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MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Fundación Educacional Ema Pérez Bravo Revisión del 17 de Octubre de 2018 Instituto Comercial Particular La Cisterna

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MANUAL DE

CONVIVENCIA ESCOLAR

Fundación Educacional Ema Pérez Bravo

Revisión del 17 de Octubre de 2018

Instituto Comercial

Particular La Cisterna

Convivencia escolar es la “coexistencia pacífica de los miembros de la

Comunidad Educativa, que supone una interrelación positiva y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el

desarrollo integra de los estudiantes” (art.16 A del D.F.L. Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación)

1

Contenido

PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................... 3

CONVIVENCIA ESCOLAR… ........................................................................................................................ 4

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ........................................................................................................ 5

CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ESCOLAR ..................................................................... 8

OBJETIVOS PEDAGÓGICOS DE LA MEDIACIÓN ......................................................................................... 9

DEFINICIÓN DE SITUACIONES ................................................................................................................ 12

POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN ................................................................................................. 14

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN ................................................................................................................ 15

ESTRATEGIAS DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS ESCOLARES (ERAC) ................................ 45

ASPECTOS JURÍDICOS. ............................................................................................................................ 47

LEY NÚM. 20.536, SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR ...................................................................................... 49

PROTOCOLO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................... 53

CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO .................................................................................................... 55

EL ESTUDIANTE, PRIMER RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO .................................... 56

DISPOSICIONES GENERALES ................................................................................................................... 58

DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS) ......................................................................................................... 59

CEREMONIA DE LICENCIATURA .............................................................................................................. 61

INSTANCIAS DE DIALOGO ...................................................................................................................... 62

EMBARAZADAS Y EL SERVICIO MILITAR. ................................................................................................ 63

REDES DE APOYO ................................................................................................................................... 65

USO DEL CASINO .................................................................................................................................... 67

RELACIÓN ENTRE COLEGIO Y APODERADOS. ......................................................................................... 68

RELACIÓN ENTRE COLEGIO E INSTITUCIONES EXTERNAS. ...................................................................... 69

NORMAS DE INTERACCIÓN .................................................................................................................... 70

TIPOS DE FALTAS ................................................................................................................................... 71

NORMAS – FALTAS – PROCEDIMIENTOS - RESPONSABLES ..................................................................... 72

SANCIONES ............................................................................................................................................ 86

CANCELACION DE MATRICULA: .............................................................................................................. 87

IDEAS FUERZAS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................................................................... 89

CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS ............................................................................................... 91

FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR ..................................................................................................... 92

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR ...................................................................................................... 95

FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ................................................................................ 96

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA ...................................................................................... 97

DEFINICIÓN DE SITUACIONES ................................................................................................................ 98

POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN ................................................................................................100

2

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ................................................................................................................101

PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR ......................................................107

ESTRATEGIAS DE RESOLUCIÓN ALTERNATIVA DE CONFLICTOS ESCOLARES (ERAC) ...............................108

CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO DE MEDIACIÓN ESCOLAR ..................................................................110

OBJETIVOS PEDAGÓGICOS DE LA MEDIACIÓN ......................................................................................111

ASPECTOS JURÍDICOS. ...........................................................................................................................112

LEY NÚM. 20.536, SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR .....................................................................................114

3

PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Todos los actores de la comunidad educativa, son sujeto de derechos.

La educación es el pleno desarrollo de la persona.

Convivencia democrática y construcción de la ciudadanía se inicia y se practica en la institución educativa.

La convivencia escolar un ámbito más de la consistencia ética.

Protección a la vida privada y pública de las personas

Igualdad de oportunidades para cada uno de alumnos y alumnas de la

entidad educativa.

Las normas de convivencia, un encuentro entre derecho y ética.

El generar confianza, credibilidad y respeto.

El facilitar la comunicación interpersonal de las partes en conflicto.

El identificar los sentimientos y emociones de las partes

El diferenciar posiciones e intereses de las partes

El intencionar que las partes valoricen positivamente el proceso de las

Estrategias de Resolución alternativa de Conflictos Escolares (ERAC)

permitiéndoles que sean ellos los constructores de la solución de sus problemas en forma directa o indirecta.

El cautelar su relación con las partes, generando empatía y confianza, pues de ello dependerá sus posibilidades de ayudar a las partes a definir su propia relación.

4

CONVIVENCIA ESCOLAR…

La Convivencia Escolar es un elemento prioritario para el desarrollo de

ambientes propicios conducentes al logro del proceso de enseñanza aprendizaje en el entorno escolar; promueve el intercambio y el trabajo colectivo entre todos

los actores; es un componente esencial para la construcción de un contexto de

respeto, colaboración y participación.

Se construye cotidianamente a partir de la experiencia y el contacto con otros;

implica el reconocimiento y el respeto por la diversidad, la capacidad de las

personas de entenderse, de valorar y aceptar las diferencias y los puntos de

vistas de los demás; reconociendo en cada uno a un sujeto de derecho, con

responsabilidades que asumir a favor del bien común.

La convivencia escolar es un proceso de construcción dinámico de toda la

Comunidad Educativa, por lo que el Establecimiento debe promover la

participación de todos sus miembros para contribuir al proceso de Enseñanza. Por esto la comunidad educativa a definido normas de convivencias, de acuerdo

con los valores expresados en su proyecto educativo, las que se marcan en la

Ley y en todas las normas vigentes, y tener como horizonte el desarrollo y la

formación integral de los estudiantes.

5

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Está integrado por el Director, quien lo preside, la Orientadora, el Mediador, el

Psicólogo(a), un Representante del Cuerpo Docente y un Representante del

Centro de Alumnos.

Sus principales objetivos son:

a. Estimular y canalizar la participación de la Comunidad Educativa

en el Proyecto Educativo

b. Promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de

violencia

c. Aprobar, Modificar o Rechazar el plan de Gestión de Convivencia

Escolar presentado por el encargado de Convivencia Escolar, a

más tardar, la primera quincena de marzo de cada año lectivo. d. Actuar como instancia que resuelve las apelaciones de las medidas

tomadas por el Mediador

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

Proponer u adoptar las medidas y programas conducentes al

mantenimiento de un clima escolar sano

Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad

educativa a cerca de las consecuencias del maltrato, acoso u

hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la

sana convivencia

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el

encargado de Convivencia Escolar

Requerir a la Dirección, a los Profesores o a quien corresponda,

informes, reportes o antecedentes relativos a la Convivencia

escolar

Determinar, con alcance general, que tipos de faltas y sanciones

serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse

directamente por los profesores u otras autoridades del

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Establecimiento, así como los procedimientos a seguir en cada

caso

PLAN DE GESTION DE CONVIVENCIA ESCOLAR

El Plan de Gestión de Convivencia Escolar debe ser un instrumento coherente

con el Proyecto Educativo Institucional y el Reglamento Interno, que contenga

las tareas necesarias para promover la convivencia y prevenir la violencia

escolar, estableciendo responsabilidades, prioridades, plazos, recursos y forma

de evaluación con el fin de alcanzar el o los objetivos que el Comité de Convivencia hayan definido como relevantes

PROTOCOLOS DE ACTUACION

Los protocolos son herramientas preventivas que establecen, los pasos a seguir

y los responsables ante situaciones de riesgo, entregan pautas anticipadas con

criterios objetivos ante cualquier evento o situación que exponga la integridad

física o psicológica de los miembros de la Comunidad Educativa

LA MEDIACION DE CONFLICTO

La mediación se orienta a la reconstrucción de los vínculos y a la reparación, no

busca sancionar o encontrar culpables; su objetivo es solucionar los conflictos

por medio del dialogo plantea la reconstrucción de la relación de la colaboración

y de la confianza que debe existir entre la escuela y la familia.

El sentido es que todos los involucrados puedan generar aprendizajes y

experiencias, y se comprometan con su propio proceso de formación como seres

humanos. Para este acercamiento se convoca a los involucrados y a un

Mediador, especialmente capacitado, ajeno al conflicto, para dirigir el proceso.

El mediador no impone soluciones, su tarea está orientada a generar

condiciones para que se dé un dialogo entre las partes que se oriente al

acuerdo.

7

En la mediación las partes tienen derecho a:

a. Recibir un trato imparcial, objetivo, neutral y no discriminatorio durante

todo el proceso.

b. Participar activamente en la construcción de acuerdo y suscribirlos

voluntariamente.

Las situaciones que puede resolver la mediación son todas aquellas

controversias surgidas entre padres, madres o apoderados y la Dirección del

Establecimiento y/o cualquier funcionario de la Unidad Educativa, además de conflictos entre adultos y adultos, adultos y menor, menor y menor, etc.,

asociadas a temas relacionales y conductuales del estudiante que afecten a su

desarrollo y desempeño educativo.

8

Características del proceso de Mediación Escolar

El proceso de Mediación Escolar, comprende una serie de indicadores que

requieren del Mediador, gran compromiso al respecto, para ello cada miembro

del grupo de convivencia escolar y a su vez las partes en conflictos, deben:

Ser confidencial

Proporcionar un espacio íntimo

Ejercer la libertad de expresión

Ser imparcial

Tener una disposición a asumir compromisos

Superar el conflicto

Desarrollar aprendizajes significativos

Fortalecer la comunidad educativa

Mejorar la calidad de vida.

9

Objetivos Pedagógicos de la Mediación

Si bien el objetivo inmediato de cualquier estrategia de resolución alternativa de conflictos, es la superación del conflicto a través de la reconstrucción de las relaciones sociales deterioradas, la mediación posee los siguientes objetivos pedagógicos adicionales:

Revalorización de cada parte

Reconocimiento entre las partes

Análisis de intereses de las partes

Contextualización del conflicto

Reconstrucción del conflicto

Responsabilización; Se busca que cada uno de los involucrados, asuma su

responsabilidad en la generación, mantención y desarrollo del conflicto y con ello también en su posible solución.

Validación del proceso; Consiste en la presentación del equipo facilitador, invitándoles a participar y a construir una salida satisfactoria al conflicto.

Primer acercamiento al conflicto; Es el momento en donde el equipo debe

procurar que cada una de las partes exprese su versión de los hechos, así como sus descargos, sentimientos, temores y expectativas sobre el conflicto.

Resolución del conflicto; En este momento se intenciona una revisión colectiva de las características del conflicto, identificando roles y acontecimientos.

Acuerdos, aprendizajes y conclusiones; Es el proceso final, en donde las partes

llegan a un acuerdo específico, el cual queda por escrito, con su correspondiente firma.

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ROL DEL MEDIDADOR

La gestión del mediador o encargado de convivencia escolar, como también se

le designa, es la implementación de medidas de prevención de la violencia

escolar, cuya ejecución es reforzada a través del Plan de Gestión de

Convivencia Escolar, que busca potenciar y fortalecer un ambiente seguro y

protector en el Establecimiento Educacional, a través de medidas orientadas a

prevenir y a proteger a los estudiantes de todo tipo de riesgos, entre ellos el

Acoso u Hostigamiento permanente (Bullying), Agresiones Sexuales y Delitos de

Connotación Sexual, y el Consumo de Alcohol y Drogas.

El encargado de Convivencia, por lo tanto, es un actor relevante en la Gestión

de Convivencia Escolar, cuya función resulta fundamental en la articulación de

los diversos intereses de los actores de la Comunidad Educativa, todo esto

enmarcado dentro del horizonte común del Proyecto Educativo.

De acuerdo a la Ley sobre Violencia Escolar se establece que las principales

funciones del encargado de Convivencia son:

a. Elaborar el Plan de Gestión Anual, el que debe ser presentado al

Comité de Convivencia. b. Implementar las medidas a ejecutar para el desarrollo del Plan de

Gestión de Convivencia.

c. Investigar cualquier situación dentro del Establecimiento que

vulnere la política del “Buen Trato y Sana Convivencia” a la cual, el

Establecimiento a adherido, independiente de quienes sean los

involucrados en vulnerarla

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CARACTERISTICAS Y CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Las medidas disciplinarias deben tener siempre un sentido formativo que permita

que los estudiantes tomen conciencia de la consecuencia de sus actos,

aprendan a responsabilizarse y desarrollen compromisos genuinos de

reparación del daño, relacionado con el error cometido.

Estas medidas tienen que ajustarse, además, a los principios de

proporcionalidad, gradualidad, no discriminación arbitraria y debido proceso.

DEBIDO PROCESO

El debido proceso debe entenderse como el conjunto de garantías que tiene el

estudiante afectado, su padre, madre, o apoderado, al momento de aplicarse

una medida disciplinaria, lo cual se traduce en los siguientes derechos:

a. Conocer los hechos, motivos y fundamentos de la (s) medida (s)

disciplinaria (s) adoptada (s).

b. Ser escuchado y poder efectuar descargos.

c. Presentar pruebas para desvirtuar los hechos que fundamentan la

medida.

d. Solicitar la revisión o reconsideración de la medida disciplinaria adoptada,

en un plazo no mayor de 15 días hábiles.

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DEFINICIÓN DE SITUACIONES

(Definición de situaciones especialmente graves de violencia escolar y políticas especiales de prevención.)

Las conductas descritas a continuación son consideradas faltas gravísimas y su reiteración puede llegar a la expulsión del estudiante.

I. Bullying.

Se define como toda forma situación de acoso y hostigamiento hacia un estudiante, que se produce entre pares, en donde existe abuso de poder

y es sostenido en el tiempo.

Es importante destacar que en la prevención del Bullying es de suma importancia la intervención oportuna y decidida de los adultos de la comunidad educativa. Por lo que se debe mantener la siguiente línea de acción:

1. No se puede justificar ninguna forma de hostigamiento hacia

un estudiante. No se deben permitir los sobrenombres

o burlas reiteradas por ninguna razón. 2. Las situaciones de acoso u hostigamiento deben ser

abiertamente conversadas entre el profesor y sus alumnos,

incluyendo a las familias.

3. Tratar el tema del Bullying de manera regular en Consejo de

Curso.

4. Jamás se debe minimizar una situación en donde un estudiante es hostigado o acosado apelando a la etapa de

desarrollo del o de los acosadores.

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II. Abuso Sexual.

Se refiere a todo tipo de actividad sexual impuesta por seducción, coacción o por la fuerza entre un niño y alguien mayor, en donde la persona mayor obtiene

gratificación sexual.

a) Ciber-acoso.

Consiste en hacer uso de Internet u otro medio tecnológico para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro

integrante de la comunidad escolar. Se incluye también la exhibición o difusión de fotos u otra información privada del estudiante a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correo electrónico o a través de cualquier otro medio tecnológico.

b) Discriminación. Se refiere a toda forma de burla, amenaza, aislamiento o

intimidación hacia un estudiante ya sea por su condición social, económica, religiosa, política, filosófica, étnica, sexual o cualquier otra circunstancia.

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POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN

Las políticas especiales de prevención son:

Semanalmente en horario de Orientación y Consejo de Curso se trabajarán los siguientes temas con todos los estudiantes de primero a cuarto medio.

Qué es el Bullying.

Qué es el Ciber-Bullying.

Qué es abuso sexual. Qué es la discriminación. Debates sobre cada tema.

Señales que pueden ser síntoma de que un estudiante está siendo objeto de algún tipo de agresión o acoso.

Establecer compromisos grupales, enfatizando que la prevención de estos hechos nos involucran a todos y en los cuales todos tenemos

responsabilidades.

Cabe destacar que durante las horas de orientación también se trabajarán, durante todo el año, los Programas tendientes a promover la buena

convivencia escolar:

Valores transversales para una convivencia positiva.

Prevención del abuso sexual Educación sexual. Programa de habilidades sociales.

Dichos temas serán tratados en reuniones de apoderados, enfatizando la responsabilidad de las familias y sensibilizando a los apoderados respecto a los

temas.

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PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

1. Protocolo retiro del Establecimiento durante la jornada escolar

CLASIFICACIÓN DE LA FALTA

LEVE- GRAVE

DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Se consideran faltas las siguientes situaciones:

- Faltas Leves:

a. Intentar retirarse del Establecimiento sin haber cumplido con el procedimiento administrativo.

b. Que el apoderado/a no justifique debidamente causal del retiro del Establecimiento.

- Faltas Graves:

a. Retirarse del Establecimiento sin la autorización de Inspectoría General.

b. Retiro del alumno/a por parte del apoderado/a y/o apoderado suplente, sin autorización de Inspectoría General.

Procedimientos Administrativos

RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO PREVIO A LA JORNADA DE TÉRMINO.

1. El Apoderado/a y/o apoderado suplente deberá justificar personalmente el retiro del alumno/a en horas de clases en Inspectoría General y/o Inspector de nivel.

2. En casos puntuales previa entrevista con Orientador/a (presentando documentación que acredite la situación particular del alumno/a), se realizará por escrito autorización para ingresar en horario diferido que tendrá validez mensual que puede ser renovada, según la situación del estudiante.

3. Inspectoría autorizará el retiro con la firma del apoderado/a y/o apoderado/a suplente, en el libro correspondiente, registrando allí el número de RUT de la persona que realiza el retiro y su firma.

4. El Asistente de la Educación (Inspector/a de nivel respectivo) deberá entregar pase de retiro al profesor/a a cargo del alumno/a por horario.

5. El Profesor/a a cargo según horario deberá registrar la hora de retiro del alumno/a en el libro de clases.

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RETIRO DEL ESTABLECIMIENTO SIN AUTORIZACIÓN

1. El integrante de la comunidad educativa que detecte la falta deberá dar aviso a Inspectoría General, Inspector de nivel y/o Profesor/a Jefe, en forma inmediata.

2. Una vez incorporado el alumno/a al Establecimiento deberá presentarse en Orientación. El (a) Orientador/a entrevistará al estudiante involucrado/a.

3. Se deberá registrar situación en hoja de observaciones del estudiante en el libro de clases por el inspector de nivel.

4. El estudiante deberá reintegrarse a clases.

5. El Apoderado y/o apoderado suplente y el estudiante serán citados por Orientación, para el seguimiento respectivo con registro por escrito.

6. Inspectoría General y/o Inspector de nivel, citará al apoderado/a informando sobre la situación ocurrida y el procedimiento.

7. Inspector General y/o Inspector de nivel, se entrevistarán con Apoderado y/o apoderado suplente, informando por escrito la situación ocurrida y el procedimiento a seguir, además de solicitar su apoyo frente a las medidas que se implementarán.

MEDIDAS

Ante otra situación similar, se procederá:

Suspensión por un día para reflexionar en familia

Trabajo comunitario dentro del establecimiento: aseo de salas, aseo de patios, regar la plaza ( por un mes)

Al reincidir por tercera vez, se analizará en Consejo de Profesores para tomar los acuerdos necesarios.

APELACION

El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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2. Protocolo salidas pedagógicas

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

1. Todos los alumnos/as que deban salir del establecimiento por razones académicas o extra-programáticas, deben entregar al docente o docente directivo, encargado de la salida la autorización firmada por el apoderado titular o en su defecto por el apoderado suplente.

2. Docente o docente directivo entregará las autorizaciones a Inspectoría General y/o Inspector de nivel.

3. Los alumnos deben usar, en todas las actividades fuera del establecimiento, el uniforme completo o si la actividad lo amerita la indumentaria deportiva del colegio.

4. Los alumnos/as podrán asistir con ropa de color siempre y cuando la Dirección lo autorice.

5. 5. En caso que se produzca algún accidente en el trayecto y/o en la actividad misma, será cubierto por el Seguro Escolar.

6. 6. El alumno que no presente autorización firmada por su apoderado, no puede salir a la actividad programada, quedándose en el establecimiento en clases según horario.

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3. Protocolo de asistencia

Clasificación de la falta

GRAVE

DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Se consideran faltas las siguientes situaciones:

a. No presentar licencia o certificado médico en caso de inasistencia a evaluaciones.

b. Que el apoderado/a no justifique personalmente, ni presente la licencia o certificado médico por la inasistencia de más de 3 días debido a enfermedad.

c. Que el apoderado/a y/o apoderado/a suplente no justifique la inasistencia en caso de situación de fuerza mayor.

d. Que él o la estudiante no se presente con su apoderado/a cuando es citado.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Justificación de inasistencias a clases.

Por inasistencia injustificada por 3 días el Profesor jefe derivará situación a Inspector de nivel, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.

Justificación de inasistencia a una prueba

1. El alumno/a que falta a una evaluación debe presentar al profesor/a que corresponda el certificado médico que justifica su inasistencia o una comunicación escrita por el apoderado. En este último caso, de igual manera éste, posteriormente deberá acercarse al establecimiento para justificar la inasistencia. Los certificados médicos deben quedar guardados en archivador de Inspector de nivel.

2. El docente de la asignatura fijará fecha y horario, para aplicar la prueba pendiente.

Justificación debido a inasistencias por enfermedad y/o situación familiar

1. El apoderado/a y/o apoderado suplente deberá presentar certificado médico cuando la inasistencia por enfermedad exceda los cinco o más días.

2. El apoderado/a y/o apoderado suplente entregará el certificado médico al inspector de nivel al momento de reintegrarse a clases el alumno, quien informará al Inspector General y Profesor/a Jefe. (La documentación debe quedar guardada en archivador por inspector de nivel).

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3. Cuando la inasistencia exceda los siete días, el apoderado/a entregará certificado médico y/o la explicación si es por motivos familiares al/la Orientador/a al momento de reintegrarse a clases el alumno.

4. Orientador/a informará verbalmente y por escrito al Inspector General, Inspector de nivel, profesor/a Jefe y Docentes directivos las causas de inasistencia del estudiante. Inspector General, Profesor/a Jefe, Inspector de nivel y Docentes Directivos firman documento que acusa recibo de la información.

5. Orientador/a informará vía mail a los profesores de las diferentes asignaturas, las causas de las inasistencias. Profesores/as firman documento que acusa recibo del correo electrónico.

6. Cuando la situación lo amerite Orientador/a realizará Consejo Especial para entregar detalles de la situación particular del estudiante

7. Orientador/a informará verbalmente y por escrito a Jefa De área Pedagógica, las causas de las inasistencias para realizar calendario de evaluaciones pendientes, quien firma documento que acusa recibo de la información.

Justificación inasistencias por otros motivos

1. El apoderado/a y/o apoderado/a suplente del estudiante deberá justificar personalmente con Inspector de Nivel.

2. En caso de inasistencias reiteradas, intermitentes y/o de larga data con riesgo de deserción escolar, profesor jefe derivará situación a Inspector General e Inspector de Nivel, con el fin de monitorear la situación del alumno/a.

3. Al reintegro del alumno/a se diseñará un plan de intervención en conjunto con Equipo multidisciplinario y área Pedagógica, con el fin de regularizar la asistencia del alumno/a al establecimiento.

4. Equipo Multidisciplinario y Jefe de área pedagógica, se entrevistarán con apoderado/a y/o apoderado/o suplente para comprometer a la familia en la Educación del estudiante.

5. En forma mensual, a través del profesor/a jefe durante el desarrollo de las reuniones de curso se entregará una notificación escrita para aquellos apoderados cuyos alumnos no cumplan con el porcentaje de asistencias exigido por la ley (85%).

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4. Protocolo de atrasos

Clasificación de la falta LEVE

DEFINICIÓN Y CLASIFICACIÓN

Se consideran faltas las siguientes situaciones:

a. Llegar atrasado al inicio de la jornada según los horarios establecidos por la unidad educativa.

b. No solicitar el pase de atraso con Inspector General y/o Inspector de Nivel, llegando atrasado al inicio de la jornada escolar.

c. Ingresar a la sala de manera ruidosa, sin previa autorización de Inspector general o inspector de nivel.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

1. Los atrasos serán registrados por Inspector General y/o inspector de nivel en un cuaderno de Atrasos, señalando fecha y hora.

2. Por cada tres atrasos registrados, el apoderado y/ o apoderado suplente, deberá dirigirse a Inspector general y/o inspector de nivel del establecimiento a justificar a su hijo/a. Si el apoderado no se presenta, será citado por Dirección.

3. Atrasos autorizados: sólo se otorgarán a aquellas alumnos/as que vivan a gran distancia del establecimiento, enfermedad, embarazo adolescente, maternidad adolescente y/o situación familiar, el apoderado/a deberá realizar solicitud por escrito al Orientador/a.

4. Cuando un/a alumno/a llegue atrasado/a al establecimiento por atención médica o dental, deberá presentar el certificado médico que acredite la atención. De esta forma no se contabilizará como atraso o no afectará su asistencia del día, siempre y cuando el apoderado/a haya informado con anterioridad al inspector de nivel de la citación a un servicio de salud público o privado.

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5. Protocolo condición de embarazo, maternidad o paternidad adolescente

DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO, MATERNIDAD O PATERNIDAD ADOLESCENTE

1. Debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe.

2. Orientador/a realizará seguimiento de los casos. Informará al profesorado vía correo electrónico. . Profesores/as firman documento que acusa recibo del correo electrónico.

3. Profesor(a) Jefe deriva al departamento de Orientación al/la estudiante presentando un certificado médico que acredite su condición. (Cuaderno de control de embarazo, certificado de nacimiento en caso de maternidad o paternidad).

4. Compromiso con sus deberes escolares.

5. Presentar los certificados médicos de controles mensuales de embarazo y/o controles médicos del hijo/a.

6. La alumna-embarazada tendrá todo el apoyo del establecimiento para finalizar con ´éxito su año escolar con adecuaciones curriculares y autorización especial en su ingreso y retiro del establecimiento

7. Alumna-madre tendrá autorizaciones para dejar y retirar a su hijo/a de la sala cuna, previa revisión de los antecedentes del caso por orientador/a. También podrá acceder a las adecuaciones curriculares

8. Justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados médicos.

9. El Alumno–Padre tendrá apoyo de su establecimiento y cuando la situación lo amerite con los respectivos permisos y autorizaciones de ingreso y retiro del establecimiento previa revisión de su documentación presentada.

10. Los estudiantes en esta situación serán subidos a la plataforma de JUNAB.

11. En situación de alumna-madre, el hijo/a no puede permanecer dentro del establecimiento en horario de clase.

12. Orientador/a citará a los apoderados para informar seguimiento de los estudiantes

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Deberes del establecimiento con los estudiantes en condiciones de maternidad o paternidad y

EMBARAZO

1. En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso.

2. Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el establecimiento.

3. No discriminar a estos/as estudiantes, mediante cambio de curso, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar.

4. Mantener al/la estudiante a en la misma jornada y curso, salvo que el/ella exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional competente.

5. Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del Establecimiento.

6. Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el bebé.

7. Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles médicos prenatales y postnatales, así como a los que requiera su hijo/a.

8. Permitirles adecuar el uniforme a sus condiciones de embarazo o lactancia.

9. Permitirles hacer uso del seguro escolar.

10. Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles, actividades extra programáticas realizadas al interior o exterior del establecimiento así como en las ceremonias donde participen sus compañeros/a. Excepto si hay contraindicaciones específicas del médico.

11. Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda. (Este último requiere certificado médico)

12. Respetar la eximición de las estudiantes que hayan sido madres de las clases de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante.

13. Evaluarlas según los procedimientos de evaluación establecidos por el establecimiento, sin perjuicio que los docentes directivos les otorguen

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facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación.

14. Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y de madres durante el período de lactancia.

15. En caso de la madre adolescente, el establecimiento reguardará su condición de alumna, otorgándole facilidades para su ingreso, retiro y controles de su hijo/a. Todo lo anterior debe ser avalado por documentación que dé cuenta de su situación particular.

16. En el caso de padre adolescente, el establecimiento resguardará su condición de alumno, otorgándole solamente facilidades para acudir a los controles médicos, en caso de que sea necesario. Todo lo anterior debe ser avalado por un documento del facultativo que corresponda (cuaderno de control niño sano).

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Fase 1: Comunicación al colegio

1. El estudiante comunica su condición de paternidad, maternidad o de embarazo a su Profesor/a Jefe, quien deriva el caso al Orientador/a.

2. Orientador/a comunica esta situación a la comunidad educativa. Vía correo electrónico, firman documento que acusa recibo de la información.

Fase 2: Citación al apoderado y conversación

1. Orientador/a cita al apoderado y/o apoderado suplente del o la estudiante en condición de paternidad, maternidad o embarazado y registra la citación en la hoja de observaciones del estudiante y en la ficha de entrevista.

2. Orientador/a registra aspectos importantes de la situación de la estudiante embarazada tales como: estado de salud, meses de embarazo, fecha posible del parto, centro de atención y solicita certificado médico.

3. De la misma manera para el/la estudiante en condiciones de paternidad o maternidad: edad y estado de salud del bebé, controles médicos, etc.

4. El apoderado firma los compromisos para que la estudiante continúe asistiendo al establecimiento, excepto tenga limitaciones que deben ser certificadas por el especialista pertinente.

5. Los acuerdos y compromisos se archivan en la Carpeta de Antecedentes de la estudiante por parte del Orientador/a

.

Fase 3: Determinación de un plan académico para la estudiante

1. Orientador/a y área Pedagógica analizan la información recogida y valoran la situación.

24

2. Elaboración de una programación del trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la alumna embarazada que le permita asistir de manera normal al colegio y cumplir, hasta que el médico tratante determine, con las actividades: clases de las distintas asignaturas, participación de las actividades extra-programáticas y /o Centro de Alumnos, por parte del Orientador/a, Profesor/a Jefe, Inspectoría General y Área pedagógica.

3. Elaboración y entrega de una programación de trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para la estudiante en condición de paternidad y maternidad a las autoridades directivas técnicas, Consejo de Profesores y Consejo Escolar por parte del Orientador, Profesor(a) Jefe y/o Inspectoría General.

4. Intervención del Director cuando la situación lo amerite.

Fase 4. Elaboración bitácora y monitoreo

1. Elaboración de una bitácora que registre el proceso del alumno padre adolescente o de la alumna tanto en maternidad como embarazada, por parte del Orientador/a

2. Monitoreo del proceso por parte del Orientador/a.

PROCEDIMIENTOS PREVENTIVOS

1. Se realizaran talleres de educación sexual a los estudiantes, estarán a cargo del Orientador/a y Psicóloga del establecimiento con invitación de matrona.

2. Se realizarán talleres a padres y apoderados, para orientarlos en la educación sexual de sus hijos/as, con la finalidad de prevenir el embarazo y paternidad adolescente

25

7. Protocolo en caso de Acoso escolar o Bullying

Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible

situación de acoso, ya sea a través del propio alumno o a través de una observación directa de algún miembro de la comunidad escolar, se deberá

informar y traspasar los antecedentes al encargado de Convivencia o Mediador,

quien aplicara el siguiente procedimiento:

a. Recogida de información

b. Análisis y adopción de medidas

c. Seguimiento periódico.

1ª FASE: Recogida de información: Etapa en la que se recaban los

antecedentes necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o

no una situación de acoso escolar.

El mediador para estos efectos se regirá por una plantilla tipo que considere los siguientes aspectos:

Nombre del Alumno(a) presunta víctima de acoso escolar o

Bullying

Nombre del o de los presuntos acosadores.

Descripción de los hechos observados y/o vividos

Lugar

Fecha

Etc.

El sentido de esta plantilla tipo es realizar el proceso lo más transparente posible y que no quede a título personal, conduciendo el proceso a otros

parámetros, sirviendo además como guía en el trabajo de equipo del comité de sana convivencia.

A. Citar al alumno acosado a una entrevista individual. Es importante que en

esta primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo

26

que, si es necesario, deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema.

B. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual, para recabar

los antecedentes sobre la situación investigada

C. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual, para

obtener información, que permita alcanzar la coherencia de los relatos obtenidos.

D. Citar, en entrevista individual, a la familia del acosador y acosado. (por

separado)

E. Informar por escrito al Comité de Convivencia

2ª FASE: Análisis y adopción de medidas. Una vez recabada toda la información sobre los hechos acontecidos, el mediador deberá tomar las medidas pertinentes

que más adelante se detallan.

Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendentes

a la protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la situación a los organismos correspondientes.

1. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en concreto, si bien podemos sugerir las siguientes:

a) Cambio de grupo curso.

b) Vigilancia específica de acosador y acosado, por parte del mediador. c) Tutoría individualizada con el equipo de orientación del acosado,

dándole pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.

d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informado de la situación.

27

e) Sesiones grupales.

f) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al

colegio con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo

docente. (Solo en casos necesarios).

2. Medidas correctoras de los agresores:

a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las

sanciones correspondientes.

b) Petición de disculpas a la víctima. (En su momento)

c) Realización de una labor de concienciación de lo ocurrido y sus consecuencias.

d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.

e) Mostrarle estrategias de resolución de conflictos, mostrándole soluciones alternativas a la agresión.

Nota: Tal y como se expondrá en el apartado referido a consecuencias jurídicas, es necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados.

3ª FASE: Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la

fase anterior, se llevara a cabo, a través del mediador, un seguimiento de la

situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente

erradicada cualquier conducta agresiva.

APELACION

El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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8. Protocolo en caso de abuso sexual

Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible

situación de abuso sexual, a través del propio alumno o de algún familiar y/o algún funcionario del establecimiento, es preciso adoptar una serie de medidas que podemos agrupar en tres fases:

1. Toma de conocimiento del problema o situación. 2. Cuando se toma conocimiento de la situación se debe informar

inmediatamente al Mediador, evitando así la victimización secundaria del o la adolescente que cuente en reiteradas ocasiones y a diferentes

personas lo sucedido.

3. Búsqueda de red de protección para adolescente para cuidar la integridad física y moral de la presunta víctima.

4. Denuncia a la fiscalía correspondiente por parte del colegio por la persona que recibe la información en primera instancia, el que se hace cargo por ley de hacer la denuncia, en los tribunales correspondientes, quienes

además derivaran al abusado con un equipo Psico-social en la búsqueda de reparar los daños provocados. En caso de existir maltrato físico y/o psíquico por parte de la familia u otros agentes ajenos al colegio, se tomarán las siguientes medidas:

a. Recogida de información, bien a través del alumno o de la observación directa del profesor o personal del colegio.

b. Derivación a la OPD (Oficina de Protección de Derechos) que corresponda a su domicilio, la que se hará cargo a través de un equipo Psico-social, adoptando todas las medidas necesarias, e

informando al colegio de los avances en el proceso de reparación. En caso de no existir OPD en la comuna de residencia del o la

adolescente se debería tomar contacto con la municipalidad a objeto de conocer qué departamento tramita los casos de

vulneración de derecho de la infancia y actuar con él.

APELACION

El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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9. Protocolo de accidentes escolares

Este Protocolo tiene como finalidad dar a conocer a toda la comunidad escolar

del Instituto Comercial Particular la Cisterna los pasos a seguir, cuidados,

medidas y acciones que deben tomarse cada vez que un Estudiante sufra algún accidente dentro de la unidad educativa, ya sea en los patios o en las aulas. Es

también posible considerar que durante el trabajo práctico de los alumnos en taller, clases de Ed. Física, Talleres deportivos o folklóricos; u otro tipo de actividades físicas éstos sufran algún accidente.

Cómo proceder frente a un accidente:

1. Una vez conocido el hecho, si el alumno (a) ha sufrido una caída, golpe u otro tipo de traumatismo que lo mantenga en el suelo, debe llamarse; a

través de un tercero; al encargado (s) de primeros auxilios: enfermera o a los inspectores de patio.

2. Inspector General o de nivel, quien concurrirá al sitio para chequear el estado en que se encuentra el alumno. Verificar si éste puede moverse, si presenta compromiso de conciencia, sangrado o herida abierta o

fractura expuesta. El alumno (a) no debe ser movido, por el contrario

deberá ser estabilizado, inmovilizado y curado en el lugar, hasta poder contar con el medio de transporte que se requiera, ya sea camilla de

transporte o silla de ruedas, según sea el caso. De no ser posible moverlo deberá permanecer en el sitio del accidente hasta la llegada del servicio de urgencia. Una vez inmovilizado y estabilizado, y habiendo

comprobado que es seguro su transporte, deberá ser llevado a la enfermería del colegio.

3. Inspector. General o inspector de nivel, deberá llamar al apoderado del alumno e informar del incidente, además deberá llenar la ficha de accidente escolar que se requiere para estos efectos. Si el accidente se

evalúa como mayor y riesgoso para la integridad del alumno el I. General

30

deberá llevar al servicio de urgencia que corresponda al sector. De no mediar otra indicación dada por el apoderado.

4. Si se tratara de un accidente leve; tales como esguinces, cortes no

profundos, golpes leves, erosiones, quemaduras superficiales,

contusiones leves, podrá evaluarse la posibilidad de enviar al alumno al centro asistencia que corresponda al sector acompañado de su apoderado. En caso de que su apoderado no pudiese concurrir al

establecimiento, la Dirección designará a un docente, inspector u otro asistente de la Educación que acompañe al estudiante, permaneciendo allí hasta que se presente su apoderado o algún familiar responsable.

5. Desde el recinto asistencial, el encargado de acompañar al alumno deberá informar al establecimiento del estado y diagnóstico del alumno para a su vez informar al apoderado, siempre y cuando éste no haya logrado llegar al lugar donde su pupilo está siendo atendido.

6. En caso de presentarse un accidente menor tales como (caídas, pelotazos, golpes leves de diversa índole, etc.), deberá ser canalizado por el adulto responsable más cercano (Docente, Asistente de la Educación o Inspector) a la Oficina de enfermería quien evaluará la necesidad de aplicar el protocolo de accidente escolar, esto se debe aplicar también en caso de que presenten síntomas de enfermedad.

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10. Protocolo en casos de intoxicación por drogas, alcohol y otros.

Este Protocolo tiene como finalidad dar a conocer a toda la comunidad escolar

del Instituto Comercial Particular la Cisterna los pasos a seguir, cuidados,

medidas y acciones que deben tomarse cada vez que un Estudiante sufra una

intoxicación por drogas, alcohol y otros.

Como Proceder frente a una intoxicación:

1. Llamar inmediatamente a la enfermera del colegio y/o inspectoría si esta no estuviera, quien evaluará la situación. Solicitará al inspector general o inspector de nivel llamará al o los apoderados para informarles los hechos

que han sucedido y que decidan a que institución médica llevarlo. 2. En caso de que los padres no sean habidos, el Director o quien lo

sustituya si este no estuviera tomará la decisión de llevar al alumno al centro asistencial más cercano al establecimiento, designando a un

funcionario responsable que acompañe al menor. 3. En el recinto asistencial una vez atendido el alumno, el funcionario

responsable reportará la situación al oficial de carabineros de turno. Si no hubiese oficial de turno, informará a la comisaría más cercana al colegio, independiente del sumario interno que se abrirá al respecto

4. El funcionario responsable permanecerá en el recinto asistencial hasta que lleguen los padres, devolviéndose al colegio para informar al Director.

5. Paralelamente el colegio abrirá una investigación para dilucidar qué tipo de droga o medicamento ingirió el alumno o alumna y determinar responsabilidades.

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11. Protocolo frente a los conflictos y agresiones entre estudiantes

1. Todo conflicto, amenaza verbal o escrita, agresión física y matonaje, entre 2 o más alumnos(as), en el interior o en el entorno de la escuela, se considerarán Faltas Gravísimas.

2. Los comportamientos enunciados en el número anterior, si son protagonizados por alumnos(as) que tengan 14 años o más, serán denunciadas a la Fiscalía o Tribunal de Familia, según corresponda, tal como lo legisla la Ley de Responsabilidad Penal.

3. El Alumno(a) que agreda y cause lesiones a otro alumno(a), deberá responsabilizarse ante el Apoderado de la víctima, de los costos que

demande su atención médica y recuperación, como también de cualquier otro tipo de daño, personal o material que sea consecuencia de la agresión.

4. Las agresiones sin oposición de la víctima serán consideradas como una actuación malintencionada y abusiva por parte del victimario. En este

caso la víctima no será sancionada. 5. 5.-En situaciones que impliquen conflictos verbales, físicos y por redes

sociales, entre alumnos(as) del establecimiento, para su resolución se aplicarán TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN, ARBITRAJE Y MEDIACIÓN ESCOLAR, según lo amerite la gravedad del conflicto.

6. Las técnicas mencionadas en el punto anterior podrán ser aplicadas por cualquier docente, en el caso de situaciones leves. Los conflictos graves

serán asumidos por el Encargado de Convivencia escolar (mediador).

Procedimientos de actuación para la resolución de conflictos:

1. Cualquier funcionario del colegio que observe una situación de agresión verbal, escrita o física, debe realizar la primera intervención, deteniendo el conflicto (pelea o agresión).

2. Seguidamente deberá informar a Profesor(a) Jefe, Director y/o Encargado de Convivencia.

3. Si el conflicto o agresión se produce durante una clase, será el Profesor a cargo de la respectiva clase, quien deberá realizar la primera intervención, deteniendo el conflicto y anotando los sucesos en el libro de clases.

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4. Si lo estima procedente, a continuación derivará el caso a Encargado de Convivencia.

5. Encargado de Convivencia, deberá entrevistar por separado a los involucrados y, luego, si lo estima procedente aplicará las técnicas de resolución de conflictos que estimen más pertinente.

6. Encargado de Convivencia informará a los Apoderados de los alumnos involucrados.

7. Encargado de Convivencia se entrevistarán con los Apoderados para informar la situación y procedimientos a seguir solicitando su colaboración con el Protocolo de Resolución de Conflictos.

PROTOCOLOS

APELACION

El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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12. Protocolo por maltrato escolar de un estudiante a un adulto

Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes

conductas:

a) Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.

c) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse

de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características, etc). d) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

e) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio

tecnológico, virtual o electrónico; f) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de

maltrato escolar;

g) Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivo de delito.

PROCEDIMIENTO DEL PROTOCOLO

1. Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un

adulto (docente, administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso

de violencia e identificar a los implicados, es decir quién cometió la agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de

espectadores. Informar de la situación al encargado de Convivencia Escolar.

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2. Si la situación de violencia no es observada directamente por un adulto y es informada por un estudiante a algún docente o Inspector, se derivará el

caso al encargado de convivencia escolar.

3. Para recabar antecedentes se realizaran las entrevistas personales a

cada uno de los involucrados por parte del encargado de convivencia

escolar junto al testigo correspondiente.

4. En los casos de agresión física, personal de enfermería del establecimiento verificará si existe algún tipo de lesión; de ser así, se llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar lesiones.

5. Se comunicara al apoderado del estudiante involucrado de los hechos

acontecidos a través de una entrevista personal, y de las medidas disciplinarias formativas y reparatorias que se aplicaran según corresponda, en los casos que amerite esta entrevista se realizara junto a

su pupilo/a.

6. Si se constatara una agresión física por parte del estudiante mayor de 14

años (ley 20.084 de responsabilidad penal adolescente) estos hechos podrán ser denunciados a la autoridad correspondiente.

APELACION

El apoderado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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13. Protocolo maltrato escolar de un adulto a un estudiante

DEFINICIÓN DE MALTRATO ESCOLAR

Se entenderá como maltrato escolar cualquier acción intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que:

a) Produzca temor razonable de sufrir menoscabo en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad u otros derechos fundamentales.

b) Cree un ambiente hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

c) Dificulte o impida de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, intelectual, espiritual o físico.

Se consideran constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes

conductas:

a) Proferir insultos, hacer gestos groseros o amenazantes y ofender

reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

b) Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro miembro de la Comunidad Educativa.

c) Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse

de un alumno u otro miembro de la comunidad educativa (ejemplo utilizar

sobrenombres hirientes, mofarse de características, etc). d) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

e) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de textos, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.

f) Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar.

g) Realizar acosos o ataques de connotación sexual.

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AGRESION DE ADULTO A ESTUDIANTE:

Son aquellas agresiones realizadas por un algún miembro de la comunidad escolar, distinto de un alumno, (directivo, docente, asistente de la educación y padre y/o apoderado) en contra de un estudiante, contra su dignidad o que

arriesgan su integridad física y/o síquica. Tales como; coscorrones, tirones de oreja, bofetadas, gritos, burlas, amenazas, insultos, descalificaciones, entre

otras.

La Ley de Violencia Escolar, considera especialmente graves los hechos de

violencia ya sea física o sicológica, que cometan adultos a alumnos miembros de la comunidad educativa.

Además, cualquiera de estas conductas abusivas atenta contra el Art. 28 Nº2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Art. 5º inc. 2º de la Constitución Política de Chile y el Art. 6º letra d) del DFL 2 de Subvenciones.

PROCEDIMIENTO DEL PROTOCOLO

1. Intervenir Inmediatamente: Si el hecho es observado directamente por un

adulto (docente, administrativo o Inspectores) se debe detener el proceso

de violencia e identificar a los implicados, es decir quién cometió la

agresión, la víctima y quienes la presenciaron en su calidad de

espectadores. Informar de la situación al encargado de Convivencia

Escolar.

2. Si la situación de violencia no es observada directamente por un adulto y

es informada por el estudiante afectado, su familia u otros estudiantes, al

docente o algún Inspector, se derivará el caso al encargado de

convivencia escolar.

3. Para recabar antecedentes se realizaran las entrevistas personales a

cada uno de los involucrados por parte del encargado de convivencia

escolar junto al testigo correspondiente.

4. En los casos de agresión física, personal de enfermería del

establecimiento verificará si existe algún tipo de lesión; de ser así, se

llevará al afectado a un centro asistencial cercano para constatar

lesiones.

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5. Se comunicara al apoderado de los hechos acontecidos a través de una

entrevista personal, en los casos que corresponda esta entrevista se

realizara junto a su pupilo/a.

6. Si el responsable fuese un funcionario del establecimiento, se aplicarán

las medidas contempladas en el reglamento interno y en el manual de

convivencia, sin perjuicio de que pueda ser denunciado ante la autoridad

policial y fiscalía.

7. Si el responsable fuese un apoderado u otro adulto ajeno al

establecimiento se procederá a realizar una denuncia del hecho ante

Carabinero, PDI, Fiscalía.

8. El estudiante que sea víctima de maltrato escolar contará con apoyo

psicológico del establecimiento.

9. En cualquiera de los hechos antes mencionados, el Director deberá

instruir una investigación a cargo del encargado de convivencia escolar o

realizar la denuncia, en su caso, la que deberá realizarse en un plazo

máximo de 5 días hábiles si se trata de situaciones de escasa gravedad,

en caso contrario deberá realizar la denuncia anta Carabineros, PDI,

Fiscalía dentro de 24 horas, de acuerdo a la ley.

10. En el caso de ser un funcionario el agresor y comprobado su delito, será

causal de despido.

APELACION

El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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14. Protocolo ante situaciones de violencia de adultos externos

PROCEDIMIENTO

1. El funcionario que fue o está siendo agredido de forma física, verbal,

psicológica y/o virtual, o el testigo de alguna agresión, según las

definiciones que abarca nuestro protocolo, deberá dirigirse al encargado

de convivencia escolar del establecimiento.

2. El encargado de convivencia escolar solicitará el relato de la situación

agresiva, para lo cual exigirá evidencias concretas del hecho, ya sean

éstas en formato digital o escrito, o bien, los nombres de las personas

involucradas. De no contar con esta evidencia no se podrá llevar a cabo el

siguiente paso de acción y sólo quedará en los registros de actas del

encargado de convivencia con la respectiva firma, ya que no se puede

hacer un proceso de investigación sin las evidencias correspondientes.

3. Obtenidas o no las evidencias, el encargado de convivencia escolar

deberá informar al Director, de los posibles eventos que estarían

sucediendo, para las eventuales situaciones conflictivas que estén

dañando la integridad física, psicológica o social de cualquier funcionario

del establecimiento.

4. Obtenidas las evidencias, el encargado de convivencia deberá adjuntar al

acta de atención (registro de entrevistas), los medios de prueba con los

que cuenta. Esta acta deberá ser firmada por el afectado o los testigos.

5. Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas,

el encargado dará cuenta a Carabineros, quienes serán los que realicen

el proceso de investigación, en el caso de que ellos lo consideren

necesario. De todas maneras el establecimiento dejará constancia de las

agresiones.

6. Por su parte el establecimiento educacional prohibirá el ingreso a las

dependencias, de él o los agresores durante el período que dura la

investigación interna y externa (denuncia a organismos policiales).

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APELACION

El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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15. Protocolo ante situaciones de violencia entre adultos dentro del establecimiento

PROCEDIMIENTO

1. El adulto que fue o está siendo agredido de forma física, verbal,

psicológica y/o virtual, o el testigo de alguna agresión, según las

definiciones que abarca nuestro protocolo, deberá dirigirse al encargado

de convivencia escolar del establecimiento.

2. El encargado de convivencia escolar solicitará el relato de la situación

agresiva, para lo cual exigirá evidencias concretas del hecho, ya sean

éstas en formato digital o escrito, o bien, los nombres de las personas

involucradas. De no contar con esta evidencia no se podrá llevar a cabo el

siguiente paso de acción y sólo quedará en los registros de actas del

encargado de convivencia con la respectiva firma, ya que no se podría

hacer un proceso de investigación sin las evidencias correspondientes.

3. Obtenida la información, el encargado de convivencia escolar deberá

informar a los funcionarios y al Director, de los posibles eventos que

estarían sucediendo, para las eventuales situaciones conflictivas entre los

trabajadores, que dañen la sana convivencia dentro de la comunidad

educativa.

4. Obtenidas las evidencias, el encargado de convivencia deberá adjuntar al

acta de atención (registro de entrevistas), los medios de prueba con los

que cuenta. Esta acta deberá ser firmada por el afectado o los testigos.

5. Si las evidencias dan cuenta de agresiones, en cualquiera de sus formas,

el encargado dará cuenta a la fiscalía, quienes serán los que realicen el

proceso de investigación.

6. Por su parte el establecimiento educacional prohibirá a los funcionarios

tengan interacción entre sí, durante el tiempo que dure la investigación

realizada por el encargado de convivencia escolar.

7. El director dará aviso a la inspección del trabajo de los hechos.

8. Una vez terminado el proceso de investigación con las conclusiones

obtenidas de dicho proceso, se dará informe al director para que tome las

medidas contractuales que disponga.

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APELACION

El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

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16. Protocolo de denuncia de delitos (Art.10° reglamento tipo Mineduc).

Definición de Delito: En términos generales son actos que lesionan algún bien jurídico determinado, existiendo una sanción a imponer a quién los efectúa.

SON DELITOS, según el Código Penal, Art. 361, 367, 397 y 450, las siguientes acciones:

- Provocar lesiones y/o amenazas a algún miembro de la unidad educativa.

- Robar o hurtar especies del Establecimiento y/o de algún miembro de la

unidad educativa.

- Portar armas.

- Tenencia ilegal de armas.

- Tráfico de sustancias ilícitas

- Delitos de connotación sexual

- Producción y/o distribución de material pornográfico.

1. Todo miembro de la comunidad educativa deberá denunciar al Director y al Mediador cualquier acción, debidamente constatada, que revista

caracteres de delito y que afecte a la comunidad educativa, tales como:

abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas.

2. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome

conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

3. A nivel interno, todos los funcionarios que observen acciones que

constituyan delitos como los enunciados en el punto precedente, deberán informarlo a la Dirección del establecimiento o a alguno de sus estamentos colaboradores directos (mediador, Orientación, UTP). En esta instancia comunicativa se definirá el curso a seguir sobre el delito denunciado.

44

DESCRIPCIÓN DEL DELITO

1. Portar drogas, en cualquiera de sus estados o tipos, durante la

asistencia al Establecimiento y/o en alguna actividad extraescolar

programada.

2. Portar armas en cualquiera de sus tipos, durante la asistencia al

Establecimiento y/o en alguna actividad extraescolar programada.

3. Realizar cualquier acto de connotación sexual.

PROCEDIMIENTO FRENTE A LA OCURRENCIA DE DELITOS

En caso de porte de Drogas y porte ilegal de armas dentro del Establecimiento.

1. Funcionario de la escuela que detecte la falta, dará aviso inmediato al

Director y al Encargado de Convivencia.

2. Encargado de Convivencia, deberá indagar en detalle el porte droga o

arma, con el fin de descartar, o no, el tráfico o porte ilegal de armas.

3. El Mediador, deberá registrar situación en Hoja de Observaciones del

estudiante y coordinará entrevista con Apoderado y Alumno. De igual

manera realizara la entrevista registrando los aspectos centrales y

tomando determinaciones Administrativas frente a los antecedentes

obtenidos.

4. Apoderado(a) y estudiante deberán firmar Acta de puntos tratados

durante la entrevista y los compromisos adquiridos.

5. Una vez reunidos los antecedentes y entregados al Director, este

procederá a aplicar el reglamento interno, para esta situación y que es la

cancelación de matrícula.

APELACION

El sancionado, una vez recibida la sanción, tiene derecho a apelación

dentro de un plazo máximo de 15 días hábiles ante el Director.

El Director resuelve la situación dentro de 15 días hábiles. Su decisión

será de carácter inapelable.

45

Estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares (ERAC)

Las estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares, son formas de

intervención social que buscan que las partes de un conflicto transformen

positivamente las relaciones sociales que se encuentren deterioradas, es decir,

constituyen posibilidades para que los involucrados en un conflicto especifico

reconstruyen la forma como se tratan cotidianamente mejorando así su calidad

de vida y generando importantes aprendizajes en todos los participantes.

Estas conversaciones se explicitan y reflexiona sobre el conflicto, así como

también sobre el posible acuerdos y aprendizajes que se requiere para

solucionar satisfactoriamente. Entre las estrategias de resolución alternativa de

conflictos (ERAC), más apropiadas al sistema escolar chileno se encuentran:

El arbitraje

La negociación

La mediación

Cada una de ellas diferenciándose de acuerdo al rol que le asigna al equipo

Facilitador, tal como lo enseña la siguiente tabla

46

ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR

ARBITRAJE

Adultos con criterio y habilidades pedagógicas, que

intenciona el reconocimiento mutuo de las partes y si

es necesario, decidirá una salida a la situación de

crisis

NEGOCIACIÓN

Adulto o estudiante que ayuda a las partes a identificar

y ordenar sus intereses relacionados con el conflicto,

supervisando y asesorando una adecuada

construcción de acuerdos.

MEDIACIÓN

Adulto o estudiante que facilita e intenciona el dialogo

para que las partes identifiquen su conflicto,

caractericen la relación social que mantienen y la

mejoren a través de acuerdos explícitos.

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Aspectos jurídicos.

La responsabilidad de los establecimientos

Una vez analizado cual es el comportamiento a seguir en caso de detectarse

una situación de acoso, es preciso señalar que la misma puede tener una serie de implicaciones jurídicas de los establecimientos.

En primer lugar, no podemos olvidar que con base en el artículo 1903 del Código Civil, “las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de

enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando

actividades escolares o extraescolares y complementarias. La responsabilidad

de que trata este artículo CESARÁ cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para

prevenir el daño.” Por tanto, se podría dar el caso de que los representantes legales del alumno exigieran la responsabilidad civil de los colegios por los

daños morales sufridos por el menor.

Efectivamente, el artículo citado establece una responsabilidad “cuasi objetiva” de los daños ocasionados por su alumnado, de forma que, una vez acreditada la existencia de una situación de acoso, es posible exigir responsabilidad a los

titulares de los centros docentes. Sin embargo, dicha posibilidad no es ilimitada,

sino que cabe exonerarse de la misma en aquellos casos en que se acredite que

se actuó con la diligencia necesaria para evitar el daño. Sin embargo, no

podemos olvidar que en estos casos, a los establecimientos les corresponde la

carga de la prueba, es decir, es preciso acreditar que se realizaron todas las

actuaciones necesarias para evitar la situación.

Por ello es esencial una actuación rápida una vez que se detecten los primeros

signos de acoso, así como la adopción de medidas eficaces. También es importante, como se avanzó en el apartado anterior, documentar todas las medidas adoptadas, de forma que, en caso de iniciarse un procedimiento por

48

responsabilidad civil, pueda acreditarse que se actuó con la diligencia debida. Para ello es preciso levantar acta de las reuniones efectuadas y también resulta conveniente recoger la firma de los alumnos después de las sesiones realizadas,

ya que éstos resultan los medios idóneos para probar la actuación diligente.

Igualmente, para acreditar el comportamiento responsable de los colegios,

también resulta interesante la existencia y aplicación de un plan de convivencia, documentado por escrito y con un calendario de actuaciones, así como la realización periódica aproximadamente una vez al año, de un test destinado a la detección del acoso escolar ( se adjunta como anexo nº 2), de forma que sea

posible acreditar, no sólo la aplicación de mecanismos rápidos y eficaces paliativos de situaciones de Bullying, sino también la realización de acciones preventivas, de forma que el centro quede exonerado de cualquier tipo de

responsabilidad.

Por otra parte, al margen de la responsabilidad civil, es preciso determinar cuál debe ser la actuación de los colegios en aquellos supuestos en que la intensidad del acoso suponga la comisión de un posible hecho delictivo, el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que “los que por razón de su cargo, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, Tribunal

competente, Juez de Instrucción y, en su defecto, al funcionario de policía más próximo.” Igualmente, el artículo 13 de la Ley de Protección Jurídica del Menor,

prevé que “toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su

profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un

menor, lo comunicarán a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de presentarle el auxilio que precise.

49

Ley núm. 20.536, sobre Violencia Escolar

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda, Ricardo Lagos Weber e Ignacio Walker Prieto y de los ex Senadores señores Andrés Allamand Zavala y Andrés Chadwick Piñera. Proyecto de ley:

"Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el decreto con

fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, General de Educación:

1.- Modifíquese el Artículo 15 del siguiente modo:

a) Intercálese en su inciso segundo, a continuación de la locución "proyecto educativo", lo siguiente: ", promover la buena convivencia escolar y prevenir toda

forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo

establecido en el Párrafo 3º de este Título,".

b) Agréguese el siguiente inciso tercero:

"Aquellos establecimientos que no se encuentren legalmente obligados a

constituir dicho organismo deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características, que cumpla las funciones de promoción y prevención señaladas en el inciso anterior. Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y que deberán constar en un plan de gestión.".

2.- Agréguese, en su Título Preliminar, el siguiente Párrafo 3º: “Párrafo 3º Convivencia Escolar

50

Artículo 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los

estudiantes.

Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de

carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.

Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados,

profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y

directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de

acoso escolar.

Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante

de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra

de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes

de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia

física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello

conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del

establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser

51

sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.

Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos

los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.".

3.- Reemplazase la letra f) del artículo 46 por la siguiente:

"f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el

establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho

reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar,

graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma, establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas,

que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar

establecido en el reglamento.".

Artículo transitorio.- Los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el Consejo Escolar deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Fernando Rojas

Ochagavía, Subsecretario de Educación. Tribunal Constitucional

Proyecto de ley sobre violencia escolar. (Boletín Nº 7123-04)

52

La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Senado

de la República envió el proyecto enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de

constitucionalidad respecto de las normas que regulan materias propias de ley

orgánica constitucional que aquel contiene, y que por sentencia de 1º de septiembre de 2011 en los autos Rol Nº 2.055-11-CPR.Se declara:

1) Que la norma del número 3.- del artículo único permanente del proyecto de ley sometido a control es constitucional.

2) Que esta Magistratura no emitirá pronunciamiento respecto de las normas

contenidas en los números 1.- y 2.- del artículo único permanente ni tampoco respecto del artículo transitorio de la iniciativa, por no regular materias que la Constitución Política estime propias de ley orgánica constitucional. Santiago, 1º de septiembre de 2011.- Marta de la Fuente Olguín, Secretaria.

53

PROTOCOLO EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Para la sana convivencia escolar, cada unidad educativa debe tener diseñada un lineamiento general de las estrategias que juntos deben seguir, en relación a los

procedimientos y normas para su implementación, a continuación se mencionan

los procedimientos que deben trabajarse, con la finalidad de crear una política

de convivencia escolar eficaz y eficiente.

PROCEDIMIENTO 1:

Definición de los conceptos y significado de: Convivencia Escolar, faltas leves,

faltas graves, medidas pedagógicas, formativas y disciplinarias. (Manual de

Convivencia Escolar y Protocolo de Convivencia)

PROCEDIMIENTO 2:

Identificación y asignación de nombres a sub procesos (Ejemplos: Convivencia

en la Sala de Clases, Convivencia en la Escuela, Convivencia en la Comunidad

Educativa, otros)

PROCEDIMIENTO 3:

Construcción del Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.

PROCEDIMIENTO 4:

Información a la Comunidad Educativa sobre las políticas, medidas, protocolos, procedimientos, Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.

PROCEDIMIENTO 5:

54

Aprobación por parte de la Comunidad Escolar del Reglamento Interno y/o Manual de Convivencia Escolar.

PROCEDIMIENTO 6:

Implementación del Proceso de Convivencia Escolar, mediante la intervención

directa de cada estamento involucrado en el proceso educativo.

PROCEDIMIENTO 7:

Evidenciar cada conflicto intervenido, mediante fichas de registro de caso o

acuerdo, las cuales al finalizarlas, deben estar en poder del Departamento de

Orientación. El responsable que realizó la intervención, debe quedar con una copia del documento.

PROCEDIMIENTO 8:

Seguimiento y monitoreo a los procedimientos comprometidos, mediante libro de

registro estudiantil, de convivencia escolar.

PROCEDIMIENTO 9:

Análisis y evaluación de resultados y medidas remediales.

PROCEDIMIENTO 10:

Rendición Semestral de Cuentas del Proceso de Convivencia Escolar, frente al equipo de gestión y docentes de aula.

PROCEDIMIENTO 11:

Actualización y revisión cada Dos años del Manual de Convivencia.

55

CONFORMIDAD CON EL PROTOCOLO

Al momento de matricular a su hijo o pupilo en nuestros establecimientos, el

apoderado y la familia, aceptan de buen grado y proactivamente en su totalidad

este reglamento, asumiendo las prácticas y rutinas de éste como un camino eficaz de integración y buena convivencia escolar.

Cualquier cambio que se realizare al presente Reglamento será comunicado a los estudiantes y apoderados a más tardar 30 días después de aprobado el cambio, vía comunicación por medio de la agenda escolar y/o reunión de apoderados.

56

EL ESTUDIANTE, PRIMER RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DEL PROTOCOLO

El estudiante es el primer responsable en dar cumplimiento a este protocolo.

El Proyecto Educativo de Nuestra Fundación Educacional EMA Pérez Bravo está fundamentalmente orientado, a entregar a sus estudiantes valores cristianos que

les permitan desenvolverse con autenticidad en su diario vivir. El reglamento

interno de convivencia escolar está inspirado en nuestro Proyecto Educativo y adscrito al marco legal (Ley 19.532) estableciendo un conjunto de normas que

permitan a toda la comunidad educativa una convivencia inspirada en el respeto,

confianza, participación y responsabilidad.

La existencia de normas es necesaria dentro de cualquier comunidad y el hecho

de que algún miembro no las observe puede significar la desestabilización en la formación integral del educando tanto en su vida escolar como en su vida personal.

Para una debida aplicación y en bien de los estudiantes, este reglamento será difundido entre todos los miembros de la Unidad Educativa para su análisis en reuniones de Padres y apoderados, en consejo de curso y en Consejo General

de Profesores.

Basados en nuestro proyecto Educativo todos los miembros de esta comunidad

escolar aceptan:

Comprometerse y respetar la ley chilena, el Emblema Patrio y el Himno

Nacional entonándolo con respeto. Respetar a todos los miembros de la comunidad educativa.

La aceptación del principio de autoridad y de los valores que entrega nuestra fundación, como actitudes que deben estar presentes en todo momento.

Responsabilizarse del cumplimiento general de este reglamento.

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Exigir la presencia activa y positiva de padres y apoderados en reuniones,

jornadas de padres y en citaciones.

La necesidad de reflexionar, antes de actuar y tomar una decisión para el logro de una sana convivencia.

58

DISPOSICIONES GENERALES

1. La matrícula le confiere, al estudiante, la calidad de alumno (a) regular

en nuestros establecimientos y, como tal, tiene derecho a recibir una

educación inspirada en el Proyecto Educativo Institucional de cada colegio

2. Ser alumno (a) regular significa que el joven, sus padres y apoderados

aceptan el PEI y las normas establecidas en el presente Reglamento de

Convivencia Escolar al momento de la matrícula. 3. La matrícula se renueva anualmente y su trámite debe ser efectuado por

el apoderado. Al finalizar el período escolar cualquiera de las partes (apoderado o colegio) puede darle término a esta prestación de servicios educacionales.

4. La renovación de la matrícula y, por consiguiente la permanencia en el Establecimiento es un derecho que logra el alumno (a) porque durante el

año escolar: a. Demuestra una actitud acorde con su rol de estudiante

b. Cumple cabalmente con el Reglamento de Convivencia Escolar

c. Manifiesta una clara actitud de cambio, orientada a superar sus

dificultades en los diferentes aspectos de la formación, y

d. Asume las responsabilidades académicas alcanzando el rendimiento mínimo establecido por el colegio.

e. Cumple con el perfil de alumno (a) inserto en el PEI

59

DERECHOS DE LOS ALUMNOS (AS)

El alumno (a) está en el colegio para crecer como persona, en consecuencia, es sujeto de derechos y deberes. En este caso ellos están relacionados con la finalidad de nuestra comunidad escolar y su calidad de alumno (a).

El alumno (a) tiene derecho a:

1. Educarse dentro del PEI que ofrece el Establecimiento.

2. Conocer integralmente el Reglamento General de Alumnos (as) y de

Convivencia Escolar.

3. Participar en todas las actividades educativas y extra programáticas programadas por el colegio, respetando los criterios previamente

acordados.

4. Plantear sus inquietudes y problemas usando el dialogo y los

procedimientos establecidos para ello.

5. Recibir atención para superar sus problemas educativos especialmente de parte de su profesor (a) jefe y, según la naturaleza de ellos, de las demás instancias educativas existentes en el colegio.

6. Recibir la información oportuna y adecuada de las actividades

relacionadas con los alumnos (as), de sus objetivos y criterios de

evaluación. 7. Conocer sus calificaciones en un plazo no mayor de 15 días, contando

desde la fecha de aplicación de la evaluación. 8. Conocer sus observaciones positivas o negativas, en el momento de

ser registradas en el libro de clase.

9. Ser reconocido por la comunidad escolar cuando sus logros se

enmarcan dentro del PEI.

10. Ocupar las dependencias del colegio para los fines que cada una

de ellas tiene y de acuerdo a una programación definida. 11. Hacer uso del CRA de acuerdo con su reglamento interno.

12. Participar en el Centro de Alumnos de los Colegios, en conformidad

al reglamento de éste.

60

13. Ser elegido y elegir democráticamente a sus representantes, tanto a nivel de curso como colegio, de acuerdo con los criterios y normas

establecidas para ello.

14. Ser tratado con respeto por las diferentes áreas y personas que forman parte de nuestra institución.

61

CEREMONIA DE LICENCIATURA

Teniendo en cuenta que las actividades de fin de año como lo son el Acto Litúrgico, el Acto de Premiación, la Despedida de los Cuartos Medios y la Licenciatura, no constituyen un derecho del alumno que egresa, sino que, son

realizados voluntariamente por el colegio de manera de PREMIAR a los alumnos

por la culminación de su etapa escolar, y que, como todo premio, debe GANARSE, frente a ello, se ha hecho necesario puntualizar que:

El alumno (a) que por su actitud o comportamiento ponga en riesgo el

normal desarrollo de algunos de estos actos aunque sea restándoles la solemnidad necesaria (Misa y Licenciatura), se lo sancionará privándolo de la participación en ellos.

Si la indisciplina se produce en el momento de la Licenciatura la sanción será no buscarle lugar de Práctica Profesional, al alumno (a) que haya incurrido

en la falta.

Además, cada año la Comunidad Educativa evaluará la factibilidad de realizar tal Ceremonia, teniendo en cuenta tanto factores internos como

externos que aconsejen su aprobación o rechazo. Tal medida deberá ser informada a los alumnos a lo menos con tres semanas de anticipación.

62

Instancias de Dialogo

La calidad de la convivencia en la institución escolar se obtiene a través del dialogo, solo así se supera cualquier situación que resienta las buenas relaciones humanas. En consecuencia, el alumno y alumna, tiene la posibilidad

de recurrir a las siguientes instancias de dialogo:

a) Profesor o persona con la que se manifiesta la situación.

b) Profesor (a) Jefe.

c) Paradocente.

d) Inspector General u otro Docente Directivo, según corresponda.

e) Mediador.

f) Director.

63

EMBARAZADAS Y EL SERVICIO MILITAR.

Nuestro establecimiento resguardará el derecho a la educación de las estudiantes padres, madres y embarazadas, al igual que de los estudiantes con

riesgo social y alumnos llamados al servicio militar, otorgándole las facilidades académicas para que terminen sus estudios.

Es requisito para esta ayuda informar a la brevedad a: Orientación, Inspectoría General y Unidad Técnico Pedagógica.

Protocolo de seguimientos de:

ALUMNAS EMBARAZADAS, MADRES:

Al momento de enterarse el establecimiento de la presencia de una

estudiante embarazada, es derivada al departamento de Orientación, en donde se toman diversas medidas y acciones a seguir antes, durante y

después del nacimiento de su hijo (a)

Es ingresada por intermedio de una ficha de registro con sus datos

personales.

Todos estos datos son subido a la plataforma de JUNAEB para informar

de dichos casos.

Se hace un seguimiento de las alumnas y alumnos, en donde la alumna

debe acreditar un buen estado de salud, para poder seguir el trabajo

escolar dentro de la Unidad Educativa.

El Departamento de Orientación junto a Unidad Técnica Pedagógica realiza calendario de trabajos y pruebas pendientes.

Cuando ha tenido el hijo, el Dpto. de Orientación autoriza 15 días para la recuperación y adaptación de la estudiante.

La hora de ingreso al establecimiento se establece a las 08: 30 - 09:00 hrs

Al reingreso de la alumna al establecimiento, deberá asistir media jornada, retirándose a las 14:00 hrs. Dependiendo de la situación interna de cada alumna, se define cual es el tiempo que se extiende dicho

beneficio.

64

Se le realiza un seguimiento a cada caso y el Dpto. de Orientación toma algunas medidas particulares en favor de que la alumna termine su año escolar.

Mensualmente se le realizan charlas educativas con especialistas para

apoyar y orientar el nuevo camino a seguir (alumnas embarazadas-

madres y padres).

65

REDES DE APOYO

SENDA

Servicio Nacional para la prevención y rehabilitación del consumo de drogas y alcohol.

Es la entidad del Gobierno responsable de elaborar las políticas de prevención del consumo de drogas y alcohol, así como de tratamiento, rehabilitación e integración social de las personas afectadas por estas sustancias.

Nuestros establecimientos están con apoyo de SENDA desde el 2012

El Instituto Comercial fue certificado, como establecimiento

educacional preventivo, es decir que tiene un protocolo a seguir

en los casos de consumo.

Se ha capacitado a los profesores e inspectores.

Existe material didáctico para trabaja en todos los niveles

Protocolo:

Cuando un estudiante es sorprendido con consumo de droga,

éste no ingresará al aula y deberá ser retirado por su apoderado, siendo suspendido por DOS DIAS Inspectoría (falta grave), para su reflexión en familia y dejando registro escrito de dicha situación en la hoja de vida del alumno.

Luego se presenta en orientación con su apoderado para firmar

documento de compromiso en la asistencia de su pupilo en las

sesiones y se realiza la derivación. El estudiante debe traer comprobante de asistencia.

Orientación se encarga del seguimiento. El estudiante que no cumple, se aplicará lo siguiente:

o Si es alumno de 1ro o 2do Medio No podrá postular a la especialidad con modalidad Dual

66

o Si es alumnos de 4to no se licenciará y el colegio no le buscará práctica profesional.

Para todos los alumnos que hayan sido derivados a SENDA,

deberán realizar un trabajo comunitario, dentro del colegio.

Además estarán obligados a inscribirse y asistir durante el año a un taller de actividad física o deportiva.

En caso de ser necesario se realizará una intervención de carácter formativo en el curso del alumno (s).

Si el alumno es de 1ro , 2do o 3er año y al final del año no ha cambiado las conductas por las que fue derivado a SENDA, el

Consejo General de Profesores evaluará la permanencia del o los alumnos en el establecimiento para el próximo año.

Protocolo de derivación.

El Establecimiento educacional realiza los siguientes procedimientos, para

incorporar al alumno(a) en el programa SENDA:

Adquiere los datos personales del alumno, nombre alumno, nombre de

apoderado, edad, curso, fecha de nacimiento, Rut, teléfono referencia,

dirección: Motivos de la solicitud de atención

Nombre del solicitante

Oficina Protección de Derechos (OPD)

Corporación de Salud Mental (COSAM)

67

USO DEL CASINO

Las relaciones informales que establecen los alumnos(as) nos permiten

evaluar el adecuado desarrollo social que cada uno de ellos ha logrado. Debido

a que el tiempo asignado a la colación es también una instancia de formación, el comportamiento de los alumnos(as) durante este período deberá regirse por las siguientes normas.

1. El uso del casino es solamente para los alumnos(as) que van a realizar

su desayuno y almuerzo respectivamente. No se permite alumnos(as)

con acompañantes que no requieran el servicio de alimentación. 2. Mantener conducta de respeto y hábitos que sean acorde a la instancia

de compartir una mesa (mantener un lenguaje apropiado, no lanzarse la

comida, utilizar el servicio adecuadamente, no hacer sobremesa, etc.).

Los alumnos que no cumplan lo dispuesto y pertenecen a JUNAEB

recibirán una amonestación verbal por la orientadora y deberán cooperar en el orden y limpieza del casino, si reitera su falta dará lugar a una observación negativa en presencia de su apoderado, por tercera vez será retirado del listado de Junaeb.

3. Respetar el horario asignado para la colación. 4. Los alumnos(as) que traen la colación desde su casa deberán traer el

servicio adecuado.

5. Se prohíbe el ingreso de los alumnos(as) con: MP3, MP4, Tablets, gorros, otros artículos que no sean propios de la actividad de colación.

6. Los Utensilios de JUNAEB no pueden ser facilitados a los alumnos, al

igual el uso de microondas para actividades de curso

7. Los profesores tienen su ubicación en el segundo piso, por tanto se solicita no ocupar el lugar reservado para los alumnos.

8. Al hacer abandono del casino, los alumnos(as) deben entregar bandejas

a las manipuladoras y dejar su puesto limpio y ordenado.

68

RELACIÓN ENTRE COLEGIO Y APODERADOS.

La familia es la primera formadora y educadora de los hijos, teniendo dentro de

sus funciones, la responsabilidad en el proceso educativo de su hijo(a). Uno

de los factores que permiten desarrollar un proceso formativo relevante y

positivo es el de mantener constantemente una comunicación fluida con todos los integrantes de la Unidad Educativa, en consecuencia, el colegio facilita esta

comunicación y la participación a través de las siguientes instancias:

Reunión de padres y apoderados

Entrevistas formales con profesores Jefes y de asignatura (en horario de

atención)

Participación activa en el Centro de Padres y Apoderados.

De participar en todos los eventos y ceremonias cívico- sociales

organizadas por el colegio.

A conformar la representación del apoderado en el Consejo Escolar.

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RELACIÓN ENTRE COLEGIO E INSTITUCIONES EXTERNAS.

En el mundo globalizado y cambiante actual, nuestra Fundación como Institución Educativa no puede ejercer su labor, sin contar con el apoyo de la comunidad circundante, siendo imprescindible el organizar acciones en

conjunto con: JUNTA DE VECINOS, SENDA, CONSULTORIOS DE SALUD,

CARABINEROS (PLAN CUADRANTE), MUNICIPALIDAD DE LA CISTERNA,

FUERZAS ARMADAS, INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR (Centros de Formación Técnica, Institutos profesionales, Universidades),

Preuniversitarios, ONG’S

70

NORMAS DE INTERACCIÓN

1.- COMPORTAMIENTO AL INTERIOR Y EXTERIOR DE LA SALA DE

CLASES.

La sala de clases es un lugar de estudio y trabajo, tanto personal como

colectivo. Los alumnos deberán estar dispuestos para el trabajo académico participando en forma activa, manteniendo un ambiente grato y de respeto, tanto

con sus pares, como con sus profesores/as.

Durante los actos cívicos los alumnos/as deben mantener una actitud de respeto hacia los símbolos patrios, hacia los alumnos/as, profesores/as, inspectores/as, docentes directivos que participen o dirijan dicho acto.

Durante los recreos los alumnos/as deberán mantener una actitud de sana convivencia y respeto hacia todos los miembros de la comunidad escolar.

2.- DISCRIMINACION ENTRE LOS ESTUDIANTES Y ENTRE LOS DEMAS

MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.

No se permite en esta unidad educativa conductas relacionadas con la

discriminación tales como: raza, religión, condición social, aspecto físico, condición sexual.

En caso de presentarse dicha situación se activa el manual de la sana convivencia (Protocolo de acoso escolar)

3.-INTEGRIDAD PSICOLOGICA Y FISICA ENTRE LOS ACTORES DE LA

COMUNIDAD ESCOLAR.

Están prohibidas las conductas relacionadas con la intimidación, la tiranización, el aislamiento, la amenaza, los insultos o cualquier otra conducta que atente

contra la integridad psicológica y física de cualquier miembro de la comunidad escolar, tanto dentro como fuera del colegio.

71

TIPOS DE FALTAS

Para garantizar un adecuado clima de relaciones personales basadas en el bien

común, el Reglamento de Sana Convivencia establece la siguiente

categorización de las faltas:

1.- FALTAS LEVES: Son aquellas actitudes que no alteren el funcionamiento

normal del trabajo escolar.

2.- FALTAS MEDIANAS: Son aquellas faltas leves reiteradas que perjudiquen o

alteren el funcionamiento normal del Establecimiento o de la clase.

3.- FALTAS GRAVES: Son aquellas que demuestren una falta de voluntad en el

cambio de actitudes, que dañen la imagen de personas o bienes pertenecientes a la institución

Nota: Después de una falta grave comprobada y conversada con antelación con el Apoderado, este deberá firmar un documento de condicionalidad de matrícula,

con el fin de que el alumno y Apoderado tomen conciencia de gravedad de la

falta, evitando con esto, que el alumno reincida o cometa una falta extrema en

el futuro.

4.- FALTAS EXTREMAS: Son aquellas faltas graves reiterativas y las que en

conciencia quieren hacer daño premeditadamente.

Toda las faltas que constituyan delito (tráfico de drogas, porte de arma blanca o

armas de fuego) se dará aviso a Carabineros de Chile, Investigaciones (PDI) y

Fiscalía.

72

NORMAS – FALTAS – PROCEDIMIENTOS - RESPONSABLES

NORMAS DE

FUNCIONAMIEN

TO

FALTA A LA

NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE

LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

1.1.- El horario de

entrada al

establecimiento

El horario de entrada

al establecimiento es

a las 08:15 hrs.

Atrasos al inicio

de la jornada.

El alumno no podrá

ingresar a clases hasta el

inicio de la segunda

hora.

El atraso quedará

registrado en

Inspectoría.

Envío Papinotas

LEVE (Esta falta pasara

a ser mediana cuando el

alumno reincida en la

falta)*

Inspectoría General

Inspector

Cada tres atrasos al alumno se le citara el apoderado

para justificar dicha falta.

De reiterarse esta situación se hará un seguimiento

para provocar un cambio positivo en el alumno.

En el caso de no haber un cambio de la conducta de

parte del alumno, se citará al apoderado cada 15

días, para realizar un trabajo junto con inspectoría

de toma de conciencia del valor de la

responsabilidad de llegar a la hora por parte del

alumno. Esta acción se registrará en la hoja de vida.

Atrasos después

del recreo o

cambio de hora.

Llamada de atención por

escrito, registrando el

hecho en la hoja de vida

del alumno.

LEVE

Profesor Asignatura

Inspectoría General

Inspector

Atrasos reiterados citación al apoderado. Firma de

compromiso.

Citación por el docente del subsector afectado.

De reiterarse esta situación se hará un seguimiento

para provocar un cambio positivo en el alumno.

En el caso de no obtener un cambio positivo se

aplicará la medida de condicionalidad.

73

NORMAS DE

FUNCIONAMIEN

TO

FALTA A LA

NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE

LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

Fuga interna

Citación al apoderado y

registrar en la hoja de

observación.

GRAVE *

Inspectoría General

Anotación negativa en la hoja de vida y toma de

conocimiento del apoderado.

Si esta situación es reiterada se derivara a Mediación

y se hará un seguimiento para tomar las medidas

pertinentes (trabajo comunitario, recuperación de

horas, etc.).

Si la situación persiste se le aplicará la

Condicionalidad.

1.1.- El horario de

entrada al

establecimiento

Fuga del

establecimiento

Derivación a Inspectoría

General quien hará la

investigación. Llamar en

forma inmediata al

apoderado. Una vez

investigado el caso, se

cita nuevamente al

apoderado, quién tomará

conocimiento de la

sanción, dejando

constancia escrita.

GRAVE * Inspectoría General

Anotación negativa en la hoja de vida.

Citación de apoderado para informarle de la falta de

su pupilo/a y para que firme junto a al alumno el

documento de Condicionalidad Extrema.

Si la conducta continúa, a fin de año el Consejo

General de Profesores evaluará su permanencia en el

establecimiento.

74

* Atenta contra el clima adecuado a las salas de clases y a su formación académica y personal trasgrediendo los valores de la responsabilidad y su

formación profesional.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

2.1- Las inasistencias a clases

deberán ser justificadas por escrito

en la agenda escolar y presentar en

Inspectoría.

Si la inasistencia es reiterada y más

de 3 día debe ser justificada

personalmente por el apoderado, en

el caso de ausencias prolongadas

deberá presentar licencia médica en

Inspectoría, Orientación y con la

Unidad Técnico Pedagógica.

No justificar insistencias

a clases.

No presentar licencia

médica u orden de

atención en forma

oportuna (un plazo

máximo de una semana)

Retirarse con su

apoderado sin

autorización de

inspectoría y sin firmar

el libro de salida.

Citación al apoderado

envío de Papinotas

Citación al apoderado.

Pedir Cedula de Identidad.

GRAVE*

GRAVE*

GRAVE*

Inspector

Inspectoría General

Unidad Técnico

Pedagógica y

Orientación.

Mediador

Se otorgará un plazo de 3 días hábiles para ser

justificado por su apoderado. En caso contrario,

se enviara Papinotas o llamada telefónica con el

apoderado para que se presente con su pupilo en

reunión con Mediador.

Amonestación escrita en la hoja de vida del

alumno y citación al apoderado para que tome

conocimiento de la gravedad de su omisión.

Amonestación por escrito al apoderado.

Firmará documentos de toma de conocimiento del

manual de sana convivencia. Si fuese necesario

se solicitará cambio de apoderado.

75

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

2.2.-Los permisos para

retirarse dentro del horario de

clases solo se darán si el apoderado se presenta en forma

personal en el momento de dicho

retiro, además deberá firmar el

libro de salida, con la salvedad de

alumnos en situaciones especiales

Traer autorización de

salida en libreta de

comunicaciones.

No se permite la salida MEDIANA*

Inspectoría

Dirección

Orientación

No se autoriza la salida del alumno.

Papinotas al apoderado comunicando la falta a la

norma.

2.3.-Los permisos para

representar al colegio o para

participar en alguna actividad

pedagógica programada por el colegio se darán solo con

Autorización de salida firmada por

el apoderado.

Presentar autorización

con firma falsificada

Registro en el libro de clases

Citación escrita al apoderado.

GRAVE*

Inspectoría

Dirección

Excluirlo de la actividad programada.

Registrar en la hoja de vida su acción

Si esta situación fuese reiterada se citara de

apoderado para informarle de la falta de su

pupilo/a y para que firme junto a él documento de

Condicionalidad.

76

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

3.1- El alumno/a deberá usar el

uniforme oficial del colegio

No usar el

uniforme

completo y/o

usarlo en forma

Incorrecta.

No usar buzo oficial en

las clases de

Educación Física y en los

Talleres que lo requieran.

Llamado de atención en forma

verbal. Si reincide será en

forma escrita.

Registro en el libro de clases

En subsector de Educación

Física

Comunicación escrita al

Apoderado por parte del

profesor. (comunicación o

Papinotas )

MEDIANA

MEDIANA

Inspector.

Profesor

Dirección.

Inspector

Profesor de Asignatura.

Comunicación al apoderado.

Se le otorgará plazo adecuado para presentarse

con el uniforme completo.

Si esta falta se repite 3 veces se citará al

apoderado.

77

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

3.2.- Los alumnos/a deberán

presentarse al colegio aseados y cumplir con la presentación

personal estipulada en este

Reglamento.

No cumplir con el aseo y

presentación personal

inadecuada y reiterada.

Alumnas con exceso de

maquillaje

Cambio del uniforme por

ropa de calle.

Charla motivacional para

cambio de conducta.

Comunicación al apoderado

de parte de inspectora.

Llamada de atención y

requisión del maquillaje.

Charla motivacional para

cambio de conducta.

Registro en el libro de clases

Investigación del motivo y

toma de conocimiento por

parte del apoderado en forma

escrita

Envío Papinotas

MEDIANA

MEDIANA

GRAVE * *

Profesor/a de

asignatura.

Inspector.

Profesor/a de

Asignatura.

Profesor/a Jefe

Inspectores del curso.

Comunidad Educativa

Si persiste en la conducta, se amonesta por escrito

en la hoja de vida del alumno.

Si la conducta continua se citará al apoderado

para firmar Condicionalidad.

Si la situación es reiterada se citará al apoderado

para tomar conocimiento.

De persistir lo anterior realizará trabajos

comunitarios para toma de conciencia.

De persistir la conducta anterior, el apoderado

firmará Condicionalidad.

Citación del apoderado para toma de

conocimiento.

De persistir la conducta anterior, el apoderado

firmará Condicionalidad

* Si no cumple esta norma atenta al sentido de identidad y pertenencia con el establecimiento educacional

78

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

4.1.- Los/as alumnos/as no

podrán usar o portar

objetos o accesorios Tales como: Celulares, joyas, MP3,

MP4, IPOD, cámaras fotográficas,

alisadores de pelo u otros objetos de

valor. Siendo responsabilidad del

alumno su extravió.

5.1.- Evitar el deterioro de

la infraestructura, mobiliario y

materiales de apoyo pedagógicos.

6.1- Las alumnas

embarazadas deberán dar

aviso junto con su

apoderado de su estado a

la brevedad a Orientación y a U.T.P

Usar, utilizar los

objetos o accesorios

en horas de clases y

darles un mal uso.

Provocar daño a la

infraestructura,

mobiliario

y materiales de apoyo

pedagógicos

No avisar y ocultar.

Se procederá a retirar el objeto por

el profesor a cargo quien lo

entregara al término de la hora, de

la jornada o al apoderado

Investigación de los hechos

por parte de Inspectoría

General.

Citación de apoderado para

informarle de la falta y sanción

correspondiente.

Comunicar a profesores.

Citación de apoderado

(documento)

MEDIANA

GRAVE

GRAVE**

Profesor/a de Asignatura

Mediador

Inspectoría General

Orientación

Unidad Técnica Pedagógica

El objeto u accesorio se le retendrá

hasta que el apoderado se presente a

retirarlo.

* No se hará investigación en caso de pérdida del objeto o accesorio,

pues es responsabilidad del alumno

su cuidado.

Anotación en la hoja de vida.

Citación de apoderado para que firme

junto a su pupilo el documento de

Condicionalidad.

Reparación de o los daños en su

totalidad con un plazo máximo de 5

días.

Registro en la hoja de vida

Deberá cumplir las exigencias

normales establecidas para todos los

alumnos de la escuela, en cuanto al

Reglamento de sana convivencia y

Reglamento de evaluación.

79

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO

FALTA A LA NORMA

PROCEDIMIENTO GRADO DE LA FALTA

RESPONSABLE SANCION

7.1.- Los/as alumnos/as deberán

estar dispuestos/as para el trabajo académico y mantener un

ambiente grato y de respeto en la

sala de clases.

Interrumpir la clase en

forma constante y

reiterada.

No trabajar en clases.

Salir de la sala sin

autorización del

profesor/a

Promover y/o realizar

acciones o actos que

entorpezcan y/o no

permitan realizar las

actividades académicas

planificadas, por

ejemplo tomarse el

establecimiento

Llamado de atención

Charla motivacional

Llamado de atención,

Comunicación al apoderado.

Si la conducta es frecuente

se cita al apoderado

Registro en libro de clases

(asignatura que corresponda)

Comunicación al apoderado,

notifica a Inspectoría General.

Investigación de los hechos

por parte del Inspectoría

General/Dirección

Definición de la sanción

después de investigado el

hecho por parte de la

Dirección

Toma de conocimiento de

sanción por parte del

estudiante y apoderado

(constancia escrita)

GRAVE

MEDIANA

MEDIANA

EXTREMA

Profesor/a de

Asignatura

Profesora Jefe/a

Profesor/a de

Asignatura

Profesora Jefe/a

Profesor/a de

Asignatura

Mediador

Inspector de Patio

Mediador

Dirección.

Sana Convivencia

Anotación negativa en la hoja

de vida ( si la conducta es reiterativa)

Citación al apoderado.

Anotación en el libro de clases. Si la conducta es

reiterativa se citará al apoderado para toma de

conocimiento y firma de Condicionalidad.

Si esto persiste a fin de año el consejo de

profesores analizará la permanencia en el

establecimiento.

Anotación en el libro de

Clases, registrar entrevista con apoderado.

Registro en la hoja de vida del alumno/a.

El alumno será suspendido hasta esclarecer los

hechos.

Citación de apoderado,

Previa investigación se realizarán las medidas

correspondientes de acuerdo a las leyes

establecidas en nuestro código civil (Falta a la

propiedad privada). En consejo General de

Profesores, previa investigación, se decidirá la

permanencia del o los alumnos en el

establecimiento.

80

Copiar durante las

pruebas o exámenes

Investigación de los hechos por

parte del profesor involucrado.

Citación de apoderado para

toma de conocimiento.

MEDIANA

Profesor de Asignatura.

Anotación negativa en la hoja de vida.

Aplicación de reglamento de evaluación del

colegio.

Si la acción es reiterativa se citará al apoderado

para que firme junto a su pupilo el documento de

Condicionalidad.

7.2-Los/as alumnos/as deberán

tener un trato amable y de respeto hacia todos los miembros

de la comunidad escolar.

7.3 El Colegio es un lugar de desarrollo de buenas costumbres,

de conductas morales y de

integración social

Reírse, burlarse de sus

pares, profesores/as y/o

miembro de la

comunidad escolar.

Actitud

confrontacional y

desafiante hacia sus

pares, profesores/as y/o

miembros de la

comunidad (tales como

amenazas y colusión

de estas, etc.)

Lenguaje grosero y/o

agresión física

(incluyendo el intento

de) hacia sus pares

profesores/as y/o

miembros de la

comunidad.

Llamado de atención.

Derivación a Convivencia

escolar.

Investigación de los hechos por

parte del comité de sana

convivencia con testigos que

presenciaron la situación.

Citación de Apoderado ( con

documento)

Activación Protocolo de

Agresión entre pares.

Investigación de los hechos por

parte de Comité de Sana

Convivencia.

Citación de Apoderado ( con

documento)

GRAVE

EXTREMA

EXTREMA

Profesor/a Jefe/a

Comité Sana

Convivencia

Profesor/a Jefe/a

Comité Sana

Convivencia

Inspector

Profesor/a Jefe/a

Dirección

Comité Sana

Convivencia

Citación por escrito al apoderado al apoderado.

Anotación en su hoja de vida

Si la conducta se repite en el tiempo se activará el

Protocolo de sana convivencia.

Anotación negativa en la hoja de vida.

Citación de apoderado para firme junto a su pupilo

el documento de Condicionalidad.

Activación Protocolo de sana convivencia.

Reparación de los daños morales.

En el caso de los alumnos sean de 4to medio

serán sancionados con la suspensión de sus

actividades de fin de año.

Aplicación protocolo Agresión entre pares

Anotación negativa en la hoja de vida.

Citación de apoderado para firme junto a su pupilo

el documento de Condicionalidad.

. Reparación de los daños.

81

Fumar dentro del

establecimiento o ser

sorprendido en el grupo

de alumnos/as que

comete la falta.

Vender drogas o

sustancias ilícitas

dentro del colegio.

Consumir drogas o

sustancias ilícitas

dentro del colegio.

Exhibir elementos

pornográficos que

atenten contra el

desarrollo de una clase.

Investigación de los hechos por

parte de Inspectoría General con

testigos que presenciaron la

situación.

Citación de Apoderado ( con

documento)

Investigación de los hechos por

parte de Dirección

Activación del Protocolo de

Denuncia de Delitos.

Investigación de los hechos por

parte de Convivencia Escolar.

Activación del Protocolo de

Consumo de drogas.

Investigación de los hechos por

parte de Convivencia Escolar.

Conversación valórica con los

estudiante involucrados.

GRAVE

EXTREMA

GRAVE

MEDIANA

Inspector de patio

Dirección

Dirección.

Convivencia Escolar.

Convivencia Escolar

Convivencia Escolar

Orientación

Anotación negativa en la hoja de vida.

Citación de apoderado para firma junto a su pupilo

el documento de Condicionalidad.

Si la conducta persiste se aplicará la sanción de

Suspensión de clases

Anotación negativa en la hoja de vida.

Denuncia a Carabineros, PDI y Fiscalía.

Citación de apoderado para informarlo de los

hechos ocurridos.

Cancelación de Matrícula.

Anotación negativa en la hoja de vida.

Citación de apoderado para que firme

condicionalidad.

Seguimiento (tutoría.).

Envío a SENDA.

Anotación negativa en la hoja de vida.

Seguimiento (Tutoría.)

De ser reiterada esta actitud se citara al apoderado

para firmar Condicionalidad.

82

8.1.-No discriminar (trato

diferencial o inferior) a ningún

miembro de la comunidad escolar

Dentro del

Establecimiento no

está permitido tener

manifestaciones

amorosas exageradas o (pololeo). Se debe

mantener una actitud

recatada.

Falsificar, destruir o

adulterar documentos

oficiales (libro de

clases, citaciones,

certificados médicos,

informes de notas )

Abusos deshonestos

Discriminación por:

condición social,

apariencia física

capacidad intelectual,

etnia, sexual, religión y

otros.

Conversación valórica con los

estudiante involucrados.

Investigación de los hechos

por parte del Inspector/a

General

Investigación de los hechos de

parte de Dirección y Comité de

Sana Convivencia.

Citación del Apoderado.

Denuncia a entidades judiciales

Juzgado de Familia y OPD.

Llamado de atención.

Citación al apoderado.

MEDIANA

GRAVE

EXTREMA

GRAVE

Orientación

Sana Convivencia

Mediador.

Director

Comité de Sana

Convivencia

Comité de Sana

Convivencia.

Anotación negativa en la hoja de vida.

Seguimiento (Tutoría.)

De ser reiterada esta actitud se citara al apoderado

para firmar Condicionalidad.

Anotación en la hoja de vida.

El alumno/a será suspendido hasta esclarecer los

hechos.

Citación de apoderado para firmar

Condicionalidad.

De persistir esta conducta, a fin de año el consejo

General de profesores decidirá la cancelación de

Matricula

Aplicación Protocolo de abusos deshonestos. Citación de apoderados.

Suspensión de clases de los alumnos afectados

mientras se desarrolla la investigación.

Dependiendo del resultado de la investigación se

solicitará cambio de colegio

Registro en la hoja de vida.

Seguimiento (Tutoría y otros)

En caso que la conducta sea reiterativa, se citará al

apoderado para firmar Condicionalidad

83

9.1.- Resguardar la integridad

psicológica y física de todos los

miembros de la comunidad escolar

Intimidar, amenazar o

cualquier otra conducta

que atente contra la

integridad de los

miembros de la

comunidad escolar,

será considerada como

Bullying.

El Ciber Bullying es:

Intimidar, amenazar o

agredir en forma escrita

a través de las distintas

formas que tiene la

informática, a cualquier

miembro de la

comunidad educativa.

Agredir físicamente y

verbalmente a sus

pares, profesores/as y/o

miembro de la

comunidad escolar.

Activación protocolo de

Bullying

Investigación de los hechos por

parte del comité de sana

convivencia.

Activación protocolo de

Bullying

Investigación con apoyo

impreso que respalde la

agresión a cargo del co mite de

sana convivencia.

Después de realizada la

investigación se harán las

denuncias a las autoridades

correspondientes.

Activación Protocolo de

Agresión entre Pares.

Activación Protocolo de

Agresión de alumno a Adulto.

Investigación de los hechos.

EXTREMA

EXTREMA

EXTREMA

Comité de sana

Convivencia Mediador

Comité de sana

Convivencia Mediador

Comité de sana

Convivencia

Aplicación protocolo de Bullying

Registro en la hoja de vida.

Aplicación del Protocolo de Bullying .

Registro en la hoja de vida del alumno/a.

Citación de apoderado para que tome

conocimiento y firme la Condicionalidad.

Derivación al psicólogo y cualquier institución

pertinente.

Si esta actitud pese a las medidas tomadas es

reiterativa, a fin de año en consejo general de

profesores se solicitara la cancelación de

matrícula.

Aplicación Protocolo de Agresión entre Pares.

Aplicación Protocolo de Agresión de alumno a

Adulto.

Registro en la hoja de vida del alumno/a. Citación

de apoderado. El alumno/a será suspendido hasta

esclarecer los hechos.

Toma de conocimiento de la sanción por parte del

estudiante y apoderado (constancia escrita)

Instancias de apelación a Dirección y consejo de

profesores

84

Portar y/o utilizar

armas de fuego o

elementos corto

punzantes dentro del

Colegio.

Hurtar o robar o ser

cómplice de dicho

delito.

Activación Protocolo de

Denuncia de Delitos.

Investigación de los hechos por

el Mediador.

Torna de conocimiento de la

situación por parte del

apoderado (constancia escrita)

Instancias de apelación

Dirección y consejo de

profesores.

EXTREMA

EXTREMA

Mediador

Dirección.

Mediador

Dirección.

Aplicación Protocolo de Denuncia de Delitos.

Registro en la hoja de vida del alumno/a.

El alumno/a será suspendido hasta que se

esclarezcan los hechos.

Citación de apoderado.

Cancelación de Matrícula.

Registro en la hoja de vida del alumno/a.

El alumno/a será suspendido hasta que se

esclarezcan los hechos.

Investigación de cómo ocurrieron los hechos.

Citación de apoderado para firmar

Condicionalidad.

Ante la reiterada negación del hecho habiendo

evidencias claras y contundentes se le solicitará a

final de año en Consejo General de Profesores la

cancelación de la matrícula.

Informar a la autoridad policial.

Aplicar plan alternativo (U.T.P)

85

Reducción de especies

Torna de conocimiento de la

situación por parte del

apoderado (constancia escrita)

Instancias de apelación

Dirección y consejo de

profesores.

EXTREMA

Mediador

Dirección.

Registro en la hoja de vida del alumno/a.

El alumno/a será suspendido hasta que se

esclarezcan los hechos.

Investigación de cómo ocurrieron los hechos.

Citación de apoderado para firmar

Condicionalidad.

Ante la reiterada negación del hecho habiendo

evidencias claras y contundentes se le solicitará a

final de año en Consejo General de Profesores la

cancelación de la matrícula.

Informar a la autoridad policial.

Aplicar plan alternativo (U.T.P).

86

SANCIONES

De acuerdo a la gravedad de la (s) falta (s), las sanciones tendrán la siguiente graduación:

1- Amonestación verbal: la efectuará cualquier educador y/o asistente de la educación dialogando personalmente con el alumno.

2- Amonestación escrita: la efectuará cualquier educador dialogando personalmente con el alumno (a) y dejando constancia en el Registro de

observaciones del alumno (a). Informar al encargado de convivencia escolar

cuando estén involucrados dos o más alumnos, se deberá hacer por escrito

3- Amonestación grave: la efectuará el profesor jefe, indicando si la falta pertenece a un tema disciplinario, pedagógico o que afecte la sana convivencia. En el primer caso Inspectoría General tomará las sanciones pertinentes; en el

segundo caso le corresponde al Área Pedagógica y en el último caso al comité de convivencia escolar.

4- Condicionalidad: la propondrá el Consejo General de Profesores, a solicitud del Profesor Jefe. El Profesor Jefe dejará constancia de ello en el

Registro en la hoja de vida del alumno (a) y el apoderado firmará un documento aceptando la condicionalidad de su pupilo y las consecuencias al no ser

superadas las conductas. Se aplicarán en caso de faltas graves reiteradas. El alumno (a) recibirá el apoyo, además del profesor jefe, del Orientador (a) y de otro educador cuando sea pertinente de acuerdo con las características del caso.

Esta sanción también puede aplicarla de inmediato el Inspector General cuando la situación de gravedad lo amerite, pero deberá ser ratificada por el Consejo General de Profesores

El alumno, a través de su apoderado, cuenta con 15 días hábiles para apelar ante cualquiera de estas sanciones.

87

CANCELACION DE MATRICULA:

En caso que el Consejo de Profesores pida Cancelación de Matrícula, el profesor Jefe deberá presentar antecedentes por escrito para la toma de decisiones

Es facultad de la Dirección después de haber consultado a las instancias pertinentes. Si el Consejo General de Profesores propone la caducidad de

matrícula para algún alumno(a) esta deberá ser ratificada por la Dirección, previa investigación y recopilación de antecedentes. En caso de ser ratificada por esta, el profesor jefe dejará constancia de ello en el registro de observaciones y comunicará personalmente al apoderado la decisión. El apoderado podrá pedir reconsideración a la Dirección, cuya resolución será inapelable. La cancelación de matrícula procederá cuando:

Superada la primera condicionalidad reincida en el motivo de esta.

Pese a los esfuerzos de los educadores, el alumno (a) no modifique su

conducta y/o rechace el Proyecto Educativo Institucional.

Un alumno (a) no asuma sus responsabilidades académicas de acuerdo a sus posibilidades y, ostensiblemente, no manifieste una clara disposición por cambiar de acuerdo con las orientaciones y el apoyo de sus educadores.

Un alumno (a) se dedique a la venta, distribución o comercialización de cualquier tipo de droga o estupefaciente y, eventualmente, sea sorprendido

consumiéndola.

Un alumno (a) se vea envuelto en graves daños al establecimiento o de robos al interior de este.

88

En las siguientes situaciones el Director exigirá el informe del equipo de Mediación:

Un alumno (a) instigue a graves lesiones físicas o verbales a compañeros, educadores y demás personas que trabajen en el colegio.

Cuando el alumno con actitudes, acciones de cualquier tipo, escritos,

conductas, ya sea través de medios escritos, vía internet u otros, ofendan a las personas de nuestra comunidad, promueva el rechazo a los valores del Proyecto

Educativo del colegio e inste a sus compañeros a hacer lo mismo.

Sin perjuicio de lo anterior, el apoderado del alumno tiene 15 días hábiles para apelar de esta medida, aportando los antecedentes que considere

necesarios.

En los casos de Expulsión y/o Cancelación de Matrícula, las apelaciones serán resueltas por el Director, previa consulta

al Consejo de Profesores.

89

IDEAS FUERZAS DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR

En este marco, la educación de la convivencia es uno de los aspectos que

preocupa y ocupa a muchas comunidades escolares y el Ministerio de

Educación se ha sumado a dicho interés impulsando la convivencia como un factor clave de calidad de la educación a través de la Política de Convivencia Escolar cuya implementación está en desarrollo desde el año 2003, asumiendo cuatro compromisos:

• Difundir y sensibilizar a distintos actores del sistema escolar sobre convivencia escolar en la formación ciudadana del estudiantado.

• Impulsar la readecuación del reglamento interno de convivencia con la

participación de estudiantes, docentes, apoderados, apoderadas y asistentes de la educación junto al equipo de gestión en su totalidad.

• Capacitar sobre resolución pacífica de conflictos a actores clave del sistema.

• Involucrar al Consejo Escolar con propuestas que involucren el mejoramiento

sostenido de este ámbito curricular

1. En relación a las personas o protagonistas de un conflicto, resulta interesante distinguir:

• A las partes protagonistas del conflicto de las personas secundarias. Se

entenderá por protagonistas a las personas que tienen directamente el conflicto o estén comprometidos con él y, secundarios serán los que indirectamente se sientan o se perciban vinculados a la situación que provocó la disputa.

• La relación de poder que existe entre las partes, ¿es una relación de iguales o existe subordinación de uno respecto del otro? Este factor es importante tanto

90

para definir y comprender qué posición se toma frente a la situación, o si se requiere ayuda de un tercero o tercera que colabore en el proceso de resolución.

• La percepción que cada protagonista tiene del problema. Esto formará parte del proceso de resolución.

• Las emociones y sentimientos de las partes pueden contribuir u obstaculizar el proceso de resolución; particularmente si son claras, pues muchas veces no son

reconocibles: ¿Cuáles son las emociones?, ¿qué sientes?, ¿qué te hago sentir? Los conflictos siempre van asociados a emociones.

91

CONDUCTAS QUE CONSTITUYEN FALTAS

Las conductas que constituyen faltas se presentan en forma genérica a nivel sala de clases y establecimiento, así mismo las medidas: pedagógicas, formativas y disciplinarias.

No se detallan las conductas específicas desde una menor a mayor gravedad, dado que éstas son personales (no se prescriben como absolutas) y dependen:

Del contexto en que se den.

De las causas y razones que ocasionan el conflicto.

De la intensidad del conflicto.

De la complejidad del conflicto.

Del estado emocional de cada persona que interviene en el conflicto.

Del criterio del adulto que maneja la situación de conflicto. Del análisis de la situación. De las medidas que se aplican.

92

FALTAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Faltas en la sala de clases, laboratorios, salas de talleres, en salidas de

aprendizaje en terreno y en el establecimiento Educacional

FALTAS PERSONALES MEDIDAS PEDAGOGICAS PARA FALTAS

LEVES Y DE MENOR GRAVEDAD

Desinterés en la clase, apatía, indiferencia.

Desconexión con el propósito de la clase.

Desvinculación con las tareas escolares.

Debilitación de la relación profesor

-alumno.

Incumplimiento de tareas.

Incumplimiento de recursos

solicitados.

El profesor auto evalúa su clase y la replantea.

Conversa con el estudiante que comete falta.

El profesor lo motiva e incluye en la clase.

Utiliza estrategias de liderazgo para influir.

Sugerencias de Orientación.

Diseña estrategias para alumnos desadaptados.

Genera actividades desafiantes.

Trabaja estrategias de relaciones sociales.

93

INVOLUCRADOS EN LAS FALTAS MEDIDAS FORMATIVAS

FALTAS ENTRE APODERADOS

Informar el caso al departamento de

orientación. Intervenir el conflicto por medio de la

mediación.

Registrar caso en las fichas respectivas

Dejar registrado en el libro de clases la

situación de conflicto.

Realizar seguimiento al caso.

Intervenir si es necesario a través de la justicia.

FALTAS ENTRE APODERADOS Y

DOCENTES- ASISTENTES O

DIRECTIVOS

FALTAS ENTRE APODERADOS Y

ALUMNOS

94

CON SUS PARES Y PROFESORES MEDIDAS FORMATIVAS

Con sus pares:

Discusiones.

Agresión psicológica.

Agresión física.

Otros.

Con profesores:

Respuesta inadecuada.

Agresión verbal.

Agresión física.

Otros.

Uso de tecnologías para denostar, ofender y / o agraviar

Investigación sobre la situación de conflicto.

Entrevista con los involucrados en el

conflicto.

Análisis de la situación de conflicto. Los alumnos en falta participan del

análisis. Reflexionan sobre la situación y el

conflicto.

Concluyen consecuencias del conflicto.

Analizan consecuencias del conflicto.

Intervención de mediador docente directivo.

Intervención del docente que conozca al

alumno.

Los estudiantes reconocen sus faltas.

Los estudiantes comprometen cambios.

Practican actitudes de honestidad y

disculpas.

Entrevista con padres y apoderados.

Destruye útiles y bienes personales.

Ocasiona perjuicios en bienes de

otros.

Produce daños en bienes muebles de la sala de clases y/o del

establecimiento educacional.

Otros.

Medidas disciplinarias para faltas de

mayor gravedad:

Aplicación de medidas formativas. Suspensión de clases. Desarrolla la clase en otra

dependencia.

Suspensión de clases y del establecimiento.

Denuncias a Fiscalía. Cancelación de Matricula

95

COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR

DE SU DEFINICION:

El Comité de Convivencia Escolar es una instancia permanente que fomenta la armonía y la sana convivencia.

Su principal propósito está referido a la gestión preventiva y a la resolución de conflictos.

DE SUS INTEGRANTES:

El Comité de Convivencia Escolar, está integrado por:

a) Director

b) Orientadora

c) Encargados de Convivencia Escolar (mediadores Docentes).

d) Encargados de Convivencia Escolar (mediadores Alumnos).

DE SUS OBJETIVOS:

El Comité tiene los siguientes objetivos:

a) Diseñar, implementar, promover y evaluar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano en el establecimiento.

b) Determinar qué alumnos o alumnas precisan de apoyo para superar sus problemas de comportamiento.

c) Cautelar que las instancias correspondientes apliquen las medidas

indicadas en este reglamento, en los casos fundamentados y pertinentes.

d) Optimizar los planes de prevención y mantenimiento de un clima escolar sano de los establecimientos.

e) e. Mantener informado al Director.

96

FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

El Comité de Convivencia Escolar es presidido: Director, Orientadora y Mediador.

Sesionará mensualmente en forma ordinaria y extraordinariamente las

veces que se requiera.

Anualmente informará a la comunidad acerca de los planes preventivos para la convivencia escolar.

Después de cada sesión extraordinaria, el Encargado del Comité informará a los profesores jefes, de asignaturas y apoderados(as) sobre

los alumnos y alumnas que están siendo tratados y cuáles son las acciones que se les está aplicando.

Los mediadores deben informar en cada sesión del estado de avance los casos en tratamiento y de nuevos alumnos que presentan dificultades.

El Comité debe sesionar en conjunto con los profesores de un curso y/o nivel determinado, si el caso lo amerita.

El comité podrá reunirse con el Presidente del Centro de alumnos y/o el Presidente del Centro General de Padres, el Consejo escolar, para

efectos de prevención y promoción de la sana convivencia escolar y/o cuando alguna situación especial, relacionada con ésta, lo amerite.

97

ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA

Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al

mantenimiento de un clima escolar sano.

Diseñar e implementar los planes de la violencia de los establecimientos. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa

acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar

y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar.

Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de

convivencia escolar.

Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes,

reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

Determinar, con alcance general, que tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia y aquellas que puedan resolverse directamente

por los profesores u otras autoridades de los establecimientos, así como los procedimientos a seguir en cada caso.

Aplicar sanciones en los casos fundamentados y pertinentes

98

DEFINICIÓN DE SITUACIONES

(Definición de situaciones especialmente graves de violencia escolar y políticas especiales de prevención.)

Las conductas descritas a continuación son consideradas faltas gravísimas y su reiteración puede llegar a la expulsión del estudiante.

III. Bullying.

Se define como toda forma situación de acoso y hostigamiento hacia un estudiante, que se produce entre pares, en donde existe abuso de poder

y es sostenido en el tiempo.

Es importante destacar que en la prevención del Bullying es de suma importancia la intervención oportuna y decidida de los adultos de la comunidad educativa. Por lo que se debe mantener la siguiente línea de acción:

5. No se puede justificar ninguna forma de hostigamiento hacia

un estudiante. No se deben permitir los sobrenombres

o burlas reiteradas por ninguna razón. 6. Las situaciones de acoso u hostigamiento deben ser

abiertamente conversadas entre el profesor y sus alumnos,

incluyendo a las familias.

7. Tratar el tema del Bullying de manera regular en Consejo de

Curso.

8. Jamás se debe minimizar una situación en donde un estudiante es hostigado o acosado apelando a la etapa de

desarrollo del o de los acosadores.

IV. Abuso Sexual.

Se refiere a todo tipo de actividad sexual impuesta por seducción, coacción o por la fuerza entre un niño y alguien mayor, en donde la

persona mayor obtiene gratificación sexual.

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V. Ciber-acoso.

Consiste en hacer uso de Internet u otro medio tecnológico para ofender, amenazar, injuriar o desprestigiar a un estudiante o cualquier otro

integrante de la comunidad escolar. Se incluye también la exhibición o difusión de fotos u otra información privada del estudiante a través de chats, blogs, fotologs, facebook, mensajes de texto, correo electrónico o a través de cualquier otro medio tecnológico.

VI. Discriminación. Se refiere a toda forma de burla, amenaza, aislamiento o

intimidación hacia un estudiante ya sea por su condición social,

económica, religiosa, política, filosófica, étnica, sexual o cualquier otra circunstancia.

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POLÍTICAS ESPECIALES DE PREVENCIÓN

Las políticas especiales de prevención son:

Semanalmente en horario de Orientación y Consejo de Curso, desde de primero a cuarto medio, se trabajarán los conceptos valóricos tales como:

Empatía. Asertividad.

Respeto.

Tolerancia.

Coherencia.

Responsabilidad.

Compromiso.

Todo lo anterior, trabajado en el aula, nos ayudará a prevenir: el Bullying, el

Ciber-Bullying, el abuso sexual, la discriminación y todo lo que atente contra una convivencia pacífica.

Cabe destacar que durante las horas de orientación también se trabajarán, durante todo el año, los Programas tendientes a promover la buena

convivencia escolar:

Valores transversales para una convivencia positiva.

Prevención del abuso sexual Educación sexual. Programa de habilidades sociales.

Dichos temas serán tratados en reuniones de apoderados, enfatizando la responsabilidad de las familias y sensibilizando a los apoderados respecto a los

temas.

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PROTOCOLO DE ACTUACIÓN

Protocolo en caso de Acoso escolar o Bullying

Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible

situación de acoso, ya sea a través del propio alumno o a través de una observación directa de algún miembro de la comunidad escolar, se realizará el siguiente procedimiento, que podemos agrupar en tres fases:

1. Recogida de información

2. Análisis y adopción de medidas

3. Seguimiento periódico.

1ª FASE: Recogida de información: Etapa en la que se recaban los

antecedentes necesarios para dilucidar si los hechos denunciados constituyen o

no una situación de acoso escolar; para ello se realizan los siguientes pasos:

A. Nombrar a un responsable de la tramitación: Este responsable será la persona encargada de comunicarse con todos los sujetos implicados, de

recabar la información necesaria y comunicarla a las autoridades del colegio correspondientes, a objeto de tomar medidas necesarias. Puede tratarse

Director o un miembro del comité de la sana convivencia. Su nombramiento

debe ser conocido por el equipo docente, de forma que se le comunique

cualquier incidencia que pudiera acaecer con respecto a la situación denunciada.

El mediador para estos efectos se regirá por una plantilla tipo que considere

los siguientes aspectos:

Nombre del Alumno(a) presunta víctima de acoso escolar o Bullying

Nombre del o de los presuntos acosadores.

Descripción de los hechos observados y/o vividos

Lugar

Fecha

Etc.

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El sentido de esta plantilla tipo es realizar el proceso lo más transparente posible y que no quede a título personal, conduciendo el proceso a otros parámetros, sirviendo además como guía en el trabajo de equipo del comité de sana convivencia.

B. Citar al alumno acosado a una entrevista individual. Es importante que en

esta primera toma de contacto se genere en un clima de confianza, por lo

que, si es necesario, deberá repetirse hasta que el alumno se encuentre en disposición de trasladar el alcance del problema.

C. Citar al alumno/a acosador/a en una entrevista individual, para recabar

los antecedentes sobre la situación investigada

D. Citar a los demás alumnos implicados en entrevista individual, para

obtener información, que permita alcanzar la coherencia de los relatos obtenidos.

E. Citar, en entrevista individual, a la familia del acosador y acosado. (por

separado)

F. Convocar al Comité de sana Convivencia para entregar información.

2ª FASE: Análisis y adopción de medidas. Una vez recabada toda la información por el mediador sobre los hechos acontecidos, informará al Comité de Sana Convivencia, quien previo estudio valorará si corresponde a una situación de acoso, según Manual de Convivencia Escolar.

Entre las medidas que se adopten, debemos distinguir entre aquellas tendentes

a la protección de la víctima, las medidas correctoras de los agresores y la comunicación a la situación a los organismos correspondientes.

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3. Medidas de protección a la víctima: Las posibilidades de protección son múltiples y variarán en función de las necesidades peculiares del alumno en

concreto, si bien podemos sugerir las siguientes:

a) Cambio de grupo curso.

b) Vigilancia específica de acosador y acosado, por parte de un miembro del comité de sana convivencia.

c) Tutoría individualizada por mediador, dándole pautas de autoprotección, técnicas de relajación y control del estrés.

d) Solicitud de colaboración de la familia de la víctima y agresor, manteniéndoles en todo momento informado de la situación.

e) Sesiones grupales.

f) Recomendar la asistencia del agredido a un profesional externo al colegio

con el fin de reforzar la labor efectuada por el equipo docente. (Solo en

casos necesarios).

4. Medidas correctoras de los agresores:

a) Tramitación del oportuno expediente sancionador e imposición de las sanciones correspondientes.

b) Petición de disculpas a la víctima. (En su momento)

c) Realización por parte del mediador de una labor de toma de conciencia de

lo ocurrido y sus consecuencias.

d) Tutoría individualizada, con enseñanzas de técnicas de autocontrol y relajación.

e) Enseñar estrategias de resolución de conflictos.

Nota: Tal y como se expondrá en el apartado referido a consecuencias jurídicas, es necesario documentar por escrito todas y cada una de las medidas y de los acuerdos adoptados, así como el calendario de aplicación de los mismos y sus resultados.

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3ª FASE: Seguimiento. Una vez adoptadas todas las medidas previstas en la

fase anterior, se llevará a cabo, a través del Comité de Sana Convivencia, un seguimiento de la situación, de forma que la misma no vuelva a producirse, quedando totalmente erradicada cualquier conducta agresiva.

Protocolo en caso de abuso sexual

Una vez que nuestro establecimiento tiene conocimiento de una posible

situación de abuso sexual, a través del propio alumno o de algún familiar y/o algún funcionario del establecimiento, es preciso adoptar una serie de medidas

que podemos agrupar en tres fases:

1. Toma de conocimiento del problema o situación. 2. Cuando se toma conocimiento de la situación se debe informar

inmediatamente al comité de la sana convivencia, evitando así la victimización secundaria del o la adolescente que cuente en reiteradas ocasiones y a diferentes personas lo sucedido

3. Búsqueda de red de protección para adolescente para cuidar la integridad física y moral de la presunta víctima.

4. Denuncia a la fiscalía correspondiente por parte del colegio por la persona

que recibe la información en primera instancia, el que se hace cargo por ley de hacer la denuncia, en los tribunales correspondientes, quienes

además derivaran al abusado con un equipo Psico-social en la búsqueda de reparar los daños provocados. En caso de existir maltrato físico y/o psíquico por parte de la familia u otros agentes ajenos al colegio, se tomarán las siguientes medidas: a. Recogida de información, bien a través del alumno o de la

observación directa del profesor o personal del colegio. b. Derivación a la OPD (Oficina de Protección de Derechos) que

corresponda a su domicilio, la que se hará cargo a través de un equipo Psico-social, adoptando todas las medidas necesarias, e

informando al colegio de los avances en el proceso de reparación. En caso de no existir OPD en la comuna de residencia del o la

adolescente se debería tomar contacto con la municipalidad a objeto

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de conocer qué departamento tramita los casos de vulneración de derecho de la infancia y actuar con él.

PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

Consideraciones Generales: Este documento tiene como finalidad dar a conocer

a toda la comunidad escolar del Instituto Comercial Particular la Cisterna los

pasos a seguir, cuidados, medidas y acciones que deben tomarse cada vez que

un Estudiante sufra algún accidente dentro de la unidad educativa, ya sea en los patios o en las aulas. Es también posible considerar que durante el trabajo

práctico de los alumnos en taller, clases de Ed. Física, Talleres deportivos o folklóricos; u otro tipo de actividades físicas éstos sufran algún accidente.

Cómo proceder frente a un accidente:

1. Una vez conocido el hecho, si el alumno (a) ha sufrido una caída, golpe u otro tipo de traumatismo que lo mantenga en el suelo, debe llamarse; a través de un tercero; al encargado (s) de primeros auxilios: enfermera o a los inspectores

de patio.

2. Inspector General o de nivel, quien concurrirá al sitio para chequear el

estado en que se encuentra el alumno. Verificar si éste puede moverse, si presenta compromiso de conciencia, sangrado o herida abierta o fractura

expuesta. El alumno (a) no debe ser movido, por el contrario deberá ser estabilizado, inmovilizado y curado en el lugar, hasta poder contar con el medio

de transporte que se requiera, ya sea camilla de transporte o silla de ruedas,

según sea el caso. De no ser posible moverlo deberá permanecer en el sitio del accidente hasta la llegada del servicio de urgencia. Una vez inmovilizado y

estabilizado, y habiendo comprobado que es seguro su transporte, deberá ser llevado a la enfermería del colegio.

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3. Inspector. General o inspector de nivel, deberá llamar al apoderado del alumno e informar del incidente, además deberá llenar la ficha de accidente escolar que se requiere para estos efectos. Si el accidente se evalúa como mayor y riesgoso para la integridad del alumno el I. General deberá llevar al servicio de urgencia que corresponda al sector. De no mediar otra indicación dada por el apoderado.

4. Si se tratara de un accidente leve; tales como esguinces, cortes no

profundos, golpes leves, erosiones, quemaduras superficiales, contusiones

leves, podrá evaluarse la posibilidad de enviar al alumno al centro asistencia

que corresponda al sector acompañado de su apoderado. En caso de que su apoderado no pudiese concurrir al establecimiento, la Dirección designará a un docente, inspector u otro asistente de la Educación que acompañe al estudiante, permaneciendo allí hasta que se presente su apoderado o algún familiar responsable.

5. Desde el recinto asistencial, el encargado de acompañar al alumno deberá informar al establecimiento del estado y diagnóstico del alumno para a su vez informar al apoderado, siempre y cuando éste no haya logrado llegar al lugar donde su pupilo está siendo atendido.

6. En caso de presentarse un accidente menor tales como (caídas, pelotazos, golpes leves de diversa índole, etc.), deberá ser canalizado por el adulto responsable más cercano (Docente, Asistente de la Educación o Inspector) a la Oficina de enfermería quien evaluará la necesidad de aplicar el protocolo de accidente escolar, esto se debe aplicar también en caso de que presenten síntomas de enfermedad.

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PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLITICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Todos los actores de la comunidad educativa, son sujeto de derechos

La educación es un pleno desarrollo de la persona

Convivencia democrática y construcción de ciudadanía en la institución educativa.

La convivencia escolar un ámbito de consistencia ética

Protección a la vida privada y pública de las personas

Igualdad de oportunidades para cada uno de alumnos y alumnas de la

entidad educativa.

Las normas de convivencia, un encuentro entre derecho y ética.

Generar confianza, credibilidad y respeto.

Facilitar la comunicación interpersonal de las partes en conflicto.

Identificar los sentimientos y emociones de las partes

Diferenciar posiciones e intereses de las partes

Intencionar que las partes valoricen positivamente el proceso de las

ERAC permitiéndoles que sean ellos los constructores de la solución de sus problemas en forma directa o indirecta.

Cautelar su relación con las partes, generando empatía y confianza, pues de ello dependerá sus posibilidades de ayudar a las partes a definir su propia relación.

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Estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares (ERAC)

Las estrategias de resolución alternativa de conflictos escolares, son formas de

intervención social que buscan que las partes de un conflicto transformen

positivamente las relaciones sociales que se encuentren deterioradas, es decir,

constituyen posibilidades para que los involucrados en un conflicto especifico

reconstruyen la forma como se tratan cotidianamente mejorando así su calidad

de vida y generando importantes aprendizajes en todos los participantes.

Estas conversaciones se explicitan y reflexiona sobre el conflicto, así como

también sobre los posibles acuerdos y aprendizajes que se requiere para

solucionar satisfactoriamente. Entre las estrategias de resolución alternativa de

conflictos (ERAC), más apropiadas al sistema escolar chileno se encuentran:

El arbitraje

La negociación

La mediación

Cada una de ellas diferenciándose de acuerdo al rol que le asigna al equipo

Facilitador, tal como lo enseña la siguiente tabla

ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR

ARBITRAJE

Adultos con criterio y habilidades pedagógicas, que

intenciona el reconocimiento mutuo de las partes y si

es necesario, decidirá una salida a la situación de

crisis

NEGOCIACIÓN

Adulto o estudiante que ayuda a las partes a identificar

y ordenar sus intereses relacionados con el conflicto,

supervisando y asesorando una adecuada

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ERAC ROL DEL EQUIPO FACILITADOR

construcción de acuerdos.

MEDIACIÓN

Adulto o estudiante que facilita e intenciona el dialogo

para que las partes identifiquen su conflicto,

caractericen la relación social que mantienen y la

mejoren a través de acuerdos explícitos.

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Características del proceso de mediación escolar

El proceso de mediación escolar, comprende una serie de indicadores que requieren del mediador, gran compromiso al respecto, para ello cada miembro

del grupo de convivencia escolar y a su vez las partes en conflictos, deben:

Ser confidencial

Proporcionar un espacio intimo

Ejercer la libertad de expresión

Ser imparcial

Tener una disposición a asumir compromisos

Superar el conflicto

Desarrollar aprendizajes significativos

Fortalecer la comunidad educativa

Mejorar la calidad de vida.

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Objetivos pedagógicos de la mediación

Si bien el objetivo inmediato de cualquier estrategia de resolución alternativa de conflictos, es la superaron del conflicto a través de la reconstrucción de las relaciones sociales deterioradas, la mediación posee los siguientes objetivos pedagógicos adicionales:

Revalorización de cada parte

Reconocimiento entre las partes

Análisis de intereses de las partes

Contextualización del conflicto

Reconstrucción del conflicto

Responsabilización; Se busca que cada uno de los involucrados, asuma su

responsabilidad en la generación, mantención y desarrollo del conflicto y con ello también en su posible solución.

Validación del proceso; Consiste en la presentación del equipo facilitador, invitándoles a participar y a construir una salida satisfactoria al conflicto.

Primer acercamiento al conflicto; Es el momento en donde el equipo debe

procurar que cada una de las partes exprese su versión de los hechos, así como sus descargos, sentimientos, temores y expectativas sobre el conflicto.

Resolución del conflicto; En este momento se intenciona una revisión colectiva de las características del conflicto, identificando roles y acontecimientos.

Acuerdos, aprendizajes y conclusiones; Es el proceso final, en donde las partes

llegan a un acuerdo específico, el cual queda por escrito, con su correspondiente firma.

112

Aspectos jurídicos.

La responsabilidad de los establecimientos

Una vez analizado cual es el comportamiento a seguir en caso de detectarse

una situación de acoso, es preciso señalar que la misma puede tener una serie de implicaciones jurídicas de los establecimientos.

En primer lugar, no podemos olvidar que con base en el artículo 1903 del Código Civil, “las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de

enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los períodos de tiempo en que los mismos se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando

actividades escolares o extraescolares y complementarias. La responsabilidad

de que trata este artículo CESARÁ cuando las personas en él mencionadas prueben que emplearon toda la diligencia de un buen padre de familia para

prevenir el daño.” Por tanto, se podría dar el caso de que los representantes

legales del alumno exigieran la responsabilidad civil de los colegios por los

daños morales sufridos por el menor.

Efectivamente, el artículo citado establece una responsabilidad “cuasi objetiva” de los daños ocasionados por su alumnado, de forma que, una vez acreditada la existencia de una situación de acoso, es posible exigir responsabilidad a los

titulares de los centros docentes. Sin embargo, dicha posibilidad no es ilimitada,

sino que cabe exonerarse de la misma en aquellos casos en que se acredite que

se actuó con la diligencia necesaria para evitar el daño. Sin embargo, no

podemos olvidar que en estos casos, a los establecimientos les corresponde la

carga de la prueba, es decir, es preciso acreditar que se realizaron todas las

actuaciones necesarias para evitar la situación.

Por ello es esencial una actuación rápida una vez que se detecten los primeros signos de acoso, así como la adopción de medidas eficaces. También es importante, como se avanzó en el apartado anterior, documentar todas las

113

medidas adoptadas, de forma que, en caso de iniciarse un procedimiento por

responsabilidad civil, pueda acreditarse que se actuó con la diligencia debida. Para ello es preciso levantar acta de las reuniones efectuadas y también resulta conveniente recoger la firma de los alumnos después de las sesiones realizadas,

ya que éstos resultan los medios idóneos para probar la actuación diligente.

Igualmente, para acreditar el comportamiento responsable de los colegios,

también resulta interesante la existencia y aplicación de un plan de convivencia, documentado por escrito y con un calendario de actuaciones, así como la realización periódica aproximadamente una vez al año, de un test destinado a la detección del acoso escolar (se adjunta como anexo nº 2), de forma que sea

posible acreditar, no sólo la aplicación de mecanismos rápidos y eficaces paliativos de situaciones de Bullying, sino también la realización de acciones preventivas, de forma que el centro quede exonerado de cualquier tipo de

responsabilidad.

Por otra parte, al margen de la responsabilidad civil, es preciso determinar cual

debe ser la actuación de los colegios en aquellos supuestos en que la intensidad del acoso suponga la comisión de un posible hecho delictivo, el

artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que “los que por razón de su cargo, profesiones u oficios tuvieran noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio Fiscal, Tribunal

competente, Juez de Instrucción y, en su defecto, al funcionario de policía más próximo.” Igualmente, el artículo 13 de la Ley de Protección Jurídica del Menor,

prevé que “toda persona o autoridad, y especialmente aquellos que por su

profesión o función, detecten una situación de riesgo o posible desamparo de un menor, lo comunicarán a la autoridad o a sus agentes más próximos, sin perjuicio de presentarle el auxilio que precise.

114

Ley núm. 20.536, sobre Violencia Escolar

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, iniciado en una Moción de los Honorables Senadores señores Carlos Cantero Ojeda, Ricardo Lagos Weber e Ignacio Walker Prieto y de los ex Senadores señores Andrés Allamand Zavala y Andrés Chadwick Piñera. Proyecto de ley:

"Artículo único.- Introdúzcanse las siguientes modificaciones en el decreto con

fuerza de ley Nº 2, del Ministerio de Educación, del año 2010, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 20.370, General de Educación:

1.- Modificase el artículo 15 del siguiente modo:

a) Intercálese en su inciso segundo, a continuación de la locución "proyecto educativo", lo siguiente: ", promover la buena convivencia escolar y prevenir toda

forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos, conforme a lo

establecido en el Párrafo 3º de este Título,".

b) Agrégase el siguiente inciso tercero:

"Aquellos establecimientos que no se encuentren legalmente obligados a

constituir dicho organismo deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características, que cumpla las funciones de promoción y prevención señaladas en el inciso anterior. Todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que determinen el Consejo Escolar o el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y que deberán constar en un plan de gestión.".

2.- Agrégase, en su Título Preliminar, el siguiente Párrafo 3º: “Párrafo 3º Convivencia Escolar

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Artículo 16 A. Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los

objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los

estudiantes.

Artículo 16 B. Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva,

atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de

carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.

Artículo 16 C. Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados,

profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de

acoso escolar.

Artículo 16 D. Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como

también la ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante. Los padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes

de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales, deberán informar las situaciones de violencia física o psicológica, agresión u hostigamiento que afecten a un estudiante miembro de la comunidad educativa de las cuales tomen conocimiento, todo ello

conforme al reglamento interno del establecimiento. Si las autoridades del

establecimiento no adoptaren las medidas correctivas, pedagógicas o

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disciplinarias que su propio reglamento interno disponga, podrán ser sancionadas de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de este cuerpo legal.

Artículo 16 E. El personal directivo, docente, asistentes de la educación y las personas que cumplan funciones administrativas y auxiliares al interior de todos

los establecimientos educacionales recibirán capacitación sobre la promoción de la buena convivencia escolar y el manejo de situaciones de conflicto.".

3.- Reemplazase la letra f) del artículo 46 por la siguiente:

"f) Contar con un reglamento interno que regule las relaciones entre el

establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar. Dicho

reglamento, en materia de convivencia escolar, deberá incorporar políticas de prevención, medidas pedagógicas, protocolos de actuación y diversas conductas que constituyan falta a la buena convivencia escolar,

graduándolas de acuerdo a su menor o mayor gravedad. De igual forma,

establecerá las medidas disciplinarias correspondientes a tales conductas, que podrán incluir desde una medida pedagógica hasta la cancelación de la matrícula. En todo caso, en la aplicación de dichas medidas deberá garantizarse en todo momento el justo procedimiento, el cual deberá estar

establecido en el reglamento.".

Artículo transitorio.- Los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el Consejo Escolar deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del artículo 93 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto,

promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 8 de septiembre de 2011.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Felipe Bulnes Serrano, Ministro de Educación. Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saludo atentamente a usted, Fernando Rojas

Ochagavía, Subsecretario de Educación. Tribunal Constitucional

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Proyecto de ley sobre violencia escolar. (Boletín Nº 7123-04)

La Secretaria del Tribunal Constitucional, quien suscribe, certifica que el Senado

de la República envió el proyecto enunciado en el rubro, aprobado por el Congreso Nacional, a fin de que este Tribunal ejerciera el control de

constitucionalidad respecto de las normas que regulan materias propias de ley

orgánica constitucional que aquel contiene, y que por sentencia de 1º de septiembre de 2011 en los autos Rol Nº 2.055-11-CPR.Se declara:

1) Que la norma del número 3.- del artículo único permanente del proyecto de ley sometido a control es constitucional.

2) Que esta Magistratura no emitirá pronunciamiento respecto de las normas contenidas en los números 1.- y 2.- del artículo único permanente ni tampoco respecto del artículo transitorio de la iniciativa, por no regular materias que la Constitución Política estime propias de ley orgánica constitucional. Santiago, 1º de septiembre de 2011.- Marta de la Fuente Olguín, Secretaria.