indices unificados de precios para las seis Áreas geográficas correspondientes a septiembre del

14
Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Septiembre del R.J. Nº 256-2011-INEI Publicado el dia 19 Oct 2011 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (451866) SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Septiembre de 2011, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes: Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica.

Upload: lamolina

Post on 24-Jan-2023

0 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Septiembre del

R.J. Nº 256-2011-INEI

Publicado el dia 19 Oct 2011 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (451866)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Septiembre de 2011, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica.

Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Julio del

R.J. Nº 206-2012-INEI

Publicado el dia 18 Ago 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (472980)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Julio de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna.

Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Julio del

R.J. Nº 206-2012-INEI

Publicado el dia 18 Ago 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (472980)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Julio de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Agosto del

R.J. Nº 242-2012-INEI

Publicado el dia 19 Set 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (474742)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Agosto de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Septiembre del

R.J. Nº 281-2012-INEI

Publicado el dia 19 Oct 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (476584)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Septiembre de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Octubre del

R.J. Nº 306-2012-INEI

Publicado el dia 20 Nov 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (479003)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Octubre de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.

Indices Unificados de Precios para las Seis Áreas Geográficas correspondientes a Noviembre del

R.J. Nº 341-2012-INEI

Publicado el dia 20 Dic 2012 en el Diario Oficial El Peruano, pagina (481394)

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los Indices Unificados de Precios para las seis(6) Areas Geográficas correspondientes al mes de Noviembre de 2012, que en Anexo debidamente autenticado forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los departamentos que comprenden las Areas Geográficas a que se refiere el Art. 1º, son los siguientes:

Área 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. Área 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. Área 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. Área 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. Área 5: Loreto. Área 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios.

- A partir de 1994, los indices se calculan a 6 decimales y para su presentación a 2 decimales.

Artículo 3º.- Los Índices Unificados de Precios, corresponden a los materiales, equipos, herramientas, mano de obra y otros elementos e insumos de la construcción, agrupados por elementos similares y/o afines. En el caso de productos industriales, el precio utilizado es el de venta ex fábrica incluyendo los impuestos de ley y sin considerar fletes.