sexenio (i)

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Page 1: Sexenio (I)
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El periodo denominado del “sexenio “sexenio democrático”democrático” representa en la Historia española del siglo XIX, el intentointento fracasado fracasado de construcción de de construcción de un Estado democráticoun Estado democrático, tras el periodo isabelino en el que quedaron afirmadas las estructuras del liberalismo político y económico.

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Es un periodo complejo en el que se suceden los cambios políticos con una rapidez extraordinaria: una revolución, un destronamiento, un régimen provisional, una regencia, una monarquía democrática, un nuevo destronamiento, una república, otro régimen provisional, la restauración de la monarquía destronada en un principio..... y junto a ello, dos guerras civiles y una insurrección en Ultramar.

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Tiene su punto de partida en la Revolución de 1868Revolución de 1868, que comienza con un levantamiento militar en Cádiz (práctica corriente en la historia contemporánea española) protagonizado por el almirante Topete Topete y los generales PrimPrim, DulceDulce y SerranoSerrano entre otros.

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En un manifiesto conjunto, los generales acusaban a Isabel II y exigían una reforma constitucional y el respeto a los derechos individuales.

Como decimos, se inició en Cádiz con el pronunciamiento militar del brigadier Juan Bautista Topete.

La escuadra sublevada tomó la plaza de acuerdo con los generales Juan Prim, Dulce y Serrano

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" Españoles: La ciudad de Cádiz puesta en armas con toda su provincia (...) niega su obediencia al gobierno que reside en Madrid, segura de que es leal intérprete de los ciudadanos (...) y resuelta a no deponer las armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se cumpla. (...) Hollada la ley fundamental (...), corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, (...) muerto el Municipio; pasto la Administración y la Hacienda de la inmoralidad; tiranizada la enseñanza; muda la prensa (...). Tal es la España de hoy. Españoles, ¿quién la aborrece tanto que no se atreva a exclamar: "Así ha de ser siempre"? (...) Queremos que una legalidad común por todos creada tenga implícito y constante el respeto de todos. (...) Queremos que un Gobierno provisional que represente todas las fuerzas vivas del país asegure el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración social y política.. (...) Españoles: acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre (...), no con el impulso del encono, siempre funesto, no con la furia de la ira, sino con la solemne y poderosa serenidad con que la justicia empuña su espada. ! Viva España con honra! Cádiz, 19 de septiembre de 1868.- Juan Prim, Domingo Dulce, Francisco Serrano, Ramón Nouvillas, Rafael Primo de Rivera, Antonio Caballero de Rodas, Juan Topete".

Se hizo público un manifiesto firmado por todos los militares afines al pronunciamiento, donde se exponían los motivos y los fines del movimiento revolucionario: la recuperación de la soberanía nacional, la creación de un gobierno provisional, y el sufragio universal.

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Mientras TopeteTopete permanecía en Cádiz al frente de la flota sublevada, PrimPrim recorría la costa mediterránea hasta Cataluña.

Las tropas del gobierno se mostraron muy lentas a la hora de cortar estos pronunciamientos. Los revolucionarios las derrotaron, el 28 de septiembre, en la batalla batalla de Alcolea.de Alcolea.

El apoyo de Barcelona y la costa mediterránea a la revolución fue decisivo. En tanto que el General Serrano, Duque de la Torre, se dirigía hacia Madrid, la

Reina dudaba, pero terminó por doblegarse ante los acontecimientos y abandonó el país el 30 de septiembre.

Mientras TopeteTopete permanecía en Cádiz al frente de la flota sublevada, PrimPrim recorría la costa mediterránea hasta Cataluña.

Las tropas del gobierno se mostraron muy lentas a la hora de cortar estos pronunciamientos. Los revolucionarios las derrotaron, el 28 de septiembre, en la batalla batalla de Alcolea.de Alcolea.

El apoyo de Barcelona y la costa mediterránea a la revolución fue decisivo. En tanto que el General Serrano, Duque de la Torre, se dirigía hacia Madrid, la

Reina dudaba, pero terminó por doblegarse ante los acontecimientos y abandonó el país el 30 de septiembre.

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Tras derrotar al ejército gubernamental en la batalla del batalla del Puente de AlcoleaPuente de Alcolea, se hicieron con el poder y obligaron a Isabel II a exiliarse a Francia

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Alegoría de la revolución de 1868El triunfo del levantamiento revolucionario español de septiembre de 1868 acabó con el reinado de Isabel II y supuso el inicio del Sexenio Democrático. Los generales Juan Prim y Francisco Serrano, duque de la Torre, sus principales protagonistas, consiguieron el destronamiento de la Reina y exigieron una reforma constitucional que daría lugar al año siguiente a una nueva ley magna.

Alegoría de la revolución de 1868El triunfo del levantamiento revolucionario español de septiembre de 1868 acabó con el reinado de Isabel II y supuso el inicio del Sexenio Democrático. Los generales Juan Prim y Francisco Serrano, duque de la Torre, sus principales protagonistas, consiguieron el destronamiento de la Reina y exigieron una reforma constitucional que daría lugar al año siguiente a una nueva ley magna.

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El movimiento contó con el apoyo popular y en todos sitios surgieron Juntas Provinciales Juntas Provinciales RevolucionariasRevolucionarias para organizar la situación. La más importante fue la de Madrid que se constituyó en gobierno provisional.

El movimiento contó con el apoyo popular y en todos sitios surgieron Juntas Provinciales Juntas Provinciales RevolucionariasRevolucionarias para organizar la situación. La más importante fue la de Madrid que se constituyó en gobierno provisional.

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Quema de retratos y símbolos de la monarquía en la Plaza de Sant Jaume de Barcelona

Quema de retratos y símbolos de la monarquía en la Plaza de Sant Jaume de Barcelona

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Madrid, quema de banderas en la Puerta del Sol

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Último consejo de ministros de Isabel II

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Isabel II parte hacia el exilio

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Cuentan que, cuando abandonaba San Sebastián, una multitud se agolpó al paso de la carroza real guardando un silencio sepulcral. La reina chata, que sentía auténtica debilidad por el pueblo llano, miró compungida por la ventanilla y exclamó: "Siempre creí tener más raíces en España". Raíces no había echado, pero entre unas cosas y otras había reinado 25 años. Un cuarto de siglo en que se dieron cita cuarenta gobiernos diferentes, tres espadones, varios cuartelazos, una infinidad de amantes y otra, algo menor, de partos. Tenía sólo 38 años, y los ojos azules más bonitos de todas las reinas de España: claros como el cristal, casi translúcidos.

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La reina Isabel II en su exilio parisino

Algún consejero intentó persuadirla de que no se fuera ya que "Marchándose, vuestra majestad renuncia al laurel de la gloria" a lo que Isabel contestó: "La gloria para los niños que "La gloria para los niños que mueren y el laurel para la mueren y el laurel para la pepitoria"pepitoria"

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Que había mantenido el monopolio del poder en todo el periodo isabelino (excluyendo a progresistas y demócratas y condenándoles al obstruccionismo político y al pronunciamiento y a la conspiración como únicas formas de participación política) y que es tachado de corrupto, viciado, despótico e inmoral por los tachado de corrupto, viciado, despótico e inmoral por los revolucionarios y de negar los derechos políticos a la mayoría de los revolucionarios y de negar los derechos políticos a la mayoría de los ciudadanosciudadanos.

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Las prácticas dictatoriales de NarváezNarváez y González BravoGonzález Bravo en los últimos gobiernos moderados extendieron la impopularidad del régimen moderado y de la reina Isabel II, que siempre les había apoyado. Finalmente, la muerte de Narváez en la primavera de 1868 descabezó al partido que había detentando durante tantos años el poder en España.

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Los historiadores insisten en que LAS CAUSAS POLÍTICASLAS CAUSAS POLÍTICAS son las más importantes.

Desde 1863 a 1868, la inestabilidad política es constante, sucediéndose siete gobiernos.

Se debe a las contradicciones internas del régimen isabelino, que va perdiendo sus bases de apoyo. Los progresistas se niegan a seguir colaborando con un sistema que les margina del poder y mantiene unas elecciones fraudulentas.

Apoyado en la Constitución de 1845, el régimen de los moderados reforzaba el poder real y no beneficiaba más que a una minoría oligárquica y adinerada, con sufragio restringido (sólo votaba el 1% de la población).

La Guardia Civil mantenía el orden.

El gobierno moderado era autoritario y represivo, no había libertad de prensa ni de enseñanza y los municipios estaban controlados por el gobierno, que nombraba a los alcaldes.

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En Agosto de 1866, la oposición al sistema estableció una plataforma que unificó sus acciones frente al moderantismo.

Se trata del Pacto de Pacto de OstendeOstende, firmado en dicha ciudad por progresistas y demócratas exiliados, en el que se establecían las mínimas bases revolucionarias.

En noviembre de 1868 se adhirieron al pacto los miembros de la Unión Liberal, liderados, tras la muerte de O´DonnellO´Donnell en 1867, por el general SerranoSerrano.

En Junio de 1867 se firma el Pacto de BruselasPacto de Bruselas que completa el Pacto de Ostende: Progresitas, demócratas y unionistas se comprometen a una acción común para derrocar la monarquía borbónica.

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A esto habría que sumar el descrédito personal de la reina descrédito personal de la reina IsabelIsabel, tachada durante toda su vida de llevar una vida licenciosa y que al final se rodeó en la corte de una camarilla de personajes pintorescos como en padre Claret o Sor Patrocinio (la monja de las llagas).

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Ante la crisis, el gobierno no supo sino aumentar la presión fiscal sobre el pueblo. La tensión social se hizo muy fuerte, aumentó el paro, el nivel de vida de las clases trabajadoras descendió más de lo que ya estaba, y se produjeron algunos hechos violentos.

Ante la crisis, el gobierno no supo sino aumentar la presión fiscal sobre el pueblo. La tensión social se hizo muy fuerte, aumentó el paro, el nivel de vida de las clases trabajadoras descendió más de lo que ya estaba, y se produjeron algunos hechos violentos.

PROFUNDA CRISIS

Financiera Industrial Agraria

Quiebra de numerosos bancos y empresas, como consecuencia de la ruina de las empresas ferroviarias

De los textiles catalanes por la subida de precio del algodón (Guerra de Secesión Americana)

Provocada por la sequía y las malas cosechas y que trajo carestía y hambrunas

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La crisis financiera surge cuando la baja rentabilidad del ferrocarril provoca la quiebra de numerosos bancos y empresas (de 21 bancos, cerraron 6). Por otra parte, el endeudamiento del Estado obligó a aumentar la presión fiscal

La crisis agraria de subsistencia. La sequía y las malas cosechas provocan carestía y hambre entre la población

La crisis industrial. El hundimiento de la industria textil en Cataluña se debió a la subida de los precios del algodón, importado de Estados Unidos en un momento de conflicto interno (la guerra de Secesión). También influyó el descenso de la demanda textil en España.

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La revolución de 1868 tuvo para sus contemporáneos unos rasgos tan especiales que fue denominada por los elementos progresistas y democráticos como

““La Gloriosa”La Gloriosa”

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Se constituyó un gobierno provisional bajo el mando del general general SerranoSerrano, duque de la Torre. A partir de ese momento, se iniciaba una etapa de seis años (Sexenio Democrático), en los que, a través de diferentes ensayos políticos, se intentó crear un sistema democrático que desembocó en la fallida experiencia de la I República.

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El gobierno provisionalgobierno provisional (formado por progresistas y unionistas, con SerranoSerrano como jefe del ejecutivo y PrimPrim como ministro de Guerra), puso en marcha un programa legislativo claramente democráticodemocrático (fueron inmediatamente reconocidos la libertad de imprenta, el derecho de reunión y asociación y el sufragio universal) y anticlericalanticlerical (reforma de la enseñanza) que tuvo sus principales logros en materia económicamateria económica de la mano de Laureano Laureano FiguerolaFiguerola (creación de un arancel librecambista, desamortización de las minas, creación de la peseta como unidad monetaria, etc.).

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Pero no fue hasta 1868 cuando se fija como moneda única de curso legal en España. Con la Reina en el exilio, el Gobierno provisional presidido por Francisco Serrano promulga el conocido como Decreto Figuerola en el que se detalla esta medida económica.

Desde 1836, comienza la emisión de monedas de 1 peseta (plata de 5 gr.) destinadas a pagar el sueldo de las tropas durante las Guerras Carlistas.

Laureano Figuerola

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Por otra parte, convocó elecciones a Cortes Constituyentes por sufragio universal masculino (lo que provocó una gran participación popular y la aparición de nuevas formas de acción política, como el folleto propagandístico o el mitin) que redactaron y aprobaron la

Constitución de 1869Constitución de 1869

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Discusión en las Cortes de la Constitución de 1869

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Se trata de la primera constitución española que podemos definir como democráticademocrática. Prevalecieron las ideas de la mayoría parlamentaria liberal-progresista liberal-progresista, quedando marginadas las pretensiones de los que pretendían un cambio social como los republicanos.

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CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLA

(1de junio de 1869) LA NACION ESPAÑOLA y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y proveer al bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan la siguiente Constitución:

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Proclamación de la soberanía soberanía nacionalnacional sin paliativos y, por tanto, establecimiento del sufragio universalsufragio universal (varones mayores de 25 años)

Las bases de la Constitución de 1869 son:Las bases de la Constitución de 1869 son:

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Art. 65. El Congreso se compondrá de un Diputado al menos por cada 40.000 almas de población, elegido con arreglo a la ley electoral.

Art. 66. Para ser elegido Diputado se requiere ser español, mayor de edad y gozar de todos los derechos civiles.

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Limitación total de las Limitación total de las atribuciones del reyatribuciones del rey tanto en el poder ejecutivo (que debe ejercer el Consejo de Ministros, aunque los ministros siguen siendo nombrados por el rey), como en el legislativo, en el que no tiene ninguna participación

Se acerca así al principio de la monarquía democrática de que ““el rey reina el rey reina pero no gobiernapero no gobierna””

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El poder legislativo queda El poder legislativo queda depositado en las Cortesdepositado en las Cortes que se organizan en un sistema bicameral sin limitaciones de elección de sus miembros. El senado será de representación territorial y el Congreso de los Diputados proporcional.

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El poder judicial esta depositado El poder judicial esta depositado en los tribunalesen los tribunales, que además se declaran inviolables y regulan el indulto. Para garantizar la independencia del poder judicial se establecían oposiciones a jueces, lo que acababa con el nombramiento de estos por el gobierno. Se establecía también el juicio por jurados.

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TITULO IIDE LOS PODERES PÚBLICOS

Art. 32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los poderes.

Art. 33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.

Art. 34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes.El Rey sanciona y promulga las leyes.

Art. 35. El poder ejecutivo reside en el Rey, que lo ejerce por medio de sus ministros.

Art. 36. Los Tribunales ejercen el poder judicial.

Art. 37. La gestión de los intereses peculiares de los pueblos y de las provincias corresponde respectivamente a los Ayuntamientos y Diputaciones provinciales, con arreglo a las leyes

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Larga y pormenorizada Larga y pormenorizada declaración de derechos y libertadesdeclaración de derechos y libertades, entre los que aparecen algunos concierto carácter social y, especialmente, los derechos de reunión y asociación, que eran novedades constitucionales. Libertad e inviolabilidad del domicilio y la correspondencia, de circulación, de enseñanza, de industria, de expresión del pensamiento, de reunión, de asociación, etc.

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Art. 2. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.

Art. 3. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de la detención.Toda detención se dejará sin efecto o elevará a prisión dentro de las setenta y dos horas de haber sido entregado el detenido al Juez competente.La providencia que se dictare se notificará al interesado dentro del mismo plazo.

Art. 4. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de Juez competente. El auto por el cual se haya dictado el mandamiento se ratificará o repondrá, oído el presunto reo, dentro de las setenta y dos horas siguientes al acto de la prisión.

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Art. 14. Nadie podrá ser expropiado de sus bienes sino por causa de utilidad común y en virtud de mandamiento judicial, que no se ejecutará sin previa indemnización regulada por el Juez con intervención del interesado

Art. 15. Nadie está obligado a pagar contribución que no haya sido votada en Cortes, o por las corporaciones populares legalmente autorizadas para imponerla, y cuya cobranza no se haga en la forma prescrita por la ley.Todo funcionario público que intente exigir o exija el pago de una contribución sin los requisitos prescritos en este artículo incurrirá en el delito de exacción ilegal.

Art. 16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a Cortes, diputados provinciales y concejales.

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Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español:Del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante.Del derecho a reunirse pacíficamente.Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública; y por último,Del derecho de dirigir peticiones individual o colectivamente a las Cortes, al Rey y a las autoridades.

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Libertad de cultos religiososLibertad de cultos religiosos, aunque el Estado debía correr con los gastos del culto y clero.

Art. 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica.El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior.

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CONSTITUCIÓN DE 1869CONSTITUCIÓN DE 1869

Soberanía nacional

Sufragio UniversalMasculino

Monarquía democrática

División de poderes

Larga ypormenorizadadeclaración de

derechos y libertades

Libertad de cultos

Legislativo:Cortes

bicamerales

Ejecutivo:Consejo de Ministros

Judicial:Tribunales de

justicia

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Una vez aprobada la Constitución, SerranoSerrano fue nombrado regente (España era en ese momento una monarquía sin rey) y PrimPrim jefe de gobierno

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Hijo de un militar, Francisco Serrano y, a su vez, militar de carrera en la que ascendió rápidamente por méritos de guerra, este hombre se caracteriza, al igual que los demás militares contemporáneos, por sus vacilaciones ideológicas, cambiando de criterio político según lo exigiesen las circunstancias. Así, en un principio, fue esparterista, luego enemigo de Espartero, cooperando para derrocar al Regente en 1843, se inclina por los puritanos, progresistas o apoya a O'Donnell y la Unión Liberal, convirtiéndose finalmente en uno de los principales impulsores del destronamiento de Isabel II, su antigua protectora, promoviendo la Revolución de septiembre de 1868. Más tarde, se mostrará tolerante con la República del 73 y acaba por reconocer a don Alfonso XII.

Sus vacilaciones ideológicas, por las que nunca supo mantener una posición clara, le supusieron el sobrenombre de "Judas de Arjonilla".

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Serrano jura la Constitución como regente

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y se realizaron elecciones a Cortes, en las que obtuvo mayoría el partido progresista.

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Prim y su Gobierno

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Juan Prim y Prats, Conde de Reus, Marqués de los Castillejos, Vizconde del Bruch (1814-1870) fue uno de los personajes más significativos en la historia Española del siglo XIX. Genio militar, Prim nació en Reus el 6 de diciembre de 1814, hijo de un notario. En 1833 al comenzar la Guerra Carlista ingresó como voluntario en el ejército y en 1839, con solo 25 años, fue nombrado Coronel. Afiliado al Partido Progresista, en 1843 participó en una conspiración contra el regente Espartero. El triunfo de la “Vicalvarada”, en 1854, le permitió integrarse en las Cortes Constituyentes. En estos momentos abandonó el Partido Progresista para formar parte de la Unión Liberal.

Obtuvo importantes triunfos en la guerra de Marruecos, lo que le valió el título de marqués de Castillejos con grandeza de España.

Protagonista de la “Gloriosa”, Prim formó parte del gobierno provisional como ministro de la Guerra y. despues, Jefe de Gobierno. Desde ese momento no escatimó esfuerzos en la búsqueda de un nuevo monarca, siendo Amadeo de Saboya el elegido. Se convirtió en principal defensor del nuevo rey, pero fue asesinado antes de que éste llegara a España, el 27 de diciembre de 1870.

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El partido partido republicano republicano federalfederal (desgajado del demócrata) que contaba con personalidades como Pi y Margall, Figueras y Castelar y eran partidarios de profundas reformas sociales y políticas.

El panorama político del nuevo parlamento era:

A la derecha

Los carlistas carlistas (que aceptaban por primera vez el juego parlamentario),

y

Los moderadosmoderados (que reclamaban la vuelta al trono de Isabel II)

En el centro

La conjunción conjunción monárquico-monárquico-democráticademocrática (unionistas, progresistas y monárquicos demócratas);

A la izquierda

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Su primera misión fue la de encontrar un rey para España, una vez descartada la posibilidad de que el trono fuese ocupado por Alfonso, el hijo mayor de Isabel II, pues la dinastía borbónica había sido descalificada en el movimiento revolucionario del 68 y se identificaba con la corrupción y la tendencia al despotismo de los moderados

Trono español vacante

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Se barajaron hasta catorce candidatos, todos ellos miembros de distintas familias reales europeas y se fueron descartando progresivamente por diversos factores (Fernando de Coburgo, Duque de Montpensier, Leopoldo de Hohenzollern, etc.).

Leopold von Hohenzollern Sigmaringen (al que los españoles llamaban: Óle, óle si me eligen)

Duque de Monpensier

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Finalmente, se optó por la figura del duque de Aosta, hijo del rey Victor Manuel II de Italia, Amadeo de SaboyaAmadeo de Saboya, y que había sido desde el principio el candidato de Prim y de los progresistas.

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La elección del nuevo rey se produjo por 191 votos a su favor de los 334 diputados, lo que nos indica la debilidad política con que se iniciaba.

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Además, el inmediato asesinato de Prim, su principal valedor, le privaba de su apoyo más firme.

El mismo día de la llegada de Amadeo a España fue asesinado el general Prim. El general progresista era el principal apoyo del nuevo rey. Su ausencia debilitó grandemente la posición del nuevo monarca.

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Amadeo I de Saboya ante el cadáver del general Prim

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Amadeo dando el pésame a la viuda de Prim

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Mientras tanto, Los problemas del gobierno provisional se acumulan apareciendo sublevaciones campesinas, revueltas obreras e insurrecciones en Cuba y Puerto Rico, dónde se inicia el proceso de emancipación.

"las ligas de mi morena"