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ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL Y ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA DISCUSIÓN DE LAS CUESTIONES TRIBUTARIAS DE LA MINERÍA EN ARGENTINA Autores: Geólogo, Contador Público Daniel Gonzalo Jerez Ingeniero Hugo Nielson Mayo de 2012

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ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN ACTUAL Y

ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA DISCUSIÓN

DE LAS CUESTIONES TRIBUTARIAS DE LA

MINERÍA EN ARGENTINA

Autores:

Geólogo, Contador Público Daniel Gonzalo Jerez

Ingeniero Hugo Nielson

Mayo de 2012

2

Contenido

Resumen ejecutivo ............................................................................................................ 4

1. Introducción .............................................................................................................. 5

2. Objeto y alcance del estudio ..................................................................................... 5

3. Metodología .............................................................................................................. 5

4. Las características propias de la actividad minera.................................................... 6

5. Tributación general y Ley de Inversiones Mineras .................................................. 7

5.1. Principales tributos que inciden sobre la actividad minera .............................. 8

5.2. Otras fuentes de recursos para los estados a partir de la minería ..................... 9

6. La estructura tributaria sobre la minería en Argentina y sus implicancias en la

inversión. ........................................................................................................................ 10

6.1. Tributos sobre la minería en Argentina. Análisis comparativo con Chile y

Perú 10

6.1.1. Impuesto a las ganancias .......................................................................... 10

6.1.2. Regalías y otros impuestos específicos sobre la actividad minera ........... 11

6.1.3. Derechos de exportación .......................................................................... 12

6.2. Estabilidad fiscal ............................................................................................ 14

6.3. La posición Argentina en cuanto a tributación minera en el contexto mundial

y la visión de los inversores ........................................................................................ 14

6.3.1. El informe Fraser ...................................................................................... 14

6.3.2. El ranking Behre Dolbear ........................................................................ 16

7. Las estructuras tributarias y los proyectos mineros ................................................ 17

7.1. Estudio de caso base ....................................................................................... 17

7.1.1. Los FFD y el VAN para el estado y la empresa. Estados de resultados

promedio de 15 años ............................................................................................... 19

7.1.2. Distribución de los ingresos por ventas en el promedio de 15 años ......... 21

7.1.3. Recaudación indirecta............................................................................... 23

7.1.4. Análisis comparativo. Chile y Perú. Caso base ........................................ 25

7.2. Análisis de sensibilidad .................................................................................. 29

7.2.1. Cambios en los precios ............................................................................. 29

7.2.2. Resultados extraordinarios. Margen operativo del 75 %. Cambios en

varias variables que disminuyen costos o aumentan beneficios. ............................ 34

7.2.3. Modificación de la Inversión Inicial ......................................................... 37

7.2.4. Conclusiones sobre los cambios en las variables y sus efectos en la

distribución de la renta minera ............................................................................... 38

7.2.5. Modificación de leyes de corte y sus posibles implicancias en las reservas

39

8. CONCLUSIONES .................................................................................................. 42

3

9. Consideraciones generales ...................................................................................... 43

10. Bibliografía ......................................................................................................... 45

4

Resumen ejecutivo El presente trabajo tiene por objetivo analizar aspectos concernientes a la situación

actual de la carga fiscal tributaria y no tributaria, nacional y provincial para el sector

minero argentino, sus características de progresividad o regresividad, la comparación

con los esquemas de otros países y otros aspectos a considerar para nutrir y fortalecer la

discusión sobre este tema.

A los efectos de un mejor entendimiento de la temática, posteriormente, se desarrolla y

analiza un caso base.

En función de los resultados obtenidos se arriba a las siguientes conclusiones:

• Argentina es un país con escasa tradición en minería metalífera y con un enorme

potencial geológico para esta actividad, que puede contribuir de modo sustancial

al desarrollo sustentable de muchas provincias y del país.

• La carga tributaria que hoy recae sobre la actividad minera en nuestro país está

por encima de la de otros países mineros latinoamericanos y, por su estructura,

castiga más a los proyectos con menor rentabilidad.

• En evaluaciones internacionales sobre la preferencia que para la inversión puede

significar la estructura impositiva, Argentina se ubica entre los menos atractivos.

Esto se debe a que la estructura tributaria sobre la minería exportadora en

Argentina es regresiva.

• Países como Chile y Perú tienen una nueva estructura tributaria con esquemas

progresivos, cuanto mayor es la ganancia de la empresa por tratarse de un

yacimiento más rico, o por una suba de precios, mayor es la carga fiscal y mayor

la participación del estado.

• El estado nacional se apropia de modo primario de alrededor del 90 % de la

recaudación que genera un proyecto minero exportador lo que plantea la

necesidad de una discusión sobre la distribución de los beneficios.

• Una suba de la carga tributaria conduciría a la elevación de la ley de corte de un

proyecto, es decir, a la explotación de los sectores más ricos, con lo que se

descartarán reservas, que son abandonadas en el yacimiento.

• La discusión de la participación del estado en los emprendimientos mineros no

debe basarse sólo en la observación de los yacimientos actualmente en

producción y la coyuntura actual de precios elevados,

• La tarea de diseñar políticas tributarias sobre la minería no puede dejar de

considerar las características propias y únicas de la actividad y el contexto

internacional ante la potencialidad de desarrollo que hoy se presenta.

5

Consideraciones sobre el régimen tributario que se aplica a la

actividad minera en Argentina

1. Introducción

El desarrollo actual del sector minero argentino genera desafíos económicos, sociales y

ambientales. Dar respuesta a estos desafíos con nuevas propuestas es indispensable para

la continuidad del desarrollo sectorial y su contribución al desarrollo nacional.

En este momento en que en varios países, incluyendo el nuestro, se cuestionan, analizan

y reformulan las políticas fiscales sobre el sector minero, uno de los temas que debe

enfrentarse con urgencia es el referido a los beneficios económicos que genera la

actividad y la captación de una porción de ellos que realiza el estado (nación y

provincias) a través de los tributos.

2. Objeto y alcance del estudio

El objetivo del estudio es mostrar algunas variables que no suelen tenerse en cuenta a la

hora de pensar en nuevos esquemas fiscales para la actividad minera, de modo tal de

aportar algunas referencias a la discusión sobre estos temas, que tengan en cuenta las

cuestiones que puedan afectar la competitividad del país para las inversiones, permitan

una mejor recaudación y un aprovechamiento más completo de los recursos.

Este documento es sólo el punto de partida para la investigación profunda que requiere

la temática que se aborda.

También se destaca que este informe está orientado al análisis de la cuestión impositiva

que incide sobre la minería de medianos o grandes proyectos destinados a la producción

de minerales para exportación. Por esta razón se hace hincapié en los derechos de

exportación entre los tributos que se analizan.

3. Metodología

Se analizarán aspectos concernientes a la situación actual de la carga fiscal y

recaudación tributaria y no tributaria, nacional y provincial, sus características de

progresividad o regresividad, las implicancias que podrían tener los posibles cambios, la

comparación con los esquemas de otros países y otros aspectos a considerar para nutrir

y fortalecer la discusión sobre este tema.

Posteriormente se analiza un caso base a través del método de flujos descontados y se

realiza un análisis de sensibilidad.

6

4. Las características propias de la actividad minera

La actividad minera tiene características propias a las que en general se hace referencia

cuando se habla del “riesgo minero” o riesgo de la inversión en minería.

La variabilidad de la “materia prima”, los minerales in situ, la localización fija y el

agotamiento.

El riesgo de las actividades exploratorias es otro riesgo típico de esta actividad.

Dependiendo del nivel de prospección y desarrollo minero de los países, la

probabilidad de que un prospecto se convierta en un desarrollo minero es de 1 en

100 para los países con mayor tradición a 1 de cada 30 en los menos explorados.

Las tareas preproductivas, prospección y exploración mineras, de ingeniería,

económicas y de mercado anteriores al período de instalación, involucran años y sus

resultados pueden desaconsejar, en un elevado porcentaje, la puesta en

producción, con lo que se pierde toda la inversión.

Los estudios de prospección y exploración, son muy costosos y depende del grado de

avance, se trata de centenas de miles de dólares en la prospección, a decenas y centenas

de millones para una prefactibilidad y factibilidad, y siempre está presente la

incertidumbre de los resultados.

Además, no existe la posibilidad de recuperar las erogaciones en forma inmediata, ya

que los estudios previos son de al menos 2 a 4 de años, luego viene la construcción y

recién se podrán recuperar fondos en la etapa de producción con lo que es frecuente

llegar a la decena de años entre el comienzo del proceso, la prospección y la puesta en

marcha.

Como se ha dicho es muy probable que los resultados lleven a la decisión de no

desarrollar el proyecto y lo desembolsado resulte irrecuperable. Por ello, los fondos

aplicados a la investigación minera deben considerarse capitales de riesgo.

Es una industria capital intensiva. El valor residual es nulo en muchas ocasiones

vinculadas principalmente a la ubicación, o por uso de maquinaria específica no

estándar, de bienes de casi imposible realización.

Todas estas características deben ser consideradas al momento de elaborar políticas que

involucren a esta actividad, porque ni los riesgos, ni los capitales, ni los plazos, ni la

facilidad de salida, ni las posibilidades de éxito, son similares a otras actividades.

7

Cadena minera metalífera en Argentina: Oportunidades de inversión y política económica

IERAL de Fundación Mediterránea. www.ieral.org/images_db/noticias_archivos/1868.pdf

5. Tributación general y Ley de Inversiones Mineras

La actividad minera en Argentina está alcanzada por el régimen general de

tributación, con algunas excepciones que nacieron de una política económica diseñada

en la década de 1990 destinada a impulsar la inversión como herramienta para el

crecimiento de este sector, que en lo que hace a minerales metalíferos, estaba casi sin

desarrollar.

De allí que una de las herramientas fundamentales fue la Ley 24,196, Ley de

Inversiones Mineras (LIM), que contiene los aspectos básicos para dar base legal a

esta política de la que hablamos. Además se actualizó el Código de Minería y las

provincias firmaron el Acuerdo Federal Minero de adhesión a estas políticas siempre

con el objetivo de crear un marco legal que atraiga las inversiones en condiciones

equivalentes a las que tenían países como Chile y Perú con quienes competía Argentina

para atraer inversiones.

Así es que en la actualidad, los aspectos destacables de política tributaria vinculados a la

Ley de Inversiones Mineras están dirigidos fundamentalmente a crear un marco de

seguridad para las inversiones y otorgar a nuestro país condiciones de

competitividad frente a otros países con recurso minerales.

Por esta razón se incluye en la LIM la estabilidad fiscal, la posibilidad de amortización

acelerada de las inversiones, y el tope de las regalías por parte de las provincias, además

de otras herramientas para fomentar la prospección y exploración de nuevos y

desconocidos recursos.

Hoy que han transcurrido casi dos décadas de la creación de la ley 24.196 y teniendo en

cuenta las experiencias y debates acumulados y el contexto actual, nacional e

internacional, es de fundamental importancia la discusión de esta importante actividad

para el desarrollo del país.

8

5.1. Principales tributos que inciden sobre la actividad minera

Los principales tributos que gravan a esta actividad son los mismos que afectan a

empresas de otras actividades: Impuesto a las Ganancias, Derechos de exportación, IVA

(que no debiera afectar a las empresas, pero que lo hace por la componente financiera e

inflacionaria), Impuesto a los créditos y débitos bancarios.

Como excepciones especiales impuestas por la LIM, están el Impuesto a los sellos,

Impuesto sobre los Ingresos Brutos (si bien este es de aplicación relativa, ya que la

mayoría de los proyectos de gran envergadura son 100% exportadores, y las

exportaciones no tributan el impuesto sobre los ingresos brutos en ninguna jurisdicción)

Impuesto a la ganancia mínima presunta, Derechos de Importación de Bienes de capital

e insumos.

Un rubro aparte lo constituyen las regalías que no son un impuesto ni un tributo en el

sentido estricto sino que se consideran una retribución por el mineral extraído y son

fijadas por las provincias.

En términos reales, las tres fuentes de importancia para el estado nacional y los estados

provinciales de recaudación a partir de la actividad minera son: el Impuestos a las

Ganancias y los Derechos de exportación por el estado nacional y las Regalías en la

jurisdicción provincial.

Es importante antes de seguir con el análisis hacer una aclaración técnica entre

impuestos progresivos y regresivos.

Muchos impuestos son calculados sobre una base imponible a la cual se le aplica una

tasa o alícuota, y de la multiplicación de ambos surge el impuesto a pagar.

Desde el punto de vista de si la tasa es fija, creciente o decreciente, se pueden calificar a

los impuestos en:

Impuesto plano o proporcional, cuando el porcentaje no es dependiente de la

base imponible o la renta del individuo sujeto a impuestos.

Impuesto progresivo, cuando a mayor ganancia o renta, mayor es el porcentaje

de impuestos sobre la base.

Impuesto regresivo, cuanto mayor es la ganancia o renta, menor es el

porcentaje de impuestos que debe pagarse sobre el total de la base imponible.

Por ejemplo en Argentina el Impuesto a las ganancias es progresivo para las personas

físicas, (existe una tabla por la cual cuanto mayor es la ganancia, mayor es la alícuota,

que va desde el 9% y llega al 35 %) y plano para las Sociedades Anónimas y de

Responsabilidad Limitada, con tasa fija del 35 % independientemente de la ganancia

imponible.

9

Los criterios para fijar impuestos progresivos o regresivos dependen de la política

económica, para alentar o desalentar determinadas actividades.

Si lo que se busca es alentar la inversión en minería, los impuestos deberían ser

progresivos, esto es, impuestos más altos a los proyectos con mayores beneficios e

impuestos más bajos a los proyectos con menores márgenes. La existencia de los

derechos de exportación sobre el valor FOB y no sobre la utilidad antes de impuestos,

determina una importante regresividad en la estructura tributaria argentina que

desalienta el desarrollo de proyectos de baja rentabilidad.

5.2. Otras fuentes de recursos para los estados a partir de la minería

Una fuente que puede ser muy importante como generador de recursos para los estados

provinciales o el nacional, son los ingresos obtenidos a partir de la propiedad o

participación en las ganancias de empresas mineras nacionales (como YMAD) o

provinciales (como FOMICRUZ).

Sobre este aspecto es importante destacar que estas empresas ya tenían derechos sobre

propiedades mineras a partir de las cuales posteriormente realizaron acuerdos con

empresas privadas para la exploración y desarrollo de esos yacimientos.

Otra forma nueva forma por la cual las empresas mineras aportan para financiar obras

de infraestructura económica y social son los Fondos Fiduciarios. Éstos fueron

creados por leyes especiales en San Juan a partir de los proyectos Gualcamayo, Casposo

y Pascua-Lama.

Los fondos fiduciarios (FFs) son vehículos financieros mediante los cuales se canalizan

las inversiones en las comunidades, las compensaciones y los pagos del gobierno

relacionados con la minería. Estos fondos, en la mayoría de las jurisdicciones locales,

son figuras jurídicas con normas fiscales específicas.

Los fondos creados en San Juan son distintos entre sí con leyes especiales para cada

uno de ellos, pero el aporte es en el caso de los dos primeros del 1% al 1,5 % de la

facturación bruta.

10

6. La estructura tributaria sobre la minería en Argentina y

sus implicancias en la inversión.

6.1. Tributos sobre la minería en Argentina. Análisis comparativo con Chile y Perú

Uno de los aspectos que miden la competitividad del país para la inversión minera es la

estructura tributaria y la carga fiscal.

Es importante entender que para la empresa minera, los impuestos y regalías son un

costo más como cualquiera de los otros que deben evaluarse al momento de analizar un

proyecto minero, en cualquiera de sus estadios de avance, tanto en los preproductivos

como durante la explotación.

Contrariamente a lo que generalmente se escucha sobre impuestos y minería en nuestro

país, la carga tributaria es más alta que la de varios países de Sudamérica y el mundo en

general.

Para mostrar lo que sucede en Argentina y dar un marco de referencia con otros países,

se mencionan a continuación los puntos salientes de los principales impuestos y otras

contribuciones asimilables que inciden sobre la actividad minera en Argentina, Chile y

Perú

6.1.1. Impuesto a las ganancias

Argentina

Desde lo estructural lo que se destaca es que el impuesto a las ganancias es un impuesto

que puede calificarse de progresivo, más allá de la alícuota única para personas

jurídicas, sin considerar la ganancia neta sujeta a impuesto o el margen operativo por

ejemplo. Como se ha mencionado para personas físicas la tasa es progresiva desde el

9% hasta el 35 % y para las sociedades de capital del 35 % independientemente de la

ganancia sujeta a impuesto.

Chile

En el comparativo, por ejemplo con Chile, la tasa del 35 % sobre utilidades es igual que

en el país vecino, ya que allá se impone una tasa del 17 % a la renta de los resultados

corporativos y del 18 % a los dividendos, con lo que el accionista soporta una carga del

35 % sobre las utilidades.

11

Perú

El impuesto sobre la renta grava las utilidades de la empresa con un 30 % y a los

dividendos con un 4.1%.

6.1.2. Regalías y otros impuestos específicos sobre la actividad minera

Argentina

En Argentina se impone un tope de un 3 % sobre el Valor Boca Mina, dependiendo de

la provincia. Como es sobre el VBM, termina siendo de alrededor de un 2,5 % sobre las

ventas (2,4 % según Abeceb). En este caso es en parte progresivo, ya que permite

descontar los costos de minado, y en parte regresivo, ya que no permite el descuento de

otros costos.

Chile

En Chile recientemente se ha modificado el denominado Impuesto Específico a la

Actividad Minera (Royalty) que sería de algún modo el asimilable a las Regalías.

Este impuesto es progresivo en dos aspectos, grava de modo creciente según la

capacidad de producción (medida en t anuales de Cu metálico) y en forma creciente

sobre la renta operacional.

De este modo grava desde 0 a 5 % (que se traduce en desde 0 a 1,93 % sobre las

utilidades) para la pequeña y mediana minería (tomando como límite las 50.000 TMCF)

y para las grandes desde un 5% y adiciona un % variable en función del margen

operativo con lo que al final de la escala (para aquellas operaciones con margen superior

al 85%) la tasa efectiva sobre las utilidades operativas es del 14 % (fuente Abeceb1).

Perú

Las recientes reformas, del año 2011 incorporaron algunos cambios y gravámenes

adicionales a la actividad minera, con la característica de que son progresivos sobre la

utilidad operativa y además son deducibles como gasto en la base del cálculo del

impuesto sobre la renta (fuente: Abeceb).

Así, las regalías son variables entre el 1 % y el 7.4 % sobre las utilidades en función del

margen operativo.

El Impuesto Especial a la Minería con similares características, grava entre el 2% y el

5,02% sobre las utilidades según el margen operativo.

Además en Perú se da participación en las utilidades a los empleados con una tasa del

8% de las utilidades.

1Abeceb.com Dimensionamiento del aporte fiscal de la minería en Argentina. Consideraciones de

regulación tributaria a la luz de la experiencia internacional

12

6.1.3. Derechos de exportación

En Argentina se aplican derechos de exportación que pueden ser del 5% o el 10 %.

El criterio que se ha querido aplicar es que sobre productos que se consideran finales,

como pueden ser el metal doré o el carbonato y cloruro de litio, se aplican tasas del 5%

y sobre productos que se consideran intermedios, como son los concentrados,

típicamente para el cobre y el oro y plata en concentrados, se aplica el 10 %.

Se aplican éstos sobre el valor FOB no teniéndo lugar a ninguna deducción por costos

en la base del cálculo.

Los derechos de exportación constituyen una de las herramientas de mayor importancia

en la recaudación tributaria pero es importante considerar los efectos de su aplicación en

la actividad minera.

En la discusión sobre la aplicación de los derechos de exportación, al menos deberían

tenerse en cuenta dos aspectos, la regresividad y la tasa diferencial.

En cuanto a la regresividad, se debe analizar el fuerte impacto sobre la economía del

proyecto, sobre todo cuando el margen operativo es pequeño apropiándose así el estado

de una creciente porción de los beneficios antes de impuestos y castigando fuertemente

a los proyectos de baja rentabilidad. En todo caso sobre este tema debería analizarse la

posibilidad de aplicarlos sobre el margen operativo y con tasas crecientes en función de

éste como hacen Perú y Chile con algunos impuestos.

En cuanto a las tasas distintas para elaborados y concentrados, es posible que fuera

más equitativo un criterio de asignación de tasas más altas a los productos con mayor

margen que beneficio (como pueden ser los metales preciosos) y no a los que tengan

mayor grado de elaboración, si ésta es producto de una operación adicional de bajo

costo.

Porque a través de la política actual es posible que se estén aplicando tasas más altas a

los proyectos con menor rentabilidad y que agregan más valor en el país y a los que

generan más externalidades positivas, como la construcción de un mineraloducto o una

línea de ferrocarril para el transporte de concentrados.

13

Cuadro comparativo de los principales gravámenes sobre la actividad minera en

Argentina Perú y Chile

Ganancias o renta Base imponible Observaciones

Argentina 35 % Utilidades

Chile 17 % + 18 % Utilidades

Perú 30% + 4,1 % Utilidades 50 % va directo a estados

provinciales y municipales

Regalías y otros específicos

actividad minera

Base imponible

Argentina 3 % Valor Boca Mina

Chile 0 al 1,93 %

(<50.000t CF)

5 al 14 % (>50.000t CF)

Renta

operacional

Doblemente progresivo

sobre toneladas

producidas y margen

operativo

Perú 1 a 7,4 % (regalías)

+

4 a 8,31 % (GEM)

Renta

operacional

Progresivo en función del

margen operativo

Otros Base imponible Observaciones

Argentina 5 % concentrados

10 % metal doré y otros

productos finales

Valor FOB Derechos de exportación

(regresivo, la base

imponible son las ventas)

Chile

Perú 8 % Utilidades Participación empleados

Cuadro comparativo de los principales gravámenes sobre la actividad minera

Fuente: Abeceb

14

6.2. Estabilidad fiscal Esta disposición que es una herramienta eficaz para favorecer la inversión en industrias

capital-intensivas, es especialmente importante para la minería debido a los períodos de

maduración de los proyectos.

Es fundamental el mantenimiento de las políticas de modo tal que las reglas sean claras

y los proyectos se desarrollen sobre condiciones previsibles.

En Argentina la estabilidad fiscal establecida por la Ley 24.196 es de 30 años, en Chile

es de 15 años y en Perú de entre 10 y 15 años.

Es uno de los puntos más cuestionados de la LIM y considerando varios aspectos, la

competitividad de Argentina no se vería afectada por una reducción de ésta a períodos

similares a los de estos países.

Argentina Chile Perú

Estabilidad fiscal 30 años 15 años 10 a 15 años dependiendo de la inversión

6.3. La posición Argentina en cuanto a tributación minera en el contexto mundial y la visión de los inversores

El análisis de la posición exacta en el mundo llevaría un importante trabajo de

investigación que escapa a los fines de este documento. Sin embargo para tener un

percepción de dónde se sitúa nuestro país en un ordenamiento mundial de carga

tributaria, se mencionarán dos informes internacionales que tratan temáticas vinculadas

a los asuntos que hacen a la atracción para la inversión en minería en distintos países.

Éstos son el Informe Fraser2 y el Ranking Behre Dolbear.

3

6.3.1. El informe Fraser

El informe Fraser se basa en una encuesta que se realiza a empresas mineras en todo el

mundo. Se realiza con el fin de evaluar la forma en que factores propiamente mineros –

como la dotación geológica- y las políticas públicas -como la tributación y el marco

regulatorio-, afectan la inversión en exploración minera.

La encuesta recoge información de 79 países y de estados dentro de países, esto último

particularmente para el caso de Canadá, EE.UU, Australia y en el año 2011 incorpora a

la Argentina por primera vez discriminada por provincias.

2 Fred McMahon and Miguel Cervantes . 2012. Fraser Institute Annual Survey of

Mining Companies. 2011/2012. http://www.fraserinstitute.org/uploadedFiles/fraser-ca/Content/research-

news/research/publications/mining-survey-2011-2012.pdf 3 2011 Ranking of Countries for Mining Investment. Behre Dolbear Group Inc.

Minerals Industry Advisors.

http://mining.about.com/library/2011MiningCountriesBehreDolbearRanking.pdf

15

Establece índices que indican el potencial en términos de atractivos para la exploración

minera. Analiza entre otras cosas: políticas gubernamentales, grados de incertidumbre

acerca de la interpretación y aplicación de reglamentos existentes, regulaciones

ambientales, impuestos, infraestructura, base de datos geológicos y seguridad.

Este ranking posiciona al país más atractivo para la inversión minera en el puesto 1 (en

2010 Alberta, Canadá) y en el puesto 79 al menos atractivo (Honduras)

En 2010 la Argentina, en este ranking de 79 regiones, se situó en el puesto 60 en el

rubro "Potencial en políticas" de y 55° en "Potencial geológico mineral".

En cuanto a políticas de impuestos y su atractivo para la inversión, Argentina se ubicó

en 2010 en el puesto Nº 68 de los 79, es decir uno de los países (o jurisdicciones menos

atractivos en el mundo para la inversión minera). Esto sería el puesto 86 en una escala

de 100.

En el año 2011, en que se presentan las provincias desagregadas y se evalúan 85

jurisdicciones si reunimos a las provincias argentinas en una sola, el promedio de las

ubicaciones de Argentina ubican al país en el puesto 63. Esto sería el puesto 75 en una

escala de 100.

En cuanto a la evaluación que hacen las empresas mineras del régimen tributario de

Argentina, también considerando a Argentina como el promedio de las provincias

seleccionadas, y comparado con otros países de Latinoamérica, la atracción a la

inversión se muestra en el gráfico siguiente.

Régimen Impositivo y su influencia en la inversión en minería

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%

Chile Mexico Colombia Peru Argentina Brazil Ecuador Bolivia

No realizaría inversiones

debido a este factor

Es un disuasivo fuerte para

la inversión

Es un disuasivo leve para la

inversión

No es disuasivo para

inversión

Alienta la inversión

Fuente: Fraser Institute Annual Survey of Mining Companies. 2011/2012.

Otros países y estados

16

Es importante destacar que las estructuras impositivas de los estados de Canadá,

Estados Unidos y Australia son más atractivas para la inversión, desde la opinión de los

inversores, que las de Argentina.

6.3.2. El ranking Behre Dolbear

El ranking Behre Dolbear es elaborado por esta empresa de consultores sobre la

industria minera. Establece un ordenamiento de los países en relación a su atractivo para

la inversión en la actividad minera. Las clasificaciones en este informe anual se basan

en opiniones recogidas de profesionales de esta empresa y de investigación en diversas

fuentes públicas y confidenciales. El ranking es cualitativo, no cuantitativo, basado en la

experiencia de estos profesionales en los más de 60 países en los que trabajaban en

2010.

El ranking toma 25 países entre los que figuran Argentina, Brasil, Chile. Perú,

Colombia, México, Canadá, Estados Unidos, Australia.

Se consideran para el ranking siete variables: sistema económico, sistema político,

cuestiones sociales, retrasos en los permisos, corrupción, estabilidad cambiaria y

régimen impositivo.

Argentina en el año 2012 fue ubicada en el puesto 14 sobre los 25 países con 30 puntos

sobre 70 posibles. El primer lugar fue para Australia con 57 puntos y quedó tercero con

51 después de Canadá.

En este ranking, en el que se califican de 1 a 10 los distintos aspectos evaluados, la

calificación más alta en cuanto a régimen impositivo, de 7 puntos, es obtenida por

Canadá y México. Luego se ubican Brasil, Botsuana, Ghana y Namibia con 6 puntos.

Argentina tiene una calificación de 4 puntos, que comparte con 9 de los 25 países

evaluados. Las más bajas son de 3 puntos, para Zambia, Sudáfrica y Bolivia.

El cuadro que se muestra abajo es el resumen del ordenamiento que surge del trabajo de

Behre Dolbear.

17

2012

Rank Country

Economic

System

Political

System

Social

Issues

Permitting

Delays Corruption

Currency

Stability Tax Regime

2012 Total

Points

1 Australia 9 8 8 8 10 9 5 57

2 Canada 9 9 4 4 10 9 7 52

3 Chile 9 9 7 6 8 8 4 51

4 Brazil 7 8 5 5 5 9 6 45

5 Mexico 7 7 3 7 6 6 7 43

6 United States 8 8 3 2 9 7 4 41

7 Colombia 6 7 6 6 5 5 4 39

8 Botswana 6 5 5 5 5 5 6 37

Tie 9 Peru 6 6 4 4 5 6 5 36

Tie 9 Ghana 6 5 3 6 4 6 6 36

11 Namibia 4 5 4 5 4 5 6 33

Tie 12 Mongolia 6 5 5 5 2 5 4 32

Tie 12 Tanzania 5 5 3 7 3 4 5 32

14 Argentina 5 3 4 6 4 4 4 30

Tie 15 India 5 6 2 3 3 6 4 29

Tie 15 Philippines 5 5 3 5 3 4 4 29

17 China 5 1 3 5 2 7 5 28

18 Indonesia 5 6 4 3 2 3 4 27

19 Zambia 5 4 3 5 3 3 3 26

20 South Africa 3 4 2 5 2 6 3 25

21 Kazakhstan 3 3 4 3 1 4 4 22

22 Papua New Guinea 4 4 1 2 2 4 5 22

23 D.R. Congo 3 3 3 3 2 1 4 19

24 Bolivia 2 1 1 4 3 3 3 17

25 Russia 1 1 3 3 1 2 5 16

7. Las estructuras tributarias y los proyectos mineros

7.1. Estudio de caso base Para aportar al análisis del modo en que la estructura tributaria afecta la competitividad

de la actividad en Argentina, se mostrarán una serie de gráficos y tablas que resultan de

la aplicación de cambios en las variables relevantes de un proyecto minero teórico en

Argentina. Además se comparará con Perú y Chile, suponiendo similares estructuras de

costos, con los cambios derivados de la estructura tributaria de cada uno de ellos.

Para un mejor entendimiento del caso se definen a priori algunos términos que se

utilizan en este trabajo.

En Finanzas, el método de Flujos de Fondos Descontados (FFD) es utilizado para valorar un proyecto, un negocio o a una compañía entera.

Los métodos de FFD determinan el valor actual de los flujos de fondos futuros descontándolos a una tasa que refleja el coste de capital aportado.

Esto es necesario porque los flujos de fondos en diversos períodos no pueden ser comparados directamente puesto que no es lo mismo contar con una cantidad de dinero ahora, que en el futuro.

18

El Flujo de fondos (Cash flow) es la diferencia entre flujos de fondos positivos (o beneficios o ingresos) y flujos de fondos negativos (o costos o costes).

A partir de los FFD se pueden obtener parámetros de medición que sirven para tomar decisiones sobre el proyecto. Los principales parámetros son el VAN y la TIR

El VAN ( Valor actual neto) es un procedimiento que permite calcular el valor presente de un determinado número de flujos de caja futuros, originados por una inversión. La metodología consiste en descontar al momento actual (es decir, actualizar mediante una tasa) todos los flujos de caja futuros del proyecto. A este valor se le resta la inversión inicial, de tal modo que el valor obtenido es el valor actual neto del proyecto. Es la diferencia entre el valor actual de los beneficios futuros y el valor actual de las inversiones y costos. El criterio de aceptación es que sea mayor que cero.

La TIR (tasa interna de retorno o tasa interna de rentabilidad) de una inversión, está definida como el promedio geométrico de los rendimientos futuros esperados de dicha inversión, y que implica el supuesto de una oportunidad para "reinvertir“ a la misma tasa.

En términos económicos, la TIR es el promedio anual de retorno que se anticipa rendirá un proyecto a lo largo de su vida. El criterio de aceptación es que sea superior a la tasa de costo de capital.

Para el caso base se ha tomado un proyecto de construcción y explotación de un pórfido

de cobre4.

Se considera un yacimiento de cobre porfírico con las siguientes características:

300 M t de reservas, con ley de 0,52 % de Cu ( ley de corte de 0.2 %), relación

de destape de 2,5:1; recuperación de mina del 97.5%, dilución 4 %; recuperación

de planta 90 %.

Vida útil 15 años. 3 años de preproducción y 15 de producción.

Precio lb de Cu: 3,85 U$S/lb

Costos transporte mina- fundición 60 U$S / t, tratamiento 150 U$S /t, refinación

0,20 U$S / lb; de minado de 0,80 U$S/ton; de planta 5,50 U$S/ton; de

protección ambiental y cierre: de 10% de costos mina y planta; de

administración y ventas y generales del 20 % del costo de mina y planta.

Regalías 3 % Valor Boca Mina

Derechos de exportación 10% y 5% Valor FOB

Tasa impuesto a las ganancias 35 %.

Inversión Inicial 950 M U$S. Reinversiones a 5 y 10 años.

Tasa de descuento de flujos de fondos, 10% anual.

Se consideran U$S 500.000 anuales como gastos del estado en monitoreo y

control directos para este proyecto.

4 Fuente: Daniel Jerez. Cátedra de Geología Minera. Guía de trabajos prácticos. UNLaR

19

7.1.1. Los FFD y el VAN para el estado y la empresa. Estados de resultados

promedio de 15 años

Sobre este planteo se realiza una proyección de los flujos de fondos del proyecto, a

partir de lo cual se obtienen parámetros relevantes de este modelo que son el Valor

Actual Neto (VAN) y la Tasa Interna de Retorno (TIR).

También se analiza partir de la proyección del promedio los estados de resultados de

los 15 años, un análisis de cómo se reparten los ingresos generados por ventas en tres

grupos: los pagos a terceros (salarios, insumos, servicios, proveedores, etc,), el segundo

grupo son los impuestos, tributos y regalías y el tercero es el beneficio que queda a la

empresa anualmente en promedio.

Sobre las base de estos datos, se analiza principalmente como se reparten entre estado y

empresa los beneficios y luego dentro del estado, los componentes principales de la

recaudación.

También y como un ejercicio de comparación para analizar el impacto en la recaudación

del estado, se calcula el VAN del Proyecto generado para el estado a partir de los Flujos

de fondos descontados que representan el cobro de tributos y regalías y considerando al

estado (provincias, municipios y nación) como uno sólo, según el esquema propuesto

por D. Jerez5 .

Para mostrar los flujos de fondos que se generarían a partir del proyecto se incluyen

cuadros que muestran los flujos de fondos proyectados para la empresa y el estado.

-332

-221

-497

411

317 317

221

-132

292259 259

221

-132

292259

195178

313

33 2244

5

99 99

195161

191158 158

195161

191158 158

176 175

-600

-500

-400

-300

-200

-100

0

100

200

300

400

500

-2 -1 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

F F E mpres a F F E S TADO

Flujos de fondos no descontados en Millones de U$S

5 Jerez Daniel G., 2009. Estado y empresa ¿Quiénes obtienen beneficios económicos de un proyecto

minero? Los flujos de fondos descontados como herramienta de medida.. IX Congreso Argentino de

Geología Económica. Actas.

20

Aplicando sobre esta proyección de flujos de fondos, una actualización basada en una

tasa de descuento del 10 % anual, se obtiene el siguiente gráfico:

-332

-201

-411

309

216197

125

-68

136110 100

78

-42

8568

47 3962

33 2036

4

68 62

11083 89

67 61 6851 55 41 38 38 35

-500

-400

-300

-200

-100

0

100

200

300

400

-2 -1 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

F F E mpres a des contado

F F E S TADO des contado

Flujos de fondos descontados en Millones de U$S

Finalmente para observar la evolución, se muestran los flujos de fondos descontados

acumulados.

21

-332

-532

-943

-634

-418

-221

-96 -164

-28

82

182

259217

302370

417455

517

33 5490 94

162223

333

416

505572

633701

752808

849887

925960

-1.250

-750

-250

250

750

1.250

-2 -1 0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15

F F E mpres a acum des contado

F F E S TADO acum des contado

Flujos de fondos descontados acumulados en Millones de U$S

En este gráfico se puede observar claramente que el estado comienza a recaudar

impuestos aún antes que el proyecto entre en producción. También que la empresa tiene

FF Descontados positivos a partir del 9no año desde que se comienza a invertir en el

desarrollo y construcción del proyecto.

7.1.2. Distribución de los ingresos por ventas en el promedio de 15 años

En cuanto al análisis del estado de resultados promedio de los 15 años, de cómo se

reparten los ingresos generados por ventas en tres grupos: los pagos a terceros,

impuestos, tributos y regalías y beneficio que queda a la empresa anualmente en

promedio, los cuadros que siguen muestran estas distribuciones.

Lo que a continuación se muestra es el modo en que se distribuyen los ingresos

generados por el proyecto para el caso base

Se desataca que el margen operativo (el beneficio antes de impuestos sobre las ventas),

es del 49,6 %.

22

Participación en el beneficio antes

de impuestos

Empres

a; 48%Estado;

52%

Argentina Margen Operativo 49,6% Argentina Margen Operativo 49,6%

Esto muestra que para el caso base, de los beneficios que quedan del proyecto después

de pagar costos, el estado en Argentina, se apropia del 52 % a través de la estructura

actual de impuestos, regalías y retenciones.

¿Qué sucedería con este proyecto si las retenciones fueran del 5 %?

Si las retenciones fueran del 5 % para el concentrado de cobre como lo son para las

exportaciones de oro y plata en general considerando que el margen operativo fuera del

49,6 %, el resultado sería el siguiente.

23

Argentina, Retenciones 5% Argentina, Retenciones 5%

En el caso de que las retenciones fueran del 5 % como los son para el oro y plata en

metal doré, con un margen operativo del 49,6% la empresa se queda con el 55 % de los

beneficios antes de impuestos, lo que implica una carga tributaria similar a las que

tienen Chile y Perú, como se verá más adelante.

7.1.3. Recaudación indirecta

Hasta aquí hemos analizado lo que el estado, recauda directamente de la empresa

minera industrial a partir de los tributos que ésta paga directamente por su actividad

Pero el desarrollo de un proyecto minero implica para el estado la recaudación de otros

tributos que se originan a partir de las actividades de nuevos actores proveedores de la

empresa minera.

24

Cabe precisar que por recaudación tributaria indirecta no se concibe a la suma de

impuestos indirectos, sino que la misma se define como aquella que surge del tirón de

demanda de insumos, es decir, es la sumatoria de los impuestos que pagan los

proveedores de la empresa y a su vez los impuestos que pagan los proveedores de estos

últimos y así sucesivamente. Es decir, se mide el efecto cascada que sobre los impuestos

tiene la operación del proyecto.

El coeficiente que se estima multiplica la recaudación total del estado a partir de la

recaudación directa de los tributos e impuestos que paga la empresa, ha sido calculado

en 1,36, según el trabajo “Actualización del informe de impacto económico del proyecto

minero Bajo de la Alumbrera”6

Este multiplicador también ha sido estimado también en 1,39 para Cerro Vanguardia y

1,35 para Alumbrera por Virginia Moori Koenig y Carlos Bianco7 en un estudio de

Oficina de la CEPAL-ONU en Bs As en 2003.

El tema de la recaudación indirecta es muy importante que se tenga en cuenta por parte

de quienes elaboran las políticas públicas a la hora de mensurar los beneficios de un

proyecto minero, porque a diferencia de muchas otras actividades, la minería no

desplaza a otras actividades económicas, sino que crea desarrollo donde nada

había y es probable que nunca lo haya, con excepción de la minería. Además en la

medida que la actividad minera desarrolle nuevos proveedores, este multiplicador será

mayor con los consiguientes beneficios.

También es importante destacar que en los proyectos de menor rentabilidad, esto es así

porque una buena parte de los ingresos por ventas van a parar a terceros proveedores

que también pagan sus impuestos, por lo que en estos proyectos es posible que el

multiplicador sea aún mayor.

Los multiplicadores aquí mencionados corresponden a trabajos realizados en los años

2003 y principios de 2004 cuando estaban en marcha unos pocos nuevos

emprendimientos metalíferos (Alumbrera, Cerro Vanguardia) y con pocos años de

actividad. Seguramente estos multiplicadores actualmente son mayores ya que han

entrado en producción muchos más proyectos en San Juan (Veladero, Gualcamayo,

Casposo) y Santa Cruz (Manantial Espejo, San José, Mina Martha), Jujuy (Pirquitas) y

se están construyendo y explorando otros en varias provincias.

Para el caso base que estamos analizando, si tomamos un multiplicador del impuesto de

1,36 y lo aplicamos sobre la recaudación directa del estado a la empresa que desarrolla

el proyecto (de 2.352.700.480 U$S a valores corrientes sin actualizar), significa que los

impuestos indirectos recaudados por el desarrollo de esta operación minera a lo largo de

6 Lic. Rita Jordán, Lic.Federico Sarudiansky, Lic. Guillermo Watanabe, Dra. Liliana Tassile, Inés

Rodriguez, Raúl Daneri. UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN. Febrero 2004. 7 Estudios Sectoriales* Componente: Industria Minera. Estudio 1.Eg.33.6.Autores: Virginia Moori

Koenig Y Carlos Bianco*. 2003 Préstamo BID 925/OC-AR. Pre II. Coordinación del Estudio: Oficina de

la CEPAL-ONU Bs As, a solicitud de la Secretaría de Política Económica, Ministerio de Economía de la

Nación.

25

los 15 años suman 846.972.173 U$S, totalizando entonces la recaudación del estado

3.199.672.653 U$S.

Como dato para comparar, el beneficio total para la empresa sumando los 15 años es de

2.219.841.841 U$S para el caso base.

7.1.4. Análisis comparativo. Chile y Perú. Caso base

Se muestra abajo lo que sucedería en Chile y Perú para el mismo proyecto bajo el

supuesto de que todas las demás variables (como inversión, costos precios, leyes, etc,)

con excepción de las de la estructura tributaria y asimilables, son iguales que en

Argentina.

Chile

Resultado Neto

Empresa; 28,9%

Recaudación Estado

; 20,6%

Pagos salarios,

proveedores,

insumos, bines de

capital etc; 50,4%

Distribución de los ingresos

Empresa; 58%

Estado; 42%

Participación en el beneficio antes de impuestos

Chile Chile

Derechos de

exportación0%

Regalías16%

Impuesto a las

Ganancias84%

Componentes de recaudación del estado

721.313.291 750.175.005

0

100.000.000

200.000.000

300.000.000

400.000.000

500.000.000

600.000.000

700.000.000

800.000.000

VAN Empresa VAN Estado

VAN del Proyecto para Empresa y Estado

26

Perú

Distribución de los ingresos

Resultado

Neto

Empresa;

27,7%

Recaudació

n Estado ;

21,8%

Pagos

salarios,

proveedores

, insumos,

bines de

capital etc;

50,4%

Participación en el beneficio antes de

impuestos

Empresa;

56%

Estado;

44%

Perú Perú

Componentes de recaudación del estado

Impuesto a

las

Ganancias

66%

Derechos

de

exportación

0%

Regalias

8%

Participació

n

trabajadores

18%

Impuesto

Especial

Minería

8%

VAN del Proyecto para Empresa y Estado

663.822.805

807.665.491

0

100.000.000

200.000.000

300.000.000

400.000.000

500.000.000

600.000.000

700.000.000

800.000.000

900.000.000

VAN Empresa VAN Estado

Como puede verse en los gráficos, la carga tributaria para un margen operativo del 50%,

es más alta en Argentina para concentrados, que en los otros dos países analizados.

Para un beneficio operativo de aproximadamente el 50 %, el Estado capta en Argentina

el 52 % de los beneficios antes de impuestos, mientras que en Chile y Perú es del 42 %

y del 44% respectivamente. Con retenciones del 5 % como las que se aplican a oro y

plata metálicos (no en concentrado) la carga tributaria en Argentina sería

aproximadamente similar a la de Chile y Perú.

27

Resumen de las participaciones en los beneficios antes de impuestos de empresa y

estado comparativas en los 3 países para un beneficio antes de impuestos del 49,6%.

Participación en el beneficio antes

de impuestos

Empres

a; 48%Estado;

52%

Argentina. Derechos exportación 10% Argentina. Derechos exportación 5 %

Empresa; 58%

Estado; 42%

Participación en el beneficio antes de impuestos

Participación en el beneficio antes de

impuestos

Empresa;

56%

Estado;

44%

Chile Perú

28

Participación comparativa del estado y la empresa en los resultados antes de impuestos

para un margen operativo del 49,6%

Cuadro comparativo de los VANs (en millones de U$S) del proyecto para los cuatro esquemas

tributarios analizados para la empresa y el estado

Para un margen operativo del 49,6% (y retenciones del 10%) la participación de los

beneficios del proyecto en Argentina es superior a la de los otros 2 países. Inclusive es

el único país en que el estado toma más del 50 % de los beneficios antes de impuestos.

Si las retenciones fueran para el proyecto analizado del 5 %, como sucede en general

para oro y plata, disminuye la participación estatal, pero aun así es mayor en Argentina

que en Perú y Chile.

517

644 664 721

960

832 808 750

0

200

400

600

800

1000

1200

Argentina 10%

Argentina 5% Perú Chile

VAN Empresa

VAN Estado

29

7.2. Análisis de sensibilidad Hasta ahora se ha tomado el caso base para observar lo que sucede puntualmente sobre

éste en términos de tributación y se ha comparado con otros dos países cercanos y con

tradición minera y con recientes reformas impositivas, para tener un marco de

referencia.

El análisis de sensibilidad es un ejercicio para observar que sucede con el proyecto si se

cambia alguna o algunas de las variables.

Son muchas las variables que son relevantes en la economía del proyecto.

Se pueden clasificar en dos grupos.

Variables que al aumentar, aumentan los beneficios. Las más importantes:

precio

ley del mineral

reservas

Variables que al aumentar, disminuyen los beneficios

costos en general

inversión

impuestos

7.2.1. Cambios en los precios

Es la más sensible e importante, junto con la ley del mineral. Son los que más impactan

directamente en la rentabilidad y los menos manejables.

Para el caso analizado, un yacimiento de cobre, es interesante ver la evolución de los

precios en los últimos años.

30

El cobre se mantuvo desde 1.989 durante 15 años, por debajo de 1,5 U$S/lb.

Inclusive en el período 1.997 al 2003 estuvo por debajo de 0,80, cuando empieza a

aumentar sobre todo por la demanda china.

Desde 2006, principalmente impulsado por la demanda china, pasa los 3 U$S y se

mantiene en 3,5 U$S llegando casi a 4,0 U$S; hasta que comienza la caída por la crisis

que comienza en 2008, llegando a un mínimo por debajo de 1,5 U$S a principios de

2009.

Luego comienza la suba nuevamente, superando en 2011 los 4 U$S/lb.

Actualmente se ubica en 3,85 U$S que es el precio tomado para el caso base.

Por ejemplo veamos cambios en los precios de + / - 20 %.

Aumento del precio de la libra de Cu en 20 % . Margen operativo 59%

Argentina Precio + 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 517 1037

VAN Estado 960 1360

TIR del proyecto empresa 18,69% 25,63%

Utilidad Antes impuestos 50% 59%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 51%

Estado 52% 49%

31

El aumento del 20 % en el precio aumenta el VAN del proyecto tanto para le empresa

como para el estado, siendo superior para la primera en términos absolutos y relativos.

Aumenta la TIR de 18,69 a 25.63 %.

La participación de la empresa en los beneficios pasa a ser del 51 %, cuando antes era

del 48 %.

En Chile

Chile Precio + 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 721 1213

VAN Estado 750 1179

TIR del proyecto empresa 21,72% 27,98%

Utilidad Antes impuestos 50% 59%

Participación en los beneficios

Empresa 58% 56,7%

Estado 42% 43,3%

También suben VAN y TIR como es lógico, aunque en menor medida y con menores

diferencias entre los actores que en Argentina. En los beneficios el estado aumenta

levemente su participación al aumentar el margen operativo.

En Perú

Perú Precio + 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 664 1158

VAN Estado 808 1235

TIR del proyecto empresa 20,78% 27,08%

Utilidad Antes impuestos 50% 59%

Participación en los beneficios

Empresa 56% 55,2%

Estado 44% 44,8%

Suben también VAN y TIR. Como en Chile, la estructura progresiva aumenta la

participación del estado en los beneficios.

32

Baja del precio de un 20 %. Margen operativo 34%

Argentina Precio - 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 517 -3

VAN Estado 960 559

TIR del proyecto empresa 18,69% 9,94%

Utilidad Antes impuestos 50% 34%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 41%

Estado 52% 59%

Como es de esperar, los beneficios disminuyen para ambos actores, pero es interesante

destacar que mientras que para el estado a pesar de esta baja sigue siendo un proyecto

cuyo VAN es de 559 M U$S, para la empresa, a una tasa de descuento del 10 % anual,

significa una VAN negativo. Tal como lo demuestra la TIR del 9.94 %.

Además se observa que la utilidad antes de impuestos es del 34 % ahora y que en el

reparto de los beneficios generados el estado ahora aumenta su participación, se

apropia anualmente de un 59 % en promedio.

Si el precio bajara un 20 %. La utilidad antes de impuestos baja a un 34 %

Chile Precio - 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 721 198

VAN Estado 750 352

TIR del proyecto empresa 21,72% 13,69%

Utilidad Antes impuestos 50% 34%

Participación en los beneficios

Empresa 58% 60,0%

Estado 42% 40,0%

En Chile se modifican a la baja, tanto el VAN como la TIR que ahora llega a un 13.69

% para la empresa. Ante una baja en el margen operativo, baja la participación del

estado en el beneficio.

Esto juega un papel importante en los yacimientos que operan con bajos márgenes, que

ante una reducción en los precios pueden ser impulsados a aumentar la ley de corte de

modo tal que finalmente se disminuyen las reservas quedando zonas del yacimiento

fuera de la explotación, posiblemente para siempre.

33

Perú Precio - 20 % Caso base Modificado

VAN Empresa 664 156

VAN Estado 808 394

TIR del proyecto empresa 20,78% 12,91%

Utilidad Antes impuestos 50% 34%

Participación en los beneficios

Empresa 56% 56,7%

Estado 44% 43,3%

Al igual que en Chile bajan ambos VAN, en menor medida el del estado. La TIR se

mantiene por encima del 10 %, queda en 13.69 % en Chile y en 12.91% en Perú.

Las participaciones de estado y empresa en los beneficios después del pago a terceros

varían levemente, disminuyendo la del estado.

Baja del precio de un 20 %. Margen operativo 34%

34

Ante una baja del precio de un 20 %, que llevaría el margen operativo a un 34%, y con

retenciones de un 10% en Argentina este proyecto posiblemente no se desarrollara,

porque para una tasa de descuento del 10 % anual, el VAN es negativo (-3 M U$S).

Inclusive bajo esta estructura impositiva, el estado se apropiaría del 59 % de la utilidad

antes de impuestos (recordar que en el caso base, de mayor rentabilidad el estado

tomaba el 52 %). En Chile y Perú, al bajar la rentabilidad, el estado baja su

participación en los beneficios dándole al proyecto mayores posibilidades de que se

desarrolle.

7.2.2. Resultados extraordinarios. Margen operativo del 75 %. Cambios en

varias variables que disminuyen costos o aumentan beneficios.

No es una situación esperable que los costos desciendan en el tiempo. En este caso la

idea es mostrar cómo la estructura impositiva impacta en un proyecto con costos

inferiores al del caso base, de modo que el proyecto tenga un margen operativo superior

al 75 %. Sería el caso de un yacimiento muy rico en ley o con muy bajos costos de

explotación o procesamiento o inversión.

Argentina Margen Operativo 75 % Derechos exportación del 10% Caso base Modificado

VAN Empresa 517 1617

VAN Estado 960 1623

TIR del proyecto empresa 18,69% 36,70%

Utilidad Antes impuestos 50% 76%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 54%

Estado 52% 46%

35

Bajo el sistema impositivo actual, con retenciones del 10 %, se da la paradoja de que

ante un escenario de importantes utilidades (76 % de las ventas antes de impuestos)

la participación del estado en esos beneficios disminuye del 52% en el caso base, al

46 % en este caso.

Si las retenciones fueran del 5 %, el resultado sería el siguiente:

Argentina Margen Operativo 75 % Derechos exportación del 5 % Caso base Modificado

VAN Empresa 517 1771

VAN Estado 960 1469

TIR del proyecto empresa 18,69% 38,57%

Utilidad Antes impuestos 50% 76%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 58%

Estado 52% 42%

Con retenciones del 5 %, la participación del estado en esos beneficios se reduce aún

más, al 42 % en este caso, cuando la política tributaria debería, en el caso de

superutilidades, captar una mayor porción de estos beneficios.

Chile Margen Operativo 75 % Caso base Modificado

VAN Empresa 721 1569

VAN Estado 750 1661

TIR del proyecto empresa 21,72% 36,54%

Utilidad Antes impuestos 50% 76%

Participación en los beneficios

Empresa 58% 52,3%

Estado 42% 47,7%

Perú Margen Operativo 75 % Caso base Modificado

VAN Empresa 664 1612

VAN Estado 808 1617

TIR del proyecto empresa 20,78% 36,66%

Utilidad Antes impuestos 50% 76%

Participación en los beneficios

Empresa 56% 53,9%

Estado 44% 46,1%

36

Ante un escenario de muy alta rentabilidad, utilidades antes de impuestos del 75 % de

las ventas, el VAN del proyecto crece de modo importante para ambos sujetos estado y

empresa. Aún sin considerar el multiplicador del impuesto. El esquema de Chile es el

que da mayores beneficios al estado en este caso de superutilidades.

Como se observa en el gráfico que sigue, el régimen argentino es el que menor

participación para el estado da en este caso y el chileno el que da mayor participación.

Volviendo a la comparación con el caso base, con elevados márgenes de rentabilidad,

tanto Perú como Chile, impondrían al proyecto tributos de tal modo que aumentan la

participación del estado en los beneficios con respecto a ese caso. En Chile la

participación aumenta en 5,7% y en Perú 2,1%.

Es lo contrario de lo que sucede en Argentina en que en el caso de beneficios

extraordinarios el estado pierde participación, del 52 % cae 10 %, al 42 %.

37

7.2.3. Modificación de la Inversión Inicial

Para el caso base se ha tomado una inversión promedio para este tipo de proyectos. Pero

la inversión inicial depende de una gran cantidad de factores. Entre ellos están la

infraestructura existente y la distancia a los puertos por ejemplo.

Si por ejemplo hubiera que elevar la inversión inicial en un 50 %, reduciendo el margen

operativo al 42 %, el impacto sobre lo que analizamos sería el siguiente.

Argentina Incremento inversión inicial Caso base Modificado

VAN Empresa 517 97

VAN Estado 960 831

TIR del proyecto empresa 18,69% 11,22%

Utilidad Antes impuestos 50% 42%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 45%

Estado 52% 55%

El resultado es similar al que se produce por una baja en los precios del 20%.

Por este aumento en la inversión inicial, el desincentivo para la empresa es muy

importante y se da esta paradoja de que la participación del estado en los beneficios es

aumentada a pesar de la disminución en los beneficios del proyecto.

Chile Incremento inversión inicial Caso base Modificado

VAN Empresa 721 337

VAN Estado 750 583

TIR del proyecto empresa 21,72% 14,11%

Utilidad Antes impuestos 50% 42%

Participación en los beneficios

Empresa 58% 59,1%

Estado 42% 40,9%

Perú Incremento inversión inicial Caso base Modificado

VAN Empresa 664 279

VAN Estado 808 642

TIR del proyecto empresa 20,78% 13,39%

Utilidad Antes impuestos 50% 42%

Participación en los beneficios

Empresa 56% 56,3%

Estado 44% 43,7%

38

Ante una inversión inicial más alta que la considerada en el caso base, las estructuras

tributarias de los otros dos países son más atractivas para la inversión en un

yacimiento en el que se prevé dará una TIR relativamente baja. Las estructura

tributarias chilena y peruana a través de la baja en las regalías e impuesto específico a la

minería para proyectos de baja rentabilidad, favorecen a partir de este incentivo, la

inversión.

7.2.4. Conclusiones sobre los cambios en las variables y sus efectos en la

distribución de la renta minera

Del análisis de la modificación de las variables más importantes se sacan estas

conclusiones sobre las estructuras impositivas.

Independientemente de la sensibilidad, Argentina tiene la mayor carga

tributaria, (sobre todo para retenciones del 10 % a concentrados). Los VAN del

proyectos para la empresa son menores en Argentina que en los otros dos países.

Lo mismo sucede con las TIR.

Ante bajas o subas de precios o en la inversión inicial, la rigidez de la

estructura en Argentina y la regresividad de ésta, determinada por los derechos

de exportación sobre las ventas brutas y no las utilidades, hacen que el riesgo

sea superior en Argentina.

Porque ante una baja de precios (o aumento de la inversión inicial), que

conduce a una baja en la utilidad antes de impuestos, cambia las proporciones de

participación del estado y empresa, creciendo la participación del estado en

un esquema de baja de utilidades, en la que la empresa se ve doblemente

desalentada.

En Chile y Perú ante una baja del precio, sacrifican utilidades estado y

empresa, en mayores proporciones por parte del estado. Esta es una buena

política para cuidar a los proyectos marginales. En Argentina a la baja de

utilidades, se le suma el incremento de la carga fiscal efectiva lo que constituye

un fuerte desincentivo para las inversiones en nuestro país para iguales

condiciones.

Esto debe ser pensado en el marco del universo de yacimientos que existen en

nuestro territorio, porque tal vez este esquema tributario no sea un problema

para la inversión en yacimientos de alta ley. Pero, ¿qué sucede con los

yacimientos marginales de leyes menores?¿O con aquellos que tienen costos

más elevados de minado o tratamiento o que requieren de mayores

inversiones iniciales, por ejemplo en infraestructura?.

39

7.2.5. Modificación de leyes de corte y sus posibles implicancias en las reservas

Los proyectos marginales, aquellos que por circunstancias naturales que inciden en su

rentabilidad potencial están en el límite de lo económico, son los más sensibles a las

políticas tributarias, ya que los impuestos y regalías son la única variable de costos

no intrínseca.

Para ilustrar el posible impacto que podría tener un cambio en la tributación se mostrará

un ejercicio teórico sobre los posibles cambios que en la explotación de un yacimiento

podría tener esta modificación.

Como ejemplo se muestra el impacto de un aumento de regalías al 15 % del Valor

Boca Mina

Un aumento de regalías al 15 % por ejemplo, produciría en el proyecto el siguiente

impacto.

Caso base Modificado

VAN Empresa 517 266

VAN Estado 960 1211

TIR del proyecto empresa 18,69% 14,79%

Utilidad Antes impuestos 50% 50%

Participación en los beneficios

Empresa 48% 35%

Estado 52% 65%

Como se observa, y como es lógico, este cambio no cambia la utilidad antes de

impuestos, lo que cambia es el reparto a partir de este punto.

Del 52 % original ahora el estado se apropiaría del 65 % lo que es probablemente el fin

de esta política, recaudar más a partir del proyecto.

Este cambio afecta disminuyendo para la empresa el VAN y la TIR.

Un cambio de estas características llevará a la empresa a tener que cambiar algunas

variables del proyecto de modo tal de obtener la rentabilidad superior que le exijan los

inversores acorde a la formulación original del proyecto.

Esto se hace elevando la ley de corte. Es decir, se explota lo más rico, dejando fuera

de la explotación los sectores de menor ley.

La consecuencia de esto es la reducción de reservas minables y de la vida útil del

yacimiento, si se mantuviera el ritmo de producción o una menor producción en caso de

mantener los años de trabajo.

40

El Dr. Eduardo Peralta aborda este tema8, y menciona: “Elevar en un 10% los costos

por encima de lo calculado en la factibilidad original, significa sacrificar parte de esas

reservas de baja ley que hubieran sido aprovechables con los costos originales y por lo

tanto disminuir la vida del yacimiento en aproximadamente el 14 a 15% de sus

reservas y por lo tanto la vida útil de la mina. Es decir, se sacrificara 1 año de cada 6 a

7 de la vida útil de la mina.”

Para nuestro ejemplo analizaremos los siguientes cambios:

Se eleva la ley de corte, de modo tal que la ley media aumente, un 20 %,

Una reducción de reservas minables del 25 %.

Reducción de inversión inicial del 20%.

Se disminuyen las reservas minables, ya que se dejan sin enviar a planta una

determinada cantidad de toneladas de baja ley.

Se aclara que el volumen de reservas minables que se reduce por la suba en la ley de

corte es variable y depende de las características propias del yacimiento.

Es importante destacar que una reducción de las reservas implica entonces una baja en

la producción anual y una menor inversión inicial, que en este caso estimamos se reduce

en un 20 % con respecto al caso base.

Los resultados de estos cambios se muestran en la tabla que sigue. En la primera

columna, el caso base; en la segunda, el efecto del aumento de regalías sin modificar

otras variables y en la tercera, el resultado del aumento de la ley de corte y reducción de

inversión.

Caso base Aumento regalías

Aumento ley de corte

VAN Empresa 517 266 448

VAN Estado 960 1.211 1.194

TIR del proyecto empresa 18,69% 14,79% 19,43 %

Utilidad Antes impuestos 50% 50% 57 %

Participación en los beneficios

Empresa 48% 35% 39%

Estado 52% 65% 61%

8 Peralta Eduardo. Incidencia de un aumento en el porcentaje de costos totales (cualquiera) sobre la vida

final de un yacimiento. En: Los Verdaderos Motivos de la Campaña "Anti Minería a Cielo Abierto". Parte 3 http://www.estrucplan.com.ar/Articulos/verarticulo.asp?IDArticulo=2595

41

El resultado final para este caso hipotético planteado, dentro de los supuestos aquí

mencionados, es que la suba de regalías al 15%, conduce a una suba de la ley de

corte, con la consiguiente disminución de reservas, de modo tal que para la empresa

significa: una menor inversión, un recupero parcial del VAN (en relación al proyecto

original), y un leve aumento de la TIR.

Para el estado significa una mayor participación en los beneficios del proyecto en

términos de participación relativa (sube de 52 % a 61 %) y de VAN.

¿Qué significa esto en términos de aprovechamiento de los recursos naturales?

La reducción de reservas minables en un yacimiento puede significar su

abandono perpetuo, porque en la mayor parte de los casos serán irrecuperables.

La reducción del 25 % de las reservas, 73.875.000 de t de mena, implican una

reducción del 10 % de las t de cobre minables de 99.879 t a 89.891 t.

Esto implica que se perderían 9.988 t de Cu en el yacimiento que significan

7.292 t de cobre exportable.

Por esta razón al precio considerado, si se dieran los supuestos que aquí se han

planteado, se perderían entonces U$S 928.339.333 de exportaciones a valores

no descontados en los 15 años de producción.

Para la empresa en términos de utilidad total acumulada a lo largo de todo el

proyecto, significa una pérdida de U$S 374.270.346.

En términos de recaudación total acumulada para el estado a lo largo de todo el

proyecto, significa una ganancia de U$S 543.714.834.

Lo que el proyecto deja de adquirir a terceros en inversiones, servicios,

salarios, etc., en relación al original, suma un total de U$S 1.097.783.820. Es

éste posiblemente el mayor impacto negativo de una reducción de reservas, por

todo lo que el proyecto deja de consumir en construcción, servicios, salarios,

compra de bienes, etc., que tienen un impacto importante en la economía.

Lo que aquí se ha planteado es la reducción de reservas de un yacimiento que de todos

modos trabajaría bajo los supuestos indicados.

Pero debe pensarse que también este tipo de reformas que elevan los costos, pueden

conducir directamente al abandono de proyectos.

42

8. CONCLUSIONES

La carga tributaria sobre la actividad minera en Argentina está hoy

por encima del promedio internacional. Para proyectos de elevado

margen operativo está por encima del promedio y es muy elevada

para los proyectos con bajos márgenes de rentabilidad como son los

yacimientos de baja ley o elevados costos.

La estructura tributaria sobre la minería exportadora en Argentina

es regresiva. Se castiga a los proyectos de menor rentabilidad con

una carga tributaria más alta que a los proyectos de muy altos

beneficios.

Una suba de la carga tributaria conduciría la elevación de la ley de

corte de un proyecto, con lo que se descartarán reservas, que son

abandonados en el yacimiento posiblemente por décadas o para

siempre. Esto no sólo afecta a la disminución de reservas explotables

de proyectos en marcha, sino también, al desarrollo de nuevos

proyectos marginales..

Evaluaciones internacionales sobre el atractivo que para la inversión

puede significar la estructura impositiva, Argentina se ubica entre

los menos atractivos.

Se debe revisar la distribución de los beneficios que produce la

industria minera. Uno de los puntos de conflicto sobre la

recaudación fiscal a partir de la minería es la baja participación de

las provincias productoras en la recaudación directa de los

tributos. El estado nacional a través de Derechos de Exportación e

Impuesto a las Ganancias se apropia de modo primario de alrededor

del 90 % de la recaudación.

43

El desarrollo de un proyecto minero implica para el estado la

recaudación de otros tributos que se originan a partir de las

actividades de nuevos actores proveedores de la empresa minera. Es

importante considerarlos a la hora de elaborar políticas tributarias

porque en general los proyectos mineros no desplazan a otros

actores económicos, por el contrario incorporan a nuevos

contribuyentes.

9. Consideraciones generales

La discusión sobre la carga tributaria que se aplica sobre la actividad

minera requiere de un exhaustivo análisis por parte de todos los

sectores involucrados, por tratarse de una herramienta con un

enorme potencial para el desarrollo nacional.

Argentina es un país con escasa tradición en minería metalífera por lo

que se deben elaborar políticas que apunten al mejor desarrollo,

teniendo en cuenta las restricciones que significan esta corta

trayectoria, la disponibilidad de infraestructura y personal

capacitado, y el clima social.

La actual coyuntura de altos precios de metales es una oportunidad

que debe ser bien aprovechada de modo tal de obtener para los

argentinos el máximo de beneficio sin sacrificar el desarrollo.

Una estructura tributaria adecuada, también en minería, es una

importante herramienta de política económica.

En el pasado reciente varios países han incrementado su carga fiscal

sobre la minería (Chile, Perú, Australia), y aun así están por debajo

de la que aplica Argentina.

La discusión de la participación del estado en los emprendimientos

mineros no debe basarse sólo en la observación de los yacimientos

actualmente en producción y la coyuntura actual de precios elevados,

porque Argentina tiene un enorme potencial para el crecimiento a

partir de yacimientos que se están evaluando y aún de los

desconocidos.

44

Países como Chile y Perú tienen una nueva estructura tributaria que

implica una mayor participación del estado en los beneficios a medida

que éstos crecen. Se basa en aplicar alícuotas crecientes en función

del margen operativo. Son esquemas progresivos, cuanto mayor es la

ganancia de la empresa por tratarse de un yacimiento más rico, o por

una suba de precios, mayor es la carga fiscal y mayor la participación

del estado.

Si para la discusión sobre tributación sólo se fija la atención en

proyectos que hoy pueden tener muy altas leyes o muy bajos costos

de producción y por esta razón superutilidades, se pueden cometer

errores con estas herramientas de política económica, que sean

perjudiciales para el desarrollo económico en el mediano y largo

plazos.

Igual error se puede cometer pensando que los escenarios de altos

precios de metales serán para siempre. No se debe perder de vista

la evolución histórica de los precios de los metales, se debe mirar un

poco más de los pasados 5 o 6 años.

Es lógico que las provincias reclamen mayor participación pero es

importante que no dejen de observar la competitividad. Por ejemplo

Perú tiene una carga fiscal menor que Argentina pero el 50% del

impuesto a la renta va directamente a las regiones.

Deben tenerse en consideración las características propias de la

minería para la elaboración de políticas. Dependiendo del nivel de

prospección y desarrollo minero de los países, la probabilidad de que

un prospecto se convierta en un desarrollo minero es de 1 en 100

para los países con mayor tradición minera a 1 de cada 30 en los

menos explorados. Esto es, sólo un 3% de los prospectos terminan

siendo una mina.

La estabilidad en las políticas y reglas son fundamentales. Tanto es

así que las empresas exploradoras encuentran más atractivos para la

inversión a países con menores probabilidades de encontrar

yacimientos por estar muy explorados (como Canadá o Australia), que

a aquellos que tienen mayor potencial geológico pero menor

confiabilidad para el desarrollo de estos proyectos.

La tarea de diseñar políticas tributarias sobre la minería no puede

dejar de considerar las características propias y únicas de la

45

actividad y el contexto internacional ante la potencialidad de

desarrollo que hoy se presenta.

10. Bibliografía

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Argentina. Consideraciones de regulación tributaria a la luz de la experiencia

internacional.

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Peralta Eduardo. 2011. Incidencia de un aumento en el porcentaje de costos totales

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Campaña "Anti Minería a Cielo Abierto". Parte 3

http://www.estrucplan.com.ar/Articulos/verarticulo.asp?IDArticulo=2595