trabajo de derecho de integracion

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UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALA SEDE VILLA NUEVA CIENCIAS JURIDICAS DERECHO DE INTEGRACIÓN LIC. NOVENO SEMESTRE INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA INTEGRANTES DE GRUPO No. 2 1. Claudia Teresa Mejicano Roque 09-16-304 2. Thelma Nohemi Vasquez Ordoñez 09-16-209 3. Lucidalma Figueroa Monzón 09-16-300 Página 1

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Derecho Internacional

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Page 1: Trabajo de Derecho de Integracion

UNIVERSIDAD RURAL DE GUATEMALASEDE VILLA NUEVACIENCIAS JURIDICASDERECHO DE INTEGRACIÓNLIC. NOVENO SEMESTRE

INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA

INTEGRANTES DE GRUPO No. 2

1. Claudia Teresa Mejicano Roque 09-16-304 2. Thelma Nohemi Vasquez Ordoñez 09-16-2093. Lucidalma Figueroa Monzón 09-16-3004. Ana Rebeca Lam López 09-16-2675. Josue Amilcar Becerro Guzman 09-16-1186. Maribel de los Ángeles Florencio Vades 09-16-2467. Lesbia Carolina Salazar Estrada 09-16-280

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1. ETAPAS PREVIAS DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA:

Los procesos de integración en América Latina han evolucionado en forma dinámica desde los años sesenta, bajo el supuesto inicial de que la producción y el cambio pueden crecer en mayor medida si se usan economías de escala, gracias a la unión de los mercados. Posteriormente se ha impuesto la creencia de que los países no pueden rezagarse en las tendencias de Globalización Económica y que los beneficios del comercio exterior pueden distribuirse equitativamente entre los países participantes. Este argumento justifica en gran medida la tendencia generalizada en América Latina, de realizar acuerdos bilaterales y multilaterales que dinamicen el flujo de comercio y de capitales entre los países del continente, con miras a la creación de una zona de libre comercio que vaya desde Alaska hasta la Patagonia.

En este contexto, el proceso de integración centroamericano adquiere importancia por su ubicación estratégica frente a los mercados del Norte y Suramérica, y por las adversidades que ha tenido que sortear.

El proceso de integración en Centroamérica, tuvo como antecedente, desde el siglo pasado, la conformación de las denominadas Provincias Unidas de Centroamérica, en 1821, a través de la cual los 5 países de Centroamérica, se unieron después de la independencia de España y la fallida unión a México. Desgraciadamente, la organización federal propuesta para la unión de provincias, no logró consolidar el poder, de manera coherente, y terminó desapareciendo, ante la deserción de las autoridades locales de los Estados.

En los años siguientes, varios intentos de reunificación se produjeron sin resultados positivos, incluyendo el ensayo de Francisco Morazán, quien, desde Costa Rica inició una campaña por la reunificación, que ha sido calificada de forzada y violenta, lo cual le costó la muerte por fusilamiento, en 1842.

En 1847, la amenaza extranjera en territorio de Nicaragua, motivó un intento más por la unión de los países, con un gobierno provisional, cuyo objeto fundamental sería el de "prestarse recíprocamente auxilio para la conservación de su independencia y soberanía y consecuentemente a auxiliarse mutuamente para conservar las formas de gobierno popular y representativo".

Como puede verse, el carácter coyuntural de la unión, para conjurar la dominación del norteamericano Walker, en Nicaragua, se convirtió en el mismo factor desencadenante del fracaso de este nuevo intento.

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Otros ensayos integracionistas sucedieron a lo largo de los años, pero siempre dirigidos hacia el logro de una consolidación política del poder, y no de las relaciones económicas. Esta es tal vez la diferencia fundamental del moderno proceso de integración iniciado a mediados del siglo XX.

Aunque este proceso de integración económica y comercial en Centroamérica, nació con objetivos muy ambiciosos en términos de intercambio comercial, social y cultural, ha experimentado graves problemas a lo largo de su historia. La crisis de la subregión centroamericana en la década del 80, hacía pensar que el proceso se dirigiría hacía el fracaso, ya que no se daban las condiciones económicas ni políticas que permitieran vislumbrar su continuidad. Después de terminados los procesos de estabilización y reforma estructural propuestos por las agencias multilaterales, está claro que los países de la Subregión tienen voluntad política para llevar el proceso de integración hacia etapas más avanzadas, involucrando no solo el intercambio comercial y facilidades para el flujo de capitales, sino también temas como la armonización de políticas comerciales y macroeconómicas, y la consolidación de la democracia.

Esta tendencia, aunque constituye un gran desafío para economías tan pequeñas como las de la subregión, es vista como una necesidad para la adecuada inserción en la economía mundial, y como una fase de preparación para la competencia que representará la suscripción del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), programada para el año 2005.

Por esta razón, los países de la subregión insisten en el proceso, superando los inconvenientes de épocas pasadas y actualizando sus estructuras comerciales hacia la competencia internacional, con el fin de no repetir los errores del pasado, cuando el mismo proceso de integración contenía factores desestabilizadores que unidos a los factores externos conspiraban contra el éxito de dicho proceso. Para entender adecuadamente la evolución de lo que hoy en día se denomina Sistema de Integración Centroamericano, es necesario dividir la historia del proceso en tres etapas:

La primera, desde sus inicios, con la creación del Mercado Común Centroamericano en 1961, hasta 1980 cuando la situación del proceso se hace insostenible, principalmente por factores externos como la crisis de la deuda externa y la recesión de la economía mundial.

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Una segunda etapa, en la que la integración vivió una época de estancamiento debido a la existencia de conflictos armados al interior de los países y entre los países, hasta 1990; y,

Una tercera etapa en la que la consolidación de la paz y el logro de la estabilización económica han permitido dinamizar el proceso y plantear metas más ambiciosas en la integración.

Con esta metodología de exposición se presentará a continuación la evolución de la integración centroamericana, para establecer el comportamiento de la subregión frente a los problemas intrínsecos y los factores externos que propician o desestimulan los procesos integracionistas.

1.1 PRIMERA ETAPA (1961-1980): CREACIÓN DEL MERCADO COMÚN CENTROAMERICANO

Antes de constituirse el Mercado Común Centroamericano, entre Costa Rica, Honduras, Nicaragua, El Salvador y Guatemala, la subregión venía intentando la integración a través de acuerdos bilaterales, que proporcionaran las primeras experiencias formales.

Desde 1951 se venía configurando el denominado Programa Centroamericano de Integración, con el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), a fin de promover la integración gradual y progresiva de las economías de los países del Istmo y la coordinación de los programas de desarrollo económico.

Diez años más tarde, el 4 de junio de 1961 se firmó el tratado General de Integración Económica Centroamericana, con el cual se validó el Mercado Común Centroamericano, involucrando a los países mencionados en un proyecto de integración con aspiraciones no solo económicas sino también políticas, ya que gracias a la influencia de la CEPAL, los programas comerciales e industriales (al mejor estilo de planificación de la entidad), incluían la coordinación de las políticas de desarrollo de cada uno de los países.

La idea fundamental del proceso era promover la integración gradual a través de:

Un régimen de libre comercio, a perfeccionarse en un plazo de 10 años (zona de libre comercio);

La equiparación de gravámenes a la importación, para ser alcanzada en un plazo de 5 años (arancel uniforme), y

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Un proceso de industrialización sobre las bases de reciprocidad y equidad, mediante la promoción de actividades manufactureras, cuya capacidad mínima de planta o de plantas requiriera tener acceso al mercado regional para operar en condiciones razonablemente económicas y competitivas.

Como puede verse uno de los pilares de este acuerdo era la reciprocidad y equidad en el intercambio, aspectos que al final nunca pudieron cumplirse, ya que como se verá más adelante, una de las causas internas de la crisis fue la inequitativa distribución de los beneficios del comercio.

Desde el principio del proceso, fue primordial el aspecto institucional de la integración para lo cual, se creó el Consejo Económico Centroamericano, el Consejo Ejecutivo y la Secretaría Permanente (SIECA).

El primer Consejo estaba conformado por los ministros de economía de los países miembros y tenía como función dirigir la integración y coordinar la política en materia económica. El Consejo Ejecutivo estaba conformado por un representante de cada país y tenía como encargo asegurar el cumplimiento del Tratado General, y resolver problemas en desarrollo del proceso. Estas dos instituciones desaparecieron después de los problemas en los últimos años de la década del 60, para ser reemplazados por reuniones de ministros y representantes en foros con propósitos diferentes a los de los antiguos Consejos.

La Secretaría Permanente SIECA, fue la única institución que se mantuvo y aún en la década del noventa continua siendo el organismo más importante para la integración centroamericana. Desde su creación ha tenido la responsabilidad de velar por la correcta aplicación del Tratado y de todos los instrumentos multilaterales y bilaterales vigentes entre los Estados miembros. Además de estas funciones ejecutivas, la SIECA es un organismo técnico que hace estudios e investigaciones para apoyar las decisiones de los países.

Indudablemente los efectos positivos del establecimiento del Mercado Común Centroamericano, se vieron pronto en el crecimiento del flujo de comercio entre los países firmantes del Tratado. "La proporción de comercio intra-regional dentro del total subió de menos del 7.5% hasta 25% entre 1960 y 1980, y consistió mayormente en manufacturas previamente importadas del resto del mundo".

La mayor parte de autores que analiza la evolución del Mercado Común, coincide en que el mayor flujo de comercio que siguió a la firma del Tratado, no correspondió con los objetivos propuestos, ya que la estructura de exportaciones de los países miembros no se modificó, continuando con la fuerte dependencia de productos primarios.

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La creación del Arancel Externo Común, (una de las primeras medidas adoptadas bajo el Tratado), paradójicamente tuvo efectos negativos sobre el proceso de integración pues estimuló la producción industrial, pero dirigida al mercado interno de cada país. El resultado fue una diversificación leve de la actividad industrial pero con alta importación de materias primas, lo cual ocasionó un aumento en el gasto de divisas.

Si bien es cierto que el flujo de comercio entre los países aumentó considerablemente, como se mencionó antes, es necesario aclarar que las exportaciones extra-regionales aumentaron de manera más dinámica, basadas en los productos primarios tradicionales con las consecuencias de dependencia que implica esta tendencia.

Según Saborío "El desarrollo del mercado regional no solamente no aisló a estos países de los cambios sincrónicos en los términos de intercambio, sino que realmente hizo a la actividad económica de la subregión mucho más vulnerable a dichas perturbaciones."

Desde el punto de vista de la equidad y reciprocidad, puede decirse que se obtuvieron los resultados más insatisfactorios para algunos países, lo cual terminó por atentar contra el desarrollo del proceso. "La distribución del comercio intra-regional por países fue muy desigual desde el principio, entre otras razones, por la naturaleza, las características y el grado de desarrollo de sus estructuras productivas".

Los países más dinámicos en exportaciones fueron Guatemala y El Salvador, mientras que Honduras, Nicaragua y Costa Rica fueron dinámicos en Importaciones. Esta tendencia se mantuvo hasta 1979, considerándose como un factor importante para el desencadenamiento de la crisis, no solo por el malestar político que generaba, sino también por la imposibilidad de los países deficitarios de pagar el monto de las importaciones.

Las expresiones de inconformismo se agravarían con el conflicto bélico entre El Salvador y Honduras, que significó el rompimiento del esquema de integración propuesto desde 1961. "El conflicto armado se manifestó en problemas de orden político en toda el área; ocasionó consecuencias económicas y sociales, y tuvo efectos negativos en el funcionamiento del mercado común."

A pesar de lo inconveniente que resulta para el proceso, el hecho de tener a dos países enfrentados bélicamente, lo sobresaliente fue que se realizaron esfuerzos conjuntos para lograr la paz en la subregión y reestablecer el Mercado Común. Finalmente, en 1970, después de una reforma constitucional, Honduras abandonó

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el esquema porque su legislación interna solo contemplaba acuerdos bilaterales, dando marcha atrás en su política comercial.

Durante la década del setenta, el comercio intra-regional disminuyó notablemente, haciendo necesaria una reestructuración que imprimiera un nuevo dinamismo al esquema de integración. De esta manera hacia 1976, la SIECA presentó un documento denominado "Proyecto de Tratado de la Comunidad Económica y Social Centroamericana", el cual constituyó un cuerpo jurídico integral que perseguía una verdadera reestructuración del movimiento centroamericano de integración.

Este proyecto fue tan innovador que incluyó temas sociales como el empleo, seguridad social, salud, alimentación y nutrición, vivienda, cultura y educación, dándole una nueva dimensión a la integración para sacarla del enfoque puramente comercial y llevarla hacia metas mucho más ambiciosas. Si embargo este intento no funcionó enseguida y con la crisis de los años ochenta fue totalmente ignorado.

1.2 SEGUNDA ETAPA (1981-1990): CRISIS DE LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA

Sin lugar a dudas, la crisis económica de los ochenta afectó de manera generalizada a todos los países del Continente, sin embargo en Centroamérica tuvo el agravante de dejar en evidencia las debilidades estructurales que traía consigo el esquema de integración, llevándolo prácticamente a su desaparición.

La literatura existente sobre la historia del Mercado Común Centroamericano, parte del reconocimiento de que los factores externos, influenciaron el rompimiento del movimiento integracionista, aunque no lo determinaron de manera directa. Está claro que al interior del proceso de integración coexistían factores favorables y desfavorables, y que ante los dramáticos cambios del entorno internacional, los factores desfavorables dejaron al descubierto la fragilidad del modelo.

Es bien conocida la crisis que afectó la economía mundial en la década del ochenta, por lo que aquí solo se mencionarán los aspectos más relevantes para la crisis de la subregión centroamericana. Entre dichos aspectos están los de la inflación mundial, la devaluación del dólar y la crisis de la deuda externa latinoamericana.

Tal como se mencionaba antes, la subregión no logró reducir su vulnerabilidad externa, ya que continuó dependiendo de las exportaciones de bienes primarios, por lo que el descenso en la demanda, redujo la capacidad de compra de los

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países miembros. Además "el estilo de desarrollo que caracteriza a la subregión ha sido concentrador, o en todo caso excluyente, en el sentido de haber favorecido a los distintos estratos de la población en forma notoriamente desigual, acentuando el grado de concentración del ingreso en algunos países."

A la par de esta problemática en el ámbito económico, el conflicto armado en El Salvador y Nicaragua, creó tal desconfianza política en la subregión, que el esquema de integración terminó por desarticularse, con la consecuente fuga de capitales, disminución del comercio intra-regional y paralización económica por actos de violencia contra el aparato productivo.

Otro factor que contribuyó a la desintegración fue la reacción de cada uno de los países para conjurar la crisis. Todos los gobiernos del momento implementaron políticas de restricción de importaciones y luego de promoción de exportaciones extra-regionales. En cuanto al régimen de pagos, se recurrió al control cambiario para evitar movimientos inflacionarios, sin embargo al final estas medidas contribuyeron a la especulación financiera, la fuga de capitales y el aumento en el costo de transacciones externas.

Es necesario resaltar que como en el resto de América Latina, la subregión centroamericana tuvo dificultades con la deuda externa, por lo que la estabilidad macroeconómica de los diferentes países estuvo comprometida. Esta situación determinaría la intervención de los organismos de crédito multilateral, en la adopción de políticas económicas subregionales.

En el caso específico de Costa Rica, el Banco Mundial entregó cerca de 250 millones de dólares en 5 años, a partir de 1982, y sin embargo el apoyo más importante provino de donaciones y otras ayudas internacionales, y no del endeudamiento. Este "extraordinario financiamiento externo, junto con un moderado crecimiento de las exportaciones, permitió financiar los compromisos de deuda y una importación creciente".

Por otro lado, la situación en El Salvador fue mucho más problemática por la existencia de un conflicto armado interno, que unida a la fuerte dependencia externa del café como principal producto exportado, significó el desentendimiento total hacia el proceso de integración. Para El Salvador la economía cafetalera era tan importante que su dinamismo en las exportaciones, se explicaba únicamente por la variación en flujo comercial de café. "Es a través del café que se consolida la incorporación del país al mercado internacional y su incorporación en la periferia capitalista," lo cual, en gran medida, ha restado importancia al proceso de integración.

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Otro de los países afectado por los conflictos bélicos fue Nicaragua, que no logró beneficiarse del proceso y ante la necesidad de resolver sus conflictos internos, no impulsó la integración. Para Nicaragua las secuelas de la guerra afectaron la economía nacional de manera radical, llevando al país a un período de hiperinflación único en Centroamérica. En el período 79-83 la variación de los precios al consumidor había sido de 32%, para el período siguiente, 84-88, la variación fue de 3.232.9% y en 1990 aumentó a 6.850%

Desde el punto de vista de la capacidad de pago de cada uno de los países miembros del Tratado, hubo otra dificultad para continuar con el flujo comercial; se trata de la escasez de divisas que experimentaron todos los países, y la desaparición de la Cámara de Compensación (creada años atrás). Este último punto no parece haber tenido mucho impacto sobre el volumen transado; según Bulmer: "Se realizó intercambio por medio de divisas débiles (locales) y fuertes, e incluso canje de productos".

Puede decirse que durante la primera parte de los años ochenta, la crisis de los países centroamericanos fue tan grave que el tema de la integración, no fue prioridad para ningún país. La política económica del momento se basó en la defensa de los diferentes sectores nacionales, aumentando los niveles de protección y las barreras no arancelarias. En la práctica, la solución de los conflictos armados era un requisito indispensable para retomar el tema de la integración, más que los factores económicos. "En la segunda mitad de los años ochenta, el tema de la integración centroamericana recuperó una posición central en la agenda política de la subregión. El proceso de Esquipulas diseñado con el fin de alcanzar una paz firme y duradera, significó un formidable esfuerzo por lograr una solución propia que ha culminado con la firma de los acuerdos de paz que pusieron fin al conflicto guatemalteco".

Países como Costa Rica, adoptaron medidas unilaterales que estimulaban el comercio, buscando la reorganización del régimen arancelario y la eliminación de todos los derechos específicos de importación y otros gravámenes.

Gracias a la continuidad que tuvo la Secretaría Permanente (SIECA), se dieron algunas iniciativas desde este organismo para lograr la reactivación de la integración. En 1984 se realizó un estudio de la situación, con la colaboración de la CEPAL, y se llegó a la conclusión de que los problemas del mercado común requerían acciones en el campo político, especialmente en lo que se refería a los aspectos institucionales de la integración. Era necesario reestablecer los órganos del Tratado General. "Decisión importante, sin duda, la de volver al orden jurídico del Tratado, pero inoperante en sus efectos, por cuanto los Consejos no llegaron a integrarse y, en consecuencia, tampoco se adoptó el régimen normativo transitorio

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mediante el cual se hubieran podido poner en práctica las medidas de reactivación recomendadas en el Plan."

A pesar del fracaso de esta iniciativa, en el fondo, prevaleció el interés por volver al esquema de integración, no como se conocía antes de la crisis, pero si como una necesidad para el intercambio comercial. Durante los años ochenta los países tuvieron que recurrir a soluciones parciales a través de arreglos bilaterales en los puntos sensibles de su intercambio comercial y cambiario.

A finales de la década de los ochenta, la condicionalidad de la ayuda internacional, obligó a los países centroamericanos a llevar a cabo reformas estructurales y políticas de estabilización económica, que en muchos casos obraron en contra de la integración por contener medidas contrarias a los propósitos integracionistas. El nuevo modelo de desarrollo insistía en la necesidad de promoción de exportaciones no tradicionales y en la vuelta a las exportaciones extra-regionales como las fuentes de crecimiento.

En síntesis, aunque la crisis generalizada acabó con el esquema de integración, en la concepción de 1961, es decir la del Tratado General, lo relevante fue el reconocimiento de que el proceso no podía ser abandonado y de que se debían incorporar mecanismos acordes con las tendencias mundiales y con las nuevas necesidades de los países interesados en la integración.

1.3 TERCERA ETAPA (1990-1998):

Hacia la consolidación del proceso de integración

La década de los noventa ha representado, para los países centroamericanos, el logro de las metas de estabilización económica y reforma estructural. Las medidas de estabilización que empezaron a ser aplicadas hacia finales de la década anterior, tenían como finalidad reducir y eliminar los desequilibrios más evidentes, mientras que el ajuste tenía como propósito modificar la estructura económica, eliminando de una vez por todas las deficiencias más notorias del sistema económico, tales como la inflación y el débil crecimiento. En términos concretos, se logró reducir la inflación de la subregión significativamente. En conjunto, hasta 1990 la inflación de la subregión era bastante alta por la influencia que ejercía la altísima variación de precios en Nicaragua. Después de 1995 la inflación de la subregión oscila en torno al 13% y la mayoría de naciones ha reducido el déficit público, de manera importante. En cuanto a la deuda externa, si bien es cierto que

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ha disminuido bastante, es necesario aclarar que aún permanece muy por encima del promedio mundial.

Las medidas señaladas, también han tenido un impacto significativo en el crecimiento subregional, caracterizado por un leve incremento de las exportaciones y un gran aumento de las importaciones. Este último aspecto merece ser resaltado, ya que, si obedece a factores estructurales más que coyunturales, podría significar una debilidad importante en el proceso de integración intra-regional y extra-regional, sin embargo este tema será abordado más adelante cuando se repase el desempeño macroeconómico de cada uno de los países.

Así como la adopción de políticas de estabilización, en un primer momento, actuó en contra de la integración al favorecer las exportaciones extra-regionales, también, el hecho de haber generado un entorno con mayor certidumbre resulta favorable para la consolidación del proceso de integración que se busca en esta década. Además, el proceso de integración que se busca en la actualidad, se ve enriquecido por la experiencia acumulada a través de más de 30 años de funcionamiento del Mercado Común.

Con esta nueva visión, en julio de 1991 se realizó una Cumbre de Presidentes en San Salvador, con el fin de darle un nuevo impulso al proceso y trabajar en temas, que involucren algo más que el simple intercambio comercial.

En esta Reunión se acordó volver a un arancel externo común que se aplicaría a finales de 1992. Para no caer en la rigidez de años anteriores quedó previsto que tuviera 4 tasas básicas:

5% para bienes de capital e intermedios no competitivos

10% para bienes de capital e intermedios competitivos

15% bienes de consumo no competitivo

20% bienes de consumo competitivo

En esta ocasión se reincorporó Honduras y, por su parte, Panamá empezó a plantear la posibilidad de ingresar al proceso. Es decir que el proceso retoma un nuevo impulso, que ha sido factible a raíz de darse mejores condiciones económicas y por la disminución de las tensiones políticas.

En este momento la filosofía de la integración era más o menos la siguiente: "El nuevo plan de integración regional es visto como complemento a ese interés en

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exportaciones de bienes no tradicionales al resto del mundo y como ayuda para crear la base institucional para la participación de Centroamérica en el sistema de comercio internacional".

Lo que ha ocurrido en los años siguientes a este acuerdo es la búsqueda de la armonización de políticas para lograr la creación de una ventaja competitiva en función de la localización geográfica estratégica que tiene la zona frente a mercados tan importantes como el NAFTA y el Mercosur.

La preocupación de la mayor parte de los investigadores es que el esquema no genere los mismos problemas que en los años ochenta, para esto es necesario establecer un área económica armonizada, en la cual las políticas sean convergentes con la integración y que la participación en los costos y beneficios del proceso sea equitativa.

El tema cobra importancia por el contexto en el cual se están desarrollando los acuerdos internacionales, dirigidos fundamentalmente hacia la consolidación del Área de Libre Comercio de las Américas, en dónde la competencia con Estados Unidos plantea un gran reto para todas las economías latinoamericanas. La mejor posibilidad de competencia que se divisa es la conformación de bloques regionales.

Resulta interesante analizar el impacto que tuvo para América Central la formación del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Canadá y México. Hasta el momento las evaluaciones realizadas al respecto, muestran que América Central sufrió un leve deterioro de su competitividad en los Estados Unidos, ya que México es un país competidor en la mayor parte de sectores, y ahora tiene un acceso libre para sus productos en el mercado norteamericano.

Otro aspecto que debe enfrentar la subregión es la competencia por inversión extranjera que con la formación del NAFTA se empezó a dirigir hacia México, en detrimento de la inversión realizada en Centroamérica.

Estas dos razones justifican ampliamente la creación de una zona de libre comercio centroamericana, con la cual se pueda dar la ampliación de los mercados, y se inicie un proceso de preparación para la competencia con los demás países fuera de la subregión.

Sobre este asunto se especuló un poco, pues se suponía que el trámite normal hacia el ALCA sería a través de una adhesión paulatina al TLC. Este proceso tendría sus ventajas tal como lo plantea Saborío: "otra ventaja de un área de libre comercio es su naturaleza contractual, es decir, que contendría condiciones de

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acceso al mercado de EUA que no podrían ser modificados unilateralmente por ese país."

Se plantea esto a propósito del dinamismo que han tenido las exportaciones no tradicionales a Estados Unidos, gracias a un plan de preferencias otorgado unilateralmente, es decir que podía ser suspendido en cualquier momento dejando a los productores centroamericanos con inversiones realizadas y sin mercado.

Desde el punto de vista comercial, el flujo entre los países miembros ha retomado el dinamismo de otras épocas y sobretodo se ha logrado llevar a cabo un proceso de diversificación importante. En el caso de Costa Rica, por ejemplo, "las exportaciones no tradicionales han crecido a una tasa anual promedio de 27%, gracias, en parte a los incentivos. El costo fiscal del programa, sin embargo ha sido muy elevado y continua aumentando. Solo los beneficios tributarios (CATS) representan casi 7% del presupuesto del gobierno". Aunque subsiste la desigualdad del ingreso y la débil articulación entre los sectores industriales.

Lo cierto es que en la actualidad, el comercio subregional se desempeña en un ambiente mucho más favorable al intercambio, aunque esté dominado por productos agrícolas más que por productos industriales. Sería de esperar que el comercio intra-regional estuviera conformado por productos manufacturados, pero la larga tradición en exportación de productos primarios parece imponerse, inclusive al interior de la subregión.

De acuerdo con observaciones de Bulmer, el único sector manufacturero que ha desarrollado un mercado regional, impulsando exportaciones es el de productos químicos, lo cual es explicable por las estrategias de las firmas multinacionales que operan en un país para surtir la subregión. En el caso de otros sectores como textiles, confecciones y alimentos diferentes al café y banano, la debilidad comercial esta relacionada con la existencia de barreras diferentes al arancel, como por ejemplo las redes de distribución.

2. TRATADO GENERAL DE INTEGRACIÓN

Con la firma del Tratado General de Integración Económica Centroamericana el 13 de diciembre de 1960, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Honduras y Costa Rica acuerdan establecer entre ellos un Mercado Común Centroamericano (MCCA), cuyo objetivo principal era unificar las economías, impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Para tales fines se comprometieron a perfeccionar una zona de libre

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comercio, la adopción de un arancel externo común, así como, a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios.

Es así que los países centroamericanos establecen el régimen de libre comercio para todos los productos originarios de sus respectivos territorios, con algunas excepciones comprendidas en el Anexo A al Tratado General de Integración, lo que significa, que todos los productos originarios están exentos del pago de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) y exportación, los derechos consulares y demás impuestos, sobrecargos y contribuciones vinculados a la importación o exportación o que se cobren en razón de ellas.

El Tratado General de Integración Económica Centroamericana entró en vigencia el 4 de junio de 1961 para Guatemala, El Salvador y Nicaragua; el 27 de abril de 1962 para Honduras y el 23 de septiembre de 1963 para Costa Rica.

Durante los 30 años posteriores a la firma del Tratado General, la región enfrentó crisis económicas y políticas particularmente en los años 80, sin embargo, la región experimentó crecimientos significativos del comercio intrarregional, se redujo la lista de productos del Anexo A que no gozaban de libre comercio en la región y se alcanzó una mayor armonización en términos arancelarios.

Con el objetivo de alcanzar la integración centroamericana, y constituir a Centroamérica en una región de “Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo”es que se firma el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la ODECA (Protocolo de Tegucigalpa), el 13 de diciembre de 1991 por Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Mediante este Protocolo se establece y consolida el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), como el marco institucional de la Integración Regional de Centroamérica, incorporando a Panamá como Estado Miembro. Belice se adhiere en diciembre del año 2000, en calidad de Estado Miembro, seguido de República Dominicana que se incorpora en diciembre del 2003 en calidad de Estado Asociado.

Posteriormente, los Estados Unidos Mexicanos (11 de Diciembre de 2004), la República de Chile (27 de junio de 2008) y la República Federativa del Brasil (7 de Octubre de 2008) y la República Argentina (5 de diciembre de 2008) se incorporan como Observadores Regionales; la República de China (Taiwán) (24 de abril de 2002), el Reino de España (15 de octubre de 2005) y la República Federal de Alemania (27 de junio de 2008) y la República Italiana (5 de diciembre de 2008) se incorporan como Observadores Extrarregionales.

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Con el firme propósito de consolidar la democracia en la región, de concretar un modelo de seguridad regional, superar la pobreza extrema, proteger el medio ambiente, lograr un sistema regional de bienestar y justicia económica y social, fortalecer la región como bloque económico para insertarlo exitosamente en la economía internacional y promover en forma armónica y equilibrada el desarrollo económico, social, cultural y político de los Estados miembros y de la región en su conjunto; el SICA lo conforman cuatro subsistemas:

• Subsistema de Integración Económica

• Subsistema de Integración Social

• Subsistema de Integración Ambiental

• Subsistema de Integración Política

Con esta nueva estructura y con el objetivo de alcanzar el desarrollo económico y social equitativo y sostenible de los países centroamericanos, mediante un proceso que permita la transformación y modernización de sus estructuras productivas, sociales y tecnológicas, eleve la competitividad y logre una reinserción eficiente y dinámica de Centroamérica en la economía internacional, es que los países centroamericanos toman la decisión de firmar el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), el 29 de octubre de 1993.

Mediante este Protocolo, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, se comprometen a alcanzar de manera voluntaria, gradual, complementaria y progresiva, la Unión Económica Centroamericana cuyos avances deberán responder a las necesidades de los países que integran la región, sobre los siguientes fundamentos:

a) La integración económica regional es un medio para maximizar las opciones de desarrollo de los países centroamericanos y vincularlos más provechosa y efectivamente a la economía internacional.

b) La integración económica se define como un proceso gradual, complementario y flexible de aproximación de voluntades y políticas.

c) El proceso de integración económica se impulsará mediante la coordinación, armonización y convergencia de las políticas económicas, negociaciones comerciales extrarregionales, infraestructura y servicios, con el fin de lograr la concreción de las diferentes etapas de la integración.

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d) El proceso de integración económica se regulará por este Protocolo, en el marco del ordenamiento jurídico e institucional del SICA, y podrá ser desarrollado mediante instrumentos complementarios o derivados.

Es así que el Subsistema de Integración Económica debe ajustarse a los siguientes principios: legalidad, consenso, gradualidad, flexibilidad, transparencia, reciprocidad, solidaridad, globalidad, simultaneidad y complementariedad.

Por otro lado, el Protocolo de Guatemala, define el alcance del proceso de la Integración Económica mediante las siguientes etapas:

Zona de libre comercio Unión aduanera Mercado común Unión monetaria y económica Integración total

En la actualidad se cuenta con una zona de libre comercio imperfecta, ya que aún existen algunas restricciones para productos originarios que no gozan de este beneficio.

Los países centroamericanos se encuentran en proceso de negociación para el perfeccionamiento de la Unión Aduanera Centroamericana (Informe de Unión Aduanera).

2.1 ORGANOS PRINCIPALES DEL TRATADO GENERAL

ORGANOS

ARTÍCULO 12. Para la realización de los fines del SISTEMA DE LA INTEGRACION

CENTROAMERICANA se establecen los siguientes Órganos:

a) La Reunión de Presidentes;

b) El Consejo de Ministros;

c) El Comité Ejecutivo;

d) La Secretaría General

Forman Parte de este Sistema:

La Reunión de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia de la República, que será un Órgano de Asesoría y Consulta. Dicha Reunión se realizará

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ordinariamente cada semestre y 10 extraordinariamente, cuando los Vicepresidentes así lo deseen. Sus resoluciones serán adoptadas por consenso.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 4 de las Disposiciones Transitorias, el

Parlamento Centroamericano (PARLACEN) como Órgano de Planteamiento, Análisis y Recomendación, cuyas funciones y atribuciones son las que establecen su Tratado Constitutivo y Protocolos vigentes.

La Corte Centroamericana de Justicia, que garantizará el respeto del derecho, en la interpretación y ejecución del presente Protocolo y sus instrumentos complementarios o actos derivados del mismo. La integración, funcionamiento y atribuciones de la Corte Centroamericana de Justicia deberán regularse en el Estatuto de la misma, el cual deberá ser negociado y suscrito por los Estados Miembros dentro de los noventa días posteriores a la entrada en vigor del presente Protocolo.

El Comité Consultivo estará integrado por los sectores empresarial, laboral, académico y otras principales fuerzas vivas del Istmo Centroamericano representativas de los sectores económicos, sociales y culturales, comprometidos con el esfuerzo de integración ístmica.

Este Comité tendrá como función asesorar a la Secretaría General sobre la política de la organización en el desarrollo de los programas que lleva a cabo.

La estructura orgánica e institucional del Sistema de Integración Centroamericana es única:

Sus Órganos principales (artículo 12) son: La Reunión de Presidentes, Órgano supremo que dirige y define la política Centroamericana (art. 13 a 15); el Comité Ejecutivo, encargado de asegurar la ejecución y cumplimiento de las decisiones (art.24); el Consejo de Ministros (sectoriales e intersectoriales), cuyas decisiones son de obligatorio cumplimiento por los Estados Miembros (art. 16-22); el Comité Consultivo integrado por el sector empresarial, laboral, académico y otras fuerzas vivas representativas de la sociedad civil (art. 12); y, la Secretaria General (art. 25-28). La Reunión de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia es un órgano de asesoría y consulta.

Entre sus Instituciones (artículo 12, segunda parte) encontramos: El Parlamento Centroamericano (PARLACEN, 2000), como Órgano de planteamiento, análisis y recomendación y la Corte Centroamericana de Justicia (Órgano jurisdiccional) encargado de garantizar el respeto del derecho en la interpretación y ejecución de la normativa comunitaria. La Corte representa la conciencia nacional

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centroamericana y se considera depositaria y custodia de los valores que constituyen la nacionalidad centroamericana.

Se trata de dos Órganos de especial importancia que se convierten en los Órganos supranacionales por excelencia. El Parlamento Centroamericano es fruto de los Acuerdos de Paz para el fortalecimiento de la democracia Centroamericana. Su Tratado Constitutivo se firma en octubre de 1987, y establece su naturaleza como “…un Órgano regional de planteamiento, análisis y recomendación sobre asuntos políticos, económicos, sociales y culturales de interés común, con el fin de lograr una convivencia pacífica dentro de un marco de seguridad y bienestar social, que se fundamente en la democracia representativa y participativa, en el pluralismo y en el respeto a las legislaciones nacionales y al Derecho Internacional”. Una de las funciones más importantes del Parlamento Centroamericano es impulsar y orientar los procesos de integración y la más amplia cooperación entre los países centroamericanos. Como no tiene facultades legislativas será indispensable, en el futuro, que se le vayan otorgando competencias, mediante la codecisión o consulta obligada, en la formación de actos normativos referidos a la integración regional, para así garantizar en forma efectiva la consolidación democrática de todas las instituciones.

La Corte Centroamericana de Justicia creada como Órgano jurisdiccional para garantizar el respeto del derecho en la interpretación y ejecución del Protocolo de Tegucigalpa y sus instrumentos complementarios o derivados, fue regulada en el Convenio de Estatutos de la Corte Centroamericana de Justicia, del 10 de diciembre de 1992 (adoptado en la XIII Cumbre de Presidentes). En su exposición de motivos se establece con claridad que: “Las facultades que se le atribuyen con carácter excluyente, son jurisdiccionales. Se crea así un Órgano Supranacional que permitirá resolver los problemas propios del “Sistema de la Integración Centroamericana” en forma pacífica y civilizada”.

Además, han sido creados dos Órganos para coordinar las políticas migratorias y de lucha contra el narcotráfico, a saber: la Organización Centroamericana para las Migraciones (OCAM) y la Comisión Centroamericana Permanente contra el Narcotráfico.

Como puede observarse, “Además de la presencia de la Reunión de Presidentes (órgano supremo), de los Consejos de Ministros y la Secretaría General, la innovación se manifiesta también en la estructura institucional que asegura, a nivel regional, no sólo la democracia representativa con la inclusión del Parlamento Centroamericano (uno de los órganos principales del Sistema), sino también la democracia participativa – con el acceso al proceso de toma de decisiones en materia de integración- de la población centroamericana, por medio de

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organizaciones representativas de la sociedad civil (Comité Consultivo); así como el arraigo de una Comunidad de Derecho en la región, con la creación de la Corte Centroamericana de Justicia (órgano judicial principal permanente).” (HERRERA, 2003, p. 30).

Según el tratado constitutivo, todos los Órganos e Instituciones del Sistema de la Integración deben contribuir a la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios del Protocolo, como obligación imperativa y primaria en sus ordenamientos complementarios o derivados, en los cuales se debe garantizar la publicidad de sus resoluciones. Además, las decisiones de los Consejos de Ministros son de obligatorio cumplimiento en todos los Estados Miembros y solo podrán oponerse a su ejecución disposiciones de orden legal (PT, artículos 10 y 22). Con la última disposición se quiere advertir la sujeción de dichas decisiones a los ordenamientos internos, y en consecuencia la ausencia de fuerza normativa supranacional, pues el Consejo debe ajustar la decisión a los respectivos ordenamientos legales.

3. PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA

El Protocolo de Tegucigalpa (del 13 de diciembre de 1991) a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos –ODECA- (del 12 de diciembre de 1962), es el marco jurídico constitucional del nuevo Sistema de Integración Centroamericana (SICA). Es el Tratado constitutivo u originario, que consagra la Comunidad de Estados de Centroamérica. En efecto, en ella se afirma que los países Centroamericanos constituyen una comunidad económica y política que aspira a la integración global (artículos 1, 2 y 3 inciso j). (DE GUTTRY, 1992, HERRERA, 2007, ULATE, 2004, MEJIA, 2008).

El Protocolo de Tegucigalpa refleja la voluntad política de los Gobiernos de Centroamérica en la construcción gradual, progresiva y global de la integración de la Región. Representa la culminación de un esfuerzo político orientado a fortalecer la democracia, la paz, la libertad y el desarrollo regional, como presupuestos esenciales del proceso. Fija los nuevos propósitos y principios fundamentales que guían la Comunidad centroamericana. Modifica y fortalece la estructura institucional, definiendo las funciones y atribuyendo competencias a los diversos Órganos e instituciones que componen el Sistema. Sienta las bases jurídico-institucionales para la formación del nuevo Derecho comunitario centroamericano.

Los propósitos están concebidos en función de alcanzar una integración total. Se incorporan objetivos políticos (fortalecer la democracia y garantizar el respeto de los derechos humanos; crear un modelo de seguridad regional y un espacio de libertad), sociales (lograr un sistema de bienestar y justicia económica y social); económicos (alcanzar la unión económica, fortalecer el sistema financiero y

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consolidar la región como bloque económico); ambientales (preservar el medio ambiente, asegurar el desarrollo equilibrado y la explotación racional de los recursos naturales, para un nuevo orden ecológico regional) y metas globales (promover el desarrollo sostenido económico, social, cultural y político de los Estados miembros) (PT, artículo 3). Para realizar tales propósitos, se señalan una serie de principios fundamentales. Los primeros están relacionados con los presupuestos político-filosóficos de todo proceso de integración: tutela y respeto de los derechos humanos; paz, desarrollo y libertad; identidad centroamericana; solidaridad centroamericana e interdependencia común (artículo 4 incisos a) al d). Los segundos, son verdaderos principios orientadores del proceso (artículo 4 incisos e) al i) y que indican el modo en el cual debe ser cumplido, ellos son: Gradualidad, especificidad y progresividad del proceso de integración económica; Trato especial a países miembros de menor desarrollo relativo; Equidad y la reciprocidad; Cláusula Centroamericana de excepción; Globalidad del proceso de integración; Participación democrática de todos los sectores sociales; Seguridad jurídica y solución pacífica de las controversias; y, Buena fe de todos los Estados en el cumplimiento de sus obligaciones La estructura orgánica e institucional del Sistema de Integración Centroamericana es única:

Sus Órganos principales (artículo 12) son: La Reunión de Presidentes, Órgano supremo que dirige y define la política Centroamericana (art. 13 a 15); el Comité Ejecutivo, encargado de asegurar la ejecución y cumplimiento de las decisiones (art. 24); el Consejo de Ministros (sectoriales e intersectoriales), cuyas decisiones son de obligatorio cumplimiento por los Estados Miembros (art. 16-22); el Comité Consultivo integrado por el sector empresarial, laboral, académico y otras fuerzas vivas representativas de la sociedad civil (art. 12); y, la Secretaria General (art. 25-28). La Reunión de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia es un órgano de asesoría y consulta. Entre sus Instituciones (artículo 12, segunda parte) encontramos: El Parlamento Centroamericano (PARLACEN, 2000), como Órgano de planteamiento, análisis y recomendación y la Corte Centroamericana de Justicia (Órgano jurisdiccional) encargado de garantizar el respeto del derecho en la interpretación y ejecución de la normativa comunitaria. La Corte representa la conciencia nacional centroamericana y se considera depositaria y custodia de los valores que constituyen la nacionalidad centroamericana.

Se trata de dos Órganos de especial importancia que se convierten en los Órganos supranacionales por excelencia.

El Parlamento Centroamericano es fruto de los Acuerdos de Paz para el fortalecimiento de la democracia Centroamericana. Su Tratado Constitutivo se firma en octubre de 1987, y establece su naturaleza como “…un Órgano regional de planteamiento, análisis y recomendación sobre asuntos políticos, económicos,

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sociales y culturales de interés común, con el fin de lograr una convivencia pacífica dentro de un marco de seguridad y bienestar social, que se fundamente en la democracia representativa y participativa, en el pluralismo y en el respeto a las legislaciones nacionales y al Derecho Internacional”. Una de las funciones más importantes del Parlamento Centroamericano es impulsar y orientar los procesos de integración y la más amplia cooperación entre los países centroamericanos. Como no tiene facultades legislativas será indispensable, en el futuro, que se le vayan otorgando competencias, mediante la codecisión o consulta obligada, en la formación de actos normativos referidos a la integración regional, para así garantizar en forma efectiva la consolidación democrática de todas las instituciones.

La Corte Centroamericana de Justicia creada como Órgano jurisdiccional para garantizar el respeto del derecho en la interpretación y ejecución del Protocolo de Tegucigalpa y sus instrumentos complementarios o derivados, fue regulada en el Convenio de Estatutos de la Corte Centroamericana de Justicia, del 10 de diciembre de 1992 (adoptado en la XIII Cumbre de Presidentes). En su exposición de motivos se establece con claridad que: “Las facultades que se le atribuyen con carácter excluyente, son jurisdiccionales. Se crea así un Órgano Supranacional que permitirá resolver los problemas propios del “Sistema de la Integración Centroamericana” en forma pacífica y civilizada”.

Además, han sido creados dos Órganos para coordinar las políticas migratorias y de lucha contra el narcotráfico, a saber: la Organización Centroamericana para las Migraciones (OCAM) y la Comisión Centroamericana Permanente contra el Narcotráfico.

Como puede observarse, “Además de la presencia de la Reunión de Presidentes (órgano supremo), de los Consejos de Ministros y la Secretaría General, la innovación se manifiesta también en la estructura institucional que asegura, a nivel regional, no sólo la democracia representativa con la inclusión del Parlamento Centroamericano (uno de los órganos principales del Sistema), sino también la democracia participativa – con el acceso al proceso de toma de decisiones en materia de integración- de la población centroamericana, por medio de organizaciones representativas de la sociedad civil (Comité Consultivo); así como el arraigo de una Comunidad de Derecho en la región, con la creación de la Corte Centroamericana de Justicia (órgano judicial principal permanente).” (HERRERA, 2003, p. 30).

Según el tratado constitutivo, todos los Órganos e Instituciones del Sistema de la Integración deben contribuir a la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios del Protocolo, como obligación imperativa y primaria en sus

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ordenamientos complementarios o derivados, en los cuales se debe garantizar la publicidad de sus resoluciones. Además, las decisiones de los Consejos de Ministros son de obligatorio cumplimiento en todos los Estados Miembros y solo podrán oponerse a su ejecución disposiciones de orden legal (PT, artículos 10 y 22). Con la última disposición se quiere advertir la sujeción de dichas decisiones a los ordenamientos internos, y en consecuencia la ausencia de fuerza normativa supranacional, pues el Consejo debe ajustar la decisión a los respectivos ordenamientos legales.

En la doctrina latinoamericana, particularmente Centroamericana, y también Europea, se ha generado un gran debate caracterizado por fuertes críticas al Protocolo de Tegucigalpa, sobre todo en dos aspectos fundamentales: 1) Que conserva el carácter intergubernamental de sus Órganos y, 2) que no se atribuye a ningún Órgano competencias de orden normativo que sean vinculantes y de aplicación directa en los Estados miembros. Estas críticas responden, a nuestro juicio, a una visión parcial del proceso porque, después del Protocolo de Tegucigalpa se han dictado una serie de disposiciones, en instrumentos complementarios de igual valor (rango) jurídico, tendientes a atribuir competencias normativas supranacionales, así como competencias de interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico comunitario, lo que ha dado origen a importantes sentencias de la Corte Centroamericana de Justicia (Corte Centroamericana de Justicia, Sentencias de las 10 hrs del 24 de mayo de 1995, 11:30 horas del 5 de agosto de 1997 y 11 hrs del 27 de noviembre del 2001) y de los más altos Tribunales Nacionales, que han reconocido en casos concretos la primacía del Derecho comunitario centroamericano sobre el derecho interno (Corte Suprema de Justicia Honduras, del 29 de marzo de 1963 en: Derecho comunitario centroamericano, cit, p. 451-452; Corte Suprema de El Salvador, del 16 de mayo de 1969; Corte Suprema de Guatemala, Cámara Civil, del 16 de abril de 1996; Corte Suprema de Justicia de Costa Rica caso Foto Sport, 1973, Sala Constitucional de Costa Rica, No.4638 y 4640, ambas del 6 de setiembre de 1996). Tales disposiciones reflejan, para los diversos subsistemas de la integración (especialmente en el económico y social) una clara voluntad política orientada a consolidar instituciones de carácter supranacional, aunque manteniendo la influencia de su formación intergubernamental.

El Protocolo de Tegucigalpa es, en consecuencia, la “Constitución Regional” de la Comunidad de Estados Centroamericanos, supeditándose a ella todos los demás tratados, acuerdos o decisiones regionales, los cuales se convierten en instrumentos complementarios y actos derivados, en los ámbitos de la integración social, económica, del desarrollo sostenible, seguridad democrática, y justicia comunitaria.

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El Protocolo de Tegucigalpa fue firmado por los presidentes de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá el 13 de diciembre de 1991, donde se decide reformar la Carta de 1962, a efecto de crear el Sistema de la Integración Centroamericana. Es decir, que la ODECA desaparece, y es sustituida por el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA)

El Protocolo de Tegucigalpa fue firmado también por Belice en el año 2000 la República Dominicana se asoció con la SICA en 2003.

4. PROTOCOLO DE GUATEMALA

Con la firma del Tratado General de Integración Económica Centroamericana el 13 de diciembre de 1960, Nicaragua, Guatemala, El Salvador, Honduras y Costa Rica acuerdan establecer entre ellos un Mercado Común Centroamericano (MCCA), cuyo objetivo principal era unificar las economías, impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica y mejorar las condiciones de vida de sus habitantes. Para tales fines se comprometieron a perfeccionar una zona de libre comercio, la adopción de un arancel externo común, así como, a constituir una Unión Aduanera entre sus territorios.

Es así que los países centroamericanos establecen el régimen de libre comercio para todos los productos originarios de sus respectivos territorios, con algunas excepciones comprendidas en el Anexo A al Tratado General de Integración, lo que significa, que todos los productos originarios están exentos del pago de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) y exportación, los derechos consulares y demás impuestos, sobrecargos y contribuciones vinculados a la importación o exportación o que se cobren en razón de ellas.

El Tratado General de Integración Económica Centroamericana entró en vigencia el 4 de junio de 1961 para Guatemala, El Salvador y Nicaragua; el 27 de abril de 1962 para Honduras; y el 23 de septiembre de 1963 para Costa Rica.

Durante los 30 años posteriores a la firma del Tratado General, la región enfrentó crisis económicas y políticas particularmente en los años 80, sin embargo, la región experimentó crecimientos significativos del comercio intraregional, se redujo la lista de productos del Anexo A que no gozaban de libre comercio en la región y se alcanzó una mayor armonización en términos arancelarios.

Con el objetivo de alcanzar la integración centroamericana, y constituir a Centroamérica en una región de “Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo” es que se firma el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la ODECA (Protocolo de Tegucigalpa), el 13 de diciembre de 1991 por Guatemala, El Salvador, Honduras,Nicaragua, Costa Rica y Panamá.

Mediante este Protocolo se establece y consolida el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), como el marco institucional de la Integración Regional

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de Centroamérica, incorporando a Panamá como Estado Miembro. Belice se adhiere en diciembre del año 2000, en calidad de Estado Miembro, seguido de República Dominicana que se incorpora en diciembre del 2003 en calidad de Estado Asociado. Posteriormente, los Estados Unidos Mexicanos (11 de Diciembre de 2004), la República de Chile (27 de junio de 2008) y la República Federativa del Brasil (7 de Octubre de 2008) y la República Argentina (5 de diciembre de 2008) se incorporan como Observadores Regionales; la República de China (Taiwán) (24 de abril de 2002), el Reino de España (15 de octubre de 2005) y la República Federal de Alemania (27 de junio de 2008) y la República Italiana (5 de diciembre de 2008) se incorporan como Observadores Extraregionales. En 2013, Haití se unirá al SICA como miembro asociado, junto con la República Dominicana.

Con el firme propósito de consolidar la democracia en la región, de concretar un modelo de seguridad regional, superar la pobreza extrema, proteger el medio ambiente, lograr un sistema regional de bienestar y justicia económica y social, fortalecer la región como bloque económico para insertarlo exitosamente en la economía internacional y promover en forma armónica y equilibrada el desarrollo económico, social, cultural y político de los Estados miembros y de la región en su conjunto; el SICA lo conforman cuatro subsistemas:

• Subsistema de Integración Económica• Subsistema de Integración Social• Subsistema de Integración Ambiental• Subsistema de Integración Política

Con esta nueva estructura y con el objetivo de alcanzar el desarrollo económico y social equitativo y sostenible de los países centroamericanos, mediante un proceso que permita la transformación y modernización de sus estructuras productivas, sociales y tecnológicas, eleve la competitividad y logre una reinserción eficiente y dinámica de Centroamérica en la economía internacional, es que los países centroamericanos toman la decisión de firmar el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), el 29 de octubre de 1993.

Mediante este Protocolo, Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica, se comprometen a alcanzar de manera voluntaria, gradual, complementaria y progresiva, la Unión Económica Centroamericana cuyos avances deberán responder a las necesidades de los países que integran la región, sobre los siguientes fundamentos:

a) La integración económica regional es un medio para maximizar las opciones de desarrollo de los países centroamericanos y vincularlos más provechosa y efectivamente a la economía internacional.

b) La integración económica se define como un proceso gradual, complementario y flexible de aproximación de voluntades y políticas.

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c) El proceso de integración económica se impulsará mediante la coordinación, armonización y convergencia de las políticas económicas, negociaciones comerciales extraregionales, infraestructura y servicios, con el fin de lograr la concreción de las diferentes etapas de la integración.

d) El proceso de integración económica se regulará por este Protocolo, en el marco del ordenamiento jurídico e institucional del SICA, y podrá ser desarrollado mediante instrumentos complementarios o derivados.

Es así que el Subsistema de Integración Económica debe ajustarse a los siguientes principios: legalidad, consenso, gradualidad, flexibilidad, transparencia, reciprocidad, solidaridad, globalidad, simultaneidad y complementariedad.

Por otro lado, el Protocolo de Guatemala, define el alcance del proceso de la Integración Económica mediante las siguientes etapas:

Zona de libre comercio Unión aduanera Mercado común Unión monetaria y económica Integración total

En la actualidad se cuenta con una zona de libre comercio imperfecta, ya que aún existen algunas restricciones para productos originarios que no gozan de este beneficio. Los países centroamericanos se encuentran en proceso de negociación para el perfeccionamiento de la Unión Aduanera Centroamericana.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

El siguiente diagrama presenta la manera que el Sistema de la Integración Centroamericana se encuentra estructurado actualmente.

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5. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL DEL SICA

"El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) tiene por objetivo fundamental la realización de la integración de Centroamérica, para constituirla como Subregión de Paz, Libertad, Democracia v Desarrollo". Para realizar este objetivo se ha organizado por medio de un Consejo de Ministros de Relaciones Internacionales y la Secretaría General del SICA (SG-SICA).

De acuerdo con el Protocolo de Tegucigalpa, la Secretaría General debe "apoyar y dar seguimiento a las decisiones de la Reunión de Presidentes y de los Consejos de Ministros, impulsando y coordinando con los órganos e instituciones del SICA y foros de cooperación, acciones a favor de la integración regional y de su proceso de reforma institucional, que se traduzcan en beneficios tangibles para los centroamericanos. Asimismo, promover la participación de la sociedad civil y la práctica de una cultura de integración, propiciando así un marco de coherencia y unidad a todo el sistema".

La Secretaría General del SICA vino a realizar las tareas que anteriormente realizaba la secretaría del MCCA (SIECA), encargándose de los estudios técnicos, las acciones regionales necesarias y de actuar como facilitador de las negociaciones que lleven a la Unión Centroamericana.

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Para la mejor operatividad del sistema, se ha contemplado la creación de varios subsistemas:

Subsistema de Integración Económica

Subsistema de Integración Social

Subsistema de Integración Cultural

Subsistema de Integración Política

"El SICA y sus subsistemas funcionan por medio de la coordinación entre los órganos e instituciones de integración de Centroamérica, para lograr así sus objetivos y asegurar el seguimiento de las políticas regionales sustentadas en la tutela, el respeto y la promoción de los derechos humanos de todos los centroamericanos y centroamericanas".

De esta manera el proceso de integración, logra cubrir campos en los que antes, no se había pensado en términos regionales, e incluso plantea temas tan importantes como los derechos humanos y la igualdad de género. En esta tarea, cobra importancia la acción de la Secretaría del SICA (SG-SICA), ya que debe realizar el seguimiento de las decisiones y políticas regionales, proveer los elementos técnicos necesarios para la toma de decisiones, y asegurar el cumplimiento de los compromisos del Protocolo de Tegucigalpa, y todos los convenios suscritos como desarrollo de ese Protocolo.

Con la anterior organización se pretende el funcionamiento del Sistema basándose en unos principios y propósitos concurrentes que guiarán el camino de la integración. Dichos propósitos concurrentes son los siguientes:

Consolidar la democracia y fortalecer sus instituciones sobre la base de la existencia de Gobiernos electos por sufragio universal, libre y secreto, y del irrestricto respeto a los derechos humanos

Concretar un nuevo modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas, el fortalecimiento del poder civil, la superación de la pobreza extrema, la promoción del desarrollo sostenido, la protección del medio ambiente, la erradicación de la violencia, la corrupción, el terrorismo, el narcotráfico y el tráfico de armas

Impulsar un régimen amplio de libertad que asegure el desarrollo pleno y armonioso del individuo y de la sociedad en su conjunto

Lograr un sistema regional de bienestar y justicia económica y social para los pueblos centroamericanos

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Alcanzar una unión económica y fortalecer el sistema financiero centroamericano

Fortalecer la subregión como bloque económico para insertarlo exitosamente en la economía internacional

Reafirmar y consolidar la autodeterminación de Centroamérica en sus relaciones externas, mediante una estrategia única que fortalezca y amplíe la participación de la subregión, en su conjunto, en el ámbito internacional

Promover, en forma armónica y equilibrada, el desarrollo sostenido económico, social, cultural y político de los Estados miembros y de la subregión en su conjunto

Establecer acciones concertadas dirigidas a la preservación del medio ambiente por medio del respeto y armonía con la naturaleza, asegurando el equilibrado desarrollo y explotación racional de los recursos naturales del área, con miras al establecimiento de un Nuevo Orden Ecológico en la subregión

Conformar el Sistema de la Integración Centroamericana sustentado en un ordenamiento institucional y jurídico, y fundamentado asimismo en el respeto mutuo entre los Estados miembros

Para el logro de estos propósitos, el sistema se regirá por unos principios de acción de los cuales se destaca el de la tutela, respeto y promoción de los Derechos Humanos, como base fundamental del Sistema de la Integración Centroamericana.

Otros principios de acción complementarios son los siguientes:

Paz, Democracia, Desarrollo y Libertad, son un todo armónico e indivisible que orientará las actuaciones de los países miembros del Sistema de la Integración Centroamericana

La identidad centroamericana como manifestación activa de los intereses regionales y de la voluntad de participar en la consolidación de la integración de la Subregión

La solidaridad centroamericana como expresión de su profunda interdependencia, origen y destino común

La gradualidad, especificidad y progresividad del proceso de integración económica, sustentado en el desarrollo regional armónico y equilibrado y el tratamiento especial a países miembros de menor desarrollo relativo; la equidad y reciprocidad; y la Cláusula Centroamericana de Excepción

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La globalidad del proceso de integración y la participación democrática en el mismo de todos los sectores sociales

La seguridad jurídica de las relaciones entre los Estados Miembros y la solución pacífica de sus controversias

La buena fe de los Estados Miembros en el cumplimiento de sus obligaciones, absteniéndose de establecer, convenir o adoptar medida alguna que sea contraria a las disposiciones de este instrumento o que obstaculice el cumplimiento de los principios fundamentales del Sistema de la Integración Centroamericana o la consecución de sus objetivos

El respeto a los principios y normas de las Cartas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA), y las Declaraciones emitidas en las reuniones Presidenciales centroamericanas desde mayo de 1986

Esta serie de principios configuran el Sistema de la Integración Centroamericana, con una perspectiva humanista, en el logro del desarrollo conjunto de la subregión, no solo para competir en los mercados internacionales, sino para el logro de la unidad política antes frustrada por la falta de cohesión en todos los campos, y que ahora, ante la funcionalidad de las condiciones económicas y el logro de la paz, se hace más factible.

En cuanto al ordenamiento jurídico, la Carta de referencia es el Protocolo de Tegucigalpa; sin embargo se han firmado otra serie de acuerdos y convenios, en los cuales se han ido incorporando temas más allá de lo económico e institucional, configurando el siguiente marco jurídico básico de la integración:

Protocolo de Tegucigalpa: Tratado-Constitución del SICA

Alianza Centroamericana para el Desarrollo Sostenible (ALIDES)

Convenio de Estatuto de la Corte Centroamericana de Justicia (CCJ)

Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Protocolos (PARLACEN)

Protocolo de Guatemala al Tratado General de Integración Económica Centroamericana

Tratado de Integración Social

Tratado Marco de Seguridad Democrática

Tratados o Convenios sobre medio ambiente

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Tratados o Convenios sobre aspectos culturales

Este conjunto de entidades, principios, propósitos y ordenamiento jurídico, dan vida al Sistema de la Integración Centroamericana, constituyendo una etapa más del proceso de integración hacia la unidad buscada por los países centroamericanos desde el siglo pasado. Sin embargo puede decirse que este nuevo intento tiene mayor fuerza institucional y que al tener como antecedente todos los intentos anteriores, puede sortear de manera más eficaz los obstáculos existentes en el proceso. (Al final del capítulo se anexa el cuadro que resume el conjunto de tratados y convenios relativos a la integración).

Queda por ver si el esquema actual es sostenible en la eventualidad de una crisis económica o una crisis política en alguno de los países del área.

La SIECA fue creada por el Tratado General de Integración Económica Centroamericana, suscrito en la ciudad de Managua, Nicaragua, el 13 de diciembre de 1960. De conformidad con ese instrumento, la SIECA es una persona jurídica, con sede en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala. Conforme el artículo 28 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), suscrito por los Presidentes de Centroamérica el 13 de diciembre de 1991, la SIECA es la Secretaría que se ocupará de los asuntos económicos del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), que se creó mediante este instrumento. De acuerdo a lo establecido en el instrumento de referencia, la SIECA conserva la personalidad jurídica, atribuciones y funciones que le asigna el Tratado General. Finalmente, el Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana, conocido como Protocolo de Guatemala, suscrito el 29 de octubre de 1993, institucionaliza el Subsistema de Integración Económica y establece en el artículo 43 que la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) es el órgano técnico y administrativo del proceso de integración económica centroamericana, de los órganos que no tengan una Secretaría específica y del Comité Ejecutivo de Integración Económica (CEIE); dispone además que tendrá personalidad jurídica de derecho internacional y que le corresponde, además de servir de enlace de las acciones de las otras Secretarías del Subsistema Económico, la coordinación con la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 28 del Protocolo de Tegucigalpa y en ejercicio de una autonomía funcional.

La creación del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), representa la consagración de la visión más pragmática y futurista de los estadistas centroamericanos, en la óptica de lograr la integración y el desarrollo, como

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resultado de los esfuerzos de una democracia participativa regional, cuyos frutos estén al servicio y utilidad del hombre y la mujer centroamericana, proyectándose como la nueva Organización Regional diseñada para responder a las necesidades actuales del desarrollo.

En esta coyuntura, se hace necesario contar con un moderno marco jurídico institucional para el proceso de integración Centroamericana, que recoja los principios y los compromisos fundamentales asumidos durante todo el “Proceso de Esquipulas”, con el objeto de llevar a Centroamérica hacia un modelo de Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo; iniciándose prácticamente el proceso de integración en esta nueva etapa, a través de la integración política.

Es precisamente en el “Protocolo de Tegucigalpa”, donde se reafirma que la razón de ser del nuevo proceso de integración regional es la promoción de la persona humana y que así como la democracia es inseparable para el desarrollo, asimismo el desarrollo económico es inseparable del desarrollo social, cultural, político y ecológico y que para lograrlo es necesario la participación de todos los sectores sociales. El Protocolo de Tegucigalpa, es el molde que dio forma jurídica a la nueva Centroamérica al recoger las experiencias, principios, objetivos y anhelos contraídos por los Presidentes Centroamericanos durante el “Proceso de Esquipulas”.

El “Sistema de la Integración Centroamericana (SICA)”, es la expresión de la transformación que se opera en Centroamérica desde 1991, y es la estructura jurídica e institucional del nuevo proceso de integración. El “Protocolo de Tegucigalpa”, tiene el alcance de una Constitución regional, siendo el Tratado Constitutivo Marco de la Integración Centroamericana, el instrumento de mayor Declaración de Tegucigalpa, de 12 y 13 de diciembre de 1991.

Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) Comisión Preparatoria, 1993. LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA jerarquía y la base fundamental de cualquier otra normativa centroamericana, de la naturaleza que sea anterior o posterior al mismo. En su artículo 1 se establece que: “Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, son una Comunidad Económica-Política que aspira a la integración de Centroamérica”. Centroamérica ha optado desde el 13 de diciembre de 1991, por un eje estratégico de desarrollo integral en lo económico, social, cultural, político y ecológico y que tiene como base fundamental la tutela, respeto y promoción de los derechos humanos y que cuenta con un innovador “Modelo de Seguridad Democrática Regional” que crea las condiciones apropiadas para que los habitantes de la región puedan participar y beneficiarse equitativamente de este desarrollo.

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El “Sistema de la Integración Centroamericana (SICA)”, actualmente está integrado por Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica, Panamá y Belice; la República Dominicana participa como Estado Asociado al Sistema.

Su diseño tomó en cuenta las experiencias del pasado en materia de integración económica, así como las lecciones dejadas por las crisis políticas y los conflictos bélicos, felizmente superados en nuestros países, lo que ha contribuido a convertir a Centroamérica en una región más abierta, más ordenada, más democrática y más global, al abarcar los aspectos económicos, sociales, culturales, políticos, ecológicos y al promover el desarrollo integral en forma armónica y equilibrada. La creación y entrada en vigencia del “Sistema de la Integración Centroamericana (SICA)”, a través del Protocolo de Tegucigalpa, confirma el fortalecimiento de las instituciones democráticas en la región, así como el concretar el nuevo “Modelo de Seguridad Regional” de connotaciones profundamente humanistas, ya que está estrictamente vinculado al desarrollo de la persona humana.

El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA), es la estructura jurídica e institucional del nuevo proceso de integración centroamericana y el “Protocolo de Tegucigalpa” que lo instituye, es el instrumento de mayor jerarquía del Sistema pues todos los demás instrumentos, tratados, acuerdos o decisiones regionales están supeditadas al mismo. Para la realización de sus fines, propósitos y principios, el Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) cuenta con los siguientes Órganos10: a) La Reunión de Presidentes, se integra por los Presidentes Constitucionales y Jefes de Gobierno de los Estados Miembros; b) El Consejo de Ministros; c) El Comité Ejecutivo; d) La Secretaría General. Forman parte del Sistema de la Integración Centroamericana. La Reunión de Vicepresidentes y Designados a la Presidencia de la República, como órgano de Asesoría y Consulta.

El Comité Consultivo que está integrado por los Sectores Empresariales, laboral, académico y otras principales fuerzas vivas del Istmo Centroamericano representativos de los sectores académicos, sociales y culturales, comprometidos con el esfuerzo de integración de la región.

El Parlamento Centroamericano; que es el primer Órgano que nace en el nuevo proceso de la Integración Centroamericana, el 6 de octubre de 1987 en la ciudad de Guatemala, República de Guatemala en donde se suscribe el “Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras Instancias Políticas”, en el cual en su artículo 1 se establece: “Que el Parlamento Centroamericano es un Órgano de planteamiento, análisis y recomendación sobre asuntos políticos, económicos, sociales y culturales de interés común, con el fin de lograr una convivencia pacífica dentro de un marco de seguridad y bienestar social, que se

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fundamente en la democracia representativa y participativa, en el pluralismo y en el respeto a las legislaciones nacionales y al derecho internacional”.

La Corte Centroamericana de Justicia, es el órgano judicial principal y permanente del Sistema de la Integración Centroamericana, que garantiza el respeto del derecho en la interpretación y ejecución del Protocolo de Tegucigalpa y sus Instrumentos Complementarios o Derivados del mismo, cuya jurisdicción y competencias regionales son de carácter obligatorio para los Estados Miembros siendo además el Órgano Contralor de la legalidad del Sistema. La integración, funcionamiento y atribuciones de esta Corte están regulados en su Convenio de Estatuto, de 10 de diciembre de 1992. La Corte Centroamericana de Justicia, constituye un “Poder jurisdiccional” para los países Centroamericanos. Y tiene como principal antecedente, la Corte de Justicia Centroamericana creada por los “Pactos de Washington de 1907” que constituyeron la culminación de los esfuerzos pacifistas en la región Centroamericana, luego de un período de frecuentes guerras entre sus Estados. La Corte inició sus funciones en mayo de 1908, en la ciudad de Cártago, Costa Rica.

La importancia de esta Corte no solamente para la región Centroamericana sino también para la Comunidad Internacional, es el haberse constituido en el primer Tribunal de Justicia Internacional con jurisdicción obligatoria y permanente de la historia moderna y que consagró por primera vez el acceso de los particulares a las Cortes Internacionales (Jus Standi de los particulares), estableciéndose de esta manera una de las conquistas más importantes en el Derecho Internacional, derecho que también es regulado en la actual Corte Centroamericana de Justicia con sede en Managua, Nicaragua.

La Corte Centroamericana de Justicia fue establecida en el artículo 12 del Protocolo de Tegucigalpa y su Convenio de Estatuto fue suscrito, en la “XIII Cumbre de Presidentes Centroamericanos” celebrada en Panamá, 11 Artículo 1 del Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y otras Instancias Políticas. LA INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA República de Panamá, el 10 de diciembre de 1992, e inicia sus funciones el 12 de octubre de 1994. La Corte Centroamericana de Justicia conforme a su Estatuto, es el Órgano Judicial Principal y permanente del Sistema de la Integración Centroamericana, cuya jurisdicción y competencia regionales son de carácter obligatorio para los Estados, constituye además un Órgano Supranacional que permitirá resolver los problemas propios del Sistema en forma pacífica y civilizada y con jurisdicción privativa para los Estados del Istmo. La Corte tiene competencia y jurisdicción propias, con potestad para juzgar a petición de parte y resolver con autoridad de cosa juzgada, y su doctrina tendrá efectos vinculantes para todos los Estados, Órganos y Organizaciones que formen parte o participen en el Sistema de la Integración

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Centroamericana y para sujetos de derecho privado12. La Corte tiene su sede en Managua, República de Nicaragua, donde funciona permanentemente pero podrá celebrar sesiones en cualquiera de los Estados Miembros si así lo acuerda.

De esta manera, el “Protocolo de Tegucigalpa” crea la nueva visión de Centroamérica como una región de “Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo”. El SICA es una región de Paz, porque actualmente las diferencias se resuelven por los medios de solución pacífica de los conflictos; de Democracia porque priva la participación ciudadana y el respeto a la voluntad popular, expresada en elecciones libres y periódicas; de Libertad ya que aspira a consolidar todas las libertades de la integración, esto es, libre movilidad de personas, bienes, servicios y capital; de Desarrollo basada en un esquema político, económico y social, equilibrado e interdependiente, centrado en el ser humano y capaz de generar un mejoramiento de la calidad de vida, sin deteriorar el medio ambiente.

Bajo este nuevo esquema, la Centroamérica de Hoy en día, cuenta con reuniones periódicas de Presidentes Centroamericanos y Jefes de Gobierno, instituidas en sus “Reuniones Cumbres”; con reuniones de Consejos de Ministros; con un Parlamento Centroamericano; con una Corte Centroamericana de Justicia, con una Secretaría General Comunitaria y con una Sociedad Civil Organizada.

Esto ha facilitado para que Centroamérica se presente con una sola voz ante los Foros y Organismos Internacionales, es en este sentido, que el 12 de octubre de 1995, la Organización de las Naciones Unidas le concedió al Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) el status de Observador en la ONU con lo cual Centroamérica, como región, ha logrado el reconocimiento universal como nuevo actor en la escena internacional

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