trabajo sobre evaluación

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UNIVERSIDAD SANTA MARÍA VICE-RECTORADO ACADÉMICO DECANATO DE POSTGRADO DIRECCIÓN POSTGRADO EN EDUCACIÓN Taller Nº02 FUNCIONES DE UN DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN INSTRUMENTOS DE REGISTRO Prof. Hector Medina Participantes: Alfonzo, Esther Colucci, Marlyn Duran, Silvia González, María E.

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Page 1: Trabajo Sobre Evaluación

UNIVERSIDAD SANTA MARÍAVICE-RECTORADO ACADÉMICO

DECANATO DE POSTGRADODIRECCIÓN POSTGRADO EN EDUCACIÓN

 

Taller Nº02 FUNCIONES DE UN DEPARTAMENTO

DE EVALUACIÓNINSTRUMENTOS DE REGISTRO

Prof. Hector Medina Participantes:Alfonzo, EstherColucci, Marlyn

Duran, SilviaGonzález, María E.

Viera, Jenny    

San Antonio, Octubre de 2011

Page 2: Trabajo Sobre Evaluación

FUNCIONES DE UN DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN

1.- Tipos de Consejos: Conformación, Propósito y Funciones.

Consejo Directivo

Conformado por:

- Director (es).

- Sub-directores (es/).

Propósito

Servir de órgano permanente, deliberante, normativo y asesor de la

comunidad educativa en general.

Funciones

* Es un organismo técnico-asesor del director a nivel institucional.

* Adquiere participación directa en función de lineamientos enmonados

del nivel inmediato superior.

* Asesora y evalúa la aplicación de planes y programas educativos.

*Propone soluciones a los problemas técnico-docente s y administrativos.

* Es el órgano técnico-asesor entre la Dirección y las Instituciones

gubernamentales a nivel local.

* Lleva el registro de actas correspondiente de cada reunión.

* Decidir la admisión y retito del personal docente.

* Se reúne ordinariamente por lo menos una vez al mes y en forma

extraordinaria las veces que el caso lo amerite.

Page 3: Trabajo Sobre Evaluación

Docente Conformado Por:

- Director (es).

- Sub-directores (es/).

- Totalidad de los docentes.

Propósito

Llevar a cabo la realización de actividades en relación con el

trabajo escolar, responde a principios importantes de planificación en el

cumplimiento de la función supervisora.

Funciones

* Formular el plan de trabajo para el año escolar. Revisar y reajustar

periódicamente este instrumento.

* Realizar investigaciones sobre determinadas situaciones que prevalece

en el proceso de enseñanza aprendizaje.

* Practicar el estudio de técnicas y métodos contemporáneos sobre

didáctica del aprendizaje de las distintas materias.

* Estudiar los problemas que presentan los alumnos difíciles y

determinar su mas adecuado tratamiento.

* Promover la discusión de temas pedagógicos que aparezcan en diversas

publicaciones y que haya sido previamente estudiado por quienes

intervengan en las reuniones.

* Analizar, valorar y adaptar textos de enseñanza, tomando en cuenta las

disposiciones legales y reglamento sobre la materia.

Page 4: Trabajo Sobre Evaluación

* Considerar, estudiar, producir y tramitar acerca de los siguientes

aspecto: Instrumentos de control administrativo, Análisis de gráficos,

Estadísticas, entre otros; de los que se deriven actividades de

mejoramiento; lo referente al aseo, cuidado y conservación del edificio y

mobiliario escolar; lo concerniente a la dotación general del plantel al

equipo mínimo de libros y útiles requeridos por los estudiantes;

movimiento financiero que se opera en las instituciones escolares; y las

actividades de mejoramiento y desarrollo comunal.

Técnico Docente Conformado Por:

- Director (es).

- Sub-directores (es/).

- Docentes Coordinadores.

Propósito

Es el órgano colegiado del Plantel cuyo objetivo principal está

dirigido a garantizar el más alto nivel de calidad académica, el normal

funcionamiento del Centro Educativo y velar por la consecución de los

objetivos del ideario del Proyecto Educativo. Estará integrado por el

Director, el Subdirector, los Coordinadores de cada etapa educativa y los

miembros del Departamento de Bienestar Estudiantil.

Funciones

* Participar en la elaboración, aplicación y evaluación del Proyecto

Educativo.

Page 5: Trabajo Sobre Evaluación

* Lleva el régimen de actas correspondientes.

* Colabora con el Director en la elaboración del Plan Anual del plantel.

* Resolver toda incidencia con relación a la aplicación de las normas

disciplinarias a los alumnos.

* Cumplir y hacer las demás responsabilidades y atribuciones

contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento General

y demás disposiciones emanadas de las autoridades competentes.

* Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones

del Consejo Técnico Docente, se establecerán por reglamento interno

elaborado por sus integrantes y se adecuarán a las directrices emanadas

del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes. En este sentido, se

reunirán cada 15 días en el lapso de la programación académica, así

como en la oportunidad que las circunstancias lo requieran. Las

reuniones serán convocadas y planificadas por el Director, quién

elaborará el orden del día de cada reunión.

General Docente Conformado Por:

- Director (es).

- Sub-directores (es/).

- Totalidad del personal docente.

- Junta Directiva de la sociedad padres y representantes.

- Dos delegados estudiantes del último grado del plantel respectivo.

Page 6: Trabajo Sobre Evaluación

Propósito

Hacer reuniones en forma ordinaria o extraordinaria, las reuniones

ordinarias se realizaran al inicio del año escolar y las extraordinarias

cuando sucedan casos especiales que así lo amerite que a juicio del

Directos o a solicitud escrita de por lo menos el 50% de los miembros.

Funciones

* Es el órgano asesor de la Dirección y podrá tomar decisiones.

*Analiza y vela por el cumplimiento la normativa legal vigente.

*Estudia y analiza aspectos de carácter pedagógico y administrativo de la

Institución.

* Aprueba el reglamento interno de los consejos.

*Aprueba el Reglamento Interno de la unidad educativa.

*Propone a aprueba comisiones de trabajo para el estudio, análisis y

evaluación de las situaciones curriculares.

Page 7: Trabajo Sobre Evaluación

Otorgamiento de Títulos

El Departamento de Títulos, adscrito a La División de Registro, Control y Evaluación de Estudios de la Zona Educativa del Estado es el que se encarga del otorgamiento de títulos, de la siguiente manera:

ENTRADA:

1. Recepción de solicitud de Formatos de Títulos hecha por los

Directores de Planteles adscritos al Estado Miranda.

2. Recepción de cierre de Formatos de Títulos hecha por los Directores

de Planteles adscritos al Estado Miranda (año escolar que va

culminando).

3. Recepción de solicitud de Titulo por primera vez, en caso de que la

institución donde estudió el usuario este cerrado.

4. Entrega a la Coordinación de Control de Estudios Copia Certificada de

Registro de Titulo, para que la misma proceda a emitir el mismo, si al

usuario se le extravió su titulo original.

5. Entrega de Formatos de Títulos a usuarios que, previa solicitud por la

Coordinación de Evaluación y Equivalencias realizaron algún

procedimiento; evaluación: materia pendiente, materia quedada, alumnos

no cursantes, aplicación de circular 05, entre otras.

Equivalencias: en el caso de que el usuario procesara

equivalencias o transferencias de estudios.

6. Atención a Directores (as) con el propósito de ofrecerle asesoría

TECNICA-PEDAGOGICA para el proceso de cierre y solicitud de

Formatos de Títulos.

Page 8: Trabajo Sobre Evaluación

7. Se verifican los documentos probatorios de estudios que consigna el

usuario para certificarlos y autenticarlos por esta Zona Educativa;

requisito indispensable para la elaboración de Titulo por este

Departamento.

8. Si el usuario no consigna documentos probatorios de estudios es

responsabilidad de la Zona Educativa, a través del Departamento de

Archivo Histórico solicitar los mismos ante la Dirección de

Archivos y Control de Estudios del Ministerio de Poder Popular para la

Educación.

9. Se elabora la Hoja de Registro de Titulo del usuario, 03 juegos, a los

fines de que en los Archivos de la División de Registro, Control y

Evaluación de Estudios de esta Zona Educativa reposen los registros

académicos para la futura verificación de documentos probatorios de

estudios.

SALIDA:

Entrega de documentos probatorios de estudios a los usuarios,

previa solicitud de los mismos, ofreciendo una respuesta oportuna.

Entrega de Formatos de Títulos a los Directores (as) de Planteles

adscritos al Estado Miranda, con el propósito de que a los alumnos se le

les entregue el Título de Bachiller.

Según el Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, en su

artículo 125 establece que:

Para optar al certificado de educación básica, al título de bachiller, o al de técnico medio en la especialidad correspondiente u otras

Page 9: Trabajo Sobre Evaluación

credenciales de carácter académico, los interesados deberán haber aprobado la totalidad de las áreas, asignaturas o similares de los planes de estudio correspondientes y haber cumplido, para el otorgamiento de los mismos, con los requisitos de carácter administrativo establecidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Así mismo, en su artículo 130 establece que:

A los fines de su validez, los certificados, títulos oficiales y otras credenciales de carácter académico, además del soporte legal de las calificaciones obtenidas por el interesado, deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Ser elaborados en los formatos establecidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

2. Ser expedidos con los nombres y apellidos, cédula de identidad y demás datos de identificación de su titular, legalmente comprobados.

3. No presentar enmiendas, borrones ni tachaduras.

4. Estar debidamente firmados por el Director del plantel, el docente encargado del control de estudios o por quien esté autorizado para tal efecto, designado del seno del Consejo de Docentes, y por el funcionario de supervisión que por Resolución, designe anualmente el Ministro de Educación, Cultura y Deportes.

5. Estar debidamente asentados en los registros correspondientes.

Page 10: Trabajo Sobre Evaluación

3. DISEÑE UN CASO PRÁCTICO DE PROBLEMA QUE PUEDEN PRESENTARSE EN LA FIRMA DE DOCUMENTOS PROBATORIOS SEGÚN LOS SIGUIENTES ASPECTOS:

Institución Educativa

Una Institución privada que no esté autorizada para la firma.

Estudiante: Datos de Identificación

Error en la Cédula de Identidad. En este caso se procede a la

ANULACIÓN del formato del Título.

Error en Nombre, Apellido, u otros datos del estudiante. En este caso se

le hace una modificación al dorso.

Funcionarios que firman los documentos probatorios

Que no aparezcan en el resuelto del MPPE. En este caso no están

autorizados para firmar y se procede a la nulidad del formato del Título.

Formatos

Que el formato no cumpla con las características emanadas por el

MPPE.

Plan de Estudios

Que el Código del Plan de Estudios esté errado. En este caso se procede a

la nulidad del formato del Título.

Sello

Cuando se coloquen Sellos del Plantel o de la Zona Educativa que no

correspondan. En este caso se procede a la nulidad del formato del

documento.

Page 11: Trabajo Sobre Evaluación

4.- LA NULIDAD DE TÍTULOS

Según circular Nº13 (modificada al 30-03-2007) Caracas, 02 de julio de

2003.

Consiste en invalidar el formato utilizando un sello con la palabra

“ANULADO” estos formatos anulados deben ser consignado a la zona

educativa, en el momento de realizar la liquidación y ser reflejados en las

formas 6 A y 6 RT, cuando se haya otorgado el titulo y ocurra lo

siguiente:

- Presente borrones, o enmiendas.

- Las firmas de los funcionarios autorizados para firmar no sean

autógrafas con bolígrafo de tinta negra o azul.

- Hay error en el número de la Cédula de Identidad, en el Nombre y

Código de la mención en el año de egreso, en el Código del Plantel, en

los Datos de Identificación de los Funcionarios Autorizados para firmar

y en la fecha de emisión.

- Cuando se coloquen Sellos del Plantel o de la Zona Educativa, que no

correspondan.

-Viole lo dispuesto en el Capítulo VI del Reglamento General de

La Ley Orgánica de Educación.

Page 12: Trabajo Sobre Evaluación

5.-SE PROCEDE A LA MODIFICACIÓN AL DORSO CUANDO SE COMETA ERROR DE TRANSCRIPCIÓN EN:

-Nombre-Apellido-Lugar de Nacimiento-Fecha de Nacimiento-Cambio de Numero de Cedula de Identidad por Nacionalización.

6. ¿EN QUÉ CONSISTE LA TRANSFERENCIA Y LA EQUIVALENCIA DE ESTUDIOS? ¿QUIÉN LA OTORGA?

REQUISITOS. NORMATIVA LEGAL QUE LA REGULA

Transferencia de Estudio

La Transferencia de Estudios consiste en un procedimiento

mediante el cual el Director del Plantel otorga validez legal a los estudios

realizados en Educación Básica en el País o en el exterior a objeto de la

prosecución de estudios de los y las estudiantes en ese Plantel.

La solicitud de Transferencia de Estudios se hará ante la Dirección

del Plantel al inicio del año escolar. En el régimen regular hasta tres

meses después de haberse iniciado el año escolar y en Educación de

Adultos hasta un mes después de haberse iniciado cada período escolar.

Los Documentos Públicos extranjeros, en vez de la Legalización se

introduce una medida de control única, que consiste en colocar un sello o

estampilla llamada Apostille por parte del país donde se elaboró la

Certificación (Gaceta Oficial Nº 36.446, del 5 de Mayo de 1998). Se

requiere Escala de Calificaciones del País de procedencia.

Page 13: Trabajo Sobre Evaluación

Por cada grado o año aprobado se le aprobará el grado de

Educación Básica correspondiente, las asignaturas o áreas contempladas

en el Plan de Educación Básica Vigente no contempladas en el Plan de

Procedencia se exoneran. Las asignaturas o áreas contempladas en el

Plan de Procedencia no contempladas en el Plan de Educación Básica

Vigente no se tomarán en cuenta.

Si una vez efectuada la transferencia le queda pendiente un área o

asignatura del Plan Vigente, se inscribirá en el grado inmediato superior

con un área o asignatura pendiente. Si una vez efectuada la transferencia

le quedan pendientes dos o más asignaturas deberá repetir el grado.

Si el o la Estudiante tiene un grado o año aprobado se le aprobarán

los dos Semestres correspondientes. En el caso de que un o una

estudiante tiene parcialmente aprobado los semestres correspondientes a

un Grado, se le aprobará ese Grado y las asignaturas contempladas en el

Plan de procedencia no contempladas en el Plan Vigente se exoneran.

La Transferencia se elaborará por duplicado, original para el

usuario y copia para el Plantel en el formato de Certificación de

Calificaciones por año, Código RR-DEA-03-03, por Semestre, Código

EA-DEA-02-03 según sea el caso.

Tanto la Dirección del Plantel como la Zona Educativa llevarán un

Registro de las Transferencias realizadas, que contemple el número de la

Transferencia, la identificación del o la estudiante y la transferencia

realizada.

Cuando el o la Estudiante tenga una Transferencia en las Notas

Certificadas, en la Casilla de Observaciones se escribirá:

Page 14: Trabajo Sobre Evaluación

“Transferencia Nº__ de fecha __________ elaborada por el

Plantel________________.

Se hará referencia a la Transferencia en el Formato de Inscripción,

en la Matrícula Inicial y en la Modificación de Matrícula.

En la elaboración de la Certificación de Calificaciones una vez otorgada

la Transferencia de Estudios se debe tomar en cuenta cuando la escala

sea diferente a la del 01 al 20, debe realizarse la conversión respectiva.

Requisitos

Los requisitos para la solicitud de la transferencia de estudios son:

-Estudios Cursados y Aprobados en el País:

-Fotocopia legible de la Cédula de Identidad con vista al original

-Fotocopia legible de la Partida de Nacimiento con vista al original.

- Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones. Si

procede de otro Estado la Certificación de Calificaciones deberá estar

avalada por el(la) Director(a) de la Zona Educativa. Estudios Cursados y

Aprobados en el Exterior:

- Fotocopia legible con vista al original de la Cédula de Identidad, Carnet

Diplomático o Pasaporte, visa de residente o de transeúnte vigente.

- Fotocopia legible con vista al original de la Partida de Nacimiento.

- Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones

legalizada, entendiendo por legalización el trámite mediante el cual el

Consulado de Venezuela, en el país donde se emite la Certificación de

Page 15: Trabajo Sobre Evaluación

Calificaciones, certifica la autenticidad de la firma y bajo qué carácter ha

actuado la persona que firma.

Normativa Legal:

La Dirección de Evaluación y Acreditación del Ministerio del

Poder Popular para la Educación, de conformidad con lo dispuesto en los

Artículos 15, 68 y 107 de la Ley Orgánica de Educación, en

concordancia con los Artículos 134, 135, 143, 146, 147, 148 y 149 del

Reglamento de la Ley Orgánica de Educación y el artículo 175 de la

Resolución 181, de fecha 14 de Mayo de 2001 emitida por este

Ministerio; con el objeto de simplificar el proceso relacionado con el

otorgamiento de la transferencia de estudios.

En la CIRCULAR N° 04. Ministerio del Poder Popular para la

Educación. Asunto: Transferencia de Estudios. De fecha : Caracas, 30 de

Marzo de 2007.

Equivalencias de Estudios

La equivalencia de estudio tiene el objeto de unificar criterios y

simplificar los trámites relacionados con el otorgamiento de

equivalencias de estudios. Es el procedimiento mediante el cual el

Ministerio del Poder Popular para la Educación, determina la validez

legal, a los fines de prosecución de estudios similares de un Plan de

Estudio del Nivel de Educación Media Diversificada y Profesional

cursado y aprobado en el país o en el extranjero, con las asignaturas

Page 16: Trabajo Sobre Evaluación

similares de un Plan de Estudio diferente, de este mismo nivel. (Artículo

135 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación).

A partir del 16 de Mayo de 1999, se suprimió la exigencia de la

legalización de la Certificación de Calificaciones que han sido elaborados

en los países signatarios de los Documentos Públicos extranjeros, hecho

en la Haya, el 5 de Octubre de 1961. En vez de la Legalización se

introduce una medida de control única, requerida como exigencia,

resultante de colocar un sello o estampilla llamado Apostille por parte

del país donde se elaboró la Certificación (Gaceta Oficial N° 36.446, del

5 de Mayo de 1998).

El Plantel o la Zona Educativa llevará un registro de cada

equivalencia que realiza, donde se asentará el Número de Equivalencia,

los Datos de Identificación del Solicitante y la Fecha de Emisión.

Las equivalencias deben reflejarse en las Planillas de Matrícula

Inicial, Modificación de Matrícula y Certificación de Calificaciones con

N°, fecha de emisión, nombre de la institución que la otorgó.

El Formato para emitir la equivalencia (anexo) se debe llenar por

duplicado, original para el usuario y copia para el archivo del Plantel o de

la Zona Educativa.

Normativa Legal: Dirección de Evaluación y Acreditación del Ministerio

del Poder Popular para la Educación de conformidad con lo dispuesto en

los Artículos 68, 69 y 70 de la Ley Orgánica de Educación, en

concordancia con los Artículos 135, 136, 137, 138, 139, 143, 144, 145,

146, 147, 148 y 149 del Reglamento General de la Ley Orgánica de

Page 17: Trabajo Sobre Evaluación

Educación, y el 175 de la Resolución N° 181 del 14 de Mayo de 2001 y

la Resolución Nº 35 del 28 de Julio de 2006. Específicamente la

CIRCULAR N° 05. Ministerio del Poder Popular para la Educación.

Asunto: Equivalencia de Estudios. De fecha: Caracas, 30 de Marzo de

2007.

Requisitos:

Equivalencia es nacional:

- Fotocopia legible de la Cédula de Identidad, con vista al original. b.

Fotocopia legible de la Partida de Nacimiento, con vista al original.

- Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones. Si

procede de otro estado la Certificación de Calificaciones deberá estar

avalada por el(la) Director(a) de la Zona Educativa.

Equivalencia es extranjera:

- Fotocopia legible con vista al original: Cédula de Identidad, Carnet

Diplomático o Pasaporte, Visa de Transeúnte vigente o Visa de

Residente.

- Fotocopia legible con vista al original de la Partida de Nacimiento.

- Original y Fotocopia legible de la Certificación de Calificaciones

legalizada, entendiendo por legalización el trámite mediante el cual el

Consulado de Venezuela, en el país donde se emite la Certificación de

Calificaciones, certifica la autenticidad de la firma y a qué título ha

actuado la persona que firma.

Page 18: Trabajo Sobre Evaluación

INSTRUMENTOS DE REGISTRO

IMPORTANCIA DEL LIBRO DE VIDA

Los Libros de vida permiten registrar automáticamente conductas

inapropiadas de los estudiantes, en la cual se detalla exactamente lo

sucedido, esto con la finalidad de llevar un control de conductas, conocer

la interacción de los estudiantes con los compañeros y personal que

labora en la institución.

Tiene como fin ayudar a los alumnos a tomar conciencia de la

necesidad de cumplir normas y sanciones para mantener la convivencia

en el ámbito escolar y social, ya que es una tarea compleja que precisa de

la formación del docente en técnicas de gestión y control del aula

fundamentadas en la comprensión y conocimiento del curso evolutivo

por el que trascurre el desarrollo de los estudiantes.

Así como también, dar oportunidades a los alumnos para aprender

a comportarse en función de sus necesidades básicas y las del grupo

implica por parte del profesor la incorporación en la programación del

aula de estrategias que permitan al alumno asumir la disciplina como un

objetivo educativo que debe alcanzar y al profesor como un objetivo

educativo que debe enseñar y evaluar.

2. ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPALES INSTRUMETOS DE REGISTROS UTILIZADOS ACTUALMENTE EN VENEZUELA?

- Listas de verificación (de cotejo): con este instrumento se registra la

presencia o ausencia de conductas o manifestaciones que se espera que el

Page 19: Trabajo Sobre Evaluación

alumno externe después de haber alcanzado los niveles anteriores, como

la determinación del valor, importancia o trascendencia de los

conocimientos alcanzados, así como la actitud ante el estudio, el respeto

y apoyo al trabajo de los compañeros, la asunción de

valores, responsabilidad y autoestima, entre otros.

- Las rúbricas: son guías o escalas de evaluación donde se establecen

niveles progresivos de dominio o pericia relativos al desempeño que un

alumno  muestra respecto a un proceso o producción determinada, así

como a la valoración  de la utilidad del conocimiento alcanzado.

- Registros anecdóticos: son descripciones en forma de anécdota de los

hechos o cambios de actitud alcanzados por el alumno en el proceso

educativo consciente e intencional, los cuales aportan  información

complementaria a los datos cuantitativos obtenidos con otros

instrumentos.

 -Participación: con el cuadro de participación se elabora un registro de

la frecuencia y calidad de las participaciones con que los estudiantes

reflexionan y juzgan la certeza de lo tratado en el nivel de inteligencia.

- Demostraciones: con este instrumento se solicita al alumno que de

manera práctica o teórica muestre el porqué del funcionamiento o manejo

de un instrumento, experimento, fenómeno o la ejecución de alguna otra

actividad dada en el nivel de la inteligencia o la observación de la

competencia en una situación práctica, la cual consiste en recopilar

evidencias sobre el desempeño del alumno.

Page 20: Trabajo Sobre Evaluación

 -Proyectos: consisten en la elaboración de una propuesta que integre un

tentativa de solución a un problema o necesidad; estos pueden ser de

investigación, desarrollo o evaluación.

-Monografías: este instrumento propicia la investigación documental, así

como la selección e integración de información en torno a un tema

específico.

-La prueba  pedagógica (examen): este instrumento se integra con

preguntas previamente estructuradas sobre la temática u objeto de

estudio, el cual puede ser de dos tipos: 1) Con preguntas abiertas, donde

el alumno responde libremente (el cual se recomienda) y 2) Con

preguntas cerradas, en las que el alumno se limita a responder sobre lo

que se le cuestiona.

- La entrevista: este instrumento permite determinar de manera directa

(cara a cara) la calidad y cantidad de la información que el alumno posee.

Existen dos variantes de este instrumento: 1)  La entrevista estructurada;

en ella el docente se concreta en formular las preguntas con respecto a un

orden; 2) La entrevista no estructurada: en esta variante el docente cuenta

con la flexibilidad para modificar el orden y la estructura para poder

formular las preguntas, pero no así la intención de éstas.

Page 21: Trabajo Sobre Evaluación

3. ELABORE UN EXPEDIENTE DE UN ASPIRANTE A OBTENER

UN TÍTULO

3.1. Expedientes de los (las) estudiantes que optan por el Título de

Bachiller o Técnico Medio, conformado por los siguientes documentos:

- Fotocopia legible de la Cedula de Identidad o copia del

comprobante de la solicitud de la misma o del carnet

diplomático.

- Fotocopia legible de la partida de nacimiento, con vista al

original.

- Original y fotocopia legible de las notas certificadas, firmadas y

selladas por la Zona Educativa si el (la) estudiante estudió y

aprobó estudios en otro estado.

- Fotocopia legible de la transferencia o equivalencia, si la

hubiere.

- Fotocopia legible del cambio de Datos, si lo hubiere.

- Fotocopia legible de la autorización de materia quedada, si la

hubiere.

- Fotocopia legible de la constancia de cumplimiento del artículo

27 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación.

3.2. Del Plantel:

- Matrícula inicial y modificación de matricula avalada por la Zona

Educativa.

Page 22: Trabajo Sobre Evaluación

- Acta de la Asamblea General de Docentes donde se designa la

Comisión para la verificación de los requisitos exigidos para el

otorgamiento de títulos.

- Planilla del Resumen Final del Rendimiento Estudiantil, firmado

por los docentes.

- En caso de ser un plantel privado, resuelto de autorización de

funcionamiento actualizado.

4. ¿DEBEN LEGALIZARSE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS?

Procedimiento. Mencione casos.

Si se deben Legalizar los Documentos Probatorios de Estudios.

Para Realizar el proceso de Legalización de cualquier documento

probatorio de estudios de Educación Universitaria, el primer paso es

dirigirse a la Embajada o Consulado respectivo, a fin de informarse sobre

los documentos requeridos por el país donde se hará la prosecución de

estudios.

Requisitos para Título original de Instituciones Públicas de Educación Universitarias: 

1. Para Legalizar el TÍTULO ORIGINAL, el mismo debe estar firmado y sellado por el Registro Público correspondiente, además de traer como soporte de manera OBLIGATORIA el ACTA DE GRADO o NOTAS CERTIFICADAS. 

2. Copia de la CI del TITULAR, la misma debe ser entregada de manera

Page 23: Trabajo Sobre Evaluación

INEXCUSABLE. Sólo los padres del titular de los documentos no necesitan la autorización. Si la persona que consigna no es el titular del (los) documento (s) debe traer autorización por escrito y copia de CI de ambas partes. 

3. Cancelar en la taquilla autorizada ubicada en la misma dependencia o en la entidad bancaria autorizada, las unidades tributarias.

Nota: 

Los títulos pertenecientes a instituciones privadas se legalizan directamente en el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, debido a que ya están refrendados por el Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria. 

Requisitos para los Documentos: 

1. Se Legalizan los documentos tanto de Instituciones Públicas como Privadas (Notas Certificadas, Actas de Grado, Constancias, Certificación de Fondo Negro, Diplomas de Menciones Honoríficas, Puestos y Rangos, Pensum, Programas de Estudios "Solo se presenta la Certificación de Programas debidamente sellados y firmados por la máxima autoridad según sea el caso: 

1. Universidades: RECTOR (A) O SECRETARIO (A). 

2. Colegios, Organismos Militares e Institutos Universitarios: DIRECTOR (A) O COORDINADOR (A) DE LA COMISIÓN A NIVEL NACIONAL. 

2. Copia de la CI del Titular, la misma debe ser entregada de manera INEXCUSABLE. Sólo los padres del titular de los documentos no necesitan la autorización. Si la persona que consigna no es el titular del (los) documento (s) debe traer autorización por escrito y copia de CI de ambas partes. 

Page 24: Trabajo Sobre Evaluación

3. Cancelar en la taquilla autorizada ubicada en la misma dependencia o en la entidad bancaria autorizada, las unidades tributarias. 

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

- Lic. Belkys Suárez. Directora de Evaluación y Acreditación DEA/BS/JAC/ymacc CIRCULAR Nº4 transferencia de estudios 30_03_07.doc

- Lic. Belkys Suárez. Directora de Evaluación y Acreditación DEA/BS/JAC/ymacc CIRCULAR Nº 5 equivalencia de estudios 30_03_07.doc 6/6 Ley Orgánica de Educación

- López O. Reinaldo (2003). Nuevo manual Del Supervisor, Director y Docente Volumen I. Venezuela. Publicaciones Monfort, c.a.

- Zona Educativa del Estado Miranda: Estructura Organizativa Actual de la Zona Educativa. Disponible: http://www.zonaeducativademiranda.com/descargas/estructura.jpg