informe calculo de recargos

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1 Informe sobre la revisión del método de cálculo de las horas extras del personal de la empresa XXXXX Fecha: XXXXXX Realizado por: Lic. Gilza Córdoba Revisado Por: Mgter. Carlos Mendoza Las consideraciones emitidas en esa revisión, provienen de información suministrada por el personal de la empresa XXXXX para el cálculo de salarios correspondientes a jornadas extraordinarias. Metodología 1. Verificación de los factores de recargo y sobre recargo aplicados a las horas extras, conforme a las directrices establecidas en el código de trabajo de la República de Panamá. 2. Verificación de las fórmulas utilizadas. 3. Verificación del cálculo en función de los factores de recargo y sobre recargo. 4. Verificación de la clasificación de horas extras de acuerdo al factor de recargo y sobre recargo. Hallazgos 1. En cuanto a la verificación de los recargos aplicados: Se determinó que los recargos establecidos se ajustan a las directrices establecidas por el código de trabajo, a excepción de los recargos aplicados a los días feriados. El factor de recargo utilizado fue de 1.5 El factor de recargo que se debió utilizar fue de 2.5 (ver explicación en la página 4 del informe).

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Calculo de planillas segun el codigo de trabajo

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Page 1: INFORME Calculo de Recargos

1

Informe sobre la revisión del método de cálculo de las horas extras del

personal de la empresa XXXXX

Fecha: XXXXXX

Realizado por: Lic. Gilza Córdoba

Revisado Por: Mgter. Carlos Mendoza

Las consideraciones emitidas en esa revisión, provienen de información

suministrada por el personal de la empresa XXXXX para el cálculo de

salarios correspondientes a jornadas extraordinarias.

Metodología

1. Verificación de los factores de recargo y sobre recargo aplicados a

las horas extras, conforme a las directrices establecidas en el código

de trabajo de la República de Panamá.

2. Verificación de las fórmulas utilizadas.

3. Verificación del cálculo en función de los factores de recargo y

sobre recargo.

4. Verificación de la clasificación de horas extras de acuerdo al factor

de recargo y sobre recargo.

Hallazgos

1. En cuanto a la verificación de los recargos aplicados:

Se determinó que los recargos establecidos se ajustan a las directrices

establecidas por el código de trabajo, a excepción de los recargos

aplicados a los días feriados.

El factor de recargo utilizado fue de 1.5

El factor de recargo que se debió utilizar fue de 2.5 (ver

explicación en la página 4 del informe).

Page 2: INFORME Calculo de Recargos

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2. En cuanto a las fórmulas aplicadas las mismas son correctas.

3. En cuanto a la verificación del cálculo de los recargos y sobre

recargos los mismos son correctos.

4. En cuanto a la clasificación de las horas extras de acuerdo al factor

correspondiente, se observó:

Caso 1: Horas en el periodo nocturno con recargo del 50%

Día xxxxxxx (8 horas extras en el turno diurno)

El cálculo se realizó así:

Hora Código de

Recargo

4:00 PM a 5:00 PM 21

5:00 PM a 6:00 PM 21

6:00 PM A 7:00 PM 21

7:00 PM en

adelante…

21.5

Las 3 horas primeras con recargo de 25% y 5 horas con recargo del 25%

más sobre recargo del 75%

Se debió de realizar así:

Hora Código de

recargo

4:00 PM a 5:00 PM 21

5:00 PM a 6:00 PM 21

6:00 PM A 7:00 PM 22

7:00 PM en

adelante…

22.5

Las 2 primeras horas con recargo del 25%, la hora siguiente que es la

tercera con recargo del 50%(porque está en el periodo nocturno) y a partir

de allí, las horas que siguen con recargo del 50% más sobre recargo del

75%

Page 3: INFORME Calculo de Recargos

3

Explicación: Dentro de las tres primeras horas extras trabajadas en un día

(no se cobra sobre recargo en este término), una o varias horas

dependiendo del horario de trabajo, caerán dentro del periodo diurno

establecido en el Artículo 30 del Código de Trabajo (6:00 AM a 6:00 PM)

con un correspondiente recargo del 25% y las horas extras a partir de las

6:00 PM, caerán dentro del periodo nocturno(6:00 PM a 6:00 AM)

establecido en el Artículo 30 del código de Trabajo. El artículo 33 establece

en su numeral 2 que la jornada extraordinaria se remunerará de la

siguiente manera:

“Con un 50% de recargo sobre el salario cuándo el trabajo se efectúe en el

periodo nocturno o cuándo fuera la prolongación de la jornada mixta

iniciada en el periodo diurno.

Caso 2: Acumulación de horas, más de 9 horas extras en una semana

Día xxxxxxx: (4 horas extras en el turno diurno)

El cálculo se realizó así:

Hora Código de

Recargo

4:00 PM a 5:00 PM 21

5:00 PM a 6:00 PM 21

6:00 PM a 7:00 PM 21

6:00 PM a 8:00 PM 21.5

El cálculo se debió realizar:

Hora Código de

Recargo

4:00 PM a 5:00 PM 21

5:00 PM a 6:00 PM 21.5

6:00 PM a 8:00 PM 22.5

Explicación:

Esta semana ya se habían acumulad 8 horas extras entre los días lunes y

martes, por lo tanto, la novena hora extra que es la primera que se trabajó

el día miércoles, no lleva sobre recargo del 75%, pero a partir de la décima

hora, todas las horas extras trabajadas llevarán sobre recargo del 75%

adicional al recargo correspondiente.

Page 4: INFORME Calculo de Recargos

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Caso 3: Horas Extras en Jornada Nocturna

El cálculo se estaba realizando así:

Hora Factor de

Recargo

3:00 AM a 4:00 AM 0%

4:00 AM a 5:00 AM 75%

5:00 AM a 6:00 AM 75%

6:00 AM A 7:00 AM 75%

7:00 AM en

adelante…

75% y 75%

Contando la cantidad de horas extras trabajadas, después de 8 horas de

trabajo

Debiendo realizarse así:

Hora Factor de

Recargo

3:00 AM a 4:00 AM 75%

4:00 AM a 5:00 AM 75%

5:00 AM a 6:00 AM 75%

6:00 AM a 7:00 AM 75% y 75%

7:00 AM en

adelante…

75% y 75%

Contando la cantidad de horas extras trabajadas, después de 7 horas de

trabajo.

Explicación: La jornada máxima en el periodo nocturno es de 7 horas, por

lo tanto todas las horas extras trabajadas a partir de la octava hora de ese

día (3:00 AM), llevarán el recargo del 75%.

Page 5: INFORME Calculo de Recargos

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Puntos no relacionados con las horas extras

1. Pago en día feriado o día de duelo

Conforme lo establece nuestra legislación laboral, los días de duelo o

fiesta, son días libres obligatorios, pagados como una jornada ordinaria

cuándo no se trabajan. Si se trabajan se debe pagar el 150% sobre este día

y adicionalmente tiene que dar un día de descanso compensatorio (no se

está dando) que también deberá ser remunerado por tanto el factor será

de 2.5. Ya que la remuneración mensual de la jornada ordinaria está fijada

en función de un salario base, se entiende que el salario incluye la

remuneración del descanso en los días de fiesta o duelo nacional.

2. El factor de recargo utilizado para el trabajo de la jornada ordinaria del

día domingo fue de 0.50% y no de 1.5%, porque la base de la hora está

incluida dentro del pago del salario, debido a que por ser colaboradores

de turno rotativo, tienen descanso en otro día de la semana.

Page 6: INFORME Calculo de Recargos

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Adjunto: Tabla de códigos de recargos.