declaración pública sobre reglamento para alumnas embarazadas

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Declaración Pública sobre reglamento para alumnas embarazadas Fecha: Miércoles 30 de Junio de 2004 Pais: Chile Ciudad: Valparaíso Autor: P. Edgardo Fernández Apablaza Después de un análisis minucioso del Reglamento de la ley Nº 19.688, que regula el estatuto de las alumnas en caso de embarazo y maternidad, de pronta divulgación por parte del Ministerio de Educación del Estado de Chile, junto a numerosos docentes directivos de colegios católicos, hemos llegado a la siguiente reflexión: El embarazo de adolescentes: una problemática que supone el respeto a la vida humana. 1.- Nos parece importante que exista una preocupación por parte del Ministerio de Educación por el problema real y objetivo que viven muchas adolescentes embarazadas y madres, las que por la nueva responsabilidad que pesa sobre sus hombros se ven afectadas en sus habituales labores escolares. 2.- Es conveniente destacar también que, a pesar de las deficiencias de este reglamento, valoramos la implícita preocupación por el respeto a la vida humana y por quien es portadora de ella en su gestación y desarrollo, esto es, la adolescee embarazada; más aún, cuando ésta se encuentra en una etapa de inmadurez psicológica e incapacidad de valerse por sí misma. 3.- Creemos que toda discriminación negativa de personas por su condición, situación económica, nivel sociocultural o por rasgos de personalidad es un atentado a su dignidad, en cuanto tal. Sin embargo, subrayar diferencias objetivas e indiscutibles para optimizar el propio desarrollo personal, no sólo está lejos de toda discriminación negativa, sino que es un camino de reflexión necesario que ayuda a orientar y conducir a las personas en la vida, a través de procesos auténticamente formativos. En este sentido, todo tratamiento diferenciado en el ámbito del desarrollo curricular que el colegio realice respecto a la adolescente embarazada y madre, no debe entenderse como un acto discriminatorio negativo, y, además, tiene que estar enmarcado dentro de las exigencias académicas que garanticen su normal continuidad en los cursos superiores. Nula participación de actores fundamentales en la elaboración del Reglamento. 4.- Nos preocupa que un intento de solución a una problemática tan importante como ésta no haya sido fruto de la participación de actores fundamentales como los(as) educadores(as) y las organizaciones que agrupan a las familias a nivel nacional, ya sea confesionales como no confesionales. Incluso esta modalidad de proceder no participativa, y el Reglamento en sí, tal como está planteado, nos hacen pensar que la búsqueda de solución a esta problemática está situada dentro de una política liberal que poco a poco ha ido permeando los diversos ámbitos de nuestra sociedad, sin quedar al margen el sector educacional, lo que lamentablemente, a nuestro juicio, deja a los adolescentes a merced de un subjetivismo ético y moral que, en definitiva, socava la sana convivencia social. 5.- Creemos firmemente que los padres son los primeros y principales educadores de sus hijos y que el colegio acompaña a la familia en esta labor. Los padres, independientemente de las limitaciones que experimenten y de la precariedad de sus medios no pueden traspasar esta tarea al colegio. Sólo en casos extraordinarios y de manera subsidiaria el Estado, a través de instituciones sociales, u otras organizaciones no gubernamentales pueden asumir esta responsabilidad. Desde esta perspectiva nos parece inaudito que los padres de la adolescente embarazada y madre sólo sean considerados en el Reglamento para la difusión del mismo, como lo señala el artículo Nº.15 : "Los establecimientos educacionales, los consejos escolares, los centros de alumnos y los centros de padres y apoderados

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Declaración Pública sobre reglamento para alumnas embarazadas

Fecha: Miércoles 30 de Junio de 2004Pais: ChileCiudad: ValparaísoAutor: P. Edgardo Fernández Apablaza

Después de un análisis minucioso del Reglamento de la ley Nº 19.688, que regula el estatuto de las alumnas en caso de embarazo y maternidad, de pronta divulgación por parte del Ministerio de Educación del Estado de Chile, junto a numerosos docentes directivos de colegios católicos, hemos llegado a la siguiente reflexión:

El embarazo de adolescentes: una problemática que supone el respeto a la vida humana.

1.- Nos parece importante que exista una preocupación por parte del Ministerio de Educación por el problema real y objetivo que viven muchas adolescentes embarazadas y madres, las que por la nueva responsabilidad que pesa sobre sus hombros se ven afectadas en sus habituales labores escolares.

2.- Es conveniente destacar también que, a pesar de las deficiencias de este reglamento, valoramos la implícita preocupación por el respeto a la vida humana y por quien es portadora de ella en su gestación y desarrollo, esto es, la adolescee embarazada; más aún, cuando ésta se encuentra en una etapa de inmadurez psicológica e incapacidad de valerse por sí misma.

3.- Creemos que toda discriminación negativa de personas por su condición, situación económica, nivel sociocultural o por rasgos de personalidad es un atentado a su dignidad, en cuanto tal. Sin embargo, subrayar diferencias objetivas e indiscutibles para optimizar el propio desarrollo personal, no sólo está lejos de toda discriminación negativa, sino que es un camino de reflexión necesario que ayuda a orientar y conducir a las personas en la vida, a través de procesos auténticamente formativos. En este sentido, todo tratamiento diferenciado en el ámbito del desarrollo curricular que el colegio realice respecto a la adolescente embarazada y madre, no debe entenderse como un acto discriminatorio negativo, y, además, tiene que estar enmarcado dentro de las exigencias académicas que garanticen su normal continuidad en los cursos superiores.

Nula participación de actores fundamentales en la elaboración del Reglamento.

4.- Nos preocupa que un intento de solución a una problemática tan importante como ésta no haya sido fruto de la participación de actores fundamentales como los(as) educadores(as) y las organizaciones que agrupan a las familias a nivel nacional, ya sea confesionales como no confesionales. Incluso esta modalidad de proceder no participativa, y el Reglamento en sí, tal como está planteado, nos hacen pensar que la búsqueda de solución a esta problemática está situada dentro de una política liberal que poco a poco ha ido permeando los diversos ámbitos de nuestra sociedad, sin quedar al margen el sector educacional, lo que lamentablemente, a nuestro juicio, deja a los adolescentes a merced de un subjetivismo ético y moral que, en definitiva, socava la sana convivencia social.

5.- Creemos firmemente que los padres son los primeros y principales educadores de sus hijos y que el colegio acompaña a la familia en esta labor. Los padres, independientemente de las limitaciones que experimenten y de la precariedad de sus medios no pueden traspasar esta tarea al colegio. Sólo en casos extraordinarios y de manera subsidiaria el Estado, a través de instituciones sociales, u otras organizaciones no gubernamentales pueden asumir esta responsabilidad. Desde esta perspectiva nos parece inaudito que los padres de la adolescente embarazada y madre sólo sean considerados en el Reglamento para la difusión del mismo, como lo señala el artículo Nº.15 : "Los establecimientos educacionales, los consejos escolares, los centros de alumnos y los centros de padres y apoderados

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deberán difundir el presente reglamento".

Ausencia explícita de lo valórico y necesaria formación hacia una libertad responsable.

6.- Nos parece que la ausencia explícita de lo valórico en el Reglamento debilita el propio contenido de éste, ya que la praxis y el hacer se sustentan en el ser; y los valores humanos sustentan y regulan la conducta humana. Creemos que, por lo mismo, varios de los artículos que responsabilizan a la dirección del colegio ante la adolescente embarazada y madre atropellan el derecho de la familia (padres), sus deberes y responsabilidad, en este caso, ante su hija.

7.- El Reglamento pone énfasis en los derechos de la adolescente embarazada y madre, pero no hace mención a los deberes de ella. Tampoco incorpora la responsabilidad del padre cuando sabemos que la mayoría de las veces es otro adolescente. Siempre los derechos van acompañados de los deberes. La nueva condición de la adolescente implica obligaciones que aparecen en el horizonte de su vida como consecuencia de la relación sexual querida. Por lo tanto, aún cuando el embarazo no haya sido deseado intencionalmente, sí es consecuencia de un acto libremente realizado. De ahí que para que los adolescentes asuman verdaderamente su nueva condición es necesario educarlos en la línea de que, en tanto personas, somos responsables de los actos en sí y también de sus consecuencias. Somos conscientes, como educadores(as), de la permanente y fuerte tentación que los adolescentes padecen en confundir libertad con libertinaje. Y es nuestro deber enseñar que la libertad se expresa en el compromiso responsable y que permite ordenarnos al bien dentro de un proceso perfectible. En cambio el libertinaje junto con atropellar la libertad de los demás no nos conduce al compromiso responsable y edificante, y consolida el subjetivismo moral que va de la mano del conocido relativismo.

8.- Tal como está presentado el Reglamento en sus articulados puede dar perfectamente la impresión de que la situación de la adolescente embarazada y madre es un modelo de vida a seguir, lo que no se condice con la realidad ni con las vivencias compartidas por muchas adolescentes que ya han pasado por esta experiencia. Como educadores(as) hemos visto con tristeza la incompatibilidad que se ha dado en muchos casos entre las exigencias escolares y los deberes propios de la maternidad, a pesar de las adecuaciones curriculares y académicas. Todo ello sin dejar ciertamente de lado la frustrante marginación de actividades propias de su edad debido a las exigencias y demandas provenientes de su condición de embarazo o madre.

Desconfianza hacia directivos e infraestructura insuficiente.

9.- Las estadísticas muestran que este problema no sólo va en aumento, sino que, además, no es reciente. Como docentes directivos a muchos de nosotros nos ha tocado asumir situaciones concretas en las que con la participación de los directamente involucrados, de la familia, educadores(as), recomendaciones médicas y el uso del buen criterio de la dirección del colegio hemos arribado a buen puerto. Pensamos que, el Reglamento así expuesto es más bien una señal de desconfianza ante el proceder de los docentes directivos y las variables a considerar dentro de una adecuada deliberación para la toma de decisiones, en las que siempre privilegiamos el bienestar de la alumna, y en este caso, el de su futuro hijo o hija. Por otra parte, se debe considerar que nuestra ocupación también es mantener en alto la autoestima de la alumna, que querámoslo o no, se verá afectada.

10.- Pensamos que quienes elaboraron este Reglamento no tuvieron en consideración, además, la situación de los colegios en cuanto a la infraestructura necesaria para la prestación de este servicio, el personal idóneo y suficiente y los recursos económicos para afrontar tal responsabilidad. Todos sabemos cuan escasos son los recursos de diversa índole para que los colegios, particularmente del sector municipalizado, puedan hacer lo que esencialmente deben hacer. Intentar aplicar un Reglamento de este tipo significa invertir recursos que no existen y que de lo contrario el Estado tendría que proporcionar. Además, de ser así, también sería lícito plantear dentro del aspecto económico a considerar un apoyo para la adolescente embarazada y madre durante los períodos pre-natal y post-natal. Lo que de ser posible jamás debiera aparecer como un incentivo.

11.- Dado todo lo anterior, es importante reflexionar acerca de la contradicción vital contenida en los argumentos que sustentan esta normativa, ya que por un lado se expone y defiende la importancia del respeto a la diversidad y la

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naturaleza heterogénea de las alumnas y alumnos, sin embargo al promulgar este decreto, no consensuado, se está tendiendo a homogenizar el criterio frente a una situación que en sí misma requiere siempre de un análisis y estudio profundo de cada caso en particular, incluyendo su contexto familiar, afectivo y social.

Pbro. Edgardo Fernández ApablazaDirectorDepartamento de Educación CatólicaObispado de Valparaíso.