definiciones de términos derecho constitucional

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Página 1 de 34 DEFINICIÓN DE CONSTITUCIÓN Del latín constitutio, constitución es la acción y efecto de constituir (formar, fundar, componer, erigir). La constitución es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas. Por ejemplo: “Esta mesa tiene una constitución maciza gracias a la excelente calidad de su madera”, “Se trata de una preciosa casa en cuanto a su aspecto exterior, pero que falla en su constitución, por los materiales utilizados”, “Estoy trabajando en la constitución de una sociedad comercial para distribuir productos extranjeros en mi ciudad”. La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, las cuales suelen estar expresadas de forma escrita y fijan los límites y las relaciones entre los poderes del Estado y entre éstos y los ciudadanos. El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, por lo tanto, actúan de acuerdo a los parámetros establecidos por la Constitución. Esto quiere decir que la carta magna (otro nombre que recibe la Constitución) garantiza las libertades y los derechos del pueblo. La violación de la Constitución supone un golpe a la vida democrática de un país. Por eso, las dictaduras suelen tomar como una de sus primeras medidas la abolición de la Constitución. El derecho constitucional es la rama del derecho público que analiza las leyes fundamentales que definen al Estado y que rigen la forma de gobierno.

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DEFINICIÓN DE CONSTITUCIÓN

Del latín constitutio, constitución es la acción y efecto de constituir (formar, fundar, componer, erigir). La constitución es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas. Por ejemplo: “Esta mesa tiene una constitución maciza gracias a la excelente calidad de su madera”, “Se trata de una preciosa casa en cuanto a su aspecto exterior, pero que falla en su constitución, por los materiales utilizados”, “Estoy trabajando en la constitución de una sociedad comercial para distribuir productos extranjeros en mi ciudad”.

La Constitución, escrito con mayúscula, es el conjunto de normas fundamentales de un Estado soberano, las cuales suelen estar expresadas de forma escrita y fijan los límites y las relaciones entre los poderes del Estado y entre éstos y los ciudadanos. El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial, por lo tanto, actúan de acuerdo a los parámetros establecidos por la Constitución. Esto quiere decir que la carta magna (otro nombre que recibe la Constitución) garantiza las libertades y los derechos del pueblo. La violación de la Constitución supone un golpe a la vida democrática de un país. Por eso, las dictaduras suelen tomar como una de sus primeras medidas la abolición de la Constitución. El derecho constitucional es la rama del derecho público que analiza las leyes fundamentales que definen al Estado y que rigen la forma de gobierno.

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De acuerdo a su origen político, es posible distinguir entre distintos tipos de constituciones: * otorgadas: reciben este nombre dado que las otorga el soberano al pueblo, en el contexto de un Estado monárquico. En este caso, el monarca tiene el poder de decidir qué es lo mejor para su gente, y es a través de la Constitución que lo expresa por escrito, junto con el reconocimiento de sus derechos; * impuestas: se trata de una Constitución que el Parlamento (entendiendo como tal a las fuerzas políticas de un país, a los grupos de poder que se fusionan en un solo órgano) impone al monarca. A diferencia del caso anterior, es la representación del pueblo la que deja constancia de sus necesidades y deseos al gobernador, quien tiene la obligación de considerarlas. En pocas palabras, a través de las constituciones impuestas, se da a la sociedad la posibilidad de participar activamente en la toma de las decisiones esenciales; * pactadas: giran en torno a la idea de consenso; no existe una parte que las otorgue o que las imponga, dado que esto atentaría contra su cualidad de legítimas. Se trata de documentos de tipo multilateral, que dejan constancia de la voluntad y del criterio de dos o más integrantes. Tal y como sucede con un contrato laboral, surgen del mutuo entendimiento y de la aceptación de sus propuestas, y puede darse entre provincias, comarcas y demás grupos sociales. Su creación implica un mayor nivel evolutivo de la política con respecto a los tipos antes mencionados y un fuerte compromiso con el concepto de pacto social. Incluso cuando se da en un Estado monárquico, una Constitución pactada reconoce a los gobernados como un pueblo soberano, y no como súbditos; * aprobadas por voluntad de la soberanía del pueblo: este tipo de Constitución nace de la sociedad misma. Para ello, generalmente se organiza una asamblea, que tiene como objetivo permitir a los ciudadanos manifestarse libremente. En este caso no existe un pacto, sino que es el producto de la fuerza de la gente, que consigue establecer sus derechos y obligaciones. Constitución, por último, es una ciudad de la Provincia de Talca (Chile) y un barrio de la ciudad de Buenos Aires (Argentina) que alberga una importante estación ferroviaria. DEFINICIÓN DE CONSTITUYENTE Constituyente es un término que deriva del latín, pues es fruto de la unión de varios componentes de dicha lengua: el prefijo “con- “, que es equivalente a “junto” o “todo”; el verbo “statuare”, que es sinónimo de “establecer”; el sufijo “-ente”, que puede traducirse como “agente” o “el que realiza la acción”.

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Constituyente es una palabra que, de acuerdo al contexto y a su uso, puede aparecer como adjetivo o como sustantivo. Se califica como constituyente a aquel o aquello que compone, fija o forma algo. Por ejemplo: “La cerámica es el principal constituyente de esta obra artística, que también incluye madera, piedra y hojas secas”, “Mañana se iniciará la convención constituyente impulsada por el oficialismo”, “Soy un integrante constituyente de esta junta directiva y no voy a dejar que ignoren mi opinión”. Se conoce como poder constituyente a aquel que tiene la facultad de dictar el orden jurídico de un territorio y de imponer sus normas fundamentales. Este poder, por lo tanto, es el que sustenta la creación de un Estado y el establecimiento de su organización política, así como también su posterior modificación. Es interesante determinar que también existe lo que se da en llamar proceso constituyente. Este, que viene a ser pieza fundamental de la democracia, es aquel que se pone en marcha con el claro objetivo de dar forma a una constitución que esté ajustada y adecuada a las necesidades de la población en cada momento. Aunque a veces ambos conceptos se confundan, el proceso constituyente se diferencia de manera notable de una reforma constitucional. Y es que esta pretende realizar una serie de modificaciones en la Carta Magna mientras que el primero persigue dar la oportunidad a la ciudadanía, que es la que tiene el poder constituyente, de crear una nueva. La reforma constitucional no cuestiona la legitimidad de los cambios planteados a los artículos de la constitución, mientras que el proceso constituyente busca la legitimidad democrática.

Por regla general, ese proceso citado se compone de tres fases fundamentales: la convocatoria de un referéndum para que se dé inicio y legitimidad a aquel, la realización y redacción de la constitución por parte de los representantes que han sido elegidos en las elecciones y finalmente un referéndum de aprobación. Una asamblea constituyente, en este sentido, es la entidad que se forma ad hoc para modificar o crear una constitución. Este organismo puede tener diferentes configuraciones. Al individuo que es escogido para formar parte de esta clase de asambleas se lo conoce como constituyente: “En 1993 fui constituyente e impulsé la reforma de la constitución”, “Nuestro partido político aportará ocho constituyentes a la asamblea”.

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De la misma manera, tenemos que subrayar la existencia de lo que se conoce como Cortes Constituyentes, las cuales poseen el poder de llevar a cabo el dictado, o bien la reforma, de la pertinente constitución si así lo estiman oportuno por el bien de un país. A nivel de la gramática, se denomina constituyente sintáctico al término (o a la agrupación de ellos) que actúa como unidad en el marco de la jerarquía que existe dentro de una oración. Si bien todos los constituyentes sintácticos están compuestos por una o más palabras, no todas las palabras funcionan como constituyentes sintácticos en la oración. Por lo general, es posible descomponer un constituyente en dos o más subgrupos, y cada uno de ellos representa un constituyente. El orden de los constituyentes que conforman una oración se calcula en base a la posibilidad de descomponerlos en subconstituyentes. Normalmente, la gramática tradicional denomina sintagma a todo constituyente sintáctico que posea un mínimo de dos elementos, algo que en la actualidad no resulta del todo correcto

DEFINICIÓN DE ASAMBLEA CONSTITUYENTE Asamblea, con origen en el vocablo francés assemblée, es una institución que se crea a partir de la convocatoria de un cierto número de individuos que se reúnen para debatir algunos asuntos y tomar una decisión respecto a ellos CONCEPTO DE DEMOCRACIA El concepto conocido en español como democracia tiene sus bases en el antiguo griego y se forma al combinar los vocablos demos (que se traduce como “pueblo”) y kratós (que puede entenderse como “poder” y “gobierno”). La noción comenzó a ser empleada en el siglo V A.C., en Atenas.

En la actualidad, se entiende que la democracia es un sistema que permite organizar un conjunto de individuos, en el cual el poder no radica en una sola persona sino que se distribuye entre todos los ciudadanos. Por lo tanto, las decisiones se toman según la opinión de la mayoría. También se entiende como democracia al conjunto de reglas que determinan la conducta para una convivencia ordenada política y socialmente. Se podría decir que se trata de un estilo de vida

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cuyas bases se encuentran en el respeto a la dignidad humana, a la libertad y a los derechos de todos y cada uno de los miembros. En la práctica, la democracia es una modalidad de gobierno y de organización de un Estado. Por medio de mecanismos de participación directa o indirecta, el pueblo selecciona a sus representantes. Se dice que la democracia constituye una opción de alcance social donde para la Ley todos los ciudadanos gozan de libertad y poseen los mismos derechos, y las relaciones sociales se establecen de acuerdo a mecanismos contractuales. Las clasificaciones de gobierno impulsadas por Platón y Aristóteles aún perduran en su esencia. Mientras que la monarquía es el gobierno que se concentra en una única persona, la democracia es el gobierno “de la multitud” (Platón) o “de la mayoría” (Aristóteles). Existen varios tipos de democracias. Cuando las decisiones son adoptadas en forma directa por el pueblo, se habla de democracia directa o pura; una democracia indirecta o representativa hace referencia al sistema donde las decisiones son tomadas por aquellas personas a los que el pueblo reconoce como sus representantes legítimos, los cuales son elegidos a través de un sufragio por todos los ciudadanos; y estamos frente a una democracia participativa cuando el modelo político permite que los ciudadanos se organicen para ejercer influencia directa sobre las decisiones públicas. La forma más común en la que se ejerce la democracia hoy en día es en sistemas representativos, los cuales pueden ser: presidencialistas (con un poder ejecutivo con una cabeza bien definida, como es el caso de las repúblicas con el presidente, al cual lo ayudan los ministros y secretarios), parlamentarios (un grupo de personas forman el parlamento en torno al cual giran las acciones de gobierno. Existe un presidente, pero tiene poderes restringidos) y sistemas de colegiados (una combinación entre sistemas parlamentarios y presidencialistas, donde al poder ejecutivo lo integran varias personas escogidas por el parlamento, las cuales van turnándose el cargo de presidentes). Algunos conceptos importantes al hablar de democracia son el referéndum (derecho del pueblo a rechazar o aprobar las disposiciones de los legislativos), plebiscito (votación en la que el pueblo responde a una propuesta hecha por el gobierno sobre temas del estado de interés fundamental: cambio de forma política, asuntos internacionales como problemas de fronteras, etc.), iniciativa popular (el pueblo presenta al gobierno una proposición sobre proyectos de leyes o temas de incumbencia política o ciudadana), recall o revocatoria (el pueblo puede anular decisiones del gobierno a través del voto popular y tiene derecho a apartar a determinados funcionarios si no desempeñaran bien su labor), y jurados (el pueblo integra los llamados jurados populares para colaborar con el poder judicial). ¿Es posible construir una democracia real? Para que exista una democracia real, de cualquiera de los tipos antes mencionados es necesario que se cumplan ciertas leyes: soberanía popular, libertad e igualdad. Las tres palabras que definen este estilo de vida representado por un gobierno escogido por los ciudadanos. La soberanía popular asegura que todos los ciudadanos como seres humanos inteligentes y libres tienen derechos y pueden responder obedientemente ante los órganos instituidos en

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común acuerdo con el resto de los ciudadanos. Cabe señalar que la palabra soberano deriva del término del latín que significa el que se encuentra sobre todos los demás.

La libertad en un Estado democrático es de tipo jurídica e individual. La primera, se refiere al derecho del ser humano para obrar por sí mismo con total derecho a decidir por sobre sus actos, siempre y cuando su deseo no vaya en contra de las leyes (las cuales han sido aceptadas por el pueblo de forma unánime). Por su parte, la libertad individual se refiere a la esencia de seres inteligentes y libres que todo ciudadano posee desde el preciso instante de su nacimiento. La igualdad que propone la democracia, asegura que todos los ciudadanos deben tener las mismas oportunidades y los mismos deberes frente a la ley (igualdad jurídica). Para cerrar esta definición, cabe señalar que democracia no es antónimo de régimen tirano (dictadura), como suele creerse, sino de aristocracia. La aristocracia es una estructura política y social de tipo vertical, donde cada ciudadano recibe una cantidad de derechos y obligaciones en función del estatus social que tenga. Una democracia tiene una estructura horizontal porque el pueblo tiene el poder, aunque a simple vista sea gobernado por una persona política. Desgraciadamente, la democracia continúa siendo un bien preciado difícil de alcanzar. Es difícil encontrar una democracia que en verdad funcione, principalmente por la falta de información y de desinterés del pueblo, que se amolda a las leyes y termina cediendo sus derechos al grupo político de turno, el cual en su ambición de poder y dinero, deja a un costado palabras como plebiscito o revocatoria y toma las decisiones como si dirigiera una monarquía o un gobierno aristocrático. Puede que la democracia no sea la forma de gobierno ideal, si se amolda a un sistema económico liberal como el que nos rige, pero posiblemente podría ser mucho más recomendable si existiera de forma real y no simplemente como una teoría que parece nunca ponerse en práctica. DEFINICIÓN DE DEMÓCRATA Demócrata es el partidario y defensor de la democracia. Este último término, formado por los vocablos griegos demos (“pueblo”) y kratós (“gobierno”), hace referencia a una forma de organización social donde la titularidad del poder recae en la totalidad de sus integrantes.

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Por ejemplo: “Nadie puede dudar de mi convicción demócrata”, “El Dr. Peletti fue un demócrata que siempre luchó por los derechos humanos y la libertad”, “No soporto a quienes se presentan como demócratas y, en realidad, tienen alma de dictadores”, “Podrán criticarnos muchas cosas, pero ningún opositor podrá decir que no somos demócratas”. El demócrata, por lo tanto, se opone a cualquier forma de gobierno que no sea la democracia. En tiempos de dictaduras o regímenes de facto, los demócratas suelen ser perseguidos por sus ideales y por su lucha política. El Partido Demócrata o Democratic Party, por otro lado, es uno de los dos grandes partidos políticos de los Estados Unidos. El actual presidente del país, Barack Obama, es uno de sus miembros. Los demócratas se definen como liberales y progresistas, aunque hay ciertas tendencias conservadoras en la organización. De todas formas, el Partido Demócrata suele ubicarse a la izquierda política frente al Partido Republicano. Los orígenes del partido, cuyo símbolo es un asno, se remontan a 1824, aunque la oficialización de su nombre recién llegó en 1844. Entre las figuras más importantes de su historia, se destacan Woodrow Wilson (1856-1924), Franklin Delano Roosevelt (1882-1945), Harry Truman (1884-1972), John F. Kennedy (1917-1963), Jimmy Carter (1924) y Bill Clinton (1946).

Demócratas conservadores El grupo que es partidario de hacer recortes de impuestos, disminuciones del gasto público y desregulaciones de mercado con más tendencia que los demás integrantes de su partido. Es posible entender su denominación especialmente al observar su discreción y sus ideas frente a temas como el matrimonio igualitario y el aborto; por esa razón, muchas personas aseguran que en ciertas ocasiones los demócratas conservadores se asemejan mucho a los republicanos. Demócratas liberales

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Se trata del grupo más centroizquierdista, con una tendencia más liberal respecto a los temas sociales y más estatista frente a la economía. Buscan un alto gasto público y elevados impuestos a las ganancias de las compañías, así como fuertes medidas por parte del Estado en cuestiones económicas, a través de regulaciones. Tal como ocurre en otros tantos países, el liberalismo del Partido Demócrata norteamericano está a favor de la libertad de expresión, de la diversidad, del derecho a la asistencia sanitaria y a un salario que cubra las necesidades reales. Demócratas moderados El término moderados hace alusión a su falta de definición, ya que estos demócratas se encuentran en el punto medio de las dos posturas recién explicadas. Las medidas que intentan tomar representan un balance de las ideas liberales y conservadoras. Nuevos demócratas Esta clase es más moderna que las tres anteriores y se trata de una interpretación contemporánea de los demócratas moderados. Su surgimiento tuvo relación con el gobierno de Bill Clinton. Constituyen la facción derechista de su partido, aunque se muestran en desacuerdo con ciertos recortes impulsados por el Partido Republicano, considerando que perjudican a los más necesitados. Demócratas Progresistas Sus orígenes se remontan a la década de 1960, cuando aparecieron numerosos grupos de activistas de izquierda en universidades y otros ambientes académicos. Tuvieron su mejor momento al luchar pacíficamente contra la Guerra de Vietnam; tras comenzar su decadencia, algunos de sus integrantes intentaron continuar defendiendo sus ideas a través de la fundación de pequeños partidos, pero la mayoría moderó su forma de pensar y se unió al Partido Demócrata. Se caracterizan por oponerse a la política económica conservadora, generalmente conocida como neoliberal. DEFINICIÓN DE DERECHO La palabra derecho proviene del término latino directum, que significa “lo que está conforme a la regla”. El derecho se inspira en postulados de justicia y constituye el orden normativo e institucional que regula la conducta humana en sociedad. La base del derecho son las relaciones sociales, las cuales determinan su contenido y carácter. Dicho de otra forma, el derecho es un conjunto de normas que permiten resolver los conflictos en el seno de una sociedad.

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A la hora de hablar de derecho es fundamental que establezcamos cuáles son sus fuentes, es decir, las ideas y los fundamentos en los que se basa aquel para poder desarrollarse y establecer sus principios básicos. En este sentido, tenemos que subrayar que sus citadas fuentes pueden determinarse, de manera general, en tres grandes categorías: Las reales, que son las que vienen a establecer lo que es el contenido de una ley en cuestión. Las históricas, que son todos aquellos documentos antiguos que se emplean para referirse a los que tienen el contenido de una ley. Las formales, que son las que se definen como todas aquellas acciones realizadas por distintos entes (individuos, Estado, organismos…) para proceder a crear lo que es la ley. Dentro de dicha categoría nos encontramos a su vez con la jurisprudencia, los tratados internacionales, la costumbre… El derecho efectivo o positivo está formado por las leyes, normativas, reglamentos y resoluciones creadas por el Estado para la conservación del orden social. Se trata de normas cuyo cumplimiento es obligatorio para todos los ciudadanos. El derecho subjetivo, en cambio, es la facultad propia de un sujeto para realizar o no una cierta conducta. Se trata de la potestad que el hombre tiene, en conformidad con una norma jurídica, para desarrollar su propia actividad frente a otro. Se considera que el derecho tiene varias características. Una de ellas es la bilateralidad (un individuo distinto al afectado está facultado para exigirle el cumplimiento de una norma), que le otorga la cualidad de imperativo atributivo al derecho. Es imperativo ya que impone un deber de conducta (como pagar impuestos) y atributivo por lo mencionado anteriormente respecto a la facultad para exigir el cumplimiento del imperativo. Otras características del derecho son su heteronomía (es autárquico; por más que el sujeto no esté de acuerdo con el contenido de la norma, debe respetarla), alteridad (las normas jurídicas siempre refieren a la relación de un sujeto con otros) y coercibilidad (permite el legítimo uso de la fuerza estatal cuando un ciudadano no cumple con sus exigencias). Además de todo lo expuesto hay que determinar que de manera habitual el derecho se clasifica en lo que son tres grandes ramas: Derecho Social. Bajo dicha denominación se engloban todas aquellas normas jurídicas que tienen como claro objetivo conseguir que los ciudadanos vivan en una sociedad en convivencia. Es decir, se trata de las normas que dan forma al ordenamiento jurídico y que están a favor de esa citada sociedad lo que supone que dentro de esta clasificación esté el derecho sindical o el derecho del trabajo. Derecho Privado, es el que determina las relaciones jurídicas entre personas legales sin que ninguna ejerza como autoridad estatal. Ejemplo de ello es el Derecho Civil.

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Derecho Público. Regula las relaciones entre los órganos del poder público y los individuos o las entidades de carácter privado. Ejemplos: Derecho Procesal, Derecho Penal… DEFINICIÓN DE DERECHO CONTITUCIONAL La rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos.

Más concretamente aún podemos determinar que el derecho constitucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente la del Estado. El poder político está formado por las instituciones a las cuales la sociedad les ha otorgado el monopolio del uso de la violencia. Es decir, el poder político tiene la capacidad de coerción para obligar a cumplir sus mandatos imperativos a través de la violencia legítima, siempre y cuando este uso sea necesario. El derecho constitucional, que pertenece al derecho público, se sustenta en la Constitución, un texto jurídico-político que fundamenta el ordenamiento del poder político. La Constitución es la norma suprema de un país, por lo que prevalece sobre cualquier otra normativa o ley. La Constitución se caracteriza por su rigidez, ya que sólo puede ser modificada bajo ciertas condiciones excepcionales que se encuentran recogidas en su propio texto. La estructura constitucional contempla un preámbulo, una parte dogmática (con los derechos fundamentales procesales y sustantivos) y una parte orgánica (con la creación de los poderes constituidos). En el caso, por ejemplo, de la Constitución Española, que data del año 1978, está conformada por un preámbulo, una parte dogmática que está conformada por el título preliminar y por el título primero, así como por una parte orgánica que va desde el título segundo hasta el título décimo, y finalmente por un conjunto de disposiciones (cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final).

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Es importante subrayar que en el mencionado preámbulo adquieren el protagonismo el respeto a los derechos humanos, los valores democráticos, la consagración del Estado del Derecho y lo que es el conjunto de objetivos fundamentales que se establece la Constitución como elemento a conseguir. En la parte dogmática, por su parte, se dan cuenta de los citados derechos fundamentales, así como de sus garantías, los principios rectores de la política social y económica y finalmente los principios constitucionales. Estos no son otros que los valores superiores del ordenamiento jurídico (igualdad, libertad, pluralismo político y justicia), que España es un Estado Social y democrático de Derecho así también como un conjunto de principios de organización política. En este caso toman protagonismo la monarquía parlamentaria, la unidad de la nación española o la solidaridad interterritorial, entre otras cuestiones y pilares fundamentales dentro del país. Mientras, la parte orgánica lo que hace es desarrollar el diseño de la división de poderes: ejecutivo, judicial y legislativo. Entre los principios doctrinales del derecho constitucional, aparece la división de poderes (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) y la protección del Estado de derecho (el poder estatal sometido a un orden jurídico), la soberanía nacional y los derechos fundamentales (estabilidad y control de la constitucionalidad, que es el mecanismo jurídico que garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales). DEFINICIÓN DE DERECHOS HUMANOS La expresión “derechos humanos” (también citada con frecuencia como DD.HH.) hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana. Esto significa que son derechos de carácter inalienable (ya que nadie, de ninguna manera, puede quitarle estos derechos a otro sujeto más allá del orden jurídico que esté establecido) y de perfil independiente frente a cualquier factor particular (raza, nacionalidad, religión, sexo, etc.).

Los derechos humanos también se caracterizan por ser irrevocables (no pueden ser abolidos), intransferibles (un individuo no puede “ceder” sus derechos a otro sujeto) e irrenunciables (nadie tiene el permiso para rechazar sus derechos básicos). Aun cuando se encuentran amparados y contemplados por la mayoría de las legislaciones internacionales, los derechos humanos implican bases morales y éticas que la sociedad considera necesaria respetar para proteger la dignidad de las personas. La Declaración Universal de los Derechos Humanos (abreviada a través de la sigla DUDH), la cual fue adoptada por las Naciones Unidas en 1948, aglutina a todos los derechos que están considerados como básicos. Se conoce como Carta Internacional de los Derechos Humanos a

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la combinación de esta declaración con los distintos pactos internacionales de derechos humanos que fueron acordados entre diversas naciones. La DUDH señala que, al nacer, todos los hombres y mujeres son libres e idénticos en materia de derechos y dignidad y deja clara su postura de rechazo hacia la esclavitud, la servidumbre, las torturas y los tratos que puedan ser considerados como inhumanos, degradantes o crueles. A la hora de establecer el listado de los derechos humanos existentes tenemos que dar a conocer que los mismos se clasifican de la siguiente manera: Derechos civiles y políticos: a la vida, a la igualdad, a la libertad… Derechos económicos, sociales y culturales: a la salud, a la educación, a la vivienda… Derechos laborales: al trabajo, a la libre elección de trabajo… Derechos de los detenidos y presos: a un trato humano y con respeto a la dignidad inherente al ser humano… Derechos frente a la Administración. Derechos en relación a la Administración de Justicia: a ser oído por el Tribunal, a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial… Derechos de los pueblos y derechos de las víctimas de violaciones de derechos fundamentales. Entre las mencionadas violaciones se encuentran las desapariciones forzosas de personas, el terrorismo, la propaganda a favor de la guerra, el genocidio y los crímenes de guerra, la explotación del hombre por el hombre, la tortura y penas inhumanas o degradantes, la esclavitud, los trabajos forzosos o la apología del odio. Además de todo lo citado tenemos que exponer que una de las organizaciones que más trabajan día a día por los Derechos Humanos es, sin lugar a dudas, Amnistía Internacional que se caracteriza por ser una entidad independiente y absolutamente democrática. Para conseguir su misión lleva a cabo tareas de investigación para sacar a luz situaciones que atenten contra los derechos humanos como una manera de denunciarlos y de evitar que se hagan efectivas. En las últimas décadas, el concepto de derechos humanos ha adquirido una gran importancia en la mayoría de las sociedades del mundo. Aquellos gobernantes y regímenes acusados de violar los derechos humanos suelen ser condenados por su propio pueblo y por los diversos organismos internacionales. DEFINICIÓN DE DICTADURA Una dictadura es un gobierno que prescinde del ordenamiento jurídico y de la legislación vigente para ejercer, sin ningún tipo de oposición, la autoridad de un país. El término se hace extensivo al país con esta forma de gobierno y al tiempo que dura este tipo de mandato.

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La dictadura suele concentrar su poder en torno a la figura de un único individuo, que recibe el nombre del dictador. Adolf Hitler y Benito Mussolini son dos ejemplos de dictadores. Al acceder al poder, ya sea por vía democrática o mediante un golpe de Estado, el dictador suele formar un gobierno de facto donde no existe la división de poderes y se impide que la oposición llegue al gobierno por medios institucionales (se suspenden las elecciones y se prohíben los partidos políticos, por ejemplo). La noción de dictadura se remonta a los tiempos romanos, cuando se podía conceder la autoridad suprema a una persona (el dictador) en los tiempos de crisis, generalmente vinculados a las guerras. Con el tiempo, las dictaduras pasaron a ser predominantemente dictaduras militares, donde el dictador es sostenido por la fuerza militar que se encarga de la represión de los disidentes y de imponer el terror para evitar el disentimiento. También puede hablarse de dictaduras constitucionales cuando, bajo el aparente respeto de la Constitución, un dictador viola la legislación para ejercer el poder. Por último, más allá de la organización política y social, se conoce como dictadura a toda fuerza dominante que ejerce un predominio. Por ejemplo: “La dictadura de la estética se impone en la vida de las adolescentes”. Dictadura, un tipo de totalitarismo Se conoce como totalitarismo una ideología en la que no existe la individualidad de los seres que conforman la sociedad; es decir, que suprime el libre albedrío y las personas existen en tanto y en cuanto forman parte de la sociedad y colaboran para el normal desempeño de la vida de ésta. En cada totalitarismo las ideas hegemónicas varían de acuerdo a la ideología que la sustente, las cuales siempre son extremistas. En lo que respecta a las dictaduras, también están guiadas y enfocadas desde una ideología. La dictadura del proletariado, por ejemplo, estaba basada en las ideas marxistas y era un credo que perseguía a aquellos que se aferraban a otras ideas políticas pero que era tolerante con el proletariado y el campesinado. Su diferencia con el resto de las dictaduras existentes hasta el momento, era que en este caso la hegemonía estaba de acuerdo con las ideas de las clases más desfavorecidas, mientras que las anteriores, representaban las ideas de la clase alta o la nobleza. En lo que se refiere a las dictaduras con orientación fascista, los intereses que la sustentan son los que definen a una etnia o cultura. Las personas que forman parte de la sociedad no existen

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como seres individuales a menos que se sientan identificados por la causa y obren en torno a la “voluntad” de la etnia.

A diferencia de otras dictaduras, el pensamiento doctrinario fascista se auto reconoce como el único válido y asume su rol de idealista totalitario, imponiéndose a la diversidad cultural reinante. Y lo hace imponiendo una figura autoritaria a la que los pobladores deben rendirle culto y subordinarse. Cabe mencionar que uno de los recursos utilizados por las dictaduras para imponerse es la violencia y los abusos de autoridad. Los ciudadanos terminan obedeciendo y considerando al líder como alguien ideal por temor a ser humillados o incluso asesinados; de este modo se mantiene la hegemonía de las ideas radicales, a través del miedo y la extorsión. Uno de los objetivos de toda sociedad es impedir que estas situaciones vuelvan a tener lugar en ellas porque la llegada de una dictadura al poder no sólo conlleva a la supresión de las libertades individuales sino que además acarrea miles de muertes y desapariciones. DEFINICIÓN DE ESTADO En el lenguaje cotidiano, al igual que en la física y en la química, el concepto de estado se emplea para describir una situación en la cual se halla un objeto o ser vivo. En estos casos, la palabra está relacionada a una forma de ser o de permanecer.

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Por otra parte, hay que decir que Estado es una noción con valor a nivel político que sirve para presentar una modalidad de organización de tipo soberana y coercitiva con alcance social. De esta forma, el Estado aglutina a todas las instituciones que poseen la autoridad y la potestad para regular y controlar el funcionamiento de la comunidad dentro una superficie concreta a través de leyes que dictan dichas instituciones y responden a una determinada ideología política. Es importante aclarar que los conceptos de Estado y gobierno no se consideran sinónimos. Los gobernantes son aquellos que, por un tiempo determinado, desempeñan funciones en las instituciones que forman parte del Estado. Además, hay que diferenciar el término Estado de la idea de nación, ya que existen naciones sin Estado y Estados que aglutinan a distintas naciones. Antes, cuando el Estado todavía no había sido constituido como concepto, el ser humano intentaba marcar sus límites por la fuerza, así se realizaron las grandes conquistas a fin de ampliar los límites del territorio. Actualmente, existen medios más pacíficos y democráticos para establecer los límites, aunque, a decir verdad, todavía continúa utilizándose la fuerza para delimitarlos. Es importante señalar que ninguna persona puede vivir sin Estado ya que deberá cumplir con lo reglado en el territorio que habita, aunque éste no sea necesariamente su nación. Esto no significa que todos los individuos que comparten un mismo estado se sientan culturalmente identificados con él, pero esa no es razón para violar las leyes del espacio que habitan. Para que un Estado pueda ser considerado como tal debe contar con ciertos elementos, estos son: territorio delimitado, población, leyes, organismos de gobierno, soberanía interna (poder para aplicar las propias leyes dentro del territorio sin necesidad de que interfieran otros estados) y soberanía externa (convocar a sus pobladores cuando existiera un ataque exterior a fin de defender su territorio).

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Algunas definiciones sobre el Estado Muchos intelectuales han intentado definir este concepto, aquí presentamos algunas teorías: En palabras del alemán Max Weber, el Estado puede ser definido como una organización respaldada por el denominado monopolio de la violencia legítima. Por eso está integrada por organismos poderosos como lo son las fuerzas armadas, la policía y los tribunales, ya que él se encarga, entre otras cosas, de garantizar las funciones y obligaciones de gobierno, defensa, seguridad y justicia en un espacio específico. Hablar de Estado de derecho, asimismo, es describir a un sistema en el cual su organización gira en torno a la división de los poderes (es decir, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial). Méndez y Molinero expresaron que para que exista un Estado deben cumplirse dos componentes fundamentales, el territorio o el control de un espacio determinado y la sociedad, una comunidad políticamente organizada. Por su parte, Ignacio Molina expresó que el concepto de Estado es central en la ciencia política y designa la manera de organización jurídico-política por antonomasia. Surge al mismo tiempo que la idea de soberanía y es la plasmación estática de esta. En definitiva, se trata de la formalización de una determinada autoridad pública permanente con poder sobre el territorio que gobierna y los individuos que en él residen. Hoy en día el concepto que más se acepta para esta acepción de la palabra es el de Estado-Nación planteado por Weber. Dice que se trata de un tipo de organización donde el estado posee el monopolio absoluto de la fuerza dentro del territorio siempre y cuando sus objetivos sean de integración y homogeneización de la población. Este Estado exige elementos como una organización política, un ordenamiento jurídico, el territorio delimitado, un aparato de gobierno y una población que resida en los límites establecidos. De todos modos, es necesario también aclarar que varias corrientes filosóficas se oponen a la existencia del Estado tal como lo conocemos. El anarquismo, por ejemplo, promueve la desaparición absoluta de los Estados y su sustitución por entidades libres y organizaciones de espíritu participativo. El marxismo, en cambio, considera que el Estado es un recurso controlado por una clase dominante que sirve para ejercer dominio. Por lo tanto, aboga por su aniquilación para lograr su reemplazo por un Estado obrero como parte de la transición hasta llegar al socialismo y el comunismo, donde al haberse logrado erradicar la lucha de clases, ya no se necesitará un Estado. DEFINICIÓN DE ESTADO DE DERECHO

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El Estado de derecho está formado por dos componentes: el Estado (como forma de organización política) y el derecho (como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad). En estos casos, por lo tanto, el poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.

El Estado de derecho surge por oposición al Estado absolutista, donde el rey se encontraba por encima de todos los ciudadanos y podía ordenar y mandar sin ningún otro poder que le hiciera contrapeso. El Estado de derecho, en cambio, supone que el poder surge del pueblo, quien elige a sus representantes para el gobierno. Con el desarrollo del Estado de derecho, aparece la división de poderes (el Poder Legislativo, el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo, tres instancias que, en el Estado absolutista, se reunían en la figura del rey). De esta forma, los tribunales se vuelven autónomos respecto al soberano y aparece el parlamento para contrarrestar el poder del gobernante. La noción de democracia es otro concepto relacionado con el Estado de derecho, ya que supone que el pueblo tiene el poder y lo ejerce mediante las elecciones, cuando elige a sus representantes. De todas formas, hay que tener en cuenta que la democracia no implica que exista un verdadero Estado de derecho. Un líder puede llegar al poder por vías democráticas y después abolir el Estado de derecho, como el caso de Adolf Hitler en Alemania. También pueden existir gobiernos que respetan el funcionamiento democrático en ciertas cuestiones pero que violan el Estado de derecho en otras. Importancia del Estado de Derecho

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Es importante señalar que en todos los territorios existe algún tipo de ordenamiento jurídico pero que ello no implica que en el mismo rija un Estado de Derecho, ya que para que éste exista es necesario que la sociedad política se encuentre plenamente juridificada y donde las normas aseguren que todo ciudadano será tratado por igual frente a la justicia. Es importante mencionar que para que sea considerado como tal un Estado de Derecho debe cumplir una serie de normas, las mismas son: * La Ley debe ser el mandato fundamental: todos los ciudadanos, incluso quienes gobiernen deben someterse a las leyes y ser juzgados en igualdad de condiciones y no se harán excepciones a ningún individuo, por alto que sea el cargo que posea. Como la Ley es hija del Poder Legislativo y éste se encuentra separado del resto de poderes del Estado, el cumplimiento de las normas podría ser más posible. * Deben garantizarse todos los Derechos y Libertades: es responsabilidad del Estado que la Ley se cumpla y que en ella se vele por la libertad de todos los individuos que viven bajo su tutela; la norma máxima del Estado es garantizar este principio. * La Administración debe encontrarse limitada por la Ley: los directivos del Estado pertenecen a dos cuerpos diferentes: el Gobierno y la Administración, ésta se trata de un elemento no-político y se compone de los funcionarios, y, al igual que el gobierno, se encuentra limitada a las leyes que rijan sobre el territorio. En las últimas décadas hemos visto cómo el término democracia ha sido manoseado y llevado a la ruina en manos de personajes ineptos, lo cual ha traído como consecuencia que muchos ciudadanos, de países diferentes, se sintieran decepcionados por la política y llegaran a sentir que vivían en un territorio gobernado por dictadores. Esta manera de pensar tan actual y tan nefasta para la política ha hecho trastabillar las bases del Estado de Derecho y obliga a que se busquen con urgencia alternativas para recuperar la confianza del pueblo en sus representantes y la formación de una sociedad igualitaria y responsable políticamente. DEFINICIÓN DE ESTADO DE SITIO Estado es la disposición en la que se halla una persona o un objeto y el concepto político que hace referencia a una forma de organización social. Sitio, por otra parte, es el lugar que sirve para alguna cosa o el proceso y los resultados de sitiar (cercar).

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Se conoce como estado de sitio al régimen excepcional que declara un gobierno ante ciertas situaciones especiales. Las características del estado de sitio dependen de la constitución de cada país. Por lo general, el estado de sitio se asemeja a la situación de guerra, en donde se otorgan facultades extraordinarias a las fuerzas de seguridad para la represión. De esta forma se intenta garantizar la paz social y evitar los estallidos de violencia. En el caso de España, dicho estado de sitio, que está recogido en el artículo 116.4 de la Constitución, tiene que ser declarado por lo que es el Congreso de los Diputados por mayoría absoluta y siempre a propuesta de lo que es el Gobierno. En este sentido, es importante establecer que se podrá declarar siempre y cuando se haya producido o exista una amenaza palpable que atente y ponga en peligro lo que es el ordenamiento constitucional, la integridad del territorio español o la soberanía existente. En el estado de sitio, las garantías que brinda la constitución suelen ser suspendidas. Las detenciones se vuelven más arbitrarias ante la falta de mecanismos legales, lo que hace que el estado de sitio sea un mecanismo bastante cuestionado. La mayoría de los países, sin embargo, mantienen la institución del habeas corpus durante el estado de sitio. Esta institución jurídica garantiza la libertad personal del individuo y busca evitar las detenciones sin justificativo. En algunos países, el presidente tiene la capacidad de establecer el estado de sitio, mientras que en otras naciones se requiere de la autorización del congreso. El estado de sitio está vinculado al toque de queda, que establece un cierto horario a partir del cual se prohíbe la libre circulación de los ciudadanos, generalmente por motivos de seguridad. En el estado de sitio, por ejemplo, se prohíben las reuniones o manifestaciones públicas. En el ámbito cinematográfico existe una película titulada precisamente Estado de sitio. En el año 1998 fue cuando se estrenó dicha producción norteamericana que está dirigida por Edward Zwick y que está protagonizada por actores de la talla de Denzel Washington, Annette Bening, Tony Shalboub y Bruce Willis. En concreto, en ella se cuenta como la ciudad de Nueva York se convierte en el foco de una serie de atentados terroristas islamistas después de que el gobierno norteamericano haya llevado a cabo lo que es el secuestro de uno de los líderes religiosos musulmanes.

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Un hecho aquel que hará que se comience a actuar para acabar con la situación. Ello dará lugar a que el gobierno no sólo establezca el llamado estado de sitio sino también a que el FBI (Oficina Federal de Investigación) y la CIA (Agencia Central de Inteligencia) se pongan a trabajar en común para conseguir frenar a esa organización criminal y terrorista que está causando el terror en Estados Unidos. CONCEPTO DE GOBIERNO El vocablo gobierno hace mención al desarrollo de un poder del Estado y/o a la conducción dirigencial en general. Según la teoría, se define como gobierno al organismo que, según reconoce la Constitución, asume las responsabilidades del poder ejecutivo y concentra el poder político para conducir a una determinada sociedad. Generalmente, está integrado por un Presidente o Primer Ministro y una cierta cantidad de Ministros, Secretarios y otros funcionarios.

Es importante destacar que gobierno no significa lo mismo que Estado: un gobierno consigue llegar al poder (en el caso de la democracia, mediante elecciones libres), ejerce su tarea y se retira, pero el Estado perdura siempre de la misma manera y es inalterable frente a los sucesivos gobiernos. En otras palabras, puede decirse que el gobierno es un grupo donde se nuclean diversos órganos que encaminan a un Estado, por medio del cual se refleja el poder estatal regido y controlado por el orden jurídico. La historia señala que los primeros gobiernos se formaron en la tribu, con la intención de coordinar de manera eficiente los recursos humanos. Con el paso de los años, la función de gobierno terminaría por segmentarse en tres poderes: el Poder Ejecutivo, que actúa como ente coordinador; el Poder Legislativo, encargado de generar las leyes y normas que rigen la vida en un cierto territorio; y el Poder Judicial, cuya tarea es velar por el cumplimiento de dichas leyes y normas. Entre las distintas formas de gobierno, puede mencionarse a la democracia (donde, por medio de mecanismos de participación directa o indirecta, el pueblo elige a sus representantes) y a la monarquía (donde el cargo supremo de un Estado es vitalicio y suele ser designado a través de un orden hereditario).

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El término también hace alusión al método a través del cual un grupo político dirige a un pueblo. Para gobernar a una sociedad, dicho grupo se sirve de los órganos estatales, legítimamente constituidos, para elaborar leyes y ponerlas en práctica. Las formas en las que un gobierno asume su mandato pueden ser diversas. En el caso de una república se decide a través del sufragio, todos los ciudadanos votan para escoger al mejor candidato a ocupar el puesto; en el caso de las monarquías el puesto se consigue por lazos de sangre o voluntad divina. Si se trata de un gobierno de facto, el puesto es tomado mediante la fuerza por un grupo que considera que el gobierno vigente no realiza bien su labor. Diferentes debates sobre el gobierno ideal A lo largo de la historia se han realizado múltiples teorías acerca de cuál es la forma de gobierno más recomendable y se han probado diferentes opciones. Teorizando qué individuos son los más aptos para ejercer el cargo supremo en el poder. En la Grecia Antigua, Platón aseguraba que existían seis formas posibles de gobierno y que, entre todas, algunas de ellas sumamente corruptas como la oligarquía, estaba la timocracia (concepto que él ideó) y que se refería a un tipo de gobierno de transición que se encontraba entre las formas tradicionales de gobierno y las ideales. Para Aristóteles los aspectos que era necesario analizar para entender si un gobierno era recomendable o no, era si el objetivo fundamental del gobierno residía en buscar el interés común o el propio. Proponía como gobierno ideal a la monarquía porque pese a que era un gobierno “acomodado” solía tener como fin primordial conseguir la estabilidad y la armonía social.

Posteriormente, Maquiavelo manifestará en su obra “El Príncipe” que todos los gobiernos que habían existido hasta el momento eran republicanos o principados y que posiblemente ninguna ideología podía ser considerada ideal, a no ser que en ella pudieran fusionarse los buenos principios de las otras formas. Es decir, proponía un tipo de gobierno mixto, donde monarquía, aristocracia y democracia coexistieran de este modo los poderes de cada una de ellas controlarían los ejercicios de las otras y evitarían los abusos, llegado el caso. Por su parte Santo Tomás, afirmándose en las teorías medievales afirma que el gobierno ideal debe ser uno donde el poder se encuentre concentrado en una sola persona, como el cuerpo humano es regido por una única alma, y un sólo dios rige el Universo. Este concepto se opone

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rotundamente a la anarquía, sin embargo asegura el derecho del pueblo a la arbitrariedad política, en caso de que el monarca no cumpla correctamente con sus mandatos. Gobiernos constitucionales y anticonstitucionales Como lo hemos dicho anteriormente un gobierno constitucional se rige por una serie de leyes dictadas por organismos legítimamente escogidos. Cuentan con la característica de que varios partidos se presentan a elecciones y son elegidos limpiamente. El partido que más votos reciba encabezará el gobierno, el resto de los partidos ocuparan diferentes porcentajes en la cámara de diputados y senadores, a fin de que el poder se encuentre dividido de forma equitativa y no exista un gobierno monopolista. Además, el gobierno debe atarse a las leyes existentes y rendir cuenta de todas las acciones que realice. Estos requisitos convierten al Estado en una entidad democrática de derecho. Entre estos gobiernos se incluyen el sistema de gobierno presidencial, parlamentario o semipresidencial. Un gobierno de facto (dictaduras), por su parte, es anticonstitucional porque para existir debe pasar por alto las leyes que rigen la armonía y la convivencia de esa sociedad. Estos gobiernos, por ende, no representan las ideas del pueblo sino de un reducido grupo de la sociedad que a través de la violencia destituye al actual gobernante para ocupar su puesto. Un gobierno de facto puede surgir de varias formas: a través de un golpe de Estado o por una revolución u otro procedimiento de hecho que se encuentre desvinculado con el ordenamiento jurídico. Como ejemplos de este tipo de gobiernos podemos mencionar el de Franco en España durante la Guerra Civil de l936, en Argelia durante la época de la Independencia y en América Latina en países como Chile y Argentina en la década del ´70, y en Colombia en la actualidad DEFINICIÓN DE GOLPE DE ESTADO Se conoce como golpe al acto y consecuencia de golpear, un verbo que hace referencia tanto a los impactos físicos como a los de carácter simbólico. El Estado, por su parte, es una modalidad que permite organizar a una sociedad de manera soberana y coercitiva y con autoridad para regular el funcionamiento de la comunidad dentro de un determinado territorio.

Al conjugar las definiciones de ambos términos surge la noción de golpe de Estado. Se trata de una acción violenta llevada a cabo por fuerzas militares o rebeldes que busca quedarse con el gobierno de un Estado. El golpe de Estado, de esta manera, supone la sustitución de las autoridades existentes y el cambio de mando de las instituciones estatales por imposición.

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En concreto para establecer el origen del término tenemos que retrotraernos a la Francia del siglo XVIII cuando comenzó a utilizarse aquel para referirse a todas aquellas acciones de carácter violento que el rey llevaba a cabo sin tener en cuenta las normas establecidas, moral y legalmente, en la sociedad. El hecho de que las acometiera de esta forma se amparaba en que eran necesarias por el bien común. El golpe de Estado constituye una violación y falta de reconocimiento hacia la legitimidad constitucional ya que atenta contra las reglamentaciones legales de llegada y permanencia en el poder. Es posible distinguir entre dos grandes tipos de golpes de Estado: el golpe institucional es aquel que tiene lugar cuando llegan al poder ciertos integrantes del propio partido en funciones, mientras que el golpe de carácter militar es concretado por las fuerzas armadas. En las últimas décadas se ha sumado la noción de golpe de mercado para hacer referencia a los cambios institucionales que tienen lugar por la presión de grupos económicos en condiciones de desestabilizar la economía. Entre los golpes de Estado más importantes de la historia destaca, por ejemplo, el que tuvo lugar en España en el año 1936. Una acción esta que fue llevada a cabo contra el gobierno reinante en ese momento, la II República, y que desembocó en la época más cruenta del país: la Guerra Civil. Un conflicto bélico que trajo horror, desolación y muerte a la nación y que acabaría con la instauración de una dictadura impuesta por los sublevados a cuyo frente estuvo Francisco Franco. No obstante, en España han tenido lugar otros golpes de Estado igualmente relevantes. En concreto otro de los más conocidos fue el fallido que fue llevado a cabo el 23 de febrero de 1981 por el teniente coronel de la Guardia Civil Antonio Tejero. Un plan que fue frustrado gracias a la acción del Rey y del general Alfonso Armada. En lo que va de siglo XXI también se han producido diversos golpes de Estado en todo el mundo. Entre los más significativos están el de Tailandia en 2006 por parte del ejército, el de Honduras en 2009 o el de abril de 2012 en Guinea-Bisaú. Existen varios términos que suelen utilizarse como sinónimos de golpe de Estado pero que, en realidad, tienen otros significados. Una revolución, por ejemplo, implica un cambio social profundo, algo que puede no estar presente en un golpe de Estado. La guerra civil, por otra parte, es un enfrentamiento militar extendido en el tiempo entre integrantes de una misma sociedad (el golpe de Estado, en cambio, es una acción rápida). Las rebeliones, revueltas y motines, por último, son desobediencias colectivas sin intenciones de tomar el poder. . DEFINICIÓN DE PODER Aunque es muy importante conocer el significado de la palabra poder, también lo es el hecho de saber a ciencia cierta donde se encuentra el origen etimológico de la misma. Y tenemos que decir que este se halla en el latín vulgar y más concretamente en el concepto posere.

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Un verbo el citado que vendría a traducirse como “ser posible” o “ser capaz de”, y que emana de la una expresión, pote est, que tiene el mismo significado que la mencionada forma verbal. El término poder tiene múltiples definiciones y usos. Esta palabra, como sabrán muchos de ustedes, se utiliza para describir la facultad, habilidad, capacidad o autorización para llevar a cabo una determinada acción. El poder implica también poseer mayor fortaleza corporal e intelectual en relación a otro individuo y superarlo en una lucha física o en una discusión. Por otra parte, tal como se puede leer en el diccionario de la Real Academia Española (RAE), el concepto de poder señala la posibilidad de que algo ocurra: “Puede que nieve esta noche”. De todas formas, el uso más habitual del término refiere al control, imperio, dominio y jurisdicción que un hombre dispone para concretar algo o imponer un mandato. Así, el poder se relaciona con el gobierno de un país o con la herramienta en el que consta la facultad que un ser humano le otorga a otro para que, en representación suya, pueda llevar a cabo un cierto plan. El poder es, además, una posesión o la tenencia de algo (por ejemplo: “Ya tengo los documentos en mi poder”). De esta forma, una oración que podría reflejar a la perfección lo señalado podría ser la siguiente: En el ayuntamiento de aquella gran ciudad, los candidatos a las elecciones dieron todo de sí para lograr salir vencedores pues quedó claro que todos querían hacerse con el poder. Este concepto, al ser utilizado en combinación con otras palabras, permite nombrar diferentes situaciones. Así, el poder absoluto describe al despotismo; el poder adquisitivo, a la disponibilidad económica para comprar bienes y contratar servicios de diversa índole; el poder constituyente, a aquel que hace foco en la soberanía popular para lograr una organización mediante sus Constituciones; el poder ejecutivo, al que tiene a su cargo el gobierno del Estado y la observación de las leyes; el poder legislativo, al que supone la potestad para hacer y reformar las leyes; y el poder judicial, al que ejerce la administración de la justicia, entre otros. Además de todo lo subrayado también hay que añadir que es muy frecuente que se hable de lo que se conoce como el cuarto poder. Esta es una expresión con la que intenta plasmarse la gran importancia que tiene la prensa hoy en la sociedad de todo el mundo. Y es que se considera que a través de los distintos medios que la integran se puede conseguir influir en la ciudadanía, así como ofrecer una fuerte presión sobre los distintos dirigentes políticos.

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De la misma forma, hay que hablar de lo que es el quinto poder. En este caso, bajo dicha denominación se engloba la Iglesia y la religión. Una institución o una doctrina que también tiene la capacidad para influir sobremanera sobre el ser humano. DEFINICIÓN DE PODER CONSTITUYENTE El poder es un concepto que se emplea para nombrar a la potestad o la facultad para ejercer el mando, ya sea a partir de un acuerdo previo con el mandado o a través de la fuerza. Es posible distinguir entre diferentes tipos de poder según su alcance: así se puede hablar de poder judicial, poder legislativo, poder ejecutivo, poder electoral, poder moral, poder municipal, poder público y otros. La noción de poder constituyente refiere específicamente a la capacidad de crear o de modificar una Constitución, que es el documento que se constituye como la base de la organización social. En la Constitución quedan estipuladas las normas esenciales que permiten regular el funcionamiento del Estado y el desarrollo del sistema político que rige un territorio. Lo que “constituye” el poder constituyente, en definitiva, es el propio Estado. Los ciudadanos, a través de sus representantes, acuerdan la política que posibilitará establecer el orden social, garantizar los derechos de las personas, castigar las faltas, etc. De la Constitución que se aprueba emanarán todas las leyes y normativas que serán aplicadas cotidianamente en el territorio en cuestión. A nivel teórico o filosófico, puede decirse que el pueblo es quien ostenta el poder constituyente. Para aplicar y ejercer dicho poder, convoca a diversos tipos de instituciones (como una convención constituyente o una asamblea constituyente) que están formadas por sus representantes. Las personas que finalmente ejercen el poder constituyente en nombre del pueblo reciben el nombre de constituyentes y suelen ser elegidas a través de elecciones libres y abiertas. Es posible clasificar el poder constituyente en:

* originario: se trata del poder constituyente que aparece en primer lugar y que permite la existencia del ordenamiento político; en otras palabras, es el que hace la primera Constitución. Por lo general, una Asamblea constituyente se desempeña como poder

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constituyente originario cuando aprueba la Constitución original de un país, ya que de esta manera establece el nacimiento del mismo desde un punto de vista jurídico. Cuando el poder constituyente originario completa su objetivo, deja de existir; sin embargo, dado que sus acciones deben mantenerse en el tiempo, se crea un órgano que tiene a su cargo el desarrollo y la modificación de las mismas, y así nace el poder constituyente denominado permanente, instituido o derivado, según las necesidades; * derivado: se encuentra establecido en la Constitución y se encarga de las tareas relacionadas con su reforma. Muy a menudo lo ejerce un congreso, un parlamento o una asamblea y coexiste con los poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo, con la función de elaborar las normas de la Constitución, las cuales suelen requerir un procedimiento de aprobación distinto al de las leyes; * abierto: es el tipo de poder constituyente que resulta de un largo proceso, que puede tomar varios años, tal como se aprecia en la creación de la Constitución Argentina, la cual fue concebida luego de siete años de trabajo; * cerrado: de manera opuesta al caso anterior, se habla de poder constituyente cerrado cuando basta con un solo acto para que se abra y se cierre, algo que suele tener lugar para las enmiendas y las reformas a la Constitución; * formal: según las circunstancias que afecten el ejercicio del poder constituyente, se denomina formal si para su actuación se apoya en la ley fundamental o en procedimientos que estén previstos por la Constitución; * material: cuando los poderes de los cuales proviene el ejercicio del poder se constituyeron para la emisión de disposiciones reglamentarias constitucionales; * de primer grado: si lo ejerce la nación como una sola entidad; * de segundo grado: si su ejercicio está a cargo de las provincias (o entidades subestatales); * de tercer grado: si son los municipios quienes lo ejercen. DEFINICIÓN DE PODER EJECUTIVO Antes de entrar de lleno en el establecimiento del significado de poder ejecutivo, se hace necesario proceder a determinar el origen etimológico de las dos palabras que lo conforman: -Poder emana del latín vulgar “posere”. -Ejecutivo deriva del latín “exsequitus”, que puede traducirse como “relativo a continuar hasta el final”. Se encuentra conformado por tres partes diferenciadas: el prefijo “ex-”, que es sinónimo de “hacia fuera”; el verbo “sequi”, que significa “seguir”, y el sufijo “-tivo”, que viene a indicar lo que es una relación activa.

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Un Estado dispone de tres facultades esenciales: legislar, administrar justicia y ejecutar las políticas públicas. Por eso se dice que el Estado puede dividirse en tres poderes que son ejercidos por diversas instituciones y organismos: el poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo. En esta oportunidad nos centraremos en el poder ejecutivo, cuya función es garantizar el cumplimiento de las leyes desarrolladas a través del poder legislativo y administradas de acuerdo al poder judicial. El poder ejecutivo, en otras palabras, está vinculado a la gestión del funcionamiento estatal en el día a día. Cuando el concepto refiere a la facultad estatal en general, se escribe con minúsculas iniciales (poder ejecutivo). En cambio, si la noción menciona al órgano estatal que ejerce dicho poder, se deben incluir mayúsculas al inicio de cada palabra (Poder Ejecutivo). El poder ejecutivo de un Estado democrático recae en funcionarios elegidos a través del voto popular. Las elecciones permiten que la población elija a las personas que actuarán como sus representantes en la toma de decisiones que conciernen a la sociedad en general. De acuerdo al sistema en cuestión, el poder ejecutivo es encabezado por un presidente, un jefe de Gobierno o un primer ministro. Este mandatario suele tener la facultad de elegir a sus ministros y secretarios, que actúan en un ámbito determinado (encargándose de lo que concierne a la economía, la salud, el turismo, etc.). Es importante saber que el citado poder ejecutivo a su vez se puede dividir en tres, según la función que realiza: -Función reglamentarista, que es el conjunto de tareas que se desarrollan a través de lo que son decretos y normas. -Función política, que es la que realiza con el claro objetivo de conseguir que los ciudadanos puedan ver satisfechos sus intereses de la mejor manera posible. De ahí que suponga tener que tomar medidas que surgen y que no están desarrolladas por leyes o normas previas. En concreto, en este apartado se pueden incluir desde acometer intercambios comerciales con otros países hasta nombrar ministros. -Función administrativa. Bajo esta denominación se incluyen todas las labores que se desarrollan tanto desde los distintos ministerios como desde el resto de órganos, tales como empresas del estado. Asimismo, también alberga a las tareas realizadas en gobernaciones, delegaciones, secretarías de estado o intendencias. Es importante resaltar que el funcionamiento del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial es interdependiente: un poder no puede pasar por encima de otro. El funcionamiento coordinado de los tres poderes está establecido por la Constitución de cada Estado. DEFINICIÓN DE PODER ELECTORAL

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El primer paso necesario para poder entender el significado de poder electoral es conocer el origen etimológico de las dos palabras que le dan forma: -Poder es un nombre que deriva del latín vulgar “posere” y este, a su vez, de “posse”, que puede traducirse como “amo”. -Electoral, por otro lado, también es fruto de la derivación del latín y significa “relativo al que tiene derecho a elegir”. En concreto está compuesto por varios elementos de dicha lengua: el prefijo “ex-” (“hacia fuera”), el adjetivo “lectus” (“elegido”), el indicativo “-tor” (“agente”) y el sufijo “-al” (“relativo a”). Existen diversas maneras de entender el concepto de poder electoral. En su sentido más básico y coloquial, la noción hace referencia a la capacidad que tiene la población (o parte de ella) de modificar la realidad a través de las elecciones. Partiendo de esa acepción queda patente que el poder electoral es un derecho importante en la sociedad de cualquier país, ya que de él depende que en la misma pueda haber libertad y otra serie importante de políticas en pro del bienestar general. Por ejemplo: “Si queremos impedir que el presidente siga imponiendo este tipo de medidas, tenemos que demostrar nuestro poder electoral y demostrarle que somos muchos los que no estamos de acuerdo con sus políticas”, “El poder electoral de este partido es escaso, aunque su presencia mediática es intensa”, “Los socialistas impusieron su poder electoral y ganaron doce de las bancas que se renovaron”. El uso más frecuente del concepto, sin embargo, está asociado a las instituciones y los organismos que se encargan de dirigir, coordinar y fiscalizar las acciones vinculadas al proceso eleccionario. En este caso, se utilizan mayúsculas iniciales (Poder Electoral) para denominar a este conjunto de entidades. La configuración y el funcionamiento del Poder Electoral dependen de cada país. Más allá del nombre y del tipo de organismo, en general todos los componentes de este poder tienen la finalidad de controlar la manera en la que se eligen los funcionarios públicos que acceden a un cargo por voluntad popular. Además de todo lo expuesto, se hace necesario establecer otra serie de aspectos relevantes relativos a ese citado Poder Electoral: -Sus funciones y acciones estarán basadas en lo que son las leyes de sufragio. -Viene a determinar los tiempos que se establecen para cada gobierno y también se encarga de dejar constancia de las fechas en las que se llevarán a cabo los nuevos comicios. -Es una pieza fundamental para poder determinar la existencia de la democracia en una sociedad concreta. En el caso de Venezuela, tenemos que decir que el Poder Electoral es llevado a cabo por el Consejo Nacional Electoral, que controla la transparencia de los distintos procesos electorales.

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Entre las atribuciones que suele tener el Poder Electoral, se encuentra la reglamentación de las leyes relacionadas con el sufragio, el establecimiento de las fechas en las que se desarrollan las elecciones y la regulación de la publicidad realizada por los candidatos. El Poder Electoral incluso puede anular el resultado de las elecciones si detecta irregularidades en el proceso correspondiente. DEFINICIÓN DEPODER JUDICIAL Todo Estado cuenta con tres poderes básicos: el poder ejecutivo, el poder legislativo y el poder judicial. A través de estas facultades, que se ejercen mediante diversas instituciones, el Estado puede desarrollar, modificar y aplicar leyes, además de ejecutar políticas públicas. El poder judicial es la facultad estatal que permite la administración de justicia a través de la aplicación de las leyes. De este modo, el Estado resuelve litigios, protege los derechos de los ciudadanos y hace cumplir las obligaciones y responsabilidades inherentes a cada parte de la sociedad. Cuando el concepto aparece escrito con mayúsculas iniciales (Poder Judicial), se refiere a los órganos e instituciones que se encargan de la aplicación de las normativas jurídicas, como los tribunales y los juzgados. Bajo un sistema democrático, el Poder Judicial funciona de manera autónoma respecto al Poder Ejecutivo y al Poder Legislativo, de forma tal que se garantice la imparcialidad en sus fallos. El Poder Judicial, de este modo, puede proteger al ciudadano de eventuales abusos cometidos por el Poder Ejecutivo o el Poder Legislativo. El funcionamiento del Poder Judicial, a su vez y al igual que el resto de los poderes, está regido por la Constitución (que reúne las normas fundamentales que regulan la actividad del Estado). Si el presidente de un país (máximo líder del Poder Ejecutivo) comete un abuso de poder y viola los derechos de los ciudadanos, el Poder Judicial puede salvaguardar los intereses de las personas mediante diversos recursos. En cambio, si quien actúa mal es un funcionario del Poder Judicial, el Poder Legislativo tiene la facultad de someterlo a un juicio político.

De acuerdo con la teoría clásica de Charles Louis de Secondat, pensador político conocido popularmente con el nombre de Montesquieu y autor de uno

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de los legados más influyentes de la Ilustración, gracias a dividir los poderes los ciudadanos tienen garantizada su libertad. Lamentablemente, esto no ocurre siempre. El funcionamiento del Poder Judicial es permanente; sus órganos son estables y tienen funciones que no pueden delegarse. Es importante resaltar que el Poder Judicial no tiene la facultad de actuar de oficio (cuando se inicia una diligencia judicial sin que la parte interesada haya actuado), sino que debe hacerlo a pedido de parte (cuando la parte interesada exige su actuación), y no puede juzgar sobre los contenidos de la ley sino según la misma. Un concepto altamente ligado al de Poder Judicial es el de jurisprudencia, ya que representa el grupo de decisiones que toman los tribunales con respecto a un asunto determinado. A través del análisis de la jurisprudencia es posible conocer la interpretación que los jueces dan dado a cada caso, y esto la convierte en un elemento fundamental del principio unificador. El principio unificador de la jurisprudencia hace referencia a la búsqueda de coherencia entre las interpretaciones de los jueces sobre una misma materia, y es el Tribunal Supremo de Justicia el órgano que lo aplica. La jurisprudencia, por lo tanto, es una doctrina que exige conocer el pasado para decidir cómo actuar en el presente: a través del estudio de las sentencias pasadas se llega a determinar la mejor manera de aplicar las leyes. El máximo representante del Poder Judicial es el Tribunal Supremo de Justicia y su principal función es controlar la legalidad y la constitucionalidad de los actos que lleva a cabo el Poder Público, basando su ejercicio en las leyes y la Constitución. Tiene autonomía funcional, administrativa y financiera y lo conforman diferentes salas, entre las que se encuentran la penal, la constitucional, la electoral y la social. Dichas salas, a su vez, constan de magistrados. DEFINICIÓN DE PODER LEGISLATIVO Antes de entrar de lleno en el significado del término poder legislativo, se hace necesario proceder a determinar el origen etimológico de las dos palabras que lo conforman. En concreto, ambas derivan del latín: -Poder emana de “posere” y este de “posse”, que puede traducirse como “amo”. -Legislativo, por otra parte, es fruto de la suma de varios componentes: “lex”, que es sinónimo de “ley”; “-lat-”, que indica “producir” y el sufijo “-tivo”, que se emplea para dejar patente una relación activa o pasiva. Las facultades más importantes de un Estado son tres: crear las leyes que regulan el funcionamiento de la sociedad, administrar dichas normas y concretar el desarrollo de las políticas de carácter público. Esto permite dividir al Estado en tres grandes poderes, ejercidos por distintas instituciones: el poder ejecutivo, el poder judicial y el poder legislativo. El poder legislativo radica en la facultad de desarrollar y modificar las leyes. De este modo, una institución (que, en un

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régimen democrático, es el Parlamento o Congreso) se encarga de la regulación de los derechos y de las responsabilidades de los ciudadanos, de acuerdo a lo establecido por la Constitución. Los diputados y los senadores son los funcionarios que se encargan de proponer nuevas leyes y de modificar las ya existentes. Cuando se pretende hacer referencia a este cuerpo o a los órganos que componen la institución, el concepto de Poder Legislativo debe escribirse con mayúsculas iniciales. Por ejemplo: “El Poder Legislativo debatirá esta tarde la reforma de la ley de adopción”, “Tenemos que lograr que nuestra propuesta llegue al Poder Legislativo”, “La gente está cansada de no tener respuestas por parte del Poder Legislativo”. Cada país establece sus directrices y legislaciones específicas acerca del poder legislativo. No obstante, en el caso de España se pueden destacar los siguientes aspectos: -Del mismo se encargan las Cortes Generales, que se dividen en dos: el Congreso de los Diputados y el Senado, que representan al pueblo. -Ambas cámaras tienen como misión acometer la aprobación de los presupuestos generales del Estado y ejercer la correspondiente responsabilidad legislativa. -El Senado se conoce como Cámara Alta, su mandato dura cuatro años y su número es variable. -El Congreso de los Diputados, por su parte, es la Cámara Baja, tiene entre 300 y 400 diputados y su mandato también es de cuatro años. Además de todo lo expuesto, hay que establecer que los encargados del llamado poder legislativo lo que hacen es cumplir con las siguientes misiones: -Convocar referéndum, a proposición del Presidente del Gobierno y siempre y cuando se cuente con la previa autorización del Congreso de los Diputados. -Sancionar y promulgar las leyes. -Convocar elecciones, según se establece en la Constitución. -Convocar y disolver las Cortes Generales. Cabe destacar que el Poder Legislativo no sólo se ocupa del desarrollo y de los cambios en la legislación, sino que también se encarga de controlar las acciones del Poder Ejecutivo y del Poder Judicial, teniendo la posibilidad de impulsar juicios políticos. Cuando algún sector toma el Poder Ejecutivo por la fuerza, es habitual que disuelva el Poder Legislativo, ya que los regímenes de facto dejan en suspenso la aplicación de la Constitución. DEFINICIÓN DE PODER MUNICIPAL Entre los diversos significados del concepto de poder, nos interesa tomar aquel vinculado al mandato y la jurisdicción que dispone un gobierno para dirigir a la sociedad. Este poder se ve aplicado en las medidas y las políticas que desarrollan las autoridades a cargo de gobernar un determinado territorio.

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Municipal, por su parte, es un adjetivo que refiere a lo que está vinculado con un municipio, que es una entidad territorial que forma parte de la división administrativa de un país. Municipio o municipalidad, por su parte, es el nombre que recibe el gobierno municipal. El poder municipal, por lo tanto, es la facultad de mando que tiene un municipio. La noción también está vinculada a la autonomía que tiene el municipio respecto al poder central. Cuando se emplean mayúsculas iniciales, el Poder Municipal está vinculado a las instituciones y los organismos que permiten ejecutar las medidas de gobierno en el municipio en cuestión. Su funcionamiento estará determinado por lo que rija la Constitución, que engloba las leyes fundamentales de la organización del Estado. Aunque depende del país o la provincia, el Poder Municipal suele contar con un presupuesto propio que puede administrar con libertad, sin necesidad de la autorización de un poder superior (Provincial o Nacional). El Poder Municipal, de este modo, puede realizar obras públicas, gestionar la limpieza de la ciudad o realizar campañas de promoción turística, entre muchas otras medidas de gobierno. Es habitual, de todos modos, que el Poder Municipal reciba fondos de las autoridades centrales (como el Gobierno Nacional) para hacer frente a sus gastos e inversiones. Dado que el Poder Municipal suele gozar de autonomía y personalidad jurídica dentro de los límites de las leyes, tiene la suficiente libertad como para elegir sus propias autoridades, gestionar cualquier materia que sea de su competencia y generar sus propios ingresos, así como invertirlos en los proyectos que considere adecuados.

El Poder Municipal contempla la participación de los ciudadanos a la hora de definir y ejecutar la gestión pública, y también en lo que se refiere a la evaluación y el control de sus resultados, para que éstos sean efectivos y respondan a las necesidades expuestas en la Ley. Todo acto municipal sólo puede ser impugnado ante los tribunales competentes, según establezca la Constitución. En la Constitución se encuentra la serie de principios que establecen los distintos regímenes para la organización del Poder Municipal, para su administración y su gobierno, y también se determinan sus recursos y competencias, su capacidad para producir sus propios ingresos fiscales y promover

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su desarrollo económico, la ubicación de sus edificios y una serie de puntos relacionados con la administración local, la población y la cultura. Para Municipios en los cuales parte de la población sea indígena, se deberá exigir un trato democrático, respetuoso e integrador, que responda a las características del gobierno local. La figura que suele gobernar y administrar el Municipio es el Alcalde o la Alcaldesa, quien también se considera la primera autoridad civil. Para acceder a este cargo existe una serie de requisitos que responden a cuestiones como la nacionalidad y la edad, además de ser laico. Pasado el período de mandato, que en algunos países es de cuatro años, existe la posibilidad de ser reelegido sólo una vez. Algunos de los puntos de interés del Poder Municipal son los siguientes: * promoción y ordenación del desarrollo social y económico local; * prestación de servicios públicos domiciliarios; * garantizar la equidad y la justicia al pueblo; * mejora de las condiciones de vida en lo que se refiere a los servicios públicos, la vialidad urbana, el turismo a nivel local, el mantenimiento de jardines y parques, la arquitectura civil y los eventos artísticos. DEFINICIÓN DEPODER PÚBLICO Para poder entender el significado del término poder público, se hace necesario, en primer lugar, conocer su origen etimológico: -La palabra poder deriva del latín, concretamente del vulgar “posere” y este de “posse”, que es equivalente a “amo”. -Público, por su parte, emana del latín “publicus” y la misma a su vez es fruto de la evolución de “populicus”.

La noción de poder público abarca a todos los poderes que son propios del Estado. Cabe recordar que el Estado ejerce el poder legislativo (crea y modifica leyes), el poder judicial (aplica dichas normativas) y el poder ejecutivo (desarrolla políticas de gobierno) a través de diversas instituciones. Es habitual que la expresión de poderes públicos se asocie a los organismos estatales que disponen del monopolio de la acción violenta: es decir, que pueden obligar a hacer algo a los ciudadanos o reprimirlos mediante el uso de la fuerza, siempre bajo los parámetros establecidos por las leyes. La Policía, la Gendarmería y la Prefectura, entre otras entidades, componen los poderes públicos de acuerdo a esta acepción. En algunos países, la noción de poder público se vuelve concreta a través de ciertas instituciones. En Venezuela, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Poder Ejecutivo, el Poder Electoral y el Poder forman lo que se denomina como Poder Público Nacional. En estos casos, los conceptos se escriben con mayúsculas iniciales ya que hacen mención a organismos específicos.

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Cada uno de esos citados poderes tienen encomendadas unas misiones y funciones claramente delimitadas: -El Poder Ejecutivo, es el que llevan a cabo tanto el Presidente de la República de Venezuela como el resto de los ministros que le acompañan en el equipo de gobierno. -El Poder Judicial, como su propio nombre indica, se encarga de velar por lo que es la administración de la justicia que emana del pueblo y que se imparte en nombre de la República. En concreto, este es llevado a cabo por el Tribunal Supremo de Justicia, así como por los demás tribunales que se encuentren debajo del mismo, según la organización establecida. -El Poder Legislativo, que es desarrollado por la Asamblea Nacional. -El Poder Electoral, por su parte, se halla en manos del Consejo Nacional Electoral (CNE) y su función principal es la de velar porque en los distintos procesos electorales exista absoluta imparcialidad a la hora de que se dé el voto. -El Poder Moral. Este es conocido también como Poder Ciudadano y está llevado a cabo por el Consejo Moral Republicano. Esta entidad se encuentra conformada por el Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, el Defensor del Pueblo y el Ministro General de la República. Se entiende que el Poder Público Nacional representa al pueblo, organizando la sociedad de acuerdo a la legislación. Las leyes esenciales que rigen el funcionamiento del Estado, por otra parte, están establecidas en la Constitución. En un sentido más cercano a la filosofía, puede afirmarse que los poderes públicos constituyen la potestad estatal para regular y ordenar el funcionamiento de una comunidad de personas (la sociedad) en un determinado territorio. Se entiende que la división de estos poderes (en Poder Legislativo, Poder Judicial, etc.) es necesaria para garantizar la protección de los derechos de todos los individuos