núm. extraordinario 364, martes 12 de septiembre de 2017 · 2021. 4. 29. · gaceta oficial...

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GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE DIRECTOR GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNO MARTÍN QUITANO MARTÍNEZ DIRECTOR DE LA GACETA OFICIAL ANSELMO TADEO VÁZQUEZ Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver. Tomo CXCVI Xalapa-Enríquez, Ver., martes 12 de septiembre de 2017 Núm. Ext. 364 GOBIERNO DEL ESTADO ——— SECRETARÍA DE GOBIERNO Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspec- ción y Archivo General de Notarías del Estado de Veracruz ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL LICENCIADO JOSÉ MARTÍN SANOJA GONZÁLEZ, TITULAR DE LA NOTARÍA NÚMERO DIECISIETE CON RE- SIDENCIA EN RÍO BLANCO, VER., A CONTINUAR GOZANDO DE LA LICENCIA PARA ESTAR SEPARADO DE LA FUNCIÓN NOTARIAL POR CARGO PÚBLICO. folio 1235 INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL ——— ACUERDO INE/CG382/2017 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES Y CRITERIOS CON QUE HABRÁ DE INVITAR, ATENDER E INFORMAR A LOS VISITANTES EXTRANJEROS QUE ACUDAN A CONOCER LAS MODA- LIDADES DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL Y CONCURRENTE 2017-2018. folio 1233 SUMARIO N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

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Page 1: Núm. Extraordinario 364, martes 12 de septiembre de 2017 · 2021. 4. 29. · GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL EST ADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLA VE DIRECTOR GENERAL

GACETA OFICIALÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE

DIRECTOR GENERAL DE LA EDITORA DE GOBIERNOMARTÍN QUITANO MARTÍNEZ

DIRECTOR DE LA GACETA OFICIALANSELMO TADEO VÁZQUEZ

Calle Morelos No. 43. Col. Centro Tel. 817-81-54 Xalapa-Enríquez, Ver.

Tomo CXCVI Xalapa-Enríquez, Ver., martes 12 de septiembre de 2017 Núm. Ext. 364

GOBIERNO DEL ESTADO———

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspec-ción y Ar chivo General de Notarías del Estado de Veracruz

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA AL LICENCIADO JOSÉ MARTÍN SANOJA

GONZÁLEZ, TITULAR DE LA NOTARÍA NÚMERO DIECISIETE CON RE-SIDENCIA EN RÍO BLANCO, VER., A CONTINUAR GOZANDO DE LA

LICENCIA PARA ESTAR SEPARADO DE LA FUNCIÓN NOTARIAL POR

CARGO PÚBLICO.

folio 1235

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

———

ACUERDO INE/CG382/2017 DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO

NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS BASES

Y CRITERIOS CON QUE HABRÁ DE INVITAR, ATENDER E INFORMAR A

LOS VISITANTES EXTRANJEROS QUE ACUDAN A CONOCER LAS MODA-LIDADES DEL PROCESO ELECTORAL FEDERAL Y CONCURRENTE

2017-2018.

folio 1233

SUMARIO

N Ú M E R O E X T R A O R D I N A R I O

Page 2: Núm. Extraordinario 364, martes 12 de septiembre de 2017 · 2021. 4. 29. · GACETA OFICIAL ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL EST ADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLA VE DIRECTOR GENERAL

GOBIERNO DEL ESTADO———

SECRETARÍA DE GOBIERNO

Dirección General del Registro Público de la Propiedady de Inspección y Ar chivo General de Notarías del

Estado de Veracruz

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—Secretaría de Gobierno.— Dirección General del Registro Públicode la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notaríasdel Estado de Veracruz.

Acuerdo por el cual se autoriza al licenciado JoséMartín Sanoja González, titular de la Notaría número Die-cisiete de la décima quinta demarcación notarial del Estado conresidencia en Río Blanco, Veracruz de Ignacio de la Llave,licencia para estar separado del ejercicio de la función nota-rial por cargo público.

Enrique Becerra Zamudio, director general del RegistroPúblico de la Propiedad y de Inspección y Archivo General deNotarías, en uso de las facultades que me conceden losartículos 1, 2, fracción III, 3, 9 fracciones I, X, 78, fracción I ydemás relativos y aplicables de la Ley número 585 del Notariadopara el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y

C O N S I D E R A N D O

1°. Que el licenciado José Martín Sanoja González, titular de laNotaría número Diecisiete de la décima quinta demarcaciónnotarial del estado con residencia en Río Blanco, Veracruzde Ignacio de la Llave; en términos del artículo 78, fracción Ide la Ley número 585 del Notariado para el Estado deVeracruz de Ignacio de la Llave, goza de licencia para estarseparado temporalmente del ejercicio de la función notarial,mediante Acuerdo de fecha quince de diciembre del año dosmil catorce, en virtud de que fue designado para desempe-ñarse en un cargo público, supliéndolo dicha separación ellicenciado Mario Martín Sanoja Candelario, en su carácterde notario adscrito.

2°. Que mediante escrito presentado en esta Dirección Generalde fecha treinta de enero del año en curso, el licenciadoJosé Martín Sanoja González, informa que con fecha treintade enero del presente año, recibió nombramiento ahora comosecretario de la Dirección del Instituto de Capacitación delPoder Judicial del Estado, por lo que continuará gozando delicencia que le fue conferida, en su nuevo cargo.

3°. Que el licenciado Mario Martín Sanoja Candelario, cuentacon nombramiento de notario adscrito del licenciado JoséMartín Sanoja González, titular de la Notaría número Dieci-siete de la décima quinta demarcación notarial del estado,con residencia en Río Blanco, Veracruz de Ignacio de la Lla-ve; expedido por el Ejecutivo del Estado, mediante Acuerdode fecha veintiséis de agosto del año dos mil diez.

Por lo anterior, he tenido a bien emitir el siguiente:

A C U E R D O

Primero. Se autoriza al licenciado José Martín SanojaGonzález, titular de la Notaría número Diecisiete de la décimaquinta demarcación notarial del estado, con residencia en RíoBlanco, Veracruz de Ignacio de la Llave, a continuar gozandode la licencia para estar separado del ejercicio de la funciónnotarial en su nuevo cargo público como secretario de la Direc-ción del Instituto de Capacitación del Poder Judicial del Estado.

Segundo. Se autoriza al licenciado Mario Martín SanojaCandelario, en su carácter de notario adscrito, a suplir la sepa-ración temporal del ejercicio de la función notarial del licenciadoJosé Martín Sanoja González, titular de la Notaría número Dieci-siete de la décima quinta demarcación notarial del estado conresidencia en Río Blanco, Veracruz de Ignacio de la Llave.

T R A N S I T O R I O S

Primero. Publíquese por una sola ocasión en la GacetaOficial órgano del Gobierno del Estado de Veracruz de Ignaciode la Llave.

Segundo. El presente Acuerdo surte efectos a partir del díade su firma.

Tercero. Comuníquese el contenido del presente Acuerdoal Colegio de Notarios del Estado de Veracruz de Ignacio de laLlave y a la oficina del Registro Público de la Propiedad de ladécima quinta zona registral con cabecera en Orizaba, Veracruzde Ignacio de la Llave, para los efectos legales conducentes.

Cuarto. Cúmplase.

Dado en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignaciode la Llave, a los treinta días del mes de enero del año dos mildiecisiete.

Licenciado Enrique Becerra ZamudioDirector General del Registro Público de la Propiedad

y de Inspección y Archivo General de NotaríasRúbrica.

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INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

———

INE/CG382/2017

Acuerdo del Consejo General del Instituto NacionalElectoral, por el que se establecen las Bases y Criterios conque habrá de invitar, atender e informar a los visitantes ex-tranjeros que acudan a conocer las modalidades del ProcesoElectoral Federal y concurrente 2017-2018.

A N T E C E D E N T E S

I. El 10 de febrero de 2014, se publicó en el Diario Oficial dela Federación el Decreto por el que se reforman, adicionany derogan diversas disposiciones de la Constitución Políti-ca de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución), enmateria político-electoral, en dicha reforma quedó establecido,entre otras cosas, el cambio de denominación de InstitutoFederal Electoral a Instituto Nacional Electoral.

II. El 23 de mayo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de laFederación el Decreto por el que se expide la Ley Generalde Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE); yse reforman y adicionan diversas disposiciones de la LeyGeneral del Sistema de Medios de Impugnación en MateriaElectoral, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Fede-ración y de la Ley Federal de Responsabilidades Adminis-trativas de los Servidores Públicos.

III. El 7 de septiembre de 2016, mediante Acuerdo INE/CG661/2016, se aprobó el Reglamento de Elecciones del InstitutoNacional Electoral.

C O N S I D E R A N D O

1. De conformidad con el artículo 41, párrafo segundo, BaseV, apartado A de la Constitución, la organización de las elec-ciones federales es una función estatal que se realiza a tra-vés de un organismo público autónomo denominado InstitutoNacional Electoral, dotado de personalidad jurídica y patri-monio propios, en cuya integración participan el Poder Le-gislativo de la Unión, los Partidos Políticos Nacionales y losciudadanos, en los términos que ordene la ley.

2. El artículo 4, párrafo 2 de la LGIPE señala que las autori-dades federales estatales y municipales deberán prestar lacolaboración necesaria para el adecuado desempeño de lasfunciones de las autoridades electorales establecidas por laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y dela propia Ley de referencia.

3. Que el artículo 31, numeral 1 de la LGIPE, señala que el Ins-tituto Nacional Electoral es autoridad en materia electoral,independiente en sus decisiones y funcionamiento, y profe-sional en su desempeño

4. Que el artículo 35 de la LGIPE, establece que el ConsejoGeneral es el órgano superior de dirección, responsable devigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionalesy legales en materia electoral, así como de velar porque losprincipios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad,máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividadesdel Instituto.

5. Que el artículo 44, párrafo 1, inciso jj) de la norma en cita,dispone que el Consejo General tiene entre sus atribucionesla de dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivassus atribuciones, tanto en la LGIPE, como en otras legisla-ciones aplicables.

6. Es atribución del Consejo General del Instituto Nacional Elec-toral, en ocasión de la celebración de Procesos ElectoralesFederales, acordar las bases y criterios en que habrá de in-vitar, atender e informar a los visitantes extranjeros que acu-dan a conocer las modalidades de su desarrollo en cuales-quiera de sus etapas, de conformidad con el artículo 44, pá-rrafo 2 de LGIPE.

7. De conformidad con el artículo 30, párrafo 1, inciso A de laConstitución, son mexicanos por nacimiento todas aquellaspersonas nacidas en territorio nacional, también quienes ha-yan nacido en el extranjero, pero sean hijos de padres mexi-canos nacidos en territorio nacional; quienes hayan nacidoen el extranjero, pero sean hijos de padres mexicanospor naturalización; así como aquellos nacidos a bordo deembarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra omercantes.

8. El artículo 65, párrafo 1, inciso d) del Reglamento Interiordel Instituto Nacional Electoral establece que corresponde ala Coordinación de Asuntos Internacionales colaborar en laformulación de los criterios y Lineamientos que le corres-ponda determinar al Consejo General para el registro y aten-ción de los visitantes extranjeros interesados en el desarrollodel Proceso Electoral Federal.

9. La LGIPE, en su artículo 82, párrafo 2; establece que en losprocesos en que se realicen elecciones federales y localesconcurrentes en una entidad, el Consejo General del InstitutoNacional Electoral deberá instalar una mesa directiva de ca-silla única para ambos tipos de elección.

10.De conformidad con el artículo 214, párrafo 2, del Regla-mento de Elecciones señala que en caso de elecciones con-currentes, la acreditación de visitantes extranjeros será com-

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petencia del Instituto Nacional Electoral, por lo que los Or-ganismos Públicos Locales no requerirán de emitir algunaconvocatoria o expedir acreditación adicional.

11. En el artículo 215, párrafo 1, del Reglamento referido, seña-la que en los convenios generales de coordinación y colabo-ración que suscriba el Instituto Nacional Electoral con losOrganismos Públicos Locales se establecerán los mecanis-mos de colaboración en materia de visitantes extranjeros.

12. Que de conformidad con el artículo 216 de dicho Reglamento,se considera visitante extranjero a toda persona física denacionalidad distinta a la mexicana, reconocida como tal con-forme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Constitución Fe-deral, interesada en conocer los Procesos Electorales Fede-rales y locales, y que haya sido debidamente acreditada paratal efecto por la autoridad electoral responsable de la orga-nización de los comicios en que participe.

13. En el artículo 219, párrafo 1, del mismo Reglamento estableceque a más tardar el mes que dé más tardar, en el mes en quedé inicio el Proceso Electoral, la autoridad administrativaelectoral competente, aprobará y hará pública una convoca-toria dirigida a la comunidad internacional interesada enconocer el desarrollo del proceso, para que quienes lo de-seen, gestionen oportunamente su acreditación como visi-tante extranjero.

14.La convocatoria antes referida se publicará en el DiarioOficial de la Federación o en el medio de comunicaciónequivalente en las entidades federativas, y se difundirá tantoen la página de internet del Instituto como del OrganismoPúblico Local que corresponda, en sus oficinasdesconcentradas, por medios electrónicos y demás mediosque se estimen pertinentes; según lo establecido en el elartículo 220, párrafo 1, del multicitado Reglamento.

15.El artículo 221, párrafo 1 del Reglamento en cita estableceque la Coordinación de Asuntos Internacionales del InstitutoNacional Electoral será el órgano responsable de conocer yresolver sobre todas las solicitudes de acreditación reci-bidas, en los plazos y términos que se establezcan en lapropia convocatoria.

16.En el párrafo 2 del artículo antes citado, mandata a la Coor-dinación de Asuntos Internacionales del Instituto NacionalElectoral presentar en cada sesión ordinaria del ConsejoGeneral un informe sobre los avances en la atención delas solicitudes de acreditación recibidas, así como de aque-llas actividades relativas a la atención de los visitantesextranjeros.

17.Los artículos 8 y 47 de la Ley Federal de Consulta Popularestablecen que la o las consultas populares que convoque

el Congreso de la Unión se realizarán el mismo día de laJornada Electoral, por lo que la Consulta Popular se sujetaráal procedimiento dispuesto por el Título Tercero del LibroQuinto de la Ley General de Instituciones y ProcedimientosElectorales para la celebración de la Jornada Electoral, conlas particularidades del caso.

18.El Instituto Nacional Electoral valora en toda su extensión elinterés de los representantes de diversas instituciones y or-ganismos extranjeros por conocer e informarse con todo de-talle y oportunidad acerca de los trabajos relativos a la pre-paración, organización y conducción del Proceso ElectoralFederal 2017-2018, así como las características de loscomicios locales concurrentes.

19.A través de un Programa de Atención e Información paravisitantes extranjeros, el Instituto Nacional Electoral deseaofrecer a todas las personas extranjeras interesadas las fa-cilidades e información requerida para un conocimiento yestudio objetivo e integral de los diversos aspectos concer-nientes al régimen electoral mexicano en general, al ProcesoElectoral Federal 2017-2018 en particular, así como de loscomicios locales concurrentes.

20.Es interés del Instituto Nacional Electoral que los visitantesextranjeros acreditados puedan conocer, de primera mano,los documentos básicos, los procesos de selección interna ylas candidaturas postuladas por los partidos políticos y coali-ciones, así como de la participación de candidatos indepen-dientes en dichos comicios; como parte integral del ProcesoElectoral 2017-2018.

21.En atención a un principio de reciprocidad y cortesía con sushomólogos extranjeros y con instituciones y organismos in-ternacionales en la materia con los que ha establecidovínculos de cooperación e intercambio, el Instituto NacionalElectoral desea, en esta oportunidad, hacerles una cordialinvitación para que acudan a nuestro país para conocer einformarse sobre el Proceso Electoral Federal 2017-2018en calidad de visitantes extranjeros invitados.

22. En aras de otorgarle la mayor certidumbre y seguridad a lasactividades de los visitantes extranjeros que acudan aMéxico para conocer e informarse sobre el Proceso Elec-toral 2017-2018, resulta conveniente fijar las bases y crite-rios que precisen y faciliten sus actividades.

Con base en las consideraciones expresadas, el ConsejoGeneral del Instituto Nacional Electoral emite el siguiente:

A C U E R D O

Primero. Se establecen las bases y criterios, con que habráde invitar, atender e informar a los visitantes extranjeros que

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acudan a conocer las modalidades del desarrollo del ProcesoElectoral 2017 - 2018, que comprende las elecciones federalesy los comicios en las 30 entidades que se celebrarán de maneracoincidente, en cualquiera de sus etapas, así como la Convoca-toria y Formato de solicitud de acreditación que forman parteintegral del presente Acuerdo como anexos.

Base 1ª.

1. Para los efectos de este Acuerdo, visitante extranjero estoda persona física extranjera, reconocida como tal por laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; in-teresada en conocer sobre el Proceso Electoral 2017-2018,y que haya sido debidamente acreditada para tal efecto porel Instituto Nacional Electoral, a través de la Coordinaciónde Asuntos Internacionales, de conformidad con las pre-sentes bases y criterios.

Base 2ª.

1. Una vez aprobado el presente Acuerdo, el Instituto Na-cional Electoral hará pública una Convocatoria dirigida a lacomunidad internacional interesada en conocer sobre el de-sarrollo del Proceso Electoral 2017-2018, para que quienes lodeseen, gestionen oportunamente su acreditación como visi-tante extranjero.

2. La Convocatoria se publicará, en el Diario Oficial de laFederación, en el medio de comunicación equivalente en las30 entidades federativas que celebren comicios concu-rrentes al Proceso Electoral Federal, y en la página de Internetdel Instituto, así como en las páginas electrónicas de cadauno de los 30 Organismos Públicos Locales con eleccionesconcurrentes, y demás medios que se estimen pertinentes.

3. La Convocatoria se dirigirá expresamente a todas aquellaspersonas extranjeras interesadas en el Proceso Electoral2017-2018, entre ellas, a representantes de:

A. Organismos depositarios de la autoridad electoral de otrospaíses.

B. Organismos internacionales.

C. Organizaciones continentales o regionales.

D. Partidos y organizaciones políticas de otros países.

E. Órganos legislativos de otros países.

F. Gobiernos de otros países.

G. Instituciones académicas y de investigación a nivel su-perior de otros países.

H. Organismos extranjeros especializados en actividades decooperación o asistencia electoral.

I. Instituciones privadas u organizaciones no gubernamentalesdel extranjero que realicen actividades especializadas o re-lacionadas con el ámbito político electoral o en la defensa ypromoción de los derechos humanos.

4. El Instituto Nacional Electoral solicitará el apoyo de la Se-cretaría de Relaciones Exteriores para difundir a nivel inter-nacional la Convocatoria, referida en el párrafo 1 de estaBase 2ª.

5. Los partidos políticos, las agrupaciones políticas, y, en sucaso, las coaliciones electorales, los candidatos indepen-dientes, las instancias promotoras de consultas populares;así como las organizaciones de observadores y todasaquellas instituciones y asociaciones mexicanas de caráctercivil especializadas o interesadas en la materia, podrán di-fundir la Convocatoria e invitar a personas extranjeras quecumplan con los requisitos establecidos acreditarse bajo lafigura de visitante extranjero.

6. De conformidad con las convenciones y prácticas interna-cionales prevalecientes en esta materia, así como de aque-llas que se deriven de convenios de cooperación técnica in-ternacional suscritos por el Instituto, la Presidencia del Con-sejo General podrá hacer extensiva la invitación paraacreditarse como visitantes extranjeros a los titulares de losOrganismos Electorales de otros países, así como a repre-sentantes de organismos internacionales con los que el Ins-tituto mantenga vínculos de cooperación; y disponer lo ne-cesario para ofrecer un programa de atención específico.

Base 3ª.

1. Las personas extranjeras interesadas dispondrán de un plazoque comenzará a partir del inicio del Proceso Electoral Fede-ral 2017-2018 y vencerá el 20 de junio de 2018, para dirigir yhacer llegar al Consejero Presidente del Consejo General delInstituto Nacional Electoral, a través de la Coordinación deAsuntos Internacionales, su Formato de solicitud de acredi-tación, acompañado de la documentación a que hace refe-rencia la Base 4ª.

2. Para tal efecto, las personas extranjeras interesadas debe-rán llenar el Formato de solicitud de acreditación, publicadojunto con la Convocatoria, y que estará a su disposición enlas oficinas centrales del Instituto, en las oficinas de los 30organismos públicos electorales locales que celebren comiciosconcurrentes; en las oficinas de la Coordinación de AsuntosInternacionales del Instituto; en los treinta y dos ConsejosLocales; en la página de Internet del Instituto, y en laspáginas de Internet de los 30 organismos públicos electora-

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les locales que celebren comicios concurrentes. Asimismo,el Instituto solicitará a la Secretaría de Relaciones Exterioresque dicho formato se encuentre a disposición de los intere-sados en las representaciones diplomáticas y consulares deMéxico en el extranjero.

Cabe señalar que la documentación estará disponible en es-pañol, inglés y francés para facilitar su conocimiento.

Base 4ª.

1. Para solicitar al Instituto Nacional Electoral la acreditacióncomo visitante extranjero para el Proceso Electoral 2017-2018, las personas interesadas deben reunir los siguientesrequisitos:

A. Dirigir y hacer llegar a la Presidencia del Consejo Ge-neral, a través de la Coordinación de Asuntos Interna-cionales, el Formato de solicitud de acreditación, juntocon una copia de las páginas principales de su pasa-porte vigente y una fotografía actual y nítida. La docu-mentación podrá ser entregada personalmente, remitidapor correo o servicio de mensajería, con cargo al propiointeresado, o bien transmitidas vía electrónica según loestablecido en la Convocatoria y el propio Formato.

B. No perseguir fines de lucro en el ejercicio de los dere-chos provenientes de su acreditación.

Base 5ª.

1. La Coordinación de Asuntos Internacionales conocerá y re-solverá, dentro de los 3 días hábiles siguientes a su presenta-ción, sobre todas las solicitudes de acreditación recibidas entiempo y forma, informando oportunamente al Consejo Ge-neral del Instituto, así como a los 30 Organismos PúblicosElectorales Locales que celebren comicios concurrentes.

2. Para los casos en que se presente documentación incompleta,durante los 3 días hábiles siguientes a su presentación, laCoordinación de Asuntos Internacionales informará lo con-ducente al interesado, para que, de así desearlo, remita ladocumentación omitida.

3. La fecha límite para presentar la documentación para seracreditado como visitante extranjero ante el Instituto NacionalElectoral, específicamente en la Coordinación de AsuntosInternacionales, será el 20 de junio de 2018.

4. Se dará por rechazada aquella solicitud presentada por al-gún interesado que sea considerado como mexicano por laConstitución de nuestro país, o bien que no haya presentadosu documentación completa al 20 de junio de 2018.

5. La Coordinación de Asuntos Internacionales elaborará yremitirá a cada interesado la notificación oficial respecto dela resolución sobre todas y cada una de las solicitudes deacreditación recibidas.

Las notificaciones de acreditación se remitirán a las direc-ciones electrónicas especificadas por el interesado en su For-mato de Acreditación.

6. El Instituto Nacional Electoral solicitará el apoyo de las dis-tintas dependencias del Gobierno mexicano para contar conel auxilio necesario para la autorización y la emisión de losvisados correspondientes, para facilitar la internación al paísde todos aquellos visitantes extranjeros que hayan sido acre-ditados como tales.

7. La Secretaría Ejecutiva establecerá los mecanismos condu-centes para la elaboración de los gafetes de acreditacióncomo visitante extranjero. Mientras que la Coordinación deAsuntos Internacionales establecerá el procedimiento parala entrega de correspondiente, siendo el 30 de junio de 2018,el último día para que los interesados reciban dichos gafetes.

8. La Coordinación de Asuntos Internacionales presentará encada sesión ordinaria del Consejo General un informe sobrelos avances en la atención de las solicitudes de acreditaciónrecibidas, así como otras actividades relativas a la atenciónde los visitantes extranjeros.

Base 6ª.

1. Los visitantes extranjeros podrán conocer e informarse so-bre el desarrollo del Proceso Electoral 2017-2018 en cual-quiera de sus etapas y en cualquier ámbito del territorio na-cional.

2. La Coordinación de Asuntos Internacionales elaborará unPrograma de atención e información dirigido a los visitantesextranjeros, el cual será puesto a consideración del ConsejoGeneral, preferentemente, en la sesión ordinaria posterior aaquella en la que se apruebe el presente.

Una vez aprobado este Programa, será hecho del conoci-miento de los 30 Organismos Públicos Electorales Locales quecelebren comicios concurrentes.

3. Con el propósito de obtener orientación o informacióncomplementaria sobre las normas, instituciones y procedimientoselectorales, los visitantes extranjeros acreditados podránsolicitar ante la autoridad electoral responsable del ProcesoElectoral respectivo, entrevistas o reuniones informativascon funcionarios de la autoridad electoral administrativa yjurisdiccional.

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Para el caso de la elección federal, los visitantes extranjerosacreditados podrán presentar dichas solicitudes a través de laCoordinación de Asuntos Internacionales; o bien en las entida-des federativas podrán hacerlo a través de los órganosdesconcentrados del Instituto, dirigiendo las solicitudes corres-pondientes a los Consejeros Presidentes respectivos, quienesresolverán lo conducente, y en un plazo no mayor de cinco díashábiles informarán al Consejero Presidente del Consejo Ge-neral, a través de la propia Coordinación.

Mientras que para el caso de los 30 Organismos PúblicosElectorales Locales que celebren comicios concurrentes, po-drán atender las solicitudes de información que reciban de losvisitantes extranjeros. Adicionalmente, dichos organismos re-mitirán a la Coordinación de Asuntos Internacionales, por me-dios electrónicos, información general del Proceso Electoral asu cargo, a fin de que sea entregada a todos los visitantesextranjeros acreditados en ese mismo formato.

4. Los partidos políticos, las agrupaciones políticas, y, en sucaso, las coaliciones electorales, los candidatos independientesy las instancias promotoras de consultas populares, podránexponer a los visitantes extranjeros acreditados sus plan-teamientos sobre el Proceso Electoral 2017-2018, así comoproporcionarles la documentación que consideren pertinentesobre el mismo.

Base 7ª.

1. Los visitantes extranjeros acreditados serán responsablesde obtener el financiamiento para cubrir los gastos relativosa su traslado, estancia y actividades en México.

Base 8ª.

Durante su estancia en el país y en el desarrollo de susactividades, además de cumplir en todo tiempo con las leyesmexicanas y demás disposiciones legales aplicables, los visi-tantes extranjeros acreditados deberán abstenerse de:

1. Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en elejercicio de sus funciones o interferir en el desarrollo de lasmismas, incluyendo el ejercicio del voto por parte de la ciu-dadanía;

2. Hacer proselitismo de cualquier tipo;

3. Manifestarse en favor o en contra de partido o candidatoalguno o pronunciarse a favor o en contra de alguna de lasrespuestas posibles a la Consulta Popular o cualquier otraforma de participación ciudadana que esté sometida a vota-ción;

4. Realizar cualquier actividad que altere la equidad de la con-tienda;

5. Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o ca-lumnia en contra de las instituciones, autoridades electora-les, partidos políticos o candidatos;

6. Declarar el triunfo de partido político o candidato alguno o,en su caso, de los resultados de la Consulta Popular o cual-quier otra forma de participación ciudadana que esté some-tida a votación;

7. Declarar tendencias sobre la votación antes y después de laJornada Electoral, y

8. Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquierotra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos oposturas políticas o ideológicas relacionadas con la elecciónfederal, los 30 comicios locales o de cualquiera de las res-puestas posibles a la Consulta Popular o cualquier otra formade participación ciudadana que esté sometida a votación.

Base 9ª.

En caso de cualquier incumplimiento a las obligaciones esta-blecidas en este Acuerdo y a la legislación federal electoral porparte de los visitantes extranjeros acreditados, se procederá deconformidad con la Ley General de Instituciones y Procedi-mientos Electorales y el Reglamento de Quejas y Denuncias delInstituto Nacional Electoral.

Segundo. Para el caso de las entidades federativas dondese celebren elecciones concurrentes, en los convenios de coor-dinación y colaboración que signe el Instituto Nacional Electoralcon los Organismos Públicos Locales correspondientes, se esta-blecerán los mecanismos de cooperación para la atención e in-formación de los visitantes extranjeros.

Junto con las acciones conducentes, se determinarán las áreasadministrativas que serán responsables de coordinar y ejecutarlas actividades que llevará a cabo cada una de las institucionesfirmantes.

Tercero. Hágase del conocimiento de los 30 OrganismosPúblicos Locales Electorales que celebrarán comicios concu-rrentes el presente Acuerdo, a fin de que tomen nota del mismo.

Cuarto. Publíquese el presente Acuerdo y sus documentosanexos en el Diario Oficial de la Federación, así como en losmedios de comunicación equivalentes en las 30 entidadesfederativas donde se celebren comicios concurrentes.

El presente Acuerdo fue aprobado en sesión extraordinariadel Consejo General celebrada el 28 de agosto de 2017, por vota-ción unánime de los consejeros Electorales, licenciado EnriqueAndrade González, maestro Marco Antonio Baños Martínez,

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maestra Adriana Margarita Favela Herrera, doctor CiroMurayama Rendón, doctor Benito Nacif Hernández, maestraDania Paola Ravel Cuevas, maestro Jaime Rivera Velázquez,licenciada Alejandra Pamela San Martín Ríos y Valles, maestraBeatriz Claudia Zavala Pérez y del consejero presidente, doctorLorenzo Córdova Vianello, no estando presente durante la vota-ción el consejero Electoral, doctor José Roberto Ruiz Saldaña.

Dr. Lorenzo Córdova VianelloEl consejero presidente del Consejo General

Rúbrica.

Lic. Edmundo Jacobo MolinaEl secretario del Consejo General

Rúbrica.

CONVOCATORIA PARA LOS VISITANTES EXTRANJEROSQUE ACUDAN A CONOCER LAS MODALIDADES DEL

PROCESO ELECTORAL 2017-2018

El Instituto Nacional Electoral es un organismo público au-tónomo dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, encuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, lospartidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términosque ordene la Ley. Este Instituto es depositario de la autoridadelectoral y encargado de la función estatal de organizar las elec-ciones federales mexicanas. En el ejercicio de esta función es-tatal tiene como principios rectores la certeza, la legalidad, laindependencia, la imparcialidad, la máxima publicidad y la obje-tividad.

El Consejo General es el órgano superior de dirección, res-ponsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones consti-tucionales y legales en materia electoral. El cual, en ejercicio delas atribuciones que le confiere el artículo 44, párrafo 2, de laLey General de Instituciones y Procedimientos Electorales; elartículo 219, párrafo 1, del Reglamento de Elecciones, así comoen términos de la Base 2ª del Acuerdo del Consejo General delInstituto Nacional Electoral por el que se establecen las bases ycriterios con que habrá de invitar, atender e informar a los visi-tantes extranjeros que acudan a conocer las modalidades delProceso Electoral federal y concurrente 2017-2018, INE/CG382/2017, aprobado el 28 de agosto de 2017 expide la presente Con-vocatoria de acuerdo a las siguientes

B A S E S

I. Generales

1. La presente Convocatoria está dirigida a cualquier personacon nacionalidad diferente a la mexicana, que tenga interésen conocer el desarrollo del Proceso Electoral 2017-2018,

que comprende las elecciones federales y los comicios enlas 30 entidades que se celebrarán de manera coincidente,incluyendo a representantes de:

a. Organismos depositarios de la autoridad electoral de otrospaíses.

b. Organismos internacionales.

c. Organizaciones continentales o regionales.

d. Partidos y organizaciones políticas de otros países.

e. Órganos legislativos de otros países.

f. Gobiernos de otros países.

g. Instituciones académicas y de investigación a nivel su-perior de otros países.

h. Organismos extranjeros especializados en actividades decooperación o asistencia electoral.

i. Instituciones privadas o asociaciones no gubernamen-tales del extranjero que realicen actividades especiali-zadas o relacionadas con el ámbito político electoral oen la defensa y promoción de los derechos humanos.

2. Los visitantes extranjeros podrán conocer e informarse so-bre el desarrollo del Proceso Electoral mexicano 2017-2018en cualquiera de sus etapas y en cualquier ámbito del terri-torio nacional.

3. Las personas interesadas gozarán de un plazo que comen-zará a partir del inicio del Proceso Electoral Federal 2017-2018 y vencerá el miércoles 20 de junio de 2018, para hacerllegar a la Presidencia del Consejo General del Instituto Na-cional Electoral, a través de la Coordinación de Asuntos In-ternacionales, su solicitud de acreditación, acompañada deuna copia de las páginas principales de su pasaporte vigentey una fotografía actual y nítida de 3 x 2.5 centímetros.

4. El Formato de Acreditación como visitante extranjero esta-rá a disposición de los interesados en las oficinas Centralesdel Instituto Nacional Electoral (INE) ubicadas en ViaductoTlalpan número 100, Colonia Arenal Tepepan, DelegaciónTlalpan, C.P. 14610, Ciudad de México; en las oficinas de laCoordinación de Asuntos Internacionales ubicadas en Peri-férico Sur No. 4124, piso 4, Col. Ex Hacienda de Anzaldo,Delegación Álvaro Obregón, C. P. 01090, Ciudad de Méxi-co; en los 32 Consejos Locales del Instituto Nacional Elec-toral en las entidades federativas; en las oficinas de los 30Organismos Públicos Electorales Locales que celebrencomicios concurrentes, y en las representaciones diplomá-ticas y consulares de México en el extranjero.

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Adicionalmente, estará disponible en la página de Internetdel Instituto Nacional Electoral www.ine.mx; y en las páginasde Internet de los 30 Organismos Públicos Electorales Localesque celebren comicios concurrentes.

5. La documentación referida en el punto 3 podrá ser entregadapersonalmente, remitida por correo o servicio de mensajería,con cargo al propio interesado, a las oficinas de la Coordina-ción de Asuntos Internacionales del INE ubicadas en Perifé-rico Sur No. 4124, piso 4, Col. Ex Hacienda de Anzaldo, Dele-gación Álvaro Obregón, C. P. 01090, Ciudad de México, telé-fono (52-55) 5449-0436. En caso de que el interesado esté enposibilidades de transmitir su solicitud incluyendo firmaautógrafa y el resto de su documentación por correo elec-trónico, lo podrán realizar a la direcció[email protected]

6. Para que el Instituto Nacional Electoral otorgue lasacreditaciones solicitadas, las personas extranjeras intere-sadas deben reunir los siguientes requisitos:

a. Ser reconocido como extranjero por la Constitución Po-lítica de los Estados Unidos Mexicanos, según lo esta-blecido en la Base 1ª del Acuerdo del Consejo Generaldel Instituto Nacional Electoral, por el que se establecenlas bases y criterios con que habrá de invitar, atender einformar a los visitantes extranjeros que acudan a co-nocer las modalidades del Proceso Electoral federal yconcurrente 2017-2018.

b. Dirigir y hacer llegar a la Presidencia del Consejo Gene-ral, a través de la Coordinación de Asuntos Internacio-nales, una solicitud de acreditación individual debida-mente requisitada, en los tiempos y formas señaladas enel punto 3 de esta Convocatoria.

c. No perseguir fines de lucro.

7. La Coordinación de Asuntos Internacionales del Institutoconocerá y resolverá, dentro de los 3 días hábiles siguientesa su recepción, sobre todas y cada una las solicitudes deacreditación recibidas en tiempo y forma.

8. En caso de que se presente documentación incompleta,dentro de los 3 días hábiles siguientes a su recepción, laCoordinación de Asuntos Internacionales informará lo con-ducente al interesado para que, de así desearlos, remita ladocumentación omitida.

9. Se dará por rechazada toda solicitud en la cual el interesadopresente alguna de las condiciones siguientes:

a. Sea reconocido como ciudadano mexicano por la Cons-titución de nuestro país; o

b. No haber presentado su documentación completa al 20 dejunio de 2018 ante la Coordinación de Asuntos Internacio-nales del Instituto Nacional Electoral.

10.Los interesados serán notificados oportunamente respectode la resolución emitida a la solicitud de acreditación pre-sentada, mediante comunicación suscrita por el Coordina-dor de Asuntos Internacionales del Instituto. Las notifica-ciones de acreditación se remitirán vía electrónica a las di-recciones electrónicas especificadas por el interesado en suFormato de Acreditación.

11. Una vez que el interesado sea notificado que su solicitud deacreditación fue aprobada, y en caso de ser necesario, de-berá de realizar los trámites migratorios requeridos ante larepresentación consular de México más cercana a su lugarde residencia o, de ser el caso, ante alguna de las oficinasdel Instituto Nacional de Migración dentro del territorio na-cional, cumpliendo con lo establecido en los ordenamientosmigratorios aplicables.

12. Cubiertos los trámites anteriores, a más tardar a las 18:00horas del sábado 30 de junio de 2018, los visitantes extran-jeros acreditados deberán obtener el gafete oficial que losidentifique como tales y les facilite la realización de sus acti-vidades; presentando una copia de su formato migratorio, sies el caso. La eventual entrega del gafete en alguna de las 32sedes de los consejos locales del Instituto quedará sujeta aque el interesado lo notifique a más tardar el 22 de junio de2018, así como a las disponibilidades del caso.

13.La Presidencia del Consejo General del Instituto informaráoportunamente a las autoridades electorales federales, a losOrganismos Públicos Electorales Locales, a los partidos po-líticos nacionales y, de ser el caso, a los candidatos inde-pendientes sobre las características físicas del gafete de acre-ditación correspondiente a los visitantes extranjeros.

Por su parte, los Organismos Públicos Electorales Localesdeberán hacer lo propio con las instancias correspondientes desus respectivas entidades.

14.Los partidos políticos, las agrupaciones políticas y, en su caso,las coaliciones electorales, los candidatos independientes ylas instancias promotoras de consultas populares; así comolas organizaciones de observadores y todas aquellas institu-ciones y asociaciones mexicanas de carácter civil especiali-zadas o interesadas en la materia podrán difundir la presen-te Convocatoria e invitar a personas extranjeras que cum-plan con los requisitos establecidos en las bases y criteriosaprobados por el Consejo General.

15.Los visitantes extranjeros acreditados serán responsablesde obtener el financiamiento correspondiente para cubrir losgastos relativos a su traslado, estancia y actividades enMéxico.

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II. Actividades que podrán desarrollar los visitantes extran-jeros

1. Los visitantes extranjeros podrán conocer e informarse so-bre el desarrollo del Proceso Electoral 2017-2018, que com-prende las elecciones federales y los comicios en las 30 en-tidades que se celebrarán de manera coincidente, en cual-quiera de sus etapas y en cualquier ámbito del territorio na-cional.

2. Con el propósito de obtener orientación o informacióncomplementaria sobre las normas, instituciones y procedi-mientos electorales federales, los visitantes extranjerosacreditados podrán solicitar, a través de la Coordinaciónde Asuntos Internacionales, la celebración de entrevistas oreuniones informativas con funcionarios del Instituto Na-cional Electoral de órganos centrales.

En las entidades federativas, lo harán a través de los Conse-jos Locales, y en los Distritos Electorales Federales a través delos Consejos Distritales por conducto de sus Consejeros Presi-dentes respectivos, quienes en un plazo no mayor de cinco díashábiles informarán lo correspondiente al Consejero Presidentedel Consejo General.

Asimismo, los visitantes extranjeros podrán solicitar infor-mación a los Organismos Públicos Electorales Locales que cele-bren dichos comicios concurrentes. Adicionalmente, dichas au-toridades remitirán a la Coordinación de Asuntos Internaciona-les, por medios electrónicos, información general del procesoelectoral a su cargo a fin de que sea entregada a todos los visi-tantes extranjeros acreditados en ese mismo formato.

3. Los partidos políticos, las agrupaciones políticas y, en su caso,las coaliciones electorales, los candidatos independientes ylas instancias promotoras de consultas populares, podrán ex-poner a los visitantes extranjeros acreditados sus plantea-mientos sobre el Proceso Electoral federal y los 30 comiciosconcurrentes, así como proporcionarles la documentaciónque consideren pertinente.

4. La Coordinación de Asuntos Internacionales otorgará, en lamedida de sus posibilidades, los apoyos de carácter generalque se consideren pertinentes para facilitar que los visitantesextranjeros acreditados realicen adecuadamente las activi-dades señaladas en los párrafos precedentes, manteniendoinformado de ello al Consejo General.

III. Obligaciones de los visitantes extranjeros.

Durante su estancia en el país y en el desarrollo de sus acti-vidades, y además de cumplir en todo tiempo con las leyesmexicanas y demás disposiciones legales aplicables, los visitan-tes extranjeros acreditados deberán abstenerse de:

1. Sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en elejercicio de sus funciones o interferir en el desarrollo de lasmismas, incluyendo el ejercicio del voto por parte de la ciu-dadanía;

2. Hacer proselitismo de cualquier tipo;

3. Manifestarse en favor o en contra de partido o candidatoalguno o pronunciarse a favor o en contra de alguna de lasrespuestas posibles a la consulta popular o cualquier otraforma de participación ciudadana que esté sometida a vota-ción o realizar cualquier actividad que altere la equidad de lacontienda;

4. Realizar cualquier actividad que altere la equidad de la con-tienda;

5. Externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calum-nia en contra de las instituciones, autoridades electorales,partidos políticos o candidatos;

6. Declarar el triunfo de partido político o candidato alguno o,en su caso, de los resultados de la consulta popular o cual-quier otra forma de participación ciudadana que esté some-tida a votación;

7. Declarar tendencias sobre la votación antes y después de laJornada Electoral, y

8. Portar o utilizar emblemas, distintivos, escudos o cualquierotra imagen relacionada con partidos políticos, candidatos oposturas políticas o ideológicas relacionadas con la elecciónfederal, los 30 comicios locales o de cualquiera de las res-puestas posibles a la consulta popular o cualquier otra formade participación ciudadana que esté sometida a votación.

IV. Cualquier asunto no considerado en la presente Convoca-toria será resuelto en única y definitiva instancia por la Co-ordinación de Asuntos Internacionales, previa consulta a laPresidencia del Consejo General.

Ciudad de México, a 28 de agosto de 2017

Dr. Lorenzo Córdova VianelloEl consejero presidente del Consejo General

del Instituto Nacional ElectoralRúbrica.

Lic. Edmundo Jacobo MolinaEl secretario Ejecutivo del Instituto

Nacional ElectoralRúbrica.

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Tarifa autorizada por el pleno del H. Congreso del Estado de acuerdocon el Decreto 263 que reforma la Ley 249 de la Gaceta Oficial

COSTO EN PESOSPUBLICACIONES SALARIOS INCLUIDO EL 15% PARA

MÍNIMOS EL FOMENTO A LAEDUCACIÓN

0.034 $ 3.13

0.023 $ 2.12

6.83 $ 628.67

2.10 $ 193.30

COSTO EN PESOSSALARIOS INCLUIDO EL 15% PARAMÍNIMOS EL FOMENTO A LA

EDUCACIÓN

2 $ 184.09

5 $ 460.23

6 $ 552.28

4 $ 368.18

0.57 $ 52.47

15 $ 1,380.69

20 $ 1,840.92

8 $ 736.37

11 $ 1,012.51

1.5 $ 138.07

A) Edicto de interés pecuniario como prescripcionespositivas, denuncias, juicios sucesorios, aceptación deherencia, convocatorias para fraccionamientos, palabras porinserción.

B) Edictos de interés social como: Cambio de nombre, póliza dedefunción, palabra por inserción.

C) Cortes de caja, balances o cualquier documento deformación especial por plana tamaño Gaceta Oficial.

D) Sentencias, resoluciones, deslindes de carácteragrario y convocatorias de licitación pública, unaplana tamaño Gaceta Oficial.

VENTAS

A) Gaceta Oficial de una a veinticuatro planas.

B) Gaceta Oficial de veinticinco a setenta y dos planas.

C) Gaceta Oficial de setenta y tres a doscientas dieciséisplanas.

D) Número Extraordinario.

E) Por hoja certificada de Gaceta Oficial.

F) Por un año de suscripción local pasando a recogerla.

G) Por un año de suscripción foránea.

H) Por un semestre de suscripción local pasando a recogerla.

I) Por un semestre de suscripción foránea.

J) Por un ejemplar normal atrasado.

SALARIO MÍNIMO VIGENTE $ 80.04 M.N.

EDIT ORA DE GOBIERNO DEL ESTADO DE VERACRUZ

Dir ector General de la Editora de Gobierno: MARTÍN QUITANO MARTÍNEZ

Director de la Gaceta Oficial: ANSELMO TADEO VÁZQUEZ

Módulo de atención: Calle Morelos No. 43, Plaza Morelos, local B-4, segundo piso, colonia Centro, C.P. 91000, Xalapa, Ver.Oficinas centrales: Km. 16.5 carretera federal Xalapa-Veracruz, Emiliano Zapata, Ver.

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