cÓdigo 118 unidad administrativa …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“por...

175
“Por un control fiscal efectivo y transparente” 1 INFORME DE AUDITORÍA DE DESEMPEÑO CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV Período Auditado 2012-2015 DIRECCIÓN SECTOR MOVILIDAD BOGOTÁ, ENERO DE 2016

Upload: duongdung

Post on 26-Sep-2018

221 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

1

INFORME DE AUDITORÍA DE DESEMPEÑO

CÓDIGO 118

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV

Período Auditado 2012-2015

DIRECCIÓN SECTOR MOVILIDAD

BOGOTÁ, ENERO DE 2016

Page 2: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

2

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL - UAERMV

Contralor de Bogotá DIEGO ARDILA MEDINA Contralor Auxiliar LIGIA INÉS BOTERO MEJIA Director sectorial de Fiscalización FABIO ANDRÉS POLANÍA ZENNER Subdirector de Fiscalización VIVIANA SOFIA NASSAR CASTELLANOS Asesor DORIS CLOTILDE CRUZ BLANCO Gerente XIMENA ANDREA GAITAN BETANCOURT Equipo de Auditoría DELIA ROSA SILGADO BETANCOURT Profesional Especializado 222-07 CESAR ARIEL FIGUEROA Profesional Especializado 222-07 LUIS ERNESTO AMEZQUITA CELY Profesional Especializado 222-05 LILIANA BASTIDAS LINARES Profesional Universitario 219-03 JOSE EDUARDO OLAYA GONZÁLEZ Profesional Universitario 219-01 CARLOS ORLANDO LEÓN VALENZUELA Profesional Universitario 219-01 HECTOR JARA HERNÁNDEZ Profesional Universitario 219-01 EDWIN VERNEY POVEDA PACHON Profesional Universitario 219-03

Page 3: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

3

TABLA DE CONTENIDO

1. CARTA DE CONCLUSIONES ............................................................................................... 8

2. ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORIA ......................................................................... 11

2.1 ALCANCE ............................................................................................................................. 11

2.2 MUESTRA DE AUDITORIA .............................................................................................. 11

3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA ................................................................................... 12

3.1. SEGUIMIENTO AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACION

No. 1292 DE 2012 .......................................................................................................................... 12

3.1.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a

modificaciones realizadas al alcance del convenio 1292 de 2012 sin estar

debidamente legalizadas, que afectaron el cumplimiento de las metas

establecidas contractualmente, de acuerdo al presupuesto asignado por cada

localidad, dejando de ejecutar un 42% de los CIV´s programados en las 19

localidades, después de transcurridos tres (3) años de ejecución. ..................... 13

3.2. SEGUIMIENTO AL CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA No. 638 DE

2013. 22

3.2.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal y disciplinaria, en

cuantía de $983.865.512, por el pago del impuesto del 16% de IVA en un contrato

de ciencia y tecnología, lo cual constituye una erogación injustificada,

antieconómica e ineficiente ya que el contrato celebrado realmente fue de obra

pública, y el procedimiento precontractual es una licitación pública donde no hay

lugar a cancelar el referido impuesto. ..................................................................... 50

3.3. CONTRATO DE OBRA No. 398 DE 2014 ................................................................. 62

3.3.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a

falta de planeación, coordinación institucional y deficiencias en la estructuración

del proceso licitatorio LP-04-20154 que ocasionaron dilaciones en el tiempo

previsto inicialmente para contratar y ejecutar las obras del Contrato de Obra No.

398 de 2014, en cumplimiento a lo establecido en el Convenio No. 144 de 2012

suscrito con el Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe - FDLRUU. .......... 64

3.3.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a la

deficiente estimación del presupuesto oficial por parte de la UAERMV, que

originó para las obras de mantenimiento contratadas fuera necesario durante la

ejecución determinar el alcance y costo de las mismas por parte del contratista,

encontrando en ese momento que no era posible ejecutar todas las obras,

teniendo en cuenta el estado de deterioro que presentaban. ............................... 70

3.3.3. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria toda vez

que se firma el acta de inicio de obra cinco (5) meses de firmado el contrato de

Page 4: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

4

obra, cuando se establecía en el Anexo Técnico de la licitación LP-04-2014, un

plazo de los 30 días calendario ................................................................................ 72

3.3.4. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido

a que no se evidencia que se haya dado cumplimiento a lo establecido en el

ANEXO TÉCNICO respecto a la obligación del Contratista e Interventoría de

aceptación de los Estudios y Diseños analizados y procesados, como el insumo

necesario y suficiente para el adecuado inicio y ejecución del proyecto. .......... 73

3.3.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido

a la ejecución de obras no previstas sin aprobación de APU´s como lo establece

el Anexo técnico de la LP-04-2014 ........................................................................... 75

3.3.6. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido

a la falta de controles y seguimiento a la ejecución del contrato de obra No. 398

de 2014 76

3.3.7. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y penal

teniendo en cuenta que se modifica el objeto del contrato de obra No. 398 de 2014

y mediante la Prorroga No. 1 firmada por la UAERMV que incluye la realización

de estudios y diseños adicionales con cargo al contrato de obra. ...................... 79

3.4. CONTRATO DE OBRA No. 430 DE 2014 ................................................................. 83

3.4.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria y fiscal

por $276.658.571,83 porque la UAERMV no tomó las medidas adecuadas para

evitar que los ítems ejecutados “Siembra de grama área excavada izquierda

(incluye suministro e instalación, incluye 10 cm de tierra)” del contrato No. 430

de 2014, no se deteriore o se pierda la inversión; evidenciándose la falta de

coordinación interinstitucional entre las Entidades Distritales para la adecuada

conservación y mantenimiento del parque Altos de la Estancia en la localidad de

Ciudad Bolívar (Bogotá. D.C.). ................................................................................. 87

3.5. CONTRATO DE INTERVENTORIA No. 421 DE 2014 ............................................ 90

3.5.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria porque la

UAERMV permitió que el interventor cotizara a su personal con valores

mensuales por un menor ingreso base de cotización a la seguridad social

durante la ejecución del contrato de Interventoría No. 421 de 2014. ................... 92

3.6. CONTRATO DE OBRA No. 427 DE 2014 ................................................................. 95

3.6.1. Hallazgo administrativo porque la Unidad Administrativa Especial de

Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, paga de forma global las

actividades del componente de manejo de la vegetación y de paisaje incluidas

en presupuesto del componente de gestión ambiental, seguridad y salud en el

trabajo (SST-SGA), lo que imposibilita a la Entidad pagar las cantidades

efectivamente ejecutadas por el Contratista. ....................................................... 102

Page 5: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

5

3.7. CONTRATO DE INTERVENTORÍA No.196 DE 2015 ........................................... 107

3.7.1. Hallazgo administrativo porque la Unidad Administrativa Especial de

Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, informó trece meses después a

las autoridades competentes los hechos presuntamente ilegales ocurridos con

la adjudicación del Concurso de Méritos No CMA-04-2014 al proponente

GEOCING S.A.S ....................................................................................................... 109

3.7.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, porque la

firma CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIO E INGENIERIA E.U., bajo la ejecución

del Contrato de Interventoría No. 196 de 2015, no presenta los Informes

semanales y mensuales de manera oportuna como está establecido en el pliego

de condiciones del concurso de méritos abierto CMA-01-2015 y el contrato. .. 115

3.8. CONTRATO DE OBRA No. 428 DE 2014 ............................................................... 119

3.8.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria

porque la UAERMV y el Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe - FDLRUU,

no realizaron las actividades necesarias de planificación de la obra de mitigación

de riesgo y remoción en masa en los sitios rincón del valle y San Ignacio Villa

Neiza con anterioridad a la legalización del Contrato de Obra No 428 de 2014,

situación que afecta la celeridad de las obras y el beneficio a la comunidad. . 120

3.8.2. Observación administrativa porque la supervisión y la interventoría del

Contrato de Obra No 428 de 2014, no gestionaron de manera eficiente y no

sancionaron al contratista por la no entrega oportuna de los informes. ........ 122

3.8.3. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria

porque la supervisión del contrato No 428 de 2014 y la interventoría no ejercieron

el control suficiente del Plan de Inversión del Anticipo , el Cronograma de

Inversión del Anticipo y la ejecución de los recursos del Anticipo, en la medida

que la distribución porcentual aprobada en el Plan de Inversión del Anticipo, es

diferente a los establecidos en el cronograma de inversión presentado por el

contratista y la ejecución de los recursos del anticipo. ...................................... 124

3.8.4. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria

porque la supervisión del contrato y la interventoría no ejercieron

adecuadamente el control de los pagos del anticipo del contrato de obra No 428

de 2014, frente al Cronograma del Anticipo, el Informe de Inversión y Buen

Manejo del Anticipo como soportes para los desembolsos, y la inconsistencia de

los soportes de pago presentados por el contratista frente a las certificaciones

por parte de la interventoría para el pago del anticipo en la fiducia. ................. 127

3.8.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria y fiscal

en cuantía de $102.609.714, porque en los pagos realizados al contratista no

fueron liquidados y descontados la totalidad de los impuestos establecidos en el

Contrato de Obra No. 428 de 2014 como son: Retención en la Fuente, Rete ICA,

Page 6: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

6

Estampilla Universidad Distrital, Estampilla Pro Adulto Mayor y Estampilla Pro

Cultura. 131

3.9. CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 438 DE 2014 ............................................. 136

3.9.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria,

porque la UAERMV no estableció en el pliego de condiciones del Concurso de

Méritos Abierto No CMA-01-2014, los términos de la supervisión y/o interventoría

del Contrato. ............................................................................................................ 138

3.9.2. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria,

porque la UAERMV en el aviso de la convocatoria del Concurso de Méritos

Abierto No CMA-01-2014 en la MODALIDAD DE SELECCIÓN no definió la clase

de proceso de selección, en el PLAZO registró el valor estimado de los estudios

y no el plazo para la realización de la consultoría evidenciando la falta de revisión

y control de los documentos de la convocatoria. ................................................ 138

3.9.3. Observación administrativa porque los formatos de evaluación técnica

de la propuesta presentada por la firma JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE

EU para el Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014, no se encuentran

fechados y firmados por los personas responsables realizar dicha evaluación.

139

3.9.4. Hallazgo administrativo porque el Supervisor designado por la UAERMV

para la ejecución del Contrato de Consultoría No 438 de 2014, no requirió

oportunamente al Contratista para que ampliara las vigencias de los amparos

establecidos en la garantía del Contrato No 438 de 2014, toda vez que se

establecieron con la fecha de suscripción del Contrato y no con la fecha del acta

de inicio, como está establecido en el parágrafo de la CLAUSULA DECIMA

CUARTA del Contrato. ............................................................................................ 140

3.9.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria

porque el supervisor de la UAERMV, autorizó el pago de las Actas de Pago

Mensual de Consultoría No 2 y No 3 al contratista, sin que se encuentren las

planillas de pago de la seguridad social de parte de los profesionales requeridos

para la Consultoría del Contrato No 438 de 2014. ................................................ 141

3.9.6. Observación administrativa, con presunta incidencia disciplinaria,

porque la UAERMV no ejerce los controles suficientes a los productos

entregados bajo la ejecución del Contrato de Consultoría No. 438 de 2014, toda

vez que en los estudios de riesgos por mitigación y diseños, presenta en sus

anexos el resumen de costos proyecto un AIU del 36,71%, a pesar que el

porcentaje máximo de A.I.U para los contratos que suscribe la Entidad está

establecido en el 30%. ............................................................................................ 144

3.10. CONTRATO DE OBRA No. 435 DE 2014 ........................................................... 145

Page 7: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

7

3.10.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal

por valor de $175.943.525, porque el contratista no amortizó los dineros

entregados en calidad de anticipo, debido a que no se hicieron pagos en el

desarrollo de la obra. .............................................................................................. 146

3.10.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por no

cumplir con lo dispuesto en los estudios previos correspondiente a la

aprobación de los estudios y diseños dentro la etapa preliminar, dispuesta para

ello. 153

3.10.3. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria

porque la Entidad, no publicar en el Sistema Electrónico de Contratación Pública

- SECOP la propuesta presentada por el contratista I0-INGENIERIA LTDA

seleccionado mediante la Licitación Pública No. LP-05-2014. ........................... 156

3.10.4. Hallazgo administrativo a consecuencia que la obra preventiva

temporal de protección que iniciaron en el Barrio San Vicente (s.o. sitio 16) que

debió asumir la UAERMV por el abandono de las obras del contratista I0

INGENIERÍA Ltda., no tenga determinado el costo de estas obras, es decir no se

cuenta con un presupuesto para las mismas. ...................................................... 158

3.11. CONTRATO DE CONSULTORÍA No 423 DE 2014 .......................................... 159

3.11.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal por

los mayores valores que la entidad tuvo que pagar como producto de la prórroga

y adición al contrato de interventoría No. 423 de 2014, por un valor de

$14.037.237. .............................................................................................................. 160

3.12. CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 328 DE 2015 ............................... 163

4. OTROS RESULTADOS ...................................................................................................... 169

4.1. DERECHO DE PETICIÓN No 1078 DE 2015. ........................................................ 169

5. ANEXO. ................................................................................................................................. 175

Page 8: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

8

1. CARTA DE CONCLUSIONES

Bogotá D.C., Enero 29 de 2016 Ingeniero JUAN CARLOS ABREO BELTRAN Director (E) Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial UAERMV Carrera 30 No.24-90 Piso 16 Código Postal 111311 Ciudad Asunto: Carta de Conclusiones La Contraloría de Bogotá D.C., con fundamento en los artículos 267 y 272 de la Constitución Política, el Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 42 de 1993 y la Ley 1474 de 2011, practicó auditoría de desempeño a la entidad Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV, vigencia 2012-2015, a través de la evaluación de los principios de economía, eficiencia, eficacia y equidad con que administró los recursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión en el área actividad o proceso examinado. Es responsabilidad de la Administración el contenido de la información suministrada por la Entidad y analizada por la Contraloría de Bogotá D.C. La responsabilidad de la Contraloría consiste en producir un Informe de Auditoría de Desempeño que contenga el concepto sobre el examen practicado. La evaluación se llevó a cabo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas, con políticas y procedimientos de auditoría establecidos por la Contraloría, consecuentes con las de general aceptación; por lo tanto, requirió acorde con ellas, de planeación y ejecución del trabajo de manera que el examen proporcione una base razonable para fundamentar nuestro concepto.

Page 9: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

9

La auditoría incluyó el examen, sobre la base de pruebas selectivas, de las evidencias y documentos que soportan el área, actividad o proceso auditado y el cumplimiento de las disposiciones legales; los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados en papeles de trabajo, los cuales reposan en los archivos de la Contraloría de Bogotá D.C. CONCEPTO DE GESTIÓN SOBRE EL ASPECTO EVALUADO La Contraloría de Bogotá D.C. como resultado de la auditoría adelantada, conceptúa que la gestión en las políticas, asuntos, programas, proyectos, procesos, áreas o actividades de carácter específico o transversal, de interés o relevancia auditados, no cumple con los principios de planeación, economía, eficiencia y eficacia con que administró los recursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión en la ejecución correspondiente a los Contratos de obras de mitigación, Convenio Interadministrativo de Cooperación No. 1292 de 2012 y el Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, toda vez que realizado el seguimiento a la ejecución se pudo establecer que los atrasos de dichos contratos continúan, que a pesar de las medidas adoptadas por la Entidad con el fin de mejorar los rendimientos y por ende el avance de ejecución del Convenio y del Contrato de Ciencia y Tecnología no han sido suficientes para subsanar los atrasos presentados y que los contratos de obras de mitigación presentan deficiencias de planeación y atrasos considerables, así como de control y seguimiento en la ejecución de los contrato. Lo anterior teniendo en cuenta que finalizado el plazo contractual del Convenio No. 1292 de 2012 solamente se logró ejecutar 1.158 CIV´s de los 2.006 programados inicialmente, entonces después de tres (3) años de ejecución únicamente se cumple con el 58% de la meta inicial, además que la situación financiera continúa presentando un desfase preocupante, que han sido comunicados a la entidad en Auditorias anteriores, igual situación presenta el Contrato de Ciencia y Tecnología No 638 de 2013 el cual después de más de 18 meses de ejecución, incluidos 103 días de suspensión y la aplicación de tres (3) multas, solamente logró ejecutar el 75% de las metas propuestas inicialmente, situación preocupante para la Ciudad, teniendo en cuenta el rezago en materia de movilidad que presenta actualmente. Respecto a los contratos de obra de mitigación se evidencia falencias en la planeación, prorrogas reiteradas y debilidades en seguimiento y control de los contratos, especialmente los derivados del Convenio No 144 de 2012, que han impedido a la UAERMV cumplir con los planes, programas y proyectos en los tiempos previstos y con el alcance programado.

Page 10: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

/

ecoNTRALO RÍA

DE BOGOTÁ. D.C.

,"Por un control fiscal efectivo y transparente" ,1

, PRESENTACiÓN PLAN DE MEJQRAMIENTO

.~,A fin de lograr que 'la labor de control fiscal conduzca a que los sujetos de vigilanciay control fis.calemprendan acciones de' mejoramiento de la gestión pública,respecto de cada uno de los 'hallazgos comunicados "en este informe, la entidad a "su cargo,. debe elaborar y presentar. un plan de mejoramiento que permitasolucionar las deficiencias puntualiz~das en el menor tiempo posible y atender losprincipios de la gestión "fiscal; dC?cumentoque debe ser presentado a la Contraloríade Bogotá, D.C., a través del Sistema de Vigilancia y Control Fiscal -SIVICOF-dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes a la radicación de este informe, enla forma, términos y contenido previsto en la normatividad vigente, cuyorncumplimiento d.ará origen a .las sanciones previstas en los artículos 99 y.siguientesde la ley 42 de 1993.

Corresponde, igualr'!lente al" sujeto de vigilancia y control fiscal, realizar,seguimiento periódico al plan de mejoramiento para establecer el cumplimiento yla efectividad de las acciones para subsanar las causas de los hallazgos, el cualdeberá mantenerst?, disponible para consulta de la Contraloríade Bogotá, D.C., ypresentarse. en la forma, términos y conténido establecido por este Organismo deControl.

El anexo a-la "presente Carta de Conclusiones contiene los resultados y hallazgos .detectados por este Órgano de Control. .

Atentamente,

/.~~.

FABIO ~'RES POLANIA ZENNER~r Técnico Sector M.ovilidad.

Revisó: Ximena Andrea Gaitán Betancourt - Gerente Equipo AuditorElaboró: Equipo Auditor

10

Page 11: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

11

2. ALCANCE Y MUESTRA DE AUDITORIA 2.1 ALCANCE Se realizara evaluación y análisis al desarrollo de los siguiente Contratos: No. 398

de 2014, No. 427 de 2014, No. 428 de 2014, No. 430 de 2014, No. 238 de 2015 y

No. 435 de 2014 y sus respectivas interventorías y se continuara con el seguimiento

al Convenio Interadministrativo No. 1292 de 2012 y al Contrato de Ciencia y

Tecnología No. 638 de 2013, con el objeto de atender los requerimientos del control

fiscal y efectuar la debida vigilancia a la ejecución de los mismos.

2.2 MUESTRA DE AUDITORIA

Convenio Interadministrativo No. 1292 de 2012. Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013. Contrato de Obra No. 398 de 2014 Contrato de Obra No. 430 de 2014 Contrato de Interventoría No. 421 de 2014 Contrato de Obra No. 427 de 2014 Contrato de Interventoría No.196 de 2015 Contrato de Obra No. 428 de 2014 Contrato de Consultoría No. 438 de 2014 Contrato de Obra No. 435 de 2014 Contrato de Consultoría No 423 de 2014 Convenio Interadministrativo No. 328 de 2015. DPC 1078 de 2015.

Page 12: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

12

3. RESULTADOS DE LA AUDITORÍA 3.1. SEGUIMIENTO AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE

COOPERACION No. 1292 DE 2012 Mediante la presente Auditoría de Desempeño 2015 período III realizada a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO MALLA VIAL – UAERMMV, la Contraloría de Bogotá D. C. realiza seguimiento al Convenio 1292 de 2012, la cual tuvo en cuenta información con corte a 30 de noviembre de 2015.

CUADRO No. 1

FICHA TÉCNICA DEL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACION No. 1292 DE 2012

CONCEPTO DATOS

ESTUDIOS PREVIOS

PROYECTO No 408

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 1292 de 2012

FECHA DE SUSCRIPCION DEL CONVENIO Diciembre 21 de 2012

ENTIDADES PARTES

Fondos de Desarrollo Local del Distrito Capital

Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV.

Secretaria Distrital de Gobierno

Secretaria Distrital de Movilidad

Instituto de Desarrollo Urbano-IDU

Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB

Establecimiento Público Jardín Botánico “José Celestino Mutis”

Instituto para la Protección de la Niñez y la Juventud -IDIPRON

OBJETO:

Ejecución directa por parte de las Alcaldías Locales y demás entidades que son parte de mismo, de la construcción, reconstrucción, rehabilitación y mantenimiento de las vías locales, espacio público, adecuación de andenes para la movilidad de las personas en condición de discapacidad y a la arborización de las zonas intervenidas, en desarrollo de la línea de inversión local-Malla Vial, con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local.

VALOR DEL CONVENIO: $168.928.713.665

VALOR DEL ANTICIPO: No aplica

PLAZO INICIAL : Tres (3) años contados a partir de los requisitos de perfeccionamiento y legalización.

Page 13: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

13

CONCEPTO DATOS

FECHA DEL ACTA DE INICIO: Abril 2 de 2013

FECHA DE TERMINACIÓN: Abril 2 de 2016

SUPERVISION TÉCNICA: Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV.

ENTIDAD COORDINADORA: Secretaria Distrital de Gobierno

DIRECTOR TECNICO: Designado por la Secretaria Distrital de Gobierno

COMITÉ TECNICO:

Secretario Distrital de Gobierno o su delegado

Director General de la UAERMV o su delegado

Secretario Distrital de Movilidad o su delegado

Director Técnico o su delegado

Gerente de la EAAB o su delegado

Director del Jardín Botánico.

Dos Alcaldes Locales de los Fondos de Desarrollo Local DIRECTOR LOCAL Cada Alcalde Local

DIRECTOR SOCIAL Servidor Público o contratista.

INTERVENTORIA TECNICA Universidad Nacional de Colombia

Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

OTROSI MODIFICATORIO No 1 Abril 2 de 2013

PLAZO Dos (2) años

FECHA DE TERMINACION CON OCASIÓN DEL OTROSI

Abril 2 de 2015

PRORROGA No 1 DE MARZO 27 DE 2015 Nueve (09) meses contados a partir del vencimiento del plazo establecido en el Otrosí Modificatorio No 1 FECHA DE TERMINACION CON OCASIÓN

DE LA PRORROGA Enero 1 de 2016

NUMERO DE CIV´S PROGRAMADOS Dos mil seis (2.006)

NUMERO DE CIV's INTERVENDOS A NOVIEMBRE 30 DE 2015.

Mil ciento cincuenta y ocho (1.158) que corresponde al (58%)

NUMERO DE CIV’s TERMINADOS Mil cuarenta y ocho (1.048) corresponde al 90%

NUMERO DE CIV’s EN EJECUCION Ciento diez (110) corresponde al 10%

DE LOS 599 CIV's INTERVENDOS A MAYO 31 DE 2015, EL ESTADO ES:

Liquidados doscientos: veinticinco (225)

Liquidado parcialmente: ciento cuarenta y ocho (148)

Proceso de consolidación información: doscientos veintiséis (226)

Fuente: Expediente Contractual Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

3.1.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a modificaciones realizadas al alcance del convenio 1292 de 2012 sin estar debidamente legalizadas, que afectaron el cumplimiento de las metas

Page 14: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

14

establecidas contractualmente, de acuerdo al presupuesto asignado por cada localidad, dejando de ejecutar un 42% de los CIV´s programados en las 19 localidades, después de transcurridos tres (3) años de ejecución. El Convenio 1292 se suscribió el 21 de diciembre de 2012 asignándosele como objeto “(…) la ejecución directa por parte de las Alcaldías Locales y demás entidades que

son parte del mismo, de la construcción, reconstrucción, rehabilitación y mantenimiento de las vías locales, espacio público, adecuación de andenes para la movilidad de las personas en situación de discapacidad y la arborización de las zonas intervenidas, en desarrollo de la línea de inversión local Malla Vial con cargo al presupuestal de los Fondos de Desarrollo

Local.”, en particular referido a los segmentos viales priorizados por las comunidades

en los Cabildos de Presupuestos Participativos realizados a lo largo del año 2012. De dicho Convenio hicieron parte la Secretaría de Gobierno, que actuó como coordinadora, el Jardín Botánico José Celestino Mutis, IDIPRON, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, el IDU, la Secretaría de Movilidad, los Fondos de Desarrollo Local, que aportaron los recursos necesarios, y la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial. Para lograr ejecutar el convenio en mención, los Fondos de Desarrollo Local aportaron los recursos presupuestales apropiados en la vigencia fiscal de 2012 en cuantía de $168.928.713.665, con el fin de iniciar la recuperación de la malla vial local, bajo el nuevo esquema propuesto, atendiendo criterios de economías de escala con la contratación de los suministros necesarios para ejecutar las obras y la aplicación directa de la mano de obra.

CUADRO No. 2 GIROS PRESUPUESTALES REALIZADOS POR LOS FDL - CONVENIO 1292 DE 2012

Cifras en pesos

LOCALIDAD VALOR PRESUPUESTADO

1 USAQUEN 5.667.569.464

2 CHAPINERO 5.692.608.133

3 SANTAFE 5.732.025.154

4 SAN CRISTOBAL 14.865.954.365

5 USME 10.699.352.609

6 TUNJUELITO 8.785.426.566

7 BOSA 13.562.856.870

8 KENNEDY 15.953.528.120

9 FONTIBON 5.664.951.838

10 ENGATIVA 12.709.362.467

11 SUBA 425.000.000

12 BARRIOS UNIDOS 5.173.829.920

13 TEUSAQUILLO 5.330.448.000

14 MARTIRES 5.886.859.655

Page 15: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

15

LOCALIDAD VALOR PRESUPUESTADO

15 ANTONIO NARIÑO 6.690.646.171

16 PUENTE ARANDA 4.932.649.145

17 LA CANDELARIA 4.206.185.218

18 RAFAEL URIBE URIBE 15.184.916.796

19 CIUDAD BOLIVAR 21.764.543.174

TOTAL PRESUPUESTO 168.928.713.665 Fuente: UAERMV

El Acta de Inicio se formalizó el 2 de abril de 2013 y la fecha de finalización fue el 1 de enero de 2016. La cantidad total de segmentos viales (CIV´s) a intervenir era inicialmente de 2.006. Con corte a 31 de mayo de 2014 se habían ejecutado y terminado un total de 124 segmentos, se encontraban en ejecución 50 segmentos y 80 estaban suspendidos. Como se consignó en el informe de Auditoría de Regularidad correspondiente al PAD 2014, del total de segmentos o CIV`s programados para intervención, y luego de más de diez y ocho meses de haber sido girados los recursos por parte de los FDL, apenas se habían terminado 124, que corresponden al 6.18% del total planeado inicialmente. Por lo cual se reportó un Hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria y fiscal por valor de $5.443.558.971, toda vez que la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV incurrió en sobrecostos en la ejecución del Convenio Interadministrativo 1292 de 2012, evidenciados por una diferencia encontrada entre los APU´s definidos al inicio del Convenio y los giros realizados con cargo a dicho Convenio. En el informe de Auditoría de Regularidad correspondiente al PAD 2015 se registra la observación de que transcurrido el 80% del plazo (2 años y 9 meses), el avance de los CIV’s terminados estaba en el 31,39% a mayo de 2015, lo cual no era suficiente para subsanar los atrasos presentados, es decir, las acciones implementadas no han corregido las deficiencias ocurridas en desarrollo del Convenio. Se habían terminado 599 CIV's de los 1.937 programados, por lo cual ya desde entonces esta Contraloría evidenciaba que la UAERMV no cumpliría con las metas establecidas. Teniendo en cuenta los desfases financieros presentados en la ejecución del Convenio 1292 de 2012, se comienzan a presentar una serie de modificaciones al alcance inicialmente programado, es así, que entre el 3 de febrero de 2014 y el 30 de julio de 2014, mediante actas modificatorias firmadas por las Alcaldías Locales y la UAERMV, se realizó un primer ajuste a las metas trazadas al inicio del Convenio, pasando el total de segmentos a intervenir de 2.006 a 1.937.

Page 16: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

16

Posteriormente, se modifica nuevamente el alcance del Convenio 1292 de 2012, el cual se determina en 1.740 CIV´s a ejecutar, de los cuales 504 ya fueron liquidados, 423 se encontraban en proceso de liquidación y 172 en ejecución. Es decir que 661 segmentos estaban pendientes de intervención. Es necesario aclarar que en esta ocasión solamente se firmaron por las Localidades 11 Actas de modificación, las restantes Localidades no firmaron el documento modificatorio. En la presente Auditoria se evidencia nuevamente que el alcance al Convenio 1292 de 2012 fue modificado nuevamente, se retiran 582 segmentos viales que no serán ejecutados principalmente por vencimiento del plazo contractual, el cual termina el 1 de enero de 2016, es decir solamente la UAERMV ejecutará 1.158 CIV´s con corte a 30 de noviembre de 2015, como se presenta en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 3 TOTAL SEGMENTOS EJECUTADOS CONVENIO 1292 DE 2012 POR LOCALIDAD

Fuente: Oficio 7809 UAERMV de 7 de diciembre de 2015

Al consultar a la Entidad respecto a las modificaciones realizadas al alcance del Convenio 1292 de 2012, mediante oficio UAERMV 7809 de 7 de diciembre de 2015 informa que “… durante la ejecución del Convenio se han retirado varios segmentos viales

por diversas razones, entre las cuales se tienen de orden técnico, ambiental, legal, logístico y de plazo del Convenio 1292 de 2012, ya que teniendo en cuenta que este vence el próximo 01 de enero, no se alcanzaría a intervenir la totalidad de los segmentos viales previstos en su inicio. Esta situación de manera general fue notificada por la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UAERMV en el comité técnico central del convenio 1292 de 2012, realizado el día 29 de septiembre de 2015 y en reunión efectuada en el despacho de la Alcaldía Mayor de Bogotá el día 7 de octubre de 2015. De otra parte es importante informar que en dicha reunión se acordó, que dado que la UAERMV ya contaba con la totalidad de los diseños de los segmentos viales priorizados

No. Nombre Excluidos Incluidos Total Excluidos Incluidos Total Excluidos Incluidos Total

1 Usaquén 73 12 5 66 9 7 64 15 0 49 24

2 Chapinero 69 25 11 55 20 1 36 1 0 35 34

3 Santa fe 53 17 15 51 25 21 47 18 0 29 24

4 San Cristóbal 236 20 20 236 74 1 163 43 0 120 116

5 Usme 100 43 37 94 3 24 115 31 0 84 16

6 Tunjuelito 39 7 24 56 - - 56 24 0 32 7

7 Bosa 201 - 5 206 37 12 181 62 0 119 82

8 Kennedy 240 37 42 245 95 - 150 20 0 130 110

9 Fontibón 85 2 4 87 - 3 90 26 0 64 21

10 Engativá 171 20 14 165 - - 165 56 0 109 62

11 Suba 9 3 3 9 - - 9 6 0 3 6

12 Barrios Unidos 125 90 34 69 - - 69 34 0 35 90

13 Teusaquillo 40 - 10 50 13 23 60 17 0 43 (3)

14 Los Mártires 38 3 3 38 - 2 40 8 0 32 6

15 Antonio Nariño 51 14 4 41 - - 41 16 0 25 26

16 Puente Aranda 55 - 10 65 22 17 60 34 0 26 29

17 La Candelaria 92 8 8 92 3 - 89 52 0 37 55

18 Rafael Uribe Uribe 150 36 3 117 18 12 111 21 0 90 60

19 Ciudad Bolívar 179 1 17 195 2 1 194 98 0 96 83

2.006 338 269 1.937 321 124 1.740 582 0 1.158 848

Segmentos en Actas modificatoria No. 2 Segmentos en Actas modificatoria No. 3 TOTAL

SEGMENTOS

EXCLUIDOS

TOTAL

LOCALIDAD Segmentos

Iniciales

Convenio 1292

Segmentos en Actas modificatoria No. 1

Page 17: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

17

para intervención en desarrollo del Convenio, se enviaran a los FDL aquellos diseños que no serían ejecutados por la UAERMV al 31 de diciembre de 2015, acción que ya fue

efectuada.”.

CUADRO No. 4 MODIFICACIONES REALIZADAS AL ALCANCE DEL CONVENIO 1292 DE 2012

Fuente: Oficio 7809 UAERMV de 7 de diciembre de 2015

Como se observa en el cuadro anterior la UAERMV ha realizado modificaciones al alcance del Convenio 1292 de 2012, sin que se hayan legalizado debidamente con las Alcaldías Locales estas actuaciones, en la segunda modificación aún está pendiente las localidades de Chapinero, Tunjuelito, Fontibón, Engativá, Suba, Barrios Unidos, Antonio Nariño y Ciudad Bolívar y para la tercera modificación no existen actas firmadas por ninguna alcaldía local y sin embargo se excluyen 582 CIV´s. La UMV entregó mediante oficios a dichas alcaldías los diseños existentes de los segmentos que finalmente no serán ejecutados por el Convenio 1292, con el fin que sean incluidos en la proyección del Plan Operativo Anual de Inversiones POAI 2016. Situación que deja ver el incumplimiento a las metas propuestas del Convenio 1292 de 2012, el cual después de tres (3) años de ejecución concluye que debe terminarse por las Alcaldías Locales y con un nuevo presupuesto para la vigencias 2016. Teniendo en cuenta lo anterior, y conforme a la inversión realizada en el Convenio 1292 de 2012, según reporte de la UAERMV con corte a 30 de mayo de 2015 los recursos asignados al convenio 1292 de 2012 se encontraban comprometidos por

No. NombreSegmentos

Excluidos

Segmentos

Incluidos

ESTADO DE

ACTAFECHA FIRMA

Segmentos

Excluidos

Segmentos

IncluidosESTADO DE ACTA FECHA FIRMA

Segmentos

Excluidos

Segmentos

Incluidos

ESTADO DE

ACTAFECHA FIRMA

1 Usaquén 73 12 5 FIRMADA 29-jul-14 9 7 FIRMADA 16-sep-15 15 0

2 Chapinero 69 25 11 FIRMADA 30-jul-14 20 1 EN PROCESO 1 0

3 Santa fe 53 17 15 FIRMADA 31-jul-14 25 21 FIRMADA 02-oct-15 18 0

4 San Cristóbal 236 20 20 FIRMADA 01-ago-14 74 1 FIRMADA 08-may-15 43 0

5 Usme 100 43 37 FIRMADA 02-ago-14 3 24 FIRMADA 27-ago-15 31 0

6 Tunjuelito 39 7 24 FIRMADA 03-ago-14 - - 24 0

7 Bosa 201 - 5 FIRMADA 04-ago-14 37 12 FIRMADA 24-ago-15 62 0

8 Kennedy 240 37 42 FIRMADA 05-ago-14 95 - FIRMADA 28-sep-15 20 0

9 Fontibón 85 2 4 FIRMADA 06-ago-14 - 3 EN PROCESO 26 0

10 Engativá 171 20 14 FIRMADA 07-ago-14 - - 56 0

11 Suba 9 3 3 FIRMADA 08-ago-14 - - 6 0

12 Barrios Unidos 125 90 34 FIRMADA 09-ago-14 - - 34 0

13 Teusaquillo 40 - 10 FIRMADA 10-ago-14 13 23 FIRMADA 22-sep-15 17 0

14 Los Mártires 38 3 3 FIRMADA 11-ago-14 - 2 FIRMADA 21-sep-15 8 0

15 Antonio Nariño 51 14 4 FIRMADA 12-ago-14 - - 16 0

16 Puente Aranda 55 - 10 FIRMADA 13-ago-14 22 17 FIRMADA 22-sep-15 34 0

17 La Candelaria 92 8 8 FIRMADA 14-ago-14 3 - FIRMADA 23-dic-14 52 0

18 Rafael Uribe Uribe 150 36 3 FIRMADA 15-ago-14 18 12 FIRMADA 29-jul-15 21 0

19 Ciudad Bolívar 179 1 17 FIRMADA 16-ago-14 2 1 EN PROCESO 98 0

2006 338 269 321 124 582 0

LOCALIDAD Segmentos

Iniciales

Convenio 1292

Segmentos en Actas modificatoria No. 1 Segmentos en Actas modificatoria No. 2 Segmentos en modificatoria No. 3

TOTAL

Page 18: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

18

$171.039.037.930, es decir, la totalidad de los recursos asignados, incluidos los rendimientos financieros. Mediante oficio 7809 de 7 de diciembre de 2015 la UAERMV informa que solamente intervendrán el 1.158 de los CIV´s programados inicialmente, correspondientes al 58% CIV´s programados, con corte a 30 de noviembre de 2015 la UAERMV informa que 1.048 CIV´s se encuentran terminados y 110 CIV´s están en ejecución, debiendo terminarse antes del 1 de enero de 2016 fecha de terminación del Convenio 1292 de 2012. En ese orden de ideas, la UAERMV no cumplió con la necesidad de satisfacer la comunidad con la terminación de las obras con los recursos girados por los FDL, por lo cual se evidencia una gestión ineficiente, ineficaz y antieconómica en el desarrollo del Convenio 1292 de 2012. Panorama preocupante para el estado de la malla vial de la ciudad, por lo cual esta Contraloría realizó seguimiento a los CIV´s no ejecutados por el Convenio y mediante selectiva se seleccionaron las localidades de San Cristóbal, Ciudad Bolívar y Engativá por ser tres (3) de las localidades que mayor cantidad de CIV´s no ejecutados y en las cuales se requiere mayor inversión en materia vial. Los días 28, 29 y 30 de diciembre de 2015 la Contraloría de Bogotá realizó visitas de obra a una muestra selectiva de los segmentos que no fueron ejecutados mediante el Convenio 1292. Estos CIV´s desde el inicio del Convenio se encontraban en mal estado, por lo cual el deterioro y su afectación a la movilidad son evidentes, como efectivamente se encontró, de acuerdo al siguiente registro fotográfico:

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 1 VISITA A LOCALIDADES DE BOGOTÀ D.C.

LOCALIDAD: SAN CRISTÓBAL

Page 19: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

19

CIV 3002024 – La Roca CIV 4006099 – Santa Rita III Sector

CIV 4006444 – Nueva Delly CIV 4006472 – Valparaíso

CIV 4007618 – Juan Rey CIV 50005467 – San Cristóbal Bajo

LOCALIDAD: CIUDAD BOLÍVAR

CIV 19001398 – Rincón de Galicia CIV 19001401 – Rincón de Galicia

Page 20: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

20

CIV 19001460 – Mirador de la Estancia II CIV 19002985 – Verona

CIV 19003422 - Verona CIV 19004547 – Manuela Beltrán

LOCALIDAD: ENGATIVÁ

CIV 10000363 – Villa Cristina CIV 10000376 – Villa Cristina

Page 21: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

21

CIV 10006906 – Florida Blanca CIV 10004809 – Andalucía

CIV 10004194 – Villa Gladys CIV 10002008 – La Riviera

Fuente: Visita de Obra

Contraloría de Bogotá D.C. – Dirección Sector Movilidad

En conclusión, el impacto social negativo causado a la comunidad es importante teniendo en cuenta que desde finales de 2012 se realizaron cabildos de presupuesto participativos, en donde se acordaron conjuntamente con la comunidad y a través de procesos de selección se determinaron finalmente intervenir 2.006 CIV´s y tres (3) años después la UAERMV informa mediante oficio 272 de 15 de enero de 2016 que terminado el plazo del Convenio 1292 de 2012 se ejecutaron únicamente 1.174 CIV´s y se dejaran de ejecutar 832 CIV´s que corresponde al 42% del alcance del Convenio. Consultada la entidad respecto al Acta de Terminación del Convenio 1292 de 2012, se informa1 que no se ha enviado dicha Acta por la Secretaria de Gobierno, sin embargo el plazo contractual terminó el 1 de enero de 2014 y se vienen adelantando las labores de liquidación del convenio.

1 Oficio UAERMV 272 de 15 de enero de 2016

Page 22: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

22

Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se confirma la observación y se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. 3.2. SEGUIMIENTO AL CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA No. 638 DE

2013.

El 26 de Diciembre de 2013, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV elaboró los Estudios Previos de Conveniencia y Oportunidad para la celebración del Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, que tiene por objeto: “Aplicar la tecnología de parcheo por inyección a presión neumática para acciones de movilidad en la malla vial de la ciudad de Bogotá D.C.” El plazo de ejecución previsto en los estudios previos, fue de seis (6) meses y/o hasta agotar presupuesto. Igualmente, el presupuesto estimado oficial fue de ONCE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($11.822.552.148). El 27 de diciembre de 2013, la Directora General de la UAERMV, profirió el acto administrativo de justificación de la contratación directa. El 27 de diciembre de 2013, la UAERMV firma el Contrato de Ciencia y Tecnología No 638 de 2013 con la firma GREEN PATCHER COLOMBIA S.A.S, cuyo objeto es “Aplicar la tecnología de parcheo por inyección a presión neumática para acciones de movilidad en la malla vial de la ciudad de Bogotá D.C.”, con un plazo de seis (6) meses y por valor de $11.822.552.148. El 17 de febrero de 2014 se suscribe el Otrosí No 1 al Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, el cual modifica la CLÁUSULA SEXTA PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO y la CLAUSULA DECIMA SEGUNDA GARANTIAS, eliminando el anticipo del 50% del valor del contrato; y disminuyendo la vigencia del amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados de dos (2) años a seis (6) meses. El 13 de marzo de 2014 se firma el Acta No 1 de Inicio del Contrato, quedando como fecha de terminación el 12 de septiembre de 2014. El 15 de abril de 2014, se firma el Acta No 2 de Suspensión No 1 por el término de diez (10) días, es decir, a partir del 15 de abril de 2014, teniendo en cuenta lo manifestado por el contratista: “que la emulsión que nos estaba suministrando nuestro proveedor Multilsa no cumplía con las especificaciones que se le indicaron y al material que se nos entregó inicialmente misma fórmula que la Velocista nos indicó para en (sic) funcionamiento del equipo cuando se realizaron las pruebas en

Page 23: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

23

el batallón, por lo que solicitamos vinieran a revisar y modificara su fórmula y por respuesta recibida fue que cambiáramos nuestra forma de trabajo. En consecuencia contactamos otro proveedor que nos está garantizando tanto el suministro como la calidad que requerimos para que se cumpla con la calidad acordada”. El 25 de abril de 2014, se firma el Acta No 3 de Ampliación de Suspensión No 1 del Contrato por el término de diez (10) días, es decir, a partir del 25 de abril de 2014 hasta el cinco (5) de mayo de 2014, teniendo en cuenta lo manifestado por el contratista: “que como es de conocimiento por esta Autoridad (sic) mi representada ha encontrado ya nuevos proveedores de emulsión asfáltica que cumplen con la calidad requerida. Sin embargo debido al paso de la Semana Santa, en donde hubo el cierre total de actividades de las plantas productoras de materias primas para emulsiones y de nuestro propio proveedor, aunado a las limitaciones para transportar materiales en tractocamiones tipo tractomulas” en todo el período de Semana Santa, nuestro proveedor nos ha informado que hay un atraso en la producción de la emulsión requerida para reiniciar los trabajos de reparcheo”. El seis (6) de mayo de 2014 se firma el Acta No 4 de Reinicio Ampliación Suspensión No 1 del Contrato, por cuanto se superaron los inconvenientes que ocasionaron la suspensión, quedando como fecha de terminación el dos (2) de Octubre de 2014. El nueve (9) de julio de 2014 la UAERMV expide la Resolución No 296 “Por la cual se declara el incumplimiento parcial del contrato No 638 de 2013, y se impone una sanción de multa a GREEN PATCHER DE COLOMBIA SAS” por SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($650.240.368) y confirmada mediante la Resolución No 319 del 18 de julio de 2014. El incumplimiento fue declarado por la inobservancia de la “Cláusula Segunda Obligaciones Específicas”, relacionada con la presentación del Plan de Contingencia por los atrasos; la no entrega de la fórmula de trabajo; y el incumplimiento de la oferta, toda vez esta obligaba a una capacidad de aplicación de 30 m3 por día; a disponer de cuatro (4) equipos de inyección a presión neumática. El 22 de julio de 2014 se firma el Acta No 5 de Suspensión No 2 del Contrato, por el término de 45 días, es decir, a partir del 22 de julio de 2014 hasta el cuatro (4) de septiembre de 2014, teniendo en cuenta que el Contratista manifiesta que no ha podido operar normalmente, debido a: Circunstancias de índole administrativo: inconvenientes con la nacionalización

de las máquinas 2 y 3, el vencimiento de los cupos de leasing para adquirir el

Page 24: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

24

chasis de las máquinas y la no aprobación de las fichas de homologación por parte del Ministerio de Transporte. Adicionalmente, se está esperando el chasis de las máquinas 2 y 3 para terminar su ensamblaje.

Circunstancias de índole técnico: La máquina 1 debe estar disponible para servir

de guía para el ensamblaje de las máquinas 2 y 3, que se ha ejecutado el 50% del ensamblaje y que queda sólo por ejecutar la adaptación de los equipos al chasis.

Circunstancias en la contratación de personal: Se debe contratar personal para

que opere la maquinaria, el cual debe capacitarse para el manejo de la tecnología, así como para la producción y la aplicación de la mezcla asfáltica.

El cinco (5) de septiembre de 2014, se firma el Acta No 6 de Reinicio de Suspensión No 2 del Contrato, quedando como nueva fecha de terminación el 17 de noviembre de 2014. El 14 de noviembre de 2014, se firma la prórroga No 1 al Contrato por el término de 11 meses y 15 días, contados a partir del 18 de noviembre de 2014. Lo anterior, teniendo en cuenta la justificación técnica de circunstancias de índole administrativo, técnico, de contratación de personal y climático; y justificación jurídica presentada por la Entidad. El 21 de enero de 2015, se firma el Acta No 12 de Suspensión No 3 del Contrato, por el término de 17 días, es decir, a partir del 21 de enero de 2015 hasta el seis (6) de febrero de 2015, ya que la planta de Inco-Asfaltos proveedor de la emulsión asfáltica sufrió daños mecánicos. El seis (6) de febrero de 2015, se firma el Acta No 14 de Ampliación Suspensión No 3 del Contrato, por el término de siete (7) días, es decir, a partir del seis (6) de febrero de 2015 hasta el 13 de febrero de 2015, teniendo en cuenta que Inco-Asfaltos empezará a entregar emulsión a partir del 13 de febrero de 2015. Quedando como fecha de terminación el 25 noviembre de 2015 El 14 de febrero de 2015, se firma el Acta No 16 de Reinicio de la Ampliación Suspensión No 3 del Contrato, por cuanto se superaron los inconvenientes que obligaron a la misma, quedando como nueva fecha de terminación el 25 de noviembre de 2014. El 18 de marzo de 2015, se firma el Acta No 19 de Suspensión No 4 del Contrato, a partir del 18 de marzo de 2015, hasta que el paro nacional de transportadores

Page 25: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

25

cese, mientras se normaliza la situación de transporte en el país y se programe el despacho de material. Resultando solo una suspensión de cinco (5) días calendario. El 23 de marzo de 2015, se firma el Acta No 20 de Reinicio de Suspensión No 4 del Contrato, por cuanto se superaron los inconvenientes que ocasionaron la suspensión, quedando como fecha de terminación el 30 de noviembre de 2015. El 16 de julio de 2015 la UAERMV expide la Resolución No 366 “Por la cual se adopta una decisión dentro del proceso de debate de posible incumplimiento del Contrato de Ciencia y Tecnología No 638 de 2013” se declaró el incumplimiento parcial y en consecuencia se impone una multa a GREEN PATCHER DE COLOMBIA SAS” por OCHENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($82.757.864), confirmada mediante Resolución No. 391 del 27 de julio de 2015.

El ocho (8) de septiembre de 2015 se firma el Acta de No 27 de Suspensión No 5 del Contrato , por el término de ocho (8) días, a partir del ocho (8) de septiembre de 2015, debido a que “la planta de suministro del proveedor sufrió daños mecánicos no previstos, debido a circunstancias exógenas, imprevisibles e irresistibles trayendo como consecuencia la rotura de la emulsión asfáltica dentro de los tanques de almacenamiento del equipo, y que no es posible detectar de manera inmediata la causa de este fenómeno, razón por la cual el contratista no ha contado con el suministro normal de emulsión”. Resultando solo una suspensión de cuatro (4) días calendario. El 12 de septiembre de 2015 se firma el Acta No. 28 de Reinicio Suspensión No 5 del Contrato, por cuanto se superó el inconveniente que obligaron a la misma, resultando solo una suspensión de cuatro (4) días calendario, que conllevó a una nueva fecha de terminación el cuatro (4) de diciembre de 2015. El cuatro (4) de noviembre de 2015 la UAERMV expide la Resolución No 600 “Por la cual se adopta una decisión dentro del proceso de debate de posible incumplimiento del Contrato de Ciencia y Tecnología No 638 de 2013” debido al incumplimiento del rendimiento propuesto en el plan de trabajo y en consecuencia se impone una multa a GREEN PATCHER DE COLOMBIA SAS” por DOSCIENTOS DOCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS M/CTE ($212.805.936), confirmada mediante Resolución 722 del 27 de noviembre de 2015. El 19 de noviembre de 2015, se firma el Acta No 30 de Suspensión No 6 del Contrato, por el término de siete (7) días, a partir del 19 de noviembre de 2015, debido a “el inconveniente sufrido en el suministro de emulsión asfáltica por causas

Page 26: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

26

atribuibles a la alteración de la calidad de la emulsión, por parte de la empresa quienes proveen de dicho producto a la Firma Green Patcher Colombia S.A.S según análisis realizado no ha cumplido con el tiempo de rotura adecuado para su producción”. Resultando solo una suspensión de seis (6) días calendario, que conllevó a una nueva fecha de terminación el diez (10) de diciembre de 2015. El 25 de noviembre de 2015, se firma el Acta No 32 aclaratoria con el objeto de aclarar el error de forma que se cometió de manera involuntaria en el Acta de Suspensión No 30 del 19 de noviembre de 2015, en el sentido de que el número consecutivo correspondiente es el 31. El 25 de noviembre de 2015, se firma el Acta No 33 de Reinicio Suspensión No 6 del Contrato, resultando solo una suspensión de seis (6) días calendario, por cuanto se superó el inconveniente que obligaron a la misma, quedando como fecha de terminación el diez (10) de diciembre de 2015. El diez (10) de diciembre de 2015, se firma el Acta No 35 aclaratoria con el objeto de aclarar el error de digitación cometido de manera involuntaria en las Actas No 32 y 33, respecto al mes que registra como Reinicio Suspensión No. 6, siendo las fechas correctas las siguientes:

NO ACTA

DESCRIPCIÓN ACTA FECHA CORRECTA DE REINICIO DE

SUSPENSIÓN NO 6

32 Aclaratoria 26 de noviembre de 2015

33 Reinicio suspensión No. 6 26 de noviembre de 2015

El 11 de diciembre de 2015, se firma el Acta No 37 de Recibo Final y Terminación, por medio de la cual se deja constancia de las entregas del Contrato para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas, objeto de este contrato que se han realizado en el periodo entre el 13 de marzo de 2014 al 10 de diciembre de 2015 y la supervisión hace constar que el producto objeto de éste contrato ha sido entregado por el contratista y recibido por la Supervisión a entera satisfacción, cumpliendo cabalmente lo estipulado en los documentos contractuales. El estado financiero del contrato es el siguiente:

DESCRIPCION VALOR

VALOR DEL CONTRATO Once mil ochocientos veintidos millones quinientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta y ocho pesos m/cte.($11.822.552,148) incluido IVA.

VALOR DEL ANTICIPO N/A

Page 27: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

27

DESCRIPCION VALOR

VALOR EJECUTADO Ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro millones ochocientos noventa y siete mil ciento sesenta y seis pesos m/cte ($8.844.897.166) incluido IVA.

VALOR NO EJECUTADO N/A

VALOR PRESENTE ACTA N/A

RETENCION EN GARANTIA (5%)

Cuatrocientos cuarenta y dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil ochocientos cincuenta y ocho pesos m/cte ($442.244.858)

Las garantías de este contrato, que fueron aprobadas según el Acta de Aprobación de Póliza suscrita el día 18 de diciembre de 2015 por la Secretaría General de la Entidad, como se detalla a continuación:

AMPARO VIGENCIA

Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal incluyendo el pago de multas y cláusula penal pecuniaria.

08-04-2016 al 15-04-2016

Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. 09-12-2018 al 16-12-2018

Calidad del Servicio. 08-04-2016 al 15-06-2016

La responsabilidad extracontractual que pueda surgir para la UAERMV por las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas

16-11-2015 al 16-12-2015

Con el objeto de establecer la fecha desde la cual se empieza a contar los seis (6) meses para la calidad del servicio de los parches realizados, se solicitó a la Entidad mediante el oficio 80100-028 y radicado UMV 20160116000032 de enero 4 de 2016, precisar si los seis (6) meses contaban a partir de la fecha de recibo del parche tapado o desde la fecha de terminación y recibo final del contrato. La UAERMV mediante el oficio UMV 0112 de enero 8 de 2016, da alcance a la respuesta entregada mediante el oficio UMV 0059 del 6 de enero de 2016, en los siguientes términos: “En relación a la pregunta del numeral 18 del oficio número 0059 del 6 de enero de 2016, se aclara que el Contrato No 638 de 2013, es un contrato para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas, por lo tanto, al ser nueva tipología contractual creada por la ley 1150 de 2007, se rige por sus propias cláusulas, en las que no se contempla la exigencia de un amparo de estabilidad y calidad de la obra, mientras que si le son propias los amparos de cumplimiento y calidad del servicio de la garantía única. Una vez señalado lo anterior, se precisa que la fecha desde la cual comienza a contarse los seis (6) meses respecto del amparo de calidad del servicio de los parches realizados, es a partir de la suscripción del acta de terminación y recibo

Page 28: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

28

final del contrato, la cual se suscribió el día 11 de diciembre de 2015, tal como se estipuló en el Otro Sì del Contrato de Ciencia y Tecnología No 638 de 2013, el cual modificó la cláusula décimo segunda en relación a las garantías pactadas en el contrato referido” Las anteriores suspensiones y modificaciones se muestran en la siguiente Ficha Técnica:

CUADRO No. 5

FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA No. 638 DE 2013

CONCEPTO DATOS

MODALIDAD DE SELECCIÓN Contratación Directa

ESTUDIOS PREVIOS Diciembre 26 de 2013

CONTRATO No. 638 de 2013

FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Diciembre 27de 2013

PROPUESTA Diciembre 26 de 2013

ACTO ADMINISTRATIVO DE JUSTIFICACION DE LA CONTRATACION DIRECTA

Diciembre 27 de 2013

CONTRATISTA GREEN PATCHER COLOMBIA SAS

REPRESENTANTE LEGAL Juan Pablo Posada Arciniegas

OBJETO: Aplicar la tecnología de parcheo por inyección a presión neumática para acciones de movilidad en la malla vial de la ciudad de Bogotá D.C.

VALOR NETO DEL CONTRATO: $10.191.855.300

VALOR IVA (16%) $1.630.696.848

VALOR DEL CONTRATO: $11.822.552.148

VALOR DEL ANTICIPO: No aplica

PLAZO: Seis (6) meses y/o hasta agotar el presupuesto oficial

FECHA DEL ACTA DE INICIO: Marzo 13 de 2014

FECHA DE TERMINACIÓN: Septiembre 12 de 2014

OTROSI No 1 DE FEBRERO 17 DE 2014

Elimina el anticipo del 50% del valor del contrato y disminuye la vigencia del amparo de calidad y correcto funcionamiento de los bienes y equipos suministrados de dos (2) años a seis (6) meses

ACTA No 2 DE SUSPENSIÓN No 1 DE ABRIL 15 DE 2014

Suspender el Contrato por el término de diez (10) días, es decir, a partir del 15 de abril de 2014, debido al ajuste de la fórmula de trabajo y al cambio de proveedor.

ACTA No 3 DE AMPLIACIÓN SUSPENSIÓN No 1 DE ABRIL 25 DE 2014

Se amplió la suspensión por el término de diez (10) días, es decir, a partir del 25 de abril de 2014 hasta el 5 de mayo de 2014, debido a un atraso en la producción de la emulsión y a las limitaciones para transportar materiales en tractocamiones debido a la Semana Santa

Page 29: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

29

CONCEPTO DATOS

ACTA No 4 DE REINICIO AMPLIACION SUSPENSION No 1 DE MAYO 6 DE 2014

Se reinicia la ejecución del Contrato por cuanto se superaron los inconvenientes que ocasionaron la suspensión, quedando como fecha de terminación el dos (2) de Octubre de 2014.

ACTA No 5 DE SUSPENSIÓN No 2 DE JULIO 22 DE 2014

Suspender el Contrato por el término de 45 días, es decir, a partir del 22 de julio de 2014 hasta el cuatro (4) de septiembre de 2014, debido a circunstancias de tipo administrativo, técnico y de contratación de personal.

ACTA No 6 DE REINICIO SUSPENSION No 2 DE SEPTIEMBRE 5 DE 2014

Se reinicia el Contrato, quedando como nueva fecha de terminación el 17 de noviembre de 2014.

PRÓRROGA No 1 DE NOVIEMBRE 14 DE 2014

Se prórroga el plazo del Contrato por el término de 11 meses y 15 días, contados a partir del 18 de noviembre de 2014.

ACTA No 12 DE SUSPENSION No 3 DE ENERO 21 DE 2015

Suspender el Contrato por el término de 17 días, es decir, a partir del 21 de enero de 2015 hasta el seis (6) de febrero de 2015, porque la planta de Inco-Asfaltos, proveedor de la emulsión asfáltica sufrió daños mecánicos.

ACTA No 14 DE AMPLIACION SUSPENSION No 3 DE FEBRERO 6 DE 2015

Se amplió la suspensión por el término de siete (7) días, es decir, a partir del seis (6) de febrero de 2015 hasta el 13 de febrero de 2015, teniendo en cuenta que Inco-Asfaltos empezará a entregar emulsión a partir del trece de febrero de 2015, quedando como fecha de terminación el 25 noviembre de 2015

ACTA No 16 DE REINICIO AMPLIACION SUSPENSION No 3

Se reinicia la ejecución del Contrato por cuanto se superaron los inconvenientes que obligaron a la misma, quedando como nueva fecha de terminación el 25 de noviembre de 2014.

ACTA No 19 DE SUSPENSION No 4 DE MARZO 18 DE 2015

Mediante la cual se solicita la suspensión del Contrato a partir del 18 de marzo de 2015 hasta que el paro nacional de transportadores cese, más tres (3) días mientras se normaliza la situación de transporte en el país y se programe el despacho de material. Resultando solo una suspensión de cinco (5) días calendario.

ACTA No 20 DE REINICIO SUSPENSION No 4 DE MARZO 23 DE 2015

Se reinicia la ejecución del Contrato por cuanto se superaron los inconvenientes que ocasionaron la suspensión, quedando como fecha de terminación el 30 de noviembre de 2015.

Page 30: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

30

CONCEPTO DATOS

ACTA No 27 DE SUSPENSION No 5 DE SEPTIEMBRE 8 DE 2015

Suspender el Contrato por el término de ocho (8) días calendario, a partir del ocho (8) de septiembre de 2015, debido a que “la planta de suministro del proveedor sufrió daños mecánicos no previstos,… razón por la cual el contratista no ha contado con el suministro normal de emulsión”. Resultando solo una suspensión de cuatro (4) días calendario.

ACTA No. 28 DE REINICIO SUSPENSIÓN No. 5 DE SEPTIEMBRE 12 DE 2015

Se reinicia la ejecución del Contrato por cuanto se superó el inconveniente que obligaron a la misma, resultando solo una suspensión de cuatro (4) días calendario, que conllevó a una nueva fecha de terminación el cuatro (4) de diciembre de 2015.

ACTA No. 30 DE SUSPENSIÓN No. 6 DE NOVIEMBRE 19 DE 2015

Suspender el Contrato por el término de siete (7) días a partir del 19 de noviembre de 2015, debido a “el inconveniente sufrido en el suministro de emulsión asfáltica por causas atribuibles a la alteración de la calidad de la emulsión, por parte de la empresa quienes proveen de dicho producto a la Firma Green Patcher Colombia S.A.S según análisis realizado no ha cumplido con el tiempo de rotura adecuado para su producción”. Resultando solo una suspensión de seis (6) días calendario, que conllevó a una nueva fecha de terminación el diez (10) de diciembre de 2015.

ACTA No. 32 ACLARATORIA DE NOVIEMBRE 25 DE 2015

Con el objeto de aclarar el error de forma que se cometió de manera involuntaria en el Acta de Suspensión No 30 del 19 de noviembre de 2015, en el sentido de que el número consecutivo correspondiente es el 31.

ACTA No 33 DE REINICIO SUSPENSION No 6 DE NOVIEMBRE 25 DE 2015

Se reinicia la ejecución del Contrato por cuanto se superó el inconveniente que obligaron a la misma, resultando solo una suspensión de seis (6) días calendario, que conllevó a una nueva fecha de terminación el diez (10) de diciembre de 2015.

ACTA No. 35 ACLARATORIA DE DICIEMBRE 10 DE 2015

Con el objeto de aclarar el error de digitación cometido de manera involuntaria en las Actas No 32 y 33, respecto al mes que registra como Reinicio de Suspensión No. 6.

ACTA No. 37 DE RECIBO FINAL Y TERMINACION DE DICIEMBRE 10 DE 2015

Por medio de la cual se deja constancia de las entregas del Contrato para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas, objeto de este contrato que se han realizado en el periodo entre el 13 de marzo de 2014 al 10 de diciembre de 2015.

CANTIDAD DE METROS CUBICOS CONTRATADOS

15.684 m3 (100%)

Page 31: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

31

CONCEPTO DATOS

CANTIDAD DE METROS CUBICOS INSTALADOS A SATISFACCION POR PARTE DE LA SUPERVISION CON CORTE A DICIEMBRE 10 DE 2015

11.733.815 m3 (74.81%)

CANTIDAD DE METROS CUBICOS SIN INSTALAR CON CORTE A DICIEMBRE 10 DE 2015

3.950,185 m3 (25.19%)

VALOR DEL CONTRATO: $11.822.552.148 (100%)

VALOR Y PORCENTAJE EJECUTADO CON CORTE A DICIEMBRE 10 DE 2015

$8.844.897.166 (74.81%)

VALOR Y PORCENTAJE QUE NO EJECUTO EL CONTRATISTA CON CORTE A DICIEMBRE 10 DE 2015

$2.977.654.982,000 (25.19%)

SUPERVISOR Subdirectora Técnica de Mejoramiento de la Malla Vial – Ruth Mireya Fajardo Cuadrado.

Fuente: Expediente Contractual- UAERMV Oficio 2155 de Abril 16 de 2015.-Correo electrónico de Abril 28 de 2015 Oficio No 0059 de Enero 6 de 2016 Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

Contractualmente estaba establecido que un cuarto equipo entraría a operar el abril de 2015, el cual inició operaciones sólo hasta el 1 de agosto de 2015, es decir cuatro (4) meses después y el quinto equipo nunca entró en operación. En la propuesta presentada por el Contratista el 26 diciembre de 2013, el contratista ofertó cuatro (4) equipos, como se describe a continuación: 5. Equipos Green Patcher: Un total de cuatro equipos Green Patcher con capacidad de

tolva de 5 metros cúbicos capaz de aplicar un estimado de 30 metros cúbicos por día, listo para operación por siete meses (7) a partir de la fecha de firma del Contrato de Obra de Mantenimiento de Reparcheo y Vialidades. Negrilla fuera de texto

El plazo inicial del contrato, se estableció por seis (6) meses a partir de la firma del Acta de inicio, la cual se suscribió el 13 de marzo de 2014. Ahora bien, el 14 de noviembre de 2014, se firma la prórroga No 1 al Contrato, por el término de 11 meses y 15 días, contados a partir del 18 de noviembre de 2014. En el “cronograma de obra” que se establece en la prórroga, se registra que un cuarto equipo se encuentra “en proceso de importación” y entraría a operar en febrero de 2015; y un quinto equipo está “para inicio de proceso de importación”, el cual entraría a operar en abril de 2015. En febrero 18 de 2015, cuando se ajustó por segunda vez el Plan de Trabajo, se estableció que el cuarto y quinto equipo entraría a operar en abril. Sin embargo, en

Page 32: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

32

abril ocho (8) de 2015 se ajusta por tercera vez el Plan de Trabajo, estipulando nuevamente que el cuarto y quinto equipo entraría a operar en abril. Este Órgano de Control mediante el oficio 80100-012 radicado en la Entidad bajo el No 20150116019313 del 6 de noviembre de 2015, solicitó a la UAERMV informara si los equipos No 4 y No 5 habían entrado en operación. La Entidad mediante el oficio No 7329 del 18 de noviembre de 2015 informa que el equipo No 4 entró en operación el 1 de agosto de 2015 y que el quinto equipo no había entrado en operación. Con el fin de verificar el cumplimiento por parte del Contratista respecto a los equipos ofrecidos, el cuatro (4) de enero de 2016 mediante el oficio 80100-028 y radicado bajo el No 2016011600032, nuevamente se solicita se informe si finalmente el contratista Green Patcher Colombia SAS había suministrado el equipo No 5. En enero 6 de 2016, la UAERMV mediante comunicado No 0059 informa:

“El equipo No. 5 propuesto por el contratista no entró a operar, la Entidad generó los respetivos requerimientos a la firma Green Patcher Colombia S.A.S., en los que se solicitó informe del estado de la legalización de importación, ensamble y la fecha de la puesta en operación del equipo No. 5, previa calibración de sus equipos para su adecuado funcionamiento, relacionados en la respuesta del numeral 3, sin embargo, el contratista no suministró respuesta a dichas solicitudes.”

…..

“Es importante señalar que adicional a los requerimientos, la Unidad de Mantenimiento Vial adelantó dos procesos de incumplimiento, toda vez, que al no colocar en operación el quinto equipo, afectó notablemente el plan de trabajo, al no cumplir con los metros cúbicos propuestos para la prórroga del Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013.”

De los hechos descritos anteriormente se concluye que el Contratista puso en operación el equipo No 4 cuatro (4) meses después de lo pactado2 y el equipo No 5 nunca entró a operar, a pesar de los reiterados requerimientos realizados por la Supervisora del Contrato, situación que ocasionó que finalizado el plazo de ejecución del Contrato, no se cumpliera con la instalación de los 15.684 m3 contratados. Cada uno de los tres (3) equipos dispuestos para la ejecución de las obras, salieron de operación por 33 días, debido al vencimiento de las vigencias de las importaciones temporales. La UAERMV mediante el oficio No. 1604 del 24 de marzo de 2015 y No. 2155 del 16 de abril de 2015, informa que los equipos identificados con placas WHR 200 y

2 En abril 8 de 2015 cuando se ajusta por tercera vez el Plan de Trabajo

Page 33: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

33

WHQ 990 salieron de operación e ingresaron a la Zona Franca, debido a que las vigencias de las importaciones temporales se vencían, para lo cual se tenía previsto un trámite de nueve (9) días. Posteriormente, la Entidad mediante el oficio No. 2155 de abril 16 de 2015, informa que el equipo con placa WEW dejó de operar el seis (6) de abril de 2015, para ingresar a la Zona Franca para la renovación de la importación temporal. Ahora bien, la Supervisora del Contrato mediante correo electrónico de abril 28 de 2015, informa que teniendo en cuenta los días reales de producción que establece el contratista en el cronograma aprobado por la Supervisión el 10 de abril del año en curso, los días de operación de los equipos obedecen a 17 días del mes de marzo y a 16 días del mes de abril. Es decir, cada uno de los tres equipos dejó de operar 17 días de marzo y 16 días de abril, para un total de 33 días, como se detalla a continuación:

CUADRO No. 6

CONSOLIDADO DEL TIEMPO QUE NO PERARON LOS EQUIPOS EQUIPO

No PLACA

No FECHA SALIDA DE OPERACION

FECHA ENTRADA EN OPERACIÓN

No DE DIAS QUE NO OPERO EL EQUIPO

1 WEW 920 Abril 6 de 2015 No está operando 17 días del mes de

marzo y 16 días del mes de abril

2 WHR200 Marzo 4 de 2015 20 de abril de 2015 17 días del mes de

marzo y 16 días del mes de abril

3 WHQ 990 Marzo 4 de 2015 20 de abril de 2015 17 días del mes de

marzo y 16 días del mes de abril Fuente: UAERMV –Oficio No 2155 de abril 16 de 2015-Correo electrónico de abril 28 de 2015

Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad.

Durante el proceso auditor PAD 2015 Periodo III, se solicitó3 a la UAERMV informara si los equipos han salido de operación debido al vencimiento de las vigencias de las importaciones temporales, la Entidad mediante el oficio No. 7329 del 18 de noviembre de 2015 informa:

“El Contratista Green Patcher Colombia S.A.S gestionó ante la DIAN la prórroga de importación temporal de los equipos, la cual fue concedida por seis (6) meses más a partir del 14 de octubre de 2015, razón por la cual la operación de los equipos no ha sido afectada por éste aspecto.”

Desde marzo 13 de 2014, fecha en que se inició la ejecución del Contrato No 638 de 2013, el Contrato estuvo suspendido por el término de 103 días. El Contrato ha estado suspendido por el término de 103 días, debido a problemas con los proveedores de la emulsión asfáltica; circunstancias de índole

3 Oficio 80100-012 radicado en la Entidad bajo el No 20150116019313 el 6 de noviembre de 2015

Page 34: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

34

administrativo, técnico y de contratación de personal del Contratista y a la situación de transportes en el país, como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 7 SUSPENSIONES DEL CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA No. 638 DE 2013

SUSPENSION No

ACTA No

FECHA

TIEMPO DE LA

SUSPENSION (DIAS)

TIEMPO AMPLIACION

DE LA SUSPENSION

TIEMPO ACUMULADO SUSPENSION

CAUSA DE LA SUSPENSION

1 2 Abril 15 de

2014 10 10

Problemas con el proveedor de la emulsión asfáltica ya que ésta no cumplía con las especificaciones

N.A 3 Abril 25 de

2014 10 20

Debido al atraso en la producción de emulsión por el cierre de las plantas productoras de materias primas en Semana Santa.

2 5 Julio 22 de

2014 45

65

Debido a circunstancias de índole administrativo, técnico y de contratación de personal.

3 12 Enero 21 de 2015

17

82 Porque la planta de Inco-Asfaltos, proveedor de la emulsión asfáltica sufrió daños mecánicos.

N.A 14 Febrero 6 de 2015

7 89

Porque Inco-Asfaltos empezará a entregar emulsión a partir del 13 de febrero de 2015.

4 19 Marzo 18 de 2015

4 93 Mientras se normaliza la situación de transporte en el país y se programa el despacho de material

5 27 Septiembre 8 de 2015

4 97

Debido a que “la planta de suministro del proveedor sufrió daños mecánicos no previstos,… razón por la cual el contratista no ha contado con el suministro normal de emulsión”

6 30 Noviembre

19 der 2015

6 103

Debido a “el inconveniente sufrido en el suministro de emulsión asfáltica por causas atribuibles a la alteración de la calidad de la emulsión, por parte de la empresa quienes proveen de dicho producto a la Firma Green Patcher Colombia S.A.S según análisis realizado no ha cumplido con el tiempo de rotura adecuado para su producción”

TOTAL 86 17

Fuente: UAERMV-Acta No 37 de Recibo Final y Terminación de Diciembre 11 de 2015 Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad.

Del anterior cuadro, se puede establecer que el Contrato ha estado suspendido por 103 días, tiempo que equivale al 57,22 % de los 180 días del plazo inicial previsto, lo que ha generado sistemáticas demoras en la intervención de los baches de la malla vial, los cuales son causantes de accidentes, daños en las viviendas, gastos adicionales en el mantenimiento de los vehículos, demoras en los tiempos de viaje y la aceleración en el deterioro de la estructura vial, según lo establecido en los Estudios Previos elaborados por la UAERMV.

Page 35: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

35

El Plan de Trabajo presentado por el Contratista fue ajustado seis (6) veces, con ocasión de las suspensiones del Contrato. En marzo 26 de 2014, el Contratista Green Patcher Colombia S.A.S hizo entrega del Plan de Trabajo. Debido a la suspensión del Contrato por diez (10) días4, la cual fue por otros (10) diez más5, la Entidad le solicitó al Contratista 6 el ajuste de la programación del Plan de Trabajo. Teniendo en cuenta que el Contratista no dio respuesta a las comunicaciones, la Supervisora del Contrato emitió un Informe Técnico a la Oficina Asesora Jurídica, el 9 de julio de 2014 se profirió el acto administrativo por medio del cual se declaró el incumplimiento parcial del Contrato, donde se establece entre otros aspectos “no hay plan de trabajo vigente toda vez que no cumple con lo exigido por la entidad” En septiembre 4 de 2014, el Contratista presenta un segundo Plan de Trabajo con ocasión de la suspensión de 45 días7, cuando ya se habían instalado 194.19 m3 de mezcla asfáltica. En febrero 18 de 2015, como consecuencia de la ampliación de la suspensión por un término de siete (7) días8, cuando ya se habían instalado 1.958 m3 de mezcla asfáltica, Green Patcher Colombia S.A.S presenta un tercer Plan de Trabajo. En abril 8 de 2015, como consecuencia de la ampliación de la suspensión por un término de cuatro (4) días9, cuando ya se habían instalado 1.958 m3 al 20 de enero de 2015, Green Patcher Colombia S.A.S presenta un cuarto Plan de Trabajo, El 6 de octubre y 27 de noviembre de 2015, el Contratista presenta el ajuste No 5 y 6 al Plan de Trabajo respectivamente, como se detalla en el siguiente cuadro:

4 Acta No 2 de abril 15 de 2014 5 Acta No 3 de abril 25 de 2014 6 Oficio UMV 2442 del 30 de abril ,2687 del 3 de mayo y 2848 del 22 de mayo de 2014. 7 Acta No 5 de julio 22 de 2014 8 Acta No 14 de febrero 6 de 2015 9 Acta No 19 de marzo 18 de 2015

Page 36: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

36

CUADRO No. 8 RELACION DE LOS AJUSTES A LOS PLANES DE TRABAJOS PRESENTADOS DESDE

MARZO DE 2014 A NOVIEMBRE DE 2015

Fuente: UAERMV-Oficio 2155 de Abril 16 de 2015, Oficio No. 7329 de noviembre 18 de 2015 y Oficio No. 0059 de enero 6 de 2016 Elaboro: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad.

Del cuadro anterior, se puede concluir que con cada ajuste que se realiza al plan de trabajo, se aumenta la cantidad de metros cúbico-m3 a instalar mensualmente. Con el último ajuste realizado al Plan de Trabajo, se tiene previsto instalar 2.170 m3 de mezcla asfáltica en octubre de 2015, meta que está demasiado alta al compararse con los rendimientos históricos registrados mensualmente, teniendo en cuenta que la mayor cantidad de metros cúbicos que instaló durante la ejecución del Contrato fue de 1.759.753 m3 en un octubre de 2015, como se registra en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 9 RELACION DE LOS METROS CUBICOS INSTALADOS MENSUALMENTE POR EQUIPO –

CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA No 638 DE 2013

AÑO

MES

PROMEDIO METROS CÚBICOS INSTALADOS MENSUALMENTE POR EQUIPO TOTAL

MENSUAL EQUIPO No.

1 2 3 4

2014

MARZO 48.508 48.508

ABRIL 17.335 17.335

MAYO 121.561 121.561

JUNIO 6.791 6.791

SEPTIEMBRE 21.369 139.934 104.948 266.251

OCTUBRE 35.030 177.420 184.638 397.088

NOVIEMBRE 50.181 143.633 181.713 375.527

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

No aplicaNo 20140116004440

de Marzo 26 de 2014No aplica

Marzo 13 a

Octubre 2 de

2014

m3 540,00 420,00 2.504,08 3.004,90 3.004,90 3.004,90 200,33 No aplica No aplica No aplica 12.679,11

1

No 20140116014974

de Septiembre 4 de

2014

194.19 a

septiembre 5

de 2014

Septiembre 5 a

Noviembre 17

de 2014

m3 421,53 6.078,09 8.990,19 No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica No aplica 15.489,81

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept Octubre Nov

345 1012 1150 1610 1610 1610 1610 1610 1725 1444 13.726,00

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept Octubre Nov

345 588 1150 1610 1610 1610 1725 1725 1785 1605 13.753,00

Abril Mayo Junio Julio Agosto Sept Octubre Nov Dic

336 1092 1512 1568 1960 2030 2170 2228.5 12.897

5

No. 20150116017088

del 06 de octubre de

2015

2787.5 a

Marzo 31 de

2015

Septiembre 12

de 2015 a

Diciembre 04

de 2015

m3 336 1092 1512 1568 1960 1750 2170 2228.5 280 12.897

6

UAERMV No

20150116021122 del

27 de noviembre de

2015

2787.5 a

Marzo 31 de

2015

Septiembre a

Diciembre de

2015

m3 1750 2170 1808,5 700 12.897

2787.5 a

Marzo 31 de

2015

Mayo 01 de

2015 a

Noviembre 30

de 2015

m34

No. 20150116006593

del 04 de mayo de

2015

No 20150116005130

de Abril 8 de 2015

1958 a enero

20 de 2015

Febrero 6 a

Noviembre 30

de 2015

m3

AJUSTE

No

2

3

DOCUMENTO

RADICACION PLAN

DE TRABAJO

CANTIDAD DE

M3

INSTALADOS

No 20150116002323

de Febrero 18 de

2015

1958 a enero

20 de 2015

PERIODO

INSTALACION

Febrero 6 a

Noviembre 25

de 2015

UND TOTAL

m3

MES

Page 37: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

37

AÑO

MES

PROMEDIO METROS CÚBICOS INSTALADOS MENSUALMENTE POR EQUIPO TOTAL

MENSUAL EQUIPO No.

1 2 3 4

DICIEMBRE 104.251 140.295 183.289 427.835

2015

ENERO 102.606 90.598 104.090 297.294

FEBRERO 162.191 176.730 168.090 507.011

MARZO 322.298 322.298

ABRIL 85.329 133.978 154.726 374.033

MAYO 327.749 415.456 455.963 1,199.168

JUNIO 206.840 278.249 280.573 765.662

JULIO 355.775 384.264 443.159 1,183.198

AGOSTO 377.290 332.472 429.191 338.896 1,477.849

SEPTIEMBRE 407.252 221.830 207.821 286.843 1,123.746

OCTUBRE 525.193 443.822 541.774 248.964 1,759.753

NOVIEMBRE 383.833 319.803 300.854 1,004.490

DICIEMBRE 98.264 89.652 64.696 252.612

TOTAL 3,759.646 3,488.136 3,805.525 874.703 11,928.010

Fuente: Oficio No. 0059 de enero 6 de 2016

El contratista instaló a satisfacción 11.733,815 m3 (74.81 %) de los 15.684 m3 de mezcla asfáltica contratada, con corte a diciembre 10 de 2015, fecha en que se terminó el plazo del Contrato.

De acuerdo a lo manifestado por la Entidad mediante el comunicado No 0059 del 6 de enero de 2016, el Contratista instaló 11.928 m3 (76.05%), de los cuales fueron recibidos a satisfacción 11.733 m3 (74.81%), como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 10

AVANCE CONTRATO No 638 DE 2013 A DICIEMBRE 10 DE 2015

CONSOLIDACIÓN DE APLICACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA POR INYECCIÓN A PRESIÓN NEUMÁTICA CONTRATO No. 638 DE 2013

ETAPA MES ÁREA M2 VOLUMEN M3 No. PARCHES No. CIV COSTO

1 ETAPA

MARZO 912,76 48,508 322 60 NO APLICA *

ABRIL 358,43 17,335 89 23 NO APLICA *

MAYO 2.411,82 121,561 333 81 NO APLICA *

JUNIO 185,58 6,791 28 7 NO APLICA *

SUBTOTAL 3.868,58 194,195 772 171 $0

2 ETAPA SEPTIEMBRE 3.697,16 266,251 1.194 157 $200.698.142

OCTUBRE 6.143,68 397,088 1.535 184 $299.324.790

Page 38: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

38

CONSOLIDACIÓN DE APLICACIÓN DE MEZCLA ASFÁLTICA POR INYECCIÓN A PRESIÓN NEUMÁTICA CONTRATO No. 638 DE 2013

ETAPA MES ÁREA M2 VOLUMEN M3 No. PARCHES No. CIV COSTO

NOVIEMBRE 4.940,53 375,527 1.414 192 $283.072.952

DICIEMBRE 5.417,96 427,835 1.604 228 $322.496.475

ENERO 4.234,85 297,294 989 121 $224.095.965

FEBRERO 9.266,58 507,011 1.374 180 $382.182.029

MARZO 5.235,58 322,298 1.295 159 $242.948.399

ABRIL 5.836,00 374,033 1.012 89 $281.942.258

MAYO 23.293,24 1.199,168 3.636 399 $903.929.357

JUNIO 15.122,10 765,662 2.305 197 $577.151.323

JULIO 23.262,69 1.183,198 4.625 446 $891.891.238

AGOSTO 32.178,33 1.477,849 6.099 523 $1.113.997.182

SEPTIEMBRE 28.677,32 1.123,746 3.811 360 $847.078.075

OCTUBRE 45.808,99 1.759,753 5.126 521 $1.326.492.229

NOVIEMBRE 27.298,92 1.004,490 2.529 267 $757.180.384

DICIEMBRE 7.092,00 252,612 571 72 $190.416.368

SUBTOTAL 247.505,94 11.733,815 39.119 4.095 $8.844.897.166

TOTAL 251.374,52 11.928,010 39.891 4.266 $8.844.897.166

Fecha de corte con formatos: 10 de Diciembre de 2015

PORCENTAJE DE AVANCE (%) 76,05%

Fuente: UAEMRV-Oficio No. 0059 de enero 6 de 2016.

Por otra parte, del anterior cuadro anterior se puede concluir que los 194,19 m3 instalados en la primera etapa (entre el 13 de marzo y 2 de junio de 2014) no fueron recibidos ni pagados por la Entidad. El no pago de los 194,195 m3 obedeció a que el contratista no había presentado la fórmula de trabajo de la mezcla asfáltica, “indispensable para establecer un marco teórico de verificación y así determinar la calidad de los trabajos realizados bajos las especificaciones técnicas establecidas en el contrato”10, lo que ocasionó que la UAERMV no pudiera verificar la calidad de la mezcla inyectada. Es importante precisar que hasta el 1 de septiembre de 2014, es decir, después de cinco meses y medio de haberse iniciado la ejecución del Contrato, GREEN

10 Oficio de Agosto 13 de 2014de la Subdirección Técnica de Mejoramiento de la Malla Vial Local al Gerente de Operaciones de Green Patcher.

Page 39: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

39

PATCHER hace entrega de la fórmula mediante el oficio radicado UMV No 20140116014691 Durante el proceso auditor del Plan de Auditoria Distrital-PAD 2015 Periodo III, se solicitó a la UAERMV mediante el oficio 80100-028 y radicado UMV 20160116000032 del día 4 de enero de 2016, informara las acciones adelantadas por la Entidad frente al incumplimiento del alcance del contrato. La Entidad mediante el comunicado No. 0059 de enero 6 de 2016, al respecto manifiesta: “Una vez finalizado el Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, el 10 de diciembre de 2015, y de conformidad con las funciones de la Supervisión, se procedió de manera inmediata a realizar el análisis final de la ejecución del contrato, respecto de la aplicación de la mezcla inyectada frente al volumen de inyección contratado, observando que de los 15.684 metros cúbicos correspondientes al 100% del volumen contractual, se aplicaron y recibieron a satisfacción por parte de la Supervisión 11.733,81 m3, equivalentes al 74.81%, concluyendo que el contratista dejó de aplicar 3.950 m3. En consecuencia, la Supervisión determinó que la inyección de 15.684 metros cúbicos, no se cumplió en su totalidad correspondiente al valor total del contrato, $11.822.552.148, toda vez, que se dejó de inyectar 3,950 metros cúbicos de mezcla asfáltica, que equivalen a $2.977.490.250. Motivo por el cual, se solicitó a la Secretaría General de la Entidad, que dentro de su competencia iniciara las acciones jurídicas pertinentes, respecto del posible incumplimiento de conformidad con la CLÁUSULA DECIMA TERCERA – CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA Y MULTAS, numeral 1, del contrato, que a la letra reza: “Si el incumplimiento es total y/o parcial, siempre que sea sustancial, el contratista pagará a título de cláusula penal pecuniaria una suma equivalente al 10% del valor del contrato”, para lo cual se citó al contratista para que en audiencia y previo agotamiento de las etapas propias del debido proceso, ejerciera su derecho de defensa y contradicción, suspendida la audiencia para el día 19 de enero de 2016, por solicitud del contratista. Así mismo, es pertinente resaltar, los actos administrativos que han sido emanados por la Entidad respecto de los incumplimientos parciales que presentó el contratista en la ejecución del contrato, los cuales se resumen así:

Resolución No. 296 del 9 de julio de 2014 en la que se impone multa por la suma de $650.240.368.oo de Pesos M/cte., de conformidad con la Cláusula décima tercera del Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, la cual se confirma por medio de la Resolución 319 del 18 del mismo mes y año en sede de reposición.

Resolución sancionatoria No. 366 del 16 de julio de 2015 en la que se multa a la empresa contratista por valor de $ 82.757.864, que posteriormente en la resolución 391 del mismo mes y año, se confirma mediante el Acto Administrativo que desatara el recurso de reposición interpuesto.

Page 40: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

40

Resolución No. 600 del 4 de noviembre de 2015, mediante la cual se impone multa

por la suma de $212.805.936.oo de Pesos M/cte., debido al incumplimiento del rendimiento propuesto en el plan de trabajo, la cual se confirma por medio de la Resolución No. 722 del 27 del mismo mes y año, resolviendo el recurso de reposición.

Es decir, que finalizado el contrato, Green Patcher se impusieron tres (3) multas, por valor de $945.804.168,00; suma que equivale al 8% del valor del Contrato ($11.822.552.148). Durante el proceso auditor, se pudo verificar el pago de las sanciones impuestas al Contratista así: El 24 de diciembre de 2014 Seguros La Equidad OC-Green Patcher, consignó en la Cuenta corriente de Davivienda No 006069998455 de la UAERM, la suma de $692.623.378 por concepto de la sanción impuesta mediante la Resolución No 296 de julio d e2014. El 25 de septiembre de 2015 el Contratista Green Patcher de Colombia S.A.S., consignó en la Cuenta corriente de Davivienda No 006069998455 de la UAERM, la suma de $82.757.864 por concepto de la sanción impuesta mediante la Resolución No 336 de julio 16 de 2014. Con respecto a la multa de $212.805.936, se informa por parte de la Jefe de la Asesora Jurídica de la Entidad, que agotó la etapa de cobro persuasivo realizado mediante los requerimientos No 8257 de diciembre 30 de 2015 y No. 0078 de enero 6 de 2016 y se inicia la etapa de cobro coactivo. Por otra parte, la Entidad mediante el comunicado No. 0059 de enero 6 de 2016 respecto a la liquidación del Contrato informa:

“El Contrato de Ciencia y Tecnología No. 638 de 2013, finalizó el día 10 de diciembre de 2015 y actualmente se encuentra en proceso de liquidación, en espera del desarrollo del procedimiento administrativo sancionatorio, por el posible incumplimiento del contratista GREEN PACHER COLOMBIA SAS., el cual se encuentra en curso en la Entidad.”

Durante la ejecución del Contrato no se intervinieron las Localidades de Santa Fe, San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Bosa, Candelaria, Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar, es decir ocho (8) de las 19 Localidades (exceptuando Sumapaz) Durante la auditoria, se pudo observar que en el documento denominado “Viabilidad Técnica de Planeación para la ejecución de los recursos de proyectos de inversión” (página 8 de 20), se establece:

Page 41: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

41

“De los deterioros que mayor impacto generan dentro de la malla vial, se encuentran los que se definen comúnmente como huecos o baches. La malla vial de la ciudad está conformada por 114.296 segmentos de los cuales el 65.148 corresponden a la malla vial local y de estos 24.757 se encuentran en buen o regular estado; la malla vial arterial e intermedia son 49.147 segmentos que presentan un 70% en regular o buen estado lo que equivale a 34.403 segmentos, para un total de 59.106 segmentos que presentan aproximadamente 4 huecos cada uno, que requieren atención inmediata para mantener el buen estado de dichas vías Estos deterioros son considerados por la ciudadanía como los causantes de accidentes, daños en las viviendas, del vecindario, gastos adicionales en mantenimiento de sus vehículos y demoras en los tiempos de viaje. Por los técnicos son conocidos adicionalmente por el efecto acelerado que generan en el deterior de la estructura vial y por tanto en el patrimonio del Distrito. La gran mayoría de estos deterioros no han podido ser atendidos inmediatamente por la entidad. …… Se planea intervenir los huecos o baches correspondientes a la malla vial de la ciudad que se encuentran en regular o buen estado”. Negrilla fuera de texto. Con el fin de establecer la cobertura que tuvo la ejecución del Contrato en la malla vial local de la ciudad, donde 24.757 segmentos viales de la malla vial local se encuentran en regular o buen estado, se solicitó a la UAERMV informara las Localidades que habían sido intervenidas11. Al respecto, la UAERMV indica la ejecución realizada en las diferentes Localidades, como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 11 RELACION DE LOCALIDADES INTERVENIDAS BAJO LA EJECUCION DEL

CONTRATO No 638 DE 2013 LOCALIDAD

No. NOMBRE

LOCALIDAD ÁREA (M2)

VOLUMEN (M3)

No. DE PARCHES

No. DE CIV

COSTO

1 Usaquén 9.884,11 665,271 346 2.734 $501.477.865

2 Chapinero 5.495,91 420,151 220 1.575 $316.707.389

3 Santa Fe 0,00 0,000 0 0 $0

4 San Cristóbal 0,00 0,000 0 0 $0

5 Usme 0,00 0,000 0 0 $0

6 Tunjuelito 0,00 0,000 0 0 $0

7 Bosa 0,00 0,000 0 0 $0

11 Oficio No 800-100-028 y radicado UMV 20160116000032 de enero 4 de 2016.

Page 42: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

42

LOCALIDAD No.

NOMBRE LOCALIDAD

ÁREA (M2)

VOLUMEN (M3)

No. DE PARCHES

No. DE CIV

COSTO

8 Kennedy 37.548,38 1.910,444 656 6.926 $1.440.082.030

9 Fontibón 25.206,48 915,924 255 4.800 $690.419.663

10 Engativá 46.038,14 1.758,557 521 2.528 $1.325.598.324

11 Suba 44.147,34 1.746,305 528 5.897 $1.316.361.493

12 Barrios Unidos 10.189,81 738,564 352 2.619 $556.723.574

13 Teusaquillo 15.009,01 859,753 347 2.819 $648.076.111

14 Mártires 13.650,00 605,363 219 2.706 $456.317.947

15 Antonio Nariño 6.083,61 298,820 124 1.245 $225.249.321

16 Puente Aranda 34.253,16 1.814,663 527 5.270 $1.367.883.449

17 Candelaria 0,00 0,000 0 0 $0

18 Rafael Uribe Uribe 0,00 0,000 0 0 $0

19 Ciudad Bolívar 0,00 0,000 0 0 $0

TOTAL 247.505,94 11.733,82 4.095 39.119 $8.844.897.166

Fuente: Oficio UMV 0059 de enero 6 de 2016.

Del cuadro anterior se puede concluir que a pesar de haberse ampliado el plazo del contrato en 11 meses y 15 días, no se intervinieron ocho (8) localidades del Distrito Capital, entre ellas las que presentan el peor estado de la malla vial local, como ocurre con la Localidad de Usme, que presenta el 75% de su malla vial local en mal estado, San Cristóbal, con el 68% y Bosa y Rafael Uribe Uribe con el 60%, como se muestra a continuación:

CUADRO No. 12

ESTADO DE LA MALLA VIAL LOCAL

LOCALIDAD SIN INTERVENIR

KM-CARRIL VIA LOCAL

% MAL ESTADO

Santa Fe 145,75 48%

San Cristóbal 476,77 68%

Usme 460,71 75%

Tunjuelito 184,44 53%

Bosa 578,19 60%

Candelaria 29,40 44%

Rafael Uribe Uribe 458,68 60%

Ciudad Bolívar 809,47 58%

TOTAL 3.143,41

Fuente: Instituto de Desarrollo Urbano – Inventario del estado de la Malla Vial a 30 de junio de 2015.

Page 43: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

43

De acuerdo a la información registrada en el cuadro anterior, se tiene que de las vías locales de las ocho (8) localidades sin intervención corresponde a 3.143,41 kilómetros-carril, esto es el 37.9% del total de la malla vial local del Distrito Capital, que es de 8.286,00 Km-Carril. Visita de Obra Con el objeto de verificar el estado en que se encuentran los trabajos de parcheo ejecutados hasta diciembre de 2015, el equipo auditor realizó visita de obra a la Localidad de Suba el día 12 de diciembre de 2015 y a las Localidades de Teusaquillo, Los Mártires, Antonio Nariño, Kennedy y Puente Aranda el día 23 de diciembre del 2015, en compañía del ingeniero de apoyo a la Supervisión del Contrato por parte de la UAERMV. En el siguiente registro fotográfico, se describen y muestran diferentes sectores de las obras.

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 2

VISTA DE OBRA CONTRATO DE CIENCIA Y TECNOLOGIA No 638-2013

LOCALIDAD DE SUBA

Foto 1. CIV 50007329. Carrera 80 entre calles 152 y 147. Parches de ancho superior a la mitad de la calzada vehicular, sin observaciones. Fecha de Intervención 24/09/2015.

Foto 2. CIV 11005656. Calle 146 entre carreras 84ª y 84. Parche sin observaciones. Fecha de Intervención 24/09/2015.

LOCALIDAD DE TEUSAQUILLO

Page 44: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

44

Foto 3. CIV 13002378. Av. Carrera 28 entre calles 34 y 35, frente a placa AK 28 – AC 34. Parches con hundimiento. Fecha de Intervención 9/03/2015.

Foto 4. CIV 13002124. Av. Carrera 28 entre calles 36 y 37. Parches sin observaciones. Fecha de Intervención 9/03/2015.

LOCALIDAD DE LOS MÁRTIRES

Foto 5. CIV 14001683. Calle 2 entre carreras 23 y 23 A. Parches sin observaciones. Fecha de Intervención 22/08/2015.

Foto 6. CIV 14001392. Calle 2 entre carreras 20ª y 21. Parches sin observaciones. Fecha de Intervención 21/08/2015.

LOCALIDAD ANTONIO NARIÑO

Page 45: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

45

Foto 7. CIV 15000519. Carrera 29 entre calles 26 sur y 27 sur. Parche frente a placa 26-69S, con desprendimiento de material, severidad baja (L). Fecha de Intervención 19/08/2015.

Foto 8. CIV 15000440. Calle 27 sur entre carreras 30 y 31. Parches frente a placa 29ª-09, con contraflecha pronunciada. Fecha de Intervención 19/08/2015.

LOCALIDAD DE KENNEDY

Foto 9. CIV 8004174. Calle 8 entre carreras 69 y 69ª. Parche frente a placa calle 8 69ª, con desprendimiento de material, severidad media (M). Fecha de Intervención 20/06/2015.

Foto 10. CIV 8003982. Carrera 69D entre calles 8 y 8A. Parches frente a placa 8-47, desprendimiento de material, severidad baja (L). Fecha de Intervención 21/06/2015.

LOCALIDAD DE PUENTE ARANDA

Page 46: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

46

Foto 11. CIV 16004489. Carrera 66ª entre calles 9a y 10. Parches sin observaciones. Fecha de Intervención 22/04/2015.

Foto 12. CIV 16000250. Carrera 65 entre calles 9ª y 10. Parches sin observaciones. Fecha de Intervención 22/04/2015.

Fuente: Visitas de Obra

Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad.

Durante las visitas se inspeccionaron 614 parches localizados en 53 segmentos viales ubicados en seis (6) localidades, las cuales fueron intervenidas en diferentes meses del año 2015 como se detalla a continuación: Teusaquillo en marzo, Puente Aranda en abril, Kennedy en junio, Antonio Nariño y Mártires en agosto y Suba en septiembre. En la visita, las intervenciones ejecutadas en las Localidades de Suba, Mártires y Puente Aranda, no se encontraron observaciones, encontrándose los parcheos dados al tráfico, en condiciones de normalidad. En la Localidad de Teusaquillo, en el corredor vial revisado, se encontró un parche con hundimiento, en la intersección de la carrera AK 28 con la AC 34. El resto de parches presentan un adecuado comportamiento, a pesar del alto flujo vehicular que se observa en el sector. No obstante, algunas de las intervenciones de la Localidad de Antonio Nariño, presentan desprendimientos y contraflechas y las intervenciones de la Localidad de Kennedy, mostraron un mayor deterioro, pues de los 15 CIV revisados, se encontraron observaciones en nueve (9) de ellos, siendo el desprendimiento de material el más recurrente, seguido de desgaste en los parches y uno donde no se intervino en su totalidad el hueco, dejando una parte sin intervenir. Llama la atención que las intervenciones realizadas en la Localidad de Kennedy entre el 22 de junio y el 2 de julio de 2015, es decir, a escasos seis (6) meses de haberse inyectado la mezcla asfáltica, presenten problemas de desgaste y

Page 47: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

47

desprendimiento de material, fallas que de no subsanarse por parte del Contratista podrían convertirse en un detrimento patrimonial. En el siguiente cuadro se muestra el resumen de los segmentos viales intervenidos y visitados por el equipo auditor:

CUADRO No. 13 RELACION DE SEGMENTOS VIALES REVISADOS DURANTE LA VISITA DE OBRA

CONTRATO No 638 DE 2013 FECHA

INTERVENCIÓN LOCALIDAD

No. CIV

No. PARCHES

AREA (M2)

VOLUMEN (M3)

OBSERVACIONES

8 al 9 marzo de 2015

Teusaquillo 10 169 460,72 24,688 Sin observaciones

23 al 25 septiembre de

2015 Suba 11 118 1085,7 41,628 Sin observaciones

21 al 23 agosto de 2015

Los Mártires 6 46 279,16 11,427 Sin observaciones

19 de agosto de 2015

Antonio Nariño

5 48 150,09 7,231 1 parche con contraflecha, 1 parche con desprendimiento

de material, severidad baja (L)

20-junio al 2 julio de 2015

Kennedy 15 87 639,93 30,7

2 parches con desgaste, severidad baja, 7 parches con desprendimiento, severidad

media (1) y baja (6), 1 intervención dejando huecos

adyacentes.

22 al 27 abril de 2015

Puente Aranda

6 146 755,13 39,354 Sin observaciones

TOTAL 53 614 3370,77 155,03 Fuente: Visita de Obra Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad.

De acuerdo a los datos suministrados por la UAERMV, se establece, que en promedio se tienen que por CIV se usan 2.92 metros cúbicos de mezcla, así mismo, por parche se usa un promedio de 0.25 metros cúbicos. Durante la auditoria se pudo establecer que la Entidad ha realizado seguimientos a los parches ejecutados antes de entregar la fórmula de trabajo y a los parches facturados y pagados así: Antes de la fórmula de trabajo se revisaron 727 parches a los cuales la Supervisión hizo diez (10) seguimientos, seleccionándose una cantidad diferente de parches en cada revisión. Al inicio, 578 parches presentaban observaciones y 149 buen comportamiento, en el último seguimiento reportado se seleccionaron 216 parches de los cuales 213 presentan observaciones y tres (3) presentan buen comportamiento.

Page 48: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

48

Por otra parte, se realizaron diez (10) seguimientos a los 16.358 parches ejecutados y pagados entre septiembre de 2014 y junio de 2015, encontrándose que 16.053 parches presentan buen comportamiento y 305 tienen observaciones. Es decir, el 1.86 % presentan algún tipo de observación. Posteriormente la Supervisión seleccionó ejes viales con el fin de hacer revisiones, se realizaron diez (10) seguimientos, donde a un total de 1230 parches inspeccionados, se encontraron en buen estado 1.176 y 54 presentan observaciones. Es decir, el 4.39 % presentan algún tipo de observación, en este tipo de seguimiento, es decir a ejes viales. Durante el proceso auditor se solicitó a la Entidad mediante el oficio 80100-012 de noviembre 6 de 2015, informar la cantidad de parches reparados por el Contratista en los siguientes términos: “De los parches que presentan observaciones, indicar con corte a 31 de octubre de 2014, cuantos han sido intervenidos nuevamente por el Contratista para subsanar las observaciones encontradas por la Entidad.”

La UAERMV mediante el Oficio UMV No 7329 del 18 de noviembre de 2015 informa: “El Contratista ha venido realizando el cambio de mezcla de acuerdo al avance de los seguimientos que se hacen en los periodos que se ejecutaron después de la entrega de la Fórmula de Trabajo. En el siguiente cuadro se presenta la relación de los CIV intervenidos nuevamente para el cambio de mezcla ….. El resumen del cuadro de intervención de CIV para cambio de mezcla se presenta a continuación:”

INTERVENCIÓN DE CIV PARA CAMBIO DE MEZCLA

AÑO PERIODO DE

SEGUIMIENTO

No. DE CIV CON

OBSERVACIÓN INTERVENIDO

CANTIDAD DE PARCHES

INTERVENIDOS POR CIV

2014

Septiembre 5 8

Octubre 9 14

Noviembre 23 64

Diciembre 1 a 8 10 26

Diciembre 9 a 31

3 4

SUBTOTAL 50 116

2015

Enero 1 3

Febrero 33 38

Marzo 9 12

Page 49: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

49

INTERVENCIÓN DE CIV PARA CAMBIO DE MEZCLA

AÑO PERIODO DE

SEGUIMIENTO

No. DE CIV CON

OBSERVACIÓN INTERVENIDO

CANTIDAD DE PARCHES

INTERVENIDOS POR CIV

Abril 3 5

Mayo 35 70

SUBTOTAL 81 128

TOTAL 131 244

Fuente: Oficio UMV No 7329 del 18 de noviembre de 2015

De acuerdo a lo registrado en el anterior cuadro, se concluye que el Contratista ha reparado 360 parches. Es de anotar, que de acuerdo a los seguimientos que realiza la Supervisión del Contrato, se determinará por parte de la Entidad si se requieren hacer nuevas reparaciones a los parches intervenidos durante la ejecución del Contrato. Teniendo en cuenta las situaciones evidenciadas en el presente proceso auditor, este Órgano de Control seguirá realizando un seguimiento al cumplimiento de las normas técnicas aplicables a este tipo de intervenciones y a la liquidación del Contrato No 638 de 2013. La Entidad en la respuesta dada al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño

Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá

mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-

25, informa:

“la UAERMV ha solicitado al Contratista mediante oficio el cambio de mezcla inyectada

de los parches que tuvieron observaciones dentro de la vista de verificación del estado de

los parches ejecutados hasta diciembre de 2015 realizada por la Contraloría, a lo cual el

Contratista realizó dicha actividad los días 15 y 16 de enero de 2016, lo cual se muestra

en parte en las siguientes fotografías y en el CD anexo”.

En el registro fotográfico anexo se observan las intervenciones realizadas en las

Localidades de Teusaquillo, Antonio Nariño y Kennedy. Por otra parte se informa:

“De acuerdo a lo anterior, la UAERMV realizó seguimiento el día 18 de enero de 2016 a

las reparaciones hechas por el Contratista a los parches que tuvieron observaciones de

la Contraloría en visita de diciembre de 2015, encontrándose la mezcla en buenas

condiciones sin presentar daño alguno y dentro de las áreas requeridas.”

En la evaluación realizada a este Contrato, se evidenció la siguiente observación:

Page 50: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

50

3.2.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal y disciplinaria, en cuantía de $983.865.512, por el pago del impuesto del 16% de IVA en un contrato de ciencia y tecnología, lo cual constituye una erogación injustificada, antieconómica e ineficiente ya que el contrato celebrado realmente fue de obra pública, y el procedimiento precontractual es una licitación pública donde no hay lugar a cancelar el referido impuesto. La Contraloría de Bogotá desde febrero de 2014, conceptuó que el Contrato No 638 de 2013, no es un Contrato de Ciencia y Tecnología sino un Contrato de Obra Pública, teniendo en cuenta los argumentos expuestos en la Función de Advertencia 10000-03764 de febrero 25 de 2014, que textualmente dice: “Conforme lo conoció esta Contraloría, con fecha 27 de diciembre de 2013, la UAERMV suscribió con la sociedad Green Patcher Colombia S.A.S., el Contrato 638, el que conforme a la CLAUSULA PRIMERA, tiene por objeto: “(…)EL CONTRATISTA se obliga para con la UAERMV a “APLICAR LA TECNOLOGIA DE PARCHEO POR INYECCION A PRESION NEUMATICA PARA ACCIONES DE MOVILIDAD EN LA MALLA VIAL DE LA CIUDAD DE BOGOTA D.C.”, de conformidad con los estudios previos y la propuesta presentada, documentos que forman parte integral del presente contrato.” (Subrayado fuera de texto). Contrato que tiene un plazo de ejecución de seis meses y un valor de $11.800 millones. Examinado el contenido y alcance tanto del objeto como de las obligaciones del contratista, previstas en las CLÁUSULAS PRIMERA Y SEGUNDA, se tiene que en criterio de esta Contraloría, el referido contrato no es de ciencia y tecnología, sino de obra pública, conforme lo previsto en el artículo 32 de la Ley 80 de 1993, que de manera expresa señala: “Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago”. (Negrillas, cursivas y subrayas fuera de texto). No hay duda que en el caso que nos ocupa, la actividad de reparcheo objeto del contrato, alude específicamente al mantenimiento de las vías, lo que implica en la práctica la ejecución de un trabajo material como lo señala la norma en cita. Prueba que se trata de un contrato de obra y no de ciencia y tecnología, es la forma de pago contractualmente pactada en el PARAGRAFO SEGUNDO de la CLAUSULA SEXTA-DESEMBOLSO, en la cual se estipuló: “PAGO DEL VALOR

Page 51: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

51

DEL CONTRATO: La UAERMV pagará al CONTRATISTA el valor de este contrato de acuerdo con la aplicación de mezcla asfáltica fría por m3 compactado.” Lo anterior, como quiera que la unidad determinada para el pago al contratista hace referencia a una medida de volumen como lo es el m3; tan cierto es que en la propuesta presentada por el mismo alude precisamente a los siguientes tres ítems:

1. Tipo de la Obra Pública: “Contrato de Obra a Precios Unitarios y Tiempo Determinado para la prestación de servicios de mantenimiento y reparcheo de calles, avenidas, carreteras de la Municipalidad de Bogotá, D.C…”

3. Volumen de la Obra. “Aplicación de 15.684 metros cúbicos de mezcla asfáltica en frío aplicada por presión neumática en las calles y avenidas, principales, secundarias y terciarias de la Municipalidad de Bogotá, D.C.”

4. Precio Unitario por Metro Cúbico: “Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Veinticuatro Pesos ($649,824) por metro cúbico… ”

Ítems, que refieren que el tipo de contrato no es otro que el de obra pública, a precios unitarios, dado que conforme lo señala la propuesta presentada, es responsabilidad del contratista realizar actividades para la prestación de servicios de mantenimiento y reparcheo de calles, avenidas, carreteras de la ciudad de Bogotá, D.C.; propuesta que hace parte del contrato, conforme expresamente lo establece la CLÁUSULA PRIMERA del mismo. En igual sentido, aluden los “ESTUDIOS PREVIOS CONTRATACIÓN DIRECTA”, los cuales en el numeral 2.1.1, relativo a las Especificaciones técnicas aplicables, se hace alusión a una de las actividades del mantenimiento de vías, cuando allí se señala: “(…) Realizar parcheo por inyección a presión neumática…” (Subrayado fuera de texto); actividad ésta que da cuenta de un contrato de obra pública. Luego, no se requieren mayores esfuerzos para inferir que las obligaciones del contratista en materia del reparcheo de las vías intermedias y locales de la ciudad con el pretendido fin de mejorar su movilidad, informan que estamos frente a un contrato de obra pública y no de ciencia y tecnología como lo pretendió hacer ver la UARMV, en consideración a los señalados aspectos antes descritos, relativos a la unidad de medida tomada para el pago al contratista, cual es el M3 y los términos de la misma propuesta que fue presentada a la entidad. Asunto al cual la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, hizo referencia en el Concepto 1439 del 18 de julio 2002 C.P., relacionado con la modalidad de pago precios unitarios en la obra pública, en los siguientes términos:

Page 52: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

52

“(…) En cambio por precios unitarios, es aquel contrato en el cual se pacta el valor de las diferentes unidades primarias de obra que deben realizarse, tales como el metro cúbico de remoción o movimiento de tierras, el metro cuadrado de muros, el metro lineal de instalación de tubería, etc., calculando cuánto vale la ejecución de cada una de estas y el costo directo total del contrato, será el resultado de multiplicar los precios unitarios por las cantidades de obra ejecutadas y de sumar todos los ítems necesarios para dicha ejecución”. De ahí, que esta Contraloría considere que, independientemente de la modalidad del pago en un contrato de obra pública que se elija, con los precios unitarios básicos se llega a determinar el costo total de la obra ejecutada; modalidad de pago que en el caso que nos ocupa informa que la sociedad Green Patcher, ha asumido obligaciones propias de un contrato de Obra Pública. Razones de más que nos llevan a afirmar que las actividades a que alude el objeto contratado, como lo es la del reparcheo de las vías en la malla vial intermedia y local de la ciudad, no implican el desarrollo de actividades científicas y tecnológicas como la prevista en el numeral 5º del artículo 2º del Decreto 591 de 199112, en la que se pretende apoyar la UARMV, la cual es del siguiente alcance: “(…) 5. Transferencia tecnológica que comprende la negociación, apropiación, desagregación, asimilación, adaptación y aplicación de nuevas tecnologías nacionales o extranjeras.” Lo anterior, por cuanto en el presente caso la sociedad contratista Green Patcher Colombia S.A.S., se obligó para con el Distrito Capital a desarrollar la actividad del reparcheo de las vías con la aplicación de mezcla asfáltica en frío mediante inyección neumática; práctica que se viene aplicando a nivel mundial hace más de 15 años, lo cual enseña que el Distrito Capital no está frente a una nueva tecnología, como lo exige la norma antes transcrita, con el agravante que en el presente caso la sociedad contratista ni siquiera es la propietaria de la máquina de bacheo, sino arrendataria. Lo anterior, a pesar que en el mundo existen no menos de seis firmas proveedoras de máquinas para la aplicación mezcla asfáltica por inyección neumática, como las registradas en el siguiente cuadro:

12 ”Por el cual se regulan las modalidades específicas de contratos de fomento de actividades científicas y tecnológicas.”

Page 53: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

53

CUADRO No. 14

RELACION DE MARCAS DE EQUIPOS DE INYECCION NEUMATICA

Marca de Equipo País de Origen

Rendimiento

Schwarze Industries USA No reporta, garantiza compactación del 55%

Bergkamp, Pavement preervation solutions

USA No reporta, incluye equipo accesorio de limpieza y compactación

Python Manufacturing Canadá Tapa un agujero medio en 2 minutos, incluye fabricación de mezcla, extendido y compactación.

Jetpatcher UK 2.4 m3 por hora

Speedcrafts Pothole Repairing Machine

India Área de trabajo 100m2

Crafco USA 7 Toneladas de asfalto/hora, alcance de trabajo 118 m2. Disponibilidad en Colombia

Fuente Informe Actividades de parcheo y bacheo IDU. Agosto 2013.

Luego, en razón a lo anteriormente afirmado, no es clara cuál es la nueva tecnología que con ocasión de la suscripción del aludido contrato le va a quedar a la ciudad, si como se dijo, a la UARMV una vez terminado el mismo no va a disponer de dicha máquina y la aplicación de la referida mezcla no implica la adquisición o transferencia de tecnología en materia del reparcheo de vías. Así las cosas, es materia de cuestionamiento que la UARMV, con abierta inobservancia de los principios de la Contratación Estatal, como los de planeación, economía, responsabilidad, transparencia y selección objetiva, hubiese procedido a la suscripción del denominado Contrato de Ciencia y Tecnología 638, sin darse las previsiones del artículo 2º del Decreto 591 de 1991, sólo con la finalidad de eludir la modalidad de selección que constituye la Licitación Pública, a que estaba obligada en tratándose del Contrato de Obra Pública, como también por el afán de comprometer el presupuesto de la Entidad, ad portas del cierre de la vigencia.” Ahora bien, en cumplimiento del Plan de Auditoria Distrital-PAD 2014 Ciclo I, éste Órgano de Control realizó una Visita Fiscal, y le hizo entrega a la Entidad del Informe Final mediante el 26 febrero 25 2014, mediante el oficio con Radicación # 2-2014-03086, en el cual se estableció: “En primer lugar, en relación a la normatividad aplicable a los contratos estatales, tal y como lo dispone el artículo 13 de la Ley 80 de 1993, los contratos que celebren las entidades estatales “se regirán por las disposiciones comerciales y civiles pertinentes, salvo en las materias particularmente reguladas en esta Ley”. Por lo tanto, los contratos estatales se regirán por el Código de Comercio y el Código Civil

Page 54: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

54

salvo lo particularmente regulado por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios vigente. Del mismo modo, el Código Civil en el artículo 1501 regula los elementos esenciales, naturales y accidentales de los contratos, señalando: “Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales. Son de la esencia de un contrato aquellas cosas sin las cuales, o no produce efecto alguno, o degeneran en otro contrato diferente; son de la naturaleza de un contrato las que no siendo esenciales en él, se entienden pertenecerle, sin necesidad de una cláusula especial; y son accidentales a un contrato aquellas que ni esencial ni naturalmente le pertenecen, y que se le agregan por medio de cláusulas especiales” (Negrilla y subraya fuera de texto). Así mismo, el inciso primero del artículo 40 de la Ley 80 de 1993 dispone: “Las estipulaciones de los contratos serán las que de acuerdo con las normas civiles, comerciales y las previstas en esta ley, correspondan a su esencia y naturaleza”. A su vez, el artículo 32 de la Ley 80 de 1993 dota de disciplina jurídica específica al contrato de obra de la siguiente forma: “Son contratos de obra los que celebren las entidades estatales para la construcción, mantenimiento, instalación y, en general, para la realización de cualquier otro trabajo material sobre bienes inmuebles, cualquiera que sea la modalidad de ejecución y pago”. De conformidad con lo anterior, es elemento esencial constitutivo de todo contrato de obra pública la construcción, mantenimiento, instalación y/o la realización de cualquier trabajo material sobre bienes inmuebles, es decir, es de la esencia la elaboración o realización de un bien determinado, de manera tal que el contratista se obliga frente a la entidad contratante a elaborar dicho bien con las características que se hayan establecido en el contrato, y este último se obliga a pagar la retribución pactada a favor del contratista, independientemente de la modalidad de ejecución y pago. Así, para efectos que un acuerdo de voluntades se constituya realmente en un contrato de obra, es requisito sine qua non que la declaración de voluntad emitida por las partes comprenda el elemento esencial de materializar o realizar un trabajo material, ya sea de construcción, mantenimiento o instalación a cargo del

Page 55: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

55

contratista, de tal forma que la responsabilidad de este último consista en el cumplimiento de la entrega de una obra ejecutada o terminada como producto final. Además, en virtud de la celebración de un contrato de obra, el contratista asume la obligación principal y específica de elaborar, construir o ejecutar la obra convenida en su integridad, según las especificaciones que se hubieran establecido en el contrato. En efecto, la obra es un bien creado por la actividad o labor desempeñada por el contratista, la cual constituye la causa de contratación en aras de satisfacer la necesidad de construir, reparar o instalar el bien pretendido por la administración. En consecuencia, la responsabilidad del contratista gravita en la entrega final y completa de un trabajo material u obra pretendida por la entidad contratante, contrario sensu, si el contrato no tiene por objeto la ejecución de una obra o trabajo material, estaríamos analizando una modalidad contractual distinta de la regulada en el numeral 1 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. En el caso en concreto, el mal nominado contrato No. 638 de 2013 es sustancialmente un contrato de obra, toda vez que cumple con los elementos esenciales anteriormente descritos que cuenta con nominación y tipicidad legal en la pluricitada ley por las siguientes razones:

A. En la propuesta presentada por la empresa Green Patcher se estableció: “

1. Tipo de Obra Pública: Contrato de Obra Pública a Precios Unitarios y Tiempo Determinado para la prestación de servicios de mantenimiento y reparcheo de calles, avenidas, carreteras de la ciudad de Bogotá, D.C…..

2. Volumen de Obra.

Aplicación de 15.684 metros cúbicos de mezcla asfáltica en frio aplicada por presión neumática en las calles y avenidas, principales, secundarias y terciarias de la Municipalidad de Bogotá, D.C.

3. Precio Unitario por Metro Cubico:

Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Veinticuatro Pesos ($649,824) por metro cubico… “

Como se puede observar, es responsabilidad del contratista realizar actividades para la prestación de servicios de mantenimiento y reparcheo de calles, avenidas, carreteras de la ciudad de Bogotá, D.C, responsabilidad esta que quedó constituida en la minuta del contrato cuando en la cláusula primera “.. APLICAR LA TECNOLOGIA DE PARCHEO POR INYECCION A PRESION NEUMATICA PARA ACCIONES DE MOVILIDAD EN LA MALLA VIAL DE LA CIUDAD DE BOGOTA D.C.”, de conformidad con los estudios previos y la propuesta presentada,

Page 56: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

56

documentos que forman parte integral del presente contrato…”. (Subrayado fuera de texto). Complemento de lo anterior se observa en los “ESTUDIOS PREVIOS CONTRATACIÓN DIRECTA” que en el numeral “2.1.1 Especificaciones técnicas aplicables. Realizar parcheo por inyección a presión neumática..”, actividad esta que corresponde a un contrato de obra. Conforme a lo anterior, el mismo objeto es claro, cristalino, perspicuo y evidente al determinar que la responsabilidad de ejecutar las actividades materiales de mantenimiento es del contratista.

B. En los “ESTUDIOS PREVIOS CONTRATACIÓN DIRECTA” en el numeral 6, articulo 2 del Acuerdo 11 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se establece “6. Fomentar la investigación científica y tecnológica en materia de mantenimiento y rehabilitación de malla vial”, entendiéndose como Investigación científica el nombre general que recibe, el largo y complejo proceso en el cual, los avances científicos son el resultado de la aplicación del método científico para resolver problemas o tratar de explicar determinadas observaciones. Existe también la investigación tecnológica, que emplea el conocimiento científico para el desarrollo de “tecnologías blandas o duras”, definición esta que no se refleja en el objeto ni en las actividades a realizar por parte del contratista.

El Decreto 591 de 1991 en su artículo 2 define: “Para los efectos del presente decreto entiéndase por actividades científicas y tecnológicas, las siguientes:… 5. Transferencia tecnológica que comprende la negociación, apropiación, desagregación, asimilación, adaptación y aplicación de nuevas tecnologías nacionales o extranjeras.”, por lo tanto se debe cumplir con todas las acciones a que hace referencia el citado artículo, y que se encuentran subrayados, no obstante en la contratación del equipo que realizara las actividades de aplicación de mezcla asfáltica en frio no se cumple con todos los postulados citados. Lo anterior se corrobora en que la maquinaria para la aplicación de la técnica de inyección para parcheo, se viene utilizando en otros países hace más de una década, por lo tanto no es ninguna tecnología nueva, a nivel mundial se pueden encontrar diferentes marcas y equipos que se convierten en alternativas viables para atender de manera eficiente la reparación de capas de rodadura en pavimentos. 13

13 Informe Actividades de Parcheo y Bacheo. Instituto de Desarrollo Urbano IDU. Agosto de 2013

Page 57: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

57

En la siguiente tabla se resume la información básica para algunos de los equipos que utilizan la técnica de inyección para parcheo/bacheo (se les denomina genéricamente como maquinas bacheadoras o unidades de bacheo) disponibles a nivel internacional:

CUADRO No. 15 RELACION DE MARCAS DE EQUIPOS DE INYECCION NEUMATICA

Marca de Equipo País de Origen Rendimiento

Schwarze Industries USA No reporta, garantiza compactación del 55%

Bergkamp, Pavement preervation solutions

USA No reporta, incluye equipo accesorio de limpieza y compactación

Python Manufacturing Canada

Tapa un agujero medio en 2 minutos, incluye fabricación de mezcla, extendido y compactación.

Jetpatcher UK 2.4 m3 por hora

Speedcrafts Pothole Repairing Machine

India Area de trabajo 100m2

Crafco USA 7 Toneladas de asfalto/hora, alcance de trabajo 118 m2. Disponibilidad en Colombia

Fuente Informe Actividades de parcheo y bacheo IDU. Agosto 2013

La tecnología de inyección no es utilizada en Colombia, sin embargo, se identifican entidades con Cámara de Comercio para la venta y distribución de equipos de inyección (ej. Grúas y Equipos SAS). Uno de los equipos objeto del análisis de mercado, no es integrado al vehículo automotor pero se adecua a manera de tráiler. Su costo en Bogotá es de US$110.000 más impuestos de importación y toma entre 4 a 6 semanas para estar en el sitio una vez firmada orden de compra. 14

C. En los “ESTUDIOS PREVIOS CONTRATACIÓN DIRECTA” realizados el día 26 de diciembre de 2013, un (1) día antes de la firma del contrato 638 de 2013, se hace alusión a “En documento del 18 de noviembre de 2013, Green Patcher Colombia S.A.S. presenta sus servicios indicando que se trata del servicio de reparcheo y mantenimiento de calles “mediante el uso único y exclusivo de la tecnología de reparación de pavimentos a través de la aplicación de mezcla asfáltica en frio inyectada por presión neumática conocida como “Velocity Patching”. Agrega el documento que la empresa Green Patcher es la licenciataria en exclusiva de los derechos de propiedad

14 Informe Actividades de Parcheo y Bacheo. Instituto de Desarrollo Urbano IDU. Agosto de 2013

Page 58: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

58

intelectual, industrial y derechos de autos.”, afirmaciones estas que crecen de legitimidad porque la técnica de inyección neumática no es de uso único y exclusivo de esta firma, porque como lo hemos mencionado anteriormente esta tecnología se viene aplicando a nivel mundial desde hace más de una década y se encuentran en el mercado diferentes marcas y equipos que realizan la actividad de inyección de mezcla asfáltica a presión neumática.

Con respecto a que poseen la licenciatura en exclusividad de los derechos de propiedad intelectual, industrial y derechos de autor, se desvirtúa en el documento presentado el día 26 de diciembre de 2013 por el abogado especialista en propiedad intelectual, Dr. Juan David Castro Garcia, en donde plasma “2. En relación con la condición de oferente único. En relación con la información que ha suministrado, hasta el dia de hoy, la sociedad Green Patcher Colombia en relación con los derechos de propiedad intelectual de los cuales dispone Velocity UK se concluye que, al no ser titular de derechos exclusivos de propiedad intelectual necesarios para proveer el servicio relativo al contrato en cuestión, no sería posible considerar a GPC como oferente único dentro del tenor del artículo 3.4.2.4.1. del decreto 734 de 2012”.

D. Otro aspecto relevante para desvirtuar la naturaleza del contrato objeto de estudio, es la modalidad de pago regulada en el parágrafo segundo, clausula sexta de la minuta de contrato "PAGO DEL VALOR DEL CONTRATO: La UAERMV pagara al CONTRATISTA el valor de este contrato de acuerdo con la aplicación de mezcla asfáltica fría por m3 compactado. FORMA DE PAGO._Previa programación del Plan Anual de Caja (PAC), se cancelara mensualmente por periodo vencido y m3 compactado recibido a satisfacción,…”, aunque nuestro sistema normativo consagra libertad contractual para acordar la modalidad de ejecución y pago en los contratos de obra; verbigracia, precios unitarios, precio global fijo, administración delegada, concesión de obra pública o llave en mano; la remuneración o contraprestación del contratista versa sobre prestaciones de mantenimiento y/o realización de un trabajo material, en este caso, parágrafo citado adopta como modalidad de pago el m3 de mezcla compactada.

La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado en el Concepto 1439 del 18 de julio 2002 C.P. Maria Elena Giraldo Gómez, en relación a la modalidad de pago precios unitarios en la obra pública, señala: “(…) En cambio por precios unitarios, es aquel contrato en el cual se pacta el valor de las diferentes unidades primarias de obra que deben realizarse, tales como el metro cúbico de remoción o movimiento de tierras, el metro cuadrado de muros, el metro lineal de instalación de tubería, etc., calculando cuánto vale la ejecución de

Page 59: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

59

cada una de estas y el costo directo total del contrato, será el resultado de multiplicar los precios unitarios por las cantidades de obra ejecutadas y de sumar todos los ítems necesarios para dicha ejecución”. En virtud de lo anterior, independientemente de la libertad en la modalidad del pago en un contrato de obra pública, los precios unitarios básicos retribuyen la ejecución de unidades primarias de obra requeridas, lo cual aclara que sustancialmente la firma Green Patcher responde por obligaciones propias de un contrato de obra. En ese orden de ideas, una vez explicados los argumentos jurídicos por los cuales la Contraloría de Bogotá D.C. considera que el contrato No. 638 de 2013 es de obra, procederemos a determinar la naturaleza del mismo, toda vez que se constituye en un punto medular para nuestra presunta observación. El Código Civil en el artículo 1618 y 1621 prescriben dos reglas de suma importancia para la interpretación de los contratos: i) La prevalencia de la intención de los contratantes sobre lo literal de las palabras ii) La interpretación de los contratos deberá sujetarse a la que mejor cuadre con la naturaleza del contrato. En consecuencia, para determinar la naturaleza material y no formal del contrato No.638 de 2013, es necesario analizar los elementos esenciales del mismo, a fin de precisar los verdaderos efectos vinculantes del contenido de sus obligaciones y sus consecuencias jurídicas. Ahora bien, si el elemento esencial es la prestación de servicios de mantenimiento y reparcheo de calles, de la ciudad de Bogotá D.C. mediante la utilización del método aplicación de mezcla en frio por inyección a presión neumática, y tal como lo establece el artículo 109 del Acuerdo 257 de 2006, el objeto de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL – UMV es programar y ejecutar las obras necesarias para garantizar rehabilitación y el mantenimiento periódico de la malla vial del Distrito Capital, por consiguiente, el contrato No. 638 de 2013 es un contrato de obra para desarrollar actividades relacionadas con el funcionamiento de la entidad contratante, el cual cuenta con nominación y tipicidad legal autónoma en el numeral 3° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. En síntesis, para la Contraloría Distrital el contrato No. 638 de 2013 material o sustancialmente es un contrato de obra cuyo objeto, alcance, régimen obligacional y actividades ejecutadas por el contratista, se adecuan a la definición legal prevista en el numeral 1° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. En lo concerniente al precio estimado en la página 4 del “CONCEPTO SOBRE CONTRATACION POR CIENCIA Y TECNOLOGIA”, emitido por el abogado Ernesto

Page 60: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

60

Matallana Camacho el día 26 de diciembre de 2013, hace referencia a “Este tipo de intervención tiene un costo aproximado por metro cuadrado de $72.528 para la UAERMV y de $91.711 para el IDU, esto es un costo aproximado por metro cubico de $964.622 para la UAERMV y $1.192.243 para el IDU”, cifras estas que entraremos a continuación a desvirtuar. En este punto es conveniente aclarar que las actividades que realizara la firma Green Patcher Colombia SAS consiste en parcheo, tal como quedó establecido en la propuesta presentada por esta firma y en los estudios previos, así mismo la definición que se hace en la sección 571-13 de la especificación técnica de parcheo mecanizado, documento expedido por el IDU mediante Resolución No. 3243 de diciembre 18 de 2013, que especifica “Describir el proceso de reparación de pequeñas áreas fracturadas de las carpetas asfálticas (parcheo), empleando equipos, maquinas bacheadoras/parcheadoras o unidades de parcheo. La reparación de la carpeta asfáltica se realiza usando mezclas asfálticas en frio o en caliente.”, en este documento también se especifica que esta actividad corresponde únicamente a las intervenciones superficiales que buscan garantizar la movilidad. Corroborando la anterior en los estudios previos se indica que cuando se realice bacheo el contratista cobrara el m3 de mezcla asfáltica en baches intervenidos “OBLIGACIONES ESPECIFICAS….17. Indicar en el reporte los m3 compactados sobre huecos que requieran intervenciones adicionales a la reparación de la carpeta asfáltica (Intervención o reparación de la base o subbase).”. Ahora bien, la Ley 21 de 1992 “Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o. de Enero al 31 de Diciembre de 1993” establece en el Artículo 100: “Los contratos de Obras Públicas que celebren las personas naturales o jurídicas con las Entidades Territoriales y/o Entidades Descentralizadas del Orden Departamental y Municipal estarán excluidos del IVA.” En la auditoría realizada en el PAD 2015- Periodo III, se verificó que el Contratista GREEN PATCHER S.A.S, a diciembre 31 de 2015, presentó facturas por valor de $8.844.897,166, de los cuales $1.219.985,816 corresponden al IVA.15 Dichas facturas fueron canceladas por la UAERMV a través de 17 órdenes de pago, como se discrimina a continuación:

CUADRO No. 16 CONSOLIDADO DE PAGOS DEL CONTRATO No 638 DE 2013 A DICIEMBRE 31 DE 2015

15 Oficio No 0059 de enero 6 de 2016

Page 61: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

61

PAGOS EFECTUADOS CONTRATO 638 DE 2013 - GREEN PATCHER COLOMBIA SAS

# Orden de Pago

Fecha Orden Pago

# ACTA

VOLUMEN M3

SUBTOTAL IVA 16% VALOR TOTAL RETE-GTIA 5% TOTAL A PAGAR

4496 29-dic-14 07 266.25 $ 173.015.640 $ 27.682.502 $ 200.698.142 $ 10.034.907 $ 190.663.235

4497 29-dic-14 09 397.09 $ 258.038.612 $ 41.286.178 $ 299.324.790 $ 14.966.240 $ 284.358.550

278 19-feb-15 10 375.53 $ 244.026.457.25 $ 39.044.233 $ 283.070.690 $ 14.153.535 $ 268.917.156

279 19-feb-15 11 153.99 $ 100.066.397.76 $ 16.010.624 $ 116.077.021 $ 5.803.851 $ 110.273.170

280 19-feb-15 15 273.84 $ 177.947.804.16 $ 28.471.649 $ 206.419.453 $ 10.320.973 $ 196.098.480

281 19-feb-15 17 297.29 $ 193.186.176.96 $ 30.909.788 $ 224.095.965 $ 11.204.798 $ 212.891.167

607 30-mar-15 18 507.01 $ 329.467.266.00 $ 52.714.763 $ 382.182.029 $ 19.109.101 $ 363.072.928

908 21-abr-15 21 322.30 $ 209.438.275.00 $ 33.510.124 $ 242.948.399 $ 12.147.420 $ 230.800.979

1247 20-may-15 22 374.03 $ 243.053.671.00 $ 38.888.587 $ 281.942.258 $ 14.097.113 $ 267.845.145

1529 17-jun-15 23 1199.17 $ 779.249.446.00 $ 124.679.911 $ 903.929.357 $ 45.196.468 $ 858.732.889

1962 23-jul-15 24 765.66 $ 497.544.244.00 $ 79.607.079 $ 577.151.323 $ 28.857.566 $ 548.293.757

2264 23-ago-15 25 1183.20 $ 768.871.757.00 $ 123.019.481 $ 891.891.238 $ 44.594.562 $ 847.296.676

2633 17-sep-15 26 1477.85 $ 960.342.398.00 $ 153.654.784 $1.113.997.182 $ 55.699.859 $ 1.058.297.323

2938 15-oct-15 29 1123.75 $ 730.239.720.00 $ 116.838.355 $ 847.078.075 $ 42.353.904 $ 804.724.171

3285 13-nov-15 31 1759.75 $ 1,143,527,784 $ 182,964,445 $1,326,492,229 $ 66,324,611 $ 1,260,167,618

3687 16-dic-15 34 1004.49 $ 652,741,710 $ 104,438,674 $ 757,180,384 $ 37,859,019 $ 719,321,365

3948 29-dic-15 36 252.61 $ 164,152,041 $ 26,264,327 $ 190,416,368 $ 9,520,818 $ 180,895,550

Subtotal 11.733.81 $ 7,624,911,350 $ 1,219,985,816 $ 8,844,897,166 $ 442,244,858 $ 8,402,652,308

Fuente: Oficio UMV 0059 de enero 6 de 2016.

De acuerdo a lo informado por la Entidad con corte al 10 de diciembre de 2015, la UAERMV recibió a satisfacción 11.733.81 m3 de mezcla inyectada, equivalentes a ocho mil ochocientos cuarenta y cuatro millones ochocientos noventa y siete mil ciento sesenta y seis pesos ($8.844.897.166) y el pago pendiente por cancelar al contratista, equivale al valor de la Rete Garantía es decir $ 442.244.858. Los hechos relacionados anteriormente, permiten concluir que de haberse seleccionado al Contratista a través de un proceso de Licitación Pública, la Entidad no estaría obligada a pagar por concepto de IVA la suma de $1.219.985.816,00 recursos que alcanzarían para pagar la instalación de 1.877,41 m3, a razón de $649.824 por m3. Es importante precisar que como resultado de la Auditoria de Regularidad PAD 2015 Periodo I, se configuró el hallazgo “2.2.3.11.3. Hallazgo administrativo con incidencia fiscal y presunta disciplinaria, en cuantía de $236.120.304, por el pago del impuesto del 16% de IVA en un contrato de ciencia y tecnología, lo cual constituye una erogación injustificada, antieconómica e ineficiente ya que el contrato celebrado realmente fue de obra pública, y el procedimiento precontractual es una licitación pública donde no hay lugar a cancelar el referido impuesto”.

Page 62: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

62

En ese orden de ideas en la presente auditoria de desempeño PAD 2015 Periodo III, se determina que el pago realizado por la Entidad al Contratista en la cuantía de $1.219.985.816 por concepto de IVA, se convierte en un detrimento al patrimonio de las arcas del Distrito, por la vulneración al principio de responsabilidad fiscal regulado en el artículo 90 de la Constitución Política; artículos 1, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley 610 de 2000; y el numeral 7 artículo 3° de la Ley 1437 de 2011. De acuerdo con todo lo anterior, el valor de la observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria y fiscal que se configura en la presente Auditoria de Desempeño PAD 2015- Periodo III es de $983.865.512,00; para el periodo comprendido entre abril a diciembre de 2015, como se discrimina en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 17 PAGO POR CONCEPTO DEL IVA –CONTRATO No 638 DE 2013

Cifras en pesos

CONCEPTO VALOR

IVA pagado hasta diciembre 31de 2015. $1.219.985.816,00

IVA pagado hasta marzo 30 de 2015.16 -$236.120.304,00

IVA pagado desde abril a diciembre de 2015.

$983.865.512

Fuente: Ordenes de pago y Oficio UMV 0059 de enero 6 de 2016 Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad.

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia fiscal y disciplinaria, en cuantía de $983.865.512. 3.3. CONTRATO DE OBRA No. 398 DE 2014 En desarrollo de la actual Auditoria de Desempeño, PAD 2015 - Periodo III, practicada a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL – UAERMV, se realizó la evaluación al Contrato de Obra No. 398 de 2014, conforme a la información suministrada por la Entidad en las

16 2.2.3.11.3. Hallazgo administrativo con incidencia fiscal y presunta disciplinaria, en cuantía de $236.120.304, por el pago del impuesto del 16% de IVA en un contrato de ciencia y tecnología, lo cual constituye una erogación injustificada, antieconómica e ineficiente ya que el contrato celebrado realmente fue de obra pública, y el procedimiento precontractual es una licitación pública donde no hay lugar a cancelar el referido impuesto

Page 63: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

63

carpetas del contrato y mediante oficio 7143 UAERMV de 9 de noviembre de 2015, oficio 7474 UAERMV de 24 de noviembre de 2015, oficio 7999 de 15 de diciembre de 2015, oficio 8266 UAERMV de 30 de diciembre de 2015, oficio FDLRUU con radicado 20161820001221 de 5 de enero de 2016 y Acta Fiscal de 10 de noviembre de 2015, con lo cual se puede establecer lo siguiente:

CUADRO No. 18

FICHA TÉCNICA CONTRATO DE OBRA No. 398 DE 2014

CONCEPTO DATOS

PROCESO DE SELECCIÓN LICITACION PUBLICA-LP 04 DE 2014

TIPO DE CONTRATO Obra

CONTRATO No 398 de 2014

FECHA SUSCRIPCIÓN 20 de noviembre de 2014

OBJETO:

LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE ESTABILIZACION GEOTECNICA EN LADERAS O MITIGACION DE RIESGO POR PROCESOS DE REMOCION EN MASA EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y EJECUTAR EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE ESTE MISMO TIPO DE OBRAS EXISTENTES EN LA LOCALIDAD

CONTRATISTA CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION

REPRESENTANTE LEGAL DORA ISABEL ADAMES SARMIENTO

IDENTIFICACIÓN 35.504.653 BOGOTA

FECHA DE INICIO 13 abril de 2015

PLAZO Cinco (5) meses

FECHA DE TERMINACION 12 septiembre de 2015

PRORROGA 1 (Acta No 5 septiembre 7 de 2015 y prorroga septiembre 11 de 2015)

90 días

PLAZO TERMINACION ACTUAL 12 diciembre de 2015

PRORROGA 2 (de 11 de diciembre de 2015) Cuatro (4) meses

FECHA TERMINACIÓN ACTUAL 14 de abril de 2016

VALOR TOTAL INICIAL $ 2.022.556.718

VALOR ANTICIPO 30% CONTRATO (Acta 2 de 13 abril de 2015)

$ 606.767.015

VALOR FACTURADO (Acta No. 3 de 14 septiembre de 2015)

$ 151.532.426

VALOR FACTURADO (Acta No. 4 de 18 septiembre de 2015)

$ 470.225.720

VALOR FACTURADO (Acta de 21 diciembre de 2015)

$ 165.783.023

VALOR TOTAL PAGADO $ 1.394.308.184

% TOTAL PAGADO 69 %

Page 64: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

64

CONCEPTO DATOS

ANTICIPO AMORTIZADO (Acta No. 3 de 14 septiembre de 2015)

$ 45.459.728

ANTICIPO AMORTIZADO (Acta No. 4 de 18 septiembre de 2015)

$ 141.067.716

ANTICIPO AMORTIZADO (Acta de 21 diciembre de 2015)

$ 49.734.907

TOTAL AMORTIZADO $ 236.262.351

% TOTAL AMORTIZADO 39 %

INTERVENTORIA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

SUPERVISOR Diana Mabel Montoya Reina - FDLRUU

Fuente: UMV contrato No. 398-2014 Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad.

3.3.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a falta de planeación, coordinación institucional y deficiencias en la estructuración del proceso licitatorio LP-04-20154 que ocasionaron dilaciones en el tiempo previsto inicialmente para contratar y ejecutar las obras del Contrato de Obra No. 398 de 2014, en cumplimiento a lo establecido en el Convenio No. 144 de 2012 suscrito con el Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe - FDLRUU. La UAERMV en cumplimiento del Convenio Interadministrativo No. 144 de 2012 suscribe el contrato de obra No. 398 de 2014, con el objeto de realizar la construcción de obras de estabilización geotécnica en laderas o mitigación de riesgo por procesos de remoción en masa en la localidad de Rafael Uribe Uribe y ejecutar el mantenimiento y conservación de este mismo tipo de obras existentes en la localidad, requiriendo 2 años para la estructuración del proceso licitatorio y transcurrido un año de ejecución se continúa con las obras de mitigación a consecuencia de dos prórrogas y en espera de una adición para cumplir con el objeto contratado, cuando desde el mismo convenio No. 144 de 2012 se había establecido inicialmente un plazo de 12 meses. Los anteriores hechos dan inicio desde la misma estructuración del Convenio No.144 de 2012 por parte del FDLRUU, en donde conforme al documento ESTUDIOS PREVIOS de fecha diciembre de 2012 y firmado por la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, dentro del Título JUSTIFICACION se establece que “Es

responsabilidad de la ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE garantizar la vida y los bienes de la población que habita en la localidad frente a los diferentes riesgos, dentro de los cuales se destaca el relacionado con fenómenos de remoción en masa.” En el mismo documento, se hace claridad respecto al alcance del respectivo Convenio y de las acciones que se deben adelantar con el fin de realizar las obras

Page 65: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

65

de mitigación en el sentido de “… previa a la ejecución de obras de mitigación- estas

habrán de viabilizarse a través de las actividades a desarrollar en este convenio; por cuanto a la fecha, siendo que existen diversos estudios y diseños de obras de mitigación por ejecutar de manera prioritaria estos se encuentran desactualizados, no ajustados en su presupuesto o los lugares en que se ejecutarían las obras mismas, no cuentan con un estudios de títulos que determine y defina la necesidad- cierta de compra o no – de predios para la ejecución de las intervenciones, sin afectar predios privados que de serlo habrían de adquirirse y por lo cual, no se pudiera desarrollar en efecto un proceso licitatorio como

si se realizaría con aquellos que ya se pueden en efecto ejecutar”., de por demás suficientemente claro el fin que persigue la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la suscripción del respectivo convenio. Entonces, se determina adelantar el proceso contractual respectivo con el objeto de “REALIZAR LA ACTUALIZACION DE ESTUDIOS Y DISEÑOS EXISTENTES DE OBRAS DE MITIGACION Y SU VIABILIDAD; EJECUTAR NUEVOS ESTUDIOS, DISEÑOS Y OBRAS DE MITIGACION DE RIESGOS POR PROCESOS DE REMOSION EN MASA EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE; REALIZAR EL MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE OBRAS Y/O LA COMPLEMENTACION DE LAS MISMAS Y LA COMPRA DE PREDIOS NECESARIOS PARA LA EJECUCION DE LAS OBRAS QUE SE

DERIVEN DEL PRESENTE CONVENIO.”, un plazo de doce (12) meses o hasta agotar recursos para lo cual el contratista entregara el cronograma a la interventoría para la ejecución de las obras y un presupuesto oficial correspondiente a un valor de $7.022.339.823. Además se precisa que la supervisión y/o interventoría del presente convenio será ejercida por la alcaldesa local o a quien designe o contrate y ejercerán sus obligaciones conforme a lo establecido en el manual de contratación de la Secretaria. Posteriormente, la misma Alcaldía Local Rafael Uribe Uribe expide el 24 de diciembre de 2012 el documento ACTO ADMINISTRATIVO DE JUSTIFICACIÓN PARA CELEBRAR CONVENIO INTERADMINISTRATIVO CON LA UNIDAD DE ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL en donde se confirma en el ARTICULO PRIMERO, adelantar con la UNIDAD DE ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL – UAERMV la contratación directa mediante CONVENIO INTERADMINISTRATIVO y se expide el CDP NO. 838 del 24 de diciembre de 2012 por valor de $7.022.339.823. Finalmente, el mismo 24 de diciembre de 2012 la UAERMV acepta las condiciones establecidas y se suscribe el CONVENIO INTERADMINISTRATIVO DE COOPERACION Y COFINANCIACION No. 144 DE 2012 entre la UNIDAD DE ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL y el FONDO DE DESARROLLO LOCAL RAFAEL URIBE URIBE, con el objeto de “Realizar la actualización de estudios y diseños existentes de obras de mitigación y su

Page 66: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

66

viabilidad; ejecutar nuevos estudios, diseños y obras de mitigación de riesgos por procesos de remisión en masa en la localidad de Rafael Uribe Uribe; realizar el mantenimiento preventivo de obras y/o la complementación de las mismas y la compra de predios necesarios para la ejecución de las obras que se deriven del presente convenio.” Dentro de las CONSIDERACIONES contenidas en el Convenio 144 de 2012 se tienen: “13. Que el valor agregado que se obtiene con la suscripci6n de esta clase de convenios

entre entidades estatales, que comparten los mismos intereses, se traduce en que permite fortalecer la labor del Estado, complementar y aunar esfuerzos y recursos para solucionar las necesidades de las comunidades prestando un servicio eficiente y obteniendo calidad del producto requerido.

14. Que las actividades objeto de este convenio tienen un impacto social claramente definido para contribuir a reducir problemas sentidos por la comunidad y en

consideración al mismo es que se ejecuta dada la existencia.” De las Obligaciones FDLRUU y UAERMV más representativas tenemos:

CLAUSULA CUARTA: - OBLIGACIONES DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL:… b) Los desembolsos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe se realizarán de la siguiente manera: 30% del valor total del Convenio una vez se suscriba el acta de inicio y el valor restante de acuerdo al nivel de ejecución de las obligaciones a cargo de la UAERMV y/o a quienes la misma contrate… c) Entregar a la UAERMV el listado de puntos de riesgo elaborados por el FONDO DE DESARROLLO LOCAL u otras entidades …

CLAUSULA QUINTA: - OBLIGACIONES DE LA UAERMV: 1) Elaborar bajo los lineamientos generales del Fondo de Desarrollo Local de la Localidad de Rafael Uribe Uribe, la actualización de estudios y diseños existentes de obras de mitigación y su viabilización, la ejecución de nuevos estudios, diseños y obras de mitigación de riesgo por fenómenos de remoción en masa …

CLAUSULA SEPTIMA: - APORTES AL CONVENIO: … A) por parte del FONDO DE DESARROLLO LOCAL la suma de SIETE MIL VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES PESOS MCTE ($7.022.339.823)… B) por parte de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL – UAERMV el equivalente al 3% del valor aportado …

nombrar representante Comité Coordinador Convenio. Siete (7) meses después de firmado el Convenio 144 de 2012 mediante memorando UAERMV 3887 de 26 de julio de 2013 el coordinador General de Mitigación informa a la Directora que a la fecha no se ha firmado el Acta de Inicio como tampoco han ingresado los dineros del primer pago del 30%, obligaciones que no ha cumplido el FDLRUU.

Page 67: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

67

El FDLRUU suscribe el 23 de julio de 2013 el contrato interadministrativo 060 de 2013 con la Universidad Distrital con el objeto de “realizar la interventoría técnica,

administrativa, financiera, legal, social y ambiental al convenio interadministrativo de

cooperación y cofinanciación No. 144 de 2012”. Es implícito la responsabilidad de la Universidad Distrital de realizar la interventoría al convenio 144 de 2012 y la de los contratos de obra que se desprendan del convenio. Diez (10) meses después de firmado el convenio se firma el Acta de inicio por las partes el 15 de octubre de 2013 y solamente hasta el 18 de diciembre de 2013 el FDLRUU desembolsa los dineros correspondientes al 30% del valor del Convenio 1292 de 2012, conforme a las obligaciones del Convenio. La UAERMV conforme a los diagnósticos prediales inicia los procesos de compra de los predios necesarios para adelantar las obras contratadas, es así, que con fecha 30 de noviembre de 2013 se obtienen los avalúos comerciales de los cinco (5) predios que la entidad estimo pertinente comprar, posteriormente el 18 de junio de 2014 se notifican las ofertas de compra a los propietarios las cuales no son aceptadas y se da inicio al proceso de expropiación, actualmente dos (2) procesos se encuentran en trámite por vía judicial y tres (3) aun cursan trámites por la UAERMV. El FOPAE mediante oficio CR-17380 con fecha de marzo 14 de 2014 informa a la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, que de acuerdo al recorrido institucional realizado por la Alcaldía Local, UAERMV y la Universidad Distrital en compañía del FOPAE establece los puntos para intervención para contratar a través del Convenio 144 de 2012. El 10 de abril de 2014 la UAERMV da trámite interno a la elaboración de los estudios del sector, como parte de la ejecución del convenio 144 de 2012. El 30 de abril de 2014 nuevamente el supervisor del convenio solicita al Director su intervención para ordenar a quien corresponda entregar el Estudio del Sector con el fin de publicar las respectivas licitaciones17, posteriormente el 16 de mayo de 2014 mediante memorando 2756 el supervisor reitera la solicitud al Director y le recuerda la necesidad de publicar las respectivas licitaciones en el menor tiempo posible. El 28 de mayo de 2014 se entrega a la Alcaldesa Localidad Rafael Uribe Uribe los documentos para su conocimiento y fines pertinentes el estudio del sector, la licitación de mantenimiento y obra la carolina con estudios previos, anexo técnico, pre pliego, especificaciones técnicas y presupuesto. Sin embargo, el 10 de junio de

17 Contratos adjudicados por la UAERMV 398 y 428 de 2014

Page 68: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

68

2014 la UAERMV radica nuevamente a la Alcaldesa Localidad Rafael Uribe Uribe los documentos citados anteriormente. La Alcaldía Local responde el 14 de agosto de 2014 mediante radicado 201441820109881 indicando que ya fueron revisados y viabilizados, sin embargo advierte que “Los anteriores estudios previos no pudieron ser entregados en fecha anterior

ante las innumerables debilidades y falencias con que se presentaron en borrador las

mismas por parte de la UAERMV.”, el 2 de septiembre la UAERMV responde mediante oficio con 5235 manifestando que la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, realizó modificaciones a los estudios previos como plazo, vigilancia y supervisión, valor estimado, personal mínimo, consorcios o uniones temporales, requisitos específicos habilitantes, puntaje y criterio de evaluación y presupuesto, y se advierte que “Los

estudios fueron modificados y no fueron firmados por el representante del Fondo de

Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.”, En junio 12 de 2014 la UAERMV expide la Resolución 239 que ordenaba la contratación de obras de mitigación de riesgo por procesos de remoción en masa en el sector La Carolina y el 20 de agosto se publica el aviso de convocatoria, Estudios Previos y Prepliegos, que establecían el cierre de la licitación el 16 de septiembre de 2014 y la adjudicación el 6 de octubre de 2014. Finalmente el 24 de septiembre se expide el acto administrativo de apertura de selección y publicación pliego definitivo, en donde se establece el nuevo cronograma con la presentación de ofertas el 17 de octubre de 2014, adjudicación 6 de noviembre, publicación dentro de los tres días (3) siguientes a la fecha de expedición y firma del contrato tres (3) días siguientes a la publicación. Al proceso licitatorio LP-04-2014 solamente se presentó el proponente CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION, al cual finalmente se le adjudicó la licitación mediante Acta de Adjudicación 499 de noviembre 6 de 2014, con firma del contrato de obra 398 de 2014 el 20 de noviembre de 2014. El contrato 398 de 2014 inicia el 13 de abril de 2015 con un plazo inicial de 5 meses, mediante la prorroga 1 se conceden 90 días adicionales con el fin de realizar estudios y diseños adicionales y mediante la prorroga 2 se conceden otros 4 meses. Hechos que evidencian falta de planeación y coordinación institucional entre las partes intervinientes del convenio 144 de 2012, además de las deficiencias presentadas en el desarrollo del mismo, que afectaron el cumplimiento de los tiempos previstos inicialmente de 12 meses y que ocasionaron prorrogas por 18 meses, hasta tanto no se termine las obras del contrato 398 de 2014, es decir, un

Page 69: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

69

150% del tiempo estimado inicialmente. Situación que conllevará mayores costos de intervención para el convenio 144 de 2012. Es decir, se requirieron de cuatro anualidades (2012-2016) para la realización de los estudios, diseños y construcción (aun en ejecución) de las obras del contrato 398 de 2014, es importante precisar que durante las vigencias 2013 y 2014 se adelantaron todas las etapas precontractuales, sin embargo todo el tiempo se utilizó en estudios, teniendo en cuenta que los diseños fueron objeto del CONSORCIO MITIGACIÓN 2010 a través del contrato de consultoría 085 de 2010 y fueron recibidos por la UAERMV en julio de 2012 y conforme al oficio 8266 de 30 de diciembre de 2015 no fueron ajustados ni modificados. Se evidencia falta de planeación y coordinación interinstitucional, es así como en solo diciembre de 2012 el FDLRUU realiza los estudios previos, se justifica la suscripción del convenio interadministrativo y se firma el 24 de diciembre el convenio 144 de 2012 entre el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe y la UAERMV. Para 2013 solo en octubre se firma el acta de inicio sin se evidencie justificación alguna y en diciembre se desembolsa el anticipo y únicamente en abril de 2014 se da inicio a los estudios del sector por parte de la UAERMV y solo en agosto de 2014 son aprobados finalmente por el FDLRUU dando inicio al proceso licitatorio en el mismo mes, para finalmente adjudicar el proceso licitatorio y firmar el contrato 398 de 2014 en noviembre de 2014. En ese orden de ideas, el accionar de estas entidades públicas no es consecuente con los argumentos y justificación planteados incluso desde el mismo convenio 144 de 2012 y en los estudios previos y pliegos de la LP-04-2012 como es “Es

responsabilidad de la ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE garantizar la vida y los bienes de la población que habita en la localidad frente a los diferentes riesgos, dentro

de los cuales se destaca el relacionado con fenómenos de remoción en masa.”, y hoy después de más de tres (3) años de ejecución, esta Contraloría evidencia que se continúa con la realización de estudios, diseños y obras para dar cumplimiento al objeto contratado. Es evidente el incumplimiento a los plazos pactados, los atrasos en la ejecución de las obras de mitigación de riesgo por fenómenos de remoción en masa, en detrimento de la comunidad y el bienestar de las mismas, y el claro desconocimiento de los principios rectores de la contracción pública, con una gestión ineficiente, ineficaz y antieconómica.

Page 70: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

70

Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se confirma la observación y se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. Igualmente se dará traslado del hallazgo a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local, para su conocimiento y se proceda de acuerdo a su competencia respecto al FDLRUU. 3.3.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria debido a la deficiente estimación del presupuesto oficial por parte de la UAERMV, que originó para las obras de mantenimiento contratadas fuera necesario durante la ejecución determinar el alcance y costo de las mismas por parte del contratista, encontrando en ese momento que no era posible ejecutar todas las obras, teniendo en cuenta el estado de deterioro que presentaban. Durante la estructuración de la licitación LP-04-2012 no se realizaron los presupuestos detallados para las obras de mantenimiento, deficiencias previsibles desde la etapa de planeación, toda vez que al tiempo que la UAERMV realizaba el estudio del sector, en el primer trimestre de 2014 se trabajaba conjuntamente con el FOPAE con el fin de establecer los sitios de intervención para incluir en el convenio 144 de 2012. Desde el mismo objeto del Convenio No. 144 de 2012 establecía como obligación de la UAERMV “Realizar la actualización de estudios y diseños existentes de obras de

mitigación y su viabilidad; ejecutar nuevos estudios, diseños y obras de mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa en la localidad de Rafael Uribe Uribe; realizar el mantenimiento preventivo de obras y/o la complementación de las mismas y la compra de predios necesarios para la ejecución de las obras que se deriven del presente

convenio.”, un plazo de 12 meses o hasta agotar recursos. Una vez publicados los pliegos definitivos se establece en el numeral III. DESCRIPCION DE LA OBRA PUBLICA, los ítems y cantidades específicas para las obras de construcción de La Carolina, sin embargo para las obras de mantenimiento se establecen los ítems y cantidades globales para los siguientes 14 sitios seleccionados, así:

Page 71: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

71

CUADRO No. 19 SITIOS A INTERVENIR PARA MANTENIMIENTO

Fuente: Pliego de condiciones LP-04-2012

El FOPAE mediante oficio CR-17380 con fecha de marzo 14 de 2014 informa a la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, que de acuerdo al recorrido institucional realizado por la Alcaldía Local, UAERMV y la Universidad Distrital en compañía del FOPAE establece los puntos para intervención para contratar a través del Convenio No.144 de 2012. Incluso, una vez iniciada la obra ya se advertía de las falencias del presupuesto de mantenimiento y es el contratista y la interventoría quien determinará el presupuesto para cada frente en el desarrollo del contrato, en el ACTA DE REUNION No. 13 del 23 de abril de 2015 se precisa que “El contratista expresa que el presupuesto no está

discriminado por frentes, el contratista (Consorcio Obras de Estabilización) con la participación de la interventoría presentará cantidades de obras por cada sitio a intervenir

acompañados con sus respectivos presupuestos.” (Subrayado fuera de texto) Igualmente en el INFORME MENSUAL EJECUTIVO No. 19 - periodo del 1 al 30 de abril de 2015 en el numeral 5.4 OTROS. “El contratista expresa que el presupuesto no está

discriminado por frentes, el contratista (Consorcio Obras de Estabilización) con la participación de la Interventoría presentará cantidades de obras por cada sitio a intervenir acompañados con sus respectivos presupuestos. La UMV aclara que si, por alguna circunstancia el Consorcio se pasa en las metas físicas del contrato éste se puede adicionar

hasta en 50% del valor total mismo.”

En el INFORME MENSUAL EJECUTIVO No. 21 - Período del 01 al 30 junio de 2015 en el numeral 5.2 CONVENIO 144 DE 2012, se informa que “el presupuesto es

globalizado. El contratista debe decidir y priorizar ciertos puntos, sin embargo pueden estudiar otros puntos, así que en este momentos los recursos deben estar en Carolina y después de esto

pueden mirar otros puntos que sean previas obras de mitigación.”

Page 72: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

72

Consultada la UARMV al respecto mediante oficio 7474 de 24 de noviembre de 2015 manifiesta que “Con el estudios del Sector antes mencionado y el cuadro depurado que

está incluido dentro del estudios del sector, con las cantidades suministradas en los Estudios y Diseños suministrados por el Consultor Consorcio Mitigación 2010 para la obra del sector La carolina y las cantidades calculadas en las visitas realizadas a los puntos de mantenimiento seleccionados por el FDLRUU, ENTRE LA UAERMV, FDLRUU y la interventoría del Convenio 144 de 2012, se consolido en un solo presupuesto para realizar

la respectiva licitación.” (Subrayado fuera de texto) Entonces, para darse inicio a las obras objeto del contrato 398 de 2014 la UAERMV no entregó al contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION ni presupuesto detallado por sector de intervención para actividades de mantenimiento, como tampoco estudios o diseños de estas obras18. En agosto de 2015, el contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION presenta un balance al contrato 398 de 2014 con el aval de la interventoría a cargo de la UNIVERSIDAD DISTRITAL en donde se establece que las obras de mantenimiento tendrán un costo de $239.392.315 y la Carolina tendrán un costo de $879.953.671, es decir, a la fecha el contrato presentaba un excedente de $903.250.361, que corresponde a un 45% del presupuesto inicial. Se observa una deficiente planeación por parte de la UAERMV, el presupuesto oficial asignado por la UAERMV en el proceso licitatorio LP-04-2012, no se ajusta a las condiciones reales de las obras de mantenimiento, por lo cual desde el inicio del contrato fue necesario modificar las condiciones iniciales, incluir actividades que debieron surtirse desde la etapa de planeación como estudios y diseños y prorrogar el plazo establecido sin que a la fecha después de tres (3) años se haya cumplido el objeto del contrato. Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se confirma la observación y se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. 3.3.3. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria toda vez que se firma el acta de inicio de obra cinco (5) meses de firmado el contrato de obra, cuando se establecía en el Anexo Técnico de la licitación LP-04-2014, un plazo de los 30 días calendario En el ANEXO TÉCNICO del contrato No. 398 de 2014 en el numeral 16

INFORMACIÓN SOBRE EL PERSONAL DEL PROYECTO se establece en que “NOTA

18 Oficio 8266 de 30 de diciembre de 2015 numeral 3 literal a)

Page 73: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

73

1: El contratista deberá presentar las hojas del personal para construcción, en un término no mayor a QUINCE (15) DÍAS CALENDARIO después del perfeccionamiento y legalización del contrato, con el fin de verificar por parte de la INTERVENTORIA, que se cumple con los requisitos establecidos; para proceder a la firma del ACTA DE INICIO, la cual deberá realizarse dentro de los TREINTA (30) DÍAS CALENDARIO siguientes a la suscripción del contrato.”

Sin embargo, a pesar que el contrato se suscribe el 20 de noviembre de 2014, solamente se firma el Acta de Inicio el 13 de abril de 2015, es decir, aproximadamente 5 meses después de firmado el contrato. En el INFORME MENSUAL EJECUTIVO No. 19 - periodo del 1 al 30 de abril de 2015 en el capítulo 5 INFORME TECNICO la interventoría manifiesta que “Ing. Víctor Díaz, director de la interventoría manifiesta su preocupación que a estas alturas del comité N° 11 no se hayan resueltos todos los problemas presentados desde el comienzo par que se puedan desarrollar las actividades contratadas por la UMV y dar inicio mediante el acto protocolario con la firma del acta de inicio.” Al respecto no se encontró modificación alguna realizada por la UAERMV a las condiciones pactadas contractualmente, incumpliendo el plazo establecido contractualmente para dar inicio a las obras, ocasionando que las obras demoraran cuatro (4) meses más para dar inicio, Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se confirma la observación y se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. Igualmente se dará traslado del hallazgo a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá, para su conocimiento y se proceda de acuerdo a su competencia respecto al FDLRUU. 3.3.4. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido a que no se evidencia que se haya dado cumplimiento a lo establecido en el ANEXO TÉCNICO respecto a la obligación del Contratista e Interventoría de aceptación de los Estudios y Diseños analizados y procesados, como el insumo necesario y suficiente para el adecuado inicio y ejecución del proyecto. En el ANEXO TÉCNICO del contrato de obra No. 398 de 2014 en el numeral 4.1.

ACTIVIDADES PRELIMINARES se establece que previo a la suscripción del Acta de Inicio se realizará “, Antes de iniciar la construcción, el contratista deberá realizar y

entregar un informe de las actividades preliminares, previa aprobación por parte de la Interventoría, dichos aspectos se deberán tener en cuenta en la etapa de construcción.

Page 74: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

74

Para el desarrollo de la etapa de preliminares el contratista tiene un plazo de (20) veinte días calendario…” De igual forma en el numeral 4.1.4 Información Técnica: se establece que previo al inicio de las obras se debe realizar “Oficio de Contratista e Interventoría de aceptación

de los Estudios y Diseños analizados y procesados (revisión, verificación), como el insumo necesario y suficiente para el adecuado inicio y ejecución del proyecto.” Sin embargo, el contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTAABILIZACION en su informe de abril de 2015, manifiesta en el numeral 8. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES que “El contratante no ha entregado planos definitivos firmados

por el consultor de los diseños de la UMV.” En el Informe Mensual de Interventoría de junio de 2015 se deja evidencia nuevamente de la falta de diseños para el frente de la Carolina.

“La Residente de Obra por parte de la interventoría expresa que se habló con los diseñadores Consorcio Mitigación 2010 para realizar ajustes, la idea era saber si se podía cambiar el concreto a malla de alta resistencia, lo que se pretende es mirar si es lo suficientemente resistente en cuanto durabilidad tiempo y mantenimiento, con esto quedarían zonas verdes, la comunidad no está de acuerdo que se coloquen moles de concreto, bajo este panorama en donde sea factible y los diseñadores originales digan es que viable se tratara de cambiar.”

“La UAERMV pregunta si ya está el balance de La Carolina ya que se deben mirar costos, se informa que ya se revisaron los diseños con lo que está presupuestado, acorde a las cantidades.”

“Se solicita por Correo diseños y programación de la Carolina.”

“La interventoría informa que el oficio enviado por la UAERMV dando la información de los frentes antes de iniciar el contrato, llego sin los planos, se solicita el paquete sea radicado en la interventoría completo.”

Consultada la UAERMV respeto al cumplimiento del anexo técnico en lo referente al oficio de aceptación de los estudios y diseños por parte del contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION y de la interventoría UNIVERSIDAD DISTRITAL, mediante oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 en el numeral 4. literal d., informa que “En la Entidad no reposa ningún documento de aceptación de Estudios y

Diseños entregados, ya que la interventoría la ejerce la Universidad Distrital con recursos del FDLRUU sin cargo al Convenio Interadministrativo No. 144-12 y la Supervisión la ejerce FDLRUU y No realizó ningún tipo de ajustes, modificaciones y/o complementaciones a los

Page 75: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

75

Estudios y Diseños aportados por la UAERMV, dichos Estudios y Diseños fueron revisados

y aprobados por la interventoría.”, sin embargo no se adjunta documento al respecto. Por lo cual, no es claro cómo se dio inicio al contrato sin contar la aceptación de los Estudios y Diseños analizados y procesados (revisión, verificación), como el insumo necesario y suficiente para el adecuado inicio y ejecución del proyecto Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se retira la observación y por competencia se dará traslado de la Observación a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá. 3.3.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido a la ejecución de obras no previstas sin aprobación de APU´s como lo establece el Anexo técnico de la LP-04-2014 Para la fijación de precios no previstos la UAERMV establece en el Anexo Técnico de la LP-04-2014 en el numeral 6.4 ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS, que “Los

ítems no previstos deben someterse a la evaluación y concepto técnico y económico por parte de la Interventoría y a consideración final del UAERMV.” (Subrayado fuera de texto) Mediante oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 la UAERMV informa respecto a la fijación de precios no previstos que “El día 25 de septiembre de 2015 la interventoría radicó en la UAERMV los ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS DE LOS ITEMS NO PREVISTOS revisados y aprobados del Contrato No. 398 de 2014, los cuales fueron presentados por el Consorcio Obras de Estabilización. Sin embargo, la Entidad en comité del día 1 de octubre de 2015 presento las respectivas observaciones al contratista de obra de dichos APU´s, para que fueran subsanadas por éste en el menor tiempo posible, no obstante hasta la fecha no han sido radicados nuevamente los APU´s de los ítems no previstos.” En el INFORME MENSUAL EJECUTIVO No. 21 - Período del 01 al 30 junio de 2015 en el numeral 5.2 CONVENIO 144 DE 2012, se informa que “Los precios no previstos deben estar aprobados por la interventoría, se debe tener en cuenta que por cada previsto se debe hacer un otrosí al contrato, esos no previstos deben ser primero aprobados por la interventoría y radicados por la Unidad es decir aprobados conjuntamente, para hacer el trámite correspondiente con la UAERMV Con oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 la UAERMV manifiesta en el numeral 7 literal b. que “El 25 de septiembre de 2015 la interventoría radicó en la UAERMV los ANALISIS DE PRECIOS UNITARIOS DE LOS ITEMS NO PREVISTOS revisados y aprobados del contrato No. 398 de 2014, los cuales fueron presentados por el

Page 76: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

76

Consorcio Obras de Estabilización. Sin embargo, la Entidad en comité del día 01 de octubre de 2015 presentó las respectivas observaciones al contratista de obra de dichos APU´s, para que fueran subsanadas por éste en el menor tiempo posible, no obstante hasta la fecha no han sido radicados nuevamente los APU´s de los ítems no previstos en la Entidad.” Sin embargo, las obras del sector la Carolina ya se encuentran terminadas, al igual que las obras de mantenimiento en los sitios Portal I, Portal II, La Paz, Rio de Janeiro y Villa Gladys, como lo informó la UAERMV en el oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 la UAERMV en el numeral 8 literal b. Entonces, la ejecución de las obras del contrato 398 de 2014 se estaría llevando a cabo sin la aprobación de los APU´s no previstos conforme a lo establecido en el Anexo Técnico de la LP-04-2014. Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se retira la observación y por competencia se dará traslado de la Observación a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá. 3.3.6. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria debido a la falta de controles y seguimiento a la ejecución del contrato de obra No. 398 de 2014 Si bien es cierto, la UARMV suscribe el contrato de obra No. 398 de 2014 con el CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION, de acuerdo a las obligaciones contraídas en el Convenio 144 de 2012 con el FDLRUU y que la interventoría es ejercida por la UNIVERSIDAD DISTRITAL a través del contrato 060 de 2013 suscrito con el FDLRUU, y que los recursos girados finalmente en cuantía de $2.106.701.947.947 a cargo UAERMV son utilizados para realizar los pagos al contratista. Al consultar a la UAERMV respecto a los controles para la realización de los pagos al contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION manifiesta que “de

conformidad con la cláusula DECIMA NUEMRAL 4 DEL Contrato de Obra Pública No. 398 de 2014, el FDLRUU radica en la Entidad su consentimiento escrito para el pago del correspondiente periodo, anexando el informe mensual del Contratista de Obra, debidamente revisado y aprobado por la interventoría y con el visto bueno de la Supervisión del FDLRUU …” (Subrayado fuera de texto)

Sin embargo en el contrato 398 de 2014 en la misma CLAUSULA DECIMA – OBLIGACIONES DE LA UAERMV en el numeral 3, se establece que “Vigilar el

cumplimiento del contrato a través de la interventoría.”, por lo cual no se puede

Page 77: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

77

evidenciar que para el pago solamente se requiere el informe del contratista y se desconoce la utilización de los informes de control y seguimiento que realiza la interventoría a cargo de la UNIVERSIDAD DISTRITAL. Po esta razón se solicita a la UAERMV suministrar los informes mensuales de la interventoría y mediante oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 en el numeral 10 manifiesta que “La UAERMV no cuenta con los informes mensuales de interventoría,

realizados por la Universidad Distrital, ya que estos son entregados directamente al FDLRUU, sin embargo los mismos fueron solicitados por la entidad el día 25 de septiembre de 2015, con radicado de salida UAERMV No. 6188 al FDLRUU en su carácter de Supervisor, y a la fecha no sea obtenido respuesta a la misma.” Finalmente son entregados por la UAERMV mediante oficio 7474 de 24 de noviembre de 2015 con los Informes Mensuales de Interventoría correspondientes los meses de abril, mayo, junio, julio y agosto suministrados, se observa que no se incluye información relativa a los controles financiero y de metas del contrato 398 de 2014, que permita realizar el seguimiento al cumplimiento de la programación aprobada. Por lo cual no es posible determinar si el contratista cumplía a cabalidad con la programación. Al consultar a la UARMV respecto al tema mediante oficio 7474 de 24 de noviembre de 2015 en el numeral 4 manifiesta que “No, la UAERM, no cuenta con información que

permita conocer en tiempo real el avance del contrato de obra, debido que los informes mensuales radicados en la Entidad solo no relacionan el avance del periodo que se

presenta para el pago”, y en el literal c (sic) (corresponde al literal a) manifiesta que “La Entidad informa que el día 24 de marzo de 2015, la interventoría radica la programación inicial aprobada como requisito del acta de inicio, sin embargo no cuenta con los respectivos ajustes de programación”. Sin embargo desde el ANEXO TECNICO se establecía en el numeral 6.3 Programación de obra y cronograma de metas físicas que el “El Contratista

deberá contar con las previsiones suficientes y necesarias para cumplir con la ejecución del objeto del contrato en el plazo establecido para tal fin. El contratista dentro de las actividades preliminares deberá presentar un programa de obra detallado en la cual involucre las Metas Físicas de construcción, el cual debe entregar en

magnético y físico para aprobación por parte de la interventoría y la UAERMV…” y continua en el mismo documento estableciendo que “En caso que realizada la

verificación de la Meta Física esta no se haya cumplido por causas no imputables al Contratista, la UAERMV, le permitirán presentar una reprogramación de la fecha de entrega de la Meta Física que será entregada al y avalada por el Interventor y aprobada por la UAERMV.” (Subrayado fuera de texto)

Page 78: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

78

Si se tiene en cuenta que como justificación de la prorroga No. 1 suscrita por la UAERMV en septiembre 7 de 2015, se precisa que el avance de las obras contratadas era del 97% y que cconsultada la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe mediante oficio con radicado 20161820001221 de enero 5 de 2015 en el numeral 7 se informa de los frentes de obra intervenidos por el contrato 698 de 2014 y el porcentaje de ejecución, en donde se puede evidenciar que se han terminado las obras en los frentes La Carolina, Puentes, Zarazota, Portal I, Portal II, La Paz, Rio de Janeiro y Villa Gladys. El frente de Palermo se encuentra con una ejecución del 60%. De los sectores Playón Playita y Providencia Media conforme a la Prórroga No. 1 se encuentran en estudios y diseños y de los sectores Las Colinas, Socorro, Molinos 2, La Esperanza no se informa al respecto, ni se observó modificación que excluya los mencionados sectores. Es importante precisar que el plazo inicial del contrato 398 de 2014 era de 5 meses, sin embargo se han otorgado dos prórrogas por siete (7) meses con fecha de terminación del 14 de abril de 2015 y según la Prórroga 2 firmada el 11 de 2015 se requerirá de una Adición toda vez que el valor de las obras producto de los nuevos estudios y diseños es de $1.070.440.648 y el saldo del contrato por ejecutar es de $567.146.363. Ahora, respecto deficiencias presentadas en la ejecución del contrato de obra 398 de 2014, la UAERMV advertía de las mismas en los oficios 4570 de julio 27 de 2015 y 4513 de julio 23 de 2015 y en el INFORME MENSUAL EJECUTIVO No. 21 - Período del 01 al 30 junio de 2015 en el numeral 5.2 CONVENIO 144 DE 2012 se precisa que “En la Obra de la Carolina el Ing. Jorge Navarro expresa que la obra está

atrasada por el contratista, el contratista informa que el PMT sale mañana, se solicita que

se resuelvan estos temas lo más pronto ya que la obra está atrasada 1 mes.” se deja evidencia del atraso de aproximadamente un (1) mes para las obras de La Carolina. Al respecto la UARMV manifiesta en oficio 7143 de 9 de noviembre de 2015 en el numeral 9 que “En los archivos de la Entidad no reposa ninguna respuesta por parte de

la supervisión del FDLRUU y/o la interventoría de la Universidad Distrital…” Además, respecto a la aplicación a la CLAUSULA DECIMASEXTA – MULTAS del contrato de obra 398 de 2014 como el FDLRUUU manifiesta en oficio con radicado 20161820001221 de enero 5 de 2015 en el numeral 8 que “No se ha dado aplicación

a la CLAUSULA DECIMASEXTA – MULTAS, pues las actividades y cronogramas se vienen cumpliendo en debida forma.” Finalmente la UAERMV respecto a las acciones que pudiera tomar respecto a las irregularidades presentadas manifiesta que mediante oficio 7474 de 24 de noviembre de 2015 la UAERMV manifiesta en el numeral 4 que la entidad “… no

Page 79: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

79

cuenta con información que permita conocer en tiempo real el avance del contrato de obra,

debido que los informes mensuales radicados en la Entidad solo (sic) no relacionan el avance del periodo que se presenta para el pago.” En conclusión, el contrato se desarrolla sin que se ejerzan de manera efectiva los controles y seguimientos en el desarrollo del contrato de obra, con el fin de garantizar que los recursos comprometidos y el fin de la contratación se cumpla acorde a los principios rectores de la contracción pública. Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se retira la observación y por competencia se dará traslado de la Observación a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá. 3.3.7. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y penal teniendo en cuenta que se modifica el objeto del contrato de obra No. 398 de 2014 y mediante la Prorroga No. 1 firmada por la UAERMV que incluye la realización de estudios y diseños adicionales con cargo al contrato de obra. El FDLRUU suscribe el Convenio interadministrativo de cooperación y cofinanciación No. 144 de 2012 con la UAERMV el cual dentro de las CONSIDERACIONES en el numeral 8., establece que “El artículo 4 del Decreto 480 de 2009 establece que corresponderá a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, de conformidad con las características del evento y el origen de riesgo público, efectuar los estudios, diseños y construcción de las obras de mitigación; así como la adquisición de predios, si a ello hubiere lugar, de acuerdo con lo establecido en el literal d) del artículo 109 del Acuerdo 257 de 2006.” Entonces se determina que el objeto del convenio será “PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO: Realizar la actualización de estudios y diseños existentes de obras de mitigación y su viabilidad; ejecutar nuevos estudios, diseños y obras de mitigaci6n de riesgos por procesos de remoción en masa, en la localidad de Rafael Uribe Uribe; realizar el mantenimiento preventivo de obras y/o la complementación de las mismas y la compra de predios necesarios para la ejecución de las obras que se deriven del presente convenio.” Posteriormente el FDLRUU suscribe el Convenio interadministrativo 060 de 2013 suscrito con la Universidad Distrital con el OBJETO de Realizar la Interventoría técnica, administrativa, financiera, legal, social y ambiental al Convenio Interadministrativo de Cooperación y Cofinanciación No. 144 de 2012.

Page 80: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

80

En cumplimiento de los compromisos adquiridos en el Convenio interadministrativo 144 de 2012 la UAERMV da inicio a su proceso licitatorio LP-04-2012, en donde se precias en los pliegos definitivos en el numeral III. DESCRIPCION DE LA OBRA PUBLICA que la obra pública a desarrollar corresponde a LA CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE ESTABILIZACION GEOTECNICA EN LADERAS O MITIGACION DE RIESGO POR PROCESOS DE REMOCION EN MASA EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y EJECUTAR EL MANTENIMIENTO Y/O CONSERVACION Y/O REPARACION DE ESTE MISMO TIPO DE OBRAS EXISTENTES EN LA LOCALIDAD. Finalmente la UAERMV firma el 20 de noviembre de 2014 el contrato de obra No. 398 de 2014, con el CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION con el objeto de LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE ESTABILIZACION GEOTECNICA EN LADERAS O MITIGACION DE RIESGO POR PROCESOS DE REMOCION EN MASA EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y EJECUTAR EL MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE ESTE MISMO TIPO DE OBRAS EXISTENTES EN LA LOCALIDAD. Entonces, al observar el proceso contractual realizado por la UAERMV se encuentra que desde los mismos estudios previos de mayo de 2013 se limitaba el alcance de las obras a contratar, y en el ANEXO TÉCNICO describía en el título DESCRIPCION DE LAS OBRAS A CONTRATAR Y en el numeral 1 OBJETO DEL CONTRATO se describía que LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE ESTABILIZACION GEOTECNICA EN

LADERAS O MITIGACION DE RIESGO POR PROCESOS DE REMOCIÓN EN MASA EN LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y EJECUTAR EL MANTENIMIENTO Y/O CONSERVACIÓN Y/O REPARACION DE ESTE MISMO TIPO DE OBRAS EXISTENTES EN LA LOCALIDAD,…” En el numeral 2. DESCRIPCION DEL PROYECTO del citado documento se describe el alcance del contrato, en primer lugar el sector La Carolina, para lo cual la UAERMV entrega estudio y diseños al contratista y en segundo lugar las obras de mantenimiento rutinario y periódico de las obras de mitigación existentes en la localidad de Rafael Uribe Uribe, en donde se anexa un cuadro de 14 sitios, determinado de manera conjunta por la Alcaldía Local, UAERMV y la Universidad Distrital en compañía del FOPAE, así:

Page 81: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

81

CUADRO No. 20 SECTORES A INTERVENIR CON OBRAS DE MANTENIMIENTO

Fuente: ANEXO TECNICO Licitación Pública LP-04-2014

Al consultar a la UAERMV respecto a los Estudios y Diseños de la LP-04 de 2014 informa mediante oficio 8266 de 30 de diciembre de 2014 en el numeral 3 literal a) que “Los estudios y diseños para la obra de mitigación fueron realizados por el

CONSORCIO MITIGACION 2010 a través del Contrato de Consultoría y obra No. 085 de 2010, los cuales fueron entregaron (sic) y recibidos a entera satisfacción por parte de la UAERMV en el mes de julio del año 2012.” En septiembre 11 de 2015 se suscribe la prorroga No. 1 con el fin de prorrogar el plazo de ejecución en 90 días según se establece en el documento, así:

Lo anterior teniendo en cuenta los hechos presentados en el desarrollo del contrato 398 de 2014, y que justifican la prorroga otorgada al contratista conforme a la justificación del contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION, el aval de la interventoría DE LA universidad distrital, FDLRUU y UAERMV. La UAERMV manifiesta que la prorroga se considera necesaria debido a la realización de estudios y diseños de los sectores Playón Playita, Providencia Media, Casa Vecinal Palermo Sur y Puentes como se presenta a continuación:

Page 82: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

82

Al ser consultada la UAERMV respecto a la inclusión de actividades de estudios y diseño al contrato de obra 398 de 2014, la Entidad responde mediante oficio 7999 de 15 de diciembre de 2015 que:

“Para atender la inquietud del ente de control debe partirse de lo establecido en el Contrato 398 de 2014, el cual en sus cláusulas primera y el numeral 1 del párrafo segundo de la novena, determina que: … “(…) El contratista, en caso de ser necesario deberá realizar los estudios y diseños necesarios para acometer las obras complementarias, de mantenimiento, correctivas y de reparación necesarias para cumplir con el objeto del contrato de obra pública que no se encuentren especificadas en los diseños entregados y que se requieran para garantizar el correcto funcionamiento, puesta en servicio y/o estabilidad de las obras a construir, y/o mantener reparar y/o corregir. Las anteriores actividades se consideran como parte de los servicios profesionales con cargo a la administración del contrato. (…)” (Subrayado fuera de texto)

De igual forma preguntado a la UAERMV respecto a los estudios y diseños elaborados y entregados al contratista CONSORCIO OBRAS DE ESTABILIZACION, manifiesta mediante oficio 8266 de 30 de diciembre de 2015 en el numeral 3 literal a) que “Los Estudios y Diseños para la obra de Mitigación en el sitio

la Carolina fueron realizados por el CONSORCIO MITIGACION 2010 …”

En ese orden de ideas, se puede concluir que la UAERMV solamente entregó estudios y diseños al contratista para la realización de las obras del sector La Carolina. Examinados las actas mencionadas y anexas al documento anterior, se encuentra que la interventoría de la UNIVERIDAD DISTRITAL mediante oficio CIA-060-2013-195-2015 de noviembre 23 de 2015 comunica a la UAERMV la aprobación de nueve (9) ítems no previstos, dentro de los cuales se registra con el NP-12 ajustes a diseños y mediante el ACTA No. 6 DE FIJACION DE PRECIOS NO PREVISTOS con el NP- AJUSTES A DISEÑOS se establece un valor de $30.000.000 para cada uno de los dos sectores contenidos en la Prorroga No. 1 suscrita el 11 de septiembre

Page 83: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

83

de 2015, documento que aparece firmado por el contratista, la interventoría y la Supervisión del FDLRUU sin que se registren las firmas de la UAERMV. Al respecto, consultado el FDLRUU mediante oficio con radicado 20161820001221 de 5 de enero de 2016 sobre las modificaciones realizadas al contrato 398 de 2014, informa en el numeral 6 que “Anexo en archivo digital copia de las actas de aprobación

de los no previstos así como la fijación de precios no previstos…” y adicionalmente informa que “… dichas actas con las firmas finales deben reposar en los archivos de la

UAERMV, con las aprobaciones y firmas finales de esta entidad.” En conclusión, es evidente que la inclusión de los estudios y diseños mediante la Prorroga No. 1 modifica el objeto del contrato de obra 398 de 2014, las cuales fueron aprobadas por las partes intervinientes como el FDLRUU y la UAERMV y legalizadas en la Prorroga No. 1. Evaluada la respuesta de la Entidad al informe preliminar se confirma la observación y se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y penal.

3.4. CONTRATO DE OBRA No. 430 DE 2014

Información Pre-contractual

El Contrato No. 430 de 2014 fue el resultado de la licitación pública No. LP-12-2014,

que tuvo como aviso de convocatoria en el SECOP el 6 de noviembre de 2014,

fechas de apertura el 27 de noviembre de 2014 mediante la Resolución No. 596 y

el cierre de la misma el 10 de diciembre de 2014. En la licitación pública No. LP-12-

2014 se presentaron nueve (9) proponentes; resultando beneficiada la firma GP

INGENIERIAS Y CIA SAS, cuya adjudicación fue realizada mediante la Resolución

No. 671 del 26 de diciembre de 2014 de la UAERMV.

Información Contractual

El 29 de diciembre de 2014 la UAERMV suscribió con la firma GP INGENIERIAS Y

CIA SAS el Contrato de Obra No. 430 de 2014 con objeto contractual la

“Construcción de las obras de estabilización en Altos de la Estancia, sector medio

La Carbonera en la localidad de ciudad Bolívar, Bogotá, D.C. de acuerdo con los

diseños suministrados por el IDEGER antiguo FOPAE”. Por un valor de

$1.884.174.682,00 con un plazo de tres (3) meses y tres (3) semanas.

Garantías

Page 84: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

84

La garantía única otorgada por el contratista a favor de la UAERMV en el que se

detallan los amparos de buen manejo y correcta ejecución del anticipo,

cumplimiento, multas y clausula penal, pago de salarios, prestaciones sociales e

indemnizaciones laborales, estabilidad y calidad de la obra y la responsabilidad civil

extracontractual para minimizar los riesgos del contrato 430 de 2014, mediante las

pólizas No. 21-44-101186002 y 21-40-101071164 expedidas el 5 de enero de 2015

y el 25 de marzo de 2015 por la compañía SEGUROS DEL ESTADO S.A., tanto en

su cobertura, vigencia y fecha de expedición; las cuales fueron aprobadas mediante

actas de la UAERMV de fecha 20 de enero de 2015 y 3 de abril de 2015.

Se revisó la garantía única otorgada por el contratista a favor de la UAERMV en el

que se detalla la responsabilidad civil extracontractual para minimizar los riesgos de

la adición No. 1 y prorroga No. 1 del 14 de julio de 2015 al Contrato No. 430 de

2014; mediante la póliza No. 21-40-101071164 expedida el 15 de julio de 2015 por

la compañía SEGUROS DEL ESTADO S.A. tanto en su cobertura, vigencia y fecha

de expedición, la cual fue aprobada mediante acta por la UAERMV el 23 de julio de

2015.

Acta de inicio

El 24 de marzo de 2015, se firmó el Acta de inicio del contrato, quedando como

fecha de terminación el 14 de julio de 2015.

Adición y Prórroga

El 14 de julio de 2015 se firmó la Adición No. 1 y Prórroga No.1 al contrato No. 430

de 2014, por un valor de $921.641.859 con un plazo de tres (3) meses desde el 15

de julio de 2015 al 14 de octubre de 2015.

Visita de Obra

El 14 de diciembre de 2015 el equipo auditor de la Contraloría de Bogotá D.C. y la

UAERMV realizaron visita de obra al sector Altos de la Estancia de la localidad de

Ciudad Bolívar en Bogotá; D.C, con el fin de verificar las actividades de obra de

mitigación ejecutadas en virtud del contrato No 430 de 2014 y su respectiva

interventoría en desarrollo del contrato No. 421 de 2014. Los siguientes son los

ítems de obra ejecutados en las bermas 1, 2 y 3, objeto de identificación en la visita

in situ el 14 de diciembre de 2015, los cuales se detallan en el registro fotográfico:

Cunetas en concreto 3000 PSI con acero de refuerzo Drenes horizontales con sistema de revestimiento Filtro con gaviones Siembra de grama en áreas excavadas

Page 85: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

85

Excavaciones

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 3 VISITA DE OBRA CONTRATO DE OBRA No 430-2014 - INTERVENTORIA No. 421-2014

Foto 1. Panorámica del Parque distrital Altos de la

Carbonera Sector Medio (Ciudad Bolívar- Bogotá, D.C.)-

14/12/2015

Foto No 2 Panorámica de la cuneta en concreto de la Berma

2 en Altos de la Estancia en la localidad de Ciudad Bolívar-

Bogotá, D.C. – 14/12/2015

Foto 3. Detalle del terreno seco y desprendimiento de

grama de la Berma 2 en Altos de la Estancia en la localidad

de Ciudad Bolívar- Bogotá, D.C. – 14/12/2015

Foto 4. Dren horizontal revestido en concreto de la berma 2,

funcionando, en Altos de la Estancia en la localidad de

Ciudad Bolívar- Bogotá, D.C. – 14/12/2015

Fuente: Visita de Obra Elaboró: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad.

Seguimiento Físico y Financiero

En el seguimiento físico al contrato, se evidenció que del valor real del contrato por

$2.805.816.541,00 se ejecutó un 99,4% ($2.787.838.765,00) durante la vigencia

2015. La diferencia del 0,6% ($17.977.776,00) se debió a una menor obra

ejecutada. La obra se encuentra totalmente terminada acorde con el objeto

contractual.

Page 86: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

86

El seguimiento financiero al contrato con corte al 30 de diciembre de 2015 se detectó

que la UAERMV desembolsó el 64% ($1.802.676.423,00) en cinco (5) actas

parciales con respecto al valor real del contrato de $2.805.816.541,00.

Anticipo

En el contrato se pactó que la UAERMV realizaría al contratista un primer pago

como anticipo equivalente al 40% del valor del contrato y con radicado UAERMV

No. 20150116005247 del 10 de abril de 2015, la interventoría presentó la

legalización del plan de inversión del anticipo por $753.669.873,00

Mediante el acta No. 2 del 15 de abril de 2015 celebrada entre el Contratista, el

Interventor, el Supervisor, el Coordinador General de mitigación y la dirección

general de la UAERMV, la entidad autorizó el giro de anticipo, según el plan de

inversión del 15 de abril de 2015, el cual fue ordenado su pago con el No. 1044 del

04 de mayo de 2015.

Con corte al 30 de diciembre de 2015 el valor del anticipo por el 40%

($753.669.873,00) que fue amortizado el 96% ($721.070.569,20); quedando

pendiente por amortizar el 4% ($32.599.303,80).

La información del proceso contractual que dio origen al Contrato No. 430 de 2014,

se consolida en la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 21 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE OBRA No. 430 DE 2014

CONCEPTO DESCRIPCION

MODALIDAD DE

SELECCIÓN

CONTRACTUAL:

LICITACION PUBLICA

LICITACION PUBLICA

No. LP-12-2014

AVISO DE

CONVOCATORIA

PUBLICA:

El aviso de convocatoria pública de la licitación pública LP-12-2014 fue

publicado por la UAERMV en el SECOP el 06 de noviembre de 2014.

APERTURA DE LA

LICITACION:

La licitación pública LP-12-2012 fue aperturada mediante la Resolución

No. 596 del 27 de noviembre de 2014 de la UAERMV

CIERRE DE LA

LICITACION:

La Licitación Pública LP-12-2012 fue cerrada y la apertura de sobres se

realizó el 10 de diciembre de 2014.

AUDIENCIA DE

ADJUDICACION:

La Licitación Pública LP-12-2012 fue adjudicada mediante la Resolución

No. 671 del 26 de diciembre de 2014

CONTRATO DE

OBRA No. 430 del 29 de Diciembre de 2014

Page 87: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

87

CONCEPTO DESCRIPCION

OBJETO

CONTRACTUAL:

Construcción de las obras de estabilización en Altos de la Estancia,

sector medio La Carbonera en la localidad de Ciudad Bolívar, Bogotá,

D.C. de acuerdo con los diseños suministrados por el IDEGER antiguo

FOPAE

CONTRATISTA: GP INGENIERIAS Y CIA S.A.S.-NIT 860600197-7

INTERVENTOR: CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA E.U.-NIT

860600197-7

SUPERVISOR:

GIOVANNI ALEJANDRO SIERRA REVELO

Subdirector Técnico de Producción e Intervención UAERMV

PABLO EMILIO MUÑOZ PUENTES

Subdirector Técnico de Producción e Intervención UAERMV ADICION Y

PRORROGA No. 1 del 14 julio de 2015

VALOR INICIAL: $1.884.174.682,00

VALOR ADICIONAL: $921.641.859,00 (48,9% del valor inicial)

VALOR REAL: $2.805.816.541,00

VALOR REAL

EJECUTADO. $2.787.838.765,00

PLAZO INICIAL: 3 meses y 3 semanas

PLAZO ADICIONAL: 3 meses

FECHA DE INICIO: 24 de marzo de 2015

FECHA INICIAL DE

TERMINACION: 14 de julio de 2015

FECHA FINAL DE

TERMINACION: 14 de octubre de 2015

ACTA DE RECIBO: No. 13 del 09 de diciembre de 2015 (Devuelta a la interventoría con

oficio No. UAERMV No. 8189 del 28 de diciembre de 2015

ACTA DE

LIQUIDACION:

En revisión (Devuelta a la interventoría con oficio UAERMV No. 8189 del

28 de diciembre de 2015)

ESTADO FISICO

CONTRACTUAL: Ejecutado

ESTADO

FINANCIERO DEL

CONTRACTUAL:

64% desembolsado en actas parciales.

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Obra. No 430 de 2014.

Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

En la evaluación realizada a este Contrato, se evidenciaron las siguientes

observaciones:

3.4.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria y fiscal por $276.658.571,83 porque la UAERMV no tomó las medidas adecuadas para evitar que los ítems ejecutados “Siembra de grama área excavada izquierda (incluye suministro e instalación, incluye 10 cm de tierra)” del contrato No. 430 de 2014, no se deteriore o se pierda la inversión;

Page 88: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

88

evidenciándose la falta de coordinación interinstitucional entre las Entidades Distritales para la adecuada conservación y mantenimiento del parque Altos de la Estancia en la localidad de Ciudad Bolívar (Bogotá. D.C.).

Los siguientes son los hechos correspondientes a la observación administrativa con

presunta incidencia disciplinaria y fiscal:

El contrato No 430 de 2014 fue resultado de la licitación pública No. LP-12-2014, que tuvo como aviso de convocatoria en el SECOP el 06 de noviembre de 2014, fechas de apertura el 27 de noviembre de 2014 mediante Resolución No. 596 y el cierre de la misma el 10 de diciembre de 2014. La adjudicación al proponente beneficiario GP INGENIERIAS Y CIA SAS, se realizó mediante la Resolución No. 671 del 26 de diciembre de 2014 de la UAERMV.

El equipo auditor de la Contraloría de Bogotá, D.C. del contrato No. 430 de 2014 solicitó a la UAERMV “Relacionar el cuadro comparativo del presupuesto y cantidades de

obra programadas VS ejecutadas tanto del valor inicial como del valor adicional del

contrato”; mediante oficio No. 20150116023136 del 22 de diciembre de 2015. Para lo cual, con oficio No. 8265 del 30 de diciembre de 2015 de la UAERMV remitió al Órgano de Control la respuesta al interrogante anterior, reflejándose que el contratista ejecutó el 70% ($214.132.021,54) del valor programado con relación a los ítems de siembra de grama en áreas excavadas señaladas en el contrato, el cual se detalla a continuación:

CUADRO No. 22 COSTO DIRECTO PROGRAMADO DEL CONTRATO 430 DE 2014

(CONTRATO INICIAL + ADICIONAL) Cifra en Pesos

ITEM DESCRIPCIÓN UNIDAD CANTIDAD VALOR

UNITARIO ($) VALOR TOTAL ($)

16

Siembra de grama área

excavada izquierda (incluye

suministro e instalación,

incluye 10 cm de tierra

M2 20.336,92 11.282,00 229.441.131,44

17

Siembra de grama área

excavada izquierda (incluye

suministro e instalación,

incluye 10 cm de tierra

M2 6.920,24 11.282,00 78.074.147,68

VALOR TOTAL ($) 307.515.279,12

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Obra No 430 de 2014.

Las cantidades de grama efectivamente ejecutadas son las siguientes:

Page 89: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

89

CUADRO No. 23 COSTO DIRECTO EJECUTADO DEL CONTRATO 430 DE 2014

Cifras en Pesos

ITEM DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD VALOR

UNITARIO ($) VALOR TOTAL ($)

16

Siembra de grama área excavada izquierda (incluye suministro e instalación, incluye 10 cm de tierra

M2 12.209,32 11.282,00 137.745.548,24

17

Siembra de grama área excavada izquierda (incluye suministro e instalación, incluye 10 cm de tierra

M2 6.770,65 11.282,00 76.386.473,30

VALOR TOTAL ($) 214.132.021,54

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Obra No 430 de 2014.

Teniendo en cuenta lo anterior se establece que el valor efectivamente ejecutado es de $276.658.571,83, como se detalla a continuación:

CUADRO No. 24

COMPARATIVO COSTOS ITEMS DE SIEMBRA DE GRAMA

Cifras en Pesos

DESCRIPCION COSTO DIRECTO

($)

COSTO INDIRECTO

($) A.I.U 29,2%

VALOR

TOTAL ($)

PORCENTAJE

(%) Programado 307.515.279,12 89.794.461,50 397.309.740,62 100

Ejecutado 214.132.021,54 62.526.550,29 276.658.571,83 70 Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Obra No 430 de 2014.

El equipo auditor de la Contraloría de Bogotá, D.C. solicitó a la UAERMV, respuesta al interrogante del contrato No. 430 de 2014: “Durante la visita de inspección a las obras de estabilización en Altos de la Estancia, sector medio la Carbonera en la localidad de Ciudad Bolívar (Bogotá, D.C.) el pasado lunes 14/12/2015; se evidenció el lugar sin vigilancia y en algunos sectores con grama desprendida de la ladera y seca sin irrigación; ¿qué acciones se ha adelantado para evitar que la inversión ejecutada por la UAERMV con relación a los ítems “Siembra de grama área excavada izquierda (incluye suministro e instalación, incluye 10 cm de tierra)”, entre otros; no se deteriore o se pierda la inversión?”, mediante el oficio No. 20150116023136 del 22 de diciembre de 2015; La Entidad contestó con oficio No. 8265 del 30 de diciembre de 2015 que “el contratista de obra ha venido realizando nuevamente las acciones de siembra de grama en las áreas donde ésta se encuentra seca, sin embargo la comunidad del sector debido a que no se tiene vigilancia por parte del Distrito, ha retirado los cespedones, cómo se evidencia en el informe del contratista con radicado No. 20150116023298 del 2 de diciembre de 2015; de igual manera, la entidad continua

Page 90: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

90

realizando visitas periódicas al sector e informando al contratista de obra, para que continúe con los ajustes respectivos al ítem mencionado” Con relación a la grama desprendida de la ladera y grama seca sin irrigación dada las condiciones geomorfológicas del sector medio la Carbonera del parque Altos de la Estancia en la localidad de Ciudad Bolívar (Bogotá, D.C.), su causa se debió a la falta de coordinación interinstitucional entre las Entidades Distritales en las actividades atinentes a vigilancia y sistema de irrigación para la adecuada conservación y mantenimiento de la grama sembrada en áreas excavadas, cuyo efecto fue el retiro de cespedones o grama en áreas excavadas y la sequedad de la grama generando pérdida de los recursos de la ciudad. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la

Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD

2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431

de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se retira la observación.

3.5. CONTRATO DE INTERVENTORIA No. 421 DE 2014

Información Pre- contractual

El contrato No. 421 de 2014 fue resultado del concurso de méritos abierto No. CMA-03-2014, que tuvo como aviso de convocatoria en el SECOP el 06 de noviembre de 2014, fecha de apertura el 20 de noviembre de 2014 mediante Resolución No. 585 y el cierre de la misma el 11 de diciembre de 2014. En el concurso de méritos No. CMA-03-2014 se presentaron seis (6) proponentes; resultando beneficiada la empresa CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA E.U., cuya adjudicación fue realizada mediante la Resolución No. 857 del 22 de diciembre de 2014 de la UAERMV. Información Contractual

El 26 de diciembre de 2014 la UAERMV suscribió con la firma CSI CONSTRUCCIONES SERVICIOS E INGENIERIA E.U. el contrato No 421 de 2014 con objeto contractual de realizar la “Interventoría técnica, administrativa, financiera,

jurídica, contable, Siso–Ambiental (SST-SGA), plan de manejo de tráfico y social para la construcción de las obras de estabilización en Altos de la Estancia, sector medio La

Carbonera en la localidad de Ciudad Bolívar, Bogotá, D.C.” por un valor de $183.752.963,00 con un plazo de tres (3) meses y tres (3) semanas.

Garantías

Page 91: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

91

La garantía única otorgada por el contratista a favor de la UAERMV en el que se detallan los amparos de cumplimiento, pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, calidad del servicio y la responsabilidad civil extracontractual para minimizar los riesgos del contrato No 421 de 2014, mediante las pólizas No. 31 GU108520 del 29 de diciembre de 2014 y 17 de julio de 2015 y la Pólizas No. 31 RE000984 del 29 de diciembre de 2014 y 17 de julio de 2015 de la aseguradora CONFIANZA S.A.; las cuales fueron aprobadas mediante acta por la UAERMV el 19 de enero de 2015 y 21 de julio de 2015. Acta de inicio

El 24 de marzo de 2015, se firmó el Acta de inicio del contrato, quedando como fecha de terminación el 14 de julio de 2015.

Adición y prórroga

El 14 de julio de 2015 se firmó la Adición No. 1 y Prórroga No.1 al contrato No. 421 de 2014 por un valor de $164.486.402 con un plazo de tres (3) meses desde el 15 de julio de 2015 al 14 de octubre de 2015.

Seguimiento físico y financiero

El seguimiento físico al contrato de interventoría No. 421 de 2014, se evidenció que el valor real del contrato por $348.239.365,00 se ejecutó en un 100% durante la vigencia 2015. El seguimiento financiero al contrato de interventoría No. 421 de 2014 con corte al 30 de diciembre de 2015 se identificó que la UAERMV desembolsó el 72% ($250.869.844,00) en cinco (5) actas parciales con respecto al valor real del contrato. La información del proceso contractual No. 421 de 2014, se consolida en la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 25 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE INTERVENTORIA No. 421 DE 2014

CONCEPTO DESCRIPCION

MODALIDAD DE

SELECCIÓN

CONTRACTUAL:

CONCURSO DE MERITOS ABIERTO

CONCURSO DE

MERITOS ABIERTO No. CMA-03-2014

AVISO DE

CONVOCATORIA

PUBLICA:

El aviso de convocatoria pública del concurso de méritos abierto CMA-03-2014 fue publicado por la UAERMV en el SECOP el 06 de noviembre de 2014

APERTURA DEL

CONCURSO:

El concurso de méritos CMA-03-2014 fue aperturado mediante la

Resolución No. 585 del 20 de noviembre de 2014 de la UAERMV

Page 92: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

92

CIERRE DEL

CONCURSO:

El concurso de méritos CMA-03-2014 fue cerrado y apertura de sobres

del 11 de diciembre de 2014.

AUDIENCIA DE

ADJUDICACION:

El concurso de méritos CMA-03-2014 fue adjudicado mediante la

Resolución No. 857 del 22 diciembre de 2014 de la UAERMV

CONTRATO DE

INTERVENTORIA No. 421 del 26 de diciembre de 2014

OBJETO CONTRACTUAL:

Interventoría técnica, administrativa, financiera, jurídica, contable, Siso –Ambiental (SST-SGA), plan de manejo de tráfico y social para la construcción de las obras de estabilización en Altos de la Estancia, sector medio La Carbonera en la localidad de ciudad Bolívar, Bogotá, D.C.

CONTRATISTA: CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA E.U.- NIT 900.147.098-0

SUPERVISOR: GIOVANNI ALEJANDRO SIERRA REVELO- Subdirector Técnico de Producción e Intervención UAERMV PABLO EMILIO MUÑOZ PUENTES- Subdirector Técnico de Producción e Intervención UAERMV

ADICION Y

PRORROGA No. 1 del 14 de julio de 2015

VALOR INICIAL: $183.752.963,00

VALOR ADICIONAL: $164.486.402,00 (89,5% del valor inicial)

VALOR REAL: $348.239.365,00

PLAZO INICIAL: Tres meses (3) meses y tres (3) semanas

PLAZO ADICIONAL: 3 meses.

FECHA DE INICIO: 24 de marzo de 2015

FECHA INICIAL DE

TERMINACION: 14 de julio de 2015

FECHA FINAL DE

TERMINACION: 14 de octubre de 2015

ACTA DE RECIBO: En proceso

ESTADO FISICO

CONTRACTUAL: Ejecutado

ESTADO FINANCIERO

DEL CONTRACTUAL: 72% desembolsado (Respecto al valor real contractual) $250.869.844,00

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Interventoría No 421 de 2014. Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

En la evaluación realizada a este Contrato, se evidenció la siguiente observación:

3.5.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria porque la UAERMV permitió que el interventor cotizara a su personal con valores mensuales por un menor ingreso base de cotización a la seguridad social durante la ejecución del contrato de Interventoría No. 421 de 2014. Los siguientes son los hechos correspondientes a la observación administrativa:

Page 93: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

93

Mediante oficio UAERMV No. 20150116023136 del 22 de diciembre de 2015, la Contraloría de Bogotá, D.C., solicitó a la UAERMV: “Relacionar el personal mensual efectivo a cargo de la interventoría que participó durante la ejecución de las actividades (preliminares y ejecución de obra) del contrato; según el siguiente cuadro guía”. La UAERMV mediante el oficio No. 8265 del 30 de diciembre de 2015 dio respuesta al interrogante de la siguiente manera:

CUADRO No. 26

PERSONAL DE LA INTERVENTORIA

No. PERSONAL DE LA INTERVENTORIA ACTV.

PRELIM

INARES

ACTIV.

OBRA CARGO NOMBRE CC No.

1 Director de interventoría

Martha Patricia Galvis Velasco

63.339.746 x x

2 Especialista en geotecnia

Camilo Alexis Romero Porras

79.746.462 x x

3 Residente SST-SGA/SISOMA

Félix Alberto Daza Monroy 79.745.110 x x

4 Residente social Anyi Katherine López Simbaqueva

1.023.886.539 x x

5 Profesional ingeniero de tránsito

Amelia María Farfán Martínez

37.512.736 x x

6 Topógrafo-Inspector Cesar Augusto Rubiano Acevedo

1.013.581.606 x x

7 Cadeneros 1 Michael Eduard Guzmán Chaparro

1.024.509.789 x x

8 Cadenero 2 Harold Oswaldo Caro Pinzón

1.013.605.307 x x

9 Conductor motorista Alexander Duarte Carvajal 79.750.035 x x

10 Secretaria Angélica Vega 37.720.782 x x

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Interventoría No 421 de 2014

La Contraloría de Bogotá, D.C., solicitó a la UAERMV “Informar, si la UAERMV supervisó que el IBC-Ingreso básico de cotización (Salud, Pensión, Caja de Compensación Y Riesgos) del personal a cargo de la interventoría tuviera relación con el valor mensual pagado durante la ejecución de las actividades (preliminares y ejecución de obra) del contrato”, mediante oficio UAERMV No. 20150116023136 del 22 de diciembre de 2015, contestado mediante oficio No. 8265 del 30 de diciembre de 2015 de la siguiente manera: “La UAERMV realizó la verificación de los pagos al SGSSI del personal a cargo de la interventoría reportados mensualmente en los informes de gestión SST-SGA de cada período (como se evidencia en las listas de verificación y aprobación de informes mensuales de interventoría), conforme a la propuesta económica presentada por la empresa interventora. La verificación de los pagos al SGSSI del período comprendido del 24 de marzo de 2015 al 14 de octubre de 2015, se realizó mediante acta con fecha 28 de diciembre de 2015, la cual se anexa a esta respuesta. Por otro lado, se anexa el cuadro de control de personal de la interventoría, propuesta económica, cálculo de

Page 94: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

94

ingreso base de cotización (IBC), planillas de pago al SGSSI de cada período durante la vigencia del contrato y certificación de paz y salvo por concepto de cumplimiento a los pagos SGSSI, por parte del revisor fiscal de la interventoría”

A continuación se relaciona el análisis de una muestra del personal de la interventoría (actividades preliminares y ejecución de obra) del contrato de interventoría No. 421 de 2014 en la cual el interventor cotizó a su personal con valores mensuales por un menor ingreso base de cotización a la seguridad social, durante la ejecución del contrato de interventoría:

CUADRO No. 27

PERSONAL DE LA INTERVENTORIA - ACTIVIDADES PRELIMINARES Cifras en Pesos

1 2 3 4 5 6 7 8

CARGO NOMBRE CC No. CAN. SALARIO

$/UNIDAD

DED.

MES (%)

FM/VALOR

UNITARIO

VALOR

TOTAL ($)

Residente

social

Anyi Katherine

López Simbaqueva 1023886539 0,7 3500000 20 2,31 1.131.900

9 10 11 12 13 14 15

VALOR 21

DIAS

IBC SALUD

ABR/2015

IBC SALUD

REAL

DIFERENCI

A

IBC PENSION

MARZ/2015

IBC REAL

PENSION DIFERENCIA

1.131.900 1.000.000 1.131.900 131.900 1.000.000 1.131.900 131.900 Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Interventoría No 421 de 2014

Por otra parte el personal de la interventoría, en la etapa de ejecución de obra, se detalla a continuación:

CUADRO No. 28

PERSONAL DE LA INTERVENTORIA- EJECUCIÓN DE OBRA Cifras en Pesos

1 2 3 3 5 6 7 8

CARGO NOMBRE CC No. CAN SALARIO

UNIDAD

DEDICACION

MES (%)

FM/VALOR

UNITARIO

VALOR

TOTAL ($)

Director de

interventoría

Martha Patricia

Galvis Velasco 63339746 3 6200000 50 2,31 21.483.000,0

Especialista

en geotecnia

Camilo Alexis

Romero Porras 79746462 3 5000000 30 2,31 10.395.000,0

Res. SST-

GA/SISOMA

Félix Alberto Daza

Monroy 79745110 3 3750000 100 2,31 25.987.500,0

Residente

social

Anyi Katherine

López Simbaqueva 1023886539 3 3500000 50 2,31 12.127.500,0

Cadeneros 1 Michael Eduard

Guzmán Chaparro 1024509789 3 1300000 40 2,31 3.603.600,0

9 10 11 12 13 14 15

VALOR

MES

IBC SALUD

JUN/2015

IBC SALUD

REAL DIFERENCIA

IBC PENSION

JUN/2015

IBC REAL

PENSION DIFERENCIA

7.161.000,0 1.300.000,0 2.864.400,0 1.564.400,0 1.300.000,0 2.864.400,0 1.564.400,0

Page 95: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

95

3.465.000,0 800.000,0 3.465.000,0 2.665.000,0

8.662.500,0 667.000,0 8.662.500,0 7.995.500,0 667.000,0 8.662.500,0 7.995.500,0

4.042.500,0 500.000,0 4.042.500,0 3.542.500,0 500.000,0 4.042.500,0 3.542.500,0

1.201.200,0 733.000,0 1.201.200,0 468.200,0 733.000,0 1.201.200,0 468.200,0

Fuente: UAERMV Expediente del Contrato de Interventoría No 421 de 2014

Resulta que la causa de un menor ingreso base de cotización de la seguridad social durante la ejecución del Contrato de Interventoría No. 421 de 2014; so pena de existir una certificación del contratista fue la falta de una mejor verificación de los pagos de los aportes o planillas de seguridad social por parte del contratante, generando como efecto la evasión de recursos de la Seguridad Social en el Contrato No. 421 de 2014. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la

Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD

2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431

de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se configura un hallazgo

administrativo con presunta incidencia disciplinaria.

3.6. CONTRATO DE OBRA No. 427 DE 2014 El 23 de Octubre de 2014, el Director General (E) de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, el Coordinador del Área de Mitigación y el Subdirector Técnico de Intervención y Producción aprueban los Estudios Previos que soportan el trámite del proceso de selección para contratar la “Construcción de obras de mitigación de riesgos de procesos de remoción en masa en el barrio El Codito en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la ciudad de Bogotá, D.C”. La Entidad dio apertura a la Licitación Pública No. 011 de 2014 mediante Resolución No. 597 del 27 de noviembre de 2014, cuyo objeto es contratar por el sistema de precios unitarios, la “Construcción de obras de mitigación de riesgos de procesos de

remoción en masa en el barrio El Codito en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la

ciudad de Bogotá, D.C”. El 10 de diciembre de 2014 se llevó a cabo la audiencia de cierre y apertura de sobres del proceso licitatorio LP-011-2014. El 23 de diciembre de 2014, mediante la Resolución No. 661 la UAERMV adjudicó la Licitación Pública No. 011 de 2014, al proponente Verde D.C S. A.

Page 96: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

96

El 29 de diciembre de 2014, la UAERMV, suscribió con la firma Verde D.C S. A., el Contrato de Obra No. 427 de 2014, que tiene por objeto“Construcción de obras de

mitigación de riesgos de procesos de remoción en masa en el barrio El Codito en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y

diseños ejecutados por la UAERMV en la ciudad de Bogotá, D.C”, con un plazo de seis (6) meses y por valor de $1.793.462.208

El 10 de junio de 2015, se firma el Acta No. 1 de inicio del contrato, quedando como fecha de terminación el 9 de diciembre de 2015 y mediante el Acta No 02 se autoriza el giro del anticipo por $717,38 millones. El 26 de Agosto de 2015, se suscribe el Acta No 5 de Fijación de Precios No previstos El 14 de Octubre de 2015, mediante el Acta No 6 de Adición No 1 y Prorroga- No 1 de contrato de Obra, el Contratista, el Interventor y el Supervisor del Contrato, le solicitan al Director General una adición de CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y UN PESOS M/CTE ($499.816.381) y una prórroga de dos (2) meses, teniendo en cuenta que:

“… se aclaró que el diseño fue concebido para que se ejecutara en dos fases, estando estimadas para el contrato en comento las cantidades de obra de la primera fase, lo cual explica la diferencia de cantidades de obra una vez realizado el balance del contrato”.

….. “Como el objetivo de las obras objeto del presente contrato es lograr recuperar la vía y evitar probabilidad de ocurrencia de un proceso de remoción en masa (PRM) la UAERMV, el contratista y la Interventoría consideran viable ejecutar las dos fases del proyecto, dado que las actividades inicialmente contratadas se mantienen y la ejecución de la fase 2 se encuentra dentro del alcance del objeto contractual, por lo que solo es necesario mayores cantidades de obra a las inicialmente previstas. Lo anterior buscando por propender por asegurar la continuidad, la estabilidad y el adecuado comportamiento estructural de las obras concebidas, así como el ahorro de costos administrativos para la entidad inherentes a la realización de un nuevo proceso de contratación”

….. “Se requiere de manera apremiante ejecutar la obra en las dos fases concebidas en el diseño, debido a la probabilidad de ocurrencia de un proceso de remoción en masa (PRM) el cual es potencialmente nocivo, y por ende puede llegar afectar las viviendas ubicadas en la parte alta y baja, situación que pone en riesgo tanto a las familias, como a la infraestructura del sector”

Page 97: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

97

El 27 de octubre de 2015 se firma la Adición No 1 y Prorroga No 1 al Contrato de Obra No 427 de 2014, adición por valor de $499.816.381 y prorroga por el término de dos (2) meses contados a partir del diez (10) de Diciembre de 2015 hasta el nueve (9) de febrero de 2016. La adición corresponde al 27.87% del valor inicial del Contrato. El 3 de noviembre de 2014, la Secretaria General de la Entidad aprueba las pólizas del Contrato expedidas por Seguros del Estado S.A, que amparan: el buen manejo y correcta inversión del anticipo, cumplimiento del Contrato, pago de salarios, prestaciones sociales, legales e indemnizaciones laborales, estabilidad y calidad de la obra y responsabilidad civil contractual., con ocasión de la firma la Adición No 1 y Prorroga No 1 al Contrato de Obra No 427 de 2014 suscrita el 27 de octubre de 2015 Las anteriores modificaciones se muestran en la siguiente Ficha Técnica:

CUADRO No. 29 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE OBRA No. 427 DE 2014

ESTUDIOS PREVIOS Octubre 23 de 2014

MODALIDAD DE SELECCIÓN Licitación Pública

LICITACIÓN PÚBLICA No 011 de Noviembre 27 de 2014

RESOLUCION DE ADJUDICACION No 661 del 23 de Diciembre de 2014

CONTRATO No. 427 de 2014

FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Diciembre 29 de 2014

CONTRATISTA Verde D.C S. A.

REPRESENTANTE LEGAL Hernando Laverde Manjarrés

OBJETO:

Construcción de obras de mitigación de riesgos de procesos de remoción en masa en el barrio El Codito en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la ciudad de Bogotá, D.C

VALOR DEL CONTRATO: $1.793.462.208

VALOR DEL ANTICIPO (40%) DEL VALOR TOTAL DEL CONTRATO:

$717.384.883

PLAZO INICIAL: Seis (6) meses a partir de la suscripción del acta de inicio.

FECHA DEL ACTA DE INICIO: Junio 10 de 2015

FECHA DE TERMINACIÓN INICIAL : Diciembre 9 de 2015

ACTA No 5 DE FIJACION DE PRECIOS NO PREVISTOS DE AGOSTO 26 de 2015

Se firma el acta de precios no previstos.

ACTA No 6 DE ADICION No 1 y PRORROGA No 1 DE OCTUBRE 14 DE 2015

Se solicita al Director General ( E ) una adición de $499.816.381 y una prórroga de dos (2) meses

ADICION No 1 y PRORROGA No 1 DE OCTUBRE 27 DE 2015

Se firma la adición de $499.816.381 y la prórroga de dos (2) meses.

Page 98: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

98

INTERVENTORIA CSI CONSTRUCCIONES SERVICIOS E INGENIERIA E.U

VALOR FINAL DEL CONTRATO $2.293.278.589,00

PLAZO FINAL DEL CONTRATO Ocho (8) meses.

FECHA DE TERMINACION FINAL: Febrero 9 de 2016

VALOR Y PORCENTAJE EJECUTADO CON CORTE A ENERO 5 D E2016

$ 2.193.080.461 (95.63%)

VALOR Y PORCENTAJE DE LA OBRA POR EJECUTAR A ENERO 5 DE 2016

$100.198.128 (4.37%)

SUPERVISORA Mónica García Morales-Subdirectora Técnica de Producción e Intervención.

Fuente: UAERMV Expediente contractual Contrato de Obra No 427 de 2014.-Informe semanal No 30 del periodo comprendido entre el 30 de diciembre de 2015 y el 5 de enero de 2016. Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

Antecedentes En el sector El Codito II Sitio 47 se originó un proceso de remoción en masa generado por la infiltración de agua provocando perdida de la banca de la vía en el sector de la carrera 1 entre calles 182B A y 183, para el cual la Dirección de Atención y Prevención de Emergencias FOPAE emitió el Diagnóstico Técnico No DI-5024 del 24 de noviembre de 2010. Los Estudios y Diseños para la construcción de las obras fueron elaborados por el Consorcio Mitigación 2010 bajo la ejecución del Contrato No. 085 de 2010. Los Estudios y Diseños para la construcción de obras de mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa en el barrio El Codito, los elaboro el Consorcio Mitigación 2010 bajo la ejecución del Contrato No. 085 de 2010, los cuales fueron revisados y aprobados por la interventoría Consorcio SIGNUM 2010. El consultor presentó dos opciones de diseño para mitigar el riesgo existente en la zona objeto del estudio. El objetivo de las obras es recuperar la vía y evitar la probabilidad de ocurrencia de un proceso de remoción en masa. Se seleccionó la alternativa de diseño No 1. Dentro de los productos entregados por el Consorcio se encuentra el Informe Predial, donde se definió que para la opción de diseño No 1 los predios afectados por obra eran seis (6). De acuerdo a lo informado por la Entidad mediante los oficios No 6951 de octubre 30 de 2015 y No. 7475 de noviembre 24 de 2015, de los seis (6) predios afectados, tres (3) son de propiedad del Distrito y tres (3) pertenecen a particulares, como se detalla a continuación:

Page 99: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

99

CUADRO No. 30 RELACION DE PREDIOS REQUERIDOS PARA LA EJECUCION DE LAS OBRAS DE

MITIGACION- CONTRATO DE OBRA No. 427 DE 2014 RT No AREA NOMENCLATURA PROPIETARIO OBSERVACIONES

01 6922 Calle 182 A No 2-12 Bogotá D.C Zona verde por lo tanto no se requiere adquisición.

02 111 Cra. 1 # 182B-45 FOPAE Predio del Distrito por lo tanto no se requiere

adquisición

03 208 Cra. 1 # 182B-15 Guillermo

Álvarez Álvarez

Se encuentra con minuta de Escritura Pública de compraventa en favor de la U.A.E R.M.V., la cual se entregará a la Notaria asignada para el trámite.

No informa

194 Calle 183 con Cra. 1 Bogotá D.C Vía por lo tanto no se requiere adquisición.

04 173 Cra. 1 # 182B-36 Luis Antonio

Araque No fue necesario adquirir el predio porque se ajustó

el diseño

05 188 Cra. 1 # 182B-16 Florentino

Riaño León No fue necesario adquirir el predio porque se ajustó

el diseño.

Fuente: UAERMV Oficio 6951 de Octubre 30 de 2015 y Oficio 7475 de Noviembre 24 de 2015. Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

De acuerdo a lo registrado en el anterior cuadro, respecto a los predios de particulares, solo se debió adquirir el identificado con el Registro Topográfico-RT03, teniendo en cuenta que se ajustó el diseño para evitar la demolición de las viviendas identificadas con los RT 04 y 05. Anticipo El 17 de septiembre de 2015, la Fiduciaria Bogotá S.A. certifica que la firma VERDE DC SA el 16 de enero de 2015 suscribió el contrato de Fiducia Mercantil de Administración No 3-1-50076 con FIDUCIARIA BOGOTA S.A., el cual tiene por objeto constituir una fiducia mercantil de carácter irrevocable para el manejo de los recursos que constituyen el anticipo. En desarrollo de dicho contrato, el 29 de julio de 2015 se hizo la apertura del Encargo Fiduciario No 109002200128802 en el Fondo de INVERSIÓN Colectivo Fidugob, con los recursos provenientes de la UAERMV por valor de $663.581.018,00. Así mismo, certifica que los recursos consignados generaron rendimientos por valor de $652.646,68 millones, los cuales fueron girados el 14 de septiembre de 2015, mediante abono a la cuenta corriente del Banco Davivienda No 006069998455 a nombre de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial de acuerdo a la instrucción por parte del fideicomitente y que a la fecha el contrato fiduciario 50076 VERDE DC SA cumplió con su objeto y se encuentra cancelado. Visita de Obra

Page 100: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

100

Con el objeto de verificar el estado de la obra, el equipo auditor el 13 de noviembre del presente año, realizó la visita de obra en compañía del Coordinador del área de mitigación, el Supervisor de apoyo del Contrato, el Contratista y la Interventoría, encontrándose que la obra se encuentra en ejecución. En dicha visita se evidenció que en la parte superior del talud se observa el muro de contención en concreto reforzado con anclajes activos y lloraderos en tubería PVC de 1” de diámetro. En esta misma zona, se está realizando una excavación manual para la instalación de la tubería de PVC de 6” de diámetro para acueducto y se observan tres (3) pozos de inspección sin terminar, los cuales hacen parte de la reposición de la red de alcantarillado en tubería PVC Novafort de 12” de diámetro. Por otra parte, sobre el talud que está perfilado se encuentra instalada la manta “Tecma” para el control de la erosión, la cual facilita la revegetación del talud y sobre ésta manta se encuentra instalada la malla de alta resistencia tipo “Tecco” para la estabilización del talud, la cual se ancla con unos pernos de fijación (anclajes pasivos) y perimetralmente con un cable de acero de alta resistencia. En la pata del talud se encuentran realizando la demolición y remoción de material rocoso, y un taladro de perforación realizando las perforaciones en el talud para la instalación de los pernos de fijación para la malla tipo “Tecco”. A la fecha falta por construir los sistemas de drenaje como el disipador escalonado, cunetas y cajas de inspección, conformar y rehabilitar la vía en una longitud de 43 metros y la instalación de una baranda sobre el muro de contención. Las actividades de obras descritas anteriormente, se observa en el siguiente registro fotográfico:

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 4

VISTA DE OBRA CONTRATO DE OBRA No 427-2014

Foto 1. Muro de contención en concreto reforzado con anclajes activos (varillas que salen del muro) y lloraderos en tubería PVC de 1” de diámetro.

Foto No 2 Excavación manual para la instalación de la tubería de PVC de 6” de diámetro para acueducto

Page 101: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

101

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 4

VISTA DE OBRA CONTRATO DE OBRA No 427-2014

Foto 3. Se observa instalada la manta “Tecma” para el control de la erosión, la cual facilita la revegetación del talud y se encuentra instalada debajo de la malla de alta resistencia tipo “Tecco”

Foto 4. Se observa la estabilización talud con la manta “Tecma” , sobre la cual se coloca la malla de alta resistencia tipo “Tecco” la cual se ancla con unos pernos de fijación

Foto No 5. En la pata del talud se encuentran realizando la demolición y remoción de material rocoso, utilizando una retroexcavadora.

Foto 6. Taladro de perforación realizando las perforaciones en el talud para la instalación de los pernos de fijación para la malla tipo “Tecco”.

Foto No 7. Se observa el muro de contención que se construyó para contener la banca de la vía, así como la vía que se va a conformar, uno de los pozos de inspección tapado de forma provisional y la excavación para la instalación de la tubería de acueducto.

Foto No 8. Se observa la banca de la vía que se debe reconformar y la cuneta existente para el manejo de las aguas superficiales.

Page 102: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

102

Fuente: Visita de Obra Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

En la evaluación realizada a este Contrato, se evidenció el siguiente hallazgo:

3.6.1. Hallazgo administrativo porque la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, paga de forma global las actividades del componente de manejo de la vegetación y de paisaje incluidas en presupuesto del componente de gestión ambiental, seguridad y salud en el trabajo (SST-SGA), lo que imposibilita a la Entidad pagar las cantidades efectivamente ejecutadas por el Contratista.

En el Pliego de Condiciones de la Licitación Pública No LP-011-2014, se establece un presupuesto de $1.830.000 millones discriminados así:

CUADRO No. 31 PRESUPUESTO LICITACIÓN PÚBLICA NO LP-011-2014

Cifras en Pesos

DESCRIPCION VALOR

Presupuesto oficial para la construcción de obras, incluye la administración, imprevistos y utilidades.

1.714.221.219,00

Presupuesto global para la gestión Siso Ambiental, incluye la administración, imprevistos y utilidades.

73.638.540,00

Presupuesto global para la gestión social, incluye la administración, imprevistos y utilidades.

9.230.260,00

Presupuesto global para plan de manejo de tráfico, señalización y desvíos, incluye la administración, imprevistos y utilidades.

12.323.053,00

Presupuesto para el fondo de ajustes por cambio de vigencia 2014-2015.

20.586.928,00

TOTAL PRESUPUESTO 1.830.000.000,00

Durante la auditoria se revisó el presupuesto del componente de Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo (SST-SGA), el cual está compuesto por cinco componentes que son:

CUADRO No. 32 PRESUPUESTO COMPONENTE DE GESTIÓN AMBIENTAL, SEGURIDAD Y SALUD EN EL

TRABAJO (SST-SGA) Cifras en Pesos

COMPONENTE DESCRIPCION VALOR

A Sistema de Gestión Ambiental. Seguridad y Salud en el Trabajo

$26.044.938,00

C Manejo de la vegetación y del paisaje $14.726.097,00

D Actividades constructivas $19.616.468,00

E Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional $1.740.498,00

F Plan de Señalización $1.045.806,00

Page 103: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

103

COMPONENTE DESCRIPCION VALOR

SUB-TOTAL COMPONENTES A+C+D+E+F $63.173.807,00

A.I.U (16,56%) 10.464.733,00

VALOR GLOBAL AMBIENTAL CON AIU : TOTAL COMPONENTES A+C+D+E+F

$73.638.540,00

Dentro del Componente C Manejo de la Vegetación y del Paisaje, la Entidad estima la tala de noventa árboles con un costo de $11.555.853,00, como se discrimina en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 33 PRESUPUESTO DEL COMPONENTE C MANEJO DE LA VEGETACION Y PAISAJE

Cifras en pesos

Fuente: Presupuesto Componente de Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo (SST-SGA)

Durante el proceso auditor se solicitó mediante el oficio 80100-008 radicado UMV bajo el No. 20150116018215:

“Informar si los valores por concepto de persistencia del recurso forestal, evaluación y seguimiento que se relacionan a continuación, los realizó la UAERMV o el Contratista Verde DC S.A. con cargo al presupuesto del Contrato No 427 de 2014, indicando el número de la consignación y la fecha”.

La Entidad mediante el oficio No. 6951 de octubre 30 de 2015 informa que no se ha efectuado el pago por concepto de “persistencia del recurso forestal”, debido a que no se realizarán todas las talas y que se debe solicitar reliquidación por compensación de tala de árboles, como se describe a continuación:

ESPECIFICACIÓN UN. VALOR UNITARIO

Tala de árboles Clase I h=<5 metros,incluye desenraice, retiro y

disposicion finalUnd $ 115.864,0

Tala de árboles Clase II 5m<h<10m, incluye desenraice, retiro y

disposicion finalUnd $ 182.187,0

Tala de árboles Clase III 10<h<20m, incluye desenraice, retiro y

disposicion finalUnd $ 182.273,0

Tala de árboles clase IV 20m<H<30m. Incluye Desenraíce, Retiro y

Disposición FinalUnd $ 376.536,0

Tala de árboles clase V (H>30m. Incluye Desenraíce, Cargue, Transporte

y Disposición Final)Und $ 468.306,0

Suministro y plantacion arbol (incluye excavacion, retiro de material

sobrante y tierra negra) Und $ 57.108,0

SIEMBRA DE GRAMA (incluye Suministro e Instalación. Incluye 10cm

de Tierra Negra). m2 $ 13.261,0

BLOQUEO Y TRASLADO DE ARBOLES altura entre 1m a 5m, de

acuerdo a especificaciones técnicas estipuladas por el Jardín Botánico y

el IDR en Bogotá D.C., incluye todos los costos de transporte,

recolección y retiro de basuras producto de esta actividad.

Un $ 965.260,0

BLOQUEO Y TRASLADO DE ARBOLES altura entre 5,1m a 10m, de

acuerdo a especificaciones técnicas estipuladas por el Jardín Botánico y

el IDR en Bogotá D.C., incluye todos los costos de transporte,

recolección y retiro de basuras producto de esta actividad.

Un $ 2.765.424,0

BLOQUEO Y TRASLADO DE ARBOLES altura entre 10,1m a 15m, de

acuerdo a especificaciones técnicas estipuladas por el Jardín Botánico y

el IDR en Bogotá D.C., incluye todos los costos de transporte,

recolección y retiro de basuras producto de esta actividad.

Un $ 3.280.307,0

1,4Visita Autoridad Ambiental (costos de seguimiento y evaluacion para más

de 10 individuos arbóreos)Und $ 226.032,0

1,5Suministro de elementos para protección de arboles. Incluye malla azul

2m x 100m, listones, puntillas.Und $ 15.101,0

0,00

0,00

2,00

$ 8.458.072,0

$ 14.726.097,0SUBTOTAL DEL COMPONENTE C

$ 0,00,00

10,00

COMPONENTE C. MANEJO DE LA VEGETACIÓN Y DEL PAISAJE

ÍTEMS CANTIDAD

$ 1.275.911,0

$ 0,0

1,1

1,2

$ 452.064,0

1,3 $ 0,0

7,00

VALOR TOTAL

Costos de seguimiento y evaluación

$ 0,0

180,00

73,00

Manejo de la vegetación existente

Implementación del Diseño paisajístico, incluye suministro,

plantación, retiro de escombros y mantenimiento 0,00 $ 0,0

$ 1.821.870,0

Protección de árboles $ 2.718.180,0

Valor bloqueo por categoría de alturas

0,00

0,00

0,00

$ 0,0

$ 0,0

Page 104: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

104

CUADRO No. 34

PAGOS A REALIZAR A LA SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE-SDA

CONTRATO DE OBRA No 427 DE 2014 Cifras en pesos

CONCEPTO VALOR No CONSIGNACION EN LA DIRECCION DISTRITAL DE TESORERIA Y FECHA

Persistencia del recurso forestal 9.805.090,00

No se ha efectuado, debido a que el Contratista no realizará todas las talas, se debe solicitar reliquidación por compensación de tala de árboles, una vez se termine la obra (con la visita de seguimiento). Este valor será pagado por la UAERMV, ya que este valor no se contempló en el presupuesto ambiental.

Evaluación 59.280,00

Este valor fue cancelado por el Contratista para iniciar el trámite de obtención del concepto técnico de arbolado urbano. Ver recibo de pago anexo No 506489 del 12 de marzo de 2015

Seguimiento 125.003,00

Este valor fue cancelado por el Contratista para iniciar el trámite de obtención del concepto técnico de arbolado urbano. Ver recibo de pago anexo No 506490 del 12 de marzo de 2015.

Fuente Oficio UMV No. 6951 de octubre 30 de 2015

Así mismo se solicitó:

“Informar si ya se realizó la tala de los veinte (20) árboles autorizada por la Secretaria Distrital de Ambiente mediante el concepto técnico No SSFFS03336 del 2015-04-07. Si la respuesta es afirmativa, indicar si la tala la realizó la UAERMV o el Contratista Verde DC S.A., con cargo al presupuesto del Contrato No 427 de 2014. Si el Contratista realizó la tala de los árboles informar el valor pagado por la UAERMV por este concepto.”.

La UAERMV mediante el oficio No. 6951 de octubre 30 de 2015 informa que:

“…a la fecha de acuerdo con la ejecución de la obra se han talado ocho (8) de los veinte (20) árboles autorizados por la Secretaria Distrital de Ambiente mediante el concepto técnico No. SSFFS-03336 del 2015-04-07, esta tala la realizó el contratista VERDE DC S.A., con cargo al presupuesto del contrato No. 427 de 2014, como lo especifica el Componente Gestión Ambiental Seguridad y Salud en el Trabajo (SST-SGA) – Componente C. Manejo de la vegetación y del paisaje. – 1.1 Manejo de la vegetación existente. La UAERMV pagó al contratista por concepto del componente SST-SGA en el acta de corte No. 1 la suma de siete millones treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y un pesos M/Cte. ($ 7.032.481,00), valor que incluye la tala de los 8 árboles mencionados y el resto de actividades SST-SGA ejecutadas a la fecha de corte. Anexo corte No. 1 (1 de Julio de 2015 – 9 de Julio de 2015).”

Page 105: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

105

Posteriormente, se solicitó mediante el comunicado 80100-015 radicado en la UMV bajo el No. 20150116020154 del 17 de noviembre de 2015:

“4. Indicar los motivos por los cuales no es necesario talar los veinte (20) árboles establecidos en el concepto técnico de emergencia No SSFFS-03336 de 2015-04-07, lo que ocasiona que se deba reliquidar el valor de $9.805.090, por concepto de “Persistencia del recurso forestal”, que debe pagar la UAERMV a la Secretaria Distrital de Ambiente.”

La Entidad mediante oficio No. 7475 de noviembre 24 de 2015 manifiesta:

“Se indica que a la fecha se han talado 8 individuos arbóreos de las 20 talas aprobadas por SDA, sin embargo se aclara que la obra está en fase de construcción por lo que el Contratista determinará si es necesario o no efectuar las 12 talas restantes; de no ser necesario la realización de dichas talas, la UAERMV solicitará a la SDA reliquidación por Compensación de talas, pero esto solo se determinará después de finalizada la fase constructiva”

Por otra parte se solicita:

“8. Teniendo en cuenta que en el A.IU (16.56%) del Componente Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo-SST –SGA, se establece la tala de noventa (90) árboles por valor de $11.55.853, indicar si la Entidad descontará al Contratista VERDE DC S.A, el valor de los ochenta y dos (82) árboles que no se talaron, ya que solo se requirió la tala de ocho (8) árboles de acuerdo a lo informado por la UAERMV mediante el oficio 6951 de octubre 30 de 2015”.

Al respecto la UAERMV informa:

“Dentro del presupuesto que definió la UAERMV para calcular el valor global del Componente Ambiental, de Seguridad y Salud en el Trabajo, se estimó una cantidad de individuos arbóreos, sin embargo en el mismo presupuesto existe una nota aclaratoria dentro del componente C, el cual menciona que: “Nota: En este componente del presupuesto Ambiental se presentan las cantidades de forma indicativa. Este componente estará sujeto a modificación o recalculación de las cantidades de acuerdo a los análisis realizados en la etapa preliminar

Como se explicó a la Contraloría en la visita efectuada el viernes 13 de noviembre de 2015 al frente de obra Codito, el presupuesto que fue colgado en la página del SECOP fue utilizado por la Entidad para calcular el valor global del Componente Ambiental, de Seguridad y Salud en el Trabajo, por lo tanto no es obligatorio que el Contratista implemente tácitamente los ítems definidos en dicho presupuesto, toda vez que es un cálculo global definido por la Entidad”

Page 106: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

106

Adicionalmente se pide:

“9. Diligenciando los formatos donde se discrimina los componentes del A.I.U, indicar donde están implementados en obra, cada uno de los ítems establecidos en el A.I.U (16.56%) del Componente Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo-SST –SGA, en el A.I.U (16.63%) del Plan de Manejo de Trafico-PMT y en el A.I.U (15 %) del Plan de Gestión Social.”,

A lo que la UAERMV da respuesta en los siguientes términos:

“ …. La Unidad aclara que la forma de pago del componente Ambiental, de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como el Componente Social y PMT, se efectúan de acuerdo a la gestión obtenida en cada periodo, según la calificación de las listas de chequeo que implementa la interventoría y que pueden ser consultadas en los informes de gestión mensual . De igual forma se manifiesta que estas fueron las condiciones pactadas contractualmente en el Pliego de Condiciones y la implementación de la Gestión de cada componente se determina con el cumplimiento en cada uno de los apéndices diseñados para cada componente y que se encuentran colgados en la página del SECOP y hacen parte integral del contrato.”

Los hechos descritos anteriormente demuestran que la Entidad establece un presupuesto global donde se incluye la tala de noventa árboles, sin embargo la Secretaria Distrital de Ambiente mediante el concepto técnico No. SSFFS-03336 del 2015-04-07 autorizó la tala de veinte árboles y a noviembre de 2015 solo se habían talado ocho (8), sin que se tuviera certeza si se requería talar los doce restantes.

Es decir, la UAERMV estima la tala de noventa árboles con un costo de $11.555.853,00, actividad que de no ejecutarse en su totalidad por el Contratista, igualmente será pagada porque se distribuirá su valor proporcionalmente dentro de los demás ítems del componente como se establece en el Apéndice Seguridad, Salud en el Trabajo y medio ambiente, en el numeral 10.1. Listas de Chequeo:

.......

Si durante la ejecución del contrato no se desarrollan algunos de los ítems contenidos en las listas de chequeo, por tratarse de actividades que no aplicables para tal momento, se entenderá que, para efectos del pago y valoraciones de las labores ambientales y de seguridad Integral desarrolladas por el Contratista, tales ítems no se incluirán dentro de la ponderación. En tal caso, el valor asignado será distribuido proporcionalmente dentro de los demás ítems del componente. En el caso de que

Page 107: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

107

algún componente no aplique para el periodo de evaluación, el porcentaje será distribuido proporcionalmente dentro del componente D.” Negrilla fuera de texto

El hecho que la Entidad establezca esta forma de pago, la obliga a pagar actividades que no necesariamente se ejecutan en su totalidad por estar inmersas en un presupuesto global y no incluirse dentro del presupuesto de la obra como un ítem a pagar por valores unitarios. Situación que debe ser evaluada por la Entidad para que implemente los mecanismos que considere pertinentes.

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se configura un Hallazgo administrativo.

3.7. CONTRATO DE INTERVENTORÍA No.196 DE 2015 El 11 de febrero de 2014, el Subdirector Técnico de Producción e Intervención y el Director General de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, firman los Estudios Previos con el propósito de justificar la contratación que soporta el trámite del proceso de selección para contratar la interventoría, con el objeto de materializar un seguimiento técnico, administrativo, financiero, Seguridad y Salud en el Trabajo, Medio ambiental, social y legal a la ejecución de la obra “Construcción de obras de mitigación de riesgos de

procesos de remoción en masa en el barrio Codito, en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV, en la ciudad de Bogotá, D.C”. El 6 de abril de 2015, la UAERMV mediante la Resolución No. 134 dio apertura al Concurso de Méritos Abierto CMA-001-2015 para contratar la “Interventoría técnica,

administrativa, financiera, Seguridad y Salud en el Trabajo, Medio ambiental, social y legal para la construcción de obras de mitigación de riesgos de procesos de remoción

en masa en el barrio Codito, en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV, en la ciudad de Bogotá, D.C”.

El 29 de abril de 2015, la Entidad mediante la Resolución No. 179 adjudicó el Concurso de Méritos Abierto CMA-001-2015 al proponente CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA EU quien presentó la propuesta el 16 de abril de 2015.

Page 108: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

108

El 5 de mayo de 2015, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, suscribió el Contrato de Interventoría No 196 de 2015 con la firma CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA EU, la cual tiene por objeto: “Interventoría técnica, administrativa, financiera, seguridad y salud en el trabajo, medio ambiental, social y legal para la construcción de obras de mitigación

de riesgos por procesos de remoción en masa en el barrio Codito, en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños

ejecutados por la UAERMV, en la ciudad de Bogotá, D.C”., con un plazo de siete (7) meses y por valor de $204.331.000.oo. El 8 de mayo de 2015, la Secretaria General de la Entidad aprueba las pólizas No. NB-100004382 del Contrato No. 196 de 2015, expedidas por COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A. que ampara la responsabilidad civil contractual y extracontractual y la Póliza No. NB-100043422, expedida por la misma compañía aseguradora y que ampara el cumplimiento, pago de salarios, prestaciones sociales y calidad del servicio. El 10 de junio de 2015, se firma el Acta No 1 de inicio del contrato, quedando como fecha de terminación el 9 de enero de 2016. El 14 de octubre de 2015, mediante el Acta No 4 de Adición y Prorroga - de contrato de Interventoría, el Contratista, el Supervisor del Contrato, el Apoyo a la Supervisión UAERMV, el Gerente de Proyectos UAERMV y el Director General (E) suscriben el Acta de Adición y Prórroga 1 por el término de dos (2) meses y adición de $69.456.133.oo, con el fin de garantizar el acompañamiento al Contrato de Obra No 427 de 2014. El plazo de la prórroga de dos (2) meses será contado a partir del diez (10) de enero de 2016 hasta el nueve (9) de marzo de 2016. El 28 de octubre de 2015 se firma la Adición No. 1 Prórroga No.1 y adiciona el valor al Contrato No 196 de 2015, con el fin de prorrogar el plazo establecido en el Contrato en dos (2) meses adicionando el valor de $69.456.133.oo, con el fin de garantizar el acompañamiento al Contrato de Obra No 427 de 2014. A la fecha no se ha suscrito el Acta de Terminación del Contrato 196 de 2015, dado que no ha expirado el plazo contractual. Las anteriores situaciones se muestran en la siguiente Ficha Técnica:

CUADRO No. 35 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE INTERVENTOROIA No. 196 DE 2015

ESTUDIOS PREVIOS Febrero 11 de 2015

MODALIDAD DE SELECCIÓN Concurso de Méritos Abierto

CONCURSO DE MÉRITOS ABIERTO No CMA-001-2015

Page 109: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

109

RESOLUCION DE ADJUDICACION No 179 del 29 de abril de 2015

CONTRATO No. 196 de 2015

FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 5 de mayo de 2015

CONTRATISTA CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA EU

REPRESENTANTE LEGAL Luis Carlos Galvis Velasco

OBJETO:

Interventoría técnica, administrativa, financiera, seguridad y salud en el trabajo, medio ambiental, social y legal para la construcción de obras de mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa en el barrio Codito, en la Localidad de Usaquén, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV, en la ciudad de Bogotá, D.C.

VALOR DEL CONTRATO: $204.331.000.oo

VALOR DEL ANTICIPO: No aplica

PLAZO INICIAL: Siete (7) meses a partir de la suscripción del acta de inicio.

FECHA DEL ACTA DE INICIO: 10 de junio de 2015

FECHA DE TERMINACIÓN: 9 de enero de 2016

ACTA No 4 ADICIÓN Y PRÓRROGA 1 14 DE OCTUBRE DE 2015.

Se suscribe para prorrogar en dos (2) meses y adicionar en $69.456.133.oo

ADICIÓN No. 1 Y PRÓRROGA No 1 28 DE OCTUBRE DE 2015.

Se prorroga el plazo del contrato en dos (2) meses, desde el diez (10) de enero hasta el nueve (9) de marzo de 2016 y se adiciona el valor en $69.456.133.oo.

VALOR ADICION $69.456.133.oo

VALOR FINAL DEL CONTRATO $273.787.133.oo

FECHA DE TERMNACION: Nueve (9) de marzo de 2016

FECHA FINAL DE TERMINACIÓN: Nueve (9) de marzo de 2016

VALOR PAGADO A LA FECHA $137.700.024,00 (50.29%)

ACTA DE TERMINACION Y LIQUIDACION No se ha suscrito

SUPERVISOR Subdirector Técnico de Producción e Intervención.

Fuente: UAERMV Expediente contractual Contrato de Interventoría No 645 de 2013. Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

En la evaluación realizada a este Contrato, se evidenciaron las siguientes observaciones: 3.7.1. Hallazgo administrativo porque la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV, informó trece meses después a las autoridades competentes los hechos presuntamente ilegales ocurridos con la adjudicación del Concurso de Méritos No CMA-04-2014 al proponente GEOCING S.A.S

Page 110: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

110

La UAERMV mediante la Resolución No. 574 del 18 noviembre de 2014 ordenó la apertura del proceso de selección bajo la modalidad del Concurso de Méritos No. CMA-04-2014, con el objeto de contratar la interventoría para la construcción de obras de mitigación de riesgos de procesos de remoción en masa en el barrio El Codito en la Localidad de Usaquén. Mediante la Resolución No. 627 del 10 de diciembre de 2014, el Director General (E) de la Entidad, adjudica el Concurso de Méritos Abierto No CMA-04-2014 al proponente GEOCING S.A.S con NIT 380.010.893-4 y representada legalmente por José Manuel Morales Oñate, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.483.892 de Bogotá, por un valor total de la propuesta de CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESOS M/ CTE ($169.998.146). Sin embargo, el 26 de diciembre de 2014, mediante la Resolución No. 670, el Director General (E) de la Entidad resuelve revocar la Resolución No 627 del 10 de diciembre de 2014 “Por la cual se adjudica el proceso de selección bajo la modalidad de concurso de méritos No. CMA-04-2014”; teniendo en cuenta los CONSIDERANDOS, que entre otros, establece lo siguiente: “…..

1. Al cierre del plazo para la presentación de ofertas del Concurso de Méritos, el día 28

de noviembre de 2014, se recibió una propuesta por parte de la firma GEOCING S.A.S.

2. “Que dentro de la verificación efectuada por el comité evaluador a la oferta presentada, se encontró que el representante legal de la firma “GEOCING S.A.S”, José Manuel Morales Oñate, identificado con la cedula de ciudadanía No 79483892 de Bogotá, manifestó bajo la gravedad del juramento, en la carta de presentación de la oferta, obrante a folios 3 a 5 de la misma, que no existía ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad que le impidiera la participación en el proceso de selección ni la suscripción contrato en caso de resultar adjudicatario. Así mismo, dentro de la verificación llevada a cabo, en las certificaciones de antecedentes disciplinarios y fiscales no registró sanción o inhabilidad alguna.” 3. Que en la audiencia de adjudicación realizada el 10 de diciembre de 2014 y en atención a la recomendación efectuada por el comité evaluador, el Director General ( E ) de la Entidad adjudicó mediante la Resolución No 627 del 10 de diciembre de 2014 el Concurso de Méritos No CMA-04-2014, al proponente “Geocing S.A.S” NIT:380.010.893-4, representado legalmente por el Sr. José Manuel Morales Oñate, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.483.892 de Bogotá por un valor total de la propuesta de CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOCECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS PESO M/CTE ($169.998.146).

Page 111: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

111

5. “Que previo a la suscripción del contrato correspondiente, la UAERMV encontró que la firma “GEOCING S.A.S”, es miembro del “CONSORCIO MITIGACIÓN 2010”, el cual resultó adjudicatario mediante la Resolución No 201 del 13 de mayo de 2010 del proceso de selección de la Licitación Pública No UMV-LP-004-2010 y en virtud de tal adjudicación suscribió el contrato de obra No 085 de 2010 cuyo objeto correspondía a contratar las “INTERVENCIONES INTEGRALES PARA MITIGACIÓN DE RIESGOS POR PROCESOS DE REMOCIÓN EN MASA EN LAS LOCALIDADES DE CIUDAD BOLÍVAR, RAFAEL URIBE URIBE, SAN CRISTÓBAL, SANTA FE, USME Y USAQUÉN DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ. D.C (INCLUYE ESTUDIOS, DISEÑOS Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS)”. Así mismo, el contrato No 085 de 2010 se encuentra en periodo de liquidación como consta en el expediente del contrato en mención. 6. Que de la situación aludida atrás se advierte la existencia de una inhabilidad para contratar con la UAERMV de la firma “GEOCING S.A.S” , puesto que la situación fáctica se adecúa al supuesto de hecho descrito en el artículo 5 de la Ley 1474 de 2011 el cual preceptúa que: “Quien haya celebrado un contrato estatal de obra pública, de concesión, suministro de medicamentos y alimentos con su cónyuge, compañero o compañera permanente, pariente hasta el segundo grado de consanguinidad, segundo de afinidad y/o primero civil o sus socios en sociedades distintas de las anónimas abiertas, con las entidades a que se refiere el artículo 2º de la Ley 80 de 1993, durante el plazo de ejecución y hasta la liquidación del mismo, no podrán celebrar contratos de interventoría con la misma entidad” (Negrillas y subraya fuera de texto original).

7. Que en el anterior precepto normativo también fue incluido en el Pliego de Condiciones definitivo del proceso de selección No CMA-04-2014 en la “NOTA 1”19 LITERAL “A” SOBRE INHABILIDADES e incompatibilidades” 8. Que en este sentido, es evidente la existencia de una inhabilidad en cabeza de la firma “GEOCING S.A.S”, en razón a que el contrato de obra No 085 de 2010 suscrito con el “CONSORCIO MITIGACIÓN 2010” del cual es integrante se encuentra en periodo de liquidación, y en consecuencia, al momento de presentación de la oferta por parte de la firma, dentro del proceso de selección bajo la modalidad de Concurso de Méritos No. CMA-04-2014, la firma “GEOCING S.A.S”, se encontraba inhabilitada para participar en el proceso contractual y para suscribir el contrato derivado del mismo, situación contraria a lo manifestado por la firma bajo la gravedad de juramento en la carta de presentación de la propuesta como atrás se mencionó”. 9. Que esta situación de inhabilidad en cabeza de “GEOCING S.A.S”, es una circunstancia para la UAERMAV que le impide suscribir el contrato de interventoría derivado del proceso de selección No CMA-04-2014,en virtud de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 1474 de 2011.

19 Pág. 12 de pliego definitivo proceso No. CMA-04-2014.

Page 112: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

112

….. 13. Que conforme a lo expuesto, la UAERMV encuentra que la Resolución No 627 del 10 de diciembre de 2014, se obtuvo por medios ilegales toda vez que la firma “GEOCING S.A.S” en la carta de presentación de la oferta manifestó a través de su representante legal y bajo la gravedad del juramento que no existía ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad que le impidiera su participación como proponente en el proceso se lección No CMA-04-2014, del contrato, afirmación a todas luces contraria a la realidad teniendo en cuenta la inhabilidad configurada por la no liquidación del contrato de Obra No 085 de 2010 atrás mencionado”.

Teniendo en cuenta los hechos relacionados anteriormente, durante el proceso auditor se revisó la carta de presentación de la oferta (folio 003), donde se registra:

“El suscrito JOSE MANUEL MORALES OÑATE, obrando en su calidad de representante legal de GEOCING SAS, con domicilio en Bogotá, debidamente autorizado, de conformidad con las condiciones que se estipulan en los documentos del presente proceso, someto a consideración de la entidad, la siguiente propuesta para INTERVENTORIA TÉCNICA, ADMINISTRATIVA,FINANCIERA,SISOMA,SOCIAL DE LA CONSTRUCCION DE OBRAS DE MITIGACION DE RIESGOS POR PROCESOS DE REMOCION EN MASA EN EL BARRIO CODITO,EN LA LOCALIDAD DE USAQUEN,DE ACUERDO CON LAS ESPECIFICACIONES TECNICAS CONTENIDAS EN LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS EJECUTADOS POR LA UAERMV en la ciudad de Bogotá D.C Y en caso de ser favorecida con la adjudicación, suscribiré el contrato respectivo dentro del término fijado para tal efecto: Manifiesto bajo la gravedad del juramento lo siguiente:

1. Que contamos con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte del

presente proceso.

2. Que adjunto la garantía de seriedad de la propuesta.

3. Que no nos encontramos incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad para licitar o contratar consagradas en las disposiciones contenidas en la Constitución Política, en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, el Artículo 60 de la Ley 610 de 2005, artículo 5 de la Ley 828 de 2004, el artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones legales vigentes sobre la materia.”

Por otra parte se pudo establecer que en el Concurso de Méritos Abierto No CMA-04-2014, la única firma que presentó propuesta estaba inmersa en una causal de inhabilidad, como se establece en la Resolución No 670 del 26 de Diciembre de 2014, hecho que ocasionó que el Concurso de Méritos Abierto No CMA-04-2014 se declarara desierto. Se realizó un nuevo proceso de selección del contratista de interventoría mediante el Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2015, el cual se

Page 113: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

113

adjudicó mediante la Resolución No 179 del 29 de abril de 2015 al proponente CSI CONSTRUCCIONES,SERVICIOS E INGENIERIA EU, por valor de DOSCIENTOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL PESOS M/CTE ($204.331.000). Así mismo, durante el proceso auditor solicitó a la UAERMV mediante el oficio 80100-008 y radicado bajo el No 20150116018215: “Informar los motivos por los cuales

el acta de inicio se firmó hasta el 10 de junio de 2015, si el Contrato de Obra No 427 de

2014 se firmó el 29 de diciembre de 2014…”. La Entidad mediante el oficio 6951 de octubre 30 de 2015 manifiesta:

“Si bien es cierto que la firma del contrato de obra se dio el día 29 de diciembre de 2014, se debe tener en cuenta que de manera paralela al proceso de selección del contratista de obra (licitación pública No. LP-11-2014), se llevó a cabo el proceso de selección del contratista de Interventoría para la supervisión del contrato de obra en estudio, tal y como quedó estipulado en la cláusula vigésima primera del contrato 427 de 2015, así: “La interventoría del presente contrato está a cargo del proponente seleccionado en el proceso de selección del contratista que realice la Entidad.”. Dicha interventoría fue seleccionadaa traves (sic) del Concurso de Méritos No. CMA-04-2014, al cual se dio apertura mediante la Resolución No. 574 del 18 de noviembre de 2014. En el Concurso de Méritos No. CMA-04-2014, la única firma que presentó propuesta estaba inmersa en una causal de inhabilidad, como se prueba con la Resolución No 670 del 26 de Diciembre de 2014 que se anexa al presente escrito, donde se expone ampliamente las circunstancias en torno a esta situación. Conforme a lo anterior y teniendo en cuenta que el Concurso de Méritos No. CMA-04-2014, se declaró desierto, se realizó un nuevo proceso de selección del contratista de interventoría mediante el Concurso de Mérito CMA-01-2015, el cual se adjudicó el día 29 de abril de 2015, como consta en el acta de audiencia de adjudicación y en la resolución de la misma fecha que se anexa. Finalmente el día 05 de mayo de 2015, se suscribió el contrato de interventoría No. 196 de 2015, con la firma CSI CONSTRUCCIONES,SERVICIO E INGENIERIA E.U., cuya acta de inicio se firma el mismo día que el del contrato de obra, a saber, el día 10 de junio de 2015, como consta en documento adjunto. En atención a las circunstancias anteriormente expuestas y teniendo en cuenta que las obras no podían iniciarse sin contar con la debida interventoría, hasta que se concretó el proceso de selección de la interventoría no se pudo dar inicio a las mismas, razón suficiente para afirmar que la diferencia el (sic) tiempo transcurrido entre la firma del contrato de obra No. 427 de 2014 y la fecha del acta de inicio del mismo, está directamente relacionada con el tiempo que tomó el proceso de selección del contratista interventor.”

Page 114: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

114

Los hechos relacionados anteriormente, ocasionaron que el valor del contrato de interventoría suscrito en el 2015 por $204.331.000,00 con la empresa CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIOS E INGENIERIA EU, se incrementara en $34.332.854,00 con relación con los $169.998.146,00, de la propuesta presentada por GEOCING S.A. la cual estaba inhabilitada y que el Contrato de Obra No 427 de 2014, se iniciara seis (6) meses después de haberse suscrito, hasta tanto la Entidad no contratara una interventoría para la ejecución de las obras, como lo informó mediante el oficio No 6951 de octubre 30 de 2014. Igualmente mediante el oficio 80100-015 radicado en la Entidad bajo el No 2015116020154 el 17 de noviembre de 2015 se solicitó a la UAERMV informara si la Entidad hizo efectiva la póliza de seriedad de la propuesta presentada por la firma GEOCING S.A.S. Mediante el oficio No 7475 de noviembre 24 de 2015 se comunica:

“Se informa que la póliza de seriedad de la propuesta presentada por el oferente GEOCING S.A.S, no se hizo efectiva teniendo en cuenta los amparos de la misma y lo contemplado en el artículo 115 del Decreto 1510, norma vigente para la fecha en que se llevó a cabo el proceso contractual, el cual establece lo siguiente:

“Articulo 115. Garantía de los riesgos derivados del incumplimiento de la oferta La garantía de seriedad de la oferta debe cubrir la sanción derivada del incumplimiento de la oferte (sic), en los siguientes eventos:

1. La no aplicación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el

plazo para la adjudicación o para suscribir el contrato es prorrogado, siempre que tal prorroga sea inferior a tres (3) meses.

2. El retiro de la oferta después de vencido el plazo fijado para la presentación de las ofertas.

3. La no suscripción del contrato sin justa causa por parte del adjudicatario. 4. La falta de otorgamiento por parte del proponente seleccionado de la garantía de

cumplimiento del contrato.”

Por otra parte mediante el oficio 80100-030 del 6 de enero de 2016 y radicado bajo el No 20160116000185, se solicitó a la Entidad informara: “… si la UAERMV puso en

conocimiento de la autoridad competente el hecho presuntamente ilegal20 cometido por la firma GEOCING S.A.S, quien presentó una oferta para el Concurso de Méritos Abierto No. CMA-04-2014, a pesar de estar inhabilitada para contratar con la Entidad y haber manifestado en la carta de presentación de la oferta bajo la gravedad del juramento, que no existía ninguna causal de inhabilidad e incompatibilidad que le impidiera la participación en el proceso de selección ni la suscripción contrato en caso de resultar adjudicatario”

20 Numeral 13 de la Resolución No 670 del 26 de diciembre de 2014.

Page 115: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

115

La Entidad mediante el oficio No 0124 de enero 8 de 2016 manifiesta: “… se informa

que los hechos en cuestión fueron reportados a la autoridad competente, bajo radicado interno 227-SG-110 0109 y Fiscalía General de la Nación No. 0045021” Revisado el oficio enviado a la Fiscalía General de la Nación, se evidencia que la situación fue puesta en conocimiento de la Fiscalía bajo el radicado No 00450 del 8 de enero de 2016, es decir, trece meses después de ocurridos los hechos y hasta cuando la Contraloría de Bogotá solicitó se informara al respecto. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se retira la presunta incidencia disciplinaria y se configura un Hallazgo administrativo. 3.7.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria, porque la firma CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIO E INGENIERIA E.U., bajo la ejecución del Contrato de Interventoría No. 196 de 2015, no presenta los Informes semanales y mensuales de manera oportuna como está establecido en el pliego de condiciones del concurso de méritos abierto CMA-01-2015 y el contrato. Mediante el Concurso de Méritos Abierto No. CMA-01-2015, se adjudica a la firma CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIO E INGENIERIA E.U., el proceso de selección, y se suscribe el Contrato de Interventoría No. 196 de 2015 el 5 de mayo de 2015, el cual tiene fecha de inicio el 10 de junio de 2015, como se registra en el Acta No. 1 de Inicio. A partir de esta fecha es obligación de la interventoría hacer entrega de los informes semanales y mensuales como lo establecen los documentos contractuales así: REQUERIMIENTOS TÉCNICOS (ANEXO TÉCNICO SEPARABLE), sobre el particular expone:

“DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL INTERVENTOR Semanalmente: El Interventor entregará a la UAERMV un Informe Semanal de acuerdo con los requerimientos establecidos en el Manual de Interventoría vigente a la fecha de firma del Contrato de Interventoría.

21 Se anexa copia simple del oficio remisorio.

Page 116: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

116

Mensualmente El Interventor entregará a la UAERMV un Informe Semanal de acuerdo con los requerimientos establecidos en el Manual de Interventoría vigente a la fecha de firma del Contrato de Interventoría. Mensualmente El Interventor entregará a la UAERMV un Informe Mensual de acuerdo con los requerimientos establecidos en el Manual Interventoría vigente a la fecha de firma del Contrato de Interventoría, dentro de los cinco (5) primeros días calendario del mes siguiente y debe contemplar como mínimo, los siguientes aspectos además de los contenidos en el Contrato de Interventoría…”22 (Subrayado y negrilla fuera de texto)

Así mismo, en el Contrato de Interventoría No. 196 de 2015, en la Cláusula Octava, Obligaciones del Contratista, Obligaciones Específicas, Obligaciones relacionadas con la ejecución del contrato, se establece en el literal b:

“Controlar e informar periódicamente, semanal y mensualmente, a la UAERMV sobre el avance del contrato con base en el plazo del mismo, así como proponer acciones y los ajustes periódicos que sean necesarios para dar cumplimiento al contrato”.

Al revisar por parte del Equipo Auditor de la Contraloría de Bogotá, las fechas de radicación de los Informes Mensuales, se evidencia que no han sido entregados dentro de los términos establecidos contractualmente, teniendo en cuenta que el primer periodo inicia a partir del 10 de junio de 2015, esto es, el primer informe cubre el periodo comprendido entre el 10 junio y el 9 de julio de 2015, el segundo informe corresponde al periodo comprendido entre el 10 de julio hasta el 9 de agosto de 2015 y así sucesivamente. Por tanto la entrega de dichos informes mensuales, como quedó establecido en los pliegos de condiciones, debe hacerse dentro de los cinco (5) días calendario posteriores, esto es, entre los días 10 y 14 de cada mes. De los informes revisados se evidencia que ninguno cumple con las fechas de entrega señaladas en los documentos contractuales, así: El Informe Preliminar y el Informe Mensual No 1, 29 días de mora; el Informe Mensual Técnico No 2, 60 días de mora; el Informe Mensual SST-SGA No 2, 63 días de mora; el Informe Mensual Técnico, SST-SGA y Social No 3, 30 días de mora; el Informe Mensual Social No 3, 37 días de mora y el Informe Mensual SST-SGA No 3, 44 días de mora; como se detalla en el siguiente cuadro:

22 DA_PROCESO_15-15-3630888_01002005_13983408.pdf – Concurso de Méritos Abierto No. CMA-01-2015. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS (ANEXO TÉCNICO SEPARABLE)

Page 117: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

117

CUADRO No. 36 RELACION DE INFORMES MENSUALES DE INTERVENTORIA DEL

CONTRATO DE OBRA No. 427 DEL 2014.

INFORME No PERIODO DOCUMENTO DE

ENTREGA

FECHA DE ENTREGA

REPORTADA

FECHA DE ENTREGA

CONTRACTUAL

No DE DIAS DE MORA

Preliminar: Técnico, SST-SGA y Social

Preliminar Radicado

20150116012746 12/08/2015 14/07/2015 29

Mensual 1, Técnico, SST-SGA y Social

Mensual 1 Radicado

20150116012746 12/08/2015 14/07/2015 29

Mensual Técnico, SST-SGA y Social 2

Mensual 2 Radicado

20150116017502 13/10/2015 14/08/2015 60

Mensual SST-SGA 2 Mensual 2 Radicado

20150116017803 16/10/2015 14/08/2015 63

Mensual Técnico, SST-SGA y Social 3

Mensual 3 Radicado

20150116017652 14/10/2015 14/09/2015 30

Mensual Social 3 Mensual 3 Radicado

20150116018081 21/10/2015 14/09/2015 37

Mensual SST-SGA 3 Mensual 3 Radicado

20150116018626 28/10/2015 14/09/2015 44

Fuente: Oficio 7191 de noviembre 10 de 2015. Elaboró: Contraloría de Bogotá – Sector Movilidad.

Igualmente se revisó las fechas de entrega de los informes semanales, y se evidencia que no se entregan dentro de la semana siguiente como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 37 RELACION DE INFORMES SEMANALES DE INTERVENTORIA DEL

CONTRATO DE OBRA No. 427 DEL 2014.

INFORME No

PERIODO DOCUMENTO DE ENTREGA FECHA DE ENTREGA

1 10 de junio a 16 de

junio de 2015 Radicado 20150116010773 14/07/2015

2 17 al 23 de junio de

2015 Radicado 20150116010773 14/07/2015

3 24 al 30 de junio de

2015 Radicado 20150116010773 14/07/2015

4 1 al 7 de julio de

2015 Radicado 20150116010773 14/07/2015

5 8 al 14 de julio de

2015 Radicado 20150116011245 27/07/2015

6 15 al 21 de Julio de

2015 Radicado 20150116011997 31/07/2015

7 22 al 28 de julio de

2015 Radicado 20150116012914 13/08/2015

8 29 de Julio al 4 de

agosto de 2015 Radicado 20150116012914 13/08/2015

Page 118: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

118

INFORME No

PERIODO DOCUMENTO DE ENTREGA FECHA DE ENTREGA

9 5 al 11 de Agosto de

2015 Radicado 20150116013443 24/08/2015

10 12 al 18 de Agosto

de 2015 Radicado 20150116013542 25/08/2015

11 19 al 25 de agosto Radicado 20150116014012 28/08/2015

12 26 al 1 de

Septiembre de 2015 Radicado 20150116014723 04/09/2015

13 2 al 8 de septiembre Radicado 20150116015236 14/09/2015

14 9 al 15 de septiembre Radicado 20150116015913 22/09/2015

15 16 al 22 de

septiembre de 2015 Radicados 20150116016140 y

20150116017501 25/09/2015 13/10/2015

16 23 al 29 de septiembre

Radicado 20150116017501 13/10/2015

17 30 de septiembre al 6 de octubre de 2015

Radicado 20150116017501 13/10/2015

18 7 al 13 de octubre Radicado 20150116018006 20/10/2015

19 14 al 20 de octubre

de 2015 Radicado 20150116019306 06/11/2015

Fuente: Oficio No 7191 de noviembre 10 de 2015. Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad.

Del cuadro anterior se puede concluir que los informes semanales son entregados hasta 28 días después como es el caso del Informe No. 1 con corte el 16 de junio de 2015, se entrega a la UAERMV el día 14 de julio, esto es 28 días después. Por otra parte el Informe Semanal No. 9, con fecha de corte el 11 de agosto se entrega el 24 de agosto, esto es 13 días después y el Informe Semanal No. 19 con corte 20 de octubre de 2015, se entrega el 6 de noviembre de 2015, es decir 16 días después. Los anteriores hechos, evidencian una deficiencia por parte de la supervisión de la UAERMV a la ejecución del Contrato de Interventoría No. 196 de 2015, suscrito con la firma CSI CONSTRUCCIONES, SERVICIO E INGENIERIA E.U. que ejerce la Interventoría al Contrato de Obra No. 427 de 2014.

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 se configura un Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria.

Page 119: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

119

3.8. CONTRATO DE OBRA No. 428 DE 2014 En desarrollo de la actual Auditoria de Desempeño PAD 2015 - Periodo III, practicada a la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO VIAL-UAERMV, se realizó la evaluación al contrato de obra No. 428 de 2014, conforme a la información suministrada por la entidad en las carpetas del contrato que fueron entregadas mediante oficio No 7057 UAERMV de octubre 5 de 2015, con lo cual se puede establecer lo siguiente:

La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial- UAERMV, suscribió el Contrato de obra pública No. 428 el 29 de diciembre de 2014 con el “Consorcio San Gabriel” por un valor de TRES MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS PESOS M/CTE (3.434.568.600), con un plazo de cinco (5) meses contados a partir de la suscripción del acta de inicio, como se muestra en la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 38

FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE OBRA No. 428 DE 2014 CONCEPTO DATOS

MODALIDAD DE SELECCIÓN Licitación Publica

NUMERO DEL PROCESO LP-07-2014

RESOLUCION DE ADJUDICACION No 652 del 22 de diciembre de 2014

ESTUDIOS PREVIOS Septiembre 24 de 2014

CONTRATO No. 428 de 2014

FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Diciembre 29 de 2014

CONTRATISTA Consorcio San Gabriel

INTEGRANTES

INGENING - 64%

GERMAN PRIETO MONTEALEGRE - 1%

GP INGENIERÍAS Y CIA S.A.S. - 35%

REPRESENTANTE LEGAL Hernando Laverde Manjarres

OBJETO:

La construcción de obras de estabilización geotécnica en laderas o mitigación de riesgo por procesos de remoción en masa en los sitios Rincón de valle y San Ignacio Villa Neiza, en la Localidad de Rafael Uribe Uribe.

VALOR DEL CONTRATO: $ 3.434.568.600

VALOR DEL ANTICIPO 30%: $ 1.030.370.580

PLAZO INICIAL: Cinco (5) meses.

FECHA DEL ACTA DE INICIO: 19 de mayo de 2015

FECHA INICIAL DE TERMINACIÓN: 18 de octubre de 2015

OTRO SI No. 1 DEL CONTRATO DE OBRA PUBLICA No 428 DE 2014 - FEBRERO 17 DE 2015

Modificar la Cláusula Décima Sexta-Garantía del Contrato No. 428 de 2014, en el cual se obligó al contratista a constituir las garantías

Page 120: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

120

CONCEPTO DATOS

también a favor del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.

OTRO SI No. 2 DEL CONTRATO DE OBRA PUBLICA No 428 DE 2014 - JUNIO 22 DE 2015

Modificar la Cláusula Séptima Apropiación Presupuestal del Contrato No. 428 de 2014 y Modificar la Cláusula Undécima Obligaciones de la UAERMV del Contrato No. 428 de 2014

ADICION No 1 Y PRORROGA No 1 AL CONTRATO DE OBRA PUBLICA No 428 de 2014- OCTUBRE 16 DE 2015

Se adiciona el valor del Contrato en $591.674.542 y se prórroga el plazo del Contrato por el término de 2 meses contados a partir del 19 de octubre de 2015 hasta el 18 de diciembre de 2015

VALOR FINAL DEL CONTRATO $4.026.243.142

VALOR EJECUTADO: $3.941.723.473 (98%)

FECHA FINAL DE TERMINACION Diciembre 18 de 2015

INTERVENTOR Universidad Distrital Francisco José de Caldas Fuente: UAERMV Contrato de Obra No. 428-2014 Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

En la evaluación realizada a este contrato, se evidenciaron las siguientes observaciones: 3.8.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria porque la UAERMV y el Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe - FDLRUU, no realizaron las actividades necesarias de planificación de la obra de mitigación de riesgo y remoción en masa en los sitios rincón del valle y San Ignacio Villa Neiza con anterioridad a la legalización del Contrato de Obra No 428 de 2014, situación que afecta la celeridad de las obras y el beneficio a la comunidad. Durante el proceso auditor, se evidencio que el Contrato de Obra No. 428 de 2014 cuyo objeto es: “La construcción de obras de estabilización Geotécnica en laderas o

mitigación de riesgo por procesos de remoción en masa en los sitios Rincón de valle y San

Ignacio Villa Neiza, en la localidad de Rafael Uribe Uribe.”, se inició cuatro (4) meses y 19 días después de haberse firmado. Lo anterior teniendo en cuenta que sólo hasta el 2 de diciembre de 2014 mediante el comunicado 2014ER2002452, la Entidad solicita a la Secretaria Distrital de Ambiente-SDA “realizar las verificación correspondiente a los Sectores ubicados en los

barrios Rincón del Valle, Carolina y San Ignacio Villa Neiza de la Localidad Rafael Uribe

Uribe”. Sólo hasta el 25 de 2015 la SDA le informa los trámites a seguir para efectuar los tratamientos silviculturales. Por otra parte en el “Acta de Reunión” de febrero 25 de 2015 la UAERMV informa “Ya se radicó todo; para poder hacer los avalúos, la oficina de mitigación de UMV entrego y radico los paquetes de avalúos pero no han sido contestados”

Page 121: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

121

Es decir, que la Entidad inició los trámites para los tratamientos silviculturales sólo hasta diciembre, mes en que se suscribió el Contrato y respecto al tema predial, sólo hasta febrero de 2015, es decir dos (2) meses después de firmado el Contrato, entregó los avalúos. Los anteriores hechos que demuestran la demora por parte de la Entidad en los trámites requeridos para obtener los permisos correspondientes y contar con los predios requerido para la ejecución de la obra y que ocasionaron que el acta de inicio de obra se firmara hasta el 19 de mayo de 2015 y que dentro de los argumentos presentados por el contratista, se incluyera el tema predial y el permiso de la SDA. Por otra parte se requería la reubicación de unos postes de la luz por parte de Codensa, la aprobación y ajuste de los diseños de la obra y la actualización del estudio topográfico de la obra en la medida que los estudios eran del año 2010 y al año 2015, el terreno objeto de la obra había tenidos cambios. Las causas que afectaron la iniciación de la obra no fueron previstas con anterioridad a la iniciación de la misma, porque no se verificaron los requisitos necesarios para la realización de la obra, mostrando falta de control sobre el proceso de planificación, situación que afecta la oportunidad en la ejecución de la obra para el beneficio de la comunidad. Es importante precisar que el Manual de Contratación de la UAERMV, adoptado mediante Resolución No 352 de 31 de Julio de 2014, establece: “4.1.2 Estudios y documentos previos Uno de los principales aspectos de la planeación de la contratación, lo constituyen los estudios y documentos previos de que trata el artículo 20 del Decreto1510 de 2013 …el estudio previo además deberá reunir todos los estudios, diseños, proyectos, antecedentes, documentos, autorizaciones y demás soportes requeridos que sirvieron de base para la elaboración de los mismos. Los estudios y documentos previos serán la base para la gestión del contrato a suscribir. La responsabilidad de los estudios y documentos previos recae sobre el (la) titular de las dependencias que los elabora.”

Page 122: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

122

Del mismo modo, la trascendental importancia del principio de planeación en la etapa pre-contractual, radica en sus determinantes implicaciones en las etapas contractual y post-contractual. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25 , se encuentra que la entidad allego a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra que realizo todos los trámites requeridos antes del inicio de la obra de mitigación de riesgos en los sitios Rincón del Valle y San Ignacio Villa Neiza, dando cumplimiento a los requerimientos de ley. Por lo anterior se acepta los argumentos presentados por la UAERMV y se retira la observación. 3.8.2. Observación administrativa porque la supervisión y la interventoría del Contrato de Obra No 428 de 2014, no gestionaron de manera eficiente y no sancionaron al contratista por la no entrega oportuna de los informes. En el Contrato de Obra No. 428 de 2014, en el numeral 10 de la CLÁUSULA DECIMA- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA- OBLIGACIONES GENERALES, se establece: “10. Rendir y presentar durante el término de la ejecución de la obra, un informe mensual y/o los que le sean solicitados por parte del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, la Interventoría o la UAERMV.”

Durante el proceso auditor se pudo establecer que la interventoría mediante el oficio No. CIA-060-2013-128-2015 de agosto 25 de 2015, solicita los informes en los siguientes términos: “De manera atenta me permito solicitar los informes Mensuales desde el mes de Mayo al mes de Agosto del contrato ya mencionado en la referencia, cabe aclarar que si los informes no están completos ni aprobados por la interventoría de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas no se puede pasar el corte de obra para el pago”

Nuevamente, se requiere al Contratista para la entrega de los informes como se registra en el Acta de Reunión de Obra de agosto 27 de 2015, “la UMV deja

constancia que no se ha recibido informes, solicitados en varias ocasiones, se le recuerda a la interventoría que si hay motivo de multa debe proceder a tiempo.”.

Page 123: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

123

Es decir, que el Contratista Consorcio San Gabriel tres (3) meses después de haberse iniciado la obra, no había hecho entrega de los Informes, como está establecido en las obligaciones del Contrato. A pesar del incumplimiento presentado con respecto a la entrega de los Informes, la Interventoría mediante el oficio CIA-060-2013-130A-2016, informa a este Órgano de Control: “ … Durante el desarrollo de los trabajos encomendados al contratista Consorcio San Gabriel COP 428-2014; la interventoría no solicitó ningún tipo de sanción ante la UMV, ni ante el FLDRUU a pesar de presentar retrasos propios e inherentes a las actividades a ejecutar.” Es importante precisar que el Manual de Interventoría y Supervisión, adoptado mediante Resolución 323 del 22 de mayo de 2013 establece:

“3. Objetivos de la Interventoría y la Supervisión:

EXIGIR: Cuando durante el desarrollo del contrato, el interventor o supervisor, según sea el caso, encuentre que el contratista no está cumpliendo a cabalidad con las obligaciones derivadas del contrato, exigirá del mismo y sin excepción alguna por escrito, el estricto cumplimiento de las cláusulas pactadas y tiene la obligación de utilizar todos los mecanismos del orden contractual y legal para garantizar el adecuado y oportuno cumplimiento del contrato por parte del contratista.

SOLICITAR: El interventor o supervisor, según sea el caso, deberá formular solicitudes escritas al contratista para que se ajuste a lo pactado y subsane de manera inmediata cualquier inconsistencia que pueda afectar la normal ejecución del contrato, pudiendo dentro de esta facultad solicitar a la UAERMV, desde la prórroga, modificación o adición al contrato, hasta la imposición de una sanción por incumplimiento del contratista.” Negrilla y subrayado fuera de texto.”

“7.5.2.2. Obligaciones relacionadas con la ejecución de contrato:

g. Requerir oportunamente y por escrito al contratista para que dé cumplimiento a las obligaciones que no esté ejecutando de conformidad con lo previsto en el contrato”

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la UAERMV manifiesta que la supervisión del contrato de obra No 428 de 2014 corresponde al FDLRUU y la interventoría la ejerce la Universidad Francisco José de Caldas.

Page 124: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

124

Por otra parte, la Universidad Francisco José de Caldas, mediante comunicación No. CIA-160-2013-130A-2016 del 12 de enero de 2016, informa los motivos por los cuales no se impuso ningún tipo de sanción al contratista, quien finalmente cumplió con sus obligaciones. Por lo anterior este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la Entidad y se retira la observación.

3.8.3. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria porque la supervisión del contrato No 428 de 2014 y la interventoría no ejercieron el control suficiente del Plan de Inversión del Anticipo , el Cronograma de Inversión del Anticipo y la ejecución de los recursos del Anticipo, en la medida que la distribución porcentual aprobada en el Plan de Inversión del Anticipo, es diferente a los establecidos en el cronograma de inversión presentado por el contratista y la ejecución de los recursos del anticipo. En la CLAUSULA QUINTA-ANTICIPO del Contrato No. 428 de 2014 se establece: “Se girara un anticipo correspondiente a un treinta (30%) del valor total del contrato, el cual será amortizado en el mismo porcentaje de cada acta mensual de obra. Dicho anticipo será girado previo cumplimiento de los requisitos para tal fin, presentación del cronograma de actividades de obra, y plan de inversión y manejo aprobado por el interventor. El anticipo se podrá utilizar en cualquiera de los ítems de costos directos de obra, incluidos los subcontratos, los cuales deben ser soportados por un contrato.”

En los documentos revisados durante el proceso auditor, se encuentra que el 22 de Junio de 2015, fue aprobado por el supervisor del contrato, el Coordinador del convenio UAERMV, el Gerente del Proyecto 680-UAERMV, el Director de Interventoría y el Representante Legal del Consorcio San Gabriel, “Plan de Inversión del Anticipo”, como se detalla a continuación:

CUADRO No. 39 PLAN DE INVERSION DEL ANTICIPO

Cifras en Pesos

No DESCRIPCION VALOR PORCENTAJE %

1 Pago de Salarios y Jornales $206.074.116 20%

2 Compra de Equipos y Repuestos $51.518.529 5%

3 Transporte y Alquiler de Maquinaria

0 0

4 Compra de Materiales y Accesorios $772.777.935 75%

TOTAL 100% Fuente: Plan de Inversión del Anticipo AZ 01 folio 363, Contrato de Obra No. 428-2014, Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

Page 125: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

125

Del cuadro anterior se tiene que la distribución de los recursos del anticipo se hizo así: pago de salarios y jornales 20%, compra de los equipos y repuestos 5%, transporte y alquiler de maquinaria no se definió presupuesto y para la compra de materiales 75%. Por otra parte en el documento en mención se registra: “1. Los porcentajes y los ítems

para la Inversión del Anticipo, establecidos en la tabla anterior son INMODIFICABLES.”

Sin embargo, en el folio 364 del expediente contractual se encuentra el Cronograma de Inversión del Anticipo, donde se observa que los porcentajes de inversión aprobados previamente fueron modificados como se muestra a continuación:

CUADRO No. 40 CRONOGRAMA DE INVERSION DEL ANTICIPO CONTRATISTA

Cifras en Pesos

INVERSION PORCENTAJE INVERSION-

PRIMER MES

INVERSION-SEGUNDO

MES

VALOR TOTAL

SALDO POR

INVERTIR

Pago Mano de Obra y Jornales

10% 15.764738 87.272.320 103.037.058 927.333.522

Compra de Equipos y Repuestos

2% 5.151.853 15.455.559 20.607.412 906.726.110

Transporte y Alquiler de Maquinaria

15% 38.638.897 115.916.690 154.555.587 752.170.523

Compra de Materiales y Accesorios

73% 188.042.631 564.127.892 752.170.523

Fuente: Cronograma de Inversión del Anticipo AZ 01, Contrato 428-2014, folio 364 Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

El cronograma presentó los siguientes cambios con respecto al Plan de Inversión del Anticipo presentado y aprobado previamente, así: la mano obra paso de tener un 20% del anticipo aprobado a un 10% del anticipo, la compra de equipos y repuestos paso de tener aprobado un 5% a un 2%, transporte y alquiler de maquinaria no tenía asignado ningún porcentaje, paso a un 15% del anticipo y la compra de materiales y accesorios paso del 75% a un 73%.

Es de anotarse que el cronograma del anticipo que presenta el contratista, fue aprobado por la interventoría, sin tener en cuenta la distribución porcentual que se había establecido inicialmente en el Plan de Inversión del Anticipo, aprobado el 22 de junio de 2015.

Page 126: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

126

Finalmente se evidencia que los porcentajes aprobados en el Plan de Inversión del Anticipo, el Cronograma de Inversión del Anticipo y la Inversión del anticipo, son diferentes, como se discrimina a continuación:

CUADRO No. 41 EJECUCION ANTICIPO CONTRATO DE OBRA No. 428 DE 2014

Cifras en Pesos

CONCEPTO ANTICIPO VALOR PORCENTAJE

Pago de Salarios y Jornales 96.598.205

24% 137.089.843

Subtotal 233.688.048

Compra de equipos y repuestos 7.737.002

1% 2.000.000

Subtotal 9.737.002

Transporte y Alquiler de Maquinaria

175.429.800

52% 116.953.200

211.307.167

Subtotal 503.690.167

Compra de materiales y Accesorios

107.682.977

23% 118.902.034

Subtotal 226.585.011

TOTAL ANTICIPO 973.700.228 100%

Fuente: Certificaciones pago de anticipo-facturas y Órdenes de Operación Fiduciaria Bogotá Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad

Del cuadro anterior se observa que el anticipo se invirtió así: pago de salarios y jornales $233.688.048 que corresponde al 24% del anticipo, para la compra de equipos y repuestos $9.737.002 que corresponde al 1% del anticipo, para transporte y alquiler de maquinaria $503.690.167 que corresponde al 52% y para la compra de materiales y accesorios $226.585.011 que corresponde al 23% del anticipo. Es así que este Órgano de Control, establece el comparativo de la inversión del anticipo en sus diferentes conceptos, así:

Page 127: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

127

CUADRO No. 42 EJECUCION ANTICIPO CONTRATO No. 428 DE 2014

Cifras en Pesos

CONCEPTO ANTICIPO

PLAN INVERSION CRONOGRAMA

INVERSION CONTRATISTA

CRONOGRAMA INVERSION-EJECUCION

VALOR % VALOR % VALOR %

Pago de Salarios y Jornales

206.074.116 20% 103.037.058 10% 233.688.048 24%

Compra de equipos y repuestos

51.518.529 5% 20.607.412 2% 9.737.002 1%

Transporte y Alquiler de Maquinaria

0 154.555.587 15% 503.690.167 52%

Compra de materiales y Accesorios

772.777.935 75% 752.170.523 73% 226.584.981 23%

TOTAL ANTICIPO 1.030.370.580 100% 1.030.370.580 100% 973.700.198 100%

Fuente: Plan de Inversión del Anticipo-AZ 01, folio 363, Cronograma de Inversión del Anticipo-AZ 01, folio 364, Cronograma de Inversión-Ejecución-Pagos Desembolsos Anticipo Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad

De los hechos expuestos anteriormente se concluye que no se cumplió con los porcentajes establecidos en Plan de Inversión del Anticipo, los cuales eran inmodificables y fueron variados durante la ejecución del Contrato, por las deficiencias en el control por parte de la supervisión y la interventoría. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la UAERMV manifiesta que no administró los recursos del anticipo para el contrato de obra No 428 de 2014, que estos recursos han sido pagados y administrados directamente por el FDLRUU. Por otra parte informa que la supervisión del contrato corresponde al FDLRUU y la interventoría a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Teniendo en cuenta los argumentos presentados por la Entidad, este Organismo de Control retira la observación y por competencia se dará traslado de ésta a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá. 3.8.4. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria porque la supervisión del contrato y la interventoría no ejercieron adecuadamente el control de los pagos del anticipo del contrato de obra No 428 de 2014, frente al Cronograma del Anticipo, el Informe de Inversión y Buen

Page 128: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

128

Manejo del Anticipo como soportes para los desembolsos, y la inconsistencia de los soportes de pago presentados por el contratista frente a las certificaciones por parte de la interventoría para el pago del anticipo en la fiducia. A continuación en el siguiente cuadro, se presentan los conceptos de pago del anticipo del contrato de obra No. 428 de 2014, los soportes de pago presentados por el contratista Consorcio San Gabriel y los valores certificados por la interventoría para el pago del anticipo al contratista.

CUADRO No. 43 CONCEPTOS PAGO ANTICIPO DEL CONTRATO 428 DE 2014

Cifras en Pesos

Fuente: Certificaciones pago de anticipo interventoría-facturas-contratos subcontratistas y Órdenes de Operación Fiduciaria Bogotá Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad

CONCEPTO CERTIFICACION

INTERVENTORIASOPORTE OBJETO

VALOR

CERTIFICACION

INTERVENTORIA

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Contrato SCS-003-2015 GP Ingenierias y CIA

S.A.S,Subcontratista de Obra Civil por valor de

$250.614.000, valor correspondiente a los

materiales, se cancelaran directamente por

medio de un anticipo al contrato por un valor del

70%.

Subcontratista de obra civil para las

adecuaciones necesarias, movilizaciòn

de equipos, asesoria tecnica,logistica,

suministro, puesta en obra,

almacenamiento, trasciego interno e

instalaciòn de materiales para las

soluciones de contenciòn en malla

Deltax.

175.429.800

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Contrato SCS-004-2015 Verde DC

S.A,Subcontratista de Obra Civil por valor de

$167.076.000, valor correspondiente a los

materiales, se cancelaran directamente por

medio de un anticipo al contrato por un valor del

70%.

Subcontratista de obra civil para las

adecuaciones necesarias, movilizaciòn

de equipos, asesoria tecnica,logistica,

suministro, puesta en obra,

almacenamiento, trasciego interno e

instalaciòn de materiales para las

soluciones de contenciòn en malla

Deltax.

116.953.200

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Contrato SCS-003-2015 Tecnoperforaciones

S.A.S, Subcontratista de Obra Civil por valor de

$422.614.335. cuenta de cobro anticipo del

50% subcontratista de obra civil para las

adecuaciones necesarias para la instalaciòn de

soluciones de contenciòn.

Subcontratista de obra civil para las

adecuaciones necesarias, para la

instalaciòn de soluciones de

contenciòn.

211.307.167

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Pago facturas No 004 valor $145.231.426.

Certificaciòn de Construcciones cante SAS

pago de factura No 004 por $137.089.943.

DC529,DC531,990,497,2458,2333,3621 y 2339.

las facturas pequeñas suman $1.999.900

Pago mano de obra y jornales por

$137.089.943 y compra de equipos y

repuestos por $2.000.000.

139.089.843

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Factura de venta No 348 del 12/08/2015 y corte

de obra a subcontratistaCompra de materiales y accesorios 118.902.034

Pago de proveedores, de

equipos, mano de obra,

materiales, subcontratistas y

otros gastos relacionados de

manera directa del contrato

Factura de venta No 007 mano de obra y

jornales por valor de $103.223.544 y el

interventor certifica $96.598.205, No 008 por

valor de $115.068.584 y el interventor certifica

107.682.977.

Otrsa facturas 2342, 329, 2340, 2334, 8774,

0174, 0854, 41407, 3266, 1865, 1867 y 1566.

las facturas pequeñas tienen un valor de

$8.245.779 y el interventor certifica $7,737.002

Pago mano de obra y jornales por

$96.598.205 , compra de equipos y

repuestos por $7.737.002, compra de

materiales y accesorios $107.682.977.

212.018.184

973.700.228 VALOR TOTAL EJECUTADO ANTICIPO

Page 129: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

129

Para el primer desembolso el contratista no presento el cronograma de inversión del anticipo, para los siguientes pagos: Orden de operación No 31 50 81 508 4-1 por un valor de $175.429.800, orden de operación No 31 50 81 508 4-2 por un valor de $116.953.200 y la orden de operación No 31 50 81 508 4-3 por un valor de $211.307.167. Con respecto al primer desembolso se tiene: En el pago realizado mediante la orden de operación No 31 50 81 508 4-4 por un valor de $139.089.843, verificando los soportes de pago el contratista le presento a la interventoría la factura 004 por un valor de $145.231.426 y el subcontratista certifica la factura 004 por valor de $137.089.943. Por otra parte el valor de las “facturas pequeñas” por concepto de equipos y repuestos es de $1.999.900, el cobro se realizó por $2.000.000, presentando una diferencia de $100. El segundo desembolso presenta los siguientes pagos: Orden de Operación No 31 50 81 508 4-5 por un valor de $118.902.034. Sin embargo, el subcontratista TECNOPERFORACIONES SAS presenta la factura de venta No 348 del 12/08/2015 por un valor de $227.221.830.13, también presenta como soporte el corte de obra a subcontratista por valor de $124.971.924. Otro pago realizado en el segundo desembolso corresponde a la orden de operación No 31 50 81 508 4-5 por un valor de $212.018.184. Sin embargo, el subcontratista construcciones Cante SAS mediante la factura de venta 007 de agosto 13 de 2015, hace cobro del contrato mano de obra y jornales por valor de $103.223.544 y el interventor certifica $96.598.205 Por otro lado, el mismo subcontratista presenta la factura de venta 008 de agosto 13 de 2015 por concepto del contrato civil de obra de estabilización geotécnica en la localidad de Rafael Uribe por $115.068.584 y el interventor certifica $107.682.977. De acuerdo a lo relacionado anteriormente, se evidencia que no hay coherencia entre el valor autorizado por la interventoría para el pago y los soportes presentados por el Contratista. Verificadas las facturas para la compra de equipos y repuestos, presenta un valor de $8.245.779 y el interventor certifica un valor de $7.737.002. Por otra parte este pago no se encuentra soportado con el cronograma de inversión del anticipo.

Page 130: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

130

Por otra parte se pudo establecer que en el Cronograma de Inversión del Anticipo los $503.690.167 asignados para transporte y alquiler de maquinaria no aparecen en este concepto y se registra en el concepto de compra de materiales y accesorios Las inconsistencias relacionadas con el manejo e inversión del anticipo, relacionadas con los documentos soportes para el pago, la no presentación del cronograma del anticipo con los valores realmente ejecutados y del informe de inversión y buen manejo del anticipo, como soporte para el pago, demuestran deficiencias en la supervisión, revisión y control por parte de la Interventoría, como lo define la UAERMV en el Manual de Contratación, adoptado mediante Resolución No 352 de 31 de Julio de 2014, que establece:

“4.2.5.1 Monto y Destinación

“En virtud de la naturaleza del anticipo, el contratista se obliga a destinarlos en forma exclusiva a la ejecución del contrato celebrado, de acuerdo con el Cronograma de Inversión del Anticipo y el Plan de Inversión del Anticipo los cuales deben ser aprobado por el interventor y/o supervisor del contrato, utilizando instrumentos financieros que aseguren el manejo transparente de los recursos y su destinación exclusiva al

contrato.” (Subrayado fuera de texto)

4.2.5.2 Manejo y Control

“El contratista deberá justificar los giros y movimientos que se realicen en la cuenta o fiducia, según corresponda y suministrarle al interventor o al supervisor toda la información necesaria para el seguimiento y control, mediante un Informe de Inversión y Buen Manejo del Anticipo (CON-FM-006), el cual será revisado, controlado y verificado por el interventor o el supervisor designado para tal fin.” (Subrayado fuera de texto)”

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad informa que no administró los recursos del anticipo para el contrato de obra No 428 de 2014, que estos recursos han sido pagados y administrados directamente por el FDLRUU. Por otra parte manifiesta que la supervisión del contrato corresponde al FDLRUU y la interventoría a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas. Teniendo en cuenta los argumentos presentados por la Entidad, este Organismo de Control retira la observación y por competencia se dará traslado de la observación a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá.

Page 131: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

131

3.8.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria y fiscal en cuantía de $102.609.714, porque en los pagos realizados al contratista no fueron liquidados y descontados la totalidad de los impuestos establecidos en el Contrato de Obra No. 428 de 2014 como son: Retención en la Fuente, Rete ICA, Estampilla Universidad Distrital, Estampilla Pro Adulto Mayor y Estampilla Pro Cultura. Durante el proceso auditor se verifica el seguimiento financiero de la ejecución del contrato mediante los pagos realizados al contratista por concepto de anticipo y los pagos parciales por corte de obra, hasta el cierre de la ejecución de la auditoria, como se detalla a continuación:

CUADRO No. 44 ESTADO FINANCIERO CONTRATO DE OBRA No 428 de 2014

Cifras en Pesos

CONCEPTO VALOR %

EJECUCION

VALOR DEL ANTICIPO 30% 1.030.370.580

PAGO No 1

Contribución Especial 51.518.529

Estampilla Universidad Pedagógica 5.151.853

Total Neto a Pagar 973.700.198

PAGO No 2 429.691.507 11%

Amortización Anticipo 30% 128.907.452

Retención garantía 5% 21.484.575

Total Neto a Pagar 279.299.479

PAGO No 3 628.810.065 16%

Amortización Anticipo 30% 188.643.020

Retención garantía 5% 31.440.503

Total Neto a Pagar 408.726.542

PAGO No 4 863.722.513 21%

Amortización Anticipo 30% 259.116.754

Retención garantía 5% 43.186.126

Total Neto a Pagar 561.419.634

PAGO No 5 2.019.499.388 50%

Amortización Anticipo 30% 453.703.354

Retención garantía 5% 100.974.969

Total Neto a Pagar 1.464.821.063

VALOR TOTAL EJECUTADO CONTRATO 428 DE 2014

3.941.723.473 98%

VALOR INICIAL DEL CONTRATO 3.434.568.600

Page 132: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

132

CONCEPTO VALOR %

EJECUCION

ADICION CONTRATO 591.674.542

VALOR FINAL DEL CONTRATO 4.026.243.142

VALOR PENDIENTE DE EJECUTAR CONTRATO 428 DE 2014

84.519.669 2%

Fuente: Pre Actas de Pago, Actas de Pago Contrato 428 de 2014 y Ordenes de Pago FDLRUU Adición: No 1 y Prorroga No 1 al Contrato de Obra Pública No 428 de 2014

Elaboro: Contraloría de Bogotá – Dirección Sector Movilidad

De acuerdo a lo anterior, el valor ejecutado es de $3.941.723.473 (98%), con corte a diciembre 23 de 2015, quedando pendiente por ejecutar $84.519.669, que corresponde al 2% del total del contrato de obra. Así mismo se tiene que el anticipo por valor de $1.030.370.580, fue amortizado en su totalidad y hay un saldo de $197.086.173 que corresponde al 5% por concepto de la retención de garantía. El detalle de los pagos realizados al contratista Consorcio San Gabriel con los respectivos descuentos por concepto de impuestos y los pagos netos realizados se presentan en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 45

PAGOS REALIZADOS CONTRATO DE OBRA 428 DE 2014 Cifras en Pesos

Fuente: Ordenes de Pago FDLRUU No 881-1481-1482-1932-2146 Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad

El contratista Consorcio San Gabriel presenta al Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe-FDLRUU cuenta de cobro a la UAERMV el 19 de mayo de 2015, como requisito para pago del anticipo que corresponde al 30% del valor parcial de la obra por un valor de $1.030.370.580, quien realiza el pago del anticipo mediante la orden de pago No. 881 el 26 de Junio de 2015, en la cual se realizan los siguientes descuentos al contratista por concepto de impuestos como son: contribución especial y estampilla de la universidad pedagógica por un valor de $56.670.382 y

Orden

de PagoValor Bruto

Base de

Retenciòn

Contribuciòn

Especial

Estampilla

Universidad

Pedagogica

Rete

Fuente

Servicios

2%

Rete ICA

6,9 x1000

Total

Descuentos

Valor Neto a

Girar

881 1.030.370.580 51.518.529 5.151.853 56.670.382 973.700.198

429.691.507 8.593.830 2.964.871

279.299.479 13.964.974 1.396.497

628.810.065 12.576.201 4.338.789

408.726.542 20.436.327 2.043.633

863.722.513 17.274.450 5.959.685

561.419.634 28.070.982 2.807.098

2.019.499.387 40.389.988 13.934.546

1.464.821.063 73.241.053 7.324.105134.889.692 1.329.931.3712146 1.464.821.063

561.419.634 54.112.215 507.307.419

279.299.4791481 26.920.172 252.379.307

39.394.950 369.331.592408.726.5421482

1932

Page 133: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

133

hace un pago neto para la constitución de la fiducia a Fidubogota S.A por valor de $973.700.198. El Consorcio San Gabriel presenta al FDLRUU factura de venta No 7 el 3 de septiembre de 2015, como soporte para pago parcial de la obra correspondiente al periodo 19 de mayo al 31 de julio de 2015 por valor de $279.299.479, quien realiza el segundo pago, mediante la orden de pago No 1481 del 25 de septiembre de 2015, en la cual se realizan los siguientes descuentos por concepto de impuestos: como son retención en la fuente, rete ICA, contribución especial y estampilla de la universidad pedagógica por un valor de $26.920.172 y hace un pago neto al contratista de $252.379.307. El Consorcio San Gabriel presenta al FDLRUU la factura de venta No 8 el 14 de septiembre de 2015, como soporte para pago parcial de la obra del periodo comprendido entre el 1 al 31 de agosto de 2015, por un valor de $408.726.542, quien realiza el tercer pago mediante la orden de pago No 1482 de septiembre 25 de 2015, en la cual se realizan los siguientes descuentos al contratista por concepto de impuestos como son: retención en la fuente, rete ICA, contribución especial y estampilla de la universidad pedagógica por un valor de $39.394.950 y hace un pago neto al contratista de $369.331.592. El Consorcio San Gabriel presenta al FDLRUU la factura de venta No 12 con fecha 5 de Noviembre de 2015, como soporte para pago parcial de la obra del periodo comprendido entre el 1 al 30 de septiembre de 2015 por un valor de $561.419.634, quien realiza el cuarto pago mediante la orden de pago No 1932 de noviembre 26 de 2015, en la cual se realizan los siguientes descuentos al contratista por concepto de impuestos como son retención en la fuente, rete ICA, contribución especial y estampilla de la universidad pedagógica por un valor de $54.112.215 y hace un pago neto al contratista de $507.307.418. El Consorcio San Gabriel presenta al FDLRUU la factura de venta No 14 y No 15 el 4 de diciembre de 2015, como soporte para pago parcial de obra del periodo comprendido entre el 1 al 31 de octubre de 2015 por un valor de $1.464.821.063, quien realiza el quinto pago mediante la orden de pago No 2146 de diciembre 23 de 2015, en la cual se realizan los siguientes descuentos al contratista por concepto de impuestos como son retención en la fuente, rete ICA, contribución especial y estampilla de la universidad pedagógica por un valor de $134.889.692 y hace un pago neto al contratista de $1.329.931.371. Se pudo evidenciar en las órdenes de pago que no fueron cobrados la totalidad de los impuestos a cargo del contratista, de acuerdo con lo establecido

Page 134: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

134

contractualmente en el contrato de obra No. 428 de 2014, en la Cláusula Cuarta-Forma de Pago: Que dice:

“11. Los siguientes conceptos Rete Ica, Estampilla Universidad Distrital, Estampilla Pro Adulto Mayor, Estampilla Pro Cultura y demás impuestos de ley serán descontados en cada pago o abono en cuenta que la entidad le haga al contratista, durante la ejecución del contrato (los impuestos y retenciones que surjan del presente contrato, corren por cuenta del contratista, para cuyos efectos el contratante hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordena la ley.)”

En el siguiente cuadro se presentan los porcentajes de los impuestos que no fueron cobrados en las órdenes de pago del anticipo y pagos parciales de la obra.

CUADRO No. 46 IMPUESTOS CONTRATO DE OBRA 428 DE 2014

DESCRIPCIÓN IMPUESTO % DESCUENTO

Retención en la Fuente 2,00%

Rete Ica 0,69%

Estampilla Universidad Distrital 1,00%

Estampilla Pro Adulto Mayor 0,50%

Estampilla Pro Cultura 0,50% Fuente: Contrato No. 428 de 2014-Clausula Cuarta-Forma de Pago Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector Movilidad

En el cuadro siguiente se presentan los conceptos de los impuestos y se realiza la liquidación de los impuestos que no fueron cobrados al contratista con ocasión de la ejecución del contrato de obra No 428 de 2014.

CUADRO No. 47 RELACION IMPUESTOS NO DESCONTADOS AL CONTRATISTA CONSORCIO SAN GABRIEL

CONTRATO DE OBRA No 428 DE 2014 Cifras en Pesos

Fuente: Ordenes de Pago FDLRUU No 881-1481-1482-1932-2146 Elaboro: Contraloría de Bogotá- Dirección Sector de Movilidad

Orden de

Pago

Base de

Retenciòn

Retenciòn en

la Fuente 2%

Rete Ica

0,69%

Estampilla

Universidad

Distrital 1%

Estampilla

Pro Adulto

Mayor 0,5%

Estampilla

Pro Cultura

0.5%

Total

impuestos

881 1.030.370.580 20.607.412 7.109.557 10.303.706 5.151.853 5.151.853 48.324.381

1481 279.299.479 2.792.995 1.396.497 1.396.497 5.585.989

1482 408.726.542 4.087.265 2.043.633 2.043.633 8.174.531

1932 561.419.634 5.614.196 2.807.098 2.807.098 11.228.392

2146 1.464.821.063 14.648.211 7.324.105 7.324.105 29.296.421

Total

Impuestos20.607.412 7.109.557 37.446.373 18.723.186 18.723.186 102.609.714

Page 135: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

135

Revisadas las órdenes de pago se encontró lo siguiente: En la orden de pago No 881 de junio 26 de 2015 que corresponde al pago No 1 anticipo, se pudo evidenciar que no se realizó el descuento al contratista de los siguientes impuestos retención en la fuente, rete Ica, estampilla universidad distrital, estampilla pro adulto mayor, estampilla pro cultura por un valor de $48.324.381. La orden de pago No. 1481 de septiembre 25 de 2015 que corresponde al pago No 2 de corte parcial de la obra, se pudo evidenciar que no se realizó el descuento al contratista de los siguientes impuestos, estampilla universidad distrital, estampilla pro adulto mayor, estampilla pro cultura por un valor de $5.585.989. En la orden de pago No. 1482 de septiembre 25 de 2015 que corresponde al pago No 3 de corte parcial de la obra, se pudo evidenciar que no se realizó el descuento al contratista de los siguientes impuestos, estampilla universidad distrital, estampilla pro adulto mayor, estampilla pro cultura por un valor de $8.174.531. En la orden de pago No. 1932 de noviembre 26 de 2015 que corresponde al pago No 4 de corte parcial de la obra, se logró establecer que no se realizó el descuento al contratista de los siguientes impuestos, estampilla universidad distrital, estampilla pro adulto mayor, estampilla pro cultura por un valor de $11.228.392. Finalmente en la orden de pago No. 2146 de diciembre 23 de 2015 que corresponde al pago No 5 de corte parcial de la obra, se logró establecer que no se realizó el descuento al contratista de los siguientes impuestos, estampilla universidad distrital, estampilla pro adulto mayor, estampilla pro cultura por un valor de $29.296.421. Se puede concluir que se dejaron de liquidar y descontar al contratista por concepto de impuestos un valor de $102.609.714. De los hechos detallados anteriormente se concluye que el Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe-FDLRUU, no aplicó la totalidad de descuentos por concepto de impuestos a los pagos realizados por el Consorcio San Gabriel, desconociendo lo establecido en el Contrato y el Manual de Contratación de la UAERMV, adoptado mediante Resolución No. 352 de 31 de Julio de 2014 que establece:

“4.2.5.2 Manejo y Control del Anticipo

Para la entrega del anticipo, el contratista deberá presentar la cuenta de cobro…,… Los impuestos y retenciones que se causen por el desembolso del anticipo están a cargo del contratista…,

Page 136: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

136

4.2.5.3 Amortización: Para todo contrato que suscriba la UAERMV…,…Los impuestos y retenciones que se causen por el desembolso del anticipo están a cargo del contratista.”

“6. CONTRATOS DE OBRA

Los contratos de la obra son aquellos…

La duración de las etapas preliminares y construcción será determinada en cada caso, dependiendo de la naturaleza de la obra a ejecutar. En casos excepcionales y previa justificación del área encargada del proyecto, se podrá eliminar la fase de preliminares.

Los contratos de obra generan los impuestos, tasas o cargas tributarias distritales y nacionales establecidos en las normas del orden nacional y distrital vigentes”

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la

Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD

2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431

de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad manifiesta

que no realizó ningún pago al contratista y por lo tanto no le correspondía realizar

la liquidación de los impuestos y expresa que los pagos fueron realizados por el

FDLRUU y que le correspondía directamente a este, realizar la liquidación de los

impuestos establecidos en el contrato de obra No. 428 de 2014.

Teniendo en cuenta los argumentos presentados por la Entidad, este Organismo de Control retira la observación y por competencia se dará traslado de la observación a la Dirección de Participación Ciudadana y Desarrollo Local de la Contraloría de Bogotá.

3.9. CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 438 DE 2014

La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial- UAERMV, suscribió el Contrato de Consultoría No. 438 el día 30 de diciembre de 2014 con la firma “JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE EU” por un valor de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS M/CTE (132.850.000), con un plazo de 120 días calendario contados a partir de la suscripción del acta de inicio.

CUADRO No. 48 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO DE CONSULTORIA No. 438 DE 2014

Page 137: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

137

CONCEPTO DATOS

MODALIDAD DE SELECCIÓN Concurso de Méritos Abierto NUMERO DEL PROCESO No CMA-01-2014 APERTURA CONCURSO DE MERITOS Resolución 498 del 4 noviembre de 2014

AUDIENCIA DE CIERRE Y APERTURA DE SOBRES CMA-01-2014

Noviembre 18 de 2014

DESIGNACION COMITÉ EVALUADOR

CMA-01-2014 Resolución 579 del 19 de Noviembre de 2014

AUDIENCIA DE ADJUDICACIÒN

CMA-01-2014

Diciembre 3 de 2014

RESOLUCION DE ADJUDICACION No 621 del 5 de diciembre de 2014

ESTUDIOS PREVIOS Cuenta con estudios previos presentados en los meses de agosto y septiembre de 2014

CONTRATO No. 438 de 2014

FECHA DE SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Diciembre 30 de 2014

CONTRATISTA JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE EU

REPRESENTANTE LEGAL JAVIER ANTONIO MILLAN LOPEZ

OBJETO:

Elaboración de estudios de riesgo por fenómenos de remoción en masa, evaluación de alternativas de mitigación y diseños detallados de obras de mitigación en el polígono 4-020 FOPAE, en el barrio Santa Rita Suroriental de la localidad de San Cristóbal de la Ciudad de Bogotá, D.C .

VALOR DEL CONTRATO: $ 132.850.000

PLAZO INICIAL: 120 días calendario.

FECHA DEL ACTA DE INICIO: 4 febrero de 2015

FECHA DE TERMINACIÓN: 3 junio de 2015

ACTA No 4 DE RECIBO FINAL Y

TERMINACION CONTRATO DE

CONSULTORIA

28 agosto de 2015

ACTA No 5 DE LIQUIDACIÒN CONTRATO

DE CONSULTORIA 9 diciembre de 2015

APROPIACION PRESUPUESTAL

Certificado de Disponibilidad Presupuestal No

749 de 2014, Código Presupuestal 3-3-1-14-

02-20-0680-199, Concepto 199-Mitigaciòn de

Riesgos en Zonas de Alto Impacto.

SUPERVISOR Giovanni Alejandro Sierra Revelo- Pablo Emilio

Muñoz

APOYO SUPERVISIÒN Jhon Jairo González Bernal-Iván Chaparro

Fuente: UMV Contrato No. 438-2014

Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad

En desarrollo de la actual Auditoria de Desempeño PAD 2015- Periodo III, practicada a la UAERMV, se realizó la evaluación al Contrato No. 438 de 2014, conforme a la información suministrada por la entidad en las carpetas del contrato

Page 138: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

138

y mediante oficio UMV No.7056 de noviembre 5 de 2015, con lo cual se puede establecer lo siguiente: 3.9.1. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, porque la UAERMV no estableció en el pliego de condiciones del Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014, los términos de la supervisión y/o interventoría del Contrato. Una vez revisado el pliego de condiciones del Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014, para contratar la “Elaboración de estudios de riesgo por fenómenos de remoción

en masa, evaluación de alternativas de mitigación y diseños detallados de obras de mitigación en el polígono 4-020 FOPAE, en el barrio Santa Rita Suroriental de la localidad

de San Cristóbal de la Ciudad de Bogotá, D.C.”, se pudo establecer que no se definió los términos de la supervisión y/o interventoría del contrato, como lo establece la Ley.

La situación anterior evidencia la falta de control sobre los documentos que produce la Entidad y que podrían generar riesgos en el seguimiento del proceso contractual.

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad allegó a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra que en el pliego de condiciones se establecieron los términos de supervisión y/o interventoría, dando cumplimiento a los requerimientos de Ley. Por lo anterior, este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la Entidad y se retira la observación.

3.9.2. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria, porque la UAERMV en el aviso de la convocatoria del Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014 en la MODALIDAD DE SELECCIÓN no definió la clase de proceso de selección, en el PLAZO registró el valor estimado de los estudios y no el plazo para la realización de la consultoría evidenciando la falta de revisión y control de los documentos de la convocatoria. Revisado el aviso de convocatoria pública para el Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014 se puede observar que la sigla de identificación de la convocatoria está errada toda vez que se registra CMC-01-2014, siendo lo correcto CMA-01-2014.

Page 139: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

139

Por otra parte en la MODALIDAD DE SELECCIÓN no se definió la clase de proceso de selección, y en el PLAZO registró el valor del presupuesto oficial para los estudios y finalmente no se estableció el plazo para la realización de la consultoría, como se evidencia en el folio 105 doble cara, de la carpeta No. 1 del Contrato de Consultoría No 438 de 2014 Por los hechos expuestos anteriormente se puede evidenciar la falta de supervisión, control, revisión y verificación sobre los documentos de la convocatoria, afectando a los proponentes porque no cuentan con la información esencial como es el la modalidad de selección y plazo de ejecución del Contrato, información necesaria para presentar su propuesta. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad allegó a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra que durante el proceso del concurso de méritos se estableció la modalidad de selección y el plazo requerido para la consultoría, dando cumplimiento a los requerimientos de Ley. Por lo anterior, este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la entidad y se retira la observación. 3.9.3. Observación administrativa porque los formatos de evaluación técnica de la propuesta presentada por la firma JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE EU

para el Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014, no se encuentran fechados y firmados por los personas responsables realizar dicha evaluación. Revisados los formatos de evaluación técnica realizada a la propuesta presentada por la firma JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE EU para el Concurso de Méritos Abierto No CMA-01-2014, se evidencia que estos formatos (folios 173 hasta el 179 y folios 187 a 200), están identificados de manera errónea toda vez que se registra CMC-01-2014 siendo lo correcto CMA-01-2014, por otra parte no se registra la fecha de diligenciamiento y no se encuentran debidamente firmados por el funcionario responsable de la evaluación. Es importante identificar la fecha de evaluación, el nombre, el cargo y la firma del funcionario, para poder identificar los responsables de la evaluación de la propuesta, información importante en el momento de adjudicar el proceso de selección.

Page 140: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

140

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad allegó a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra que la evaluación técnica está debidamente aprobada y firmada por los profesionales que la realizaron. Por lo anterior, este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la UAERMV y se retira la observación. 3.9.4. Hallazgo administrativo porque el Supervisor designado por la UAERMV para la ejecución del Contrato de Consultoría No 438 de 2014, no requirió oportunamente al Contratista para que ampliara las vigencias de los amparos establecidos en la garantía del Contrato No 438 de 2014, toda vez que se establecieron con la fecha de suscripción del Contrato y no con la fecha del acta de inicio, como está establecido en el parágrafo de la CLAUSULA DECIMA CUARTA del Contrato. Durante el proceso auditor se pudo establecer que mediante el memorando No. 3889 de mayo 20 de 2015, el Secretario General de la UAERMV, requiere al Supervisor del contrato para:

“…se requiera al contratista JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE E.U, para que realice la ampliación de garantías contrato No. 438 de 2014….. Toda vez que revisada la carpeta contractual, se observó que las vigencias de los amparos que se tuvieron en cuenta en el momento de aprobar las garantías, fueron a partir de la suscripción del contrato. No obstante lo anterior, el contratista debe ajustar las vigencias de los amparos de acuerdo a lo establecido en la cláusula décima cuarta del contrato 438 de 2014, una vez sea firmada el acta de inicio por este y el supervisor de la UAERMV.

Lo anterior en virtud del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011 que señala: “Supervisión e interventoría contractual. Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda.”

El 29 de mayo el Secretario General vuelve a requerir al supervisor del contrato, mediante el memorando No. 4266, para que el contratista amplíe modifique la garantía del Contrato No. 438 de 2014, ampliando las vigencias.

Page 141: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

141

Solo hasta el 3 de Junio de 2015 el supervisor del contrato mediante el memorando No. 3322, solicitó al contratista la ampliación de las garantías, comunicación recibida por el Contratista hasta el 9 de junio de 2015. El Contratista mediante el oficio No COO366-JAM-UMV radicado en la Entidad bajo el No. 20150116008751 de junio 10 de 2015, hace entrega de las pólizas No 01GU063493 y No 01 RE001034 expedida por la Aseguradora CONFIANZA, de acuerdo a las modificaciones solicitadas. El 10 de junio d e2015, el Secretario General aprueba las pólizas. Los hechos relacionados anteriormente, permiten establecer que el supervisor del contrato se demoró cuatro (4) meses (desde el 4 de febrero día que se firmó el acta de inicio hasta el 3 de Junio de 2015), en requerir al Contratista para actualizar la garantía del contrato, a raíz de las solicitudes realizadas por el Secretario General de la Entidad. Por lo tanto el supervisor no aplicó de forma oportuna lo establecido en el Manual de Interventoría y Supervisión de la UAERMV adoptado mediante la Resolución No. 3252 del 31 de julio de 2014, que registra:

“8.3 Obligaciones de la supervisión. 8.3.1 Obligaciones Generales. j) Verificar y exigir que las garantías constituidas y aprobadas se mantengan vigentes en las condiciones exigidas en la ley y el contrato. Solicitar al contratista su respectiva modificación cuando haya lugar a ello.”

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad no allegó a este Organismo de Control los soportes que demostraran la gestión por parte del supervisor del contrato frente a la ampliación de las garantías. Por otra parte, en la medida que no hubo afectación de las actividades del contrato

y que no se materializó ningún riesgo dentro del proceso contractual, se retira la

incidencia disciplinaria y se configura un Hallazgo administrativo.

3.9.5. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria porque el supervisor de la UAERMV, autorizó el pago de las Actas de Pago Mensual de Consultoría No 2 y No 3 al contratista, sin que se encuentren las

Page 142: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

142

planillas de pago de la seguridad social de parte de los profesionales requeridos para la Consultoría del Contrato No 438 de 2014. Durante la auditoria se revisaron las órdenes de Pago No 1481 de junio 11 de 2015 y No. 1915 de julio 14 de 2015 del Contrato No 438 de 2014, dentro de las cuales se encuentran como soporte las planillas de pago de la seguridad social. Como soporte del primer pago, se encuentran las planillas de pago de la seguridad Social: salud, pensión y ARL para el mes de marzo y el mes de febrero de 2015. Igualmente se encuentran las planillas de pago de algunos profesionales independientes para febrero y marzo de 2015. Como soporte del segundo pago Se encuentran las planillas de pago de la seguridad Social: salud, pensión y ARL para el mes de abril y el mes de mayo de 2015. Revisadas y verificadas las planillas de pago de seguridad social, se establecen los pagos realizados por el Contratista de los profesionales ofertados en la propuesta y desde febrero hasta mayo de 2015, como se detalla en el siguiente cuadro:

CUADRO No. 49

CONTROL DE PAGOS SEGURIDAD SOCIAL CONTRATO No. 438 DE 2014

Fuente: Soportes Planillas de Pago Seguridad Social de los pagos 1481 y 1914

Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad

Del cuadro anterior se concluye lo siguiente: El director de la consultoría y especialista en geotecnia y la profesional sisoma cuentan con el pago de la seguridad social desde febrero hasta el mes de mayo de 2015. El especialista en hidráulica solo reporta pagos para los meses de febrero y marzo. El profesional en Geología solo reporta parcialmente el pago del mes de febrero, pagando Salud y ARL, pero no el pago de pensión.

PROFESIONALES OFERTADOS CONTRATO No 438 de 2014

PERSONAL DEL ESTUDIO NOMBRES Y APELLIDOS EPS AFP ARL EPS AFP ARL EPS AFP ARL EPS AFP ARL EPS AFP ARL

Director Consultoria Especialista en Geotecnia Ing. Javier Antonio Millan Lopez X X X X X X X X X X X X

Especialista en Estructuras Ing. Mauricio Celis Pinilla

Profesional en Geologia Ing. Jesus Eduardo Parra Palacio X X

Especialista en Hidraulica Ing. Eduardo Zamudio Huertas X X X X X X

Profesiona el Evaluaciòn de Riesgos Ing. Walter Javier Gil Romero

Profesional en Trabajo Social Adriana Isabel Nuñez Camelo X X X

Profesional Sisoma Ing. Martha Carolina Polo Palmera X X X X X X X X X X X X

Profesional Forestal Ing. Gerardo Pinto Pinto.

Profesional en Transito Ing. Policarpo Arturo Sarate Malagon

Profesional Experiencia Predial- Ing. Catastral y

Geodesta Ing. Armando Rodriguez Duarte

Fuente: Soportes Planillas de Pago Seguridad Social de los pagos 1481 y 1915

Elaboro: Equipo Auditor

FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO

Page 143: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

143

El especialista en estructuras, el profesional en evaluación de riesgos, el profesional forestal, el profesional en tránsito y el profesional con experiencia en predial-ing. Catastral y Geodesta, no reportan pagos de seguridad social. Es así, que no se encuentran documentos que soporten el pago de la seguridad social de la totalidad de los profesionales que intervinieron en el Contrato de Consultoría, a pesar de ser una obligación contractual que está establecida en el Contrato No. 438 de 2014, así:

“CLÁUSULA OCTAVA-OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: OBLIGACIONES GENERALES

14. El contratista deberá realizar los pagos mensuales al Sistema de Seguridad Social: Salud, Pensión y Riesgos Laborales, de acuerdo a las bases de cotización establecidas en las normas vigentes de conformidad con la Ley 100 de 1993 y sus Decretos

Reglamentarios.”

CLAUSULA NOVENA-OBLIGACIONES DE LA UAERMV:

“ …. 3. Hacer seguimiento a través del supervisor, cumplimiento del objeto contractual”

Por otra parte, en el Manual de Interventoría y Supervisión de la UAERMV, adoptado mediante la Resolución No. 3252 del 31 de julio de 2014, en el numeral 8.3 y 8.3.1 se registra:

8.3 Obligaciones de la supervisión, 8.3.1 Obligaciones Generales, “ ….. c) Exigir al contratista el cabal cumplimiento del contrato en todas sus partes, de

conformidad con sus obligaciones y la normatividad vigente aplicable.” ….. g) Vigilar el cumplimiento por parte del contratista de las disposiciones legales de

carácter laboral y exigir…….” Es así que esta situación demuestra deficiencias en la supervisión, seguimiento, verificación y control por parte del supervisor del Contrato respecto al cumplimiento

Page 144: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

144

de las obligaciones relacionadas con el pago de la seguridad social, como se establece contractualmente. Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad allegó a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra que el contratista dio cumplimento a los pagos de seguridad social de los profesional que intervinieron en la consultoría dando cumplimiento a los requerimientos de Ley. Por lo anterior, este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la UAERMV y se retira la observación. 3.9.6. Observación administrativa, con presunta incidencia disciplinaria, porque la UAERMV no ejerce los controles suficientes a los productos entregados bajo la ejecución del Contrato de Consultoría No. 438 de 2014, toda vez que en los estudios de riesgos por mitigación y diseños, presenta en sus anexos el resumen de costos proyecto un AIU del 36,71%, a pesar que el porcentaje máximo de A.I.U para los contratos que suscribe la Entidad está establecido en el 30%. En la auditoria se encontró que dentro uno de los productos presentados por la firma JAM INGENIERIA Y MEDIO AMBIENTE E.U bajo la ejecución del contrato de consultoría No. 438 de 2014 es el “Informe ejecutivo de los estudios de riesgos por mitigación y diseños detallados en el barrio Santa Rita Sur Oriental”. En el Anexo el “Resumen de costos del proyecto” presenta un AIU del 36,71%. El valor del A.I.U establecido por el Consultor se encuentra fuera del rango que la Entidad determinó en el Manual de Contratación adoptado mediante la Resolución No 352 de julio 31 de 2014 que registra:

“6.2 Costos indirectos (AIU)

Los porcentajes asignados a cada uno de los términos en el AIU son subjetividad de cada oferente en particular y no existe un planteamiento técnico de su cálculo. Ésde debe ser propuesto por cada uno de los oferentes con base en el presupuesto estimado y los gastos que considere pertinentes en la ejecución del proyecto, que debe ser el resultado del estudio técnico y financiero que haga del proyecto; sin embargo y

Page 145: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

145

dependiendo de las condiciones de cada proceso contractual, la Entidad pactara un porcentaje del AIU no superior al 30%.” Negrilla fuera de texto.

Hecho que evidencia que no se ejercen los controles suficientes por parte del supervisor a los productos entregados bajo la ejecución del Contrato de Consultoría No. 438 de 2014, como se establece en el Manual de Interventoría y Supervisión de la UAERMV, adoptado mediante la Resolución No. 3252 del 31 de julio de 2014, en el numeral 8.3 y 8.3.1 que registra:

8.3 Obligaciones de la supervisión. 8.3.1 Obligaciones Generales,

“ ….. c) Exigir al contratista el cabal cumplimiento del contrato en todas sus partes, de

conformidad con sus obligaciones y la normatividad vigente aplicable.” Negrilla fuera de texto.

Teniendo en cuenta la revisión y evaluación realizada a la respuesta dada por la Entidad al Informe Preliminar Auditoria de Desempeño Vigencia 2012-2015 del PAD 2015- Periodo III, radicada en la Contraloría de Bogotá mediante el oficio No. 431 de enero 25 de 2016 bajo el # 1-2016-01417 de 2016-01-25, la Entidad allegó a este Organismo de Control los soportes necesarios en donde demuestra técnicamente que el AIU para la consultoría, es diferente al AIU de contratación y cuando se contrate la obra este debe ser producto de los estudios de mercado dando cumplimiento a los requerimientos de Ley. Por lo anterior, este Organismo de Control acepta los argumentos presentados por la UAERMV y se retira la observación. 3.10. CONTRATO DE OBRA No. 435 DE 2014

Del Contrato de Obra No. 435 de 2014, se tiene la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 50

FICHA TÉCNICA CONTRATO DE OBRA No. 435 DE 2014

CONCEPTO DATOS

PROCESO DE SELECCIÓN LICITACION PUBLICA LP-05-2014

Page 146: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

146

CONCEPTO DATOS

TIPO DE CONTRATO Obra

CONTRATO No 435 de 2014

OBJETO:

Construcción de obras para la mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa en San Vicente s.o. Sitio 16 en la Localidad de San Cristóbal, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la Ciudad de Bogotá D.C.

CONTRATISTA I0-INGENIERIA LTDA

REPRESENTANTE LEGAL Ivonne Andrea Bohórquez Guzmán

IDENTIFICACIÓN CC 55.385.031

FECHA SUSCRIPCIÓN 29 de diciembre de 2014

FECHA DE INICIO 23 de febrero de 2015

PLAZO:

El plazo de ejecución serán de 141 días calendario: 1.) Veintiún días calendario para la ejecución

de actividades preliminares. 2.) Ciento veinte días (120) calendario para la

ejecución de la obra propiamente. Contados a partir de la suscripción del acta de inicio por el interventor y el contratista previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.

FECHA DE TERMINACION 27 de julio de 2015

PRORROGA 1 DE SEPTIEMBRE 1 DE 2014 Dos (2) meses 27 de septiembre

PLAZO TERMINACION ACTUAL 27 de septiembre de 2015

VALOR TOTAL INICIAL $ 439.858.813

VALOR ANTICIPO 40% CONTRATO $ 175.943.525

VALOR ACTUAL $ 439.858.813

SUPERVISOR Giovanni Alejandro Sierra Revelo Fuente: UMV Contrato No. 435-2014

Elaboró: Contraloría de Bogotá-Dirección Sector Movilidad

3.10.1. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal por valor de $175.943.525, porque el contratista no amortizó los dineros entregados en calidad de anticipo, debido a que no se hicieron pagos en el desarrollo de la obra. La Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial - UAERMV, suscribió el contrato de obra pública No. 435 de 2014 con la firma I0 INGENIERIA LTDA, cuyo objeto correspondió a “La construcción de obras de

mitigación de riesgos por procesos en masa en San Vicente S.O Sitio 16 en la Localidad de San Cristóbal, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la ciudad de Bogotá D.C., dentro del marco del Convenio

Page 147: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

147

Interadministrativo 115 de 2013” cuyo plazo de ejecución pactado fue de 141 días y por un valor de $ 439.858.813.oo Los recursos de ejecución de las obras tienen su origen en el Convenio Interadministrativo No. 115 de 2013, celebrado entre la UAERMV y el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal. De acuerdo a la Cláusula quinta del Contrato de Obra No. 435 de 2014, el valor del anticipo autorizado fue por la suma de ciento setenta y cinco millones novecientos cuarenta y tres mil quinientos veinticinco pesos ($175.943.525) de los cuales conforme a la respuesta dada por la UAERMV frente al requerimiento hecho por este Ente de Control, mediante oficio No. 741 del 9 de noviembre de 2015 se comunicó:

1. En numeral 1 literal e. se comunica que el contratista no ha presentado a la

Interventoría hasta la fecha, alguna Acta de Pago Parcial y por consiguiente no existe amortizaciones del anticipo.

El contrato de obra tuvo una prórroga de dos (2) meses comprendido entre el 28 de julio de 2015 y el 25 septiembre de 2015, el cual dejó constancia por parte de la Interventoría que se autorizó la misma con el propósito de garantizar la terminación de las obras. Teniendo en cuenta que el contrato de obra terminó el 27 de septiembre de 2015, según respuesta de la UAERMV mediante oficio No. 741 del 9 de noviembre de 2015, se informó que se solicitó a la firma I0 INGENIERIA LTDA, la presencia al lugar de la obra con el fin de suscribir el Acta de Entrega y Recibo Final de obra, frente a esto el Contratista mediante comunicación 10-037-87 del 29 de septiembre de 2015, informó a la entidad: “…Que debido a que, lo que se esté denomino, una

terminación del contrato de manera irregular no firmaría el acta de terminación del contrato…” . En consecuencia a lo anterior, el Acta de entrega y Recibo final de la obra se suscribió de manera unilateral entre la Interventoría y la Supervisión del Contrato por parte de la UAERMV, el día 30 de septiembre de 2015, con los siguientes ítems ejecutados:

CUADRO No. 51 ITEMS DE OBRA - ACTA DE ENTREGA Y RECIBO FINAL

Cifras en pesos

ITEM DESCRIPCION UN VALOR

UNITARIO CAN.

TOTAL VALOR TOTAL

ITEM

1. GENERALIDADES

Page 148: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

148

ITEM DESCRIPCION UN VALOR

UNITARIO CAN.

TOTAL VALOR TOTAL

ITEM

1.1 Localización y Replanteo m2 $2.398.00 240.30 $576.239.40

1.2 Aislamiento y protección de la zona a intervenir h=2m en repisa y lona verde.

ml $12.677.00 100.00 $1.267.700.00

2 EXCAVACIONES

2.1 Excavación mecánica en material común (incluye cargue y retiro de material a sitio de disposición final autorizado por parte de la entidad competente)

m3 26.059.00 0.00 $0.00

2.2 Excavación manual en suelo (incluye cargue y retiro del material a sitio de disposición final autorizado por parte de la autoridad competente)

Mm3

$42.961.00 366.80 $15.758.094.80

2.3 Descapote (e=5 cm, incluye cargue y disposición final autorizado por parte de la autoridad competente)

m2 $12.513.00 82.50 $1.032.50

3. ESTRUCTURA CONTENCION

3.1 Empradizarían con cespedón incluye suministro y colocación de material, tierra negra y estación)

m2 $11.017.00 0.00 $0.00

3.2 Geotextil NT – 2000(suministro e instalación)

m2 $6.129.00 195.00 $1.195.155.00

3.3 Acoro de refuerzo de 6000 Psi o fy=4200 kg/m2 ( suministro e instalación)

m3 $2.375.00 3832.80 $9.102.900.00

3.4 Concreto de 3000 PSI para estructuras de contención ( suministro e instalación)

m3 $550.953.00 33.0 $18.346.734.90

3.5 Tubería PVC 1.5 suministro e instalación

ml $12.490.00 0.00 $0.00

4. OBRAS DE DRENAJE

4.1 Geodren planar H=2 M ( Suministro e instalación)

ml 33679 0.00 $0.00

4.2 Construcción de cajas de inspección en mampostería y pañete impermeabilizado Tipo 2 (0,8mxo,Bmx1,5) (Incluye marco y Tapa y transporte de los materiales del sitio de ejecución de los trabajos)

ml $424.445.00 0.00 $0.00

Page 149: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

149

ITEM DESCRIPCION UN VALOR

UNITARIO CAN.

TOTAL VALOR TOTAL

ITEM

4.3 Construcción de cañuela en concreto de 3000 psi sección rectangular de 30x15 espesor 10 cm incluye acero de refuerzo varilla de 3/8

ml $38.163.00 0.00 $0.00

4.4 Malla electrosoldada Q5 (electrosoldada)

kg $5.686.00 0.00 $0.00

4.5 Suministro e instalación de Tubería 012 novafort para conducción a pozo principal.

ml $104.802.00 0.00 $0.00

5 RELLENOS Y PAVIMENTOS

5.1 Relleno con material seleccionado B- 200 para conformación de terraplenes ( incluye suministro y compactación)

m3 $58.628.00 35.80 $2.098.882

6. OBRAS COMPLEMETARIAS

6.1 Suministro e instalación de baranda dos tubos tipo IDU M – 80 (Incluye anticorrosivo y esmalte, tres manos)

ml 263465 0.00 $0.00

6.2 Suministro e instalación de adoquín en arcilla (incluye corte, sello de arena y confinamiento)

m2 $39.437.00 0.00 $0.00

6.3 Solado en concreto resistencia 1500 PSI

m3 $323.542.00 4.30 $1.391.230.60

NP NO PREVISTOS

NP-1 Barra de anclaje para fijación ( incluye suministro e instalación), longitud 5 y 8 metros 19 mm ( tensión de elasticidad/ rotura 500/500)

ml 263465 0,00 $0.00

NP-3 Demolición de estructuras en concreto

m3 $31.177.00 0.00 $0.00

NP-5 Reubicación y montaje de postes m3 $103.824.00 0.00 $0.00

NP-6 Material filtrante m3 $79.395.00 11.40 $905.103.00

NP-7 Tubería perforada 4 ml $33.984.00 30.00 $1.019.520.00

NP-8 Suministro e instalación de Tubería 6 (160 mm) novafort para sistema de alcantarillado

ml $39.028.00 12.00 $468.336.00

NP-9 Suministro e instalación de Tubería S (200 mm) Novafort para sistema de alcantarillado.

ml $45.834.00 24.00 $1.100.016.00

NP-10 Dren horizontal o de penetración ml $186.622.00

0.00 $0.00

NP-11 Anclaje 40 ton ml $379.823.00 0.00 $0.00

NP-12 Malla Deltax o equivalente m2 $70.000.00 0.00 $0.00

Page 150: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

150

ITEM DESCRIPCION UN VALOR

UNITARIO CAN.

TOTAL VALOR TOTAL

ITEM

NP-13 Suministro e instalación de baranda dos tubos tipo IDU M-S1 (Incluye anticorrosivo y esmalte tipo esmalte, tres manos)

ml $207.018.00 0.00 $0.00

NP-14 Construcción de cajas de inspección en mampostería y pañete impermeabilizado tipo 2 (0,5mx0, 5mx1,0)(Incluye marco y Tapa y transporte

Un $285.744.00 $0.00 $0.00

NP-15 Entubado en madera m2 $34.877.00 90.00 $3.138.930.00

NP-16 Malla biaxial TIPOP-BX11 o similar ( suministro e instalación)

m2 $11.580.00 87.00 $1.007.460.00

NP-17 Mejoramiento de base de cimentación de muro con rajón

m3 $64.021.00 87.00 $5.569.877.00

Trasiego m3 $7.965.00 420.00 $3.345.300.00

Tala de arboles Un $93.180.00 10.00 $931.800.00

COSTO DIRECTO $68.255.551.30

A.I.U 30.55% $20.852.071

Costo Directo + AIU $89.107.622.00

PRELIMINARES $14.519.826.00

ITEM SOCIAL $943.980.30

ITEM SOCIAL AMBIENTAL $4.822.481.00

ITEM PMT $599.630.0

TOTAL $109.993.540.60 Fuente: Acta 8 de Recibo Final y Terminación del contrato.

Elaboró: Contraloría de Bogotá – Dirección Movilidad.

En consecuencia según el acta de Recibo Final el valor ejecutado correspondió a ciento nueve millones novecientos noventa y tres mil quinientos cuarenta pesos con 60/100 ($109.993.540,60) con respecto al valor total contratado, de cuatrocientos treinta y nueve millones ochocientos cincuenta y ocho mil ochocientos trece pesos ($439.858.813.oo), equivalente a un 25.03%. Durante la ejecución de la obra no se suscribieron actas de recibo parcial de obra por parte del contratista firma I0 INGENIERIA LTDA debido al presunto incumplimiento en la ejecución del contrato evidenciado en reiteradas comunicaciones de la interventoría al contratista.23 Conforme a lo verificado en los Estudios Previos se observó que en el numeral 1.6 quedó estipulada la forma de pago de la siguiente manera:

23 Oficios SV-423-2014- 024 del 14 de abril de 2015, SV-423-2014-031 de fecha 28 de abril de 2015, SV-423-2014-032 del 29 de abril de 2015 y SV-423-2014-050 del 3 de junio de 2015

Page 151: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

151

“…El valor del contrato se cancelara al contratista, por mensualidades vencidas o fracciones de mes de acuerdo con la obra ejecutada, la presentación de las actas parciales de avance y/o corte de obra ejecutado en el respectivo mes.

(…)

En cada acta parcial de la obra el contratista debe realizar la amortización del anticipo,

en el porcentaje establecido en el mismo

(…)

Anticipo: Se contempla un anticipo correspondiente al 40% del valor total del contrato, el cual se deberá amortizar con las actas parciales mensuales en el mismo porcentaje. Dicho anticipo será girado previo cumplimiento de los requisitos para tal fin, de acuerdo con el manual de contratación y manual de interventoría y supervisión vigentes. El anticipo se podrá utilizar de conformidad con lo establecido en el manual de contratación y el manual de interventoría y supervisión vigentes. Para el giro del anticipo, el contratista deberá cumplir los requisitos del manual de contratación y el manual de interventoría y supervisión vigentes. A demás para el giro del anticipo, el contratista deberá cumplir los requisitos del manual de contratación y el manual de interventoría y supervisión vigentes. Además para el anticipo debe tener en cuenta el a Anexo No. 1 Técnico”.

Conforme a lo que quedó consignado en el Anexo Técnico No. 1, se estableció en el numeral 3.8 ANTICIPO, PLAN DE INVERSION DEL ANTICIPO, CRONOGRAMA DEL ANTICIPO:

“El plan de inversión del anticipo y programa de trabajo deberán presentarse indicando en la cláusula MANJEO DEL ANTICIPO de la minuta del contrato que forma parte del pliego de condiciones y se debe presentar en el periodo preliminar. (…)

5.1 ANTICIPO

El anticipo corresponde a un porcentaje del valor total del contrato en este caso corresponde del al 40% el cual será amortizado descontado de cada acta de pago parcial que por todo concepto se presente y será aproximado al entero más cercano.

(…)

Page 152: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

152

Los rendimientos de la fiducia serán propiedad de malla vial los cuales deben ser reintegrados mensualmente por la entidad fiduciaria a la cuenta que para tal propósito informe la entidad.

El contratista deberá justificar los giros y movimientos que se realicen en la fiducia según corresponda y suministrarles al interventor y al supervisor toda la información necesaria para el seguimiento y control mediante un informe de inversión y buen manejo del anticipo, el cual será revisado, controlado y verificado por el interventor.

(…)

El contratista deberá ceñirse al manual de contratación de la UARMV , tiene para la gestión de anticipo, monto, destinación, manejo y control, amortización y liquidación…”

En consecuencia la entidad UAERMV estableció en su Manual de contratación vigente para la época en que se suscribió el contrato 435 de 2014, mediante la Resolución 352 del 31 de julio de 2014:

“4.2.5.3 Amortización: Para todo contrato que suscriba la UAERMV en el que se pacte entrega de anticipo, tanto el interventor como el supervisor designados deberán observar y vigilar que este sea amortizado descontando el mismo porcentaje de cada acta de pago parcial que por todo concepto se presente por parte del contratista (bien sea de avance de obra o de ajustes). Los valores allí determinados serán aproximados al número entero más cercano, hasta completar el monto total del giro realizado por este concepto al contratista. Los impuestos y retenciones que se causen por el desembolso del anticipo están a cargo del contratista…”

Lo anterior, conforme a la potestad de las Entidades Públicas de establecer los términos y condiciones del anticipo, es así como en la minuta del presente contrato quedo estipulado de manera clara y expresa en su cláusula cuarta, FORMA DE PAGO:

“El valor del contrato se cancelará al contratista por mensualidades vencidas o fracciones de mes de acuerdo con la obra ejecutada, la presentación de las actas parciales de avance y/o corte de obra ejecutado en el respectivo mes. Para el efecto, se tendrá en cuenta el Anexo 6 “Propuesta económica” de los pliegos de condiciones, diligenciado por el CONTRATISTA. La UAERMV programará en el PAC (Plan Anual Mensualizado de Caja), el valor de las actas de recibo parcial de obra una vez se tenga las actas radicadas en esta entidad antes del 17 de cada mes, debidamente suscritas por quien corresponda. En cada acta parcial de obra el contratista debe realizar la amortización del anticipo, en el porcentaje establecido en el mismo”.

Page 153: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

153

En conclusión de conformidad con la normativa antes mencionada es una obligación para las partes que suscribieron el Contrato 435 de 2014 haber amortizado el anticipo tal como quedo pactado en los documentos contractuales.

En este sentido estos recursos tenían una destinación específica para la ejecución de la obra, y deberían ser amortizados mediante las actas de pago parcial por ejecución de obra del contratista, las cuales debían estar acompañadas del informe mensual de obra aprobado por la Interventoría. Al analizar este contrato, se evidenciaron problemas en el desarrollo del mismo, por cuanto el contratista de manera reiterada incumplió con las obras que se estaban ejecutando, tal como la Entidad informó mediante radicado No. 1486 del 25 de noviembre de 2015, en el cual, se indicó sobre continuas comunicaciones que el Interventor reiteraba al Contratista por los presuntos incumplimientos, donde finalmente, y de acuerdo a dichas comunicaciones, se le iniciaron tres procesos administrativos sancionatorios contractuales, en contra de la firma I0– INGENIERIA, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas del Contrato No. 435 de 2014. Así las cosas, de acuerdo a lo analizado y los soportes evaluados, se encuentra que el contratista solamente alcanzó un avance físico de obra del 25.03% de lo programado, evidenciándose una baja ejecución que conllevó a que se declarara el incumplimiento parcial del contrato de obra pública 435 de 2014 mediante la Resolución 791 del 24 de diciembre de 2015 y confirmada por la Resolución 800 del 28 de diciembre de 2015. Entonces, conforme a lo anterior no se presentó amortización del anticipo por parte del contratista I0– INGENIERIA, recursos que fueron consignados en FIDUCENTRAL en cuantía de $175.943.525, es decir el contratista retiro la totalidad del anticipo, sin que se hayan amortizado ni legalizado estos recursos. Por lo anterior, se evidencia un daño patrimonial al estado en cuantía de $175.943.525 por concepto del anticipo. Una vez analizada la respuesta de la entidad se confirma la observación y se configura un hallazgo fiscal, administrativo con presunta incidencia disciplinaria. 3.10.2. Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria por no cumplir con lo dispuesto en los estudios previos correspondiente a la aprobación de los estudios y diseños dentro la etapa preliminar, dispuesta para ello.

Page 154: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

154

Conforme a lo dispuesto en el numeral 3. y 3.2 del Anexo Técnico No 1 de los pliegos de la licitación LP-05-2014 del contrato de obra 435 de 2014 que estableció:

“3. ACTIVIDADES PRELIMINARES

Antes de iniciar la construcción propiamente dicha, el contratista deberá realizar las actividades preliminares descritas a continuación en los numerales 3.1 y 3.2 del presente anexo técnico las cuales serán requisito previo para el desarrollo de las actividades de construcción.

El contratista deberá entregar al interventor para su aprobación un informe final de las actividades preliminares requisito necesario para iniciar etapa de construcción si hay atraso para este concepto será responsabilidad del contratista.

Para el desarrollo de las actividades preliminares, incluyendo la entrega del informe final y aprobación por parte del interventor el contratista tendrá un plazo de veintiún (21) días calendarios contados a partir de la suscripción del acta de inicio.

(…)

3.2 APROPIACION DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS BASE PARA LA LICITACION.

Partiendo de que estudios y diseños fueron conocidos por el contratista en la etapa licitatoria correspondiente, el contratista debe contar con el personal idóneo para la apropiación de los mismos, lo cual incluirá revisión, verificación, y análisis respecto de los diseños realizados por la firma CONSORCIO MITIGACION 2010 en el marco del contrato 085 de 2010 suministrados por la UAMRV. De la anterior aprobación saldrá un informe de la interventoría.

Si es el caso que el constructor plantee modificaciones sustanciales estas deberán ser revisadas por la interventoría y aprobadas por la UAMRV, quien las trasladará al consultor.

Además en esta etapa de actividades preliminares el contratista deberá verificar lo descrito en el informe final del Consorcio Mitigación 2010 en el numeral “9.7 EVALUACION DE VIABILIDAD PREDIAL Y DE REDES y planos relacionados GE 232 PL- 09-S016 PLANO CATASTRO GE 232 PL-11 – S16 REDES, cualquier información al respecto y que implique modificaciones y/o complementación deberá ser entregada a la interventoría para su aceptación el contratista será el responsable de los tramites de aprobación de los ajustes o complementación de diseños, en lo que tienen que ver con estas redes ante las empresas de servicios y su construcción de ser necesario”.

(…)

Page 155: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

155

El contrato de obra No. 435 de 2014 se suscribe el 29 de diciembre de 2014 y el acta de inicio se firma el 23 de febrero de 2015, con un plazo de 141 días para su ejecución. En consecuencia de lo anterior se pudo observar que a partir del acta de inicio, se tenían 21 días correspondientes a la ejecución de actividades preliminares tal como quedo dispuesto en el Anexo Técnico del pliego de condiciones de la Licitación pública LP-05-2014 y 120 días de la etapa de ejecución. Verificada el Acta de Apropiación de los Estudios y Diseños se realizó el 14 de abril conforme a la respuesta dada a este ente de control mediante oficio No. 7142 del 9 de noviembre de 2015. Por lo cual se evidencia que el acta de apropiación de los estudios y diseños suscrita por el contratista I0 INGENIERÍA Ltda. y por la Interventoría VÍCTOR ARBOLEDA CÓRDOBA se hizo por fuera de los términos establecidos en el anexo técnico, es decir que la fecha correcta de suscripción del acta seria el 16 de marzo de 2015 para así poder iniciar las actividades de construcción. Asi las cosas, dentro del contrato 435 de 2014, quedo consignado en el numeral 2 de las OBLIGACIONES ESPECIFICAS: (…) 2. Revisar cumplir e implementar lo descrito en Anexos técnicos, Anexos especificaciones técnicas (…)

Así mismo en la “CLAUSULA DECIMA SEGUNDA.DOCUMENTOS DEL

CONTRATO: Los siguientes son los documentos del contrato y a el se consideran

incorporados:

(…)2. Pliego de condiciones Definitivo junto con su Anexo Técnico, sus anexos y

las demás especificaciones técnicas que sirvieron de base para preparar la

propuesta.”

Conforme a lo anterior en el contrato 435 de 2014, señala dentro de sus cláusulas

contractuales la obligación especifica de cumplir con lo consignado en el Anexo

técnico.

De otra parte en el Anexo Técnico se señaló:

Page 156: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

156

(…)

3.9 Programación de obra y cronograma de metas físicas.

El plazo máximo de ejecución que se estableció para el desarrollo del contrato es de

ciento veinte (120) días calendario distribuidos de las siguientes actividades generales. La

propuesta que supere el anterior plazo no será tenida en cuenta en el proceso de la actual

convocatoria.

ACTIVIDADES PRELIMINARES (21) DIAS CALENDARIO.

ETAPA DE CONSTRUCCION INCLUYE RECIBO FINAL : (120) DIAS CALENDARIO

3.12 OTROS ASPECTOS QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN ACTIVIADES

PRELIMINARES.

Las actividades preliminares se entienden iniciadas desde el momento mismo de la

suscripción del Acta de inicio.

Se entrega aprobado por la interventoría:

(…)

Oficio de contratista e interventoría de aceptación de los estudios y Diseños analizados y

procesados (revisión, verificación), como el insumo necesario y suficiente para el adecuado

inicio y ejecución del proyecto. Se entienden por “adecuados” aquellos estudios y diseños

que a consideración del contratista y la interventoría brinden: i) la Estabilidad y funcionalidad

de la obra y, ii) la generación de las condiciones de obras necesarias y suficientes para su

posterior recibo por parte de la UAERMV.

En conclusión, los términos establecidos en la etapa preliminar no se cumplieron dentro de los términos establecidos para ello. Una vez analizada la respuesta de la entidad se confirma la observación y se configura un hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria. 3.10.3. Observación administrativa con presunta incidencia disciplinaria porque la Entidad, no publicar en el Sistema Electrónico de Contratación Pública - SECOP la propuesta presentada por el contratista I0-INGENIERIA LTDA seleccionado mediante la Licitación Pública No. LP-05-2014.

Page 157: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

157

Verificada la propuesta del proponente a quien se le adjudicó el Contrato de Obra No. 435 de 2014 se pudo establecer que la misma no fue publicada en el SECOP, tal como debe hacerse de manera oportuna. Frente a lo anterior se requirió a la entidad para que informará las razones por las cuales no se encontraba publicada la propuesta del proponente a quien se le adjudicó el contrato de obra No. 435 de 2014, informándose mediante oficio que dicha propuesta fue publicada el 9 de enero de 2015 a las 12:41 haciendo referencia al link:

https://www.contratos.gov.co/cnsultas/detalleproceso.do?numconstancia=14-1-126308,

Al revisar nuevamente, por parte del Equipo Auditor de la Contraloría de Bogotá, en el SECOP se encontró lo siguiente:

En conclusión este Ente de Control, sigue evidenciando en la página del SECOP que la propuesta no se encuentra publicada, tal como debió hacerse, lo que conlleva a una presunta falta al principio de trasparencia, dado que las actuaciones de la Entidad no se hicieron de manera pública. Una vez analizada la respuesta de la entidad se retira la observación.

Page 158: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

158

3.10.4. Hallazgo administrativo a consecuencia que la obra preventiva temporal de protección que iniciaron en el Barrio San Vicente (s.o. sitio 16) que debió asumir la UAERMV por el abandono de las obras del contratista I0 INGENIERÍA Ltda., no tenga determinado el costo de estas obras, es decir no se cuenta con un presupuesto para las mismas.

Teniendo en cuenta que el Contrato de Obra Pública No. 435 de 2014, suscrito con la firma I0 INGENIERÍA Ltda, para la construcción de obras de mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa de San Vicente S.O, sitio 16 en la Localidad de San Cristóbal, vencido el plazo el día 27 de septiembre de 2015, solo se ejecutó lo equivalente al 25.01% del valor contratado, el Interventor en su informe final indicó:

“La UAERMV se ve perjudicada por el no cumplimiento del objeto de la obra dentro del tiempo establecido, tratándose de una obra de mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa que viene afectando la estabilidad del talud y por consiguiente la seguridad de las viviendas que se encuentran localizadas en el sector del proyecto y de quienes las habitan”

Frente a lo anterior la Unidad de Malla vial emitió la Resolución 588 del 26 de octubre de 2015 “Por el cual se autoriza una intervención en la localidad de San Cristóbal

en el marco del Convenio No. 115 de 2013” En efecto, se requirió a la UAERMV para que informará los costos de las obras preventivas temporales de protección recibiendo como respuesta lo siguiente:

“…Teniendo en cuenta que dichas obras se encuentran en ejecución, hasta tanto no se concluyan no se puede determinar el costo de las obras provisionales (pues surgen como resultado de atender una acción de emergencia), sin embargo una vez tenga la información solicitada, la misma será remitida para su conocimiento…”

Ahora bien, conforme a la respuesta dada por la Entidad, respecto de no tener presente los costos de las obras provisionales, se evidencia que no hubo una planeación que permitiera racionalizar el gasto público y evitar la improvisación, de modo que, a partir de ellos, fuera posible elaborar procedimientos claros, seguros y confiables. Su observancia resulta de suma importancia, en la medida que el desarrollo de una adecuada planeación permite proteger los recursos del patrimonio público. Por otra parte, las obras preventivas que se están ejecutando y que están mitigando el riesgo de forma provisional y no definitivo, puede generar a la entidad costos adicionales, por lo tanto, la UAERMV deberá adelantar lo antes posible un proceso de selección, para ejecutar las obras de mitigación objeto del contrato de obra No. 435 de 2014.

Page 159: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

159

Como corolario de lo anterior dichas obras provisionales, emprendidas por la UAERMV no garantizan solucionar de forma definitiva la mitigación de los riesgos para la construcción en la Barrio de San Vicente S.O, sitio 16 en la Localidad de San Cristóbal, es decir que no se puede evidenciar el alcance de las mismas y el impacto en el sector, pues las obras aún se están realizando. Una vez analizada la respuesta de la entidad se retira la incidencia disciplinaria y se confirma un hallazgo administrativo. 3.11. CONTRATO DE CONSULTORÍA No 423 DE 2014 Para el Contrato de Interventoría No. 423 de 2014, se tiene la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 52

FICHA TÉCNICA CONTRATO DE CONSULTORÍA No. 423 DE 2014

CONCEPTO DATOS

PROCESO DE SELECCIÓN Concurso de Méritos CMA-05-2014

TIPO DE CONTRATO Interventoría

CONTRATO No. 423 de 2014

OBJETO:

Interventoría técnica, administrativa, financiera, siso ambiental, plan de manejo de trafico social, contable para la construcción de obras para la mitigación de riesgos por procesos de remoción en masa en San Vicente S.O. Sitio 16 en la Localidad de San Cristóbal, de acuerdo con las especificaciones contenidas en los estudios y diseños ejecutados por la UAERMV en la Ciudad de Bogotá, D.C.

CONTRATISTA Víctor Arboleda Córdoba

REPRESENTANTE LEGAL Víctor Arboleda Córdoba

IDENTIFICACIÓN 10.529.478

FECHA SUSCRIPCIÓN 29 de diciembre de 2014

FECHA DE INICIO 23 de febrero de 2015

PLAZO:

El plazo de ejecución serán de 141 días calendario: 1.) Veintiún días calendario para la ejecución

de actividades preliminares. 2.) Ciento veinte días (120) calendario para la

ejecución de la obra propiamente. Contados a partir de la suscripción del acta de inicio por el interventor y el contratista previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato.

FECHA DE TERMINACION 27 de julio 2015

Page 160: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

160

CONCEPTO DATOS

PRORROGA 27 de julio de 2015 Dos (2) meses

PLAZO TERMINACION ACTUAL 27 de septiembre de 2015

VALOR CONTRATO DE CONSULTORIA $84.871.632

ADICION $36.618.880

VALOR ACTUAL $121.490.512

SUPERVISOR - UAERMV Giovanni Alejandro Sierra Revelo

3.11.1 Hallazgo administrativo con presunta incidencia disciplinaria y fiscal por los mayores valores que la entidad tuvo que pagar como producto de la prórroga y adición al contrato de interventoría No. 423 de 2014, por un valor de $14.037.237. De la revisión de los pagos efectuados al contrato de interventoría No. 423 de 2014,

concluye este proceso auditor que se ocasionó un daño al erario, representado en

los mayores valores que la entidad tuvo que pagar al contrato de interventoría como

producto de la prórroga y adición realizada, tal como se describe a continuación:

Adición 1- Prorroga 1

Siendo que el contrato fue suscrito el día 29 de diciembre de 2014, con un plazo

inicial de ejecución de 4 meses. El acta de inicio fue firmada el día 23 de febrero de

2015, con fecha inicial de terminación correspondiente al 13 de julio de 2015.

De igual manera, dicho contrato fue suspendido mediante acta No. 2 del 27 de

marzo de 2015 por el término de 14 días calendario.

Al revisar la justificación técnica de la adición 1-prorroga 1 se encontró que la UMV

apoyado en los conceptos favorables por parte de la interventoría, autorizó una

adición por valor de $36.618.880 y dos (2) meses en tiempo respectivamente.

Dentro de los aspectos evaluados por la unidad para validar dicha actuación jurídica,

se tuvo en cuenta lo siguiente, según lo afirmado por la misma interventoría:

“(…)esta supervisión aprueba y considera viable, por lo que pone en manifiesto que

se trata de la terminación en su totalidad de la obra de confinamiento y contención,

de acuerdo a los diseños entregados por la UAERMV en desarrollo del convenio

(ALCALDIA LOCAL DE SAN CRISTOBAL Y LA UAERMV), por tal motivo es

necesario contar con la interventoría para continuar con la supervisión de las

actividades a ejecutar con el fin de cumplir con la ejecución total de las obras

planteadas en los diseños, lo cual garantizan estabilizar la totalidad del talud, y

disminuyendo la amenaza, vulnerabilidad y el riesgo y emite concepto favorable

para la presente solicitud. (…)”.

Page 161: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

161

Al revisar la ejecución reflejada en los primeros cuatro (4) informes presentados por

la interventoría, se encontró baja ejecución de actividades de excavaciones y

estructuras de concreto. Así mismo demasiadas observaciones reiterativas por

parte de la interventoría hacia el contratista por frecuentes incumplimientos de

compromisos adquiridos con anterioridad.

Para el corte de septiembre 25 de 2015 se presentaban actividades de localización

y replanteos parciales, excavaciones de material para construcción, suministro e

instalación de geotextil, concreto para estructuras de contención, aceros de

refuerzo y algunas tuberías y elementos correspondientes a obras no previstas; sin

embargo es claro que para estas fechas ya se tenían que tener terminaciones de

obras de drenaje, rellenos y pavimentos y obras complementarias, así como

también de las obras no previstas. Todas estas situaciones reflejan la baja ejecución

a pesar de que el contratista tuvo dos meses de prórroga para la terminación de la

ejecución total del proyecto, todo esto sumado a los inconvenientes presentados

por estudios y diseños que desde un comienzo tanto contratista e interventoría

aceptaron.

Esta Contraloría revisó la información técnica con la cual fue prorrogado el contrato

de obra pública No. 435, en donde se evidenció que se viabilizó la prorroga basados

en lo siguiente:

Se autorizó prórroga de dos meses para garantizar la terminación de las obras

contratadas y estabilizar la zona intervenida, situaciones que no se desarrollaron en

este periodo de tiempo.

Se requirió tiempo adicional de una semana en la fase preliminar de apropiación a

de los diseños como consecuencia de los ajustes que fue necesario realizar,

situaciones que tanto el contratista como la interventoría debieron establecer al

comienzo del inicio del contrato.

Cuando se iniciaron actividades, el contratista de obra realizó sondeos en los que

evidenció que el suelo de cimentación a la profundidad establecida en los diseños

iniciales, no era adecuada para soportar la estructura, para lo cual la UMV autorizó

mejoramiento basado en lo estipulado por los diseños iniciales, nuevamente

situaciones presentadas por inconvenientes de diseños que debieron ser previstas

en el momento de la consultoría de estudios y diseños.

Otro aspecto determinativo para la solicitud de prórroga, tiene que ver con que se

presentaron precipitaciones durante los 27 días del mes de junio, situaciones que

se hubieran evitado si se hubiese dado inicio con prontitud según lo programado

inicialmente.

Page 162: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

162

Adicional a esto se revisò el documento que soportaba la justificacion de la prorroga

No. 2 en donde se evidencia que de acuerdo al estado actual de la obra para el mes

de septiembre de 2015, se desarrollaron actividades de construcción del muro de

confinamiento entre las abscisas K0+30 a la K0+60, sin el relleno de la parte

posterior, como la excavación parcial del sitio donde se iniciaría la construcción de

la pantalla anclada, entre las abscisas K0+10 a K0+30, faltando la pantalla anclada,

los anclajes de la misma y las perforaciones para los drenes horizontales. También

se encontraba pendiente el suministro y la instalación de la malla de alta resistencia

con pernos de anclaje entre las abscisas K0+00 a la K0+010.

A partir de estas situaciones y teniendo en cuenta que la prorroga 1 establecía fecha de terminación el 27 de septiembre de 2015 por parte del contrato de obra 435 de 2014, se evidencia que el tiempo relacionado para la prorroga inicial, no fue suficiente para la ejecución de las actividades dejando demasiados pendientes por realizar para el cumplimiento total del objeto contractual, con lo que a la fecha tan solo se tiene un avance aproximado del 25 %, demostrando la falta de celeridad por parte del contratista, colocando en riesgo la estabilidad del talud y aumentando la amenaza, vulnerabilidad y el riesgo que existe en el sector por la falta de confinamiento de estructuras. Así mismo, en visita efectuada por este equipo auditor, se observó que las actividades de excavación para la cimentación de la pantalla anclada, se encuentran expuestas, colocando en grave riesgo de afectación estructural a las viviendas de la parte colindante con las obras a ejecutar. Es importante tener en cuenta que estas circunstancias pueden llegar a incurrir en un eventual proceso de remoción en masa (PRM) ya que a pesar que se efectúen algunas actividades de entibado o estabilización parcial, estas no cumplen con parámetros de seguridad para mantener estable a mediano plazo dichos terrenos, con el agravante que si no se terminan estas actividades constructivas se generen mayores riesgos en el momento que se produzca una ola invernal en los próximos meses. Por lo anterior se puede establecer un presunto detrimento patrimonial por concepto de 23 días correspondientes a los retrasos de obra causado por parte del contratista de obra y que ocasionaron dilatación de tiempos a la hora de ejecutar las obras, por ende estos mismos días generaron el pago correspondiente a la interventoría. En virtud de las situaciones de Iure y fácticas narradas en los párrafos anteriores,

se establece un presunto daño al erario por concepto del sobrecosto ocasionado

dentro del contrato de interventoría No. 423 de 2014, como consecuencia del mayor

tiempo de interventoría que encuentra injustificado este ente de control en virtud del

Page 163: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

163

análisis realizado al comportamiento de la ejecución de la obra contratada a través

del contrato No. 435 de 2013 y de la verificación realizada a los conceptos técnicos

que soportan las prórroga en tiempo y la adición en dinero de las labores de

interventoría, en desmedro de los recursos del Distrito Capital, en cuantía total de

$14.037.237, equivalentes a los 23 días de retraso que generó el contratista de obra

y que hacen parte de la prorroga necesaria para las funciones por parte de la

interventoría.

Una vez analizada la respuesta de la entidad se modifica la observación en cuanto al valor de la cuantía y se configura un hallazgo fiscal, administrativo con presunta incidencia disciplinaria. 3.12. CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 328 DE 2015

Información Pre-contractual

El contrato interadministrativo No. 328 de 2015 fue suscrito bajo la modalidad de contratación directa realizado por la UAERMV que justificó la contratación mediante Acto Administrativo sin fecha de expedición publicado en el SECOP el 24 de junio de 2015 a RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S.- RENTAN S.A.S.- NIT No. 900.285.704-4, que es una empresa subordinada y controlada por el Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA, según el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio de Medellín:

“ (...) ..El Instituto para el Desarrollo de Antioquia - IDEA es un establecimiento público de fomento y desarrollo cuyo objeto principal es cooperar en el fomento económico, cultural y social del Departamento de Antioquia y sus municipios, mediante la prestación de servicios de crédito y garantía a favor de obras de servicio público que se adelanten en el país...”, información tomada de la página web www.idea.gov.co.

El objeto social de RENTAN S.A.S. es el siguiente: “como actividad principal entregar en arrendamiento (como parte activa) a persona natural o jurídica maquinaria pesada, vehículos bajo la modalidad conocida como renting. El objeto social comprende la prestación de servicios relacionados con estos bienes, entregados en arrendamiento o de propiedad de terceros. Como actividad adicional para el cumplimiento de su objeto social, la sociedad podrá contratar o realizar obras civiles de infraestructura y en especial las que se requieran con ocasión de la ejecución de su objeto social principal”. Mediante radicado UAERMV No. 20150116009352 del 22 de junio de 2015 RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S.- RENTAN S.A.S. expresó que “…es una empresa

Page 164: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

164

comercial de economía mixta con participación accionaria mayoritaria pública, correspondiente al 85% del Instituto para el Desarrollo de Antioquia- IDEA...”

Información contractual

El 24 de junio de 2015 la UAERMV suscribió con la empresa RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S.- RENTAN S.A.S.- NIT No. 900285704-4, el Contrato Interadministrativo No 328 de 2015 con objeto contractual relacionado con “Contratar a monto agotable el alquiler de maquinaria y equipo con sus accesorios, operarios y combustible, para los programas y proyectos a cargo de la UAERMV, en

cumplimiento de su misión y las obligaciones adquiridas con el Distrito Capital”, por un valor de $7.340.439.393,00 y un plazo de cuatro (4) meses. Garantías

La garantía única en la que se detallan los amparos de buen manejo y correcta ejecución del anticipo, cumplimiento, pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales, calidad del servicio y la responsabilidad civil extracontractual para minimizar los riesgos del contrato, mediante las pólizas No. 2529704 y 542749 expedidas el 24 de junio de 2015 por la compañía LIBERTY SEGUROS S.A., tanto en su cobertura, vigencia y fecha de expedición; las cuales fueron aprobadas por la UAERMV mediante actas del 24 de junio de 2015. La póliza de responsabilidad civil extracontractual que relaciona el amparo de predios, labores y operaciones para minimizar los riesgos de la Adición No. 2 del 13 de noviembre de 2015; mediante la póliza No. 542749 expedida el 23 de noviembre de 2015 por la compañía LIBERTY SEGUROS S.A. tanto en su cobertura, vigencia y fecha de expedición, la cual fue aprobada por la UAERMV con acta del 03 de diciembre de 2015. Acta de inicio

El 25 de junio de 2015, se firmó el Acta de inicio del contrato, quedando como fecha de terminación el 24 de octubre de 2015.

Adición y prórroga

El 02 de octubre de 2015 se firmó la Adición No. 1 y Prórroga No.1 al Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 por un valor de $2.632.519.397,00 (35,86% del valor inicial) con un plazo de dos (2) meses y siete (7) días desde el 25 de octubre de 2015 al 31 de diciembre de 2015.

El 13 de noviembre de 2015 se firmó la Adición No. 2 al Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 por un valor de $1.037.700.254,00 (14,13% del valor inicial); para un valor real del contrato de $11.010.659.044,00.

Page 165: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

165

Visita al servicio de alquiler de maquinaria

El 15 de diciembre de 2015 la Contraloría de Bogotá, D.C. y la UAERMV realizaron visita de inspección al servicio de alquiler de maquinaria en virtud del Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 en las localidades de Engativá, Fontibón y Bosa en Bogotá; con el fin de verificar in situ las actividades del servicio de alquiler de maquinaria ejecutada y/o en ejecución en virtud del contrato. Se visitaron siete (7) frentes de obra correspondiente a tres (3) segmentos viales ejecutados en asfalto y/o concreto rígido y cuatro (4) segmentos viales en ejecución, los cuales utilizaron el servicio de alquiler de maquinaria del contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 a cargo del contratista RENTAN S.A.S.

En el segmento vial de la calle 68 entre carreras 69 P y 70 Av. Rojas que al momento de la visita in situ 15 de diciembre de 2015, se encontraba en el servicio de alquiler de maquinaria en horas de trabajo correspondiente al mini cargador S175 de RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S.- RENTAN S.A.S. - Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015. La siguiente es la maquinaria alquilada de RENTAN S.A.S. que al momento de la visita in situ el 15 de diciembre de 2015, se detectó en horas stand by debido a que se encontraba la maquinaria presta a iniciar horas de trabajo y/o hora del medio día:

Vibro compactador 8T -Móvil VI-97 Vibro compactador 8T- Móvil VI-84 Vibro compactador 8T- Móvil Retrocargador sobre llantas-Móvil RE-17 Mini cargador - Móvil MI-40

El 15 de diciembre de 2015 se identificó el parqueadero denominado La Selva localizado en la Diagonal 24 C No. 98-80 en la localidad de Fontibón (Bogotá, D.C) utilizado para el parqueo de la maquinaria alquilada, como se muestra a continuación:

REGISTRO FOTOGRAFICO No. 5

VISITA AL SERVICIO DE ALQUILER DE MAQUINARIA DEL CONTRATO

INTERADMINISTRATIVO No 328 DE 2015

Page 166: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

166

Foto 1. Vista del segmento vial en ejecución con el servicio de alquiler de maquinaria del contrato No. 328 de 2015- Vibrocompactador 8T en hora stanby en la Calle 68 Carrera 69 P–Carrera 70 Av. Rojas en el Barrio Estrada de la Localidad de Engativá – Bogotá, D.C.- 15/12/2015

Foto No 2 Vista del segmento vial en ejecución con el servicio de alquiler de maquinaria del contrato No. 328 de 2015- Minicargador en horas de trabajo en la Calle 68 Carrera 69 P – Carrera 70 Av. Rojas en el Barrio Estrada de la localidad de Engativá – Bogotá, D.C.- 15/12/2015.

Foto 3. Panorámica del segmento vial con alquiler de maquinaria en horas stand by del contrato No. 328 de 2015 en la Carrera 81 C entre calles 66 A Sur en el Barrio Antonia Santos. Localidad de Bosa- Bogotá, D.C – 15/12/2015.

Foto 4. Vista de la maquinaria Retrocargador sobre llantas-móvil RE-17 y Vibrocompactador 8T-móvil de RENTAN S.A.S. en horas stanb by en la Carrera 81 C entre calles 66 A Sur en el Barrio Antonia Santos. Localidad de Bosa- Bogotá, D.C – 15/12/2015.

Fuente: Visita de obra de diciembre 15 de 2015

Elaboró: Contraloría de Bogotá D.C. – Dirección Sector Movilidad.

Seguimiento físico y financiero En el seguimiento físico al Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015, se evidenció que del valor real del contrato por $11.010.659.044, se ejecutó en un 91% ($9.986.243.260,00) con corte al 15 de noviembre de 2015. El seguimiento financiero al Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 con corte al 29 de diciembre de 2015, se verificó un desembolso del 90% ($9.874.846.140,00) en cinco (5) actas parciales con respecto al valor real del contrato. Anticipo

Page 167: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

167

En el Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 se pactó que la UAERMV giraría un anticipo correspondiente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, que debería amortizarse con las actas parciales mensuales en el mismo porcentaje; correspondiente a un monto de $1.468.087.879,00. Con corte al 26 de noviembre de 2015 el valor del anticipo por el 20% ($1.468.087.879,00) fue amortizado el 100% de su valor. La información del Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015, se consolida en la siguiente ficha técnica:

CUADRO No. 53 FICHA TÉCNICA DEL CONTRATO INTERADMINISTRATIVO No. 328 DE 2015

CONCEPTO DATOS

MODALIDAD DE SELECCIÓN

CONTRACTUAL: Contratación directa

CONTRATACION DIRECTA Contrato Interadministrativo

ACTO ADMINISTRATIVO

QUE JUSTIFICO LA

CONTRATACION

Documento sin fecha de expedición publicado en el SECOP el 24 de junio de 2015

CONTRATO

INTERADMINISTRATIVO No. 328 del 24 de junio de 2015

OBJETO CONTRACTUAL:

Contratar a monto agotable el alquiler de maquinaria y equipo con sus accesorios, operarios y combustible, para los programas y proyectos a cargo de la UAERMV, en cumplimiento de su misión y las obligaciones adquiridas con el Distrito Capital.

CONTRATISTA: RENTING DE ANTIOQUIA S.A.S.- RENTAN S.A.S.- NIT No.

900285704-4

SUPERVISOR: YESID ADRIAN PARDO ROMERO- Gerente de Producción

UAERMV

VALOR INICIAL: $7.340.439.393,00 VALOR ADICIONAL No. 1 DE

OCTUBRE 2 DE 2015: $2.632.519.397,00 (35,86% del valor inicial)

VALOR ADICIONAL No. 2 DE

NOVIEMBRE 13 DE 2015 $1.037.700.254,00 (14,13% del valor inicial)

VALOR REAL: $11.010.659.044,00 PLAZO INICIAL: Cuatro (4) meses PLAZO ADICIONAL: Dos (2) meses y siete (7) días FECHA DE INICIO: 25 de junio de 2015 FECHA INICIAL DE

TERMINACION: 24 de octubre de 2015

FECHA FINAL DE

TERMINACION: 31 de diciembre de 2015

ACTA DE RECIBO: En proceso ESTADO FISICO

CONTRACTUAL: Ejecutado

Page 168: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

168

ESTADO FINANCIERO DEL

CONTRACTUAL:

90% desembolsado (Respecto al valor real contractual)

$9.874.846.140,00 Fuente: UAERMV Expediente del Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015. Elaboró: Contraloría de Bogotá - Dirección Sector Movilidad

Evaluado el Contrato Interadministrativo No. 328 de 2015 en su etapa pre-contractual y contractual en los aspectos de modalidad de selección, ejecución y precios, entre otros; no se detectó ninguna observación administrativa a la Entidad auditada. Frente a los presuntos sobrecostos en los precios unitarios del contrato No. 328 de 2015 respecto al contrato sindical No. 192 de 2012; realizado el análisis comparativo como lo refleja el papel de trabajo respectivo; no se identificó sobreprecios analizada la respuesta del sujeto de control fiscal dada las circunstancias de lugar (Localidades de Bogotá), de tiempo (contratos en ejecución durante el año 2015) y de modo (acción contractual de alquiler de maquinaria que incluye el vehículo, el operario, el combustible y repuestos) de los dos (2) procesos contractuales referidos.

Page 169: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

169

4. OTROS RESULTADOS

4.1. DERECHO DE PETICIÓN No 1078 DE 2015.

De conformidad con el derecho de petición interpuesto a la Contraloría de Bogotá por la Representante Legal de IO INGENIERIA LTDA Ivonne Andrea Bohórquez en su calidad de Contratista del contrato de obra pública No. 435 de 2014, donde pone en conocimiento los presuntos inconvenientes generados en el desarrollo de la obra de mitigación del mencionado contrato, referentes a los estudios y diseños entregados por la UAERMV que al parecer no concordaban con los estudios hechos en el sitio ni con los planos presentados para el desarrollo de la obra. Frente a este punto el Equipo Auditor de la Contraloría revisó el Anexo Técnico No. 1 de los estudios previos del contrato de obra pública, y se encontró que para dar inicio a la etapa de construcción debían apropiarse, por parte del Contratista, los estudios y diseños base para licitación, en efecto dichos documentos establecen: “ (…)

2. ACTIVIDADES PRELIMINARES

Antes de iniciar la construcción propiamente dicha, el contratista deberá realizar las actividades preliminares descritas a continuación en los numerales 3.1 y 3.2 del presente anexo técnico las cuales serán requisito previo para el desarrollo de las actividades de construcción.

El contratista deberá entregar al interventor para su aprobación un informe final de las actividades preliminares requisito necesario para iniciar etapa de construcción si hay atraso para este concepto será responsabilidad del contratista.

Para el desarrollo de las actividades preliminares, incluyendo la entrega del informe final y aprobación por parte del interventor el contratista tendrá un plazo de veintiún (21) días calendarios contados a partir de la suscripción del acta de inicio.

(…)

3.2 APROPIACION DE LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS BASE PARA LA LICITACION. Partiendo de que estudios y diseños fueron conocidos por el contratista en la etapa licitatoria correspondiente, el contratista debe contar con el personal idóneo para la apropiación de los mismos, lo cual incluirá revisión, verificación, y análisis respecto de los diseños realizados por la firma CONSORCIO MITIGACION 2010 en el marco del

Page 170: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

170

contrato 085 de 2010 suministrados por la UARMV. De la anterior aprobación saldrá un informe de la interventoría. Si es el caso que el constructor plantee modificaciones sustanciales estas deberán ser revisadas por la interventoría y aprobadas por la UAMRV, quien las trasladará al consultor. Además en esta etapa de actividades preliminares el contratista deberá verificar lo descrito en el informe final del Consorcio Mitigación 2010 en el numeral “9.7 EVALUACION DE VIABILIDAD PREDIAL Y DE REDES y planos relacionados GE 232 PL- 09-S016 PLANO CATASTRO GE 232 PL-11 – S16 REDES, cualquier información al respecto y que implique modificaciones y/o complementación deberá ser entregada a la interventoría para su aceptación el contratista será el responsable de los tramites de aprobación de los ajustes o complementación de diseños, en lo que tienen que ver con estas redes ante las empresas de servicios y su construcción de ser necesario”.

Así las cosas, la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial mediante radicado 7142 del 9 de noviembre de 2015, manifestó que el día 14 de abril de 2015 se había suscrito con el Contratista de obra y la Interventoría, el Acta de Apropiación de Diseños. Sin embargo, mediante radicados Nos. 7142 del 9 de noviembre de 2015 y 1486 del 25 de noviembre de 2015, la UAERMV informó que el contratista de obra radicó ante la interventoría observaciones de los diseños entregados, quien las revisó y las entregó a la Entidad, las cuales fueron atendidas por el CONSULTOR CONSORCIO 2010, quien realizó los ajustes pertinentes a los diseños inicialmente entregados, los cuales se hicieron de la siguiente manera:

“Entre las abscisas K0+75 y K0+60 se contempló la construcción de un muro de concreto reforzado de altura total 5,50 metros.

Entre las abscisas K0+60 y K0+30 se contempló la construcción de un muro en concreto reforzado de altura total 4,60 metros.

Entre las abscisas K0 + 30 y K+00 contempló construirse un muro en concreto de altura total 5,30 metros.

Lo anterior para tener una longitud total de 75 ml de intervención. Adicional a lo anterior, el diseño contempla obras de drenaje y obras complementarias, que no estuvieron sujetas ajustes”.

La Entidad indicó que adicional a lo anterior el diseño contempla las obras de drenaje y obras complementarias, que no estuvieron sujetas a ajustes:

“El ajuste al diseño considero principalmente una longitud de intervención de 60 ml, excluyendo 15 ml. De intervención debido a que se interfería con las obras

Page 171: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

171

propuestas en un predio privado; de igual manera, los ajustes se realizaron también por la dificultad del proceso constructivo planteado inicialmente, principalmente porque los accesos para el ingreso de la maquinaria son muy reducidos; por lo anteriormente expuesto, fue necesario ajustar el diseño, conservando los factores de seguridad establecidos en el estudio y diseño inicial de la siguiente manera:

Entre las abscisas K0 +60 y K0+30 se contempló la construcción de un muro en concreto reforzado de 30 ml y altura total de 2.80 metros, con un mejoramiento al suelo de cimentación del muro de 1,15 metros de profundidad en material de rajón.

Entre las abscisas K0 + 30 y K+10, se contempla la construcción de un muro en concreto reforzado de 20 ml. Y altura total de 5 metros, con anclajes d e40 toneladas as una profundidad de 15 m.

Entre las abscisas K0 + 30 y K+00, se contempla la instalación de un sistema de protección de talud con malla de alta resistencia, como medida de control de erosión”.

En consecuencia, tal como se mencionó antes y quedó estipulado en el Anexo Técnico No.1 del pliego de condiciones de la LP-05-2014, es requisito indispensable para dar inicio a las actividades de construcción, la apropiación de los estudios y diseños correspondientes, que evidencia que el Contratista conoce y acepta totalmente los diseños y está en la capacidad de asumir la responsabilidad total por la obra, pues el Contratista debe contar con el personal idóneo para la apropiación de los mismos. Así mismo, la representante legal de I0 INGENIERÍA LTDA, menciona la inconformidad frente al Director de la UAERMV, por el inició de un proceso de multa, de la cual afirma la señora Ivonne, “no procede” toda vez que la cláusula de la multa pactada en el contrato tiene un error que no permite tasar la multa de manera objetiva, sin contar con que el documento de solicitud de aplicación de multa es por informes que afirma ya fueron entregados, lo cual manifiesta dejaría sin efectos la aplicación de la multa. Frente a este punto, este Organismo de Control, revisó cada uno de los procesos de multa que fueron iniciados a la firma I0 INGENIERÍA requiriendo a la UAERMV al respecto, quien comunicó mediante oficio 7486 del 25 de noviembre de 2015 dichas actuaciones, de lo cual se expone lo siguiente: Mediante comunicaciones SV-423-2014- 024 del 14 de abril de 2015 y SV-423-2014-031 de fecha 28 de abril de 2015, la Interventoría solicitó al Contratista la reprogramación de la obra, luego de la suspensión de 14 días, de igual manera se

Page 172: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

172

solicitó la entrega de los análisis de precios unitarios (APU) contractuales y de los no previstos, documentos que se habían solicitado con anterioridad en comités de obra.

Así mismo, la Interventoría informó a la UAERMV, mediante comunicación SV-423-2014-032 del 29 de abril de 2015, los continuos incumplimientos por parte del Contratista de obra, respecto a la entrega de los documentos soporte con el fin de garantizar el desarrollo normal de las actividades de obra. Igualmente, mediante comunicación SV-423-2014-050 del 3 de junio de 2015, la Interventoría reiteró la entrega de la reprogramación al Contratista y demás documentos soportes con el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades de obra. Nuevamente la Interventoría, mediante comunicación SV-423-2014-050 del 3 de junio de 2015, reiteró los constantes incumplimientos en la entrega de documentos como lo son APU de precios no previstos, informes técnicos mensuales (preliminar y mes 1) balance del contrato y nuevamente solicitó ajustar las fechas de la reprogramación de las actividades de obra. De otra parte, informa la Entidad, que el interventor solicitó a la UAERMV la imposición de una multa al Contratista por los constantes incumplimientos en los compromisos adquiridos en los comités de obra y comunicaciones de interventoría, reiterándose al Contratista en acta de comité de obra del 30 de junio de 2015 incrementar las actividades para ponerse al día en la ejecución de las obras y la necesidad de la presentación de un plan de contingencia. De lo anterior, el Interventor nuevamente pone en conocimiento a la UAERMV el incumplimiento del plan de contingencia mediante radicado No. SV-423-2014-089 del 27 de julio de 2015. Posteriormente el Interventor solicita un nuevo proceso de multa por atraso mediante comunicación SV-423-2014-093 del 11 de agosto de 2015 por atraso en la ejecución de las actividades de obras en relación con la reprogramación aprobada por la Interventoría, como lo eran el suministro y colocación del acero de refuerzo, concreto de 3000 PSI, barras de anclaje y malla deltax. El día 24 de agosto de 2015 mediante comunicación SV-423-2014-108, presenta informe donde presuntamente se evidenciaron múltiples llamados de atención a la firma I0 INGENIERÍA LTDA, por los retrasos en la ejecución de las actividades de obras.

Page 173: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

173

De acuerdo a las comunicaciones que se enunciaron y que fueron enviadas por el Interventor, la UAERMV inició tres procesos administrativos sancionatorios contractuales en contra de la firma I0 INGENIERÍA LTDA, por el incumplimiento de las obligaciones contraídas del contrato de obra pública No. 435 de 2014:

El primer proceso administrativo sancionatorio se inició con el fin de declarar el incumplimiento parcial de las obligaciones e imponer como consecuencia una multa, resultado de dicho procedimiento, mediante Resolución 489 del 14 de septiembre de 2015, se dio por terminada la actuación administrativa y la misma fue archivada, teniendo como argumentos que la “…Cláusula

décimo octava-Clausula Penal Pecuniaria- del contrato de obra pública No 435 de 2014, no se expresó tácitamente que la cláusula penal cumpliera la función de apremiar al contratista o conminarlo para el cumplimento de las obligaciones pactadas contractualmente, la entidad manifiesta que la sanción contemplada en el numeral 5 de la citación (consecuencias que podrían derivarse para el contratista en desarrollo del proceso administrativo sancionatorio de incumplimiento) no es procedente en el proceso administrativo sancionatorio, por tal razón al no existir consecuencia aplicable no puede la entidad continuar con el presente proceso administrativo” (…)

El segundo proceso administrativo sancionatorio inició con el informe del Interventor, el día 24 de septiembre de 2014. Mediante Resolución 526 se declaró el incumplimiento parcial del mismo y se impuso una multa equivalente a la suma de CINCUENTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO TRES PESOS ($50.332.103).

El tercer proceso administrativo sancionatorio se inició el día 2 de octubre de 2015, con el informe final del Interventor del contrato de obra pública No. 435 de 2014, en razón a que se terminó el contrato y el contratista se negó a firmar la segunda prórroga la cual fue solicitada por el mismo contratista, se inició proceso sancionatorio con el objeto de debatir el presunto incumplimiento respecto de las obligaciones contraídas por el Contratista y como consecuencia imponer la cláusula penal, en el cual de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 86 de la Ley 1474 la UAERMV mediante Resolución 791 del 24 de diciembre de 2015 resolvió: (…)

“ARTICULO PRIMERO: Declarar el incumplimiento parcial del contrato de obra pública No 435 de 2014 suscrito con la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial-UAERMV y la firma I0Ingenieria Ltda (…)

Page 174: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

174

ARTICULO SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, según lo estipulado en la cláusula decima octava del contrato de obra pública No 435 de 2014, equivalente a OCHENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS SESENTA Y DOS PESOS ($87.971.762), valor que deberá ser pagados por I0-Ingenieria Ltda”. (…)

Conforme a la decisión antes adoptada se notificó por estrados a las partes, ante lo cual el apoderado de la Contratista renunció al derecho de interponer el recurso de reposición. De otra parte la apoderada de la compañía aseguradora Seguros del Estado interpuso y sustento el recurso de reposición en contra de la Resolución 737 de 2015, el cual fue resuelto mediante Resolución 008 del 28 de diciembre de 2015 confirmándose la Resolución que resolvió declarar el incumplimiento parcial del contratista en los términos antes mencionados. Finalmente, la Contratista manifestó que el Ingeniero Carlos Abreo Beltrán, Director Encargado de la UAERMV fue recusado por el abogado de la firma I0 INGENIERÍA Ltda., quien indica la representante legal, suscribió el contrato sin el lleno de los requisitos técnicos ni diseños terminados. Mediante oficio No 8118 del 23 de diciembre de 2015, la UAERMV informó a este Organismo de Control que el día 5 de noviembre de 2015 mediante Resolución No 669 el Director General (E) de la Entidad, resolvió la recusación impuesta en contra del Secretario General, rechazando la recusación. Así mismo mediante Resolución No 831 del 17 de noviembre de 2015, la Secretaria Distrital de Movilidad resolvió denegar la solicitud de recusación. Así las cosas, además de lo anteriormente expuesto, la Contraloría de Bogotá, en la auditoria de regularidad 2016, auditará el Contrato de Consultoría y Obra No 085 de 2010, suscrito entre el CONSORCIO MITIGACIÓN 2010 y la UAERMV, una vez finalice la Auditoria de Desempeño PAD 2015-Periodo III.

Page 175: CÓDIGO 118 UNIDAD ADMINISTRATIVA …umv.gov.co/_documentos/transparencia/uaermv_desempeno...“Por un control fiscal efectivo y transparente” 2 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE

“Por un control fiscal efectivo y transparente”

175

5. ANEXO.

CUADRO DE TIPIFICACIÓN DE HALLAZGOS

TIPO DE OBSERVACIONES CANTIDAD VALOR

(En pesos) REFERENCIACIÓN

1. ADMINISTRATIVOS

15 N.A

3.1.1 3.2.1 3.3.1

3.3.2 3.3.3 3.3.7

3.5.1 3.6.1 3.7.1

3.7.2 3.9.4 3.10.1

3.10.2 3.10.4 3.11.1

2. DISCIPLINARIOS

11 N.A

3.1.1 3.2.1 3.3.1

3.3.2 3.3.3 3.3.7

3.5.1 3.7.2 3.10.1

3.10.2 3.11.1

3. PENALES 1 N.A 3.3.7

4. FISCALES 3 1.173.846.274 3.2.1 3.10.1 3.11.1

N.A: No aplica.