ The text will be in third person

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‣ In the case of mathematical formulas, it is imperative to use the Word equation editorFailure to meet any of these guidelines will be grounds for article rejection.

REVIEW PROCESS:

In order to be included in our publication, all articles will undergo a screening phase and a dictum process.

In the screening phase, the Editorial Committee will choose the articles that correspond to the editorial line of Mutlidisciplina and that meet the essential formalities of a research article.

In the dictum process, the selected papers will be reviewed by three specialists in the subject, who will give their anonymous opinion on the basis of the following criteria: a) thematic relevance and originality, b) methodological accuracy as well as academic standards, c) contribution of the article to the disciplinary field, d) appropriate use and current information sources.

The final decision may be: a) publishable, b) subject to correction by the author, or c) not publishable. Either outcome will be unquestionable.

ARTICLE ACCEPTED FOR PUBLICATION

Once the dictum process is completed, the author will receive the results. For subject to correction by the author, the author should meet the corrections within 10 working days from the date of the notification.

IMPORTANT: once an article is approved, no later change in the text will be accepted. The author will also commit to sign a letter of assignment of rights of exclusivity to Multidisciplinary and to consent for, eventually, the item to be reproduced in printed and electronic format.

ABOUT THE DICTUM PROCESS

‣ a) In Multidisciplina a double-blind dictum process is performed. ‣ b) The Editorial Committee of Multidisciplina will select its examiners within the academic and

professional higher authorities in each of the specialties that are required at locally, nationally and internationally.

‣ c) The Editorial Committee of Multidisciplina will appoint three evaluations per text. ‣ d) Any verdict will be in writing.

Copyrights of collaborations which are published in Multidisciplina belong to the UNAM, and are subject to current regulation.

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Universidad Nacional Autónoma de MéxicoFacultad de Estudios Superiores Acatlán

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Crisis y rediseño del capitalismo en el siglo XXI

Inteligencia cualitativa para la investigación en ciencias del cambioTeoría y prácticas estratégicas

México y las Operaciones de Mantenimiento de la Paz de las Naciones Unidas en el Siglo XXI:retos y oportunidades