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  • Sesin de aprendizaje n 15

    Tcnicas de litigacin oral en el proceso penal

    1. Tcnicas de litigacin en el proceso penal. 2.-la teora del caso. 2.1. Concepto. 2.2. Elementos de la teora del caso. 2.3. Caractersticas de la teora del caso. 2.4. Utilidad de la teora del caso. 2.5. Iimportancia de la teora del caso. 2.6. Construccin de la teora del caso. 3. Las estrategias en la construccin de la teora del caso. 3.1. Clases de estrategias: 3.1.1.- estrategia de negociacin. 3.1.2.- estrategia de refutacin

    1.- TCNICAS DE LITIGACIN ORAL EN EL PROCESO PENAL, El Proceso penal, de acuerdo con el modelo acusatorio adversarial, constituye el medio por el que se va a discutir el conflicto que genera el delito, teniendo como protagonistas a las partes, para encontrar la solucin y legitimar la sancin estatal, asignndole al Juez funciones de control de garantas y de Juzgamiento.

    Las tcnicas de litigacin oral, constituyen referencia de las tcnicas de litigacin del modelo procesal acusatorio adversarial, que surgen como reforma del proceso penal de corte inquisitivo acusatorio, representa un cambio jurdico, con mayor legitimidad del sistema, imponindose la modernizacin de la administracin de justicia, acorde con el desarrollo de la ciencia.

    En tal sentido, la reforma ha implicado un cambio profundo en la cultura jurdica del pas, que de manera gradual ha otorgado espacios a los actores para que se acostumbren a nuevos estilos de litigacin y negociacin penal, al funcionamiento de un sistema acusatorio-adversarial.1 Exigiendo una necesaria comprensin de la relacin que se da entre cultura jurdica, procedimiento penal y comportamiento practico de las partes que intervienen en el proceso.

    El sistema, exige a los actores del proceso, no solo el conocimiento de las normas, si no tambin aprender nuevas estrategias de litigacin, as como desarrollar nuevas habilidades y destrezas, para argumentar oralmente en las audiencias, en cada una de las etapas del proceso. Las destrezas deben tener como base estructuras metodolgicas, que le hagan fcil al litigante cumplir su rol, mejorando la calidad del sistema de justicia. El nivel de litigacin obliga a mejorar a los jueces sus resoluciones

    La adecuada formulacin de la teora del caso contribuye a la comprensin de los hechos, a la recopilacin de las evidencias, y a su presentacin en los momentos que corresponde, de modo que se constituye en el eje central de la planificacin estratgica del trabajo destinado a demostrar las hiptesis y proposiciones fcticas en el juicio.2

    1 BLANCO SUAREZ, Rafael. Litigacin Estratgica Edit. Lexis Nexis. Santiago, Chile. 2005. p. 3.

    2 BLANCO SUAREZ, Rafael. Ob. Cit. p. 3, 4.

  • El nuevo proceso impone modificaciones sustanciales de los comportamientos de cada una de las partes procesales, como parte de una nueva cultura jurdica, en las prcticas, formalidades y destrezas, que deben conocer al intervenir en las audiencias se recomienda conocer exhaustivamente las reglas jurdicas, maximizando su contenido estratgico, cuestin que puede lograrse ms fcilmente si se conocen adecuadamente las tcnicas y destrezas que facilitan la obtencin del mximo de provecho de las normas y las atribuciones subyacentes en ellas. A modo de ejemplo, podemos sealar que al elaborar una teora del caso nica, verosmil, autosuficiente, capaz de persuadir a los jueces, o bien, al exponer con claridad en un discurso de apertura utilizando para ello la gua de la teora del caso, o al formular las preguntas correctas a los testigos propios en el examen directo, o utilizando las ventajas de las preguntas sugestivas y cerradas durante la contraexaminacin, o al emplear objeciones para repeler una pregunta mal formulada y as proteger a nuestro testigo o perito, logramos maximizar las prerrogativas que a los litigantes se le entregan en el nuevo modelo.3

    Las tcnicas de Litigacin orientan a los litigantes que tienen que considerar para intervenir en las audiencias de acuerdo al nuevo sistema procesal penal, en primer lugar es la construccin de su teora del caso, para explicar al juez o colegiado los hechos que ocurrieron, la misma que se construye desde el primer momento en que se toma conocimiento de los hechos y que se va ha ir mejorando, hasta la apertura del juicio en que se expondr. Una teora del caso debe ser simple, autosuficiente y veraz, que nos permita ordenar una investigacin, orientar las investigaciones policiales y evaluar el nivel de un caso para determinar si puede ser llevado a juicio.

    Las tcnicas de litigacin, nos da recomendaciones, de cmo preparar y formular los alegatos de apertura, que les corresponde hacer segn lo dispuesto por el CPP, en su artculo 371, numeral 2, proponiendo que la narracin sea clara y breve, precisando que las proposiciones que se demostraran en el juicio. Explican las destrezas para interrogar y contrainterrogar a testigos y peritos, de cmo las preguntas deben ser formuladas de tal manera que no permitan equvocos, ni confunda al testigo o perito. Nos ensea a formular las objeciones, como tambin de ser el caso, como destruir la teora del caso de la parte contraria y finalizar ensendonos las caractersticas que debe tener un buen alegato de clausura, sistematizando los hechos probados y no probados que inciden en un determinado resultado, utilizando la prueba actuada como fundamento de una aseveracin.

    2. LA TEORIA DEL CASO

    La Teora del caso, constituye la base terica, conforme a la cual, las partes desarrollan el proceso penal, de acuerdo al modelo acusatorio, adversarial.

    3 BAYTELMAN, Andrs, DUCE, Mauricio. Citado por Blanco Suarez en Ob. Cit. p.9.

  • 2.1. CONCEPTO

    La teora del caso, constituye un instrumento, para construir la estrategia o plan para las partes cuando elaboran su historia de los hechos que presentan ante el Juez, explicando o postulando como ocurrieron en la realidad y que van a probar en el juicio y que esperan que el juzgado las tome como una verdad jurdica, ya que el rgano jurisdiccional admitir una teora del caso plasmndola en su decisin final.

    La teora del caso es el medio del que se valen las partes en un proceso penal para persuadir al Juez, demostrando que ocurri, y explicando el comportamiento de la partes, y la defensa penal, consiste para las partes en acreditar su teora del caso y desvirtuar, contradiciendo o poniendo en duda la teora del caso formulada por la parte contraria.

    La teora del caso, determina la defensa, estableciendo los medios de prueba.

    2.2. ELEMENTOS DE LA TEORIA DEL CASO

    La Teora del caso, esta constituida, de acuerdo a la doctrina por tres elementos bsicos:

    2.2.1.- Elemento fctico, que viene a ser la individualizacin de los hechos, que determinan la conducta punible y la responsabilidad o no de ese hecho al imputado.

    Los hechos, hacen referencia al comportamiento que realiza el agente de un delito. A sus circunstancias de forma, lugar y tiempo en que se da el comportamiento, su relevancia o no, con relacin al hecho. A la persona, sus sentimientos, educacin, cultura, creencias carencias sociales. Los medios, su idoneidad o inidoneidad. Su relacin con el imputado, y a los resultados del comportamiento delictuoso.

    Los hechos constituyen la base, en que se sustenta todo el aspecto jurdico, que sern reconstruidos en el juzgamiento, con los medios de prueba.

    2.2.2.- Elemento Jurdico, viene a ser la adecuacin jurdica de un comportamiento con relevancia penal que realiza un sujeto, a la descripcin de un comportamiento que hace el legislador en un tipo penal y que lo amenaza con una sancin.

    2.2.3.- Elemento Probatorio, viene a ser la acreditacin de los aspectos factico y jurdicos, con los medios probatorios, que establece nuestro ordenamiento procesal penal, para demostrar su veracidad, certeza, o poner en duda la responsabilidad o irresponsabilidad, sealar la ausencia de un elemento de la tipicidad, para demostrar que el comportamiento es atpico. Establecer que concurren causales de nulidad o vicios procesales, que puedan acarrear la nulidad del proceso o que requieren que sean subsanados.

  • 2.3. CARACTERSTICAS DE LA TEORA DEL CASO

    2.3.1. Debe ser nica, por que en el proceso, cada una de las partes solo pueden sostener una sola teora del caso, es decir que para cada una de las partes debe de haber una sola versin de los hechos con la finalidad de explicarla.

    2.3.2. Debe ser creble, la teora del caso debe explicar por si misma, debe estar acorde con el sentido comn y las reglas de la experiencia.

    2.3.3. Debe Gozar de suficiencia jurdica, la teora del caso para el fiscal debe cumplir con todos los elementos de la conducta punible y de la culpabilidad. Para el abogado defensor debe determinar la falta de un elemento de la conducta o de la responsabilidad.

    2.3.4. Debe ser lgica, por que debe permitir deducir las consecuencias jurdicas de los hechos.

    2.3.5. Debe ser flexible. Ya que permite adecuarse al desarrollo del proceso.

    2.3.6. Debe ser sencilla, las historia o relato debe ser explicado claramente y en forma sencilla, sin usar tecnicismos.

    2.4. UTILIDAD DE LA TEORA DEL CASO

    La utilidad de la teora del caso esta en que sirve para planificar organizadamente el caso y monitorear cada etapa del juicio, permitiendo elaborar una historia persuasiva, con significado y relevancia penal, la teora del caso sirva para:

    2.4.1. Planear y organizar el alegato de apertura.

    2.4.2. Organizar la prueba.

    2.4.3. Preparar los exmenes y contraexamenes.

    2.4.4. Preparar el alegato de conclusin.

    2.4.5. Adoptar y rechazar estrategias de defensa.

    2.4.6. Definir, fundamentar y formular las objeciones en el juzgamiento.

    2.5. IMPORTANCIA DE LA TEORIA DEL CASO

    Para la acusacin, la teora del caso es una explicacin jurdica de por que ciertos hechos ocurridos deben dar lugar a una sancin penal para el acusado como autor.

    Para la defensa, La teora del caso es la explicacin jurdica de por que no debe sancionarse a quien se tiene como autor.

    La teora del caso es el medio a travs del cual el abogado defensor busca persuadir al Juez, como una forma de litigacin, explicando los hechos del caso y porque cada una de las partes que intervino en los hechos materia del proceso actu como lo hizo y no de otra manera.

  • Corresponde a la defensa en el proceso, acreditar su teora del caso y desvirtuar o poner en duda la teora del caso formulada por el fiscal en su acusacin.

    2.6. CONSTRUCCION DE LA TEORIA DEL CASO.-

    El abogado de la defensa, y el Fiscal, construyen su teora del caso desde el momento en que tienen conocimiento de los hechos.

    El abogado para construir su teora del caso, en la etapa de la investigacin preparatoria debe revisar la carpeta fiscal, ya que la informacin que nos puede proporcionar nuestro cliente u otras personas resulta siempre insuficiente.

    El estudio de la carpeta fiscal debe ser objetivo, ya que debemos percibir los hechos que involucran a nuestro cliente y por los cuales el seor Fiscal ha formalizado la investigacin preparatoria.

    En primer Lugar debemos centrar nuestra atencin en el estudio de la imputacin, ya que a partir de la imputacin podremos hacer una defensa tcnica, deduciendo cuestiones previas, cuestiones prejudiciales y excepciones A partir de estas defensas previas, podemos destruir la pretensin punitiva contra el imputado, si se declara fundada cualquiera de las excepciones, de b) improcedencia de accin, cuando el hecho no constituye delito o no es justiciable penalmente c) Cosa juzgada, cuando el hecho punible ha sido objeto de una resolucin firme, nacional o extranjera contra la misma persona. D) amnista. E) Prescripcin, cuando por el vencimiento de los plazos sealados por el Cdigo Penal se haya extinguido la accin penal o el derecho de ejecucin de la pena, previstas en los cuatro ltimos literales del articulo 6, el proceso ser sobresedo definitivamente de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6.2.

    En segundo lugar, el abogado debe identificar cada uno de los medios de prueba con que cuenta el fiscal para sustentar su imputacin, para luego hacer una valoracin de la idoneidad de cada uno de los medios de prueba para acreditar su imputacin, comprobando si son pruebas directas, que hacen posible reproducir el hecho materia de la imputacin o pruebas indirectas, que acreditan hechos accesorios que pueden llevar al hecho principal.

    En tercer lugar debemos escuchar la Versin de los hechos por nuestro cliente, cual es su punto de vista en relacin a los hechos materia de la imputacin por parte del Fiscal, se considera responsable o no de los hechos, como explica la presencia de algunas evidencias, debemos escucharlo, tenemos que exhortarlo que debe ser claro, que no puede haber contradicciones, la verdad es una sola y su conocimiento nos permitir elaborar una estrategia, para contradecir y poder revertir la imputacin.

    Durante el relato de nuestro cliente podemos ir contrastando puntos de vista, versiones que nos da con los trminos de la imputacin, para aclarar las dudas que puedan surgir o explicar la inconsistencia de sus relatos.

  • 2.7.- LAS ESTRATEGIAS EN LA CONSTRUCCION DE LA TEORIA DEL CASO

    Luego de haber estudiado la carpeta fiscal, determinando los trminos de la imputacin, las pruebas en que se sustentan, y luego haber escuchado la versin de nuestro cliente, debemos estar ya claros para decidir cual es nuestra mejor estrategia que vamos a trabajar. Al respecto solo tenemos que decidir si vamos a enfrentar contradiciendo la imputacin que nos hace el Fiscal, o aceptamos la responsabilidad como una alternativa al hecho, como delito probado y la responsabilidad del imputado para lograr beneficios a su favor.

    2.7.1.- CLASES DE ESTRATEGIAS:

    2.7.1.1.- ESTRATEGIA DE NEGOCIACION

    La estrategia de negociacin supone, aceptar la pretensin del representante del Ministerio Publico, no puede significar una rendicin incondicional, ya que podemos negociar mediante una estrategia, aceptando los cargos para reducir aos de pena privativa de libertad.

    2.7.1.2.- ESTRATEGIA DE REFUTACION, esta orientada a destruir los trminos de la acusacin, desvirtuando los medios de prueba, la coherencia lgica de los medios de prueba, que no corroboran los trminos de la imputacin, y a anteponer a la imputacin otra explicacin de los hechos, que resultan contradictorios con los trminos de la imputacin

    2.8.- ELABORACIN DE LA TEORA DEL CASO

    2.8.1.- Determinacin de los trminos de la imputacin y las pruebas en que se sustentan. Consiste en la identificacin de los elementos que vinculan al sujeto que se le imputa un hecho con relevancia penal como su autor o participe, as como de los medios de prueba que acreditan la veracidad del hecho y su certeza de la forma en que se dio, a fin de dar credibilidad.

    La determinacin de los trminos de la imputacin, considerando que la acusacin fiscal constituye la base del proceso penal, es una obligacin del abogado estudiar el expediente en forma objetiva, centrando su atencin en determinar en que consiste la imputacin, para analizar algunas posibilidades defensivas:

    De la imputacin depende la posibilidad de interponer, nulidades procesales, excepciones, cuestiones previas y prejudiciales, mediante las defensas previas, se puede destruir la pretensin punitiva que amenaza al imputado.

    La identificacin y valoracin de los medios de prueba en que se sustentan, Hace referencia, a que tenemos que valorar la idoneidad probatoria.

    2.8.2.- Recepcin de la versin de nuestro cliente, Hay que escuchar cual es la posicin de nuestro patrocinado en relacin a la acusacin; si es o no responsable de los hechos que se le imputan y de las pruebas.

  • Hay que persuadir a nuestro patrocinado hacindole saber que solo con la verdad, se puede elaborar una estrategia y lograr los objetivos que nos formulemos en defensa de sus intereses.

    Ya sea que se declare responsable o inocente debemos recoger su versin. Durante la narracin de nuestro patrocinado, los abogados debemos ser perspicaces y confrontar con nuestro patrocinado cada una de las dudas que puedan generarse de su versin o de la inconsistencia de su versin.

    2.8.3.- Identificacin y construccin de la Teora del caso: las estrategias

    Identificados los trminos de la imputacin y los medios de prueba que la sustentan y con la versin de los hechos por nuestro patrocinado, corresponde al abogado construir su teora del caso, teniendo en cuenta siempre los intereses del imputado y no debe interferir el inters de los horarios profesionales del abogado defensor ya que el costo de los honorarios profesionales del abogado defensor por un proceso terminado puede resultar mucho mas provechoso, de lo que le pueda corresponder por conclusin anticipada.

    La adopcin de estrategias de refutacin cuando es escasa o nula la posibilidad del xito, se esta privando al imputado de los beneficios que se puede lograr decidiendo por las estrategias de negociacin.

    2.8.4.- Estrategia de negociacin

    2.8.4.1.- Presupuestos, para ir a una negociacin debemos de partir de un anlisis objetivo de la situacin jurdica en que se encuentra nuestro cliente, pudiendo ser una opinin de responsabilidad de los hechos materia de imputacin, de ser el caso, que no se pueda destruir o poner en duda, no teniendo otra opcin que aceptar la responsabilidad y por lo tanto no tenemos otra alternativa que negociar con la posibilidad de lograr algunos beneficios a favor del imputado, como la confesin sincera, conclusin anticipada del juicio.

    2.8.4.2.- Hiptesis del Plan de negociacin, si bien toda estrategia de negociacin implica la aceptacin de los trminos de la acusacin y de la pretensin del representante del Ministerio Publico, no puede tomarse como una rendicin, menos que sea incondicional, ya que la aceptacin puede ser negociada, de ser el caso debemos estructurar una estrategia de negociacin, teniendo en cuenta ciertos elementos para que se pueda trabajar a manera de una hiptesis. Los elementos que demos tomar en cuenta en la elaboracin de la hiptesis del plan de negociacin son:

    2.8.4.3.- Identificacin de la pretensin de la contraparte, constituye el primer elemento a tomar en cuenta y viene a ser la pretensin del Fiscal y del actor civil.

    2.8.4.4.- Reconocimiento de los mrgenes de accin en la negociacin. Viene a ser la determinacin de los mrgenes, sobre los que vamos a trabajar, saber tanto el mnimo como el mximo, que esperamos

  • obtener. El mismo que estar determinado por el instituto procesal que adoptemos y que debe otorgar ms beneficios al imputado.

    2.8.4.5.- Elaboracin de Argumentos de negociacin. Con el conocimiento de los mrgenes sobre los que podemos trabajar, debemos construir los argumentos para el logro de los resultados

    2.8.5.- Estrategia de refutacin,

    2.8.5.1.- La adopcin de una estrategia de refutacin, exige la construccin de una tesis como medio de refutacin, siendo lo mas importante que sea razonable, para lograr que sea creble y alcance convencer nuestra teora del caso y de ser posible tambin debe sustentarse en una teora para lograr que sea admitida por el juzgado. Es recomendable, que la formulacin de nuestra teora del caso debe ser sencilla, para que se haga comprensible el mensaje que conlleva la teora del caso.

    2.8.5.2.- Posibles estrategias de refutacin, en las estrategias de refutacin puede darse:

    2.8.5.2.1.- Una estrategia de refutacin sin anteponer otra hiptesis, limitndose a destruir la hiptesis incriminatoria, ya sea desvirtuando los medios probatorios o la falta de relacin lgica de los medios de prueba, para acreditar corroborando la hiptesis incriminatoria contenido.

    2.8.5.2.2.- Estrategia de refutacin anteponiendo otra hiptesis, consiste en anteponer a la hiptesis fiscal una explicacin alternativa de los hechos, desde el punto de vista de nuestro cliente de cmo se han dado y que resultan incompatibles con la hiptesis incriminatoria y consecuentemente la destruye.

    En la decisin de la adopcin de una estrategia de refutacin, se tiene presente que la carga de la prueba corresponde al Fiscal como acusador, por lo que puede ser posible en algunos casos para lograr un resultado favorable solo con una estrategia de refutacin sin anteponer otra hiptesis.

    2.8.5.2.3.- Determinacin de las proposiciones fcticas y puntos focales del proceso. (propuesta de verdad fctica), corresponde en el supuesto de haber adoptado una estrategia de de refutacin y opuesto una hiptesis , se hace necesario inmediatamente identificar las proposiciones fcticas as como los elementos mas importantes del proceso en la propuesta de la verdad de los hechos, que se propondrn en el juzgamiento.

    La propuesta debe ser descompuesta en propuestas en fragmentos, que en conjunto, constituyen la narracin completa del hecho. Por ejemplo cuando cuestionamos un delito, debemos hacerlo separando y explicando cada uno de los elementos descriptivos y normativos que conforman la accin tpica u otro elemento de la tipicidad, ya que la ausencia de un elemento hara que el comportamiento sea atpico y por lo tanto no habra delito.

    2.8.5.2.4.- Determinacin de los medios de prueba que acreditaran la validez de la estrategia de defensa

  • escogida, tambin de haber adoptado una estrategia de defensa, es necesario determinar los medios de prueba, que corroboren acreditando cada una de las propuestas fehacientemente del planteamiento de la defensa.