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GUATEMALA, MAYO DE 2016 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS MUNICIPALIDAD DE PANAJACHEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIA PERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

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GUATEMALA, MAYO DE 2016

 

 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

          

  MUNICIPALIDAD DE PANAJACHELDEPARTAMENTO DE SOLOLÁ

AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIAPERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

 

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Guatemala, 23 de mayo de 2016

  ProfesorEnio Roberto Urizar BatresAlcalde MunicipalMunicipalidad de PanajachelDepartamento de Sololá  Señor (a)  Alcalde Municipal: En mi calidad de Subcontralor de Calidad de Gasto Publico y en cumplimiento delo  regulado en  la  literal  "k" del artículo 13 de  la Ley Orgánica de  la ContraloríaGeneral  de  Cuentas,  conforme  la  delegación  que  oportunamente  me  fueraotorgada,  hago  de  su  conocimiento  de  manera  oficial  el  informe  de  auditoríarealizado  por  los  auditores  gubernamentales;  que  oportunamente  fueronnombrados  para  el  efecto  y,  quienes  de  conformidad  con  el  artículo  29  de  laprecitada Ley, son responsables del contenido y efectos legales del mismo. Sin otro particular, atentamente. 

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GUATEMALA, MAYO DE 2016

 

 CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS

          

  MUNICIPALIDAD DE PANAJACHELDEPARTAMENTO DE SOLOLÁ

AUDITORÍA FINANCIERA Y PRESUPUESTARIAPERÍODO DEL 01 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2015

 

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     ÍNDICE Página

 1. INFORMACIÓN GENERAL

1.1 Base Legal

1.2 Función

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA

3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA

3.1 Área Financiera

3.1.1 Generales

3.1.2 Específicos

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA

4.1 Área Financiera

4.2 Área Técnica

5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROSASPECTOS EVALUADOS

5.1 Información Financiera y Presupuestaria

5.1.1 Balance General

5.1.2 Estado de Resultados

5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos

5.2 Otros Aspectos

5.2.1 Plan Operativo Anual

5.2.2 Plan Anual de Auditoría

5.2.3 Convenios

5.2.4 Donaciones

5.2.5 Préstamos

5.2.6 Transferencias

5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad

5.3 Estados Financieros

5.3.1 Balance General

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125.3.2 Estado de Resultados

5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos yEgresos5.3.4 Notas a los Estados Financieros

6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA

Hallazgos Relacionados con el Control Interno

Hallazgos Relacionados con el Cumplimiento a Leyes yRegulaciones Aplicables

7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍAANTERIOR

8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODOAUDITADO

9. COMISIÓN DE AUDITORÍA

INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (ANEXOS)

Visión (Anexo 1)Misión (Anexo 2)Estructura Orgánica (Anexo 3)Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Contrato por Fuentede Financiamiento (Anexo 4)Reporte de Ejecución de Obras realizadas por Administración(Anexo 5)Reporte de Ejecución de Proyectos de Inversión Social (ActivoIntangible) (Anexo 6)NombramientoForma Única de EstadísticaFormulario SR1Anexo del Especialista

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1.  2.  3.  

Guatemala, 23 de mayo de 2016

  ProfesorEnio Roberto Urizar BatresAlcalde MunicipalMunicipalidad de PanajachelDepartamento de Sololá  Señor (a)  Alcalde Municipal: El (Los) Auditor (es) Gubernamental (es) designado (s) de conformidad con el (los)Nombramiento  (s)  No.  (s)  DAM-0435-2015  de  fecha  29  de  octubre  de  2015  yDAM-0024-2016 de  fecha 27 de enero de 2016, he (hemos) efectuado auditoríafinanciera y presupuestaria en la Municipalidad de Panajachel, del Departamentode Sololá,  con  el  objetivo  de  evaluar  la  información  financiera  y  presupuestariacontenida en el Balance General, Estado de Resultados y Estado de LiquidaciónPresupuestaria de Ingresos y Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. Nuestro examen incluyó la evaluación de la ejecución presupuestaria de ingresosen  sus  diferentes  conceptos  y  de  egresos  a  nivel  de  programas,  actividades,proyectos,  grupos  y  renglones  presupuestarios  de  gastos,  cuentas  de  activo,pasivo, patrimonio y resultados, mediante la aplicación de pruebas selectivas, deacuerdo a las áreas críticas, considerando la materialidad e importancia relativa delas  mismas,  y  como  resultado  del  trabajo  realizado,  se  detectaron  aspectosimportantes a revelar, los cuales se describen a continuación: HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera

Deficiente documentación de soporteFalta de normativa para el control y distribución de combustiblePréstamos utilizados para un fin diferente al contratado

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1.  

HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO A LEYES YREGULACIONES APLICABLES

Área Financiera

Deficiencia en la distribución de fondos para proyectos de inversión

La  Comisión  de  Auditoría  nombrada  se  integra  por  el  (los)  auditor  (es):  Licda.Judith  Anabella  Cuellar  Lemus  (Coordinador)  y  Lic.  Oscar  Antonio MontenegroFranco (Supervisor).

El (Los) hallazgo (s) que contiene (n) el presente informe, fue (fueron) discutido(s)por la comisión de auditoria con las personas responsables.

Los  comentarios  y  recomendaciones  que  se  determinaron  se  encuentran  endetalle en el informe de auditoría adjunto.   Atentamente,

ÁREA FINANCIERA   

Licda. JUDITH ANABELLA CUELLAR LEMUS

Coordinador Gubernamental

               

Lic. OSCAR ANTONIO MONTENEGRO FRANCO

Supervisor Gubernamental

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Contraloría General de Cuentas 1 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

1. INFORMACIÓN GENERAL 1.1 Base Legal El municipio es una institución autónoma del Derecho Público, tiene personalidadjurídica y capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, para elcumplimiento de sus fines en los términos legalmente establecidos y deconformidad con sus características multiétnicas, pluriculturales y multilingües.

La autoridad del municipio, en representación de sus habitantes, es ejercidamediante el Concejo Municipal, el cual está integrado con el Alcalde, Síndicos yConcejales, electos directamente por sufragio universal y secreto para un períodode cuatro años, pudiendo ser reelectos.

El Alcalde es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes,programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal.

La municipalidad con sus dependencias administrativas, es el ente encargado deprestar y administrar los servicios públicos municipales.

Su ámbito jurídico se encuentra regulado en la Constitución Política de laRepública de Guatemala, artículos 253, 254, 255 y 257 y el Decreto 12-2002 delCongreso de la República de Guatemala, Código Municipal. 1.2 Función El municipio, para la gestión de sus intereses, en el ámbito de sus competencias,puede promover toda clase de actividades económicas, sociales, culturales,ambientales, y prestar cuantos servicios contribuyan a mejorar la calidad de vida,a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la población del municipio.

Entre las competencias propias del municipio se citan las siguientes:

Formular y coordinar políticas, planes y programas relativos al abastecimientodomiciliario de agua; alcantarillado; alumbrado público; mercados; rastros;administración y autorización de cementerios; limpieza y ornato; al tratamiento dedesechos y residuos sólidos; pavimentación de vías urbanas y su mantenimiento;regulación del transporte; gestión de biblioteca, parques y farmacias municipales;servicio de policía municipal; generación de energía eléctrica; delimitación deáreas para el funcionamiento de ciertos establecimientos comerciales;reforestación para la protección de la vida, salud, biodiversidad, recursosnaturales, fuentes de agua y luchar contra el calentamiento global; y otras que lesean trasladadas por el Organismo Ejecutivo.

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Contraloría General de Cuentas 2 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

2. FUNDAMENTO LEGAL DE LA AUDITORÍA La auditoría se realizó con base en:

La Constitución Política de la República de Guatemala, según lo establecido ensus artículos 232 y 241.

El Decreto Número 31-2002. Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas,artículos 2 Ámbito de Competencia y 4 Atribuciones.

El Acuerdo Gubernativo Número 192-2014, Reglamento de la Ley Orgánica de laContraloría General de Cuentas.

Normas de Auditoría del Sector Gubernamental y las Normas Generales deControl Interno, emitidas por la Contraloría General de Cuentas y NormasInternacionales de Auditoría. Nombramiento DAM-0435-2015 de fecha 29 de octubre de 2015 yDAM-0024-2016 de fecha 27 de enero de 2016. 3. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA 3.1 Área Financiera 3.1.1 GeneralesEvaluar la información financiera y presupuestaria contenida en el BalanceGeneral, Estado de Resultados y Estado de Liquidación Presupuestaria deIngresos y Egresos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. 3.1.2 Específicos

Verificar los saldos de las cuentas del Balance General, que por lamaterialidad y naturaleza sean significativos.Verificar los Ingresos y Gastos revelados en el Estado de Resultados.Evaluar que el Presupuesto de Ingresos y Egresos se haya ejecutadoatendiendo a los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia.Evaluar el adecuado cumplimiento de las leyes, reglamentos, normas y otrosaspectos legales aplicables.Evaluar la estructura de control interno, establecida en la entidad.Evaluar que el presupuesto de ingresos y egresos se haya ejecutado deacuerdo al Plan Operativo Anual -POA- y de conformidad con losclasificadores presupuestarios establecidos, cumpliendo con las leyes,

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Contraloría General de Cuentas 3 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

reglamentos, normas y metodologías aplicables.Comprobar que los registros presupuestarios de ingresos y egresos,transacciones administrativas y financieras sean confiables, oportunos yverificables de acuerdo a las normas presupuestarias y contables aplicablesy se encuentren debidamente soportados con la documentación legalcorrespondiente.Verificar que las modificaciones presupuestarias se hayan sometido alproceso legal establecido y contribuyan al cumplimiento de los objetivos ymetas de la entidad.Verificar que las obras de inversión en infraestructura física ejecutadascumplan con los aspectos legales, administrativos y financieros que lasrigen.

4. ALCANCE DE LA AUDITORÍA 4.1 Área Financiera El examen comprendió la revisión selectiva de las operaciones, registros ydocumentación de respaldo presentada por los funcionarios y empleados de laentidad, correspondiente al período comprendido del 01 de enero al 31 dediciembre de 2015, con énfasis en las áreas y cuentas consideradas significativascuantitativamente y, de acuerdo a su naturaleza, determinadas como áreascríticas, incluidas en el Balance General, Estado de Resultados y Estado deLiquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos, como se describe acontinuación:

Del Balance General las cuentas siguientes: Bancos, Propiedad y Planta enOperación, Construcciones en Proceso, Bienes de Uso Común, Activo IntangibleBruto, Gastos del Personal a Pagar, Préstamos internos de largo plazo,Documentos a pagar a largo plazo, Patrimonio, Resultado del Ejercicio,Resultados Acumulados de Ejercicios Anteriores y Transferencias yContribuciones de Capital Recibidas, según muestra seleccionada.

Del Estado de Resultados, en el área de Ingresos, las siguientes cuentas:Transferencias de Capital y del Área de Gastos, Remuneraciones, en ambosrubros, según muestra determinada.

Del Estado de Liquidación de la Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos,del área de Ingresos, los siguientes rubros: Transferencias de Capital, segúnmuestra seleccionada.

Del área de Egresos, los Programas siguientes: 01 Actividades Centrales, según

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

la muestra seleccionada; 11 Servicios Públicos Municipales y Ornato delMunicipio, según la muestra seleccionada y 12 Red Vial en un del total de egresosejecutados, conforme a la muestra seleccionada. Se verificaron los documentoslegales que respaldan las modificaciones presupuestarias para establecer elpresupuesto vigente aprobado para los programas presupuestarios y se verificó elPlan Operativo Anual, así como, el Plan Anual de Auditoria, considerando loseventos relevantes de los Proyectos, Obras y Actividades, así como de los Gruposde Gasto siguientes: 000 Servicios personales, 100 Servicios no personales, 200Materiales y Suministros, 300 Propiedad, Planta y Equipo e Intangible.

Se verificaron los documentos legales que respaldan las modificacionespresupuestarias para establecer el presupuesto vigente aprobado para losprogramas presupuestarios y se verificó el Plan Operativo Anual así como el PlanAnual de Auditoría. 4.2 Área Técnica De conformidad con el Acuerdo No. A-033-2013, de fecha 26 de febrero de 2013,de la Contraloria General de Cuentas, se trasladó solicitud a la Dirección deInfraestructura Pública mediante providencia OF.DAM-905-2015, para auditar elárea técnica de los proyectos detallados en dicha providencia, quienes rendiráninforme por separado. 5. INFORMACIÓN FINANCIERA, PRESUPUESTARIA Y OTROS ASPECTOSEVALUADOS 5.1 Información Financiera y Presupuestaria 5.1.1 Balance General De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Balance Generalque por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: ACTIVOBancosAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta que corresponde 1112 Bancos, presentasaldo de Q457,575.46, la cual está integrada por las cuentas bancarias: CuentaÚnica del Tesoro (pagadora) y Municipalidad de Panajachel, aperturadas en elSistema Bancario Nacional. AnticiposAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta que corresponde 1133 Anticipos, presenta

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Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

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un saldo Q448,252.38, que corresponde a siete proyectos de ejecución de obraspendientes de amortizar, dos correspondientes al período fiscal y cinco a obras dearrastre, según el Balance General. Propiedad y Planta y EquipoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1231 Propiedad y Planta en Operaciónpresenta un saldo de Q12,701,554.04, según el Balance General. Maquinaria y EquipoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1232 Maquinaria y Equipo, presenta unsaldo de Q5,383,551.21, según el Balance General. Tierras y TerrenosAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1233 Tierras y Terrenos, presenta un saldode Q2,740,632.70, según el Balance General Construcciones en ProcesoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1234 Construcciones en Proceso, presentaun saldo de Q12,781,696.85, según el Balance General. Otros Activos FijosAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1237 Otros Activos Fijos, presenta un saldode Q930,977.34, según el Balance General. Bienes de Uso ComúnAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1238 Bienes de Uso Común, presenta unsaldo de Q13,676,249.57, según el Balance General. Activo Intangible BrutoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 1241 Activo Intangible Bruto, presenta unsaldo de Q275,615.47, según el Balance General. PASIVOGastos del Personal a PagarAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 2113 Gastos del Personal a Pagar, presentaun saldo de Q157,217.93, en concepto de Amortización Banco de losTrabajadores, la cantidad de Q9,755.21; Plan de Prestaciones del EmpleadoMunicipal por Q29,350.87; Timbre y Papel Sellado por Q2,028.00; Cuotas InstitutoGuatemalteco de Seguridad Social -I.G.S.S.- por Q109,025.53; Prima de Fianzapor Q431.61; Impuesto Sobre la Renta por Q2,320.25; Impuesto Sobre la Renta-I.S.R.- Sobre Dietas por Q3,456.00 e Impuesto Sobre la Renta -I.S.R.- SobreRelación de Dependencia por Q850.46.

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Contraloría General de Cuentas 6 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

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Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

Prestamos Internos de Largo PlazoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 2232 Préstamos Internos de Largo Plazo,presenta un saldo de Q212,464.60, en concepto de compra de tres camiones pararecolección de desechos sólidos para la Municipalidad por Q50,488.38 yMejoramiento Escuela Preprimaria el Capulin, Cabecera Municipal de Panajachel,Sololá por Q161,976.22. Se realizó hallazgos denominados: Préstamos utilizadospara un fin diferente al contratado y Deficiencia en la distribución de fondos paraproyectos de inversión. Documentos a Pagar a Largo PlazoAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 2221 Documentos a Pagar a Largo Plazo,presenta un saldo de Q173,870.80, en concepto por deuda a Ferreteria yMultimateriales Eben-Ezer por Q151,588.40, por reconocimiento de fecha12-01-2012 firmado entre la Municipalidad y Ferreteria Eben-Ezer, según punto7mo. del acta 101-2011 de fecha 22-12-2011 y con Estación Texaco SanFrancisco por Q22,282.40, correspondiente al último pago de convenio 04-2014. PATRIMONIOResultado del EjercicioAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 3112 Resultado del Ejercicio, presenta unsaldo de -Q10,066,560.87 según el Balance General. Resultados Acumulados de Ejercicios AnterioresAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 3112 Resultados Acumulados de EjerciciosAnteriores, presenta un saldo de -Q54,769,566.72, según el Balance General. Transferencias y Contribuciones de Capital RecibidasAl 31 de diciembre de 2015, la cuenta 3111 Transferencias y Contribuciones deCapital Recibidas, presenta un saldo de Q113,688,679.28 según el BalanceGeneral. Corresponde al período fiscal 2015, Q16,924,711.58. 5.1.2 Estado de Resultados De acuerdo con el alcance de auditoría, se evaluaron cuentas del Estado deResultados que por su importancia fueron seleccionadas, siendo las siguientes: Ingresos TributariosAl 31 de diciembre de 2015 la cuenta 5111 Impuestos Directos, durante el ejerciciofiscal percibió la cantidad de Q991,722.75.

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Contraloría General de Cuentas 7 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

Venta de Bienes y Servicios de la Administración PúblicaAl 31 de diciembre de 2015 la cuenta 5142 Venta de Servicios, durante el ejerciciofiscal percibió la cantidad de Q1,968,399.01. Transferencias Corrientes RecibidasAl 31 de diciembre de 2015 la cuenta 5172 Transferencias Corrientes del SectorPúblico, durante el ejercicio fiscal percibió la cantidad de Q2,767,522.00. GastosGastos CorrientesAl 31 de diciembre de 2015 la cuenta 6111 Remuneraciones, durante el ejerciciofiscal percibió la cantidad de Q4,831,238.38. 5.1.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos En Acta No. 102-2014 de fecha 05 de diciembre de 2014, se aprobó elpresupuesto por Q27,726,005.00, en la cual fue aprobado el presupuesto deingresos y egresos para el período 2015. IngresosEl Presupuesto de Ingresos asignado para el período 2015, asciende a la cantidadde Q27,726,005.00, en la cual se aprobó las modificaciones y ampliaciones por lacantidad de Q7,382,658.26, para un presupuesto vigente de Q35,108,663.26 delos cuales se percibió la cantidad de Q24,319,143.66 (69.27% en relación delpresupuesto vigente), en las diferentes clases de ingresos vigentes: 10 IngresosTributarios, la cantidad de Q1,893,270.00; 11 Ingresos no Tributarios, la cantidadde Q938,700.00; 13 Venta de Bienes y Servicios de la Administración Pública, lacantidad de Q325,930.00; 14 Ingresos de Operación, la cantidad deQ1,592,955.00; 15 Rentas de la Propiedad, la cantidad de Q87,150.00; 16Transferencias Corrientes, la cantidad de Q4,315,225.00 y 17 Transferencias deCapital, la cantidad de Q24,637,103.70, ésta última Clase siendo la representativa,por el 70% del total de ingresos percibidos. El aporte de la Asignación Constitucional y de las asignaciones de leyesespecíficas correspondientes a diciembre de 2015, fueron acreditadas por elMinisterio de Finanzas Públicas durante el mes de enero del año 2016, por unmonto de Q1,519,140.74, según registros del Sistema de Contabilidad Integradapara Gobiernos Locales -SICOIN GL-. El presente aporte no fue evaluado en elproceso de la Auditoría. EgresosEl Presupuesto de Egresos asignado para el período 2015, asciende a la cantidad

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Contraloría General de Cuentas 8 Sistema de Auditoría Gubernamental (SAG)

Municipalidad de Panajachel, Departamento de Sololá

Auditoría Financiera y Presupuestaria Período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2015

de Q27,726,005.00, en la cual se aprobó las modificaciones y ampliaciones por lacantidad de Q7,382,658.26, para un presupuesto vigente de Q35,108,663.26, delos cuales se ejecutó la cantidad de Q25,057,441.65(71.37% en relación delpresupuesto vigente), en los diferentes programas de egresos vigentes: 01Actividades Centrales, la cantidad de Q7,801,734.89; 11 Servicios PúblicosMunicipales y Ornato del Municipio, la cantidad de Q11,567,759.14; 12 ProgramaRed Vial, la cantidad de Q1,884,680.10; 13 Programa de Educación, la cantidadde Q4,565,343.40; 14 Programa de Desarrollo Urbano y Rural, la cantidad deQ174,741.03; 15 Fomento a la Cultura y Deporte, la cantidad de Q1,512,411.00;16 Programa de Ordenamiento y Educación Vial, la cantidad de Q1,157,834.70;17 Gestión de Riesgo Q1,313,655.18; 18 Asistencia Social, la cantidad deQ2,008,396.00 y 99 Partidas no Asignables a Otros Programas, la cantidad deQ3,122,107.82, de los cuales los programas 01, 11, 12 y 13 representan el 79%del total de los egresos ejecutados. La Liquidación presupuestaria del ejercicio fiscal 2015, fue aprobada conforme elAcuerdo del Concejo Municipal, según Acta No. 03-2016 punto del Sexto de fecha11 de enero de 2016. 5.2 Otros Aspectos 5.2.1 Plan Operativo Anual El Plan Operativo Anual, cumplió con ser presentado a la Controlaría General deCuentas, en el plazo establecido. 5.2.2 Plan Anual de Auditoría El Plan Anual de Auditoría Interna, fue autorizado por la máxima autoridad de laMunicipalidad y trasladado a la Contraloría General de Cuentas. Así mismo, fue

SAG-UDAI publicado en . 5.2.3 Convenios Respecto a la revisión del período de 2015, en cuanto a los contratos 01-2015,convenio No.043-2015; 02-2015, convenio No.044-2015; 03-2015, convenioNo.50-2015 y 05-2015, convenio No.75-2015, por trabajar mancomunadamente laComunidad, Municipalidad y CODEDE. Así también, convenio Ferreteria yMultimateriales Eben-Ezer y convenio Estación Texaco San Francisco.

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5.2.4 Donaciones En relación a Donaciones, en el período 2015, no se reportó donacionespercibidas. 5.2.5 Préstamos La Municipalidad en el período 2015 presenta saldo por Q212,464.60 por doscréditos otorgados por Banco de Desarrollo Rural, S.A., números 7445186546para la compra de tres camiones y 7445193454 para Mejoramiento EscuelaPreprimaria el Capulin Cabecera Municipal de Panajachel, ambos proporcionadosen el 2014. Sin embargo, del Crédito 7445186546 para la compra de tres camiones, por unmonto de Q800,000.00, se estableció que después de los vehículos, el saldo de lacuenta escritural de ésta compra fue manipulada, pese a la instrucción delConcejo Municipal de devolver el saldo, sino, utilizado para otras cuentasescriturales. Por esta situación de dejo el señalamiento de "Préstamos utilizadospara un fin diferente al contratado". 5.2.6 Transferencias La Municipalidad en el período 2015 recibió de las entidades del sector público,privado y otras destinados a la ejecución de proyectos de inversión física o social,provenientes de transferencias de capital recibidas por aporte de GobiernoCentral, Consejo de Desarrollo; el monto al 31 de diciembre la cantidad deQ113,688,679.28. 5.2.7 Sistemas Informáticos Utilizados por la Entidad Sistema de Contabilidad IntegradaLos registros de ingresos y egresos se realizan a través del Sistema Integrado deAdministración Financiera -SIAFMUNI- los cuales tienen su origen directamentepor las transacciones que se efectúan en los módulos del Sistema Presupuesto,Contabilidad y Tesorería. Los registros de ingresos y egresos se realizan pormedio del Sistema de Contabilidad Integrada de Gobiernos Locales -SICOIN GL-,siendo una herramienta informática que permite contar con información en tiemporeal. Sistema de Información de Contrataciones y AdquisicionesEn el período, la Municipalidad publicó cinco concursos terminados adjudicados através de GUATECOMPRAS, tres por Cotización, dos por licitación y 120 Número

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de Publicación de GUATECOMPRAS -NPG-., dentro de los cuales están:

No. NOG DESCRIPCIÓN MONTO MODALIDAD ESTATUS

1 E14100762

PAGO DE COMBUSTIBLE PARA PICK UP CENTRO DE ACOPIO,MOTOS, CAMIONES RECOLECTORES DE BASURA, BOMBA DE AGUA,RETROEXCAVADORA, BOMBEROS, LANCHA Y GENERADOR DEPLANTA DE TRATAMIENTO PARA DIFERENTES COMISIONES,RECOLECCION DE BASURA Y LAS DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL. ESTACION FULL GAS FACTURAS 21237,21238, 21239, 21240, 21241, 21242, 21243 Y 21244 SERIE F1 VALOR DEQ.74,317.35

74,317.35

CompraDirecta Terminado

2 E14710935

PAGO POR COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA PICK UP, MOTOS PMT,CAMIONES RECOLECTORES DE BASURA, BOMBA DE AGUA, PLANTA,BOMBEROS, LANCHA Y GENERADOS FAC#26251-26252-26253-26254-26255-26256-26257-26258-26259Q74,315.67

74,315.67

CompraDirecta Terminado

3 E14932644

PAGO POR COMPRA DE COMBUSTIBLE PARA CAMIONESRECOLECTORES DE BASURA, RETROEXCAVADORA,LANCHA,MOTOSPMT, CAMIONETA TERRANO, PICK UP Y APOYO A BOMBEROSVOLUNTARIOS DE PANAJACHEL FAC28051-28052-28053-28054-28055-28056-28057-28058-28059 Q70,048.92

70,048.93

CompraDirecta Terminado

4 E14513234

PAGO DE COMBUSTIBLE PARA PICK UP CENTRO DE ACOPIO,CAMIONETA, MOTOS, CAMIONES RECOLECTORES DE BASURA,BOMBA DE AGUA, RETROEXCAVADORA, BOMBEROS VOLUNTARIOS,LANCHA Y GENERADOR DE PLANTA DE TRATAMIENTO PARADIFERENTES COMISIONES, RECOLECCION DE BASURA Y LASDIFERENTES ACTIVIDADES EN EL MUNICIPIO DE PANAJACHEL.ESTACCION FULL GAS FACTURAS 24374, 24375, 24376, 24377, 24378,24379, 24380, 24381 Y 24382 SERIE F2 VALOR DE Q.60,535.15

60,535.15

CompraDirecta Terminado

5 4009134 MEJORAMIENTO CALLE RANCHO GRANDE 2015 MUNICIPIO DEPANAJACHEL, SOLOLA

599,650.00 Cotización Terminado

En el Municipio de Panajachel, Sololá, solo existe un expendedor de combustible,por tal situación es el único a quien pueden comprar el mismo. Así mismo en larevisión del renglón de combustible, se reveló el hallazgo "Falta de normativa parael control y distribución de combustible". Así tambien, se realizó se evaluó de lasobras que hubo hallazgo por utilizar los saldos de las cuentas escriturales en otrasescriturales, sin regularizar la operación. Sistema Nacional de Inversión PúblicaLos proyectos de la Municipalidad, estan registrados en el Módulo de SeguimientoFísico y Financiero del Sistema Nacional de Inversión Pública -SNIP-, el avancefísico y financiero de los proyectos a su cargo.

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5.3 Estados Financieros 5.3.1 Balance General

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5.3.2 Estado de Resultados

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5.3.3 Estado de Liquidación del Presupuesto de Ingresos y Egresos

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5.3.4 Notas a los Estados Financieros

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6. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CONTROL INTERNO Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiente documentación de soporte CondiciónLos documentos de respaldo de las operaciones de egresos de la Municipalidaden el período, se encuentran con deficiencias en la documentación de respaldo,entre algunas, la factura contable no está debidamente firmada por los integrantesde la comisión de finanzas: síndico y concejal, así mismo algunos gastos nocuenta con la firmas en la orden de compra, en la solicitud; y se pagó traslado demaestros a San Cristóbal de las Casas, de Estados Unidos Mexicanos a través deocho proveedores diferentes y ningún pago cuenta con listado adjunto de losbeneficiarios.

No. CHEQUE/EXPED. MONTO FECHA SINDICO CONCEJAL

1 9496 12,000.00 09/09/2015 NO SI

2 9498 50,483.88 14/09/2015 NO NO

3 9508 11,600.00 17/09/2015 NO SI

4 9509 58,949.00 17/09/2015 NO SI

5 9510 14,625.00 17/09/2015 NO SI

6 9522 13,000.00 21/09/2015 NO SI

7 9528 25,000.00 21/09/2015 NO SI

8 9537 12,840.00 24/09/2015 NO SI

9 9544 10,750.00 24/09/2015 NO SI

10 9561 12,968.86 28/09/2015 NO NO

11 9562 18,526.94 28/09/2015 NO NO

12 9564 10,750.00 28/09/2015 NO SI

13 9572 26,951.00 30/09/2015 NO SI

14 9583 119,930.00 14/10/2015 NO SI

15 9584 101,626.00 14/10/2015 NO SI

16 9585 35,308.72 15/10/2015 NO SI

17 9598 60,000.00 16/10/2015 NO SI

18 9607 28,503.44 19/10/2015 NO NO

19 9624 10,508.93 21/10/2015 NO SI

20 9637 58,568.00 21/10/2015 NO SI

21 9645 33,000.00 28/10/2015 NO SI

22 9647 18,483.21 30/10/2015 NO SI

23 9648 12,938.24 30/10/2015 NO SI

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24 9649 13,616.00 30/10/2015 NO SI

25 9656 10,000.00 30/10/2015 NO SI

26 9657 13,476.27 30/10/2015 NO SI

27 3598 88,200.00 10/11/2015 NO SI

TOTAL 870,603.49

CriterioAcuerdo No. 09-03, de la Contraloría General de Cuentas, que contiene lasNormas Generales de Control Interno, en el numeral 2, Normas Aplicables a losSistemas de Administración General en el sub numeral 2.6 Documentos deRespaldo manifiesta que: "Toda operación que realicen las entidades públicas,cualesquiera que sea su naturaleza, debe contar con la documentación necesariay suficiente que la respalde. La documentación de respaldo promueve latransparencia y debe mostrar que se ha cumplido con los requisitos legales,administrativos, de registro y control de la entidad; por tanto contendrán lainformación adecuada, por cualquier medio que se produzca, para identificar lanaturaleza, finalidad y resultados de cada operación para facilitar su análisis". CausaInobservancia de las normas que regulan la presentación de los documentos derespaldo correspondiente a los egresos que tiene la Municipalidad. EfectoRiesgo de manipulación y falta de validez de los documentos de egresos al noencontrarse los documentos de respaldo debidamente firmado por la comisión y elresponsable competente, repercutiendo en los intereses del patrimonio municipal. RecomendaciónQue el Concejo Municipal gire instrucciones al Director de AdministraciónFinanciera Integrada Municipal y a la Comisión de Finanzas, para que previo aejecutar cualquier pago verifiquen que todos los documentos y facturas reúnan losrequisitos legales correspondientes. Comentario de los ResponsablesEn nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, Julio Felipe Díaz Urízar,Concejal I, Rogelio (S.O.N.) Sahón Chiquirín, Sindico I y Marlon GustavoOsegueda Ramírez, Director de la Dirección de Administración FinancieraIntegrada Municipal, todos fungieron en la administración 2,015, expusieron: "1. Facturas contables no firmadas: Por medio de la Solicitud de fecha 11 de abrildel 2015, requerimos el ingreso a la Municipalidad de Panajachel, específicamentea la DAFIM, con el objeto de validar los expediente de egresos que en sumomento se encontraban sin firmas por miembros de la Comisión de Finanzas,

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señores Julio Felipe Díaz Urízar, Ex Concejal Primero y Rogelio SahónChiquirín,Ex Síndico Primero; de los cheques emitidos que se indican en lacondición del presente hallazgo, correspondientes a los meses de septiembre,octubre y noviembre de 2015. Solicitud que no fue respondida por el Señor Alcaldey miembros del Concejo Municipal Actual. Debido a las limitaciones queencontramos y asegurando que fueron gastos legítimos y aprobados por medio depunto de acta del Concejo Municipal, adjuntamos copia de las EjecucionesCuatrimestrales específicamente la del 3er cuatrimestre 2015 y ejecución deegresos del 01 de septiembre al 31 de diciembre 2015 donde figuran estos gastosy su debida autorización por medio de punto de Acta.El Artículo 43. CompraDirecta del Decreto 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley deContrataciones del Estado, establece: “La contratación que se efectúe en un soloacto, con una misma persona y por un precio de hasta noventa mil Quetzales(Q.90,000.00), se realizará bajo la responsabilidad y autorización previa de laautoridad administrativa superior de la entidad interesada, …”.La literal d) del Artículo 35. Atribuciones generales del Concejo Municipal, DecretoNo. 12-2002, Código Municipal, establece que son atribuciones del ConcejoMunicipal: “El control y fiscalización de los distintos actos del gobierno municipal yde su administración”.La literal f) del Artículo 54. Atribuciones y deberes de síndicos y concejalesDecreto No. 12-2002, Código Municipal, establece que los Síndicos y Concejalestienen las siguientes atribuciones: “Fiscalizar la acción administrativa del alcalde yexigir el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Concejo Municipal”De conformidad con el Artículo 136. Fiscalización, Decreto No. 12-2002, CódigoMunicipal, la fiscalización de ejecución de los recursos municipales corresponde ala Contraloria General de Cuentas.Por lo anterior se considera que no existe obligación ni base legal que establezcaque los miembros de la comisión de finanzas fiscalicen cada uno de los pagos quese efectúan en la Municipalidad, toda vez que los mismos no pueden ser juez yparte en dicho proceso. Todos los gastos efectuados para el cumplimiento de losfines y objetivos de la Municipalidad, son acordados por el Concejo Municipal,desde la aprobación del Presupuesto Municipal,Transferencias correspondientes yEjecución cuatrimestral.2. Órdenes de Compra y Solicitudes no firmadas: Misma limitación que en elnumeral 1 no se tuvo acceso a los archivos de la Municipalidad y se adjuntan losmismos argumentos donde muestra la legitimidad y calidad del gasto que en sumomento se realizó.3. Listado de Maestros beneficiarios al viaje a San Cristóbal de Las Casas,México: En los expedientes de este tipo de eventos se vuelve de sumaimportancia los listado de beneficiarios pues en ellos se coordina la logística acargo de la comisión de educación, y por ello no dudamos que se encontraban encada una de las facturas de pago de los ocho proveedores del servicio detransporte, lamentablemente al momento de realizar la glosa de los documentos

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legítimos de egreso no fueron encontrados en su lugar, los miembros de lacomisión de educación tenían en su poder una copia del listado master connombre y número de credencial extendida en los Estados Unidos Mexicanos elcual adjuntamos a la presente y copia de algunos listados, aclaramos no son todoslos listados de beneficiarios y por lo anterior solicitamos si fuera posible enrelación a tiempo nos demos a la tarea de rehacer dichos listados, ya que losbeneficiados están en la disposición de volverlos a firmar. Además incluimoscartas de algunos establecimientos firmados por sus respectivos directores, dondeconstan que los catedráticos asistieron a dicho evento, también adjuntamos fotosque consta la estancia en el lugar. Como comentario adicional hacemos delconocimiento a la Comisión de Auditoría Financiera y Presupuestaria, que en sumomento la Corporación Municipal 2012-2016 realizamos el proceso deTRANSICION de Gobierno Municipal y en los puntos a tratar en la Agendapactada con ambas Corporaciones se encuentra el tema de EDUCACION y enese momento se hizo del conocimiento de toda información relacionada con laComisión de Educación." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el Concejal I, el Síndico I y el Director de laDirección de Administración Financiera Integrada Municipal del período 2015, ensus argumentos y documentación, no niegan la falta cometida, sino, orientan sudefensa en la responsabilidad por parte de los señalados. Respecto a laresponsabilidad, existe el procedimiento preestablecido que requiere la firma de lacomisión de finanzas, hecho que no fue cumplido, así como la responsabilidad deque la documentación de respaldo sea la necesaria y suficiente, cumpliendo conlos requisitos legales, administrativos, de registro y control de la entidad. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 22, para: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesSINDICO I ROGELIO (S.O.N.) SAHON CHIQUIRIN 6,400.00CONCEJAL I JULIO FELIPE DIAZ URIZAR 6,400.00DIRECTOR DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADAMUNICIPAL

MARLON GUSTAVO OSEGUEDARAMIREZ

8,100.00

Total Q. 20,900.00

Hallazgo No. 2 Falta de normativa para el control y distribución de combustible Condición

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Al revisar los pagos del renglón 262 “Combustibles y lubricantes”, realizados através de la modalidad de compra directa, por un monto de cuatrocientosdiecinueve mil cuatrocientos veinticinco quetzales con sesenta y tres centavos(Q419,425.63), se determinó que existen deficiencias en el manejo decombustible, entre ellas: vales sin firma del Alcalde Municipal, facturas sin firmasde la comisión financiera, despacho de combustible a pick up centro de acopio,motos, camiones recolectores de basura, bomba de agua, retroexcavadora ydemás vehículos, sin control. Se integra el monto de la forma siguiente:

No. NPG DESCRIPCIÓNMONTO EN

Q.

1 E14100762PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 74,317.35

2 E14710935PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 74,315.67

3 E14932644PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 70,048.93

4 E14513234PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 60,535.15

5 E15128644PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 37,319.41

6 E15199975PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 36,467.07

7 E15295761PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 32,438.70

8 E15408809PAGO DE COMBUSTIBLE PARA DIFERENTES ACTIVIDADES EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHEL 33,983.35

TOTAL 419,425.63

CriterioAcuerdo No.09-03, de la Contraloría General de Cuentas, que contiene lasNormas Generales de Control Interno Gubernamental, la norma1, subnumeral 1.10 Manuales de Funciones y Procedimientos. La máximaautoridad de cada ente público debe apoyar y promover la elaboración demanuales de funciones y procedimientos para cada puesto y procesos relativos alas diferentes actividades de la entidad. Los Jefes, Directores y demás Ejecutivosde cada entidad son responsables de que existan manuales, su divulgación ycapacitación al personal, para su adecuada implementación y aplicación de lasfunciones y actividades asignadas a cada puesto de trabajo. Así también, 2.2.Organización Interna de las Entidades, establece: "... Asignación de Funciones yResponsabilidades para cada puesto de trabajo..." CausaFalta de control interno que permita al Alcalde Municipal cumplir con laimplementación del manual especifico de funciones y procedimientos decombustible, así como llevar un control del combustible por parte del Director deAdministración Financiera Integrada Municipal.

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EfectoRiesgo de utilizar el combustible en vehículos particulares para fines no oficiales,en perjuicio de los intereses de la Municipalidad. RecomendaciónQue el Alcalde Municipal gire instrucciones al Director de AdministraciónFinanciera Integrada Municipal, a efecto de gestionar el Manual pertinente, para elapropiado y oportuno despacho del combustible. Comentario de los ResponsablesEn nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, el señor Abrahan (S.O.N.)Mayen Morales, Alcalde Municipal y el señor Marlon Gustavo Osegueda Ramírez,Director de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal, quienesfungieron en la administración 2015, expusieron: "...manifestamos lo siguiente: 1. Vales sin firma del Alcalde Municipal: Por medio de la Solicitud de fecha 11 deabril del 2015, requerimos el ingreso a la Municipalidad de Panajachel,específicamente a la DAFIM, con el objeto de validar los vales de control decombustible que en su momento se encontraban sin firmas por el Señor ExAlcalde Municipal, AbrahanMayén Morales; de los expedientes emitidos que seindican en la condición del presente hallazgo. Solicitud que no fue respondida porel Señor Alcalde y miembros del Concejo Municipal Actual. Debido a laslimitaciones que encontramos y estando seguros que fueron gastos legítimos yaprobados por medio de la Autoridad Superior adjuntamos copia de lasEjecuciones Cuatrimestrales específicamente la del 3er cuatrimestre 2015 puntode acta de autorización del gasto de combustible. 2. Facturas sin firma de la Comisión Financiera: Por medio de la Solicitud de fecha11 de abril del 2015, requerimos el ingreso a la Municipalidad de Panajachel,específicamente a la DAFIM, con el objeto de validar los expediente de egresosque en su momento se encontraban sin firmas por miembros de la Comisión deFinanzas, señores Julio Felipe Díaz Urízar, Ex Concejal Primero y Rogelio SahónChiquirín, Ex Síndico Primero; de los cheques emitidos que se indican en lacondición del presente hallazgo, correspondientes a los meses de septiembre,octubre y noviembre de 2015. Solicitud que no fue respondida por el Señor Alcaldey miembros del Concejo Municipal Actual. Debido a las limitaciones queencontramos y estando seguros que fueron gastos legítimos y aprobados pormedio de la Autoridad Superior adjuntamos copia de las EjecucionesCuatrimestrales específicamente la del 3er cuatrimestre 2015 y ejecución deegresos del 01 de septiembre al 31 de diciembre 2015 donde figuran estos gastosy su debida autorización por medio de punto de Acta. El Artículo 43. CompraDirecta del Decreto 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley deContrataciones del Estado, establece: “La contratación que se efectúe en un soloacto, con una misma persona y por un precio de hasta noventa mil Quetzales(Q.90,000.00), se realizará bajo la responsabilidad y autorización previa de la

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autoridad administrativa superior de la entidad interesada, …”. El resaltado esnuestro. La literal d) del Artículo 35. Atribuciones generales del Concejo Municipal,Decreto No. 12-2002, Código Municipal, establece que son atribuciones delConcejo Municipal: “El control y fiscalización de los distintos actos del gobiernomunicipal y de su administración”. La literal f) del Artículo 54. Atribuciones ydeberes de síndicos y concejales Decreto No. 12-2002, Código Municipal,establece que los Síndicos y Concejales tienen las siguientes atribuciones:“Fiscalizar la acción administrativa del alcalde y exigir el cumplimiento de losacuerdos y resoluciones del Concejo Municipal” De conformidad con el Artículo136. Fiscalización, Decreto No. 12-2002, Código Municipal, la fiscalización deejecución de los recursos municipales corresponde a la Contraloria General deCuentas. Por lo anterior se considera que no existe obligación ni base legal queestablezca que los miembros de la comisión de finanzas fiscalicen cada uno de lospagos que se efectúan en la Municipalidad, toda vez que los mismos no puedenser juez y parte en dicho proceso. Todos los gastos efectuados para elcumplimiento de los fines y objetivos de la Municipalidad, son acordados por elConcejo Municipal, desde la aprobación del Presupuesto Municipal yTransferencias correspondientes. No obstante lo anterior, adjuntamos certificacióndel acta donde se autoriza el gasto de combustible para los vehículos municipales.Se hace la observación de que la mayoría de facturas de combustible, fueronfirmadas por la Comisión, excepto las indicadas en el presente hallazgo. 3. Despacho de combustible a vehículos, sin control: Es de hacer del conocimientode la Auditora Gubernamental, que en la Municipalidad de Panajachel, Sololá, encuanto al manejo del combustible, se llevaban los controles siguientes: 3.1 Vales:que contienen la información siguiente: 1) No. Correlativo, 2) Vale a, 3)Descripción del combustible utilizado, 4) Importe en quetzales, 5) Vehículo, 6)Placa, 7) Solicitante, 8) Destino, 9) Nombre del piloto, 10) Lugar y fecha, 11) Firmadel Solicitante, 12) Vo.Bo. del Alcalde Municipal. 3.2 Cuadro de control del uso delcombustible: Dicho control contiene la siguiente información: 1) No. de vale, 2)Fecha de, 3) Fecha a, 4) Identificación del Vehículo, 5) Placas, 6) Tipo deCombustible, 7) Cantidad de combustible en galones, 8) Precio del combustible, 9)Total pagado y 10) Nombre del conductor.(anexo10). 3.3 Supervisor: Responsabledirecto de que el combustible fuera despachado directamente a los vehículosindicados. Función a cargo del Síndico Primero. Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que los argumentos y documentos, noevidencian la existencia de la normativa señalada. Acciones Legales y AdministrativasSanción económica de conformidad con Ley Orgánica de la Contraloría Generalde Cuentas, Decreto 31-2002, Artículo 39, reformado por el Artículo 67 del Decreto13-2013, Numeral 3, para:

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Cargo Nombre Valor en

QuetzalesALCALDE MUNICIPAL ABRAHAN (S.O.N.) MAYEN MORALES 2,090.00DIRECTOR DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADAMUNICIPAL

MARLON GUSTAVO OSEGUEDARAMIREZ

2,025.00

Total Q. 4,115.00

Hallazgo No. 3 Préstamos utilizados para un fin diferente al contratado CondiciónEn el período del ejercicio fiscal 2,015, la escritural 42-1501-0005-0-0-2 “comprade tres camiones para la recolección de desechos sólidos en el Municipio dePanajachel”, contaba con un saldo de Cuatrocientos quince mil cuatrocientosveintisiete quetzales exactos (Q.415,427.00) proveniente del préstamo otorgadopor BANRURAL a través del Crédito 7445186546, Escritura número ochenta ydos. Así mismo, en Acta Ordinaria ochenta y uno guion dos mil catorce (81-2014),se faculta al Director Financiero la devolución del saldo, para amortizar el capitaldel préstamo. Y se evidenció que se continuó amortizando por el débito mensualde parte de BANRURAL, sin embargo los fondos fueron trasladados para fuentesde funcionamiento, dejando un saldo al 31 de diciembre de 2015 de seis mil treintay cinco quetzales exactos (Q.6,035.00), debiendo tener los cuatrocientos quincemil cuatrocientos veintisiete quetzales exactos (Q.415,427.00). CriterioDecreto Número 89-2002, ARTICULO 6. Principios de probidad, literal d)establece: “La prudencia en la administración de los recursos de las entidades delEstado, y demás entidades descentralizadas y autónomas del mismo.” Acuerdo No. 09-03, de la Contraloría General de Cuentas, que contiene lasNormas Generales de Control Interno, en el numeral 2, Normas Aplicables a losSistemas de Administración General en el sub numeral 2.4 Autorización y registrode operaciones, manifiesta: “Los procedimientos de registro, autorización ycustodia son aplicables a todos los niveles de organización, independientementede que las operaciones sean financieras, administrativas u operativas, de tal formaque cada servidor público cuente con la definición de su campo de competencia yel soporte necesario para rendir cuenta de las responsabilidades inherentes a sucargo.” La Cláusula PRIMERA de la Escritura número ochenta y dos, Contrato de Mutuocon Garantía Prendaria suscrito entre el Banco de Desarrollo Rural y laMunicipalidad de Panajachel, establece en Clausula Primera, “b) DESTINO:Manifiesta el señor ABRAHAN MAYEN MORALES, en la calidad con la que actúa,

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que el crédito otorgado a su representada será invertido en: COMPRA DE TRESCAMIONES PARA LA RECOLECCIÓN DE DESECHOS SÓLIDOS EN ELMUNICIPIO DE PANAJACHÉL, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ,comprometiéndose desde ya en la calidad con que actúa, a destinar el préstamoespecíficamente al fin expuesto”. CausaIncumplimiento a cláusula de contrato de Crédito Bancario, por parte del AlcaldeMunicipal y Director de Administración Financiera Integrada Municipal, así comode la máxima autoridad, concejo Municipal. EfectoRiesgo de utilización de recursos financieros que originalmente fueron concedidospara un fin específico y finalmente se utilizo para otro, ocasionando la falta de ladisponibilidad financiera para cumplir con el debido proceso en su devolución. RecomendaciónQue el Concejo Municipal gire instrucciones al Alcalde Municipal y al Director deAdministración Financiera Integrada Municipal, para que no utilicen los recursosobtenidos por préstamos de entidades financieras para otros fines y que serecupere el monto malversado lo antes posible. Comentario de los ResponsablesEn nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, el señor Abrahan (S.O.N.)Mayen Morales, Alcalde Municipal y el señor Marlon Gustavo Osegueda Ramírez,Director de la Dirección de Administración Financiera Integrada Municipal, quienesfungieron en la administración 2015, expusieron: "Sobre el particular,manifestamos lo siguiente:1. Por medio de Punto TERCERO del Acta No. 41-2014 Ordinaria de fecha 19 demayo de 2014, el Concejo Municipal, por unanimidad ACORDO: Solicitar yaprobar la adquisición de un préstamo con BANRURAL, S.A. por la cantidad deOCHOCIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.800,000.00), para destinarlo a lacompra de Tres camiones para la Recolección de Desechos Sólidos, pagadero enDIECISIETE (17) cuotas mensuales, niveladas y consecutivas que incluyen capitale intereses; y a una Tasa de Interés Anual del ONCE POR CIENTO (11%).Garantía SITUADO CONSTITUCIONAL PARA INVERSION e IMPUESTO ALVALOR AGREGADO PARA INVERSION. OTROS DATOS DEL PRESTAMO:Crédito No. 7445186546. Escritura No. 82 de fecha 24 de julio de 2014. Monto:Q.800,00.00. Primer Desembolso: Q.800,000.00 del 31 de julio de 2014. Forma 7BIngresos Varios, Serie A No. 263590. Saldo al 31 de diciembre de 2015: Q.0.00Capital Cuota Nivelada: Q.50,949.48. Última Cuota: Q.50,951.19. Vencimiento: 20de diciembre de 2015. Estructura Ingresada al Presupuesto: 11-00-001-002-000325 42-1501-0005-0-0-2

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2. El proceso de adquisición, se publico en el Sistema GUATECOMPRAS,identificándose con No. de NOG 3364615 por “Compra de Tres Camiones paraRecolección de Desechos Sólidos para Uso de la Municipalidad de Panajachel”.Por medio de Acta No. 19-2014 de fecha 23 de julio de 2014, se deja constancia,por parte de la Junta la AUSENCIA de ofertas, disponiéndose por medio de PuntoTERCERO del Acta No. 60-2014 de sesiones ordinarias del Concejo Municipal defecha 24 de julio de 2014, la compra por medio del Sistema de Compra Directa.3. Por lo anterior, se procedió, con el préstamo indicado, a la compra de: 1 CamiónMarca KIA, línea K2700 4X4, Doble Cabina. Factura 29349 de AUTOKIA DEGUATEMALA, S. A., por la cantidad de Q.132,085.00. 2 Camiones Marca KIA, año2015, 2 Toneladas. Facturas 29605 y 29606 de AUTOKIA DE GUATEMALA, S. A.,por valor de Q.120,900.00 y Q.120,900.00, respectivamente, para un total deQ.241,800.00.4. Con la compra de los 3 camiones, se dio cumplimiento al objetivo del préstamo,por lo que consideramos que en ningún momento el préstamo bancario fueutilizado para un fin diferente al contratado, como lo reza el título del hallazgoindicado, por consiguiente, con la utilización de dicho saldo, no se vieronafectados empleados, personas, comunidades ni bienes municipales. Por elcontrario, se consideró en su momento, que el mismo podía ser utilizado parasolventar compromisos municipales en beneficio de la comunidad yespecíficamente en beneficio de la educación de la niñez Panajachelense, por loque se procedió a solicitar punto de acta de Autorización para realizar unatrasferencia presupuestaria específicamente trasladar los saldos de dichopréstamo a un proyecto de Inversión que detallamos a continuación (adjuntocopia de la certificación del punto de acta5. Se DEBITO de la estructura: 11 Servicios Públicos Municipales y Ornato delMunicipio 00 Sin Sub Programa 001 Manejo Integral de los Servicios PúblicosMunicipales del Municipio de Panajachel, Sololá 002 Medio Ambiente 000 SinObra Renglón 325 Equipo de Transporte Fuente de Financiamiento42-1501-0005-0-0-2 Se ACREDITO a la estructura: 13 Educación 00 Sin SubPrograma 002 Mejoramiento Escuela Pre Primaria El Capulín, Cabecera Municipalde Panajachel 000 Sin Actividad 001 Mejoramiento Escuela Pre Primaria ElCapulín, Cabecera Municipal de Panajachel Renglón 332 Construcción de BienesNacionales de Uso no Común Fuente de Financiamiento 42-1501-0005-0-0-2 Porlo anterior, se demuestra que no existieron traslados de esos fondos a fuentes deFUNCIONAMIENTO, derivado a que se trasladó del Renglón 325 al 332, ambasdel Grupo 3 Propiedad, Planta, Equipo e Intangible. Se adjunta copia de laEjecución Presupuestaria del Ejercicio 2015, en donde se comprueba el trasladode la cantidad de Q.426,115.006. Además, se efectuó un préstamo entre escriturales, el préstamo se realizó tantoa fuentes de funcionamiento como inversión, sin embargo, esta no fue unaTRANSFERENCIA con la cual se haya dispuesto dejar en forma definitiva, sinsaldo a la Cuenta 42-1501-0005-0-0-2. Lo que se realizó, de acuerdo a lo que

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indica el Acta de Concejo Municipal y Resolución del Comité de Programación dela Ejecución Presupuestaria y Financiera (COPEP MUNICIPAL) fue unPRESTAMO ENTRE ESCRITURALES. De conformidad con el sub numeral2.6.5.3 Modificaciones Presupuestarias del numeral 2. Área de Presupuesto delManual de Administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM- aprobado através del Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 86-2015 de fecha 05 de marzo de2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, las Modificaciones Presupuestarias sonlos movimientos que obedecen al aumento o disminución de los créditospresupuestarios. Dentro de las Modificaciones Presupuestarias se mencionan lasTransferencias, las cuales comprenden los créditos y débitos entre renglonespresupuestarios que no aumentan o disminuyen el presupuesto vigente. Con loanterior se concluye que se dio transferencia presupuestaria de inversión ainversión. El párrafo cuarto del Sub numeral 4.2.4 Cuentas Escriturales delnumeral 4 Área de Tesorería del Manual de Administración Financiera IntegradaMunicipal -MAFIM- aprobado a través del Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No.86-2015 de fecha 05 de marzo de 2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, lasCuentas Escriturales son utilizadas como un registro de cuenta corriente o auxiliarde tesorería, que detalla los movimientos de los créditos que se producen por losingresos percibidos en receptoría y transferencias monetarias de las cuentasrecaudadoras y específicas y de los movimientos de débito por el pago de lasobligaciones a través de la Cuenta Única del Tesoro Municipal. El párrafosegundo del Sub numeral 4.4 Ejecución de Pagos del numeral 4. Área deTesorería del Manual de Administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM-aprobado a través del Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 86-2015 de fecha 05de marzo de 2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, establece que cuando noexista disponibilidad financiera para realizar un pago de una cuenta escritural, sepodrán realizar traslados entre cuentas escriturales mediante aprobación en Puntode Acta emitido por la Autoridad Superior, proceso que deberá quedar registradopor el Director Financieroo Encargado de la Tesorería Municipal, quien tendrá laresponsabilidad de retribuir en el mismo ejercicio fiscal a la cuenta escrituralprestadora, los fondos correspondientes, una vez la cuenta respectiva posea ladisponibilidad necesaria. Por lo anterior se deduce que el PRESTAMO ENTREESCRITURALES, conlleva la obligación de retribuirlo. Ahora bien, si la retribuciónno se efectuó oportunamente por el Encargado de la Unidad de Contabilidad, quien realizó el registro del préstamo indicado, fue derivado a que las cuentasrespectivas no poseían la disponibilidad necesaria para efectuar dicha retribución.Lo anterior y el cambio de autoridades municipales no eximen de la obligación quetienen las autoridades actuales y específicamente al Encargado de Contabilidad,de retribuir el monto prestado a efecto de dar cumplimiento al Acta y Resolucióndel COPEP MUNICIPAL. Para llevar a cabo tal retribución, el Encargado deContabilidad no requiere de un Acuerdo del Concejo Municipal actual, derivado aque la obligación está plasmada en los Acuerdos Municipales de Aprobación delos Prestamos Entre escriturales que les dieron origen. Adjuntamos cuadros que

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fueron solicitados a la Municipalidad donde muestra el control que se lleva desdeel momento de su préstamo entre escritural y el momento de su devolución, comotambién los saldos pendientes a devolver, hacemos del conocimiento que nofueron firmados ni impresos en hojas membretadas pero son cuadros realizadospor empleados municipales" Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el Alcalde Municipal y el Director de laDirección de Administración Financiera Integrada Municipal, en sus argumentos ydocumentos, indican que no se realizó la retribución entre cuentas escriturales. Acciones Legales y AdministrativasDenuncia número DAJ-D-M-394-2016, presentada ante el Ministerio Público, deconformidad con el Decreto Número 31-2002, del Congreso de la República, LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, Artículo 30, en contra de: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesRESPONSABILIDAD MANCOMUNADA 409,392.00ALCALDE MUNICIPAL ABRAHAN (S.O.N.) MAYEN MORALESDIRECTOR DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADAMUNICIPAL

MARLON GUSTAVO OSEGUEDARAMIREZ

Total Q. 409,392.00

HALLAZGOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO A LEYES YREGULACIONES APLICABLES Área Financiera Hallazgo No. 1 Deficiencia en la distribución de fondos para proyectos de inversión CondiciónSe comprobó que en la Municipalidad de Panajachel, de los fondos provenientesde la fuente del Consejo Departamental de desarrollo de los proyectos:Mejoramiento escuela preprimaria el Capulin, cabecera municipal Panajachel,Sololá; Mejoramiento calle rancho grande fase III, cabecera municipal Panajachel,Sololá; Construcción centro de servicios sociales en el barrio Jucanya, Panajachel,Sololá; Implementación de centro municipal de capacitación y empresarial de lamujer del municipio de Panajachel, Sololá; Mejoramiento sistema de agua potablede la cabecera municipal de Panajachel, departamento de Sololá, Guatemala; yConstrucción edificio(s) para atención a personas con discapacidad, en elmunicipio de Panajachel, Sololá, fueron trasladados cuatrocientos sesenta y seismil treinta y tres quetzales exactos (Q466,033.00) a diferentes fuentes defuncionamiento e inversión. De los proyectos mencionados, la suma de los

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desembolsos de CODEDE suman Cinco millones setecientos ochenta y cuatro milcuatrocientos noventa y nueve quetzales con 44/100 (Q5.784,499.44), demencionada cantidad, los pagos realizados a los contratistas suman Cincomillones trescientos cincuenta y seis mil quinientos cincuenta y siente quetzalescon 84/100 (Q5.356,557.84), arrojando un saldo que debiera haber en caja deSetecientos veinticuatro mil doscientos sesenta y tres quetzales con 60/100(Q724,263.60) y encontrándose únicamente el saldo al 31 de diciembre de 2015 lasuma de doscientos cincuenta y ocho mil doscientos treinta quetzales con 60/100(Q258,230.60), faltando la diferencia de cuatrocientos sesenta y seis mil treinta ytres quetzales exactos (Q466,033.00). CriterioLa Constitución Política de la República de Guatemala en su artículo 257establece: “El Organismo Ejecutivo incluirá anualmente en el Presupuesto delEstado, un diez por ciento del mismo para las municipalidades del país. Esteporcentaje deberá ser distribuido en la forma en que la ley determine y destinadopor lo menos en un noventa por ciento para programas y proyectos de educación,salud preventiva, obras de infraestructura y servicios públicos que mejoren lacalidad de vida de los habitantes. El diez por ciento restante podrá utilizarse parafinanciar gastos de funcionamiento. Queda prohibida toda asignación adicional dentro del Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado para las municipalidades, que no provenga de ladistribución de los porcentajes que por ley les corresponda sobre impuestosespecíficos.” El Decreto No. 27-92, del Congreso de la República, Ley del Impuesto al ValorAgregado -IVA- artículo 10 numeral 1 establece: Uno y medio puntosporcentuales (1.5%) para las municipalidades del país. Las municipalidadespodrán destinar hasta un máximo del veinticinco por ciento (25%) de la asignaciónestablecida conforme a este artículo, para gastos de funcionamiento y atención delpago de prestaciones y jubilaciones. El setenta y cinco por ciento (75%) restantese destinará con exclusividad para inversión, y en ningún caso, podrán pignorar niadquirir compromisos financieros que comprometan las asignaciones que lescorrespondería percibir bajo este concepto con posterioridad a su períodoconstitucional. CausaFalta de controles de supervisión que no permitan al Concejo Municipal, AlcaldeMunicipal y Director de Administración Financiera Integrada Municipal, utilizaradecuadamente los recursos obtenidos por el CODEDE. Efecto

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Manipulación premeditada para desvirtuar y reducir los recursos asignados a laMunicipalidad, para un fin distinto. RecomendaciónEl Alcalde Municipal debe velar porque se utilicen los fondos destinados para lainversión de obras de infraestructura, únicamente para dicha finalidad, debido aque tanto el 10% Constitucional como el IVA-Paz, contemplan un 10% y 25% paragastos de funcionamiento, respectivamente. Comentario de los ResponsablesEn nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, el Concejal I, Concejal II,Concejal III, Sindico I, Sindico II, Alcalde Municipal y el Director de la Dirección deAdministración Financiera del período 2015, en sus argumentos y documentación,manifiestan: "Sobre el particular, se indica:1.Con diferentes fechas, se efectuaron préstamos entre escriturales, afectando lasCuentas (CODEDE) por los montos indicados en listado adjunto, proporcionadopor el Encargado de la Unidad de Contabilidad de la Municipalidad de Panajachel,Sololá. El préstamo se efectuó de la cuentas escritural: 31-0101-0004, por lascantidades de Q.88,900.00, Q.64,000.00, Q.175,700.00, Q.25,000.00, Q.81,003.00y Q.31,430.00, según el orden de los proyectos antes mencionados. El préstamose realizó tanto a fuentes de funcionamiento como inversión, sin embargo, este nofue un TRASLADO en el cual se haya dispuesto dejar en forma definitiva, sin saldoa la Cuentas 31-0101-0004 por la cantidad de Q.466,033.00. Lo que se realizó, deacuerdo a lo que indican las diferentes Actas de Concejo Municipal y Resolucióndel Comité de Programación de la Ejecución Presupuestaria y Financiera (COPEPMUNICIPAL) fue un PRESTAMO ENTRE ESCRITURALES. De conformidad conel sub numeral 2.6.5.3 Modificaciones Presupuestarias del numeral 2. Área dePresupuesto del Manual de Administración Financiera Integrada Municipal-MAFIM- aprobado a través del Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 86-2015 defecha 05 de marzo de 2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, lasModificaciones Presupuestarias son los movimientos que obedecen al aumento odisminución de los créditos presupuestarios. Dentro de las ModificacionesPresupuestarias se mencionan las Transferencias, las cuales comprenden loscréditos y débitos entre renglones presupuestarios que no aumentan o disminuyenel presupuesto vigente. Con lo anterior se concluye que no se dio transferenciapresupuestaria derivado a que en ningún momento se dispuso dejar inconclusoslos proyectos financiados por el Concejo Departamental de Desarrollo. El párrafocuarto del Sub numeral 4.2.4 Cuentas Escriturales del numeral 4 Área deTesorería del Manual de Administración Financiera Integrada Municipal -MAFIM-aprobado a través del Artículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 86-2015 de fecha 05de marzo de 2015, del Ministerio de Finanzas Públicas, las Cuentas Escriturales son utilizadas como un registro de cuenta corriente o auxiliar de tesorería, quedetalla los movimientos de los créditos que se producen por los ingresos

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percibidos en receptoría y transferencias monetarias de las cuentas recaudadorasy específicas y de los movimientos de débito por el pago de las obligaciones através de la Cuenta Única del Tesoro Municipal. El párrafo segundo del Subnumeral 4.4 Ejecución de Pagos del numeral 4. Área de Tesorería del Manual deAdministración Financiera Integrada Municipal -MAFIM- aprobado a través delArtículo 1 del Acuerdo Ministerial No. 86-2015 de fecha 05 de marzo de 2015, delMinisterio de Finanzas Públicas, establece que cuando no exista disponibilidadfinanciera para realizar un pago de una cuenta escritural, se podrán realizartraslados entre cuentas escriturales mediante aprobación en Punto de Actaemitido por la Autoridad Superior, proceso que deberá quedar registrado por elDirector Financieroo Encargado de la Tesorería Municipal, quien tendrá laresponsabilidad de retribuir en el mismo ejercicio fiscal a la cuenta escrituralprestadora, los fondos correspondientes, una vez la cuenta respectiva posea ladisponibilidad necesaria. Por lo anterior se deduce que el PRESTAMO ENTREESCRITURALES entre las Cuentas 31-0101-0004, por las cantidades deQ.88,900.00, Q.64,000.00, Q.175,700.00, Q.25,000.00, Q.81,003.00 yQ.31,430.00, según el orden de los proyectos antes mencionados., conlleva laobligación de retribuirlo. Ahora bien, si la retribución no se efectuó oportunamentepor el Encargado de la Unidad de Contabilidad, quien realizó el registro de lospréstamos indicados, fue derivado a que las cuentas respectivas no poseían ladisponibilidad necesaria para efectuar dicha retribución. Lo anterior y el cambio deautoridades municipales no eximen de la obligación que tienen las autoridadesactuales y específicamente al Encargado de Contabilidad, de retribuir el montoprestado a efecto de dar cumplimiento al Acta y Resolución del COPEPMUNICIPAL. Para llevar a cabo tal retribución, el Encargado de Contabilidad norequiere de un Acuerdo del Concejo Municipal actual, derivado a que la obligaciónestá plasmada en los Acuerdos Municipales de Aprobación de los PrestamosEntre escriturales que les dieron origen. Con ello queremos resaltar que en ningúnmomento hubo hurto, sustracción de bienes, apropiación indebida, proyectosinexistentes o cualquier otra forma que la Ley no permita. Adjuntamos cuadros quefueron solicitados a la Municipalidad donde muestra el control que se lleva desdeel momento de su préstamo entre escritural y el momento de su devolución, comotambién los saldos pendientes a devolver, hacemos del conocimiento que nofueron firmados ni impresos en hojas membretadas pero son cuadros realizadospor empleados municipales." En nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, el Secretario Municipal delperíodo 2015, argumentó: "2.Como comentario del Señor Esteban Eulalio YaxMogollón, Secretario Municipal Artículo 84. Atribuciones del secretario, DecretoNo. 12-2002, Código Municipal, establece que: Son atribuciones del secretario, lassiguientes: a)Elaborar, en los libros correspondientes, las actas de las sesionesdel Concejo Municipal y autorizarlas, con su firma, al ser aprobadas deconformidad con lo dispuesto en este Código. b)Certificar las actas y resoluciones

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del alcalde o del Concejo Municipal. c)Dirigir y ordenar los trabajos de laSecretaría, bajo la dependencia inmediata del alcalde, cuidando que losempleados cumplan sus obligaciones legales y reglamentarias. d)Redactar lamemoria anual de labores y presentarla al Concejo Municipal, durante la primeraquincena del mes de enero de cada año, remitiendo ejemplares de ella alOrganismo Ejecutivo, al Congreso de la República y al Concejo Municipal deDesarrollo y a los medios de comunicación a su alcance. e)Asistir a todas lassesiones del Concejo Municipal, con voz informativa, pero sin voto, dándolecuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma queindique el alcalde. f)Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión delConcejo Municipal. g)Recolectar, archivar y conservar todos los números del diariooficial. h)Organizar, ordenar y mantener el archivo de la municipalidad.i)Desempeñar cualquier otra función que le sea asignada por el Concejo Municipalo por el alcalde. Con esto demuestro que dentro de mis atribuciones comoSecretario Municipal que en ningún momento participo en Atribuciones Financierasen primer lugar y en segundo lugar mi participación en Sesiones de ConcejoMunicipal es con voz informativa, pero sin voto". En nota sin número, de fecha 18 de abril de 2016, el Concejal IV del período 2015,argumentó: "SOLICITO: 1.Que el presente hallazgo no proceda hacia mi personaderivado que el Código Municipal es muy claro que es responsabilidad de laComisión de Finanzas, Alcalde Municipal y en su caso del Director Financiero enla utilización de los recursos de fondos específicos en donde corresponden,además de la responsabilidad del Auditor Interno. 2.Que se envié al Departamentode Asuntos Jurídicos de la Contraloría General de Cuentas para que se meindique que opinión o dictamen jurídico acerca del Hallazgo antes planteado,derivado que además de la Comisión de Finanzas, Alcalde Municipal, el DirectorFinanciero es el responsable de la asesoría de los prestamos escriturales y ladevolución del mismo, además de la COOPEP que verifica que los mismosprocedan. 3.Se contrata según el Artículo 88 del Código Municipal Decreto12-2002 y sus reformas al Auditor Interno: quien literalmente dice: velar por lacorrecta ejecución presupuestaria, deberá implantar un sistema eficiente y ágil deseguimiento y ejecución presupuestaria siendo responsable de sus actuacionesante el Concejo Municipal. 4. Según el Artículo 53 del Código Municipal Decreto12-2002 en Atribuciones y Obligaciones del Alcalde: dice en articulo f, literalmentedice: Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia; autorizar gastos yrendir cuentas con arreglo al procedimiento legalmente establecidos. Aquí cabemencionar que el uso del dinero del específico Codede fueron para pagos y gastosde funcionamiento los cuales fueron autorizados por el Alcalde Municipal yComisión de Finanzas con la asesoría del Director Financiero porque si noprocedía realizar estos gastos porque los realizaron. 5. Según el Artículo 98 delCódigo Municipal Decreto 12-2002 en Competencia y funciones de la DAFIM: diceen articulo i y m), literalmente dice: i). Asesorar al Alcalde y al Concejo Municipal

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en materia de administración Financiera y m). Administrar la deuda públicamunicipal; en este caso el Director de la Dafim debió asesorar que los fondos noeran municipales sino específicos y que por no pagar en su momento constituyeuna deuda especifica que quedaría en año fiscal; ya que según tengo entendidono se puede extender del mismo. 6. Además de indicar que todos los gastos y eluso de los recursos municipales quedaban siempre a discreción del AlcaldeMunicipal y el Director de la Dafim, ya que a mi persona nunca se me tomo encuenta de nada de los que hacían sea bueno o malo derivado de que nopertenecía al grupo político en cuestión; y cuando yo presentaba se me excusabao se me ignoraba. Solicité verbal y por escrito que las actas de reuniones deconcejo fueran lidas como lo establece el código municipal de lo cual nunca recibírespuesta. 7. En el punto de acta donde solicitan la autorización paratransferencias presupuestarias, se establece que se acuerda autorizar: Facultandoal Director Financiero para que mediante procedimientos legales realice lasoperaciones contables, aunque no se discutía en reunión de concejo. 8. Pido queel presente hallazgo no proceda derivado de mis argumentos antes planteados." Comentario de AuditoríaSe confirma el hallazgo, en virtud que el Concejal I, Concejal II, ConcejalIII, Sindico I, Sindico II, Alcalde Municipal y el Director de la Dirección deAdministración Financiera del período 2015, en sus argumentos y documentación,evidencian el señalamiento.Se desvanece el hallazgo, en virtud que el Secretario Municipal del perído 2015,argumentó que su participación en Sesiones de Concejo Municipal es con vozinformativa, pero sin voto.Se confirma el hallazgo, en virtud que el Concejal IV del período 2015, no presenteargumento o documentación que lo exima de la responsabilidad que lo inviste elcargo. Acciones Legales y AdministrativasDenuncia número DAJ-D-M-288-2016, presentada ante el Ministerio Público, deconformidad con el Decreto Número 31-2002, del Congreso de la República, LeyOrgánica de la Contraloría General de Cuentas, Artículo 30, en contra de: Cargo Nombre Valor en

QuetzalesRESPONSABILIDAD MANCOMUNADA 466,033.00ALCALDE MUNICIPAL ABRAHAN (S.O.N.) MAYEN MORALESSINDICO I ROGELIO (S.O.N.) SAHON CHIQUIRINSINDICO II JUAN (S.O.N.) YAX TOXCONCONCEJAL I JULIO FELIPE DIAZ URIZARCONCEJAL II INGRID AIDA VASQUEZ DE LEONCONCEJAL III MARIO EDUARDO CHURUNEL PEREZCONCEJAL IV MARCO ANTONIO MATEOS MENDEZDIRECTOR DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADAMUNICIPAL

MARLON GUSTAVO OSEGUEDARAMIREZ

Total Q. 466,033.00

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7. SEGUIMIENTO A RECOMENDACIONES DE AUDITORÍA ANTERIOR Se le dio seguimiento a las recomendaciones de la auditoría anteriorcorrespondientes al ejercicio fiscal 2014, con el objetivo de verificar sucumplimiento e implementación por parte de las personas responsables,estableciéndose su cumplimiento.

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8. AUTORIDADES DE LA ENTIDAD, DURANTE EL PERIODO AUDITADO Los funcionarios y empleados responsables de las deficiencias encontradas, seincluyen en el desarrollo de cada hallazgo contenido en el presente informe. No. NOMBRE CARGO PERÍODO1 ABRAHAN (S.O.N) MAYEN MORALES ALCALDE MUNICIPAL 01/01/2015 - 31/12/20152 ROGELIO (S.O.N) SAHON CHIQUIRIN SINDICO I 01/01/2015 - 31/12/20153 JUAN (S.O.N) YAX TOXCON SINDICO II 01/01/2015 - 31/12/20154 JULIO FELIPE DIAZ URIZAR CONCEJAL I 01/01/2015 - 31/12/20155 INGRID AIDA VASQUEZ DE LEON CONCEJAL II 01/01/2015 - 31/12/20156 MARIO EDUARDO CHURUNEL PEREZ CONCEJAL III 01/01/2015 - 31/12/20157 MARCO ANTONIO MATEOS MENDEZ CONCEJAL IV 01/01/2015 - 31/12/20158 FRANCISCO (S.O.N) MACARIO GARCIA SINDICO I SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/20159 MARTHA LIDIA QUECHE QUECHE DE

PEREZCONCEJAL I SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/2015

10 MELVIN ELIU CITALAN QUIÑONEZ CONCEJAL II SUPLENTE 01/01/2015 - 31/12/201511 ESTEBAN EULALIO YAX MOGOLLON SECRETARIO MUNICIPAL 01/01/2015 - 31/12/201512 JESUS ADRIAN BARRIOS LINARES AUDITOR INTERNO 01/01/2015 - 31/12/201513 MARLON GUSTAVO OSEGUEDA

RAMIREZDIRECTOR DE ADMINISTRACION FINANCIERA INTEGRADAMUNICIPAL

01/01/2015 - 31/12/2015

14 MELVIN ALBERTO CITALANVELASQUEZ

DIRECTOR MUNICIPAL DE PLANIFICACION 01/01/2015 - 15/09/2015

15 FAUSTO DANILO PABLO DE LEON(S.O.A)

DIRECTOR MUNICIPAL DE PLANIFICACION INTERINO 16/09/2015 - 31/12/2015

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9. COMISIÓN DE AUDITORÍA ÁREA FINANCIERA

Licda. JUDITH ANABELLA CUELLAR LEMUS

Coordinador Gubernamental

Lic. OSCAR ANTONIO MONTENEGRO FRANCO

Supervisor Gubernamental

GESTIÓN CONOCIDA POR De conformidad con lo establecido en el Decreto No. 31-2002, del Congreso de laRepública, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, artículo 29, losauditores gubernamentales nombrados son responsables del contenido y efectolegal del presente informe, el Director y Subdirector únicamente firman encumplimiento al proceso de oficialización que en ley corresponde.

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INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA (ANEXOS) Visión (Anexo 1)Ser una entidad gestora del desarrollo integral del municipio, reconocida a nivelnacional e internacional por sus modelos de gestión participativa e incluyente conpolíticas que mejoren la calidad de vida de los habitantes. Misión (Anexo 2)Somos una entidad autónoma, solidaria, no lucrativa, multipartidista quetrabajamos unidos y organizados para propiciar alianzas estratégicas a todo nivel,impulsar proyectos sociales y de infraestructura hacia el beneficio común y quepermitan alcanzar el máximo del progreso del municipio.

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Estructura Orgánica (Anexo 3)

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Reporte de Ejecución de Obras Realizadas por Contrato por Fuente deFinanciamiento (Anexo 4)

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Reporte de Ejecución de Obras realizadas por Administración (Anexo 5)

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Reporte de Ejecución de Proyectos de Inversión Social (Activo Intangible)(Anexo 6)

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