directiva nº 004 -2010-mpe – oslo aprobado

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR - CUSCO DIRECTIVA Nº 004 -2010 - MPE – OSLO DIRECTIVA PARA LA DETERMINACION DEL MONTO TOTAL DE LA INVERSION. I. OBJETIVO Establecer las normas y procedimientos para la liquidación técnica y financiera de los proyectos de inversión por administración directa, por encargo o convenio a fin de dar cumplimiento a las normas técnicas y administrativas, para DETERMINAR EL MONTO TOTAL DE LA INVERSION. II. FINALIDAD Establecer los procedimientos a seguir para la liquidación técnica y financiera determinando el costo final de la obra y/o actividad, para posterior tramitación de la declaración de fábrica, inscripción en registros públicos o transferencia al sector correspondiente. III . BASE LEGAL Reglamento nacional de construcciones. Ley de presupuesto del sector público. Ley Nº 27785 ley del sistema nacional de control y la contraloría general de la república. Ley Nº 27972 ley de municipalidades y sus modificatorias Ley Nº 27444 de procedimientos administrativos generales Ley Nº 27293 del sistema nacional de inversión pública. TUO de la ley de contrataciones y adquisiciones del estado ley 1017 Reglamento de organización y funciones y organigrama estructural de la municipalidad provincial de espinar – cusco – 2009. Resolución de contraloría Nº195-88-CG, que aprueba las normas que regulan la ejecución de obras públicas por administración directa. Código civil, Suplementario IV. ALCANCE

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Page 1: DIRECTIVA Nº  004 -2010-MPE – OSLO APROBADO

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ESPINAR -CUSCO

DIRECTIVA Nº 004 -2010 - MPE – OSLO

DIRECTIVA PARA LA DETERMINACION DEL MONTO TOTAL DE LA INVERSION.

I. OBJETIVO

Establecer las normas y procedimientos para la liquidación técnica y financiera de los proyectos de inversión por administración directa, por encargo o convenio a fin de dar cumplimiento a las normas técnicas y administrativas, para DETERMINAR EL MONTO TOTAL DE LA INVERSION.

II. FINALIDAD

Establecer los procedimientos a seguir para la liquidación técnica y financiera determinando el costo final de la obra y/o actividad, para posterior tramitación de la declaración de fábrica, inscripción en registros públicos o transferencia al sector correspondiente.

III . BASE LEGAL

Reglamento nacional de construcciones. Ley de presupuesto del sector público. Ley Nº 27785 ley del sistema nacional de control y la contraloría general de la república. Ley Nº 27972 ley de municipalidades y sus modificatorias Ley Nº 27444 de procedimientos administrativos generales Ley Nº 27293 del sistema nacional de inversión pública. TUO de la ley de contrataciones y adquisiciones del estado ley 1017 Reglamento de organización y funciones y organigrama estructural de la municipalidad

provincial de espinar – cusco – 2009. Resolución de contraloría Nº195-88-CG, que aprueba las normas que regulan la ejecución

de obras públicas por administración directa. Código civil, Suplementario

IV. ALCANCE

Las disposiciones contenidas en la presente directiva son de CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO bajo responsabilidad de la gerencia de infraestructura pública y oficina de supervisión y liquidación de obras y otras que participan directamente en la ejecución de obras, bajo la modalidad de ejecución presupuestaria directa, por encargo o mediante convenio, en obras inconclusas o concluidas.

Es aplicable a liquidaciones de obras que se concluyen en diferentes años fiscales, y también para obras pendientes de liquidación.

V. VIGENCIA

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La presente directiva entrara en vigencia a partir de su aprobación por resolución municipal y será aplicada a todas las obras que ejecute la municipalidad provincial de espinar – espinar, así mismo se aplicara a todas las obras pendientes de liquidación, hasta que sea modificada o sustituida por otra.

VI. DISPOSICIONES GENERALES

a. Liquidación de obras consiste en la elaboración del expediente en el cual se establece EL COSTO REAL de la obra por ejecución presupuestaria directa, debidamente documentada incluyendo las obras complementarias, adicionales, deducciones , que debidamente justificadas hayan tenido que ejecutarse. Estas Adicionales y/o deductivos deberán ser mediante Resolución de Alcaldía.

Se entiende por liquidación técnica la comprobación, expresada en número del avance físico ejecutado y valorizado de la obra, compulzada con los reajustes y variaciones aplicables por la ley a los metrados realmente ajustados. Su resultado es el costo total valorizada de la obra actualizada.

b. La comisión revisara la memoria descriptiva, valorizada y los planos post construcción presentado por el residente y/o inspector de la obra, que revisara de base para tramitación de la declaratoria de fabrica por parte del municipio de ser el caso su inscripción en la oficina de los registros públicos correspondiente a la localidad, la documentación de la obra ejecutada, inscrita y registrada en los registros públicos se enviará a la superintendencia de bienes nacionales.

c. Los egresos totales efectuados en las obras por ejecución presupuestaria directa deben ser concordante con el presupuesto analítico aprobado.

d. El costo total real de la obra por ejecución presupuestaria directa debe resultar igual o menor al monto del presupuesto del valor referencial, deducida la utilidad y debidamente actualizada, según reajustes valorizados de obra.

VII. DEL PROCESO DE LIQUIDACION TECNICA Y FINANCIERA

A. CONFORMACION DEL COMISION DE RECEPCION DE OBRA

Se conformara una comisión de recepción de obra dentro de los 15 (quince) días anteriores a la Culminación de la obra, solicitada por el residente y/o supervisor de obra. La cual será nominada por resolución de alcaldía o gerencia municipal debiendo estar Integrada de la siguiente Manera:

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- PRESIDENTE : Sera un profesional titulado, colegiado, habilitado del área usuaria (Ing. civil, electricista, arquitecto, agrícola, etc. Según sea el caso o tipo de obra)

-PRIMER MIEMBRO : Sera un CPC. Contador público colegiado y habilitado

- SEGUNDO MIEMBRO : Sera un profesional titulado, colegiado, que no haya participado en la ejecución de la obra a liquidarse,

siendo este personal nombrado o contratado de la Municipalidad provincial de espinar – ESPINAR. Oficina de bienes patrimoniales.

- UN ASESOR : Será el residente y/o supervisor de la obra.

B. ACTA DE VERIFICACION Y RECEPCION DE OBRA

El residente de obra o responsable de su ejecución solicitará la verificación y recepción de obra, ya sea por terminación de obra ( caso obra concluida) o por corte de obra ( para obra no concluida), cualquiera sea el caso, anotando en el cuaderno de obra, la fecha de la culminación de los trabajos, incluyendo las obras complementarias en un plazo no mayor de (05) días a través de un informe a la gerencia de infraestructura pública solicitara que se realice la “verificación y recepción” de los trabajos en obra.

El residente, remitirá la documentación al supervisor y/o inspector para que presente el informe final de obra dentro de un plazo de (30) días hábiles como máximo, contados a partir de la fecha de termino de la obra según la directiva Nº 002-2008-MPE-OSLO en lo referente al informe final, el cual será entregada al inspector o supervisor de la obra.

El inspector o supervisor de la obra en un plazo máximo de cinco (05) días calendarios, posteriores a la fecha de presentación del informe final, informara sobre las observaciones (si las hubiera) al residente respecto del informe presentado.

La comisión de verificación y recepción de obra nominada, revisara el informe final presentado por el ingeniero residente y/o supervisor responsable de la obra, constatando que esté de acuerdo con las metas propuestas iniciales, incidiendo en la memoria descriptiva valorizada, verificando las características de la obra el buen funcionamiento de las instalaciones, equipos y el fiel cumplimiento de las especificaciones técnicas y los planos de la obra, con las modificaciones, deducciones y adicionales debidamente autorizados a que hubiera lugar, dando su conformidad de no encontrarse observaciones, y suscribiendo al acta de verificación y recepción de obra. documentación que será entregada a gerencia de infraestructura pública, para su posterior derivación a la comisión de liquidación técnica – financiera.

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Si la comisión de verificación y recepción de obra, formulara observaciones a los trabajos ejecutados por incompatibilidad con el proyecto, porque existen defectos o por que a juicio de la comisión, existe grave deficiencia en la documentación de la obra ejecutada; no recepcionará la obra, dejando constancia en el acta de observaciones y señalando un plazo igual a 1/10 del plazo de ejecución de obra para su subsanación. Si vencido este plazo no se cumpliera con levantar las observaciones, la comisión informara de esta situación a la gerencia de infraestructura pública para que se establezca las responsabilidades del caso.

C. DEL INFORME FINAL DE TERMINACION O CORTE DE OBRA

Documento que formula el residente o ejecutores de la obra con Vº Bº del supervisor, pudiendo ser:

a) Informe final por conclusión de trabajo en obra.- cuando la ejecución de sus metas se realice en un 100% tal como fueron programadas en función a su expediente inicial.

b) Informe final por corte de obra.- este tipo de documento se presentara, cuando en el momento de recibir las ordenes de suspensión, paralización de los trabajos en obra, las características de dicha obra sean de “inconclusa, observada, paralizada o intervenida”; ya sean por motivos presupuestales, finalización del año u otras causas.

En caso, el ingeniero residente no pudiese remitir algunos de los documentos arriba mencionados, a pesar de corresponderle por el tipo de trabajo realizado, este deberá hacer constar las razones o motivos que le impiden sustentar tal acto o proceso.

CONTENIDO

El INFORME FINAL por conclusión de obra o por corte de obra, será presentado de acuerdo a la directiva Nº 002-2008-MPE-OSLO respecto al informe final de obra, debiendo adjuntar:

DOCUMENTACION DEL INICIO, HASTA SU CULMINACION DEL PROYECTO DE INVERSION.

Estudios de Perfil, Pre factibilidad y Factibilidad, con su correspondiente ficha de viabilidad y código, si es que el proyecto se encuentra incurso en el Sistema Nacional de Inversión Pública; También las obras ejecutadas por mantenimiento, se adjuntara la documentación de acuerdo a la siguiente plantilla:

l.- INFORME DEL SUPERVISOR.

1.-Informe final del supervisor.

ll.- ASPECTO LEGAL.

1.-Resolución de Aprobación del Expediente Técnico.

2.-Convenio de ejecución de obra. (en caso amerite)

3.-Resolución de nombramiento de residente y supervisión de obra, y/o contrato.

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4.-Acta de entrega del terreno.

5.-Acta de inicio de obra.

6.-Acta terminación de obra.

7.-Acta de recepción de obra (concesionaria)

8.-Acta de transferencia de la obra.

9.- Resolución de autorización de adicionales y/o deductivos.

10.-Resolución de aprobación de ampliación de plazo.

lll.- ASPECTO TECNICO

1. Plano de ubicación y perimétrico.

2. Informe final del residente de obra.

3. Memoria Descriptiva Valorizado y/o Declaratoria de Fábrica.

4. Hoja de Metrados post Construcción.

5. Valorización Física Final de Obra.

6. Valorización de aporte de los Beneficiarios.(Si corresponde)

7. Panel Fotográfico del proceso constructivo (secuencia de la obra).

8. Cuaderno de Obra. (original)

9. Planos post construcción y/o finales.

10. Acta de materiales sobrantes de obra valorizada (Nota de Entrada de Almacén)

11. Expediente técnico aprobado (firmado por proyectista, quien revisa y quien aprueba en todas sus páginas).

12. Cronograma final y/o actualizado de Ejecución (DIAGRAMA GANT, MS PROJECT).

13. Resumen Valorizado del Movimiento de Almacén Mensual (Kardex).

14. Relación de materiales transferidos a otras obras (Acta)

IV.- ASPECTO FINANCIERO

1. Reporte de ejecución compromisos vs Marco – SIAF-Asignación Presupuestal.

2. Tarjeta de Liquidación financiera –Sustentado.

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3. Resumen del Estado Financiero Comparativo (Presupuesto Aprobado vs Ejecutado) Justificación.

4. Desagregado de Gastos de Obra

5. Desagregado de Gastos de Obra Consolidado (obras ejecutadas en dos años)

6. Relación de planillas de pago

7. Relación de Órdenes de Compra y Servicio.

8. Copias fotostáticas de los Comprobantes de Pago, Pecosas, Facturas y/o Boletas de Venta, Recibo de Honorarios y Otros. (fe datado)

V.-ANEXOS Y OTROS.

1. Formato del SNIP (copia).

2. Resultados de Control de Calidad y/o Ensayos Realizados (Original)

3. Copia de Presupuesto Original y/o Modificado.

4. Copia de Contrato del Ingeniero Residente de Obra.

D. CONFORMACION DE LA COMISION DE LIQUIDACION TECNICA FINANCIERA

La municipalidad provincial de Espinar – Espinar, conformara una comisión de liquidación técnica – financiera de obras por resolución de alcaldía o gerencia municipal, para que se encargue de la liquidación técnica y financiera de las obras ejecutadas, en un plazo no mayor a los treinta (15) días calendario, contados a partir de la suscripción del acta de verificación y recepción de obras y/o a partir de la suscripción del contrato y estará integrada por:

UN PRESIDENTE : Sera un profesional titulado, colegiado y habilitado.

PRIMER MIEMBRO : Sera un contador público colegiado y habilitado, con un mínimo de un ( 01 ) año de experiencia en valorizaciones, análisis de costos, reajustes y liquidaciones.

SEGUNDO MIEMBRO : Sera un profesional titulado, colegiado que no haya participado en la ejecución de la obra a liquidarse, siendo este personal nombrado o contratado de la municipalidad provincial de ESPINAR. Oficina de bienes patrimoniales.

UN ASESOR : Sera el residente y/o supervisor de la obra a liquidarse.

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E. FUNCIONES DE LA COMISION DE LIQUIDACION TECNICA – FINANCIERA.

Para ejecutar la liquidación técnica financiera de la obra ejecutada, la comisión de liquidación técnica financiera tendrá un plazo de 30 días contados a partir de la suscripción del acta de verificación y recepción de obra y/o a partir de la suscripción del contrato, siendo sus funciones las siguientes:

La comisión de liquidación técnica financiera nombrada solicitara la entrega de la documentación técnica y administrativa, a las oficinas participantes en la ejecución de la obra a través de sus gerencias (gerencia de infraestructura pública y gerencia de administración y finanzas), para su análisis y evaluación.

La comisión de liquidación técnica financiera nombrada solicitara la entrega del acta de recepción de obra a la gerencia de infraestructura pública, así como los informes mensuales de obra y el informe final del residente de la obra, el cual es requisito indispensable para la liquidación.

La comisión de liquidación técnica financiera nombrada se constituirá al lugar de ejecución de la obra, a fin de verificar la existencia física de la obra en concordancia con el informe final de obra presentado por el residente de obra.

La comisión de liquidación técnica financiera nombrada con la información recepcionará, procesara´ la liquidación técnica actualizada, determinando el costo total valorizado de obra actualizada.

El costo total valorizado de obra actualizado es el costo resultante de la suma de valorizaciones mensuales de avance de obra, debidamente reajustada y actualizada con los índices unificados de precios del mes correspondiente de cada valorización.

F. EXPEDIENTE DE LIQUIDACION TECNICA FINANCIERA

El file de liquidación técnica y financiera será presentado mediante informe y formatos del anexo (liquidación de obra) y contendrá los siguientes documentos:

1) Memoria descriptiva de los trabajos concluidos que conforman la obra, que considera : Ubicación Antecedentes Información general Información financiera Información administrativa Descripción de la obra Especificaciones técnicas.

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2) EJECUCION FISICA FINAL: Esta estará enmarcada en la liquidación técnica, la cual estará a cargo de un profesional titulado miembro de la comisión técnico financiero y procederá con los trabajos de verificación, revisión y evaluación de, los trabajos realizados en obra, contrastando con los informes del residente de la obra, para determinar el grado de cumplimiento del expediente técnico aprobado para la ejecución de la obra.

La documentación que contendrá la liquidación técnica será la siguiente:

1. Valorización final de obra.2. Presupuesto de obra aprobada.3. Valorizaciones de adicionales de obra (cuando corresponda).4. Valorización de deductivos (cuando corresponda).5. Cuadro de Valorización real vs valorización física6. Metrados finales de obra.7. Materiales utilizados en obra.8. Mano de obra utilizada en obra.9. Equipo utilizado en obra.10. Saldo de materiales en obra.11. Memoria final de liquidación de obra.12. Conclusiones y recomendaciones.13. Plano de replanteo( de ser el caso)

3) EJECUCION FINANCIERA FINAL: Esta estará a cargo del contador público colegiado miembro de la comisión y procederá con los trabajos de acuerdo a las normas de contabilidad, cumpliendo las acciones de verificación, revisión y evaluación de los documentos para determinar el grado de cumplimiento de la revisión realizada en la obra. La liquidación financiera, consiste en la verificación del movimiento financiero y la determinación del costo total real de la obra que comprende todo los gastos realizados en el pago de la mano de obra, materiales ( incluyendo utilización de saldos de otras obras y la deducción de los saldos actuales de almacén), maquinarias y equipos ( alquiler y/o depreciación ) y gastos generales atribuibles a la ejecución de obra; además deberá considerar los compromisos pendientes de pago (devengados), si los hubiera.

4) EJECUCION LIQUIDACION FINANCIERA

Formulación de la Documentación.

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a. Verificación del presupuesto asignado.b. Verificación de las Cuentas Divisionarias 333”Construcciones en Curso

“341.1”Estudios e investigaciones,” 349- “Otras inversiones intangibles” y su correspondientes equivalencias con el nuevo plan contable gubernamental.

c. Verificación de los comprobantes de pago.d. Verificación de pedido –comprobante de salida (PECOSA), en este documento

debe contener en forma clara la meta, nombre del Proyecto de Inversión y el destino del bien.

e. Conciliación con la información establecida en los registros auxiliares de las cuentas Divisionarios 333-“Construcciones en Curso”,341.1 “Estudios e investigaciones” y 349.- “Otras inversiones intangibles” y su correspondientes equivalencias con el nuevo plan contable gubernamental.

f. Procesado y revisión del expediente de liquidación financiera.g. Conformidad y firma del Acta de conciliación financiera, por parte del contador

público colegiado, responsable que elaboro el expediente de liquidación y por otra parte el jefe de la Oficina de Contabilidad de la Municipalidad de Espinar.

-Contenido del expediente financiero.

La información contenida en la liquidación financiera será la siguiente: Tarjeta de liquidación financiera Cuadro resumen de manifiesto de gastos por específicas. Desagregado de gastos de obra. Desagregado de gastos de obra consolidado Estado financiero comparativo Saldos de Almacén valorizados sustentado con notas de ingreso a

almacén central (NEA) Acta de conciliación financiera. Observaciones, conclusiones y recomendaciones del proceso de

liquidación financiera.

Anexos:

Relación de órdenes de compra Relación de ordenes de servicios Relación de los pagos a los trabajadores (planillas )

5. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE LIQUIDACION TECNICO-FINANCIERO

I . INFORME FINAL LIQUIDACION TECNICO-FINANCIERO

1.1. Índice

II .LIQUIDACION TECNICA

1. Informe final de liquidación técnica2. Resumen de valorizaciones finales de obra.

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3. Memoria descriptiva de ejecución valorizada4. Memoria descriptiva de ejecución de mayores metrados, obras nuevas,

deductivos y adicionales valorizados.5. Metrados programados ejecutados, mayores metrados, metrados de obras

nuevas, metrados deductivos, metrados adicionales.6. Valorizaciones finales programadas, ejecutadas, por mayores metrados, por obras

nuevas, por deductivos y adicionales.7. Cuaderno de obra (original y/o primera copia)8. Panel de fotografías del proceso constructivo (fotos de verificación y culminación

de la Obra ).9. Planos finales de replanteo.10. Control de calidad, protocolos de pruebas (resultados de pruebas de laboratorio,

ensayos mecánica de suelos y materiales control de calidad concreto etc.)11. Acta de entrega del terreno12. Acta de inició de obra.

13. Acta de terminación de obra14. Acta de recepción de obra (Concesionaria)

15. Acta de convenio suscrito de aporte de beneficiarios.16. Resoluciones diversas.17. Otros (Perfil, Expediente Técnico, Informes mensuales addendas, contratos, etc.)

III .-LIQUIDACION FINANCIERA

1. Acta de conciliación financiera.2. Cuadro resumen manifiesto de gastos por específicas.3. Desagregado de gastos de obra.4. Desagregado de gastos de obra consolidado.5. Tarjeta de liquidación financiera.6. Cuadro comparativo financiero7. Relación de órdenes de compra (materiales adquiridos)8. Relación de orden de servicios.9. Relación de la Planillas.10. Saldos de almacén ( Notas de entrada a almacén central )11. Otros Anexos.

IV.- DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

1. Comprobantes de pago, orden de compra ,y/o orden de servicios, facturas , boletas de ventas ,recibo de honorarios y pedido comprobante de salida(Pecosa)

2. Notas de entrada y salida de almacén central.

Concluido con la elaboración del expediente de liquidación técnica y financiera del proyecto de inversión, se procede a formular el anteproyecto de Decreto de Alcaldía, mediante el cual se apruebe el referido expediente de liquidación.

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G. EVALUACION TECNICA – FINANCIERA.

La evaluación técnica – financiera, resulta de la comparación entre el costo total valorizado de obra actualizada (liquidación técnica) con el costo total real de la obra (liquidación financiera). El costo total real de la obra en ningún caso debe ser mayor al costo total valorizado de obra actualizada. Si se presentara el caso, este deberá ser justificado técnicamente por el residente y/o supervisor de la obra,

La buena decisión en la construcción de la obra por ejecución presupuestal directa, se determina cuando el costo total real de la obra es igual o inferior al costo total valorizado de la obra actualizada. En caso contrario, la municipalidad, notificara al residente de la obra sobre la deficiencia observada, a fin de que presente una justificación técnica por el mayor gasto realizado dentro del plazo de quince (15) días de notificado.

LA EVALUACION TECNICA- FINANCIERA se expresara mediante un formato y se adjuntara la justificación correspondiente, de ser el caso:

Balance del costo total valorizado de la obra versus costo total real de obra. Justificación técnica del mayor gasto realizado.

La comisión de liquidación de obra evaluara la justificación técnica presentada y de haber indicios de responsabilidad emitirá un informe a la alcaldía y procuraduría de la municipalidad, para que esta determine las acciones que corresponda.

H. APROBACION DE LA LIQUIDACION TECNICA FINANCIERA.

El expediente de liquidación de obra deberá de constar de dos partes (parte técnica y parte financiera), la cual será presentada con su informe correspondiente a la gerencia municipal para su trámite y aprobación correspondiente mediante resolución.

La liquidación financiera será remitida a la gerencia administrativa y finanzas, para que emita conformidad de datos consignados en la liquidación financiera, para la presentación de los informes de conformidad las gerencias correspondientes tienen un plazo de 5 días hábiles posteriores a la recepción de dicha información.

Con estos informes la liquidación técnica financiera de la obra ejecutada será aprobada por el resolutivo correspondiente.

La distribución posterior a la aprobación será de la siguiente manera:

El original (file anillado) se remitirá a la oficina de contabilidad para realizar su ajuste contable pertinente según sea el caso cuenta de gastos y/o infraestructura pública.

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Una copia del expediente de liquidación de obra (técnica financiera), para secretaria general (archivo central).

Una copia del expediente de liquidación de obra (técnica – financiera), para la oficina de supervisión y liquidación de obras.

VIII. LIQUIDACION TECNICA Y FINANCIERA DE PROYECTOS DE INVERSION POR LA

MODALIDAD DE EJECUCION PRESUPUESTARIA INDIRECTA.

a) POR ENCARGO.-

El procedimiento de la Liquidación Técnica y Financiera de un Proyecto de Inversión ejecutado por la modalidad de encargo, a través de Convenios, es similar al procedimientos de la Liquidación por ejecución Presupuestaria Directa, con la única variación que se efectúa sobre la base de las informaciones (rendiciones de cuenta documentada), presentadas por las entidades encargadas de la ejecución de un proyecto de inversión. Del mismo modo, en el contenido del expediente de Liquidación se adjuntara copia del Convenio correspondiente.

b) POR CONTRATA.-

Debe entenderse por Liquidación de Proyecto de Inversión por la modalidad de Contrata a la determinación del monto otorgado al Contratista, provenientes de las obligaciones contractuales entre el contratista y la entidad contratante, mas los gastos generados durante la ejecución del proyecto de inversión (antes, durante y después del otorgamiento del proyecto por la ,modalidad de contrata).

Además esta liquidación se deberá ejecutar en base a lo normado por la Ley D.L. No 1017 de Contrataciones del Estado y su reglamento de la ley Contrataciones del Estado D.S. No 184-2008-EF

b.1 PROCESO DE LIQUIDACION DEL CONTRATO DE OBRA.

Para iniciar la liquidación de Contrato de Obra, se tiene que haber suscrito el Acta de Recepción, cuando el Contratista culmina la obra o el Acta de Constatación Física e Inventario, cuando se ha resuelto el contrato de obra.

Para efectos legales, una vez suscrita el Acta correspondiente, es de aplicación el Artículo 269º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, donde se establece el procedimiento para que la liquidación de contrato de obra, recalcando dicho artículo, que no se procederá a la liquidación mientras existan controversias pendientes de resolver.

Documentos necesarios para elaborar la liquidación del contrato de obra a suma alzada y copia de los mismos, que forman parte del expediente de liquidación:

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1. Contrato de obra2. Hoja del presupuesto del Contrato3. Fórmulas Polinómicas del expediente técnico4. Control valorable (record de pago de valorizaciones y adelantos)5. Resoluciones de Adicionales y Deductivos6. Resoluciones de Ampliaciones Plazo7. Calendario de avance de obra presentado por el contratista a la firma del contrato.8. Calendario Valorizado de avance de obra adecuado a la fecha del inicio oficial de la obra.9. Calendario de Adquisición de Materiales adecuado a la fecha del inicio oficial de la obra.10. Calendario de avance de obra vigente, incluyéndose las ampliaciones de obra aprobadas.11. Documento de nombramiento del Supervisor.12. Solicitud del Contratista del Adelanto Directo, documento de trámite del Adelanto y Comprobante de pago.13. Solicitud del Contratista del Adelanto de Materiales, incluyendo el detalle de los montos, documento de trámite del Adelanto otorgados por materiales y fórmulas polinómicas correspondiente y Comprobante de pago.14. Valorizaciones tramitadas (mensuales de obra, adicionales, mayores gastos generales, intereses, etc.) y los comprobantes de pago correspondientes.15. Cálculo de Reajustes16. Acta de entrega de terreno.17. Acta de inicio de plazo.18. Copia de anotaciones del cuaderno de obra donde se verifica: el inicio real de la obra, inicio oficial de la obra, solicitud de recepción del Residente al haberse concluida la obra, conformidad del Supervisor del término de obra y la anotación del Residente donde indica haber culminado el levantamiento de observaciones correspondiente.19. Resolución de nombramiento del Comité de Recepción de la Obra.20. Acta de observaciones (de ser el caso)21. Informe de levantamiento de observaciones.22. Acta de recepción de obra.23. Anexo – Copia de índices CREPCO. (Peruano)

Así mismo, se debe tener a disposición el legajo de la obra, donde se encuentra el expediente técnico, cuaderno de obra y toda la documentación generada desde la firma del contrato hasta la recepción de la obra, para la revisión del liquidador durante el proceso de liquidación.

IX. ASIGNACION DE RESPONSABILIDADES.

a) La responsabilidad de supervisar y controlar el cumplimiento del presente reglamento, estará a cargo de la Gerencia Municipal y la Oficina de Auditoría Interna.

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b) La responsabilidad del procesamiento de los expedientes de Liquidación Técnica y Financiera de los Proyectos de Inversión ejecutados por los órganos de la Municipalidad corresponde a la Oficina de Supervisión y Liquidación de Obras.

c) La elaboración del Informe Técnico -financiero Final de Pre- Liquidación, es de responsabilidad exclusiva del Ing. Residente y Supervisión del Proyecto.

d) La responsabilidad de la asignación de recursos económicos, logísticos y humanos para el logro de los objetivos de este reglamento, corresponde a la Gerencia Municipal, para lo cual establecerá las acciones administrativas correspondientes que posibiliten los recursos financieros necesarios.

X. OBRAS A LIQUIDARSE MEDIANTE OFICIO

a) Los proyectos de inversión y de mantenimiento concluidas que no hayan sido liquidadas, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas o legales a que hubiere lugar serán liquidadas de oficio a través de una Comisión Especial de Liquidación conformada por tres miembros, un liquidador técnico, un Liquidador financiero y un Supervisor.

b) La Liquidación de oficio será presentada mediante un informe y contendrá los siguientes documentos (aparte de los que se exigen en los acápites posteriores según el caso que corresponda).

Memoria Descriptiva de la obra ejecutada.

Valorización de la obra ejecutada.

Planos de ubicación, perimétrico y de replanteo, registro fotográfico, si hubiere del proceso de constructivo, si no del estado actual del proyecto de inversión.

La valorización de obra ejecutada a que se hace referencia en el numeral anterior se efectuara a partir del Presupuesto Aprobado del Expediente técnico, (si se cuenta), o a precios referenciales existentes en el mercado local o siguiendo los modos de Tasación convencional o cualquier otro método que a juicio de los integrantes de la comisión especial, sea el más conveniente.

El expediente de liquidador de oficio con su informe correspondiente será presentado a la Comisión Técnica y con opinión favorable de la misma, al Despacho de Alcaldía, para su aprobación mediante Resolución, la presentación y su posterior distribución serán de la misma manera a lo especificado en los numerales pertinentes.

Para que un proyecto de inversión se susceptible de ser considerado en el proceso de liquidación de oficio debe de cumplirse las siguientes condiciones:

- Que el responsable de la ejecución del proyecto de inversión, a la fecha de vigencia de la presente directiva, no haya cumplido con presentar toda la documentación sustentatoria de gasto. Estas pueden ser Proyectos de infraestructura física (obras), y proyectos que no

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constituyen Infraestructura (estudios, proyectos de carácter económico y social, convenios).

- Que el proyecto de inversión o de mantenimiento tenga observaciones imposibles de ser levantadas por el responsable de la ejecución física o financiera del proyecto.

- Que el proyecto de inversión sea parte de un proceso judicial donde la entidad participe como demandante o demandado

- Que a infraestructura del proyecto de inversión no exista por diversas causales como la acción de fenómenos naturales.

- Que el proyecto de inversión no cuente con la suficiente documentación sustentatoria de gasto, para determinar esta condición de no contar con la suficiente documentación sustentatoria de gasto se debe agotar el procedimiento de notificación a los responsables, de proyecto ejecutado teniendo en cuenta los procedimientos establecidos por ley comprometiéndolos a presentar la correspondiente documentación sustentatoria de gasto y/o a absolver las observaciones que se les hubiera formulado.

- La aplicación del procedimiento de liquidación de oficio a un proyecto de inversión y/o mantenimiento será autorizada por la gerencia general municipal mediante resolución del funcionario respectivo.

Proyectos (Obras de Infraestructura carentes del Informe Final de ejecución elaborado por el responsable del proyecto.

Acta de Verificación del estado Situacional de la Infraestructura, de acuerdo al formato indicado en el anexo Nº 1

Acta de Terminación de Infraestructura, de acuerdo al formato indicado en el anexo Nº 2 y 3.

Informe final del inspector del proyecto, que contenga su opinión técnica, financiera y administrativo sobre la infraestructura, así como la procedencia de la liquidación de oficio.

Informe de la oficina de Supervisión, evaluando el informe del proyecto y determinando su conformidad.

Informe Legal de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Espinar, en el cual se pronuncie sobre la pertinencia de iniciar acciones administrativas, civiles y/o penales a que dieran lugar.

Documento que acredite el inicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales, en los casos que corresponda.

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Valorización final de la obra.

Fotografías actuales de la obra determinada con la presencia del supervisor de obra y/o jefatura de Supervisión.

Copia de expediente técnico y resolución de aprobación, de ser el caso.

Proyectos Terminados con observaciones imposibles de ser levantados por el Responsable del Proyecto

Informe técnico de la oficina de supervisión, sustentando la imposibilidad de levantar las observaciones formuladas y que recomendando que asesoría jurídica del gobierno local se pronuncie sobre la pertinencia de iniciar acciones administrativas civiles y/o penales.

Informe legal de Asesoría Jurídica del gobierno local de Espinar, en el cual se pronuncie sobre la pertinencia de iniciar las acciones administrativas, civiles y/o penales que dieran lugar.

Documento que acredite el inicio de las acciones administrativas, civiles y/o penales, en los casos que correspondan.

Copia de la observación formulada por el jefe de liquidaciones.

Caso Proyectos de inversión sujeto a proceso Judicial

Copia fe datada de la principales piezas procesales donde se precise el monto controvertido que es objeto de la denuncia y/o con la demanda con el propósito de ser dado de baja contable y no y no formar parte (excluirlo) de la liquidación de obra.

Proyecto de inversión cuya infraestructura no exista

por diversas causales como la acción de fenómenos naturales informe técnico final del proyecto elaborado por el inspector de oficio según el anexo Nº 3

Informe de la oficina de supervisión evaluando el Informe Técnico Final del proyecto emitido por el inspector de oficio.

PROCEDIMIENTO: en el caso de realizarse la liquidación con personal propio de la institución y/o Empresa Jurídica o Natural con Registro de Proveedores de Servicio)

Identificados los proyectos de investigación susceptibles de ser liquidado en el procedimiento de liquidación de oficio , la Oficina de liquidaciones hará las coordinaciones necesarias con la unidad orgánica correspondiente par que mediante Carta Notarial o medio publicación en un

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diario de la región notificar a los responsables de la ejecución del proyecto para la obtención de la documentación sustentatoria faltante.

Transcurrido el plazo legal otorgado mediante la notificación y de no obtener la documentación faltante, la oficina de liquidaciones procederá a comunicar este hecho a la gerencia general de la municipalidad y solicitara la autorización correspondiente para proceder a la Liquidación de Oficio la misma que se oficializara por Resolución de la Gerencia General Municipal.

Obtenida la resolución de autorización de la gerencia general Municipal, la jefatura de Supervisión y Liquidaciones comunicara a la a la Subgerencia de obras , como órgano responsable solidario del ejecución de obras de la necesidad de contar con los documentos que faltan (según los formatos indicados en los anexos Nº 1,2,3,4,5 y 6. Según corresponda de acuerdo al tipo del proyecto), señalándolos de manera detallada y fijando un plazo prudencial para su presentación.

El subgerente de obras y el jefe de supervisión designaran mediante memorándum a los responsables respectivos dentro de su unidad orgánica de elaborar la información idónea sucedánea solicitada, la cual será elaborada de manera conjunta

En el caso de proyectos de inversión que no contribuyan obras intervendrán la unidad orgánica responsable de la ejecución del proyecto conjuntamente con la jefatura de supervisión para la presentación de la documentación idónea, según los anexos Nº 4 y 5 .

La jefatura de Supervisión y liquidaciones, luego de recibir la documentación faltante de la unidad orgánica ejecutora del proyecto de inversión que es materia del proceso de liquidación designara mediante un memorándum a(os)liquidador(es)técnico – financiero(s) quien(es) se encargarán de la revisión de documentación recibida así como la determinación del valor de la liquidación de la obra teniendo en cuenta la “Plantilla de Liquidación de Oficio “ considerada en el anexo Nº 5.

Una vez recibida la documentación el liquidador procederá a efectuar las siguientes acciones:

Verificar los documentos presentados son idóneos y pertinentes, es decir, si el contenido de los mismos reúnen las formalidades y las exigencias que permitan llevar a cabo un proceso de liquidación de oficio.

Cuando un documento sea observado por no reunir las formalidades establecidas, será devuelto señalando los términos en que deben ser levantadas y otorgando un plazo no mayor de (10) días.

Formular el informe de liquidación técnica-financiera luego de la verificación de los documentos y haber dado la conformidad de la misma.

Presentar el informe de liquidación a la Jefatura de Liquidaciones .adjuntando el expediente y anexos sustenta torios.

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La oficina de Supervisión y Liquidaciones de inversiones dará su conformidad procediendo a continuación a derivar los documentos a la Comisión de Recepción, Liquidación y Transferencia de Obras y Proyectos.

PROCEDIMIENTO: (en el caso de realizarse la liquidación Por Servicios de Terceros)

Obtenida y conocida la resolución de aprobación de la relación de los proyectos que serán sometidos al procedimiento de liquidación de oficio por parte de la Comisión Técnica Financiera esta procederá a la evaluación respectiva para la determinación de la modalidad de ejecución de la liquidación de oficio (con personas Jurídicas o Naturales con Registro de Servicios ).

La Jefatura de Supervisión y liquidaciones elaborará los términos de referencia para la convocatoria del proceso de selección para efectivizar las liquidaciones de oficio consideradas en el Plan de Trabajo, además participará en la evaluación del servicio de liquidación de oficio realizado por terceros.

La Jefatura Supervisión de liquidaciones realizara la recepción del trabajo de liquidación de oficio (Expediente de Liquidación )encargado a terceros y dará su conformidad teniendo en cuenta los términos de referencia , procediendo a continuación a derivar los documentos a la Comisión de Liquidación Técnica Financiera para continuar con las disposiciones de la LIQUIDACION de la presente directiva .

XI. DISPOSICIONES FINALES

Cuando no se tenga la documentación original del caso, se podrá hacer uso de segundos originales las que serán autenticadas de ser el caso.

Si por circunstancia debidamente justificada no se dispone de la documentación técnica financiera exigida para el procedimiento de liquidación de obra, este deberá ser regularizado por la comisión de liquidación de obras en el nivel correspondiente, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

La documentación referida en el párrafo anterior es por los conceptos siguientes:

Modificaciones al proyecto. Modificaciones en el plazo de ejecución. Reducciones de obra. Adicionales de obra. Comprobantes de Pago de Tesorería con sus respectivos documentos sustenta

torios (facturas, boletas, R/H y otros)

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Efectuada la liquidación de una obra, se procederá a su inscripción en los registros públicos y en el margesí de bienes nacionales. La municipalidad adoptara las medidas necesarias para el cumplimiento de este procedimiento, hasta su culminación.

Las gerencias de línea, asesoramiento y apoyo quedan obligadas a brindar al apoyo necesario a la comisión de liquidación para el cumplimiento de las acciones encomendadas; y deberán hacer entrega de la siguiente documentación:

GERENCIA DE INFRAESTRUCCTURA PUBLICA Expediente técnico aprobado. Informes mensuales de obra. Informe final de obra. Cuaderno de obra. Control de materiales. Pedido de materiales.

SECRETARIA GENERAL: Resoluciones emitidas para la obra.

GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS: Comprobantes de Pago Órdenes de compra Ordenes de servicio Planillas de remuneraciones y jornales. Pedido de comprobantes de salida. Ejecución del presupuesto de gasto, con partidas genéricas especificas y el detalle

analítico de las partidas especificas. Documento de reingreso de los saldos de materiales (NEA) Reporte de ordenes de Servicio y Compra (obras de Mantenimiento)

GERENCIA DE PLANEAMIENTO: Reporte del Compromiso vs Marco Presupuestal Conciliación presupuestal. Asignación presupuestal.

Si a las obras materia de liquidación transferidas de conformidad con las actas respectivas se destruyen o fallan total o parcialmente por defectos constructivos antes de 7 años, el residente o responsable de la ejecución de la obra, así como el inspector o supervisor asumirán la responsabilidad civil y penal según el caso (código civil y penal según el caso (Código Civil Art. 1784).

OFICINA DE SUPERVISION Y LIQUIDACION DE OBRAS

En el caso de no contar con las obras liquidadas en su debido plazo y oportunidad, existirá una oficina de liquidaciones de obra permanente la misma que regulariza las liquidaciones de obra

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pendientes de ejercicios anteriores; sin perjuicio de las acciones legales y administrativas a que diera lugar, dicha oficina dependerá de la gerencia municipal para todos sus trámites, aprobaciones y presupuestalmente ya que en cada expediente técnico consigna un monto asignado para liquidaciones de obra, el que será para gastos de dicho fin y su disposición deberá depender directamente de la gerencia municipal.

Los casos no previstos en la presente directiva serán resueltos de conformidad con las normas generales y/o disposiciones reglamentarias y legales vigentes y los principios generales y/o disposiciones reglamentarias y legales vigentes y los principios generales del derecho que rigen el proceso de las liquidaciones.

Los miembros de la comisión que no cumplan con los plazos y condiciones previstas por la presente directiva, incurrirán en responsabilidad administrativa y serán sancionados conforme a las normas vigentes.

Forman parte de la presente Directiva los formatos que corresponden a los siguientes documentos:

Anexo Nº 1 ACTA DE VERIFICACION DEL ESTADO SITUACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURAAnexo Nº 2 ACTA DE TERMINACION DE INFRAESTRUCTURAAnexo Nº 3 ACTA DE CULMINACION DEL PROYECTO Anexo Nº 4 ACTA DE CULMINACION DE ESTUDIO Y CONVENIO Anexo Nº 5 PLANTILLA DE LIQUIDACION DE OFICIOAnexo Nº 6 PLANTILLA DE LIQUIDACION DE OFICIO PARA ESTUDIOS Y CONVENIOSAnexo Nº 7 INFORME FINAL DE LIQUIDACIONAnexo Nº 8 INFORME FINAL LIQUIDACION TECNICAAnexo Nº 9 ACTA DE COCILIACION DE SALDOS

La presente directiva entrara en vigencia a partir de su aprobación por Resolución Municipal hasta que sea sustituida por otra.

Espinar, 28 de abril de 2010.

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ANEXO Nº 1

ACTA DE VERIFICACION DEL ESTADO SITUACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA

Siendo las …………………….horas del día …………………..del mes de …………………….del año……………….Se reunieron en la localidad de ……………………………………………………………………..,distrito de …………………………………………………………….,Departamento de ……………………………….,el Supervisor del gobierno local ,Sr.(a)…………………………………………………………………………………………….identificado(a) con DNI Nº……………………………………., autorizado por memorándum Nº……………………..gobierno local de Espinar, el Sr (a) …………………………………………………………..identificado (a) con DNI Nº…........................ en representación de ………………...................................; con la finalidad de verificar el estado situacional del proyecto denominado ……………………………………………………...................................

Acto que se efectúa en los términos siguientes:

PRIMERO: la infraestructura ejecutada cuenta con os siguientes datos generales:

a) Obra……………………………………………………………………………………………………………………………………b) Proyecto……………………………………………………………………………………………………………………………..c) Fuente de financieamiento………………………………………………………………………………………………..d) Fecha de aprobación del expediente Técnico: .……………………………………………………………….e) Plazo de ejecución:…………………………………………………………………………………………………………..f) Modalidad de ejecución de proyecto : administración directa ( )contrata( )g) Procedimiento de liquidación: Regular ( ) Por Oficio () Otro……………………………………..h) Ubicación :

-Localidad…………………………………………………………………………………………………………………………..-Distrito…………………………………………………………………………………………………………………………….-Provincia…………………………………………………………………………………………………………………………-Departamento……………………………………………………………………………………………………………….

i) Del Inspector / Contratista:

Inspector :………………………………………………………………………………………………………………………….Contratista:………………………………………………………………………………………………………………………….

SEGUNDO: En este acto se ha constatado lo siguiente:Avance físico (%)…………………………………………………………………………………………………………………

Partidas por ejecutar………………………………………………………………………………………………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

En señal de conformidad con los términos del presente acta de verificación, que se extiende por triplicado , subscriben los intervinientes

SUPERVISOR DEL GOB.LOCAL REPRESENTANTE DEL BENEFICIARIOS AGENTE MUNICIPAL. AUTORIAD PUBLICA DE LA LOCALIDAD

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ANEXO Nº 2

ACTA DE TERMINACION DE INFRAESTRUCTURA

Siendo las ………………..las horas del día……………del mes ……………..del año …………. Se reunieron con la localidad de …….…. Distrito de ………………….. departamento de ……………….. el inspector del gobierno local de Espinar Sr(a): …………………………………… ……………………………… con DNI Nº ………………………. autorizado por memorándum Nº …………………..…………; El Sr(a) …………………………………………………………. Identificado con DNI Nº…………………………… en representación de …………………………………………….., y el Sr(a). ………………………………………………….. Identificado con DNI Nº…………………………………… en representación de …………………………………………………….., con la finalidad de verificar el Estado Situacional de la obra ejecutada del año ,……………………………; acto que se efectúa en los términos siguientes :

PRIMERO: la infraestructura ejecutada cuneta los siguientes datos generales:a) obra.-……………………………………………………………………………………………………………………………..b) proyecto………………………………………………………………………………………………………………………….c) fuente de financiamiento …………………………………………………………………………………………..d) fecha de aprobación del expediente técnico ……………………………………………………………e) plazo de ejecución ………………………………………………………………………………………………………….f) Modalidad de ejecución por proyecto: Administración Directa () Contrata()

g) procedimiento de liquidación: regular () por oficio () otro ( )

h) ubicación

-localidad……………………………………………-distrito………………………………………………..-provincia…………………………………………….-departamento………………………………..

i) Del Inspector/ Contratista Inspector…………………………………………….…………………………………………………………….

Contratista………………………………………………………………………………………………………..

SEGUNDO: luego de la inspección física practicada a la infraestructura y constatada con el Acta de Verificación del Estado Situacional de fecha ……………………………………………………………………………, resulta procedente la liquidación de oficio.

En señal de conformidad con los términos de la presente ACTA DE VERIFICACION , que se extiende por triplicado ,suscriben los intervinientes.

INSPECTOR DEL GOB LOCAL, REPRESENTANTE DE BENEFICIARIOS GERENTE MUNICIPAL /AUTORIDAD PUBLICA DE LA LOCALIDAD

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ANEXO Nº 3

ACTA DE CULMINACION DEL PROYECTO

Siendo las ………………. horas del día ………………… del mes de ……………. del año ……………… Se reunieron en la localidad ………………………….. Distrito de ………………………………. Provincia de ……………………………… Departamento de ………………………., el inspector del Gobierno Local de Espinar Sr(a)…………………………………………………………….. identificado con DNI Nº ………………………… autorizado por memorándum Nº…………………………… con domicilio en …………………………………………………………… El representante de la comunidad Beneficiaria de …………………………………………………………………………. Sr (a) …………………………………………………………………… identificado con DNI Nº ………………………………. Con domicilio en ……………………………………………………………… y el Sr(a). ……………………………………………………….. Identificado(a) con DNI Nº…………………………… quien ostenta el cargo público de ……… …………………………………………….., de la localidad de …………………………………….. con la finalidad de dar fe de la ejecución y culminación del Proyecto …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Acto que se efectúa en los términos siguientes ……………………………………………………………………….……..

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

La manifestación de fe de ejecución del Proyecto se realiza en fundamento de lo expresado, por las autoridades de la Comunidad Beneficiaria, que declaran bajo juramento que: …………:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

En señal de conformidad de los términos de la presente Acta de verificación, que se extiende por triplicado, subscriben los intervinientes

SUPERVISOR DEL GOB. LOCAL REPRESENTATE DE BENEFICIARIOS

AGENTE MUNICIPAL / AUTORIDAD PUBLICA DE LA LOCALIDAD

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ANEXO Nº 4

ACTA DE CULMINACION DE ESTUDIO Y CONVENIO

Siendo las ………….horas del día ……………del mes de …………………….del año ……………………… Se reunieron en la localidad de …………………………….. Distrito de ……………………………. Provincia de ……………………… Departamento de ………………………., el Inspector del Gobierno Local de Espinar Sr(a)………………………………………………………….. identificado (a) con DNI Nº ……………………………………… autorizado por memorándum Nº…………………..………… con domicilio en ……………………………………………………………………; El representante de la comunidad Beneficiaria de ………………………………………………………. Sr (a) ………………………………………………………………… identificado con DNI Nº ………………. Con domicilio en ………………………………………………………; y el Sr(a). …………………………………………………………….. Identificado(a) con DNI Nº………………………… quien ostenta el cargo público de ……… …………………………………………….., de la localidad de …………………….. con la finalidad de dar fe de la ejecución y culminación de …………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………

Acto que se efectúa en los términos siguientes ……………………………………………………………….……..

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………….…………………

…………………………………………………………………………………………………………………………………..……………………

La manifestación de fe de ejecución del Proyecto se realiza en fundamento de lo expresado, por las autoridades de la Comunidad Beneficiaria, que declaran bajo juramento que: …………:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..

En señal de conformidad de los términos de la presente Acta de verificación, que se extiende por triplicado, subscriben los intervinientes

SUPERVISOR DEL GOB. LOCAL REPRESENTATE DE BENEFICIARIOS

AGENTE MUNICIPAL / AUTORIDAD PUBLICA DE LA LOCALIDAD

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ANEXO Nº 5

PLANTILLA DE LIQUIDACION DE OFICIO

PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA

PROYECTO ……………………………………………………………………………………………………………………………LINEA DE INVERSION …………………………………………………………………………………………………………………

UBICACIÓN: DEPARTAMENTO ……………………………………………..PROVINCIA ……………………………………………………..DISTRITO …………………………………………………………LOCALIDAD ……………………………………………………..

CONTENIDOMemorándum de autorización de la Gerencia General para practicar la liquidación de oficio.

Informe de evaluación y procedencia de la Oficina de Supervisión.

Informe Final del Inspector de proyectos; técnico, financiero y administrativo.

Informe legal de Asesoría legal

Acta de verificación del estado situacional de la infraestructura.

Acta de terminación de infraestructura.

Valorización final de la Obra.

Fotografias con presencia del supervisor de obra.

Copia de expediente técnico y resolución de aprobación

FECHA DE PRESENTACIONFECHA DE REVISIONFECHA DE TRAMITEOBSERVACIONES:………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….Vº Bº OFICINA DE SUPERVISION INSPECTOR DE PROYECTOS

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ANEXO Nº 6

PLANTILLA DE LIQUIDACION DE OFICIO PARA ESTUDIOS Y CONVENIOSCONVENIO CON OBSERVACIONES CURSADASPROYECTO …………………………………………………………………………………………………………………………………….OBRA …………………………………………………………………………………………………………………………………LINEA DE INVERSION ……………………………………………………………………………………………………UBICACIÓN: DEPARTAMENTO ……………………………………………..PROVINCIA ……………………………………………………..DISTRITO …………………………………………………………LOCALIDAD ……………………………………………………..Inspector y/o Supervisor de Proyecto ……………………………………………………………………………….Oficina de Supervisión……………………………………………………………………………………………..

CONTENIDO

1. SOLICITUD DE LA DIRECCION DE SUPERVISION

Con la que solicita la Gerencia General Local autorice se practique la Liquidación de Oficio de Proyectos con observaciones cursadas.

2. MEMO DE AUTORIZACION DE LA GERENCIA GENERAL MUNICIPAL PARA LA PRACTICA DE LIQUIDACION DE OFICIO.

3. INFORME TECNICO DE LA JEFATURA DE LA OFCINA DE SUPERVISION

En el deberá sustentarse la imposibilidad de levantar las observaciones formuladas, recomendando que Asesoría Legal del Gobierno Local, se pronuncie sobre la pertinencia de iniciar acciones legales.

4. INFORME DE ASESORÍA LEGAL DEL GOBIERNO LOCAL.

En e deberá de pronunciarse sobre la pertinencia de iniciar acciones administrativas, civiles y/o penales a que diera lugar. En el caso de iniciar las acciones legales deberá adjuntar copias fedatadas del mismo.

FECHA DE PRESENTACIONFECHA DE REVISIONFECHA DE TRAMITEOBSERVACIONES:……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….Vº Bº OFICINA DE SUPERVISION INSPECTOR DE PROYECTOS

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ANEXO Nº 7

LIQUIDADOR (PARTE TECNICA) LIQUIDADOR (PARTE FINANCIERA)

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ANEXO Nº 8

LIQUIDADOR JEFE SUPERVISION Y LIQUIDACION

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ANEXO Nº 9