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MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA PROYECTO DE PLIEGOS CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA. Página 1 de 152 PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIÓN PÚBLICA No 001 DE 2015 OBJETO: “CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA.CIÉNAGA MAGDALENA - CARIBE; 2015

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este es el proyecto para la ejecución del mercado publico

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MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA

PROYECTO DE PLIEGOS CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL

FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA.

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PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA No 001 DE 2015

OBJETO: “CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA

- MAGDALENA.”

CIÉNAGA MAGDALENA - CARIBE; 2015

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INVITACIÓN A VEEDURÍAS CIUDADANAS

MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA convoca a la comunidad y a las veedurías ciudadanas

legalmente establecidas, para que ejerzan control social, formulen recomendaciones escritas y oportunas e intervengan y desarrollen su actividad durante las etapas pre-contractual, contractual y post-contractual en el presente proceso de selección, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993, para lo cual pueden consultar el proceso en el portal único de contratación estatal: www.contratos.gov.co. y/o www.cienaga-magdalena.gov.co.

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RECOMENDACIONES

EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA se encuentra interesada en recibir propuestas para el proceso en referencia, y para lo anterior, se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: A. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o

prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para ofertar y contratar. B. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones del proceso de selección, Los Manuales

de Contratación, Interventoría, Plan de Gestión Social, Manual Buenas Practicas Ambiental y de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la Contratación Administrativa con Entidades del Estado (Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 y normas reglamentarias y complementarias).

C. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con la

propuesta y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el presente pliego de condiciones.

D. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en

el pliego de condiciones. E. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego. F. Diligenciar totalmente los anexos, Formato y/o Formularios contenidos en este pliego, aclarando que los formatos o Formularios son modelos o sugerencia, lo que se requiere es la información básica que se solicita en estos formatos, por lo que el proponente podrá diseñar y presentar sus propios formatos, siempre y cuando contenga la información solicitada y requerida para evaluación. G. Elaborar los aspectos técnicos y económicos de la propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el

presente pliego, verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos. H. Presentar sus ofertas con el correspondiente índice y debidamente foliadas. EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PROPUESTA Y DE SOLICITARA A LAS AUTORIDADES COMPETENTES O A LOS PARTICULARES CORRESPONDIENTES, INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL CONTENIDO DE LA MISMA.

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CAPITULO PRIMERO

1. INFORMACIÓN GENERAL

FECHA: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, 18 DE Febrero DE 2015 RAZÓN SOCIAL CONTRATANTE: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA DIRECCIÓN CONTRATANTE: CARRERA 11ª No. 8A -17 UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA MODALIDAD: LICITACIÓN PÚBLICA CAUSAL: CUANTÍA PROCESO. ALCANCE DEL OBJETO: CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS

COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA.

OBJETO PRESUPUESTO OFICIAL: TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES

SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.836.672.665,00) INCLUIDO AIU.

GRAVADO CON IVA: NO APROPIACIÓN PRESUP. No: C.D.P. Nº 000256 RESOLUCIÓN DE APERTURA: N.A LUGAR DE EJECUCIÓN: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA LUGAR DE AUDIENCIAS: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO

ECONÓMICO SOSTENIBLE PISO 2 PALACIO MUNICIPAL. LUGAR CORRESPONDENCIA: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO

ECONÓMICO SOSTENIBLE PISO 2 PALACIO MUNICIPAL. ENTREGA PROPUESTAS: SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO

ECONÓMICO SOSTENIBLE PISO 2 PALACIO MUNICIPAL.

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CLASE DE CONTRATO: OBRA PÚBLICA DURACIÓN CONTRATO: CIENTO OCHENTA (180) DÍAS CALENDARIO. FORMA DE PAGO: ANTICIPO 50% - PARCIAL OFERTAS ALTERNATIVAS: NO CORREO ELECTRÓNICO: contratació[email protected] CONSULTA PLIEGOS: www.contratos.gov.co y www.aguasdebolivar.com.co

I. INTRODUCCIÓN MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, pone a disposición de los interesados el pliego de condiciones para la selección del contratista encargado de ejecutar el contrato de obra pública antes referido. El proyecto de pliego de condiciones y el pliego de condiciones definitivo, así como cualquiera de sus anexos están a disposición del público en general en el Sistema Electrónico de Contratación Pública –SECOP– http://www.colombiacompra.gov.co/sistema-electronico-de-contratacion-publica. Los interesados pueden presentar observaciones al presente documento en la oportunidad establecida para el efecto en el Cronograma de este proceso de selección de oferentes.

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II. ASPECTOS GENERALES

A. Invitación a las veedurías ciudadanas

En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993 la Entidad Contratante invita a todas las personas y organizaciones interesadas en hacer control social al contrato objeto del presente proceso, en cualquiera de sus fases o etapas, a que presenten las recomendaciones que consideren convenientes, intervengan en las audiencias y a que consulten los Documentos del Proceso en el SECOP. De acuerdo con la Ley 850 del 2003, las veedurías pueden conformar los diferentes comités (técnicos, financieros y sociales entre otros) para poder ejercer su función. Una vez conformada la veeduría con los parámetros de la ley, desarrollarán su actividad en comunicación con la interventoría del proyecto. B. Compromiso anticorrupción Los Proponentes deben suscribir el Compromiso Anticorrupción contenido en el Anexo 1 en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. C. Costos derivados de participar en el Proceso de Contratación

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los Documentos del Proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las Ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de selección estará a cargo de los interesados y Proponentes. D. Comunicaciones Las comunicaciones en el marco del Proceso de Contratación deben hacerse por escrito por medio físico o electrónico. La correspondencia física debe ser entregada en la siguiente dirección, Cra. 11A No 8A -17, 2do Piso, Secretaria De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 8:00 a.m. – 12:00 p.m. Y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. La correspondencia electrónica debe ser enviada a la dirección electrónica contratació[email protected]. La comunicación escrita debe contener: (a) el número del Proceso de Contratación; (b) los datos del remitente que incluyen nombre, dirección física, dirección electrónica y teléfono; (c) identificación de los anexos presentados con la comunicación. Las reglas aplicables a la presentación de las Ofertas están en la sección VIII del presente documento.

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Las comunicaciones y solicitudes enviadas a la Entidad Contratante por canales distintos a los mencionados antes solamente serán tenidas en cuenta para los propósitos del Proceso de Contratación cuando sean radicadas a través del canal que corresponda. La Entidad Contratante responderá las comunicaciones recibidas por escrito enviado a la dirección física o electrónica señalada en la comunicación del remitente. Toda la documentación del proceso debe ser entregada de manera física en la Oficina Jurídica de o directamente en el correo electrónico contratació[email protected]. Así mismo, toda la documentación del proceso, será publicada en el sitio web www.contratos.gov.co. La entrega de las propuestas se debe realizar en las Secretaria De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible, Cra. 11A No 8A -17, 2do Piso, del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA – CARIBE, no será responsable por la presentación de los documentos solicitados o las propuestas, en una oficina o dependencia diferente a las señaladas, así como tampoco por aquellas que siendo radicadas en el archivo de la entidad, aún dentro de la fecha y hora establecida-, sean recibidas con posterioridad a lo indicado en el cronograma. No se

aceptarán reclamaciones a este respecto. Por esta razón se reitera que la presentación de los documentos deberá realizarse directamente en la Secretaria De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible, Cra. 11A No 8A -17, 2do Piso, de la ciudad de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, o ser enviadas al correo electrónico contratació[email protected]. E. Idioma

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los Proponentes o por terceros para efectos del proceso de contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser elaborados en castellano. La Oferta y sus anexos deben ser presentados igualmente en castellano. Los documentos con los cuales los Proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata la sección VII que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite del Apostille o Consularización. F. Legalización de documentos otorgados en el Exterior (i) Consularización. De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales

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sobre el régimen de los poderes. Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (ii) Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. (iii) Apostilla. Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en el literal (a) anterior, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. (iv) Legalizaciones:

a. Los Proponentes provenientes de países signatarios de la Convención de La Haya citada en el literal (b) anterior podrán optar, como procedimiento de legalización de los documentos otorgados en el exterior, por la Consularización descrita en el numeral (a) anterior o la Apostilla descrita en el numeral (b) anterior. b. Los Anexos al presente pliego deben completar los Interesados, no deberán contar con el procedimiento descrito en los literales (a) o (b) anteriores. c. La Consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original o copia auténtica so pena de tenerse como no presentada. G. Potestad de verificación La Entidad se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la totalidad de la información aportada por el Proponente, pudiendo acudir para ello a las fuentes, personas, empresas, Entidades Estatales o aquellos medios que considere necesarios para el cumplimiento de dicha verificación. H. Cuadro de información

CONTRATO

Objeto

CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA OBRAS COMPLEMENTARIAS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DEL MERCADO PÚBLICO DEL

MUNICIPIO DE CIÉNAGA - MAGDALENA Lugar de ejecución MUNICPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA

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Contratante MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA

Plazo Ciento ochenta (180) días calendario. Proceso de selección 001 - 2015

Valor

TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.836.672.665,00) INCLUIDO AIU.

III. MODALIDAD DE SELECCIÓN El numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, establece la modalidad de contratación por Licitación Pública. El presupuesto oficial del proceso a surtir para satisfacer la necesidad identificada, asciende a la suma de $4.758.252.788,00 y por lo tanto, en razón a la cuantía la modalidad de selección correspondiente será la de licitación pública. El objeto del proceso a realizar es de CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA, DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA., objeto que en virtud de lo establecido en el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993 corresponde a un contrato de obra. Conforme a lo expuesto, tanto en consideración a la cuantía como a la naturaleza del bien y servicio a adquirir, la modalidad de selección aplicable es la de Licitación Pública. IV. DEFINICIONES Las expresiones utilizadas en el presente documento con mayúscula inicial deben ser entendidas con el significado que a continuación se indica. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural según lo requiera el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013. Los términos no definidos a continuación deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio.

Definiciones

Adenda Documento por medio del cual la Entidad Estatal modifica los pliegos de condiciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011.

Adjudicación Decisión emanada de la entidad en cabeza del proyecto por medio de un acto administrativo, que determina el Adjudicatario del presente proceso.

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Adjudicatario

Proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una Propuesta que cumple con lo requerido en el Pliego de Condiciones y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección.

Anexo Conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al Pliego de Condiciones y que hacen parte integral del mismo.

Aportes Parafiscales

Los gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable.

Contratista Adjudicatario que suscribe el Contrato derivado del presente proceso.

Contrato

Negocio jurídico que se suscribirá entre la Entidad y el Adjudicatario, por medio del cual se imponen a las partes las obligaciones recíprocas y se le conceden los derechos correlativos que instrumentan la relación Contractual que se busca establecer a través del presente proceso.

Día(s) Calendario Cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil.

Día(s) Hábil(es) Cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes de cada semana, excluyendo los días feriados determinados por ley en la República de Colombia.

Documentos del Proceso

(a) Estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las Adendas; (e) las observaciones y sus respuestas; (f) la oferta; (g) el informe de evaluación; (h) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación.

Dólares de los Estados Unidos de América, o Dólares, o US$

Moneda de curso legal en los Estados Unidos de América, la que, para todos los efectos se tomará por su valor equivalente respecto de la moneda de origen del proponente, según la tasa de cambio oficial o, en defecto de aquella, según la tasa de cambio certificada por la autoridad competente del país de origen.

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Especificaciones

Las especificaciones técnicas de construcción aplicables, son las determinadas por la Gerencia Asesora de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA (ESTUDISEÑO), las cuales se publican como anexo de estos pliegos de condiciones como Especificaciones Generales y Especificaciones Particulares las cuales se complementan y se pueden consultar en la página web www.contratos.gov.co,

[email protected] y en nuestras

Secretaria De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible, Cra. 11A No 8A -17, 2do Piso, en la ciudad de

CIÉNAGA MAGDALENA - CARIBE.

Estimación del Riesgo Valoración del Riesgo en términos monetarios o porcentuales.

Etapas del Contrato

Fases en las que se divide la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las actividades propias de cada una de ellas las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad para estructurar las garantías del contrato.

Garantía de Seriedad de la oferta

Medio utilizado para asegurar la seriedad de la oferta a favor de Entidades Estatales con ocasión de la presentación de la propuesta, de conformidad con la ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y el pliego de condiciones. Podrá consistir en cualquiera de las clases de garantías a que se refiere el artículo 111 del decreto 1510 del 2013.

Interesados

Personas naturales o jurídicas o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que actúan en el Proceso de Contratación previamente a la presentación de ofertas.

Proceso de Selección

Proceso de selección objetiva que se reglamenta en el Pliego de Condiciones con el propósito de seleccionar la Propuesta que, conforme a los términos establecidos en este Pliego, resulte más favorable a los intereses de la Entidad Estatal para la celebración del Contrato de obra, en consonancia con las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

Período Contractual

Cada una de las fracciones temporales en las que se divide la ejecución del Contrato, las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad Estatal para estructurar las garantías del contrato.

Pesos Colombianos, Pesos o $ Moneda de curso legal en la República de Colombia

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Pliego de Condiciones

Conjunto de normas que rigen el Proceso de Selección y el futuro Contrato, en los que se señalan las condiciones objetivas, plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes deben formular su Propuesta para participar en el Proceso de Selección del contratista y tener la posibilidad de obtener la calidad de Adjudicatario del proceso de selección.

Primer orden de elegibilidad

Posición que ocupa el proponente que habiendo obtenido calificación definitiva de “ADMISIBLE” en todos los criterios de habilidad, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la calificación de los criterios de ponderación, previstos en el pliego de condiciones.

Proceso de Contratación

Conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.

Proponente

Persona natural o jurídica o el grupo de personas jurídicas y/o naturales asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o cualquier otro tipo de asociación que presenta una Propuesta para participar en el Proceso de Contratación.

Propuesta

Oferta con carácter irrevocable, presentada conforme a los requisitos establecidos en el Pliego de Condiciones; debidamente suscrita por quien tiene la capacidad de representar al proponente, la cual debe estar acompañada de la garantía de seriedad.

Riesgo Evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.

RUP

Registro único de proponentes que llevan las cámaras de comercio y en el cual los interesados en participar

en Procesos de Contratación deben estar inscritos, calificados y clasificados.

Servicios Nacionales Servicios prestados por personas naturales colombianas o residentes en Colombia o por personas jurídicas constituidas de conformidad con la legislación colombiana.

Secop Sistema Electrónico para la Contratación Pública al que se refiere el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007.

SMMLV Salario mínimo mensual legal vigente en la República de Colombia.

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Mipyme De conformidad con lo establecido en el Ley 590 de 2000.

V. DESCRIPCIÓN DE LA OBRA OBJETO DEL CONTRATO A. Objeto a contratar:

CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA, DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA. y tiene como especificaciones y requerimientos técnicos mínimos los indicadas en el anexo 2 que forma parte del presente Proceso de Contratación. Los detalles del objeto del presente proceso de selección se encuentran descritos en el Anexo Técnico y en los documentos correspondientes a los estudios y documentos previos, adjuntos al Proyecto de Pliegos de Condiciones. La información, que soporta los documentos y estudios previos, fue preparada, elaborada, revisada, unificada y ajustada por el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. B. Alcance Del Objeto:

En desarrollo del contrato, el contratista deberá ejecutar las obras de: Movimiento de tierra y excavaciones Demoliciones y retiros, Concretos, Acero de refuerzo para concretos, instalación de tuberías y accesorios. C. Clasificación UNSPSC

La obra objeto del contrato está codificada en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC, hasta el (tercero o cuarto) nivel, como se indica en la Tabla 1:

Clasificación UNSPSC 721211

D. Valor Estimado del Contrato El valor estimado d e l contrato e s de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.836.672.665,00) INCLUIDO AIU, el cual es el valor estimado previamente en los estudios de mercado. El presupuesto del Contrato está garantizado con el certificado de disponibilidad presupuestal número 000256, por valor de ($3.836.672.665,00) INCLUIDO AIU. E. Forma de pago

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MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA pagará al CONTRATISTA dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de presentación de las respectivas facturas de cobro por parte del Contratista, en la Sub-gerencia Administrativa y Financiera, una vez recibida estas (factura) a entera satisfacción. El Contratista para cada factura deberá presentar el pago delos impuestos cancelados de acuerdo a la liquidación de la Tesorería Departamental; Recibo de pago de la Contribución Especial, las pólizas debidamente aprobadas y vigentes de acuerdo a lo señalado en el contrato; deberá acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, de acuerdo con la Ley, también deberá presentarse la respectiva Acta de Recibo firmada por el Interventor, por cada acta parcial deberá ir acompañada de por lo menos doce (12) fotografías, donde se muestre el avance de las obras, el Acta de recibo de parte de la veeduría. Para el pago del Acta Final también deberá presentarse además del Acta de Recibo Final firmada por el Interventor, el registro fotográfico, y los planos records deconstrucción aprobados por el interventor. MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá entregar al CONTRATISTA un anticipo equivalente hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor básico del contrato, Ley 80 de 1993, artículo 40, debido a que los dineros que se entreguen al Contratista a título de anticipo son de propiedad de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, de manera que el CONTRATISTA deberá constituir una deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo en los términos previstos en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, según se opte por una u otra figura en el contrato, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, teniendo en cuenta que el costo de la comisión fiduciaria será cubierto por el CONTRATISTA, gastos del mismo que deben corresponder al Programa de Inversión del mismo, Programa que constituye anexo del contrato y se constituye como requisito previo su aprobación por el Interventor antes de su entrega. (Artículo 8.1.18º del Decreto 0734 de 2012) El anticipo se amortizará mediante deducciones que se aplicará a las cuentas de cobro mensuales debidamente legalizadas con base en las actas parciales de entrega en las que se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo, hasta que su valor quede totalmente amortizado, mientras no se haya amortizado en su totalidad el anticipo, el contratista para el trámite de cada acta de recibo de obra, deberá rendir previamente un informe con copia del extracto fiduciario de la cuenta de fiducia o patrimonio autónomo de manejo del anticipo. Una vez amortizado el anticipo se deberá cancelar la fiducia o patrimonio autónomo, condición previa para la liquidación del contrato. Para el giro del pago del anticipo a la fiducia o patrimonio autónomo, el contrato deberá estar debidamente perfeccionado y legalizado, por parte del Contratista, la fiducia o patrimonio autónomo abierta y aprobada por el interventor y el plan de inversión del anticipo. F. Plazo de ejecución del contrato

El plazo de ejecución del contrato es de CIENTO OCHENTA (180) DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la firma del acta de inicio.

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G. Lugar de ejecución del contrato El lugar de ejecución del contrato será el municipio de Ciénaga ubicada en el Departamento de MAGDALENA. VI. REQUISITOS HABILITANTES MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA debe verificar con los documentos e información que entreguen los Proponentes el cumplimiento de los requisitos habilitantes. Esta verificación se hará de acuerdo con el Manual Para La Determinación Y Verificación De Requisitos Habilitantes En Procesos De Contratación expedido por Colombia Compra Eficiente. A. Capacidad Jurídica

En el presente proceso de selección pueden participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios, uniones temporales, promesas de sociedad futura o cualquier otro tipo de asociación, cuyo objeto social esté directamente relacionado con el objeto del contrato a celebrarse. La duración de esta asociación debe ser por lo menos la duración total del contrato, más el término previsto en la garantía de estabilidad de la obra y un año más. EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA también revisará que los Proponentes no se encuentren en causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de interés para celebrar o ejecutar el contrato. Para ello, revisará el boletín de responsables fiscales, el certificado de antecedentes disciplinarios, el certificado de antecedentes judiciales y el RUP para verificar que no haya sanciones inscritas. A.1) Personas Naturales. Si el proponente es persona natural de ciudadanía colombiana deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía, la cual debe ser legible. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente. De conformidad con el Decreto 4969 de 2009, a partir del primero de agosto de 2010 sólo será válida la copia de la Cédula amarilla de hologramas.

En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio o unión temporal, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman A.2) Personas Jurídicas. Si el proponente es persona jurídica deberá presentar con su propuesta,

el certificado sobre su existencia y representación legal, expedido por la cámara de comercio competente, expedido con una antelación no mayor a los treinta (30) días calendario, previos a la fecha de presentación

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de la propuesta. En dicho certificado deberán constar claramente las facultades del ALCALDE o del Representante Legal, así como el objeto social, que deberá comprender labores o actividades que tengan relación directa con el objeto del presente proceso de selección, y la duración de la persona jurídica que debe ser como mínimo la duración total del contrato, más el término previsto en la garantía de estabilidad de la obra y un año más. En caso que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deben anexar la certificación correspondiente. Tratándose de sociedades extranjeras con sucursal en el país, la Existencia y Representación Legal se acreditará con el RUP, y en caso de no tener sucursal en el país, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:

Nombre o razón social completa del proponente. Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación. Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica. Duración de la entidad.

Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la sociedad, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, otorgado con anterioridad a la fecha de presentación de la oferta.

El registro en la Cámara de Comercio deberá encontrarse vigente al momento de la presentación de la oferta tanto para las personas jurídicas como para las personas naturales que estén registradas ante la respectiva Cámara de Comercio. A.3) Apoderado Para Oferentes Extranjeros Los oferentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia. La persona natural o jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar expresión de interés y propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los oferentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:

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Cuando se trate de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas

privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberá acreditar la constitución de un apoderado mediante poder especial, domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.

Deberá adjuntar el certificado de existencia y representación legal o el documento equivalente del país en que se haya constituido legalmente. Si el mismo se encuentra en idioma distinto al español o castellano oficial de la República de Colombia, deberá adjuntar el texto en el idioma original acompañado de la traducción oficial respectiva. En el evento en que el oferente extranjero ostente limitación en su capacidad de contratación o de oferta, deberá adjuntar el documento mediante el cual se remueva dicha limitación. En lo no previsto aquí expresamente se aplicará el régimen dispuesto para los nacionales colombianos y que le sea aplicable a los extranjeros.

El oferente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de acreditarla deberá adjuntar la certificación respectiva la cual deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al de la República de Colombia, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción oficial del documento, tal y como lo establece el Artículo 260 del Código de Procedimiento Civil Colombiano. A.4) Autorización Para Contratar Cuando el representante legal de la firma proponente, de conformidad con el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la entidad competente, tenga limitada su capacidad para participar en el proceso de selección y suscribir el contrato, deberá presentar la autorización del órgano directivo correspondiente. En caso que el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes debe anexar la certificación correspondiente. Cuando se actúe en calidad de apoderado, deberá acreditarse tal condición, mediante documento legalmente otorgado (Artículo 24 de la ley 962 de 2005). La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes y deberá encontrarse vigente y en firme. A.5) Cumplimiento de la reciprocidad A efectos de lo establecido en el parágrafo segundo del artículo 20 de la Ley 80 de 1993 y el parágrafo del artículo 10 de la Ley 816 de 2003, modificado por el artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales a aquellos de origen extranjero, siempre que cumplan con alguna de estas condiciones: a) Que Colombia haya negociado trato nacional en materia de compras estatales con dicho país, o b) Que en el país del proponente extranjero, con el que no se hubiere negociado trato nacional, las ofertas de

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bienes y servicios colombianas, reciban el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii) Objeto del Tratado; (iv) Vigencia del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato nacional, la certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad. A.6) Consorcios Y Uniones Temporales (Diligenciar formato anexo) La forma asociativa no podrá ser disuelta ni liquidada durante la vigencia o prórrogas del contrato que se suscriba, el plazo de la póliza de estabilidad y un año más. Deberán cumplir con lo estipulado en el artículo 7° de la Ley 80 de 1993 y con los siguientes aspectos:

as personas naturales o jurídicas integrantes de las Uniones temporales deberán indicar su porcentaje de participación en la figura asociativa, la cual no podrá ser inferior al 15%, ni ser modificada sin la autorización previa del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. En caso de no indicarse en el acta de conformación el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes de la Unión Temporal, se les dará el tratamiento de Consorcios para todos los efectos, y se considerará una participación porcentual equivalente al número de personas que conformen el consorcio o la unión temporal. Así mismo el porcentaje de participación en los consorcios no podrá ser inferior al 15%. En caso de ser adjudicatarios los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar ante MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA el correspondiente NIT dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al acto de adjudicación.

De acuerdo con lo preceptuado en el Artículo 66 de la Ley 488 de 1998, las facturas o documentos equivalentes para pago deben ser expedidas directamente por la respectiva forma de asociación, cumpliendo los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario y no por cada uno de sus integrantes. Para proceder con su respectivo pago debe indicarse además, el nombre y el Nit de los integrantes del Consorcio y en el caso de Uniones Temporales, indicar además el porcentaje de participación en el mismo. A.7) Régimen De Inhabilidades E Incompatibilidades

No podrán presentar propuesta quienes se encuentren incursos en causales de inhabilidades e incompatibilidades que les impidan celebrar contratos con entidades públicas, de acuerdo con la Ley 80 de 1993, el Art. 18 de la Ley 1150 de 2007, ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables.

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Los proponentes deberán diligenciar el formato anexo número 9, el cual se entiende presentado bajo la gravedad de juramento VI-1. Documentos para acreditar los requisitos habilitantes 1) Carta de presentación de la Propuesta (Diligenciar el Formato Anexo) La carta de presentación de la propuesta deberá ser firmada por el representante legal del proponente, quien debe estar debidamente facultado, indicando el nombre, cargo y documento de identidad. En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, deberá estar firmada por el representante designado. El contenido de la carta de presentación, corresponderá con el texto del modelo que se anexa y hará presumir la aprobación, legalidad y conocimiento de todos los documentos que acompañan el Pliego de Condiciones. El contenido de este formato no debe ser modificado por el proponente. Este requisito es indispensable y deberá hacer parte integral de la propuesta al momento de entregarla. Además de lo anterior para tenerse como válido este requisito y en atención a que la entidad evaluará la experiencia del personal profesional requerido, anexo a la carta de presentación de la propuesta deberá acompañarse una carta de aceptación suscrita por el profesional propuesto. Esta carta de aceptación, no deberá tener una fecha superior a quince días calendario, anteriores a la fecha de cierre de la presente contratación. (Diligenciar anexo 13) 2) Copia de la Cédula de Ciudadanía

Las personas naturales colombianas deberán presentar copia de su Cédula de Ciudadanía, copia que debe ser legible. Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la

presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentran residenciadas en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad colombiana competente. De conformidad con el Decreto 4969 de 2009, a partir del primero de agosto de 2010 sólo será válida la copia de la Cédula amarilla de hologramas.

En caso de personas jurídicas, se aportará copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y en el evento de consorcio o unión temporal, copia del representante legal de cada uno de los integrantes que lo conforman. 3) Copia de la Tarjeta Profesional El proponente deberá aportar copia legible de la matrícula profesional que acredite su calidad de ingeniero, Arquitecto o Arquitecto Constructor o Administrador de Obras Civiles; y copia del certificado de vigencia de la misma debidamente otorgado por el COPNIA.

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4) Certificado de Existencia y Representación Legal Si el proponente es persona jurídica, deberá presentar con su propuesta, el certificado sobre su existencia y representación legal, expedido por la cámara de comercio competente, máximo un (1) mes antes de la fecha de cierre del proceso y deberá encontrarse vigente y en firme. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá presentar su respectivo certificado, lo cual se someterá a las reglas del párrafo inmediatamente anterior. El registro debe estar vigente para el momento de la presentación de la propuesta. Si se trata de consorcios o uniones temporales todos sus integrantes deberán tener vigente el registro en la Cámara de Comercio.

Tratándose de sociedades extranjeras con sucursal en el país, la Existencia y Representación Legal se acreditará con el RUP, y en caso de no tener sucursal en el país, deberá aportar el documento que acredite la adquisición de la personería jurídica en el país de origen, el cual contenga como mínimo los siguientes datos:

Nombre o razón social completa del proponente Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica Duración de la entidad

Cuando en el documento aportado que acredita la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación. La expedición de dicho certificado no podrá tener una anterioridad superior a treinta (30) días calendario, contado a partir de la fecha de entrega de los documentos habilitantes.

5) Abono de la propuesta (Diligenciar Formato Anexo)

Si el proponente es persona jurídica y quien suscribe la carta de presentación de la propuesta no es un Ingeniero Civil o Ingeniero en Vías, deberá presentar la propuesta abonada por uno de estos profesionales. La carta deberá estar acompañada de la copia de la tarjeta profesional de quien abona la propuesta y del certificado de vigencia de la misma expedida por el COPNIA o por la autoridad competente.

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6) Garantía de Seriedad del ofrecimiento

El proponente deberá presentar una garantía de seriedad de la oferta, constituida ante una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia, en documento ORIGINAL y que contenga los siguientes aspectos: Valor asegurado: Diez por ciento (10%) del valor total del presupuesto oficial. Vigencia: Tres (3) meses, contados a partir de la fecha de cierre del proceso. Tomador y/o afianzado: Nombre del proponente. Para el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, debe figurar como tomador y/o afianzado, la respectiva forma asociativa. Asegurado y beneficiario: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA Objeto: Garantizar la seriedad de la propuesta que se presenta. Constancia de pago: Deberá adjuntarse el comprobante de pago de la respectiva garantía, la cual deberá tener fecha anterior al cierre del proceso. Esta constancia no es equivalente a la certificación de no expiración de la garantía que emiten las compañías aseguradoras.

Cuando la propuesta se presente por un proponente plural bajo la figura de consorcio o unión temporal la garantía deberá otorgarse por todos los integrantes del proponente plural, esto es, a nombre de cada una de las personas naturales y/o jurídicas que integran el oferente plural con el número de cédula o Nit respectivos y su porcentaje de participación.

Si el oferente es una persona jurídica, la garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, y no sólo con su sigla, a no ser que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Por tanto no podrá expedirse la garantía a nombre de quien se encuentre inscrito como representante legal.

La suficiencia de la garantía será verificada por MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA al momento de evaluación de las propuestas. El valor asegurado quedará a favor de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA cuando el proponente incumpla alguno de los casos citados. La garantía de seriedad le será devuelta al proponente que lo solicite, una vez haya sido perfeccionado y legalizado el contrato respectivo. 7) Registro Único Tributario (RUT). Deberá allegarse copia legible, teniendo en cuenta que debe encontrarse actualizado al régimen tributario que le aplique. Para el caso de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas asociativas deberá presentarse el RUT de cada uno de sus integrantes, sin perjuicio de que saliendo favorecidos, de acuerdo con la normatividad vigente, deban obtener RUT a nombre de la forma asociativa. El registro único tributario de los consorcios o uniones temporales cuando estas resulten adjudicatarias,

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deberá presentarse dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación del acto de adjudicación. 8) Listado de contratos en ejecución

Para efectos de calcular la capacidad residual o CR, se debe aportar el listado de los contratos en ejecución, para lo cual se debe diligenciar el formato anexo al presente pliego de condiciones. La información presentada se entenderá rendida bajo la gravedad de juramento. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus integrantes deberá aportar el formato “Contratos En Ejecución” debidamente diligenciado. Este certificado deberá estar avalado por el revisor fiscal si el proponente es persona jurídica, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de ley. Si el proponente es persona jurídica sin revisor fiscal o es persona natural dicho certificado deberá estar avalado por contador público Se deberá adjuntar la copia de la tarjeta profesional de contador y el certificado emitido por la Junta Central de Contadores en donde conste que la tarjeta profesional está vigente. 9) Certificación del pago de parafiscales y aportes a la seguridad social de los empleados

(Diligenciar formato anexo). Deberá certificarse que está a paz y salvo en el pago de los aportes a los sistemas de pensiones, riesgos profesionales y aportes a las Cajas de Compensación Familiar y demás aportes parafiscales -referida a un lapso no inferior a los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta-; de conformidad con la Ley, de la siguiente manera: Para personas jurídicas:

Expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley. Por el Representante Legal, cuando de conformidad con la Ley no requiera Revisor Fiscal.

La certificación requerida deberá tener una expedición no superior a un (1) mes y en todo caso deberá suscribirse por la Revisoría fiscal, cuando se cuente con ella, aun sin estar obligado por la Ley. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales que se presente, cada uno de sus integrantes deberá aportar la respectiva certificación. Debe entregarse junto con la copia de la Tarjeta Profesional del Contador que la suscribe y correspondiente certificado de vigencia de la tarjeta profesional. Para personas naturales: Las personas naturales deberán acreditar el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral conforme a la Ley 100 de 1993, Artículo 4°, Ley 797 de 2003 y el Decreto Ley 2150 de 1995, esto es, aportes al sistema de seguridad social y los parafiscales. Si tienen trabajadores a su servicio deberán acreditar, el

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pago de los aportes al sistema integral de seguridad social y los parafiscales en los casos que se requiera de conformidad con la normatividad vigente. La certificación se referirá a un lapso no inferior a LOS SEIS (6) MESES ANTERIORES a la presentación

de la propuesta. En el evento en que la empresa no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución.

10) Declaración de Inhabilidades e Incompatibilidades (Diligenciar formato anexo). El proponente no podrá encontrarse incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución Política, ley 80 de 1993 y 1150 de 2007 y en las demás normas legales sobre la materia. Quienes estén incursos en cualquier inhabilidad o incompatibilidad no podrá presentar propuesta ni por sí ni por interpuesta persona. Si llegase a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, este cederá el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, este cederá su participación a un tercero que tenga sus mismas calidades, previa autorización escrita de la entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal. La declaración de no encontrarse incurso en ninguna de las causales, se presenta en el formato anexo y debe estar firmada por el proponente cuando es persona natural o por el representante legal cuando se trate de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales. Esta declaración se entiende prestada bajo la gravedad de juramento. 11) Registro Único de Proponentes (RUP).

De conformidad con lo establecido en los artículos 8 y 9 del Decreto 1510 de 2013 “Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia, interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley” Para el presente proceso de selección, cada proponente deberá aportar el Certificado de Registro Único de Proponentes RUP, expedido por la Cámara de Comercio de su jurisdicción, debidamente actualizado y renovado de conformidad con el Decreto 1510 de 2013. El Registro deberá estar vigente y en firme para

la fecha de cierre del presente proceso de selección de oferentes.

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Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno los integrantes de la respectiva forma de asociación deberá acreditar la clasificación exigida en el pliego de condiciones. Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida por la entidad, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación. Las personas naturales o jurídicas, extranjeras sin domicilio o sin sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales no requieren estar inscritos en el Registro Único de Proponentes. Sus condiciones, junto con las de los proponentes que de acuerdo con la Ley 1150 de 2007 no requieren inscripción, serán verificadas por la entidad contratante, de conformidad con lo señalado en el “Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los procesos de contratación”, expedido por Colombia Compra Eficiente. En consecuencia MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA verificará directa y únicamente la información sobre la capacidad jurídica, y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes. El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentra en firme. No obstante lo anterior, en aquellos casos en que por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el Registro, la entidad podrá hacer tal verificación en forma directa. Cuando se renueve o actualice el Registro Único de Proponentes, la información que se modifica estará vigente hasta que el acto de inscripción correspondiente de la nueva información quede en firme. Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá estar inscrito en al menos una de las clasificaciones señaladas. 11.1. Clasificación en el RUP

Atendiendo a lo establecido por los artículos 8 y 162 del Decreto 1510 de 2013 y teniendo en cuenta que la inscripción de los proponentes en las correspondientes cámaras de comercio no puede exceder en todo caso el día 7 de abril de 2014, la entidad realizará la verificación de la clasificación en el RUP de acuerdo con el Clasificador de Bienes y Servicios en el tercer nivel, así: 721411

Nivel Código Descripción

PRODUCTO 721211 SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS

COMERCIALES Y DE OFICINA

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El proponente deberá estar inscrito en la clasificación anteriormente señalada.

Si la propuesta se presenta en Consorcio o Unión Temporal, cada uno de los integrantes deberá estar inscrito en la clasificación señalada. B. Experiencia.

B.1 Experiencia General.

Para el presente proceso de selección la experiencia general del proponente deberá estar relacionada con la actividad constructora y acorde con su objeto social. Todos los proponentes deberán estar inscritos y tener en firme el registro único de proponentes (RUP), DE LO CONTRARIO LA PROPUESTA SERÁ RECHAZADA.

B.2 Experiencia Específica.

La información suministrada para la verificación de la experiencia habilitante del proponente se relacionará en el Formulario “Experiencia Acreditada” del pliego de condiciones. Se exige en el pliego de condiciones que el interesado demuestre la experiencia específica en un máximo de cinco (5) contratos suscritos y terminados con entidades públicas dentro de los últimos quince (15) años contados a partir de la fecha de cierre del presente proceso, cuyo objeto sea construcción de edificaciones institucionales y que cuyos contratos con los que se pretenda acreditar dicha experiencia estén debidamente registrados en el Registro único de proponentes de acuerdo al clasificador de bienes y servicios código UNSPSC en el siguiente código hasta el 3 nivel: UNSPSC 721211: SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIOS COMERCIALES Y DE OFICINA. (Se justicia la inclusión de este código ya que dentro de las sub-actividades a desarrollar se encuentran, entre otras, las identificadas con el siguiente código: 721211). Esta exigencia garantiza un interesado que cuenta con una experticia e idoneidad en el manejo de asuntos similares a los que tendrá que acometer durante el plazo de ejecución del contrato que como consecuencia del proceso que se celebre. La experiencia adquirida garantiza mayor destreza, desenvolvimiento y conocimiento en la resolución, asunción y decisión de asuntos que con frecuencia se presentan en la ejecución de todo proyecto de esta naturaleza y que tratados de manera adecuada garantizan la correcta ejecución contractual, cumpliendo de esta forma los fines de la contratación estatal y disminuyendo de contera los riesgos latentes de incumplimiento de las obligaciones asumidas. Adicionalmente, se exige con el propósito de garantizar que el contratista cuenta con la capacidad operacional, administrativa y de personal necesaria para asumir el manejo de contratos cuyo monto sea incluso superior al que eventualmente termine celebrando con LA ENTIDAD, lo cual disminuye ostensiblemente los riesgos de incumplimiento de sus obligaciones contractuales y permite una adecuada

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fluidez de las obligaciones contractuales asumidas como contratista de obra, lo siguiente: 1. Que la suma de los contratos (cuyo objeto sea construcción de edificaciones institucionales), en salarios mínimos mensuales legales vigentes, sume como mínimo uno punto cinco (1.5) veces el valor del presupuesto oficial expresado en SMMLV. Y como requisito fundamental para la prestación debida, se establece que la experiencia a acreditar, a través de contratos debe contemplar la actividad relacionada directamente con la que se va a ejecutar en el proyecto. La exigencia de esta condición garantiza la calidad, seguridad y estabilidad de la obra durante su proceso constructivo y puesta en funcionamiento. Si la propuesta es presentada en Consorcio o Unión Temporal u otra forma asociativa, como interesado plural deberá cumplir con todas las condiciones anteriormente establecidas. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos, dará lugar a que la propuesta sea considerada como no cumple. Consideraciones para Acreditar La Experiencia especifica requerida: Para acreditar la experiencia general y específica, además de estar inscritos los contratos en el RUP, se exige que el interesado aporte los siguientes documentos: 1. Certificaciones expedidas por LA ENTIDAD pública y/o privada, a la que se le haya ejecutado la obra. El documento debe estar firmado por el representante legal de LA ENTIDAD contratante y/o el funcionario competente; y/o; 2. Acta de Recibo final y/o acta de liquidación, donde se evidencien el valor y las cantidades de obras finalmente ejecutadas y recibidas a satisfacción; Adicionalmente, deberá adjuntar copia del contrato de las obras certificadas. Cuando el contrato presentado haya sido ejecutado por interesado plural deberá adjuntarse el documento consorcial o de unión temporal. Si el interesado ha celebrado contratos con el municipio de Ciénaga - Magdalena, para cumplir con el requisito de acreditar la experiencia bastara con relacionarlos en el respectivo formulario y LA ENTIDAD verificará la información relacionada. La certificación antes mencionada (Numeral 1) deberá contener como mínimo la siguiente información: • Nombre del contratante • Nombre del contratista • Objeto del contrato • Valor ejecutado del contrato • Actividades y cantidades ejecutadas • Fecha de inicio del contrato • Fecha de terminación del contrato.

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No se aceptará para acreditar la experiencia subcontratos, contratos de administración delegada o cualquier forma de intermediación. La experiencia de los socios de una persona jurídica se podrá acumular a la de esta, cuando no cuente con más de tres años de constituida. La acumulación se hará en las condiciones señaladas en ese artículo. En caso de propuestas presentadas en consorcio o uniones temporales sus integrantes de manera conjunta o alguno de ellos en forma individual podrán acreditar la experiencia específica exigida. Si los contratos presentados para efectos de acreditar la experiencia han sido resultado de la ejecución de trabajos bajo la modalidad de consorcio el valor de los contratos en SMMLV no será afectado por el porcentaje de participación que el proponente o integrante del proponente tuvo en dicho consorcio. Si los contratos presentados para efectos de acreditar la experiencia han sido resultado de la ejecución de trabajos bajo la modalidad de unión temporal el valor de los contratos en SMMLV no será afectado por el porcentaje de participación que el proponente o integrante del proponente tuvo en dicha unión temporal. En el evento en que dos o más proponentes aporten una misma información y ésta presente inconsistencias, se solicitará la aclaración respectiva a cada uno de ellos y sólo se tendrá e n cuenta aquella que esté demostrada. B.3 Profesional requerido Para el desarrollo del objeto contractual, el proponente deberá contar con el siguiente equipo de trabajo: Un (1) Director de Obra: Con mínimo 10 años de experiencia como Ingeniero Civil, contados a partir de la fecha de expedición de la respectiva tarjeta profesional y que haya participado en la ejecución de mínimo dos (2) Contratos de Construcción de edificaciones institucionales, en los cuales haya ejercido funciones como Director de obra. Esta experiencia deberá estar debidamente certificada y acreditada, y deberá relacionarse con el objeto indicado en el literal B.2 del Pliego de Condiciones. Un (1) Residente de obra: Con mínimo 5 años de experiencia como Ingeniero Civil, contados a partir de la fecha de expedición de la respectiva tarjeta profesional y que haya participado en la ejecución de mínimo dos (2) Contratos de Construcción edificaciones institucionales, en los cuales haya ejercido funciones como Residente de obra. Esta experiencia deberá estar debidamente certificada y acreditada, y deberá relacionarse con el objeto indicado en el literal B.2 del Pliego de Condiciones. Para la acreditación del cumplimiento de los requisitos señalados para el personal requerido se deberá aportar la copia de la tarjeta profesional con la correspondiente certificación emitida por la autoridad competente y las certificaciones que permitan determinar la experiencia del mismo. Adicional al equipo de profesionales señalado, el proponente deberá contar con todo el personal que se

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relaciona en el formato de AIU anexo al presupuesto oficial. Cada proponente deberá presentar sus propios profesionales. En el evento en el cual uno o más proponentes presenten el mismo o varios, profesionales iguales en uno o varios procesos, se les dará según el caso el siguiente tratamiento en la evaluación:

1. Si son dos o más proponentes quienes presenten las hojas de vida de un mismo profesional para un mismo proceso de selección, las propuestas serán rechazadas.

2. Si son dos o más proponentes quienes presenten las hojas de vida de un mismo profesional para

varios procesos de selección, se tomará en cuenta para la evaluación la propuesta que haya sido presentada primero en el tiempo, esto es, atendiendo el cronograma a la fecha y hora de presentación de la propuesta. En consecuencia, la hoja de vida del profesional presentada en la propuesta allega de segundo lugar en el tiempo, no será tenida en cuenta.

3. Si es un solo proponente quien presenta las hojas de vida de un mismo profesional para varios

procesos de selección, se tomará en cuenta para la evaluación la propuesta que haya sido presentada primero en el tiempo, esto es, atendiendo el cronograma a la fecha y hora de presentación de la propuesta. En consecuencia, la hoja de vida del profesional presentada en la propuesta allega de segundo lugar en el tiempo, no será tenida en cuenta.

C. Capacidad Financiera

Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores financieros, con base en la información contenida en el certificado del RUP vigente y en firme para la fecha del cierre, utilizando el clasificador de bienes y servicios, la cual deberá ser con corte a 31 de diciembre de 2013: Índice de Liquidez = Activo Corriente / Pasivo Corriente, el cual determina la capacidad que tiene un proponente para cumplir con sus obligaciones de corto plazo. Índice de Endeudamiento = Pasivo Total / Activo Total, el cual determina el grado de endeudamiento en la estructura de financiación del proponente. Razón de Cobertura de Intereses = Utilidad Operacional / Gastos de Intereses, el cual refleja la

capacidad del proponente de cumplir con sus obligaciones financieras. Tabla 2 – Indicadores de capacidad financiera

INDICADORES REQUERIDO

Índice de Liquidez Mayor o igual a 1.5

Índice de Endeudamiento Menor o igual a 0.70

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Razón de cobertura de intereses Mayor o igual a 3

Para obtener los indicadores que provienen de la división de cuentas de los estados financieros cuando el proponente sea consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o está organizado en cualquier forma de asociación, se calcularán ponderando los componentes de cada indicador de acuerdo a la metodología establecida por Colombia Compra Eficiente en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación, Sección VII, punto 1 “Ponderación de los componentes de los indicadores”. Los Proponentes cuyos gastos de intereses sean cero (0), no podrán calcular el indicador de razón de cobertura de intereses. En este caso el Proponente cumple el indicador, salvo que la utilidad operacional sea negativa, caso en el cual no cumple con el indicador de razón de cobertura de intereses. Si el Proponente es plural debe acreditar este indicador de la misma forma prevista anteriormente, a menos que uno de sus miembros tenga gastos de intereses igual a cero (0), dicho integrante quedará habilitado si su utilidad operacional no es negativa, el otro u otros integrantes deberá cumplir con el indicador razón de cobertura de intereses establecido sin tener en cuenta su porcentaje de participación. Para los indicadores financieros que son valores absolutos, cuando el proponente sea consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o está organizado en cualquier forma de asociación, se calcularán sumando los valores de cada integrante. D. Capacidad Organizacional

Los Proponentes deben acreditar los siguientes indicadores de capacidad organizacional, con base en la información contenida en el certificado del RUP vigente y en firme para la fecha del cierre, utilizando el clasificador de bienes y servicios, la cual deberá ser con corte a 31 de diciembre de 2013: Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad Operacional / Patrimonio, el cual determina la rentabilidad

del patrimonio del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el patrimonio; para cumplir con este requisito de este proceso la rentabilidad sobre patrimonio del oferente debe ser mayor o igual a (0.00). Rentabilidad sobre activos: Utilidad Operacional / Activo Total, el cual determina la rentabilidad de los

activos del proponente, es decir, la capacidad de generación de utilidad operacional por cada peso invertido en el activo; para cumplir con este requisito de este proceso la rentabilidad sobre activos del oferente debe ser mayor o igual a (0.00).

Para obtener los indicadores cuando el proponente sea consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o está organizado en cualquier forma de asociación, se calcularán ponderando los componentes de cada indicador de acuerdo a la metodología establecida por Colombia Compra Eficiente en el Manual para la Determinación y Verificación de Requisitos Habilitantes en Procesos de Contratación, Sección VII, punto 1 “Ponderación de los componentes de los indicadores”.

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E. Capacidad Residual

El Proponente debe acreditar una capacidad residual o K de Contratación igual o superior a MIL SETECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE. ($1.700.000.000,00). El proponente debe demostrar que

su operación o actividad comercial le permite asumir nuevas obligaciones derivadas del contrato objeto del Proceso de Contratación. Una vez verificado que el Proponente tiene una capacidad residual inferior, la Oferta será rechazada. Para calcular y evaluar la Capacidad Residual exigida en el proceso, se utiliza la metodología definida por Colombia Compra Eficiente, y la herramienta que dicha entidad pone a disposición de los partícipes del sistema de compra y contratación pública,- la aplicación en Excel llamada “Capacidad Residual” para: (a) ayudar a las Entidades Estatales a establecer la Capacidad Residual en los Procesos de Contratación de obra pública; (b) ofrecer a los proponentes una herramienta para verificar si cuentan con la Capacidad Residual exigida en los Procesos de Contratación en los cuales tienen interés y para acreditar ésta en tales procesos; y (c) ofrecer a las Entidades Estatales una herramienta para verificar la información presentada por los proponentes para acreditar la Capacidad Residual. (Versión 1 – ver Circular N° 11). En caso de Consorcios, Uniones Temporales, Promesas de Sociedad Futura o cualquier forma de asociación cada uno de los integrantes, deberá relacionar los documentos que se mencionan a continuación. Para la determinación de la Capacidad Residual, se sumarán las capacidades de contratación residual de obras de sus integrantes. El Proponente debe acreditar una capacidad residual o K de Contratación conforme a lo establecido en el artículo 1 del decreto 791 de 2014, el cual reformó al artículo 18 del decreto 1510 de 2013. Por lo tanto el proponente en un Proceso de Contratación de obra pública, debe presentar la siguiente información para acreditar su Capacidad Residual:

La lista de los Contratos en Ejecución suscritos con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.

La lista de los Contratos en Ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con Entidades Estatales y con entidades privadas, así como el valor y plazo de tales contratos, incluyendo los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios.

Balance general auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. Los

estados financieros deben estar suscritos por el interesado o su representante legal y el revisor fiscal si está obligado a tenerlo, o el auditor o contador si no está obligado a tener revisor fiscal. Si se trata de proponentes obligados a tener RUP, las Entidades Estatales solo deben solicitar como documento

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adicional el estado de resultados del año en que el proponente obtuvo el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años. El cálculo de la Capacidad Residual del Proceso de Contratación debe incluir los factores de Experiencia (E) – diligenciar anexo 14.1 “Certificación de contratos para acreditación de experiencia”, Capacidad financiera (CF), Capacidad técnica (CT) – diligenciar anexo 14.2 “Certificación de la Capacidad Técnica, Capacidad de organización (CO) y los Saldos de los Contratos en Ejecución, según la siguiente fórmula: A cada uno de los factores se le asigna el siguiente puntaje máximo:

La Capacidad de Organización no tiene asignación de puntaje en la fórmula porque su unidad de medida es en pesos colombianos y constituye un factor multiplicador de los demás factores. El proponente debe presentar un certificado expedido por su representante legal y por su revisor fiscal, si el proponente está obligado a tenerlo, o por el contador o su auditor independiente, el cual contenga la lista de los contratos suscritos y vigentes, tanto a nivel nacional o internacional, indicando: (i) el valor del contrato; (ii) el plazo del contrato; (iii) la fecha de inicio de las obras objeto del contrato; y (v) si la obra la ejecuta un consorcio, unión temporal o sociedad de propósito especial, indicarlo junto con el porcentaje de participación en el contratista. Si el proponente no tiene Contratos en Ejecución, el certificado debe hacer constar expresamente esa circunstancia. El Decreto 791 de 2014 se refiere a los contratos para ejecutar obras civiles, suscritas con Entidades Estatales o privadas, incluyendo los contratos de concesión y los contratos suscritos con concesionarios. Lo anterior puesto que la capacidad del contratista para acometer nuevas obras lo afectan tanto los contratos públicos como los privados. Igualmente, se refiere a los contratos suscritos por el proponente como aquellos suscritos por consorcios uniones temporales o sociedades de propósito especial en las cuales participe el oferente. La capacidad residual del oferente plural es la suma de la Capacidad Residual de cada uno de sus

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miembros. Los proponentes extranjeros sin sucursal en Colombia deben acreditar los factores de ponderación para el cálculo de la Capacidad Residual de la siguiente forma: (a) Capacidad de organización y financiera: Deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos. El proponente y la Entidad Estatal para efectos de acreditar y verificar los requisitos tendrán en cuenta la tasa representativa del mercado vigente en la fecha en la cual los estados financieros fueron expedidos. Para el efecto, el proponente y la Entidad Estatal tendrán en cuenta las tasas de cambio certificadas por la Superintendencia Financiera. (b) Experiencia: Deben presentar el formato que hace parte de la presente Guía como anexo, suscrito por el representante legal y revisor fiscal o contador del proponente. El proponente debe aportar copia de los contratos ejecutados o certificaciones de terceros que hubieran recibido los servicios de construcción de obras civiles con terceros, bien sean públicos o privados. Los proponentes extranjeros que de acuerdo con las normas aplicables aprueben sus estados financieros auditados con corte a 31 de diciembre en una fecha posterior al quinto día hábil del mes de abril, pueden presentar sus estados financieros a 31 de diciembre suscritos por el representante legal junto con un pre-informe de auditoría en el cual el auditor o el revisor fiscal certifique que: (a) la información financiera presentada a la Entidad Estatal es la entregada a auditor o revisor fiscal para cumplir su función de auditoría; y (b) el proponente en forma regular y para ejercicios contables anteriores ha adoptado normas y principios de contabilidad generalmente aceptados para preparar su información y estados financieros. Esta d i s p o s i c i ó n t a m b i é n e s a p l i c a b l e p a r a l a información que el proponente en estas condiciones debe presentar para inscribirse en el RUP de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 1510 de 2013.

VII. CRITERIOS DE EVALUACIÓN. La Entidad Contratante evaluará las ofertas de los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI. En la evaluación de las Ofertas la Entidad Contratante debe ponderar el factor económico y el técnico de acuerdo con los porcentajes indicados en la Tabla 4. Los Ofertas deberán presentarse en los formatos que contienen lo anexos 2 y 7, establecidos en el presente pliego de condiciones como el formato para presentación de la oferta.

Tabla 4 – Puntaje por criterios de evaluación

FACTORES DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN

CUMPLIMIENTO Y PUNTAJE

1. REQUISITOS HABILITANTES

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Capacidad Jurídica Cumple / No Cumple Capacidad Financiera Cumple / No Cumple

Capacidad de experiencia Cumple / No Cumple 2. PONDERACIÓN DE PROPUESTAS HABILITADAS

Factor económico (precio) 500 puntos Programación de Trabajos e Inversiones 400 puntos Factor de Apoyo a la Industria Nacional: 100 puntos

a) Nacional (100 puntos) b) Extranjero (50 puntos)

TOTAL 1000 puntos

En caso de empate en el puntaje total de dos o más ofertas, la Entidad Estatal escogerá el Proponente aplicando los criterios de desempate previstos en el artículo 33 del Decreto 1510 de 2013 o la norma que los modifique, complemente o reemplace: La Entidad Estatal escogerá el oferente que tenga el mayor puntaje en el primero de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Si persiste el empate, escogerá al oferente que tenga el mayor puntaje en el segundo de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación y así sucesivamente hasta agotar la totalidad de los factores de escogencia y calificación establecidos en los pliegos de condiciones. Si persiste el empate, la Entidad Estatal debe utilizar las siguientes reglas de forma sucesiva y excluyente para seleccionar el oferente favorecido, respetando los compromisos adquiridos por Acuerdos Comerciales: 1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional. 3. Preferir la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. 4. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo

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menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. 5. Utilizar un método aleatorio para seleccionar el oferente, método que deberá haber sido previsto en los pliegos de condiciones del Proceso de Contratación. Revisión de la Propuesta Económica: Para la evaluación económica de la oferta el oferente deberá diligenciar obligatoriamente y en forma detallada y discriminando cada uno de sus costos en valores y/o porcentajes el “ANÁLISIS DETALLADO DE ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD (A.I.U.) Y VALOR TOTAL DE LA OFERTA”, que MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA – CARIBE, pone a disposición a través de los medios de comunicación y publicidad establecidos para el presente proceso de selección, el cual presenta algunas celdas bloqueadas y otras celdas sombreadas con color diferente que debe diligenciar el oferente.

El oferente deberá señalar el porcentaje global para cada uno de los componentes de la Administración, imprevistos y Utilidad (A.I.U.). El factor Administración (A) deberá comprender todos los costos de administración (pólizas, personal, impuestos, gastos de oficina, transporte de personal, factor prestacional del personal profesional y administrativo acorde al salario devengado y a la normatividad vigente sobre la materia, etc.) en que incurrirá el Contratista por la ejecución de los trabajos objeto de la Licitación Pública.

El A.I.U., se debe describir en el Formato correspondiente. El proponente deberá diligenciar el formulario para el cálculo del A.I.U., considerando los costos de personal profesional, técnico, de administración y vigilancia; los costos para el sistema de seguridad industrial, inversión ambiental y aseguramiento de calidad; servicios públicos; ensayos de control de calidad; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración planos record; transporte y almacenamiento, gastos de legalización, todos los impuestos atribuibles al contrato, pólizas, valla, y todos los demás costos, gastos, tasas y contribuciones que sean necesarios para el cabal cumplimento del objeto contractual. Así mismo deberá estimar el porcentaje correspondiente a los Imprevistos y Utilidad.

El cálculo del AIU debe corresponder en un todo, con los formularios del presupuesto y con el que aparece en los A.P.U. en el caso de que los tenga incluido, cualquier error, omisión o inconsistencia, repercutirá en el sistema de evaluación del precio y de la programación, ya que se tomará el cálculo del A.I.U resultante de la corrección hecha por la entidad, y si este presupuesto con el A.I.U corregido hace que la oferta económica modificada esté entre el 1,0% por encima o por debajo del presupuesto que el proponente presentó o en el análisis del A.I.U se dejen de incluir las estipulaciones hechas en los pliegos de condiciones para su cálculo que imposibilite la verificación del mismo (todos los impuestos y estampillas atribuibles al contrato; inversión ambiental; pólizas; ensayos de laboratorio; costos de personal profesional, personal técnico si se solicita, administración; los costos para el sistema de seguridad industrial; servicios públicos; papelería, registro fotográfico, videos e informes; elaboración planos record; transporte y almacenamiento; gastos de legalización; valla; será causal de que la oferta obtenga un puntaje de cero (0) puntos en la evaluación del precio; y si la oferta económica con el AIU corregido hace que la oferta se encuentre por encima del presupuesto oficial será causal de rechazo de la propuesta.

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Además, en archivos anexos se presentan los siguientes documentos por corresponder juntos a la propuesta económica completa, de faltar alguno se tomará como parcialmente presentada lo cual generará rechazo de la oferta inmediatamente:

Presupuesto, cantidades, unidades y valores.

Calculo del factor prestacional y hora efectiva (para calcular el valor de la hora o el día con el factor prestacional y la hora efectiva se toma como base el porcentaje sobre la hora calendario) para el personal profesional, técnico, de administración, todos de acuerdo al salario mensual devengado y a las prestaciones sociales establecidas por ley.

Calculo del factor prestacional y hora efectiva (para calcular el valor de la hora o el día con el factor prestacional y la hora efectiva se toma como base el porcentaje sobre la hora calendario) para oficiales, ayudantes, topógrafo y cadenero (los que aparezcan en los APU), todos de acuerdo al salario mensual devengado y a las prestaciones sociales establecidas por ley.

Análisis de precios unitarios de todos los ítems (excluyendo los de suministro).

Cálculo del A.I.U.

Igualmente deberá indicar el porcentaje de la Utilidad (U) o beneficio económico que pretende percibir; el cual debe ser calculado por el proponente y no podrá ser artificiosamente bajo.

Solo se admitirá un máximo de dos (2) decimales en la Utilidad (U) propuesta.

En caso de discrepancia, entre el Costo Directo, “CANTIDADES DE OBRA Y PRECIOS UNITARIOS (COSTO DIRECTO)” y el Costo Directo del “ANÁLISIS DETALLADO DE ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD (A.I.U.) Y VALOR TOTAL DE LA OFERTA”, prevalecerá para efectos de evaluación de la oferta el Costo Directo.

Cada porcentaje de los componentes del A.I.U. debe ser digitado únicamente con dos (2) cifras decimales, y el correspondiente al valor (Redondeado a cero cifras decimales), resultante de la multiplicación de cada uno de dichos porcentajes por el “COSTO DIRECTO”. La suma de los componentes del A.I.U. corresponde al valor “TOTAL A.I.U.”.

El COSTO TOTAL de la oferta será el resultante de sumar el COSTO DIRECTO y el TOTAL A.I.U. corregido.

Los precios unitarios que ofrezca el oferente, serán los que correspondan a la fecha de presentación de la oferta y deberán cubrir todos los costos de mano de obra, materiales, herramientas, equipos y transporte, así como el incluir dentro del salario el valor de la hora efectiva a devengar bien sea para trabajos con base en días u hora calendario o con base en día u hora laboral (para esto el proponente dentro de su oferta debe presentar el cálculo del valor hora efectiva que debe estar incluido en el desglose del factor prestacional tanto del personal profesional, técnico, de administración como para los operativos), y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato.

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La Entidad verificará los componentes del factor Administración (A) del A.I.U., verificando que el mismo se ajuste a las condiciones de contratación y a la normatividad vigente y a la realidad y necesidades para la ejecución de los trabajos.

Las enmendaduras de los valores que aparezcan en el original de la oferta, deberán confirmarse con nota al margen y firma del oferente.

Los precios unitarios y totales del factor Administración (A) del A.I.U. de la obra a ejecutar y los errores y omisiones en estos, serán de responsabilidad del oferente.

La corrección aritmética a los valores en pesos del “ANÁLISIS DETALLADO DE ADMINISTRACIÓN, IMPREVISTOS Y UTILIDAD (A.I.U.) Y VALOR TOTAL DE LA OFERTA” se realizará utilizando el sistema de REDONDEO, ajustando los valores resultantes de cada componente al PESO, bien sea por exceso o por defecto, es decir, si las cifras en decimales son iguales o superiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por exceso, si son inferiores a CINCUENTA (50) se ajustarán por defecto.

Cualquier modificación y/o alteración de este anexo es responsabilidad única y exclusiva del oferente y ocasionará que la oferta obtenga un puntaje de cero (0) puntos en la evaluación del precio.

Las correcciones efectuadas según el procedimiento anterior, serán de forzosa aceptación para los oferentes.

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UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL 0,00

UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

0,00% 0,00% $ 0

UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

Global

CANTIDAD UNIDAD DEDICACION VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

1 UNIDAD

1 UNIDAD

0,00% 0,00% 0,00

UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

GL

GL

GL

GL

GL

GL

GL

0,00% 0,00% 0,00

UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

Un

Global

0,00% 0,00% 0,00

UNIDAD CANTIDAD VALOR /MES/BASE MESES PORCENTAJE PORCENTAJE VALOR TOTAL VALOR TOTAL

Global

0,00% 0,00% 0,00

0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00 0

0,00% 0,00 0,00

0,00% 0,00 0,00

0,00

0,00

PORCENTAJE TOTAL A.I.U

COSTO DIRECTO

COSTO TOTAL

IMPACTO COMUNITARIO - VALLA

VALLAS INFORMATIVAS

ADMINISTRACION

IMPREVISTOS

UTILIDAD

COSTOS DE OPERACIÓN (DOTACIÓN DEL PERSONAL Y COMUNICACIONES)

DOTACIÓN Y EQUIPO

PAPELERIA, TINTAS, FOTOCOPIAS Y OTROS

ENSAYO DE LABORATORIO

SISTEMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

GASTOS DE PERSONAL DE OFICINA (CELADOR, ALMACENISTA Y SECRETARIA)

GASTOS DE OFICINA (CAMPAMENTO, ARRIENDO Y SERVICIOS)

REGISTRO FOTOGRAFICO, VIDEOS E INFORMES, ELABORACION DE PLANOS RECORD

TRANSPORTE Y ALMACENAMIETO

COSTOS LEGALES Y FINANCIEROS COSTOS DE FIDUCIA Y PÓLIZA )

INVERSION AMBIENTAL (GESTION SOCIO AMBIENTAL) Y ASEGURAMIENTO DE LA

CALIDAD

PERSONAL PROFESIONAL

DIRECTOR DE OBRA

RESIDENTE DE OBRA

TOTAL PERSONAL ADMINISTRATIVO

INSTALACIONES PROVISIONALES Y OTROS GASTOS

INVERSION AMBIENATL

COSTO DIRECTO

COSTOS DE PREPARACIONDE LA PROPUESTA

GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA

COSTOS DE LEGALIZACION

OBJETO: “”

DESGLOSE DE A.I.U

COSTO TOTAL

1. “FORMATO INVERSIÓN AMBIENTAL”.

Para la determinación de la inversión ambiental se tendrán en cuenta como mínimo, los requerimientos detallados en el CÁLCULO DE LA INVERSIÓN AMBIENTAL que están en el formato. En caso de no presentar cualquiera de los valores de este formulario o no presentar el formulario de inversión ambiental será causal de que la oferta obtenga un puntaje de cero (0) puntos en la evaluación del precio. Todos los documentos exigidos deberán incluirse en el original y en la copia de la propuesta. En caso de discrepancia entre la copia y el original, primará este último sobre aquella.

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Los documentos que hacen parte del original y de la copia de la propuesta deberán ser totalmente legibles, legajados y foliados. Los folios que contengan modificaciones o enmiendas deberán ser convalidados con la firma de quien suscribe la carta de presentación. La omisión de alguno de los documentos necesarios para la comparación de las propuestas, impedirá tenerlas en cuenta en la evaluación, de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 5° de la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

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A. Factor precio.

La entidad a partir del valor total de las Ofertas asignará máximo quinientos (500) puntos acumulables de conformidad con el siguiente procedimiento: Para la ponderación de la propuesta económica se seleccionará el método de acuerdo con los métodos que se nombran a continuación:

Número Método 1 Media aritmética 2 Media aritmética alta 3 Media geométrica con presupuesto oficial 4 Menor valor

Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la TRM que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación. Esta TRM se tomará del sitio web del Banco de la República de Colombia, http://www.banrep.gov.co/series-estadisticas/see_ts_cam.htm#trm

Rango (inclusive) Número Método De 00 a 24 1 Media aritmética De 25 a 49 2 Media aritmética alta De 50 a 74 3 Media geométrica con presupuesto oficial De 75 a 99 4 Menor valor

a) MEDIA ARITMÉTICA Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula:

X= Media aritmética. Xi= Valor total corregido de la propuesta i n = Número total de las Ofertas válidas presentadas Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente formula.

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Donde,

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. Las Ofertas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de Apoyo a la Industria Nacional y Factor de Calidad. b) MEDIA ARITMÉTICA ALTA Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total corregido de la propuesta válida de más alta y el promedio aritmético de las Ofertas que no han sido rechazadas y se encuentran válidas, para esto se aplicará la siguiente fórmula:

Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente formula. Donde,

Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente formula.

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Donde, XA = Media aritmética alta Vi = Valor total corregido de cada una de las Ofertas i i = Número de propuesta. En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media aritmética alta y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. Las Ofertas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de Apoyo a la Industria Nacional y Factor de Calidad. c) MEDIA GEOMÉTRICA CON PRESUPUESTO OFICIAL Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto oficial del proceso o módulo de acuerdo al siguiente cuadro:

Número de Ofertas (n) [número]

Número de veces en las que se incluye el presupuesto oficial (nv) [veces]

1 – 3 1 4 – 6 2 7 – 9 3

10 – 12 4 13 – 15 5

Y así sucesivamente por cada tres Ofertas válida se incluirá una vez el presupuesto oficial del proceso o módulo. Seguidamente se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro anterior mediante la siguiente fórmula:

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Donde, Gpo = Media geométrica con presupuesto oficial. nv = Número de veces que se incluye el presupuesto oficial (PO). n = Número de Ofertas económicas válidas. PO = Presupuesto oficial del proceso. P1 = Valor de la propuesta económica corregida del Proponente i. Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:

Donde,

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. Las Ofertas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de Apoyo a la Industria Nacional y Factor de Calidad. d) MENOR VALOR Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método [nombre de la Entidad Estatal] procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la siguiente fórmula:

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Donde, Vmin = Menor valor de las Ofertas válidas. Vi = Valor total corregido de cada una de las Ofertas i i = Número de propuesta. En este caso se tomara el valor absoluto de la diferencia entre el menor valor y el valor de la propuesta, como se observa en la fórmula de ponderación. Las Ofertas que no estén definidas como válidas no se les tendrá en cuenta puntaje alguno, por concepto de Apoyo a la Industria Nacional y Factor de Calidad. En todos los casos anteriores se tendrá en cuenta hasta el séptimo (7°) decimal del valor obtenido como puntaje. B. Puntaje para Aspecto Técnico y de Calidad Para Programación de Obras E inversión, en la evaluación se asignarán Cuatrocientos (400) puntos. Programación de obra Cuatrocientos (400) PUNTOS. PROGRAMACIÓN DE OBRAS E INVERSIONES

Es importante para la entidad que los interesados en el presente proceso tengan claridad de las razones por las cuales se considera importante y necesario la realización de una exigencia como las contenidas en el numeral el anexo de programación de obras e inversiones, razón por la cual recordamos que al momento de realizar los estudios previos y demás ejercicios de planificación que le sirven de fuente al proceso se determinó un plazo de ejecución del contrato, que deberá entenderse como el tiempo estimado en que la administración consideró posible satisfacer la necesidad que motiva la suscripción del contrato, siendo el propósito principal garantizar que la finalidad del ente territorial se mantenga y materialice dentro de los plazos estimados, motivo por el cual se deben utilizar sistemas que así lo permitan o que por lo menos faciliten la labor del Estado para procurar la obtención de su objetivo. Entendemos que es vital la labor de control y verificación de la realización correcta de las obras en el plazo establecido y contar con un contratista que se comprometa a cumplir con los requerimientos de orden técnico; tanto así que se determinó que el programa de obra, Diagrama de Gantt, flujo de fondos y redes

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CPM-PERT son instrumentos fundamentales en la interventoría de la obra y se busca que el interventor pueda realizar un seguimiento, control y evaluación de los mismos durante la ejecución del contrato y la Administración Municipal en consecuencia hará especial énfasis en el cumplimiento del mismo. Para la consecución de tal objetivo, la administración determinó ponderar a aquel contratista, que en cumplimiento de las alternativas técnicas ofrecidas por la administración, esté en capacidad de permitir que la entidad estatal realice sobre la ejecución contractual el control debido, para garantizar la realización del mismo en el tiempo estimado. Para esto se encontró como una alternativa, que el proponente desarrollará los diseños establecidos en este anexo, bajo las reglas impuestas por la entidad, de conformidad con lo dispuesto en el pliego de condiciones, donde realizará un análisis detallado de las diferentes actividades en que se divide el proyecto, siguiendo el desarrollo constructivo para ejecutar la obra, asumiendo condiciones de tiempo, modo y lugar en que la misma se ejecutará y utilizando los métodos de duraciones de incertidumbres para determinar las duraciones optimas en el manejo de cada actividad comprendida en la obra y repercutiendo en una planeación detallada de manejo de personal, inversión e insumos dentro de los tiempos optimizados como valor agregado a la calidad. Sistema de redes.

El Sistema de redes, consiste en una planeación, programación y control de un proyecto, o de un proceso, llevado a un diagrama o red, en el cual se describe las etapas del proyecto, y su relación. Esta técnica de redes o mallas, no sólo se utiliza para la organización de trabajos, sino también para establecer control y vigilancia, en la interrelación de diferentes procesos. De igual forma, nos permite tener una visión del desarrollo de un proyecto a lo largo del tiempo, indicando puntos críticos en el cumplimiento de los objetivos propuestos, aplicando medidas correctivas, luego de haber detectado los puntos críticos, alternativas de planificación, para una óptima utilización de los recursos disponibles, determinando tiempos de iniciación y terminación de las etapas, sub-etapas, actividades, sus variables y duración del proyecto. Diagrama de barras o grafico de Gantt. El diagrama de Gantt, se ha constituido en un medio fundamental para realizar no sólo la planificación en la producción industrial, como en su principio se utilizó, sino en cualquier otro tipo de actividad. Se comenzó a utilizar para indicar una comparación entre lo programado y lo desarrollado o ejecutado realmente; en un principio se usó para cuantificar y controlar avance en tiempo, rendimiento de obreros y maquinaria. Los datos incluidos en el diagrama, varían con relación al tipo de trabajo; por eso, es diferente un diagrama de barras en un proceso de producción con un proceso constructivo o un proceso teórico de planeación o un proceso administrativo. Los datos contenidos en un cuadro de Gantt, estarán sujetos a los requerimientos exigidos en este proceso, siguiendo los siguientes parámetros:

• Actividades o tareas, que generalmente se presentan en la parte izquierda del diagrama.

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• Escala horizontal de tiempos, en donde se colocan las duraciones previstas para la realización de cada actividad.

Debido a las desventajas del diagrama de barras, se exigirá también el uso de redes, por lo siguiente:

• Por ser un elemento básicamente de control. La actualización permanente que requiere el gráfico, hace que este sea un instrumento más de control que de planeación.

• Presentan actividades que ocurren en secuencia cuando coinciden la fecha de terminación de

unas actividades y de la iniciación de las que siguen, pero a la vez otras que se traslapan, sin que en ningún caso se precise la magnitud del trabajo indicado, ni lo que ocurre en un momento determinado.

• A mayor número de actividades, menos se puede precisar su interrelación. • La subdivisión de actividades, para una más fiel representación del trabajo.

Método Pert. El método PERT, o Técnica de evaluación y revisión de programas (Program Evaluation and Review Techniqué), fue desarrollado como consecuencia de los estudios e investigaciones realizados por la Marina Americana, como este método supone que el tiempo requerido para realizar las actividades de un proyecto no repetitivo no se conoce en forma anticipada, se incorporan las probabilidades en el análisis de sus tiempos, y el concepto de valor esperado para estimar la duración total de todo el proyecto. El método PERT, supone que las actividades y sus relaciones en la red, están bien definidas, pero le da cabida a la incertidumbre en sus duraciones, y es por eso que este método trabaja con estimativos de tiempos, por lo cual se le conoce como un sistema probabilístico o estadístico. Debido a este factor, a cada actividad se le hacen cuatro estimativos de tiempos, que son:

• Tiempo optimista. • Tiempo pesimista. • Tiempo más probable. • Tiempo esperado.

Una de las características que debe tener un proyecto PERT, es que debe de ser un proyecto unitario, es decir que tenga una finalidad específica y no repetitiva. Método CPM El método CPM, Método de la Ruta Crítica (Critical Path Metod), fue creado para satisfacer la demanda de nuevos procedimientos de dirección que permitan ejercer control de proyectos de mayores dimensiones y complejidad. Aunque es contemporáneo del PERT, la diferencia entre estos, es que el método CPM, no incorpora la incertidumbre en la asignación del tiempo en sus actividades, sino que éste se puede medir a través de un rendimiento, previamente evaluado y determinado. El método CPM, trabajó sobre proyectos cuyas actividades permitían una muy precisa apreciación de su duración, porque se habían realizado

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alguna vez; por ejemplo, actividades de construcción, de mantenimiento. Por esto se dice que es un método o sistema determinativo o determinístico. Red, diagrama CPM y matriz de secuencias.

El proponente deberá presentar una red o diagrama que consigne las actividades, en las que se agrupan todos y cada uno de los ítem de obra. El número de actividades en las cuales se agrupan, en ningún caso estará por fuera del rango establecido en este pliego, en este caso obtendría 0 puntos en toda la programación. El diagrama se debe presentar de acuerdo a las condiciones y restricciones establecidas por el modelo de programación PERT/CPM y debe consignarse, tal y como lo establece el modelo, la siguiente información, señalado en DÍAS corrientes no calendarizados, cuyos componentes serán:

Actividad (Ya sea reseñada de acuerdo a su número o a cualquier tipo de nomenclatura clara,

válida para identificarla). Tiempo de inicio adelantado para una actividad asignada. IA. Tiempo de terminación adelantada para una actividad asignada. TA Duración de la actividad. Dur. Que será el resultado del cálculo de distribución normal para la

duración real usando el Tiempo esperado (Te) calculado por el PERT y los valores de incertidumbre

de la actividad. Tiempo de inicio tardío para una actividad asignada. IT. Tiempo de terminación tardío para una actividad asignada. TT. Holgura o fluctuación Total de la actividad. Ht.

Como especificaciones generales para la construcción de la red o diagrama, entendido como la representación gráfica de las actividades que muestran sus eventos, secuencias, interrelaciones y el camino crítico, se resaltan las siguientes:

a. La red deberá ser una red medida, es decir, deberá utilizar un sistema de cronología que permita

establecer a escala conveniente (siempre en todo caso en días) tanto las relaciones como las duraciones de las actividades, distribuidas en el tiempo propuesto para el desarrollo de la obra; para esto se tendrán en cuenta las duraciones tanto tempranas como tardías.

b. Cada actividad se representará por una flecha que indique su conexión, dependencia y sentido,

escalada con la unidad de tiempo DIA. Dado que el modelo PERT/CPM es direccional, el diagrama debe representarse de esa manera.

c. Cada nodo representa un evento que por lo general se define con el momento en que se terminan

todas las actividades que llegan a ese nodo. Los eventos o nodos se enumerarán en forma secuencial y consecutiva, de izquierda a derecha, de arriba hacia abajo y se numera de forma ascendente desde el cero (0). No podrán aparecer en ningún caso, eventos con numeración repetida

d. Las puntas de flecha indican la secuencia en la que debe ocurrir cada uno de esos eventos. Lo que

es más, un evento debe preceder a la iniciación de las actividades que llegan a ese nodo. Las

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puntas de flecha indican la secuencia en la que debe ocurrir cada uno de esos eventos. Lo que es más, un evento debe preceder a la iniciación de las actividades que salen de ese nodo. (En la realidad, con frecuencia se pueden traslapar etapas sucesivas de un proyecto, por lo que la red puede representar una aproximación idealizada del plan de un proyecto)

e. El nodo hacia el que todas las actividades se dirigen es el evento que corresponde a la terminación

desde su concepción, o bien, si el proyecto ya comenzó, el plan para su terminación. En él último caso, cada nodo de la red sin flecha que llegan representa el evento de continuar una actividad en marcha o el evento de iniciar una nueva actividad que puede comenzar en cualquier momento.

f. Cada actividad debe estar claramente definida por un evento de inicio y un evento de terminación,

entendiéndose como evento o nodo al momento de iniciación o terminación de una actividad. Cada evento o nodo se representará por un círculo. El evento final de una actividad será el evento inicial de la actividad siguiente. Varias actividades pueden terminar en un evento o partir de un mismo evento.

g. La red debe ser cerrada con excepción de las actividades inicial y final. No se deben presentar

discontinuidades bajo ninguna circunstancia.

h. En ocasiones, se necesita una actividad para definir las relaciones de procedencia aun cuando no haya una actividad real que representar. En este caso, se introduce una actividad ficticia que requiere un tiempo cero, en donde la flecha que representa esta actividad ficticia se muestra como una flecha punteada que indica esa relación de precedencia. Podrán utilizarse actividades virtuales o ficticias, de duración nula en los casos en que haya necesidad de indicar que una actividad tiene una interrelación, continuación o espera con otra.

i. Una regla común para construir este tipo de redes es que dos nodos o eventos no pueden estar

conectados directamente por más de una flecha. Las actividades ficticias también se pueden usar para evitar violar esta regla cuando se tienen dos o más actividades concurrentes.

j. Se debe estimar el tiempo que se requiere para cada actividad, el cual será el tiempo esperado.

Estas estimaciones se usan para calcular dos cantidades básicas para cada evento, a saber, su tiempo más próximo y su tiempo más lejano.

k. Para cada actividad deberá indicarse la iniciación temprana o cercana, terminación temprana o

cercana, iniciación tardía o lejana, terminación tardía o lejana, duración y nombre o identificación de la actividad, así como la fluctuación u holgura.

l. La red deberá ser cerrada, con el fin de determinar los TIEMPOS DE INICIO ADELANTADO

PARA UNA ACTIVIDAD ASIGNADA. IA, TIEMPO DE TERMINACIÓN ADELANTADO PARA UNA ACTIVIDAD ASIGNADA. TA, TIEMPO DE INICIO TARDÍO PARA UNA ACTIVIDAD ASIGNADA. IT y TIEMPO DE TERMINACIÓN TARDÍO PARA UNA ACTIVIDAD ASIGNADA. TT, secuencias y procedencias. La imposibilidad de evaluar estos tiempos hará inconsistente toda la red, por lo cual la

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calificación de esta programación será de cero (0).

m. Cada actividad deberá identificarse claramente ya sea con su nombre resumido o con un sistema de referencia. Se deberán resaltar claramente las actividades correspondientes a la ruta crítica y la correspondiente duración de sus actividades (de la ruta crítica), será correspondiente a la duración en la ejecución de proyecto. El NO cumplimiento de estas consideraciones dará lugar a calificación del parámetro de la programación con cero (0) puntos.

n. La holgura o fluctuación total para un evento es la diferencia que existe entre la iniciación

adelantada y la iniciación tardía de la actividad o la diferencia entre la terminación adelantada y la terminación tardía de la misma actividad. Esta diferencia debe ser igual tanto en las iniciaciones como en las terminaciones. Así, si se supone que todo lo demás marcha a tiempo, la holgura para un evento indica cuanto retraso se puede tolerar para llegar a ese evento sin retrasar la terminación del proyecto.

o. Una ruta crítica de un proyecto es una ruta cuyas actividades tienen la holgura cero. (Todas las

actividades y eventos que tienen holgura cero deben estar sobre una ruta crítica, pero no otras.) Se recalca el hecho que dentro del diagrama, se debe señalar de forma clara, la ruta crítica del proyecto y se indicará siempre de días NO calendarizados, o sea días corridos como valor absoluto y que deben corresponder a los señalados en la duración del mismo presentados por el proponente. El proponente deberá tener en cuenta que la información consignada en el diagrama GANTT, servirá de base para el control de la obra por parte de la interventoría y por lo tanto hará parte del contrato que se celebre, siendo la Entidad autónoma en la reserva del derecho de ajustar los programas de trabajo, a fin de coordinar las actividades de la obra y el tiempo total para ejecución de la misma y corregir eventualmente errores en la propuesta. Estos programas comenzarán a regir desde la fecha del acta de iniciación de la obra. Como esquema, se presenta el siguiente diagrama, que solo busca orientar el desarrollo del mismo, indicando los elementos que se solicitan para cada bloque de obras.

ESQUEMA RED, DIAGRAMA CPM/PERT, RED MEDIDA

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Para determinar las inconsistencias en el esquema de la red, se tiene en cuenta las siguientes: CUADRO DE RENDIMIENTOS Y DURACIÓN DE ACTIVIDADES O TAREAS - (Tiempo más probable Tm) En este cuadro se debe consignar la información referente a la actividad relacionada, de acuerdo con el análisis realizado a él o los ítem que la componen, señalando para la actividad su número, su descripción, su nomenclatura de identificación (de ser el caso) y la duración de la misma y para el caso del o de los ítems constituyentes, estos deben consignar el identificador del ítem, descripción, unidad, cantidad, tipo de cuadrilla utilizada, número de cuadrillas utilizadas y su duración en días, o su asignación a criterio del proponente cuando corresponda a suministros. Se recalca el hecho que el proponente deberá presentar una programación de obra por actividades, entendidas estas como la agrupación de uno o más ítem de obra, los cuales deberán estar asociados en forma coherente y correspondiente con la esencia de su actividad, es decir, deben agruparse de tal forma que la duración y sentido de los ítem puedan ser desarrollados como una sola actividad, en el correspondiente lapso de tiempo calculado e indicado por el proponente, sin interferir con el desarrollo de ninguna otra actividad. Las duraciones de cada ítem que compone la actividad, deberán ser correspondientes con los rendimientos y tipos de cuadrillas indicados en los análisis de precios unitarios, el oferente debe tener en cuenta que la duración de un ítem es su duración calculada y la duración de una actividad estará definida por el método PERT, (el tiempo optimista es el tiempo de la mayor duración de los ítems que la componen, el tiempo pesimista será la suma de las duraciones de los ítems que componen la actividad, el tiempo más probable será la duración que se encuentra entre el tiempo optimista y el tiempo pesimista entendido como si los

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ítems que componen la actividad se ejecutaran traslapándolos, y el tiempo esperado que es el tiempo que resulta de sumar el tiempo optimista más el tiempo pesimista más cuatro veces el tiempo más probable y dividir este resultado entre seis) este cálculo para describir la duración de las actividades, debe verse reflejado en la construcción de los diagramas que exijan discriminación de los ítems que constituyen cada actividad y por lo cual el no calcular la duración de las actividades compuestas de esta forma será causal de obtener cero (0) puntos en la programación de obra ya que estos tiempos son los que afectan la duración de las actividades y son necesarios para todos los aspectos a evaluar en la programación de la obra. La aplicación de uno u otro principio se dará dependiendo de si es actividad o ítem. La información descargada en el diagrama de red, deberá ser correspondiente con los análisis de precios unitarios, Cantidades y Presupuesto. Para el anexo "Cuadro de Rendimientos y Duración de Actividades o Tareas", la duración calculada de cada tarea o actividad será el resultado matemático obtenido entre la columna cantidad (dimensión) y rendimiento de la cuadrilla utilizada (dimensión/día) y el número de cuadrillas utilizadas para cada actividad. Ejemplo:

CUADRO LISTA DE ACTIVIDADES Número

de Actividad

ACTIVIDAD Duración ™ (DIAS)

# Nombre de la actividad:

ITEM Descripción Unidad Cantidad Tipo de

Cuadrilla

Número de

Cuadrillas

Rendimiento Cuadrilla

Duración Calculada

Duración Real

El proponente deberá diligenciar el anterior formato o uno similar para calcular la duración en días de los ítems, actividades y/o tareas de la programación. La relación debe tener en cuenta que los rendimientos consignados deben ser iguales a los consignados en los Análisis de Precios Unitarios y corresponder a unidad/día, de tal forma que la duración sea el resultado de dividir la cantidad de la actividad entre el producto del rendimiento de la cuadrilla por el número de cuadrillas utilizadas, tal y como se muestra en el ejemplo del CUADRO LISTA DE ACTIVIDADES. Los rendimientos deben usarse usando únicamente dos decimales, de lo contrario influirá la coma flotante en este cálculo y se tomará como inconsistencia. Para el caso de suministros, se asignará el tiempo a criterio del proponente, teniendo en cuenta si existe en inventario o requiere de su fabricación, el transporte, nacionalización en caso de ser importada, etc. Se requiere que el proponente presente las duraciones en días enteros, para las ACTIVIDADES que su duración resulte menos de un (1) día, a esta actividad se le asigna una duración de un (1) día completo, y

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para aquellas que sea mayor de uno (1) día y su decimal sea mayor de cero punto cinco (0.5) se aproxima los decimales al dígito inmediatamente superior, y si el decimal es menor o igual a 0.5, se redondea al dígito inferior. El proponente debe identificar cada actividad con un nombre que la represente y represente las actividades que en ella se ejecuten como la zona/tramo/categoría/capitulo a la cual pertenece esta actividad, el no tener en cuenta esto se calificará como inconsistencia de la actividad, más de 10 inconsistencias en cualquiera de los formatos de la programación generará un puntaje de cero (0) puntos en cada uno de los aspectos a evaluar donde debe parecer identificada la actividad. Los rendimientos consignados deben ser correspondientes con los consignados en los Análisis de Precios Unitarios. La no utilización de los rendimientos en los Análisis de Precios Unitarios dará lugar a una inconsistencia por cada rendimiento que no esté acorde con los del análisis de precios unitario. Cada actividad compuesta será presentada junto a sus tiempos y sus incertidumbres como parte de la mecánica aritmética para el cálculo de su duración real. El NO-CUMPLIMIENTO en la utilización de la mecánica aritmética del cuadro de lista de actividades y el de cálculo de duración por el Método PERT; dará lugar a que la oferta obtenga una calificación de cero (0) puntos por este criterio evaluativo (Programación de obra), debido a que estos cálculos son básicos para la elaboración de la red, diagrama de Gantt y flujo de fondos. El uso del cálculo para la duración de actividades por el sistema PERT en actividades simples (de un solo ítem) (ver el apartado de consideración sobre las actividades *abajo*) se tomará como un error general de diseño, el valor de la duración en días de cada actividad simple únicamente podrá salir de la relación aritmética entre la cantidad del ítem, el rendimiento y el número de cuadrillas, El NO-CUMPLIMIENTO de esta apartado generará cero (0) puntos en este numeral y en todos aquellos anexos que dependen de él (esto quiere decir que el tiempo optimista, tiempo pesimista, el tiempo más probable y el tiempo esperado de la actividad simple es el que resulta de la operación matemática descrita para obtener la duración del ítem). La secuencia y duración de las actividades o tareas corresponderán a un “ANÁLISIS DETALLADO” de cada una de las cantidades que la componen y las unidades de cada uno de los ítems deberán coincidir con las del Presupuesto de la obra". Para la elaboración del cuadro de rendimientos y duración de actividades o tareas, se debe tener en cuenta los rendimientos consignados en los análisis de precios unitarios, así mismo como el tipo de cuadrilla a desarrollar la actividad o tarea, el no cumplimiento de esta condición dará lugar a que la tarea sea considerada como inconsistencia. Cuando en un análisis de precios para suministro y no se considere cuadrilla de gestión de compra o construcción del elemento o no se elabore el APU del suministro, se asignará una duración a criterio del proponente, teniendo en cuenta el tiempo requerido para adquirirlo y ponerlo en obra, teniendo en cuenta si existe en inventario, si requiere de su fabricación, el transporte y nacionalización de ser importado, y debe relacionarse en el forma de actividad o rendimiento

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correspondiente. Se debe mostrar la conformación de cada tarea y los ítems que la componen, incluyendo la totalidad de las cantidades de los pliegos de condiciones con el resultado de las duraciones de los ítems de cada tarea, así mismo los tiempos y probabilidades de cada día en los rangos de tiempos establecidos desde el tiempo optimista, el tiempo pesimista, el tiempo más probable y el tiempo esperado para justificar la selección de la duración para cada actividad compuesta y calcular la variación de cada actividad compuesta. La falta de esta información (Duración de la Tarea y su justificación probabilística), cálculo de las variaciones y de la desviación, será(n) sancionada(s) la(s) tarea(s) como inconsistencia(s) en el cuadro para calcular la varianza y en el cuadro de nomenclatura y en el de probabilidad de cumplir el plazo propuesto. El NO-CUMPLIMIENTO de esta condición (elaboración del cuadro de Rendimientos, Duración de Actividades o Tareas), dará lugar a que la oferta obtenga una calificación de cero (0) puntos por este criterio evaluativo (programación de obra). Consideraciones sobre las actividades.

Las ACTIVIDADES pueden estar conformadas por un solo ítem por ejecutar con una única duración [Actividad Simple] (en este caso se usará la duración calculada y se le variará de ser necesario por el método de aproximación), o pueden estar conformadas por varios ítems relacionados entre sí con duraciones independientes para cada uno de ellos [Actividad Compuesta], en este caso la duración de la actividad estará dada por el método PERT, usando los tiempos básicos, la desviación estándar y la distribución gaussiana, La no utilización de este método en por lo menos una de las actividades para determinar su duración real se sancionará con cero (0) puntos en la programación de obra. En la programación de obra consolidada nunca podrán existir únicamente actividades simples, tampoco puede presentarse una programación hipercrítica (en la cual el 100% de las actividades estén contenidas dentro de la ruta crítica, es decir, que solo exista un solo frente de trabajo), El no tener en cuenta esta consideración repercutirá en la obtención de cero puntos en la programación de obra. En la programación de obra consolidada se debe mostrar detalladamente la información de las duraciones y holguras para cada componente identificando a las actividades correspondientes a los mismos con nomenclatura simple e independiente para cada uno de ellos con el fin de distinguirlos entre si así mismo se deben mostrar las actividades críticas. Las nomenclaturas usadas para representar cada actividad deben coincidir en todos los diagramas presentados, la no presentación de esta nomenclatura de esta manera o un error en la misma será sancionada como inconsistencia. Calculo de las duraciones para las actividades compuestas por el método PERT. Debemos considerar los tiempos representativos de cada actividad y sus valores de incertidumbre. Tiempo optimista: (To)

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Corresponde al menor tiempo posible en que se supone podría realizarse una actividad, si se contara con buena suerte excepcional, y todo marchara perfectamente desde el principio. Tiempo pesimista: (Tp)

Corresponde al tiempo máximo que duraría la actividad, contando con la mala suerte en su realización. Se tiene en cuenta en esta estimación, la posibilidad de que se retrase la iniciación o se dificulte su desarrollo por causas pertinentes y muy factibles, pero no se tendrá en cuenta sucesos catastróficos, tales como huelgas, incendios, derrumbes, etc. Tiempo más probable: (Tm)

Corresponde al tiempo que se consumiría, muy seguramente en la realización de la actividad. Es tal que si la actividad se repitiera independientemente muchas veces, este tiempo de duración sería el que ocurriría con más frecuencia. Sería entonces en caso de tener un solo estimativo, el tiempo dado. El tiempo más probable será deberá ser establecido por el oferente en base a su experiencia y nunca puede estar fuera del rango entre To y Tp . Tiempo esperado: (Te)

Determinados estos tiempos, se procederá a aplicar la fórmula del tiempo esperado (promedio). Con los estimativos de tiempos, To, Tp y Tm, podemos obtener estadísticamente el "Te" Tiempo esperado aplicando la siguiente fórmula:

Desviación estándar: (δ)

La desviación estándar para el tiempo de ejecución de cada actividad se usa para especificar cuánto se puede retrasar y cuan dispersos están sus tiempos, se determinará de la siguiente manera:

Variación: (δ2) La variación es otra fórmula de describir la incertidumbre asociada con la actividad. Si la variación es grande, existe una incertidumbre sobre el tiempo necesario para realizar una actividad. Si por el contrario es pequeña, nos indicará que existe una estimación más precisa sobre el tiempo que consumirá la actividad. Se determinará de la siguiente manera:

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Variación = (Tp-To)2 / 36

La variación está estrechamente ligada a la probabilidad de cumplir con el plazo de cada tramo de obra y la obra total, se calificarán como inconsistente todas aquellas actividades que tengan una variación calculada mayor al 50% de las que están dentro de la ruta crítica. El oferente debe presentar una tabla de variaciones para las actividades compuestas en donde señale las actividades criticas de cada tramo y las actividades criticas del proyecto general, la no presentación de esta tabla con los datos pedidos en este apartado será calificada con cero (0) puntos en este cuadro; la omisión de datos en este cuadro o el mal cálculo del mismo será sancionado cada error como inconsistencia.

VARIACIONES

ACTIVIDAD T.O. T.M. T.P T.E. δ2 R.C.P

Si/no

r.c.p: Ruta crítica de proyecto COMPROBACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAZO PROPUESTO. El plazo cálculo por el proponente debe ser igual al plazo propuesto por la entidad y el número de tareas debe estar dentro del rango establecido para cada anexo, al no cumplirse cualquiera de estas condiciones se obtendrá 0 en la calificación total de la programación. Para comprobar la probabilidad de que el plazo propuesto por la entidad y el calculado por estos métodos por el PROPONENTE, se debe calcular y presentar con la propuesta, el cual debe obtenerse una probabilidad de cumplir con el plazo del programa propuesto, mayor del NOVENTA Y SIETE PUNTO CINCO (97.5%) POR CIENTO, so pena de calificar el parámetro de programación con CERO (0) puntos, se realizaran teniendo en cuenta los parámetros que a continuación se indican, y calculando la comprobación según los siguientes criterios: La Varianza Para determinar la varianza, que mide la dispersión de los datos, con respecto a la duración media, es igual a la sumatoria de las variaciones de las actividades que se encuentran en la ruta crítica.

Σ variaciones actividades R.C. La Desviación Típica:

El siguiente paso es calcular la desviación típica, que es igual a la raíz cuadrada de la varianza:

=

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Desviación Normalizada.

Luego hallamos la desviación normalizada que la denominaremos Z, la cual es igual al tiempo asumido (Ta), menos el tiempo calculado o tiempo esperado total de la red (Tc), divididos por la desviación típica.

Comprobación del Plazo. El último paso es realizar la comprobación del plazo propuesto que es igual a la desviación normalizada, más la desviación típica, más el tiempo calculado de la red (Tc).

Probabilidad de cumplir con el plazo propuesto

Plazo Estipulado = xx dias

Se sancionará con cero (0) puntos la omisión de este anexo y de hacer falta se calcularán dependiendo de la programación presentada mediante cálculo aritmético estimable y calificable. COMPROBACIÓN DEL PLAZO PROPUESTO CON EL ESTIMADO:

PORCENTAJE DE PROBALIDAD:

ABS (Z + + Tc) – plazo x 100 >= 97,50% Plazo

Diagrama de GANTT – Ruta crítica y flujo de fondos o inversiones

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El proponente deberá presentar un diagrama de barras tipo GANTT que debe coincidir con la red y en él se deben mostrar las barras correspondientes a las iniciaciones primeras y terminaciones primeras y las correspondientes a iniciaciones y terminaciones últimas (identificándolas plenamente), así como las holguras, Se deberán resaltar las actividades correspondientes a la ruta crítica. De aquí en adelante los diagramas de gantt deben tener clasificadas a las actividades por frentes, los mismos que se detallan en la organización de los trabajos anexa a esta programación. Esta distribución ayudará a crear los cálculos de la matriz de inversión detallada la cual debe corresponder en su totalidad con el presente diagrama. Para determinar el valor de incidencia de cada tarea dentro del respectivo mes, en los Gantt de flujo de fondo o plan de inversiones, se hará mediante una regla de tres tomando como referencia el valor y el tiempo de ejecución de la tarea, además se mostrarán las inversiones periódicos (MENSUALES) para la ejecución de cada actividad, para ello en cada barra que represente una actividad o tarea se colocará el valor de participación dentro del respectivo mes y así poder determinar su incidencia en la inversión total correspondiente al mes dentro del cual se esté ejecutando. El NO-CUMPLIMIENTO de esta condición (Valor en pesos, sobre cada barra) dará lugar a calificar con 0 puntos los 3 este apartado (diagramas Gantt de inversión general, ia-ta, it-tt). El Flujo de Fondos contemplará los Costos Directos por Tarea o Actividad; los Costos Indirectos solo se incluirán una vez se hayan sumado los valores de las Tareas. Para la elaboración de los Flujos de Fondos se tendrán en cuenta las duraciones Anticipadas o cercanas (IA-TA) y tardías o lejanas (IT-TT) de cada tarea teniendo en cuenta el Diagrama de Obra (Programación). La no Presentación de algunos de los Flujos de Fondos, se le asignará cero (0) puntos al parámetro de la programación del Diagrama de Gantt. Los Flujos de Fondos debe basarse en los pagos mensuales (corte de obra ejecutada), que le hará la entidad al proponente y no son los gastos en los que incurra el proponente para la ejecución de la obra

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(compra de materiales) anticipos de carpintería, subcontratos y otros).

FLUJO DE FONDOS IA, TA (TIC, TTL)

El proponente debe presentar un diagrama de barras tipo GANTT, a escala de tiempo de cada actividad (días), con la identificación de la actividad, que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red, teniendo como base los tiempos de iniciación y terminación adelantados o cercanos (IA y TA), el valor de incidencia para el mes correspondiente, así como su porcentaje de incidencia para el mes respectivo. El cuadro deberá contener un consolidado por mes tanto del total del valor de incidencia de las actividades a desarrollar en ese mes respectivo, así como el porcentaje de incidencia consolidado total para el respectivo mes. El valor de incidencia corresponderá a los costos directos de obra, a este valor se le deben incluir los costos indirectos una vez sumados los valores de todas las actividades que se ven representadas en el mes respectivo. El proponente debe presentar un diagrama de barras tipo GANTT, a escala de tiempo del proyecto de cada actividad (días), con la identificación de la actividad, que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red y que tal y como se señaló en el desarrollo de la misma, EN NINGÚN CASO SERA INFERIOR a 40 NI SUPERIOR A 50 TAREAS Y/O ACTIVIDADES, numeradas a partir de 1 (uno), indicando su duración y

teniendo como base los tiempos de iniciación y terminación adelantados o cercanos (IA y TA), e indicar el valor de incidencia para el mes correspondiente, así como su porcentaje de incidencia para el mes respectivo. El cuadro deberá contener un consolidado por mes tanto del total del valor de incidencia de las actividades a desarrollar en ese mes respectivo, así como el porcentaje de incidencia consolidado total para el respectivo mes. El valor de incidencia corresponderá a los costos directos de obra, a este valor se le deben incluir los costos indirectos una vez sumados los valores de todas las actividades que se ven representadas en el mes respectivo.

FLUJO DE FONDOS (IT-TT) TIL, TTL.

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El proponente debe presentar un diagrama de barras tipo GANTT, a escala de tiempo del bloque de obras en consideración de cada actividad (días), con la identificación de la actividad, que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red, su duración, teniendo como base los tiempos de iniciación y terminación tardíos o lejanos (IT y TT), el valor de incidencia para el mes correspondiente, así como su porcentaje de incidencia para el mes respectivo. El cuadro deberá contener un consolidado por mes tanto del total del valor de incidencia de las actividades a desarrollar en ese mes respectivo, así como el porcentaje de incidencia consolidado total para el respectivo mes. El valor de incidencia corresponderá a los costos directos de obra, a este valor se le deben incluir los costos indirectos una vez sumados los valores de todas las actividades que se ven representadas en el mes respectivo. El proponente debe presentar un diagrama de barras tipo GANTT, a escala de tiempo del proyecto de cada actividad (días), con la identificación de la actividad, que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red y que tal y como se señaló en el desarrollo de la misma, EN NINGÚN CASO SERA INFERIOR a 40 NI SUPERIOR A 50 TAREAS Y/O ACTIVIDADES, numeradas a partir de 1 (uno), su duración, teniendo

como base los tiempos de iniciación y terminación Tardíos o lejanos (IT y TT), el valor de incidencia para el mes correspondiente, así como su porcentaje de incidencia para el mes respectivo. El cuadro deberá contener un consolidado por mes tanto del total del valor de incidencia de las actividades a desarrollar en ese mes respectivo, así como el porcentaje de incidencia consolidado total para el respectivo mes. El valor de incidencia corresponderá a los costos directos de obra, a este valor se le deben incluir los costos indirectos una vez sumados los valores de todas las actividades que se ven representadas en el mes respectivo.

COSTOS ACUMULADOS DEL PROYECTO – (IA, TA) VS (IT, TT)

Como resultado de estos diagramas (Flujo de fondos IA+TA, Flujo de Fondos IT-TT) se debe consolidar la

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información en un cuadro en donde se consignen para cada mes, el proyecto con los valores de incidencia y porcentajes de incidencia mes a mes, incluidos los costos indirectos respectivos, tanto para el caso de los cálculos con los tiempos de inicio y terminación adelantados o cercanos (IA, TA), como para el caso de los cálculos con los tiempos de inicio y terminación tardíos o lejanos (IT, TT), tal y como se señala a continuación:

Basado en los datos del cuadro de comparación de costos acumulados del proyecto, se solicita la presentación de una gráfica tipo líneas con dos series de datos: una para los valores de incidencia (IA, TA) y otra para los valores de incidencia (IT, TT) (en un mismo gráfico) y teniendo como eje de base (eje de las “x”) los números del mes respectivos, tal y como se muestra a continuación, para el proyecto, también se debe tener en cuenta que la diferencia del valor total invertido en un mes restado de su anterior será mayor o igual al porcentaje obtenido de dividir el número de meses del plazo estipulado por la entidad más un 5%, el incurrir en la superación de este margen repercutirá en 10 inconsistencias por cada mes con esta misma característica. GRÁFICOS COMPARATIVOS DE FLUJOS DE FONDOS

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IA [Iniciación Adelantada]

= TIC [Tiempo de iniciación cercana]

TA [Terminación Adelantada]

= TTC [Tiempo de terminación cercana]

IA [Iniciación tardía]

= TIC [Tiempo de iniciación cercana]

IT [Iniciación tardía]

= TIL [Tiempo de iniciación lejana]

TT [Terminación tardía]

= TTL [Tiempo de terminación tardía]

DIAGRAMA DE GANTT DE PERSONAL Dado que se debe verificar en cualquier momento de la obra, la cantidad de personal o cuadrillas utilizadas de acuerdo a la propuesta, como elemento de soporte a la labor de la interventoría, se solicita al proponente el diagrama de GANTT de personal, que constituye en la elaboración de un cuadro tipo GANTT con las barras que describen el desarrollo de cada actividad, utilizando para su construcción los tiempos de inicio y terminación adelantado o cercanos (IA, TA) que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red y que tal y como se señaló en el desarrollo de la misma, EN NINGÚN CASO SERA INFERIOR a 40 NI SUPERIOR A 50 TAREAS Y/O ACTIVIDADES, numeradas a partir de 1 (uno), sobre las cuales se debe reseñar la actividad (identificación de la actividad y la duración de la misma), de acuerdo a lo consignado en los Análisis de Precios Unitarios y en el flujo de personal por tareas. Para tal fin, se exige la discriminación en el cuadro de Gantt de personal, para cada ítem que componen a cada actividad, con los datos relacionados a: ITEM, DESCRIPCIÓN, CANTIDAD, UNIDAD, RENDIMIENTO, TIPO DE CUADRILLA Y CANTIDAD DE CUADRILLAS, para cada uno de ellos. Las barras que señalan los tiempos de inicio cercano, tiempos de terminación cercana y duraciones de cada ítem deben poder determinar el momento en que se utilizan las cuadrillas señaladas por el proponente, sea que este haya utilizado el principio de simultaneidad o de secuencia, para la ejecución de los ítems que constituyen cada actividad. Se deben totalizar el número de cuadrillas y de personal, utilizadas día a día a lo largo del proyecto, en una fila resumen bajo el diagrama de Gantt.

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En consecuencia se exige que el proponente presente, basado en la banda resumen correspondiente al total de cuadrillas y personal, con base a una escala temporal día, la carga diaria de cuadrillas utilizadas a lo largo del proyecto. En cualquier caso, el número máximo de cuadrillas a utilizar será el indicado en el flujo de personal por tareas. Dado que se debe verificar en cualquier momento de la obra, la cantidad de personal o cuadrillas utilizadas de acuerdo a la propuesta, como elemento de soporte a la labor de la interventoría, se solicita al proponente el diagrama de GANTT de personal, que constituye en la elaboración de un cuadro tipo GANTT con las barras que describen el desarrollo de cada actividad, utilizando para su construcción los tiempos de inicio y terminación adelantados o cercanos (IA, TA) que deben ser iguales a las utilizadas en el diagrama de red y que tal y como se señaló en el desarrollo de la misma, EN NINGÚN CASO SERA INFERIOR a 40 NI SUPERIOR A 50 TAREAS Y/O ACTIVIDADES, numeradas a partir de 1 (uno), sobre las cuales se debe reseñar la actividad (identificación de la actividad y la duración de la misma, de acuerdo a lo consignado en los Análisis de Precios Unitarios y en el flujo de personal por tareas. Para la conformación del Gantt de personal se debe tener en cuenta que el número máximo de cuadrillas a utilizar por día no puede ser superior a 8; el no cumplimiento del número máximo de cuadrillas será causal de que se obtenga cero puntos en la programación de obra. A continuación un ejemplo del diagrama solicitado:

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(A diferencia del anterior se establece una columna que contenga el número de personas por cuadrilla de CADA ITEM y sus respectivos números de personas en un día, la no utilización de esta regla será causal de inconsistencia)

DIAGRAMA GANTT CON FLUJO DE PERSONAL - Con iniciación y terminación adelantada.

Actividad Descripción Nº de

personas Total

personas

MES Nº 1

1 2 3 4 5 6 7 8

Nº Cuadrillas

IA

Nº Total de

personas

Nº Cuadrillas

TA

Nº Total de

personas

NÚMERO DE CUADRILLAS DIARIAS

NÚMERO DE PERSONAS POR DÍAS

FLUJO DE CUADRILLAS POR DÍA

Actividad ITEM Descripción Duración

Und Cant Rendimiento Tipo de

cuadrillas

Cantidad de

Cuadrillas

MES Nº 1

Días 1 2 3 4 5 6 7 8

TOTAL CUADRILLAS DIARIAS

FLUJO DE PERSONAS POR DÍA

Actividad ITEM Descripción Duración

Und Cant Rendimiento Tipo de

cuadrillas

Cantidad de

Cuadrillas

MES Nº 1

Días 1 2 3 4 5 6 7 8

TOTAL CUADRILLAS DIARIAS

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En base del Diagrama de Gantt de personal, se elabora un histograma donde el eje vertical se indicara el número de cuadrillas a utilizar diariamente, y en el eje horizontal el día transcurrido, lo mismo que otro histograma del número de personas diarias.

HISTOGRAMA DE CUADRILLAS MES A MES

HISTOGRAMA DE PERSONAS MES A MES

ACTIVIDADES, NOMENCLATURAS Y PRECEDENCIAS

Se organizarán las actividades y se identificaran dependiendo del frente de trabajo al que pertenezcan, sus duraciones estarán dadas por las sumas de las duraciones de sus actividades contenidas en sus caminos principales dentro de la red.

Nº actividad

Nombre Variación IA TA IT TT To Tp Tm DUR Antecedentes Red

Dur Ruta critica

Dur Frente 1..

DISTRIBUCIÓN DE EQUIPOS

La distribución de equipos se realiza tomando cada uno de los equipos contenidos en los apu y construyendo para cada uno un diagrama de Gantt en formato IA+TA en donde aparezcan la cantidad usada por cada día dependiendo de los ítems que necesiten de él. Debe mostrarte una sumatoria total por cada día de la cantidad del recurso especifico, el máximo de la cantidad usado a lo largo del proyecto y un promedio, estos datos servirán como base para la creación de un histograma que debe acompañar a cada diagrama en el cual las cantidades se visualizan como barras verticales con su valor encima de cada una y el promedio y máximo como líneas horizontales que surquen

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el histograma. Al final, la sumatoria total de las cantidades diarias usadas en un ítem debe corresponder a la proporción especificada en el APU donde aparece el recurso en base a la cantidad del mismo determinada en el presupuesto.

ID INSUMO/MATERIAL/EQUIPO UND ITEM CANT. INSUMO DURACION CARGA DIARIA CANT. ITEM .1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .10 .11 .12 .13 .14 .15 .16 .17 .18 .19 .20 .21 .22 .23 .24 .25 .26 .27 .28 .29 .30 .31 .32 .33 .34 .35 .36 .37 .38 .39 .40 .41 .42 .43 .44 .45 .46 .47 .48 .49 .50 .51 .52 .53 .54 .55 .56 .57 .58 .59 .60 .61 .62 .63 .64 .65 .66 .67 .68 .69 .70 .71 .72 .73 .74 .75 .76 .77 .78 .79 .80 .81 .82 .83 .84 .85 .86 .87 .88 .89 .90 .91 .92 .93 .94 .95 .96 .97 .98 .99 .100 .101 .102 .103 .104 .105 .106 .107 .108 .109 .110 .111 .112 .113 .114 .115 .116 .117 .118 .119 .120

102 Botadero m3 1.1.2 1,3 18 49,29 682,5 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29

102 Botadero m3 1.2.3 1,3 7,00 1988,55 10.707,55 1988,55 1988,55 1988,55 1988,55 1988,55 1988,55 1988,55

102 Botadero m3 2.1.2 1,3 1,00 88,99 68,45 88,99

102 Botadero m3 3.1.2 1,3 3,00 301,29 695,29 301,29 301,29 301,29

102 Botadero m3 4.1.2 1,3 5,00 607,81 2.337,73 607,81 607,81 607,81 607,81 607,81

102 Botadero m3 5.1.2 1,3 1,00 238,50 183,46 238,50

MAXIMO: 2037,84 PROMEDIO: 681,34 TOTAL 49,29 49,29 49,29 49,29 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 2037,84 2037,84 2037,84 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 88,99 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 301,29 301,29 301,29 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 607,81 607,81 607,81 607,81 607,81 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 238,50 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34 681,34

2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84 2037,84

MES 4DISTRIBUCIÓN DE EQUIPOS MES 1 MES 2 MES 3

49,29 49,29 49,29 49,29

2037,84 2037,84 2037,84 2037,84

49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29 49,29

2037,84 2037,84 2037,84

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,0088,99

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

301 ,29 301 ,29 301 ,29

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

607,81 607,81 607,81 607,81 607,81

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

238,50

0,00 0,00 0,00 0,00 0,00

0,00

500,00

1000,00

1500,00

2000,00

2500,00

.1 .2 .3 .4 .5 .6 .7 .8 .9 .10 .11 .12 .13 .14 .15 .16 .17 .18 .19 .20 .21 .22 .23 .24 .25 .26 .27 .28 .29 .30 .31 .32 .33 .34 .35 .36 .37 .38 .39 .40 .41 .42 .43 .44 .45 .46 .47 .48 .49 .50 .51 .52 .53 .54 .55 .56 .57 .58 .59 .60 .61 .62 .63 .64 .65 .66 .67 .68 .69 .70 .71 .72 .73 .74 .75 .76 .77 .78 .79 .80 .81 .82 .83 .84 .85 .86 .87 .88 .89 .90 .91 .92 .93 .94 .95 .96 .97 .98 .99 .100 .101 .102 .103 .104 .105 .106 .107 .108 .109 .110 .111 .112 .113 .114 .115 .116 .117 .118 .119 .120

Carga diaria

Maximo

Promedio

Programación de obra CUATRO CIENTOS (400) PUNTOS. COMPONENTE ÚNICO 400 PUNTOS (DE 40 A 50 ACTIVIDADES EN CADA ANEXO).

PORCENTAJE DE INCONSISTENCIAS

ANEXO A PRESENTAR 0 A 20% >20% Y <=50% >50%

DIAGRAMA CPM-PERT 80.0 40.0 0

CUADRO DE RENDIMIENTOS 40.0 20.0 0

VARIACIONES 30.0 15.0

COMPROBACIÓN DEL PLAZO PROPUESTO 30.0 15.0

ACTIVIDADES, NOMENCLATURAS Y PRECEDENCIAS 40.0 20.0

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GANTT DE INVERSIÓN GENERAL 40.0 20.0 0

GANTT DE INVERSIÓN IA-TA 20.0 10.0 0

GANTT DE INVERSION IT-TT 20.0 10.0 0

COSTOS ACUMULADOS DEL PROYECTO – (IA, TA) VS (IT, TT 30.0 15.0 0

GRÁFICOS COMPARATIVOS DE FLUJOS DE FONDOS

GANTT DE PERSONAL

40.0 20.0 0 FLUJO DE CUADRILLAS POR DÍA

FLUJO DE PERSONAL POR DÍA

HISTOGRAMAS DE CUADRILLAS Y PERSONAL

DISTRIBUCIÓN DE EQUIPOS 30.0 15.0 0

CALIFICACIÓN TOTAL 400 200 0

Cuando en la actividad o tarea que se esté analizando en cada uno de los anexos, se presenten uno o más errores o la ausencia de los datos solicitados, se considerará la actividad como inconsistencia respecto del total de actividades o tareas. Para la calificación se sumarán las inconsistencias de cada aspecto y se determinará su porcentaje respecto al total de actividades o tareas. La omisión de cualquiera de los formatos solicitados dará lugar a que obtenga una calificación de cero (0) puntos en el anexo que evalúa el factor a calificar. C. Puntaje para estimular la industria nacional

Para apoyar la industria nacional a través del sistema de compras y contratación pública, en la evaluación se asignarán cien (100) puntos a los Proponentes que ofrezcan Bienes o Servicios Nacionales, de la

siguiente manera:

Porcentaje de los bienes y servicios de origen nacional

Puntaje

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Cien por ciento (100%) de los bienes y servicios de origen nacional

100

Inferior al 100% y hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes y servicios de origen nacional

50

C. Oferta con valor artificialmente bajo

De conformidad con lo establecido en el Artículo 28 del Decreto 1510 de 2013, cuando de conformidad con la información que tenga a su alcance el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al oferente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Analizadas las explicaciones, el comité asesor, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato a dicho proponente. Para el presente proceso de selección se considerará como valor artificialmente bajo, aquellas propuestas cuyo valor sea inferior al 10% del presupuesto oficial. VIII. OFERTA. A. Presentación

Los Proponentes deben presentar sus Ofertas por escrito y en medio digital, con los formatos contenidos

en los Anexos 6 y 7, en la fecha establecida en el Cronograma al que se refiere la sección XV, y acompañadas de los documentos solicitados en esta sección, así como de la garantía de seriedad de la oferta a la que se refiere la sección XII A del presente documento. Las Ofertas estarán vigentes por el término de sesenta (60) días calendario, contados desde la fecha de presentación de Ofertas establecida en el Cronograma El contenido de cada uno de los sobres de que trata esta sección debe estar foliado de forma consecutiva y la numeración de los documentos contenidos en cada sobre debe iniciar en el número uno (1). Los Proponentes deben presentar la oferta y los anexos en los formatos indicados (contenidos en los anexos, en formatos pdf que permita reconocimiento de texto y Excel) y en medio físico y magnético. La presentación de la oferta implica la aceptación por parte del Proponente de la distribución de riesgos

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previsibles efectuada por la entidad en el pliego de condiciones y sus adendas. En la hora siguiente al vencimiento del plazo para presentar Ofertas, La Entidad Contratante las abrirá en el lugar indicado para la presentación física de las Ofertas y frente a los Proponentes que se encuentren presentes. El día del vencimiento del término para presentar las Ofertas, La Entidad Contratante publicará un informe con la lista de las Proponentes y la hora de presentación de las Ofertas en el formato contenido en el Apéndice 2. B. Requisitos habilitantes

El Proponente debe incluir los siguientes documentos para acreditar los requisitos habilitantes: a) Capacidad jurídica (i) Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio del domicilio del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o cualquier otra forma de asociación, si el Proponente es plural. Este debe tener una fecha de expedición no anterior a 30 días al cierre del proceso. (ii) Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. (iii) Copia del acuerdo para conformar el consorcio, unión temporal o sociedad si el Proponente es plural, en el cual debe constar la participación de cada uno de los miembros del Proponente plural, la distribución de actividades a realizar (en el caso de Uniones Temporales), la representación legal del Proponente plural o el poder otorgado a quien suscribe los documentos en nombre del Proponente plural. La participación de cada uno de los miembros no puede ser inferior al 15%. (iv) Fotocopia del documento de identidad del representante legal o del apoderado. (De conformidad con el Decreto 4969 de 2009, a partir del primero de agosto de 2010 sólo es válida la copia de la Cédula amarilla de hologramas.

(v) Copia de las autorizaciones de los órganos sociales, cuando corresponda. En caso que existan limitaciones estatutarias frente a las facultades del representante legal, las respectivas autorizaciones para desarrollar el presente proceso de selección, el contrato y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente. (vi) Documento idóneo para otorgar poder a oferentes extranjeros. (vii) Carta de presentación de la propuesta (formato anexo). (viii) Copia de la matrícula profesional que acredite su calidad de ingeniero, Arquitecto o Arquitecto Constructor o Administrador de Obras Civiles.

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(ix) Copia del certificado de vigencia de la matrícula profesional debidamente otorgado por el COPNIA. (x) Carta de abono de la propuesta cuando el proponente es persona jurídica y quien suscribe la carta de presentación de la propuesta no es un Ingeniero Civil, o Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería o Administrador de obras civiles (formato anexo). (xi) Garantía de seriedad del ofrecimiento. (xii) Registro único tributario. (xiii) Listado de contratos en ejecución. (xiv) Certificación del pago de parafiscales y aportes a la seguridad social del proponente o proponentes cuando esté conformado por más de una persona, con un lapso no inferior a 6 meses firmado por el representante legal o el revisor fiscal, según el caso. (xv) Declaración de inhabilidades e incompatibilidades. (xvi) Certificado de ausencia de multas, sanciones o incumplimientos. (xvii) Compromiso anticorrupción. b) Experiencia

Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal, promesa de sociedad futura o cualquier otra forma de asociación, si el Proponente es plural. Igualmente, los certificados mencionados en la Sección VI literales B1 y B2 del presente Pliego de Condiciones. c) Capacidad Financiera y Capacidad Organizacional

Certificado del RUP del Proponente singular o de cada uno de los miembros del consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura si el Proponente es plural. d) Capacidad Residual

De conformidad con lo establecido en el anexo. C. Oferta económica El Proponente debe incluir en su Oferta, con el título Oferta Económica, el formato contenido en los anexos del pliego y la información necesaria sustentar la oferta económica. El proponente deberá diligenciar su propuesta económica con base en el formato anexo al pliego. La oferta deberá realizarse con precios unitarios, valores parciales, valor total de la propuesta, AIU, IVA si hay lugar a ello y plazo de ejecución.

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La oferta deberá realizarse con precios unitarios, valores parciales, valor total de la propuesta y plazo de ejecución, este último debe ser el mismo en todos los documentos y debe concordar con el presente pliego de condiciones y sus respectivos estudios previos. El porcentaje del AIU debe expresarse con máximo dos (2) cifras decimales. En el evento en el cual el proponente lo presente con más de dos cifras decimales, la entidad procederá a ajustarlo, de conformidad con lo establecido para la revisión de la propuesta económica. El formulario debe estar diligenciado en forma legible, a tinta sin enmendaduras ni tachaduras, debidamente firmada por el proponente o por el representante legal.

Este requisito es indispensable y deberá hacer parte integral de la propuesta al momento de entregarla. Los precios ofrecidos deberán ser en pesos colombianos, presentando cifras enteras, tanto en los precios unitarios como totales, incluyendo todos los conceptos relacionados con el objeto de la presente contratación. En caso de presentarse en moneda extranjera, la Administración automáticamente hará la conversión con base en la TRM que rige para el día del cierre, discriminando el IVA, AIU y las exenciones si hay lugar a ello. Los demás conceptos no previstos en la oferta, no serán asumidos por MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA Al diligenciar el cuadro de Cantidades de Obra y precios unitarios, el Proponente no podrá adicionarlo, modificarlo o alterarlo, ni dejar de consignar el precio unitario de uno o varios ítems, pues de lo contrario, la propuesta será rechazada. El Proponente deberá ajustar al peso los precios unitarios y el valor total de la propuesta, bien sea por exceso o por defecto, así: cuando el dígito decimal sea igual o superior a 5, se aproximará por exceso, y cuando sea inferior a 5 se aproximará por defecto; en caso de no hacerlo, MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA efectuará dicho ajuste, el cual primará para rodos los efectos de evaluación y adjudicación. Los precios unitarios que aparecen en este formato serán los que prevalezcan en caso de consignarse diferentes valores en la propuesta. Con la presentación del cuadro de Cantidades de Obra y precios unitarios debidamente diligenciado, se entiende que el Proponente estudió los costos de todos los insumos que intervienen en cada uno de las actividades del proyecto y por consiguiente, incluyó en cada uno los de los precios unitarios de los costos por transportes, acarreo hasta el sitio de las obras y acarreo interno; valor comercial de los materiales, herramientas, tarifas de arrendamiento de equipos, mano de obra estimada de acuerdo con los rendimientos y estándares del mercado, además analizó los costos indirectos de acuerdo con el contenido del AU publicado por la Entidad. El proponente deberá diligenciar completamente el formulario anexo que contiene toda la

información de las actividades a ejecutar en desarrollo del objeto del contrato. El proponente no podrá adicionarlo, modificarlo o alterarlo, ni dejar de consignar el precio unitario de uno o varios ítems, pues de lo

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contrario, la propuesta será rechazada. Discriminación del porcentaje de administración. Debe estar debidamente discriminado el porcentaje de administración previsto en el AU según el caso D. Oferta técnica

El Proponente debe incluir en su Oferta un sobre con el título Oferta Técnica el formato contenido en el Anexo del pliego y la información necesaria sustentar la oferta técnica. E. Ofertas alternativas

En el presente proceso no se aceptarán propuestas alternativas. F. Apoyo a la industria nacional Para apoyar la industria nacional a través del sistema de compras y contratación pública, en la evaluación se asignarán doscientos (200) puntos a los Proponentes que ofrezcan Bienes o Servicios Nacionales G. Verificación de los requisitos habilitantes y de requisitos técnicos

La Entidad verificará el cumplimiento de los requisitos habilitantes de que trata la sección VI del presente documento para lo cual utilizará el formato contenido en el Apéndice 3. Los Proponentes pueden subsanar la forma como acreditaron los requisitos habilitantes en cualquier momento antes de la adjudicación. H. Evaluación de las Ofertas Los Proponentes que hayan acreditado los requisitos habilitantes de que trata la sección VI, y las Ofertas que hayan cumplido con los mínimos establecidos en la sección VIII, serán evaluados por La Entidad Contratante, de acuerdo con lo establecido en la sección VII. La Entidad Contratante debe publicar el informe de evaluación de Ofertas en la oportunidad señalada en el Cronograma de que trata la sección XV en el formato contenido en el Apéndice 5. I. Declaratoria de Desierta

La Entidad Contratante declarará desierto el presente proceso de selección cuando: (a) No se presenten Ofertas; (b) Ninguna de las ofertas resulte admisible en los factores jurídicos, técnicos, financieros y de experiencia previstos en el pliego de condiciones; (c) Existan causas o motivos que impidan la escogencia objetiva del Proponente; (d) El Representante Legal de la Entidad o su Delegado no acoja la recomendación del Comité Evaluador y opte por la declaratoria de desierta del proceso, caso en el cual deberá motivar su decisión; y

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(e) Se presenten los demás casos contemplados en la Ley. J. Retiro de la propuesta

Los Proponentes que opten por entregar su oferta antes de la fecha de cierre del proceso de selección y apertura de las Ofertas, podrán retirarlas, siempre y cuando la solicitud, efectuada mediante escrito, sea recibida por la entidad contratante antes de la fecha y hora de cierre del presente proceso. Cuando se trate de retiro definitivo, la Oferta le será devuelta al Proponente sin abrir, previa expedición de un recibo firmado por el solicitante. K. Devolución de las Ofertas

Una vez finalizado el proceso de selección los Proponentes no favorecidos con la adjudicación del contrato, podrán acercarse a reclamar el original de la garantía de seriedad y la copia del Sobre No. 1, en MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que se expida el acta de adjudicación, prevista en la cronología del proceso. De lo contrario, la entidad procederá al archivo de la propuesta original y la destrucción de sus copias. L. Rechazo En adición a otras causas previstas por la ley, la Entidad Contratante rechazará las Ofertas presentadas por los Proponentes que: (a) No cumplan con los requisitos habilitantes de que trata la sección V: Capacidad jurídica, Experiencia, Capacidad financiera, Capacidad organizacional y/o Capacidad residual. (b) No cumplan con los requisitos técnicos de que trata la sección VI. (c) Las presentadas después de vencido el plazo establecido para el efecto en el Cronograma. (d) Las presentadas por Proponentes que no hayan suscrito el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo 1 o que no lo hayan cumplido durante el Proceso de Contratación. (e) Cuando la propuesta económica resulte incompleta o no se diligencie en su totalidad el cuadro de cantidades de obra, cálculo del AIU y de la administración o el formato de inversión ambiental. (f) Cuando el valor de la propuesta económica supere el presupuesto oficial cuando la adjudicación es total o el ítem o grupo cuando la adjudicación es parcial. (g) Si vencido el plazo para subsanar, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad. (h) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad contempladas en la Ley 80 de 1993 y demás normas aplicables sobre la materia. (i) Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda a lo requerido por la Administración, exigencia que aplica a cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otra forma de asociación, si hay lugar a ello. (j) Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad. (k) Cuando no se aporte la Garantía de Seriedad de la propuesta simultáneamente con la oferta. (l) Cuando en la propuesta económica no se coticen la totalidad de los ítems. (m) Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y se configure cualquiera de las siguientes

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hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, solo podrá presentarse a la selección una de ellas. (n) Quien entregue la propuesta en un lugar diferente a la oficina 306 y que por esta causa no llegue antes de la hora del cierre al MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. (o) Cuando el Formulario “Calculo del A.I.U.”, no cumpla con cualquiera de las exigencias estipuladas en el respectivo literal del numeral “Resumen económico”. (p) Cuando el porcentaje de AIU del proponente, una vez corregido si a ello hay lugar, supere el porcentaje de AIU oficial. (q) Si después de efectuada alguna corrección aritmética, la diferencia entre el valor original y el valor corregido de la propuesta supera el cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor original. (r) Por no considerar las modificaciones al Formato “RESUMEN ECONÓMICO” que mediante adendas se haya realizado, si fuera el caso.

M. Presentación de la oferta

La oferta deberá ser presentada en original y copia y en medio digital

IX. Acuerdos Comerciales El Proceso de Contratación está sujeto a los siguientes Acuerdos Comerciales. En consecuencia las Ofertas presentadas por Proponentes extranjeros de países con los cuales Colombia tiene Acuerdos Comerciales que cubren el presente Proceso de Contratación, serán tratadas como Ofertas de nacionales colombianos y tendrán derecho al puntaje para estimular la industria nacional de que trata la sección VII.C. Tabla 5 Cobertura Acuerdos Comerciales

Acuerdo comercial Entidades Estatales del nivel municipal y departamental

Aplica Si/No

Canadá N/A NO

Chile

Bienes y servicios $560'408.000

Servicios de construcción

$14.010'191.000

NO

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Estados Unidos

Bienes y servicios

$1.021'549.000

Servicios de construcción $14.645'862.000

NO

El Salvador Guatemala Honduras

Bienes, servicios y servicios de

construcción $0

SI

Liechtenstein y Suiza

Bienes y servicios $560'408.000

Servicios de construcción

$14.010'191.000

NO

México N/A

NO

Unión Europea

Bienes y servicios $560'408.000

Servicios de construcción

$14.010'191.000

NO

X. Orden de Elegibilidad y Adjudicación El Ordenador del Gasto, por medio de acto administrativo motivado, adjudicará el proceso al Proponente ubicado en el primer puesto del orden de elegibilidad, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en el presente pliego de condiciones o procederá a la declaratoria de desierta del proceso, módulo o módulos, si a ello hubiere lugar. XI. Riesgos De acuerdo con la metodología de Colombia Compra Eficiente, a continuación se identifican los riesgos del Proceso de Contratación desde su planeación hasta su liquidación. La matriz de riesgos se encuentra en un documento adicional que forma parte del presente proceso. XII. Garantías. Tabla 6 - Suficiencia y vigencia de las garantías

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ETAPA CONTRACTUAL

RIESGO AMPARO CUANTÍA VIGENCIA

El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado.

Cumplimiento del Contrato.

Veinte por ciento (20%) del valor total del contrato.

Durante el término de ejecución del contrato y seis meses más.

Para cubrir a la entidad estatal de los perjuicios sufridos con ocasión de la no inversión, el uso indebido y la apropiación indebida que el contratista haga de los dineros que sean entregado en calidad de anticipo para la ejecución del contrato, por el cien por ciento (100%) de la suma de dinero entregado a título de anticipo, y cuya vigencia deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más.

Buen manejo y correcta inversión

del anticipo.

Cien por ciento (100%) de la suma

de dinero entregada.

Plazo de ejecución del

contrato y cuatro (4) meses más.

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Cubrirá MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA Por los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales del contratista garantizado, derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato amparado.

Pago de salarios, prestaciones Sociales e

indemnizaciones laborales.

Diez por ciento (10%).

Durante el plazo del contrato y tres (3) años

más.

Este amparo cubre a la Entidad Estatal de los perjuicios ocasionados por cualquier tipo de daño o deterioro, imputable al contratista, sufrido por la obra entregada a satisfacción.

Calidad y estabilidad de la

obra.

Veinte por ciento (20%)

Cinco (5) años contados a partir

de la fecha de recibo de la obra.

Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y la cual no podrá ser inferior a 200 SMMLV. Cubrirá MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA – CARIBE, frente a eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista. Debe cubrir además también los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas autorizados o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro propio con el mismo objeto y que la Entidad Estatal sea el asegurado.

Responsabilidad Civil

extracontractual.

Por disposición del decreto 1510 de 2013 en su artículo 126 no podrá ser inferior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la expedición de la póliza.

Durante el término del ejecución del contrato y seis meses más. Este riesgo solo puede ser cubierto mediante póliza de seguro expedida por una compañía aseguradora debidamente certificada por la Superintendencia. Este amparo deberá presentar cláusula de no cancelación o no renovación a noventa (90) días

A. Garantía de seriedad de la Oferta

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El Proponente debe presentar junto con la Oferta una garantía de seriedad de la oferta a favor de la Entidad Contratante:

ETAPA PRECONTRACTUAL RIESGO AMPARO CUANTÍA VIGENCIA

Por medio de este amparo, MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA se precave

frente al no cumplimiento de los términos y especificaciones de la propuesta presentada.

Seriedad de la Propuesta.

Diez por ciento (10%) del valor total

de la propuesta presentada.

Desde el cierre de la recepción de las propuestas y tres

meses más.

XIII. Interventoría o Supervisión. Con el fin de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno del contrato de obras y tomar las decisiones necesarias para el efecto, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA determinará lo atinente a la persona o funcionario que lo representará en calidad de Interventor del Contrato y la Supervisión, para tal efecto se realizara en base de lo dispuesto en el Manual de Interventoría y del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 que hacen parte integral de este proceso. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA vigilará permanentemente la correcta ejecución del objeto del futuro contrato a través de un supervisor y un interventor externo contratado. La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, será ejercida por el PROFESIONAL UNIVERSITARIO SUPERVISOR que designa el ALCALDE del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA La interventoría consistirá en el seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice EL MUNICIPIO o a quien determine. No obstante lo anterior, cuando MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato a suscribir, podrá contratar con un tercero el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable, jurídico del objeto o contrato dentro de la interventoría. No serán concurrentes en el mismo contrato, las funciones de supervisión e interventoría. Sin embargo, MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá dividir la vigilancia del contrato, en ese caso en el contrato de interventoría, se indicara las actividades técnicas a cargo del interventor y las demás quedarán a cargo de la Entidad a través del supervisor.

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El contrato de Interventoría será supervisado directamente por MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA XIV. Contrato A. Partes

Las partes del Contrato serán el Proponente que haya resultado adjudicatario del presente proceso de selección y la Entidad que publica el presente pliego. B. Objeto del contrato

El objeto será CONSTRUCCIÓN DE LA TERCERA ETAPA DEL MERCADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA, DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA. C. Firma y perfeccionamiento

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, a partir de la notificación de la resolución por medio de la cual se adjudica el contrato, el Proponente favorecido o su representante legal, con el fin de la elaboración, revisión y registro presupuestal del contrato deberán presentar, la siguiente documentación: (i) RUT del consorcio y de cada uno de los integrantes. Igualmente para persona natural. (Copias legibles). (ii) Copia de la cédula de ciudadanía del representante legal y de cada uno de los integrantes (Copias legibles). (iii) Certificación (paz y salvo) de pagos de seguridad social y aportes parafiscales a la fecha de la adjudicación. (iv) Formulario IVA para personas naturales o jurídicas, consorcios o uniones temporales. (v) Certificación ORIGINAL bancaria a nombre del Proponente, de la cuenta en la que la entidad le consignará el valor de las Actas parciales. (La certificación bancaria para el Anticipo se solicitará una vez se numere el contrato y se determine Interventor). (vi) Copia de la Resolución de facturación DIAN vigente. C.1. PAGO DE DERECHOS E IMPUESTOS

Todos los gastos que implique la presentación de la propuesta serán por cuenta del proponente, así mismo serán por cuenta del proponente favorecido, los gastos necesarios para la legalización y ejecución del contrato, y los que en la vigencia de éste se requieran para dar cumplimiento a las disposiciones legales y a lo pactado en el contrato. A manera informativa se señala que dentro de los impuestos a pagar se encuentran: a) Para cada pago se debe cancelar por parte del contratista y/o deducir de la cuenta a cancelar los siguientes conceptos:

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a.1) Por Estampillas: - Pro Ancianato, por el 4% del valor del contrato, - Pro Desarrollo, por el 2% del valor del contrato, - Pro Deportes, por el 1% del valor del contrato. - Pro Colcultura, por el 1% del valor del contrato. Con las cuentas de cobro o facturas, el contratista deberá presentar y certificar estar a paz y salvo por el pago de su seguridad social y pago parafiscal del proponente si es persona natural, o de sus empleados si es persona jurídica. b) Se descontará o el Contratista se obligará a pagar además por cada cuenta presentada, lo siguiente:

b.1) Retención en la fuente, por el 2%, b.2) Contribución Especial, por el 5% (Para contratos de obras públicas). D. Valor y forma de pago.

El valor total del contrato de obra pública es de TRES MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($3.836.672.665,00) INCLUIDO AIU. El valor del contrato será pagado por la Entidad de la siguiente forma: MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA pagará al CONTRATISTA dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de presentación de las respectivas facturas de cobro por parte del Contratista, en la Sub-gerencia Administrativa y Financiera, una vez recibida estas (factura) a entera satisfacción. El Contratista para cada factura deberá presentar el pago delos impuestos cancelados de acuerdo a la liquidación de la Tesorería Departamental; Recibo de pago de la Contribución Especial, las pólizas debidamente aprobadas y vigentes de acuerdo a lo señalado en el contrato; deberá acreditar que se encuentran al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, de acuerdo con la Ley, también deberá presentarse la respectiva Acta de Recibo firmada por el Interventor, por cada acta parcial deberá ir acompañada de por lo menos doce (12) fotografías, donde se muestre el avance de las obras, el Acta de recibo de parte de la veeduría. Para el pago del Acta Final también deberá presentarse además del Acta de Recibo Final firmada por el Interventor, el registro fotográfico, y los planos records deconstrucción aprobados por el interventor. EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá entregar al CONTRATISTA un anticipo equivalente hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor básico del contrato, Ley 80 de 1993, artículo 40, debido a que los dineros que se entreguen al Contratista a título de anticipo son de propiedad del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, de manera que el CONTRATISTA deberá constituir una deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo en los términos previstos en el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011, según se opte por una u otra figura en el

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contrato, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente, teniendo en cuenta que el costo de la comisión fiduciaria será cubierto por el CONTRATISTA, gastos del mismo que deben corresponder al Programa de Inversión del mismo, Programa que constituye anexo del contrato y se constituye como requisito previo su aprobación por el Interventor antes de su entrega. (Artículo 8.1.18º del Decreto 0734 de 2012) El anticipo se amortizará mediante deducciones que se aplicará a las cuentas de cobro mensuales debidamente legalizadas con base en las actas parciales de entrega en las que se descontará el porcentaje correspondiente al anticipo, hasta que su valor quede totalmente amortizado, mientras no se haya amortizado en su totalidad el anticipo, el contratista para el trámite de cada acta de recibo de obra, deberá rendir previamente un informe con copia del extracto fiduciario de la cuenta de fiducia o patrimonio autónomo de manejo del anticipo. Una vez amortizado el anticipo se deberá cancelar la fiducia o patrimonio autónomo, condición previa para la liquidación del contrato. Para el giro del pago del anticipo a la fiducia o patrimonio autónomo, el contrato deberá estar debidamente perfeccionado y legalizado, por parte del Contratista, la fiducia o patrimonio autónomo abierta y aprobada por el interventor y el plan de inversión del anticipo. D.1. TERMINO DENTRO DEL CUAL SE DEBERÁ PRESENTAR LA CUENTADE COBRO DEL ANTICIPO

Una vez notificado el Contratista de la aprobación de la Garantía Única del contrato, deberá presentar los documentos conducentes para el pago del anticipo pactado, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha notificación; sin perjuicio del interés permanente que le concierne al Contratista, en razón a las obligaciones contraídas en el contrato. D.2. PAGO DEL ANTICIPO. Serán cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato, previa solicitud del CONTRATISTA y aceptación de las condiciones de la ENTIDAD para su entrega. El pago del anticipo debe realizarse una vez sean cumplidos los requisitos de perfeccionamiento y ejecución, o sea a partir del primer día en que el contrato se puede ejecutar y por ende cuando el CONTRATISTA puede iniciar las obras, por lo que los diez (10) días hábiles concedidos al contratista para su inicio, debe inmediatamente la ENTIDAD ordenar el pago previa solicitud del CONTRATISTA, o al menos antes del vencimiento del primer mes de ejecución (En el caso que exista causas justificables e imputables al CONTRATISTA), por lo que se concluye que al elaborar la minuta del contrato y una vez sea perfeccionado con los diez (10) días hábiles es el tiempo que tendría la ENTIDAD para desembolsar el anticipo, y en caso de retardo por causas justificables de todas manera se debe cancelar antes del vencimiento del primer mes de ejecución, porque ¿Cómo se cancela la primera acta si debe hacerse una amortización del porcentaje recibido como anticipo?, lo que implicaría que la ENTIDAD no podría cancelar el primer acta mensual de obra, por causas que no serían imputables por el CONTRATISTA.

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Dentro de las obligaciones del contratista (numeral 6.31), plasmada en los pliegos de condiciones (Que forman parte integrante y tienen mayor aplicación del contrato) en su ordinal 33 que dice: “Presentar en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario siguientes a la aprobación de la garantía el flujo de inversión mensual en obra y el programa de inversión del pago del anticipo”. De acuerdo con el Consejo de Estado en su jurisprudencia sobre la demora por parte de la entidad para el pago del anticipo a los que tiene derecho el contratista puede ser causal de rompimiento del equilibrio económico del contrato, ya que el contratista tiene la calidad de asociado y por lo tanto tiene garantías que deben ser respetadas por la Administración (Véase la sentencia Consejo de Estado, Radicación 10873 de fecha 25/11/1999, Consejero Ponente: Ricardo Hoyos Duque). En forma reiterada ha dicho la Corporación que, cuando el contratista ha satisfecho todas las exigencias para el perfeccionamiento del contrato y la Administración falta a su compromiso, vulnera los principios de lealtad y buena fe que gobiernan la correcta ejecución de los contratos, y en consecuencia, debido a ese comportamiento censurable, está obligada a indemnizar los perjuicios producidos a la parte que fue fiel al mismo (Véase la sentencia Consejo de Estado, Radicación 13067, fecha 6/8/1997, Consejero Ponente: Juan de Dios Montes). D.3. MANEJO DEL ANTICIPO. El Interventor o el Supervisor, según el autorizado por la ENTIDAD para el manejo de la Fiducia o Patrimonio Autónomo constituido para el manejo del anticipo, deben solicitar una vez perfeccionado el contrato (firma del contrato por las partes) el PLAN DE INVERSION DE MANEJO DEL ANTICIPO, teniendo en cuenta que es diferente al PROGRAMA O PLAN DE INVERSION DEL ANTICIPO adjuntado en la propuesta por el CONTRATISTA, ya que este plan de inversión descrita se indica los costos de los materiales, herramientas, equipos, maquinarias, transporte, gastos administrativos, financieros, imprevistos, deducciones, impuestos, mano de obras etc, y demás recursos que se financian periódicamente con el anticipo, el cual podrá diferir del plan de desembolso e inversión del anticipo, teniendo en cuenta que el anticipo se entrega para que el contratista garantice los precios de los elementos ofertados y prevenir las alzas que debe absorber dentro del plazo de ejecución del contrato, y el contratista puede adquirir los insumos requeridos en la ejecución de varios meses en el primer mes de ejecución de las obras. Razón por la cual, el plan de inversión del Anticipo, para controlar su desembolso puede ser diferente al presentado en la propuesta, y este debe ser revisado y aprobado por el INTERVENTOR o EL SUPERVISOR según quien sea el responsable del manejo de la cuenta de anticipo, y que obviamente debe tener correspondencia con el cronograma y plan de inversión en el sentido en que se explica. Para los desembolso se tendrá en cuenta el concepto de anticipo, que son recursos que el estado entrega para que el CONTRATISTA financie parte de las obras, y que para garantizar su buen manejo por parte del CONTRATISTA este se obliga a constituir una Garantía de buen manejo, correcta inversión, amortización y devolución del Anticipo por el valor total recibido, y acorde con lo expresado por la Corte Suprema de Justicia Sala Penal en Sentencia del 27 de abril de 2005 descrito anteriormente y que en una de sus

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apartes dice: “….inclusive, es factible pactar que se entregue de manera fraccionada, de tal manera que sólo con la legalización de cuentas sobre el empleo de las primeras cuotas es permitido liberar las siguientes, que integren el valor total del anticipo”, entendiéndose lo anterior, que la Interventoría y/o Supervisor pueden autorizar, como primer desembolso una suma inicial, que para este proceso no podrá ser igual o superior al 50% del valor inicial del valor neto inicial consignado o trasferido como Anticipo del contrato, y los sucesivos autorizaciones de desembolsos, se haría previa legalización de cuentas empleadas y que el interventor o supervisor hayan constatado físicamente que se invirtieron en la obra.

Los desembolsos sucesivos debe ser acorde con el Plan de Desembolso, manejo e Inversión del Anticipo, previamente aprobado por el Interventor, y en cuantías no superior a gastos debidamente soportados autorizados anteriormente, mediante copias de las facturas y demostración física de los elementos, bienes o servicios adquiridos e incorporados o en inventarios en y para las obras. Los planes de inversión para el desembolso del anticipo podrán ajustarse de a común acuerdo y previa autorización por el Interventor o supervisor según el caso. El Supervisor o el Coordinador de Interventoría verificarán que el interventor haya dado visto bueno de la relación de gastos, los cuales deben ser consistentes con el plan de inversión del anticipo aprobado. De encontrarse evidencia de uso indebido del anticipo, el interventor del contrato remitirá la documentación soporte y por solicitud debidamente motivada al Supervisor o el Coordinador de Interventoría y solicitará de manera expresa hacer efectiva la garantía de Buen Manejo del Anticipo pactado en el contrato, y para tal efecto de manera inmediata deberá comunicar de dicho hecho a la Compañía de seguro o entidad financiera garante de la garantía de buen manejo de anticipo para lo de su competencia. En el evento que el CONTRATISTA no corrija dentro del término perentorio e improrrogable el presunto gasto ajeno al contrato, y ni el garante se haya pronunciado al respecto tomando las medidas pertinentes de su asegurado, el INTERVENTOR o EL SUPERVISOR deberá solicitar a la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA CARIBE, para que adelante las audiencia correspondiente, citando al CONTRATISTA y COMPAÑÍA GARANTE para que hagan sus descargo y acorde con el desarrollo de dicha audiencia, proceder a imponer las sanciones a que haya lugar y declarar el siniestro para hacer efectiva la garantía correspondiente sin perjuicio a las demás acciones a que haya lugar. Con cargo a la cuenta de fiducia no se autorizará traslado de suma alguna a otra cuenta, persona o entidad (notas debito), ni ingresos por ningún concepto (notas créditos).

Todos los pagos realizados a través de la cuenta de Fiducia o Patrimonio Autónomo, deben encontrarse en primera instancia soportados en el Plan de Inversión del Anticipo.

Una vez reconocidos por la Entidad Bancaria, los rendimientos financieros, deben ser consignados al MUNICIPIO DE CIÉNAGA.

No se permite el giro de recursos de la Fiducia ni el Patrimonio Autónomo cuando estos incluyan el cálculo de los porcentajes adicionales como imprevistos o utilidad como componentes del AIU pactado, hasta tanto

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no se haya aprobado el acta respectiva de recibo de obra e incluye la parte correspondiente a Utilidades, teniendo en cuenta que el Imprevisto no son recursos que entran al patrimonio del contratista y se utiliza para sufragar las alzas de insumos, las inclemencias del clima etc.,

Todos los pagos realizados deben mantener relación directa con la ejecución del contrato o de la obra pública según el caso. No se permite la creación de cajas menores con los recursos dados en calidad de anticipo.

No se permiten pagos para los siguientes casos:

La adquisición y/o arriendo de bienes, elementos y maquinaria que el contratista en su propuesta haya indicado tener o contar con ellos o cuya disposición se desprenda de la simple capacidad operativa mostrada al hacer la propuesta. Para la legalización del contrato tales como pólizas, impuestos, publicaciones, gastos notariales.

Una vez ejecutado el monto total del anticipo, y el contratista haya entregado los informes requeridos para demostrar el buen manejo del mismo y las consignaciones de la totalidad de los rendimientos financieros, se procederá a la cancelación de la cuenta bancaria por parte del Contratista, previo visto bueno del interventor E. INICIACIÓN DE LAS OBRAS

El contratista queda obligado a iniciar las obras objeto del contrato, dentro de los 10 días hábiles siguientes al cumplimiento de los requisitos de ejecución, y no es condición el que EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA., haya hecho el desembolso del anticipo, este acto se dejará constancia mediante acta de iniciación debidamente suscrita con el Interventor. F. DISPOSICIONES LEGALES Los proponentes deberán informarse acerca de las disposiciones legales que rigen la contratación en el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, Ley 80 de 1993, Ley 527 de 1999, Ley 617 de 2000, Ley 789 de 2002, Ley 828 de 2003, Ley 850 de 2003, Ley 905 de 2004, Ley 962 de 2005, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto-Ley 019 de 2012, Decreto 1510 de 2013 y demás normas complementarias y concordantes; así como de las leyes vigentes sobre el empleo de trabajadores, protección social, código del trabajo, decreto asignación salario mínimo y auxilio de transporte, seguros de vida y accidentes, ingeniería y afines, etc. Así mismo, con la firma de la propuesta se entenderá que el proponente acepta los términos de la minuta del contrato que hace parte integral de este pliego de condiciones y por tanto no se aceptarán reclamos posteriores a la adjudicación de la Licitación.

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G. CONDICIONES LOCALES DE TRABAJO Y ESTUDIO DE DISEÑOS

Los proponentes deberán estudiar los requisitos y especificaciones determinadas en este pliego de condiciones, visitar el sitio donde se construirá las obras e informarse sobre las facilidades para la consecución de materiales, mano de obra, equipo disponible y en general sobre las condiciones reales en las que se efectuarán las obras. Así mismo, el Proponente deberá conocer, estudiar y verificar los Estudios y Diseños de las obras que son objeto de la presente licitación, los cuales estarán a su disposición en la Dirección Técnica del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA (El costo de la realización del estudio y verificación de los diseños, se entienden incluido dentro del costo total ofrecido por el Proponente en su oferta). El Contratista favorecido con la adjudicación de la licitación deberá antes de dar inicio a la ejecución de las obras, verificar que los Estudios y Diseños de las obras que son objeto de la presente licitación, cumplen con las normas del Reglamento Técnico del Sector constructivos vigente y Normas Sismo Resistentes actualizado y demás normas pertinentes, de la misma manera verificará que las obras estipuladas son actuales, vigentes y necesarias para la localidad objeto del contrato; en caso de encontrar alguna inconsistencia, observación, error u anomalía, deberá informarlo por escrito y de manera inmediata y previa a la ejecución de las obras, a el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, a través del Interventor. En caso que el Contratista no manifieste observación alguna respecto a los Estudios y Diseños de las obras que son objeto de la presente licitación, se entenderá que el Contratista estudió y verificó los Estudios y Diseños y que estos son acordes con las normas y con las necesidades actuales. Por lo tanto, la responsabilidad de los mismos será asumida en su totalidad por el Contratista de las obras objeto de la presente licitación. El desconocimiento de estos aspectos por el proponente no dará derecho a reclamaciones posteriores a la adjudicación de la licitación. H. MODIFICACIÓN A LAS CANTIDADES DE OBRA INICIALMENTE PACTADAS

Cuando por circunstancias especiales a juicio del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA sea necesario ejecutar mayores cantidades de obra y/o obras adicionales no previstas en el contrato, pero que por su naturaleza formen parte de la obra y que no implique modificación al objeto de la licitación, el contratista estará obligado a ejecutar dichas obras a los precios unitarios pactados en el contrato. Si dichos precios no están fijados se acordarán entre EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y EL CONTRATISTA, previo concepto de la Interventoría. Los análisis de precios unitarios para nuevos ítems, deberán ser elaborados con base a los análisis de las condiciones económicas que regían a la fecha de cierre de la licitación, empleándose las mismas tarifas, rendimientos, precios de materiales, jornales, costos directos, etc., que se tuvieron en cuenta para la elaboración de los precios de la propuesta.

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El estudio y fijación de precios no previstos deberá hacerse con anterioridad a la ejecución de los trabajos correspondientes y cuando éstos no den lugar a variación en el valor total del contrato ni en el plazo convenido, se hará mediante acta que suscribirán el Contratista, el ALCALDE de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y el Interventor. Si la modificación implica variación en el plazo o el valor convenido en el contrato, se suscribirá un contrato adicional que no podrá exceder la mitad de la cuantía originalmente pactada expresado éste en salarios mínimos legales mensuales de conformidad con la Ley 80 de 1993, parágrafo del artículo 40. Los contratos adicionales relacionados con el valor y/o el plazo quedarán perfeccionados una vez suscritos, el contratista deberá prorrogar la garantía única, la cual deberá ser aprobada por el Secretario De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible Del Municipio De Ciénaga Magdalena Caribe. En todo caso, el contratista no podrá iniciar la ejecución del contrato adicional hasta tanto no se haya perfeccionado la adición y la prórroga de la garantía y efectuado el pago de los impuestos correspondientes. Igualmente, el contrato adicional deberá ser publicado en la Gaceta Departamental y en el Portal Único de Contratación, de conformidad con las estipulaciones antes descrito en el presente Pliego. I. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA El contratista es el único responsable de la vinculación de personal, y la celebración de subcontratos, lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Los perjuicios o daños que se causen a terceros en desarrollo del contrato serán por cuenta del contratista. Además de lo anterior deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Ley 80 de 1993, artículo 5. J. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE VEEDURÍA POPULAR EL CONTRATISTA se obliga con las comunidades donde se desarrollará el objeto de la presente licitación, a informar sobre la ejecución de las obras del contrato; para lo cual llevará a cabo una audiencia pública, en la cual participarán además del Contratista de Obras, el Interventor, con el propósito de conformar las veedurías populares, igualmente se obliga permitir a las veedurías populares el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo a lo establecido en el Decreto 31 de enero 20 de 1992 sobre veedurías populares, especialmente lo establecido en el artículo 2º y 3º del mencionado Decreto. Para tal caso, el Proponente se obliga a tener en cuenta la formulación y ejecución de las estrategias encaminadas a desarrollar el plan de gestión social de obras y que hace parte integral de este pliego de condiciones, a partir del cumplimiento de mecanismos sociales que contribuyen a prevenir, mitigar y

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compensar, los impactos potenciales de la ejecución de las obras en sus áreas de influencia, de tal forma que le permita a la comunidad ejercer control social sobre este proyecto. Para el desarrollo del Plan de Gestión Social, el contratista deberá:

Contratar mínimo uno (1) o más profesionales del área social (según el presente pliego de condiciones) dependiendo de la complejidad del proyecto, que cumpla con el perfil requerido para el acompañamiento y seguimiento a las obras civiles, y al cual se le pagara el salario mensual y total ya sea que se estipule en el cálculo del AIU, o se considera involucrado dentro de los costos de Administración cuando no se desglose el AIU, o el estipulado en el presupuesto de obra.

Asignar un espacio físico y los elementos necesarios para el desempeño profesional según sea el caso durante la obra.

Realizar reuniones periódicas con el Profesional Social y entregar los informes que den cuenta de los avances del Plan de Gestión Social de Obras, donde se evidencie el cumplimiento del mismo, con visto bueno del área de Gestión Social.

Asegurar los elementos necesarios para la convocatoria y celebración de reuniones con la comunidad relacionados con la ejecución de las obras.

El Plan de Gestión Social de Obras debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Debe ser elaborado, implementado y mejorado por los profesionales de las ciencias sociales que

desarrollen su labor en las obras a cargo de los contratistas de la infraestructura (Trabajo Social, Comunicador Social, Sociólogo, Psicólogo Comunitario).

2. El profesional designado debe contar con experiencia en trabajo con comunidad, manejo y resolución de conflictos, habilidades comunicativas y expositivas, capacidad de trabajo en equipo, liderazgo, excelentes relaciones interpersonales e iniciativa.

3. El presente documento contempla todos los aspectos solicitados por el consorcio gerencia PDA a través del Área de Gestión Social, quien es la encargada de su aprobación y de realizar la interventoría social de las obras.

El contratista se obliga a aplicar en un todo el Plan de Gestión social, incluyendo las política de Higiene y seguridad Industrial, el suministro e instalación de Vallas así como las actividades propiamente de la gestión social. K. MULTAS Para la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento, así como para la estimación de los perjuicios sufridos por la entidad contratante, y a efecto de respetar el debido proceso al afectado a que se refiere el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, la entidad observará el procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, de acuerdo con los trámites internos y las competencias para aplicar dicho procedimiento en el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA.

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En todo caso, no se podrá imponer multa alguna sin que se surta el procedimiento señalado, o con posterioridad a que el contratista haya ejecutado la obligación pendiente si ésta aún era requerida por la entidad(Artículo 8.1.10º del Decreto 0734 de 2012).

Las partes acuerdan que, con el objeto de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, podrá imponer multas sucesivas mediante resolución motivada, así como el de declarar el incumplimiento, cuantificación de los perjuicios, imponer las multas y sanciones pactadas en el contrato, y hacer efectiva la cláusula penal. Las partes convienen en establecer las siguientes formas de conminar al cumplimiento de las obligaciones adquiridas en virtud del presente contrato así: En caso de incumplimiento parcial de las obligaciones contractuales y/o legales a que haya lugar por parte del CONTRATISTA en la ejecución del contrato o en cumplimiento de sus obligaciones durante la ejecución del contrato, cuando se declare el incumplimiento y se impongan sanciones, el CONTRATISTA cancelará a el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA por cada semana de retraso en la ejecución de las obras en base de la Programación y plan de inversión presentada con la propuesta y/o modificada o ajustada de común acuerdo con la interventoría, el equivalente al uno por ciento (1%) del valor total del contrato, sin exceder el Diez (10%) por ciento del valor del mismo. En igual sanción incurrirá el Contratista que no presente la documentación requerida estipuladas en los pliegos de condiciones de la licitación, respecto al equipo de trabajo exigido en el Formato 21, en la oportunidad requerida por el Interventor, y en todo caso antes del inicio de ejecución de las obras objeto del presente contrato. Para efectos de dar cumplimiento a la presente cláusula, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y/o el interventor verificarán semanalmente el cumplimiento, entre otros, del Cronograma de Trabajo y las obligaciones a cargo del CONTRATISTA, de acuerdo con lo señalado en el pliego de condiciones, especificaciones técnicas, propuesta presentada por el contratista y cláusulas del presente contrato, quien deberá informar sobre su cumplimiento o incumplimiento. Para efectos de que el CONTRATISTA cancele los valores por la mora en la ejecución de las obligaciones no se requiere que el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA lo constituya en mora, el simple incumplimiento o retardo imputable al contratista dará origen al pago de las sanciones de apremio previstas en esta cláusula. El CONTRATISTA autoriza al MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA para que descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la multa. De no existir tales saldos a favor del contratista o de no resultar estas suficientes para cubrir la totalidad del valor de las multas, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá obtener el pago total o parcial de la multa mediante reclamación de pago ante la compañía de seguros, haciendo efectivo el amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única. K.1. MULTAS POR MORA:

En caso de mora o incumplimiento parcial en la ejecución del contrato producto de la adjudicación del presente proceso de selección (EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA impondrá al CONTRATISTA

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multas sucesivas diarias del uno por ciento (1%) de su valor, sin sobrepasar el diez por ciento (10%), sin perjuicio de otras sanciones que de acuerdo con el contrato y la ley le pueden ser aplicables. K.2. CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de declaratoria de caducidad o incumplimiento, la entidad impondrá al CONTRATISTA una pena pecuniaria por una suma equivalente al quince por ciento (15%) del valor del contrato, a título de estimación anticipada de perjuicios. Lo anterior no exime al CONTRATISTA del cumplimiento a cabalidad de la ejecución del contrato. En caso de incumplimiento parcial o definitivo de las obligaciones a cargo del contratista o de declaratoria de caducidad del contrato, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, por un monto equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, suma que se estipula como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se le causen, sin perjuicio del derecho a obtener del contratista y/o de su garante el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado y a exigir el cumplimiento del contrato. El contratista autoriza a EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA a descontarle, de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá obtener el pago de la pena mediante reclamación de pago ante la compañía de seguros, dentro del amparo de cumplimiento otorgado con la garantía única K.3. DECLARATORIA DE INCUMPLIMIENTO:

En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, previo agotamiento del procedimiento establecido en el contrato correspondiente al presente proceso de selección y, cuando las circunstancias y condiciones de ejecución del objeto contractual así lo determinen, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA declarará mediante acto administrativo debidamente motivado, el incumplimiento total o parcial del contrato y como consecuencia de ello hará efectiva la cláusula penal pecuniaria a título de estimación anticipada de perjuicios. K.4. PROCEDIMIENTO PARA LA IMPOSICIÓN DE MULTAS Y/O PENAL PECUNIARIA. Para la aplicación de las multas por mora o incumplimiento parcial y la cláusula penal pecuniaria, se deberá dar aplicación al siguiente procedimiento:

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de interventoría o de supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas

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posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible. En el evento en que la garantía de cumplimiento consista en póliza de seguros, en cumplimiento del parágrafo 1º del Artículo 8.1.10º del decreto 0734 de 2012, se vinculará también a la aseguradora citando al garante de la misma manera que al contratista, mediante comunicación a que se refiere el literal a) del artículo 86 de la ley 1474 de 2011, enviándola a la dirección de correspondencia informada por el contratista en el contrato (Parágrafo 2º del Artículo 8.1.10º del decreto 0734 de 2012).

b) El procedimiento de la citación funcionará así: Cuando El INTERVENTOR Y/O SUPERVISOR designado por EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA consideren que EL CONTRATISTA no está ejecutando el contrato con estricta sujeción a las condiciones técnicas y jurídicas previamente establecidas entre las partes, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, mediante comunicación escrita, oficiará al CONTRATISTA informándole el inicio del procedimiento administrativo, indicando las obligaciones presuntamente incumplidas, las pruebas que lo soporten y las multas o las sanciones pecuniarias que procedan, y le comunicará que en un término perentorio de tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación se surtirá audiencia para escucharlo en descargos, los cuales podrán ser presentados por escrito junto con la solicitud de práctica de las pruebas que considere necesarias para desvirtuar los cargos que le son imputados. Esta comunicación se enviará al fax o correo electrónico relacionado en la propuesta y se remitirá copia de la misma a la compañía aseguradora. En desarrollo de la audiencia, el jefe de la entidad o su delegado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo de la actuación, se concederá el uso de la palabra al representante legal del contratista o a quien lo represente, y al garante, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad;

c) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, el jefe de EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA

MAGDALENA o su delegado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha y hora para reanudar la audiencia. La entidad podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación de situación de incumplimiento.

d) Una vez EL CONTRATISTA responda a los requerimientos formulados por EL INTERVENTOR Y/O SUPERVISOR, éste deberá conforme al material probatorio, elaborar un informe detallado sobre los hechos que considera constitutivos de incumplimiento. Dicho informe deberá contener el concepto respecto de la procedibilidad de la multa o de la aplicación de la cláusula penal pecuniaria, así como la determinación de su cuantía. El informe deberá acompañarse de los soportes y pruebas en que

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se fundamenta y remitirse a EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE DEL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA CARIBE, y presentado el informe a la OFICINA ASESORA JURIDICA, quienes avocará conocimiento del caso, y adoptara todas las medidas tendientes a establecer la ocurrencia del incumplimiento, para lo cual podrá decretar pruebas y en general agotar el procedimiento que estime conveniente a efectos garantizar la observancia del debido proceso

e) En caso de que el CONTRATISTA no se presente a la audiencia, ni presente sus descargos por

escrito, su silencio se entenderá como aceptación a los cargos que se le imputan. En el evento que el CONTRATISTA no cuente con fax o correo electrónico, se acudirá al sistema de correo certificado.

f) Una vez realizada la audiencia y recibidos los descargos, con el concepto elaborado por EL SUPERVISOR Y/O INTERVENTOR, debe contar con el visto bueno del (ordenador del gasto) se determinará si debe continuar el procedimiento. Si el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA considera que el incumplimiento amerita multa o la aplicación de la cláusula penal, expedirá el correspondiente acto administrativo mediante resolución motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia y la cual se entenderá notificada en dicho acto público. Contra la decisión así proferida sólo procede el recurso de reposición que se interpondrá, sustentará y decidirá en la misma audiencia. La decisión sobre el recurso se entenderá notificada en la misma audiencia.

g) Impuesta la sanción, y esté en firme la resolución que imponga la multa por mora o incumplimiento parcial o declare la penal pecuniaria, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá descontar su valor, de las sumas adeudadas al contratista en las actas de recibo parcial, final y liquidación, si esto no fuere posible, se hará el cobro a la compañía aseguradora ó por jurisdicción coactiva, tal como lo indica el parágrafo del artículo 17 de la Ley 1150 de 2007. Si no existen saldos se requerirá al CONTRATISTA para el pago de la multa o de la cláusula penal, en un término máximo de diez

(10) días. En caso que éste no pague, se solicitará a la compañía de seguros o al garante, a través de correo certificado, para que asuma el pago correspondiente, con cargo al amparo de cumplimiento, una vez se encuentre en firme el correspondiente acto administrativo.

K.5. CLAUSULAS EXCEPCIONALES

Al contrato que se suscriba se entienden incorporadas las disposiciones contenidas en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993 K.6. SOLUCIÓN DIRECTA DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES

Las partes, en aras de solucionar en forma ágil, rápida y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la ejecución del contrato, acudirán a los mecanismos de solución previstos en la Ley, tales como la conciliación, amigable composición y transacción.

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K.7. CADUCIDAD

Si se presenta alguno de los hechos constitutivos de incumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista, que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato, y evidencie que puede conducir a su paralización, EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, por medio de acto administrativo debidamente motivado, podrá darlo por terminado y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre, de conformidad con el Artículo 18 de la Ley 80 de 1993 (Ley 828 de 2003). K.8. CLAUSULA DE INDEMNIDAD

De conformidad a lo establecido en el Decreto 931 de 2009, modificatorio del Decreto 4828 de 2008, el CONTRATISTA se obliga a mantener libre a EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. L. SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS Y TRABAJADORES

Todos los empleados y trabajadores vinculados al Contrato de obras deben estar afiliados por parte del contratista como empleador, al régimen contributivo de seguridad social (EPS, ARP y Fondo de Pensiones). La asignación salarial, NO podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente aprobado por el Gobierno Nacional. El Interventor deberá velar por el cumplimiento de esta obligación legal. El contratista deberá cumplir con todas las prestaciones sociales de sus trabajadores y deberá con las actas de recibo de obras, entregar al Interventor, lo siguiente: 1. Una relación completa de los trabajadores, discriminando por cada uno de ellos, los valores cancelados por concepto de los servicios prestados. 2. El pago de aportes parafiscales (SENA, caja de compensación y bienestar familiar). 3. El pago de la seguridad social (EPS, ARP y Pensión). M. PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO

El contrato estatal es intuito personal y, en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa, escrita y expresa del ALCALDE del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, quien tiene la potestad legal para celebrarlo. N. SUBCONTRATOS

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El CONTRATISTA no podrá subcontratar la totalidad del contrato, y aquellos subcontratos que tuviere que celebrar para la correcta ejecución del mismo, deberán tener la previa aprobación del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, en cuyo caso, el CONTRATISTA será el único responsable por la celebración de los mismos, todo lo cual realiza en su propio nombre y por su cuenta y riesgo, sin que el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA adquiera responsabilidad alguna por dichos actos. Ñ. INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, con el exclusivo objeto de evitar la paralización o la afectación grave de los servicios públicos, y asegurar su inmediata, continua y adecuada prestación, podrá interpretar los documentos contractuales y las estipulaciones en ellos convenidas, introducir modificaciones a lo contratado y, cuando las condiciones particulares de la prestación así lo exijan, terminar unilateralmente el contrato celebrado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley 80 de 1993. En los actos en que se ejerciten algunas de estas potestades, se procederá al reconocimiento y orden de pago de las compensaciones e indemnizaciones a que tengan derecho las personas objeto de tales medidas. Contra los actos administrativos que ordenen la interpretación, modificación y terminación unilateral, procederá el recurso de reposición, sin perjuicio de la acción contractual que puede intentar el Contratista, según lo previsto en el Artículo 77 de la Ley 80 de 1993. O. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO

Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, que será firmada por el Contratista y por el Interventor, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la suspensión temporal del contrato pero no a indemnización alguna. Esta situación no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA por no haberlas constituido o mantenido vigentes. P. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO En la liquidación del contrato las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedará constancia en el acta de liquidación, de conformidad con el Artículo 60 de la Ley 80 de 1993, y del artículo 32 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 217 del Decreto-Ley 019 de 2012 y del artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, etapa donde las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar.

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En el acta de liquidación constarán los acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. Para la liquidación se exigirá al contratista la extensión o ampliación, si es del caso, de la garantía del contrato a la estabilidad de la obra, a la calidad del bien o servicio suministrado, al pago de salarios, prestaciones e indemnizaciones, a la responsabilidad civil y, en general, para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la extinción del contrato. Si el Contratista no concurre a la liquidación del contrato, o las partes no llegan a un acuerdo sobre el contenido de la misma, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA lo liquidará unilateralmente dentro de los dos (2) meses siguientes al vencimiento de los cuatro (4) meses previstos para la liquidación bilateral, según el Artículo 44, Literal d) de la Ley 446 de 1998, que modificó el Artículo 136 del Código Contencioso Administrativo, el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, con observancia del debido proceso, el principio de legalidad y demás pertinentes . Q.1. Obligaciones del contratista. 1. Acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de Ley 789 de 2002 y la Ley 828 de 2003,

el cumplimiento del pago mensual de los aportes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida por el representante legal o revisor fiscal según el caso. 2. Suministrar toda la información requerida en el Pliego de Condiciones como obligaciones posteriores a la

aceptación de la oferta. 3. Cumplir a cabalidad con el objeto del contrato ejecutando la obra contratada de acuerdo con los planos,

especificaciones de construcción, cantidades de obra y precio unitario fijo contenidos en la propuesta presentada y el Pliego de Condiciones. 4. Realizar todas las pruebas necesarias y las correcciones que se requieran, hasta la entrega a

satisfacción a la Interventoría. 5. Ejecutar el objeto del contrato derivado de este proceso en el plazo establecido. 6. Suministrar todos los insumos en las fechas indicadas en el cronograma de suministros. 7. Contar con todos los equipos, maquinaria, herramientas, materiales y demás elementos necesarios para la ejecución de las obras en el tiempo, cantidad y calidad establecidos por el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA 8. Realizar el transporte de los materiales y equipos, así como con sus despachos y entrega oportuna en el sitio de la obra para el cumplimiento del plazo establecido. 9. Realizar, por su cuenta y riesgo, todos los ensayos de laboratorio y demás pruebas que se soliciten para verificar la calidad de los materiales y demás elementos que se instalen en la obra. 10. Realizar, por su cuenta y riesgo, el suministro de los servicios públicos provisionales para la ejecución

del proyecto.

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11. Realizar, por su cuenta y riesgo, la construcción del campamento de obra, cerramiento o aislamiento del

área intervenir, previendo siempre que personas externas no tenga ingreso al sitio de los trabajos de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el Pliego de Condiciones. 12. Suministrar y mantener durante la ejecución de la obra y hasta la entrega de la misma, el personal

profesional ofrecido. Si EL CONTRATISTA requiere cambiar el profesional o personal propuestos, deberá hacerlo con otro de un perfil igual o superior al que se retiró. La aceptación del nuevo profesional estará sujeta a la aprobación del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA previo visto bueno del Interventor. Será por cuenta del CONTRATISTA el pago de los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones de todo el personal que ocupe en la ejecución de la obra, igualmente la elaboración de los subcontratos necesarios, quedando claro que no existe ningún tipo de vínculo laboral del personal con el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA 13. Presentar al Interventor informes mensuales de avance de obra y los que MUNICIPIO DE CIÉNAGA

MAGDALENA le solicite. 14. Realizar y presentar quincenalmente el registro fotográfico y de video del avance de la ejecución,

procurando mostrar desde un mismo punto el progreso o avance. 15. Elaborar y presentar conjuntamente con el Interventor, actas parciales, final de obra y liquidación. 16. Responder por toda clase de demandas, reclamos o procesos que instaure el personal o los

subcontratistas contra el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA 17. Prever en el presupuesto la etapa de revisión, pruebas y acciones correctivas de todas las instalaciones

del proyecto durante los siguientes cuatro (4) meses a la entrega física y recibo a satisfacción por parte de la Interventoría, 18. Responder por el pago de los impuestos que cause la legalización y ejecución del contrato. 19. Responder por el pago de los servicios públicos producto del consumo por la ejecución del objeto del contrato derivado del presente proceso, así como las adecuaciones de las redes requeridas para la obtención del servicio. 20. Mantener al frente de las obras el personal mínimo estipulado en el Formato No 21 de los Pliegos de Condiciones. 21. Ejecutar las obras de acuerdo con el programa general aprobado por la Interventoría. 22. Retirar los materiales sobrantes y entregar las áreas intervenidas en perfecto estado y limpieza. Libre de escombros. 23. Invertir en forma directa e inequívoca el anticipo en el objeto contractual con sujeción al plan de inversiones. 24. Responder por todo daño que se cause a bienes, al personal que se utilice y a terceros en la ejecución

del contrato. 25. Mantener tanto el personal de vigilancia como las medias de seguridad, en las áreas de intervención, en

donde se realice la intervención. 26. Garantizar las normas de seguridad industrial para la ejecución del contrato en los siguientes aspectos:

1) Elementos de seguridad industrial para obreros y todo el personal que interviene en cada una de las actividades, 2) Manipulación de equipos, herramientas, combustibles y todos los elementos que se utilicen para cumplir el objeto, 3) Todo el contenido de seguridad industrial debe acogerse a las normas vigentes y 4) Todo el personal deberá estar debidamente identificado ya sea por escarapela o por uniformes. 27. Responder por la buena calidad de los materiales y elementos utilizados para el cumplimiento del objeto del contrato.

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28. Mantener a todo el personal que labore en la obra debidamente identificado con carné y chaleco o

prenda de vestir, para su inmediato reconocimiento, de conformidad con los distintivos, logotipos, insignias, etc., que le indique el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA a través del supervisor del Contrato. 29. El Contratista, subcontratista y proveedores se obligan a practicar las medidas ambientales, sanitarias,

forestales, ecológicas e industriales necesarias para no poner en peligro las personas ni las cosas ni el medio ambiente, respondiendo por los perjuicios que se causen. 30. Efectuar las reparaciones que sean necesarias a las áreas intervenidas, como consecuencia de los defectos de estabilidad y de las áreas contiguas que presenten deterioro, durante un período de un (1) año contado a partir de la entrega de las obras. 31. Mantener la información técnica del proyecto en absoluta reserva de conformidad con el acuerdo de confidencialidad suscrito entre las partes. 32. Coordinar la correcta ejecución de los contratos de suministros e instalación de la dotación estructural y

el sistema de seguridad. 33. Presentar en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario siguientes a la aprobación de la garantía el

flujo de inversión mensual en obra y el programa de inversión del pago del anticipo. 34. Presentar en un plazo no mayor a cinco (5) días calendarios a la adjudicación el listado de precios de

los insumos (materiales, equipo, herramienta y mano de obra) así como la totalidad de los análisis de precios unitarios, los cuales deben corresponder en forma idéntica con el listado de precios de los insumos y de los unitarios presentados en el Formatos No6 y No 15. 35. Presentar al Interventor para su aprobación, en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario siguientes

a la aprobación de la garantía, la organización del personal en un diagrama de ejecución (Organigrama General del Proyecto), líneas de mando y coordinación, niveles de decisión, número de profesionales, sitios en los cuales se desempeñaran los diferentes profesionales, Gerencia del proyecto, su ubicación. Las funciones de cada uno de los profesionales responsables de la dirección y, en general, de la ejecución de cada uno de los trabajos, manual de funciones del grupo de trabajo, tipos de contratos a realizar con cada uno, dedicación y alcance y, en general, todos los detalles necesarios para el aseguramiento del grupo de trabajo, sus funciones y resultados esperados. En este organigrama como en la descripción del equipo de trabajo se deberá incluir el tipo de organización administrativa con la cual contará el CONTRATISTA, las funciones del personal que interactuará con MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y el Interventor en el proceso de ejecución del contrato. Deberá describir las políticas de manejo de personal relacionadas con seguros de trabajo, seguridad social, primas de traslado, etc., y todas aquellas asociadas a la buena ejecución del proyecto. 36. Presentar a la Interventoría en un plazo no mayor a diez (10) días calendario a la aprobación de la

garantía una descripción detallada de la metodología a seguir, para la ejecución del contrato, en cada una de las etapas, frentes de trabajo y actividades del proyecto. La metodología para la ejecución del proyecto deberá ser presentada y ejecutada bajo el enfoque de Gerencia de Proyectos considerando los aspectos organizacionales, equipos, relación contractual, comunicaciones e interrelación con el Interventor, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y su propio equipo, procesos, procedimientos, y controles técnicos y administrativos. Este documento debe incluir la estructura de acuerdo al organigrama propuesto, el método con el cual desarrollará los trabajos, incluyendo entre otros, las obras preliminares, selección y fabricación de equipos, vías de acceso, suministros, implementación del plan de manejo ambiental, control de aguas superficiales, movimiento de tierras, obras de drenaje y protección superficial, obras estructurales, obras especiales, mampostería, acabados, obras y montajes de equipos mecánicos, montajes

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electromecánicos de subestaciones y construcción de redes eléctricas, pruebas y puesta en servicio del proyecto. En el documento es necesario presentar: a. Características sobresalientes de la metodología propuesta para desarrollar cada una de las actividades indicadas en el cronograma de ejecución del proyecto. b. Logística consistente en la descripción de la organización, procesos y actividades a desarrollar, indicando las técnicas o métodos para llevarla a cabo. En suma desarrollo del método constructivo, procedimientos constructivos, tasas de avance, y demás. c. Deberá presentar en particular la organización y control, exponiendo la forma como organizará todas las actividades para cumplir con el contrato. Se debe tratar sobre los alistamientos, establecimiento en terreno, frentes de trabajo, cuadrillas o grupos de trabajo, sistemas de comunicación, documentación técnica, cantidad y calidad del personal y los equipos a utilizar, transportes, localización de oficinas y campamentos y, en general, todo lo concerniente con la administración del contrato. d. Se deben analizar los rendimientos propuestos para ejecutar la obra en el plazo contractual, los registros e informes de obra, medidas, y obras asociadas. e. Igualmente se debe exponer sobre el manejo de materiales (suministros), procedimientos para su adquisición y/o fabricación, ensayos, transporte hasta la obra, almacenamiento y distribución. 37. El CONTRATISTA, se obligará a implementar el programa detallado de obra presentado con su propuesta, teniendo en cuenta los planos, documentos técnicos, las condiciones del sit io, con el plazo máximo de ejecución establecido y dentro de los parámetros propuestos. Este programa de trabajo se aplicará dentro de los diez (10) días calendarios siguientes contados a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución (Aprobación de las garantías). Deberá cumplir con la secuencia y duración de cada una de las actividades, indicadas en su propuesta, ruta crítica, flujos de fondos donde incluya todas las actividades (capítulos, subcapítulos y los ítems en su totalidad), programa detallado de personal por actividades, flujo mensual de inversión detallado. 38. El CONTRATISTA deberá acreditar el pago de las regalías por los materiales y minerales adquiridos o extraídos para la ejecución de la obra, así como la procedencia lícita de los mismos. 39. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato.

Q.2. OBLIGACIONES DE MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA

1. Pagar el valor del contrato; 2. Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato y en los documentos que de él forman parte; 3. Prestar la mayor colaboración para el desarrollo del objeto contractual. 4. Las demás inherentes a la naturaleza del contrato

Q.3. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

El contratista responderá por haber ocultado inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por haber suministrado información falsa (Ley 80 de 1993, artículo 26, numeral 7).

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En caso de incumplimiento del contratista de la obligación de obtener la ampliación de las garantías o de la obligación de obtener su renovación, o la de restablecer su valor, o la de otorgar una nueva garantía que ampare el cumplimiento de las obligaciones que surjan por razón de la celebración, ejecución, y liquidación del contrato, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá declarar la caducidad del mismo. Cuando se presente alguno de los eventos de incumplimiento cubiertos por la garantía, el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA procederá a hacerlas efectivas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.1.13º del Decreto 0734 de 2012, de la siguiente forma: En caso de caducidad, una vez agotado el debido proceso y garantizados los derechos de defensa y contradicción del contratista y de su garante de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, proferirá el acto administrativo correspondiente en el cual, además de la declaratoria de caducidad, procederá a hacer efectiva la cláusula penal o a cuantificar el monto del perjuicio y a ordenar su pago tanto al contratista como al garante. Para este evento el acto administrativo constituye el siniestro en las garantías otorgadas mediante póliza de seguro. En caso de aplicación de multas, una vez agotado el debido proceso y garantizados los derechos de defensa y contradicción del contratista y de su garante de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, proferirá el acto administrativo correspondiente en el cual impondrá la multa y ordenará su pago tanto al contratista como al garante. Para este evento el acto administrativo constituye el siniestro en las garantías otorgadas mediante póliza de seguro. En los demás casos de incumplimiento, una vez agotado el debido proceso y garantizados los derechos de defensa y contradicción del contratista y de su garante de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, proferirá el acto administrativo correspondiente en el cual declarará el incumplimiento, procederá a cuantificar el monto de la pérdida o a hacer efectiva la cláusula penal, si ella está pactada y a ordenar su pago tanto al contratista como al garante. Para este evento el acto administrativo constituye la reclamación en las garantías otorgadas mediante póliza de seguro. R. DOCUMENTOS Los documentos que a continuación se relacionan, se considerarán para todos los efectos parte integrante del contrato y, en consecuencia, producen sus mismos efectos y obligaciones jurídicas y contractuales: • Los estudios y documentos previos. • Los pliegos de Condiciones del proceso de selección en todas sus partes. • La propuesta del oferente – contratista - y los documentos adjuntos presentados con la misma, en aquellas partes aceptadas por el MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA • El acto de adjudicación. • El acta de iniciación, mediante la cual se define la fecha a partir de la cual regirá el plazo para la ejecución del mismo. • Las actas que durante la ejecución del contrato se redacten y firmen por las partes.

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S. CESIONES

El Contratista no podrá ceder el contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previo consentimiento escrito del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, pudiendo ésta reservarse las razones para negar la autorización de la cesión. T. ACTIVIDADES ADICIONALES. EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA podrá ordenar, por escrito, la ejecución de las actividades adicionales no previstas por las partes siempre que las mismas resulten necesarias para el adecuado cumplimiento del objeto contractual y la debida atención de las finalidades de la contratación. El interventor estará en la obligación de ejecutarlas aplicando los procedimientos establecidos para la ejecución de las actividades previstas. Las actividades adicionales sólo se ejecutarán previa suscripción del respectivo contrato adicional y la ampliación o modificación de las garantías correspondientes a los costos establecidos en la propuesta económica inicialmente presentada por el interventor. Le está prohibido al interventor ejecutar actividades adicionales no previstas en el contrato, sin que, previamente, se haya suscrito el respectivo contrato adicional. Cualquier actividad que ejecute sin la celebración previa del documento contractual será asumida por cuenta y riesgo del CONTRATISTA, de manera que EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA no reconocerá su costo. U. MANEJO AMBIENTAL: Este proyecto que se desarrolla y contemplar para la ejecución de sus obras el Manual de Buenas Prácticas Ambientales que hará parte del anexo Técnico de estos pliegos de condiciones, el cual contiene las especificaciones mínimas a cumplir para la ejecución de las obras, cumpliendo con la normativa establecida por la autoridad ambiental y la legislación aplicable vigente. U.1. El Manual de Buenas Prácticas Ambientales de Obras,

El Manual se enmarca dentro de la estrategia de conservación del ambiente, en armonía con el desarrollo socioeconómico de las poblaciones beneficiadas por el Plan Departamental del MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. Éste será aplicado durante las presentes obras que se desarrollen en este proceso. En el presente manual se consideran las pautas para el manejo ambiental de este Proyecto específico, orientando las actividades, estableciendo las medidas preventivas/correctivas y diseñando el sistema para su administración ambiental durante las etapas de la obra, cumpliendo así con el principio de sustentabilidad del proyecto con la armonía con el ambiental. Razón por la cual este Manual de Buenas Prácticas Ambiental de Obras, constituye un Documento Técnico que contiene un conjunto estructurado de medidas destinadas a evitar, mitigar, restaurar o compensar los impactos ambientales negativos previsibles durante las etapas de construcción, operación y cierre de las obras proyectadas.

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Los lineamientos y alcance de este Manual para el Manejo Ambiental de Obras, tienen como referencia y

se enmarcan en general dentro de las Normas Nacionales; que en materia ambiental tengan que ver con las obras de adecuación, ampliación y mantenimiento de obras en los servicios públicos. Logrando con esta aplicabilidad legal el cumplimiento por parte del contratista con lo estipulado en el marco legal y por ende que las obras a desarrollar cumplan con los estándares de calidad.

Con el fin de minimizar y controlar la generación de impactos ambientales como consecuencia de la ejecución de las obras, se implementa este manual de buenas prácticas ambientales para la ejecución de las obras objeto de este proceso como una herramienta fundamental que permite el manejo adecuado de los recursos naturales, manteniendo el equilibrio ambiental en la zona. XV. Cronograma El siguiente es el cronograma del proceso de selección

ACTIVIDAD DESCRIPCIÓN

PUBLICACIÓN DEL AVISO DE

CONVOCATORIA PÚBLICA

El 18 de febrero de 2015 a través del Portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co ( Sistema Electrónico de Contratación Pública

SECOP) PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE PLIEGO

DE CONDICIONES Y ESTUDIOS Y

DOCUMENTOS PREVIOS

Del 18 de febrero del 2015 al 04 de marzo de 2015, a través del

Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co (Sistema

Electrónico de Contratación Pública SECOP)

RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES AL

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

Las observaciones y/o sugerencias al proyecto de pliego de

condiciones serán recibidas del 18 de febrero del 2015 al 04 de

marzo de 2015 en la dirección electrónica

contratació[email protected] RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES AL

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

El 05 de marzo de 2015 a través del Portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co

AVISO DE LICITACIÓN (NUMERAL 3 ART.

30 LEY 80 DE 1993, MODIFICADO POR EL

ART. 224

DECRETO 019 DE 2012)

19 de febrero de 2015 a través del portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co y la página web de la Entidad

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ACTO DE APERTURA, PUBLICACIÓN Y

CONSULTA DEL PLIEGO DE CONDICIONES

DEFINITIVO

El acto de apertura se publicará el 05 de marzo de 2015 a través del

Portal Único de Contratación www.contratos.gov.co

El pliego de condiciones definitivo se publicará a partir del 05 de

marzo de 2015, a través del Portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co

VISITA TÉCNICA AL SITIO DEL PROYECTO Se realizará el 09 de marzo de 2015 a las 10: 00 a.m., en la

secretaria de infraestructura y desarrollo económico sostenible piso

2 palacio municipal

AUDIENCIA DE TIPIFICACIÓN, ESTIMACIÓN

Y ASIGNACIÓN DE RIESGOS

Se realizará el 09 de marzo de 2015 a las 11:00 a.m., en la secretaria

de infraestructura y desarrollo económico sostenible piso 2 palacio

municipal.

RECEPCIÓN DE OBSERVACIONES AL

PLIEGO DE CONDICIONES

Las observaciones y/o sugerencias al pliego de condiciones serán

recibidas del 05 de marzo al 10 de marzo de 2015, en la dirección

electrónica contratació[email protected]

RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES Y

PLAZO PARA EXPEDIR ADENDAS

Se realizará el día 12 de marzo de 2015, a través del Portal Único de

Contratación www.contratos.gov.co www.contratos.gov.co

(Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP) Si hay lugar a

realizar adendas que modifiquen el Pliego de Condiciones, éstas

podrán ser expedidas hasta máximo tres (3) días hábiles antes de la

fecha de cierre de la licitación.

FECHA DE CIERRE DE LA LICITACIÓN Y

APERTURA DE PROPUESTAS

El 18 de marzo de 2015 en la secretaria de infraestructura y

desarrollo económico sostenible piso 2 palacio municipal, cuando el

reloj electrónico ubicado en la misma, marque exactamente las

10:00 a.m. horas.

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La evaluación de las propuestas se realizará del 18 al 20 de marzo

de 2015. PUBLICACIÓN SOLICITUDES DE

SUBSANACIÓN

El 20 de marzo de 2015 a través del Portal Único de Contratación

www.contratos.gov.co ( Sistema Electrónico de Contratación Pública

SECOP)

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PUBLICACIÓN DEL INFORME DE

EVALUACIÓN Y PERIODO DE

OBSERVACIONES

El 24 de marzo de 2015

Una vez concluida la evaluación de las propuestas, el informe se

pondrá a disposición de los proponentes a través del Portal Único

de Contratación www.contratos.gov.co www.contratos.gov.co (

Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP) durante cinco

(5) días hábiles, contados a partir de la fecha que para el efecto

determine el Municipio de Ciénaga, con el fin de que los interesados

presenten las observaciones que estimen pertinentes.

TRASLADO DE LAS OBSERVACIONES

REALIZADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN

Del 24 al 30 de marzo de 2015 en el portal www.contratos.gov.co

www.contratos.gov.co ( Sistema Electrónico de Contratación Pública

SECOP)

Durante cinco (5) días hábiles para que presenten replicas a las

observaciones.

AUDIENCIA DE ADJUDICACIÓN O

DECLARATORIA DE DESIERTA Y

RESPUESTAS A LAS OBSERVACIONES

REALIZADAS AL INFORME DE EVALUACIÓN

01 de abril de 2015 La audiencia pública de adjudicación se llevará a

cabo en el salón de juntas del despacho del alcalde municipal piso 2

palacio municipal, a las 10:00 a.m. y será publicada el acta de

adjudicación y la resolución de adjudicación a través del Portal

Único de Contratación www.contratos.gov.co (Sistema Electrónico

de Contratación Pública SECOP) FECHA DEL CONTRATO Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la resolución de

adjudicación.

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ANEXO 1 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

Proceso de Contratación

[Nombre del representante legal del Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente], manifiesto en mi nombre y en nombre de [nombre del Proponente] que: 1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Entidad Contratante para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública. 2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _. 3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero. 4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación _. 5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia. 6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores. 7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los días [dia] del mes de [mes] de 2014. _________________________________ Firma representante legal del Proponente Nombre: Cargo: Documento de Identidad: Los representantes de los integrantes del Proponente plural deben suscribir el presente documento.

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ANEXO 2 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

En la ejecución de los trabajos que son materia de este contrato, el contratista se ceñirá a las especificaciones, planos y/o detalles suministrados por el interventor. Cuando a juicio del contratista sea conveniente variar los planos o las especificaciones, someterá las variaciones junto con los estudios correspondientes al interventor explicando las causas que lo justifiquen, si estas no se aprueban el contratista se sujetará a los planos y especificaciones acordados originalmente. En caso de aprobarlos se procederá al cambio, los ajustes del plazo o de los precios que de ellos puedan desprenderse se convendrán con el contratista y se firmara el acta por las partes. Los materiales y demás elementos que el contratista suministre para la ejecución de los trabajos que se le encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin a que se le destine. Los materiales que el contratista emplee en la ejecución de los trabajos y que se encuentren deficientes podrán ser rechazados por el interventor cuando no los encontrare convenientemente adecuados. El contratista presentara diariamente al interventor el detalle en una planilla de los ítems instalados en cada una de las órdenes ejecutadas con su valoración, de acuerdo con los precios indicados en la propuesta. Las obras extras y adicionales deberán ser previamente acordadas entre el interventor y el contratista lo cual se hará constar en actas que suscriban las partes, el valor o los precios unitarios para estas obras deberán ser acordados por ambas partes. El contratista deberá cumplir inmediatamente cualquier orden que dicte el interventor, si el contratista considera que algunos de los trabajos que se exigen están fuera de los estipulados en el contrato o si considera injusta una orden o decisión podrá objetar dicha orden por escrito durante los primeros diez días calendario. El contratista debe reparar prontamente, y por su cuenta, cualquier daño o perjuicio que ocasione. Ver anexo de cantidades de obra Una vez terminadas las varias fases de la obra o cuando sea posible durante la marcha de los trabajos se verifican y se ensayarán las instalaciones hechas por el CONTRATISTA, como se indica a continuación: Los ensayos y verificaciones se ejecutarán por personal capacitado y debidamente matriculado como profesional en su ramo con su tarjeta o técnico, suministrado por el CONTRATISTA, bajo la dirección del interventor. Los ensayos se harán con las debidas precauciones para proteger el personal y el equipo. El CONTRATISTA también suministrará todo el equipo o instrumentos necesarios para llevar a cabo las pruebas. Cuando se reciba la notificación escrita del CONTRATISTA donde informa que ha concluido el trabajo, incluyendo los ensayos que aquí se especifican, el interventor hará una inspección minuciosa de toda la obra. Todos los defectos u omisiones que se encuentren serán corregidos por el CONTRATISTA. Lo anterior, no exime al interventor de la inspección permanente de la ejecución contractual. El contratista se obliga a mantener en el lugar de los trabajos el personal profesional, o técnico exigido, graduados y matriculados con facultades para obrar y resolver los problemas que se le presenten, de

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acuerdo con las exigencias establecidas en la Ley 64 de 1978, su decreto reglamentario No. 2500 de 1987, y la Ley 9a. De 1990, y a dar cumplimiento a todas las disposiciones de las citadas leyes que le sean aplicables. Debido a que en cada sitio se realizarán diferentes tipos de intervenciones, las especificaciones de las obras eléctricas y civiles, también varían para cada lugar. Por tal motivo a este estudio se adjunta el listado de ítems a contratar y sus especificaciones técnicas, con las cantidades por cada ítem. Las obligaciones establecidas, no eximirán al Contratista de su obligación de mantener el número de personas que resulte necesario, con la dedicación, la formación y la experiencia que sea requerida, para asegurar el adecuado cumplimiento de las obligaciones contenidas en el contrato. MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA se reserva el derecho de objetar el reemplazo de cualquier miembro del equipo de trabajo que realice el contratista, si a su juicio, considera que el reemplazante es de calidades inferiores al reemplazado MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA contempla dentro del AIU del presupuesto oficial un porcentaje para la mitigación del impacto ambiental, dando cumplimiento al Decreto 673 de 2006.

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ANEXO 3 CARTA DE ABONO DE LA PROPUESTA

CARTA ABONO DE LA PROPUESTA

Si el Representante Legal del proponente no es Ingeniero Civil, o Arquitecto, o Arquitecto Constructor, matriculado, diligencie la siguiente nota: “De acuerdo con lo expresado en la 842 de 2003 y debido a que el suscriptor de la presente propuesta no es Ingeniero Civil, o Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería Civiles, matriculado, yo, , Profesional _, con Matrícula No. Y Cédula No. , abono la presente propuesta”.

_______________________________________ (Firma de quien abona la propuesta)

NOTA:

Dentro de las responsabilidades del profesional que abona la propuesta está la de conocer y verificar la veracidad de su contenido, de tal forma que el abono implica también para la administración pública la seguridad de que el profesional realizó de forma diligente el trabajo de verificación de veracidad, y al dar su aval asegura que la información contenida en la propuesta es real; de tal forma que se hará responsable penal y disciplinariamente por la eventual presentación de documentación o información espuria y/o falsa.

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ANEXO 4 FORMATO PARA ACREDITAR EXPERIENCIA

Proceso de Contratación

CONTRATO NÚMERO

VALOR OBJETO FECHA DE TERMINACIÓN

VALOR EXPRESADO EN SALARIOS MÍNIMOS A LA FECHA DE CELEBRACIÓN DEL MISMO

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ANEXO 5 FORMATO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

Proceso de Contratación

MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, [Fecha de publicación] Señores MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA La Ciudad Referencia: Proceso de Contratación

Estimados señores: [Nombre del representante legal del Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente], presento Oferta para el Proceso de Contratación de la referencia y hago las siguientes manifestaciones: 1. Que conozco y acepto los Documentos del Proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí de la Entidad Contratante respuesta oportuna a cada una de las solicitudes. 2. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la Oferta en nombre del Proponente y estoy autorizado para suscribir el Contrato si el Proponente resulta adjudicatario del Proceso de Contratación de la referencia. 3. Que la oferta económica y la oferta técnica están adjuntas a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la Oferta. 4. Que la oferta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la Oferta, suscripción y ejecución del contrato y que en consecuencia, de resultar adjudicatario no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos. 5. Que en caso de resultar adjudicatario, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los Documentos del Proceso. 6. Que en caso de resultar adjudicatario, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los Documentos del Proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido. 7. Que manifiesto que el Proponente está a paz y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales. 8. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.

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9. Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en: Persona de contacto [Nombre] Dirección [Dirección de la compañía] Teléfono [Teléfono de la compañía] Celular e-mail [Dirección de correo electrónico de la compañía] 10. La vigencia de la presente Oferta es de noventa días (90) calendario. ________________________________ Firma representante legal del Proponente Nombre: Cargo: Documento de Identidad

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ANEXO 6 FORMATO DE OFERTA ECONÓMICA.

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________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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ANEXO 7 PERSONAL.

PROCESO DE CONTRATACIÓN 0XX

PROFESIÓN

FECHA DE EXPEDICIÓN

DE LA TARJETA

PROFESIONAL

TIEMPO DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

EXPERIENCIA 1 EXPERIENCIA 2

Desde Hasta Total Desde Hasta Total

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ANEXO 8 FORMATO DE CERTIFICADO DE PAGO DE APORTES

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ANEXO 9 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSAL DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD

CERTIFICADO DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA, de de 2015 Señores MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA. Conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con las Leyes: 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, Decreto 1510 de 2013 y demás normas sobre la materia. Así como las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en los artículos 26 numeral 7o. y 52 y los efectos legales consagrados en el Artículo 44 numeral 1o del Estatuto Contractual. Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento. La presente certificación se suscribe bajo la gravedad de juramento Dado en MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA de a los del mes del 20

______________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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ANEXO 10 MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO O UNIONES TEMPORALES

MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO

Señores MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA REFERENCIA: Licitación Pública No.

Los suscritos, y _, debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de y , manifestamos que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en la Selección _____________, cuyo objeto es _, y por lo tanto, expresamos: 1. El CONSORCIO (INDICAR NOMBRE QUE SE LE DARÁ AL CONSORCIO), está integrado por: NOMBRE PARTICIPACIÓN (*) (%)

(*) La suma de los porcentajes de participación debe ser igual a 100. 2. La duración de este XXXXX (consorcio o unión temporal) será igual al término del contrato más el tiempo de duración de la póliza de estabilidad y un año más 3. La responsabilidad de los integrantes del XXXXX (consorcio o unión temporal) es solidaria, ilimitada y mancomunada. 4. El representante del XXXXX (consorcio o unión temporal) _, identificado con Cédula No. , quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta, y en caso de salir favorecidos con la adjudicación, firmar el contrato y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto a la ejecución y liquidación del mismo, con amplias y suficientes facultades. 5. El porcentaje de participación es el siguiente: a) b) c) (El porcentaje de participación es de mínimo el 15%) 6. El domicilio es:

Dirección: Teléfono: Celular:

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Fax: Ciudad: En constancia, se firma en , a los días del mes de de ______ .

_________________________________________________________________

(Nombre y firma de la persona natural, o nombre y firma del representante legal de la persona jurídica de cada uno para los integrantes del CONSORCIO)

_______________________________________________________ (Nombre y firma del representante del CONSORCIO)

Nota: Debido a la existencia de proveedores y servicios con los siguientes nombres, se solicita a los proponentes que vayan a presentarse como consorcio o unión temporal; NO UTILIZAR los siguientes nombres; pues no serán inscritos en EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA y por lo tanto no podrán cumplir con los requisitos para la legalización del contrato; frente a lo cual EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA no asume responsabilidad alguna: -CONSORCIO MUNICPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA - CARIBE – -UNIÓN TEMPORAL MUNICPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA - CARIBE – -CONSORCIO ACUEDUCTO -CONSORCIO OPTIMIZACIÓN -UNIÓN TEMPORAL ACUEDUCTO -UNIÓN TEMPORAL OPTIMIZACIÓN Y todos aquellos nombres relacionados con “obras EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA” que pudieren resultar homónimos dentro de cualquier proceso que se adelante por parte de MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA.

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ANEXO 11 CERTIFICADO DE BIENES Y/O SERVICIOS DE ORIGEN NACIONAL

Ciudad y fecha Señores MUNICIPIO DE CIÉNAGA MAGDALENA Ciudad ASUNTO: Certificación de bienes y/o servicios de origen nacional Yo identificado con cédula de ciudadanía y representante legal de ____________, declaro bajo gravedad de juramento que los bienes y/o servicios que se destinarán para la ejecución del objeto contractual corresponden a los siguientes porcentajes:

Concepto Nacional Extranjero Bienes y/o servicios

Lo anterior de conformidad con lo establecido en la Ley 816 de 2003 y en los decretos 2680 de 2009. Atentamente,

___________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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ANEXO 12 CONSTANCIA DE COMPROMISO PERSONAL

CONSTANCIA COMPROMISO PERSONAL FECHA

Nombre Cédula Cargo o funciones a desempeñar en el proyecto (Según pliego)

Título Universitario N° de Tarjeta o Matrícula Profesional Teléfono Número de años de experiencia General (Según Pliego de Condiciones)

Número de años de experiencia específica o relacionada según requerimiento del pliego (sólo la que posea certificado)

Dedicación (Colocar 100% o 50%

según el caso)

El(la) suscrito(a) por medio del presente documento me comprometo a prestar mis servicios como _al proponente:

Dentro del Concurso de Méritos N° de _, cuyo objeto es _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Así mismo, autorizo al proponente a presentar y utilizar mi hoja de vida en este proceso. Firma:

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ANEXO 13

ANEXO XXX

RELACIÓN DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN CON ENTIDADES ESTATALES Y PRIVADAS PARA CALCULAR CAPACIDAD RESIDUAL (KR)

CONTRATO N° (1)

OBJETO DEL CONTRATO

CONTRAT ANTE

FECHA DE INICIO DEL CONTRATO

PLAZ

O (MESE

S)

VALOR TOTAL

DEL CONTRAT

O

FORMA DE EJECUCIÓN

(2)

% DE PARTICIPACIÓ

N (3)

VALOR DEL CONTRATO Según % de

participación que le

corresponde (4)

ESTÁ SUPENDIDO

? SI/NO

Fecha suspensión

(dd-mm- aaaa)

(1) Incluir los contratos que se encuentren suspendidos y/o en ejecución (Con entidades estatales y privadas) (2) Indicar si el contrato se ejecuta en forma individual (I), en Consorcio ( C ) o Unión Temporal (UT) (3) Si es oferente único: 100% (4) Valor que corresponde al proponente, en forma individual o según el porcentaje de participación El formulario debe ser diligenciado en su totalidad. La información incompleta o inconsistente no será tenida en cuenta para la verificación. ____________________________ _________________________

Firma del revisor fiscal o Firma del Representante Legal

Contador Nombre:

Nombre: Número de tarjeta profesional: Anexo: Copia de la tarjeta profesional y del certificado de vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios de la Junta Central de Contadores

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ANEXO 13.1

CERTIFICACIÓN DE CONTRATOS PARA ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA

Oferente:

Contratos relacionados con la actividad de la construcción - segmento 72

Clasificador UNSPSC

Participación del proponente en el contratista plural

Valor total de los contratos terminados (valor del contrato ponderado por

la participación e pesos colombianos)

TOTAL

En constancia de lo anterior firmo este documento a los XXX días del mes de XXXX de 2015. ______________________________________ Firma del Representante Legal del Oferente Nombre: Cargo: Documento de Identidad: Los representantes de los integrantes del Oferente plural deben suscribir cada uno el presente documento.

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ANEXO 13.2

CERTIFICACIÓN DE LA CAPACIDAD TÉCNICA

Oferente:

Nombre del socio y/o profesional de la arquitectura,

ingeniería o geología

Profesión

N° de matrícula profesional

Número y año del Contrato laboral o de prestación de

servicios profesionales

Vigencia del contrato

En constancia de lo anterior firmo este documento a los XXX días del mes de XXXX de 2015. _______________________________________ _________________________________ Firma representante del auditor o revisor fiscal Firma Representante Legal del oferente

Nombre: Nombre: Cargo: Cargo: Documento de identidad: Documento de Identidad:

Los representantes de los integrantes del Oferente plural deben suscribir cada uno el presente documento.

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ANEXO 14 MINUTA CONTRACTUAL Contrato de Obra Pública para la ejecución del proyecto “xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx“, con número de

contrato___________de 2015, celebrado entre el Ccontratante y el contratista

__________________________ CONTRATANTE: MUNICIPIO DE CIÉNAGA

NIT XXX Representante Legal XXX OBJETO: xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. VALOR: $xxxxxINCLUIDO AU DURACIÓN: CIENTO OCHENTA DÍAS CALENDARIO Entre los suscritos: LUIS TETE SAMPER identificada con cédula número XX.XXX.XX, expedida en XXXXX en su

calidad de ALCALDE DE CIÉNAGA, quien en adelante para este contrato se llamará EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA y por la otra XXXXX identificado con la cédula de ciudadanía XXXXX, expedida en XXXXX en calidad de la empresa XXXXXXX con Nit XXXXXXX y matrícula mercantil número XXXXXX, quien para los efectos del presente contrato se denominará el contratista parte, que en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha convenido celebrar el presente contrato luego de la Adjudicación de la LICITACION PUBLICA No. _____ DE 2015, teniendo en cuenta las

siguientes consideraciones: I. LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE CIÉNAGA pretende garantizar el acceso y la permanencia de niñas, niños, jóvenes y adultos de CIÉNAGA a un sistema educativo caracterizado por la calidad, la eficiencia, la efectividad y la pertinencia, que forme ciudadanos comprometidos con su ciudad, su región y el país, para la construcción de una sociedad democrática, incluyente, equitativa y productiva”, y el contrato a suscribir se relaciona con la referida misión II. Que la necesidad a satisfacer por parte de la Secretaria De Infraestructura Y Desarrollo Económico Sostenible. Este proyecto es de vital importancia para lograr mejorar las condiciones de infraestructura vial del casco urbano del municipio, teniendo en cuenta que si se requiere promover la competitividad se requiere de oferta para la ejecución y puesta en funcionamiento del mercado público de Ciénaga que acabe con la aglomeración de vendedores en los espacios públicos de las vías adyacentes a este sitio emblemático del municipio de ciénaga, es por esta razón que se pretende la terminación de esta obra. III. Que el presente contratista se seleccionó por medio de una Licitación publica, identificada con el N° 001 DE 2015. IV. Que la propuesta del Proponente resultó como la ganadora del proceso de selección dado que cumplió con

las condiciones y requisitos exigidos en el pliego de condiciones y en el (los) anexo (s) técnico(s) en el proceso número 001 DE 2015. V. Que por medio de la Resolución del día del mes de del 2015 la Oficina jurídica adjudicó el proceso de Licitación número 0____ DE 2015 al Proponente________ . Por lo anterior, las partes celebran el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

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PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es . En consecuencia EL CONTRATISTA se compromete para con EL MUNICIPIO a desarrollar en su totalidad el objeto del contrato, de

conformidad con el pliego de condiciones y sus documentos anexos, las especificaciones técnicas y la propuesta presentada por EL CONTRATISTA y aceptada por EL MUNICIPIO, los cuales hacen parte integrante del contrato. PARÁGRAFO 1: Los ítems y cantidades de obra a ejecutar en desarrollo del presente contrato son los indicados en la propuesta presentada por EL CONTRATISTA, la cual se considera parte esencial del presente contrato y que se

anexan al mismo con el fin de establecer con claridad ítems, cantidades, valores unitarios y valores totales por actividad y por institución a atender. PARÁGRAFO 2: En desarrollo del objeto contractual, el contratista deberá realizar:

SEGUNDA: DEFINICIONES. Las expresiones utilizadas en el presente Contrato con mayúscula inicial deben ser

entendidas con el significado que se asigna a continuación. Los términos definidos son utilizados en singular y en plural de acuerdo con el contexto en el cual son utilizados. Otros términos utilizados con mayúscula inicial deben ser entendidos de acuerdo con la definición contenida en el Decreto 1510 de 2013 o en el pliego. De condiciones. Los términos no definidos en los documentos referenciados o en la presente cláusula, deben entenderse de acuerdo con su significado natural y obvio. Definiciones

Acta de Inicio Documento que registra la fecha, las condiciones y el lugar de inicio de ejecución de la obra objeto del contrato.

Acta de Entrega Definitiva Documento que registra la fecha y las condiciones de entrega definitivas de la obra.

Acta de Obra Documento en el que El CONTRATISTA y el interventor o supervisor dejarán consignadas las cantidades, el porcentaje o en general, el desarrollo de obra realmente ejecutadas.

Anexo Conjunto de formatos y documentos que se adjuntan al presente Contrato.

Anticipo

Entrega de dinero por parte de EL MUNICIPIO al EL CONTRATISTA para que inicie la ejecución del contrato en calidad de préstamo que será pagado mediante la amortización del mismo en cada Acta de Obra. No constituye utilidad o ganancia para el contratista y debe administrase de acuerdo con la Ley.

Aportes Parafiscales

Gravámenes establecidos con carácter obligatorio por la Ley, que afectan a un determinado y único grupo social y económico, y se utilizan para beneficio del propio sector. El manejo, administración y ejecución de estos recursos se hará exclusivamente en la forma dispuesta en la ley que los crea y se destinarán sólo al objeto previsto en ella, lo mismo que los rendimientos y excedentes financieros que resulten al cierre del ejercicio contable.

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Caducidad Cláusula excepcional reglada inicialmente en el artículo 18 de la Ley 80 de 1993.

Cláusulas Excepcionales Cláusulas de modificación unilateral, interpretación unilateral, terminación unilateral del contrato y caducidad.

Contratista Adjudicatario del proceso de selección de contratistas y que suscribe el contrato.

Contrato

Presente acuerdo de voluntades, que se celebra de acuerdo con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013, así como cualquier otra norma que las adicione, modifique o complemente. Este acuerdo también se celebra de acuerdo con las normas aplicables del régimen civil y comercial.

Cronograma de Implementación Cronograma presentado por el adjudicatario para realizar y llevar a cabo el presente contrato.

Día(s) Calendario Cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata de un Día Hábil o No hábil.

Día(s) Hábil(es)

Es cualquier día comprendido entre los lunes y los viernes (ambos inclusive) de cada semana, excluyendo de éstos los días sábados y los días feriados determinados por ley en la República de Colombia.

Día(s) No Hábil(es) Se entenderán de conformidad con el Código de Régimen Político y Municipal.

Documentos del Proceso

Son (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las Adendas; (e) las observaciones y sus respuestas; (f) la oferta; (g) el informe de evaluación; (h) el Contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación.

Estimación del Riesgo Es la valoración del Riesgo en términos monetarios o porcentuales.

Etapas del Contrato

Son las fases en las que se divide la ejecución del contrato, teniendo en cuenta las actividades propias de cada una de ellas las cuales pueden ser utilizadas por la Entidad para estructurar las garantías del contrato.

Interpretación Unilateral Es la cláusula excepcional reglada inicialmente en el artículo 15 de la Ley 80 de 1993.

Modificación Unilateral Es la cláusula excepcional reglada inicialmente en el artículo 16 de la Ley 80 de 1993.

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Multa

Facultad excepcional de la Entidad Contratante para imponer una sanción al contratista por el incumplimiento del contrato. El objetivo de esta sanción es la conminación al contratista para que ejecute y termine el contrato, y por ende, no será aplicable cuando se aplique la cláusula de caducidad o terminación unilateral del contrato.

Obras Adicionales

Son aquellas obras, no pactadas inicialmente, que deben ejecutarse para cumplir con el objeto de la obra. Deben estar directamente relacionadas con el objeto contractualmente pactado.

Período Contractual Es cada una de las fracciones temporales en las que se divide la ejecución del contrato.

Pesos Colombianos, Pesos o $ Es la moneda de curso legal en la República de Colombia.

Pliego de Condiciones

Es el conjunto de normas y documentos que rigieron el proceso de selección del contratista. En estos, se señalaron las condiciones objetivas de tipo económico, técnico y jurídico, así como los plazos y procedimientos dentro de los cuales los Proponentes formularon su Propuesta para participar y en donde el Adjudicatario resultó como ganador.

Proceso de Contratación

Es el conjunto de actos y actividades, y su secuencia, adelantadas por la Entidad Estatal desde la planeación hasta el vencimiento de las garantías de calidad, estabilidad y mantenimiento, o las condiciones de disposición final o recuperación ambiental de las obras o bienes o el vencimiento del plazo, lo que ocurra más tarde.

Proceso Sancionatorio Procedimiento para la imposición de multas, sanciones o declarar el incumplimiento contractual, de acuerdo con el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011,

Riesgo Es el evento que puede generar efectos adversos y de distinta magnitud en el logro de los objetivos del Proceso de Contratación o en la ejecución de un Contrato.

Secop Es el Sistema Electrónico para la Contratación Pública al que se refiere el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007.

TERCERA: ALCANCE DEL OBJETO DEL CONTRATO. El Contratista se obliga a cumplir con lo previsto en el

Anexo técnico del Pliego de Condiciones. CUARTA: VALOR. El valor del presente contrato asciende a la suma INCLUIDO AIU A PRECIOS UNITARIOS FIJOS NO REAJUSTABLES y todos los impuestos, gastos, costos que se generen para el

contratista con relación a la legalización y ejecución del objeto del contrato; contribuciones a las que haya lugar; así como también incluye el valor correspondiente a Administración, Utilidades y demás costos que se generen con ocasión del contrato. PARÁGRAFO 1: Los precios unitarios presentados por el contratista para la ejecución del contrato, se consideran fijos

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y no reajustables. En consecuencia no se procederá al reajuste de los mismos exceptuando los eventos debidamente probados y acreditados de desequilibrio contractual manifiesto. PARÁGRAFO 2: Al momento de efectuar los respectivos pagos, se actualizará el monto entregado de acuerdo con

Índice de Costos de la Construcción Pesada (ICCP). QUINTA: FORMA DE PAGO. El MUNICIPIO pagará el valor del contrato por el sistema de precios unitarios fijos no reajustables, en actas parciales de obra efectivamente ejecutada previa presentación de las respectivas actas de obra elaboradas por el CONTRATISTA y aprobadas por el Interventor o Supervisor. En todo caso, el 10% del valor del contrato se pagará luego de la suscripción del acta de recibo a entera satisfacción por parte de la interventoría o supervisión del contrato y la ejecución del 100% de las obras contratadas. PARÁGRAFO 1: Las actas de obra deberán ser presentadas dentro de los diez (10) días calendario

siguientes al mes en que se ejecutaron los trabajos, acompañadas de la respectiva factura de venta o documento equivalente según corresponda, en original y copia, la cual debe cumplir, como mínimo, los requisitos de las normas fiscales establecidas en el artículo 617 del Estatuto Tributario y Decreto 522 de 2003. La fecha del documento de cobro debe corresponder al mes de su elaboración y en ella constará el número del contrato, el concepto del bien o servicio que se está cobrando, la dependencia responsable y el nombre del interventor designado o funcionario responsable. La recepción de las facturas y documentos equivalentes se hará a Secretaría de Hacienda, la cual establece que dichos documentos se recibirán en la Unidad de Contaduría hasta el día 16 del mes respectivo. Cuando éste no sea día laborable, el plazo se extiende hasta el primer día hábil siguiente, por lo tanto, dichos documentos deben ser entregados en la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE. Por lo menos, con un día de antelación. Así mismo, la Interventoría o el Supervisor del contrato, establecerá un cronograma de recepción y revisión de los documentos soporte de pago, el cual se ajustara en todo caso a la resolución emitida por la Secretaria de Hacienda. PARÁGRAFO 2: El pago de las actas de obra debidamente aprobadas se hará de conformidad con lo dispuesto

en el Artículo 2o. de la Resolución 239 del 8 de junio de 2004, expedida por el COMFIS, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de radicación de las mismas en la Subsecretaría de Tesorería, a través de transferencia electrónica o consignación, previa presentación de la orden de pago debidamente diligenciada y soportada, y certificación de la Interventoría o Supervisión del contrato de haber recibido el trabajo a satisfacción. PARÁGRAFO 3: Como requisito previo para la autorización de cada Acta de Pago, el contratista deberá acreditar

que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como parafiscales (SENA, ICBF, Cajas de Compensación Familiar, etc.), de todas y cada una de las personas que sean contratadas por el contratista, así como también el paz y salvo correspondiente a la entidad. PARÁGRAFO 4: Si durante la ejecución del contrato ocurren cambios o modificaciones en la normatividad tributaria que afecten al CONTRATISTA respecto de las deducciones pertinentes, deberán ser informados a EL MUNICIPIO

oportunamente. PARÁGRAFO 5: Si EL CONTRATISTA no se encuentra a paz y salvo con EL MUNICIPIO de CIÉNAGA, con la suscripción del contrato o deba realizar algún reintegro, autoriza para que la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente y sin previo aviso realice el correspondiente cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. SEXTA: IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES. Con relación a las retenciones en la fuente a título de los

diferentes impuestos nacionales, departamentales o municipales, la Administración procederá de conformidad con la normatividad tributaria vigente dependiendo del objeto del contrato y la calidad del contribuyente. En caso que no haya lugar a alguna de ellas, deberá indicarse la norma que lo excluye o le otorga la exención.

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Entre los tributos que se tienen establecidos a título enunciativo, se tienen los siguientes:

El Municipio de CIÉNAGA será agente de retención de la estampilla Pro Cultura, creada por el Acuerdo 32 de julio 15 de 2011 del Concejo de CIÉNAGA. Por lo que descontarán al momento de los pagos y pagos anticipados de los contratos y adiciones, el 0.5% del valor pagado antes de IVA. (Lo anterior aplica para aquellos contratos que tengan un valor superior a 1.500 SMLMV, teniendo en cuenta las exclusiones del artículo 7 del mismo acuerdo Municipal).

Estampilla "Universidad de Magdalena de Cara al Tercer Siglo de Labores", creada y modificada mediante los Acuerdos 08 de marzo de 1996, 68 de diciembre de 1997 y 055 de diciembre 20 de 2002 del Concejo de CIÉNAGA, correspondiente al 1.0 % del valor total del contrato, antes de IVA. El Municipio de CIÉNAGA hará el descuento en el pago o pagos del contrato.

EL MUNICIPIO a través de la Secretaría de Hacienda, Unidad de Contaduría, aplicará la retención del 2% por concepto de la estampilla “Para el bienestar del adulto mayor”, al momento de la elaboración de la orden de pago de los contratos y adiciones suscritas, de conformidad con el Decreto Municipal 409 del 23 de febrero de 2010 (aplica para los contratos superiores a 1500 SMMLV).

La retención en la fuente por impuesto de Industria y Comercio, correspondiente al seis por mil (6 x 1000) del valor total del contrato, antes de IVA. En caso de estar exento de este tributo en el Municipio de CIÉNAGA, se deberá aportar copia del acto administrativo mediante el cual se estableció dicha exención.

La Contribución especial de seguridad creada por la Ley 418 de 1997, prorrogada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y 1421 de 2010, consiste en una contribución equivalente al 5% del valor total de los contratos de obra pública, descontada de cada pago realizado al contratista. En todo caso, corresponde al contratista sufragar todos los impuestos que le correspondan de conformidad con la normatividad vigente. SÉPTIMA: DECLARACIONES DEL CONTRATISTA. El contratista hace las siguientes declaraciones: a) Conoce y acepta los Documentos del Proceso. b) Tuvo la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los Documentos del Proceso, y recibió de la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE. Respuesta oportuna a cada una de las solicitudes. c) Quien suscribe el presente Contrato en nombre de EL CONTRATISTA está autorizado para el efecto. d) Conoce, acepta y se obliga a cumplir con el código de ética, así como con la Guía del Contrato de Obra Pública de Colombia Compra Eficiente. e) Conoce las consecuencia de incumplir el compromiso anticorrupción contenido en el Anexo uno del pliego de condiciones. f) EL CONTRATISTA está a paz y salvo con sus obligaciones laborales frente al sistema de seguridad social integral y demás aportes relacionados con las obligaciones laborales. g) El valor del Contrato incluye todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones relacionados con el cumplimiento del objeto del presente contrato. h) EL CONTRATISTA durante la ejecución del presente Contrato realizará todas las actividades necesarias para la ejecución final de la obra, cumpliendo con el cronograma establecido en la cláusula octava del presente contrato. También se compromete a respetar y cumplir con el ordenamiento legal en su integridad. i) EL CONTRATISTA al momento de la celebración del presente contrato no se encuentra en ninguna causal de inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés. OCTAVA: PLAZO DEL CONTRATO Y DE EJECUCIÓN. El contrato estará vigente desde la fecha de su firma por el

término de ejecución del contrato.

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El Cronograma de la Implementación del contrato será el que resulte del plan de implementación, el cual debe estar dentro del cronograma presentado en la propuesta. La fecha de inicio del plazo de ejecución de la obra será la fecha en la cual se suscriba entre las partes el acta de inicio de obra. La fecha de terminación del plazo de ejecución de la obra será la fecha en la cual se suscriba el acta de entrega definitiva de la obra. Para que se pueda realizar la entrega definitiva, el contratista debe cumplir a cabalidad con los compromisos y obligaciones contenidos en el presente contrato. La ausencia o renuencia a suscribir cualquiera de estos documentos, debe interpretarse como un incumplimiento contractual. NOVENA: PAZ Y SALVO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende con la

firma del presente contrato, estar a paz y salvo con El Estado y en particular con el Municipio de CIÉNAGA. Adicionalmente, autoriza para que en la Tesorería de Rentas, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso, hagan cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. DÉCIMA. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA se obliga para con EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA a: A) Desarrollar el objeto del contrato, en las condiciones de calidad, oportunidad, cantidades de obra y obligaciones definidas en el presente contrato, incluyendo su anexo técnico y sus pliegos de condiciones. a.1) En la ejecución de los trabajos que son materia de este contrato, el contratista se ceñirá a las especificaciones, planos y/o detalles suministrados por el interventor o supervisor del contrato. Cuando a juicio de EL CONTRATISTA

sea conveniente variar los planos o las especificaciones, someterá las variaciones junto con los estudios correspondientes al interventor o supervisor explicando las causas que lo justifiquen. Si estas no se aprueban EL CONTRATISTA se sujetará a los planos y especificaciones acordados originalmente. En caso de aprobarlos se procederá al cambio, los ajustes del plazo o de los precios que de ellos puedan desprenderse se convendrán con EL CONTRATISTA y se firmará el acta por las partes.

a.2) Garantizar la calidad de los bienes y servicios prestados, de acuerdo con la oferta presentada la Entidad contratante. B) Los materiales y demás elementos que EL CONTRATISTA suministre para la ejecución de los trabajos que se le encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin a que se le destine. Los materiales que EL CONTRATISTA emplee en la ejecución de los trabajos y que se encuentren deficientes podrán ser rechazados por el

interventor o supervisor cuando no los encontrare convenientemente adecuados. C) Participar a EL MUNICIPIO de cualquier reclamación que indirecta o directamente pueda tener algún efecto sobre

el objeto del contrato o sobre sus obligaciones.

D) Comunicarle a EL MUNICIPIO cualquier cesión, compra o venta de derechos económicos, societarios, políticos o

de cualquier índole, que estén relacionados con el presente contrato. E) Comunicarle a EL MUNICIPIO cualquier circunstancia política, jurídica, social, económica, técnica, ambiental

o de cualquier tipo, que pueda afectar la ejecución del contrato. F) No detener injustificadamente la ejecución de la obra en ningún momento. G) Elaborar, suscribir y presentar ante EL MUNICIPIO, las respectivas Actas de Obra. Estas Actas de Obra deben

estar aprobadas por el Interventor y/o Supervisor del Contrato. H) Entregar el cronograma de entrega de los productos a EL MUNICIPIO, de acuerdo a lo establecido en

este Contrato

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I) EL CONTRATISTA presentará diariamente al interventor o supervisor, el detalle en una planilla de los ítems instalados en cada una de las órdenes ejecutadas con su valoración, de acuerdo con los precios indicados en la propuesta y aceptados por EL MUNICIPIO. i.1) Las obras extras y adicionales deberán ser previamente acordadas entre el interventor o supervisor y EL CONTRATISTA, lo cual se hará constar en actas que suscriban las partes, el valor o los precios unitarios para estas obras deberán ser acordados por ambas partes y aprobadas por EL MUNICIPIO. i.2) EL CONTRATISTA deberá cumplir inmediatamente cualquier orden que dicte por escrito el interventor o

supervisor, si el contratista considera que algunos de los trabajos que se exigen están fuera de los estipulados en el contrato o si considera injusta una orden o decisión podrá objetar dicha orden por escrito con copia durante los primeros diez días calendario. i.3) EL CONTRATISTA debe reparar prontamente, y por su cuenta, cualquier daño o perjuicio que ocasione. J) El día en que se inicien los trabajos EL CONTRATISTA deberá abrir un libro en el cual se anotarán diariamente

los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de la obra, así como las observaciones o sugerencias que haga el Supervisor o el Interventor. En él se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado y relación del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. Cada anotación diaria deberá llevar la fecha y la firma de los ingenieros residentes de EL CONTRATISTA y

del Supervisor o Interventor. El responsable de mantener al día este diario será el Residente de Obra y deberá ser revisado y aprobado por el Supervisor o Interventor. El libro diario de la obra deberá entregarse al Municipio de CIÉNAGA. Una vez finalizados los trabajos. K) EL CONTRATISTA no podrá modificar el personal que fue presentado en la propuesta y que fue aceptado por EL MUNICIPIO. Se exceptúa lo anterior siempre que se cuente con la autorización previa y escrita del supervisor del contrato y que el profesional sea reemplazado por uno con iguales o mejores calidades. L) EL CONTRATISTA deberá emplear personal idóneo y calificado, de manera que la obra se realice en forma

técnica y eficiente. Dicho personal deberá ser fácilmente identificable por la supervisión o interventoría cuando ésta requiera de alguna acción especial del personal a su mando, la cual será de su acatamiento. L.1) El personal que participe en la ejecución de la obra será contratado directamente por EL CONTRATISTA, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes en Colombia, y EL MUNICIPIO no adquiere con él ninguna responsabilidad de vinculación laboral, administrativa, ni de otra índole. L.2) EL MUNICIPIO se reserva el derecho de exigir al CONTRATISTA, y por escrito, el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto, sin que éste adquiera el derecho de elevar reclamos por esta causa. L.3) El Interventor o Supervisor podrá solicitar, en cualquier momento, el suministro de información sobre la nómina del personal asignado a la obra, y EL CONTRATISTA atenderá esta solicitud con el detalle requerido y en el plazo que se le haya fijado. El desacato de cualquiera de estas disposiciones constituye causal de incumplimiento del contrato. M) Los trabajadores que bajo cualquier modalidad contractual emplee o contrate EL CONTRATISTA no adquieren vinculación de ninguna índole con EL MUNICIPIO, por lo tanto corre a cargo de EL CONTRATISTA el pago de los salarios, indemnizaciones, bonificaciones y prestaciones sociales a que ellos tengan derecho, de acuerdo con los precios cotizados.

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M.1) EL CONTRATISTA se obliga a mantener el orden y a emplear personal idóneo con el fin de que las obras se ejecuten en forma técnica y eficiente y se terminen dentro del plazo acordado. M.2) EL CONTRATISTA dará estricto cumplimiento al código sustantivo del trabajo y normas que lo complementan. M.3) EL MUNICIPIO podrá solicitar a EL CONTRATISTA el retiro de cualquier trabajador de las obras sin que por ello EL MUNICIPIO adquiera obligación alguna con el trabajador o con EL CONTRATISTA. N) Cuando para la ejecución del contrato, se requieran labores o desplazamientos a 1.5 metros o más sobre el nivel inferior, EL CONTRATISTA deberá cumplir con lo señalado en el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en

Alturas, establecido en las Resoluciones 3673 de 2008, 0736 de 2009 y la Circular 0070 de 2009 del Ministerio de Protección Social, las Resoluciones del SENA 1486 y 1938 de 2009 y Resolución 1409 de 2012 Ministerio del Trabajo. EL CONTRATISTA, deberá entregar al Interventor o Supervisor designado dentro de los tres (3) días

siguientes a la suscripción del contrato, la siguiente documentación, como requisito previo para el inicio de los trabajos: * Análisis del Precio Unitario (APU) de cada uno de los ítems presentados en la propuesta económica. * Programa de Trabajo * Listado del personal que se empleara en la ejecución de la obra. * Afiliación a la Seguridad Social y Parafiscales de todo el personal que será empleado en la obra * Hoja de Vida del Residente de Obra. * Plan de Calidad. O) EL CONTRATISTA deberá presentar evidencia de un programa de aseguramiento metrológico, de conformidad

con los Decretos 2269 de 1993, 3144 de 2008, 3257 de 2008 y 3735 de 2009. Los requisitos mínimos que deben contener dichas evidencias son: * Evidencia de personal capacitado en las actividades que ejecuta para dar cumplimiento al objeto del contrato. * Hoja de vida de los instrumentos y equipos utilizados en las actividades que se ejecutan para dar cumplimiento al objeto del contrato. * Cronograma de actividades Metrológicas (Mantenimientos preventivos y calibraciones). O.1) Las actividades de traslado y adecuación de las redes de servicios públicos, y en su orden acueducto, alcantarillado, teléfono y energía, podrán ejecutarse alternativamente de acuerdo con la programación de EL CONTRATISTA. El proceso de empalme de los cortes a la reinstalación de cada uno de los servicios no deberá

durar por ningún motivo más de ocho (8) horas y se hará en horas nocturnas. O.2) En todo caso EL CONTRATISTA deberá presentar un programa detallado de la forma como se ejecutará la obra sin perjuicio de que EL MUNICIPIO pueda objetarlo y en forma concertada con EL CONTRATISTA adopte el más conveniente para la comunidad, sin que ello implique más costo para EL MUNICIPIO ni futuras reclamaciones. O.3). EL CONTRATISTA deberá tener en cuenta que los trabajos objeto de este contrato se realizarán evitando al máximo traumatismos e incomodidades al vecindario donde se ejecutará la obra, para lo cual se elaborará un acta de inventario o vecindad conjuntamente con el supervisor o interventor del proyecto y los vecinos afectados. P) Ejecutar las obras de conformidad con lo establecido en el pliego de condiciones y en la propuesta presentada. EL CONTRATISTA asumirá la total responsabilidad por el empleo de los métodos constructivos, los cuales estarán encaminados a obtener los mejores resultados en la obra. Sin embargo, EL MUNICIPIO tendrá en cualquier momento el derecho a ordenar los cambios en los métodos con miras a la seguridad y al avance de la obra o a su coordinación con las obras de otros Contratistas o para obligar a EL CONTRATISTA a ajustarse al Contrato. P.1) Si EL MUNICIPIO así lo requiere, EL CONTRATISTA antes de iniciar cualquier parte de la obra, o en cualquier

momento durante la ejecución de la misma, deberá suministrar con suficiente anticipación toda la información requerida referente a los programas, métodos y procedimientos que utilizará en la ejecución de los trabajos. P.2) La aprobación por parte de EL MUNICIPIO de algún procedimiento o método utilizado por EL CONTRATISTA, así como la aceptación y uso por EL CONTRATISTA de algún procedimiento o método sugerido por EL MUNICIPIO, no significará que EL MUNICIPIO asume algún riesgo o responsabilidad y EL CONTRATISTA no tendrá derecho a reclamo en caso de falla total o parcial o ineficiencia en alguno de los procedimientos anotados. Q) EL CONTRATISTA colocará una valla de acuerdo con las dimensiones y especificaciones que serán

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suministradas por el supervisor o interventor. Su costo no tendrá ítem de pago, deberá asumirlo EL CONTRATISTA. Esta será instalada al momento de iniciar el Contrato y se desmontará 15 días después de haberse recibido los trabajos a satisfacción por parte de EL MUNICIPIO. R) Presentar informes puntuales a la Secretaría, independientemente de los informes de avance, cuando se presenten situaciones que puedan afectar la normal ejecución del contrato y el cumplimiento de los compromisos previstos. S) Reportar la información relacionada con la ejecución del contrato o que tenga incidencia en ella de acuerdo con las reglas del contrato y las normas que lo regulan, cuando sea requerida por EL MUNICIPIO, su interventor o

supervisor, adicionalmente a los informes que regularmente deba presentar. T) Realizar todos los pagos de honorarios, salarios, seguridad social, parafiscales e indemnizaciones que le correspondan de acuerdo con el personal que llegare a emplear en la ejecución del convenio, en las cuantías establecidas por la ley y oportunamente. Bajo ninguna circunstancia el personal o los contratistas que presten sus servicios para el contratista, tendrán vinculación alguna con EL MUNICIPIO o con cualquiera de sus dependencias. Cualquier reclamación que por cualquier motivo surja contra EL CONTRATISTA, será exclusivamente contra este. En consecuencia, EL MUNICIPIO no será llamado a responder por ninguna de las obligaciones adquiridas por EL CONTRATISTA. U) Colaborar con EL MUNICIPIO en cualquier requerimiento que ella haga. V) Mantener indemne a EL MUNICIPIO frente a cualquier reclamación que resultare del cumplimiento de las

obligaciones contractuales o que esté relacionado con el objeto del contrato. W) Facilitar la labor de interventoría o supervisión dando respuesta oportuna a las observaciones o requerimientos que se realicen. X) Destinar los recursos entregados por EL MUNICIPIO únicamente a la ejecución del presente contrato. Y) Realizar máximo dentro de los tres (3) días siguientes a la suscripción del contrato, las gestiones necesarias

para el cumplimiento de los requisitos de ejecución que le correspondan y asumir los costos de éstas. Z) Las demás obligaciones, objetivos y productos señalados en la propuesta presentada por el contratista y que hace parte integral del Contrato.

DÉCIMA PRIMERA: DERECHOS DEL CONTRATISTA. En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA tendrá los siguientes derechos: A) Recibir una remuneración por la obra ejecutada. B) Comunicarle a EL MUNICIPIO los acuerdos que realice y que tengan relación con la ejecución del presente contrato. C) Conocer los respectivos sistemas de comunicación con los que contará EL MUNICIPIO para recibir las comunicaciones producto del presente contrato. D) Conocer, dentro del organigrama de EL MUNICIPIO, los despachos u oficinas que puedan tener alguna injerencia en el presente contrato. E) Conocer con anticipación suficiente a CINCO días hábiles, los procesos sancionatorios o conminatorios iniciados por la Entidad contratante. DÉCIMA SEGUNDA: OBLIGACIONES DE EL MUNICIPIO. EL MUNICIPIO se obliga a:

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A) Ejercer una actividad de vigilancia y control sobre el presente contrato, de manera directa o indirecta a través de la supervisión o la interventoría del contrato quien velará por el cumplimiento de las condiciones contractuales permanentemente y especialmente previamente a cada pago B) Realizar los pagos de conformidad con los términos establecidos siempre que se cumplan las condiciones para ello. C) Procurar en todo momento que se ejecute el objeto del presente Contrato. D) Mantener disponible cualquier sistema de comunicación entre EL MUNICIPIO y EL CONTRATISTA. E) Suministrarle a El Contratista la información necesaria para desarrollar adecuadamente el objeto del contrato. DÉCIMA TERCERA: DERECHOS DE LA ENTIDAD CONTRATANTE: A) Rechazar las Actas de Obra y solicitar las correcciones o modificaciones. B) Hacer uso de las cláusulas excepcionales del contrato. C) Hacer uso de la cláusula de imposición de multas, la cláusula penal o cualquier otro derecho consagrado a EL MUNICIPIO de manera legal o contractual. D) Hacer uso de las cláusulas excepcionales que le autoriza la Ley DÉCIMA CUARTA: RESPONSABILIDAD. EL CONTRATISTA es responsable por el cumplimiento del objeto establecido en la Cláusula 1 del presente Contrato. EL CONTRATISTA será responsable por los daños que

ocasionen sus empleados y/o consultores, los empleados y/o consultores de sus subcontratistas a la Entidad Contratante en la ejecución del objeto del presente Contrato. Ninguna de las partes será responsable frente a la otra o cualquier otra persona por daños especiales, imprevisibles o daños indirectos, interrupción de trabajo, fallos de funcionamiento en el sistema de computación, cualquier otro daño comercial o perdida derivada de fuerza mayor y caso fortuito de acuerdo con la ley o daños punitivos. DÉCIMA QUINTA: TRABAJOS EXTRAS Y ADICIONALES. Se entiende por trabajo extra el que, además de no

estar incluido en los planos de la Convocatoria, ni en las especificaciones, ni en los formularios de cantidades de obra de la propuesta, no puede clasificarse por su naturaleza entre los previstos en estos documentos. El que si pueda serlo, aunque no esté determinado en forma expresa en tales documentos, es trabajo adicional. El trabajo adicional se pagará de acuerdo con los precios unitarios correspondientes establecidos en el contrato. Las obras extras se liquidarán a los precios unitarios que se convengan con EL CONTRATISTA. En los precios unitarios de la

obra extra se tendrán en cuenta los precios comerciales reales de materiales, transportes, equipos y mano de obra. EL MUNICIPIO fija un tope máximo de A.U. para el pago de dichos precios unitarios el cual se determina en el formulario de cantidades de obra. DÉCIMA SEXTA: CAMBIOS DE OBRA. Los cambios de obra se harán mediante un acta suscrita por el Supervisor o Interventor, y EL CONTRATISTA, siempre y cuando no haya modificación al objeto, al valor y al plazo del contrato. Se podrá ordenar cambios de obra dentro del contrato a cargo de la obra ordinaria en las siguientes

circunstancias: * Para compensar ítem deficitados por ítem en superávit. * Para realizar alguna obra necesaria y omitida, por ítem en superávit. * Para mejorar alguna especificación. * En otros eventos que a juicio de EL MUNICIPIO, se mejore la calidad del trabajo. DÉCIMA SÉPTIMA: COORDINACIÓN CON OTROS CONTRATISTAS. EL MUNICIPIO se reserva el derecho de ejecutar otros trabajos dentro de los límites o zonas anexas a las obras que comprende el presente contrato. EL CONTRATISTA en consecuencia deberá permitir a EL MUNICIPIO o a otro contratista depositar equipos,

materiales, instalar personal, etc., además del desarrollo normal e independiente de sus labores. Cualquier conflicto que pueda surgir entre los diversos contratistas en relación con su trabajo deberá ser solucionado o decidido por EL MUNICIPIO. EL CONTRATISTA deberá suspender la ejecución de cualquier parte de los trabajos aquí especificados

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y desarrollados en la forma que le ordene EL MUNICIPIO, cuando tal suspensión o cambio de método sea necesario

para facilitar el trabajo de otros contratistas y ninguna compensación por perjuicios le será concedida. Sin embargo, si la suspensión o cambio de método de trabajo afecta en forma real el tiempo de ejecución de las obras, de común acuerdo entre EL MUNICIPIO y EL CONTRATISTA se convendrá la ampliación del plazo. Cuando alguna parte del trabajo de EL CONTRATISTA dependa del trabajo que esté ejecutando otro, aquél deberá inspeccionar dichas obras e informar AL MUNICIPIO sobre cualquier defecto o demora que pueda afectar su propio trabajo. El incumplimiento de lo anterior implicará la aceptación por parte de EL CONTRATISTA de las obras que estén ejecutando terceros siendo responsable por la obra ejecutada en estas condiciones, con la aceptación de la reparación de cualquier daño posterior que resulte de defectos en la obra de otro Contratista previsibles en el momento de ejecutar el trabajo. DÉCIMA OCTAVA: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Por circunstancias de fuerza mayor o caso

fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables a EL CONTRATISTA o EL MUNICIPIO, que impidan totalmente el trabajo u obliguen a

disminuir notablemente su ritmo. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por EL CONTRATISTA, y en tal evento tendrá

derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra EL MUNICIPIO por no haberlas constituido o mantenido vigentes. DÉCIMA NOVENA: CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR. Las Partes quedan exoneradas de responsabilidad por

el incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones o por la demora en la satisfacción de cualquiera de las prestaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, cuando el incumplimiento sea resultado o consecuencia de la ocurrencia de un evento de fuerza mayor y caso fortuito debidamente invocadas y constatadas de acuerdo con la ley y la jurisprudencia colombiana. PARÁGRAFO 1: Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables a EL CONTRATISTA o EL MUNICIPIO, que impidan totalmente el

trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, tales como, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables a EL CONTRATISTA o a EL MUNICIPIO, u otros similares. PARÁGRAFO 2: La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por EL CONTRATISTA, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato y de la responsabilidad por los daños que sufra EL MUNICIPIO por no haberlas constituido o mantenido vigentes. PARÁGRAFO 3: Los inconvenientes de fuerza mayor deberán informarse a EL MUNICIPIO por el medio más rápido

posible, dentro de las setenta y dos (72) horas siguientes al momento en que hayan iniciado o se hayan presentado. Dentro de los diez (10) días calendario siguientes, EL CONTRATISTA suministrará a EL MUNICIPIO todos los detalles del hecho constitutivo de fuerza mayor y la documentación certificada que la Administración pueda requerir. PARÁGRAFO 4: En el caso de fuerza mayor que afecte el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales, EL CONTRATISTA tendrá derecho únicamente a la ampliación del plazo contractual pero no a indemnización alguna de EL MUNICIPIO.

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PARÁGRAFO 5: Las suspensiones debidas a demoras en la adquisición de los equipos o daños en los mismos, a

circunstancias de ocurrencia común de estos trabajos de la misma naturaleza de las contempladas en este contrato, a huelgas de su personal de trabajadores resultantes de convenios laborales, a la falta de cooperación de EL CONTRATISTA para resolver peticiones justas de sus trabajadores o cualquier otra suspensión que ordene el

interventor o supervisor, por razones técnicas o de seguridad, no se consideran como fuerza mayor y no darán lugar a indemnización ni a ampliación en el plazo estipulado. VIGÉSIMA: INDEPENDENCIA DEL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA es una entidad independiente de la Entidad Estatal contratante, y en consecuencia, EL CONTRATISTA no es su representante, agente o mandatario. EL CONTRATISTA no tiene la facultad de hacer declaraciones, representaciones o compromisos en nombre de EL MUNICIPIO, ni de tomar decisiones o iniciar acciones que generen obligaciones a su cargo. VIGÉSIMA PRIMERA: CESIONES. EL CONTRATISTA no puede ceder parcial ni totalmente sus obligaciones derivadas del presente Contrato sin la autorización previa y por escrito de EL MUNICIPIO. Si EL CONTRATISTA es objeto de una fusión o escisión empresarial o al cambio de control, EL MUNICIPIO tiene derecho a conocer las condiciones de esa operación. En consecuencia, EL CONTRATISTA se obliga a informar oportunamente a EL MUNICIPIO de tal operación y solicitar su consentimiento. Si EL MUNICIPIO considera que la operación pone en riesgo el cumplimiento del Contrato exigirá a EL CONTRATISTA, sus socios o accionistas una

garantía adicional a la prevista en la Cláusula vigésimo cuarta del presente Contrato. Si el Contratista, sus socios o accionistas no entregan esta garantía adicional, EL MUNICIPIO puede válidamente oponerse ante la

autoridad correspondiente a la operación de fusión o escisión empresarial o cambio de control. VIGÉSIMA SEGUNDA: SUBCONTRATOS. EL CONTRATISTA no podrá subcontratar la totalidad del contrato pero

puede subcontratar algunas actividades con cualquier tercero relacionadas con el objeto del presente contrato. Sin embargo, EL CONTRATISTA debe comunicar de estas contrataciones a EL MUNICIPIO y debe tener el debido registro de este tipo de negocios jurídicos. EL CONTRATISTA debe mantener indemne a EL MUNICIPIO de

acuerdo con la Cláusula trigésima. VIGÉSIMA TERCERA: PAGO DE APORTES. De conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, EL CONTRATISTA deberá acreditar el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos

profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de ley, o por el representante legal. VIGÉSIMA CUARTA: GARANTÍAS. EL CONTRATISTA debe presentar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes

a la firma del presente Contrato la garantía de cumplimiento, que debe tener los siguientes amparos, suficiencias y vigencias: Cumplimiento del Contrato: El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los

perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos sean imputables a EL CONTRATISTA garantizado; además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado; por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del Contrato y con una vigencia igual a la del Contrato y seis (6) meses más. Pago de salarios, prestaciones sociales legales e indemnizaciones laborales: Cubrirá a EL MUNICIPIO de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones laborales de EL CONTRATISTA garantizado,

derivadas de la contratación de personal utilizado para la ejecución del contrato amparado, por un valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato y con una vigencia igual a la del Contrato y tres (3) años más.

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Estabilidad y Calidad de la obra: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una

vigencia mínima de cinco (5) años, contados desde la suscripción del Acta de Entrega Definitiva. Responsabilidad civil extracontractual: Por una cuantía equivalente a 200 SMMLV. De conformidad con el artículo 117 del Decreto 1510 de 2013, EL MUNICIPIO debe exigir en los contratos de obra, el otorgamiento de la póliza de

responsabilidad civil extracontractual que la proteja de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de EL CONTRATISTA. Así mismo deberá cubrir los perjuicios ocasionados por eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surjan de las actuaciones, hechos u omisiones de los subcontratistas autorizados o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro propio con el mismo objeto y que el Municipio de CIÉNAGA-SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE. sea la asegurada. La vigencia de la garantía será por el período de ejecución del contrato y seis meses más. Este riesgo solo puede ser amparado por un contrato de seguro suscrito con una compañía aseguradora debidamente certificada por la Superintendencia. Este amparo deberá presentar cláusula de no cancelación o no renovación a noventa (90) días. VIGÉSIMA QUINTA: RESTABLECIMIENTO, REPOSICIÓN O AMPLIACIÓN DE LA GARANTÍA. EL CONTRATISTA está obligado a restablecer o reponer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido o

agotado por razón de las reclamaciones efectuadas. En cualquier evento en que se aumente o adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, EL CONTRATISTA deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia según el caso. El incumplimiento de la obligación de EL CONTRATISTA de mantener la suficiencia de la garantía, facultará al MUNICIPIO DE CIÉNAGA a declarar la caducidad del contrato. VIGÉSIMA SEXTA: MULTAS. En caso de incumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA derivadas del presente Contrato EL MUNICIPIO adelantará el procedimiento establecido en la ley para la imposición de multas y

declaratorias de incumplimiento, de la siguiente manera: a) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a la legalización del contrato, constituir a tiempo la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato. b) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a prorrogar la garantía única de cumplimiento, en cualquiera de sus riesgos amparados, cuando a ello hubiere lugar, el cinco por ciento (5%) del valor del contrato. c) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a iniciar o reanudar la prestación del servicio, según el caso, en la fecha determinada, o por suspensión temporal de la misma sin causa justificada o por causas imputables al Contratista, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato por cada día de mora, sin superar el diez por ciento (10%) del valor total del mismo. d) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a acatar las órdenes de la Interventoría o del Supervisor para que se corrijan defectos observados en el servicio, o para que se tomen las medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes, el uno por ciento (1%) del valor total del contrato, por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, contado a partir de la fecha en que se haya dado la orden por escrito por parte del Interventor o Supervisor, sin superar el diez por ciento (10%) del valor total del mismo. Esta multa no atenúa las demás atribuciones del Municipio de CIÉNAGA, establecidas en el pliego de condiciones. e) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a suministrar oportunamente el equipo exigido y necesario para el adecuado desarrollo de la prestación del servicio, y por cada día de mora en el cumplimiento de este requisito, el dos por ciento (2%) del valor total del contrato, sin superar el veinte por ciento (20%) del valor total del mismo. f) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar los documentos exigidos para la liquidación del contrato, dentro del plazo establecido para el efecto, según las disposiciones vigentes, el tres por ciento (3%) del valor total del contrato. En este caso, el Municipio elaborará la liquidación del contrato. g) Por mora o incumplimiento injustificado de las obligaciones referentes a presentar la información y

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resultados diarios, dentro del plazo establecido para el efecto, el tres por ciento (3%) del valor total del contrato, sin superar veinte por ciento (20%) del valor total del mismo. h) Por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones, que afecte el contrato, el cinco por ciento (5%) del valor total del contrato. i) Por el incumplimiento del pago de aportes al sistema de seguridad social y parafiscales, con base en los salarios presentados en la propuesta, el uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada trabajador, en forma sucesiva hasta que cese el incumplimiento, sin perjuicio de la posibilidad de declarar la caducidad del contrato. PARÁGRAFO 1: Para la imposición de las multas de manera unilateral, EL MUNICIPIO dará aplicación al debido

proceso. PARÁGRAFO 2: Si EL CONTRATISTA incurre en una de las causales de multa, éste autoriza a EL MUNICIPIO para descontar el valor de la misma, la cual se tomará directamente de cualquier suma que se le adeude a EL CONTRATISTA, sin perjuicio de hacer efectiva la cláusula penal o la garantía de cumplimiento del contrato. PARÁGRAFO 3: Una vez declarado el incumplimiento del Contrato por parte de EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA, EL CONTRATISTA autoriza al Municipio de CIÉNAGA para que descuente el valor de las multas directamente de

cualquier suma que le adeude, si la hubiere, o de hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si esto no fuere posible se procederá al cobro coactivo de conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 17 de la Ley 1150 de 2007. VIGÉSIMA SÉPTIMA: CLAUSULA PENAL. En caso de declaratoria de caducidad o de incumplimiento total o parcial de las obligaciones de EL CONTRATISTA establecidas en el presente Contrato, éste deberá pagar a EL MUNICIPIO, a título de cláusula penal, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del Contrato. El valor pactado de la presente cláusula penal equivale a una estimación anticipada de perjuicios, la cual no impedirá el cobro de todos los perjuicios adicionales que se causen sobre el citado valor. Este valor puede ser compensado con los montos que EL MUNICIPIO adeude a EL CONTRATISTA con ocasión de

la ejecución del presente Contrato, de conformidad con las reglas del Código Civil. VIGÉSIMA OCTAVA: TERMINACIÓN, MODIFICACIÓN E INTERPRETACIÓN UNILATERALES DEL CONTRATO. EL MUNICIPIO puede terminar, modificar y/o interpretar unilateralmente el Contrato, de acuerdo con los artículos

15 a 17 de la Ley 80 de 1993, cuando lo considere necesario para que el Contratista cumpla con el objeto del presente contrato. VIGÉSIMO NOVENA: CADUCIDAD. La caducidad, de acuerdo con las disposiciones y procedimientos legamente establecidos, puede ser declarada por EL MUNICIPIO en los siguientes eventos:

A) Paralización de las actividades de obra por un tiempo igual o superior a . B) Paralización del personal de obra por un tiempo igual o superior a . TRIGÉSIMA: INDEMNIDAD. EL CONTRATISTA se obliga a indemnizar a EL MUNICIPIO con ocasión de la violación o el incumplimiento de las declaraciones contenidas en la cláusula séptima, indemnización que no tendrá límite pues tales declaraciones fueron tenidas en cuenta para seleccionar a EL CONTRATISTA. En caso que EL MUNICIPIO verifique la violación o el incumplimiento de las declaraciones contenidas en la cláusula séptima deberá presentar por escrito la reclamación correspondiente a EL CONTRATISTA indicando la forma como considera que la violación o el incumplimiento debe ser solucionado con cargo a EL CONTRATISTA. El Contratista se obliga a mantener indemne a EL MUNICIPIO de cualquier daño o perjuicio originado en

reclamaciones de terceros que tengan como causa sus actuaciones hasta por el monto del daño o perjuicio

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causado y hasta por el valor del presente Contrato. TRIGÉSIMA PRIMERA: IDENTIDAD GRÁFICA ALCALDÍA DE CIÉNAGA. Atendiendo a los lineamientos de la

Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía de CIÉNAGA, la estrategia de comunicación y todas las actividades que de ella se deriven, al igual que las piezas comunicacionales y publicitarias (vallas, plegables, cartillas, afiches, material audiovisual, souvenir, herramientas digitales, entre otros) y los elementos de identificación del personal, sin excepción, deberán ser aprobados por el comunicador representante de dicha dependencia. El manejo de la imagen institucional se hará de acuerdo con los lineamientos del Manual de Identidad Gráfica de la Alcaldía de CIÉNAGA. PARÁGRAFO 1: No se autoriza ninguna publicación por parte de propios o contratistas, sin el visto bueno de la

Dirección de Comunicaciones de la Alcaldía. La elaboración de chalecos, gorras y camisetas está sujeta a la autorización de la Dirección de Comunicaciones, con base en la pertinencia y necesidad de dichas piezas para el evento o proceso. PARÁGRAFO 2: Para efectos de trámites administrativos y autorización de pagos, los interventores o

supervisores sólo procederán cuando se verifique que las publicaciones y materiales producidos corresponden totalmente a los diseños aprobados por la Dirección de Comunicaciones. Para verificar en cada pieza publicitaria:

Limpieza. Textos breves y directos.

Mensajes en positivo. Imágenes que reflejen vida. En el diseño debe manejarse la paleta de colores institucional o consistencia con la misma. Protagonismo claro de la Alcaldía de CIÉNAGA. Las fotos con personas reales o que reflejen nuestra identidad y cultura.

TRIGÉSIMA SEGUNDA: SUPERVISIÓN O INTERVENTORÍA. La supervisión de la ejecución y cumplimiento del

presente contrato está a cargo de la Unidad de Infraestructura, Subsecretaría Administrativa y Financiera de la SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE. La Interventoría o supervisión de este contrato deberá velar por el estricto cumplimiento del objeto contratado, teniendo en cuenta las obligaciones del contrato; ejercerá funciones de vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato y deberá solicitar al EL CONTRATISTA la información y los documentos que considere

necesarios en relación con el desarrollo del mismo; de igual manera, presentará informes de la gestión, actividades realizadas y situaciones existentes en el cumplimiento del objeto del contrato a cargo de EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO 1: EL CONTRATISTA entregará al interventor o supervisor de este contrato, una relación mensual de los montos cancelados y las sumas que debieron ser cotizadas por concepto de aportes a salud, pensión, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, ICBF y SENA si hay lugar a ellos. PARÁGRAFO 2: CONTROL DE EVASIÓN. De conformidad con el artículo 41 de la Ley 80 de 1993, modificado por la Ley 1150 de 2007, EL CONTRATISTA deberá cumplir y acreditar sus obligaciones frente al

Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, Sena e ICBF); que en todo caso no será inferior a los seis (6) meses anteriores a la celebración del presente contrato. Tal acreditación, la hará EL CONTRATISTA mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal cuando exista de acuerdo con los

requerimientos de ley, o por el Representante Legal de la Persona. El incumplimiento de esta obligación será causal para la imposición de multas sucesivas hasta tanto se dé el cumplimiento, previa verificación de la mora mediante liquidación efectuada por la entidad administradora. Cuando durante la ejecución del contrato o a la fecha de su liquidación se observe la persistencia de este incumplimiento, por dos (2) meses, la entidad estatal dará aplicación a

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la cláusula excepcional de caducidad administrativa. PARÁGRAFO 3: El interventor o supervisor del contrato tendrá la facultad de realizar ajustes o modificaciones a los aspectos técnicos del objeto del contrato a solicitud de EL CONTRATISTA, previa justificación y estudio ante el

comité de contratación, siempre que las modificaciones solicitadas no impliquen alteración al objeto del contrato y no se afecte la ecuación económica del mismo. PARÁGRAFO 4: El Interventor o supervisor podrá ser sustituido en cualquier momento por el SECRETARIA

respectivo. En este evento el Interventor o supervisor sustituido deberá presentar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la sustitución, el informe de su gestión. PARÁGRAFO 5: Si en desarrollo del objeto del contrato se requiere la compra de bienes muebles no consumibles, el interventor o supervisor deberá garantizar que previo a la entrega de los mismos, se agote el procedimiento de marcación a cargo de la Unidad de Bienes Muebles. Para tal efecto, entiéndase por bienes no consumibles,

aquellos que no tienen una duración predeterminada, es decir que no se consumen por el primer uso que se hace de ellos, siendo susceptibles de reintegro o devolución. De no agotarse el referido procedimiento, se entenderá que no hubo recibo a satisfacción.

TRIGÉSIMA TERCERA: PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN. El presente Contrato requiere para su

perfeccionamiento y ejecución la firma de las Partes, la publicación en el SECOP y la aprobación de la garantía de que trata la Cláusula vigésima cuarta del presente contrato. TRIGÉSIMA CUARTA: IMPUTACIÓN DE GASTOS. Los gastos que demande la legalización del presente contrato correrán a cargo de EL CONTRATISTA y los que implique para EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA el cumplimiento del

mismo se harán con cargo a la respectiva reserva presupuestal. TRIGÉSIMA QUINTA: CONFIDENCIALIDAD. En caso que exista información sujeta a alguna reserva legal, las

Partes deben mantener la confidencialidad de esta información. Para ello, debe comunicar a la otra parte que la información suministrada tiene el carácter de confidencial. TRIGÉSIMA SEXTA: LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO. Posterior a la suscripción del Acta de Entrega Definitiva de la obra, las Partes deben liquidar el Contrato. En caso que EL CONTRATISTA se oponga o no exista un Acta de Entrega Definitiva de la obra, EL MUNICIPIO podrá liquidar unilateralmente el presente Contrato, de acuerdo al

art. 11 de la Ley 1150 de 2007. TRIGÉSIMA SÉPTIMA: REPERCUSIONES LABORALES. EL CONTRATISTA se obliga a título de contratista independiente. EL MUNICIPIO, en consecuencia, no adquiere con él, ni con las personas que ocupe, ningún vínculo

de carácter laboral ni administrativo. TRIGÉSIMA OCTAVA: PAZ Y SALVO. EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad del juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, estar a paz y salvo con EL MUNICIPIO DE CIÉNAGA. Adicionalmente, autoriza para que en la Subsecretaría de Tesorería, en el momento de un pago, automáticamente, sin previo aviso y siempre y cuando no exista Acuerdo de Pago vigente entre EL CONTRATISTA y la

Administración Municipal, hagan cruce de cuentas, para compensar los valores que tenga en mora por cualquier concepto. TRIGÉSIMA NOVENA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES, CESIÓN Y CLÁUSULAS EXCEPCIONALES.

En materia de inhabilidades e incompatibilidades, cesión del contrato y de cláusulas excepcionales al derecho común sobre Terminación, Interpretación y modificaciones unilaterales, de Sometimiento a las Leyes Nacionales y Caducidad aspectos que se entienden inmersos en el presente contrato se regirán por las previsiones de la ley 80

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de 1993, la ley 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios. CUADRAGÉSIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Las controversias o diferencias que surjan entre EL CONTRATISTA y EL MUNICIPIO con ocasión de la firma, ejecución, interpretación, prórroga o terminación del

Contrato serán sometidas a la revisión de las Partes para buscar un arreglo directo en un término no mayor a cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que cualquiera de las Partes comunique por escrito a la otra Parte la existencia de una diferencia, la explique someramente y manifieste la intención de iniciar el procedimiento de que trata la presente cláusula. Las controversias que no pueda ser resuelta de forma directa entre las Partes, se resolverán a través del juez natural del contrato. CUADRAGÉSIMA PRIMERA: AUDITORÍA INTERNA. En ejercicio de la función de auditoría interna, la

Secretaría de Evaluación y Control mediante comunicación suscrita por el SECRETARIA de Despacho o los subsecretarios, podrá requerir de EL CONTRATISTA toda la información relacionada con los aspectos técnicos,

administrativos, financieros y legales del contrato, pudiendo, de ser necesario, inspeccionar los documentos, lugares o sedes donde se ejecute la prestación, según las técnicas de auditoría aplicadas. Los informes de auditoría interna son de uso reservado de la Secretaría de Evaluación y Control, el ordenador del gasto y señor Alcalde. La reticencia de EL CONTRATISTA a atender los requerimientos de la Auditoría Interna serán sujetos de Multa por mora en la entrega

de información. CUADRAGÉSIMA SEGUNDA: NOTIFICACIONES. Los avisos, solicitudes, comunicaciones y notificaciones que

las Partes deban hacer en desarrollo del presente Contrato deben constar por escrito y se entenderán debidamente efectuadas sólo si son entregadas personalmente o por correo electrónico a la persona y a las direcciones indicadas a continuación: Entidad contratante: Municipio de CIÉNAGA. Nombre: XXXXXXXXX. Cargo: A lca l de Mun ic i pa l . Dirección: Carrera 11ª número 8A - 23. Teléfono: 5424 00 00. Correo electrónico: X X X X X X X X X X X X X X X X Contratista

Nombre: Dirección: Teléfono: Correo electrónico: CUADRAGÉSIMA TERCERA: ANEXOS DEL CONTRATO. Los siguientes documentos hacen parte integral del

presente Contrato: Estudios y Documentos Previos. El pliego de condiciones del proceso de la licitación pública 001 de 2015, sus anexos, adendas o cualquier otro Documento del mismo. La oferta presentada por el Contratista. CUADRAGÉSIMA CUARTA: LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL. Las actividades

previstas en el presente Contrato se desarrollarán en las Instituciones Educativas de del Municipio de CIÉNAGA y domicilio contractual es la ciudad de CIÉNAGA.

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Para constancia se firma en la ciudad de CIÉNAGA, a los dieciséis ( ) días del mes de de 2015. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ______________________

ALCALDESA MUNICIPAL Representante Legal _____________________

Contratista

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Apéndice 1 Formato informe de presentación de Ofertas. Proceso de Contratación

PROPONENTE FECHA DE

PRESENT ACIÓN HORA SOBRES Y

FOLIOS FORMA DE PRESENT ACIÓN

Apéndice 2 Formato de verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes y técnicos Mínimos Proceso de Contratación

Requisito

Proponente singular

Verificación inicial Subsanación Verificación final

cumple no

cumple cumple

no cumple

cumple no

cumple

Presentación de la propuesta

Persona natural

Copia de la cédula de ciudadanía del proponente

Copia de la tarjeta profesional que acredite su calidad de ingeniero, Arquitecto o

Arquitecto Constructor o Administrador de Obras Civiles

copia del certificado de vigencia de la tarjeta profesional debidamente otorgado por

el COPNIA

Certificado de cumplimiento de pagos al sistema general de seguridad social

Inhabilidades e incompatibilidades

Garantía de seriedad de la oferta

Registro único tributario

Registro único de proponentes

Listado de contratos en ejecución

Persona jurídica

Presentación de la propuesta

Certificado de existencia y representación legal

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Objeto social

Duración de la persona jurídica

Capacidad del representante legal para suscribir contrato

Carta de abono de la propuesta cuando el representante legal no es Ingeniero Civil, o

Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería o

Administrador de obras civiles

Copia de la tarjeta profesional que quien abona la propuesta que acredite su calidad

de ingeniero, Arquitecto o Arquitecto Constructor o Administrador de Obras Civiles

copia del certificado de vigencia de la tarjeta profesional debidamente otorgado

por el COPNIA

Certificado de cumplimiento de pagos al sistema general de seguridad social

Inhabilidades e incompatibilidades

Garantía de seriedad de la oferta

Registro único tributario

Registro único de proponentes

Listado de contratos en ejecución

Proponente plural

Presentación de la propuesta

Cédula de ciudadanía de quienes conforman el proponente plural

Certificado de existencia y representación legal, cuando uno o varios de los miembros

del proponente plural es persona jurídica

Objeto social de cada uno de los miembros del proponente plural

Duración del proponente plural

Capacidad de quien suscribe los documentos en nombre del Proponente para

suscribir el contrato

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Carta de abono de la propuesta cuando el representante legal no es Ingeniero Civil, o

Arquitecto, o Arquitecto Constructor, o Constructor en Arquitectura e Ingeniería o

Administrador de obras civiles

Copia de la tarjeta profesional que quien abona la propuesta que acredite su calidad

de ingeniero, Arquitecto o Arquitecto Constructor o Administrador de Obras Civiles

copia del certificado de vigencia de la tarjeta profesional debidamente otorgado por

el COPNIA

Certificado de cumplimiento de pagos al sistema general de seguridad social

Inhabilidades e incompatibilidades

Garantía de seriedad de la oferta

Registro único tributario

Registro único de proponentes

Listado de contratos en ejecución

APÉNDICES 3 FORMATO DE INFORMACIÓN PROCESO DE CONTRATACIÓN_____________________________ CAPACIDAD JURÍDICA

Proponente 1 2 3

Proponente singular

Objeto social

Duración de la persona jurídica

Capacidad del representante legal para suscribir contrato

Inhabilidades e incompatibilidades

Proponente plural

Objeto social de los miembros del Proponente plural

Duración del Proponente plural

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Capacidad de quien suscribe los documentos en nombre del Proponente para suscribir el contrato

Inhabilidades e incompatibilidades

CUMPLE/ NO CUMPLE

APÉNDICES 4 FORMATO DE INFORMACIÓN PROCESO DE CONTRATACIÓN_____________________________

Capacidad Financiera

Proponente Capital de Trabajo

Índice de Liquidez

Índice de endeudamiento

Razón de Cobertura de Intereses

Cumple/ No cumple

Capacidad Organizacional

Proponente Rentabilidad sobre Activos

Rentabilidad sobre patrimonio

Cumple / No cumple

EVALUACIÓN ECONÓMICA

PROPONENTE DESCRIPCIÓN PRECIO PUNT AJE ASIGNADO

EVALUACIÓN TÉCNICA

PROPONENTE

(FIRMADO EN ORIGINAL)

LUIS ALBERTO TETE SAMPER ALCALDE MUNICIPAL