derecho de acción

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Derecho de Acción Poder Jurídico Sentencia Ejecutoria Órganos Jurisdicci onales Derecho Subjetivo DEFINICIÓN: Es la facultad que se tiene para solicitar al Estado a través de sus órganos jurisdiccionales que intervenga para aplicar el derecho abstracto al caso concreto, con el objeto de re4solver una controversia, declarar que existe una obligación y en su caso ordenar su cumplimiento.

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Page 1: Derecho de acción

Derecho de Acción

Poder Jurídico

Sentencia Ejecutoria

Órganos Jurisdiccionales

Derecho Subjetivo

DEFINICIÓN: Es la facultad que se tiene para solicitar al Estado a través de sus órganos jurisdiccionales que intervenga para aplicar el derecho abstracto al caso concreto, con el objeto de re4solver una controversia, declarar que existe una obligación y en su caso ordenar su cumplimiento.

Page 2: Derecho de acción

Teoría clásica.- Derecho material. Pedir en juicio lo que nos

pertenece

Teoría de la acción como derecho de jurisdicción.- Acudir ante los órganos

jurisdiccionales y ponerlos en movimiento.

Teoría de la acción como derecho abstracto.- Corresponde no solo al

derecho subjetivo, no a quien tiene la razón , sino a quien se

dirija el juez.

Teoría de la acción como derecho a la tutela.- Sólo una

persona puede ejercitar el derecho de acción. Asiste un

derecho.

Teoría de la acción como derecho postulativo.- Se ejercita

independientemente de la voluntad de la persona contra

quien se dirige la misma.

Teoría de la acción como instancia proyectiva.- No es sólo un acto,

sino que se van proyectando todos los actos procesales.

TEORÍAS DE LA ACCIÓN

Page 3: Derecho de acción

FORMAS DE INSTAR

QUERELLA: Actos por los que la persona se considera atendida RECURSO

ADMINISTRATIVO: Propia autoridad, revoque su propia

resolución

DENUNCIA: Poner en conocimiento de la

autoridades

QUEJA: Impugna resoluciones

judiciales

PETICIÓN: Art. 8 Constitucional

Page 4: Derecho de acción

CLASIFICACIÓN DE ACCIONES

CONDENA

EJECUTIVAS

CAUTELARESCONSTITUTIVAS

DECLARATIVAS

Page 5: Derecho de acción

CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES

Acciones de CondenaSon aquellas que tienden a pedir al juez que además de declarar la voluntad de la ley en un caso concreto, se impongan a la parte demandada una condena determinada actualizándose la sanción potencial que contiene la norma abstracta. La conducta puede ser de dar, de hacer y de no hacer. En el proceso penal, la acción normalmente es de condena y la conducta que la sentencia puede imponer en el cumplimiento de una sanción penal.

Acciones DeclarativasSon aquellas en virtud de las cuales se pide al juez determine la voluntad de la ley en relación al objeto deducido en el juicio a través de las cuales la parte actora pide al juzgador una sentencia, inexistencia, nulidad o modalidad de una relación jurídica.

Acciones ConsecutivasSon aquellas que tienden a crear situaciones nuevas derivadas de la sentencia, constituyendo nuevos estados jurídicos que modifican o exigen una relación o situación jurídica sustantiva.

Acciones Cautelares Son aquellas por las cuales la parte autora, solicita al juzgador una resolución para que se protejan de manera provisional y hasta en tanto se dicte sentencia definitiva en el proceso a las personas, los bienes o los derechos que sean objeto del mismo.

Acciones EjecutivasSon acciones que tienen la misma finalidad que las de condena, pero éstas se fundan en un en un título ejecutivo. El título ejecutivo es aquél que trae emparejada ejecución y que contiene una cantidad líquida , exigible o de plazo cumplido.

Page 6: Derecho de acción

OTRA CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES

Por el tipo de interés que se busca proteger:

Particulares: Son las que ejercen las personas para proteger sus intereses jurídicos personales.

Públicas: Son las que ejercen órganos del Estado en nombre

del orden o de la seguridad pública.

Para la tutela de interés difusos: Son las que procuran la protección de los intereses de grupo de personas que no tienen organización o personalidad jurídica propia, si no, que se determinan por factores coyunturales o genéricos por datos frecuentemente accidentales y

mutables.

Colectivas: Son aquellas que ejercen agrupaciones

organizadas jurídicamente en beneficio de sus miembros.

Page 7: Derecho de acción

Clasificación del derecho subjetivo material que se pretende hacer valer

Acciones de AmparoMercantil Laboral, civil, penal, fiscal, etc.

Acciones RealesPersonales, mixtas,

reivindicatorias, plenarias de

posesión, etc.

Acciones Interdictos

Acción Confesoria(para constituir una

servidumbre)

Acción Negatoria(Para solicitar la declaración de

libertad o reducción de un

gravamen)