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MONARQUÍAS EN CONFLICTO LINAJES Y NOBLEZAS EN LA ARTICULACIÓN

DE LA MONARQUÍA HISPÁNICA

José Ignacio Fortea Pérez, Juan Eloy Gelabert González, Roberto López Vela, Elena Postigo Castellanos

(Coordinadores)

Fundación Española de Historia Moderna – Universidad de Cantabria

2018

© Los autores.

© De esta edición: Fundación Española de Historia Moderna – Universidad de Cantabria. Madrid, 2018.

EDITORES: José Ignacio Fortea Pérez, Juan Eloy Gelabert González, Roberto López Vela, Elena Postigo Castellanos.

COLABORADORES: Mª José López-Cózar Pita y Francisco Fernández Izquierdo.

ISBN: 978-84-949424-1-9 (Obra completa)

978-84-949424-2-6 (Comunicaciones)

Imagen de cubierta: - “Puerto con Castillo”, Paul Bril (hacia 1601).© Archivo Fotográfico Museo Nacional del Prado (Madrid).

Edición patrocinada por el Gobierno de Cantabria, Dirección General de Cultura

3

XV Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna.

DIRECTORES

José Ignacio Fortea Pérez (Universidad de Cantabria), Juan Eloy Gelabert González (Universidad de Cantabria), Roberto López Vela(Universidad de Cantabria), Elena Postigo Castellanos (Universidad Autónoma de Madrid).

SECRETARIOS

Oscar Lucas Villanueva (Universidad de Cantabria), Juan Díaz Álvarez (Universidad de Oviedo), Mª José López-Cózar Pita (Fundación Española de Historia Moderna).

COMITÉ CIENTÍFICO

Dr. Eliseo Serrano Martín (Universidad de Zaragoza) • Dr. Juan José Iglesias Ruiz (Universidad de Sevilla) • Dr. Francisco Fernández Izquierdo (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) • Dra. Virginia León Sanz (Universidad Complutense de Madrid) • Dr. Félix Labrador Arroyo (Universidad Rey Juan Carlos) • Dr. Francisco García González (Universidad de Castilla-La Mancha) • Dr. Manuel Peña Díaz (Universidad de Córdoba) • Dra. Ángela Atienza López (Universidad de La Rioja) • Dr. José Luis Betrán Moya (Universidad Autónoma de Barcelona) • Dr. Máximo García Fernandez (Universidad de Valladolid) • Dr. Antonio Jiménez Estrella (Universidad de Granada)

Todos los trabajos contenidos en este volumen han sido sometidos a una evaluación doble ciega, tanto en su

fase de propuesta, como en la redacción del texto definitivo, de acuerdo a los criterios de excelencia académica

establecidos por la Fundación Española de Historia Moderna y la Universidad de Cantabria.

EVALUADORES

Rosa Alabrús Iglesias (Universidad Abad Oliba) Joaquim Albareda (Universidad Rovira i Virgili) Armando Alberola Roma (Universidad de Alicante) Francisco José Alfaro Pérez (Universidad de Zaragoza) Marina Alfonso Mola (UNED) Izaskun Álvarez Cuartero (Universidad de Salamanca) Fernando Andrés Robres (Universidad Autónoma de Madrid) Francisco Andújar Castillo (Universidad Universidad de Almería) Miguel Ángel Aramburu-Zabala Higuera (Universidad de Cantabria) David Bernabé Gil (Universidad de Alicante) Mónica Bolufer Peruga (Universidad de Valencia) Miguel Ángel de Bunes Ibarra (CSIC) Manuel Bustos Rodríguez (Universidad de Cádiz) Carlos J. de Carlos Morales (Universidad Autónoma de Madrid) Adolfo Carrasco (Universidad de Valladolid) Juan Manuel Carretero Zamora (Universidad Complutense) Hilario Casado Alonso (Universidad de Valladolid) Ana Crespo Solana (CSIC) Jaume Danti i Riu (Universidad de Barcelona) Miguel Deya Bauzá (Universidad de las Islas Baleares) Juan Díaz Álvarez (Universidad de Oviedo) Isabel Enciso Alonso-Muñumer (Universidad Rey Juan Carlos) Antonio Espino López (Universidad Autónoma de Barcleona) Amparo Felipo Orts (Universidad de Valencia) Camilo Fernández Cortizo (Universidad de Santiago de Compostela) Francisco Fernández Izquierdo (CSIC) Alfredo Floristán Imízcoz (Universidad de Alcalá de Henares) José Ignacio Fortea Pérez (Universidad de Cantabria) Ricardo Franch Benavent (Universidad de Valencia) Gloria Franco Rubio (Universidad Complutense) Enrique García Hernán (CSIC) Bernardo José García García (Universidad Complutense) Juan Eloy Gelabert González (Universidad de Cantabria) Javier Gil Puyol (Universidad de Barcelona) José Luis Gómez Urdáñez (Universidad de la Rioja) Miguel Fernando Gómez Vozmediano (Universidad Carlos III) Jesús Manuel González Beltrán (Universidad de Cádiz)

4

David González Cruz (Universidad de Huelva) José Antonio Guillén Berrendero (Universidad Rey Juan Carlos) José Luis de las Heras Santos (Universidad de Salamanca) Antonio Irigoyen López (Universidad de Murcia) Antonio Jiménez Estrella (Universidad de Granada) Félix Labrador Arroyo (Universidad Rey Juan Carlos) Ramón Lanza García (Universidad Autónoma de Madrid) Virginia León Sanz (Universidad Complutense) Manuel Lobo Carrera (Universidad de Las Palmas de G.C.) Amparo López Arandia (Universidad de Extremadura) María López Díaz (Universidad de Vigo) Roberto López López (Universidad de Santiago de Compostela) Ana Isabel López Salazar Pérez (Universidad Complutense) Roberto López Vela (Universidad de Cantabria) Óscar Lucas Villanueva (Universidad de Cantabria) David Martín Marcos (Universidade Nova de Lisboa) Carlos Martínez Shaw (UNED) José Antonio Martínez Torres (UNED) Miguel Ángel Melón Jiménez (Universidad de Extremadura) Víctor Ángel Mínguez Cornelles (Universidad Jaume I) Ana Morte Azim (Universidad de Zaragoza) María Eugenia Mozón Perdomo (Universidad de La Laguna) Fernando Negredo del Cerro (Universidad de Carlos III) Juan Francisco Pardo Molero (Universidad de Valencia) Magdalena de Pazzis Pi Corrales (Universidad Complutense) Pablo Pérez García (Universidad de Valencia) Rafael M. Pérez García (Universidad de Sevilla) María Ángeles Pérez Samper (Universidad de Barcelona) Guillermo Pérez Sarrión (Universidad de Zaragoza) Primitivo Pla Alberola (Universidad de Alicante) Julio Polo Sánchez (Universidad de Cantabria) Charo Porres Marijuan (Universidad del País Vasco) Elena Postigo Castellanos (Universidad Autónoma de Madrid) Marion Reder Gadow (Universidad de Málaga) Ofelia Rey Castelao (Universidad de Santiago de Compostela) Joana Ribeirete Fraga (Universidad de Barcelona) Antonio José Rodríguez Hernández (UNED) Saulo Rodríguez (Universidad de Cantabria) José Javier Ruiz Ibáñez (Universidad de Murcia) José Ignacio Ruiz Rodríguez (Universidad de Alcalá de Henares) Pegerto Saavedra Fernández (Universidad de Santiago de Compostela) María del Carmen Saavedra Vázquez (Universidad de Santiago de Compostela) José Antonio Salas Auséns (Universidad de Zaragoza) Julio Sánchez Gómez (Universidad de Salamanca) Francisco Sánchez Montes (Universidad de Granada) Miguel Ángel Sánchez García (Universidad de Cantabria) Javier de Santiago Fernández (Universidad Complutense) Porfirio Sanz Camañes (Universidad de Castilla – La Mancha) Margarita Serna (Universidad de Cantabria) José Ángel Sesma Muñoz (Universidad de Zaragoza) Hortensio Sobrado Correa (Universidad de Santiago de Compostela) Enrique Solano Camón (Universidad de Zaragoza) Fernando Suárez Golán (Universidad de Santiago de Compostela) Antonio Terrasa Lozano Margarita Torremocha Hernández (Universidad de Valladolid) Javier Torres Sans (Universidad de Gerona) Jesús María Usunáriz Garayoa (Universidad Pública de Navarra) Bernard Vicent (EHESS) Jean Paul Zuñiga (EHESS)

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ALIMENTAR UN SISTEMA, PROVEER UN EJÉRCITO: EL

ENTRAMADO MALLORQUÍN DEL SIGLO XVIII

ANA MARÍA COLL COLL

[email protected]

Universitat de les Illes Balears

Resumen: En este trabajo se dan a conocer los asientos vinculados a la provisión de los utensilios del ejército y a sus hospitales a lo largo del siglo XVIII en el contexto insular de Mallorca, marcado por sus limitaciones productivas y su alta dependencia importadora. Los principales comerciantes de la isla se ligaron a estos contratos acomodándose a los cambios marcados a nivel estatal y lucharon por entrar en el negocio de la guerra, convirtiéndose en un eje clave para los agentes del Estado, tanto por la riqueza que generaban a través de su actividad económica, que repercutía en las arcas de la Tesorería, como por su participación en el mantenimiento del ejército residente en Mallorca.

Palabras clave: provisión del ejército, asentistas, comerciantes, importaciones, Administración estatal, Mallorca, siglo XVIII.

Abstract: In this paper we introduce the asientos linked to the military victuals and hospitals provision throughout the 18th century in the insular context of Majorca, a place conditioned by its productive limitations and its great dependence on imports. The most important merchants of the island were linked to these contracts and adapted themselves to the changes that took place at the State level. They struggled to enter the business of war, becoming a key axis for the State agents, both for the wealth they generated through their economic activity, including the

Este trabajo se enmarca en el proyecto de investigación “Gobierno, guerra, grupos de poder y sociedad en

el reino de Mallorca durante la Edad Moderna”, HAR2015-67585-P, financiado por la Agencia Estatal de Investigación

y el programa FEDER (UE).

ALIMENTAR UN SISTEMA, PROVEER UN EJÉRCITO: EL ENTRAMADO MALLORQUÍN DEL

SIGLO XVIII

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repercussions on the treasure ark, and for their participation in the maintenance of the army that resided in Majorca.

Key words: army provision, contractors, traders, imports, State management, Majorca, 18th century.

1. LA FRAGILIDAD DE UN PEQUEÑO ENCLAVE ESTRATÉGICO. EL MANTENIMIENTO DEL EJÉRCITO PUESTO A PRUEBA.

Las islas de Mallorca e Ibiza se convirtieron en anfitrionas de tropas desde la conquista borbónica de 1715 y aunque a lo largo del siglo XVIII su número varió, lo habitual fue mantener en ellas a un pequeño contingente: un regimiento de dragones y una compañía de artilleros junto a dos o tres batallones de infantería1. Los movimientos dentro del panorama bélico internacional fueron los que alteraron este equilibrio, pues la escala de tropas en Mallorca conllevó la aplicación de medidas extraordinarias de provisión, la asistencia mediante el envío de caudales, procedentes con asiduidad de Cataluña, y la habilitación de espacios para el acuartelamiento de las tropas, pues a pesar de los proyectos realizados por diversos ingenieros, no se construyó ningún cuartel ex profeso durante toda la centuria2.

Los inconvenientes de este enclave salieron a la palestra de forma muy clara en el marco de los proyectos de conquista de Menorca. Los preparativos de la primera expedición, finalmente abortada (1738-1741), implicaron un reto tanto por la falta de alojamientos adecuados como de provisiones, sobre todo tras la llegada de 13.000 hombres en 1740, cuyo avituallamiento procedió en su mayoría del exterior y requirió de la habilitación de espacios para su almacenaje3. En el siguiente intento de conquista de Menorca, culminado en el año 1782, se desechó la posibilidad de hacer de Mallorca el centro de concentración de las tropas4, escogiéndose Cádiz por razones estratégicas y de gestión5. Sin embargo, una década después y en el contexto de la Guerra de la Convención, la isla no pudo escapar de ello ni de un gran despliegue de acuartelamientos, entre los que destacaban los orientados hacia Menorca6.

Exceptuando las situaciones citadas, el contingente militar destinado a la isla apenas varió a lo largo del siglo y sus necesidades fueron gestionadas en el marco de una intendencia de ejército con una capacidad presupuestaria limitada y cuya tesorería requería del envío puntual de remesas del exterior. Los asientos vinculados al mantenimiento de las tropas alojadas en Mallorca e Ibiza fueron el de víveres, el de hospitales y el de la distribución de la paja para la caballería del regimiento de dragones, contingente que desplegaba parte de sus tropas en varias villas alejadas

1 AGS, Guerra Moderna [GM], leg. 1603. AGS, leg.1638. AGS, GM, Supl., leg 150. AGS, Dirección General

del Tesoro [ DGT], inv. 16, g. 8, legs 1- 10.

2 Ana María Coll Coll, “Oposición y dificultades en la militarización del reino de Mallorca en el siglo XVIII”

en Félix Labrador Arroyo (ed.), II Encuentro de jóvenes investigadores en Historia Moderna. Líneas recientes de

investigación en Historia Moderna. Madrid, Cinca, 2015, pp. 627-647; pp. 630-631.

3 Miguel J. Deyá Bauzá, “El apoyo logístico en el intento de la toma de Menorca de 1738-1741”, en Agustín

Guimerá y Víctor Peralta (coord.), El equilibrio de los Imperios: de Utrecht a Trafalgar, Madrid, FEHM, 2005, vol. 2,

pp. 503-517. Simón Gual Truyols, Aproximación histórica sobre las tropas de Mallorca. Palma, Jefatura de Tropas de

Mallorca, 1995, p. 29. Ignacio Rivas Ibáñez, “La movilización de información en tiempo de guerra: el sistema de

inteligencia español y las operaciones militares en el Mediterráneo occidental entre 1739 y 1744”, en Agustín González

Enciso, (ed.) Un Estado militar. España, 1650-1820. Madrid, Actas, 2012. pp. 157-180; p. 161.

4 Rafael Torres Sánchez, “La movilización de recursos en la organización de la expedición anfibia de

Menorca de 1781”, RUHM, vol. 5, nº10 (2016), pp. 156-177; 159-163.

5 Rafael Torres Sánchez, “Geoestrategia y recursos. El punto de partida en la expedición marítima del duque

de Crillón a Menorca en 1781”, en María Baudot (ed.), El Estado en guerra. Expediciones navales españolas en el

siglo XVIII, Madrid, Polifemo, 2014, pp. 261-292.

6 Carmen Corona Marzol, “Mallorca ante la Guerra de la Convención Francesa. Defensas, movilización

popular y levantamiento de milicia”, Cuadernos de Historia Moderna, Anejos, 11 (2012), pp. 107-121.

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de la capital. A estos dispendios se sumaba el pago de los alquileres de las casas destinadas a las tropas y los recibos aportados por mesoneros que atendían a las de paso7.

Si observamos los porcentajes de las raciones de pan consumidas por las tropas en 1734, referidas por R. Torres, vemos como Mallorca estaría entre las 3 demarcaciones de menor consumo, con un 3,8%, a distancia de la tercera, Valencia (8,1%), y muy alejada de las dos primeras, Cataluña y Andalucía (38,4% y 24,3% respectivamente)8, un hecho que se corresponde con el papel de cada uno de estos enclaves dentro de los escenarios de interés de la monarquía hispánica.

Aunque el volumen de la provisión se ajustaba a un pequeño contingente, la dependencia de las importaciones y los límites de la producción agraria insular, la complicaba. Es más, las frecuentes crisis se traducían en estrecheces en la alimentación de la población, y, por extensión, del ejército. Esta situación se puede ver a través de algunas cifras. En 1734, los comerciantes tuvieron que introducir unas 124.000 fanegas de trigo, cantidad estimada como necesaria para proveer a la población de la isla9. En 1749, año de crisis aguda, se importaron 296.973 fanegas de trigo, 60.698 de cebada y 838 quintales de harina, que, junto a las legumbres, equivalían a un valor total de 13 millones de reales de vellón. En 1778, la escasez existente era tal que se ofertaron tres premios como gratificación a los importadores, una medida de resultado exitoso10.

Las exenciones de derechos comerciales fueron una medida paliativa concedida de forma reiterada con el objetivo de facilitar la entrada de trigo y de otros productos básicos, así como de la salida de mercancías moneda de cambio, fundamentalmente del aceite, que se hallaba en manos de las grandes fortunas de la isla y que también se asociaron al negocio de los asientos. La importación de trigo y carnes era irrenunciable, por lo que el impuesto del 15% de las Aduanas fue rebajado a un 10% o a un 5% con frecuencia bajo la condición de que las exportaciones se intercambiaran por trigo11. Junto a las súplicas vinculadas a las rebajas, también se dieron otras que tenían que ver con los privilegios de los asentistas, pues de ellos dependía el avituallamiento del ejército. Como ejemplo de ello, en 1759 se pedía la reedición de la orden real de 1748 por la cual se prohibió que el proveedor de la tropa hiciese acopio del trigo procedente de la cosecha de la isla y de otros elementos básicos para la población12.

2. EL SISTEMA DE PROVISIÓN DE VÍVERES A LO LARGO DEL SIGLO XVIII: “CAMAS, UTENSILIOS, LEÑA, CARBÓN Y ACEITE PARA LA TROPA DEL REINO DE MALLORCA E ISLAS DE IBIZA Y CABRERA”.

De forma divergente al modelo de administración directa que se fue imponiendo a medida que avanzó el siglo XVIII, el suministro de víveres del ejército se afianzó en la opción del asiento, considerada la más eficaz para asegurar los suministros a las tropas y orientada hacia un contrato

7 AGS, DGT, inv. 16, g.8, legs. 1-10.

8 Rafael Torres Sánchez, Military Entrepeneurs. The Spanish Contractor State in the Eighteenth Century,

Oxford, Oxford University Press, 2016, p. 74.

9 AGS, Dirección General de Rentas [DGR], leg. 605. Justificante del administrador de la renta de Aduanas.

10 Carles Manera Erbina, “Mercado, producción agrícola y cambio económico en Mallorca durante el siglo

XVIII”, Revista de Historia Económica. Journal of Iberian and Latin American Economic History, 9-1 (1991) pp. 69-

101; p. 76. “Aportación al estudio del problema cerealícola en Mallorca a fines del XVIII. Las gratificaciones a la

introducción de trigo”, BSAL, 40 (1984), pp. 273-296; pp. 275-276.

11 José Juan Vidal, "La producción de aceite en Mallorca durante la Edad Moderna y su papel en la economía

mallorquina", BSAL, t. XXXVII, nº 830-833 (1980), pp. 519-552. “Las nuevas estructuras de la Hacienda Borbónica”,

en Alfredo Alvar, Julián Contreras y José I. Ruiz (eds.), Política y Cultura en la Época Moderna (Cambios dinásticos,

milenarismos mesianismos y utopía), Madrid, Universidad de Alcalá de Henares, 2004, pp. 69-94; p. 90.

12 ARM, Documentación Impresa, 1759. Súplica de la ciudad a 23 de julio de 1759.

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único que facilitaba un mayor control por parte del Estado13. La gestión local de estos asientos puso a su cabeza a agentes denominados asentistas, factores, o directores de la provisión, y en ellos tuvieron una implicación más o menos directa los principales hombres de negocios de la isla, sobre todo los Billón y los Marcel. De hecho, ellos fueron los que también armaron jabeques para luchar contra el corso menorquín14 o realizaron grandes préstamos a la Real Hacienda, como el de Jerónimo Rivera: 30.000 pesos que le valieron un título nobiliario15.

El formato del proceso de adjudicación del asiento, siempre que este saliera a subasta pública, tenía su epicentro en el remate público en el patio del castillo real, lugar donde estaba el despacho de la intendencia. Una vez finalizado el plazo de 15 días para presentar las propuestas, se iniciaban los trámites por orden del intendente y mediante un pregón público. Tras la adjudicación, se iniciaba el auto de aceptación, obligación y fianza ante un notario, momento en el que el asentista comprometía su persona y sus bienes, sometiéndose a la jurisdicción del intendente. Los avales de los fiadores, también presentes, debían ser aprobados por este último para después proceder a la firma del compromiso ante el notario y varios testigos. Una vez finalizados los tramites, el escribano de la intendencia procedía a guardar el contrato en la oficina16.

El tribunal de la intendencia actuaba abriendo los expedientes correspondientes en caso de darse el incumplimiento de las condiciones del contrato por parte de cualquiera de los involucrados en él. Un buen ejemplo lo encontramos en el año 1734, cuando actuó en la causa de Antonio Llaneras, proveedor y asentista de la paja de los caballos contra Bartolomé Nicolau, con quien había acordado el suministro del cuartel de Felanitx17. Finalmente, se resolvió el embargo y secuestro de todos los bienes de Nicolau o de los dos fiadores si no tuviera, a fin de ser rematados y subastados18.

El primer intento de asiento del que tenemos constancia documental es del año 1725, poco antes de que la Administración acordara con Urban Ruiz Velarde un contrato único19. La provisión de víveres se adjudicó a Pedro Gerónimo de Mena con un acuerdo de larga duración”20. Más adelante, Mena se convertiría en el Administrador general de la renta de Aduanas21.

El Estado intentará gestionar directamente el suministro del ejército durante la década de los años 30. En Mallorca, el oficial de la Contaduría Mateo Domingo fue designado para llevar a cabo la cuenta y la razón de la distribución, con un salario de 3.000 reales de vellón anuales. Los escogidos para rubricar el contrato de suministro a las tropas fueron los hermanos Billón, Pedro

13 Vid. por ejemplo Agustín González Enciso, “La supresión de los arrendamientos de impuestos en la España

del siglo XVIII”, Tiempos Modernos, 30 (2015/1). Rafael Torres Sánchez, “Cuando las reglas del juego cambian.

Mercados y privilegio en el abastecimiento del ejército español en el siglo XVIII”, Revista de Historia Moderna, 20

(2002), pp. 487-512.

14 Rafael Torres Sánchez, El precio de la guerra. El Estado fiscal-militar de Carlos III (1779-1783), Madrid,

Marcial Pons, 2013, pp. 61-62. Ribera y Billón armaron 2 jabeques cada uno acudiendo a la llamada del intendente en

1779.

15 VV.AA. Gran Enciclopedia de Mallorca, Palma, PromoMallorca, 1988-1989, t. XIV, pp. 284-285.

16AGS, SSH, leg.695. Se ve con claridad en el proceso de 17 folios certificado por el escribano de la Real

Intendencia, el 26 de agosto de 1773.

17 ARM, Reial Patrimoni [RP], 900/3.

18 Ibidem. Antonio Orbegozo, con acuerdo del asesor, Palma, 12 de julio de 1734.

19 Rafael Torres Sánchez, “Alimentando a Marte: la política de suministros militares al ejército español en

el XVIII”, Cuadernos de Historia Moderna, vol. 41-2 (2016), pp. 373-389; p. 382.

20 ARM, Documentación Impresa, 1725. El intendente Diego Navarro, Palma, 12 de mayo de 1725.

21 AGS, DGT, inv. 16, leg. 1, g. 8. Cuentas de 1745. ARM, RP, leg. 4100. Palma, 5 de septiembre de 1744.

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y Blas, representantes de una de las firmas comerciales insulares más importantes22, mientras que Antonio Llaneras se adjudicó el suministro de la paja para los caballos del ejército.

Como muestra del volumen de su gestión, podemos referir los recibos de los últimos cuatro meses de 1733. Según estos, los hermanos Billón habían recibido 14.302 reales de vellón y 22 maravedís por 7.151 quintales y 35 libras de leña, 7.295 reales y 4 maravedís por algo más de 383 arrobas de aceite, y 19.332 reales en concepto de camas y utensilios. Por otra parte, Antonio Llaneras había percibido 14.730 reales de vellón y 27 maravedís por la distribución de 5.321 quintales y 2 arrobas de paja23.

El paso de la provisión a la gestión estatal coincidió en las islas con la aplicación del impuesto de utensilios, que hasta entonces había sido pospuesta. El ajuste inicial fue de 290.000 reales de vellón y el intendente tuvo que enfrentarse a las rebeliones de las villas y los gremios, sofocadas gracias a la intervención del regimiento de dragones de Francia24. De todos modos, poco se ingresó en las arcas de la tesorería por este concepto en lo que fue una década nefasta para la economía insular, en sintonía con lo ocurrido durante el período 1734-1739 en todo el país.

La quiebra financiera de 173925 y el fracaso de este modelo de gestión directa hicieron que desde 1740 la monarquía retomara los contratos con los asentistas26, a la vez que el debate sobre qué sistema de provisión se requería volvía a la palestra y abría la vía del contrato único. Este contexto de incómoda negociación entre los delegados regios y los mercaderes puede verse en Mallorca en el período 1740-1742, para el que R. Torres da cuenta de los problemas existentes en torno al proveedor, el destacado comerciante Claudio Marcel, descrito por el intendente como hombre con crédito y buenas conexiones, pero cuyas condiciones contractuales eran vistas como excesivas por la Secretaría de Hacienda27.

En el año 1744, la provisión de víveres del ejército del país recayó en Francisco Mendinueta, quien la retuvo hasta 176328. Ello se tradujo en las islas en la revisión del asiento por parte de la intendencia, con un proceso de selección que adjudicó al tesorero de la renta del Tabaco Pedro Ayzimena el cargo de factor, con “facultad de que le pueda substituir en todo o en parte las personas que le pareciese, revocarlas y nombrar otras de nuevo con causa o sin ella” 29. Fue reemplazado en la renta del Tabaco por Baltasar Montaner, credenciero de las Rentas Generales al cual en 1756 se le concedió el cargo de administrador de las Salinas de Mallorca e Ibiza, resultando destacable que la fianza de 4.000 ducados fuera depositada por Pedro Gerónimo de Mena, al que vimos anteriormente actuando de proveedor30.

22 Carles Manera Erbina, Comerç i capital mercantil a Mallorca. 1720-1800. Palma, Consell Insular de

Mallorca, 1988; pp. 94-105.

23 AGS, GM, leg. 3873. Relación de lo pagado por gastos de utensilios. Tesorería del ejército, Palma, 6 de

mayo de 1734.

24 AGS, GM, leg. 2379. Patiño a Orbegozo, Puerto de Santa María, 27 agosto 1729. Aprobación del reparto.

AGS, SSH, leg. 572. Resumen del informe del intendente y respuesta. Madrid, a 23 de septiembre de 1733.

25 Vid. por ejemplo Anne Dubet, “La suspensión de pagos de 1739: ¿una medida de “buen gobierno” de la

Hacienda?”, Espacio, tiempo y forma. Serie IV, Historia Moderna, 2017 (30), pp. 19-56.

26 Rafael Torres Sánchez, Alimentando a…, op. cit., pp. 383-388.

27 Rafael Torres Sánchez, Military Entrepeneurs…, op. cit. p. 78.

28 Rafael Torres Sánchez, "El gran negocio de la época, la provisión de víveres al ejército por Francisco

Mendinueta (1744-1763)" en Santiago Aquerreta (coord.), Francisco de Mendinueta: finanzas y mecenazgo en la

España del siglo XVIII, Eunsa, Pamplona, 2003, pp. 101-133.

29 ARM, RP, leg. 4100. Copia de la declaración hecha en Madrid a 22 de agosto de 1744 según la cual

Francisco de Mendinueta y varios testigos comparecieron para hacer valer a Pedro de Ayzimena.

30 AGS, DGR, leg. 3301, 2ª remesa. Orden de 26 de marzo de 1756.

ALIMENTAR UN SISTEMA, PROVEER UN EJÉRCITO: EL ENTRAMADO MALLORQUÍN DEL

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Pedro Ayzimena aparece en la documentación como administrador general de la provisión de víveres de todo el reino, actuando en nombre de Mendinueta. En el desarrollo de su labor se vio acompañado de un delegado-administrador que se ocupaba de las tropas acuarteladas fuera de la ciudad, en la part forana: Martín Feliu, relevante hombre de negocios de la isla que además contaba en su haber con varias explotaciones agrícolas 31.

La siguiente etapa es la del asiento de los Cinco Gremios Mayores, y en ella es el mercader Blas Francisco Billón quien se mantiene como director del asiento hasta el año 177132. Un año después, pasa nominalmente a Cristóbal Oliver, aunque aquel aparece como uno de sus fiadores, y de hecho en la documentación posterior al contrato se le sigue adscribiendo la connotación “proveedor del rey”. Todos los avales aportados por Oliver pertenecían a los linajes de comerciantes más poderosos de Mallorca33: Blas Billón, hijo de Francisco, Blas Francisco Billón, su sobrino, Jerónimo Rivera hijo, y Claudio Marcel Mayol, el cual también había obtenido el contrato en el pasado34 y cuya familia controlaba gran parte de las importaciones y exportaciones de la isla.

Dentro de la coyuntura en la cual se imponían los contratos más largos35, Cristóbal Oliver había propuesto uno de diez años, pero tan solo se le concedieron cinco. Las condiciones impuestas entonces por la Administración se ciñeron al Real Decreto de 4 de octubre de 1766, que mejoraba las condiciones de la tropa, y la propuesta inicial acabó inclinándose hacia el beneficio de la Real Hacienda con la adaptación del contrato a las modificaciones exigidas. De esta forma, Oliver rebajó el cobro por servicio de cama de 3 reales y medio a 3 y cuartillo de vellón y la arroba de aceite de 27 a 25 reales de vellón, mientras que por cada arroba de carbón recibiría sólo el doble de una de leña. También convino en ingresar en la tesorería del ejército 80.000 reales de vellón el mismo día de la toma de posesión del cargo y por cuenta de los efectos, pudiendo depositar el resto en los cuatro años restantes36.

Por otra parte, Jerónimo Rivera consiguió hacerse con el contrato para proveer de forma exclusiva a las tropas de la conquista de Menorca, y lo hizo gracias a sus vínculos con el intendente del ejército expedicionario, Pedro Montenegro, con el que había contactado durante el ejercicio de este como tesorero de Mallorca unos años antes (1777-1779)37. Rivera se vio favorecido por un acuerdo generoso, poco flexible y que no generaba confianza, por lo que las suspicacias de la Secretaría de Hacienda y la complicación del sitio de Menorca desembocaron en un acuerdo con los Gremios en agosto de 1781 y en la designación de Manuel Cabriada como su delegado38. Al poco tiempo, el propio Montenegro fue relevado del cargo por desavenencias con el duque de Crillón39.

31 ARM, RP, leg. 696 y ARM, RP, leg. 779.

32 AGS, SSH, leg. 573. Blas Billón al intendente. Palma, 10 de noviembre de 1770.

33 Carles Manera Erbina, Comerç i capital…op. cit., pp. 94-105.

34 Archivo Histórico Nacional [AHN], Diversos, Colecciones, 157, nº 12, ff. 17-18. El 21 de noviembre

comparecieron todos los fiadores.

35 Rafael Torres Sánchez, Military entrepeneurs… op. cit., pp. 387-388.

36AHN, Diversos, Colecciones, 157, nº 12. Propuesta de 2 de mayo de 1771, modificaciones, y aprobación

de 17 de septiembre.

37 AGS, DGT, inv. 16, g. 8, leg. 6.

38 Rafael Torres Sánchez, Military Entrepeneurs… op. cit., pp. 217-225.

39 Maria del Carmen Irles Vicente, “La vuelta de Menorca a manos de su majestad católica: la recuperación

de Menorca en 1782 y la nueva planta militar”, en Armando Alberola y David Bernabé, Magistro et amico. Diez

estudios en homenaje al profesor Enrique Giménez López. Universidad de Alicante, 2012, pp. 175-198; p. 176.

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El siguiente cambio en el suministro de víveres se da al pasar esta de los Cinco Gremios al Banco de San Carlos40, hecho que se traduce en primera instancia en la elección en 1783 de Claudio Marcel como encargado del suministro a la Real Armada anclada en el puerto de Mahón41. En 1790, los Gremios vuelven a adjudicarse la provisión, mejorando su posición e incorporando también el suministro a la Marina, aunque la coyuntura bélica posterior condujo el convenio al fracaso42.

Los trámites seguidos por Claudio Marcel desde 1794 para obtener el asiento en Mallorca bajo el nombre de su escribano Ignacio Amer muestran el gran interés de los mercaderes por hacerse con este tipo de contratos y el uso de testaferros43. Marcel contactó con el comerciante madrileño Félix Álvarez para que le informara de la situación (candidatos, rebajas a favor de la Real Hacienda…) y para que mantuviera a alguien en la Corte siguiendo el proceso. La concesión del contrato, fallado a su favor en febrero de 1795, iba a suponer la recepción de 500 pesos por estos servicios. El éxito estaba casi garantizado por las irrefutables fianzas aportadas, pues el avalador de Amer, Claudio Marcel, poseía una ingente fortuna procedente del comercio y de sus grandes propiedades agrarias. Algunas cifras reflejan este hecho: en 1785, el montante de efectos de cambio en el que participaba era de 2,250.000 reales de vellón44.

No conocemos todos los entresijos del proceso de avituallamiento, cuya cadena trascendía desde la extracción de los productos hasta su distribución a los cuarteles y hospitales, pero la polémica abierta en el bienio 1769-1770 entre el contador, el intendente y el director de víveres, que entonces era Blas Francisco Billón, nos permite ver la actuación del Estado para dar respuesta a todos los implicados, contentando al asentista pero sin ceder ante pretensiones que le eran perjudiciales.

El regimiento de dragones de Almansa se proveyó de otras fuentes alternativas a las del asiento, hecho que desató las iras de Billón, quien aprovechó esta coyuntura para exigir que los cobros se efectuasen según el número de plazas del regimiento y no según las revistas realizadas, demanda que extendió al cuerpo de infantería45. El Estado puso los medios para resarcirle y activó a sus agentes encomiándoles a llevar a cabo un mayor control, pero no aceptó su demanda, justificando además que el rigor y la precisión en la contabilidad de las raciones mensuales eran casi imposibles, debido a factores diversos como enfermos, entrada de reclutas, muertes, deserciones, o tropas en tránsito, por lo que el asentista debía aceptar que en los ajustes resultaran alcances o deuda de provisión, al igual que ocurría con el prest o las pagas46.

La actuación del coronel fue recriminada, teniendo que solicitar a Billón, indemnizado por las pérdidas, que siguiera proveyendo al cuerpo, “mediante que por su parte se ha suspendido enteramente el fraude que la motivó”. Mientras, al contador, que alegaba desconocimiento de los perjuicios hacia el contratista, se le enviaron copias de todas las órdenes vinculadas al asunto de

40 Rafael Torres Sánchez, Alimentando a…, op. cit., p. 388.

41 Carles Manera Erbina, Comerç i capital…op cit., p. 106. Refiere la carta de Marcel al intendente Bañuelos

en noviembre de 1783: “El banco me ha comisionado para la Provisión de Marina, es un asunto en que entro en oscuras

y no puedo formar un concepto de las resultas…”.

42 Rafael Torres Sánchez, Alimentando a…, op. cit., pp. 388-389.

43 Sobre esta cuestión, vid. Francisco Andújar Castillo, “Negocios privados, cargos públicos: el recurso a

testaferros en la etapa del cambio dinástico”, Tiempos Modernos, 30-1 (2015).

44 Carles Manera Erbina, Comerç i capital…op. cit., pp. 106-107.

45 AGS, SSH, leg. 573. Bernabé González a Francisco Lafita, Palma, 18 de septiembre de 1770 y respuesta

de día 29.

46 Ibidem. Múzquiz al intendente, San Lorenzo el Real, 27 de noviembre de 1770.

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estos asientos para que no errase en el futuro y con un mensaje muy claro por parte de la Secretaría de Hacienda47:

“El fin de estas resoluciones es la subsistencia del ejército a través de los repuestos que se

obliga a hacer a los asentistas en las plazas y cuarteles del reino, con la seguridad de que han

de consumirlos las tropas, tomando mensualmente de los almacenes de la provisión el haber

de las raciones que le corresponden según la fuerza de sus revistas, sin que le sea lícito

abastecerse por su cuenta por ningún motivo, como se convino con los actuales asentistas en

los artículos 31 y 32 de su contrata”.

3. EL ASIENTO DE LOS HOSPITALES MILITARES DE MALLORCA E IBIZA.

En gran parte de la primera mitad del siglo XVIII, este contrato estuvo vinculado a Carlos Fonticheli48, patriarca de esta saga de mercaderes que contaba también con diversas explotaciones agrarias49. Aparece vinculado a los hospitales al menos desde finales de la década de los años 20, mientras que su hermano y después su sobrino hicieron lo propio con la provisión de paja para los caballos del regimiento de dragones (primero Enrique, después Pelegro)50.

Desde el año 1756, el asiento de hospitales permaneció en manos de Sebastián Riusech, que lo fue renovando en períodos de 8 años hasta que su quiebra le impidió continuar51. El primer contrato a su favor se remató el 7 de abril de 1756 como mejor opción: por cada hospitalidad o plaza de oficial recibía 4 reales y 20 maravedís, y por cada plaza sencilla, incluido sargentos, 3 reales de vellón52. Los otros candidatos, que ofrecían la realización de reformas a las casas-hospital, no pudieron conseguir este asiento, pues Riusech contaba con el beneplácito de los intendentes, quienes siempre lo calificaban de mejor postor53. Sebastián era además arrendatario de varias posesiones en la isla, todas con mayoral, y además se hallaba involucrado en el negocio de los diezmos54. En la lista de compradores y fiadores del diezmo del vino de la villa de Felanitx de 1771, aparece junto a otros, entre los que están Antonio Bover, familiar del director de la renta del Aguardiente, Miguel Bover, y el comerciante Josep Ripoll55.

En noviembre 1765, Sebastián renovaba el asiento de los hospitales de Mallorca e Ibiza, aunque adaptándolo a la situación vigente:

“Siendo bien sabido de todos las malas cosechas que de algunos años a esta parte se

experimentan en Mallorca, y los subidos precios de todo género comestible, alterados hoy en

un tercio de más valor que el que tenían en el del año 1756, en que se aprobó el actual Asiento

de Hospitales, se me deberán satisfacer […], en dinero efectivo y no en vales o cartas de

47 Ibidem. El contador a Múzquiz, Palma, 12 de noviembre de 1770.

48 AGS, GM, leg. 2370. Asiento de Carlos Fonticheli. Palma, 1 de enero 1729. AGS, GM, leg. 3873.

49 José Juan Vidal, “Dos inventarios sobre los predios de Mallorca del siglo XVIII”, Fontes Rerum

Balearium, 2 (1978), pp. 373-432; 429.

50 ARM, RP, leg. 4155. “Remate a favor de Pelegro Fonticheli, a cargo del cual está desde la muerte de su

padre”. El contrato de 6 años finalizaría el 31 de julio de 1766.

51 AGS, DGT, inv. 16, g. 8, leg. 2. Cuentas del tesorero Antonio Escofet.

52 AGS, SSH, leg. 574. Copia del contrato, en la intendencia a 12 de agosto de 1775.

53 AGS, SSH, leg. 695. Certificado del escribano de la intendencia. Palma, a 12 de agosto de 1765.

54 José Juan Vidal, Dos inventarios…, op. cit., pp. 401 y 406.

55 Carles Manera Erbina, “Viticultors a Mallorca. L’avenç de la vinya el segle XVIII”, Estudis d’Història

Agrària, 9 (1992), pp. 41-72; p. 55. AGS, SSH, leg. 695. Palma, 26 de agosto de 1773. Aprobación de la fianza.

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pago, tres reales y doce maravedís de vellón por cada estancia de sargento, tambor y soldado

que la cause en el Hospital […]”56.

Finalmente, el alza del precio de los víveres y el mantenimiento de las condiciones del contrato le llevaron a la ruina57 y en 1775 la provisión de los hospitales pasó a manos de Miguel Montserrat, por entonces director de la renta del aguardiente58, quien ganó el concurso a José Cardona, destacado comerciante de la ciudad, y a Rafael Trías y Pauli. Retuvo este asiento hasta 1782 con una mejora en las condiciones respecto a Riusech: 3 reales y 9 maravedís de vellón por cada plaza sencilla y 4 reales y 10 maravedís de vellón por cada oficial59.

El interés de Montserrat en la renovación del contrato era tal que un año antes de que finalizara, ya la solicitó, un hecho que contrarió al propio intendente. De nada le sirvió ser tan precavido pues este le acusó de cometer irregularidades y emitió un informe negativo: “he notado tantas faltas en el tiempo que he corrido con la inspección de él, como V.E. reconocerá de las notas que he puesto en cada condición y obligación”60. Además, el otro candidato, Juan Riusech, hijo de Sebastián, ofertaba una rebaja de 2 maravedís por cada plaza61.

De esta forma, la provisión de los hospitales se adjudicó de nuevo a los Riusech en 1783. Juan se había acogido a los méritos de su padre para obtener el contrato, pero la clave del éxito de su propuesta fue el aval de su tío, José Ripoll. El informe del intendente a la Secretaría de Hacienda le fue muy favorable, tanto por los precios y condiciones ofertadas como porque veía en Ripoll a un fiador de garantías, “sujeto hacendado y del comercio de aquella ciudad”. Además, apoyó la propuesta de Riusech, señalando que en caso de ser este el fiador, no hacía falta sacar el asiento a subasta pública.

El contrato de los hospitales de Mallorca e Ibiza se mantuvo en sus manos durante todo lo restante de siglo, siendo renovado por períodos de 8 años62 mientras que un hermano suyo, el corredor de comercio Miguel Tomás, se convirtió en el administrador del avituallamiento de paja para la caballería “que hace el servicio en este reino”63, cargo que le condujo a la apertura de un expediente por resarcimiento del Banco de San Carlos64.

CONCLUSIONES

La frágil economía y la baja autonomía de Mallorca e Ibiza generaron dificultades que se trasladaron a la provisión de sus tropas y hospitales militares. En este contexto, las principales firmas comerciales (Fonticheli, Billón, Rivera, Marcel, Feliu, Ripoll, Riusech) se vincularon a ella formando parte del único colectivo dispuesto a invertir y aportar las fianzas de los contratos, cuyo primer depósito solía oscilar entre los 8.000 y 10.000 pesos.

56 AGS, SSH, leg. 695. Sebastián Riusech, Palma, 12 de agosto de 1765.

57 Ibidem. Relación de méritos de su padre, hecha por Baltasar Montaner en 1782.

58 AGS, DGT, inv. 16, g. 8, leg. 5. Tesorería del ejército, Palma, 18 de enero de 1775.

59 AGS, SSH, leg. 695. Certificado del auto de remate y aceptación del asiento. Palma, 26 de agosto de 1773.

60 Ibidem. Romualdo de Tovar a Miguel de Múzquiz, Palma, 23 de noviembre de 1782.

61 Ibidem. R.O. de 9 de agosto de 1783 comunicada al intendente por el conde de Gausa el 4 de septiembre

de ese año.

62 AGS, SSH, leg. 574. Tomás de Escalada al Conde de Lerena, Palma, 17 de junio de 1791. Envía la contrata

para continuar su asiento por 8 años más desde el 15 de agosto.

63 AGS, DGT, inv. 16, g. 8, leg. 5. Tesorería del ejército. Palma, 18 de enero de 1775.

64 AGS, SSH, leg. 575. Nota de 1799 indicando que el expediente, del tiempo que fue subarrendatario de

esta provisión, seguía abierto. Sin fecha.

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Los comerciantes se beneficiaron tanto de los incentivos dados a las importaciones como de la opción escogida por la Administración para el avituallamiento del ejército: contratos largos y estabilidad en forma de renovaciones que lo garantizaran. Además, como vimos en el caso del asentista Blas Francisco Billón, los intereses de los proveedores se protegieron cuando fue necesario, y no solo porque el Estado les necesitaba y los contratos debían respetarse, sino porque estos hombres de negocios eran elementos clave a nivel fiscal por su actividad principal, siendo la renta de Aduanas una de las dos más destacadas y la que, como señalaba el intendente Francisco Lafita, “mantiene los fondos de la Tesorería”65.

Los grandes contratos estatales pasaron por diversas manos y etapas a lo largo del siglo XVIII, un hecho que se tradujo en el ámbito insular en reformulaciones de condiciones y vínculos (directores, fiadores…). Todas ellas se enmarcaron en el juego de intereses existente entre los agentes del Estado y los inversores, un juego donde algunos linajes se convirtieron en piezas habituales que alternaron distintas posiciones del tablero.

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