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1 PROSPECTO DE INFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE EMISION Y COLOCACIÓN DE BONOS ORDINARIOS CON CUPO GLOBAL DE UN BILLÓN DE PESOS COLOMBIANOS ($1.000.000.000.000) CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO INSTITUCIÓN FINANCIERA MULTILATERAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO REGIDA POR LAS DISPOSICIONES DE SU CONVENIO CONSTITUTIVO SUSCRITO EL 7 DE FEBRERO DE 1968, Y RATIFICADO POR LA REPÚBLICA DE COLOMBIA MEDIANTE LA LEY 103 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1968, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL AÑO CV. N°. 32736 DEL 15 DE MARZO DE 1969, ENMENDADO DE TIEMPO EN TIEMPO (“CONVENIO CONSTITUTIVO”) INFORMACIÓN GENERAL DE LA OFERTA ENTIDAD EMISORA: CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (“CAF” o “Emisor”) SEDE Avenida Luís Roche, Torre CAF, Altamira, Caracas, República Bolivariana de Venezuela ACTIVIDAD PRINCIPAL El Emisor tiene por objeto promover el desarrollo sostenible y la integración regional, mediante la prestación de servicios financieros múltiples a clientes de los sectores público y privado de sus Países Accionistas (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela) CLASE DE TÍTULO Bonos ordinarios DESTINATARIOS DE LA OFERTA Los Bonos serán ofrecidos a los ahorradores, personas naturales, personas jurídicas, inversionistas institucionales, entidades oficiales y, en general, al público inversionista, incluyendo fondos de pensiones y cesantías MERCADO AL QUE SE DIRIGE LA EMISIÓN: Los Bonos se ofrecerán en el mercado primario o principal COLOCACIÓN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN La colocación se hará a través de diferentes emisiones, cada una de ellas con características financieras particulares y aplicables en exclusiva a la respectiva emisión Podrán realizarse ofertas simultáneas de distintas emisiones dentro del presente programa de emisión y colocación (“Programa de Emisión”) Cada emisión podrá colocarse en uno o varios lotes, que tendrán las mismas características financieras MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN La modalidad de inscripción es normal MODALIDAD DE OFERTA Oferta pública CUPO GLOBAL DE PROGRAMA DE EMISIÓN Hasta COP $1.000.000.000.000 en moneda corriente LEY DE CIRCULACIÓN A la orden BOLSA DONDE ESTÁ INSCRITO EL TÍTULO: Bolsa de Valores de Colombia S.A. NÚMERO DE SERIES: Diez (10) RENDIMIENTO Los Bonos devengarán intereses de acuerdo con las series y sub-series de cada emisión. Los rendimientos reflejarán las condiciones de mercado vigentes a la fecha de colocación, cumpliendo con las tasas máximas de rentabilidad aprobadas en el Reglamento de Emisión y Colocación VALOR NOMINAL E INVERSIÓN MÍNIMA: Los traspasos deben realizarse por unidades enteras de Bonos. El valor nominal y la inversión mínima para cada serie es la siguiente:

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE EMISION Y COLOCACIÓN DE BONOS ORDINARIOS CON CUPO GLOBAL DE UN BILLÓN DE

PESOS COLOMBIANOS ($1.000.000.000.000) CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO

INSTITUCIÓN FINANCIERA MULTILATERAL DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO REGIDA POR LAS DISPOSICIONES DE SU CONVENIO CONSTITUTIVO SUSCRITO EL 7 DE FEBRERO DE 1968, Y RATIFICADO POR LA REPÚBLICA DE COLOMBIA MEDIANTE

LA LEY 103 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 1968, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DEL AÑO CV. N°. 32736 DEL 15 DE MARZO DE 1969, ENMENDADO DE TIEMPO EN TIEMPO (“CONVENIO CONSTITUTIVO”)

INFORMACIÓN GENERAL DE LA OFERTA

ENTIDAD EMISORA: CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (“CAF” o “Emisor”)

SEDE Avenida Luís Roche, Torre CAF, Altamira, Caracas, República Bolivariana de Venezuela

ACTIVIDAD PRINCIPAL El Emisor tiene por objeto promover el desarrollo sostenible y la integración regional, mediante la prestación de servicios financieros múltiples a clientes de los sectores público y privado de sus Países Accionistas (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, España, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela)

CLASE DE TÍTULO Bonos ordinarios

DESTINATARIOS DE LA OFERTA Los Bonos serán ofrecidos a los ahorradores, personas naturales, personas jurídicas, inversionistas institucionales, entidades oficiales y, en general, al público inversionista, incluyendo fondos de pensiones y cesantías

MERCADO AL QUE SE DIRIGE LA EMISIÓN:

Los Bonos se ofrecerán en el mercado primario o principal

COLOCACIÓN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN Y COLOCACIÓN

� La colocación se hará a través de diferentes emisiones, cada una de ellas con características financieras particulares y aplicables en exclusiva a la respectiva emisión

� Podrán realizarse ofertas simultáneas de distintas emisiones dentro del presente programa de emisión y colocación (“Programa de Emisión”)

� Cada emisión podrá colocarse en uno o varios lotes, que tendrán las mismas características financieras

MODALIDAD DE INSCRIPCIÓN La modalidad de inscripción es normal

MODALIDAD DE OFERTA Oferta pública

CUPO GLOBAL DE PROGRAMA DE EMISIÓN

Hasta COP $1.000.000.000.000 en moneda corriente

LEY DE CIRCULACIÓN A la orden

BOLSA DONDE ESTÁ INSCRITO EL TÍTULO:

Bolsa de Valores de Colombia S.A.

NÚMERO DE SERIES: Diez (10)

RENDIMIENTO Los Bonos devengarán intereses de acuerdo con las series y sub-series de cada emisión. Los rendimientos reflejarán las condiciones de mercado vigentes a la fecha de colocación, cumpliendo con las tasas máximas de rentabilidad aprobadas en el Reglamento de Emisión y Colocación

VALOR NOMINAL E INVERSIÓN MÍNIMA:

Los traspasos deben realizarse por unidades enteras de Bonos. El valor nominal y la inversión mínima para cada serie es la siguiente:

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Serie Valor Nominal Inversión Mínima Denominación

Series A y F Valor nominal de cada bono = COP 10.000.000

Inversión Mínima de un bono = COP 10.000.000

Pesos Tasa variable DTF

Serie B y G Valor nominal de cada bono = COP 10.000.000

Inversión Mínima de un bono = COP 10.000.000

Pesos Tasa variable IPC

Serie C y H Valor nominal de cada bono = 10.000 UVR

Inversión Mínima de un bono = 10.000 UVR

UVR Tasa Fija

Serie D y I Valor nominal de cada bono = COP 10.000.000

Inversión Mínima de un bono = COP 10.000.000

Pesos Tasa Fija

Serie E y J Valor nominal de cada bono = COP 10.000.000

Inversión Mínima de un bono = COP 10.000.000

Pesos Tasa variable IBR

NÚMERO DE BONOS: El número total de Bonos del Programa de Emisión será el resultado de sumar el número de Bonos

de cada emisión, donde este último se define como el resultado de dividir el monto efectivamente colocado sobre el valor nominal de cada Bono al momento de la emisión

TASA MÁXIMA DE INTERÉS Será la que se publique en el respectivo aviso de oferta pública

MONTO MÍNIMO OPERACIONES DE TRASPASO:

Una vez se lleve a cabo la suscripción de los Bonos, el monto mínimo de traspasos será de un (1) Bono. Los traspasos se realizarán de acuerdo con el Reglamento de Operaciones de DECEVAL.

PRECIO DE SUSCRIPCIÓN: Será el que se determine en el respectivo aviso de oferta pública

PLAZO DE REDENCIÓN: Los Bonos se redimirán en plazos entre uno (1) y veinte (20) años contados a partir de la fecha de emisión

AMORTIZACIÓN DE CAPITAL: El capital de los Bonos de las series A, B, C, D y E se amortizará mediante un solo pago en la fecha de vencimiento de los mismos. El capital de los Bonos de las series F, G, H, I y J se amortizará bajo las modalidades mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se determine en el correspondiente aviso de oferta pública. Podrán emitirse Bonos prepagables, conforme a este prospecto, lo cual se determinará en el aviso de oferta pública

PERIODICIDAD PAGO DE INTERESES:

Los intereses se pagarán bajo las modalidades mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se determine en el correspondiente aviso de oferta pública

PLAZO PARA OFERTAR EMISIONES DE LOS BONOS

Tres (3) años contados a partir de la ejecutoria del acto que haya ordenado la inscripción. Sin embargo, el plazo podrá renovarse, por períodos iguales, antes del vencimiento del mismo siempre que la Superintendencia Financiera de Colombia así lo autorice

PLAZO DE COLOCACIÓN DE LA EMISIÓN:

Para cada emisión, el plazo de colocación será el lapso que el Emisor indique en el aviso de oferta pública correspondiente

VIGENCIA DE LA OFERTA: La vigencia de cada oferta se establecerá en el respectivo aviso de oferta pública de cada emisión y lote o lotes en que se divida la misma

DERECHOS QUE INCORPORAN LOS VALORES:

Los derechos que incorporan los Bonos son los siguientes: � La recepción de rendimientos o intereses periódicos; � La redención del capital suscrito por los inversionistas; y � los términos y condiciones aplicables a la emisión

CARTAS DE CALIFICACIÓN OTORGADAS A LA CAF

A la fecha del presente documento, las cartas de calificación para su deuda a largo plazo en moneda extranjera son:

Agencia Calificación

Fitch Ratings A+

Moody's Investors Service A1

Standard and Poors A+ COMISIONES DEL SUSCRIPTOR: En caso de suscribir los Bonos ofrecidos a través de una sociedad comisionista de bolsa, esta podrá

cobrar una comisión al inversionista, la cual será negociada y convenida entre la sociedad comisionista y el inversionista

AGENTE ADMINISTRADOR: Cada emisión del Programa de Emisión será administrado por Depósito Centralizado de Valores de Colombia, DECEVAL S.A.

AGENTE ESTRUCTURADOR El agente estructurador del programa de emisión es BBVA Valores Colombia S.A. Comisionista de Bolsa

AGENTE COLOCADOR Los agentes colocadores de cada tramo se informarán en el aviso de oferta pública del tramo

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respectivo

FECHA DE REALIZACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA:

La fecha de realización de la oferta de cada emisión se publicará en el aviso de oferta pública del tramo respectivo

FECHA DE DIFUSIÓN DEL PROSPECTO DE INFORMACIÓN:

La difusión del prospecto de información se efectuará en el mes de diciembre del año dos mil ocho (2008)

FECHA DE ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN DEL PROSPECTO:

La información financiera del presente prospecto se encuentra actualizada a 30 de septiembre de 2008. A partir de esa fecha y durante la vigencia de la Emisión, se encontrará información actualizada a disposición de los interesados en la página web www.caf.com

ADVERTENCIAS

SE CONSIDERA INDISPENSABLE LA LECTURA DEL PROSPECTO DE INFORMACIÓN PARA QUE LOS POTENCIALES INVERSIONISTAS PUEDAN EVALUAR ADECUADAMENTE LA CONVENIENCIA DE LA INVERSIÓN.

LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES Y EMISORES Y LA AUTORIZACIÓN DE LA OFERTA PÚBLICA, NO IMPLICA CALIFICACIÓN NI RESPONSABILIDAD ALGUNA POR PARTE DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA ACERCA DE LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS INSCRITAS NI SOBRE EL PRECIO, LA BONDAD O LA NEGOCIABILIDAD DEL VALOR O DE LA RESPECTIVA EMISIÓN, NI SOBRE LA SOLVENCIA DEL EMISOR

LA INSCRIPCIÓN DE LOS BONOS EN LA BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA S.A. NO IMPLICA CERTIFICACIÓN SOBRE LA BONDAD DEL VALOR O LA SOLVENCIA DEL EMISOR.

SALVO QUE EL AVISO DE OFERTA PÚBLICA CORRESPONDIENTE A DETERMINADA EMISIÓN ESTABLEZCA ALGO DISTINTO PARA DICHA EMISIÓN, NI EL EMISOR, NI EL AGENTE ESTRUCTURADOR NI EL AGENTE COLOCADOR HAN OFRECIDO NI OFRECERÁN LOS BONOS FUERA DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA. NO OBSTANTE ELLO, ESTA DECLARACIÓN NO IMPLICA NINGUNA RESTRICCIÓN CON RELACIÓN A LA ADQUISICIÓN DE LOS BONOS EN COLOMBIA POR PARTE DE INVERSIONISTAS CUYAS NACIONALIDADES SEAN DISTINTAS A LA COLOMBIANA Y A LOS QUE NO SE LES HAYA SOLICITADO OFERTAS DE COMPRA. NO OBSTANTE LO ANTERIOR, CUALQUIER INVERSIONISTA DOMICILIADO FUERA DE COLOMBIA ASUMIRÁ LOS RIESGOS REGULATORIOS DE ADQUISICIÓN EN RELACIÓN A LAS LEYES APLICABLES AL MISMO.

NADA DE LO ESTABLECIDO EN EL PRESENTE PROSPECTO O EN CUALQUIER OTRO DOCUMENTO RELACIONADO CON LAS BONOS AQUÍ CONTEMPLADOS PUEDE O DEBE INTERPRETARSE COMO UNA RENUNCIA A LAS INMUNIDADES, EXENCIONES Y/O PRIVILEGIOS OTORGADOS A LA CAF POR SU CONVENIO CONSTITUTIVO, POR LOS ACUERDOS CELEBRADOS O QUE SE CELEBREN ENTRE LA CAF Y LA REPÚBLICA DE COLOMBIA O POR LA LEGISLACIÓN COLOMBIANA.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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AUTORIZACIONES, INFORMACIÓN ESPECIAL Y OTRAS ADVERTENCIAS

Autorizaciones

Autorizaciones Internas: De conformidad con lo establecido en el literal d) del Artículo 4 del Convenio Constitutivo y en el marco de la Resolución de Directorio No. No.1766/2007 del 4 de diciembre de 2007, el Presidente Ejecutivo de la CAF, en uso de las plenas facultades que ostenta, ha aprobado el Programa de Emisión y Colocación de Bonos Ordinarios de la CAF con cargo a un cupo global de un billón de Pesos Colombianos (COP 1.000.000.000.000) mediante Resolución No. 6324/2008, de fecha 12 de septiembre de 2008, con el objeto de utilizar los recursos captados para las operaciones generales y propósitos corporativos de la CAF.

Todos los años la CAF aprueba el límite máximo de endeudamiento general para determinado período anual. Para el año 2008, la Resolución del Directorio de la CAF No. 1766/2007 autoriza un límite máximo de endeudamiento de US$ 9.962.000.000; dicha resolución faculta también al Presidente Ejecutivo de la CAF o a la persona que éste designe a negociar y contratar en nombre de la CAF distintas modalidades de endeudamiento en virtud de la cual la CAF podrá endeudarse hasta por el límite máximo antes mencionado. No obstante, el establecimiento de un programa de emisión de bonos puede ser realizado siempre y cuando las emisiones que se puedan realizar en el marco de éste, conjuntamente con las demás contrataciones de endeudamiento, no excedan el límite máximo de endeudamiento aplicable en el período correspondiente.

En virtud de la referida Resolución No. 6324/2008, el Presidente Ejecutivo de la CAF autorizó a los señores funcionarios de la CAF Hugo Sarmiento Kohlenberger, Gabriel Felpeto Carnero, Carolina España Orlandi, Antonio Recine Petrillo y Freddy Rojas Parra o, adicionalmente, a la persona que éstos designen con posterioridad, para que cualquiera de ellos, en forma individual, pueda en nombre y representación de la CAF negociar y, suscribir los documentos y realizar todos y cada uno de los trámites necesarios ante la Superintendencia Financiera, DECEVAL, la Bolsa de Valores de Colombia y cualquier otra entidad en donde sea necesario, a fin de formalizar la ejecución del Programa.

Autorizaciones de Autoridades Administrativas: La Superintendecia Financiera de Colombia autorizó la inscripción del Programa de Emisión en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) mediante Resolución 2009 del 9 de diciembre de 2008.

Ofertas Públicas, Privadas o en Trámite del Emisor

En Colombia no existen ofertas públicas vigentes adelantadas actualmente por el Emisor distintas al presente Programa de Emisión. A nivel mundial, la CAF realiza constantemente emisiones de títulos los cuales se ajustan a sus políticas de endeudamiento.

Personas de Contacto para Información sobre el Prospecto

Gabriel Felpeto Carnero Director de Políticas Financieras y Emisiones Internacionales Corporación Andina de Fomento Avenida Luis Roche, Torre CAF, Piso 8,

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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Altamira, Caracas, Venezuela Telf +58 212 2092303 Daniel Lafita Medir Director Mercado de Capitales BBVA Colombia Carrera 9 N° 72 – 21 Piso 2 Telf 347.16.00 Ext 2683

William Rincón Vargas Responsable Asesoría Jurídica BBVA Colombia Carrera 9 N° 72 – 21 Piso 9 Telf: 347 16. 00 Ext 2812

Maria del Pilar Niño Jiménez Ejecutiva Banca de Inversión BBVA Colombia Carrera 9 N° 72 – 21 Piso 2 Telf: 347.16.00 Ext 2685

Tasación, Valoración o Evaluación de Activos o Pasivos del Emisor

Para la presente emisión no se ha contratado ninguna tasación, valoración de activos o pasivos del Emisor. El presente prospecto ha sido elaborado bajo información suministrada por la CAF, excepto por aquella información relacionada con el Agente Administrador, Agente Estructurador y Agente(es) Colocador(es).

Propósito Económico del Programa de Emisión

La CAF utilizará el producto neto de la venta de los Bonos para la ejecución de su objeto social y el financiamiento de las actividades de la CAF.

Vinculación con los Asesores del Proceso

BBVA VALORES COLOMBIA S.A. COMISIONISTA DE BOLSA (“BBVA VALORES”), entidad filial de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Colombia S.A., actúa como Agente Estructurador del presente Programa de Emisión de la CAF.

BBVA VALORES no tiene ningún tipo de subordinación ni vinculación con la CAF y actúa por oferta mercantil de prestación de servicios en la estructuración obteniendo una comisión de éxito por la colocación efectiva de los Bonos en los cuales haya sido seleccionado como Agente Colocador.

Advertencias

Los derechos del tenedor y las obligaciones del Emisor se equiparan por lo menos "pari passu" en prioridad de pago con toda la demás deuda directa del emisor representada en valores, no garantizada y no subordinada.

Los inversionistas interesados en adquirir los Bonos ofrecidos deberán obtener previamente a su aceptación de oferta pública las autorizaciones que por sus condiciones particulares sean requeridas por la legislación colombiana y/o por la ley a que estén sometidos, y las autorizaciones corporativas o de otra índole que cada inversionista requiera.

El prospecto no constituye una oferta ni una invitación por o a nombre del Emisor, el Agente Estructurador, el agente líder o los Agentes Colocadores, a suscribir o comprar los valores sobre los que trata el mismo.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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El presente Prospecto de Información, tiene como propósito dar a conocer las características y condiciones de cada emisión, así como facilitar el conocimiento general del Emisor, y de la oferta de los Bonos , con el fin de informar a los potenciales inversionistas. Para todos los efectos legales, se considera indispensable que cualquier interesado consulte la totalidad de la información contenida en el cuerpo del presente Prospecto de Información con el fin de que pueda evaluar adecuadamente la conveniencia de la inversión.

La información sobre la situación financiera del Emisor contenida en este prospecto, está actualizada con corte a 30 de septiembre de 2008. A partir de esa fecha y durante la vigencia de la Emisión, se encontrará información actualizada a disposición de los interesados en la página web www.caf.com. Al no ser el Emisor una entidad pública ni tratarse de una emisión de bonos públicos, no se encuentra sujeto a conceptos y autorizaciones a que hace alusión el parágrafo 2° del artículo 41 de la ley 80 de 1.993, ni en el artículo 22 del decreto 2681 de 1993.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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TABLA DE CONTENIDO

AUTORIZACIONES, INFORMACIÓN ESPECIAL Y OTRAS ADVERTENCIAS ...............................................4

TABLA DE CONTENIDO.............................................................................................................................................7

GLOSARIO 10

PARTE I. DE LOS VALORES...............................................................................................................................15

1 Características de los Bonos, Condiciones y Reglas de la Emisión ...............................................................15

1.1 Clase de Valor, Derechos que Incorpora y Ley de Circulación.............................................................. 15

1.1.1 Clase de valor ofrecido.................................................................................................................................. 15

1.1.2 Derechos que Incorporan los Valores ......................................................................................................... 15

1.1.3 Ley de Circulación ......................................................................................................................................... 15

1.2 Cantidad de Títulos, Valor Nominal, Precio de Suscripción, Inversión Mínima y Monto Total de la Oferta 16

1.2.1 Valor Nominal................................................................................................................................................ 16

1.2.2 Cantidad de Valores Ofrecidos.................................................................................................................... 16

1.2.3 Precio de Suscripción .................................................................................................................................... 16

1.2.4 Inversión Mínima........................................................................................................................................... 17

1.2.5 Monto Total de la Oferta............................................................................................................................... 17

1.3 Características de los Valores: .................................................................................................................... 17

1.4 Reglas Relativas a la Reposición, Fraccionamiento y Englobe De Los Valores ................................... 17

1.4.1 Desmaterialización de los Bonos ................................................................................................................. 17

1.4.2 Indivisibilidad de los Bonos ......................................................................................................................... 18

1.5 Definición de Fechas .................................................................................................................................... 18

1.6 Comisiones y Gastos Conexos.................................................................................................................... 18

1.7 Bolsa donde se Inscriben los Valores......................................................................................................... 18

1.8 Objetivos Económicos.................................................................................................................................. 18

1.9 Publicidad e Información Para el Inversionista ....................................................................................... 18

1.10 Régimen Fiscal de los Bonos....................................................................................................................... 19

1.11 Régimen Legal de los Bonos ....................................................................................................................... 19

1.12 Entidad que Administra la Emisión .......................................................................................................... 19

1.12.1 Derechos de DECEVAL ................................................................................................................................ 19

1.12.2 Deberes de DECEVAL .................................................................................................................................. 19

1.13 Desmaterialización de La Emisión............................................................................................................. 21

1.14 Derechos y Obligaciones de los Tenedores de Valores........................................................................... 22

1.14.1 Derechos.......................................................................................................................................................... 22

1.14.2 Obligaciones ................................................................................................................................................... 22

1.15 Obligaciones del Emisor.............................................................................................................................. 23

1.16 Representante Legal de Tenedores de Bonos ........................................................................................... 24

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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2 Condiciones Financieras de los Valores............................................................................................................24

2.1 Series en que se divide la Emisión ............................................................................................................. 24

2.1.1 Plazo de Redención:....................................................................................................................................... 24

2.2 Rendimiento de los Bonos........................................................................................................................... 25

2.3 Subordinación de las Obligaciones ............................................................................................................ 27

2.4 Bases de Liquidación de los Intereses........................................................................................................ 27

2.5 Periodicidad Pago de Intereses .................................................................................................................. 28

2.6 Forma de Amortización de Capital............................................................................................................ 28

2.7 Prepagos ........................................................................................................................................................ 28

2.8 Eventos de Readquisición ........................................................................................................................... 29

2.9 Lugar y Fecha de Pago de Capital y Rendimientos por parte del Emisor............................................ 29

2.10 Garantías con que Cuenta la Emisión........................................................................................................ 29

2.11 Derechos y Obligaciones de los Tenedores de Valores........................................................................... 29

2.12 Lugar de Reunión de la Asamblea de Tenedores de Bonos y Periodicidad ........................................ 29

2.13 Calificación del Emisor................................................................................................................................ 30

2.14 Otras características de la Emisión............................................................................................................. 30

3 Condiciones de la Oferta y de la Colocación....................................................................................................31

3.1 Plazo de Colocación y Vigencia de la Oferta ............................................................................................ 31

3.2 Modalidad para Adelantar la Oferta ......................................................................................................... 31

3.2.1 Underwriting al Mejor Esfuerzo .................................................................................................................. 31

3.2.2 Underwriting Garantizado........................................................................................................................... 32

3.3 Medios para la Formulación de la Oferta ................................................................................................. 32

3.4 Sistema de colocación .................................................................................................................................. 32

3.4.1 Mercado al que se dirige la Oferta............................................................................................................... 32

3.4.2 Agente Colocador .......................................................................................................................................... 32

3.4.3 Lugar y Horario para la Suscripción........................................................................................................... 32

3.4.4 Sistema de Negociación ................................................................................................................................ 32

3.4.5 Pago de los Títulos por parte de los Inversionistas................................................................................... 32

3.4.6 Mecanismos de Adjudicación de los Valores............................................................................................. 32

3.5 Mercado Secundario y Metodología de Negociación ............................................................................. 35

3.5.1 Valoración de los Bonos en el Mercado Secundario ................................................................................. 35

3.5.2 Prevención y Control de Lavado de Activos. ............................................................................................ 35

PARTE II. INFORMACIÓN SOBRE EL EMISOR...............................................................................................37

4 Información General ............................................................................................................................................37

4.1 Nombre, Duración y Causales de Disolución .......................................................................................... 37

4.1.1 Objeto Social ................................................................................................................................................... 37

4.1.2 Sede y Oficina de Representación................................................................................................................ 37

4.1.3 Duración.......................................................................................................................................................... 37

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

9

4.1.4 Causales de Disolución ................................................................................................................................. 37

4.2 Actividad Principal ...................................................................................................................................... 38

4.3 Personalidad Jurídica, Inmunidades y Privilegios .................................................................................. 39

4.4 Reseña Histórica ........................................................................................................................................... 40

4.4.1 Inicio de Operaciones .................................................................................................................................... 40

4.5 Composición Accionaria ............................................................................................................................. 40

4.5.1 Países accionistas de la CAF......................................................................................................................... 41

4.5.2 Nuevos Países Accionistas Regionales........................................................................................................ 42

5 Órganos Directivos y Estructura Organizacional ............................................................................................44

5.1 Organigrama................................................................................................................................................. 44

5.2 Asamblea de Accionistas............................................................................................................................. 44

5.3 Directorio....................................................................................................................................................... 45

5.4 Comité Ejecutivo .......................................................................................................................................... 46

5.5 Comité de Auditoria .................................................................................................................................... 47

5.6 Presidente Ejecutivo..................................................................................................................................... 47

6 Características de sus Operaciones....................................................................................................................47

6.1 Principales Proyectos................................................................................................................................... 49

7 Información Financiera........................................................................................................................................51

7.1 Generalidades de la Información Financiera............................................................................................ 51

7.2 Resumen de los Estados Financieros ......................................................................................................... 53

7.3 Activos líquidos............................................................................................................................................ 54

7.4 Financiamiento ............................................................................................................................................. 55

7.5 Capital............................................................................................................................................................ 58

7.6 Administración de activos y pasivos......................................................................................................... 59

7.7. Política de Crédito ......................................................................................................................................... 59

8 Calificación de Riesgo..........................................................................................................................................61

ANEXOS 62

Anexo 1 - Convenio Constitutivo Corporación Andina de Fomento ..................................................................63

Anexo 2 – Estados Financieros Fin de Periodo 2007 Auditados............................................................................64

Anexo 3 – Cartas de Calificación del Emisor............................................................................................................65

PARTE III. CERTIFICACIONES ...........................................................................................................................66

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

10

GLOSARIO

ACEPTACIÓN DE OFERTA: Es la declaración de voluntad irrevocable y unilateral a través de la cual el Aceptante formula aceptación de la oferta de Bonos de la CAF.

ACEPTANTE: Persona natural o jurídica destinataria de la presente oferta que presenta una aceptación de oferta.

ADMINISTRADOR DE LA EMISIÓN: Entidad que recibe en depósito los valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores para administrarlos en un sistema computarizado para el manejo desmaterializado de transferencias, registros, pagos de intereses y otros en relación a los Bonos materia del presente prospecto. Para esta emisión, el Administrador de la Emisión será el Depósito Centralizado de Valores de Colombia, DECEVAL S.A. (“DECEVAL”), domiciliado en la ciudad de Bogotá D.C., en virtud del contrato de depósito y administración suscrito con el Emisor.

ADMINISTRADOR DE LA OFERTA: Entidad encargada de realizar la subasta y adjudicación de los títulos de acuerdo a los criterios señalados por el Emisor. Esta entidad debe tener un sistema de negociación que haya sido aprobado por la Superintendencia Financiera. Para cada oferta, el agente administrador del sistema de negociación informará a través de un Instructivo Operativo las condiciones de la subasta y el procedimiento para el envío y recepción de demandas.

AGENTE COLOCADOR: Firma comisionista que se encuentre inscrita en la Bolsa de Valores de Colombia y que haya sido designada por el Emisor para realizar la promoción y colocación de los Bonos de cada emisión, o si dicha emisión está constituida de varios lotes, de cada lote de la emisión.

AGENTE ESTRUCTURADOR: Asesor financiero que estudia, analiza y propone la mejor estructura y el momento adecuado para la una emisión en el mercado de valores. En este caso, el Agente Estructurador es BBVA Valores Colombia S.A. Comisionista de Bolsa

ANOTACIÓN EN CUENTA: Representación electrónica de los derechos de un tenedor sobre un valor, en el registro contable que lleva un depósito centralizado de valores.

AVISO DE OFERTA PÚBLICA: Es el mecanismo que se utiliza para dar a conocer una oferta pública a los destinatarios de la misma.

BOLSA DE VALORES DE COLOMBIA (“BVC”): Establecimiento de naturaleza mixta (privado- público), donde personas realizan operaciones de compraventa de Bonos por orden de sus clientes. Es un mercado centralizado y regulado.

BONOS: Son títulos que representan una parte de un crédito constituido a cargo de una entidad emisora. Las condiciones de los Bonos se establecen al momento de realizar la oferta del valor en el Aviso de Oferta correspondiente; sin embargo, su plazo no será inferior a un (1) año. En retorno de su inversión, el inversionista recibirá una tasa de interés que fija el emisor de acuerdo con las condiciones de mercado, al momento de realizar la colocación de los títulos. Éstos confieren a sus tenedores los derechos de acuerdo con el respectivo contrato de emisión, y están garantizados de manera quirografaria con el patrimonio de la entidad emisora, sean presentes o futuros.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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CALIFICACIÓN DE VALORES: Es una opinión profesional que produce una agencia calificadora de riesgos, sobre la capacidad de un emisor para pagar el capital y los intereses de sus obligaciones en forma oportuna. Para llegar a esa opinión, las calificadoras desarrollan estudios, análisis y evaluaciones de los emisores. La calificación de valores es el resultado de la necesidad de dotar a los inversionistas de nuevas herramientas para la toma de sus decisiones. El Emisor no hace declaración ni emite opinión alguna sobre la(s) calificación(es) de riesgo.

CUPO GLOBAL: Corresponde al valor máximo de endeudamiento aprobado para este Programa de Emisión. El cupo estará conformado por el número de Bonos emitidos multiplicado por el valor nominal al momento de la emisión.

DECEVAL: El Depósito Centralizado de Valores de Colombia DECEVAL S.A. es una entidad que recibe en depósito los títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores, para administrarlos mediante un sistema computarizado, para administrar su manejo desmaterializado en transferencias, registros, pagos de intereses, etc.

DEMANDA EN FIRME: Mecanismo de adjudicación de los Bonos donde los oferentes demandan los Bonos con una tasa de rendimiento definida por el Emisor, y cuya adjudicación se realiza por orden de entrada de las ofertas.

DTF: Es la tasa promedio de captación a noventa (90) días de Certificados de Depósito a Término de los establecimiento bancarios, corporaciones financieras y compañías de financiamiento comercial, divulgada semanalmente por el Banco de la República. La DTF es una tasa nominal trimestre anticipado.

EMISIÓN: Conjunto de Bonos emitidos bajo el Programa de Emisión con una misma Fecha de Emisión y que se colocarán en uno o varios lotes con cargo al Cupo Global del Proceso de Emisiones. La Emisión está respaldada económicamente por un mismo Emisor, con el propósito de ser puestos en circulación y absorbidos por el mercado de valores.

EMISIÓN DESMATERIALIZADA: Es aquella emisión que no requiere de expedición de títulos físicos individuales para respaldar cada colocación. El emisor suscribe un contrato de depósito de emisiones y entrega un título global que ampara una parte o la totalidad de la emisión depositada. A partir de allí, la suscripción primaria y colocación se realiza mediante anotaciones en cuenta.

EMISOR: Entidad que tiene títulos inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores. En este caso es la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO.

IBR - Indicador Bancario de Referencia: Tasa de Interés de corto plazo la cual refleja el precio al que los participantes del mercado financiero están dispuestos a ofrecer o captar recursos en el mercado interbancario. Actualmente las tasas se cotizan a un día (overnight) y a un mes, sin embargo podrá funcionar para plazos superiores tales como tres y seis meses.

INSTRUCTIVO OPERATIVO: Documento elaborado por el Agente Administrador de la Oferta, el cual tiene como finalidad describir las condiciones de la subasta y procedimientos para que los potenciales inversionistas envíen sus demandas para el proceso de colocación de los Bonos.

INVERSIÓN MÍNIMA: Valor o cantidad mínima de títulos que el inversionista puede adquirir al momento de una oferta pública de Bonos.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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IPC o INFLACIÓN: Se entiende por IPC, la variación neta del Índice de Precios al Consumidor certificado por el DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadística) para los últimos doce meses, expresada como una tasa efectiva anual.

LEY DE CIRCULACIÓN: Mecanismo o forma a través de la cual se transfiere la propiedad de un título valor. Existen tres formas: (1) Al portador: con la sola entrega; (2) A la orden: mediante endoso y entrega; y (3) Nominativa: mediante endoso, entrega e inscripción ante el emisor.

LOTE: Las fracciones en las cuales una emisión puede dividirse con el propósito de ser ofrecido en una ocasión. Cada lote será ofrecido de acuerdo a su propio Aviso de Oferta.

MACROTÍTULO: Es el instrumento único representativo de todos los Bonos emitidos y en circulación bajo el Prospecto de Información. Tendrá un Cupo Global de un billón de pesos colombianos (COP 1.000.000.000.000). El cupo disponible se reducirá por el monto colocado en cada lote de cada emisión.

MERCADO DE VALORES: Conforman el mercado público de valores la emisión, suscripción, intermediación y negociación de los documento emitidos. La siguientes comprenden actividades del mercado de valores: a) La emisión y la oferta de valores; b) La intermediación de valores; c) La administración de fondos de valores, fondos de inversión, fondos mutuos de inversión, fondos comunes ordinarios y fondos comunes especiales; d) El depósito y la administración de valores; e) La administración de sistemas de negociación o de registro de valores, futuros, opciones y demás derivados; f) La compensación y liquidación de valores; g) La calificación de riesgos; h) La autorregulación a que se refiere la ley 964 de 2.005; i) El suministro de información al mercado de valores, incluyendo el acopio y procesamiento de la misma, y j) Las demás actividades previstas en la ley o que determine el Gobierno Nacional, siempre que constituyan actividades de manejo, aprovechamiento o inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante emisión, comercialización y/o negociación de valores.

MERCADO PRIMARIO: Es aquél en que los valores se colocan por primera vez proporcionando un flujo de recursos de los inversionistas hacia el emisor.

OFERTA PÚBLICA: Es la manifestación dirigida a personas no determinadas o a cien o más personas determinadas, con el fin de suscribir, enajenar o adquirir documentos emitidos en serie o en masa, que otorguen a sus titulares derechos de crédito de participación y de tradición o representativos de mercancías.

PLAZO DE COLOCACIÓN: Término estipulado por el emisor para dar cumplimiento a las gestiones de colocación.

PLAZO DE REDENCIÓN: Término establecido por el emisor para la redención de un título valor en el cual se retorna el monto total invertido.

PLAZO DE SUSCRIPCIÓN: Plazo estipulado para que el inversionista suscriba los valores de una nueva emisión.

PROGRAMA DE EMISIÓN: Es el proceso de varias emisiones en el mercado público de valores con cargo a un Cupo Global del Emisor.

PROSPECTO DE INFORMACIÓN o PROSPECTO: Documento que contiene los datos el Emisor, de los Bonos y del proceso de emisiones, necesario para el conocimiento de los mismos por parte de los

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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inversionistas. Su contenido se encuentra reglamentado por el Artículo 1.1.2.4 de la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la Superintendecia de Valores (hoy Superintendencia Financiera de Colombia), la Resolución 02375 de la Superintendencia Financiera y demás normas que la modifiquen y adicionen.

PÚBLICO EN GENERAL: Harán parte de esta categoría todas las personas naturales y jurídicas, menores o mayores de edad que tengan capacidad de contratar y que posean cédula de ciudadanía, documento de identificación personal –NUIP, número de identificación tributaria -NIT, o cédula de extranjería, así como los extranjeros, los fondos individuales e institucionales de inversión extranjera, entidades multilaterales de crédito y los fondos y patrimonios autónomos que tengan número de identificación tributaria –NIT.

REGISTRO NACIONAL DE VALORES Y EMISORES o RNVE: Instrumento el cual tendrá por objeto inscribir las clases y tipos de valores, así como los emisores de los mismos y las emisiones que éstos efectúen, y certificar lo relacionado con la inscripción de dichos emisores, y clases y tipos de valores.. Su funcionamiento está asignado a la Superintendencia de Valores (hoy Superintendencia Financiera de Colombia), la cual es responsable de velar por la organización, calidad, suficiencia y actualización de la información que lo conforma.

REGLAMENTO: Es el documento en el cual se establecen las condiciones del Programa de Emisión y Colocación de Bonos Ordinarios y el cual fue aprobado por el Presidente Ejecutivo de la CAF, o su designado o apoderado, bajo sus facultades.

SERIE: Subdivisión de las emisiones concerniente a las tasas a las que pueden estar indexados los Bonos.

SOCIEDAD CALIFICADORA DE VALORES: Es una entidad especializada en el estudio del riesgo que emite una opinión sobre la calidad crediticia de una emisión de Bonos y/o de su emisor.

SUBSERIE: Dentro de una Serie, los diferentes vencimientos a los que pueden ser ofrecidos los Bonos de cada Emisión.

SUPERINTENDECIA FINANCIERA DE COLOMBIA: Es una entidad de servicio que tiene como fin especial organizar, promover y regular las actividades a través del Mercado Público de Valores, así como efectuar el seguimiento y supervisión de los agentes que actúan en dicho mercado, con el fin de proteger los intereses de los inversionistas y velar por la transparencia del mercado.

TASA DE INTERES EFECTIVA: Expresión anual del interés nominal dependiendo de la periodicidad con que éste último se pague, la cual implica reinversión o capitalización de intereses.

TASA DE INTERÉS NOMINAL: Tasa de interés o rendimiento que el emisor paga al inversionista por un título periódicamente (mensual, trimestral, semestral, anual u otra periodicidad), sin tener en cuenta la reinversión de intereses.

TASA MÁXIMA DE RENDIMIENTO: Corresponde a la tasa máxima de rendimiento que determine el Emisor en cada lote para los Bonos de cada sub-serie que se ofrezcan.

UNDERWRITING AL MEJOR ESFUERZO o COLOCACIÓN AL MEJOR ESFUERZO: Modalidad para adelantar la oferta de los Bonos en la cual el intermediario o colocador se compromete a hacer el mejor esfuerzo para colocar la totalidad de la inversión del Emisor en el público inversionista a un precio dentro de un plazo determinado. En este tipo de colocación, el agente intermediario o colocador no corre riesgo

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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alguno dado que el objetivo del contrato con el Emisor no es absorber los títulos, sino emplear la experiencia que posee en este tipo de actividades para colocar la emisión. Es un compromiso de medio mas no de resultado.

UNDERWRITING GARANTIZADO: Modalidad para adelantar la oferta de los Bonos en la cual el intermediario o colocador, en caso de no colocar la totalidad de los Bonos ofrecidos en el mercado, se compromete a comprar los Bonos que no hayan sido colocados.

UVR: Es la unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda, con base exclusivamente en la variación del índice de precios al consumidor certificada por el DANE, definida en el artículo 3 de la Ley 546 de 1999 y cuyo valor se calculará de conformidad con la metodología que establezca la Junta Directiva del Banco de la República. Actualmente es calculada y difundida por esta misma de acuerdo con la metodología definida en la Resolución Externa No. 13 del 11 de agosto de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República, o en las que de tiempo en tiempo la modifiquen o sustituyan.

VALOR: Documento negociable que acredita los derechos de su tenedor legítimo y las obligaciones del emisor mismo. Incorpora derechos de crédito, participación, tradición, o representativos de mercancías.

VALOR NOMINAL: Cantidad de dinero representada en el título al momento de su emisión.

VIGENCIA DE LA OFERTA: Término estipulado por el Emisor para dar cumplimiento a las gestiones de colocación de cada aviso de oferta pública que publique para cada emisión o cada lote que conformen una emisión

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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PARTE I. DE LOS VALORES

1 Características de los Bonos, Condiciones y Reglas de la Emisión

Este Prospecto de Información incluye las características generales y las condiciones financieras de un programa de emisión y colocación de bonos ordinarios de la CAF en el Mercado Público de Valores con cargo a un Cupo Global de un billón de Pesos Colombianos (COP 1.000.000.000.000) (en adelante el “Programa de Emisión”).

El Programa de Emisión se desarrollará sujeto a las siguientes condiciones:

A. El Programa de Emisión consta de varias Emisiones con diferentes Fechas de Emisión y Vigencia de la Oferta respectiva.

B. Cada Emisión podrá tener diferentes condiciones financieras en cuanto a denominación, plazo, rendimiento y periodicidad de pago de intereses.

C. Cada Emisión podrá ser ofrecida y colocada en un lote mediante una única Oferta Pública o en varios lotes mediante varias Ofertas Públicas en diferentes momentos. Todos los lotes de cada Emisión deberán tendrán la misma Fecha de Emisión del Primer Lote.

D. Cada Emisión consistirá de una o varias series y cada serie de una o más sub-series, cada una de las cuales tendrá condiciones financieras particulares, aplicables exclusivamente a la respectiva sub-serie de la correspondiente emisión.

E. Una o más Emisiones podrán ser emitidas, ofrecidas y/o colocadas durante el mismo lapso de tiempo.

1.1 Clase de Valor, Derechos que Incorpora y Ley de Circulación

1.1.1 Clase de valor ofrecido

Los Valores objeto de las emisiones bajo el presente Programa son bonos ordinarios.

1.1.2 Derechos que Incorporan los Valores

Los derechos que incorporan los Bonos son los siguientes:

A. La recepción de rendimientos o intereses periódicos.

B. La redención del capital suscrito por los inversionistas, todo de conformidad con los términos y condiciones aplicables a la Emisión correspondiente.

1.1.3 Ley de Circulación

Los Bonos serán a la orden y la transferencia de su titularidad se hará mediante anotaciones en cuentas o subcuentas de depósito de los tenedores en DECEVAL, de acuerdo con el reglamento de operaciones del Agente Administrador de la Emisión. Estos Bonos serán ofrecidos mediante oferta pública, tendrán

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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mercado secundario directamente entre los tenedores de los Bonos y a través de la Bolsa de Valores de Colombia S.A.

1.2 Cantidad de Títulos, Valor Nominal, Precio de Suscripción, Inversión Mínima y Monto Total de la Oferta

1.2.1 Valor Nominal

Los Bonos se emitirán en denominaciones de diez millones de pesos ($10.000.000) m/l cada uno para cada Serie denominada en pesos y diez mil (10.000) UVR para la denominada en UVR.

1.2.2 Cantidad de Valores Ofrecidos

La cantidad de Valores ofrecidos será el resultado de sumar el número de Valores ofrecidos de cada emisión, donde este último se define como el resultado de dividir el monto efectivamente colocado sobre el Valor Nominal de cada Bono.

Para los Bonos en UVR se tendrá en cuenta el número de Bonos en UVR multiplicados por el Valor de la UVR vigente el día de la colocación de los Valores.

1.2.3 Precio de Suscripción

El precio de suscripción de los Bonos será su Valor Nominal, pudiendo incluir una prima o descuento definida por el Emisor y publicada en el correspondiente aviso de oferta. Cuando la suscripción se realice en una fecha posterior a la Fecha de Emisión, el precio de suscripción del título estará constituido por su Valor Nominal más los intereses causados y calculados sobre el Valor Nominal de los Bonos a la tasa a suscribir, calculados durante el menor de los siguientes períodos: i) el período transcurrido entre la Fecha de Emisión y la Fecha de Suscripción, o ii) el período transcurrido entre la fecha del último pago de intereses y la Fecha de Suscripción, así:

El precio para los Bonos ofrecidos a la par se calculará mediante la siguiente fórmula:

( )3651n

iNP +×=

El precio de los Bonos ofrecidos al descuento se calculará mediante la siguiente fórmula:

P = N × (1− d) × 1+ i( )n

365

El precio de los Bonos ofrecidos con prima se calculará mediante la siguiente fórmula:

P = N × (1+ p) × 1+ i( )n

365

Donde,

P = Precio del Bono N = Precio nominal del Bono i = Tasa efectiva del título al momento de suscripción d = Tasa de descuento en porcentaje p = Prima en porcentaje

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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n = Número de días transcurridos desde la fecha de emisión cuando se suscribe antes del primer pago de intereses o días transcurridos desde la fecha del último pago de intereses en los demás casos. En el evento en que CAF ofrezca lotes en fechas posteriores a las de la Fecha de Emisión, la colocación se realizará vía precio, el cual podrá estar dado a la par, con prima o descuento toda vez que los Bonos de una misma emisión tienen una misma Tasa Cupón.

1.2.4 Inversión Mínima

Durante la vigencia de los Bonos, le inversión mínima será de un (1) Bono. En consecuencia, no podrán realizarse operaciones posteriores de traspaso por debajo del mismo límite. Los traspasos deben realizarse por unidades enteras de Bonos.

1.2.5 Monto Total de la Oferta

El Programa de Emisión tendrá un Cupo Global para la emisión de Bonos por cuantía de hasta un billón de pesos colombianos (COP 1.000.000.000.000). La colocación de los Bonos podrá efectuarse en varias emisiones.

1.3 Características de los Valores:

El Programa de Emisión consta de diez (10) Series de Bonos:

� Series A y F: Bonos denominados en Pesos Tasa Variable DTF � Serie B y G: Bonos denominados en Pesos Tasa Variable IPC � Serie C y H: Bonos denominados en UVR Tasa Fija � Serie D e I: Bonos denominados en Pesos Tasa Fija � Serie E y J: Bonos denominados en Pesos Tasa Variable IBR

1.4 Reglas Relativas a la Reposición, Fraccionamiento y Englobe De Los Valores

1.4.1 Desmaterialización de los Bonos

El Programa de Emisión constará de Emisiones las cuales serán completamente desmaterializadas. Las enajenaciones y transferencias de los derechos individuales se harán mediante registros y sistemas electrónicos de datos, siguiendo el procedimiento establecido en el reglamento operativo de DECEVAL.

Al realizarse la totalidad de la emisión en forma desmaterializada, los adquirientes de los Bonos correspondientes renuncian a la posibilidad de materializar los Bonos emitidos. Los tenedores de los Bonos consentirán en el depósito con DECEVAL, consentimiento que se entenderá dado con la suscripción de los Bonos.

Cuando el suscriptor sea depositante indirecto, éste indicará al depositante directo que le represente ante DECEVAL. Los pagos a los depositantes directos o vinculados a éstos, que no cuenten con el servicio de administración de Valores serán realizados directamente por el Emisor de acuerdo con el procedimiento establecido para éste fin en el reglamento de operaciones de DECEVAL.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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1.4.2 Indivisibilidad de los Bonos

No se expedirán títulos por fracciones de Bonos. Los Bonos son indivisibles y, en consecuencia, cuando por cualquier causa legal o convencional un Bono pertenezca a varias personas, éstas deberán designar un representante común y único que ejerza los derechos correspondientes a la calidad de propietario del Bono. En el evento de no ser realizada y comunicada tal designación a la administradora, ésta podrá aceptar como representante, para todos los efectos, a cualquiera de los titulares del Bono.

1.5 Definición de Fechas

Para cada emisión se contemplan las siguientes fechas

� FECHA DE EMISIÓN: Se entiende como el día hábil bancario siguiente a la fecha en que se publique el aviso de oferta correspondiente al primer lote de cada emisión. En el evento en que se ofrezca más de un lote en una emisión determinada, todos los lotes tendrán la misma fecha de emisión.

� FECHA DE EXPEDICIÓN: Se entiende como el día hábil bancario en el cual se registra y se anota en cuenta la suscripción original de los Bonos o el día en que se registran las transferencias de los mismos.

� FECHA DE SUSCRIPCIÓN: Se entiende como el día hábil bancario en que sea colocado y pagado, por primera vez, cada Bono.

� FECHA DE VENCIMIENTO: Se entiende como el día hábil bancario en que se hará efectiva la redención definitiva y total de los Bonos de cada Serie y/o Subserie de acuerdo con las condiciones de emisión establecidas en el Prospecto de Información y el Aviso de Oferta Pública respectivo, el cual será de hasta 20 años contados a partir de la fecha de emisión.

1.6 Comisiones y Gastos Conexos

En caso de suscribir los Bonos ofrecidos a través de una sociedad comisionista de bolsa, ésta podrá cobrar una comisión, la cual será negociada y convenida entre la sociedad comisionista y el inversionista, sin responsabilidad alguna del Emisor.

1.7 Bolsa donde se Inscriben los Valores

Los Bonos estarán inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia S.A. (BVC)

1.8 Objetivos Económicos

Los recursos provenientes de la Colocación de las Emisiones serán destinados en un ciento por ciento (100%) a financiar las actividades de la CAF en virtud de su objeto social, el cual consiste en fomentar y promover el desarrollo sostenible y la integración económica en Latinoamérica y el Caribe a través del financiamiento, tanto del sector público como del sector privado, en sus países accionistas.

1.9 Publicidad e Información Para el Inversionista

Las Emisiones bajo el Programa de Emisión serán objeto de Oferta Pública mediante publicación del aviso de oferta en un (1) periódico de amplia circulación nacional, expresando para cada Emisión y para cada lote, la tasa y plazo aplicable a cada una de las subseries e incluyendo la información establecida por la

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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Resolución 400 de 1995 expedida por la Superintendencia Financiera, incluida la advertencia de que trata el numeral 11 del artículo 1.2.4.3. de la Resolución antes mencionada. En esos mismos diarios se publicarán los avisos e informaciones que deban comunicarse a los tenedores de los Bonos.

1.10 Régimen Fiscal de los Bonos

Sobre los rendimientos originados por los Bonos, aplica el régimen de autoretención consagrado en el Decreto 700 de 1997, según el cual tienen calidad de autoretenedores las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia y todas aquellas personas jurídicas designadas como Grandes Contribuyentes por la DIAN.

De conformidad con el artículo 52 literal a) de su Convenio Constitutivo, la CAF está exenta de toda responsabilidad relacionada con la retención del impuesto de renta. Por esta razón, la CAF no practicará retenciones al momento de pago de rendimientos a quienes no tengan calidad de autoretenedores.

Para efectos de determinar la carga tributaria de los tenedores de los Bonos, éstos deberán consultar con sus asesores legales y contables, pues ello dependerá de sus características particulares.

1.11 Régimen Legal de los Bonos

Los Bonos estarán sujetos a las disposiciones legales de la República de Colombia y se interpretarán de acuerdo con las mismas.

Cualquier eventual acción o proceso judicial que surja de los Bonos o en relación con éstos, podrá ser entablado ante los Tribunales de Colombia con jurisdicción y competencia para conocer del asunto.

La CAF designa a su Representante en la República de Colombia, con Oficina ubicada en la Carrera 9 No. 76 – 49 Piso 7, de Bogotá D.C., como agente autorizado para recibir notificaciones exclusivamente de demandas judiciales presentadas en Colombia por los tenedores de bonos o por quien represente sus intereses en ejercicio de los derechos incorporados en tales Bonos.

1.12 Entidad que Administra la Emisión

El Depósito Centralizado de Valores de Colombia, DECEVAL S.A., domiciliado en Bogotá, D.C., en la Carrera 10 No 72-33 Torre B Piso 5o, tendrá a su cargo la custodia y administración de la emisión conforme a los términos del contrato de depósito y administración que será suscrito entre el CAF y DECEVAL.

1.12.1 Derechos de DECEVAL

Recibir una remuneración por la administración de la emisión.

1.12.2 Deberes de DECEVAL

Administrar y custodiar las emisiones. Las labores a realizar por DECEVAL serán:

A. Efectuar el registro contable del Macrotítulo o título global del Programa de Emisión, y mantener la custodia, administración y control del Macrotítulo, lo cual incluye el control sobre el saldo circulante de cada emisión, monto emitido, colocado, en circulación, cancelado, por colocar y anulado de los Bonos. El macrotítulo así registrado respaldará el monto efectivamente colocado en base diaria.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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B. Registrar y anotar en cuenta la información sobre:

i. La colocación individual de los derechos de cada una de las Emisiones.

ii. Las enajenaciones y transferencias de los derechos anotados en cuenta o subcuentas de depósito. Para el registro de las enajenaciones de derechos en depósito, se seguirá el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones de DECEVAL.

iii. La anulación de los derechos de los Bonos de acuerdo con las órdenes que imparta el Emisor, en los términos establecidos en el reglamento de Operaciones de DECEVAL.

iv. Las órdenes de expedición o anulación de los derechos anotados en cuentas de depósito.

v. Las pignoraciones y gravámenes, para lo cual el titular o titulares de los derechos de cada Valor seguirán el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones del Depósito.

vi. El saldo en circulación bajo el mecanismo de anotación en cuenta.

vii. El traspaso de los derechos anotados en cuentas y sub-cuentas de depósito, cuando el titular, a través del depositante directo intermediario o el depositante directo beneficiario, así lo solicite.

1.12.2.1 Liquidación y Cobranza

El pago de los derechos patrimoniales para los depositantes directos o vinculados a éstos, que no cuenten con el servicio de administración de valores, procederá de acuerdo con el reglamento de operaciones de DECEVAL.

DECEVAL cobrará a la CAF los derechos patrimoniales de capital e intereses que estén representados por anotaciones en cuenta a favor de los respectivos beneficiarios, cuando éstos sean depositantes directos con servicio de administración valores o estén representados por uno de ellos, siguiendo el procedimiento que se describe a continuación:

A. DECEVAL presentará dos liquidaciones: una previa y la definitiva. La preliquidación de las sumas que deben ser giradas se presentará a la CAF dentro del término de cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha en que debe hacerse el giro correspondiente. Ésta deberá sustentarse indicando el saldo de la Emisión que circula en forma desmaterializada y la periodicidad de pago de intereses.

B. La CAF verificará la preliquidación elaborada por DECEVAL y acordará con ésta los ajustes correspondientes, en caso de presentarse discrepancias. Para realizar los ajustes, tanto DECEVAL como el Emisor se remitirán a las características de la Emisión tal como se encuentran establecidas en el aviso de oferta correspondiente y en el Reglamento de la Emisión.

C. Posteriormente DECEVAL presentará a la CAF, dentro de los dos (2) días hábiles anteriores al pago, una liquidación definitiva sobre los Valores en depósito administrados a su cargo.

D. La CAF abonará en la cuenta de DECEVAL los derechos patrimoniales correspondientes de los tenedores. Los pagos deberán efectuarse el día del vencimiento a más tardar a las 12 M.

E. DECEVAL informará a los suscriptores y a los entes de control al día hábil siguiente al vencimiento del pago de los derechos patrimoniales, el incumplimiento del pago de los respectivos derechos, cuando quiera que la CAF no provea los recursos, con el fin de que éstos ejerciten las acciones a que haya lugar. DECEVAL no asume ninguna responsabilidad de la CAF, cuando éste no provea los

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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recursos para el pago oportuno de los vencimientos, ni por las omisiones o errores en la información que éste o los depositantes directos le suministren, derivados de las órdenes de expedición, suscripción, transferencias, gravámenes o embargos de los derechos incorporados.

F. DECEVAL actualizará el monto del Macrotítulo, a partir de las operaciones de expedición, cancelación al vencimiento, anulaciones y retiros de Valores del Depósito, para lo cual DECEVAL tendrá amplias facultades.

1.12.2.2 Remisión de Información

DECEVAL deberá remitir a la CAF informes mensuales dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al cierre de cada mes, sobre lo siguiente:

A. Los pagos efectuados a los tenedores legítimos de la respectiva Emisión

B. Los saldos de la Emisión depositada; y.

C. Las anulaciones efectuadas durante el mes correspondiente, las cuales afectan el límite circulante de la emisión.

1.12.2.3 Actualización de Información

DECEVAL deberá actualizar el monto del Macrotítulo, a partir de las operaciones de emisión, cancelación al vencimiento, anulaciones y retiros de Valores del Depósito, para lo cual DECEVAL tendrá las necesarias facultades.

1.13 Desmaterialización de La Emisión

La operatividad de la desmaterialización de la emisión estará regula por el “Reglamento de Operaciones de DECEVAL” que puede ser consultado en la página web www.deceval.com.co

Los principales pasos de una emisión desmaterializada de Bonos son los siguientes:

A. El Emisor envía a DECEVAL el Prospecto de Información, la oferta mercantil, el reglamento y el Macrotítulo o título global subyacente representativo de cada una de las emisiones de Bonos con cargo a un Cupo Global.

B. DECEVAL revisa todos los documentos con el fin de verificar que estén completos y que la Emisión tal como se formula pueda llevarse a cabo con sus aplicativos informáticos de forma desmaterializada.

C. Verificada y aprobada la documentación, el departamento de análisis y emisiones de DECEVAL ingresa el Macrotítulo en el sistema, designa el ISIN (Codificación estandarizada que permite la identificación única de los Bonos que circulan en el mercado a nivel Nacional e Internacional. Está contenida en la norma ISO 6166 homologada en Colombia por la norma ICONTEC número 4064) e informa a la Bolsa de Valores de Colombia para que identifique los Bonos. Posteriormente, el Emisor emite, a su discreción, Valores dentro de los términos y condiciones del presente documento.

D. Una vez el Emisor decida emitir valores, el Emisor publicará el aviso de oferta.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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E. En el día de la colocación, una vez cerrada ésta, el Emisor informa a DECEVAL las condiciones financieras finales de la misma, así como los titulares o compradores de la Emisión, indicando el número y clase de Bonos que cada titular ha adquirido.

F. DECEVAL elabora el registro de los titulares mediante anotaciones en cuenta, entregando al día hábil siguiente las constancias de depósito a los depositantes.

G. Durante la vigencia de la emisión si existen negociaciones de los Bonos por parte de los titulares de los títulos, estas se reflejarán en el aplicativo informático de DECEVAL, determinando así mediante anotaciones en cuenta los depositantes de los Bonos en cada momento.

H. En el momento de pago de los derechos patrimoniales de los Bonos, DECEVAL cobra al Emisor dichos derechos y los distribuye entre los depositantes.

1.14 Derechos y Obligaciones de los Tenedores de Valores

1.14.1 Derechos

Además de los derechos que les corresponden como acreedores del Emisor de Bonos, los suscriptores de los Bonos tienen los siguientes:

A. Percibir los intereses y el reembolso del capital de conformidad con los términos aquí estipulados.

B. Participar en la Asamblea General de Tenedores de Bonos y votar en ella. La convocatoria para la asamblea se hará mediante un aviso publicado en un diario de amplia circulación nacional, con ocho (8) días hábiles de anticipación a la reunión, informando a los tenedores de Bonos si se trata de una reunión de primera, segunda o tercera convocatoria, el lugar, la fecha, la hora y el orden del día de la asamblea y cualquier otra información o advertencia según lo dispuesto en la Resoluciones 400 y 1210 de 1995 de la Superintendencia de Valores y en las demás normas que las modifiquen o sustituyan, en lo referente al quórum para deliberar, votos de los tenedores, mayorías decisorias y demás aspectos de la Asamblea General de Tenedores de Bonos.

C. La entidad emisora o un grupo de Tenedores que representen por lo menos el diez por ciento (10%) del valor de los Bonos en circulación podrán exigir que se convoque a la Asamblea General de Tenedores de Bonos mediante solicitud a la Superintendencia Financiera.

D. De conformidad con el artículo 1.2.4.15. de la Resolución 400 de 1995 de la Superintendencia de Valores, los Tenedores de Bonos podrán ejercer individualmente las acciones que les correspondan, cuando no contradigan las decisiones de la Asamblea General de Tenedores de Bonos.

E. Los demás que emanen de este Prospecto o de la Ley.

1.14.2 Obligaciones

Las principales obligaciones de los tenedores de Bonos son las siguientes:

A. Manifestar su intención de suscribir los Bonos en el término señalado para el efecto.

B. Pagar totalmente el valor de la suscripción en la fecha establecida en este prospecto y en el aviso de oferta pública.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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C. Avisar oportunamente a DECEVAL cualquier enajenación, gravamen o limitación al dominio que pueda pesar sobre los Bonos adquiridos.

D. Proporcionar la información necesaria para conocer si es sujeto de retención en la fuente o no.

E. Proporcionar la participación individual de cada beneficiario, en caso de que el título pertenezca a dos o más beneficiarios.

F. Pagar los impuestos, tasas, contribuciones y retenciones existentes o que se establezcan en el futuro sobre el capital, los intereses o el rendimiento de los Bonos, los cuales serán por cuenta exclusiva de los tenedores y su importe debe ser pagado en la forma legalmente establecida.

G. Las demás que emanen de este prospecto o de la Ley.

1.15 Obligaciones del Emisor

Las principales obligaciones del Emisor son las siguientes:

A. Realizar el pago de capital e interés de los Bonos en las fechas de pago correspondientes

B. Remitir a la Superintendencia Financiera de Colombia la información que requiera sobre la emisión requerida por la Ley.

C. Verificar que la oferta pública se encuentre registrada en el Registro Nacional de Valores y Emisores, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1.1.2.3. y siguientes de la Resolución 400 de 1995 de la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de Colombia.

D. Cumplir con las obligaciones contempladas en el Prospecto de Información y las emanadas de las Resoluciones 400 de la Superintendencia Financiera y sus normas complementarias que le sean aplicables.

E. Cumplir con las obligaciones asumidas en virtud del contrato de Depósito y Administración que habrá de celebrar con el Depósito Centralizado de Valores de Colombia, DECEVAL S.A, entre ellas, la de entregar a DECEVAL, para su depósito, el Macrotítulo que represente los derechos de la Emisión de los Bonos en la cuantía necesaria para atender la expedición mediante el sistema de anotaciones en cuenta a los suscriptores que adhieran, y las demás obligaciones que se establezcan en tal contrato que se celebre para la desmaterialización de la emisión.

F. Responder con su patrimonio, como garantía quirografaria, por el cumplimiento de los compromisos adquiridos en razón de la Emisión de los Bonos.

G. Sufragar los gastos que ocasionen la convocatoria y el funcionamiento de la Asamblea de Tenedores de Bonos, cuando a ello hubiere lugar.

H. Cumplir con todos los deberes de información y demás obligaciones que se derivan de la inscripción de los Bonos en el Registro Nacional de Valores y Emisores y que le sean aplicables a la CAF como institución multilateral.

I. El Emisor se compromete a hacer entrega del Macrotítulo a más tardar el día hábil siguiente a la fecha de publicación del primer aviso de oferta del primer lote de cada Emisión

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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1.16 Representante Legal de Tenedores de Bonos

De conformidad con el artículo 1.2.4.75 de la Resolución 400 de la Superintendencia de Valores (ahora, la Superintendencia Financiera) modificado por el Decreto 3140 de 2006 las emisiones de títulos realizadas por organismos multilaterales no requieren que el emisor cuente con un representante legal de tenedores de los mismos. Para esta emisión se prescinde del referido representante, en todo caso, los titulares de los Bonos en asamblea general podrán designar a un Representante cuando así lo consideren necesario, sujeto a los términos de la Resolución 400 de 1995.

2 Condiciones Financieras de los Valores

2.1 Series en que se divide la Emisión

Series A y F: El Valor Nominal de cada Bono es de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). La inversión mínima será equivalente a un (1) Bono, es decir de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). Estas series estarán denominadas en Pesos Tasa Variable DTF.

Series B y G: El Valor Nominal de cada Bono es de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). La inversión mínima será equivalente a un (1) Bono, es decir de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). Estas series estarán denominadas en Pesos Tasa Variable IPC.

Series C y H: El Valor Nominal de cada Bono es de diez mil UVR (10.000 UVR). La inversión mínima será equivalente a un (1) Bono, es decir de diez mil UVR (10.000 UVR). Estas series estarán denominadas en UVR Tasa Fija.

Series D e I: El Valor Nominal de cada Bono es de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). La inversión mínima será equivalente a un (1) Bono, es decir de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). Estas series estarán denominadas en Pesos Tasa Fija.

Series E y J: El Valor Nominal de cada Bono es de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). La inversión mínima será equivalente a un (1) Bono, es decir de diez millones de pesos ($10.000.000 m/l.). Estas series estarán denominadas en Pesos Tasa Variable IBR.

2.1.1 Plazo de Redención:

Los Bonos se redimirán en plazos entre uno (1) y veinte (20) años contados a partir de la Fecha de Emisión.

Cada Serie se dividirá en Subseries de acuerdo al plazo de redención de los Bonos, de forma tal que la letra correspondiente a determinada Serie irá acompañada del plazo de redención respectivo. A manera de ejemplo, si en el aviso de oferta pública se desea ofrecer la Serie C a 12 meses, se indicará que la Subserie a la que se hace referencia corresponde a la C12. De esta forma se podrá subdividir cualquiera de las Series a ser ofrecidas en cualquier número de Subseries según el plazo, siempre y cuando dicho plazo de redención se encuentre dentro del rango de doce (12) a doscientos cuarenta (240) meses contados a partir de la Fecha de Emisión.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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2.2 Rendimiento de los Bonos

El rendimiento máximo de los Bonos será determinado por el Representante Legal del Emisor, o su designado o apoderado en los términos establecidos en este prospecto. Dicha determinación cumplirá con los lineamientos y las tasas máximas de rentabilidad aprobadas en el Reglamento de Emisión y Colocación.

El rendimiento definitivo será determinado de acuerdo al procedimiento de adjudicación de los Bonos en el correspondiente aviso de oferta pública.

Los Bonos ofrecerán un rendimiento de acuerdo con la Serie, así:

Series A y F: Los Bonos Serie A y Serie F ofrecerán un rendimiento flotante ligado a la DTF. Los puntos nominales que se ofrecerán en cada Subserie sobre la DTF para el cálculo de los intereses, serán determinados por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente.

Para efectos de cada Emisión, se entiende por DTF la tasa promedio de captación a noventa (90) días de bancos, corporaciones financieras y compañías de financiamiento comercial, divulgada semanalmente por el Banco de la República.

Para el cálculo de los intereses de las Serie A y de la Serie F, se tomará la tasa de DTF trimestre anticipado vigente para la semana en que se inicie el respectivo período de causación de intereses. A este valor se le adicionará el margen sobre la DTF correspondiente y ésa será la tasa nominal base trimestre anticipado, la cual deberá convertirse en una tasa equivalente mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se establezca la modalidad de pago de los intereses en el aviso de oferta pública. La tasa así obtenida se aplicará al valor del capital vigente durante el periodo de intereses a cancelar.

En el caso de que eventualmente el gobierno elimine la DTF, ésta será reemplazada por la tasa promedio de captación a noventa (90) días de entidades financieras que el Gobierno establezca.

Serie B y G: Los Bonos Serie B y Serie G ofrecerán un rendimiento flotante referenciado a la variación del Índice de Precios al Consumidor Total Nacional (IPC) certificado por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (“DANE”) para los últimos doce meses.

Los puntos efectivos que se ofrecerán en cada Subserie sobre el IPC para el cálculo de los intereses, serán determinados por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente.

Para el cálculo de los intereses, se tomará la tasa compuesta por la variación de doce (12) meses del IPC total nacional publicado por el DANE correspondiente al mes del final del período de causación de intereses más el margen correspondiente. Esta será la tasa efectiva anual base que se calcula de acuerdo a la fórmula que se presenta a continuación:

Tasa de rendimiento E.A. (%)= (1+ IPC %)*(1+ margen %)-1

La tasa así obtenida deberá convertirse en una tasa equivalente mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se establezca la modalidad de pago de los intereses en el aviso de oferta pública. La tasa así obtenida se aplicará al valor del capital vigente durante el periodo de intereses a cancelar.

En el evento en que a la fecha de liquidación de intereses no se conozca el valor del IPC, el rendimiento se liquidará con el último dato publicado a la fecha de vencimiento sin que

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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posteriormente haya lugar a reliquidaciones. No se realizará reliquidación de los intereses si el IPC utilizado en la fecha de causación llegase a sufrir alguna modificación.

En caso de que eventualmente se elimine el IPC, éste será reemplazado, para los efectos de cálculo de los intereses, por el índice que el Gobierno defina como reemplazo de dicho indicador.

Series C y H: Los Bonos Serie C y Serie H estarán emitidos en UVR y devengarán un interés fijo. Los puntos efectivos que se ofrecerán en cada Subserie para el cálculo de los intereses, serán determinados por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente.

Para efectos de la presente emisión se entiende por UVR la unidad de cuenta que refleja el poder adquisitivo de la moneda, con base exclusivamente en la variación del índice de precios al consumidor certificada por el DANE, definida en el artículo 3 de la Ley 546 de 1999 y cuyo valor se calculará de conformidad con la metodología que establezca la Junta Directiva del Banco de la República. Actualmente es calculada y difundida por esta misma de acuerdo con la metodología definida en la Resolución Externa No. 13 del 11 de agosto de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la República, o en las que de tiempo en tiempo la modifiquen o sustituyan.

Para el cálculo de los intereses de la Serie C y de la Serie H, se tomará la tasa fija efectiva anual en su equivalente mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se establezca la modalidad de pago de los intereses en el aviso de oferta pública. La tasa así obtenida se aplicará al número de UVR vigente durante el periodo de intereses a cancelar, multiplicadas por el valor de la UVR para el último día del periodo de interés.

En el evento que las UVR utilizadas para realizar los cálculos respectivos sufran alguna modificación o sean motivo de alguna corrección por parte de la Junta Directiva del Banco de la República, no se realizará reliquidación de los intereses ya pagados.

En el caso de que eventualmente el Gobierno elimine la UVR, ésta será reemplazada por la unidad de medida que el Gobierno establezca en su lugar.

Serie D e I: Los Bonos Serie D y Serie I estarán emitidos en pesos y ofrecerán un rendimiento fijo. Los puntos efectivos que se ofrecerán en cada Subserie para el cálculo de los intereses, serán determinados por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente.

Para el cálculo de los intereses de la Serie D y de la Serie I, se tomará la tasa fija efectiva anual en su equivalente mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se establezca la modalidad de pago de los intereses en el aviso de oferta pública. La tasa así obtenida se aplicará al valor del capital vigente durante el periodo de intereses a cancelar.

Serie E y J: Los Bonos Serie E y Serie J ofrecerán un rendimiento flotante ligado a la IBR. Los puntos nominales que se ofrecerán en cada Subserie sobre la IBR para el cálculo de los intereses, serán determinados por el Emisor en el aviso de oferta pública correspondiente.

Para el cálculo de los intereses de la Serie E y de la Serie J, se tomará la tasa de IBR vigente - overnight, mensual, trimestral semestral y/o anual según se indique en el aviso de oferta - vigente para la fecha en que se inicie el respectivo período de causación de intereses (si el día de inicio del período de liquidación es un día no hábil se utilizará la anterior tasa publicada). A este valor se le adicionará el margen sobre la IBR correspondiente y esa será la tasa nominal, la cual deberá convertirse en una tasa equivalente mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año

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vencido, según se establezca la modalidad de pago de los intereses en el aviso de oferta pública. La tasa así obtenida se aplicará al valor del capital vigente durante el periodo de intereses a cancelar.

En el caso de que eventualmente el gobierno elimine la IBR, ésta será reemplazada por la tasa promedio interbancaria o su equivalente que el Gobierno establezca manteniendo la misma periodicidad de la tasa del aviso de oferta.

No se devengarán intereses adicionales por el retraso en el cobro de intereses o capital, salvo por la mora causada por situaciones originadas por el Emisor. En el evento que el Emisor no realice los pagos de intereses correspondientes en el momento indicado, los Bonos devengarán intereses de mora de dos (2) por ciento por encima de la tasa del periodo vigente de dicho Bono, sin exceder de la tasa máxima permitida por la ley.

El factor que se utilizará para el cálculo y la liquidación de los intereses, deberá emplear seis (6) decimales aproximados por el método de redondeo, ya sea que se exprese como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual (0,0000%). Se entiende como factor la solución de la expresión matemática que determina la proporción de la tasa de interés para el periodo a remunerar, con base en la convención adoptada para el respectivo lote.

Al monto correspondiente a los intereses causados y por pagar se le hará un ajuste para obtener una cifra entera, de tal forma que cuando hubiese fracciones en centavos, éstas se aproximarán al valor entero superior o inferior más cercano expresado en Pesos.

Información sobre Tasas Vigentes: Las tasas vigentes podrán ser consultadas por los inversionistas a través de la WEB www.banrep.gov.co o www.superfinanciera.gov.co

2.3 Subordinación de las Obligaciones

Al tratarse de Bonos no hay subordinación de las obligaciones. En este sentido, todos los titulares de los Bonos que se emitan en el marco del presente programa tendrán el mismo rango (pari passu) y sin preferencia entre ellos, así como el mismo rango (pari passu) respecto de todas las demás obligaciones por deudas de dinero no garantizadas y no subordinadas asumidas por el Emisor, que se encuentren pendientes de pago.

2.4 Bases de Liquidación de los Intereses

Los intereses se calcularán a partir de la fecha de emisión y hasta el mismo día del mes, trimestre, semestre y/o año siguiente, y por períodos sucesivos iguales hasta su fecha de vencimiento. Cuando quiera que el período venza en día no hábil, los intereses causados se calcularán hasta dicha fecha sin perjuicio de que su pago se realice el día hábil siguiente. El día de vencimiento será hábil hasta las seis de la tarde. En caso de que el día del último pago de intereses corresponda a un día no hábil, el emisor deberá pagar los intereses el día hábil siguiente y reconocer los intereses hasta ese día. Los intereses se calcularán empleando la siguiente convención, según se establezca en el primer aviso de oferta pública de cada lote:

• 365/365: Corresponde a años de 365 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponde a cada uno de éstos, excepto para el mes de febrero, al que le corresponderán veintiocho (28) días.

Esta convención se deberá utilizar de la misma manera para años bisiestos. El factor que se utilizará para el cálculo y la liquidación de los intereses deberá emplear seis (6) decimales aproximados por el método de redondeo, ya sea que se exprese como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual

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(0.0000%). Se entiende como factor la solución de la expresión matemática que determina la proporción de la tasa de interés para el periodo a remunerar, con base en la convención adoptada para el respectivo lote. Al monto correspondiente a los intereses causados y por pagar se le hará un ajuste para obtener una cifra entera, de tal forma que cuando hubiese fracciones en centavos, éstas se aproximarán al valor entero superior o inferior más cercano expresado en Pesos.

2.5 Periodicidad Pago de Intereses

Los intereses se pagarán bajo las modalidades mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se determine en el correspondiente aviso de oferta pública. Dichos períodos se contarán a partir de la Fecha de Emisión y hasta el mismo día del mes, trimestre, semestre y/o año siguiente, en cuya fecha se abonarán los pagos a Deceval S.A. en beneficio del tenedor correspondiente. En caso que dicho día no exista en el respectivo mes de vencimiento, se tomará como tal el último día calendario de dicho mes.

2.6 Forma de Amortización de Capital

1. Series A, B, C, D, E

El capital de los Bonos se amortizará con un solo pago en la fecha de vencimiento de los mismos

2. Series F, G, H, I, J

El capital de los Bonos se amortizará bajo las modalidades mes vencido, trimestre vencido, semestre vencido y/o año vencido, según se determine en el correspondiente aviso de oferta pública

2.7 Prepagos

El aviso de oferta pública de cada emisión de Bonos establecerá el derecho del Emisor de pagarlos anticipadamente a su vencimiento y retirarlos de circulación, así como las condiciones para el ejercicio de tal derecho. El prepago de los Bonos se haría mediante un Precio de Ejercicio. Se entiende por Precio de Ejercicio, el precio que se pagará por cada Bono en caso que haga uso de la opción de prepago y será expresado como un porcentaje (prima o descuento) de su Valor Nominal. La prima o descuento se determinará en el aviso de oferta pública de cada tramo que incluya esta opción y se reiterará en los avisos correspondientes.

El prepago se podrá realizar de manera total o parcial, siendo este último un porcentaje del monto total emitido que represente un múltiplo del monto de inversión mínima. El prepago se prorrateará de forma equitativa entre los tenedores de los títulos prepagándose a cada uno el mismo porcentaje de prepago sobre su posición nominal de inversión.

Los Bonos que se emitan con opción de prepago, podrán ser prepagados por el Emisor después de un año de la emisión de los mismos en las mismas fechas en que se realicen pagos de intereses. El prepago deberá anunciarse a los inversionistas en un diario de amplia circulación nacional con treinta (30) días de anticipación y a DECEVAL a través de comunicación escrita con no menos de diez (10) días de antelación. Una vez se anuncie el prepago, se hará efectivo el carácter de obligatoriedad del prepago para los Tenedores de Bonos de la respectiva emisión.

En caso de que el Emisor prepague los Bonos de una Serie en su totalidad, operará la confusión sin necesidad que se tenga que esperar hasta el vencimiento de los títulos.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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2.8 Eventos de Readquisición

El Emisor podrá recomprar sus propios Bonos a través de la Bolsa siempre y cuando haya transcurrido un año desde la emisión de los mismos. Esta operación es voluntaria para los tenedores de los Bonos.

En caso de que el Emisor adquiera sus propios Bonos, operará la confusión sin necesidad que se tenga que esperar hasta el vencimiento de los títulos.

2.9 Lugar y Fecha de Pago de Capital y Rendimientos por parte del Emisor

Los pagos de intereses y capital de los Bonos se realizarán a los tenedores a través de DECEVAL mediante transferencia electrónica de fondos vía Sebra a la cuenta designada por el depositante directo, con sujeción al reglamento de operación de DECEVAL. En aquellos casos en que el tenedor de los Bonos sea depositante indirecto, éste deberá indicar a DECEVAL quien será el depositante directo que lo representará ante la entidad.

El capital y los intereses serán pagados por el Emisor, a través de la entidad Administradora de la Emisión, DECEVAL- utilizando su red de pagos. Lo anterior significa que los recursos recibidos del Emisor serán cancelados a través del depositante directo que maneje el portafolio.

Los pagos a los depositantes directos o vinculados a estos que no cuenten con el servicio de administración de Valores serán realizados directamente por el Emisor de acuerdo con el procedimiento establecido para éste fin en el reglamento de operaciones de DECEVAL.

2.10 Garantías con que Cuenta la Emisión

Por tratarse esta emisión de Bonos, de una obligación directa e incondicional del Emisor, no se han constituido garantías específicas, toda vez que el Emisor responde con su patrimonio como garantía quirografaria ante los acreedores.

2.11 Derechos y Obligaciones de los Tenedores de Valores

Se encuentran contenidos en el numeral 1.14 del presente Prospecto de Información.

2.12 Lugar de Reunión de la Asamblea de Tenedores de Bonos y Periodicidad

Las reuniones de la Asamblea de Tenedores de Bonos se regirán por las normas legales establecidas para el efecto por la Superintendencia Financiera de Colombia. Las reuniones de Asamblea de Tenedores de Bonos se realizarán en Bogotá, Colombia. La convocatoria y quórum para las Asambleas de Tenedores de Bonos se hará mediante avisos en forma destacada en un diario de amplia circulación nacional (El Tiempo, La República o Portafolio) o por cualquier otro medio idóneo a criterio de la Superintendencia Financiera de Colombia que garantice igualmente la más amplia difusión de la citación, pero en todo caso con no menos de cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha de la reunión, informando en dichos avisos a los tenedores de Bonos si se trata de una reunión de primera, segunda o tercera convocatoria; el lugar, la fecha, la hora y el orden del día de la Asamblea y cualquier otra información o advertencia a que haya lugar. Para la contabilización del plazo establecido en esta cláusula no se tomará en consideración ni el día de la publicación de la convocatoria, ni el día de la celebración de la Asamblea. Las normas aplicables para la celebración de dichas asambleas serán las previstas por la Resolución 400 de 1995 de la Superintendencia de

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Valores y las normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan y el prospecto de emisión y colocación, en lo que resulte pertinente.

2.13 Calificación del Emisor

A la fecha del presente documento, las cartas de calificación vigentes para la Deuda a Largo Plazo de la CAF en moneda extranjera son:

Agencia Largo Plazo

Fitch Ratings A+

Moody's Investors Service A1

Standard and Poors A+

En el anexo 3 se encuentran las cartas de calificación emitidas por las mencionadas agencias.

LAS CARTAS DE CALIFICACIÓN DE RIESGO OTORGADAS NO CONSTITUYEN UNA RECOMENDACIÓN DE COMPRA, OFERTA, RETENCIÓN O VENTA DE LOS BONOS

2.14 Otras características de la Emisión

� Negociación de los Bonos: Una vez emitidos, los Bonos podrán ser negociados libremente conforme a su ley de circulación. En consecuencia, por tratarse de Bonos a la orden, la transferencia de su titularidad se hará mediante anotación en cuenta o subcuentas de depósito de los tenedores de DECEVAL, siguiendo el procedimiento establecido en el reglamento de operaciones del Depósito Central de Valores. Si al momento del traspaso hubiere intereses causados y no cobrados, éstos se pagarán al tenedor registrado en el momento de transferencia de los fondos. El pago se efectuará de acuerdo con lo establecido en el aparte relativo a intereses.

� Anotaciones en Cuenta: Para todos los efectos se entiende por ANOTACIÓN EN CUENTA la representación electrónica de los derechos de un tenedor sobre un Bono en el registro contable que lleva un depósito centralizado de valores.

� Prescripción Cobro Intereses: Las acciones para el cobro de los intereses y del capital de los Bonos prescribirán, de conformidad con el artículo 1.2.4.38 de la Resolución 400 de 1995 de la Superintendencia de Valores, hoy Superintendencia Financiera de Colombia en cuatro años contados desde la fecha de su exigibilidad.

� Eventos de Tipo Legal: Los gravámenes, embargos, demandas civiles y otros eventos de tipo legal relativos a los Bonos, se perfeccionarán de acuerdo con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Civil en subsidio de las normas especiales de desmaterialización de Valores. En virtud de lo anterior, el secuestro o cualquier otra forma de perfeccionamiento del gravamen será comunicado al administrador de la emisión (DECEVAL) quien tomará nota de él y dará cuenta al juzgado respectivo dentro de los tres días siguientes, quedando perfeccionada la medida desde la fecha de recibo del oficio y, a partir de ésta, no podrá aceptarse ni autorizarse transferencia ni gravamen alguno.

� Transcurridos seis meses desde la fecha de vencimiento del Bono y no habiéndose presentado el tenedor legítimo para su cobro, el pago del capital e intereses adeudados será efectuado directamente por la CAF, entidad ésta que estará en disposición de cancelar los citados Valores al acreedor, sin que éste

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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reciba ninguna clase de intereses adicionales a partir de la fecha de vencimiento del título, sin recurso alguno por terceros en contra de CAF.

� El inversionista se hace responsable, para todos los efectos legales, por la información que suministre al Agente Colocador o a la entidad administradora de la emisión, para la administración del Bono respectivo.

3 Condiciones de la Oferta y de la Colocación

3.1 Plazo de Colocación y Vigencia de la Oferta

El plazo para la colocación del Programa de Emisión será de tres (3) años contados a partir de la ejecutoria del acto que haya ordenado la inscripción. No obstante, antes del vencimiento de dicho término, el plazo se podrá prorrogar por períodos iguales.

Para cada emisión, el plazo de colocación será el lapso que el Emisor indique en el aviso de oferta pública correspondiente teniendo como límite la fecha en que venza el Programa de Emisión en caso de que éste no sea renovado. El plazo máximo de vigencia de cada oferta se señalará en el respectivo aviso de oferta pública.

El monto del Cupo Global del Programa de Emisión podrá colocarse en varias Emisiones.

Debido a que las autorizaciones de endeudamiento otorgadas al Presidente Ejecutivo de la CAF por su Directorio tienen una vigencia anual y dado que el Programa tiene una duración de (3) tres años con posibilidad de renovarse por un plazo igual, en el evento en que el emisor desee adelantar una colocación de Bonos deberá acreditar ante la Superintendencia Financiera la capacidad de endeudamiento vigente antes de realizar la oferta en el mercado. Dicha acreditación se realizará mediante el envío a la Superintendencia Financiera en copia simple de la resolución de endeudamiento global emitida por el Directorio de la CAF, a ser suministrada en la fecha de publicación del primer Aviso de Oferta, si fuera existente, en cualquier año calendario durante la vigencia del Programa de Emisión.

3.2 Modalidad para Adelantar la Oferta

La oferta podrá realizarse mediante mecanismo de Underwriting al Mejor Esfuerzo o Underwriting Garantizado. La modalidad de la oferta será definida en el aviso de oferta pública correspondiente.

3.2.1 Underwriting al Mejor Esfuerzo

Para efectos del presente prospecto, se entiende por Underwriting al Mejor Esfuerzo (o Colocación al Mejor Esfuerzo) la colocación en la cual el intermediario o colocador se compromete a hacer el mejor esfuerzo para colocar la totalidad de la inversión del Emisor en el público inversionista a un precio fijo dentro de un plazo determinado. En este tipo de colocación, el objetivo del contrato con el Emisor no obliga al Agente Colocador adquirir los Bonos pero si obliga al mismo en emplear la experiencia que posee en este tipo de actividades para colocar la emisión. Es un compromiso de medio y no de resultado.

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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3.2.2 Underwriting Garantizado

Modalidad para adelantar la oferta de los Bonos en la cual el intermediario o colocador, en caso de no colocar la totalidad de los Bonos ofrecidos en el mercado, se compromete a comprar los bonos que no hayan sido colocados..

El intermediario o Agente Colocador quien garantizará la Emisión, así como el monto garantizado y los riesgos asumidos por éste se especificarán en el aviso de oferta pública.

3.3 Medios para la Formulación de la Oferta

La oferta se divulgará mediante un aviso publicado en un diario de amplia circulación nacional.

3.4 Sistema de colocación

3.4.1 Mercado al que se dirige la Oferta

Los Bonos se ofrecen en el Mercado Primario o Principal.

3.4.2 Agente Colocador

Los Agentes Colocadores se determinarán en el aviso de oferta que se publique para cada una de las Emisiones. Podrán ser Comisionistas de Bolsa que estén inscritas en la Bolsa de Valores de Colombia S.A.

3.4.3 Lugar y Horario para la Suscripción

El lugar y horario para la suscripción de la ofertas será especificado en el aviso de oferta correspondiente a cada Emisión.

3.4.4 Sistema de Negociación

Los Bonos estarán inscritos en la Bolsa de Valores de Colombia.

3.4.5 Pago de los Títulos por parte de los Inversionistas

El valor de cada Bono deberá ser pagado íntegramente por el inversionista al momento de la suscripción.

3.4.6 Mecanismos de Adjudicación de los Valores

La adjudicación de los Bonos a los destinatarios de la oferta se realizará por cualquiera de las siguientes modalidades, según se determine en el aviso de oferta pública respectivo.

3.4.6.1 Mecanismo de Demanda en Firme

Se realizará en las siguientes condiciones:

A. En el aviso de oferta pública se anunciará el monto total a adjudicar, las series ofrecidas y las tasas de referencia (en firme) para cada una de las series.

B. En el aviso de oferta se anunciará la manera cómo los inversionistas deberán presentar sus demandas. Se establecerán los datos del agente colocador (fax, dirección) además hora de apertura, hora de cierre y la hora en la cual se anunciará a los inversionistas la adjudicación de los títulos.

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C. Los destinatarios de la oferta presentarán sus demandas de compra el día hábil siguiente a la publicación del aviso de oferta pública del respectivo lote, indicando la(s) Subserie(s) demandada(s), el monto demandado para cada Subserie.

D. En el evento en que una demanda recibida por fax resulte ilegible, se notificará al remitente a fin de que proceda a su retransmisión o en su defecto al envío del original. Para la adjudicación de los títulos primará la hora inicial de envío sobre la hora de reenvío del fax / original.

E. La adjudicación de los Bonos se realizará por orden de llegada por lo cual la recepción de las demandas debe realizarse centralizadamente.

F. En las demandas enviadas por los inversionistas, tanto por fax como en comunicación escrita, deberán constar la fecha y hora de presentación. En caso que las demandas se presenten vía fax, para efectos de la colocación de los Bonos primará la hora de recepción de los faxes en las oficinas de los Agentes Colocadores sobre la hora de transmisión de los mismos.

G. En el evento en que la demanda supere el monto ofertado no habrá prorrateo debido a que el criterio de adjudicación es el horario de recepción de la oferta.

H. En el caso en el cual la demanda supere el monto ofrecido en el respectivo aviso de oferta pública, el Emisor podrá atender dicha demanda hasta por un monto equivalente al de esa emisión sin superar el Cupo Global del Programa. La adjudicación de la demanda insatisfecha se efectuará con sujeción a los criterios establecidos anteriormente (en este mismo numeral).

I. El Representante Legal del Agente Colocador o su Revisor Fiscal deberá certificar ante la Superintendencia Financiera que el proceso de adjudicación se llevó a cabo de acuerdo a lo señalado en el respectivo aviso de oferta.

J. En el evento en que se reciban demandas después de la hora de cierre y si la demanda es inferior a la oferta, el Emisor podrá adjudicar los Bonos teniendo en cuenta el orden de llegada de dichas demandas.

3.4.6.2 Mecanismo de Subasta

Se realizará una subasta holandesa para la determinación de las tasas de corte para la asignación de los Bonos. La Bolsa de Valores de Colombia o un Administrador de la Oferta, según se especifique en el aviso de oferta pública, será la entidad encargada de realizar la subasta a través del mecanismo de subasta holandesa, y como tal deberá recibir las demandas, aceptarlas o rechazarlas, anularlas y adjudicarlas, todo conforme a los términos y condiciones definidos por el Emisor y en el Instructivo Operativo que emita la entidad encargada. La Bolsa de Valores de Colombia o el Administrador de la Oferta también deberá atender consultas referentes al proceso de colocación.

La subasta holandesa se realizará en las siguientes condiciones:

A. En el aviso de oferta pública correspondiente a cada lote de cada emisión, se anunciará el monto total a adjudicar, las series ofrecidas, las tasas máximas para cada una de las series y subseries ofrecidas, los agente(s) colocador (es), mecanismos para presentación de demandas y los horarios de apertura, cierre y anuncio de la adjudicación de la respectiva Emisión.

B. Los destinatarios de la oferta presentarán sus demandas de compra el día hábil siguiente a la publicación del aviso de oferta pública del respectivo lote, indicando la(s) Subserie(s) y el monto demandado para cada Subserie, además del margen que ofrecen sobre la tasa de referencia

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respectiva. Dicha tasa debe ser establecida teniendo en cuenta la tasa máxima para cada sub-series presentada en el aviso de oferta pública en cuestión.

C. Los inversionistas deberán presentar sus demandas a través de los Agente(s) Colocador(es) designado(s) mediante los mecanismos descritos en el correspondiente aviso de oferta pública.

D. Los Agentes Colocadores deberán enviar las demandas al agente administrador del sistema de negociación en los términos que este último establezca en el Instructivo Operativo.

E. En las demandas enviadas por los inversionistas, tanto por fax como en comunicación escrita, deberán constar la fecha y hora de presentación. En caso que las demandas se presenten vía fax, para efectos de la colocación de los Bonos primará la hora de recepción de los faxes en las oficinas de los Agentes Colocadores sobre la hora de transmisión de los mismos.

F. Se podrán recibir también demandas vía telefónica para lo cual el Agente Colocador deberá diligenciar un formato en el cual se registre: nombre del inversionista, serie, subserie, montos y tasas demandadas además del nombre de la persona que hizo la demanda y el nombre del funcionario que la recibió. Para todos los efectos dichas demandas tendrán la misma validez que las demandas presentadas por escrito. No obstante la posibilidad de recibir este tipo de demandas será señalado en el respectivo Aviso de Oferta Pública.

G. Se podrá también disponer de un medio electrónico dispuesto por la Bolsa de Valores de Colombia para la recepción de demandas. La posibilidad de recibir este tipo de demandas será señalado en el respectivo Aviso de Oferta Pública.

H. Para efecto de la Subasta, en el evento en que una demanda recibida por fax resulte ilegible, se notificará al remitente a fin de que proceda a su retransmisión o en su defecto al envío del original. Para la adjudicación de los Bonos primará la hora inicial de envío sobre la hora de reenvío del fax / original.

I. Aquellas demandas cuyo contenido no contemple las Subserie(s) y tasa(s) máxima(s) del Aviso de Oferta Pública del respectivo lote, serán consideradas como no aprobadas. Una vez termine el horario para la recepción, la entidad encargada de la negociación se encargará de realizar una adjudicación preliminar mediante el mecanismo de subasta holandesa teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

i. Para las subseries ofrecidas se hará primero una clasificación de todas las demandas aprobadas utilizando el criterio de la tasa de rentabilidad demandada de menor a mayor. Una vez realizada la clasificación, el Emisor definirá la tasa de corte y monto a adjudicar para cada una de las subseries ofrecidas. La tasa de corte en ningún caso podrá ser superior a la tasa máxima establecida para cada subserie del Aviso de Oferta Pública respectivo.

ii. La entidad encargada de la negociación adjudicará la subasta a la tasa de corte correspondiente a cada subserie.

iii. Las demandas que contengan una tasa igual o inferior a la tasa de corte definida por el Emisor para cada una de las Subseries ofrecidas, serán confirmadas en su totalidad, siempre y cuando el monto total aprobado sea inferior o igual al monto total ofertado. En caso que la sumatoria de montos demandados, cuyos márgenes estén por debajo o igual a la tasa de corte, sea mayor al monto total aprobado, habrá lugar a prorrateo para las demandas cuyos márgenes sean iguales a la tasa de corte y los montos confirmados para

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cada demanda serán aprobados a la tasa de corte. En ningún caso, para una misma Subserie, habrá dos tasas de corte diferentes.

iv. Aquellas demandas cuyos márgenes se encuentren por encima de la tasa de corte de la respectiva Subserie se entenderán como no aprobadas.

v. Las demandas que hayan sido recibidas por los agente(s) colocador (es) después de cerrada la subasta y hasta la vigencia de la oferta podrán ser adjudicadas directamente por el Emisor de acuerdo con el orden de llegada a la tasa de corte, hasta que el monto total ofertado se adjudique en su totalidad o hasta el vencimiento de la oferta pública.

vi. En caso que queden saldos en una o varias de las Subseries ofertadas en el lote ofrecido, se ofrecerán en un nuevo aviso de oferta pública, no necesariamente bajo las mismas condiciones, siempre y cuando haya expirado la vigencia de la oferta del lote previamente ofrecido. Para efectos de la subasta y la adjudicación de los Títulos, no se tendrá en cuenta el precio de suscripción en caso de que el mismo tenga una prima o descuento. Para la adjudicación de los Títulos, se tomará su Valor Nominal y en caso de ofrecerse una prima o descuento, estos aplicarán cuando se realice la suscripción de los mismos.

J. En el evento en que el monto total demandado fuere superior al monto ofrecido en el correspondiente aviso de oferta pública, el Emisor por decisión autónoma, siempre que así lo haya anunciado en el aviso de oferta pública, podrá atender la demanda insatisfecha hasta por un monto adicional el cual se establecerá en el aviso de oferta siempre y cuando no se exceda el monto total del Programa de Emisión. La adjudicación de la demanda insatisfecha se efectuará con sujeción a los criterios establecidos anteriormente.

3.5 Mercado Secundario y Metodología de Negociación

Los Bonos se negociarán libremente en el mercado secundario a través de la Bolsa de Valores de Colombia S.A. -en donde estarán inscritos, sin responsabilidad alguna del Emisor de acuerdo a las normas Mercado Público de Valores.

La Bolsa de Valores de Colombia es la entidad que proveerá el sistema y la metodología para la transferencia y negociación de los Títulos.

La transferencia de Títulos se realizará mediante anotación en cuenta de acuerdo al reglamento operativo de DECEVAL.

Los tenedores legítimos de los Bonos también podrán realizar la negociación de los mismos en forma directa.

3.5.1 Valoración de los Bonos en el Mercado Secundario

La valoración de los Bonos la realizará cada inversionista según las normas y el régimen que le aplique, los cuales los establece la entidad gubernamental de inspección, vigilancia y control a la que el inversionista esté sometido.

3.5.2 Prevención y Control de Lavado de Activos.

El emisor se sujeta en lo que le sea aplicable a las normas vigentes sobre prevención y control del lavado de activos y financiación del terrorismos, las normas que la deroguen, modifiquen o sustituyan. Los

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inversionistas interesados deberán estar vinculados como clientes, del Agente Colocador o como miembro del sistema MEC de la Bolsa de Valores de Colombia. En su defecto, deberán diligenciar los formularios de vinculación con sus respectivos anexos, los cuales deberán ser entregados al momento de aceptación de la oferta. En el evento en que el potencial inversionista no entregue los formularios y sus anexos debidamente diligenciados, éste no podrá participar en el proceso de adjudicación de los Títulos.

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PARTE II. INFORMACIÓN SOBRE EL EMISOR

4 Información General

4.1 Nombre, Duración y Causales de Disolución

La Corporación Andina de Fomento es una institución financiera multilateral de derecho internacional público regida por las disposiciones de su convenio constitutivo (el “Convenio Constitutivo”), del cual hace parte la República de Colombia, suscrito en Bogotá, Colombia, el 7 de febrero de 1968, y ratificado por la República de Colombia mediante la ley 103 del 31 de diciembre de 1968. Esta ratificación fue publicada en el diario oficial del año cv. N°. 32736 del 15 de marzo de 1969 y es enmendada de tiempo en tiempo.

4.1.1 Objeto Social

La CAF tiene como finalidad fomentar y promover el desarrollo sostenible y la integración económica en Latinoamérica y el Caribe a través del financiamiento tanto del sector público como del sector privado en sus países accionistas. Para el logro de este objetivo, la CAF opera, fundamentalmente, en la concesión de préstamos y garantías a corto, mediano y largo plazo. Además, la CAF, de manera limitada, realiza inversiones de capital en fondos y compañías, brinda asistencia técnica y financiera y presta servicios de administración para determinados fondos regionales.

4.1.2 Sede y Oficina de Representación

Con sede principal en Caracas, Venezuela en la Avenida Luís Roche, Torre CAF, Altamira, tiene oficinas de representación en Brasilia, Bogotá, La Paz, Lima, Madrid y Quito.

En Colombia la CAF cuenta con una oficina de representación con Número de Identificación Tributaria (NIT) 3273615360 y ubicada en:

Carrera 9, No. 76-49, Edificio ING, piso 7, Bogotá-Colombia Teléfono: (57-1) 313.2311 Fax: (57-1) 313.2787 E–mail: [email protected]

4.1.3 Duración

El término de duración de la CAF es indefinido. Sólo la Asamblea de Accionistas en sesión extraordinaria expresamente convocada para el efecto tiene atribuciones para disolver la CAF, evento en el cual se procederá a su liquidación de conformidad con el Artículo 44 de su Convenio Constitutivo.

4.1.4 Causales de Disolución

En vista de su Convenio Constitutivo, la CAF no está sujeta a proceso de quiebra o insolvencia judicial o administrativa en los países contratantes de dicho tratado. Sin embargo, en caso que la Asamblea de Accionistas tome la decisión de disolver a la CAF, será de aplicación lo dispuesto por el Artículo 44 del Capítulo VII de su Convenio Constitutivo, cuyo texto es el siguiente:

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“Acordada la disolución de la Corporación, se procederá a su liquidación por un liquidador o una comisión liquidadora,

de acuerdo con la decisión que al efecto tome la Asamblea de Accionistas. El liquidador o la comisión liquidadora

representará a la Corporación durante el proceso de liquidación, pagará las deudas pendientes, cobrará los créditos,

distribuirá el sobrante entre los accionistas en proporción al capital pagado representado por cada acción; y en general,

ejercerá todas las funciones concernientes al proceso de liquidación.

La Asamblea que haga la designación del liquidador o de la comisión liquidadora, fijará el plazo que deben durar en sus

cargos y establecerá las reglas fundamentales que regirán para la realización de la liquidación. Al término de su

encargo, o en los periodos que determine la Asamblea, los liquidadores deberán rendir cuenta detallada de las

actividades realizadas y, al finalizar su labor, presentarán un informe pormenorizado de toda la liquidación.”

4.2 Actividad Principal

La CAF es una institución financiera multilateral que presta múltiples servicios bancarios a clientes de los sectores público y privado de sus países accionistas. Como intermediario financiero, moviliza recursos desde los mercados fuera de la región hacia América Latina, promoviendo así inversiones y oportunidades de negocio.

Su misión es apoyar el desarrollo sostenible de sus países accionistas y la integración regional. Además, sus políticas de gestión integran las variables sociales y ambientales, e incluye en sus operaciones criterios de ecoeficiencia y sostenibilidad

Entre los productos y servicios ofrecidos se encuentran:

A. Préstamos, entre los cuales incluye:

i. Préstamos para el financiamiento de proyectos de infraestructura: Destinados al desarrollo y ejecución de iniciativas de vialidad, transporte, telecomunicaciones, energía, agua entre otros

ii. Préstamos para proyectos corporativos: En el área industrial para ampliar y modernizar la capacidad productiva y la inserción de las empresas en los mercados regionales y mundiales.

B. Líneas de crédito.

C. Estructuración y financiamiento de proyectos: Proyectos estructurados con garantías limitadas (limited recourse lending) generalmente derivados de contratos de concesión otorgados por los gobiernos.

D. Cofinanciamiento: Préstamos A/B Loans con bancos internacionales, inversionistas institucionales u otros organismos multilaterales.

E. Financiamiento Estructurado: La estructuración de operaciones permite encontrar los mecanismos más apropiados de financiamiento incluyendo operaciones de riesgo directo a través de mercados de capitales

F. Avales y garantías

i. Garantías Parciales de Crédito.

G. Asesoría financiera:

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i. Definición y estructuración de planes de financiamiento de proyectos y compañías;

ii. Diseño y ejecución de procesos de licitación pública y concesiones;

iii. Preparación de ofertas del sector privado;

iv. Fusiones y adquisiciones; y

v. Valoración de empresas.

H. Servicios de tesorería: Captación de depósitos a través de la mesa de dinero.

I. Participaciones accionarias

J. Cooperación Técnica: Recursos para financiar operaciones especializadas que contribuyen al desarrollo sostenible y la integración regional. Pueden ser reembolsables, no reembolsables o de recuperación contingente, dependiendo de la naturaleza y propósito

K. Suscripción de Emisiones en los Mercados de Capitales (Underwriting).

L. Seguro de Riesgo Político: La CAF se asoció con American International Group -AIG- empresa reconocida a nivel mundial en el negocio de seguros, para crear Latin American Investment Guarantee Company -LAIGC- que ofrece pólizas de seguros de riesgo político y garantías de inversión para operaciones de crédito externo, de comercio exterior y de inversión de capital en los países de la región, como opción innovadora para incrementar la inversión extranjera y las fuentes de financiamiento en sus países accionistas.

4.3 Personalidad Jurídica, Inmunidades y Privilegios

La CAF fue constituida como una institución financiera multilateral, en virtud del Convenio Constitutivo de la Corporación Andina de Fomento suscrito en Bogotá el 7 de febrero de 1968, originalmente por las Repúblicas de Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Venezuela y Perú.

La CAF fue creada como consecuencia de un tratado internacional suscrito entre los referidos países con el propósito de fortalecer y promover el desarrollo de la Región Andina, así como de procurar la integración económica de sus Países Accionistas Regionales para acelerar el desarrollo económico y social de sus pueblos, a través de la utilización eficiente de los recursos en coordinación con las entidades de los sectores público y privado de cada uno de ellos.

En tal sentido, la CAF posee ciertos atributos, facultades, privilegios e inmunidades legales. De conformidad con lo dispuesto por el Capitulo VIII del Convenio Constitutivo, la CAF posee las siguientes inmunidades, exenciones y privilegios:

A. Inmunidad de los bienes y activos de la CAF respecto a la expropiación, pesquisa, requisión, confiscación, comiso, secuestro, embargo, retención o cualquier otra forma de aprehensión forzosa que turbe el dominio de la entidad sobre dichos bienes. Asimismo, dichos bienes gozan de idéntica inmunidad respecto de las acciones judiciales mientras no se pronuncie sentencia definitiva contra la CAF.

B. Libre transferibilidad y convertibilidad de los activos de cualquier clase de la CAF.

C. Inviolabilidad de los archivos de la CAF.

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D. Los bienes y demás activos de la CAF están exentos de toda clase de restricciones, regulaciones y medidas de control o moratorias, con la finalidad de que la CAF cumpla su objeto y funciones y realice sus operaciones de acuerdo con el Convenio Constitutivo.

E. Las comunicaciones oficiales de la CAF tienen el mismo tratamiento que las comunicaciones oficiales de los demás países contratantes del Convenio Constitutivo .

F. La CAF está exenta de toda clase de gravámenes tributarios y, en su caso, de derechos aduaneros sobre sus ingresos, bienes y otros activos. Las obligaciones o Valores que emita la CAF estarán exentos de todo tributo para CAF, incluyendo dividendos o intereses sobre los mismos en dos supuestos: (i) si tales tributos discriminaren en contra de dichas obligaciones o Valores por el sólo hecho de haber sido emitidos por la CAF; y, (ii) si la única base jurisdiccional de tales tributos consiste en el lugar o en la moneda en que las obligaciones o Valores hubieren sido emitidos, en que se paguen o sean pagaderos, o en la ubicación de cualquier oficina o asiento de negocios que la CAF mantenga.

Además, la CAF ha celebrado convenios de inmunidades y privilegios con cada uno de sus Países Accionistas No Regionales (Argentina, Brasil, Chile, España, Costa Rica, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay), a excepción de Chile quién dejó de ser tenedor de acciones Serie “A” en 1977 y se reincorporó como accionista tenedor de acciones Serie “C” en 1992. En virtud de dichos convenios, cada País Accionista no Regional, excepto Chile, ha otorgado a la CAF, en lo referente a sus actividades ubicadas o vinculadas con cada país, inmunidades y privilegios similares a aquéllos concedidos a la CAF en los países accionistas regionales.

La inviolabilidad de archivos mencionada dentro de las inmunidades, exenciones y privilegios que posee la CAF, implica que todos los archivos de la CAF son intocables y no pueden ser examinados o revisados, bajo ninguna circunstancia, por terceros ajenos a la CAF.

4.4 Reseña Histórica

4.4.1 Inicio de Operaciones

El 7 de febrero de 1968, los gobiernos de los países miembros suscribieron en el Palacio de San Carlos, en Bogotá, su Convenio Constitutivo, concibiendo a la entidad como un agente financiero para la promoción del desarrollo y de la integración andina. Dos años más tarde, el 8 de junio de 1970, la CAF inició formalmente sus operaciones, basando su sede en Caracas, Venezuela.

4.5 Composición Accionaria

Al 30 de septiembre de 2008, el capital autorizado de la CAF es de US$ 10.000.000.000, de los cuales US$ 6.500.000.000 constituye el capital autorizado en efectivo y US$ 3.500.000.000 constituye capital de garantía. El capital pagado de la CAF es aquella cuenta del capital suscrito que forma parte del capital autorizado en efectivo. Al 31 de diciembre de 2007, el capital suscrito asciende a US$ 2.045.200.000, del cual US$ 2.014.750.000 han sido completamente pagados.

Las acciones de la CAF están dividas en tres clases:

� Acciones Serie “A”: Pueden pertenecer tan sólo a Países Accionistas Regionales (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela). A cada País Accionista Regional le corresponde una acción Serie “A” de la que es tenedor el gobierno, ya sea directamente o a través de una institución pública, semipública o de

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derecho privado con finalidad social o pública designada por el correspondiente gobierno. Cada acción confiere el derecho de representación en el Directorio de la CAF mediante la posibilidad de elegir a un Director principal y su respectivo suplente. Las acciones serie “A” tienen un valor nominal de US$1 200 000.

� Acciones Serie “B”: Los tenedores de las acciones Serie “B” pueden pertenecer a los gobiernos o entidades públicas, semipúblicas o privadas de los Países Accionistas Regionales. Actualmente, los propietarios de las acciones Serie “B” son los Países Accionistas Regionales, ya sea directamente o a través de entidades gubernamentales, excepto en el caso de determinadas acciones Serie “B” que actualmente pertenecen a 15 instituciones financieras del sector privado de los Países Accionistas Regionales. Los cinco Países Accionistas Regionales tenedores de parte de las acciones Serie “B” tienen el derecho de elegir un total de cinco Directores, así como sus respectivos suplentes mediante voto acumulativo; mientras que los tenedores del resto de las acciones Serie “B” pertenecientes al sector privado tienen derecho a elegir colectivamente a un Director y a su respectivo suplente. Las acciones Serie “B” tienen un valor nominal de US$5 000.

� Acciones Serie “C”: Las acciones Serie “C” corresponden a personas naturales o jurídicas que no forman parte de la región Andina. Actualmente, éstas pertenecen a los doce (12) Países Accionistas No Regionales (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay). La CAF permite suscribir acciones Serie “C” a Países Accionistas No Regionales con la finalidad de fortalecer los lazos entre éstos y los Países Accionistas Regionales. La tenencia de acciones Serie “C” de la CAF por parte de los países que se encuentran fuera de la Región Andina permite a las entidades de dichos países que tienen negocios con entidades de los Países Accionistas Regionales recibir préstamos de la CAF respecto de dichos negocios. Estas acciones confieren el derecho a sus tenedores de representación en el Directorio de la CAF mediante la designación colectiva de dos Directores principales y sus respectivos suplentes. Las acciones serie “C” tienen un valor nominal de US$5 000.

4.5.1 Países accionistas de la CAF

A la fecha del presente documento, (a) los Países Accionistas Regionales de la CAF son Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, (b) los Países Accionistas No Regionales son Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México, Paraguay, Panamá, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay, (c) 15 bancos comerciales de la Región son accionistas de la CAF.

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4.5.2 Nuevos Países Accionistas Regionales

Cabe indicar que recientemente la CAF enmendó los artículos 3 y 59 del Convenio Constitutivo para, entre otros, (i) expandir el objeto social de la CAF para promover el desarrollo sostenible y la integración económica dentro de sus países accionistas, y no solamente en los países andinos, mediante la prestación de servicios financieros múltiples a clientes de los sectores públicos y privados; y, (ii) permitir a países de Latinoamérica y el Caribe, en adición a los actuales Países Accionistas Regionales, adquirir Acciones Serie "A" y, en consecuencia, convertirse en Países Accionistas Regionales de la CAF, bajo ciertas circunstancias. A la fecha, Argentina, Brasil, Panamá y Uruguay han firmado acuerdos que contemplan la posibilidad que, dadas ciertas condiciones previas, éstos se convertirían en accionistas Serie “A” y miembros plenos de la CAF.

El desglose de los tenedores de acciones de las diferentes series es:

Corporación Andina de Fomento Capital pagado (en miles de US$)

Al 30 de septiembre de 2008

CAPITAL ORDINARIO

Países accionistas Serie "A" Serie "B" Serie "C" Total ordinario %

Bolivia 1.200 144.330 145.530 6,86%

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Colombia 1.200 512.100 513.300 24,20%

Ecuador 1.200 145.510 146.710 6,92%

Perú 1.200 514.005 515.205 24,29%

Venezuela 1.200 513.995 515.195 24,28%

Brasil 65.100 65.100 3,07%

España 60.245 60.245 2,84%

Argentina 47.635 47.635 2,25%

Chile 21.380 21.380 1,01%

México 18.190 18.190 0,86%

Uruguay 28.670 28.670 1,35%

Costa Rica 12.695 12.695 0,60%

República Dominicana 11.735 11.735 0,55%

Panamá 9.920 9.920 0,47%

Paraguay 7.050 7.050 0,33%

Trinidad & Tobago 800 800 0,04%

Jamaica 705 705 003%

Bancos Comerciales 1.415 1.415 0,07%

Total 6.000 1.831.355 284,125 2.121.480 100.00%

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5 Órganos Directivos y Estructura Organizacional

5.1 Organigrama

5.2 Asamblea de Accionistas

La Asamblea de Accionistas es el órgano supremo de la CAF. Puede reunirse en sesión Ordinaria o Extraordinaria, siempre que cuente con el quórum correspondiente y que cumpla con las demás condiciones establecidas en el Convenio Constitutivo. La Asamblea Ordinaria se celebra una vez al año, dentro de los noventa días siguientes a la terminación del ejercicio anual, y la convoca el Presidente Ejecutivo. La Asamblea Extraordinaria se celebra por acuerdo de la Asamblea Ordinaria, o cuando la convoque el Directorio, o el Presidente Ejecutivo, o cualesquier dos de los accionistas de Serie “A” o cualesquier accionistas que representen por lo menos el 25% del capital pagado.

La Asamblea aprueba el informe anual, los estados financieros debidamente auditados sometidos por el Directorio y determina el destino de las utilidades percibidas por la CAF. Adicionalmente, elige a los miembros del Directorio de acuerdo con las normas previstas en el Convenio Constitutivo, designa a los auditores externos, establecer la remuneración del Directorio y de los auditores externos y conoce de cualquier otro asunto que le sea expresamente sometido.

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5.3 Directorio

El Directorio de la CAF está compuesto por 13 directores, con sus respectivos suplentes. Cada uno de los cinco accionistas de Serie “A” es representado por un Director, con sus respectivos suplentes. Cinco Directores, con sus suplentes, representan a los gobiernos y a las instituciones gubernamentales propietarias de acciones de Serie “B”.. Los accionistas de la serie C cuentan con dos directores y sus respectivos suplentes, mientras que las instituciones bancarias y financieras privadas de la región andina, accionistas de la serie B de la CAF, tienen un director y su suplente. Ninguno de los miembros del Directorio de la CAF es ejecutivo.

El Directorio establece las políticas de crédito y económicas la CAF, nombra al Presidente Ejecutivo, aprueba operaciones crediticias, aprueba el presupuesto anual de gastos, aprueba los límites de endeudamiento de la CAF y Establecer o modificar el reglamento interno de la CAF

El Directorio elige cada año a un Presidente para que presida las reuniones del Directorio y las Asambleas de los Accionistas. La Presidencia del Directorio para el período 2008-2009 está a cargo del Ministro de Economía y Finanzas de la República del Perú.

La aprobación de ciertas operaciones es delegada al Comité Ejecutivo o al Presidente Ejecutivo, de conformidad con los parámetros establecidos por el Directorio.

Al 20 de noviembre de 2008, la composición del Directorio detallado es la siguiente:

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5.4 Comité Ejecutivo

El Comité Ejecutivo fue establecido por el Directorio en 1971. Está integrado por el Presidente Ejecutivo de la CAF y seis directores, uno por cada País Accionista Regional y otro representando los accionistas de la Serie “C”. El Comité Ejecutivo es presidido por el Presidente Ejecutivo, a menos que el Presidente del

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Directorio sea miembro del Comité Ejecutivo, en cuyo caso el o ella lo presidirá. Le corresponde resolver la aprobación de las operaciones financieras que no excedan los límites establecidos por el Directorio.

5.5 Comité de Auditoria

El Comité de Auditoría fue establecido por el Directorio en julio de 1996. Lo integran seis miembros: el Presidente del Directorio, quien lo preside; cuatro (4) directores elegidos por el Directorio para un período de dos años, y el Presidente Ejecutivo de la CAF.

Le corresponde a este Comité, entre otros, recomendar la selección y contratación de los auditores externos, como conocer su plan anual de trabajo; revisar el informe anual y los estados financieros de la CAF antes de que sean presentados al Directorio y a la Asamblea de Accionistas; conocer los informes que presenta la Auditoría Interna sobre los principales asuntos relacionados con la vigencia de la estructura del sistema de control interno; y conocer el programa anual para la administración y control de riesgo de cartera e inversiones, y el informe anual de ejecución de dicho programa.

5.6 Presidente Ejecutivo

El Presidente Ejecutivo es el representante legal de la CAF. Ejerce la dirección general y la administración de la CAF y tiene a su cargo todo asunto que no esté específicamente encomendado a la Asamblea de Accionistas, al Directorio o al Comité Ejecutivo.

El actual Presidente Ejecutivo es L. Enrique García Rodríguez, quien ha sido reelecto en junio de 2006 para un cuarto quinquenio que culminará en diciembre de 2011. Antes de convertirse en Presidente Ejecutivo de la CAF en diciembre de 1991, el Sr. García fue Ministro de planificación y coordinación y Jefe del Gabinete Económico y Social de su Bolivia natal. Entre 1989 y 1991 representó a Bolivia en calidad de miembro de la Junta de Gobernadores del Banco Mundial y de la Asamblea de Gobernadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), además que en calidad de miembro del Comité para el Desarrollo del Banco Mundial. Además ha sido Presidente del Directorio de la CAF de 1990 a 1991, y anteriormente ocupó durante 17 años altos cargos en el BID, incluido el de Tesorero.

6 Características de sus Operaciones

Durante el año 2007, la CAF aprobó un monto récord de operaciones por USD 6.607 millones y desembolsos por USD 5.844 millones, principalmente destinados al financiamiento de proyectos a mediano y largo plazo.

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La cartera de préstamos alcanzó USD 9.548 millones al cierre de 2007, lo cual representa un incremento de 18% con respecto a los USD 8.097 millones registrados el año anterior. La distribución del portafolio de préstamos mantuvo su tendencia hacia una mayor concentración en el financiamiento de proyectos en el sector público, el cual representó 77,7% del total de la cartera al 31 de diciembre de 2007.

Desde la perspectiva de distribución de la cartera por países, Ecuador tuvo la mayor exposición con 22,5% del total del portafolio de préstamos, seguido de Perú con 18,9%, Colombia con 17,1%, Venezuela con 15,4%, y Bolivia con 10,9%. La exposición a los países accionistas Serie C representó 15,2% del total.

El financiamiento de proyectos de infraestructura y de desarrollo social y ambiental constituye una de las principales actividades de la CAF y, al cierre de 2007, representaron el 39% y 25% de la cartera de préstamos, respectivamente.

Al cierre de 2007 no existían préstamos en situación de no–acumulación de ingresos, y la previsión para posibles pérdidas de cartera alcanzó USD 168 millones o 1,8% del portafolio. Los préstamos castigados totalizaron menos de USD 200 mil en 2007.

6.1 Principales Proyectos

A continuación se detallan ejemplos de proyectos aprobados por la CAF durante 2007.

Bolivia

República de Bolivia / Programa Vial “Y” de integración - Préstamo de $70 millones para mejorar y ampliar la infraestructura vial nacional para favorecer la integración física nacional y regional.

República de Bolivia / Programa de Atención de Emergencias Naturales Bolivia 2006–Fase II – Préstamo de $21 millones para Rehabilitar los daños causados por las lluvias de inicios de 2007 y adoptar medidas de prevención de desastres en los ámbitos del capital físico, natural y social.

Colombia

República de Colombia / Programa de Inversiones Sociales en Apoyo a la Reducción de la Pobreza - Préstamo de $400 millones para Apoyar la implementación de la estrategia general para la reducción de la

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pobreza, mediante el financiamiento de proyectos de inversión social con alto impacto en la mejora de las condiciones de vida de la población más vulnerable.

República de Colombia / Carretera Buga–Buenaventura - Préstamo de $145 millones para mejorar la infraestructura para el transporte en el Corredor Vial Bogotá–Buenaventura, específicamente en el tramo final de llegada al puerto desde la población de Buga.

Ecuador

República de Ecuador / Programa de Apoyo al Bono de Desarrollo Humano Préstamo de $250 millones para apoyar al Gobierno en el desarrollo y consolidación de su política social, a través del financiamiento del programa como instrumento para promover el acceso y permanencia de la población más vulnerable a servicios básicos de educación y salud.

República de Ecuador / Programa de Saneamiento Ambiental para el Desarrollo Comunitario - Préstamo de $200 millones para mejorar las condiciones de prestación de los servicios de agua potable y alcantarillado sanitario de los municipios pequeños y medianos del país.

Perú

República de Perú / Programa de Inversiones Sociales y de Infraestructura contra la Pobreza - Préstamo de $400 millones para apoyar la ejecución de proyectos de inversión social e infraestructura, que permitan mejorar las condiciones de vida de la población menos favorecida y propiciar oportunidades para su desarrollo económico y social.

Refinería La Pampilla - Préstamo de $30 millones para financiar capital de trabajo y proyectos de inversión

Venezuela

República Bolivariana de Venezuela / Proyecto Central Hidroeléctrica Manuel Piar - Préstamo de $600 millones para contribuir con el aumento de la generación eléctrica para cubrir la demanda y mejorar la eficiencia y confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional.

República Bolivariana de Venezuela / Yacambú – Qúibor - Préstamo de $75 millones para Fomentar el desarrollo agrícola en el estado Lara y contribuir con el suministro de agua potable para la ciudad de Barquisimeto.

Argentina

República de Argentina – Préstamo de $75 millones para rehabilitar la infraestructura vial entre Argentina y Paraguay para solucionar problemas de tránsito en las zonas aledañas a las ciudades de Posadas (Argentina) y Encarnación (Paraguay) y facilitar el flujo de personas y comercio entre ambos países.

Brasil

Estado de Pará / Programa de Infraestructura Vial para el Desarrollo Regional - Préstamo de $85 millones para rehabilitar y pavimentar 407 km de vías secundarias que vinculan cabeceras municipales, ejes de desarrollo agropecuario, turístico y minero, con carreteras troncales ya pavimentadas en 14 municipios para favorecer el potencial agropecuario y turístico.

República Federativa del Brasil / Programa de Manejo de Aguas e Infraestructura de Drenaje del Distrito Federal - Préstamo de $60 millones para contribuir a la reducción de deficiencias en el sector de drenaje pluvial, así como a la recuperación ambiental y el fortalecimiento institucional.

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Costa Rica

Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) - Préstamo de $100 millones para financiar parcialmente el programa de inversiones de la empresa en generación y transmisión eléctrica para el período 2008–2010.

Uruguay

Corporación Nacional para el Desarrollo (CND) - Préstamo de $70 millones para mejorar la calidad de servicio a los usuarios de la infraestructura vial nacional para contribuir con el desarrollo socio–económico y la integración regional del país.

7 Información Financiera

7.1 Generalidades de la Información Financiera

En el Anexo 2 se encuentran los Estados Financieros auditados al cierre de Diciembre de 2007, con sus respectivas notas, los cuales han sido auditados por KPMG. Esta información se presenta de conformidad con los U.S. GAAP.

En su giro ordinario, el Emisor no produce, elabora ni publica estados financieros auditados intermedios. La CAF sólo elabora información financiera anual, la misma que es auditada por auditores independientes.

A continuación, se presentan el balance general y el estado los Estados Financieros al cierre de 2007.

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7.2 Resumen de los Estados Financieros

Durante 2007, los activos productivos –liquidez y cartera– crecieron a un ritmo ligeramente superior al 19%. Al 31 de diciembre de 2007, el total de activos alcanzó USD 12.597 millones, lo que representó un incremento de más del 20% comparado con el cierre de 2006, debido fundamentalmente a un incremento de la cartera de créditos. La cartera de préstamos cerró en USD 9.548 millones, lo que representó un incremento del 18% con respecto al cierre del año anterior. El otro componente principal de los activos es la liquidez, la cual totalizó USD 2.458 millones, equivalente al 20% del total de activos y al 30% del total de endeudamiento.

Al 31 de diciembre de 2007, el patrimonio total de la CAF alcanzó USD 4.127 millones. Durante el año, la CAF recibió varios aportes de capital de sus accionistas, los cuales totalizaron USD 122 millones. Adicionalmente, las utilidades retenidas alcanzaron USD 401 millones. Al cierre de 2007, el patrimonio total representó 33% del total de activos y 36% de los activos ponderados por riesgo, según la metodología establecida en el Acuerdo de Basilea II.

La utilidad neta alcanzó USD 401 millones en 2007 y respondió primordialmente al crecimiento de la cartera de préstamos. No obstante, este resultado comprendió ingresos extraordinarios por USD 75,7 millones que abarcó el reverso de previsiones como consecuencia de una mejora en la calificación de crédito de uno de los principales países miembros de la CAF, así como las ganancias de capital extraordinarias

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correspondientes a la liquidación de inversiones en fondos. Esto implica un nivel de utilidad antes de ingresos extraordinarios para 2007 de USD 325 millones, monto similar al generado en 2006. Para los seis meses transcurridos al 30 de septiembre de 2008, la utilidad neta fue USD 262 millones.

El Retorno sobre Patrimonio (ROE) ascendió a 10,5% en 2007 en comparación con el 9,4% observado en 2006, estando por encima del índice de referencia establecido de LIBOR a seis meses (Gráfico N° 2). Asimismo, el Retorno sobre Activos (ROA) para el año fue de 3,6%.

7.3 Activos líquidos

La CAF procura mantener un nivel adecuado de liquidez, manteniendo en la forma de activos líquidos el importe que sea mayor entre:

A. el 45% del total de préstamos comprometidos para proyectos y no desembolsados; y

B. el 35% de la suma, para los 12 meses siguientes de:

i. el servicio estimado de la deuda de la CAF, más,

ii. los desembolsos estimados de esta por concepto de préstamos para proyectos.

A la fecha del presente prospecto, la política de inversión de la CAF requiere que esta mantenga no menos del 80% de sus activos líquidos en la forma de instrumentos con calificación de grado de inversión de A-/A3/A- o mejor, mientras que el resto puede invertirse en instrumentos con una clasificación de riesgo mínima de B-/Ba3/B-.

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Al 31 de diciembre de 2007, los activos líquidos totalizaron USD 2.458 millones, monto equivalente a 20% de los activos totales y a 30% del endeudamiento de la CAF. El portafolio de inversiones se caracterizó por su corta duración –la cual promedió 0,23 años– y su excelente calidad crediticia: 84% de este portafolio estaba calificado en promedio como AA/Aa2, 6% estaba calificado BBB/Baa, y 10% no contaba con grado de inversión.

7.4 Financiamiento

La estratega de financiamiento de la CAF se basa en la diversificación de fuentes y plazos, la mitigación de riesgos asociados con las tasas de interés y las monedas, y la obtención de tasas competitivas que permitan una intermediación eficaz de los recursos financieros.

Desde 1993 y hasta 2007, la CAF ha realizado 60 emisiones de bonos por un monto superior a los USD 8.600 millones en los mercados de capital de Estados Unidos, Europa, Japón y diversos países de América Latina.

A. En el 2008, la CAF ha colocado hasta el momento el equivalente a más USD 500millones en los mercados de capital de Estados Unidos, México y Suiza.

La CAF mantiene también presencia constante en los mercados de capital de corto plazo, a través de diversos programas de papeles comerciales en Estados Unidos (USD 1.000 millones) y Europa (USD 1.000 millones) y pagarés de empresa en España (€ 500 millones).

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Bonos

Al 30 de septiembre de 2.008

Bono Tasa de

Interés

Año de

Emisión

Año de

Vencimiento Moneda

Principal

Vigente al

30-Sep-08

(en millones)

7.79% Bono Yankee Fijo 1997 2017 USD1 50,0

7 3/8% Bono Yankee Fijo 2001 2011 USD 300,0

6 7/8% Bono Yankee Fijo 2002 2012 USD 350,0

6 3/8% Bono Euro Fijo 2002 2009 EUR2 250,9

7 5/8% Bono Euro GBP Fijo 2002 2010 GBP3 40,7

7 7/8% Bono Yankee Fijo 2002 2022 USD 85,0

6 7/8% Bono Yankee Fijo 2003 2012 USD 188,0

6 3/8% Bono Euro Fijo 2003 2009 EUR 100,0

5 1/5% Bono Yankee Fijo 2003 2013 USD 500,0

5.8175% Bono Euro Fijo 2004 2014 USD 29,0

Bono en Pesos Colombianos Variable 2004 2010 COP4 272.220,0

Bono Eurodólar Variable 2005 2009 USD 150,0

1.31% Bono Samurai Fijo 2005 2012 JPY5 5.000,0

5 1/8% Bono Yankee Fijo 2005 2015 USD 250,0

7.53125% Bono Sol Peruano Fijo 2006 2018 PEN6 248,4

Bono Bolívares Venezuela Variable 2006 2011 VEF7 215,0

5.75% Bono Yankee Fijo 2006 2017 USD 250,0

Bono Eurodólar Variable 2006 2011 EUR 300,0

5.75% Bono Yankee Fijo 2007 2017 USD 250,0

Bono Bolívares Venezuela Variable 2007 2012 VEF 107,5

Bono Bolívares Venezuela Variable 2007 2012 VEF 127,5

1.67% Bono Samurai Fijo 2007 2010 JPY 20.000,0

2.32% Bono Samurai s Fijo 2007 2014 JPY 10.000,0

1.47% Bono Samurai Fijo 2007 2010 JPY 5.000,0

Bono Pesos Mexicanos Variable 2007 2012 MXN8 750,0

5.75% Bono Yankee Fijo 2008 2017 USD 250,0

Bono Pesos Mexicano Variable 2008 2010 MXN 800,0

5.00% Bono Francos Suizos Fijo 2008 2013 CHF9 200,0

1 Dólares Estadounidenses

2 Euros

3 Libras Esterlinas

4 Pesos Colombianos

5 Yenes

6 Nuevo Sol

7 Bolívares Fuertes

8 Pesos Mexicanos

9 Francos Suizos

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Préstamos, Avances, Depósitos y Papeles Comerciales

Al 30 de septiembre de 2.008

Tasa de

Interés

Fecha de

emisión

Año de

Vencimiento Moneda

Principal Vigente al

30-Sep-08

(en millones)

Préstamos y Otras

Obligaciones Varios Varios Varios Varios 825.0

Avances y Préstamos de Corto

Plazo Variable Varios Varios USD 227.2

Depósitos Variable Varios Varios USD 2,213.4

Papeles Comerciales Variable Varios Varios Varios 833.7

Préstamos Multilaterales y Bilaterales, Exims y Agencias de Crédito para Exportación

Al 30 de septiembre de 2.008

Tasa de

Interés

Fecha de

emisión

Año de

Vencimiento Moneda

Principal

Vigente al

30-Sep-08

(en millones)

(in millions)

BID Variable Varios Varios USD 43.1

ACDI (Canada) 0% 29/3/1974 30/9/2023 CAN10 1.9

KfW (Germany) Variable 22/3/2003 28/12/2012 USD 74.3

AID (U.S.A.) 3% 10/10/1972 27/11/2014 USD 2.9

Banco Nórdico de Inversiones Variable Varios 17/7/2021 USD 36.0

Banco de Inversiones Europeo Varios 16/10/1997 15/12/2013 USD 16.6

Banco de Desarrollo de China – CDB Variable 20/11/2007 29/11/2019 USD 150.0

Instituto de Crédito Oficial – ICO Variable 31/5/2004 15/9/2014 USD 48.9

7.5 Capital

Durante 2007, la CAF recibió nuevos aportes de capital de sus países accionistas por USD 122 millones. Al cierre del año, el patrimonio de la CAF ascendía a USD 4.127 millones, 12% superior al monto registrado al cierre de 2006. De esta cifra, los aportes de los países accionistas de la Serie C totalizaron USD 97 millones, lo que destaca la importancia creciente de estos países en la estructura de capital. Este incremento en el patrimonio provino tanto de las contribuciones de capital como de las utilidades retenidas.

Al 30 de septiembre de 2008, el patrimonio de la CAF asciende a USD 4.361 millones.

10 Dólares Canadienses

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7.6 Administración de activos y pasivos

La administración de activos y pasivos involucra administrar liquidez, financiamiento y el riesgo de intereses y moneda que ocurran de posiciones non-trading mediante la utilización de instrumentos fuera del balance. Los administradores externos de portafolio de la CAF utilizan contratos forward y swaps para la cobertura de riesgos de intereses y monedas no denominadas en dólares de los Estados Unidos de América. La exposición de CAF a derivados no podrá exceder 3% de activos líquidos ó 1% de activos totales. La CAF no realiza actividades de intermediación de instrumentos derivados. Dichos instrumentos son utilizados únicamente para propósitos de cobertura.

Tanto las actividades crediticias como las de financiamiento que realiza la CAF en el desempeño de sus funciones se ejecutan principalmente en dólares estadounidenses y con tasas flotantes, con lo que se mitigan los riesgos cambiario y de tasas de interés. Al 31 de diciembre de 2007, más del 99,9% de los activos y 97,2% de los pasivos estaban denominados en dólares estadounidenses después de swaps, mientras que 99,6% de los activos y 99,9% de los pasivos se encontraban basados en la tasa LIBOR de seis meses. Las transacciones que no están denominadas en dólares estadounidenses y basadas en la tasa LIBOR de seis meses se convierten mediante swaps a estos términos. El libro de swaps alcanzó USD 4.049 millones al cierre de 2007. Las políticas de la CAF establecen que las contrapartes de swaps estén calificadas al menos A/A2.

La CAF busca mantener una relación conservadora entre el plazo promedio de sus activos y pasivos. Al 31 de diciembre de 2007, la vida promedio de sus activos fue de 4,3 años y de sus pasivos de 3,6 años.

En algunos casos limitados, para reducir al mínimo los riesgos de cambio, la CAF concede préstamos en la misma moneda en que ha contraído la deuda correspondiente. El patrimonio neto de la CAF se encuentra denominado en dólares estadounidenses en su totalidad.

7.7. Política de Crédito

El Convenio Constitutivo limita el monto total consentido por concepto de saldos de préstamos desembolsados, garantías e inversiones de capital a 4 veces el patrimonio neto. Al 31 de diciembre de 2006 la relación real era de 2.4 veces. Las normas del Comité de Basilea sobre Supervisión Bancaria establecen una tasa de capitalización definida como patrimonio neto dividido por activos ponderados por riesgo más partidas fuera de balance ponderado por riesgo, no inferior al 8% para las instituciones a las que dichas normas son aplicables. La política de la CAF establece que este ratio de capitalización no debe ser inferior al 30%. La relación real, al 31 de diciembre de 2007, era del 36,3%.

En la aprobación de créditos la CAF se ciñe a las normas de la banca comercial, con políticas y procedimientos definidos en cuanto a la evaluación del riesgo y a la concesión de crédito. Los gerentes comerciales efectúan una evaluación previa de cada cliente y operación potencial para asegurarse de que la concesión del crédito en cuestión es acorde, en principio, con la política de la CAF. Los préstamos para proyectos propuestos se evalúan con base a las Políticas Operativas de la CAF, las cuales contienen normas detalladas sobre requisitos para la concesión del crédito y evaluación. Los préstamos a prestatarios del sector privado se aprueban tomando en cuenta tanto el préstamo en sí como la exposición total del prestatario.

El Comité de Préstamos e Inversiones recomienda la aprobación de los préstamos e inversiones. El Comité de Préstamos e Inversiones está constituido por los Vicepresidentes de unidades de negocio, el Consultor Jurídico, el Director de Administración de Riesgo y el Director de Administración de Crédito. El comité es presidido por el Vicepresidente Ejecutivo. El Secretario de dicho Comité es un oficial de la Dirección de Administración de Crédito. La aprobación de préstamos de riesgo soberano comprendidos hasta por $75

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millones, préstamos de riesgo privado comprendidos hasta $50 millones, créditos de cooperación técnica por hasta $1 millón, transacciones de derivados para la cobertura de exposiciones activas y pasivas hasta un límite de exposición por contraparte de $100 millones, así como de inversiones de capital hasta por un monto máximo de $25 millones e inversiones en activos líquidos por hasta $30 millones por cada emisor (a menos que el emisor sea de grado de inversión en cuyo caso la inversión podrá ser por hasta $150 millones), corresponde al Presidente Ejecutivo recogiendo la recomendación del Comité de Crédito. La aprobación de préstamos por importes superiores, hasta por $150 millones para riesgo soberano, hasta $80 millones para riesgo privado, así como créditos de cooperación técnica por un monto límite de $2 millones, transacciones de derivados para la cobertura de exposiciones activas y pasivas hasta un límite de exposición por contraparte de $100 millones, inversiones de capital hasta por un monto máximo de $50 millones e inversiones en activos líquidos por hasta $50 millones por cada emisor (a menos que el emisor sea de grado de inversión en cuyo caso la inversión podrá ser por hasta $200 millones), corresponde al Comité Ejecutivo del Directorio de la CAF. La aprobación de préstamos, créditos de cooperación técnica, inversiones de capital e inversiones en activos líquidos por importes superiores a los límites delegados al Comité Ejecutivo corresponde al Directorio de la CAF.

Además, las políticas de la CAF imponen límites a la concentración de préstamos por país y por tipo de riesgo. Para ningún país accionista regional los préstamos pueden en ningún caso superar ni el 30% de la cartera de créditos de la CAF ni el 100% de su patrimonio neto. Para los países accionistas no-regionales, actualmente el total de préstamos por país no debe superar en más de ocho veces un importe equivalente a la suma de la contribución total de capital pagado a la CAF por parte del país en cuestión, más los activos, de haberlos, confiados por el país a la CAF sobre base fiduciaria, excepto en el caso de préstamos para operaciones de comercio con países accionistas regionales. Además, en las operaciones de carácter esencialmente nacional no se puede comprometer un importe que supere en más de cuatro veces el equivalente a la suma de la contribución total de capital pagado a la CAF por parte del país en cuestión, más los activos, de haberlos, confiados por el país a la CAF sobre base fiduciaria. El mismo límite se aplica a la relación entre la cartera total de créditos y el patrimonio neto de la CAF. En el caso de una entidad del sector público o de capital mixto no considerada sujeta a riesgo soberano el monto total de los préstamos no debe superar el 15% del patrimonio neto de la CAF, y este límite baja al 10% del patrimonio neto en el caso de una entidad del sector privado.

Las operaciones en las cuales la CAF concede crédito a entidades en países accionistas de Serie “C” (países accionistas no-regionales) deben, como regla general, tener relación con actividades conducidas o vinculadas con países accionistas regionales. De todas formas, el monto total de los saldos de los préstamos de este tipo destinados a financiar actividades puramente locales no debe exceder en ningún caso el cuádruplo del aporte de capital pagado del país correspondiente.

Las políticas de la CAF le permiten financiar hasta el 100% del costo total del proyecto en el caso de préstamos a corto plazo. Para préstamos de mediano y largo plazo, se determinará el nivel apropiado de financiamiento caso por caso; sin embargo, financiamientos con recursos limitados (limited-recourse

financing) en dichos préstamos no superarán el 50% de los costos del proyecto. En la práctica, sin embargo, lo normal es que la CAF limite sus préstamos a un porcentaje menor de dichos costos, requiriendo además, por lo general, un porcentaje mayor de respaldo financiero de parte del prestatario que aquél requerido por las políticas arriba señaladas.

7.7 Procesos Judiciales, Administrativos y Arbitrales

No existe ningún proceso judicial, administrativo o arbitral que pudiese afectar significativamente los resultados financieros u operativos de la CAF.

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8 Calificación de Riesgo

Durante el 2007, la agencia Standard & Poor’s elevó la calificación de riesgo para la deuda de largo plazo de la CAF de “A” a “A+”. Asimismo, las agencias Moody’s Investors Service y Fitch Ratings ratificaron las calificaciones de deuda de la CAF tanto para corto como para largo plazo, mediante las cartas de calificación que se adjuntan.

A la fecha, la deuda a largo plazo en moneda extranjera de la CAF tiene las siguientes calificaciones:

Agencia Deuda Largo Plazo

Fitch Ratings A+

Moody's Investors Service A1

Standard and Poors A+

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ANEXOS

1. Convenio Constitutito

2. Copia de los estados financieros anuales de 2007 auditado

3. Cartas de Calificación del Emisor

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PROSPECTO DE INFORMACIÓN

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Anexo 1 - Convenio Constitutivo Corporación Andina de Fomento

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Anexo 2 – Estados Financieros Fin de Periodo 2007 Auditados

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Anexo 3 – Cartas de Calificación del Emisor

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PARTE III. CERTIFICACIONES

La CAF manifiesta que se adelantaron todas las averiguaciones razonables que permiten afirmar que el Prospecto contiene toda la información que reviste materialidad en relación con los Valores que se emiten y con el Emisor, y que dicha información es materialmente exacta y veraz.

Corporación Andina de Fomento

ORIGINAL FIRMADO

Jorge Lara – Apoderado

Diciembre 10, 2008