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UNIÓN EUROPEA PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA). PC PROYECTO DE CONSTRUCCION ANEJO Nº10: SEGURIDAD Y SALUD ANEJO Nº 10.- SEGURIDAD Y SALUD

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Estudio de seguridad y salud

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

PC PROYECTO DE CONSTRUCCION ANEJO Nº10: SEGURIDAD Y SALUD

ANEJO Nº 10.- SEGURIDAD Y SALUD

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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ÍNDICE

I MEMORIA 1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- DATOS DE LA OBRA 1.2.- DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS 1.3.- PLANIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD AL PROCESO CONSTRUCTIVO 1.4.- CAPÍTULOS DESTACABLES 2.- MEMORIA DESCRIPTIVA 2.1.- TRABAJOS PREVIOS (REPLANTEO Y SEÑALIZACIÓN VIAL). 2.2.- ILUMINACIÓN DE LOS TAJOS. 2.3.- LIMPIEZA DE LAS SUPERFICIES A TRATAR HORIZONTAL Y VERTICAL (TÚNEL) 2.4.- APLICACIÓN DEL TRATAMIENTO FOTOCATALÍTICO 2.5.- LEVANTADO DE SOLADO DE ACERAS CON COMPRESOR. 2.6.- LEVANTADO POR MEDIOS MECÁNICOS DE AGLOMERADO ASFÁLTICO. 2.7.- COLOCACIÓN DE ADOQUINADO Y LOSETA HIDRÁULICA SOBRE HORMIGÓN CON MORTERO. 3.- MAQUINARIA DE OBRA Y HERRAMIENTAS 3.1.- APARATOS TOPOGRÁFICOS. 3.2.- CAMIÓN DE TRANSPORTE. 3.3.- CAMIÓN GRÚA. 3.4.- COMPRESOR. 3.5.- MARTILLO NEUMÁTICO. 3.6.- DÚMPER PEQUEÑO O MOTOVOLQUETE. 3.7.- CAMIÓN CISTERNA REGADOR. 3.8.- LIMPIADORA DE AGUA A PRESIÓN. 3.9.- EXTENDEDORA DE PRODUCTOS FOTOCATALÍTICOS 3.10.- PISTOLA DE AIRE COMPRIMIDO. 3.11.- GRUPO ELECTRÓGENO. 3.12.- HERRAMIENTAS MANUALES. 3.13.- HORMIGONERA ELÉCTRICA MANUAL. 3.14.- PLATAFORMA ELEVADORA. 3-15.- RETROEXCAVADORA. 3.16.- RETROEXCAVADORA MIXTA. 3.17. SIERRA RADIAL.

4.- MEDIOS AUXILIARES 4.1.- ESCALERAS DE MANO 5.- SEÑALIZACIONES 6.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA. 7.- INSTALACIONES PROVISIONALES PARA TRABAJADORES 8.- ROPA DE TRABAJO 9.- PLAN DE EVACUACIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA. 10.- ASISTENCIA SANITARIA 11.- INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD 12.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN 13.- ORGANIZACIÓN PREVENTIVA DE LA OBRA. 14. TRABAJOS CON RIESGOS ESPECIALES. II PLANOS DE SEGURIDAD Y SALUD

III PLIEGO DE CONDICIONES 1.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2.- OBLIGACIONES EMPRESARIALES 3.- OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS 3.1.- INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES ENTRE EMPRESARIOS.

3.2.- DEBER DE VIGILANCIA DEL CONTRATISTA PRINCIPAL. 3.3.- OBLIGACIÓN DEL CONTRATISTA EN RELACIÓN A LA SUBCONTRATACIÓN.

4.- INDICACIONES Y PRESCRIPCIONES ORIENTADAS A PROTEGER A LOS TRABAJADORES. 5.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES 6. SERVICIOS DE PREVENCIÓN. 7.- CONDICIONES A CUMPLIR POR TODOS LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA

7.1.- CONDICIONES GENERALES 7.2.- CONDICIONES PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS PROTECCIONES COLECTIVAS

8.- CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL 8.1.- CONDICIONES GENERALES 8.2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LOS EQUIPOS

9.- NORMAS A CUMPLIR POR LA SEÑALIZACIÓN 9.1.- SEÑALIZACIÓN DE OBRA 9.2.- SEÑALIZACIÓN VIAL

10.- LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA

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11.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO 12.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DE MÁQUINAS

12.1.- MARCADO 12.2.- MANUAL DE INSTRUCCIONES 12.3.- NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL USO DE MAQUINARIA Y DE LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA

13.- CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES 13.1.- CASETAS DE LAVABOS Y ASEOS 13.2.- CASETAS DE VESTUARIOS 13.3.- AGUA POTABLE 13.4.- COMEDORES 13.5.- CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS INSTALACIONES PROVISIONALES

14.- ENCARGADO DE SEGURIDAD 14.1.- NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN DEL ENCARGADO DE SEGURIDAD 14.2.- NORMAS ESPECÍFICAS DE ACTUACIÓN DEL ENCARGADO DE SEGURIDAD

15.- LIBRO DE INCIDENCIAS 16.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES 17.- ASISTENCIA SANITARIA Y PRIMEROS AUXILIOS. BOTIQUINES. 18.- ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL

18.1.- ACCIONES A SEGUIR 18.2.- COMUNICACIONES INMEDIATAS EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL 18.3.- ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL. 18.4.- ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL 18.5.- MALETÍN BOTIQUÍN DE ASISTENCIA INMEDIATA A LOS ACCIDENTADOS DE LA OBRA

19.- NORMAS DE MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE SEGURIDAD Y SALUD 20.- CONTROL DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL IV PRESUPUESTO 1.- MEDICIONES 2.- CUADRO DE PRECIOS Nº 1 3.- CUADRO DE PRECIOS Nº 2 4.- PRESUPUESTO

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I MEMORIA

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1.- MEMORIA INFORMATIVA 1.1.- DATOS DE LA OBRA

OBJETO DEL ESTUDIO En aplicación de la legislación vigente, que se concreta en el Artículo 4 del Real Decreto 1627/97, es necesaria la redacción de este estudio de seguridad y salud. En el mismo, se detectaran los riesgos que la obra implica, se analizarán los problemas de seguridad y salud en el trabajo, se diseñaran las líneas preventivas a poner en práctica, la organización segura del trabajo, la protección colectiva y equipos de protección individual entre otros asuntos, a implantar durante todo el proceso de esta construcción de forma técnica y eficaz. Será la empresa adjudicataria la encargada de implantar en la práctica, en función de su propio proceso productivo, la metodología necesaria para realizar todos los trabajos en las debidas condiciones de seguridad y poner los medios necesarios para desarrollarlos en condiciones de salud. Por lo tanto, este Estudio de Seguridad servirá para dar directrices básicas al contratista para llevar a cabo sus obligaciones en el campo de la prevención de riesgos profesionales, facilitando su desarrollo, bajo el control de la Dirección de las Obras, a través del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de las obras. SITUACIÓN DE LAS OBRAS La actuación Proyectada contempla la aplicación de un tratamiento fotocatalítico en diversas calles del centro del distrito de Villaverde (Madrid). PERSONAL PREVISTO Para ejecutar la obra en un plazo de 3 meses se utiliza el porcentaje que representa la mano de obra necesaria sobre el presupuesto total. Para la ejecución de los trabajos desarrollados en este proyecto, en función de las actividades a ejecutar, su ubicación y la simultaneidad con otras actividades, se considera que el número medio de trabajadores interviniendo en los mismos será de 10, previéndose que no se superarán los 5 trabajadores simultáneos. − Climatología Las obras se ubican en la zona sur de la ciudad de Madrid, zona caracterizada por unos inviernos fríos y secos y unos veranos calurosos. Los vientos más comunes llegan de la cuenca del Tajo. Los del Norte enfrían el aire cálido de la cuenca y los del Sur aumentan las condiciones de humedad. Sus temperaturas varían desde los 5 grados de media en enero a los 24 de agosto. Suele nevar tres días al año entre diciembre y enero, y siguiendo con promedios, los días despejados son 130 frente a los 63 cubiertos. − Características de los productos fotocatalíticos El producto fotocatalítico a utilizar se usa para la impermeabilización y protección exterior de superficies sometidas a la agresión de contaminantes producidos por el tráfico y las industrias. Se usa en zonas de aire contaminado y en edificios y superficies que se ensucian y degradan por dicha causa (paramentos de mortero u hormigón, suelos y pavimentos porosos y pavimentos asfálticos). Minimiza la contaminación producida por óxidos de nitrógeno y azufre, por compuestos orgánicos volátiles, y tiene propiedades autolimpiantes, desodorizantes y antibacterianas. No requiere mantenimiento, siendo su efecto permanente, manteniendo las superficies tratadas limpias y evitando el crecimiento de microorganismos. Se aplica a brocha, rodillo o pistola, debiendo estar las superficies a tratar limpias y secas. Es un producto no inflamable y transpirable, permitiendo el tráfico rodado a partir de las 6-8 horas a 25ºC. No contiene compuestos tóxicos.

− Accesos a las obras Las obras proyectadas están desarrolladas en las proximidades de las vías de comunicación existentes, razón por la cual, aunque en ciertas horas estén congestionadas, los accesos son múltiples y de muy variadas características. Ello representa por una parte unos accesos rápidos, y generalmente no congestionados. − Centros asistenciales próximos. Centro Hospitalario más próximo: HOSPITAL UNIVERSITARIO 12 DE OCTUBRE Avda de Córdoba, s/n 28041 Madrid Teléfono: 913 90 80 00 1.2.- DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS

El presente Proyecto define todas las obras necesarias para la aplicación a gran escala de productos fotocatalíticos con dióxido de titanio con el objeto de determinar las propiedades descontaminantes de dichos productos en las condiciones reales de funcionamiento de los mismos en el viario público, y en infraestructuras públicas críticas en cuanto a contaminación atmosférica como son los túneles. Estos ensayos a escala real se van a realizar en diferentes calles y en un túnel situados en el Distrito de Villaverde. 1.3.- PLANIFICACIÓN DE LA SEGURIDAD AL PROCESO CONSTRUCTIVO

En este apartado se pretende definir las medidas de seguridad que se aplicarán al proceso constructivo de los capítulos más conflictivos que componen la obra. El contratista adjudicatario de la obra puede modificar dicho proceso en función de su propio proceso de producción, para ello deberá modificarlo y reflejarlo dentro del plan de seguridad. 1.4.- CAPÍTULOS DESTACABLES

- Trabajos previos. - Replanteo. - Señalización vial - Limpieza de superficies y tratamiento fotocatalítico en túnel del Espinillo. - Limpieza pavimentos y tratamiento fotocatalítico en calzada y acera. - Prefabricados: Demolición solado y aglomerado asfáltico. Colocación de adoquín y loseta hidráulica. - Gestión de residuos a vertedero. LIMPIEZA DE LAS SUPERFICIES A TRATAR

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Previamente a la aplicación de los productos fotocatalíticos en las superficies pavimentadas se procederá a su limpieza mediante agua a presión con el objeto de eliminar cualquier suciedad o impureza que pueda afectar a la adherencia o rendimiento de dichos productos. APLICACIÓN DE LOS PRODUCTOS FOTOCATALÍTICOS SOBRE LOS PAVIMENTOS La forma de aplicación de los productos fotocatalíticos sobre los pavimentos a tratar es muy importante e incide directamente en el resultado del tratamiento. Por este motivo, será el suministrador elegido el que aplique directamente el tratamiento, o bien, el que elija y coordine al aplicador, considerándose suministro y aplicación un todo a seleccionar de manera conjunta. SERVICIOS AFECTADOS E INTERFERENCIAS CONOCIDAS. No se prevé ninguna afección, debido a lo superficial del tratamiento. No obstante, el empresario contratista principal verificará la inexistencia de posibles servicios afectados, como por ejemplo líneas eléctricas aéreas. En caso contrario, antes de comenzar los trabajos, se adoptarán las medidas necesarias para evitar el riesgo de electrocución por contacto directo o por excesiva aproximación de personas o maquinaria a los cables en tensión. Se dispondrán señales que adviertan del riesgo e información sobre la prohibición de rebasar las distancias de seguridad, pórticos limitadores de altura en el paso bajo las líneas de vehículos y maquinaria móvil, resguardos, vallas y cordones de balizamiento que limiten los accesos de maquinaria y personal, encauzándolos por la zona correspondiente a las obras, etc. Cuando se vayan a realizar trabajos en la proximidad de conductores desnudos bajo tensión, se deberán seguir las siguientes indicaciones y medidas preventivas: − Se notificará a la compañía suministradora propietaria de la línea, la intención de iniciar los trabajos. − Se averiguará la tensión y en función de ésta se considerarán las distancias mínimas de seguridad para los trabajos en la proximidad de instalaciones de tensión. − En los trabajos que puedan causar riesgo de electrocución por contacto directo o indirecto con la línea eléctrica, se adoptarán las precauciones y medidas de seguridad necesarias, como por ejemplo aislar los conductores desnudos (la colocación y quitado del aislamiento deben hacerse por el propietario de la línea), limitar la zona de trabajo por barreras de protección, limitar el movimiento de traslación, de rotación y de elevación de la maquinaria mediante dispositivos de parada mecánicos − Si fuese necesario y posible, se solicitará el corte de fluido y puesta a tierra de los cables. No se realizarán trabajos en las proximidades de la línea hasta que se haya comprobado el corte de fluido y puesta a tierra. Las distancias de seguridad a conductores de líneas eléctricas en servicio, serán de acuerdo a lo indicado en el RD 614/2001, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Esta distancia de seguridad será balizada y señalizada mediante pies derechos de madera de una altura adecuada, en los que se pintará una franja de color blanco y señales de seguridad. La hilera de postes así conformada a ambos lados de la línea se unirá entre sí con cuerda de banderolas formando un entramado perfectamente visible. Se instalarán sistemas de iluminación a base de balizas, hitos reflectantes, etc., cuando el caso lo requiera. AFECCIONES A TERCEROS. Interferencias con Vías Públicas Debido a la situación de la obra, se producirá durante su transcurso movimiento de vehículos y máquinas en los accesos de la misma ocupando los viales existentes. En estas operaciones se realizarán los desvíos de vehículos y peatones necesarios, colocando señalizaciones, balizamientos, protecciones y la presencia de un vigilante que regule el paso. De acuerdo con el nivel de interferencia de los trabajos con la vía pública en servicio, el plan de seguridad y salud definirá detalladamente las medidas de balizamiento y señalización para el tráfico rodado, así como las zonas de paso y barandillas o barreras precisas para los peatones. Las señales y elementos de balizamiento a utilizar cumplirán las normas recogidas en el Pliego de Condiciones. CONTROL DE ACCESOS. Dentro de cada actividad se han incluido las medidas preventivas para evitar los riesgos a terceros, realizando a continuación una descripción general de las más importantes.

Cualquier persona ajena a la obra que se introduzca en ella puede estar sometida a los mismos riesgos que los trabajadores de la misma, con el agravante de la falta de formación. Por tanto es muy importante que nadie entre en la obra y en caso de que suceda que sea fácilmente inidentificable. Para ello resulta imprescindible la delimitación de la zona de trabajos. A lo largo del cerramiento se colocará la señalización prohibiendo el paso y avisando de los riesgos existentes en cada uno de los tajos. Todos los trabajadores de la obra deberán estar perfectamente identificados, evitando la entrada de los que no posean identificación. Otro riesgo importante al que puede verse expuesto una persona ajena a la obra es el ocasionado por la posible interferencia con la circulación de vehículos. La maquinaria y los vehículos pesados dotados de señalización acústica y luminosa de marcha atrás así como rotativo luminoso. En la obra sólo podrán conducir vehículos personas con formación suficiente y autorizados por el contratista para ello. El contratista designará a un encargado del control de accesos, el cual dispondrá de una lista del personal con autorización para la entrada. En el Plan de Seguridad y Salud se detallarán todos estos aspectos para garantizar el control de accesos tanto en la totalidad de la obra. TRABAJOS NOCTURNOS. Atendiendo al RD 1627/97, cuando se realicen trabajos nocturnos será necesario tener una iluminación artificial adecuada y suficiente durante la noche y cuando no sea suficiente la luz natural. En su caso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoques. El color utilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de las señales o paneles de señalización. Los sistemas de iluminación utilizados no deben originar riesgos eléctricos, de incendio o de explosión cumpliendo, a tal efecto, lo dispuesto en la normativa específica vigente. La iluminación de los tajos, siempre que sea posible, se efectuará cruzada con el fin de disminuir sombras. Todos los frentes de trabajo y caminos de acceso se iluminarán a lo largo de toda su longitud en intervalos de no más de 20 metros. 2.- MEMORIA DESCRIPTIVA

Identificación de los riesgos evitables en los trabajos. Los riesgos que, al iniciarse este Estudio de Seguridad y Salud, fueron estimados como evitables y que, en consecuencia, se evitaron y han desaparecido, por haberse introducido el preceptivo empleo de procedimientos, sistemas de construcción o equipos auxiliares que eliminan la posibilidad de aparición del riesgo, al anular suficientes factores causales del mismo como para que éste pueda considerarse eliminado en la futura obra, tal y como el proyecto actual la resuelve. De esta forma, la previsión reglamentaria de distinguir entre riesgos evitables y no evitables carece de aplicación concreta al estudio de seguridad y salud y debe considerarse englobada en el conjunto de normas preventivas generales que se deben de incluir en el mismo. A partir del análisis de las diferentes fases y unidades de obra proyectadas, se construyen las fichas de tajos y riesgos que no han podido ser evitados en proyecto y sobre los que es preciso establecer las adecuadas previsiones para la adopción de las medidas preventivas correspondientes. Prescripciones técnico- preventivas de carácter general.

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Con independencia de los riesgos específicos que puedan presentarse en cada una de las fases de ejecución de esta obra y que se analizan en los apartados correspondientes, existen unos riesgos que podemos denominar de tipo general y que son comunes a cada una de las fases constructivas de la misma. Por ello, se ha considerado oportuno, independientemente de lo que se establezca en el tratamiento particular de cada unidad, definir unas prescripciones preventivas de carácter general que se habrán de observar en todo el ámbito de la obra independientemente de la unidad en cuestión. Estas medidas generales serán definidas concretamente y con el detalle suficiente en el plan de seguridad y salud de la obra. 1. En evitación de los riesgos de caída al mismo nivel y pisadas sobre objetos, se determinará un programa de orden y limpieza para el conjunto de la obra en coordinación con las empresas actuantes que comprenderá como mínimo los siguientes aspectos: Almacenamiento adecuado de los materiales. − Evacuación de desperdicios, deshechos y escombros. − Prohibición de acumular materiales en zonas que puedan obstruir los accesos y salidas en los lugares de trabajo o en zonas de paso predeterminado. − Establecer un mantenimiento continuo en los lugares de paso e incluso en los propios de trabajo donde el suelo se presente resbaladizo. Las zonas de paso estarán limpias de restos de materiales y de los mismos acopios, deberán ser evidentes y definidas, señalizándolas si fuera preciso. Los accesos a una zona peligrosa se señalizarán con la prohibición de paso reglamentaria. Durante la realización de trabajos nocturnos se iluminarán las zonas de trabajo y de desplazamientos. 2. En previsión de los riesgos de caídas de objetos y cargas, el empresario deberá concretar en su plan de seguridad los sistemas que adoptará para controlar dichos riesgos. Así, se evitará, en todo momento, la existencia de cargas suspendidas sobre trabajador alguno y se contará con la documentación técnica que garantice que todos y cada uno de los procedimientos de montaje de elementos (prefabricados o no) se realizan en condiciones seguras. Para ello no sólo se deberá acreditar la estabilidad y resistencia de dichos elementos y cargas, sino que se estudiará y garantizará dicha estabilidad durante los procesos de montaje, utilización y, en su caso de desmontaje. Las herramientas que se utilicen en altura irán siempre atadas a cinturón portaherramientas o dentro de las bolsas portaherramientas. Se evitarán en lo posible trabajos simultáneos en la misma vertical, disponiéndose (de realizarse) las medidas de protección necesarias para eliminar los riesgos causados por la simultaneidad. En particular, los operarios situados en la misma vertical deberán estar advertidos de esa circunstancia. 3. En previsión del riesgo de atropello o golpes con vehículos, el empresario contratista principal deberá definir en su plan de seguridad los medios técnicos y organizativos que minimicen la afección que la circulación de máquinas y equipos pueda provocar sobre los trabajadores. Así, con carácter general, se deberá definir e implantar en obra un procedimiento que ordene el tráfico en la obra de forma que no sólo se separe el tráfico rodado del de personas sino que evite las posibles interferencias y eventuales colisiones entre los propios vehículos y máquinas de la obra. La maquinaria y equipos de trabajo que por su movilidad o por la de las cargas que desplacen puedan suponer un riesgo, en las condiciones de uso previstas, deberán ir provistos de una señalización acústica de advertencia para la seguridad de los trabajadores situados en sus proximidades. Cuando los accesos de vehículos y personas sean comunes, se delimitará por medio de vallas o medios equivalentes. Mientras no exista la señalización preceptiva en la entrada y salida de vehículos a la obra, las maniobras se dirigirán por medio de un señalista. 4. En evitación del riesgo por contactos eléctricos directos o indirectos, se establecen una serie de normas y procedimientos de prevención que el empresario contratista principal deberá concretar en su Plan de seguridad.

Se cumplirá en todo momento con el Real Decreto 614/ 2001, disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Cuando deba dejarse sin tensión una instalación ante la imposibidad de trabajar de otra manera, se observarán las Cinco Reglas de Oro: − Abrir todas las fuentes de tensión. − Enclavamiento o bloqueo si es posible, de los aparatos de corte. − Reconocimiento de la ausencia de tensión. − Poner a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de tensión. − Delimitar la zona de trabajo mediante señalización o pantallas aislantes. No se efectuarán reparaciones ni operaciones de mantenimiento en maquinaria alguna, sin haber procedido previamente a su desconexión de la red eléctrica. Si en lugar de proceder a la desconexión del cuadro eléctrico se procediera al desarme de los magnetotérmicos y diferenciales, se indicará mediante un cartel-aviso en el cuadro eléctrico la prohibición de puesta en tensión. Cuando sea necesario realizar comprobaciones de los mecanismos de protección como magnetotérmicos y diferenciales se avisará a todos los trabajadores que estuvieran utilizando conexiones al cuadro eléctrico, motivo de la revisión, para que no utilicen las herramientas portátiles, maquinaria, etc. En aquellos casos en que sea necesario que los conductores vayan por el suelo deberán estar protegidos en zonas de paso para evitar su deterioro y nunca se colocarán materiales acopiados sobre ellos. Cuando las mangueras presenten deterioro de la capa aislante de protección serán sustituidas. Los cuadros de distribución serán de tipo intemperie provistos de puerta y cerradura con llave según Norma UNE20324 y dispondrán de tomas de corriente para conexiones normalizadas para intemperie. Las tomas de energía eléctrica se harán de los cuadros de distribución, mediante clavijas normalizadas blindadas (protegidas contra contactos directos). Cada toma de corriente suministrará energía eléctrica a un solo aparato, máquina o herramienta. Los cuadros eléctricos estarán provistos de señalización indicativa de riesgo (eléctrico) e indicación de que la manipulación interior sólo puede ser realizada por personal especializado y autorizado. La instalación eléctrica dispondrá del número de interruptores automáticos que el cálculo defina como necesarios. Estos interruptores automáticos se instalarán en todas las líneas de toma de corriente de los cuadros de distribución y de alimentación a máquinas, aparatos y máquinas-herramientas de funcionamiento eléctrico. La instalación de alumbrado estará protegida por interruptores automáticos magnetotérmicos. Se comprobará de forma periódica el funcionamiento de los mecanismos de protección (magnetotérmicos y diferenciales), conexiones y toma de tierra de los cuadros eléctricos y maquinaria. No se permitirá la utilización de fusibles rudimentarios. Se utilizarán fusibles normalizados. Se conectarán a tierra las carcasas de los motores o máquinas. Se informará a los trabajadores directa o indirectamente implicados, de los riesgos existentes, la situación de los elementos en tensión, los límites de la zona de trabajo y de todas las medidas de seguridad deban adoptar para no invadir la zona de peligro, comunicándoles, además, la necesidad de que ellos, a su vez, informen sobre cualquier circunstancia que muestre la insuficiencia de las medidas adoptadas. Toda máquina eléctrica estará protegida por un interruptor diferencial. Los interruptores diferenciales cumplirán las siguientes características: − 300 mA para alimentación a maquinaria − 30 mA para alumbrado no portátil

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Los transformadores de la obra estarán dotados de una toma de tierra ajustada a los reglamentos vigentes y a las normas de la compañía eléctrica suministradora. Las partes metálicas de cualquier equipo eléctrico dispondrán de toma de tierra salvo los equipos provistos de doble aislamiento. Se instalarán tomas de tierra independientes en los siguientes casos: − Grupos electrógenos − Casetas − Instalaciones eléctricas El tendido de las mangueras de suministro eléctrico a las máquinas herramientas se realizará de forma que no coincida con las zonas de paso o de acopio de materiales, para evitar deterioro en las mismas que puedan causar accidentes por contacto eléctrico directo. Se prohibirá el tendido de cables eléctricos no normalizados y de mangueras eléctricas deterioradas, con empalmes o clavijas no ajustadas a norma. 5. En previsión de afecciones a terceros a la obra, el empresario contratista principal concretará en su plan de seguridad las medidas técnicas, preventivas y organizativas para evitar que la ejecución de las obras afecte a terceros a la obra. Así, y sin perjuicio de lo establecido en las prescripciones particulares del presente estudio, el empresario deberá establecer sistemas que eviten el acceso a la obra de personal no autorizado (sistemas de control de accesos, vallado continuo de toda la obra....) y que impidan afecciones al entorno. UNIDADES CONSTRUCTIVAS QUE COMPONEN LA OBRA: • Trabajos previos ( Replanteo y Señalización vial). • Iluminación de tajos. • Limpieza de las superficies a tratar, horizontales y verticales (túnel). • Aplicación de los productos fotocatalíticos en calzadas y aceras. • Levantado de solado de aceras con compresor. • Levantado por medios mecánicos (retroexcavadora con martillo hidráulico,...) de aglomerado asfáltico. • Colocación de adoquinado y loseta hidráulica sobre hormigón con mortero. 2.1.- TRABAJOS PREVIOS (REPLANTEO Y SEÑALIZACIÓN VIAL)

REPLANTEO DESCRIPCIÓN: Las operaciones de replanteo se llevan a cabo desde el comienzo hasta el final de todas las actividades previstas en el proyecto. Conlleva tanto la visita a la obra, como la toma de datos y la constatación con el proyecto, en fase previa al comienzo de los trabajos como a lo largo de las distintas fases de ejecución de las unidades de obra. Las operaciones de puesta de hitos y medidas referenciadas en el terreno que conforman el replanteo están realizadas por un equipo de topografía, formado generalmente por un topógrafo y dos peones. Este equipo comprueba lo estipulado en el proyecto constructivo con la situación real, decidiendo emplazamientos de los nuevos equipos tanto en campo como en cabina, realización de obra civil, tendido de cables… MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS: − Vehículo de transporte − Aparatos topográficos.

− Herramientas Manuales RIESGOS: − Caída al mismo nivel. − Caída de objetos por desplome o derrumbamiento. − Caída de objetos en manipulación. − Pisadas sobre objetos. − Proyección de fragmentos y partículas. − Atropellos o golpes con vehículos. − Golpes y cortes por objetos y herramientas. − Contactos eléctricos. MEDIDAS PREVENTIVAS: - El vehículo utilizado para el transporte del equipo y aparatos, será revisado con periodicidad y conducido normalmente por un mismo operario. - Alojar adecuadamente los equipos de topografía en los vehículos de transporte, evitando que puedan moverse y sean causa de lesiones a los propios ocupantes del vehículo. - Antes del inicio de los trabajos de campo, se realizará un recorrido con objeto de señalar los lugares de observación y los recorridos a realizar, detectando los posibles peligros (desniveles, pozos, etc.) y la forma de evitarlos o eliminarlos. - Los vehículos se aparcarán fuera de calzadas y arcenes de vías públicas. - Cuando exista riesgo por contacto eléctrico y sea necesario el uso de la cinta métrica para estos trabajos, éstas serán no metálicas. - La elección de las bases de replanteo y los puntos de medida se realizará en todo momento atendiendo al relieve del terreno, serán rechazados aquellos en los que su acceso o permanencia suponga un riesgo para el trabajador. - Debe evitarse la estancia en zonas donde puedan caer objetos, por lo que se avisarán a los equipos de trabajo para que eviten acciones que puedan dar lugar a proyección de objetos o herramientas mientras se esté trabajando en esa zona. - En tajos donde la maquinaria esté en movimiento y en zonas donde se aporten materiales mediante camiones, se evitará la estancia de los equipos de replanteo, respetando una distancia de seguridad tal que los trabajadores queden en todo momento fuera del radio de acción de aquellas. - Será preceptivo el uso de cintas métricas y demás útiles de topografía de material no conductor y carecer, en lo posible, de partes metálicas u otros materiales capaces de crear campos de electricidad estática. - Se tendrá especial precaución de mantener la distancia de seguridad con respecto a líneas aéreas. - Deben evitarse el uso de los punteros que presente deformaciones en la zona de golpeo, por tener el riesgo de proyección de partículas de acero, en cara y ojos. Se usarán gafas antipartículas, durante estas operaciones. PROTECCIONES COLECTIVAS: - Jalón dieléctrico. PROTECCIONES INDIVIDUALES: - Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471. - Casco de seguridad (cuando exista riesgo de golpes en la cabeza). - Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada. - Guantes contra agresiones mecánicas.

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- Gafas de protección antimpactos (cuando proceda). SEÑALIZACIÓN PROVISIONAL: MONTAJE Y RETIRADA DE LA SEÑALIZACIÓN EN VÍAS PÚBLICAS. DESCRIPCIÓN La señalización provisional de obra a colocar durante la ejecución de los trabajos no es objeto de este documento, aunque se trata este tema por la protección que pueden dar a los trabajadores, por lo que interesa la señalización provisional como elemento de limitación de las zonas de obra y disminución del riesgo de atropello. La principal referencia que se hace sobre la señalización de obra, es la prohibición de ejecutar cualquier trabajo con la presencia de circulación, para ello se planificarán los mismos de tal manera que la primera actividad a ejecutar antes de cualquier trabajo sea la colocación de la señalización correspondiente para desviar el tráfico de la zona a ocupar, de acuerdo con la 8.3-.I.C. y con la Ordenanza Reguladora la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos del Ayuntamiento de Madrid. El Contratista elaborará unos planos de señalización de obra. Sí es objeto de este documento el proceso de colocación y retirada de la señalización, como actividad a realizar en el proceso de la obra. La señalización de obra está prevista para que dadas las condiciones de la obra, y la necesidad de mantener el tráfico rodado por la carretera, existan las mínimas situaciones de riesgo tanto para los trabajadores de la obra como para los usuarios de la vía. Antes de iniciar los trabajos en un tajo próximo a la carretera, esta deberá estar debidamente señalizada. De igual forma, cuando deje de existir la causa de la señalización, esta se retirará inmediatamente. La señalización a colocar deberá estar en perfectas condiciones de conservación y limpieza. Toda señal que implique una prohibición u obligación deberá ser repetida a intervalos de 1 minuto y anulada en cuanto sea posible. Se anulará la señalización permanente cuando ésta no sea coherente con la de obra, mientras ésta esté en vigor. PROCEDIMIENTO DE COLOCACIÓN DE LA SEÑALIZACIÓN. Se colocará un remolque de señalización previamente a la colocación de la primera señal. Un operario a pie en cada arcén y con chaleco reflectante, irán levantando las señales, en el sentido que el trabajador quede protegido por la señal anteriormente colocada, en el orden en que el conductor se la vaya a encontrar. Para la colocación de los paneles direccionales y de los elementos de balizamiento se colocará un señalista dotado de “bandera roja” (TM-1), que llamará la atención de los conductores para que aminoren la velocidad y abandonen el carril que será cortado. PROCEDIMIENTO DE RETIRADA DE LA SEÑALIZACIÓN. Una vez acabados los trabajos, se procederá a retirar la señalización y los elementos de balizamiento, una vez despejada la vía, en el orden inverso al de su colocación, es decir, de la forma siguiente: Primero se retirarán los elementos de balizamiento y todas las señales de delimitación de la zona de obras, cargándolas en el vehículo de que estará estacionado en el arcén derecho, si la zona de obras está en el carril de marcha normal, y en el izquierdo, si la zona de obras está en el carril rápido. Una vez retiradas estas señales, se procederá a retirar las de desviación del tráfico, con lo que la calzada quedará libre. Deberán tomarse las mismas precauciones que en el caso de la colocación de las mismas, permaneciendo siempre el operario en la parte de la calzada aislada al tráfico. Siempre en la ejecución de una operación hubiera que ocupar parcialmente el carril de marcha normal, se colocará previamente la señalización prevista en el caso de trabajos en este carril ocupándolo en su totalidad, evitando dejar libre al tráfico un carril de anchura superior a las que establezcan las marcas viales, ya que podría inducir a algunos usuarios a eventuales maniobras de adelantamiento. Al finalizar los trabajos se retirarán todos los materiales dejando la zona limpia y libre de obstáculos que pudieran representar algún peligro para el tráfico.

Queda terminantemente prohibido el atravesar las vías abiertas al tráfico por lugares no permitidos para ello. MANO DE OBRA ESTIMADA - 3-4 trabajadores. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Camión de transporte RIESGOS − Atropello o golpes con vehículos − Caída al mismo nivel − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Todo el personal que se dedica a las tareas de señalización será personal especializado, y deberá llevar un chaleco con bandas reflexivas de alta visibilidad, según la norma UNE-EN-471 − La colocación de las señales siempre será en sentido tal que el trabajador quede protegido por otra. − La retirada se llevará a cabo en sentido inverso al del montaje. − Los remolques de señalización con chasis deberán de estar equipados de, como mínimo, un bastidor trasero TB-14 con tres focos de xenón flash sincronizadas y un bastidor para señales en la parte inferior amarrado al chasis. − Todas las señales y paneles direccionales se colocarán siempre perpendiculares al eje de la vía, nunca inclinadas o giradas. − Se usarán conos reflectantes acordes a las características del vial, pero nunca inferiores a 60 cm, colocados entre 5 y 20 metros uno del otro, e incluso más cercanos si las condiciones del trabajo lo exigiesen. − Si los trabajos se ejecutan en horario nocturno, se llevarán a cabo extremando las medidas de seguridad y se reforzará la señalización con balizas luminosas. En el caso de que la iluminación de la zona resulte insuficiente, se complementará con focos, de tal manera que no se deslumbre a los vehículos que circulen por la vía. − En el Plan de Seguridad redactado por el contratista se deberá establecer la zona de aparcamiento para los vehículos que accedan a la obra, y el modo de acceder de los mismos. − Se prohíbe que ningún operario transporte una señal atravesando zonas abiertas al tráfico. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Guantes contra agresiones mecánicas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 2.2. ILUMINACIÓN DE LOS TAJOS

DESCRIPCIÓN Se ha previsto la instalación de equipos de iluminación en todos los tajos en que se necesite, por lo que se tendrá en cuenta los posibles riesgos. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS

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− Grupo electrógeno − Herramientas manuales RIESGOS − Caída a distinto nivel − Caída al mismo nivel − Caída de objetos en manipulación − Contactos eléctricos − Incendios − Polvo − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − Toda instalación eléctrica será realizada por electricistas con formación y categoría necesaria. − La iluminación de los tajos será siempre la adecuada para realizar los trabajos con seguridad. Esta se hará mediante proyectores ubicados sobre "pies derechos" firmes. − La iluminación mediante portátiles se hará con portalámparas estancos de seguridad con mango aislante, rejilla protectora de la bombilla dotada de gancho de cuelgue a la pared, manguera antihumedad, clavija de conexión normalizada estanca de seguridad, alimentado a 24 voltios. − La iluminación de los tajos, siempre que sea posible, se efectuará cruzada con el fin de disminuir sombras. − Las zonas de paso de la obra estarán permanentemente iluminadas evitando rincones oscuros. − Al realizar el diseño de la iluminación se incluirá un sistema de iluminación de emergencia. − Todos los frentes de trabajo y caminos de acceso a dichas áreas se iluminarán a lo largo de toda su longitud en intervalos de no más de 20 m, usando lámparas de más de 100 W. − En aquellos lugares donde pueda existir gas inflamable, el espacio entre lámparas puede incrementarse en no más de 6 m. − Cualquier área de trabajo en zonas con riesgo grave de caída en altura, se señalizará mediante luces intermitentes. − Toda máquina de perforación, carga o transporte debe tener una iluminación adecuada para realizar el trabajo con comodidad y exactitud. Además, debe llevar otro tipo de iluminación secundaria para alertar de la presencia de la máquina y de las posibles maniobras que pueda realizar. − Cuando se usa maquinaria estacionaria, el área se debe iluminar de tal manera que puedan verse las partes móviles. El nivel de luminiscencia recomendado es de 160 lux en aquellas partes móviles. − Cuando en los trabajos del túnel se observen cantidades de gases peligrosas, únicamente se usarán aparatos eléctricos y lámparas especialmente diseñados para estas condiciones. − En trabajos nocturnos, presentan el problema añadido de conseguir una iluminación adecuada, tanto en la zona de trabajo como en los desplazamientos. En la zona de trabajo suele estar bastante resuelto mediante equipos con generadores autónomos para cada brigada. Para los operarios, en el tiempo de desplazamiento y en los momentos en que su puesto de trabajo no esté en la zona de máxima iluminación de la brigada, lo más eficaz es una linterna incorporada al casco, preferiblemente a la linterna habitual de mano. − Cuando hay instalación eléctrica alimentada por un grupo electrógeno autónomo, la protección que se adoptará contra los riesgos de contactos indirectos se hará extensiva además de todos los receptores, equipos y masas de la instalación, a las masas del grupo y sus equipos auxiliares susceptibles de adquirir tensiones peligrosas respecto a tierra al nivel exigido para los receptores.

− Las distribuciones a los diferentes cuadros, cuando sea posible se realizará de forma aérea para evitar paso continuado de maquinaria móvil por encima de las mangueras eléctricas produciendo el consiguiente deterioro o enterrarlos protegidos. − La manipulación de cuadros o elementos que puedan permanecer en tensión se realizará con guantes de protección dieléctrica. − Están prohibidos los empalmes confeccionados con cintas aislantes, estableciendo prolongadores mediante clavijas móviles estancas. − Toda conexión eléctrica se realizará mediante clavijas, impidiendo las conexiones directamente con los conductores. − Se exigirá que todas las mangueras contengan el conductor correspondiente a tierra. − Se comprobará periódicamente la efectividad de las protecciones. − Se exigirá limpieza de los cuadros que permanecerán cerrados permanentemente. − Una vez terminado el trabajo se desconectará la máquina o herramienta. PROTECCIONES COLECTIVAS, SEÑALIZACIÓN, BALIZAMIENTO Y OTROS − Señalización y balizamiento de tráfico − Valla de contención de peatones EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad para baja tensión. − Casco de seguridad − Guantes contra riesgos eléctricos (baja tensión). − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 2.3.- LIMPIEZA DE LAS SUPERFICIES A TRATAR HORIZONTALES Y VERTICALES(TÚNEL)

DEFINICIÓN Consisten estos trabajos en limpiar con agua a presión, por medios manuales o mecánicos, las superficies objeto del tratamiento fotocatalítico. MANO DE OBRA ESTIMADA - 2-3 trabajadores. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Equipo de limpieza con agua a presión. − Cuba de agua. − Plataforma elevadora (si fuese necesario). RIESGOS MÁS FRECUENTES − Caída al mismo nivel. − Caída a distinto nivel. − Vuelcos de maquinaría y vehículos. − Pisadas sobre objetos

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− Choques contra objetos inmóviles − Choques contra elementos móviles de las máquinas − Atrapamiento por vuelco de máquinas − Sobreesfuerzos − Proyección de fragmentos y partículas. − Contactos eléctricos − Atropellos, golpes o choques contra vehículos NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD − Se señalizará y balizará la zona de trabajo, acotando la misma. − Se señalizará la obra con las señales de advertencia, prohibición y obligación en su acceso y, complementariamente, en los tajos que se precise. − En los lugares donde no se pueda acceder a la estructura desde nivel de suelo, se empleará plataforma elevadora para los trabajos realizados en altura. − Queda prohibida la permanencia de personas en el radio de acción de la plataforma elevadora y en la vertical de los trabajos. − Durante los trabajos sólo permanecerán en el lugar de los trabajos los trabajadores imprescindibles y siempre existirá un encargado de los trabajos que coordine los mismos. − Debe procurarse la mínima presencia de trabajadores alrededor de las máquinas. − Debe prohibirse la presencia de trabajadores en el radio de giro de las máquinas, prohibición que debe señalizarse en la parte exterior de la cabina del conductor. − Se mantendrá el orden y limpieza en el recinto y con especial atención en las zonas de tránsito de trabajadores. − Se evitarán posturas incómodas para el trabajador, procurando una rotación de los trabajos. − Queda prohibido quitar o destruir las protecciones instaladas en los equipos de trabajo. − Toda la maquinaria y los equipos de trabajo se utilizarán de acuerdo a lo establecido en el manual del fabricante y el mantenimiento y reparación serán realizados por personal especializado y, en su caso, con el motor parado. − Las lanzas de agua a presión dispondrán de dispositivo de hombre muerto para evitar situaciones accidentales. Este dispositivo de seguridad se revisará periódicamente por parte del operario responsable del manejo del equipo. − Todos los trabajadores estarán instruidos de los riesgos que implica su trabajo, de la forma de proceder para realizarlo y de la obligación que tienen de cumplir las indicaciones referentes a seguridad. − Los trabajadores dispondrán de una autorización de uso de aquellos equipos de trabajo que deban utilizar. − Todos los trabajadores que realicen trabajos en altura sobre plataforma elevadora contarán con formación específica para ello. − Durante los trabajos si existe riesgo de contacto eléctrico se cortará tensión en la zona de los trabajos. Si se dejara en tensión parcialmente, deberá señalizarse y proteger el acceso a las zonas en tensión, y mantener una distancia de seguridad suficiente con los elementos en tensión. Se dispondrán los elementos suficientes para evitar que el agua a presión toque cualquier zona en tensión. − Si por necesidades de trabajo hay que retirar alguna protección colectiva, deberán adoptarse las medidas de protección necesarias en tanto en cuanto se reponga la protección retirada. En cualquier caso, la protección colectiva retirada deberá reponerse lo antes posible y siempre antes de ausentarse del trabajo.

− El encargado explicará los riesgos y medidas de protección y prevención a adoptar en función de los trabajos a realizar. Éste deberá inspeccionar las estructuras de trabajo para prevenir fallos o faltas de medidas de seguridad. Igualmente, comprobará antes de iniciar el trabajo que los dispositivos de seguridad están en perfecto estado. Asegurará su mantenimiento periódico y comprobará su perfecto estado de forma previa al inicio de los trabajos. − El contacto entre el chorro de agua y el suelo se intentará realizar lo más lejos posible del operario. − Los operarios irán provistos de gafas de seguridad integrales de protección frente a proyección de partículas y fluidos. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad impermeable. − Casco de seguridad − Guantes contra agresiones mecánicas. − Gafas antiproyecciones. − Protección facial (en caso necesario). − Ropa de trabajo apropiada para los trabajos a realizar. − Protectores auditivos (en caso necesario). − Arnés de seguridad (en el caso del uso de plataformas elevadoras). − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 2.4.- APLICACIÓN DEL TRATAMIENTO FOTOCATALÍTICO

DEFINICIÓN Consistirán los trabajos a efectuar en la extensión del producto fotocatalítico sobre el pavimento de acera o calzada, bien mediante camión cisterna o bien mediante pistola a presión. MANO DE OBRA ESTIMADA - 2-3 trabajadores. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Equipo de lanza a presión. − Camión cisterna. − Plataforma elevadora (si fuese necesario). RIESGOS MÁS FRECUENTES − Caída de personas a distinto nivel. − Caída de personas al mismo nivel. − Choques contra objetos inmóviles − Choques contra elementos móviles de las máquinas − Atrapamiento por vuelco de máquinas − Sobreesfuerzos − Vibraciones.

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− Ruido. − Proyección de fragmentos y partículas. − Contacto con productos químicos. MEDIDAS PREVENTIVAS − Se señalizará la salida de camiones a la vía pública. − Por los riesgos derivados de las partes móviles de las máquinas, no habrá nadie situado dentro del radio de acción de las mismas. − Se cuidará al máximo la fatiga del personal al manejo de las máquinas disponiendo de medios adecuados de protección contra vibraciones, ruidos, polvo y temperatura. − En los lugares donde no se pueda acceder a la estructura desde nivel de suelo, se empleará plataforma elevadora para los trabajos realizados en altura. − Queda prohibida la permanencia de personas en el radio de acción de la plataforma elevadora y en la vertical de los trabajos. − Durante los trabajos sólo permanecerán en el lugar de los trabajos los trabajadores imprescindibles y siempre existirá un encargado de los trabajos que coordine los mismos. − Se mantendrá el orden y limpieza en el recinto y con especial atención en las zonas de tránsito de trabajadores. − Queda prohibido quitar o destruir las protecciones instaladas en los equipos de trabajo. − Toda la maquinaria y los equipos de trabajo se utilizarán de acuerdo a lo establecido en el manual del fabricante y el mantenimiento y reparación serán realizados por personal especializado y, en su caso, con el motor parado. − El equipo de lanza a presión dispondrán de dispositivo de hombre muerto para evitar situaciones accidentales. Este dispositivo de seguridad se revisará periódicamente por parte del operario responsable del manejo del equipo. − Todos los trabajadores estarán instruidos de los riesgos que implica su trabajo, de la forma de proceder para realizarlo y de la obligación que tienen de cumplir las indicaciones referentes a seguridad. − Los trabajadores dispondrán de una autorización de uso de aquellos equipos de trabajo que deban utilizar. − Todos los trabajadores que realicen trabajos en altura sobre plataforma elevadora contarán con formación específica para ello. − Durante los trabajos si existe riesgo de contacto eléctrico se cortará tensión en la zona de los trabajos. Si se dejara en tensión parcialmente, deberá señalizarse y proteger el acceso a las zonas en tensión, y mantener una distancia de seguridad suficiente con los elementos en tensión. Se dispondrán los elementos suficientes para evitar que el producto utilizado toque cualquier zona en tensión. − Si por necesidades de trabajo hay que retirar alguna protección colectiva, deberán adoptarse las medidas de protección necesarias en tanto en cuanto se reponga la protección retirada. En cualquier caso, la protección colectiva retirada deberá reponerse lo antes posible y siempre antes de ausentarse del trabajo. − Los operarios irán provistos de gafas de seguridad integrales de protección frente a proyección de partículas y fluidos y guantes de seguridad contra productos químicos. − Se seguirán en todo momento las instrucciones de uso proporcionadas por el fabricante del producto fotocatalítico. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad impermeable. − Casco de seguridad − Guantes contra agresiones mecánicas.

− Guantes de seguridad contra productos químicos. − Gafas de protección contra líquidos y partículas. − Protección facial (en caso necesario). − Ropa de trabajo apropiada para los trabajos a realizar. − Arnés de seguridad (en el caso del uso de plataformas elevadoras). − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 2.5.- LEVANTADO DE SOLADO DE ACERAS CON COMPRESOR.

DESCRIPCIÓN Se realizará el levantado tanto por medios manuales como utilizando martillo neumático en caso necesario (dureza,…), posteriormente, los escombros se cargarán en un contenedor y se llevarán a vertedero. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Herramientas manuales − Compresor − Martillo neumático − Camión de transporte. RIESGOS − Caída al mismo nivel − Caída de objetos en manipulación − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Pisadas sobre objetos − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Antes de proceder al inicio de los trabajos, se realizará un plan de actuación describiendo el orden de las fases de ejecución así como las áreas afectadas por las demoliciones para proceder a su delimitación mediante vallas de obra y señalización. − Cuando se proceda al levante de baldosas o bordillos, se procurará no dejar escalones en zonas de paso, en caso contrario, se señalizará y delimitará la zona. − Los escombros se apilarán ordenadamente para su posterior evacuación. Queda prohibido el acopio de materiales en las proximidades de huecos. − Mantener la superficie de trabajo libre de herramientas y obstáculos. − Antes de recoger los desechos, inspeccionarla a fin de detectar bordes cortantes, etc... − Si es necesario, se regarán los elementos a demoler y escombros para evitar la producción de polvo.

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− El contenedor de escombros se ubicará en zonas alejadas de los trabajadores y zonas de paso de peatones. − En el caso de utilizar martillo neumático para levantar o demoler baldosas o bordillos, queda prohibido abandonar éste hincado en el suelo o conectado al circuito de presión. − Se procurará no apoyar el cuerpo sobre el martillo y evitar apoyarse a horcajadas sobre la culata de apoyo, reduciendo así las vibraciones trasmitidas al trabajador. − La zona afectada por posibles proyecciones de fragmentos permanecerá balizada y no deberá haber nadie en dicha zona excepto el trabajador que opera con el martillo. En caso de que tengan que estar otros trabajadores en la zona afectada, deberán llevar los mismos EPI´s que el trabajador que usa dicho martillo. − El compresor se colocará en una zona bien ventilada y lo más alejado posible de del lugar de manejo del martillo para evitar los gases del escape y la conjunción del ruido ambiental producido respectivamente. − En el caso de utilización de bajantes de los escombros se ubicarán en zonas alejadas de los pasos habilitados para los trabajadores. − No se realizarán trabajos superpuestos. En el caso que sea necesario trabajar a distintos niveles se adoptarán las precauciones necesarias para evitar la caída de objetos y material a los niveles inferiores. − Se evitarán los movimientos de torsión o de flexión del torso así como movimientos bruscos de la carga que puedan entrañar un riesgo de lesión dorso-lumbar. Reducir los movimientos repetitivos. − Para transportar manualmente los bordillos levantados, se utilizarán útiles adecuados manejados por dos operarios como mínimo. El troceo de un elemento mayor, se realizará por piezas de tamaño manejable por una sola persona. − Evitar recorrer grandes distancias de elevación, descenso o transporte de cargas. − La salida de los camiones de transporte de la zona de obras de forma que no suponga un riesgo para el tráfico de vehículos y peatones de la zona, debiendo disponer de un señalista en caso necesario para facilitar su salida. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Gafas de protección antimpactos. − Guantes contra agresiones mecánicas − Mascarilla de protección contra partículas − Protectores auditivos 2.6.- LEVANTADO POR MEDIOS MECÁNICOS DE AGLOMERADO ASFÁLTICO

DESCRIPCIÓN Demolición de firmes bituminosos, mediante el empleo de fresadoras o martillos rompedores, para su posterior carga y transporte a vertedero autorizado. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Camión de transporte − Compresor − Fresadora de pavimentos

− Retroexcavadora RIESGOS − Atrapamiento − Atropello o golpes con vehículos − Contactos eléctricos − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS El plan de seguridad y salud de la obra contendrá, al menos, los puntos siguientes: − Orden y método de realización del trabajo: maquinaria y equipos a utilizar. − La zona de actuación deberá permanecer ordenada, libre de obstáculos y limpia de residuos. − Vallado o cerramiento de la obra y separación de la misma del tráfico urbano. − Establecimiento de las zonas de estacionamiento, espera y maniobra de la maquinaria. − Métodos de retirada periódica de materiales y escombros de la zona de trabajo. − Delimitación de áreas de trabajo de máquinas y prohibición de acceso a las mismas. − Obtención de información sobre conducciones eléctricas y de agua y gas bajo el firme. − Previsión de pasos o trabajo bajo líneas eléctricas aéreas con distancia de seguridad. − Previsión de la necesidad de riego para evitar formación de polvo en exceso. − Medidas para evitar la presencia de personas en zona de carga de escombros con pala a camión. − El contratista analizará la salida de los camiones de transporte de la zona de obras de forma que no suponga un riesgo para el tráfico de vehículos y peatones de la zona, debiendo disponer de un señalista en caso necesario para facilitar su salida. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad. − Gafas de protección antimpactos. − Guantes contra agresiones mecánicas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 − Protectores auditivos 2.7.- COLOCACIÓN DE ADOQUINADO Y LOSETA HIDRÁULICA SOBRE HORMIGÓN CON MORTERO.

DESCRIPCIÓN Se realiza el acabado superficial sobre solera de hormigón, mediante adoquinado o loseta hidráulica. MANO DE OBRA ESTIMADA

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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− 2 trabajadores. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES PREVISTOS − Hormigonera eléctrica manual − Radial. − Herramientas manuales. RIESGOS − Atropello o golpes con vehículos − Caída al mismo nivel − Caída de objetos en manipulación − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Pisadas sobre objetos − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido − Contacto con sustancias cáusticas o corrosivas. − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Antes de iniciar el solado, se barrerá la zona, con el fin de evitar el polvo. Se rociará con agua la zona antes de barrer. − El corte de las piezas se ejecutará en locales abiertos a la intemperie, para evitar las lesiones por respirar aire con polvo en suspensión. − El corte de piezas de pavimento se ejecutará preferiblemente en vía húmeda. Si no fuera posible, el corte de piezas de pavimento en vía seca se efectuará situándose el cortador a sotavento − Cuando esté en fase de pavimentación un lugar de paso y comunicación interno de obra, se cerrará el acceso indicándose itinerarios alternativos mediante señales de dirección obligatoria. − En los lugares de tránsito de personas se acotarán con cuerda de banderolas las superficies recientemente soladas. − Las piezas de pavimento se desplazarán hasta el lugar en que se va a emplear dentro de las cajas de suministro que no se romperán hasta la hora de utilizar su contenido. − Usar solamente herramientas eléctricas que cuenten con sus protecciones y cables, enchufes y extensiones en buen estado. Cualquier reparación eléctrica debe de hacerla un electricista. − Comprobar la colocación de los resguardos y protecciones de seguridad antes de utilizar radiales, hormigonera eléctrica,... − Las cajas o paquetes de pavimento nunca se dispondrán de forma que obstaculicen los lugares de paso. − Las arquetas y en general cualquier hueco existente en la zona que se va a solar, se protegerán mediante barandilla o similar, con el fin de evitar caídas, tropiezos, esguinces, etc. − El transporte de sacos de aglomerado se realizará preferentemente sobre carretilla de mano para evitar sobreesfuerzos. − Para evitar las caídas por resbalones o pisadas sobre objetos inestables o cortantes, limpiar los tajos de “recortes” y “desperdicios de pasta”.

− Al realizar actividades de levantamiento de cargas: evitar las repeticiones sin intervalos de descanso, asegurarse de doblar las rodillas para recoger las cargas del suelo y evitar girar el tronco con cargas en los brazos. − La altura de puesta en obra del hormigón será tal que se eviten salpicaduras a los operarios. Se evitará el contacto del mortero con la piel del operario. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Cinturón de protección dorso-lumbar − Gafas de protección antimpactos. − Guantes contra agresiones mecánicas − Guantes de seguridad contra productos químicos. − Mascarilla de protección contra partículas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 3.- MAQUINARIA DE OBRA Y HERRAMIENTAS CONDICIONES COMUNES RELATIVAS A LA MAQUINARIA PREVISTA. (MEDIDAS PREVENTIVAS GENERALES ANTE EL EMPLEO DE MAQUINARIA) El empleo de la maquinaria en general, con razonable independencia del tipo que se trate, requiere del cumplimiento de una serie de obligaciones y medidas preventivas en su uso y que afectan tanto al contratista respecto de los trabajadores como a los propios usuarios de las mismas. Para que una máquina pueda comercializarse y ponerse en servicio, deberá ir acompañada de una Declaración CE de Conformidad y ostentar el Marcado CE. La Declaración CE de Conformidad es el procedimiento de certificación por el cual el fabricante declara que las máquinas comercializadas satisfacen todos los requisitos esenciales de seguridad y salud correspondientes. Dispondrá de manual de uso y mantenimiento, que estará en la propia maquinaria y será conocido por el operario que la emplee. El maquinista estará autorizado por el propietario de la maquina para el manejo de la misma, sin perjuicio de otras exigencias legales relacionadas, como son el carné habilitador o las autorizaciones de circulación o acceso. Si se trata de un vehículo homologado para la circulación por carreteras, contará asimismo con los seguros y revisiones necesarias. Únicamente podrán emplear maquinaria aquellos trabajadores instruidos en el uso de la misma, conozcan los riesgos que supone su utilización, y sean perfectos conocedores de las medidas preventivas y en su caso protecciones que deban utilizar. El contratista debe documentar este hecho. El conductor conocerá las posibilidades y los límites de la máquina de cara a las maniobras. Toda maquinaria deberá contar con su correspondiente libro de mantenimiento, debidamente cumplimentado y al día. Esto presupone el correcto mantenimiento de la misma, el cual deberá ser efectuado por un especialista. Sin perjuicio de lo anterior, los equipos de trabajo, con carácter general deberán ser inspeccionados al inicio de la jornada. Así, se observará la existencia de fugas de aceite, piezas aparentemente en mal estado…Se revisarán las luces, tanto de posición como de alumbrado, de emergencia, gálibo y otras necesarias para la circulación. Se comprobarán los niveles de agua, aceite…

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En las máquinas que se desplacen sobre neumáticos, se comprobará con frecuencia el correcto estado de los mismos, desechando aquellos que se observen excesivamente desgastados, o presenten cortes profundos. Los puestos de conducción estarán limpios y ordenados, evitándose tanto la acumulación de trapos como de herramientas. Únicamente se podrán emplear las máquinas en los usos legalmente reconocidos, y en las condiciones previstas por los fabricantes plasmadas en sus manuales. Los conductores de la maquinaria deben emplear siempre botas de seguridad y ropa de trabajo sin elementos sueltos que puedan ser atrapados por partes en movimiento. En las zonas con riesgo de arrollamiento, siempre serán prendas de alta visibilidad, de color amarillo con bandas reflectantes, cumpliendo UNE-EN-471. El maquinista obligatoriamente permanecerá en su puesto mientras esté en funcionamiento el motor de su máquina. Se prohíbe sobrecargar los vehículos por encima de la carga máxima admisible, que llevan escrita de forma legible. Se prohíbe el transporte de personal fuera de las cabinas de conducción y/o en número superior a los asientos existentes en el interior. Antes del inicio de las maniobras, el maquinista deberá comprobar la ausencia de personal a pie u otras máquinas que entorpezcan el movimiento y efectuará una señal sonora. Cualquier movimiento que se realice sin la completa visibilidad del conductor debe ser paralizado en tanto no exista el apoyo de un señalista de maniobras. El estacionamiento de la maquinaria se realizará en zonas previamente decididas, horizontales, y calzado las ruedas de los vehículos. El repostaje de combustible en las máquinas con motor de explosión se realizará siempre con el motor parado, las luces apagadas y observándose la prohibición de emplear tanto el teléfono móvil como fumar tabaco. Todas las máquinas contarán con extintor al día de las revisiones. Los maquinistas autorizados habrán sido instruidos en su uso. En las reparaciones que se realicen en la propia obra se tendrán en cuenta las siguientes observaciones: − Estabilizar la máquina, bloqueando todas las partes móviles de la misma. − Desconexión de la batería para evitar arranques no deseados. − No emplear llamas para iluminar partes del motor. − Las reparaciones deberán efectuarlas trabajadores expertos. Los conductores de la maquinaria no podrán ingerir bebidas alcohólicas antes ni durante el trabajo. Asimismo, se cuidará el manejo cuando se estén tomando fármacos que puedan alterar la capacidad de atención y/o reflejos del conductor. MAQUINARIA Y MEDIOS AUXILIARES A EMPLEAR EN LA OBRA 3.1.- APARATOS TOPOGRÁFICOS

RIESGOS − Atrapamiento − Caída al mismo nivel − Contactos eléctricos − Contactos térmicos − Golpes y cortes por objetos y herramientas

− Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − El uso exclusivo de los aparatos se realizará por personas competentes y específicamente designadas para ello. − Durante el transporte, alojar adecuadamente los equipos de topografía, evitando que puedan moverse y sean causa de lesiones a los propios ocupantes del vehículo. − Los desplazamientos se realizarán por los lugares más seguros y de piso más regular. No se realizarán desplazamientos de operarios por el talud de la banqueta de la vía ni por los carriles; evitando pisar sobre las traviesas así como las zonas de grasa procedente de los engrasadores o inundadas de la vía. − Será preceptivo el uso de cintas métricas y demás útiles de topografía de material no conductor (jalones dieléctricos,…) y carecer, en lo posible, de partes metálicas u otros materiales capaces de crear campos de electricidad estática. − Si se usan aparatos láser, se informará al personal de los riesgos de lesiones oculares en caso de exposición, el ojo, con el fin de que no fijen la vista voluntariamente en el rayo luminoso. − En el caso totalmente desaconsejado de tener que trabajar necesariamente en la zona de visionado del láser, se utilizarán gafas especiales de protección, de tipo reflectante o absorbente, concebidas para detener un rayo láser de determinada longitud de onda y de densidad óptica adecuada. − Se deberá estacionar el aparato siempre que sea posible de forma que no pueda incidir en la vista de los operarios. Esta posición será función de la naturaleza de los trabajos; por ejemplo, si un láser está materializando un plano horizontal de referencia, se colocará a una altura de 2 metros sobre la superficie de trabajo. − Protección diferencial de 30 mA, en caso de que el aparato esté alimentado a 220V y puesta a tierra de las masas metálicas. − El uso de miras, blancos fijos o detectores facilitarán el marcaje del rayo luminoso. − Se colocará la señalización normalizada que indica que hay un aparato láser en funcionamiento, delimitando el acceso a la zona. − Se eliminarán superficies brillantes para evitar el rebote a zonas no protegidas. − No se desplazará en ningún caso un aparato en funcionamiento. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Gafas de protección antimpactos. − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 3.2.- CAMIÓN DE TRANSPORTE

RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Contactos eléctricos − Contactos térmicos − Exposición a sustancias nocivas o tóxicas − Exposición a vibraciones

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− Incendios − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − Para bajar o subir de la cabina se efectuará por los peldaños y asideros dispuestos para tal fin, y siempre se realizará de forma frontal (mirando hacia el interior de la cabina) agarrándose con ambas manos. − Los desplazamientos del camión se adecuarán a la señalización de la obra a tal efecto. − A fin de evitar atropellos en las maniobras de marcha atrás todas estas máquinas estarán dotadas de luz y bocina para esa marcha. − La conducción en las inmediaciones de zanjas, taludes y alteraciones del terreno que puedan implicar el riesgo de vuelco, se efectuará a una distancia mínima de seguridad de 2 metros, garantizando ésta mediante topes, y debiendo señalizarse convenientemente. Dichas maniobras serán dirigidas por personal debidamente autorizado por la empresa contratista. − Previamente a efectuar cualquier operación de carga o descarga, se enfrenará debidamente el camión y en caso necesario se utilizarán calzos de inmovilización de las ruedas. La carga se dispondrá en la caja de modo uniforme y anclado (en caso necesario) para evitar descompensaciones y desprendimientos de la misma. − Al efectuarse las operaciones de carga, en todos los vehículos dotados de visera protectora, el conductor del vehículo permanecerá dentro de la cabina. En todos los vehículos no dotados de esta protección, el conductor permanecerá fuera a distancia conveniente que impida el riesgo de caída de materiales. − El colmo máximo permitido para los materiales sueltos tendrá una pendiente inferior al 5% y se cubrirá con lona. − Las labores de repostado de combustible se realizarán en zonas alejadas de cualquier foco de calor o elemento que pueda producir ignición del carburante, quedando prohibido fumar en sus inmediaciones (circunstancia que debe señalizarse convenientemente). Prohibido bajarse o ascender con la máquina en movimiento. − Las órdenes al conductor y operarios que desempeñan sus funciones en las inmediaciones del camión, recaerá en una sola persona designada al efecto por el contratista. − En caso de permanecer cerca de la salida de humos de la maquinaria, se usará mascarilla de seguridad adecuada. − La caja será bajada inmediatamente después de efectuada la descarga y antes de emprender la marcha. − Al realizar las entradas o salidas de la zona de obras, lo hará con precaución, auxiliado por las señales de un miembro de la obra. − Si por cualquier circunstancia, tuviera que parar en rampa de acceso el vehículo quedará frenado y calzado con topes. − No permanecerá nadie en las proximidades del camión en el momento de realizar éste maniobras. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Cinturón antivibratorio − Guantes contra agresiones mecánicas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO − No realizar operaciones de reparación o mantenimiento con la máquina funcionando. Se tendrá especial cuidado con los distintos elementos móviles, serán efectuadas por personal especialista. Igualmente para su montaje y uso se contará con personal formado, autorizado y categoría profesional necesaria.

− Al efectuar reparaciones con el basculante levantado, se utilizarán mecanismos que impidan su desblocaje: puntales de madera, perfiles calzados, cadenas de sustentación, etc., que impidan con la caída de la misma el atrapamiento del mecánico o del conductor que realiza esta labor. 3.3.- CAMIÓN GRÚA

RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Atrapamiento por vuelco de maquinaria − Atropello o golpes con vehículos − Caída a distinto nivel − Caída de objetos por desplome o derrumbamiento − Choques contra objetos inmóviles − Exposición a vibraciones MEDIDAS PREVENTIVAS − El camión será inspeccionado diariamente controlando el buen funcionamiento del motor, sistemas hidráulicos, frenos, dirección, luces, transmisiones y ruedas. − No se realizarán ajustes, mantenimiento o revisiones con el camión en movimiento o con el motor en funcionamiento. − Las carcasas de protección estarán en perfecto estado e instaladas correctamente y sólo podrán ser retiradas con el motor del camión parado, debiéndose reemplazar a su lugar de origen previamente a la puesta en marcha. − La conducción sólo estará permitida a personal experto en su manejo. − Para subir y bajar de la cabina y plataformas se utilizarán los peldaños y asideros dispuesto a tal fin y siempre se realizará de forma frontal (mirando hacia el camión) agarrándose con las dos manos. − Queda expresamente prohibido hacer desplazamientos con personal fuera de la cabina. − Antes de efectuar cualquier desplazamiento se comprobará que ninguna persona se encuentra en las cercanías del camión y se hará sonar el claxon. − Los desplazamientos del camión se adecuarán a la señalización de la obra. − Guardar distancia de seguridad (mín. 2m) a las zanjas, taludes y toda alteración del terreno que pueda posibilitar el vuelco del camión. Las maniobras en estas zonas serán supervisadas por personal responsable. − Asegurarse de la inmovilidad del brazo de la grúa antes de iniciar ningún desplazamiento. − Para el uso de la grúa obligatoriamente se extenderán completamente y se utilizarán los apoyos telescópicos de la misma, aún cuando la carga a elevar aparente innecesaria esta operación. − Cuando el terreno ofrezca dudas en cuanto a su resistencia, los estabilizadores se apoyarán sobre tablones o traviesas de reparto. − Serán revisados antes de su uso las eslingas, bragas, estrobos, etc., para comprobar su perfecto estado. Los ganchos de cuelgue estarán dotados de pestillos de seguridad. − Con anterioridad al izado, se conocerá con exactitud, en su defecto se calculará, el peso de la carga se deba elevar.

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− Se prohíbe expresamente sobrepasar la carga máxima admisible fijada por el fabricante en función de la extensión del brazo. − Es conveniente que el gruista mantenga a la vista la carga; las maniobras sin visibilidad serán dirigidas por un señalista que las coordinará. − Queda prohibido levantar más de una carga a la vez. − Se prohíbe realizar tirones sesgados y arrastrar cargas con la grúa. − Todos los ganchos de los aparejos, eslingas o estrobos, poseerán el pestillo de seguridad que evite el desenganche fortuito. − Queda prohibido que los operadores abandonen la grúa con la carga suspendida. − Las labores de repostaje se realizarán en zonas alejadas de cualquier elemento que pueda provocar la ignición del carburante; de igual modo queda prohibido fumar en las inmediaciones. − Se prohíbe realizar suspensión de cargas de forma lateral cuando la superficie de apoyo del camión esté inclinada hacia el lado de la carga, en previsión de los accidentes por vuelco. − Se prohíbe la permanencia de personas en torno al camión grúa a distancias inferiores a 5m. − Al salir de la cabina, el conductor hará uso del casco de seguridad y de prenda de alta visibilidad. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Guantes contra agresiones mecánicas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 3.4.- COMPRESOR RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Atrapamiento por vuelco de maquinaria − Contactos eléctricos − Explosiones − Exposición a sustancias nocivas o tóxicas − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Incendios − Ruido − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Las carcasas protectoras estarán siempre instaladas y en posición cerrada. − Los compresores a utilizar en esta obra, serán de los llamados "silenciosos" en la intención de disminuir la contaminación acústica.

− Posicionar el compresor y las mangueras de modo tal que no impliquen riesgo para la circulación de las personas en la propia obra. − El compresor estará dotado de válvula de presión mínima que impida el retroceso del aire y que evite una velocidad excesiva del aire a través del separador de aceite; también dispondrá de válvula antirretorno a la salida o impulsión. − El transporte en suspensión, se efectuará mediante eslingado a cuatro puntos del compresor. − El compresor quedará en posición de "estación" con la lanza de amarre en posición horizontal y las ruedas inmovilizadas con tacos, emplazándolo fuera de la zona de gálibo de vía y debidamente señalizado. − Las mangueras de presión se mantendrán elevadas (a 4 o más metros de altura), en los cruces sobre los caminos de la obra. − En caso de permanecer cerca de la salida de humos de la maquinaria, se usará mascarilla de seguridad adecuada. − Para evitar el riesgo por ruido está previsto utilizar compresores aislados. El Encargado controlará que sean utilizados con las carcasas aislantes cerradas para evitar el ruido ambiental. − El Encargado controlará que sean utilizados por todos los trabajadores que deban permanecer a menos de 5 m del compresor o trabajar sobre su maquinaria en funcionamiento. Además se trazará un círculo de 5 m de radio en torno al compresor, para marcar el área en la que es obligatorio el uso de protectores auditivos, ya que suelen generar ruido de niveles superiores a los 100 dB(A). − El arrastre directo para la ubicación del compresor por los operarios se realizará a una distancia nunca inferior a 2 m. del borde de coronación de cortes y taludes, en prevención del riesgo de desprendimiento de la cabeza del talud por sobrecarga. − No se empleará el aire comprimido suministrado por el compresor para otros usos que no sean los previstos por el fabricante. − Antes de de desenganchar la herramienta y la manguera de la válvula de salida de aire, hacerla funcionar un tiempo suficiente para aliviar la presión del sistema. − Las operaciones de abastecimiento de combustible se efectuarán con el motor parado, en prevención de incendios o de explosión. − Las mangueras a utilizar en esta obra, estarán siempre en perfectas condiciones de uso, es decir, sin grietas o desgastes que puedan predecir un reventón. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Gafas de protección antiimpactos. − Guantes contra agresiones mecánicas − Protectores auditivos INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO − El mantenimiento, revisiones y reparaciones se efectuarán por personas cualificadas. − Verificar que el compresor no posee daños estructurales evidentes, ni presente fugas de líquidos. − No se realizarán maniobras de engrase y o mantenimiento en él mismo, con el compresor en marcha. − Comprobar que la presión de los neumáticos sea la correcta y que no existan cortes en la superficie de rodadura. − Verificar los niveles de combustible, aceite motor y líquido refrigerante. − Comprobar el freno de estacionamiento y el pivote de nivelación de la lanza funcionan correctamente.

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− El compresor estará dotado de válvula de presión mínima que impida el retroceso de aire, y que evite una velocidad excesiva del aire a través del separador de aceite. − Verificar que no estén obstruidos el filtro de aspiración del aire, la válvula de seguridad y los dispositivos de descarga. − Comprobar el buen estado de válvulas y acoplamientos, así como la existencia de grietas o desgastes en la manguera. − El abastecimiento de combustible se realizará con el motor parado. No se fumará durante la carga de combustible, ni se comprobará con llama el llenado del depósito. 3.5. MARTILLO NEUMÁTICO RIESGOS − Atrapamiento − Caída de objetos desprendidos − Contactos eléctricos − Exposición a vibraciones − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Pisadas sobre objetos − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Antes del comienzo de los trabajos, se inspeccionará el terreno y los elementos estructurales a demoler, a fin de detectar posibles desprendimientos o roturas a causa de las vibraciones transmitidas por el martillo. Ante los riesgos por desprendimiento de objetos, está prohibido trabajar por debajo de la cota del tajo de martillos neumáticos. − Antes de accionar el martillo se comprobará que el puntero está perfectamente amarrado y que las conexiones de las mangueras están en buen estado. − Se revisarán los filtros de aire de compresor, así como el reglaje de sus válvulas de seguridad − Sólo será empleado por personal formado, con experiencia en su utilización en obra y autorizado, con constancia escrita de ello. − Queda prohibido abandonar el martillo hincado en el suelo o conectado al circuito de presión. − Su uso estará prohibido ante la posible presencia de conducciones eléctricas subterráneas o cuando haya aparecido su banda de señalización. − Cuando quede atorado el puntero en el suelo se realizarán movimientos laterales en todas direcciones para desatorarlo, evitando no tirar en dirección vertical, evitando sobreesfuerzos. − Se procurará no apoyar el cuerpo sobre el martillo y evitar apoyarse a horcajadas sobre la culata de apoyo, reduciendo así las vibraciones trasmitidas al trabajador. Igualmente, se preverá el uso de fajas elásticas de protección de cintura, firmemente apretada y unas muñequeras bien ajustadas. − En operaciones con desprendimiento de polvo fino o gran cantidad de polvo será obligatorio el uso de mascarilla de polvo.

− El uso de protección auditiva es preceptivo, debido a que los niveles de ruido estimados pueden ser superiores a 100 dB(A) − La manguera de aire comprimido debe situarse de forma que no se tropiece con ella ni pueda ser dañada por materiales que se puedan situar encima. − Evitar trabajar encaramado sobre muros, pilares y salientes. Pida que le monten plataformas de ayuda, evitará las caídas. − Se prohíbe expresamente aproximar el compresor a distancias inferiores a 15 m (como norma general), del lugar de manejo de los martillos para evitar la conjunción del ruido ambiental producido. − Para evitar los riesgos derivados del trabajo repetitivo, sujeto a vibraciones, se preverá que las tareas sean desarrolladas por etapas con descansos mediante cambio de los trabajadores, de tal forma que se evite la permanencia constante manejando el martillo durante todas las horas de trabajo. − Si es necesario desconectar el martillo de la manguera después de su uso, se cortará previamente la conexión del aire (nunca se doblará la manguera), verificando la ausencia de presión residual entre la manguera y el martillo antes de desconectar ambos. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Cinturón de protección dorso-lumbar − Gafas de protección antimpactos. − Mascarilla de protección contra partículas − Muñequeras antivibratorias − Protectores auditivos 3.6.- DUMPER PEQUEÑO O MOTOVOLQUETE DESCRIPCIÓN Equipo de trabajo destinado al transporte de materiales ligeros dotado de una caja, tolva o volquete basculante para su descarga. RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Atropello o golpes con vehículos − Caída a distinto nivel − Caída al mismo nivel − Choques contra objetos móviles − Contactos eléctricos − Exposición a vibraciones − Polvo − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − No poner el vehículo en marcha, sin antes cerciorarse de que tiene el freno de mano en posición de frenado.

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− Queda prohibido el transporte de personas en el dúmper, salvo si dispone del asiento de acompañante. − Se prohíbe conducir el dúmper sin estar en posesión del permiso de conducir “B" y a velocidades superiores a los 20 Km/h. − Este equipo únicamente debe ser utilizado por personal autorizado y debidamente instruido, con una formación específica adecuada. − Los dúmperes para el transporte de masas, poseerán en el interior del cubilete una señal que indique el llenado máximo admisible para evitar los accidentes por sobrecarga de la máquina. − No cargar el cubilete por encima de la carga máxima en él grabada. − Las cargas no dificultarán la visión del conductor. − Se acomodará la carga en la máquina, de manera que la misma no pueda provocar su vuelco. − La carga no deberá sobresalir del contenedor por ninguno de sus lados. − Estas máquinas sólo podrán trabajar en terrenos cuya pendiente no supere el 8%. Las pendientes, con el dúmper cargado, serán remontadas marcha atrás. − Cuando vaya a descargar en el borde de excavaciones se colocará un tope de descarga. − Bajará el basculante inmediatamente después de efectuada la descarga, y antes de emprender la marcha. − Las palancas para mover la tolva solo se deben manejar desde el puesto de operador. − Las labores de repostaje se realizarán en zonas alejadas de cualquier elemento que pueda provocar la ignición del carburante; de igual modo queda prohibido fumar en las inmediaciones. − Deberá disponer de rotativo luminoso y del avisador acústico de retroceso. Igualmente, los volquetes deberán tener cabina antivuelco y protección contra caída de objetos. − Cuando su conductor baje de la cabina para cargar o recibir instrucciones, dejará el motor parado, el freno echado y parado en un lugar lo más llano posible. Subir y bajar del dúmper únicamente por el acceso previsto por el fabricante. − Al realizar la carga por medio de retroexcavadora o mixta, el operador del motovolquete permanecerá fuera de la máquina hasta el final de la carga. − Es obligatorio el uso del cinturón de seguridad de la máquina. − El vehículo estará dotado de extintor en el mismo. − Verificar que la altura máxima del dúmper es la adecuada para evitar interferencias con elementos viarios, líneas eléctricas o similares. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Cinturón antivibratorio − Guantes contra agresiones mecánicas − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO − Antes de comenzar a trabajar se comprobará el buen estado de los frenos y el estado y presión de los neumáticos. No se realizarán ajustes, mantenimiento o revisiones con el dúmper en movimiento o con el motor en funcionamiento. − Las carcasas de protección estarán en perfecto estado e instaladas correctamente y sólo podrán ser retiradas con el motor del dúmper parado, debiéndose reemplazar a su lugar de origen previamente a la puesta en marcha.

− Si precisa tener la caja levantada para reparar algún elemento deberá emplear los puntales adecuados para evitar el descenso inesperado de la caja. 3.7.- CAMIÓN CISTERNA REGADOR DEFINICIÓN Es la máquina que se utiliza para el depósito del agua para la limpieza de las superficies a tratar y para su aplicación a presión. RIESGOS MÁS FRECUENTES − Vuelco. − Atropellos. − Salpicaduras. − Choques contra objetos móviles − Proyecciones de fragmentos y partículas. NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD − Las zonas de trabajo estarán acotadas. − El trabajador que maneja la barra espaciadora debe tener mucha precaución para no rociar al personal que está en las cercanías. Debe apuntar la manguera hacia abajo y nunca hacia arriba o en horizontal. − En días de fuerte viento, cuando el entorno así lo exija por la presencia de personas, vehículos ó edificaciones cercanas, se bajará la boquilla de riego todo lo cerca del suelo que se pueda para evitar salpicaduras. − No quite ninguna pieza de los sistemas hidráulico o neumático hasta la total descarga de presión, abriendo las válvulas de alivio. − Las rejillas y chapas de protección que evitan el contacto con piezas móviles permanecerán en su sitio bien ajustadas. − Se extremará la precaución durante las labores de limpieza de los pulverizadores atascados de la rampa para evitar salpicaduras. − Los pulverizadores se limpiarán siempre con el motor parado y debidamente asegurado mediante el freno. − Antes de desmontar cualquier tubería, eliminar la presión del sistema correspondiente. PROTECCIONES PERSONALES − Casco de polietileno. − Guantes impermeables contra agresiones mecánicas. − Botas de seguridad. − Ropas de trabajo. − Gafas antiproyecciones. 3.8.- LIMPIADORA DE AGUA A PRESIÓN RIESGOS: − Proyecciones de objetos o partículas.

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− Golpes y cortes por objetos o herramientas. − Atrapamientos por o entre objetos. − Contactos eléctricos. − Caída de personas al mismo nivel. − Sobreesfuerzos. MEDIDAS PREVENTIVAS: − Este equipo únicamente debe ser utilizado por personal autorizado y debidamente instruido. − Comprobar los niveles de combustibles, lubricantes, circuito de refrigeración y filtro de admisión motor. − Mantener limpios los rótulos de seguridad instalados en la máquina y reemplace los que falten. − Comprobar el correcto funcionamiento de todos los dispositivos de alarma y señalización. − El chorro de agua saliendo por la tobera de alta presión se ejerce una gran fuerza de retroceso sobre la pistola. Por este motivo se tiene que sujetar bien la pistola y el tubo de agua durante el servicio. − Se verificará que la altura máxima de la limpiadora, incluido el brazo con la manguera, es la adecuada para evitar interferencias con elementos viarios, líneas eléctricas o similares. − Para realizar la limpieza, el trabajador se situará en una zona en la que no le alcance el rebote ni el material desprendido. − No ponga en funcionamiento el motor en locales cerrados, sin la instalación del tubo de escape con salida al exterior. − La zona de trabajo deberá estar libre de obstáculos y de posibles objetos desprendidos durante la limpieza, por lo que se deberá prever una limpieza periódica de la zona y una evacuación del agua utilizada en dicha limpieza. − La conexión de los tubos flexibles debe ser estanca. − Antes de desmontar el tubo flexible se debe reducir la presión a la del ambiente. − El tubo flexible de alta presión no debe estar deteriorado. Los tubos de alta presión deteriorados deben cambiarse inmediatamente. − La palanca de la pistola no debe quedarse enclavada durante el servicio. − No dirigir nunca el chorro de agua contra otros trabajadores, por ello, previo al comienzo de esta actividad, se balizará la zona para evitar el acceso a ésta de otros trabajadores, el responsable de la actividad comprobará que no haya nadie invadiendo la zona balizada al comenzar los trabajos. Información a todos los trabajadores afectados. − El equipo no se debe dejar nunca sin vigilancia mientras esté en funcionamiento. PROTECCIONES INDIVIDUALES: − Casco de seguridad. − Guantes de seguridad contra productos químicos. − Botas impermeables de seguridad. − Pantalla facial anti-impactos. 3.9.- EXTENDEDORA DE PRODUCTOS FOTOCATALÍTICOS RIESGOS MÁS FRECUENTES − Atropello durante las maniobras.

− Caída de personas desde la máquina. NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD − No se permite la permanencia sobre la extendedora en marcha a otra persona que no sea su conductor, para evitar accidentes por caída. − Todos los operarios de auxilio quedarán en posición en la cuneta por delante de la máquina durante las operaciones de llenado de la tolva, en prevención de los riesgos por atrapamiento y atropello durante las maniobras. PROTECCIONES PERSONALES − Casco de polietileno. − Guantes impermeables. − Botas de seguridad. − Gafas protectoras. − Ropas de trabajo. 3.10.- PISTOLA DE AIRE COMPRIMIDO DEFINICIÓN: Un equipo usual se compone de una bomba accionada por un motor eléctrico o de Explosión (gasolina), que transmite el movimiento a un pistón sumergido en una cámara de aceite. El movimiento del pistón crea una depresión. El producto es aspirado y empujado a través de la manguera hacia la pistola de pulverizado, a alta presión, que puede rondar los 230 bar. RIESGOS: − Caídas al mismo nivel. − Proyección de fragmento y partículas. − Exposición a sustancias nocivas o tóxicas. − Contactos eléctricos. − Explosiones. − Sobreesfuerzos. MEDIDAS PREVENTIVAS: − Los operarios que utilicen este equipo, deberán estar suficientemente formados sobre los riegos que entraña su trabajo. − Tener en cuenta estrictamente las especificaciones y normas de funcionamiento y seguridad dictadas por el fabricante. Las consignas de seguridad del manual de − instrucciones se deben hacer llegar por escrito a todos los trabajadores que utilicen el equipo. − Se deberá redactar y cumplimentar un plan de mantenimiento, programado y supervisado debidamente por el responsable del equipo, no permitiendo iniciativas de reparaciones provisionales e inadecuadas, como colocar cinta de carrocero en la manguera para solucionar una fuga. − Si la manguera se "pica" ó se produce un reventón durante el trabajo, lo más adecuado es pulsar el retorno del fluido, eliminar la presión y proceder al cambio de manguera. − Si se observan deshilachados, desgastes, torceduras, etc., igualmente la manguera deberá ser desechada.

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− Utilizar mangueras adecuadas, de trenzado de alambre, para soportar altas presiones. Deberán estar certificadas, figurando las especificaciones en la propia manguera. − En relación con el citado riesgo de incendio y/o explosión de la pistola de aire comprimido, la gran velocidad con la que pasa el producto por el interior de la manguera podrá generar electricidad estática. Así pues, los equipos deben incorporar la puesta a tierra en el cable de conexión eléctrica. Por otra parte, la pistola estará conectada a tierra a través de la manguera de conducción de fluidos. La toma a tierra deberá ir complementada con interruptor diferencial. − También es importante verificar la compatibilidad de los productos que se utilicen, y los materiales componentes del equipo con los que pudiera entrar en contacto. Por ejemplo, no se deberán emplear pinturas ó disolventes con contenido de hidrocarburos halogenados, que en contacto con componentes de aluminio, pueden dar lugar a reacciones químicas con resultado explosivo. − Se acotarán las distancias mínimas entre operarios en función de las máquinas que estén utilizando. − No se permitirán trabajos simultáneos en la misma vertical. − Las mangueras deberán situarse de forma que no se tropiece con ella, verificar su estado y acoplamientos a fin de evitar fugas de aire. − En caso de atascos de la máquina (bloqueos de las boquillas) en operaciones de proyección de pintura, proceder a su parada, a su desconexión y posteriormente a su limpieza; es decir, purgar totalmente la instalación de forma que la presión interior sea nula. − Revisión de forma periódica de todos los empalmes y uniones de mangueras y tuberías. − Si surgiera un accidente por inyección de algún producto químico a través de la piel, el accidentado deberá ser trasladado lo antes posible, facilitando a la asistencia médica las características de los productos que se utilizaban. PROTECCIONES INDIVIDUALES: − Casco de seguridad − Gafas de protección para líquidos y partículas. − Botas impermeables de seguridad. − Guantes de seguridad contra productos químicos. − Mascarillas protección contra partículas. 3.11.- GRUPO ELECTRÓGENO RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Contactos eléctricos − Contactos térmicos − Explosiones − Exposición a sustancias nocivas o tóxicas − Exposición a vibraciones − Incendios − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS

− Todo grupo electrógeno debe disponer obligatoriamente del marcado CE y se instalarán de forma que resulten inaccesibles a personas no especializadas ni autorizadas para su manejo. − Las operaciones de mantenimiento, reparación, etc., deben hacerse con la máquina parada y únicamente por personal especializado. − Preferentemente se utilizará, siempre que no exista impedimento para ello, la red eléctrica de la propia instalación en servicio. − La masa del grupo ha de conectarse a tierra por medio de una toma eléctricamente independiente, salvo que se disponga de aislamiento de protección o reforzado. Igualmente se instalarán interruptores diferenciales acordes a la resistencia eléctrica de la puesta a tierra, siendo la sensibilidad no mayor a 300mA, para detectar cualquier fuga de corriente. − A la puesta a tierra del cuadro general se conectarán las masas de la maquinaria eléctrica de la instalación. − Verificación (diaria) previa a su utilización de los dispositivos de protección diferencial y conexión a toma de tierra. − Aquellos grupos que no precisen puesta a tierra, la tensión nominal del alternador no será superior a 220 V, siendo éste de la clase II (doble aislamiento), y su grado de protección será como mínimo de IP 54. − Los motores de los vehículos y maquinaria de obra estarán en perfecto estado de funcionamiento, estableciéndose un plan de mantenimiento acorde con las especificaciones del fabricante. − Se revisarán las distintas máquinas cuidando y comprobando la evacuación de humos. Se alejaran lo máximo posible del punto de trabajo y en la dirección del viento reinante. En caso de permanecer cerca de la salida de humos de la maquinaria, se usará mascarilla de seguridad adecuada. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Guantes contra agresiones mecánicas − Mascarillas protección contra agentes químicos − Protectores auditivos. 3.12.- HERRAMIENTAS MANUALES RIESGOS − Caída de objetos en manipulación − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Proyeccción de fragmentos y partículas MEDIDAS PREVENTIVAS − Las herramientas manuales se utilizarán en aquellas tareas para las que fueron concebidas. Se seleccionará la herramienta adecuada para cada tarea. − Cada usuario comprobará el buen estado de las herramientas antes de su uso, inspeccionando cuidadosamente mangos, filos, zonas de ajuste, partes móviles y cortantes, desechándose aquellas que no se encuentren en buen estado. − Se mantendrán limpias de aceite, grasas y otras sustancias deslizantes. − Los trabajadores deben ser adiestrados en el recto uso de las herramientas. − Se colocarán y depositarán en portaherramientas o estanterías adecuadas para evitar caídas, y posibles cortes y golpes. No se depositarán en el suelo de cualquier manera.

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− Para el transporte de las herramientas se observarán diversas precauciones, como son: utilizar cajas, bolsas o cinturones especialmente diseñados. − Para las herramientas punzantes o cortantes utilizar fundas adecuadas. No llevarlas nunca en el bolsillo. − Comprobar que los mangos no estén astillados y rajados, y que estén perfectamente acoplados y sólidamente fijados a la herramienta. − Cuidar de que las herramientas de corte y de bordes filosos estén perfectamente afiladas. − En todos los trabajos que se utilicen herramientas de golpeo será obligatorio el uso de gafas de protección antiimpactos. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Gafas de protección antimpactos. − Guantes contra agresiones mecánicas 3.13.- HORMIGONERA ELÉCTRICA MANUAL RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Caída de objetos en manipulación − Contacto con sustancias cáusticas o corrosivas − Contactos eléctricos − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Polvo − Ruido − Sobreesfuerzos MEDIDAS PREVENTIVAS − Deberá llevar el correspondiente marcado CE o adaptarse a lo indicado en el R.D. 1215/1997 y RD 1644/2008. − El transporte y los posibles cambios de ubicación de la hormigonera a gancho de grúa, se efectuarán mediante la utilización de un balancín (o aparejo indeformable), que la suspenda de cuatro puntos seguros. − La hormigonera se instalará sobre una plataforma de tablones, lo más horizontal posible y alejada de cortes y desniveles. − Los mandos de accionamiento es conveniente que se encuentren accesibles a la parte frontal, el botón de marcha tendrá accionamiento estanco y el de parada de fácil pulsación. Dichos botones estarán suficientemente separados y si existen más botones para las distintas marchas de la hormigonera se situarán junto al de marcha general. − Para evitar el contacto indirecto con la corriente eléctrica, se preverá la conexión al cuadro de interruptores diferenciales por cables de 4 conductores, uno de puesta a tierra inferior a 80 ohmnios y un dispositivo diferencial de 30 mA. La tensión máxima será de 24V. − Los elementos móviles y de transmisión deben estar protegidos mediante defensas recias fijadas a la máquina, pero desmontables para permitir las operaciones de limpieza y conservación, que se realizarán con la máquina parada y desconectada de la corriente eléctrica − El operario encargado del manejo de la hormigonera empleará gafas para evitar las proyecciones y guantes, preferiblemente de goma, para evitar el contacto con el cemento.

− Los componentes de los morteros que se van a fabricar se depositarán sobre unos tablones de reparto, si es que no están servidos paletizados. − Nunca se transportarán sacos a brazo o a hombro de más de 25Kg por una sola persona. − La hormigonera debe tener en estado de perfecto funcionamiento el freno de basculamiento del bombo. − Para evitar los riesgos por caída de cargas suspendidas a gancho de grúa, Se preverá instalar la hormigonera fuera de zona de paso de las cargas suspendidas, pero próxima o al alcance del gancho, por si es necesario que éste transporte en cubos o artesas el mortero producido. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Botas impermeables de seguridad − Gafas de protección contra líquidos y partículas − Guantes de seguridad contra productos químicos. − Mascarilla de protección contra partículas 3.14.- PLATAFORMA ELEVADORA DESCRIPCIÓN Equipo de trabajo móvil dotado de una plataforma de trabajo, la cual puede subir, bajar o desplazarse, gracias a una estructura extensible. RIESGOS − Atrapamiento − Atrapamiento por o entre objetos − Atropello o golpes con vehículos − Caída a distinto nivel − Caída al mismo nivel − Caída de objetos desprendidos − Caída de objetos por desplome o derrumbamiento − Choques contra objetos inmóviles MEDIDAS PREVENTIVAS − Utilizar plataformas elevadoras con marcado CE. − Tiene que ser utilizada por personas formadas y autorizadas. − Hay que verificar que las condiciones del suelo son las apropiadas para soportar la carga máxima indicada por el fabricante. Asimismo, hay que evitar zonas de surtidores, agujeros, manchas de grasa o cualquier riesgo potencial. − Antes de iniciar los trabajos, hay que revisar el entorno de trabajo para identificar los peligros de la zona: líneas eléctricas, vigas, etc. − Antes de utilizar la plataforma, se ha de inspeccionar para detectar posibles defectos. − Toda plataforma de trabajo tiene que tener en su perímetro una barandilla de 90 cm. como mínimo. − No subir o bajar de la plataforma cuando ésta se encuentre en movimiento y mantener siempre el cuerpo en su interior.

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− No manipular ni desactivar ninguno de los dispositivos de la máquina. − No sobrepasar la carga máxima ni el número máximo de personas autorizado por el fabricante. − No utilizar plataformas en situaciones de tormenta eléctrica. − No utilizar la plataforma en situaciones de vientos superiores a lo permitido por el fabricante. − No realizar ningún tipo de movimiento en que la visibilidad sea nula. − No permitir que el personal controle la máquina desde tierra cuando se está trabajando en la plataforma. − No trabajar con plataformas diesel en lugares cerrados o mal ventilados. − No alargar el alcance de la plataforma con medios auxiliares, como escaleras o andamios. Asimismo, tampoco está permitido subirse o sentarse en las barandillas de la plataforma. − Queda prohibido sujetar la plataforma a estructuras fijas. En caso de quedar enganchados accidentalmente a una estructura, no forzar los movimientos para liberarla y esperar auxilio desde tierra. − No bajar pendientes pronunciadas en la posición de máxima velocidad de la plataforma. − Queda prohibido colocarse entre los elementos de elevación de la máquina. − Cuando se trabaje sin luz, hay que disponer de un proyector autónomo orientable para iluminar la zona de trabajo y de una señalización luminosa en tierra. − Al finalizar el trabajo, verificar la total inmovilización de la máquina. − Utilizar siempre todos los sistemas de nivelación o estabilización de los que se dispone. − Evitar salientes, zanjas o desniveles, y en general situaciones que aumenten la posibilidad de volcar. − Manipular con cuidado todos aquellos elementos que puedan aumentar la carga del viento: paneles, carteles publicitarios, etc. − El acceso a la plataforma se hará a través de una puerta provista de un mecanismo que haga imposible su apertura o cierre de forma no intencionada. − Accionar los controles lenta y uniformemente, para conseguir suavidad en la manipulación de la plataforma. − Mantener la plataforma de trabajo limpia y sin elementos que puedan despenderse mientras se trabaja. − Utilizar el arnés de seguridad, anclado en un punto fijo de la estructura de la máquina, en el interior de las plataformas articuladas o telescópicas, para evitar salir desprendido o proyectado en caso de choque. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Arnés de seguridad − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad 3.15.- RETROEXCAVADORA RIESGOS − Atrapamiento por o entre objetos − Caída a distinto nivel − Choques contra objetos móviles

− Exposición a vibraciones − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − Antes del comienzo de un trabajo se inspeccionará el terreno circundante, intentando detectar la posibilidad de desprendimientos de tierras y materiales por las vibraciones que se transmitan al terreno, existiendo instalaciones subterráneas y edificios colindantes. − Cuando la máquina esté trabajando, está expresamente prohibido en esta obra al personal, el acceso a la zona comprendida en su radio de trabajo. De esta forma se evitan los riesgos de atropello, proyección de partículas y ruido. − Para evitar los riesgos de vuelco, atropello y colisión, el Encargado controlará que los caminos de circulación interna de la obra, se tracen, señalicen y mantengan, según lo diseñado en los planos de este trabajo de seguridad. Además, ordenará las tareas para que se eliminen los blandones y embarramientos excesivos que mermen la seguridad de la circulación de la maquinaria. − La máxima pendiente a superar será del 50% para rodaje sobre orugas y del 30% para rodaje sobre neumáticos en seco que se reducirá al 20% para suelos húmedos; nunca desplazarse en punto muerto. Para desplazarse sobre un terreno en pendiente, orientar el brazo hacia la parte de abajo, tocando casi el suelo. − Habrá que conceder especial atención a la presión que ejercen estas máquinas situadas al borde de zanjas (sobrecargas dinámicas) para evitar derrumbamientos, por lo que se limitará a 2 m la distancia entre los bordes de zanjas o taludes y el apoyo más cercano. − En los trabajos de desbroce, demoliciones, etc., eliminará previamente todos los objetos que puedan caer o desprenderse inesperadamente. − Queda prohibido realizar maniobras de movimiento de tierras o perforación sin haber puesto en servicio los apoyos hidráulicos de inmovilización; el movimiento de tierras en pendiente se realizará de cara a la pendiente; analizar el espacio de maniobra en que se desarrollará el trabajo, balizando el radio de acción de la máquina si el mismo se observa reducido. − Queda prohibido derribar elementos que sean más altos que la retroexcavadora con cuchara extendida. − Al cargar un camión, procurar no pasar con la cuchara llena por encima de la cabina. − Las retroexcavadoras se deberán suministrar dotadas con la protección de cabina contra los impactos y vuelcos. Además, estas protecciones no presentarán deformaciones por haber resistido algún vuelco o algún impacto. − Para evitar el riesgo de intoxicación por gases de combustión, el Encargado controlará que se revisen periódicamente todos los puntos de escape del motor, con el fin de asegurar que el conductor no recibe en la cabina gases procedentes de la combustión. Esta precaución se extremará en los motores provistos de ventilador de aspiración para el radiador. − Las labores de repostaje se realizarán el zonas alejadas de cualquier elemento que pueda provocar la ignición del carburante; de igual modo queda prohibido fumar en las inmediaciones. − Limpiar el calzado de barro o de grava antes de subir a la cabina. − Antes de efectuar cualquier desplazamiento con la retroexcavadora se comprobará que ninguna persona se encuentra en las cercanías de la máquina y se hará sonar el claxon. − Los desplazamientos de la retroexcavadora se realizarán situando el brazo en el sentido de la marcha y apoyando la cuchara sobre la máquina. Para desplazarse sobre un terreno en pendiente orientar el brazo hacia la parte de abajo, tocando casi el suelo.

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− La máxima pendiente a superar con el tren de rodaje de orugas será del 50%, con el tren de rodaje de neumáticos será del 20% en terrenos húmedos y del 30% en terrenos secos. − Guardar distancia mínima de seguridad, 2m., a las zanjas, taludes y toda alteración del terreno que pueda posibilitar el vuelco de la máquina. − Queda prohibido utilizar el brazo articulado o la cuchara para izar personas y acceder a trabajos puntuales. − Queda prohibido realizar maniobras de movimiento de tierras sin haber puesto en servicio los apoyos hidráulicos de inmovilización. − El movimiento de tierras en pendiente se realizará de cara a la pendiente. − Analizar el espacio de maniobra en que se desarrollará el trabajo, balizando el radio de acción de la máquina si el mismo se observa reducido. − Queda prohibido derribar elementos que sean más altos que la retroexcavadora con la cuchara extendida. − Se colocarán de manera que las ruedas o las cadenas estén a 90 grados respecto a la superficie de trabajo, siempre que sea posible. Esto permite mayor estabilidad y un rápido retroceso. − Se prohíbe el manejo de grandes cargas (cuchara o cucharón a pleno llenado), bajo régimen de fuertes vientos. − Se prohíbe desplazar la retro, si antes no se ha apoyado sobre la máquina la cuchara, en evitación de balanceos. − En operaciones con pala frontal, sobre masas de una cierta altura, se empezará atacando las capas superiores para evitar derrumbamientos. − Cuando haya varias máquinas trabajando a diversos niveles, se hará que la máquina ensanche suficientemente su corte antes de comenzar otro más abajo, esto impide que caigan sobre la máquina inferior rocas o tierras. Se evitará que la situada en la parte inferior excave bajo la plataforma superior. − Cuando sea necesario trabajar en una pendiente, se hará hacia arriba, así el agua no se introducirá en la excavación. − La cuchara no debe usarse nunca para golpear rocas, especialmente si están medio desprendidas. − Cuando se circula con retroexcavadora de orugas deben de actuar las ruedas cabillas en la parte trasera para que las cadenas, en contacto con el suelo, estén en tensión. − Por la razón antes mencionada cuando se usa cucharón retroexcavador, las ruedas cabillas deben estar en la parte delantera (extremo de trabajo). − Se debe cargar el material en los camiones de manera que la cuchara nunca pase por encima de la cabina del camión o del personal de tierra. − Está prohibido transportar personas en el interior de la cuchara e izar personas en el interior de la misma para acceder a los lugares en los que realizar trabajos esporádicos utilizando la cuchara como medio de sujeción o de apoyo de los trabajadores. − Cuando el operador abandone la cabina de la máquina deberá hacer uso de casco de seguridad. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 − Protectores auditivos INSTRUCCIONES DE USO − La retroexcavadora usará la señalización acústica de retroceso de manera obligatoria. − Antes de reanudar cada turno de trabajo se comprobará de la presión de los neumáticos.

− No se abandonará la máquina sin antes haber dejado reposado en el suelo el equipo de martillo rompedor, parado el motor, retirada la llave de contacto y puesto en servicio el freno. − Las labores de repostaje se realizarán en zonas alejadas de cualquier elemento que pueda provocar la ignición del carburante; de igual modo, queda prohibido fumar en las inmediaciones. − En la cabina no se almacenará ninguna clase de materiales, tales como prendas de vestir, combustibles, etc. − Queda prohibido que los conductores abandonen la máquina con el motor en marcha, sin haber depositado antes la cuchara en el suelo y sin haber puesto el freno de mano. − No se liberarán los frenos de la máquina en posición parada, si antes no se han instalado tacos fiables de inmovilización de las ruedas. − Para subir o bajar de la máquina, se realizará de forma frontal (mirando hacia ella), agarrándose con las dos manos. − Se prohíbe terminantemente transportar pasajeros en la máquina. − El brazo de la retro debe inmovilizarse siempre que se cambie el cazo. − Al finalizar la jornada o durante los descansos observará las siguientes reglas: − La cuchara se debe apoyar en el suelo. − Nunca deberá dejarse la llave de contacto puesta. − Se dejará metida una marcha contraria al sentido de la pendiente. INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO − Quedan prohibidas en el interior de la obra las reparaciones sobre la máquina o el equipo rompedor con el motor en marcha. − Será inspeccionada diariamente controlando el buen estado del motor, sistemas hidráulicos, frenos, dirección, luces bocina de retroceso, transmisiones, cadenas y neumáticos. Cuidará en especial los elementos de seguridad, que bajo ningún concepto dejará fuera de servicio. − No se realizarán ajustes, mantenimiento o revisiones con la retroexcavadora en movimiento o con el motor en funcionamiento. La cuchara estará apoyada en el suelo. − Las carcasas de protección estarán en perfecto estado e instaladas correctamente y sólo podrán ser retiradas con el motor parado, debiéndose reemplazar previamente a su puesta en marcha. − Jamás se cobijará nadie debajo de la cuchara, y si para una reparación tuviese que estar levantada la cuchara, estará fuertemente apuntalada, bloqueando todo posible movimiento, y retirando la llave de contacto. − Cualquier anomalía observada en el normal funcionamiento de la máquina, deberá ser puesta en conocimiento del inmediato superior. 3.16.- RETROEXCAVADORA MIXTA RIESGOS − Atrapamiento − Atrapamiento por o entre objetos − Atropello o golpes con vehículos − Caída a distinto nivel − Caída de objetos en manipulación

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− Choques contra objetos móviles − Exposición a vibraciones − Polvo − Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − Antes del comienzo de un trabajo se inspeccionará el terreno circundante, intentando detectar la posibilidad de desprendimientos de tierras y materiales por las vibraciones que se transmitan al terreno, existiendo instalaciones subterráneas y edificios colindantes. − Cuando la máquina esté trabajando, está expresamente prohibido el acceso a la zona comprendida en su radio de trabajo. De esta forma se evitan los riesgos de atropello, proyección de partículas y ruido. − Para evitar los riesgos de vuelco, atropello y colisión, el Encargado controlará que los caminos de circulación interna de la obra, se tracen, señalicen y mantengan, se eliminarán blandones y embarramientos excesivos que mermen la seguridad de la circulación de la maquinaria. − Habrá que conceder especial atención a la presión que ejercen estas máquinas situadas al borde de zanjas (sobrecargas dinámicas) para evitar derrumbamientos, por lo que se limitará a 2 m la distancia entre los bordes de zanjas o taludes y el apoyo más cercano. − Se evitará rigurosamente utilizar el brazo articulado o la cuchara para izar personas y acceder a trabajos puntuales. − Queda prohibido realizar maniobras de movimiento de tierras, perforación,… con el brazo articulado sin haber puesto en servicio los apoyos hidráulicos de inmovilización. − Queda prohibido derribar elementos que sean más altos que la retroexcavadora mixta con el brazo extendido. − Si la retroexcavadora mixta ha de realizar la excavación por debajo de su plano de sustentación, el cazo nunca deberá quedar por debajo del chasis. Para excavar la zona de debajo del chasis de la máquina, ésta deberá retroceder de forma que, cuando realice la excavación, el cazo nunca quede por debajo del chasis. − No se admitirán retroexcavadoras mixtas desprovistas de cabinas antivuelco (pórtico de seguridad antivuelco y antiimpactos). − El operador de la maquinaria utilizará prendas de alta visibilidad y casco de seguridad al salir de la cabina. − Limpiar el calzado de barro o de grava antes de subir a la cabina. − Antes de efectuar cualquier desplazamiento con la retroexcavadora mixta se comprobará que ninguna persona se encuentra en las cercanías de la máquina y se hará sonar el claxon. − Analizar el espacio de maniobra en que se desarrollará el trabajo, balizando el radio de acción de la máquina si el mismo se observa reducido. − En operaciones con pala frontal, sobre masas de una cierta altura, se empezará atacando las capas superiores para evitar derrumbamientos. − Cuando haya varias máquinas trabajando a diversos niveles, se hará que la máquina ensanche suficientemente su corte antes de comenzar otro más abajo, esto impide que caigan sobre la máquina inferior rocas o tierras. Se evitará que la situada en la parte inferior excave bajo la plataforma superior. − La cuchara y el cazo del brazo articulado no deben usarse nunca para golpear rocas, especialmente si están medio desprendidas. PROTECCIONES INDIVIDUALES

− Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Prendas de alta visibilidad, de color amarillo con reflectantes, según UNE EN 471 − Protectores auditivos INSTRUCCIONES DE USO − La retroexcavadora mixta usará la señalización acústica de retroceso de manera obligatoria. − Antes de reanudar cada turno de trabajo se comprobará de la presión de los neumáticos. − No se abandonará la máquina sin antes haber dejado reposado en el suelo la pala, parado el motor, retirada la llave de contacto y puesto en servicio el freno. − Las labores de repostaje se realizarán en zonas alejadas de cualquier elemento que pueda provocar la ignición del carburante; de igual modo, queda prohibido fumar en las inmediaciones. − La máxima pendiente a superar será del 30% en seco que se reducirá al 20% para suelos húmedos; nunca desplazarse en punto muerto. − Para subir o bajar de la máquina, se realizará de forma frontal (mirando hacia ella), agarrándose con las dos manos. − Se prohíbe terminantemente transportar pasajeros en la máquina. − El brazo de la máquina debe inmovilizarse siempre que se cambie el cazo o útil. INSTRUCCIONES DE MANTENIMIENTO − Quedan prohibidas en el interior de la obra las reparaciones sobre la máquina o con el motor en marcha. La cuchara estará apoyada en el suelo. − Será inspeccionada diariamente controlando el buen estado del motor, sistemas hidráulicos, frenos, dirección, luces bocina de retroceso, transmisiones y neumáticos. Cuidará en especial los elementos de seguridad, que bajo ningún concepto dejará fuera de servicio. − Las carcasas de protección estarán en perfecto estado e instaladas correctamente y sólo podrán ser retiradas con el motor parado, debiéndose reemplazar previamente a su puesta en marcha. − Jamás se cobijará nadie debajo de la cuchara, y si para una reparación tuviese que estar levantada la cuchara, estará fuertemente apuntalada, bloqueando todo posible movimiento, y retirando la llave de contacto. − Cualquier anomalía observada en el normal funcionamiento de la máquina, deberá ser puesta en conocimiento del inmediato superior. 3.17.- SIERRA RADIAL RIESGOS − Caída al mismo nivel − Contactos eléctricos − Contactos térmicos − Exposición a vibraciones − Golpes y cortes por objetos y herramientas − Polvo

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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− Proyeccción de fragmentos y partículas − Ruido MEDIDAS PREVENTIVAS − Este equipo únicamente deberá ser utilizado por personal autorizado y debidamente instruido. − Antes de maniobrar, habrá que asegurarse de que la zona de trabajo esté despejada. − El disco, la máquina, y los elementos auxiliares deberán ser adecuados al material a trabajar. Utilizar únicamente el tipo de disco adecuado al material que se quiera cortar. − Apretar la tuerca del disco firmemente, para evitar oscilaciones. − Es importante hacer rotar el disco manualmente para verificar que está bien centrado y no tiene roces con la carcasa de protección. − No se excederá la velocidad de rotación indicada en la muela. − No utilizar la máquina en posturas que obliguen a mantenerla por encima del nivel de los hombros. − Cortar siempre sin forzar el disco, no apretándolo lateralmente contra la pieza ya que podría romperse y saltar. − Cuando se trabaja con piezas de pequeño tamaño o en equilibrio inestable se deberán asegurar antes de comenzar los trabajos − Las amoladoras tendrán un sistema de protección contra contactos indirectos por doble aislamiento y estará conectada a un enchufe con toma tierra y dispositivo diferencial. − Su sistema de accionamiento permitirá su total parada con seguridad y su accionamiento se hará de forma voluntaria, imposibilitando la puesta en marcha involuntaria. − Utilizar carcasa superior de protección del disco así como protección inferior deslizante. − La protección superior debe estar orientada hacia la cabeza del trabajador ocultando el disco de la vista de éste. − Para cortes en postura agachada la radial no debe situarse entre las dos piernas del operario. Ha de colocarse con la protección encarada hacia las dos piernas. − Vigilar el desgaste del disco, ya que si pierde mucho espesor queda frágil y casca. − Las herramientas portátiles tendrán un diseño ergonómico, de manera que su peso, forma y dimensiones se adapten específicamente al trabajo. − Utilizar la radial para cortar no para desbastar con el plano del disco, ya que el disco de widia o carburondo se rompería. − Parar la máquina totalmente antes de posarla, en prevención de posibles daños al disco o movimientos incontrolados de la misma. − Se emplearán dispositivos técnicos antivibratorios que reduzcan la intensidad de las vibraciones creadas o transmitidas al trabajador. − Comunicar cualquier anomalía en el funcionamiento de la máquina al jefe más inmediato. PROTECCIONES INDIVIDUALES − Calzado de seguridad con puntera y suela reforzada − Casco de seguridad − Gafas de protección contra líquidos y partículas − Guantes contra agresiones mecánicas − Mascarilla de protección contra partículas

− Protectores auditivos 4.- MEDIOS AUXILIARES 4.1.- ESCALERAS DE MANO Este medio auxiliar suele estar presente en todas las obras sea cual sea su entidad. Suele ser objeto de "prefabricación rudimentaria" en especial al comienzo de la obra o durante la fase de estructura. Estas prácticas son contrarias a la Seguridad. Deben impedirse en la obra. RIESGOS MÁS FRECUENTES − Caídas al mismo nivel. − Caídas a distinto nivel. − Deslizamiento por incorrecto apoyo (falta de zapatas, etc.). − Vuelco lateral por apoyo irregular. − Rotura por defectos ocultos. − Atrapamiento por o entre objetos − Caída de objetos desprendidos − Caída de objetos en manipulación − Choques contra objetos inmóviles − Los derivados de los usos inadecuados o de los montajes peligrosos (empalme de escaleras, formación de plataformas de trabajo, escaleras "cortas" para la altura a salvar, etc.). NORMAS BÁSICAS DE SEGURIDAD a) De aplicación al uso de escaleras de madera. − Las escaleras de madera a utilizar en esta obra, tendrán los largueros de una sola pieza, sin defectos ni nudos que puedan mermar su seguridad. − Los peldaños (travesaños) de madera estarán ensamblados. − Las escaleras de madera estarán protegidas de la intemperie mediante barnices transparentes, para que no oculten los posibles defectos. b) De aplicación al uso de escaleras metálicas. − Los largueros serán de una sola pieza y estarán sin deformaciones o abolladuras que puedan mermar su seguridad. − Las escaleras metálicas estarán pintadas con pintura antioxidante que las preserven de las agresiones de la intemperie. − Las escaleras metálicas a utilizar en esta obra, no estarán suplementadas con uniones soldadas. C) De aplicación al uso de escaleras de tijera. − Son de aplicación las condiciones enunciadas en los apartados a y b para las calidades de "madera o metal". − Las escaleras de tijera a utilizar en esta obra, estarán dotadas en su articulación superior, de topes de seguridad de apertura máxima. − Las escaleras de tijera se utilizarán siempre como tales abriendo ambos largueros para no mermar su seguridad.

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− Las escaleras de tijera nunca se utilizarán a modo de borriquetas para sustentar las plataformas de trabajo. − Las escaleras de tijera no se utilizarán, si la posición necesaria sobre ellas para realizar un determinado trabajo, obliga a ubicar los pies en los 3 últimos peldaños. − Las escaleras de tijera se utilizarán montadas siempre sobre pavimentos horizontales. PARA EL USO DE ESCALERAS DE MANO, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS MATERIALES QUE LAS CONSTITUYEN: − Sé prohíbe la utilización de escaleras de mano en esta obra para salvar alturas superiores a 5 m. − Las escaleras de mano a utilizar en esta obra, estarán firmemente amarradas en su extremo superior al objeto o estructura al que dan acceso. − Las escaleras de mano a utilizar en esta obra, se instalarán de tal forma, que su apoyo inferior diste de la proyección vertical del superior, 1/4 de la longitud del larguero entre apoyos. − Sé prohíbe apoyar la base de las escaleras de mano de esta obra, sobre lugares u objetos poco firmes que pueden mermar la estabilidad de este medio auxiliar. − El acceso de operarios en esta obra, a través de las escaleras de mano, se realizará de uno en uno. Sé prohíbe la utilización al unísono de la escalera a dos o más operarios. − El ascenso y descenso y trabajo a través de las escaleras de mano de esta obra, se efectuará frontalmente, es decir, mirando directamente hacia los peldaños que se están utilizando. − Hay que utilizar escaleras únicamente cuando la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo, o bien cuando las características de los emplazamientos no permitan otras soluciones. − En caso de desarrollarse trabajos con riesgo de contacto eléctrico se utilizarán escaleras aislantes, nunca metálicas. − Hay que asegurar la estabilidad de las escaleras a través de su asentamiento en puntos de apoyos sólidos y estables. − La escalera ha de estar sujeta por la parte superior a la estructura, formando un ángulo de 75º con la horizontal; por la parte inferior tiene que disponer de zapatos antideslizantes, grapas o cualquier mecanismo antideslizante y se ha de apoyar siempre sobre superficies planas y sólidas. − Cuando la altura de trabajo supera los 3,5 m de altura y los trabajos que se han de realizar requieran movimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidad del trabajador, hay que dotar al trabajador de sistemas individuales anticaída o sistemas equivalentes. No obstante, a partir de 2 metros de altura se recomienda el uso del arnés de seguridad anclado a punto de suficiente resistencia. − Las escaleras de mano no pueden ser utilizadas por dos o más personas simultáneamente. − Se prohíbe el transporte o manipulación de cargas desde escaleras de mano cuando su peso o dimensiones puedan comprometer la seguridad del trabajador. − Es necesario revisar periódicamente las escaleras de mano. − Los peldaños han de estar ensamblados, y en posición horizontal. − Las escaleras de madera tienen que tener travesaños de una sola pieza, encasillados, sin defectos ni nudos, y han de estar protegidos con barnices transparentes. − Las escaleras metálicas tienen que tener travesaños de una sola pieza sin deformaciones o protuberancias y la junta se tiene que realizar mediante dispositivos fabricados para esta finalidad. − Está prohibida la utilización de escaleras de mano de construcción improvisada. − Antes de colocar una escalera de mano, se ha de inspeccionar el lugar de apoyo para evitar contactos con cables eléctricos, tuberías, etc. − Utilizar ambas manos para subir y bajar.

− Las escaleras de madera se tienen que almacenar a cubierto para asegurar su conservación. − Las escaleras de madera no se pueden pintar, para que se puedan apreciar los defectos. − Las escaleras de acero se tienen que pintar para evitar su oxidación. − No se pueden utilizar las escaleras como pasarelas. − No se pueden empalmar escaleras a menos que esté previsto por el fabricante. − Los largueros de las escaleras de mano que se utilicen para acceder a lugares elevados deberán sobrepasar el punto de apoyo superior en al menos 1m. − No se deber subir nunca por encima del tercer peldaño contando desde arriba. − Para utilizar la escalera es necesario verificar que ni los zapatos ni la propia escalera se han ensuciado con sustancias que provoquen resbalones: grasa, aceite, etc. − Para utilizar la escalera hay que mantener el cuerpo dentro de la anchura de la misma. − Evitar realizar actividades con vibraciones excesivas o pesos importantes. − No mover la escalera cuando haya un trabajador. − Las herramientas o materiales que se están utilizando durante el trabajo en una escalera manual nunca tienen que dejarse sobre los peldaños, sino que se tienen que colocar en elementos que permitan sujetarlos a la escalera, colgados en el hombro o en la cintura del trabajador. − No se pueden transportar las escaleras horizontalmente; se tiene que hacer con la parte delantera ligeramente inclinada hacia abajo. − Después de la utilización de la escalera, se deberán limpiar las sustancias que pudieran haber caído sobre ella. − Se deberá almacenar correctamente, libre de condiciones climatológicas adversas, nunca sobre el suelo, sino colgada y apoyada sobre los largueros. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL − Casco de polietileno. − Botas de seguridad. 5.- SEÑALIZACIONES Una de las actuaciones preventivas a desarrollar en la obra es señalizar los riesgos que han quedado descritos en apartados precedentes, en el entendimiento de que ello no los elimina y no dispensa en ningún caso de la obligación de adoptar las medidas preventivas y de protección mencionadas. Las señales de seguridad están clasificadas y definidas por el Real Decreto 485/97, establece las disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Las dimensiones de las señales determinan la distancia desde la que son observables, debiéndose tener encuentra para su adecuada distribución y colocación. Además de las señales, pueden utilizarse otros instrumentos para informar a los trabajadores de los riesgos presentes, protecciones necesarias, etc., que aunque no estén reguladas por la Administración, deben utilizarse en obra y entre ellas: − Carteles de aviso (de peligro, de precaución, de instrucciones de seguridad o informativos). − Timbres, sirenas, bocinas, etc. − Balizamientos mediante banderolas, cintas y barreras móviles.

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− Pintura de riesgo permanente (esquinas, pilares, huecos en pisos, partes salientes de equipos móviles, etc.), consistentes en bandas alternadas oblicuas amarillas sobre fondo negro, de la misma anchura e inclinación 60º respecto a la horizontal. 6.- INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROVISIONAL DE OBRA Las condiciones de seguridad de las instalaciones eléctricas de las obras de construcción están recogidas en el Reglamento Electroctécnico de Baja Tensión (RD 842/2002, de 2 de agosto) y más específicamente en la Instrucción Técnica Complementaria ITC-BT-33 sobre las instalaciones provisionales y temporales de obras. A continuación se recogen una serie de requisitos y medidas preventivas a aplicar para eliminar o minimizar las consecuencias del riesgo por contactos eléctricos. Instalaciones y distribución en general: − La alimentación de los aparatos de utilización debe realizarse a partir de cuadros de distribución en los que se integren: dispositivos de protección contra sobreintensidades, dispositivos de protección contra contactos eléctricos, y bases de tomas de corriente. − Las envolventes, aparamenta, tomas de corriente y los elementos de la instalación eléctrica que estén a la intemperie contarán como mínimo con un grado de protección IP45, según norma UNE 20324. − Los cables a emplear en líneas exteriores serán de tensión asignada mínima 450/750 V con cubierta de policloropreno o similar y aptos para servicios móviles, marcados con la nomenclatura tipo H07RN-F o similar. − Los cables de instalaciones interiores serán de tensión asignada mínima 300/500V, aptos para servicios móviles y con la nomenclatura H05-F o similar. − Los cables no estarán tendidos en pasos para peatones o vehículos. En caso de ser así, se deberá disponer la protección especial contra daños mecánicos, tales como su colocación entubada y enterrada o bien bajo carcasas protectoras. − Se evitarán los empalmes improvisados en las manqueras eléctricas. − Deberán preverse instalaciones eléctricas de seguridad cuando un fallo de la alimentación eléctrica habitual pueda suponer riesgo para la seguridad de las personas. − Los titulares de las instalaciones deberán mantener en buen estado de funcionamiento las mismas, utilizándolas de acuerdo a sus características y evitando las manipulaciones improvisadas. Estas últimas únicamente podrán realizarse por un instalador autorizado. Grupos electrógenos: − La red eléctrica generada por un grupo electrógeno debe cumplir las condiciones del lugar donde se va a utilizar. − En el caso de las obras de construcción, la instalación deberá cumplir las normas que establece la ITC-BT-33 en las mismas condiciones que las instalaciones conectadas a la red general. − Deben disponer al menos de un conjunto para obras normalizado, con grado de protección 45 o superior para instalaciones a la intemperie, etcétera. − El neutro del secundario del grupo electrógeno estará conectado a tierra en una toma de tierra independiente del resto de la instalación. − Los grupos electrógenos, como máquinas que son, deben tener su correspondiente marcado CE y declaración CE de conformidad, así como instrucciones del fabricante. − Es responsabilidad empresarial que, aun teniendo el marcado CE, los equipos de trabajo cumplan los requisitos de seguridad de los anexos al RD 1215/1997, de 18 de julio, debiendo adaptarlos cuando no se cumpla lo anterior.

− Todos los grupos electrógenos, independientemente del uso al que estén destinados, dispondrán o se conectarán a un cuadro eléctrico de las características reseñadas. − Se conectarán a tierra el punto neutro del alternador, la masa del grupo y las de utilización. − Para grupos electrógenos móviles y en caso de no existir toma de tierra se realizará la interconexión general de las masas y se instalará un dispositivo de corte diferencial de alta sensibilidad, al principio del circuito de alimentación de cada uno de los receptores alimentados por el grupo. − La protección que se adoptará contra los riesgos de contactos indirectos se hará extensiva además de todos los receptores, equipos y masas de la instalación, a las masas del grupo y sus equipos auxiliares susceptibles de adquirir tensiones peligrosas respecto a tierra al nivel exigido para los receptores. Cables. − El calibre o sección del cableado será siempre el adecuado para la carga eléctrica que ha de soportar en función del cálculo realizado para la maquinaria e iluminación prevista. − Los hilos tendrán la funda protectora aislante sin defectos apreciables (rasgones y repelones). − La distribución general desde el cuadro general de obra a los cuadros secundarios y de planta, se efectuará mediante manguera eléctrica antihumedad. − El tendido de los cables y mangueras, se efectuará a una altura mínima de 2 m. en los lugares peatonales, si no es posible enterrarlo, y de 5 m. en los de vehículos, medidos sobre el nivel del pavimento, aunque es preferible enterrar los cables eléctricos en los pasos de vehículos. El tendido de cables para cruzar viales de obra, se efectuará enterrado, la zanja tendrá una profundidad mínima de 40 cm. y el cable estará protegido por un tubo rígido. Se señalizará mediante una cubrición permanente de tablones. − Los empalmes provisionales entre mangueras, se ejecutarán mediante conexiones estancos antihumedad, con toma de corriente intermedia con grado de protección IP-65, de modo que el grado de protección del conjunto no varíe. − Los empalmes definitivos se ejecutarán utilizando cajas de empalmes normalizados estancos de seguridad. − Las mangueras de suministro a los cuadros de planta transcurrirán por el hueco de las escaleras. − El trazado de las mangueras de suministro eléctrico a las plantas, será colgado a una altura sobre el pavimento o arrimada a los paramentos verticales, para evitar accidentes por agresión a las mangueras a ras de suelo. − Las mangueras de "alargadera", por ser provisionales y de corta estancia, pueden llevarse tendidas por el suelo, pero arrimadas a los paramentos verticales. − Las mangueras de "alargadera" provisionales, se empalmarán mediante conexiones normalizadas estancas antihumedad o fundas aislantes termorretráctiles. Interruptores. − Se ajustarán expresamente a lo especificado en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. − Los interruptores se instalarán en el interior de cajas normalizadas, provistas de puerta de entrada con cerradura de seguridad. − Las cajas de interruptores poseerán adherida sobre su puerta una señal normalizada de "peligro, riesgo eléctrico". Cuadros eléctricos. − Serán metálicos de tipo intemperie, con puerta y cerradura (con llave), según norma UNE-20324.

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− Todos los cuadros eléctricos de obras deben cumplir la norma UNE-EN 60439-4, lo cual queda reflejado en la placa de características del mismo. En ella se incluirán, además del marcado “CE” del conjunto, necesariamente los siguientes datos: Fabricante, código de identificación del cuadro eléctrico, tensión asignada, tipo de corriente y grado de protección IP. − Los conjuntos de obra deberán contar con documentación escrita que incluya la declaración CE de conformidad (o documentación técnica equivalente), manual de instrucciones y esquema unifilar del mismo. − Cada base o grupo de bases de toma de corriente se protegerán mediante dispositivos diferenciales de 30 mA de sensibilidad (o más). También podrá emplearse como protección frente a las sobretensiones la alimentación a muy baja tensión de seguridad MBTS o mediante transformador individual de separación de circuitos. − Los conjuntos de obras deberán estar conectados a tierra, así como las máquinas y equipos eléctricos que lo requieran. − Contarán con mecanismos de corte general que sean fácilmente accesibles desde el exterior. − Las bases de toma de corriente estarán protegidas contra sobreintensidades por interruptores automáticos de corte omnipolar y tendrán conexión a tierra. − No se admitirán las conexiones a la base de enchufe con terminales desnudos, siempre se utilizarán clavijas. − Pese a ser para intemperie, se protegerán del agua de lluvia mediante viseras eficaces como protección adicional. − Poseerán adheridas sobre la puerta una señal normalizada de "peligro, riesgo eléctrico". − Los cuadros eléctricos se colgarán pendientes de tableros de madera recibidos a los paramentos verticales o bien, a "pies derechos" firmes. − Los cuadros eléctricos poseerán tomas de corriente para conexiones normalizadas blindadas para intemperie en número determinado, según el cálculo realizado. Tomas de energía. − Las tomas de corriente de los cuadros se efectuarán de los cuadros de distribución, mediante clavijas normalizadas blindadas (protegidas contra contactos directos). Esta norma es extensiva a las tomas del "cuadro general" y "cuadro de distribución". La pareja macho-hembra de una toma de corriente deberá ser del mismo tipo; no deberá utilizarse una base o conecto que deba ser forzado para su acoplamiento, o que disminuya el grado de protección del conjunto. − La tensión siempre estará en la clavija "hembra", nunca en la "macho", para evitar los contactos eléctricos directos. − Cada toma de corriente suministrará energía eléctrica a un solo aparato, máquina o máquina-herramienta y llevarán incorporado el conductor de protección. − Tanto las bases de enchufe como los conectores, serán adecuados para trabajos a intemperie. − Si se utilizan prolongadores de cable y deben ir por el suelo, se protegerán adecuadamente contra su deterioro mecánico y deberán ser del tipo estanco al agua. − Las bases de enchufe incorporarán un dispositivo que cubra las partes activas (en tensión), cuando se retire el conector o enchufe. − No se utilizarán para alimentar a receptores cuya intensidad nominal sea superior a la de éstas. Protección de los circuitos. − La instalación poseerá todos aquellos interruptores automáticos que el cálculo defina como necesarios; no obstante, se calcularán siempre aminorando con el fin de que actúen dentro del margen de seguridad, es decir, antes de que el conductor al que protegen, llegue a la carga máxima admisible.

− Los interruptores automáticos se instalarán en todas las líneas de toma de corriente de los cuadros de distribución y de alimentación a todas las máquinas, aparatos y máquinas-herramientas de funcionamiento eléctrico. − Los circuitos generales estarán también protegidos con interruptores. − La instalación de alumbrado general, para las "instalaciones provisionales de obra y de primeros auxilios" y demás casetas, estará protegida por interruptores automáticos magnetotérmicos. − Toda la maquinaria eléctrica estará protegida por un disyuntor diferencial. − Todas las líneas estarán protegidas por un disyuntor diferencial. − Los disyuntores diferenciales se instalarán de acuerdo con las siguientes sensibilidades: − 300 mA - (según R.E.B.T.). Alimentación a la maquinaria. − 30 mA - (según R.E.B.T.). Alimentación a la maquinaria como mejora del nivel de seguridad. − 30 mA - Para las instalaciones eléctricas de alumbrado no portátil. Tomas de tierra. − El transformador de la obra será dotado de una toma de tierra ajustada a los Reglamentos vigentes y a las normas propias de la compañía eléctrica suministradora en la zona. − Las partes metálicas de todo equipo eléctrico dispondrán de toma de tierra. − El neutro de la instalación estará puesto a tierra. − La toma de tierra se efectuará a través de la pica o placa de cada cuadro general. − El hilo de toma de tierra, siempre estará protegido con macarrón en colores amarillo y verde. Se prohíbe expresamente utilizarlo para otros usos. − Se instalarán tomas de tierra independientes en los siguientes casos: − Carriles para estancia o desplazamiento de máquinas. − Carriles para desplazamiento de montacargas o de ascensores. − La toma de tierra de las máquinas-herramienta que no estén dotadas de doble aislamiento, se efectuará mediante hilo neutro en combinación con el cuadro de distribución correspondiente y el cuadro general de obra. − Las tomas de tierra calculadas, estarán situadas en el terreno de tal forma que su funcionamiento y eficacia sea el requerido por la instalación. − La conductividad del terreno se aumentará vertiendo agua de forma periódica en el lugar el hincado de la pica (placa o conductor). − Las tomas de tierra de cuadros eléctricos generales distintos, serán independientes eléctricamente. Mantenimiento y reparación de la instalación eléctrica provisional de obra. − El personal de mantenimiento de la instalación será electricista, en posesión de carné profesional correspondiente. − Se utilizará en todo momento aquellos equipos de protección individual adecuados al trabajo a realizar, tales como guantes contra riesgos eléctricos o calzado de seguridad para baja tensión, entre otros. − Toda la maquinaria eléctrica se revisará periódicamente, y en especial, en el momento en el que se detecte un fallo, momento en el que se la declarará "fuera de servicio" mediante desconexión eléctrica y el cuelgue del rótulo correspondiente en el cuadro de gobierno.

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− La ampliación o modificación de líneas, cuadros y asimilables solo la efectuarán los electricistas. 7.- INSTALACIONES PROVISIONALES PARA TRABAJADORES De acuerdo con el apartado 15 del Anexo 4 del Real Decreto 1627/97, la obra dispondrá de las instalaciones necesarias de higiene y bienestar. Se prevé un plazo de duración de la obra de 3 meses con 5 trabajadores en los momentos punta. En el plan de Seguridad y Salud el contratista fijará los lugares donde se instalarán los locales de higiene y bienestar, que serán revisadas dichas ubicaciones en el momento del replanteo general de la obra. Se deberán establecer las condiciones de uso en las que se encuentran las diferentes instalaciones que se hayan de instalar. En caso de que los elementos a utilizar no sean de nuevo uso, se comprobará el estado de conservación del material y se determinará su aceptación o rechazo. El Contratista deberá disponer de la documentación de venta, alquiler, periodo de garantía o cualquier otra que demuestre la idoneidad del material a instalar en la obra. En el R.D. 486/1997, Anexo VI, Materiales y locales de primeros auxilios, se establece que los lugares de trabajo de más de 50 trabajadores deberán disponer de un local destinado a los primeros auxilios y otras posibles atenciones sanitarias, para lo cual el contratista lo tendrá en cuenta en su Plan de Seguridad. Se asegurará, en todo caso el suministro de agua potable al personal perteneciente a la obra, bien desde conexión a la red de abastecimiento pública, bien mediante agua envasada en botellas. SERVICIOS HIGIÉNICOS Se entienden como tales los retretes y el vestuario que se resolverán utilizando casetas prefabricados en régimen de alquiler. Construidos en doble chapa con capa aislante entre medias, con puertas de paso y carpinterías de ventana con acristalamiento, iluminación eléctrica y calefacción. Los vagones prefabricados aúnan los retretes, duchas y lavabos por lo que se deben compensar las superficies con los vestuarios en modalidad de "vagón diáfano" hasta alcanzar la condición de 2 m² por trabajador contratado. Para esta obra las necesidades en cuanto a la dotación de los mismos, por normativa, queda como sigue a continuación:

CONCEPTO Nº DE UNIDADES NECESIDADES WC 1 Ud. Por cada 30 operarios 1 Ud LAVABOS 1 Ud. Por cada 15 operarios 1 Ud DUCHAS 1 Ud. Por cada 15 operarios 1 Ud TAQUILLAS 1 Ud. Por cada operarios 5 Ud

- Caseta aseo Las cabinas de inodoro estarán dotadas de inodoro y portarrollos con papel higiénico, cerradas mediante puerta rasgada y montada a 50 cm del pavimento para permitir el auxilio en caso de accidentes (lipotimias, mareos, resbalones, etc.); las cabinas se cerrarán con cerrojillo simple. Las cabinas de ducha estarán dotadas de plato de ducha, grifería hidromezcladora caliente - fría y alcachofa rociadora fija. Se cerrarán mediante puertas rasgadas y montadas a 50 cm. del pavimento para permitir el auxilio en caso de accidentes (lipotimias, mareos, resbalones, etc.); cada cabina se cerrará con cerrojillo simple. Para suministro de agua caliente se instalará un calentador eléctrico. Los lavabos estarán dotados de grifería hidromezcladora. - Casetas vestuario

Las casetas destinadas a vestuario, contendrán los asientos necesarios, taquillas metálicas individuales con llave y perchas para guardar la ropa y los efectos personales, que se valoran independientemente. COMEDOR Las casetas prefabricadas destinadas a comedor deben estar separados de los vestuarios y aseos; dotados de bancos o sillas, mesas y calienta - comidas, disponiendo de calefacción en invierno y ventilación directa al exterior facilitada por las ventanas de las casetas. BASURAS Y AGUAS RESIDUALES Se dispondrá en la obra recipientes en los que se verterán las basuras, recogiéndolas diariamente para ser retiradas por el Servicio Municipal de Basuras, para evitar la propagación de olores desagradables y la correspondiente degradación ecológica. Las aguas residuales se acometerán a la red de saneamiento existente. LIMPIEZA Para las instalaciones provisionales de los trabajadores estará prevista una limpieza diaria y a una desinfección periódica. 8.- ROPA DE TRABAJO La Empresa facilitará gratuitamente a los trabajadores ropa de trabajo que permita una fácil limpieza y sea adecuada para hacer frente a los riesgos climáticos. En los trabajos especiales que por la suciedad del mismo haga que se produzca un deterioro más rápido en las prendas de trabajo, se repondrán éstas con independencia de la fecha de entrega y de la duración prevista. Cuando el trabajo se realice en medios húmedos, los trabajadores dispondrán de calzado y ropa impermeables. La permanencia en los recintos de trabajo del personal técnico o directivo o incluso de simples visitantes, no les exime de la obligatoriedad del uso de casco protector o prendas de calzado si el caso lo requiriese. 9.- PLAN DE EVACUACIÓN Y MEDIDAS DE EMERGENCIA. La empresa Contratista deberá elaborar un Plan de emergencia con los contenidos establecidos en el artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, desarrollando como mínimo los siguientes puntos: − Objeto y alcance. − Medios de protección técnicos y humanos (organigrama), definiendo el personal empleado para la emergencia, para primeros auxilios, su formación mínima. − Enumeración de las situaciones de emergencia previstas: accidente, incendio… − Protocolo de actuación: quien da la Alarma, quien la recibe, que hace el que la recibe, cuando se avisa a medios externos, − Teléfonos de emergencias y teléfonos de asistencia médica jerarquizada (mutua, ambulancia, hospitales y centros de salud), incluso direcciones de los centros médicos. − Itinerarios de evacuación y puntos de auxilio. − Medios de lucha contra incendios y primeros auxilios. − Información a los trabajadores sobre el plan establecido. El empresario acreditará que los trabajadores de la obra han sido informados de las previsiones y planes de emergencia.

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Medios de comunicación: En todos los tajos el encargado del mismo dispondrá de un teléfono móvil para poder usarlo en caso de emergencia, con el fin de dar la alarma y las actuaciones que le sean otorgadas en el Organigrama que establezca el contratista en el plan de seguridad y salud. Medios de lucha contra incendios: En todos los tajos existirá un extintor de dimensiones y características adecuadas a los trabajos que se realicen, sin perjuicio de otros que sean exigibles en la maquinaria o equipos. Además de los extintores existentes en los tajos, existirá otra dotación en la zona de Instalaciones Auxiliares. Medios de evacuación: Se dispondrá en cada tajo de un vehiculo que podrá ser empleado en caso de necesidad de evacuación de la zona, e incluso en caso de traslado de un accidentado, o para cualquier actuación asociada a una emergencia. En una situación de emergencia podría ser empleado hasta la maquinaria de obra. Rutas de evacuación: se documentará la ruta de evacuación especialmente en aquellos en los que el acceso a la obra sea dificultoso. En ese caso, se complementará con la coordinación previa a cualquier situación de emergencia con los servicios de emergencia (Bomberos, Protección Civil, etecétera) En ningún momento podrá haber un trabajador solo por la obra. Está totalmente prohibida la formación de hogueras. Con carácter general, en las zonas de obras que se ejecuten en zonas con platas o árboles, se seguirán las medidas siguientes: − Mojar y desbrozar, en caso necesario, la zona de influencia de los trabajos que generen peligro de incendio. − No realizar trabajos de corte, soldadura, o cualquier otra tarea que pueda producir llama o chispas, en las proximidades a zonas sensibles como son las de pasto o arbolado sin adoptar pantallas de protección u otro sistema de prevención. − Realizar una correcta gestión de residuos poniendo especial atención en la retirada de vidrio ya que puede actuar como foco de incendio. 10.- ASISTENCIA SANITARIA MEDICINA PREVENTIVA Y PRIMEROS AUXILIOS En la obra se dispondrá de un botiquín dotado de material adecuado requerido por las ordenanzas. ASISTENCIA A LOS ACCIDENTADOS Se informará a la obra del emplazamiento de los diferentes servicios médicos (servicios propios, mutuas patronales, mutualidades laborales, ambulatorios, etc.), donde deben trasladarse a los accidentados para su rápido y efectivo tratamiento. Igualmente se dispondrá en la obra de una lista con los teléfonos de urgencia, ambulancias, taxis, etc., para garantizar un rápido transporte de los accidentados a los centros de asistenciales. A parte de las medidas anteriormente indicadas, se dispondrá en obra de, al menos, un vehículo para la evacuación de los accidentados. RECONOCIMIENTO MÉDICO Todo el personal que empiece a trabajar en la obra deberá pasar un reconocimiento previo al trabajo, y que será repetido en el periodo de un año. 11.- INFORMACIÓN SOBRE SEGURIDAD Todos los responsables y mandos intermedios de las obras, y que intervengan en ella, deberán asistir a cursos de formación para la aplicación y observancia de todas las normas de seguridad necesarias en cada caso. Ellos serán los encargados de dar al resto de los trabajadores las explicaciones y ordenes para el total cumplimiento de las medidas preventivas y de seguridad en cada caso.

Direcciones de interés: Existirá un listado que contenga la localización y número de teléfono de los siguientes servicios y centros más cercanos a la obra: Bomberos Ambulancias Guardia Civil y Policía. Centros hospitalarios. Listado de los socorristas de la obra, con indicación de sus puestos de trabajo. 12.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN La formación e información de los trabajadores en los riesgos laborales y en los métodos de trabajo seguro a utilizar, son fundamentales para el éxito de la prevención de los riesgos laborales y realizar la obra sin accidentes. La EMPRESA ADJUDICATARIA, estará legalmente obligada, a formar en el método de trabajo seguro a todo el personal a su cargo, bien sea propio, subcontratista o trabajadores autónomos, de tal forma, que todos los trabajadores tendrán conocimiento de los riesgos propios de su actividad laboral, de las conductas a observar en determinadas maniobras, del uso correcto de las protecciones colectivas y del de los equipos de protección individual necesarios para su protección. Así mismo exigirá el cumplimiento de esta obligación a las empresas y autónomos que intervengan en esta obra. En cumplimiento de la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre de 1995, se realizarán las siguientes actividades: • 1º.- Tras el reconocimiento médico y a la firma del contrato: Formación e información de los riesgos laborales que tiene el trabajo de cada operario. • 2º.- Explicación a cada trabajador de la prevención diseñada en el Plan de Seguridad e Higiene, que le afecte directamente. • 3º.- Presentación a cada trabajador de la persona que controla la seguridad. • 4º.- Realización de un curso formativo general para todos los trabajadores. 13.- ORGANIZACIÓN PREVENTIVA EN LA OBRA. El contratista principal de la obra deberá disponer de una organización preventiva a la dimensión de los trabajos ejecutados, por lo que definirá, dentro de su Plan de Seguridad y Salud un organigrama preventivo en el que concrete los medios que se compromete a disponer en la obra. Como mínimo ese organigrama contendrá los siguientes elementos: − Responsable/s de seguridad en la obra, encargado/s de la vigilancia preventiva del cumplimiento de los trabajos, con presencia permanente en la obra, colaborando con el Técnico de Prevención en la coordinación con las restantes empresas involucradas en la obra. − Técnico de prevención de la obra, con formación tanto técnica como preventiva de nivel superior, cuya misión será asistir al Jefe de obra en la materia preventiva. − Trabajadores con presencia asignada en una determinada fase y tajo cuando se desarrollen actividades con riesgos especiales (recursos preventivos del contratista). − Brigada o equipo destinado al mantenimiento de las protecciones colectivas y señalización de la obra. Así mismo contendrá la definición de sus funciones, formación preventiva, dedicación y presencia en la obra o en los tajos particulares. Durante la ejecución de la obra se designará a cada integrante del organigrama, facilitándose copia de los mismos a la Dirección Facultativa de la obra (Director y Coordinador de Seguridad y Salud).

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Igualmente la empresa contratista designará en el Plan la persona encargada de las funciones de coordinación empresarial que está obligado a efectuar en base a lo dispuesto en el R. D. 171/2004, de 30 de enero. Se concretará igualmente las características mínimas de la organización preventiva de los subcontratistas que en cualquier caso dispondrá de: − Responsable (o responsables) de seguridad de la subcontrata, encargado de la vigilancia preventiva de los trabajos ejecutados por sus propios trabajadores. − Trabajador encargado de la coordinación empresarial/ interlocutores de todas las empresas participantes de cara a la coordinación de actividades empresariales. 14.- TRABAJOS CON RIESGOS ESPECIALES. De cara a la determinación de los tajos o fases de trabajo en que se considera que son trabajos con riesgos especiales realizados en la obra, sin perjuicio de que los procedimientos ejecutivos aplicados puedan mitigar en parte esos riesgos, se indican los siguientes: − Trabajos con riesgo especialmente grave de caída en altura, hundimiento o sepultamiento, por las características de la obra, del entorno o del procedimiento de trabajo desarrollado. − Trabajos en proximidad de líneas eléctricas en alta tensión. − Exposición a elementos químicos con riesgo de especial gravedad o para los que la vigilancia específica de la salud sea legalmente exigible. − Empleo de maquinaria que carezca de declaración CE de conformidad por ser su fecha de comercialización anterior a la exigencia obligatoria de la misma, que sean del mismo tipo que aquellas para las que la normativa sobre comercialización requiere la intervención de un organismo notificado en el procedimiento de certificación, cuando la protección del trabajador no esté suficientemente garantizada, aún habiéndose adoptado las medidas reglamentarias. − Trabajos (mantenimiento, reparación o construcción) desarrollados de manera simultánea a la circulación de vehículos. Para los trabajos anteriormente citados, el Contratista en su Plan de Seguridad y Salud definirá el modo en que se realizará la vigilancia por parte de sus propios “Recursos Preventivos”.

Madrid, julio de 2013.

El Redactor del Estudio de Seguridad y Salud

Fdo. D. Diego Vivas Núñez Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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II PLANOS DE SEGURIDAD Y SALUD

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SALIDAS DE EVACUACIÓN EN EL PASO INFERIOR DEL ESPINILLO

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III PLIEGO DE CONDICIONES

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1.- OBJETIVOS ESPECIFÍCOS

El presente pliego de condiciones técnicas y particulares de seguridad y salud, es un documento contractual de esta obra que tiene por objeto: Exponer las obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo de la empresa adjudicataria de la obra Concretar la calidad de la prevención decidida y su montaje correcto en la obra. - Exponer las normas preventivas de obligado cumplimiento en los casos determinados por el Estudio de Seguridad e Higiene - Fijar unos determinados niveles de calidad de toda la prevención que se prevé utilizar, con el fin de garantizar su éxito. - Definir las formas de efectuar el control de la puesta en obra de la prevención decidida y su administración. - Proponer un determinado programa formativo en materia de Seguridad y Salud, que sirva para implantar con éxito la prevención diseñada. - Todo ello con el objetivo global de conseguir la realización de la obra, sin accidentes ni enfermedades profesionales, al cumplir los objetivos fijados en la memoria de Seguridad y Salud, que no se reproducen por economía documental, pero que deben entenderse como transcritos a norma fundamental de este documento contractual. 2.- OBLIGACIONES EMPRESARIALES La empresa adjudicataria, con la ayuda de su propia estructura y colaboradores en la obra, conocedora de sus obligaciones y derechos, cumplirá y hará cumplir, la legislación vigente en materia de Seguridad y Salud. A continuación se enumera una lista no exhaustiva con las principales obligaciones: 1. Cumplir y hacer cumplir en la obra, todas las obligaciones exigidas por la legislación vigente del Estado Español y sus Comunidades Autónomas, referida a la seguridad y salud en el trabajo y concordantes, de aplicación a la obra. 2. Entregar el plan de seguridad y salud aprobado a las personas que define el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. 3. Trasmitir la prevención contenida en el plan de seguridad y salud aprobado, a todos los trabajadores propios, subcontratistas y autónomos de la obra, y hacerles cumplir con las condiciones y prevención en él expresadas. 4. Entregar a todos los trabajadores de la obra independientemente de su afiliación empresarial principal, subcontratada o autónoma, los equipos de protección individual definidos en el plan de seguridad y salud aprobado, para que puedan usarse de forma inmediata y eficaz. 5. Montar a tiempo toda la protección colectiva definida en el plan de seguridad y salud aprobado, según lo contenido en el plan de ejecución de obra; mantenerla en buen estado, cambiarla de posición y retirarla, con el conocimiento de que se ha diseñado para proteger a todos los trabajadores de la obra, independientemente de su afiliación empresarial principal, subcontratistas o autónomos. 6. Montar a tiempo según lo contenido en el plan de ejecución de obra, contenido en el plan de seguridad y salud aprobado: las instalaciones provisionales para los trabajadores. Mantenerlas en buen estado de confort y limpieza; realizar los cambios de posición necesarios, las reposiciones del material fungible y la retirada definitiva, conocedor de que se definen y calculan estas instalaciones, para ser utilizadas por todos los trabajadores de la obra, independientemente de su afiliación empresarial principal, subcontratistas o autónomos.

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7. Creación y apertura del archivo documental con los registros que genere la aplicación de este Plan de Seguridad y Salud. 8. Informar de inmediato de los accidentes: leves, graves, mortales o sin víctimas al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, tal como queda definido en el apartado acciones a seguir en caso de accidente laboral. 9. Disponer en acopio de obra, antes de ser necesaria su utilización, todos los artículos de prevención contenidos y definidos en este plan de seguridad y salud, en las condiciones que expresamente se especifican dentro de este pliego de condiciones técnicas y particulares de S+S. 10. Colaborar con el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, en la solución técnico-preventiva, de los posibles imprevistos del proyecto o motivados por los cambios de ejecución decididos sobre la marcha, durante la ejecución de la obra. 11. Notificación a la autoridad laboral de la apertura de centro de trabajo. 12. Organizar los reconocimientos médicos 13. Adoptar las medidas necesarias para que solo las personas autorizadas tengan acceso a la obra. 3.- OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS 1. Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a: a) Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el Real Decreto. b) Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de de prevención de riesgos laborales al que se refiere el artículo 16, y el plan de seguridad y salud en el trabajo al que se refiere la disposición adicional decimocuarta. c) Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Real Decreto durante la ejecución de la obra. d) Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. e) Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa. 2. Los contratistas y los subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en lo relativo a las obligaciones que les correspondan a ellos directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados. Además, los contratistas y los subcontratistas responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el plan, en los términos indicados en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. 3. Las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas. 3.1.- Intercambio de información e instrucciones entre empresarios Con la finalidad de controlar el cumplimiento de los principios de acción preventiva y la aplicación correcta de los métodos de trabajo de las empresas que concurran en el mismo centro de trabajo; para procurar la adecuación tanto de los riesgos que puedan afectar a trabajadores de dichas empresas, como las correspondientes medidas aplicables para su prevención; así como, para tener controladas las interacciones que se puedan derivar de las diferentes actividades desarrolladas por las empresas concurrentes en el mismo centro de trabajo, sobre todo cuando puedan aparecer riesgos graves o muy graves, o cuando se

desarrollen actividades que se pudieran considerar incompatibles entre sí, se han establecido una serie de obligaciones de cooperación y coordinación entre las diferentes empresas concurrentes a fin de cumplir la normativa de prevención de riesgos laborales y de lograr así la seguridad de sus actuaciones. En consonancia con ello, el contratista principal deberá desarrollar y asumir en el Plan de seguridad y salud, garantizando su cumplimiento, las siguientes obligaciones: − Informar al resto de empresarios y trabajadores autónomos que concurran con él en la obra, antes de que éstos se incorporen a la actividad, sobre los riesgos que existan en el centro de trabajo que puedan afectar a sus trabajadores y sobre las medidas de prevención, protección y emergencia previstas al efecto. − Facilitar al resto de empresarios y trabajadores autónomos concurrentes en la obra, también antes del inicio de la actividad de éstos, las instrucciones que se estimen suficientes y adecuadas para prevenir los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de éstos y las medidas que deberán aplicarse cuando se produzcan situaciones de emergencia. Tanto la información como las instrucciones se deberán facilitar por escrito cuando los riesgos de que se trate pudieran ser considerados como graves o muy graves. − El contratista principal deberá asumir y garantizar, en el plan, el cumplimiento de las obligaciones que tiene de vigilar que las empresas concurrentes en el mismo centro de trabajo faciliten la información y las instrucciones recibidas sobre riesgos y medidas de protección, prevención y emergencia a sus trabajadores y controlar su cumplimiento por éstas y por los trabajadores autónomos. 3.2.- Deber de vigilancia del contratista principal De acuerdo a lo dispuesto en la Disposición Adicional 1ª del R.D. 171/2004 de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, el “Deber de Vigilancia”, esto es, la vigilancia del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas recae sobre el Contratista principal, adjudicatario de la obra, por lo que deberá velar el cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud por todos los trabajadores presentes, con independencia de su filiación (empresa propia o subcontrata e incluso trabajadores autónomos). Para ello, requerirá de dichas empresas la organización preventiva que van a aportar a su actividad en la obra, con la finalidad de controlar el cumplimiento de dicha obligación, y la incluirá en el propio Plan como un anexo al mismo. Dicha organización actuará de manera conjunta, pero subordinada a la del contratista principal, para vigilar que los trabajadores de la subcontrata cumplan con meticulosidad las obligaciones preventivas incluidas en al Plan que afecten a su trabajo. El contratista principal exigirá por escrito a las empresas subcontratistas que han cumplido sus obligaciones de información y de formación con los trabajadores que vayan a realizar actividades en la obra. Igualmente, controlará que entre las mismas empresas subcontratistas y entre éstas y los trabajadores autónomos se han establecido la coordinación oportuna que garantice el cumplimiento de los principios de acción preventiva. 3.3.- Obligaciones del contratista en relación con la subcontratación El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de los trabajos, hasta los límites que los pliegos de condiciones generales y particulares de la obra dispongan, o hasta el 60% en caso contrario. Cuando no exista impedimento alguno por el citado documento, la subcontratación se ajustará a lo previsto en la Ley 32/2006 de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción, así como en el Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley en lo concerniente a las obligaciones y requisitos, régimen y condiciones impuestas para las empresas involucradas. El contratista comunicará por escrito y con antelación, la intención de celebrar subcontratos ante el Director de Obra, señalando la parte de la prestación que se pretende subcontratar, la identidad del subcontratista (razón social, domicilio y NIF), así como la capacidad técnica de éste con referencia a los medios técnicos y humanos de que dispone y su experiencia. Igualmente: 1. se dará traslado de esta comunicación al Coordinador de Seguridad y Salud de cara a que éste pueda cumplir con sus funciones de organización de la coordinación empresarial, y

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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2. se cumplimentará el Libro de Subcontratación convenientemente, con especial interés en la identificación del responsable de la subcontrata o representante de los trabajadores, la fecha de entrega del plan de seguridad y salud y las referencias a las instrucciones que en su caso haya impartido el coordinador de seguridad y salud en el libro de Incidencias sobre el desarrollo del procedimiento de coordinación establecido. Libro de Subcontratación. En el momento en que se decida la subcontratación parcial de los trabajos, el Contratista realizará los trámites para la habilitación del citado documento ante la autoridad laboral competente, consignado en él mismo todos y cada uno de los datos identificativos de la obra, siendo responsable de la correcta tenencia y llevanza del mismo, anotando, desde el inicio de los trabajos todos los datos referentes a cada una de las empresas subcontratadas. El contratista viene obligado a reflejar en su Plan de Seguridad y Salud su procedimiento para dar correcto y puntual cumplimiento a lo dispuesto en los párrafos anteriores, estableciendo entre otros: − Personal con las funciones delegadas por el contratista para la tenencia y llevanza del Libro. − Ubicación del mismo, para que los agentes con acceso al mismo puedan ejercitar las funciones de control pertinentes, y − Vías de comunicación de las variaciones de los datos en el mismo consignadas (actualizaciones de citado) a la Dirección Facultativa en general y al coordinador de seguridad y salud en particular. 4. INDICACIONES Y PRESCRIPCIONES ORIENTADAS A PROTEGER A LOS TRABAJADORES. Son prescripciones preventivas de carácter mínimo y deberán, en todo caso, ser desarrolladas y adaptadas por parte de las empresas responsables de su ejecución, las siguientes: a) En relación con las obras y los trabajos de conservación de la Dirección General de Vías y Espacios Públicos. En relación con los trabajos mencionados anteriormente y los riesgos a los que pueden dar lugar, se considera conveniente recalcar los siguientes aspectos: • Todos los equipos, máquinas y útiles empleados en las obras deberán contar con la conformidad/homologación o marcado CE que acredite su correcta fabricación. En particular, se prestará atención cuando se precise la utilización de maquinaria con útiles auxiliares para la colocación de bordillos. • Los trabajos eléctricos se realizarán conforme a lo establecido en el Real Decreto 614/01, adicionalmente se deberá impedir la conexión mediante puntas de cable peladas realizando las conexiones mediante petacas y dispositivos homologados. • El empresario dispondrá las medidas de señalización necesarias para controlar los posibles riesgos de atropello a los trabajadores por parte del tráfico rodado. En todo caso, en aquellas tareas en las que sea de aplicación, se cumplirá con los preceptos establecidos en la Ordenanza reguladora de la señalización y balizamiento de las ocupaciones de las vías públicas por realización de obras y trabajos. • Con carácter general, se recomienda separar las zonas de trabajo de las zonas de paso de peatones y de vehículos, mediante cerramiento rígido y continuo. En ambos casos dicho vallado deberá permitir y mantener la circulación de los vehículos y el paso de los peatones. • Así mismos, se extremará la atención en lo que se refiere al mantenimiento de un correcto estado de orden y limpieza en las zonas de trabajo y acopio de material, señalizando y balizando las mismas. • Ante la presencia de desniveles se deberán disponer medidas para facilitar y proteger el paso de los trabajadores sobre las zanjas y huecos disponiendo elementos auxiliares de protección. Con carácter general, todas las excavaciones y huecos que presenten riesgo de caída en altura deberán contar con una protección rígida.

• En aquellos trabajos en los que sea necesario retirar alguna protección, ésta se repondrá una vez finalizados los mismos. En particular, las arquetas y resto de huecos volverán a taparse una vez terminada la actuación en las mismas o cuando se abandone dicha zona de trabajo. • Ante la existencia de elementos punzantes y cortantes en la obra, esperas de armaduras, espadines de encofrado, etc. entre otros, se dispondrán las protecciones necesarias (setas protectoras, etc.) para evitar el corte con los mismos. • Los vehículos y maquinaria de obra dispondrán, con carácter general y de acuerdo con el RD 1215/97, de los correspondientes dispositivos de seguridad: cinturón de seguridad, señal acústica marcha atrás, señal luminosa y espejos retrovisores. Dichos dispositivos deberán ser utilizados siempre que los vehículos y/o máquinas estén en funcionamiento. • Con la finalidad de evitar desplazamientos fortuitos o el manejo por personal no autorizado, los vehículos y la maquinaria de obra permanecerán parados y sin la llave de contacto mientras no estén trabajando. • En los trabajos de carga, transporte y descarga de materiales se prestará especial atención en no sobrecargar los equipos utilizados por encima del campo de visión del operario que los maneja. • Se establecerá un radio de acción mínimo para los trabajos en las proximidades de máquinas y equipos en funcionamiento, este radio de acción será concretado por parte del empresario en su plan de seguridad y salud de forma que se evite el posible alcance o golpeo a otros trabajadores. • Las herramientas, equipos y maquinaria, deberán estar provistos de sus correspondientes resguardos o elementos de protección. En particular las tapas de los grupos generadores y compresores deberán permanecer siempre cerradas excepto para los trabajos de mantenimiento. • Los equipos de soldadura oxicorte dispondrán de doble válvula anti retorno, una a la salida de la botella y otra a la entrada del soplete, igualmente, las mangueras se protegerán frente al aplastamiento por el paso de personas y vehículos. • En los trabajos de solado, se preverá el corte de las piezas mediante la utilización de equipos de trabajo por vía húmeda con el fin de evitar atmósferas pulvígenas. • La utilización de escaleras manuales se limitará a las circunstancias en que la utilización de otros equipos de trabajo más seguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo. Cuando se utilicen escaleras de mano para acceso a zonas de trabajo, éstas sobrepasarán en un metro la zona de desembarco. En relación con la utilización de estos equipos, se cumplirán las prescripciones establecidas en el RD 2177/04. • En relación con el uso de las protecciones individuales, la utilización del casco se exigirá siempre que se carguen y descarguen materiales, así como en el interior de zanjas y pozos. Del mismo modo, cuando se realicen trabajos de demolición, picado y corte se utilizarán los correspondientes Equipos de Protección Individual (mascarilla, gafas o pantallas faciales) con el fin de proteger la cara frente a la proyección de partículas generadas. • Cuando se realicen trabajos en altura desde equipos de elevación de personal, entre otros, reparación, mantenimiento y limpieza de luminarias, se dispondrán y utilizarán los pertinentes equipos de protección individual (línea de vida o puntos fijos de anclaje y arnés de seguridad). b) En relación con la protección de borde mediante la disposición de barandillas. En relación con la elección y disposición de protecciones colectivas de borde se deberán atender las prescripciones legales vigentes y, de manera específica en relación con las barandillas, los requisitos establecidos en el Anexo IV, parte C, punto 3 del RD 1627/97 que se resumen en los siguientes deberes de carácter general: 1. Se dispondrán barandillas o sistemas equivalentes en todos los trabajos que presenten riesgos de caída en altura superior a dos metros.

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2. Las barandillas deberán ser resistentes y contarán con una altura mínima de 90 cm contando con un reborde de protección, pasamanos y una protección intermedia (a este respecto, cabe recoger la recomendación que efectúan tanto la Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo como el IV Convenio General del Sector de la Construcción 2007-2011 al aumentar la altura mínima de dichos equipos hasta un metro). 3. Únicamente en aquellos casos en los que no resultara viable la instalación de este tipo de protecciones se dispondrá la utilización de equipos de protección individual para el control del riesgo de caída en altura. 4. Se deberá verificar la estabilidad y solidez de los elementos que conforman la barandilla tanto antes de su uso como de manera periódica y cuando se puedan ver afectadas por modificaciones o largos períodos sin utilizarse. De manera complementaria, la norma UNE 13374:2004 establece una serie de requisitos de comportamiento y métodos de ensayo para los sistemas provisionales de protección de borde utilizados durante la construcción o mantenimiento de edificios y otras estructuras. Si bien la citada norma UNE no es de obligado cumplimiento, lo cierto es que la obligación de garantizar la resistencia de las barandillas, unida a la ausencia de normativa técnica adicional sobre este particular, aconsejan atender a su contenido a la hora de dimensionar y comprobar la resistencia de este tipo de equipos (obligaciones, éstas sí, claramente previstas en el RD 1627/97). La citada norma UNE 13374:2004 establece las siguientes disposiciones en relación con la estabilidad y resistencia de los equipos y sistemas de protección de borde: a) Los sistemas de protección de borde se clasifican en tres categorías A, B o C, en función de la inclinación y de la altura del plano de instalación. Cada clase debe cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a características, pero son comunes para todas las siguientes premisas: o La altura o distancia entre la barandilla principal y la superficie de trabajo será como mínimo de 1 metro. o Cualquier protección de borde debe comprender al menos una barandilla principal y una barandilla intermedia o protección intermedia y debe permitirle fijar un rodapié. o El rodapié deberá cubrir como mínimo 15 cm. por encima de la superficie de trabajo. Además, el rodapié deberá estar diseñado para evitar aperturas mayores de 20 mm entre el mismo y la superficie de trabajo. b) Además de los requisitos de resistencia, la norma UNE 13374:2004 prevé la exigencia de una determinada capacidad elástica de la protección que permita poder transformar un alto porcentaje de la energía cinética acumulada durante una potencial caída en una deformación del sistema El objeto de esta exigencia es minimizar las posibles lesiones que pueda sufrir una persona al impactar contra la misma. La norma permite diseñar las barandillas en función de la resistencia, bien mediante cálculos o bien mediante la verificación experimental a través de ensayos. c) En el caso de utilizar sistemas de protección certificados conforme a la norma, éstos deberán llevar un manual de instrucciones que debe identificar tanto la descripción como la clase del sistema, el detalle de los elementos integrantes del sistema, las secuencias de montaje y desmontaje del mismo, las limitaciones de uso y las instrucciones para el almacenamiento, mantenimiento y revisiones como aspectos más relevantes. d) El montaje de cualquier sistema certificado debe realizarse por personal cualificado cumpliendo las normas de montaje indicadas por el fabricante. e) Los requisitos establecidos por la norma UNE 13374:2004, deben respetarse también para el cálculo, dimensionamiento y justificación de las protecciones de borde fabricadas y configuradas in situ con elementos y materiales de la propia obra. En resumen, es importante contar con una justificación técnica de la resistencia, estabilidad y solidez del sistema de protección de borde elegido (bien sea a través de la certificación y el etiquetado del fabricante del mismo, bien sea mediante los pertinentes cálculos justificativos y, en su caso, ensayos) que permita cumplir con los deberes consignados al respecto en el RD 1627/97. A este respecto, se recomienda atender a las prescripciones recogidas en la norma UNE 13374:2004 pues si bien su cumplimiento no resulta obligatorio, sí que aporta criterios técnicos normalizados para asegurar la conformidad de dichos medios de protección.

Adicionalmente, y al igual que en el resto de elementos a montar en la obra, se recuerda la importancia de llevar a cabo el montaje y desmontaje del equipo en condiciones seguras así como de velar por unas correctas y seguras condiciones de anclaje y sustentación. c) En relación con los riesgos de atropellos, golpes, cortes, caídas de objetos, caídas al mismo y a distinto nivel y sobreesfuerzos. Adicionalmente, y al igual que en el resto de elementos a montar en la obra, se recuerda la importancia de llevar a cabo el montaje y desmontaje del equipo en condiciones seguras así como de velar por unas correctas y seguras condiciones de anclaje y sustentación. En general, en las obras, el riesgo de atropello y golpes por maquinaria y vehículos es una causa importante de los accidentes que pueden ocurrir además del daño que sobre trabajadores o terceros pueda generar. Por otro lado, entre las principales causas que originan los golpes y cortes por objetos y herramientas podemos indicar el uso de herramientas inadecuadas, defectuosas, de mala calidad o mal diseñadas, la utilización incorrecta de herramientas y equipos de trabajo, su inadecuada conservación o almacenamiento o los defectos en su transporte. En relación con las caídas al mismo y a distinto nivel, destacar que los esguinces y torceduras generados por la caída al circular a pie por la obra o por la caída al subir y bajar incorrectamente de la maquinaria o equipo auxiliar (escalera, andamio,…) son uno de los daños más habituales en las obras. Por último, indicar que el riesgo por caídas de objetos en manipulación y sobreesfuerzos se produce principalmente por la manipulación incorrecta de objetos, herramientas y equipos pesados o voluminosos y en trabajos donde el operario realiza actividades que conllevan posturas forzadas o repetitivas, o se desarrollan en espacios reducidos. Todos estos factores identifican aquellas condiciones de trabajo que deben ser combatidas en las obras mediante la planificación (en el Plan de Seguridad y Salud o anexos al mismo) y la posterior disposición de medidas de control. Con carácter particular, en relación con los riesgos anteriores, se considera adecuado trasladar a las empresas contratistas los siguientes aspectos preventivos, los cuales deberán ser considerados en los procedimientos de trabajo y planificación preventiva que desarrolle cada empresa de acuerdo con las particularidades de cada obra: • En relación con el riesgo de atropello. a) El plan de seguridad y salud deberá definir la señalización a disponer en la obra cuando ésta afecte a vías públicas. Así mismo, analizará los riesgos y medidas a considerar en relación con su colocación y retirada. Dicha señalización deberá prever la existencia de barreras de separación entre el tráfico y los trabajadores así como la presencia y protección frente al riesgo de atropello de señalistas para dirigir las operaciones de entrada y salida de maquinaria a la zona de obra (p.e. mediante la disposición de señales de preaviso y/o sistemas de balizamiento). b) Cuando las características de la obra lo requieran (obras con viales internos, obras con espacio reducido para maquinaria y paso de trabajadores, trabajos que impliquen movimientos de maquinaria,...) el empresario contratista deberá garantizar el movimiento y la circulación segura dentro de la obra tanto para la maquinaria y vehículos como para los trabajadores al igual que se ha indicado en el apartado anterior evitando de este modo la presencia de trabajadores en el radio de acción de la maquinaria. Con carácter especial, se definirá la función, el posicionamiento y la protección de los señalistas. c) Es importante organizar y planificar los trabajos de un mismo tajo para garantizar la existencia de una distancia de seguridad entre los trabajadores y la maquinaria y vehículos de obra. d) Del mismo modo, es importante que los trabajadores no invadan la calzada con tráfico, ni las zonas de paso y circulación de maquinaria. Para ello el empresario contratista deberá planificar los distintos tajos de forma que se doten accesos adecuados y seguros no sólo a los mismos sino también al resto de las instalaciones de obra (zona de acopios, casetas, parque de maquinaria,...). Dichos accesos deberán estar convenientemente señalizados tanto en horizontal como en vertical. e) En aquellas obras y actividades en las que el riesgo de atropello sea más relevante (p.e. debido al continuo movimiento de vehículos y maquinaria, o a la elevada concentración de máquinas y trabajadores como en el caso de trabajos de aglomerado o

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movimiento de tierras localizados...) se garantizará por parte del empresario la presencia de los recursos preventivos necesarios mientras se desarrolle los trabajos afectados por el citado riesgo disponiendo, en todo caso, de las medidas de control necesarias. f) El empresario contratista deberá garantizar la adquisición de maquinaria y vehículos de obra adecuados al trabajo a realizar, el buen estado de funcionamiento de los mismos y sus dispositivos de seguridad (rotativo luminoso, señal acústica marcha atrás y cinturón de seguridad), el uso exclusivo para los trabajos para los que han sido diseñados y la conducción por trabajadores que hayan recibido la formación adecuada. Así mismo, se deberán definir los procedimientos y actuaciones para controlar que únicamente se utilizan las máquinas y vehículos de obra por parte de personal autorizado a ello en función de la capacitación profesional y de la formación especifica recibida para el manejo de la misma llegando, en su caso, a exigir el preceptivo carné en aquellas máquinas y vehículos que, de acuerdo con lo normado, precisen de tal condición. A este respecto, se debe considerar que aquellos vehículos y máquinas que estén habilitados para circular por la vía pública (y sin perjuicio del resto de requisitos exigibles para ello) deberán ser utilizados, únicamente, por operadores con el carné de conducir. g) Es importante que la empresa contratista garantice mediante un procedimiento de trabajo que toda la maquinaria y vehículos de obra se someta al mantenimiento y revisiones periódicas de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Dichas operaciones, deberán incluir además una comprobación inicial antes de su puesta en marcha por primera vez y una revisión rápida al inicio de la jornada de trabajo. Dichas comprobaciones deberían efectuarlas personal competente y estar documentadas. En la misma línea, se deberán habilitar procedimientos para comprobar que los citados equipos cumplen con la normativa que les afecta, especialmente en lo relativo a cabinas y dispositivos antivuelco y al uso preceptivo, en su caso, del cinturón de seguridad. h) El empresario contratista deberá suministrar a los trabajadores información por escrito sobre las condiciones y particularidades de la obra (accesos a la obra, normas de circulación por los viales de la misma, existencia de rampas, badenes, taludes,...) así como las medidas preventivas al respecto con el fin de evitar situaciones y maniobras peligrosas. Dicha información deberá ser comprensible para los trabajadores a los que va dirigida. • En relación con los riesgos: golpes y cortes por objetos y herramientas, caídas de objetos en manipulación, caídas al mismo y distinto nivel y sobreesfuerzos. − Todos los equipos, herramientas y útiles empleados en las obras deberán contar con la conformidad/homologación o marcado CE que acredite su correcta fabricación. − Las herramientas y equipos deberán estar provistos de sus correspondientes resguardos o elementos de protección que impidan o dificulten el acceso de las personas o de sus miembros al punto o zona de peligro. − El empresario contratista deberá garantizar la adquisición de herramientas, equipos y útiles de calidad, el buen estado de funcionamiento, el uso exclusivo para los trabajos para los que han sido diseñadas y su manejo por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada y cuenten con la correspondiente autorización de empleo de las mismas. − Asimismo, el empresario contratista deberá suministrar a los trabajadores información por escrito sobre las condiciones y la forma correcta de utilización de las herramientas, útiles y equipos de trabajo, teniendo en cuenta las instrucciones del fabricante, así como las situaciones o formas de trabajo anormales y peligrosas, que puedan preverse. Dicha información debería ser comprensible para los trabajadores a los que va dirigida y la documentación informativa facilitada por el fabricante deberá estar a disposición de los trabajadores. − Para el manejo de las herramientas, los trabajadores deberán ir provistos de los equipos de protección individual adecuados al riesgo generado por la misma: guantes de protección, protectores auditivos, gafas anti-impactos,… − Es importante que el empresario contratista adopte las medidas necesarias para garantizar que los equipos y las herramientas eléctricas y manuales, se sometan al mantenimiento y revisiones periódicas previstas al respecto en el Manual del fabricante. Dichas operaciones deberán incluir además una comprobación inicial antes de su puesta en marcha por primera vez y una revisión rápida al inicio de la jornada de trabajo. Dichas comprobaciones deberían efectuarlas personal competente y estar documentadas. − Se deberán organizar los distintos trabajos de un mismo tajo para garantizar la existencia de una distancia de seguridad entre los distintos trabajadores con el fin de evitar golpes con las herramientas y equipos.

− En relación con los golpes por caída o desprendimiento de cargas y objetos en manipulación, es importante que el Plan de seguridad y salud de la obra defina un procedimiento de trabajo para la manipulación y la colocación de los mismos (bordillos, tuberías, prefabricados). − Se deberá prestar especial atención a circular a pié por la obra y a la forma de subir y bajar a la maquinaria tanto a la cabina como a la caja de la misma, utilizando para ello los epi´s necesarios: guantes, botas de seguridad o botas de agua. − Es importante mantener el orden y limpieza en la obra de modo que la misma esté libre de obstáculos con el fin de evitar caídas fortuitas o dificultar el acceso o descenso de los trabajadores a la maquinaria de obra. − En relación con los sobreesfuerzos, además de tener en cuenta las disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas del Real Decreto 487/1997, es importante que el contratista realice, previo al comienzo de aquellas actividades donde exista dicho riesgo, una planificación preventiva concreta que tenga en cuenta: 1. Los procedimientos y métodos trabajo para la manipulación manual de cargas. 2. La elección de los equipos, útiles y herramientas más adecuados a emplear cuando la carga sea demasiado pesada para ser manipulada por varios operarios, teniendo en cuenta que se requiere una formación por parte del operario de dichas máquinas para que el empleo de éstas sea correcto y no origine nuevos riesgos. La empresa contratista garantizará la homologación, conformidad y adecuadas condiciones de uso del conjunto maquina-útil siempre y cuando, claro está, se ajuste y cumpla con las condiciones establecidas en la normativa vigente. 3. La posibilidad de rotación de trabajadores para el empleo de herramientas pesadas o voluminosas. 4. La información a los trabajadores. 5.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

ARTÍCULO 29. LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS 1. Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos y omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. 2. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: • Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas, aparatos, herramientas, sustancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. • Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de éste. • No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que ésta tenga lugar. • Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y de prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores.

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• Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. • Cooperar con el empresario para que éste pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. 3. El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno. 6.- SERVICIOS DE PREVENCIÓN. Las empresas están obligadas a disponer de una organización especializada de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 39/1997, citado: cuando posea una plantilla superior a los 250 trabajadores, con Servicio de Prevención propio, mancomunado o ajeno contratado a tales efectos, en cualquier caso debidamente acreditados ante la Autoridad laboral competente, o, en supuestos de menores plantillas, mediante la designación de un trabajador (con plantillas inferiores a los 50 trabajadores) o de dos trabajadores (para plantillas de 51 a 250 trabajadores), adecuadamente formados y acreditados a nivel básico, según se establece en el mencionado Real Decreto 39/1997. La empresa contratista encomendará a su organización preventiva la vigilancia sobre el cumplimiento de sus obligaciones preventivas en la obra, plasmadas en el Plan de Seguridad y Salud, así como la asistencia y asesoramiento al Jefe de obra en cuantas cuestiones de seguridad se planteen a lo largo de la construcción. Cuando la empresa contratista venga obligada a disponer de un servicio técnico de prevención, estará obligada, asimismo, a designar un técnico de dicho servicio para su actuación específica en la obra. Este técnico deberá poseer la preceptiva acreditación superior o, en su caso, de grado medio a que se refiere el mencionado Real Decreto 39/1997, así como titulación académica y desempeño profesional previo adecuado y aceptado por el coordinador en materia de seguridad y salud, a propuesta expresa del jefe de obra. Al menos uno de los trabajadores destinados en la obra poseerá formación y adiestramiento específico en primeros auxilios a accidentados, con la obligación de atender a dicha función en todos aquellos casos en que se produzca un accidente con efectos personales o daños o lesiones, por pequeños que éstos sean. Los trabajadores destinados en la obra poseerán justificantes de haber pasado reconocimientos médicos preventivos y de capacidad para el trabajo a desarrollar, durante los últimos doce meses, realizados en el departamento de Medicina del Trabajo de un Servicio de Prevención acreditado. El Plan de Seguridad y Salud establecerá las condiciones en que se realizará la información a los trabajadores, relativa a los riesgos previsibles en la obra, así como las acciones formativas pertinentes. El coste económico de las actividades de los servicios de prevención de las empresas correrá a cargo, en todo caso, de las mismas, estando incluidos como gastos generales en los precios correspondientes a cada una de las unidades productivas de la obra, al tratarse de obligaciones intrínsecas a su condición empresarial. 7.- CONDICIONES A CUMPLIR POR TODOS LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA 7.1.- CONDICIONES GENERALES En la Memoria de este estudio de seguridad y salud, se han definido los medios de protección colectiva que se van a utilizar para la prevención de los riesgos detectados, que cumplirán con las siguientes condiciones generales:

La protección colectiva de esta obra, ha sido diseñada para que sea puesta en práctica. Las propuestas alternativas que se presenten en el plan de seguridad y salud, tendrán una representación técnica de calidad, en forma de planos de ejecución de obra. Las protecciones colectivas de esta obra, estarán en acopio disponible para uso inmediato, dos días antes de la fecha decidida para su montaje: Serán nuevas, a estrenar, si sus componentes tienen caducidad de uso reconocida, o si así se especifica en su apartado correspondiente dentro de este pliego de condiciones técnicas y particulares del plan de S+S Idéntico principio al descrito, se aplicará a los componentes de madera. Antes de ser necesario su uso, estarán en acopio real en la obra con las condiciones idóneas de almacenamiento para su buena conservación. Estarán a disposición del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para comprobar si su calidad se corresponde con la definida en este plan de seguridad y salud Serán instaladas previamente antes de iniciar cualquier trabajo que requiera su montaje. Queda prohibido el comienzo de un trabajo o actividad que requiera protección colectiva, hasta que ésta esté montada por completo en el ámbito del riesgo que neutraliza o elimina. El plan de ejecución de obra, definirá la fecha de montaje, mantenimiento, cambio de ubicación y retirada de cada una de las protecciones colectivas que se contienen en este plan de seguridad y salud. Se desmontará de inmediato, toda protección colectiva en uso en la que se aprecien deterioros con merma efectiva de su calidad real. Se sustituirá a continuación el componente deteriorado y se volverá a montar la protección colectiva una vez resuelto el problema. Entre tanto se realiza esta operación, se suspenderán los trabajos protegidos por el tramo deteriorado y se aislará eficazmente la zona para evitar accidentes. Estas operaciones quedarán protegidas mediante el uso de equipos de protección individual. Durante la realización de la obra, puede ser necesario variar el modo o la disposición de la instalación de la protección colectiva. Si esto ocurre, la nueva situación será definida en los planos de seguridad y salud en colaboración con el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra Las protecciones colectivas proyectadas en este trabajo, están destinadas a la protección de los riesgos de todos los trabajadores y visitantes de la obra; es decir: trabajadores de la empresa principal, los de las empresas subcontratistas, empresas colaboradoras, trabajadores autónomos y visitas de los técnicos de dirección de obra o de la Propiedad; visitas de las inspecciones de organismos oficiales, o de invitados por diversas causas. El montaje y uso correcto de la protección colectiva, es preferibles al uso de equipos de protección individual para defenderse de idéntico riesgo; en consecuencia, la Jefatura de Obra no admitirá el cambio de uso de protección colectiva prevista, por el de equipos de protección individual. 7.2.- CONDICIONES PARTICULARES DE CADA UNA DE LAS PROTECCIONES COLECTIVAS. • Toma de tierra independiente y normalizada, para estructuras metálicas de máquinas fijas Las tomas de tierra deberán calcularse en función de la resistividad del terreno en el que se construye. Señalización Será formada mediante cinta normalizada CE, de señalización. Fabricada en PVC, continuo, en colores dispuestos en franjas alternativas amarillo y negro. La señalización se dispondrá entorno al hueco así protegido con redes, a una distancia no inferior a 2 m. Esta señalización tendrá un mantenimiento continuo. • Barandilla provisional de obra. Las barandillas de pasarelas y plataformas de trabajo tendrán suficiente resistencia, por sí mismas y por su sistema de fijación y anclaje, para garantizar la retención de los trabajadores, incluso en hipótesis de impacto por desplazamiento o desplome violento.

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Los montantes o postes y las barandillas deberán ser de material rígido y sólido, no pudiendo utilizarse como barandillas, cuerdas, cadenas, cintas, etc., así como elementos de señalización. Tendrán una altura mínima de un metro, y dispondrán de un reborde de protección (plinto rodapié), un pasamanos y una protección intermedia que impidan el paso o deslizamiento de los trabajadores. Las barandillas provisionales de protección de borde para prevenir caídas de personas a distinto nivel deben haber sido ensayadas y obtenido la adecuada certificación de producto del fabricante, conforme a la UNE-EN 13374-2004. La ejecución de la barandilla será tal que ofrezca una superficie con ausencia de partes punzantes o cortantes que puedan causar heridas. La resistencia global de referencia de las barandillas queda cifrada en 150 Kg./m., como mínimo. • Cables fiadores para cinturones de seguridad CALIDAD: El material a emplear será nuevo, a estrenar. Cables Cables de hilos de acero fabricado por torsión con un diámetro adecuado. Lazos Se formarán mediante casquillos electrofijados. Si deben formarse mediante el sistema tradicional de tres aprietos, el lazo se formará justo en la amplitud de los guardacabos. Ganchos Fabricados en acero timbrado, instalados en los lazos con guardacabos del cable para su instalación rápida en los anclajes de seguridad. Disposición en obra El plan de seguridad a lo largo de su puesta en obra, suministrará los planos de ubicación exacta según las nuevas solicitaciones de prevención que surjan. • Extintores de incendios CALIDAD: Los extintores a montar en la obra serán nuevos, a estrenar. Los extintores a instalar serán los conocidos con el nombre de "tipo universal" dadas las características de la obra a construir. Vestuario y aseo del personal de la obra. Comedor del personal de la obra. Local de primeros auxilios. Oficinas de la obra, independientemente de que la empresa que las utilice sea principal o subcontratada. Almacenes con productos o materiales inflamables. Cuadro general eléctrico. Cuadros de máquinas fijas de obra. Almacenes de material y talleres. Acopios especiales con riesgo de incendio. Extintores móviles para trabajos de soldaduras capaces de originar incendios. Mantenimiento de los extintores de incendios Los extintores serán revisados y retimbrados según el mantenimiento oportuno recomendado por su fabricante, que deberá concertar el contratista principal de la obra con una empresa especializada.

• Conexiones eléctricas de seguridad Todas las conexiones eléctricas de seguridad se efectuarán mediante conectores o empalmadores estancos de intemperie. También se aceptarán aquellos empalmes directos a hilos con tal de que queden protegidos de forma totalmente estanca, mediante el uso de fundas termorretráctiles aislantes o con cinta aislante de auto fundido en una sola pieza, por auto contacto. • Cuerdas auxiliares, guía segura de cargas suspendidas a gancho de grúa CALIDAD: Nuevas a estrenar. Cuerdas Fabricadas en poliamida 6.6 industrial con un diámetro de 12 mm. • Transformadores de energía eléctrica con salida a 24 voltios (1000 W) Para la seguridad en la utilización racional de la energía eléctrica, se prevé la utilización de transformadores de corriente con salida a 24 V, cuya misión es la protección del riesgo eléctrico en lugares húmedos. • Interruptores diferenciales de 30 mA CALIDAD: Nuevos, a estrenar Tipo de mecanismo Interruptor diferencial de 30 miliamperios comercializado, para la red de alumbrado; instalado en el cuadro general eléctrico de la obra, en combinación con la red eléctrica general de toma de tierra de la obra. Instalación En el cuadro general de obra, de conexión para iluminación eléctrica de la obra. Mantenimiento Se revisará diariamente, procediéndose a su sustitución inmediata en caso de avería. Diariamente se comprobará que no han sido puenteados, en caso afirmativo, se eliminará el puente y se investigará quién es su autor, con el fin de explicarle lo peligroso de su acción y conocer los motivos que le llevaron a ella con el fin de eliminarlos. • Valla de contención de peatones Consistirá en una estructura metálica con forma de panel rectangular, con lados mayores horizontales de 2,5 m. a 3 m. y menores verticales de 0,9 m. a 1,1 m. Los puntos de apoyo solidarios con la estructura principal estarán formados por perfiles metálicos, y los puntos de contacto con el suelo distarán como mínimo 25 cm. Cada módulo dispondrá de elementos adecuados para establecer unión con el contiguo, de manera que pueda formarse una valla continua. 8.- CONDICIONES A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL 8.1.- CONDICIONES GENERALES Como norma general, se han elegido equipos de protección individual cómodos y operativos, con el fin de evitar las negativas a su uso. Por lo expuesto, se especifica como condición expresa que: todos los equipos de protección individual utilizables en esta obra, cumplirán las siguientes condiciones generales: Tendrán la marca "CE", según el RD 159/95 y O.M. 20/02/97, y disposiciones mínimas de seguridad y salud de equipos de protección individual RD 773/97, de 30 de mayo.

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Los equipos de protección individual que cumplan con la indicación expresada en el punto anterior, tienen autorizado su uso durante su período de vigencia. Llegando a la fecha de caducidad, se constituirá un acopio ordenado, que será revisado por el coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para que autorice su eliminación de la obra. Los equipos de protección individual en uso que estén rotos, serán reemplazados de inmediato, quedando constancia en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual, con el fin de dar la máxima seriedad posible a la utilización de estas protecciones. Requisitos de los materiales y productos sometidos a reglamentación específica que vayan a ser utilizados en la obra. Todos los productos y sustancias químicas que se vayan a emplear en la obra estarán perfectamente identificados y etiquetados conforme a la legislación en vigor. La ficha de datos de seguridad está definida en el artículo 23 del R.D. 363/1995 de 10 de marzo por el que se aprueba el reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación etiquetado y envasado sustancias peligrosas. El Plan de Seguridad y Salud que el Contratista ha de elaborar en aplicación del presente Estudio, incorporará la “Ficha de Datos de Seguridad” de cada uno de los productos y sustancias químicas peligrosas que empleen, de manera que sean recogidas todas las informaciones precisas para la adopción de cuantas prevenciones y protecciones sean necesarias. 8.2.- CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LOS EQUIPOS A continuación se especifican los equipos de protección individual que se van a usar, junto con las normas que hay que aplicar para su utilización: • Arnés de seguridad Se define arnés como un dispositivo de presión del cuerpo destinado a parar las caídas. El arnés está constituido por bandas, elementos de ajuste, hebillas y otros elementos, dispuestos y ajustados de forma adecuada sobre el cuerpo de una persona. Deberá estar diseñado y construido para garantizar la parada segura de una caída, de forma que la distancia de caída del cuerpo sea mínima, la fuerza de frenado no provoque lesiones corporales y la postura del usuario, una vez producido el frenado de la caída, sea tal que le permita, dado el caso, esperar auxilio. Estará formado por un arnés anticaídas y la conexión para unir el arnés anticaídas a un punto de anclaje seguro. Esta conexión puede efectuarse utilizando un dispositivo anticaídas o un absorbedor de energía. La anchura de las bandas principales deben ser de 40 mm como mínimo, y la de las bandas secundarias al menos de 20 mm. Deberá contar con bandas en la región pelviana y sobre los hombros, debe poder ajustarse y no deben aflojarse. Todos los elementos metálicos, hebillas, argollas en D y mosquetón, sufrirán en el modelo tipo, un ensayo a la tracción de 700 kgf (6.867 N) y una carga de rotura no inferior a 1.000 Kgf (9.810 N). Serán también resistentes a la corrosión. Si el elemento de amarre fuese una cuerda, será de fibra natural, artificial o mixta, de trenzado y diámetro uniforme, mínimo 10mm, y carecerá de imperfecciones. Si fuese una banda debe carecer de empalmes y no tendrá aristas vivas. Este elemento de amarre también sufrirá ensayo a la tracción en el modelo tipo. Todos los arneses de seguridad que se utilicen por los usuarios deberán cumplir las condiciones de sanidad y seguridad definidas en el RD 1407/1992 de 20 de noviembre modificado por el RD 159/1.995 Deberá contar con el marcado CE y el marcado de conformidad con norma. Se fabricarán conforme a la Norma UNE-EN-361:1993. Instrucciones de uso: − Coger el arnés por la anilla D dorsal. − Colocarse los tirantes, sin retorcer las correas. − Ajustar los tirantes utilizando los extremos libres. − Cerrar y ajustar el cinturón de sujeción.

− Pasar por la entrepierna las bandas sujeta-muslos. − Ajustar las bandas sujeta-muslos utilizando hebillas hembras. − Cerrar y ajustar la banda del pecho (si procede). − Los ajustes no deben estar ni demasiado prietos ni holgados. − La placa de la anilla dorsal debe quedar a la altura de los omoplatos. − Queda prohibido unir a las anillas del cinturón de posicionamiento un sistema de detención de caídas (papillón, railbloc, etc.). − Las anillas de posicionamiento del cinturón solo podrán emplearse para colocar la cuerda de posicionamiento. − Queda prohibida la utilización de cinturones de posicionamiento no integrados en un arnés. Revisiones y mantenimiento: − Antes de cada uso, examen visual de correas, costuras y hebillas. − Las reparaciones las efectuará personal especializado. − Preservar el arnés de elementos cortantes y ataques químicos. − En caso que el arnés se moje, dejar secar en lugar fresco y bien ventilado. − No exponer innecesariamente a los rayos del sol. Guardar en su bolsa. − Limpiar con agua y jabón neutro. Previamente a su empleo en la obra pasará una revisión por personal especializado. • Botas aislantes de la electricidad Unidad de par de botas fabricadas en material aislante de la electricidad. Comercializadas en varias tallas. Dotadas de suela contra los deslizamientos, para protección de trabajos en baja tensión. Con marca CE. • Botas de PVC, impermeables Unidad de par de botas de seguridad, fabricadas en PVC, o goma, de media caña. Comercializadas en varias tallas; con talón y empeine reforzado. Forrada en loneta de algodón resistente, con plantilla contra el sudor. Suela dentada contra los deslizamientos. Con marca CE. • Botas de seguridad de PVC, de media caña, con plantilla contra los objetos punzantes y puntera reforzada Unidad de botas de seguridad. Comercializadas en varias tallas. Fabricadas en cloruro de poli vinilo o goma; de media caña, con talón y empeine reforzados. Forrada en loneta resistente. Dotada de puntera y plantilla metálicas embutidas en el PVC, y con plantilla contra el sudor. Con suela dentada contra los deslizamientos. Con marca CE. • Botas impermeable pantalón de goma o PVC Unidad de par de botas pantalón de protección para trabajos en barro o de zonas inundadas, hormigones, o pisos inundados con riesgo de deslizamiento: Fabricadas en "PVC" o goma. Comercializadas en varias tallas. Forradas de loneta resistente y dotadas con suelas dentadas contra los deslizamientos. Con marca CE. • Cascos auriculares protectores auditivos Unidad de cascos auriculares protectores auditivos amortiguadores de ruido para ambas orejas. Fabricados con casquetes auriculares ajustables con almohadillas recambiables para uso optativo con o sin el casco de seguridad. Con marca CE. • Casco de seguridad clase "N" Unidad de casco de seguridad, clase "N", con arnés de adaptación de apoyo sobre el cráneo con cintas textiles de amortiguación y contra el sudor de la frente frontal. Con marca CE.

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• Chaleco reflectante El chaleco ha de estar certificado de acuerdo al Real Decreto 1407/1992, y que cumpla la norma EN 471. Las bandas del material reflectante no deben ser inferiores a 5 centímetros de anchura, debiendo rodear siempre todo el contorno del cuerpo. En cuanto al color fluorescente, son igualmente válidos tanto el amarillo como el naranja o el rojo. Siempre se debe exigir al vendedor una etiqueta clara y perfectamente legible que especifique las características de la prenda. Obligación de su utilización: Para todos aquellos trabajadores cuyo puesto de trabajo se vea afectado por caminos y carreteras, movimientos de tierras, trabajos nocturnos y trabajos en los que se prevean movimientos de maquinaria propia o ajena a la obra, se contará con ropa de alta visibilidad. • Cinturón de protección dorso-lumbar Es una faja de protección contra sobre esfuerzos, para la protección de la zona lumbar del cuerpo humano. Fabricado en cuero y material sintético ligero, se ajusta en la parte delantera mediante hebillas. Los cinturones de protección dorso-lumbar dispondrán de marcado CE. Se deberá utilizar para todos los trabajos de carga, descarga y transporte a hombro de objetos pesados, y todos aquellos otros sujetos al riesgo de sobreesfuerzo, según el análisis de las actividades contenido en la Memoria del Estudio. • Cinturón de seguridad de sujeción, clase "A", tipo "1" Unidad de cinturón de seguridad de sujeción para trabajos estáticos, clase "A", tipo "1". Formado por faja dotada de hebilla de cierre, argolla en "D" de cuelgue en acero estampado. Cuerda fijadora de un metro., de longitud y mosquetón de anclaje en acero. Con marca CE. • Cinturón de seguridad anticaídas, clase "C" tipo "1" Unidad de cinturón de seguridad contra las caídas, clase "C", tipo "1". Formado por faja dotada de hebilla de cierre; arnés unido a la faja dotado de argolla de cierre; arnés unido a la faja para pasar por la espalda, hombros y pecho, completado con perneras ajustables. Con argolla en "D" de acero estampado para cuelgue; ubicada en la cruceta del arnés a la espalda; cuerda de amarre de 1 m., de longitud, dotada de un mecanismo amortiguador y de un mosquetón de acero para enganche. Con marca CE. • Filtro mecánico para mascarilla contra el polvo Unidad de filtro para recambio del de las mascarillas antipolvo, tipo "A", con una retención de partículas superior al 98 %. Con marca CE. • Gafas de seguridad contra el polvo y los impactos Las gafas de seguridad que utilizarán los trabajadores, serán gafas de montura universal contra impactos. Las gafas deberán cumplir los requisitos que siguen: Serán ligeras de peso y de buen acabado, no existiendo rebabas ni aristas cortantes o punzantes. Podrán limpiarse fácilmente y tolerarán desinfecciones periódicas sin merma de sus prestaciones. No existirán huecos libres en el ajuste de los oculares a la montura. Dispondrán de aireación suficiente para evitar en lo posible el empañamiento de los oculares en condiciones normales de uso. Todas las piezas o los elementos metálicos, en el modelo tipo, se someterán a ensayo de corrosión, no debiendo observarse la aparición de puntos apreciables de corrosión. Los materiales no metálicos que entren en su fabricación no deberán inflamarse al someterse a un ensayo de 5000 ºC de temperatura, y sometidos a la llama la velocidad de combustión no será superior a 60 mm./minuto. Los oculares estarán firmemente fijados en la montura, no debiendo desprenderse a consecuencia de un impacto de una bola de acero de 44 gramos de masa, desde 130 cm. de altura, repetido tres veces consecutivas. Los oculares estarán construidos en cualquier material de uso oftálmico, con tal que soporte las pruebas correspondientes. Tendrán un buen acabado, y no presentarán defectos superficiales o estructurales que puedan alterar la visión normal del usuario. El valor de la transmisión media al visible, medida con espectrofotómetro, será superior al 89%.

Si el modelo tipo supera la prueba al impacto de bola de acero de 44 gramos, desde una altura de 130 cm., repetido tres veces, será de clase A. Si supera la prueba de impactos de punzón, será clase B. Si superase el impacto de perdigones de plomo de 4,5 milímetros de diámetro será clase C. En el caso que supere todas las pruebas citadas se clasificarán como clase D. Todas las gafas de seguridad que utilicen los operaros estarán homologadas. • Gafas de protección contra líquidos y partículas Las gafas de de protección contra líquidos y partículas serán completamente cerradas y ajustadas a la cara, con montura universal y visor transparente con tratamiento contra el empañamiento, homologadas según UNE-EN 167/96 y UNE-EN 168/96. En los casos de ambientes agresivos, de polvo de grano grueso y líquidos, serán como las anteriores, pero tendrán incorporados botones de ventilación indirecta o tamiz antiestático. Los ensayos de estas gafas cumplirán igualmente lo dispuesto en las anteriores normas UNE. Será obligatorio su uso en la realización de todos los trabajos con producción de polvo y riesgos de proyección o arranque de partículas, reseñados dentro del análisis de las actividades y maquinaria de la memoria del Estudio. • Guantes de cuero Los guantes de seguridad usados por los operarios, serán de uso general anticorte, antipinchazos y antierosiones para el manejo de materiales, objetos y herramientas. Estarán confeccionados con materiales naturales o sintéticos, no rígidos, impermeables a los agresivos de uso común y de características mecánicas adecuadas. Carecerán de orificios, grietas o cualquier deformación o imperfección que merme sus propiedades. Se adaptarán a la configuración de las manos, haciendo confortable su uso. La talla, medida del perímetro del contorno del guante a la altura de la base de los dedos, será la adecuada al operario.La longitud, distancia expresada en milímetros, desde la punta del dedo medio o corazón hasta el filo del guante, o sea límite de la manga, será en general de 320 milímetros o menos. Es decir, los guantes, en general, serán cortos, excepto en aquellos casos que por trabajos especiales haya que utilizar los medios, 320 milímetros a 430 milímetros, o largos, mayores de 430 milímetros. Los materiales que entren en su composición y formación nunca producirán dermatosis. • Guantes de seguridad contra productos químicos. Deberán cumplir las condiciones de sanidad y seguridad definidas en el RD 1407/1992 de 20 de noviembre modificado por el RD 159/1.995, contando con el marcado CE. Se suministrarán acompañados de folleto informativo, facilitado por el fabricante. Los guantes de protección deben ser de talla correcta. La utilización de unos guantes demasiado estrechos puede, por ejemplo, mermar sus propiedades aislantes o dificultar la circulación. Al elegir guantes para la protección contra productos químicos se tendrán en cuenta los siguientes elementos: - en algunos casos ciertos materiales, que proporcionan una buena protección contra unos productos químicos, protegen muy mal contra otros. - la mezcla de ciertos productos puede a veces dar como resultado propiedades diferentes delas que cabría esperar en función del conocimiento de las propiedades de cada uno de ellos. Se comprobará periódicamente si los guantes presentan rotos, agujeros o dilataciones. Si ello ocurre y no se pueden reparar, se sustituirán de inmediato, dado que su acción protectora se habrá reducido. Los guantes de protección contra los productos químicos requerirán una especial atención, siendo conveniente resaltar los siguientes puntos: - deberá establecerse un calendario para su sustitución a fin de garantizar que se cambien antes de ser permeables por los productos químicos.

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- la utilización de guantes contaminados puede ser más peligrosa que la falta de utilización, debido a que el contaminante puede irse acumulando en el material componente del guante. • Guantes de goma o de PVC Unidad de par de guantes de goma o de PVC, fabricados en una sola pieza, impermeables y resistentes a: cementos, pinturas, jabones, detergentes, amoniaco, etc. comercializados en varias tallas. Con marca CE. • Mascarilla contra partículas con filtro mecánico recambiable Unidad de mascarilla de cubrición total de vías respiratorias, nariz y boca, fabricada con PVC, con portafiltros mecánicos y primer filtro para su uso inmediato; adaptable a la cara mediante bandas elásticas textiles, con regulación de presión. Dotada de válvulas de expulsión de expiración de cierre simple por sobre presión al respirar. Con marca CE. • Mascarillas protección contra agentes químicos La mascarilla de protección contra agentes químicos que emplearán los operarios, estará homologada. La mascarilla es un adaptador facial que cubre las entradas a las vías respiratorias, siendo sometido el aire del medio ambiente, antes de su inhalación por el usuario, a una filtración de tipo mecánico. Los materiales que constituyen el cuerpo de la mascarilla podrán ser metálicos, elastómeros y plásticos, con las características que siguen: No producirán dermatosis y su olor no podrá ser causa de trastornos para el trabajador. Serán incombustibles o de combustión lenta. Los arneses podrán ser cintas portadoras; los materiales de las cintas serán de tipo elastómero y tendrán las características expuestas anteriormente. Las mascarillas podrán ser de diversas tallas, pero en cualquier caso tendrán unas dimensiones tales que cubran perfectamente las entradas a las vías respiratorias. La pieza de conexión, parte destinada a acoplar el filtro, en su acoplamiento no presentará fugas. La fuga de la válvula de inhalación no podrá ser superior a 2.400 mi/minuto a la exhalación, y su pérdida de carga a inhalación no podrá ser superior a 25 milímetros. En válvulas de exhalación, su fuga a la inhalación no podrá ser superior a 40 mi/minutos, y su pérdida de carga a la exhalación no será superior a 25 milímetros de columna de agua (238 Pa). El cuerpo de la mascarilla ofrecerá un buen ajuste con la cara del usuario y sus uniones con los distintos elementos constitutivos cerrarán herméticamente. • Protectores auditivos El protector auditivo es una protección personal utilizada para reducir el nivel de ruido que percibe el trabajador cuando está situado en ambiente ruidoso. Consiste en dos casquetes que ajustan convenientemente a cada lado de la cabeza por medio de elementos almohadillados, quedando el pabellón externo de los oídos en el interior de los mismos, y el sistema de sujeción por arnés. El modelo tipo habrá sido probado por un escucha, es decir, persona con una pérdida de audición no mayor de 10 dB respecto de un audiograma normal en cada uno de los oídos y para cada una de las frecuencias de ensayo. Se definirá el umbral de referencia como el nivel mínimo de presión sonora capaz de producir una sensación auditiva en el escucha situado en el lugar de ensayo y sin protector auditivo. El umbral de ensayo será el nivel mínimo de presión sonora capaz de producir sensación auditiva en el escucha en el lugar de prueba y con el protector auditivo tipo colocado, y sometido a prueba. La atenuación será la diferencia expresada en decibelios, entre el umbral de ensayo y el umbral de referencia. Como señales de ensayo para realizar la medida de atenuación en el umbral se utilizarán tonos puros de las frecuencias que siguen: 125, 250, 500, 1.000, 2.000, 3.000, 4.000, 6.000 y 8.000 Hz. Los protectores auditivos cumplirán lo siguiente: Para frecuencias bajas de 250 Hz, la suma mínima de atenuación será 10 dB. Para frecuencias medias de 500 a 4.000Hz, la atenuación mínima de 20 dB, y la suma mínima de atenuación 95 dB. Para frecuencias, alta 6.000 y 8.000 Hz, la suma mínima de atenuación será 35 dB. Deberán cumplir las condiciones de sanidad y seguridad definidas en el RD 1407/1992 de 20 de noviembre modificado por el RD 159/1.995, contando con el marcado CE.

Deberá cumplir la siguiente normativa: EN 352-2: Protectores auditivos. Requisitos de seguridad y ensayos. EN 358: Protectores auditivos. Recomendaciones relativas a la selección, uso, precauciones de empleo y mantenimiento. • Trajes de trabajo, (monos o buzos de algodón) Unidad de mono o buzo de trabajo, fabricado en diversos cortes y confección en una sola pieza, con cierre de doble cremallera frontal, con un tramo corto en la zona de la pelvis hasta cintura. Dotado de seis bolsillos; dos a la altura del pecho, dos delanteros y dos traseros, en zona posterior de pantalón; cada uno de ellos cerrados por una cremallera. Estará dotado de una banda elástica lumbar de ajuste en la parte dorsal al nivel de la cintura. Fabricados en algodón 100 X 100, en los colores blanco, amarillo o naranja. Con marca CE. • Traje impermeable de PVC, a base de chaquetilla y pantalón Unidad de traje impermeable para trabajar. Fabricado en los colores: blanco, amarillo, naranja, en PVC, termosoldado; formado por chaqueta y pantalón. La chaqueta está dotada de dos bolsillos laterales delanteros y de cierre por abotonadura simple. El pantalón se sujeta y ajusta a la cintura mediante cinta de algodón embutida en el mismo. Con marca CE. 9.- NORMAS A CUMPLIR POR LA SEÑALIZACIÓN 9.1.- SEÑALIZACION DE OBRA • Normativa La normativa vigente es el R.D. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo. No es objeto de este apartado la señalización que regula el tráfico por carretera, ferrroviario, fluvial, marítimo, y aéreo, que se regulan por su propia normativa. • Descripción técnica CALIDAD: Serán nuevas, a estrenar, o en su defecto estarán en perfecto estado Señal de riesgos en el trabajo normalizada según el Real Decreto 485 de 14 de abril de 1997. • Normas para el montaje de las señales Está previsto el cambio de ubicación de cada señal mensualmente como mínimo para garantizar su máxima eficacia. Se pretende que por su integración en el "paisaje habitual de la obra" no sean ignoradas por los trabajadores. Las señales permanecerán cubiertas por elementos opacos cuando el riesgo, recomendación o información que anuncian sea innecesaria y no convenga por cualquier causa su retirada. Se mantendrá permanentemente un tajo de limpieza y mantenimiento de señales, que garantice su eficacia. 9.2.- SEÑALIZACIÓN VIAL • Normativa Esta señalización en fase de obra cumplirá con el "Código de la Circulación" y con el contenido de la "Norma de carreteras 8.3-IC, señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas fuera de poblado", promulgada por el MOPU, así como con la Ordenanza Reguladora la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos del Ayuntamiento de Madrid. ACLARACIÓN PREVIA: La señalización vial de esta obra es doble; es decir, pretende proteger a los conductores de la vía respecto de riesgo a terceros por la existencia de obras, y además, proteger a los trabajadores de la obra de los accidentes causados por la irrupción, por lo general violenta, de los vehículos en el interior de la obra.

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• Descripción técnica CALIDAD: Serán nuevas, a estrenar, o en su defecto estarán en perfecto estado. Señal de tráfico normalizada según la norma de carreteras "8.3-IC" -Señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas en vías fuera de poblado”. • Normas para el montaje de las señales No se instalarán en los paseos o arcenes, pues ello constituiría un obstáculo fijo temporal para la circulación. Queda prohibido inmovilizarías con piedras apiladas o con materiales sueltos, se instalarán sobre los pies derechos metálicos y trípodes que les son propios. Las señales permanecerán cubiertas por elementos opacos cuando el riesgo, recomendación o información que anuncian sea innecesario y no convenga por cualquier causa su retirada. Se instalarán en los lugares y a las distancias que se indican en los planos específicos de señalización vial. Se mantendrá permanentemente un tajo de limpieza y mantenimiento de señales, que garantice la eficacia de la señalización vial instalada en esta obra. En cualquier caso y pese a lo previsto en los planos de señalización vial, se tendrán en cuenta los comentarios y posibles recomendaciones que hagan los servicios municipales en relación a la regulación del tráfico. 10.- LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA LEY DE PREVENCIÓN RIESGOS LABORALES - Ley 31/1995 Prevención de Riesgos Laborales (BOE 10/11/95), y sus actualizaciones posteriores. COORDINACION PREVENTIVA - RD 171/04. Desarrolla Art. 24 de la Ley 31/95 en materia de coordinación preventiva. (BOE 31/01/04). SUBCONTRATACIÓN OBRAS Y SERVICIOS - Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE 19/10/06), y sus posteriores actualizaciones. - RD 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006 reguladora de la Subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE 25/08/07), y sus posteriores actualizaciones. SERVICIOS DE PREVENCIÓN - Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y modificaciones posteriores contenidas en el R.D. 780/1998, de 30 de abril, y R.D. 688/2005, de 10 de junio. - RD 298/2009. Por el que se modifica el RD 39/1997 en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia (BOE 07/03/2009). - Orden de 27 de junio de 1997 por la que se desarrolla el RD 39/1997 (BOE 04/07/1997). - Ordenanza Reguladora de 27 de Mayo de 1992, de la Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por Realización de Obras y Trabajos del Ayuntamiento de Madrid. FORMACIÓN PREVENTIVA SECTORIAL - Resolución de 19 de febrero de 2008, de la Dirección General de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales por la que se corrigen errores de la de 1 de agosto de 2007 (BOE 05/03/2008).

- Resolución de 1 de Agosto de 2007 de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (BOE 17/08/07). - Resolución de 18 de Marzo de 2009 de la Dirección General de Trabajo. IV Convenio colectivo general del Sector de la Construcción (BOE 04/04/09) (Parte Homologación de formación y Convalidaciones. INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS - RDL 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (BOE 08/08/00), y sus posteriores actualizaciones. - RD 597/2007. Publicación de sanciones por infracciones muy graves en materia de Prevención de Riesgos Laborales (BOE 05/05/07). - Decreto 10/2009. Creación del Registro de empresas sancionadas por infracciones muy graves en materia de PRL (DOGC 03/02/09). - LEY 30/2007, de Contratos del sector Público (BOE 31/10/07). NOTIFICACIÓN ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES - Orden 16/12/1987. Modelos para la notificación de accidentes de trabajo e instrucciones de cumplimentación y tramitación. (BOE 29/12/87). - Orden TAS 2926/2002. Nuevos modelos de notificación accidentes de trabajo y se posibilita su tramitación por procedimientos electrónicos. (BOE 21/11/02). - Resolución 26/11/2002. Regula utilización del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@) de los modelos aprobados por la Orden TAS/2926/2002. (BOE 19/12/02). - RD 1299/2006. Aprueba el cuadro de enfermedades profesionales y establece criterios para su notificación y registro. (BOE 19/12/06). - Orden TAS/1/2007. Modelos de parte de enfermedad profesional, normas para su elaboración y transmisión (BOE 04/01/07). ACTUACIÓN INSPECTORA DIGITAL - Resolución 25/11/2008, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre el Libro de visitas electrónico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE 02/12/2008). - RD 327/2009, por el que se modifica el RD 1109/2007, por el que se desarrolla la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción. - Resolución de 11 de Abril de 2006 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (BOE 19/04/2006). SEÑALIZACIÓN - RD 485/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo (BOE 23/04/97). LUGARES DE TRABAJO - RD 486/97, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (BOE 23/04/97). Actualizado RD 2177/2004 (BOE 13/11/2004) MANIPULACIÓN MANUAL DE CARGAS - RD 487/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores (BOE 23/04/97). PANTALLAS DE VISUALIZACIÓN

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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- RD 488/97. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (BOE 23/04/97). EQUIPOS DE TRABAJO - RD 1215/97, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo (BOE 07/08/97) (Modif. por RD 2177/2004 BOE 13/11/04). - RESOLUCIÓN de 10 de septiembre de 1998, que desarrolla el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención aprobado por Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre (BOE 25/09/98). - RD 836/03. Reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones (BOE 17/07/03). - RD 837/03. ITC "MIE-AEM-4" del reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas (BOE 17/07/03). - RD 1644/08. Establece las normas para la comercialización, y puesta en servicio de las máquinas (BOE 11/10/08). TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA - RD 2177/04, de 12 de noviembre, por el que se modifica el RD 1215/97 en materia de trabajos temporales en altura (BOE 13/11/04). EQUIPOS PROTECCIÓN INDIVIDUAL - RD 773/97, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual (BOE 12/06/97). - RD 1407/92. Condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual (BOE 28/12/92), y posteriores actualizaciones y modificaciones. RIESGO ELÉCTRICO - REAL DECRETO 3275/1982, de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. - RD 614/01, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico (BOE 21/06/01). - RD 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. - Instrucciones Complementarias al REBT. - Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE /03/08). ATMÓSFERAS EXPLOSIVAS - RD 681/03. Protección de la seguridad y salud de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el trabajo (BOE 18/06/03). VIBRACIONES MECÁNICAS - RD 1311/05, de 4 de noviembre, sobre la protección de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas (BOE 05/11/05). - RD 330/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el RD 1311/05 (BOE 26/03/09). OBRAS - RD 1627/97, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las Obras de Construcción (BOE 25/10/97).

Actualizado: - Resolución de 08/04/99 (BOE 16/04/99) - RD 2177 / 04 (BOE 13/11/04) - RD 604 / 06 (BOE 29/05/06) - RD 1109 / 07 (BOE 25/08/07) - RDL 1/1986. Medidas urgentes administrativas, financieras, fiscales y laborales (Apertura de centro de trabajo) (BOE 26/03/86), y posteriores actualizaciones. - Orden de 6 de Mayo de 1988. Requisitos que deben reunir las comunicaciones de apertura previa o reanudación de actividades de los centros de trabajo (BOE 16/05/88), y posteriores actualizaciones. - Orden de 29 de Abril de 1999. Requisitos y datos que deben reunir las comunicaciones de apertura previa o reanudación de la actividad en los centros de trabajo (BOE 25/05/99). HIGIENE - DIRECTIVA 96/94/CE de la Comisión de 18 de diciembre de 1996 relativa al establecimiento de una segunda lista de valores límite de carácter indicativo, mediante la aplicación de la Directiva 80/1107/CEE del Consejo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes químicos, físicos y biológicos durante el trabajo. - RD 374/01. Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. (BOE 01/05/01). - RD 286/06, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido (BOE 11/03/06). ENFERMEDADES PROFESIONALES - RD 1299/06. Aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social y establece criterios de notificaciones y registros (BOE 19/12/06). - RD 865/03. Criterios Higiénico Sanitarios para la prevención y control de la legionelosis (BOE 18/07/2003). - Ley 14/86. General de Sanidad de Salud Laboral (BOE 29/04/1986) (Actualización: Ley Orgánica 3/2007 Igualdad efectiva hombres y mujeres BOE 23/03/07). ORDENACION DEL TIEMPO DE TRABAJO - RD 1561/1995 (BOE 26/09/1995), y posteriores actualizaciones. - Ley 39/1999 de Conciliación de Trabajo y Familia (BOE 06/11/1999) PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS - REAL DECRETO 312/2005, de 18 de marzo, por el que se aprueba la clasificación de los productos de construcción y de los elementos constructivos en función de sus propiedades de reacción y de resistencia frente al fuego. - REAL DECRETO 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios. 11.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO En todo momento se estará a lo dispuesto por el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, y modificación recogida en el R.D. 2177/2004, de 12 de noviembre. NOTA: Se entiende por equipo de trabajo, cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizado en el trabajo. La empresa adjudicataria hará cumplir a todos los intervinientes en la obra, las siguientes condiciones generales:

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- Se prohíbe el montaje de los medios auxiliares, máquinas y equipos, de forma parcial; es decir, omitiendo el uso de alguno o varios de los componentes con los que se comercializan para su función. - El uso, montaje y conservación de los medios auxiliares, máquinas y equipos, se hará siguiendo estrictamente las condiciones de montaje y utilización segura, contenidas en el manual de uso editado por su fabricante. - Todos los medios auxiliares, máquinas y equipos a utilizar en esta obra, tendrán incorporados sus propios dispositivos de seguridad exigibles por aplicación de la legislación vigente. Se prohíbe expresamente, la introducción en el recinto de la obra, de medios auxiliares, máquinas y equipos que no cumplan la condición anterior. - Si el mercado de los medios auxiliares, máquinas y equipos, ofrece productos con la marca CE., se entenderá que dentro de las posibilidades, se utilizarán estos equipos. 12.- CONDICIONES DE SEGURIDAD DE MAQUINAS Deberán cumplir lo dispuesto en el RD 1215/97, sobre utilización de equipos de trabajo. Deberá ir acompañada de una Declaración CE de Conformidad y ostentar el Marcado CE, además de cumplir con lo dispuesto en el RD 1644/2008. Dispondrá de manual de uso y mantenimiento, que estará en la propia maquinaria y será conocido por el operario que la emplee. Únicamente se podrán emplear las máquinas en los usos legalmente reconocidos, y en las condiciones previstas por los fabricantes plasmadas en sus manuales. La maquinaria sólo será utilizada por personal competente, con la adecuada formación y autorización del empresario para el manejo de la misma, sin perjuicio de otras exigencias legales relacionadas, como son el carné habilitador o las autorizaciones de circulación o acceso. Los trabajadores serán instruidos en el uso de la misma, conocerán los riesgos que supone su utilización, y serán perfectos conocedores de las medidas preventivas y en su caso protecciones que deban utilizar. El contratista debe documentar este hecho. Si se trata de un vehículo homologado para la circulación por carreteras, contará asimismo con los seguros y revisiones necesarias. Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizados en el trabajo será seleccionado de modo que no ocasione riesgos añadidos para la seguridad y salud de los trabajadores y/o para terceros. Los equipos de trabajo y elementos constitutivos de éstos o aparatos acoplados a ellos estarán diseñados y construidos de forma que las personas no estén expuestas a peligros cuando su montaje, utilización y mantenimiento se efectúen conforme a las condiciones previstas por el fabricante. Las diferentes partes de los equipos, así como sus elementos constitutivos, deben poder resistir a lo largo del tiempo los esfuerzos a que vayan a estar sometidos, así como cualquier otra influencia externa o interna que puedan presentarse en las condiciones normales de utilización previstas. Los equipos a utilizar estarán basados en las condiciones y características específicas del trabajo a realizar y en los riesgos existentes en el centro de trabajo y cumplirán las normas y disposiciones en vigor que les sean de aplicación, en función de su tipología, empleo y posterior manejo por los trabajadores. Se dispondrá de justificante de los mantenimientos periódicos de la maquinaria (incluso de la ITV si procede). Toda máquina llevará una placa de características en la cual figurará, al menos, lo siguiente: - Nombre del fabricante. - Año de fabricación y/o suministro. - Tipo y número de fabricación. - Potencia.

- Contraseña de homologación, si procede. Esta placa será de material duradero y estará fijada sólidamente a la máquina y situada en zona de fácil acceso para su lectura una vez instalada. El equipo de trabajo deberá llevar las advertencias y señalizaciones indispensables para garantizar la seguridad de los trabajadores. Los sistemas de accionamiento de un equipo de trabajo que tengan incidencia en la seguridad deberán ser claramente visibles e identificables y, cuando corresponda, estar identificados con la señalización adecuada. El empresario está obligado a facilitar al trabajador información sobre los equipos de trabajo, su empleo, uso y mantenimiento requerido, mediante folletos gráficos comprensibles para los trabajadores afectados y, en caso necesario, mediante cursos formativos en tales materias; con advertencia, además, de los riesgos y situaciones anormales previsibles. Los trabajadores que manejen o mantengan equipos con riesgos específicos recibirán una formación obligada y especial sobre tales equipos. Estarán previstas las instrucciones y medios adecuados para el transporte de los equipos a fin de efectuarlo con el menor peligro posible. A estos efectos, en equipos estacionarios: - Se indicará el peso del equipo o partes desmontables de éste. - Se indicará la posición de transporte que garantice la estabilidad del equipo y se sujetará éste de forma adecuada. - Los equipos o partes de ellos de difícil amarre se dotarán de puntos de sujeción de resistencia apropiada; en todos los casos se indicará la forma de amarre. - Se darán las instrucciones necesarias para que el montaje de los equipos de trabajo pueda efectuarse correctamente y con el menor riesgo posible. Se facilitarán las instrucciones necesarias para el normal funcionamiento de los equipos de trabajo, indicando los espacios de maniobra y de zonas peligrosas que puedan afectar a personas como consecuencia de su incidencia. Toda maquinaria deberá contar con su correspondiente libro de mantenimiento, debidamente cumplimentado y al día. Esto presupone el correcto mantenimiento de la misma, el cual deberá ser efectuado por un especialista. Sin perjuicio de lo anterior, los equipos de trabajo, con carácter general deberán ser inspeccionados al inicio de la jornada. Así, se observará la existencia de fugas de aceite, piezas aparentemente en mal estado…Se revisarán las luces, tanto de posición como de alumbrado, de emergencia, gálibo y otras necesarias para la circulación. Se comprobarán los niveles de agua, aceite… En las máquinas que se desplacen sobre neumáticos, se comprobará con frecuencia el correcto estado de los mismos, desechando aquellos que se observen excesivamente desgastados, o presenten cortes profundos. Los puestos de conducción estarán limpios y ordenados, evitándose tanto la acumulación de trapos como de herramientas. Los conductores de la maquinaria deben emplear siempre botas de seguridad y ropa de trabajo sin elementos sueltos que puedan ser atrapados por partes en movimiento. En el entorno ferroviario, siempre serán prendas de alta visibilidad, de color amarillo con bandas reflectantes, cumpliendo UNE-EN-471. Se prohíbe sobrecargar los vehículos por encima de la carga máxima admisible, que llevan escrita de forma legible. Se prohíbe el transporte de personal fuera de las cabinas de conducción y/o en número superior a los asientos existentes en el interior. Antes del inicio de las maniobras, el maquinista deberá comprobar la ausencia de personal a pie u otras máquinas que entorpezcan el movimiento y efectuará una señal sonora. Cualquier movimiento que se realice sin la completa visibilidad del conductor debe ser paralizado en tanto no exista el apoyo de un señalista de maniobras. El estacionamiento de la maquinaria se realizará en zonas previamente decididas, horizontales, y calzado las ruedas de los vehículos. El repostaje de combustible en las máquinas con motor de explosión se realizará siempre con el motor parado, las luces apagadas y observándose la prohibición de emplear tanto el teléfono móvil como fumar tabaco. Todas las máquinas contarán con extintor al día de las revisiones. Los maquinistas autorizados habrán sido instruidos en su uso.

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En las reparaciones que se realicen en la propia obra se tendrán en cuenta las siguientes observaciones: - Estabilizar la máquina, bloqueando todas las partes móviles de la misma. - Desconexión de la batería para evitar arranques no deseados. - No emplear llamas para iluminar partes del motor. - Las reparaciones deberán efectuarlas trabajadores expertos. 12.1.- MARCADO Toda la maquinaria de obra llevara de forma legible las siguientes indicaciones: Nombre y dirección del fabricante. Marcado “CE”. Designación de la serie o el modelo. Año de fabricación. 12.2.- MANUAL DE INSTRUCCIONES Cada maquina llevará un manual de instrucciones en el que se indique como mínimo lo siguiente: Las condiciones previstas de utilización. El o los puestos de trabajo que pueden ocupar los trabajadores. Las instrucciones para que pueda efectuarse sin riesgo: • La puesta en servicio. • La utilización. • La instalación. • El montaje y el desmontaje. • El reglaje. • El mantenimiento (conservación y reparación). 12.3.- NORMAS DE AUTORIZACIÓN DEL USO DE MAQUINARIA Y DE LAS MÁQUINAS HERRAMIENTA Está demostrado por la experiencia, que muchos de los accidentes de las obras ocurren entre otras causas, por el voluntarismo mal entendido, la falta de experiencia o de formación ocupacional y la impericia. Para evitar en lo posible estas situaciones, se implantará en esta obra la obligación real de estar autorizado a utilizar una máquina, o una determinada máquina herramienta. Para ello, el jefe de obra o bien el encargado de seguridad, cumplimentara una ficha en la que autorizara expresamente la persona o personas que pueden utilizar un determinado equipo. Estos documentos, se firmarán por triplicado. El original quedará archivado en la oficina de la obra. La copia, se entregará firmada y sellada en original, a la Dirección Facultativa, la tercera copia, se entregará firmada y sellada en original al interesado. 13.- CONDICIONES DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES 13.1.- CASETAS DE LAVABOS Y ASEOS Se dispondrán en obra casetas con lavados y duchas, con agua fría y caliente. El número de grifos será, por lo menos, de uno por cada quince usuarios.

El número de duchas, también será de una por cada quince trabajadores, de las cuales, por lo menos una cuarta parte, se instalarán en cabinas individuales. Existirá al menos un inodoro por cada 30 hombres. Las dimensiones mínimas de las cabinas serán 1 metro por 1,20 de superficie y 2,30 metros de altura. Los inodoros y urinarios se instalarán y se conservarán en debidas condiciones de desinfección, desodorización y supresión de emanaciones. 13.2.- CASETAS DE VESTUARIOS La superficie mínima de los vestuarios será de dos metros cuadrados por cada trabajador que haya de utilizarlos, y la altura mínima del techo será de 2,30 metros. Estarán provistos de asientos y de armarios o taquillas individuales, con llave, para guardar la ropa y el calzado. 13.3.- AGUA POTABLE Las Empresas facilitarán a su personal, en los lugares de trabajo, agua potable, disponiendo para ello de grifos de agua corriente, y en caso de no existir ésta, de un servicio de abastecimiento con recipientes limpios y en cantidad suficiente en perfectas condiciones de higiene. Se indicará mediante carteles si el agua no es potable. 13.4.- COMEDORES Se instalarán comedores cerrados con las siguientes condiciones: - Contarán con bancos o sillas y mesas. - Se mantendrán en absoluto estado de limpieza. - Medios adecuados para calentar las comidas. 13.5.- CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS INSTALACIONES PROVISIONALES De forma general, los locales de higiene y bienestar para los operarios constarán de vestuario, servicios higiénicos y comedor, y tendrán las siguientes características: - Dispondrán de aislamiento térmico. - Tendrán ventilación al exterior natural o forzada. - Dispondrán de calefacción en invierno. - Los suelos, paredes y techos de los retretes, duchas, sala de aseo y vestuario serán continuos, lisos e impermeables, realizados con materiales sintéticos preferiblemente, en tonos claros, y estos materiales permitirán el lavado con líquidos desinfectantes o antisépticos con la frecuencia necesaria. - Análogamente los pisos, paredes y techos de comedor, serán lisos y susceptibles de fácil limpieza, tendrán una iluminación, ventilación y temperatura adecuadas, y la altura mínima de techo será de 2,60 m. - El comedor dispondrá de mesas y asientos con respaldo, y dotados de vasos, platos y cubiertos para cada trabajador (preferiblemente de tipo desechable), calienta comidas y un recipiente de cierre hermético para desperdicios. Se dispondrá de un fregadero con agua potable para la limpieza de utensilios y vajilla. - Se dispondrá siempre de un botiquín, ubicado en un local de obra, en adecuadas condiciones de conservación y contenido y de fácil acceso, señalizado y con indicación de los teléfonos de urgencias a utilizar. Todas las instalaciones y servicios a disponer en la obra vendrán definidos concretamente en el plan de seguridad y salud y en lo previsto en el presente estudio, debiendo contar, en todo caso, con la conservación y limpieza precisos para su adecuada utilización por parte de los trabajadores, para lo que el jefe de obra designará personal específico en tales funciones.

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Se organizará la recogida y la retirada o eliminación de los desperdicios y la basura que el personal de la obra genere en sus instalaciones. El contratista definirá y planificará preventivamente, en su Plan de Seguridad y Salud, las actuaciones necesarias para realizar las acometidas provisionales de electricidad, fontanería y saneamiento a las instalaciones de higiene y bienestar, de acuerdo con las características de la obra. 14.- ENCARGADO DE SEGURIDAD La empresa adjudicataria nombrara un encargado de seguridad que cumplirá alguno de los siguientes requisitos: Ser un técnico cualificado en prevención de riesgos laborales, o en su defecto, un trabajador con amplia experiencia que demuestre haber seguido con aprovechamiento algún curso específico de Seguridad y Salud en el trabajo en la construcción y de socorrismo. 14.1.- NORMAS GENERALES DE ACTUACIÓN DEL ENCARGADO DE SEGURIDAD Promover el interés y cooperación de los trabajadores en orden a la Seguridad y Salud. Realizar el análisis y evaluación de riesgos preceptivo según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Comunicar al coordinador, o en su caso, a la Dirección Facultativa, (o a la Jefatura de Obra), las situaciones del riesgo detectado y la prevención adecuada. Examinar las condiciones relativas al orden, limpieza, ambiente, instalaciones y máquinas con referencia a la detección de riesgos profesionales. Prestar los primeros auxilios a los accidentados. Actuar como conocedor de la Seguridad en el Comité de Seguridad e Higiene. Conocer con detalle el Plan de Seguridad y Salud de la obra. Colaborar con el coordinador de S+S, y en su caso, con la Dirección Facultativa, (o Jefatura de Obra), en la investigación de los accidentes. 14.2.- NORMAS ESPECÍFICAS DE ACTUACIÓN DEL ENCARGADO DE SEGURIDAD 1. Realizar el análisis y evaluación de riesgos preceptivos según la Ley 31 de Prevención de Riesgos Laborales. 2. Controlar la puesta en obra de las normas de seguridad. 3. Dirigir la puesta en obra de las unidades de seguridad. 4. Efectuar las mediciones de obra ejecutada con referencia al capítulo de seguridad. 5. Dirigir las cuadrillas de seguridad. 6. Controlar las existencias y acopios del material de seguridad. 7. Revisar la obra diariamente cumplimentando el listado de comprobación y de control adecuado a cada fase o fases. 8. Redacción de los partes de accidente de la obra. 9. Controlar los documentos de autorización de utilización de la maquinaria de la obra. 15.- LIBRO DE INCIDENCIAS

En el centro de trabajo existirá un Libro de Incidencias de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 1627/1997 de 24 de octubre sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud, en el que, de acuerdo con lo establecido en el citado artículo y siguiente del mismo texto legal se reflejaran las indicaciones e instrucciones preventivas impartidas por el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución. Cuando se constate el incumplimiento de tales indicaciones e instrucciones preventivas, de las medidas contenidas en el Plan de Seguridad y Salud o se detecte una situación de riesgo grave e inminente para los trabajadores que determine la paralización de los trabajos o de la totalidad de la obra, se dará traslado a la Inspección de Trabajo de la provincia donde se desarrolle la obra en el plazo de 24 horas. El Libro de Incidencias se mantendrá en poder del coordinador dejando constancia en la obra de su localización para que cualquiera de los legalmente habilitados a acceder al mismo pueda hacerlo. Así, en el panel o tablero donde se dispongan las informaciones sobre seguridad y salud se indicará el procedimiento de contacto con la persona que lo custodia. 16.- FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES LEY 31/95 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Artículo 18. Información, consulta y participación de los trabajadores. 1. A fin de dar cumplimiento al deber de protección establecido en la Ley 31/95, el empresario adoptará las medidas adecuadas para que los trabajadores reciban todas las informaciones necesarias en relación con: - Los riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo, tanto aquellos que afecten a la empresa en su conjunto como a cada tipo de puesto de trabajo o función. - Las medidas y actividades de protección y prevención aplicables a los riesgos señalados en el apartado anterior. - Las medidas adoptadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la presente Ley. En las empresas que cuenten con representantes de los trabajadores, la información a que se refiere el presente apartado se facilitará por el empresario a los trabajadores a través de dichos representantes; no obstante, deberá informarse directamente a cada trabajador de los riesgos específicos que afecten a su puesto de trabajo o función y de las medidas de protección y preven-ción aplicables a dichos riesgos. 2. El empresario deberá consultar a los trabajadores, y permitir su participación, en el marco de todas las cuestiones que afecten a la seguridad y a la salud en el trabajo, de conformidad con lo dispuesto en el capítulo V de la presente Ley. Los trabajadores tendrán derecho a efectuar propuestas al empresario, así como a los órganos de participación y representación previstos en el capítulo V de esta Ley, dirigidas a la mejora de los niveles de protección de la seguridad y la salud en la empresa. Artículo 19. Formación de los trabajadores. 1. En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. 2. La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores. Obligaciones en materia de formación e información a los trabajadores.

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Con carácter general, todos los trabajadores deben tener una formación teórico-práctica suficiente y adecuada de los riesgos inherentes al puesto de trabajo o función que vaya a desarrollar cada uno, la cual debe ser impartida, dentro de la jornada o fuera de ésta pero compensando las horas invertidas, con cargo al empresario contratista. Esta obligación deberá ser considerada por la empresa contratista dentro de su Plan, describiéndola de la manera más concreta posible, a fin de que sus trabajadores reciban esta formación previamente al inicio de su actividad. Asimismo, debe asumir formalmente el compromiso de exigir la formación correspondiente a las empresas subcontratistas respecto de los trabajadores de éstas que se vayan a incorporar a la obra antes de su incorporación. De acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción, todos los trabajadores participantes en la obra contarán con formación en materia de prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción adaptada a sus funciones. Por su parte, aquellos trabajadores del contratista que realicen las funciones de vigilancia como recursos preventivos de éste mientras se ejecuten trabajos con riesgos especiales, acreditarán contar con una formación de 60 horas. De manera específica, los integrantes de las brigadas de mantenimiento de las protección es colectivas están expresamente formados preventivamente en el montaje y desmontaje de las protección colectivas. Entre la formación específica que los trabajadores deben recibir se encuentran, por la naturaleza de las actividades proyectadas las siguientes: − Primeros auxilios (trabajadores seleccionados o la totalidad) Todo el personal que intervenga en la obra en cualquiera de las facetas posibles (control, ejecución o visita) será conocedor de las condiciones previstas en el Plan de Seguridad y Salud que le afecten en función de su actividad, función o tajo. El contratista informará a sus trabajadores del mismo, así como todas las empresas subcontratistas y trabajadores autónomos tanto los riesgos que les puedan afectar (los propios de su trabajo o función, los inherentes al medio en que se van a ejecutar o aquellos producto de las materias primas a emplear) las medidas y actividades de protección y prevención previstas para combatirlos así como de las medidas de emergencia previstas. Los subcontratistas deberán seguidamente trasladar a sus propios trabajadores las medidas de seguridad establecidas y todo ello, sin perjuicio de las actualizaciones que este documento experimente en el devenir de los trabajos. A la vez, debe facilitar a los trabajadores el derecho a formular propuestas que mejoren la seguridad del tajo. Igualmente, debe controlar que las empresas subcontratistas faciliten esta información y participación a sus trabajadores. La empresa contratista deberá desarrollar en su plan los procedimientos para que estas informaciones lleguen a todos los trabajadores de la obra, con independencia de la empresa para la que presenten servicios, quedando constancia documental de la transmisión, recepción, comprensión de los mismos. 17.- ATENCIÓN SANITARIA Y PRIMEROS AUXILIOS. BOTIQUINES Un botiquín de primeros auxilios debe estar dotado de medios generales de asistencia, junto con los específicos en relación al tipo de riesgos del trabajo donde esté ubicado. Se centralizarán los botiquines en locales limpios y adecuados a los mismos, emplazados en los diversos tajos de obra, existiendo un botiquín completo en cada una de estas. Estará señalizado convenientemente tanto el propio botiquín como la indicación de acceso al mismo. El botiquín se encontrará cerrado, pero no bajo llave para no dificultar el acceso a su material en caso de urgencia. En cada zona de Instalaciones de obra habrá mínimo una persona con formación teórico - práctica en primeros auxilios suficiente. Asimismo, los encargados dispondrán de botiquín en su vehículo de obra.

El botiquín contendrá al menos, los mínimos marcados en el Anexo VI.A)3 del R.D. 486/1997, de 14 de abril: desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. En todo caso, es importante dejar informado y bien entrenado al personal, sobre posibles urgencias que puedan ocurrir en su puesto de trabajo, y de cómo actuar y manejar el botiquín de que disponen. Los botiquines llevarán un registro de su dotación y de las revisiones periódicas de sus existencias (para la correspondiente reposición del material gastado, o caducado,... etc.), por lo que la persona habitualmente encargada de su uso repondrá inmediatamente el material utilizado. Independientemente de ello se revisará mensualmente el botiquín, reponiendo o sustituyendo todo lo que fuera preciso. Las empresas fijarán los centros médicos correspondientes a sus mutuas a dónde se puedan trasladar los accidentados en el caso de accidentes leves. Todo el personal estará informado del emplazamiento de estos centros mediante la colocación de carteles con las direcciones y los teléfonos y en los que también conviene indicar otros datos útiles como teléfonos de Protección Civil, Ambulancias. Policía, Bomberos, etc. En cada turno de trabajo al menos habrá una persona con conocimientos de primeros auxilios y para el traslado de los accidentados. La información y los cursos sobre primeros auxilios deberán repetirse periódicamente. Será impartido por personal facultativo o sanitario, que conviene que esté familiarizado con el tipo de actividades y riesgos en el trabajo que se desarrolle en el lugar o empresa. Todo el personal responsable de un tajo tiene la obligación de conocer los teléfonos y direcciones de Centros Médicos y demás servicios de interés. Se deberá informar al personal de obra de todos y cada uno de los centros médicos más próximos, así como de sus respectivas especialidades, al objeto de lograr el más rápido y efectivo tratamiento. Proteger a uno mismo y al accidentado, para evitar nuevos accidentes o peligros. Primero, aplicar los primeros auxilios y segundo, avisar a los Servicios Médicos de empresa, propios o mancomunados, y comunicarlo a la línea de mando correspondiente de la empresa y, tercero, acudir o pedir la asistencia sanitaria más próxima. 18.- ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL 18.1.- ACCIONES A SEGUIR El accidentado es lo primero. Se le atenderá de inmediato con el fin de evitar el agravamiento o progresión de las lesiones. En caso de caída desde altura o a distinto nivel, y en el caso de accidente eléctrico, se supondrá siempre, que pueden existir lesiones graves, en consecuencia, se extremarán las precauciones de atención primaria en la obra, aplicando las técnicas especiales para la inmovilización del accidentado hasta la llegada de la ambulancia, y de reanimación en el caso de accidente eléctrico. En caso de gravedad manifiesta, se evacuará al herido en camilla y ambulancia; se evitarán en lo posible según el buen criterio de las personas que atiendan primariamente al accidentado, la utilización de los transportes particulares, por lo que implican de riesgo e incomodidad para el accidentado. Con el fin de que sea conocido por todas las personas participantes en la obra, se instalarán una serie de rótulos con caracteres visibles a 2 m, de distancia, en los que se suministra la información necesaria para conocer el centro asistencial, su dirección, teléfonos de contacto etc.; este rótulo contiene los datos del cuadro siguiente.

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ASISTENCIA A ACCIDENTADOS

Nombre del centro asistencial

Dirección

Teléfono

El rótulo se colocara de forma obligatoria en los siguientes lugares de la obra: 1. Acceso a la obra en sí. 2. En la oficina de obra. 3. En el vestuario aseo del personal. 4. En el comedor. 5. En tamaño hoja Din A4, en el interior de cada maletín botiquín de primeros auxilios. Esta obligatoriedad se considera una condición fundamental para lograr la eficacia de la asistencia sanitaria en caso de accidente laboral. 18.2.- COMUNICACIONES INMEDIATAS EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL El Jefe de Obra o el Encargado de S+S, quedan obligados a realizar las acciones y comunicaciones que se recogen en el cuadro explicativo informativo siguiente, que se consideran acciones clave para un mejor análisis de la prevención decidida y su eficacia: ACCIDENTES GRAVES Y MUY GRAVES - A la Dirección Facultativa de Seguridad e Higiene: de todos y de cada uno de ellos, con el fin de investigar sus causas, y adoptar las correcciones oportunas. - A la Autoridad Laboral: en las formas que establece la legislación vigente en materia de accidentes laborales. - ACCIDENTES MORTALES - Al Juzgado de Guardia. - A la Dirección Facultativa de Seguridad e Higiene: De Forma Inmediata, con el fin de investigar sus causas y adoptar las acciones oportunas. - A la Autoridad Laboral: en las formas que establece la legislación vigente en materia de accidentes laborales. La investigación de accidentes es una técnica analítica de obligada necesidad para determinar las causas que han producido cualquier tipo de accidente con daño o lesión o incidentes (o accidentes blancos o sin lesiones), aspecto fundamental para la prevención de los mismos. La investigación debe realizarse con la mayor urgencia posible tras el suceso. En ella, se buscarán las causas pero nunca culpables, mediante las entrevistas de testigos y la víctima (si procede) de manera individual. Únicamente se tendrán en consideración los hechos probados, descartando cualquier tipo de juicio particular. Para ello se indican los datos mínimos que deben recoger los partes de accidentes: - Identificación de la obra. - Día, mes y año en que se ha producido el accidente. - Hora de producción del accidente.

- Nombre del accidentado. - Categoría profesional y oficio del accidentado. - Domicilio del accidentado. - Lugar (tajo) en el que se produjo el accidente. - Causas del accidente. - Importancia aparente del accidente. - Lugar de traslado para hospitalización. - Testigos del accidente (verificación nominal y versiones de los mismos). En el organigrama preventivo que el contratista incluirá necesariamente en su Plan de Seguridad y Salud se indicará el responsable de la investigación de las causas de cada accidente, así como del circuito que debe realizar la documentación para que llegue a todos los responsables de las empresas intervinientes en la obra. El contratista deberá investigar y realizar el Informe de investigación de todos los accidentes e incidentes, debiendo cumplir los protocolos de comunicación no sólo hacia el Promotor sino también hacia la Autoridad Laboral y la Inspección de Trabajo. 18.3. ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL El accidente laboral significa un fracaso de la prevención de riesgos por multitud de causas, entre las que destacan las de difícil o nulo control. El Contratista adjudicatario queda obligado a recoger dentro de su Plan De Seguridad y Salud los siguientes principios de socorro: - El accidentado es lo primero. Se le atenderá de inmediato a fin de evitar el agravamiento o progresión de las lesiones. - En caso de caída desde altura o a distinto nivel y en caso de accidente eléctrico, se supondrá siempre que pueden existir lesiones graves, en consecuencia se extremarán las precauciones de asistencia primaria en la obra, aplicando las técnicas especiales para la inmovilización del accidentado hasta la llegada de la ambulancia y de reanimación en el caso de accidente eléctrico - En caso de gravedad manifiesta se evacuará al herido en camilla y ambulancia; se evitarán en lo posible la utilización de transportes particulares por lo que implican de riesgo e incomodidad para el accidentado. El Contratista adjudicatario comunicará a través del Plan De Seguridad y Salud, la infraestructura sanitaria propia, mancomunada o contratada con la que cuenta, para garantizar la atención correcta a los accidentados y su más cómoda y segura evacuación de obra. Así mismo, en el Plan De Seguridad y Salud detallará el nombre y dirección del centro asistencial más próximo, previsto para la asistencia a los accidentados, según sea su organización, así como los itinerarios recomendados, especialmente en los casos de dificultoso acceso. 18.4.- ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL El Jefe de Obra, en caso de accidente laboral, realizará las siguientes actuaciones administrativas: Accidentes sin baja laboral: se compilarán en la hoja oficial de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica, que se presentará en la entidad gestora o colaboradora, en el plazo de los 5 primeros días del mes siguiente. Accidentes con baja laboral: originarán un parte oficial de accidente de trabajo, que se presentará en la entidad gestora o colaboradora en el plazo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha del accidente. Accidentes graves, muy graves y mortales, o que hayan afectado a 4 o más trabajadores: se comunicarán a la Autoridad Laboral, telefónicamente y por fax, en el plazo de 24 horas contadas a partir de la fecha del siniestro.

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18.5.- MALETÍN BOTIQUÍN DE ASISTENCIA INMEDIATA A LOS ACCIDENTADOS DE LA OBRA En la obra, existirá, en todo momento un maletín botiquín de primeros auxilios, conteniendo todos los artículos que se especifican a continuación: Agua oxigenada; alcohol de 96 grados; tintura de yodo; mercurocromo, cristalmina, o similar; amoniaco; gasa estéril; algodón hidrófilo estéril; esparadrapo antialérgico; torniquetes antihemorrágicos; bolsa para agua o hielo; guantes esterilizados; termómetro clínico; apósitos autoadhesivos; antiespasmódicos; analgésicos; tónicos cardiacos de urgencia y jeringuillas desechables. 19.- NORMAS DE MEDICIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS DE SEGURIDAD Y SALUD Las mediciones de los componentes y equipos de seguridad se realizarán en la obra, mediante la aplicación de las unidades físicas y patrones internacionales que las definen; es decir: m, m2, m3, Ud., y h. La medición de los equipos de protección individual utilizados, se realizará mediante el análisis de los partes de entrega definidos en este pliego de condiciones técnicas y particulares, junto con el control del acopio de los equipos retirados por uso, caducidad o rotura. La certificación del presupuesto de seguridad de esta obra, está sujeta a las normas de certificación, que deben aplicarse al resto de las partidas presupuestarias del proyecto de ejecución. Estas partidas a las que nos referimos, son parte integrante del proyecto de ejecución por definición expresa de la legislación vigente. CRITERIOS DE IMPUTACIÓN DE COSTES PREVENTIVOS El coste de adquisición, almacenaje y mantenimiento de los equipos de protección individual de los trabajadores de la obra está considerado a los efectos de su abono al contratista como costes indirectos de cada unidad de obra, como corresponde a elementos auxiliares mínimos de la producción, reglamentariamente exigibles e independientes de la clasificación administrativa laboral de la obra y, consecuentemente, no procede su cuantificación y valoración individualizada dentro del presupuesto del presente Estudio de Seguridad y Salud. El contratista deberá disponer en obra de una relación de equipos de protección individual a disposición de las posibles visitas de terceros a la zona de los trabajos. Al no estar relacionados dichos equipos con la actividad productiva, las mediciones y presupuesto de los mismos están reflejados en el presupuesto de este Estudio de Seguridad y Salud. No son partidas a contemplar económicamente dentro del presupuesto del presente Estudio de Seguridad y Salud los medios auxiliares que pudieran ser necesarios para la ejecución de determinadas unidades de obra, como son los equipos auxiliares, cuyo coste está previsto en el precio de las unidades de obra correspondientes. Figuran en el presupuesto de este estudio de seguridad y salud los sistemas de protección colectiva, balizamiento, defensa y señalización de los trabajos que deberán ser dispuestos para su aplicación en el conjunto de actividades y movimientos en la obra o en un conjunto de tajos de la misma, sin aplicación estricta a una determinada unidad de obra. En consecuencia, estos costes serán retribuidos por la entidad promotora de acuerdo con este presupuesto, siempre que sean dispuestos efectivamente en la obra. El coste económico de las actividades de los servicios de prevención de las empresas correrá a cargo, en todo caso, de las mismas, estando incluidos como gastos generales del contratista, al tratarse de obligaciones intrínsecas a su condición empresarial. El mismo carácter tomarán las reuniones a celebrar para coordinar su acción preventiva en la obra o los reconocimientos médicos ordinarios de los trabajadores (medicina preventiva). La norma presupuestaria correspondiente a las obligaciones generales de la empresa contratista (y de las subcontratistas, en su caso) respecto de sus trabajadores, de acuerdo con la LPRL, el Reglamento y el RD 1627/97, tales como las de disponer

vestuarios, aseos, comedores u otros servicios para los trabajadores son retribuidas por los gastos generales que se integran como tales en el presupuesto total del proyecto. Los costes derivados de la implantación y explotación de las instalaciones generales para los trabajadores son considerados como costes indirectos. La formación mínima (señalada en la Ley de Prevención) de los trabajadores no se considera en este Estudio porque es una obligación de tipo general del empresario según se define en los artículos 18 y 19 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales. 20.- CONTROL DE ENTREGA DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL El control de la entrega de los equipos de protección individual se realizará mediante el modelo que se expresa a continuación o cualquier otro similar:

Obra:

Empresa afectada por el control:

Nombre del trabajador:

Oficio: Categoría:

Equipos de protección individual que recibe:

Madrid, julio de 2013. El Redactor del Estudio de Seguridad y Salud

Fdo. D. Diego Vivas Núñez Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos

Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales

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IV PRESUPUESTO

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NDICE PRESUPUESTO ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD

1.- MEDICIONES 2.- CUADRO DE PRECIOS Nº 1 3.- CUADRO DE PRECIOS Nº 2 4.- PRESUPUESTO

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1. MEDICIONES

mS01G070 ud PAR GUANTES SERRAJE FORRADOS ud Par de guantes de protección contra el frío fabricados en serraje y forrados con muletón afelpado. ____________________________ 5,00 mS02A210 ud LAMPARA INTERMITENTE ud Suministro y colocación de lámpara intermitente con célula fotoeléctrica sin pilas, de acuerdo con los modelos y especificaciones del MOPTMA, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 10,00 mS02B010 m VALLA METALICA m Valla metálica para acotamiento de espacios y contención de peatones formada por elementos autónomos normalizados de 2,50x1,10 m., incluso montaje y desmontaje de los mismos según la normativa vigente, modelo SV 18-5 de las Normas Municipales, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 107,00 mS02G010 ud INSTALACIÓN TOMA DE TIERRA Instalación de toma de tierra compuesta por cable de cobre y electrodo conectado a tierra en cuadros de electricidad, máquinas eléctricas, etc., incluso desmontaje. ____________________________ 1,00 mS02G030 ud DIFERENCIAL 30 mA Suministro, instalación y desmontaje de interruptor diferencial de alta sensibilidad de 30 Ma. ____________________________ 1,00 mS03C010 ud CASETA ASEOS 20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para aseos o botiquín (incluyendo distribución interior, instalaciones y aparatos sanitarios) en obras de duración no mayor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno, cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones ____________________________ 1,00 mS02F020 ud EXTINTOR POLVO SECO 12 KG. ud Extintor manual AFPG de polvo seco polivalente A,B,C,E de 12 kg. colocado sobre soporte fijado a paramento vertical incluso p.p. de pequeño material, recargas y desmontaje según la normativa vigente, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 1,00

mS03C110 ud CASETA VEST.20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para vestuarios (incluyendo distribución interior e instalaciones) en obras de duración menor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno,cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 1,00 mS03E020 ud RECONOCIMIENTO MEDICO ud Reconocimiento médico obligatorio. ____________________________ 5,00 mS03E040 ud HORA TECNICO GRADO MEDIO Técnico de grado medio en estudios y control de medidas de prevención. ____________________________ 5,00 mS03E030 ud MATERIAL SANITARIO ud Material sanitario para curas y primeros auxilios. ____________________________ 1,00 mS03E060 ud REUNION MENSUAL COMITE ud Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) ____________________________ 3,00 mS03E050 ud HORA ASESOR TECNICO Asesor técnico en Seguridad e Higiene en el Trabajo para impartir formación a los trabajadores durante las obras. ____________________________ 3,00 mS03E070 ud HORA BRIGADA SEGURIDAD Mano de obra de brigada de seguridad empleada en mantenimiento y reposición de protecciones (Oficial 2a. y peón) ____________________________ 11,00

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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2. CUADRO DE PRECIOS Nº 1 mS01G070 ud PAR GUANTES SERRAJE FORRADOS 4,60 ud Par de guantes de protección contra el frío fabricados en serraje y forrados con muletón afelpado. CUATRO EUROS con SESENTA CÉNTIMOS mS02A210 ud LAMPARA INTERMITENTE 13,11 ud Suministro y colocación de lámpara intermitente con célula fotoeléctrica sin pilas, de acuerdo con los modelos y especificaciones del MOPTMA, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. TRECE EUROS con ONCE CÉNTIMOS mS02B010 m VALLA METALICA 1,74 m Valla metálica para acotamiento de espacios y contención de peatones formada por elementos autónomos normalizados de 2,50x1,10 m., incluso montaje y desmontaje de los mismos según la normativa vigente, modelo SV 18-5 de las Normas Municipales, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. UN EUROS con SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS mS02G010 ud INSTALACIÓN TOMA DE TIERRA 271,59 Instalación de toma de tierra compuesta por cable de cobre y electrodo conectado a tierra en cuadros de electricidad, máquinas eléctricas, etc., incluso desmontaje. DOSCIENTOS SETENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS CÓDIGO UD RESUMEN PRECIO mS02G030 ud DIFERENCIAL 30 mA 231,97 Suministro, instalación y desmontaje de interruptor diferencial de alta sensibilidad de 30 Ma. DOSCIENTOS TREINTA Y UN EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS mS03C010 ud CASETA ASEOS 20,50 m² <6 m 1.199,59 Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para aseos o botiquín (incluyendo distribución interior, instalaciones y aparatos sanitarios) en obras de duración no mayor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno, cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones MIL CIENTO NOVENTA Y NUEVE EUROS con CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS mS02F020 ud EXTINTOR POLVO SECO 12 KG. 55,01 ud Extintor manual AFPG de polvo seco polivalente A,B,C,E de 12 kg. colocado sobre soporte fijado a paramento vertical incluso p.p. de pequeño material, recargas y desmontaje según la normativa vigente, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. CINCUENTA Y CINCO EUROS con UN CÉNTIMOS

mS03C110 ud CASETA VEST.20,50 m² <6 m 1.146,97 Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para vestuarios (incluyendo distribución interior e instalaciones) en obras de duración menor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno,cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones. MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS mS03E020 ud RECONOCIMIENTO MEDICO 72,21 ud Reconocimiento médico obligatorio. SETENTA Y DOS EUROS con VEINTIUN CÉNTIMOS mS03E040 ud HORA TECNICO GRADO MEDIO 29,65 Técnico de grado medio en estudios y control de medidas de prevención. VEINTINUEVE EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS mS03E030 ud MATERIAL SANITARIO 204,41 ud Material sanitario para curas y primeros auxilios. DOSCIENTOS CUATRO EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS mS03E060 ud REUNION MENSUAL COMITE 141,51 ud Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) CIENTO CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS mS03E050 ud HORA ASESOR TECNICO 23,07 Asesor técnico en Seguridad e Higiene en el Trabajo para impartir formación a los trabajadores durante las obras. VEINTITRES EUROS con SIETE CÉNTIMOS mS03E070 ud HORA BRIGADA SEGURIDAD 27,57 Mano de obra de brigada de seguridad empleada en mantenimiento y reposición de protecciones (Oficial 2a. y peón) VEINTISIETE EUROS con CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS

UNIÓN EUROPEA

PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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3. CUADRO DE PRECIOS Nº 2 mS01G070 ud PAR GUANTES SERRAJE FORRADOS ud Par de guantes de protección contra el frío fabricados en serraje y forrados con muletón afelpado. Resto de obra y materiales .................................... 4,60 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 4,60 mS02A210 ud LAMPARA INTERMITENTE ud Suministro y colocación de lámpara intermitente con célula fotoeléctrica sin pilas, de acuerdo con los modelos y especificaciones del MOPTMA, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. Resto de obra y materiales .................................... 13,11 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 13,11 mS02B010 m VALLA METALICA m Valla metálica para acotamiento de espacios y contención de peatones formada por elementos autónomos normalizados de 2,50x1,10 m., incluso montaje y desmontaje de los mismos según la normativa vigente, modelo SV 18-5 de las Normas Municipales, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. Resto de obra y materiales .................................... 1,74 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1,74 mS02G010 ud INSTALACIÓN TOMA DE TIERRA Instalación de toma de tierra compuesta por cable de cobre y electrodo conectado a tierra en cuadros de electricidad, máquinas eléctricas, etc., incluso desmontaje. Mano de obra ......................................................... 193,73 Resto de obra y materiales .................................... 77,86 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 271,59 mS02G030 ud DIFERENCIAL 30 mA Suministro, instalación y desmontaje de interruptor diferencial de alta sensibilidad de 30 Ma. Mano de obra ......................................................... 17,67 Resto de obra y materiales .................................... 214,30 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 231,97 mS03C010 ud CASETA ASEOS 20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para aseos o botiquín (incluyendo distribución interior, instalaciones y aparatos sanitarios) en obras de duración no mayor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno, cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones Mano de obra ......................................................... 67,12 Resto de obra y materiales .................................... 1.132,47 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1.199,59

mS02F020 ud EXTINTOR POLVO SECO 12 KG. ud Extintor manual AFPG de polvo seco polivalente A,B,C,E de 12 kg. colocado sobre soporte fijado a paramento vertical incluso p.p. de pequeño material, recargas y desmontaje según la normativa vigente, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. Resto de obra y materiales .................................... 55,01 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 55,01 mS03C110 ud CASETA VEST.20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para vestuarios (incluyendo distribución interior e instalaciones) en obras de duración menor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno,cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones. Mano de obra ......................................................... 33,56 Resto de obra y materiales .................................... 1.113,41 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1.146,97 mS03E020 ud RECONOCIMIENTO MEDICO ud Reconocimiento médico obligatorio. Resto de obra y materiales .................................... 72,21 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 72,21 mS03E040 ud HORA TECNICO GRADO MEDIO Técnico de grado medio en estudios y control de medidas de prevención. Mano de obra ......................................................... 28,79 Resto de obra y materiales .................................... 0,86 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 29,65 mS03E030 ud MATERIAL SANITARIO ud Material sanitario para curas y primeros auxilios. Resto de obra y materiales.................................... 204,41 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 204,41 mS03E060 ud REUNION MENSUAL COMITE ud Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) Resto de obra y materiales.................................... 141,51 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 141,51 mS03E050 ud HORA ASESOR TECNICO Asesor técnico en Seguridad e Higiene en el Trabajo para impartir formación a los trabajadores durante las obras. Mano de obra ......................................................... 22,40 Resto de obra y materiales .................................... 0,67 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 23,07 mS03E070 ud HORA BRIGADA SEGURIDAD Mano de obra de brigada de seguridad empleada en mantenimiento y reposición de protecciones (Oficial 2a. y peón) Mano de obra ......................................................... 26,77 Resto de obra y materiales .................................... 0,80 ______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 27,57

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PROYECTO DE INNOVACIÓN Y DESARROLLO TECNOLÓGICO EN MATERIA DE FOTOCATÁLISIS PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE AMBIENTE: APLICACIÓN DE PAVIMENTOS Y REVESTIMIENTOS SOSTENIBLES PARA LA DESCONTAMINACIÓN DEL AIRE MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN EL DISTRITO DE VILLAVERDE, COFINANCIADO EN UN 50% POR EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL A TRAVÉS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER MADRID 2007-2013 (INICIATIVA URBANA).

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4. PRESUPUESTO mS01G070 ud PAR GUANTES SERRAJE FORRADOS ud Par de guantes de protección contra el frío fabricados en serraje y forrados con muletón afelpado. ____________________________ 5,00 4,60 23,00 mS02A210 ud LAMPARA INTERMITENTE ud Suministro y colocación de lámpara intermitente con célula fotoeléctrica sin pilas, de acuerdo con los modelos y especificaciones del MOPTMA, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 10,00 13,11 131,10 mS02B010 m VALLA METALICA m Valla metálica para acotamiento de espacios y contención de peatones formada por elementos autónomos normalizados de 2,50x1,10 m., incluso montaje y desmontaje de los mismos según la normativa vigente, modelo SV 18-5 de las Normas Municipales, valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 107,00 1,74 186,18 mS02G010 ud INSTALACIÓN TOMA DE TIERRA Instalación de toma de tierra compuesta por cable de cobre y electrodo conectado a tierra en cuadros de electricidad, máquinas eléctricas, etc., incluso desmontaje. ____________________________ 1,00 271,59 271,59 mS02G030 ud DIFERENCIAL 30 mA Suministro, instalación y desmontaje de interruptor diferencial de alta sensibilidad de 30 Ma. ____________________________ 1,00 231,97 231,97 mS03C010 ud CASETA ASEOS 20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para aseos o botiquín (incluyendo distribución interior, instalaciones y aparatos sanitarios) en obras de duración no mayor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno, cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones ____________________________ 1,00 1.199,59 1.199,59 mS02F020 ud EXTINTOR POLVO SECO 12 KG. ud Extintor manual AFPG de polvo seco polivalente A,B,C,E de 12 kg. colocado sobre soporte fijado a paramento vertical incluso p.p. de pequeño material, recargas y desmontaje según la normativa vigente, valorado en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 1,00 55,01 55,01 mS03C110 ud CASETA VEST.20,50 m² <6 m Caseta prefabricada modulada de 20,50 m2 de superficie para vestuarios (incluyendo distribución interior e instalaciones) en obras de duración menor de 6 meses formada por estructura de perfiles laminados en frío, cerramientos y cubierta de panel sandwich en chapa

prelacada por ambas caras, aislamiento con espuma de poliuretano, carpintería de aluminio anodizado con vidriería, rejas de protección y suelo con soporte de perfilería, tablero fenólico y pavimento, incluso preparación del terreno,cimentación, soportes de hormigón H-20 armado con acero B400S, placas de asiento, conexión de instalaciones, transportes, colocación y desmontaje según la normativa vigente, y valorada en función del número óptimo de utilizaciones. ____________________________ 1,00 1.146,97 1.146,97 mS03E020 ud RECONOCIMIENTO MEDICO ud Reconocimiento médico obligatorio. ____________________________ 5,00 72,21 361,05 mS03E040 ud HORA TECNICO GRADO MEDIO Técnico de grado medio en estudios y control de medidas de prevención. ____________________________ 5,00 29,65 148,25 mS03E030 ud MATERIAL SANITARIO ud Material sanitario para curas y primeros auxilios. ____________________________ 1,00 204,41 204,41 mS03E060 ud REUNION MENSUAL COMITE ud Reunión mensual del Comité de Seguridad e Higiene en el Trabajo (cuando sea necesaria su constitución según la normativa vigente) ____________________________ 3,00 141,51 424,53 mS03E050 ud HORA ASESOR TECNICO Asesor técnico en Seguridad e Higiene en el Trabajo para impartir formación a los trabajadores durante las obras. ____________________________ 3,00 23,07 69,21 mS03E070 ud HORA BRIGADA SEGURIDAD Mano de obra de brigada de seguridad empleada en mantenimiento y reposición de protecciones (Oficial 2a. y peón) ____________________________ 11,00 27,57 303,27 _______________ CAPÍTULO SEGURIDAD Y SALUD TOTAL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL (euros) ............................................................... 4.756,13