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15° Convocatoria de Proyectos de Extensión Universitaria y Vinculación Comunitaria Universidad, Estado y Territorio CONSTRUYENDO SEGURIDAD CIUDADANA Intervención territorial para la promoción de espacios formativos de Mar del Plata y Batán Cuaderno de Trabajo para los Estudiantes

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15° Convocatoria de Proyectos de Extensión Universitaria y Vinculación Comunitaria

Universidad, Estado y Territorio

CONSTRUYENDO SEGURIDAD CIUDADANA

Intervención territorial para la promoción de espacios formativos de Mar del Plata y Batán

Cuaderno de Trabajo para los Estudiantes

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

- 2 -

AUTORIDADES

RECTOR

C.P. FRANCISCO ANTONIO MOREA

SECRETARIA ACADEMICA

LIC. PAULA MESCHINI

COORDINADORAS

LIC. SILVIA LUCIFORA

LIC. BEATRIZ BANNO

ELABORACION DE MATERIAL

AUTORAS

DRA. ANA PALAZZESI

LIC. SUSANA MENDEZ

PRODUCCION

LIC. ADRIANA DE STEFANO

DISEÑO Y DIAGRAMACION AREA DE COMUNICACIÓN Y DISEÑO SEAD

D.G. NATALIA POSAT

CONSTRUYENDO SEGURIDAD CIUDADANA

Intervención territorial para la promoción de espacios formativos de Mar del Plata y Batán

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Índice Prólogo / pág. 5

Derechos Humanos / pág. 7

La persona como sujeto de Derechos y Responsabilidades. La idea de Dignidad. Valores que sustentan los Derechos Humanos / pág. 8

Qué son los Derechos Humanos. Proceso histórico de los Derechos Humanos. Clasificación de Derechos Humanos / pág. 12

Derechos Humanos y ciudadanía / pág. 20

Derechos Humanos y Violencia Social e Institucional / pág. 22

Violencia social / pág. 24 Violencia política - Violencia económica - Violencia intrafamiliar

Violencia de género y generación / pág. 26 Violencia contra al mujer - Violencia contra niños, niñas y adolescentes - Violencia policial hacia los adolescentes

Violencia institucional / pág. 30 Violencia en las escuelas - Violencia de las fuerzas de seguridad Violencia en lugares de encierro - Abusos en hospitales psiquiátricos. Recomendaciones de la org DDHH.

Violencia en cárceles / pág. 44

Derechos humanos y Violencia de Género ¡Merecemos un trato digno! / pág. 49

Derecho a una vida libre de violencia / pág. 51

Derecho a la salud / pág. 52 Salud sexual y reproductiva - Anticoncepción de emergencia Violencia sexual - Aborto no punible - Embarazo adolescente Conserjería pre-aborto. Conserjería post-aborto - Violencia obstetricia Trata con fines de explotación sexual.

Derecho a la seguridad social / pág. 68

Violencia familiar: denuncias

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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CONSTRUYENDO SEGURIDAD CIUDADANA

Intervención territorial para la promoción de espacios formativos de Mar del Plata y Batán

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Prólogo

Emprendemos este proyecto con el propósito de brindar un marco conceptual y práctico para la comprensión de la seguridad ciudadana y democrática como par-te de un proceso de inclusión social.

Es nuestra intención, a partir de la metodología de Taller, estimular la interacción entre los participantes desde un pensamiento crítico y creativo que propicie una mirada integral sobre la violencia y una perspectiva innovadora sobre la resolu-ción de problemas.

La iniciativa forma parte de un colectivo académico que modeló la línea de traba-jo propuesta por la Subsecretaría de Gestión y Coordinación de Políticas Univer-sitarias, en el lanzamiento de la 15° Convocatoria de Proyectos de Extensión Universitaria y Vinculación Comunitaria, “Universidad, Estado y Territorio”.

Pensamos que la lectura compartida, el desarrollo del pensamiento crítico, el manejo de información sobre instituciones implicadas y referencialmente locali-zadas, serán dispositivos que permitirán construir un camino de desnaturaliza-ción acerca de las representaciones sociales y las prácticas cotidianas que, so-bre la temática vivimos cada día.

Al mismo tiempo creemos que la coordinación de estos espacios educativos por parte de docentes de la universidad, de la escuela secundaria, que se desempe-ñan en el Plan Fines y estudiantes avanzados, todos vinculados en el compromi-so inclusivo que estructura la propuesta, sin duda innovará miradas y acciones en la perspectiva de “…ejercer el derecho a tener derecho”.

Agradecemos la participación de todos en esta experiencia educativa.

Octubre de 2014

Equipo Técnico - Pedagógico

Secretaria Académica

Universidad Nacional de Mar del Plata

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Intervención territorial para la promoción de espacios formativos de Mar del Plata y Batán

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DERECHOS HUMANOS

MODULO 1 La persona como sujeto de Derechos y Responsabilidades.

La idea de Dignidad.

Valores que sustentan los Derechos Humanos.

Qué son los Derechos Humanos?

Proceso histórico de los Derechos Humanos.

Clasificación de Derechos Humanos.

Derechos Humanos y ciudadanía.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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“La libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca de todos y todas los ciudadanos y las ciudadanas que componen la humanidad”.

(Paris, 1948, afirmación de los miembros de Naciones Unidas, al suscribir la Declaración Universal de los Derechos Humanos)

DERECHOS HUMANOS

La persona humana se define como un ser con valores, como un sujeto de dere-chos y de responsabilidades, es decir como un ser digno.

La DIGNIDAD es una cualidad de la persona humana por la cual es merecedora de ser reconocida y respetada por su condición.

La dignidad implica:

El conocimiento de sí mismo y de los demás.

La valoración de sí mismo.

Un compromiso por querer realizarse.

Luchar honestamente por ser alguien.

Creatividad para realizarse como persona.

Luchar mano a mano por y con los demás.

Promover el reconocimiento y el respeto por los derechos y res-ponsabilidades fundamentales que nos constituyen como perso-nas.

Valores que sustentan los Derechos Humanos

Los derechos y los deberes de los seres humanos son los que hacen que sean reconocidos como personas.

Al descubrir, reconocer y respetar los mismos, logran reconocer y respetar su condición humana.

Así, los Derechos Humanos, sustenta-dos en los valores de libertad, de igual-dad, de solidaridad y de participación,

fueron erigidos como protección de la dignidad humana.

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La Libertad como Derecho Humano

Como derecho, la LIBERTAD está unida a la RESPONSABILIDAD.

La libertad es la propiedad por medio de la cual las personas tienen la capacidad de elegir y actuar.

La libertad por ser humana no es absoluta. La misma posee condicionamientos personales y circunstanciales:

Personales:

Fisiológicos: la estructura orgánica de las personas, expresadas por el código genético y los sistemas nervioso y endocrino, tienen una influencia en importante en la libertad, aunque esta no es deci-siva.

Psicológicos: desde el psiquismo de las personas fuerzas incons-cientes ejercen influencia sobre la libertad aunque no la determi-nan.

Circunstanciales: factores económicos, sociales, culturales, políti-cos, educativos, y religiosos influyen en el ejercicio de la libertad aunque no la echan por tierra.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce a la Libertad como

un derecho, explicitándola en varias libertades concretas y particulares:

Derecho a la Libertad: negación de la esclavitud y de la servidumbre

Derecho a la protección de la libertad personal

Derecho a la libertad de opinión y de expresión

Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión

Derecho a la libertad de residencia y de circulación

Derecho de rectificación y de respuesta.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Derecho no ejercitado, no es derecho; derecho no vivido, no es derecho; derecho pasivo, no es derecho.

Para que él sea en la vida lo que es en la esencia de nuestro ser, hay que ejercitarlo.

Ejercitarlo es cumplir con el deber de hacerlo activo, positivo y vivo.

Eugenio María de Hostos (político, pedagogo y escritor puertorriqueño 1839 -1903)

La igualdad como Derecho Humano

Cada persona es un ser único e irrepetible. Se ven, se piensan y actúan distinto. Los seres humanos se diferencian por sus cuerpos, por sus facciones, sus habili-dades, sus prácticas, sus opiniones, por sus conductas diarias, por sus maneras de vivir.

Esto muestra que no son idénticos, pero sí comparten la misma humanidad, las mismas necesidades de libertad, de amar y ser amados, de buscar la felicidad. Nadie es superior a otro/a, ni nadie tiene más o menos derecho que otros/as.

Desde estos conceptos, los Derechos Humanos incorporan el principio de igual-dad, que si bien no ignora las diferencias individuales, las extiende a lo que es común a todos los seres humanos: la DIGNIDAD y los DERECHOS COMO PER-SONAS.

Existen dos clases de diferencias entre las personas:

Diferencias legítimas y válidas: que surgen de las particularida-des propias de los seres humanos (hombre-mujer; grupos étnicos; de lugares geográficos diferentes; idiomas distintos; etc.) que for-man la identidad como individuos.

Diferencias ilegítimas e injustas: son aquellas que surgen de la negación de existencias dignas y equitativas para grupos de per-sonas consideradas diferentes.

Art. 1: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Declaración Universal de Derechos Humanos

Solidaridad y Derechos Humanos

Los seres humanos están fuertemente ligados unos con otros, lo que significa que son solidarios entre ellos y es de vital necesidad cooperar con sus coterráneos para sobrevivir y para ser. Toda persona necesita de otras para su supervivencia material - para protegerse, para trabajar, para producir, para reproducirse –, y para su supervivencia espiritual - para reconocerse como miembros de la especie, de una comunidad, para comunicarse, para desarrollar sus potencialidades -.

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Este vínculo solidario hace un contrapeso entre la libertad individual poniéndole límites ante la libertad de los demás, en pos del bien de todos y reconociendo una igualdad entre las personas desde una verdadera hermandad.

El principio de SOLIDARIDAD equilibra al de la LIBERTAD y complementa al de la IGUALDAD

Participación y Derechos Humanos

Las personas forman parte de muchas agrupaciones que no son la sumatoria de seres humanos que las componen, sino que poseen un sentido mayor que cada uno de sus integrantes: familia, grupos sociales, comunidades, naciones.

Participar es “formar parte” pero es también “tomar parte” - interviniendo, opinan-do, decidiendo - sobre las cuestiones que tienen que ver con las agrupaciones que integran los seres humanos.

Querer y poder tomar parte con decisiones en asuntos que les competen está ligado a la condición de personas. Participar plenamente en una actividad o agru-pación solo es posible si se es libre, en un plano de igualdad - en dignidad y dere-chos - con otros y sostenido por vínculos que implique acciones solidarias. Desde lo dicho, la participación es un valor humano en el sentido ético y social.

Conocimiento de los Derechos Humanos

Los derechos se constituyeron como medios de protección contra el uso y los abusos arbitrarios de los poderes socialmente dominantes.

La historia de los Derechos Humanos está constituida por una serie de decretos, cartas, actas y declaraciones que comienzan a tener periodicidad continuada a partir del siglo XVII y que culminan con la Declaración Univer-sal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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“Reconociendo y afirmando que todos los Derechos Humanos tienen su origen en la dignidad y el valor de la persona humanos, y que ésta es el sujeto central de los Derechos Humanos y la libertades fundamentales, por lo que debe ser el principal beneficiario de esos derechos y libertades y debe participar activamente en su realización……..

Los Derechos Humanos y las libertades fundamentales son patrimonio innato de todos los seres humanos; su promoción y protección es responsabilidad primordial de los gobiernos”

Conferencia Mundial de los Derechos Humanos (Viena 1993)

¿Qué Son los Derechos Humanos?

Todos los seres humanos tienen derechos. Estos derechos le corresponden por el solo hecho de ser una persona. Por ello, se denominan derechos fundamentales o humanos.

Los derechos humanos son:

Universales, es decir, pertenecen a todo ser humano en cualquier sociedad humana, sin distinción de sexo, raza, edad, clase social, origen étnico o religioso.

Imprescriptibles, es decir, que no se pierden por el transcurso del tiempo.

Indivisibles, interdependientes y complementarios, porque se relacionan y apoyan unos en otros.

La clasificación de Derechos Humanos de carácter histórico esté basada en la aparición o reconocimiento cronológico de los mismos por parte del orden jurídico normativo internacional, la misma ha permitido establecer cuatro generaciones sucesivas de Derechos Humanos, estas son:

PRIMERA GENERACIÓN DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS: tienen por objeto la tutela de la libertad, la seguridad y la integri-dad física y moral de la persona, así como el derecho de participar en la vida pública. Este grupo lo conforman los derechos que hablan de la participación en la toma de decisiones, de las libertades individuales y la igualdad en-tre las personas, del derecho a la propiedad, a la resistencia a la opresión y a la seguridad. Fundamento para este grupo:

LA LIBERTAD principio que es la propiedad por medio de la cual, las personas tienen la capacidad de elegir y actuar. Como derecho, está unida a la responsabilidad.

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Los Nadies

Sueñan las pulgas con comprarse un perro

y sueñan los nadies con salir de pobre,

que algún mágico día llueva de pronto la buena

suerte,

que llueva a cántaros la buena suerte:

pero la buena suerte no llueve ayer,

ni hoy ni mañana ni nunca,

ni en llovizna cae el cielo la buena suerte,

por mucho que los nadies la llamen y

aunque les pique la mano izquierda,

o se levanten con el pie derecho,

o empiecen el año cambiando de escoba.

Los nadies:

los hijos de nadie, los dueños de nada.

Los nadies.

los ningunos, los ninguneados.

Corriendo las liebres, muriendo la vida, jodidos,

rejodidos:

Que no son, aunque sean.

Que no hablan idiomas sino dialectos.

Que no profesan religiones, sino supersticiones.

Que no hacen arte, sino artesanía.

Que no practican cultura, sino folclore.

Que no son seres humanos, sino recursos humanos.

Que no tienen cara, sino brazos.

Que no tienen nombre, sino número.

Que no figuran en la historia universal.

Sino en las páginas rojas de la prensa local.

Los nadies.

Que cuestan menos que la bala que los mata.

Eduardo Galeano - "El libro de los abrazos"

Aquel hombre era invisible, pero nadie

se percató de ello.

GABRIEL JIMENEZ EMAN

Libertad.

Javier Benitez Toyo

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SEGUNDA GENERACIÓN DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES: se refieren a la existencia de condiciones de vida y de ac-ceso a los bienes materiales y culturales en términos adecuados a la dig-nidad inherente a la humanidad. Estos hablan de que a la par de una democracia política las per-sonas necesitan una democracia social y eco-nómica. Estos derechos incluyen los derechos a la seguridad social, al trabajo, al salario justo, al descanso, a la educación, a la libertad de sindi-calización, a garantías sociales. A través de ellos el Estado tiene el rol de crear y garantizar las condiciones para que estos derechos puedan ser ejercidos, lo que suma a los derechos del primer grupo una dimensión social y comunitaria. Fun-damento para este grupo:

LA IGUALDAD principio que sin ignorar las diferencias individuales, sino que las extiende a lo que es común a todos los seres humanos, la dignidad. Declarando a las personas iguales en DIGNIDAD y DERECHOS

A JOSÉ

A José lo llevaron

con la nuca hecha un nido

de pájaros y miedo.

Con cemento en el pelo

y cal en las entrañas

con la novia y el beso

y un poco de ambulancia.

Lo metieron de punta en el olvido

sonriente y revocado.

a mitad de un agosto sin sentido

un pequeño agosto tributario.

Parecía un jinete

cabalgando el andamio

en su postrer figura

de campeador a plazos.

Y la gente inaugura sus ambientes

con fantasmas obreros merodeando

porque José deambula en los pasillos

con sus recuerdos de peón y sus cucharas

y sus detenidas ganas de muchacho.

José Luis Masa

“PREOCUPACIÓN”

- No se preocupe. Todo saldrá bien - dijo el Verdugo.

- Eso es lo que me preocupa - respondió el Condenado a muerte.

ORLANDO ENRIQUE VAN BREDAM

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Nora Edith Maldonado

TERCERA GENERACIÓN DERECHOS DE LOS PUEBLOS, comprende el derecho a la paz, al desarrollo, al medio ambiente, y al res-peto al patrimonio común de la humanidad. Constituyen un producto del acuerdo de la co-munidad internacional para preservar a la hu-manidad. Fundamento para este grupo:

LA SOLIDARIDAD, principio que equilibra al principio de libertad y complementa al de igualdad. Es entendida como relación activa de cooperación mutua que une a hombres y mujeres, la solidaridad es un principio rector de los Derechos Humanos y una meta de la lucha por la plena vigencia de los mismos.

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Todos contra la contaminación

Que los hombres no manchen los ríos.

Que los hombres no manchen el mar.

Que los niños no maltraten los árboles.

Que los hombres no ensucien la ciudad.

(No quererse es lo que más contamina,

sobre el barco o bajo la mina.)

Que los tigres no tengan garras,

Que los países no tengan guerras.

Que los niños no maten pájaros,

Que los gatos no maten ratones,

Y, sobre todo, que los hombres

No maten hombres.

Gloria Fuertes - De su libro "Versos fritos”

“FABULA”

Y los ratones hicieron una alianza y la serpiente

de cascabel le puso el cascabel al gato.

JAIRO ANÍBAL NIÑO

Solidaridades

CUARTA GENERACIÓN: SON DE RECIEN-TE CONSOLIDACIÓN Y SE REFIEREN A LOS DERECHOS DERIVADOS DEL USO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMA-CIÓN Y COMUNICACIÓN (TIC), entendiendo que el uso y el aprovechamiento de las mis-mas resultan importantes para la satisfacción de las necesidades del individuo. Fundamento:

IGUALDAD DE CONDICIONES DE ACCESO A NUEVAS TECNOLOGÍAS

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CONCEPTOS RELACIONADOS

BRECHA DIGITAL hace referencia a la diferencia so-cioeconómica entre aquellas comunidades que tienen accesibilidad a Internet y aquellas que no, aunque tales desigualdades también se pueden referir a todas las nuevas tecnologías de la información y la comuni-cación (TIC), como el computador personal, la telefo-nía móvil, la banda ancha y otros dispositivos. Como tal, la brecha digital se basa en diferencias previas al acceso a las tecnologías.

Este término también hace referencia a las diferencias que hay entre grupos según su capacidad para utilizar las TIC de forma eficaz, debido a los distintos niveles de alfabetización y capacidad tecnológica. También se utiliza en ocasiones para señalar las diferencias entre aquellos grupos que tienen acceso a contenidos digi-tales de calidad y aquellos que no. El término opuesto que se emplea con más frecuencia es el de inclusión digital y el de inclusión digital genuina.

POBREZA DIGITAL es un concepto alternativo desa-rrollado en América Latina por DIRSI (Diálogo Regio-nal sobre la Sociedad de la Información | Regional Dialogue on the Information Society).

El concepto de “pobreza digital”, como tal, no aparece frecuentemente citado en las discusiones.

Frente al concepto de brecha, el concepto de pobreza digital trata de capturar el nivel mínimo de uso y con-sumo de los diversos atributos de las TICs, así como los niveles de ingreso de los pobladores para hacer efectiva una demanda.

http://es.wikipedia.org/wiki/Brecha_digital

“EL MUNDO”

Dios todavía no ha creado el mundo; sólo está imaginándolo, como entre sueños. Por eso el mundo es perfecto, pero confuso.

JUAN JOSÉ ARREOLA

La relación entre las políticas de inclusión social con las políticas de inclusión educativa y tecnológica, da por resultado diversos Programas, como por ejemplo, “Conectar Igualdad”, que provee equipos portátiles a los alumnos y capacita a los docentes del sistema público de educación, y la “Asignación Universal por Hijo”, que garantiza la inclusión de todos los chicos en la escuela.

http://www.conectarigualdad.gob.ar/

http://www.fines.educ.ar/

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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http://www.progresar.anses.gob.ar/

http://www.becasbicentenario.gov.ar/

http://portales.educacion.gov.ar/ primariadigital/

Estas generaciones de derechos tienen relación con el momento en que fueron consolidados como reivindicaciones de derecho,

exigibles y garantizables por el Estado. De ninguna manera se trata de generaciones como compartimentos estancos, no vinculados

unos a otros. Por lo tanto es fundamental a partir de la idea que los derechos de las personas son indivisibles, que:

LOS DERECHOS HUMANOS INTEGRAN UNA UNIDAD TOTAL CUYA RAZÓN RESIDE EN LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS

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Los derechos humanos son sus derechos. Tómenlos. Defiéndanlos. Promuévanlos. Entiéndanlos e insistan en ellos. Nútranlos y enriquézcanlos. . . Son lo mejor de nosotros. Denles vida.

Kofi Atta Annan. Secretario General de las Naciones Unidas, cargo que ocupó entre 1997 y 2006, y fue galardonado, junto a la ONU, con el Premio Nobel de la Paz de 2001.

Los Tratados de Derechos Humanos y la Constitución Argentina

En general, los derechos se encuentran enumerados en declaraciones y tratados que los países firman entre ellos. Cuando un país firma un tratado se obliga a cumplir con los derechos allí enumerados.

La Argentina ha firmado entre otros tratados de derechos humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos; la Convención contra la Tortura y Otras For-mas de Trato o Castigo Cruel, Inhumano o Degradante; la Convención sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discriminación Contra de la Mujer; la Con-vención sobre los Derechos del Niño; el Pacto Internacional de Derechos Econó-micos, Sociales y Culturales; Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer (1996). El Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en Materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1996).

Los documentos completos los podes consultar en:

Convención Americana de Derechos Humanos (1969) http://www.utelpa.com/DDHH/5332.pdf

Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, In-humanos o Degradantes (1984) http://www.juridicas.unam.mx/publica/librev/rev/derhum/cont/37/pr/pr32.pdf

Convención sobre la Eliminación de Todas Las Formas de Discri-minación Contra de la Mujer (1979) http://www.cinu.org.mx/biblioteca/documentos/dh/c_elim_disc_mutxt.htm

Convención sobre los Derechos del Niño (2007) http://www2.ohchr.org/english/bodies/crc/docs/CRC.C.GC.10_sp.pdf

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Cultura-les (1975)

http://www.rlc.fao.org/frente/pdf/pidesc.pdf

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976) http://www2.ohchr.org/spanish/law/ccpr.htm

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer (1996). http://www.unicef.org/argentina/spanish/ar_insumos_ConvencionBelem.pdf

¿Qué significa que los Tratados de Derechos Humanos tengan jerarquía constitucional?

Son de cumplimiento obligatorio para los funcionarios: Estas normas son de aplicación obligatoria por parte de los funcionarios del poder ejecutivo, jueces y legisladores.

Son de cumplimiento obligatorio para todos los ciudadanos e instituciones privadas: La Constitución es obligatoria e imperati-va tanto para la totalidad de los órganos del Estado como para los particulares.

Representan un deber de los legisladores: Es deber de los le-gisladores adoptar las medidas legislativas apropiadas para armo-nizar y adecuar toda la legislación en concordancia con la Consti-tución Nacional y los tratados internacionales que el Estado Argen-tino se comprometió a respetar.

Corresponde al Congreso: “Legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad de oportunidades y de trato y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre

derechos humanos en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad...”

Constitución Nacional. Artículo 75 inciso 23

Derechos Humanos y Ciudadanía

El ejercicio de la ciudadanía implica la existencia de un marco para un ejercicio activo de los derechos humanos en condiciones de equidad e igualdad incluyendo los mecanismos de exigibilidad de los mismos y la capacidad para participar acti-vamente en las políticas y decisiones públicas.

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La participación: principio que toma en cuenta a dos maneras de implementarla: “tomar parte” y “formar parte”, íntimamente está re-lacionado con los otros valores -libertad, igualdad y solidaridad- porque participar plenamente solo se puede si se es libre, en un plano de igualdad y sosteniendo vínculos con otros/as.

La justicia: principio que aporta el requisito de justicia como un ideal, necesarios para lograr una vida cotidiana justa, que afirme la igualdad entre las personas y la libertad de otros/as.

Se trata de comprender a los derechos humanos como un proceso constante de construcción de ciudadanía expresado en la fórmula del reconocimiento del dere-cho a tener derechos.

Derecho es trabajo incesante, no sólo del poder de Estado, sino de todo el pueblo.

Rudolf von Ihering (Profesor y jurista alemán que ejerció gran influencia en el desarrollo de las doctrinas jurídicas modernas - 1818 – 1892)

La Dirección General Municipal para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos es un órgano dependiente de la Secretaría de Gobierno de la Municipa-lidad de General Pueyrredón.

Esta Oficina lleva a la práctica pla-nes, programas y políticas relativas a la promoción, protección y defen-sa de los derechos humanos, a la igualdad de oportunidades y a la no discriminación de grupos o perso-nas. Asimismo, implementa políticas de difusión tendientes a la concien-tización social sobre la importancia que supone el respeto y valoración de los derechos humanos.

Dirección Municipal de Derechos Humanos / Juan B. Justo 2539. Tel:495-0583

http://www.mardelplata.gob.ar/derechoshumanos

@ [email protected]

https://www.facebook.com/DerechosHumanosMGP

https://twitter.com/DerechosHuman12

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DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA SOCIAL E INSTITUCIONAL

MODULO 2 Violencia social

Violencia política

Violencia económica

Violencia intrafamiliar

Violencia de género y generación

Violencia contra la mujer

Violencia contra niños, niñas y adolescentes

Violencia policial hacia los adolescentes

Violencia institucional

Violencia en las escuelas

Violencia de las fuerzas de seguridad

Violencia en lugares de encierro

Abusos en hospitales psiquiátricos. Recomendaciones de la org DDHH.

Violencia en cárceles

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“Donde los Derechos son totalmente pisoteados reina el silencio y la inmovilidad que no dejan ninguna traza en la historia”

R. Maheu, Prólogo a la obra “Le droit d´etre un homme”

VIOLENCIA SOCIAL E INSTITUCIONAL

Las relaciones entre las personas se fundan en relaciones de poder y de autori-dad. Cuando las relaciones de poder son piramidales, ocupar el vértice, produce privilegios y discursos que son considerados como verdades. El reconocimiento por parte del grupo hacia quien o quienes tienen poder, legitima su lugar y justifica sus acciones, instalando una autoridad desigual, que parte de una relación jerár-quica entre las personas, cuyo ordenamiento está apoyado en discursos que justi-fica y legaliza la dominación de unos/as y la sumisión de otros/as

Las relaciones de poder pueden ser:

Relaciones simétricas o igualitarias: las personas se relacionan desde la igualdad, siendo equitativos los derechos y los deberes.

Relaciones asimétricas o complementarias: las personas están ligadas por una relación desigual basada en posiciones según las jerarquías que crean situaciones de dominación – sumisión.

La violencia forma parte de un sistema de dominación, surge de la negación de otro u otra. No es cualquier relación de poder, es una relación para anular a otro/a, para excluirlo/a, para ignorarlo/a. Resulta de la ruptura de situaciones de domina-ción sumisión creando conflictos en los cuales los intereses de personas o grupos se encuentran en oposición, ya sea en forma explícita o implícita.

Es una forma de ejercicio de poder mediante el uso de la fuerza, ya sea física, psicológica, económica, política, que implica un “arriba” y un “abajo”, reales o sim-bólicos, que habitualmente adoptan la forma de roles complementarios. Enten-diéndose por violencia al uso de fuerza o prepotencia – abierta u oculta – por parte de una persona o grupo de personas que tiene como finalidad infligir padecimien-tos físicos, psicológicos o morales para dominar y someter a personas o grupo que se encuentran en situación de sumisión.

En su accionar, la violencia, rompe con las normas jurídicas, destruye las cohe-siones sociales y perturba el desarrollo normal de las actividades económicas, sociales y políticas de una determinada sociedad. Si se considera que las violen-cias presentan una carga negativa por cuanto tratan de doblegar o desarticular la voluntad de las personas, restarles autonomía, eliminarlas, ex patriarlas o simple-mente desposeerlas, las sociedades se encuentran ante una diversidad de situa-ciones que denotan descomposición y pérdida de vigencia de instituciones que regulan el tejido social contemporáneo. Es por ello que las violencias se expresan de diversas maneras, incluyendo la inseguridad pública.

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En ese sentido, la violencia se revela no como potencia y fuerza, sino como signo de impotencia, de insensibilidad, de decadencia e intolerancia, es producto de la frustración tanto a nivel individual como colectivo. Se presenta en todos los estra-tos sociales; incluye en su dinámica a la niñez, juventud, adultez y vejez; no tiene distingo de nacionalidad y religión, careciendo de ética y moral.

VIOLENCIA SOCIAL

La violencia social en sus múltiples formas es uno de los problemas fundamenta-les que quebranta la convivencia ciudadana, cuestionando el funcionamiento polí-tico-económico de los países y, por ende, desgasta la capacidad funcional del estado. Los principales factores que inciden en este tipo de violencia son, el sis-tema económico; la pérdida de identidad cultural y la marginalización social. La presencia de ésta en los planos económico, político y sociológico transforma con-siderablemente la realidad afectando las maneras de socialización de las perso-nas en todos los ámbitos por los que transita.

A través de los medios de comunicación la cultura domina transmitiendo mensajes de usos y costumbres de otras realidades que contribuyen a acrecentar estados de frustra-ción, estrés y ansiedad, generando compor-tamientos agresivos que afectan la conducta de las personas. De esa manera se consolida una cultura de violencia, interrelacionada en-tre lo personal y lo colectivo, lo individual y lo institucional, lo histórico y lo económico, lo público y lo privado.

El debate sobre los tipos de violencia tiene consideraciones de distinta índole, especialmente cuando se trata de violencia estructural y de violencia institucional. La primera está identificada desde un con-texto económico, social y político que brinda las posibilidades concretas para la realización de acciones violentas dentro de la sociedad, generalmente está aso-ciada a índices elevados de pobreza y marginación y/o a un sistema político de-mocrático deficitario que limita el desarrollo los derechos humanos de las perso-nas, vulnerando su dignidad. La segunda puede ser pensada como aquella espe-cie de violencia estructural aceptada por los individuos, por hallarse formal o efec-tivamente incorporada en las instituciones, lo que hace que sea admitida en distin-tos ámbitos de la sociedad.

“AMENAZAS”

- Te devoraré - dijo la pantera.

- Peor para ti - dijo la espada.

En: Guillermo Bustamante Zamudio y Harold Kremer, Antología del cuento

corto colombiano, p. 125.

WILLIAM OSPINA

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Las violencias que se desarrollan en la sociedad tienen actores, formas y móviles variados y multicausales. Cada una de ellas se gesta en escenarios específicos –escuela, familia, instituciones encargadas de la salud, unidades penales, barrios, comunidad campesina, etc. De esa manera se presentan violencias que pueden ser catalogadas de la siguiente forma:

Violencias políticas que provienen de agentes sociales organiza-dos que buscan modificar, sustituir o alterar el orden institucional vigente existente, o la generada por aquellas situaciones que res-tringen la legitimidad, la representación y la participación de distin-tos componentes de la población. Este tipo de violencias, por lo general, están asociadas a regímenes autoritarios, democracias deficitarias y excluyentes o segmentos de la sociedad que no han podido concretar sus demandas de diversas características frente al Estado nacional y promueven una constante conflictividad políti-ca y social.

Violencias económicas que surgen de los mercados ilegales donde se trafica y comercia con: armas, drogas, vehículos, trata con fines sexuales y laborales, secuestros extorsivos, tráfico de obras de arte y, las que se desprenden de la aplicación de un mo-delo económico concentrador y excluyente de la riqueza que de-viene en una polarización socioeconómica entre la población de una sociedad determinada.

Violencias intrafamiliares que se manifiestan por las condiciones culturales, las relaciones asimétricas de poder y decisión. Estas violencias son frutos de la cultura patriarcal, que otorga al hombre un poder hegemónico y una autoridad desigual subordinando a él a mujeres y niños/as.

Las violencias sociales que dan cuenta de la descomposición de los niveles mínimos de convivencia ciudadana y que se expresan en la pérdida de valores que cohesionan a la sociedad en distintos ámbitos cotidianos. Este tipo de violencias, aunque son menos sus-tentadas en la fuerza y la coerción, representan actos constantes que vulneran a las instituciones y su gestión dentro de la sociedad. La corrupción en distintos grados, el acoso sexual, la explotación laboral, la segregación, la discriminación y el racismo son un tipo de violencias que reducen la capacidad de desenvolvimiento de los individuos en las comunidades.

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"La violencia contra la mujer es quizás la más vergonzosa violación de los derechos humanos. No conoce límites geográficos, culturales o de riquezas. Mientras continúe, no podremos afirmar que hemos realmente avanzado hacia la igualdad, el desarrollo y la paz."

Kofi Annan, Ex Secretario General de Naciones Unidas

VIOLENCIA DE GÉNERO Y GENERACIÓN

Violencia contra la mujer

Las Naciones Unidas definen a la violencia sexista como todo acto que tiene como resultado -posible o real- un daño físico, sexual o psíquico, incluidas amenaza, la coerción o la privación arbitraria

de la libertad, ya sea que ocurra en vida pública o privada. Dicha coerción puede adoptar formas diferentes: física,

verbal, psíquica, sexual, social, económica, etc.

A las condiciones sociales que pesan sobre las mujeres manifestadas por factores de carácter económicos (limitado acceso a estructuras de poder, a la educación, a la formación, a recursos productivos), se suman los efectos y las consecuencias de la cultura patriarcal basada en relaciones de género desiguales, que estable-cen la subordinación de la mujer, produciéndose disímiles circunstancias laborales y una discordante distribución de recursos. Los estereotipos, legitimados por la cultura patriarcal, refuerzan la creencia de una posi-ción superior de los hombres sobre las muje-res, determinando una desigualdad entre los géneros y contribuyendo a que se originen patrones de violencia.

En sociedades en las que no existen jerar-quías de privilegios de unos sobre otros, ejer-ciendo hombres y mujeres el mismo poder y autoridad, los niveles de violencia son inferio-res. En cambio, en aquellas culturas regidas por el patriarcado, donde aparecen la domi-nación y la consecuente sumisión, la violencia es la herramienta válida y necesaria para mantener dicha ordenación.

La violencia contra la mujer adopta formas diversas:

La violencia doméstica;

La violencia simbólica institucional, que se presenta invisibilizada y produce en las mujeres su naturalización;

La trata de mujeres y niñas; la prostitución forzada;

“MANDAMIENTOS”

No ames

No prometas

No acaricies

No hables

No beses

No mires

No escuches

No sientas

No compartas

No existas

Escrito por SERGIO

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La violencia en situaciones represivas: asesinatos, violaciones sis-temáticas, la esclavitud sexual y el embarazo forzado; métodos de tortura;

Los asesinatos por razones de honor;

El infanticidio femenino y la selección prenatal del sexo del feto en favor de bebés masculinos;

La mutilación genital femenina.

“... un país, con el que Evita soñó, donde los chicos puedan jugar, mirando al sol y aprendiendo a amar…”

Canción de militantes en las marchas de los 70´

Violencia contra niños, niñas y adolescentes

La violencia contra niños, niñas y adolescentes, se da en colegios e instituciones - como escuelas, orfanatos, centros de acogida-, en las calles, el lugar de trabajo y en los institutos penales. Por otro lado, niños y niñas padecen violencia en sus casas, en el seno de sus familias o por parte de otros de su mismo ciclo vital. Constituyendo, así uno de los problemas más graves que actualmente afectan a la infancia.

La violencia puede tener consecuencias gra-ves para el desarrollo de la infancia. En casos extremos deriva en lesiones graves o incluso muerte. No obstante, también puede afectar a la salud de este grupo etario, a su capacidad de aprendizaje o incluso a su voluntad de ir a la escuela. La violencia puede producir la huida de niños/as de su hogar, exponiéndose así a mayores peligros.

La violencia contra la niñez y la adolescencia se presenta desde el abuso físico hasta el abuso sexual. A menudo la violencia ejercida por adultos sobre estos grupos etarios quedan ocultos. En ocasiones, los niños y niñas se sienten incapaces de denunciar los actos de violencia sexual por miedo a las represalias de su agresor. en el caso de las violencias físicas, puede ocurrir que ni los/as niños/as, ni el agresor vean nada malo o inusual en estas prácticas, o que ni siquiera piensen que estos actos constituyen violencia, y los consideren más bien como castigos justificados y necesarios. Por otro lado, puede que el niño maltratado se sienta avergonzado o culpable, pensando que se trata de ser castigado por algo que el/la provoco, por lo que esta sea la causa de que evite hablar del hecho.

“SIN EXPLICACIÓN”

Nadie entendió por qué, pero sucedió. Y todos se siguen

preguntando por qué y nadie se centra en qué sucedió.

Escrito por CARLA

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Violencia ejercida por las fuerzas policiales hacia los adolescentes

Informes anuales de la Comisión Provincial por la Memoria, a través del Comité contra la Tortura y del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), señalan una curva ascendente en hechos de violencia con participación policial, cuyas expre-siones más graves culminan en la muerte de adolescentes. Prácticas que son más cotidianas y numerosas, mostrando una lógica relación entre las policías y los adolescentes varones de los barrios más empobrecidos.

La policía, como otras instituciones sociales, señalan a estos jóvenes como peli-grosos, ejerciendo violencia sobre ellos, que va desde discriminaciones, violacio-nes y muertes en casos más graves. Desde los jóvenes, esta fuerza es el contrin-cante principal frente a quien temen perder sobre todo la vida, ya sea porque sus enfrentamientos con ella son violentos o porque, al ser detenidos, pueden sufrir apremios ilegales en comisarías, como lo demuestran las numerosas denuncias en juzgados acerca de los mismos.

Este abuso represivo pone en tela de juicio el valor de las figuras de autoridad de nuestra sociedad, desvirtuando los valores éticos de toda la población y dividiendo a la ciudadanía. Así, por un lado están aquellos que justifican una seguridad regi-da por la aplicación de “mano dura” como solución al problema, insistiendo en la penalización de jóvenes y adolescentes, en perfeccionar los sistemas represivos y bajar la edad de la imputabilidad, acompañados por algunos medios de comunica-ción que incitan a sumar adeptos a estas ideas, a través de la manipulación de la información. En otro lugar, están los que creen que una política autoritaria frente al delito produce una fuerte dosis de exclusión y violencia.

Una variedad de factores vulnerabiliza a la población adolescente, pues la pertenencia a un grupo social se ve dificultada, esto puede conducir al desarrollo de situaciones objetivas y subjetivas de exclusión y desamparo, que lleva al adolescente a movilizar un monto de agresión hacia sí mismo o se produce como violencia hacia otros/as..

“PARAJOS”

Las ramas se poblaron de pájaros. Sonó un disparo

y el árbol cayó pesadamente.

En: Puro Cuento, núm. 23, 1990

CÉSAR ANTONIO ALURRALDE

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Violencia contra adultos mayores

El maltrato y la violencia contra las personas de edad refieren a cualquier acción u omisión que produce daño y vulnera el respeto a su dignidad y el ejercicio de sus derechos como personas. El maltrato puede ser físico, emocional o financiero, produciéndose en todas las esferas sociales, económicas, étnicas y geográficas. Se ejerce de manera activa o pasiva y ocurre en el ámbito familiar, en las institu-ciones que prestan asistencia a los mayores y en la sociedad que los discrimina.

En los últimos años, la comunidad internacional a planteado el maltrato de este grupo etario como una cuestión de Derechos Humanos, reconociéndolo como un problema social que los afecta a nivel mundial y que tiene profundas repercusio-nes psicológicas, médicas, jurídicas y éticas.

Los tipos de violencia contra adultos mayores se muestran como:

Insultos, agresiones verbales, amenazas de aislamiento o institu-cionalización

Intimidaciones, humillaciones, infantilización, ridiculización, silen-cios ofensivos

Falta respeto a sus creencias, rechazo a sus deseos, falta de res-puesta a sus consultas

Confinamiento, Encierro y aislamiento social

Interferencia en la libertad personal, negación en la toma de deci-siones

Abuso sexual: acción de connotación sexual, sin consentimiento, empleando fuerza, y/o engaño, aprovechándose de su deterioro fí-sico o psíquico. Puede manifestarse en forma abierta o encubierta mediante palabras insinuantes, toqueteos y violaciones.

Abuso patrimonial: explotación o apropiación de los bienes sin el consentimiento, fraude o estafa, robo de dinero

Mal ejercicio e incumplimiento de leyes existente, normas sociales, comunitarias y culturales que desvalorizan la imagen del adulto mayor y no permiten el desarrollo de sus potencialidades.

Discriminación, marginalidad y exclusión social.

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VIOLENCIA INSTITUCIONAL

La Violencia Institucional da cuenta de insuficientes prácticas llevadas a cabo por distintos sectores, en todos los ámbitos de las instituciones, que incluyen polí-ticas públicas y programas sociales inadecuados, como así también, tortura y otros tratos crueles y aberrantes. Constituye la muestra tangible de la desigualdad social y, en consecuencia, una flagrante violación a los Derechos Humanos.

La aplicación por parte de agentes estatales de torturas de condiciones inhuma-nas de detención y el uso abusivo del poder coercitivo estatal, entre otras prácti-cas ilícitas constitutivas de violencia institucional, resultan lesivas para la libertad, la integridad, la dignidad y la vida de las personas. Son prácticas violatorias de los derechos humanos que por su gravedad, extensión y masividad afectan la vigen-cia plena del Estado democrático de derecho.

En los últimos tiempos la violencia -no sólo la física, sino la también la simbólica- atraviesa a todos por igual. Esta violencia que las personas sufren cotidianamente en las instituciones, se realiza a través de actos violentos o de palabras, que emi-ten un mensaje de desconocimiento hacia “el/la otro/a” como semejante, constitu-yendo una violencia que define una sociedad carente de vínculos amistosos y solidarios, alejados de una convivencia armónica en la cual se distribuya equitati-vamente el poder y la autoridad.

Violencia en las escuelas

La violencia en el ámbito escolar puede ser considerada una manifestación más del proceso de deterioro de las instituciones, causada por políticas que derivaron en la ruptura lazos sociales y la exclusión de una parte de la población. La misma se desencadena en actos escolares, ceremonia de graduación; en ocasiones, aparecen como parte de la rutina, del deterioro edilicio o, del trabajo en el aula.

Surgen como actos vandálicos perpetrados por quienes disfrutan con la destruc-ción de las instalaciones o del instrumental que se usa para la enseñanza. Así, la escuela es atravesada por la realidad social que atraviesan sus paredes estallan-do dentro de las aulas, a través de los diversos tipos y niveles de conflictos socia-les: económicos, políticos, familiares, laborales y de convivencia cotidiana.

Dicho proceso de deterioro de las instituciones escolares, acentuó las diferencias entre aquellas escuelas bien dotadas en recursos humanos y materiales, y aque-llas otras que padecen gravísimas carencias. Estas desigualdades desembocaron en conflictos irreversibles vinculados con la exclusión social y provocando discri-

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* Publicado en el diario La Capital

de Mar del Plata, 15-06-2014

minación. La violencia en las escuelas se da entre alumnos/as, entre docentes hacia alumnos/as, entre docentes y directivos/as. Problemáticas que entorpecen el aprendizaje, causando deterioros profundos a la enseñanza, lo que agudiza las desigualdades.

Los resultados respecto de la conflictividad y violencia en las escuelas secundarias según el tipo de gestión resultan en gene-ral distintos a los concebidos por el sentido común de los actores institucionales. En relación a las situaciones que hemos definido como maltrato, acoso y hostiga-miento entre compañeros, se ha evidenciado una amplia e indu-dable preponderancia de estos hechos entre las escuelas de gestión privada.

Por otro lado, una encuesta nacional, realizado por SADOP* (Sindicato Argentino

de Docentes Privados) sobre las condiciones y medio ambiente de trabajo de los docentes privados, observa un tipo de violencia en el ámbito de trabajo, que tiene más vinculación con amenazas realizadas por sus directivos o empleadores, que con agresiones físicas, en ambos niveles educativos y a lo largo de todas las re-giones del país.

La violencia escolar fue generando, dentro de los conflictos que provoca la convi-vencia y a través de la declinación del proceso de enseñanza-aprendizaje, un su-frimiento institucional que se propaga en todos los actores de la comunidad educa-tiva. Desde esta situación, los especialistas admiten que la escuela está fracasan-do al no integrar plenamente a los educandos, empujándolos hacia una nueva exclusión.

Distintas experiencias realizadas en diferentes lugares, en las cuales se involucra-ron la institución, la familia y la comunidad, resultados positivos en la reducción de la violencia. Democratizar las relaciones dentro de la comunidad educativa, desde un sentido de equidad, mediante la negociación de los conflictos y el fortalecimien-to de los vínculos entre docentes, alumnos, padres y vecinos, parece ser hasta ahora una de las propuestas más válidas para la solución de la problemática.

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Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos

de los Niños, Niñas y Adolescentes de General Pueyrredón

El consejo local de niñez pide que los niños sean la prioridad

Más de 5000 chicos de nuestra ciudad –alumnos de 22

escuelas Provinciales de General Pueyrredon - son víctimas

de vulneración de Derechos por parte del propio Estado,

justamente de quien debe ser garante del derecho a la edu-

cación y a la integración. Este derecho es exigible frente al

Estado Provincial y Municipal como responsables directos

de la prestación educativa, por lo cual el Consejo Local de

Promoción y Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes

solicita la declaración de EMERGENCIA EDILICIA.

Niños/as de Mar del Plata-Batán -en pleno siglo XXI- no

tienen escuelas en condiciones dignas para el desarrollo de

sus actividades. Edificios sin luz, ventanas, calefacción,

baños que no funcionan ni techos que mitiguen las incle-

mencias climáticas, sumado a que en algunos estableci-

mientos las aulas son insuficientes. Esto construye un esce-

nario favorable para la expulsión de los chicos que tienen

el derecho a la educación consagrados por ley.

El déficit de las condiciones edilicias es de tal gravedad que

en varios establecimientos los asistentes ven peligrar sus

vidas; en otros casos el dictado de clases se ha reducido o

directamente se ha suspendido.

Esta situación ha generado una Asamblea Extraordinaria del

Consejo Local de Promoción y Protección de los Derechos

del Niño, en la cual se dispuso recorrer los edificios afecta-

dos a fin de constatar las denuncias llegadas a éste.

Acreditadas todas estas circunstancias, que no sólo se acota

a la vulneración del derecho a la educación sino la organi-

zación misma del núcleo familiar, en otros casos se limita el

acceso a comedores escolares y, en definitiva, provoca la

ruptura de lazos afectivos entre la comunidad educativa.

El Consejo Local, creado por Ley Pcial. Nro. 13.298, y su

Decreto Reglamentario Nro. 300 -con la misión de proponer

acciones directas a la promoción y protección de derechos

de los Niños, Niñas y Adolescentes- ve con extrema preo-

cupación las respuestas dilatorias de los gobiernos munici-

pal y provincial; por lo tanto solicita formalmente al Inten-

dente, a las autoridades provinciales y nacionales la pronta

solución en cuanto a garantizar derechos, adecuando en lo

edilicio estos establecimientos aprovechando el receso esco-

lar, y de esta manera poder recibir a la comunidad educativa

en condiciones dignas.

El Consejo Local observa con suma preocupación que, una

vez más los niños, niñas y adolescentes, tienen sus derechos

vulnerados. Que esta situación se va naturalizando en he-

chos concretos donde la ausencia del Estado da lugar a

casos extremadamente dolorosos. Creemos firmemente, que

los niños deben ser la prioridad en toda gestión política, que

aspire al desarrollo integral de sus habitantes, en una socie-

dad libre de toda forma de violencia.

Mar del Plata, 16 de Julio del 2014.

Publicado en el diario La Capital de Mar del Plata, 15-06-2014

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VIOLENCIA EN CONTEXTO DE SALUD

Violencia en Hospitales generales

La violencia que se da en el marco de la atención médica - sanitaria no es un fe-nómeno nuevo, la crónica periodística señala a diario cómo en los centros de salud se suceden situaciones que afectan por igual a profesionales, trabajadores de la salud y pacientes, alterando, por un lado, las relaciones entre las partes y, por el otro, un adecuado cuidado a las personas atendi-das.

Los reajustes en los presupuestos en la atención de la salud, producen problemas graves en la mantención de las condiciones edilicias, en la provisión de elementos necesarios para diagnóstico y prácticas médicas, de me-dicamentos, de reducción de porciones alimentarias tanto para los enfermos como para el personal. Esta situación perturba el cumplimiento del derecho a la salud, a pesar de los esfuerzos que tanto los profesionales y los trabajadores de la salud realizan a diario.

La reducción del personal tanto de profesionales como de personal auxiliar y el aumento de usuarios, origina largas listas de espera, provocando, por otro lado, que las personas deben pasar varias horas a la espera de su atención. Ante esta violencia, que se podría considerar como simbólica, existen diferentes reacciones que varían entre la resistencia a través de reacciones de ira y enojo, la negación y la aceptación pasiva y/o naturalizada de la situación.

Existen violencias internas dentro del medio hospitalario, las mismas resultan de las deficientes condiciones de trabajo del personal y el cansancio que produce la tarea por el esfuerzo para realizarla en esa realidad. Esta problemática afecta a todos los trabajadores de atención sanitaria en mayor o menor grado, principal-mente al personal de ambulancias, médicos y personal de enfermería. Por otro lado, las exigencias laborales impuestas por funcionarios de forma violenta hacia el personal de atención, puede generar en ellos comportamientos violentos dentro del mismo, que se extienden hacia los usuarios de los servicios de salud.

Las personas pueden sentirse vulnerables a variados estímulos, condiciones e interrelaciones que se desarrollan en el medio por la condición de enfermedad que los/as llevan a ser incluido/as en el "status de paciente" lo que se agrava cuando es necesario la internación en un hospital. Es allí donde se enfrenta a situaciones diversas que alteran la satisfacción de necesidades, el dormir, alimentarse y aqué-

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llas que comprometen su esfera psico-afectiva.

Modos de intervención que derivan del modelo médico hegemónico, reconocido como asimétrico y jerárquica entre cuidadores y pacientes, especialmente en los establecimientos públicos, que proponen una atención relación medica-paciente basada en un vínculo despersonalizado. Esta despersonalización creciente, ubica a la persona en un segundo plano, reduciendo la visión integral de las personas enfermas y adjudicando el protagonismo a la enfermedad.

Violencia desde las Fuerzas de Seguridad

La presencia de la violencia, la destrucción y la muerte en la escena de la vida cotidiana de las comunidades, no se puede enmascarar. Por todas partes apare-cen sus formas de manifestación. Los medios de comunicación, con la presenta-ción de los hechos violentos y la reiteración de los mismos, favorecen que la vio-lencia se convierta en un mecanismo estable en la resolución de conflictos.

Los habitantes de América Latina, sobre todo en áreas urbanas, viven con una sensación de inseguridad permanente. Esta sensación se ve reflejada en encues-tas de opinión pública que se realizan periódicamente en la región, en las que la delincuencia figura como uno de los problemas más importantes de cada país junto al desempleo, la inflación, la pobreza y la corrupción.

La inseguridad testimonia la dificultad del Estado de garantizar a la población un riesgo aceptable en los espacios públicos y privados, por lo tanto es la expresión de una demanda insatisfecha, demanda com-pleja en la que no necesariamente las políti-cas de control de delitos tienen un impacto fuerte sobre ella. Esto hace aparecer, muchas veces, medidas demagógicas e ineficaces que tratan de aplacar esa sensación pero que no tienen ningún efecto sobre el nivel de deli-tos.

Dos cuestiones retroalimentan el tema de la inseguridad: el temor a la misma que está depositado en figuras clásicamente discrimi-nadas y estigmatizadas: jóvenes varones de sectores populares, a los que se le van su-mando, potenciales victimarios: policías, pato-vicas, gente ligada al poder y, la sensación de

“HUELLAS”

Por qué para aprender te golpea la vida tan

duramente, no habría forma de dar las lecciones de otra manera ?… porque

dejando huellas y cicatrices?

Se lo preguntaba tan a menudo

Escrito por: CARMEN

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inseguridad, que tiene consecuencias muy nocivas en la sociedad, generando una deslegitimación de la justicia penal, favoreciendo la idea de “justicia por mano pro-pia”, promoviendo el armamentismo personal, aumentando la desconfianza y pro-duciendo mayor desigualdad, porque la protección pública y privada se centra en los lugares de mayor poder económico, desplazando el delito hacia las zonas me-nos favorecidas.

Mar del plata: intentan linchar a un niño de 6 años

Un niño de entre 5 y 6 años en situación de calle quiso

asaltar un comercio ubicado en Belgrano y Diagonal Puey-

rredón, justo frente al Shopping Los Gallegos, pero la em-

pleada lo redujo y le dio una brutal golpiza en la vereda. El

hecho ocurrió el sábado, pasadas las 17 hs, el nene vestido

con ropa grande y descuidada, ingresó a un comercio de

ropa y amenazó a la empleada del comercio con un trozo de

vidrio. Lejos de asustarse, la joven lo sacó a los empujones

hacia la vereda y, una vez en el suelo, comenzó a patearlo.

La escena fue advertida por Silvana Coronel, que en ese

momento se hallaba con su hija tomando café en la confite-

ría de la esquina, a pocos metros de donde sucedía todo.

“Vi a la mujer que pateaba a un nene muy chiquito, lo

tenía contra un árbol, hecho una bolita y lo pateaba”, con-

tó en diálogo con CNM.

-“Entonces salí y le dije que se detuviera, que no podía

hacer una cosa así. Ahí me contestó que le había querido

robar y que por eso le pegaba”, agregó.

Según la testigo, por el griterío que se produjo en el lugar,

otros comerciantes empezaron a acercarse y alentaban a la

agresora. También aseguró que propuso llamar a la policía

para detener la paliza pero todos la acusaban de “loca” y le

pedían que se corriera.

“Decían que había que matarlo de chiquito, que así no iba

a joder más”, detalló aún conmovida por el hecho.

-“Al final, mientras yo discutía con la mujer que lo patea-

ba, el nene se pudo levantar y salió corriendo, asustado.

Fue todo tan rápido que no llegué a agarrarlo ni vi si esta-

ba lastimado”, dijo por último.

Publicado: junio 18, 2014 en 0223.com

Uno de los problemas son las “prácticas policiales”, otro son las “prácticas judicia-les” que por acción u omisión van creando las condiciones para la violencia poli-cial. La repetición de estos episodios donde las fuerzas policiales producen con-secuencias más dramáticas que las que pretenden evitar, nos permiten sostener que el abuso policial contribuye a incrementar los niveles de violencia desnaturali-zando la obligación de garantía de la seguridad democrática como responsabilidad del Estado.

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La regularidad o repetición de parar a jóvenes, morochos de ciertos sectores so-ciales, el hostigamiento mediante el uso de la detención por averiguación de iden-tidad, el cacheo, la persecución, hacen que estas prácticas sean abusivas, discri-minatorias, violentas e ilegales. Esta limitación a la libertad que se ejerce sobre ciertos sectores sociales, es ineficiente como prevención del delito y solo es apli-cada con el fin aplacar a una parte de la población o a manera de disciplinamiento de la misma.

Toda práctica social se legitima a través de un discurso. Es por eso que las prác-ticas policiales abusivas existen porque hay un discurso generalizado que las ava-la, existen sectores de la sociedad que reconocen prácticas como violentas y dis-criminatorias pero las toman como una realidad inmodificable y necesaria. Una sociedad excluyente, violenta y punitiva, resuelve todo con penas más duras, más policías, más cárceles, más cámaras e incorpora un discurso bélico desde la in-formación trasmitida por las autoridades: “guerra contra el delito”, “muerte de los enemigos”.

La seguridad y la justicia son construcciones sociales e históricas que se van for-mando y están íntimamente relacionadas con el modelo de Estado elegido. La seguridad ha ido cambiando y adaptándose. Durante el Estado terrorista, se ha-blaba del “enemigo interno” que debía ser perseguido, torturado, asesinado, hoy los “sospechosos” o “peligrosos” son los jóvenes desaventajados. Los medios de comunicación han tenido un papel fundamental en la difusión y fijación de estos estereotipos. Las fuerzas de seguridad con su autogobierno, su formación militari-zada, su carácter corporativo, los altos niveles de corrupción y violencia en sus acciones, su falta de profesionalización, han generado ineficiencia en la preven-ción y persecución del delito y la desconfianza de la población en la institución policial.

Para que los países respondan con medidas de seguridad que defiendan a la po-blación de una manera igualitaria se necesita mayor democracia. La herramienta que crea las condiciones para la convivencia de las personas entre sí es el Acuer-do de Seguridad Democrática, cuyo objetivo no es el mantenimiento del orden público sino la protección integral de los derechos humanos, a partir de gestionar los conflictos sociales de manera tal que los derechos de cada persona sean tanto respetados como ejercidos. Para que esto se produzcan se deben saldar las deu-das pendientes de nuestra sociedad: la democratización de las fuerzas policiales, del servicio penitenciario, de la justicia, lo cual permitirá alcanzar la igualdad y la no discriminación.

Declaración de la Comisión Provincial por la Memoria:

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A 45 DÍAS DE LA DECLARACIÓN DE EMERGENCIA

EN SEGURIDAD SE AGRAVA LA SITUACIÓN

DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LA PROVINCIA

Ante los anuncios realizados por el gobernador Daniel

Scioli y el ministro de Seguridad, Alejandro Granados, en

relación al resultado de la emergencia de seguridad en sus

primeros 45 días, la Comisión por la Memoria de la Provin-

cia de Buenos Aires expresa:

La información oficial no hace más que confirmar que la

orientación de las políticas anunciadas insisten en un es-

quema de control territorial que delega la seguridad pública

en la policía bonaerense. De este modo se insiste en un

modelo que ha demostrado una completa ineficiencia en el

abordaje del delito y la profundización de las violaciones a

los derechos humanos de toda la población y fundamental-

mente de los sectores pobres.

Confirmando que el discurso bélico, de guerra contra el

delito, se ha transformado en acción, el comunicado oficial

expresa entre los resultados que se efectuaron “164 enfren-

tamientos con 35 delincuentes abatidos”. Sin eufemismos

el gobierno provincial asume que en su concepto de la se-

guridad y la “paz social” tiene entre los resultados positi-

vos esperables la muerte de los enemigos, que ya no son

personas muertas, sino delincuentes abatidos en enfrenta-

mientos. Una simple proyección de lo informado, nos indi-

ca que en un año de emergencia morirían en los denomina-

dos enfrentamientos más de 290 personas. Lo que para el

ejecutivo parece ser un dato esperable y positivo, sólo nos

habla de un escenario de mayor violencia que no disminuye

sino que aumenta las muertes en la provincia de Buenos

Aires.

Preocupa también que el anuncio de la realización de

“18.000 procedimientos preventivos y proactivos” coincida

con lo recientemente denunciado por la CPM. Nos referi-

mos a la proliferación de detenciones, cacheos y secuestros

en el marco de procedimientos policiales sin orden judicial.

Tal como expresáramos, sabemos por nuestra tarea cotidia-

na que la habilitación de privaciones de libertad por parte

de la policía, sin autorización y al margen del control judi-

cial, es la condición de posibilidad de otro tipo de acciones

tales como el reclutamiento para cometer delitos, la extor-

sión, la tortura y las desapariciones forzadas de personas.

Otro motivo de preocupación es el anuncio de 13.000 deli-

tos esclarecidos. Esto es parte de una concepción de la

función policial completamente apartada del rol constitu-

cional. La función policial no es esclarecer, sino prevenir y

reprimir delitos aportando, en el mejor de los casos, ele-

mentos de prueba que, legalmente obtenidos, contribuyan a

que el poder judicial determine en el marco de un proceso

la existencia o no de un delito y la imputación, condena o

absolución de una persona. De manera tal que lo expresado

refuerza la profundización del esquema de delegación judi-

cial en la policía, y como contrapartida, la falta de avance

en la implementación de la policía judicial.

La presentación de cifras realizadas en el marco del balance

de la emergencia en materia de seguridad, expresa una gran

subestimación hacia la opinión pública. Como señalamos

en el último Informe Anual, a partir del año 2013 el Minis-

terio de Seguridad dejó de publicar datos relacionados con

los delitos.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

- 38 -

Hasta la fecha, los últimos datos publicados por el Ministe-

rio de Seguridad son de diciembre de 2012. Sin embargo, a

la hora de evaluar los primeros 45 días de la emergencia, se

presentan datos comparativos entre los años 2014 y 2013,

sin precisar la metodología ni las instancias oficiales que

han elaborado esas cifras.

La improvisación y debilidad técnica de estos datos no

resisten el análisis de lecturas atentas. Por ejemplo, se habla

de “asaltos”, categoría que no remite a ningún delito del

código penal. ¿Qué son los asaltos? ¿Se refiere a los robos,

a los robos con armas o a otros robos agravados? Esta pre-

sentación de cifras aisladas, fuera de toda referencia que

permita interpretarlas y contextualizarlas y que se realiza en

el marco de una política de ocultamiento de los datos de los

delitos por parte del Ministerio de Seguridad provincial, no

es capaz de fundamentar ninguna presentación de resulta-

dos. Lo que se pretende presentar como reducción de delito

no tiene en este comunicado ninguna referencia que permi-

ta fundar esta afirmación.

Por fuera de los anuncios en el marco de la emergencia,

pero como confirmación del modelo elegido, el ministro de

Seguridad dictó con fecha 20 de mayo una resolución por la

cual dispone rehabilitar el funcionamiento de los calabozos

ubicados en dependencias policiales de la Provincia de

Buenos Aires. Cabe recordar que la clausura de los calabo-

zos en dependencias policiales fue dispuesta con motivo de

las inhumanas condiciones de detención y la disfuncionali-

dad respecto al rol que tiene la policía que no es la de cus-

todiar detenidos sino la prevención de delitos. De manera

tal que la rehabilitación de un centenar de calabozos en la

Provincia no solo implicará una profundización de las con-

diciones de detención que fomentan y propician la tortura -

y que fueron limitadas por las Cortes Supremas de Justicia

Nacional y Provincial de Buenos Aires- sino que también

quitará policías de su función de prevención del delito para

nuevamente involucrarlos en la custodia de detenidos.

Durante los últimos años, el gobierno provincial difundió la

baja del índice de personas detenidas en comisarías como

un logro de su gestión que cumplía con los fallos de la

CSJN y los reiterados señalamientos críticos de los orga-

nismos internacionales. Todos los Comités y organismos de

expertos en derechos humanos de Naciones Unidas y el

Sistema Interamericano, señalaron la detención en comisa-

rías como graves violaciones de derechos esenciales.

La decisión política de profundizar las políticas de seguri-

dad en clave de prisionización, control poblacional y forta-

lecimiento de la autonomía policial, elevó la cantidad de

personas detenidas de 26.500 aproximadamente en 2007 a

31.500 en la actualidad. Casi 5.000 personas más durante

esta gestión de gobierno. Un 18 % más de detenidos que

colapsaron el sistema de encierro. Casi un 65% de personas

detenidas con prisión preventiva, y por lo tanto inocentes,

que padecen graves y constantes violaciones de derechos

humanos. No hay esperanza rehabilitadora para nadie en

estos lugares de detención; quienes pasen por allí agravarán

los padecimientos que los llevaron a estos ámbitos.

Los anuncios dados confirman un apartamiento cada vez

más pronunciado por parte del Ejecutivo provincial de las

propuestas de seguridad democrática y en este punto pro-

fundizan la distancia entre políticas de seguridad y respeto

a los derechos humanos.

02/6/2014

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Las instituciones psiquiátricas cerradas del país albergan unas 25.000 personas de las cuales entre el 60 y el 90% son pacientes sociales, estos permanecen in-ternados porque no tienen adónde ir. Los directores de los institutos sostienen que la mayoría podría ser dada de alta si se contara con los servicios apropiados y el apoyo de la comunidad. Sin embargo, una vez que una persona es ingresada a un psiquiátrico la esperanza de que vuelva la comunidad es casi nula.

El marco jurídico Argentino tampoco brinda muchas oportunidades a los pacientes en situación de internación. Los internados en dichos institutos no tienen la posibilidad de participar en el proceso judicial, ni presentar pruebas y dictámenes médicos independien-tes sobre su salud mental. Investigaciones de organismos de Derechos Humanos, sostienen que las personas usuarias de servicios de salud mental fueron invisibilizadas y margina-das de la garantía del ejercicio de sus dere-chos fundamentales. Estos organismos, al analizar basándose en un diagnóstico sobre la situación, advirtió que más del 80% de las personas internadas en psiquiátricos están encerradas por más de un año y permanecen allí de por vida.

El documento, publicado por el CELS y por la organización Mental Disability Rights Interna-cional (MDRI) dedicada específicamente a promover los derechos de las personas con discapacidades mentales, registra además graves hechos de abuso y negligencia en las instituciones psiquiátricas del país. Actos que fundan, con más razón, la necesidad de modificar el paradigma de separar a los enfermos del resto de la sociedad.

La segregación de las personas en los asilos psiquiátricos argentinos documenta violaciones a los derechos humanos perpetrados contra las, aproximadamente, 25.000 personas que están detenidas en las instituciones psiquiátricas argentinas. A pesar de que en muchas partes del mundo se han clausurado los grandes asilos psiquiátricos, el 75 por ciento de las personas en el sistema argentino de salud mental público se encuentran detenidas en instalaciones de 1000 camas o más.

¿ME ENTENDÉIS?

Me he dado cuenta de que últimamente le hablo

a las hormigas y lo hago conscientemente, me acerco a ellas y les pregunto dónde van, si han comido bien y si hoy tienen trabajo. También

le susurro a los saltamontes, discuto con las avispas y

cuchicheo con las cigarras cada mañana. Ahora me

pregunto cómo será el día que tenga que hablar con un ser humano, si sabré hacerlo

y si llegará a entenderme.

Escrito por: SERGIO http://www.microrrelato.es

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Diversos informes de distintos organismos de Derechos Humanos, registran gra-ves hechos de abuso y negligencia y documenta, incluso, casos de personas que han muerto incineradas en celdas de aislamiento, que han sido sometidas a la privación sensorial mediante el aislamiento por un largo período de tiempo y que han sufrido actos de violencia física y sexual. El informe también detalla condicio-nes de vida peligrosas e insalubres, tales como la falta de agua en los baños, au-sencia de cloacas, amenazas a la seguridad y riesgos de incendio en las institu-ciones. La vasta mayoría de las personas detenidas en las instituciones psiquiátri-cas argentinas debe sobrevivir en condiciones de casi total inacción y sin posibili-dad de pensarse a futuro por fuera de la institución.

La segregación efectiva de las personas en las instituciones psiquiátricas argentinas con-tribuye a incrementar su discapacidad y viola los estándares internacionales de derechos humanos. Al ser separadas de la sociedad, las personas pierden los lazos que las unen a su familia, amigos y comunidades de referen-cia. Las personas quedan sometidas al régi-men custodial de las instituciones psiquiátri-cas, y pierden las habilidades de vida esenciales que necesitan para sobrevivir en la comunidad, lo que impide su rehabilitación. La segregación a gran escala de la que son objeto las personas institucionalizadas en el sistema de salud mental ar-gentino es injustificada, dada la riqueza de profesionales de salud mental capaci-tados de los que dispone el sistema y la existencia de programas alternativos cen-trados en la comunidad en varias regiones del país.

Esta riqueza de recursos no se traduce en políticas generales conducentes. Las personas con discapacidades mentales que carecen de los fondos para pagar estos servicios se ven forzadas a recibir atención en un sistema público de salud mental que, frecuentemente, es inadecuado, las segrega de la sociedad y viola sus derechos humanos fundamentales. El desarrollo de estrategias innovadoras de atención para la salud mental –tales como el subsidio económico para la vi-vienda, la rehabilitación psicosocial y el apoyo de los pares– ha probado que la gran mayoría de las personas con discapacidades mentales. No obstante, en la Argentina estos servicios alternativos prácticamente no existen, salvo excepciones desarrolladas en las provincias de Río Negro, San Luis y Buenos Aires.

“Yo tenía un buen trabajo. No sé si alguna vez

me dejarán ir. Mi vida está arruinada”

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“En un cuarto encontré a un niño de 16 años en una cuna, con sus brazos y piernas atados a su cuerpo con pedazos de tela. Estaba completamente inmovilizado.

El personal del pabellón me dijo que lo tenían así desde que lo habían admitido en la institución un año atrás”

Observaciones de uno de los investigadores, en la inspección de la Colonia Psiquiátrica Montes de Oca.

Abusos al interior de las instituciones

Diversos investigadores han documentado un importante número de abusos en las instituciones psiquiátricas argentinas. Frente a violaciones graves, algunas de las autoridades han tomado medidas significativas. No obstante, aún no existen mecanismos suficientes de supervisión que aseguren un monitoreo efectivo de las condiciones de internación y tratamiento en las instituciones, de protección y cumplimiento de las mismas. Entre las violaciones más graves a los derechos humanos de las personas internadas se constataron:

Muertes que no son investigadas

Privación de la libertad en las celdas de aislamiento

Abusos físicos y sexuales

Falta de atención médica

Condiciones insalubres de alojamiento

Ausencia de Rehabilitación

Tratamientos inadecuados

Sobrepoblación

Recomendaciones de los Organismos de Derechos Humanos

Los organismos de Derechos Humanos consideran que las personas alojadas en los establecimientos psiquiátricos deben ser protegidas por un estado protector que garantice sus derechos. Desde este posicionamiento recomiendan que el Es-tado argentino decida acciones inmediatas para terminar con las condiciones de detención que violan los derechos humanos de las personas allí internadas, para ello, el Estado Argentino debería:

Erradicar los ambientes peligrosos, sucios e inhumanos en los cua-les son forzadas a vivir las personas institucionalizadas;

Garantizar alimentación, cuidado médico y personal adecuados y suficientes para proteger la salud y la seguridad de las personas institucionalizadas;

Investigar las muertes recientes y establecer un protocolo que ase-gure que se investigará a profundidad cualquier muerte futura

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Eliminar el uso de las celdas de aislamiento a largo plazo y la pri-vación sensorial en el interior de estas celdas, y asegurar que el uso de la reclusión involuntaria20 y las restricciones físicas21 se adecua estrictamente a los estándares internacionales de derechos humanos;

Crear mecanismos de supervisión independientes que prevengan el abuso en las instituciones y que establezcan procedimientos que protejan a las personas institucionalizadas del abuso físico y se-xual;

Adecuar el proceso de internación psiquiátrica a los estándares in-ternacionales, contemplando el derecho a una revisión indepen-diente de toda internación; adoptar leyes de salud mental en todo el país que sean consistentes con los estándares internacionales de derechos humanos.

El gobierno argentino debería comprometerse a incluir plenamente a las personas con discapacidades mentales en todos los aspectos de la vida ciudadana. Esto abarca tanto a las personas con discapacidades psiquiátricas como a las que tie-nen discapacidades intelectuales. Proteger los derechos humanos de esta pobla-ción requerirá un cambio de paradigma desde un sistema de institucionalización y detención arbitraria a un sistema inclusivo, basado en la comunidad, de atención primaria de la salud mental y de servicios sociales que contribuyan a fortalecer las redes sociales.

Argentina cuenta, desde diciembre de 2010, con una herramienta fundamental en materia de Salud y Derechos Humanos: la nueva Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657. Fruto de un largo trabajo de Legisladores de distintos bloques políticos junto a organizaciones sociales, de Derechos Humanos, de usuarios y familiares y de profesionales de la salud, recibió un fuerte impulso por el gobierno nacional para que se transforme en realidad y se traduzca, en el presente, en políticas con-cretas adecuadamente financiadas.

La Ley fue reconocida por la Organización Panamericana de la Salud y la Organi-zación Mundial de la Salud (OPS/OMS), cuyo asesoramiento fue fundamental. Esta Ley aparece como la más avanzada de la región y ejemplo a seguir en todo el mundo en materia de salud mental. La misma brinda un marco para que las políticas en la materia, en todo el territorio de la Nación, se desarrollen cumpliendo todos los compromisos que hemos suscripto en materia de Derechos Humanos y los estándares internacionalmente establecidos. De cumplimiento obligatorio en

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todo el país, asegura el derecho de todos los que habitan el suelo argentino a la protección de su salud mental, y establece puntualmente los derechos que le asis-ten a aquellas personas con padecimientos mentales en relación al sistema de salud, tanto en el sector público como en el privado.

Además, incluye de manera explícita, la problemática de las adicciones, histórica-mente relegada incluso más allá de los límites del sector de la salud, para quedar en manos de la justicia o la policía, con resultados verdaderamente frustrantes.

Si querés ampliar la información…

Ley Nacional N° 26.657

Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657

A través de sus 46 artículos se garantizan, entre otros, los siguientes derechos de las personas con padecimiento mental:

Derecho a la intimidad

Derecho a vivir en comunidad.

Derecho a la atención sanitaria adecuada.

Derecho a mantener los vínculos familiares y afectivos.

Derecho a la no-discriminación.

Derecho a la información sobre su estado de salud.

Derecho a la autonomía personal.

También se reconoce el Derecho a la identidad. Lamentablemente el sistema de encierro y aislamiento, que la Ley busca sustituir por una política de inclusión so-cial e integración, generó, violaciones a Derechos Humanos fundamentales, casos de personas internadas cuya verdadera identidad se desconoce. A partir del nue-vo marco legal, ya comenzaron a recuperar su identidad algunos ciudadanos que estaban como NN.

Una propuesta interdisciplinaria e intersectorial

El trabajo interdisciplinario e intersectorial constituye un pilar fundamental en el abordaje propuesto, tendiente a atender la diversidad de factores que condicionan la salud mental de las personas y su efectiva recuperación. La historia demostró que reducir la problemática de lo mental a un problema exclusivamente orgánico, disminuye las posibilidades de rehabilitación de los padecimientos. Del mismo modo, considerar el campo de la salud mental como privativo del sector de la sa-lud nos impide dar respuestas que muchas veces son necesarias para mejorar la calidad de vida y la salud de las personas, por ejemplo, el acceso al trabajo, la vivienda, la cultura o el deporte.

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Uno de los puntos centrales de la ley es la prohibición de crear nuevos manico-mios, tanto públicos como privados, y adaptar los actuales hasta su sustitución definitiva por dispositivos de inclusión social: atención con internaciones breves en hospitales generales, equipos interdisciplinarios en los centros barriales, coopera-tivas de trabajo, casas de convivencia, centros de día, acompañamiento terapéuti-co; en fin, distintas alternativas de atención que no alejen a la persona de su nú-cleo social ni restrinjan innecesariamente su autonomía personal.

Para los casos extremos en que es necesario internar por situaciones de riesgo cierto e inminente, se establece un sistema de distintos controles y garantías de procedimiento que buscan, precisamente, que esas situaciones sean excepciona-les y no se prolonguen innecesariamente en el tiempo.

Prevención, recursos y el compromiso con la inclusión

La prevención, que abarca a las áreas de educación, trabajo, desarrollo social, comunicación, entre otras, se privilegia como la mejor estrategia para asegurar la salud mental de los argentinos. También, la adecuación de las coberturas que brindan las obras sociales y, como un punto fundamental, la capacitación de los profesionales y todos los trabajadores de la salud, protagonistas junto a usuarios y familiares de ésta nueva etapa.

Para producir todos estos cambios la norma garantiza un financiamiento muy im-portante, consistente en un aumento progresivo de las partidas para salud mental hasta llegar a un 10% del presupuesto total de salud, y se invita a que las provin-cias, cuyos presupuestos son establecidos por las legislaturas locales, a adoptar el mismo criterio.

Violencia en las cárceles

La situación de las cárceles provinciales como las federales son conocidas en diversos ámbitos sociales, políticos y oficiales. Organismos de Derechos Humanos tanto del país como internacionales han producido inspecciones que derivaron informes que fueron reportados a las autoridades provinciales y nacionales apor-tando soluciones a las condiciones de vida de las personas alojadas en las mis-mas, al mejoramiento carcelario y buscando alternativas ante la superpoblación.

Los/as detenidos/as en las cárceles argentinas han denunciado apremios ilegales, muertes y condiciones inhumanas de su estada en las mismas, lo que pone en evidencia prácticas represivas sobre los/as internos/as, tanto en las cárceles para

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adultos: hombres y mujeres, como en los institutos destinados a la infancia y la adolescencia. Pocas personas internadas en las unidades penales pueden salir del sistema carcelario y reintegrarse a la sociedad sin ser dañados en su condi-ción humana.

Estas personas alojadas en un sistema que evidencia gravísimos problemas por:

Prácticas sistemáticas de tortura y tratos crueles y aberrantes

Elevada cantidad de muertes

Superpoblación y hacinamiento

Escasa y deficiente alimentación

Desatención a la salud de inter-nos/as

Violencia Institucional

El sistema represivo carcelario se hace extensivo a los/as familiares que visitan a las personas detenidas, a partir de tratos crueles y degradantes –como revisación de la vagina en las mujeres y malos tratos sin excepción a todos los/as familiares- causando sufrimientos en la salud mental de los mismos.

—Marco-D, ¿puedes ingresar al sistema?

—No, jefe. Mi clave está vencida.

—Usa la mía: 429875722

Marco-D digitó la clave.

La pantalla devolvió el mensaje: "Usted fue notificado de sus

derechos. Procederemos a la desconexión"

De pronto Marco-D quiso dormir. Se desplomó sobre el teclado.

Su jefe se acercó y comprobó la ausencia de signos vitales.

CHRISTIAN LISBOA

Las condiciones de vida en la cárcel

El ingreso a una institución carcelaria implica un proceso de desestructuración de la personalidad que abarca la pérdida de control sobre el propio cuerpo, la imposi-bilidad de disponer de los tiempos y de circular en los espacios, la desposesión de sus bienes personales y la limitación de sus vínculos sociales. Esta base reafirma y uniforma una situación de precariedad que transforma la persona detenida.

La vida en la cárcel está signada por la escasez y la carencia, algunas personas alojadas en la misma, sobreviven atemperando la situación de desatención y des-provisión estatal de recursos, como así también, la reproducción biológica y so-cial. Así, la habitabilidad de espacios, la alimentación de la salud y el mejoramien-to de regímenes de vida, se consiguen a través de prebendas que otorgan benefi-

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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cios a cambio de la sumisión y de la colaboración que supone favores y delacio-nes.

Las condiciones materiales que humillan y degradan en la cárceles son generadas por el poder penitenciario con objetivos y lógicas definidas, a través de las cuales las personas detenidas son atravesadas por una sumatoria de deficiencias mate-riales y de infraestructura: falta de agua potable, sanitarios rotos, celdas inunda-das, letrinas tapadas, materia fecal y orina dentro de las celdas, pedazos de col-chones, falta de mantas, falta de elementos para la higiene personal y de celda, plagas de insectos y ratas, falta de vidrios, de ventilación, de calefacción, de ilumi-nación. La alimentación es escasa, muchas veces en mal estado, cuya ingesta suele causar hambre, constituyendo, en ocasiones, un estadio crónico de debili-tamiento corporal.

Por otro lado, las prácticas penitenciarias promueven, por un lado violencia endó-gena entre las personas presas, desde las condiciones mencionadas en el párrafo y, por el otro, la vida en la cárcel se agrava por los robos de las pertenencias de las personas alojadas por parte de los agentes penitenciarios.

Muertes en los lugares de detención

En las cárceles se muere y a veces por causas traumáticas, a pesar de ser el Es-tado quien debe garantizar la integridad de las personas detenidas. Si bien orga-nismos de Derechos Humanos nacionales e internacionales interpelan a los go-biernos provincial y nacional, la política de desinformación, ocultamiento e invisibi-lización, hacen que sistemáticamente se relativicen las pruebas que se muestran.

Los informes de esto organismos destacan que las primeras tres causas de muer-tes en las instituciones penales:

Las producidas por armas blancas

El suicidio

El HIV-SIDA

En arrestos domiciliarios la mayoría de las muertes se producen por problemas de salud, atendidos por servicios de salud y/o hospitales, aunque en casos que se producen antes de cumplirse un año, se puede inferir que estaban ya enfermos en los lugares de detención, con deficientes medidas de atención medica por lo cual agravarse el cuadro se les otorgó el arresto domiciliario.

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Castigos y torturas en las cárceles

En el gobierno de las cárceles se registran como castigos dos que pueden reali-zarse en forma continua o complementaria: el aislamiento y el traslado. El primero es la forma tradicional de correctivo ante faltas de disciplina hacia las personas presas, el confinamiento en celdas de castigo.

El traslado se hace visible principalmente en los movimientos de detenidos entre unidades penales, en forma sistemática. Las dos prácticas se amalgaman en el dispositivo denominado transito, que es la circulación de personas detenidas entre dos o más destinos en la cual el traslado y el aislamiento aparecen solapados. Se realiza el traslado sin que los/as detenidos/as permanezcan en ninguna unidad carcelaria, lo que les produce una intensa inquietud a las personas castigadas y desasosiego a sus familiares que no pueden encontrar su ubicación. Estas medi-das se sostienen a través de disposiciones normales, habilitadas y legitimadas por la agencia carcelaria como sanción de personas determinadas.

Los casos de torturas, tratos crueles y aberrantes se incrementan año a año en sus distintas variantes:

Golpizas de todo tipo

Picana eléctrica

Submarino seco y húmedo

Puñaladas penitenciarias

Manguerazos de agua fría

Negación de alimentos

Negación de medicación y/o atención médica

Por otro lado, las víctimas de padecimientos padecidos por la tortura no son aten-didas, habitualmente. Se los aloja en las celdas de castigo, y en la mayoría de los casos deberán curarse en soledad, dado que médicos/as y enfermeros/as omiten cumplir con el juramento ético y legal, siendo funcionales a la tortura penitenciaria. Constituyendo ésta en una práctica sistemática frente a la cual los estados no han construido políticas claras tendientes a la prevención de estas disposiciones, y el registro y la atención de las víctimas, no existiendo lugares de detención en que estas prácticas no se realicen con la participación de todas las esferas por acción y/u omisión.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Mujeres en prisión

Un espacio aparte merece ver las realidades de las mujeres detenidas e las uni-dades carcelarias, dado que si bien sufren violencias similares que los hombres, tienen una carga de violencia mayor desde la estigmatización de género que sur-ge de la cultura patriarcal. Sobre ellas las mismas, generalmente ejercidas por agentes masculinos del Servicio Penitenciario se aplican:

Empujones y rasguños

Patadas

Golpes de puño

Torniquetes de pelo

Golpes en la cabeza impactada contra el suelo o contra la pared

Ataduras que restringen el movimiento

Humillaciones físicas y verbales

En las cárceles existe un amplio espectro de prácticas violentas sobre la sexualidad de las mujeres, algunas institucionalizadas, consis-tentes en requisas vaginales, práctica que fue considerada por la Corte Interamericana de Derechos Humanas como un ejercicio de vio-lencia sexual contra las mujeres, en tanto no están debidamente reglamentadas y son rea-lizadas en forma sistemática.

El abuso sexual en todas sus manifestaciones es una forma de violencia que se mantiene silenciada. Los pocos casos reportados, que suelen ser vagos e imprecisos, refieren la doble responsabilidad de los agentes y que los hechos fueron perpetrados en las celdas o en los pabellones o en celdas de castigo donde se alojaban las víctimas.

“…fue golpeada mientras bajaba las escaleras del

pabellón. El penitenciario de la requisa daba órdenes y como la chica no hablaba

castellano, no entendía lo que pasaba, la golpearon y

tuvieron que enyesarla”

Relato de una interna de la Unidad Penal Nº 3

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DERECHOS HUMANOS Y VIOLENCIA DE GÉNERO ¡Merecemos un trato digno!

MODULO 3 Derecho a una vida libre de violencia

Derecho a la salud

Salud sexual y reproductiva

Anticoncepción de emergencia

Violencia sexual

Aborto no punible

Embarazo adolescente

Conserjería pre-aborto

Conserjería post-aborto

Violencia obstetricia

Trata con fines de explotación sexual

Derecho a la seguridad social

Violencia familiar: denuncias

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LOS DERECHOS DE LAS MUJERES

Este material ha sido elaborado con el fin de brindar herramientas para poder recurrir a los organismos pertinentes demandando una atención digna.

La instancia de información y sensibilización a las Promotoras de Dere-chos constituye un momento fundamental que posibilita a la víctima de violencia su reposicionamiento en la medida en que pueden requerir y exigir el cumplimiento de medidas que garanticen su protección y la de sus hijos/as.

El diseño del abordaje de los casos supone cuatro líneas de acción:

prevención-promoción,

atención en emergencia,

acompañamiento

y seguimiento.

En relación con la prevención, es que se ha desarrollado este manual, vinculado al ámbito de la educación y la sensibilización de la comunidad.

El acompañamiento por parte de las promotoras de derechos constituye una acción de suma importancia para posibilitar y fortalecer el acceso de las víctimas a las instancias judiciales, dispositivos de refugio, sistema de salud, entre otros.

Dra. Ana Palazezzi

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Si querés ampliar la información…

Ley Nacional N° 26.485 y su reglamentación

http://www.cnm.gov.ar/LegNnal/DECRETO_101

1_LEY_26.485.pdf

DERECHO A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA

La Argentina cuenta con la ley N º 26.485, que tiene como objetivo prevenir, san-cionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. La misma contempla diferentes modalidades de violencia entre las cuales se encuentra:

La violencia institucional es aquella realizada por las/los funcionarias/os, profe-sionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública, que tenga como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres ten-gan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en la Ley 26.485. Quedan comprendidas, además, las que se ejercen en los partidos políti-cos, sindicatos, organizaciones empresa-riales, deportivas y de la sociedad civil.

Las instituciones son los lugares o instan-cias a través de los cuales una sociedad da respuesta a las necesidades o deman-das de sus miembros, así como también estos ejercen sus derechos y obligaciones por intermedio de ellas.

A la violencia ejercida por las instituciones que deberían estar al servicio de la protección de los ciudadanos y el cumplimien-to de las leyes se la llama “segunda victimización” o victimización secundaria. La victimización secundaria refiere a los comportamientos y las actitudes de los pro-fesionales, los cuales consisten en culpabilizar a la víctima y brindarle un trato insensible.

Para prevenir esta revictimización, es necesario que las mujeres

conozcamos nuestros derechos y los hagamos valer.

He ahí el objetivo de este Módulo…

Conocer nuestros derechos y demandar una atención digna!

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Si querés ampliar la información sobre el

programa…

Ley Nacional N º 25.673 http://www.msal.gov.ar/salu

dsexual/ley.php

Si querés ampliar la información sobre

CEDAW…

http://es.wikipedia.org/_iki/Conveci%C3%B3n_sobre_ la_eliminaci%C3%B3n_de_tdas_las_formas_de_discriminci%C3%B3n_contra_la

_mujer

DERECHO A LA SALUD

Salud Sexual y Reproductiva

El Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable reconoce que el Derecho a la Salud comprende la Salud Sexual, y que ésta incluye la posibilidad de desarrollar una vida sexual gratificante y sin coerción, como así también preve-nir embarazos no deseados.

Además, La Argentina es uno de los países subscriptos a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). Es-tas normativas aportan a considerar que los derechos sexuales y reproductivos promueven la posibilidad de: disfrutar de una vida sexual y placentera, sin presio-nes ni violencias: ejercer la orientación sexual libremente, elegir si tener o no hijos, con quién, cuántos y con quién tenerlos, acceder a información y atención eficaz y confidencial, incluido el acceso gratuito a métodos anticonceptivos reversibles y quirúrgicos como la ligadura y vasectomía.

Anticoncepción de emergencia

Se denomina anticoncepción de emergencia (AE) o anticoncepción postcoital al conjunto de métodos empleados después de un coito con riesgo de embarazo no deseado, ya sea por tratarse de un coito sin protección (consentido o no) o por fallo del método anticonceptivo habitual. Los métodos de AE empleados habitualmente son dos: los prepa-rados hormonales o la implantación de un dispositivo intrauterino (DIU).

La píldora “del día después” es generalmente uno de los métodos más utilizados de AE. Evita el embarazo, retrasando o bloqueando la ovulación o impidiendo la “anidación” de un posible óvulo fecundado en la pared del endometrio. La pauta habitual es la toma de una dosis de 1,5 mg de levonorgestrel dentro de las 72 horas siguientes al coito sin protección. Esta pauta evita el embarazo no deseado en el 85% de los ca-sos, siendo de hasta un 95% si es usado dentro de las primeras 24 horas. Estos preparados deben de utilizarse antes de la implantación del óvulo (5º-7º día), siendo más eficaz cuanto antes se utilice.

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* www.microrelatos.es

Violencia sexual

Hasta que dejemos de ser violables, lo mejor que podemos hacer es prevenir las consecuencias de la violación, como son el embarazo no deseado y el contagio de enfermedades de transmisión sexual como HIV, Hepatitis B y otras.

Para ello, lo que debemos hacer ante una situación de violación, tanto por un ex-traño en la vía pública, como por algún familiar o conocido, es acudir rápidamente al hospital más cercano, y demandar que nos apliquen el kit de prevención de embarazo y de enfermedades de transmisión sexual.

Los profesionales de la salud no están exentos de ser prejuiciosos por lo cual posiblemente tengan algunos comportamientos o actitudes como culpabilizarnos, brindarnos un trato insensible, no creer en nuestro rela-to, etc. Tenemos que tener en claro que somos vícti-mas, el culpable es el violador.

La decisión de realizar la denuncia por violación es privada. En ningún caso la denuncia puede solicitarse como requisito para la atención y el seguimiento del protocolo. Si no queremos realizar la denuncia, los médicos deben brindarnos la atención de acuerdo al protocolo diseñado para estos casos.

Si luego de pasado el episodio, quisiéramos iniciar la instancia penal, no contare-mos con las pruebas necesarias para inculpar al agresor. Por eso debemos pen-sar previamente, cuál es nuestra postura ante estos casos. Lo mejor es denunciar para que los violadores terminen en la cárcel.

Si nuestra postura es realizar la denuncia, se convoca al médico forense que realizará el examen médico – forense, el cual debe reali-zarse inmediatamente, como máximo dentro de los tres días posteriores al ataque sexual para que sea legalmente válido.

Debemos tener en cuenta que la violación provoca Estrés Postraumático, y lo mejor es realizar un tratamiento psicológico con psicó-logas capacitadas en la temática, con pers-pectiva de género.

“MALTRATO”

El maquillaje ya no cubría el desamor.

* Escrito por: Claus D

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ABORTO

es la interrupción de un embarazo antes

de las 22 semanas, con un producto de la

concepción eliminado con peso menor a 500 gr.

Si es menor de 12 semanas, se denomina precoz y si ocurre entre las 12 a 22 semanas, se

denomina tardío.

Aborto no punible

Por muchas décadas las mujeres que habitan la Argentina han sido impedidas de ejercer un derecho fundamental que se encuentra reconocido desde el año 1921 en el artículo 86, segundo párrafo del Código Penal: el derecho de acceder a un aborto frente a determinadas circunstancias que lo autorizan.

En el ejercicio de este derecho se ponen en juego numerosos derechos humanos como la igualdad, la autodeterminación, la privacidad, el principio de legalidad y la no discriminación. Por consiguiente, el derecho de las mujeres de acceder a los abortos previstos por el Código Penal constituye propiamente un derecho humano de orden constitucional.

El Estado, entonces, está y siempre estará obligado a garantizar el ejercicio real y efectivo de ese derecho. Sin embargo, por décadas este derecho quedo desdibu-jado, o fue mal interpretado; seguramente también fue tratado mediante la desin-formación o la tergiversación.

La lucha de las organizaciones de mujeres y sociales frente a diversas situaciones logró modi-ficar ciertas prácticas, pero el cuadro general de aplicación del artículo 86 permaneció am-pliamente sesgado.

Evidentemente, una política pública que propenda a garanti-zar efectivamente el ejercicio de este derecho enfrenta múltiples y complejos desafíos que con-fluyen en definitiva en un mismo punto: la accesibilidad.

Las mujeres que se encuentren en cualquiera de los supuestos enunciados anteriormente, gozan del derecho de acceder a un aborto. El Hospital y la/el médica/o tratante tienen la obligación legal de practicar la intervención, siempre que exista consentimiento informado de la mujer. No deben ni están obli-gados a requerir la intervención y/o la autorización judicial.

Entonces…

El Código Penal de la Nación Argentina en su Art. 86, en diferentes incisos, establece

que el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la

mujer no es punible:

A. si se ha hecho con el fin de evitar un peli-gro para la vida de la mujer y si este peligro

no puede ser evitado por otros medios

B. si se ha hecho con el fin de evitar un peli-gro para la salud de la mujer y si este peligro

no puede ser evitado por otros medios

C. si el embarazo proviene de una violación

D. si el embarazo proviene de un atentado al pudor sobre mujer idiota o demente

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- 55 -

la práctica del aborto no punible se realizará previa constatación por parte de una/un sola/o médica/o de la existencia de alguna de las causales:

a.- Cuando exista peligro para la vida o para la salud de la mujer, la/el médica/o tratante debe constatar la existencia de ese peligro, de acuerdo a los conocimientos científicos de la medicina y sobre la base de los estándares vigentes, y en interconsulta con otro médico o profe-sional de la psicología, de ser necesario. Los estándares en materia de salud establecen que la salud debe ser entendida como un “completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausen-cia de enfermedades o afecciones” y como “el derecho de todas las personas a disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, así como el deber de los estados partes de procurar su satisfacción” (Organización Mundial de la Salud y Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales).

b.- Cuando el embarazo sea producto de una violación, la/el médica/o tratante debe solicitar a la mujer constancia de la denuncia de la viola-ción o en su caso declaración jurada de la mujer, o su representante legal. Cuando el embarazo sea producto de un atentado al pudor de una mujer con discapacidad mental con o sin declaración judicial, debe solicitar a quien la represente constancia de la denuncia del atentado al pudor o en su caso declaración jurada de su representante. No se debe requerir ningún otro tipo de constancia, documentación o información, ni realizar gestión alguna ante otras personas o instituciones.

c.- El/la médico/a debe constatar las condiciones para la realización del aborto no punible y utilizar el método más seguro de interrupción del embarazo.

La provincia de Buenos Aires cuenta, desde el mes de julio de 2012, con un PRO-TOCOLO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE LOS ABORTOS NO PUNIBLES.

¿Qué podemos hacer ante un embarazo no deseado producto de una violación?

Recurrir al Hospital Público más cercano y demandar un aborto no punible, antes de las 22 semanas de embarazo.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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CENTROS MUNICIPALES DE ATENCIÓN PRIMARIA

9 DE JULIO - 9 de Julio 7850

CENTRO DE SALUD Nº 1 Av. Colón 3294

UNIDAD SANITARIA DON EMILIO Canesa 1642

UNIDAD SANITARIA ALTO CAMET Cura Brochero 7100

DEPARTAMENTO BROMATOLOGÍA Dorrego 1767

UNIDAD SANITARIA LAS AMÉRICAS J. N. Fernández (ex 202) 360

SUBCENTRO DE SALUD EL MARTILLO - Génova 6657

CENTRO DE SALUD Nº 2 Guanahani 4546

UNIDAD SANITARIA SANTA RITA Guanahani 7751

DEPARTAMENTO ZOONOSIS Hernandarias y 202

UNIDAD SANITARIA LAS HERAS Heguilor 2750

http://gis.mardelplata.gob.ar/app_mapa _interactivo/10.php?id_capa=302

HOSPITAL INTERZONAL ESPECIALIZADO MATERNO INFANTIL

“Don Victorio Tetamanti”

Castelli N° 2450 / Tel 0223 - 4936352

www.mybus.com.ar

HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS “Dr. Oscar Alende”

Av. J. B. Justo y 164 / Tel 0223 - 4770262 / 5

CEMA - CENTRO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS AMBULATORIAS

Pehuajo y William Morris / Tel 0223 - 499 7900

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La DIRECCIÓN DE LA MUJER de la Municipalidad de General Pueyrredon (Mar del Plata-Batán)

…impulsa políticas públicas con perspectiva de género, garantizando la igualdad de

oportunidades y contribuyendo a la eliminación de todas las formas de discriminación.

Nuestro objetivo es promover la participación plena, igualitaria y efectiva de las mujeres en la vida social, política, económica y cultural,

coadyuvando al fortalecimiento de la democracia y el desarrollo humano sostenido.

LÍNEA MALVA 108

Servicio gratuito de recepción de consultas telefónicas vinculadas a la violencia de género que funciona de lunes

a viernes de 8 a 20 hs. Desde el servicio se efectúan derivaciones y articulaciones con otras dependencias

municipales, provinciales y ongs y se realiza un abordaje interdisciplinario con áreas psicológica, jurídica y social.

ASISTENCIA A LA VIOLENCIA DE GENERO http://www.mardelplata.gob.ar/1087010000

ASISTENCIA VICTIMA TRATA DE PERSONAS http://www.mardelplata.gob.ar/1087020000

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Un EQUIPO

INTERDISCIPLINARIO EN SALUD es un

grupo de profesionales que trabajan para

un mismo paciente. Puede estar formado

por médico/as, psicólogo/as,

asistentes sociales, enfermero/as, etc... de acuerdo al tipo de problemáticas

que atiendan

Embarazo adolescente

Todo el personal de salud afectado a temáticas de salud sexual y reproductiva y atención de la violencia sexual, debe conocer las instancias para la atención y contención y/o eventual derivación a hospital de referencia para la solicitud (o práctica) de aborto no punible. Se debe actuar con celeridad para que haya me-nor dilación posible en la evaluación del caso y si lo amerita la interrupción del embarazo.

Todos los hospitales que tengan Servi-cios de toco ginecología deberán inte-grar equipos interdisciplinarios para el asesoramiento, la atención integral y seguimiento de cada caso que se pre-sente.

Son muchos los casos de mujeres ado-lescentes que llegan por primera vez a la consulta con un embarazo que no fue buscado. Esto pudo haber ocurrido por:

No haber usado ningún método anticonceptivo,

Por haber usado un método inseguro (es frecuente la creencia acerca de la seguridad del coito interruptus),

Por haber usado incorrectamente un método de los considerados seguros (olvido en la toma de píldoras anticonceptivas),

Por una falla del método utilizado.

Frente a la realidad de un embarazo no esperado, nos encontramos ante distintas situaciones. Puede ocurrir que:

La adolescente acepte el embarazo de buen grado; esto ocurre so-bre todo en los sectores más desprotegidos, donde un hijo puede transformarse en un proyecto de vida.

Algunas adolescentes decidan continuar con la gestación resigna-

El/la Director/a del Hospital

…arbitrará los medios necesarios a fin dar una respuesta expeditiva a la

mujer que, por sí o por medio de sus representantes y/o curador solicite el aborto en los términos del Artículo Nº 86, Inciso 1 y 2

del Código Penal.

…tiene la responsabilidad de brindar la atención y práctica

solicitada siempre que se cumplan los requisitos y procedimientos

establecidos.

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- 59 -

damente, como un destino de su condición de mujer o por carecer de medios para abortar.

En otros casos, manifiesten la firme decisión de interrumpir la ges-tación; sabemos que recurrirán a prácticas tanto más riesgosas cuánto más bajos sean los recursos disponibles.

Estas últimas adolescentes generan en los profesionales de la salud un problema. Los médicos se encuentran ante una situación para la cual no han sido formados. Los ubica ante una encrucijada, ya que deben elegir entre expulsar a la adoles-cente que se ha acercado al sistema de salud, sabiendo que ingresará a un grupo de riesgo de alta morbimortalidad, y el ofrecerle las herramientas para realizarse un aborto seguro.

Los profesionales de la salud saben que inter-vienen en un ámbito donde el aborto es ilegal, pero no olvidan que no se puede abandonar a la adolescente que transita un embarazo no deseado. Deben trabajar en pos del interés superior del niño, niña y adolescente de acuer-do con las Convenciones y los Tratados Inter-nacionales que nuestro país suscribió.

Un sistema de salud debe brindar a toda adolescente embarazada un espacio de reflexión para acompañarla ante esa nueva situación y una instancia de diagnósti-co no solo médico, sino también psicosocial. En este espacio, la joven debe contar con toda la información, asesoramiento y apoyo necesarios para la toma de deci-siones responsables, que en última instancia, conducirán hacia maternidades se-guras.

El aborto, por tratarse de una práctica ilegal, no puede ser abordado por el médico ni por los equipos de salud. Pero este hecho ilegal tiene:

…..un antes (desde la consideración de la posibilidad de recurrir a su práctica, a la concreción del hecho)

….y un después (desde la realización del aborto hasta la rehabilitación completa de la mujer).

Por lo tanto, el actuar antes y después de su realización tiende a disminuir los riesgos y la muerte por gestación

El compromiso con las y los adolescentes que concurren al servicio debe basarse en que se encuentren en un

ámbito amigable y con una escucha atenta a sus

problemáticas.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Consejería preaborto

Para aquellas adolescentes que manifiesten su deseo de interrumpir el embarazo, es aconsejable:

a) Recurrir a un equipo interdisciplinario que brinde apoyo social y psi-cológico con el objetivo de realizar una reflexión conjunta sobre:

Las causas que motivan el deseo de interrumpir la gestación,

Influencia de familiares o allegados en la toma de decisión (deslin-dar de estas presiones a la decisión autónoma de la joven),

La conveniencia de incluir a la pareja,

La existencia de redes de apoyo institucionales que pueden influir sobre su accionar.

b) Tomar conocimiento sobre la información con que cuentan para lle-var a cabo su decisión.

c) Brindar la información necesaria y la posibilidad de otras instancias como puede ser la adopción, para que pueda tomar una decisión infor-mada, conciente y responsable. A partir de la consulta, se hará una evaluación de cada caso que incluya:

Examen clínico general, ginecológico y de laboratorio en búsqueda de factores de riesgo que aumenten las posibilidades de complica-ciones, en el eventual caso de que recurran a la interrupción.

Estudio ecográfico con el objetivo de realizar un correcto diagnósti-co de edad gestacional, de normoimplantación, y para descartar patología embriofetal (ectópico, huevo muerto, etcétera).

Determinación de factor Rh para informar sobre la necesidad de la inmunoprofilaxis en caso de ser Rh negativa.

Información acerca de los diferentes riesgos inherentes a cada una de las prácticas habituales.

Explicitar la necesidad de la consulta postaborto inmediata.

Conocer esta forma de actuar es imprescindible para asesorar correctamente a la paciente. Por ejemplo, determinar ecográficamente la edad gestacional es impor-

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tante ya que el uso del misoprostol no está indicado embarazos mayores a 9 se-manas.

Además, puede ocurrir que por ecografía se diagnostique un huevo muerto y rete-nido, con lo cual cambia todo el panorama de la ilegalidad, y el conflicto de la pa-ciente ante la toma de decisión.

Asimismo, no podemos dejar de lado la importancia de la inmunoprofilaxis en las adolescentes Rh negativas, para evitar complicaciones en las futuras gestaciones.

Todo esto indica no se tiene que abandonar a estas adolescentes a su suerte; los profesionales de la salud tienen el saber necesario para disminuir los riesgos y los daños de un aborto, y es su responsabilidad asesorar y acompañar en este trance.

Consejería postaborto

En la Argentina, el Ministerio de Salud de la Nación ha publicado una guía de atención postaborto (APA), con el objetivo de mejorar la calidad de atención. Di-cha guía explicita una serie de intervenciones médicas destinadas a manejar las complicaciones del aborto, con el fin de disminuir la tasa de morbimortalidad materna, mejorar la vida sexual y reproductiva de las mujeres y evitar que se repitan nuevos abortos.

La existencia de esta guía no implica que haya cambiado, automáticamente, la atención de estas mujeres, porque para ello se necesita un cambio de actitud de los profesionales que, muchas ve-ces, no se ha dado.

La condición de ilegalidad condiciona el proceso asistencial de quienes son atendidas después de haberse realizado un aborto. Existe un maltrato institucional conciente o inconsciente, porque la clandestinidad opera como una condena simbólica en gran parte del personal de salud. Esto es mucho más preocupante en la atención de adolescentes.

De acuerdo con una investigación realizada en hospitales de la Ciudad de Buenos Aires, sobre la calidad de atención en las internaciones postaborto, las autoras refieren, entre otras cosas, “…los distintos profesionales parecieran no estar sen-sibilizados frente a la situación por la que atraviesa una mujer, precisamente, en el momento en que ha decidido no ser madre”, y agregan que existen, a veces, tra-tos verbales humillantes.

Por lo tanto…

… encarar la atención más humanizada de estas adolescentes, es una responsabilidad del sistema sanitario

y de todos los trabajadores de la salud!

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Sucede que el modelo asistencial privilegia la maternidad, aunque ella no sea la decisión autónoma e informada de la mujer, por lo tanto, quienes han recurrido a un aborto, han quebrado el mandato hegemónico acerca de la maternidad; esto hace que se vea afectada la contención y el trato humanitario que la paciente re-quiere. Muchos profesionales ni siquiera se plantean cuáles han sido las motiva-ciones de la decisión de interrumpir un embarazo.

Las intervenciones médicas que se deben realizar en la atención postaborto va-rían de acuerdo con el cuadro que presenta la mujer, y son las siguientes:

En caso de aborto incompleto:

Internación en el Servicio de Obstetricia,

Riesgo quirúrgico, grupo sanguíneo y factor Rh,

Legrado evacuador (es aconsejable la utilización de la aspiración endouterina- AMEU),

Protección antibiótica,

Control ginecológico previo al alta,

Citación al Programa de Salud Reproductiva del Servicio de Ado-lescencia,

Acompañamiento psicológico por profesionales especializados, du-rante la internación.

En caso de expulsión completa del embarazo:

Ecografía de control,

Determinación de factor Rh (inmunización en caso de ser negati-va),

Asegurar la protección anticonceptiva inmediata,

Citación al Programa de Salud Reproductiva para su seguimiento,

Acompañamiento psicológico de acuerdo con el caso.

En caso de prosecución del embarazo:

Seguimiento personalizado por obstetra de adolescentes.

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Una de las instancias más importantes durante la atención postaborto es: asegurar la protección anticonceptiva inmediata y la incorporación

a los programas de salud reproductiva para evitar la reiteración de embarazos no deseados, como con frecuencia ocurre.

RECORDÁ QUE PODÉS DIRIGIRTE A:

HOSPITAL INTERZONAL ESPECIALIZADO MATERNO INFANTIL “Don Victorio Tetamanti”

HOSPITAL INTERZONAL GENERAL DE AGUDOS “Dr. Oscar Alende”

CEMA - CENTRO DE ESPECIALIDADES MÉDICAS AMBULATORIAS

CENTROS MUNICIPALES DE ATENCIÓN PRIMARIA

NIDOS - Embarazo Adolescente

http://www.mardelplata.gob.ar /1087030000

Violencia obstétrica

La violencia obstétrica describe los delitos y violaciones sobre el cuerpo y los pro-cesos reproductivos de las mujeres en general, y en particular en contra de los derechos de una mujer gestante que se encuentre en trabajo de parto.

Algunas de dichas violaciones incluyen la atención mecanizada, tecnicista e im-personal y masificada del parto, expresada en un trato deshumanizado, en el abu-so de medicalización y patologización de los procesos naturales.

Se define a la VIOLENCIA OBSTÉTRICA física como la realización hacia las mujeres de prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justifi-cados por el estado de salud de la parturienta o de la persona por nacer, o cuando no se respetan los tiempos ni las posibilidades del parto biológico.

Ejemplos de este tipo de violencia son realizar episiotomía sin necesitarlo, obligar-te a pujar acostada y atada a la camilla, aplicar la anestesia sin consultarte, reali-zar cesárea por conveniencia de día y horario, etc.

La violencia OBSTÉTRICA PSÍQUICA incluye el trato deshumanizado, grose-ro, discriminación, humillación, cuando la mujer va a pedir asesoramiento, o re-quiere atención, o en el transcurso de una práctica obstétrica. Comprende tam-bién la omisión de información sobre la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y, en general, a que se le haga partícipe de las diferentes actuacio-nes de los profesionales.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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Ejemplos de esto son decirte “mamita” y no tu nombre, que te digan que “si te gustó ponerla ahora aguantá el dolor”, no infor-marte las prácticas posibles y darte la posi-bilidad de elegir la que más te agrade, etc.

La episiotomía es una incisión quirúrgica de la vagina y el periné. Practicada a más del 80% de las primerizas, constituye un grave problema de salud, por constituir una lesión quirúrgica y hemorrágica que violenta la integridad anatómica y funcional del canal blando del parto.

¿Cuáles son nuestros derechos al parir?

La mujer tiene derecho a ser informada sobre todos los

procedimientos que se vayan a llevar a cabo en su cuerpo más aún si se trata de administración

de fármacos que aceleran el proceso natural del parto.

PARA PENSAR…

Los agentes de salud no han considerado, en

general, a la violencia familiar contra la mujer como un problema de

salud, razón por la cual cuando se atiende a

una mujer que padece violencia sólo se tienen

en cuenta sus síntomas y signos, sin buscar las causas que

subyacen a las lesiones y/o a la situación vivida.

Asistencia a mujeres víctimas de violencia familiar

El sistema de salud ocupa un lugar estratégico para identificar y referir a las vícti-mas de violencia. Es la única institución pública que probablemente interactúe con todas las mujeres, en algún momento de sus vidas. La experiencia ha mostrado la importancia de dicho acceso.

Las mujeres que no pueden o no quieren pedir ayu-da a otros medios pueden, sin embargo, admitir el abuso cuando son entrevistadas gentilmente y en privado por un proveedor de salud sensible. Distin-tos estudios muestran que, con entrenamientos y protocolos adecuados, los establecimientos de sa-lud pueden mejorar en forma notable la sensibilidad del personal con respecto al abuso de género.

Algunos estudios han demostrado que el 85% de las mujeres están dispuestas a conversar sobre el maltrato que padecen, cuando los efectores de sa-lud les preguntan directamente.

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Se define la TRATA DE

PERSONAS como:

“la captación, el transporte, el traslado,

la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al

fraude, al engaño, al abuso de poder o de

una situación de vulnerabilidad o a la

concesión o recepción de pagos o beneficios

para obtener el consentimiento de una

persona que tenga autoridad sobre otra,

con fines de explotación. La explotación incluye

como mínimo, la derivada de la prostitución y de

otras formas de explota-ción sexual, trabajos o

servicios forzados, esclavitud o prácticas similares, servidumbre

y extracción de órganos”.

Naciones Unidas – Protocolo de Palermo – Art 3

Trata con fines de explotación sexual

La trata de seres humanos con fines de explotación sexual es una de las mayores violaciones de los Derechos Humanos, una forma de esclavitud moderna, y una de las caras más amargas de la violencia de género.

El Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas, creado por Decreto

Nº 1281/2007 en el ámbito del Ministerio del Interior, tiene por objeto:

…coordinar con organismos estatales y organizaciones de la socie-dad civil acciones tendientes a garantizar la asistencia interdisciplina-

ria para las víctimas y su posterior reinserción social, prevenir la re-victimización, favorecer la difusión, y crear un registro de datos

referidos a este delito.

Prostitución y Trata son dos fenómenos estrechamente interrelacionados, siendo la prostitución el objetivo principal de la trata de mujeres. El carácter local, incluso individual, que podía tener la prostitución tradicional, ha sido sustituido por algo mucho más complejo y de mayor alcance, por una actividad delictiva que comercia con las mujeres, vulnerando su dignidad y comprometiendo gravemente los derechos humanos.

En el año 2008 se creó la Oficina de Rescate y Acompañamiento a las Perso-nas Damnificadas por el Delito de Trata, mediante la Resolución 2149/08, en el ámbito de la Jefatura del Gabinete del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Desde el comienzo de su intervención la Oficina trabaja coordinadamente con las fuerzas de seguridad quienes deben evaluar que medidas garantizan la seguridad de la víctima, además de la persecución del delito.

La Oficina está compuesta por equipos interdis-ciplinarios que garantizan el abordaje integral de la víctima desde el rescate hasta la declaración testimonial. El hecho de que los profesionales intervengan conjuntamente con las fuerzas de seguridad en los allanamientos, garantiza que las victimas reciban un trato adecuado durante los procedimientos policiales.

La Oficina de Rescate tiene por objeto:

…prevenir e investigar el delito y asistir jurídicamen-

te a las víctimas hasta el momento de su

declaración testimonial.

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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La Oficina de Rescate cuenta con refugios donde alojar a las víctimas, allí reciben tratamiento psico-lógico, médico y jurídico, estos refugios poseen domicilios confidenciales que garantizan la seguri-dad.

Cuando las víctimas reali-zan la declaración testimonial, son derivadas al Área para la Prevención de la Ex-plotación Sexual infantil y Trata de Personas, dependiente la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Es importante señalar, sin embargo, que las acciones que despliega esta oficina tienen como prerrequisito la solicitud de un juzgado federal con competencia en este tipo de delitos.

En el mes de julio del 2011 se creó y puso en funcionamiento según la resolución 74/2011 la línea telefónica 145 dependiente de la Oficina de Rescate y Acompa-ñamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. La Línea 145 es gratuita y recibe también denuncias de trata desde todo el país las 24 horas del día, los 365 días del año.

LA OFICINA DE RESCATE

RECIBE DENUNCIAS LAS 24

HORAS LOS 365 DÍAS DEL AÑO

(011) 5300-4014

(011) 5300-4042

[email protected]

Cuestiones de trata y género

La problemática de la trata con fines de explotación sexual en la Argentina afecta principal y casi exclusivamente a las mujeres (98% de las víctimas). En este senti-do, todas las fuentes analizadas coinciden sin mayores divergencias.

Sin dudas, estos datos demuestran la relación del delito con el sentido que la se-xualidad femenina adquiere en las relaciones sociales y, en particular, en la rela-ciones entre los géneros. Las instancias de dominación y control sobre la sexuali-dad femenina, se expresan en la posibilidad de acceso de los hombres a los cuer-pos de mujeres y niñas en el “mercado” y la industria del sexo.

De cualquier modo, esto no significa afirmar con valor de dogma que la problemá-tica de la trata en su modalidad de explotación sexual sea absolutamente ajena a los hombres. De hecho, es posible que existan más casos que el hasta ahora

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PARA TENER MUY EN CUENTA…

“Las víctimas no son punibles por la comisión de cualquier delito que sea el resultado directo

de haber sido objeto de trata.

Tampoco les serán aplicables las sanciones

o impedimentos establecidos en la

legislación migratoria.”

identificado. Es necesario además señalar que la identidad de género no es rele-vada por los operadores, lo que en principio permite suponer que esta población está subrepresentada en el registro.

Esta situación se replica en la información obtenida a partir de las entrevistas a las fuerzas de seguridad, donde se sostiene que, si bien en algunos casos se han encontrado en los lugares allanados personas trans, estas no han sido identifica-dos como víctimas.

¿Qué podemos hacer para luchar contra la explotación sexual de las mujeres?

Desnaturalizar la explotación de personas: los seres humanos no somos mercancías. Acciones como no pagar por sexo contribuyen a la lucha contra la trata.

A nivel nacional, se puede denunciar en la Oficina de Rescate y Acompaña-miento a Personas Damnificadas por el Delito de Trata de Personas.

Pueden llamar al 145 o al (011) 5300-4014 / (011) 5300-4042

También, pueden enviar un correo electrónico a [email protected]

En la Provincia de Buenos Aires se puede denunciar en el Ministerio de Justi-cia y Seguridad. Toman denuncia anónima en el 0800 3335502 de Lunes a Viernes de 07 a 19 hs.

O mandar un mail [email protected]

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DERECHO A LA SEGURIDAD

Denunciar la violencia familiar en la Policía

Son muchas las mujeres que no denuncian. Y muchos se preguntan: ¿Cómo no lo denun-cia? Como si fuera tan sencillo el trámite.

No lo denuncia, en principio, por la elemental razón de que no se le ocurre asociar a la poli-cía con el marido y padre de sus hijos. La mujer cree que las cosas pueden arreglarse de otra forma.

No es algo habitual ir a hacer una denuncia, es algo excepcional en la vida cotidiana de cualquiera. Y más para una mujer que no está preparada para eso.

Muchas no llegan a ingresar a la Comisaría, y cuando lo hacen, en su mayoría las hacen desistir, de variadas maneras: “tenemos mu-cho trabajo, vaya y haga las paces”, “si lo demoramos, puede perder el trabajo, ¿usted pensó en eso?”, “¿lo atiende como una buena esposa?”, “¿porqué se casó con un hombre así?”. También suelen hacer burlas, humilla-ciones, retos. A veces no dicen nada pero la dejan esperando varias horas sin atenderla.

También la engañan tomándole una exposición civil, que es una simple queja sin valor legal y cuyo destino es el cesto de la basura. Le dicen que va a recibir una citación y la mujer no puede de la ansiedad: ¿qué va a pasar cuando llegue el papel a la casa y lo vea el marido? Por supuesto jamás llega.

Si conoce el trámite y exige el procedimiento le dicen que no hay médico forense para constatar las lesiones, o le niegan la información acerca del jugado de turno donde tendría que cursar la denuncia; o la citan varios días después, en el cálculo de que se arrepienta; entre tanto las pruebas, que son las lesiones o heridas, van desapareciendo.

“LEGÍTIMA DEFENSA”

Veintisiete huesos dentro de mí, un revolotear de uñas

y cutículas, tu dedo índice sermoneándome mientras

se deshace, el anular perdido para siempre.

No estoy arrepentida, la boca está bien puesta, aunque tenga

la lengua un poco ahorcada y la mandíbula como la de una boa. Quizás deba ir al dentista. Tu sangre tiñó mis muelas y se está coagulando en mis encías.

Y a la jueza le diré la verdad y nada más que la verdad: que

tenías la mano dura.

Escrito por: Liliam Elphick

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Las COMISARÍAS

DE LA MUJER Y LA FAMILIA constituyen un espacio institucional de orientación, contención y asesoramiento para

las víctimas de violencia de género, para lo cual cuentan con personal

policial especializado y con la presencia de

equipos interdisciplinarios integrados por

psicólogos/as, asistentes sociales y abogados/as.

Es debido a esto que en la Provincia de Buenos Aires han sido creadas las Comi-sarías de la Mujer y la Familia, dependientes de la Dirección General de Coordi-nación de Políticas de Género del Ministerio de Justicia y Seguridad, que es el que diseña e implementa políticas de prevención y atención a las víctimas de violencia de género.

¿Quién puede realizar la denuncia?

La denuncia puede ser realizada por la víctima, las personas integrantes del grupo familiar de la víctima y cualquier persona que haya tomado conocimiento de los hechos de violencia.

¿Cómo se realiza la denuncia?

La denuncia puede ser en forma verbal o escrita, relatando en forma clara cómo acontecieron los hechos. No es necesario asistir con abogados.

¿Qué medidas se pueden solicitar?

Al momento de realizar la denuncia se pueden solicitar algunas de las siguientes medidas de protección:

Exclusión de la vivienda del agresor.

Prohibición de acceso del agre-sor al domicilio, lugares de traba-jo, estudio o esparcimiento de la víctima, y fijación de un perímetro de exclusión.

Reintegro de la víctima a su do-micilio, previa exclusión del agre-sor.

Restitución de los efectos perso-nales de la víctima.

Fijación provisoria de cuota ali-mentaria y tenencia.

“TIC TAC”

Tictac, estos momentos; tictac, me hago más yo;

tictac, cuando no me dices que es por mi culpa;

tictac, cuando no me tienes que pedir perdón;

tictac, cuando me acaricias y no me golpeas;

tictac, cuando me tratas como persona y no como puta; tictac, cuando me hablas

y no me gritas; tictac, cuando no menos

precias lo que es importante para mí;

tictac, cuando me escuchas; tictac, cuando me quieres.

tictac. Una y otra vez. tictac Y aquel día me di cuenta...

Tictac. No más tictac; …

VICTOR MANUEL BARRIO LÓPEZ

PROGRAMA “ESTADO, UNIVERSIDAD Y TERRITORIO”

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¿Dónde realizar la denuncia en Mar del Plata?

Personalmente en la Comisaría de la Mujer de Mar del Plata

Independencia 2447 2º Piso / Te (0223) 492-0019

BUSCÁ LAS LÍNEAS DE COLECTIVOS QUE LLEGAN AL LUGAR

Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia (AVM)

La tarea del Programa de Atención a Mujeres Víctimas de Violencia (AVM) consiste en brin-dar asesoramiento y contención a quien con-sulta, y en un segundo momento, si así lo re-quiere la situación, se derivará al lugar que corresponda de acuerdo al banco de datos del cual se dispone para dar continuidad a la in-tervención, resguardando a quien pide ayuda de una nueva victimización.

Telefónicamente, se puede solicitar asistencia las 24 horas a los equipos de operadoras que reciben las llamadas derivadas de la Central de Emergencias Policiales 911 dependiente del Ministerio de Seguridad, y a través de la línea gratuita:

0800-555-0137