la libertad de expresión de los periodistas es garantía de la democracia en el estado moderno
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El autor analiza en un libro de reciente publicación el estado de la regulación del periodismo en Bolivia, en la cual encuentra tanto avances como retrocesos.---Hay un presupuesto básico para la democracia: los periodistas cumplen su labor como parte de la función pública de información. Este hecho es resultado de una larga evolución histórica. Por ello, preservar la labor de los periodistas es preservar la democracia.TRANSCRIPT
El autor analiza en un libro de reciente publicación el estado de la regulación del periodismo en Bolivia, en la cual encuentra tanto avances como retrocesos.
La libertad de expresión de los periodistas es garantía de
la democracia en el Estado moderno
Antonio Gómez Mallea (Doctor en Comunicación, actualmente docente a tiempo completo de la Carrera de Comunicación Social de la Universidad Católica Boliviana “San Pablo” – Regional Cochabamba).
---Hay un presupuesto básico para la democracia: los periodistas cumplen su labor como
parte de la función pública de información. Este hecho es resultado de una larga evolución
histórica. Por ello, preservar la labor de los periodistas es preservar la democracia.
Orígenes de la libertad de expresión
En 1877, el historiador inglés Lord Acton señaló que los griegos “toleraban una
considerable variedad de opiniones y una gran libertad de expresión. De este modo llegaron
a ser el único pueblo de la antigüedad que se hizo grande a través de instituciones
democráticas”.
Así, numerosos estudiosos dicen que se puede encontrar tanto en griegos como romanos
“frases antológicas en defensa de la libertad de expresión”, citando la afirmación de
Demóstenes sobre el hecho de que no podía caer sobre un pueblo peor desgracia que la
“privación de la libertad de palabra”.
Sin embargo, los autores están de acuerdo en que sólo se puede hablar de formalización
explícita del derecho a la libertad de expresión desde 1688 – 1689 en Inglaterra, como
resultado de la llamada “Revolución Gloriosa” y la aprobación de la “Carta de Derechos”.
Este hecho se iría a complementar con la rebelión de las colonias inglesas de América y con
la Revolución Francesa, pues “en ambos casos los revolucionarios consideraron necesario y
digno exaltar los valores que les habían inspirado en su lucha contra su respectivo antiguo
régimen, incorporándolos en uno o más textos fundamentales”: la Declaración de
Independencia y la Ley de Derechos en América del Norte (1776) y la Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano en Francia (1791).
En lo que toca al mundo hispano, el desarrollo de la libertad de expresión como derecho
también tuvo su influencia en el proceso constitucionalista y el progreso del periodismo,
desde las Cortes de Cádiz (1810) a la Declaración de Chapultepec (1994).
Periodismo y poder
En lo que toca al vínculo entre periodismo y libertad de expresión, son varios los autores
que han constatado que siempre ha existido un enfrentamiento histórico de esta actividad
profesional con los poderes constituidos. Por ejemplo, Martin Conboy concluye que el
periodismo siempre ha sido asociado con la disputa - disputa acerca de su valor, su función,
su dirección, incluso su definición - y siempre ha sido construido como un conjunto diverso
y múltiple de estrategias textuales, prácticas heterogéneas que intentan conquistar o desafiar
todo lo que ha sido la interpretación dominante.
En este sentido, es célebre el aforismo del cardenal Wolsey, “eminencia gris del reinado de
Enrique VIII de Inglaterra”, quien a comienzos del siglo XVI dijo: “Debemos destruir a la
prensa o la prensa nos destruirá a nosotros”. A lo que en 1671, en Estados Unidos, el
gobernador británico de Virginia añadió: “La Ilustración ha traído al mundo la
desobediencia, la herejía y las sectas; y la prensa no sólo las divulgó, sino que también
lanzó libelos contra el gobierno”.
¿Por qué sucede esto? Felipe Pena de Oliveira (2009) ha recopilado once teorías diferentes
sobre lo que es el periodismo entre la que se encuentra la del Neewsmaking, que señala que
esta actividad “está lejos de ser el espejo de lo real. Es, más bien, la construcción social de
una supuesta realidad”.
En otras palabras, los periodistas han construido y siguen construyendo una visión
alternativa de la sociedad a la que tienen los poderes constituidos. Son la voz del disenso
que equilibra el poder y permite el diálogo en una sociedad democrática.
En Bolivia
Desde su nacimiento, nuestro país ha tenido una legislación garantista del trabajo del
periodista, que se refleja en la Ley de Imprenta de 1925 y cuyos preceptos sólo fueron
obviados por las dictaduras militares.
Sin embargo, esta situación empezó a cambiar el año 2006, cuando el Movimiento al
Socialismo comenzó a gobernar el país con una serie de cambios políticos que se tradujeron
en una reforma de las leyes, que puso en cuestión legalmente, por primera vez en la historia
boliviana, los principios básicos de la Ley de Imprenta.
Todo ello hace oportuna una actualización y ampliación del estudio de la legislación sobre
periodismo en Bolivia, en varios sentidos:
En el de verificar la aplicación positiva de la Ley de Imprenta dentro del nuevo marco
normativo que incluye la promulgación de más de un centenar de instrumentos legales
desde el año 2006 hasta el 2015. Y en el de constatar la nueva jurisprudencia de tres lustros
que incluye el fenómeno de la autorregulación.
Por ello, en mi libro “Regulación y periodismo en Bolivia” intento establecer un balance
actualizado de la aplicación positiva, la jurisprudencia y la doctrina respecto de la
legislación que regula la actividad periodística en Bolivia, en el entendido de evaluar las
garantías legales que ofrece el Estado boliviano para el ejercicio de la profesión.
Un primer avance que puedo dar de los resultados de esta investigación es la siguiente
hipótesis:
La interpretación objetiva del derecho permite establecer que la inclusión constitucional del
derecho a la información y la comunicación, así como la legislación conexa que se ha
promulgado desde el año 2009 a la fecha, garantizan un respeto de las prerrogativas del
periodista como sujeto de derecho, que está por debajo de los estándares que el Sistema
Interamericano de Derechos Humanos ha establecido para el objeto de derecho en materia
de libertad de expresión.
Les invito a ser parte de este importantísimo debate con la lectura y discusión de los
resultados de mi investigación.
GÓMEZ MALLEA, Alfredo Antonio (2015). Regulación y periodismo en Bolivia.
Alcances y límites dentro del derecho a la información. Cochabamba. Editorial Verbo
Divino (www.