reglamentación oficial del currículum y organismos orientadores

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Diseño Curricular Mtra. Mireya García

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Organismos que rigen el Curriculum

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Page 1: Reglamentación Oficial del Currículum y Organismos Orientadores

Diseño CurricularMtra. Mireya García Rangel

Page 2: Reglamentación Oficial del Currículum y Organismos Orientadores

1ASIGNATURA

Sesión No. 2

Nombre: Reglamentación oficial del Currículum y Organismos

Orientadores.

Contextualización

¡Bienvenido!

A la sesión 2 de Diseño Curricular, en esta sesión podrás dar respuesta a las

siguientes interrogantes ¿Qué organismo determina si un Currículum es válido o

no?, ¿Quién prescribe el Currículum de Educación Básica y Media Superior?,

¿Cuáles son las leyes y acuerdos que se deben tomar en cuenta para tramitar

un RVOE (Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios) en nivel Superior?,

¿Cuáles son los organismos que marcan las tendencias para el diseño curricular

a nivel nacional y mundial?, ¿Cuáles son esas tendencias?.

Si bien es cierto que cada institución educativa determina en función de las

necesidades de la sociedad, el Currículum que ha de dar respuesta a las

mismas, también lo es que el Currículum debe ser aprobado y operado dentro

de un marco legal, es prioritario que antes de Diseñar un Currículum se

conozcan las leyes y acuerdos que lo rigen, en nuestro país la SEP (Secretaría

de Educación Pública) es el órgano rector de la Educación en todos los niveles

tanto inicial, básico, medio superior y superior, asimismo hay organismos a nivel

nacional como la ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones

de Educación Superior) formada en promedio por 165 universidades que a

través de diferentes organismos y programas que ha creado busca desarrollar y

consolidar la educación superior en México (ANUIES, 2013).

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2ASIGNATURA

Introducción al Tema

En la sesión 1 abordaste una serie de pasos para el Diseño Curricular que

están fundamentados en diversos modelos y en la reglamentación de la

Secretaría de Educación Pública, el primero de ellos es la Fundamentación del

Currículum, sin embargo antes de iniciar con dicho análisis es necesario conocer

el marco legal que rige los Currículum en nuestro país, “la Educación en México

tiene orientaciones, metas y compromisos claramente definidos, las cuales están

expresadas en forma precisa en el Artículo 3º de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos y en la Ley General de Educación” (SEP, 2013) así

como en el acuerdo 279 y 243, también realizarás un análisis de la tendencias

que marca la ANUIES en una aportación más para la Educación del siglo XXI.

Explicación

¿Qué organismo determina si un Currículum es válido o no?, ¿Quién

prescribe el Currículum de Educación Básica y Media Superior?.

El Currículum en nivel básico que comprende preescolar, primaria y secundaria

es establecido por la SEP, cualquier institución particular que quiera impartirlo

deberá hacerlo respetando dichos planes y programas de estudio y con previa

autorización del estado en los términos que establezca la ley. Así el Artículo

3ero señala que:

“Todo individuo tiene derecho a recibir Educación. El Estado –Federación,

Estados, Distrito Federal y Municipios–, impartirá educación preescolar, primaria,

secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria

conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas

las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el

respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional,

Page 4: Reglamentación Oficial del Currículum y Organismos Orientadores

3ASIGNATURA

en la independencia y en la justicia “(Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos).

En consecuencia el órgano rector de la Educación en México es la SEP, en

nivel superior para implementar un Currículum o plan de estudios las

instituciones educativas deben obtener un RVOE ante dicha Secretaría.

¿Qué es un RVOE?

“El Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) es el acto de la

autoridad educativa en virtud del cual se determina incorporar un plan y

programa de estudios que un particular imparte, o pretende impartir, al Sistema

Educativo Nacional “(SEP, 2013).

En el caso del RVOE federal, las encargadas de la vigilancia son la

Subsecretaría de Educación Media Superior (SEMS) y la Subsecretaría de

Educación Superior (SES)”, los RVOES estatales los otorgan los órganos que

emanan de la SEP en cada estado.

Es muy sencillo comprender lo anterior, tu escuela abre una carrera y para ello

debe contar con un RVOE otorgado por la SEP, si no lo tiene deberá tramitarlo y

debe en toda su publicidad evidenciar que aun no lo ha obtenido,

afortunadamente el RVOE es retroactivo lo cual significa que cuando se

obtenga, éste amparará a los alumnos que estén inscritos en ese plan de

estudios. El RVOE es importante porque garantiza que tu carrera está autorizada

por la SEP y que obtendrás tu documentación oficial sin ningún problema.

¿Cuáles son las leyes y acuerdos que se consideran para tramitar un RVOE

en nivel superior?

De la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El artículo 3° en sus fracciones V y VI las cuales mencionan que el estado debe

promover y atender todos los tipos y modalidades educativas, incluyendo la

educación superior y que los particulares podrán impartir la educación en todos

Page 5: Reglamentación Oficial del Currículum y Organismos Orientadores

4ASIGNATURA

sus niveles con apego a la ley y que el estado podrá otorgarles y retirarles los

RVOES cuando lo considere pertinente.

Otro artículo es el 5° en su párrafo segundo señala que la “la ley determinará en

cada Estado, cuales son las profesiones que necesitan título para su ejercicio,

las condiciones que deban llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de

expedirlo”.

Asimismo los artículos 73 en su fracción XXV y el 121 fracción V señalan que

todas las escuelas que estén aprobadas por el estado serán reconocidas en los

títulos que emitan en toda la República.

De Ley General de Educación

En su artículo 37° tercer párrafo señala que el tipo superior es el que se imparte

después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la

licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado; En el artículo 54 se

especifica que los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y

modalidades, pero que deben obtener el RVOE previamente; asimismo el

artículo 55 menciona que para otorgar un REVOE las escuelas deben contar

con: personal que acredite la preparación adecuada para impartir

educación, con instalaciones que satisfagan las condiciones higiénicas, de

seguridad y pedagógicas que la autoridad otorgante determine y con

planes y programas de estudio pertinentes.

Otras Normas que aplican

“Acuerdo N° 243 por el que se establecen las bases generales de autorización o

Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del Tipo Superior, el objeto de

este Acuerdo Secretarial es brindar certeza jurídica a los particulares que

pretenden impartir estudios en México con validez oficial del gobierno mexicano,

brindándoles la garantía de que la autoridad no podrá exigir mayores

requisitos que los establecidos en este Acuerdo.

Page 6: Reglamentación Oficial del Currículum y Organismos Orientadores

5ASIGNATURA

Acuerdo N° 279 por el que se establecen los trámites y procedimientos

relacionados con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo

Superior este acuerdo es específico para el tipo educativo superior, el cual

comprende la licenciatura, la especialidad, la maestría, el doctorado, así como

las opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. En esta norma

podrán encontrarse las definiciones de cada uno de los estudios que

comprenden el tipo superior, los créditos que deben satisfacer los planes de

estudio, así como los requisitos para que una institución pueda ostentar la

denominación de Universidad, entre otros aspectos” (SEP, 2013).

¿Cuáles son los organismos que marcan las tendencias para el diseño

curricular a nivel nacional y mundial?, ¿Cuáles son esas tendencias?.

Hay otros organismos que vigilan el desarrollo de la Educación tanto a nivel

Mundial como Nacional, éstos marcan tendencias para el Diseño Curricular,

por ejemplo la UNESCO (Organización de las Naciones Unidas para la

Educación, la Ciencia y la Cultura) marca tendencias a nivel mundial, como los 4

pilares que se mencionaron en la sesión 1, a nivel nacional entre otros esta la

ANUIES (Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación

Superior), desde su fundación en 1950, ha participado en la formulación de

programas, planes y políticas nacionales, así como en la creación de organismos

orientados al desarrollo de la educación superior mexicana.

La ANUIES está conformada por 165 universidades e instituciones de educación

superior, tanto públicas como particulares de todo el país, que atienden al 80%

de la matrícula de alumnos que cursan estudios de licenciatura y de posgrado.

A continuación te invito a observar el siguiente mapa de las tendencias que

señala la ANUIES (2011) para la Educación en su documento innovación

Curricular en Instituciones de Educación Superior.

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6ASIGNATURA

Figura 2.1. Tendencias para la Innovación Curricular (ANUIES 2011, p8).

Con esto podrás iniciar en la próxima sesión a analizar la primera etapa del

Diseño Curricular la Fundamentación.

Conclusión

Antes de Diseñar un Currículum las instituciones educativas deben considerar

las leyes y los acuerdos de observancia a nivel Nacional por parte de la SEP,

esto es sumamente importante porque garantiza a los alumnos la validez de sus

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7ASIGNATURA

estudios a través de un Currículum pertinente a la sociedad y dentro de un

marco legal. No olvides que un educador también debe conocer las leyes que

rigen la Educación en nuestro país.

Asimismo considerando que el Currículum debe dar respuesta a la necesidades

de una sociedad del conocimiento y globalizada, en su Diseño Curricular las

instituciones educativas han de considerar las tendencias de organismos

rectores de la Educación como la UNESCO y la ANUIES

Gracias por tu esfuerzo nos vemos en la próxima sesión.

Bibliografía

ANUIES (2013). ¿Qué es la ANUIES?. Consultado el 8/02/2013 en

www.anuies.mx

Medina C. L.; Guzmán H. L.L. (2011). Innovación Curricular en Instituciones

de Educación Superior. Pautas para su diseño y gestión. ANUIES.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917). Artículo

3ero. Diario Oficial de la Federación.

SEP (1998). Acuerdo 243 por el que se establecen las bases generales de

autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios. Diario

Oficial.

SEP (2000). Acuerdo 279 por el que se establecen los trámites y

procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de

estudios del tipo superior. Diario Oficial.

Subsecretaría de Educación Superior (2013). Reconocimiento de Validez

Oficial de estudios Superiores Federales y Estatales. Consultado el

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6/02/2013 en

http://www.sirvoes.sep.gob.mx/sirvoes/jspMarcoNormativo.jsp.

UNESCO (2013).¿Qué es la UNESCO?. Consultado el 7/02/2013 en

www.unesco.org.