Diseño CurricularMtra. Mireya García Rangel
1ASIGNATURA
Sesión No. 2
Nombre: Reglamentación oficial del Currículum y Organismos
Orientadores.
Contextualización
¡Bienvenido!
A la sesión 2 de Diseño Curricular, en esta sesión podrás dar respuesta a las
siguientes interrogantes ¿Qué organismo determina si un Currículum es válido o
no?, ¿Quién prescribe el Currículum de Educación Básica y Media Superior?,
¿Cuáles son las leyes y acuerdos que se deben tomar en cuenta para tramitar
un RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios) en nivel Superior?,
¿Cuáles son los organismos que marcan las tendencias para el diseño curricular
a nivel nacional y mundial?, ¿Cuáles son esas tendencias?.
Si bien es cierto que cada institución educativa determina en función de las
necesidades de la sociedad, el Currículum que ha de dar respuesta a las
mismas, también lo es que el Currículum debe ser aprobado y operado dentro
de un marco legal, es prioritario que antes de Diseñar un Currículum se
conozcan las leyes y acuerdos que lo rigen, en nuestro país la SEP (Secretaría
de Educación Pública) es el órgano rector de la Educación en todos los niveles
tanto inicial, básico, medio superior y superior, asimismo hay organismos a nivel
nacional como la ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones
de Educación Superior) formada en promedio por 165 universidades que a
través de diferentes organismos y programas que ha creado busca desarrollar y
consolidar la educación superior en México (ANUIES, 2013).
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Introducción al Tema
En la sesión 1 abordaste una serie de pasos para el Diseño Curricular que
están fundamentados en diversos modelos y en la reglamentación de la
Secretaría de Educación Pública, el primero de ellos es la Fundamentación del
Currículum, sin embargo antes de iniciar con dicho análisis es necesario conocer
el marco legal que rige los Currículum en nuestro país, “la Educación en México
tiene orientaciones, metas y compromisos claramente definidos, las cuales están
expresadas en forma precisa en el Artículo 3º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Educación” (SEP, 2013) así
como en el acuerdo 279 y 243, también realizarás un análisis de la tendencias
que marca la ANUIES en una aportación más para la Educación del siglo XXI.
Explicación
¿Qué organismo determina si un Currículum es válido o no?, ¿Quién
prescribe el Currículum de Educación Básica y Media Superior?.
El Currículum en nivel básico que comprende preescolar, primaria y secundaria
es establecido por la SEP, cualquier institución particular que quiera impartirlo
deberá hacerlo respetando dichos planes y programas de estudio y con previa
autorización del estado en los términos que establezca la ley. Así el Artículo
3ero señala que:
“Todo individuo tiene derecho a recibir Educación. El Estado –Federación,
Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria,
secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria
conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.
La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas
las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el
respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional,
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en la independencia y en la justicia “(Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos).
En consecuencia el órgano rector de la Educación en México es la SEP, en
nivel superior para implementar un Currículum o plan de estudios las
instituciones educativas deben obtener un RVOE ante dicha Secretaría.
¿Qué es un RVOE?
“El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) es el acto de la
autoridad educativa en virtud del cual se determina incorporar un plan y
programa de estudios que un particular imparte, o pretende impartir, al Sistema
Educativo Nacional “(SEP, 2013).
En el caso del RVOE federal, las encargadas de la vigilancia son la
Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) y la Subsecretaría de
Educación Superior (SES)”, los RVOES estatales los otorgan los órganos que
emanan de la SEP en cada estado.
Es muy sencillo comprender lo anterior, tu escuela abre una carrera y para ello
debe contar con un RVOE otorgado por la SEP, si no lo tiene deberá tramitarlo y
debe en toda su publicidad evidenciar que aun no lo ha obtenido,
afortunadamente el RVOE es retroactivo lo cual significa que cuando se
obtenga, éste amparará a los alumnos que estén inscritos en ese plan de
estudios. El RVOE es importante porque garantiza que tu carrera está autorizada
por la SEP y que obtendrás tu documentación oficial sin ningún problema.
¿Cuáles son las leyes y acuerdos que se consideran para tramitar un RVOE
en nivel superior?
De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El artículo 3° en sus fracciones V y VI las cuales mencionan que el estado debe
promover y atender todos los tipos y modalidades educativas, incluyendo la
educación superior y que los particulares podrán impartir la educación en todos
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sus niveles con apego a la ley y que el estado podrá otorgarles y retirarles los
RVOES cuando lo considere pertinente.
Otro artículo es el 5° en su párrafo segundo señala que la “la ley determinará en
cada Estado, cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio,
las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de
expedirlo”.
Asimismo los artículos 73 en su fracción XXV y el 121 fracción V señalan que
todas las escuelas que estén aprobadas por el estado serán reconocidas en los
títulos que emitan en toda la República.
De Ley General de Educación
En su artículo 37° tercer párrafo señala que el tipo superior es el que se imparte
después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la
licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado; En el artículo 54 se
especifica que los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y
modalidades, pero que deben obtener el RVOE previamente; asimismo el
artículo 55 menciona que para otorgar un REVOE las escuelas deben contar
con: personal que acredite la preparación adecuada para impartir
educación, con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de
seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine y con
planes y programas de estudio pertinentes.
Otras Normas que aplican
“Acuerdo N° 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior, el objeto de
este Acuerdo Secretarial es brindar certeza jurídica a los particulares que
pretenden impartir estudios en México con validez oficial del gobierno mexicano,
brindándoles la garantía de que la autoridad no podrá exigir mayores
requisitos que los establecidos en este Acuerdo.
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Acuerdo N° 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos
relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo
Superior este acuerdo es específico para el tipo educativo superior, el cual
comprende la licenciatura, la especialidad, la maestría, el doctorado, así como
las opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. En esta norma
podrán encontrarse las definiciones de cada uno de los estudios que
comprenden el tipo superior, los créditos que deben satisfacer los planes de
estudio, así como los requisitos para que una institución pueda ostentar la
denominación de Universidad, entre otros aspectos” (SEP, 2013).
¿Cuáles son los organismos que marcan las tendencias para el diseño
curricular a nivel nacional y mundial?, ¿Cuáles son esas tendencias?.
Hay otros organismos que vigilan el desarrollo de la Educación tanto a nivel
Mundial como Nacional, éstos marcan tendencias para el Diseño Curricular,
por ejemplo la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la
Educación, la Ciencia y la Cultura) marca tendencias a nivel mundial, como los 4
pilares que se mencionaron en la sesión 1, a nivel nacional entre otros esta la
ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación
Superior), desde su fundación en 1950, ha participado en la formulación de
programas, planes y políticas nacionales, así como en la creación de organismos
orientados al desarrollo de la educación superior mexicana.
La ANUIES está conformada por 165 universidades e instituciones de educación
superior, tanto públicas como particulares de todo el país, que atienden al 80%
de la matrícula de alumnos que cursan estudios de licenciatura y de posgrado.
A continuación te invito a observar el siguiente mapa de las tendencias que
señala la ANUIES (2011) para la Educación en su documento innovación
Curricular en Instituciones de Educación Superior.
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Figura 2.1. Tendencias para la Innovación Curricular (ANUIES 2011, p8).
Con esto podrás iniciar en la próxima sesión a analizar la primera etapa del
Diseño Curricular la Fundamentación.
Conclusión
Antes de Diseñar un Currículum las instituciones educativas deben considerar
las leyes y los acuerdos de observancia a nivel Nacional por parte de la SEP,
esto es sumamente importante porque garantiza a los alumnos la validez de sus
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estudios a través de un Currículum pertinente a la sociedad y dentro de un
marco legal. No olvides que un educador también debe conocer las leyes que
rigen la Educación en nuestro país.
Asimismo considerando que el Currículum debe dar respuesta a la necesidades
de una sociedad del conocimiento y globalizada, en su Diseño Curricular las
instituciones educativas han de considerar las tendencias de organismos
rectores de la Educación como la UNESCO y la ANUIES
Gracias por tu esfuerzo nos vemos en la próxima sesión.
Bibliografía
ANUIES (2013). ¿Qué es la ANUIES?. Consultado el 8/02/2013 en
www.anuies.mx
Medina C. L.; Guzmán H. L.L. (2011). Innovación Curricular en Instituciones
de Educación Superior. Pautas para su diseño y gestión. ANUIES.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917). Artículo
3ero. Diario Oficial de la Federación.
SEP (1998). Acuerdo 243 por el que se establecen las bases generales de
autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Diario
Oficial.
SEP (2000). Acuerdo 279 por el que se establecen los trámites y
procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de
estudios del tipo superior. Diario Oficial.
Subsecretaría de Educación Superior (2013). Reconocimiento de Validez
Oficial de estudios Superiores Federales y Estatales. Consultado el
8ASIGNATURA
6/02/2013 en
http://www.sirvoes.sep.gob.mx/sirvoes/jspMarcoNormativo.jsp.
UNESCO (2013).¿Qué es la UNESCO?. Consultado el 7/02/2013 en
www.unesco.org.