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DISEÑO DE UNA PROPUESTA PARA CREAR UN CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” Por Nelly Cuenca de Ramírez Doctora en Derecho Trabajo de Ascenso para optar a la Categoría de Asociada en el Escalafón del Personal Docente y de Investigación

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DISEÑO DE UNA PROPUESTA PARA CREAR UN

CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL

“LISANDRO ALVARADO”

Por

Nelly Cuenca de Ramírez

Doctora en Derecho

Trabajo de Ascenso para optar a la

Categoría de Asociada en el Escalafón

del Personal Docente y de Investigación

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO”

DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURIA

DEPARTAMENTO DE DERECHO

Barquisimeto, Enero 2009

DISEÑO DE UNA PROPUESTA PARA CREAR UN

CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL

“LISANDRO ALVARADO”

Nelly Cuenca de Ramírez

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO”

DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURIA

Barquisimeto, Enero 2009

DISEÑO DE UNA PROPUESTA PARA CREAR UN

CENTRO DE MEDIACIÓN Y ARBITRAJE EN LA

UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL

“LISANDRO ALVARADO”

Por

Nelly Cuenca de Ramírez

Doctora en Derecho

Trabajo Aprobado

Jurado

Barquisimeto, 29 de enero de 2009

ÍNDICE

Introducción…………………………………………………………………………... 1

Objetivos……………………………………………………………………………... 9

Objetivo General……………………………………………………………... 9

Objetivos Específicos………………………………………………………… 9

Marco Metodológico…………………………………………………………………. 10

Marco Teórico de Sustentación de la Investigación………………………………….. 11

Bases Jurídicas……………………………………………………………………….. 13

Análisis de Resultados……………………………………………………………….. 14

Conclusiones…………………………………………………………………………. 25

Recomendaciones…………………………………………………………………….. 27

ANEXOS

1. Proyecto

2. Proyecto de documento constitutivo del Centro de Mediación y Arbitraje de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

3. Proyecto de Estatutos: Mediación, Arbitraje y Normas Éticas

4. Artículo Científico: Centro de Mediación: Estudio de Pertinencia en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Venezuela.

5. Diapositivas.

RESUMEN

Esta propuesta se presenta como TRABAJO DE ASCENSO A LA CATEGORÍA DE

ASOCIADA, con sujeción al Reglamento de clasificación y ascenso de los miembros del

personal docente y de investigación de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

(2008). Tiene como base principal los resultados de una investigación de campo, diseñada y

desarrollada por quien suscribe, denominada “Diseño de una propuesta para crear un

Centro de Mediación y Arbitraje en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado

(UCLA). Su objetivo general fue diseñar dicha propuesta, a cuyo efecto se diseñaron como

objetivos específicos, los siguientes: elaborar el diagnóstico, diseñar el documento

constitutivo y los Reglamentos de Mediación, Arbitraje y Ética. El instrumento de

recolección de datos para determinar la pertinencia de la propuesta fue una encuesta, cuyo

diseño fue sometido a juicio de tres expertos. Como conclusión general se destaca que el

99.2% de la muestra seleccionada, consideró pertinente crear un Centro de Mediación y

Arbitraje en la UCLA, como instancia administrativa y jurídica para desarrollar la

mediación y el arbitraje, que fue la recomendación principal de la investigación.

Para presentar esta investigación, como trabajo de ascenso, se hicieron los ajustes

respectivos mediante este Informe adicional, el cual se somete a consideración del Jurado

que se designe, además de los otros componentes que se acompañan como anexos,

exigibles según el Instructivo para elaborar el Informe Final de Proyectos de Investigación,

emanado del Consejo de Desarrollo Científico, Humanístico y Tecnológico (en lo sucesivo

CDCHT) de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (en lo sucesivo, UCLA), ya

aprobados por los evaluadores designados por el Centro de Investigación del Decanato de

administración y Contaduría (CIDAC), a cuyo Departamento de Derecho está adscrita la

investigadora.

INTRODUCCION

Este trabajo se centró en diseñar una propuesta para crear un Centro de Mediación y

Arbitraje en la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, tomando en cuenta que

la muestra encuestada, en un 99,2%, consideró pertinente esta propuesta, como alternativa

para satisfacer la necesidad de atender los conflictos que se generan en esta Universidad y

en su entorno, susceptibles de canalización a través del uso de los llamados medios

alternativos de resolución de conflictos, previstos como componentes del sistema de justicia

en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).

Se consideró pertinente realizar esta investigación por la observancia de

manifestaciones violentas en las relaciones entre los diversos interlocutores sociales en las

cuales los protagonistas expresan de distintas maneras los desacuerdos, los cuales pueden

suscitarse en diversos contextos de la comunidad universitaria.

En ese sentido, se observan los conflictos que se suscitan en el aula, entre alumnos y

docentes, por criterios de evaluación, ejecución de actividades programadas, cumplimiento

de horario de entrada o salida del aula, uso de teléfonos y equipos electrónicos durante las

clases, irrespeto, lenguaje soez, intolerancia, denuncias ante los medios de comunicación

social contra docentes, entre otras manifestaciones.

Otro tanto ocurre entre el personal docente, administrativo y obrero en sus

relaciones con las autoridades, cuando consideran insatisfechas sus expectativas, como por

ejemplo: bajas remuneraciones, discriminación en los procesos de ascensos, traslados,

carga horaria, incumplimiento de obligaciones laborales en forma oportuna, insuficiencia

de equipos y materiales de oficina para cumplir la gestión encomendada.

2

También se observan conflictos violentos entre las distintas organizaciones

estudiantiles, con tendencias ideológicas diferentes o en pugna en procesos eleccionarios.

Similares manifestaciones ocurren entre docentes y autoridades o entre estos y las

distintas organizaciones sindicales que existen en la UCLA.

También el personal destinado a labores de seguridad manifiesta signos de

frustración porque consideran que tanto alumnos como docentes y autoridades se resisten al

cumplimiento de las normas de seguridad, optando en algunos casos por el insulto, las

amenazas y la descalificación contra los vigilantes. Manifiestan que los informes que ellos

elaboran para denunciar tales hechos no son procesados ni sancionados los infractores, lo

cual trae como consecuencia el desánimo, la apatía y que los vigilantes asuman una actitud

“de dejar hacer, dejar pasar” , por considerar que no reciben apoyo de las autoridades

competentes.

Las manifestaciones más violentas se observan con ocasión de protestas

estudiantiles, que trascienden el recinto universitario porque afectan las comunidades

vecinas, cuando, por ejemplo, impiden el funcionamiento del trasporte público, ocurre el

cierre de vías públicas, quema de cauchos, se incendian vehículos, se dañan bienes

públicos y privados, se opta por el uso de armas que intimidan a los vecinos y los exponen

al peligro, especialmente cuando estas protestas son reprimidas por la fuerza armada del

Estado, mediante el uso de sustancias tóxicas, perdigones, entre otras manifestaciones

represivas.

A estas manifestaciones se agregan los conflictos generados por razones

ideológicas, que muestran el enfrentamiento entre diversos grupos, cuya motivación

principal es hacer presión para provocar cambios adecuados a los distintos intereses

políticos y partidistas.

3

Como consecuencia de toda esa conflictividad, han resultado lesionados estudiantes,

docentes y autoridades. También el patrimonio público de la UCLA ha sufrido daños. En

igual sentido, las comunidades vecinas a instalaciones de la UCLA manifiestan su

desagrado por los trastornos que sufre el normal desenvolvimiento de la convivencia social

cuando se activan protestas estudiantiles en las calles.

Las manifestaciones conflictivas reseñadas, entre otras, son recurrentes, sin

embargo, a la presente fecha la UCLA no dispone de instancias estructuradas, estables y

profesionales, para prevenir, resolver y contener los mencionados conflictos, mediante

fórmulas conciliatorias. Esta carencia origina el nombramiento de comisiones especiales

para abordar cada conflicto, sin el debido adiestramiento del personal designado para

encauzarlos de manera profesional, no obstante la complejidad de las situaciones que se

presentan, las cuales ameritan intervención profesional y no sólo buena voluntad o buena

intuición.

En otros casos, la UCLA opta por el uso de procedimientos disciplinarios y

judiciales, sin que ello garantice la convivencia pacífica de los involucrados.

La situación descrita no sólo atañe a la UCLA. Podría afirmarse que es propia de

las comunidades universitarias, tan naturales, como lo son los desacuerdos en las relaciones

humanas, por tanto no resulta realista plantearse la erradicación de tales conflictos por la

sola creación de una instancia conciliatoria en la UCLA. El conflicto o desacuerdo no es

problema. Lo que si genera problemas es el escalamiento de esas manifestaciones sin

instancias que puedan encauzar esas manifestaciones con carácter anticipatorio para

sustituir o disminuir el uso de medios violentos, por el diálogo.

En un contexto más general, cabe reseñar que la Organización Panamericana de la

Salud (OPS), en Informe presentado en el año 2003, afirma que la violencia es un

problema de salud pública en el mundo por los altos presupuestos que consume la

4

rehabilitación de las víctimas y de las economías públicas y privadas, cuyo auge es notorio

a nivel mundial y latinoamericano, de lo cual no escapa Venezuela, cuyas causas no se

localizan en forma aislada, sino más bien en forma sistémica, muchas de ellas producto de

la injusticia social por la desigualdad de oportunidades económicas de un grueso porcentaje

poblacional, lo cual a su vez limita el acceso a la educación de las personas más

empobrecidas, quienes sin educación y medios económicos para vivir en condiciones

mínimas de dignidad, reproducen el patrón de pobreza, en la mayor parte de los casos.

También la globalización de la economía, crea oportunidades para el auge del conflicto

porque obliga a la coexistencia de diversas razas, religiones, costumbres, identidades y,

además, desplaza el recurso humano de menor calificación profesional, lo cual crea una ira

flotante en los países de menor desarrollo tecnológico, porque ya no resulta suficiente una

profesión para obtener colocación laboral en forma segura, pues las grandes empresas optan

por reducir costos para competir en un mercado marcado por el liberalismo económico, la

competitividad y la tecnología, comenzando por la reducción de personal. La expansión

de este fenómeno, sin cauces institucionales que atiendan eficazmente las desviaciones

sociales que provoca dicha globalización, en cuanto a políticas laborales, migratorias,

ambientales, tributarias, que aseguren la coexistencia pacífica en condiciones de

multiculturalidad, es reseñada por los estudiosos del tema como debilidades de la

globalización, capaces de generar conflictos sociales.

Suares (1997)1 afirma que más que necesidades insatisfechas, las causas del conflicto

tienen carácter relacional, por la defectuosa comunicación entre las partes en razón a las

distintas percepciones que produce una misma realidad, debido a los diversos patrones

culturales de las personas forjados por creencias, experiencias, valores, que actúan como

filtros y condicionan el significado y valor para cada persona. En esta misma tendencia se

inscribe Mitchell2, quien afirma que el conflicto es natural en las relaciones humanas

porque las visiones del mundo son distintas y ello produce pasiones conflictivas y fuerzas

5

encontradas o incompatibles, en cualquier relación. También Moore3 señala que el conflicto

es una crisis en una relación.

En Venezuela, la libertad de expresión, consagrada en el artículo 57 de la vigente

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), en lo sucesivo, CRBV,

entendida como un derecho humano que faculta a toda persona para expresar libremente

sus pensamientos, sus ideas u opiniones, sin previa censura, puede generar conflictos, tanto

desde el punto de vista constructivo, cuando se exteriorizan desacuerdos o diferencias entre

las personas, en cuyo supuesto las partes involucradas utilizan el diálogo para conciliar sus

intereses y cuando no es posible el consenso, adoptan acuerdos para convivir en contextos

tolerables. En otros casos, el uso de medios violentos, escala los conflictos, hasta niveles

destructivos.

Frente a la situación antes contextualizada, surgen iniciativas en distintas universidades

y otras organizaciones, públicas y privadas, que abogan por el uso de los medios

alternativos de resolución de conflictos para prevenir, resolver y contener la violencia.

En ese sentido, es procedente referir iniciativas que se desarrollan en algunas

universidades, entre ellas las siguientes4:

• Quizás uno de los antecedentes más relevantes, por su condición de pionero e

inspirador, es el Proyecto de Negociación, que funciona desde hace más de treinta años,

en la Escuela de Leyes de la Universidad de Harvard, entre sus aportes figura el diseño

y desarrollo del “Modelo de negociación, basada en principios.

• El Club de Mediación Universitaria: es una red de mediadores/as que trabaja en

escuelas y facultades y en otros escenarios como los espacios y tiempos de ocio, para

mejorar los hábitos de salud de la población universitaria a través de la influencia que

ésta ejerce entre sí, por medio de estrategias que comprenden la ejecución de proyectos

de mediación en la Universidad de Sevilla y la realización de jornadas, ciclos, eventos

informativos, entre otros, ejecutados por y para jóvenes5.

6

• Centro de Mediación y Resolución de Conflictos de la Universidad Nacional Autónoma

de Nicaragua6

• Centro de Resolución Alternativa de Conflictos (CREA), funciona en la Escuela de

Derecho de la Universidad Católica de Temuco, Chile7.

• El Centro de Mediación de la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil,

Ecuador8.

• Centro de Mediación y Resolución de Conflictos, en

Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional Autónoma de

Nicaragua- León (UNAN-León)9.

• Centro de métodos alternativos de solución de conflictos, en la Pontificia Universidad

Católica de Ecuador (PUCE )10.

• El 11 de agosto de 2003, seis universidades panameñas, conjuntamente con el Órgano

Judicial firmaron un Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica con el objeto de

establecer Centros de Mediación, que funcionen como anexos a los Consultorios de

Asistencia Legal Gratuita, existentes en estos centros de educación superior. El

Convenio fue firmado por los rectores de la Universidad Católica Santa María, La

Antigua, Latinoamericana de Ciencia y Tecnología, Latina de Panamá, Especializada de

las Américas y la del Istmo. En la Web se informa que el Órgano Judicial ha creado el

Centro de Mediación como un mecanismo alterno en la solución de conflictos, para

promover la cultura de paz, como uno de los proyectos que conforman el Sexto

Imperativo del Plan Estratégico que desarrolla la institución11.

• Centro de Mediación, de la Universidad Católica de Argentina (UCA)12

• En cuanto a las universidades venezolanas, no se han localizado unidades o servicios de

mediación, aunque si existen en algunas de ellas unidades curriculares electivas, con

contenidos relativos a los medios alternativos de resolución de conflictos y cultura de la

7

paz, como en la Universidad Central de Venezuela, La Universidad del Zulia,

Universidad Católica Andrés Bello y Universidad Fermín Toro13

Además de las experiencias reseñadas, que demuestran el auge de los medios

alternativos para resolver conflictos, en lo sucesivo, MARC, Urquidi (2000)14 afirma que

el 56 % de las disputas que se plantean en tribunales norteamericanos, son resueltos a través

de la negociación directa entre las partes y no mediante sentencia.

Modernamente, las legislaciones avanzadas reflejan el uso de los MARC como

medios idóneos para resolver los conflictos. En igual sentido, la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, en sus artículos 253 y 257, consagra los MARC como

componentes del sistema de justicia.

El Tribunal Supremo de Justicia ha impulsado el uso de los MARC, fijando

oportunidades para conciliar en los juicios que conocen, lo cual ha contribuido en la

divulgación de dichos MARC.

El auge de los MARC en el derecho comparado demuestra la predisposición

favorable de los usuarios de la administración de la justicia para emplear los MARC en la

resolución pacífica de conflictos, y para ello es necesario crear espacios que permitan su

práctica y divulgación.

Adicional a lo expuesto, la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”, el

Colegio de Abogados del Estado Lara y el Centro de Resolución de Conflictos del Colegio

de Abogados del Estado Lara (en lo sucesivo denominados UCLA, CAEL y CRC,

respectivamente) suscribieron en forma conjunta el 26 de julio del año 2003 una Carta de

Intención, mediante la cual las referidas partes declararon su intención para:

8

1. Crear un Programa de Postgrado de Especialización en Medios de Resolución

Pacífica de Conflictos.

2. Crear un Centro de Mediación, como Centro de Práctica Supervisada de los

alumnos del postgrado mencionado en el numeral que antecede, prestar servicios a

la comunidad para abordar la violencia y contribuir en la creación de condiciones

para la convivencia pacífica en Venezuela.

3. Crear un Centro de Arbitraje, como Centro de Práctica Supervisada dirigido a

prestar servicios de arbitraje a organizaciones mercantiles, patronales y sindicales,

para la resolución pacífica de sus desacuerdos.

4. Desarrollar actividades de capacitación de corta duración, no conducentes a grado

académico, para optimizar el desempeño en la resolución pacífica de conflictos en

cualquier contexto familiar, comunitario, laboral, estudiantil o político.

La investigadora, en su condición de personal docente y de investigación de la UCLA,

así como por su condición de directora del Centro de Resolución de Conflictos del Colegio

de Abogados del Estado Lara, en lo sucesivo, CRC, ad honorem, facultada también por el

Colegio de Abogados del Estado Lara (en lo sucesivo, CAEL), asumió el compromiso de

hacer la investigación correspondiente para lograr los objetivos expresados en la

mencionada Carta de Intención. Los logros se plasman en el Informe Final Académico,

Informe Administrativo e Informe de Apoyo a la Gestión de la Investigación, elaborados

con sujeción al Instructivo para elaborar el Informe Final de Proyectos de

Investigación, ya referido, los cuales se insertan como anexos en este trabajo de ascenso a

la categoría de asociada.

A tales efectos, es procedente significar que los artículos 34 y 91 del REGLAMENTO

DE CLASIFICACIÓN Y ASCENSO DE LOS MIEMBROS DEL PERSONAL DOCENTE

Y DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO

ALVARADO (2008), en lo sucesivo El Reglamento, disponen que los trabajos de ascenso

deberán ser realizados con sujeción a las Normativas o Manual donde se indicarán las

9

características, requisitos, modalidad de elaboración y presentación de dicho trabajo, sin

embargo a la fecha de este trabajo (27-01.2009), dichas normas no han sido dictadas, según

información suministrada por la Secretaría General de la UCLA, en fecha 27-01.2009,

razón por la cual se utilizan, por analogía, los lineamientos establecidos en el Instructivo

para elaborar el Informe Final de Proyectos de Investigación, con relación a la

publicación de trabajos en extenso, según los cuales, los informes en extenso deben

contener: Resumen, Introducción, Metodología, Resultados, Conclusiones, Bibliografía. En

el respectivo proyecto, constan aspectos relacionados con el resumen del proyecto,

planteamiento del problema, antecedentes, justificación de la investigación, su

delimitación, metodología, plan de trabajo. Dicho proyecto se acompaña como anexo y por

ello se obvia la repetición de la información contenida en el mismo.

OBJETIVOS

GENERAL: Diseñar una propuesta para crear un Centro de Mediación y Arbitraje en la

Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Realizar un diagnóstico para establecer las necesidades particulares de la UCLA con

respecto a la propuesta del centro mencionado;

2. Diseñar el Documento constitutivo;

3. Diseñar el Reglamento de Mediación

4. Diseñar el Reglamento de Arbitraje;

5. Diseñar el Reglamento de Ética

10

MARCO METODOLOGICO

La investigación se encuadró en las Ciencias de la Educación, dentro de la línea de

desarrollo de “Construcción de Ciudadanía y Capital Social”, con una duración de dos

años (2005-2006). Fue de carácter documental y de campo, porque se analizaron fuentes

documentales impresas y electrónicas como legislación y doctrina. Se recolectó

información de campo a través de encuestas. Fue de naturaleza cuantitativa porque se

cuantificaron y graficaron los datos que arrojaron las encuestas. Se diseñó un instrumento

de recolección de datos, sometido al juicio de tres expertos, uno en metodología (Eunice

Ugel) y dos en medios alternativos de resolución de conflictos (Psicóloga Antonietta

Bastidas de Raydán y Dra. Ana Celina Iglesias de Neves), para determinar su confiabilidad

y validez en razón a los objetivos de la investigación.

La encuesta estuvo integrada por 26 interrogantes, cuya finalidad principal fue conocer

la percepción de las personas encuestadas en cuanto a si consideraban “Muy Necesario”,

“Necesario” o “No Necesario”, cada uno de los aspectos consultados.

El universo seleccionado estuvo conformado por una muestra equivalente al 20% de los

alumnos y alumnas del sexto y séptimo semestre del Decanato de Administración y

Contaduría de la UCLA, de los docentes activos del Decanato del Administración y

Contaduría de la UCLA, de las autoridades del Consejo Universitario de la UCLA, de la

Junta Directiva de la Cámara de Comercio del Estado Lara, de la Junta Directiva del la

Cámara de Pequeños y Medianos Industriales del Estado Lara, de las organizaciones

comunitarias invitadas a participar en el “Programa de formación en incidencia pública

para organizaciones de la sociedad civil” en el marco del proyecto REDDES-UCLA, y de

los facilitadores de medios alternativos de resolución de conflictos, egresados de la cohorte

XII del diplomado sobre Negociación, Conciliación, Mediación y Arbitraje, que dictó en su

sede el CRC (2006-2007). Se utilizó la técnica del muestreo aleatorio simple, la

observación directa y se realizaron entrevistas semi-estructuradas con: 1) la directora y

subdirectora del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Caracas (CACCC), que

11

también funciona como Capítulo Nacional de la Corte de Arbitraje de la Cámara de

Comercio Internacional; 2) con el Director General del Centro Empresarial de Conciliación

y Arbitraje (CDCA), cuyos socios son Venamcham y el Centro Venezolano Americano; 3)

con funcionarios de la Dirección de Justicia Municipal de la Alcaldía del Municipio

Chacao; 4) con el Director de Mediación, Conciliación y Arbitraje del Ministerio del

Trabajo; 5) con habitantes de las comunidades Las Sábilas, del Municipio Iribarren (2006)

y de la Urbanización Horizonte del Municipio Palavecino (2005), ambos del Estado Lara.

MARCO TEÓRICO DE SUSTENTACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación se sustentó en dos teorías fundamentalmente:

1) La Teoría de la Mediación, con enfoque transformativo, denominada por sus promotores

“La Historia de la Transformación”, la cual promueve una transformación cualitativa de la

interacción humana y recomienda afrontar el conflicto mediante la revalorización y el

reconocimiento de los involucrados. Este modelo ha sido fundamentalmente desarrollado

por Baruch y Folger 15 , quienes señalan que la literatura especializada revela varias

historias del movimiento de la mediación que subrayan diversas dimensiones del proceso

de la mediación, entre ellas: a) La mediación entendida como una herramienta destinada a

mejorar la congestión de los tribunales y a suministrar una justicia de más elevada calidad,

denominada también “La Historia de la Satisfacción; b) Para otros, la mediación es un

vehículo para organizar a la gente y a las comunidades con miras a conseguir acuerdos

equitativos, creando vínculos y estructuras comunitarias más sólidos. Se le conoce también

como “La Historia de la Justicia Social”; c) Para otros, la mediación es un medio

disimulado de control y opresión social, denominada “La Historia de la Opresión”, porque

la mediación disminuye los niveles de confrontación y ello podría ocultar manifestaciones

de opresión.

12

2) El Modelo de Negociación de la Escuela de Leyes de la Universidad de Harvard,

desarrollado especialmente por Fischer y Ury16, conocido como Modelo Harvard de la

Negociación basada en principios.

Esta Modelo considera las necesidades propias y ajenas y se fundamente en los

siguientes principios:

a) Separar las personas del problema. Las personas no son el problema,

sencillamente tienen necesidades que requieren satisfacción, por tanto hay que ser duros

con el problema hasta descubrir opciones de beneficio mutuo que satisfagan esas

necesidades y suaves con las personas para lograr su cooperación.

b) Centrarse en los intereses, no en las posiciones. Los intereses son las

necesidades, expectativas o temores de las personas y por eso las personas asumen

posiciones inflexibles que dificultan los acuerdos por consenso, como por ejemplo: cuando

una persona no se siente reconocida se muestra inflexible y no cede en su posición por

temor a que se la perciba como débil o derrotada. Una vez que se siente respetada,

legitimada o tomada en cuenta, le resulta más fácil compartir criterios ajenos y modificar

los propios en aras de resolver las diferencias.

c) Trabajar con opciones de beneficio común, es decir, más que distribuir lo que

cada quien posee con un enfoque suma-cero, en cuyo contexto lo que una parte gana, la otra

lo pierde, el modelo propone asociarse para crear mayor valor en la relación y aumentar la

ganancia para lograr mayor satisfacción al punto que si no hay beneficio mutuo, no debe

haber acuerdo.

d) Utilizar criterios objetivos. Son criterios legítimos y no caprichosos, cuya eficacia

puede ser demostrada por su pertinencia para lograr acuerdos equitativos y justos. Por

ejemplo, si se trata de lograr la partición de bienes como consecuencia del divorcio, lo

deseable es acudir a los criterios del valor de mercado para establecer el valor de los bienes

a repartir o al uso compartido si fuere posible, o al intercambio de los bienes según la

necesidad de cada quien. La creatividad para crear mayor valor y mayor satisfacción así

13

como la reciprocidad de aceptar también lo que se propone a la otra parte, son principios

que ayudad a lograr acuerdos y a preservar las buenas relacione humanas.

Los mencionados principios son desarrollados a través de técnicas que los autores

formulan, como por ejemplo colocarse en el lugar del otro para comprender sus

necesidades, el reconocimiento del otro para lograr su cooperación, pro actividad para

centrarse en los objetivos y no reactividad porque distrae la atención de lo principal.

A los efectos de la investigación, se reflejan los aportes de los modelos expuestos y, por

tanto, la mediación se asume como un método educativo de negociación asistida,

pertinente para instalar la cultura de la paz en las personas y en las comunidades, creando

así condiciones favorables para la convivencia social en forma ética y productiva, a través

de la cual, las personas asumen el compromiso de cooperar para satisfacer en la mejor

medida las necesidades ajenas y propias, mediante acuerdos consensuados con respeto al

principio de autodeterminación de las partes, tolerancia a la diversidad, confidencialidad y

buena fe.

En cuanto al arbitraje se asume el modelo de la Organización de las Naciones Unidas

(en lo sucesivo, ONU), cuyo enfoque orienta el diseño de los Estatutos de la propuesta del

Centro de Mediación y Arbitraje, los cuales forman parte de los anexos del respectivo

Informe final de la investigación.

BASES JURÍDICAS

La propuesta se fundamenta jurídicamente en lo dispuesto en la Constitución

Bolivariana de Venezuela (1999), la cual en sus artículos 253 y 258 dispone que los medios

alternativos de resolución de conflictos son componentes del sistema de justicia y como tal

menciona la mediación, el arbitraje y la justicia de paz. Adicionalmente otras leyes

venezolanas consagran dichos medios para resolver las controversias, observándose la su

14

incorporación en casi toda la legislación posterior a la Constitución mencionada, como la

Ley Orgánica Procesal del Trabajo (2002), Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia

(2005), Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2006). También con anterioridad la

legislación estableció estos medios como por ejemplo Ley Orgánica de la Justicia de Paz

(1994), Ley de Arbitraje Comercial (1998), Ley de Protección de Niños y Adolescentes

(1998); Código Civil (1982).

ANÁLISIS DE RESULTADOS

El análisis de los resultados de la investigación con referencia a la encuesta aplicada

para establecer el diagnóstico planteado como primer objetivo específico, arrojó los

resultados que se resumen en los siguientes cuadros:

CUADRO No. 1

Opinión de la población encuestada sobre la necesidad de crear el Centro de Mediación y

Arbitraje en la Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado”.

Necesidad Nº %

Muy Necesario 211 80.2

Muy

Necesario

80,2%

Necesario

19,0%

Poco

Necesario

0,8%

15

CUADRO No. 2

Opinión de la población encuestada sobre la necesidad de crear el Centro de Mediación y

Arbitraje en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, según el Sexo

SEXO

Muy

Necesario

Nº %

Necesario

Nº %

Poco

Necesario

Nº %

TOTAL

Nº %

Femenino 156 80.8 37 19.2 0 0.0 193 100.0

Masculino 55 78.6 13 18.6 2 2.9 70 100.0

TOTAL 211 80.2 50 19.0 2 0.8 263 100.0

Cuadro No. 3

Opinión de la población encuestada sobre la necesidad de crear el Centro de Mediación y

Arbitraje en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado, según la edad

Necesario 50 19.0

Poco Necesario 2 0.8

TOTAL 263 100.0

16

Edad (años)

Muy

Necesario

Nº %

Necesario

Nº %

Poco

Necesario

Nº %

TOTAL

Nº %

18 – 19 14 77.8 4 22.2 0 0.0 18 100.0

20 – 29 111 78.2 31 21.8 0 0.0 142 100.0

30 – 39 22 84.6 4 15.4 0 0.0 26 100.0

40 – 49 44 86.0 6 12.0 1 2.0 51 100.0

50 – 59 14 73.7 4 21.1 1 5.3 19 100.0

60 y más 6 85.7 1 14.3 0 0.0 7 100.0

TOTAL 211 80.2 50 19.0 2 0.8 263 100.0

Cuadro No 4

Opinión de la población encuestada sobre la Necesidad de Crear el Centro de Mediación y

Arbitraje en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado según grupo encuestado

Muy

Necesario

Nº %

Necesario

Nº %

Poco

Necesario

Nº %

TOTAL

Nº %

Alumnos Contaduría 78 76.5 24 23.5 0 0.0 102 100.0

Alumnos

Administración.

45 80.4 11 19.6 0 0.0 56 100.0

Docentes activos 40 75.5 12 22.6 1 1.9 53 100.0

17

DAC-UCLA

CAPMIL 9 100.0 0 0.0 0 0.0 9 100.0

Cámara de Comercio 9 90.0 0 0.0 1 10.0 10 100.0

Mediadores 14 87.5 2 12.5 0 0.0 16 100.0

ONG /

Programa Incidencia

Pública.

16 94.1 1 5.9 0 0.0 17 100.0

TOTAL 211 80.2 50 19.0 2 0.8 263 100.0

Cuadro No 5

Opinión de la población encuestada sobre cada uno de los aspectos evaluados en la

necesidad de crear el Centro de Mediación y Arbitraje en la Universidad Centroccidental

Lisandro Alvarado.

Item evaluado

Muy

Necesario

Nº %

Necesario

Nº %

Poco

Necesario

Nº %

TOTAL

Nº %

Para lograr la convivencia

social pacífica, la mediación

se considera:

172 65.4 90 34.2 1 0.4 263 100.0

Para lograr la convivencia

social pacífica, el arbitraje

se considera

99 37.6 148 56.3 16 6.1 263 100.0

18

Para ahorrar tiempo en la

resolución de conflictos, la

mediación se considera:

159 60.5 99 37.5 5 1.9 263 100.0

Para ahorrar tiempo en la

resolución de conflictos, el

arbitraje se considera

132 50.2 117 44.5 14 5.3 263 100.0

Para disminuir los costos del

sistema de justicia, la

mediación se considera

133 50.6 118 44.9 12 4.6 263 100.0

Para disminuir los costos del

sistema de justicia, el uso

del arbitraje se considera

118 44.9 120 45.6 25 9.5 263 100.0

Para lograr la satisfacción de

los usuarios del sistema de

justicia, la participación

protagónica de los

involucrados se considera:

165 62.7 90 34.2 8 3.0 263 100.0

Para lograr el acceso de los

pobres al sistema de justicia,

el servicio de la mediación

se considera

169 64.3 75 28.5 19 7.2 263 100.0

Para facilitar la resolución

de conflictos comerciales, el

117 44.5 134 51.0 12 4.6 263 100.0

19

arbitraje se considera:

La participación de la

UCLA en la capacitación de

ciudadanos para lograr

mayor justicia se considera:

174 66.2 84 31.9 5 1.9 263 100.0

La participación de la

UCLA en la creación de

condiciones favorables para

la convivencia social

pacífica se considera:

166 63.1 89 33.8 8 3.0 263 100.0

La participación de la UCLA

en el diseño de programas de

capacitación para fortalecer las

capacidades de negociación,

conciliación y mediación de

los ciudadanos, se considera:

172 65.4 86 32.7 5 1.9 263 100.0

La participación de la UCLA

en el diseño de programas de

capacitación para fortalecer la

participación de las

organizaciones comunitarias

en la gestión pública, se

considera:

165 62.7 92 35.0 6 2.3 263 100.0

20

La capacitación de los

docentes en mediación para

resolver conflictos en el aula,

se considera:

187 71.1 74 28.1 2 0.8 263 100.0

La participación de los

alumnos de educación

universitaria en programas de

mediación comunitaria, se

considera:

130 49.4 118 44.9 15 5.7 263 100.0

La participación de los

docentes en programas de

mediación educativa, se

considera:

152 57.8 106 40.3 5 1.9 263 100.0

Para mejorar las relaciones

familiares, el uso de la

mediación se considera:

149 56.7 96 36.5 18 6.8 263 100.0

Para optimizar el perfil

profesional, el uso de la

mediación se considera:

135 51.3 112 42.6 16 6.1 263 100.0

Para mejorar el ambiente

laboral, el uso de la mediación

158 60.1 101 38.4 4 1.5 263 100.0

21

se considera:

Para mejorar las relaciones

humanas en la comunidad, el

uso de la mediación se

considera:

163 62.0 94 35.7 6 2.3 263 100.0

Para mejorar el perfil

profesional, el uso del arbitraje

se considera:

119 45.2 117 44.5 27 10.3 263 100.0

Para lograr mayor equidad en

el ejercicio del poder, el uso de

la mediación se considera:

127 48.3 122 46.4 14 5.3 263 100.0

Para resolver los conflictos, el

uso de la mediación se

considera:

170

64.6

86

32.7

7

2.7

263

100.0

Para resolver los conflictos, el

uso del arbitraje se considera

132 50.2 116 44.1 15 5.7 263 100.0

Para resolver conflictos entre

empleados y patronos, el uso

de la mediación se considera:

182 69.2 74 28.1 7 2.7 263 100.0

La creación de servicios de

mediación y arbitraje en la

UCLA, se considera:

157 59.7 97 36.9 9 3.4 263 100.0

22

La información recolectada a través de las encuestas aplicadas, evidencia los

siguientes hallazgos:

1. El 99.2 de la población encuestada consideró necesaria la creación del Centro de

Mediación y Arbitraje en la UCLA (CUADRO No. 1 )

2. Según el sexo, de 156 encuestas aplicadas al sexo femenino, el 80.8 % consideró muy

necesario la creación del Centro de Mediación Y Arbitraje y el 19.2 % lo consideró

necesario. No hubo ningún rechazo. En cuanto a la población masculina, de 55

encuestas aplicadas, el 78.6 % lo consideró muy necesario, el 18.6 % necesario y sólo el

2.9 % no lo consideró una necesidad. Es de advertir que la población mayormente

encuestada pertenece al sexo femenino porque las encuestas a los alumnos se

practicaron en las aulas de clase, escogidas en forma aleatoria simple, y en ese contexto

es mayor la población femenina (CUADRO No. 2 ).

3. Según la edad: Los datos expresados en el cuadro 3, evidencian que sólo las personas

con edad entre 40 y 59 años de edad y 50 y 59 años de edad, consideraron poco

necesario la creación del Centro propuesto, aunque en porcentajes muy bajos: 2% y

5.3%, respectivamente. Sin embargo el grupo de encuestados mayores de 60 años,

consideraron en un 85.7% muy necesaria y un 14.3%, consideró necesaria la

propuesta del Centro, por lo cual no puede inferirse que a mayor edad, menor es la

necesidad de contar con una instancia institucionalizada para abordar los desacuerdos

(CUADRO 3). .

4. Según los grupos encuestados: destaca que todos los alumnos consideraron muy

necesario o necesario la creación del Centro de Mediación y Arbitraje en la UCLA. Los

datos se discriminan a continuación:

a. En cuanto a docentes activos del Decanato de Administración y Contaduría de

la UCLA, sólo un 1.9 % consideró poco necesario la propuesta.

23

b. El 100% de los pequeños y medianos industriales consideró muy necesario la

creación de la instancia propuesta, lo cual corrobora la pertinencia de la

mediación y del arbitraje como sistema de acceso a la justicia preferido por el

sector industrial.

c. La cámara de Comercio consideró en un 90% muy necesario el centro

propuesto.

d. Las organizaciones comunitarias, en un 94% y en un 5.9% lo consideró muy

necesario y necesario, respectivamente, sin ningún rechazo.

e. Estos resultados permiten inferir que la prepuesta de la investigación goza de

aceptación para atender los conflictos de los pequeños y medianos industriales

así como de los comerciantes y de las organizaciones comunitarias. Es una

oportunidad para la UCLA llenar este vació en el Estado Lara.

f. Los mediadores encuestados, obviamente por conocer las ventajas de la

mediación y del arbitraje, se manifestaron muy a favor en un 87.5% y un 12.5

% consideró necesario la creación del centro mencionado en la UCLA

(CUADRO No. 4).

g. Del cuadro No. 5, merece especial consideración que el 66. 2 % consideró muy

necesario que la UCLA participe en la capacitación de los ciudadanos para

lograr mayor justicia y un 31,9 % lo consideró necesario. Sólo un 1.9 lo

consideró poco necesario.

h. Un 63. 1% y un 33.8 % consideraron muy necesaria o necesaria la participación

de la UCLA para contribuir en la creación de condiciones favorables para la

convivencia pacífica, que es uno de los retos mas importantes de la humanidad

para evitar el uso de medios violentos en la resolución de conflictos, sobre todo

considerando que la familia humana cada vez se relaciona en forma más

inmediata por los avances tecnológicos de la comunicación y tiene mayor

acceso a armas con alto poder de destrucción, por eso las oportunidades para el

conflicto aumentan dada la diversidad cultural y la diferencia de valores. Esta

amenaza exige un abordaje anticipatorio, institucional y profesional desde la

24

perspectiva de la educación, de allí la oportunidad de la UCLA para satisfacer

esta necesidad, especialmente en un país que se debate entre distintos modelos

de estado y profundos cambios sociales y jurídicos que han suscitado una gran

polarización social.

i. También cabe destacar que el 71.1 % de la población encuestad consideró muy

necesario la capacitación de los docentes para resolver conflictos en el aula de

clase y un 28.1 % lo consideró necesario. Sólo un 0,8% lo consideró poco

necesario. Este resultado es un alerta para la UCLA porque evidencia una

percepción desfavorable con relación a gestión de los conflictos en el aula, lo

cual debe llamar la atención porque la investigación abarcó sólo docentes y

alumnos del Decanato de Administración y Contaduría, que por su propia

naturaleza necesita producir respuestas de alta calidad gerencial para gestionar

los conflictos.

j. Otro hallazgo relevante fue que la población encuestada consideró como muy

necesario (49.4%) o necesario (44.9%) la participación de los alumnos de

educación universitaria en programas de mediación comunitaria, lo cual

representa una oportunidad para apoyar la prestación del servicio comunitario

requisito necesario para obtener el título de pregrado, según la Ley de Servicio

Comunitario del Estudiante de Educación Superior (2005).

k. Con respecto a la Opinión de la población encuestada sobre la evaluación de la

necesidad de crear el Centro de Mediación y Arbitraje en la Universidad

Centroccidental Lisandro Alvarado: el 71.1% consideró muy necesario la

capacitación de los docentes en mediación para resolver conflictos en el aula;

69.2% para resolver los conflictos entre empleados y patronos; 65.4% para la

participación de la UCLA en el diseño de programas de capacitación para

fortalecer las capacidades de negociación, conciliación y mediación de los

ciudadanos; 64.6% para resolver los conflictos; 62.7% para la participación de

la UCLA en el diseño de programas de capacitación para fortalecer a las

organizaciones comunitarias en la gestión pública; 3% para mejorar las

25

relaciones humanas en la comunidad, además del alto porcentaje que lo

consideró necesario, observándose que los porcentajes que lo consideraron poco

necesario no exceden el 5.5%. (CUADRO No. 5).

CONCLUSIONES

En cuanto al objetivo general, puede concluirse que los datos recolectados

evidencian, en forma contundente, que la muestra seleccionada considera pertinente crear

el Centro de Mediación y Arbitraje en la UCLA. En efecto, el 99.2 de la población

encuestada consideró necesaria la creación del Centro de Mediación y Arbitraje en la

UCLA (CUADRO No. 1).

La muestra seleccionada estuvo conformada por la comunidad universitaria

integrada por autoridades de la UCLA, docentes, alumnos, así como por organizaciones de

la sociedad civil, comerciantes, industriales y mediadores, que forman parte del entorno

social de esta Universidad, por tanto el porcentaje del 99.2 % a favor de la propuesta, no

sólo es significativa por la elevada cuantía del porcentaje a favor sino también por la

diversidad de la muestra, hecho este que cualifica de mejor manera el apoyo a la propuesta

por representar una necesidad sentida de la población localizada en áreas de influencia de la

UCLA.

Merece especial referencia que el 100% de los pequeños y medianos industriales

consideró pertinente la propuesta, lo cual representa una oportunidad para que la UCLA,

mediante la prestación de servicios de mediación y arbitraje, además de generar recursos

económicos, satisfaga la necesidades que plantea el sistema de justicia en su dimensión

conciliatoria, por vía extrajudicial, con lo cual también ayuda a descongestionar los

tribunales de causas susceptibles de mediación y arbitraje.

26

Otro hallazgo importante es que en criterio de la población encuestada, la

mediación es más necesaria que el arbitraje, por lo que la UCLA pudiera iniciar la

experiencia piloto sólo con mediación.

El 96.9% de la población encuestada consideró necesaria la participación de la

UCLA para contribuir en la creación de condiciones favorables para la convivencia

pacífica. Por tanto la UCLA tiene la oportunidad de satisfacer esa necesidad mediante su

oferta docente, de investigación y, muy especialmente, de extensión, sobre todo tomando en

cuenta que el escalamiento del conflicto con manifestaciones cada vez más violentas, es un

hecho comunicacional público y notorio.

La educación basada en el “enfoque por competencias”, asumido por la UCLA,

plantea como objetivos de la educación, ya no sólo el desarrollo de competencias teóricas y

prácticas, sino también el desarrollo de competencias para convivir y ser, es decir, el

desarrollo de una identidad, coherente con los valores que orientan la Constitución de la

República Bolivariana de Venezuela, entre ellos la cultura de la paz, el respeto a los

derechos humanos, la libertad, el pluralismo político. Los principios señalados también

orientan la mediación y el arbitraje, por ello su implantación en la UCLA es viable

jurídicamente.

En cuanto a los objetivos específicos puede concluirse que el diseño del documento

constitutivo y los estatutos, integrados por normas reguladoras en materia de mediación,

arbitraje y ética, receptan los avances mundiales sobre la materia, tanto legislativos como

doctrinarios y, por ello, la UCLA, por una parte asumiría un papel pionero en la prestación

de servicios de mediación y arbitraje, debido a que ninguna Universidad en el País, al

menos hasta la fecha de este Informe, ha asumido tal liderazgo. A lo sumo, han incorporado

como parte de la oferta docente, el desarrollo de cursos de corta duración, no conducentes a

grados académicos. Sin embargo, la UCLA dispone también de un proyecto aportado por

el CRC denominado “Propuesta para crear un Programa de Postgrado de Especialización en

27

Resolución de Conflictos y Cultura de la Paz”, como producto convenido en el citado

marco de la Carta de Intención, antes descrita, cuya implantación podría satisfacer la

necesidad de cualificar profesionales de alto nivel para abordar conflictos, mejorar la

productividad comercial por el uso de medios adecuados para abordar diferencias y lograr

consenso y seguridad jurídica para las inversiones, podría así mismo contribuir en la

generación de condiciones favorables para la convivencia social pacífica y la disminución

del uso de la violencia en la comunidad, incluida la comunidad educativa, lo cual

conduciría hacia el logro de comunidades más justas y seguras.

RECOMENDACIONES

Con base a los hallazgos resultantes de la investigación, se recomienda crear el

Centro de Mediación y Arbitraje en la UCLA para satisfacer necesidades internas de la

propia comunidad universitaria al optimizar las competencias de los docentes para

gestionar conflictos en el aula, así como del entorno social al facilitar el acceso a la justicia

de las personas con menor poder adquisitivo, fortalecer la participación protagónica de los

ciudadanos en la resolución de conflictos, crear capital social y diplomacia ciudadana, por

el empoderamiento de personas y organizaciones comunitarias para transformar las

relaciones humanas hacia niveles de mayor justicia social, mayor tolerancia hacia la

diversidad y menor violencia. La UCLA marcaría un hito en el liderazgo de esta nueva

concepción para gerenciar la conflictividad. No existe a la fecha de este informe una

estructura profesional institucionalizada en la UCLA ni en ninguna universidad venezolana

que atienda esta demanda con carácter proactivo. Sólo se designan comisiones especiales o

personas como reacción ante el conflicto, sin que asuman el conflicto como su misión. En

otros países las universidades se están adelantando y sus contribuciones han logrado

visibilidad social. La UCLA tiene una oportunidad para fortalecer su auto denominación

como universidad social.

28

1 Suares, Marines (1997). Mediación. Conducción de disputas, comunicación y técnicas. Paidós. Argentina. 2 Mitchell, S. (1993). Conceptos relacionales en psicoanálisis: una integración. Siglo XXI. España. 3 Moore, Christopher (1995). El proceso de mediación. Editorial Granica. España. 4 Cuenca de Ramírez, Nelly (2009). Centro de mediación. Estudio de pertinencia en la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Artículo Científico. Revista Compendium. Venezuela. 5Ver en Universidad de Sevilla. 2009. Página Web en Línea. Fuente:

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(Consultado el 03-02-2009). 8Ver en Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. 2009. Página Web en Línea.

Fuente: www2.ucsg.edu.ec (Consultado el 03-02-2009). 9 Ver en Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, UNAN-León. 2009. Página Web

en Línea. Fuente: unanleon.edu.ni (Consultado el 03-02-2009). 10Ver en Pontificia Universidad Católica del Ecuador. 2008. Página Web en Línea. Fuente:

www.puce.edu.ec (Consultado el 03-02-2009). 11Ver en Órgano Judicial de la República de Panamá. 2003. Universidades panameñas y el

Órgano Judicial firman Convenio para promover la Mediación. Fuente:

www.organojudicial.gob.pa (Consultado el 03-02-2009). 12Ver en Pontificia Universidad Católica Argentina. 2009. Página Web en Línea. Fuente:

www.uca.edu.ar/index.php/home/index/es (Consultado el 03-02-2009). 13 Cuenca de Ramírez, Nelly. 1999. Diseño de un programa de capacitación para optimizar

el desempeño de los abogados del Estado Lara en la resolución de conflictos, sin juicio.

Período 1997-1999. Núcleo Barquisimeto, Universidad Bicentenaria de Aragua.

Barquisimeto. Venezuela.

29

14 Urquidi J, Enrique (1999). Mediación. Solución a conflictos sin litigio. Centro de

resolución de conflictos. México. 15 Baruch Bush, R.A y Folger, J.P. (2006). La Promesa de la Mediación. Granica. 1ra. ed.

Buenos Aires, 2006. 16 Fisher, R y Ury, W (1993). El arte de negociar sin ceder. Compañía Editorial

Continental. México.