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Jornada Análisis de la Ley de apoyo a los Emprendedores

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Durante la jornada sobre la nueva Ley de apoyo a los emprendedores del pasado 28 octubre de 2013, se analizaron las modificaciones fiscales, en términos de Impuesto sobre sociedades por el ponente David Yanes, economista de MONTERO ARAMBURU Abogados.

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Page 1: Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades.- Jornada Análisis Nueva ley de emprendedores 28 Octubre 2013

Jornada

Análisis de la Ley de apoyo a los Emprendedores

Page 2: Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades.- Jornada Análisis Nueva ley de emprendedores 28 Octubre 2013

Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades

Análisis de la Ley de apoyo a los emprendedores

Santa Cruz de Tenerife, Octubre 2013

Page 3: Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades.- Jornada Análisis Nueva ley de emprendedores 28 Octubre 2013

Índice

Deducción por inversión de beneficios

Deducción por actividades de I + D + i

Cesión de activos intangibles

Deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad

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Page 4: Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades.- Jornada Análisis Nueva ley de emprendedores 28 Octubre 2013

Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por inversión de beneficios

• ¿Quiénes / cuando pueden aplicar la deducción? A partir del 01.01.2013, lasentidades que puedan aplicar el Régimen ERD del IS (INCN < 10 M) y que tributenal tipo del 25 % - 30%.

• Importe de la deducción: 10 % del BAI, que se invierta en elementos nuevos delinmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas

5% : Tipo de gravamen reducido por mantenimiento o creación de empleo.

Límite en cuota del IS: 25%

• La deducción exige la dotación de una reserva y se genera en el ejercicio en el quese invierte.

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Page 5: Modificaciones fiscales: Impuesto sobre Sociedades.- Jornada Análisis Nueva ley de emprendedores 28 Octubre 2013

Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por inversión de beneficios

• Base de la deducción resultará de aplicar al BAI el siguiente coeficiente:

(*) : exclusivamente en la parte exenta, reducida, bonificada o deducida en la base imponible oque haya generado derecho a deducción en la cuota íntegra.

• Grupos Fiscales: P y G Consolidada

BAI – renta o ingresos objeto de exención, reducción, bonificación , corrección monetaria o DDI (*)

BAI

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por inversión de beneficios

• Inversión: requisitos y características

Elementos nuevos del inmovilizado material e inv. Inmobiliarias.

Puesta a disposición.

Plazo: el periodo impositivo que se obtengan los beneficios y dos años más. Sepueden solicitar planes especiales.

Mantenimiento: 5 años o su vida útil si es inferior, salvo pérdida justificada.

Se permite sustitución en caso de transmisión.

Grupo Fiscales: la inversión la puede realizar cualquier empresa.

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por inversión de beneficios

• Requisitos formales en la reserva

Dotación de una reserva por un importe igual a la base de la deducción

La reserva será indisponible mientras que las inversiones permanezcan en elpatrimonio de la sociedad

La reserva se dota con cargo a los beneficios cuyo importe es objeto de inversión

Grupo Fiscal: la reserva la dota la entidad que realiza la inversión. Si no esposible la dotación la deberá realizar cualquier otra del grupo.

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por inversión de beneficios

• Suministrar información en la Memoria de las Cuentas Anuales

• Incompatibilidades:

Libertad amortización

Deducción por Inversión en Canarias

Reserva para Inversiones en Canarias

• Incumplimientos: ingreso de la cantidad deducida + intereses de demora, en elperiodo impositivo en que tenga lugar el incumplimiento.

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por actividades de I + D + i

• A partir del 01.01.2013 se establece la posibilidad de aplicar la deducción sin quesea de aplicación el límite en cuota para las empresas que tributen al tipo general oal tipo del Régimen ERD .

• Posibilidades:

Aplicar la deducción en los límites generales

Que se apliquen las deducciones de I + D + i generadas sin límite de cuota perocon un descuento del 20%

¿Insuficiencia de cuota? Se podrá solicitar a la AEAT el abono de la deducción

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por actividades de I + D + i

• La deducción aplicada o abonada por innovación tecnológica no podrá exceder de1.000.000 euros anuales

• Se establece un límite de 3.000.000 euros conjunto y por todos los conceptos para lasdeducciones por I + D + i

• Ambos límites se han de aplicar a todas las entidades que formen grupo según elartículo 42 del Código de Comercio.

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por actividades de I + D + i

• Requisitos:

Que transcurra, al menos, 1 año desde la finalización del periodo impositivo enque se generó la deducción sin que haya sido objeto de aplicación.

Se ha de mantener la plantilla media adscrita al desarrollo de las actividades deI + D + i, desde el ejercicio de generación hasta 24 meses después de la aplicacióno abono.

En los 24 meses siguientes a la finalización del periodo de la aplicación o abono,se ha de destinar el importe aplicado o abonado a gastos de I + D + i, o aelementos de inmov. material o intangible (excluidos los inmuebles).

Obtener informe motivado de calificación de la actividad como de I + D + i o unacuerdo previo de valoración de gastos e inversiones.

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Cesión de activos intangibles

• A partir del 29.09.13 se reduce el porcentaje de integración en la base imponible delas rentas obtenidas por la cesión o explotación de intangibles :

• El porcentaje se aplica a las rentas no a los ingresos .

• Se amplia la aplicación de la reducción a la transmisión de los intangibles.

Antes Ahora50% 40 %

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Cesión de activos intangibles

Intangibles válidos Intangibles no válidosPatentes Marcas

Dibujos o modelos Obras literarias, artísticas o científicasPlanos Películas cinematográficas

Fórmulas o procedimientos secretos Dechos. Personales y de imagenDechos. s/experiencias industriales Dechos. Programas informáticosDechos. s/experiencias científicas Dechos. Equipos industriales

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Modificaciones en el Impuesto sobre Sociedades

Deducción por creación de empleo trabajadores con discapacidad

• Se incrementa a partir del 01.01.2013 la deducción por cada persona /año deincremento del promedio de la plantilla de trabajadores con discapacidad creándosedos tramos:

• Se eliminan las exigencias relativas al carácter indefinido de los contratos y aldesarrollo de jornada completa.

• Los trabajadores que de derecho a esta deducción no se utilizan a los efectos de lalibertad de amortización con creación de empleo.

Grado discapacidad Importe

33% > discapacidad > 65% 9.000 euros /trabajador

Discapacidad > 65% 12.000 euros /trabajador

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