estandares laborales y globalización

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stá~da~es la6o~ales y 9Io6alizació~: el caso del ACLAN * Bertha E. Lu j án Con el TLC, las grandes empresas originalmente nacionales aceleran un proceso doble de asociación con transnacionales y de expansión transnacional hacia otros países, sobre todo latinoamericanos. Mientras tanto, en México los nivelesde desigualdad económica y social se aceleran, aumentando el desempleo y la precarización del empleo, ampliándose además el desmantelamiento de la planta productiva nacional con el cierre de miles de micra, pequeñas y medianas empresas y manteniéndose los niveles de caída salarial y deterioro social. Al mismo tiempo, se sostiene el régimen de control sindical que permite la continuidad de las políticas de incremento a la producti- vidad y de bajos salarios, lo que produce que la brecha salarial entre los trabajadores de México, Estados Unidos y Canadá se amplie. Hoy en día, el salario de una hora de trabajo de un obrero estadounidense paga ocho horas de un obrero mexicano; el porcentaje del producto que reciben el total de trabajadores en Estados Unidos es dos veces mayor del que reciben los trabajadores mexicanos. Globalización neoliberal L a globalización, entendida como una nueva manifestación en la etapa de inter- nacionalización del capital, o como "el proce- sopor el cual el capitalismo se extiende de maneramásuniforme hacia el conjunto de las naciones" ,1 es una real idad que atraviesa todos lospaísesdel norte y sur del mundo. Esteproceso conducido por las trescien- tasempresas transnacionales, que poseen el 'Miembro de la Coordinación Nacional del Frente Au- ténticodel Trabajo (FAT). 1 RocíoMejía y Mario B. Monroy (eds.), El ajuste estruc- tural en México. Las políticas del Banco Mundial del Fondo MonetarioInternacional y sus consecuencias, 51PRO, 1998. 26% del PIB mundial, que proclama el libre comercio como el motor principal de creci- miento económico de los países, y la apertura de las economías al comercio y flujos de inver- sión internacionales, se ha convertido en el nuevo paradigma del desarrollo.í Empero, la globalización de las empresas transnacionales no ha significado el progreso de la economía mundial, sino todo lo contrario, pues ha pro- ducido: niveles de desempleo masivo, perma- nente y creciente; la precarización del empleo y la caída salarial, junto con procesos alarman- tes de concentración del ingreso y de la rique- za, así como la pauperización creciente de am- plios sectores de la sociedad, la pérdida de so- beranía de las naciones y la crisis de los pro- 2lbid. ELCotidiano 94 I

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stá~da~es la6o~ales y 9Io6alizació~:el caso del ACLAN

*Bert h a E. Lu j á n

Con el TLC, las grandes empresas originalmente nacionales aceleranun proceso doble de asociación con transnacionales y de expansióntransnacional hacia otros países, sobre todo latinoamericanos.Mientras tanto, en México los nivelesde desigualdad económica y socialse aceleran, aumentando el desempleo y la precarización del empleo,ampliándose además el desmantelamiento de la planta productivanacional con el cierre de miles de micra, pequeñas y medianasempresas y manteniéndose los niveles de caída salarial y deteriorosocial. Al mismo tiempo, se sostiene el régimen de control sindical quepermite la continuidad de las políticas de incremento a la producti-vidad y de bajos salarios, lo que produce que la brecha salarial entrelos trabajadores de México, Estados Unidos y Canadá se amplie. Hoyen día, el salario de una hora de trabajo de un obrero estadounidensepaga ocho horas de un obrero mexicano; el porcentaje del productoque reciben el total de trabajadores en Estados Unidos es dos vecesmayor del que reciben los trabajadores mexicanos.

Globalización neoliberal

La globalización, entendida como unanueva manifestación en la etapa de inter-

nacionalización del capital, o como "el proce-sopor el cual el capitalismo se extiende demaneramás uniforme hacia el conjunto de lasnaciones",1 es una real idad que atraviesa todoslospaísesdel norte y sur del mundo.

Esteproceso conducido por las trescien-tasempresas transnacionales, que poseen el

'Miembro de la Coordinación Nacional del Frente Au-ténticodel Trabajo (FAT).

1 RocíoMejía y Mario B. Monroy (eds.), El ajuste estruc-turalen México. Las políticas del Banco Mundial del FondoMonetarioInternacional y sus consecuencias, 51PRO, 1998.

26% del PIB mundial, que proclama el librecomercio como el motor principal de creci-miento económico de los países, y la aperturade las economías al comercio y flujos de inver-sión internacionales, se ha convertido en elnuevo paradigma del desarrollo.í Empero, laglobalización de las empresas transnacionalesno ha significado el progreso de la economíamundial, sino todo lo contrario, pues ha pro-ducido: niveles de desempleo masivo, perma-nente y creciente; la precarización del empleoy la caída salarial, junto con procesos alarman-tes de concentración del ingreso y de la rique-za, así como la pauperización creciente de am-plios sectores de la sociedad, la pérdida de so-beranía de las naciones y la crisis de los pro-

2lbid.

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ductores nacionales, llegando en algunos ca-sos a procesos de auténtico desmantelamientode las plantas productivas nacionales.

La globalización económica facilitaenormemente la movilidad de mercancías ycapitales de un punto a otro del planeta, mien-tras se restringe la libertad de la mano de obrapara movilizarse de la misma manera.:' Esteproceso ha implicado también la fusión degrandes empresas cuyo objetivo consiste enlograr el control monopólico de los mercadosmundiales a través del abaratamiento de loscostos de mano de obra, la obtención de eco-nomías de escala, el aumento de la producti-vidad y la absorción de sectores estratégicos eneconomías nacionales. Como ejemplo, ahí es-tán las monumentales alianzas estratégicas yfusiones en sectores claves como la industriaaeroespacial, la automotriz, telecomunicacio-nes y de entretenimiento."

A través de los acuerdos de libre comer-cio, las empresas transnacionales buscan aca-bar con las barreras nacionales a la libre circu-lación de capitales y mercancías, imponiendonuevas reglas regionales o multilaterales queaseguren la libre movilidad y acción de losconsorcios en los distintos países.

la globalización desde abajo

El proceso de globalización ha sido estudiadosin embargo, casi de manera exclusiva, comoun fenómeno inevitable e irremediable de mo-dernización económica, caracterizado comohemos dicho, por el creciente poder del capital,el. mercado y el desarrollo tecnológico. Peroéste proceso de globalización trae consigotambién aspectos positivos para los trabajadoresy los pueblos, que constituyen "determinacio-nes positivas en el abatimiento de las fronterasnacionales, no sólo ¡:>arael capital sino tam-bién para el trabajo"."

3 "Transformaciones mundiales, crisis y deudas. Lainserción de México en las corrientes económicas globa-les", Instituto de Análisis y Propuestas Globales, diciembre1998.

4 Ibid.5 Rosa Albina Garavito E., "La Integración y la agenda

laboral de fin de siglo, El caso del TLCAN", en Procesos de

Acuerdos de cooperación laboral

Tres aspectos positivos que queremosdestacar, producto de la globalización yenbeneficio de los pueblos, son:

a) En primer lugar, la creciente interrela-ción entre organizaciones sociales, ciu-dadanas y políticas que da paso a latransformación y creación de nuevasins-tituciones nacionales, regionales e inter-nacionales con programas para enfrentarlos nuevos procesos de integración regio-nal o los crecientes acuerdos de liberali-zación comercial.

b) La reorganización de los movimientoslaborales de todo el mundo en términosdesus estructuras y alianzas internas yex-ternas, y la fusión de organizaciones sin-dicales producto de decisiones estratégi-cas puntuales, que parten muchas vecesde procesos prolongados de análisis delcontexto en que sedan las negociacionescolectivas en sectoresespecíficos,asícomoen las ventajas de acciones más concer-tadas para enfrentar las políticas neolibe-rales, la globalización y el resurgimientoexacerbado del antisindicalismo estre-chamente ligado a estos fenómenos.

c) La conformación de una nueva agendadelucha por parte de trabajadores y pueblos,expresada en los distintos planteamien-tos sobre la inclusión de agendas y cláu-sulas sociales en los acuerdos interna-cionales sobre comercio e inversión, lademanda de fondos y mecanismos comopensatorios para disminuir las asimetríaseconómicas y sociales, así como losplanteamientos sobre la necesidad deal-ternativas económicas que asegurensus-tentabilidad y justicia social.

Los procesos de convergencia socialque mencionamos, se vienen dando en dife-rentes partes del mundo, como iniciativa yrespuesta de organizaciones sociales y políti-cas, y no obstante que en cada región o paísexisten diferentes grados de desarrollo y diver-sos actores sociales o políticos participando,llama la atención la creciente confluencia decontenidos y acciones.

tntegrecéo Regional e a Sociedade, Brasil, Paz e Terra,1996.

Experiencias importantes en este camposon:la Carta Social y los Fondos Compensato-riosde la Unión Europea, que por cierto tien-dena debilitarse por el proceso de global iza-ción y el tratado de Maastrich; el Sistema deSupervisiónde la OIT, sobre el derecho de aso-ciación, en todos los estados miembros, enbasea la Declaración de Filadelfia y a su propiaConstitución;y la Declaración de la OIT (1977)sobrepolítica social y multinacionales, que pre-veelineamientos para la acción de gobiernos,patrones,trabajadores y empresas transnacio-nalessobre cuestiones laborales. A nivel deAméricaLatina, en el marco de la ComunidadAndina,existe la Carta Social, aprobada por elParlamentoAndino en 1994, que incluye princi-piosy objetivos relacionados con democracia yderechoshumanos, trabajo y seguridad socialy defensade los derechos de la mujer; así comoelConvenio Simón Rodríguez de IntegraciónSociolaboralde 1973, que pretende armonizarlasnormas jurídicas laborales y de seguridadsocial,y establecer un régimen para la movili-dadde la mano de obra en la subregión.i

Las claúsulas sociales y el comercio

Apartir de la idea de que "los productores delmundodeberían estar en libertad de competirenmateria de calidad, precios, diseño, etc.Peroque no deberían de estar en libertad deviolardeterminadas normas de trabajo interna-cionalmenteaceptadas=." va consolidándose lademandade distintos sectores laborales, socia-lesy políticos de incorporar cláusulas socialesalosacuerdos internacionales de comercio.

Estascláusulas sociales entendidas como

el conjunto de normas mínimas o equitativasde trabajo que condicionan el beneficio de lasventajas que surgen de 105 tratados comercia-les [...] con la finalidad de mejorar las condi-

6 Informe Político del FAT, XI Congreso Nacional, FAT,

diciembre de 1997.7 Víctor Osorio. "Reinventado el Continente. Agenda

Socialy Libre Comercio en las Américas", ediciones RMALC,

199B.8 América Pla Rodríguez, "Cláusulas Sociales en los

Acuerdos Internacionales sobre Comercio". Trabajo mi-meografiado presentado en el Seminario Internacional LosPactosde Integración Regional, y el derecho Laboral.

ciones de trabajo en 105 países exportadores,mediante la autorización de la aplicación desanciones en contra de 105 productores queno cumplan normas laborales mínimas9 hansido presentadas como demandas en distintostiempos y lugares del mundo.

Así tenemos en 1927, que la Conferen-cia Económica Internacional estudia el proble-ma del dumping social instando a los gobier-nos a aplicar formas de remuneración quepermitan al trabajador obtener una parte equi-tativa del incremento de su rendimiento. Otroejemplo lo encontramos en los convenios in-ternacionales específicos, dados en el marcode la UNCTAD, sobre productos básicos (estañoen 1981, cacao en 1986, azúcar en 1987,caucho natural en 1987), en los que secontem-plan disposiciones referidas al respeto de con-diciones equitativas con el objeto de mejorarel nivel de vida de los trabajadores. En estemismo sentido, están las experiencias que brin-da Estados Unidos a partir de 1983, como laLey sobre Iniciativa concerniente a la Cuentadel Caribe (CBI), la Ley de Creación de Socie-dades de Inversiones Privadas en el Extranjero(OPIC) y la ley denominada Sistema General dePreferencias (ssr). A partir de estos instrumen-tos legales, el gobierno de EstadosUnidos debeotorgar preferencias a determinados países se-gún el grado en que los trabajadores gocen decondiciones laborales aceptables y del dere-cho a la sindicalización y a la negociacióncolectiva. Sin embargo, hay que decir, queexiste gran controversia sobre la equidad conla que actúa el gobierno de Estados Unidos enla aplicación de estasdisposiciones, por la exis-tencia prevaleciente de consideraciones polí-ticas, como es el caso de la Repúbl ica de Cuba.

Hay opiniones en el sentido de que estascláusulas impulsadas a nivel internacional másdesde los paísesdesarrollados que de los paísesdel sur, más que buscar la mejora de las condi-ciones de vida y trabajo de los paísesdonde noseha llegado a un nivel de protección adecuado,"lo que invocaln] es la defensa de la ocupaciónde la mano de obra del propio país desarro-llado. En el fondo, la misma justificación queaduce la política proteccionista"."

9 tbid.10 lbid.

ELCotidiano 94

Sin embargo, es necesario considerarque la lucha frente al capital transnacional hoyen día obliga a trascender el ámbito nacionaly generar alternativas y acciones como normasmínimas que definan responsabilidad socialpara este capital. La necesidad de sujetar laambición del capital a reglas mínimas pasapor el diseño de cláusulas sociales interna-cionales que contribuyan a fomentar la com-petencia leal y a intensificar el comercio conreglas claras, garantizando que no se mermenlas condiciones de vida de los pueblos."

No es casual que una de las primerasorganizaciones mundiales especializadas en

11 Manuel Carcía Urrutia, "Las cláusulas sociales y elcomercio", Alternativas núm. 7, boletín bimensual de laRed Mexicana de Acción Frente al Libre Comercio, 1995.

Acuerdos de cooperación laboral

temas laborales, como es laOIT, haya relacionado desdeel inicio del presente siglo,eltrabajo con el comercio. Losmismos principios y la cons-titución de esteorganismosonuna base para establecer unanormatividad de aplicaciónuniversal, que podría ser in-cluida en una Cláusula So-cial.

Hoy puede conside-rarse que existen por ejem-plo por lo menos seisconve-nios de la OIT que tienen ungran consenso i nterna-cional, que podrían consti-tuir una cláusula social la-boral de carácter interna-cional: el 87 sobre LibertadSindical, el Convenio 98sobre el derecho de sindica-lización y negociación co-lectiva, el 138 sobre la edadmínima para el empleo demenores, el Convenio 111sobre prohibición de todadiscriminación en el em-pleo por motivos de raza,color, sexo, religión o prefe-rencia política; los Conve-'nios 105 Y 129 sobre la pro-hibición del trabajo forzado,y varios convenios referidosa la seguridad y la salud en

el trabajo. En términos del diseño de una cláu-sula social laboral internacional habría queincluir otros aspectos importantes como son:laprotección del salario mínimo, la protección amujeres trabajadoras y el fomento al empleo,entre otras cuestiones.

El TLe y su impacto en la situaciónde los trabajadores mexicanos

El proceso de globalización neoliberal sepro-fundiza en México desde la aplicación de laspolíticas económicas y el programa de privati-zaciones de 1982. El TLC que entra en vigor enenero de 1994, durante el régimen salinista,constituye la coronación de este modelo, acre-

centando la tendencia hacia la desregulacióndel comercio y la inversión, fincando en laatracción de la inversión extranjera directa elcrecimiento económico, yen la ventaja relati-va de la mano de obra barata la atracción deesta inversión.

Con el TLC, las grandes empresas origi-nalmente nacionales aceleran un proceso do-ble de asociación con transnacionales y deexpansión transnacional hacia otros países,so-bre todo latinoamericanos. Mientras tanto, enMéxico los niveles de desigualdad económica ysocial se aceleran, aumentando el desempleoy la precarización del empleo, ampliándoseademásel desmantelamiento de la planta pro-ductiva nacional con el cierre de miles demicra, pequeñas y medianas empresas y man-teniéndose los niveles de caída salarial y dete-rioro social. Al mismo tiempo, se sostiene elrégimende control sindical que permite la con-tinuidad de las políticas de incremento a laproductividad y de bajos salarios, lo que pro-duceque la brecha salarial entre los trabajado-res de México, Estados Unidos y Canadá seamplíe. Hoy en día, el salario de una hora detrabajo de un obrero estadounidense pagaocho horas de un obrero mexicano; el por-centaje del producto que recibe el total detrabajadores en Estados Unidos es dos vecesmayor del que reciben los trabajadores mexi-canos.

A cinco años de vigencia del TLC, haaumentado el número y proporción de lostrabajadores que reciben un salario menor almínimo, continúa el trabajo infantil y se handeteriorado las condiciones laborales de lastrabajadoras. Existe por tanto una situación dedumping social basada en una competenciadesleal provocada por los bajos estándaresen salarios, en condiciones de higiene y se-guridad y en general, en condiciones deterio-radas de la seguridad social. México, comogranparte de los paísesdel sur, pretende hacercompetitivas sus exportaciones sobre la basede salarios bajos y estándares laborales pre-carios.

Durante el periodo del TLC han llegadoal país importantes flujos de inversión extran-jera directa (10,542 rndd), sin embargo éstosno se han traducido en nuevos empleos. Lossectoreseconómicos que crecen con el TLC son

los exportado res, pero éstosgeneran poco em-pleo indirecto, producto de la desconexión delas cadenas productivas, provocada por laapertura indiscriminada. Los salarios se man-tienen bajos porque siguen siendo un anclapara la subida de precios, porque financian lasexportaciones, y son incentivo importante parala atracción de inversión extranjera.l/

En EstadosUnidos y Canadá, los otrosdos socios del acuerdo comercial, la situaciónpara los trabajadores y sus pueblos no sondiferentes. Los niveles de desempleo se hanincrementado en estos países, así como losprocesos de precarización del empleo. En Es-tados Unidos, el Programa de Asistencia parael Ajuste Comercial (Trade Adjustment Assis-tance), que otorga una compensación espe-cial y capacitación a los trabajadores quepierden sus empleos debido al intercambiocomercial y las inversiones en el extranjero,certificó a fines de 1996 la pérdida de 90,000empleos. En este país, las más importantesempresasexportadoras beneficiadas con el TLC

son las que generan mayor número de desern-pleados, orientando susexcedentes a la inver-sión especulativa y a la compra y fusión deernpresas.l'

En Canadá la tasa de desempleo para1995 se ubicó en 10%, mientras los trabajostemporales se,incrementaron en 14%. La ma-yor parte de los empleos creados durante el TLC

son parciales. Tanto en EstadosUnidos comoen Canadá proliferan las negociaciones "serru-cho", a partir de las cuales los empresariosamenazan a los trabajadores con mudarse, amenos que éstos acepten disminuciones sala-riales. En Canadá los salarios mínimos de losempleados públicos disminuyeron en dos añosdel TLC másde 4%. EnEstadosUnidos han pro-liferado en los últimos años las legislacionesantisindicales que reducen beneficios a los tra-bajadores y que llevan a la ilegalidad distintasprácticas sindicales.

, 2 Alberto Arroyo P., "Espejismo y Realidad del TLCAN:

México cinco años después", Evaluación maeroeeonómi-ea del TLeAN (94-98), en prensa.

'3 David C. Ranney y Robert R. Naiman, ¿ElTratado deLibre Comercio? Una respuesta a las declaraciones de laadministración de Clinton, mimeo, 1997.

ELCotidiano 94

El Acuerdo de Cooperación Laboralde América del Norte (AClAN)

Durante la negociación del TLC, las distintasredes de organizaciones sindicales que se mo-vilizaron en los tres países para lograr incidiren la negociación del acuerdo, demandaron lainclusión de cláusulas sociales (laborales yambientales) que llevaran a limitar la accióndel capital en la región y garantizaran derechospara los trabajadores y pueblos. De esta mane-ra, los sindicatos, ONGs laboralistas y redessociales se adelantaban a considerar los.efec-tos negativos que necesariamente traería con-sigo la liberalización económica.

Resultado de esta movilización (y gra-cias también a la presión ejercida por el presi-dente Clinton de Estados Unidos, como pro-ducto de sus compromisos con el movimientosindical de ese país), los gobiernos firmarondos acuerdos en materia de cooperación labo-ral y ambiental que entraron en vigor, al igualque el TLC,en enero de 1994.

Al contrario de los mecanismos fijadosen la Unión Europea' para establecer estánda-res comunes en áreas específicas, como se-guridad e higiene, información a los trabaja-dores, igualdad entre los sexos y no discrimi-nación, el ACLANno establece estándares mí-nimos comunes vigentes para los tres paísesintegrantes.l" La característica principal deeste acuerdo es que no busca crear una legis-lación laboral común, sino mejorar la imple-mentación vigente en cada país miembro. Elacuerdo estipula que cualquier persona u or-ganización pueda presentar quejas por la vio-lación a la legislación nacional de otro paísmiembro, pero el denunciante no tiene accesoal procedimiento de solución de controversiasque es conducido por los poderes ejecutivosde cada gobierno.'

14 Bodil Damgaard, Cinco años con el Acuerdo LaboralParalelo, México, FLACSO, 1998.

15 Graciela Bensusán y Bodil Damgaard, "Estánda-res laborales y distribución del ingreso en su relacióncon el comercio", Revista Integración y comercio,enero-abril de 1999 (en proceso de publicación) (Intal-BID, Argentina).

Acuerdos de cooperación laboral

El ACLAN,acusado por las organizacio-nes sindicales desde su inicio de "carecer dedientes", incluye un apartado de principiosgenerales muy avanzado, que no concuerdacon su contenido fundamental. Se contem-plan asídos grandes materias en el acuerdo: una,que tiene que ver con los temas reducidos asanciones (salario mínimo, trabajo de meno-res, y condiciones de higiene y seguridad), yotra vinculada con los once principios delacuerdo. La diferencia estriba en su tratamien-to dentro del procedimiento y la consecuenciafinal del rnisrno.l" Así, este instrumento pro-tege en el fondo las prerrogativas de las rela-ciones corporativas que determinan el ámbitode trabajo en los tres países, así como lasventajas comparativas, como la mano de obrabarata en México, bajo la justificación de la"no intromisión".

El Acuerdo de Cooperación Laboralrecoge un nivel mínimo de las propuestassociales demandadas por los distintos acto-res, y por lo tanto es insuficiente. Los gobier-nos hicieron de las sanciones comerciales elpunto esencial del acuerdo, pero con ellominimizaron a la vez los compromisos quepudieron haber asumido, por ejemplo, entérminos de una normatividad común queenfrentara los problemas laborales profundiza-dos con la liberalización económica, en mate-ria de empleo, salarios, condiciones laboralesy derechos colectivos del trabajo. Estasformasde sanción, constreñidas como dijimos a sólotres causas de violación de derechos, favorecenel pago de multas (no de las empresas sino delos gobiernos) y no la reparación de daños.Además, no se sanciona por ejemplo, el dum-ping social provocado por el pago de salariosbajos, y se excluyen asuntos fundamentales,como son los derechos colectivos de asocia-ción, contratación colectiva y huelga, deján-dolos como temas secundarios, cuyo trata-miento puede llegar en todo caso a una consul-ta ministerial sujeta a la determinación delConsejo Ministerial y hasta ahí.

A cinco años de vigencia de este acuer-do, varias organizaciones sindicales de la re-gión coinciden en señalar que no ha repre-sentado un contrapeso social real a la amplia

16 Arturo Alcalde Justiniani, "Otra visión del ALC-TLC",

La jornada, 2 octubre de 1994.

libertad de comercio, inversiones y movi-lidad de las compañías que promueve ygarantiza el TLC, y que son pocos los lo-grosen torno a los propósitos asumidos,porejemplo, respecto a crear nuevas opor-tunidades de empleo, mejorar condicio-nesde vida y trabajo, ampliar y hacerefectivos los derechos básicos de los tra-bajadores, así como promover la obser-vancia de las legislaciones laborales na-cionalesy hacer de la administración dejusticia un proceso transparente. De ahíquesevengan promoviendo cambios sus-tancialesa la naturaleza, contenido y al-cancedel acuerdo, con el fin de lograr unavanceen la homologación de condicio-nes hacia los estándares laborales másaltosen la región.

La Red Mexicana de Acción frentealLibreComercio (coalición de organiza-cionessociales y ONGS creada en 1991),presentóen 1998, ante las instancias ofi-ciales,una propuesta de reforma al ACLAN

cuyocontenido responde a las limitacionese insuficiencias mencionadas. Los puntosmásimportantes que incluye son:

• La necesidad de crear un marconormativo en materia laboral y sin-dical (Cláusula social) que tienda aarmonizar los derechos de los tra-bajadores en la región, buscando elmejoramiento de las condicionesde los asalariados y garantizando elcumplimiento de los derechos la-borales.

• Establecer dentro del ACLAN la vigilanciapuntual del cumplimiento de la legisla-ciones laborales vigentes, sanciones es-pecíficas a empresas infractoras, asícomo incluir los once principios comoparte sustancial del acuerdo, incorpo-rándolos al capítulo de solución de con-troversias y sanciones.

• Incluir distintos mecanismos de partici-pación social como instancias delACLAN, como las comisiones nacionalesde trabajo, organizaciones sindicales enla Comisión para la Cooperación Labo-ral, ·lntegración de una Comisión Regio-nal del Trabajo y ampliación de las fun-

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ciones y el papel de los Comités deAsesoría y Evaluación .

Más allá de considerar la necesidad delos cambios al ACLAN, éste ha constituido, entérminos prácticos, una nueva plataforma sobrela cual se han conjuntado esfuerzos nacionalesy regionales en un marco de colaboraciónsocial más amplia. En efecto, el Acuerdo, másallá de sus limitaciones, constituye una opor-tunidad para tratar de avanzar en la defensa delos derechos de los trabajadores y para denun-ciar las distintas violaciones laborales por partede las corporaciones transnacionales, así comoel incumplimiento de leyes laborales vigentesy la proliferación de prácticas ilegales quetienden a socavar los derechos de los trabaia-dores en los tres países del TLC.

ELCotidiano 94 •

A manera de ejemplos:

Dos denuncias vigentes presentadasen el ACLAN:

Trabajadores de la manzana en EstadosUnidosy el caso ITAPSA-ECHLlN en México.

Hasta la fecha, se han presentado cator-ce quejas denominadas en el ACLAN "comuni-caciones públicas" por parte de organizacio-nes sindicales de México, Estados Unidos yCanadá, provenientes de grupos de trabajado-res afectados en sus derechos laborales (diezcorresponden a empresas ubicadas en Méxicoy cuatro en Estados Unidos). La mayoría deestos casos se refiere a la transgresión de dere-chos colectivos (asociación y contratación co-lectiva), así como de condiciones sobre higie-ne y seguridad en el trabajo.

Encinco años, sehan celebrado produc-to de estas "comunicaciones públicas", cincoaudiencias públicas convocadas por las instan-cias nacionales del ACLAN, varios talleres y con-ferencias convocados por las Oficinas Admi-nistrativas Nacionales (OAN), y tres consultasministeriales. Sin embargo, hasta ahora, la ma-yoría de las quejas no han dado como resulta-do una alteración sustancial de la actitud vio-latoria asumida por las empresas o gobiernos,ni la restitución de derechos a los trabajadoresafectados, lo que argumenta en favor de loscambios propuestos.

En 1998, se presentaron ante las OAN deCanadá y Estados Unidos dos quejas referidasa trabajadores de la empresa ITAPSA-ECHLlN ubi-cada en el Estado de México. La queja ante lainstancia estadounidense, donde se denunciala presencia de golpeadores a cargo de la CTM

durante un recuento sindical realizado en estaplanta, así como el despido ilegal de 156 tra-bajadores, y la falta de implementación denormas de seguridad en el trabajo, llevó a larealización de una audiencia pública en Was-hington, D.e. en marzo de 1998, quedando laresolución pendiente. Estemismo caso fue lle-vado por medio centenar de organizacionescanadienses ante la OAN de Canadá, reclaman-do los mismos hechos y denunciando tambiénla compl icidad de las autoridades laboralesmexicanas en éstas acciones.

La autoridad canadiense emite, en di-ciembre de 1998, una importante comunica-

Acuerdos de cooperación laboral

ción pública recomendando una consulta mi-nisterial sobre el derecho de asociación enMéxico. Esta recomendación no tiene prece-dente en la historia del ACLAN, pues tiende aubicar de manera muy clara y precisa aspectosmedulares de la ilegalidad de prácticas comu-nes en México, como la arbitrariedad de lasJuntas de Conciliación y Arbitraje en la aplica-ción de la justicia laboral o la nefasta prácticade las cláusulas de exclusión utilizadas parareprimir a trabajadores disidentes.

-

El comunicado canadiense sugiere quelas autoridades mexicanas violaron diversasobligaciones contenidas en el ACLAN y adviertesobre la necesidad de examinar la realizaciónde los recuentos abiertos, como un mecanismoque violenta la libertad de los trabajadores paravotar por la organización de su preferencia. Elresultado de la consulta y la posición final dela OAN canadiense definirán el alcance quepueda tener este hecho en la revisión de prac-ticas laborales ilegales que se dan de manerapermanente en México.

Otro caso que ha ayudado a hacer trans-parente las condiciones de trabajo de miles deinmigrantes mexicanos y latinos que laboranen Estados Unidos, es el que se refiere a ladenuncia presentada por cuatro organizacio-nes mexicanas: Sindicato de Trabajadores deIndustria Metálica, Acero, Hierro Conexos ySimilares, Frente Auténtico del Trabajo, UniónNacional de Trabajadores y el Frente Demo-crático Campesino, en contra de dos empresasde la industria de la manzana en el estado deWashington (Washington Fruit Corp y la Ste-met Growers Corp) aceptada por la OAN enMéxico en julio de 1998.

Estacomunicación pública es un retratohablado sobre la condición de los trabajadoresmigrantes en los campos y las fábricas de Esta-dos Unidos y un testimonio sobre la situaciónde los derechos humanos y laborales en esepaís. Sedenuncia la violación por parte de ern-presasestadounidenses de los derechos de libreasociación, negociación colectiva, estándaresmínimos de empleo, igualdad de oportunida-des sin discriminación, prevención de lesionesy enfermedades ocupacionales y protección delos trabajadores migratorios, y se agrega queesta situación permanece porque "el gobiernode los Estados Unidos no está proporcionando

•••

la misma protecciónlegal a los trabajado-res migratorios en suterritorio, que a sustra-bajadores naciona-les".17

Asimismo, seacusa al gobierno enWashington de violardistintos artículos delACLAN referentes a:garantizar leyes y re-glamentos laborales,mejoramiento de nor-mas, observancia dela legislación laboral ysuaplicación legislati-va y el acceso de lostrabajadores a recur-sos suficientes parahacer efectivos susderechos laborales.

La denunciadescribe las condicio-nes de operación de3,500 productores demanzana en el estadode Washington, loscuales laboran en las125 empresas queconcentran las activi-dadesde empaque, al-macenamiento y en-vío de manzanas, asícomo las condicionesenque laboran 45,000·trabajadores agrícolasdurante la época de lacosechade la manza-na y 10,000 trabaja-doresen bodegas.

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Los empresarios en éste sector gozan deamplios subsidios por parte del gobierno, ytienden a ganar el mercado mexicano como suprincipal punto de exportación. Estospatrones

mantienen a los trabajadores en condicionessalariales 30% más bajas que el resto de lostrabajadores del estado, y sin seguro médico.Además utilizan la intimidación, amenazas,coherción vigilancia y despidos ilegales paraevitar la sindicalización de sus asalariados.

17 Comunicación pública sobre asuntos legales labora-les surgidos en Estados Unidos presentada a la OficinaNacional Administrativa (OAN) de México, denominada"Violaciones de principios y obligaciones laboralesdel ACLAN en la industria de manzanas del estado deWashington", 27 de mayo de 1997.

Esta denuncia incluye la desprotecciónde los trabajadores agrícolas en materia labo-ral, pues no son considerados como "emplea-dos" y la protección desigual que sufren debidoa su estatus legal, como consecuencia de las

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recientes reformas a las leyes de bienestar so-cial y de inmigración.

Las empresas manzaneras en el estadomencionado, son favorecidas por el TLC in-crementando grandemente sus exportacionesa México, exportaciones que son abaratadaspor los salarios bajos y las condiciones labora-les pésimas que padecen sus trabajadores.

Este caso es un ejemplo importante decolaboración entre organizaciones mexicanasy estadounidenses que responde a una estrate-gia conjunta para denunciar la situación de losinmigrantes mexicanos en Estados Unidos y, ala vez, para impulsar la sindicalización de estostrabajadores y la defensa de sus derechos labo-rales y condiciones salariales.

Conclusiones y propuestas

• La globalización plantea a las organiza-ciones sociales y sindicatos la necesidadde responder con creatividad y eficaciaa los nuevos retos de la modernidad,que incluyen las prácticas antisindicalestanto de patrones como de gobiernos.

• La lucha por incluir cláusulas socialesen los acuerdos comerciales interna-cionales es importante y réquiere denuevos esfuerzos unitarios para obligara los gobiernos y las corporaciones aasumir compromisos compatibles conel desarrollo sustentable, la generaciónde empleos y salarios dignos, y la bús-queda de estándares laborales hacia losniveles más altos.

• El ACLAN es un mecanismo insuficientepara enfrentar los graves impactos de laliberalización comercial, que incluyendeterioro social, pérdida de empleos ycaída salarial; por tanto, debe modifi-carse sustancialmente y ampliarse, in-corporando los temas de la agenda la-boral que plantean los trabajadores, y alos sindicatos como actores importantesen cada una de sus instancias.

• Un tema prioritario en la agenda laboralmexicana consiste en avanzar en la de-mocratización del movimiento sindical

Acuerdos de cooperación laboral

y en una reforma laboral integral queincluya la transparencia en la impartí-ción de justicia laboral.

• El movimiento sindical en la región re-quiere de una nueva organización queparta de las experiencias nacionales ydel proceso de articulación de fuerzasque se ha construido en los últimosaños. Ello incluye definir las diferenciasy coincidencias entre las organizacio-nes sindicales de los tres países y lascondiciones laborales particulares decada una de ellas.

• El proceso de organización y acciónsindical trinacional debería incluir, porlo menos, estos cinco aspectos de trabajounitario:

1. Accionar conjuntamente en la plataformaabierta por el ACLAN, procurando una ac-ción trinacional a partir de la selección decasos más estratégicos que involucren inte-reses en los tres países (por ejemplo, patro-nes de conducta de las corporaciones, libretránsito de personas, caída salarial), y queincluyan procesos educativos y campañasde movilización e información públicas enI . / 18a región.

2. Actuar con base en una estrategia comúnfrente a las empresas transnacionales, condemandas específicas, con el objetivo deelevar los estándares laborales en cada unode los países en que operan dichas corpora-ciones.

3. Realización de campañas conjuntas sobretemas de interés común como libertad sin·dical, desempleo y formas de precarizacióndel empleo, con participación de las bases.

4. Concretar alianzas estratégicas y apoyosconcretos entre organizaciones para avan-zar en la resolución de confl ictos a favor delos trabajadores y en la democratización delmovimiento sindical.

5. Desarrollar intercambios bilaterales a nivelsectorial y por rama de industria, para cono-cer realidades, compartir experiencias yconstruir estrategias comunes.

18 Conclusiones del Encuentro Trinacional de Labora-listas Democráticos, Ciudad Universitaria, México, DJ.30 de noviembre y 1 de diciembre de 1998.