derecho de acción
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Derecho de Acción
Poder Jurídico
Sentencia Ejecutoria
Órganos Jurisdiccionales
Derecho Subjetivo
DEFINICIÓN: Es la facultad que se tiene para solicitar al Estado a través de sus órganos jurisdiccionales que intervenga para aplicar el derecho abstracto al caso concreto, con el objeto de re4solver una controversia, declarar que existe una obligación y en su caso ordenar su cumplimiento.
Teoría clásica.- Derecho material. Pedir en juicio lo que nos
pertenece
Teoría de la acción como derecho de jurisdicción.- Acudir ante los órganos
jurisdiccionales y ponerlos en movimiento.
Teoría de la acción como derecho abstracto.- Corresponde no solo al
derecho subjetivo, no a quien tiene la razón , sino a quien se
dirija el juez.
Teoría de la acción como derecho a la tutela.- Sólo una
persona puede ejercitar el derecho de acción. Asiste un
derecho.
Teoría de la acción como derecho postulativo.- Se ejercita
independientemente de la voluntad de la persona contra
quien se dirige la misma.
Teoría de la acción como instancia proyectiva.- No es sólo un acto,
sino que se van proyectando todos los actos procesales.
TEORÍAS DE LA ACCIÓN
FORMAS DE INSTAR
QUERELLA: Actos por los que la persona se considera atendida RECURSO
ADMINISTRATIVO: Propia autoridad, revoque su propia
resolución
DENUNCIA: Poner en conocimiento de la
autoridades
QUEJA: Impugna resoluciones
judiciales
PETICIÓN: Art. 8 Constitucional
CLASIFICACIÓN DE ACCIONES
CONDENA
EJECUTIVAS
CAUTELARESCONSTITUTIVAS
DECLARATIVAS
CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES
Acciones de CondenaSon aquellas que tienden a pedir al juez que además de declarar la voluntad de la ley en un caso concreto, se impongan a la parte demandada una condena determinada actualizándose la sanción potencial que contiene la norma abstracta. La conducta puede ser de dar, de hacer y de no hacer. En el proceso penal, la acción normalmente es de condena y la conducta que la sentencia puede imponer en el cumplimiento de una sanción penal.
Acciones DeclarativasSon aquellas en virtud de las cuales se pide al juez determine la voluntad de la ley en relación al objeto deducido en el juicio a través de las cuales la parte actora pide al juzgador una sentencia, inexistencia, nulidad o modalidad de una relación jurídica.
Acciones ConsecutivasSon aquellas que tienden a crear situaciones nuevas derivadas de la sentencia, constituyendo nuevos estados jurídicos que modifican o exigen una relación o situación jurídica sustantiva.
Acciones Cautelares Son aquellas por las cuales la parte autora, solicita al juzgador una resolución para que se protejan de manera provisional y hasta en tanto se dicte sentencia definitiva en el proceso a las personas, los bienes o los derechos que sean objeto del mismo.
Acciones EjecutivasSon acciones que tienen la misma finalidad que las de condena, pero éstas se fundan en un en un título ejecutivo. El título ejecutivo es aquél que trae emparejada ejecución y que contiene una cantidad líquida , exigible o de plazo cumplido.
OTRA CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES
Por el tipo de interés que se busca proteger:
Particulares: Son las que ejercen las personas para proteger sus intereses jurídicos personales.
Públicas: Son las que ejercen órganos del Estado en nombre
del orden o de la seguridad pública.
Para la tutela de interés difusos: Son las que procuran la protección de los intereses de grupo de personas que no tienen organización o personalidad jurídica propia, si no, que se determinan por factores coyunturales o genéricos por datos frecuentemente accidentales y
mutables.
Colectivas: Son aquellas que ejercen agrupaciones
organizadas jurídicamente en beneficio de sus miembros.
Clasificación del derecho subjetivo material que se pretende hacer valer
Acciones de AmparoMercantil Laboral, civil, penal, fiscal, etc.
Acciones RealesPersonales, mixtas,
reivindicatorias, plenarias de
posesión, etc.
Acciones Interdictos
Acción Confesoria(para constituir una
servidumbre)
Acción Negatoria(Para solicitar la declaración de
libertad o reducción de un
gravamen)