el poder popular

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República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación IUT. Dr. Delfín Mendoza Tucupita, Estado Delta Amacuro Facilitadora: El Poder Popular

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República Bolivariana de VenezuelaMinisterio del Poder Popular para la Educación

IUT. Dr. Delfín MendozaTucupita, Estado Delta Amacuro

Facilitadora:

El PoderPopular

Ing. yuznilde Ramírez Bachiller:

Edismar Cuffaro CI: 25.124.025

Tucupita, julio de 2014ÍNDICE

Págs.

Introducción…………………………………………………….………………….. 03

El poder popular……………………………………………….…………………... 04

El poder comunal………………..………………………….…………...….……… 04-05

Comunidad………………………………………….................................................

05

Territorios comunales……………………………………………………………... 05

Consejos comunales………………………………………………………..……… 06

Comunas…………………………………………………………………………… 06-07

Estructura organizativa y funcional de los consejos comunales………………...

07-10

Estructura organizativa y funcional de las comunas…………………………….

10-13

Conclusión………………………………………………………………………….. 14

Bibliografía…………………………………………………………………….…… 15

INTRODUCCIÓN

El fortalecimiento y consolidación del poder popular en

Venezuela ha sido impulsado de manera acelerada mediante la

constitución de una nueva estructura social, que desde

diciembre 2010 dispone de una plataforma legislativa solida

compuesta por cinco (5) Leyes Orgánicas: Ley del Poder

Popular, Ley de las Comunas, Ley de Planificación Publica y

Popular, Ley de Contraloría Social y Ley del Sistema

Económico Comunal. Estas iniciativas legislativas forman

parte de las directrices estratégicas trazadas en el Primer

Plan Socialista o Proyecto Nacional Simón Bolívar para el

periodo 2007-2013, dando lugar a que el poder popular avance

como pueblo legislador, haciendo leyes desde su conocimiento

y necesidades, apegado a su realidad en los lugares donde

viven y trabajan como ciudadanos.

La construcción de las comunas populares concebido como

espacio de acumulación de fuerzas propias y con una práctica

política orientada cada día, a que los ciudadanos y

ciudadanas ejerzan el pleno derecho de la soberanía y

desarrollen la participación protagónica mediante formas de

autogobierno para la edificación del Estado comunal, en el

marco del Estado democrático y social de derecho y de

justicia; además teniendo como objetivo la construcción de

poder propio y simultáneamente dirigida a la destrucción y

neutralización de la estructura de poder hegemónico, de sus

medios y modos de dominación.

EL PODER POPULAR

Es el ejercicio de la fuerza organizada y movilizada del

pueblo con capacidad de construcción, decisión, conducción y

transformación sobre su propia realidad y destino. 

Con las misiones sociales, el poder popular se ha

cualificado acumulando saberes sobre el hacer político y

social, al mismo tiempo que ha resuelto con sus propias manos

en niveles importantes algunas de las demandas de necesidades

históricas insatisfechas, vinculadas a las condiciones

mínimas de vida en educación, salud, infraestructura,

servicios, trabajo, seguridad alimentaria entre otros. 

Como principal actor de las misiones sociales, el pueblo

organizado y ejerciendo su poder, ha mostrado su capacidad de

construcción y conducción, como poder constituyente de una

nueva práctica, de una nueva forma de hacer política,

tensionando a la vieja cultura política que persiste en el

poder constituido, con la fuerza de la acción transformadora

de nuevos actores con nuevos rostros y subjetividades. 

Este acumulado de experiencia constituye la fortaleza

para avanzar en los nuevos retos que plantea la revolución en

la etapa actual.

EL PODER COMUNAL

La construcción del poder comunal en esta nueva etapa de

la revolución, forma parte del pueblo consciente quien ha

reelegido a su presidente y apuesta a la acumulación de las

fuerzas revolucionarias avanzando en la formación del partido

(PSUV) y por la consolidación de los espacios de poder

político (Asamblea Nacional), demostrando su disposición en

la profundización del proceso, en el estudio de la nueva

realidad, en la búsqueda de la organización popular

participativa, la contraloría social, la distribución y

consumo de la riqueza y consumo, y en la resolución de sus

propias necesidades, van haciendo constancia cada día mucho

mas de que todo el “poder para el pueblo significa

socialismo”. 

Definimos el poder comunal como la cualificación

ideológica y practica del poder popular, la concreción del

nuevo Estado y la nueva estructuración social, no es el sexto

poder, es la base de todos los poderes transferidos,

reconfigurados y ejercidos por el pueblo convertido en

Comuna, construyendo socialismo. 

Y al servicio de esos objetivos están orientados los

otros motores, la Reforma socialista de la Constitución, Las

leyes Habilitantes, Moral y luces y la Nueva Geometría del

Poder, como dinamizadores de la aceleración, con fuerza y

potencia transformadora, de los cambios, como elementos de

empuje y viabilidad de las condiciones estructurales

necesarias para el socialismo. 

COMUNIDAD

Es “un grupo de personas asociadas con el objeto de llevar una vida en común, basada en una permanente ayuda mutua". El grado de vida común y de ayuda mutua varía ampliamente según la comunidad.

TERRITORIOS COMUNALES

Los límites geográficos son establecidos en asamblea de

ciudadanos (artículo 4, numeral 3), recordando que las

comunidades para tener un funcionamiento óptimo de ésta forma

de participación deben agruparse aproximadamente en su

territorio entre 200 a 400 familias en áreas urbanas, y a

partir de 20 en áreas rurales, y 10 en casos de familias

indígenas. De igual forma “la base poblacional será decidida

por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas de acuerdo con las

particularidades de cada comunidad, tomando en cuenta las

comunidades aledañas” (artículo 4, numeral 4).

CONSEJOS COMUNALES

Los consejos comunales en el marco constitucional de la

democracia participativa y protagónica, son instancias de

participación, articulación e integración entre las diversas

organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos

y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer

directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos

orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de

las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad

y justicia social. (L.C.C., art. 2)

Los Consejos Comunales son la instancia básica de

planificación, donde el pueblo formula, ejecuta, controla y

evalúa las políticas públicas. Así, incorpora a las

diferentes expresiones organizadas de los movimientos

populares.

LAS COMUNAS

Es la propuesta que contiene la articulación vital de la

(Comunidad y el Plan Nacional Simón Bolívar) en la generación

de la participación protagónica de los sujetos desde sus

propios espacios comunitarios en la planificación del

desarrollo potencial productivo según sus capacidades,

características y particularidades convertidas en nuevas

relaciones sociales de producción, apropiación y distribución

equitativo de los excedentes.

Las Comunas y el PNSB plantean en su concepción

revolucionaria, el impulso del desarrollo de las comunidades

organizadas para el crecimiento productivo y social conforme

a sus específicas realidades que manifiestan su entorno.

Teniendo en cuenta lafundamental tarea de elevar al máximo

los niveles de organización que apunten a alcanzar la

planificación autogestionaria.

Donde las Comunas se presentan como el modelo superior

de organización cual agrupe a todas las comunidades

organizadas de un sector particular a la visión general

orgánica de convivencia en todo sentido político, social,

económico y cultural. Teniendo en cuenta el fundamental

propósito de crear y desarrollar a lo interno de las comunas,

las propuestas de desarrollo endógeno productivo apuntados al

crecimiento autónomo y autogestionario de las comunidades en

su conjunto, como un todo, según sus especificidades,

estableciendo relaciones de igualdad y equidad en la justa

distribución de la riqueza.

Como por ejemplo, “las Comunas que se encuentren

cercanas a la vía férrea nacional, estarán intrínsecamente

involucradas al espacio de acción productiva del ferrocarril,

empleando su potencial organizativo, creativo, fuerza de

trabajo y acción gestionaría productiva/social por medio de

proyectos que brinden una relación mutua socio/productiva en

pro del desarrollo económico, técnico/productivo de las

comunidades en contacto con el ferrocarril, sirviendo de

centro de trabajo interrelacionado con la acción social y

cultural que producen las comunas en sus diversas dinámicas/

practicas, señaladas en la socialización de la puesta

laboral, control obrero, distribución del plusvalor en

beneficio colectivo de la comuna y el avance estructurante

del sistema productivo en marcha ante las perspectivas

enmarcadas en el desarrollo estratégico del proyecto

revolucionario bolivariano

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL DE LOS CONSEJOS COMUNALES

1.- Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas:

Es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la

participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son

de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo.

“...Es la máxima instancia de decisión del consejo comunal,

integrada por las y los habitantes de la comunidad mayores de

15 años” (L.C.C., art. 6).

Atribuciones:

Aprobar proyectos comunitarios, aprobar el Plan de

Desarrollo Comunitario, aprobar normas de convivencia,

ejercer la Contraloría Social, aprobar estatutos y acta

constitutiva, elegir y revocar integrantes del Banco Comunal,

evaluar y aprobar la gestión financiera, definir y aprobar

mecanismos de funcionamiento del Consejo Comunal, adoptar

decisiones esenciales de la comunidad, elegir la comisión

electoral, elegir la comisión promotora, elegir y revocar

voceros y voceras del órgano ejecutivo, elegir y revocar

integrantes de la unidad de Contraloría Social, las demás que

establezca la Ley y su Reglamento.

El Vocero o Vocera:

Es la persona electa en Asamblea de ciudadanos y

ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida

solvencia moral, trabajo comunitario, espíritu unitario y

compromiso con los intereses de la comunidad.

Requisitos para su Postulación:

Para ser electo o electa se requiere: ser habitante de

la comunidad, con al menos, seis (6) meses de residencia en

la misma, salvo en los caso de comunidades recién

constituidas o circunstancias de fuerza mayor, ser mayor de

quince (15) años de edad, tener Disposición y tiempo para el

trabajo comunitario. Estar inscrito en el Registro Electoral

Permanente, en caso de ser mayor de edad. No ocupar cargos de

elección popular.

1.1.- Órgano Ejecutivo

Es la instancia encargada de promover y articular la

participación organizada de las y los integrantes de la

comunidad, los grupos sociales y organizaciones comunitarias

que integran los diferentes comités de trabajo.

Funciones Del Órgano Ejecutivo:

Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y

Ciudadanas;

Elaborar planes de trabajo, organizar el voluntariado;

Formalizar el registro del Consejo Comunal;

Promover la solicitud de transferencias de servicios,

participación en los procesos económicos, gestión de

empresas públicas y recuperación de empresas paralizadas

mediante mecanismos autogestionarios y de cogestión;

Promover el ejercicio de la iniciativa legislativa y la

participación en el parlamentarismo social;

Promover el ejercicio y defensa de la soberanía e

integridad territorial;

Las demás establecidas en la Ley y su Reglamento.

1.2.- Unidad de Gestión Financiera

Banco Comunal: es un órgano integrado por 5 habitantes

de la comunidad, electos y electas en la Asamblea de

Ciudadanos y Ciudadanas, que funciona como ente de ejecución

financiera de los consejos comunales, para: Administrar

recursos financieros y no financieros; Servir de ente de

inversión y crédito; Realizar intermediación financiera con

los fondos generados, asignados o captados; el banco podrá

pertenecer a un consejo comunal a una mancomunidad de

consejos comunales, de acuerdo al desarrollo y necesidades de

los mismos.

Objetivos del Banco Comunal:

1. Apoyar e instrumentar las políticas de fomento, desarrollo

y fortalecimiento de la economía social, popular y

alternativa. (Art.22 Nº 4 L.C.C.)

2. Consolidar la integración del Banco Comunal para tributar

a la consolidación del Sistema Microfinanciero.

3. Generar productividad, articulación e integralidad

mediante la capacitación, el acompañamiento y el

financiamiento. (Art.22 Nº 8 L.C.C.)

4. Otorgar financiamiento de proyectos a los habitantes de

sus comunidades, mediante el Ciclo del Poder Comunal

específicamente Plan Comunal en el Eje Económico. (Art.22 Nº

3)

5. Apoyar en la capacitación y formación integral de los

beneficiarios de créditos. (Art. 22 Nº 8 L.C.C.)

6. Dar respuesta oportuna a las necesidades y requerimientos

de las comunidades para el desarrollo de los planes

estratégicos y consolidarlos dentro del nuevo sistema

económico socialista a través del fortalecimiento y

financiamiento de su actividad, de acuerdo a los lineamientos

establecidos por el Ejecutivo Nacional.

7. Evaluar el impacto social de los proyectos, instrumentos,

y servicios de promoción de desarrollo a los efectos de

mejorar su planificación y ejecución.

8. Responder a las necesidades que presenten las personas con

carácter de emergencia, que surja de un imprevisto y que

desmejore significativamente su nivel de vida en el corto

plazo.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y FUNCIONAL DE LAS COMUNAS

En el ámbito espacial de la Comuna, dado que abarca a

varios asentamientos humanos, coexisten(o pueden coexistir,

es posible que algún caserío no tenga creado el Consejo

Comunal) uno o varios Consejos Comunales. Con vocería electa

democráticamente en cada Consejo Comunal, se conforman los

órganos del Gobierno Comunal.

Se propone que la Comuna esté constituida de la

siguiente manera:

I. La Asamblea General de Ciudadanas y Ciudadanos.

II. El Gobierno Comunal

III. La Contraloría Social

IV. El Banco de la Comuna

V. Órgano para la Justicia y la Paz Comunitaria.

I. La Asamblea General de Ciudadanas y Ciudadanos

Corresponde a la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanas de

la Comuna decidir sobre las materias que afectan al colectivo

de ciudadanas y ciudadanos, en particular:

Conocer, Legitimar y Juramentar a las voceras y voceros

del Gobierno Comunal.

Aprobar el informe de gestión del Gobierno Comunal.

Aprobar el Plan de Desarrollo Estratégico Comunal.

Aprobar los presupuestos anuales.

Aprobar las Normas de Convivencia Comunal.

Modificar los límites geográficos.

Aprobar la incorporación o desincorporación de

comunidades al espacio geográfico.

Revocar el mandato de las voceras y voceros del Gobierno

Comunal atendiendo a la normativa que a los efectos se

dicte

Cualesquiera otras materias que el Gobierno Comunal, con

el voto favorable del 75% de las voceras y voceros que

lo integran, considere de relevancia consultar a la

Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos.

II. El Gobierno de la Comuna.

Desde el punto de vista político funcional, la Comuna

constituye el nivel espacial territorial en donde tiene

asiento el Poder Popular del conjunto de asentamientos

humanos que la forman. El Gobierno de la Comuna es el órgano

de integración del Poder Popular y para el ejercicio del

Gobierno Popular, además es el responsable de establecer los

mecanismos para la participación de la gente en la

formulación, ejecución y control de los planes y proyectos

comunitarios. Las personas que conforman el Gobierno de la

Comuna tienen, además, la responsabilidad de imprimirle a los

planes el carácter estratégico, de promover formas de

organización socialistas para las funciones de ejecución y el

control. El Gobierno de la Comuna no tiene una estructura

jerárquica piramidal; su dirección es colectiva con

distribución de responsabilidades por colectivo. Para su

funcionamiento se propone la siguiente organización interna,

en función de los ejes de Planificación, Educación,

Desarrollo Integral y Producción Socialista.

I.1. Eje de Planificación: Sala de análisis estratégico

Se conformará con ciudadanas y ciudadanos que

voluntariamente expresen su deseo de dedicar un determinado

tiempo al trabajo comunitario, formados en materia de

planificación y formulación de proyectos. Es la instancia

responsable de a) la integración de los planes formulados por

cada Consejos Comunal; b) imprimirle el carácter estratégico

y socialista a los planes y proyectos; c) formular planes y

proyectos y someterlos a la consideración de los Consejos

Comunales; d) brindar asistencia a los consejos comunales en

materia de formulación de proyectos comunitarios; e)

establecer los procedimientos y mecanismos de seguimiento y

control de la ejecución de los planes y proyectos

comunitarios. En el futuro un vocero de esta sala podrá

constituir el Consejo Local de Planificación del Municipio.

I.2. Eje de Educación: Colectivo para la Socialización

de saberes

Se conformará conciudadanas y ciudadanos que

voluntariamente expresen su deseo de dedicar un determinado

tiempo al trabajo comunitario, formados en distintas

disciplinas y habilidades, dispuestos a compartir y

socializar saberes. Sus principales responsabilidades son las

de a) Diseñar herramientas (talleres, cursos, foros,

escuelas) para la formación en áreas de la producción y el

desarrollo integral del ser humano; b) establecer sinergia

con instituciones públicas o privadas dedicadas a la

formación; c) producir, reproducir y difundir materiales de

apoyo a la formación ciudadana; d) crear radios, periódicos,

televisoras todas comunitarias para el apoyo a los procesos

de formación.

I.3. Eje de Desarrollo Integral: Colectivo para el

desarrollo integral del Ser Humano

Se conformará con ciudadanas y ciudadanos que

voluntariamente expresen su deseo de dedicar un determinado

tiempo al trabajo comunitario, formados en materia del

conocimiento universal, deportiva y cultural. Tiene por

objetivos el desarrollo de actividades relacionadas con el

conocimiento de la historia y la literatura y con la práctica

deportiva, cultural y en general de las artes y oficios. De

igual manera corresponde a este colectivo la gestión de la

solución de la problemática comunitaria.

I.4. Eje de Producción Socialista: Colectivo para la

producción socialista.

Se conformará con ciudadanas y ciudadanos que

voluntariamente expresen su deseo de dedicar un determinado

tiempo al trabajo comunitario. Entre los propósitos básicos

están los relacionados con la promoción y conformación de

formas de organización colectivas, diseños de unidades de

producción socialistas, diseño y conformación de formas

socialistas para la integración de las actividades de

circulación de los bienes producidos por la Comuna.

III. Colectivo para el Control Social.

Tiene las mismas connotaciones de la Unidad de

Contraloría Social de los consejos comunales.

IV. Banco de la Comuna.

Tiene las mismas connotaciones de la unidad de Gestión

Financiera delos consejos comunales. Tiene además la

responsabilidad del registro y control de las actividades,

especialmente las financieras (de acuerdo a los principios de

la contabilidad generalmente aceptados), que realice el

Gobierno de la Comuna.

V. Colectivo para la Justicia y la Paz Comunitaria.

Órgano que se asimila a la noción de los Jueces de Paz.

Tiene la responsabilidad de garantizar el cumplimiento de Las

Normas de Convivencia Comunal.

CONCLUSIÓN

La consolidación de la participación y el protagonismo

es el principio fundamental del poder popular, abriendo

caminos para transferir poder al pueblo en ejercicio pleno de

su soberanía, fortaleciendo con ello su organización,

capacitación y sentido de pertenencia en pro de su comunidad;

promoviendo espacios legítimos para la construcción del

Estado Social Comunal.

La participación ciudadana, protagónica y revolucionaria

se fundamenta a partir de valores democráticos y

humanísticos, bajo un horizonte ético-político, favoreciendo

el Estado de derecho y de justicia social, para la promoción

del respeto a la vida, la libertad, la justicia, la igualdad,

la solidaridad, la responsabilidad social, los derechos

humanos, la dignidad, el reconocimiento del otro como ser

humano donde los valores individuales son sustituidos

conscientemente por los valores del colectivo, ofreciendo

condiciones para el establecimiento de la democracia

protagónica, revolucionaria, lineamiento estratégico del Plan

Nacional de Desarrollo Económico y Social de la Nación “Simón

Bolívar”, que busca transformar la individualidad en fuerza

colectiva y la corresponsabilidad solidaria en comunidad

BIBLIOGRAFÍA

http://es.scribd.com/doc/12722258/1-a-Las-Comunas

http://www.aporrea.org/poderpopular/a21706.html

http://explikme.wordpress.com/2007/02/15/los-consejos-

comunales/

http://www.buenastareas.com/ensayos/El-Poder-Popular-En-

Venezuela-Las/1512755.html