informe de auditorÍa proceso judicial y comitÉ de...
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INFORME DE AUDITORÍA PROCESO JUDICIAL Y COMITÉ DE CONCILIACION
PRESENTADO POR:
SAMUEL SAJAUT CAICEDO Jefe de Control Interno
LUIS ALBERTO VERGARA PALACIO Auditor par
AUDITADO
ANIBAL PALMERA JIMENEZ
Jefe Oficina Jurídica
LUIS FELIPE LOPEZ GARCIA Abogado Externo
Procesos Judiciales
SANTA MARTA, MAGDALENA VIGENCIA 2018
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TABLA DE CONTENIDO
1. PRESENTACIÒN ............................................................................................................................................................... 3
2. ANALISIS DE GESTIÒN DEL PROCESO ........................................................................................................................... 4
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1. PRESENTACIÒN
En desarrollo de las funciones que le competen a la Oficina de Control Interno en especial las
consagradas en la Ley 87 de 1993, se llevó a cabo la Auditoría Especial a los Procesos Judiciales y al
Comité de Conciliación del DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DISTRITAL DE
SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL -DADSA, conforme al Programa de Auditoria Interna de la vigencia
2018 y el Plan de Auditoria presentado para la realización de reunión de apertura; cumpliendo de
esta forma con los roles que debe ejercer la Oficina de Control Interno en las entidades del Estado.
Debido a la relevancia que este proceso toma a nivel directivo, se estableció como prioritario su
realización para la vigencia 2018. El informe de auditoría tendrá como objetivo evaluar las actividades
del proceso en el marco de los procedimientos y normas que regulan su gestión
En su esquema general el informe se estructura inicialmente de un análisis de la gestión considerando
las evidencias aportadas por los funcionarios que hacen parte del proceso auditado; además, se indica
de acuerdo con el nivel de eficiencia del proceso cuáles son sus aspectos positivos o negativos del
mismo, al finalizar se dejan consignados en los resultados las falencias del proceso, para la posterior
implementación de acciones de mejora que permitan una mejor gestión.
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2. ANALISIS DE GESTIÒN DEL PROCESO
El objetivo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado es reducir las condenas impuestas al
Estado por los organismos judiciales mediante políticas públicas que reduzcan la incidencia del daño
antijurídico y estrategias que mejoren la defensa judicial de las entidades que conforman el Estado
colombiano. Con esa meta de actuación, la Agencia pretende utilizar el conocimiento interdisciplinario a su
disposición en áreas de Derecho, Economía y Administración Pública a fin de que sus intervenciones
obtengan el mayor impacto posible. En tal sentido, se ha realizado una evaluación a la Gestión Jurídica
de la entidad en la ultima vigencia, con el objeto de identificar las posibles acciones de mejora para lograr
una defensa jurídica sólida para la entidad.
En primera instancia, se solicito al área encargada la relación de procesos jurídicos que están en curso en
la entidad, de los cual se obtuvo el siguiente cuadro.
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO $ 22.524.900,00
$ 3.208.400,00
$ 43.120.000,00
$ 87.692.912,00
SUBTOTAL TOTAL $ 156.546.212,00
REPARACION DIRECTA $ 123.200.000,00
$ 275.682.400,00
$ 289.957.500,00
SUBTOTAL TOTAL $ 688.839.900,00
ACCION POPULAR $ -
SUBTOTAL TOTAL $ -
TOTAL $ 845.386.112,00
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Se identifico que, por procesos de Nulidad y Restablecimiento del Derecho, se tienen demandas por una
cuantía de $ 156.546.212,00, por procesos de Reparación Directa se tienen demandas por una cuantía de
$ 688.839.900,00 para un valor total $ 845.386.112,00, y 17 procesos de Acción Popular, como se puede
observar en el cuadro a continuación.
(C) Autoridad Judicial Que Tramita
(C) Tipo De Proceso
(C) Tipo De Acción Judicial
(D) Cuantía Inicial De La Demanda
(F) Fecha De Admisión De La Demanda
(C) Demandante
(C) Estado Actual
(C) Actuaciones Generadas En La Vigencia
(C) Sentido Del Fallo Ejecutoriado
(N) Valor Del Fallo Ejecutoriado En Contra
(F) Fecha De Ejecutoria Del Fallo
JUZGADO 1 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO
0 08/22/2016
CONDOMINIO SIERRA LAGUNA
PRUEBAS CONTESTACION DE LA DEMANDA -AUDIENCIA INICIAL
NO APLICA
0 0
JUZGADO 1 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 30/01/2014
WILLIAM AGUILAR
PENDIENTE PARA FALLO
PRESENTACION DE ALEGATOS DE CONCLUSION
NO APLICA
0 0
JUZGADO 2 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 02/02/2017
DEFENSORIA DEL PUEBLO REGIONAL MAGDALENA
PRUEBAS CONTESTACION DE LA DEMANDA -AUDIENCIA DE PACTO DE CUMPLIMIENTO
NO APLICA
0 0
JUZGADO 2 ADMINISTRATIVO DE
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 28/09/2016
DEFENSORÍA DEL PUEBLO REGIONAL
PENDIENTE DE AUDIENCIA DE
CONTESTACION DE LA
NO APLICA
0 0
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SANTA MARTA
MAGDALENA
PACTO DE CUMPLIMIENTO
DEMANDA
JUZGADO 2 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
REPARACION DIRECTA
$ 289.957.500
16/11/2016
MANUEL SEGUNDO BRITO Y OTROS
PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 3 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 22/02/2014
PABLO JAVIER JIMÉNEZ MANJARREZ
TERMINADO
TODAS FALLO FAVORABLE PARA LA ENTIDAD
0 27/08/2015
JUZGADO 4 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO
$ 32.084.00
01/03/2016
COMCEL S.A.
PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 4 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 18/08/2015
PROCURADURÍA JUDICIAL II PARA ASUNTOS CIVILES
PENDIENTE PARA FALLO
ALEGATOS DE CONCLUSION
NO APLICA
0 0
JUZGADO 4 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 05/07/2015
MARUTZA BERDUGO
TERMINADO
TODAS FALLO FAVORABLE PARA LA ENTIDAD
0 22/09/2016
JUZGADO 4 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 21/08/2015
ANA GUILLOT
PRUEBAS CONTESTACION-AUDIENCIA DE PACTO
NO APLICA
0 0
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JUZGADO 4 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 20/11/2014
NACION-DIMAR-MINDEFENSA-DIRECCIÓN GENERAL MARÍTIMA
TERMINADO
TODAS FALLO FAVORABLE PARA LA ENTIDAD
0 11/10/2016
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO
$ 22.524.900
07/06/2015
POSTOBON S.A.
PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 15/12/2016
MIGUEL IGNACIO MARTINEZ OLANO
PENDIENTE DE AUDIENCIA DE PACTO DE CUMPLIMIENTO
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 14/05/2015
JUAN DAVID PEREZ
PENDIENTE PARA AUDIENCIA DE PACTO
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO
$ 43.120.000
30/04/2015
POSTOBON S.A.
PRUEBAS CONTESTACION DE LA DEMANDA- AUDIENCIA INICIAL
NO APLICA
0 0
JUZGADO 5 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
REPARACION DIRECTA
$ 123.200.000
04/06/2015
ANTONIO ALVAREZ
PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
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JUZGADO 6 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 07/08/2016
JOSE MANOTAS ROMERO
SE PRESENTO CONTESTACIÓN DE DEMANDA- PENDIENTE DE AUDIENCIA DE PACTO DE CUMPLIMIENTO
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 6 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
REPARACION DIRECTA
$ 275.682,400
17/02/2015
LEANDRO GIL SALAZAR
PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
JUZGADO 7 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 08/09/2014
FUNDASERVICIOS
PENDIENTE PARA FALLO
ALEGATOS DE CONCLUSION
NO APLICA
0 0
JUZGADO 7 ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
ORDINARIO
NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DE DERECHO
$ 87.692.912
19/12/2016
AVIANCA PENDIENTE PARA AUDIENCIA INICIAL
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 03/03/2017
RODRIGO MARTÍNEZ SILVA Y AYLIN YASIRA SERBOUSEK CASTRO
PENDIENTE PARA AUDIENCIA DE PACTO
CONTESTACION DE LA DEMANDA
NO APLICA
0 0
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 30/05/2014
ALVARO ANDRADE
PRUEBAS AUDIENCIA DE PACTO
NO APLICA
0 0
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TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 07/03/2015
LIDYS NARANJO
PRUEBAS AUDIENCIA DE PACTO
NO APLICA
0 0
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 14/05/2014
RAFAEL ANDRADE EN REPRESENTACIÓN DE VEEDURÍA UNIDOS POR SANTA MARTA
PRUEBAS AUDIENCIA DE PACTO
NO APLICA
0 0
TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE SANTA MARTA
CONSTITUCIONAL
POPULAR 0 13/12/2016
VERONICA DAVILA DAVILA E INVERSIONES EYD S.A.S.
PENDIENTE PARA AUDIENCIA DE PACTO
CONTESTACION DE LA DEMANDA
0 0
Por otra parte, El Decreto 1716 de 2009 (“Por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009,
el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001”) determina en su artículo 16
que: El Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y
formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad., se
identificó que este comité se encuentra creado en la entidad, sin embargo, no se evidenciaron actas de
sesión del respectivo comité.
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Decreto 1716 De 2009, la Oficina de Control Interno
de la entidad procedió a verificar en cumplimiento de las mismas en la vigencia 2018, para lo cual se valió
de una lista de verificación de las obligaciones:
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CRITERIO CUMPLE NO CUMPLE OBSERVACION
¿Está conformado legalmente el Comité de Conciliación?
X
¿El Comité de Conciliación de la entidad sesiona periódicamente?
X
¿El Comité de Conciliación ha formulado las políticas de prevención del daño antijurídico?
X
¿El Comité de Conciliación aplica las políticas de prevención del daño antijurídico?
X
¿El Comité de Conciliación ha formulado las políticas generales que orienten la defensa de los intereses de la entidad?
X
¿El Comité de Conciliación estudia y evalúa los procesos que cursen o hayan cursado en contra del ente, para determinar las causas generadoras de los conflictos; el índice de condenas; los tipos de daño por los cuales resulta demandado o condenado; ¿y las deficiencias en las actuaciones administrativas de las entidades, así como las deficiencias de las actuaciones procesales por parte de los apoderados, con el objeto de proponer correctivos?
X
¿El Comité de Conciliación fija directrices institucionales para la aplicación de los mecanismos de arreglo directo, tales como la transacción y la conciliación, sin perjuicio de su estudio y decisión en cada caso concreto?.
X
¿El Comité de Conciliación determina, en cada caso, la procedencia o improcedencia de la conciliación y señala la posición institucional que fije los parámetros dentro de los cuales el representante legal o el apoderado actuará en las audiencias de conciliación para tal efecto, el Comité de Conciliación deberá analizar las pautas jurisprudenciales consolidadas, ¿de manera que se concilie en aquellos casos donde exista identidad de supuestos con la jurisprudencia reiterada?
X
¿El Comité de Conciliación evalúa los procesos que hayan sido fallados en contra de la entidad con el fin de determinar la procedencia de la acción de repetición e informar al Coordinador de los agentes del Ministerio Público ante la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo las correspondientes decisiones anexando copia de la providencia
X
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condenatoria, de la prueba de su pago y señalando el fundamento de la decisión en los casos en que se decida no instaurar la acción de repetición?
¿El Comité de Conciliación determina la procedencia o improcedencia del llamamiento en garantía con fines de repetición?
X
¿El Comité de Conciliación ha definido los criterios para la selección de abogados externos que garanticen su idoneidad para la defensa de los intereses públicos y realizar seguimiento sobre los procesos a ellos encomendados?
X
Se elaboran las actas del respectivo comité (El acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por el Presidente y el Secretario del Comité que hayan asistido, dentro de los cinco (5) días siguientes a la correspondiente sesión.)
X
¿El Secretario del Comité de Conciliación Verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el comité??
X
¿El Secretario del Comité de Conciliación prepara un informe de la gestión del comité y de la ejecución de sus decisiones, y lo entrega al representante legal del ente y a los miembros del comité cada seis (6) meses? (Una copia del mismo será remitida a la Dirección de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio del Interior y de Justicia.)
X
¿El Secretario del Comité de Conciliación Proyecta y somete a consideración del comité la información que este requiera para la formulación y diseño de políticas de prevención del daño antijurídico y de defensa de los intereses del ente?
X
¿El Secretario del Comité de Conciliación Informa al Coordinador de los agentes del Ministerio Público ante la Jurisdicción en lo Contencioso Administrativo acerca de las decisiones que el comité adopte respecto de la procedencia o no de instaurar acciones de repetición?
X
Se observa si el ordenador del gasto, al día siguiente del pago total del capital de una condena, de una conciliación o de cualquier otro crédito surgido por concepto de la responsabilidad patrimonial de la entidad, remite el acto administrativo y sus antecedentes al Comité de Conciliación, para que en un término no superior a
X
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seis (6) meses se adopte la decisión motivada de iniciar o no el proceso de repetición y se presente la correspondiente demanda, cuando la misma resulte procedente, dentro de los tres (3) meses siguientes a la decisión
Por último, considerando los lineamientos de la Guía para la generación de política de prevención del daño
antijurídico, se identificaron algunos aspectos que la entidad debe trabajar para un mejoramiento de sus
procesos, se debe resaltar que esta la fecha la entidad no ha tenido fallos en contra que impacten en su
patrimonio. En este sentido, se determinaron los siguientes hallazgos:
3. HALLAZGOS
3.1. DESCRIPCION DE LOS HALLAZGOS
N° DESCRIPCION CRITERIO
1 NARRACIÓN DEL HALLAZGO: No se elabora el
informe de la gestión del comité de conciliación y de
la ejecución de sus decisiones, el cual debe ser
entregado al representante legal de la entidad y a los
miembros del comité cada seis (6) meses (Una copia
del mismo será remitida a la Dirección de Defensa
Jurídica del Estado del Ministerio del Interior y de
Justicia.)
CAUSA: El comité de Conciliación no sesiona
periódicamente
CONSECUENCIA: Falta de información para la toma
de decisiones.
Evidencias/documentos:
Ley 448/ 98, Decreto 423 de
2011, Ley 819 de 2003
|
RESPONSABLE: Jefe Ofician Jurídica
2 NARRACIÓN DEL HALLAZGO: Existe incertidumbre
en la cuantificación de los pasivos contingentes se
tienen cuantificados a la fecha un valor de
$ 845.386.112,00, por demandas, estas no se
incorporan a la sistema de información contable
debido a que no existen establecidas políticas en la
entidad para que periódicamente se actualicen los
estados financieros con la actualización de las bases
de datos de procesos jurídicos.
CAUSA: Desarticulación del Proceso Jurídico con el
Proceso Contable y Financiero
CONSECUENCIA: Deficiencias en la estimación de
los pasivos contingentes
RESPONSABLE: Jefe Oficina de Jurídica
Evidencias/documentos:
Ley 448/ 98, Decreto 423 de
2011, Ley 819 de 2003
3 NARRACIÓN DEL HALLAZGO: El proceso de
Gestión Jurídica no tiene definido una Política de Daño
Antijurídico. En este sentido, “La política de
prevención es la solución de los problemas
administrativos que generan litigiosidad e implica el
uso de recursos públicos para reducir los eventos
generadores del daño antijurídico”
CAUSA: No se han identificado las causas primarias
o sub-causas que originan el daño antijurídico, no se
Evidencias/documentos:
Manual para la elaboración de
políticas de prevención del año
|
ha adoptado una metodología para elaborar las
políticas de daño antijurídico.
CONSECUENCIA: Ocurrencia de posibles eventos
generadores de daño antijurídico
RESPONSABLE: Jefe Jurídica