diario 28 septiembre -...

148
DIARIO OFICIAL Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi[email protected] S U M A R I O 1 REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL TOMO Nº 376 SAN SALVADOR, VIERNES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007 NUMERO 180 DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Oficial se procesa por transcripción directa y fiel del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional). Pág. 4-5 5-7 8 8-10 10 11 12-19 19 Pág. 20-21 22 23-31 32-35 36 37-41 ORGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACION RAMO DE EDUCACIÓN Acuerdos Nos. 15-0921, 15-0922 y 15-0923.- Ampliación de servicios en tres centros educativos. ..................................... Acuerdos Nos. 15-1053, 15-1125, 15-1126, 15-1127 y 15-1128.- Reconocimiento de estudios académicos. ................. Acuerdos Nos. 15-1079 y 15-1177.- Creación y funcionamiento de dos centros educativos oficiales. ................. Acuerdo No. 15-1076.- Se dejan sin efecto los Acuerdos Ejecutivos Nos. 15-0887 y 15-0300, de fechas 27 de julio de 2004 y 1 de marzo de 2005, respectivamente. ........................... Acuerdo No. 15-1181.- Se autoriza la implementación del proyecto “Fortalecimiento Lingüístico y Metodológico de Docentes Especialistas del Idioma Inglés del Tercer Ciclo de Educación Básica y Media”. ...................................................... Acuerdo No. 15-1195.- Se crea la Unidad Jurídica GACI, la cual será una dependencia de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Educación. ............................ MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuerdo No. 93.- Condecoraciones militares. .................. Acuerdo No. 110.- Nombramiento dentro del Consejo Directivo del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada. ......... ORGANO JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Acuerdos Nos. 1510-D, 1241-D, 1243-D, 1383-D, 1581-D, 1593-D, 1647-D, 1666-D, 1750-D y 1812-D.- Autorizaciones para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. .................. INSTITUCIONES AUTONOMAS ALCALDÍAS MUNICIPALES Decreto No. 4.- Se corrige omisión en el Decreto No. 3, de fecha 15 de junio de 2007, emitido por el Concejo Municipal de San Marcos................................................................................. Decreto No. 16.- Ordenanza reformada de las tasas por servicios municipales de la ciudad de Santa María, departamento de Usulután. ............................................................................... Decreto No. 17.- Ordenanza de creación del fondo de mantenimiento de calles por daños del transporte o camiones con desechos sólidos que hacen su recorrido al relleno sanitario, ubicado en el Cantón Obrajuelo, municipio de Usulután. ......... Decreto No. 18.- Ordenanza transitoria para el pago de las tasas con dispensa de multas e intereses moratorios, de Santa María, departamento de Usulután. ............................................. Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal La Arenera y Acuerdo No. 6, emitido por la Alcaldía Municipal de El Porvenir, aprobándolos y confiriéndoles el carácter de persona jurídica. ......................................................................................

Upload: others

Post on 21-Sep-2019

23 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

1DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DIARIO OFI CIAL

Dirección: 4a. C. Pte. y 15 Av. Sur # 829 S.S. Tel.: 2555-7800 • Página Web: www.egobierno.gobernacion.gob.sv/egobierno/imprentanacional • Correo: diarioofi [email protected]

S U M A R I O

1REPUBLICA DE EL SALVADOR EN LA AMERICA CENTRAL

TOMO Nº 376 SAN SALVADOR, VIERNES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2007 NUMERO 180

DIRECTOR: Luis Ernesto Flores López

La Dirección de la Imprenta Nacional hace del conocimiento que toda publicación en el Diario Ofi cial se procesa por transcripción directa y fi el del original, por consiguiente la institución no se hace responsable por transcripciones cuyos originales lleguen en forma ilegible y/o defectuosa y son de exclusiva responsabilidad de la persona o institución que los presentó. (Arts. 21, 22 y 23 Reglamento de la Imprenta Nacional).

Pág.

4-5

5-7

8

8-10

10

11

12-19

19

Pág.

20-21

22

23-31

32-35

36

37-41

ORGANO EJECUTIVO

MINISTERIO DE EDUCACION

RAMO DE EDUCACIÓN

Acuerdos Nos. 15-0921, 15-0922 y 15-0923.- Ampliación

de servicios en tres centros educativos. .....................................

Acuerdos Nos. 15-1053, 15-1125, 15-1126, 15-1127 y

15-1128.- Reconocimiento de estudios académicos. .................

Acuerdos Nos. 15-1079 y 15-1177.- Creación y

funcionamiento de dos centros educativos ofi ciales. .................

Acuerdo No. 15-1076.- Se dejan sin efecto los Acuerdos

Ejecutivos Nos. 15-0887 y 15-0300, de fechas 27 de julio de

2004 y 1 de marzo de 2005, respectivamente. ...........................

Acuerdo No. 15-1181.- Se autoriza la implementación

del proyecto “Fortalecimiento Lingüístico y Metodológico de

Docentes Especialistas del Idioma Inglés del Tercer Ciclo de

Educación Básica y Media”. ......................................................

Acuerdo No. 15-1195.- Se crea la Unidad Jurídica GACI,

la cual será una dependencia de la Gerencia de Adquisiciones y

Contrataciones del Ministerio de Educación. ............................

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL

RAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

Acuerdo No. 93.- Condecoraciones militares. ..................

Acuerdo No. 110.- Nombramiento dentro del Consejo Directivo del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada. .........

ORGANO JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Acuerdos Nos. 1510-D, 1241-D, 1243-D, 1383-D, 1581-D,

1593-D, 1647-D, 1666-D, 1750-D y 1812-D.- Autorizaciones

para el ejercicio de la abogacía en todas sus ramas. ..................

INSTITUCIONES AUTONOMAS

ALCALDÍAS MUNICIPALES

Decreto No. 4.- Se corrige omisión en el Decreto No. 3, de

fecha 15 de junio de 2007, emitido por el Concejo Municipal de

San Marcos.................................................................................

Decreto No. 16.- Ordenanza reformada de las tasas por

servicios municipales de la ciudad de Santa María, departamento

de Usulután. ...............................................................................

Decreto No. 17.- Ordenanza de creación del fondo de

mantenimiento de calles por daños del transporte o camiones

con desechos sólidos que hacen su recorrido al relleno sanitario,

ubicado en el Cantón Obrajuelo, municipio de Usulután. .........

Decreto No. 18.- Ordenanza transitoria para el pago de las

tasas con dispensa de multas e intereses moratorios, de Santa

María, departamento de Usulután. .............................................

Estatutos de la Asociación de Desarrollo Comunal La

Arenera y Acuerdo No. 6, emitido por la Alcaldía Municipal de

El Porvenir, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona

jurídica. ......................................................................................

Page 2: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

2 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Pág.

42

42

42

42-43

43

43

43

44-50

50-54

54-56

57-64

Pág.

64

64

65

65-69

69-72

73-76

76

77-78

78-82

82-85

86

86

86

87

87

87

SECCION CARTELES OFICIALES

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias

Cartel No. 996.- Santos Belisario Ramires (1 vez) ...........

Cartel No. 997.- Catalina del Carmen Gómez Avalos y otra (1 vez) ........................................................................................

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Cartel No. 985.- Marvin Edenilson Romero Aguilar (3alt.) ..........................................................................................

Cartel No. 986- Tiodolinda Abrego Portillo (3 alt.) ..........

Cartel No. 987.- Marta Dora Alvarado (3 alt.) ..................

Títulos Supletorios

Cartel No. 988.- Luisa Filomena Escobar (3 alt.) .............

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencia

Cartel No. 979.- Alejandra de Jesús Hernández de Pérez (3alt.) ..........................................................................................

SECCION CARTELES PAGADOS

DE PRIMERA PUBLICACION

Declaratorias de Herencias

Carteles Nos. C012797, C012802, C012803, C012804,

C012813, C012825, F019513, F019514, F019519, F019529,

F019543, F019545, F019548, F019551, F019552, F019555,

F019569, F019573, F019576, F019582, F019587, F019590,

F019591. ....................................................................................

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. F019502, F019515, F019517, F019518,

F019634, C012815, C012816, F019512, F019538, F019540,

F019575, F019581, F019586, F019593, F019612. ...................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. C012823, F019531, F019588, F019589,

F019617, F019632. ....................................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. C012805, C012806, C012807, C012809,

C012810, C012811, F019536, F019537, F019570, F019574,

F019578, F019579, F019609, F019568, F019595, F019596,

F019597. ....................................................................................

Título de Dominio

Cartel No. F019547...........................................................

Traspaso de Marca

Cartel No. F019528...........................................................

Aviso de Inscripción

Cartel No. F019541...........................................................

Juicio de Ausencia

Carteles Nos. F019510, F019521, F019522, F019524, F019525, F019526, F019544, F019561, F019613, F019614, F019618, F019622, F019623.....................................................

Renovación de Marcas

Carteles Nos. C012786, C012788, C012789, C012790, C012791, C012794, C012796. ..................................................

Marca de Fábrica

Carteles Nos. C012792 C012793, C012800, C012827, F019594, F019602, F019603, F019626, F019627. ...................

Nombre Comercial

Cartel No. F019592...........................................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. C012784, F019625. ....................................

Matrícula de Comercio

Carteles Nos. C012787, C012798, C012799, C012812, C012818, C012819, C012820, C012821, C012822, C012824, F019571. ....................................................................................

Subastas Públicas

Carteles Nos. C012826, F019508, F019511, F019600, F019615, F019616, F019620, F019621.....................................

Reposición de Certifi cados

Carteles Nos. C012785, F019501. ....................................

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. F019585...........................................................

Reposición de Libros

Cartel No. F019633...........................................................

Título Municipal

Cartel No. C012814. .........................................................

Título de Predio Urbano

Cartel No. F019580...........................................................

Modelo de Utilidad

Cartel No. C012817. .........................................................

Page 3: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

3DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Pág.

88-92

92-93

93-95

95-106

106-107

107-108

109-112

112-113

113-114

114-115

115

116-117

118-121

Pág.

121-123

123-125

125-126

126-129

129-130

130

131-134

134-135

135

136

136

136

137-148

DE SEGUNDA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. C012757, C012759, F019214, F019220, F019269, F019281, F019323, F019325, F019330, F019346, F019347, F019348, F019406, F019421.....................................

Título de Propiedad

Carteles Nos. C012758, F019213, F019219. ....................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. F019229, F019267, F019276 .....................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C012735, C012737, C012738, C012740, C012742, C012743, C012754, C012755, C012760, C012761, C012762, F019300, F019301, F019303, F019304, F019305, F019307, F019308/324, F019311, F019312, F019314, F019318, F019319, F019320, F019322.....................................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C012741, C012750.....................................

Señal de Publicidad Comercial

Carteles Nos. C012751, F019212, F019306, F019309.....

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C012728, C012729, C012730, C012734, C012736, C012747, C012752, C012756, F019227...................

Subastas Públicas

Carteles Nos. F017888/39, F019237, F019334. ...............

Reposición de Certifi cado

Cartel No. F019313...........................................................

Aumento de Capital

Carteles Nos. C012731, F019210, F019282, F019283.....

Solicitud de Nacionalidad

Cartel No. F019453...........................................................

Marcas de Servicios

Carteles Nos. C012732, C012749, F019298, F019316. ...

DE TERCERA PUBLICACION

Aceptación de Herencias

Carteles Nos. F018828, F018832, F018834, F018862, F018863, F018885, F018898, F018917, F018925, F018937, F018938, F018966. ....................................................................

Títulos de Propiedad

Carteles Nos. F018825, F018827, F018859, F018860,

F018892, F018911. ....................................................................

Títulos Supletorios

Carteles Nos. C012687, F018822, F018922, F018924,

F018951, F018954, F019287.....................................................

Título de Dominio

Cartel No. F019335...........................................................

Marcas de Fábrica

Carteles Nos. C012682, C012684, C012688, C012703,

C012704, F018907, F018908, F018909. ...................................

Nombre Comercial

Carteles Nos. C012685, C012701, C012702. ...................

Señal de Publicidad Comercial

Cartel No. C012683. .........................................................

Matrículas de Comercio

Carteles Nos. C012686, C012690, C012694, C012697,

C012699, C012700, F018923, F018934....................................

Subasta Pública

Carteles Nos. F018847, F018950......................................

Aumento de Capital

Cartel No. C012692. .........................................................

Disolución de Sociedades

Cartel No. F018955...........................................................

Aviso de Cobro

Cartel No. F018816...........................................................

Marca de Servicios

Cartel No. C012691. .........................................................

SECCION DOCUMENTOS OFICIALES

MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Estatutos del Sindicato de la Industria Textil Salvadoreña y Resolución No. 16, aprobándolos y confi riéndoles el carácter de persona jurídica. ....................................................................

Page 4: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

4 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ORGANO EJECUTIVOMINISTERIO DE EDUCACIÓN

RAMO DE EDUCACION

ACUERDO No. 15-0921.-

San Salvador, 02 de julio de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que la Jefatura de Educación

de Adultos ha solicitado la ampliación de los servicios educativos para que funcione el Tercer Ciclo de Educación Básica y el Bachillerato

General con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial INSTITUTO NACIONAL DE COATEPEQUE, ubicado en final 2a.

Avenida Norte, Barrio El Calvario, Municipio de Coatepeque, Departamento de Santa Ana; II) Que esta sede de Educación a Distancia

funcionó anteriormente en el Centro Escolar de Coatepeque, según Acuerdo No. 15-0694 de fecha 30 de noviembre de 2001 y por motivos

administrativos se traslada al Instituto Nacional de Coatepeque; III) Que la autorización del funcionamiento de los servicios educativos del

nivel de Educación Media con la modalidad a Distancia, no implica el cambio de naturaleza del nombre de la institución, todo lo anterior

de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede,

ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la ampliación de los servicios educativos del Tercer Ciclo de Educación Básica

y el Bachillerato General con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial INSTITUTO NACIONAL DE COATEPEQUE; 2)

Dejar sin efecto el funcionamiento del servicio antes mencionado, en el Centro Escolar de Coatepeque, según Acuerdo No. 15-0694 de fecha

30 de noviembre de 2001; 3) Autorizar al Director del centro educativo donde funcionará el programa de Educación a Distancia, para que

legalice los documentos de registro académico de los estudiantes; 3) La Jefatura de Educación de Adultos del nivel central, ejercerá control

y seguimiento de los procesos de desarrollo curricular para garantizar la ampliación y calidad de los servicios educativos de la modalidad

de a Distancia; ratificar su Código No. 10089. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-0922.-

San Salvador, 02 de julio de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que la Jefatura de Educación

de Adultos ha solicitado la ampliación de los servicios educativos para que funcione el nivel de Educación Media el Bachillerato General

con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial INSTITUTO NACIONAL DE LOURDES ubicado en 6ta. Av. Norte, Colonia

Las Arboledas, Cantón Lourdes, Municipio de Colón, Departamento de La Libertad; II) Que esta sede de Educación a Distancia funcionó

anteriormente en el Centro Escolar Cantón Las Moras, según Acuerdo No. 15-0694 de fecha 30 de noviembre de 2001 y por motivos

administrativos se traslada al Instituto Nacional de Lourdes; III) Que la autorización del funcionamiento de los servicios educativos del

nivel de Educación Media con la modalidad a Distancia, no implica el cambio de naturaleza del nombre de la institución, Todo lo anterior

de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le con-

cede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la ampliación de los servicios educativos del nivel de Educación Media el

Bachillerato General con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial INSTITUTO NACIONAL DE LOURDES; 2) Dejar sin

efecto el funcionamiento del servicio antes mencionado, en el Centro Escolar Cantón Las Moras, según Acuerdo No. 15-0694 de fecha

30 de noviembre de 2001; 3) Autorizar al Director del centro educativo donde funcionará el programa de Educación a Distancia, para que

legalice los documentos de registro académico de los estudiantes; 3) La Jefatura de Educación de Adultos del nivel central, ejercerá control

y seguimiento de los procesos de desarrollo curricular para garantizar la ampliación y calidad de los servicios educativos de la modalidad

de a Distancia; ratificar su Código No. 11028. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA, MINISTRA DE EDUCACION.

Page 5: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

5DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ACUERDO No. 15-0923.-

San Salvador, 02 de julio de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que la Jefatura de Educación

de Adultos ha solicitado la ampliación de los servicios educativos para que funcione el nivel de Educación Media el Bachillerato General

con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR REPÚBLICA DE HONDURAS, ubicado en Final Calle

Alfredo Espino, Colonia IVU, de la ciudad de San Salvador. Departamento de San Salvador; II) Que esta sección de estudiantes funcionó

anteriormente en el Complejo Educativo Fe y Alegría de Tonacatepeque y por motivos administrativos se traslada al Centro Escolar Repú-

blica de Honduras, según Acuerdo No. 15-0769 de fecha 19 de julio de 2004; III) Que la autorización del funcionamiento de los servicios

educativos del nivel de Educación Media con la modalidad a Distancia, no implica el cambio de naturaleza del nombre de la institución,

Todo lo anterior de conformidad con la Ley General de Educación. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la

Ley le concede, ACUERDA: 1) Autorizar a partir del 3 de enero de 2007, la ampliación de los servicios educativos del nivel de Educación

Media el Bachillerato General con la modalidad a Distancia, en el Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR REPÚBLICA DE HON-

DURAS; 2) Dejar sin efecto el funcionamiento del servicio antes mencionado, en el Complejo Educativo Fe y Alegría de Tonacatepeque,

según Acuerdo No. 15-0769 de fecha 19 de julio de 2004; 3) Autorizar al Director del centro educativo donde funcionará el programa de

Educación a Distancia, para que legalice los documentos de registro académico de los estudiantes; 3) La Jefatura de Educación de Adultos

del nivel central, ejercerá control y seguimiento de los procesos de desarrollo curricular para garantizar la ampliación y calidad de los

servicios educativos de la modalidad de a Distancia; ratificar su Código No. 11648. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA,

MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1053.-

San Salvador, 16 de agosto de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha presentado MARIA ESTHER GARZA SILVA, solicitando que se le reconozca el grado académico de LI-

CENCIADO EN NUTRICION, obtenido en LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON, EN LA REPUBLICA DE MEXICO,

en el año 2005; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas

en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose examinado la documentación presentada por María Esther Garza Silva, la Gerencia de

Registro e Incorporaciones, ha emitido el respectivo Dictamen favorable para la incorporación del título académico mencionado en el nu-

meral anterior; III) Que de conformidad al Convenio Regional de Convalidación de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en

América Latina y El Caribe, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio

con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1o.) Reconócese

la validez académica de los estudios de LICENCIADO EN NUTRICION, realizados por MARIA ESTHER GARZA SILVA, en la Repú-

blica de México; 2o.) Tiénese por incorporada a MARIA ESTHER GARZA SILVA, como LICENCIADA EN NUTRICION, en nuestro

país; 3o.) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente

tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el

Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F019523)

Page 6: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

6 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ACUERDO No. 15-1125.-

San Salvador, 31 de agosto de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha presentado MARIA APOLONIA RODRÍGUEZ ORTIZ, solicitando que se le reconozca el grado académico

de PROFESORA DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACION, obtenido en LA UNIVERSIDAD DE

SAN CARLOS, EN LA REPUBLICA DE GUATEMALA, en el año 1999; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la

Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose examinado la documentación

presentada a esta Dirección, el Departamento de Formación Docente, ha emitido el Dictamen Técnico favorable para el Reconocimiento del

título académico mencionado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio de Profesiones Universitarias

y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO:

Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA:

1o.) Reconócese la validez académica de los estudios de PROFESORA DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA

EDUCACION, realizados por MARIA APOLONIA RODRÍGUEZ ORTIZ, en la República de Guatemala; 2o.) Tiénese por incorporada a

MARIA APOLONIA RODRIGUEZ ORTIZ, como PROFESORA DE EDUCACION BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS,

en nuestro país; 3o.) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser

debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su pu-

blicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F019534)

ACUERDO No. 15-1126.-

San Salvador, 31 de agosto de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha presentado ELFA ESPERANZA LOPEZ CASTILLO, solicitando que se le reconozca el grado académico de

PROFESORA DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y PROMOTORA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE PAZ, obte-

nido en LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS, EN LA REPUBLICA DE GUATEMALA, en el año 2003; lo anterior de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose

examinado la documentación presentada a esta Dirección, el Departamento de Formación Docente, ha emitido el Dictamen Técnico favorable

para el Reconocimiento del título académico mencionado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio sobre el Ejercicio

de Profesiones Universitarias y Reconocimiento de Estudios Universitarios, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho

Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la

referida Convención, ACUERDA: 1o.) Reconócese la validez académica de los estudios de PROFESORA DE ENSEÑANZA MEDIA EN

PEDAGOGÍA Y PROMOTORA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE PAZ, realizados por ELFA ESPERANZA LOPEZ CAS-

TILLO, en la República de Guatemala; 2o.) Tiénese por incorporada a ELFA ESPERANZA LOPEZ CASTILLO, como PROFESORA DE

ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y PROMOTORA DE DERECHOS HUMANOS Y CULTURA DE PAZ, en nuestro país; 3o.) El

Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante

la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.

COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F019535)

Page 7: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

7DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ACUERDO No. 15-1127.-

San Salvador, 31 de agosto de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha presentado JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO, solicitando que se le reconozca el grado académico de

MAESTRO DE EDUCACION PRIMARIA URBANA, obtenido en EL INSTITUTO NORMAL PARA VARONES DE OCCIDENTE, JOR-

NADA MATUTINA, EN LA REPUBLICA DE GUATEMALA, en el año 1998; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la

Ley de Educación Superior, y a las facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose examinado la documentación

presentada a esta Dirección, el Departamento de Formación Docente, ha emitido el Dictamen Técnico favorable para el Reconocimiento

del título académico mencionado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica

de la Educación, suscrito por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a

las razones expuestas, y satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1o.) Reconócese la validez

académica de los estudios de MAESTRO DE EDUCACION PRIMARIA URBANA, realizados por JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO,

en la República de Guatemala; 2o.) Tiénese por incorporado a JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO, como PROFESOR DE EDUCACION

BASICA PARA PRIMERO Y SEGUNDO CICLOS, en nuestro país; 3o.) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna

para el ejercicio profesional, la cual deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo

entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA,

MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F019598)

ACUERDO No. 15-1128.-

San Salvador, 31 de agosto de 2007.

El Organo Ejecutivo de la República de El Salvador, en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que a la Dirección Nacional

de Educación Superior, se ha presentado JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO, solicitando que se le reconozca el grado académico de

PROFESOR DE ENSEÑANZA MEDIA EN FILOSOFIA, obtenido en LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR, EN LA REPUBLI-

CA DE GUATEMALA, en el año 2003; lo anterior de conformidad a lo dispuesto en el Art. 20 de la Ley de Educación Superior, y a las

facultades concedidas en la misma a este Ministerio; II) Que habiéndose examinado la documentación presentada a esta Dirección, el

Departamento de Formación Docente, ha emitido el Dictamen Técnico favorable para el Reconocimiento del título académico mencio-

nado en el numeral anterior; III) Que de conformidad al Convenio Centroamericano sobre Unificación Básica de la Educación, suscrito

por nuestro país, ratificado y vigente, procede dicho Reconocimiento. POR TANTO: Este Ministerio con base a las razones expuestas, y

satisfechos los requisitos legales establecidos en la referida Convención, ACUERDA: 1o.) Reconócese la validez académica de los estudios

de PROFESOR DE ENSEÑANZA MEDIA EN FILOSOFIA, realizados por JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO, en la República de

Guatemala; 2o.) Tiénese por incorporado a JOSE ADILIO MENJIVAR DELGADO, como PROFESOR DE ENSEÑANZA MEDIA EN

FILOSOFIA, en nuestro país; 3o.) El Presente Acuerdo Ejecutivo, no constituye autorización alguna para el ejercicio profesional, la cual

deberá ser debidamente tramitada ante la instancia correspondiente. El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia ocho días después

de su publicación en el Diario Oficial. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

(Registro No. F019599)

Page 8: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

8 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ACUERDO No. 15-1079.-

San Salvador, 23 de agosto de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación

y Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS HERNÁNDEZ, CANTÓN JOYA DEL MATAZANO,

ubicado en Caserío Los Hernández, Cantón Joya del Matazano, Municipio de Chilanga, Departamento de Morazán, para que funcione en los

Niveles de Educación Parvularia y el Primer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna; II) Que la Dirección Departamental de Morazán

realizó la respectiva inspección y determinó que cuenta con las instalaciones apropiadas para su funcionamiento. POR TANTO, con base

en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le concede, ACUERDA: Autorizar a partir del 23 de agosto de 2007, la Creación y

Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR CASERÍO LOS HERNÁNDEZ, CANTÓN JOYA DEL MATAZANO,

en los Niveles de Educación Parvularia y el Primer Ciclo de Educación Básica, jornada diurna; 2) Tramítese posteriormente ante la Comi-

sión Nominadora de Centros Educativos, el nombre de dicho Centro Educativo; 4) Su infraestructura será identificada con el Código No.

60323. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1177.-

San Salvador, 11 de septiembre de 2007.

El Órgano Ejecutivo de la República de El Salvador en el Ramo de Educación, CONSIDERANDO: I) Que se ha solicitado la Creación

y Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO ESCOLAR CASERÍO EL ARCO, CANTON EL RINCÓN, ubicado en Caserío El

Arco, Cantón El Rincón, Municipio de Dolores, Departamento de Cabañas, para que funcione en el Nivel de Educación Básica el Primero

Ciclo, jornada diurna; II) Que la Dirección Departamental de Cabañas realizó la respectiva inspección y determinó que cuenta con las

instalaciones apropiadas para su funcionamiento. POR TANTO, con base en las razones expuestas y a las facultades que la Ley le conce-

de, ACUERDA: Autorizar a partir del 11 de septiembre de 2007, la Creación y Funcionamiento del Centro Educativo Oficial CENTRO

ESCOLAR CASERÍO EL ARCO, CANTON EL RINCÓN, en el Nivel de Educación Básica el Primero Ciclo, jornada diurna; 2) Tramítese

posteriormente ante la Comisión Nominadora de Centros Educativos, el nombre de dicho Centro Educativo; 4) Su infraestructura será

identificada con el Código No. 60324. COMUNÍQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1076.-

San Salvador, 23 de Agosto de 2007.

LA MINISTRA DE EDUCACION EN USO DE LAS FACULTADES LEGALES QUE LE CONFIERE EL REGLAMENTO INTERNO

DEL ÓRGANO EJECUTIVO, CONSIDERANDO: I) Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 15-0887, de fecha veintisiete de julio del

año dos mil cuatro, se oficializó la estructura organizativa del Ministerio de Educación, dicha estructura organizativa fue necesario mo-

dificarla por haberse omitido incorporar a la Dirección Nacional de Bienestar Magisterial, y para adecuarla a las necesidades educativas

de este Ministerio, en el marco del PLAN NACIONAL DE EDUCACION 2021; II) Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 15-0300, de

fecha primero de marzo del año dos mil cinco, se oficializó una nueva estructura organizativa del Ministerio de Educación, dicha estructura

organizativa es necesario modificarla por haberse omitido incorporar a la Dirección de Cooperación Externa, asimismo para responder

efectivamente a los requerimientos del PLAN NACIONAL DE EDUCACION 2021; III) Que por Acuerdo Ejecutivo número 15-0162, de

fecha treinta de enero de dos mil siete, se autorizó el traslado administrativo de la Televisión Cultural y Educativa, Canal 10, al Ministerio

de Educación, asimismo el cambio de la denominación del referido canal por el de Canal 10, Televisión Educativa y Cultural; IV) Que por

Acuerdo Ejecutivo número 15-1007, de fecha 8 de agosto de dos mil siete, se creó la Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecno-

lógica del Ministerio de Educación.

Page 9: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

9DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

POR TANTO, con base a los considerandos anteriores ACUERDA:

I. Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo número 15-0887, de fecha veintisiete de julio del año dos mil cuatro.

II. Dejar sin efecto el Acuerdo Ejecutivo número 15-0300, de fecha primero de marzo del año dos mil cinco.

III. Oficializar e implementar a partir del primero de Junio del año dos mil siete, la nueva estructura organizativa del Ministerio de

Educación, la cual está conformada de la manera siguiente:

LA SECRETARIA DE ESTADO DEL RAMO DE EDUCACION ESTRUCTURADA POR:

• Ministra de Educación

• Vice Ministro de Educación

• Vice Ministro de Tecnología Educativa

• CONCULTURA (Unidad Desconcentrada del Ministerio de Educación)

• Caja Mutual de los Empleados Públicos

DEPENDENCIAS DIRECTAS DEL DESPACHO MINISTERIAL

• Dirección General del Ministerio de Educación

• Unidad Financiera Institucional

DIRECCIONES DE STAFF

• Dirección de Planificación Educativa

• Dirección de Comunicación Social

• Dirección de Asesoría Jurídica

• Dirección de Auditoría Interna

• Dirección de Informática

• Dirección de Cooperación Externa

DIRECCION GENERAL DEL MINISTERIO DE EDUCACION

• Dirección Nacional Canal 10

• Dirección Nacional de Bienestar Magisterial

• Dirección Nacional de Infraestructura Educativa

• Dirección Nacional de Educación Superior

• Dirección Nacional de Educación

• Dirección Nacional de Monitoreo y Evaluación Educativa

• Dirección Nacional de Juventud

• Dirección Nacional de Tecnología Educativa

• Dirección Nacional de Administración

• Dirección Nacional de Educación Técnica y Tecnológica

• Direcciones Departamentales

IV. El Ministerio de Educación podrá crear las Unidades Operativas para la prestación de los servicios encomendados de acuerdo a las

necesidades, para efectos de su normal funcionamiento y desarrollo.

Page 10: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

10 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

V. Cuando en convenios internacionales, contratos administrativos u otro documento legal se haga referencia a unidades organizativas

existentes antes de la vigencia de este acuerdo, deberá entenderse que se refieren a la unidad o dependencia que ha asumido las

funciones de esa unidad.

VI. Durante el periodo de implementación de la estructura organizativa que mediante este acuerdo se autoriza, la Secretaría de Estado

emitirá los lineamientos e instructivos necesarios para establecer las funciones y obligaciones que corresponden a las unidades

ejecutoras. Además solicitará a los organismos competentes la reforma a las leyes, decretos, reglamentos y demás disposiciones

legales que tengan relación con la organización y funcionamiento de este Ministerio, para efectos de armonizar la organización

y administración adoptada.

VII. Las Direcciones del Ministerio deberán crear su estructura organizativa, la cual deberá ser aprobada por el Despacho Ministerial.

COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

ACUERDO No. 15-1181.-

San Salvador, 13 de septiembre de 2007.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN, en uso de las facultades legales que le confiere el Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo,

CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a lo establecido por el artículo 54 de la Constitución de la República, “El Estado organizará

el sistema educativo para lo cual creará las instituciones y los servicios que sean necesarios”; de igual forma el artículo 56 de la Carta

Magna dispone que: “Todos los habitantes de la República tienen el derecho y el deber de recibir Educación Parvularia y Básica que los

capacite para desempeñarse como ciudadanos útiles.”; II) Que el artículo 3 literal e) de la Ley General de Educación establece como uno

de los objetivos de la educación nacional “Sistematizar el dominio de los conocimientos, habilidades, destrezas, hábitos y las actitudes del

educando, en función de la eficiencia para el trabajo, como base para elevar la calidad de vida de los Salvadoreños”. III) Que la Ley de la

Carrera Docente en su artículo 27 dispone que “La formación de educadores estará dirigida a su profesionalización y especialización y será

reforzada con procesos de actualización y perfeccionamiento docente”; para el logro de tales fines el artículo 29 inciso segundo de la Ley

en mención dispone que “los maestros que gocen de becas recibirán su salario mientras dure el tiempo de la misma”; siendo una obligación

de los educadores “Actualizarse profesionalmente según el cargo que desempeñe” tal y como lo expresa el numeral 10) del artículo 31 de

ese cuerpo legal; IV) Que con base en el 3o. inciso del artículo 5 de la Ley de Asuetos, Vacaciones y Licencias de los Empleados Públicos;

es atribución del Jefe de la Unidad Primaria correspondiente conceder por el tiempo que fuere necesario, licencia con goce de sueldo a los

funcionarios o empleados que disfruten de becas o que asistan a Escuelas de Administración Pública, Centros o Cursos de Capacitación

o Adiestramiento, organizados o impartidos en el país, costeados por el Gobierno exclusivamente o con la cooperación de Organismos

Internacionales. V) Que en el marco del Plan Nacional de Educación 2021, se encuentra el PROGRAMA COMPITE el cual tiene como

propósito el fomento del aprendizaje del idioma inglés, permitiendo evaluar, fortalecer y acreditar las competencias de los educadores,

instructores o tutores que enseñan inglés y promoviendo el buen desempeño y una elevada motivación de los docentes, en la medida que

son protagonistas claves del proceso de enseñanza aprendizaje. VI) Que es procedente para el desarrollo de dichos objetivos implementar

el Proyecto “FORTALECIMIENTO LINGÜISTICO Y METODOLÓGICO DE DOCENTES ESPECIALISTAS DEL IDIOMA INGLÉS

DEL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA”, el cual pretende desarrollar una estrategia de fortalecimiento docente, en

la que todos los docentes fortalezcan en un primer proceso sus competencias linguísticas, para después previa aprobación de ese curso,

fortalezcan sus competencias metodológicas. VII) Que para el cumplimiento de los fines en mención y para lo asistencia a dichos cursos

es necesario que los Directores del Consejo Directivo Escolar, Consejo Educativo Católico Escolar y los Presidentes de las Asociaciones

Comunales para la Educación de cada Centro Escolar, concedan las autorizaciones necesarias o los docentes que asistan a los cursos ampa-

rados por el proyecto, debiendo encargarse de otorgar carga académica a los estudiantes, en las horas clase en que el docente imparte. POR

TANTO, ACUERDA: I) AUTORIZAR, la implementación de el Proyecto “FORTALECIMIENTO LINGÜISTICO Y METODOLÓGICO

DE DOCENTES ESPECIALISTAS DEL IDIOMA INGLÉS DEL TERCER CICLO DE EDUCACIÓN BÁSICA Y MEDIA”, el cual tiene

como objetivo desarrollar en los docentes del Tercer Ciclo de Educación Básica y de Educación Media las habilidades comunicativas y

metodológicas del idioma inglés, que les den mayor competitividad en el desempeño de sus prácticas pedagógicas y consecuentemente

les facilite a los estudiantes de ambos niveles educativos, el aprendizaje del idioma inglés como un idioma extranjero. II) CONCEDER,

licencia con goce de sueldo a los docentes comprendidos en el listado de docentes que proporcionará el Ministerio de Educación para asistir

a los cursos impartidos dentro del Proyecto relacionado en el romano anterior. III) Los Directores del Consejo Directivo Escolar, Consejo

Educativo Católico Escolar y los Presidentes de las Asociaciones Comunales para la Educación de cada Centro Escolar, deberán acatar las

presentes medidas proporcionando las autorizaciones necesarias para que los docentes gocen de sueldo durante el tiempo que el curso dure;

y serán los responsables de otorgar carga académica a los estudiantes, en las horas clase en que el docente imparte. IV) PUBLICACIÓN,

el presente Acuerdo deberá ser publicado en el Diario Oficial. COMUNIQUESE.- DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE

EDUCACION.

Page 11: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

11DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ACUERDO No. 15-1195.-

San Salvador, 14 de septiembre de 2007.

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de las facultades legales que le otorga el Re-

glamento Interno del Órgano Ejecutivo, CONSIDERANDO: I) Que de conformidad a lo establecido por el artículo 54 de la Constitución

de la República, el Estado organizará el sistema educativo, para lo cual creará las instituciones y servicios que sean necesarios; II) Que

el Ministerio de Educación podrá crear las Unidades Operativas para la prestación de los servicios encomendados de acuerdo a las nece-

sidades, para efectos de su normal funcionamiento y desarrollo; III) Que dada la necesidad de tramitar con eficiencia las adquisiciones

provenientes de los Fondos del Fideicomiso, y así apoyar la planificación y operatividad de los fondos del mismo y sobre todo poder

cumplir con cada uno de los compromisos adquiridos por esta institución, es necesario viabilizar la puesta en marcha de la nueva estructura

organizativa del Ministerio de Educación, con el objeto de obtener mayores y mejores niveles de calidad de la Educación que se brinda

a la población educativa y consolidar la estrategia de entrega de los servicios que adquirimos a nuestros educandos; POR TANTO: Con

base a los considerandos expuestos, ACUERDA: I) Crear a partir del Diecisiete de Septiembre de 2007, la Unidad Jurídica GACI, la cual

será una dependencia de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, y tendrá dentro de sus atribuciones la supervisión de

todas las formas de contratación contempladas en la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, como lo son las

Licitaciones o Concursos Públicos, Licitaciones o Concursos Públicos por Invitación, Libres Gestiones, Contratación Directa y Mercado

Bursátiles, así como el acompañamiento en los mismos en todas las etapas del proceso, hasta la finalización del mismo; asimismo será

la encargada de emitir opiniones y brindar asesorías sobre todo lo concerniente a las compras y adquisiciones de la Gerencia de Adqui-

siciones y Contrataciones Institucional; II) Autorizar, a partir del día Diecisiete de Septiembre de 2007, al Licenciado JOSE RAFAEL

AREVALO RIVERA en su calidad de JEFE DE LA UNIDAD JURIDICA DE LA GERENCIA DE ADQUISICIONES Y CONTRATA-

CIONES INSTITUCIONAL (GACI), para que Dé su Visto Bueno a los contratos, resoluciones modificativas o enmiendas, rescisiones y

resoluciones de multa a los mismos, derivados de Fondos de Préstamos o Donaciones de cooperación extranjera y de los procesos regula-

dos por la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública, incluyendo los Vistos Buenos a los contratos regulados

en la referida Ley y que, por su naturaleza, son competencia de firma del señor Fiscal General de la República y a las Resoluciones de

Adjudicación de todos los procesos realizados en la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional provenientes de procesos

de licitaciones, de libres gestiones y de contrataciones directas; Dar seguimiento y respuesta a las consultas efectuadas por la Gerencia

de Adquisiciones y Contrataciones. Asimismo tendrá entre sus funciones: 1) La adecuación y revisión de las bases de Licitaciones y/o

Concursos; 2) Apoyar en la elaboración y/o revisión de Adendas, Enmiendas o Aclaraciones si es que fuere necesario; 3) Verificación de

la documentación legal en copia simple, para dar dictamen jurídico al Comité de Evaluación de Ofertas; 4) Evacuar cualquier duda que se

presente por parte del Comité de Evaluación de Ofertas al Momento de la Recomendación; 5) Elaborar las Resoluciones de Adjudicación

en base a las recomendaciones dadas por el Comité de Evaluación de Ofertas; 6) Conocer y analizar los Recursos de Revisión, para su

admisión y/o declaratoria de inadmisibilidad del mismo; 7) Elaborar los Contratos derivados de las Adjudicaciones; 8) Verificación de la

Documentación Legal para elaboración de contratos la cual comprende: Autenticada o Apostillada; 9) Elaboración de Personerías Jurídicas;

10) Elaboración de Resoluciones de declaración de desierta; 11) Elaboración de Resoluciones Modificativas y Resoluciones Razonadas

derivadas de procesos de Licitación y/o Concurso; 12) Elaboración de Resoluciones de multa; 12) Elaboración de Prórrogas de Contrato;

13) Hacer valer Garantías de Cumplimiento de Contrato de Aseguradoras y Afianzadoras; 14) Análisis e interpretación de leyes; 15) Pre-

parar informes de estudio de investigación de naturaleza jurídica sobre la correcta aplicación de la LACAP y Leyes afines; 15) Preparar

opiniones y criterios de carácter jurídico que sirvan de guía en la toma de decisiones; y 16) Todas las demás funciones relacionadas con:

FONDO DE ACTIVIDADES ESPECIALES (BIENESTAR MAGISTERIAL), FONDOS PROVENIENTES DEL FIDEICOMISO PARA LA

INVERSIÓN EN EDUCACIÓN, PAZ SOCIAL Y SEGURIDAD CIUDADANA. III) Proceder a modificar las Plantillas de los documentos

legales que acompañan los procesos de adquisiciones de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional, incorporando el Visto

Bueno del Jefe Jurídico de la Gerencia de Adquisiciones y Contrataciones Institucional en sustitución del Visto Bueno de la Dirección de

Asesoría Jurídica. COMUNIQUESE. DARLYN XIOMARA MEZA LARA, MINISTRA DE EDUCACION.

Page 12: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

12 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALRAMO DE LA DEFENSA NACIONAL

ACUERDO No. 093.

SAN SALVADOR, 07 de agosto de 2007.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad a los Artículos 6 y 7 de la Ley de Condecoraciones Militares y Nos. 25 y 26 del Reglamento de Condecoraciones Militares, ACUERDA: OTORGAR al personal de señores Ofi ciales y Subofi ciales del Octavo Contingente del Batallón Cuscatlán, la Condecoración Militar “MEDALLA DE ORO AL MERITO” y al personal de Tropa de dicho Batallón, la “MEDALLA DE PLATA AL MÉRITO”, por su desempeño sobresaliente en la misión de apoyo humanitario en la República de Iraq, dando con ello prestigio a la Institución Armada, según detalle:

“MEDALLA DE ORO AL MÉRITO”

No. GRADO NOMBRES

1 Cnel. Inf. DEM Rómulo Edgardo Romero Galdámez

2 Cnel. Cabo DEM Víctor Manuel Bolaños Carballo

3 Cnel. Inf. DEM Randy Otto Will Palomo Mayorga

4 Cnel. y Lic. Genaro Antonio Montoya Martínez

5 Cnel. Trans. DEM Luis Efraín Rodas Gutiérrez

6 Tcnel. Art. DEM Eduardo Antonio Carballo Majano

7 Tcnel. Inf. DEM Alejandro Danilo Reyes Cerna

8 Tcnel. Inf. DEM Adalberto Ernesto García Rivera

9 Tcnel. Art. DEM Romeo Esaú Martínez Montes

10 Tcnel. Inf. DEM Adonay Barahona Jacobo

11 Tcnel. Art. José Miguel Morán Mendoza

12 Tcnel. Ing. DEM Carlos Guillermo Zavaleta Morán

13 Tcnel. Cabo José Edgardo Rivas Sosa

14 Tcnel. Inf. DEM Mauricio Bolaños Campos

15 Tcnel. Inf. DEM Oswaldo Bladimir Portillo

16 Cap. Fgta. MAR. Edgar Javier Amaya Hurtado

17 Tcnel. Inf. DEM Luis Oscar Galdámez Amaya

18 Tcnel. Inf. DEM Héctor Alfredo Solano Cáceres

19 Myr. Inf. DEM Francisco Javier Bautista Figueroa

20 Myr. Cabo Elder Donato Sánchez Cordero

21 Myr. Trans. DEM Raúl Armando Galán Hernández

22 Myr. Art. DEM José Víctor Gómez González

23 Myr. PA DEM Manuel Fabio Calderón Menéndez

24 Myr. Inf. DEM José Arturo Muñoz Beltrán

25 Myr. PA DEM Eduardo Alfonso Salazar García

26 Myr. Art. DEM Jorge Alberto Miranda Martínez

27 Cap. Cbta.MAR. DEM Exon Oswaldo Ascencio Albeño

28 Cap. Inf. José Santiago García Córdova

29 Cap. Ing. Rogelio Alberto Palacios Fernández

30 Cap. Inf. Luis Misao Salguero Rodríguez

31 Cap. Cabo Dagoberto Antonio Martínez Ramos

Page 13: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

13DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

32 Cap. Ing. Rubén Arturo Villeda Pineda

33 Cap. Cabo Douglas Ernesto Fuentes Guevara

34 Cap. PA Walberto Ramírez Soriano

35 Cap. Art. Julio Oscar Guillermo Rosales Martell

36 Cap. Inf. Carlos Alberto Rodríguez Gómez

37 Cap. y Dr. Yúdice Stanley Torres Díaz

38 Cap. y Dr. Josué Ismael Córdova Velásquez

39 Cap. y Presbítero Moisés López García

40 Tte. Navío Leonel Eduardo Castillo Urías

41 Tte. Art. Raúl Alfonso Valiente Martínez

42 Tte. Ing. Javier Ernesto Bonilla Mendoza

43 Tte. Ing. Oscar Arnulfo Recinos Galán

44 Tte. Trans. Giami Fabricio Mazzini López

45 Tte. PA Juan José Solórzano Reyes

46 Tte. EA César Rigoberto Salguero Fuentes

47 Tte. PA Wilfredo Arnoldo Navarro Ábrego

48 Tte. Cabo David Alberto Segovia Serrano

49 Tte. Cabo Andrés Geovany Cornejo Valdez

50 Tte. Art. Manuel Antonio Pérez Aguilar

51 Tte. Inf. Nelson Antonio Sánchez Rodríguez

52 Tte. Cabo Manuel de Jesús Chinchilla Gómez

53 Tte. Cabo Edwin Armando Hidalgo Pérez

54 Tte. Trans. Francisco Ernesto Avilés Ríos

55 Tte. Trans. Salvador Antonio Mena Menéndez

56 Tte. Art. Rafael Antonio Monterrosa Padilla

57 Tte. Fgta. Javier Aníbal Zepeda Aguilar

58 Tte. PA Francisco Saúl Henríquez Marroquín

59 Tte. Inf. Yogenes Sorto Velasco

60 Stte. Inf. Ronald Alberto Fuentes Borja

61 Stte. Inf. Gilber Antonio Díaz Rivera

62 Stte. Inf. César Humberto Pacheco Martínez

63 Stte. Inf. Moisés Armando Morales Ascencio

64 Sgto. Myr. Bgda. Oscar Armando Gálvez López

65 Sgto. Myr. 1 ° Luis Rosales Renderos

66 Sgto. Myr. 1° Nicolás Arévalo Martínez

67 Sgto. Myr. 1 ° Juan Francisco Peñate Melara

68 Sgto. Myr. 1 ° Carlos Antonio Rosales Pérez

69 Sgto. Myr. 1° Juan Pablo Díaz Martínez

70 Sgto. Myr. 1 ° Miguel Martínez Alvarado

71 Sgto. Myr. 1° César Boris Mármol Rodríguez

72 Sgto. Myr. 1° Fidel Ángel Molina Zabala

73 Sgto. Myr. 1 ° Jorge Bernardo Luna Pérez

74 Sgto. Myr. 1 ° Leonardo Antonio Pérez Cortez

Page 14: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

14 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

75 Sgto. Myr. 1° José Lisandro Palacios Escobar

76 Sgto. Myr. 1° Marcos Antonio Pérez

77 Sgto. 1° José Domingo Gavidia Peña

78 Sgto. 1° Alfredo Cruz Portillo

79 Sgto. 1 ° Henry Alfonso López Monterroza

80 Sgto. 1° Dolores Abdón Romero Gallegos

81 Sgto. 1° Mario Andrés Salinas Hernández

82 Sgto. 1° Víctor Antonio Álvarez y Álvarez

83 Sgto. 1° Balbino Arteaga Arias

84 Sgto. 1° Jorge Alberto Bonilla Martínez

85 Sgto. 1° René Salvador Ortiz Fernández

86 Sgto. 1° Concepción Hipólito Morán Zetino

87 Sgto. 1 ° José Luis Morales Castro

88 Sgto. 1° Tomás Serrano Rivas

89 Sgto. 1° José Nelson Núñez Ortiz

90 Sgto. 1 ° José Adán Fonseca

91 Sargento Carlos Roberto Pérez

92 Sargento Daniel Antonio Campos

93 Sargento Rigoberto Arias Blanco

94 Sargento Félix Armando Morataya Maravilla

95 Sargento Hernán Pérez Juárez

96 Sargento Ermenegildo Durán

“MEDALLA DE PLATA AL MÉRITO”

1 Subsargento Eugenio Alvarado

2 Subsargento Juan José Mejía Ortiz

3 Subsargento Edwin Antonio Tobar

4 Subsargento José Antonio Martínez Vega

5 Subsargento José Eleazar Hernández Avilés

6 Subsargento Juan Isidro Mendoza Escobar

7 Subsargento Edwin Antonio Hernández Ticas

8 Subsargento Jorge Adalberto Bonilla Cruz

9 Subsargento Santos Ernesto Marcelino Mejía

10 Subsargento Raúl Antonio Alfaro Ayala

11 Subsargento Carlos Alberto García Ávila

12 Subsargento Carlos Humberto Cabeza Asencio

13 Subsargento Ismael García Hernández

14 Subsargento Florentino Beltrán Juárez

15 Subsargento Santos Pablo Álvarez Iraheta

16 Subsargento Rafael Antonio Caravantes

17 Subsargento Edgar Antonio Rodríguez Quintanilla

18 Subsargento Pedro César García Segura

19 Subsargento Juan Carlos Rosales

Page 15: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

15DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

20 Subsargento Natividad de Jesús Amaya Rodríguez

21 Subsargento Roberto Jiménez Lena

22 Subsargento Juan Keni Vásquez Cruz

23 Subsargento Joel Cruz Beltrán

24 Subsargento Wilfredo Chanico Lima

25 Subsargento Julio César Rosales

26 Subsargento Sergio Contreras Méndez

27 Subsargento Rafael Adalberto Escobar

28 Subsargento Carlos Antonio Vargas Eguizábal

29 Subsargento Donald Ramírez

30 Subsargento Melvin Alexander Girón Girón

31 Subsargento Roberto Arturo Zúniga

32 Subsargento Edgar Salvador Aldana Mendoza

33 Subsargento Oscar Rivas Palma

34 Subsargento José Guevara Aguirres

35 Subsargento José Francisco Aranda

36 Subsargento Antonio Dimas Zaldaña Hernández

37 Subsargento Pastor García García

38 Subsargento José Antonio Aguilar Pérez

39 Subsargento Carlos Humberto Valle Flores

40 Subsargento Rogelio Antonio Machado Arévalo

41 Subsargento José Armando Chávez Campos

42 Subsargento Jorge Alberto Ramírez Conce

43 Subsargento José Elías Vásquez

44 Subsargento José Daniel Ruiz Durán

45 Subsargento Rafael Antonio Vásquez Bernal

46 Subsargento Nelson Adonay Hernández Acevedo

47 Subsargento Edgar Benedicto Moisés Constante

48 Subsargento Fidel Humberto Mejía Guerrero

49 Subsargento Pedro Antonio Domínguez Rodríguez

50 Subsargento José Félix Hernández

51 Subsargento Pedro Ismael Martínez Pérez

52 Cabo Dionicio Cerén Ramos

53 Cabo Cruz Antonio Flores Orellana

54 Cabo José Adalberto García Vásquez

55 Cabo José Rolando Morán Castro

56 Cabo Melvis Esaú Pacheco Rodríguez

57 Cabo Armando Monroy Jaco

58 Cabo Moisés Antonio Ascencio Flores

59 Cabo José Adilio Rivas

60 Cabo Miguel Antonio Baños Rosales

61 Cabo Pedro Antonio Pinto Lima

62 Cabo José Carlos Castillo López

Page 16: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

16 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

63 Cabo Rafael Alberto Santiago Arias

64 Cabo José Santos Acuña Días

65 Cabo Ricardo Salvador Hernández Alvarado

66 Cabo Efi genio Clará Constante

67 Cabo José Abdelino Galdámez Tobar

68 Cabo José María Bonilla Argueta

69 Cabo Juan Antonio Peñate Salama

70 Cabo Lucio Paredes Zúniga

71 Cabo Marcos Levi García García

72 Cabo Miguel Antonio Beltrán Gómez

73 Cabo Nery Antonio Matozo Méndez

74 Cabo Elmer Isaac Méndez Martínez

75 Cabo Nelson Orlando Campos Méndez

76 Cabo José Miguel Hernández Avelar

77 Cabo Miguel Marvin Reyes Vigil

78 Cabo René Chávez Mercado

79 Cabo Julio César Chacón Olmedo

80 Cabo José Alberto Clará Valencia

81 Cabo Omar Antonio Constante Figueroa

82 Cabo Alvaro Mauricio Meza Martínez

83 Cabo José Norberto Juárez Salaverría

84 Cabo José Manuel Cazún Solís

85 Cabo Danis Francisco Hernández Bautista

86 Cabo Willian Edgardo Menjívar Reyes

87 Cabo Rolando Godínez Marín

88 Cabo Moisés Cortez González

89 Cabo Ramón Humberto Ramos Campos

90 Cabo Miguel Ángel Sánchez López

91 Cabo Mario Beonerge Muñoz Pérez

92 Cabo Geonías Vargas Martínez

93 Cabo Félix Antonio Gómez Portillo

94 Cabo Douglas Horacio Mata Lemus

95 Cabo Douglas Edgardo Lipe Martínez

96 Cabo Eulalio Juárez Alpez

97 Cabo José Raymundo Muñoz González

98 Cabo Juan José Sorto

99 Cabo Santos Evelio Callejas Paz

100 Cabo Rigoberto de Jesús Molina Franco

101 Cabo Magdaleno Escalante Orantes

102 Soldado Juan Pablo Galicia Cortez

103 Soldado Ángel García Aguilar

104 Soldado Fredy Esaú Galicia Morán

105 Soldado José Daniel Gutiérrez Morán

Page 17: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

17DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

106 Soldado Joel Tesorero Rafael

107 Soldado Elvín Manfredo Alegría

108 Soldado Nery Mardoqueo González Mendoza

109 Soldado Carlos Alfredo Rivera Rodríguez

110 Soldado Rodel Alberto Sánchez Álvarez

111 Soldado Víctor Manuel Arias Valdez

112 Soldado Jeremías Alfredo Martínez Osorio

113 Soldado Orlando Ernesto Lobo Reyes

114 Soldado Pedro de Jesús Pérez Velásquez

115 Soldado José Emilio Chávez Ortiz

116 Soldado Miguel Ángel Cruz Belloso

117 Soldado Rodolfo Cornejo

118 Soldado Carlos Antonio Girón González

119 Soldado Héctor Ernesto Hernández Román

120 Soldado Edyn Antonio Serrano Rivas

121 Soldado Pedro de Jesús Peña

122 Soldado Francisco de Jesús Méndez Murcia

123 Soldado Santos Alfredo Gutiérrez Guzmán

124 Soldado José Amílcar Menéndez Hernández

125 Soldado Jaime Sigfredo Guerra Peraza

126 Soldado Luis Alonso Parada Bolaños

127 Soldado Luis Antonio Morales

128 Soldado Guillermo López Ramos

129 Soldado José Francisco Morán Jiménez

130 Soldado Ubaldo Antonio Ruano García

131 Soldado Manuel de Jesús Toloza Díaz

132 Soldado Carlos Alberto Funes

133 Soldado Dagoberto Hernández Aguilar

134 Soldado Elías Fermín García Cortez

135 Soldado Jacinto Douglas Cruz Fernández

136 Soldado José Alberto Méndez

137 Soldado José Alberto Zelada

138 Soldado José Samuel Raymundo Pérez Sánchez

139 Soldado Noé Abrahán Pineda Hernández

140 Soldado Willian Ulises Góchez Zepeda

141 Soldado Lázaro Ovidio Cruz

142 Soldado German Vásquez Sánchez

143 Soldado Ismael Sigüenza Pérez

144 Soldado Elmer Eusebio Landaverde

145 Soldado Alvaro Mauricio Velasco Crespín

146 Soldado Oscar Oswaldo Batres Martínez

147 Soldado Jaime Armando Montano

148 Soldado José Amílcar Saravia

Page 18: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

18 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

149 Soldado Mario de Jesús Preza

150 Soldado Melvin Asael Ramírez Esquivel

151 Soldado Edwin Alberto Sandoval Hernández

152 Soldado Santos Alfonso Trujillo Calderón

153 Soldado Juan Pablo Pérez

154 Soldado Marvin Antonio Navarrete Méndez

155 Soldado Miguel Ángel López

156 Soldado José Vicente Ayala Díaz

157 Soldado Juan Francisco Molina Escobar

158 Soldado Pedro Arturo Parada

159 Soldado Luis Oswaldo Arévalo Rivas

160 Soldado José Daniel Bayona Reyes

161 Soldado Daniel Antonio Acosta Castillo

162 Soldado Rigoberto Vásquez Borja

163 Soldado José Rigoberto Aguilar Navarrete

164 Soldado José Miguel Hernández Monterrosa

165 Soldado José Eduardo Sánchez Ramos

166 Soldado Edwin Mauricio Godines Alas

167 Soldado Clementino Pérez Díaz

168 Soldado Juan Antonio Hernández Valle

169 Soldado Víctor Manuel López Colindres

170 Soldado Nelson Isidro Menéndez González

171 Soldado José Eduviges Monteagudo Fuentes

172 Soldado Oscar Armando Cortez García

173 Soldado Saúl Argelio Chávez Vanegas

174 Soldado Balmore Hernán Moreno Luna

175 Soldado Edwin Alfredo Baires Flores

176 Soldado José Alberto Aguilar Tadeo

177 Soldado Marto Javier Domínguez Ambrosio

178 Soldado Oscar Armando Reyes

179 Soldado Francisco Antonio Morales Palacios

180 Soldado Flaminio Vigil Vigil

181 Soldado José David Ramos Nolasco

182 Soldado José Armando Ortiz Pascual

183 Soldado René Adalberto Vásquez Chanico

184 Soldado Virgilio de Jesús Rivas Salinas

185 Soldado José Rodolfo Linares

186 Soldado Giovanni Alejandro García Contreras

187 Soldado Sergio Alfredo Agustín Carías

188 Soldado Simón Cruz

189 Soldado Miguel Ángel Contreras García

190 Soldado Román Antonio Cabrera Gaitán

191 Soldado Marlon Francisco Hernández Rodríguez

Page 19: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

19DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

192 Soldado Santos Heriberto Olivar Martínez

193 Soldado Ismael de Jesús González García

194 Soldado Esaúl Enrique Guardado Calles

195 Soldado José Nelson Membreño Vásquez

196 Soldado Samuel Orlando Cruz Mendoza

197 Soldado Ovidio Antonio Menjívar Guerra

198 Soldado Ángel Alberto Beltranena Fernández

199 Soldado Fredis Alexander Aguilar Murcia

200 Soldado Jhonny Ubaldo Velásquez Ávila

201 Soldado Raúl Alexander Cruz López

202 Soldado Rey David Galicia Vásquez

203 Sgto. Adm. Mauricio Israel Palacios Guzmán

204 Cabo Adm. Jesús Abelino García López

205 Cabo Adm. Erick Alberto Torres

206 Cabo Adm. Nelson Ávalos Ávalos

207 Cabo Adm. Silverio Villanueva Ascencio

208 Cabo Adm. Santos Eugenio Alvarado Recinos

209 Sold. Adm. 4a. Cl. René Eduardo Escobar

210 Administrativo Efraín Cruz Pérez

211 Administrativo Gonzalo Molina

212 Administrativo Ernesto Alberto Vega Orellana

213 Tec. Adm. 1a. Cl. Wilfredo Rolin Pérez

COMUNÍQUESE.

ELIAS ANTONIO SACA GONZALEZ,

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y

COMANDANTE GENERAL DE LA FUERZA ARMADA.

OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA,

GENERAL DE DIVISION

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

ACUERDO No 110.

SAN SALVADOR, 14 de septiembre de 2007.

El Órgano Ejecutivo en el Ramo de la Defensa Nacional, de conformidad al Artículo 6 de la Ley de Creación del Centro Farmacéutico de la Fuerza Armada, ACUERDA: NOMBRAR a partir del 22 de agosto de 2007 al 21 de agosto de 2009, al señor MYR. PA. DEM MANUEL FABIO CALDERON MENENDEZ, como DIRECTOR SEGUNDO VOCAL del CONSEJO DIRECTIVO DEL CENTRO FARMACEUTICO DE LA FUERZA ARMADA (CEFAFA), en sustitución del señor TCNEL. PA. DEM DOUGLAS ARTURO TOCHEZ ARTIGA. COMUNÍQUESE.

OTTO ALEJANDRO ROMERO ORELLANA,

GENERAL DE DIVISION

MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL.

Page 20: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

20 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ACUERDO No. 1510-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, diez de agosto de dos mil cinco. El Tribunal ACUERDA: Au-

toriza a la Licenciada JENNY ELIZABETH HERNANDEZ CERNA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de

haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G.

CALDERON.- V. DE AVILES.- M. CLARA.- VELASCO.- GUZMAN U. D. C.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- E. CIERRA.- Pronunciado

por los señores Magistrados que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.-

(Registro No. F019546)

ACUERDO No. 1241-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veinti-

séis de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA ISELA HERNANDEZ RENDEROS, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- M. E. LEMUS.

(Registro No. F019577)

ACUERDO No. 1243-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de junio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veintidós

de febrero del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada SANDRA YANETH HERNANDEZ DE DURAN, para que ejerza la profesión de

ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.-

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.-VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M.

POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- S. RIVAS AVENDAÑO.

(Registro No. F019567)

ACUERDO No.1383-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, seis de julio del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veinticinco

de abril del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada YURI LIZETH GARCIA AGUILAR, para que ejerza la profesión de ABOGADO

en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-

QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- M. CLARA.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. POSADA.-

Pronunciado por los señores magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F019557)

ACUERDO No.1581-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha diecisiete

de mayo del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar al Licenciado JOSÉ ERNESTO PAICES NAVAS, para que ejerza la profesión de ABOGADO en

todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo, COMUNIQUESE

Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN VELASCO.-VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.-M. POSADA.- E. R. NÚÑEZ.- Pronunciado

por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. F019624)

ORGANO JUDICIALCORTE SUPREMA DE JUS TI CIA

Page 21: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

21DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ACUERDO No.1593-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha diecisiete de mayo del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar al Licenciado ANGEL JOEL FUENTES ESPINAL, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- M. CLARÁ.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. F019505)

ACUERDO No.1647-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha quince de junio del año dos mil siete ACORDÓ : Autorizar al Licenciado JOSÉ LEONIDAS RIVAS CABRERA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNI-QUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- M. CLARÁ.-VELASCO.- VALDIV.- P. J.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN. E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. F019610)

ACUERDO No.1666-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha veintiuno de junio del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA MARCELA BARRERA LAZO, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- VELASCO.- VALDIV.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. F019630)

ACUERDO No.1750-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha cua-tro de junio del año dos mil siete ACORDÓ: Autorizar a la Licenciada ANA JACQUELINE FERMÁN MORALES, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respectivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERÓN.- P. J.- R. M. FORTIN H.- M. TREJO.- M. A. CARDOZA A.- M. POSADA.- L. C. DE AYALA G.- S. DE MADRIZ.- PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.-

(Registro No. F019503)

ACUERDO No.1812-D.- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, ocho de agosto del año dos mil siete.- El Tribunal con fecha diecisiete de mayo del año dos mil siete, ACORDÓ: Autorizar al Licenciado GIOVANI WILFREDO GONZÁLEZ VENTURA, para que ejerza la profesión de ABOGADO en todas sus ramas, en vista de haber cumplido con todos los requisitos legales y a lo resuelto por esta Corte en el expediente respec-tivo.- COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- A. G. CALDERON.- M. CLARA.- VELASCO.- P. J.- VALDIV.- GUZMAN U. D. C.- M. TREJO.- M. POSADA.- Pronunciado por los magistrados y magistradas que lo suscriben.- E. DINORAH BONILLA DE AVELAR.

(Registro No. F019506)

Page 22: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

22 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DECRETO MUNICIPAL No. CUATRO

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR,

CONSIDERANDO:

I. Que de acuerdo a la Constitución de la República, y a la Ley General Tributaria Municipal, es competencia de los Concejos Municipales, crear, modifi car o suprimir tasas y contribuciones especiales, mediante la emisión de la Ordenanza;

II. Que según Decreto Municipal N° 15 de fecha 22 diciembre de 1998, publicado en el Diario Ofi cial N° 102 Tomo N° 343 del mes de junio del año 1999, el Concejo Municipal decretó la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, reformada por los Decretos Municipales N° 03/2001, de fecha 24 de mayo de 2001, publicado en el Diario Ofi cial N° 113, Tomo 351, del 18 de junio de 2001, N° 5 de fecha veintiséis de julio de 2006, publicado en el Diario Ofi cial N° 153, Tomo N° 372 de fecha 21 de agosto de 2006 y N° 3 de fecha 15 junio de 2007, publicado en el Diario Ofi cial N° 119, Tomo N° 375 del 29 del mismo mes y año;

III. Que según Decreto Municipal N° 3 de fecha 15 junio de 2007, publicado en el Diario Ofi cial N° 119, Tomo N° 375 del 29 del mismo mes y año, el Concejo Municipal decretó reformas a la Ordenanza Reguladora de Tasas por Servicios Municipales de la Ciudad de San Marcos, Departamento de San Salvador, pero únicamente se relacionó las reformas contenidas en el Decreto Municipal N° 5 de fecha veintiséis de julio de 2006, publicado en el Diario Ofi cial N° 153, Tomo N° 372 de fecha 21 de agosto de 2006 y se omitió relacionar las reformas contenidas en el Decreto Municipal N° 03/2001, de fecha 24 de mayo de 2001, publicado en el Diario Ofi cial N° 113, Tomo 351, del 18 de junio de 2001.

IV. Que se hace necesario corregir aquella omisión por medio de un Decreto Municipal, aun cuando esto no afecte la validez de las reformas acordadas por el Concejo Municipal del Municipio de San Marcos y emitidas por medio del Decreto Municipal N° 3 de fecha 15 junio de 2007, publicado en el Diario Ofi cial N° 119, Tomo N° 375 del 29 del mes de junio de 2007.

POR TANTO:

Este Concejo en uso de las facultades que le confi ere la Constitución de la República, el Código Municipal y la Ley General Tributaria Munici-pal,

DECRETA:

Art.1.- Que la modifi cación a la “ORDENANZA REGULADORA DE TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES DE LA CIUDAD DE SAN MARCOS, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, contenida en Decreto Municipal N° 3 de fecha 15 junio de 2007, publicado en el Diario Ofi cial N° 119, Tomo N° 375 del 29 del mes de junio de 2007, comprende también las reformas a que se refi ere el Decreto Municipal N° 03/2001, de fecha 24 de mayo de 2001, publicado en el Diario Ofi cial N° 113, Tomo 351, del 18 de junio de 2001 en lo que lo contradiga, prevaleciendo y en consecuencia, continúan vigentes, las últimas reformas acordadas y emitidas por medio del Decreto Municipal N° 3 de fecha 15 junio de 2007, publicado en el Diario Ofi cial N° 119 Tomo N° 375 del 29 del mes de junio de 2007.

Art. 2.- El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Alcaldía Municipal de San Marcos, Departamento de San Salvador, a los veinticuatro días del mes de Agosto del dos mil siete.-

DR. FIDEL ERNESTO FUENTES CALDERON,

ALCALDE MUNICIPAL.

LIC. MIGUEL ANGEL MEZA QUEZADA,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F019604)

INSTITUCIONES AUTONOMASALCALDÍAS MUNICIPALES

Page 23: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

23DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DECRETO NÚMERO 16.

El Concejo Municipal de la Ciudad de Santa María, departamento de Usulután

CONSIDERANDO:

I. Que es competencia del Concejo Municipal, crear, suprimir, y modifi car tasas por servicios y que la Ley General Tributaria Municipal

en su Art. 158 dice que los municipios deben actualizar periódicamente sus tarifas para brindar mejores servicios.

II. Que por DECRETO No. 1 de fecha 20 de Enero de 1995, publicado en el Diario Ofi cial Tomo 327 del 23 de Junio del mismo año y

DECRETO No. 6 de fecha 02 de Septiembre de 2003, publicado en el Diario Ofi cial Tomo 360 del 04 de Septiembre del mismo

año, contienen la Ordenanza de Tasas por servicios del Municipio de Santa María.

III. Que la referida Ordenanza contiene tributos que ya no responden al costo del mantenimiento de los servicios, ni a los intereses de la

administración municipal, por lo que es conveniente reformar algunas tasas a fi n de garantizar la prestación de los servicios de acuerdo a

la capacidad económica de los contribuyentes.

IV. Que es conveniente, para un mejor y efi ciente control administrativo de las tasas que la municipalidad cobra por los servicios

que presta, agrupar en un solo documento la totalidad de las Tasas por los servicios públicos.

POR TANTO:

En uso de las facultades constitucionales y lo establecido en los Art. 3 numeral 1 y 5; Art. 30 numeral 4 y 21 del Código Municipal en relación

con los Art. 2, 5 y 7 inciso segundo y Art. 77 de la Ley General Tributaria Municipal.

DECRETA:

La siguiente ORDENANZA REFORMADA DE LAS TASAS POR SERVICIOS MUNICIPALES

DE LA CIUDAD DE SANTA MARIA

CAPITULO I

CONCEPTOS GENERALES

Art. 1.- La presente ordenanza tiene por objeto regular las tasas municipales de Santa María, entendiéndose como tales aquellos tributos que

se generan en razón de los Servicios Públicos, de naturaleza administrativos y jurídica prestados por este municipio.

Art. 2.- Se entenderá por hecho generador, el supuesto previsto en esta ordenanza, que cuando ocurre en la realidad, da lugar al nacimiento de

la obligación tributaria.

Art. 3.- Será Sujeto Activo de la Obligación Tributaria Municipal, el municipio de Santa María, en su carácter de acreedor de los respectivos

tributos.

Page 24: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

24 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Art. 4.- Será Sujeto Pasivo de la Obligación Tributaria Municipal, las personas naturales o jurídicas titulares de uno o varios inmuebles que

reciban servicios públicos o requieran otros servicios municipales.

Se entiende por sujetos pasivos a las personas naturales o jurídicas, contribuyentes o responsables, obligadas al cumplimiento de su responsa-

bilidad municipal respecto al cual se verifi ca el hecho generador de la obligación tributaria.

Art. 5.- Para los efectos de la obligación de esta ordenanza, se entenderán como sujetos pasivos de la obligación tributaria municipal a las

siguientes personas o entidades: propietarios, arrendatarios, comodatarias, usufructuarias, fi deicomisarias de inmuebles, adjudicatarios a cualquier

título, comunidades de bienes, sucesiones, sociedades de hecho de entes colectivos o patrimonios, herederos a título universal, curador de la herencia

yacente del contribuyente fallecido, hasta el monto de la mora heredada, poseedores o tenedores y en última instancia a la persona a cuyo nombre se

haya solicitado o prestado el servicio por esta municipalidad.

Art. 6.- Serán también sujetos de las tasas originadas por los servicios prestados por esta municipalidad, el estado, instituciones autónomas de

cualquier naturaleza que fueren, así como los estados extranjeros.

CAPITULO II

DE LAS TASAS

Art. 7.- Se establecen las siguientes tasas por los servicios que presta la municipalidad de Santa María.

TASAS POR SERVICIOS

1- REGISTRO DE DOCUMENTOS

1.1- Inspección de terrenos sobre el cual se solicita título, en área rural ......................................................................... $ 20.00

1.2- Inspección de terrenos sobre el cual se solicita título, en área urbana ....................................................................... $ 35.00

1.3 Extensión de Títulos de Inmuebles Urbanos......................................................................................................... $ 35.00

1.4 Extensión de Títulos de Inmuebles Rústicos......................................................................................................... $ 25.00

1.5 Reposición de título de propiedad extendida por esta municipalidad........................................................................ $ 17.14

2- AUTENTICAS DE FIRMAS. En los casos permitidos por la ley ............................................................................ $ 6.86

2.1- Celebración de matrimonios en ofi cinas de la Alcaldía en horas hábiles................................................................... $ 11.43

2.2- Celebración de matrimonios fuera de las ofi cinas de la Alcaldía en la zona urbana.................................................. $ 25.00

2.3- Celebración de matrimonios fuera de las ofi cinas de la Alcaldía en la zona rural..................................................... $ 34.29

2.4- Celebración de matrimonios en días no hábiles, en la zona urbana........................................................................... $ 30.00

2.5- Celebración de matrimonios en días no hábiles, en la zona rural ............................................................................. $ 40.00

3- SERVICIOS DEL REGISTRO DEL ESTADO FAMILIAR

3.1- Por la expedición de constancias de natividad, soltería, cada una ............................................................................. $ 2.86

3.2- Servicio por expedición de carnet de minoridad, sin incluir costo de impresión., cada uno ................................... $ 0.57

3.3- Por la expedición de partida de nacimiento, matrimonio, defunción, cada una......................................................... $ 2.86

3.4- Por auténticas ........................................................................................................................................................... $ 2.86

3- ALUMBRADO, ASEO Y PAVIMENTACIÓN

Page 25: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

25DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

3.1- Alumbrado público con lámparas de mercurio o de sodio, a un solo lado de la vía. c/ metro lineal. ..................... $ 0.10

3.2- Servicio de Aseo y Recolección de basura. Pago mensual ................................................................................

a) Empresas Industriales, Comerciales y de Servicios......................................................................................... $ 5.00

b) Centros Escolares................................................................................................................................................ $ 4.00

c) Cantinas ............................................................................................................................................................... $ 2.25

d) Tiendas .................................................................................................................................................................. $ 1.75

e) Talleres .................................................................................................................................................................. $ 1.71

f) Inmuebles para uso habitacional......................................................................................................................... $ 1.15

g) El servicio de aseo y recolección de basura para uso habitacional o empresarial que tenga más de una

planta, se cobrará adicionalmente, el 50% de la tasa correspondiente.

3.3- Servicio de mantenimiento de Adoquinados o asfaltados. Por Mtr2 al mes ................................................... $ 0.022

3.4 Para romper el pavimento de calles y avenidas en ocasión de introducir o reparar los servicios básicos,

con el compromiso de dejarlo como estaba. Cada metro cuadrado ................................................................... $ 11.43

3.5- Para romper empedrados o compactaciones en calles, con objeto de reparaciones o conexiones de agua

potable, cables de teléfono, con el compromiso de dejarlo como estaba, cada metro cuadrado ............................. $ 8.00

4- ARRENDAMIENTOS

4.1- De predios municipales urbanos, cada metro cuadrado al día ................................................................................... $ 0.25

4.2- De casas comunales administradas por la municipalidad, para espectáculos artísticos, similares con

fi nes comerciales, cada uno........................................................................................................................................ $ 35.00

4.3- De parques municipales para eventos con fi nes comerciales. c/ presentación ................................................... $ 30.00

4.4- De parques municipales para eventos sociales. c/ presentación............................................................................ $ 15.00

4.5- Festividades danzantes u otra actividad similar, con fi nes comerciales, c/u ............................................................. $ 38.00

4.6- Fiestas Matrimoniales, de bautizo, de primera comunión, de cumpleaños u otra actividad similar c/u .................... $ 8.58

5- SERVICIOS DE CEMENTERIOS

5.1- Por derecho de Títulos de puestos a perpetuidad, cada metro cuadrado............................................................ $ 14.29

5.2- Por cada enterramiento que se verifi que en nichos construidos en fosa .................................................................... $ 7.42

5.3- Apertura y cierre por cada nicho por cualquier objeto salvo a disposición judicial, cada uno ................................ $ 10.00

5.4- Por el traspaso o reposición de un título, cada uno .................................................................................................... $ 14.29

5.5- Por extraer osamenta y trasladarla a otros nichos dentro del mismo cementerio, cada extracción........................... $ 20.00

5.6- Por construcción de nichos tipo mixto, tamaño estándar, cada uno........................................................................... $ 6.00

5.7- Por conservar en la misma sepultura los restos de un cadáver sótanos en contracavas de los mausoleos

hasta de cinco nichos.................................................................................................................................................. $ 30.00

5.8- Por construcción de sótanos en contracavas de los mausoleos de más de cinco nichos ............................................ $ 80.00

5.9- Por enterramiento simples de adultos en fosas de 2 metros por 0.80 cm. cada una ................................................. $ 2.45

5.10- Por enterramiento simples de niños en fosas de 1.20 metros por 0.80 cm. cada una ............................................... $ 2.45

5.11- Para trasladar un cadáver fuera del país o de este municipio..................................................................................... $ 30.00

Page 26: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

26 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

5.12- Para construcción de plataformas, diez por ciento sobre el costo de cada una

5.13- Para construcción de capillas o similares, diez por ciento sobre el costo de cada una

6- SERVICIOS DE GANADERIA

6.1- Por sacrifi cio o destace de ganado menor, por cabeza .......................................................................................

6.2 De semovientes introducidos de otros países, incluyendo el impuesto que establece el Art. 26 del

Reglamento para el uso de Fierros o Marcas de Herrar Ganado y traslado de semovientes, por cabeza. ............... $ 0.58

6.3- Por la facilitación de cada formulario de carta de venta ........................................................................................... $ 0.24

6.4- Por cada visto bueno .................................................................................................................................................. $ 1.50

6.5- Por el cotejo de fi erros, por cabeza ........................................................................................................................... $ 0.50

6.6- Poste de ganado mayor y menor por cabeza al día o fracción .................................................................................. $ 1.50

7- GUIAS.

7.1 De conducir ganado mayor a otra jurisdicción, por cabeza ..................................................................................... $ 0.11

7.2 De conducir ganado menor a otra jurisdicción, por cabeza ...................................................................................... $ 0.11

7.3 De conducir carne a otra jurisdicción, previa inspección sanitaria, c/u .................................................................... $ 0.58

7.4 De conducir madera a otra jurisdicción, con fi nes comerciales, por c/ camionada o fracción .................................. $ 1.15

7.5 De conducir café a otra jurisdicción:

7.6.1- Por camionada o fracción .......................................................................................................................................... $ 1.15

7.6.2- Por Carretada o fracción ............................................................................................................................................ $ 0.35

8- SERVICIOS DE AGUA POTABLE

8.1- Derecho por conexión de la cañería madre ................................................................................................................ $ 100.00

8.2- Inmueble Habitacional hasta 3 grifos c/mes ............................................................................................................. $ 5.00

8.3- Servicio Comercial de 3 o más grifos c/mes ............................................................................................................. $ 7.00

8.4- Cisterna cada una por mes.......................................................................................................................................... $ 50.00

85- Posesión de tanque de 55 galones a 275 Galones ...................................................................................................... $ 25.00

9- MATRICULAS DE FIERRO PARA HERRAR GANADO

9.1- Por refrenda de cada matrícula de comerciante de ganadería ................................................................................... $ 6.00

9.2- Por registro o refrenda de cada matrícula de matarife, cada año ............................................................................... $ 6.00

9.3- Por refrenda de cada matrícula de herrar ganado cada una al año ............................................................................. $ 6.00

9.4- Poste de ganado mayor y menor, por cabeza al día o fracción ................................................................................. $ 1.50

10- POR CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA EL TRANSPORTE

COLECTIVO DE PASAJEROS.

10.1- Por circulación y estacionamiento de microbuses, cada uno al mes .................................................................... $ 10.29

10.2- Por circulación y estacionamiento de autobuses, cada uno al mes ...................................................................... $ 15.00

Page 27: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

27DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

11- PERMISOS PARA CONSTRUCCIÓN DE EDIFICACIONES

11.1- Para construcción, mejoras o remodelación de edifi cios para uso comercial, o cualquier otro tipo

de construcción pagará el dos por ciento sobre el valor de éstas.

11.2- Para construcción, mejoras o remodelación de edifi cios para uso o cualquier otro tipo de Construcción

pagará el uno por ciento sobre el valor de éstas.

11.3- Para construir chalet en sitios públicos, cada uno...................................................................................................... $ 45.71

11.4- Para urbanizaciones que llenen los requisitos establecidos en la Ley de Urbanismo y Construcción,

pagará el 2% del valor de cada lote

11.5- Para lotifi caciones y parcelaciones que llenen los requisitos establecidos en la Ley del I S T A,

pagará el 1.5 % del valor de cada lote.

12- DERECHOS POR USO DEL SUELO Y SUBSUELO EN LA JURISDICCIÓN

12.1- Por la perforación de pozos para uso doméstico, previo permiso de la Dir. Gral. de Salud y ANDA....................... $ 50.00

12. 2- Por la perforación de pozos para usos industriales, previo permiso de la Dir. Gral. de Salud y ANDA ................... $ 400.00

12.3- Para instalar o mantener postes de cualquier material, destinados al tendido eléctrico, telefónico, cable

y otros dentro del municipio.

a) Instalación poste eléctrico ..................................................................................................................................... $ 12.00

b) Instalación poste telefónico ................................................................................................................................ $ 3.00

c) Del tendido eléctrico, cada uno al mes.............................................................................................................. $ 1.14

d) De Compañías de Serv. Televisión por cable, cada uno al mes .................................................................... $ 0.50

e) De Tendido Telefónico cada uno al mes ........................................................................................................... $ 0.90

12.4- Por el uso de postes municipales, cada poste al mes.................................................................................................. $ 1.14

12.5- Para instalar o mantener Torres destinadas al tendido eléctrico, telefónico y cable dentro del municipio. ............

a) Instalación .................................................................................................................................................................. $ 572.00

b) Por mantener torres del tendido eléctrico, cada una al mes .................................................................................. $ 115.00

c) Por mantener torres del tendido telefónico y de cable, c/u mes............................................................................ $ 114.29

12.6- Para mantener o instalar antenas de captación, comunicación, televisión, radio base y señal satelital dentro

del municipio. Cada una al mes ................................................................................................................................. $ 200.00

12.7 Para Instalar y mantener Cajas y Cabinas telefónicas destinadas a la comunicación dentro del municipio.

a) Instalación Cajas Telefónicas .................................................................................................................................. $ 57.14

b) Instalación Cabinas Telefónicas .............................................................................................................................. $ 22.86

c) Por mantener cajas superfi ciales, cada una al mes .............................................................................................. $ 5.71

d) Por mantener cabinas Telefónicas, cada una al mes............................................................................................ $ 1.71

12.8- Para Instalar y mantener medidores de agua potable dentro del municipio.

a) Instalación de medidores......................................................................................................................................... $ 12.00

b) Por mantener medidores........................................................................................................................................... $ 2.00

12.9- Para mantener tuberías dentro del área geográfi ca del municipio por parte de las instituciones

suministrantes, cada metro lineal al mes.................................................................................................................... $ 1.34

12.10 Por el uso de red eléctrica de proyectos municipales, cada 100Mts.lineales al mes................................................. $ 1.34

Page 28: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

28 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

12.11- Para instalar o mantener subestaciones eléctricas dentro del municipio.

a) Instalación de subestación. Licencia ...................................................................................................................... $ 200.00

12.12 Para Instalar y mantener tanques de combustible en gasolineras dentro del Área geográfi ca

de este municipio.

a) Instalación por cada tanque............................................................................................................................... $ 300.00

b) Por mantener tanques subterráneos.................................................................................................................... $ 57.14

13- PERMISOS Y LICENCIAS

13.1- Para colocar y mantener anuncios comerciales luminosos, c/u al mes .................................................................. $ 4.00

No luminosos, c/u al mes ......................................................................................................................................... $ 2.86

13.2- Para colocar anuncios de profesionales, luminosos y no luminosos, c/u al mes...................................................... $ 5.71

13.3- Para colocar vallas o rótulos publicitarios, en calles y carreteras c/u al mes ........................................................... $ 57.14

13.4- Para colocar anuncios temporales que atraviesen la calle, en mantas o cualquier otro material, cada una

al mes o fracción ........................................................................................................................................................ $ 5.00

13.5- Para aparatos eléctricos o electrónicos que funcionan mediante monedas

Licencia anual por establecimiento ......................................................................................................................... $ 175.00

Por funcionamiento, cada máquina al mes............................................................................................................ $ 7.00

13.6- Palenques o canchas de jugar gallos. Licencia anual .............................................................................................. $ 342.86

Por funcionamiento, cada uno al mes …………………………………… .......................................................... $ 11.00

13.7- Para conjuntos musicales que actúen en restaurantes u otros establecimientos similares,

por cada presentación ............................................................................................................................................. $ 25.00

13.8- Para funcionamiento de sala de Billares. Licencia anual ................................................................................... $ 114.29

Por cada mesa al mes. ............................................................................................................................................ $ 2.86

13.9- Para funcionamiento de Loterías de cartones, números o fi guras. Cada año ................................................... $ 914.29

Por cada local al mes.............................................................................................................................................. $ 60.00

13.10- Para el funcionamiento de aparatos de sonido con fi nes comerciales en establecimientos y

vías públicas, cada uno al mes o fracción ............................................................................................................... $ 5.00

13.11- Para Orquestas y conjuntos musicales que amenicen fi estas, cada presentación..................................................... $ 25.00

13.12- Por la instalación de circos nacionales, cada 15 días ................................................................................................ $ 12.00

13.13- Por la instalación de circos extranjeros, cada uno...................................................................................................... $ 60.00

13.14- Por la instalación de Aparatos mecánicos de diversión (Fiestas del Municipio)

Grandes movidos a motor, cada uno ..................................................................................................................... $ 52.00

Pequeños movidos a motor y a mano, cada uno ................................................................................................ $ 30.00

13.15- Para expendios de bebida alcohólicas, cada año ........................................................................................................ $ 342.85

13.16- Para Expendios y Abarroterías, bebidas nacionales, cada uno al mes ................................................................... $ 15.00

13.17- Para Expendios y Abarroterías, bebidas nacionales y extranjeras, c/u al mes ...................................................... $ 20.00

13.18- Para el funcionamiento de cervecerías, cada una al mes........................................................................................ $ 15.00

13.19- Para el funcionamiento de Moteles, sin perjuicio del pago Impuesto. Mes........................................................ $ 57.14

Page 29: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

29DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

13.20- Para el funcionamiento de Restaurantes, sin perjuicio del pago Impuesto. Mes .................................................. $ 57.14

13.21- Para el funcionamiento de Clubes Nocturnos, sin perjuicio del pago Impuesto.

Licencia anual por establecimiento ......................................................................................................................... $ 528.00

Por funcionamiento, cada mes ................................................................................................................................. $ 175.00

13.22- Ofi cinas dedicadas a la venta de servicios de Internet, cada máquina al mes........................................................ $ 1.00

13.23- Para las ventas en Kioscos y Chalets en parques y sitios públicos, cada mes.................................................... $ 3.05

13.24- Por Funcionamiento de establecimientos de venta de Vehículos nuevos o Usados c/u al mes ................................. $ 10.25

14- OTROS GRAVÁMENES

14.1- Todo ingreso de estas Tasas Municipales, será gravado adicionalmente con el 5 %, el cual se

utilizará en la celebración de ferias, fi estas patronales y/o fi estas cívicas o nacionales.

14.2- También se añadirá al pago de las Tasas, el costo por los formularios o especies municipales

utilizados en el trámite.

CAPITULO III

DISPOSICIONES GENERALES

Art. 6.- Todo ingreso proveniente de la aplicación de estas tasas será gravado adicionalmente con el 5% que pagará el contribuyente de manera

específi ca para la celebración de las fi estas patronales.

Art. 7.- Queda terminantemente prohibido o depositar toda clase de basura o desperdicios, materiales de construcción tierra, piedra, chatarra de

vehículos, en aceras, calles, pasajes, arriate, parques, quebradas, plazas y predios baldíos públicos o privados, excepto en recipientes colocados para

esa fi nalidad o cuando se haga en el momento de que pasan los vehículos recolectores de basuras.

El cumplimiento a lo dispuesto en el inciso anterior, hará incurrir al infractor en una multa que oscilará entre seis y cincuenta y siete catorce de

dólar, según la gravedad o reincidencia de éste y será impuesto por la municipalidad gubernativamente.

Art. 8.- Se entenderá que un inmueble recibe servicios de alumbrado público, cuando algunos de los linderos estuvieren dentro del radio de

veinticinco metros de un poste de iluminación cualquiera que fuera el tipo de alumbrado que se tenga.-

Art. 9.- Se entenderá comprendido dentro del rubro mercado, plazas y sitios públicos toda edifi cación o lugar en construcción o sin ella, inclu-

yendo calles, avenidas, pasajes y aceras destinadas por la municipalidad para que se ejerza comercio o actividades lícitas de cualquier naturaleza y en

consecuencia, toda persona que ocupe locales o puestos en los mismos, para el objeto indicado, deberá pagar la tasa correspondiente del mencionado

rubro.

Art. 10.- La renovación de licencias, matrículas, permisos o patentes, si fueren anuales, deberán hacerse en los primeros tres meses de cada año.

La expedición fuera del período señalado se hará previo al pago del valor de la tasa respectiva, sin perjuicio de la multa a que hubiere lugar.-

Art. 11.- Cuando en un mismo inmueble se desarrollen dos o más actividades, servirá de base para las TASAS correspondientes al servicio de

aseo, aquella actividad que esté gravada con un mayor tributo, siempre que el área dedicada a la misma sea de treinta metros cuadrados.

Art. 12.- Se presume que una persona continúa ejerciendo una actividad sujeta a licencia, matrícula, permiso o patentes, mientras no dé aviso

por escrito y se compruebe el cese de la actividad respectiva.-

Page 30: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

30 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Art. 13.- Para determinar la cantidad de metros cuadrados a pagar por el servicio de barrido de calles, avenidas, pasajes y aceras, se tomará

como base el frente del inmueble, desde donde comienza la acera hasta la mitad de la sección de la calle de su ubicación.

Art. 14.- Para la extensión de licencias, matrículas, permisos y patentes, la municipalidad podrá establecer los requisitos que considere conveniente

o necesario para la expedición u otorgamiento de las mismas.-

Art. 15.-Se entenderá que el sujeto pasivo cae en mora en el pago de la obligación tributaria cuando no realizare el mismo y dejare transcurrir

un plazo de más de sesenta días sin verifi car dicho pago, estos tributos no pagados en las condiciones que se señalan en esta disposición, causará un

interés moratorio de acuerdo al interés de la banca nacional.

Art. 16.- Se entenderá que un inmueble recibe servicios de recolección de Basura, cuando el camión recolector circule por la calle del Inmue-

ble.-

DEL PAGO EN EXCESO

Art. 17.- Si un contribuyente pagare una cantidad en exceso o indebidamente, cualquiera que ésta fuere, tendrá derecho a que la municipalidad

le haga la devolución del saldo a su favor lo que se hará abonándolo a su cuenta por futuros tributos municipales o en su defecto podrá rein-

tegrarse en efectivo.

OTRAS REGULACIONES EN EL COBRO DE TASAS

Art. 18.- Para obtener solvencia municipal, es necesario que el contribuyente solicitante, esté al día en el pago total de sus Impuestos y Tasas

en las diferentes cuentas que se registran a su nombre.-

Art. 19.- La obligación para todo propietario de inmueble de pagar las tasas por los servicios municipales que reciba, se origina desde el mo-

mento en que adquiera el inmueble, esté o no registrado en el correspondiente registro de la propiedad raíz e hipoteca, en todo caso deberá acudir a la

Alcaldía a proporcionar los datos necesarios para que sea traspasado las cuentas respectivas dentro de los treinta días siguientes a la adquisición del

inmueble.-

Art. 20.-Todo lo que no está previsto en la presente reforma, estará sujeto a lo que dispone en el título cuarto de la ley general tributaria muni-

cipal.

CLASES DE SANCION

Art. 21.- Establecerse las siguientes sanciones por las contravenciones tributarias:

1) Multas por tirar ripio basura y desechos en lugares prohibidos, la primera vez ($ 25.00) por reincidir ($ 50.00)

2) Comisos de especies que haya sido el objeto o el medio para cometer la contravención o infracción; y

3) Clausura de establecimiento cuando fuere procedente.

Art. 22.- Para efectos de esta Ordenanza se consideran contravenciones o infracciones a la obligación de pagar las tasas por los servicios

municipales respectivos, el hecho de omitir el pago o hacerlo fuera de los plazos estipulados; de igual manera en el pago de Impuestos tributarios.-

La contravención o infracción señalada anteriormente, será sancionada con una multa del 5% del tributo, si se pagare en los tres primeros meses

de mora; y si pagare en los meses posteriores la multa será del 10%. En ambos casos la multa mínima será de Tres dólares de los Estados Unidos

de América.-

Page 31: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

31DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Art. 23.-Toda contravención o infracción en que incurrieren los contribuyentes responsables o terceros que consista en violaciones a las obli-

gaciones previstas en la ley general tributaria municipal, en esta Ordenanza y que no estuviere tipifi cado expresamente en el presente capítulo, será

sancionada con una multa que oscilará entre los seis y los cincuenta y siete catorce de dólar según la gravedad del caso y la capacidad económica

del infractor.-

Art. 24.-El ejercicio de actividades sin permiso de funcionamiento, licencias, matrículas o patente hará incurrir al infractor en una multa de seis

y los cincuenta y siete catorce de dólar, según la gravedad del caso y la capacidad económica del infractor.- Sin perjuicio de lo anterior y si el caso

lo amerita, se aplicarán otras sanciones, tales como el comiso de especies y cierre del establecimiento, en su caso.-

DE LOS PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR SANCIONES

Art. 25.- El conocimiento de las contravenciones o infracciones y las sanciones será competencia del Sr. Alcalde municipal o del funcionario

autorizado al efecto.

Art. 26.-Cuando no se tratare de la contravención o infracción a que se refi ere el artículo treinta y cuatro de esta Ordenanza, el procedimiento a

seguir para aplicar sanciones es el que establecen los artículos ciento doce inciso segundo y tercero; ciento trece y ciento catorce de la Ley General

Tributaria Municipal.

DE LOS RECURSOS

Art. 27.- De la determinación de tributos y de la aplicación de sanciones hecha por la administración tributaria municipal, se admitirá recurso de

apelación para el Concejo Municipal, el cual deberá interponerse ante el funcionario que haya pronunciado la resolución correspondiente, en el plazo

de tres días después de su notifi cación.-

La tramitación del recurso especifi cado en el inciso anterior seguirá las reglas que para el mismo se han establecido en el artículo ciento veintitrés

inciso tercero y siguientes de la Ley General Tributaria Municipal.-

Art. 28.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial

DADO EN LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE SANTA MARIA, DEPARTAMENTO DE USULUTAN: A PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL

SEIS.

Nicolás Andrés Castellón, Daniel de Jesús Melgar,

Alcalde Municipal. Síndico Municipal.

Ana Teresa de Paz, José Jairo Cardona Ponce,

Primer Regidor Propietario. Segundo Regidor Propietario.

José Humberto Castillo Alcántara, Mario Nelson Benavides,

Tercer Regidor Propietario. Cuarto Regidor Propietario.

José Dimas Bermúdez, Lidia Berta Quintanilla Girón,

Regidor Suplente. Secretario Municipal.

(Registro No. F019562)

Page 32: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

32 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DECRETO No. 17.-

LA ALCALDIA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO SANTA MARIA, DEPARTAMENTO USULUTAN.

CONSIDERANDO:

I- Que el Art. 204 de la Constitución de la República expresamente a los Concejos Municipales, La economía de los Municipios comprende,

crear, modifi car y suprimir tasas y contribuciones públicas para la realización de obras determinadas dentro de los límites que la Ley esta-

blece.

II- Que el Art. 203 de la Constitución de la República manifi esta que los municipios son Autónomos en lo económico y en lo Administrativo

y se regirá por el Código Municipal.

III- Que el continuo crecimiento de Vehículos que conducen desechos sólidos al Relleno sanitario instalado en el Cantón Obrajuelo de la Juris-

dicción de Usulután, provocan hundimiento en la calle adoquinada que conduce de la Carretera El Litoral a la Laguna del Palo Galán, así

como las otras arterias que conducen al mismo relleno sanitario, y que por su misma situación ocasiona gastos económicos en sus repara-

ciones. Además el transporte de desechos sólidos de propiedad gubernamental y privada derraman líquidos en la carretera, y a consecuencia

de ello dejan malos olores poniendo en riesgo a la población, así mismo cuando los vehículos sufren desperfectos mecánicos o se les abre

la compuerta botan los desechos en la calle, con más magnitud de salud a la población, esta situación de sustancia volátil y causan efectos

nocivos en la salud y el medio ambiente se violenta el art. 18 del medio Ambiente.

IV- Que en el código municipal en su Art. 30 No. 4 manifi esta la facultad de emitir Ordenanzas, Reglamentos y Acuerdos para normar el

Gobierno y la Administración Municipal.

V- Que el Art. 77 de la Ley Tributaria Municipal le compete a las municipalidades emitir Ordenanzas para normar la administración Tributaria

relacionando a demás el art. 129 de la Ley Tributaria Municipal inciso primero, adecuado efectivamente del caso en mención. El Art. 141

de la misma Ley en la cual ilustra que las municipalidades determinarán las Tasas y la forma de percibirlas que deberán pagarse por el uso

de Calles, plazas y avenidas dentro de su comprensión.

POR TANTO:

En uso de sus facultades Constitucionales Tributarias y de Medio Ambiente, legales.

DECRETA:

La siguiente:

ORDENANZA DE CREACION DE FONDO DE MANTENIMIENTO DE CALLES POR DAÑOS DEL TRANSPORTE O CAMIONES

CON DESECHOS SÓLIDOS QUE HACEN SU RECORRIDO AL RELLENO SANITARIO UBICADO EN EL CANTON OBRAJUELO

MUNICIPIO DE USULUTAN.

TITULO I.

Objeto, Defi nición, y Ámbito de Aplicación.

Capítulo I.

Objeto de la Ordenanza.

Art. 1.- El objeto de la presente Ordenanza es regular el uso ordenado de las calles de este Municipio, que conduce al Relleno Sanitario situado

en el Cantón Obrajuelo del Municipio de Usulután.

Page 33: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

33DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Defi nición de Eventos Públicos.

Art. 2.- Para efectos de la presente Ordenanza se entenderá como evento público el uso de las calles por instituciones enmarcadas en el departa-

mento.

Ámbito de Aplicación.

Art. 3.- Esta Ordenanza se aplicará a todas las Municipalidades, instituciones, y empresa privada del Departamento y fuera de él, que ejecutan

actividades de conducción de desechos sólidos por las calles que conduce de la Carretera El Litoral conduce al Relleno Sanitario.

Derecho Tributario.

a) Por transportar basura de otro Municipio que use el paso por las calles que conduce de la Carretera El Litoral hacia el Relleno Sanitario,

pagarán un tributo de: $ 200.00 al mes.

TITULO II.

Capítulo I.

PROHIBICIONES.

Art. 4.- Se prohíbe la realización de los actos siguientes:

a) Hacer caso omiso a la nota de cobro por la persona autorizada por parte del Concejo.

b) Desviar el transporte por otra arteria de acceso con el objeto de evitar el pago respectivo.

c) Trasladar Basura en Camiones no cubiertos con protectores.

d) Derramar líquidos a causa de la descomposición de los desechos sólidos.

e) Dejar basura en las calles a causa por motivos de desperfectos mecánicos del Transporte.

TITULO III.

Capítulo I.

DE LAS INFRACCIONES, CLASIFICACIONES DE LAS FALTAS Y LAS SANCIONES.

Infracciones a personas Naturales o jurídicas.

Art. 5.- Las personas naturales y jurídicas que infrinjan las disposiciones de la presente Ordenanza quedarán sujetas a las sanciones respectivas,

sin prejuicio de otras que se regulan en las leyes de la República.

Clases de Falta.

Art. 6.- Las Faltas son de tres clases: Graves, Menos Graves y Leves.

1. Faltas Graves: son consideradas faltas graves las siguientes:

a) No atender al colaborador autorizado para el cobro del tributo.

Page 34: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

34 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

b) Desviar el transporte a otra vía de acceso con el fi n de burlar el control establecido.

c) Trasladar Basura en Camiones no cubiertos con protectores.

d) Derramar líquidos a causa de la descomposición de los desechos sólidos.

e) Dejar basura en las calles a causa por motivos de desperfectos mecánicos del transporte.

Las faltas Graves serán consideradas con multas de $ 500.00

2. Faltas menos Graves: Serán consideradas faltas menos graves las siguientes:

a) No proporcionar información referente a los vehículos que las Municipalidades o Instituciones designen para el transporte de los desechos

sólidos, sean éstos propiedad o rentados.

Las faltas menos Graves serán consideradas con multas de $ 300.00

3. Las faltas Leves se consideran en base a lo establecido en el Art. 65 de la Ley Tributaria Municipal.

TITULO IV.

Capítulo I.

De los recursos y su procedimiento administrativo, conocimiento administrativo del Alcalde Municipal.

Art. 7.- Cuando el Alcalde Municipal, funcionario delegado tiene conocimiento por cualquier medio que una persona ha cometido infracción a

la presente Ordenanza Municipal iniciará el procedimiento y buscará las pruebas que considere necesarias.

De la prueba obtenida notifi cará en legal forma al infractor para que compadezca dentro de las cuarenta y dos horas siguiente a la notifi cación,

si compareciera o en su rebeldía abrirá a prueba por tres días y pasado el término resolverá dentro de los dos días siguientes.

Para dictar sentencia la autoridad Municipal adquirirá por cualquier medio establecido por la Ley. La Certifi cación de la resolución que imponga

una multa tendrá fuerza ejecutiva.

Requisitos para imponer una sanción administrativa.

Art. 8.- La Autoridad Municipal puede imponer cualquier tipo de sanción, el cual debe cumplir con cualquiera de los siguientes requisitos:

a) Que el hecho por el que se sancionará este tipifi cado en la propia Ordenanza como una infracción a la misma, es decir que esté previsto

como una contravención o incumplimiento a ella.

b) Que la propia ordenanza establezca las sanciones por las infracciones a sus disposiciones.

c) Que la sanción la imponga el Concejo Municipal, el Alcalde Municipal o el delegado mediante una resolución escrita y previa a un juicio

seguido conforme al procedimiento establecido en el Art. 131 del Código Municipal en el cual el infractor tenga la oportunidad de defen-

derse.

d) Que el presente infractor pueda interponer los recursos correspondientes regulados en los Art. 135,136, y 137 del Código Municipal si la

resolución es desfavorable.

Page 35: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

35DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Del Recurso de Revisión.

Art. 9.- De los acuerdos del Concejo Municipal se admitirá recurso de Revisión que podrá interponer el interesado dentro de las veinticuatro

horas siguientes a la notifi cación respectiva ante el mismo Concejo Municipal.

Interpuesto el recurso el Concejo Municipal resolverá dentro de los tres días siguiente sin trámites.

Condiciones Generales.

Art. 10.- El Concejo Municipal de Santa María, en coordinación con otras Municipalidades o Instituciones del Estados o Empresa Privada, y

Organismos No Gubernamentales programarán eventos de información sobre el tema de cobro de uso de calles que conduce de la carretera El Litoral

de este Municipio hacia donde se encuentra ubicado el Relleno Sanitario.

TITULO V.

Vigencia.

Art. 11.- La presente Ordenanza entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial.

Dando en la Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa María, departamento Usulután. A los nueve días del mes de mayo del año dos mil siete.

NICOLAS ANDRES CASTELLON GARCIA,

ALCALDE MUNICIPAL.

DANIEL DE JESUS MELGAR,

SINDICO MUNICIPAL.

ANA TERESA DE PAZ, JOSE JAIRO CARDONA,

PRIMERA REGIDORA. SEGUNDO REGIDOR.

JOSE HUMBERTO CASTILLO, MARIO NELSON BENAVIDES,

TERCER CONCEJAL. CUARTO CONCEJAL.

JOSE DIMAS BERMUDES, LIDIA BERTA QUINTANILLA GIRON,

REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F019559)

Page 36: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

36 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DECRETO No. 18.

La Municipalidad de Santa María, Departamento de Usulután,

CONSIDERANDO:

I. Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 204, numeral 1 de la Constitución; Art. 7, inciso 2° de la Ley General Tributaria Municipal; Art. 3, numeral 1 y Art. 30, Numeral 21 del Código Municipal; el municipio está facultado para crear, modifi car y suprimir tasas.

II. Que reconociendo la situación económica que actualmente impera en nuestra sociedad, muchos contribuyentes se encuentran en mora y por ello es factible buscar incentivos que conlleven a facilitarles el pago de sus obligaciones tributarias municipales, que sirven para el desarrollo de los pueblos.

III. Que nuestra Constitución no establece prohibición alguna ni la legislación secundaria establecida literalmente, para dispensar el pago de multas e intereses que son accesorios a la obligación principal; en tanto que la dispensa de intereses moratorios y multas por omitir el pago pretende benefi ciar a los contribuyentes morosos aplicándoles el principio de lo más favorable para ellos.

IV. Que igualmente al lograr una mayor recaudación ésta se traduce en mayores obras para la población del Municipio de Santa María, depto. Usulután. Y en vista que fue aprobado el Decreto No. 2 de fecha 16 de octubre de 2006, y publicada en el Diario Ofi cial el 21 de noviembre de 2006, de la Ordenanza Transitoria para el Pago de las tasas con Dispensas de Multas e intereses moratorios, y debido a que el tiempo dado a los contribuyentes no fue sufi ciente para que se pudieran poner al día con sus tributos, y es necesario se dé una oportunidad.

DECRETA la siguiente

ORDENANZA TRANSITORIA PARA EL PAGO DE LAS TASAS CON DISPENSA DE MULTAS E INTERESES MORATORIOS

Art. 1.- Durante la vigencia de la presente Ordenanza, todo contribuyente que se encuentre en mora con esta municipalidad respecto al pago de tasa por servicios municipales, será dispensado de las multas y los intereses moratorios.

Art. 2.- Podrán acogerse a los benefi cios establecidos en el artículo anterior las personas naturales o jurídicas que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

a) Que tengan bienes inmuebles en el municipio y que por cualquier motivo no los hayan inscrito oportunamente en esta comuna.

b) Que ya tengan plan de pago establecido, debiendo ajustarse el pago a la vigencia de la presente Ordenanza con la deducción de los pagos aplicados.

c) Los contribuyentes que realicen su pago de forma total o a través de pagos parciales, siempre y cuando éstos se hagan en el plazo de vigencia de esta ordenanza.

Art. 3.- La presente Ordenanza tendrá una vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Ofi cial, de sesenta (60) días calendarios.

Dado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal de Santa María, Depto. De Usulután, a los seis días del mes de Julio del año dos mil siete.

NICOLÁS ANDRÉS CASTELLÓN GARCÍA, DANIEL DE JESUS MELGAR, ALCALDE MUNICIPAL. SINDICO MUNICIPAL.

ANA TERESA DE PAS, JOSE JAIRO CARDONA PONCE, PRIMERA REGIDORA. SEGUNDO REGIDOR.

JOSE HUMBERTO CASTILLO ALCANTARA, MARIO NELSON BENAVIDEZ, TERCER REGIDOR. CUARTO REGIDOR.

JOSE DIMAS BERMUDEZ, LIDIA BERTA QUINTANILLA GIRON, PRIMER REGIDOR SUPLENTE. SECRETARIA MUNICIPAL.

(Registro No. F019564)

Page 37: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

37DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE DESARROLLO

COMUNAL LA ARENERA

CAPITULO I

NATURALEZA, DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO

Art. 1.- La Asociación que se constituye estará regulada por el

Código Municipal, la Ordenanza Reguladora de las Asociaciones de

Desarrollo Comunal de El Porvenir, por estos Estatutos, Reglamento

Interno y demás disposiciones aplicables. La Asociación será una entidad

apolítica y no lucrativa, podrá participar en el campo social, económico,

cultural, religioso, cívico, educativo y en cualquier otro que fuere legal y

provechoso a la Comunidad, la Asociación se denominará “Asociación

de Desarrollo Comunal La Arenera, Cantón San Cristóbal El Porvenir,

que podrá abreviarse ADESCOLA que en los presentes estatutos se

denominará Asociación.

Art. 2.- la duración de la Asociación será por tiempo indefi nido;

sin embargo podrá disolverse y liquidarse en cualquiera de los casos

previstos en la Ordenanza Reguladora, estos Estatutos y demás dispo-

siciones aplicables.

Art. 3.- El domicilio de la Asociación será en La Arenera, Cantón

San Cristóbal del Municipio de El Porvenir, departamento de Santa

Ana.

CAPITULO II

FINES DE LA ASOCIACION

Art. 4.- La Asociación tendrá como fi nes el desarrollo humano y

la obra física que proyecte la Asociación, para ello deberá.

a) Promover el progreso de la respectiva localidad, conjuntamente

con instituciones públicas y organismos privados naciona-

les e internacionales que participen en los correspondientes

programas.

b) Fomentar el espíritu de solidaridad y cooperación mutua

entre los vecinos, sus grupos y entidades representativas.

c) Coordinar y cooperar con otros grupos comunales organizados

en la localidad, en la mayor integración de sus miembros y

la mejor realización de sus actividades.

d) Impulsar y participar en los programas de capacitación

promocional de los dirigentes y grupos comunales con el

fi n de contribuir al mejoramiento de la organización de la

comunidad, la administración de proyectos sociales y eco-

nómicos y la elevación de los niveles educativos.

e) Trabajar en el establecimiento y mejora de los servicios de la

comunidad con el equipamiento y los medios indispensables

para solucionar los distintos problemas que existieren en la

comunidad.

f) Promover la organizaciones juveniles haciéndolas partícipes

de la responsabilidad de los programas de desarrollo local.

g) Incrementar las actividades comunales, a fi n de obtener re-

cursos propios que sirvan para impulsar el mejoramiento de

la comunidad.

h) Participar en los planes de desarrollo local, regional y na-

cional, especialmente en la determinación de los proyectos

contemplados en su plan de actividades y establecer los

recursos locales que deben utilizarse.

CAPITULO III

CALIDAD, DERECHOS Y DEBERES DE LOS ASOCIADOS

Art. 5.- Los asociados podrán ser:

a) Activos.

b) Honorarios.

Todos deben ser personas mayores de dieciocho años, sin embargo

cuando las personas provengan de comités juveniles el requisito de edad

antes mencionado será el de quince años.

Son Asociados activos todas las personas que reúnen los requi-

sitos señalados en el inciso anterior, residentes dentro de los límites de

la unidad vecinal correspondiente o en unidades vecinales colindantes

inmediatas.

Son asociados honorarios aquellas personas a quienes la Asamblea

General, por su iniciativa o a propuesta de la Junta Directiva le conceda

tal calidad, en atención a sus méritos personales y relevantes servicios

prestados a la Asociación.

Art. 6.- Son derechos y deberes de los asociados activos:

a) Participar con voz y voto en la Asambleas Generales.

b) Retirarse voluntariamente de la Asociación cuando así lo

solicitaren por escrito.

c) Elegir y ser electos para cargos de la Junta Directiva.

d) Cooperar con todos los medios promocionales posibles al

incremento del número de miembros de la Asociación.

Page 38: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

38 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

e) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asambleas Generales

previa convocatoria escrita.

f) Cumplir estos Estatutos y obedecer las disposiciones de

la Asamblea General y Junta Directiva siempre que estén

relacionados con los fi nes de la Asociación.

Art. 7.- Los Asociados Honorarios gozarán de los derechos que la

Asamblea General les otorgue.

CAPITULO IV

DEL GOBIERNO DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 8. - El Gobierno de la Asociación estará constituido por:

a) La Asamblea General: Que será la máxima autoridad de la

Asociación.

b) La Junta Directiva: Que será el órgano ejecutivo y estará

integrado por el número de miembros que determinen los

Estatutos.

CAPITULO V

DE LA ASAMBLEA GENERAL.

Art. 9.- La Asamblea General la componen todos los asociados

y se instalará con la mayoría simple de los asociados activos pudiendo

haber representación de asociados; pero cada asociado no podrá estar

representado por más de una persona. Las resoluciones se acordarán por

mayoría de votos de los presentes o representados.

Art. 10.- La Asamblea General, se reunirá ordinariamente cuatro

veces al año con intervalo de tres meses, debiendo celebrarse la primera

de éstas en el mes de marzo y extraordinariamente cuando sea convo-

cada por la Junta Directiva, por iniciativa propia o a solicitud de quince

miembros afi liados a la Asociación.

Art. 11.- En las Asambleas Generales ordinarias se tratarán los

asuntos comprendidos en la agenda y los que propongan los asociados.

En las Asambleas Generales extraordinarias sólo se tratarán los asuntos

comprendidos en la convocatoria y cualquier decisión sobre otros aspectos

será nula.

Art. 12.- La convocatoria para Asamblea General ordinaria o

extraordinaria, se hará por medio de un aviso escrito, con ocho días de

anticipación para la primera y con cuarenta y ocho horas de anticipación

para la segunda, indicándose en los mismos, el lugar, el día y hora en

que se han de celebrar. Si a la hora señalada no pudiere celebrarse la

sesión por falta de quórum, ésta se llevará a cabo el mismo día una hora

después de la señalada con los asociados que concurran, en este último

caso, las decisiones que se adopten serán obligatorias aún para aquellos que

convocados en la forma prescrita en estos Estatutos no concurrieren.

Art. 13. - Son atribuciones de la Asamblea General:

a) Elegir y dar posesión a los miembros de la Junta Directi-

va.

b) Recibir los informes de trabajo y aprobar o denegar el estado

fi nanciero de la Asociación.

c) Destituir total o parcialmente por causa justifi cada a los

miembros de la Junta Directiva y elegir a sus sustitutos.

d) Retirar la calidad de miembros de la misma a los que hubieren

renunciado, fallecido o perdido su calidad de asociados.

e) Pedir a la Junta Directiva los informes que crea convenien-

te.

f) Aprobar el reglamento interno de la Asociación y los que

sean necesarios.

g) Cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos y Regla-

mentos que se dicten.

h) Aprobar el plan anual de trabajo y su respectivo presupues-

to.

i) Otorgar la calidad de Asociado Honorario.

j) Resolver a su prudente arbitrio las situaciones excepcionales

no previstas en estos Estatutos y que demanden inmediata

solución.

CAPITULO VI

PROCEDIMIENTO ESPECIAL PARA LA REMOCIÓN

DE ASOCIADOS Y DIRECTIVOS.

Art. 14.- Los miembros de la Asociación podrán ser retirados de

ella por acuerdo de la Asamblea General, tomado por mayoría de

votos previa audiencia del interesado, por infracciones a la Ordenanza,

Reglamentos y estos Estatutos. Se consideran además como causales

de retiro o expulsión las siguientes:

a) Mala conducta del asociado que se traduzca en perjuicio

grave para la Asociación.

Page 39: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

39DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

b) Promover actividades políticas o de otra naturaleza que

vayan en perjuicio de la Asociación.

c) Obtener por medios fraudulentos benefi cios de la Asociación

par sí o para terceros.

d) Cometer algún delito o falta grave en perjuicio de la Aso-

ciación.

Art. 15.- Todos o parte de los miembros de la Junta Directiva,

electos por la Asamblea General, podrán ser suspendidos temporalmente,

sino ameritare su destitución según la gravedad del caso. Para proceder

a la suspensión temporal, la Junta Directiva nombrará una comisión de

dos o más de sus miembros para que investiguen los hechos y oyendo

el informe de éstos y las razones que el supuesto infractor exponga

en su defensa resolverá tal destitución nombrando a continuación los

sustitutos. En el caso de destitución de que habla el literal, c) del Art. 13

la Junta Directiva seguirá el procedimiento anterior, pero en este caso

será la Asamblea General quien resolverá tal destitución nombrando a

continuación los sustitutos.

Art. 16.- En el caso que la Junta Directiva dentro del plazo de diez

días conocida la infracción, no procede de conformidad a los artículos

anteriores, un número de diez asociados por lo menos, podrá convocar a

Asamblea General para que ésta nombre la Comisión Investigadora; para

que en base a su informe, la Asamblea General proceda a la suspensión

o destitución. El mismo procedimiento se seguirá cuando de acuerdo

a las infracciones debe de conocerse sobre la suspensión temporal o

destitución de toda la Junta Directiva o cuando por tratarse de la mayoría

de los miembros de la Junta Directiva los restantes no inician el proce-

dimiento dentro del plazo que establece el inciso anterior. En todos los

casos de este artículo será la Asamblea General la que resolverá sobre

la suspensión temporal o destitución de los miembros y en la misma

sesión elegirán y darán posesión a los sustitutos, por el tiempo de la

suspensión o por el resto del período de los Directivos sustituidos. La

Asamblea General o Junta Directiva notifi cará al interesado la suspensión

temporal o defi nitiva a más tardar dentro de 48 horas después de haber

sido acordada.

Art. 17.- De la resolución que establezca la suspensión temporal

decretada por la Junta Directiva, podrá interponerse únicamente el recurso

de revisión para ante la misma, dentro del tercer día de la notifi cación.

De las resoluciones de la Asamblea General, no se admitirá ningún

recurso.

CAPITULO VII

DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Art. 18.- La Junta Directiva estará integrada por once miembros

propietarios y suplentes electos en Asamblea General por votación no-

minal y pública, ya sea para cargos separados o en planilla. En todo caso,

la nominación de los cargos será la siguiente: Presidente, Vice-presidente,

Secretario, Secretario de Actas, Tesorero, Pro- Tesorero, Síndico y cuatro

vocales. Los cargos en la Junta Directiva serán adhonoren; sin embargo

cuando el asociado trabaje en actividades particulares y eventuales para

la asociación, podrá cobrar una retribución convencional o cuando el

volumen de trabajo y las circunstancias lo ameriten, previo acuerdo de

la Asamblea General.

Art. 19.- La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos

una vez al mes y extraordinariamente cuantas veces sea necesario, previa

convocatoria que haga el Presidente. Para que la sesión sea válida

deberán concurrir por lo menos seis de sus miembros propietarios y las

resoluciones se tomarán por mayoría de votos. En caso de empate el

Presidente o quien haga sus veces, tendrá voto de calidad.

Art. 20.- Son atribuciones de la Junta Directiva:

a) Elaborar los proyectos de Estatutos de la Asociación y

proponerlos a la Asamblea General.

b) Determinar juntamente con las instituciones que colaboran

con el desarrollo comunal, el plan anual de trabajo y el

presupuesto correspondiente.

c) Integrar comisiones de trabajo de la Asociación y encauzar

su mejor organización y desenvolvimiento.

d) Convocar a la Asamblea General a reuniones ordinarias y

extraordinarias.

e) Coordinarse con los organismos del estado, las municipali-

dades y con las entidades privadas que tengan que trabajar

en la región, en proyectos de desarrollo de la comunidad.

f) Participar en su caso en las investigaciones, planeamientos,

ejecución y evaluación de los programas y proyectos de

mejoramiento local.

g) Informar periódicamente a la Asamblea General y a los or-

ganismos que cooperan con sus programas de las actividades

que desarrolla.

h) Tomar las medidas necesarias para cumplir y aplicar las

disposiciones emanadas de la Asamblea General.

i) Autorizar y controlar los gastos de los recursos económicos

de la Asociación, hasta un máximo de mil colones.

Page 40: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

40 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

j) Vigilar el cumplimento de los deberes y obligaciones de los

miembros de la Asociación.

k) Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea

General en la sesión ordinaria del mes de diciembre, la

memoria anual de sus actividades.

l) Llamar al miembro correspondiente de la Junta Directiva,

cuando el titular esté ausente o no concurriere a tres sesiones

consecutivas por lo menos, sin causa justifi cada.

m) Presentar a la consideración de la Asamblea General con

quince días de anticipación de cada ejercicio administrativo

el plan anual y el presupuesto de gastos de la asociación.

Art. 21.- El Presidente de la Junta Directiva presidirá las sesiones

de Asamblea General y de Junta Directiva, y todo lo demás que le fuere

encomendado por la Asociación.

Art. 22.- El Vice Presidente colaborará con el presidente y lo

sustituirá en los casos de ausencia o impedimento de éste y todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 23.- El Secretario será el órgano de comunicación de la

Asociación y llevará el inventario de los bienes de la misma y todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 24.- El Secretario de Actas, tendrá a su cargo los libros de

actas de sesiones que celebre la Asamblea General, la Junta Directiva;

extender la certifi caciones que se soliciten a la Asociación y todo lo

demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 25.- El Tesorero será el depositario de los fondos y bienes

de la Asociación y llevará los libros de contabilidad o las cuentas de

la misma. Se encargará además, de que se hagan efectivos los créditos

a favor de la Asociación y dará cuenta a la Junta Directiva en cada

sesión del estado económico; hará los pagos de las obligaciones de la

Asociación, en todo caso serán autorizados los pagos por el secretario

y con el visto bueno del presidente de la Asociación. Todos los fondos

serán depositados en una institución bancaria o crediticia, para la

cual se abrirá una cuenta a nombre de la Asociación y se registrarán

las fi rmas del Tesorero, el Presidente y el Síndico de la Asociación; se

requerirán para todo retiro de fondos de la concurrencia de las fi rmas de

los expresados directivos, una vez sea aprobado por la misma directiva

y todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación .

Art. 26.- El Pro-Tesorero tendrá las mismas funciones del Tesorero,

colaborará y lo sustituirá en caso de ausencia o impedimento de éste y

todo lo demás que le fuere encomendado por la Asociación.

Art. 27.- El Síndico tendrá la responsabilidad judicial y extrajudicial

de la Asociación, puede otorgar y revocar poderes judiciales o admi-

nistrativos y necesitará de la autorización previa de la Junta Directiva

para ejercerla en cada caso. A falta del síndico fungirán los Vocales por

su orden respectivamente autorizados en sesión de Junta Directiva.

De entre los Vocales de la Asociación, el Síndico elegirá un comité

de vigilancia formado por tres miembros que tendrán acceso a todas

las gestiones, operaciones, trabajos, libros y demás documentos de la

Asociación, con el objeto de velar porque el patrimonio de la Asociación

sea aplicado en la consecución de sus fi nes.

Art. 28.- El Síndico velará por el estricto cumplimiento de los

presentes Estatutos y demás acuerdos tomados por la Asamblea General

y por la Junta Directiva y todo lo demás que le fuere encomendado por

la Asociación.

Art. 29.- Los Vocales colaborarán con la Junta Directiva, en la

medida que ésta lo considere necesario, en todo caso sustituirán a los

miembros de la Junta Directiva que faltaren y todo lo demás que le

fuere encomendado por la Asociación.

Art. 30.- Los miembros de la Junta Directiva serán electos por

un período de dos años, pudiendo ser reelectos para otro período, si

la Asamblea General así lo decidiere.

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DE LA ASOCIACIÓN

Art. 31.- El Patrimonio de la Asociación estará constituido:

a) Por la contribución que aporten los Asociados activos y que

será de cincuenta centavos de dólar mensuales.

b) Los aportes extraordinarios que provengan de diferentes

fuentes.

c) Los ingresos provenientes de cualquier actividad realizada

para allegar fondos a la Asociación.

d) Sus bienes muebles o inmuebles adquiridos a cualquier título

y las rentas que se obtengan de la administración de los

mismos.

Page 41: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

41DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Los bienes de la Asociación son inalienables o imprescriptibles,

salvo que la Asociación con el voto de las tres cuartas partes de sus

miembros acordare afectarlos.

Art. 32.- De las utilidades obtenidas por la Asociación se aportará

el cinco por ciento para formar un fondo de reserva para incrementar el

capital bancario a nombre de la misma. La Asociación llevará un libro

especial de registro de capital en el que deberá expresarse todo aumento

o disminución del mismo. La Asociación para poder desarrollar sus fi nes

sociales y de obra física siempre que conduzca a operaciones canalizadas

a través de recursos económicos, deberá ser conocida y aprobada por la

Directiva siempre y cuando no exceda de un mil colones, caso contrario

lo aprobará la Asamblea General, específi camente para el acta en que

comparezca el representante de la Asociación.

Art. 33.- Si al fi nal de cada ejercicio administrativo se obtuviera

ganancia, la Junta Directiva propondrá a la Asamblea General los

proyectos a que puedan ser aplicadas tales ganancias, como también el

tiempo y forma de invertir el fondo de reserva.

CAPITULO IX

DISOLUCIÓN DE LA ASOCIACIÓN.

Art. 34.- En caso de disolución, si después de pagadas las obliga-

ciones que tenga la Asociación hubiere un remanente, la Junta Directiva

deberá poner a disposición del Concejo Municipal el remanente que

hubiere quedado después de treinta días pagadas las obligaciones que

tuviere la Asociación, con la condición de ser destinados los fondos

a programas de desarrollo comunal a realizarse preferentemente en la

localidad del domicilio de la Asociación.

Art. 35.- La disolución de la Asociación será acordada en sesión

extraordinaria de Asamblea General, mediante acuerdo de las dos terceras

partes de la Asociación, por los motivos que la Ordenanza Reguladora

de la Asociaciones Comunales y demás disposiciones aplicables esta-

blezcan.

CAPITULO X

DISPOSICIONES GENERALES.

Art. 36.- La Junta Directiva tiene la obligación de enviar al Concejo

Municipal en los primeros quince días posteriores a la elección la nómina

de la nueva Junta Directiva, en todo caso proporcionar al expresado Con-

cejo, cualquier dato que se le pidiere relativo a la Asociación. También

informará en la forma expresada en el inciso anterior, las sustituciones

de los miembros de la Junta Directiva cuando sean en forma defi nitiva.

Dentro de los treinta días posteriores a la elección de la nueva Junta

Directiva, deberá enviar al expresado Concejo su plan de actividades.

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

CERTIFICA: Que en el libro de Actas y Acuerdos Municipales

que esta Alcaldía lleva durante el presente año, se encuentra la que

literalmente dice:

ACTA NÚMERO DIECISEIS.- Sesión Ordinaria celebrada por el

Concejo Municipal de El Porvenir, Departamento de Santa Ana, a las

nueve horas del día treinta de Agosto de dos mil siete. La preside previa

convocatoria de Ley el señor Alcalde Municipal don Guillermo Augusto

Viscarra Calderón, con la asistencia del señor Síndico Municipal don

Jorge Alberto Albeño, Regidores Propietarios del Primero al Cuarto

respectivamente señores Roberto Navas Castro, Señorita Nury Haydee

Colocho Ruiz, Bertin Zúniga y don Manuel de Jesús Vargas Morán,

Regidores Suplentes del primero al cuarto respectivamente señora Lesvia

Arely Salas de Chomo, Julio Humberto Cruz, Roberto Antonio Lemus,

y don Marcos Guillén Aguilar, Secretario de actuaciones el que suscribe

Julio César Pérez. El señor Alcalde declaró abierta la sesión con la lectura

del acta anterior la cual fue aprobada sin observaciones, a continuación

El Concejo después de deliberar emite los siguientes acuerdos.

ACUERDO NÚMERO SEIS.- Vistos los Estatutos de la Asociación

de Desarrollo Comunal La Arenera del Cantón San Cristóbal de esta

jurisdicción que se podrá Abreviar ADESCOLA, y no encontrando en

ellos ninguna disposición contraria a las Leyes de la República, al orden

público, ni a las buenas costumbres que de conformidad al Artículo 119

del Código Municipal, Este Concejo acuerda, aprobar los Estatutos en

todas sus partes, autorizar la inscripción de los mismos en el Registro

de Inscripciones de Asociaciones que lleva esta Alcaldía y concédese

la personería Jurídica. Y no habiendo más que hacer constar se da por

terminada la presente que fi rmamos. G.A. Viscarra,// J.A.A.beño,//

R.N.Castro,/// N.H. Colocho R./// B.Zúniga,/// M.J. Vargas M. /// J.C.

Pérez,///Srio.- RUBRICADAS.- ES CONFORME SU ORIGINAL Y

CON LA CUAL SE CONFRONTO.

Y para los efectos legales consiguientes se expide la presente en la

Alcaldía Municipal de El Porvenir, a los treinta días del mes de Agosto

de dos mil siete.

GUILLERMO AUGUSTO VISCARRA CALDERON,

ALCALDE MUNICIPAL.

JULIO CESAR PEREZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

(Registro No. F019607)

Page 42: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

42 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SECCION CARTELES OFICIALESDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas con cuarenta y

un minutos del día siete de agosto de dos mil siete; se ha declarado here-

dero defi nitivo ab-intestato con benefi cio de inventario al señor SANTOS

BELISARIO RAMIRES o SANTOS BELISARIO RAMIREZ, en su

calidad de cónyuge sobreviviente de la causante MARIA VELARMINA

LOPEZ o MARIA BELARMINA LOPEZ o MARIA BELARMINA

LOPEZ DE RAMIRES o MARIA VELARMINA LOPEZ DE RA-

MIRES, fallecida a las dieciséis horas del día ocho de octubre del año

dos mil uno, en el Cantón La Hachadura, jurisdicción de San Francisco

Menéndez, su último domicilio; y se ha conferido defi nitivamente al

heredero declarado la administración y representación de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, las once horas dos minutos del día

treinta y uno de agosto del año dos mil siete. Dr. JULIO CESAR FLO-

RES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON,

SECRETARIO.

Of. 1 v. No. 996

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE DELGADO.

AVISA: Que por resolución de las diez horas y cincuenta y cinco

minutos del día dieciséis de agosto del presente año, se ha declarado

HEREDERO DEFINITIVO con benefi cio de inventario de la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante señor JOSE AVALOS,

quien fue de ochenta y tres años de edad, soltero, Jornalero, fallecido el

día veintinueve de septiembre del año dos mil uno, siendo esta Ciudad

el lugar de su último domicilio, de parte de la señora CATALINA DEL

CARMEN GOMEZ AVALOS, en calidad de hija del causante y MAR-

CELINA GOMEZ como Cesionaria de los derechos Hereditarios que

les correspondían a los señores ISRAEL GOMEZ AVALOS Y JOSE

FRANCISCO GOMEZ AVALOS como hijos del causante, representados

por la Licenciada LUZ DE MARIA ARABIA TENORIO. Confi riéndosele

a las aceptantes la administración y representación defi nitiva de la suce-

sión.

Lo que hago del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL DE DELGADO, a las once horas y

cinco minutos del día dieciséis de agosto del año dos mil siete. Licda.

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL

DE DELGADO. Licda. SANTOS ELIZABETH QUITEÑO ARIAS,

SECRETARIA.

Of. 1 v. No. 997

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

DOCTOR DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado proveída a las quince horas del día doce de agosto del dos mil cuatro, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor OSMIN ULISES ROMERO PORTILLO, quien fue de diecinueve años de edad, soltero, agricultor en pequeño, originario de Nueva Concepción, departamento de Chalatenango, hijo de Rafael Antonio Portillo y Paula Romero, falleció a las diecisiete horas con diez minutos del día dieciocho de abril de mil novecientos noventa y dos, en el Barrio El Rosario, Nueva Concepción de este departamento, lugar de su último domicilio, por parte del menor MARVIN EDENILSON ROMERO AGUILAR, en concepto de hijo del causante, representado por su madre Sara Hilda Aguilar.

Confi érese al aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones legales que les corres-ponden a los curadores de la herencia yacente. Fíjense y publíquense los edictos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de la ciudad de Tejutla, departamento de Chalatenango, a los dieciséis días de julio del dos mil siete. DR. DANILO ANTONIO VELADO, JUEZ DE PRIMERA INS-TANCIA.- LICDA. ERLINDA GUADALUPE GUERRERO, SECRE-TARIA.

Of. 3 v. alt. No. 985-2

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMEA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, Al público,

HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal, a las catorce horas y diez minutos del día diez de Septiembre del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante JOSE ELIAS ABREGO, quien falleció a las diecinueve horas del día veintiuno de Abril del año dos mil seis, en el parqueo de Emergencias del Hospital Nacional de la ciudad de Chalatenango, siendo su último domicilio la ciudad de Dulce Nombre de María, departamento de Chalatenango; de parte de la señora TIODOLINDA ABREGO PORTILLO, en su calidad de madre sobreviviente del causante en mención, Habiéndosele

Page 43: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

43DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

conferido a la aceptante en el concepto antes indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término de quince días se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete. LIC. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 986-2

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las diez horas y cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresa-mente y con benefi cio de inventario por parte de la señora MARTA DORA ALVARADO por medio del Licenciado RAFAEL ANTONIO LOPEZ DAVILA, en su calidad de Agente Auxiliar del Procurador General de la República, la Herencia Intestada dejada a su defunción por el causante señor INOCENTE RAMIREZ AQUINO, quien falleció a las doce horas del día veintisiete de diciembre del año dos mil tres, en el Cantón Las Delicias de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio, en concepto de Conviviente Sobreviviente del causante. Confi riéndosele a la aceptante en el concepto indicado la administración y representación interina de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las diez horas cuarenta minutos del día cinco de junio del año dos mil siete. LIC. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- LIC. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRE-TARIO.

Of. 3 v. alt. No. 987-2

TITULO SUPLETORIO

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que en este Juzgado, se ha presentado el Licencia-

do CESAR HUMBERTO ZAMORA, de treinta y siete, años de edad,

Abogado, de los domicilios de Aguilares y de esta ciudad, actuando

en su carácter de Procurador Auxiliar y en representación de la señora

LUISA FILOMENA ESCOBAR, de sesenta y un años de edad, Ama

de casa, del domicilio de Concepción Quezaltepeque, solicitando a

nombre de su poderdante TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de

naturaleza rústica, situado en el Cantón Llano Grande del Municipio

de Concepción Quezaltepeque de este Departamento, con una exten-

sión superfi cial de OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS

CUADRADOS APROXIMADAMENTE, el terreno expresado tiene

la descripción siguiente: AL ORIENTE, mide cuatro metros sesenta

centímetros, colinda con Domingo Antonio Peraza, calle pública de

por medio, AL NORTE, mide noventa y dos metros ochenta y cinco

centímetros y colinda con Francisca Antonia Peraza, Manuel Vicente

Zamora, cerco de piedra medianero y pared de adobe medianero, AL

PONIENTE, mide cuatro metros treinta y cinco centímetros y colinda

con José Antonio Landaverde, cerco de piedra medianero, AL SUR,

mide noventa y dos metros, colinda con Dimas Landaverde.

Este inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas reales

que deben respetarse por no tenerlo en proindivisión con ninguna per-

sona y lo valora en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

quince horas y veinte minutos del día diez de Setiembre del dos mil

siete. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- LIC. DANIEL ERNESTO LOPEZ DURAN.

SECRETARIO.

Of. 3 v. alt. No. 988-2

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil, de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que este día, se ha tenido por aceptada expre-

samente y con Benefi cio de Inventario, la Herencia Intestada que a su

defunción dejó el causante JOSE ANTONIO PEREZ, quien falleció el día

veintiséis de febrero de dos mil seis, en el Cantón El Espino Arriba de esta

jurisdicción, su último domicilio, por parte de la señora ALEJANDRA

DE JESUS HERNANDEZ DE PEREZ, conocida por ALEJANDRA

DE JESUS HERNANDEZ, en concepto de cónyuge sobreviviente del

causante. Nómbrase a la aceptante, Interinamente, Administradora y

Representante de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la Herencia de que se trata, para que en el término de Ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.-

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 5 de septiembre de

2007.-DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.- JORGE

ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

Of. 3v. alt. No. 979-3

Page 44: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

44 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SECCION CARTELES PAGADOSDE PRIMERA PUBLICACIÓN

DECLARATORIA DE HERENCIA

OSCAR ERNESTO ARGUETA ALVARENGA, Notario, de este domi-

cilio, con ofi cinas situadas en Pasaje Italia, número quince, sobre Calle a

San Antonio Abad, de esta ciudad; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución proveída a las ocho horas

de este mismo día, el suscrito Notario declaré Heredera Defi nitiva con

Benefi cio de Inventario a la señora TERESA DE JESÚS ASCENCIO

CORNEJO, de cuarenta y un años de edad, ama de casa, del domicilio

de la ciudad y departamento de San Miguel; y la nominada a través de

su Apoderada General Judicial con Cláusula Especial Licenciada ROSA

AMELIA ARGUETA PORTILLO, ha aceptado en su concepto de hija

sobreviviente en la Sucesión Intestada del causante JUAN CORNEJO,

quien a la fecha de su defunción era de sesenta y seis años de edad, jor-

nalero, soltero, originario de la ciudad y departamento de San Miguel,

su último domicilio, habiendo fallecido en esa ciudad, el día veintidós

de abril de mil novecientos noventa y siete; confi riéndole a la aceptante a

través de su mencionada Apoderada, la Representación y Administración

Defi nitiva de la Sucesión, con las restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.-

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil siete.

Lic. OSCAR ERNESTO ARGUETA ALVARENGA,

NOTARIO.

1 v. No. C012797

LICENCIADO CESAR AUGUSTO MERINO, Notario, del domicilio

de San Salvador, con Ofi cina en Primera Avenida Norte y Diecinueve

Calle Poniente, Edifi cio Niza, local número doscientos dieciocho, San

Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las nueve horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil siete, se

ha declarado heredero defi nitivo ab-intestato, con benefi cio de inven-

tario, del señor JOSÉ ISIDRO GÓMEZ, quien falleció el día siete de

junio de dos mil, en la ciudad de San Ildefonso, departamento de San

Vicente, siendo dicha ciudad su último domicilio, a la señora MARIA

DEL CARMEN HERNÁNDEZ, como cesionaria de los derechos here-

ditarios que le correspondían a los señores MARTHA DEL CARMEN

HERNÁNDEZ GÓMEZ, MERCEDES ISABEL GÓMEZ HERNÁNDEZ

y MARIA EULOGIA GÓMEZ, las primeras dos hijas del causante y

la tercera madre del causante; y se le confi rió al heredero declarado, la

administración y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en las ofi cinas del Notario Licenciado CESAR AUGUS-

TO MERINO, a las ocho horas quince minutos del día veinticinco de

septiembre de dos mil siete.

Lic. CESAR AUGUSTO MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. C012802

LICENCIADO CESAR AUGUSTO MERINO, Notario, del domicilio

de San Salvador, con Ofi cina en Primera Avenida Norte y Diecinueve

Calle Poniente, Edifi cio Niza, local número doscientos dieciocho, San

Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las diez horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil siete, se ha

declarado heredero defi nitivo ab-intestato, con benefi cio de inventario,

del señor ILDEFONSO MANUEL MARAVILLA MARÍN conocido

por ILDEFONSO MANUEL MARAVILLA, quien falleció el día ocho

de julio de dos mil siete, en la ciudad de San Ildefonso, departamento

de San Vicente, siendo dicha ciudad su último, a los señores FLOR

DE MARIA GUZMÁN DE MARAVILLA hoy VIUDA DE MARAVI-

LLA, CLAUDIA MARGARITA MARAVILLA DE COTO, CELINA

ARACELY MARAVILLA DE AGUILAR, MANUEL ILDEFONSO

MARAVILLA GUZMÁN, SANDRA NOHEMI MARAVILLA DE

GÓMEZ, GERTRUDIS ISABEL MARAVILLA GUZMÁN, la prime-

ra en concepto de cónyuge sobreviviente y los últimos como hijos del

causante, y además como cesionario de los derechos hereditarios que

le correspondían a la señora Felipa Marín, en concepto de madre del

causante; y se le confi rió a los herederos declarados, la administración

y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en las ofi cinas del Notario Licenciado CESAR AUGUSTO

MERINO, a las ocho horas del día veinticinco de septiembre de dos mil

siete.

Lic. CESAR AUGUSTO MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. C012803

LICENCIADO CESAR AUGUSTO MERINO, Notario, del domicilio

de San Salvador, con Ofi cina en Primera Avenida Norte y Diecinueve

Calle Poniente, Edifi cio Niza, local número doscientos dieciocho, San

Salvador,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las doce horas del día veinticuatro de septiembre de dos mil siete, se ha

declarado heredero defi nitivo ab-intestato, con benefi cio de inventario,

Page 45: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

45DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

del señor JUAN ANTONIO GARCÍA MIRANDA, quien falleció el día

diecinueve de septiembre de dos mil seis, en la ciudad de Rosario de Mora,

departamento de San Salvador, siendo dicha ciudad su último domicilio,

a los señores JUAN ANTONIO GARCÍA MIRANDA, de parte de los

señores ALFREDO GARCÍA SIBRIAN e YSABEL MIRANDA DE

GARCÍA conocida por ISABEL MIRANDA, en su concepto de padres

del causante; y se les confi rió a los herederos declarados la administración

y representación defi nitiva de la sucesión.

Librado en las ofi cinas del Notario Licenciado CESAR AUGUSTO

MERINO, a las ocho treinta minutos del día veinticinco de septiembre

de dos mil siete.

Lic. CESAR AUGUSTO MERINO,

NOTARIO.

1 v. No. C012804

JOSÉ CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS, Notario, de

este domicilio,

HACE SABER: I) Que a su despacho notarial, situado en la Trece

Calle Poniente, número Cuarenta y uno cero nueve, y Sesenta y nueve

Avenida Norte, Colonia Escalón, de esta ciudad, se presentó la señora

THELMA ELENA BASIL MEJIA DE ALTAMIRANO, actuando en su

carácter personal, aceptando expresamente y con benefi cio de inventario,

la herencia testamentaria que a su defunción dejó la señora MARIA DE

LAS MERCEDES MADRIZ DE VIERA ALTAMIRANO, conocida por

MERCEDES DE ALTAMIRANO, quien a la fecha de su fallecimiento fue

de cien años de edad, dedicada a las atenciones del hogar, del domicilio de

la ciudad y Departamento de San Salvador, quien falleció en esta ciudad,

su último domicilio, el día seis de octubre de dos mil seis. II) Que por

resolución dictada en la ciudad de San Salvador a las nueve horas del día

catorce de septiembre de este año, ha sido declarada heredera defi nitiva

con benefi cio de inventario, de la herencia que la causante relacionada

dejara a su defunción, a la señora THELMA ELENA BASIL MEJIA DE

ALTAMIRANO, en concepto de Heredera Universal Testamentaria de la

mencionada causante. III) Que se ha conferido a la heredera declarada

la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

Lo que hace saber al público para los efectos de la ley.

San Salvador, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil

siete.

Lic. JOSÉ CARLOS MAXIMILIANO MOJICA BURGOS,

NOTARIO.

1 v. No. C012813

FRANCISCO ELISEO MORAN ORELLANA, Notario, de este do-

micilio, con Ofi cina situada en Primera Avenida Sur y Primera Calle

Oriente Edifi cio V-G segunda planta local número dos en la ciudad de

Santa Ana, al PUBLICO, para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución que proveída por el Suscrito

Notario en la ciudad de Santa Ana, a las siete horas del día diecisiete de

septiembre de dos mil siete, se ha declarado heredera defi nitiva a la So-

ciedad CECORTA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse CECORTA, S.A. DE C.V., del derecho hereditario

que le correspondía a los señores MARIA OCTAVIA RIVAS VIUDA

DE RAMOS o MARIA BARTON, NARCISA LÓPEZ DE RAMOS,

TERESA DE JESÚS RAMOS DE PACHECO, HERMELICIA DE LOS

ÁNGELES RAMOS LÓPEZ, YANETH HERCILIA RAMOS LÓPEZ,

MARIA GUADALUPE RAMOS LÓPEZ, JUAN FRANCISCO RA-

MOS LÓPEZ, HÉCTOR ROLANDO RAMOS LÓPEZ y MANUEL

WILFREDO RAMOS LÓPEZ, en sus calidades de madre, esposa e

hijos del causante, en la herencia intestada que a su defunción dejara el

causante MANUEL ANTONIO RAMOS BARTON, quien fuera mayor

de edad, casado, Albañil, su último domicilio la ciudad de Santa Ana,

departamento de Santa Ana, por lo que se ha conferido a la heredera

cesionaria defi nitivamente la administración y representación de la

sucesión.

Lo que AVISA al público para los efectos de Ley.

Librado en la ciudad de Santa Ana, el día diecisiete de septiembre

de dos mil siete.

Lic. FRANCISCO ELISEO MORAN ORELLANA,NOTARIO.

1 v. No. C012825

JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

AVISA: Al público para los efectos de ley que por resolución de

este Juzgado de las nueve horas y quince minutos del día catorce de

septiembre del dos mil siete. Se ha DECLARADO HEREDERA con

benefi cio de inventario de la herencia Intestada que a su defunción dejó

el causante señor MIGUEL DAURA BAJIL conocido que fue por MI-

GUEL DAURA RALLE y MIGUEL DAURA, quien fue de setenta y

ocho años de edad, Empleado, falleció en esta ciudad, siendo la misma

su último domicilio, el día quince de enero de dos mil cuatro, a la señora

SOLEDAD DE MARIA MIJANGO DE DAURA, en calidad de Cónyuge

y cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondían a los

señores MIGUEL ERNESTO DAURA MIJANGO, JAIME RICARDO

DAURA conocido por JAIME DAURA, VIOLETA JANINA DAURA

MIJANGO conocida por VIOLETA JANINNA DOWNING e ISABEL

AMINE DAURA MIJANGO; éstos en su calidad de hijos del referido

causante arriba mencionados. Y SE HA CONFERIDO a la heredera de-

clarada la administración y representación defi nitivas de la sucesión.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las once horas treinta minutos del día diecisiete de sep-

tiembre de dos mil siete.- Lic. JOSÉ MARIA ESTRADA ÁLVAREZ,

JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES

CÁCERES DE ALAS, SECRETARIA.

1 v. No. F019513

Page 46: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

46 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

AVISA: Que por resolución de las once horas y cuarenta y cinco

minutos del día cuatro de septiembre de dos mil siete, se ha declarado

heredera defi nitiva con benefi cio de inventario de la herencia intestada

que a su defunción dejó la señora JOSEFINA PORTILLO PINEDA

conocida por JOSEFINA PORTILLO DE CENTENO y por JOSEFINA

PORTILLO, quien falleció a las catorce horas del día catorce de enero de

mil novecientos noventa y cinco, en el Cantón San José, jurisdicción de

Quelepa, Departamento de San Miguel, lugar de su último domicilio, a

la señora MERCEDES CENTENO PORTILLO conocida por MERCE-

DES CENTENO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio

de Quelepa, departamento de San Miguel, con Documento Único de

Identidad número cero cuatro millones sesenta y tres mil setecientos

cincuenta y dos-cero, como hija de la causante y además como cesionaria

de los derechos hereditarios que le correspondía en la sucesión a la señora

ANGEL MARIA CENTENO PORTILLO, conocida por ANGEL MARIA

CENTENO, como hija de la causante; y se ha conferido a la heredera

declarada en el carácter indicado la administración y representación

defi nitiva de la sucesión.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Mi-

guel, a las once horas cincuenta minutos del día cuatro de septiembre de

dos mil siete. Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. Lic. JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

1 v. No. F019514

ROXANA QUIJADA HERNANDEZ, Notario, de este domicilio, con

Ofi cina Notarial ubicada en Urbanización Florida pasaje Las Palmeras,

número ciento treinta y uno, Edifi cio G+H, local dos, San Salvador;

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída

a las quince horas del día quince de Agosto del año dos mil siete, se ha

declarado al señor JOSE SEBASTIAN SEGOVIA GUTIERREZ, en su

concepto de hijos sobrevivientes del de Cujus, Herederos Defi nitivos con

Benefi cio de Inventario de la Herencia Intestada, de los bienes que a su

defunción dejó en la ciudad de Concepción Batres, Departamento de

Usulután, el día veintitrés de octubre del año dos mil dos, dejó la señora

MARIA EVELIA GUTIERREZ DE SEGOVIA, habiéndoles concedido

la Representación y Administración Defi nitiva de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

San Salvador, a los quince días del mes de agosto de dos mil

siete.

Lic. ROXANA QUIJADA HERNANDEZ,

Notario.

1 v. No. F019519

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída por este Tribunal a las diez

horas quince minutos del día dieciocho de septiembre del presente año,

se han declarado herederas defi nitivas Ab-Intestato con benefi cio de

inventario de la herencia intestada que a su defunción dejó la señora

ADELA GONZALEZ VIUDA DE ORANTES, fallecida a las diecio-

cho horas del día diecinueve de mayo del corriente año, en esta ciudad,

siendo la ciudad de Acajutla su último domicilio, a las señoras LILIAN

GONZALEZ VIUDA DE LOPEZ y MARIA ESTELA GONZALEZ DE

URRUTIA, en su carácter de hijas de la expresada causante; por lo que se

les ha conferido a dichas aceptantes la administración y representación

defi nitiva de la indicada sucesión.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Acajutla, a las diez horas

treinta minutos del día dieciocho de septiembre del dos mil siete. Lic.

MELIDA DEL TRANSITO GONZALEZ ORELLANA, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA. Lic. ELSA CORALIA RAMIREZ LEIVA,

SECRETARIO.

1 v. No. F019529

JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

AVISA: Que por resolución de las once horas y treinta minutos

del día de hoy, se ha declarado heredero defi nitivo con benefi cio de

inventario de la herencia intestada, que a su defunción dejó el señor

MARGARITO HERNANDEZ VASQUEZ, quien falleció a las dieciocho

horas del día doce de noviembre del año dos mil seis, en el Cantón El

Volcán Jurisdicción de San Miguel, siendo esta ciudad de San Miguel

el lugar de su último domicilio; de parte de TAMARA HERNANDEZ

CASTELLON, de veinte años de edad, estudiante, del domicilio, de la

ciudad de San Miguel; con Documento Único de Identidad número cero

Page 47: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

47DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

tres millones cuatrocientos cuarenta y un mil seiscientos noventa y siete

guión cuatro; como hija del Causante.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.-

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Miguel, a las once

horas y cuarenta minutos del día veintinueve de Agosto de dos mil siete.-

Dr. JUAN RAMON MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Lic.

JOSE ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETARIO.

1 v. No. F. 019543

LICENCIADO DANIEL ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución emitida por este Tribunal, a las doce

horas y quince minutos del día dieciséis de Agosto del año dos mil

siete; se ha declarado heredera defi nitiva, abintestato, con benefi cio de

inventario, de los bienes dejados a su defunción por el señor DOMINGO

CORTEZ ORANTES conocido por DOMINGO CORTEZ, quien falleció

el día tres de Septiembre de dos mil seis, en el Barrio El Rosario de

San Miguel Tepezontes, de este Distrito Judicial, siendo éste su último

domicilio, a consecuencia de NEUMONIA; a la señora MARIA INES

RIVAS, en el concepto de CESIONARIA DE LOS DERECHOS, que

le correspondían a los señores PEDRO, ISABEL, MARIA PAULA y

LIDIA DEL CARMEN, TODOS DE APELLIDOS RIVAS CORTEZ,

hijos del causante.

Habiéndole conferido a la aceptante, la administración y represen-

tación defi nitiva de la sucesión.

Lo que se avisa al público, para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de San Pedro Masahuat,

a los dieciséis días del mes de Agosto de dos mil siete. Lic. DANIEL

ORTIZ MARTINEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. MARIA

ELENA ARIAS LOPEZ, SECRETARIO.

1 v. No. F019545

TITO LOPEZ ESCOBAR, Notario, de este domicilio, con ofi cina en Calle al Lago Barrio El Tránsito de San Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las once horas del día siete de julio actual, se ha declarado HEREDERA

DEFINITIVA ABINTESTATO, con benefi cio de inventario, del señor

JUAN CORTEZ ESCOBAR, conocido por JUAN CORTEZ, quien

falleció a las once horas del día diecisiete de marzo de mil novecientos

noventa y cinco, en el Cantón La Esperanza jurisdicción de San Juan

Tepezontes, siendo su último domicilio la Villa de San Juan Tepezontes,

a la señora JUANA GUATEMALA DE CORTEZ, como cónyuge, en

su concepto de heredera y cesionaria de los derechos hereditarios de

los señores Rosa Elena Cortez de Lovo, José Rodil Cortez Guatemala,

Idalia de Jesús Cortez de Martínez, Isabel Amanda Cortez de Martínez,

Ana Gloria Cortez de González y Abelardo Cortez Guatemala, hijos del

causante, y se le confi rió a la Heredera Declarada, la Administración y

Representación Defi nitiva de la Sucesión.

Librado en la ofi cina del Notario TITO LOPEZ ESCOBAR: San

Miguel Tepezontes, Departamento de La Paz, a los ocho días del mes

de julio de dos mil siete.

TITO LOPEZ ESCOBAR,

NOTARIO.

1 v. No. F019548

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para

los efectos legales,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado HAN SIDO

DECLARADOS HEREDEROS ABINTESTATO y con benefi cio

de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el

día veinticuatro de febrero del presente año, en el cantón Solimán de

Coatepeque, lugar de su último domicilio dejó el señor GERTRUDIS

RECINOS conocido por GERTRUDIS RECINOS RECINOS a RUTH

NOEMI RECINOS MOZA, JOSE RENE RECINOS MOZA, BLANCA

ESTELA RECINOS MOZA y a los menores GERTRUDIS, CECILIA

ARACELI y MIGUEL ANGEL los tres de apellidos RECINOS MOZA,

hijos del causante, confi riéndoseles DEFINITIVAMENTE la administra-

ción y representación de la mortual expresada, a los referidos menores

por medio de su madre y representante legal señora FABIANA MOZA

ELIZONDO.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las doce

horas cuarenta y cinco minutos del día veinte de septiembre del año

dos mil siete.- Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ

TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS

DE GARCIA, SECRETARIO.

1 v. No. F019551

Page 48: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

48 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los efectos legales,

AVISA: Que por resolución proveída por este Juzgado, HA SIDO DECLARADO HEREDERO abintestato y con benefi cio de inventario de la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día doce de agosto del año dos mil, en el Cantón Primavera de esta jurisdicción, lugar de su último domicilio dejó el señor MARCOS LINARES VEGA, A CAR-LOS ISMAEL LINARES CORTEZ, hijo del causante, confi riéndosele DEFINITIVAMENTE la administración y representación de la mortual expresada.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil siete. Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA, SECRETARIO.

1 v. No. F019552

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las catorce horas con veinte minutos del día once de Junio de dos mil siete, se ha declarado HEREDERA DEFINITIVA con benefi cio de inventario en la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida en esta ciudad, su último domicilio, el día veintiséis de Septiembre del año mil novecientos noventa y nueve, dejó el señor JOSE RANDOLFO ROMERO; a la señora MARIA DEL ROSARIO ROMERO ZELAYA, conocida por ROSARIO ROMERO, en calidad de madre sobreviviente del causante.- Se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las doce horas y veinte minutos del día trece de Julio de dos mil siete. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

1 v. No. F019555

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO, Notaria, de este domici-lio, con ofi cina ubicada en Avenida España, y treinta y una Calle Poniente, número mil setecientos nueve, Barrio San Miguelito, San Salvador,

HACE SABER: Que de conformidad con la Ley del Ejercicio No-tarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, por resolución proveída por la suscrita Notaria a las nueve horas del día trece de julio del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que a su defunción ocurrida en la ciudad de San Salvador, el día seis de mayo del dos mil dos, dejó el señor HECTOR VEGA DUARTE conocido por HECTOR DUARTE

VEGA, de parte del señor OSCAR AUGUSTO VEGA FIGUEROA, en concepto de hijo sobreviviente del causante, habiéndosele conferido la ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN DEFINITIVA de la Su-cesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el despacho profesional de la suscrita notaria, San Salvador, a los catorce días del mes de julio del año dos mil siete.

VENILDA CONCEPCION PEREZ PORTILLO,

NOTARIA.

1 v. No. F019569

ANA DOLORES MUÑOZ FLORES, Notario de este domicilio, con despacho notarial ubicado en Quinta Calle Oriente No. seis-A. Barrio El Santuario, frente a Caja de Crédito de esta ciudad de San Vicente,

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita notario, proveída a las nueve horas del día doce de septiembre del año dos mil cinco, se ha declarado a la señora MARIA SARA CAMPOS VASQUEZ, HEREDERA DEFINITIVA Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO DE LA HERENCIA INTESTADA, que a su defunción dejara el señor JUSTO CACERES, en su calidad de cesionaria de los derechos here-ditarios que le correspondían en dicha sucesión a los señores JUAN JOSE CACERES, PEDRO ANTONIO CACERES TORRES, MARIA ISABEL CACERES DE HERNÁNDEZ e IRMA CRISTELA CAMPOS CACERES, en concepto de hijos sobrevivientes; Habiéndole concedido LA REPRESENTACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEFINITIVA de la referida sucesión.

Por lo que se avisa al público para los efectos de ley.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil siete.

Licda. ANA DOLORES MUÑOZ FLORES,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F019573

HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE CHALCHUAPA.-

AVISA: Que por resolución proveída por este tribunal, a las ocho horas quince minutos del día quince de marzo de dos mil siete.- Se han DECLARADO HEREDEROS DEFINITIVOS ABINTESTATO, con benefi cio de inventario, a los señores ROSA EMILDA RODRIGUEZ y ROBIN BLADIMIR RODRIGUEZ, en su concepto de hijos de la

Page 49: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

49DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

causante TERESA DE JESUS RODRIGUEZ SIGÜENZA, quien fue de setenta y dos años de edad, soltera, de ofi cios domésticos, fallecida a las diecinueve horas del día tres de noviembre de dos mil cinco, en el Hospital Nacional San Juan de Dios de Santa Ana, siendo su último domicilio la ciudad de Chalchuapa; a quienes se les ha conferido la administración y representación DEFINITIVA de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Chalchuapa, a las ocho horas seis minutos del día diecinueve de marzo de dos mil siete. Lic. HENRY EDMUNDO MACALL ZOMETA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. SILVIA MARLENE SIERRA FLORES, SECRETARIO INTERINO.

1 v. No. F019576

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las doce horas veinticuatro minu-tos de este día, se ha DECLARADO HEREDERA DIFINITIVA, con benefi cio de inventario, a la señora ANA LILIAN ESCALANTE DE OLMEDO o ANA LILIAN OLMEDO, de la sucesión testamentaria que a su defunción dejó el causante AGUSTIN RAMOS, quien fue de noventa y cuatro años de edad, Hojalatero, soltero, habiendo fallecido en el Hospital San Juan de Dios de esta ciudad, a las veintiuna horas treinta, minutos del día veinticinco de enero del corriente año, siendo el Barrio San Antonio de esta ciudad, el lugar de su último domicilio.-

La señora ANA LILIAN ESCALANTE DE OLMEDO o ANA LILIAN OLMEDO, es única y universal heredera instituida por el de cujus; según Testamento otorgado en esta ciudad a las ocho horas diez minutos del día siete de agosto de mil novecientos noventa y uno; ante los Ofi cios notariales del doctor CARLOS PEÑATE HERNANDEZ; y en ese carácter se le confi ere la administración y representación defi nitiva de la sucesión.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa Ana, a las doce horas veintinueve minutos del día veintidós de agosto de dos mil siete. Dr. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL. Br. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

1 v. No. F019582

LICENCIADO ROBERTO RICARDO RIVAS LIMA, JUEZ DE PRI-MERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que por resolución proveída a las once horas y diez minu-tos de este día, se han declarado herederos abintestato con benefi cio de

inventario de la causante señora SOFIA DE JESUS GARCIA conocida

por JESUS COREA CRUZ, quien falleció el día siete de octubre del

año dos mil seis, a la edad de setenta y un años, siendo en esta ciudad su

último domicilio, a señora MIRIAN NOEMI COREA, en calidad de hija

de la causante.-Confi éresele a la heredera declarada , la administración

y representación defi nitiva de la indicada sucesión.

Lo que se avisa al público, para efectos de ley.-

Juzgado de Primera Instancia: Izalco, a los veintinueve días del

mes de julio del año dos mil siete. Lic. ROBERTO RICARDO RIVAS

LIMA, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SARA ALBERTINA

VILLEDA, SECRETARIO.

1 v. No. F019587

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-

RA INSTANCIA; DE SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZAN.-

AVISA: Que por resolución pronunciada en este Juzgado a las

once horas y cuarenta minutos, de este día, se ha DECLARADO HE-

REDERO DIFINITIVO, y con benefi cio de inventario al señor UBEN-

CESLAO GUEVARA; conocido por WENCESLAO GUEVARA, de

setenta y nueve años de edad, jornalero, del domicilio de San Francisco

Gotera, departamento de Morazán; con Documento Único de Identidad

número cero cero ochocientos ochenta mil trescientos noventa y cuatro;

la herencia que en forma intestada dejó la señora BIBIANA GOMEZ

DE GUEVARA, quien fue de sesenta y un años de edad, de Ofi cios

Domésticos, casada, Salvadoreña, originaria de Osicala, departamento

de Morazán; hija de la señora BIBIANA GOMEZ; quien falleció a las

cuatro horas, del día veintiuno de junio de mil novecientos noventa y

dos, en el Barrio El Centro, de esta ciudad; siendo este lugar su último

domicilio; en concepto de cónyuge sobreviviente de la causante, y como

CESIONARIO de los derechos hereditarios que le correspondían a los

señores ZOILA ESPERANZA GUEVARA DE MARTIR, CLAUDIA

VIRGINIA GUEVARA GOMEZ, JOSE ANTONIO GOMEZ, RAMON

WENCESLAO GUEVARA GOMEZ, JOSE JESUS GUEVARA

GOMEZ y PABLO ARISTIDES GUEVARA GOMEZ, hijos de la

referida causante.- Se ha conferido al referido aceptante en la calidad

expresada la administración y representación DIFINITIVA de dicha la

sucesión; con las facultades y restricciones de ley.-

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

catorce horas y cincuenta minutos del día dieciséis de mayo de dos mil

siete. Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª

INSTANCIA. Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZUNIGA,

SECRETARIA.

1 v. No. F019590

Page 50: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

50 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las ocho horas y cinco minutos del día treinta de agosto del corriente año, se ha declarado heredero con benefi cio de inventario, de la heren-cia testamentaria dejada a su defunción por la causante señora LUCIA MARGARITA RIVAS VIUDA DE REGALADO, conocida por LUCIA RIVAS VIUDA DE REGALADO y por LUCIA MARGARITA RIVAS o LUCIA RIVAS, ocurrida el día veintiuno de diciembre de dos mil seis, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, al señor JOAQUIN REGA-LADO RIVAS, en calidad de heredero testamentario de la causante; y se ha conferido al heredero declarado, la administración y la representación defi nitivas de la sucesión.-

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las nueve horas cinco minutos del día once de septiembre de dos mil siete.- LIC. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- BR. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRETARIO.

1 v. No. F019591

ACEPTACION DE HERENCIA

CARLOS ALFREDO ZELAYA, Notario, de este domicilio, con Ofi cina situada en edifi cio DEMSA, Local Número Treinta y uno, Urbanización La Florida, Pasaje Las Palmeras, de esta ciudad. AL PUBLICO, PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito Notario, a las nueve horas del día trece de Agosto de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario, la HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la señora MARIA JULIA ELIAS DE BERNAL, quien falleció a las doce horas veintisie-te minutos del día veintiuno de mayo de dos mil seis, en esta ciudad, siendo su último domicilio la ciudad de Mejicanos y quien fue de se-senta y tres años de edad, de ofi cios domésticos, originaria de Izalco, Departamento de Sonsonate y de nacionalidad salvadoreña, de parte de los señores CEFERINO BERNAL RODRIGUEZ, en concepto de cónyuge de la causante; SONIA IRENE PARRAS ELIAS y JULIO CESAR BERNAL ELIAS, estos dos últimos en concepto de hijos de la causante habiéndoseles conferido a éstos la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINAS de la mencionada Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

LIBRADO en la ciudad de San Salvador, a los quince días del mes de Agosto de dos mil siete.

DR. CARLOS ALFREDO ZELAYA,

ABOGADO Y NOTARIO.

1 v. No. F019502

MELIDA MARGARITA ESCAMILLA CALDERON, Notario, del domi-cilio de Ahuachapán, con ofi cina establecida en Segunda Calle Poniente, Barrio El Centro, Número dos - seis, Ahuachapán. AL PUBLICO:

HACE SABER: Que por resolución de la Suscrita Notario, proveída a las ocho horas del día veintiuno de septiembre de dos mil siete, se ha tenido por Aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la

Herencia Intestada que dejó la causante señora Teodora Valiente, a su defunción ocurrida en el Municipio de Chalchuapa, jurisdicción del De-partamento de Santa Ana, el día seis de mayo del año de mil novecientos ochenta y siete, lugar de su último domicilio, de parte de la señora Ana María Valiente Arévalo, en su calidad de hija y cesionaria de la causan-te; habiéndosele conferido la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se AVISA al público para los efectos de Ley.

Ahuachapán, a los veinticinco días del mes de septiembre de dos mil siete.

LIC. MELIDA MARGARITA ESCAMILLA CALDERON,

NOTARIO.

1 v. No. F019515

SAUL FLORES AGUIRRE, NOTARIO, del domicilio de San Salvador, al público,

HACE SABER: Que por resolución proveída en mi ofi cina notarial, a las diez horas del día veintiuno de septiembre del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora SANTOS ADELIA ALEMAN DUEÑAS, la herencia intestada que a su defunción dejó el causante señor PEDRO RAMOS ALEMAN, quien fue de sesenta y ocho años de edad, soltero, originario de San Pablo Tacachico, departamento de La Libertad, de nacionalidad salvadoreña, cuyo último domicilio fue la ciudad de San Pablo Tacachico, departa-mento de La Libertad, y que falleció a las ocho horas del día veintidós de junio de mil novecientos noventa y nueve, a consecuencia de tumor canceroso, en calidad de hermana del causante, a quien se le ha conferido la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Se cita con quince días de plazo a partir de la tercera publicación a todas aquellas personas que se crean con derecho a la sucesión a mi ofi cina de notario ubicada en Diecinueve Calle Poniente número cuatrocientos cuarenta y cuatro, local uno, Primera Planta, Edifi cio Schmidth Sandoval, San Salvador.

Librado en la ofi cina del notario SAUL FLORES AGUIRRE, en San Salvador, a los veintidós días del mes de septiembre de dos mil siete.

SAUL FLORES AGUIRRE,

NOTARIO.

1 v. No. F019517

ROSA CRISTINA ALAS PANILLA, Notario, de los domicilios de Delgado y esta ciudad, con ofi cina situada en Sexta Avenida Norte, número veintiséis de la Residencial Marsella en Ciudad Delgado; al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas del día dieciocho de septiembre del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria

Page 51: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

51DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

que a su defunción, ocurrida el día treinta de mayo del año dos mil siete, en la ciudad de San Salvador, a consecuencia de shock séptico, cáncer renal terminal e insufi ciencia renal crónica, dejó el señor MAURICIO SERAFÍN PREZA GUERRA o MAURICIO SERAFÍN PREZA, quien fue de sesenta años de edad, Empleado, originario de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, siendo dicha ciudad su último domicilio, quien falleció en la ciudad de San Salvador, el día treinta de mayo del año dos mil siete, de parte del señor MAURICIO ENRIQUE PREZA HÉRCULES, en su concepto de heredero testamentario, habiéndosele conferido la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia se cita por este medio a todos los que se crean con derecho en la mencionada sucesión a que se presenten a mi ofi cina, situada en la dirección antes indicada, dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este edicto, a deducir sus derechos.

Librado en la ciudad de San Salvador, el día veinticuatro de septiembre de dos mil siete.-

ROSA CRISTINA ALAS PANILLA,

NOTARIO.

1 v. No. F019518

EYMAR ERGARY ROSALES MORENO, Notario, de este domicilio, con ofi cina ubicada en Residencial Alturas de Holanda, polígono “i”, número diecisiete, San Salvador;

HACE SABER: Que por resolución de la suscrita Notario, proveída a las diecisiete horas del día diecisiete de septiembre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción ocurrida en esta ciudad el día diecisiete de diciembre de dos mil cinco, dejó el señor LUIS JORGE MURCIA ANAYA de parte de los Señores LUIS RENATO MURCIA VÁSQUEZ, ANA DINORA ELIZABETH MURCIA hoy de SAAVEDRA, PATRICIA MARGARITA MURCIA, hoy de PERALTA; y, LORENA GUADALUPE MURCIA hoy DE ÁNGEL, en su calidad de hijos y herederos testamentarios sobrevivientes nombrados, habiéndoseles conferido la administración y representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. En consecuencia por este medio se cita a todos aquellos que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a la ofi cina antes mencionada, en el término de quince días, contados desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en la Ofi cina de la suscrita Notario, en la ciudad de San Salvador, a los veintiún días del mes de septiembre de dos mil siete.

EYMAR ERGARY ROSALES MORENO,

NOTARIO.

1 v. No. F019634

JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DEL JUZGADO DE PRIME-RA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE SENSUNTEPEQUE, DEPARTAMENTO DE CABAÑAS, AL PUBLICO PARA LOS DEMAS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y

con benefi cio de inventario, la herencia intestada de los bienes que a su defunción acaecida, el día veintinueve de septiembre de mil novecientos ochenta y ocho, en el Cantón San Matías de esta jurisdicción, siendo esta ciudad su último domicilio; dejó el señor GERMAN ISAIAS LEIVA, quien fue de veintiocho años de edad, casado, jornalero, hijo de Dionisio Ramírez y de María Eulalia Leiva, conocida por Eulalia Leiva, María Eulalia Leiva y María Eulalia Leiva Viuda de Ramírez, originario de San Isidro, Departamento de Cabañas; de parte de la señora SANDRA ELIZABETH HERNANDEZ LEIVA, como cesionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a los señores OMAR ISAIAS CORTEZ, JOSE GERMAN LEIVA CORTEZ, MARIA LILA CORTEZ VIUDA DE LEIVA y MARIA EULALIA LEIVA, conocida por EULALIA LEIVA, MARIA EULALIA LEIVA y MARIA EULALIA LEIVA VIUDA DE RAMIREZ, los dos primeros en calidad de hijos del causante, la tercera en calidad de cónyuge del mismo y la última en calidad de madre del causante, representada por la Licenciada LESVIA MARISELA RAMIREZ RIVERA, como Apoderado General Judicial. Habiéndosele conferido a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

SE CITA a quienes se consideren con derecho en la referida suce-sión, a fi n de que comparezcan a este Tribunal a deducir tal circunstancia dentro del plazo de quince días contados, a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA: Sensuntepeque, a los trece días del mes de agosto de dos mil siete. LIC. JOSE ANGEL POSADA CISNEROS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- BR. HUGO ERNESTO MENA HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012815-1

JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las ocho horas treinta minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MARIA JULIA HERNANDEZ PERALTA o MARIA JULIA HERNANDEZ, quien falleció el día dieciséis de septiembre de dos mil tres, en el Caserío Severo López del Cantón San José de esta jurisdicción, siendo la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de los señores JOSE ISMAEL HERNANDEZ LOPEZ o JOSE ISMAEL HERNANDEZ y ELSA MARICELA LOPEZ DE CHAVEZ o ELSA MARICELA LOPEZ HERNANDEZ o ELSA MARICELA HERNANDEZ, en calidad de hijos de la causante; el primero además, como cesionario del derecho hereditario que le correspondía a la señora María Salomé Hernández viuda de Peralta o María Salomé Hernández, en concepto de madre de la causante; y se les ha conferido conjuntamente a los aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del día diecinueve de septiembre de dos mil siete. LIC. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO.- LIC. CORNELIO SANTOS, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.

3 v. alt. No. C012816-1

Page 52: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

52 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y treinta

minutos día cuatro de septiembre de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su

defunción dejó el señor FRANCISCO CASTELLÓN, quien falleció a

las veinte horas diez minutos del día catorce de enero de mil novecientos

noventa y dos, en la Colonia Padre Pío, de esta ciudad de San Miguel,

lugar de su último domicilio, de parte de la señora SANTOS EGDO-

MILIA CASTELLÓN BONILLA, como hija del causante y además

como cesionaria de los derechos hereditarios que le correspondía en

la sucesión a los señores JOSÉ IGNACIO BONILLA CASTELLÓN,

BLANCA AURORA BONILLA CASTELLÓN, ALBA ANTONIA

CASTELLÓN BONILLA ahora ALBA ANTONIA CASTELLÓN DE

CAÑAS y FRANCISCO ATILIO BONILLA CASTELLÓN, como hijos

del causante; y se ha conferido a la aceptante declarada en el carácter

indicado la administración y representación interina de la sucesión, con

las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las once horas y cuarenta minutos del día cuatro de septiembre de

dos mil siete.- Dr. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F019512-1

DOCTOR JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas cuarenta y un

minutos del día treinta de agosto del año dos mil siete, se ha tenido por

aceptada expresamente, con benefi cio de inventario la herencia intestada

que a su defunción ocurrida a las siete horas veinte minutos del día cuatro

de febrero del año dos mil siete, en el Cantón Texispulco de la Villa de

San Pedro Puxtla, su último domicilio dejó el señor PABLO REMBERTO

GUTIÉRREZ OSORIO, conocido por PABLO REMBERTO OSORIO, de

parte de los señores CLARA LUZ GUTIÉRREZ GARCÍA, SILVIA DEL

CARMEN GUTIÉRREZ GARCÍA, JOSÉ GUILLERMO GUTIÉRREZ

GARCÍA y PABLO REMBERTO OSORIO GARCÍA, todos en su ca-

lidad de hijos del causante, a quienes se ha nombrado interinamente

representantes y administradores de la sucesión, con las facultades y

restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de

ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las ocho horas cinco minutos del

día diez de septiembre del año dos mil siete.- Dr. JULIO CESAR FLO-

RES, JUEZ DE LO CIVIL.-INOCENTE GRANILLO CASTELLÓN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019538-1

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada en este tribunal

a las nueve horas del día veintinueve de agosto de dos mil siete, se

ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de

parte de los señores HILDA LEONOR ESPINOZA DE SOLÓRZANO;

CLAUDIA MARINA ESPINOZA DE MARTÍNEZ; CESAR EMI-

LIO ESPINOZA HERNÁNDEZ; ISIDRO ANTONIO ESPINOZA

HERNÁNDEZ; y MARTA EUGENIA HERNÁNDEZ MORALES, la

herencia Testamentaria que a su defunción dejó el señor JOSÉ SANTOS

ESPINOZA, quien falleció el día dieciocho de marzo de mil novecientos

noventa y cinco, en esta ciudad, siendo ésta su último domicilio; en con-

cepto de herederos testamentarios los cuatro primeros, y la última como

cesionaria de los derechos que en la referida sucesión le correspondían

a la señora VICTORIA HERNÁNDEZ DE ESPINOZA, como heredera

testamentaria del de cujus; Confi éresele a los aceptantes la administración

y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia Yacente. Y CITA: A los

que se crean con derecho a la expresada herencia, para que se presenten

a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente

al de la tercera publicación de este edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas treinta minutos del día catorce de septiembre de dos mil siete.- Dr.

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019540-1

JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA

INSTANCIA, DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este juzgado de las doce horas

de esta fecha, se ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio

de Inventario de parte del señor SALOMÓN EDGARDO MENDOZA

CASTRO, la herencia intestada que a su defunción dejó la señora MADAY

LARIN conocida por MADAI LARIN y MADAI MENDOZA, quien fue

Page 53: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

53DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

de cuarenta y dos años de edad, de Ofi cios Domésticos, fallecida a las

catorce horas del día ocho de noviembre del año mil novecientos noventa

y dos, en el Cantón Salitrero de esta jurisdicción, siendo su último domi-

cilio la ciudad de Atiquizaya, en concepto de cesionario de los derechos

hereditarios de Teresa del Carmen Mendoza y Oscar Armando Rivera

Larín, éstos como hijos de la causante. Se le ha conferido al Aceptante

en el carácter dicho la Administración y Representación Interinas de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Atiquizaya, a las

doce horas y veinte minutos del día quince de agosto del año dos mil

siete.- Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE

PRIMERA INSTANCIA.- Lic. HUGO ALCIDES MARTÍNEZ SAN-

TILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019575-1

JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL.

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y diez

minutos día treinta y uno de agosto de dos mil siete, se ha tenido por

aceptada con benefi cio de inventario la Herencia Intestada que a su

defunción dejó el señor CARLOS ARTURO REINA conocido por

CARLOS ARTURO REYNA, quien falleció a las once horas cincuenta

minutos del día veinticinco de diciembre de dos mil seis, en el Hospital

General del Instituto Salvadoreño del Seguro Social de San Salvador,

siendo esta ciudad de San Miguel, el lugar de su último domicilio, de

parte de la señora MATILDE GONZÁLEZ GUZMÁN conocida por

MATILDE GONZÁLEZ DE REYNA y por MATILDE GUZMÁN,

como cónyuge del causante y además como cesionaria de los derechos

hereditarios que les correspondían en la sucesión a los señores ROSA

CÁNDIDA GONZÁLEZ DE GUEVARA, ANA CECILIA REINA DE

ARÉVALO, CLARA COLOMBA GONZÁLEZ DE GUEVARA, NOR-

MA DEL CARMEN GONZÁLEZ DE GARCÍA, MARIA REGINA

REINA GONZÁLEZ, CLAUDIA LORENA REINA GONZÁLEZ,

HERBERTH ARTURO REINA GONZÁLEZ y CARLOS ELÍAS

REYNA GONZÁLEZ, como hijos del causante; y se ha conferido a la

aceptante declarada en el carácter indicado la administración y repre-

sentación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de

ley.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL: San Miguel,

a las once horas y quince minutos del día treinta y uno de agosto de

dos mil siete. Lic. JUAN RAMÓN MONTOYA, JUEZ PRIMERO DE

LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ERNESTO ROMERO FUENTES, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F019581-1

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a

las once horas de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con

benefi cio de inventario la herencia testamentaria que a su defunción dejó

el causante JOSÉ RAMÍREZ, ocurrida el día once de agosto del año

dos mil cinco, en el Cantón Concepción Lourdes, jurisdicción de San

Emigdio, Departamento de La Paz, siendo ése su último domicilio, de

parte de las señoras TOMASA RAMÍREZ DE HERNÁNDEZ o TOMASA

RAMÍREZ, JESÚS RAMÍREZ DE LÓPEZ o JESÚS RAMÍREZ,

SANTOS RAMÍREZ PÉREZ o SANTOS RAMÍREZ y señores CRUZ

RAMÍREZ PÉREZ o CRUZ RAMÍREZ, ANTONIO RAMÍREZ PÉREZ

o ANTONIO RAMÍREZ, PASTOR RAMÍREZ PÉREZ o PASTOR

RAMÍREZ, GABRIEL HERNÁNDEZ GONZÁLEZ o GABRIEL

HERNÁNDEZ, y JOSÉ LÓPEZ RAMÍREZ, los primeros siete en su

calidad de herederos testamentarios y el último como cesionario de los

derechos hereditarios que le correspondían a la señora MARTA PÉREZ

o MARTA RAMÍREZ PÉREZ, en su calidad de heredera testamentaria

del Causante.- Habiéndoseles conferido a los herederos declarados la

administración y representación interina de la sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el

término legal se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las once horas

y treinta minutos del día cinco de junio del año dos mil siete.- Lic. MA-

NUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JOSÉ ORLANDO

BELTRÁN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019586-1

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a

las diez horas cinco minutos del día quince de agosto del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la

herencia intestada dejada a su defunción por el causante MARCELINO

GARCÍA FLORES, ocurrida el día veintidós de marzo de mil novecientos

noventa y nueve, en el Hospital Médico Quirúrgico del Seguro Social

en San Salvador, siendo esta ciudad el lugar de su último domicilio, de

parte de los señores GILMAR ERNESTO GARCÍA MEJIA, WALTER

OSWALDO GARCÍA MEJIA y CAROLINA MARINELA GARCÍA

MEJIA, en calidad de hijos del causante; y se ha conferido a los aceptantes,

la administración y la representación interinas de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las doce horas del

día treinta y uno de agosto de dos mil siete.- Lic. YOALMO ANTONIO

HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE

SOMOZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019593-1

Page 54: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

54 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas con tres

minutos del día catorce de Junio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario la herencia INTESTADA

que a su defunción ocurrida en esta Ciudad, su último domicilio, el día

veintinueve de mayo de dos mil seis, dejó el señor VICTOR ALBERTO

GARAY AYALA, de parte de los señores VICTOR ALBERTO GARAY

TORRES, OLGA MARIA GARAY TORRES hoy DE AGUILAR, en

concepto de hijos del causante, y OLGA LIDIA TORRES DE GARAY,

conocida por OLGA LIDIA TORRES PINEDA y por OLGA LIDIA

TORRES PINEDA DE GARAY, por sí y en representación del menor

RUFINO ANDRREY GARAY TORRES y como cónyuge del causan-

te, se ha conferido a los aceptantes la administración y representación

INTERINA de la sucesión con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente, las cuales deberá ejercer el menor

RUFINO ANDRREY GARAY TORRES por medio de su representante

legal señora OLGA LIDIA TORRES DE GARAY conocida por OLGA

LIDIA TORRES PINEDA y por OLGA LIDIA TORRES PINEDA DE

GARAY. Fíjese y publíquese los edictos de ley, y extiéndase la certifi -

cación correspondiente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las ocho

horas con veinte minutos del día doce de Septiembre de dos mil siete. Dr.

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.

Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019612-1

TITULOS DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER AL PUBLICO EN GENERAL: Que a esta ofi cina

se ha presentado la señora MARIA FRANCISCA CRUZ ROQUE viuda

de MINA, de cincuenta y ocho años de edad, de este domicilio, porta-

dora de su Documento Único de Identidad Número cero dos millones

cuatrocientos ochenta y tres mil cuatrocientos sesenta y uno guión siete,

solicitando se le extienda Título de propiedad de un inmueble de naturaleza

urbano situado en Barrio El Centro de esta población, de una extensión

superfi cial de UNA AREA Y MEDIA, de las colindancias siguientes:

AL NORTE: con Isidro Pérez Herrera; AL ORIENTE, con María Ana

Cruz Beltrán; AL SUR, con Jesús Peña y AL PONIENTE, con Trinidad

Cruz. Dicho inmueble lo valúa en la suma de UN MIL DOSCIENTOS

DOLARES EXACTOS.

Lo que hace saber al público para los efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Monte San Juan, Departamento de Cuscatlán,

a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil seis. Br. ANA-

CLETO VASQUEZ PAREDES, ALCALDE MUNICIPAL. Lic. OSCAR

GARCIA GONZALEZ, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C012823-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

Inés María Cuchilla Taura, mayor de edad, abogada del domicilio de

San Salvador, en su carácter de APODERADA GENERAL JUDICIAL

ADMINISTRATIVA CON CLAUSULA ESPECIAL, de los señores

CARLOS ERIC RODRIGUEZ MERLOS, ELDER OBED MERLOS

TEJADA, WALTER ALFREDO MERLOS, NOELIA ARMINDA

MERLOS, IMELDA CECIBEL MERLOS TEJADA, VICKY ANA-

BELLY MERLOS DE CRUZ, según poder que presenta, solicita se le

extienda a nombre de sus representados, TITULO DE PROPIEDAD de

un inmueble de naturaleza urbano y construcciones que contiene, situado

en los suburbios del Barrio El Centro de la Villa de Agua Caliente, De-

partamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de CUATRO

MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS,

equivalentes a SEIS MIL CIENTO VEINTISEIS PUNTO SESENTA

Y SEIS VARAS CUADRADAS, que se describe así: AL ORIENTE:

mide setenta y tres metros, colinda con solar del Señor Regulo Hernán

Pineda, calle pública de por medio que conduce al Cantón Agua Fría y

Cantón Ojos de Agua; AL NORTE: mide sesenta y tres metros, colinda

con Sucesión de Erlinda Rivera, dividido por cerco de zanjo y piña; AL

PONIENTE: mide sesenta y tres metros, colinda con Refugio viuda de

Aguilar, cerco de alambre de por medio, Y AL SUR: mide sesenta y tres

punto setenta y nueve metros, colinda con Refugio viuda de Aguilar,

Rafael Aguilar y Regulo Hernán Pineda. Asimismo no tiene cargas o

derechos reales de ajena pertenencia que deban respetarse, y si se en-

Page 55: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

55DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

cuentra en proindivisión y por partes iguales, y no excede de los límites

establecidos por la ley, y lo estiman sus titulantes en la suma de CINCO

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

demás efectos de Ley.

ALCALDÍA MUNICIPAL: Villa Agua Caliente, Departamento

de Chalatenango, a los veintiún días del mes de agosto de dos mil sie-

te.- SANTOS NERY TEJADA, ALCALDE MUNICIPAL. RICARDO

LEON ARDON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019531 -1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL;

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la señora AGUS-

TINA FUNES, de generales conocidas en las presentes diligencias; en su

carácter de apoderada de la señora SARA FUNES DE VILLAGRANA;

solicitando a favor de su representada TITULO DE PROPIEDAD; de un

inmueble de naturaleza URBANO, situado en el Barrio El Centro de esta

población, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS CUARENTA

Y UNO PUNTO QUINCE METROS CUADRADOS, que se describe

de la manera siguiente; AL NORTE: mide once metros con cuarenta y

ocho centímetros y colinda con María Venilda Leiva de Quijada y Pedro

Roberto Quijada, dividido por calle pública de por medio, AL PONIEN-

TE: mide veintidós metros con cincuenta y dos centímetros, colinda con

Agustina Funes: AL ORIENTE, mide veintidós metros con sesenta y

cinco centímetros y colinda con Reynaldo Funes, dividido en parte por

tapial, y AL SUR, mide nueve metros con ochenta y nueve centímetros

y colinda con la señora Agustina Funes.- Existiendo en el solar descrito

anteriormente construida una casa de sistema mixto, inmueble que se

valúa en la cantidad de cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos

de Norte América, ($5,000.00); no es dominante, ni sirviente y no tiene

cargas o derechos reales que respetar a terceros, de igual forma no se

encuentra en proindivisión con persona alguna y lo obtuvo por la compra

que le hiciera a la señora Agustina Funes.

Lo que se le avisa al PÚBLICO para los efectos legales consiguien-

tes.

Alcaldía Municipal: El Paraíso, Departamento de Chalatenango,

a las diez horas del día veinticuatro del mes de Septiembre de dos mil

siete. EMILIO ORTIZ CARVAJAL, ALCALDE MUNICIPAL. MIGUEL

ANGEL TEJADA PONCE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019588-1

El INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor JULIO

CESAR GUERRA MENJIVAR de cincuenta y nueve años de edad,

Agricultor en pequeño, del domicilio de Comalapa, Departamento de

Chalatenango, portador de su Documento Unico de Identidad Número

cero cero quinientos setenta y nueve mil quinientos ochenta y seis guión

dos y Número de Identifi cación Tributaria cero cuatrocientos cinco

guión doscientos treinta mil trescientos cuarenta y ocho guión ciento

uno guión cuatro, en su carácter de Titulante, solicitando se le extienda

a su nombre, TITULO DE PROPIEDAD de un inmueble de naturaleza

Urbano y construcciones que contiene, situado en el Barrio Las Flores

de la población de Comalapa, Departamento de Chalatenango, de una

extensión superfi cial de SETECIENTOS SETENTA Y CINCO METROS

CUADRADOS SESENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS,

que se describe así: AL ORIENTE: Mide dieciocho metros, colinda con

VICTORIA MENJIVAR VIUDA DE GUERRA, Quebrada La Presa

y cerco de piedra propio del inmueble que se describe; AL NORTE:

Mide cuarenta metros, colinda con VICTORIA MENJIVAR VIUDA

DE GUERRA, mojones esquineros de por medio; AL PONIENTE:

Mide dieciocho metros cincuenta centímetros, colinda con PETRONI-

LO GUEVARA, dividido por calle pública que conduce a la Ciudad de

Chalatenango; y AL SUR: Mide cuarenta y cinco Metros, colinda con

RODRIGO GALDAMEZ, cerco de alambre y piña propio del colindante.

Asimismo no tiene cargas o derechos reales de ajena pertenencia que

deban respetarse, ni está en proindivisión con otras personas y no excede

de los límites establecidos por la ley, y lo estima el Titulante en la suma

de CINCO MIL DOLARES DE ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Y

lo adquirió por compra que le hizo a la señora VICTORIA MENJIVAR

VIUDA DE GUERRA.

Lo que se hace del conocimiento del público en general, para los

demás efectos de Ley.

Page 56: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

56 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ALCALDÍA MUNICIPAL: Comalapa, Departamento de

Chalatenango, veintiuno de septiembre de dos mil siete. MOISES AN-

TONIO MARIN SANTAMARIA, ALCALDE MUNICIPAL. BLANCA

REINA ARDON DE AYALA, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019589-1

LA SUSCRITA NOTARIO:

HACE SABER. Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter

Director Secretario de la Sociedad HENRIQUEZ, S.A. DE C.V., el señor

JORGE ALBERTO BARRIENTOS CISNEROS, de cincuenta y seis años

de edad, Contador, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, Departamento

de La Libertad, a quien conozco e identifi co por medio de su Documento

Unico de Identidad número cero un millón quinientos treinta y ocho mil

ciento setenta y cuatro- seis, MANIFESTANDO: I) Que su representada

es dueña y actual poseedora de buena fe, en forma quieta, pacífi ca, con-

tinua e ininterrumpida de un inmueble de naturaleza rústica ubicado en

Cantón Arenales, jurisdicción de Ciudad Delgado, Departamento de San

Salvador, tiene una extensión superfi cial de SETECIENTOS VEINTIDOS

PUNTO VEINTICINCO METROS CUADRADOS. El cual mide y linda:

AL NORTE: Trece metros y medio, linda con parte a Divino Salvador;

AL PONIENTE: Cincuenta y tres punto cinco metros, linda con Iglesia

Católica:, AL SUR: Trece y medio metros, linda con Iglesia Adventista

del Séptimo día, Divino El Salvador, AL ORIENTE: Cincuenta y tres

punto cincuenta metros, linda con Manuel Abarca, Francisca Crecencia

Carcomo. Del cual solicita TITULO DE PROPIEDAD; presentando la

fi cha catastral respectiva, Todos los colindantes son del domicilio de

Ciudad Delgado, el predio descrito no es dominante ni sirviente, no tiene

carga ni derechos reales de ajena pertenencia ni está en proindivisión

con ninguna otra persona y lo adquirió por compra que hizo al Señor

Francisco Henrry Comayagua, quien fue de cuarenta y cuatro años de

edad, del domicilio de San Marcos, Departamento de San Salvador, en

el año dos mil siete, y éste a su vez lo adquirió por compra a la señora

María Santos González, en documento privado en el año mil novecientos

noventa y seis, siendo dicha posesión unida a la del solicitante por más de

quince años consecutivos. El inmueble lo valúa en la cantidad de DIEZ

MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que avisa al público para los fi nes de ley. Se previene a las

personas que desean presentar oposición a las pretensiones del solici-

tante, lo haga dentro del término legal en mi Despacho notarial situado

en: Urbanización Buenos Aires uno, Avenida San Carlos número ciento

veinticuatro, San Salvador.

Librado en la ciudad de San Salvador, a los nueve días del mes de

Agosto del dos mil siete.

CAROLINA DE JESUS ROMERO GUARDADO,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F019617-1

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado el señor

Andrés de Jesús Saavedra Escobar, de sesenta años de edad, sastre, del

domicilio de Soyapango, con Documento Único de Identidad Número

cero un millón setecientos cincuenta y tres mil trescientos sesenta y

uno guión seis, y Número de Identifi cación Tributaria cero setecientos

quince-treinta once cuarenta y seis-ciento uno-cuatro, solicitando se les

extienda Título de Propiedad a su favor de un inmueble de naturaleza

urbana, situado en 5ª Avenida Norte S/N, Barrio Santa Lucía de la ciudad

de Suchitoto, del Departamento de Cuscatlán, de una extensión aproxi-

mada de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO PUNTO SESENTA

Y NUEVE METROS CUADRADOS, de los linderos siguientes: AL

NORTE, linda con propiedades de la Alcaldía Municipal de Suchitoto,

midiendo por este rumbo veintidós metros. AL ORIENTE; linda con

propiedad de Teresa Orellana Peña, midiendo por este rumbo catorce

punto sesenta y tres metros. AL SUR; linda con Rosa Lidia Campos

Palma, Leonor Amaya y Celestino de Jesús Bonilla, midiendo por este

rumbo once punto veintiocho metros. AL PONIENTE; linda con Juan

Alberto Casco, Rafaela Erazo y Jesús Funes, 5ª Avenida Norte de por

medio. Lo valúa en la cantidad de UN MIL CIENTO CUARENTA Y

DOS 86/100 DOLARES. El inmueble descrito no son dominante, ni

sirviente, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está

en proindivisión con terceras personas, contiene en su interior una casa

de habitación de techo de tejas sobre paredes de adobe. El terreno lo

adquirió por compra que le hizo al señor Juan Clímaco Antonio Alfaro

Artiga. Todos los colindantes son de este domicilio y se avisa al público

para efectos de ley.

Alcaldía Municipal de Suchitoto, a dieciocho días del mes de Abril

del año dos mil siete. ANTONIO JUAN JAVIER MARTINEZ ESCO-

BAR, ALCALDE MUNICIPAL. REYNALDO ANTONIO PINEDA

POCASANGRE, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019632-1

Page 57: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

57DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

TITULO SUPLETORIO

JOSÉ DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San

Miguel, y de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios,

número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios se tramita TITULO SUPLE-

TORIO, por AMANDA VELÁSQUEZ DE RODRÍGUEZ, de treinta y

ocho años de edad, Empleada, del domicilio de Concepción de Oriente, en

relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Gueripe,

Caserío Los Carbones, jurisdicción de Concepción de Oriente, distrito

de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de forma triangular,

de la capacidad superfi cial de DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO

METROS CUADRADOS, que mide y linda: AL ORIENTE, termina en

vértice; AL NORTE, setenta metros, con Filomena Velásquez Canales,

calle de por medio; AL PONIENTE, seis metros, con Lucia Bonilla

Vanegas, quebrada de por medio; y AL SUR, ciento veinte metros, con

Juan Chávez; en el inmueble hay construida una casa, techo de duralita

y plafón en parte, paredes de ladrillo, de doce por doce metros, con sus

instalaciones de energía eléctrica, agua potable, servicio sanitario lava-

ble.- Dicho inmueble lo adquirió por compra de posesión material hecha

al señor MARGARITO VELÁSQUEZ, mayor de edad, Agricultor en

Pequeño, del domicilio de Concepción de Oriente, desde el año de mil

novecientos noventa y cinco.- Que desde la fecha antes dicha lo posee

quieta, pacífi ca, e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por

más de diez años consecutivos

Santa Rosa de Lima, catorce de septiembre del año dos mil sie-

te.

Dr. JOSÉ DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C012805

JOSÉ DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San

Miguel, y de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios,

número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios se tramita TITULO SU-

PLETORIO, por MAUXIMO HERNAN RIVERA ROJAS, de cincuenta

años de edad, Pintor, y DORIS ELETICIA RAMOS HERNÁNDEZ,

de cuarenta y cinco años de edad, de Ofi cios Domésticos, ambos del

domicilio de Pasaquina, en relación a un terreno de naturaleza rústica,

situado en el Cantón Piedras Blancas, jurisdicción de Pasaquina, distrito

de Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad

superfi cial de CIENTO DOCE METROS CUADRADOS, que mide y

linda: AL ORIENTE, formando una especie de escuadra, en tres tra-

mos, el primero de Sur a Norte, once metros, el segundo de Oriente a

Poniente, tres metros, y el tercero de Sur a Norte, tres metros, en todos

los tramos con Basilio Hernández Anarriba; AL NORTE, siete metros,

con Valentín Aguilar Hernández, pared de block de por medio propia, y

Teodora Soto; AL PONIENTE, catorce metros, con María Lucia Santos

Canales, calle de por medio; y AL SUR, nueve metros, con Basilio

Hernández Anarriba; en el inmueble hay construida una casa, techo de

tejas, paredes de block, de nueve por catorce metros, con sus instalaciones

de energía eléctrica.- Dicho inmueble lo adquirió por compra de posesión

material hecha al señor CIRILO HERNÁNDEZ, según Escritura Pública

de compra-venta, otorgada en esta ciudad, a las once horas y cuarenta

minutos del día cinco de julio del presente año, quien a su vez poseyó

el inmueble desde hace más de cuarenta años consecutivos.- Que desde

la fecha antes dicha lo posee quieta, pacífi ca, e ininterrumpidamente,

sin proindivisión con nadie, por más de diez años consecutivos, es decir

uniendo posesiones.-

Santa Rosa de Lima, doce de septiembre del año dos mil siete.

Dr. JOSÉ DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C012806

JOSÉ DIMAS ROMANO, Notario, del domicilio de la ciudad de San

Miguel, y de esta ciudad, con DESPACHO, en Avenida General Larios,

número veintiséis, Santa Rosa de Lima, Departamento de La Unión.

HACE SABER: Que ante mis Ofi cios se tramita TITULO SU-

PLETORIO, por ROSA EGLOTINA SORTO ROMERO, de cuarenta y

nueve años de edad, de Ofi cios Domésticos, del domicilio de Anamorós,

en relación a un terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Agua

Blanca, Caserío Los Medranos, jurisdicción de Anamorós, distrito de Santa

Rosa de Lima, Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial

de SIETE MIL NOVECIENTOS DOCE METROS CUADRADOS, que

mide y linda: AL ORIENTE, setenta metros, con Manuel Bonilla; AL

NORTE, ciento treinta y cuatro metros, con Vicente Paredes y Santos

Mélida Romero, cerco de alambre de por medio de los colindantes; AL

PONIENTE, doscientos dos metros, callejón de por medio, con Lorenzo

Vásquez; y AL SUR, cincuenta metros, con Lorenzo Vásquez, cerco

de piedra y quebrada de por medio; en el inmueble hay construida una

casa, techo de tejas, paredes de adobe, de ocho por seis varas; y además

contiene cultivado varios árboles de mango. Dicho inmueble lo adquirió

por compra de posesión material hecha al señor LORENZO VÁSQUEZ

VILLATORO, según Escritura Pública de compra-venta, otorgada en esta

ciudad, a las ocho horas y cincuenta minutos del día doce de mayo del

presente año, quien a su vez poseyó el inmueble desde hace diecisiete

años consecutivos.- Que desde la fecha antes dicha lo posee quieta,

pacífi ca, e ininterrumpidamente, sin proindivisión con nadie, por más

de diez años consecutivos, es decir uniendo posesiones.

Santa Rosa de Lima, once de septiembre del año dos mil siete.

Dr. JOSÉ DIMAS ROMANO,

NOTARIO.

1 v. No. C012807

Page 58: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

58 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, Notario, con Ofi cina Ju-

rídica en Ave. Dr. Emilio Álvarez, Edif. López Bertrand, locales 31 y

32, Col. Médica, S. S.

HACE SABER: Que ha comparecido el señor FRANCISCO

MÉNDEZ, mayor de edad, comerciante, del domicilio de La Palma,

solicitando Título Supletorio de un inmueble rústico, situado en el lugar

llamado “’Obraje y Piletas’” La Palma, Chalatenango, de 35,000.00 me-

tros cuadrados, que linda así: AL PONIENTE: Con Mercedes Ramírez

de Ángel y otros; AL SUR: Con Santos Gutiérrez; AL ORIENTE: Con

José Samuel Lemus; y AL NORTE: Con Eleazar Guillén Reyes. No tiene

nombre alguno determinado y que la propiedad y posesión la adquirió

por compraventa que le hizo el señor Ignacio Vásquez Landaverde.

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil siete.

Lic. SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C012809

SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, Notario, con Ofi cina Jurí-

dica en Ave. Dr. Emilio Álvarez, Edif. López Bertrand, locales 31 y 32,

Col. Médica, S. S.,

HACE SABER: Que ha comparecido la señora BLANCA MIRIAM

PINEDA de CARTAGENA, de treinta y un años de edad, ama de casa,

del domicilio de La Palma, solicitando Título Supletorio de un inmueble

rústico, situado en el Cantón Los Horcones, La Palma, Chalatenango, de

11,825 metros cuadrados, que linda así: AL PONIENTE: Con Matilde

Portillo; AL SUR: Con Isabel Portillo y Rigoberto Pineda; AL ORIENTE:

Con Francisco Perlera; y AL NORTE: Con Carlos Valdivieso. No tiene

nombre alguno determinado y que la propiedad y posesión la adquirió

por compra venta, que le hizo el señor Hermógenes Portillo Cisneros.

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil siete.

Lic. SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C012810

SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ, Notario, con Ofi cina Ju-

rídica en Ave. Dr. Emilio Álvarez, Edif. López Bertrand, locales 31 y

32, Col. Médica, S. S.

HACE SABER: Que han comparecido los señores CESAR

ALEXANDRO ROMERO MEJIA y BERTA JULIA AVALOS de RO-

MERO, ambos mayores de edad, artesanos, del domicilio de La Palma,

solicitado título supletorio de un inmueble urbano, sito en el Barrio La

Cruz, La Palma, Chalatenango, de 180.50 metros cuadrados, que linda

así: AL PONIENTE: Con María Josefi na Flores de Méndez; AL SUR:

Con Atilio García Prieto hijo, y otros: AL ORIENTE: Con Elías Rivas; y

AL NORTE: Con Manuel Rivera. No tiene nombre alguno determinado

y que la propiedad y posesión la adquirió por donación informal que les

hizo Ninet Magaly Mejía Hernández viuda de Romero.

San Salvador, veinticuatro de septiembre de dos mil siete.

Lic. SAMUEL LANDAVERDE HERNÁNDEZ,

NOTARIO.

1 v. No. C012811

EL INFRASCRITO NOTARIO:

HACE SABER: Que a su Ofi cina se ha presentado el señor FRAN-

CISCO LAZO FUENTES, mayor de edad, Agricultor, del domicilio de

Jocoro, solicitando se le siga TITULO SUPLETORIO, de un terreno

rústico, situado en Cantón Las Marías, jurisdicción de Jocoro, Depar-

tamento de Morazán, de la Capacidad de DOS MANZANAS de las

medidas y linderos siguientes: AL NORTE: Ciento veinticinco metros

con Amílcar Romero; AL ORIENTE: Ciento doce metros con Arnulfo

Ortez; AL PONIENTE: ciento doce metros con Amílcar Romero; AL

SUR: Ciento veinticinco metros con Enrrique Parada; y lo adquirió por

compra-venta que le hizo Santiago Romero, no es sirviente ni dominante,

ni está en proindivisión.

Lo que da a conocer al público para efectos de ley.

San Miguel, veinticinco de septiembre de dos mil siete.

LUIS ALBERTO RIVAS,

NOTARIO.

1 v. No. F019536

Page 59: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

59DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

EL INFRASCRITO NOTARIO:

HACE SABER: Que a su Ofi cina se ha presentado la señora Corina

Ortiz Colato, mayor de edad, Doméstica, del domicilio de Moncagua,

solicitando se le siga TITULO SUPLETORIO, de un terreno rústico,

situado en Cantón El Papalón, jurisdicción de Moncagua, Departamento

de San Miguel, de la Capacidad de MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS

METROS CUADRADOS de las medidas y linderos siguientes: AL

NORTE: treinta punto treinta metros con Miguel Colato; AL ORIEN-

TE: cuarenta y dos punto cincuenta metros con Carlos Ramírez; AL

PONIENTE: treinta y cuatro punto cuarenta metros; AL SUR: cuarenta

y ocho metros con Eusebio Benítez. El terreno descrito lo adquirió por

compraventa hace veinte años no es sirviente ni dominante, ni está en

proindivisión con nadie.

Lo que da a conocer al público para efectos de ley.

San Miguel, veintiséis de agosto de dos mil siete.

Lic. JESUS ANTONIO LOPEZ CAMPOS,

NOTARIO.

1 v. No. F019537

JOSE JULIAN FLORES ARIAS, Notario, de este domicilio, con Ofi cina

situada en Residencial Santa Ana entre Séptima y Novena Calle Poniente

Número catorce, frente a Medicina Legal en la Ciudad de San Miguel,

HACE SABER: Que a mi despacho se presentó la señorita LILIAN

YANETH MELENDEZ FUENTES, de veintinueve años de edad, Licen-

ciada en Ciencias Jurídicas, del domicilio de La Unión, Departamento

de La Unión; quien actúa como Apoderada General Judicial del Señor

FRANCISCO MARTIR SOSA, Pensionado Jubilado, mayor de edad,

del domicilio actual en Texas, de los Estados Unidos de América; soli-

citando Título Supletorio de un inmueble de naturaleza rústica, situado

en Caserío La Pandura, Cantón Mogotillo, Jurisdicción de San Alejo,

Departamento de La Unión, de la capacidad superfi cial de NOVECIEN-

TOS UNO PUNTO CERO NUEVE METROS CUADRADOS, de las

medidas y linderos siguientes: al ORIENTE, partiendo del vértice Nor

Oriente, está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y

distancias: tramo uno sur veintiséis grados cincuenta y cuatro minutos

diecisiete segundos oeste con una distancia de nueve punto sesenta y

dos metros; tramo dos, sur treinta y cuatro grados treinta y tres minutos

cero cuatro segundos oeste con una distancia de seis punto cuarenta y

seis metros; tramo tres, sur cincuenta grados, cincuenta y ocho minutos,

cincuenta y un segundos oeste con una distancia seis punto cero tres

metros; tramo cuatro, sur cincuenta y cinco grados veintinueve minu-

tos cero seis segundos oeste con una distancia de once punto ochenta

y tres metros, colindando con Rumalda Maldonado, quebrada de por

medio; al NORTE, partiendo del vértice nor poniente está formado por

seis tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, norte

cincuenta y nueve grados cuarenta minutos cero un segundo este con

una distancia de nueve punto noventa y ocho metros; tramo dos norte,

sesenta y un grados cincuenta y un minutos cuarenta segundos este

con una distancia de siete punto veinticuatro metros; tramo tres norte,

setenta y cinco grados cero ocho minutos cincuenta y cuatro segundos

este con una distancia de tres punto noventa y un metros colindando con

propiedad de la señora Carmen Canales, con calle vecinal de por medio;

tramo cuatro sur veinticinco grados cero nueve minutos treinta y ocho

segundos este con una distancia de siete punto ochenta metros; tramo

cinco, sur doce grados cuarenta y tres minutos treinta y seis segundos

oeste con una distancia de dos punto cuarenta y un metros; tramo seis,

sur diecisiete grados veinticinco minutos treinta y seis segundos oeste

con una distancia de cuatro punto sesenta y tres metros, colindando con

Rumalda Maldonado, con quebrada de por medio; al SUR: partiendo

del vértice sur oriente está formado por tres tramos con los siguientes

rumbos y distancias: tramo uno sur sesenta y cuatro grados cincuenta

y cuatro minutos diez segundos oeste con una distancia de ocho punto

cuarenta y cuatro metros; tramo dos sur, sesenta y nueve grados treinta

y nueve minutos cero tres segundos oeste con una distancia de cinco

punto treinta metros, colindando con Rumalda Maldonado, quebrada

de por medio; tramo tres norte, setenta y ocho grados cero un minutos

veintiocho segundos oeste con una distancia de seis punto cuarenta y dos

metros, colindando con Carmen Canales, con quebrada de por medio; y

al PONIENTE, partiendo del vértice sur poniente, está formado por seis

tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo uno norte, quince

grados cuarenta y tres minutos cincuenta y siete segundos este con una

distancia de cuatro punto treinta metros; tramo dos norte, veintiséis

grados treinta y ocho minutos cincuenta y seis segundos este, con una

distancia de cuatro punto cero cinco metros ; tramo tres, norte veintitrés

grados cincuenta y dos minutos cero cero segundos este con una distan-

cia de ocho punto noventa y ocho metros, tramo cuatro, norte treinta y

un grados cuarenta y dos minutos treinta y siete segundos este con una

distancia de siete punto treinta y seis metros; tramo cinco, norte treinta

y nueve grados cincuenta y seis minutos cero cuatro segundos este con

una distancia de cinco punto treinta y nueve metros: tramos seis, norte

cuarenta y ocho grados cero cinco minutos cincuenta y cinco segundos

este con una distancia de nueve punto setenta y cinco metros, colindando

con Carmen Canales con calle vecinal de por medio, así se llega al vértice

nor poniente que es el punto donde se inició esta descripción. El inmueble

descrito carece de construcciones y cultivos permanentes, no es predio

dominante ni sirviente, y no existen sobre él derecho que pertenezcan a

otra persona, lo valúa en la suma de CUATRO MIL DOLARES.

Page 60: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

60 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Lo que se hace saber al público para los efectos legales.

Librado en la ciudad de San Miguel, a las nueve horas del día

veintitrés de Septiembre del año dos mil siete.-

Lic. JOSÉ JULIÁN FLORES ARIAS,

NOTARIO.

1 v. No. F019570

EL SUSCRITO NOTARIO:

HACE SABER: Que a esta ofi cina ha comparecido en su carácter

personal el señor FRANCISCO RENDEROS CORTEZ, de setenta y un

años de edad, Comerciante, del domicilio de San Vicente, portador de

Documento Único de Identidad número cero dos cuatro cero tres cuatro

dos tres-tres; y Tarjeta de Identifi cación Tributaria Mil diez-cero cuarenta

y un mil treinta y seis-cero cero dos-uno; solicitando TITULO SUPLETO-

RIO, de dos inmuebles de Naturaleza Rústica, situados en el Cantón San

Antonio Achichilquito, de la Jurisdicción de San Vicente, Departamento

de San Vicente, EL PRIMERO, de una Extensión Superfi cial de CINCO

MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS,

con las medidas y linderos: AL NORTE: ochenta metros, linda con Félix

Antonio Guzmán Reyes; AL ORIENTE: noventa y cuatro, linda con el

titulante Francisco Renderos Cortez; AL SUR: noventa metros, linda

con Alejandro Moreno Renderos, camino vecinal de por medio; Y AL

PONIENTE: noventa y cuatro metros, linda con el titulante Francisco

Renderos Cortez. EL SEGUNDO: de una extensión superfi cial de SEIS

MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS, con

las medidas y linderos: AL NORTE: noventa metros, linda con Félix

Antonio Guzmán Reyes; AL ORIENTE: ochenta y dos metros, linda con

el titulante Francisco Renderos Cortez; AL SUR: Ciento diez metros,

linda con Alejandro Moreno Renderos, camino vecinal de por medio;

Y AL PONIENTE: noventa y cuatro metros, con terreno del titulante

Francisco Renderos Cortez. El inmueble antes descrito no es sirviente ni

dominante, no está en proindivisión con ninguna persona y sin gravamen

que los afecte. Que dichos Inmuebles los adquirió por Donación que le

hizo su madre señora MARIA PATROCINIA CORTEZ, en el año de

mil novecientos ochenta y uno. Que los inmuebles antes descritos los

valúa en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Lo que se le avisa al público con fi nes de

Ley. Se previene a las personas que desean presentar oposición a las

pretensiones de la solicitante, lo hagan dentro del término Legal en mi

Despacho Jurídico situado en 3a. Calle Oriente, Local 2-C, Barrio El

Santuario, San Vicente.

Librado en la ciudad de San Vicente, a los veinticuatro días del

mes de septiembre del año dos mil siete.

Lic. ALEJANDRO DAGOBERTO AMAYA RODRIGUEZ,

NOTARIO.

1 v. No. F019574

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario del

domicilio de San Salvador, con Ofi cina ubicada en Pasaje Moreno, casa

número cuatro, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas.

HACE SABER: Que a su Ofi cina se ha presentado el señor SAMUEL

CRISTOBAL PINEDA, de treinta y siete años de edad, Empleado, del

domicilio de San Isidro, Cabañas; solicitando TITULO SUPLETORIO,

del siguiente terreno de naturaleza rústica, situado en el Cantón Potrero

de Batres, jurisdicción de San Isidro, Cabañas, de una superfi cie de

SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS lindante; AL ORIENTE, veintitrés metros, con porción

vendida a María Victoria Alvarado de Villalobos; AL NORTE, treinta

metros, con María Ester Portillo de Constanza; AL PONIENTE, veintitrés

metros, con María Ester Portillo de Constanza; y AL SUR, veintinueve

metros, parte del lindero general con terreno de Clementina Constanza,

separados por cerco de piña y alambre, camino vecinal de por medio.

El terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión

con ninguna otra persona y no tiene cargas o derechos que pertenezcan

a terceras personas; que desde su adquisición lo ha poseído en forma

quieta, pacífi ca y no interrumpida juntamente con su antecesor; Lo hubo

por compra que le hizo a María Ester Portillo de Constanza el siete de

enero del año en curso. Su posesión junto con la de su antecedente es

de más de diez años. Valora dicho terreno en la suma de VEINTE MIL

DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en la Ofi cina del Notario PERFECTO EDUARDO

ESCALANTE ECHEVERRIA, En Sensuntepeque, a las quince horas

del día veinte de septiembre del año dos mil siete.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA,

NOTARIO.

1 v. No. F019578

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA, Notario del

domicilio de San Salvador, con Ofi cina ubicada en Pasaje Moreno, casa

número cuatro, Barrio Santa Bárbara, Sensuntepeque, Cabañas.

HACE SABER: Que a su Ofi cina se ha presentado la señora

MIRIAM ALVARENGA TORRES, de veintiséis años de edad, de Ofi cios

Domésticos, del domicilio de Victoria, Cabañas; solicitando TITULO

Page 61: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

61DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

SUPLETORIO, del siguiente terreno de naturaleza rústica, situado en el

Cantón San Pedro, jurisdicción de Victoria, Cabañas, de una superfi cie de

NOVECIENTOS PUNTO TRECE METROS CUADRADOS, que mide

y linda: AL NORTE, treinta y nueve metros, parte del lindero general

por este rumbo con terreno de Salvador Torres, hoy de María Santana

Torres, cerco de piña en parte y parte de alambre del colindante de por

medio; AL ORIENTE, diecinueve punto ochenta metros, parte del lindero

general por este rumbo, con terreno de Bonifacio Torres y terreno de

Miguel Escobar, separados por zanjo de piña y alambre propio, hoy de

sucesión de Isidro Torres; AL SUR, treinta y tres punto treinta metros,

con resto del inmueble general, separados por cerco de alambre; Y AL

PONIENTE, treinta metros, resto del inmueble general en línea recta

de un jiote a la punta de una piedra, a dar a un árbol de candellio. El

terreno descrito no es dominante ni sirviente, ni está en proindivisión

con ninguna otra persona y no tiene cargas o derechos que pertenezcan

a terceras personas; que desde su adquisición lo ha poseído en forma

quieta, pacífi ca y no interrumpida juntamente con su antecesor; Lo hubo

por compra que le hizo a Jose Herberto López Ayala el dos de mayo del

año dos mil seis. Su posesión junto con la de su antecedente es de más de

diez años. Valora dicho terreno en la suma de CINCO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en la Ofi cina del Notario PERFECTO EDUARDO

ESCALANTE ECHEVERRIA, En Sensuntepeque, a las diez horas del

día veinte de septiembre del año dos mil siete.

PERFECTO EDUARDO ESCALANTE ECHEVERRIA,

NOTARIO.

1 v. No. F019579

FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES, Notario, del domicilio de

Aguilares, Departamento de San Salvador, con ofi cina ubicada en Oc-

tava Calle Oriente, Barrio El Centro, Nueva Concepción, departamento

de Chalatenango.

HACE SABER: Que ante sus ofi cios compareció la señora MA-

RÍA MARCELINA YANEZ DE PERAZA, de cincuenta y siete años de

edad, Negociante, del domicilio de Nueva Concepción, Departamento

de Chalatenango, con Documento Único de Identidad número cero un

millón quinientos sesenta y un mil quinientos sesenta y siete - cuatro.

Solicitando TITULO SUPLETORIO sobre un inmueble de su propiedad

de naturaleza rústica situado en el Cantón Llano Grande, Jurisdicción de

Concepción Quezaltepeque, Departamento de Chalatenango, no inscrito

a su favor por carecer de antecedente; compuesto de una extensión su-

perfi cial aproximada de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS

CON OCHO DECÍMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL NORTE: mide once metros con cuarenta centímetros y

colinda con terreno de María Herminia Yánez de Pérez; AL ORIENTE:

mide siete metros con veinte centímetros y colinda con propiedad de

Lucas Yánez, calle de por medio; AL SUR: mide once metros con cua-

renta centímetros, linda con terrenos de María Herminia Yánez de Pérez;

AL PONIENTE: mide siete metros con veinte centímetros y colinda

con terreno de terrenos de María Herminia Yánez de Pérez. Que dicho

inmueble lo adquirió por compra que hizo a la señora María Herminia

Yánez de Pérez. Y que unida su posesión a la de su antecesora sobrepasa

más de treinta años consecutivos. Lo valúa en MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se le avisa al público con fi nes de Ley.

Librado en ofi cina de la suscrita Notaria. Nueva Concepción a los

veintiún días del mes de septiembre del dos mil siete.

Licda. FLOR AZUCENA ACOSTA FUENTES,

NOTARIO.

1 v. No. F019609

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el señor

JOEL ANTONIO MAZARIEGO RODRIGUEZ, de cuarenta y un

años de edad, agricultor, de este domicilio, a través de su apoderada

Licenciada LILIAN GLORIBEL SALAZAR LEMUS, solicitando que

se extienda a su favor Título Supletorio de un inmueble de naturaleza

rústica, situado en Cantón La Joya, Caserío La Joya, de esta jurisdicción,

con las características según denominación catastral siguiente: de la

extensión superfi cial de CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO PUN-

TO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, cuyo linderos

actuales son los siguientes: AL NORTE, con José Domingo Castaneda;

AL ORIENTE, con el señor Rosalío Rodríguez Mazariego; AL SUR,

con Daniel Carpio; Y AL PONIENTE, con Jorge Rodríguez.

Dicho inmueble no es dominante, ni sirviente ni se encuentra en

proindivisión con persona alguna, y lo valúa en la cantidad de cuatro

mil dólares.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas con

quince minutos del día siete de septiembre del dos mil siete.- Lic. JOSE

HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MARIA

LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019568-1

Page 62: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

62 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA,

del Distrito Judicial de San Francisco Gotera; Al Público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el Li-

cenciado MILTON ANTONIO ROMERO FLORES, como Apode-

rado Judicial del señor PURIFICACIÓN HERNANDEZ

GUTIERREZ, a solicitar a su favor TITULO SUPLETORIO, sobre

tres inmuebles de naturaleza rústica, situados en el Lugar Alto de

Aguacate, Cantón La Laguna, Jurisdicción de Corinto, Departa-

mento de Morazán; EL PRIMERO: de la capacidad superficial de

CUATRO HECTAREAS DOCE AREAS OCHO PUNTO DIECIO-

CHO CENTIAREAS equivalentes a CINCO MANZANAS OCHO

MIL NOVECIENTOS SESENTA PUNTO SESENTA Y SEIS

VARAS CUADRADAS, o sea CUARENTA Y UN MIL DOSCIEN-

TOS METROS CUADRADOS OCHO DECIMETROS DIECIOCHO

CENTIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos si-

guientes: AL NORTE, en línea quebrada compuesto por cuatro

tramos, descritos de la siguiente manera: primer tramo, con una

distancia de sesenta y nueve metros, segundo tramo, con una dis-

tancia de cincuenta y cuatro punto cuarenta metros; colinda con

porción número dos del mismo propietario, con calle vecinal de

por medio; tercer tramo, con una distancia de diecisiete puntos

ochenta y un metros; cuatro tramos, con una distancia de dieciséis

puntos sesenta y seis metros; colindando con Petrona Benítez, con

Calle Vecinal de por medio. AL ORIENTE, en línea quebrada

compuesto por ocho tramos, descritos de la siguiente manera:

primero tramo, con una distancia de cincuenta y cinco puntos

cuarenta y seis metros; segundo tramo, con una distancia de vein-

tiséis punto setenta y cuatro metros; tercer tramo, con una distan-

cia de treinta y seis punto once metros; cuarto tramo, con una

distancia de ochenta y nueve puntos cincuenta y nueve metros

colindando con José Granados, con cerco de alambre de púas de

por medio, y con pasaje sin nombre de por medio; quinto tramo,

con una distancia de setenta y nueve puntos cero un metro; sexto

tramo, con una distancia de quince punto treinta y siete metros;

séptimo tramo, con una distancia de dieciséis puntos cuarenta y

un metros; octavo tramo, con una distancia de cuarenta y ocho

punto cero dos metros; colindando con Romelia Pineda, con pasa-

je sin nombre de por medio y con quebradas de por medio. AL

SUR en línea quebrada, compuesto por seis tramos descritos de la

siguiente manera: primer tramo, con una distancia de treinta pun-

to noventa y un metros; segundo tramo, con una distancia de

veintiséis punto diecisiete metros; tercer tramo, con una distancia

de cincuenta y tres punto treinta y un metros; cuarto tramo, con

una distancia de treinta y siete punto ochenta y dos metros; quin-

to tramo, con una distancia de quince punto setenta y cinco metros;

sexto tramo, con una distancia de dieciocho punto cincuenta y

cinco metros; colindando con Humberto Palacios, con cerco de

alambre de púas de por medio. AL PONIENTE, en línea quebradas,

compuesto por quince tramos, descritos de la siguiente manera:

primer tramo, con una distancia de veintinueve punto cuarenta y

seis metros; segundo tramo, con una distancia de once punto vein-

tiocho metros; tercer tramo, con una distancia de quince punto

setenta y seis metros; cuarto tramo; con una distancia de veinti-

cuatro punto setenta y ocho metros; quinto tramo, con una distan-

cia de treinta y cuatro punto sesenta y cuatro metros; sexto tramo,

con una distancia de tres punto cero cero metros, colindando con

José Casimiro Villatoro, con cerco de alambre de púas de por

medio; séptimo tramo, con una distancia de ochenta y tres puntos

cuarenta y seis metros; colindando con Inés Villatoro, con cerco

de alambre de púas de por medio; octavo tramo, con una distancia

de quince punto diecisiete metros; noveno tramo, con una distan-

cia de cuarenta y seis punto noventa y ocho metros; décimo tramo,

con una distancia de cuarenta y tres punto treinta y un metros;

décimo primero tramo, con una distancia de once punto cero cua-

tro metros; décimo segundo tramo, con una distancia de doce

punto cincuenta y nueve metros; décimo tercer tramo, con una

distancia de diez punto treinta y cuatro metros; décimo cuarto

tramo, con una distancia de treinta y siete punto sesenta metros;

décimo quinto tramo, con una distancia de setenta y un punto

cincuenta y dos metros; colindando con Jorge Benítez, con cerco

de alambre de púas de por medio. Dicho inmueble lo valúa por la

cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMERICA.- EL SEGUNDO: de la capacidad superficial de CERO

HECTAREAS CUATRO AREAS SESENTA Y SIETE PUNTO

SESENTA Y CINCO CENTIAREAS, equivalentes a CERO MAN-

ZANAS, SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE PUNTO ONCE

VARAS CUADRADAS, o sean CUATROCIENTOS SESENTA Y

SIETE PUNTO SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS,

de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE: en línea

quebrada compuesto de un tramo, descrito de la manera siguiente:

primer tramo, con una distancia de treinta y tres punto treinta y un

metros; colindando con Petrona Benítez, con cerco de alambre de

púas de por medio. AL SUR, en línea quebrada compuesto por un

tramo, descrito de la siguiente manera: primer tramo, con una

distancia de treinta y siete punto cuarenta y cinco metros; colin-

dando con Porción número Uno, del mismo propietario, con calle

vecinal de por medio. AL PONIENTE, en línea quebrada compues-

ta por un tramo, descrito de la siguiente manera: primer tramo, con

una distancia de veintinueve punto treinta y cuatro metros; colin-

dando con Eulalio Palacios, con cerco de alambre de púas de por

medio. Dicho inmueble lo valúa por la cantidad de UN MIL DO-

LARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL TER-

CERO: de la capacidad superficial de TRES HECTAREAS SE-

TENTA Y UNA AREAS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO NO-

VENTA Y DOS CENTIAREAS, equivalentes a CINCO MANZA-

NAS TRES MIL CIENTO SESENTA Y UN PUNTO VEINTISEIS

VARAS CUADRADAS, o sean TREINTA Y SIETE MIL CIENTO

CINCUENTA Y CUATRO PUNTO NOVENTA Y DOS METROS

CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes: AL

NORTE, línea quebrada compuesta de cuatro tramos, descrito de

la siguiente manera: primer tramo, con una distancia de cuarenta

y uno punto cero cero metros; colindando con Romelia Pineda,

con cerco de alambre de púas de por medio, segundo tramo, con

una distancia de ciento cincuenta y cinco punto ochenta y siete

metros; tercer tramo, con una distancia de cincuenta y seis punto

setenta y dos metros; cuarto tramo, con una distancia de diecisie-

te punto noventa y cuatro metros; colindando con José Granados,

con cerco de alambre de púas de por medio. AL ORIENTE, en

línea quebrada compuesto por seis tramos, descritos de la siguien-

te manera: primer tramo, con una distancia de treinta y cinco

Page 63: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

63DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

punto cero cero metros; segundo tramo, con una distancia de die-

cisiete punto cincuenta y nueve metros; tercer tramo, con una

distancia de veintiséis punto cuarenta y tres metros; cuarto tramo,

con una distancia de veinticuatro punto sesenta y cinco metros;

quinto tramo, con una distancia de ochenta y seis punto noventa y

cuatro metros; sexto tramo, con una distancia de siete punto cin-

cuenta y cinco metros; colindando con Chana Benítez, con calle

vecinal de por medio. AL SUR, en línea quebrada por diez tramos,

descritos de la siguiente manera: primer tramo, con una distancia

de treinta y ocho punto diecisiete metros; segundo tramo, con una

distancia de catorce punto noventa y un metros; colindando con

Santos Camilo García, con cerco de alambre de púas de por medio;

tercer tramo, con una distancia de siete punto ochenta metros;

cuarto tramo, con una distancia de uno punto veintinueve metros;

quinto tramo, con una distancia de setenta y nueve punto treinta y

tres metros; sexto tramo, con una distancia de veintisiete punto

noventa y siete metros; séptimo tramo, con una distancia de cin-

cuenta y cinco metros punto veinticinco metros, colindando con

José Ulises Palacios, con cerco de alambre de púas de por medio;

octavo tramo, con una distancia de cuarenta y tres punto treinta y

un metros; noveno tramo, con una distancia de sesenta y uno pun-

to ochenta y tres metros; colindando con Carlos Bertino, con

cerco de alambre de púas de por medio; décimo tramo, con una

distancia de cuarenta y cinco punto quince metros; colindando con

Ventura Benítez, con cerco de alambre de púas de por medio. AL

PONIENTE, en línea quebrada compuesto por un tramo descrito

de la siguiente manera, primer tramo, con una distancia de quince

punto cincuenta y cinco metros; colindando con Pedro González,

con cerco de alambre de púas de por medio. Dicho inmueble lo

valúa por la cantidad de UN MIL DOLARES DE LOS ESTADOS

UNIDOS DE AMERICA. Los inmuebles descritos los adquirió por

medio de Escritura Pública de compraventa de Posesión Mate-

rial.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San Fran-

cisco Gotera, Morazán, a las once horas del día diez de Septiembre del

dos mil siete. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ

2o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ

SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019595-1

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Se-

gundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al Público

para efectos de Ley,

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado el Li-

cenciado MILTON ANTONIO ROMERO FLORES, como Agente

Auxiliar del señor Procurador General de la República y como

Representante del señor JOSE ELMER FUENTES VILLATORO, a

solicitar a favor de éste TITULO SUPLETORIO, sobre: Un inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Caserío Los Fuentes, Cantón La

Laguna, jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán, de la

extensión superficial de DIECISIETE HECTAREAS CINCUENTA

Y OCHO AREAS OCHENTA Y SEIS CENTIAREAS VEINTICIN-

CO DECIMETROS CUADRADOS, equivalentes a VEINTICIN-

CO MANZANAS CIENTO VEINTISEIS VARAS CUADRADAS

SEISCIENTOS SIETE MILESIMOS DE VARA CUADRADAS o

sea CIENTO SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS METROS

OCHENTA Y SEIS DECIMETROS VEINTICINCO CENTIME-

TROS CUADRADOS; de las medidas y linderos siguientes: al

ORIENTE, mide novecientos setenta metros, partiendo del vértice

A, al punto B, barranca de por medio, colinda por este rumbo con

Ambrosio Fuentes, del punto B, al punto C, mide ochocientos me-

tros, río abajo, cerco de alambre de por medio, linda con Francisca

Villatoro y Río Torola; NORTE, del Punto C, al punto D, mide

cuatrocientos treinta y cinco metros, linda con troncón de marillo,

agua abajo del Río Torola; al PONIENTE, mide trescientos sesenta

y cinco metros, divididos en tres rumbos: el primer rumbo del punto

D, al punto E, mide doscientos veinticinco metros, en este rumbo no

existe cerco; del punto E, al punto F. mide setenta y cinco metros,

cerco de alambre propio, del punto F, al punto G, mide sesenta y

cinco metros por los tres rumbos de esta descripción linda con el

señor José Bonilla; y al SUR, del punto G al punto A, lugar desde

donde inició la descripción mide noventa y dos metros, linda con

el señor José Bonilla. Se estima el inmueble descrito en la suma

de CINCO MIL DOLARES.

El señor FUENTES VILLATORO, adquirió dicho inmueble

por compraventa de la Posesión Material por medio de Escritura

Pública que le efectuó el señor RAMON SALMERON.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San

Francisco Gotera, a las catorce horas y treinta y cinco minutos del

día trece de Septiembre de dos mil siete. Lic. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Licda.

ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F019596-1

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA:

Del Distrito Judicial de San Francisco Gotera, Morazán, Al Público

para los efectos de ley,

HACE SABER: Que a este tribunal se ha presentado, el

Licenciado MILTON ANTONIO ROMERO FLORES, como Apo-

derado General Judicial del señor JUAN GERMAN VELASQUEZ

GRANADOS, a solicitar a su favor, TITULO SUPLETORIO, sobre

un terreno de naturaleza rústica situado en el Cantón La Laguna,

Jurisdicción de Corinto, Departamento de Morazán; de la capacidad

superficial de TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA

Y CUATRO METROS CUADRADOS; de las medidas y colindancias

siguientes: AL ORIENTE, mide noventa y seis metros, colinda con

el señor Román Granados, y divide cerco de alambre de por me-

Page 64: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

64 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

dio; AL NORTE, mide trescientos veintiocho metros, colinda con

José María Granados y Gustavo Fuentes, divide cerco de alambre

y piña de por medio; AL PONIENTE, mide ciento treinta y seis

metros, colinda con el señor Casimiro Hernández, Eulalio Villatoro

y Antono Romero, calle que conduce al Caserío Quebrada Seca

de por medio, AL SUR, mide doscientos cuarenta metros, colinda

con el señor Francisco Granados, Eduviges Alvarenga y Escuela

La Hermita, calle de por medio; el inmueble antes descrito los

adquirió por Compraventa de Posesión Material que le hizo a la

señora Catalina Benítez Márquez; se valúa en la cantidad de DOS

MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia: San

Francisco Gotera, Morazán a las ocho horas y veinte minutos del

día siete de Septiembre del dos mil siete. Lic. JORGE ALBERTO

GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2o. DE 1a. INSTANCIA.- Lic. ROSA

ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019597-1

TITULO DE DOMINIO

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL

DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD

HACE SABER: Que a las once horas quince minutos del día

diecisiete de Septiembre del presente año, se admitió la información

contenida en la solicitud de Título de Dominio, presentada por el

Licenciado GUSTAVO ADOLFO GÁMEZ RODEZNO, en su calidad

de Apoderado General Judicial y Administrativo del Municipio de

la Ciudad de Chiltiupán, la cual es poseedora de: Un Inmueble de

naturaleza urbana, situado en Barrio San Marcos, del Municipio de

Chiltiupán, de este Departamento, lugar donde funciona el Rastro

Municipal, con una extensión superficial aproximadamente de

DOSCIENTOS CATORCE PUNTO TRECE METROS CUADRA-

DOS, el cual mide y linda: AL ORIENTE: trece metros trescientos

setenta y seis milímetros, linda con Ricardo Badío Olivo y María

Herminia Quijada Badío; AL NORTE: doce metros quinientos cua-

renta milímetros, linda con Graciela del Carmen Badío Guardado

de Vásquez; AL PONIENTE: trece metros trescientos setenta y seis

milímetros, linda con Vilma Margoth Pérez, Calle La Ronda de por

medio; y AL SUR: doce metros quinientos cuarenta milímetros,

linda con Ana María Cartagena Molina.- El predio descrito no es

dominante ni sirviente, no tiene ninguna carga ni derecho real que

pertenezca a otra persona o que deba respetarse y no se encuentra

en proindivisión con nadie.- Lo que se hace del conocimiento del

público para los efectos de ley correspondientes, de conformidad

a lo establecido en el Art. 3o. de la Ley Sobre Títulos de Predios

Urbanos.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a

los diecisiete días del mes de Septiembre del dos mil siete.- Entre

línea: quince minutos-Vale.- Enmendado: diecisiete-Vale. Licda.

DIGNA GLADIS MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA

INSTANCIA.- Lic. EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019547-1

TRASPASO DE MARCA

No. de Expediente: 1995000267

No. de Presentación: 19990000077

CLASE: 29

EL(LA) INFRASCRITO(A) REGISTRADOR(A) DE LA PRO-

PIEDAD INTELECTUAL:

HACE SABER: Que BLANCA DAYSI DURAN CARRANZA

DE SILIEZAR, del domicilio de San Salvador, propietaria(o)(s)

de la MARCA INDUSTRIAL O DE FABRICA, consistente en

una viñeta rectangular contentiva de lo siguiente: la expresión,

“las caritas sonrientes de un niño y una niña”; en el centro de la

viñeta, cinco franjas que convergen todas para formar un círculo,

y en su margen inferior, un rectángulo que contiene las expresio-

nes “BocaDeli”. Somos calidad, ya registrada como marca, cuyo

País de Origen es EL SALVADOR, inscrita al número 00221 del

Libro 00051 de INSCRlPCION DE MARCAS, QUIEN CEDE Y

TRANSFIERE la marca antes relacionada a RODRIGO ERNESTO

VALIENTE MACHON, quien posteriormente la cede y transfiere a

PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE - BOCADELI, S.A. DE C.V., del

domicilio de San Salvador, de nacionalidad SALVADOREÑA.

TRASPASO que se encuentra inscrito al número 00163 del

Libro 00025 de RESOLUCIONES DEFINITIVAS.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos

de ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de

la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos

Distintivos. San Salvador, a los cinco días del mes de septiembre

del año dos mil siete. HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS

MARTINEZ VARELA, REGISTRADOR.- SALVADOR ANIBAL

JUAREZ URQUILLA, SECRETARIO.

1 v. No. F019528

Page 65: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

65DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

AVISO DE INSCRIPCIÓN

AVISO DE INSCRIPCIÓN

EL INFRASCRITO JEFE DEL REGISTRO NACIONAL DE ASO-

CIACIONES COOPERATIVAS DEL INSTITUTO SALVADOREÑO

DE FOMENTO COOPERATIVO. En cumplimiento de los Artículos

16 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas, 5 Inciso Primero

de su Reglamento y 19 literal g) del Reglamento Interno del Instituto

Salvadoreño de Fomento Cooperativo,

HACE SABER: Que la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE AHO-

RRO Y CRÉDITO MUJERES SOLIDARIAS, DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA, que se abrevia “ACAMS, de R.L.” con domicilio legal en

Tejutepeque, Departamento de Cabañas y que goza de personalidad

jurídica desde el cuatro de Julio de dos mil uno, se encuentra INSCRITA

bajo el número VEINTINUEVE, folios quinientos siete frente a quinien-

tos veintitrés vuelto, del libro VIGÉSIMO SÉPTIMO de Asociaciones

Cooperativas de AHORRO Y CRÉDITO, Reformó Integralmente sus

Estatutos. Tal reforma ha sido INSCRITA bajo el número NUEVE, folios

ciento siete frente a folios ciento veinte frente del Libro TRIGÉSIMO

TERCERO de Asociaciones Cooperativas de AHORRO Y CRÉDITO,

que lleva el Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas del INSTI-

TUTO SALVADOREÑO DE FOMENTO COOPERATIVO, a los siete

días del mes de septiembre de dos mil seis.

San Salvador, 07 de septiembre de 2007.

MISAEL EDGARDO DIAZ,

Jefe del Registro Nacional de Asociaciones Cooperativas.

1 v. No. F019541

JUICIOS DE AUSENCIA

FRANCISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.

AVISA: Que en este tribunal se ha presentado el Doctor JAIME

BERNARDO OLIVA GUEVARA, de sesenta años de edad, abogado, de

este domicilio, EXPONIENDO: Que intentó acción ejecutiva solidaria

en el Juicio Ejecutivo Civil clasifi cado al Número de Entrada 84/2004,

como Apoderado de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO,

CREDITO Y SERVICIOS DE LOS MERCADOS DE OCCIDENTE

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, contra los señores OSWALDO

GONZALEZ AQUINO, GERMAN ESTEBAN OSORIO MANCIA y

SAUL ENRIQUE MENJIVAR ARGUMEDO, reclamando cantidad de

dinero e intereses, pero por no convenir a los intereses de su poderdante

modifíca la demanda en el sentido que la acción ejecutiva solidaria

la intenta únicamente contra el señor SAUL ENRIQUE MENJIVAR

ARGUMEDO, de treinta y ocho años de edad, a la fecha de la contra-

tación, Empleado, de este domicilio, lo que es procedente porque no

se ha contestado la demanda, y no habiendo sido posible emplazar al

señor Menjívar Argumedo, por ignorarse su paradero, de conformidad

al Art. 141 Pr.C., inicia DILIGENCIAS DE AUSENCIA para que previo

los trámites legales le sea nombrado un curador especial para que lo

represente en el Juicio referido.-

En consecuencia se previene que si el señor SAUL ENRIQUE

MENJIVAR ARGUMEDO, tuviere Representante Legal en la República,

se presente dentro de los quince días subsiguientes a la publicación de

este aviso a comprobar dicha circunstancia.-

Juzgado Primero de lo Civil: Santa Ana, a las doce horas veinte

minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil cinco.- Lic. FRAN-

CISCO ALBERTO ALEGRIA MENDOZA, JUEZ PRIMERO DE LO

CIVIL. Licda. CARMEN GUADALUPE NUÑEZ MONTERROSA,

SECRETARIA.

1 v. No. F019510

EL INFRASCRITO JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licencia-

da THELMA ELIZABETH CASTELLON ORTEGA actuando como

Apoderada General Judicial del BANCO DE CREDITO INMOBILIA-

RIO, S.A. EN LIQUIDACIÓN ahora FONDO DE SANEAMIENTO

Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO; promoviendo Diligencias de

Ausencia, manifestando que ha demandado en Juicio Ejecutivo Mercantil,

reclamándole cantidad de dinero y accesorios de Ley a los señores REINA

AMERICA CARRANZA MARROQUIN, GLORIA MARROQUIN DE

CARRANZA, ROBERTO CARLOS CARRANZA MARROQUIN y

JAIME ADALBERTO CARRANZA MARROQUIN, la primera mayor

de edad, Estudiante, del domicilio de Jayaque, Departamento de La Liber-

tad, ahora de domicilio ignorado, la segunda mayor de edad, de Ofi cios

domésticos, del domicilio de Jayaque, Departamento de La Libertad,

ahora de domicilio ignorado, el tercero mayor de edad, Comerciante,

del domicilio de Jayaque, Departamento de La Libertad, ahora de do-

micilio ignorado, y el último mayor de edad, Estudiante, del domicilio

de Jayaque, Departamento de La Libertad, ahora de domicilio ignorado

y siendo que como los mencionados señores, carecen de Representante

Legal, Factor o Gerente y se ignora su paradero, desconociéndose si han

dejado Procurador u otro Representante Legal, pide se les nombre un

Curador Especial para que los Represente en el Juicio aludido.-

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si a los

mencionados señores REINA AMERICA CARRANZA MARROQUIN,

GLORIA MARROQUIN DE CARRANZA, ROBERTO CARLOS

CARRANZA MARROQUIN y JAIME ADALBERTO CARRANZA

MARROQUIN, tienen Procurador o Representante Legal se presente

dentro de los quince días siguientes a la última publicación de este aviso

y pruebe tal circunstancia.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL:

San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del día veintiocho de

Agosto del año dos mil siete.- Lic. ERNESTO CEA, JUEZ SEGUNDO

DE LO MERCANTIL. Licda. AMINDA MERCEDES CRUZ PARADA,

SECRETARIA INTERINA.

1 v. No.F019521

Page 66: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

66 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovi-

do en este Tribunal por el Licenciado GILBERTO ENRIQUE ALAS

MENÉNDEZ, continuado por el Licenciado EDUARDO GARCÍA

GUTIÉRREZ, ambos mayores de edad, Abogados y de este domicilio,

actuando en calidad de Apoderados Generales Judiciales del FONDO

DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FINANCIERO, de este

domicilio, contra los señores JORGE ADALBERTO GONZÁLEZ RI-

VERA, de este domicilio, y SILVIA ISABEL MURILLO RODRÍGUEZ,

del domicilio de Antiguo Cuscatlán, ambos mayores de edad y estudian-

tes.

Posteriormente a la fecha en que se inició el referido Juicio se

presentó el Licenciado EDUARDO GARCÍA GUTIÉRREZ, en el

carácter antes expresado manifestando que los mencionados señores

se han ausentado de su domicilio ignorándose su paradero o si tienen

Apoderado, Procurador o Representante Legal, en el país, razón por la

cual de conformidad al Art. 141 del Código de Procedimientos Civiles,

PIDE: sean declarados ausentes y se les nombre un Curador Especial

para que los represente en la continuación del referido Juicio.

En consecuencia, se previene que si los señores JORGE ADALBERTO

GONZÁLEZ RIVERA y SILVIA ISABEL MURILLO RODRÍGUEZ,

tuvieren Apoderado, Procurador o Curador en el país, se presente a este

Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días

siguientes a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Salvador, a las

doce horas del día veintitrés de agosto de dos mil siete. Dr. SALVADOR

CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL. Lic. DA-

VID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS, SECRETARIO.

1 v. No. F019522

LA INFRASCRITA JUEZ TERCERO DE LO MERCANTIL DE ESTE

DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL:

HACE SABER: Que en este Tribunal existe en el Juicio Ejecutivo

Mercantil promovido en este Tribunal inicialmente por el licenciado

CARLOS HUMBERTO FIGUEROA FUENTES, y actualmente

continuado por el licenciado JOSE WILSON CASTILLO BLANCO,

quienes son mayores de edad, Abogados, de este domicilio, en calidad

de Apoderados del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECI-

MIENTO FINANCIERO, entidad cesionaria del BANCO CENTRAL

DE RESERVA DE EL SALVADOR y esta última cesionaria del BANCO

DE CREDITO INMOBILIARIO, S. A., en liquidación, contra la señora

EDITH ELIZABETH CIENFUEGOS DE RUIZ.

Posteriormente a la fecha que se inició dicho juicio, se presentó a

este Tribunal el Licenciado JOSE WILSON CASTILLO BLANCO, en

el concepto antes expresado, manifestando que se desconoce el domicilio

actual de la señora EDITH ELIZABETH CIENFUEGOS DE RUIZ quien

es mayor de edad, comerciante en pequeño, antes del domicilio de Santa

Ana, Departamento de Santa Ana, actualmente de domicilio ignorado, a

quien correspondía su Cédula de Identidad Personal número cero dos-

cero uno-cero cincuenta y tres mil quinientos setenta y cuatro, y con

número de identifi cación Tributaria cero doscientos diez- doscientos

treinta mil seiscientos cuarenta y nueve - cero cero tres - cuatro; y si

ha dejado Apoderado, Procurador u otro Representante legal en el país,

para que intervenga en el Juicio, por lo que solicitó, que previos los

trámites legales, se le nombre un Curador Especial que la represente en

la continuación del Juicio de mérito.

Por tanto se previene que si la señora EDITH ELIZABETH

CIENFUEGOS DE RUIZ, tuviere Procurador, Representante legal o

Apoderado en la República, se presente a este tribunal a comprobar

dicha circunstancia, dentro de los QUINCE DIAS siguientes a la tercera

publicación de este aviso.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO MERCANTIL,

San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del día trece de Agosto

del año dos mil siete. Licda. ANA MARIA CORDON ESCOBAR, JUEZ

TERCERO DE LO MERCANTIL. Licda. ANA CECILIA FIGUEROA

ALMENDARES, SECRETARIO.

1 v. No. F019524

LA JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en este tribunal la Licenciada DINORA ALI-

CIA LARIOS LANDAVERDE, en su carácter de Apoderado General

Judicial del FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO

FINANCIERO en razón de haber el BANCO DE CREDITO INMO-

BILIARIO, SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION cedido el

presente crédito a favor del BANCO CENTRAL DE RESERVA, y éste

a su vez haberlo cedido al FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTA-

LECIMIENTO FINANCIERO, promueve Juicio Ejecutivo Mercantil

en contra el señor CARLOS ERNESTO CHAVEZ MADRID, quien al

momento de contraer la obligación era de cuarenta y nueve años de edad,

Fotógrafo, actualmente de domicilio ignorado; sin saber que ha dejado

Procurador o apoderado que los represente, por lo que de conformidad

al Art. 141 Pr. C., dentro del mismo juicio se han promovido las Dili-

gencias de Ausencia a fi n de que se nombre un Curador Especial para

que lo represente exclusivamente en el proceso relacionado.

En consecuencia se previene que si alguna persona es Apoderada o

Representante Legal del señor CARLOS ERNESTO CHAVEZ MADRID,

se presente a este Juzgado a comprobar tal circunstancia dentro de los

quince días subsiguientes a la tercera publicación del presente aviso.

Librado en el Juzgado Primero de lo Mercantil: a las nueve horas

del día dos de julio de dos mil siete. Licda. MARIA FLOR SILVES-

TRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL.

Lic. OSCAR EMILIO ZETINO URBINA, SECRETARIO.

1 v. No. F019525

Page 67: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

67DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PÚBLICO EN

GENERAL.

HACE SABER: Que en el proceso Mercantil Ejecutivo promo-

vido por FONDO DE SANEAMIENTO Y FORTALECIMIENTO FI-

NANCIERO, a través de su apoderado licenciado TULIO ERNESTO

RODRIGUEZ LEMUS contra el señor JOSE MANUEL CISNEROS

SANCHEZ, mayor de edad, motorista, del domicilio de Usulután; pero

es el caso que actualmente es de domicilio ignorado, así como no se sabe

si ha dejado Procurador o si tiene Representante Legal, en su caso; por

lo que solicita el expresado Profesional se le nombre Curador Especial

a el señor JOSE MANUEL CISNEROS SANCHEZ, de conformidad

al Art. 141 Pr.C., en el proceso Mercantil Ejecutivo que se sigue en su

contra.

En consecuencia, se previene que el señor JOSE MANUEL

CISNEROS SANCHEZ, tuviere Procurador o Representante Legal, en

su caso en el País, se presente a este Tribunal a comprobar dicha cir-

cunstancia, dentro del término de quince días siguientes a la publicación

de este aviso.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador, a las

Diez horas del día Dieciocho de Enero de dos mil siete. Lic. EDUARDO

JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO MERCANTIL.

Licda. JACQUELINE JOHANNA ORTIZ DURAN, SECRETARIA.

1 v. No. F019526

MARIO VLADIMIR HERNANDEZ TORRES, Notario, del domicilio

de San Salvador, con Ofi cina Notarial, ubicada en Avenida La Capilla,

número 353 Colonia San Benito de esta ciudad,

AVISA: Que en su ofi cina notarial se ha presentado el Licenciado

CESAR ISAAC CANALES FUENTES, mayor de edad, Abogado y

Notario de este domicilio, en su carácter de Apoderado General Judicial

de la señora EMISELA RUIZ DE SANTIN, con el objeto de promover

Diligencias de Declaratoria de Ausencia y Nombramiento de Curador

Especial, a la señora ANDREA ORTIZ PERLA conocida por ANDREA

ORTIZ, quien es mayor de edad, de ofi cios domésticos, y del domicilio

de la ciudad y Departamento de La Unión, en razón del JUICIO CIVIL

ORDINARIO DE NULIDAD ABSOLUTA que promoverá el referido

Licenciado CANALES FUENTES en el Juzgado de lo Civil de la ciudad

de La Unión, en contra de la mencionada señora ANDREA ORTIZ PER-

LA conocida por ANDREA ORTIZ. Y que según Acta Notarial, emitida

en mi Despacho Notarial a las doce horas del día veintisiete de agosto

de dos mil siete, se MANIFIESTA: Que a la señora ANDREA ORTIZ

PERLA conocida por ANDREA ORTIZ, se le ignora su Paradero, y no

se sabe si se encuentra dentro o fuera de la República, como también

se ignora si ha dejado Procurador o Representante Legal, para que la

represente en el Juicio ya indicado en su contra, por lo que en base al

Artículo 141 Pr.C. Relacionado con el Art. 25 de la Ley del Ejercicio

Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias, viene a

promover diligencias a efecto de que se declare ausente y se le nombre

curador especial que la represente a la antes mencionada.

En consecuencia, se previene si a la referida ausente, señora

ANDREA ORTIZ PERLA conocida por ANDREA ORTIZ, tuviere

Procurador o Representante Legal se presente éste a comprobar dicha

circunstancia dentro de los quince días siguientes a la publicación de

este aviso por tercera oportunidad.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

Librado en la ciudad de San Salvador, doce de septiembre del año

dos mil siete.

Lic. MARIO VLADIMIR HERNANDEZ TORRES,

NOTARIO.

1 v. No. F019544

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA

TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por

el abogado Pablo Nerio Martínez, en calidad de apoderado del BANCO

HSBC SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA o BANCO HSBC,

SOCIEDAD ANONIMA, o BANCO SALVADOREÑO, SOCIEDAD

ANONIMA, o BANCOSAL, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia

BANCO HSBC SALVADOREÑO, S.A., BANCO HSBC, S.A., BANCO

SALVADOREÑO, S.A. o BANCOSAL, S.A., contra las Sociedades

SISTEMAS DE TRANSPORTE, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, Y DESARROLLO DE TRANSPORTE SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, y señores JOSE ROBERTO

MARTINEZ ALFARO, MANUEL DE JESUS MARTINEZ ALFARO y

LETICIA YOLANDA ALFARO CABRERA DE MARTINEZ, en razón

de no haber sido encontrado el representante legal de la Sociedad “SIS-

TEMAS DE TRANSPORTES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE”, en su domicilio conocido para efectos de emplazar a la

referida sociedad, el expresado abogado Nerio Martínez, en la calidad en

que actúa, ha dado inicio al trámite señalado en el Art. 141 Pr., a fi n de

que se provea de un Curador Especial para que represente en el Juicio a

la Sociedad SISTEMAS DE TRANSPORTES, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, y de

quien no se sabe si ha dejado otro Representante Legal, Apoderado,

Factor o Gerente, para que la represente en el juicio.

En consecuencia, se previene a Representante Legal, Apoderado,

Factor o Gerente alguno de la referida sociedad, caso de que lo tuviere,

se presente a este Juzgado en el término de quince días después de la

tercera publicación de este edicto, a comprobar dicha circunstancia.

Page 68: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

68 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas dieciséis minutos del día tres de septiembre de dos mil siete.- Enmen-dado-después-Vale. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL. Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRE-TARIO.

1 v. No. F019561

LA INFRASCRITA JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA DE SAN SALVADOR LICENCIADA JULIA BUENDIA MENDEZ, al público en general

HACE SABER: Que en este Tribunal existe Juicio Ejecutivo Civil promovido por la Licenciada OLGA LIDIA TORRES PINEDA DE GARAY, quien actúa en carácter personal y en contra de los señores JOSE GUILLERMO MERINO CAMPOS, BERTA ESTHER HERNANDEZ DE MERINO y RICARDO DE JESUS PINEDA, conocido por RICAR-DO DE JESUS PINEDA PEREZ, siendo este último a la fecha de la presentación de la Demanda de cincuenta y ocho años de edad, empleado, del domicilio de esta Ciudad, que con posterioridad a la fecha de inicio del referido Juicio, la Licenciada OLGA LIDIA TORRES PINEDA DE GARAY manifi esta desconocer el domicilio actual del último de los demandados, pues se ha ausentado de su domicilio conocido ignorándose su paradero o si ha dejado Procurador o Representante legal, razón por lo que de conformidad al Artículo 141 del Código de Procedimientos Civiles, PIDE: sea declarado Ausente y se le nombre Procurador Especial para que lo represente en la sustanciación del presente Juicio Ejecutivo Civil.

En consecuencia, prevéngase si existiere al Procurador o Repre-sentante legal del señor RICARDO DE JESUS PINEDA, conocido por RICARDO DE JESUS PINEDA PEREZ, que se presenten a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días posteriores a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Primero de Menor Cuantía de San Salvador, a las once horas y cincuenta minutos del día veintiuno de Junio del año dos mil siete. Licda. JULIA BUENDIA MENDEZ, JUEZ PRIMERO DE MENOR CUANTIA. Lic. PABLO CESAR LAZO BONILLA, SECRETARIO.

1 v. No. F019613

MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

AVISA: Que en este Tribunal se ha presentado la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, de cuarenta años de edad, Abogado y Notario del domicilio de Delgado, actuando en su calidad de Apoderada General Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA

FUERZA ARMADA, que se abrevia “IPSFA”, contra el señor JUAN JOSE VELASQUEZ ACEVEDO, manifestando que está promovien-do Juicio Civil Ejecutivo contra el señor JUAN JOSE VELASQUEZ ACEVEDO, ignorándose su paradero y desconociéndose si éste ha dejado Procurador o Representante Legal para que lo represente en dicho juicio, que le promueve la Licenciada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, solicita que previos los trámites de Ley se le nombre al ausente señor JUAN JOSE VELASQUEZ ACEVEDO, un curador Especial para que lo represente.

En consecuencia se previene que si el referido señor JUAN JOSE VELASQUEZ ACEVEDO tuviere Procurador o Representante Legal, se presente a este Tribunal a comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes a la tercera publicación de este aviso.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las once horas del día veintitrés de Julio de dos mil siete. Licda. MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

1 v. No. F019614

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, en su calidad de Apoderada General Judicial del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, manifestando que viene a promover Diligencias de Ausencia como incidente en el Juicio Ejecutivo Civil que promueve en el carácter antes indicado, contra el señor HUGO CESAR VIDAL PORTI-LLO, mayor de edad, Mecánico Industrial, del domicilio de Soyapango, en la actualidad de domicilio ignorado, a fi n de que se declare ausente y poder oportunamente dar por concluido el Juicio Ejecutivo Civil en referencia, y sin saber si éste ha dejado procurador o representante legal en el país, pide se le nombre un curador especial para que lo representen en el juicio aludido.

Previénese como acto previo y de conformidad al Art. 141 Pr.C., que si el mencionado señor tiene procurador o representante legal, se presente a este Tribunal dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este aviso probando tal circunstancia.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las doce horas del día seis de julio de dos mil siete. Lic. CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

1 v. No. F019618

Page 69: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

69DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR,

HACE SABER: Que en este Juzgado ha iniciado la Licenciada ANA

SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderada del INSTITUTO

DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA; Incidente de

Declaratoria de ausencia a fi n de declarar ausente al señor RENE

RIVAS ESTRADA, quien es mayor de edad, Empleado, actualmente

de domicilio ignorado; y como dicho señor ha desaparecido del lugar de

su domicilio, ignorándose su paradero y sin saberse si dejó procurador

o representante en el país, pide que se le nombre un curador especial

para que lo represente en el juicio aludido.

PREVIENESE de acuerdo con el Art. 141 Pr. C., que si el men-

cionado tiene procurador o representante legal en el país, se presente

dentro de los quince días subsiguientes a la última publicación de este

aviso y compruebe tal circunstancia.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las nueve

horas quince minutos del día veintinueve de junio de dos mil siete. DR.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.-

LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

1 v. No. F019622

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE

SAN SALVADOR, AL PUBLICO EN GENERAL PARA LOS EFEC-

TOS DE LEY.

AVISA: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO, promovido por la

Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderada del

INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA,

contra el señor RUTILIO RENE BARILLAS MENA, en el trámite de

dicho juicio la referida Profesional, en su solicitud de fecha quince de

agosto del presente año, MANIFIESTA: Que según acta levantada por

el Secretario Notifi cador del Juzgado Segundo de Paz de Soyapango,

no se ha podido notifi car la Admisión de la demanda y Mandamiento de

Embargo al demandado señor RUTILIO RENE BARILLAS MENA, a

quien se le ignora su paradero y lugar de residencia, ignorándose también

si ha dejado Procurador o Representante legal para que lo represente

en el Juicio ya iniciado en su contra; por lo que viene a promover las

correspondientes Diligencias de Ausencia, en base al Art. 141 Pr.C., a

efecto de que se le declare ausente y se le nombre un Curador Especial

para que lo represente en el referido juicio.

En consecuencia se previene que si el ausente aún no declarado

tuviere Procurador o Representante Legal, se presente a este Tribunal a

comprobar dicha circunstancia dentro de los quince días subsiguientes

a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las quince

horas y treinta minutos del día diez de septiembre del año dos mil siete.

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA.

CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

1 v. No. F019623

RENOVACION DE MARCAS

No. de Expediente: 1996001644

No. de Presentación: 20070097788

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS

BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del

domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO VERDE, COSTADO

SUR, URBANIZACION SIERRA MORENA 2, SOYAPANGO, DEPAR-

TAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00080 del Li-

bro 00050 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra

“BOCADELI”, escrita en fondo azul oscuro y letras de carta blancas,

de la cual las letras “B” y “D” están en mayúsculas, debajo de la cual

se encuentra la frase “SOMOS CALIDAD”, escrita en letras de molde

mayúsculas blancas en un fondo rojo, frase sobre la cual no se pretende

exclusividad; ambos conjuntos de palabras se encuentran divididos por

una franja de color blanco en forma de pequeña ola. Toda esta fi gura se

encuentra dentro de un rectángulo formado por una línea delgada de color

azul oscuro cuyas esquinas son redondeadas, el cual tiene paralelamente

una franja gruesa de color blanco; que ampara productos/servicios com-

prendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012786-1

Page 70: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

70 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 1996001614

No. de Presentación: 20070096854

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS

ALIMENTICIOS BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, del domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO

VERDE, COSTADO SUR, URBANIZACION SIERRA MORENA 2,

SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacio-

nalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscrip-

ción Número 00003 del Libro 00054 de INSCRIPCION DE MARCAS,

consistente en LAS PALABRAS “QUESI Trix”, DE LAS CUALES

LA PALABRA “QUESI” ESTA ESCRITA EN LETRAS DE MOLDE

MAYUSCULAS Y ENCERRADA DENTRO DE UN RECTANGULO

IRREGULAR Y LA PALABRA “Trix” EN FORMA ESTILIZADA EN

DONDE SOLO LA LETRA “T” ESTA EN MAYUSCULA; DEBAJO

DE ESTA PALABRA SE ENCUENTRA UNA FRANJA NEGRA EN

FORMA DE BANDERIN, DENTRO DEL CUAL SE ENCUENTRA ES-

CRITA LA FRASE CON QUESO NATURAL EN LETRAS BLANCAS,

DE LA CUAL NO SE PRETENDE EXCLUSIVIDAD; ESTE BAN-

DERIN Y LA MITAD DE LA PALABRA “Trix”, SE ENCUENTRAN

DENTRO DE OTRO RECTANGULO, QUE TAMBIEN ES IRREGU-

LAR, Y EN LA PARTE INFERIOR DERECHA SE ENCUENTRA LA

MITAD DE LA FIGURA DE UN RATON, COMPUESTO POR DOS

OREJAS, DOS OJOS ABIERTOS Y GRANDES, CUATRO BIGOTES,

DOS DIENTES SALIDOS Y LA LENGUA DE FUERA EN LA PAR-

TE DERECHA DE LA BOCA Y LA NARIZ EN LA IZQUIERDA,

TODO ESTO FORMANDO LA CARA DE UN GRACIOSO RATON,

DEBAJO DE LA CUAL SE ENCUENTRA SOLAMENTE EL BRAZO

IZQUIERDO RECOGIDO CON LA MANO IZQUIERDA ABIERTA;

que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012788-1

No. de Expediente: 1996001610

No. de Presentación: 20070097792

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO

Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS

ALIMENTICIOS BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, del domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO

VERDE, COSTADO SUR, URBANIZACION SIERRA MORENA 2,

SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de naciona-

lidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00002 del Libro 00054 de INSCRIPCION DE MARCAS, consis-

tente en LA PALABRA “PINDI”, ESCRITA EN LETRA ESTILIZADA

Y NEGRA, ESCRITA DENTRO DE UN RECTANGULO, DEBAJO DE

LA CUAL SE ENCUENTRA ESCRITA LA PALABRA “VAINILLA”,

DE LA CUAL NO SE PRETENDE EXCLUSIVIDAD; DEBAJO DE

ESTA SE ENCUENTRA UNA FRANJA DE COLOR NEGRO; EN LA

PARTE DERECHA DEL RECTANGULO SE ENCUENTRA LA FIGU-

RA ANIMADA DE UNA VAINILLA, LA CUAL ESTA COMPUESTA

DE LINEAS QUE ASEMEJAN PESTAÑAS QUE HACEN QUE LA

FIGURA PAREZCA ESTAR CON LOS OJOS CERRADOS, OTRAS

QUE FORMAN UNA BOCA SONRIENTE, OTRAS QUE FORMAN

LOS BRAZOS Y MANOS, QUE APARECEN EXTENDIDAS, OTRAS

QUE FORMAN LOS PIES DE LA FIGURA Y QUE FORMAN UNOS

ZAPATOS DE TACON. TAMBIEN APARECE UNA LINEA DIAGO-

NAL DE IZQUIERDA A DERECHA, LA CUAL FORMA UN TRIAN-

GULO EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA DEL RECTANGULO;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012789-1

Page 71: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

71DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

No. de Expediente: 1996003908

No. de Presentación: 20070097796

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS

BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

del domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO VERDE, COS-

TADO SUR URBANIZACION SIERRA MORENA 2, SOYAPANGO,

DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVA-

DOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción Número

00054 del Libro 00056 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente

en la palabra “BARRILITOS”, escrita en letras de molde mayúsculas

y gruesas, de tipo de dos proyecciones, donde la primera proyección es

de fondo blanco y la de fondo de fondo negro, separada en dos partes,

la primera compuesta por BARRI y la segunda por LITOS, la cual se

encuentra debajo de la primera, esta palabra, se encuentra dentro de un

cuadro de forma irregular, donde su parte superior es más ancha que la

inferior; las primeras letras BA, sobresalen un poco en la parte superior

del cuadro y dentro de éste, se encuentra un pentágono en forma vertical,

que en su lado derecho hay un pequeño banderín de forma ondulante y

negro, dentro del cual se encuentra la frase sabor a ranch, de la cual no

se pretende exclusividad; y en su lado izquierdo se encuentra sobrepuesta

la fi gura de un hombre sonriente, que sobresale del cuadro en su parte

inferior y del pentágono, con su cabello que forma un copete, anteojos

oscuros y con sus brazos en forma de arco; dicha fi gura parece cubrirse

con un barril que le cuelga de los hombros por medio de unos tirantes;

que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

HUMBERTO GUILLERMO CUESTAS MARTINEZ VARELA,

REGISTRADOR.

MARIA ISABEL JACO LINARES,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012790-1

No. de Expediente: 1996001603

No. de Presentación: 20070097798

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS

BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

del domicilio de fi nal de la Avenida Cerro Verde, costado sur Urbani-

zación Sierra Morena 2, Soyapango, Departamento de San Salvador,

de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para

la inscripción Número 00149 del Libro 00056 de INSCRIPCION DE

MARCAS, consistente en la palabra “JAPONITOS”, escrita en letras de

molde mayúsculas blancas en forma parabólica, dentro de un rectángulo

en cuyo fondo aparecen caracteres japoneses en negro, debajo del cual

aparece una franja de color negro con la frase “mani japones”, de la

cual no se pretende exclusividad; debajo de éste se encuentra la fi gura

animada de un mani, japones el cual tiene vestimenta y posición de

karateca; que ampara productos/ servicios comprendidos en la(s) Clase

29 de la Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

LIC. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012791-1

Page 72: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

72 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 1997000029

No. de Presentación: 20070097800

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABO-

GADO Y NOTARIO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad

SALVADOREÑA, actuando como APODERADO de PRODUCTOS

ALIMENTICIOS BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPI-

TAL VARIABLE, del domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO

VERDE, COSTADO SUR URBANIZACION SIERRA MORENA 2,

SOYAPANGO, DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, de naciona-

lidad SALVADOREÑA, solicitando RENOVACION, para la inscripción

Número 00059 del Libro 00059 de INSCRIPCION DE MARCAS, con-

sistente en la palabra Piguis, escrita en letras de molde de tipo estilizada,

en donde sólo la letra “P” es mayúscula, en cuyo fondo aparecen franjas

negras de color negro entrecortadas que aparentan una fi gura de espiral,

debajo de esto aparece la fi gura de un cerdito, compuesto de dos orejas,

dos cejas, con lentes de sol, una nariz y una franja en su lado derecho

semejando una boca sonriente, con su brazo izquierdo apoyado a un

costado y su brazo derecho sosteniendo una tabla de “surf”, con una

calzoneta con fi guras circulares irregulares y dos piernas. Dicha fi gura

aparece en su mayor parte dentro de un rectángulo irregular; que ampara

productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 29 de la Clasifi cación

Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

EDUARDO GIOVANNY BIGUEUR CORNEJO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012794-1

No. de Expediente: 1996001602

No. de Presentación: 20070097794

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE CONSTAR: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por JUAN

FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, mayor de edad, ABOGADO,

del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

actuando como APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS

BOCADELI, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, del

domicilio de FINAL DE LA AVENIDA CERRO VERDE, COSTADO

SUR URBANIZACION SIERRA MORENA 2, SOYAPANGO, DEPAR-

TAMENTO DE SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando RENOVACION, para la inscripción Número 00249 del Libro

00058 de INSCRIPCION DE MARCAS, consistente en la palabra “Pin-

di”, escrita en letra estilizada y negra, escrita dentro de un rectángulo,

debajo de la cual se encuentra escrita la palabra “limón”, de la cual

no se pretende exclusividad; debajo de ésta se encuentra una franja de

color negro; en la parte derecha del rectángulo se encuentra la fi gura

animada de un limón, el cual está compuesto de líneas que asemejan

pestañas que hacen que la fi gura parezca estar con los ojos cerrados,

otras que forman una boca sonriente, otras que forman los brazos y

manos, que aparecen extendidos, otras que forman los pies de la fi gura

y que forman unos zapatos, apareciendo en conjunto que la fi gura está

saltando. También aparece una línea diagonal de izquierda a derecha,

la cual forma un triángulo en la parte superior derecha del rectángulo;

que ampara productos/servicios comprendidos en la(s) Clase 30 de la

Clasifi cación Internacional de Niza.

Lo que se hace del conocimiento del público, para los efectos de

Ley.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, a los cuatro días del mes de septiembre del año dos mil

siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012796-1

Page 73: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

73DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007069534

No. de Presentación: 20070097781

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión QUESITRIX, que servirá para:

AMPARAR: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS

DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y

COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS; HUEVOS, LECHE Y OTROS

PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES;

CONSERVAS, ENCURTIDOS.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012792-1

No. de Expediente: 2007069535

No. de Presentación: 20070097782

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNANDEZ AGUIRRE, en su calidad

de APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA

Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra QUESITRIX, que servirá para: AMPA-RAR: CAFÉ, TÉ CACAO; AZÚCAR; ARROZ; TAPIOCA, SAGÚ, SU-CEDÁNEOS DEL CAFÉ; HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, PAN, BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE ME-LAZA; LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; PIMIENTA, VINAGRE, SALSAS; ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día treinta de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012793-1

No. de Expediente: 2007069527

No. de Presentación: 20070097764

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JACQUES ANTONIO JACIR SIMAN, en su calidad de REPRESENTANTE LE-GAL de INDUSTRIAS COSMETICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión “Spa Secrets” y diseño que se traduce al

castellano como “Secretos de Spa”, sobre la palabra Spa individualmente

Page 74: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

74 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

no se le concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CREMA,

COLONIA, ESMALTE, REMOVEDOR DE ESMALTE, Y JABON

LIQUIDO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de agosto del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecinueve de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012800-1

No. de Expediente: 2007065736

No. de Presentación: 20070091424

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO ERNES-

TO ACOSTA OERTEL, en su calidad de REPRESENTANTE LEGAL

de FUNDACION SALVADOREÑA PARA INVESTIGACIONES DEL

CAFE que se abrevia: PROCAFE, de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO,

Consistente en: las palabras “Jalea D’café PROCAFE” y diseño,

sobre los elementos de uso común no se concede exclusividad, que

servirá para: AMPARAR: JALEA DE CAFÉ.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de marzo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diecisiete de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012827-1

No. de Expediente: 2007069020

No. de Presentación: 20070096874

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado IRMA CA-

TALINA AYALA INTERIANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en

su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

FABRICA Y DE COMERCIO,

PAN DOÑAMIMA

Consistente en: las palabras PAN DOÑA MIMA, que servirá

para: AMPARAR: PAN, MERENGUES, BIZCOTELAS, PASTELES

DE FRUTA, SALPORES, TORTA DE YEMA, ROSQUILLAS DE PAN

Y TARTARITAS.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019594-1

Page 75: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

75DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

No. de Expediente: 2007070016

No. de Presentación: 20070098586

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ARMANDO AYALA OSEGUEDA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de FARNET, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARNET, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

PANTOPAZMOL

Consistente en: la palabra PANTOPAZMOL, que servirá para:

AMPARAR: MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019602-1

No. de Expediente: 2007070013

No. de Presentación: 20070098583

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE

ARMANDO AYALA OSEGUEDA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de FARNET, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: FARNET, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA,

COLIANTEN

Consistente en: la palabra COLIANTEN, que servirá para: AM-

PARAR: MEDICAMENTOS DE CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de septiembre del año

dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019603-1

No. de Expediente: 2007069280

No. de Presentación: 20070097344

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA

CUSCATLAN, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Sylt y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: PRODUCTOS DE COSMETICOS Y DE PERFUMERIA

CONSISTENTE EN SHAMPOO, ACONDICIONADOR, CREMA Y

GEL PARA EL CABELLO.

Page 76: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

76 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

JORGE ALBERTO JOVEL ALVARADO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019626-1

No. de Expediente: 2007069279

No. de Presentacion: 20070097343

CLASE: 03

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO

GUILLERMO KOCH ESCOBAR, en su calidad de REPRESENTAN-

TE LEGAL de DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: DISTRIBUIDORA

CUSCATLAN S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra Spiky, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS COSMETICOS Y DE PERFUMERIA PARA NIÑOS

CONSISTENTE EN GEL Y SHAMPOO PARA EL CABELLO.

La solicitud fue presentada el día veintiuno de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019627-1

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007069019

No. de Presentación: 20070096873

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado IRMA CA-TALINA AYALA INTERIANO, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL,

PAN DOÑAMIMA

Consistente en: las palabras PAN DOÑA MIMA, que servirá para:

IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO DE SERVICIO DEDICADO

A LA VENTA DE PAN, MERENGUES, BIZCOTELAS, PASTELES

DE FRUTA, SALPORES, TORTA DE YEMA, ROSQUILLAS DE PAN

Y TARTARITAS, UBICADO EN AVENIDA BENJAMIN ESTRADA

VALIENTE, # 12, BARRIO CALVARIO, METAPAN, DEPARTAMEN-

TO DE SANTA ANA.

La solicitud fue presentada el día nueve de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019592-1

Page 77: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

77DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2003031254

No. de Presentación: 20030035496

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JUAN

FRANCISCO EUGENIO HERNÁNDEZ AGUIRRE conocido por

JUAN FRANCISCO HERNÁNDEZ AGUIRRE, en su calidad de

APODERADO de PRODUCTOS ALIMENTICIOS BOCADELI,

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL

DE PUBLICIDAD COMERCIAL,

DALE SABOR A TU VIDA

Consistente en: Las palabras DALE SABOR A TU VIDA, que servirá

para: ATRAER LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE

LOS PRODUCTOS, MERCANCÍAS, EMPRESAS O ESTABLECI-

MIENTOS, PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD SOLICITANTE, EN

PARTICULAR, PRODUCTOS: CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA;

EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSER-

VA, SECAS Y COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS; HUEVOS,

LECHE Y OTROS PRODUCTOS LÁCTEOS; ACEITES Y GRASAS

COMESTIBLES; CONSERVAS, ENCURTIDOS; CAFÉ, TE, CACAO;

AZÚCAR; ARROZ; TAPIOCA, SAGU, SUCEDÁNEOS DEL CAFÉ;

HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS CON CEREALES, PAN,

BIZCOCHOS, TORTAS, PASTELERÍA Y CONFITERÍA, HELADOS

COMESTIBLES; MIEL, JARABE DE MELAZA; LEVADURA, POL-

VOS PARA ESPONJAR; SAL, MOSTAZA; PIMIENTA, VINAGRE,

SALSAS; ESPECIAS; HIELO.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de marzo del año dos

mil tres.

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintidós de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012784-1

No. de Expediente: 2007066601

No. de Presentación: 20070092807

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado NELSON

ARMANDO RODRÍGUEZ RAMÍREZ, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de ALIMENTOS Y TURISMO, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: ALIMENTOS

Y TURISMO, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, soli-

citando el registro de la EXPRESIÓN O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL,

LA ALEGRIA DE COMPARTIR

Consistente en: La expresión LA ALEGRÍA DE COMPARTIR, sobre

las palabras individualmente no se le concede exclusividad, que servirá

para: LLAMAR LA ATENCIÓN DE LOS CONSUMIDORES SOBRE

LOS SERVICIOS DE RESTAURANTE.

La solicitud fue presentada el día tres de mayo del año dos mil

siete.

Page 78: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

78 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DIRECCIÓN DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinte de agosto del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019625-1

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2007059484

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059484- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MIGUEL

ANTONIO MONTENEGRO ESCOBAR, en su calidad de Represen-

tante legal de la sociedad SERVICIOS TRIBUTARIOS Y ASESORIA

FINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse STAF S. A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 33 del libro 2233 del Registro de So-

ciedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las

quince horas y cincuenta y ocho minutos del día veinte de agosto de dos

mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059484

inscripción 38 y el asiento de Establecimiento No. 2007059484- 001,

inscripción 39, ambos del Libro 155 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa se denomina SERVICIOS TRIBUTARIOS

Y ASESORIA FINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a EJERCICIO DE LA CONTADURÍA

PUBLICA Y MATERIAS, con dirección en CALLE VIENA No. 3,

RESIDENCIAL LOMAS DE MIRAMONTE II, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS

VEINTIOCHO 57/100 DÓLARES ($ 11,428.57) y que tiene el esta-

blecimiento siguiente: 001) denominado SERVICIOS TRIBUTARIOS

Y ASESORIA FINANCIERA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, ubicado en CALLE VIENA No. 3, RESIDENCIAL LOMAS

DE MIRAMONTE II, SAN SALVADOR, y que se dedica a EJERCICIO

DE LA CONTADURÍA PUBLICA Y MATERIAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintitrés de agosto de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012787-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002028793

ESTABLECIMIENTO 2002028793- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARVIN

ALEX FUENTES ZUNIGA, de nacionalidad SALVADOREÑA, del do-

micilio y departamento de SAN MIGUEL, con Número de Identifi cación

Tributaria: 1412-270273-101-2, ha presentado solicitud de CAMBIO

DE DIRECCIÓN DE LA EMPRESA, a las catorce horas y veintiocho

minutos del día dos de febrero de dos mil siete. Con la cual se le otorga

el asiento de modifi cación No. 215 del libro 137 del folio 431 al 432; a

favor de la Empresa denominada MARVIN ALEX FUENTES ZUNIGA,

la cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE MUEBLES Y APARATOS

ELÉCTRICOS Y OTROS ENSERES, con dirección en CALLE GIRÓN

y 1a. AVENIDA NORTE No. 9, BARRIO EL CALVARIO, del domici-

lio de SANTA ROSA DE LIMA, departamento de LA UNIÓN, y que

tiene el establecimiento denominado CENTRO COMERCIAL ALEX,

el cual se dedica a COMPRA Y VENTA DE MUEBLES Y APARATOS

ELÉCTRICOS Y OTROS ENSERES, con dirección en CALLE GIRÓN

Y 1a. AVENIDA NORTE No. 9, BARRIO EL CALVARIO AVENIDA

NORTE No. 9, BARRIO EL CALVARIO, del domicilio de SANTA

ROSA DE LIMA, departamento de LA UNIÓN.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dos de febrero de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBÉN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012798-1

Page 79: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

79DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2002032062

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002032062- 001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ROSA MA-

RIA ROMERO DE SACA, en su calidad de Representante legal de la

sociedad MUFFLER INTERNACIONALES, SOCIEDAD ANÓNIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse MUFFLER INTER-

NACIONALES, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo

el número 48 del libro 1429 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-150399-102-5;

quien ha presentado solicitud a las catorce horas y treinta y un minutos

del día seis de junio de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de

Empresa No. 2002032062 inscripción 129 y el asiento de Establecimiento

No. 2002032062- 001 inscripción 130, ambos del libro 149 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

MUFFLER INTERNACIONALES, S.A. DE C.V., la cual se dedica a

COMPRA Y VENTA DE MUFFLERS Y RADIADORES, con dirección

en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, LOCAL No. 315 del domicilio

de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a TRESCIENTOS SETEN-

TA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE 65/100

COLONES (¢ 373,479.65) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado MUFFLER INTERNACIONALES, S.A. DE C.V.,

ubicado en PROLONGACIÓN JUAN PABLO II, LOCAL No. 315, SAN

SALVADOR, y que se dedica a COMPRA Y VENTA DE MUFFLERS

Y RADIADORES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veinticinco de junio de dos mil siete.

MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C012799-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002011105

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002011105- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MANUEL

ARTURO HERNÁNDEZ GIRÓN, en su calidad de Representante

Legal de la sociedad TERRACERIAS Y CONSTRUCCIONES, CON-

SULTORES, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE

que puede abreviarse TERRACON, S. A. DE C. V.; de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de NEJAPA, SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 28 del libro 445 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-250784-007-0; el cual ha presentado

solicitud a las catorce horas y cuarenta y cuatro minutos del día siete de

septiembre de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2002011105 inscripción 165, y el asiento de Establecimiento No.

2002011105- 001 inscripción 166, ambos del libro 157 de Asientos de

Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada TE-

RRACERIAS Y CONSTRUCCIONES, CONSULTORES, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se abrevia TERRACON,

S. A. DE C. V., la cual se dedica a TERRACERIA Y CONSTRUCCIÓN

DE CARRETERAS, con dirección en COLONIA FLOR BLANCA,

29a. AVENIDA SUR No. 637 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo

activo asciende a NUEVE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA

Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE COLONES

45/100 (¢ 9,389,839.45) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-)

denominado TERRACON, S. A. DE C. V., ubicado en COLONIA FLOR

BLANCA, 29a. AVENIDA SUR No. 637, SAN SALVADOR, y que se

dedica a TERRACERIA Y CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de septiembre de dos mil siete.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C012812-1

Page 80: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

80 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 2007059667

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059667-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MOISES

ARTURO TURCIOS MARTINEZ, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, con número de Documento Unico de Identidad 01148661-7

del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación

Tributaria: 0617-261076-101-9, el cual ha presentado solicitud a

las quince horas y veinticuatro minutos del día trece de septiembre

de dos mil siete con la cual se otorgó el asiento de Empresa No.

2007059667 inscripción 199 y el asiento de Establecimiento No.

2007059667-001, inscripción 200, ambos del Libro 157 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica

a SERVICIOS HIGIENE Y LIMPIEZA Y OTROS RELACIONA-

DOS, con dirección en COLONIA MEDICA, CONDOMINIO “E”

INSTITUTO DE OJOS LOCAL 4, del domicilio de SAN SALVA-

DOR, cuyo activo asciende a ONCE MIL SEISCIENTOS DIEZ

00/100 DOLARES ($ 11,610.00) y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado ASESORIA, SOLUCION & SERVI-

CIOS “AS&S” ubicado en COLONIA MEDICA, CONDOMINIO

“E” INSTITUTO DE OJOS LOCAL 4, SAN SALVADOR, y que

se dedica a SERVICIOS HIGIENE Y LIMPIEZA Y OTROS RE-

LACIONADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de septiembre de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012818-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002001161

ESTABLECIMIENTO 2002001161-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALBER-

TO RICARDO PARKER DUBOIS en su calidad de Representante

legal de la sociedad LIEBE DUBOIS, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del

domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 76 del libro 2 del Registro de Sociedades del Regis-

tro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-

210448-001-4, ha presentado solicitud de CAMBIO DE RAZON

SOCIAL, a las diez horas y treinta y cinco minutos del día once

de mayo de dos mil siete. Con la cual se le otorga la inscripción

No. 230 del libro 145 del folio 461 al 462; a favor de la Empresa y

Establecimiento, ahora denominada LIEBE DUBOIS, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ALQUI-

LER DE INMUEBLE, con dirección en ALAMEDA ROOSEVELT

No. 2830, EDIFICIO OPTICA LA JOYA del domicilio de SAN

SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de mayo de dos mil siete.

RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012819-1

ASIENTO DE EMPRESA 2003025805

ESTABLECIMIENTO 2003025805-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado

MAXIMILIANO GREGORIO MODENESSI BURGOS en su

calidad de Representante legal de la sociedad M’S SERVICIOS

Y DECORACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el nú-

mero 25 del libro 1033 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-250594-

102-1, ha presentado solicitud de CAMBIO DE DIRECCION DE

LA EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO, a las nueve horas y ocho

minutos del día ocho de septiembre de dos mil seis. Con la cual se

le otorga el asiento de modificación No. 206 del libro 125 del folio

407 al 408; a favor de la Empresa denominada M’S SERVICIOS

Y DECORACIONES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a SERVICIOS DE DECORACIONES,

con dirección en PASEO LAS MARGARITAS No. G-2. URBA-

NIZACIÓN METROPOLIS, MEJICANOS del domicilio de SAN

SALVADOR, y que tiene el establecimiento denominado M’S

Page 81: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

81DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

SERVICIOS Y DECORACIONES, S.A. DE C.V., el cual se dedi-

ca a SERVICIOS DE DECORACIONES, con dirección en PASEO

LAS MARGARITAS No. G-2, URBANIZACION METROPOLIS,

MEJICANOS del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, ocho de septiembre de dos mil seis.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012820-1

ASIENTO DE EMPRESA 2002013763

ESTABLECIMIENTO 2002013763-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ALBERTO

RICARDO PARKER DUBOIS en su calidad de Representante legal

de la sociedad OPTICA LA JOYA, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse OPTICA LA JOYA

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

15 del libro 619 y Modificada por la escritura pública inscrita al

número 53 del Libro 1950, ambas del Registro de Sociedades del

Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria:

0614-160888-101-2, ha presentado solicitud de CAMBIO DE

RAZON SOCIAL, a las trece horas y treinta y ocho minutos del

día diecisiete de junio de dos mil cinco. Con la cual se le otorga

la inscripción No. 6 del libro 86 del folio 13 al 14; a favor de la

Empresa denominada OPTICA LA JOYA, SOCIEDAD ANONI-

MA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a OPTICA EN

GENERAL, con dirección en ALAMEDA ROOSEVELT No. 2830

del domicilio de SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiocho de junio de dos mil cinco.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012821-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059443

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059443-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARICELA

LISSETTE VELLO HERNANDEZ, en su calidad de Representan-

te legal de la sociedad BIOMEDICAL SERVICES SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse BIO-

MEDICAL SERVICES, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 42 del libro 2216 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, quien ha presentado

solicitud a las quince horas y veintitrés minutos del día diez de

agosto de dos mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2007059443 inscripción 157 y el asiento de Establecimiento

No. 2007059443-001, inscripción 158, ambos del Libro 154 de

Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina BIOMEDICAL SERVICES, S.A. DE C.V., la cual se

dedica a VENTA DE EQUIPOS E INSUMOS MEDICOS DE USO

PROFESIONAL Y CIENTIFICO Y DE ALQUILER DE OTROS

TIPOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO SIN OPERARIO, con di-

rección en AVENIDA JOSE SIMEON CAÑAS CONDOMINIO

RESIDENCIAL METROPOLIS No. 205 del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a QUINCE MIL OCHENTA Y

CINCO 72/100 DOLARES ($ 15,085.72) y que tiene el estableci-

miento siguiente: 001-) denominado BIOMEDICAL SERVICES,

S.A. DE C.V., ubicado en AVENIDA JOSE SIMEON CAÑAS CON-

DOMINIO RESIDENCIAL METROPOLIS No. 205, del domicilio

de SAN SALVADOR, y que se dedica a VENTA DE EQUIPOS E

INSUMOS MEDICOS DE USO PROFESIONAL Y CIENTIFICO Y

DE ALQUILER DE OTROS TIPOS DE MAQUINARIA Y EQUIPO

SIN OPERARIO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de agosto de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012822-1

Page 82: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

82 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ASIENTO DE EMPRESA 2002033800

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002033800-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIEN-

TOS DEL REGISTRO DE COMERCIO,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado MARIO

EMILIO REDAELLI AVILES en su calidad de Representante legal

de la sociedad CORPORACION GRS, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse CORPORACION GRS,

S. A. DE C. V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de

SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 8

del libro 1501 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-070200-101-1; quien

ha presentado solicitud a las diez horas y veinte minutos del día treinta

de marzo de dos mil uno, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2002033800 inscripción 231 y el asiento de Establecimiento No.

2002033800- 001 inscripción 232, ambos del libro 134 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada

CORPORACION GRS, S.A. DE C.V., la cual se dedica a COMPRA,

VENTA Y ARRENDAMIENTO DE BIENES INMUEBLES , con

dirección en ALAMEDA ROOSEVELT, ENTRE 63ª Y 65ª AVENIDA

NORTE, CENTRO COMERCIAL GRANADA del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MILLONES TRESCIEN-

TOS OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES

32/100 COLONES (¢12,388,843.32) y que tiene el establecimiento si-

guiente: 001-) denominado CORPORACION G.R.S., S.A. DE C.V.,

ubicado en ALAMEDA ROOSEVELT, ENTRE 63ª Y 65ª AVENIDA

NORTE, CENTRO COMERCIAL GRANADA, SAN SALVADOR y

que se dedica a COMPRA, VENTA Y ARRENDAMIENTO DE BIENES

INMUEBLES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de diciembre de dos mil seis.

LICDA. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012824-1

ASIENTO DE EMPRESA 2007059627

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059627-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALVARO

ERNESTO MUÑOZ FLORES, en su calidad de Representante legal de

la sociedad FARNECO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que puede abreviarse FARNECO, S. A. DE C. V.; sociedad

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 21 del libro 2252 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado

solicitud a las once horas y cincuenta y tres minutos del día siete de

septiembre de dos mil siete con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2007059627 inscripción 215 y el asiento de Establecimiento No.

2007059627- 001, inscripción 216, ambos del Libro 156 de Asientos de

Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina FAR-

NECO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se

dedica a VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS, con dirección

en 23 CALLE PONIENTE Y 25 AVENIDA NORTE, MEDICENTRO

LA ESPERANZA, LOCAL B-111 del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo asciende a CATORCE MIL 00/100 DOLARES ($14,000.00)

y que tiene el establecimiento siguiente : 001-) denominado FARMACIA

GALILEA ubicado en 23 CALLE PONIENTE Y 25 AVENIDA NORTE,

MEDICENTRO LA ESPERANZA, LOCAL B-111, SAN SALVADOR

y que se dedica a VENTA DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de septiembre de dos mil siete.

LIC. RUBEN ALBERTO NAVARRO CRUZ,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F019571-1

SUBASTAS PUBLICAS

MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil, promovido

en este Tribunal, por el Licenciado MARIO ALBERTO AGUILAR

FERNANDEZ; en su carácter de Apoderado General Judicial de la

CAJA DE CREDITO DE COJUTEPEQUE, SOCIEDAD COOPERA-

TIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,

DEL DOMICILIO DE ESTA CIUDAD; contra los señores CARLOS

ALBERTO PEÑA; de cuarenta y cuatro años de edad, Contador, de este

domicilio, con Número de Identifi cación Tributaria: cero setecientos dos

- cero setenta mil novecientos cincuenta y uno - cetro cero uno - tres; y

JOSEFINA EMERITA FUENTES DE PEÑA; de cuarenta y dos años

de edad, Empleada, del domicilio de Soyapango, Departamento de San

Salvador; portadora de su Número de Identifi cación Tributaria: cero

seiscientos catorce - ciento cuarenta mil trescientos cincuenta y tres

- cero once - nueve: reclamándoles la cantidad de VEINTIDÓS MIL

OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE DÓLARES, CON CATOR-

CE CENTAVOS DE DOLAR AMERICANOS; se venderá en pública

subasta en fecha que oportunamente se determinará en este Tribunal,

Page 83: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

83DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

los siguientes inmuebles: El Primero: inmueble rústico situado en las

afueras del Barrio Santa Lucía, de esta Ciudad, en la calle que conduce

a Los Cerritos, marcado como lote número TRES, del Polígono “E”, el

cual se encuentra inscrito a favor de la señora JOSEFINA EMERITA

FUENTES DE PEÑA; inscrito bajo el Sistema de Folio Real número

DIEZ - CERO CERO SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA - CERO

CERO CERO; Inscripción Uno, del Registro de la Propiedad Raíz del

Departamento de Cuscatlán. Segundo: inmueble rústico situado en las

afueras o Suburbios del Barrio Santa Lucía, de esta Ciudad; Inscrito a

favor del señor CARLOS ALBERTO PEÑA; bajo el número VEINTI-

CINCO; del libro TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO; de Propiedad

del Departamento de Cuscatlán.- De conformidad al artículo 645 inciso

tercero del Código de Procedimientos Civiles.- Juicio clasifi cado con la

referencia: 29-EC-2004.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Cojutepeque, a las quince horas

y veinte minutos del día diecinueve de septiembre del año dos mil siete.

LIC. MANUEL PAZ CANALES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE

ORLANDO BELTRAN MEJIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012826-1

MARIA ESTHER FERRUFINO vda. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL: SAN MIGUEL.-

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por

el Licenciado MARVIN WILLIAN GONZALEZ MARTINEZ, como

Apoderado General Judicial del señor FREDY GREGORIO CASTILLO

FLORES, en Contra del señor RICARDO ANTONIO HERNANDEZ

ARIAS y XIOMARA ELIZABETH REYES CONTRERA DE

ARGUETA, se venderá en pública subasta el siguiente inmueble: “Un

lote de terreno de naturaleza rústica, marcado con el número TRECE

DEL POLIGONO “a”, de la Lotifi cación Santa Isabel, situado en el

Cantón El Javillal, de esta jurisdicción, Distrito y Departamento de

San Miguel, con una Superfi cie de DOSCIENTOS VEINTE METROS

CUADRADOS, equivalentes a TRESCIENTOS CATORCE PUNTO

SETENTA Y OCHO VARAS CUADRADAS, que mide y linda; al

NORTE, once metros, colinda con calle, principal de por medio de la

misma lotifi cación; al SUR, mide once metros, colinda con sucesión de

ADELA BLANCO; al ORIENTE, mide veinte metros, colinda con el lote

número catorce propiedad del señor FRANCISCO HERRERA ELIAS;

AL PONIENTE, mide veinte metros, colinda con el lote número doce

propiedad del señor FRANCISCO HERRERA ELIAS, inmueble que

carece de construcción, accesorios y cultivos permanentes.- Inscrito a

favor de la Hipotecante en el Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas

de la Primera Sección de Oriente al número CUARENTA del libro UN

MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO, propiedad del departamento de

San Miguel.-

Lo que se pone en conocimiento para los efectos de ley.-

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las diez

horas cuarenta y cinco minutos del día siete de agosto del año dos mil

siete.- DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO VDA. DE PARADA, JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LICDA. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019508-1

RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA ANA, AL PUBLICO,

HACE SABER: Que por ejecución seguida en el Juicio Ejecutivo

Civil Ref. No. 122-EC-06, promovido por la Licenciada ILEANA MA-

RINA CORTEZ OLIVA en su calidad de Apoderada General Judicial

de la ASOCIACION COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO

SIHUATEHUACAN DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de esta

plaza, que se abrevia “SIHUACOOP DE R. L.”, contra los señores DINA

EMERITA GALVEZ GODINEZ y EFRAIN AGUILAR PORTILLO,

en fecha oportuna se venderán en pública subasta en este Tribunal los

siguientes bienes muebles: I.- UN TELEVISOR de aproximadamente

veintiún pulgadas, Marca SHARP, modelo: veinte SL, cuarenta y tres

W, Serie número: A tres uno ceo ocho cuatro cinco uno cuatro nueve,

con su control remoto, se ignora su estado de funcionamiento, sin ante-

na del tipo de conejo.- II.- UN APARATO DE SONIDO Marca: GPX,

modelo: S siete siete nueve seis, Serie: cero dos cero siete cero cinco

uno uno ocho tres, con sus dos bafl es de la misma marca, con su control

remoto, se ignora su estado de funcionamiento.- III.- UN DVD, marca:

DESAY, modelo: DS cinco siete cero uno, Serie: tres seis cero seis ocho

tres ocho, código: Uno seis -tres nueve cero uno, con su control remoto,

se ignora su estado de funcionamiento.- IV.- UNA JUGUETERA color

café elaborada de material fi brex y madera torneada, aproximadamen-

te de un metro cuarenta centímetros de ancho por un metro sesenta

centímetros de alto.- Bienes muebles embargados a los demandados

señores DINA EMERITA GALVEZ GODINEZ y EFRAIN AGUILAR

PORTILLO.- Quien quiera hacer postura que ocurra, que se le admitirá

siendo legal.-

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las diez horas y treinta minutos del día veinte de agosto de dos

mil siete.- DR. RODOLFO ERNESTO CHACON, JUEZ SEGUNDO DE

LO CIVIL.- BR. ELBA LUZ LEMUS DE CHAVEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019511-1

Page 84: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

84 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

EL INFRASCRITO JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO MER-CANTIL INTERINO DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público en general,

HACE SABER: Que en el Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el Licenciado OVIDIO CLAROS AMAYA, actuando como Apoderado General Judicial del PRIMER BANCO DE LOS TRABAJADORES, SOCIEDAD COOPERATIVA DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, contra el señor FRANCISCO ANTONIO MENJIVAR TEJADA, se venderá en pública subasta en este Tribunal en fecha y hora que será señalada posteriormente, el inmueble que a continuación se describe: UN INMUEBLE inscrito al número SIE-TE del Libro CIENTO OCHENTA del Registro de la Propiedad de Chalatenango, el cual es de naturaleza rústica, situado en el Cantón Los Chilamates formando parte de la parcelación San Francisco, del Departamento de Chalatenango, de una extensión superfi cial de DOS MIL OCHOCIENTAS VARAS CUADRADAS equivalentes a DOS MIL TRESCIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS OCHENTA DECIMETROS CUADRADOS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL, de las medidas y linderos especiales siguientes: Al NORTE: Cuarenta varas calle de diez metros de ancho de por medio de terreno de Tulavelmira Landaverde, antes de Parcelaciones Rurales de Desarrollo S.A.; al SUR: Cuarenta varas, con terreno de Fermín Guardado Márquez, antes de Parcelaciones Rurales de Desarrollo S.A.; al PONIENTE: Setenta varas, con José Fermín Guardado Márquez. Al ORIENTE: Con setenta varas José Fermín Guardado Márquez.

Se admitirán posturas siendo legales, lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Librado en el JUZGADO SEGUNDO DE LO MERCANTIL: San Salvador, a las nueve horas y dos veinte minutos del día veintitrés de mayo del año dos mil cinco.- LIC. JOSE GUILLERMO RAMOS CHO-RRO, JUEZ SEGUNDO DE LO MERCANTIL INTERINO.- LICDA. TERESA DE JESUS VASQUEZ VASQUEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019600-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el Juicio Civil Ejecutivo, promovido por la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el demandado señor JOSE ROLANDO CHICAS TORRES, re-clamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios de Ley, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un inmueble de naturaleza urbana, de una extensión superfi cial de CIENTO TREINTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y UN METROS CUADRADOS, ubicado en el Proyecto CANTON PLAN DEL PINO, NUMERO DIECINUEVE D, del Municipio de Ciudad Delgado, departamento de San Salvador, y cuyas medidas y linderos especiales son los siguientes: AL NORTE, dieciséis metros con el lote de terreno de María Vicenta Gómez, que formó un solo cuerpo con el que se describe; al ORIENTE, ocho metros treinta centímetros, con terreno de Nicolás Méndez; al SUR, dieciséis metros setenta centímetros, con

resto de donde se desmembró el que se describe de las señoras María Magdalena Naves viuda de Cuéllar, conocida por María Elena Naves viuda de Cuéllar y por Elena Naves; y al PONIENTE, ocho metros treinta centímetros con el lote de terreno de José Hernández Samayoa, que formó un solo cuerpo con la porción que se describe Avenida Cuéllar de por medio, que sobre la porción de terreno desmembrada descrita.’’ El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a favor del demandado señor JOSE ROLANDO CHICAS TORRES, a la Matrícula sesenta millones ochenta y ocho mil quinientos treinta y siete-cero cero cero cero cero, Asiento uno, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día siete de agosto del año dos mil siete.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. por LICDA.- CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019615-1

EL INFRASCRITO JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR, al público en general para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO CIVIL EJECUTIVO promovido por la Abogada ANA SILVIA MENJIVAR MARTINEZ, como Apoderada del INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor JOSE SANTOS DE LA CRUZ LOPEZ, reclamándole cumplimiento de obligaciones y demás accesorios, se venderá en pública subasta en este Tribunal el inmueble que se describe a continuación: “Un inmueble de naturaleza rústico, de una extensión superfi cial de QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, situado en el Cantón El Rosario de la jurisdicción de San Martín, departamento de San Salvador, con las medidas y colindantes actuales siguientes: AL NORTE: Mide veintiún metros con resto del terreno de José Guillermo Martínez, en línea recta; al ORIENTE: Mide veintiocho metros y linda en parte con terreno de los señores José Santos Miranda Marroquín y María Angela Ortíz Córdova, separados por pasaje de dos punto cinco metros de por medio, en línea recta; al SUR: Mide veintiún metros, con terreno propiedad de la señora Matías Baldin, en línea recta; Y AL PONIENTE: En veintiocho metros, con terreno de la señora Ana Victoria Menjívar de Rogel, siempre en línea recta. Asimismo manifi esta que el total de bienes rústicos no exceden los límites de Ley”. El inmueble antes descrito se encuentra inscrito a nombre del señor JOSE SANTOS DE LA CRUZ LOPEZ, bajo la Matrícula número SEIS CERO CERO CINCO SEIS TRES SEIS OCHO- CERO CERO CERO CERO CERO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, de este Departamento.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil: San Salvador, a las nueve horas con cincuenta minutos del día veinte de agosto del año dos mil siete.- MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL.- LICDA. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019616-1

Page 85: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

85DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por Resolución pronunciada en el Juicio Civil Ejecutivo promovido inicialmente por el Licenciado JOSE RODRIGO

AGUILAR GONZALEZ y continuado por la Licenciada ANA SILVIA

MENJIVAR MARTINEZ como Apoderada del INSTITUTO DE PRE-

VISION SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA, contra el señor LUIS

ALONSO OSORIO HERNANDEZ, reclamándole cantidad de colones,

se venderá en pública subasta el inmueble siguiente: “inmueble de natu-

raleza urbana marcado como lote número cinco del Polígono “K” de la

Urbanización Cima Oriente II, situada en el lugar denominado Lomas

de Candelaria, en jurisdicción de esta ciudad, departamento de San

Salvador, de una extensión superfi cial de CIENTO QUINCE PUNTO

CINCUENTA METROS CUADRADOS, el cual tiene la descripción

particular siguiente: Partiendo de la intersección de los ejes de Avenida

Principal y pasaje dos abiertos en la Urbanización, se mide sobre el eje

de este último con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco punto

cinco minutos oeste una distancia de cincuenta y dos punto ochenta metros.

De este punto haciendo una defl exión derecha con rumbo Norte cero

cero grados treinta y cuatro punto cinco minutos Oeste y una distancia

de cinco punto cero cero metros, se llega al mojón número uno, esquina

Sur-poniente del lote que se describe así: AL PONIENTE: Partiendo del

mojón número uno con rumbo Norte cero cero grados treinta y cuatro

punto cinco minutos Oeste y distancia de catorce punto cero cero metros

se llega al mojón número dos, lindando por este lado con lote número

seis, del Polígono “K” de la misma urbanización. AL NORTE: Del mojón

número dos con rumbo Norte ochenta y nueve grados veinticinco punto

cinco minutos Este y distancia de ocho punto veinticinco metros se llega

al mojón número tres, lindando por este lado con lote número treinta y

dos, del Polígono “K” de la misma Urbanización. AL ORIENTE: Del

mojón número tres con rumbo Sur cero cero grados treinta y cuatro

punto cinco minutos Este y distancia de catorce punto cero cero metros

se llega al mojón número cuatro, lindando por este lado con lote número

cuatro, del Polígono “K” de la misma Urbanización. AL SUR: Del mo-

jón número cuatro con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticinco

punto cinco minutos Oeste y distancia de ocho punto veinticinco metros

se llega al mojón número uno donde se inició la presente descripción.

Lindando por este lado con lote número treinta del Polígono “L” de

la misma Urbanización, pasaje dos de diez punto cero cero metros de

ancho de por medio”. Inscrito dicho inmueble bajo la Matrícula SEIS

CERO UNO TRES CUATRO CUATRO OCHO CUATRO-CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro, San Salvador.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez

horas del día dieciséis de julio de dos mil siete.- DR. DARIO VILLALTA

BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- LIC. VICTORINO

ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019620-1

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de Ley, que por ejecu-

ción promovida en este Juzgado por la LICENCIADA ANA SILVIA

MENJIVAR MARTINEZ, Apoderada General Judicial del INSTITUTO

DE PREVISIÓN SOCIAL DE LA FUERZA ARMADA contra el señor

GUILLERMO JAIME ORTIZ se venderá en pública subasta en este

mismo Juzgado en fecha y por el precio que oportunamente se indicará

el bien Inmueble embargado siguiente: "Un inmueble de naturaleza

urbano, marcado con el número cinco, del Polígono dieciséis, de la

Urbanización FLORENCIA DE SAN MARCOS, situada en carretera

San Salvador- San Marcos, kilómetros cuatro y medio, frente a la Co-

lonia El Mirador, jurisdicción de San Marcos de este Departamento, el

cual se describe así: Partiendo de la intersección de los ejes de Avenida

Florencia Norte pasaje tres Poniente se mide sobre el eje de este último

con rumbo Sur cincuenta y cinco grados catorce minutos siete segundos

Oeste una distancia de dieciséis punto cincuenta metros de longitud,

llegando al punto en que con una defl exión derecha de noventa grados

y midiendo una distancia de dos punto cero metros, se localiza el vértice

Sur-Este del lote que mide y linda: AL SUR: Línea recta con rumbo

Sur cincuenta y cinco grados catorce minutos siete segundos Oeste y

distancia de cinco punto cero metros de longitud, lindando en este Tramo

con lote número seis del block diecisiete y pasaje tres Poniente de por

medio de cuatro punto cero metros de ancho. AL PONIENTE: Línea

recta con rumbo Norte treinta y cuatro grados cuarenta y cinco minutos

cincuenta y tres segundos Oeste y distancia de diez punto cero metros

de longitud, lindando en este tramo con lote número siete del mismo

block. AL NORTE: Línea recta con rumbo Norte cincuenta y cinco

grados catorce minutos siete segundos Este y distancia de cinco punto

cero metros de longitud, lindando en este tramo con lote número seis

del mismo block. AL ORIENTE: Línea recta con rumbo Sur treinta y

cuatro grados cuarenta y cinco minutos cincuenta y tres segundos Este y

distancia de diez punto cero metros de longitud, lindando en este tramo

con lote número tres del mismo block. El terreno antes descrito tiene

una extensión superfi cial de CINCUENTA PUNTO CERO METROS

CUADRADOS. El inmueble anteriormente descrito está inscrito a favor

del demandado bajo la Matrícula Número SESENTA MILLONES DOS-

CIENTOS SIETE MIL CUATROCIENTOS CATORCE-CERO CERO

CERO CERO CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

la Primera Sección del Centro de este Departamento.

Se admitirán posturas que se hagan siendo Legales.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: San

Salvador, a las diez horas del día treinta de agosto de dos mil siete.-

LIC. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL.- LIC. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019621-1

Page 86: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

86 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

REPOSICION DE CERTIFICADO

AVISO

Telefónica Móviles El Salvador, S.A. de C.V.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Alameda Roosevelt

y 63 Avenida Sur, Torre Telefónica Nivel 10, San Salvador, se ha pre-

sentado el propietario del CERTIFICADO DE ACCIONES No. 5819,

Serie “B” por 20 acciones de fecha 29 de abril de 2004; solicitando la

reposición de dicho certifi cado por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales correspondientes y transcurridos treinta

días después de la tercera publicación de este aviso y no hubiera ninguna

oposición, se procederá a reponer los certifi cados en referencia.

San Salvador, 24 de Septiembre de dos mil siete.

Lic. ALDO RUY AGUILAR POLIO,

TELEFONICA MOVILES EL SALVADOR, S.A. de C.V.

3 v. alt. No. C012785-1

AVISO

El Banco Cuscatlán S.A.,

COMUNICA: Que a sus ofi cinas ubicadas en Km. 10 carretera

a Santa Tecla, se ha presentado el propietario de CERTIFICADO DE

DEPÓSITO A PLAZO FIJO DOLARES Número 027PLA000117494, so-

licitando la reposición de dicho CERTIFICADO por (US$34,740.00).

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento al público

en general, para los efectos legales del caso, que transcurridos treinta días

después de la tercera publicación de este aviso y si no hubiere ninguna

oposición, se procederá a reponer el certifi cado en referencia.

Metapán, 12 de septiembre de 2007.

BANCO CUSCATLAN S.A.

AGENCIA METAPAN.

3 v. alt. No. F019501-1

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y JUSTICIA.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

DAYLA ELIZABETH NELSON DE VILLEGAS, solicitando que se le

reconozca la calidad de salvadoreña por NATURALIZACIÓN por ser de

origen y nacionalidad Panameña y tener domicilio fi jo en El Salvador.

La peticionaria en su solicitud manifi esta ser de treinta y cuatro

años de edad, de sexo femenino, casada, Médico, del domicilio de San

Salvador, originaria de Colón, Departamento de Panamá, República de

Panamá, lugar donde nació el día diecisiete de febrero de mil novecien-

tos setenta y tres. Siendo su cónyuge el señor José Humberto Villegas

Henríquez, de treinta y nueve años de edad, Empleado, del domicilio

de San Salvador y de nacionalidad salvadoreña. Siendo sus padres los

señores Vilma López y Gladson Nelson, ambos de nacionalidad Pana-

meña, sobrevivientes.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Amatillo, el día

nueve de agosto de mil novecientos noventa y cuatro. Expresa su vo-

luntad de adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y Autoridades de

la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a

toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA, San

Salvador, a las ocho horas con quince minutos del día veintiuno de junio

de dos mil siete.

RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA.

3 v. c. No. F019585-1

REPOSICION DE LIBROS

El Infrascrito Director General del Registro de Asociaciones y Funda-

ciones sin Fines de Lucro, del Ministerio de Gobernación,

HACE CONSTAR: Que a esta Dirección se ha presentado el se-

ñor Jacobson Jeffrey Scott, en concepto de Representante Legal de la

American Society Of El Salvador o sea la Sociedad Americana de El

Salvador, a manifestar se ha extraviado el Libro Diario que la Entidad

lleva, y que en tal sentido viene a dejar constancia de dicha pérdida.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de ley,

y se emplaza a toda persona interesada a oponerse a lo manifestado

por el Representante Legal de dicha entidad, para que en el término de

quince días contados desde el siguiente de la última publicación en el

Diario Ofi cial, se presente a esta Dirección a justifi car la oposición, en

su caso, con la prueba pertinente.

San Salvador. dieciocho de noviembre del año dos mil tres.

Lic. ROBERTO ANTONIO URRUTIA CACERES,

DIRECTOR GENERAL.

1 v. No. F019633

Page 87: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

87DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

TITULO MUNICIPAL

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL: Al público en General

HACE SABER: Que a esta Municipalidad, se ha presentado la señora EUGENIA GUEVARA DE MARTINEZ, mayor de edad, ofi -cios domésticos, de este domicilio y Departamento, solicitando se le extienda TITULO MUNICIPAL de un inmueble de naturaleza urbana de una extensión superfi cial de SEISCIENTOS PUNTO SESENTA METROS CUADRADOS, localizado en Barrio El Centro sin número, cuyas medidas y colindancias especiales son: AL NORTE: Línea recta de veinte punto cincuenta metros, linda con Teresa de Jesús Reyes, muro de ladrillo de lindero, propiedad de la colindante; AL ORIENTE: en dos tiros el primero de norte a sur en dieciséis metros, el segundo siempre de norte a sur con una defl exión, en quince metros; linda con propiedad del señor Florentín Guevara, cerca de piedra de lindero; AL SUR: línea recta de veinticuatro metros, linda con propiedad de Juan Antonio Guevara y Atilio Ventura, calle pública de por medio; y AL PONIENTE: línea recta de veinte metros, linda con propiedad de Basilea Guevara, calle pública de por medio. El inmueble descrito no tiene cargas o gravámen alguno, y lo hubo por compra hecha al señor Yanuario Martínez, su posesión unida a la de mi antecesor, sobrepasa los veinte años; siendo de manera quieta, pacífi ca e ininterrumpida.

Se avisa al público para los efectos de ley. Su valor es VEINTE MIL COLONES.

Alcaldía Municipal de San Isidro, Departamento de Morazán, a los veintidós días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Entre línea: de MARTINEZ. Vale. SANTOS BASILIO PORTILLO, ALCALDE MUNICIPAL. JOSE REINALDO ROMERO, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C012814-1

TITULO DE PREDIO URBANO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL,

HACE SABER: Que la señora ROSA DEL CARMEN ORTEGA VIUDA DE AYALA, de cincuenta y siete años de edad, ama de casa, de este domicilio, con Documento Unico de Identidad número tres millones seiscientos cuatro mil seiscientos seis - ocho, y Número de Identifi cación Tributaria: cero novecientos seis - ciento veinte mil trescientos cincuenta- ciento uno - cinco, solicita título de un inmueble urbano, situado en Primera Calle Oriente número diez, Colonia Las Brisas del Barrio Los Remedios, de esta ciudad, de una extensión superfi cial de DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CINCUENTA DECIMETROS CUA-DRADOS, que tiene las medidas y colindantes siguientes: AL NORTE: siete metros veinticinco centímetros con inmueble de Fabián Alvarado, hoy de José Clemente Sánchez y Marcial Rivas Rivera, mediando calle pública, AL ORIENTE: veinticinco metros, con terreno de don Erasmo Cruz, separados en parte con paredes de ambas casas y en parte cerco de alambre; AL SUR: once metros cincuenta centímetros, con inmueble de Antonio Mendoza hoy de César Calles, separados por cerco de alambre; y AL PONIENTE: veinticinco metros, con inmueble de Felipe Ramos, hoy del señor Isabel Benítez, separados por cerco de alambre del colindante. En el terreno descrito se encuentra construida una casa, paredes sistema mixto, innominado inculto, sin proindivisión con terceros. El predio descrito no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas ni gravámenes de

ninguna naturaleza a favor de terceros, lo adquirió por compra que hizo a la señora Felícita Quinteros viuda de Ortega, y lo estima en CINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, todos los colindantes son de este domicilio.

Se avisa al público para efectos de Ley.

Alcaldía Municipal de Sensuntepeque, Departamento de Cabañas, a veinticuatro de agosto de dos mil siete. Ing. JESUS EDGAR BONILLA NAVARRETE, ALCALDE MUNICIPAL. ROSALINA CUELLAR ECHEVERRIA, SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019580-1

MODELO DE UTILIDAD

No. de Expediente: 2006002549

No. de Presentación: 20060004573

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado VANESSA BEATRIZ GRANADOS CONTRERAS, mayor de edad, ABOGADO, del domicilio de SAN SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, actuando como GESTOR OFICIOSO de NOVA Chemicals Inc., del domicilio de WESTPONTE CENTER, 1550 CORAOPOLIS HEIGHTS ROAD, MOON TOWNSHIP PENNSYLVANIA 15108 ESTADOS UNI-DOS DE AMERICA, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando se conceda Registro del MODELO DE UTILIDAD denominado SIS-TEMA DE CONTROL DE PROCESO Y UN MONTAJE DE MOLDE PARA CONTENEDORES DE PLASTICO EXPANDIBLE, por el tér-mino improrrogable de DIEZ AÑOS, con Clasifi cación Internacional C08J 9/00, y con prioridad de la solicitud ESTADOUNIDENSE No. 200511138663, de fecha veintiséis de mayo del año dos mil cinco.

Se refi ere a: UN MONTAJE DE MOLDE PARA CONTENEDO-RES MOLDEADOS DE MATERIALES PLÁSTICOS EXPANSIBLES DE POLIESTIRENO. MÁS PARTICULARMENTE, EL INVENTO SE REFIERE A LA MODIFICACIÓN DEL DISEÑO DE UN MOL-DE DE MONTAJE Y UN SISTEMA DE CONTROL DE PROCESO PARA DETECTAR CONTINUAMENTE Y USAR DATOS REALES DE ADQUISICIÓN DE INFORMACIÓN REPRESENTANDO LOS PARÁMETROS DE PROCESAMIENTO DE UN MOLDE DE MON-TAJE Y AJUSTAR ESTOS PARÁMETROS PARA OPTIMIZAR LA FUSIÓN Y ENFRIAMIENTO DE LAS PARTÍCULAS EN UN CICLO DE MOLDEADO.

La solicitud fue presentada a las once horas y treinta y tres minutos del día veintiséis de mayo del año dos mil seis.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de Ley.

REGISTRO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DEPARTAMEN-TO DE PATENTES. San Salvador, a los cinco días del mes de junio del año dos mil siete.

Lic. JOSE EMILIO TAMAYO AGUILERA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012817-1

Page 88: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

88 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al

público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución de las doce horas del día

veinticuatro de julio de este año, se ha tenido por aceptada expresamente

y con Benefi cio de Inventario, la herencia intestada que dejó JOSE AN-

TONIO REYES RIVAS o JOSE ANTONIO REYES, fallecido el seis

de junio de dos mil cuatro, en el Cantón San Juan Nahuistepeque, de

San Pedro Nonualco, su último domicilio, por parte de LORENA DEL

CARMEN REYES CANALES o LORENA DEL CARMEN REYES,

en concepto de hija del causante. Nómbrase a la aceptante Interinamente

Administradora y Representante de la Sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para que

dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de la

tercera publicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, siete de septiembre de

dos mil siete.- DR. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.-

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012757-2

LICENCIADA MARIBEL DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por Resolución dictada en este Tribunal, a

las doce horas cuarenta y cinco minutos del día catorce de febrero de

dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio

de Inventario la Herencia Intestada dejada a su defunción por el señor

ERISTRIS ESCOBAR GALLARDO, conocido por JOSE ARISTIDES

ESCOBAR, JOSE ARISTIDES ESCOBAR GALLARDO y ARISTIDES

ESCOBAR, quien fue de setenta y un años de edad, agricultor en pequeño,

originario de Suchitoto y del domicilio de Aguilares, siendo ése su último

domicilio, fallecido el día veintiuno de marzo de dos mil seis; de parte

del señor JOSE ARISTIDES LEMUS, en el concepto de cesionario de

los Derechos Hereditarios que en la presente sucesión le corresponderían

a los señores MARGOTH ALICIA LEMUS o MARGOTH LEMUS

MELENDEZ, y RODOLFO ANSELMO LEMUS ESCOBAR, en su

concepto de hijos del causante, a quienes se les ha conferido la Admi-

nistración y Representación Interina de la sucesión con las facultades y

restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se hace saber al público en general para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Quezaltepeque, a las catorce

horas del día catorce de febrero de dos mil siete.- LICDA. MARIBEL

DEL ROSARIO MORALES FLORES, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC.-

JOSE ELEAZAR CARDONA GUEVARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012759-2

JOSE SALVADOR MOLINA ORELLANA. Notario, del domicilio de

la ciudad de San Salvador.

HACE SABER:

I) Que en su Bufete Notarial situado en Setenta y Nueve Avenida

Sur Número Trescientos Treinta y Uno, Colonia Escalón,

de esta ciudad, se ha presentado el señor JOSE ALFREDO

JOAQUIN HENRIQUEZ PEREZ, a fi n de aceptar la Heren-

cia Intestada dejada por su padre el señor JOSE ANTONIO

HENRIQUEZ, quien falleció en esta ciudad, el día veinticuatro

de febrero de dos mil siete.

II) Que habiendo recibido el informe de Ley y habiéndose esta-

blecido en las presentes Diligencias la calidad de Heredero

Intestado, se le ha conferido la Administración y Represen-

tación Interina de la Sucesión del mencionado causante con

las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.

Lo que hago saber al público en general, a fi n de que los que se

crean con derecho en tal herencia, se presenten a mi Bufete a deducirlo

en el término de quince días contados a partir del día siguiente de la

tercera publicación del presente Edicto, hecho de acuerdo a la Ley del

Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.

En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas del mes de

septiembre de dos mil siete.

JOSE SALVADOR MOLINA ORELLANA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F019214-2

Page 89: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

89DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

GUILLERMO ALFARO SANTOS, Juez de lo Civil de este Municipio

Judicial.

HACE SABER: Que por Resolución, proveída por este Juzgado

a las nueve horas con cuarenta minutos del día tres de septiembre

del año dos mil siete. Se ha tenido por aceptada expresamente y con

Benefi cio de Inventario la Herencia Testamentaria que a su defunción

ocurrida en la ciudad de Santo Tomás, departamento de San Salvador,

su último domicilio, el día quince de julio de dos mil tres, dejó la cau-

sante FRANCISCA SALAMANCA DE CASTELLANOS conocida por

FRANCISCA SALAMANCA, FRANCISCA VASQUEZ HERNANDEZ

y por FRANCISCA VASQUEZ DE CASTELLANOS, de parte de la

señora MERCEDES CASTELLANOS conocida por MERCEDES

CASTELLANOS DE HERNANDEZ; MERCEDES CASTELLANOS

SALAMANCA y por MERCEDES CASTELLANOS DE MEJIA,

en su calidad de Heredera Testamentaria del referido de cujus. Se ha

conferido a la aceptante la Administración y Representación Interina

de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la

Herencia Yacente.

Cítense a los que se crean con derecho en la herencia en mención,

para que transcurridos el término de quince días contados desde el si-

guiente a la tercera publicación de este Edicto, concurran a este Tribunal

a hacer uso de sus derechos.

Lo que se hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Ciudad de San Marcos, departa-

mento de San Salvador, a las nueve horas del día diez de septiembre de

dos mil siete.- DR. GUILLERMO ALFARO SANTOS, JUEZ DE LO

CIVIL.- LIC.- IRMA ELENA DOÑAN BELLOSO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019220-2

LIC. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO

DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público para los

efectos de Ley,

HACE SABER: Que por Resolución proveída por este Juzgado,

este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi -

cio de Inventario la Herencia Intestada, que a su defunción ocurrida el

día veintisiete de enero del dos mil seis, en el Barrio Santa Bárbara de

esta ciudad, siendo éste el lugar de su último domicilio, dejó la señora

FELICITA ANTONIA MARTEL DE ESPINOZA conocida por FELI-

CITA ANTONIA MARTEL VIDEZ, FELICITA ANTONIA IRAHETA,

ANTONIA MARTEL, FELICITA MARTEL VIDES, FELICIA MAR-

TELL DE ESPINOZA, FELIA MARTEL DE ESPINOZA, FELICITAS

ANTONIA MARTEL y por FELICITA ANTONIA MARTEL de parte

de: TITA DE DOLORES ESPINOZA DE ORTIZ, BERNARDINA

ESPINOZA DE MIRANDA, SANTOS MARCELINO ESPINOZA

MARTEL, DAMIANA DEL CARMEN ESPINOZA DE GODOY e

ISIDRA ESPINOZA MARTEL, en su calidad de hijos de la referida

causante; confi riéndosele Interinamente la Administración y Represen-

tación de la Sucesión expresada, con las facultades y restricciones de

Ley.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Tribunal, en el término de Ley.

LIBRADO EN EL JUZGADO TERCERO DE LO CIVIL: Santa

Ana, a las nueve horas con cuarenta y cinco minutos del día catorce

de septiembre del año dos mil siete.- LIC. SAMUEL MARCELINO

GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- LICDA. MARISOL

DEL CARMEN LEMUS DE GARCIA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019269-2

VICTORIA ELIZABETH ARGUETA CHAVEZ, JUEZA DE LO CIVIL

INTERINA DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN.

HACE SABER: Que por Resolución proveída por este Juzgado, a

las nueve horas con cincuenta minutos del día veintiocho de agosto del

dos mil siete; se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de

Inventario la Herencia Intestada dejada por el causante JOSE ANTONIO

LEMUS conocido por JOSE ANTONIO LEMUS PALMA, quien fue

de cincuenta y dos años de edad, motorista, fallecido el día veintiuno

de abril del dos mil uno, siendo Metapán su último domicilio; por parte

del señor OSCAR ANTONIO LEMUS MAGAÑA, en calidad de hijo

del referido causante y como cesionario del derecho Hereditario que le

correspondía a la señora RINA HORTENCIA MAGAÑA DE LEMUS,

en concepto de cónyuge sobreviviente del mismo.

En consecuencia, se le ha conferido a dicho aceptante la Admi-

nistración y Representación Interina de la Sucesión con las facultades

y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para

que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días

contados desde el siguiente a la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las once horas del día ca-

torce de septiembre del dos mil siete.- LICDA. VICTORIA ELIZABETH

ARGUETA CHAVEZ, JUEZ DE LO CIVIL INTERINA.- LICDA. MA-

RIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019281-2

Page 90: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

90 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRI-

TO JUDICIAL DE MEJICANOS, al público para los efectos de Ley.

HACE SABER: Que por Resolución de las doce horas del día

trece de julio del presente año, se tuvo por aceptada expresamente y

con Benefi cio de Inventario la Herencia Intestada de los bienes que a

su defunción dejó la causante EVELIA DE JESUS LOPEZ TREJO,

conocida por EVELIA DE JESUS LOPEZ, quien falleció a las veintidós

horas y cincuenta minutos, del día catorce de marzo de dos mil seis, en

el Hospital Nacional Zacamil de esta ciudad, siendo Mejicanos su último

domicilio; por parte de la señora CENIA ENILDA LOPEZ, conocida

por CENIA ENILDA LOPEZ DE ZELAYA, en su calidad de hija de la

causante.

Confi riéndosele a la aceptante en el carácter antes indicado la

Administración y Representación Interina de la Sucesión Intestada con

las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las doce horas y

treinta minutos del día trece de julio de dos mil siete.- LIC. JOSE HUGO

ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LICDA. LILIAN ES-

TELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA INTERINA.

3 v. alt. No. F019323-2

LICENCIADA ANA CAROLINA CASTILLO VEGA, Notario, del domi-

cilio de Ciudad Delgado, con Ofi cinas en Colonia Acolhuatán, Polígono

Ocho, Casa Número Trece, Ciudad Delgado, San Salvador.

HACE SABER: Que por Resolución de la suscrita Notario,

proveída a las catorce horas del día veintiséis de julio del presente año,

se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario,

la Herencia Intestada que a su defunción, ocurrida en el Barrio San José

del Municipio de Cojutepeque, departamento de Cuscatlán, el día siete

de febrero de mil novecientos noventa y tres, dejó la señora JULIANA

MARTIR MERINO, de parte del señor SANTOS OLIBIO MERINO, en

su concepto de hijo sobreviviente de la causante, habiéndose conferido

la Administración y Representación Interina de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

En consecuencia, por este medio se cita a todos los que se crean

con derechos a la referida herencia, para que se presenten a la referida

Ofi cina en el término de quince días, contados desde el siguiente a la

última publicación del presente Edicto.

Librado en la Ofi cina de la Notario ANA CAROLINA CASTILLO

VEGA. En Ciudad Delgado, a las diez horas del día veintisiete de julio

de dos mil siete.

ANA CAROLINA CASTILLO VEGA,

NOTARIO.

3 v. alt. No. F019325-2

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO.

HACE SABER: Que por Resolución de las ocho horas quince

minutos del día tres de octubre del año dos mil cinco. Se ha tenido por

aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de la Herencia

Intestada dejada por la señora MARIA SANTOS REYES DE PUQUIR

o MARIA SANTOS REYES, fallecida el día catorce de enero de mil

novecientos setenta y siete. En el Cantón Taltapanca jurisdicción de

Apaneca, siendo la Población de Salcoatitán su último domicilio, de

parte de los señores NOEMI PUQUIR REYES o NOEMI SANDOVAL,

ANA LUISA PUQUIR REYES, CELSA DE JESUS PUQUIR DE AL-

BERTO, AGUEDA DEL CARMEN PUQUIR DE RODRIGUEZ, NOE

DE JESUS PUQUIR REYES, EMERITA PATRICIA PUQUIR REYES,

MARDOQUEO PUQUIR REYES, JOSE ISAIAS PUQUIR REYES, en

concepto de hijos del causante, además la primera como cesionaria de

los Derechos Hereditarios que en la referida herencia le correspondían al

señor JESUS PUQUIR REYES, en concepto de cónyuge sobreviviente

de la de cujus.

Confi érese a la aceptante la Administración y Representación

Interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

Se ha conferido a los aceptantes la Administración y Representación

Interinas de la Sucesión con las facultades y restricciones de Ley.

JUZGADO DE LO CIVIL: Sonsonate, a las nueve horas del

veinticuatro de octubre del año dos mil cinco.- DR. MARIO MOISA

MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. CECILIA DEL CARMEN

CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019330-2

Page 91: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

91DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por Resolución pronunciada a las diez horas

del día seis de septiembre de dos mil siete, se ha tenido por aceptada ex-

presamente y con Benefi cio de Inventario de parte del señor HUMBERTO

GANDY RIVERA AYALA conocido por HUMBERTO LANDI RIVE-

RA AYALA, HUMBERTO LANDI AYALA, HUMBERTO RIVERA y

HUMBERTO GANDHI RIVERA AYALA, la Herencia Intestada que

a su defunción ocurrida el día ocho de diciembre de mil novecientos

setenta y ocho, en esta ciudad, su último domicilio, dejó el causante

señor FELIPE HUMBERTO RIVERA, conocido HUMBERTO PINE-

DA, HUMBERTO PINEDA SÁNCHEZ y por FELIPE HUMBERTO

RIVERA SANCHEZ, en concepto de hijo del causante.

Confi érese a las aceptantes la Administración y Representación

Interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones

de los curadores de la Herencia Yacente.

Y CITA: A los que se crean con derecho a la expresada herencia,

para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados

a partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las quince

horas treinta y dos minutos del día diecisiete de septiembre de dos mil

siete.- DR. DARÍO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE

LO CIVIL.- LIC. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETA-

RIO.

3 v. alt. No. F019346-2

LICENCIADO SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TER-

CERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado,

este mismo día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida en esta

ciudad el día siete de agosto de mil novecientos noventa y cinco, siendo

Coatepeque, el lugar de su último domicilio, dejó el señor MIGUEL

ÁNGEL PÉREZ AQUINO, de parte de Héctor Ignacio Martínez Escobar,

como CESIONARIO de los derechos hereditarios que como hermanos del

causante correspondían a Julio César Pérez y Zoila Araceli Pérez Aquino

hoy de Murgas, confi riéndosele al referido aceptante INTERINAMENTE

la administración y representación de la mortual expresada con las fa-

cultades y restricciones de ley.

Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las diez horas cuarenta

y cinco minutos del día veinticuatro de agosto del año dos mil siete.-

Lic. SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE

LO CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019347-2

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL

DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal

a las ocho horas cinco minutos de este día, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora JESÚS

MARTÍNEZ GRANILLO, en calidad de hermana del causante, la Suce-

sión INTESTADA que a su defunción dejó la señora MARÍA EMMA

MARTÍNEZ GRANILLO, quien fue de setenta y seis años de edad,

Soltera, Costurera, hija de los señores Antonio Martínez y Concepción

Granillo, originaria de Ilopango, de nacionalidad salvadoreña, quien

falleció el día quince de enero de dos mil siete, y cuyo último domicilio

fue Ilopango.

Confi érese a la aceptante declarada la administración y represen-

tación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de

los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales

consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas

treinta minutos del día veintiocho de agosto de dos mil siete.- CARLOS

WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA

ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019348-2

CARLOS GILBERTO PORTILLO, Notario de este domicilio, con

ofi cina Profesional ubicada en Edifi cio Ciento Veintinueve, Segunda

Avenida Norte o Avenida Monseñor Oscar Arnulfo Romero Número

Ciento Veintinueve, Segunda Planta, local Doscientos Ocho de esta

Ciudad, para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución del suscrito Notario, proveída a

las ocho horas del día veinte de septiembre del corriente año se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada que a su Defunción dejó la señora ANA MARIA HERNÁNDEZ

DE CISNEROS, ocurrida en la Ciudad de Intipucá, Departamento de La

Page 92: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

92 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Unión, el día treinta de noviembre del año dos mil cuatro, de parte del

señor JOSÉ ANTONIO CISNEROS, conocido por JOSE CISNEROS,

hoy también conocido por JOSÉ ANTONIO CISNEROS PINEDA en

concepto de Cónyuge sobreviviente de la Causante y como Cesionario de

los Derechos hereditarios que le correspondían a las señores DINORAH

MARIA LUISA, DIONICIA y ROMELIA, todas de apellidos CISNEROS

HERNÁNDEZ, habiéndosele conferido la Administración y Representa-

ción interina de la Sucesión, declarándose por ello Heredero Provisional

de la misma, con las facultades y restricciones de los Curadores de la

Herencia Yacente.

En consecuencia por este medio se cita a todos los que se crean

con derecho a la referida Herencia, para que se presenten a la referida

ofi cina en el término de quince días, contados desde el día siguiente al

de la última publicación del presente edicto.

Librado en la ofi cina del Notario CARLOS GILBERTO PORTI-

LLO, a las nueve horas del día veintiuno de septiembre del año dos mil

siete.

CARLOS GILBERTO PORTILLO,

NOTARIO.

3 v. c. No. F019406-2

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN. AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que por resolución de las diez horas de este día se ha tenido

por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la Herencia

Intestada, que a su defunción dejó la señora ANA JULIA HERNANDEZ,

al fallecer el día veinte de diciembre de mil novecientos noventa y uno,

en el Cantón El Nisperal de la Jurisdicción de Santa Elena, Departamento

de Usulután, siendo esa misma ciudad de Santa Elena el lugar que tuvo

como último domicilio, de parte del señor: JOSÉ DIMAS HERNÁNDEZ,

en calidad de hijo de la causante. Confi riéndosele al aceptante dicho,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.-

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los

trece días del mes de julio del año dos mil siete. Lic. JOSÉ ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. F019421-2

TITULO DE PROPIEDAD

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor:

GERMAN CRISTÓBAL MERCADO MELÉNDEZ, de cincuenta y dos

años de edad, pensionado o jubilado, del domicilio de Cojutepeque,

Departamento de Cuscatlán, con Documento Único de Identidad nú-

mero: Cero cero ocho ocho tres nueve seis cuatro-nueve, con Número

de Identifi cación Tributaria: Cero novecientos cuatro-cero setenta

mil quinientos cincuenta y cinco-cero cero uno-cero, solicitando se

le extienda TITULO DE PROPIEDAD, de un terreno de naturaleza

Urbana, situado en los Suburbios del Barrio San Juan, de la Ciudad de

Cojutepeque, Departamento de Cuscatlán, de la Capacidad Superfi cial

de: OCHO MIL CIEN METROS CUADRADOS, de las colindancias

siguientes: AL ORIENTE: Con terreno antes de Petrona Pérez, Antonio

Pérez, Rubén Pérez Cornejo y con Jose Epifanio Vásquez, antes Anto-

nio Elías, Ángel Vásquez ahora con Cleotilde Vázquez, y Concepción

Pérez, mediando una calle de servidumbre que sirve para salir a la calle

Nacional que conduce a la Población de San Cristóbal; AL PONIENTE:

Mediando quebrada El Chupanaste, antes con Francisco Pérez, Pedro

Hernández, antes con Ignacia Menjívar hoy con la señorita Ángela

Menjívar; AL NORTE: Antes con Federico Rivas, Nicolás Navarrete,

y Miguel Hernández, antes con Concepción Pérez, Francisco Pérez,

ahora con Inocente Pérez, Quebrada de Invierno por medio; y AL SUR:

Antes con Apolonia Pérez, Paulina Pérez y Cleotilde Vázquez, antes

con María Emilia Pérez ahora Pedro Hernandez, Tomás Hernández, y

Moris Martínez, el terreno antes descrito lo adquirió por compra que le

hizo al señor: José Martín Hernández Carballo, desde hace más de diez

años consecutivos y sin ninguna interrupción de ninguna persona y lo

valora en la cantidad de OCHO MIL DÓLARES EXACTOS DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. No es sirviente ni dominante, no

tiene cargas ni derechos reales que pertenecen a ninguna otra persona.

Lo que hace del conocimiento del público para los efectos de

Ley.

Alcaldía Municipal de Cojutepeque, a los quince días del mes

de agosto del dos mil siete.- ROSA GUADALUPE SERRANO DE

MARTÍNEZ, ALCALDE MUNICIPAL.- MIGUEL ÁNGEL BERNAL,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. C012758-2

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE ESTA VILLA,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado por escrito

la señora ROSA LIDIA ACOSTA, mayor de edad, Bachiller Comercial,

Page 93: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

93DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Contador, del domicilio de Soyapango, portadora de su Documento Úni-

co de Identidad Número cero cero cinco cero dos cero cinco dos seis,

Solicitando se le extienda a su favor Título de Propiedad de un Solar

Urbano, situado en Final Calle 6 Oriente S/N del Barrio “Santa Lucía”

de esta Villa, de la Capacidad de Ciento noventa y dos Punto diecisiete

Metros Cuadrados de extensión Superfi cial, que linda: AL NORTE, con

Telesforo Benito Rigoberto López, Ángel Salomón López Bonilla y

Joaquín Flores; Final 6 Calle Oriente de por medio; AL ORIENTE, linda

con Basilio Domínguez; AL SUR, linda con Guadalupe del Carmen Alas

López; y AL PONIENTE, linda con José Gilberto Galdámez Portillo

y Gabina del Carmen Ortega de Galdámez. El Solar así descrito no es

sirviente ni dominante, no tiene cargas ni derechos reales que pertenez-

can a otra persona y no está en proindivisión con nadie. Y lo adquirió

la titulante por compra que hizo al señor Juan Acosta Cortez conocido

por Juan Acosta, quien es mayor de edad, empleado, sobreviviente y

del domicilio de Colón, departamento de La Libertad, Según Escritura

Pública pero no Inscrita, otorgada en la Ciudad de San Salvador el día

cinco de enero del año dos mil seis, Ante los Ofi cios Notariales del

Licenciado Manuel Ángel Quijano Ventura. Y lo estima la titulante en

la Cantidad de Doscientos Cinco Dólares con Setenta y un Centavos.

Los Colindantes son de este domicilio.

Lo que se avisa al Público para efectos Legales consiguientes.

Alcaldía Municipal: San Matías, departamento de La Libertad, a trece

de marzo del año dos mil siete.- VIRGILIO MARTÍNEZ BARILLAS,

ALCALDE MUNICIPAL.- JOSÉ DEL CARMEN LEÓN, SECRETARIO

MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019213-2

La Infrascrita Alcaldesa Municipal,

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado la Licenciada

Sonia Evelyn Barrientos Pineda, mayor de edad, Abogada, del domicilio

de Mejicanos, departamento de San Salvador, portadora de su Documento

Único de Identidad número cero uno cinco cinco cuatro seis uno uno-ocho,

con Tarjeta de Identifi cación profesional número cinco mil setecientos

noventa y nueve, como Apoderada del señor Manuel Antonio Deras León,

de cuarenta y dos años de edad, Agricultor, de este domicilio, portador

de su Documento Único de Identidad número cero tres siete cero uno

seis siete siete, solicitando se le extienda a favor de su representado,

Título de Propiedad de un inmueble urbano ubicado en el barrio El

Calvario de esta población, de una extensión superfi cial de CINCO MIL

TRESCIENTOS VEINTISIETE METROS CUADRADOS (5.327.00),

aproximadamente de las medidas y colindancias siguientes: AL NORTE:

Mide setenta metros (70.00), colindando con German Balmore Alvarenga

Alas, calle pública de por medio; AL ORIENTE: Mide treinta metros

(30.00), colindando con José María Escobar, camino de por medio; AL

SUR: Mide treinta y siete (37.00), colindando con Salvador Romero

López y José Moisés León Deras, camino de por medio con el primero;

y AL PONIENTE: Mide cuarenta y tres metros (43.00), colindando con

Miguel Ángel Alvarenga y José Moisés León Deras, el terreno descrito

se encuentra cercado con alambre y piña en los cuatro rumbos. No

es predio dominante ni sirviente, no tiene cargas o derechos reales de

ajena pertenencia, ni está en proindivisión con nadie. Lo adquirió por

compra hecha a Francisco Antonio Deras, y lo valora en la cantidad de

DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

($ 10,000.00).

Lo que se avisa al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: San Rafael, departamento de Chalatenango, diez

de abril de dos mil siete.- Licda. ROSA ENCARNACIÓN CARDOZA

DE RODRÍGUEZ, ALCALDESA MUNICIPAL.- MANUEL DE JESÚS

CHACON, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F019219-2

TITULO SUPLETORIO

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-

RA INSTANCIA, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licenciado

MILTON ANTONIO ROMERO FLORES, en calidad de Apoderado

General Judicial del señor PABLO ORTEZ, solicitando TITULO SU-

PLETORIO, de un terreno de naturaleza ubicado en el Cantón El Gigante,

Cantón San José de la jurisdicción de Jocoro, distrito de San Francisco

Gotera, departamento de Morazán, de la capacidad superfi cial de CIN-

CO MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE PUNTO TREINTA Y SEIS

METROS CUADRADOS equivalente a SIETE MIL NOVECIENTAS

ONCE PUNTO CUARENTA Y UNA VARAS CUADRADAS, de las

medidas y colindancias siguientes: AL ORIENTE, línea recta compuesta

por un solo tramo de sesenta y cuatro metros treinta centímetros, colinda

con terreno propiedad del señor ALEJANDRO LAZO, y divide cerco de

alambre y piña de por medio; AL NORTE, línea quebrada compuesta

por cuatro tramos, siendo el primer tramo de diecinueve punto setenta

metros, el segundo tramo de treinta y siete metros cero ocho centímetros,

el tercer tramo de dieciséis metros ochenta centímetros, el cuarto tramo

de cuarenta y siete metros veinte centímetros, haciendo un total de ciento

veinte metros setenta y ocho centímetros; en los primeros tres tramos

colinda con terreno propiedad de la señora SANTOS ADIL VÁSQUEZ

TURCIOS, calle de por medio, y en el cuarto tramo colinda con terreno

Page 94: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

94 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

propiedad de la señora ROSALÍA VÁSQUEZ, con cerco de alambre

de por medio; AL PONIENTE, en línea quebrada compuesta de dos

tramos siendo el primero de veintitrés metros cincuenta centímetros, y el

segundo de diecinueve metros cincuenta centímetros, haciendo un total

de cuarenta y tres metros, colinda con terreno propiedad de la señora

PETRONA HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, divide cerco de alambre y piña

de por medio; y AL SUR, en línea quebrada compuesta de cuatro tramos,

siendo el primero de un metro sesenta centímetros, el segundo de treinta

y cinco metros veinte centímetros, el tercero de veinticinco metros, y

el cuarto de cincuenta y siete metros treinta centímetros, haciendo un

total de ciento diecinueve metros diez centímetros, colinda con terreno

propiedad de la señora PETRONA HERNÁNDEZ VÁSQUEZ, divide

cerco de alambre y piña de por medio, en dicho inmueble se encuentra

construida una casa paredes de adobe, techo de hierro y tejas, piso de

cemento, y lo valúa en la cantidad de TRES MIL DÓLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Juzgado Primero de Primera Instancia: San Francisco Gotera, a las

once horas y treinta minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil

siete.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA 1º DE 1ª

INSTANCIA.- Lic. YESENIA ROSIBEL VILLATORO DE ZÚNIGA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019229-2

EL INFRASCRITO JUEZ SUPLENTE DEL JUZGADO DE PRIMERA

INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la Licda.

CLAUDIA BEATRIZ CHICAS DE MOLINA, en carácter de Apoderado

General Judicial de la señora FELICITA RIVERA PORTILLO, de cua-

renta y cuatro años de edad, de ofi cios domésticos, del domicilio de San

Antonio del Mosco, Departamento de San Miguel; solicitando TÍTULO

SUPLETORIO, de un terreno de naturaleza rústica, situado en el lugar

denominado San Marcos, Cantón San Marcos, Cantón del mismo nombre,

jurisdicción de San Antonio, distrito de Sesori, Departamento de San

Miguel, PRIMERA PORCIÓN de la capacidad superfi cial de DOS MIL

CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, de los

linderos y colindancias siguientes: AL NORTE: Dieciséis metros, linda con

Escuela Nacional; AL PONIENTE: Setenta y ocho metros, muro propio

de por medio de la ahora compradora, cerco de piña y alambre, calle de

por medio; AL ORIENTE: Cien metros, linda con SIMÓN GUEVARA,

muro de cemento propio de la ahora compradora; y AL SUR: Cuarenta

metros, linda con Estenia Sorto, cerco de alambre de por medio propio

de la ahora compradora, dentro de dicha porción de terreno se encuen-

tran construida dos casas; SEGUNDA PORCIÓN dicha porción es de

forma triangular de la capacidad superfi cial de UN MIL DOSCIENTOS

CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS, de las medidas y

linderos siguientes: AL NORTE: Dieciséis metros, linda con RAQUEL

MARTÍNEZ, cerco de alambre de la colindante; AL PONIENTE: Setenta

y ocho metros, calle de por medio; AL ORIENTE: Setenta y ocho metros,

linda con PABLO MARTÍNEZ y ELUFIO HERNÁNDEZ, calle de por

medio, dentro de dicha porción de terreno se encuentran construida dos

casas; EL SEGUNDO INMUEBLE, de naturaleza rustica, situado en el

Caserío La Chorrera, Cantón San Marcos, jurisdicción de San Antonio,

distrito de Sesori, Departamento de San Miguel, de la capacidad super-

fi cial de CUATROCIENTOS VEINTISÉIS METROS CUADRADOS

CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS, de las medidas y linderos

siguientes: AL ORIENTE: Veinte metros, linda con SANTANA COCA,

mojones de piedra y cerco de alambre de por medio; AL NORTE: Veinte

metros, linda con SANTANA COCA, cerco de alambre y mojones de

piedra de por medio; AL PONIENTE: Veinte metros ochenta centímetros,

linda con CONCEPCIÓN GRACIELA MARTÍNEZ, calle de por medio;

AL SUR; Veintiún metros, con EUGENIA MARTÍNEZ, cerco de piña

y alambre de por medio; los dos inmuebles los adquirió por compra que

hizo a su madre señora JULIA PORTILLO, el día quince de mayo del

año dos mil siete, según Escritura Pública y los valúa el primero en la

cantidad de UN MIL DOSCIENTOS DÓLARES; el segundo UN MIL

DOSCIENTOS DÓLARES, haciendo un total en los dos inmuebles de

DOS MIL CUATROCIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS

DE NORTE AMÉRICA.

Librado en el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CIU-

DAD BARRIOS, DEPARTAMENTO DE SAN MIGUEL, a las diez

horas del día cinco de junio del año dos mil siete.- Lic. OSCAR DANIEL

ARANA ARÉVALO, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLENTE.-

Br. EDWIN BLADIMIR PORTILLO ZULETA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019267-2

MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA, JUEZ SEGUNDO

DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN MIGUEL,

HACE SABER: Que en este Juzgado se ha presentado el señor

ROBERTO ANTONIO COLATO SALAMANCA, de cincuenta y

un años de edad, Agricultor del domicilio de Moncagua, depar-

tamento de San Miguel, promoviendo diligencias de TITULO

SUPLETORIO, y que dice: Que es dueño y actual poseedor desde

hace más de diez años en forma quieta, pacífica sin interrupción

de ninguna persona de un terreno de naturaleza rústica, situado en

el Cantón El Rodeo, jurisdicción de Moncagua, distrito y depar-

tamento de San Miguel, de la extensión superficial de diecisiete

mil doscientos treinta y siete metros cuadrados sesenta y dos

decímetros cuadrados cincuenta centímetros cuadrados de las me-

Page 95: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

95DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

didas y linderos siguientes: AL NORTE, mide doscientos sesenta

y cinco metros cincuenta centímetros, linda con terreno de Sara

Zelaya y Elías Zelaya, cerco de alambre propio de por medio; AL

ORIENTE, treinta y ocho metros, camino de por medio, linda con

terreno de Elías Zelaya, cerco de alambre propio de por medio; AL

SUR, mide doscientos sesenta y nueve metros calle que conduce

a Moncagua de por medio, linda con Rodolfo Villalobos Colato,

cerco de alambre propio de por medio; y AL PONIENTE, mide

noventa y un metros linda con terreno de Concepción Marlene

Colato y Roberto Robles, cerco de alambre propio de por medio.

Lo hubo por compra verbal que le hizo a los señores José

Nazario Salamanca Portillo, José Arnoldo Portillo, María Luisa

Salamanca Araniva y María Josefina Salamanca Portillo y que lo

valúa el inmueble en la cantidad de CUATRO MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. Que por carecer de

Documento inscrito en el Registro respectivo pide se le extienda

a su favor TITULO SUPLETORIO del inmueble antes descrito.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

de Ley.

Librado en el Juzgado Segundo de lo Civil: San Miguel, a las

doce horas veintidós minutos del día diecinueve de julio del dos mil

siete. DRA. MARIA ESTHER FERRUFINO V. DE PARADA,. JUEZ

SEGUNDO DE LO CIVIL.- LIC. MARTA DOLORES COREAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019276-2

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007069309

No. de Presentación: 20070097392

CLASE: 01

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ZAIDA

PATRICIA ROMERO ABARCA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de CONSORCIO FERRETERO SALVA-

DOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

se abrevia: COFESAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-

REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE

COMERCIO,

Consistente en: la palabra BOQUIMAX y diseño, que servirá para: AMPARAR: SELLADORES O BOQUILLAS PARA SISAS ENTRE LADRILLOS DE CERAMICA, PARA TODO COLOR.

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012735-2

No. de Expediente: 2007069307

No. de Presentación: 20070097390

CLASE: 01

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ZAIDA PATRICIA ROMERO ABARCA, en su calidad de APODERADO GENERAL JUDICIAL de CONSORCIO FERRETERO SALVA-DOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: COFESAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADO-REÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las palabras PEGAMAX y diseño; sobre las palabras de uso común no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: PEGAMENTO Y ADHESIVO PARA CERÁMICA.

Page 96: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

96 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

La solicitud fue presentada el día veintidós de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veintitrés de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012737-2

No. de Expediente: 2007069843

No. de Presentación: 20070098339

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

AzitroBon

Consistente en: la palabra AzitroBon, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES, SUSTANCIAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012738-2

No. de Expediente: 2007069845

No. de Presentación: 20070098341

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

ClopiBon

Consistente en: la palabra ClopiBon, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES Y SUSTANCIAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012740-2

No. de Expediente: 2007069847

No. de Presentación: 20070098343

CLASE. 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-

Page 97: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

97DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

GlimeBon

Consistente en: la palabra GlimeBon, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES, SUSTANCIAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012742-2

No. de Expediente: 2007069849

No. de Presentación: 20070098345

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ARMANDO INTERIANO, en su calidad de APODERADO de BAYER AKTIEN-GESELLSCHAFT que se abrevia: BAYER AG., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

MetfoBon

Consistente en: la palabra MetfoBon, que servirá para: AM-PARAR: PREPARACIONES, SUSTANCIAS Y PRODUCTOS FARMACEUTICOS.

La solicitud fue presentada el día doce de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, trece de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012743-2

No. de Expediente: 2007069456

No. de Presentación: 20070097670

CLASE: 05

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado BEN-JAMIN VALDEZ IRAHETA, en su calidad de APODERADO de FARMAMEDICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: FAR-MAMEDICA, S.A, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

DERMISANA

Consistente en: la palabra DERMISANA, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS PARA USO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil sie-te.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012754-2

Page 98: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

98 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007069454

No. de Presentación: 20070097668

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado BENJAMIN

VALDEZ IRAHETA, en su calidad de APODERADO de FARMAME-

DICA, SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia: FARMAMEDICA,

S.A., de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el registro de la

MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

HEPAVITAL

Consistente en: la palabra HEPAVITAL, que servirá para: AMPA-

RAR: PRODUCTOS MEDICINALES Y FARMACEUTICOS PARA

USO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012755-2

No. de Expediente: 2007064508

No. de Presentación: 20070089157

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AN-

TONIO MORAN CORNEJO, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: LABORATORIOS GENERIX,

S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

ENDO CARE

Consistente en: las palabras ENDO CARE que signifi can ENDO

CUIDADO, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEU-

TICOS DE CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día dos de febrero del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012760-2

No. de Expediente: 2007064904

No. de Presentación: 20070089935

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AN-

TONIO MORAN CORNEJO, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GENERIX, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO:

PULMO-AIR

Consistente en: la palabra PULMO-AIR, la palabra AIR se traduce

al castellano como AIRE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS

FARMACEUTICOS DE CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil

siete.

Page 99: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

99DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012761-2

No. de Expediente: 2007064903

No. de Presentación: 20070089934

CLASE: 05.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado RAFAEL AN-

TONIO MORAN CORNEJO, en su calidad de APODERADO GENERAL

JUDICIAL de LABORATORIOS GENERIX, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: GENERIX, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA

DE FABRICA Y DE COMERCIO:

LUNG-AIR

Consistente en: la palabra LUNG-AIR, la palabra LUNG se tra-

duce al castellano como pulmón y la palabra AIR se traduce como aire,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE

CONSUMO HUMANO.

La solicitud fue presentada el día trece de agosto del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012762-2

No. de Expediente: 2007069626

No. de Presentación: 20070097969

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des

Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Nestle PROFESSIONAL y diseño,

que se traduce al castellano como Nestlé profesional, que servirá para:

AMPARAR: CERVEZAS; AGUA SIN GAS, AGUA EFERVESCENTE

O AGUA CARBONATADA, AGUA TRATADA PARA EL CONSU-

MO HUMANO, AGUA DE MANANTIAL, AGUA MINERAL, AGUA

SABORIZADA; BEBIDAS HECHAS A BASE DE FRUTA O CON

SABOR A FRUTA, JUGOS DE FRUTAS O VEGETALES, NÉCTARES,

LIMONADAS, SODAS Y OTRAS BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS

(EXCEPTO ACEITES ESENCIALES); BEBIDAS LÁCTEAS FER-

MENTADAS; BEBIDAS HECHAS A BASE DE SOYA; BEBIDAS

HECHAS A BASE DE MALTA; BEBIDAS ISOTÓNICAS.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

MAYRA PATRICIA PORTILLO CASTAÑEDA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019300-2

Page 100: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

100 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007065922

No. de Presentación: 20070091742

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de LABORATO-RIOS SOPHIA, S.A. DE C.V., de nacionalidad MEXICANA, solicitando

el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

OPTIVISION

Consistente en: la palabra OPTIVISION, que servirá para: AM-PARAR: PRODUCTOS MULTIVITAMINICOS DE USO OFTALMI-CO.

La solicitud fue presentada el día veintinueve de marzo del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, cuatro de septiembre del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

NANCY KATYA NAVARRETE QUINTANILLA,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F019301-2

No. de Expediente: 2007069628

No. de Presentación: 20070097971

CLASE: 32.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: un diseño identifi cado como Diseño de remolino,

que servirá para: AMPARAR: CERVEZAS; AGUA SIN GAS, AGUA

EFERVESCENTE O AGUA CARBONATADA, AGUA TRATADA

PARA EL CONSUMO HUMANO, AGUA DE MANANTIAL, AGUA

MINERAL, AGUA SABORIZADA; BEBIDAS HECHAS A BASE DE

FRUTA O CON SABOR A FRUTA, JUGOS DE FRUTAS O VEGETA-

LES, NÉCTARES, LIMONADAS, SODAS Y OTRAS BEBIDAS NO

ALCOHÓLICAS; JARABES, EXTRACTOS Y ESENCIAS Y OTRAS

PREPARACIONES PARA HACER BEBIDAS NO ALCOHOLICAS

(EXCEPTO ACEITES ESENCIALES); BEBIDAS LACTEAS FER-

MENTADAS; BEBIDAS HECHAS A BASE DE SOYA; BEBIDAS

HECHAS A BASE DE MALTA; BEBIDAS ISOTONICAS.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019303-2

No. de Expediente: 2007067416

No. de Presentación: 20070094233

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Dr. Willmar

Schwabe GmbH & Co., de nacionalidad ALEMANA, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Cinnabsin

Consistente en: la palabra Cinnabsin, que servirá para: AMPA-

RAR: PREPARACIONES FARMACEUTICAS Y VETERINARIAS;

PREPARACIONES SANITARIAS PARA USO MEDICO; SUSTAN-

CIAS DIETETICAS ADAPTADAS PARA USO MEDICO, COMIDA

PARA BEBES; EMPLASTOS, MATERIALES PARA VENDAJES;

MATERIALES PARA DETENER LA DENTADURA, CERA DEN-

TAL; DESINFECTANTES; PREPARACIONES PARA DESTRUIR

ANIMALES DAÑINOS; FUNGICIDAS Y HERBICIDAS.

Page 101: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

101DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

La solicitud fue presentada el día primero de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

GUILLERMO ALFONSO LOPEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019304-2

No. de Expediente: 2006062852

No. de Presentación: 20060085629

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a. esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de COLGA-

TE- PALMOLIVE COMPANY, de nacionalidad ESTADOUNIDENSE,

solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMER-

CIO:

EL VERDADERO ARRANCAGRASA

Consistente en: la expresión EL VERDADERO ARRANCAGRA-

SA, que servirá para: AMPARAR: DETERGENTE PARA LAVAR

PLATOS, LAVADORES DE PLATOS EN POLVO Y LAVADORES

DE PLATO EN PASTA.

La solicitud fue presentada el día veinte de noviembre del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

LUCIA MARGARITA GALAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019305-2

No. de Expediente: 2007067009

No. de Presentación: 20070093537

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Chupa Barrita tix-tix y diseño, a las

palabras Chupa Barrita no se le concede exclusividad, que servirá para:

AMPARAR: DULCES.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de mayo del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

Lic. PEDRO BALMORE HENRIQUEZ RAMOS,

REGISTRADOR.

SALVADOR ANIBAL JUAREZ URQUILLA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019307-2

No. de Expediente: 2007069627

No. de Presentación: 20070097970

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des

Page 102: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

102 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Nestle PROFESSIONAL y diseño,

traducidas al castellano como Nestlé profesional, que servirá para: AMPA-

RAR: LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS Y SETAS EN CONSERVA,

CONGELADAS, SECAS O COCIDAS, CARNE, AVES DE CORRAL,

CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS ALIMENTICIOS PROVENIEN-

TES DEL MAR, TODOS ESTOS PRODUCTOS TAMBIEN BAJO LA

FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS, DE GELATINAS, DE PAS-

TAS PARA UNTAR, DE CONSERVAS, DE PLATOS COCINADOS,

CONGELADOS O DESHIDRATADOS; CONFITURAS; HUEVOS,

LECHE, CREMA DE LECHE, MANTEQUILLA, QUESO, Y OTRAS

PREPARACIONES HECHAS A PARTIR DE LECHE, SUBSTITUTOS

DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE LECHE; SUCEDÁNEOS DE

ALIMENTOS LACTEOS; POSTRES HECHOS A PARTIR DE LECHE

O DE CREMA DE LECHE; YOGHURTS, LECHE DE SOYA (SUCE-

DÁNEOS DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIONES A PARTIR DE

SOYA; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES; PREPARACIONES

PROTEINICAS PARA LA ALIMENTACIÓN; SUBSTITUTOS DE

CREMA PARA LA EL CAFÉ Y/O EL TE; PRODUCTOS DE SAL-

CHICHONERIA, MANTEQUILLA DE MANI, SOPAS, CONCEN-

TRADOS DE SOPAS, CALDOS, CUBITOS PARA HACER CALDOS,

CONSOMES, BEBIDAS LACTEAS FERMENTADAS.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019308/F019324-2

No. de Expediente: 2007069704

No. de Presentación: 20070098105

CLASE: 16.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Kimberly-Clark

Worldwide, Inc., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el

registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Scott Suavidad acolchonadita y diseño,

donde sobre las palabras de uso común no se le concede exclusividad,

que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS DE TOALLAS DE PAPEL

ABSORBENTES, TALES COMO PAPEL PARA BAÑO, PAPEL HI-

GIENICO, PAPEL FACIAL, TOALLAS DE PAPEL Y SERVILLETAS

DE PAPEL PARA MESA.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019311-2

Page 103: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

103DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

No. de Expediente: 2007069629

No. de Presentación: 20070097972

CLASE: 29.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: un diseño que se identifi ca como diseño de remolino,

que servirá para: AMPARAR: LEGUMBRES Y PATATAS, FRUTAS

Y SETAS EN CONSERVA, CONGELADAS, SECAS O COCIDAS,

CARNE, AVES DE CORRAL, CAZA, PESCADO Y PRODUCTOS

ALIMENTICIOS PROVENIENTES DEL MAR, TODOS ESTOS PRO-

DUCTOS TAMBIEN BAJO LA FORMA DE EXTRACTOS, DE SOPAS,

DE GELATINAS, DE PASTAS PARA UNTAR, DE CONSERVAS,

DE PLATOS COCINADOS, CONGELADOS O DESHIDRATADOS;

CONFITURAS; HUEVOS, LECHE, CREMA DE LECHE, MANTEQUI-

LLA, QUESO, Y OTRAS PREPARACIONES HECHAS A PARTIR DE

LECHE, SUBSTITUTOS DE LECHE; BEBIDAS A BASE DE LECHE;

SUCEDÁNEOS DE ALIMENTOS LACTEOS; POSTRES HECHOS A

PARTIR DE LECHE O DE CREMA DE LECHE; YOGURES, LECHE

DE SOYA (SUCEDÁNEOS DE LA LECHE), OTRAS PREPARACIO-

NES A PARTIR DE SOYA; ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES;

PREPARACIONES PROTEINICAS PARA LA ALIMENTACIÓN;

SUBSTITUTOS DE CREMA PARA EL CAFÉ Y/O EL TE; PRODUC-

TOS DE SALCHICHONERIA, MANTEQUILLA DE MANI, SOPAS,

CONCENTRADOS DE SOPAS, CALDOS, CUBITOS PARA HACER

CALDOS, CONSOMES, BEBIDAS LACTEAS FERMENTADAS.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019312-2

No. de Expediente: 2007069625

No. de Presentación: 20070097968

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des

Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: las palabras Nestle PROFESSIONAL y diseño,

traducido al castellano como Nestle PROFESIONAL, que servirá para:

AMPARAR: CAFÉ, EXTRACTOS DE CAFÉ, PREPARACIONES Y

BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ; CAFÉ HELADO; SUBS-

TITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS DEL

CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE

SUBSTITUTOS DEL CAFÉ; CHICORIA; TE, EXTRACTOS DE

TE, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TE;

TE HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA;

CACAO Y PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE

CACAO; CHOCOLATE, PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA, PRE-

PARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE;

CONFITERIA, GOLOSINAS, CARAMELOS; AZUCAR; GOMA

DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE

PANADERIA, PAN, LEVADURA, ARTICULOS DE PASTELERIA;

BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLO, POSTRES,

BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTI-

BLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERIA HELADA,

TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS,

YOGURES HELADOS; PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN

DE HELADOS COMESTIBLES Y/O HELADOS COMESTIBLES

A PARTIR DE AGUA Y/ O CONFITERIA HELADA Y/ O TARTAS

HELADAS Y/ O CREMAS HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/

O YOGURES HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS, DE LA MIEL;

CEREALES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE MAIZ, BARRAS

DE CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER; PREPARACIONES

DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS, TALLARINES;

PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ, DE

HARINA O DE CEREALES, TAMBIEN BAJO LA FORMA DE PLA-

TOS COCINADOS; PIZZAS; SÁNDWICH; MEZCLAS DE PASTAS

ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS; SALSA DE

SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR O SAZONAR

LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS,

SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA; VINAGRE.

Page 104: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

104 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019314-2

No. de Expediente: 2007069630

No. de Presentación: 20070097973

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de Société des

Produits Nestlé S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: un diseño identifi cado como diseño de remolino

(color), que servirá para: AMPARAR: CAFÉ, EXTRACTOS DE CAFÉ,

PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFÉ; CAFÉ

HELADO; SUBSTITUTOS DEL CAFÉ, EXTRACTOS DE SUBSTITU-

TOS DEL CAFÉ, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE

DE SUBSTITUTOS DEL CAFÉ; CHICORIA; TE, EXTRACTOS DE

TE, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TE;

TE HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA;

CACAO Y PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE

CACAO; CHOCOLATE, PRODUCTOS DE CHOCOLATERÍA, PRE-

PARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE;

CONFITERIA, GOLOSINAS, CARAMELOS; AZUCAR; GOMA

DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE

PANADERIA, PAN, LEVADURA, ARTICULOS DE PASTELERIA;

BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLO, POSTRES,

BUDINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTI-

BLES A PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERIA HELADA,

TARTAS HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS,

YOGURES HELADOS; PRODUCTOS PARA LA PREPARACIÓN

DE HELADOS COMESTIBLES Y/ O HELADOS COMESTIBLES

A PARTIR DE AGUA Y/ O CONFITERIA HELADA Y/ O TARTAS

HELADAS Y/O CREMAS HELADAS Y/ O POSTRES HELADOS Y/

O YOGURES HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL;

CEREALES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE MAIZ, BARRAS

DE CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER; PREPARACIONES

DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS, TALLARINES;

PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ, DE

HARINA O DE CEREALES, TAMBIEN BAJO LA FORMA DE PLA-

TOS COCINADOS; PIZZAS; SÁNDWICH; MEZCLAS DE PASTAS

ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS; SALSA DE

SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR O SAZONAR

LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS,

SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA; VINAGRE.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, seis de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019318-2

No. de Expediente: 2007069624

No. de Presentación: 20070097967

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de PEPSICO,

Page 105: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

105DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

INC., de nacionalidad ESTADOUNIDENSE, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

ICER BITS

Consistente en: las palabras ICER BITS, traduciendose la palabra bits como pedazos, que servirá para: AMPARAR: CAFE, TE CACAO, AZUCAR, ARROZ, TAPIOCA, SAGU, SUCEDANEOS DEL CAFÉ, HARINAS Y PREPARACIONES HECHAS DE CEREALES, PAN PASTELERIA Y CONFITERIA, HELADOS COMESTIBLES, MIEL, JARABE DE MELAZA, LEVADURA, POLVOS PARA ESPONJAR, SAL, MOSTAZA, VINAGRE, SALSAS (CONDIMENTOS), ESPE-CIAS, HIELO, ESPECIALMENTE SORBETES.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, seis de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADOR.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019319-2

No. de Expediente: 2007069475

No. de Presentación: 20070097690

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de SOCIÉTÉ DES PRODUITS NESTLÉ S.A., de nacionalidad SUIZA, solicitando el registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

Consistente en: el diseño de un remolino, que servirá para:

AMPARAR: CAFE, EXTRACTOS DE CAFE, PREPARACIONES

Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CAFE; CAFE HELADO;

SUBSTITUTOS DEL CAFE; EXTRACTOS DE SUBSTITUTOS

DEL CAFE, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE

SUBSTITUTOS DEL CAFE; CHICHORIA; TE, EXTRACTOS DE

TE, PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE TE;

TE HELADO; PREPARACIONES HECHAS A BASE DE MALTA;

CACAO Y PREPARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A PARTIR DE

CACAO; CHOCOLATE, PRODUCTOS DE CHOCOLATERIA, PRE-

PARACIONES Y BEBIDAS HECHAS A BASE DE CHOCOLATE;

CONFITERIA, GOLOSINAS, CARAMELOS; AZUCAR; GOMA

DE MASCAR; EDULCORANTES NATURALES; PRODUCTOS DE

PANADERIA, PAN, LEVADURA, ARTICULOS DE PASTELERIA;

BIZCOCHOS, TARTAS, GALLETAS, BARQUILLOS, POSTRES, BU-

DINES; HELADOS COMESTIBLES, HELADOS COMESTIBLES A

PARTIR DE AGUA, SORBETES, CONFITERIA HELADA, TARTAS

HELADAS, CREMAS HELADAS, POSTRES HELADOS, YOGUR

HELADOS; PRODUCTOS PARA LA PREPARACION DE HELA-

DOS COMESTIBLES Y/O HELADOS COMESTIBLES A PARTIR DE

AGUA Y/O SORBETES Y/O CONFITERIA HELADA Y/O TARTAS

HELADAS Y/O CREMAS HELADAS Y/O POSTRES HELADOS Y/O

YOGUR HELADOS; MIEL Y SUBSTITUTOS DE LA MIEL; CEREA-

LES PARA EL DESAYUNO, HOJUELAS DE MAIZ, BARRAS DE

CEREAL, CEREALES LISTOS PARA COMER; PREPARACIONES

DE CEREALES; ARROZ, PASTAS ALIMENTICIAS, TALLARINES;

PRODUCTOS ALIMENTICIOS HECHOS A PARTIR DE ARROZ, DE

HARINA O DE CEREALES, TAMBIEN BAJO LA FORMA DE PLA-

TOS COCINADOS; PIZZAS; SANDWICH; MEZCLAS DE PASTAS

ALIMENTICIAS Y POLVOS PARA PASTELES; SALSAS; SALSA DE

SOYA; KETCHUP; PRODUCTOS PARA AROMATIZAR O SAZONAR

LOS ALIMENTOS, ESPECIAS COMESTIBLES, CONDIMENTOS,

SALSA PARA ENSALADA, MAYONESA; MOSTAZA; VINAGRE.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta y uno de agosto del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019320-2

Page 106: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

106 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

No. de Expediente: 2007069622

No. de Presentación: 20070097965

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de L’OREAL So-

cieté Anonyme, de nacionalidad FRANCESA, solicitando el registro de

la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO:

DREAM-FULL

Consistente en: la expresión DREAM-FULL que se traduce al

castellano como SUEÑO COMPLETO, que servirá para: AMPARAR:

PRODUCTOS COSMÉTICOS Y PREPARACIONES DE MAQUILLA-

JE.

La solicitud fue presentada el día tres de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, cinco de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,

REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019322-2

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007069715

No. de Presentación: 20070098124

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado SILVIA MER-

CEDES DEL VALLE GUERRA, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de MdV, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

que se abrevia: MdV, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro del NOMBRE COMERCIAL:

Consistente en: la expresión STOffi center y diseño, que servirá

para: IDENTIFICAR UNA EMPRESA DE SERVICIOS DEDICADA

A ALQUILERES DE OFICINA, UBICADO EN CALLE LOS ABETOS

#23, COLONIA SAN FRANCISCO, SAN SALVADOR.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012741-2

No. de Expediente: 2007067791

No. de Presentación: 20070094798

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

ADMINISTRACION, ADQUISICION Y ASESORIA DE SEGUROS,

Page 107: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

107DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro del NOMBRE COMER-

CIAL:

Consistente en: la palabra Alinter y diseño, que servirá para:

DISTINGUIR E IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO QUE SE

DEDICA A LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SEGUROS; UBI-

CADO EN LA CALLE CIRCUNVALACION NUMERO DOCE, PLAN

DE LA LAGUNA, ANTIGUO CUSCATLAN, DEPARTAMENTO DE

LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día dieciocho de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012750-2

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2007067653

No. de Presentación: 20070094577

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

ADMINISTRACION, ADQUISICION Y ASESORIA DE SEGUROS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

AAA SEGUROS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE PUBLICIDAD

COMERCIAL:

Consistente en: la expresión Alinter y diseño, que servirá para:

LLAMAR LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES O USUARIOS

SOBRE LOS SERVICIOS DE SEGUROS.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012751-2

No. de Expediente: 2007066523

No. de Presentación: 20070092677

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado FELIX SAL-

VADOR CHOUSSY GARCIAPRIETO, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de DISTRIBUIDORA DE LUBRICANTES Y COMBUS-

TIBLES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de na-

cionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la EXPRESION

O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL:

Consistente en: las palabras Valor, calidad y servicio. El combustible

que mueve a todo un país, sobre las palabras “valor, calidad y servicio”

individualmente consideradas no se le concede exclusividad, que servirá

Page 108: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

108 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

para: ATRAER LA ATENCION DE LOS CONSUMIDORES A LOS

SERVICIOS Y ESTABLECIMIENTOS DEDICADOS A LA VENTA

Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS TALES COMO ACEI-

TES Y GRASAS INDUSTRIALES; LUBRICANTES Y GASOLINAS

(INCLUYENDO GASOLINAS PARA MOTORES).

La solicitud fue presentada el día veintisiete de abril del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019212-2

No. de Expediente: 2006060719

No. de Presentación: 20060082138

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DANILO

RODRIGUEZ VILLAMIL, en su calidad de APODERADO de SIGMA

ALIMENTOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL:

SABOR DE NUESTRA TIERRA,

Consistente en: las palabras SABOR DE NUESTRA TIERRA, que

servirá para: ATRAER LA ATENCIÓN DEL PÚBLICO CONSUMIDOR

SOBRE LOS PRODUCTOS TALES COMO CARNE, PESCADO, AVES

Y CAZA, EXTRACTOS DE CARNE, FRUTAS Y LEGUMBRES EN

CONSERVA, SECAS Y COCIDAS, JALEAS, MERMELADAS, COM-

POTAS, HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LÁCTEOS, ACEITES Y

GRASAS COMESTIBLES, ESPECIALMENTE TODA CLASE DE

CARNES FRÍAS, EMBUTIDOS, QUESOS Y YOGUR; SERVICIOS

DE PUBLICIDAD, DIRECCIÓN DE NEGOCIOS, ADMINISTRACIÓN

DE NEGOCIOS, TRABAJOS DE OFICINA, ESPECIALMENTE PRO-

MOCIONES COMERCIALES Y PROMOCIONES COMERCIALES

PARA VENTA DE TODA CLASE DE CARNES FRÍAS, EMBUTIDOS,

QUESOS Y YOGUR.

La solicitud fue presentada el día veinticinco de agosto del año dos

mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, siete de septiembre del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS DAVID JARQUIN CASTELLANOS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019306-2

No. de Expediente: 2007069703

No. de Presentación: 20070098104

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de CORPORATIVO

INTERNACIONAL MEXICANO, S. DE R.L. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el registro de la EXPRESION O SEÑAL DE

PUBLICIDAD COMERCIAL:

AUTÉNTICAS COMO EL AMOR DE MAMÁ

Consistente en: la expresión AUTÉNTICAS COMO EL AMOR DE

MAMÁ, que servirá para: A TRAER LA ATENCIÓN DEL PUBLICO

CONSUMIDOR SOBRE GALLETAS.

La solicitud fue presentada el día seis de septiembre del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, diez de septiembre del año dos mil siete.

Licda. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019309-2

Page 109: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

109DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002010915

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002010915-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-CISCO FLORES RECINOS en su calidad de Representante legal de la sociedad AGRIZA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 43 del libro 453 del Registro de Sociedades del Registro de Comer-cio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-130585-001-6; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y cincuenta y tres minutos del día nueve de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002010915 inscripción 63 y el asiento de Establecimiento No. 2002010915-001 inscripción 64, ambos del libro 103 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AGRIZA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a EXPLOTACION DE LA AVICULTURA, con dirección en URBANIZACION PLAN DE LA LAGUNA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBER-TAD cuyo activo asciende a TRES MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS VEINTITRES DOLA-RES CON 84/100 $ 3,741,223.84 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AGRIZA, S.A. DE C.V., ubicado en URBANIZACION INDUSTRIAL PLAN DE LA LAGUNA del domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a EXPLOTACION DE LA AVICULTURA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciocho de enero de dos mil seis.

Lic. HERMINIA ELIZABETH LOZANO Z.,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. C012728-2

ASIENTO DE EMPRESA 2002002263

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002002263-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-CISCO FLORES RECINOS en su calidad de Representante legal de la sociedad AVICOLA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse AVICOLA SAL-VADOREÑA S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número 15 del libro 30 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-130571-001-2; el cual ha presentado solicitud a las ocho horas y cuarenta y ocho minutos del día nueve de junio de dos mil cinco, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2002002263 inscripción 112 y el asiento de Establecimiento No. 2002002263-001 inscripción 113, ambos del libro 103 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa denominada AVICOLA SALVADOREÑA, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE, la cual se dedica a INDUSTRIA AVICOLA, con dirección en EL PORVENIR del domicilio de CHALCHUAPA, cuyo activo asciende a SETENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS SESENTA MIL OCHENTA Y OCHO DOLARES CON 84/100 $ 74,760,088.84 y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado AVICOLA SALVADOREÑA, S.A. DE C.V. ubicado en EL PORVENIR y que se dedica a INDUSTRIA AVICOLA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de enero de dos mil seis.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012729-2

ASIENTO DE EMPRESA 2006056498

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056498-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado FRAN-CISCO FLORES RECINOS en su calidad de Representante legal de la sociedad ADMINISTRADORA DE RESTAURANTES DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-BLE que puede abreviarse ADRESAL, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de EL PORVENIR, CHALCHUAPA, SANTA ANA con número de identificación tributaria: 0614-020506-106-0 y cuya escritura social está inscrita bajo el número 30 del libro 2130 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, el cual ha presentado solicitud a las diez horas y diecinueve minutos del día siete de junio de dos mil seis con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2006056498 ins-cripción 25 y el asiento de Establecimiento No. 2006056498-001, inscripción 26, ambos del Libro 128 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se denomina ADMINIS-TRADORA DE RESTAURANTES DE EL SALVADOR, SOCIE-

DAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a

Page 110: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

110 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

RESTAURANTES, con dirección en Calle Principal número 8 EL

PORVENIR del domicilio de CHALCHUAPA, SANTA ANA , cuyo

activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

57/100 DOLARES ($ 11,428.57) y que tiene el establecimiento

siguiente: 001-) denominado POLLOLANDIA ubicado en Calle

Principal número 8, EL PORVENIR, CHALCHUAPA, SANTA

ANA y que se dedica a RESTAURANTES.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, seis de octubre de dos mil seis.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012730-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059476

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059476-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO COMERCIO

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EFRAIN

ALFONSO CAÑAS COLORADO en su calidad de Representante

Legal de la sociedad ISI SURVEYOR, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse ISI SURVEYOR, S.A.

DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el

número 3 del libro 2242 del Registro de Sociedades del Registro de

Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-240507-

106-2; el cual ha presentado solicitud a las trece horas y treinta y

seis minutos del día diecisiete de agosto de dos mil siete, con la cual

se otorgó el asiento de Empresa No. 2007059476 inscripción 232

y el asiento de Establecimiento No. 2007059476-001, inscripción

233, ambos del Libro 154 de Asientos de Matrícula de Empresa y

Establecimiento; la Empresa se denomina ISI SURVEYOR, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica

a OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL TRANS-

PORTE INCLUYENDO TRAMITACIONES DE ADUANAS, con

dirección en 79a. AVENIDA NORTE, COLONIA ESCALON No.

724 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR cuyo

activo asciende a DIECISEIS MIL 00/100 DOLARES ($16,000.00)

y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado ISI

SURVEYOR, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE

ubicado en 79a. AVENIDA NORTE, COLONIA ESCALON No.

724 del domicilio de SAN SALVADOR, SAN SALVADOR y que

se dedica a OTRAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON EL

TRANSPORTE INCLUYENDO TRAMITACIONES DE ADUA-

NAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintiuno de agosto de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012734-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059625

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059625-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO COMERCIO

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado SANDRA

EVELYN GUTIERREZ POIZAT, de nacionalidad SALVADORE-

ÑA, con Número de Documento Unico de identidad 02827216-8,

del domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación

Tributaria: 0614-010571-101-6; el cual ha presentado solicitud a

las once horas y cuarenta y un minutos del día siete de septiembre

de dos mil siete con la cual se otorgó el asiento de Empresa No.

2007059625 inscripción 58 y el asiento de Establecimiento No.

2007059625-001, inscripción 59, ambos del Libro 157 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se dedica

a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA Y AC-

TIVIDADES CONEXAS, con dirección en 1a. CALLE PONIEN-

TE No. 8-A VILLAS DE NORMANDIA del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyo activo asciende a DIEZ MIL OCHOCIENTOS

SESENTA Y CUATRO 48/100 DOLARES ($ 10,864.48) y que tiene

el establecimiento siguiente: 001-) denominado ARQUITECTU-

RA DISEÑO URBANISMO ubicado en 1a. CALLE PONIENTE

No. 8-A VILLAS DE NORMANDIA, SAN SALVADOR y que se

dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA

Y ACTIVIDADES CONEXAS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, doce de septiembre de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012736-2

Page 111: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

111DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2005054158

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2005054158- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE MARIA

PEÑA MARTINEZ, en su calidad de Representante Legal de la Sociedad

GRUPO XTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que

puede abreviarse GRUPO XTO, S.A. DE C.V.; de nacionalidad SALVA-

DORENA, del domicilio de SAN SALVADOR cuya escritura social está

inscrita bajo el número 8 del libro 2018 del Registro de Sociedades del

Registro de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-

290305-102-8; el cual ha presentado solicitud a las diez horas y diecinueve

minutos del día dieciséis de octubre de dos mil seis, con la cual se otorgó

el Asiento de Empresa No. 2005054158 Inscripción 115 y el Asiento de

Establecimiento No. 2005054158- 001 inscripción 116, ambos del libro

141 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

denominada GRUPO XTO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE, la cual se dedica a MECANICA GENERAL, ENDEREZADO

Y PINTURA, con dirección en COLONIA EL REFUGIO, PASAJE 2 DE

ABRIL, CASA No. 158 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo

asciende a DIECISIETE MIL CIENTO VEINTIUN 65/100 DOLARES

($17,121.65) y que tiene el Establecimiento siguiente: 001-) denominado

GRUPO XTO, S. A. DE C. V. ubicado en COLONIA EL REFUGIO,

PASAJE 2 DE ABRIL, CASA No. 158, SAN SALVADOR y que se

dedica a MECANICA GENERAL, ENDEREZADO Y PINTURA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diecinueve de marzo de dos mil siete.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012747-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001057994

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007057994- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO COMERCIO

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JUAN CAR-

LOS ALMEIDA SAONA, en su calidad de Apoderado de la sociedad

MAILROOM MANAGEMENT HOME DELIVERY EXPRESS, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede abreviarse

MAILROOM, S.A. DE C.V.; sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA,

del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita

bajo el número 15 del libro 2085 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-071105-

108-0; quien ha presentado solicitud a las quince horas y cincuenta y seis

minutos del día quince de enero de dos mil siete, con la cual se otorgó

el Asiento de Empresa No. 2007057994 inscripción 68 y el Asiento de

Establecimiento No. 2007057994-001, inscripción 69, ambos del Libro

141 de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa

se denomina MAILROOM EXPRESS, S.A. DE C.V., la cual se dedica

a PRESTACION DE SERVICIOS DE MENSAJERIA Y MOTOCI-

CLISTAS, ENVIOS Y OTROS SIMILARES con dirección ubicada

en 43ª AVENIDA NORTE, No. 216, COLONIA FLOR BLANCA del

domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a DOCE MIL

00/100 DOLARES ($ 12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado MAILROOM EXPRESS, S.A. DE C.V., ubicado

en 43ª AVENIDA NORTE, No. 216, COLONIA FLOR BLANCA, del

domicilio de SAN SALVADOR, que se dedica a PRESTACION DE

SERVICIOS DE MENSAJERIA Y MOTOCICLISTAS, ENVIOS Y

OTROS SIMILARES.

Lo que se le hace sabe al público para los efectos de Ley.

San Salvador, quince de marzo de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012752-2

ASIENTO DE EMPRESA 2001035763

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035763- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JOSE ROBER-

TO ZABLAH HASBUN, de nacionalidad SALVADOREÑA, número de

Documento Único de Identidad 01022552-1 del domicilio de Antiguo

Cuscatlán, con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-020566-007-

3 el cual ha presentado solicitud a las once horas y un minutos del día

veintinueve de mayo de dos mil seis, con la cual se otorgó el Asiento de

Empresa No. 2001035763 inscripción 49 y el Asiento de Establecimiento

No. 2001035763 - 001 inscripción 50, ambos del libro 118 de Asientos

de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Empresa se dedica a

IMPORTACION Y DISTRIBUCION DE CRISTALERIA Y UTENSI-

LIOS DE COCINA, con dirección en URBANIZACION LA SULTANA,

Page 112: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

112 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

2ª ETAPA, AVENIDA LAURELES, POLIGONO “B” No. 24-A del

domicilio de ANTIGUO CUSCATLAN, LA LIBERTAD cuyo activo

asciende a CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NUEVE

13/100 DOLARES ($ 187,709.13) y que tiene el Establecimiento siguien-

te: 001-) denominado JRZ IMPORTACIONES Y DISTRIBUCIONES

ubicado en URBANIZACION LA SULTANA, 2ª ETAPA, AVENIDA

LAURELES, POLIGONO “B” No. 24-A del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN, LA LIBERTAD y que se dedica a IMPORTACION Y

DISTRIBUCION DE CRISTALERIA Y UTENSILIOS DE COCINA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de junio de dos mil seis.

LIC. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012756-2

ASIENTO DE EMPRESA 2007059568

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2007059568- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JACOBO

MIGUEL SUADI DADA, en su calidad de Representante Legal de

la sociedad MAGALU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VA-

RIABLE que puede abreviarse MAGALU, S.A. DE C.V.; sociedad de

nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR,

cuya escritura social está inscrita bajo el número 21 del libro 2248 del

Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Iden-

tifi cación Tributaria: 0614-180707-103-3; el cual ha presentado solicitud

a las catorce horas y ocho minutos del día treinta de agosto de dos mil

siete, con la cual se otorgó el Asiento de Empresa No. 2007059568

inscripción 65 y el Asiento de Establecimiento No. 2007059568-001

inscripción 66, ambos del Libro 156 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa se denomina MAGALU, SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se dedica a ASESORIA

ADMINISTRATIVA FINANCIERA, con dirección en KILOMETRO

8½, CARRETERA A PLANES DE RENDEROS LOTE No. 4, QUINTA

SOSA, CASA DE PIEDRA del domicilio de Panchimalco, San Salvador,

cuyo activo asciende a ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO

57/100 DOLARES ($11,428,57) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado MAGALU, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE ubicado en KILÓMETRO 8½, CARRETERA A PLANES

DE RENDEROS LOTE No. 4, QUINTA SOSA, CASA DE PIEDRA, del

domicilio de Panchimalco, San Salvador y que se dedica a ASESORIA

ADMINISTRATIVA FINANCIERA.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, tres de septiembre de dos mil siete.

LIC. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F019227-2

SUBASTA PUBLICA

EDUARDO JAIME ESCALANTE DÍAZ, JUEZ CUARTO DE LO MER-

CANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, al público en general.

HACE SABER: Que en el Proceso Mercantil Ejecutivo promovido

por el BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANONIMA, a través de su

Apoderado General Judicial Licenciado EDMUNDO ALFREDO CAS-

TILLO AGUILUZ, contra MARIA ISABEL SERRANO PERDOMO y

JUAN ANTONIO PERDOMO AVILES, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal, un lote de terreno urbano y construcciones que contiene,

identifi cado en el plano respectivo como número DIECINUEVE, pasaje

treinta y seis, sector sesenta y cinco. Tiene un área de CINCUENTA Y

DOS PUNTO CINCUENTA METROS CUADRADOS. Dicho lote es

parte de la Urbanización denominada “URBANIZACIÓN RESIDEN-

CIAL VILLA HERMOSA”, situado en jurisdicción de Cuscatancingo en

los Cantones de San Luis Mariona, Barranca Honda y El Ángel, porción

segregada únicamente en el Municipio de Cuscatancingo, de este Depar-

tamento y sus medidas son: AL NORTE cinco metros; al ORIENTE: Diez

punto cincuenta metros; al SUR: Cinco metros y al PONIENTE: Diez

punto cincuenta metros. El lote antes descrito tiene un área construida de

VEINTICINCO METROS CUADRADOS. El inmueble anteriormente

descrito es propiedad de la señora MARIA ISABEL SERRANO DE

PERDOMO, por estar inscrito bajo el número de Matrícula SEIS CERO

UNO OCHO TRES SIETE CINCO UNO- CERO CERO CERO CERO

CERO del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera

Sección del Centro.

Lo que se avisa al público para los efectos legales consiguientes.

LIBRADO: En el Juzgado Cuarto de lo Mercantil: San Salvador,

a las nueve horas del día tres de septiembre de dos mil siete.- LIC.

EDUARDO JAIME ESCALANTE DIAZ, JUEZ CUARTO DE LO

MERCANTIL.- LICDA. JACQUELINE JOHANNA ORTÍZ DURÁN,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F017888/F019539-2

Page 113: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

113DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Lic. Samuel Marcelino Godoy Lara, Juez Tercero de lo Civil de este

Distrito Judicial, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en el JUICIO EJECUTIVO CIVIL promo-

vido por el señor JOSÉ BERNARDO MAGAÑA MORENO y JUAN

FRANCISCO MAGAÑA MORENO, por medio de su apoderado Lic.

JOSÉ EDUARDO RECINOS LIMA, en contra de FELIPE BARILLAS

GUTIÉRREZ, Exp. No. 6/05, se venderá en Pública Subasta por este

Juzgado, ubicado en Catorce Avenida Sur entre Veintisiete y Veintinueve

Calle Poniente de esta ciudad, en fecha y precio que oportunamente se

determinará, el inmueble siguiente: Un inmueble rústico, situado en el

Barrio Santa Bárbara en esta ciudad, marcado como Lote Número Cinco,

de una extinción superfi cial de ciento ochenta y dos metros cuadrados,

que mide trece metros de frente al Pasaje de servidumbre de tránsito por

catorce metros de fondo y linda: AL PONIENTE, lote número cuatro

de Juan Elías Coto Álvarez; AL ORIENTE, con lote número seis de

José León Coto; AL SUR, con terreno de David Antonio Sandoval;

y AL NORTE, con lote número ocho y nueve de José Arturo Coto y

Ernesto Coto, respectivamente, Pasaje de servidumbre de Tránsito de

cuatro metros de ancho de por medio. Inscrito a favor del demandado

señor FELIPE BARRILLAS GUTIÉRREZ, al Número TRES del libro

MIL CUATROCIENTOS DIECISIETE, ahora trasladado al Sistema de

Folios Real Computarizado bajo la Matrícula Número DOS CERO UNO

CINCO NUEVE DOS CERO DOS - CERO CERO CERO CERO CERO

del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de este Departamento.-

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: Santa Ana, a las diez

horas cuarenta minutos del día doce de julio del año dos mil cinco.- Lic.

SAMUEL MARCELINO GODOY LARA, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL.- Licda. MARISOL DEL CARMEN LEMUS DE GARCÍA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019237-2

LICENCIADO JOSÉ SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE

LO LABORAL SUPLENTE DE ESTE DEPARTAMENTO CON JU-

RISDICCIÓN EN MATERIA CIVIL,

HACE SABER: Que por ejecución promovida en este Tribunal por

el Licenciado LUIS ANTONIO BENÍTEZ HIDALGO, en su concepto

de Apoderado General Judicial de la FUNDACIÓN SALVADOREÑA

PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL, que se puede

abreviar “FUSADES”, contra la señora ÁNGELA INOCENTE DE

BRITO, mayor de edad, de ofi cios domésticos, de este domicilio, se

venderá en este Tribunal en Pública Subasta y en fecha oportuna el

siguiente inmueble: Un lote de terreno rústico situado en el cantón Las

Delicias, jurisdicción de Sonsonate, departamento de Sonsonate, marcado

como lote número DIEZ del BLOCK “C”, de una capacidad superfi cial

de CIENTO SESENTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA METROS

CUADRADOS, que mide y linda: AL NORTE, veintidós metros setenta

y cinco centímetros, linda con lote número nueve del BLOCK “C”, que

pertenece a ANA GLORIA MARTÍNEZ; AL ORIENTE, siete metros,

linda con la señora MARIA ÁNGELA CHICAS, Sexta Avenida Sur

de Sonsonate de por medio; AL SUR, veinticuatro metros veinticinco

centímetros, linda con lote número once del BLOCK C; y AL PONIEN-

TE, siete metros, linda con lote número veinticinco del Block “B” de

MARTA GUMERCIANDA MEJIA, Pasaje Claudia Lars de por medio.

Los colindantes por los rumbos Norte, Sur y Poniente, y pasajes men-

cionados forman parte de la expresada lotifi cación, formaron parte del

inmueble general del cual se desmembró el lote que se describe y son o

han sido propiedad de la Sociedad Inmobiliaria Las Cumbres, S.A. de

C.V. El inmueble mencionado se encuentra inscrito a favor de la señora

ÁNGELA INOCENTE DE BRITO, bajo el número SESENTA Y CUA-

TRO, Tomo MIL DOSCIENTOS CINCUENTA, y trasladada al Sistema

de Folio Real Computarizado Matrícula número M UNO CERO CERO

CERO NUEVE CINCO SEIS DOS GUIÓN CERO CERO CERO CERO

CERO, Asiento UNO, del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

este Departamento.

Lo que se hace saber al Público para los efectos de Ley.

JUZGADO DE LO LABORAL: Sonsonate, a las doce horas y

cinco minutos del día siete de agosto del año dos mil siete.- Lic. JOSÉ

SALVADOR CASTRO CANJURA, JUEZ DE LO LABORAL SUPLEN-

TE.- Lic. JUAN ANTONIO PADILLA SALAZAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019334-2

REPOSICIÓN DE CERTIFICADO

AVISO

EL BANCO HIPOTECARIO DE EL SALVADOR S.A. Comunica que a

sus ofi cinas se ha presentado el propietario del Certifi cado de Depósito a

Plazo Fijo # 20130039455 en Suc. San Miguel, emitido el día 16/09/2004

a un plazo de 180 días el cual devenga el 2.50 % de interés anual, solici-

tando la reposición de dicho certifi cado, por habérsele extraviado.

En consecuencia de lo anterior, se hace del conocimiento del Público

para los efectos legales del caso.

Page 114: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

114 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Transcurridos treinta días después de la tercera publicación de

este AVISO y si no hubiere ninguna oposición, se procederá a reponer

el Certifi cado en referencia.

San Salvador, 21 de septiembre del dos mil siete.

Lic. JULIO A. GARCÍA INGLÉS,

JEFE DE DEPÓSITOS.

3 v. alt. No. F019313-2

AUMENTO DE CAPITAL

La Infrascrito Administradora Única Propietaria de la Sociedad B Y

L, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, que se puede

abreviar, B Y L, S.A. DE C.V., de este domicilio, inscrita en el Regis-

tro de Sociedades que lleva el Registro de Comercio de esta ciudad al

número VEINTITRÉS del Libro MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y

CUATRO,

CERTIFICA: Que en sesión de Junta General Extraordinaria de

Accionistas de la referida Sociedad, celebrada en esta ciudad, a las

diez horas del día diecisiete de septiembre del año dos mil siete, en la

cual consta el PUNTO NÚMERO DOS, denominado “AUMENTO DE

CAPITAL SOCIAL”, que en lo pertinente literalmente DICE: “””Por

unanimidad de votos, los accionistas acuerdan aumentar el capital Social

mínimo de la Sociedad, por medio de capitalización de utilidades, a

CIEN MIL COLONES, aumentando el capital social actual, que es de

VEINTICINCO MIL COLONES, hasta llegar a los referidos CIEN MIL

COLONES; es decir, que se acuerda aumentar el capital social mínimo de

la Sociedad en SETENTA Y CINCO MIL COLONES más, para llegar a

un capital social mínimo de CIEN MIL COLONES exigido por la Ley;

emitiéndose las correspondientes Acciones, suscribiéndolas y pagándolas

en su totalidad de acuerdo a la Ley. Asimismo, accédase nombrar como

Ejecutor Especial a la Arquitecto Luisa Bulnes Whitbeck, para que en

cumplimiento del acuerdo tomado en esta Junta, otorgue ante Notario

Público, la Escritura Pública de Modifi cación del Pacto Social correspon-

diente; previo los requisitos legales pertinentes, debiendo incorporarse en

dicho instrumento público, todos los estatutos que regirán a la Sociedad,

a fi n de que se constituya en el único pacto válido vigente a partir de la

inscripción del testimonio de la escritura matriz correspondiente en el

Registro de Sociedades del Registro de Comercio de esta ciudad”””.

Es conforme a su original y para los efectos legales consiguientes,

se extiende la presente en la ciudad de San Salvador, a los diecinueve

días del mes de septiembre del año dos mil siete.

Arq. LUISA BULNES WHITBECK,

ADMINISTRADOR ÚNICO PROPIETARIO.

3 v. alt. No. C012731-2

AVISO

AVISO DE AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la sociedad DIVERSOS, S.A. DE C.V., AL PUBLICO,

HACE SABER: Que en sesión de Junta General Extraordinaria

de Accionistas, celebrada en esta ciudad el día tres de mayo del año

dos mil siete, se acordó: AUMENTAR el capital mínimo de la sociedad

en la suma de CIENTO SEIS MIL DOSCIENTOS COLONES equiva-

lentes a DOCE MIL CIENTO TREINTA Y SIETE DÓLARES CON

QUINCE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA con lo cual, el nuevo capital mínimo de la sociedad será

de CIENTO TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS COLONES, equi-

valentes a CATORCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO

DÓLARES CON VEINTINUEVE CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, representado y dividido en UN MIL

TRESCIENTAS DOCE ACCIONES de CIEN COLONES equivalentes

a ONCE DÓLARES CUARENTA Y TRES CENTAVOS DE DÓLAR

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA cada una. El monto de

dicho aumento será tomado del capital social variable.

Lo que se avisa al público para los efectos de ley.

San Salvador veintiuno de agosto del año dos mil siete.

Ing. RICARDO ANTONIO CHOUSSY RUSCONI,

SECRETARIO DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA.

3 v. alt. No. F019210-2

Page 115: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

115DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

AVISO

El suscrito administrador único de la sociedad denominada J & M LO-

GÍSTICA Sociedad Anónima de Capital Variable que puede abreviarse J

& M LOGÍSTICA, S.A. DE C.V., del domicilio de Acajutla, departamento

de Sonsonate, al público para efectos legales.

HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

Celebrada a las nueve horas del día diez de agosto del dos mil siete se

ACORDÓ ESTABLECER UN CAPITAL VARIABLE en una cuantía

de SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DÓLARES ($ 62,500.00)

mediante la emisión de Seiscientos Veinticinco Nuevas acciones con

un valor nominal de CIEN DÓLARES (USA) cada una por el capital

Social de la empresa a partir de esta fecha es de SETENTA Y CUATRO

MIL QUINIENTOS DÓLARES ($ 74,500.00). Acuerdo que se publica

en cumplimiento al Art. 176 del Código de Comercio.

Sonsonate, 20 septiembre del dos mil siete.

JAIME ALFONSO CANTÓN VANEGAS,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F019282-2

AVISO

El suscrito administrador único de la sociedad denominada VIPARI

Sociedad Anónima de Capital Variable que puede abreviarse VIPARI

S. A. DE C.V., del domicilio de Sonsonate, departamento de Sonsonate

al público para efectos legales.

HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

celebrada a las diez horas del día veintitrés de mayo del dos mil siete se

ACORDÓ ESTABLECER UN CAPITAL VARIABLE en una cuantía

de SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO

PUNTO CUARENTA Y TRES DÓLARES ($ 74,571.43) mediante la

emisión de Quinientos Veinticinco Nuevas acciones con un valor nominal

de CIENTO CATORCE PUNTO VEINTINUEVE DÓLARES (USA)

cada una. Por el capital Social de la empresa a partir de esta fecha es

de OCHENTA Y SEIS MIL DÓLARES ($ 86,000.00). Acuerdo que se

publica en cumplimiento al Art. 176 del Código de Comercio.

Sonsonate, 19 septiembre del dos mil siete.

Lic. NELSON OSWALDO VILLALTA GUTIÉRREZ,

ADMINISTRADOR ÚNICO.

3 v. alt. No. F019283-2

SOLICITUD DE NACIONALIDAD

RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA, MINISTRO DE SEGURIDAD

PÚBLICA Y JUSTICIA.

HACE SABER: Que a este Ministerio se ha presentado la señora

JIN ZHU, solicitando que se le reconozca la calidad de salvadoreña por

NATURALIZACIÓN por ser de origen y nacionalidad China, República

Popular de China y tener domicilio fi jo en El Salvador.

La peticionaria en su solicitud manifi esta ser de treinta y siete

años de edad, de sexo femenino, casada, comerciante, del domicilio de

San Salvador, originaria de China, Departamento de Beijing, República

Popular de China, lugar donde nació el día diecinueve de septiembre de mil

novecientos sesenta y nueve, portadora de su Carné de Identifi cación de

Extranjera Residente número veintinueve mil ochocientos noventa y dos,

inscrita en el Registro de Extranjeros Residentes que lleva la Dirección

General de Migración y Extranjería. Que su cónyuge responde al nombre

de YAOJUN GENG, de cuarenta y nueve años de edad, comerciante, del

domicilio de San Salvador y de nacionalidad China. Siendo sus padres

los señores HANYU ZHU y BAOZHU DUAN, el primero de setenta y

cinco años de edad, ofi cial; y la segunda de setenta años de edad, em-

pleada, ambos originarios de Beijing y de nacionalidad China, República

Popular de China, el primero sobreviviente y la segunda fallecida.

Ingresó al país por la Delegación Migratoria del Aeropuerto Inter-

nacional de Comalapa el día veintiocho de octubre de mil novecientos

noventa y cuatro. Expresa su voluntad de adhesión, obediencia y sumisión

a las leyes y Autoridades de la República de El Salvador.

Lo que hace saber al público para los efectos de Ley y se emplaza a

toda persona interesada en oponerse a la referida solicitud para que en el

término de quince días contados desde la fecha de la última publicación

de este edicto en el DIARIO OFICIAL y en un Periódico de circulación

nacional, se presente a este Ministerio justifi cando la oposición con la

prueba pertinente.

MINISTERIO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA, San

Salvador a las nueve horas con quince minutos del día veintiséis de abril

de dos mil siete.

RENÉ MARIO FIGUEROA FIGUEROA,

MINISTRO DE SEGURIDAD PÚBLICA Y JUSTICIA.

3 v. c. No. F019453-2

Page 116: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

116 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

MARCAS DE SERVICIOS

No. de Expediente: 2007067785

No. de Presentación: 20070094792

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado REYNALDO

ERICK CABRERA MONTALVO, en su calidad de APODERADO ES-

PECIAL de BANCO UNO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad

SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE SERVI-

CIOS:

Bsmart

Consistente en: la palabra Bsmart, que se traduce al castellano

B como SE; smart como inteligente, que servirá para: AMPARAR:

NEGOCIOS FINANCIEROS Y MONETARIOS, COMO LA ADMI-

NISTRACION, USO Y MANEJO DE TARJETAS DE CREDITO.

La solicitud fue presentada el día dos de julio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, nueve de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012732-2

No. de Expediente: 2007067654

No. de Presentación: 20070094578

CLASE: 36.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado GIANCARLO

ANGELUCCI SILVA, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de

ADMINISTRACION, ADQUISICION Y ASESORIA DE SEGUROS,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia:

AAA SEGUROS, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA,

solicitando el registro de la MARCA DE SERVICIOS:

Consistente en: la palabra Alinter y diseño, que servirá para: AM-

PARAR: SEGUROS.

La solicitud fue presentada el día trece de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, trece de agosto del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012749-2

Page 117: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

117DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

No. de Expediente: 2007066257

No. de Presentación: 20070092215

CLASE: 38.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de BCP S/A, de

nacionalidad BRASILEÑA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS:

Consistente en: las palabras FAMILIA Y AMIGOS Claro y diseño,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS DE TELECOMUNICACIO-

NES.

La solicitud fue presentada el día diecisiete de abril del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintinueve de agosto del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019298-2

No. de Expediente: 2007067822

No. de Presentación: 20070094837

CLASE: 43.

LA INFRASCRITA REGISTRADORA

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado LUIS MIGUEL

ESPINO ARRIETA, en su calidad de APODERADO de POSADAS

DE MEXICO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE,

de nacionalidad MEXICANA, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS:

Consistente en: las palabras one hotels que se traduce al castellano

como “uno hoteles”, sobre la palabra hotels no se concede exclusividad,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS PARA PROVEER ALIMEN-

TOS Y BEBIDAS; HOSPEDAJE TEMPORAL.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de junio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL. Registro de la

Propiedad Industrial. Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, tres de septiembre del año dos mil siete.

Lic. MARIA DAFNE RUIZ,

REGISTRADOR.

JOSE FIDEL MELARA MORAN,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F019316-2

Page 118: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

118 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DE TERCERA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

JOSÉ ANTONIO GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE USULUTAN AL

PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

AVISA: Que por resolución de las quince horas de este día, se

ha tenido por Aceptada Expresamente y con Benefi cio de Inventario la

Herencia Intestada, que a su defunción dejó la señora TOMASA NIETO,

al fallecer el día dieciocho de septiembre de mil novecientos veintisiete,

en el Cantón La Peña de esta ciudad, siendo esta misma ciudad su últi-

mo domicilio, de parte de la señora MARÍA CONCEPCIÓN NIETO,

en calidad de hija de la causante. Confi riéndosele a la aceptante dicha,

la Administración y Representación Interina de la Sucesión, con las

restricciones y facultades de los Curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se

presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días después

de la tercera publicación de este edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO DE LO CIVIL: Usulután, a los vein-

tiséis días del mes de julio del año dos mil siete. Lic. JOSÉ ANTONIO

GAMEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Licda. MIRNA MARISOL SIGARAN

HERNANDEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018828-3

LA INFRASCRITA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las

trece horas del día diez de Septiembre del presente año, fue ACEPTADA

EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, la Herencia

Intestada que a su defunción dejara la causante CARMEN MARTÍNEZ

VIUDA DE LINARES, quien falleció el día seis de abril del dos mil dos, a

los cincuenta y un años de edad, de Ofi cios Domésticos, siendo esta ciudad

su último domicilio, de parte de los señores LORENA GUADALUPE

y LUIS ANTONIO, ambos de apellido LINARES MARTÍNEZ, en su

calidad de hijos de la causante y como Cesionarios de los derechos que

como madre de la causante le correspondían a la señora María Ofelia

Vásquez conocida por María Ofelia Vásquez viuda de Martínez y por

Ofelia Vásquez viuda de Martínez, madre de la causante, según consta

en Testimonio de Escritura Pública de Cesión de Derechos Heredita-

rios, otorgada en la Ciudad de San Salvador, a las dieciséis horas del

día veintisiete de marzo del dos mil siete, ante los ofi cios notariales del

Licenciado Julio Ernesto Pérez Herrera; Confi riéndose a los herederos

declarados la ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA

de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores

de la Herencia Yacente, de conformidad a lo establecido en el Art. 1163

inc. 1º del Código Civil; citándose a las personas que se crean con derecho

a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince

días posteriores a la tercera publicación del presente edicto.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de La Libertad, a los once

días de mes de Septiembre del dos mil siete.- Licda. DIGNA GLADIS

MEDRANO DE GOMEZ, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA. Lic.

EDUARDO ALFONSO GALDAMEZ MEBIUS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018832-3

ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las doce

horas y quince minutos del día veintitrés de agosto del corriente año, se

tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la heren-

cia intestada que al fallecer el día seis de junio del año mil novecientos

noventa y tres, en el Cantón Guajiniquil, Jurisdicción de Lislique, de-

partamento de La Unión, siendo dicho lugar su último domicilio, dejara

el causante DIMAS AMADO ARGUETA conocido por JOSE DIMAS

ARGUETA y por DIMAS ARGUETA, al heredero José Salvador Benítez

Argueta en concepto de hijo del causante antes mencionado y además

como Cesionario del derecho hereditario que en la referida sucesión

le correspondía a la señora María Ester Benítez en concepto de hija,

de conformidad con lo establecido en los Arts. 988 No. 1º del Código

Civil. En consecuencia, se le confi rió al aceptante en el carácter dicho

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, departa-

mento de La Unión, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos

mil siete. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018834-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de las once horas y veinte

minutos del día nueve de agosto de este año, se ha tenido por aceptada

expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que dejó

SALVADOR CASTRO o SALVADOR CASTRO REYES, fallecido el

catorce de junio de mil novecientos noventa y siete, en el Barrio El Carmen

de San Juan Talpa, su último domicilio, parte de MARIA MAGDALENA

CORVERA VIUDA DE CASTRO, también conocida por MARIA MAG-

DALENA CORVERA, ELENA CORBERA REYES, MAGDALENA

CORVERA, MARIA MAGDALENA REYES, MAGDALENA REYES

y por ELENA CORBERA; y JORGE ALBERTO REYES CORVERA

o JORGE ALBERTO REYES, la primera en concepto de cónyuge y el

segundo como hijo del referido causante. Nómbrase a los aceptantes,

Page 119: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

119DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

interinamente, administradores y representantes de la sucesión, con las

facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se cita a quienes se consideren con derecho a tal herencia, para

que dentro del término de quince días contados a partir del siguiente de

la tercera públicación de este aviso, se presenten a deducirlo.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, once de septiembre de

dos mil siete. Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL.

JORGE ALBERTO RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018862-3

LUIS SALVADOR PEÑA, Juez de lo Civil de este distrito judicial, al

público para los efectos de ley;

HACE SABER: Que por resolución de este día, se ha tenido

por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario, la herencia

intestada que a su defunción dejó el causante JOSE ANGEL PALACIOS

o ANGEL PALACIOS o JOSE PALACIOS, quien falleció el día quince

de febrero de dos mil cuatro, en el Barrio El Centro de la jurisdicción de

San Luis Talpa, su último domicilio; por parte de la señora ANGELICA

PALACIOS URILLAS, en concepto de hija del causante, y además como

cesionaria del derecho hereditario que en tal sucesión correspondía a la

señora MARTA NAUDINA PALACIOS DE ORELLANA conocida por

MARTA NAUDINA PALACIOS URIAS, y por MARTA NAUDINA

PALACIOS, también como hija del mismo causante. Nómbrase a la

aceptante, interinamente administradora y representante de la sucesión,

con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacen-

te.

En consecuencia, se citan a todas las personas que se crean con

derecho a la herencia de que se trata, para que en el término de ley,

comparezcan a este Juzgado a justifi car dicha circunstancia.

JUZGADO DE LO CIVIL: Zacatecoluca, 27 de agosto de 2007.

Dr. LUIS SALVADOR PEÑA, JUEZ DE LO CIVIL. JORGE ALBERTO

RODRIGUEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018863-3

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-

CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas y veinte

minutos del día treinta de agosto del presente año, se tuvo por aceptada

expresamente la herencia Intestada y con benefi cio de inventario de los

bienes que a su defunción dejó el causante ROGELIO PARADA, quien

falleció a las diecisiete horas del día nueve de noviembre de mil novecientos

veinticinco, en Cantón San Miguel, de esta ciudad, siendo Mejicanos, su

último domicilio, de parte de la señora CARMEN MARTINEZ conocida

por CARMEN MARTINEZ RAMÍREZ y por CARMEN MARTINEZ

PARADA, en su concepto de sobrina del causante. Se confi rió además

a la aceptante en el carácter antes indicado la Administración y Repre-

sentación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de

los curadores de la herencia yacente.

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida

herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del

término de quince días contados a partir de la última publicación del

presente Edicto.

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y

diez minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil siete. Lic. JOSE

HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL. Lic. LILIAN

ESTELA HERNANDEZ AGUIRRE, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018885-3

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL

DE ESTE MUNICIPIO.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución

de este Juzgado, de las ocho horas y treinta y cinco minutos del día

dieciséis de julio del dos mil siete. SE HA TENIDO POR ACEPTADA

expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora TE-

RESA DE JESUS SANCHEZ AQUINO, la herencia intestada que a su

defunción dejó el causante señor JULIO ZELADA ORELLANA, quien

falleció en esta ciudad, el día cinco de julio de dos mil cinco, siendo

esta ciudad su último domicilio, aceptación que hace en su carácter de

cesionario, de los derechos que le correspondían a la señora PETRONA

ALAS DE ZELADA, como cónyuge sobrevivimte del referido causante.

Y SE LE HA CONFERIDO A LA ACEPTANTE la administración y

representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones

de los Curadores de la Herencia Yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia

para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince

días contados desde el siguiente a la tercera plblicación del presente

edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN

SALVADOR, a las diez horas del día dieciocho de julio del dos mil siete.

Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO

CIVIL. Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018898-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL

DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que en las Diligencias de Aceptación de Herencia del

causante señor OCTAVIANO ALONSO BARAHONA LOPEZ, conocido

por OCTAVIANO ALONSO BARAHONA, ALFONSO BARAHONA y

por ALONSO BARAHONA LOPEZ, que por resolución dictada por este

Page 120: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

120 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Juzgado a las nueve horas con treinta minutos del día quince de agosto

de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio

de inventario la herencia intestada, que a su defunción ocurrida en esta

ciudad, su último domicilio, el día veinticuatro de enero de dos mil dos,

dejó el señor OCTAVIANO ALONSO BARAHONA LOPEZ, conocido

por OCTAVIANO ALONSO BARAHONA, ALFONSO BARAHONA y

por ALONSO BARAHONA LOPEZ, de parte de los señores MIGUEL

ANGEL VALLECILLOS SOMOZA, en calidad de cesionario de los

derechos de herencia que le correpondían a los señores MARIA LIDIA

ALFARO VIUDA DE BARAHONA, ELIA ARACELY BARAHONA

ALFARO, ALMA YANIRA BARAHONA ALFARO y JOSE JAIME

BARAHONA ALFARO, en su calidad de esposa e hijos del causante

respectivamente.

Se ha conferido al aceptante la administración y representación

INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los

curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil: San Salvador, a las

catrorce horas y treinta minutos del día diecisiete de agosto de dos mil

siete. Dr. JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL. Br. ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018917-3

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, Juez de lo Civil de este Distrito Judicial,

departamento de La Unión, al público para los efectos de ley.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado a las doce

horas del día diez de agosto del corriente año; se tuvo por aceptada

expresamente, y con benefi cio de inventario, la herencia intestada que

al fallecer el día diecisiete de abril del año dos mil cinco, en el Cantón

Mala Laja, Jurisdicción de Polorós, departamento de La Unión, siendo

su último domicilio el de Polorós, dejara el causante Ciriaco Turcios, al

heredero Alfredo Sorto Turcios conocido por Alfredo Sorto, en concepto

de hijo del causante antes mencionado, de conformidad con lo establecido

en el Art. 988 No. 1° del Código Civil.

En consecuencia, se le confi rió al aceptante, en el carácter dicho,

la administración y representación interina de los bienes de la indicada

sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia

yacente.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los catorce días del mes de agosto del año dos

mil siete. Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.

Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ DE MARTINEZ, SE-

CRETARIO.

3 v. alt. No. F018925-3

JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL, Notario, de este

domicilio, con oficina instalada en Boulevard Tutunichapa, Ave-

nida Doctor Emilio Alvarez, Condominio Centro Profesional San

Francisco, segunda Planta local número once, de esta Ciudad,

HACE SABER: Que por resolución pronunciada por el suscrito,

a las nueve horas del día catorce del mes de Septiembre del año dos

mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de

inventario, la Herencia Intestada que a su defunción en Los Planes

de Renderos Jurisdicción de Panchimalco, Departamento de San

Salvador, su último domicilio, el día veinte de Mayo de mil nove-

cientos noventa y siete, dejó el señor JOSE MARIO NAPOLEON

DIAZ NUILA ORELLANA, JOSE MARIO DIAZ NUILA y por

JOSE MARIO NAPOLEON DIAZ NUILA, de parte de la señora

JOAQUINA TELMAN NORMA MONGIELLO DE DIAZ NUILA

en concepto de cónyuge sobreviviente y como Cesionaria de los

derechos que le correspondían a los señores JOSE ANTONIO DIAZ

MONGIELLO, conocido por JOSE DIAZ; y por JOSE ANTONIO

DIAZ NUILA, JOSE ANTONIO DIAZ NUILA MONGIELLO;

CARLOS EDUARDO DIAZ NUILA MONGIELLO; NORMA

GRACE DIAZ MONGIELLO hoy NORMA GRACE DIAZ DE

CACEROS; CARMEN ALICIA DIAZ NUILA MONGIELLO hoy

CARMEN ALICIA DIAZ NUILA DE ALVARADO, y MARIO ER-

NESTO NAPOLEON DIAZ NUILA MONGIELLO del causante.

Se le ha conferido a la aceptante, la Administración y repre-

sentación interina de la sucesión.

Librado en San Salvador, a los catorce días del mes de Sep-

tiembre del año dos mil siete, para ser publicado por tres veces en

el Diario EL MUNDO.-

LIC. JAIME BENJAMIN TRABANINO LLOBELL,

ABOGADO Y NOTARIO.

3 v. alt. No. F018937-3

JOSE MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO

CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL. Al público para los

efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución dictada a las nueve horas

del día trece de Julio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada

expresamente y con beneficio de inventario la herencia INTESTADA

que a su defunción ocurrida en esta ciudad, siendo ésta su último

domicilio, el día veinticinco de Noviembre de dos mil cuatro

dejó JERONIMO CAMPOS MELARA, de parte de JERONIMO

VINICIO CAMPOS RIVERA, hijo del causante.- se ha conferido

al aceptante la administración y representación INTERINA, de la

sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la

herencia Yacente.

Page 121: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

121DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Librado en el Juzgado Tercero de lo Civil, San Salvador, a las

diez horas del día veintitrés de Julio de dos mil siete. DR. JOSE

MANUEL MOLINA LOPEZ, JUEZ TERCERO DE LO CIVIL.- BR.

ALEX ALBERTO SORTO MELARA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018938-3

VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES SANTOS. JUEZ

DE LO CIVIL DE APOPA.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal,

a las quince horas cuarenta minutos del día quince de agosto del

año dos mil siete, se tuvo por aceptada expresamente y con bene-

ficio de inventario, la Herencia Intestada que a su defunción dejó

el señor SAMUEL MENDOZA BERNAL, quien fue de treinta y

cinco años de edad, Soltero, hijo de PEDRO MENDOZA CARPIO Y

MACARIA BERNAL RAMOS, fallecido el día cinco de noviembre

de mil novecientos noventa y ocho; siendo la Ciudad de Apopa el

lugar de su último domicilio; de parte del señor NOE HUMBERTO

MENDOZA MEJIA. De veinticuatro años de edad, Estudiante,

Casado y de este domicilio: en calidad de hijo del Causante.-

Y se le confirió al aceptante en el carácter indicado, la Admi-

nistración y Representación Interina de los bienes de la Sucesión,

con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia

Yacente.-

Lo que se hace del conocimiento al público para los efectos

de Ley.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Apopa, a las quince ho-

ras cuarenta y cinco minutos del día quince de agosto del año dos

mil siete.- DRA. VIOLETA DEL CARMEN DERAS DE REYES

SANTOS, JUEZ DE LO CIVIL.- LIC. JOSE DULEY CERNA

FERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018966-3

TITULO DE PROPIEDAD

El Infrascrito Alcalde Municipal,

AVISA: Que a esta oficina se ha presentado la Señora MER-

CEDES PINEDA CASTANEDA, de setenta años de edad, ama de

casa, de este origen y domicilio, con documento único de identidad

número cero dos millones ochocientos veintiocho mil ochocientos

setenta y siete guión nueve; solicitando a su favor Título de Pro-

piedad y dominio de un inmueble de naturaleza urbano, situado

en el Barrio San Andrés, avenida principal sur, del municipio de

Guaymango, departamento de Ahuachapán, controlado por el Cen-

tro Nacional de Registros, mapa: 0106U02, parcela N° 91, área

catastral 1121.9161 metros cuadrados, que linda: al NORTE: con

Zoila Consuelo Valencia y María Consuelo Valencia; ORIENTE: con

Blanca Lidia Hernández, Idania Lourdes Hernández Zamora, Marta

Cecilia Hernández, Marina Argelia Valdez, avenida de por medio;

al SUR: con Carlos Jholmar Pineda Rodríguez; y al PONIENTE:

con Zoila Consuelo Valencia.- El Inmueble en mención lo adquirió

por compra venta que le hicieran los señores Mercedes González

Ramos y Josefa Ramos, el día quince de marzo de mil novecientos

noventa, por medio de documento privado no inscribible, habiendo

ejercido desde esa fecha la posesión material, en forma quieta,

pacífica e ininterrumpida; efectuando en el inmueble actos de ver-

dadero dueño los cuales consisten en cultivarlo, cuidarlo, repararlo,

habitarlo, etcétera, todo a ciencia y paciencia de vecinos en general

y colindantes en especial. - Sobre el inmueble relacionado no pesa

ninguna carga, derecho real o proindiviso a favor de terceros, que

deba respetarse lo estima en la cantidad de TRES MIL DOLARES

DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, los colindantes son

de este domicilio.-

Alcaldía Municipal : Guaymango, departamento de

Ahuachapán, a siete de agosto del dos mil siete. RENE MAURICIO

CASTRO GUARDADO, ALCALDE MUNICIPAL.- JUAN ANTO-

NIO GARCIA ARIAS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F018825-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL DE AHUACHAPAN,

al público,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA GUILLERMINA AGUILAR DE CORTEZ, de sesenta y ocho

años de edad, Enfermera, de este domicilio con Documento Único de

Identidad número 00849767-5, expedido en esta ciudad, solicitando a

su favor título de propiedad de un predio de naturaleza urbana, situado

en Sexta Avenida Norte, casa sin número del Barrio San Juan de Dios,

de esta ciudad de Ahuachapán, señalado según denominación catastral

como parcela 689, que mide y linda al ORIENTE, tres metros treinta

centímetros, pared propia de por medio, con casa de Carlos Mauricio

Escalante, antes de Dominga Escalante; AL NORTE, cinco metros veinte

centímetros, pared propia de por medio, con casa de Carlos Mauricio

Escalante, antes de Dominga Escalante; AL PONIENTE, tres metros

veinte centímetros, callejón denominado Sexta Avenida Norte de por

medio, con casa de Carmen Vásquez, antes solar de Francisco Lino; y

AL SUR, cinco metros treinta y cinco centímetros, pared propia de por

medio, linda con otro inmueble propiedad de la solicitante señora María

Guillermina, tiene una extensión superfi cial de QUINCE PUNTO TRES

METROS CUADRADOS, no está registrado por carecer de antecedente

inscrito en el Centro Nacional de Registros de este departamento según

consta en fi cha catastral presentada; el inmueble descrito manifi esta la

solicitante que lo adquirió por compra que hizo en documento Privado,

el cual no presenta por manifestar haberlo extraviado, otorgado por la

señora, Coralia Escalante, quien es mayor de edad, de ofi cios domésti-

cos, quien reside en Colonia Ciudad Pacífi co, Avenida Morazán, casa

número catorce de esta ciudad, que dicho inmueble lo posee en forma

quieta, pacífi ca, exclusiva, sin interrupción y de buena fe por más de

diez años, unida su posesión a la de sus antecesores ha durado por más

Page 122: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

122 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

de veinticinco años consecutivos; no es dominante ni sirviente, ni tiene

cargas o derecho real que pertenezca a otras personas con quien hubiere

proindivisión; dicho inmueble lo valúa en la cantidad de mil dólares de los

Estados Unidos de América; y los colindantes son de este domicilio.

Se hace del conocimiento al público para los efectos de Ley.

Alcaldía Municipal: Ahuachapán, catorce de septiembre de dos

mil siete. Lic. RAFAEL ANTONIO MORAN ORELLANA, ALCALDE

MUNICIPAL. NORMA ISABEL AMAYA DE ORTIZ, SECRETARIO

MUNICIPAL INTO.

3 v. alt. No. F018827-3

El infrascrito Alcalde Municipal:

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la señora:

María Luisa Martínez de Valle, de cincuenta y dos años de edad, casada,

de ofi cios domésticos, con su Documento Unico de Identidad personal

número cero cero dos siete cinco dos uno dos guión cuatro, con Número

de Identifi cación Tributaria cero nueve cero cuatro- ciento setenta y un

mil ciento cincuenta y cuatro- ciento dos guión uno, de este domicilio.

solicitando se le extienda título de propiedad y dominio de un inmueble

de naturaleza rústica, situado en el Cantón Tacanagua de Oratorio de

Concepción, Departamento de Cuscatlán, de la extensión superfi cial

de nueve mil novecientos setenta y un metros con seis decímetros cua-

drados aproximadamente, de las colindancias siguientes: Al Norte con

Carmen Ramos de López calle pública de por medio; Al Oriente con

José Antonio Landaverde Nieto, río de por medio; Al Poniente, con

Concepción Dheming de Orantes; Al Sur, con Berta Lidia Rodríguez de

Guillén, no tiene cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está

en proindivisión con nadie, no es predio dominante ni sirviente, lo hubo

por compra a Juan Valle, quien es mayor de edad, lo estima en la cantidad

de cinco mil dólares. Todos los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal; Oratorio de Concepción, a catorce de septiembre

de dos mil siete. Lic. JOSE BALTAZAR RAMOS CASTRO, ALCAL-

DE MUNICIPAL. Tec. ANA GLORIA MELGAR DE HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F018859-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL:

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado el señor:

Luis Anival Mendoza Merino, de veintinueve años de edad, casado,

empleado, con su Documento Unico de Identidad Personal número

cero uno cinco siete dos cinco nueve siete guión cuatro, con Número

de Identifi cación Tributaria cero siete cero seis guión uno doscientos

cincuenta mil ochocientos setenta y ocho guión ciento uno guión siete,

de este domicilio, solicitando se le extienda título de propiedad y dominio

de un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Tacanagua

de Oratorio de Concepción, Departamento de Cuscatlán, de la extensión

superfi cial de dos mil cuatrocientos cuarenta y cuatro metros con ochenta

y un centímetros cuadrados de las colindancias siguientes: Al Norte con

Orlando Escobar; Al Oriente, con Ana Delmy Mendoza; Al Poniente,

con Ernesto Landaverde, servidumbre de dos metros de por medio de

ancho; y Al Sur, con Raúl Urquilla, calle vecinal de por medio, no tiene

cargas ni derechos reales de ajena pertenencia, ni está en proindivisión

con nadie, no es predio dominante ni sirviente, lo hubo por compra a

María Olivia Mendoza Landaverde, quien es mayor de edad, lo estima

el la cantidad de cinco mil dólares de los Estados Unidos de América,

todos los colindantes son de este domicilio.

Lo que se hace saber al público para los efectos de ley.-

Alcaldía Municipal; Oratorio de Concepción, a doce de septiembre

de dos mil siete. Lic. JOSE BALTAZAR RAMOS CASTRO, ALCAL-

DE MUNICIPAL. Tec. ANA GLORIA MELGAR DE HERNANDEZ,

SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F018860-3

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL.

HACE SABER: que a esta Alcaldía se ha presentado la Señora

DAYSI EDITH GUARDADO FLORES, solicitando que se extienda a

su favor Título de propiedad de un solar urbano de DOSCIENTOS SE-

SENTA METROS OCHENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS

de extensión superfi cial, que en forma quieta y pacífi camente posee en el

Barrio San Miguel de esta Ciudad, comprendido dentro de las medidas

y linderos siguientes: AL PONIENTE, en línea recta con rumbo norte,

mide once metros, linda con propiedad de Manuel Urías, calle de por

medio que conduce al Cantón Hoyos; AL NORTE, en línea recta hacia

el oriente mide treinta metros diecisiete centímetros, linda con terreno

de Santiago Heriberto Meléndez Guerra, AL ORIENTE, en línea recta

hacia el sur mide veinte metros dos centímetros cuadrados, linda con

propiedad de Joaquín Juárez y Anastasia Mejía; Y AL SUR, línea formada

por dos tramos hacia el norte hasta llegar al punto donde se comenzó la

descripción mide el primer tramo un metro noventa y un centímetros y

el segundo trece metros seis centímetros, linda con propiedad de Juan

Pineda. No es dominante ni sirviente. No tiene cargas o derechos reales ni

está en proindivisión. Lo hubo por compra a Santiago Heriberto Meléndez

Guerra, y lo estima en QUINCE MIL DÓLARES. Los colindantes son

de este domicilio.

Alcaldía Municipal: Ilobasco, a los dieciocho días del mes de sep-

tiembre de dos mil siete. JOSE MARIA DIMAS CASTELLANOS, AL-

CALDE MUNICIPAL. MANUEL DE J. ZETINO, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018892-3

Page 123: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

123DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

LA INFRASCRITA ALCALDESA MUNICIPAL Y JEFE DEL DIS-

TRITO,

HACE SABER: Que a esta Alcaldía se ha presentado la señora

MARIA OLIVIA AVILES REYES, quien es de treinta años de edad,

de ofi cios del Hogar, del domicilio de Ayutuxtepeque, con Documento

Unico de Identidad número cero dos millones cuatrocientos treinta y

siete mil ciento cincuenta y seis-dos y con Número de Identifi cación

Tributaria cero doscientos diez -doscientos noventa y un mil doscientos

setenta y seis-ciento ocho-dos, manifestando que solicita TITULO DE

PROPIEDAD DE PREDIO URBANO, de un inmueble de naturaleza

urbana, situado en el Cantón San Antonio Abad, en el lugar denominado

Jardín Alto, exactamente al fi nal del pasaje Pérez, número siete, sobre

Calle Mano de León, de esta ciudad, el cual mide y linda: AL NORTE:

Doce metros línea recta de Poniente a Oriente, colinda con la Residencial

Jardín Alto. AL ORIENTE: Línea recta de Norte a Sur, distancia de doce

metros, linda con propiedad de Victoria Pérez; AL SUR: Línea recta de

Oriente a Poniente distancia de doce metros, colinda con la Residencial

Jardín Alto; y AL PONIENTE; Línea recta de doce metros colinda con

la señora Victoria Pérez, con dirección de Sur a Norte hasta llegar al

punto donde se inició la presente descripción. El inmueble descrito

tiene una extensión superfi cial de CIENTO CUARENTA Y CUATRO

METROS CUADRADOS, y lo adquirió por medio de Escritura Pública

de compraventa hecha en esta ciudad, a las quince horas del día veintiséis

de Agosto de dos mil dos, ante los ofi cios del Notario Jesús Abraham

López Torres, y se lo vendió su abuelo Reyes Pérez, quien lo poseyó por

más de treinta años, siendo dicha posesión, quieta, pacífi ca, continua e

ininterrumpida hasta la fecha por la titulante. Que el referido inmueble no

es dominante y no existe servidumbre alguna. Y lo valora en la cantidad

de ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO DOLARES.

Lo que se avisa al público para los fi nes de Ley.

ALCALDIA MUNICIPAL: San Salvador, a los catorce días del

mes de Mayo de dos mil siete. Dra. ELVIA VIOLETA MENJIVAR

ESCALANTE, ALCALDESA MUNICIPAL. Lic. JAVIER TRANSITO

BERNAL GRANADOS, SECRETARIO MUNICIPAL.

3 v. alt. No. F018911-3

TITULO SUPLETORIO

BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO DE PRIME-

RA INSTANCIA, SAN FRANCISCO GOTERA, DEPARTAMENTO

DE MORAZÁN.

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licencia-

do JOSÉ WILFREDO GARCÍA GUEVARA, en calidad de Apoderado

General Judicial de la señora VICTORINA CRUZ, solicitando TITULO

SUPLETORIO de un terreno de naturaleza rústica, situado en Caserío

Los Andrades, Cantón El Limón, de la Jurisdicción de Sensembra,

distrito de San Francisco Gotera, departamento de Morazán, de la

capacidad superfi cial de TRES MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS

METROS CUADRADOS, de las medidas y colindancias siguientes:

AL ORIENTE, de dieciocho metros, con terreno del señor JUAN BAU-

TISTA ANDRADE COCA, calle de por medio; AL NORTE, en línea

quebrada mide ciento treinta y dos metros, colinda con terreno del señor

MERCEDES ANDRADE, callejón de por medio; AL PONIENTE, treinta

y seis metros, colinda con terreno del señor DAVID ARGUETA, calle

de por medio; y AL SUR, en línea curva, mide ciento cuarenta y cuatro

metros, colinda con terreno de VIRGINIA ANDRADE, cimiento de

piedra de por medio. En dicho inmueble existen construidas seis casas,

techo de tejas y zincalum, paredes de adobe y ladrillo; y lo valúa en la

cantidad de DIEZ MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE

AMÉRICA.

Juzgado Primero de Primera Instancia; San Francisco Gotera, a

las catorce horas y treinta minutos del día treinta de agosto de dos mil

siete.- Lic. BACILIA DEL CARMEN PORTILLO, JUEZA PRIMERO

DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. FLORA MARIBEL HERNÁNDEZ,

SECRETARIA INTA.

3 v. alt. No. C012687-3

EL INFRASCRITO JUEZ; AL PUBLICO,

HACE SABER: Que a este Tribunal, se ha presentado la señora

SANTOS JOSEFINA SOLÍS, de sesenta y un años de edad, de ofi cios

domésticos, del domicilio de Mercedes Umaña, departamento de Usulután,

con Documento de Identidad Número cero cero setecientos cinco mil

noventa- uno, SOLICITANDO Título Supletorio de un Terreno de natu-

raleza rústico, ubicado en el Cantón Tres Calles, del Municipio de San

Agustín, Departamento de Usulután, de las medidas y linderos siguientes:

AL NORTE, mide treinta y nueve punto veinte metros, lindando por este

rumbo con terreno de PEDRO, TULIO, JUANA, CARLOS, BERNARDA

y MARIA, todos de apellidos MOZ, antes y hoy pertenece a SUSANA

DE PAZ MOZ, con cerco de alambre de por medio de la colindante; AL

ORIENTE, mide sesenta y siete punto cincuenta metros, lindando con

terreno de LUIS GONZÁLEZ, y en parte con Susana de Paz Moz, con

calle de por medio; AL SUR, termina en vértice; AL PONIENTE, mide

sesenta y siete punto treinta metros, lindando con terreno de MARIA

TERESA, MARIA MERCEDES y JOSEFINA, todos de apellidos PA-

REDES, cerco sin materializar. Dicho terreno era propiedad del señor

JOSÉ ALBERTO GUERRERO, compañero de vida de la señora SANTOS

JOSEFINA SOLÍS, quien se lo donó de forma voluntaria, pura, simple

e irrevocable, sin formalizar ningún documento, teniendo la posesión

material por más de diez años.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los catorce

días del mes de agosto de dos mil siete.- Enmendados- y – catorce- Ins-

tancia- Valen.- Lic. MANUEL DE JESÚS SANTOS, JUEZ DE PRI-

MERA INSTANCIA.- Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNÁNDEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018822-3

Page 124: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

124 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-

TRITO JUDICIAL, DEPARTAMENTO DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO

PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado el Licen-

ciado Ulises Rolando Morales Benítez, Abogado, del domicilio de

Santa Rosa de Lima, como Apoderado General Judicial de la señora

María Carolina Granados, de veintiocho años de edad, ama de casa, del

domicilio de Pasaquina, quien solicita título supletorio de un terreno de

naturaleza rústica, situado en el Caserío Cantón San Felipe, Jurisdicción

de Pasaquina, Distrito de Santa Rosa de Lima, departamento de La

Unión, de la capacidad superfi cial de Quinientos ochenta y cinco metros

ochenta y seis decímetros setenta y cinco centímetros cuadrados, que

mide y linda: AL ORIENTE, veinte metros veinte centímetros, colinda

con terreno de Amadeo Martínez; AL SUR, dieciséis metros, cuarenta

centímetros, colinda con terreno de Salvador Portillo, calle de por medio;

AL PONIENTE, treinta y dos metros, setenta centímetros, colinda con

terreno de Gonzalo Ríos; y AL NORTE, veintisiete metros, noventa

centímetros, colinda con terreno de los señores Isabel Romero, Mártir

Nativi. Inmueble que contiene una casa de construcción mixta de nueve

por doce varas, hay un pozo broquél. Valúa este inmueble en la cantidad

de Dos mil dólares de los Estados Unidos de América, y lo adquirió por

compra informal hecha a la señora Ana Julia Granados, ya fallecida, en

el año de mil novecientos noventa y siete.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Rosa de Lima, depar-

tamento de La Unión, a los veintidós días del mes de agosto del año

dos mil siete.- Lic. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO

CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN MARTÍNEZ DE MARTÍNEZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018922-3

LIC. ÁNGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-

TRITO JUDICIAL DE SANTA ROSA DE LIMA, DEPARTAMENTO

DE LA UNIÓN, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que a este Juzgado se ha presentado la señora IRMA

FILOMENA VELÁSQUEZ VELÁSQUEZ, de cincuenta y cinco años

de edad, de, ofi cios domésticos, de este domicilio, con residencia en el

Barrio La Esperanza, con Documento Único de Identidad número cero

cero cinco tres cero cuatro uno cero- ocho, representada por su Apoderado

General Judicial Licenciado Virgilio Blanco Guevara, solicitando título

supletorio de dos terreaos de naturaleza rústica situados el PRIMERO,

en Caserío La Joya, Cantón Gueripe, de la Jurisdicción de Concepción de

Oriente, de este Distrito, Departamento de La Unión, de la capacidad su-

perfi cial de DOCE MIL QUINIENTOS SIETE METROS CUADRADOS

y linda AL ORIENTE, ciento noventa y un metros con terreno de Isabel

Velásquez (hombre), cerco de alambre propios; AL NORTE, setenta y

nueve metros con terreno de Regino Velásquez, cerco de alambre propio;

AL PONIENTE, ciento ochenta y ocho metros, con terreno de Pablo

Velásquez, cerco de alambre propio; y AL SUR, cincuenta y tres metros

con terreno de Leonila Umanzor, y Cristino Moreno, cerco de alambre

propio y Quebrada Petenguare de por medio. EL SEGUNDO, situado en

Caserío Carbones, Cantón Gueripe, de la Jurisdicción de Concepción de

Oriente, de esta Jurisdicción y Departamento de La Unión, de la capa-

cidad superfi cial de CIENTO VEINTITRÉS MIL CUATROCIENTOS

VEINTICUATRO METROS CUADRADOS, y linda AL ORIENTE,

doscientos veintiún metros, con terreno de Amado Moreno, cerco de

alambre y piña propio; AL NORTE, seiscientos ochenta y seis metros

con terrenos de Justo Chávez, Victoria Canales, Pastor Alvarado, Máximo

Rodríguez y Pablo Sosa, cerco de alambre propio y Quebrada La Palanca

de por medio; AL PONIENTE, doscientos cuarenta y tres metros con

terreno de Víctor Velásquez, cerco de alambre y piña propio; y AL SUR,

trescientos setenta y ocho metros, con terreno de Francisco Umanzor,

cerco de alambre y piña propio. Los dos terrenos antes descritos los valúa

en la cantidad de CINCO MIL DÓLARES de los Estados Unidos de

América, y los adquirió en el año de mil novecientos ochenta y nueve,

el diez de febrero, por compra informal que en vida le hizo a su madre

Dolores Velásquez Guevara (fallecida).

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los veintidós

días del mes de agosto de dos mil siete.-Enmendados- SIETE- ochenta-

por- Vale. Más Enmendados- veintidós- Vale.- Lic. ÁNGEL ALBINO

ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCIÓN

MARTÍNEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018924-3

ANA FELICITA ESTRADA, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO

JUDICIAL, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY.

HACE SABER: Que el Doctor Julio Alfredo Samayoa hijo, en su

calidad de Apoderado General Judicial de la señora MARIA ISABEL

LOZANO HERNÁNDEZ, quien es de cincuenta y cuatro años de edad,

de ofi cios domésticos, del domicilio de Tepetitán, de este Departamento,

solicita Título Supletorio a favor de la referida señora Lozano Hernández,

sobre un inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón La Virgen,

jurisdicción de Tepetitán, de este Departamento, de la extensión superfi -

cial de SETECIENTOS CINCUENTA PUNTO CERO CERO METROS

CUADRADOS, de las colindancias siguientes: AL NORTE, con terreno

de Felipe Amado Cárcamo Fuentes; AL ORIENTE, con terreno de Lucas

Isabel Martínez, hoy de Anabella Martínez de Escamilla; AL SUR, con

terrenos de Lucas Isabel Martínez, hoy de Rafael Ramírez Ayala; y AL

PONIENTE, con terreno de Anastasia Cárcamo, hoy de Matilde Gutiérrez.

Dicho inmueble la señora María Isabel Lozano Hernández, asegura que

lo adquirió por compra que le hizo el señor Adolfo Olivar López, el día

trece de septiembre de mil novecientos ochenta y dos; asimismo, la señora

Lozano Hernández, valúa el inmueble en referencia en la suma de DOS

MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

Librado en el Juzgado de lo Civil: San Vicente, a los veintisiete días

del mes de julio del año dos mil siete.- Dra. ANA FELICITA ESTRADA,

JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA ARMIDA MEJIA DE MUÑOZ,

SECRETARIO INTERINA.

3 v. alt. No. F018951-3

Page 125: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

125DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

GILMA DARLENE AREVALOS SORIANO, Jueza de Primera

Instancia Suplente de este Distrito: AL PUBLICO: para los efec-

tos de ley.

HACE SABER: Que a este Tribunal se ha presentado la señora

MARIA TERESA CORDOVA DE PALACIOS, actuando en carácter

personal, de cincuenta y cinco años de edad, de oficios Domésti-

cos, del domicilio de San Lorenzo, Departamento de San Vicente;

solicitando se le extienda TÍTULO SUPLETORIO de un inmueble

de naturaleza RUSTICA, de NOVECIENTOS CINCUENTA Y UN

PUNTO CERO CERO METROS CUADRADOS DE EXTENSION

SUPERFICIAL, situado en el Cantón Santa Lucía, Jurisdicción

de San Lorenzo, Departamento de San Vicente, con los linderos

siguientes: AL NORTE, con terreno de Santos Toribio López Pa-

redes; AL ORIENTE, con terreno de Santos Toribio López; AL

SUR, con terrenos de Mario Isabel Bonilla, Juan Mejía Moreno,

calle de por medio; y AL PONIENTE, con terreno de José Luis

Martínez Martínez, el terreno antes descrito lo valora en DOS MIL

DÓLARES AMERICANOS, el cual obtuvo por compra que le hizo

a la señora Francisca Rivera, de setenta y dos años de edad, de

oficios domésticos y del domicilio de San Lorenzo, Departamento

de San Vicente.-

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JU-

DICIAL DE SAN SEBASTIAN, Departamento de San Vicente, a

las ocho horas y doce minutos del día diecisiete de julio de dos mil

siete. LICDA. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA

DE PRIMERA INSTANCIA, SUPLENTE. BR. BESSY CECILIA

FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F018954-3

LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ DE

PRIMEA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que en este Juzgado, se ha presentado el

Licenciado MANUEL OSCAR APARICIO FLORES, de cuarenta

y un años de edad, Abogado y Notario, soltero, de este domici-

lio, actuando en su carácter de Apoderado General Judicial de la

Alcaldía Municipal de San Luis del Carmen, municipio de este

Departamento, solicitando a nombre de la de la citada Alcaldía,

TITULO SUPLETORIO, de un inmueble de naturaleza rural,

denominado “LA PLACITA”, situado en el Cantón El Pital, de

la jurisdicción de San Luis del Carmen, de este Departamento,

con una extensión superficial de CIENTO TRES METROS CON

VEINTE CENTIMETROS CUADRADOS, el terreno expresado

tiene la descripción siguiente: AL NORTE, mide trece metros con

veinticinco centímetros, y colinda con las propiedades de los señores

María Ester Ramírez viuda de Ramírez y Leonidas Serrano, calle

pública de por medio; AL SUR, mide seis metros, y colinda con

la propiedad del señor Atilio de Jesús Castillo; AL ORIENTE,

mide ocho metros, y colinda con la propiedad del señor Leoncio

Rodríguez; y AL PONIENTE, linda en tres tramos: el primero

mide cinco metros con cincuenta y cinco centímetros, y colinda

con la propiedad del Centro Escolar de Parvularia de el Cantón El

Pital mencionado; el segundo tramo mide dos metros con treinta

y cinco centímetros y colinda con la propiedad de la señora Rai-

munda Serrano; y el tercer tramo mide ocho metros con ochenta

centímetros, y colinda con la propiedad de la señora Raimunda

Serrano.

Este inmueble no es dominante, ni sirviente, ni tiene cargas

reales que deben respetar por no tener en proindivisión con ninguna

persona y se valora en la cantidad de MIL DOLARES DE LOS

ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos

legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Chalatenango, a las

once horas y treinta minutos del día once de septiembre del dos mil

siete. LIC. MORENA CONCEPCION LAINEZ RAMIREZ, JUEZ

DE PRIMERA INSTANCIA.-LIC. DANIEL ERNESTO LOPEZ

DURAN, SECRETARIO.-

3 v. c. No. F019287-3

TITULO DE DOMINIO

EL INFRASCRITO ALCALDE MUNICIPAL

HACE SABER: Que a esta Alcaldía Municipal, se ha presen-

tado OLINDA ANTONIETA CARRILLO, de cuarenta y seis años

de edad, de Oficios Domésticos, de este domicilio, solicitando

Diligencias de Título de Dominio, de un inmueble de naturaleza

Urbana situado en el Barrio El Carmen de esta Villa que mide y

linda: AL ORIENTE: treinta y un metros, linda con inmueble del

señor Inocencio Calderón, postes de cemento y cerco de alambre

de división, propio del que se describe; AL NORTE: mide seis

metros sesenta centímetros, y linda con inmueble de Rutilio Leonel

Carrillo, cerco de alambre propiedad del colindante de división;

AL PONIENTE: mide treinta y un metros, línea recta imaginaria

de división con inmuebles de Irma Concepción Amaya de Ortega y

Francisco Azurdia Aguirre, antes, hoy de Olinda Antonieta Carrillo,

y Concepción Alfaro; AL SUR: cinco metros ochenta centímetros,

con inmueble de Sabino Cornejo Martínez, calle de por medio,

el inmueble descrito tiene una extensión superficial de CIENTO

NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS, No es dominante ni

sirviente, Lo estima en la suma de CINCO MIL DOLARES DE

LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, lo adquirió por compra

que le hiciera al Señor Inocencio Calderón por escritura pública

en el año dos mil dos, los colindantes son todos de este domicilio

y se avisa al público para los efectos de Ley.

Page 126: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

126 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Alcaldía Municipal: San Esteban Catarina, dieciocho de

septiembre de dos mil siete. ARCENIO OLMES CARRILLO,

ALCALDE MUNICIPAL.- INDIRA ORELLANA LIEVANO,

SECRETARIA MUNICIPAL.

3 v. c. No. F019335-3

MARCAS DE FABRICA

No. de Expediente: 2007069333

No. de Presentación: 20070097482

CLASE: 30.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado REINA MARIA ROMANO CRUZ, en su calidad de APODERADO de AVILES PACAS HERMANOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-PITAL VARIABLE que se abrevia: AVILES PACAS HERMANOS, S.A. DE C.V.; APACHE, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVA-DOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: la expresión aviva CAFE y diseño, sobre el elemento de uso común no se concede exclusividad, que servirá para: AMPARAR: CAFÉ Y SUCEDANEOS DEL CAFÉ.

La solicitud fue presentada el día veintitrés de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de septiembre del año dos mil siete.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

MAURICIO ENRIQUE SANCHEZ VASQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012682-3

No. de Expediente: 2007069451

No. de Presentación: 20070097665

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado JUAN CARLOS MORAN HERNANDEZ, en su calidad de REPRESEN-TANTE LEGAL de DROGUERIA BIOMEGAL, SOCIEDAD ANO-

NIMA DE CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOMEGAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE COMERCIO,

Consistente en: la palabra BIOMegal y diseño, que traducido al castellano significa VIDA GRANDE, que servirá para: AMPARAR: PRODUCTOS FARMACEUTICOS DE ORIGEN NATURAL.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de agosto del año dos mil sie-te.

LUIS ALONSO CACERES AMAYA,REGISTRADOR.

CECILIA ESPERANZA GODOY DE VELASQUEZ,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012684-3

No. de Expediente: 2007069731

No. de Presentación: 20070098205

CLASE: 05.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR,

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado EDMUNDO JOSE ADALBERTO AYALA MORENO, en su calidad de APODERADO ESPECIAL de LABORATORIOS TERAPEU-TICOS MEDICINALES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE. que se abrevia: LABORATORIOS TERAMED, S. A. DE C.V., de nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO,

Consistente en: las letras M/N, que servirá para: PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN GENERAL.

La solicitud fue presentada el día siete de septiembre del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, diez de septiembre del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA ARÉVALO CARRILLO,REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012688-3

Page 127: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

127DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

No. de Expediente: 2007065007

No. de Presentacion: 20070090171

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MILAGRO DEL CARMEN CHICAS RIVERA, en su calidad de APODERADO GENERAL ADMINISTRATIVO Y JUDICIAL de CASA POR CASA, SOCIEDAD ANONIMA, SUCURSAL EL SALVADOR de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: Un diseño que se identifi cará como Diseño MIA, que servirá para: AMPARAR: PREPARACIONES PARA BLANQUEAR Y OTRAS SUSTANCIAS PARA LA COLADA, PREPARACIONES PARA LIMPIAR, PULIR Y DESENGRASAR Y RASPAR PREPA-RACIONES ABRASIVAS, JABONES, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO Y DENTIFRICOS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinte de agosto del año dos mil siete.

GEORGINA VIANA CANIZALEZ,

REGISTRADOR.

CARLOS ARTURO SOTO GARCIA,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012703-3

No. de Expediente: 2007065009

No. de Presentación: 20070090173

CLASE: 03.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MILAGRO DEL CARMEN CHICAS RIVERA, en su calidad de APODERADO de

CASA POR CASA, SOCIEDAD ANONlMA, SUCURSAL EL SAL-

VADOR, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el Registro

de la MARCA DE FABRICA Y DE COMERCIO.

Consistente en: Las palabras pure me y diseño, traducido al

castellano como PURO YO, que servirá para: AMPARAR: JABONES,

PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES

PARA CABELLO Y DENTIFRICOS.

La solicitud fue presentada el día veintidós de febrero del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HERMINIA ELIZABETH LOZANO ZELIDON,

REGISTRADORA.

KATYA MARGARITA MARTINEZ GUTIERREZ,

SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012704-3

No. de Expediente: 2007067749

No. de Presentación: 20070094744

CLASE: 06.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

ESPECIAL de COMERCIAL DE HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de

nacionalidad MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA DE

FABRICA.

Consistente en: La palabra TOOLCRAFT, que se traducen al

castellano la palabra TOOL como “Herramienta” y la palabra CRAFT

Page 128: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

128 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

como “Arte”, que servirá para: AMPARAR: METALES COMUNES,

MATERIALES PARA CONSTRUCCION METALICOS, CABLE E

HILOS METALICOS NO ELECTRICOS, CERRAJERIA Y FERRETE-

RIA METALICA, TUBOS METALICOS, PRODUCTOS METALICOS

NO COMPRENDIDOS EN OTRAS CLASES.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018907-3

No. de Expediente: 2007067748

No. de Presentación: 20070094743

CLASE: 09.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de COMERCIAL DE HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: La palabra TOOLCRAFT, que se traducen al

castellano la palabra TOOL como “Herramienta” y la palabra CRAFT

como “Arte”, que servirá para: AMPARAR: APARATOS E INSTRU-

MENTOS ELECTRICOS, DE PESAR, OPTICOS, DE MEDIDA, DE

SEÑALIZACION, DE CONTROL (INSPECCION); DE SOCORRO

(SALVAMENTO) Y DE ENSEÑANZA; APARATOS PARA EL RE-

GISTRO, TRANSMISION, REPRODUCCION DE SONIDO O IMA-

GENES; EQUIPO PARA EL TRATAMIENTO DE LA INFORMACION

Y ORDENADORES; EXTINTORES.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintiocho de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018908-3

No. de Expediente: 2007067750

No. de Presentación: 20070094745

CLASE: 07.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MONICA

GUADALUPE PINEDA MACHUCA, en su calidad de APODERADO

de COMERCIAL DE HERRAMIENTAS, S.A. DE C.V., de nacionalidad

MEXICANA, solicitando el Registro de la MARCA DE FABRICA.

Consistente en: La palabra TOOLCRAFT, que se traducen al

castellano la palabra TOOL como “Herramienta” y la palabra CRAFT

Page 129: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

129DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

como “Arte”, que servirá para: AMPARAR: MAQUINAS Y MAQUI-

NAS HERRAMIENTAS, MOTORES (EXCEPTO MOTORES PARA

VEHICULOS TERRESTRES) INTRUMENTOS AGRICOLAS.

La solicitud fue presentada el día quince de junio del año dos mil

siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

MIGUEL ERNESTO VILLALTA FLORES,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018909-3

NOMBRE COMERCIAL

No. de Expediente: 2007069452

No. de Presentación: 20070097666

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado JUAN CAR-

LOS MORAN HERNANDEZ, en su calidad de REPRESENTANTE

LEGAL de DROGUERIA BIOMEGAL, SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE que se abrevia: BIOMEGAL, S.A. DE C.V., de

nacionalidad SALVADOREÑA, solicitando el Registro del NOMBRE

COMERCIAL.

Consistente en: La palabra BIOMegal y diseño, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA COMERCIAL DEDICADA A VENTA

DE PRODUCTOS DE MEDICINA NATURAL, UBICADA EN CA-

LLE AL VOLCAN, CENTRO URBANO SAN ANTONIO, NUMERO

CUARENTA, MEJICANOS.

La solicitud fue presentada el día veintiocho de agosto del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, treinta de agosto del año dos mil siete.

LICDA. HAZEL VIOLETA AREVALO CARRILLO,

REGISTRADORA.

GERARDO ENRIQUE MENDEZ FLOREZ CABEZAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012685-3

No. de Expediente: 2007068059

No. de Presentación: 20070095221

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado MILAGRO

DEL CARMEN CHICAS RIVERA, en su calidad de APODERADO GE-

NERAL JUDICIAL de CHINA X CHANGE, SOCIEDAD ANONIMA,

Sucursal El Salvador, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando

el Registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: Las palabras CHINA X CHANGE, traducido

al castellano como INTERCAMBIO DE CHINA, que servirá para:

IDENTIFICAR UNA EMPRESA DEDICADA A LA PRODUCCION

Y DISTRIBUCION DE JABONES PARA LIMPIAR, PULIR, DES-

ENGRASAR Y RASPAR, PERFUMERIA, ACEITES ESENCIALES,

COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO Y DENTIFRICOS;

Page 130: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

130 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

UBICADA EN KILO METRO VEINTICUATRO CARRETERA A SAN-

TA ANA, ZONA FRANCA EXPORT SALVA FREE ZONE, EDIFICIO

4 - H, LOURDES COLON, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD.

La solicitud fue presentada el día veintisiete de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, veintisiete de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012701-3

No. de Expediente: 2007068060

No. de Presentación: 20070095222

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER; Que a esta Ofi cina se ha presentado MILAGRO

DEL CARMEN CHICAS RIVERA, en su calidad de APODERADO

GENERAL JUDICIAL de CHINA MART, SOOEDAD ANONIMA.

SUCURSAL EL SALVADOR, de nacionalidad GUATEMALTECA,

solicitando el Registro del NOMBRE COMERCIAL.

Consistente en: Las palabras CHINA MART, traducidas al castellano

las palabras China Mart en conjunto signifi ca Centro Comercial China, que

servirá para: IDENTIFICAR UN ESTABLECIMIENTO COMERCIAL,

DEDICADO A LA DISTRIBUCION DE JABONES PARA LIMPIAR,

PULIR, DESENGRASAR Y RASPAR, PERFUMERIA, ACEITES

ESENCIALES, COSMETICOS, LOCIONES PARA EL CABELLO

Y DENTIFRICOS; UBICADO EN KILOMETRO VEINTICUATRO

CARRETERA A SANTA ANA ZONA FRANCA EXPORT SALVA

FREE ZONE, EDIFICIO 4 H, LOURDES, COLON.

La solicitud fue presentada el día treinta y uno de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, veinticuatro de agosto del año dos mil siete.

ALEXANDER RAFAEL MORALES MENDEZ,

REGISTRADOR.

RUTH NOEMI PERAZA GALDAMEZ,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012702-3

SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL

No. de Expediente: 2006061462

No. de Presentación: 20060083368

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta Ofi cina se ha presentado SARA ELIZABETH MARTINEZ MARTINEZ, en su calidad de APODERA-DO GENERAL JUDICIAL de DIVECO, SOCIEDAD ANONIMA, de nacionalidad GUATEMALTECA, solicitando el Registro de la EXPRE-SION O SEÑAL DE PUBLICIDAD COMERCIAL.

TODO EL CONFORT EN EL LADO DE ARRIBA

Consistente en: La expresión TODO EL CONFORT EN EL LADO DE ARRIBA, que servirá para: ATRAER LA ATENCION DEL PUBLI-CO CONSUMIDOR EN LOS PRODUCTOS, TALES COMO CAMAS, COLCHONES Y MUEBLES EN GENERAL.

La solicitud fue presentada el día veintiséis de septiembre del año dos mil seis.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos. San Salvador, treinta de julio del año dos mil siete.

ALICIA ESTER GARCIA COREAS,

REGISTRADOR.

SAYONARA AYALA DE GUERRERO,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012683-3

Page 131: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

131DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

MATRICULAS DE COMERCIO

ASIENTO DE EMPRESA 2002008271

ESTABLECIMIENTO 2002008271- 001, 002

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JOSE ER-

NESTO RODAS AYALA, en su calidad de Representante legal de la

sociedad SOCIEDAD COOPERATIVA DE APICULTORES DE EL

SALVADOR, DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, de nacionalidad

SALVADOREÑA, del domicilio de SAN JUAN OPICO, LA LIBER-

TAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número 45 del libro 289

del Registro de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de

Identifi cación Tributaria: 0614-250980-001-4, ha presentado solicitud de

CAMBIO DE DIRECCION DE EMPRESA, a las catorce horas y seis

minutos del día veintisiete de febrero de dos mil siete. Con la cual se le

otorga el asiento de modifi cación No. 180 del libro 139 del folio 361 al

362; a favor de la Empresa denominada SOCIEDAD COOPERATIVA

DE APICULTORES DE EL SALVADOR, DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA, la cual se dedica a PRODUCCION Y EXPORTACION DE

PRODUCTOS APICOLAS, con dirección actual en KILOMETRO 27 ½,

CARRETERA A SANTA ANA, CANTON LA ARENA, del domicilio

de SAN JUAN OPICO, LA LIBERTAD.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintisiete de febrero de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012686-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002032884

ESTABLECIMIENTO 2002032884- 003

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado ALFREDO

ANTONIO HASBUN GHATTAS, en su calidad de Representante legal

de la sociedad INVERSIONES AHG, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el número

45 del libro 1349 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0614-280498-103-0, ha pre-

sentado solicitud de apertura de nuevo establecimiento con la cual se

otorgó asiento de Establecimiento No. 2002032884- 003; denominado

ALMACEN MONTECARLO situado en CENTRO COMERCIAL

MULTIPLAZA, LOCAL No. 17 y 18-B del domicilio de ANTIGUO

CUSCATLAN, LA LIBERTAD, que se dedica a COMPRA-VENTA

DE ROPA, ACCESORIOS Y CIGARRILLOS (PUROS HABANOS)

y que forma parte de la empresa denominada INVERSIONES AHG,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintidós de junio de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012690-3

ASIENTO DE EMPRESA 2001035662

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2001035662- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado HECTOR

JOSE CASTANEDA CORNEJO, en su calidad de Representante legal

de la sociedad INSTITUTO DE CIENCIAS NEUROLOGICAS, SO-

CIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, que puede abreviarse

INSTITUTO DE CIENCIAS NEUROLOGICAS, S.A. DE C.V.; de na-

cionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya

escritura social está inscrita bajo el número 1 del libro 1601 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identifi cación

Tributaria: 0614-260101-103-5; el cual ha presentado solicitud a las

doce horas y cincuenta y dos minutos del día treinta de marzo de dos

mil siete, con la cual se otorgó el asiento de Empresa No. 2001035662

inscripción 40 y el asiento de Establecimiento No. 2001035662- 001

inscripción 41, ambos del libro 150 de Asientos de Matrícula de Empresa

y Establecimiento; la Empresa denominada INSTITUTO DE CIENCIAS

NEUROLOGICAS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIA-

BLE, la cual se dedica a ESTUDIOS NEUROFISIOLOGICOS, con

dirección en PASEO GENERAL ESCALON, 99ª AVENIDA NORTE,

CONDOMINIO VILLA VICENCIO PLAZA 1º NIVEL, LOCAL No.

122-125 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a

Page 132: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

132 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIEZ 53/100 DOLARES

($76,910.53) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

INSTITUTO DE CIENCIAS NEUROLOGICAS, S.A. DE C.V., ubicado

en PASEO GENERAL ESCALON, 99ª AVENIDA NORTE, CONDO-

MINIO VILLAVICENCIO PLAZA 1º NIVEL, LOCAL No. 122-125,

SAN SALVADOR y que se dedica a SERVICIOS MEDICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de junio de dos mil siete.

Lic. RUBEN ALBERTO NAVARRO,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012694-3

ASIENTO DE EMPRESA 2006055710

ESTABLECIMIENTO 2006055710- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS:

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado DAVID

YTALO SALAZAR GOMEZ, en su calidad de Apoderado legal de la

sociedad DESSAU-SOPRIN INTERNATIONAL INC, SUCURSAL EL

SALVADOR, de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SAN

SALVADOR, cuyos estatutos se encuentran inscritos bajo el número 35

del libro 2101 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 9384-291178-101-3, ha pre-

sentado solicitud de apertura de nuevo establecimiento a las nueve horas

y cuarenta y seis minutos del día siete de septiembre de dos mil siete.

Con la cual se otorgó asiento de Establecimiento No. 2006055710- 001;

denominado DESSAU-SOPRIN INTERNATIONAL INC. SUCURSAL

EL SALVADOR, con dirección en BOULEVARD DEL HIPODROMO,

EDIFICIO GRAN PLAZA, No. 111, ZONA ROSA del domicilio de SAN

SALVADOR, que se dedica a SERVICIOS DE CONSULTORIA DE

INGENIERIA y que forma parte de la empresa denominada DESSAU-

SOPRIN INTERNATIONAL INC, SUCURSAL EL SALVADOR, la cual

se dedica a ACTIVIDADES DE ARQUITECTURA E INGENIERIA Y

ACTIVIDADES CONEXAS DE ASESORAMIENTO TECNICO, con

dirección en BOULEVARD DEL HIPODROMO, EDIFICIO GRAN

PLAZA, No. 111, ZONA ROSA del domicilio de SAN SALVADOR,

cuyo activo ascienda a: SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUI-

NIENTOS SETENTA 59/100 DOLARES ($686,570.59).

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, siete de septiembre de dos mil siete.

Lic. JORGE ALBERTO CASTRO VALLE,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012697-3

ASIENTO DE EMPRESA 2006057119

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006057119- 001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE RE-

GISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLECIMIENTOS

DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JULIO ATALAH

GUARDADO, en su calidad de Representante legal de la sociedad GRU-

PO ATASSER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE;

sociedad de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio de SANTA

TECLA, LA LIBERTAD, cuya escritura social está inscrita bajo el número

8 del libro 2158 del Registro de Sociedades del Registro de Comercio,

con Número de Identifi cación Tributaria: 0511-100806-101-1; el cual

ha presentado solicitud a las diez horas y cuarenta y cinco minutos del

día veintinueve de agosto de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento

de Empresa No. 2006057119 inscripción 204 y el asiento de Estable-

cimiento No. 2006057119- 001, inscripción 205, ambos del Libro 124

de Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento; la Empresa se

denomina GRUPO ATASSER, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a IMPORTACION Y EXPORTACION

DE PRODUCTOS QUIMICOS Y FARMACEUTICOS, con dirección

en 9ª CALLE PONIENTE, No. 1-8 del domicilio de SANTA TECLA,

LA LIBERTAD, cuyo activo asciende a DOCE MIL 00/100 DOLARES

($12,000.00) y que tiene el establecimiento siguiente: 001-) denominado

GRUPO ATASSER, S.A. DE C.V., ubicado en 9ª CALLE PONIENTE, No.

1-8, del domicilio de SANTA TECLA, LA LIBERTAD, y que se dedica

a IMPORTACION Y EXPORTACION DE PRODUCTOS QUIMICOS

Y FARMACEUTICOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, treinta de agosto de dos mil seis.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012699-3

Page 133: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

133DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ASIENTO DE EMPRESA 2002039981

ESTABLECIMIENTO 2002039981-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTA-

BLECIMIENTOS:

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MENDEZ

OCHOA, JOSE SAMUEL en su calidad de Representante legal

de la sociedad SERVICIO DE TRANSPORTE SALVADOREÑO,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE que puede

abreviarse SETRANSAL, S.A. DE C.V., de nacionalidad SAL-

VADOREÑA, del domicilio de SAN SALVADOR, cuya escritura

social está inscrita bajo el número 10 del libro 1692 del Registro

de Sociedades del Registro de Comercio, con Número de Identi-

ficación Tributaria: 0614-290102-104-0, ha presentado solicitud

a las diez horas y cincuenta y ocho minutos del día trece de sep-

tiembre de dos mil dos. Con la cual se otorgaron los asientos de

Empresa No. 2002039981 y Establecimiento No. 2002039981-001;

a favor de la Empresa denominada SERVICIO DE TRANSPOR-

TE SALVADOREÑO, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, la cual se dedica a PRESTACION DE SERVICIOS

DE TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS A TRAVES DE

MICROBUSES, con dirección en FINAL CALLE AL VOLCAN,

COLONIA MIREYA, # 2, # 23, SAN RAMON, MEJICANOS,

SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a CIEN MIL COLONES

CON 00/100 (¢ 100,000.00) y que tiene un establecimiento: 001-)

SERVICIO DE TRANSPORTE SALVADOREÑO, S.A. DE C.V.,

ubicado en FINAL CALLE AL VOLCAN, COLONIA MIREYA,

# 2, # 23, SAN RAMON, MEJICANOS, SAN SALVADOR.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, dieciséis de septiembre de dos mil dos.

Lic. ANA ELIZABETH RIVERA PEÑA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. C012700-3

ASIENTO DE EMPRESA 2006056402

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2006056402-001

LA INFRASCRITA REGISTRADORA DEL DEPARTAMENTO

DE REGISTRO DE MATRICULAS DE EMPRESA Y ESTABLE-

CIMIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado ANA

LIDIA MIRANDA DE RIVAS, de nacionalidad SALVADOREÑA,

con número de Documento Unico de Identidad 01614487-0 del

domicilio de SAN SALVADOR, con Número de Identificación

Tributaria: 0614-050853-010-8, el cual ha presentado solicitud a

las catorce horas y cuarenta y un minutos del día veinticinco de

mayo de dos mil seis, con la cual se otorgó el asiento de Empresa

No. 2006056402 inscripción 28 y el asiento de Establecimiento

No. 2006056402-001, inscripción 29, ambos del Libro 115 de

Asientos de Matrícula de Empresa y Establecimiento. La Em-

presa se dedica a la PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EXA-

MENES DE LABORATORIO, con dirección en CONDOMINIO

MEDICENTRO LA ESPERANZA, MODULO “E”, LOCAL No.

213 del domicilio de SAN SALVADOR, cuyo activo asciende a

DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 31/100

DOLARES ($19,256.31) y que tiene el establecimiento siguiente:

001-) denominado LABORATORIO CLINICO 2 M ubicado en

CONDOMINIO MEDICENTRO LA ESPERANZA, MODULO

“E” LOCAL No. 213, SAN SALVADOR y que se dedica a LA

PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE EXAMENES DE LABORA-

TORIO.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, veintinueve de mayo de dos mil seis.

Licda. MORENA GUADALUPE FLORES AGUIRRE,

REGISTRADORA.

3 v. alt. No. F018923-3

ASIENTO DE EMPRESA 2002026093

ASIENTO DE ESTABLECIMIENTO 2002026093-001

EL INFRASCRITO REGISTRADOR DEL DEPARTAMENTO DE

REGISTRO DE MATRÍCULAS DE EMPRESA Y ESTABLECI-

MIENTOS DEL REGISTRO DE COMERCIO.

HACE SABER: Que a esta oficina se ha presentado MARTHA

MILEYDI CAMPOS en su calidad de Representante legal de la

sociedad CASTILLO CAMPOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CA-

PITAL VARIABLE que puede abreviarse CASCAM S.A. DE C.V.;

de nacionalidad SALVADOREÑA, del domicilio y departamento

de SAN SALVADOR, cuya escritura social está inscrita bajo el

número 35 del libro 1173 del Registro de Sociedades del Registro

de Comercio, con Número de Identificación Tributaria: 0614-

190196-107-1; el cual ha presentado solicitud a las nueve horas y

tres minutos del día veintidós de junio de dos mil siete. Con la cual

se otorgó el asiento de Empresa No. 2002026093 inscripción 203

y el asiento de Establecimiento No. 2002026093-001 inscripción

204, ambos del libro 156 de Asientos de Matrícula de Empresa y

Establecimiento; la Empresa denominada CASTILLO CAMPOS,

Page 134: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

134 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, la cual se de-

dica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS REALIZADAS CON

BIENES PROPIOS O ARRENDADOS, con dirección en AVENIDA

JUAN PABLO II, METROCONDOMINIO, No. 210, EDIFICIO

“D” 2a. PLANTA, SAN SALVADOR, SAN SALVADOR, cuyo

activo asciende a DOS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO

71/100 DOLARES ($ 2,285.71) y que tiene el establecimiento si-

guiente: 001-) denominado CASTILLO CAMPOS, S.A. DE C.V.,

ubicado en AVENIDA JUAN PABLO II, METROCONDOMINIO,

No. 210, EDIFICIO “D” 2a. PLANTA, SAN SALVADOR, SAN

SALVADOR y que se dedica a ACTIVIDADES INMOBILIARIAS

REALIZADAS CON BIENES PROPIOS O ARRENDADOS.

Lo que se le hace saber al público para los efectos de Ley.

San Salvador, diez de septiembre de dos mil siete.

Lic. JULIO RUBEN TRUJILLO VENTURA,

REGISTRADOR.

3 v. alt. No. F018934-3

SUBASTA PUBLICA

EL INFRASCRITO JUEZ QUINTO DE LO MERCANTIL, de este

Distrito Judicial al público en general,

HACE SABER: Que en el presente Juicio Ejecutivo Mercantil

promovido por el Licenciado JOSÉ MARIO DENIS MOLlNA,

mayor de edad, Abogado y de este domicilio, como Apoderado

General Judicial del BANCO AGRICOLA, SOCIEDAD ANÓNI-

MA, que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A., de este domicilio,

contra el señor JOSÉ FERNANDEZ CASTRO, mayor de edad,

Estudiante y de este domicilio, se venderá en Pública Subasta

en este Tribunal en fecha que más adelante se especificará, DOS

LOTES DE TERRENOS URBANOS, MARCADOS CON LOS

NÚMEROS QUINCE Y QUINCE “A”, DEL BLOCK “B”, DE LA

URBANIZACIÓN YUMURI JURISDICCIÓN DE LA CIUDAD

Y DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR, los cuales se des-

criben así: LOTE NÚMERO QUINCE: Tiene un área de CIENTO

NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS SESENTA Y UN

DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a DOSCIENTAS

SETENTA Y CINCO VARAS CUADRADAS CINCUENTA Y

NUEVE CENTESIMOS DE VARA CUADRADA que se localiza

y se describe así: a partir de la intersección de los ejes de la Calle

Camaguey y Avenida Bernal, se mide sobre el eje de ésta una distancia

de ciento cincuenta y ocho metros cuarenta y dos centímetros, con

rumbo Norte treinta y siete grados ocho punto siete minutos Este,

a continuación se hace una deflexión izquierda de noventa grados

y con una distancia de once metros cuarenta y ocho centímetros,

se llega al esquinero Nor - Este, del lote que se describe, que mide

y linda: AL NORTE, veinte metros rumbo Norte cincuenta y dos

grados cincuenta y dos punto dos minutos Oeste, con terreno de la

Sociedad de Señoras de Oficiales de La Fuerza Armada: AL PO-

NIENTE, nueve metros cincuenta centímetros, rumbo Sur treinta

y siete grados ocho punto siete minutos Oeste con lote número

Quince - A, Block “B”: AL SUR, veinte metros cincuenta y cinco

centímetros, rumbo Sur cincuenta y dos grados cincuenta y uno

punto tres minutos Oeste, con lote número catorce Block “B”:

AL ORIENTE, arco de nueve metros cincuenta centímetros, con

radio de setecientos trece metros sesenta y siete centímetros con

lotes números dieciséis y diecisiete, del Block “E”, Avenida Bernal

veinte metros de ancho de por medio. LOTE NUMERO QUINCE

- A, Tiene un área de NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS

SETENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS, equivalentes a

CIENTO TREINTA Y DOS VARAS CUADRADAS SETENTA Y UN

CENTESIMOS DE VARA CUADRADA, que se localiza y describe

así: a partir de la intersección de los ejes de la Calle Camaguey

y Avenida Bernal, se mide sobre el eje de ésta una distancia de

ciento cincuenta y ocho metros cuarenta y dos centímetros rumbo

Norte treinta y siete grados ocho punto siete minutos Este, a con-

tinuación se hace una deflexión izquierda de noventa grados y con

una distancia de treinta y un metros cuarenta y ocho centímetros

se llega al esquinero Nor-Este, del lote que se describe, que mide

y linda: AL NORTE, diez metros seis centímetros rumbo Norte

cincuenta y dos grados cincuenta y dos punto dos minutos Oeste,

con terreno de la Sociedad de Señoras de Oficiales de La Fuerza

Armada: AL PONIENTE, arco de nueve metros cuarenta y nueve

centímetros, con radio de seiscientos ochenta y tres metros sesenta

y siete centímetros, con terrenos de la sucesión Bernal: AL SUR,

nueve metros cuarenta y nueve centímetros rumbo Sur cincuenta

y dos grados cincuenta y uno punto tres minutos Este, con lote

número catorce, Block B: AL ORIENTE, nueve metros cincuenta

centímetros, rumbo Norte treinta y siete grados ocho punto siete

minutos Este, con lote número quince antes descrito Block B.- Los

lotes colindantes son o han sido propiedad de Salazar Benéke y

Compañía. Los lotes antes descritos se encuentran inscritos a favor

del señor JOSÉ FERNANDEZ CASTRO, Bajo el Sistema de Folio

Real Computarizado, LOTE QUINCE amparado en la Matrícula

CERO CINCO UNO NUEVE CUATRO SIETE NUEVE OCHO-

CERO CERO CERO CERO CERO, Asiento TRES, de Propiedad,

y LOTE QUINCE - “A”, amparado en la Matrícula CERO CINCO

UNO NUEVE CINCO UNO CUATRO UNO, Asiento TRES, de

propiedad, ambos del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de

La Primera Sección del Centro, Departamento de San Salvador.

Se admitirán posturas siendo legales.

LIBRADO en el Juzgado Quinto de lo Mercantil, San Sal-

vador, a las diez horas del día veintinueve de agosto de dos mil

siete. Dr. SALVADOR CANO GUTIERREZ, JUEZ QUINTO DE

LO MERCANTIL.- Lic. DAVID ERNESTO GRIMALDI ZAYAS,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018847-3

Page 135: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

135DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

LICENCIADA MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE, JUEZ

PRIMERO DE LO MERCANTIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Al público para los efectos de ley, que en el

Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el BANCO AGRICOLA,

SOCIEDAD ANONIMA que se abrevia BANCO AGRICOLA, S.A.,

cuyos nombres comerciales son BANCO AGRICOLA COMERCIAL

DE EL SALVADOR, BANCO AGRICOLA COMERCIAL, BANCO

AGRICOLA o solamente EL AGRICOLA y con sus siglas BAC o BA,

contra 1) CONSTRUCTORA SCHMIDT, SOCIEDAD ANONIMA

DE CAPITAL VARIABLE, 2) ROBERTO ALFREDO SCHMIDT

URRUTIA, 3) ANA VIOLETA PADILLA DE SCHMIDT conocida

por ANA VIOLETA PADILLA RAMIREZ, reclamándole cantidad de

colones y accesorios de ley, se venderá en pública subasta en este Tri-

bunal en fecha que oportunamente se determinará, los bienes inmuebles

embargados siguientes: Inmuebles de naturaleza rural ubicados en LOMA

ALTA, departamento de SANTA ANA, que se describen así: 1) LOTE

NUMERO VEINTISEIS, polígono E urbanización Bella Santa Ana, el

cual consta de un área de setenta y cinco metros cuadrados, inscrito bajo

la Matrícula número dos cero cero cero cuatro seis cinco cero- cero cero

cero cero cero, LOTE NUMERO TREINTA, polígono E urbanización

Bella Santa Ana, el cual consta de un área de setenta y cinco metros

cuadrados, inscrito bajo la Matrícula número dos cero cero cero cuatro

seis cinco cuatro- cero cero cero cero cero, LOTE NUMERO TREINTA

Y CINCO, polígono E, Urbanización Bella Santa Ana, el cual consta de

un área de setenta y cinco metros cuadrados, inscrito bajo la Matrícula

número dos cero cero cero cuatro seis cinco nueve- cero cero cero cero

cero, LOTE NUMERO TREINTA Y OCHO, polígono E Urbanización

Bella Santa Ana, el cual consta de un área de setenta y cinco metros

cuadrados inscrito bajo la Matrícula número dos cero cero cero cuatro

seis cuatro cinco- cero cero cero cero cero, LOTE NUMERO VEINTI-

CUATRO, polígono J, Urbanización Bella Santa Ana, el cual consta de

un área de setenta y cinco metros cuadrados, inscrito bajo la Matrícula

número dos cero cero cero cuatro seis nueve cuatro- cero cero cero cero

cero cero, LOTE NUMERO VEINTINUEVE, polígono J, Urbanización

Bella Santa Ana, el cual consta de un área de setenta y cinco metros

cuadrados, inscrito bajo la Matrícula número dos cero cero cero cuatro

seis nueve nueve- cero cero cero cero cero, LOTE NUMERO TREINTA,

polígono J, Urbanización Bella Santa Ana, el cual consta de un área de

setenta y cinco metros cuadrados, inscrito bajo la Matrícula número dos

cero cero cero cuatro siete cero cero- cero cero cero cero cero, LOTE

NUMERO TREINTA Y DOS, polígono J, Urbanización Bella Santa Ana,

el cual consta de un área de setenta y cinco metros cuadrados inscrito

bajo la Matrícula número dos cero cero cero cuatro siete cero dos - cero

cero cero cero cero, LOTE NUMERO TREINTA Y TRES, Polígono J,

Urbanización Bella Santa Ana, el cual consta de un área de setenta y

cinco metros cuadrados, inscrito bajo la Matrícula número dos cero cero

cero cuatro siete cero tres- cero cero cero cero cero, LOTE NUMERO

TREINTA Y CUATRO, polígono J, Urbanización Bella Santa Ana, el cual

consta de un área de noventa y seis punto cero nueve metros cuadrados,

inscrito bajo la Matrícula número dos cero cero cero cuatro siete cero

cuatro- cero cero cero cero cero, dichos inmuebles están hipotecados a

favor del Banco Agrícola, Sociedad Anónima.

Se hace saber a las personas que se presenten a participar a la

subasta, que deberán presentar sus respectivos documentos de Identidad

Personal y el NIT, y comprobar su solvencia económica por medio de

libreta de ahorro, cheque certifi cado, constancia de ahorro, efectivo u

otro documento similar.

Librado en el JUZGADO PRIMERO DE LO MERCANTIL: San

Salvador, a las catorce horas y quince minutos del día ocho de agosto de

dos mil siete. Lic. MARIA FLOR SILVESTRE LOPEZ BARRIERE,

JUEZ PRIMERO DE LO MERCANTIL. Lic. OSCAR EMILIO ZETINO

URBINA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F018950-3

AUMENTO DE CAPITAL

El infrascrito Secretario de la Junta General Extraordinaria de Accionistas

de la Sociedad: Laboratorios de Patología Irías Lozano, S.A. de C. V.,

Certifi ca: Que a las catorce horas con veinte minutos del día miércoles

doce de septiembre de 2007, mediante punto de acta celebrada por los

accionistas presentes que constituyen el 100% del total de las acciones

de la sociedad acuerdan mediante acta No. 5 modifi car el capital social

de la sociedad Laboratorios de Patología Irías Lozano, S.A. de C.V. que

actualmente es de 100,000.00 colones compuesto de 1000 acciones a un

valor de 100.00 colones cada una y que por unanimidad toman el acuerdo

de incrementar el capital social de 3,464 acciones siempre a 100.00 co-

lones por acción, equivaliendo a un capital social de 346,400.00 colones

o su equivalente en dólares de los Estados Unidos de Norte América.

La forma de pago de la aportación se hace mediante la compensación

de deuda que la sociedad posee contra la accionista Marta Elba Irías

Lozano por valor de 246,400.00 colones y la componen 2464 acciones.

También la Dra. Marta Elba Irías Lozano acuerda ceder 1232 acciones

a la Sra. Mayra Yanira Brito Arévalo, por lo tanto el capital social queda

determinado de la siguiente manera:

Lic. Ana Concepción Irías Lozano 10 acciones 1,000.00

Sra. Mayra Yanira Brito Arévalo 1232 acciones 123,200.00

Dra. Marta Elba Irías Lozano 2222 acciones 222,200.00

Total 3,464 acciones 346,400.00

San Salvador, 19 de septiembre de 2007.

Dra. MARTA ELBA IRIAS LOZANO.

3 v. alt. No. C012692-3

Page 136: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

136 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

DISOLUCION DE SOCIEDADES

JORGE MARIO LARA GONZALEZ, Administrador Unico Propietario

de la Sociedad “KLIMP AMERICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD

ANONIMA”, que puede abreviarse “KLIMP AMERICA DE EL SAL-

VADOR, S.A.”, Sociedad de esta plaza y domicilio,

HACE SABER: Que en Junta General Extraordinaria de Accionistas

celebrada el día veintiuno de Julio del presente año, en las instalaciones

del Despacho González Orellana, ubicadas en Villas de San Francisco III,

Avenida Las Amapolas, Casa Número Treinta y Tres, Ciudad, por acuerdo

unánime se acordó la DISOLUCION Y LIQUIDACION de la Sociedad

KLIMP AMERICA DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANONIMA y

para efectos de los Artículos Ciento Ochenta y Siete, Ciento Ochenta y

Ocho y Ciento Noventa en lo aplicable al Sesenta y Cuatro del Código

de Comercio se hace esta publicación.

San Salvador, a los veintidós días del mes de Julio del año dos mil

siete.

JORGE MARIO LARA GONZALEZ,

Administrador Unico Propietario.

3 v. alt. No. F018955-3

AVISO DE COBRO

EL INFRASCRITO JEFE DE RECURSOS HUMANOS DE LA DE-

PARTAMENTAL DE EDUCACION, LA LIBERTAD,

HACE SABER: Que en esta Unidad se ha presentado la señora

VERÓNICA ALICIA MORALES QUINTANILLA, mayor de edad, con

DUI No. 00788994-2 del domicilio de Santa Tecla, Urbanización San

Antonio Las Palmeras, 5a. Calle Poniente, N° 42-A, departamento de

La Libertad; solicitando se le permita cobrar la cantidad de DOS MIL

OCHENTA 92/100 DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AME-

RICA correspondiente al período del 01/01/2004 AL 31/12/2004, que a

su fallecimiento dejó pendiente de cobro su hermano JOSÉ ROBERTO

MORALES QUINTANILLA, en concepto de Ascenso de Categoría,

quien falleció el día 16/12/2004, cuando desempeñaba el cargo de Pro-

fesor Docente Nivel Dos, en el Centro Escolar Walter Thilo Deininger,

Municipio de Antiguo Cuscatlán, Departamento de La Libertad, código

10999, con cargo a las Cifras Presupuestarias 2004-3100-3-03-01-21-1.

Lo anterior se informa para conocimiento del público, a fi n de que

toda persona que se crea con mayor o igual derecho, se presente a hacer

uso de él, a más tardar dentro del término de 3 días, después de la última

publicación del presente aviso.

La Libertad, a los catorce días del mes de septiembre de dos mil

siete.

Ing. GUILLERMO ANTONIO CASTRO VIANA,

Jefe de Recursos Humanos,

Departamental de Educación La Libertad.

3 v. 1 v. c 3/d. No. F018816-3

MARCA DE SERVICIO

No. de Expediente: 2007068566

No. de Presentación: 20070096044

CLASE: 45.

EL INFRASCRITO REGISTRADOR

HACE SABER: Que a esta ofi cina se ha presentado JORGE AL-

BERTO COBAR AGUILAR, de nacionalidad SALVADOREÑA, en su

calidad de PROPIETARIO, solicitando el registro de la MARCA DE

SERVICIOS:

Consistente en: las palabras ASESORES JURIDICOS ASOCIA-

DOS y diseño, a las palabras de uso común no se le concede exclusividad,

que servirá para: AMPARAR: SERVICIOS JURIDICOS.

La solicitud fue presentada el día diecinueve de julio del año dos

mil siete.

DIRECCION DE PROPIEDAD INTELECTUAL, Registro de la

Propiedad Industrial, Departamento de Marcas y Otros Signos Distintivos.

San Salvador, dieciséis de agosto del año dos mil siete.

DAVID ANTONIO CUADRA GOMEZ,

REGISTRADOR.

FRANCISCO ADOLFO SACA CASTELLON,

SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012691-3

Page 137: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

137DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ESTATUTOS DEL SINDICATO DE LA INDUSTRIA TEXTIL

SALVADOREÑA, cuyas siglas son “SITS”

CAPITULO I

CONSTITUCIÓN, CLASE, DOMICILIO, LEMA Y BANDERA

DEL SINDICATO

Art. 1.- De conformidad con el acto de constitución celebrado en

la ciudad de San Salvador el día cinco de julio del año dos mil siete,

queda constituido el Sindicato de Industria denominado Sindicato de la

Industria Textil Salvadoreña, cuyas siglas son SITS y que en los presentes

Estatutos se denominará sólo como “el Sindicato”.

Art. 2.- El domicilio legal del Sindicato será la ciudad de San

Salvador, Departamento de San Salvador, pero podrá por circunstancias

especiales pasar su sede a cualquier otro Departamento de la República,

temporal o permanentemente, previo acuerdo de la Asamblea General.

Art. 3.- El lema del Sindicato será “Por la superación y unidad

de los trabajadores de la industria textil salvadoreña”; su emblema será

una bandera del tamaño del pabellón nacional de color rojo y al centro

de la bandera un puño cerrado y sobre él las siglas “SITS”, las cuales

serán de color amarillo y en la parte de abajo, a lo ancho de la bandera,

el lema del Sindicato.

CAPITULO II

FINES, PRINCIPIOS Y OBJETIVOS DEL SINDICATO

Art. 4.- Los fi nes del Sindicato son:

a) Defender los derechos de los trabajadores de la industria textil salvadoreña;

b) Propiciar el fortalecimiento, desarrollo y educación de los tra-bajadores, haciéndoles saber sus derechos y obligaciones;

c) Procurar que las condiciones laborales de los trabajadores ofrezcan todas las garantías en lo relacionado a la seguridad, higiene y todas las prescripciones legales en el ejercicio de los derechos de libre sindicalización, reunión y libre pensa-miento;

d) Velar por el estricto cumplimiento de las leyes laborales ema-nadas en la Constitución y el Código de Trabajo, contratos y convenios colectivos de trabajo, así como también denunciar las irregularidades o violaciones que restrinjan tales derechos, adoptando todas las medidas legales necesarias para su fi el cumplimiento;

e) Desarrollar tareas tendientes a la defensa y conquista de los intereses económicos, culturales y técnicos de los miembros afi liados al Sindicato;

f) Trabajar por la unidad de todos los trabajadores de la industria textil salvadoreña;

g) Ser un Sindicato que promueva la organización, la orientación y unifi cación de los trabajadores en un movimiento conciente y disciplinado, capaz de sostener las conquistas obtenidas y avanzar con paso fi rme a los retos del futuro en la defensa de los intereses de los trabajadores; y,

h) Mantener relaciones de coordinación y apoyo con organiza-ciones laborales nacionales e internacionales, en función de la defensa e intereses de los trabajadores organizados.

Art. 5.- Los principios del Sindicato son:

a) La unidad comprometida a luchar y crear los mecanismos que permitan mejoras y la superación en lo económico, social, cultural y político de los trabajadores;

b) La unidad en la diversidad. El esfuerzo coordinado, sistemático y coherente de la acción sindical del Sindicato, pasará por el respeto a la diversidad de pensamiento, siendo los acuerdos resultantes del ejercicio democrático los que deben prevale-cer;

c) La identidad. Cada uno de los miembros afi liados conserva su propia identidad, la cual exige el respeto a las disposiciones individuales de cada uno de ellos, requisito indispensable de la propia autonomía;

d) La solidaridad, como manifestación racional, coherente y constructiva que permita fortalecer la estrategia sindical me-diante la realización de acciones proactivas para la solución de los problemas de sus miembros afi liados; y,

e) La formación sindical, basada en el espíritu, teoría y práctica de los principios fundamentales del sindicalismo genuino comprometido a luchar por todas aquellas reivindicaciones inmediatas que hagan posible el mejoramiento de las condi-ciones de vida de los trabajadores.

Art. 6.- El Sindicato tiene por objeto fomentar y defender los intereses económicos, sociales, laborales y culturales de sus miembros;

para ello, sus órganos de dirección y gobierno deberán:

a) Luchar por una legislación laboral que supere sustancialmente a la vigente;

b) Defender los derechos e intereses de sus miembros afi liados y de los trabajadores en general;

c) Celebrar contratos colectivos de trabajo de acuerdo con la ley;

d) Crear y administrar centros de recreación para sus miembros afi liados e impartir cursos de capacitación de todo género y disciplina para los mismos;

e) Fomentar y fortalecer la unidad de la clase trabajadora;

f) Procurar porque sean efectivas las justas aspiraciones del sector laboral;

g) Luchar para que se mejore la seguridad social;

h) Adquirir en forma lícita los bienes necesarios para el adecuado cumplimiento de sus fi nes;

SECCION DO CU MEN TOS OFICIALESMINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL

Page 138: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

138 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

i) Promover eventos nacionales e internacionales de trabajadores con el objeto fundamental de alcanzar la unidad universal del sector laboral;

j) Fomentar la unidad de sus miembros, estrechando por consiguiente la fraternidad y solidaridad con el resto de organizaciones;

k) Velar por el fi el cumplimiento de los derechos laborales emanados de la Constitución y el Código de Trabajo;

1) Procurar por todos los medios posibles la recreación y sano esparcimiento de todos sus miembros afi liados; y,

m) Pertenecer a una Federación de Trabajadores en la medida de lo posible.

CAPÍTULO III

DE LOS MIEMBROS DEL SINDICATO, SUS DERECHOS

Y OBLIGACIONES

Art. 7.- Son miembros del Sindicato los que suscriban el acta de

constitución del mismo y los que con posterioridad ingresen a él, debiendo

reunir los requisitos que para tal efecto se establezcan en los presentes

estatutos.

Art. 8.- Al Sindicato podrán ingresar todos aquellos trabajadores

de la industria textil salvadoreña, que sean mayores de catorce años de

edad y que no pertenezcan a otra organización sindical.

Art. 9.- Todos los miembros afi liados al Sindicato son iguales en el

goce y ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones;

por consiguiente, a nadie podrá reconocérsele ni atribuírsele en ningún

concepto, privilegios en el gobierno, administración y funcionamiento

del Sindicato.

Art. 10.- Para ser miembro afi liado al Sindicato, deben cumplirse

los requisitos siguientes:

a) Ser trabajador dedicado a la industria textil salvadoreña, de conformidad con lo establecido por el Art. 8 de los presentes Estatutos;

b) Solicitar por escrito su admisión, ante los miembros de la Junta Directiva General o Seccional según el caso;

c) Cumplir previamente con el pago de la cuota de admisión; y,

d) Observar buena conducta tanto pública como privada.

Art. 11.- Son obligaciones de los miembros afi liados al Sindicato

los siguientes:

a) Protestar, cumplir y hacer cumplir los presentes Estatutos, así como también los acuerdos y resoluciones que emanen de la Asamblea General o Seccional y de sus Juntas Direc-tivas correspondientes, siempre que tengan como base los derechos y obligaciones regulados en la ley y los presentes Estatutos;

b) Asistir con puntualidad a las sesiones de Asamblea General o Seccional, sean éstas ordinarias o extraordinarias, así como a toda actividad que se realice en benefi cio de la organiza-ción para el logro exclusivo de los distintos objetivos de la misma;

c) Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias señaladas en los presentes Estatutos o que posteriormente acuerde la Asamblea General;

d) Observar buena conducta pública y privada en cualquier ámbito, así como también ser fi el y leal a sus compañeros de organización;

e) Presentar excusa con indicación de causa justifi cada cuando no puedan asistir a una sesión de Asamblea General o Seccional; y,

f) Las demás obligaciones que determinen los presentes Estatutos y reglamento interno del Sindicato.

Art. 12.- Son derechos de los miembros afi liados al Sindicato los

siguientes:

a) Participar activamente con derecho a voz y voto en la delibe-ración o debate de las Asambleas Generales y Seccionales;

b) Elegir y ser electos para los cargos de dirección, comisiones o delegaciones del Sindicato, siempre y cuando se encuentren activos y solventes;

c) Ser representados por el Sindicato a requerimiento escrito de cada miembro afi liado para defender sus derechos laborales; y,

d) Elegir a sus defensores entre los miembros del Sindicato o defenderse personalmente ante la Comisión de Honor y Justicia del mismo.

CAPÍTULO IV

DE LA ESTRUCTURA Y GOBIERNO DEL SINDICATO

Art. 13.- Los órganos de gobierno del Sindicato son:

a) La Asamblea General; y,

b) La Junta Directiva General.

En el caso de las Seccionales por Empresa, los órganos de gobierno

de las mismas serán la Asamblea Seccional y la Junta Directiva Seccional

de cada una de ellas.

SECCIÓN I

DE LA ASAMBLEA GENERAL

Art. 14.- La Asamblea General es la máxima autoridad del Sindi-

cato y estará integrada por la totalidad de miembros afi liados al mismo,

siendo competente para resolver todos aquellos asuntos concernientes

a la organización, sin más limitaciones que las establecidas por la ley

y los presentes Estatutos. La Asamblea General podrá ser Ordinaria o

Extraordinaria; la Ordinaria se reunirá una vez por año y la Extraordinaria

cuando sea convocada por la Junta Directiva General, a iniciativa propia

Page 139: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

139DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

o cuando lo soliciten por escrito por lo menos el veinticinco por ciento

de los miembros activos y solventes afi liados al Sindicato, en cuyo caso

no podrá demorarse su celebración.

Art. 15.- La convocatoria para la celebración de la Asamblea Gene-

ral, sea ésta Ordinaria o Extraordinaria, se hará por cualquier medio de

publicidad escrito, con quince y tres días de antelación respectivamente,

señalando lugar, día y hora de la sesión y la agenda respectiva.

Para que exista quórum legal para la celebración de la Asamblea,

es necesario que concurran a la misma por lo menos la mitad más uno

de los miembros afi liados al Sindicato; en caso de no existir el quórum

requerido para la primera convocatoria, se podrá convocar en el acto

para otra sesión, la cual será considerada como de segunda convocato-

ria, pudiendo ésta celebrarse inmediatamente después de aquella para

la cual no hubo quórum y en este caso la sesión se llevará a cabo con

el número de miembros presentes y las resoluciones y acuerdos que en

ella se tomen serán de acatamiento forzoso para todos los miembros

afi liados al Sindicato.

Art. 16.- En caso de que la Junta Directiva General o Seccional

se negare a convocar, la convocatoria podrán girarla el veinticinco por

ciento como mínimo de los miembros afi liados, fi rmándola y explicando

en la misma el motivo de la Asamblea y por qué se procede de esa forma.

Lo acordado en dicha Asamblea deberá hacerse constar en acta y las

decisiones que allí se tomen serán de acatamiento forzoso para todos

los miembros afi liados.

Art. 17.- En caso de que el Sindicato quedare en acefalia por no

elegir a los miembros de la Junta Directiva General en la fecha que

señalan los presentes Estatutos, podrán convocar a Asamblea General

Extraordinaria, diez o más miembros activos y solventes, quienes fi rma-

rán la convocatoria y harán constar en ella que en esa reunión se tratará

únicamente lo relativo a la acefalia del Sindicato.

Reunida la Asamblea General, se nombrará una Comisión para

que presida la sesión y los acuerdos que ahí se tomen serán válidos y de

acatamiento forzoso para todos los miembros afi liados. Las funciones de

los miembros que conformen la Comisión caducarán al elegir a la nueva

Junta Directiva General del Sindicato. Una vez realizado lo anterior, se

deberá convocar a una nueva Asamblea General Extraordinaria, en la

cual se tratarán y tomarán los acuerdos necesarios para la buena marcha

del mismo.

En caso de que fuese una Seccional la que quedare en acefalia, podrán convocar a sesión de Asamblea Seccional Extraordinaria, cinco o más miembros activos y solventes pertenecientes a la Seccional o en su caso, el Secretario General de la Junta Directiva General del Sindicato, para la celebración de la referida Asamblea, siguiéndose el procedimiento establecido en el inciso 1º del presente Artículo.

Art. 18.- Las Asambleas Generales, sean ordinarias o extraordinarias,

en el desarrollo de sus sesiones se sujetarán a las siguientes reglas:

a) El Secretario General o quien haga sus veces, dará lectura a la agenda y la someterá a consideración de los asistentes para su respectiva aprobación y posteriormente se dará por iniciada la sesión.

b) Puesto a discusión un asunto, el Secretario General o quien haga sus veces, concederá el uso de la palabra, tomando en cuenta el orden de las solicitudes, permitiendo hasta tres oradores a favor y tres en contra; agotada la lista de oradores, consultará a la Asamblea si el asunto se encuentra sufi cientemente discutido y en caso contrario, se procederá de la misma forma hasta agotar el debate.

c) El Secretario General o quien haga sus veces, retirará el uso de la palabra en los casos siguientes:

- Cuando el orador se exprese en forma inadecuada contra alguno de los miembros de la Junta Directiva General o del Sindicato;

- Cuando se haga alusión a hechos que dañen u ofendan la vida privada de alguno de los miembros afi liados al Sindicato;

- Cuando el orador haga referencia a algún asunto que se encuentre fuera del punto en discusión; y,

- Cuando el orador se encuentre bajo los efectos de drogas o bebidas embriagantes.

Art. 19.- Las atribuciones de la Asamblea General, además de las

que señala el Código de Trabajo, son las siguientes:

a) Elegir anualmente a los miembros de la Junta Directiva Ge-neral y Comisiones del Sindicato dentro de los quince días anteriores al cinco de julio de cada año, los cuales podrán ser reelectos total o parcialmente en sus cargos;

b) Aprobar los Contratos Colectivos de Trabajo que sean ne-gociados por la Junta Directiva General del Sindicato o la Comisión que se designe para tal efecto;

c) Aprobar las reformas de los presentes Estatutos;

d) Aprobar el presupuesto anual del Sindicato;

e) Autorizar los gastos mayores de trescientos colones o treinta y cuatro dólares con veintinueve centavos ($ 34.29), siempre que dichos gastos no hayan sido contemplados dentro del presupuesto del Sindicato;

f) Acordar el monto de las cuotas de admisión, así como el de las ordinarias y extraordinarias, el número de veces que en el año de veces pueden cobrarse estas últimas, así como la cantidad máxima que puede cobrarse en concepto de las mismas y la forma de cobrar unas y otras;

g) Remover a los miembros de la Junta Directiva General y Co-misiones del Sindicato, cuando estatutaria o legalmente haya motivo para ello, debiendo elegir al sustituto o sustituta;

h) Acordar, con los dos tercios de votos de los miembros afi lia-dos al Sindicato por lo menos, la disolución voluntaria del Sindicato, de acuerdo con la ley y los presentes Estatutos;

i) Aceptar como miembros afi liados al Sindicato a los empleados de confi anza;

j) Acordar la expulsión de uno o más miembros afi liados al Sindicato, de acuerdo con la ley y los presentes Estatutos;

k) Aprobar las cuentas semestrales que debe rendir la Junta Directiva General;

Page 140: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

140 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

l) Conocer y aprobar la memoria anual presentada a su conside-ración por la Junta Directiva General, la cual será elaborada en base a los informes que rindan cada uno de los Secretarios de la misma;

m) Acordar la afi liación del Sindicato a una Federación y en su caso la desafi liación de la misma, de conformidad con la ley; y,

n) Decidir sobre todos aquellos asuntos que no estén encomen-dados a otros órganos del Sindicato.

SECCIÓN II

DE LA JUNTA DIRECTIVA GENERAL

Art. 20.- La Junta Directiva General tendrá a su cargo la dirección

y administración del Sindicato y estará integrada por once miembros,

los cuales serán distribuidos en las empresas en las que el mismo tenga

afi liados, siendo electos para los cargos siguientes:

1. Secretario General;

2. Secretario de Organización;

3. Primer Secretario de Confl ictos;

4. Segundo Secretario de Confl ictos;

5. Secretario de Finanzas;

6. Secretario de Cultura y Propaganda;

7. Secretario de Asistencia Social;

8. Secretario de Asuntos Juveniles;

9. Secretario de Asuntos Femeninos;

10. Secretario de Relaciones; y,

11. Secretario de Actas y Acuerdos.

Art. 21.- La representación judicial y extrajudicial del Sindicato le

corresponderá al Secretario General, al Secretario de Organización y al

Primer Secretario de Confl ictos de la Junta Directiva General, quienes

podrán actuar conjunta o separadamente; en consecuencia, las personas

antes mencionadas quedan facultadas para suscribir toda clase de contra-

tos, otorgar toda clase de poderes, comparecer en juicios y realizar todas

aquellas acciones en las que se requiere actuar por representación.

Art. 22.- Los miembros de la Junta Directiva General tomarán

posesión y entrarán en el ejercicio de sus cargos el día cinco de julio de

cada año y durarán en el ejercicio de sus funciones un año, pudiendo

ser reelectos total o parcialmente.

Art. 23.- En caso de ausencia, impedimento o muerte de alguno de

los miembros de la Junta Directiva General o Seccional, éste será sus-

tituido por otro según el orden en el que aparecen nominados en el Art.

20 de los presentes Estatutos, teniendo derecho a un voto únicamente.

En todo caso, un miembro no puede desempeñar cargos en más de dos

Secretarías.

Si la ausencia o impedimento durase más de sesenta días o el

miembro hubiere fallecido, se pondrá el hecho en conocimiento de

la Asamblea General, para que ella verifi que la remoción y elección

correspondiente.

Art. 24.- la Junta Directiva General o Seccional saliente estará en

la obligación de entregar a la entrante mediante inventario, todos los

haberes y asuntos que hayan estado a su cargo, en un plazo no mayor

de diez días contados a partir de la fecha de la toma de posesión. Lo

anterior se hará constar en acta, la cual será fi rmada por los miembros

de ambas Juntas Directivas.

Art. 25.- Para ser miembro de la Junta Directiva General se requie-

re:

a) Ser salvadoreño por nacimiento;

b) Ser mayor de dieciocho años de edad;

c) Ser miembro activo y solvente del Sindicato;

d) Ser de honradez notoria;

e) No ser empleado de confi anza ni representante patronal; y,

f) No formar parte de otro órgano de gobierno del Sindicato.

Art. 26.- La Junta Directiva General se reunirá ordinariamente

cada quince días y extraordinariamente cuando sea convocada por el

Secretario General o por tres miembros de la Junta Directiva General.

Los acuerdos tomados por la mayoría obligan a los miembros

ausentes.

Art. 27.- Los miembros de la Junta Directiva General están en la

obligación de asistir a todas las sesiones, bajo pena de hacerse acreedores

a la sanción correspondiente por el incumplimiento de su deber.

Art. 28.- Son atribuciones de la Junta Directiva General, además de

las propias de administrar y dirigir el Sindicato y de las que le impongan

la ley y los presentes Estatutos, las siguientes:

a) Dirigir y resolver todos los asuntos relacionados con el Sindicato que sean de su competencia;

b) Nombrar las comisiones necesarias para el mejor desempeño de sus funciones;

c) Revisar las operaciones contables del Secretario de Finan-zas;

d) Negociar contratos colectivos de trabajo de acuerdo con la ley y los presentes Estatutos;

e) Velar por el cumplimiento de los presentes Estatutos, regla-mento interno del Sindicato y los acuerdos y disposiciones emanados de los órganos de gobierno y dirección del mis-mo;

Page 141: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

141DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

f) Convocar a Asamblea General, sea ésta Ordinaria o Extraor-dinaria, en la forma y casos establecidos por la ley y los presentes Estatutos;

g) Presentar ante la Asamblea General al iniciar su gestión, el presupuesto anual del Sindicato para su aprobación;

h) Presentar semestralmente en sesión de Asamblea General Extraordinaria, un informe detallado de las labores realizadas por el Secretario de Finanzas, así como del respectivo balance, los cuales deberán ser fi rmados por todos los miembros de la Junta Directiva General;

i) Atender y resolver todas las solicitudes y reclamos que pre-senten los miembros afi liados, velando porque los derechos de los mismos sean respetados;

j) Elaborar la memoria anual del Sindicato y presentarla a la Asamblea General para su aprobación;

k) Vigilar las actividades realizadas por las Seccionales, así como las actividades desarrolladas por las comisiones que las mismas nombren al efecto;

1) Autorizar por mayoría de votos los gastos menores a quinien-tos colones o cincuenta y siete dólares con catorce centavos ($57.14);

m) Depositar los fondos y valores del Sindicato en una o más instituciones bancarias de la República, sin perjuicio del mantenimiento de un fondo de reserva para atender los gastos administrativos urgentes;

n) Rendir cuentas cada seis meses a la Asamblea General Ex-traordinaria sobre el estado económico del Sindicato o cuando lo solicite por escrito la Comisión de Hacienda o diez o más miembros afi liados al Sindicato;

o) Llevar un libro para el registro de los miembros afi liados al Sindicato, uno de actas de Junta Directiva General, uno de actas de Asamblea General y los de contabilidad que fueren necesarios; tales libros serán autorizados y sellados por el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social;

p) Enviar cada año al Departamento mencionado en el literal anterior, la nómina actualizada de los miembros afi liados al Sindicato, indicando la edad, nacionalidad, fecha de ingreso al Sindicato y puesto que los mismos desempeñen en la empresa;

q) Informar al mismo Departamento, los nombres de los miembros de la Junta Directiva General, dentro de los diez días siguien-tes a aquel en que hayan tomado posesión de sus cargos. La calidad de miembros de una Junta Directiva se tendrá desde el momento de la toma de posesión expresada, siempre que el informe dicho se hubiera dado dentro del término establecido y que además sea seguido de la correspondiente inscripción. Si el informe se diere después de vencido el plazo mencio-nado, la calidad de miembro directivo se reconocerá a partir de la fecha en que aquel se haya presentado al Departamento respectivo, siempre que fuere seguido de inscripción.

r) Comunicar al Departamento Nacional de Organizaciones So-ciales del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, los casos de renuncia, sustitución, suspensión, destitución o expulsión de los miembros afi liados al Sindicato, con expresión de los motivos que fundamentan tal circunstancia, dentro de los diez días siguientes contados desde que fueron acordadas las mismas. La renuncia a la calidad de miembro afi liado al Sindicato deberá presentarse por escrito a la Junta Directiva General y el miembro de ésta que lo reciba entregará al in-teresado constancia del día y la hora de la presentación. Si el Sindicato hubiera expulsado a uno de sus miembros, la Junta Directiva General deberá comunicar al patrono tal situación,

dentro de los diez días siguientes al de la expulsión y en este caso, así como cuando el trabajador le exhiba la constancia de haber sido expulsado, el patrono cesará en la retención de las cuotas sindicales;

s) Colectar las cuotas sindicales a través del Secretario de Fi-nanzas, cuando no sean descontadas por la empresa, debiendo extender en todo caso el recibo correspondiente;

t) Proporcionar los libros del Sindicato a los delegados del Ministerio de Trabajo y Previsión Social y de Economía, cuando éstos así lo soliciten;

u) Vigilar las votaciones en las Asambleas Generales, especial-mente en lo relativo a la singularidad y secreto del voto;

v) Extender carnets de identifi cación a los miembros de las comisiones o delegaciones que se nombren, según el caso; y,

w) Decidir sobre todos aquellos asuntos que no estén encomen-dados a otros órganos del Sindicato.

SECCIÓN III

DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA

DIRECTIVA GENERAL

Art. 29.- Son atribuciones y deberes del Secretario General:

a) Convocar y presidir las sesiones de Junta Directiva General y de Asamblea General, sean éstas Ordinarias o Extraordi-narias;

b) Coordinar la actuación de los demás miembros de la Junta Directiva General;

c) Firmar todos los documentos relacionados con el Sindicato, tales como cheques, bonos, carnets de identifi cación de los miembros afi liados al mismo, etc.;

d) Rendir cada tres meses a los demás miembros de la Junta Directiva General, un informe detallado de sus actividades; asimismo, deberá rendir semestralmente dicho informe a la Asamblea General Extraordinaria;

e) Juramentar a los nuevos miembros afi liados al Sindicato, así como a los miembros de la Junta Directiva General o Seccional y a las Comisiones del mismo;

f) Vigilar el estricto cumplimiento de los presentes Estatutos, reglamento interno del Sindicato y de los acuerdos y dispo-siciones emanadas de los órganos de gobierno y dirección del Sindicato;

g) Informar a la Junta Directiva General y a la Comisión de Honor y Justicia, sobre las faltas cometidas por los miembros afi liados al Sindicato, a fi n de que se impongan las medidas disciplinarias correspondientes;

h) Elaborar la agenda para las sesiones de Junta Directiva General y de Asamblea General; e,

i) Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato, con-junta o separadamente con Secretario de Organización y con el Primer Secretario de Confl ictos del mismo.

Art. 30.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Organiza-

ción:

a) Asumir la dirección de la Junta Directiva General y de la Asamblea General, en caso de ausencia justifi cada del Se-cretario General;

Page 142: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

142 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

b) Llevar un libro para el registro de los miembros afi liados al Sindicato, en el que se detallen las generales de los mismos, a fi n de que sirva de base a la Asamblea General para los nombramientos y elecciones que efectúe;

c) Mantener activa la labor de organización con el objeto de que pertenezcan al Sindicato la mayoría de trabajadores de la industria textil salvadoreña; y,

d) Representar judicial y extrajudicialmente al Sindicato, con-junta o separadamente con el Secretario General y con el Primer Secretario de Confl ictos del mismo.

Art. 31.- Son atribuciones y deberes del Primer y Segundo Secretario de Confl ictos:

a) Asistir y defender a los miembros afi liados al Sindicato en los confl ictos y litigios que se presenten con los patronos o los representantes de éstos o ante las autoridades del Ministerio de Trabajo, administrativas, etc.;

b) Estudiar cuidadosamente las leyes de trabajo y la legislación en general;

c) Presentar a la Junta Directiva General y a la Asamblea General, proyectos de leyes de trabajo o reformas a las ya vigentes, para que éstas las presenten a las autoridades correspondientes;

d) Velar por el respeto de los derechos de los trabajadores de la industria textil salvadoreña;

e) Procurar por todos los medios posibles, la armonía de los miembros afi liados al Sindicato, así como la efi cacia de los presentes Estatutos, reglamento interno del Sindicato y los acuerdos y disposiciones emanadas de los órganos de gobierno y dirección, para favorecer la buena marcha y desarrollo del Sindicato;

f) Informar debidamente a la Junta Directiva General y a la Asamblea General sobre los incidentes que ocurrieren a los miembros afi liados al Sindicato, con el objeto de evitar futuros confl ictos y en caso de huelga velar porque ésta se acuerde de conformidad a la ley;

g) Luchar porque se establezcan mejores condiciones de trabajo para los miembros afi liados al Sindicato y trabajadores en general;

h) Velar porque se cumplan las estipulaciones contenidas en los contratos colectivos de trabajo y comunicar a la mayor brevedad posible a la Junta Directiva General sobre cualquier violación e incumplimiento de los mismos; e,

i) En el caso del Primer Secretario de Confl ictos, representar judicial y extra judicialmente al Sindicato, conjunta o se-paradamente con Secretario General y con el Secretario de Organización del mismo.

Art. 32.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Finanzas:

a) Elaborar el presupuesto anual del Sindicato, el cual deberá ser elaborado de acuerdo a las disposiciones de la Asamblea General y aprobado por la misma;

b) Custodiar los bienes del Sindicato;

c) Responder del estado de caja, así como de todos los movi-mientos fi nancieros del Sindicato;

d) Llevar en forma debida los libros de contabilidad que sean necesarios, los cuales deberán ser previamente autorizados por el Departamento respectivo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social;

e) Firmar todos los documentos que tengan relación con su Secretaría y rendir un informe semestral a la Asamblea General sobre el estado económico del Sindicato, así como cuando lo soliciten por escrito diez o más miembros afi liados al mismo;

f) Recolectar las cuotas ordinarias y extraordinarias, debiendo extender en todo caso los recibos correspondientes;

g) Planear las actividades recreativas de los miembros afi liados al Sindicato, conjuntamente con el Secretario de Cultura y Propaganda y con el Secretario de Asistencia Social; y,

h) Rendir semestralmente un informe detallado de todas sus actividades a la Junta Directiva General y a la Asamblea General.

Art. 33.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Cultura y

Propaganda:

a) Organizar cursos de capacitación sindical para los miembros afi liados al Sindicato;

b) Preparar todo tipo de actos culturales, festivales y conferencias en relación con la Organización Sindical;

c) Crear y dirigir el órgano ofi cial de divulgación del Sindica-to;

d) Crear y administrar la biblioteca del Sindicato;

e) Dar a conocer a todos los miembros afi liados, por cualquier medio de difusión, los principios y objetivos del Sindicato, sus programas de lucha y la labor que en tal sentido realiza;

f) Contestar o aclarar toda aquella información que afecte o pueda afectar a los intereses del Sindicato y de sus miembros afi liados; y,

g) Redactar el boletín informativo del Sindicato para que sea repartido en las Seccionales del mismo.

Art. 34.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Asistencia Social:

a) Estar pendiente del estado de salud de los miembros afi liados al Sindicato y ponerlos en manos del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), cuando sea necesario;

b) Velar porque en todos los centros de trabajo se cumpla con la legislación en materia de seguridad y previsión social, exigiendo que en los mismos también se cumpla con las prescripciones sobre seguridad e higiene en el trabajo y sobre riesgos profesionales; y,

c) Ilustrar a todos los miembros afi liados sobre los conocimientos que obtenga en esta materia por medio de pláticas u otros medios de divulgación.

Art. 35.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Asuntos

Juveniles:

a) Estudiar las necesidades laborales, sociales y culturales de la juventud salvadoreña, en especial en la industria textil salvadoreña y buscar soluciones a las mismas;

b) Impulsar el deporte, la educación física y el sano esparcimiento entre los jóvenes;

c) Velar por el derecho de los jóvenes en lo que se refi ere al aprendizaje y perfeccionamiento técnico laboral, así como su promoción; y,

Page 143: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

143DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

d) Establecer y desarrollar relaciones de apoyo y solidaridad con las Secretarías de Asuntos Juveniles de otros Sindicatos, así con organismos juveniles nacionales e internacionales.

Art. 36.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Asuntos Femeninos:

a) Defender y hacer respetar los derechos de la mujer que se encuentran consignados en la Constitución Política y en las leyes del país;

b) Establecer y mantener relaciones de apoyo y solidaridad con otras organizaciones destinadas a la defensa de los derechos de la mujer, nacionales e internacionales;

c) Organizar conferencias de prensa sobre problemas específi cos que afectan a la mujer salvadoreña, específi camente en el ámbito de la industria textil y buscar soluciones a los mismos; y,

d) Estudiar la situación de la mujer trabajadora, especialmente en la industria textil salvadoreña y elaborar proyectos para su mejoramiento económico, social, laboral y cultural.

Art. 37.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Relacio-nes:

a) Establecer relaciones con organizaciones nacionales e inter-nacionales afi nes al Sindicato;

b) Recibir y contestar la correspondencia relacionada con el Sindicato; y,

c) Estrechar los vínculos con las demás Organizaciones Sindi-cales, para el mutuo entendimiento y solución de problemas de carácter laboral, social y económico.

Art. 38.- Son atribuciones y deberes del Secretario de Actas y Acuerdos:

a) Asistir a las sesiones de Junta Directiva General y de Asamblea General, dando toda la información necesaria que al respecto se le solicite;

b) Llevar debidamente asentadas y de forma ordenada, las ac-tas de sesiones de Junta Directiva General y de Asambleas Generales, en los libros correspondientes;

c) En los casos necesarios, autorizar con su fi rma los acuerdos y disposiciones tomados por el Secretario General, de con-formidad a los presentes Estatutos;

d) Extender, conjuntamente o separadamente con el Secretario General, las certifi caciones de actas o puntos de actas de Junta Directiva General o de Asamblea General; y,

e) Certifi car, conjunta o separadamente con el Secretario General, las actas de sesiones Junta Directiva General y de Asamblea General, así como también los acuerdos tomados por las mismas.

CAPÍTULO V

DE LA ORGANIZACIÓN Y JURISDICCIÓN DE LAS

SECCIONALES POR EMPRESA

Art. 39.- La Junta Directiva General a iniciativa propia o a solicitud

de la Asamblea General, podrá acordar la constitución de Seccionales por

Empresa, previo estudio de la necesidad y conveniencia de las mismas.

En el acuerdo de constitución se deberá hacer constar la jurisdicción y

sede de la Seccional por Empresa, así como el número de miembros

que inicialmente habrán de constituirla. Acordado lo anterior, la Junta

Directiva General convocará a los miembros afi liados al Sindicato que

laboran en la jurisdiccional de la Seccional por Empresa, a una Asam-

blea de Constitución, debiendo señalar para tal efecto el día y hora de

la sesión.

Art. 40.- Reunida la Asamblea de Constitución a que se refi ere

el Artículo anterior, la misma será presidida por los miembros de la

Junta Directiva General o por los delegados que ésta nombre para tal

efecto, quienes harán del conocimiento de los concurrentes el acuerdo

de constitución tomado, procediendo, si hubiera el quórum necesario,

a elegir a la primer Junta Directiva Seccional, cuyos miembros deberán

reunir los requisitos establecidos en el Art.25 de los presentes Estatutos

y además, que laboren para la respectiva empresa.

De todo lo actuado se levantarán las actas respectivas, las cuales

se certifi carán y se enviarán al Departamento respectivo del Ministerio

de Trabajo y Previsión Social, para que sea inscrita la primera Junta

Directiva Seccional.

SECCIÓN I

DE LAS ASAMBLEAS SECCIONALES POR EMPRESA

Art. 41.- Las Asambleas Seccionales se integrarán por todos los

miembros afi liados al Sindicato pertenecientes a la misma, pudiendo ser

Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Seccionales Ordinarias se

reunirán cada año en la fecha de constitución de la Seccional, debiendo ser

convocadas por lo menos con quince días de antelación. Las Asambleas

Seccionales Extraordinarias se reunirán cuando sean convocadas por la

Junta Directiva Seccional o cuando lo soliciten por escrito por lo menos

el veinticinco por ciento de los miembros activos y solventes afi liados

a la misma, debiendo ser convocadas con tres días de anticipación; en

este último caso, las Juntas Directivas Seccionales por ningún motivo

podrán demorar la respectiva convocatoria.

Las Asambleas Seccionales, sean Ordinarias o Extraordinarias, se

sujetarán a las disposiciones establecidas en los Artículos 15, 16 y 18 de

los presentes Estatutos.

Art. 42.- Son atribuciones de la Asamblea Seccional las siguien-

tes:

a) Elegir anualmente a los miembros de la Junta Directiva Seccional dentro de los quince días anteriores a la fecha de aniversario de constitución de la Seccional respectiva, así como también a los delegados que representarán a la misma en la Asamblea General del Sindicato;

Page 144: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

144 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

b) Aprobar el presupuesto anual de ingresos y egresos en las partidas relativas a las Seccionales;

c) Aprobar las cuentas anuales que debe rendir la Junta Directiva Seccional;

d) Aprobar los contratos y convenios colectivos de trabajo relacionados con la Seccional respectiva;

e) Acordar la destitución de los miembros de la Junta Directiva Seccional, cuando legal o estatutariamente haya motivo para ello;

f) Acordar la expulsión de uno o más miembros de la Seccional respectiva, de conformidad a los presentes Estatutos;

g) Aceptar como miembros afi liados a la Seccional a los em-pleados de confi anza;

h) Acordar la disolución de la Seccional con apego a la ley y a los presentes Estatutos; e,

i) Decidir sobre todos aquellos asuntos que interesen exclusi-vamente a la Seccional y que no estén encomendados a otro órgano de la misma.

SECCIÓN II

DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS SECCIONALES

POR EMPRESA

Art. 43.- La Junta Directiva Seccional asumirá la dirección y

administración de la Seccional por Empresa y se compondrá de siete

miembros, los cuales deberán reunir los mismos requisitos exigidos por los

presentes Estatutos para los miembros de la Junta Directiva General.

Art. 44-. Los miembros de la Junta Directiva Seccional serán electos

para los cargos siguientes:

1. Secretario General;

2. Secretario de Organización;

3. Primer Secretario de Confl ictos;

4. Segundo Secretario de Confl ictos;

5. Secretario de Finanzas;

6. Secretario de Cultura y Propaganda; y,

7. Secretario de Actas y Acuerdos.

Art. 45.- Los miembros de la Junta Directiva Seccional tomarán

posesión y entrarán en el ejercicio de sus cargos en la fecha de aniversario

de constitución de la Seccional respectiva.

Art. 46.- La representación judicial y extrajudicial de la Seccional

por Empresa, le corresponderá conjunta o separadamente al Secretario

General, al Secretario de Organización y al Primer Secretario de Con-

fl ictos de la Junta Directiva Seccional, los cuales la ejercerán únicamente

dentro de su competencia.

Art. 47.- En los casos de ausencia, impedimento o fallecimiento de

cualquiera de los miembros de la Junta Directiva Seccional, se aplicará

lo dispuesto en el Art. 23 de los presentes Estatutos.

Art. 48.- Los miembros de la Junta Directiva Seccional tendrán

en su respectiva esfera y cargo, las mismas atribuciones señaladas para

los miembros de la Junta Directiva General, excepto en la que se refi ere

a la representación judicial y extrajudicial del Sindicato, la cual será

exclusiva del Secretario General, del Secretario de Organización y del

Primer Secretario de Confl ictos del mismo.

CAPITULO VI

DE LAS COMISIONES DEL SINDICATO

SECCIÓN I

DE LA COMISIÓN DE HACIENDA

Art. 49.- Se crea la Comisión de Hacienda, la cual controlará la

correcta distribución e inversión de los fondos aprobados en el presupuesto

anual del Sindicato o Seccional según el caso.

Art. 50.- La Comisión de Hacienda estará formada por tres miem-

bros de reconocida honorabilidad y capacidad, quienes serán electos

para el período de un año, en la misma Asamblea en la que se elige a

los miembros de la Junta Directiva General o Seccional según el caso,

tomando posesión de sus cargos en la misma fecha de estas últimas.

De esta comisión no podrán formar parte quienes desempeñen otros

cargos de gobierno y dirección dentro del Sindicato o la Seccional y

sus miembros deberán reunir los requisitos exigidos en los presentes

Estatutos para formar parte de la Junta Directiva respectiva.

Art. 51.- La Comisión de Hacienda tendrá las siguientes atribucio-

nes:

a) Revisará, siempre que lo crea conveniente, el estado de cuentas del Secretario de Finanzas de la Junta Directiva General o Seccional, ya sea personalmente o por medio de auditor que a solicitud de aquella nombra la Asamblea respectiva;

b) Convocará a Asamblea General o Seccional, cuando compro-bare con amplio detalle hechos que constituyan malversación de fondos sindicales, debiendo realizar por escrito el informe correspondiente;

c) Podrá actuar a iniciativa propia, a solicitud de la Junta Di-rectiva General o Seccional o cuando recibiere instrucciones especiales de la Asamblea General o Seccional;

d) Para el mejor desarrollo de sus actividades, podrá asesorarse permanentemente por una persona versada en asuntos con-tables, nombrada a su elección y con la ratifi cación de la Asamblea General o Seccional; y,

e) Cuando comprobare anomalías en el manejo de los fondos, remitirá el caso a la Comisión de Honor y Justicia para que

Page 145: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

145DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

ésta sugiera la sanción aplicable al caso y sea la Asamblea General o Seccional la que decida imponer o no dicha san-ción.

SECCIÓN II

DE LA COMISIÓN DE HONOR Y JUSTICIA

Art. 52.- Se crea la Comisión de Honor y Justicia, la cual se encar-

gará de vigilar el cumplimiento de los presentes Estatutos, estudiará toda

denuncia interpuesta sobre el incumplimiento del mismo y remitirá el

caso respectivo a la Asamblea o a la Junta Directiva General o Seccional,

para la aplicación de la sanción correspondiente.

Art. 53.- La Comisión de Honor y Justicia estará formada por tres

miembros de reconocida honorabilidad y capacidad, quienes serán electos

para el período de un año, en la misma Asamblea en la que se elige a los

miembros de la Junta Directiva General o Seccional, tomando posesión

de sus cargos en la misma fecha de éstas. De esta comisión no podrán

formar parte quienes desempeñen otros cargos de gobierno y dirección

dentro del Sindicato o la Seccional y sus miembros deberán reunir los

requisitos exigidos en los presentes Estatutos para formar parte de la

Junta Directiva General.

Art. 54.- La Comisión de Honor y Justicia en el ejercicio de sus

funciones, se sujetará a las siguientes reglas:

a) Conocerá de los hechos que sean de su competencia, ya sea de ofi cio o mediante denuncia escrita que ante ella hagan los miembros afi liados, los organismos de dirección del Sindicato o Seccional o la Comisión de Hacienda;

b) Recabará en todo caso la información necesaria, utilizando para tal efecto los medios probatorios posibles;

c) Hará saber por escrito la denuncia al acusado, el cual tendrá derecho a defenderse personalmente o por medio de defen-sores, los cuales no podrán ser más de dos;

d) Transcurridos ocho días respecto a las personas naturales y quince días respecto a los órganos de dirección y Comisiones del Sindicato, si éstos no comunicaren por escrito que se defenderán ellos mismos o los nombres de los defensores, la Comisión les nombrará uno o dos defensores de ofi cio, los cuales serán miembros activos y solventes del Sindicato o Seccional;

e) Concluido el procedimiento anterior y las investigaciones necesarias, la Comisión de Honor y Justicia dará su dictamen y lo pondrá en conocimiento de los organismos competentes para imponer la sanción correspondiente.

Art. 55.- En los casos en los que proceda las sanciones de amones-

tación, suspensión de derechos sindicales, destitución de los miembros

de la Junta Directiva respectiva o Comisiones y en los casos de expul-

sión de algún miembro afi liado al Sindicato, conocerá la Comisión de

Honor y Justicia, ya sea de ofi cio o por denuncia hecha por alguno de

los miembros afi liados al Sindicato.

La Comisión recabará toda la información necesaria, utilizando

todos los medios de probatorios posibles; cuando se tratare de imponer

las sanciones de destitución y/o expulsión, la Comisión pondrá el caso

en conocimiento de la Asamblea General o Seccional, recomendándole

la solución que conforme a la Ley y los presentes Estatutos sea la más

conveniente, siendo estas últimas las que decidan en defi nitiva, impo-

niendo la sanción o absolviendo al acusado.

CAPITULO VII

DE LAS VOTACIONES Y ELECCIONES

Art. 56.- En el caso de elección de los miembros de la Junta Di-

rectiva General o Seccional y de las Comisiones del Sindicato y en el

caso de aprobación de memorias o cuentas que deben rendir las Juntas

Directivas respectivas, el voto será individual y secreto; en los demás

casos será público o secreto según lo determinado por la ley o la Asamblea

respectiva.

Art. 57.- Cuando el voto sea público, se emitirá en la forma deter-

minada por la Asamblea General o Seccional y su recuento se realizará

por los miembros de la Junta Directiva respectiva.

Art. 58.- Cuando el voto sea secreto, se procederá de la siguiente

forma:

a) El voto será emitido en papeletas que a cada uno de los votantes proporcionará la Junta Directiva respectiva.

b) Luego de que se hayan realizado las proposiciones pertinentes, se llenarán las papeletas y una vez verifi cado lo anterior, el recuento de los votos será realizado por la Junta Directiva respectiva o por la Comisión de Escrutinio nombrada para tal efecto y el resultado obtenido se comunicará inmediatamente a la Asamblea General o Seccional. En caso de que no pudiere verifi carse el escrutinio inmediatamente, se depositarán los votos recogidos en una urna sellada, se determinará el número de votos que ésta contenga y el resultado se hará saber por cualquier medio publicitario escrito que garantice su cono-cimiento a todas las afi liadas y afi liados. De todo lo anterior se levantará acta, la cual será fi rmada por la Junta Directiva respectiva o por la Comisión de Escrutinio, estando obligada éstas a poner en conocimiento de la próxima Asamblea General o Seccional dicho documento, el cual se transcribirá íntegro en el acta que de esa Asamblea se levante.

Art. 59.- La Asamblea General o Seccional, previo establecimiento

de ofi cio o por denuncia de terceros, de anomalías o irregularidades que

hayan ocurrido en el proceso electoral, declarará total o parcialmente nulas

las elecciones y remitirá el caso a la Comisión de Honor y Justicia, para

la valoración de las sanciones correspondientes. La Asamblea General

o Seccional deberá ordenar la realización de nuevas elecciones.

Page 146: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

146 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

CAPITULO VIII

DEL PATRIMONIO DEL SINDICATO

Art. 60.- El patrimonio del Sindicato estará constituido por las

cuotas de admisión que aporten los afi liados de nuevo ingreso, así como

por las cuotas ordinarias y extraordinarias que aporten los que ya son

miembros del mismo. También estará constituido por los bienes muebles

e inmuebles y además, por las aportaciones, donaciones, multas y demás

actividades fi nancieras que se hicieren a favor del Sindicato.

Art. 61.- Los miembros del Sindicato aportarán para el sostenimiento

del mismo las siguientes cuotas sindicales:

a) Cuota de admisión, en el caso de los miembros de nuevo ingreso;

b) Cuotas ordinarias; y,

c) Cuotas extraordinarias.

Art. 62.- La cuota de admisión será de diez colones o uno catorce

de dólar ($ 1.14) y deberá ser pagada al Secretario de Finanzas, quien

extenderá el recibo correspondiente, en presencia del Secretario de Or-

ganización, el cual lo registrará y le extenderá su carné de identifi cación

como miembro afi liado al Sindicato.

Art. 63.- La cuota ordinaria será de diez colones o uno catorce

de dólar ($ 1.14) mensual y las extraordinarias serán acordadas por la

Asamblea General o Seccional en casos imprevisto o urgentes, no pu-

diendo exceder su monto en ningún caso de diez colones o uno catorce

de dólar ($ 1.14), ni exigirse más de seis veces en el año.

Art. 64.- Las cuotas estipuladas son obligatorias para todos los

miembros afi liados al Sindicato.

Art. 65.- El patrimonio de las Seccionales por Empresa estará

formado por el veinticinco por ciento de las cuotas ordinarias y extraor-

dinarias que aporten los miembros afi liados a la Seccional respectiva y

además por las donaciones que ésta reciba a su favor; el setenta y cinco

por ciento restante pasará a formar parte del patrimonio del Sindicato

.

Art. 66.- Los fondos del Sindicato, así como los de cada Seccional,

deberán permanecer depositados en una o más instituciones bancarias

de la República, a disposición de los mismos, dejando en poder del

Secretario de Finanzas de la Junta Directiva respectiva, la cantidad de

trescientos colones o treinta y cuatro dólares con veintiocho centavos

($ 34.28) para gastos imprevistos o urgentes.

Art. 67.- Para el retiro parcial o total de los fondos del Sindicato

o de la Seccional, se requieren en el respectivo cheque las fi rmas del

Secretario General y del Secretario de Finanzas de la Junta Directiva

respectiva, quienes para tal efecto las registrarán previamente en las

instituciones bancarias correspondientes.

Art. 68.- La Junta Directiva General o Seccional, está facultada

para hacer efectivas las cuotas de los miembros afi liados al Sindicato

o la Seccional respectiva, a través del Secretario de Finanzas, el cual

deberá extender en todo caso el recibo correspondiente.

La Junta Directiva General comunicará a las empresas en donde

el Sindicato tenga miembros afi liados, el nombre de éstos, para que se

hagan efectivos los descuentos de las cuotas sindicales; esta comunicación

se hará a través del Departamento Nacional de Organizaciones Sociales

del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Art. 69.- La distribución y autorización de egresos de los fondos del

Sindicato o la Seccional en su caso, se realizará de la siguiente forma:

a) Los gastos de hasta trescientos colones o treinta y cuatro dólares con veintiocho centavos ($ 34.28) serán autorizados por el Secretario General de la Junta Directiva respectiva;

b) Los gastos de hasta seiscientos colones o sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos ($ 68.57), serán autorizados por los miembros de la Junta Directiva General respectiva; y,

c) Los gastos mayores de seiscientos colones o sesenta y ocho dólares con cincuenta y siete centavos ($ 68.57), sólo podrán ser autorizados por la Asamblea General o Seccional respec-tiva;

El noventa por ciento de los fondos se destinará para los gastos

administrativos del Sindicato o la Seccional respectiva; el diez por ciento

restantes, se destinará para el fondo de reserva de los mismos. En caso

de que el fondo se gastare parcial o totalmente, se procurará reintegrarlo

tantas veces como se utilice.

Art. 70.- Los miembros de la Junta Directiva General y Seccional

son solidariamente responsables de la custodia, manejo e inversión de

los fondos del Sindicato o de la Seccional en su caso.

CAPITULO IX

DE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Art. 71.- Se establecen como sanciones las siguientes:

a) Amonestación pública o privada;

b) Suspensión de derechos sindicales;

c) Destitución de los órganos de gobierno y dirección; y,

d) Expulsión del Sindicato.

Page 147: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

147DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 28 de Septiembre de 2007.

Estas medidas disciplinarias serán aplicadas por la Junta Directiva

General o Seccional o por la Asamblea General o Seccional según el

caso.

Art. 72.- Se aplicarán las sanciones de amonestación y la suspen-

sión de derechos sindicales a los miembros afi liados al Sindicato hasta

por un máximo de treinta días según la gravedad de la falta, teniendo

previo conocimiento de ello la Comisión de Honor y Justicia, en los

casos siguientes:

a) Falta de pago de las cuotas sindicales sin motivo justifi ca-do;

b) Negarse a desempeñar las comisiones encomendadas sin justa causa;

c) Difamar a la Organización, a sus dirigentes o a sus miembros afi liados;

d) Negarse a votar en asuntos de importancia sindical;

e) Negarse a cumplir los acuerdos y disposiciones provenientes de los órganos de gobierno y dirección; y,

f) Presentarse a las sesiones en estado inconveniente o alterar el orden establecido en ellas.

Art. 73.- Son causas de destitución de sus cargos para los miem-

bros de la Junta Directiva General o Seccional o de las Comisiones las

siguientes:

a) Falta de efi ciencia o dedicación en el desempeño de sus funciones;

b) Usurpación de funciones;

c) Cometer o propiciar el fraude electoral;

d) Aprovechamiento en sus funciones para obtener ventajas personales;

e) Manejo fraudulento de los fondos de la Organización;

f) Labor disociadora sindical; y,

g) Otras causas análogas.

Art. 74.- Son causas de expulsión del Sindicato las siguientes:

a) Prestarse a maniobras patronales;

b) Negación constante al cumplimiento de los presentes Estatutos, reglamento interno del Sindicato, acuerdos y demás disposicio-nes provenientes de los órganos de gobierno y dirección;

c) Fraude o malversación de fondos sindicales;

d) Labor de separación o disolución entre los miembros afi lia-dos;

e) Traición al Sindicato;

f) Grave daño moral o material en la persona y bienes del Sin-dicato o de los representantes de los órganos de gobierno y dirección del mismo; y,

g) Otras faltas de igual gravedad.

CAPITULO X

DE LA DISOLUCIÓN DEL SINDICATO

Art. 75.- La disolución voluntaria del Sindicato sólo podrá acor-

darse en Asamblea General convocada al efecto, con el voto de las dos

terceras partes por lo menos de los miembros afi liados al Sindicato, los

cuales deberán encontrarse activos y solventes.

Art. 76.- Decretada la disolución conforme al Artículo anterior, la

Asamblea General nombrará un delegado para que, conjuntamente con

los delegados gubernamentales, proceda a liquidar los fondos y valores

del Sindicato.

Art. 77.- Practicada la liquidación del Sindicato conforme a la ley,

los fondos y valores del mismo pasarán a formar parte del patrimonio

de la Federación a la cual estuviere afi liado el Sindicato al momento de

la disolución; caso contrario, pasarán a formar parte de la Asociación o

Fundación que decida la Asamblea General al momento de acordar la

disolución del Sindicato.

Art. 78.- Para acordar la disolución y liquidación de una Seccio-

nal con arreglo a la ley y a los presentes Estatutos, se convocará a los

afi liados del Sindicato a una Asamblea General en la que se expondrá la

conveniencia del caso, siendo ésta la que determine lo más conveniente.

Practicada la liquidación de la Seccional, los fondos y valores de la misma

pasarán bajo control de la Junta Directiva General para benefi cio de todo

el Sindicato.

CAPITULO XI

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Art. 79.- El Sindicato no persigue actividades de otra índole fuera

de las exigidas exclusivamente a defender los intereses económicos y

sociales de los trabajadores. Por lo tanto, queda absolutamente prohibida

la discusión de temas políticos, partidistas, confesionales o religiosos

en el seno del mismo. Estas restricciones no implican menoscabo de los

derechos que cada miembro afi liado le corresponden como ciudadano.

Art. 80.- Las obligaciones contraídas por los miembros de la

Junta Directiva General o Seccional, obligan al Sindicato, siempre que

aquellos obren dentro de las facultades que los presentes Estatutos les

confi eren.

Page 148: diario 28 septiembre - biblioteca.utec.edu.svbiblioteca.utec.edu.sv/siab/virtual/DiarioOficial/publicaciones2007/septiembre/... · transcripciones cuyos originales lleguen en forma

148 DIARIO OFICIAL Tomo Nº 376

Art. 81.- La Junta Directiva General podrá exonerar del pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al miembro que lo solicite, siempre que dicha solicitud tenga como causa el desempleo, la enfer-medad prolongada del solicitante o la de sus padres, esposa o hijos que dependan económicamente de él, debiendo en todo caso comprobar tal circunstancia.

Art. 82.- El Sindicato está obligado a respaldar con su apoyo moral a toda aquella persona que demuestre ser miembro del mismo.

Este apoyo moral estará sujeto a las disposiciones establecidas en el reglamento interno del Sindicato.

Art. 83.- Al Sindicato le está prohibido acordar o fomentar huelgas no reconocidas por el Código de Trabajo.

Art. 84.- Ningún miembro afi liado al Sindicato podrá murmurar ni hacer difamaciones en contra de los acuerdos y disposiciones emanados de los órganos de gobierno y dirección del Sindicato o la Seccional en su caso, así como tampoco contra ningún otro miembro afi liado; de toda insatisfacción o duda que se tenga se podrá pedir explicaciones a los organismos directivos y toda crítica se hará de forma verbal o escrita ante la Junta Directiva o Asamblea respectiva.

Art. 85.- El Sindicato no hará uso únicamente de la disciplina para el mejor desenvolvimiento del mismo, sino que también sabrá premiar los buenos actos y la buena conducta de sus miembros afi liados, conforme a lo establecido en el reglamento interno del mismo.

Art. 86.- Los miembros de la Junta Directiva General o Seccional ac-tuarán según las atribuciones establecidas en los presentes Estatutos.

Art. 87.- Los presentes estatutos podrán ser reformados total o parcialmente cuando sean defi cientes en sus postulados para las as-piraciones de los miembros afi liados al Sindicato y para superarlos o perfeccionarlos, para lo cual será necesario el voto de la mitad más uno de los miembros afi liados, en Asamblea General convocada al efecto.

Art. 88.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia ocho días después de la fecha de su publicación en el Diario Ofi cial.

‘’’’’’’’’Res. 16/2007. MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: San Salvador, a las nueve horas del día catorce de septiembre del año dos mil siete.

Vista la solicitud presentada a las catorce horas con cuarenta y dos minutos del día doce de julio del presente año, por la señora María Rosa Sánchez de Gutiérrez, en su calidad de Presidenta de la Junta Directiva Provisional del Sindicato en formación denominado SINDICATO DE LA INDUSTRIA TEXTIL SALVADOREÑA, cuyas siglas son SITS, relativa a que se apruebe el texto de sus Estatutos y se le conceda per-sonalidad jurídica al mismo, este Ministerio CONSIDERANDO: I) Que de conformidad al acta notarial otorgada a las nueve horas del día cinco de julio del año dos mil siete por el notario Carlos Edilberto Rodríguez Vigil, se CONSTITUYÓ el Sindicato antes mencionado, como un Sin-dicato de Industria, con la presencia de TREINTA Y CINCO miembros fundadores; II) Que en cumplimiento a lo dispuesto por el Art. 219 inciso 2o del Código de Trabajo y mediante autos emitidos el día trece de julio del presente año, este Ministerio libró ofi cios a los represen-tantes legales de las Sociedades MILLENNIUM MANUFACTURING,

S.A. DE C.V., BROOKLYN, S.A. DE C.V., LOS CAPELLANES, S.A. DE C.V., y CAZADORES, S.A. DE C.V., señores Ramón Joseph Said Mazer, William Michael Rodgens, Samuel Armando Cerna Trabanino y Jisya Antonio Rivas Rivas, respectivamente, a fi n de que los mismos certifi caran la condición de asalariados de los miembros constituyentes del Sindicato en formación antes mencionado; III) Los ofi cios relacio-nados en el numeral anterior fueron contestados el día veinte de julio del año dos mil siete únicamente por dos de las cuatro Sociedades antes relacionadas, de la siguiente forma: La Sociedad CAZADORES, S.A. DE C.V., contestó el ofi cio que le fue notifi cado el día diecisiete de julio del presente año, en sentido positivo, es decir, certifi có la calidad de asalariados de treinta miembros constituyentes que manifestaron prestar servicios para dicha Sociedad, tal como consta en la documentación presentada a este Ministerio el día doce de julio del presente año. Por su parte, la Sociedad LOS CAPELLANES, S.A. DE C.V., contestó el ofi cio que le fue notifi cado el día diecisiete de julio del presente año, en sentido negativo respecto a la calidad de asalariada de la señora MA-RIA ROSA SÁNCHEZ DE GUTIÉRREZ, manifestando únicamente que dicha señora “no posee calidad de asalariada de esta Sociedad”, tal como consta en el escrito presentado a esta Cartera de Estado en la fecha antes relacionada, debiendo señalarse que la Sociedad no presentó a este Ministerio, ningún documento que comprobara tal situación. IV) Las Sociedades MILLENNIUM MANUFACTURING, S.A. DE C.V., y BROOKLYN, S.A. DE C.V., no contestaron los ofi cios librados por este Ministerio y notifi cados a ambas Sociedades el día diecisiete de julio del año dos mil siete, teniéndose por reconocida la calidad de tra-bajadores de las personas que manifestaron prestar servicios para dichas Sociedades, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 219 Inc. 2° parte fi nal del Código de Trabajo; V) Que no obstante lo manifestado por el representante legal de la Sociedad LOS CAPELLANES, S.A. DE C.V., en cuanto a la calidad de trabajadora de la señora María Rosa Sánchez de Gutiérrez, en dicha Sociedad, debe señalarse que la misma ostentó la calidad de miembro de la Junta Directiva General del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Vestir de El Salvador, cuyas siglas son STIVES, durante el período comprendido del día veintitrés de agosto del año dos mil seis al día tres de julio del año dos mil siete, fecha en la cual la señora Sánchez de Gutiérrez, se desafi lió del Sindicato antes mencionado, tal como consta en el auto emitido por el Departamento Nacional de Organizaciones Sociales de la Dirección General de Trabajo a las ocho horas del día diecisiete de julio del año dos mil siete, siendo la situación antes referida la que generó el derecho a que la señora Sánchez de Gutiérrez goce de la garantía de estabilidad laboral por igual tiempo al que fungió como miembro directivo del STIVES, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 248 del Código de Trabajo, existiendo por lo antes expuesto fundamento legal para concluir que la señora María Rosa Sánchez de Gutiérrez, efectivamente era trabajadora de la Sociedad Los Capellanes, S.A. de C.V., al momento de la constitución del SITS; VI) Que en el acta notarial relacionada en el numeral I) de la presente reso-lución, consta que en esa reunión fue aprobado el texto de los Estatutos, los cuales contenían errores formales, por lo que se previno a los intere-sados mediante pliego de observaciones de fecha diecisiete de julio del año dos mil siete, notifi cándose dicho pliego a las nueve horas con doce minutos del día veinticinco de julio del mismo año, siendo subsanados en tiempo el día diez de agosto del mismo año, por lo que los mismos no adolecen de errores de fondo y forma, ni contravenciones a las leyes de la República, al orden público o a las buenas costumbres del país. Por tanto, en vista de lo antes expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 219 inciso 5° del Código de Trabajo, este Despacho RESUEL-VE: A) APROBAR el texto de los OCHENTA Y OCHO ARTÍCULOS que conforman los Estatutos del Sindicato en formación denominado SINDICATO DE LA INDUSTRIA TEXTIL SALVADOREÑA, cuyas siglas son SITS, concediéndole al mismo tiempo la PERSONALIDAD JURÍDICA solicitada; B) PUBLÍQUENSE en el Diario Ofi cial dichos Estatutos, así como la presente resolución; y C) INSCRÍBASE dicho Sindicato en el registro correspondiente. COMUNÍQUESE. “””J. R. Espinal E.””” RUBRICADA.

Imprenta Nacional - Tiraje 500 Ejemplares.