antologia formacion 3

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ESCUELA PREPARATORIA MANUEL C. TELLO

FORMACION PARA EL TRABAJO 3LEGISLACION LABORAL L.C. FLOR RODRIGUEZ CARRASCO

2011-2012

FORMACION PARA EL TRABAJO 3

ContenidoOBJETO DE ESTUDIO ................................ ................................ ................................ ............................... 5 Presentacin ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 6 Ubicacin del derecho laboral ................................ ................................ ................................ ........... 10 Contenido temtico ................................ ................................ ................................ .............................. 10 1.1 Naturaleza juridica ................................ ................................ ................................ .......................... 12 1.1.2 Origen del derecho social ................................ ................................ ................................ ......... 12 1.1.3 Ubicacin del derecho social en el mundo del derecho................................ ............................. 12 1.2 El derecho laboral en Mxico................................ ................................ ................................ ........... 13 1.3. El artculo 123 ................................ ................................ ................................ ................................ 14 1.4. La nueva cultura laboral ................................ ................................ ................................ ................. 15 1.5 Autoridades del trabajo en Mxico................................ ................................ ................................ .. 15 1.5.1 Legislativas ................................ ................................ ................................ ............................... 16 1.5.2 Administrativas................................ ................................ ................................ ......................... 16 1.5.3 Jurisdiccionales................................ ................................ ................................ ......................... 16 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 18 UNIDAD 2.1. 2.2. 2.3. 2.4. 2 ................................ ................................ ................................ ................................ .......... 18

El trabajador................................ ................................ ................................ .............................. 19 El patrn................................ ................................ ................................ ................................ .... 20 Tipos de patrones ................................ ................................ ................................ ...................... 21 La empresa ................................ ................................ ................................ ................................ 22 3 ................................ ................................ ................................ ................................ .......... 23

UNIDAD

3.1 Concepto................................ ................................ ................................ ................................ ......... 24 3.2 Naturaleza jurdica ................................ ................................ ................................ .......................... 25 3.3 El contrato de trabajo................................ ................................ ................................ ...................... 25 3.4 Requisitos y contenido del contrato de trabajo................................ ................................ ................ 26 3.5 Duracin del contrato de trabajo................................ ................................ ................................ ..... 26 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 28 UNIDAD 4 ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 28 4.1 La jornada de trabajo ................................ ................................ ................................ ...................... 30 4.1.1 Clasificacin................................ ................................ ................................ .............................. 30

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FORMACION PARA EL TRABAJO 34.1.2. Modalidades a la duracin de la jornada................................ ................................ .................. 30 4.2. Las horas extras................................ ................................ ................................ .............................. 30 4.2.1 Tiempo extraordinario obligatorio y no obligatorio................................ ................................ ... 31 4.2.2 El pago del tiempo extraordinario................................ ................................ ............................. 31 4.3. Las vacaciones ................................ ................................ ................................ ................................ 32 4.3.1 La prima vacacional ................................ ................................ ................................ .................. 32 4.4. Los das de descanso ................................ ................................ ................................ ...................... 32 4.5. La prima dominical ................................ ................................ ................................ ......................... 33 4.6. El aguinaldo................................ ................................ ................................ ................................ .... 33 UNIDAD 5 ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 35 5.1 Definicin ................................ ................................ ................................ ................................ ........ 37 5.2 Atributos del salario ................................ ................................ ................................ ........................ 37 5.3 Tipos de salario ................................ ................................ ................................ ............................... 38 5.4. El salario mnimo ................................ ................................ ................................ ............................ 39 5.4. 1. Determinacin del salario mnimo ................................ ................................ .......................... 40 5.4. 2 Tipos de salarios mnimos ................................ ................................ ................................ ........ 40 5.5. Medidas protectoras al salario................................ ................................ ................................ ........ 40 5.6. Descuentos permitidos al salario ................................ ................................ ................................ .... 41 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 43 UNIDAD 6 ................................ ................................ ................................ ................................ .......... 43

6.1. La suspensin individual ................................ ................................ ................................ ................. 45 6.1.2 Efectos ................................ ................................ ................................ ................................ ..... 45 6.2 El despido................................ ................................ ................................ ................................ ........ 46 6.2.1 Causales de despido ................................ ................................ ................................ ................. 46 6.2.2 Consecuencias del despido injustificado ................................ ................................ ................... 48 6.2.3 El aviso de despido ................................ ................................ ................................ ................... 49 6.3 El retiro justificado, concepto ................................ ................................ ................................ .......... 49 6.3.1 Causales de retiro justificado ................................ ................................ ................................ .... 49 6.3.2 Acciones derivadas del retiro justificado ................................ ................................ ................... 50 6.3.3 Plazo para ejercer el retiro justificado................................ ................................ ....................... 50 6.4 La terminacin, concepto ................................ ................................ ................................ ................ 51 6.4.1 Causales de terminacin................................ ................................ ................................ ........... 51 6.4.2 Consecuencias de la terminacin ................................ ................................ .............................. 51 UNIDAD 7 ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 53

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FORMACION PARA EL TRABAJO 37.1 Naturaleza jurdica de la figura de la participacin de las utilidades ................................ ................ 55 7.2 Caractersticas de la participacin de utilidades................................ ................................ ............... 55 7.3 Etapas del proceso del reparto de utilidades ................................ ................................ ................... 56 7.4 La determinacin individual de la participacin de utilidades ................................ .......................... 58 7.5 Empresas exceptuadas del reparto de utilidades ................................ ................................ ............. 58 7.6 Trabajadores sujetos a condiciones especiales en cuanto al reparto ................................ ................ 58 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 60 UNIDAD 8 ................................ ................................ ................................ ................................ ............. 60 8.1. La antigedad, concepto ................................ ................................ ................................ ................ 62 8.2. Derechos derivados de la antigedad ................................ ................................ ............................. 62 8.2.1. La estabilidad en el empleo, significado ................................ ................................ ................... 62 8.2.2. La preferencia de derechos, definicin................................ ................................ ..................... 62 8.2.3 La inmunidad labora, supuesto y efectos ................................ ................................ .................. 63 8.2.4 La prima de antigedad ................................ ................................ ................................ ............ 63 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 65 UNIDAD 9 ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 65 9.1 El trabajo de las mujeres y de los menores, modalidades................................ ................................ . 67 9.2 Los trabajadores de confianza ................................ ................................ ................................ ......... 69 9.3 Los agentes de comercio ................................ ................................ ................................ ................. 69 9.4 Los deportistas profesionales ................................ ................................ ................................ .......... 70 9.5 Trabajadores actores y msicos................................ ................................ ................................ ....... 71 9.6. Trabajo en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos anlogos................................ .... 71 9.7 Industria familiar ................................ ................................ ................................ ............................. 71 9.8 Trabajo en las universidades e instituciones de educacin superior autnomas por ley................... 72 UNIDAD 10 ................................ ................................ ................................ ................................ ........... 73 10.1 Concepto................................ ................................ ................................ ................................ ....... 75 10.2 Accidente y enfermedades de trabajo ................................ ................................ ........................... 75 10.3 Consecuencias de los riesgos de trabajo ................................ ................................ ........................ 75 10.3.2 Derechos derivados de los tipos de incapacidad................................ ................................ ...... 76 10.4 Excluyentes y agravantes de la responsabilidad patronal................................ ............................... 77 10.5 Subrogacin por el I.M.S.S. ................................ ................................ ................................ ............ 77 ................................ ................................ ................................ ................................ ............................. 79 UNIDAD 11 ................................ ................................ ................................ ................................ ........ 79

11.4 Constitucin y registro................................ ................................ ................................ ................... 82

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FORMACION PARA EL TRABAJO 311.5 Federaciones y confederaciones................................ ................................ ................................ .... 83 11.6 Las clusulas de exclusin y de ingreso................................ ................................ .......................... 83 UNIDAD 12 ................................ ................................ ................................ ................................ .......... 84 12.1 Concepto................................ ................................ ................................ ................................ ....... 86 12.2 Contenido ................................ ................................ ................................ ................................ ..... 86 12.3 Formacin del contrato colectivo ................................ ................................ ................................ .. 87 12.4. Revisin y terminacin del contrato colectivo................................ ................................ ............... 87 12.5 Contrato-ley, concepto y su formacin ................................ ................................ .......................... 88 12.6 Reglamento interior de trabajo................................ ................................ ................................ ...... 89 UNIDAD 13 ................................ ................................ ................................ ................................ ......... 90 13.1 La suspensin colectiva ................................ ................................ ................................ ................. 92 13.1.1 Causas de suspensin colectiva................................ ................................ ............................... 92 13.1.2 Procedimiento ................................ ................................ ................................ ........................ 92 13.2 La terminacin colectiva ................................ ................................ ................................ ................ 93 13.2.1 Causas de terminacin colectiva ................................ ................................ ............................. 93 13.2.2 Procedimiento ................................ ................................ ................................ ........................ 93 13.3 El reajuste ................................ ................................ ................................ ................................ ..... 93 13.4 La huelga................................ ................................ ................................ ................................ ....... 94 13.4.1. Objetivos de la huelga................................ ................................ ................................ ............ 94 13.4.2 Requisitos para la suspensin de labores................................ ................................ ................ 94 13.4.3 Mecnica de la huelga ................................ ................................ ................................ ............ 95 13.4.4 Clasificacin de la huelga ................................ ................................ ................................ ........ 96

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

OBJETO DE ESTUDIO

E

l espritu de nuestro tiempo est caracterizado por una sucesin interminable de grandes y

pequeos cambios, desde la sustitucin de paradigmas cientficos y en consecuenciacambios en la prctica tecnolgica, la renovacin en la concepcin del mundo que integra esta compleja trama. Vivir en un mundo as, entraa determinados compromisos en nuestro obrar. Uno deellos es adaptarnos a este flujo incesante de cambios. La educacin ha sido un elemento clave para lograr la adaptabilidad que cada nueva circunstancia nos plantea. Cada poca, cada determinado periodo histrico ha construido sus propios modelos en busca de da r respuestas a las nuevas necesidades y retos. El modelo educativo que se propone buscaformar bachilleresms autnomos en donde el estudiante aprenda a aprender, quesea ms reflexivo e investigador, un constructor de su propio conocimiento que loconvertir en un profesional ms capaz en su respectiva especialidad. La intencin es estructurar un modelo flexible y adaptable a las diferencias de losalumnos y del contexto de la ctedra, de tal suerte que en la convivencia del maestro ydel alumno se d la reflexin y del aprendizaje de manera recproca. El objetivo fundamental es ofrecer educacin de calidad, garante de la formacin de los profesionalesque demanda nuestra entidad, nuestro pas y nuestro mundo. El modelo educativo de la Escuela Preparatoria Manuel C. Tello se sustenta en tres ejes: la educacin basada encompetencias, la flexibilidad curricular y los procesos educativos centrados en elaprendizaje. Sin limitar el concepto de competencias estrictamente a lo cognitivo, estosignificaba aislarlo de sus relaciones sociales, pues es necesario incorporar en este procesoformativo losLEGISLACION LABORAL Pgina 5

FORMACION PARA EL TRABAJO 3elementos procedimentales y actitudinales como: la interdisciplinariedad,el trabajo grupal, aplicar el conocimiento a realidades especficas, el rol del docentecomo facilitador del aprendizaje y la participacin activa del estudiante en su propioproceso de formacin. Al buscar su vinculacin con la sociedad mediante el trabajo porcompetencia, proporcionaba al conocimiento de una dimensin histrica y social demayor relevancia con la idea de que toda accin de transformacin influye en el procesode creacin y produccin.

PresentacinIncorporar la idea de las reas de formacin que incluye los principios bsicos profesionales de la formacin que el estudiante cursa es una respuesta curricular para la informacin de profesionales bajo una nueva forma de construir conocimientos. Consiste en construir situaciones de aprendizaje en las cuales los estudiantes logren estructurar sus conocimientos de manera integral y no solamente acumulativa. Las reas de formacin para el trabajo consisten en el desarrollo de competencias, estos son: conocimientos, habilidades,actitudes y valores, ms que slo transmitir los contenidos de las diferentes asignaturas. Los problemas que habr de enfrentar el profesional contemporneo se dan en el contexto de una sociedad cada vez ms globalizada. Los problemas de nuestra regin y de otras regiones del mundo, como la pobreza, epidemias, descomposicin del tejido social, contaminacin ambiental, deterioro del medio ambiente, disminucin de los recursos no renovables, requieren soluciones creativas, mejores alternativas a las planteadas hasta ahora.

Perfil del docenteResponsable del curso: L.C. FLOR RODRIGUEZ CARRASCO, Licenciado en Contadura por parte de la Universidad Veracruzana U.V (1991-1995), titulacin por promedio, desarrollando examen a travs de CENEVAL. En el campo laboral me he desempeado desde auxiliar contable en un despacho de contadores hasta llegar a contar con un despacho de asesora fiscal y contable propio, pasando por departamentos de crdito y cobranza, administrativos, agente de ventas, en empresas tales como agencias aduanales, colegios, tiendas de materiales e instituciones financieras. En el mbito docente me inici dando clases en escuelas particulares a nivel bachillerato cubriendo el rea econmico-administrativa, probabilidad y estadstica y formacin para el trabajo (2008 a la fecha). Actualmente me invitaron a participar como docente en la Universidad Tercer Milenio U.3.M. , en donde participo en las Licenciaturas de: Administracin de empresas tursticas, mercadotecnia estratgica, Comercio y Negocios Internacionales, Arquitectura impartiendo la materia de contabilidad financiera, de costos, administrativa, finanzas y administracin financiera.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Para contactarme, si necesitas asesora o resolucin de dudas puedes contactarme en la siguiente direccin electrnica:

[email protected]

Bibliografa Recomendada.

1.- Ley Federal del Trabajo. 2.- Constitucin poltica de los estados unidos mexicanos1. Evaluaciones escritas y Evidencias (tareas) A) Evaluaciones escritas. Tendremos dos exmenes parciales en los cuales aplicars de manera reflexiva los conceptos revisados en clase. Las evaluaciones contarn con la siguiente evaluacin numrica. Ejemplo de forma de evaluacin: Examen: 5 0% Evidencias: 30% Participacin en clase: 20% Calificacin final 100% Con este ejemplo de la forma de evaluacin, el alumno podr llevar un control de sus calificaciones as como tambin del promedio mnimo necesario para acreditar la materia. As mismo se comenta que el alumno que repruebe su examen no ser tomadas en cuenta sus evidencias como forma de calificacin y se dar por hecho que reprob el parcial. Tareas (evidencias): A lo largo del semestre se irn desarrollando diferentes evidencias que complementarn tu proceso de formacin acadmica, independientemente de las tareas que se encarguen es importante que consideres los siguientes criterios ya que bajo estos, se calificarn las tareas. Los criterios para evaluar cada uno de estos aspectos que se llevarn a cabo en el desarrollo del semestre en forma de actividades, se describen a continuacin: Tareas. Se evala: Elementos Presentacin

Estructura

Indicadores El trabajo tiene una presentacin formal, completa, agradable a la vista y a la lectura, sin errores de ortografa y redaccin. El trabajo posee todos y cada uno de los elementos que se indicaron en clase y en los materiales de consulta, desarrollados en forma completa.

Porcentaje 10%

30%

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Coherencia Los elementos que forman parte del trabajo estn ligados y se relacionan lgicamente uno con el otro. Existe un orden y un seguimiento epistemolgico adecuado. Las ideas que se expresan cumplen con un nivel de pensamiento propio de Licenciatura. Existe profundidad y buena argumentacin. 30%

Nivel de anlisis

30%

Trabajos en clase. Se evala: Elementos Indicadores Presentacin El trabajo tiene una presentacin formal, completa, agradable a la vista y a la lectura, sin errores de ortografa y redaccin. Contenido La actividad incluye en forma completa y desarrollada a profundidad lo solicitado. No existe ausencia de ningn elemento requerido. Cumplimiento de los Hubo un entendimiento de la objetivos teora. Se logr lo que se pretenda a travs de la actividad propuesta. Nivel de anlisis Las ideas que se expresan cumplen con un nivel de pensamiento propio de una licenciatura. Existe profundidad y buena argumentacin. Presentaciones. Se evala: Elementos Contenido Indicadores La presentacin incluye en forma completa y desarrollada a profundidad el contenido y la esencia del trabajo. Los elementos que forman parte de la presentacin estn ligados y se relacionan lgicamente uno con el otro. Existe un orden y un seguimiento epistemolgico adecuado.Se expresa con claridad lo que se quiere comunicar, no existe confusin, repeticin o redundancia.

Porcentaje 10%

30%

30%

30%

Porcentaje 20%

Coherencia

20%

Claridad en las ideas

20%

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Estructura La exposicin posee todos y cada uno de los elementos que se indicaron en clase y en los materiales de consulta, desarrollados en forma completa. Las ideas que se expresan cumplen con un nivel de pensamiento propio de Maestra. Existe profundidad y buena argumentacin. 20%

Nivel de anlisis

20%

2. SUGERENCIAS

Para evitar conflictos, sigue siempre las recomendaciones descritas en este encuadre. Si tienes alguna duda, consltamela en horas de clase o a travs de mi direccin de correo electrnico ([email protected]). Me gustara que trates de mantenerte en contacto conmigo y que me hagas saber cualquier sugerencia o comentario respecto de la clase, las lecturas o el programa. El curso es responsabilidad de todos y trabajar en equipo nos permitir desarrollarnos a gusto con lo que hacemos. No menos importante ser el que conozcas el reglamento interno de esta, tu institucin para poderte facilitar de alguna manera el que no te veas involucrado en alguna sancin por desconocimiento de la misma. No me resta ms que agradecerte tu atencin a mi persona y deseo que podamos ser un gran equipo, el cual es el de todos, la conformacin de esta tu Escuela Preparatoria Manuel C. Tello.

Gracias. Atentamente:

-------------------------------------------------------------------------L.C. Flor Rodrguez Carrasco Docente Veracruz, Ver. Agosto de 2011.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

UNIDAD

1

Ubicacin del derecho laboralContenido temtico1. Naturaleza Jurdica. 2. El derecho laboral mexicano. 3. Art. 123 Constitucional. Apartados A y B. Anlisis de contenido. 4. La nueva cultura laboral 5. Autoridades laborales: a) Por funcin: administrativas y jurisdiccionales,LEGISLACION LABORAL Pgina 10

FORMACION PARA EL TRABAJO 3b) Por competencia: federales y locales.

Resultado de aprendizajeIdentifica el origen del derecho laboral, su basamento constitucional y la estructuragubernamental encargada de su generacin y aplicacin.

y Pregunta guaCul es el papel del derecho laboral en la sociedad?

ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Cmo se origina el derecho laboral? 2. Describa el contenido del artculo 123 Constitucional.

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOSLectura de artculo 123 Constitucional, para estar en aptitud de elaborar un esquema que muestre su estructura. Leer la unidad 1 de la antologa. Identifique los distintos tipos de autoridades del trabajo .

ACTIVIDADES DE APLICACINInvestigue cuantas Juntas de Conciliacin y Arbitraje existen en nuestro Estado y la manera en que se integran.

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEOPlantee un caso en el que se contemple algn problema laboral (despido, no pago deaguinaldo, salario, o vacaciones, etc.) sealando el giro de la actividad patronal y el puesto del trabajador. Con esa base, desarrolle la manera en que el trabajador puede ser auxiliado por una autoridad laboral y cul es la competente para ello; asimismo cul es la autoridad competente que en su caso resolver el conflicto.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 31.1 Naturaleza jurdicaAnte las desigualdades que se hicieron evidentes por virtud del desarrollo de la primera Revolucin Industrial, surge en las sociedades la preocupacin por establecer normas que rompieran la desigualdad proveniente de la distinta posicin de las personas e n relacin con los medios de produccin. Como producto d e tal preocupacin surgen las primeras manifestaciones de normas jurdicas que buscan equilibrar la relacin entrelos desiguales, fundamentalmente los trabajadores y los propietarios de los centros detrabajo.

1.1.2 Origen del derecho social

Opinionesa) Alberto Trueba Urbina Seala que el derecho social nace al mundo con la constitucin me xicana de 1917, especficamente del contenido de los artculos 27 y 123, los cules establecen normas protectoras y reivindicatorias de los proletarios. Al sentarse las bases de la propiedad rstica y de las relaciones de trabajo se convierte la constitucin de 1917 en el primer ordenamiento que a nivel mundial consagra normas de derecho social. b) Mario de la Cueva Este distinguido maestro del derecho del trabajo, ubica el o rigen del derecho social en las asociaciones que surgieron en la edad media, bajo la figura de gremios y corporaciones, entidades estas que consideraban a las personas, no en un plano individual, sino en funcin de su relacin con un cuerpo social, circunstancia que eliminaba en parte la desigualdad de los componentes de dicho cuerpo social al obrar colegiadamente en proteccin de sus intereses comunes, cubriendo as su debilidad individual.

c) Rubn Delgado Moya Seala que el derecho social se inicia en realidad, con el advenimiento de los primeros grupos sociales, conformndose con todas aquellas reglas elementales que los primeros hombres se dieron para poder subsistir. Esas reglas elementales e igualitarias se fueron perdiendo con el desarrollo de las civilizaciones, quedando olvidadas al irse sometiendo, en las diversas etapas del proceso de evolucin histrica de la humanidad, a los componentes de la sociedad al poder o mandato de los grupos dirigentes. A partir de la creacin de normas protectoras, sobre todo de ndole laboral, resurge el derecho social eliminando las desigualdades creadas por las distintas sociedades.

1.1.3 Ubicacin del derecho social en el mundo del derecho

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Ante el surgimiento de las normas protectotersticas del derecho social: a) Es relativo a relaciones que se forman entre sujetos que pertenecen a grupos econmicamente desiguales. Siempre el derecho social va dirigido a, en un caso concreto en que dos personas se relacionen y una de ellas est en un plano de inferioridad, proteger al sujeto colocado en inferioridad frente al otro. b) Considera al hombre en funcin de su relacin con un grupo social. Se toma en cuenta la pertenencia de los distintos componentes de la sociedad, a grupos que los aglutinan en razn fundamentalmente, de su situacin econmica y productiva. c) Son normas proteccionistas y reivindicatorias. d) Tiende a lograr la justicia social

1.2 El derecho laboral en Mxico

DesarrolloComo primer antecedente especifico del derecho social en nuestro pas, encontramos a las disposiciones dictadas durante la colonia por la Corona Espaola, conocidas como Leyes de Indias, a travs de las cuales se trat de proteger a los autctonos de Amrica de la explotacin a mano de los peninsulares, legislacin que fue altamente bondadosa, pero cuya aplicacin nunca se realiz cabalmente. No es sino hasta la constitucin de 1957, en el Mxico independiente, en que se hace mencin a la cuestin laboral, sealando el artculo 5 de esta carta magna que ninguna persona estaba obligada a prestar servicios personales sin la justa retribucin y sin su consentimiento, no obstante, como se observa, esta disposicin no tiene un contenido positivo en el sentido deconsagrar alguna prestacin o derecho a favor de los trabajadores. Corresponde al congreso constituyente de 1917 estab lecer las bases del derecho del trabajo, no solo a nivel nacional sino tambin mundial. En el seno de este congreso se dispuso por primera vez la consagracin de derechos y prestaciones a favor de los trabajadores, en un captulo especial en el cual se contiene el artculo 123 constitucional, cuyas disposiciones establecen los derechos mnim os de que goza todotrabajador, pasando as a la historia nuestro pas como el primero en incorporar las garantas sociales a una constitucin. Conforme a nuestra estructura estatal de tipo federal, corresponde en forma concurrente a la federacin y a las entidades federativas establecer las leyes, en las materias que no hayan sido expresamente reservadas a una de ellas. Este fue el caso de la materia laboral, por lo que a partir de 1917, tanto la federacin como las entidades federativas estaban facultadas para expedir sus leyes del trabajo. Esta situacin propici un manejo no transparente de la materia laboral, sobre todo porque las disposiciones relativas se encontraban subordinadas a la influencia de los caciques e industrias dominantes en cada regin.LEGISLACION LABORAL Pgina 13

FORMACION PARA EL TRABAJO 3Por tal razn, se vio la necesidad de reformar el sistema sealado, disponindose, a partir de 1931, que solo la federacin tena facultad para expedir leyes en materia laboral y que la aplicacin de dichas leyes correspondera tanto a la propia federacin, como a las entidades federativas, de acuerdo a un especial sistema de competencia diseado tomando en cuenta los diversos tipos de industrias y de empresas.

1.3. El artculo 123

ContenidoEn la actualidad este artculo se conforma en base a dos apartados fundamentales. El denominado apartado A, en el que se regulan las relaciones derivadas decualquier contrato de trabajo y el llamado apartado B, que regula exclusivamente las relaciones laborales entre los poderes de la unin y sus trabajadores, apartado este ltimo que seadicion al texto constitucional, mediante reforma realizada en el ao de 1960. Estamodificacin constitucional produjo el efecto de dividir la materia laboral en dos grandessegmentos, cada uno de ellos, regulado bajo un apartado; as, el apartado A , regula de manera general a todo contrato de trabajo, mientras que el apartado B , se aplica entre los Poderes de la Unin, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores. Las principales garantas mnimas que posee todo trabajador, precisadas en el apartado A del artculo 123, son las siguientes:

1. Una jornada mxima de trabajo. 2. Un da de descanso por cada seis de trabajo. 3. Salario mnimo por jornada laboral. 4. Descanso con goce de salario por maternidad. 5. Derecho a la seguridad social. 6. Derecho a habitacin. 7. Responsabilidad del patrn por los riesgos de trabajo. 8. Participacin de los trabajadores en las utilidades de las empresas.LEGISLACION LABORAL Pgina 14

FORMACION PARA EL TRABAJO 39. Derecho de huelga. 10.Derechos del trabajador en caso de despido. 11.Establecimiento de los tribunales de trabajo.

Por su parte el apartado B , debido a la naturaleza de las relacione regula, enlasque el patrn resulta ser el Gobierno, delimita alguno de los derechos colectivos, especficamente el derecho de huelga, el cual nicamente procede cuando sean violadosde manera general y sistemtica los derechos consagrados, a favor de los trabajadores burocrticos, por el propio apartado, y en el mbito individual establece mejoras a las condiciones de trabajo, como es el caso de las vacaciones que nunca sern menores de 20 das al ao y garantiza los derechos de escalafn para el otorgamiento de asensos en funcin de los conocimientos, aptitudes y antigeda d. Tambin el mismo apartado B, previene que el servicio de los militares, marinos, personal del servicio exterior, agentes del ministerio pblico y miembros de las Instituciones Poli ciales, sern regulados por las leyes que respecto a dichas reas expida el Poder Legi slativo. Por otro lado no puede dejarse de lado el trabajo de los empleados al servicio de los gobiernos de los estados y de los municipios, que conforme a los artculos 115, 116 y 1 17 constitucional, se regularn por las leyes que expidan las legislaturas de cada estado con base en lo dispuesto por el artculo 123 y sus leyes reglamentarias.

1.4. La nueva cultura laboralEl deterioro de los principios que deben regular el mundo de las relaciones laborales, ahecho crisis sin duda en nuestro pas. Dentro de las corrientes que han denunciado dicho deterioro y ha realizado propuesta para revertirlo, se encuentra el compromiso asumido por las organizaciones de trabajadores pertenecientes al denominado Congreso del Trabajo, y por las organizaciones patronales aglutinadas en el Consejo Coordinador Empresarial, que se asumi en el ao de 1996, teniendo como testigo de honor al Presidente de la Repblica. La idea motivadora de dicho compromiso es alentar la cooperacin entre los factores de la produccin, dentro de un marco de respeto al derecho y a los valores que deben tutelar toda relacin humana, con la doble finalidad de darle una debida valorizacin al trabajo, y con ello elevar la productividad de los centros de trabajo. Como elementos bsicos para lograr el objetivo que persigue la nueva cultura laboral, se establecen la buena fe y lealtad entre las partes de la relacin laboral, la resolucin de sus controversias dentro del marco de la Ley, dndole el debido lugar a la conciliacin y fortaleciendo la autonoma de los rganos de imparticin de la Justicia Laboral; la generacin de una cultura nacional de productividad y calidad, el aseguramiento de un nivel digno de vida durante y despus de la e tapa productiva del trabajador; la eficiencia que permita la productividad y competitivi dad, en beneficio del centro de trabajo.

1.5 Autoridades del trabajo en Mxico

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FORMACION PARA EL TRABAJO 31.5.1 LegislativasConforme a la fraccin X del artculo 73, corresponde a la federacin expedir las leyes en Materia de trabajo, a travs del congreso de la unin, siendo entonces facultad exclusiva de la autoridad legislativa federal el expedir la ley del trabajo, denominada precisamenteley federal del trabajo .

1.5.2 AdministrativasEn el mbito federal, las autoridades administrativas laborales estn encuadradas dentro de la secretara del trabajo y previsin social, dependencia del ejecutivo federal encargada de llevar a cabo la poltica en materia de trabajo y la aplicacin, dentro de su competencia de la ley federal del trabajo. En el mbito de las entidades federativas, las autoridades administrativas se ubican en las dependencias respectivas de los ejecutivos estatales, en el caso de nuestro estado existe el departamento de trabajo y previsin social encuadrado dentro del rea de la secretara de gobierno del estado. Fundamentalmente existen dos autoridades de tipo administrativo, que coexisten tanto a nivel federal como de las entidades federativas:

1. Inspeccin del Trabajo.Encargada de vigilar el cumplimiento de todas las normas laborales en los diversos centros de trabajo.

2. Procuradura de la Defensa del Trabajo.Asesora a los trabajadores respecto a sus d erechos y en caso de conflicto los representa juicio. en

1.5.3 JurisdiccionalesEn el mbito laboral, se presenta uno de los denominados temperamentos a la divisin de poderes, pues las autoridades encargadas de la justicia laboral dependen formalmente del poder ejecutivo, aunque su funcin es sin duda de nat uraleza jurisdiccional. Existen dos clases de estas autoridades:

1. Junta de conciliacinEncargada de aplicar la justicia en asuntos cuya cuanta no exceda del importe de tres meses del salario del trabajador, as como en otros cuya tramitacin requiere rapidez y brevedad. En la actualidad este tipo de tribunales ha dejado de tener presencia,encontrndose contadas juntas de conciliacin en el pas, ello en razn de que las Juntasde conciliacin y arbitraje tambin pueden conocer de los asuntos de la cuanta referidaen caso de que no existan juntas de conciliacin en la localidad respectiva.LEGISLACION LABORAL Pgina 16

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2. Junta de conciliacin y arbitrajeSu funcin es aplicar la ley para resolver todo tipo de conflictos laborales que se someten a su conocimiento. Ambos tipos de tribunales tienen una integracin tripartita, formada por representantesde los sectores del capital, del trabajo y del gobierno, funcionando este ltimo como presidente de la junta. El representante del gobierno es designado por el poder ejecutivo correspondiente,en tanto que el representante del capital y del trabajo esdesignado mediante convenciones de sus respectivos sectores representativos, durando en su encargo un trmino de seis aos.

Estructura de las juntas de conciliacin y arbitrajeEstos tribunales funcionan en pleno o en juntas especial es. El pleno se conforma con un presidente, que lo es de toda la junta, y con los representantes del capital y del trabajode la totalidad de las juntas especiales que la integren, mientras que las juntas especiales se integran con un presidente, un representante del trabajo y un representante del capital. El pleno se ocupa de resolver los conflictos laborales cuando estos afecten a dos o ms ramas de la industria, en tanto que a las juntas espec iales les corresponden resolver todos los dems tipos de conflictos laborales. A nivel federal existe una sola junta que se denomina precisamente Junta federal de Conciliacin y arbitraje, la cual cuenta con 61 juntas especiale s distribuidas en el territorio de la repblica, de las cuales dos se ubican en nuestro estado: la veintisis en Chihuahuacapital y la cincuenta y cinco en Ciudad Jurez.

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UNIDAD

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Sujetos de la relacin individual de trabajoContenido temtico1. El trabajador. Concepto. Tipos. 2. El patrn. Concepto: a) Los representantes del patrn, b) El intermediario y c) Patrones solidarios. 3. La empresa y el establecimiento. Concepto laboral.

Resultado de aprendizajeConoce a los protagonistas de la relacin individual de trabajo y sus diversas manifestaciones.

y Pregunta guaQu condiciones otorgan las calidades de trabajador y de patrn?

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ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Qu entiende por trabajador y patrn? 2. Qu diferencia existe entre el intermediario y el patrn? 3. Distinga los conceptos empresa y establecimiento, en materia laboral.

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOS1. Lectura de la unidad 2 de la antologa. 2. Consultar los artculos 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16 de la Ley Federal del Trabajo. 3. Estudio de caso: Una empresa se constituye con el fin de servir a otras, en la contratacin depersonal, asumiendo formalmente la responsabilidad laboral, expidiendo ella las constancias de pago salarial, con la pretensin de que la empresa que recibe en realidad los servicios de los trabajadores contratados no corra el riesgo de que se le hagan reclamaciones de tipo laboral. En tal supuesto, en caso de que un trabajador sea despedido por la empresa que recibe sus servicios, en forma directa, cul de las dos empresas tendr la responsabilidad de la relacin laboral.

ACTIVIDADES DE APLICACINElabore un mapa conceptual de los diferen tes tipos de trabajadores y patrones .

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEOResolver el siguiente planteamiento: Una empresa constructora realiza una obra de construccin de una casa parauno de sus clientes, durante el transcurso de la obra, el encargado de la misma despide a alguno de los albailes, mismo que demanda laboralmente a la constructora, resultando que la misma carece totalmente de bienes para responder de sus obligaciones laborales. Que opciones legales puede tener el trabajador, para hacer efectivos sus derechos laborales .

2.1. El trabajador Concepto

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3El elemento medular de la definicin de la figura del trabajador, lo constituye la prestacin de un servicio personal subordinado. Esto es reconocido por la ley, misma que en su artculo 8 establece que trabajador es la persona fsica que presta a otra, fsica o moral, un trabajo personal subordinado . Este precepto tambin establece el significado del concepto trabajo, sealando que es toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparacin tcnica requerido por cada profesin u oficio . Ahora bien, es necesario para una cabal comprensin de lafigura que nos ocupa,precisar la significacin del elemento subordinacin, el cual alude a que la prestacindel servicio en que consiste el trabajo, se realiza bajo la direccin y dependencia del patrn.

Tipos de trabajadores1. Trabajador de base (planta). Es el que presta sus servicios a un patrn bajo un contrato por tiempo indeterminado. 2. Trabajador eventual (interino, transitorio). Es el que labora bajo un contr ato que celebra por tiempo u obra determinados. 3. Trabajador sindicalizado. El que pertenece a una asociacin profesional denominada sindicato. 4. Trabajador de confianza. Conforme a la ley, la calidad de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeadas, de tal manera que la denominacin que en un momento dado, un patrn pudiese dar a un puesto, para considerarlo como de confianza, no es determinante, as lo dispone el artculo 9 de la ley, mismo que nos describe cules son las funciones que se consideran de confianza, y que podemos englobar en dos tipos: a). Funciones de carcter general.- las consistentes en direccin, inspeccin, vigilancia y fiscalizacin en el centro de trabajo cuando tengan carcter general. b). Funcin especial.- las que se relacionen con trabajos personales del patrn dentro de la empresa.

2.2. El patrn

ConceptoLEGISLACION LABORAL Pgina 20

FORMACION PARA EL TRABAJO 3El papel antagnico al trabajador lo representa el patrn, quin es el que recibe , para suprovecho, la prestacin del servicio por aquel realizado. El artculo 10 de la ley lo define como: la persona fsica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores .

Los representantes del patrnExisten dentro de la estructura de una empresa, diversas figuras en las que el patrn delega su funcin, adquiriendo entonces la calidad de representantes del patrn. Tal papel corresponde a todos aquellos que realizan funciones de direccin o administracin en la empresa y que en forma ejemplar son los directores, administradores, gerentes, superintendentes, supervisores, contralores; todos ellos en su trato con los trabajadores subordinados, van a obligar al patrn en sus relacione s laborales. Debe de tomarse en cuenta que los representantes del patrn, son por un l ado trabajadores subordinados a este, y por otro son superiores jerrquicos de los dem s trabajadores, y por lo tanto juegan un doble papel en el centro de trabajo.

2.3. Tipos de patrones

IntermediarioSe concepta as a la persona que contrata a otra para que preste sus serviciosaunpatrn. Si la figura del intermediario consiste en una empresa establecida que contrata trabajos para ejecutarlos con elementos propios, suficientes para cumplir las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores, ser entonces considerada como un patrn. Cuando se utilicen intermediarios para la contratacin de trabajadores, estos nopodrn recibir retribucin o comisin con cargo a los salarios de los trabajadores.

Patrn solidarioLa solidaridad es una forma de cumplimiento de las ob ligaciones, mediante la cual la deuda que es contrada por varios, puede ser exigida en su totalidad a cualquiera de los deudores por parte del acreedor. Este concepto aplicado al derecho laboral,significaque dos o ms patrones tienen la obligacin de responder por el cumplimiento total de las obligaciones derivadas de la relacin laboral. Nuestra ley contempla tres casos de este tipo de patrn: 1. EL intermediario que constituye empresa establecida que contrate trabajos para ejecutarlos con elementos propios, y que carece de solvencia para cumplir las obligaciones que deriven de lasLEGISLACION LABORAL Pgina 21

FORMACION PARA EL TRABAJO 3relaciones con sus trabajadores, sersolidariamente responsable conjuntamente con los beneficiarios directos de lasobras o servicios (artculo 13). 2. La empresa beneficiaria de las obras o servicios, queen forma exclusiva o principal otra empresa le presta, cuando esta no dispone de elementos pro pios suficientes para cumplir sus obligaciones laborales (artculo 15). 3. El patrn sustituido es solidariamente responsable con el nuevo patrn de un centro de trabajo, por las obligaciones nacidas antes de la fecha de la sustitucin, y hasta por el trmino de seis meses contados a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la sustitucin a los trabajadores; concluido dicho trmino, subsistir nicamente la responsabilidad del patrn sustituto (artculo 41).

2.4. La empresa

Concepto laboralEs sealada la tendencia del derecho del trabajo para imputar la responsabilidad de lasrelaciones laborales a la entidad que constituye el centro de trabajo, independientementede su configuracin fctica o jurdica. Dentro de esta tendencia, nuestra ley en su artculo 16 entiende por empresa la unidad econmica de produ ccin o distribucin de bienes y servicios y por establecimiento, la unidad tcnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realizacin de los fines de la empresa. Los elementos de la empresa son tres: subjetivo, constituido por trabajador y patrn; objetivo, formado por los elementos materiales, y teleolgico caracterizado por el fin de obtener ganancias.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

UNIDAD

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La relacin de trabajoContenido temtico1. Concepto. 2. Naturaleza jurdica.LEGISLACION LABORAL Pgina 23

FORMACION PARA EL TRABAJO 33. El contrato de trabajo: a) Presuncin de existencia, b) Formalidades del Contrato de trabajo, c) Duracin del Contrato de Trabajo y d) El contrato de prueba.

Resultado de aprendizajeSabe cundo una relacin de prestacin de servicios es de naturaleza laboral y cuando es ajena al rgimen de trabajo.

y Pregunta guaCundo una relacin de prestaciones de servicios personales se considere tutelada por el derecho laboral ?

ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Qu tipo de contrato es el contrato de trabajo? 2. Cuntos tipos de contratos de trabajo conoce?

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOSElabore un cuadro sinptico donde se contemplen los diferentes contratos de trabajo que existen, sealando las caractersticas de cada uno de ellos.

ACTIVIDADES DE APLICACINElabore un contrato de trabajo , concibiendousted a la parte trabajadora a las partes Trabajador y patrn e identifique en l los contenidos qu e previene el artculo 25 de la Ley Federal del Trabajo.

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEOPresente un trabajo en el que analice el artculo 21 de la Ley Federal del Trabajo; identifique la presuncin que dicho artculo co ntiene; seale como opera dicha presuncin y la traslade a un caso prctico que la ejemplifique .

3.1 ConceptoLEGISLACION LABORAL Pgina 24

FORMACION PARA EL TRABAJO 3La figura de la relacin de trabajo es la piedra angular para dirimir si una prestacin de servicios puede ser considerada como de naturaleza laboral. Por relacin de trabajo seentiende a la situacin jurdica que se crea entre dos personas por virtud de la prestacin de un servicio personal subordinado, cualquiera que sea la causa que lo origina, y por cuya virtud se aplica al prestador del servicio, todo un estatuto protector.

3.2 Naturaleza jurdicaCon el fin de determinar la esencia de la relacin de trab ajo, se han proyectado diversas tesis, citando a continuacin las ms trascendentales: 1. Tesis del arrendamiento. Entiende a la relacin de trabajo como un contrato traslativo de uso, por el cual una persona se obliga a trabajar para otra, mediante un precio proporcional al tiempo pactado. 2. Tesis de la compraventa. Tambin dentro del campo civil se asimil la relacin laboral a la compraventa, considerando a la fuerza del trabajo como una mercanca susceptible de enajenarse a cambio de un precio cierto y en dinero. 3. Tesis de la situacin jurdica objetiva. Dentro de la teora de los hechos jurdicos, existe la clasificacin de los estados jurdicos, que son aquellos que determinan una nor matividad aplicable a una situacin determinada, por el hecho de haberse realizado un supuesto preciso. As, la relacin laboral se concepta como un estado jurdico en razn de que al presentarse la prestacin de un servicio personal, de inmediato empieza el marco protector de la ley laboral a tutelar al trabajador. Esta es precisamente la tesis que asume nuestra legislacin sobre la naturaleza de la relacin laboral.

3.3 El contrato de trabajoCuando la relacin de trabajo se formaliza entre patrn y trabajador, asume la figura de un contrato de trabajo, por el cual la ley entiende a aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario .

Presuncin de su existenciaEs prctica generalizada de los patrones el pretender eludir la existencia de una relacin laboral, a fin de evitar la aplicacin de la proteccin legal. Para evitarla, la ley ha dispuesto en su artculo 21 un a presuncin queLEGISLACION LABORAL Pgina 25

FORMACION PARA EL TRABAJO 3se enuncia de la siguiente manera se presume la existencia del contrato y de la relacin de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe , de tal manera que existiendo una prestacin de servicio entre dos personas, la misma se considerar subordinada y por lo tanto dentro del campo laboral. Consecuentemente al existir una persona que presta un servicio y otra que lo recibe, tal relacin se considerar como de trabajo, y si el patrn lo niega, a l le corresponder probar lo contrario.

3.4 Requisitos y contenido del contrato de trabajo

Por imperativo legal, el contrato de trabajo debe de celebrarse por escrito. En caso de que esto no se realice, en una posible controversia respecto a las condiciones de trabajo pactadas entre trabajador y patrn, corresponder a este acreditar su dicho. Dentro del contenido escrito del contrato deben de contemplarse los siguientes puntos que ordenael artculo 25 de la ley laboral: 1. Identificacin de los contratantes. 2. Duracin del contrato. 3. Las labores a desarrollar. 4. Lugar de trabajo. 5. Duracin de la jornada. 6. Monto y forma del salario. 7. Lugar y fecha de pago. 8. Planes de capacitacin y adiestramiento. 9. Las dems que convengan trabajador y patrn.

3.5 Duracin del contrato de trabajoLa duracin de un contrato laboral est sometida a reglas precisas que limitan la voluntad de las partes. La ley admite los siguientes tipos de contrato en cuanto a su duracin:

1. Contrato por tiempo indeterminado.Si las partes contratantes no formulan una estipulacin ex presa en cuanto a la duracin contrato, este se considerar como celebrado por tiempo indeterminado. del

2. Contrato por obra determinada.Este contrato expresa la temporalidad del objeto de la relacin de trabajo, de tal formaque si se extingue dicho objeto, cesa igualmente el contrato de trabajo. Solamente puede estipularse este tipo de contrato cuando as lo exija la naturaleza del trabajo pactado.LEGISLACION LABORAL Pgina 26

FORMACION PARA EL TRABAJO 33. Contrato por tiempo determinadoLa estipulacin de un tiempo fijo solo se permite por la ley en tres hiptesis: a) Cuando as lo exija la naturaleza del trabajo a desarrollar. b) La sustitucin temporal de otro trabajador. c) Tratndose de minas, cuando carezcan de minerales costeables o para la restauracin de minas abandonadas. Cuando la materia de trabajo subsiste, la relacin laboral quedar prorrogada por todo el tiempo que perdure tal circunstancia, como lo d ispone el artculo 39 de la ley laboral. Contratos a prueba, en algunas ocasiones, bajo el pretexto de probar las habilidades de un trabajador y su capacidad para la labor, los patrones imponen la celebracin de contratos a prueba, usualmente por 28 o 30 das. Tales contratos no estn permitidos en nuestra legislacin, por lo que carecen de eficacia, y en todo caso la contratacin deber de ser considerada como celebrada por tiempo indeterminado.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

UNIDAD 4

Las condiciones de trabajoContenido temtico1. La jornada de trabajo: a) clasificacin y lmites y b) modalidades. 2. Las horas extras: a) tiempo extra obligatorio y no obligatorio y b) el pago del tiempo extra. 3. Las vacaciones y la prima vacacional. 4. Los das de descanso: a) sptimos das, b) descansos obligatorios. 5. La prima dominical. 6. El aguinaldo.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

Resultado de aprendizajeAprende las prestaciones que conforman el entorno pro tector en el cual se desarrolla la relacin de trabajo y la forma de calcular la cuantificacin de dichas prestaciones .

y Pregunta guaCules son las prestaciones de tutela y mnimas de que debe gozar un trabajador, por disposicin de la Ley Federal del Trabajo?

ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Seale cules son los lmites mximos de duracin de cada tipo de jornada de trabajo. 2. Establezca una clasificacin, en la que se contemplen los diferentes tipos de horas extras que seala la Ley Federal del Trabajo. 3. Determine cules son los tipos de descanso que puede disfrutar un trabajador a la luz de la Ley Federal del Trabajo. 4. Cmo se paga la prima dominical?

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOSLectura de la unidad 4 del programa, para adquirir una visin completa de las condiciones protectoras, y su regulacin en el ttulo tercero de la Ley Federal del Trabajo artculos del 56 al 81 y 87.

ACTIVIDADES DE APLICACIN1. Determine si la jornada de un chofer de camin de transporte urbano de pasajeros, que labora de las 06:00 horas a las 18:00 horas los lunes, mircoles y viernes de cada semana, descansando los domingos, se apega a la determinacin de las jornadas mximas de trabajo que seala la Ley Laboral, y en su caso seale los fundamentos legales correspondientes. 2. Aplicando las disposiciones respectivas de la Ley Federal del Trabajo, establezca cual es la percepcin que correspondera a un trabajador que labora en su da de descanso semanal, el cual disfruta los domingos de cada semana, tomando en cuenta que dicho trabajador percibe un sueldo diario de $220.00 y que adems el da de descanso que le correspondi laborar fue el 1 de mayo.

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEOLEGISLACION LABORAL Pgina 29

FORMACION PARA EL TRABAJO 3Conforme un caso, en el que establezca el sueldo diario de un trabajador, antigedad en el servicio, su horario y jornada semanal. Con los datos por usted concebidos determine: 1. Qu cantidad debe pagrsele al trabajador si labor durante una semana, 4 horas extras un da, otras 2 horas extras y otras diversas 4 horas extras ms? 2. Cuantos das de vacaciones le corresponden y el importe de la prima respectiva? 3. Si le corresponde prima dominical. 4. Cul es el tipo de jornada que labora el trabajador y que modalidades se le pueden aplicar?

4.1 La jornada de trabajoEl tiempo durante el cual el trabajador est a disposicin del patrn para prestar su trabajo, es lo que se denomina jornada laboral, sin que en su concepto importe la prestacin real del servicio, sino exclusivamente la disponibilidad de prestarlo a favor del patrn.

4.1.1 ClasificacinDe acuerdo a las horas del da que abarque la jornada laboral se clasifica en los siguientes tipos: 1. Jornada diurna. Es la comprendida entre las 6:00 y 20:00 horas con una duracin mxima de 8 horas. 2. Jornada nocturna. Comprende entre las 20:00 y las 6:00 horas, su mxima duracin es de 7 horas. 3.Jornada mixta. Comprende periodos de la jornada diurna y nocturna, siempre que el tiempo del periodo nocturno sea menor de 3 horas y media, pues si comprende 3 horas y media o ms, se reputar jornada nocturna. Su duracin mxima es de 7 horas y media.

4.1.2. Modalidades a la duracin de la jornadaDe conformidad con el artculo 59 de la ley laboral, el trabajador y el patrn, sin excederlos mximos legales elevados a la semana, podrn repartir las horas de trabajo a fin de que los trabajadores puedan disfrutar de descanso los sbados en la tarde, o cualquier modalidad equivalente. Cuando se trate de jornadas continuas, el patrn debe de conceder al trabajador un descanso de media hora, por lo menos, el cual le debe ser computado como laborado, si durante el mismo no puede salir el trabajador del lugar donde presta sus servicios.

4.2. Las horas extras

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3ConceptoPuede definirse esta figura como el incremento de la jornada convenida debido a circunstancias especiales motivadas por una necesidad patronal .

4.2.1 Tiempo extraordinario obligatorio y no obligatorioA fin establecer con claridad el tiempo extra a que est obligado un trabajador, a continuacin se establecen los siguientes supuestos: 1. Tiempo extra que no exceda de 3 horas diarias ni de tres veces en una semana. 2. Tiempo extra que excede del lmite de 3 horas diarias y de 3 veces en una semana. 3. Tiempo extra en casos de siniestro o riesgo inminente en que peligra la vida del trabajador, compaeros, patrn, o la existencia misma de la empresa. El supuesto mencionado en el nmero uno es obligatorio para el trabajador laborarlo, segn dispone el artculo 66 de la ley laboral. Igualmente deber laborarse en el caso del supuesto nmero tres, por el tiempo estrictamente indispensable para superar la situacin. El supuesto mencionado en el numero dos no es obligatorio de prestarlo por el trabajador.

4.2.2 El pago del tiempo extraordinarioSegn se trate de alguno de los supuestos mencionados en el numeral antecedente, es diferente el mecanismo de pago que la ley establece para el tiempo extra. En el supuesto nmero uno, de que se labore dentro del lmite legal, las horas extraordinarias se pagan con un ciento por ciento ms del salario que corresponda a la jornada. En el caso del supuesto nmero dos, cuando se trabaja fuera del lmite de 9 horas extras a la semana, se debe de pagar en un 200% ms del salario de la jornada ordinaria. En el tercer supuesto, las horas extras se retribuyen con una cantidad igual a la que corresponda a las horas de la jornada ordinaria.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 34.3. Las vacaciones

Tienen la finalidad de permitir que el trabajador disfrute de un descanso ms o menos prolongado, a fin de que recupere su capacidad productiva. Conforme al artculo 76 de la ley federal del trabajo, las vacaciones se computan segn los aos de servicios prestados. A partir del primer ao, el periodo anual de vacaciones pagadas debe ser de 6 das laborables, dicho periodo aumenta en dos das laborables hasta llegar a 12, por cada ao subsecuente de servicios. Despus del cuarto ao, el periodo de vacaciones se aumentar en dos das por cada cinco de servicios. Ha sido tema controvertido el cmputo de las vacaciones despus del cuarto ao de servicios. El texto del artculo 76 de la ley federal del trabajo, es claro en determinar que se aumentan dos das por cada cinco aos de servicios, n o obstante, la suprema corte de justicia de la nacin ha determinado, en jurisprudencia obligatoria, qu e no es necesario esperar hasta cumplir el periodo completo de cinco aos, sino que basta superar el cuarto ao para ya tener derecho a los dos das ms de vacaciones, y as sucesivamente en todos los ciclos de cinco aos. Los das de vacaciones deben de ser necesariamente laborables, esto es, que no pueden incluirse en ellos los das de descanso, tampoco pueden ser compensadas las vacaciones con una remuneracin. Las vacaciones deben ser concedidas dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del ao de servicios, pudiendo el patrn acomodar en ese lapso el disfrute de las vacaciones de sus trabajadores.

4.3.1 La prima vacacionalEsta figura tiene como finalidad determinarun ingreso extraordinario que permita a los trabajadores el disfrute de sus vacaciones, y debe ser pagada precisamente, antes desalir el trabajador al periodo vacacional. Conforme al artculo 80 de la ley, esta prima es equivalente a, cuando menos, el 25% sobre los salarios que le correspondan al trabajadordurante el periodo de vacaciones.

4.4. Los das de descansoLa ley establece dos tipos de descansos, uno conocido como el sptimo da, que se consagra en el artculo 69, y que es el que corresponde disfrutar equivalente a un dapor cada 6 das de trabajo, con goce de salario, a efecto de permitir al trabajador la reposicin de fuerzas y el rompimiento de la rutina laboral. El otro tipo es el conocido como descanso obligatorio , que se otorga a efecto de dar oportunidada los trabajadores para que conmemoren fechas histricas o religiosamente trascendentes, o bien

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3para cumplir alguna obligacin poltica. Los descansos obligatorios se contemplan en el artculo 74 de la ley federal del trabajo, el cual considera las siguientes nueve fechas:

1 de enero, 5 de febrero, (que se descansa el primer lunes de febrero) 21 de marzo, (que se descansa el tercer lunes de marzo) 1 de mayo, 16 de septiembre, 20 de noviembre, (que se descansa el tercer lunes de noviembre) 1 de diciembre de cada seis aos, cuando corresp onda a la transmisin del poder ejecutivo federal, 25 de diciembre aquellas que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

4.5. La prima dominicalConstituye una remuneracin de carcter extraordinario para aquellos trabajadores que ordinariamente laboran los das domingo, correspon dindoles su da de descanso en cualquier otro da de la semana. Esto obedece a que el domingo se considera el da de descanso tradicional, y al privrsele al trabajador del mismo, se le otorga una compensacin por ello, misma que consiste en un 25% sobre el salario del da ordinario de trabajo.

4.6. El aguinaldo

Es una figura que se incorpor a la legislacin laboral en el ao de 1970, como un reconocimiento a una tradicin de nuestro pas relativa al pago de una gratificacin anual con motivo de las fiestas navideas y de fin de ao. De acuerdo al artculo 87 de la ley, el aguinaldoLEGISLACION LABORAL Pgina 33

FORMACION PARA EL TRABAJO 3consiste al equivalente a 15 das de salario tabulado, los cuales deben de pagarse al trabajador antes del da 20 de diciembre de cada ao. Desde luego, esta figura como todas las del derecho obrero admiten la proporcionalidad en relacin al tiempo trabajado, de tal manera que an y cuando un trabajador no haya cumplido el ao deservicios, tendr derecho a que se le pague la parte proporcional conforme al tiempo trabajado.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3

UNIDAD 5

El salarioContenido temtico1.Definicin. 2.Tipos de salario: a) tabulado o cuota diaria, b) integrado y c) indemnizatorio. 3.Salario Mnimo: a) concepto, b) su fijacin y c) tipos. 4.Medidas protectoras al salario. 5.Descuentos permitidos: a) al salario en general, b) al salario mnimo 6. Contingencias.

Resultado de aprendizajeLEGISLACION LABORAL Pgina 35

FORMACION PARA EL TRABAJO 3Entiende el papel de la figura del salario, sus diversas manifestaciones y la tutela que la Laboral establece a la percepcin de los trabajadores . Ley

y Pregunta guaConsidera usted que el salario es un elemento esencia l de la relacin de trabajo?

ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Cules son los conceptos que forman parte del salario de un trabajador? 2. Cul es la funcin del llamado salario mnimo? 3. Cul es la naturaleza del rgano estatal que determina el monto de los salarios mnimos?

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOS1. Describa el mecanismo para determinar los salarios mnimos, con base en la lecturadel tema 5 de los contenidos y la parte correspondiente del articulado de la Ley Federal del Trabajo. 2. Elabore un cuadro sinptico en el que se contemplen las medidas protectoras al salario que dispone la Ley Federal del Trabajo.

ACTIVIDADES DE APLICACIN1. Investigue cuales son las prestaciones que recibe un trabajador que labore parala empresa que usteddeseeconsultar o referir, y con base en ello, obtenga elsalario integrado y los distintos elementos que lo conforman, describiendo y asentando las operaciones aritmticas necesarias. 2. Determine, con base en la Ley, cual es el salario integrado de un trabajador, quesolo recibe las percepciones que la Ley Laboral contempla, refiriendo un ejemplo que el alumno arme, y que le sirva para desarrollar las operaciones que le sirvan para la cuantificacin correspondiente.

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEO1. Plantee el alumno un ejemplo en el que seale el sueldo semanal de un hipottico trabajador y le aplique un descuento a dicho sueldo que represente un 15% de suimporte, descuento realizado por el patrn a ttulo de recuperacin de un pago realizado al trabajador en exceso anteriormente por la cantidad equivalente a cinco disposiciones relativas a los descuentos al salario:

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3a) Qu presupuesto es indispensable para poder re alizar descuentos en el salario del trabajador? b) Cul es el monto mximo que puede exigir el patrn, va descuento? c) Cul es la cantidad que pudiera descontar el p atrn, en cada ocasin que paga su salario al trabajador? 2. Elabore usted una investigacin, en la que establezca un anlisis comparativo entre los distintos tipos de salarios mnimos generales del pas, entre s y con los diferentes tipos de salarios mnimos profesionales que se determinan para ciertos oficios, partiendo de las diferentes cantidades q ue para cada tipo de salario se determina.

5.1 DefinicinEl artculo 82 de la ley otorga al salario la naturaleza de una contraprestacin, al definirlo como la retribucin que debe de pagar el patrn al trabajador por su labor. Es el salario la consecuencia necesaria a la prestacin del servicio.

5.2 Atributos del salarioExisten diversas cualidades que distinguen al salario y que definen su naturaleza:

1. RemuneradorEl salario es proporcional en su cuanta al tiempo laborado. Ningn trabajador puederecibir un salario inferior al mnimo general o profesional cuando trabaje la jornada legal mxima. A contrario sensu, podr recibir el trabajador un salario inferior al mnimo, cuando labore menos de la jornada mxima.

2. SuficienteEl artculo 3 de la ley laboral dispone que el trabajo deba de efectuarse en condiciones que aseguren un nivel decoroso para el trabajador y su familia. No obstante, en la actualidad y por lo general, lo anterior no pasa de ser una afirmacin programtica, alejada de la realidad social.

3. DeterminadoEl trabajador tiene derecho a saber de antemano cul va a ser la retribucin por laprestacin del servicio convenido. Existen en la ley cua tro formas de determinacin del salario: a) Por unidad de tiempo. Se evala en relacin al tiempo que se dedica al trabajo, pagndose ordinariamentepor la jornada diaria realizada.LEGISLACION LABORAL Pgina 37

FORMACION PARA EL TRABAJO 3b) Por unidad de obra. Se paga de acuerdo al nmero de piezas que se produzcan por el trabajador. Siempre habr de respetarse el salario mnimo general. Tambin a esta forma se le conoce como pago a destajo. c) A comisin. Esta forma de pago puede ser de acuerdo a un porcentaje pactado sobre las ventas Realizadaspor el trabajador, o bien, una tarifa sobre unidades vendidas. Debetambin en este caso respetarse cuando menos el salario mnimo general. d) A precio alzado. Es una variacin del pago por unidad de obra, que consiste en fijar el salario de acuerdo a una tarea especfica a realizar.

4. PeridicoEl salario debe de cubrirse por periodos de tiempo iguales y determinados. Conforme alartculo 88 de la ley a los obreros se les debe de pagar semanalmente y a los dems trabajadores cada quince das. La ley entiende por obrero al tr abajador que emplea ms la fuerza fsica que la intelectual en el desarrollo de su labor.

5. CiertoEl salario debe de ser pagado en moneda del curso legal. El artculo 101 de la ley estableceque no es permitido pagar el salario con mercancas, vales, fichas o cualquier otro signorepresentativo con que se pretenda sustituir la moneda. Al re specto surge el problemade los pagos realizados mediante cheque, problema que se resuelve conforme a lasdisposiciones de la legislacin mercantil en donde se establece que dicho ttulo de crditoes un instrumento de pago, por lo que en consecuencia no es signo sustitutivo de lamoneda, siendo esto avalado por los tribunales laborales .

5.3 Tipos de salarioEn la ley se manejan diversas denominaciones alusivas al salario, que a continuacin se describen:

Salario tabuladoSe refiere al pago que se recibe en cuota diaria por el puesto desempeado por el trabajador. Precisamente de ah viene esta denominacin, del tabulador de salarios que se utiliza en las empresas, en el que se consignan los puestos o categoras y lo que lecorresponde a cada una de ellas por pago diario. Tambin se denomina a este salariocomo cuota diaria, o como salario ordinario.

Salario integrado

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Este tipo de salario se describe en el artculo 84 de la le y, y consiste en la suma de los pagos hechos por cuota diaria ms cualquier otra cantidad o prestacin que se entregue al trabajador por su trabajo. Una frmula sencilla para determinar, dentro de todas las prestaciones que puede recibir un trabajador, cules de ellas conforman el concepto de salario integrado, se puede elaborar con la conjugacin de dos aspectos. El primer aspecto consiste en analizar, en cada caso, si la prestacin se recibe por el servicio prestado, o bien para desarrollar elservicio. Cuando el ingreso es por el trabajo prestado, la prestacin respectiva integra elsalario, pues tiene toda la naturaleza de una contraprestacin por el servicio, que esprecisamente la naturaleza del salario. Cuando el ingreso es para el trabajo, la prestacinno se considera dentro del salario, toda vez que se otorga para el mejor desempeo delservicio, no constituyendo un ingreso, tal como es el caso de los viticos y los gastos derepresentacin. El segundo aspecto es relativo a la continuidad o permanencia de lapercepcin de la prestacin, de tal forma que si lo que se percibe es ordinariam ente recibido, configurando un ingreso fijo o constante, tal prestacin integrar el salario. Encaso contrario, si la percepcin es contingente, como puede ser el caso del tiempoextraordinario o de los bonos de asistencia o puntualidad, tal percepcin no integrar el salario. En sntesis, cualquier prestacin retribuida al trabajador por su servicio, y quesea adems fija, constante, o permanente, deber considerarse para la integracin delsalario.

Salario indemnizatorioEste tipo de salario opera para realizar el pago de indemnizaciones. Cuando el patrnrealiza un hecho ilcito por el cual debe de responder mediante la reparacin del dao, la ley establece un tipo de salario especial para la cuantificacin correspondiente, quese regula en su artculo 89. C onforme a este dispositivo legal, el salario para pagar unaindemnizacin se conforma con el salario integrado que corresponda al da en que nazcael derecho a recibirla. Cuando el salario es variable, se toma el promedio de las percepciones obtenidas enlos 30 das efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho, y si en ese lapso hubiese habido un aumento en el salario, se tomar como base el promedio obtenido a partir de la fecha del aumento.

5.4. El salario mnimo

ConceptoEs la cantidad menor que debe recibir un trabajador por los servicios prestados durante una jornada de trabajo. La ley seala, en su artculo 90, que este salario debe ser suficientepara satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia en elLEGISLACION LABORAL Pgina 39

FORMACION PARA EL TRABAJO 3orden material, socialy cultural, y para proveer a la educacin obligatoria de los hijos. Lo anterior es desdeluego un desidertum legislador, todava inalcanzado.

5.4. 1. Determinacin del salario mnimoCorresponde su fijacin a la llamada comisin nacional de los salario s mnimos, el cual es un organismo de integracin tripartita, formado por representantes de los trabajadores,de los patrones y del gobierno. Esta Comisin se ocupa de realizar los estudios pertinentes para establecer las Condiciones econmicas del pas, y con base en los mismos definir los salarios considerados como mnimos. En la actualidad, la comisin nacional divide al pas en tres reasgeogrficas, en consideracin al costo de la vida, identificndolas como reas geogr ficasa, b y c segn la mayor o menor cuanta del salario mnimo.

5.4. 2 Tipos de salarios mnimosEl artculo 91 de la ley federal establece que los mnimos pueden ser de ndole generalpara una o varias reas geogrficas de aplicacin, que pueden extenderse a una o varias entidades federativas, o bien de ndole profesional para una rama determinada de la actividad econmica o para profesiones, oficios o trabajos especiales, dentro de una o varias reas geogrficas. En la actualidad, la comisin ha determinado la existencia de tres reas geogrficas en relacin a la aplicacin de los salarios mnimos, correspondindole a la zona de vida cara la denominacin de rea geogrfica A, que comprende los estados de Baja California,Baja California Sur, Distrito Fed eral y ciertos municipios de los estados de Chihuahua,Guerrero, Mxico, Sonora, Tamaulipas y Veracruz. A la zona de vida media lecorresponde el rea geogrfica B, que abarca determinados municipios de los estadosde Jalisco, Nuevo Len, Sonora, Tamaulipas y Veracruz. A la zona de vida barata le toca el rea geogrfica C, que abarca todos los estados y municipios no comprendidos en laszonas A y B. As mismo la comisin ha establecido 88 actividades especiales para las que rige elsalario mnimo profesional, que comprenden actividades especficas, cuyo desempeo se considera que merece percibir un salario superio r al mnimo general. Para tener derecho al mnimo profesional, deben de encuadrar las actividades que realiza el trabajador respectivo en el perfil de definiciones que la misma comisin establece.

5.5. Medidas protectoras al salarioA fin de garantizar que el salario sea percibido eficazmente por el trabajador, la ley establece las siguientes medidas: Es irrenunciable el derecho a percibir el salar io (artculo99 L.F.T.). Debe ser recibido personalmente por el trabajador, o en su defecto por persona con poder bastante para ello.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3Debe ser pagado en da laborable, durante las horas de trabajo o inmediatamente Despus de su terminacin (artculo 109 de la L.F.T.). Prohibicin de imponer multas, cualquiera que sea su causa o concepto (artculo 107 de la L.F.T.). Prohibicin de realizar descuentos en los salarios de los trabajadores.

5.6. Descuentos permitidos al salarioNo obstante que la ley en trminos generales prohbe la realizacin de descuentos a los salarios, el artculo 110 de la ley establece salvedades en los siguientes casos especiales: 1. Pago de deudas contradas con el patrn por anticipo de salarios, pagos en exceso, errores, prdidas, averas o adquisicin de artculos producidos por el patrn. En este caso, la cantidad exigible no puede ser mayor del importe de los salarios deun mes y el descuento no puede ser mayor del 30% del excedente del salariomnimo. 2. Pago de las rentas por las habitaciones proporcionadas por el patrn. No podr exceder el descuento del 15% del salario del trabajador. 3. Pago de abonos para cubrir prstamos provenientes del INFONAVIT. En este caso,cuando el crdito sea relativo a la adquisicin de viviendas ubicadas en conjuntos habitacionales, se puede descontar el 1% del salario del trabajador para los gastosde mantenimiento de dicho conjunto. 4. Pago de cuotas para la constitucin y fomento de so ciedades cooperativas y decajas de ahorro. El descuento no puede ser mayor del 30% del excedente delsalario mnimo. 5. Pago de pensiones alimenticias decretado por la autoridad judicial. 6. Pago de cuotas sindicales ordinarias previstas en los estatutos de l sindicado. 7. Pago de crditos de FONACOT. No puede exceder el descuento del 20% del salario. Las anteriores salvedades operan en relacin al salario en general, sin embargo el salario mnimo tiene una mayor proteccin frente a los descuentos, por lo que tratndosedel mismo, solo pueden operar las siguientes deducciones: 1. Pago de pensiones alimenticias decretada por autoridad judicial. 2. Pago de renta por habitacin proporcionada por el patrn. El descuento no puedeexceder del 10% del salario. 3. Pago de abonos a INFONAVIT. No puede exceder del 20% del salario. 4. Pago de abonos a FONACOT. El descuento mximo es de un 10% del salario. Las anteriores salvedades se consignan en el artculo 97 de la ley laboral, y son las nicas que se admiten para los salarios mnimos.

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UNIDAD

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Alteracin de la relacin individual de trabajoContenido temtico1. La suspensin individual, conceptos, causas efectos. 2. El despido: a) causales de despido-plazo para despedir, b) acciones derivadas del despido, c) el aviso de despido. 3. El retiro justificado: a) causales, b) plazo para ejercer el retiro justificado. 4. La terminacin individual: concepto, causas .

Resultado de aprendizajeEntender las diferentes figuras que se presentan cuando se altera la normalidad en el desempeo de una relacin individual de trabajo, com prendiendo las consecuencias de cada una de ellas.

y Pregunta guaDe qu formas se puede alterar el desempeo normal de una relacin de trabajo ?

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ACTIVIDAD PREVIAPreguntas generadoras1. Cul es la finalidad de la figura que se conoce como suspensin individual de la relacin de trabajo? 2. Cul es en su concepto, la causal de despido justificado que puede englo bar a la mayora de las conductas que la Ley describe para permitir el despido? 3. Qu diferencia existe entre el despido y el retiro justificado, sirvindose de base para el anlisis el concepto de rescisin? 4. Describa los pasos que debe seguir un patrn para cum plir con la obligacin relativa al aviso de despido. 5. Cul es el supuesto para que proceda la figura denominada terminacin individual?

ACTIVIDADES SOBRE LOS CONTENIDOS1. Plantee el alumno un caso en el que opere un despido justificado, des cribiendo prolijamente la causal de despido que se argumente por el patrn. 2. Elabore un reporte donde contemple las consecuencias de un despido injusto, Clarificandolas opciones que prev la Ley para los trabajadores en ese caso, incluyendola hiptesis de que, habiendo pretendido el trabajador su reinstalacin,el patrn se niegue a ello.

ACTIVIDADES DE APLICACIN1. Elabore un trabajo en el que refiera los distintos plazos que operan paratrabajadores y p atrones en relacin con las figuras del despido, del despido yretiro justificado. As mismo, contemple tambin los plazos que puede permanecersuspendida una relacin individual de trabajo, especificando las causas quegeneran cada plazo. 2. Realice un reporte en el que seale cuales considera las principales causas dedespido, contemplando al menos tres de las que refiere la Ley Federal del Trabajo .

EVIDENCIA INTEGRADORA DE DESEMPEO1. Si un trabajador requiere un documento oficial para desempear sus servicios,documento que se exige para el desempeo de la actividad del trabajador porparte de la autoridad, y no tiene el documento, a que figura legal puede acudir. 2. Elabore el alumno un caso en el que describa una situacin de despido en contra 3. Desarrolle un planteamiento en el cualvlidamente un trabajador pueda retirarse Justificadamentedel trabajo, describiendo adems los pasos que debe de seguirel trabajador. 4. Realice un reporte en el que explique la razn del distinto trato que da la Ley a l as

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FORMACION PARA EL TRABAJO 3causales de terminacin de la relacin de trabajo, especficamente la diferenciaque hay entre la fraccin cuarta del artculo 53 de la Ley Federal del Trabajo y lasdems causales.

6.1. La suspensin individual.

ConceptosEn este caso, si el trabajador fue detenido a causa de obrar en defensa de lapersona o intereses del patrn, este queda obligado a pagar los salarios dejadosde percibir. a) El arresto del trabajador. El arresto constituye una medida de ndole administrativa por medio de la cual se puede privar a una persona de su libertad hasta por 36horas, ya sea por infraccin a los reglamentos municipales de polica o pordeterminacin de un juez. b) El cumplimiento y desempeo de los cargos y servicios mencionados en losartculos 5 y 31 fraccin III de la constitucin general de la repblica. Estos preceptos constitucionales se refieren al servicio de las armas, de jurado, los cargosconcejiles, los de eleccin popular y el alistarse en la guardia nacional, duranteel desempeo de estos, la relacin laboral se suspende. c) La designacin de los trabajadores ante organismos estatales de naturaleza laboral tripartita. d) La falta de documentos que exijan las leyes y reglamentos para desempear unservicio, cuando ello sea imputable al trabajador. Ciertos trabajos como el deautotransportesy el desempeado en aeronaves y buques requiere de documentacin,cuya obtencin corresponde al trabajador, y en el caso de que no seposea, se le otorgan un plazo para ello, suspendindose la relacin de trabajo.

6.1.2 EfectosLa duracin de la figura de la suspensin est supeditada a la naturaleza de la causal. Enlos casos sealados en los incisos a y b, de enfermedad contagiosa e incapacidad temporal,la suspensin opera desde el momento en que el patrn tenga conocimiento de laenfermedad o cuando se produzca la incapacidad, y hasta que termine el periodo deincapacidad o antes si la misma desaparece. No puede excederse del trmino fijado enla ley para el tratamiento de enfermedades generales, el cual es de 52 semanas prorrogablespor otras 52 semanas en su caso. Respecto a las causas originadas por prisinpreventiva o arresto, la suspensin opera desde el momento en que el trabajador acrediteestar detenido y hasta que termine el arresto o cause ejecutori a la sentencia que loabsuelva. En los casos de suspensin por servicios obligatorios o por haber sido designadorepresentante de los trabajadores, la suspensin se presenta desde la fecha en que elpatrn tenga conocimiento del hecho, hasta por un periodo de 6 aos. En el caso defalta de documentos, la suspensin va desde la fecha en que el patrn tiene conocimientodel hecho, hasta por un periodo de dos meses. Ahora bien en los casos de suspensin Sealadosen los incisos a, b, d, y h del punto antecedente, lo s trabajadores deben deregresar a su labor al da siguiente de la fecha en que termine la causa de suspensin, entantoque en los casos sealados en los incisos c, e, y f, el trabajador debe de regresardentro de los quince das siguientes a la terminacin de la causa de la suspensin.

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FORMACION PARA EL TRABAJO 36.2 El despido

ConceptoSe le define como el acto unilateral a virtud del cual el patrn da por terminada la relacinlaboral, invocando una causa grave de incumplimiento del contrato de trabajo imputableal trabajador. Es preciso aclarar que el artculo 123 constitucional, al referirse alconcepto que nos ocupa, lo hace bajo el trmino de despido, no obstante la ley laboralconsigna la misma figura pero bajo la palabra rescisin, la cual se utiliza en el derechoprivado para s ignificar la terminacin de un contrato por el incumplimiento culpable dela otra parte. Al respecto, y en atencin a la supremaca del texto

constitucional, seprefiere el uso del trmino des pido, adems de que este es ms acorde con el lenguajeutilizado en el mundo de las relaciones laborales. 6.2.1 Causales de despido

El artculo 47 de la ley consigna las causas de despido justificado, mismas que deproducirse no generan responsabilidad para el patrn. A continuacin abordaremosdichas causales, en algunos casos agrupndolas en atencin a la naturaleza similar de lasconductas que consignan: 1. El engao del trabajador o bien del sindic