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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 1 ANÁLISIS SISTEMÁTICO DE LITERATURA: REINCIDENCIA DELICTUAL, UNA MIRADA DESDE EL INPEC. SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA FACULTAD DE PSICOLOGÍA BARRANCABERMEJA 2.017

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Page 1: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 1

ANÁLISIS SISTEMÁTICO DE LITERATURA: REINCIDENCIA DELICTUAL, UNA

MIRADA DESDE EL INPEC.

SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA

BARRANCABERMEJA

2.017

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 2

ANÁLISIS SISTEMÁTICO DE LITERATURA: REINCIDENCIA DELICTUAL, UNA

MIRADA DESDE EL INPEC.

SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ.

Informe final para optar el título de PSICÓLOGO

DIRECTOR

WILSON MIGUEL SALAS PICÓN

Psi. Mg. En psicología jurídica

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA

FACULTAD DE PSICOLOGÍA

BARRANCABERMEJA

2017

Page 3: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 3

Resumen

La reincidencia delincuencial en COLOMBIA es un fenómeno que desborda la capacidad

institucional en tanto los fenómenos de la diversidad humana y sus particulares características

bio-psico-sociales y espirituales, contenidos en temas como: cultura, transculturalidad,

educación, grupos sociales, demografía, economía Etnicidad, afiliación religiosa , Inteligencia

emocional, orientación sexual, coeficiente intelectual (IQ), formación, estructura familiar,

políticas, impacto de la violencia generalizada entre otros que son de complejidad inalterable.

Eso motivó este intento de describir y cualificar a través del análisis documental sobre "la

reincidencia criminal en Colombia" y cómo se aborda desde el INPEC organismo instituido y

Asignado por el Estado para el tratamiento de las personas involucradas en delitos. La selección

y análisis literario llevado a cabo, llevaron a la conclusión de la incapacidad de investigación y

por lo tanto de intervención del INPEC sobre el fenómeno de la recurrencia carcelaria por

variables tales como desestimar la contribución científica no sólo de la psicología sino en

términos generales de la acción científica interdisciplinaria. Las iniciativas que se derivan de este

proyecto deben orientarse al requisito de responsabilidad participativa de la comunidad científica

encargada de los procesos humanos, a la inclusión de la población en general en la estructuración

de los medios y modos de regulación de la sociedad colombiana Que legitimen en un amplio

consenso y no tanto de la calidad monolítica represiva y por último, la participación cruzada del

capital científico tan limitada por las políticas actuales que se enfrentan en un marco normativo

Obviamente práctico y sin sentido.

Palabras clave: Reincidencia, re-integración social, interdisciplinariedad.

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STATE OF THE ART ON RECIDIVISM IN COLOMBIA: A LOOK FROM INPEC

Pérez-Landinez, Sergio Ramiro, Salas-Picón, Wilson Miguel

Abstract

Delinquent recidivism in COLOMBIA is a phenomenon that overflows institutional

capacity in the phenomena of human diversity and its particular bio-psycho-social and spiritual

characteristics, contained in topics as: culture, transculturally, education, social groups,

demography, economy Ethnicity, religious affiliation, emotional intelligence, sexual orientation,

IQ, training, family structure, policies, impact of generalized violence among others) that are of

inulable complexity. And that motivated this attempt to describe and qualify through the

documental analysis on "criminal recidivism in Colombia" and how this issue is addressed from

its national lead (INPEC) instituted and allocated by the State for the treatment of persons

involved in crimes. The selection and literary analysis carried out led to the conclusion of the

research incapacity and therefore of INPEC's intervention on the recurrence phenomenon by

variables such as (among others) to dismiss the scientific contribution not only from psychology

but in general terms of interdisciplinary scientific action. The initiatives that derive from this

project must be oriented to the requirement of participatory responsibility of the scientific

community in charge of human processes, to the inclusion of the general population in the

structuring of the ways and modes of regulation of Colombian society ( Such as universities) that

legitimize a broad consensus and not so much monolithic quality and a repressive character and

finally the cross-share of scientific capital that is still very limited by the present policies that

confront in an obvious practical meaningless regulatory framework.

Keywords: Recidivism, social re-integration, interdisciplinarity.

Page 5: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 5

Contenido

Pág.

Introducción .................................................................................................................................. 10

Marco referencial. ......................................................................................................................... 14

Antecedentes. ......................................................................................................................... 14

Reseña histórica...................................................................................................................... 14

Marco legal. .................................................................................................................................. 19

Marco teórico ................................................................................................................................ 22

Objetivos ....................................................................................................................................... 24

Objetivo General: ................................................................................................................... 24

Objetivos Específicos. ............................................................................................................ 24

Diseño Metodológico .................................................................................................................... 25

Muestra documental ............................................................................................................... 25

Técnicas e instrumentos de investigación .............................................................................. 25

Plan de análisis ....................................................................................................................... 26

Control de sesgos ................................................................................................................... 26

Aspectos éticos y legales ........................................................................................................ 26

Método de búsqueda de información ..................................................................................... 27

Resultados ..................................................................................................................................... 28

Discusión……………………………………………………………………………………….. 36

Conclusiones ................................................................................................................................. 52

Sugerencias. .................................................................................................................................. 54

Referencias.................................................................................................................................... 55

Anexos .......................................................................................................................................... 57

Anexo 1. Plantilla base de datos............................................................................................. 57

Page 6: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 6

Lista de tablas

Pág.

Tabla 1. Base de datos. Reincidencia una mirada desde el INPEC. ............................................. 28

Page 7: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 7

Lista de figuras

Pág. Figura 1. Resumen cualitativo sobre las relaciones y diferencias de los estudios y posturas frente

al fenómeno de la reincidencia. .................................................................................................... 31

Figura 2. Conceptos referenciales sobre la psicología jurídica..................................................... 32

Page 8: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 8

Dedicatoria

A DIOS todopoderoso, a mi madre por sus sacrificios de crianza, a mis hijos nietas y

hermanos, a mi más grande benefactora y amiga la Dra. Alba Rocío Pico Prada , por

motivarme a iniciar y culminar este proyecto. .

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 9

Agradecimientos

A mi hoy fallecido padre, a mis buenos maestros, Drs, Wilson Miguel Salas, Julio Cesar

Moreno, Carlos German Cely, Jorge Torres, Claudia Sánchez, Dora cañas, Daniel Parrado, Juan

Bautista, Diana Sarmiento, Dora Barreto, Carmen Luz Cely. Especialmente a DIOS quien me

otorgó a estas personas, la vida y la fuerza para sobrellevar las contingencias propias de costos

materiales y emocionales que se dieron en mi proceso.

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 10

Introducción

Más allá de la obligación del derecho penal en el tratamiento del fenómeno de la

reincidencia debemos reconocer la importancia de una revisión interdisciplinaria que coadyuve

en el entendimiento e intervención holística de este fenómeno por encima de los retos que esto

supone y específicamente para este proyecto una posibilidad de revisar y opinar desde la psicología

es de absoluta complementariedad y pertinencia por los consabidos aspectos que se encuentran y

confluyen de orden personal, mental, y en pocas palabras bio-psico-sociales- espirituales.

De modo que la relevancia exigida desde el aumento de frecuencia tanto en el fenómeno de

la reincidencia como en su estudio, es decir presencia teórica y de la necesidad de ajustes

normativos y legislativos ante el evidente aumento en la repetición (según el informe estadístico

del INPEC 92.7% hombres y 7.3% mujeres a enero de 2015) por individuo de entradas a las

cárceles Colombianas es suficiente motivación para incursionar en su lectura y aporte.

Sí enfocamos entonces, la perspectiva de manera específica al asunto de la reincidencia

delictual en Colombia debemos remitirnos necesariamente al Instituto Nacional Penitenciario y

Carcelario de Colombia (en adelante INPEC), quien es el ente encargado de dirigir el tratamiento

penitenciario, bajo la normatividad de los Derechos Humanos con el propósito de velar por el bien-

estar del ser humano en situación intramural pero con el valor agregado de orientar a los mismos

a alcanzar los recursos y herramientas necesarios para un adecuado re-integro a la actividad

social, de modo que sólo resta anotar que el INPEC es un ente gubernamental que hace parte del

Ministerio de Justicia y de Derecho en capacidad de cobertura Nacional. Y que se postula como

punto de partida para la elaboración de esta revisión literaria extendida a los conocimientos que se

han alcanzado sobre el tema escogido, desde los convenios autorizados por

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 11

la institución mencionada (INPEC) con las diferentes Universidades e instituciones en general, que

una vez seleccionadas como pertinentes a este estudio se procederá a su inclusión, revisión y harán

parte del resultado descriptivo que en términos proyectivos permita la posible revisión futura

de orden investigativo y discurramos en la formulación de estrategias que coadyuven al

reforzamiento pedagógico en efectividad a los futuros profesionales que se vinculen con el

trabajo de posibilitar al ser humano en términos de convivencia y habitabilidad adecuadas.

Al realizar el ejercicio comparativo de estado del arte en la especificidad de la conducta

reincidente delictual desde el INPEC COLOMBIA, se observa primeramente la evolución

conceptual y consensual acerca del evento tipificado como conducta antijurídica; Asunto que

parece ir relacionado con las necesidades generadas de arraigos culturales propios y extranjeros

así como del crecimiento poblacional, que difieren y se encuentran en ese propósito social

denominado control, reguladores o leyes enmarcados en los establecidos Derechos humanos y

reglamentos constitucionales. (Arboleda, 2010, p. 27).

Para el caso Colombiano, según el comunicado emitido por la Sala Administrativa del

consejo superior de la judicatura en el año 2010, en su boletín nº 1, en el 2005 fueron

condenados por diferentes delitos, 4.422 sujetos en el 2006 se incrementó a 11.982 sujetos y para

el 2007 alcanza los 37.515 individuos, en el 2.008, 38.385 sujetos, para el 2009 condenan a

42.328 personas y en 2010 sin que hubiese terminado el año, iban 35.432 individuos

destacándose el delito de tráfico, fabricación y porte de estupefacientes con un índice del 29.9%,

hurto el 17.6%, porte ilegal de armas 7.2%, inasistencia alimentaria el 5.6%, fabricación de

armas y municiones tráfico y/o porte con el 4.9% contra la libertad integridad y formación sexual

con el 4.8% lesiones personales 4.3% homicidio 4.2%, falsedad en documento 2.24% y con el

21.5% otros delitos.

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 12

Ahora bien, las cifras correspondientes al fenómeno en revisión de este documento, el

Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), a través de la Oficina Asesora de

Planeación y el Grupo Estadística, presenta en el ejemplar No. 1 del Informe Estadístico de

Enero 2015, sobre las cifras de los Establecimientos de Reclusión de Orden Nacional (ERON)

plantean así: La reincidencia hace referencia a aquellos individuos que, habiendo sido

condenados en ocasiones anteriores, han vuelto a ser privados de la libertad y se encuentran en

condición de condenados por la comisión de nuevos delitos. Para el mes que nos ocupa, (enero

2015) la población reincidente a cargo del INPEC sumó 18.745 personas y en sus diferentes

modalidades de penalización presentó las siguientes cifras: intramuros 87,3% (16.362), en

domiciliaria 10,7% (2006) y con control y vigilancia electrónica 2,0% (377). Asimismo, el

92,7% (17.375) de los reincidentes son hombres y el restante 7,3% (1.370) mujeres. Finalmente,

de los 157.693 reclusos a cargo del INPEC, el 11.9% (18.745) son reincidentes.

Estas cifras generales presentan variables especificas en la práctica delictual, en términos

de su incidencia según la ciudad lugar o contexto, es así como ha de observarse dinámica

también, en el sentido de que son hombres, mujeres, población LGBTI, afrodescendientes, etnias

varias en situación de comisión de delitos, aspectos que sin duda complejizan aún más las

necesarias investigaciones, estrategias inversiones e intervenciones de todo orden que coadyuven

en la comprensión de los fenómenos personales, familiares, sociales, económicos, educativos y

espirituales que resultan determinantes en la ejecución de las conductas punibles y contingentes

al fenómeno de reincidencia del cual nos interesamos en este proyecto. Quedando entonces

expedita la posibilidad de que a futuro a través del conocimiento adquirido en todos estos

proyectos se pueda mitigar el fenómeno de la reincidencia con los posibles beneficios

individuales sociales y profesionales que de estos estudios se deriven.

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 13

Para ello este trabajo pretende servir como marco de referencia a través del estado del

arte, desde las generalidades características que se aportan según los estudios revisados y

descritas circunstancialmente sobre el fenómeno de la reincidencia delictual en personas que han

sido condenadas en las cárceles del INPEC COLOMBIA.

Por lo anterior, se plantea el siguiente interrogante: ¿Qué estudios se han emprendido

desde el INPEC Colombia, sobre el fenómeno de la reincidencia en los últimos diez años?

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 14

Marco referencial.

Antecedentes.

Reseña histórica

Para efectos del entendimiento y/o comprensión de este proyecto de revisión teórica se ha

de entender el concepto de Reincidencia como el acto de re-ingreso a la cárcel más allá de la

comisión del delito, es decir y vale aclarar que desde la mirada legal se discute la existencia o no

de la reincidencia en tanto es imposible físicamente “repetir” un delito en tiempo modo y

espacio, pero como se advierte, este proyecto se orienta es al estudio o revisión de estudios que

observen el ejercicio de retorno a la cárcel, en número de entradas y con el propósito de entender

lo que se ha estudiado sobre este fenómeno y poder describir el fenómeno desde los artículos y

estudios seleccionados, entonces el alcance de los mismos refiere es a su abordaje y

profundización así como de sus conclusiones. Podemos inferir que el fenómeno de la

reincidencia es resultado de la confluencia de otros fenómenos que se contienen en aspectos de

orden personal, circunstancial, contextual, familiar, social, económico, político entre otros y que

por eso es de suficiente importancia revisar el archivo teórico que escudriña en esta dirección.

(Hernán, J. Comunicación personal, marzo 2016)

De acuerdo a lo expresado por Uribe (2013), en el Boletín Criminológico difundido por el

Instituto Andaluz, hace referencia a un proyecto investigativo que pretende destacar la relación

en términos de la sensación del alcance real de justicia y control de las políticas criminales en

Colombia frente a lo que percibe el pueblo, y a los esfuerzos investigativos sobre la reincidencia

delictual en Colombia.

Así mismo se da lectura al documento referenciado en la bibliografía del boletín

criminológico mencionado en el anterior párrafo y titulado. La Caracterización y Perfilación

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 15

Criminológica y Penitenciaria de la población condenada y privada de la libertad en los

establecimientos de reclusión del INPEC (2011) Trabajo desarrollado en concurso con el laboratorio

de psicología jurídica de la Universidad Nacional y el equipo del INPEC. División de desarrollo social de

la subdirección de tratamiento y desarrollo en los 43 establecimientos del país desde el 2007 hasta el 2009

Y que se propuso para el direccionamiento del tratamiento intramural penitenciario en Colombia.

Al Ministerio del interior y de justicia de Colombia. Que describe tres fases de trabajo

interdependientes que se ordenan así: fase 1) caracterización de la población condenada en los centros

carcelarios del INPEC según la perspectiva criminológica y penitenciaria. Fase 2) perfilación

criminológica y penitenciaria de los reos (as) condenados en cárceles del INPEC Colombia. Fase 3)

propuesta para el direccionamiento del tratamiento penitenciario en Colombia.

Ossa (2012), elabora un análisis cualitativo del concepto de reincidencia delictual desde su

historia y aplicación en diferentes escenarios históricos conduciendo desde el texto a la revisión

de lo objetivo de considerar como agravante desde lo punible el acto reincidencial en contraste con

la realidad y alcance funcional y de finalidad carcelaria pasando por la reflexión de lo in- abordado

desde las estructuras que constituyen el universo penitenciario para revisar y entender en la

reincidencia los aspectos de orden individual, social, político, psicológico, conductual, familiar

de hábitos como diurnalidad, nocturnidad, ecológicos como el clima, el ambiente urbano y/o rural,

áreas sociales, genotipos, fenotipos entre otros que según la autora están relacionados y deberían

estudiarse para efectos de interés científico y de intervención desde todos esos frentes para

combatir este fenómeno de la reincidencia.

Uribe, J. P. (2013), nos enseña una crítica directa sobre la intención de justificar la política

criminal “universalizándola” bajo la supuesta premisa de “clamor popular” y/o de la falsedad de

esa supuesta relación en lo fáctico de la opinión popular, llevando a observar una real distancia

sobre estas políticas expansionistas versus las tendencias de opinión de estructuras políticas y

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 16

funcionales que adopten medidas más preventivas y de orden re-habilitador es decir de

intervención psico-social. Destacando el hecho de que en Colombia no se han realizado este tipo

de estudios o investigaciones que no obstante y de manera asidua ha convocado al estado

colombiano a responder precisamente por esa supuesta demanda del pueblo a la aplicación punitiva

“de mano dura.

Ahora bien, Cepeda (2012), se observa que en este estudio que se propone describir y

comparar tres grupos de una muestra de 149 hombres entre los 18 y 57 años incursos en delitos

sexuales a menores de 14 años un grupo, otro grupo con delitos violentos (no sexuales) y un

tercer grupo que no presentaba historia de reclusión (primera vez en situación intra-mural) se anota,

que existe una significativa diferencia en factores como el de la empatía en términos de afectividad

y cognición especialmente en los actores de delitos sexuales a menores de edad, en contraste con

los actores de delitos violentos en la que se amplía un poco esta variable y diferente del

grupo comparable que muestra mayor incidencia en distorsiones cognitivas que los anteriores ya

históricos de reclusión. se puede inferir teniendo en cuenta los factores estudiados en la tesis es

que la observancia y estudio pormenorizado de factores y relaciones con las variables posibles

como sucede en este caso, donde se clasifican ítems como los de edades, percepciones frente a las

víctimas en diferentes modalidades de delitos, la influencia de los marcos jurídicos para la

tipificación de los delitos en tanto a los “supuestos” de los agresores que se justifican en

conocimiento de ese marco jurídico (intentando menguar y/o omitir la responsabilidad frente al

hecho y frente a los valores asignados de daño y lesión incluidos en la norma), la variación de los

factores de empatía y distorsiones cognitivas bajo la influencia de sustancias psico-activas, y los

supuestos “sociales” de “no tratamiento” posible para sus posibles patologías como en el caso

de los agresores sexuales en menores de 14 años, así como la

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 17

demostración de diferencia y/o equivalencia en los resultados comparados con otros estudios.

Conlleva a concluir de lo improcedente en el sentido del tratamiento estandarizado penitenciario.

Para continuar con las referencias de este análisis literario. Dentro de la muestra

seleccionada se encuentra el “Decimonoveno informe del Defensor del pueblo al Congreso de la

Republica” (2012), que nos facilita una mirada macro desde este documento de carácter

informativo como su nombre lo expresa y que obedece a una obligación constitucional del ejercicio

de control de este ente gubernamental adscrito al ministerio público. Organismo este, que se le

atribuye el ejercicio promoción y divulgación de los derechos humanos como reza en su razón

misional para y por el país (asumiendo a la población nacional radicada en el extranjero).

Muy importante para referenciar es el carácter de “Magistratura Moral”, que debe ejercer

el Defensor del Pueblo en tanto debe divulgar de manera asidua las acciones defensoriales para

informar e incidir sobre la opinión pública, la sociedad y las autoridades para la ejecución de

acciones orientadas a dar cumplimiento efectivo de los DD HH. O bien a la superación de

circunstancias relacionadas con su vulneración y amenaza, así como del respeto al Derecho

Internacional Humanitario, asunto que se “imprime” en términos de contenido y pertinencia con

la revisión del tema central de este proyecto como lo es la REINCIDENCIA.

Pasada la revisión del documento anterior nos enfocamos en este estado del arte en el

siguiente referente que está emitido desde el INPEC (instituto Nacional Penitenciario y

Carcelario de Colombia) adscrito al ministerio de justicia, que pretende resaltar la pertinencia

estructural del ente en cuestión (INPEC) con el hecho re-integrador de los sujetos en prisión y

que fue emitido como “Informe estadístico - Enero 2015” que enuncia la caracterización

demográfica, la capacidad y comportamiento mensual de los establecimientos de reclusión del país

citado en el primer párrafo de la presentación. Para el caso que nos ocupa nos remitimos

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 18

dentro del documento a la página 35 según su índice encontrando la descripción e informe

estadístico señalado en el documento en su inicio para el mes de enero del 2015. Con la referencia

explicativa del INPEC sobre el concepto de reincidencia así: “La reincidencia hace referencia a

aquellos individuos que habiendo sido condenados en ocasiones anteriores, han vuelto a ser

privados de la libertad y se encuentran en condición de condenados por la comisión de nuevos

delitos. Seguidamente expresa que para el mes de enero de 2015, la población reincidente

a cargo del INPEC sumó 18.745 personas, dato que contiene la suficiente importancia para

agregarlo a este estudio y en el que se amplía y profundiza en su análisis.

Page 19: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 19

Marco legal

En Colombia y de acuerdo a su marco jurídico, el Código Penal Colombiano es el

documento que explica los conceptos y atributos de los mismos para que se tipifiquen y

clasifiquen las conductas punibles e inimputables y por tanto contiene y universaliza estas

tipificaciones de modo que no exista la posibilidad arbitraria de concluir sobre alguna conducta,

su juzgamiento y correctivo, esto resulta básico y pertinente al estudio del fenómeno reincidente

delictual en tanto el código también se expresa en principios rectores de necesidad,

proporcionalidad y razonabilidad.

A la luz del anterior comentario y observando que el INPEC es quien alberga a los incursos

en delitos desde su imputación hasta su condena se adjuntan las posibilidades misionales y

visiónales del INPEC Colombia; La misión del INPEC reza lo siguiente: Contribuimos al

desarrollo y re-significación de las potencialidades de las personas privadas de la libertad, a

través de los servicios de tratamiento penitenciario, atención básica y seguridad, fundamentados

en el respeto de los Derechos Humanos; La Visión del INPEC dice: será reconocido por su

contribución a la justicia, mediante la prestación de los servicios de seguridad penitenciaria y

carcelaria, atención básica, resocialización y rehabilitación de la población reclusa, soportado en

una gestión efectiva, innovadora y transparente e integrada por un talento humano competente y

comprometido con el país y la sociedad. Y el objetivo del INPEC, es consolidar con eficiencia y

efectividad, el sistema penitenciario y carcelario, garantizando una organización moderna,

humanizada y comprometida con el estado y sus instituciones, mediante la gerencia de los recursos,

orientada a la solución integral de los fenómenos penitenciarios, en aspectos como la

seguridad y la reintegración social, consagrándose como el primer órgano de ejecución de los

lineamientos carcelarios consagrados en la Constitución Nacional. Sin embargo para entender

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 20

mejor la concepción actual de estos asuntos anteriores de la misión y visión del INPEC es

necesario dar una mirada histórica a la creación de esta institución y del porque y como se

concluyen.

Para ello, debemos mirar la evolución del actual sistema carcelario, este se remonta desde

el siglo XV época de los aborígenes, donde comunidades desarrolladas como los chibchas

mostraban una legislación civil y penal de gran influencia moral en su época; Pena de muerte al

homicida, vergüenza pública al cobarde, tortura al ladrón, no fue frecuente la privación de la

libertad y su aplicación no tenía como criterio el castigo.

En la época de la conquista se impusieron las leyes del conquistador, delitos, guarda de

presos, tormentos, penas y perdones el establecimiento de reclusión se considera como un sitio

previo a la ejecución o un castigo para españoles o criollos, donde el nativo no disponía de

libertad por el carácter de vasallo que le era atribuido.

En la época de la colonia se aplicó la confiscación, multas y prisión así como medidas

eclesiásticas relacionadas con abjuración, represión, suspensión de órdenes y las penitencias.

Para el cumplimiento de penas se utilizaron las mazmorras, presidios en Cartagena y Tunja; las

cárceles de, la Real Cárcel, la cárcel del divorcio, la de Zipaquirá y la de santa fe (colegio de

Nuestra Señora del Rosario) entre otras.

Posteriormente en la época de la independencia y con el objeto de contribuir al estado-

nación se importan modelos penitenciarios españoles y franceses. Es así como en el estatuto

Colombiano se contempla la abolición de la tortura, se autoriza a coartar la libertad del

ciudadano y se prohíbe el ingreso a la cárcel de quien no sea legalmente conducido a ella. Y se

continúa la estructuración penal y carcelaria (INPEC, 2015) como sigue:

1890- Primera cárcel de mujeres, establecida por las religiosas del buen pastor

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 21

1914- Ley 35, se crea la dirección general de prisiones reglamentándose como entidad

adscrita al ministerio de gobierno

1934- primer código penitenciario Colombiano, primeros lineamientos de administración

penitenciaria

1936-38- nuevo código penal, código de procedimiento penal y ley de vagos

1940- auge de construcciones penitenciarias, dispositivos de control social por el

desarrollo del capitalismo, penitenciaria nacional de la Picota, Palmira y Popayán

1940- Reestructuración de la dirección de establecimientos de detención, penas y medidas

de seguridad (MIN-JUSTICIA)

1958- Ley de maleantes, doctrina de la peligrosidad

1960- Reestructuración, división de penas y medidas de seguridad (MINJUSTICIA)

1992- Decreto nº 2160 se fusiona la dirección general de prisiones del ministerio de

justicia con el fondo rotatorio del ministerio de justicia y se configura el Instituto Nacional

Penitenciario y Carcelario, INPEC.

La ley 065/93 que expide el Código Penitenciario y Carcelario como marco normativo que

contempla las disposiciones esenciales que se deben aplicar en la ejecución de las sanciones

penales en forma humana y moderna acorde a los postulados señalados en la carta Magna y las

Organizaciones Internacionales de los Derechos Humanos.

Page 22: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 22

Marco teórico

El tema de la reincidencia tiene miradas diferentes (interpretativas) desde su propio marco

estructural en tanto su fundamento se contiene esencialmente de una visión filosófica y

epistemológica desde la mirada legal. Así que de alguna manera contempla la acción y/o

participación psicológica en su fundamento, al parecer no así en lo factico del ejercicio práctico

como debería para el desarrollo y sostén de los programas de tratamiento a los internos (as) en

centros de reclusión a cargo del instituto penitenciario y carcelario INPEC en Colombia.

Por ello este estudio se construye a partir de la búsqueda misma de fuentes materiales

literarias que aborden el fenómeno escogido (reincidencia) con un margen de tiempo espacio de

diez años a partir de la fecha de inicio del proyecto (año 2015) desde su organismo control

nacional (INPEC) y con el propósito descriptivo en la cualidad cualitativa para entender los

esfuerzos realizados de carácter investigativo y aplicativo de intervención al fenómeno de la

reincidencia y así exponer entones la situación concluyente una vez terminado el estudio.

Por ello asumimos la explicación conceptual dada desde la psicología jurídica tales como

la de los siguientes estudiosos:

Muñoz (1980), postula que las investigaciones psicológicas en el campo del derecho, se

centran en las causas sociales y estructurales del delito como producto de una alteración del

individuo. Así mismo analiza factores que originan la conducta en un proceso penal.

Clemente (1997), define la psicología jurídica como “el estudio del comportamiento de

las personas y grupos que tienen la necesidad de comportarse en ambiente regulado

jurídicamente, así como la evolución de dichas regulaciones jurídicas o leyes, en cuanto que los

grupos sociales se desenvuelven en ellos”. Pp 17.

Page 23: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 23

Althusser (1997), citado por Piñeros, señala que la labor de la psicología jurídica se

centra en desvelar, criticar y destruir los elementos propios del estado y de sus aparatos (ej: la

escuela y la familia) con el fin de lograr las condiciones necesarias para una transformación

social radical, por lo tanto se suscribe en el campo de estudio e investigación sobre la relación

que existe entre el Estado, la ley y los individuos.

Desde el punto de vista dinámico de los sistemas, la forma en que estos se modifican o se

adaptan a los cambios sociales, determinan la manera en que estos incorporan nuevos modos de

relaciones entre grupos e individuos. El estudio del comportamiento jurídico constituye un

estudio de aquellas conductas que se adaptan o se apartan del conjunto de normas bilaterales,

heterónomas generales y coercibles que prescriben los diversos órdenes sociales.

Resulta importante entonces y de absoluta validez la secuenciación de estudios

investigativos que nutran efectivamente el archivo referencial en cuanto al fenómeno

reincidencial en Colombia para que promueva de forma contundente la movilización del estado

en la apropiación de los recursos de todo orden que hagan posible que se evidencie desde la

revisión documental (como lo es el propósito de este estudio) que se está trabajando fácticamente

en la solución práctica a este fenómeno estudiado (reincidencia) y sus múltiples derivadas y

variables.

Page 24: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 24

Objetivos

Objetivo General:

Determinar la tipología de estudios realizados sobre Reincidencia en la población

recluida en los centros carcelarios y penitenciarios de Colombia durante el último decenio.

Objetivos Específicos.

Caracterizar los estudios realizados sobre Reincidencia en la población recluida en los

centros carcelarios y penitenciarios de Colombia durante el último decenio.

Describir los avances en el estudio del fenómeno de la reincidencia en el INPEC a través

de la comparación literaria en Colombia

Determinar las características psico-sociales en la reincidencia delictual desde la revisión

literaria de los estudios realizados por el INPEC.

Page 25: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 25

Diseño Metodológico

Para efecto de la realización de un análisis sistemático de literatura, el tipo de investigación

que se desarrolla es de característica cualitativa, puesto que se investiga la mayor cantidad de

información documentada acerca del tema seleccionado y correspondiente al estado del arte

como sucede en este proyecto, para que seguidamente se lleve a cabo un análisis informativo de

fundamento psicológico jurídico, que se adjuntara como recurso para futuras investigaciones, y/o

proyectos, que deseen abordar este fenómeno de la reincidencia, no sin antes dejar expuesto en el

proyecto el resultado y la descripción del cruce de datos revisados en la muestra literaria

escogida y las relaciones, diferencias y/o asuntos comunes.

Muestra documental

Se realizó un estudio descriptivo por medio del estado del arte. Teniendo en cuenta la muestra

documental de 7 documentos de nivel nacional (Micro), solo se contaran con estudios realizados en

Colombia.

Las fuentes de información se basan en: artículos, revistas, informes del INPEC, informes

del Procurador e investigaciones y tesis universitarias

El tiempo sugerido de selección de la muestra literaria es: Se realiza en un campo de

acción investigativa y/o informativa de mínimo 10 años desde que se aborda el tema hacia atrás,

en este caso el 2.015 es la fecha de inicio del análisis bibliográfico a nivel Colombia.

Técnicas e instrumentos de investigación

Técnicas e instrumentos desarrollados para el análisis literario:

La técnica de ficha bibliográfica, es una técnica donde se recopila información primaria

que permite observar datos generales de los documentos a revisar como son autor, año de

publicación, título y clase de documento (actas, tesis, estudios piloto, informes estatales, entre

otros), esta técnica se realiza sistemáticamente; el objetivo de esta técnica es identificar

Page 26: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 26

aquellos documentos que manejan datos pertinentes a la investigación que se ha decidido

desarrollar. La investigación bibliográfica entonces busca la pertinente información del máximo

posible de referencias para obtener respuestas de carácter general o especializado y proveer con

este ejercicio, del carácter de validez al documento resultado de este proceso sistemático.

Plan de análisis

Se clasifican: los documentos que para este caso abordan el fenómeno reincidencial en

Colombia.

Se seleccionan de entre los documentos clasificados aquellos en el que la información es

más ceñida al asunto investigado (datos objetivos al proyecto).

Se presenta un cuadro explicativo de la información revisada incluyendo el material

Se realiza el análisis Sistemático de Literatura.

Control de sesgos

El control de sesgos es importante en tanto la complejidad de pertenencia al ambiente

geográfico y/o asuntos del propio entender pueden contaminar con interpretaciones emocionales

si se quiere y/o de particulares o comunes intereses el análisis sistemático de literatura por lo que

es recomendado realizar un seguimiento a la validez interna de la muestra, un control cruzado de

los datos derivados de los autores o informes seleccionados y así, solo ceñidos a esas

averiguaciones o datos se ha de comparar y cruzar esa evidencia bibliográfica para que la

opinión final a su vez sea objetiva y merecedora de validez y fiabilidad investigativa.

Aspectos éticos y legales

El investigador debe regirse al código deontológico y bioético del psicólogo, en el título 9

Investigación y docencia. Se observa:

Page 27: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 27

En el artículo 49 de este código, se habla de que todo psicólogo en el ejercicio de su

profesión, debe procurar contribuir en el progreso de la ciencia y de la profesión, investigando en

su disciplina, ateniéndose a las reglas y exigencias del trabajo científico y comunicando su saber

a estudiantes y otros profesionales.

La investigación, dependiendo de su naturaleza, debe realizarse con respeto a la dignidad

de las personas, creencia, intimidad (Artículo 53 del Código Deontológico y bioético).

Método de búsqueda de información.

A través de las herramientas tecnológicas de la universidad en sus bases de búsqueda, se

clasifican los documentos allí encontrados sobre la reincidencia delictual y que fueran sujetas de

relación investigativa desde el INPEC Colombia. Y que sean viables en la manera de análisis de

estado del arte. (La base de datos más usada es la conocida como Pro-Quest).

Así mismo se hace un recorrido literario en base al tema de la reincidencia desde los

archivos encontrados en Google Académico que aportaran desde sus contenidos al objeto de esta

revisión.

También se recogen datos de tesis formuladas con el propósito de profesionalización y

que sean suficientemente tratantes de datos relacionados con el fenómeno abordado

Del mismo modo se hace la extracción de información de boletines informativos de carácter

nacional e institucional (INPEC) que permiten contrastar las otras investigaciones y datos

seleccionados en la muestra sistemática.

Y como complemento al propósito investigativo se aborda a algunos expertos en el

ambiente jurídico y legal para efectos de aclarar y precisar algunos conceptos que permitiesen la

explicación interpretativa ajustada a su concepción y por ende a la verificación de su adecuada

ejecución en lo factico del universo penitenciario y carcelario.

Page 28: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 28

Resultados

Seguidamente se señalan los resultados obtenidos en la revisión literaria en el INPEC

Colombia

Tabla 1. Base de datos. Reincidencia una mirada desde el INPEC.

N.

Tipo de

documento

Autor

Titulo

Año

Resumen

Objetivo

Resultados

1

informativos

Brigadier

General

Jorge Luis Ramírez Aragón

Sendas de

libertad.

Presentado

por la U. de

los Andes y

relatoría de

prisiones

(REP)

Procurador

general de la

nación.

“Informe

Estadístico

” Instituto Nacional Penitenciar io y Carcelario. INPEC

“Informe

Relativo a

las

Personas

Privadas

de la

Libertad en

Colombia”

“Décimo

noveno

Informe

del

Defensor

del pueblo

al

Congreso

de la

Republica

de

Colombia”

.

2015

2014

2012

Enuncia la caracterización demográfica, la capacidad y comportamiento mensual de los establecimientos de reclusión del país para el mes de enero del 2015.

Exposición de

factores de

riesgo derivados

de la

proporcionalida

d internos vs

estructura

Informar e

incidir sobre la

opinión pública,

la sociedad y las

autoridades para

la ejecución de

acciones

orientadas a dar

cumplimiento

efectivo de los

DD HH. Así

como del

respeto al

Derecho

Internacional

Humanitario.

Analizar la literatura en relación estadística con la prevalencia, sobre reincidencia carcelaria.

Observar las

dinámicas de

comportamient

o funcional e

investigativo

del INPEC.

Analizar los

resultados

advertencias

sugerencias y

respuestas del

estado frente al

propósito de re-

integración

social en el

marco de los

DDHH.

Construcción de base de datos actualizada sobre personas reincidentes en Colombia.

Ampliación de

datos

específicos

sobre la

voluntad

investigativa

acerca del

fenómeno

reincidencial

Relación

literaria y

objetiva así

como del estado

desde el INPEC

para el

tratamiento

reincidente

Page 29: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 29

N.

Tipo de

documento

Autor

Titulo

Año

Resumen

Objetivo

Resultados

2

Documentos

Juan Pablo Uribe Barrera.

Zulma

Yadira

Cepeda R.

“Estudio sobre actitudes punitivas en la universida d EAFIT de Medellín

“Empatia y

distorsione

s

cognitivas

en

personas

no reclusas

y en

condenada

s por

delitos

sexuales y

violentos

en Boyacá

2013

2.012

Proyecto

Investigativo

que pretende

destacar la

relación en

términos de la

sensación del

alcance real de

justicia y control

de las políticas

criminales en

Colombia frente

a lo que percibe

el pueblo, y a

los esfuerzos

investigativos

sobre la

reincidencia

delictual en

Colombia.

describe y

compara tres

grupos de una

muestra de 149

hombres entre

los 18 y 57 años

incursos en

delitos sexuales

a menores de 14

años un grupo,

otro grupo con

delitos violentos

(no sexuales) y

un tercer grupo

que no

presentaba

historia de

reclusión

(primera vez en

situación intra-

mural)

Comparar de manera científica la validez argumental jurídica vs la opinión pública y los resultados en términos de efectividad misional del sistema penitenciario en Colombia.

Relacionar los

factores

estudiados en la

tesis la

observancia y

estudio

pormenorizado

de factores y

relaciones con

las variables

posibles, y las

conclusiones

científicas para

enriquecer la

propia a este

proyecto.

Verificación del estado relacional sobre la triada sistema jurídico, opinión pública y efectividad misional del sistema

penitenciario.

Se observa, una

significativa

diferencia en

factores como el

de la empatía en

términos de

afectividad y

cognición

Conllevando a

concluir de lo

improcedente en

el sentido del

tratamiento

estandarizado

penitenciario.

Page 30: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 30

N.

Tipo de

documento

Autor

Titulo

Año

Resumen

Objetivo

Resultados

María

Fernanda

Ossa López

Héctor

Hernando

Lambuley

Garcia Et Al

“Aproxima

ciones

conceptual

es a la

reincidenci

a en

Colombia”

Caracteriza

ción y

Perfilación

Criminoló

gica y

Penitenciar

ia de la

Población

Condenada

y privada

de la

2,012

Revisa de lo

objetivo de

considerar como

agravante desde

lo punible el

acto

reincidencial en

contraste con la

realidad y

alcance

funcional y de

finalidad

carcelaria.

Pasando por la

reflexión de lo

in-abordado

desde las

estructuras que

constituyen el

universo

penitenciario.

Los resultados

obtenidos de la

caracterización

y perfilación de

la población

penitenciaria y

el análisis de la

homogeneidad y

heterogeneidad

de la población,

son el

fundamento de

Revisar y

entender en la

reincidencia

los aspectos de

orden

individual,

social, político,

psicológico,

conductual,

familiar de

hábitos como

diurnalidad,

nocturnidad,

ecológicos

como el clima,

el ambiente

urbano y/o

rural, áreas

sociales,

genotipos,

fenotipos entre

otros que según

la autora están

relacionados y

deberían

estudiarse para

efectos de

interés

científico y de

intervención

desde todos

esos frentes

para combatir

el fenómeno de

la reincidencia.

Revisar la

diligencia

estatal frente a

la propuesta

realizada desde

el ente

administrador

del orden y

tratamiento

penitenciario

Validación

argumental

científica de la

necesidad

imperante de

incluir el

abordaje

científico con

los recursos

interdisciplinari

os que provean

los ambientes

reales de un

posible transito

adecuado de re-

ingreso a la

sociedad de

los(as) internos

en las cárceles

del territorio

Colombiano.

Fundamento

empírico

estadístico y

probalistico

además de

variables de

homogeneidad y

heterogeneidad

subyacentes

tanto del

contexto

Page 31: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 31

N.

Tipo de

documento

Autor

Titulo

Año

Resumen

Objetivo

Resultados

Libertad en

los

establecimi

entos de

Reclusión

del INPEC

y

propuesta

para el

direcciona

miento del

tratamiento

Penitenciar

io en

Colombia

2.011 la propuesta

para el

Direccionamient

o del

Tratamiento

Penitenciario en

Colombia

INPEC. intramural como

del externo

social con

agregadas

particularidades

según géneros y

otros factores

influyentes en el

fenómeno re-

incidencial y de

su posible re-

adaptación o re-

integración

social adecuada.

Fuente: elaboración propia.

Figura 1. Resumen cualitativo sobre las relaciones y diferencias de los estudios y posturas

frente al fenómeno de la reincidencia.

REINCIDENCIA DELICTUAL: UNA MIRADA DESDE EL INPEC

Muñoz (1980) postula que las investigaciones

psicológicas en el campo del derecho, se centran en

las causas sociales y estructurales del delito como producto de una

alteración del individuo. Así mismo analiza factores que originan la conducta en

un proceso penal.

Clemente (1997) define la psicología jurídica como

“el estudio del comportamiento de las personas y grupos que tienen la necesidad de

comportarse en un ambiente regulado

jurídicamente, así como la evolución de dichas

regulaciones jurídicas o leyes, en cuanto que los

grupos sociales se desenvuelven en ellos”.

Althusser (1997) citado por Piñeros señala que la labor de la psicología jurídica se centra en desvelar, criticar y destruir los elementos

propios del estado y de sus aparatos (ej: la escuela y la familia) con el fin de lograr las condiciones necesarias para una transformación

social radical, por lo tanto se suscribe en el campo de

estudio e investigación sobre la relación que existe entre el Estado, la ley y los

individuos.

Fuente: Elaboración propia

Page 32: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 32

La relación conceptual registrada en la gráfica obedece en pertinencia al objeto de ser de este

proyecto que se expresa desde la Psicología Jurídica; por tanto se hace requisito la comprensión

y del dinamismo evolutivo del mismo concepto que a la mirada de los referentes elegidos nos

acerca a ese conocimiento.

Figura 2. Conceptos referenciales sobre la psicología jurídica.

ESTADO

INPEC

INVESTIGAIÓN REINCIDENCIA

• La escasa investigación y muy precaria interdisciplinariedad.

• Posiblemente la psicología como cuerpo colectivo incidente, está en deuda consigo misma y la sociedad.

Fuente: elaboración propia.

Si miramos en la perspectiva holística del asunto revisado (posibles estudios realizados

por el INPEC sobre el fenómeno de la reincidencia) se pueden anotar ciertas variables que

podríamos enunciarlas como universales (dentro del marco de este proyecto) en términos de las

respuestas halladas sobre los alcances y su contenido del propósito de cualificar el “estado

investigativo” del mismo.

La primera es el Estado, en tanto es en lo factico el responsable de las dinámicas de

construcción normativa y de la movilización de los recursos de todo orden para efecto (en este

caso de los asuntos y fenómenos penitenciarios), como se aprecia en la revisión de la muestra la

• Un Estado que no ha evolucionado social y penalmente en el tiempo con su

política represora.

• Estado inoperante e inobjetivo frente al fenómeno reincidencial en

específico (solo promueve ampliación de tiempo de castigo)

Organismo excedido en su capacidad, infraestructura y capacitación.

• Ente limitado a sostener la co-habitabilidad de los internos.

• Se relaciona en este proyecto un solo trabajo investigativo con un esfuerzo

intergrupal y científico con margen de tres años de trabajo y opcionado como

propuesta al Min. Defensa para el tratamiento penitenciario.

Page 33: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 33

incidencia negativa y de potenciación de absurdos y abusos legales así como de inobjetividad,

inoperancia, inefectividad, monopolio y de incapacidad de atender y/o promover la participación

amplía en los niveles ciudadanos, académicos y de capacitación del personal asignado

intrainstitucional son determinantes en la cruda y cruel realidad que hoy por hoy se evidencia en

la capacidad administrativa del instituto penitenciario y reflejado en la experiencia propia de

quienes por la razón que sea se encuentran en calidad intramural como privados de la libertad.

La segunda variable podremos situarla en el mismo INPEC. Quien como organismo

delgado para el tratamiento penitenciario con autonomía administrativa “interna” se ha visto

absorbido por la postura consecuente a la “intención Estatal” de obviar las circunstancias

desbordadas en todos los aspectos de control y de cumplimiento misional y visional de su

entidad convirtiéndose en cómplice o aliado de esa dinámica absurda estatal, encerrándose en su

propia creencia de “mitigar” lo inmediatamente urgente y absolutamente necesario en la

comodidad de “lograr” la mediana “convivencia” al interior de los desproporcionados índices de

personas reclusas en las prisiones Colombianas y en su diversidad y complejidad psicológica y

humana llevando a la generación de otros tantos fenómenos y absurdos que inciden “en

concordancia con el estado” para la configuración de otros fenómenos de orden de descreimiento

institucional en todos los niveles sociales, y peor aún de sus propios integrantes como cuerpo

organizacional, proporcionando “sin querer” espacios para otros desafíos como la corrupción y el

dominio de mafias y fuerzas delictivas organizadas promoviendo el desorden y la “innecesidad”

de un efectivo intervencionismo científico e institucional en la dirección única pertinente de re-

socializar a los individuos, hombres, mujeres y de condiciones otras que allí permanecen y en

algunos muchos casos sienten y perciben como un lugar de paso de descanso y hasta de cualidad

de hogar y proveedor de sustento.

Page 34: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 34

Una tercera variable sería la propia propuesta del cuerpo o del colectivo científico y para

este caso en específico del colegio y/o asociación de psicología en Colombia, en tanto su

capacidad formativa y su derrotero ético conducen al propósito de “transformar” en su medida

las condiciones inadecuadas de las estructuras de pensamiento y conducta de los individuos y

colectivos intervenidos. Según se apoya en lo redactado en la ley 1090 de septiembre de 2.006 y

que si bien dentro del marco legal de su reglamentación infiere en su artículo 1º.definiendo. La

Psicología como “una ciencia sustentada en la investigación y una profesión que estudia los

procesos de desarrollo cognoscitivo, emocional y social del ser humano, desde la perspectiva del

paradigma de la complejidad, con la finalidad de propiciar el desarrollo del talento y las

competencias humanas en los diferentes dominios y contextos sociales tales como: La educación,

la salud, el trabajo, la justicia, la protección ambiental, el bienestar y la calidad de la vida. Con

base en la investigación científica fundamenta sus conocimientos y los aplica en forma válida,

ética y responsable en favor de los individuos, los grupos y las organizaciones, en los distintos

ámbitos de la vida individual y social, al aporte de conocimientos, técnicas y procedimientos

para crear condiciones que contribuyan al bienestar de los individuos y al desarrollo de la

comunidad, de los grupos y las organizaciones para una mejor calidad de vida”. Definición que

en mi entender no limita la postura propositiva sino la posibilita en tanto otorga el estatus de

trabajador de la salud al profesional psicólogo pero que en mi opinión adolece de la fuerza colectiva

de representación Estatal y pública en tanto los estudios de aquellos que nos esforzamos

para alcanzar esta capacidad académica al parecer quedan en bases de universidades y paginas

varias para la consecuente revisión, seguimiento y ampliación de ese vasto mundo de asuntos por

intervenir profesionalmente pero que quedan “casi igual que como sucede en lo descrito en las

variables universales descritas anteriormente del Estado y del INPEC”

Page 35: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 35

“INFECUNDAS” al quedar en reposo sin la proporcionalidad de impacto que pueden generar en

la medida en que como cuerpo o como colectivo científico se haga notar este desfase y sus

derivados como infecundos en todo su potencial, aludiendo a una posible subrogación al Estado de

Derecho propio de nuestro país pero que sin duda obvia y apoca la capacitación la formación el

bagaje investigativo provee de alguna forma un espacio de desánimo y desconcierto

profesional como organismo, pero que también abre la posibilidad de que esta joven aún psicología

jurídica que tiende a forjarse una identidad dentro del monopolizado ejercicio del Derecho, sea

fecunda muy fecunda en términos de si percibe que le corresponde “asuma” esa representación

colectiva y recoja todo ese archivo de investigación reposado e indiferente y otorgue a esta

profesión de la psicología esa propiedad de “TRANSFORMADORA” en un espacio más

redundante o más amplio o de impacto más colectivo y no tanto de individualización

y pequeños grupos subrogados como se anota al estado de Derecho sino que se atreva que sea

osada en la crítica analítica y demostrativa de lo que existe como norma y que es inocultable como

fracaso social, político, y hasta legal.

Page 36: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 36

Discusión

En el Estudio piloto sobre actitudes punitivas en la universidad EAFIT, (Medellín) se

hace referencia a un proyecto investigativo que pretende destacar la relación en términos de la

sensación del alcance real de justicia y control de las políticas criminales en Colombia frente a lo

que percibe el pueblo, los esfuerzos investigativos sobre la reincidencia delictual en Colombia,

en tanto se considera evaluar y relacionar los aspectos mencionados y de ese modo compara

fácticamente la efectividad del sistema penal, la reincidencia delictual atribuida desde la

sensación de “dureza” y “rebajas de tiempo” frente a otras opciones sancionatorias como multas

y/o trabajo social. Es decir, que parece haber una contradicción clara entre la política criminal

expansionista Colombiana “ofertada” desde las ambiciones políticas y manipuladas desde los

medios de comunicación como una lectura hecha por los que viven de la política a la necesidad

popular y lo que realmente se percibe y se pretende desde la sociedad acerca de estas políticas,

pero también señala el estudio que de igual forma se contradice el reflejo estadístico sobre la

disminución y del control de comisión de delitos emanados de las fuentes estatales y lo que

referencia la ciudadanía en esa dirección. Esto indica según el autor del artículo que se sigue

demostrando que la insistencia política de monolitizar el espectro de las actitudes punitivas deja

en evidencia unos vacíos serios en la coherencia del clamor popular para efectos de posibilidad

de sanciones penales y lo “autoritario” y efectivo de las políticas criminales actuales y

prevalentes de nuestro país.

Ahora bien y bajo la mirada del anterior párrafo, resulta interesante considerar si este

mismo patrón monolítico de las políticas criminales en nuestro país, incide o puede incidir en

los efectos y fenómenos ya mencionados además en la reducción de “espacios” investigativos

transversales que conlleven a las conclusiones posibles de re-direccionar o potenciar los entes,

Page 37: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 37

misiones, visiones y valores que participan a nivel estatal del sistema penal. Esta consideración

valida la inclusión de este articulo para iniciar la revisión de la muestra documental ya que

aborda directa e indirectamente la concepción y aplicación así como de su efectividad y posibilidad

de ampliar la gama de “soluciones” penales. Pasando como corresponde por el asunto de la

reincidencia como elemento que por su misma característica, funge como fenómeno evaluador de

todo ese sistema de políticas criminales en nuestro país.

Ahora bien, al revisar los documentos anexados a la bibliografía del boletín

criminológico vemos como “la caracterización y perfilación criminológica y penitenciaria de la

población condenada y privada de la libertad en los establecimientos de reclusión del INPEC.

Describe tres fases de trabajo interdependientes así: fase 1) caracterización de la población condenada en

los centros carcelarios del INPEC 2) perfilación criminológica y penitenciaria de los reos (as)

condenados en el Inpec 3) propuesta dirigida para el direccionamiento del tratamiento penitenciario en

Colombia. En los 43 establecimientos del país desde el 2007 hasta el 2009 y para organizar los resultados

de esta caracterización se establecieron entonces las características de homogeneidad y heterogeneidad que

derivaron en una propuesta contenida en cuatro dimensiones que se describieron así:

1) Población general, generando programas comunes a todos internos(as) del Inpec. 2) Perspectiva de

género, Que busca diferenciar las estrategias de tratamiento entre hombres y mujeres para su adecuado

desarrollo social intramural. 3) Tipo de delito, Atendiendo según el acto delictivo al interno, entendiendo

el delito y su marco social de desarrollo. 4) Tipo de interno, Que busca atender al interno(a) según sus

particularidades así como del delito que cometió y de su conducta (adaptación) intramural.

Sin embargo es interesante observar que seguidamente este documento señala por parte

del mismo Inpec que la ejecución real de tratamiento “individualizado” en pro de la re-inserción

social efectiva y adecuada es inoperante por falta de estructura idónea y de personal calificado para

los programas educativos necesarios y que adolece en la factico de programas con enfoque

Page 38: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 38

multidisciplinar y científico que le de peso a la razón de ser institucional y que solo llegan al

ejercicio de planes académicos primarios y básicos así como de ofertar algunos talleres de

trabajo “suponiendo” que son esas las causas de promoción de delitos en Colombia y se agrega

como auto reflexión que nada podrá hacerse hasta tanto se puedan “garantizar” cambios sostenibles

que permitan proveer a los internos (as) de las competencias adecuadas para su re- integro a una

vida social óptima para él y la sociedad; ratificando la línea de análisis documental en donde se

observa la “inobservancia estatal” frente al fenómeno carcelario reduciéndolo al caos funcional

y negando la consecuencia social de mantenerse en esa postura de obviar tal realidad.

En Aproximaciones conceptuales a la reincidencia se elabora un análisis cualitativo del

concepto de reincidencia delictual conduciendo desde el texto a la revisión de lo objetivo de

considerar como agravante desde lo punible (La reincidencia), para revisar y entender en la

reincidencia aspectos de orden individual, social, político, psicológico, conductual, familiar de

hábitos como diurnalidad, nocturnidad, otros posibles incidentes y/o posibles de relación con el

acto delictivo como, ecológicos como el clima, el ambiente urbano y/o rural, áreas sociales,

genotipos, fenotipos entre otros que según la autora sí están relacionados y deberían estudiarse

para efectos de interés científico y de intervención desde todos esos frentes para combatir este

fenómeno de la reincidencia. También cita a Molina (1988) en su explicación de la etiqueta y como

ese estigma incide en un empoderamiento de identidad que asume la persona que por todas las

razones persiste en la conducta punible. Y luego describe como desde los ámbitos del derecho se

recurre a la adopción de términos como la habitualidad, para darle otro sentido a la comisión del

delito y su posible penalización complejizando todo el asunto objetivo de criminalización y

universalidad en el tratamiento carcelario, concluyendo que desde el mismo concepto de

Page 39: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 39

reincidencia se nota conflicto en su interpretación y que su intento descriptivo y semántico no

basta para abarcar el mismo y evidenciando la ausencia de estudios que expongan claramente las

causas de la reincidencia en nuestro medio y menos de cómo distinguir de conceptos adheridos

desde el derecho como habitualidad, y profesionalidad. Y de si ese elemento de agravante de la

pena y la relación con la vida intra mural en términos de aprendizaje corrección y re-integración

del criminalizado que es en ultimas quien se ve afectado en todo su componente BIO PSICO

SOCIAL ESPIRITUAL. Surgiendo la pregunta ¿El derecho penal como liberal puede

considerarse proveedor de garantías para las personas sin recaer en la materialización del

hombre?

Históricamente el asunto de la reincidencia ha sido mal visto por las sociedades en

general y en su tratamiento, se intenta responder desde lo jurídico con la imposición de penas

mayores en caso de su tipificación, en otras épocas se consideró el castigo físico como herramienta

útil para regular la reincidencia y solo hasta el siglo XIX se acerca una universalización estructural

jurídica en torno al fenómeno estudiado. Así entonces articular el concepto de reincidencia, con el

entorno jurídico particular para dirigirse al instituto que interpretara este intento limitado de

regulación es muy complejo, en tanto el origen y descripción etimológica y semántica del concepto

de reincidencia son insuficientes para abordar el fenómeno en su totalidad. Utilizando el derecho

comparado como vehículo de interpretación y juicio del fenómeno estudiado, ¿en cuales delitos es

que más se reincide? Pero además del cómo es que puede el sistema penal y penitenciario “aportar”

al evento reincidencial. En tanto actúa sobre obviar asuntos de orden conductual de los individuos

y de sus construcciones psicosociales. Exacerbado este dilema por las diferentes “necesidades”

jurídicas para la tipificación del delito en donde se confunden por su confluencia y posibilidad

de citar los conceptos de habitualidad y

Page 40: SERGIO RAMIRO PÉREZ LANDINEZ - UCC

Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 40

hasta de profesionalidad delictual. Jugando con otros elementos de vocabulario jurídico que

sirven de estrategias para los intereses de los que practican el derecho como el asunto de

“agravante” de la pena (la reincidencia) pero que niegan y opacan el sentido especifico de

generar verdaderas políticas que posibiliten la re-integración de los criminalizados que sólo quedan

sujetos de limitación psico social (es decir se “simplifica y somete al individuo a la perdida de

libertad y a establecer una identidad delictual frente al contexto pero no se hace efectiva una re-

integración positiva a la vida en sociedad).

Sin posibilidad de reflejo en la seguridad y cultura de la sociedad general. Propiciando

como se indica un aporte a la repetición y exacerbación en la pluralidad delictual y para este caso

del fenómeno reincidencial. De todo esto surge la afirmación de la necesidad de desvirtuar al

derecho penal como liberal, y como proveedor de “garantías” para las personas sin recaer en la

materialización del hombre.

En Actitudes de los ciudadanos frente al crimen y al castigo: Se nos enseña una crítica

directa sobre la intención de justificar la política criminal “universalizándola” bajo la supuesta

premisa de “clamor popular” y/o de la falsedad de esa supuesta relación en lo fáctico de la

opinión popular, llevando a observar una real distancia sobre estas políticas expansionistas

versus las tendencias de opinión de estructuras políticas y funcionales que adopten medidas más

preventivas y de orden re-habilitador es decir de intervención psico-social. Destacando el hecho

de que en Colombia no se han realizado este tipo de estudios o investigaciones cosa que podría

poner en mala postura la legitimidad de la actual política criminal colombiana.

A la luz del contexto leído, se concluye en este estudio piloto realizado en Medellín que

la comunidad universitaria seleccionada como muestra para esta investigación pueda ser

cualificada como bloque monolítico frente a las actitudes punitivas señalando que los rasgos de

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 41

los individuos de la muestra son opuestos a ese tipo de caracterización. Y que su tendencia es

más significativa y orientada al ejercicio re-habilitador de los incursos en actitudes penales

devaluando la labor del sistema penal como macro-regulador del acto delictivo privilegiando las

estrategias de prevención sobre las de carácter represivo.

Se observa entonces que la muestra arroja una diferencia entre la idea de que las políticas

criminales se sustentan de la interpretación popular y la real apreciación y opinión de los

encuestados, demostrando la incomunicación entre estado y pueblo donde este último requiere de

unas políticas que permitan en el campo penal un manejo de la criminalidad más determinado a

la óptica de inclusión re- integradora social; señalado que esa manipulación informativa de la

supuesta relación y efectividad del sistema penal actual que propende hacia la ampliación de penas

y de represión y coerción se relaciona e influye en la opinión popular pero que una vez se le

muestra a esta población con rigurosidad científica y desde lo cuantitativo y cualitativo acerca de

lo aparente e ineficaz del sistema penal, de manera automática se traslada la opinión popular hacia

la preferencia de posibilitar políticas que reduzcan las posiciones punitivas y proyectando la

posible re-estructuración social- penal para desprendersen de esa postura arcaica e ineficaz del

actual sistema penal. Para exigir una creciente racionalidad legislativa a partir de escuchar la

opinión real del pueblo previa acción de someter al pueblo en general a esa pedagogía que los

saque de esa confusión y desinformación para que sin preceptos políticos se pueda avanzar como

sociedad de derechos y legitimizar entonces estos poderes legislativos y jurídicos y por ende

equilibrar y fortalecer procesos democráticos y reducir la parcialización y

sobredimensionamiento dirigido desde los medios de comunicación (manipulación mediática).

Ahora bien en la tesis Empatía y distorsiones cognitivas en personas no reclusas y en

condenados por delitos sexuales y delitos violentos en Boyacá; se observa que este estudio se

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 42

propone describir y comparar tres grupos de una muestra de 149 hombres entre los 18 y 57 años

incursos en delitos sexuales a menores de 14 años un grupo, otro grupo con delitos violentos (no

sexuales) y un tercer grupo que no presentaba historia de reclusión (primera vez en situación

intra-mural) se encuentra que existe una significativa diferencia en factores como el de la

empatía en términos de afectividad y cognición especialmente en los actores de delitos sexuales a

menores de edad, en contraste con los actores de delitos violentos en la que se amplía un poco

esta variable y diferente del grupo comparable que muestra mayor incidencia en distorsiones

cognitivas que los anteriores ya históricos de reclusión.

Lo que se puede inferir teniendo en cuenta los factores estudiados en la tesis es que la

observancia y estudio pormenorizado de factores y relaciones con las variables posibles como

sucede en este caso, donde se clasifican ítems como las edades, percepciones frente a las víctimas

en diferentes modalidades de delitos, la influencia de los marcos jurídicos para la tipificación de

los delitos en tanto a los “supuestos” de los agresores que se justifican en conocimiento de

ese marco jurídico (intentando menguar y/o omitir la responsabilidad frente al hecho y frente a los

valores asignados de daño y lesión incluidos en la norma), la variación de los factores de empatía

y distorsiones cognitivas bajo la influencia de sustancias psico-activas, y los supuestos “sociales”

de “no tratamiento” posible para sus posibles patologías como en el caso de los agresores sexuales

en menores de 14 años, así como la demostración de diferencia y/o equivalencia en los resultados

comparados con otros estudios. Conllevando a la conclusión de lo improcedente en el sentido del

tratamiento estandarizado penitenciario, que procura la re- habilitación de los detenidos según

aparte de su misión institucional y de lo complejo de pensar en mitigar la reincidencia delictiva

sin que el estado proporcione las vías y recursos necesarios para los estudios serios y científicos

que permitan entender los mecanismos influencias y

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 43

relaciones que confluyen para la actividad delictual y/o a la imposibilidad de acatamiento de las

normas sociales y más aún del porque se repiten o se reincide en la comisión de los delitos para

poder acercar las herramientas de mitigación y de establecimiento de políticas que sean acordes a

la necesidades que se observen una vez se avance en los estudios y sus conclusiones.

A la luz de lo anterior la necesidad de invertir en estudios transversales e

interdisciplinarios pertinentes al objeto de re-socializar a criminalizados contingente a la

aceptación del estado acerca de los ineficaz, inconducente e insostenible del modelo actual del

organismo (INPEC) en su intento de manejar el tratamiento, reducción de la reincidencia y re-

habilitación se puede decir es de carácter urgente por la estadística que se asume desde las

emisiones de los noticieros y de la realidad vista de hacinamiento en los establecimientos

carcelarios del país. (Que además no se resuelve con la construcción de más centros carcelarios).

Para continuar, en el Decimonoveno informe del Defensor del pueblo al Congreso de la

Republica. Nos facilita una mirada macro desde este documento de carácter informativo y que

obedece a una obligación constitucional que se le atribuye en el ejercicio promoción y divulgación

de los derechos humanos como reza en su razón misional para y por el país (asumiendo a la

población nacional radicada en el extranjero). Así pues, este documento tiene como objeto destacar

la actuación de la entidad (defensoría del pueblo) y de manera especial frente a las poblaciones

identificadas como vulnerables pero además de complementar, desarrollar y consolidar los

aspectos presentados al congreso en anteriores informes.

Un aspecto muy importante para referenciar es el carácter de “Magistratura Moral” que

debe ejercer el Defensor del Pueblo en tanto debe divulgar de manera asidua las acciones

defensoriales para informar e incidir sobre la opinión pública, la sociedad y las autoridades para

la ejecución de acciones orientadas a dar cumplimiento efectivo de los DD HH. O bien a la

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 44

superación de circunstancias relacionadas con su vulneración y amenaza, así como del respeto al

Derecho Internacional Humanitario, asunto que se “imprime” en términos de contenido y

pertinencia con la revisión del tema central de este proyecto como lo es la REINCIDENCIA

DELICTUAL.

Para este efecto el informe del defensor del pueblo, demuestra lo complejo de equilibrar

el control social de antecedentes judiciales con el ejercicio constitucional de permanencia bajo el

marco de los DD HH. Y del DIH. en su aparte sobre “la investigación de la institucionalización

de los antecedentes judiciales en Colombia” y la exigencia de la decantación permanente de estos

temas para la modificación pertinente se subraya una vez más la complejidad de la constitución

de herramientas jurídicas así como del modelo que permita la ejecución de esas normativas máxime

la consideración pertinente del factor humano como vehículo primordial en todos estos ámbitos

constitutivos, ejecutivos, de control, de manipulación según los intereses de turno necesidades y

circunstancias de quienes se encuentran del lado de la sociedad versus quienes ostentan el poder y

autoridad, donde se magnifica el riesgo de vulnerar derechos, faltando a la confidencialidad,

estigmatizando y abusando de esa información de antecedentes, en el sentido de quienes son

los que tienen que acoger esas reglas por sobre las propias características, sociales, históricas,

económicas, políticas, personales, académicas y culturales. Factores que sin duda incrementan la

compleja regulación social y de los paramentos éticos a lugar. Entendiendo la dificultad de

garantizar derechos desde ese espectro de diversidad.

El anterior asunto nos lleva a revisar en este informe decimonoveno del defensor del pueblo

la problemática del sistema penitenciario y carcelario en Colombia y que fue definido por la

Corte Constitucional según sentencia de tutela allí citada con el nº 153 de 1998 como “Estado de

cosas institucional en las penitenciarías y cárceles de Colombia” indicando los

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 45

derroteros a lugar para intervenir los problemas carcelarios planteados en ese entonces y que aún

son vigentes, la cuestión es que se buscaba garantizar D.D.H.H. Relacionando entonces lo

comentado sobre la diversidad y agregados en tanto hacemos parte (los seres humanos) de

clasificaciones sociales distintas, se abocaron al necesario ajuste estructural del ejercicio de

someter intra muralmente a los infractores, por lo que por ejemplo subrayaron la necesaria

separación de agentes del estado a sitios carcelarios exclusivos para su fuero, y del mismo modo

como control y garante de sus Derechos Humanos, también separar sindicados de condenados

(cosa que no se cumple) así mismo revisar las causas de inasistencia de Jueces de Penas y Medidas

a las cárceles por fuera de Bogotá, la debilidad en cuanto a personal especializado administrativo

y penitenciario en función de los centros de reclusión y la conminación al refaccionamiento de

espacios y construcción en las cárceles. Aclara el documento que sin embargo no se pensó

o actuó en el sentido del fenómeno del hacinamiento sino con una mirada muy fija en la adecuación

y refacción de los espacios físicos citando textualmente así: (“plan de construcción y refacción

carcelaria tendiente a garantizar a los reclusos condiciones de vida digna en los penales” plan

que se debía ejecutar en un término máximo de cuatro años a partir de su notificación en 1.998”)

Se observa que el asunto de considerar especialmente la refacción de espacios internos en

las prisiones en procura de “dignidad humana” en el transito interno de cumplimiento de las

penas que ha significado un ejercicio absorbente y único apocando u obviando la posibilidad de

inversión estructural y de capacitación así como de contratación de personal calificado para la re-

habilitación de los condenados en función de una sociedad capaz de proveer las herramientas

cognitivas psicológicas y de valores a los que por tan diversas razones e influencias incurren en

la infracción normativa. Y que cumpliría con la integralidad necesaria para suplir el fenómeno de

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 46

hacinamiento y del asunto re-habilitador eficaz. Queriendo decir que adoptar la adecuación y

refacción de las cárceles como paradigma de solución es una concepción equivocada si bien no

menos importante ya que sin duda “emparejar” la capacidad física de las cárceles con el número

de presos de los establecimientos es necesario y funcional pero de ninguna manera se adhiere a la

más necesaria intervención de los fenómenos y variables que confluyen en el asunto del

hacinamiento ni de la reincidencia que es la razón de estudio de este proyecto de revisión

literaria. Entre otras variables podemos adjuntar a modo de ampliación y conocimiento las

siguientes variables que se encuentran dentro del mismo texto informativo del cual nos nutrimos

en esta parte de redacción y que rezan así: “incremento en la tipificación de criminalización o de

conductas delictuosas, incremento del quantum de la pena privativa de la libertad, el abuso de la

privación de la libertad como medida preventiva de aseguramiento, la demora en el trámite de los

procesos que aumentan el número de internos sindicados, la mentalidad restrictiva de las

autoridades judiciales, la reincidencia derivada de la falta de ejecución de planes y proyectos

“que teóricamente” se diseñan para dar cumplimiento al tratamiento penitenciario en su régimen

progresivo, la ausencia de una política criminal y penitenciaria más coherente y preventiva que

represiva y dirigida como se anota anteriormente a la re-habilitación social de los incursos de

infracción a las leyes.

En el siguiente referente que está emitido desde el INPEC pretende resaltar la pertinencia

estructural con el hecho re-socializador de los sujetos en prisión y que fue emitido en la

caracterización demográfica, la capacidad y comportamiento mensual de los establecimientos de

reclusión del país como nos lo cita en su primer párrafo de la presentación. Para el caso que nos

ocupa expresa que para el mes de enero (2015) la población reclusa a cargo del INPEC sumó

18.745 personas y en sus diferentes modalidades de penalización presentó las siguientes cifras:

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 47

Intramuros 87,3% (16.362), en domiciliaria 10,7% (2.006), y con control de vigilancia

electrónica 2,0% (377) así mismo, el 92,7% (17.375) de los reincidentes son hombres y el

restante 7,3% (1.370) mujeres; Finalmente explica el dato estadístico del documento que de los

157.693 reclusos a cargo del INPEC, el 11,9% son reincidentes. Por ultimo señala que para ese

periodo se presentó como una variable más para el crecimiento de la población carcelaria, el

levantamiento del cese de actividades de la rama judicial, acuerdos entre el sindicato del INPEC

y al flujo normal de ingreso y salida de internos.

De modo tal que al observar lo anterior se puede inferir como el estado demográfico y

dinámico en general de esta institución (INPEC) pero resaltando el asunto tan significativo de los

valores estadísticos-cuantitativos allí expuestos a la fecha sobre el fenómeno reincidencial y que

se exacerban en su sentido si se considera relacionar factores como el hacinamiento por tanto

quienes son objeto de sindicación o condena como la misma institución y por ende, el Estado de

alguna manera sabe que van a tener que enfrentar estas condiciones tan adversas al ser humano

en términos de su dignidad y Derechos pero que pese a esa indefectible realidad la tasa de

reincidencia sigue en aumento, cosa que mirada desde ese solo aspecto debería generar la

suficiente atención de regulación desde el estado, desde el mismo ente encargado y autónomo de

sus funciones, y de una sociedad de la que se “substrae” todo ese capital humano que pasa por

esas circunstancias, y si ampliamos el foco amparados en este informe se entiende que los intereses

siguen siendo unidireccionales en términos de “habitabilidad” y capacidad más nunca de

“REINTEGRACIÓN SOCIAL” que es lo que finalmente y mejor aún en su principio se adjunta

como misión de esa organización estatal (INPEC).

Así entonces, podemos concluir que la escasa presencia y desarrollo de investigación

penitenciaria y para este caso del INPEC Colombia deja en evidencia la imposibilidad

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 48

transformadora en términos de la educación penitenciaria pero también del cuerpo estatal y de

presencia profesional que coadyuven fáctica y eficazmente en los procesos de investigación,

evaluación, diagnostico, pronostico y tratamiento de los múltiples fenómenos y derivados que se

configuran al interior de los centros penitenciarios pero que subyacen en sus manifestaciones en

la misma concepción y relación directa con las normas vigentes pero en defecto inadecuadas para

el objeto no solo regulador sino principalmente de su posibilidad de aportar al crecimiento

adecuado social e individual teniendo potencialmente la prevención de tanto asunto y del cercano

conocimiento y visibilización de los recursos de garantía para las manipulaciones adecuadas de

las dinámicas circunstanciales contingentes a todos los aspectos estructurales, vivenciales,

educativos, de capacitación, etarios o del ciclo vital, naturales, biológicos, de credos, políticos

económicos, geográficos, culturales, genéticos y otros que se adhieren a la existencia de los seres

humanos. Entre otros como del manejo no solo adecuado profesional y coherente sino “ÉTICO”

de los procesos actuales de estigmatización y reducción de posibilidades sociales, laborales,

bancarias y demás de quienes han tenido que purgar algún tipo de sindicación y/o condena en tanto

quedan sin posibilidad de cohabitar sin esos referentes judiciales quedando señalado por los

mismos entes que manejan esa base de información siendo utilizadas como segregadoras

sociales y exacerbando entonces el dato estadístico de personas casi que “obligadas” al estatus de

delincuente y por ende al acto delictivo como único recurso de subsistencia al enfrentarse a una

sociedad cerrada para su ejercicio social, crediticio, productivo y hasta familiar. Derivando este

complejo reflejo (estigmatización) en un nuevo fenómeno a abordar y que denota lo decadente de

este sistema que en la práctica contravía el propósito de cultivar y proteger los DDHH y más

bien los afecta negativamente desde todo su modelo.

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De modo que resulta conveniente anotar a esta altura del análisis cualitativo objeto de

este proyecto y en razón comparativa (para no quedarnos en el lamento y la insatisfacción) algunos

referentes de orden extranjero que bien pudieran ser tenidos en cuenta como serios argumentos

para una mirada de intervención y tratamiento penitenciario articulado en concordancia con el área

de las medidas judiciales, que al ser observadas dejan abierto un sinfín de posibilidades para su

aplicación y por supuesto de beneficios y regulación de asuntos tan imperantes en nuestro país

Colombia como resulta ser el fenómeno del hacinamiento y de las razones por las que es

absolutamente conveniente y de total necesidad el tratamiento psicológico en las personas en

estado de reclusión.

Echeburúa et al (2004) nos enseñan que una vez identificada la vía para la motivación del

tratamiento psicológico se han de señalar como corresponde los núcleos relevantes de acción inicial

terapéutica e investigativa más urgentes. Partiendo de la premisa de que tratar a una persona que

ha cometido violencia o quebrantado la norma no es comparable a considerarle no responsable de

su proceder como también es falsa la afirmación o etiqueta de “hombre malo” poniendo como

elemento interpretativo y punitivo y humanista además de “hombres con necesidad de tratamiento

médico y/o psicológico o de ambos. Vol. 25(88)

En tanto se deduce que si bien existe la responsabilidad del hecho punible y por ende de

su conducta este “hombre” presenta limitaciones importantes psicológicas para enfrentar

situaciones y asumir un control de impulsos propios y/o de asuntos asociados y exacerbantes de

la limitación conductual requerida socialmente por uso y abuso de alcohol y sustancias

psicoactivas o de cualquier otro estimulante existente. No como factores únicos asociados porque

también se presenta la influencia de factores encadenados a por ejemplo sus sistemas de

creencias y habilidades sociales aprehendidas por los individuos para bien o para mal. (Corral

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 50

2004 y Amor 2003) con estas intervenciones de tratamiento lo que se busca entonces es controlar

la conducta actual para su no repetición a futuro asi se previene y protege la victimización y

víctimas y se procura un “hombre” (antes agresor) con una autoestima prevalente (en algunos

casos se reconocerá la ayuda psiquiátrica como medio de tratamiento si así se requiere).

Así entonces en la sociedad española deriva del principal objeto de protección social que

se enmarca en su conjunto de leyes y normas el imprescindible propósito de “re-educación y re-

inserción social de los incursos en delitos como la máxima razón de ser de los centros carcelarios

y de las penas impuestas.

Estos mismos autores (Echeberúa, Amor y corral, 2002) y otros como Feazell, Myers y

Deschner 1984 ya habían señalado que desde la perspectiva de atender o tratar exclusivamente a

las víctimas de cualquier acto violento o delictivo en contraposición al tratamiento del victimario

o actor del delito es un error. En tanto estos últimos una vez cumplen sus penas, continúan en

gran porcentaje las relaciones con las víctimas a pesar de todo (en caso de violencia

intrafamiliar) y sirve efectivamente este tratamiento conjunto de víctima y victimario para

reducir el acto violento “heredado”, a niños, ancianos y otros miembros de los lugares y hogares

con esa característica de conducta violenta o delictual con un alto precedente estadístico de

violencia “heredada” de hasta el 40% en algunos casos (Echeberúa y Corral, 1998) de modo que

resulta interesante de revisión el archivo documental existente sobre el tratamiento objetivo a los

reclusos pero en conjunto con las víctimas y familias o lugares de contexto de formación y

desarrollo de las personas en cualquier situación. Entendiendo que estas medidas de intervención

y tratamiento van más allá por la razón de que una persona sin tratar pese a que su contexto del

ultimo evento violento lo rechace es altamente probable que inicie unas relaciones e

interacciones nuevas en otro nuevo ambiente y que la conducta violenta o delictiva se repita y

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por ende se reincida en la condición punible y carcelaria por lo que queda claro que es el

tratamiento adecuado para cada caso el vehículo de control social más efectivo pero de igual

importancia para las sociedades en una lógica entendible por demás. Dicho de otra manera se

interrumpen las ciclos de violencia transmitidos inter generacionalmente y aprendizaje por

observación de hijos e hijas que es evidente. Ahora bien que ya existe otro predictor positivo y es

una base estadística de característica preventiva al seguir con estos pasos de tratamiento practicados

en España que arrojan datos de favorabilidad proporcional al factor de re-aprendizaje de

habilidades sociales y la obvia disminución de respuestas violentas. (Austin y Dankwort,

1999; Babcock y Steiner, 1999)

Esta mirada si se quiere “complementaria” entre el acto administrativo de la norma y el

ejercicio de tratamiento e intervención psicológica integral es idóneo en tanto en España así lo

demuestra el acto en donde el juez según el caso opta por proceder a la adopción de medidas

como cumplir la pena domiciliaria bajo el compromiso de continuar el tratamiento psicológico o

ya sea de reducir condena u otros beneficios de ser avalados o confirmados como procedentes

según el diagnóstico del profesional (s) psicólogo que labore en el centro penitenciario y o de

remisión a centros especializados en caso de un requerimiento de psiquiatría de igual forma con

el aval del profesional psicólogo y de la garantía de continuidad del tratamiento integral o de

procesos psicológicos con presentaciones judiciales y demostrables de informes trimestrales de

esos procesos y de su rendimiento. Claro que según el delito, tiempo de condena y características

evaluadas por los profesionales psicólogos.

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 52

Conclusiones

En general se observa, la confluencia de variables que son de suma importancia para

efectos de profundización y de intervención psicológica clínica, organizacional y social-

comunitaria, así como de trabajadores sociales, antropólogos, sociólogos significando con esto

la inmediata necesidad de actividad científica de orden psicológico, teniendo en cuenta que las

variables presentadas, abordan a la población en general, incluida la guardia penitenciaria, las

familias de los internos, la sociedad en general, que es finalmente la proveedora de las

circunstancias que por omisión u/o acción, desde lo familiar hasta lo político, concurren y

participan directamente en la situación que viven los internos de todo el país, pero que en este caso

específico, busca centrarse no solo en la queja ya redundante de esterilidad, sino más bien en el

ejercicio práctico y efectivo en todos estos ámbitos y comprometer finalmente al propósito de

alcanzar un equilibrio tangible de reflejo social adecuado y coherente a la misión profesional y

humana que nos compete.

Más allá de lo que resulta del análisis literario que simplificado, si es que fuera posible

hacerlo teniendo en cuenta el impacto negativo desde nuestra sociedad, pues también adolece de

“sordera” y “ceguera” frente al razonamiento científico que por años al igual que los

requerimientos de orden legal y constitutivo están sugiriendo a voces sobre “el estado” (en

términos psicológicos) del sistema para la acción de “reintegración social” de los internos en tanto

a la urgente intervención interdisciplinaria pero sobre todo ética, sino además “del rasgo” (en

términos psicológicos) evidente del establecimiento encargado de esta función respaldado por

un estado rector de las políticas que de manera arbitraria segmenta la sociedad y se procura en

los derechos de los que ostentan poder y riqueza pero que otorga a los estratos en desventaja

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educativa y de capacitación por su posibilidad económica, la caracterización de población

necesitada de “normas represivas” no consensuadas con el pueblo en general y que las supone

entonces “a estos estratos 1, 2 y 3” víctimas de un modelo educativo y social orientados a la

generación de violencia pero también como se denomina en algunos estudios “sociedades del

delito”, (ej: “Delito y sociedad, sociología del sistema penal” facultad de ciencias sociales de la

Universidad de Buenos Aires) extirpando en primera la responsabilidad de los actores garantes

del derecho omitiendo abiertamente la responsabilidad en términos de complicidad de esas

deformaciones sociales y de la vulneración permanente y repetitiva de los Derechos Humanos

maniobrando con maromas de orden sintáctico e interpretativo la propia comisión de la vulneración

de los mismos. Así que en “aras” y/o bajo las banderas de “control social y penal” sectorizado y

con fundamentos históricos de intentos totalitaristas pasando por las teorías positivistas, estructuran

unas bases de fundamentación bajo el único marco de “Cumplimiento Y/O Violación De Las

Normas Penales” que se han de cumplir si o si en esas poblaciones que por razones diversas

pero muy claramente incididos desde los monopolios económicos y educativos, se hallan en la

posición de vulnerabilidad frente a este fenómeno de consecuencia casi cultural. Atender las

necesidades, en el intento de mitigar o adecuar estrategias que una vez implementadas impacten

positiva y favorablemente a esta institución, en la que se contienen tantos seres humanos, que

confluyen, y que, más allá de su personal situación o calidad de rango, posición, motivo de

permanencia intramural, tienen que resolver, ya sea desde la guardia del INPEC, (que debe decirse

sin tapujos son otros presos más), y los declarados imputados, la convivencia, en medio de todos

los fenómenos que se suceden en ambientes que rebasan las posibilidades de dignidad humana,

exacerbados por los escasos recursos, de todo orden. Y por la acomodación de un estado que se

recuesta en tanto ente de voluntariado, para evadir una mirada

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 54

real y una acción e intervención, apropiadas a semejante problema.

Sugerencias.

La observable ausencia de un volumen documental suficiente en términos proporcionales

y cronológicos así como situacionales y sobre todo del carácter de urgencia que exige el

momento histórico en el que transcurrimos, es razón más que suficiente para que se sucedan en los

colegiados profesionales los estímulos investigativos que rompan con el paradigma aparente de

pragmatismo social quedándose en un segundo lugar y pasar a ser más propositivos e

influyentes en la construcción social alcanzando el nivel de protagonismo propio de la razón de ser

de los años de preparación y capacitación y de ser necesario alcanzar los puestos políticos y de

lugar que solucionen de hecho todas estas irregularidades absurdas por demás que se evidencian

en términos generales de las dinámicas no solo penitenciarias a las que nos referimos sino

generales, entendiendo que los recursos éticos de los psicólogos en función del equilibrio mental,

psiquis y de bienestar general de los seres humanos es su fundamental motivación de lo contrario

al igual que la institución observada seremos (los psicólogos) un cuerpo sin alma. Así que se invita

a los educandos en estas y todas las ramas del saber humano social y de salud a que de una manera

decidida abortemos este modelo inoperante inefectivo y provocador de todas las peores tensiones

del ser humano con sus derivados a que incurran en la investigación e intervención con un propósito

transformador y no solo de “adaptación a una realidad” que se revienta sola a sí misma y que

trasgrede las naturales convicciones subyacentes en el único sentido de COMUNIDAD.

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Reincidencia: Una mirada desde el INPEC 55

Referencias

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Ossa, M. (2012). Aproximaciones conceptuales a la reincidencia penitenciaria. Revista Ratio

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Universidad de San Buenaventura. Boletín Criminológico.

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Anexo

Anexo 1. Plantilla base de datos

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TEMATICA OBJETIVO RESULTADOS