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MANUAL DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
Fundación Educacional Ema Pérez Bravo
Revisión del 17 de Octubre de 2018
Instituto Comercial
Particular La Cisterna
Convivencia escolar es la “coexistencia pacífica de los miembros de la
Comunidad Educativa, que supone una interrelación positiva y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el
desarrollo integra de los estudiantes” (art.16 A del D.F.L. Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación)
1
Contenido
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................... 3
CONVIVENCIA ESCOLAR… ........................................................................................................................ 4
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........................................................................................................ 5
CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ESCOLAR ..................................................................... 8
OBJETIVOS PEDAGÓGICOS DE LA MEDIACIÓN ......................................................................................... 9
DEFINICIÓN DE SITUACIONES ................................................................................................................ 12
POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN ................................................................................................. 14
PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ................................................................................................................ 15
ESTRATEGIAS DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS ESCOLARES (ERAC) ................................ 45
ASPECTOS JURÍDICOS. ............................................................................................................................ 47
LEY NÚM. 20.536, SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR ...................................................................................... 49
PROTOCOLO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................... 53
CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO .................................................................................................... 55
EL ESTUDIANTE, PRIMER RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO .................................... 56
DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................................... 58
DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS) ......................................................................................................... 59
CEREMONIA DE LICENCIATURA .............................................................................................................. 61
INSTANCIAS DE DIALOGO ...................................................................................................................... 62
EMBARAZADAS Y EL SERVICIO MILITAR. ................................................................................................ 63
REDES DE APOYO ................................................................................................................................... 65
USO DEL CASINO .................................................................................................................................... 67
RELACIÓN ENTRE COLEGIO Y APODERADOS. ......................................................................................... 68
RELACIÓN ENTRE COLEGIO E INSTITUCIONES EXTERNAS. ...................................................................... 69
NORMAS DE INTERACCIÓN .................................................................................................................... 70
TIPOS DE FALTAS ................................................................................................................................... 71
NORMAS – FALTAS – PROCEDIMIENTOS - RESPONSABLES ..................................................................... 72
SANCIONES ............................................................................................................................................ 86
CANCELACION DE MATRICULA: .............................................................................................................. 87
IDEAS FUERZAS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................................................................... 89
CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS ............................................................................................... 91
FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................................................................... 92
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................................................................................... 95
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ................................................................................ 96
ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ...................................................................................... 97
DEFINICIÓN DE SITUACIONES ................................................................................................................ 98
POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN ................................................................................................100
2
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ................................................................................................................101
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................107
ESTRATEGIAS DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS ESCOLARES (ERAC) ...............................108
CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ESCOLAR ..................................................................110
OBJETIVOS PEDAGÓGICOS DE LA MEDIACIÓN ......................................................................................111
ASPECTOS JURÍDICOS. ...........................................................................................................................112
LEY NÚM. 20.536, SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR .....................................................................................114
3
PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Todos los actores de la comunidad educativa, son sujeto de derechos.
La educación es el pleno desarrollo de la persona.
Convivencia democrática y construcción de la ciudadanía se inicia y se practica en la institución educativa.
La convivencia escolar un ámbito más de la consistencia ética.
Protección a la vida privada y pública de las personas
Igualdad de oportunidades para cada uno de alumnos y alumnas de la
entidad educativa.
Las normas de convivencia, un encuentro entre derecho y ética.
El generar confianza, credibilidad y respeto.
El facilitar la comunicación interpersonal de las partes en conflicto.
El identificar los sentimientos y emociones de las partes
El diferenciar posiciones e intereses de las partes
El intencionar que las partes valoricen positivamente el proceso de las
Estrategias de Resolución alternativa de Conflictos Escolares (ERAC)
permitiéndoles que sean ellos los constructores de la solución de sus problemas en forma directa o indirecta.
El cautelar su relación con las partes, generando empatía y confianza, pues de ello dependerá sus posibilidades de ayudar a las partes a definir su propia relación.
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CONVIVENCIA ESCOLAR…
La Convivencia Escolar es un elemento prioritario para el desarrollo de
ambientes propicios conducentes al logro del proceso de enseñanza aprendizaje en el entorno escolar; promueve el intercambio y el trabajo colectivo entre todos
los actores; es un componente esencial para la construcción de un contexto de
respeto, colaboración y participación.
Se construye cotidianamente a partir de la experiencia y el contacto con otros;
implica el reconocimiento y el respeto por la diversidad, la capacidad de las
personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias y los puntos de
vistas de los demás; reconociendo en cada uno a un sujeto de derecho, con
responsabilidades que asumir a favor del bien común.
La convivencia escolar es un proceso de construcción dinámico de toda la
Comunidad Educativa, por lo que el Establecimiento debe promover la
participación de todos sus miembros para contribuir al proceso de Enseñanza. Por esto la comunidad educativa a definido normas de convivencias, de acuerdo
con los valores expresados en su proyecto educativo, las que se marcan en la
Ley y en todas las normas vigentes, y tener como horizonte el desarrollo y la
formación integral de los estudiantes.
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COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Está integrado por el Director, quien lo preside, la Orientadora, el Mediador, el
Psicólogo(a), un Representante del Cuerpo Docente y un Representante del
Centro de Alumnos.
Sus principales objetivos son:
a. Estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa
en el Proyecto Educativo
b. Promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de
violencia
c. Aprobar, Modificar o Rechazar el plan de Gestión de Convivencia
Escolar presentado por el encargado de Convivencia Escolar, a
más tardar, la primera quincena de marzo de cada año lectivo. d. Actuar como instancia que resuelve las apelaciones de las medidas
tomadas por el Mediador
ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
Proponer u adoptar las medidas y programas conducentes al
mantenimiento de un clima escolar sano
Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad
educativa a cerca de las consecuencias del maltrato, acoso u
hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la
sana convivencia
Conocer los informes e investigaciones presentadas por el
encargado de Convivencia Escolar
Requerir a la Dirección, a los Profesores o a quien corresponda,
informes, reportes o antecedentes relativos a la Convivencia
escolar
Determinar, con alcance general, que tipos de faltas y sanciones
serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse
directamente por los profesores u otras autoridades del
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Establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada
caso
PLAN DE GESTION DE CONVIVENCIA ESCOLAR
El Plan de Gestión de Convivencia Escolar debe ser un instrumento coherente
con el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno, que contenga
las tareas necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia
escolar, estableciendo responsabilidades, prioridades, plazos, recursos y forma
de evaluación con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Comité de Convivencia hayan definido como relevantes
PROTOCOLOS DE ACTUACION
Los protocolos son herramientas preventivas que establecen, los pasos a seguir
y los responsables ante situaciones de riesgo, entregan pautas anticipadas con
criterios objetivos ante cualquier evento o situación que exponga la integridad
física o psicológica de los miembros de la Comunidad Educativa
LA MEDIACION DE CONFLICTO
La mediación se orienta a la reconstrucción de los vínculos y a la reparación, no
busca sancionar o encontrar culpables; su objetivo es solucionar los conflictos
por medio del dialogo plantea la reconstrucción de la relación de la colaboración
y de la confianza que debe existir entre la escuela y la familia.
El sentido es que todos los involucrados puedan generar aprendizajes y
experiencias, y se comprometan con su propio proceso de formación como seres
humanos. Para este acercamiento se convoca a los involucrados y a un
Mediador, especialmente capacitado, ajeno al conflicto, para dirigir el proceso.
El mediador no impone soluciones, su tarea está orientada a generar
condiciones para que se dé un dialogo entre las partes que se oriente al
acuerdo.
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En la mediación las partes tienen derecho a:
a. Recibir un trato imparcial, objetivo, neutral y no discriminatorio durante
todo el proceso.
b. Participar activamente en la construcción de acuerdo y suscribirlos
voluntariamente.
Las situaciones que puede resolver la mediación son todas aquellas
controversias surgidas entre padres, madres o apoderados y la Dirección del
Establecimiento y/o cualquier funcionario de la Unidad Educativa, además de conflictos entre adultos y adultos, adultos y menor, menor y menor, etc.,
asociadas a temas relacionales y conductuales del estudiante que afecten a su
desarrollo y desempeño educativo.
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Características del proceso de Mediación Escolar
El proceso de Mediación Escolar, comprende una serie de indicadores que
requieren del Mediador, gran compromiso al respecto, para ello cada miembro
del grupo de convivencia escolar y a su vez las partes en conflictos, deben:
Ser confidencial
Proporcionar un espacio íntimo
Ejercer la libertad de expresión
Ser imparcial
Tener una disposición a asumir compromisos
Superar el conflicto
Desarrollar aprendizajes significativos
Fortalecer la comunidad educativa
Mejorar la calidad de vida.
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Objetivos Pedagógicos de la Mediación
Si bien el objetivo inmediato de cualquier estrategia de resolución alternativa de conflictos, es la superación del conflicto a través de la reconstrucción de las relaciones sociales deterioradas, la mediación posee los siguientes objetivos pedagógicos adicionales:
Revalorización de cada parte
Reconocimiento entre las partes
Análisis de intereses de las partes
Contextualización del conflicto
Reconstrucción del conflicto
Responsabilización; Se busca que cada uno de los involucrados, asuma su
responsabilidad en la generación, mantención y desarrollo del conflicto y con ello también en su posible solución.
Validación del proceso; Consiste en la presentación del equipo facilitador, invitándoles a participar y a construir una salida satisfactoria al conflicto.
Primer acercamiento al conflicto; Es el momento en donde el equipo debe
procurar que cada una de las partes exprese su versión de los hechos, así como sus descargos, sentimientos, temores y expectativas sobre el conflicto.
Resolución del conflicto; En este momento se intenciona una revisión colectiva de las características del conflicto, identificando roles y acontecimientos.
Acuerdos, aprendizajes y conclusiones; Es el proceso final, en donde las partes
llegan a un acuerdo específico, el cual queda por escrito, con su correspondiente firma.
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ROL DEL MEDIDADOR
La gestión del mediador o encargado de convivencia escolar, como también se
le designa, es la implementación de medidas de prevención de la violencia
escolar, cuya ejecución es reforzada a través del Plan de Gestión de
Convivencia Escolar, que busca potenciar y fortalecer un ambiente seguro y
protector en el Establecimiento Educacional, a través de medidas orientadas a
prevenir y a proteger a los estudiantes de todo tipo de riesgos, entre ellos el
Acoso u Hostigamiento permanente (Bullying), Agresiones Sexuales y Delitos de
Connotación Sexual, y el Consumo de Alcohol y Drogas.
El encargado de Convivencia, por lo tanto, es un actor relevante en la Gestión
de Convivencia Escolar, cuya función resulta fundamental en la articulación de
los diversos intereses de los actores de la Comunidad Educativa, todo esto
enmarcado dentro del horizonte común del Proyecto Educativo.
De acuerdo a la Ley sobre Violencia Escolar se establece que las principales
funciones del encargado de Convivencia son:
a. Elaborar el Plan de Gestión Anual, el que debe ser presentado al
Comité de Convivencia. b. Implementar las medidas a ejecutar para el desarrollo del Plan de
Gestión de Convivencia.
c. Investigar cualquier situación dentro del Establecimiento que
vulnere la política del “Buen Trato y Sana Convivencia” a la cual, el
Establecimiento a adherido, independiente de quienes sean los
involucrados en vulnerarla
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CARACTERISTICAS Y CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS
Las medidas disciplinarias deben tener siempre un sentido formativo que permita
que los estudiantes tomen conciencia de la consecuencia de sus actos,
aprendan a responsabilizarse y desarrollen compromisos genuinos de
reparación del daño, relacionado con el error cometido.
Estas medidas tienen que ajustarse, además, a los principios de
proporcionalidad, gradualidad, no discriminación arbitraria y debido proceso.
DEBIDO PROCESO
El debido proceso debe entenderse como el conjunto de garantías que tiene el
estudiante afectado, su padre, madre, o apoderado, al momento de aplicarse
una medida disciplinaria, lo cual se traduce en los siguientes derechos:
a. Conocer los hechos, motivos y fundamentos de la (s) medida (s)
disciplinaria (s) adoptada (s).
b. Ser escuchado y poder efectuar descargos.
c. Presentar pruebas para desvirtuar los hechos que fundamentan la
medida.
d. Solicitar la revisión o reconsideración de la medida disciplinaria adoptada,
en un plazo no mayor de 15 días hábiles.
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DEFINICIÓN DE SITUACIONES
(Definición de situaciones especialmente graves de violencia escolar y políticas especiales de prevención.)
Las conductas descritas a continuación son consideradas faltas gravísimas y su reiteración puede llegar a la expulsión del estudiante.
I. Bullying.
Se define como toda forma situación de acoso y hostigamiento hacia un estudiante, que se produce entre pares, en donde existe abuso de poder
y es sostenido en el tiempo.
Es importante destacar que en la prevención del Bullying es de suma importancia la intervención oportuna y decidida de los adultos de la comunidad educativa. Por lo que se debe mantener la siguiente línea de acción:
1. No se puede justificar ninguna forma de hostigamiento hacia
un estudiante. No se deben permitir los sobrenombres
o burlas reiteradas por ninguna razón. 2. Las situaciones de acoso u hostigamiento deben ser
abiertamente conversadas entre el profesor y sus alumnos,
incluyendo a las familias.
3. Tratar el tema del Bullying de manera regular en Consejo de
Curso.
4. Jamás se debe minimizar una situación en donde un estudiante es hostigado o acosado apelando a la etapa de
desarrollo del o de los acosadores.
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II. Abuso Sexual.
Se refiere a todo tipo de actividad sexual impuesta por seducción, coacción o por la fuerza entre un niño y alguien mayor, en donde la persona mayor obtiene
gratificación sexual.
a) Ciber-acoso.
Consiste en hacer uso de Internet u otro medio tecnológico para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro
integrante de la comunidad escolar. Se incluye también la exhibición o difusión de fotos u otra información privada del estudiante a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correo electrónico o a través de cualquier otro medio tecnológico.
b) Discriminación. Se refiere a toda forma de burla, amenaza, aislamiento o
intimidación hacia un estudiante ya sea por su condición social, económica, religiosa, política, filosófica, étnica, sexual o cualquier otra circunstancia.
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POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN
Las políticas especiales de prevención son:
Semanalmente en horario de Orientación y Consejo de Curso se trabajarán los siguientes temas con todos los estudiantes de primero a cuarto medio.
Qué es el Bullying.
Qué es el Ciber-Bullying.
Qué es abuso sexual. Qué es la discriminación. Debates sobre cada tema.
Señales que pueden ser síntoma de que un estudiante está siendo objeto de algún tipo de agresión o acoso.
Establecer compromisos grupales, enfatizando que la prevención de estos hechos nos involucran a todos y en los cuales todos tenemos
responsabilidades.
Cabe destacar que durante las horas de orientación también se trabajarán, durante todo el año, los Programas tendientes a promover la buena
convivencia escolar:
Valores transversales para una convivencia positiva.
Prevención del abuso sexual Educación sexual. Programa de habilidades sociales.
Dichos temas serán tratados en reuniones de apoderados, enfatizando la responsabilidad de las familias y sensibilizando a los apoderados respecto a los
temas.
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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN
1. Protocolo retiro del Establecimiento durante la jornada escolar
CLASIFICACIÓN DE LA FALTA
LEVE- GRAVE
DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
Se consideran faltas las siguientes situaciones:
- Faltas Leves:
a. Intentar retirarse del Establecimiento sin haber cumplido con el procedimiento administrativo.
b. Que el apoderado/a no justifique debidamente causal del retiro del Establecimiento.
- Faltas Graves:
a. Retirarse del Establecimiento sin la autorización de Inspectoría General.
b. Retiro del alumno/a por parte del apoderado/a y/o apoderado suplente, sin autorización de Inspectoría General.
Procedimientos Administrativos
RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO PREVIO A LA JORNADA DE TÉRMINO.
1. El Apoderado/a y/o apoderado suplente deberá justificar personalmente el retiro del alumno/a en horas de clases en Inspectoría General y/o Inspector de nivel.
2. En casos puntuales previa entrevista con Orientador/a (presentando documentación que acredite la situación particular del alumno/a), se realizará por escrito autorización para ingresar en horario diferido que tendrá validez mensual que puede ser renovada, según la situación del estudiante.
3. Inspectoría autorizará el retiro con la firma del apoderado/a y/o apoderado/a suplente, en el libro correspondiente, registrando allí el número de RUT de la persona que realiza el retiro y su firma.
4. El Asistente de la Educación (Inspector/a de nivel respectivo) deberá entregar pase de retiro al profesor/a a cargo del alumno/a por horario.
5. El Profesor/a a cargo según horario deberá registrar la hora de retiro del alumno/a en el libro de clases.
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RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO SIN AUTORIZACIÓN
1. El integrante de la comunidad educativa que detecte la falta deberá dar aviso a Inspectoría General, Inspector de nivel y/o Profesor/a Jefe, en forma inmediata.
2. Una vez incorporado el alumno/a al Establecimiento deberá presentarse en Orientación. El (a) Orientador/a entrevistará al estudiante involucrado/a.
3. Se deberá registrar situación en hoja de observaciones del estudiante en el libro de clases por el inspector de nivel.
4. El estudiante deberá reintegrarse a clases.
5. El Apoderado y/o apoderado suplente y el estudiante serán citados por Orientación, para el seguimiento respectivo con registro por escrito.
6. Inspectoría General y/o Inspector de nivel, citará al apoderado/a informando sobre la situación ocurrida y el procedimiento.
7. Inspector General y/o Inspector de nivel, se entrevistarán con Apoderado y/o apoderado suplente, informando por escrito la situación ocurrida y el procedimiento a seguir, además de solicitar su apoyo frente a las medidas que se implementarán.
MEDIDAS
Ante otra situación similar, se procederá:
Suspensión por un día para reflexionar en familia
Trabajo comunitario dentro del establecimiento: aseo de salas, aseo de patios, regar la plaza ( por un mes)
Al reincidir por tercera vez, se analizará en Consejo de Profesores para tomar los acuerdos necesarios.
APELACION
El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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2. Protocolo salidas pedagógicas
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
1. Todos los alumnos/as que deban salir del establecimiento por razones académicas o extra-programáticas, deben entregar al docente o docente directivo, encargado de la salida la autorización firmada por el apoderado titular o en su defecto por el apoderado suplente.
2. Docente o docente directivo entregará las autorizaciones a Inspectoría General y/o Inspector de nivel.
3. Los alumnos deben usar, en todas las actividades fuera del establecimiento, el uniforme completo o si la actividad lo amerita la indumentaria deportiva del colegio.
4. Los alumnos/as podrán asistir con ropa de color siempre y cuando la Dirección lo autorice.
5. 5. En caso que se produzca algún accidente en el trayecto y/o en la actividad misma, será cubierto por el Seguro Escolar.
6. 6. El alumno que no presente autorización firmada por su apoderado, no puede salir a la actividad programada, quedándose en el establecimiento en clases según horario.
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3. Protocolo de asistencia
Clasificación de la falta
GRAVE
DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
Se consideran faltas las siguientes situaciones:
a. No presentar licencia o certificado médico en caso de inasistencia a evaluaciones.
b. Que el apoderado/a no justifique personalmente, ni presente la licencia o certificado médico por la inasistencia de más de 3 días debido a enfermedad.
c. Que el apoderado/a y/o apoderado/a suplente no justifique la inasistencia en caso de situación de fuerza mayor.
d. Que él o la estudiante no se presente con su apoderado/a cuando es citado.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Justificación de inasistencias a clases.
Por inasistencia injustificada por 3 días el Profesor jefe derivará situación a Inspector de nivel, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.
Justificación de inasistencia a una prueba
1. El alumno/a que falta a una evaluación debe presentar al profesor/a que corresponda el certificado médico que justifica su inasistencia o una comunicación escrita por el apoderado. En este último caso, de igual manera éste, posteriormente deberá acercarse al establecimiento para justificar la inasistencia. Los certificados médicos deben quedar guardados en archivador de Inspector de nivel.
2. El docente de la asignatura fijará fecha y horario, para aplicar la prueba pendiente.
Justificación debido a inasistencias por enfermedad y/o situación familiar
1. El apoderado/a y/o apoderado suplente deberá presentar certificado médico cuando la inasistencia por enfermedad exceda los cinco o más días.
2. El apoderado/a y/o apoderado suplente entregará el certificado médico al inspector de nivel al momento de reintegrarse a clases el alumno, quien informará al Inspector General y Profesor/a Jefe. (La documentación debe quedar guardada en archivador por inspector de nivel).
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3. Cuando la inasistencia exceda los siete días, el apoderado/a entregará certificado médico y/o la explicación si es por motivos familiares al/la Orientador/a al momento de reintegrarse a clases el alumno.
4. Orientador/a informará verbalmente y por escrito al Inspector General, Inspector de nivel, profesor/a Jefe y Docentes directivos las causas de inasistencia del estudiante. Inspector General, Profesor/a Jefe, Inspector de nivel y Docentes Directivos firman documento que acusa recibo de la información.
5. Orientador/a informará vía mail a los profesores de las diferentes asignaturas, las causas de las inasistencias. Profesores/as firman documento que acusa recibo del correo electrónico.
6. Cuando la situación lo amerite Orientador/a realizará Consejo Especial para entregar detalles de la situación particular del estudiante
7. Orientador/a informará verbalmente y por escrito a Jefa De área Pedagógica, las causas de las inasistencias para realizar calendario de evaluaciones pendientes, quien firma documento que acusa recibo de la información.
Justificación inasistencias por otros motivos
1. El apoderado/a y/o apoderado/a suplente del estudiante deberá justificar personalmente con Inspector de Nivel.
2. En caso de inasistencias reiteradas, intermitentes y/o de larga data con riesgo de deserción escolar, profesor jefe derivará situación a Inspector General e Inspector de Nivel, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.
3. Al reintegro del alumno/a se diseñará un plan de intervención en conjunto con Equipo multidisciplinario y área Pedagógica, con el fin de regularizar la asistencia del alumno/a al establecimiento.
4. Equipo Multidisciplinario y Jefe de área pedagógica, se entrevistarán con apoderado/a y/o apoderado/o suplente para comprometer a la familia en la Educación del estudiante.
5. En forma mensual, a través del profesor/a jefe durante el desarrollo de las reuniones de curso se entregará una notificación escrita para aquellos apoderados cuyos alumnos no cumplan con el porcentaje de asistencias exigido por la ley (85%).
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4. Protocolo de atrasos
Clasificación de la falta LEVE
DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN
Se consideran faltas las siguientes situaciones:
a. Llegar atrasado al inicio de la jornada según los horarios establecidos por la unidad educativa.
b. No solicitar el pase de atraso con Inspector General y/o Inspector de Nivel, llegando atrasado al inicio de la jornada escolar.
c. Ingresar a la sala de manera ruidosa, sin previa autorización de Inspector general o inspector de nivel.
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
1. Los atrasos serán registrados por Inspector General y/o inspector de nivel en un cuaderno de Atrasos, señalando fecha y hora.
2. Por cada tres atrasos registrados, el apoderado y/ o apoderado suplente, deberá dirigirse a Inspector general y/o inspector de nivel del establecimiento a justificar a su hijo/a. Si el apoderado no se presenta, será citado por Dirección.
3. Atrasos autorizados: sólo se otorgarán a aquellas alumnos/as que vivan a gran distancia del establecimiento, enfermedad, embarazo adolescente, maternidad adolescente y/o situación familiar, el apoderado/a deberá realizar solicitud por escrito al Orientador/a.
4. Cuando un/a alumno/a llegue atrasado/a al establecimiento por atención médica o dental, deberá presentar el certificado médico que acredite la atención. De esta forma no se contabilizará como atraso o no afectará su asistencia del día, siempre y cuando el apoderado/a haya informado con anterioridad al inspector de nivel de la citación a un servicio de salud público o privado.
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5. Protocolo condición de embarazo, maternidad o paternidad adolescente
DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PATERNIDAD ADOLESCENTE
1. Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe.
2. Orientador/a realizará seguimiento de los casos. Informará al profesorado vía correo electrónico. . Profesores/as firman documento que acusa recibo del correo electrónico.
3. Profesor(a) Jefe deriva al departamento de Orientación al/la estudiante presentando un certificado médico que acredite su condición. (Cuaderno de control de embarazo, certificado de nacimiento en caso de maternidad o paternidad).
4. Compromiso con sus deberes escolares.
5. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de embarazo y/o controles médicos del hijo/a.
6. La alumna-embarazada tendrá todo el apoyo del establecimiento para finalizar con ´éxito su año escolar con adecuaciones curriculares y autorización especial en su ingreso y retiro del establecimiento
7. Alumna-madre tendrá autorizaciones para dejar y retirar a su hijo/a de la sala cuna, previa revisión de los antecedentes del caso por orientador/a. También podrá acceder a las adecuaciones curriculares
8. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados médicos.
9. El Alumno–Padre tendrá apoyo de su establecimiento y cuando la situación lo amerite con los respectivos permisos y autorizaciones de ingreso y retiro del establecimiento previa revisión de su documentación presentada.
10. Los estudiantes en esta situación serán subidos a la plataforma de JUNAB.
11. En situación de alumna-madre, el hijo/a no puede permanecer dentro del establecimiento en horario de clase.
12. Orientador/a citará a los apoderados para informar seguimiento de los estudiantes
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Deberes del establecimiento con los estudiantes en condiciones de maternidad o paternidad y
EMBARAZO
1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso.
2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el establecimiento.
3. No discriminar a estos/as estudiantes, mediante cambio de curso, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar.
4. Mantener al/la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que el/ella exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.
5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del Establecimiento.
6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé.
7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos prenatales y postnatales, así como a los que requiera su hijo/a.
8. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.
9. Permitirles hacer uso del seguro escolar.
10. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra programáticas realizadas al interior o exterior del establecimiento así como en las ceremonias donde participen sus compañeros/a. Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico.
11. Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda. (Este último requiere certificado médico)
12. Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.
13. Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por el establecimiento, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen
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facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.
14. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el período de lactancia.
15. En caso de la madre adolescente, el establecimiento reguardará su condición de alumna, otorgándole facilidades para su ingreso, retiro y controles de su hijo/a. Todo lo anterior debe ser avalado por documentación que dé cuenta de su situación particular.
16. En el caso de padre adolescente, el establecimiento resguardará su condición de alumno, otorgándole solamente facilidades para acudir a los controles médicos, en caso de que sea necesario. Todo lo anterior debe ser avalado por un documento del facultativo que corresponda (cuaderno de control niño sano).
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Fase 1: Comunicación al colegio
1. El estudiante comunica su condición de paternidad, maternidad o de embarazo a su Profesor/a Jefe, quien deriva el caso al Orientador/a.
2. Orientador/a comunica esta situación a la comunidad educativa. Vía correo electrónico, firman documento que acusa recibo de la información.
Fase 2: Citación al apoderado y conversación
1. Orientador/a cita al apoderado y/o apoderado suplente del o la estudiante en condición de paternidad, maternidad o embarazado y registra la citación en la hoja de observaciones del estudiante y en la ficha de entrevista.
2. Orientador/a registra aspectos importantes de la situación de la estudiante embarazada tales como: estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto, centro de atención y solicita certificado médico.
3. De la misma manera para el/la estudiante en condiciones de paternidad o maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos, etc.
4. El apoderado firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo al establecimiento, excepto tenga limitaciones que deben ser certificadas por el especialista pertinente.
5. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la estudiante por parte del Orientador/a
.
Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante
1. Orientador/a y área Pedagógica analizan la información recogida y valoran la situación.
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2. Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades: clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extra-programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte del Orientador/a, Profesor/a Jefe, Inspectoría General y Área pedagógica.
3. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la estudiante en condición de paternidad y maternidad a las autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por parte del Orientador, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.
4. Intervención del Director cuando la situación lo amerite.
Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo
1. Elaboración de una bitácora que registre el proceso del alumno padre adolescente o de la alumna tanto en maternidad como embarazada, por parte del Orientador/a
2. Monitoreo del proceso por parte del Orientador/a.
PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS
1. Se realizaran talleres de educación sexual a los estudiantes, estarán a cargo del Orientador/a y Psicóloga del establecimiento con invitación de matrona.
2. Se realizarán talleres a padres y apoderados, para orientarlos en la educación sexual de sus hijos/as, con la finalidad de prevenir el embarazo y paternidad adolescente
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7. Protocolo en caso de Acoso escolar o Bullying
Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible
situación de acoso, ya sea a través del propio alumno o a través de una observación directa de algún miembro de la comunidad escolar, se deberá
informar y traspasar los antecedentes al encargado de Convivencia o Mediador,
quien aplicara el siguiente procedimiento:
a. Recogida de información
b. Análisis y adopción de medidas
c. Seguimiento periódico.
1ª FASE: Recogida de información: Etapa en la que se recaban los
antecedentes necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o
no una situación de acoso escolar.
El mediador para estos efectos se regirá por una plantilla tipo que considere los siguientes aspectos:
Nombre del Alumno(a) presunta víctima de acoso escolar o
Bullying
Nombre del o de los presuntos acosadores.
Descripción de los hechos observados y/o vividos
Lugar
Fecha
Etc.
El sentido de esta plantilla tipo es realizar el proceso lo más transparente posible y que no quede a título personal, conduciendo el proceso a otros
parámetros, sirviendo además como guía en el trabajo de equipo del comité de sana convivencia.
A. Citar al alumno acosado a una entrevista individual. Es importante que en
esta primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo
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que, si es necesario, deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema.
B. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual, para recabar
los antecedentes sobre la situación investigada
C. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual, para
obtener información, que permita alcanzar la coherencia de los relatos obtenidos.
D. Citar, en entrevista individual, a la familia del acosador y acosado. (por
separado)
E. Informar por escrito al Comité de Convivencia
2ª FASE: Análisis y adopción de medidas. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, el mediador deberá tomar las medidas pertinentes
que más adelante se detallan.
Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendentes
a la protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la situación a los organismos correspondientes.
1. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en concreto, si bien podemos sugerir las siguientes:
a) Cambio de grupo curso.
b) Vigilancia específica de acosador y acosado, por parte del mediador. c) Tutoría individualizada con el equipo de orientación del acosado,
dándole pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.
d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informado de la situación.
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e) Sesiones grupales.
f) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al
colegio con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo
docente. (Solo en casos necesarios).
2. Medidas correctoras de los agresores:
a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las
sanciones correspondientes.
b) Petición de disculpas a la víctima. (En su momento)
c) Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias.
d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.
e) Mostrarle estrategias de resolución de conflictos, mostrándole soluciones alternativas a la agresión.
Nota: Tal y como se expondrá en el apartado referido a consecuencias jurídicas, es necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados.
3ª FASE: Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la
fase anterior, se llevara a cabo, a través del mediador, un seguimiento de la
situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente
erradicada cualquier conducta agresiva.
APELACION
El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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8. Protocolo en caso de abuso sexual
Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible
situación de abuso sexual, a través del propio alumno o de algún familiar y/o algún funcionario del establecimiento, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases:
1. Toma de conocimiento del problema o situación. 2. Cuando se toma conocimiento de la situación se debe informar
inmediatamente al Mediador, evitando así la victimización secundaria del o la adolescente que cuente en reiteradas ocasiones y a diferentes
personas lo sucedido.
3. Búsqueda de red de protección para adolescente para cuidar la integridad física y moral de la presunta víctima.
4. Denuncia a la fiscalía correspondiente por parte del colegio por la persona que recibe la información en primera instancia, el que se hace cargo por ley de hacer la denuncia, en los tribunales correspondientes, quienes
además derivaran al abusado con un equipo Psico-social en la búsqueda de reparar los daños provocados. En caso de existir maltrato físico y/o psíquico por parte de la familia u otros agentes ajenos al colegio, se tomarán las siguientes medidas:
a. Recogida de información, bien a través del alumno o de la observación directa del profesor o personal del colegio.
b. Derivación a la OPD (Oficina de Protección de Derechos) que corresponda a su domicilio, la que se hará cargo a través de un equipo Psico-social, adoptando todas las medidas necesarias, e
informando al colegio de los avances en el proceso de reparación. En caso de no existir OPD en la comuna de residencia del o la
adolescente se debería tomar contacto con la municipalidad a objeto de conocer qué departamento tramita los casos de
vulneración de derecho de la infancia y actuar con él.
APELACION
El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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9. Protocolo de accidentes escolares
Este Protocolo tiene como finalidad dar a conocer a toda la comunidad escolar
del Instituto Comercial Particular la Cisterna los pasos a seguir, cuidados,
medidas y acciones que deben tomarse cada vez que un Estudiante sufra algún accidente dentro de la unidad educativa, ya sea en los patios o en las aulas. Es
también posible considerar que durante el trabajo práctico de los alumnos en taller, clases de Ed. Física, Talleres deportivos o folklóricos; u otro tipo de actividades físicas éstos sufran algún accidente.
Cómo proceder frente a un accidente:
1. Una vez conocido el hecho, si el alumno (a) ha sufrido una caída, golpe u otro tipo de traumatismo que lo mantenga en el suelo, debe llamarse; a
través de un tercero; al encargado (s) de primeros auxilios: enfermera o a los inspectores de patio.
2. Inspector General o de nivel, quien concurrirá al sitio para chequear el estado en que se encuentra el alumno. Verificar si éste puede moverse, si presenta compromiso de conciencia, sangrado o herida abierta o
fractura expuesta. El alumno (a) no debe ser movido, por el contrario
deberá ser estabilizado, inmovilizado y curado en el lugar, hasta poder contar con el medio de transporte que se requiera, ya sea camilla de
transporte o silla de ruedas, según sea el caso. De no ser posible moverlo deberá permanecer en el sitio del accidente hasta la llegada del servicio de urgencia. Una vez inmovilizado y estabilizado, y habiendo
comprobado que es seguro su transporte, deberá ser llevado a la enfermería del colegio.
3. Inspector. General o inspector de nivel, deberá llamar al apoderado del alumno e informar del incidente, además deberá llenar la ficha de accidente escolar que se requiere para estos efectos. Si el accidente se
evalúa como mayor y riesgoso para la integridad del alumno el I. General
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deberá llevar al servicio de urgencia que corresponda al sector. De no mediar otra indicación dada por el apoderado.
4. Si se tratara de un accidente leve; tales como esguinces, cortes no
profundos, golpes leves, erosiones, quemaduras superficiales,
contusiones leves, podrá evaluarse la posibilidad de enviar al alumno al centro asistencia que corresponda al sector acompañado de su apoderado. En caso de que su apoderado no pudiese concurrir al
establecimiento, la Dirección designará a un docente, inspector u otro asistente de la Educación que acompañe al estudiante, permaneciendo allí hasta que se presente su apoderado o algún familiar responsable.
5. Desde el recinto asistencial, el encargado de acompañar al alumno deberá informar al establecimiento del estado y diagnóstico del alumno para a su vez informar al apoderado, siempre y cuando éste no haya logrado llegar al lugar donde su pupilo está siendo atendido.
6. En caso de presentarse un accidente menor tales como (caídas, pelotazos, golpes leves de diversa índole, etc.), deberá ser canalizado por el adulto responsable más cercano (Docente, Asistente de la Educación o Inspector) a la Oficina de enfermería quien evaluará la necesidad de aplicar el protocolo de accidente escolar, esto se debe aplicar también en caso de que presenten síntomas de enfermedad.
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10. Protocolo en casos de intoxicación por drogas, alcohol y otros.
Este Protocolo tiene como finalidad dar a conocer a toda la comunidad escolar
del Instituto Comercial Particular la Cisterna los pasos a seguir, cuidados,
medidas y acciones que deben tomarse cada vez que un Estudiante sufra una
intoxicación por drogas, alcohol y otros.
Como Proceder frente a una intoxicación:
1. Llamar inmediatamente a la enfermera del colegio y/o inspectoría si esta no estuviera, quien evaluará la situación. Solicitará al inspector general o inspector de nivel llamará al o los apoderados para informarles los hechos
que han sucedido y que decidan a que institución médica llevarlo. 2. En caso de que los padres no sean habidos, el Director o quien lo
sustituya si este no estuviera tomará la decisión de llevar al alumno al centro asistencial más cercano al establecimiento, designando a un
funcionario responsable que acompañe al menor. 3. En el recinto asistencial una vez atendido el alumno, el funcionario
responsable reportará la situación al oficial de carabineros de turno. Si no hubiese oficial de turno, informará a la comisaría más cercana al colegio, independiente del sumario interno que se abrirá al respecto
4. El funcionario responsable permanecerá en el recinto asistencial hasta que lleguen los padres, devolviéndose al colegio para informar al Director.
5. Paralelamente el colegio abrirá una investigación para dilucidar qué tipo de droga o medicamento ingirió el alumno o alumna y determinar responsabilidades.
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11. Protocolo frente a los conflictos y agresiones entre estudiantes
1. Todo conflicto, amenaza verbal o escrita, agresión física y matonaje, entre 2 o más alumnos(as), en el interior o en el entorno de la escuela, se considerarán Faltas Gravísimas.
2. Los comportamientos enunciados en el número anterior, si son protagonizados por alumnos(as) que tengan 14 años o más, serán denunciadas a la Fiscalía o Tribunal de Familia, según corresponda, tal como lo legisla la Ley de Responsabilidad Penal.
3. El Alumno(a) que agreda y cause lesiones a otro alumno(a), deberá responsabilizarse ante el Apoderado de la víctima, de los costos que
demande su atención médica y recuperación, como también de cualquier otro tipo de daño, personal o material que sea consecuencia de la agresión.
4. Las agresiones sin oposición de la víctima serán consideradas como una actuación malintencionada y abusiva por parte del victimario. En este
caso la víctima no será sancionada. 5. 5.-En situaciones que impliquen conflictos verbales, físicos y por redes
sociales, entre alumnos(as) del establecimiento, para su resolución se aplicarán TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN, ARBITRAJE Y MEDIACIÓN ESCOLAR, según lo amerite la gravedad del conflicto.
6. Las técnicas mencionadas en el punto anterior podrán ser aplicadas por cualquier docente, en el caso de situaciones leves. Los conflictos graves
serán asumidos por el Encargado de Convivencia escolar (mediador).
Procedimientos de actuación para la resolución de conflictos:
1. Cualquier funcionario del colegio que observe una situación de agresión verbal, escrita o física, debe realizar la primera intervención, deteniendo el conflicto (pelea o agresión).
2. Seguidamente deberá informar a Profesor(a) Jefe, Director y/o Encargado de Convivencia.
3. Si el conflicto o agresión se produce durante una clase, será el Profesor a cargo de la respectiva clase, quien deberá realizar la primera intervención, deteniendo el conflicto y anotando los sucesos en el libro de clases.
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4. Si lo estima procedente, a continuación derivará el caso a Encargado de Convivencia.
5. Encargado de Convivencia, deberá entrevistar por separado a los involucrados y, luego, si lo estima procedente aplicará las técnicas de resolución de conflictos que estimen más pertinente.
6. Encargado de Convivencia informará a los Apoderados de los alumnos involucrados.
7. Encargado de Convivencia se entrevistarán con los Apoderados para informar la situación y procedimientos a seguir solicitando su colaboración con el Protocolo de Resolución de Conflictos.
PROTOCOLOS
APELACION
El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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12. Protocolo por maltrato escolar de un estudiante a un adulto
Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes
conductas:
a) Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.
c) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse
de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características, etc). d) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su
condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
e) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio
tecnológico, virtual o electrónico; f) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de
maltrato escolar;
g) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de delito.
PROCEDIMIENTO DEL PROTOCOLO
1. Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un
adulto (docente, administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso
de violencia e identificar a los implicados, es decir quién cometió la agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de
espectadores. Informar de la situación al encargado de Convivencia Escolar.
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2. Si la situación de violencia no es observada directamente por un adulto y es informada por un estudiante a algún docente o Inspector, se derivará el
caso al encargado de convivencia escolar.
3. Para recabar antecedentes se realizaran las entrevistas personales a
cada uno de los involucrados por parte del encargado de convivencia
escolar junto al testigo correspondiente.
4. En los casos de agresión física, personal de enfermería del establecimiento verificará si existe algún tipo de lesión; de ser así, se llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar lesiones.
5. Se comunicara al apoderado del estudiante involucrado de los hechos
acontecidos a través de una entrevista personal, y de las medidas disciplinarias formativas y reparatorias que se aplicaran según corresponda, en los casos que amerite esta entrevista se realizara junto a
su pupilo/a.
6. Si se constatara una agresión física por parte del estudiante mayor de 14
años (ley 20.084 de responsabilidad penal adolescente) estos hechos podrán ser denunciados a la autoridad correspondiente.
APELACION
El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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13. Protocolo maltrato escolar de un adulto a un estudiante
DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR
Se entenderá como maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que:
a) Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales.
b) Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
c) Dificulte o impida de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, intelectual, espiritual o físico.
Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes
conductas:
a) Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender
reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.
c) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse
de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar
sobrenombres hirientes, mofarse de características, etc). d) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su
condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.
e) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro
integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
f) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.
g) Realizar acosos o ataques de connotación sexual.
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AGRESION DE ADULTO A ESTUDIANTE:
Son aquellas agresiones realizadas por un algún miembro de la comunidad escolar, distinto de un alumno, (directivo, docente, asistente de la educación y padre y/o apoderado) en contra de un estudiante, contra su dignidad o que
arriesgan su integridad física y/o síquica. Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre
otras.
La Ley de Violencia Escolar, considera especialmente graves los hechos de
violencia ya sea física o sicológica, que cometan adultos a alumnos miembros de la comunidad educativa.
Además, cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. 28 Nº2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. 5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile y el Art. 6º letra d) del DFL 2 de Subvenciones.
PROCEDIMIENTO DEL PROTOCOLO
1. Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un
adulto (docente, administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso
de violencia e identificar a los implicados, es decir quién cometió la
agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de
espectadores. Informar de la situación al encargado de Convivencia
Escolar.
2. Si la situación de violencia no es observada directamente por un adulto y
es informada por el estudiante afectado, su familia u otros estudiantes, al
docente o algún Inspector, se derivará el caso al encargado de
convivencia escolar.
3. Para recabar antecedentes se realizaran las entrevistas personales a
cada uno de los involucrados por parte del encargado de convivencia
escolar junto al testigo correspondiente.
4. En los casos de agresión física, personal de enfermería del
establecimiento verificará si existe algún tipo de lesión; de ser así, se
llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar
lesiones.
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5. Se comunicara al apoderado de los hechos acontecidos a través de una
entrevista personal, en los casos que corresponda esta entrevista se
realizara junto a su pupilo/a.
6. Si el responsable fuese un funcionario del establecimiento, se aplicarán
las medidas contempladas en el reglamento interno y en el manual de
convivencia, sin perjuicio de que pueda ser denunciado ante la autoridad
policial y fiscalía.
7. Si el responsable fuese un apoderado u otro adulto ajeno al
establecimiento se procederá a realizar una denuncia del hecho ante
Carabinero, PDI, Fiscalía.
8. El estudiante que sea víctima de maltrato escolar contará con apoyo
psicológico del establecimiento.
9. En cualquiera de los hechos antes mencionados, el Director deberá
instruir una investigación a cargo del encargado de convivencia escolar o
realizar la denuncia, en su caso, la que deberá realizarse en un plazo
máximo de 5 días hábiles si se trata de situaciones de escasa gravedad,
en caso contrario deberá realizar la denuncia anta Carabineros, PDI,
Fiscalía dentro de 24 horas, de acuerdo a la ley.
10. En el caso de ser un funcionario el agresor y comprobado su delito, será
causal de despido.
APELACION
El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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14. Protocolo ante situaciones de violencia de adultos externos
PROCEDIMIENTO
1. El funcionario que fue o está siendo agredido de forma física, verbal,
psicológica y/o virtual, o el testigo de alguna agresión, según las
definiciones que abarca nuestro protocolo, deberá dirigirse al encargado
de convivencia escolar del establecimiento.
2. El encargado de convivencia escolar solicitará el relato de la situación
agresiva, para lo cual exigirá evidencias concretas del hecho, ya sean
éstas en formato digital o escrito, o bien, los nombres de las personas
involucradas. De no contar con esta evidencia no se podrá llevar a cabo el
siguiente paso de acción y sólo quedará en los registros de actas del
encargado de convivencia con la respectiva firma, ya que no se puede
hacer un proceso de investigación sin las evidencias correspondientes.
3. Obtenidas o no las evidencias, el encargado de convivencia escolar
deberá informar al Director, de los posibles eventos que estarían
sucediendo, para las eventuales situaciones conflictivas que estén
dañando la integridad física, psicológica o social de cualquier funcionario
del establecimiento.
4. Obtenidas las evidencias, el encargado de convivencia deberá adjuntar al
acta de atención (registro de entrevistas), los medios de prueba con los
que cuenta. Esta acta deberá ser firmada por el afectado o los testigos.
5. Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas,
el encargado dará cuenta a Carabineros, quienes serán los que realicen
el proceso de investigación, en el caso de que ellos lo consideren
necesario. De todas maneras el establecimiento dejará constancia de las
agresiones.
6. Por su parte el establecimiento educacional prohibirá el ingreso a las
dependencias, de él o los agresores durante el período que dura la
investigación interna y externa (denuncia a organismos policiales).
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APELACION
El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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15. Protocolo ante situaciones de violencia entre adultos dentro del establecimiento
PROCEDIMIENTO
1. El adulto que fue o está siendo agredido de forma física, verbal,
psicológica y/o virtual, o el testigo de alguna agresión, según las
definiciones que abarca nuestro protocolo, deberá dirigirse al encargado
de convivencia escolar del establecimiento.
2. El encargado de convivencia escolar solicitará el relato de la situación
agresiva, para lo cual exigirá evidencias concretas del hecho, ya sean
éstas en formato digital o escrito, o bien, los nombres de las personas
involucradas. De no contar con esta evidencia no se podrá llevar a cabo el
siguiente paso de acción y sólo quedará en los registros de actas del
encargado de convivencia con la respectiva firma, ya que no se podría
hacer un proceso de investigación sin las evidencias correspondientes.
3. Obtenida la información, el encargado de convivencia escolar deberá
informar a los funcionarios y al Director, de los posibles eventos que
estarían sucediendo, para las eventuales situaciones conflictivas entre los
trabajadores, que dañen la sana convivencia dentro de la comunidad
educativa.
4. Obtenidas las evidencias, el encargado de convivencia deberá adjuntar al
acta de atención (registro de entrevistas), los medios de prueba con los
que cuenta. Esta acta deberá ser firmada por el afectado o los testigos.
5. Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas,
el encargado dará cuenta a la fiscalía, quienes serán los que realicen el
proceso de investigación.
6. Por su parte el establecimiento educacional prohibirá a los funcionarios
tengan interacción entre sí, durante el tiempo que dure la investigación
realizada por el encargado de convivencia escolar.
7. El director dará aviso a la inspección del trabajo de los hechos.
8. Una vez terminado el proceso de investigación con las conclusiones
obtenidas de dicho proceso, se dará informe al director para que tome las
medidas contractuales que disponga.
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APELACION
El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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16. Protocolo de denuncia de delitos (Art.10° reglamento tipo Mineduc).
Definición de Delito: En términos generales son actos que lesionan algún bien jurídico determinado, existiendo una sanción a imponer a quién los efectúa.
SON DELITOS, según el Código Penal, Art. 361, 367, 397 y 450, las siguientes acciones:
- Provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa.
- Robar o hurtar especies del Establecimiento y/o de algún miembro de la
unidad educativa.
- Portar armas.
- Tenencia ilegal de armas.
- Tráfico de sustancias ilícitas
- Delitos de connotación sexual
- Producción y/o distribución de material pornográfico.
1. Todo miembro de la comunidad educativa deberá denunciar al Director y al Mediador cualquier acción, debidamente constatada, que revista
caracteres de delito y que afecte a la comunidad educativa, tales como:
abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas.
2. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.
3. A nivel interno, todos los funcionarios que observen acciones que
constituyan delitos como los enunciados en el punto precedente, deberán informarlo a la Dirección del establecimiento o a alguno de sus estamentos colaboradores directos (mediador, Orientación, UTP). En esta instancia comunicativa se definirá el curso a seguir sobre el delito denunciado.
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DESCRIPCIÓN DEL DELITO
1. Portar drogas, en cualquiera de sus estados o tipos, durante la
asistencia al Establecimiento y/o en alguna actividad extraescolar
programada.
2. Portar armas en cualquiera de sus tipos, durante la asistencia al
Establecimiento y/o en alguna actividad extraescolar programada.
3. Realizar cualquier acto de connotación sexual.
PROCEDIMIENTO FRENTE A LA OCURRENCIA DE DELITOS
En caso de porte de Drogas y porte ilegal de armas dentro del Establecimiento.
1. Funcionario de la escuela que detecte la falta, dará aviso inmediato al
Director y al Encargado de Convivencia.
2. Encargado de Convivencia, deberá indagar en detalle el porte droga o
arma, con el fin de descartar, o no, el tráfico o porte ilegal de armas.
3. El Mediador, deberá registrar situación en Hoja de Observaciones del
estudiante y coordinará entrevista con Apoderado y Alumno. De igual
manera realizara la entrevista registrando los aspectos centrales y
tomando determinaciones Administrativas frente a los antecedentes
obtenidos.
4. Apoderado(a) y estudiante deberán firmar Acta de puntos tratados
durante la entrevista y los compromisos adquiridos.
5. Una vez reunidos los antecedentes y entregados al Director, este
procederá a aplicar el reglamento interno, para esta situación y que es la
cancelación de matrícula.
APELACION
El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación
dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.
El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión
será de carácter inapelable.
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Estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares (ERAC)
Las estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares, son formas de
intervención social que buscan que las partes de un conflicto transformen
positivamente las relaciones sociales que se encuentren deterioradas, es decir,
constituyen posibilidades para que los involucrados en un conflicto especifico
reconstruyen la forma como se tratan cotidianamente mejorando así su calidad
de vida y generando importantes aprendizajes en todos los participantes.
Estas conversaciones se explicitan y reflexiona sobre el conflicto, así como
también sobre el posible acuerdos y aprendizajes que se requiere para
solucionar satisfactoriamente. Entre las estrategias de resolución alternativa de
conflictos (ERAC), más apropiadas al sistema escolar chileno se encuentran:
El arbitraje
La negociación
La mediación
Cada una de ellas diferenciándose de acuerdo al rol que le asigna al equipo
Facilitador, tal como lo enseña la siguiente tabla
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ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR
ARBITRAJE
Adultos con criterio y habilidades pedagógicas, que
intenciona el reconocimiento mutuo de las partes y si
es necesario, decidirá una salida a la situación de
crisis
NEGOCIACIÓN
Adulto o estudiante que ayuda a las partes a identificar
y ordenar sus intereses relacionados con el conflicto,
supervisando y asesorando una adecuada
construcción de acuerdos.
MEDIACIÓN
Adulto o estudiante que facilita e intenciona el dialogo
para que las partes identifiquen su conflicto,
caractericen la relación social que mantienen y la
mejoren a través de acuerdos explícitos.
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Aspectos jurídicos.
La responsabilidad de los establecimientos
Una vez analizado cual es el comportamiento a seguir en caso de detectarse
una situación de acoso, es preciso señalar que la misma puede tener una serie de implicaciones jurídicas de los establecimientos.
En primer lugar, no podemos olvidar que con base en el artículo 1903 del Código Civil, “las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de
enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando
actividades escolares o extraescolares y complementarias. La responsabilidad
de que trata este artículo CESARÁ cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para
prevenir el daño.” Por tanto, se podría dar el caso de que los representantes legales del alumno exigieran la responsabilidad civil de los colegios por los
daños morales sufridos por el menor.
Efectivamente, el artículo citado establece una responsabilidad “cuasi objetiva” de los daños ocasionados por su alumnado, de forma que, una vez acreditada la existencia de una situación de acoso, es posible exigir responsabilidad a los
titulares de los centros docentes. Sin embargo, dicha posibilidad no es ilimitada,
sino que cabe exonerarse de la misma en aquellos casos en que se acredite que
se actuó con la diligencia necesaria para evitar el daño. Sin embargo, no
podemos olvidar que en estos casos, a los establecimientos les corresponde la
carga de la prueba, es decir, es preciso acreditar que se realizaron todas las
actuaciones necesarias para evitar la situación.
Por ello es esencial una actuación rápida una vez que se detecten los primeros
signos de acoso, así como la adopción de medidas eficaces. También es importante, como se avanzó en el apartado anterior, documentar todas las medidas adoptadas, de forma que, en caso de iniciarse un procedimiento por
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responsabilidad civil, pueda acreditarse que se actuó con la diligencia debida. Para ello es preciso levantar acta de las reuniones efectuadas y también resulta conveniente recoger la firma de los alumnos después de las sesiones realizadas,
ya que éstos resultan los medios idóneos para probar la actuación diligente.
Igualmente, para acreditar el comportamiento responsable de los colegios,
también resulta interesante la existencia y aplicación de un plan de convivencia, documentado por escrito y con un calendario de actuaciones, así como la realización periódica aproximadamente una vez al año, de un test destinado a la detección del acoso escolar ( se adjunta como anexo nº 2), de forma que sea
posible acreditar, no sólo la aplicación de mecanismos rápidos y eficaces paliativos de situaciones de Bullying, sino también la realización de acciones preventivas, de forma que el centro quede exonerado de cualquier tipo de
responsabilidad.
Por otra parte, al margen de la responsabilidad civil, es preciso determinar cuál debe ser la actuación de los colegios en aquellos supuestos en que la intensidad del acoso suponga la comisión de un posible hecho delictivo, el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que “los que por razón de su cargo, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, Tribunal
competente, Juez de Instrucción y, en su defecto, al funcionario de policía más próximo.” Igualmente, el artículo 13 de la Ley de Protección Jurídica del Menor,
prevé que “toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su
profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un
menor, lo comunicarán a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de presentarle el auxilio que precise.
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Ley núm. 20.536, sobre Violencia Escolar
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda, Ricardo Lagos Weber e Ignacio Walker Prieto y de los ex Senadores señores Andrés Allamand Zavala y Andrés Chadwick Piñera. Proyecto de ley:
"Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el decreto con
fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, General de Educación:
1.- Modifíquese el Artículo 15 del siguiente modo:
a) Intercálese en su inciso segundo, a continuación de la locución "proyecto educativo", lo siguiente: ", promover la buena convivencia escolar y prevenir toda
forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo
establecido en el Párrafo 3º de este Título,".
b) Agréguese el siguiente inciso tercero:
"Aquellos establecimientos que no se encuentren legalmente obligados a
constituir dicho organismo deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características, que cumpla las funciones de promoción y prevención señaladas en el inciso anterior. Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y que deberán constar en un plan de gestión.".
2.- Agréguese, en su Título Preliminar, el siguiente Párrafo 3º: “Párrafo 3º Convivencia Escolar
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Artículo 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los
estudiantes.
Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,
atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de
carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados,
profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y
directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de
acoso escolar.
Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante
de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra
de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes
de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia
física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello
conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del
establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser
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sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.
Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos
los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.".
3.- Reemplazase la letra f) del artículo 46 por la siguiente:
"f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el
establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho
reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar,
graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas,
que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar
establecido en el reglamento.".
Artículo transitorio.- Los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el Consejo Escolar deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Fernando Rojas
Ochagavía, Subsecretario de Educación. Tribunal Constitucional
Proyecto de ley sobre violencia escolar. (Boletín Nº 7123-04)
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La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Senado
de la República envió el proyecto enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de
constitucionalidad respecto de las normas que regulan materias propias de ley
orgánica constitucional que aquel contiene, y que por sentencia de 1º de septiembre de 2011 en los autos Rol Nº 2.055-11-CPR.Se declara:
1) Que la norma del número 3.- del artículo único permanente del proyecto de ley sometido a control es constitucional.
2) Que esta Magistratura no emitirá pronunciamiento respecto de las normas
contenidas en los números 1.- y 2.- del artículo único permanente ni tampoco respecto del artículo transitorio de la iniciativa, por no regular materias que la Constitución Política estime propias de ley orgánica constitucional. Santiago, 1º de septiembre de 2011.- Marta de la Fuente Olguín, Secretaria.
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PROTOCOLO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Para la sana convivencia escolar, cada unidad educativa debe tener diseñada un lineamiento general de las estrategias que juntos deben seguir, en relación a los
procedimientos y normas para su implementación, a continuación se mencionan
los procedimientos que deben trabajarse, con la finalidad de crear una política
de convivencia escolar eficaz y eficiente.
PROCEDIMIENTO 1:
Definición de los conceptos y significado de: Convivencia Escolar, faltas leves,
faltas graves, medidas pedagógicas, formativas y disciplinarias. (Manual de
Convivencia Escolar y Protocolo de Convivencia)
PROCEDIMIENTO 2:
Identificación y asignación de nombres a sub procesos (Ejemplos: Convivencia
en la Sala de Clases, Convivencia en la Escuela, Convivencia en la Comunidad
Educativa, otros)
PROCEDIMIENTO 3:
Construcción del Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.
PROCEDIMIENTO 4:
Información a la Comunidad Educativa sobre las políticas, medidas, protocolos, procedimientos, Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.
PROCEDIMIENTO 5:
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Aprobación por parte de la Comunidad Escolar del Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.
PROCEDIMIENTO 6:
Implementación del Proceso de Convivencia Escolar, mediante la intervención
directa de cada estamento involucrado en el proceso educativo.
PROCEDIMIENTO 7:
Evidenciar cada conflicto intervenido, mediante fichas de registro de caso o
acuerdo, las cuales al finalizarlas, deben estar en poder del Departamento de
Orientación. El responsable que realizó la intervención, debe quedar con una copia del documento.
PROCEDIMIENTO 8:
Seguimiento y monitoreo a los procedimientos comprometidos, mediante libro de
registro estudiantil, de convivencia escolar.
PROCEDIMIENTO 9:
Análisis y evaluación de resultados y medidas remediales.
PROCEDIMIENTO 10:
Rendición Semestral de Cuentas del Proceso de Convivencia Escolar, frente al equipo de gestión y docentes de aula.
PROCEDIMIENTO 11:
Actualización y revisión cada Dos años del Manual de Convivencia.
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CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO
Al momento de matricular a su hijo o pupilo en nuestros establecimientos, el
apoderado y la familia, aceptan de buen grado y proactivamente en su totalidad
este reglamento, asumiendo las prácticas y rutinas de éste como un camino eficaz de integración y buena convivencia escolar.
Cualquier cambio que se realizare al presente Reglamento será comunicado a los estudiantes y apoderados a más tardar 30 días después de aprobado el cambio, vía comunicación por medio de la agenda escolar y/o reunión de apoderados.
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EL ESTUDIANTE, PRIMER RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO
El estudiante es el primer responsable en dar cumplimiento a este protocolo.
El Proyecto Educativo de Nuestra Fundación Educacional EMA Pérez Bravo está fundamentalmente orientado, a entregar a sus estudiantes valores cristianos que
les permitan desenvolverse con autenticidad en su diario vivir. El reglamento
interno de convivencia escolar está inspirado en nuestro Proyecto Educativo y adscrito al marco legal (Ley 19.532) estableciendo un conjunto de normas que
permitan a toda la comunidad educativa una convivencia inspirada en el respeto,
confianza, participación y responsabilidad.
La existencia de normas es necesaria dentro de cualquier comunidad y el hecho
de que algún miembro no las observe puede significar la desestabilización en la formación integral del educando tanto en su vida escolar como en su vida personal.
Para una debida aplicación y en bien de los estudiantes, este reglamento será difundido entre todos los miembros de la Unidad Educativa para su análisis en reuniones de Padres y apoderados, en consejo de curso y en Consejo General
de Profesores.
Basados en nuestro proyecto Educativo todos los miembros de esta comunidad
escolar aceptan:
Comprometerse y respetar la ley chilena, el Emblema Patrio y el Himno
Nacional entonándolo con respeto. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.
La aceptación del principio de autoridad y de los valores que entrega nuestra fundación, como actitudes que deben estar presentes en todo momento.
Responsabilizarse del cumplimiento general de este reglamento.
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Exigir la presencia activa y positiva de padres y apoderados en reuniones,
jornadas de padres y en citaciones.
La necesidad de reflexionar, antes de actuar y tomar una decisión para el logro de una sana convivencia.
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DISPOSICIONES GENERALES
1. La matrícula le confiere, al estudiante, la calidad de alumno (a) regular
en nuestros establecimientos y, como tal, tiene derecho a recibir una
educación inspirada en el Proyecto Educativo Institucional de cada colegio
2. Ser alumno (a) regular significa que el joven, sus padres y apoderados
aceptan el PEI y las normas establecidas en el presente Reglamento de
Convivencia Escolar al momento de la matrícula. 3. La matrícula se renueva anualmente y su trámite debe ser efectuado por
el apoderado. Al finalizar el período escolar cualquiera de las partes (apoderado o colegio) puede darle término a esta prestación de servicios educacionales.
4. La renovación de la matrícula y, por consiguiente la permanencia en el Establecimiento es un derecho que logra el alumno (a) porque durante el
año escolar: a. Demuestra una actitud acorde con su rol de estudiante
b. Cumple cabalmente con el Reglamento de Convivencia Escolar
c. Manifiesta una clara actitud de cambio, orientada a superar sus
dificultades en los diferentes aspectos de la formación, y
d. Asume las responsabilidades académicas alcanzando el rendimiento mínimo establecido por el colegio.
e. Cumple con el perfil de alumno (a) inserto en el PEI
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DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS)
El alumno (a) está en el colegio para crecer como persona, en consecuencia, es sujeto de derechos y deberes. En este caso ellos están relacionados con la finalidad de nuestra comunidad escolar y su calidad de alumno (a).
El alumno (a) tiene derecho a:
1. Educarse dentro del PEI que ofrece el Establecimiento.
2. Conocer integralmente el Reglamento General de Alumnos (as) y de
Convivencia Escolar.
3. Participar en todas las actividades educativas y extra programáticas programadas por el colegio, respetando los criterios previamente
acordados.
4. Plantear sus inquietudes y problemas usando el dialogo y los
procedimientos establecidos para ello.
5. Recibir atención para superar sus problemas educativos especialmente de parte de su profesor (a) jefe y, según la naturaleza de ellos, de las demás instancias educativas existentes en el colegio.
6. Recibir la información oportuna y adecuada de las actividades
relacionadas con los alumnos (as), de sus objetivos y criterios de
evaluación. 7. Conocer sus calificaciones en un plazo no mayor de 15 días, contando
desde la fecha de aplicación de la evaluación. 8. Conocer sus observaciones positivas o negativas, en el momento de
ser registradas en el libro de clase.
9. Ser reconocido por la comunidad escolar cuando sus logros se
enmarcan dentro del PEI.
10. Ocupar las dependencias del colegio para los fines que cada una
de ellas tiene y de acuerdo a una programación definida. 11. Hacer uso del CRA de acuerdo con su reglamento interno.
12. Participar en el Centro de Alumnos de los Colegios, en conformidad
al reglamento de éste.
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13. Ser elegido y elegir democráticamente a sus representantes, tanto a nivel de curso como colegio, de acuerdo con los criterios y normas
establecidas para ello.
14. Ser tratado con respeto por las diferentes áreas y personas que forman parte de nuestra institución.
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CEREMONIA DE LICENCIATURA
Teniendo en cuenta que las actividades de fin de año como lo son el Acto Litúrgico, el Acto de Premiación, la Despedida de los Cuartos Medios y la Licenciatura, no constituyen un derecho del alumno que egresa, sino que, son
realizados voluntariamente por el colegio de manera de PREMIAR a los alumnos
por la culminación de su etapa escolar, y que, como todo premio, debe GANARSE, frente a ello, se ha hecho necesario puntualizar que:
El alumno (a) que por su actitud o comportamiento ponga en riesgo el
normal desarrollo de algunos de estos actos aunque sea restándoles la solemnidad necesaria (Misa y Licenciatura), se lo sancionará privándolo de la participación en ellos.
Si la indisciplina se produce en el momento de la Licenciatura la sanción será no buscarle lugar de Práctica Profesional, al alumno (a) que haya incurrido
en la falta.
Además, cada año la Comunidad Educativa evaluará la factibilidad de realizar tal Ceremonia, teniendo en cuenta tanto factores internos como
externos que aconsejen su aprobación o rechazo. Tal medida deberá ser informada a los alumnos a lo menos con tres semanas de anticipación.
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Instancias de Dialogo
La calidad de la convivencia en la institución escolar se obtiene a través del dialogo, solo así se supera cualquier situación que resienta las buenas relaciones humanas. En consecuencia, el alumno y alumna, tiene la posibilidad
de recurrir a las siguientes instancias de dialogo:
a) Profesor o persona con la que se manifiesta la situación.
b) Profesor (a) Jefe.
c) Paradocente.
d) Inspector General u otro Docente Directivo, según corresponda.
e) Mediador.
f) Director.
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EMBARAZADAS Y EL SERVICIO MILITAR.
Nuestro establecimiento resguardará el derecho a la educación de las estudiantes padres, madres y embarazadas, al igual que de los estudiantes con
riesgo social y alumnos llamados al servicio militar, otorgándole las facilidades académicas para que terminen sus estudios.
Es requisito para esta ayuda informar a la brevedad a: Orientación, Inspectoría General y Unidad Técnico Pedagógica.
Protocolo de seguimientos de:
ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES:
Al momento de enterarse el establecimiento de la presencia de una
estudiante embarazada, es derivada al departamento de Orientación, en donde se toman diversas medidas y acciones a seguir antes, durante y
después del nacimiento de su hijo (a)
Es ingresada por intermedio de una ficha de registro con sus datos
personales.
Todos estos datos son subido a la plataforma de JUNAEB para informar
de dichos casos.
Se hace un seguimiento de las alumnas y alumnos, en donde la alumna
debe acreditar un buen estado de salud, para poder seguir el trabajo
escolar dentro de la Unidad Educativa.
El Departamento de Orientación junto a Unidad Técnica Pedagógica realiza calendario de trabajos y pruebas pendientes.
Cuando ha tenido el hijo, el Dpto. de Orientación autoriza 15 días para la recuperación y adaptación de la estudiante.
La hora de ingreso al establecimiento se establece a las 08: 30 - 09:00 hrs
Al reingreso de la alumna al establecimiento, deberá asistir media jornada, retirándose a las 14:00 hrs. Dependiendo de la situación interna de cada alumna, se define cual es el tiempo que se extiende dicho
beneficio.
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Se le realiza un seguimiento a cada caso y el Dpto. de Orientación toma algunas medidas particulares en favor de que la alumna termine su año escolar.
Mensualmente se le realizan charlas educativas con especialistas para
apoyar y orientar el nuevo camino a seguir (alumnas embarazadas-
madres y padres).
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REDES DE APOYO
SENDA
Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol.
Es la entidad del Gobierno responsable de elaborar las políticas de prevención del consumo de drogas y alcohol, así como de tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas afectadas por estas sustancias.
Nuestros establecimientos están con apoyo de SENDA desde el 2012
El Instituto Comercial fue certificado, como establecimiento
educacional preventivo, es decir que tiene un protocolo a seguir
en los casos de consumo.
Se ha capacitado a los profesores e inspectores.
Existe material didáctico para trabaja en todos los niveles
Protocolo:
Cuando un estudiante es sorprendido con consumo de droga,
éste no ingresará al aula y deberá ser retirado por su apoderado, siendo suspendido por DOS DIAS Inspectoría (falta grave), para su reflexión en familia y dejando registro escrito de dicha situación en la hoja de vida del alumno.
Luego se presenta en orientación con su apoderado para firmar
documento de compromiso en la asistencia de su pupilo en las
sesiones y se realiza la derivación. El estudiante debe traer comprobante de asistencia.
Orientación se encarga del seguimiento. El estudiante que no cumple, se aplicará lo siguiente:
o Si es alumno de 1ro o 2do Medio No podrá postular a la especialidad con modalidad Dual
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o Si es alumnos de 4to no se licenciará y el colegio no le buscará práctica profesional.
Para todos los alumnos que hayan sido derivados a SENDA,
deberán realizar un trabajo comunitario, dentro del colegio.
Además estarán obligados a inscribirse y asistir durante el año a un taller de actividad física o deportiva.
En caso de ser necesario se realizará una intervención de carácter formativo en el curso del alumno (s).
Si el alumno es de 1ro , 2do o 3er año y al final del año no ha cambiado las conductas por las que fue derivado a SENDA, el
Consejo General de Profesores evaluará la permanencia del o los alumnos en el establecimiento para el próximo año.
Protocolo de derivación.
El Establecimiento educacional realiza los siguientes procedimientos, para
incorporar al alumno(a) en el programa SENDA:
Adquiere los datos personales del alumno, nombre alumno, nombre de
apoderado, edad, curso, fecha de nacimiento, Rut, teléfono referencia,
dirección: Motivos de la solicitud de atención
Nombre del solicitante
Oficina Protección de Derechos (OPD)
Corporación de Salud Mental (COSAM)
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USO DEL CASINO
Las relaciones informales que establecen los alumnos(as) nos permiten
evaluar el adecuado desarrollo social que cada uno de ellos ha logrado. Debido
a que el tiempo asignado a la colación es también una instancia de formación, el comportamiento de los alumnos(as) durante este período deberá regirse por las siguientes normas.
1. El uso del casino es solamente para los alumnos(as) que van a realizar
su desayuno y almuerzo respectivamente. No se permite alumnos(as)
con acompañantes que no requieran el servicio de alimentación. 2. Mantener conducta de respeto y hábitos que sean acorde a la instancia
de compartir una mesa (mantener un lenguaje apropiado, no lanzarse la
comida, utilizar el servicio adecuadamente, no hacer sobremesa, etc.).
Los alumnos que no cumplan lo dispuesto y pertenecen a JUNAEB
recibirán una amonestación verbal por la orientadora y deberán cooperar en el orden y limpieza del casino, si reitera su falta dará lugar a una observación negativa en presencia de su apoderado, por tercera vez será retirado del listado de Junaeb.
3. Respetar el horario asignado para la colación. 4. Los alumnos(as) que traen la colación desde su casa deberán traer el
servicio adecuado.
5. Se prohíbe el ingreso de los alumnos(as) con: MP3, MP4, Tablets, gorros, otros artículos que no sean propios de la actividad de colación.
6. Los Utensilios de JUNAEB no pueden ser facilitados a los alumnos, al
igual el uso de microondas para actividades de curso
7. Los profesores tienen su ubicación en el segundo piso, por tanto se solicita no ocupar el lugar reservado para los alumnos.
8. Al hacer abandono del casino, los alumnos(as) deben entregar bandejas
a las manipuladoras y dejar su puesto limpio y ordenado.
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RELACIÓN ENTRE COLEGIO Y APODERADOS.
La familia es la primera formadora y educadora de los hijos, teniendo dentro de
sus funciones, la responsabilidad en el proceso educativo de su hijo(a). Uno
de los factores que permiten desarrollar un proceso formativo relevante y
positivo es el de mantener constantemente una comunicación fluida con todos los integrantes de la Unidad Educativa, en consecuencia, el colegio facilita esta
comunicación y la participación a través de las siguientes instancias:
Reunión de padres y apoderados
Entrevistas formales con profesores Jefes y de asignatura (en horario de
atención)
Participación activa en el Centro de Padres y Apoderados.
De participar en todos los eventos y ceremonias cívico- sociales
organizadas por el colegio.
A conformar la representación del apoderado en el Consejo Escolar.
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RELACIÓN ENTRE COLEGIO E INSTITUCIONES EXTERNAS.
En el mundo globalizado y cambiante actual, nuestra Fundación como Institución Educativa no puede ejercer su labor, sin contar con el apoyo de la comunidad circundante, siendo imprescindible el organizar acciones en
conjunto con: JUNTA DE VECINOS, SENDA, CONSULTORIOS DE SALUD,
CARABINEROS (PLAN CUADRANTE), MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA,
FUERZAS ARMADAS, INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (Centros de Formación Técnica, Institutos profesionales, Universidades),
Preuniversitarios, ONG’S
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NORMAS DE INTERACCIÓN
1.- COMPORTAMIENTO AL INTERIOR Y EXTERIOR DE LA SALA DE
CLASES.
La sala de clases es un lugar de estudio y trabajo, tanto personal como
colectivo. Los alumnos deberán estar dispuestos para el trabajo académico participando en forma activa, manteniendo un ambiente grato y de respeto, tanto
con sus pares, como con sus profesores/as.
Durante los actos cívicos los alumnos/as deben mantener una actitud de respeto hacia los símbolos patrios, hacia los alumnos/as, profesores/as, inspectores/as, docentes directivos que participen o dirijan dicho acto.
Durante los recreos los alumnos/as deberán mantener una actitud de sana convivencia y respeto hacia todos los miembros de la comunidad escolar.
2.- DISCRIMINACION ENTRE LOS ESTUDIANTES Y ENTRE LOS DEMAS
MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.
No se permite en esta unidad educativa conductas relacionadas con la
discriminación tales como: raza, religión, condición social, aspecto físico, condición sexual.
En caso de presentarse dicha situación se activa el manual de la sana convivencia (Protocolo de acoso escolar)
3.-INTEGRIDAD PSICOLOGICA Y FISICA ENTRE LOS ACTORES DE LA
COMUNIDAD ESCOLAR.
Están prohibidas las conductas relacionadas con la intimidación, la tiranización, el aislamiento, la amenaza, los insultos o cualquier otra conducta que atente
contra la integridad psicológica y física de cualquier miembro de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del colegio.
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TIPOS DE FALTAS
Para garantizar un adecuado clima de relaciones personales basadas en el bien
común, el Reglamento de Sana Convivencia establece la siguiente
categorización de las faltas:
1.- FALTAS LEVES: Son aquellas actitudes que no alteren el funcionamiento
normal del trabajo escolar.
2.- FALTAS MEDIANAS: Son aquellas faltas leves reiteradas que perjudiquen o
alteren el funcionamiento normal del Establecimiento o de la clase.
3.- FALTAS GRAVES: Son aquellas que demuestren una falta de voluntad en el
cambio de actitudes, que dañen la imagen de personas o bienes pertenecientes a la institución
Nota: Después de una falta grave comprobada y conversada con antelación con el Apoderado, este deberá firmar un documento de condicionalidad de matrícula,
con el fin de que el alumno y Apoderado tomen conciencia de gravedad de la
falta, evitando con esto, que el alumno reincida o cometa una falta extrema en
el futuro.
4.- FALTAS EXTREMAS: Son aquellas faltas graves reiterativas y las que en
conciencia quieren hacer daño premeditadamente.
Toda las faltas que constituyan delito (tráfico de drogas, porte de arma blanca o
armas de fuego) se dará aviso a Carabineros de Chile, Investigaciones (PDI) y
Fiscalía.
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NORMAS – FALTAS – PROCEDIMIENTOS - RESPONSABLES
NORMAS DE
FUNCIONAMIEN
TO
FALTA A LA
NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE
LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
1.1.- El horario de
entrada al
establecimiento
El horario de entrada
al establecimiento es
a las 08:15 hrs.
Atrasos al inicio
de la jornada.
El alumno no podrá
ingresar a clases hasta el
inicio de la segunda
hora.
El atraso quedará
registrado en
Inspectoría.
Envío Papinotas
LEVE (Esta falta pasara
a ser mediana cuando el
alumno reincida en la
falta)*
Inspectoría General
Inspector
Cada tres atrasos al alumno se le citara el apoderado
para justificar dicha falta.
De reiterarse esta situación se hará un seguimiento
para provocar un cambio positivo en el alumno.
En el caso de no haber un cambio de la conducta de
parte del alumno, se citará al apoderado cada 15
días, para realizar un trabajo junto con inspectoría
de toma de conciencia del valor de la
responsabilidad de llegar a la hora por parte del
alumno. Esta acción se registrará en la hoja de vida.
Atrasos después
del recreo o
cambio de hora.
Llamada de atención por
escrito, registrando el
hecho en la hoja de vida
del alumno.
LEVE
Profesor Asignatura
Inspectoría General
Inspector
Atrasos reiterados citación al apoderado. Firma de
compromiso.
Citación por el docente del subsector afectado.
De reiterarse esta situación se hará un seguimiento
para provocar un cambio positivo en el alumno.
En el caso de no obtener un cambio positivo se
aplicará la medida de condicionalidad.
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NORMAS DE
FUNCIONAMIEN
TO
FALTA A LA
NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE
LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
Fuga interna
Citación al apoderado y
registrar en la hoja de
observación.
GRAVE *
Inspectoría General
Anotación negativa en la hoja de vida y toma de
conocimiento del apoderado.
Si esta situación es reiterada se derivara a Mediación
y se hará un seguimiento para tomar las medidas
pertinentes (trabajo comunitario, recuperación de
horas, etc.).
Si la situación persiste se le aplicará la
Condicionalidad.
1.1.- El horario de
entrada al
establecimiento
Fuga del
establecimiento
Derivación a Inspectoría
General quien hará la
investigación. Llamar en
forma inmediata al
apoderado. Una vez
investigado el caso, se
cita nuevamente al
apoderado, quién tomará
conocimiento de la
sanción, dejando
constancia escrita.
GRAVE * Inspectoría General
Anotación negativa en la hoja de vida.
Citación de apoderado para informarle de la falta de
su pupilo/a y para que firme junto a al alumno el
documento de Condicionalidad Extrema.
Si la conducta continúa, a fin de año el Consejo
General de Profesores evaluará su permanencia en el
establecimiento.
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* Atenta contra el clima adecuado a las salas de clases y a su formación académica y personal trasgrediendo los valores de la responsabilidad y su
formación profesional.
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
2.1- Las inasistencias a clases
deberán ser justificadas por escrito
en la agenda escolar y presentar en
Inspectoría.
Si la inasistencia es reiterada y más
de 3 día debe ser justificada
personalmente por el apoderado, en
el caso de ausencias prolongadas
deberá presentar licencia médica en
Inspectoría, Orientación y con la
Unidad Técnico Pedagógica.
No justificar insistencias
a clases.
No presentar licencia
médica u orden de
atención en forma
oportuna (un plazo
máximo de una semana)
Retirarse con su
apoderado sin
autorización de
inspectoría y sin firmar
el libro de salida.
Citación al apoderado
envío de Papinotas
Citación al apoderado.
Pedir Cedula de Identidad.
GRAVE*
GRAVE*
GRAVE*
Inspector
Inspectoría General
Unidad Técnico
Pedagógica y
Orientación.
Mediador
Se otorgará un plazo de 3 días hábiles para ser
justificado por su apoderado. En caso contrario,
se enviara Papinotas o llamada telefónica con el
apoderado para que se presente con su pupilo en
reunión con Mediador.
Amonestación escrita en la hoja de vida del
alumno y citación al apoderado para que tome
conocimiento de la gravedad de su omisión.
Amonestación por escrito al apoderado.
Firmará documentos de toma de conocimiento del
manual de sana convivencia. Si fuese necesario
se solicitará cambio de apoderado.
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NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
2.2.-Los permisos para
retirarse dentro del horario de
clases solo se darán si el apoderado se presenta en forma
personal en el momento de dicho
retiro, además deberá firmar el
libro de salida, con la salvedad de
alumnos en situaciones especiales
Traer autorización de
salida en libreta de
comunicaciones.
No se permite la salida MEDIANA*
Inspectoría
Dirección
Orientación
No se autoriza la salida del alumno.
Papinotas al apoderado comunicando la falta a la
norma.
2.3.-Los permisos para
representar al colegio o para
participar en alguna actividad
pedagógica programada por el colegio se darán solo con
Autorización de salida firmada por
el apoderado.
Presentar autorización
con firma falsificada
Registro en el libro de clases
Citación escrita al apoderado.
GRAVE*
Inspectoría
Dirección
Excluirlo de la actividad programada.
Registrar en la hoja de vida su acción
Si esta situación fuese reiterada se citara de
apoderado para informarle de la falta de su
pupilo/a y para que firme junto a él documento de
Condicionalidad.
76
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
3.1- El alumno/a deberá usar el
uniforme oficial del colegio
No usar el
uniforme
completo y/o
usarlo en forma
Incorrecta.
No usar buzo oficial en
las clases de
Educación Física y en los
Talleres que lo requieran.
Llamado de atención en forma
verbal. Si reincide será en
forma escrita.
Registro en el libro de clases
En subsector de Educación
Física
Comunicación escrita al
Apoderado por parte del
profesor. (comunicación o
Papinotas )
MEDIANA
MEDIANA
Inspector.
Profesor
Dirección.
Inspector
Profesor de Asignatura.
Comunicación al apoderado.
Se le otorgará plazo adecuado para presentarse
con el uniforme completo.
Si esta falta se repite 3 veces se citará al
apoderado.
77
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
3.2.- Los alumnos/a deberán
presentarse al colegio aseados y cumplir con la presentación
personal estipulada en este
Reglamento.
No cumplir con el aseo y
presentación personal
inadecuada y reiterada.
Alumnas con exceso de
maquillaje
Cambio del uniforme por
ropa de calle.
Charla motivacional para
cambio de conducta.
Comunicación al apoderado
de parte de inspectora.
Llamada de atención y
requisión del maquillaje.
Charla motivacional para
cambio de conducta.
Registro en el libro de clases
Investigación del motivo y
toma de conocimiento por
parte del apoderado en forma
escrita
Envío Papinotas
MEDIANA
MEDIANA
GRAVE * *
Profesor/a de
asignatura.
Inspector.
Profesor/a de
Asignatura.
Profesor/a Jefe
Inspectores del curso.
Comunidad Educativa
Si persiste en la conducta, se amonesta por escrito
en la hoja de vida del alumno.
Si la conducta continua se citará al apoderado
para firmar Condicionalidad.
Si la situación es reiterada se citará al apoderado
para tomar conocimiento.
De persistir lo anterior realizará trabajos
comunitarios para toma de conciencia.
De persistir la conducta anterior, el apoderado
firmará Condicionalidad.
Citación del apoderado para toma de
conocimiento.
De persistir la conducta anterior, el apoderado
firmará Condicionalidad
* Si no cumple esta norma atenta al sentido de identidad y pertenencia con el establecimiento educacional
78
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
4.1.- Los/as alumnos/as no
podrán usar o portar
objetos o accesorios Tales como: Celulares, joyas, MP3,
MP4, IPOD, cámaras fotográficas,
alisadores de pelo u otros objetos de
valor. Siendo responsabilidad del
alumno su extravió.
5.1.- Evitar el deterioro de
la infraestructura, mobiliario y
materiales de apoyo pedagógicos.
6.1- Las alumnas
embarazadas deberán dar
aviso junto con su
apoderado de su estado a
la brevedad a Orientación y a U.T.P
Usar, utilizar los
objetos o accesorios
en horas de clases y
darles un mal uso.
Provocar daño a la
infraestructura,
mobiliario
y materiales de apoyo
pedagógicos
No avisar y ocultar.
Se procederá a retirar el objeto por
el profesor a cargo quien lo
entregara al término de la hora, de
la jornada o al apoderado
Investigación de los hechos
por parte de Inspectoría
General.
Citación de apoderado para
informarle de la falta y sanción
correspondiente.
Comunicar a profesores.
Citación de apoderado
(documento)
MEDIANA
GRAVE
GRAVE**
Profesor/a de Asignatura
Mediador
Inspectoría General
Orientación
Unidad Técnica Pedagógica
El objeto u accesorio se le retendrá
hasta que el apoderado se presente a
retirarlo.
* No se hará investigación en caso de pérdida del objeto o accesorio,
pues es responsabilidad del alumno
su cuidado.
Anotación en la hoja de vida.
Citación de apoderado para que firme
junto a su pupilo el documento de
Condicionalidad.
Reparación de o los daños en su
totalidad con un plazo máximo de 5
días.
Registro en la hoja de vida
Deberá cumplir las exigencias
normales establecidas para todos los
alumnos de la escuela, en cuanto al
Reglamento de sana convivencia y
Reglamento de evaluación.
79
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO
FALTA A LA NORMA
PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA
RESPONSABLE SANCION
7.1.- Los/as alumnos/as deberán
estar dispuestos/as para el trabajo académico y mantener un
ambiente grato y de respeto en la
sala de clases.
Interrumpir la clase en
forma constante y
reiterada.
No trabajar en clases.
Salir de la sala sin
autorización del
profesor/a
Promover y/o realizar
acciones o actos que
entorpezcan y/o no
permitan realizar las
actividades académicas
planificadas, por
ejemplo tomarse el
establecimiento
Llamado de atención
Charla motivacional
Llamado de atención,
Comunicación al apoderado.
Si la conducta es frecuente
se cita al apoderado
Registro en libro de clases
(asignatura que corresponda)
Comunicación al apoderado,
notifica a Inspectoría General.
Investigación de los hechos
por parte del Inspectoría
General/Dirección
Definición de la sanción
después de investigado el
hecho por parte de la
Dirección
Toma de conocimiento de
sanción por parte del
estudiante y apoderado
(constancia escrita)
GRAVE
MEDIANA
MEDIANA
EXTREMA
Profesor/a de
Asignatura
Profesora Jefe/a
Profesor/a de
Asignatura
Profesora Jefe/a
Profesor/a de
Asignatura
Mediador
Inspector de Patio
Mediador
Dirección.
Sana Convivencia
Anotación negativa en la hoja
de vida ( si la conducta es reiterativa)
Citación al apoderado.
Anotación en el libro de clases. Si la conducta es
reiterativa se citará al apoderado para toma de
conocimiento y firma de Condicionalidad.
Si esto persiste a fin de año el consejo de
profesores analizará la permanencia en el
establecimiento.
Anotación en el libro de
Clases, registrar entrevista con apoderado.
Registro en la hoja de vida del alumno/a.
El alumno será suspendido hasta esclarecer los
hechos.
Citación de apoderado,
Previa investigación se realizarán las medidas
correspondientes de acuerdo a las leyes
establecidas en nuestro código civil (Falta a la
propiedad privada). En consejo General de
Profesores, previa investigación, se decidirá la
permanencia del o los alumnos en el
establecimiento.
80
Copiar durante las
pruebas o exámenes
Investigación de los hechos por
parte del profesor involucrado.
Citación de apoderado para
toma de conocimiento.
MEDIANA
Profesor de Asignatura.
Anotación negativa en la hoja de vida.
Aplicación de reglamento de evaluación del
colegio.
Si la acción es reiterativa se citará al apoderado
para que firme junto a su pupilo el documento de
Condicionalidad.
7.2-Los/as alumnos/as deberán
tener un trato amable y de respeto hacia todos los miembros
de la comunidad escolar.
7.3 El Colegio es un lugar de desarrollo de buenas costumbres,
de conductas morales y de
integración social
Reírse, burlarse de sus
pares, profesores/as y/o
miembro de la
comunidad escolar.
Actitud
confrontacional y
desafiante hacia sus
pares, profesores/as y/o
miembros de la
comunidad (tales como
amenazas y colusión
de estas, etc.)
Lenguaje grosero y/o
agresión física
(incluyendo el intento
de) hacia sus pares
profesores/as y/o
miembros de la
comunidad.
Llamado de atención.
Derivación a Convivencia
escolar.
Investigación de los hechos por
parte del comité de sana
convivencia con testigos que
presenciaron la situación.
Citación de Apoderado ( con
documento)
Activación Protocolo de
Agresión entre pares.
Investigación de los hechos por
parte de Comité de Sana
Convivencia.
Citación de Apoderado ( con
documento)
GRAVE
EXTREMA
EXTREMA
Profesor/a Jefe/a
Comité Sana
Convivencia
Profesor/a Jefe/a
Comité Sana
Convivencia
Inspector
Profesor/a Jefe/a
Dirección
Comité Sana
Convivencia
Citación por escrito al apoderado al apoderado.
Anotación en su hoja de vida
Si la conducta se repite en el tiempo se activará el
Protocolo de sana convivencia.
Anotación negativa en la hoja de vida.
Citación de apoderado para firme junto a su pupilo
el documento de Condicionalidad.
Activación Protocolo de sana convivencia.
Reparación de los daños morales.
En el caso de los alumnos sean de 4to medio
serán sancionados con la suspensión de sus
actividades de fin de año.
Aplicación protocolo Agresión entre pares
Anotación negativa en la hoja de vida.
Citación de apoderado para firme junto a su pupilo
el documento de Condicionalidad.
. Reparación de los daños.
81
Fumar dentro del
establecimiento o ser
sorprendido en el grupo
de alumnos/as que
comete la falta.
Vender drogas o
sustancias ilícitas
dentro del colegio.
Consumir drogas o
sustancias ilícitas
dentro del colegio.
Exhibir elementos
pornográficos que
atenten contra el
desarrollo de una clase.
Investigación de los hechos por
parte de Inspectoría General con
testigos que presenciaron la
situación.
Citación de Apoderado ( con
documento)
Investigación de los hechos por
parte de Dirección
Activación del Protocolo de
Denuncia de Delitos.
Investigación de los hechos por
parte de Convivencia Escolar.
Activación del Protocolo de
Consumo de drogas.
Investigación de los hechos por
parte de Convivencia Escolar.
Conversación valórica con los
estudiante involucrados.
GRAVE
EXTREMA
GRAVE
MEDIANA
Inspector de patio
Dirección
Dirección.
Convivencia Escolar.
Convivencia Escolar
Convivencia Escolar
Orientación
Anotación negativa en la hoja de vida.
Citación de apoderado para firma junto a su pupilo
el documento de Condicionalidad.
Si la conducta persiste se aplicará la sanción de
Suspensión de clases
Anotación negativa en la hoja de vida.
Denuncia a Carabineros, PDI y Fiscalía.
Citación de apoderado para informarlo de los
hechos ocurridos.
Cancelación de Matrícula.
Anotación negativa en la hoja de vida.
Citación de apoderado para que firme
condicionalidad.
Seguimiento (tutoría.).
Envío a SENDA.
Anotación negativa en la hoja de vida.
Seguimiento (Tutoría.)
De ser reiterada esta actitud se citara al apoderado
para firmar Condicionalidad.
82
8.1.-No discriminar (trato
diferencial o inferior) a ningún
miembro de la comunidad escolar
Dentro del
Establecimiento no
está permitido tener
manifestaciones
amorosas exageradas o (pololeo). Se debe
mantener una actitud
recatada.
Falsificar, destruir o
adulterar documentos
oficiales (libro de
clases, citaciones,
certificados médicos,
informes de notas )
Abusos deshonestos
Discriminación por:
condición social,
apariencia física
capacidad intelectual,
etnia, sexual, religión y
otros.
Conversación valórica con los
estudiante involucrados.
Investigación de los hechos
por parte del Inspector/a
General
Investigación de los hechos de
parte de Dirección y Comité de
Sana Convivencia.
Citación del Apoderado.
Denuncia a entidades judiciales
Juzgado de Familia y OPD.
Llamado de atención.
Citación al apoderado.
MEDIANA
GRAVE
EXTREMA
GRAVE
Orientación
Sana Convivencia
Mediador.
Director
Comité de Sana
Convivencia
Comité de Sana
Convivencia.
Anotación negativa en la hoja de vida.
Seguimiento (Tutoría.)
De ser reiterada esta actitud se citara al apoderado
para firmar Condicionalidad.
Anotación en la hoja de vida.
El alumno/a será suspendido hasta esclarecer los
hechos.
Citación de apoderado para firmar
Condicionalidad.
De persistir esta conducta, a fin de año el consejo
General de profesores decidirá la cancelación de
Matricula
Aplicación Protocolo de abusos deshonestos. Citación de apoderados.
Suspensión de clases de los alumnos afectados
mientras se desarrolla la investigación.
Dependiendo del resultado de la investigación se
solicitará cambio de colegio
Registro en la hoja de vida.
Seguimiento (Tutoría y otros)
En caso que la conducta sea reiterativa, se citará al
apoderado para firmar Condicionalidad
83
9.1.- Resguardar la integridad
psicológica y física de todos los
miembros de la comunidad escolar
Intimidar, amenazar o
cualquier otra conducta
que atente contra la
integridad de los
miembros de la
comunidad escolar,
será considerada como
Bullying.
El Ciber Bullying es:
Intimidar, amenazar o
agredir en forma escrita
a través de las distintas
formas que tiene la
informática, a cualquier
miembro de la
comunidad educativa.
Agredir físicamente y
verbalmente a sus
pares, profesores/as y/o
miembro de la
comunidad escolar.
Activación protocolo de
Bullying
Investigación de los hechos por
parte del comité de sana
convivencia.
Activación protocolo de
Bullying
Investigación con apoyo
impreso que respalde la
agresión a cargo del co mite de
sana convivencia.
Después de realizada la
investigación se harán las
denuncias a las autoridades
correspondientes.
Activación Protocolo de
Agresión entre Pares.
Activación Protocolo de
Agresión de alumno a Adulto.
Investigación de los hechos.
EXTREMA
EXTREMA
EXTREMA
Comité de sana
Convivencia Mediador
Comité de sana
Convivencia Mediador
Comité de sana
Convivencia
Aplicación protocolo de Bullying
Registro en la hoja de vida.
Aplicación del Protocolo de Bullying .
Registro en la hoja de vida del alumno/a.
Citación de apoderado para que tome
conocimiento y firme la Condicionalidad.
Derivación al psicólogo y cualquier institución
pertinente.
Si esta actitud pese a las medidas tomadas es
reiterativa, a fin de año en consejo general de
profesores se solicitara la cancelación de
matrícula.
Aplicación Protocolo de Agresión entre Pares.
Aplicación Protocolo de Agresión de alumno a
Adulto.
Registro en la hoja de vida del alumno/a. Citación
de apoderado. El alumno/a será suspendido hasta
esclarecer los hechos.
Toma de conocimiento de la sanción por parte del
estudiante y apoderado (constancia escrita)
Instancias de apelación a Dirección y consejo de
profesores
84
Portar y/o utilizar
armas de fuego o
elementos corto
punzantes dentro del
Colegio.
Hurtar o robar o ser
cómplice de dicho
delito.
Activación Protocolo de
Denuncia de Delitos.
Investigación de los hechos por
el Mediador.
Torna de conocimiento de la
situación por parte del
apoderado (constancia escrita)
Instancias de apelación
Dirección y consejo de
profesores.
EXTREMA
EXTREMA
Mediador
Dirección.
Mediador
Dirección.
Aplicación Protocolo de Denuncia de Delitos.
Registro en la hoja de vida del alumno/a.
El alumno/a será suspendido hasta que se
esclarezcan los hechos.
Citación de apoderado.
Cancelación de Matrícula.
Registro en la hoja de vida del alumno/a.
El alumno/a será suspendido hasta que se
esclarezcan los hechos.
Investigación de cómo ocurrieron los hechos.
Citación de apoderado para firmar
Condicionalidad.
Ante la reiterada negación del hecho habiendo
evidencias claras y contundentes se le solicitará a
final de año en Consejo General de Profesores la
cancelación de la matrícula.
Informar a la autoridad policial.
Aplicar plan alternativo (U.T.P)
85
Reducción de especies
Torna de conocimiento de la
situación por parte del
apoderado (constancia escrita)
Instancias de apelación
Dirección y consejo de
profesores.
EXTREMA
Mediador
Dirección.
Registro en la hoja de vida del alumno/a.
El alumno/a será suspendido hasta que se
esclarezcan los hechos.
Investigación de cómo ocurrieron los hechos.
Citación de apoderado para firmar
Condicionalidad.
Ante la reiterada negación del hecho habiendo
evidencias claras y contundentes se le solicitará a
final de año en Consejo General de Profesores la
cancelación de la matrícula.
Informar a la autoridad policial.
Aplicar plan alternativo (U.T.P).
86
SANCIONES
De acuerdo a la gravedad de la (s) falta (s), las sanciones tendrán la siguiente graduación:
1- Amonestación verbal: la efectuará cualquier educador y/o asistente de la educación dialogando personalmente con el alumno.
2- Amonestación escrita: la efectuará cualquier educador dialogando personalmente con el alumno (a) y dejando constancia en el Registro de
observaciones del alumno (a). Informar al encargado de convivencia escolar
cuando estén involucrados dos o más alumnos, se deberá hacer por escrito
3- Amonestación grave: la efectuará el profesor jefe, indicando si la falta pertenece a un tema disciplinario, pedagógico o que afecte la sana convivencia. En el primer caso Inspectoría General tomará las sanciones pertinentes; en el
segundo caso le corresponde al Área Pedagógica y en el último caso al comité de convivencia escolar.
4- Condicionalidad: la propondrá el Consejo General de Profesores, a solicitud del Profesor Jefe. El Profesor Jefe dejará constancia de ello en el
Registro en la hoja de vida del alumno (a) y el apoderado firmará un documento aceptando la condicionalidad de su pupilo y las consecuencias al no ser
superadas las conductas. Se aplicarán en caso de faltas graves reiteradas. El alumno (a) recibirá el apoyo, además del profesor jefe, del Orientador (a) y de otro educador cuando sea pertinente de acuerdo con las características del caso.
Esta sanción también puede aplicarla de inmediato el Inspector General cuando la situación de gravedad lo amerite, pero deberá ser ratificada por el Consejo General de Profesores
El alumno, a través de su apoderado, cuenta con 15 días hábiles para apelar ante cualquiera de estas sanciones.
87
CANCELACION DE MATRICULA:
En caso que el Consejo de Profesores pida Cancelación de Matrícula, el profesor Jefe deberá presentar antecedentes por escrito para la toma de decisiones
Es facultad de la Dirección después de haber consultado a las instancias pertinentes. Si el Consejo General de Profesores propone la caducidad de
matrícula para algún alumno(a) esta deberá ser ratificada por la Dirección, previa investigación y recopilación de antecedentes. En caso de ser ratificada por esta, el profesor jefe dejará constancia de ello en el registro de observaciones y comunicará personalmente al apoderado la decisión. El apoderado podrá pedir reconsideración a la Dirección, cuya resolución será inapelable. La cancelación de matrícula procederá cuando:
Superada la primera condicionalidad reincida en el motivo de esta.
Pese a los esfuerzos de los educadores, el alumno (a) no modifique su
conducta y/o rechace el Proyecto Educativo Institucional.
Un alumno (a) no asuma sus responsabilidades académicas de acuerdo a sus posibilidades y, ostensiblemente, no manifieste una clara disposición por cambiar de acuerdo con las orientaciones y el apoyo de sus educadores.
Un alumno (a) se dedique a la venta, distribución o comercialización de cualquier tipo de droga o estupefaciente y, eventualmente, sea sorprendido
consumiéndola.
Un alumno (a) se vea envuelto en graves daños al establecimiento o de robos al interior de este.
88
En las siguientes situaciones el Director exigirá el informe del equipo de Mediación:
Un alumno (a) instigue a graves lesiones físicas o verbales a compañeros, educadores y demás personas que trabajen en el colegio.
Cuando el alumno con actitudes, acciones de cualquier tipo, escritos,
conductas, ya sea través de medios escritos, vía internet u otros, ofendan a las personas de nuestra comunidad, promueva el rechazo a los valores del Proyecto
Educativo del colegio e inste a sus compañeros a hacer lo mismo.
Sin perjuicio de lo anterior, el apoderado del alumno tiene 15 días hábiles para apelar de esta medida, aportando los antecedentes que considere
necesarios.
En los casos de Expulsión y/o Cancelación de Matrícula, las apelaciones serán resueltas por el Director, previa consulta
al Consejo de Profesores.
89
IDEAS FUERZAS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR
En este marco, la educación de la convivencia es uno de los aspectos que
preocupa y ocupa a muchas comunidades escolares y el Ministerio de
Educación se ha sumado a dicho interés impulsando la convivencia como un factor clave de calidad de la educación a través de la Política de Convivencia Escolar cuya implementación está en desarrollo desde el año 2003, asumiendo cuatro compromisos:
• Difundir y sensibilizar a distintos actores del sistema escolar sobre convivencia escolar en la formación ciudadana del estudiantado.
• Impulsar la readecuación del reglamento interno de convivencia con la
participación de estudiantes, docentes, apoderados, apoderadas y asistentes de la educación junto al equipo de gestión en su totalidad.
• Capacitar sobre resolución pacífica de conflictos a actores clave del sistema.
• Involucrar al Consejo Escolar con propuestas que involucren el mejoramiento
sostenido de este ámbito curricular
1. En relación a las personas o protagonistas de un conflicto, resulta interesante distinguir:
• A las partes protagonistas del conflicto de las personas secundarias. Se
entenderá por protagonistas a las personas que tienen directamente el conflicto o estén comprometidos con él y, secundarios serán los que indirectamente se sientan o se perciban vinculados a la situación que provocó la disputa.
• La relación de poder que existe entre las partes, ¿es una relación de iguales o existe subordinación de uno respecto del otro? Este factor es importante tanto
90
para definir y comprender qué posición se toma frente a la situación, o si se requiere ayuda de un tercero o tercera que colabore en el proceso de resolución.
• La percepción que cada protagonista tiene del problema. Esto formará parte del proceso de resolución.
• Las emociones y sentimientos de las partes pueden contribuir u obstaculizar el proceso de resolución; particularmente si son claras, pues muchas veces no son
reconocibles: ¿Cuáles son las emociones?, ¿qué sientes?, ¿qué te hago sentir? Los conflictos siempre van asociados a emociones.
91
CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS
Las conductas que constituyen faltas se presentan en forma genérica a nivel sala de clases y establecimiento, así mismo las medidas: pedagógicas, formativas y disciplinarias.
No se detallan las conductas específicas desde una menor a mayor gravedad, dado que éstas son personales (no se prescriben como absolutas) y dependen:
Del contexto en que se den.
De las causas y razones que ocasionan el conflicto.
De la intensidad del conflicto.
De la complejidad del conflicto.
Del estado emocional de cada persona que interviene en el conflicto.
Del criterio del adulto que maneja la situación de conflicto. Del análisis de la situación. De las medidas que se aplican.
92
FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR
Faltas en la sala de clases, laboratorios, salas de talleres, en salidas de
aprendizaje en terreno y en el establecimiento Educacional
FALTAS PERSONALES MEDIDAS PEDAGOGICAS PARA FALTAS
LEVES Y DE MENOR GRAVEDAD
Desinterés en la clase, apatía, indiferencia.
Desconexión con el propósito de la clase.
Desvinculación con las tareas escolares.
Debilitación de la relación profesor
-alumno.
Incumplimiento de tareas.
Incumplimiento de recursos
solicitados.
El profesor auto evalúa su clase y la replantea.
Conversa con el estudiante que comete falta.
El profesor lo motiva e incluye en la clase.
Utiliza estrategias de liderazgo para influir.
Sugerencias de Orientación.
Diseña estrategias para alumnos desadaptados.
Genera actividades desafiantes.
Trabaja estrategias de relaciones sociales.
93
INVOLUCRADOS EN LAS FALTAS MEDIDAS FORMATIVAS
FALTAS ENTRE APODERADOS
Informar el caso al departamento de
orientación. Intervenir el conflicto por medio de la
mediación.
Registrar caso en las fichas respectivas
Dejar registrado en el libro de clases la
situación de conflicto.
Realizar seguimiento al caso.
Intervenir si es necesario a través de la justicia.
FALTAS ENTRE APODERADOS Y
DOCENTES- ASISTENTES O
DIRECTIVOS
FALTAS ENTRE APODERADOS Y
ALUMNOS
94
CON SUS PARES Y PROFESORES MEDIDAS FORMATIVAS
Con sus pares:
Discusiones.
Agresión psicológica.
Agresión física.
Otros.
Con profesores:
Respuesta inadecuada.
Agresión verbal.
Agresión física.
Otros.
Uso de tecnologías para denostar, ofender y / o agraviar
Investigación sobre la situación de conflicto.
Entrevista con los involucrados en el
conflicto.
Análisis de la situación de conflicto. Los alumnos en falta participan del
análisis. Reflexionan sobre la situación y el
conflicto.
Concluyen consecuencias del conflicto.
Analizan consecuencias del conflicto.
Intervención de mediador docente directivo.
Intervención del docente que conozca al
alumno.
Los estudiantes reconocen sus faltas.
Los estudiantes comprometen cambios.
Practican actitudes de honestidad y
disculpas.
Entrevista con padres y apoderados.
Destruye útiles y bienes personales.
Ocasiona perjuicios en bienes de
otros.
Produce daños en bienes muebles de la sala de clases y/o del
establecimiento educacional.
Otros.
Medidas disciplinarias para faltas de
mayor gravedad:
Aplicación de medidas formativas. Suspensión de clases. Desarrolla la clase en otra
dependencia.
Suspensión de clases y del establecimiento.
Denuncias a Fiscalía. Cancelación de Matricula
95
COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR
DE SU DEFINICION:
El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia.
Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos.
DE SUS INTEGRANTES:
El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por:
a) Director
b) Orientadora
c) Encargados de Convivencia Escolar (mediadores Docentes).
d) Encargados de Convivencia Escolar (mediadores Alumnos).
DE SUS OBJETIVOS:
El Comité tiene los siguientes objetivos:
a) Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.
b) Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento.
c) Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas
indicadas en este reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes.
d) Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano de los establecimientos.
e) e. Mantener informado al Director.
96
FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
El Comité de Convivencia Escolar es presidido: Director, Orientadora y Mediador.
Sesionará mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente las
veces que se requiera.
Anualmente informará a la comunidad acerca de los planes preventivos para la convivencia escolar.
Después de cada sesión extraordinaria, el Encargado del Comité informará a los profesores jefes, de asignaturas y apoderados(as) sobre
los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.
Los mediadores deben informar en cada sesión del estado de avance los casos en tratamiento y de nuevos alumnos que presentan dificultades.
El Comité debe sesionar en conjunto con los profesores de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita.
El comité podrá reunirse con el Presidente del Centro de alumnos y/o el Presidente del Centro General de Padres, el Consejo escolar, para
efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y/o cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite.
97
ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al
mantenimiento de un clima escolar sano.
Diseñar e implementar los planes de la violencia de los establecimientos. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa
acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar
y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.
Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de
convivencia escolar.
Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,
reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.
Determinar, con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente
por los profesores u otras autoridades de los establecimientos, así como los procedimientos a seguir en cada caso.
Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes
98
DEFINICIÓN DE SITUACIONES
(Definición de situaciones especialmente graves de violencia escolar y políticas especiales de prevención.)
Las conductas descritas a continuación son consideradas faltas gravísimas y su reiteración puede llegar a la expulsión del estudiante.
III. Bullying.
Se define como toda forma situación de acoso y hostigamiento hacia un estudiante, que se produce entre pares, en donde existe abuso de poder
y es sostenido en el tiempo.
Es importante destacar que en la prevención del Bullying es de suma importancia la intervención oportuna y decidida de los adultos de la comunidad educativa. Por lo que se debe mantener la siguiente línea de acción:
5. No se puede justificar ninguna forma de hostigamiento hacia
un estudiante. No se deben permitir los sobrenombres
o burlas reiteradas por ninguna razón. 6. Las situaciones de acoso u hostigamiento deben ser
abiertamente conversadas entre el profesor y sus alumnos,
incluyendo a las familias.
7. Tratar el tema del Bullying de manera regular en Consejo de
Curso.
8. Jamás se debe minimizar una situación en donde un estudiante es hostigado o acosado apelando a la etapa de
desarrollo del o de los acosadores.
IV. Abuso Sexual.
Se refiere a todo tipo de actividad sexual impuesta por seducción, coacción o por la fuerza entre un niño y alguien mayor, en donde la
persona mayor obtiene gratificación sexual.
99
V. Ciber-acoso.
Consiste en hacer uso de Internet u otro medio tecnológico para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro
integrante de la comunidad escolar. Se incluye también la exhibición o difusión de fotos u otra información privada del estudiante a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correo electrónico o a través de cualquier otro medio tecnológico.
VI. Discriminación. Se refiere a toda forma de burla, amenaza, aislamiento o
intimidación hacia un estudiante ya sea por su condición social,
económica, religiosa, política, filosófica, étnica, sexual o cualquier otra circunstancia.
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POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN
Las políticas especiales de prevención son:
Semanalmente en horario de Orientación y Consejo de Curso, desde de primero a cuarto medio, se trabajarán los conceptos valóricos tales como:
Empatía. Asertividad.
Respeto.
Tolerancia.
Coherencia.
Responsabilidad.
Compromiso.
Todo lo anterior, trabajado en el aula, nos ayudará a prevenir: el Bullying, el
Ciber-Bullying, el abuso sexual, la discriminación y todo lo que atente contra una convivencia pacífica.
Cabe destacar que durante las horas de orientación también se trabajarán, durante todo el año, los Programas tendientes a promover la buena
convivencia escolar:
Valores transversales para una convivencia positiva.
Prevención del abuso sexual Educación sexual. Programa de habilidades sociales.
Dichos temas serán tratados en reuniones de apoderados, enfatizando la responsabilidad de las familias y sensibilizando a los apoderados respecto a los
temas.
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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
Protocolo en caso de Acoso escolar o Bullying
Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible
situación de acoso, ya sea a través del propio alumno o a través de una observación directa de algún miembro de la comunidad escolar, se realizará el siguiente procedimiento, que podemos agrupar en tres fases:
1. Recogida de información
2. Análisis y adopción de medidas
3. Seguimiento periódico.
1ª FASE: Recogida de información: Etapa en la que se recaban los
antecedentes necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o
no una situación de acoso escolar; para ello se realizan los siguientes pasos:
A. Nombrar a un responsable de la tramitación: Este responsable será la persona encargada de comunicarse con todos los sujetos implicados, de
recabar la información necesaria y comunicarla a las autoridades del colegio correspondientes, a objeto de tomar medidas necesarias. Puede tratarse
Director o un miembro del comité de la sana convivencia. Su nombramiento
debe ser conocido por el equipo docente, de forma que se le comunique
cualquier incidencia que pudiera acaecer con respecto a la situación denunciada.
El mediador para estos efectos se regirá por una plantilla tipo que considere
los siguientes aspectos:
Nombre del Alumno(a) presunta víctima de acoso escolar o Bullying
Nombre del o de los presuntos acosadores.
Descripción de los hechos observados y/o vividos
Lugar
Fecha
Etc.
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El sentido de esta plantilla tipo es realizar el proceso lo más transparente posible y que no quede a título personal, conduciendo el proceso a otros parámetros, sirviendo además como guía en el trabajo de equipo del comité de sana convivencia.
B. Citar al alumno acosado a una entrevista individual. Es importante que en
esta primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo
que, si es necesario, deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema.
C. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual, para recabar
los antecedentes sobre la situación investigada
D. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual, para
obtener información, que permita alcanzar la coherencia de los relatos obtenidos.
E. Citar, en entrevista individual, a la familia del acosador y acosado. (por
separado)
F. Convocar al Comité de sana Convivencia para entregar información.
2ª FASE: Análisis y adopción de medidas. Una vez recabada toda la información por el mediador sobre los hechos acontecidos, informará al Comité de Sana Convivencia, quien previo estudio valorará si corresponde a una situación de acoso, según Manual de Convivencia Escolar.
Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendentes
a la protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la situación a los organismos correspondientes.
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3. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en
concreto, si bien podemos sugerir las siguientes:
a) Cambio de grupo curso.
b) Vigilancia específica de acosador y acosado, por parte de un miembro del comité de sana convivencia.
c) Tutoría individualizada por mediador, dándole pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.
d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informado de la situación.
e) Sesiones grupales.
f) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al colegio
con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo docente. (Solo en
casos necesarios).
4. Medidas correctoras de los agresores:
a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las sanciones correspondientes.
b) Petición de disculpas a la víctima. (En su momento)
c) Realización por parte del mediador de una labor de toma de conciencia de
lo ocurrido y sus consecuencias.
d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.
e) Enseñar estrategias de resolución de conflictos.
Nota: Tal y como se expondrá en el apartado referido a consecuencias jurídicas, es necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados.
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3ª FASE: Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la
fase anterior, se llevará a cabo, a través del Comité de Sana Convivencia, un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente erradicada cualquier conducta agresiva.
Protocolo en caso de abuso sexual
Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible
situación de abuso sexual, a través del propio alumno o de algún familiar y/o algún funcionario del establecimiento, es preciso adoptar una serie de medidas
que podemos agrupar en tres fases:
1. Toma de conocimiento del problema o situación. 2. Cuando se toma conocimiento de la situación se debe informar
inmediatamente al comité de la sana convivencia, evitando así la victimización secundaria del o la adolescente que cuente en reiteradas ocasiones y a diferentes personas lo sucedido
3. Búsqueda de red de protección para adolescente para cuidar la integridad física y moral de la presunta víctima.
4. Denuncia a la fiscalía correspondiente por parte del colegio por la persona
que recibe la información en primera instancia, el que se hace cargo por ley de hacer la denuncia, en los tribunales correspondientes, quienes
además derivaran al abusado con un equipo Psico-social en la búsqueda de reparar los daños provocados. En caso de existir maltrato físico y/o psíquico por parte de la familia u otros agentes ajenos al colegio, se tomarán las siguientes medidas: a. Recogida de información, bien a través del alumno o de la
observación directa del profesor o personal del colegio. b. Derivación a la OPD (Oficina de Protección de Derechos) que
corresponda a su domicilio, la que se hará cargo a través de un equipo Psico-social, adoptando todas las medidas necesarias, e
informando al colegio de los avances en el proceso de reparación. En caso de no existir OPD en la comuna de residencia del o la
adolescente se debería tomar contacto con la municipalidad a objeto
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de conocer qué departamento tramita los casos de vulneración de derecho de la infancia y actuar con él.
PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES
Consideraciones Generales: Este documento tiene como finalidad dar a conocer
a toda la comunidad escolar del Instituto Comercial Particular la Cisterna los
pasos a seguir, cuidados, medidas y acciones que deben tomarse cada vez que
un Estudiante sufra algún accidente dentro de la unidad educativa, ya sea en los patios o en las aulas. Es también posible considerar que durante el trabajo
práctico de los alumnos en taller, clases de Ed. Física, Talleres deportivos o folklóricos; u otro tipo de actividades físicas éstos sufran algún accidente.
Cómo proceder frente a un accidente:
1. Una vez conocido el hecho, si el alumno (a) ha sufrido una caída, golpe u otro tipo de traumatismo que lo mantenga en el suelo, debe llamarse; a través de un tercero; al encargado (s) de primeros auxilios: enfermera o a los inspectores
de patio.
2. Inspector General o de nivel, quien concurrirá al sitio para chequear el
estado en que se encuentra el alumno. Verificar si éste puede moverse, si presenta compromiso de conciencia, sangrado o herida abierta o fractura
expuesta. El alumno (a) no debe ser movido, por el contrario deberá ser estabilizado, inmovilizado y curado en el lugar, hasta poder contar con el medio
de transporte que se requiera, ya sea camilla de transporte o silla de ruedas,
según sea el caso. De no ser posible moverlo deberá permanecer en el sitio del accidente hasta la llegada del servicio de urgencia. Una vez inmovilizado y
estabilizado, y habiendo comprobado que es seguro su transporte, deberá ser llevado a la enfermería del colegio.
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3. Inspector. General o inspector de nivel, deberá llamar al apoderado del alumno e informar del incidente, además deberá llenar la ficha de accidente escolar que se requiere para estos efectos. Si el accidente se evalúa como mayor y riesgoso para la integridad del alumno el I. General deberá llevar al servicio de urgencia que corresponda al sector. De no mediar otra indicación dada por el apoderado.
4. Si se tratara de un accidente leve; tales como esguinces, cortes no
profundos, golpes leves, erosiones, quemaduras superficiales, contusiones
leves, podrá evaluarse la posibilidad de enviar al alumno al centro asistencia
que corresponda al sector acompañado de su apoderado. En caso de que su apoderado no pudiese concurrir al establecimiento, la Dirección designará a un docente, inspector u otro asistente de la Educación que acompañe al estudiante, permaneciendo allí hasta que se presente su apoderado o algún familiar responsable.
5. Desde el recinto asistencial, el encargado de acompañar al alumno deberá informar al establecimiento del estado y diagnóstico del alumno para a su vez informar al apoderado, siempre y cuando éste no haya logrado llegar al lugar donde su pupilo está siendo atendido.
6. En caso de presentarse un accidente menor tales como (caídas, pelotazos, golpes leves de diversa índole, etc.), deberá ser canalizado por el adulto responsable más cercano (Docente, Asistente de la Educación o Inspector) a la Oficina de enfermería quien evaluará la necesidad de aplicar el protocolo de accidente escolar, esto se debe aplicar también en caso de que presenten síntomas de enfermedad.
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PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Todos los actores de la comunidad educativa, son sujeto de derechos
La educación es un pleno desarrollo de la persona
Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la institución educativa.
La convivencia escolar un ámbito de consistencia ética
Protección a la vida privada y pública de las personas
Igualdad de oportunidades para cada uno de alumnos y alumnas de la
entidad educativa.
Las normas de convivencia, un encuentro entre derecho y ética.
Generar confianza, credibilidad y respeto.
Facilitar la comunicación interpersonal de las partes en conflicto.
Identificar los sentimientos y emociones de las partes
Diferenciar posiciones e intereses de las partes
Intencionar que las partes valoricen positivamente el proceso de las
ERAC permitiéndoles que sean ellos los constructores de la solución de sus problemas en forma directa o indirecta.
Cautelar su relación con las partes, generando empatía y confianza, pues de ello dependerá sus posibilidades de ayudar a las partes a definir su propia relación.
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Estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares (ERAC)
Las estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares, son formas de
intervención social que buscan que las partes de un conflicto transformen
positivamente las relaciones sociales que se encuentren deterioradas, es decir,
constituyen posibilidades para que los involucrados en un conflicto especifico
reconstruyen la forma como se tratan cotidianamente mejorando así su calidad
de vida y generando importantes aprendizajes en todos los participantes.
Estas conversaciones se explicitan y reflexiona sobre el conflicto, así como
también sobre los posibles acuerdos y aprendizajes que se requiere para
solucionar satisfactoriamente. Entre las estrategias de resolución alternativa de
conflictos (ERAC), más apropiadas al sistema escolar chileno se encuentran:
El arbitraje
La negociación
La mediación
Cada una de ellas diferenciándose de acuerdo al rol que le asigna al equipo
Facilitador, tal como lo enseña la siguiente tabla
ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR
ARBITRAJE
Adultos con criterio y habilidades pedagógicas, que
intenciona el reconocimiento mutuo de las partes y si
es necesario, decidirá una salida a la situación de
crisis
NEGOCIACIÓN
Adulto o estudiante que ayuda a las partes a identificar
y ordenar sus intereses relacionados con el conflicto,
supervisando y asesorando una adecuada
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ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR
construcción de acuerdos.
MEDIACIÓN
Adulto o estudiante que facilita e intenciona el dialogo
para que las partes identifiquen su conflicto,
caractericen la relación social que mantienen y la
mejoren a través de acuerdos explícitos.
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Características del proceso de mediación escolar
El proceso de mediación escolar, comprende una serie de indicadores que requieren del mediador, gran compromiso al respecto, para ello cada miembro
del grupo de convivencia escolar y a su vez las partes en conflictos, deben:
Ser confidencial
Proporcionar un espacio intimo
Ejercer la libertad de expresión
Ser imparcial
Tener una disposición a asumir compromisos
Superar el conflicto
Desarrollar aprendizajes significativos
Fortalecer la comunidad educativa
Mejorar la calidad de vida.
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Objetivos pedagógicos de la mediación
Si bien el objetivo inmediato de cualquier estrategia de resolución alternativa de conflictos, es la superaron del conflicto a través de la reconstrucción de las relaciones sociales deterioradas, la mediación posee los siguientes objetivos pedagógicos adicionales:
Revalorización de cada parte
Reconocimiento entre las partes
Análisis de intereses de las partes
Contextualización del conflicto
Reconstrucción del conflicto
Responsabilización; Se busca que cada uno de los involucrados, asuma su
responsabilidad en la generación, mantención y desarrollo del conflicto y con ello también en su posible solución.
Validación del proceso; Consiste en la presentación del equipo facilitador, invitándoles a participar y a construir una salida satisfactoria al conflicto.
Primer acercamiento al conflicto; Es el momento en donde el equipo debe
procurar que cada una de las partes exprese su versión de los hechos, así como sus descargos, sentimientos, temores y expectativas sobre el conflicto.
Resolución del conflicto; En este momento se intenciona una revisión colectiva de las características del conflicto, identificando roles y acontecimientos.
Acuerdos, aprendizajes y conclusiones; Es el proceso final, en donde las partes
llegan a un acuerdo específico, el cual queda por escrito, con su correspondiente firma.
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Aspectos jurídicos.
La responsabilidad de los establecimientos
Una vez analizado cual es el comportamiento a seguir en caso de detectarse
una situación de acoso, es preciso señalar que la misma puede tener una serie de implicaciones jurídicas de los establecimientos.
En primer lugar, no podemos olvidar que con base en el artículo 1903 del Código Civil, “las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de
enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando
actividades escolares o extraescolares y complementarias. La responsabilidad
de que trata este artículo CESARÁ cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para
prevenir el daño.” Por tanto, se podría dar el caso de que los representantes
legales del alumno exigieran la responsabilidad civil de los colegios por los
daños morales sufridos por el menor.
Efectivamente, el artículo citado establece una responsabilidad “cuasi objetiva” de los daños ocasionados por su alumnado, de forma que, una vez acreditada la existencia de una situación de acoso, es posible exigir responsabilidad a los
titulares de los centros docentes. Sin embargo, dicha posibilidad no es ilimitada,
sino que cabe exonerarse de la misma en aquellos casos en que se acredite que
se actuó con la diligencia necesaria para evitar el daño. Sin embargo, no
podemos olvidar que en estos casos, a los establecimientos les corresponde la
carga de la prueba, es decir, es preciso acreditar que se realizaron todas las
actuaciones necesarias para evitar la situación.
Por ello es esencial una actuación rápida una vez que se detecten los primeros signos de acoso, así como la adopción de medidas eficaces. También es importante, como se avanzó en el apartado anterior, documentar todas las
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medidas adoptadas, de forma que, en caso de iniciarse un procedimiento por
responsabilidad civil, pueda acreditarse que se actuó con la diligencia debida. Para ello es preciso levantar acta de las reuniones efectuadas y también resulta conveniente recoger la firma de los alumnos después de las sesiones realizadas,
ya que éstos resultan los medios idóneos para probar la actuación diligente.
Igualmente, para acreditar el comportamiento responsable de los colegios,
también resulta interesante la existencia y aplicación de un plan de convivencia, documentado por escrito y con un calendario de actuaciones, así como la realización periódica aproximadamente una vez al año, de un test destinado a la detección del acoso escolar (se adjunta como anexo nº 2), de forma que sea
posible acreditar, no sólo la aplicación de mecanismos rápidos y eficaces paliativos de situaciones de Bullying, sino también la realización de acciones preventivas, de forma que el centro quede exonerado de cualquier tipo de
responsabilidad.
Por otra parte, al margen de la responsabilidad civil, es preciso determinar cual
debe ser la actuación de los colegios en aquellos supuestos en que la intensidad del acoso suponga la comisión de un posible hecho delictivo, el
artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que “los que por razón de su cargo, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, Tribunal
competente, Juez de Instrucción y, en su defecto, al funcionario de policía más próximo.” Igualmente, el artículo 13 de la Ley de Protección Jurídica del Menor,
prevé que “toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su
profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de presentarle el auxilio que precise.
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Ley núm. 20.536, sobre Violencia Escolar
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda, Ricardo Lagos Weber e Ignacio Walker Prieto y de los ex Senadores señores Andrés Allamand Zavala y Andrés Chadwick Piñera. Proyecto de ley:
"Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el decreto con
fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, General de Educación:
1.- Modificase el artículo 15 del siguiente modo:
a) Intercálese en su inciso segundo, a continuación de la locución "proyecto educativo", lo siguiente: ", promover la buena convivencia escolar y prevenir toda
forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo
establecido en el Párrafo 3º de este Título,".
b) Agrégase el siguiente inciso tercero:
"Aquellos establecimientos que no se encuentren legalmente obligados a
constituir dicho organismo deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características, que cumpla las funciones de promoción y prevención señaladas en el inciso anterior. Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y que deberán constar en un plan de gestión.".
2.- Agrégase, en su Título Preliminar, el siguiente Párrafo 3º: “Párrafo 3º Convivencia Escolar
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Artículo 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los
objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los
estudiantes.
Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,
atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de
carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.
Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados,
profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de
acoso escolar.
Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como
también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes
de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello
conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del
establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o
116
disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.
Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos
los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.".
3.- Reemplazase la letra f) del artículo 46 por la siguiente:
"f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el
establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho
reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar,
graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma,
establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar
establecido en el reglamento.".
Artículo transitorio.- Los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el Consejo Escolar deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto,
promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Fernando Rojas
Ochagavía, Subsecretario de Educación. Tribunal Constitucional
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Proyecto de ley sobre violencia escolar. (Boletín Nº 7123-04)
La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Senado
de la República envió el proyecto enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de
constitucionalidad respecto de las normas que regulan materias propias de ley
orgánica constitucional que aquel contiene, y que por sentencia de 1º de septiembre de 2011 en los autos Rol Nº 2.055-11-CPR.Se declara:
1) Que la norma del número 3.- del artículo único permanente del proyecto de ley sometido a control es constitucional.
2) Que esta Magistratura no emitirá pronunciamiento respecto de las normas contenidas en los números 1.- y 2.- del artículo único permanente ni tampoco respecto del artículo transitorio de la iniciativa, por no regular materias que la Constitución Política estime propias de ley orgánica constitucional. Santiago, 1º de septiembre de 2011.- Marta de la Fuente Olguín, Secretaria.
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