el procedimiento arbitral
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EN Este conjunto de actuaciones
El Procedimiento ArbitralEl Procedimiento Arbitral
es el camino que debe recorrerse desde que se solicita el sometimiento a la instancia arbitral hasta que se llega a una decisión final (Laudo Arbitral).
Principio de Autonomía de las Partes
Que les da la libertad de regular el procedimiento, pudiendo hacerlo de manera directa y completa o remitiéndose a lo que
tenga establecido la institución arbitral a la que se quiera adscribir.
Que les da la libertad de regular el procedimiento, pudiendo hacerlo de manera directa y completa o remitiéndose a lo que
tenga establecido la institución arbitral a la que se quiera adscribir.
Principio de Igualdad Principio de Contradicción
Principio de Preclusión Principio de Inmediatez
Principio de Igualdad Principio de Contradicción
A la oportunidad que deben tener las partes de poder presentar ante el Tribunal los escritos, recursos, medios probatorios o solicitud de actuaciones a fin de que la contraparte tome conocimiento de ellos, debiendo el Tribunal deliberar y decidir en cada caso.
RESPONDEN
Principio de Preclusión
Que, una vez terminada una etapa, esta se cierra, no pudiendo regresar a ella luego, es un principio que en el proceso judicial es observado en muy estricta forma. En el arbitraje se aplica para conservar un orden en las actuaciones del proceso. Además, permite determinar su avance y estado y hace que las partes puedan ir preparándose para la nueva etapa.
SIGNIFICA
Principio de Inmediatez
Que las partes puedan exponer libre y directamente ante el Tribunal sus posiciones, informes o la fundamentación de hecho y de derecho de sus pretensiones.
POSIBILITA
Etapas del Proceso Arbitral
Etapa Postulatoria
Etapa de
Actuaciones
Etapa Decisoria
Etapa Postulatoria
Todos los preparativos que realizan las partes para iniciar el procedimiento arbitral.
Todos los preparativos que realizan las partes para iniciar el procedimiento arbitral.
COMPRENDE
Mediante el cual una de las partes comunica a un centro de arbitraje su deseo de iniciar un procedimiento arbitral, sea porque está cumpliendo lo dispuesto en el convenio respectivo o porque, no existiendo, desea que dicha institución administre el proceso arbitral.
Mediante el cual una de las partes comunica a un centro de arbitraje su deseo de iniciar un procedimiento arbitral, sea porque está cumpliendo lo dispuesto en el convenio respectivo o porque, no existiendo, desea que dicha institución administre el proceso arbitral.
Para nombrar al árbitro único o a los miembros del Tribunal Arbitral, no existe un procedimiento único. El más usual y contemplado en el Art. 21 LGA es aquel en el cual cada parte nombra a un árbitro y luego ambos nombran al tercer árbitro, el cual quien además será Presidente del Tribunal Arbitral.
Si las partes no se han puesto de acuerdo en este punto, se recurrirá a la propia Institución Arbitral.
Para nombrar al árbitro único o a los miembros del Tribunal Arbitral, no existe un procedimiento único. El más usual y contemplado en el Art. 21 LGA es aquel en el cual cada parte nombra a un árbitro y luego ambos nombran al tercer árbitro, el cual quien además será Presidente del Tribunal Arbitral.
Si las partes no se han puesto de acuerdo en este punto, se recurrirá a la propia Institución Arbitral.
Es el último momento que tienen las partes para regular algún detalle concerniente al desarrollo del proceso; pueden incluso de común acuerdo variar los plazos que hayan convenido en el convenio arbitral de la institución a la cual se someten.
Es el último momento que tienen las partes para regular algún detalle concerniente al desarrollo del proceso; pueden incluso de común acuerdo variar los plazos que hayan convenido en el convenio arbitral de la institución a la cual se someten.
Las partes empiezan a actuar en procura de convencer al Tribunal del fundamento de sus alegatos y pretensiones. Para ello, procederán de acuerdo con lo dispuesto en las reglas del proceso del acta de instalación del Tribunal Arbitral.
Las partes empiezan a actuar en procura de convencer al Tribunal del fundamento de sus alegatos y pretensiones. Para ello, procederán de acuerdo con lo dispuesto en las reglas del proceso del acta de instalación del Tribunal Arbitral.
Etapa de
Actuaciones
Las principales audiencias son:
En ella se determinará la legitimidad de quienes intervienen en el proceso y, sobre todo, se fijan de manera precisa los puntos que serán materia de decisión del árbitro.
En ella se determinará la legitimidad de quienes intervienen en el proceso y, sobre todo, se fijan de manera precisa los puntos que serán materia de decisión del árbitro.
En ella se admite y se actúan los medios probatorios; primero se analiza la pertinencia de las pruebas presentadas por las partes y luego se actúan dichas pruebas; es decir, se exhiben los informes o documentos que sean necesarios y se realizan los peritajes que correspondan.
En ella se admite y se actúan los medios probatorios; primero se analiza la pertinencia de las pruebas presentadas por las partes y luego se actúan dichas pruebas; es decir, se exhiben los informes o documentos que sean necesarios y se realizan los peritajes que correspondan.
Luego de ocurrida la actuación de medios probatorios, en la audiencia de informe oral las partes exponen oralmente los alegatos por los que consideran que su pretensión debe ser declarada fundada. Es una exposición con réplicas, dúplicas de las partes y preguntas del Tribunal, que permiten definir completamente las posiciones y justificaciones de cada pedido.
Luego de ocurrida la actuación de medios probatorios, en la audiencia de informe oral las partes exponen oralmente los alegatos por los que consideran que su pretensión debe ser declarada fundada. Es una exposición con réplicas, dúplicas de las partes y preguntas del Tribunal, que permiten definir completamente las posiciones y justificaciones de cada pedido.
Etapa Decisoria
Es sino la decisión de los árbitros sin la participación de las partes. Es la discusión interna del Tribunal Arbitral, que delibera reservadamente y resuelve con al menos la mayoría de sus miembros; si no hubiera acuerdo mayoritario, decide el Presidente del Tribunal
La parte de considerandos
La parte resolutiva
Es la resolución más importante que expide el Tribunal Arbitral contiene los antecedentes («vistos»), el análisis («considerandos») y la decisión final («resolución») con respecto al Proceso Arbitral.
Es la resolución más importante que expide el Tribunal Arbitral contiene los antecedentes («vistos»), el análisis («considerandos») y la decisión final («resolución») con respecto al Proceso Arbitral.
Ya como resultado de la argumentación expuesta en los considerandos, deberá ser de simple inferencia, en el sentido de no dejar dudas sobre el sentir y el parecer del Tribunal.
Es quizás la más extensa y deberá estar coherente y lógicamente expuesta, de tal manera que sea fácil inferir, incluso antes de leerla, la decisión final del Tribunal.
GRACIAS…