antologia derecho fiscal y financiero i aem4a admon de empresas iv nocturno. sep-nov 2015

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  • 8/16/2019 Antologia Derecho Fiscal y Financiero I AEM4A Admon de Empresas IV Nocturno. Sep-nov 2015

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    La presente Antología tiene el propósito de

    guiar la enseñanza del Derecho Fiscal y

    Financiero como asignatura del ramo

    administrativo, jurídico y fiscal, que se

    imparte en el nivel superior en la

    Universidad Vizcaya de las Américas

    Campus Tepic; a los estudiantes de la

    Licenciatura en Administración de

    Empresas

    AntologíaDERECHO FISCAL y FINANCIERO

    VI Cuatrimestre Clave: AEM A 

    MF.C.P.A. Jose Jaime German Avellán Macías

    Tepic, Nayarit; a 5 de SEPTIEMBRE de 2015

    Primera Edición

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    UNIVERSIDAD VIZCAYA DE LAS AMERICAS. A.C.

    Campus Tepic

    Derecho Fiscal y Financiero I

    VI Cuatrimestre Clave: AEM4B

    MF. y C.P.A. José Jaime Germàn Avellàn Macì[email protected] 

    INTRODUCCIÓN

    La presente Antología tiene el propósito de guiar la enseñanza del DerechoFiscal y Financiero como asignatura del ramo administrativo y jurídico que seimparte en el nivel superior en la Universidad Vizcaya de las Américas Campus

    Tepic; a los estudiantes de la Licenciatura en Administración de EmpresasSistema Mixto Nocturno.

    Hoy en México la necesidad de conocimientos jurídicos-fiscales es de vitalimportancia, por ello el alumno aprenderá y aplicara de una manera práctica ysencilla el Derecho Fiscal. La estructura principal de los contenidos del Programade Estudios (Temas y Subtemas); facilitando paso a paso la comprensión de cadatema; por lo que el alumno podrá conocer las posibles problemáticas yoportunidades que enfrentan hoy los entes económicos en la observancia de lasdisposiciones legales y fiscales ante las autoridades correspondientes.

    Para el estudiante universitario es de vital importancia comprender losconocimientos del derecho fiscal, el entorno económico, las obligaciones fiscales,las posibles acciones en que las autoridades fiscales fundamentan la aplicacióncorrecta de los Derechos y Obligaciones de los contribuyentes (Personas Físicas yMorales). La recaudación de los tributos constituyen el objeto de regulación delderecho fiscal, por lo que se plantea crear una conciencia cívica formativa paracontribuir y evitar así la evasión que tanto daño hace al crecimiento económico denuestro país.

    Es importante proporcionar al universitario de una guía práctica como lapresente pero además coadyuvar con el compromiso institucional al cometido delos nuevos requerimientos y enriquecimiento de información actualizada, haciendouso de las Tecnologías de la Información y Comunicación), a través delSESWEB  que es Plataforma Virtual Educativa de la Institución; como unaherramienta importante de apoyo para facilitar el aprendizaje y desarrollo dehabilidades de los educandos.

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    OBJETIVO(S) GENERAL(ES) DE LA ASIGNATURA  Al final del presente curso el Alumno conocerá e identificará los aspectos

    básicos del derecho fiscal contenidos en el código fiscal de la federación, el

    complejo Sistema Fiscal Mexicano; los derechos y obligaciones de loscontribuyentes; las facultades del fisco; y el sistema de defensa del contribuyenteante la autoridad, lo que lo capacitará para conocer, comprender, valorar yrespetar el marco jurídico y su alcance legal; sobre la aplicación y manejoadecuado de las obligaciones fiscales y el ejercicio de sus derechos que respondea las necesidades financieras del estado. 

    OBJETIVO(S) ESPECÍFICO(S) DE LA ASIGNATURA

    • Identificar el objeto de estudio explicable a partir de esta disciplina.

    • Comprender los conceptos a partir de los cuales se construye la disciplina, asícomo los principios constitucionales y legales que la rigen.• Que el alumno tenga la habilidad de identificar y conocer las principalescontribuciones que integran el régimen fiscal mexicano.• Que el alumno conozca y maneje las doctrinas y tendencias fiscales quecorresponden a nuestro país.• Que conozca los Presupuestos generadores de los Impuestos).• Que el alumno determine las contribuciones que corresponden a las personasfísicas y personas morales, de acuerdo a las disposiciones fiscales quecorrespondan.• Que el alumno mediante el análisis y la interpretación de las disposiciones

    fiscales de respuesta y solución a los casos concretos que se le planten.  • Aplicar los conocimientos adquiridos en esta disciplina a la solución de casosprácticos

    CONOCIMIENTO, APTITUD Y VALORES.

    BIENVENIDOS

    "Échale ganas a la escuela el día de mañana lo agradecerás"

    "No es analfabeto aquel que no sabe leer, sino aquel que sabiendo leer, no

    lee"

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    TEMAS Y SUBTEMAS Temas y Subtemas Objetivos

    1.- ANTECEDENTES HIST RICOS1.1- Pacto Federal

    1.2- Constitución Política1.3- Convenios Nacionales Fiscales 19251.4- La ley Federal sobre Ingresos Mercantiles e

    impuestos especiales1.5- Ley de Coordinación Fiscal de 19531.6- Convenios celebrados entre la Federación y

    las Entidades Federativas hasta el año de1977

    1.7- Federalismo1.8- Ley de coordinación fiscal de 1980 y susmodificaciones hasta 1996

    1.9- Convenios de adhesión al sistema nacionalde coordinación fiscal y sus anexos

    2. NOCIONES PRELIMINARES2.1 Finanzas públicas2.2 Actividad financiera2.3 Derecho tributario

    3. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN3.1 Introducción3.2 Sujetos3.3 Nacimiento de los créditos fiscales3.4 Impuestos3.5 Derechos3.6 Productos3.7 Aprovechamientos3.8 Contribución especial3.9 Infracciones y fracciones3.10 Atribuciones de las autoridades

    4. IMPUESTOS4.1 Definición de impuestos4.2 Objeto4.3 División4.4 Principios teóricos de los impuestos4.5 Teorías de los impuestos

    El alumno describirá yexpondrá los

    antecedentes históricosmás importantesrelacionados con el origeny desarrollo de la materiade Derecho Fiscal en laLegislación Mexicana

    Explicará y relacionará lasnociones preliminares delderecho fiscal.

     Analizará, describirá yexplicará el código fiscalde la federación.

     Analizará, describirá yexplicará los principiosteóricos de los impuestos.

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    5. ELEMENTOS DE LOS IMPUESTOS5.1 Sujeto5.2 Objeto5.3 Base5.4 Tasa o tarifa

    6. FUENTES DE LOS IMPUESTOS6.1 Renta6.2 Capital6.3 Trabajo6.4 Consumo

    7. CLASIFICACIÓN DE LOS IMPUESTOS7.1 Directos e indirectos7.2 Reales y personales7.3 Específicos y especiales

    7.4 Con fines fiscales y con fines extrafiscales7.5 Impuestos alcabalatorios

    8. EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA8.1 Pago8.2 Compensación8.3 Condonación8.4 Cancelación8.5 Remate8.6 Dación en pago8.7 Confusión8.8 Baja8.9 Prescripción8.10 Caducidad

     Analizará, describirá yexplicará los elementosde los impuestos.

     Analizará, describirá yexplicará las fuentes delos impuestos.

     Analizará, describirá yexplicará la clasificaciónde los impuestos.

     Analizará, describirá yexplicará las condicionesde la extinción de laobligación tributaria.

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    ContenidoINTRODUCCIÓN  .............................................................................................................................. 1

    OBJETIVO(S) GENERAL(ES) DE LA ASIGNATURA .............................................................. 2

    OBJETIVO(S) ESPECÍFICO(S) DE LA ASIGNATURA ........................................................ 2

    TEMAS Y SUBTEMAS.................................................................................................................... 3

    MAPA CONCEPTUAL DE LA ASIGNATURA: DERECHO FISCAL I .......................................................... 8

    1.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS  ............................................................................................ 8

    1.1- Pacto Federal  ..................................................................................................................... 12

    1.2-  Constitución Política  ................................................................................................... 14

    1.3-  Convenios Nacionales Fiscales 1925  ..................................................................... 21

    1.4-  La ley Federal sobre Ingresos Mercantiles e impuestos especiales .............. 29

    1.5-  Ley de Coordinación Fiscal de 1953  ....................................................................... 35

    1.6- Convenios celebrados entre la Federación y las Entidades Federativas hastael año de 1977  ........................................................................................................................... 45

    1.7-  Federalismo  ................................................................................................................... 77

    1.8-  Ley de coordinación fiscal de 1980 y sus modificaciones hasta 1996 .......... 80

    1.9-  Convenios de adhesión al sistema nacional de coordinación fiscal y susanexos  ......................................................................................................................................... 87

    2.  Nociones preliminares  ........................................................................................................ 93

    2.1 Finanzas públicas  .............................................................................................................. 95

    2.2 Actividad financiera  .......................................................................................................... 972.3 Derecho tributario  ............................................................................................................. 98

    3.  Código fiscal de la federación  ........................................................................................ 101

    3.1 Introducción  ...................................................................................................................... 101

    3.2 Sujetos  ................................................................................................................................ 106

    3.3 Nacimiento de los créditos fiscales ............................................................................ 107

    3.4 Impuestos  .......................................................................................................................... 114

    3.5 Derechos  ............................................................................................................................ 114

    3.6 Productos  .......................................................................................................................... 114

    3.7 Aprovechamientos  .......................................................................................................... 114

    3.8 Contribución especial  .................................................................................................... 115

    3.9 Infracciones y fracciones  .............................................................................................. 115 

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    8.6 Dación en pago  ................................................................................................................ 177

    8.7 Condonación  ..................................................................................................................... 190

    8.8 Baja  ...................................................................................................................................... 193

    8.9 Prescripción  ...................................................................................................................... 194

    8.10 Caducidad  ....................................................................................................................... 199

    8.11 La Extinción Forzosa.  ................................................................................................... 200

    8.12 Novación Fiscal  ............................................................................................................ 207

    8.13  El Convenio o Concordado ...................................................................................... 208

    8.14  Prestación De Servicios  ........................................................................................... 208

    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE  .......................................................................................... 244

    CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN .................... 244

    BIBLIOGRAFIA BASICA............................................................................................................ 244

    BIBLIOGRAFIA ADICIONAL:  ................................................................................................... 245

    WEBGRAFIA:  ............................................................................................................................... 245

    ABREVIATURAS  ......................................................................................................................... 246

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    MAPA CONCEPTUAL DE LA ASIGNATURA: DERECHO FISCAL I

    1.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS

    El Estado tiene la obligación de proporcionar bienestar colectivo, y que losgobernados tengan ciertos satisfactores como salud, educación, medios decomunicación, medios productivos, etc., para esto es necesario que el particular ogobernado participe en el gasto público, y de este modo el Estado cuente con losrecursos necesarios para poder sufragar el gasto público.

    Para obtener ingresos tributarios es necesario que se determinen las normas jurídicas que respalden un estado de derecho, en cuanto a las actividadesfinancieras del Estado relativas a la obtención de sus ingresos, su administración ysu erogación. Para que el Estado pueda efectuar de manera satisfactoria susactividades, se requiere un sustento económico que debe provenir de losciudadanos, particulares o gobernados que, desde luego, son los que sebenefician de obras públicas, educación, seguridad social, comunicación, etc., loque hace necesario establecer normas jurídicas por parte del Estado quebeneficien a la sociedad, sobre todo: -cuando existe un aumento de la población, yel Estado tiene que prever el gasto público.

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    De acuerdo con lo anterior, el derecho fiscal “tiene por objeto estudiar y analizarlas diversas normas jurídicas que regulan la relación en virtud de la cual el Estadoexige de los particulares sometidos a su autoridad o potestad soberana la entregade determinadas prestaciones económicas para sufragar los gastos públicos”

    De esta definición se distingue que existe una relación económica entre el Estadoy los particulares o gobernados, y una relación necesaria e indispensable para lasatisfacción de las necesidades colectivas, que para el Estado requiere derecursos económicos y patrimoniales que deben provenir de los gobernadosquienes son los que se benefician con la satisfacción de las necesidadescolectivas.

    Otro concepto define al derecho fiscal como “el sistema de normas jurídicas, quede acuerdo con determinados principios comunes a todas ellas, regula elestablecimiento, recaudación y control de los ingresos de Derecho Público delEstado derivados del ejercicio de su potestad tributaria así como las relacionesentre el propio Estado y los particulares considerados en calidad decontribuyente”. 

    De lo anterior se distingue que uno de los atributos del Estado es su soberanía, encuanto a la facultad de establecer a cargo de los particulares, las contribuciones ocargas fiscales impositivas que considere necesarias para obtener los recursoseconómicos suficientes para hacer frente al gasto público.

    El Entendimiento del Derecho Fiscal y sus Diferentes Definiciones

    Para el mejor entendimiento que debemos tener bien establecido es el concepto yfunciones del Derecho Fiscal, ya que es un conjunto de normas jurídicas dederecho público que estudian y regulan los ingresos que percibe el Estado paracubrir el gasto público.

    Este se encarga de precisar las normas e instituciones que prevén los ingresospor vías de derecho público como privado del Estado, en el primer supuestoencontramos:

    Del derecho público:

      a los impuestos,  los derechos,  las contribuciones especiales,  los aprovechamientos,  los empréstitos,  la emisión de bonos de deuda pública,  la emisión de billetes de banco;

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    Del derecho privado:

      En el segundo aparecen los productos, que son aquellos ingresos que seobtienen por actividades mercantiles o empresariales a través de susorganismos descentralizados, empresas públicas o de participación estatal,así como por la explotación, aprovechamiento o enajenación de los bienes dedominio privado del mismo Estado,

      las herencias,  donaciones,  permutas, etc., que adquiera dicha entidad pública.

    Dada la diversidad de criterios, conceptos u opiniones sobre el Derecho FiscalMexicano no es posible uniformar los alcances doctrinales, sin embargo, en todas

    ellas, se centra un aspecto esencial consistente en precisar cuáles son:

      Las contribuciones, consideradas como el principal ingreso del Estado y queen lo esencial están constituidas por: los impuestos, derechos,aportaciones de mejoras y aportaciones de seguridad social.

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    Sin embargo, tal disciplina jurídica va más allá, pues también regula los ingresos que se conocen como de derecho privado del mismo Estado y que sedenominan productos, esto es, se trata de diversos arbitrios  que son

    consecuentes de actividades empresariales de la Federación, Estado yMunicipios, o bien, por el uso o aprovechamiento de bienes de su dominioprivado.

     Así mismo hay un rubro que también se estudia en el Derecho Fiscal conocidocomo: ingresos derivados del financiamiento que vienen a integrar ycompletar el gasto público, dentro de los cuales destacan los empréstitos, laemisión de moneda y los bonos de deuda pública.

    El Derecho Fiscal también es conocido por algunos estudiosos comoDerecho Tributario,  porque comprende todas las normas concernientes a laactividad tributaria del Estado, desde el Establecimiento de las contribuciones, elnacimiento de las mismas, su determinación, requerimiento, administración,imposición de sanciones y recargos así como la solución de conflictos que surgenentre el fisco y los contribuyentes.

    Arrioja Vizcaíno, siguiendo el pensamiento de Rafael Bielsa, dice que: "ElDerecho Fiscal es el conjunto de normas jurídicas y de principios de derechopúblico que regulan la actividad del Estado como fisco."Por su parte, Serra Rojas  sostiene que "el Derecho Fiscal o Tributario estáconstituido por el conjunto de normas jurídicas que regulan la determinación yrecaudación de los impuestos y los demás medios económicos para la satisfacciónde las necesidades públicas."

    Doricela Mabarak Cerecedo, conceptúa el Derecho Fiscal como "una rama delDerecho Financiero que tiene por objeto regular las relaciones jurídicas que sedan entre el Estado en su carácter de autoridad fiscal y los gobernados, ya seaque estos asuman el papel de contribuyentes responsables solidarios o terceros, ycuyo objeto fundamental es el de la recaudación de los tributos."

    Desde esta perspectiva el Derecho Fiscal es una rama del Derecho Financieroque como se señaló es el conjunto de normas jurídicas que sistematizan losingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto y quetienen por objeto regular las relaciones financieras del Estado:

      la asignación de recursos;  el pleno empleo con estabilización;  la distribución del ingreso y  el desarrollo económico.

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    Pero el Derecho Fiscal tiene un alto grado de autonomía, ya que los ingresosfiscales del Estado están determinados por principios:

      jurídicos,  económicos y  administrativos muy particulares e independientes de los que rigen el gasto

    público, al crédito público o a las otras figuras que integran las finanzaspúblicas.

    1.1- Pacto Federal

    Es importante iniciar una revisión histórica y legal del tracto sucesivo  (El tractosucesivo consiste en un encadenamiento de las sucesivas transformaciones de talmanera que la nueva transformación se apoye en la anterior)., de su devenir ,

    desde la creación del Pacto Federal de 1824, en la conciencia de que dicho pacto,es en realidad el Acta de Nacimiento de nuestra Nación, pues la Constitucióninicial y sus sucedáneas, solo son el Estatuto de dicho Pacto, que en esencia es elmismo desde esa fecha, pues su restauración después de la RevoluciónFederalista de 1846, consolidada en el 47, no es más que el mismo inicial. Sinembargo con el mismo Pacto hemos tenido varias Constituciones y la última de1917 ha sufrido más de 750 reformas, extremas en los últimos tiempos.

    Todo ello nos hace iniciar una revisión de la Historia de nuestro Pacto Federal ylas Constituciones, con las reformas a la actual, que los han trastocado a los dos.Simplemente imaginemos, que el representante Constitucional del Pacto Federal

    es el Senado de la República.

    México adoptó una Constitución escrita, estableciendo el pacto federal entre losestados, con lo que cumplió la primera condición para la existencia de unafederación. Pero como los estados no existían como una realidad política, laorganización federal fue letra muerta aun en la época que gobernaron losliberales.

    La problemática fiscal

    Es el propósito de examinar las implicaciones económicas, financieras y políticas

    de las relaciones fiscales entre los niveles de gobierno en México. Se presentandatos, análisis y resultados sobre las fortalezas y debilidades de las finanzaspúblicas nacionales y estatales que contribuyen a conocer la situación actual delfederalismo.

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    Las relaciones fiscales entre jurisdicciones representan uno de los pilaresfundamentales sobre los cuales se edifican las instituciones federales en cadanación. Al efecto, Rodden (2002, 683) puntualiza que “los sistemas fiscalesintergubernamentales y la jerarquía de leyes se encuentran entre los bloques de

    construcción fundamental para conocer las variedades de federalismo.” 

    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

    1.- Investiga el concepto de derecho fiscal y su entorno con la actividad financiera.

    Los requisitos de entrega son:

    Presentación

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    1.2- Constitución Política

    Con la proclamación de las Constitución de 1824 y con su ratificación devoluntades concertadas en la del 1857, después de años saturados de revueltas,

    golpes de Estado, Centralismo, triunfos reaccionarios, Constituciones Centralistas,se adopta el federalismo muy próximo a lo que habían diseñado los EstadosUnidos para condiciones políticas y territoriales.

    El federalismo mexicano del siglo XIX fue la bandera política de los liberales en sucombate contra los conservadores, solo que alejados de la posibilidad de unaestrategia integradora y nacionalista, nunca se concretó como organizaciónpolítica, tal como sucedió con la de 1917 en la que Calles logró consolidar algotangible.

    El 31 de Enero 1824 fue aprobada el Acta Constitutiva de la Federación, en la queen su artículo primero señala las provincias que las comprenden, que hay quesubrayar especialmente que entre ellas se encuentran Las Californias, NuevoMéxico y Texas que figura junto a Coahuila

    El 4 de Octubre de 1824 se aprobó la Constitución de los Estados UnidosMexicanos que en su artículo 4o. decía “la Nación Mexicana adopta para suGobierno la forma de República Representativa Popular y Federal” y en su artículo5o. define los 19 Estados y 4 Territorios que la comprenden, queriendo decir que apartir de ahí todos los Estados que se sumaron fueron en un contrato de adhesión.

    En la Constitución de 1824 se adoptó la teoría de: De Tocqueville, en la que sesostenía que existía una co-soberanía entre la Federación y las entidades que laintegraban. Esta fórmula de federalismo se retomó en la Constitución de 1917,específicamente en su artículo 40.

    Bajo esta fórmula federalista, el sistema tributario nacional plasmado en laConstitución de 1917 presenta las siguientes características:

    1. Una facultad ilimitada, conferida a la Federación (artículo 73, fracción VII) yuna facultad coincidente para las entidades federativas (artículo 40), para laimposición de todas las contribuciones que se consideren necesarias para cubrir elpresupuesto.

    2. Facultades expresas para la Federación  en las materias taxativamentedispuestas, en cuya recaudación deben participar las entidades federativas(artículo 73, fracción XXIX).

    3. Prohibiciones y limitaciones  para las entidades federativas (artículos 117 y118).

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    4. Prohibiciones para la Federación y para las entidades federativas, en relacióncon la formación de la hacienda municipal y del Distrito Federal (artículos 115 y122).

    El marco constitucional tributario sufrió modificaciones sustanciales durante lasdécadas que siguieron a la promulgación de la Constitución de 1917.

    Éstas fueron, en su mayoría, propuesta de las convenciones fiscales, en lascuales se reunían representantes de las haciendas locales y la federal para buscarsoluciones que dieran seguridad jurídica al cobro de impuestos  y evitar lacontinuación de un sistema tributario arcaico, complicado, integrado pormás de cien impuestos diferentes que se cobraban según la región del país.

     Así, el sistema de distribución de recursos  entre los dos ámbitos (federal yestatal) de gobierno ha evolucionado en el siglo XX, por un proceso conocidocomo federalización de los impuestos, que se puede dividir en las siguientesetapas:

    · Los años veinte y treinta, en que hubo separación y asignación decompetencias tributarias, a pesar de que se establecía la participación de lasentidades federativas en el producto de los impuestos especiales (párrafo últimode la fracción XXIX del artículo 73 constitucional).

    · Los años cuarenta a sesenta,  en que la participación federal a los estadossustituye a la separación y asignación de competencias tributarias, mediante losdiversos intentos de coordinación fiscal. Asimismo, las fuentes de ingresostributarios exclusivos de la Federación aumentan con la adición de supuestos a lafracción XXIX del artículo 73 constitucional.

    · Los años ochenta, en que se consolida la participación federal a los estadosmediante la Ley de Coordinación Fiscal (vigente a partir del 1 de enero de 1980).

    En la década de los noventa, inició una nueva etapa de la coordinación fiscal conla creación de los fondos de aportaciones federales establecidos en el capítuloV de esta Ley. A través de estos fondos, se descentralizó de maneracondicionada el gasto en educación, salud, infraestructura social yseguridad pública.

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    En materia fiscal existen dos términos que son utilizados por los contribuyentes ylas entidades administradoras de contribuciones para describir la decisión de loscontribuyentes de minimizar el pago de impuestos.

      Elusión fiscal  Evasión fiscal

    Conviene distinguir entre evasión y elusión fiscal.

    La evasión fiscal es un ilícito que lleva aparejada una serie de consecuencias jurídicas, mientras que la elusión fiscal no hay, en principio, ilícito tributario.

    La evasión fiscal implica la transgresión de la legislación tributaria vigente,mientras que la elusión fiscal supone que los contribuyentes usan los resquiciosde la ley, actuando dentro de los márgenes permitidos por la normativa.  

    Existen dos conceptos jurídicos vinculados con el binomio evasión-elusión:

      Arbitrariedad  Discrecionalidad

    La arbitrariedad supone una conducta contraria a la ley y al derecho, por ejemplo,ausencia de razones objetivas que justifiquen una operación o registro contable (lafalta de una nota a los Estados Financieros explicando el cambio de criterio para

     justificar un registro contable sería un ejemplo de arbitrariedad en esta materia). 

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    En cambio, la discrecionalidad implica la posibilidad de optar entre variasopciones, todas ellas licitas, es decir, admitidas por el ordenamiento jurídico.

    Formas de perseguir la elusión fiscal

    Debido a que la elusión fiscal no es estrictamente ilegal resulta complicado paralas autoridades fiscales fincar cargos por este acto, sin embargo existenbásicamente dos formas de perseguir la elusión fiscal.

    Interpretación por vía administrativa.

    En casos de aplicación dudosa de la ley tributaria, los servicios encargados de larecaudación del impuesto pueden emitir sus decretos y reglamentos de carácteradministrativo, que por vía de interpretación incluyan o excluyan deliberadamenteciertas situaciones, para de esa manera tapar los resquicios dejados por la ley.

    Modificaciones legales.

    Es el propio legislador el que toma a su cargo evitar que se produzcan estassituaciones, estableciendo nuevas leyes que tiendan a corregir estas situaciones.

    Esto genera una suerte de guerrilla entre el legislador por ampliar las situacionesen que se cobre impuesto, y los abogados y contadores por disminuir las mismas,que le confieren a la legislación tributaria en definitiva la enorme complejidad ycarácter técnico y detallista que le son característicos.

    Marco legal mexicano

    Relación jurídico-tributaria

    Todo ciudadano mexicano, está obligado a contribuir para los gastospúblicos así de la federación, cómo del Estado y municipio donde resida deacuerdo con los principios de equidad y proporcionalidad establecidos en elartículo 31, fracción IV de nuestra constitución.

    El tratamiento de la contribución por parte de los extranjeros  quedacontemplada dentro del marco constitucional en el artículo 27, párrafo primero al señalar esta disposición que: respecto de la propiedad privada losextranjeros se considerarán cómo Nacionales respecto de los bienescontemplados.

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    El Estado Mexicano, dentro de sus atribuciones tiene la rectoría económica deldesarrollo económico del país según el artículo 25 constitucional qué através del intervencionismo a través del impulso y regulación de áreas

    prioritarias del desarrollo social se puede garantizar el ejercicio de lasgarantías constitucionales otorgadas y de las contempladas en los tratadosMexicanos de los que el Estado Mexicano sea parte.

    Lo anterior nos lleva a reflexionar sobre los gastos de operación del Estado(Gasto corriente) y sobre las inversiones para fines públicos en materia del25 constitucional, pues el Estado Mexicano para garantizar su soberanía y engeneral un Estado de derecho necesita obtener financiamiento.

    Para determinar el monto de financiamiento necesario, el presidente de larepública recolecta los proyectos de presupuestos individuales de cada una de lasEntidades fiscalizadas de México  para después  conformar un proyecto depresupuestos de egresos de la federación que entregará a la cámara dediputados conjuntamente con la iniciativa de ley de ingresos de la federaciónque contempla el financiamiento con el que contará el Estado cumpliendocon las formalidades y tiempos establecidos para que esta cámara loapruebe o lo modifique conforme a las facultades establecidas para lacámara de diputados por el artículo 74, fracción IV.

    Si una vez contemplados tanto el proyecto cómo la iniciativa y resulta que lainiciativa de ingresos no es suficiente para cubrir el gasto público, el congreso dela unión puede optar por aplicar lo dispuesto en el artículo 73, fracción VIIreferente a la creación de contribuciones para cubrir el presupuesto.

    Dicho lo anterior, se manifiesta la importancia contributiva para cumplir los finesdel Estado.

    Elusión fiscal

    El Párrafo I, del artículo 6 del código fiscal de la federación profiere: “Lascontribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o dehecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran”. 

    La elusión fiscal, son estrategias dirigidas a “jugar en dos mundos”, un mundo jurídico y otro de hecho y se busca evitar caer en las situaciones jurídicas o dehecho previstas por las disposiciones fiscales que obligan a contribuir.

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    En realidad lo que busca el elusor es incurrir en situaciones jurídicas noprevistas (Dado que las disposiciones fiscales de carga son de aplicaciónestricta de acuerdo a lo que prevé el artículo 5 párrafo primero del código

    fiscal de la federación) o previstas pero que representen ventajas paradisminuir las contribuciones.

    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

    Investiga en internet los conceptos: derecho tributario y financiero.

    Los requisitos de entrega son:

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    Marco jurídico sobre el combate a la elusión fiscal

    El servicio de administración tributaria SAT, conforme al artículo 4 del códigofiscal de la federación es el representante para efectos jurídicos de la SHCP(Secretaría de Hacienda y crédito público) y dentro de sus funciones seencuentran determinar contribuciones y aplicar sus facultades para garantizar elapego estricto al Estado de derecho.

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    Con el fin de fiscalizar cada vez en mayor amplitud el SAT, el presidente de larepública y el congreso de la unión deben facilitar y garantizar el cumplimiento delas disposiciones fiscales a través de acciones bien definidas cómo la utilización

    de medios electrónicos, dar seguimientos en línea a las operaciones de loscontribuyentes, expedir información y dar conferencias para el cumplimiento de lasobligaciones fiscales, etc.

    En materia de elusión fiscal  la Ley del Servicio de Administración tributaria(LSAT) contempla en su artículo 21, fracción I que este organismo deberáelaborar y hacer público un programa de mejora continua sobre el combate ala elusión fiscal.

     Así mismo para efectos legislativos, el SAT deberá colaborar con las autoridadesque se lo soliciten para facilitar el acceso a la información necesaria para evitar laevasión y elusiones fiscales.

    1.3- Convenios Nacionales Fiscales 1925

    El 22 de julio de 1925, siendo Presidente de la República el General Plutarco ElíasCalles, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Alberto J. Pani convocó a losGobernadores a la I Convención Nacional Fiscal a celebrarse del 10 al 20 deagosto. A cada Gobernador se le pidió designar un delegado con poderesbastantes.

    Los objetivos de esta Convención fueron generar la asignación de fuentes derecursos entre los tres ámbitos de gobierno, para asegurar la eficiencia deingresos en cada uno y corregir la multiplicidad de tributos federales, estatales ymunicipales, para terminar con el desorden imperante en la recaudación.

    Los objetivos particulares fueron los siguientes:

    a. Delimitar las competencias locales y la competencia federal en materia deimpuestos;b. Determinar un Plan Nacional de Arbitrios para unificar el sistema fiscal en todala República;c. Crear un órgano permanente que se ocupe de estudiar las necesidades de laeconomía nacional y de proponer las medidas que deben adoptarse en materiafiscal en la República, así como de vigilar el cumplimiento del plan único deimpuesto que se estableciera.

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    El Secretario Alberto J. Pani afirmó en la convocatoria:

    “No hay, en suma, ningún elemento técnico ni moral que oriente o coordine las  legislaciones de impuestos en la República; la concurrencia entre Poderes

    locales y el Poder federal aumenta la carga de las obligaciones fiscalessobre el contribuyente, y hace crecer también la carga improductiva para elFisco; la multiplicidad y la inestabilidad de las leyes fiscales, la duplicaciónconstante de los gravámenes, la complejidad de disposiciones y de oficinas yautoridades introducen la anarquía fiscal, rompen la unidad económica en laRepública, agotan la renta de la mayoría y cierran el paso a toda posibilidad dedesarrollo económico y de bienestar.

    Si a estas consideraciones se agregan las innumerables corruptelas, muchas deellas consagradas en las mismas leyes, de más de treinta administraciones fiscales distintas, complicadas, costosas, lentas, ineficaces cuando noinmorales; si se añaden los múltiples procedimientos que nacidos de lacomplicación misma del régimen fiscal se ponen en juego para burlar la acción delFisco, haciendo recaer el peso del impuesto sobre unos cuantos; si, por último, seconsidera la situación económica interior e internacional de México, resultapatente la necesidad de acudir con urgencia a estudiar técnicamente nuestrosistema de tributación, a precisar sus más graves defectos y a corregirlos condecisión, sin vacilar por consideraciones ocasionales, secundarias ante lamagnitud de nuestro pr oblema económico”. 

    La Convención inició sus labores con el nombramiento de dos comisiones: laprimera, para examinar el problema de la concurrencia tributaria y la segunda paraformular un plan de arbitrios.

    La Comisión encargada del estudio de la concurrencia en los impuestos, llegó a lasiguiente conclusión:

    "Decidió, que es indispensable, para llevar a efecto las resoluciones tomadas porla Convención, que se reúna en la capital de la República, cada cuatro años oantes, si es necesario a juicio del Ejecutivo Federal o de los Estados, unaConvención Fiscal Nacional, que se ocupe de proponer los impuestos quedeben causarse en toda la República, de uniformar los sistemas y deestablecer las competencias de las distintas autoridades fiscales , en lainteligencia de que sus resoluciones serán obligatorias para toda la nación,cuando hayan sido aprobadas por el Congreso y por la mayoría de lasLegislaturas de los Estados; y que si aquél o éstas no le confieren su aprobaciónexpresa, en el período de sesiones ordinario siguiente a la celebración de dichaConvención, [se considere] que tácitamente dieron su voto aprobatorio.

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    Esto, naturalmente, implica una reforma constitucional que desde luego propuso laConvención y que se extiende también a la fracción III del artículo 117, con el finde que los Estados y los municipios puedan recaudar sus estampillas impresaspor la Federación, la cual les dará la parte que les corresponda en impuestos

    federales”. Específicamente, en la comisión de concurrencia se aprobaron los siguientesacuerdos:

    · Se recomendó adicionar el artículo 31 de la Constitución Política, donde seestableciera que cada cuatro años o cuando así lo consideraran los Estados o elEjecutivo de la Unión, se reunirían en Convención en la Ciudad de México paraanalizar el sistema de impuestos. Si las decisiones de las Convenciones no seaprobaban por el Congreso de la Unión y las legislaturas locales, seríanobligatorias para los poderes locales y federales.

    · Se recomendó adicionar la fracción III del artículo 117 de la ConstituciónPolítica, para que cada Estado o municipio recibiera del Gobierno Federalestampillas reselladas, que se emplearían para cobrar las participacionescorrespondientes.

    · Se recomendó al Ejecutivo Federal que organizara un Cuerpo Consultivo Fiscalque estudiara y facilitara la ejecución de los acuerdos de la Convención.

    · Los ingresos municipales debían destinarse exclusivamente al servicio de lamunicipalidad.

    La discusión en la comisión encargada de formular un plan de arbitrio, se centróen los siguientes puntos:

    "Unificar todos los impuestos. Sugirió al efecto, que el impuesto territorial de laRepública se basara sobre "unidades tipos" y gravara la rentabilidad potencialmedia de la tierra, pesando este gravamen solamente sobre la tierra, desnuda demejoras y sobre el incremento no ganado.

    Por lo que respecta a los impuestos que gravan el comercio y la industria , laComisión sostuvo también su propósito de unificación por medio de un impuestosobre la cifra de los negocios -que ha de substituir a los de compra-venta, depatente, de capitales- erigidos sobre la base de un mejor acuerdo entre losEstados, para evitar las guerras económicas y de tarifas.

    Por lo que hace al impuesto sobre sucesiones y donaciones, el criterio de lacomisión fue también el de llegar a un Impuesto Federal sobre bases definidas,de modo que se grave cada porción hereditaria y no el capital líquido y que seestablezcan cuotas inversamente proporcionales a los grados de parentesco: 

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    -éstas serán más bajas para los menores, las mujeres y los ancianos, en vista deque el impuesto debe ser proporcional a la capacidad económica de loscontribuyentes”. 

     Además, la Comisión propuso un plan de arbitrios para delimitar los campos deimposición entre la Federación y los Estados, de acuerdo con las basessiguientes:

    "Corresponderán exclusivamente a las autoridades locales los impuestos sobrela propiedad territorial y sobre actos no comerciales; el impuesto sobresucesiones y donaciones  será establecido por las autoridades locales,concediendo una participación en el producto de dicho impuesto a la Federación;ésta amplia el Impuesto sobre la Renta con dos cédulas, una sobre explotacionesagrícolas y otra sobre propiedad edificada, cuyo producto será para lasautoridades locales.

    Pertenecerán a la Federación los impuestos sobre el comercio interior y sobrela industria, pero los Estados recibirán una participación en los productos deellos.

    Los impuestos especiales  deberán establecerse con el acuerdo de laFederación y de las Entidades federativas interesadas. Los ingresos federalesdeberán invertirse estrictamente en gastos y obras federales, mientras que losingresos locales se usarán en gastos del Estado y los municipales en lasatenciones de la ciudad”. 

    En sentido amplio, en la comisión de arbitrio se aprobaron los siguientes acuerdos:

    Impuesto a la propiedad territorial

    · Se estableció como urgente necesidad la unificación y organización técnica delimpuesto territorial.

    · Se uniformó la imposición fiscal territorial en la República sobre la base degravar la rentabilidad potencial media de la tierra.

    · Se efectúo para efectos de valorización sobre “unidades tipo” en las calidadesurbano, riego, temporal, agostadero, cerril, etc.

    · Toda exención de impuesto territorial se consideró antieconómica, y por lo tantodebería proscribirse.

    · Se propuso la catastración provisional en todos los Estados de la República, afin de que ingenieros comisionados al efecto refirieran todos los predios a las“unidades tipo” ya valorizadas. 

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    · Se suprimió la contribución de traslación de dominio que dificultó el acceso a latierra a quien deseaba cultivarla.

    · Se reglamentó el impuesto progresivo sobre herencias territoriales como medio

    para evitar que los herederos se beneficiaran totalmente con bienes que dabanorigen a desigualdades.

    Impuesto sobre el comercio y la industria

    · Se uniformaron los impuestos sobre el comercio y la industria en el país.

    · Se propuso sustituir impuestos de patente, compraventa y capitales, por uno quese basara en los supuestos beneficios obtenidos.

    · Se establecieron cuotas diferenciales según los productos: aumentándose paralos productos perjudiciales y disminuyendo para los artículos y productos deconsumo indispensables para la vida.

    Impuestos especiales

    · Se recomendó desaparecer los impuestos especiales.

    · Sólo se recomendó este impuesto cuando fuera abundante la producción o porsu alto valor, y para artículos de consumo perjudicial.

    · Se propuso un gravamen uniforme para productos con impuestos especiales.

    · Cuando un Estado pretendía gravar un producto regional, se recomendóponerse de acuerdo con otros Estados que gravaban el mismo producto.

    Impuesto sobre el capital

    · Debía establecerse un sistema de impuestos uniforme que gravara todas lasherencias, legados y donaciones en el país.

    · El impuesto debía ser subjetivo, tomando como base la capacidad contributivadel sujeto del impuesto.

    · No habría exenciones de impuestos en materia de herencias, legados ydonaciones.

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    ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE

    Realiza una investigación sobre la actividad financiera del Estado.Los requisitos de entrega son:

    Actos jurídicos y adquisiciones profesionales

    · Se propuso suprimir los impuestos que gravaban las actuaciones judiciales yadministrativas y la formalización de los actos jurídicos.

    · Se suprimieron los impuestos sobre asientos que hicieran las oficinas delRegistro Civil, respecto del estado civil de las personas.

    El conjunto de reformas constitucionales propuestas en esta Convención serelacionaron con los artículos 117, fr. III; 118 y 131, y adiciones al 74, que habíande dar pie a una distribución de potestades privativas a cada orden de gobierno yque, a su vez, establecieran con claridad aquellas potestades concurrentes.

    En diciembre de 1926, el Presidente Calles envió las iniciativas para reformar losartículos mencionados, el Congreso de la Unión no las reformó.

    Como consecuencia, el Ejecutivo Federal expidió leyes para eficientizar el sistemade coordinación fiscal del país:

    "El proyecto de reformas constitucionales que para coordinar los sistemas fiscalesde la nación, los Estados y los Municipios, envió a la H. Cámara de Diputados esteEjecutivo a mi cargo, en diciembre de 1926, y cuya elaboración fue resultado delos acuerdos a que se llegó en la Primera Convención Nacional Fiscal reunida en1925, para resolver el problema de la concurrencia en la imposición, no ha sidotodavía objeto de estudio por parte de la Cámara citada.

    Mientras se da resolución a esta iniciativa y en vista de que el desorden fiscal escada día más grave en el país, la Secretaría de Hacienda ha buscado larealización de tal programa mediante la expedición de leyes por las cuales se da alos Estados una participación en el producto de los impuestos federales dentro dela libertad que les concede su régimen interior, según determinadas bases y pormedio de la celebración de acuerdos con los Gobiernos Locales, para lograr unaarmonía en la tributación que procure aliviar a los causantes.

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    Un ejemplo de la primera se halla en el Decreto del 13 de enero del año en curso,por el cual se establece un impuesto adicional sobre la producción de la cerveza,que, como participación en el gravamen federal, cobrarán los Estados quederoguen sus impuestos sobre el mismo producto; decreto al cual se han acogido

    los de Nuevo León y Veracruz, al derogar sus impuestos locales. Los demásEstados productores de cerveza han sido invitados a acogerse al expresadodecreto”. 

    Las reformas para perfeccionar el sistema de coordinación fiscal continuaron hastaantes del inicio de la II Convención Nacional Fiscal:

    "En materia de tributación interior, la tendencia del Ejecutivo...ha sido unificar lalegislación fiscal sobre bases armónicas, eliminando toda oposición y confusión deprincipios y de procedimientos así como la superposición de gravámenes sobre lamisma fuente.

    Para tal efecto se ha seguido estudiando, en primer término, el Código Fiscal quereunirá en un solo cuerpo los principios y procedimientos que son comunes atodas las leyes de impuestos y fijará las bases de organización y funcionamientode los tribunales...

    El Impuesto sobre la Renta y los impuestos que se cobran en forma de timbre,serán motivo de simplificación y se beneficiarán próximamente con las reformasque han sido estudiadas y aprobadas...Al propio tiempo, uno y otro impuesto searmonizarán para evitar duplicidades perjudiciales al contribuyente.

    Se están revisando las leyes de impuesto sobre sucesiones y donaciones y sobrebebidas alcohólicas, esta última con la colaboración de los representantes de lasindustrias afectadas directamente por dicha ley.

    La convicción acerca de la existencia de una verdadera anarquía fiscal en losEstados y Municipios, determinó al Ejecutivo a seguir su política de exencionesparciales de la Contribución Federal del 20% a las Entidades Federativas que hanvenido coordinando su legislación fiscal con la federal...

    Hasta el presente se han acogido a las disposiciones dictadas por la Secretaría deHacienda sobre el particular, los Estados de Nuevo León, Tamaulipas, Hidalgo,Veracruz, Puebla, México, Sinaloa y Nayarit; siete Estados más han concluido lasreformas referentes a su legislación fiscal para obtener la exención de que seviene hablando, y otras nueve Entidades -incluyendo el Distrito Federal y elTerritorio Norte de la Baja California -tienen iniciadas ya las gestiones relativasante la Secretaría de Hacienda”. 

    Otras reformas relacionadas con la coordinación fiscal realizadas en 1933 son lassiguientes:

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    "El H. Congreso de la Unión, en su pasado período de sesiones, concedió alEjecutivo facultades para reformar la Ley Aduanera, accediendo a una peticiónque para ello presentara mi antecesor y que se fundaba en la circunstancia de

    que, habiéndose expedido un nuevo Código Penal para el Distrito y TerritoriosFederales en materia común y para toda la República en materia federal, eraurgente coordinar con las prevenciones de ese Código las disposiciones penalesde la Ley Aduanal”. 

    Se hizo necesario expedir con carácter de urgente, antes de la finalización del añode 1933:

    “...Una nueva ley de impuestos sobre los alcoholes, aguardientes, tequilas,mezcales y sotoles, porque la Ley vigente, expedida por el Ejecutivo en uso defacultades especiales que le confiriera la pasada Legislatura, tiene un caráctertransitorio y vigencia limitada hasta el 31 de diciembre del presente año, ya que ensu artículo 20 transitorio suspende la vigencia de la Ley de 24 de agosto de 1931durante el presente ejercicio fiscal, por lo que al fenecer el mismo, deberá entraren vigor la citada Ley de 24 de agosto”.  

    Por último, afirmó el titular del Ejecutivo Federal:

    "Adelantándose parcialmente a la ejecución de las resoluciones de la SegundaConvención Nacional Fiscal, el Ejecutivo de mi cargo ha promovido la unificaciónde los impuestos federales y locales que recaían sobre dos materias igualmenteimportantes, producción de gasolina y generación de energía eléctrica, obteniendodesde luego la conformidad de los Gobiernos de los Estados que, a más de lograrfuertes economías en los gastos de recaudación, han visto aumentar laproductividad de sus antiguos gravámenes”. 

    Posteriormente se realizaron:

    La Segunda Convención Nacional Fiscal de 1933

    El 11 de mayo de 1932, siendo el Presidente de la República el General AbelardoL. Rodríguez, el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Alberto J. Pani emitió laConvocatoria a la II Convención Nacional Fiscal, a celebrarse del 10 al 20 deagosto de 1932. A solicitud de un número de Gobernadores, se pospuso pararealizarse del 20 al 31 de enero de 1933. Finalmente, la Convención se celebróentre el 20 de febrero y el 11 de abril de 1933.

    La convocatoria establecía que cada Estado designara hasta dos delegados,aunque en las discusiones como en las votaciones, cada delegación se considerócomo una unidad.

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    Los objetivos de la Convención consistieron en delimitar la jurisdicción fiscal de lostres ámbitos de gobierno, establecer las bases para unificar los sistemas estatalesy municipales de tributación y para su coordinación con el sistema federal, yeliminar los conflictos por captar recursos entre las tres esferas de gobierno por la

    concurrencia impositivaLa Tercera Convención Nacional Fiscal de 1947.

    Finalmente, el 4 de octubre de 1947 el Presidente Miguel Alemán convocó a la IIIConvención Nacional Fiscal que se celebró del 10 al 20 de noviembre del mismoaño, siendo el Lic. Ramón Beteta el Secretario de Hacienda.

    El objetivo de esta Convención consistió en buscar la coordinación fiscal entre lostres ámbitos de gobierno, para lograr la unificación económica nacional, debido ala insuficiencia de ingresos de los estados y municipios.

    1.4- La ley Federal sobre Ingresos Mercantiles e impuestos especiales

    La Ley dl ISIM, vigente a partir de 1948, operaba de la siguiente forma:

    En México existen antecedentes interesantes de los impuestos Indirectos loscuales datan desde el año 1947 con el “Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles” quenace en el Diario Oficial de la Federación del 31 de Diciembre de 1947.

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    El objeto del impuesto.

    I. Sobre los ingresos por ventas realizadas por los comerciantes e industriales.

    II. Sobre los ingresos por la prestación de servicios mercantiles.III. Sobre los ingresos por comisiones, consignaciones, agencias, agencias deturismo, representaciones, corretajes o distribuciones.

    IV. Sobre los ingresos de los cabarets, pulquerías, cantinas, piqueras y demásexpendios de bebidas embriagantes.

    Es de observarse que todos los actos que contemplaba el Impuesto SobreIngresos Mercantiles que son materia del impuesto son de carácter mercantil excluyendo los actos o actividades de naturaleza civil.

    Sujeto del Impuesto.

    El sujeto de este impuesto es la persona moral o física que obtenga el ingreso,tiene responsabilidad solidaria las personas a quienes esta Ley o su Reglamentoimponga la obligación de retener el impuesto a cargo de los sujetos causantes.

    Los sujetos de este impuesto podrán trasladarlo expresamente al comprador ousuario del servicio.

    Tasa del Impuesto.

    El impuesto se causa a razón de 18 al millar sobre el monto total de los ingresosgravados.

    Por reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación del día 28 de diciembrede 1972, la tasa se modificó al 4% a partir del 1º de enero de 1973. Con vigencia apartir del 19 de noviembre de 1974 se adicionaron tasas especiales de impuesto arazón de 5, 10, 15 y 30% para gravar fundamentalmente automóviles, artículos yservicios suntuarios.

    Este impuesto manejaba las siguientes: Exenciones  (Luis Manuel Cano yCano Meza: 2008)

    No causan el impuesto los ingresos que procedan de:

    I. Venta de productos alimenticios.

    II. Ventas hechas en puestos ubicados en el interior de los mercados públicos.

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    III. Venta de productos agropecuarios y aves de corral.

    IV. De la producción, distribución y venta de leche.

    V. De la venta de primera mano de mercancías gravadas con impuestosespeciales sobre la producción.

    VI. De la venta de primera mano de alcoholes, aguardientes y mielesindustrializables.

    VII. De las ventas de libros, revistas y periódicos.

    VIII. De las ventas que hagan los establecimientos penitenciarios o debeneficencia.

    IX. De las ventas de bienes inmuebles.

    X. De espectáculos, diversiones públicas o juegos permitidos.

    XI. De operaciones de compraventa hechas por sociedades cooperativas deconsumo a sus socios.

    XII. De cuotas escolares en establecimientos públicos o privados de educación.

    XIII. De los portes y pasajes de las empresas que presten servicios públicos detransporte de personas o cosas.

    XIV. De estacionamiento o guarda de cosas.

    XV. De las operaciones hechas por instituciones de crédito, de seguros y fianzas.

    XVI. De comisiones o remuneraciones obtenidos por los agentes de bolsa,agentes y corredores de valores y agentes de bancos, seguros y fianzas.

    XVII. De las casas de huéspedes que no tengan más de tres cuartos destinadospara ese fin.

    XVIII. De las prestaciones de servicios personales, siempre que no impliquen laventa de mercancía.

    XIX. De las operaciones exceptuadas del impuesto por Ley especial.

    La anterior Ley estuvo vigente hasta el 31 de diciembre del año 1979.

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     A partir de entonces, en México, dentro de los nuevos impuestos nace elImpuesto al Valor Agregado, gravamen al consumo clasificado dentro de lascargas indirectas, mismo que ha regido las actividades a partir del año 1980 donde

    ha sido considerado el segundo impuesto más importante en cobro en el país, porla importancia que reviste la figura del Impuesto al Valor Agregado en laestructura.

    Estructura de la Ley del IVA.

    Con el propósito de analizar la estructura de la ley del Impuesto al Valor Agregado,importante impuesto, toda vez que reviste especial interés que de maneraestructural soportará la tesis doctoral que se presenta de la tal suerte que elanálisis, investigación, propuesta y proyección de la generalización de la tasa delImpuesto al Valor Agregado permita dilucidar una nueva expectativa que aborde lamejor manera del tratamiento, recaudación y mejora del tributo y el desfasamientofiscal que actualmente vive el país.

    Exposición de Motivos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

    Publicada en el Diario Oficial de la Federación del 29 de diciembre de 1979,misma que entró en vigor el 1º de enero de 1980, el cual permitió que por espaciode un año se analizara, estudiara, propusiera aplicaciones y se implementara unimpuesto de este nivel, impuesto que posicionaría a México dentro de los paísesque junto con Francia y España, lograran pertenecer a los países con mejorsistema de recaudación en el mundo, en principio logró ser un importante avanceque durante el tiempo de aplicación se ha ido rezagando por la crecientepresencia de la economía informal y donde resulta gravoso paga el Impuesto alValor Agregado y más aún, por la aplicación mediante la base efectivo el aspectodel cálculo que actualmente opera para este gravamen.

    Para abordar el tema de manera integral, se inicia con el análisis de la exposiciónde motivos:

    1. La nueva Ley vino a sustituir a la Ley Federal del Impuesto Sobre IngresosMercantiles.

    2. Pretendiendo corregir la deficiencia del impuesto en cascada que producía elISIM, toda vez que este impuesto se pagaba en cada etapa del proceso deproducción y comercialización, produciendo ese efecto acumulativo que afectabaal último consumidor y en mayor medida al perteneciente a los sectores de másbajos ingresos por adquirir éste en negocios que recorrían a un mayor número deetapas del proceso de distribución.

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    3. Con el nuevo impuesto, se abate la problemática de la cascada, ya que si bienes cierto, que el impuesto se paga en cada etapa, del proceso, también es ciertoque se acredita lo pagado.

    4. Como objeto del nuevo impuesto se señala:a. La enajenación de bienes.

    b. La prestación de servicios independientes.

    c. El otorgamiento del uso o goce temporal de bienes.

    d. La importación de bienes y servicios.

    5. La nueva Ley requiere un amplio período entre el momento en que seaaprobada, el día en que entra en vigor, el cual se proponía que sería el 1° deenero de 1980. Este plazo es indispensable para informar y difundir las nuevasdisposiciones entre el público consumidor y los comerciantes e industriales, a finde que fueran comprendidas y evitar que el desconocimiento del sistema de lugara una elevación injustificada de los precios.

    El plazo citado también es necesario para capacitar ampliamente al personal de lafederación y de las entidades que se encargarán de recaudarlo, comprobar ydemás tareas de administración del impuesto.

    6. Se propone la derogación de un conjunto de impuestos que ya no sonnecesarios, porque las actividades que gravan quedarían adecuadamente tratadascon el Impuesto al Valor Agregado. Así se logra adicionalmente, realizar unaimportante simplificación del sistema tributario, al desaparecer 19 impuestosfederales.

    Principales modificaciones que se introducen con la nueva Ley del Impuesto alValor Agregado (Cano Melesio: 2008).

    1. El objeto de la nueva Ley del Impuesto al Valor Agregado, a los actos oactividades mercantiles se adicionan las de naturaleza civil, con lo cual se amplíael universo de los contribuyentes.

    2. Se introduce a la importación de bienes y servicios como objeto del impuesto.

    3. Para evitar el impuesto en cascada, se introduce el concepto de Acreditamiento,consistente en que en la cadena de distribución que inicia a partir del fabricante, almayorista, al intermediario, al detallista y al último consumidor, si bien es ciertoque el impuesto se traslada al adquirente, quien recibe el traslado puede acreditaro recuperar el citado impuesto, con lo cual no se convierte en un costo y

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    únicamente para el último consumidor, quien no podrá ya acreditarlo, significa undecremento a su patrimonio.

    4. Las entidades públicas centralizadas, sin importar que corresponda a nivelfederal, estatal o municipal, causarán también el impuesto por los actos que

    realicen que no correspondan a sus funciones de Derecho Público.5. Las entidades públicas centralizadas y descentralizadas, sin importar quecorrespondan a nivel federal, estatal o municipal estarán obligadas a pagar elImpuesto al Valor Agregado que les trasladen.

    6. Se crean tres tipos de contribuyentes: a) los que perciben únicamente ingresosgravados, en cuyo caso podrán acreditar el impuesto que les haya sido trasladado,convirtiéndose este en un gasto, y c) aquellos que obtienen tanto ingresosgravados como ingresos exentos y que podrán acreditar el impuesto en laproporción que los ingresos por actos gravados representen respecto del total deingresos obtenidos.

    7. Se simplifica el sistema tributario al derogar 19 impuestos federales especiales.

    8. Se introduce una tasa general del 10% y una especial del 6% aplicable a lasoperaciones realizadas en la franja fronteriza, con el propósito de otorgar a losresidentes en esas zonas una posición competitiva respecto a los comerciantesdel vecino país.

    9. Se establece el procedimiento para la devolución, descuentos y bonificacionesrespecto de las operaciones celebradas.

    10. Se define la mecánica para la recuperación de saldos a favor en el Impuesto alValor Agregado.

    11. Se contempla un apartado especial para los contribuyentes menores delImpuesto Sobre la Renta.

    12. Se reestructura y de alguna forma se reducen las exenciones contempladas enla abrogada “Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles”. 

    13. Se eliminan los ingresos semigravados.

    14. También se eliminan algunas facultades de las autoridades fiscales, así comolas disposiciones que regulaban las infracciones y sanciones, mismas que seincorporan al Código Fiscal de la Federación.

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    Esta Comisión actuó como tal hasta 1977, cuando sus funciones fueronabsorbidas por la Dirección de Coordinación Fiscal de la SHCP, en 1979

    tales funciones pasaron a la Dirección General de Coordinación conEntidades Federativas.

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    LOS ANTECEDENTES DEL FEDERALISMO Y LA COORDINACIÓN FISCAL

     Amabilia Terrazas (2004, 65) considera que el “federalismo fiscal garantiza unamayor equidad en el tratamiento fiscal de transferencias, los subsidios y lasparticipaciones, con objeto de equilibrar las limitaciones de los gobiernos locales,de aprovechar las ventajas de esos gobiernos y de que ciertos servicios y bienespúblicos estén presentes sin importar la capacidad de pago de las regiones. Deahí la importancia de que el conjunto federado colabore tanto en la conformacióncomo en la participación de recursos del Estado.” En México se inicia un sistema

    legal de ingresos compartidos a partir de 1953. De esta forma los estados ymunicipios inician la dependencia financiera sobre los recursos federalescondicionados con frecuencia en atención a la agenda política nacional.

    Para 1980, las reglas de reparto fiscal se modifican al crearse formalmente elSistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF). Este último fue creado como unmecanismo institucional para proteger a los ciudadanos de la doble tributación yreducir los costos de administración fiscal. Desde este año, entidades y gobiernoslocales han gozado del derecho de recibir ciertos porcentajes de los ingresosfederales a cambio de abstenerse de tributar en ciertas áreas.

    En 1990 se promulgan nuevas modificaciones fiscales como parte de las reformasestructurales impulsadas por el Presidente Carlos Salinas de Gortari. La reformaaumentó la transparencia del SNCF e introdujo elementos compensatorios dentrode la fórmula de reparto de fondos para favorecer a los estados que recibieronmenos transferencias durante los ochentas. La nueva fórmula de reparto contienetres criterios para calcular los montos transferidos: (1) la población con un 45%; (2)la recolección de ciertos impuestos federales con un 45%; y (3) un criteriocompensatorio con el restante 10%.

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    La legislación fiscal fue reformada en Diciembre 15 de 1995.3 La reformaintroduce dos cambios fundamentales. Primero, los montos de los fondos fueron

    aumentados de un 18.1% de los ingresos federales tributarios, contempladosdesde 1990, a un 20%.

    Y, segundo, otorga nuevas oportunidades a los estados para tener impuestos eingresos propios, a través de una serie de medidas como el ingreso de losimpuestos a los automóviles o agregar sobre tasas a ciertos impuestos federales(de ocupación hotelera y tenencia vehicular a partir de 1997).4 

     Además de los fondos libres, las transferencias etiquetadas o condicionales hanrepresentado otro mecanismo histórico para influir y apoyar desde el centro a laspolíticas estatales y municipales.

    Mediante este mecanismo los presidentes de la República fortalecían sus planesde desarrollo, compensaban estados en condiciones precarias o realizan ajustespolíticos de acuerdo a la agenda nacional. Formalmente las aportacionescondicionales existen en México desde la creación del Ramo 26 a finales de lossetentas.

    Este ramo proporcionó inicialmente fondos a los estados en el rubro de obraspúblicas.

    Los primeros pasos de la coordinación fiscal

    Con la tercera convención, se inicia la primera etapa de la coordinación fiscal en laera moderna.

    Sus recomendaciones dieron origen a un marco normativo compuesto por lossiguientes ordenamientos:

    a. Ley de Coordinación Fiscal entre la Federación y los Estados , del 28 dediciembre de 1953, con la que se crea la Comisión Nacional de Arbitrios.

    b. Ley que Regula el Pago de Participaciones en Ingresos Federales a lasEntidades Federativas, de diciembre 29 de 1948.

    Se consideraba que un obstáculo importante para el funcionamiento de dichosistema eran las demoras y trámites para el pago de participaciones a lasentidades, por lo que esta ley tenía el propósito de regular y uniformar susprocedimientos.

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    c. Ley del Impuesto Federal sobre Ingresos Mercantiles, que entró en vigor en1948, en sustitución de la llamada Ley General del Timbre que englobabanumerosos impuestos al comercio y a la industria, de escasa significación

    recaudatoria y de múltiples problemas para los particulares.d. Ley que Otorga Compensaciones Adicionales a los Estados  que CelebrenConvenio de Coordinación en Materia del ISIM, vigente a partir de 1954.

    e. Derogación de los gravámenes estatales  sobre diversas actividadesmercantiles e industriales.

    Esta etapa de la coordinación fiscal se caracteriza por presentar un cambio deorientación en los principios rectores de la coordinación fiscal, pues se pasa de ladistribución de fuentes impositivas entre federación, estados y municipios a suarmonización.

    En segunda instancia, desde esta época, las participaciones se consolidancomo el principal mecanismo de transferencia de recursos de la federación aestados y municipios.En tercer lugar, se genera un amplio marco jurídico que será el sustento de laprimera etapa de la coordinación fiscal, cuya base es el ISIM Impuesto sobreIngresos Mercantiles.

    También se crean los primeros órganos de la coordinación fiscal, como laComisión Nacional de Arbitrios, cuyas funciones eran: proponer medidas paracoordinar federación, estados y municipios; fungir como consultor técnico enmateria legal fiscal; vigilar el pago oportuno de las participaciones y ejercer susfacultades para evitar restricciones indebidas al comercio (Hoyo D´addona, 1981:8).

    De esta manera se gesta la coordinación fiscal como organización, con estructurasadministrativas y personal a su servicio.La Comisión operó entre 1954 y 1977.

    En 1949 se crea otra institución que ha permanecido hasta nuestros días: losfondos de compensación. Ésta se introdujo en una iniciativa de reforma alartículo 73 fracción XXIX de la constitución para incluir dentro de los impuestosexclusivos de la federación el impuesto sobre fabricación y consumo de cerveza.

     Al federalizarse el tributo se vio la necesidad de entregar participaciones a lasentidades por el sacrificio fiscal, además de prever en la Ley de Ingresos de eseaño la creación de un fondo compensatorio para aquellos estados en los que laparticipación resultara menor al rendimiento obtenido anteriormente (Acevedo,1987: 38)

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    Sostiene Emilio Margáin Manautou  que las raíces del actual Sistema deCoordinación Fiscal se encuentran en la doctrina, legislación y jurisprudenciaargentina, ya que en este país surgió la tesis de que para un solo territoriodebe de existir un solo impuesto y de que, para este efecto, el único ente quedebe crear impuestos es la Federación y ésta otorgar participaciones a losEstados y Municipios.

    El Sistema Estatal de Coordinación Fiscal:

    Tiene por objeto regular las actividades fiscales estatales y municipales,establecer las bases de cálculo para la distribución de participaciones de tributos yotros ingresos federales y locales, distribuir dichas participaciones de tributos yotros ingresos federales y locales, distribuir dichas participaciones entre losMunicipios, fijar reglas de colaboración administrativa y constituir los organismosen materia de coordinación fiscal de ambas esferas de gobierno.

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    Dichas reglas están definidas en la Ley de Coordinación Fiscal de cada una de lasEntidades Federativas que ha sido expedida por sus Legislaturas Locales, encongruencia con los objetivos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, quepretende, sobre todo, fortalecer la economía regional y en particular la de los

    Municipios del país.Las participaciones del Fondo General se determinarán para cada Municipioanualmente hasta una cantidad anualmente hasta una cantidad igual a la quehaya resultado para cada caso en el año anterior, además se le asignará elincremento respectivo que se apruebe de la siguiente forma:

      un 40% en proporción directa al número de habitantes que tenga cadaMunicipio;

      otro 40% en proporción directa al incremento relativo a la recaudaciónrealizada de sus impuestos y derechos en el año precedente; y

      el 20% restante se asignará en proporción inversa a la participación por elnúmero de habitantes, siguiendo las indicaciones de la Ley de Coordi