finanzas públicas y federalismo fiscal - segunda sesión

25
Especialidad Derecho Administrativo Finanzas Públicas y Federalismo Fiscal Prof. Christi Rangel

Upload: ana-lia-silva

Post on 14-Nov-2015

26 views

Category:

Documents


2 download

DESCRIPTION

El curso de Finanzas Territoriales y Federalismo Fiscal pretende formar a los estudiantes en los aspectos más relevantes de los fenómenos financieros públicos y sus implicaciones así como en los fundamentos de la organización espacial del sector público bajo una perspectiva interdisciplinaria, con especial énfasis en la organización del sistema financiero público. Asimismo se espera lograr una capacitación profunda sobre el sistema de financiación de los gobiernos territoriales en Venezuela, que permita una valoración en virtud de las teorías analizadas en principio.

TRANSCRIPT

  • Especialidad Derecho Administrativo

    Finanzas Pblicas y Federalismo Fiscal

    Prof. Christi Rangel

  • ADMINISTRACIN FINANCIERA

    LOAFSP: Los sistemas de presupuesto, crdito pblico, tesorera y contabilidad regulados por esta Ley; as como los sistemas tributarios y de administracin de bienes, regulados por leyes especiales

    Todo lo inherente a la captacin de ingresos pblicos y su aplicacin para el cumplimiento de los fines del Estado.

  • PRESUPUESTO PBLICO

    Duverger: Es un acto mediante el cual se prevn los ingresos y gastos estatales y se autoriza estos ltimos para un periodo futuro determinado, que generalmente es de un ao.

    Neumark: un resumen sistemtico y cifrado, confeccionado en perodos regulares, de las previsiones de gastos y de las estimaciones de ingresos previstos para cubrir dichos gastos.

  • PRESUPUESTO PBLICO

    Aspectos claves del presupuesto:

    Muestra la previsin de ingresos y gastos. Requiere la aprobacin o autorizacin de un

    poder independiente. La aprobacin del presupuesto se hace

    mediante una ley. Tiene carcter jurdico. Es un instrumento de planificacin de

    polticas pblicas. Se disea para perodos regulares.

  • FUNCIONES DEL PRESUPUESTO

    Funcin Financiera o Poltica Financiera: fijar lmites cuantitativos, cualitativos y temporales a los gastos.

    Funcin poltica. Programa de accin poltica exacto y obligatorio. Permite que la representacin popular influya en los asuntos pblicos.

    Funcin jurdica. Compromiso de cumplimiento y desautorizacin de actos ajenos al presupuesto.

    Funcin econmica. Instrumento de accin de la poltica fiscal. (Andara, 2012)

  • ESTRUCTURA DE LA LEY DE PRESUPUESTO Art. 30 LOAFSP

    Ttulo I. Disposiciones Generales. Ttulo II. Presupuestos de Ingresos y Gastos y Operaciones de Financiamiento de la Repblica, Cuenta Ahorro-Inversin-Financiamiento. Ttulo III. Presupuestos de Ingresos y Gastos, Operaciones de Financiamiento y Cuenta Ahorro-Inversin-Financiamiento de los Entes Descentralizados Funcionalmente de la Repblica, sin fines empresariales. Ttulo IV. Del Distrito Capital y el Territorio Insular Francisco de Miranda

  • PRESUPUESTOS PBLICOS COMPRENDEN

    Ingresos: los diferentes ramos de ingresos corrientes y de capital

    Gastos: corrientes y de capital

    Fuentes: disminucin de activos financieros e incremento de pasivos tales como las operaciones de crdito pblico. Aplicaciones financieras: incremento de activos y disminucin de pasivos, tales como la amortizacin de la deuda.

    Operaciones de financiamiento:

  • PRESUPUESTOS PBLICOS COMPRENDEN

    Cuenta Ahorro Inversin Financiamiento: Muestra el resultado econmico financiero partiendo de la clasificacin econmica de los ingresos y del gasto. Indicadores resultantes Supervit/dficit corriente Supervit/dficit no petrolero Supervit/dficit primario Supervit/dficit financiero Supervit/dficit ordinario

  • Documentos presupuestarios en la Repblica Bolivariana de Venezuela

    Plan Operativo Anual Marco Plurianual del Presupuesto Exposicin de motivos del proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal que corresponda. Proyecto de Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal que corresponda. Proyecto de Ley Especial de Endeudamiento Ley de Presupuesto para el ejercicio fiscal que corresponda. Ley Especial de Endeudamiento Memoria y cuenta

  • CICLO PRESUPUESTARIO

    Formulacin. Responsabilidad del poder ejecutivo, inicia en el mes de junio hasta el 15 de octubre de cada ao. Discusin y sancin. Corresponde al poder legislativo entre el 15 de octubre y el 15 de diciembre de cada ao. Ejecucin. Corresponde principalmente al poder ejecutivo, pero todos los poderes son ejecutores. Control y evaluacin. Corresponde al poder legislativo, poder moral (Contralora General de la Repblica) y el mismo poder ejecutivo debe hacer seguimientos.

  • PRINCIPIOS PRESUPUESTARIOS

    o Programacin

    o Universalidad

    o Unidad

    o Transparencia

    o Claridad

    o Especificacin

    o Continuidad

    o Periodicidad

    o Flexibilidad

    o Equilibrio

  • Art. 141 CRBV: honestidad, participacin, celeridad, eficacia,

    eficiencia, transparencia, rendicin de cuentas y responsabilidad.

    Art. 2 Ley Orgnica de la Administracin Financiera del Sector

    Pblico: legalidad, eficiencia, solvencia, transparencia,

    responsabilidad, equilibrio fiscal y coordinacin macroeconmica.

    Art. 6 Ley Contra la Corrupcin: honestidad, transparencia,

    participacin, eficiencia, eficacia, legalidad, rendicin de cuentas y

    responsabilidad.

    Art. 12 Ley Orgnica de Administracin Pblica: economa,

    celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad,

    imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza.

    Principios previstos en el marco jurdico Venezolano

  • Se entiende por transparencia presupuestaria a la existencia de un marco normativo y prcticas claras en el proceso presupuestario, al acceso del pblico a la informacin y a los mecanismos formales de participacin durante este proceso.

    Permite que actores externos al gobierno entiendan y analicen la informacin sobre los recursos pblicos. Dichos conocimientos y anlisis del presupuesto deben ser suficientes para hacer posible que los observadores externos verifiquen si la distribucin de esos recursos y su aplicacin reflejan las preferencias sociales, y cumplen con los criterios de equidad, igualdad y justicia.

    Transparencia presupuestal

  • Identificacin de los responsables de la decisin de gasto, de la operacin presupuestaria y de los evaluadores del mismo

    Publicacin de documentos presupuestarios claros con datos detallados sobre las operaciones gubernamentales

    Existencia de canales formales para la participacin ciudadana desde el establecimiento de prioridades y programas institucionales, hasta canales para la exigencia de rendicin de cuentas a los funcionarios pblicos.

    Existencia de informacin confiable y oportuna sobre:

    Las previsiones gubernamentales sobre las finanzas pblicas.

    La sustentacin jurdica del uso de recursos pblicos y las reglas de ejecucin presupuestaria.

    Los impactos macroeconmicos plurianuales esperados de las finanzas pblicas y el presupuesto anual.

    Transparencia Presupuestal

  • Aspectos tcnicos del Presupuesto

    Crditos Adicionales

    Incrementos a los crditos presupuestarios destinados a cubrir gastos necesarios no previstos

    o que resulten insuficientes o cubrir gastos necesarios no presentes en la Ley de Presupuesto

    Rectificaciones

    Son incrementos de crditos presupuestarios que se acuerdan a los proyectos o acciones centralizadas, de

    los rganos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no previstos o que resulten insuficientes. La fuente de financiamiento de esta

    modificacin presupuestaria es la partida Rectificaciones al Presupuesto

    Insubsistencias o Anulaciones de Crditos

    Es la modificacin mediante la cual se anulan total o parcialmente, los crditos no comprometidos

    acordados en la Ley de Presupuesto. Esta modificacin se realiza con la finalidad de

    reorientar el destino del crdito previsto en la Ley de Presupuesto Anual.

    Tipos de Modificaciones Presupuestarias

  • Aspectos tcnicos del Presupuesto

    Tipos de Modificaciones Presupuestarias

    Traspasos de Crditos Presupuestarios

    Consiste en una reasignacin de crditos presupuestarios entre partidas, genricas, especficas y subespecficas de un mismo

    proyecto o distintos proyectos o categora equivalente, que no afectan el total de los

    gastos previstos en el presupuesto por fuente de financiamiento.

    Ajustes en los Crditos por Reduccin de Ingresos

    Modificacin mediante la cual se reduce total o parcialmente los crditos no comprometidos,

    acordados en la Ley de Presupuesto, cuando se evidencia una disminucin de los ingresos

    previstos para el ejercicio fiscal.

  • EL GASTO PBLICO

    Por qu estudiamos el gasto?

    Qu debe preocuparnos?

  • Evolucin de los presupuestos nacionales en Venezuela En Millones de Bs.

    Fuente: Leyes de presupuesto, gacetas oficiales, BCV y clculos propios.

    Presupuesto a

    Precios Corrientes Ejecutado Modificaciones

    Presupuesto a Precios

    Constantes % de

    Incremento

    Ao 2007

    2004 49.950,88 55.110,35 5.159,47 98.693,32 10,33

    2005 69.326,52 78.793,09 9.466,56 120.221,37 13,66

    2006 87.029,00 117.339,32 30.310,32 162.227,73 34,83

    2007 115.178,10 126.462,06 11.283,96 146.266,55 9,80

    2008 137.567,65 174.132,76 36.565,11 153.151,06 26,58

    2009 167.474,17 187.134,61 19.660,43 128.880,58 11,74

    2010 159.406,10 239.804,12 80.398,02 125.158,73 50,44

    2011 204.208,00 382.210,00 178.002,00 159.853,62 87,17

    2012 297.837,00 464.013,11 166.176,11 159.072,03 55,79

    2013 396.406,75 669.895,86 273.489,11 171.812,22 68,99

    2014 552.633,00 1.138.072,00 585.440,00 187.955,74 105,94

    2015 741.707,52

  • CLASIFICACIN DEL GASTO PBLICO

    Clasificacin Orgnica o Administrativa

    Quin gasta? Ministerios Presidencia

    Consejo Nacional Electoral Tribunal Supremo de Justicia

    Clasificacin Funcional Para qu se gasta? Servicios generales Defensa - Educacin

    Salud - Vivienda Clasificacin Econmica

    En qu se gasta? Gasto corriente Gasto de capital

  • Constitucin Nacional. Captulo II del Rgimen Fiscal y Monetario.

    LEYES:

    Ley Orgnica de Rgimen Presupuestario (LORP). Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgnica de la

    Administracin Financiera del Sector Pblico Ley Orgnica de Contralora Ley Orgnica de Administracin Pblica Ley contra la Corrupcin Marco Plurianual del Presupuesto 2014 - 2016 Ley de Presupuesto para el Ao Fiscal 2015

    Marco normativo de la Administracin Financiera

  • INGRESOS PBLICOS

    Concepto. Son los recursos que obtiene el estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donacin, legado) de la economa de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas a travs de la prestacin de los servicios pblicos. (Moya, 2001). Son los recursos que percibe el sector pblico y que normalmente se consolidan en el presupuesto nacional, con los que se hace frente a los gastos del gobierno central y sus diferentes organismos. (Sabino, 1996).

  • INGRESOS PBLICOS

    Clasificacin: 1. Segn el grado de estabilidad o continuidad en el

    tiempo: Ordinarios Extraordinarios

    2. Segn la naturaleza del recurso Tributarios No Tributarios Patrimoniales Transferencias Endeudamiento Otros ingresos

    3. Segn la relacin con el presupuesto Presupuestario Extrapresupuestario

  • TRIBUTOS

    Impuestos: ingresos que obtiene el sector pblico de forma coactiva sin contrapartida directa, cuyo hecho imponible lo constituyen actos que ponen de manifiesto capacidad econmica. Tasas: pago por servicios administrativos o judiciales que slo pueden prestar los entes pblicos. Contribuciones especiales: el tributo cuyo hecho imponible es la obtencin por el sujeto pasivo de valor de sus bienes, como consecuencia de la realizacin de obras pblicas.

  • PRINCIPIOS DE LA IMPOSICIN

    Suficiencia

    Justicia tributaria (generalidad, igualdad,

    capacidad de pago, progresividad)

    No confiscatoriedad

    Eficiencia

    Neutralidad

    Flexibilidad

    Legalidad

    Economicidad

    Comodidad

    Autonoma

  • Presupuesto de Venezuela 2015

    Monto: 741.707,53 millones de bolvares

    Monto Ejecutado 2014: 1.138.072 MM

    Precio del Barril: 60 Dlares.

    Inflacin: 25 30 %

    Endeudamiento: 100.178,41 millones

    Tipo de cambio: 6,3 Bs. * dlar