sesiÓn ordinaria pÚblica de cabildo de fecha 29 de …

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1 SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DE CABILDO DE FECHA 29 DE OCTUBRE DE 2019. ACTA No. 61 En la ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, siendo las 10:08 diez horas con ocho minutos del día 29 veintinueve de octubre de 2019 dos mil diecinueve, reunidos por instrucciones de la Presidenta Municipal Constitucional, en la Sala de Bellas Artes “Alberto Domínguez Borrás”, previa convocatoria que se hiciera a los integrantes del Honorable Ayuntamiento Municipal Constitucional, se declaró formalmente abierta la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, procediéndose a pasar lista de asistencia, estando presentes los ciudadanos: Mtra. Jerónima Toledo Villalobos, Presidenta Municipal Constitucional; Dr. Miguel Ángel de los Santos Cruz, Síndico Municipal y Regidores: Dra. Silvia Shalom Álvarez Torres Valle, Primera Regidora; Lic. Guillermo Alonso Gómez Loarca, Segundo Regidor; Lcda. Sonia Aydeé Ramos Paniagua, Tercera Regidora; Lic. Emiliano Villatoro Alcázar, Cuarto Regidor; Lcda. Claudia Patricia Sancho Aguilar, Quinta Regidora; Lic. Juan David Hernández Girón, Sexto Regidor; Lcda. Karla Lugo Sarmiento, Regidora Plurinominal por el Partido Podemos Mover a Chiapas; y C.P. Rosalinda Santiago Sánchez, Regidora Plurinominal por el Partido Revolucionario Institucional. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Se hace constar que la Regidora Linda Higuera Gutiérrez, solicitó licencia para esta sesión de Cabildo. Una vez que se ha pasado lista de asistencia se demuestra la existencia del quórum legal correspondiente, señalando que esta sesión es presidida por la Maestra Jerónima Toledo Villalobos, en su calidad de Presidenta Municipal Constitucional, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 44, 46 y 47 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas y ante la fe de la Lcda. María Eugenia Herrera Díaz, en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Una vez comprobado el quórum legal la Presidenta Municipal Constitucional, declaró formalmente instalada la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, por lo que los acuerdos de aquí emanados tendrán plena validez, procediéndose a su celebración con fundamento en los artículos 44 y 46 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, para lo cual se puso a consideración del H. Ayuntamiento el siguiente orden del día: 1.- Lista de asistencia; 2.- Declaración de quórum legal e instalación de la sesión; 3.- Aprobación o modificación del Orden del Día; 4.- Aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo de fecha 22 de octubre del 2019; 5.- Asuntos específicos presentados por las Comisiones. 5.1 Dictámenes de la Comisión de Gobernación: Aprobación en lo general y particular del Reglamento para la Prohibición de Plástico de un solo uso, tratamiento de los residuos sólidos urbanos y su reciclaje para el Municipio; Aprobación en lo general y particular del Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas; Aprobación en lo general y particular del dictamen de Comisiones Unidas de Desarrollo Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías, y Cultura y Recreación, relativo al proyecto para reformar disposiciones al Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. 5.2 Dictamen de la Comisión Especial de Juventud y Deporte, relativo al Premio Municipal del Deporte 2019. 6.- Informes de la Secretaría del Ayuntamiento; 7.- Asuntos Generales. 7.1 Glosa del Informe Anual de la Dirección de Limpia Municipal, con fundamento en el Artículo 44 fracción X del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. 8.- Participación Ciudadana; y 9.- Clausura de la Sesión. - - - - - - - - - - - - - - En uso de la palabra la Presidenta Municipal Constitucional, sometió a la consideración del Cabildo el orden del día propuesto para esta sesión, solicitando que los que estén por la aprobación lo manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Page 1: SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DE CABILDO DE FECHA 29 DE …

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SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DE CABILDO DE FECHA 29 DE OCTUBRE

DE 2019.

ACTA No. 61

En la ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, siendo las 10:08 diez horas con ocho minutos

del día 29 veintinueve de octubre de 2019 dos mil diecinueve, reunidos por instrucciones de la

Presidenta Municipal Constitucional, en la Sala de Bellas Artes “Alberto Domínguez Borrás”, previa

convocatoria que se hiciera a los integrantes del Honorable Ayuntamiento Municipal Constitucional,

se declaró formalmente abierta la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, procediéndose a pasar lista

de asistencia, estando presentes los ciudadanos: Mtra. Jerónima Toledo Villalobos, Presidenta

Municipal Constitucional; Dr. Miguel Ángel de los Santos Cruz, Síndico Municipal y Regidores: Dra.

Silvia Shalom Álvarez Torres Valle, Primera Regidora; Lic. Guillermo Alonso Gómez Loarca,

Segundo Regidor; Lcda. Sonia Aydeé Ramos Paniagua, Tercera Regidora; Lic. Emiliano Villatoro

Alcázar, Cuarto Regidor; Lcda. Claudia Patricia Sancho Aguilar, Quinta Regidora; Lic. Juan David

Hernández Girón, Sexto Regidor; Lcda. Karla Lugo Sarmiento, Regidora Plurinominal por el Partido

Podemos Mover a Chiapas; y C.P. Rosalinda Santiago Sánchez, Regidora Plurinominal por el Partido

Revolucionario Institucional. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se hace constar que la Regidora Linda Higuera Gutiérrez, solicitó licencia para esta sesión de Cabildo.

Una vez que se ha pasado lista de asistencia se demuestra la existencia del quórum legal

correspondiente, señalando que esta sesión es presidida por la Maestra Jerónima Toledo Villalobos,

en su calidad de Presidenta Municipal Constitucional, de conformidad con lo dispuesto por los

Artículos 44, 46 y 47 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y

Administración Municipal del Estado de Chiapas y ante la fe de la Lcda. María Eugenia Herrera Díaz,

en su calidad de Secretaria del Ayuntamiento. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Una vez comprobado el quórum legal la Presidenta Municipal Constitucional, declaró formalmente

instalada la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, por lo que los acuerdos de aquí emanados tendrán

plena validez, procediéndose a su celebración con fundamento en los artículos 44 y 46 de la Ley de

Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de

Chiapas, para lo cual se puso a consideración del H. Ayuntamiento el siguiente orden del día: 1.- Lista

de asistencia; 2.- Declaración de quórum legal e instalación de la sesión; 3.- Aprobación o

modificación del Orden del Día; 4.- Aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo

de fecha 22 de octubre del 2019; 5.- Asuntos específicos presentados por las Comisiones. 5.1

Dictámenes de la Comisión de Gobernación: Aprobación en lo general y particular del Reglamento

para la Prohibición de Plástico de un solo uso, tratamiento de los residuos sólidos urbanos y su

reciclaje para el Municipio; Aprobación en lo general y particular del Reglamento de Limpia y

Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas;

Aprobación en lo general y particular del dictamen de Comisiones Unidas de Desarrollo

Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías, y Cultura y Recreación, relativo al

proyecto para reformar disposiciones al Reglamento de la Administración Pública Municipal de San

Cristóbal de Las Casas, Chiapas. 5.2 Dictamen de la Comisión Especial de Juventud y Deporte,

relativo al Premio Municipal del Deporte 2019. 6.- Informes de la Secretaría del Ayuntamiento; 7.-

Asuntos Generales. 7.1 Glosa del Informe Anual de la Dirección de Limpia Municipal, con

fundamento en el Artículo 44 fracción X del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal

de Las Casas, Chiapas. 8.- Participación Ciudadana; y 9.- Clausura de la Sesión. - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal Constitucional, sometió a la consideración del Cabildo

el orden del día propuesto para esta sesión, solicitando que los que estén por la aprobación lo

manifiesten levantando la mano. Se aprueba por unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Aprobado el Orden del Día y agotados los puntos número uno, dos y tres, se procedió al desahogo

del punto número cuatro que correspondió a la aprobación del Acta de la Sesión Ordinaria Pública

de Cabildo de fecha 22 de octubre del 2019. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal indicó lo siguiente: “Informarles a los Integrantes del

Honorable Cabildo que se recibió el oficio número SR/RSS/174/2019 fechado el 28 de octubre de

2019, suscrito por la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez, en la que me hizo observaciones al acta

de cabildo, las cuales fueron debidamente subsanadas una vez escuchando el audio, por lo que voy

a permitirme informarles en que consistieron estos cambios para que de igual manera,

independientemente que el acta debidamente corregida se les va hacer llegar a cada uno nuevamente,

son cuestiones más bien de montos y algunas cuestiones técnicas en la glosa del Director de Obras

Públicas, aquí la primera corrección es en la página 26, en lo que respecta a la intervención del

Tesorero Municipal , queda en estos términos; en la intervención que tenía la Regidora Rosalinda

Santiago Sánchez con el Tesorero Municipal dice: “Por lo que la Regidora Rosalinda Santiago

Sánchez, nuevamente responde, indicó lo siguiente: “Tengo nueve oficios que no me han

contestado…Por lo que el Tesorero Municipal nuevamente responde: “sí nada más es que piden

nombres y datos personales”. A lo que la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez “Cuando es recurso

público tiene que dar nombres… Por lo que el Tesorero Municipal dijo lo siguiente: “¿Usted me

puede dar el fundamento entonces?, digamos si estoy cayendo en error… por lo que nuevamente la

Regidora Rosalinda Santiago Sánchez dijo lo siguiente: “usted me puso en el…”- - - - - - - - - - - - -

“La Secretaria Municipal manifestó lo siguiente: “Regidora Rosalinda, Regidor, perdón tesorero,

para que no sea un dialogo si son tan amables de concretarse en preguntas y respuestas”. Estas

fueron versiones estenográficas por eso se cambió lo que tienen ustedes en el texto. La siguiente

corrección está en la página 31, ahí fue por error nosotros omitimos la participación de la Presidenta

Municipal, la cual queda en los siguientes términos, “Se le concedió el uso de la palabra a la

Presidenta Municipal quien manifestó lo siguiente: “Sí muchas gracias ciudadanía sancristobalense,

ciudadanos aquí presentes, Honorable Cabildo, medios de comunicación que nos acompañan, en

este ejercicio democrático, en este ejercicio de transparencia donde tenemos la oportunidad de poder

conocer un poquito más en relación a los temas de la administración municipal, ahora le toco al área

del contador de finanzas, me da muchísimo gusto, quiero externar mi reconocimiento porque

efectivamente hace un año recibimos la administración como todos los ciudadanos lo saben con

$375.00 (TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS) en el arca, ahora muy pronto, todavía no está

en nuestras facultades darles a conocer, aunque ya tenemos los resultados de la primera auditoria

que se realizó pero no podemos todavía hasta que la institución, la Auditoria Superior lo informe

oficialmente, nosotros sí ya tenemos los resultados, pero con una disculpa todavía no lo podemos

dar a conocer hasta que la institución oficial así lo haga y darnos cuenta que los recursos

efectivamente si no se utilizan de manera adecuada, con un buen uso racional responsable y

democrática, justamente sucede como en ese resultado que tenemos en nuestras manos ahora, que

en su tiempo lo daremos a conocer, porque eso es lo que nos impulsa a caminar haciendo un buen

uso de los recursos de San Cristóbal de Las Casas, un buen uso que es un dinero del pueblo y para

el pueblo, un buen uso para garantizar seguridad, que bueno que ahora tenemos poder decir que en

FORTASEG, que en otros años, en otras administraciones ni siquiera se sabía que existía porque no

lo usaban, ahora en esta administración sí se está usando, en esta administración acabamos de ganar

precisamente por un buen uso de los recursos de FORTASEG entramos a un concurso de poder

recuperar, de aquellas o aquellos municipios que no lo pudieron hacer, pudimos recuperar más de

$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE PESOS) nos acaban de informar hace unos días y me da

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muchísimo gusto decirles gracias por la confianza, yo quiero pedirle contador y quiero pedirle a

todo su equipo en su área que es un recurso del pueblo y que debemos de ser muy cuidadosos con lo

que se usa, como se usa, podemos hablar que no pudiera haber transparencia, yo les quiero pedir a

usted y a todas y a todo su equipo que caminen con transparencia, con honestidad que podamos decir

al final de este trienio que ha costado mucho trabajo sacar a San Cristóbal de Las Casas de todos

los vacíos que quedaron, sin embargo podemos seguir avanzando en base a la confianza, muchas

gracias contador y a todo su equipo.” La siguiente corrección que se hizo fue en la página 33 en

relación a la glosa del Director de Obras, la corrección consiste en, decía en uno de los montos,

$988,685.88, una vez escuchando el audio son $965,685.89. Otras de las correcciones son en una

palabra que decía metros cúbicos cuando en realidad son cuadrados. Otra de las correcciones es del

monto que decía $5548,311.39, escuchando el audio efectivamente la cantidad son $5,548,111. Otra

de las cantidades es comedores comunitarios seis acciones con un monto de $13,986,717, cuando en

realidad son $11,386,617 pesos; siguiendo con la misma hoja 31, perdón hoja 33 en el acta dice vías

de captación de agua, cuando en realidad son ollas de captación de agua, en esa misma foja tenemos

que se decía que se sacaron alrededor de diez a once metros cúbicos de material, cuando debe ser de

diez a once mil metros cúbicos de material. Continuando con las correcciones en la misma página 33

de igual forma, aquí nada más comentarles que se había tomado la información de las diapositivas,

por lo que se iban a encontrar algunas palabras técnicas, sin embargo se cambió a la versión literal

que dice: “entonces se hace el trabajo correspondiente hoy en día, esas son algunas de las vialidades

que se han atendido en los barrios y bueno son varios, desde el centro venimos avanzando, en una

primera etapa desde el sur centro y segunda etapa centro norte”, en esa misma hoja dice: “aquí el

dato estadístico de lo que ha atendido, demolición de pavimento hidráulico 1era. Etapa 95.59 m2,

porque en el acta que ustedes tienen se habla de metros cúbicos, demolición de pavimento hidráulico

2nda etapa 450m2 total demolición pavimento hidráulico 546 m2 , el monto de inversión en estas dos

etapas es de $4,026,958”. En esa misma hoja de igual forma nosotros lo habíamos puesto de acuerdo

a las diapositivas, sin embargo se escuchó el audio y se puso de manera literal que dice: “Que en la

regla general esa es la base, el fundamento del por qué es un sitio controlado y manejado

apropiadamente (hablando del relleno sanitario). La norma nos establece que la geo membrana

debía ser de un milímetro en el caso de nosotros utilizamos el doble de lo que establece la norma,

aquí se ven algunas acciones y en la colocación aquí ya vemos más o menos como van quedando los

taludes, la colocación de las salidas de emergencia, la colocación de la geo membrana y la

colocación del material, la compactación del equipo mecánico. y por último en la página 56, es la

pagina 52 donde la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez le pregunta al Director de Obras Públicas,

“que si en su calidad del Secretario Técnico del Comité Interno de Contratación de Obra Pública

diga ¿Cuántas ocasiones ha sesionado el mencionado comité?”, en respuesta el Director de Obras

manifestó: “no tengo el dato, nosotros no hemos convocado como tal”, a lo que la Regidora

Rosalinda dijo: “ ¿no ha sesionado el comité de obras públicas, ninguna?,” a lo que el Director

responde: “una o dos veces, no recuerdo, pero creo que para lo del relleno convocamos una vez”.

En esto consistieron las observaciones que la Regidora Rosalinda me hizo llegar muy atentamente,

por lo que en este momento, seguramente ya el personal de la Secretaria Municipal va hacer llegar el

acta ya debidamente corregida con estos cambios.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal Constitucional, sometió a la consideración del H.

Cabildo la aprobación del acta antes citada, en virtud de que ésta ya es del conocimiento de los

integrantes del Cabildo asistentes a la sesión, lo anterior, con fundamento en lo que establece el

Artículo 102 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. - -

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En uso de la palabra la Secretaria Municipal sometió a consideración del Cabildo la propuesta de la

Presidenta Municipal para la aprobación del acta de cabildo de la Sesión Ordinaria Pública de Cabildo

de fecha 22 de octubre de 2019. Se aprueba por unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se procedió al desahogo del punto número cinco del Orden del Día que correspondió a la discusión

y votación de los asuntos específicos presentados por las comisiones. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal informó que en este punto se tiene en primer lugar el

dictamen que emite la Comisión de Gobernación, relativo a la aprobación en lo general y particular

del Reglamento para la Prohibición de Plástico de un solo uso, tratamiento de los residuos sólidos

urbanos y su reciclaje para el Municipio a la validación, dictamen que fue debidamente circulado al

igual que el Reglamento a cada uno de los integrantes del Cabildo, mismo que a la letra dice:

“AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS.-

A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE.-

COMISIÓN DE GOBERNACIÓN. Reunidos los integrantes de la Comisión de Gobernación del

Honorable Ayuntamiento Constitucional de esta Ciudad, con la finalidad de emitir el presente

dictamen para aprobar en lo GENERAL y PARTICULAR EL REGLAMENTO PARA LA

PROHIBICIÓN DE PLÁSTICO DE UN SOLO USO, TRATAMIENTO DE LOS RESIDUOS

SÓLIDOS URBANOS Y SU RECICLAJE PARA EL MUNICIPIO, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S: I.- Mediante memorándum número 498/2019, fechado el 22 de mayo de

2019, la Secretaria Municipal, en términos de los artículos 150, 151 y 179 del Reglamento Interior

del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, remitió a la Comisión antes citada, la

iniciativa de Reglamento para la prohibición de plástico de un solo uso Tratamiento de los Residuos

Sólidos Urbanos y Su Reciclaje para el Municipio que presentara el Dr. Miguel Ángel de Los Santos

Cruz, Síndico Municipal, a través del oficio número MSC/SIND/0141/2019. Por lo que a través del

memorándum número 499/2019, fechado el 23 de mayo de 2019, la Secretaría Municipal, hizo llegar

esta iniciativa a la Consejería Jurídico Municipal, tal y como establece el artículo 58 fracciones I y

XV de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del

Estado de Chiapas y 28 fracciones I y II, 178 fracción III del Reglamento de la Administración

Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, a efecto de que procediera a realizar la

revisión correspondiente. II.- A través del oficio número CJM/XIX/559/2019, el Consejero Jurídico

remitió la redacción que debería redactarse al artículo 35 de dicha iniciativa, la cual fue remitida a

través de la Secretaría Municipal a la Comisión respectiva para su atención. III.- Por último la

Comisión de Gobernación con fecha 23 de julio de 2019, solicitó a los integrantes del H. Cabildo,

hicieran llegar a la comisión respectiva las observaciones que consideraran prudentes a dicha

iniciativa. Observaciones que fueron recibidas e insertadas en el proyecto del reglamento antes

citado. En atención de los antecedentes presentados, se tienen los siguientes: C O N S I D E R A N

D O S. I.- Que son los integrantes de la Comisión de Gobernación, competentes para resolver el

presente dictamen, con fundamento en los artículos 60 fracción V y 62 fracción I de la Ley de

Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de

Chiapas y 57 fracciones V, VII y X, 75, 76 fracción I, 78 y 82 del Reglamento Interior del

Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. II.- Que los Ayuntamientos tienen

atribuciones para aprobar, de conformidad con las leyes en materia municipal, los bandos de policía,

lo reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus

respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal, en los términos de los artículos 115, fracción II, párrafo segundo de la

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 70, fracción I de la Constitución Política

del Estado de Chiapas. III.- Que el artículo 45, fracción II de la Ley de Desarrollo Constitucional en

materia de Gobierno y Administración municipal del Estado de Chiapas, prevé las atribuciones de

los Ayuntamientos para formular, aprobar y aplicar los reglamentos administrativos, gubernativos e

internos que sean necesarios. IV.- Que, con el interés de salvaguardar los interés del Ayuntamiento,

resulta indispensable contar con nuevos ordenamientos reglamentarios, con el objeto de contemplar

y ampliar el contenido de la Constitución Política del Estado y de la Ley de Desarrollo Constitucional

en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; así mismo, el de regular

los procedimientos administrativos del Honorable Ayuntamiento. V.- La presente iniciativa busca

garantizar a través del Municipio el derecho fundamental a un medio ambiente sano, el cual se

encuentra consagrado en el artículo 4º de la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos,

el artículo 27 en su párrafo tercero consagra que el Estado tendrá que dictar las medidas necesarias

para preservar y restaurar el equilibrio ecológico, en el mismo sentido, el artículo 12 del Pacto

Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresa que los Estados reconocen el

derecho de toda persona del más alto nivel posible de salud física y mental, en cuanto al Protocolo

de San Salvador en el artículo 11 se establece el derecho que tiene toda persona a un medio ambiente

sano. VI.- El beneficio social que se obtiene de la presente iniciativa es disminuir el uso de material

plástico de un solo uso, evitar que los residuos sólidos urbanos contaminen el suelo y buscar su

reciclaje. VII.- Es objetivo prioritario de esta Administración Municipal, garantizar una mejor

calidad de vida a sus ciudadanos creando políticas públicas que contribuyan de forma decidida para

preservar, conservar y proteger el medio ambiente, los recursos naturales y los ecosistemas, a fin de

incrementar en el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, la calidad de vida de sus habitantes,

garantizar el desarrollo sustentable y sin riesgos de las presentes y futuras generaciones. VIII.-

Finalmente, es importante destacar que la creación del Reglamento que Prohíbe Plásticos de un Solo

Uso, Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos y su Reciclaje para el Municipio de San Cristóbal

de Las Casas, responde a la necesidad de actualizar la legislación municipal el paradigma del

combate al cambio climático. Por lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 60 fracción V

y 62 fracción I de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración

Municipal del Estado de Chiapas y 57 fracciones V, VIII y X, 75, 76 fracción I, 82 y 84 del Reglamento

Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, los integrantes de la Comisión

de Gobernación, han estudiado, analizado y acordado lo siguiente: D I C T A M I N A N:

PRIMERO.- Aprobar en lo general y particular el Reglamento de Municipal que prohíbe el Plástico

de un Solo Uso, Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y Su Reciclaje para el Municipio de San

Cristóbal de Las Casas, Chiapas. SEGUNDO.- Se considera viable autorizar e instruir a la

Secretaría Municipal realice los trámites necesarios para la validación, publicación y difusión

necesaria ante las dependencias correspondientes conforme a la normatividad aplicable.

TERCERO.- Sométase el presente dictamen para su aprobación a los integrantes del Honorable

Ayuntamiento Constitucional en la Sesión de Cabildo respectiva, en los términos del Artículo 44 de

la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado

de Chiapas. En base a lo anterior, se solicita a la Secretaría del Ayuntamiento expida copia

certificada del presente acuerdo para los efectos que correspondan. Así lo acordaron y firmaron los

integrantes de la Comisión de Gobernación.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

REGLAMENTO PARA LA PROHIBICIÓN DE PLÁSTICOS DE UN SOLO USO,

TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS Y SU RECICLAJE PARA EL

MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS. Considerando: I.- Que el

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Ayuntamiento está facultado conforme a los Artículo 115, fracción II, de la Constitución Política de

Los Estados Unidos Mexicanos; 45, fracción II, 55, 56, 57 fracciones I, IV, VI y XIII, 58 Fracción I

y XV, 82 Fracción III y 139 Fracciones I y II y articulo 213 de la Ley de Desarrollo Constitucional

en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; 178 Fracción III, del

Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, para reglamentar

todo lo relativo a los intereses del Municipio. II.- Que es interés de este Ayuntamiento seguir las

políticas públicas en los niveles Federal y Estatal, respectivamente en el sentido de adecuar las

disposiciones legales y por ende ajustar estrictamente a derecho las actividades de la administración

respecto a la protección del medio ambiente y salud pública. III.- De conformidad con lo dispuesto

en los artículos 4 párrafo quinto, 27 párrafo tercero, de la Constitución Política de Los Estados

Unidos Mexicanos; 9 Fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas;

1, 2, 6, 10, 35, 36, 96, 97, 99, 114, de Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los

Residuos, 8, 10, 13, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, 5, 6, 10,

11,13, 14, 15, 18, 219, de la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas, 1, 2, 7, 9, 22, 23, 64, 65, de

la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios, y demás normas aplicables.

INTRODUCCIÓN EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. El beneficio social que se obtiene de la presente

iniciativa es disminuir el uso de material plástico de un solo uso, evitar que los residuos sólidos

urbanos contaminen el suelo y buscar su reciclaje. Es objetivo prioritario de esta Administración

Municipal es garantizar una mejor calidad de vida a sus ciudadanos creando políticas públicas que

contribuyan de forma decidida para preservar, conservar y proteger el medio ambiente, los recursos

naturales y los ecosistemas, a fin de incrementar en el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, la

calidad de vida de sus habitantes, garantizar el desarrollo sustentable y sin riesgos de las presentes

y futuras generaciones. Finalmente, es importante destacar que la creación del Reglamento para la

Prohibición de Plásticos de un Solo Uso, Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos y su Reciclaje

para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, responde a la necesidad de actualizar la

legislación municipal acorde a la legislación estatal, federal e internacional, para contrarrestar los

efectos del cambio climático y proteger el derecho humano a un medio ambiente sano. TÍTULO

PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES. CAPÍTULO I. DEL OBJETO Y PRINCIPIOS.----

Artículo 1.- El presente reglamento es de orden social e interés general y tiene por objeto prohibir

plásticos de un solo uso, el tratamiento de los residuos sólidos urbanos y su reciclaje, normar la

política en materia de prevención de la generación y la gestión integral del material plástico de un

sólo uso; así como promover, respetar, proteger y garantizar el derecho de toda persona a un medio

ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Artículo 2.- La prohibición de plásticos de un solo

uso, el tratamiento de los residuos sólidos urbanos y su reciclaje estará orientada al cumplimiento

de los siguientes principios: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

I. El derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y

bienestar;

II. La prevención y minimización de la generación de los residuos, de su liberación al

ambiente, así como de su manejo integral para evitar riesgos a la salud y daños a los

ecosistemas;

III. Promover la educación ambiental de la población para controlar el uso, separación,

reutilización y reciclaje de materiales plásticos y demás residuos sólidos desde las

viviendas;

IV. Fomentar la responsabilidad compartida de los productores, comercializadores,

consumidores, empresas de servicios de manejo de residuos, de la sociedad y de la

autoridad municipal para lograr que el manejo integral de los residuos sea

ambientalmente eficiente, tecnológicamente viable y económicamente factible;

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V. El acceso público a la información, la educación ambiental y la capacitación como

tareas permanentes del Municipio para lograr la prevención de la generación y el

manejo sustentable de los residuos;

Artículo 3.- En todo lo no previsto en el presente reglamento, se aplicarán los criterios, principios,

y demás disposiciones legales contenidas en la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección

al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, la Ley de

Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios, la Ley de Procedimientos

Administrativos para el Estado de Chiapas, y demás ordenamientos jurídicos relacionados. Artículo

4. - Para los efectos de este reglamento se entiende por:

I. Ágil Degradación: La alteración de propiedades físicas, químicas y/o mecánicas que

permitan la descomposición, reducción, o desintegración por cualquier causa, de

manera más rápida que de manera convencional.

II. Aprovechamiento de materiales plásticos y residuos sólidos: Conjunto de acciones cuyo

objetivo es recuperar el valor económico de los residuos mediante su reutilización,

remanufactura, rediseño, reciclado;

III. Ayuntamiento: El Órgano del Gobierno Municipal de San Cristóbal de Las Casas,

conformado por un Presidente, y el número de Síndicos y Regidores que la ley determine;

IV. Bolsa de plástico desechable: Tipo de empaque fabricado con derivados del petróleo y

el cual es distribuido por unidades económicas fijas, semifijas o comerciantes móviles

para el acarreo de productos de los consumidores;

V. Centro de acopio: Lugar estratégico determinado por las autoridades municipales, para

la recepción de residuos sólidos domésticos separados, para su comercialización y

reciclaje;

VI. Clasificación: Método por el cual se evita que los residuos sólidos urbanos municipales

se mezclen, mediante su almacenaje separado, para facilitar su transportación y

disposición final;

VII. Comerciante móvil: son aquellas personas que realizan la comercialización de bienes

de manera móvil, sin ser fijos o semifijos;

VIII. Concesión: Autorización, regida por el derecho público, de orden administrativo,

mediante la cual el Ayuntamiento transmite a persona física o jurídica la prestación del

servicio público para el manejo de residuos, desde su recolección hasta la disposición

final o de una o más de sus actividades, a fin de lograr beneficios ambientales, la

optimización económica de su manejo y su aceptación social;

IX. Contenedor: Recipiente, caja o cilindro móvil, en el que se depositan para su

almacenamiento o transporte los residuos sólidos;

X. Co-procesamiento: Integración ambientalmente segura de los residuos generados por

una industria o fuente conocida, como insumo a otro proceso productivo;

XI. Cultura Ambiental: Al proceso de construcción de conocimientos, valores, hábitos y

actitudes que conducen a una sociedad a actuar en armonía con la naturaleza,

transmitidos a través de generaciones, o adquiridos por medio de la educación

ambiental;

XII. Disposición Final: A la acción de depositar permanentemente residuos en instalaciones

cuyas características permitan prevenir su liberación al ambiente y las consecuentes

afectaciones a la salud de la población y a los ecosistemas y sus elementos;

XIII. Generador: Persona física o moral que produce residuos, a través del desarrollo de

procesos productivos o de consumo;

XIV. Gestión Integral de Residuos: Conjunto articulado e interrelacionado de acciones

normativas, operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales,

educativas, de monitoreo, supervisión y evaluación, para el manejo de residuos, desde

su generación hasta la disposición final, a fin de lograr beneficios ambientales, la

optimización económica de su manejo y su aceptación social, respondiendo a las

necesidades y circunstancias de cada localidad o región;

XV. Inventario de Residuos: Base de datos en la cual se asientan con orden y clasificación

los volúmenes de generación de los diferentes residuos, que se integra a partir de la

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información proporcionada por los generadores en los formatos establecidos para tal

fin, de conformidad con lo dispuesto en este ordenamiento;

XVI. Ley: A la Ley Ambiental para el Estado de Chiapas;

XVII. Ley General: A la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;

XVIII. Ley de Residuos: A la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus

municipios;

XIX. Manejo de residuos: El conjunto de acciones que integran el proceso de los residuos y

que incluyen la clasificación, almacenamiento, recolección, transporte, rehúso,

tratamiento, reciclaje, incineración y disposición final de los residuos sólidos;

XX. Manejo Integral: Las actividades de reducción en la fuente, separación, reutilización,

reciclaje, co–procesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o térmico, acopio,

almacenamiento, transporte y disposición final de residuos, individualmente realizadas

o combinadas de manera apropiada, para adaptarse a las condiciones y necesidades de

cada lugar, cumpliendo objetivos de valorización, eficiencia sanitaria, ambiental,

tecnológica, económica y social;

XXI. Mercado de materiales recuperados: Son aquellos materiales que surgen como

consecuencia de la reutilización y se introducen en el mercado para su aprovechamiento;

XXII. Municipio: Municipio de San Cristóbal de las Casas, Chiapas;

XXIII. Plástico: Se denomina plástico a materiales formados por polímeros por una variedad

de compuestos sintéticos o semisintéticos (PS: Poliestireno, ABS: Acrilonitrilo

Butadieno Estireno, SAN: Estireno Acrilonitrilo, PMMA: Polimetilmetacrilato, PC:

Policarbonato, PEHD: Polietileno Alta Densidad, PELD: Polietileno Baja Densidad,

PP: Polipropileno, PA: Poliamida, POM: Polióxido de Metileno, PET:

Polietiltereftalato, PBT: Polibutiltereftalato), que tienen la propiedad de ser maleables

y por tanto pueden ser moldeados en objetos sólidos de diversas formas y con la

capacidad de deformarse sin llegar a romperse.

XXIV. Plásticos de un solo uso: son aquellos que están concebido para ser utilizados a lo largo

de un corto plazo de tiempo, sacrificando una mayor durabilidad por comodidad de uso

y un precio menor. En muchos casos, se trata de productos desechables, o de usar y tirar.

XXV. Popote o pajilla: Es un utensilio que se usa para transferir un líquido de un lugar a otro

y que regularmente se usa para beber, como para pasar un líquido de un vaso a la boca.

XXVI. Prevención: El conjunto de disposiciones y medidas anticipadas para evitar el deterioro

del ambiente;

XXVII. Programas: Serie ordenada de actividades y operaciones necesarias para alcanzar los

objetivos de este reglamento;

XXVIII. Reciclado: Transformación de los residuos a través de distintos procesos que permiten

restituir su valor económico, evitando así su disposición final, siempre y cuando esta

restitución favorezca un ahorro de energía y materias primas sin perjuicio para la salud,

los ecosistemas o sus elementos;

XXIX. Reciclaje: Método de tratamiento que consiste en la transformación de los residuos para

fines productivos;

XXX. Recolección: Acción de recoger los residuos de los domicilios o sitios de

almacenamiento para llevarlos a las estaciones de transferencia, instalaciones de

tratamiento o a sitios de disposición final;

XXXI. Recolección selectiva: Es el proceso de separación de los residuos sólidos urbanos y su

depósito en diferentes contenedores para que sean recogidos y posteriormente

reciclados;

XXXII. Reutilización: El empleo de un material o residuo previamente usado, sin que medie un

proceso de transformación;

XXXIII. Residuos Sólidos Urbanos: Son aquellos generados en los domicilios particulares,

comercios, oficinas y servicios, así como todos aquellos que no tengan la calificación de

peligrosos y que por su naturaleza o composición puedan asimilarse a los producidos en

los anteriores lugares o actividades;

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9

XXXIV. Tratamiento: Procedimientos físicos, químicos, biológicos o térmicos, mediante los

cuales se cambian las características de los residuos y se reduce su volumen o

peligrosidad;

XXXV. Unidad económica fija: Establecimiento comercial asentado en un lugar de manera

permanente y delimitado por construcciones e instalaciones fijas, y que además se

realiza la producción y/o comercialización de bienes;

XXXVI. Unidad económica semifija: Establecimiento comercial que se encuentra fijo,

enclavados en el suelo, y que pertenecen de día y de noche en el mismo sitio, aunque sus

instalaciones sean frágiles o rusticas, y que además se realiza la producción y/o

comercialización de bienes;

CAPÍTULO II. DE LAS ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES. Artículo 5.- Son autoridades competentes para aplicar el presente reglamento, las siguientes:

I. El Ayuntamiento;

II. El o la Presidente Municipal;

III. La Dirección de Ecología y Medio Ambiente;

IV. La Dirección de Servicios Públicos Municipales;

V. La Dirección de Limpia Municipal;

VI. La Tesorería Municipal;

VII. La Dirección de Policía Municipal;

VIII. Y en general el personal administrativo que para tal efecto designe el o la Presidente

Municipal.

Artículo 6.- Corresponde al Ayuntamiento en materia de residuos sólidos y materiales plásticos, lo

siguiente: I. Promover la disminución de los residuos sólidos, adoptando como estrategia operativa

la separación desde fuentes generadoras de los materiales que se desechen; para ello, el

Ayuntamiento podrá coordinarse con autoridades sanitarias y de protección al ambiente

intermunicipales, estatales y federales, con quien podrá celebrar convenios que permitan

alcanzar los propósitos de este reglamento;

II. Autorizar el otorgamiento de concesiones para la prestación del servicio público de

limpia, recolección selectiva, transporte, co-procesamiento, tratamiento, acopio,

reciclaje, re-uso, transferencia y disposición final de residuos;

III. Establecer en la Ley de Ingresos vigente el cobro por el pago de multas y los servicios

de manejo integral de residuos sólidos urbanos, y destinar los ingresos a la operación y

el fortalecimiento de los mismos;

IV. Vigilar y hacer cumplir, en la esfera de su competencia este reglamento y demás

disposiciones aplicables;

V. Promover instrumentos y programas de prevención, disminución o valoración, así como

para inversión en tecnología y utilización de prácticas, métodos o procesos que

coadyuven a mejorar el manejo integral de los residuos sólidos;

VI. Promover campañas de concientización entre los propietarios de establecimientos y

empresas relacionadas con la comercialización de los productos, de tal manera que sus

intereses sean compatibles con los intereses colectivos de protección ambiental y

desarrollo sustentable;

VII. Informar al público de manera adecuada, así como llevar a cabo campañas de asistencia

gratuita para capacitar a los compradores en general, sobre las posibles alternativas

con las que podrán sustituir las bolsas de plástico no degradables o no biodegradables;

y

VIII. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 7.- Son facultades y obligaciones del Presidente Municipal, en materia de manejo integral

de materiales plásticos y de los residuos sólidos urbanos, las siguientes:

I. Vigilar y hacer cumplir en el ámbito de su competencia este reglamento;

II. Ejecutar los acuerdos que, en materia de recolección selectiva, transporte, co-

procesamiento, tratamiento, reciclaje, re-uso, transferencia y disposición final de

residuos que dicte el Ayuntamiento;

III. Formular, establecer y evaluar el sistema o programa de manejo ambiental del

municipio;

IV. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 8.- La Dirección de Ecología y Medio Ambiente, le corresponde:

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I. Diseñar, dirigir y evaluar los programas para el tratamiento de los residuos sólidos

urbanos, así como trabajar de manera coordinada y brindar apoyo técnico a la

Dirección de Limpia Municipal;

II. Supervisar el cumplimiento de las normas jurídicas relativas a la prevención y control

de los efectos sobre el ambiente, ocasionados por la generación, manejo y tratamiento

de los residuos sólidos de su competencia;

III. Atender y dar seguimiento a las denuncias de presuntos daños ambientales en el

municipio y, en su caso, turnarlas a las autoridades competentes;

IV. Solicitar la opinión técnica a otras dependencias, organizaciones sociales, académicas,

y empresariales expertas en la materia, que sirva de apoyo en la generación de planes y

programas diseñados para el aprovechamiento de residuos.

V. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 9.- La Dirección de Servicios Públicos Municipales, le compete dentro de la esfera de su competencia lo siguiente:

I. Planear, organizar, normar, controlar y vigilar las prestaciones que realicen las

unidades económicas fijas, semifijas y comerciantes móviles para el almacenamiento y

disposición de los residuos sólidos urbanos;

II. Inspeccionar y vigilar, en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de las

disposiciones del presente reglamento;

III. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 10.- La Dirección de Limpia Municipal le corresponde cumplir lo siguiente:

I. Auxiliar al Presidente Municipal en lo concerniente a la organización vigilancia y

administración del servicio de aseo y limpia, proponiendo y llevando a cabo las medidas

tendientes a ser eficientes en la prestación de dicho servicio;

II. Promover entre los habitantes del Municipio el deber de mantener y conservar en

condiciones adecuadas las áreas y las vías públicas;

III. Informar al Presidente Municipal de las irregularidades que tenga conocimiento, para

implementar las medidas correctivas y las sanciones pertinentes;

IV. Coordinar la colaboración de la ciudadanía y de las organizaciones de colonos,

comerciantes e industriales para la recolección y transporte de residuos separados;

V. Determinar la colocación estratégica de los depósitos de residuos separados necesarios,

en la cantidad y capacidad suficiente;

VI. El Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos para el Municipio de San Cristóbal

de Las Casas, Chiapas.

VII. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 11.- La Tesorería Municipal le corresponde lo siguiente: I. Proponer al Ayuntamiento las medidas conducentes al buen orden y mejora de los cobros

municipales al incurrir en infracciones al presente reglamento, así como hacer las

observaciones que estime convenientes;

II. Proponer y hacer las adecuaciones necesarias a la Ley de Ingresos del Municipio para

el adecuado cumplimiento del presente reglamento;

III. Cuidar que las multas impuestas por el presente reglamento ingresen a la tesorería;

IV. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

Artículo 12.- La Dirección de la Policía Municipal le corresponde las siguientes atribuciones:

I. El cumplimiento del presente reglamento en el ámbito de su competencia;

II. Conducirse siempre con apego al orden jurídico y respeto a los derechos humanos;

III. Auxiliar a las autoridades citadas en el artículo 5 del presente reglamento cuando éstos

así lo requieran, y resulte necesario para el debido ejercicio de sus funciones;

IV. Las demás atribuciones que señale este reglamento y las leyes aplicables en la materia.

TÍTULO SEGUNDO. INSTRUMENTOS DE POLÍTICA DE PROHIBICIÓN DE PLÁSTICOS

DE UN SOLO USO Y LOS RESIDUOS SÓLIDOS. CAPÍTULO I. INSTRUMENTOS DE

POLÍTICA AMBIENTAL.-------------------------------------------------------------------------------------

Artículo 13.- Son instrumentos de política en materia de residuos: I. El Programa Municipal para la Prevención, Concientización y Gestión Integral de

Residuos;

II. La Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente;

III. La Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Los Residuos;

IV. La Ley Ambiental para el Estado de Chiapas;

V. Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios

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VI. Los planes de manejo de residuos;

VII. La educación cívica ambiental; y

VIII. Los demás instrumentos de política pública ambiental aplicables.

Artículo 14.- El Ayuntamiento en el ámbito de su competencia elaborará e instrumentará por sí o

con el apoyo de la Secretaría de Medio Ambiente e Historia Natural, la participación de

representantes de los sectores sociales y privados, el programa municipal para la prevención,

concientización y gestión integral de los residuos sólidos. Este programa deberá contener al menos

lo siguiente:

I. El diagnóstico básico del manejo integral de los residuos sólidos de su competencia, en

el que se precise la capacidad y efectividad de la infraestructura disponible para

satisfacer la demanda de servicios;

II. La política ambiental para la disminución de residuos sólidos contaminables;

III. La definición de objetivos y metas locales para la prevención de la generación y el

mejoramiento de la gestión de materiales plásticos y residuos sólidos urbanos, así como

las estrategias y plazos para su cumplimento;

IV. Los medios de financiamiento de las acciones consideradas en los programas;

V. Los mecanismos para fomentar la vinculación entre los programas municipales

correspondientes.

Artículo 15.- El gobierno municipal en la esfera de su competencia, promoverá la participación de

todos los sectores de la sociedad en la prevención, generación, la valorización y la gestión integral

de los residuos sólidos. Artículo 16.- El Ayuntamiento Municipal, así como sus áreas y direcciones,

deberán prohibir la utilización de plásticos de un solo uso en sus áreas de trabajo, en los eventos,

reuniones o actividades cotidianas, excepto en las áreas de salud que por sus actividades así lo

requieran y cuando se traten de productos biodegradables o de ágil degradación. CAPÍTULO II.

CULTURA AMBIENTAL, PARTICIPACIÓN SOCIAL E INFORMACIÓN. Artículo 17.- Las

autoridades municipales promoverán las acciones de reducción, separación, reutilización, reciclaje,

manejo y disposición adecuada de los residuos sólidos entre todos los sectores de la población, para

lo cual utilizarán los medios de comunicación y recursos disponibles. Las autoridades municipales

promoverán la concientización ecológica, así como la aplicación del presente reglamento. Artículo

18.- Las autoridades municipales correspondientes realizarán estudios y promoverán entre la

población y sus servidores públicos, acciones tendentes a:

I. Reducir la generación de residuos sólidos, destacando las ventajas económicas y

ambientales de tal acción;

II. El uso de métodos de recolección y separación de residuos que optimicen la utilización

de la infraestructura de tratamiento y manejo de los residuos;

III. Incentivar el manejo adecuado de residuos sólidos, mediante su reutilización y

reciclaje potencial;

IV. Promover el otorgamiento de estímulos e incentivos a quienes realicen acciones

tendientes a la sustitución y aportación de alternativas viables para disminuir el uso

de residuos sólidos desechables, el aprovechamiento sustentable, preservación y

restauración del equilibrio ecológico;

V. Promover entre las asociaciones de vecinos el establecimiento y operación de sistemas

de comercialización de residuos sólidos potencialmente reciclables con particulares,

que les generen recursos para la realización de obras en beneficio de las propias

colonias;

VI. Promover la disminución de prácticas que contribuyen a la generación de residuos

sólidos.

Artículo 19.- El Ayuntamiento con la colaboración de la Dirección de Ecología y Medio Ambiente,

organizará y promoverá diversas actividades de comunicación educación, capacitación,

investigación y desarrollo tecnológico para prevenir la generación, aprovechar el valor y lograr el

manejo integral de los residuos de su competencia, así como para generar conciencia en la población

de los efectos perjudiciales en el ambiente que produce el uso de plásticos, promover la investigación

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y desarrollo de materiales reutilizables y alternativas, pudiendo realizar convenios de colaboración

con el sector público, social o privado para dichos fines, conforme a la normatividad aplicable.

Artículo 20.- Para efectos del artículo anterior, el Ayuntamiento:

I. Convocarán a particulares y a los distintos grupos de la sociedad a participar en el

diseño e instrumentación de políticas y programas para prevenir la generación,

valorizar y dar un manejo integral seguro y ambientalmente adecuado a los residuos

sólidos urbanos y de manejo especial; y

II. Fomentarán y apoyarán la participación de los particulares, así como la conformación,

consolidación y operación de grupos interesados en participar en las actividades

señaladas en la fracción anterior.

Artículo 21.- El Ayuntamiento llevará a cabo eventos educativos a los que se invitará a la población

en general para discutir, aprender e intercambiar ideas sobre:

I. Formas de prevención de generación de residuos;

II. Realización y difusión de actividades de identificación y reutilización de residuos,

incluyendo separación de residuos, ideas para reutilización y demás acciones que deban

ser tomadas por los generadores;

III. Esfuerzos y riesgos que conlleva el manejo y disposición final de residuos;

IV. Formación de una conciencia comunitaria, mediante el acceso público a la información,

la educación ambiental y la capacitación; y

V. Demás actividades relativas a la prevención y manejo integral de residuos sólidos

urbanos y de manejo especial.

TÍTULO TERCERO. DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN MATERIA DE PLÁSTICOS

DE UN SOLO USO Y RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS. CAPÍTULO I. DE LA

RESPONSABILIDAD SOCIAL.------------------------------------------------------------------------------

Artículo 22.- Todo aquel generador de residuos sólidos urbanos tiene la propiedad de éstos y

responderá por su manejo hasta el momento en que sean entregados a las unidades pertenecientes a

la Dirección de Limpia Municipal o depositados en los contenedores o sitios autorizados, que para

tal efecto sea designado por la autoridad competente. Artículo 23. - El generador de los residuos

sólidos es responsable de los daños a la salud o al medio ambiente que pudieran derivarse del

inadecuado manejo y almacenamiento de la fuente de generación.

CAPÍTULO II. REGULACIÓN DEL USO DE MATERIALES PLASTICOS PARA LAS

UNIDADES ECONOMICAS FIJAS, SEMIFIJAS O COMERCIANTES MÓVILES.---------------

Artículo 24. - Las unidades económicas fijas, semifijas y los comerciantes móviles incentivaran a sus

clientes a llevar mercancías en bolsas, redes, canastas, cajas u otros recipientes que puedan volver

a ser utilizadas y contar fuera de sus establecimientos con depósitos o en espacios determinados por

ellos mismos para colocar los residuos sólidos potencialmente reciclables; Artículo 25.- Se prohíbe

a toda unidad económica fija, semifija, comerciantes móviles o cualquier generador en el Municipio

la venta, dádiva y uso de vasos, bolsas, popotes, cuchillos, cucharas, tenedores, contenedores en sus

diversas presentaciones, y demás productos de un solo uso de plástico, unicel, o de base polimérica,

no biodegradable. Artículo 26.- Quedan exentas de las restricciones del artículo anterior aquellos

productos que sean fabricados con materiales y procesos tecnológicos que permitan su ágil

degradación acorde a las Normas Oficiales Mexicanas aplicables vigentes y demás normas que sean

aprobadas y publicadas. TÍTULO CUARTO. DE LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS

SÓLIDOS. CAPÍTULO I. ACOPIO.----------------------------------------------------------------------------

Artículo 27.- El Ayuntamiento Municipal establecerá un plan de manejo para la creación de centros

de acopio encargados de recibir materiales plásticos y residuos sólidos urbanos de casa habitación,

tendientes a su reciclaje. Artículo 28.- La autoridad municipal deberá promover la participación de

particulares y ciudadanos interesados en el acopio y comercialización de materiales susceptibles de

aprovechamiento, pudiendo realizar convenios y programas para la construcción y operación de

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13

centros de acopio, conforme a la normatividad aplicable. Artículo 29.- Las instalaciones y la

operación de los centros de acopio de materiales plásticos y residuos sólidos urbanos, destinados a

la recuperación de materiales y productos potencialmente reciclables, de generadores domiciliarios

y de pequeños generadores, autorizados por el Ayuntamiento Municipal, deben de ajustarse a las

disposiciones de las Normas Oficiales Mexicanas, normas ambientales estatales, federales, y las

disposiciones de protección civil que resulten aplicables. En todo caso deberán adoptar las siguientes

medidas:

I. Estar ubicadas en zonas donde se reduzcan los riegos por posibles emisiones, fugas,

incendios, explosiones e inundaciones;

II. El sitio deberá contar con fácil acceso para la carga y descarga de residuos;

III. Los centros de acopio deberán estar techados y contar con ventilación;

IV. Evitar el ingreso de animales a sus instalaciones y la proliferación de fauna nociva;

V. Responder en caso de emergencia que involucre a los materiales acopiados; y

VI. Contar con sistemas de extinción de incendios y equipos de seguridad para la atención

de emergencias, acorde con el tipo y la cantidad de los residuos sólidos urbanos

almacenados.

Artículo 30.- Tratándose de centros de acopio privados de empresas que se dedican a la

comercialización o reciclado de los materiales, además de cumplir con la normatividad aplicable,

deben contar con la autorización emitida por el Ayuntamiento Municipal a través de la Dirección de

Ecología y Medio Ambiente. Artículo 31.- El Ayuntamiento deberá establecer un inventario y

publicar un directorio de centros de acopio privados e industriales autorizados que manejen material

reciclado. CAPÍTULO II. RECICLAJE. Artículo 32.- El Municipio promoverá, las acciones de

reciclaje en toda clase de material plástico y de residuos, estimulando el establecimiento de mercados

de materiales y productos reciclados, la difusión y aplicación de tecnologías apropiadas referentes

al reciclaje y el beneficio de estímulos fiscales a las empresas que procesen materiales recuperados

en su territorio. Artículo 33.- El Ayuntamiento debe fomentar programas para reducir la generación

de residuos, aprovechar su valor y darles un manejo ambientalmente adecuado, en particular en los

establecimientos de mayoristas, tiendas de departamentos y centros comerciales, donde se cuente

con espacios y servicios destinados a la recepción de materiales y subproductos de los residuos

sólidos valorizables y materiales plásticos. Artículo 34.- Los residuos que hayan sido seleccionados

para su reciclaje y que por sus características no puedan ser procesados, deberán enviarse para su

tratamiento o, en su caso, a su disposición final, conforme a lo dispuesto por éste reglamento.

Artículo 35.- Los productores y comercializadores cuyos productos y servicios generen residuos

susceptibles de valorización mediante procesos de reciclaje, instrumentarán planes de manejo que

establezcan las acciones para minimizar la generación de sus residuos, prever su manejo responsable

y orientar a los consumidores sobre las oportunidades y beneficios de aprovechamiento con base en

dicha valorización. CAPÍTULO III. DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS. Artículo

36.- Todos los residuos sólidos urbanos deben ser depositados de manera separada en el lugar

autorizado por el Ayuntamiento para tal fin, procurando que estos sean destinados a las áreas de

descarga, clasificación, separación, tratamiento y disposición final. Artículo 37.- Los residuos

sólidos urbanos no pueden ser depositados en sitios distintos al lugar autorizado. La violación de

esta disposición trae como consecuencia la aplicación de las sanciones señaladas en este reglamento.

Artículo 38.- Los residuos sólidos pueden ser tratados por cualquier método que garantice la

protección al ambiente y cumpla con las Normas Oficiales Mexicanas vigentes en la materia.

Artículo 39.- El Ayuntamiento deberá prohibir la existencia de tiraderos a cielo abierto o sitios no

autorizados y controlados de disposición final de residuos sólidos urbanos, y sancionar a los

responsables de los mismos, en los términos del presente reglamento y las demás que las leyes

determinen. Artículo 40.- Las instalaciones para la disposición final de los residuos sólidos urbanos,

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al final de su vida útil o funcionamiento, se cerrarán de conformidad a lo establecido por las Normas

Oficiales Mexicanas, y las leyes aplicables en la materia. TÍTULO QUINTO. DEL

PROCEDIMIENTO DE DENUNCIA POPULAR, SANCIONES Y DEL RECURSO

ADMINISTRATIVO. CAPÍTULO I. DENUNCIA POPULAR. Artículo 41.- Todo ciudadano podrá

denunciar de manera escrita u oral, a la Dirección de Ecología y Medio Ambiente, o la autoridad

competente en la materia, todo hecho, acto u omisión que atente contra el presente reglamento o

genere daños derivados del manejo inadecuado de los residuos, debiendo acompañar la denuncia de

las pruebas necesarias para fundamentar su dicho. La denuncia podrá ejercitarse por cualquier

persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

I. El nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su

representante legal;

II. Los actos, hechos u omisiones denunciados;

III. Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.

Asimismo, podrá formularse la denuncia oralmente, en cuyo supuesto el servidor público que la

reciba, levantará el acta circunstanciada, y el denunciante deberá ratificarla por escrito, cumpliendo

con los requisitos establecidos en el presente artículo, en un término de tres días hábiles siguientes

a la formulación de la denuncia.

CAPÍTULO II. SANCIONES.----------------------------------------------------------------------------------

Artículo 42.- Para la imposición de las sanciones por violaciones a este ordenamiento se tomará en

cuenta:

I. La gravedad y circunstancias de la infracción;

II. Las circunstancias personales del infractor, su situación socioeconómica, así como el

daño causado al entorno;

III. La reincidencia; y

IV. Las sanciones se impondrán sin perjuicio de la obligación, en su caso, del infractor de

reparar el daño que haya causado y demás responsabilidades que le resulten.

Artículo 43. - Las violaciones al presente reglamento serán sancionadas con una o más de las sanciones siguientes:

I. Apercibimiento;

II. Amonestación;

III. Multa equivalente al 100% del valor del daño ambiental causado, cuantificado por la

autoridad competente;

IV. Multa equivalente de 10 a 25,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y

Actualización al momento de imponer la sanción;

V. Arresto hasta por treinta y seis horas;

VI. Para el caso de las unidades económicas fijas, semifijas o comerciantes móviles procede

la clausura temporal o definitiva.

Los ingresos que se obtengan de las multas señaladas por las fracciones III y IV, se destinaran a la

reparación del daño ambiental causado, así como para las actividades de comunicación educación,

capacitación, investigación y desarrollo tecnológico señaladas en el artículo 19 del presente

reglamento. CAPITULO III, DEL RECURSO ADMINISTRATIVO. Artículo 44.- Los actos o

resoluciones definitivas dictadas con motivo de la aplicación de este reglamento, y disposiciones que

de este emanen podrán ser impugnados por los afectados mediante el recurso de revisión, lo anterior

en términos de la Ley de Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas. Artículo 45.-

El recurso de revisión se interpondrá directamente ante la autoridad que emitió la resolución

impugnada, la que, en su caso, acordará su admisión, y el otorgamiento o negación del mismo.

TRANSITORIOS: PRIMERO. - Una vez aprobado el presente reglamento por el Cabildo

Municipal, publíquese en los estrados de la Presidencia Municipal, en la Gaceta Municipal y en el

Periódico Oficial del Estado, conforme lo establece el artículo 95 de la Ley de Desarrollo

Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas.

SEGUNDO. - El presente reglamento entrara en vigor el día siguiente de su publicación, en los

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estrados de la Presidencia Municipal, el Periódico Oficial del Estado y en la Gaceta Municipal.

TERCERO. – Se abroga toda disposición anterior y las que se opongan al presente reglamento.

CUARTO. - Se instruye a la Comisión Edilicia de Hacienda Pública para que, en un plazo no mayor

a 15 días hábiles, contemple las modificaciones y elabore iniciativa para elevar al Congreso del

Estado de Chiapas, las reformas necesarias a la Ley de ingresos del Municipio de San Cristóbal de

Las Casas para el Ejercicio Fiscal del año 2020, para la correcta aplicación del presente reglamento.

QUINTO. Para la transición progresiva y aplicación de este reglamento se ajustará a la siguiente

gradualidad: a).- A las unidades económicas fijas, semifijas, comerciantes móviles o cualquier

generador en el Municipio que destinen la venta, dádiva y uso de contenedores, vasos, bolsas,

popotes, tenedores, cuchillos, cucharas, y demás productos en diversas presentaciones de un solo

uso, de plástico, unicel, o de base polimérica, no biodegradables o de ágil degradación, en un plazo

de doce meses a partir de la entrada en vigor del presente reglamento. b) En establecimientos

dedicados a la producción y venta de mayoreo o de menudeo de contenedores, vasos, bolsas, popotes,

tenedores, cuchillos, cucharas, y demás productos en diversas presentaciones de un solo uso, de

plástico, unicel, o de base polimérica no biodegradables o de ágil degradación, en un plazo de doce

meses a partir de la entrada en vigor del presente reglamento. Concluido el plazo señalado en el

párrafo anterior, todas las personas físicas y morales están obligados al cumplimiento del presente

reglamento.---------------------------------------------------------------------------------------------------------

En uso de la palabra el Regidor Emiliano Villatoro Alcázar, comentó: “Buenos días compañeras y

compañeros integrantes del Cabildo, ciudadanía que está presente, amigas y amigos de los diferentes

medios de comunicación; en relación al Reglamento para la prohibición de plásticos de un solo uso,

tratamiento de los residuos sólidos urbanos y su reciclaje para el Municipio, me permito manifestar

a pesar de que se han venido realizando trabajos para erradicar el uso del plástico de un solo uso,

con este Reglamento se prohíbe usarlos en las áreas de trabajo, eventos o reuniones o actividades

cotidianas del Ayuntamiento, aunado a esto también es importante asumir el compromiso y ejecutar

las acciones que se contemplan para promover las acciones de reducción, separación, reutilización,

manejo y disposición adecuada de los residuos sólidos entre todos los sectores de la población, para

lo cual se utilizarán los medios de comunicación y los recursos con que se dispone, es decir, el

compromiso no solo se limita a realizar esta reglamentación es preciso que también se mencione que

existe una responsabilidad decidida para que las áreas principalmente la Dirección de Ecología y

Medio Ambiente organicen y promuevan diversas actividades de educación, capacitación e

investigación; así como aprovechar y lograr el manejo integral de los residuos de su competencia

generando conciencia en la población de los efectos perjudiciales en el ambiente que produce el uso

del plástico. Todos tenemos una responsabilidad social y la necesidad urgente nos obliga asumir con

compromiso.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Síndico Municipal, expresó: “Buenos días, Honorable Cabildo, ciudadanía

que nos acompaña esta mañana y los medios de comunicación, solo para dimensionar el Reglamento

que hoy día estamos a punto de aprobar, estoy seguro que se va aprobar porque es lo que

corresponde con la vocación democrática de este Ayuntamiento y su compromiso no solo con los

derechos ambientales, sino con los Derechos Humanos en general, evidentemente que la reducción

del plástico está estrechamente relacionada con el cuidado y la protección del medio ambiente; una

preocupación muy sentida en la ciudadanía de San Cristóbal y que por supuesto este Ayuntamiento

Constitucional hace propia en función de asumir las responsabilidades que les corresponden; sin

embargo, quiero señalar que el Reglamento sobre prohibición de plásticos de un solo uso, impone

responsabilidades tanto para las autoridades como para los particulares, quiero dejar muy en claro

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eso porque cuando se habla del respeto al derecho al medio ambiente se asume que la única

obligación la tienen las autoridades, no es así, ciudadanía de San Cristóbal todas y todos tenemos

obligaciones para preservar el medio ambiente no olvidemos que estamos hablando de la casa

común, la casa donde todas y todos vivimos y todos tenemos la obligación de protegerla no solo lo

dice quien les habla, lo dice la legislación internacional que protege al medio ambiente y lo dice

también la Constitución Mexicana cuando establece que el Estado garantizará el respeto al derecho

al medio ambiente, lo que está sugiriendo es que va a garantizar que todas y todos respetemos ese

Derecho Humano; en ese sentido, el Reglamento que hoy día discutimos y que estamos próximos a

aprobar tiene por objeto la prohibición de plásticos de un solo uso en el Municipio de San Cristóbal

y por supuesto impone obligaciones al Ayuntamiento una de esas es prohibir ya el uso de todos estos

materiales en toda actividad oficial del Ayuntamiento; en ese sentido quiero señalar, quiero pedirle

respetuosamente a la Oficial Mayor que tome en cuenta que a partir del momento en que este

Reglamento entre en vigor se abstenga de contratar, de comprar, de adquirir -a todas las

instituciones por supuesto del Ayuntamiento- plásticos de un solo uso; de igual manera, impone al

Ayuntamiento la necesidad de convocar a la ciudadanía para informarle, para concientizar, en ese

sentido me parece que hay responsabilidad ahí para la Coordinación de Comunicación Social del

Ayuntamiento para que lleve a cabo tales acciones con la ciudadanía; pero también existe la

responsabilidad social como dijimos y la regulación para las unidades económicas como los giros

comerciales que se encuentran en nuestro Municipio quienes están obligadas a por lo pronto contar

con recipientes para los depósitos de basura, de su propia basura, porque es la basura que nosotros

a veces vamos a comprar como empaques a las grandes tiendas y luego la llevamos al domicilio,

ellos deben contar con recipientes para quien lo desee pueda depositar ahí sus desechos sólidos y

dado que los artículos transitorios imponen una duración de doce meses para que entre en vigor este

Reglamento quisiera solicitarle muy respetuosamente a nuestra Secretaria Municipal que se agilice

el procedimiento para su publicación tanto en la Gaceta Municipal como en el Periódico Oficial del

Estado y mientras tanto, mientras no entre en vigor no es un Reglamento obligatorio por supuesto

que las medidas en relación al no uso de los plásticos de un solo uso puede comenzar a tomarse

puesto que ya ha sido aprobado , ya sido discutido por este Cabildo y entendemos que va permear

en las políticas públicas del Ayuntamiento, muchas gracias.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria del Ayuntamiento informó a los integrantes del Cabildo que cuando

se somete a aprobación iniciativas de Reglamentos Municipales este deberá ser en términos de lo que

establecen los artículos 137 y 181 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas; la votación será de manera nominal, por lo que solicitó a los munícipes que enuncien

su nombre y el sentido de la votación tanto en lo general como en lo particular, obteniendo lo

siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Munícipe En lo General En lo Particular

Lic. Karla Lugo Sarmiento

Regidora Plurinominal por el Partido Podemos Mover a

Chiapas.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Juan David Hernández Girón Sexto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Dra. Silvia Shalom Álvarez Torres Valle

Primera Regidora Propietaria por el Partido Encuentro Social.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Miguel Ángel de los Santos Cruz Síndico Municipal.

A FAVOR A FAVOR

Mtra. Jerónima Toledo Villalobos

Presidenta Municipal Constitucional.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Guillermo Alonso Gómez Loarca Segundo Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

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17

Lic. Sonia Aydee Ramos Paniagua

Tercera Regidora Propietaria por el Partido del Trabajo

A FAVOR A FAVOR

Lic. Emiliano Villatoro Alcázar Cuarto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Claudia Patricia Sancho Aguilar

Quinta Regidora Propietaria por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

C.P Rosalinda Santiago Sánchez Regidora Plurinominal por el Partido Revolucionario

Institucional (PRI)

A FAVOR A FAVOR.

Acto continuo la Secretaria del Ayuntamiento realizó el cómputo correspondiente de los votos

emitidos; se tiene 10 votos a favor en lo particular y en lo general de la iniciativa del Reglamento para

la prohibición de plásticos de un solo uso, Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos y su

Reciclaje para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas; por lo que, se aprueba por

Unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Continuando con el uso de la palabra la Secretaria Municipal, dio lectura al dictamen que emite la

Comisión de Gobernación, relativo a la aprobación en lo general y particular del Reglamento de

Limpia y Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas,

mismo que a la letra dice: “AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE

LAS CASAS, CHIAPAS.- A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019

DOS MIL DIECINUEVE.- COMISIÓN DE GOBERNACIÓN. Reunidos los integrantes de la

Comisión de Gobernación del Honorable Ayuntamiento Constitucional de esta Ciudad, con la

finalidad de emitir el presente dictamen para aprobar en lo GENERAL y PARTICULAR EL

REGLAMENTO DE LIMPIA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS PARA EL

MUNICIPIO DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S: I.- Mediante memorándum número 498/2019, fechado el 22 de mayo de

2019, la Secretaria Municipal, en términos de los artículos 150, 151 y 179 del Reglamento Interior

del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, remitió a la Comisión antes citada, la

iniciativa de Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio, que

presentara el Dr. Miguel Ángel de Los Santos Cruz, Síndico Municipal, a través del oficio número

MSC/SIND/0143/2019. Por lo que a través del memorándum número 499/2019, fechado el 23 de

mayo de 2019, la Secretaría Municipal, hizo llegar esta iniciativa a la Consejería Jurídico Municipal,

tal y como establece el artículo 58 fracciones I y XV de la Ley de Desarrollo Constitucional en

Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas y 28 fracciones I y II, 178

fracción III del Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas,

Chiapas, a efecto de que procediera a realizar la revisión correspondiente. II.- Por último la

Comisión de Gobernación con fecha 23 de julio de 2019, solicitó a los integrantes del H. Cabildo,

hicieran llegar a la comisión respectiva las observaciones que consideraran prudentes a dicha

iniciativa. Observaciones que fueren recibidas e insertadas en el proyecto del reglamento antes

citado. En atención de los antecedentes presentados, se tienen los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S. I.- Que son los integrantes de la Comisión de Gobernación, competentes

para resolver el presente dictamen, con fundamento en los artículos 60 fracción V y 62 fracción I de

la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado

de Chiapas y 57 fracciones V, VII y X, 75, 76 fracción I, 78 y 82 del Reglamento Interior del

Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. II.- Que los Ayuntamientos tienen

atribuciones para aprobar, de conformidad con las leyes en materia municipal, los bandos de policía,

lo reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus

respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

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ciudadana y vecinal, en los términos de los artículos 115, fracción II, párrafo segundo de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 70, fracción I de la Constitución Política

del Estado de Chiapas. III.- Que el artículo 45, fracción II de la Ley de Desarrollo Constitucional en

materia de Gobierno y Administración municipal del Estado de Chiapas, prevé las atribuciones de

los Ayuntamientos para formular, aprobar y aplicar los reglamentos administrativos, gubernativos e

internos que sean necesarios. IV.- Que, con el interés de salvaguardar los interés del Ayuntamiento,

resulta indispensable contar con nuevos ordenamientos reglamentarios, con el objeto de contemplar

y ampliar el contenido de la Constitución Política del Estado y de la Ley de Desarrollo Constitucional

en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; así mismo, el de regular

los procedimientos administrativos del Honorable Ayuntamiento. V.- Que es interés de este

Ayuntamiento seguir las políticas públicas por el Presidente de la República y por el Gobernador

del Estado, en los niveles federal y estatal, respectivamente en el sentido de adecuar las disposiciones

legales y por ende ajustar estrictamente a derecho las actividades de la Administración respecto a la

protección del medio ambiente y salud pública. Por lo antes expuesto, y con fundamento en los

artículos 60 fracción V y 62 fracción I de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno

y Administración Municipal del Estado de Chiapas y 57 fracciones V, VIII y X, 75, 76 fracción I, 82

y 84 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, los

integrantes de la Comisión de Gobernación, han estudiado, analizado y acordado lo siguiente:

D I C T A M I N A N: PRIMERO.- Aprobar en lo general y particular el Reglamento de Limpia y

Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas.

SEGUNDO.- Se considera viable autorizar e instruir a la Secretaría Municipal realice los trámites

necesarios para la validación, publicación y difusión necesaria ante las dependencias

correspondientes conforme a la normatividad aplicable. TERCERO.- Sométase el presente dictamen

para su aprobación a los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional en la Sesión de

Cabildo respectiva, en los términos del Artículo 44 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia

de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas. En base a lo anterior, se solicita a

la Secretaría del Ayuntamiento expida copia certificada del presente acuerdo para los efectos que

correspondan. Así lo acordaron y firmaron los integrantes de la Comisión de Gobernación.” - - - - -

REGLAMENTO DE LIMPIA Y RECOLECCIÓN DE RESIDUOS PARA EL MUNICIPIO DE

SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS, PARA QUEDAR COMO SIGUIENTE:

Considerando: I.- Que el Ayuntamiento está facultado conforme al Artículo 115, fracción II, III

inciso “C”, por la Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 45, Fracción II,

55, 56, 57 Fracciones I, IV, VI y XIII, 82 Fracción III y 139 Fracciones I y II y articulo 213 de la Ley

de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de

Chiapas; para reglamentar todo lo relativo a la prestación de los servicios públicos que se atribuyen

a los Municipios. II.- Que es interés de este Ayuntamiento seguir las Políticas por el Presidente de la

Republica y por el Gobernador del Estado, en los niveles Federal y Estatal, respectivamente en el

sentido de adecuar las disposiciones legales y por ende ajustar estrictamente a Derecho las

actividades de la Administración respecto a la protección del Medio Ambiente y Salud Publica. III.-

De conformidad a lo dispuestos en los artículos 4 párrafo quinto, 27 párrafo tercero, de la

Constitución Política de Los Estados Unidos Mexicanos; 9 fracción I, de la Constitución Política del

Estado Libre y Soberano de Chiapas, 6, 10, 18, 35, 96, 99, de Ley General para la Prevención y

Gestión Integral de los Residuos; 1, 4, 8, 134, 135, 137, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y

la Protección al Ambiente; 1, 2, 5, 6, 10, 11,13, 14, 219, 220, de la Ley Ambiental para el Estado de

Chiapas; 1, 7, 9, 22, 54, 55, 57, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67, 68, 69, 70, 71, 72, 73, de la Ley de

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Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios; y demás normas aplicables.

INTRODUCCIÓN. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS. La necesidad de actualizar la normatividad en

la materia, surge de la evidente y compleja problemática asociada a la generación y gestión de los

residuos sólidos urbanos, el vínculo entre los desechos, razón por la cual los municipios deben

regular la prestación de servicios de recolección de residuos domésticos. Así, la responsabilidad del

municipio en la gestión de la producción y disposición final de los Residuos Sólidos Urbanos. Incluye

la obligación de involucrar y coordinar a sus generadores para lograr la disminución de su volumen,

así como el impacto en el medio ambiente. Para ello, todos los niveles de gobierno y principalmente

los municipios deben implementar las políticas, metas, objetivos y estrategias necesarios para

modificar las conductas de los involucrados; promoviendo la modificación de los hábitos de

producción y embalaje, consumo y reutilización, implementando instrumentos de política pública del

índole normativa, educativa y económica. De esta forma es que se ha considerado necesaria la

presente actualización reglamentaria. El cumplimiento del siguiente Reglamento además del respeto

a las normas ambientales, pretende concientizar a los ciudadanos que aun y cuando el Municipio

tiene obligaciones con respecto al manejo de residuos, los habitantes y cualquier ciudadano que

genere residuos sean sólidos urbanos o de manejo especial, tienen la obligación de hacer la correcta

disposición de los mismos, para que las autoridades competentes otorguen el manejo adecuado

correspondientes. El medio ambiente es obligación de todos, tanto ciudadanía como autoridades.

TÍTULO PRELIMINAR. CAPÍTULO ÚNICO. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 1.-

Las disposiciones contenidas en este reglamento son de orden público y de observancia general en

todo el territorio municipal, y tienen por objeto regular la prestación de servicio de recolección de

Limpia Municipal, tales como: La recolección, transporte, tratamiento adecuado y disposición final

de los residuos sólidos no peligrosos que genera este municipio, por lo que obliga a las personas

físicas y morales, incluidos organismos de la administración pública federal, estatal o municipal,

empresas descentralizadas o de cualquier índole, que tengan asiento en este municipio o cuyos

efectos se manifiesten en él. El servicio público de limpia y recolección de residuos es de orden

público e interés social, por lo tanto, las dependencias oficiales, tienen la obligación de mantener

aseadas las avenidas, boulevards, calles, callejones, calzadas, plazas y plazuelas de la ciudad y las

zonas conurbadas, en el caso de la población en general, tendrá la obligación de colaborar en la

conservación y mantenimiento del aseo público del Municipio, sobre todo cuando dichos espacios

públicos colinden con sus propiedades, así como dar cumplimiento a las normas previstas en el

presente reglamento. ARTÍCULO 2.- En todo lo no previsto en el presente Reglamento, se aplicarán

los criterios, principios, y demás disposiciones legales contenidas en la Ley General de Equilibrio

Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los

Residuos, la Ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus Municipios, la Ley de

Procedimientos Administrativos para el Estado de Chiapas, y demás ordenamientos jurídicos

relacionados. ARTÍCULO 3.- Se entiende por Limpia Municipal.-----------------------------------------

I. La preservación permanente de las condiciones higiénico-sanitaria en los lugares públicos,

desde la recolección de residuos sólidos orgánicos e inorgánicos hasta el destino final, para

lograr que la limpieza justifique la urbanidad y cultura de sus habitantes.

II. Son lugares públicos: los espacios de uso común y libre tránsito, incluyendo parques, plazas

y jardines.

Este reglamento tiene por objeto establecer y regular:

I. Las atribuciones y obligaciones de las autoridades y las personas en el manejo de los residuos

sólidos municipales fomentando en todo momento la corresponsabilidad en su generación y

gestión.

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II. Las responsabilidades y principios de cooperación y responsabilidad de los vecinos, las

organizaciones de colonos, las asociaciones de comerciantes, de servicios, de industriales y

representativas de cualquier sector organizado de la población.

III. El tratamiento que se le debe de dar a los residuos sólidos urbanos en el ámbito familiar,

gremial, comercial y de servicios.

IV. La limpieza de calles, aceras, plazas, jardines, parques públicos municipales, mercados y

demás áreas que integran la vía pública.

V. El depósito de residuos sólidos urbanos en contenedores públicos, rellenos sanitarios o de

disposición final, su trasportación a los lugares de transferencia, y;

VI. El procedimiento, industrialización y aprovechamiento de los desperdicios, y funcionamiento

de los centros de acopio para recepción de material reciclable, dentro de la demarcación

territorial del municipio de San Cristóbal de las Casas.

ARTÍCULO 4.- Para los efectos de este Reglamento se entenderá por: ÁGIL DEGRADACIÓN: La

alteración de propiedades físicas, químicas y/o mecánicas que permitan la descomposición,

reducción, o desintegración por cualquier causa, de manera más rápida que de manera

convencional. ALMACENAMIENTO: La acción de retener temporalmente residuos en tanto se

procesen para su aprovechamiento, se entreguen al servicio de recolección, o se disponga de ellos;

AMONESTACIÓN: La reprensión o exhortación para evitar se reitere una conducta o acción que

constituya violación al presente Reglamento; APERCIBIMIENTO: La advertencia que la autoridad

hace de la consecuencia que tendrá el persistir en una conducta determinada; ARRESTO

ADMINISTRATIVO: La medida de apremio consistente en tomar bajo custodia a una persona por

un periodo no mayor de treinta y seis horas, con el fin de que se dé cumplimiento a ciertos actos;

AYUNTAMIENTO: El Órgano del Gobierno Municipal de San Cristóbal de Las Casas, conformado

por un Presidente, y el número de Síndicos y Regidores que la ley determine; COMERCIANTE

MÓVIL: son aquellas personas que realizan la comercialización de bienes de manera móvil, sin ser

fijos o semifijos; CONTENEDORES: Los recipientes metálicos o de cualquier otro material

apropiado según las necesidades, utilizados para el almacenamiento de los residuos sólidos

generados en centros de gran concentración de lugares que presenten difícil acceso, o bien en

aquellas zonas donde se requieran; CONTROL: La inspección, vigilancia y aplicación de las

medidas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en este ordenamiento;

DIRECCIÓN: La Dirección de Limpia Municipal; DISPOSICIÓN FINAL: La acción de depositar

o confinar permanentemente residuos en sitios e instalaciones cuyas características permitan

prevenir su liberación al ambiente y las consecuentes afectaciones a la salud de la población y a los

ecosistemas y sus elementos; EDIFICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES: Todos aquellos edificios

que comprendan dependencias de jurisdicción municipal; GENERACIÓN: La acción de producir

residuos; LEY DE RESIDUOS: A la ley de Residuos Sólidos para el Estado de Chiapas y sus

Municipios; LIMPIA: El proceso que comprende las actividades de limpieza, recolección,

transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos urbanos; MULTA: La sanción

pecuniaria consistente en el pago al municipio de una cantidad de dinero, como consecuencia de una

conducta infractora; MUNICIPIO: El Municipio Libre de San Cristóbal de las Casas, como entidad

de carácter público, dotada de nombre, población, territorio y patrimonio propios, con los límites y

escudo que tiene establecidos a la fecha, autónoma en su régimen interior y respecto de su ámbito

de competencia exclusiva y con libertad para administrar su Hacienda conforme a las leyes vigentes;

PRESIDENTE: El o la Presidente/a Municipal de San Cristóbal de las Casas, Chiapas.

RECICLAJE: El proceso de tratamiento que consiste en la transformación de los residuos con fines

productivos; RECOLECCIÓN: La acción de transferir los residuos al equipo destinado a

conducirlos a las instalaciones de almacenamiento, tratamiento o reúso, o a los sitios para su

disposición final; REDUCIR: Consiste en minimizar la cantidad de residuos sólidos generados para

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disminuir los impactos ambientales y los costos asociados a su manejo, tratamiento y disposición

final; RELLENO SANITARIO: El lugar destinado a la disposición final de desechos o basura, en

el cual se toman múltiples medidas para reducir los problemas generados por otros métodos de

tratamiento; RESIDUO: Cualquier material generado en los procesos de extracción, beneficio,

transformación, producción, consumo, utilización, control o tratamiento cuya calidad no permita

usarlo nuevamente en el proceso que lo generó; RESIDUO INORGÁNICO: Todo aquel residió que

no proviene de la materia viva y que por sus características estructurales se degrada lentamente a

través de procesos físicos, químicos y biológicos; RESIDUO ORGÁNICO: Todo aquel residuo que

proviene de la materia viva y que por sus características estructurales es fácilmente degradable a

través de procesos biológicos; RESIDUOS PELIGROSOS: Son aquellos que posean alguna de las

características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que

contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes,

embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio; RESIDUOS

PELIGROSOS BIOLÓGICO-INFECCIOSO (RPBI): El que contiene bacterias, virus u otros

microorganismos con capacidad de causar infección o que contiene o puede contener toxinas

producidas por microorganismos que causen efectos nocivos a seres vivos y al ambiente, que se

generan en establecimientos de atención médica; RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS (RSU): Los

generados en las casas habitación, que resultan de la eliminación de los materiales que utilizan en

sus actividades domésticas, de los productos que consumen y de sus envases, embalajes o empaques;

los residuos que provienen de cualquier otra actividad dentro de establecimientos o en la vía pública

que genere residuos con características domiciliarias, y los resultantes de la limpieza de las vías y

lugares públicos, siempre que no sean considerados por la LGPGIR como residuos de otra

índole; REUSO: El proceso de utilización de los residuos sin tratamiento previo y que se aplicarán

a un nuevo proceso de transformación o de cualquier otro; REVOCACIÓN: El procedimiento a

través del cual la autoridad administrativa deja sin efectos de manera definitiva una licencia, permiso

o autorización; SEPARACIÓN DE RESIDUOS: El proceso por el cual se hace una selección de los

residuos en función de sus características con la finalidad de utilizarlos para su reciclaje o reúso;

SERVICIO DE LIMPIA: El servicio público de carácter Municipal, establecido en el Artículo 115,

fracción III, inciso c), de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos, y de cuya prestación es

responsable la Dirección de Limpia Municipal; TRATAMIENTO: La acción de transformar los

residuos por medio de la cual se cambian sus características, con la finalidad de evitar daños al

ambiente; UNIDAD ECONÓMICA FIJA: Establecimiento comercial asentado en un lugar de

manera permanente y delimitado por construcciones e instalaciones fijas, y que además se realiza la

producción y/o comercialización de bienes, y; UNIDAD ECONÓMICA SEMIFIJA:

Establecimiento comercial que se encuentra fijo, enclavados en el suelo, y que pertenecen de día y

de noche en el mismo sitio, aunque sus instalaciones sean frágiles o rusticas, y que además se realiza

la producción y/o comercialización de bienes; TÍTULO PRIMERO. DE LA ORGANIZACIÓN

ADMINISTRATIVA. CAPÍTULO I DE LAS AUTORIDADES.-----------------------------------------

ARTÍCULO 5.- Para los efectos del presente Reglamento son autoridades:

I. El Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas;

II. El o la Presidenta Municipal;

III. La Tesorería Municipal;

IV. La Dirección de Policía Municipal;

V. La Dirección de Limpia Municipal; y,

VI. Las demás que por acuerdo del Presidente Municipal se designen.

CAPÍTULO II. DE LA DIRECCIÓN DE LIMPIA MUNICIPAL.-----------------------------------

ARTÍCULO 6.- Son funciones de la Dirección de Limpia Municipal:

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I. La recolección y transporte de basura, desperdicios y residuos sólidos generados en este

Municipio; el constante y permanente barrido de calles, plazas, jardines, camellones y parques

públicos.

II. Mantener limpio el municipio, recolectando la basura destinando los desechos a un relleno

sanitario o sitio de disposición final autorizado por el Ayuntamiento Municipal para tal efecto.

III. El manejo y traslado de los residuos recolectados por la dirección de limpia municipal.

IV. Evitar el arrojo, derrame, depósito, acumulación de materiales o sustancias que sean ajenas

a los lugares públicos y que pudieran causar daños a la salud, entorpezcan la libre utilización

de los mismos o perjudiquen su embellecimiento.

ARTÍCULO 7.- Para la correcta prestación de los servicios que son materia de este Reglamento, el

o la titular de la Dirección de Limpia Municipal, tendrá las siguientes obligaciones:

I. Organizar e implantar los sistemas y procedimientos necesarios para la prestación del servicio

de limpia y recolección de residuos.

II. Atender a los ciudadanos en las oficinas administrativas para tratar cualquier asunto

relacionado con los servicios de Limpia Municipal y dictar las medidas necesarias para su

mejor y pronta solución;

III. Establecer rutas horarios y frecuencias en días de recolección de residuos sólidos orgánicos

e inorgánicos en zonas habitacionales, residenciales, comerciales y de servicios.

IV. Establecer el mecanismo más eficaz y práctico para alertar y prevenir a la población del paso

del camión recolector.

V. Proporcionar a los trabajadores adscritos a la Dirección de Limpia Municipal, los uniformes,

gafetes, y equipos de protección para realizar sus labores en condiciones de seguridad, para

el correcto desempeño de sus funciones y actividades.

VI. Determinar el tratamiento adecuado para los residuos sólidos, respetando las leyes Federales

y Estatales, así como las Normas Oficiales Mexicanas.

VII. Organizar campañas de limpieza, en coordinación con las dependencias oficiales, clubes de

servicio, cámaras, sindicatos, representantes de Colonias o Jefes de Manzanas, instituciones

educativas, comercios, industrias y demás personas físicas y morales interesadas.

VIII. Verificar y sancionar las infracciones al presente reglamento conforme a lo estipulado en el

mismo, ya sea que las detecte la Dirección de Limpia o que sean reportadas por los

particulares, y rendir informe de dichas infracciones a las autoridades superiores;

IX. Atender las solicitudes y quejas que se presenten en relación al servicio de limpia y recolección

de residuos.

X. Orientar a la comunidad sobre el mejor y más conveniente manejo de los residuos.

ARTÍCULO 8. La utilización de los rellenos sanitarios es competencia exclusiva del Ayuntamiento

a través de su Dirección de Limpia Municipal, para lo cual deberá cumplir con lo dispuesto en la

Ley de Residuos, las Normas Oficiales Mexicanas, lineamentos dictados por las autoridades

Federales y Estatales, y demás disposiciones jurídicas aplicables.

TÍTULO II. DE LA ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO. CAPÍTULO I. DE LA PRESTACIÓN

DE SERVICIO.---------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 9.- El servicio de Limpia Municipal de San Cristóbal de las Casas, comprende:

I. El barrido de áreas comunes y la vía pública, que se integra por el Centro Histórico, las

avenidas, calzadas y calles que tengan camellones, cuyo barrido no corresponda a los vecinos,

de acuerdo a la capacidad operativa y presupuestal del Ayuntamiento.

II. La recolección de residuos sólidos urbanos separados provenientes de espacios públicos,

casas habitación y centros comerciales.

III. El diseño, instrumentación y operación de sistemas de almacenamiento, transporte, reciclaje,

tratamiento y disposición final de dichos residuos.

ARTÍCULO 10.- El Ayuntamiento a través de la Dirección de Limpia Municipal, y las áreas

correspondientes, deberán instalar contenedores o el equipamiento necesario para el correcto

depósito separado y selectivo de los residuos sólidos, en la vía pública, áreas públicas, áreas

comunes y espacios públicos, así como en lugares donde técnicamente se determine viable o

necesaria su instalación, en cantidad suficiente y debidamente distribuidos, garantizando

periódicamente su buen estado y funcionamiento.

CAPÍTULO II. DEL BARRIDO MANUAL.----------------------------------------------------------------

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ARTÍCULO 11.- El barrido manual en el centro histórico, principales vías públicas y áreas comunes

del Municipio se hará diariamente conforme a los horarios que previamente señalen la Dirección de

limpia municipal, atendiendo a su capacidad operativa y posibilidades económicas y materiales.

ARTÍCULO 12.- Para el barrido de los lugares públicos se atenderán los siguientes aspectos:

I. Las propuestas y acuerdos con el Ayuntamiento y la Dirección de Limpia Municipal, los

programas mediatos, necesidad de materiales y personal para el desempeño del servicio.

II. El establecimiento de rutas, calendarios y horarios de recolección de residuos sólidos en las

zonas habitacionales, residenciales, establecimientos comerciales, mercados, centro histórico,

zona turística, edificios públicos y demás lugares que requieran el servicio.

III. El implemento de procedimientos para notificar los programas de recolección a los usuarios

de servicio, publicando esta información en los medios de comunicación local y se hará del

conocimiento de los Jefes de Manzana para que lo den a conocer a sus vecinos.

ARTÍCULO 13.- El Ayuntamiento podrá concesionar a particulares el Servicio de Limpia Municipal

(recolección, transporte, centros de acopio, servicios sanitarios públicos, disposición final de los

residuos no peligrosos, rellenos sanitarios y servicios especiales). Esta concesión deberá ser

supervisada por el Ayuntamiento, la Dirección de Limpia Municipal, y por las áreas estratégicas que

correspondan para su buen funcionamiento, y no podrá exceder el periodo de la administración en

turno. El otorgamiento de la concesión del servicio de limpia será de conformidad con lo establecido

en las disposiciones jurídicas aplicables. El operador o concesionario de la prestación del servicio

de limpia, tiene la responsabilidad de cumplir con lo dispuesto por la Ley de Residuos, su

Reglamento, y las demás disposiciones jurídicas aplicables. ARTÍCULO 14.- El Ayuntamiento podrá

celebrar acuerdos o convenios necesarios para procesar y/o depositar los residuos sólidos, con el

fin de mejorar el método actual de recolección. ARTÍCULO 15.- El Ayuntamiento establecerá el

procedimiento, para los asuntos que imparten reclamación o afectación de los derechos y

obligaciones que genere la concesión o el servicio público, en materia del presente reglamento.

ARTÍCULO 16.- La revocación de las concesiones de los Servicios Públicos de Limpia procederá:

I. Cuando se conste que el servicio se presta de forma distinta a lo estipulado en el Contrato de

Concesión;

II. Cuando no se cumplan con las obligaciones que se deriven de la concesión;

III. Cuando no se preste el servicio concesionado con generalidad, continuidad, regularidad y

uniformidad, a menos que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor;

IV. Cuando se considere que el concesionado no conserva los bienes o instalaciones en buen

estado o cuando estos sufran deterioro por su negligencia, en perjuicio de la prestación normal

del servicio;

V. Cuando no se acaten los artículos fijados en este Reglamento.

CAPÍTULO III, DE LA RECOLECCIÓN Y TRANSPORTACIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS

URBANOS DE LAS CASAS HABITACIÓN, EDIFICIOS, MERCADOS, PARQUES Y VÍAS

PÚBLICAS.--------------------------------------------------------------------------------------------------------

ARTÍCULO 17.- La recolección y transportación de Residuos Sólidos Urbanos provenientes de las

casas habitación, edificios, mercados, parques y vías públicas municipales se hará con la frecuencia

que en cada caso se requiera, siendo un mínimo de dos veces por semana, atendiendo la capacidad

operativa del Ayuntamiento y en vehículos acondicionados o especiales para esta finalidad.

ARTÍCULO 18.- La recolección domiciliaria separada de los Residuos Sólidos Urbanos que en

forma normal se generen en casa- habitación, se realizara por las unidades de limpia del

Ayuntamiento, siempre que se encuentren en zonas residenciales, fraccionamientos, barrios y

colonias previamente municipalizados. Los usuarios de este servicio están obligados a separar los

desechos sólidos en orgánicos e inorgánicos. En el caso de sitios que no estén municipalizados, los

vecinos deberán contratar los servicios de un particular concesionado, y la recolección se hará en

los sitios y horarios designados por la Dirección de Limpia Municipal, pero en todo caso están

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obligados a realizar en forma correcta la disposición final de los residuos generados. ARTÍCULO

19.- Los habitantes del Municipio están obligados a realizar la correcta disposición separada de sus

Residuos Sólidos Urbanos, entregándolo al camión recolector en los lugares y sitios designados y en

los horarios previamente determinados. Así mismo están obligados a respetar el toque de campana,

para poder extraer sus Residuos Sólidos Urbanos. La violación a esta disposición se sancionará

conforme a lo establecido por este Reglamento. ARTÍCULO 20.- Los residuos sólidos urbanos serán

recibidos por las unidades recolectoras del Ayuntamiento siempre y cuando se dispongan en

recipientes de material resistente, impermeable, ligero, de fácil manejo, y fácil degradación, estos

deberán estar perfectamente cerrados y no exceder de veinticinco kilogramos de peso. ARTÍCULO

21.- La recolección de Residuos Sólidos Urbanos, se hará en el horario y frecuencia previamente

establecidos para cada una de las rutas que se harán de conocimiento público a través de los medios

de comunicación de mayor difusión en la ciudad, de participación ciudadana, asociación de vecinos

u organismos ciudadanos existentes, o por el medio que se considere más eficaz. ARTÍCULO 22.-

Se prohíbe a las personas sacar a la calle sus residuos sólidos urbanos cuando la unidad recolectora

no pase por la ruta o calle asignada, informando tal circunstancia a la Dirección de Limpia

Municipal para que se tomen las medidas procedentes del caso y se corrija cualquier irregularidad.

ARTÍCULO 23.- Los empleados del servicio de limpia estarán provistos de logo distintivo y gafete

que contenga su categoría, nombre, firma o huella digital, una fotografía adherida, sellada por la

Dirección de Limpia Municipal, y usarán uniforme, casco protector, guantes, mascarilla, y el equipo

necesario para el desempeño de sus labores. Las unidades recolectoras serán pintadas de color

distintivo y contarán con número económico visible. Se anunciará el paso o llegada de cada vehículo

de forma práctica y directa mediante el toque de campana o medio de prevención más eficaz para

tal efecto, para que los usuarios se enteren oportunamente de su presencia. Queda estrictamente

prohibido usar los vehículos destinados al transporte de residuos para otras actividades. La

violación a esta disposición dará lugar a la aplicación de las medidas disciplinarias que

correspondan. ARTÍCULO 24.- Son propiedad del Municipio los residuos sólidos urbanos

recolectados por el personal de limpia municipal, y por los particulares concesionados para la

recolección de los mismos. El municipio podrá aprovecharlos comercial o industrialmente, en forma

directa o indirecta. ARTÍCULO 25.- Los residuos sólidos peligrosos (RSP) y los residuos peligrosos

biológico infecciosos (RPBI), de generadores, clínicas y hospitales serán responsabilidad de estos

mismos el tratamiento adecuado, trasportación y destino final, conforme a los programas que

establezca la Secretaría de Salud Federal, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

por lo dispuesto en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de Residuos. CAPÍTULO

IV. DE LAS OBLIGACIONES GENERALES. ARTÍCULO 26.- Todas las personas que habiten

dentro del municipio de San Cristóbal de Las Casas están obligadas a colaborar para conservar

aseadas las calles, banquetas, plazas, sitios y edificios públicos, así como las fuentes, parques y

jardines municipales. Ninguna persona podrá ocupar la vía pública para el depósito de materiales,

desperdicios o cualquier residuo, que estorbe el tránsito de vehículos o peatones. ARTÍCULO 27.-

Es obligación de los habitantes de municipio colaborar con las siguientes determinaciones:

I. Asear diariamente la banqueta que se encuentra al frente de su casa habitación, local

comercial o industrial, y el arroyo hasta el centro de la calle que ocupe, eliminando de ellas

cualquier tipo de objeto o desecho que impida la circulación de personas o vehículos, así como

el estacionamiento de estos últimos.

II. En el caso de departamentos o viviendas multifamiliares, el aseo de la calle lo realizará la

persona designada por los habitantes; cuando no lo haya, será esta una obligación conjunta.

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ARTÍCULO 28.- Los locatarios de los mercados, los comerciantes fijos, semifijos y móviles, tienen

las siguientes obligaciones:

I. Los locatarios y arrendatarios en los mercados deben conservar la limpieza de sus locales, así

como el de los pasillos ubicados frente a los mismos, depositando sus residuos exclusivamente

en los depósitos comunes que cuenta cada mercado.

II. Los comerciantes fijos, semifijos y móviles están obligados a tener los recipientes de basura

necesarios para evitar que esta se arroje a la vía pública.

III. Los repartidores de propaganda comercial impresa están obligados a distribuir sus volantes

únicamente en domicilios, locales comerciales o escuelas de la ciudad, quedando prohibida su

distribución a personas que se encuentren transitando sitios públicos o a los automovilistas.

ARTÍCULO 29.- Los propietarios o encargados de expendios, bodegas, despachos o negocios de

toda clase de artículos o productos cuya carga y descarga ensucie la vía pública, quedan obligados

al aseo inmediato del lugar, una vez terminada sus maniobras. ARTÍCULO 30.- Las cadenas y/o

centros comerciales tiene la obligación de mantener la limpieza física y sanidad del lugar en que

están establecidos, de la misa forma con los estacionamientos vehiculares con los que cuenten,

asimismo deberán instalar contenedores en número y capacidad suficiente, a la vista, para la

captación de residuos sólidos que su actividad comercial genere.ARTÍCULO 31.- Los propietarios

o encargados de los giros comerciales, industriales o de prestación de servicios que se encuentren

dentro del Centro Histórico, tienen la obligación de mantener la limpieza física y sanidad de sus

comercios diariamente hasta el término de sus actividades, así mismo colaborarán para el aseo y

limpieza de los andadores, calles, y banquetas de los que son colindantes, en caso de hacer uso del

agua, estarán obligados a hacer uso racional de la misma. Asimismo, están obligados a contar con

recipientes de basura, en número y capacidad suficientes, a la vista y disposición de los clientes.

ARTÍCULO 32.- Además de las prevenciones contenidas en los artículos anteriores, queda

absolutamente prohibido:

I. Arrojar en la vía pública, parques, jardines, camellones o en lotes baldíos basura de cualquier

clase y origen.

II. Encender fogatas, quemar llantas o cualquier tipo de residuo que afecte la salud de los

habitantes y el ambiente.

III. Sacudir ropa, alfombras y otros objetos hacia la vía pública, tirar residuos sobre la misma o

en predios baldíos o bardeados de la ciudad y

IV. En general, cualquier acto que traiga como consecuencia el desaseo de la vía pública, así

como ensuciar las fuentes públicas o arrojar residuos en el sistema de drenaje o alcantarillado,

cuando con ello se deteriore su funcionamiento.

ARTÍCULO 33.- Es obligación de los conductores y ocupantes de vehículos no arrojar residuos a la

vía pública. CAPÍTULO V. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS HABITANTES Y VECINOS DE

CASA HABITACIÓN Y FRACCIONAMIENTOS PRIVADOS. ARTÍCULO 34.- Es obligación de

todos los habitantes del municipio, colaborar en la Limpia Publica, por tanto, deberán:

I. Sacar los residuos sólidos en recipientes adecuados como bolsas de fácil degradación, botes

de plástico reutilizables, metal, etc.; respetando el toque de la campana, siempre al frente de

su casa o lugar previamente designado donde se estacione el camión recolector, y según el

turno establecido.

II. En los lugares donde el acceso del camión recolector no permite su paso (callejones y

privadas) deberán depositarla en los lugares previamente señalados por el Ayuntamiento.

III. Depositar en recipientes por separado residuos orgánicos e inorgánicos.

IV. Evitar que los animales de su propiedad y de ser posible los de terceros, ensucien y/o dispersen

la basura en la vía publica viciando el medio ambiente.

V. Los animales muertos, restos de animales, y/o sustancias fétidas, solo podrán depositarse

previa solicitud y autorización, en recipientes cerrados, y en los lugares autorizados por el

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Ayuntamiento, además que deberán contar con el dictamen de la Dirección de Ecología y

Medio Ambiente, y la Dirección de Salud Municipal.

VI. Abstenerse a realizar sus necesidades fisiológicas de micción o defecación en vía pública.

VII. Evitar que se escape agua hacia las aceras o vías públicas del lugar que habiten o tengan su

despacho, negocio o establecimiento comerciales.

VIII. Participar en forma activa en la concientización de la ciudadanía de manera que todos los

habitantes entreguen la basura según el programa implementado para tal efecto.

IX. Detectar los infractores y hacerlo saber a la Autoridad correspondiente.

ARTÍCULO 35.- Son obligaciones de los propietarios o poseedores de los predios baldíos, las

siguientes:

I. Los predios deberán mantenerse cerrados o bardeados para evitar que las personas depositen

residuos sólidos.

II. Todo lote baldío deberá ser limpiado por su propietario por lo menos dos veces al año con la

finalidad de evitar el crecimiento de la maleza, así como fauna nociva para la salud.

Cuando los propietarios no cumplan con las disposiciones previstas en el presente artículo, se

sancionarán con forme a lo establecido en el presente reglamento.

ARTÍCULO 35 BIS. - En caso de que los propietarios se negasen a conservar limpios sus predios

de residuos sólidos urbanos, se harán acreedores a indistintamente a las medidas siguientes:

I. Amonestación

II. Sanción administrativa consistente en multa de 20 a 50 veces el valor diario de la Unidad de

Medida y Actualización al momento de imponer la sanción;

III. De hacer caso omiso, se hará acreedor a una multa que equivaldrá al triple de lo estipulado

en el punto anterior.

ARTÍCULO 36.- Es obligación de los comerciantes fijos, semifijos, y móviles:

I. Mantener limpio permanentemente su lugar de trabajo.

II. Levantar la basura arrojada a la vía pública cercana a su lugar, como consecuencia de su

actividad comercial.

III. Evitar que la basura producto de su actividad se esparza en la vía pública, debiendo contenerla

en recipientes adecuados.

ARTÍCULO 36 BIS. - El Municipio tiene facultades para cancelar y revocar los permisos o licencias

de comerciantes que no cumplan con las obligaciones establecidas en el artículo que antecede de

este Reglamento. ARTÍCULO 37.- Los propietarios o encargados de los servicios de lavado de

vehículos además de cumplir con las disposiciones establecidas en la Ley de Residuos, deberán

ejecutar sus labores en el interior de los establecimientos absteniéndose de arrojar residuos en la

vía pública. Los propietarios de lavado y lubricación, expendios de gasolina, lubricantes, garajes y

talleres de reparación de vehículos, deberán construir cajas separadoras a fin de evitar la

contaminación de aceites, grasas y lubricantes. CAPÍTULO VI. DE LAS INFRACCIONES Y

SANCIONES. ARTÍCULO 38.- Son infracciones a este Reglamento:

I. Sacar la basura de los edificios, casas o locales comerciales:

a) Antes del horario señalado para el paso del camión recolector.

b) Después de que haya pasado el camión recolector.

c) Usar recipientes inadecuados, que provoquen la dispersión de los residuos.

II. Arrojar o abandonar basura, animales y/o sus restos, materiales o desechos de cualquier

índole, en lugares públicos (aceras, lotes baldíos, predios ajenos, lagos, lagunas, ríos, arroyos

y sus afluentes) o fuera de los depósitos especiales.

III. Quemar basura, hule, plástico, árboles, parcial o totalmente, dentro y fuera de los predios

urbanos y rústicos.

IV. Depositar materiales o desechos de construcción frente a las casas, edificios, predios baldíos

y locales comerciales, el propietario o encargado de la obra tendrá la obligación de levantar

dichos materiales y evitar la obstrucción de los drenajes de acuerdo a los términos del

reglamento de construcción.

V. No barrer, ni recoger la basura del frente de cada predio, casa, edificio, escuelas en todas sus

modalidades, y locales comerciales.

VI. Aquellos propietarios de lotes baldíos desocupados, tienen la obligación de mantenerlos

debidamente limpios y bardeados, protegidos contra el arrojo de residuos y basura que la

conviertan en focos de contaminación.

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VII. Fijar propaganda en los inmuebles municipales o particulares sin autorización para ello y

no retirarla oportunamente.

VIII. Maltratar o destruir los depósitos destinados al acopio de residuos instalados en la vía

pública, además de aplicar la sanción correspondiente, se consignará a los responsables al

Ministerio Público.

IX. Extraer o tirar de los depósitos colectores, instalados en la vía pública, los residuos que éstos

contengan.

X. Realizar el barrido del frente de cada predio haciendo uso indebido del agua.

ARTÍCULO 39.- El Honorable Ayuntamiento de San Cristóbal de las Casas, a través de la Dirección

de Limpia Municipal en coadyuvancia con la Dirección de Policía Municipal, la Tesorería

Municipal, y demás autoridades competentes; en los términos de este capítulo, podrán sancionar a

quienes resulten responsables de las infracciones al presente reglamento, aplicara la sanción

correspondiente, debiendo tomar en cuenta las condiciones personales del infractor, modalidades,

gravedad de la infracción y demás circunstancias en que esta se haya cometido, si el infractor fuese

jornalero, obrero o trabajador, no podrá ser sancionado por multa mayor al importe de su salario

de un día; tratándose de trabajadores asalariados, la multa no excederá del equivalente a un día de

su ingreso. Es obligación de los Consejos de Participación y Colaboración Vecinal, Agentes

Auxiliares Rurales, Supervisores del Ayuntamiento, así como los vecinos, comunicar a la Dirección

del Limpia Municipal cualquier infracción a este Reglamento, para que se tomen las medidas

correctivas procedentes, así como las infracciones a que haya lugar por lo señalado en el artículo

anterior. ARTÍCULO 40.- Las sanciones que se aplicarán por las infracciones a este reglamento

serán indistintamente:

I. Amonestación con apercibimiento;

II. Multa de 1 a 12 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA);

III. Arresto administrativo hasta por 36 horas; permutable por multa, a opción del infractor;

IV. Suspensión o cancelación de autorización o licencia;

V. En caso de reincidencia por infracciones cometidas en contravención a lo dispuesto por este

Reglamento, al responsable directo o solidario se le sancionara con el doble de la multa que

se le hubiere impuesto.

CAPÍTULO VII. RECURSO DE REVISIÓN. ARTÍCULO 41.- Los actos o resoluciones definitivas

dictadas con motivo de la aplicación de este reglamento, y disposiciones que de este emanen podrán

ser impugnados por los afectados mediante el recurso de revisión, dentro de los quince días hábiles

siguientes a la fecha de la notificación de los mismos. ARTÍCULO 42.- El recurso de revisión se

interpondrá directamente ante la autoridad que emitió la resolución impugnada, la que, en su caso,

acordará su admisión y el otorgamiento o negación del acto recurrido. CAPÍTULO VIII.

DENUNCIA POPULAR. ARTÍCULO 43.- Todo ciudadano podrá denunciar de manera escrita u

oral, ante la autoridad señalada en el artículo 5 del presente ordenamiento, o la autoridad

competente en la materia, todo hecho, acto u omisión que atente contra el presente reglamento o

genere daños derivados del manejo inadecuado de los Residuos, debiendo acompañar la denuncia

de las pruebas necesarias para fundamentar su dicho. La denuncia podrá ejercitarse por cualquier

persona, bastando que se presente por escrito y contenga:

I. El nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su

representante legal;

II. Los actos, hechos u omisiones denunciados;

III. Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.

Asimismo, podrá formularse la denuncia oralmente, en cuyo supuesto el servidor público que la

reciba, levantará acta circunstanciada, y el denunciante deberá ratificarla por escrito, cumpliendo

con los requisitos establecidos en el presente artículo, en un término de tres días hábiles siguientes

a la formulación de la denuncia. TRANSITORIOS. PRIMERO. - Una vez aprobado el presente

Reglamento por el Cabildo Municipal, publíquese en los estrados de la Presidencia Municipal, en la

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Gaceta Municipal y en el Periódico Oficial del Estado conforme lo establece el artículo 95 de la Ley

de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de

Chiapas. SEGUNDO. - El presente reglamento entrara en vigor el día siguiente de su publicación,

en los estrados de la Presidencia Municipal, el Periódico Oficial del Estado y en la Gaceta

Municipal. TERCERO. - Se abroga toda disposición anterior y todas aquellas que contravengan el

presente reglamento en materia de Limpia Municipal. CUARTO. - Se instruye a la Comisión Edilicia

de Hacienda Pública para que, en un plazo no mayor a 15 días hábiles, contemple las modificaciones

y elabore iniciativa para elevar al Congreso del Estado de Chiapas, las reformas necesarias a la Ley

de ingresos del Municipio de San Cristóbal de Las Casas para el Ejercicio Fiscal siguiente a su

publicación, para la correcta aplicación del presente Reglamento. ----------------------------------------

En uso de la palabra el Regidor Emiliano Villatoro Alcázar, mencionó: “Al respecto señalo es

importante precisar que con el Reglamento de Limpia y Recolección de Residuos para el Municipio

de San Cristóbal de Las Casas se coloca en un plano trascendental la recolección de residuos sólidos

asumiéndola como una actividad de suma importancia no solo para mantener limpia la ciudad sino

para mitigar los efectos que la contaminación ha tenido en el medio ambiente, ¿cómo se hace esto?

Con el correcto manejo de los desechos, su clasificación es vital para poder realizar un manejo

apropiado; hago un llamado a la participación y el involucramiento de los hogares, empresas y

comercios de nuestra ciudad para que juntos asumamos hábitos que beneficien a San Cristóbal de

Las Casas; solo trabajando con verdadero compromiso podremos ejecutar a cabalidad este

reglamento que contempla infracciones, medidas y sanciones para quienes no cumpla con las

obligaciones a los que debemos comprometernos; es cierto, que el Municipio tiene deberes y que

debe cumplirse, pero la conservación de nuestro medio ambiente es una responsabilidad que tiene

que asumirse en conjunto ciudadanía y gobierno.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Síndico Municipal dijo: “Muchas gracias, bueno en relación al Reglamento

sobre Limpia Municipal me gustaría señalar que en la misma línea que señalamos con relación al

Reglamento sobre prohibición de plásticos de un solo uso, también el Reglamento de Limpia impone

obligaciones para las instancias del Ayuntamiento pero también para los particulares, en ese sentido,

quiero hacer notar a la ciudadanía que a partir de que este Reglamento entre en vigor estará

prohibido sacar la basura antes del toque de campana y que los residuos deben ser entregados al

camión recolector; quiero señalar que el Ayuntamiento cumple con su obligación en relación a los

residuos sólidos, recolectando los residuos pero los particulares deben hacerse responsables de sus

residuos, de su basura cuando están en su domicilio, hasta el momento que lo entregan a las unidades

recolectoras; en ese sentido, cuando la basura se deposita en la calle es única y exclusivamente bajo

la responsabilidad de los particulares y a partir de que este Reglamento entre en vigor eso va a ser

sancionado; también quiero señalar que dado que también va a ser obligatorio la separación de los

residuos en orgánicos e inorgánicos quisiera solicitarse muy respetuosamente a la Dirección de

Limpia Municipal para que tome todas las medidas que sean necesarias para que este proceso pueda

llevarse a cabo, es decir, para que la ciudadanía note la importancia de la separación de los residuos,

es decir, que cuando se entreguen los residuos a los camiones recolectores pues la ciudadanía vea

que efectivamente van a conducirse de manera separada; quiero señalar también que de igual forma

a la Dirección de Servicios Públicos que haga llegar una vez que este Reglamento se encuentre en

vigor esta información a los centros comerciales que se encuentran en nuestro Municipio a efecto de

que comiencen a cumplir con las disposiciones que les corresponda en particular la ubicación de los

centros de disposición o recipientes para residuos sólidos con que deben contar ellos y del mismo

modo le pediría una vez que esto se apruebe a nuestra Secretaria Municipal que se agilice el

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procedimiento a efectos de que sea publicado oportunamente en el Periódico Oficial del Estado así

como en la Gaceta Municipal puesto que el Reglamento entrará en vigor un día después de ser

publicados.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria del Ayuntamiento informó a los integrantes del Cabildo que cuando

se somete a aprobación iniciativas de Reglamentos Municipales esta deberá ser en términos de lo que

establece los artículos 137 y 181 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas; la votación será de manera nominal, por lo que solicitó a los munícipes que enuncien

su nombre y el sentido de la votación tanto en lo general como en lo particular, obteniendo lo

siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Munícipe En lo General En lo Particular

Lic. Karla Lugo Sarmiento

Regidora Plurinominal por el Partido Podemos Mover a Chiapas.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Juan David Hernández Girón.

Sexto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Dra. Silvia Shalom Álvarez Torres Valle Primera Regidora Propietaria por el Partido Encuentro

Social.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Miguel Ángel de los Santos Cruz Síndico Municipal.

A FAVOR A FAVOR

Mtra. Jerónima Toledo Villalobos

Presidenta Municipal Constitucional.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Guillermo Alonso Gómez Loarca Segundo Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Sonia Aydee Ramos Paniagua

Tercera Regidora Propietaria por el Partido del Trabajo

A FAVOR A FAVOR

Lic. Emiliano Villatoro Alcázar Cuarto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Claudia Patricia Sancho Aguilar

Quinta Regidora Propietaria por MORENA

A FAVOR A FAVOR

C.P Rosalinda Santiago Sánchez Regidora Plurinominal por el Partido Revolucionario

Institucional (PRI)

A FAVOR A FAVOR.

Acto continuo la Secretaria del Ayuntamiento realizó el cómputo correspondiente de los votos

emitidos; se tiene 10 votos a favor en lo particular y en lo general de la iniciativa del Reglamento de

Limpia y Recolección de Residuos Sólidos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas,

por lo que, se aprueba por Unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Continuando con el uso de la palabra la Secretaria Municipal, dio lectura al dictamen que emite la

Comisión de Gobernación, relativo a la aprobación en lo general y particular del dictamen de

comisiones unidas de Desarrollo Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías, y

Cultura y Recreación, relativo al proyecto para reformar disposiciones al Reglamento de la

Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, mismo que a la letra dice:

“AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS.-

A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019 DOS MIL DIECINUEVE.-

COMISIÓN DE GOBERNACIÓN. Reunidos los integrantes de la Comisión de Gobernación del

Honorable Ayuntamiento Constitucional de esta Ciudad, con la finalidad de emitir el presente

dictamen para aprobar en lo GENERAL y PARTICULAR EL DICTAMEN DE COMISIONES

UNIDAS DE DESARROLLO SOCIOECONÓMICO, INDUSTRIA, COMERCIO, TURISMO Y

ARTESANÍAS Y CULTURA Y RECREACIÓN, RELATIVO AL PROYECTO PARA

REFORMAR DISPOSICIONES AL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

MUNICIPAL DE SAN CRISTÓBAL DE LAS CASAS, CHIAPAS, bajo los siguientes:

A N T E C E D E N T E S: I.- Mediante escrito fechado el 14 del presente mes, los Presidentes de

las Comisiones antes citadas, hicieron llegar a la Secretaría Municipal el dictamen de Comisiones

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Unidas de Desarrollo Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías y Cultura y

Recreación, a través del cual presentan proyecto para reformar disposiciones al Reglamento de la

Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, para la validación de la

Comisión de Gobernación. En atención al antecedente presentado, se tienen los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S. I.- Que son los integrantes de la Comisión de Gobernación, competentes

para resolver el presente dictamen, con fundamento en los artículos 60 fracción V y 62 fracción I de

la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado

de Chiapas y 57 fracciones V, VII y X, 76 fracción I, 78 y 82 del Reglamento Interior del Ayuntamiento

de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. II.- Que los Ayuntamientos tienen atribuciones para

aprobar, de conformidad con las leyes en materia municipal, los bandos de policía, lo reglamentos,

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas

jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias,

procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación

ciudadana y vecinal, en los términos de los artículos 115, fracción II, párrafo segundo de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 70, fracción I de la Constitución Política

del Estado de Chiapas; así también el municipio como persona jurídica de derecho público, debe

regular, entre otras cosas, su organización administrativa. III.- Que el artículo 45, fracción II de la

Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración municipal del Estado de

Chiapas, prevé las atribuciones de los Ayuntamientos para formular, aprobar y aplicar los

reglamentos administrativos, gubernativos e internos que sean necesarios. IV.- Que la normatividad

municipal interior nos faculta a la derogación, abrogación, reforma, adición o modificación de los

reglamentos municipales. Por lo antes expuesto, y con fundamento en los artículos 60 fracción V y

62 fracción I de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno y Administración

Municipal del Estado de Chiapas y 57 fracciones V, VIII y X, 76 fracción I, 82 y 84 del Reglamento

Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, los integrantes de la Comisión

de Gobernación, han estudiado, analizado y acordado lo siguiente: D I C T A M I N A N:

PRIMERO.- Aprobar en lo general y particular el dictamen emitido por las Comisiones Unidas de

Desarrollo Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías y Cultura y Recreación, a

través del cual presentan proyecto para reformar disposiciones al Reglamento de la Administración

Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, en lo relativo a las modificaciones de la

denominación y atribuciones de las actuales Coordinación de Fomento Económico y Turismo

Municipal y Dirección de Ciudad Creativa, para fungir como Dirección de Turismo Municipal y

Dirección de Economía y Ciudad Creativa, respectivamente, que corresponde a lo siguiente.

Adicionar los incisos E) y F) de la fracción IV del artículo 13 y el artículo 22 BIS del Reglamento de

la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. Derogar el inciso B)

de la Fracción V del artículo 13 de dicho ordenamiento; y modificar y reformar el artículo 22 del

citado reglamento. SEGUNDO.- Se considera viable autorizar e instruir a la Secretaría Municipal

realice los trámites necesarios para la validación, publicación y difusión necesaria ante las

dependencias correspondientes conforme a la normatividad aplicable. TERCERO.- Sométase el

presente dictamen para su aprobación a los integrantes del Honorable Ayuntamiento Constitucional

en la Sesión de Cabildo respectiva, en los términos del Artículo 44 de la Ley de Desarrollo

Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas. En base

a lo anterior, se solicita a la Secretaría del Ayuntamiento expida copia certificada del presente

acuerdo para los efectos que correspondan. Así lo acordaron y firmaron los integrantes de la

Comisión de Gobernación.” --------------------------------------------------------------------------------------

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“COMISIONES UNIDAS DE DESARROLLO SOCIOECONÓMICO, INDUSTRIA, COMERCIO,

TURISMO Y ARTESANIAS, Y CULTURA Y RECREACIÓN. DICTAMEN.- Honorable Ayuntamiento

Constitucional 2018-2021 de San Cristóbal de Las casas, Chiapas.- Comisiones Unidas de

Desarrollo Socioeconómico, Industria, Comercio, Turismo y Artesanías, y Cultura y Recreación.- En

la Ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, a los 10 diez días del mes de octubre del año

2019 dos mil diecinueve. Siendo que el Estado mexicano está constituido por Estados libres y

soberanos en cuanto a su régimen interior, pero unidos mediante un pacto federal; los cuales, a su

vez, tienen como base de su división territorial y de organización política y administrativa al

Municipio libre, según lo dispone el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos. Que el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos, instituye que los municipios están investidos de personalidad jurídica con la facultad

para aprobar los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones

administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la

administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios

públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal. San Cristóbal de Las

Casas, es un municipio que dispone de una vasta riqueza histórica y cultural, además de contar con

una ubicación estratégica privilegiada, lo cual permite su desarrollo social y económico a través del

ejercicio en los sectores secundario y terciario esencialmente; sin embargo, como parte de la

encomienda social, se encuentra el garantizar acciones que beneficien a la sociedad en general, por

lo que es prioridad hacer saber que administrativamente se coadyuva entre comisiones para el

desarrollo de una plataforma socioeconómica capaz de garantizar una mejor calidad de vida para

los habitantes. En consecuencia, resulta menester e indispensable mejorar las condiciones actuales

que propicien el crecimiento económico, generación de empleos, los índices de productividad, así

como el aprovechamiento sustentable y responsable de los recursos con que dispone el territorio

municipal, así como optimizar las condiciones de la población que vive en condiciones de

vulnerabilidad, pobreza y marginación entre otros factores que merman su progreso.

A N T E C E D E N T E S: I.- Mediante Sesión Extraordinaria Pública de Cabildo, celebrada el

día 01 de octubre de dos mil dieciocho, plasmada en el Acta número 01 del Libro correspondiente,

se declaró la instalación formal del Honorable Ayuntamiento Constitucional 2018-2021, asumiendo

la titularidad de la Presidencia Municipal la Maestra Jerónima Toledo Villalobos y los regidores

que por el principio de mayoría relativa y representación proporcional hayan contado con el

nombramiento expedido por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de

Chiapas. II.- Mediante Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, celebrada el día 08 ocho de octubre de

dos mil dieciocho, plasmada en el Acta número 02 del Libro correspondiente, se integraron las

comisiones conformadas por los miembros del Ayuntamiento, entre ellas, las de Desarrollo

Socioeconómico; Industrial, Comercio, Turismo y Artesanías; y Cultura y Recreación, otorgándoles

las atribuciones conferidas por el artículo 66 de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de

Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas y las otorgadas por el Reglamento

Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. III.- Que desde el 01 primero de

enero de mil novecientos noventa y dos se constituyó, por acuerdo de cabildo de la misma fecha y en

el organigrama administrativo, la Coordinación Municipal de Fomento Económico y Turismo a la

que se dotó, dentro del reglamento de la Administración Pública Municipal, de diversas atribuciones

para participar en los procesos de promoción, coordinación, fomento y auxilio turísticos; tanto al

interior de los sectores sociales y privado de dicha actividad como en favor de cualquier visitante

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32

nacional o extranjero que llegue al municipio. IV.- Que con fecha 08 ocho de octubre de dos mil

dieciocho, la Presidenta Municipal Constitucional, Jerónima Toledo Villalobos, otorgó el

nombramiento a favor de la Ciudadana Licenciada Gabriela Gudiño Gual, como Directora de

Turismo Municipal, para cumplir con las responsabilidades inherentes al cargo, desempeñándose

actualmente en tales condiciones. V.- Que con fecha 05 cinco de noviembre de dos mil dieciocho, la

Presidenta Municipal Constitucional, Jerónima Toledo Villalobos, otorgó nombramiento a favor de

la Ciudadana Arquitecta Alethia Díaz Vázquez, como Directora de Ciudad Creativa para cumplir

con las responsabilidades inherentes al cargo, desempeñándose actualmente en tales condiciones.

VI.- Que en el año dos mil cuatro, se creó la Red de Ciudades Creativas de la Organización de las

Naciones unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), como un mecanismo de

cooperación hacia y entre las ciudades que identifiquen la creatividad como factor estratégico de

desarrollo urbano a fin de posicionar la creatividad y las industrias culturales comprendidas en su

plan de desarrollo local y cooperar activamente a nivel internacional en la materia; en el marco de

los siete campos creativos, artesanías y artes populares, artes digitales, cine, diseño, gastronomía,

literatura y música. VII.- Con fecha 11 once de diciembre de dos mil quince, la Organización de las

Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), designó a nuestra Ciudad

de San Cristóbal de las Casas, Chiapas; como una de las 47 ciudades en 33países como nueva

integrante de la Red de Ciudades Creativas en la categoría “Artesanías y Arte Popular”. VIII.- Que

en el Libro de Actas de Cabildo del Ayuntamiento Constitucional, Vol. IX, fojas número 19 y 20 se

encuentra consignado el Acuerdo de Cabildo de la Sesión Ordinaria Privada de Cabildo de fecha 23

veintitrés de diciembre de dos mil quince, mediante el cual se aprobó la creación de la Dirección de

Ciudad Creativa, adicionando esta dependencia al Organigrama General de la Estructura

Administrativa del H. Ayuntamiento de esta Ciudad. IX.- Mediante ocurso de fecha 08 ocho de julio

del dos mil diecinueve, signado por la titular de Turismo Municipal, Licenciada Gabriela Gudiño

Gual, turnó a la Presidencia de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Artesanías; Cultura

y Recreación, el oficio número 474/DTM/2019, en el cual manifiesta indispensable hacer una

revisión y análisis a lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento de la Administración Pública de

San Cristóbal de Las Casas; para optimizar el desarrollo de la actividad turística, a partir de la

relación entre dependencias, prestadores de servicios turísticos y visitantes; por lo que, considera

oportuno que la Comisión en referencia, se avoque en el estudio, análisis y actualización del citado

artículo 21 del Reglamento Interior de la Administración Pública de San Cristóbal de Las Casas,

Chiapas. X.- Que con fecha 24 veinticuatro de julio de dos mi diecinueve, la Regidora Rosalinda

Santiago Sánchez, Presidenta de la Comisión Municipal de Desarrollo Socioeconómico, convocó a

una reunión de trabajo a la cual asistió la Regidora Claudia Patricia Sancho Aguilar, en su calidad

de Presidenta de la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Artesanías; Cultura y Recreación,

en donde, entre otros temas se abordó el punto relativo descrito en el antecedente previo, además de

elevar en el escalafón Municipal y en el Reglamento de la Administración Pública Municipal, lo que

en la actualidad dicho instrumento normativo establece como Coordinación de Fomento Económico

y Turismo a Dirección de Turismo Municipal; así como la inclusión al citado Reglamento de la actual

Dirección de Ciudad Creativa como Dirección de Economía y Ciudad Creativa, siendo de obvia

razón reformar lo establecido en el citado Reglamento debido a que el Municipio, con su eminente

vocación turística, desarrollo económico; así como el reconocimiento de este ante la UNESCO como

integrante de la Red de Ciudades Creativas requiere por parte del Ayuntamiento concentrar los

esfuerzos, recursos materiales, humanos y financieros existentes a cada una de las mencionadas

Direcciones por individual. XI.- Con fecha 23 veintitrés de agosto de dos mil diecinueve, se reunieron

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33

los integrantes de la Comisión de Desarrollo Socioeconómico e Industria, Comercio, Turismo y

Artesanías; Cultura y Recreación, para abordar el asunto materia del presente dictamen de manera

conjunta. XII.- Con fecha 29 veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, mediante oficio número

SR/RSS/129/2019, la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez, Presidenta de la Comisión de

Desarrollo Socioeconómico remitió al Regidor Juan David Hernández Girón, Presidente de la

Comisión de Cultura y Recreación, exclusivamente lo concerniente a la adición del artículo 22 BIS

al Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas,

referente a las facultades de la planteada Dirección de Economía y Ciudad Creativa, para que

tuviera a bien en la calidad que representa, remitir las observaciones que considerara pertinentes

con el fin de abonar el fortalecimiento de dicha Dirección. XIII.- Con fecha 02 dos de septiembre de

dos mil diecinueve, a través de oficio número 0120/SRJDHG/2019, el Regidor Juan David Hernández

Girón, Presidente de la Comisión de Cultura y Recreación, remitió a la Regidora Rosalinda Santiago

Sánchez, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Socioeconómico, las observaciones consideradas

oportunas referente a la adición del artículo 22 BIS al Reglamento de la Administración Pública

Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas; mismas que fueron insertas en la redacción final

de dicho numeral. XIV.- Con fecha 18 dieciocho de septiembre de 2019, la Arq. Alethia Díaz Vázquez,

Directora de Ciudad Creativa de esta Ciudad, turno a los regidores miembros de la Comisión de

Desarrollo Socioeconómico e Industria, Comercio, Turismo y Artesanías, memorándum número

PM/DCC/070/2019, a través hizo llegar el oficio Ref. Mex.Dir./LI 450 de fecha 09 nueve de

septiembre de 2019 (enviado por correo electrónico el día 13 trece de septiembre), signado por el C.

Fréderic Vacheron, Representante a.i de la oficina UNESCO México (sic), anexo al presente

instrumento para su análisis y cotejo, en lo que interesa menciona lo siguiente: “[…] los lineamientos

del Programa de Ciudades Creativas no hacen referencia a un puesto específico que atienda los

temas relacionados con dicho programa. En ellos se establece la necesidad de nombrar a un punto

focal para comunicaciones relacionadas con el programa. Por lo tanto, tenga la certeza de que el

nombre del cargo es una decisión de la propia administración municipal […]”.

C O N S I D E R A N D O S: PRIMERO.- Las Comisiones de Desarrollo Socioeconómico; Industria,

Comercio Turismo y Artesanías; y Cultura y Recreación del H. Ayuntamiento Constitucional de San

Cristóbal de Las Casas, Chiapas 2018-2021; se encuentran facultadas para presentar planes y

programas relacionadas con su ramo y formular recomendaciones tendientes al mejoramiento de su

administración o la prestación de los servicios públicos, así como presentar los dictámenes

correspondientes a sus atribuciones, en los asuntos a tratar en las sesiones ordinarias y

extraordinarias de cabildo, de conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos; 62 y 66 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia

de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Chiapas, así como los artículos 57,

73, 75 y 76 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas,

vigentes. SEGUNDO.- Las dependencias, unidades administrativas u organismos municipales

requieren fortalecerse en aspectos financieros y administrativos, además de promover, planear y

conducir su desarrollo a fin de corresponder a las demandas sociales; por ello, es indispensable

contar con el marco normativo que sustente y regule sus atribuciones, amplitud de acción y su ámbito

de competencia considerando a éstas como los medios para alcanzar los fines. TERCERO.-

Corresponde al Ayuntamiento la derogación, abrogación, reforma, adición o modificación de los

reglamentos municipales de conformidad por lo dispuesto en el artículo 177 del Reglamento Interior

del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, vigente. CUARTO.- La importancia de

la actual Dirección de Turismo Municipal radica en el mismo sector dentro del municipio destacando

Page 34: SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DE CABILDO DE FECHA 29 DE …

34

que la Ciudad cuenta con importantes segmentos que pueden ser aprovechados, destacando la

cultura, las tradiciones de sus barrios, el patrimonio histórico, la gastronomía y el sincretismo de los

pueblos indígenas; así mismo, la dependencia municipal prevé la implementación de diversos

mecanismos de participación del sector turístico en el diseño de políticas y acciones en la materia.

QUINTO.- La Dirección de Ciudad Creativa, tiene como objetivo alentar la cultura particularmente

en los rubros de artesanías y arte popular, a través de la cual se busca la renovación urbana tomando

en consideración la creatividad, cuando se trate de desarrollar nuevas estrategias económicas y de

comercios preservando la identidad, incluyendo este rubro en los planes de desarrollo económico y

social. SEXTO.- El actual Ayuntamiento carece de una Dirección de Economía o equivalente, por lo

que es menester que el Ayuntamiento cuente con un área encargada de incentivar el desarrollo

económico en todas sus ramas, la generación de empleos y la derrama económica por medio de

acciones eficaces en alianza con los demás niveles de gobierno y los sectores productivos para

mejorar la calidad de vida de los sancristobalenses. SÉPTIMO.- Que desde la instalación de las

comisiones en la actual administración, se reflexionó que, la facultad reglamentaria municipal viene

a construir el impulso a todas aquellas posibilidades para organizar, bajo el canon democrático, la

participación ciudadana; tan es así que tratándose del tema en particular se anticipó que, para

actualizar el contenido reglamentario inherente a dicha actividad, no podría ser, sino a través de la

experiencia cotidiana; teniendo en claro que el Derecho, aún en su elemental sentido reglamentario,

es un propósito dinámico y este debe transformarse de acuerdo al deber ser que la misma población

señala. OCTAVO.- Que el artículo 76 de la Ley de Desarrollo Constitucional en materia de Gobierno

y Administración Municipal del Estado de Chiapas, determina que para la mejor organización y

funcionamiento de la Administración Pública Municipal, el Presidente Municipal, con la

autorización del Ayuntamiento, podrá crear nuevas dependencias, unidades administrativa u

organismos, así como fusionar, modificar o suprimir las existentes de acuerdo con las necesidades

del municipio y el presupuesto de egresos respectivo. En tales circunstancias y con apego en lo

versado en Ley en cita, resulta imperioso ajustar y fortalecer las atribuciones de la actualmente

denominada por el Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas, como Coordinación de Fomento Económico y Turismo, teniendo en claro que, las

coordinaciones, según lo estipulado el citado ordenamiento son dependencias con reducido personal,

que se apoya en el ejercicio de sus funciones en las direcciones y unidades administrativa;

requiriendo adecuarla como DIRECCIÓN DE TURISMO MUNICIPAL; lo anterior, con base en la

necesidad de proporcionar al sector la atención debida, asumiendo que las Direcciones son

dependencias operativas, de conformidad con los acuerdos y ordenes de ejecución que expida el

titular del ejecutivo municipal; concluyendo que la permanencia de las áreas encargadas para el

despacho de los asuntos inherentes a la rama turística y a las de fomento económico deben atenderse

por separado; en consecuencia, deberá incluirse y adecuar la denominación y atribuciones en el

Reglamento en cita de la actual Dirección de Ciudad Creativa para fungir como DIRECCIÓN DE

ECONOMÍA Y CIUDAD CREATIVA, misma que será la encargada además de promover estrategias

económicas en torno a la cultura, creatividad y demás acciones que inciden en los objetivos de la

Red de Ciudades Creativas, instrumentar las políticas en materia de productividad y fomento al

desarrollo económico en todas sus ramas en el territorio municipal. CONCLUSIONES: Por las

consideraciones antes expuestas, procurando la eficaz regulación que rige las actividades de las

actuales Direcciones de Turismo y de Ciudad Creativa, se hace evidente establecer las bases

normativas que proporcionen a dichas dependencias municipales las facultades para su correcto

funcionamiento, lo cual se traduce en una mejoría del servicio público; por tanto, quienes integramos

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35

las Comisiones de Desarrollo Socioeconómico; Industria, Comercio, Turismo y Artesanías; y

Cultura y Recreación del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, somos competentes para

conocer y resolver con base en las facultades que nos confiere la normatividad correspondiente;

atendiendo a nuestras atribuciones presentamos el dictamen, en razón a los siguientes: ACUERDOS

PRIMERO.- Las Comisiones Unidas de Desarrollo Socioeconómico; Industria, Comercio, Turismo

y Artesanías; y Cultura y Recreación acuerdan procedente aprobar las modificaciones de la

denominación y atribuciones de las actuales Coordinación de Fomento Económico y Turismo y

Dirección de Ciudad Creativa para fungir como DIRECCIÓN DE TURISMO MUNICIPAL Y

DIIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y CIUDAD CREATIVA respectivamente. SEGUNDO.- Las

Comisiones de Desarrollo Socioeconómico; Industria, Comercio, Turismo y Artesanías; y Cultura y

Recreación acuerdan procedente aprobar las reformas al Reglamento de la Administración Pública

Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas, al tenor de lo siguiente:- SE ADICIONAN los

incisos E) y F) de la fracción IV del artículo 13; el artículo 22 Bis; SE DEROGAN el inciso B) de la

fracción V del articulo 13 recorriéndose la numeración de la fracción subsecuente; el texto del

artículo 21 recorriéndose al texto del actual articulo 22 a dicho numeral; SE MODIFICA Y

REFORMA el artículo 22, el cual se transpone al actual Capítulo V denominado “De Las

Direcciones”, todos del Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de

Las Casas, Chiapas, para quedar como sigue: ARTICULO 13. EL PRESIDENTE MUNICIPAL SE

AUXILIARA PARA EL DESEMPEÑO DE SUS ATRIBUCIONES, CON LAS SIGUIENTES

DEPENDENCIAS:

I. LA SECRETARIA MUNICIPAL;

II. TESORERIA DEL AYUNTAMIENTO;

III. LA OFICIALIA MAYOR;

IV. LAS DIRECCIONES:

A).- DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA MUNICIPAL.

B).- SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES.

C).- EDUCACIÓN, CULTURA Y RECREACIÓN.

D).- PROTECCIÓN CIUDADANA

E).- DIRECCIÓN DE TURISMO,

F).- DIRECCIÓN DE ECONOMÍA Y CIUDAD CREATIVA.

V.- LAS COORDINACIONES DE:

A).- ORGANIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA;

B).- SE DEROGA.

C).- COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES PÚBLICAS.

ARTÍCULO 21.- LA COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y RELACIONES

PÚBLICAS, TENDRA LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

I.- DAR A CONOCER A TRAVES DE LOS MEDIOS DE DIFUSIÓN, LAS DISPOSICIONES Y

ACCIONES DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES CUYO CONTENIDO SEA DE INTERES

GENERAL,

II.- UTILIZAR TODOS LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL PARA INFORMAR

PERMANENTEMENTE, OBJETIVA Y OPORTUNAMENTE, A LA CIUDADANIA DEL MUNICIPIO

SOBRE LAS ACTIVIDADES DEL AYUNTAMIENTO, ASI COMO PARA FOMENTAR LA

PARTICIPACIÓN CIUDADANA;

III.- PROPICIAR A TRAVES DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL LA UNIDAD O IDENTIDAD, DE

LOS HABITANTES DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL;

Page 36: SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA DE CABILDO DE FECHA 29 DE …

36

IV.- GENERAR MEDIOS DE COMUNICACIÓN INTERNA PARA LOS INTEGRANTES DEL

AYUNTAMIENTO Y DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL;

V.- LAS DEMAS QUE LE ENCOMIENDEN EL AYUNTAMIENTO, EL PRESIDENTE MUNICIPAL,

ESTE REGLAMENTO Y OTRAS DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS;

VI.- ELABORAR Y EVALUAR EL PLAN DE DESARROLLO MUNICIPAL, BUSCANDO SU

CONGRUENCIA CON LOS PLANES ESTATAL Y NACIONAL DE DESARROLLO;

VII.- COORDINAR, INTEGRAR Y ANALIZAR LA CONSULTA POPULAR PERMANENTE,

DENTRO DE LA JURISDICCIÓN TERRITORIAL DEL MUNICIPIO, CON EL FIN DE

JERARQUIZAR LAS DEMANDAS Y NECESIDADES DE LA COMUNIDAD, CANALIZANDOLAS

A LOS ORGANOS RESPONSABLES PARA SU EJECUCIÓN;

VIII.- PROPORCIONAR EL APOYO TECNICO-ADMINISTRATIVO Y LA ASESORIA NECESARIA

A LAS JUNTAS MUNICIPALES Y A LAS DIVERSAS DIRECCIONES DEL GOBIERNO

MUNICIPAL EN MATERIA DE PROPUESTAS DE INVERSIÓN PUBLICA, A FIN DE QUE ESTAS

SE ELABOREN DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS Y NORMAS QUE ESTABLECEN LAS

DIVERSAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO;

IX.- APOYAR A LA AUTORIDAD MUNICIPAL EN EL SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE

LA OBRA PUBLICA PROGRAMADA, FEDERAL, ESTATAL, Y MUNICIPAL;

X.- ANALIZAR INFORMACIÓN ESTADISTICA QUE SE REFLEJA EN LOS PRONTUARIOS

ESTATALES Y OTROS DOCUMENTOS OFICIALES, A FIN DE CONOCER LOS INDICADORES

DEMOGRAFICOS Y ECONOMICOS PREVALECIENTES EN EL MUNICIPIO;

XI.- FORMULAR DIAGNOSTICOS QUE PERMITAN CONOCER LA SITUACIÓN REAL EN QUE

SE ENCUENTRAN LAS LOCALIDADES CIRCUNSCRITAS EN EL AMBITO MUNICIPAL;

XII.- LEVANTAR Y MANTENER ACTUALIZADO EL INVENTARIO DE LA OBRA PÚBLICA

MUNICIPAL;

XIII.- SERVIR DE ORGANO DE CONSULTA DE LOS GOBIERNOS FEDERAL Y ESTATAL Y DE

LOS SECTORES SOCIAL Y PRIVADO EN MATERIA DE DESARROLLO ECONOMICO Y SOCIAL

DEL MUNICIPIO, Y

XIV.- LAS DEMAS QUE LE ENCOMIENDEN EL AYUNTAMIENTO, EL PRESIDENTE

MUNICIPAL, ESTE ORDENAMIENTO Y OTRAS DISPOSICIONES LEGALES Y

REGLAMENTARIAS.

CAPITULO V. DE LAS DIRECCIONES. ARTÍCULO 22.- LA DIRECCIÓN DE TURISMO

MUNICIPAL TENDRÁ LAS SIGUIENTES ATRIBUCIONES:

I.- FORMULAR, CONDUCIR Y EVALUAR LA POLITICA TURÍSTICA MUNICIPAL;

II.- APLICAR LOS INSTRUMENTOS DE POLITICA TURISTICA QUE LES SEAN ATRIBUIDOS

POR LAS LEYES LOCALES, ASI COMO LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN, FOMENTO Y

DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA EN BIENES Y ÁREAS DE COMPETENCIA

MUNICIPAL, EN LAS MATERIAS QUE NO ESTEN EXPRESAMENTE ATRIBUIDAS AL

EJECUTIVO FEDERAL, ESTADOS O A LA CIUDAD DE MÉXICO;

III.- FORMULAR, EJECUTAR Y EVALUAR EL PROGRAMA MUNICIPAL DE TURISMO, EL

CUAL CONSIDERARÁ LAS DIRECTRICES PREVISTAS EN EL PLAN NACIONAL DE

DESARROLLO, EL PROGRAMA SECTORIAL DE TURISMO Y EL PROGRAMA LOCAL;

IV.- ESTABLECER EL CONSEJO CONSULTIVO MUNICIPAL DE TURISMO; QUE TENDRA POR

OBJETO COORDINAR, PROPONER Y FORMULAR LAS ESTRATEGIAS Y ACCIONES DE LA

ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL, CON EL FIN DE LOGRAR UN DESARROLLO

INTEGRAL DE LA ACTIVIDAD TURISTICA EN EL MUNICIPIO. SERÁ PRESIDIDO POR EL

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37

TITULAR DEL AYUNTAMIENTO, Y ESTARÁ INTEGRADO POR LOS FUNCIONARIOS QUE

ÉSTE DETERMINE, CONFORME A LO QUE ESTABLEZCAN LAS DISPOSICIONES

REGLAMENTARIAS. PODRÁN SER INVITADAS LAS INSTITUCIONES Y ENTIDADES

PÚBLICAS, PRIVADAS Y SOCIALES, QUE SE DETERMINEN, Y DEMAS PERSONAS

RELACIONADAS CON EL TURISMO EN EL MUNICIPIO, LAS CUALES PARTICIPARÁN

ÚNICAMENTE CON DERECHO A VOZ;

V.- CONCERTAR CON LOS SECTORES PRIVADO Y SOCIAL, LAS ACCIONES TENDIENTES A

DETONAR PROGRAMAS A FAVOR DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA;

VI.- PARTICIPAR EN LOS PROGRAMAS LOCALES DE ORDENAMIENTO TURÍSTICO DEL

TERRITORIO;

VII.- PARTICIPAR EN EL DISEÑO, INSTRUMENTACIÓN, EJECUCUCIÓN Y EVALUACIÓN DE

LOS PROGRAMAS LOCALES DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO TURÍSTICO;

VIII.- FORMULAR Y CONDUCIR LA POLITICA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN Y DIFUSIÓN

EN MATERIA TURÍSTICA;

IX.- COADYUVAR EN LA INSTRUMENTACIÓN DE LAS ACCIONES DE PROMOCIÓN DE LAS

ACTIVIDADES Y DESTINOS TURISTICOS CON QUE CUENTA;

X.- PROMOVER EL IMPULSO DE LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

TURÍSTICAS;

XI.- PARTICIPAR EN LOS PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y

DESASTRES, ASI COMO EN ACCIONES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RIESGOS,

CONFORME A LAS POLITICAS Y PROGRAMAS DE PROTECCIÓN CIVIL QUE AL EFECTO SE

ESTABLEZCAN;

XII.- OPERAR MÓDULOS DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN AL TURISTA;

XIII.- RECIBIR Y CANALIZAR LAS QUEJAS DE LOS TURISTAS, PARA SU ATENCIÓN ANTE LA

AUTORIDAD COMPETENTE;

XIV.- ATENDER LOS DEMÁS ASUNTOS QUE EN MATERIA DE PLANEACIÓN

PROGRAMACIÓN, FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD TURÍSTICA LES CONCEDA

ESTA LEY U OTROS ORDENAMIENTOS LEGALES EN CORCONDANCIA CON ELLA Y QUE NO

ESTÉN OTORGADOS EXPRESAMENTE AL EJECUTIVO FEDERAL, ESTADOS O LA CIUDAD

DE MÉXICO;

XV.- EMITIR OPINIÓN ANTE LA SECRETARÍA, EN AQUELLOS CASOS EN QUE LA INVERSIÓN

CONCURRA EN PROYECTOS DE DESARROLLO TURÍSTICO O EN EL ESTABLECIMIENTO DE

SERVICIOS TURÍSTICOS, DENTRO DE SU TERRITORIO,

XVI.- ASISTIR A LOS EVENTOS RELACIONADOS CON LA DIRECCIÓN DENTRO Y FUERA DEL

MUNICIPIO, TRATÁNDOSE DE ÉSTOS ÚLTIMOS, DEBERÁ INFORMAR PREVIAMENTE EL

OBJETIVO DE LA ACTIVIDAD A REALIZARSE Y LAS BONDADES QUE TRAERÁ CONSIGO AL

MUNICIPIO; A SU RETORNO DIFUNDIRÁ LOS RESULTADOS A LA COMISIÓN EDILICIA

RESPECTIVA; SIN PERJUICIO DE LAS OBLIGACIONES COMPROBATORIAS A LAS QUE SE

ENCUENTRE SUJETA; Y

XVII.- LAS DEMÁS PREVISTAS EN ÉSTE Y OTROS ORDENAMIENTOS.

ARTICULO 22 BIS.- SON ATRIBUCIONES DE LA PERSONA TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE

ECONOMÍA Y CIUDAD CREATIVA:

I.- PROPICIAR LA VINCULACIÓN CON INSTITUCIONES NACIONALES E INTERNACIONALES

Y CIUDADES CREATIVAS DE LA UNESCO PARA LA OBTENCIÓN DE ASISTENCIA TÉCNICA,

FONDOS INTERNACIONALES, INTERCAMBIO TECNOLÓGICO, CULTURAL Y EDUCATIVO;

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II.- COADYUVAR, PROMOVER E IMPULSAR CON LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL, ESTATAL Y FEDERAL, ASI COMO LOS SECTORES

SOCIAL, ACADÉMICO Y EMPRESARIAL LA IMPLEMENTACIÓN DE PROYECTOS QUE ESTEN

RELACIONADOS CON LA INNOVACIÓN, INVERSIÓN PÚBLICA Y PRIVADA, EL DISEÑO Y EN

GENERAL CON EL DESARROLLO ECONOMICO, SOCIAL Y CULTURAL;

III. IMPULSAR LA CREACION DE ECOSISTEMAS DE INNOVACIÓN, RESCATE DE

ARTESANIAS Y ARTE POPULAR EN EL MUNICIPIO;

IV. PROMOVER LA CONCENTRACION ENTRE LOS SECTORES PÚBLICOS, SOCIAL Y

PRIVADO PARA FOMENTAR EL DESARROLLO ECONOMICO Y EL DISEÑO E

IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES TRANSVERSALES INNOVADORAS QUE IMPULSEN LA

ECONOMÍA CREATIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL ENFOQUE ECONÓMICO NECESARIO

COMO PARTE DE LA SOSTENIBILIDAD DE ESTOS PROCESOS SEA EJERCIDO CON

RESPONSABILIDAD CULTURAL;

V.- FORTALECER LA COLABORACIÓN Y LA VINCULACION DEL MUNICIPIO CON LAS

CIUDADES QUE HAN RECONOCIDO LA INNOVACION Y LA CREATIVIDAD COMO FACTOR

DE DESARROLLO SOSTENIBLE;

VI.- DESARROLLAR LA INVESTIGACIÓN Y LA INNOVACIÓN POR MEDIO DE LA ARTESANÍA

Y EL ARTE POPULAR;

VII.- PROPONER Y COORDINAR POLITICAS PÚBLICAS DE DESARROLLO ECONOMICO Y

CULTURAL EN TODAS SUS RAMAS, EN ESPECIAL AQUELLAS QUE IMPULSEN LA

INNOVACIÓN, CREATIVIDAD Y EL RESCATE DE LAS ARTESANÍAS Y ARTE POPULAR;

VIII.- GENERAR, IDENTIFICAR Y PROMOVER ACCIONES INNOVADORAS ASI COMO

BUENAS PRÁCTICAS ARTESANALES EN EL MUNICIPIO Y EN GENERAL AQUELLAS QUE

DESARROLLEN SU PRODUCTIVIDAD;

IX.- GESTIONAR ANTE LAS DIVERSAS INSTANCIAS EL ESTABLECIMIENTO DE PROGRAMAS

ESPECIALES QUE DETONEN LA ECONOMÍA EN TODAS SUS RAMAS SIRVIENDO DE ENLACE

ENTRE EL GOBIERNO MUNICIPAL Y DICHAS DEPENDENCIAS;

X.- DISEÑAR POLÍTICAS Y PROGRAMAS DE FOMENTO A LOS SECTORES PRODUCTIVOS

DEL MUNICIPIO, IMPULSANDO SU COMPETITIVIDAD EN EL MARCO DEL DESARROLLO

SUSTENTABLE;

XI.- PROMOVER E IMPULSAR ACCIONES QUE ESTIMULEN LA GENERACIÓN DE EMPLEOS,

PROGRAMAS DE CAPACITACIÓN, INNOVACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO DE LAS

FAMILIAS QUE PERMITAN EL FOMENTO AL DESARROLLO ECONOMICO Y ELEVAR LA

COMPETITIVIDAD EN EL MUNICIPIO;

XII.- PROMOVER Y EN SU CASO, ORGANIZAR JORNADAS, FERIAS, EXPOSICIONES Y OTROS

EVENTOS SIMILARES PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD

COMERCIAL Y EL EMPLEO EN EL MUNICIPIO;

XIII.- PROMOVER LA CAPACITACIÓN, TANTO DEL SECTOR EMPRESARIAL COMO DEL

SECTOR LABORAL, EN COORDINACIÓN CON INSTITUCIONES Y ORGANISMOS PÚBLICOS Y

PRIVADOS, PARA ALCANZAR MEJORES NIVELES DE PRODUCTIVIDAD Y CALIDAD DE LA

BASE EMPRESARIAL INSTALADA EN EL MUNICIPIO;

XIV.- ASISTIR A LOS EVENTOS RELACIONADOS CON LA DIRECCIÓN DENTRO Y FUERA DEL

MUNICIPIO, TRATANDOSE DE ÉSTOS ÚLTIMOS, DEBERÁ INFORMAR PREVIAMENTEEL

OBJETIVO DE LA ACTIVIDAD A REALIZARSE Y LAS BONDADES QUE TRAERÁ CONSIGO AL

MUNICIPIO; A SU RETORNO DIFUNDIRÁ LOS RESULTADOS A LA COMISIÓN O

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COMISIONES EDILICIAS CON LAS QUE SE ENCUENTRE RELACIONADA LA ACTIVIDAD; SIN

PERJUICIO DE LAS OBLIGACIONES COMPROBATORIAS A LAS QUE SE ENCUENTRE

SUJETA; Y

XV.- LAS DEMÁS QUE EN MATERIA DE SU COMPETENCIA ESTABLEZCAN LOS

ORDENAMIENTOS APLICABLES, EL AYUNTAMIENTO Y LOS OBJETIVOS DE LA RED DE

CIUDADES CREATIVAS. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

TERCERO.- Instruir a la Secretaría Municipal realice las modificaciones al Reglamento de la

Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas al tenor del punto que

antecede y las pertinentes para el funcionamiento y organización de la Dirección de Turismo y

Dirección de Economía y Ciudad Creativa y otorgue el trámite oportuno respecto a su publicación.

CUARTO.- Instruir a la Secretaría Municipal emita copia certificada del presente acuerdo y lo

remita a la Oficialía Mayor, para el trámite pertinente al nombramiento de la persona titular de la

Dirección de Economía y Ciudad Creativa y demás efectos que correspondan. Leído el presente

dictamen por las partes y enterados de su contenido, lo rubrican al margen y al calce, a los 10 diez

días del mes de octubre de 2019 dos mil diecinueve, dado en la Ciudad de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez, argumentó: “Ciudadanía que hoy nos

acompaña y la que nos sigue a través de las redes sociales, servidoras y servidores públicos, prensa,

compañeras y compañeros Concejales, Secretaria Municipal, muy buenos días; cuando un dictamen

llega a este pleno por Comisiones Unidas quiere decir que muchas personas integrantes de este

Ayuntamiento trabajamos de manera coordinada con un objetivo común, en este dictamen en

particular el objetivo que nos planteamos fue eficientar la operatividad de la Coordinación de

Fomento Económico y Turismo y para tal fin separamos las dos actividades y elevamos al rango de

esta oficina a Dirección, es decir, que a partir de la aprobación del presente dictamen San Cristóbal

de Las Casas, contará con una Dirección de Turismo la cual se especializará en el tema de turismo

en exclusiva dando la fortaleza institucional a este sector para crear condiciones que propicien su

desarrollo; por otra parte, se crea la Dirección de Economía y Ciudad Creativa que ocupará el lugar

de la anterior Dirección de Ciudad Creativa lo cual sin afectación presupuestal alguna representará

un gran impulso a estas dos áreas complementarias de la Administración Municipal y es que en una

Ciudad Creativa debe tener como objetivo principal el desarrollo socioeconómico integral de sus

habitantes. Por lo anterior, solo me resta expresar públicamente mi reconocimiento a la Regidora

Claudia Sancho Aguilar, Presidenta de la Comisión de Industria, Comercio y Artesanías y sus

integrantes, al Regidor Juan David Hernández Girón, Presidente de la Comisión de Cultura y

Recreación así como a sus integrantes, a la Presidenta Municipal, Jerónima Toledo Villalobos que

preside la Comisión de Gobernación junto a sus integrantes y muy especialmente a quienes integran

la Comisión de Desarrollo Socioeconómico que me honro en presidir, así como a los abogados Diego

Mendoza y Daniel Courtois, es cuánto.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Regidora Claudia Patricia Sancho Aguilar, manifestó: “Gracias, Secretaria,

muy buenos días a todos y todas nuevamente, a lo largo de un año de gestión me he percatado de los

grandes retos que la presente administración afronta particularmente en los rubros que abarcan la

Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Artesanías que presido; por ello, me he abocado a

impulsar todas aquellas acciones que beneficien sustancialmente a la actividad turística y por ende,

a todos aquellos que de manera directa o indirecta se ven beneficiados por dicha actividad. Lo

anterior, no puede ser posible sino a través del cumplimiento de las leyes en materia y de la voluntad

como servidores públicos debemos prestar, por ello, cumpliendo con lo establecido en la Ley de

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40

Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de

Chiapas, artículo 60 particularmente en las fracciones IV y V, nos abocamos al estudio y análisis en

conjunto con las comisiones de Desarrollo Socioeconómico y Cultura y Recreación del contenido

orgánico con el que cuenta el Reglamento de la Administración Pública de San Cristóbal de Las

Casas ya que no ha sufrido las reformas necesarias para adaptarse a los cambios sociales, políticos,

económicos y culturales que la misma actividad turística demanda y que la población señala; por lo

que, en esencia con la presentación del dictamen en mención buscamos dotar de facultades hasta

hoy el Reglamento de la Administración Pública Municipal en su artículo 13 fracción V señala como

Coordinación de Fomento Económico y Turístico propias de una Dirección concurrentes en el

artículo décimo de la Ley General de Turismo tomando muy en cuenta la eminente vocación turística

de nuestro San Cristóbal de Las Casas; concluyendo que la permanencia de las áreas encargadas

para el despacho de los asuntos inherentes a la rama turística y a las de fomento económico deben

atenderse por separado, por lo que se adecúa la denominación y atribuciones en el mencionado

Reglamento. Agradezco mucho de igual forma a los integrantes de la Comisión que presido,

Industria, Comercio, Turismo y Artesanías y a las Comisiones que también arduamente estuvimos

trabajando, los Regidores y Regidoras y también a la Comisión de Gobernación, muchísimas

gracias.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Regidor Juan David Hernández Girón, comentó: “Gracias, pues nada más

sumarme y pronunciarme a favor de este dictamen que en lo particular, o sea, en lo relativo al tema

de la cultura en San Cristóbal es muy importante y agradecerle todas las aportaciones que nos hizo

la Regidora Rosalinda y hacer el exhorto a la nueva, bueno a la hoy Directora de Economía y Ciudad

Creativa que ponga mucho empeño sobre todo por retomar todas las actividades que tenemos como

Ciudad Creativa; San Cristóbal es un pilar muy importante para Chiapas, para el país en temas

culturales y eso se evoca o se enfoca relativamente en ese título que nos dio la UNESCO; una Ciudad

Creativa, es decir, que dentro de su ciudad hay muchos creadores en lo particular como artesanos y

pues bueno a partir de la gestión que pueda hacer la Dirección Desarrollo Socioeconómico y también

que pueda hacer la Regidora Rosalinda como Presidenta de la Comisión, pues que todo sea en

beneficio de los productores y artesanos de San Cristóbal de Las Casas no solamente para la ciudad,

para la zona rural, - sino para que la zona-, para que sea para la zona urbana y zona rural. En San

Cristóbal tenemos a muchas personas con estas capacidades pero también con pocas herramientas

a veces para poder desarrollarlas. San Cristóbal puede ser un potencial turístico a partir de sus

artesanías pero todo esto depende del esfuerzo que podamos hacer en conjunto justamente como se

hizo el día de hoy y pues bueno que esto sea en beneficio para todos los ciudadanos, es cuánto,

muchas gracias.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria del Ayuntamiento informó a los integrantes del Cabildo que cuando

se somete a aprobación modificaciones a los Reglamentos Municipales la votación deberá ser de

manera nominal, por lo que solicitó a los munícipes que enuncien su nombre y el sentido de la

votación tanto en lo general como en lo particular, obteniendo lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - -

Munícipe En lo General En lo Particular

Lic. Karla Lugo Sarmiento Regidora Plurinominal por el Partido Podemos Mover a

Chiapas.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Juan David Hernández Girón Sexto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Dra. Silvia Shalom Álvarez Torres Valle

Primera Regidora Propietaria por el Partido Encuentro Social.

A FAVOR A FAVOR.

Lic. Miguel Ángel de los Santos Cruz Síndico Municipal.

A FAVOR A FAVOR

Mtra. Jerónima Toledo Villalobos A FAVOR A FAVOR

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41

Presidenta Municipal Constitucional.

Lic. Guillermo Alonso Gómez Loarca

Segundo Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Sonia Aydee Ramos Paniagua Tercera Regidora Propietaria por el Partido del Trabajo

A FAVOR A FAVOR

Lic. Emiliano Villatoro Alcázar

Cuarto Regidor Propietario por MORENA.

A FAVOR A FAVOR

Lic. Claudia Patricia Sancho Aguilar Quinta Regidora Propietaria por MORENA

A FAVOR A FAVOR

C.P Rosalinda Santiago Sánchez

Regidora Plurinominal por el Partido Revolucionario Institucional (PRI)

A FAVOR A FAVOR.

Acto continuo la Secretaria del Ayuntamiento realizó el cómputo correspondiente de los votos

emitidos; se tiene 10 votos a favor en lo particular y en lo general del Dictamen de la Comisión de

Gobernación relativo aprobar el dictamen de Comisiones Unidas de Desarrollo Socioeconómico,

Industria, Comercio, Turismo y Artesanías y Cultura y Recreación relativo al proyecto para reformar

disposiciones al Reglamento de la Administración Pública Municipal de San Cristóbal de Las Casas,

Chiapas; por lo que se aprueba por Unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Continuando con el uso de la palabra la Secretaria Municipal, dio lectura al dictamen que emite la

Comisión Especial de Juventud y Deporte, relativo al Premio Municipal del Deporte 2019, mismo

que a la letra dice: “DICTAMEN: H. Ayuntamiento 2018-2021 de San Cristóbal de Las Casas,

Chiapas.- Comisión de Juventud y Deporte. En la Ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas,

a los 21 veintiún días del mes de octubre del año 2019 dos mil diecinueve. Que el artículo 115

fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y demás ordenamientos

vigentes en la entidad, regulan que los Municipios están investidos de personalidad con la atribución

de regular su patrimonio conforme a lo que dicta las leyes, teniendo para ello las facultades para

aprobar, en materia municipal, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y

disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, así

como de organizar su administración pública municipal de su competencia y asegurar la

participación ciudadana vecinal. Que la cultura física, la recreación y las prácticas deportivas,

forman parte de la Educación, siendo éstos, los instrumentos por medio de los cuales todos los

sectores de la población tienen acceso a mejores condiciones de salud y al desarrollo integral de sus

capacidades. Que el Estado, en sus órdenes de Gobierno, tiene la ineludible obligación de cuidar

que la población cuente con los espacios y medios necesarios para la práctica del deporte en todas

sus especialidades, de conformidad con los recursos que estén a su alcance. Que cuando una persona

se ejercita, actúa como un ser total capaz de manifestar los conocimientos, los efectos, las emociones,

las motivaciones, las actitudes y los valores que ha requerido en la escuela y en su entorno familiar,

social y cultural. Por ello, pedagógicamente es necesario que los educandos tengan el sentido

formativo de la educación física que contribuya a su formación integral. La impartición de la cultura

física y del deporte puede ayudar a prevenir no sólo problemas que estén ligados a la salud, sino,

también, los relacionados directamente con el desarrollo del ser humano en todo su entorno social,

pues permite explorar formas sanas de recreación a través de las cuales, tanto los niños, niñas

jóvenes y adolescentes eviten caer en la delincuencia y adicciones que hoy en día estén de moda en

nuestro Estado. Sin embargo, no es suficiente implementar sólo programas o comisiones para el

fomento de la cultura física y deporte en las instituciones educativas, sino una verdadera

coordinación entre autoridades locales vinculadas en el deporte, los directores de los planteles

educativos y los propios programas que se implementen. A esto se suma el desinterés por parte de

la comunidad en general en las actividades físicas, ya que en ocasiones se ignora los graves

problemas que representan la obesidad y el sedentarismo. De ahí la necesidad de que el Estado se

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42

comprometa a estimular el desarrollo de la cultura física, considerando así la importancia de

fomentar desde las primeras etapas de vida este hábito en la población, que representa entre otros

beneficios, mejores condiciones de salud y de vida. Pero también es un hecho que el esfuerzo para

lograr órdenes de gobierno, la comunidad, centros educativos y los organismos encargados de las

actividades físicas y relacionadas con las mismas. En este sentido, por los fundamentos jurídicos

invocados, el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, tiene la obligación de brindar el servicio

público de fomento a la cultura física y deporte, para ello se somete a consideración de los

integrantes de este honorable Cabildo la lectura y en su caso aprobación de la propuesta siguiente:

A N T E C E D E N T E S.- I. Mediante Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, celebrada a las 11:00

horas, del día 01 de Octubre del año 2018, plasmada en el Acta 01, del Libro que para ello se formule,

se declaró legalmente la “Instalación Formal del Ayuntamiento del periodo 2018-2021”, asumiendo

la titularidad de la Presidencia Municipal, la Maestra Jerónima Toledo Villalobos, y los Regidores

que por el principio de mayoría relativa o representación proporcional hayan contado con el

nombramiento expedido por el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana del Estado de

Chiapas. II. Mediante Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, celebrada a las 11:00 horas del día 08

de Octubre del año 2018, plasmada en el Acta 02, del Libro que para ello se formule, se conformaron

las Comisiones que integran los representantes del Ayuntamiento, mismas que según lo establecido

por el artículo 62 y 63 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y

Administración Municipal para el Estado de Chiapas, la Presidenta Municipal propuso la

“COMISION ESPECIAL DE JUVENTUD Y DEPORTE”, donde el Cabildo aprobó que el Sexto

Regidor Propietario, Licenciado Juan David Hernández Girón, presidiera dicha Comisión,

otorgándoles las atribuciones conferidas por el artículo 66 de la misma Ley de Desarrollo

Constitucional. III. Mediante Oficio CFD/286/JTV/2019, de fecha 08 de octubre del año 2019, la

Licenciada Yuliana Patishtán González, Secretaria de Juventud, Recreación y Deporte, presentó al

Lic. Juan David Hernández Girón, Regidor y Presidente de la Comisión de Juventud y Deporte

Municipal, la propuesta de la Convocatoria al “Premio Municipal del Deporte 2019” para su

respectivo análisis y aprobación. C O N S I D E R A N D O S: PRIMERO.- La Comisión Especial

de Juventud y Deporte del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas; se encuentra

facultada por la normatividad aplicable para presentar propuestas al Ayuntamiento para la

elaboración de planes y programas relacionado con la materia y para formular las recomendaciones

tendientes al mejoramiento de su administración o a la prestación de los servicios públicos, de

conformidad con lo establecido por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos

Mexicanos; 61, 62 y 66 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y

Administración Municipal para el Estado de Chiapas, así como los artículos 73, 75 párrafo segundo,

76 y 80 y demás relativos del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas. SEGUNDO.- El aspecto principal del presente Dictamen consiste en analizar y

aprobar la viabilidad de la solicitud de la Secretaría de Juventud, Recreación y Deporte, respecto a

la propuesta de Convocatoria al “Premio Municipal de Deporte 2019”, con el fin de reconocer e

incentivar a los atletas, entrenadores y gloria del deporte que desarrollen actividades en beneficio y

representación del deporte de San Cristóbal de Las Casas, con resultados sobresalientes. Lo

sostenido en el párrafo anterior, establece que la Comisión Especial de Juventud y Deporte, de

acuerdo a sus facultades deberá dictaminar sobre su consideración y aprobación ante el Pleno del

Cabildo, contemplado en el artículo 61 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de

Gobierno y Administración Municipal para el Estado de Chipas y 73 y demás relativos del

Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. TERCERO.- Es

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de considerarse que la Convocatoria al “PREMIO MUNICIPAL DEL DEPORTE 2019” está

dirigida a: “Las ligas Deportivas Municipales, instituciones educativas de las diversas zonas,

asociaciones y organismos públicos y privados que desarrollen actividades en beneficio del deporte,

así como a las fuentes responsables de la información deportiva que se difunde por prensa, radio y

televisión, para que se propongan a los mejores deportistas del municipio de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas, que por sus merecimientos pudieran ser acreedores al Premio Municipal del

Deporte 2019.” CUARTO.- Que las bases de la Convocatoria establecen que se premiarán a las

siguientes personas: ATLETAS: Se premiará a seis atletas, tres sin discapacidad y tres en condición

de discapacidad, analizando su participación y resultados obtenidos en su trayectoria durante el año

2019, comprobables como seleccionados municipales, estatales o de alto rendimiento.

ENTRENADOR: Se premiará a un entrenador analizando los logros y resultados de los atletas a su

cargo durante el año 2019 a nivel municipal, estatal, nacional e internacional. GLORIA DEL

DEPORTE: Se premiará el esfuerzo y la disciplina de un atleta o entrenador que de acuerdo a su

trayectoria destacada en el contexto deportivo haya contribuido al fortalecimiento del deporte local,

además de representar a nuestro Municipio en torneos y competencias estatales, nacionales o

internacionales. QUINTO.- Que respecto a los Reconocimientos, la Convocatoria establece lo

siguiente: RECONOCIMIENTOS: Los reconocimientos que otorgue el H. Ayuntamiento serán

designados por la Comisión Especial de Juventud y Deporte y la Secretaría de Juventud, Recreación

y Deporte Municipal. Además de los reconocimientos de primer lugar a los atletas en las categorías

de atletas sin discapacidad y en condición de incapacidad designados, recibirán cada uno la cantidad

de $ 8,000.00 (ocho mil pesos 00/100 M.N.). El segundo lugar en ambas categorías recibirá

reconocimiento y la cantidad de $ 6,000.00 (seis mil pesos 00/100 M.N.). Los atletas acreedores al

tercer lugar de cada categoría se le otorgará reconocimiento y la cantidad de $ 4,000.00 (cuatro mil

pesos 00/100 M.N.). Al entrenador reconocimiento y la cantidad de $ 8,000.00 (ocho mil pesos

00/100 M.N.) y a la gloria del deporte reconocimiento y la cantidad de $ 8,000.00 (ocho mil pesos

00/100 M.N.). SEXTO.- En virtud de lo anterior, ésta Comisión se limita única y exclusivamente

para dictaminar la publicación de la convocatoria, por no encontrarse en contra de la moral, las

buenas costumbres y por estar regulada por la normatividad en materia deportiva, haciendo la

precisión que la aprobación del recurso para premiación corresponderá a la cantidad de $

52,000.00 (cincuenta y dos mil pesos 00/100 M.N.), la cual se repartirá entre los deportistas que

obtengan el “primer, segundo y tercer lugar” en las siguientes categorías: Atletas sin

discapacidad, Atletas en condición de discapacidad, Entrenador y Gloria del Deporte, recurso

erogado por parte del H. Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. C O

N C L U S I O N E S : Por las consideraciones antes expuestas, así como procurando en todo

momento el bienestar del Municipio de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas; quienes integramos la

comisión Especial de Juventud y Deporte del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, con

base en las facultades que nos confiere el artículo 66 de la Ley de Desarrollo Constitucional en

Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas; atendiendo a nuestras

atribuciones presentamos el Dictamen, bajo el siguiente tenor: P U N T O S D E

A C U E R D O: PRIMERO.- Con fundamento en los Artículos 61 y 66 de la Ley de Desarrollo

Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, los

integrantes de la Comisión de Juventud y Deporte, acordaron APROBAR la propuesta de

Convocatoria al “PREMIO MUNICIPAL DEL DEPORTE 2019”, suscrita por la Licenciada

Yuliana Patishtan González, Secretaria de Juventud, Recreación y Deporte Municipal, cuya versión

final se anexa al presente Dictamen. SEGUNDO.- Respecto de la aprobación de recurso destinado

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para la premiación a los Atletas, Entrenador y Gloria del Deporte, ésta Comisión aprueba

PROCEDENTE remitir el respectivo oficio a la Comisión de Hacienda del H. Ayuntamiento y a la

Tesorería Municipal en términos del considerando SEXTO del presente Dictamen, para que a través

de dichos órganos gubernamentales se otorgue la cantidad monetaria expresada en la Convocatoria.

TERCERO.- Con base en lo anteriormente expuesto, la Comisión Especial de Juventud y Deporte,

con fundamento en lo dispuesto en los artículos 66 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia

de Gobierno y Administración Municipal del Estado de Chiapas, así como los artículos 73, 75

párrafo segundo, 76, 80 y 150 del Reglamento Interior del H. Ayuntamiento de San Cristóbal de Las

Casas, Chiapas, se ordena remitir el Dictamen al Pleno del Honorable Cabildo para su alta

consideración y en su caso aprobación y determinación de lo conducente para la ejecución oportuna

del planteamiento descrito considerando que esta comisión ya aprobó la ejecución de los puntos

anteriormente expuestos. Leído el presente Dictamen por las partes y enterados de su contenido, lo

rubrican al margen y al calce, a los 21 veintiún días del mes de Octubre del año 2019, dado en la

Ciudad de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Regidor Juan David Hernández Girón, expresó “Gracias, con la finalidad de

seguir impulsando el Deporte y reconocer a la población deportista que honradamente nos

representa en torneos y competencias tanto municipales, como Estatales y Nacionales en esta ocasión

el Honorable Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas a través de la Comisión Especial de

Juventud y Deportes que dignamente presido presentamos el dictamen relativo al Premio Municipal

del Deporte 2019, mismo que tiene como objeto abonar e impulsar la práctica y el fomento del

deporte en nuestro municipio reconociendo a seis atletas, tres sin discapacidad, tres en condiciones

de discapacidad, además de un entrenador, en ambos casos se analizarán los logros y resultados

comprobables obtenidos durante el 2019, como seleccionados municipales, estatales y nacionales;

además en la categoría Gloria del Deporte se reconocerá el esfuerzo y la disciplina de un atleta o

entrenador que de acuerdo a su trayectoria destacada en el contexto deportivo haya contribuido al

fortalecimiento del deporte local, estas acciones promueven la cultura física y del deporte los cuales

no solo ayudan a prevenir problemas que están ligados a la salud sino también lo relacionado

directamente con el desarrollo integral del ser humano en todo su entorno social pues permite

explorar formas sanas de recreación a través de los cuales tanto niños, niñas, jóvenes y adolescentes

y población en general eviten caer en la delincuencia y adicciones cuyas cifras están en aumento

actualmente, así mismo durante la conferencia matutina del día de hoy llevada a cabo por el

Presidente de la República Licenciado Andrés Manuel López Obrador, se presentó la estrategia

nacional contra la prevención de las adicciones donde se resaltó la importancia de crear espacios

de esparcimiento para la población en general tales como: el impulso al Deporte y a la Cultura; en

este sentido, la Comisión Especial de Juventud y Deporte ha presentado al pleno del Cabildo el

dictamen correspondiente al Premio Municipal del Deporte para su aprobación por segundo año

consecutivo en la administración actual coadyuvando así a promover el deporte en nuestro Municipio

y reconocer a nuestros deportistas sobresalientes, gracias, es cuánto.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria del Ayuntamiento sometió a consideración el dictamen que emite

la Comisión Especial de Juventud y Deporte relativo a la aprobación del Premio Municipal del

Deporte 2019, haciendo la aclaración que en relación a los montos económicos se turnará a la

Comisión de Hacienda para el análisis y dictamen correspondiente, solicitando a los munícipes que

estén por la aprobación lo manifiesten levantando la mano en señal de aprobación. Visto el

antecedente y teniendo que acordar este H. Ayuntamiento Municipal, por unanimidad de votos, se

adhiere al dictamen presentado por la Comisión Especial de Juventud y Deporte, en los términos antes

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señalados e instruye a la Secretaría del Ayuntamiento, emita copia certificada del presente acuerdo y

lo remita a Comisión de Hacienda, para los efectos a que haya lugar. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se procedió al desahogo del punto número seis del orden del día que correspondió a Informes de la

Secretaría del Ayuntamiento. En virtud de que no se cuenta con ningún asunto para tratar en este

punto, se declara desierto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se procedió al desahogo del punto número siete del Orden del Día que correspondió a asuntos

generales, por lo se le concedió el uso de la palabra al Director de Limpia Municipal para que de la

glosa del informe, tal como se acordó en la Sesión Ordinaria pasada. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se le concedió el uso de la palabra al Director de Limpia Municipal, quien manifestó lo siguiente: “Sí

muy buenos días, Presidenta Municipal, Síndico, Secretaria, Regidores, medios de comunicación,

ciudadanos, a continuación vamos a dar a conocer lo que es el informe de actividades de esta

Dirección en la cual tomamos el cargo a partir del 01 de octubre del año 2019, 2018 perdón. Bueno,

la Dirección de Limpia Municipal es la dependencia municipal encargada de realizar la recolección

de residuos sólidos urbanos y la limpieza de diversas calles, avenidas, parques, plazuelas, andadores

y principales vialidades con el objetivo de mantener una ciudad limpia. Comenzamos las actividades

en el mes de octubre del 2018 en funcionamiento teníamos 15 unidades, 5 unidades estaban en el

taller dándonos un total de 20 unidades, para esta fecha tenemos en funcionamiento 20 unidades y 3

que están ahorita en el taller, dándonos un total de 23 unidades, aumentaron 3 unidades que la

Presidenta Municipal nos entregó en este año. La plantilla, actualmente contamos con una plantilla

que está integrada por 131 miembros del SUTRAM, 13 miembros del Sindicato Independiente, 12

personal de confianza, eventuales permanentes con una antigüedad mayor a un año contamos con

14 y 24 eventuales temporales, de los cuales son 41 mujeres y hombres 153. Como bien les había

comentado nosotros comenzamos actividades el día 01 de octubre del 2018 a partir de las 5:30 horas

de ese día, ese día nosotros no contábamos con ningún sitio de disposición final, por lo que fue

necesario tomar medidas emergentes, se tomó la decisión de temporalmente colocar nuestros

residuos en la Plaza de Toros “La Coleta”, debido a que la ciudadanía seguía generando los

residuos, no teníamos un espacio adecuado, es más no teníamos un espacio y ahí se tomó la decisión

de dejarlos por este día no. El día 03 de octubre iniciamos el traslado a partir de las cinco de la

tarde de los residuos al sitio que se había colocado en el kilómetro 33, al cual por cuestiones ajenas

al Ayuntamiento, no se pudo concretar el proyecto del sitio de disposición final en esta zona.

Posteriormente se trasladaron los residuos a las instalaciones de la empresa Proactiva en la Ciudad

de Tuxtla Gutiérrez del 05 al 12 de octubre del 2018, un total de 1,445 toneladas. A partir del 08 de

octubre se dio inicio al traslado temporal de los residuos al centro de trasferencia ubicado en Las

Peras, para no seguir enviando toda esta cantidad que se genera diariamente, se dividió en dos

partes, igual fue un plan emergente, una parte se seguía enviando a Proactiva y la otra se empezó a

enviar al sitio de transferencia. El día 20 de octubre del 2018, quedó habilitado el nuevo sitio de

disposición final el cual se encuentra en “El Aguaje”. A pesar de los contratiempos que tuvimos en

los meses de octubre, noviembre y diciembre, se dio total cumplimiento a las labores diarias que se

realizan dentro de la Dirección de Limpia Municipal. Aquí tenemos una imagen del sitio de

disposición final actual; bueno la superficie del predio es de 38,920 m2, aquí mostramos la tabla de

cálculo para lo que son las celdas de lo que fue la primera etapa teniendo una cantidad de 270,000m3

de capacidad la primer celda: se está calculando en base al promedio de 250 toneladas diarias,

bueno era el promedio que teníamos en estas fechas del año 2018 a inicios del 2019 que se iba a

alcanzar un promedio de 250 toneladas por lo que se calcula con ese tonelaje un promedio de 5 a 7

años de vida útil para este centro de disposición final de este sitio, la dirección apoya este a diversos

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tipos de actividades que se realizan dentro del municipio, festividades de barrios, colonias y demás

apoyos que piden para diferentes tipos de campañas. Del 25 al 31 de octubre en el panteón municipal

se recolectaron 7 toneladas diarias, esto aunando a las 250 toneladas que se generan de por sí en el

municipio. El 1 y 2 de noviembre igual llegamos a recolectar 44 toneladas extras, del 3 al 15 de

noviembre, en lo que fue el Barrio de San Diego un total de 12 toneladas; del 19 al 23 de noviembre

se hace la limpieza del Atrio y Barrio de Santa Cecilia recolectando un total de 12 toneladas diarias,

como les comentaba esto es extra a las 250, 260 toneladas que se generan diariamente en la ciudad;

el 20 de noviembre se realizó la limpieza del Cerrito de San Cristóbal y las principales calles donde

se realizó el desfile: se realizan limpieza en las zonas del evento del Cervantino recolectando un total

de 7 toneladas extras diarias. El día 30 de noviembre del 2018 se participó por instrucciones de la

Maestra Jerónima Toledo con la presencia del Regidor Emiliano y el Biólogo Manuel Lemus

kourchenko, Director de Ecología y Medio Ambiente, la reunión con diversas colonias entre ellas:

Santa Martha, Choferes, 31 de Marzo, Anexo 31 de Marzo, Colonia Anexo las Comaleras, el

Relicario y Barrio de San Diego, esto con la finalidad de tomar acuerdos en cuanto a la primera

etapa del programa piloto del manejo de residuos sólidos urbanos que implementamos. Durante el

mes de diciembre igual se estuvieron otorgando los demás apoyos a los diversos eventos y

festividades que se presentan dentro del municipio y aquí vemos que incrementamos en lo que por

ejemplo fue la festividad de Guadalupe con un total de 33 toneladas extras diarias, en lo que fue la

fiesta del Barrio de Cuxtitali aumenta a 12 toneladas diarias y lo que fue en la fiesta del Barrio de

Santa Lucía 6 toneladas diarias extras aproximado. El día 17 de diciembre del 2018 a partir de las

6:15 de la mañana se inició la recolección de residuos sólidos con dos unidades, uno para lo que fue

lo orgánico y otro para lo inorgánico en cinco de las siete colonias participantes con las que

habíamos acordado originalmente, las cuales son; Colonia Santa Martha, Anexo las Comaleras, 31

de Marzo y el Relicario. En el año 2019 después de las fiestas de diciembre, llegamos a un

incremento de hasta 330 toneladas diarias aproximadas, de enero 2018 a junio tuvimos un

incremento de 30 toneladas de residuos sólidos cada tres meses, eso es aproximadamente como ha

ido incrementado la generación de residuos dentro del municipio, es bastante lo que se ha ido

generando, seguimos nosotros en todo el mes de enero con los demás apoyos para diversas

actividades. El 02 de febrero se dio inició con personal y unidades en apoyo a las diversas colonias

de la zona norte para realizar una campaña de limpieza que finalizó el 17 de febrero recolectando

un aproximado de 40 toneladas diarias, el 02 de febrero se apoyó a las colonias de la zona sur con

personal y unidades recolectoras en la campaña de limpieza conmemorando el día de los humedales,

indistintamente de que seguían realizando actividades constantes en diversas colonias con la

limpieza de sus parques, jardines, o sea los mismos colonos se ponen de acuerdo y nosotros los

apoyamos con unidades y también con personal: el 11 de febrero se envió el Reglamento de Limpia

y Recolección de Residuos para el Municipio de San Cristóbal de Las Casas para su análisis y

aprobación, mismo que el cual ya se dio del conocimiento, el cual para nosotros es un instrumento

muy importante, dado que la misma ciudadanía nos ha ido apoyando y también al mismo tiempo

solicitando este reglamento, para nosotros poder tener una herramienta para poder trabajar de

mejor forma el tema de los residuos sólidos dentro del municipio; lo que fue el mes de marzo se

realizó la limpieza del rio amarillo con cinco personas en el área interior del SEDEM, fue el SEDEM

y parte de la Colonia Altejar, recolectados aproximadamente 7 toneladas de residuos, estamos

hablando de aproximadamente de 300 metros lineales del río que estaba saturado sobre todo de lo

que era pet, unicel, platos, o sea era basura que genera la ciudadanía y bolsas de basura que arrojan

al río y ahí se va estancando, y creo que quienes acuden al SEDEM se percatan de esta situación: en

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47

el mes de marzo también se realizó la primer entrega de uniformes al personal de la Dirección de

Limpia Municipal, el cual consta de dos camisas, dos pantalones, dos pares de zapatos de trabajo,

dos gorras, dos pares de guantes, un impermeable y una chamarra a prueba de agua, es el equipo

que se le dio a cada uno de nuestros compañeros trabajadores a todos, a todos indistintamente se les

otorgó este apoyo. El 22 de marzo se mandó personal para vigilar algunas áreas conflictivas donde

ciudadanos depositan sus residuos sólidos antes o después de que el camión recolector pase, dado

que no teníamos un ordenamiento como tal, no se respeta un horario para sacar los residuos dentro

del municipio, mucha gente lo saca desde una noche anterior o posterior a que pasa nuestra unidad

recolectora y esto nos genera, en primera una mala imagen, una posible fuente de infección, amínales

que más que nada llegan a jugar con la basura, fauna nociva. Continuamos con las actividades

dentro del programa piloto “Manejo Integral de los Residuos Sólidos” con las diferentes colonias y

mercados que han tenido la iniciativa de unirse a dicho programa, entregando lonas y botes para la

separación de los mismos, a estas fechas ya estábamos trabajando o seguimos trabajado la

separación en la Colonia 31 de Marzo, Anexo 31 de Marzo, lo que es la Sección Comaleras, Santa

Cecilia, Norte, Colonia el Relicario, Los Choferes, Santa Martha, Segunda Cerrada de la Era,

Mercado del Norte; a partir del 8 de marzo de 2019 se unió también el mercado de San Ramón. Esto

es lo que hemos logrado con estas nueve colonias y mercados, hemos logrado en el mes de enero

separar de orgánico e inorgánico, en el mes de enero 30 toneladas de orgánico, 151 de material

inorgánico; en febrero 28 toneladas de orgánico, 144 de inorgánico; marzo 28.5 toneladas y 145.5

toneladas de inorgánico, dándonos un total 440.50 toneladas, mismas que ya no llegaron

completamente al sitio de disposición final del Aguaje, debido a esta separación es más fácil para el

personal poder hacer una separación más clasificada de los residuos y esta misma ya no llega

totalmente al sitio de disposición, ya es un porcentaje mínimo, he ahí la importancia de la separación

de los residuos, aquí está la recepción de las unidades que se nos hicieron entrega en el mes de abril,

en lo que agradecemos profundamente a la Presidenta y a todos los miembros del Ayuntamiento,

herramienta esencial para nuestros trabajos diarios. Durante la actividad de semana santa, se

brindaron los servicios de apoyo y limpieza en la ciudad, recolectando del 8 al 21 de abril de 2019

un total de 236 toneladas aproximadamente en conjunto solamente de la festividad, aparte las 200

toneladas que se generan diariamente. Durante la semana de feria del 22 al 29 de abril se

recolectaron un aproximado de 260 toneladas extras de las 300 toneladas que recolectan

diariamente, eso en la semana de feria. Hubo un incremento en los depósitos del Tivoli, Merposur

de un aproximado de 88 toneladas de residuos sólidos, dado que estábamos enfocados en los trabajos

de apoyo de la feria, también dentro de la ciudad se empezó a generar más basura, viene mucha

gente de fuera y ahí están los datos. En el mes de mayo se hizo una recolección de 280 toneladas de

residuos sólidos y aquí estamos viendo que empieza otra vez a incrementar la generación de residuos

a nivel municipal y se incrementó la atención de dos nueva colonias que son Colonia Buena

Esperanza y la Colonia El Carmen. El 13 de mayo surgió una problemática por la retención de

nuestras unidades y se tuvo que realizar, tuvimos que hacer uso de volteos del servicio público,

reanudando nuestras actividades el día 17 de mayo. En junio se recolectó aproximadamente 312

toneladas diarias, además de la retención de las 15 unidades de limpia como resultado dio 215

toneladas que se acumularon en la Plaza de Toros, Tivoli y Mercado de la Zona Norte. En el mes de

julio se realizaron diferentes actividades, como la limpieza de principales vialidades, calles de la

zona norte, mercados que continúan trabajando con la separación de los residuos, parques,

andadores, se dio atención a distintas comunidades a quienes también les prestamos el servicio de

limpia, estamos hablando de que un 95% de lo que comprende el Municipio de San Cristóbal de Las

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Casas se le presta la atención de recolección, además de la realización de un video que se publicó

en redes sociales para la concientización del cuidado del medio ambiente y la reducción de basura,

entonces estos eventos que hemos tenido, en el mes de mayo se había llegado al acuerdo de la nueva

ruta que iba a pasar por el centro, que iba a ser a partir de las 06:00 de la mañana, pero por la

misma situación que se presentó que nos retuvieron las unidades no fue posible y ya se había

anunciado en la radio y todo pero lo vamos a retomar nuevamente, ya estaba el acuerdo con los

colonos, con las cámaras, con toda la gente del centro. (A continuación se reprodujo un video sobre

la concientización sobre el medio ambiente). Esto es parte de lo que se está trabajando dentro del

programa de manejo integral de los residuos sólidos, parte de la publicidad que es promoción para

lo que es el tema educativo y prevención. En el mes de agosto se dio atención a nuevas rutas y

distintas actividades, lo que fue en Montetik y Callejón San Nicolás. A principios de mes se les dieron

limpieza a los barrios que tuvieron festividades en sus respectivas fechas y con relación al programa

de manejo integral de los residuos sólidos urbanos se realizó una visita al Fraccionamiento Bosques

del Pedregal. El programa para el manejo integral de los residuos sólidos urbanos es un programa

que nos maneja la Ley General para la Gestión y Prevención de los Residuos el cual nos entrega una

guía para realizar los trabajos de este programa a nivel municipal, es muy importante entender que

el tema de los residuos no es únicamente de recolección y disposición en un sitio, más bien es un

tema de conciencia y educación que bastante falta nos ha hecho acá en el municipio, estamos por

encima del promedio nacional de .85 kilogramos por persona, estamos alrededor de 1.2 kilogramos

de basura generados por persona en el Municipio de San Cristóbal de Las Casas, es un dato muy

importante y seguimos incrementando, el uso desmedido de los plásticos ha hecho que realmente el

municipio tenga un problema muy importante en cuanto a los sitios de que podamos proponer para

la disposición posterior a este trienio y los que vengan, ya como vimos el que tenemos actualmente

nos va durar seis años, pero con el crecimiento potencial que estamos teniendo esto se va reduciendo

drásticamente, es necesario que empecemos a pensar conscientemente acerca de lo que estamos

haciendo nosotros como ciudadanos dentro del municipio y sobre todo que juntos trabajemos para

poder minimizar este impacto ecológico que le podemos causar a la ciudad. Durante las fechas del

21 y 22 de septiembre se dio inicio a la campaña de limpieza en diversas colonias de la zona norte,

teniendo un total aproximado de 48 toneladas de residuos sólidos, se realizaron diversas visitas a

colonias y barrios para presentar el programa de manejo integral de los residuos sólidos, como

Anexo Altos de María Auxiliadora, Barrio de Fátima, Colonia Prudencio Moscoso, Colonia Lagos

de María Eugenia. En estas mismas visitas se realizaron las entregas de lonas impresas en las

colonias de San Juan de los Lagos, San Ramón, Quinta San Martín, Colonia Altejar y Mirador de

Fátima para sus diversas calles, el programa municipal de prevención y gestión del manejo integral

de los residuos sólidos se dio inicio a principios del año 2019 con su elaboración, culminando en las

fechas de septiembre, el cual se envió para su análisis y aprobación el día 4 de octubre de 2019, aquí

vemos una caracterización que nos da la guía de como se hace el método del cuarteo para nosotros

poder analizar y estudiar el tipo de basura y como se está clasificada aquí dentro del municipio, que

es lo que más se genera y aquí vemos un 48%, 49% el material es orgánico, papel y cartón 8%,

metales 2%, vidrio 5%, residuos tóxicos 8%, plásticos 11%, unicel 2%, pet 7% y otros varios. Esto

sería la glosa de las actividades relevantes que hemos hecho durante este ejercicio, el cual hemos

tenido la dirección a cargo, muchas gracias por la atención”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal manifestó: “Muchas gracias Director de Limpia, como

se ha hecho en anteriores ocasiones ahora se otorga el uso de la palabra a los integrantes del Cabildo

para que puedan hacer algunas preguntas e inquietudes que pudieran darse, por lo que pido al

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Director de Limpia sin es tan amable de subir aquí a este presídium y estar en posibilidades de

contestar las inquietudes que los Regidores pudieran tener.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez manifestó: “Buenos días Director de

Limpia Municipal, Sergio Gómez Sántiz, bienvenido a esta sesión, me concentraré en las acciones

que son de exclusiva responsabilidad del presente gobierno municipal la cual comienza con la

clausura del sitio de disposición final de desechos sólidos urbanos del Predio Santiago de este

Municipio. ¿Se cumplió con la Norma Oficial Mexicana SEMARNAT 083 2003 en la clausura del

sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos del Predio Santiago? Y de ser así ¿En qué

consistió el procedimiento? En respuesta el Director de Limpia manifestó: “Regidora muy buenos

días, ese tema creo que aún está pendiente ya ve que el contexto es un poco más político social que

de normas, creo que en eso estamos trabajando, estamos procurando tener algún acercamiento con

miembros de Predio Santiago para poder proceder a eso, no se ha clausurado.” - - - - - - - - - - - - - -

“¿Se le están dando el mantenimiento de post-clausura al sitio de disposición final de residuos sólidos

urbanos del Predio Santiago y de ser así en qué consiste?” En respuesta el Director manifestó: “No”

“¿La Dirección de su encargo elaboró y tiene en operación un programa de mantenimiento de post-

clausura para el sitio de disposición final del Predio Santiago y de ser así en qué consiste y para qué

cuántos años está proyectado?” En respuesta el Director mencionó: “No tampoco lo tenemos

considerado.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿La Dirección a su encargo elaboró y tiene en operación un programa de monitoreo ambiental

para el sitio de disposición final para el Predio Santiago y de ser así en qué consiste y para cuántos

años está proyectado?” En respuesta el Director mencionó: “No, no lo tenemos elaborado.” - - - - -

“¿Qué uso se le dará al sitio de disposición final del Predio Santiago?” A lo que el Director

respondió: “Por ahora tenemos que justamente iniciar con lo que es el procedimiento de clausura,

estamos en proceso, no es únicamente llegar y hacerlo sino sí hay un proceso realmente legal para

el cual intervienen también la comunidad.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - -

¿Cuenta con el dictamen de verificación y evaluación de conformidad de la clausura del sitio de

disposición final del Predio Santiago?” A lo que el Director responde: “No, por lo mismo nosotros

no recibimos ningún sitio de disposición, realmente no lo tenemos, no hubo una entrega recepción

como tal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“De acuerdo a su experiencia el sitio de disposición final de Predio Santiago como pasivo ambiental

¿Qué problemas puede acarrearle a San Cristóbal de Las Casas?” En respuesta el Director

manifestó: “Bueno a largo plazo sí nos puede generar, puede, no estoy 100% seguro nos puede

generar algún problema, ahorita de alguna u otra forma los lixiviados no han penetrado la capa de

tierra, de arcilla pero si eso pasara sí podemos tener algún problema dado que ahí si no cuenta con

ningún tipo de instrumento que sirva de impermeabilizante e impida el paso de los lixiviados hacia

el fondo de la tierra.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“La última, ¿Cuál fue su participación como Director de Limpia Municipal en el predio de

Zinacantán donde se intentó al principio de esta admiración ubicar el sitio de disposición de desechos

sólidos urbanos de la ciudad?” A lo que el Director respondió: “A nosotros nos propusieron llevar

ahí los residuos sólidos que se generan en la ciudad y fue lo que hicimos.”- - - - - - - - - - - - - - - - - -

“Agradezco sus respuestas, tendría muchas preguntas sobre el nuevo sitio de disposición final de

desechos sólidos urbanos ubicado en El Aguaje pero creo que mis compañeras y compañeros

concejales lo harán en este tema. Gracias.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra a la Regidora Sonia Aydeé Ramos Paniagua, quien manifestó:

“Buenos días Director me podría decir ¿la maquinaria pesada que se encuentra operando

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actualmente en el sitio de disposición final es del Ayuntamiento o se renta el equipo?” El Director

responde: “Todo está en renta, lo único con lo que contamos que tenemos allá en el sitio de

disposición es una retroexcavadora que está en comodato y un payloder igualmente en comodato.”-

“¿A cuánto asciende el monto diario por la operatividad del sitio de disposición final de residuos

sólidos, es decir el traslado, el depósito y la cubierta del material mixto?” El Director responde:

“Aquí tenemos la tabla de gastos, porque son distintos temas, aparte el material es una cosa se ve

con lo de la comunidad, el traslado es otro ejercicio que nosotros hacemos separado del tendido del

material. Aquí están los gastos que hemos generado desde el mes de octubre de 2018 a la fecha, esto

es por el traslado únicamente de los residuos sólidos se ha gastado $6’113,152.00 (SEIS MILLONES

CIENTO TRECE MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS 00/100) de octubre a la fecha, esto es

únicamente movimiento de traslado que incluso va incluido el traslado a la ciudad de Tuxtla, el

traslado al kilómetro 33, a lo que es el sitio de disposición de las peras, sitio de transferencia. Lo

que ha sido igualmente la renta de maquinaria del 14 de octubre a la fecha para trabajos del sitio de

disposición ha ascendido a la cantidad de $4’000,000.00 (CUATRO MILLONES DE PESOS), el

traslado de material mixtos interno desde los meses de mayo, junio, julio, agosto es de

$152,000.00(CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL PESOS) y lo que es la compra y traslado de material

mejorado, el revestimiento para las diversas actividades que se realizan dentro del sitio de

disposición final es de $1’174,426.00 (UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL

CUATROSCIENTOS VEINTISEIS PESOS 00/100)” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿El relleno sanitario ubicado en la comunidad El Aguaje cumple con todas las especificaciones

señaladas por la NOM-083-SERMANAL-2003 con los dictámenes, permisos y demás autorizaciones

para su funcionamiento?” El Director responde: “Eso es lo que estamos integrando, justamente

estamos tratando de que cumpla con toda la norma que nos habla desde la creación, el manejo pero

no podemos hablar de clausura porque estamos en operatividad.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿En las condiciones actuales de operación del sitio de disposición final de residuos considera que

existe algún tipo de riesgo a la salud y al medio ambiente?” El Director responde: “Indudablemente

un sitio de disposición final no va ser 100% seguro y va garantizar no causar un daño ecológico, eso

es imposible, desde el mismo hecho de que el plástico se degrada y se vuelve micropartículas de

plástico y esas pueden volar con el aire aparte la contaminación por el aroma pero siguiendo

justamente lo que nos marca la norma 083 y la nueva propuesta que se hizo en el 2015 porque esta

es vigente del 2005 estamos nosotros tratando de minimizar el impacto al tratar de cumplir con todo

lo que nos solicita la norma.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Cuánto del personal de Limpia Municipal a su cargo labora actualmente en el sitio de disposición

final de residuos en la comunidad de El Aguaje?” El Director responde: “Estamos hablando de que

el 70, 80% está llegando allá y lo demás los que trasladamos gente que está encargada de ver las

maniobras, la cuestión de operatividad de las máquinas, el traslado como acabo de decir y una

mínima parte que está encargada de lo que es el centro de la ciudad y las calles, la limpieza

peatonal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Qué acciones hacen falta para que el sitio opere en un 100% y qué se está haciendo actualmente

para lograrlas?” El Director manifestó: “Realmente creo que estamos operándolo bien, conforme a

norma, aquí la cuestión es continuar con el proceso para el permiso, pero eso lo está viendo la

Dirección de Ecología y Medio Ambiente.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra al Regidor Juan David Hernández Girón, quien indicó: “Director

bienvenido muy buenos días, de acuerdo a la información vertida, casi el 50% de los residuos sólidos

son desechos orgánicos, cuál es el plan para reutilizarlo y con quién se está trabajando este plan, si

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hubiera un plan?” EL Director responde: “Sí claro actualmente estamos trabajando muy de la mano

con la Dirección de Ecología y Medio Ambiente al igual con la Dirección de Proyectos Productivos

con quienes ya tuvimos un par de pláticas para realizar el proyecto del centro de composteo

municipal que sería un proyecto muy importante para poderle dar un uso adecuado a esta cantidad

de residuos sólidos.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Qué se está haciendo con los residuos sólidos que se producen en las comunidades rurales? ¿Qué

plan se está haciendo o cómo se está trabajando?” El Director responde: “Se está recolectando, se

realiza la colecta cada 15 días a las distintas comunidades, ellos juntan, realmente no es mucho lo

que se genera en la comunidad, estamos hablando de un 10% del total de lo que se genera a nivel

municipal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra al Regidor Guillermo Alonso Gómez Loarca, quien manifestó: “Muy

buenos días a todos y a todas, Director muchas gracias por estar acá, es evidente que uno de los

retos o el primer gran reto de esta administración y durante este año es el cómo se ha tratado los

residuos sólidos que se generan en la ciudad, tenía varias preguntas en razón al Predio Santiago y

al predio que está ubicado en Zinacantan, pero creo que ya se ha hablado bastante al respecto. Del

primero de octubre de 2018 al primero de octubre de 2019 ¿Qué volumen de residuos sólidos urbanos

ha generado el municipio de San Cristóbal?, se lo pregunto para que la población tenga una idea

del impacto que generamos al medio ambiente.” El Director responde: “A la fecha tenemos 90 mil

toneladas generadas aproximadamente en el municipio.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“En base a ello, considerando el costo del terreno, construcción del relleno, apoyos a la comunidad

y todos los gastos realizados hasta el momento, tiene usted idea de cuáles son los costos por tonelada

de los residuos sólidos que generamos?” El Director responde: “No, como lo sacamos a groso modo

realmente, no sacamos (inaudible) hacer la sumatoria y sacarlo por día.” - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Qué estrategia y acciones concretas se tienen para revertir hábitos de consumo en los habitantes

y reducir la generación de residuos sólidos urbanos?” El Director manifiesta: “Lo primero que

nosotros integramos o solicitamos que se integrara a esta nueva administración, fue la creación del

reglamento, la actualización perdón del nuevo Reglamento para poder tener las herramientas,

primero, y no podemos establecer parámetros referente a cómo se empieza a trabajar legalmente

cuando las condiciones son más de tipo social, estamos nosotros concretamos el programa municipal

para lo que es la gestión de los residuos sólidos a nivel municipal y los temas importante en los que

se basa es educación, prevención y esto requiere hablar sobre todo de mucha comunicación, tenemos

que educarnos en el tema a nivel municipal para poder empezar desde la casa y por consiguiente

tener un impacto a nivel municipal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“En razón a la respuesta que usted acaba de dar, ¿Qué alternativas ofrece el Municipio para

promover en la población el reciclaje de los residuos? Y ¿qué resultados se han logrado en el primer

año?” El Director responde: “La verdad es que se ha recibido mucho apoyo por parte de la

ciudadanía, creo que estamos tomando mucha conciencia en el tema, en lo que es el plan piloto al

momento en que hacemos la separación, una parte estar enviando a un centro de composteo que

estaba atrás del hospital de las culturas pero lo cerraron, no sabemos las circunstancias y esto lo

empezamos a llevar nuevamente al sitio de disposición final pero nos percatamos de que la

separación de lo que es el material inorgánico ya era muy mínimo con esta separación lo que llegaba

al sitio de disposición final, hablamos de un 20% lo demás se distribuía en distintos canales.” - - - -

“¿Qué medida ha realizado para garantizar que la disposición final de la basura no deteriore el

entorno natural?” El Director responde: “Volvemos a la misma respuesta Regidor, no podemos

garantizar un 100% pero trabajando adecuadamente podemos llegar a garantizar un 90% del

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impedimento de la contaminación, principalmente hacia el subsuelo.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“En razón al predio de Zinacantan ¿qué responsabilidad asume en la selección del sitio de

disposición final de residuos sólidos? ¿Tiene usted algún tipo de responsabilidad por haber elegido

ese lugar?” El Director responde: “No, relativamente no, nosotros como Dirección no tenemos

ninguna responsabilidad, he hecho hay oficios, documentos que deslindan la responsabilidades

totalmente del Ayuntamiento y la empresa que propuso el terreno.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Qué responsabilidad asume en la selección del sitio de disposición final de residuos sólidos que se

encuentra en El Aguaje?” El Director responde: “Igualmente a nosotros nos indicaron que era el

nuevo sitio de disposición final y donde podíamos realizar los trabajos adecuados para esto mismo.”

“¿Qué responsabilidad asume en el control de residuos sólidos urbanos, la atención a la Ley General

para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y a las normas oficiales mexicanas y otros

ordenamientos jurídicos asociados con la recolección, manejo y disposición final de residuos

sólidos?” El Director responde: “Estamos tratando de apegarnos lo más posible a las normas y leyes

que rigen la gestión de los residuos, en este caso de índole municipal.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿Qué porcentaje de la basura recolectada es colocada en el sitio de disposición final ubicado en el

predio El Aguaje?” El Director responde: “Creo que lo que está llegando al sitio es un 80%, el 20%

se está realizando en promedio la separación manual que realizan nuestros trabajadores al momento

de la recolección y otro tanto que realizan los pepenadores dentro del sitio de disposición final.” - -

“¿Qué porcentaje de la basura orgánica recolectada es utilizada en acciones de composteo?” El

Director indicó: “Actualmente ninguna, ese es el plan, realizar el programa municipal de composteo,

ya estamos trabajando con Proyectos Productivos y Ecología en ese tema, ya se venía avanzando

pero no se ha podido debido a que no hay muchos predios disponibles para esta acción.” - - - - - - -

“¿El Municipio de San Cristóbal de Las Casas, cuenta con un sistema de información sobre la gestión

integral de residuos que garantice el derecho a la información conforme a lo previsto en el artículo

37 de la Ley General en la materia? El Director responde: “La información se está tratando de subir

a nuestra plataforma y quienes quieran acercarse a la Dirección nos lo han hecho por escrito la

petición sobre lo que se está realizando dentro de la Dirección y las actividades preponderantes y se

está brindando tal cual.” - - - - - - - - - - --- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿De la basura recolectada antes de su disposición final, se separa la basura para su

aprovechamiento o venta?” El Director responde: “En el plan piloto se está realizando la separación,

a nivel municipal nuestro personal lo separa, ellos se hacen cargo de los residuos que separan.” - -

“¿Hay alguna persona o personas que tengan algún permiso o derechos para aprovechar la

separación de la basura en la ciudad?” El Director responde: “No” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“Por ende pues no hay ingreso alguno que entre a las arcas municipales. De antemano agradecerle

Director que me haya usted enviado el programa para la prevención y gestión integral de los residuos

sólidos urbanos para nuestro municipio, entiendo que esto no ha pasado por Cabildo y esperemos

que a la brevedad pase. En razón de ello en el primer informe de Gobierno Municipal se nos informó

que el 17 de diciembre de 2018 se comenzó el programa integral de los residuos sólidos, ¿es correcto

eso? La semana pasada recibí a petición mía el programa al que hice referencia, en función de ello,

¿Qué inversión se destinó para la elaboración y formulación del programa para la prevención y

gestión integral de los residuos sólidos urbanos del Municipio de San Cristóbal de Las Casas?” A lo

que el Director respondió: “Ninguno, lo hicimos con todos los integrantes de la Dirección, con el

apoyo de algunos profesionales del tema.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿En qué periodo se realizó la elaboración y formulación del programa en comento?” El Director

responde: “Fue a partir del mes de diciembre que empezamos a plantearlo y empezamos a ver de

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quiénes íbamos a recibir el apoyo para la formulación de tal programa.” “En razón de ello ¿Quién

es el responsable técnico y/o profesional de la elaboración y formulación del programa?” El Director

responde: “El Ingeniero Rosendo Chávez, él es el Gerente de Proactiva de Tuxtla Gutiérrez, que es

quien nos asesoró.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“El programa para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos se formalizó

convocatoria pública para impulsar la participación social en la elaboración del programa para la

prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos del Municipio conforme está previsto

en Ley general en la materia?” El Director manifestó: “Nos apegamos totalmente a la guía para la

elaboración del programa.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“Pero ¿hubo alguna convocatoria a la ciudadanía para que participara? El Director responde:

“Como tal no.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“Usted hacía mención en sus diapositivas sobre la caracterización de los residuos sólidos urbanos,

¿me puede usted explicar cuál es la muestra que se tomó o de dónde se tomó esa muestra? El Director

manifestó: “Fue el método del cuarteo, como lo marca la guía tiene que ser distintas colonias con

distinto extracto social.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“¿En qué periodo se realizó dicha caracterización?” El Director manifiesta: “Fue en el mes de

septiembre.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“El programa para la prevención y gestión integral de los residuos sólidos urbanos del Municipio

cuenta con revisión y aprobación de autoridades en la materia?” El Director manifestó: “Nos

apegamos en lo que es la Ley, lo está revisando también el Biólogo y también por eso lo mandamos

a revisión con ustedes.”- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra a la Regidora Karla Lugo Sarmiento, quien manifestó: “Buenas

tardes ciudadanía, medios de comunicación, Presidenta, Síndico, Regidores, Director mi única

participación será para exhortarlo que a la brevedad posible nos presente un anteproyecto del

programa de clausura del sitio de disposición ubicado en el Predio Santiago, las preguntas ya las

hicieron nuestros compañeros. Muchas gracias.” A lo que el Director responde: “Claro que sí

Regidora” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra al Regidor Juan David Hernández Girón, quien manifestó: “Una de

las inquietudes que ha tenido la ciudadanía y no solamente la ciudadanía sino que también turistas

al momento de venir a la ciudad es la recolección de la basura casi a medio día en la zona centro.

¿Qué plan se ha hecho para evitar esta mala imagen que se le da, no solamente hacia los turistas

sino también a los habitantes de la ciudad?, ya que pues produce olores fétidos y pues bueno también

da una mala visión, ¿Qué plan se está haciendo y cuál es la colaboración también de los

empresarios? que tienen los negocios y que producen también justamente una gran cantidad de

desechos a la ciudad.” El Director indicó: “Nosotros en el mes de mayo, a finales de mayo habíamos

acordado el cambio de horario justamente para evitar este tipo de situación de mala imagen dentro

del centro histórico y acordamos que el día 15 de septiembre iniciaríamos la recolección a las de la

mañana pero debido a la retención de la unidades que se suscitaron en esa fecha no pudimos,

posteriormente nos regresaron las unidades en malas condiciones y eso nos hizo posponer todo este

plan, justamente la semana pasada la Presidenta nos instruyó a que retomáramos nuevamente esto,

ahorita ya estamos nuevamente en condiciones de retomar y estamos planificando tanto con los

colonos de la zona centro como con las diversas organizaciones, nuevamente implementar el horario,

lo vamos a hacer, lo vamos a dar a conocer y hacer público para que nos vayamos adecuando y dar

un tiempo pertinente para que todos se enteren.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra a la Regidora Silvia Shalom Álvarez Torres Valle, manifestó: “Muy

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buenos días Director, bueno yo creo que ya los compañeros Regidores ahondaron bastante en el

tema a mí me gustaría preguntarle si considera Usted que al término del ejercicio de esta

administración se podrá heredar a San Cristóbal de Las Casas una planta de separación y

tratamiento con disposición final de residuos sólidos con un cumplimiento al 100% de la Norma

083?” El Director responde: “Estamos trabajando con eso Regidora creo que ha venido SEMAHN a

hacer las revisiones, la supervisión y por parte de ellos nos han comentado que vamos muy bien en

el tema, justamente con ellos hemos tenido también mucho acercamiento y nos han estado asesorando

en todo lo que es el tema del manejo del centro de disposición final, yo considero que estamos muy

cerca de lograr ese cometido.” - “¿Cuáles son las observaciones que han sido emitidas?” El Director

responde: “Creo que algunas observaciones muy de carácter técnico, creo todo es solventable.” - - -

“¿Podría mencionar algunas” El Director manifestó: “Claro, por ejemplo los cortes de talud,

lógicamente por el tipo de terreno que tenemos no es exactamente un terreno ideal pero pues por

ahora es el que tenemos entonces nosotros nos vamos adecuando a las condiciones del lugar, esa es

una. No quisieron observar la parte de la geomembrana justamente porque incluso tenemos una

geomembrana más gruesa de lo que solicita la norma, no ha habido más salvo la operatividad, el

tanque de lixiviados que ya está, la pipa para mover los lixiviados al tanque también ya está o sea

hemos ido solventando todas las recomendaciones que nos han dado tanto personal de SEMAHN

como algunos otros asesores externos con los que contamos.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

“A un año del encargo que asumió desde el primero de octubre también fue nombrado como a

mediados de octubre ¿Cuál ha sido el mayor reto durante su encargo? ¿Cuál considera usted que ha

sido el mayor reto?” El Director responde: “Pues siendo muy honesto creo que el contexto social en

el que muchas veces se maneja y politiza el tema de los residuos, yo veo que la ciudadanía en sí es

muy consciente de lo que pasa, creo que podemos hacer mucho referente al tema.” - - - - - - - - - - - -

Acto seguido un ciudadano manifestó continuar con el siguiente punto, por lo que la Secretaria

Municipal manifestó: “Por favor si guardan silencio, por favor si son tan amables de guardar silencio

vamos a esperar las participaciones de los Regidores, posteriormente continuaremos con el punto de

participación ciudadana.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Continuando con el uso de la voz el Director de Limpia Municipal indicó: “Eso sería yo creo, el

contexto político con el que se maneja el tema.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se concedió el uso de la palabra a la Presidenta Municipal, misma que indicó: “Muchas gracias

ciudadanos sancristobalenses, muchísimas gracias por la atención y por la disposición de su tiempo,

mi participación en concreto es para agradecerle desde que Usted tomó la dirección de Limpia

Municipal entendimos que realmente era un gran reto y por eso mi agradecimiento, pero también

quiero hacer extensivo mi agradecimiento a todos los trabajadores de Limpia, porque gracias al

trabajo que realizan todos los días desde las 5:30, 06:00 de la mañana en San Cristóbal de Las

Casas, entendemos que el compromiso es fuerte, son muchas toneladas de residuos sólidos que

tenemos que dar la atención y el servicio a San Cristóbal, si no existe la coordinación y la conciencia

entre todas y todos entendemos que el trabajo se traduce en casi casi imposible, nosotros entendemos

y mi reconocimiento por eso para todos y para todas las del área de Limpia porque cuando llegamos

hace un año y para todos es conocido fue el área que fue perseguida, el área que rompió la mafia de

la basura, de los residuos sólidos en la que estaba secuestrado San Cristóbal de Las Casas, y siempre

tomar como reto un nuevo esquema pues se tocan intereses, por eso me atrevo a decir que mi

reconocimiento porque se trataba en ese momento ¿o lo tomas, o lo dejas, no? Y Usted con gran

responsabilidad y con el equipo que Usted tiene nos atrevemos a dar el reconocimiento a través de

un incremento salarial a los que menos tienen, nos dimos cuenta que los trabajadores de Limpia son

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los que menos ganaban, ahora logramos un incremento salarial, el mayor incremento salarial en la

historia para reconocer el trabajo que hacen, un trabajo que en la corresponsabilidad debemos de

tener todas y todos, sé que es difícil este tema, sé que ha sido muy perseguido el que nos hayan

secuestrado políticamente, socialmente para presionarnos y secuestrarnos como siempre lo habían

hecho, el que se hayan llevado 15 unidades de basura y se dio la respuesta pero no se hubiera dado

sólo con esta administración o con los que estamos aquí sentados sino se dio satisfactoriamente con

la participación de toda la ciudadanía, por eso mi agradecimiento a todos los ciudadanos que a pesar

de una situación que se vivió realmente considero que ha sido un gran reto para todas y para todos,

mi agradecimiento para ustedes, para usted, nada es perfecto, siempre lo dije y lo voy a seguir

diciendo, porque podemos cuestionar muchas cosas, no es lo mismo continuar con un tiradero a cielo

abierto que por supuesto lo vamos a atender, ese es el otro reto que tenemos, claro que lo vamos a

atender y va ser en colaboración con los ciudadanos, en colaboración con todos los integrantes de

este Cabildo que existe el compromiso de terminar la administración municipal lo mejor que

podamos, cumpliendo con el tema de salud y precisamente quiero aprovechar también para

agradecerle a todos y a todas las integrantes de este Cabildo el haber aprobado desde la Comisión

de Gobernación, el haber aprobado estos Reglamentos que van a favorecer el cambio de una cultura

en el tratamiento del medio ambiente, de los residuos, muchas gracias Director, muchas gracias a

todos los trabajadores de Limpia y que sientan que no están solos, que aquí estamos este Honorable

Cabildo, aquí estamos para apoyarlos más que para cuestionarlos sino para decirle aquí estamos y

aquí está la ciudadanía sancristobalense que reconoce el trabajo durante un año en la persecución

verdad, porque es la parte más sensible, no de su servidora ni del Ayuntamiento sino de los

ciudadanos. Muchas gracias.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, manifestó: “Agradecerle al Director de Limpia

Municipal su participación. Como estamos en el punto de asuntos generales, pregunto a los

integrantes del Cabildo si alguno de ellos tiene algún asunto diferente al tema de limpia.”- - - - - - -

En uso de la palabra la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez, Manifiesta: “La construcción

institucional, es un proceso que lleva tiempo en madurar, razón por la cual, el actual Gobierno

Municipal de San Cristóbal de Las Casas, está obligado a realizar la aportación que le corresponde,

para facilitar el trabajo de las autoridades, que nos sucederán en el futuro, al igual que ocurrió con

las que nos antecedieron y nos dejaron los avances institucionales de los que ahora disponemos y no

solo se trata de aportar como deudores generacionales de la vida institucional del municipio, sino

de acortar la distancia entre nuestra ciudad y otras latitudes que nos llevan mucha ventaja, en la

construcción de las instituciones que promueven un desarrollo integral de la ciudadanía. Lo anterior

lo comento, porque el día de ayer, por ejemplo en el conversatorio que ofreció el arquitecto Fabián

Ozuna, a la que me fue imposible asistir, pero pude seguir a través de las redes sociales, se refirió a

que en otras latitudes de la república, ya cuentan con Procuradurías de Desarrollo Urbano. ¿Se

imaginan el avance, que eso significaría para San Cristóbal de Las Casas?, entiendo que estamos

lejos de ello, pero hasta el camino más largo empieza o comienza por un pequeño paso y este lo

oficialice, el pasado viernes 25 de octubre, mediante oficio SR/RSS/172/2019, al presentar la

solicitud formal a la Presidenta Municipal; Jerónima Toledo Villalobos, para que a través de su

conducto sea propuesta la creación e integración de la Comisión Especial de Transparencia del

Ayuntamiento Municipal de San Cristóbal de Las Casas, en atención al artículo 81 del Reglamento

Interior y a la cual aspiro a presidir, estoy segura que el ejercicio de transparentar a la ciudadanía,

el accionar de su Gobierno Municipal, repercutirá con el tiempo, en la creación del andamiaje

institucional del que disponen otras ciudades del país y que les están dando, tan magnífico resultado.

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Es cuanto”. En uso de la palabra la Regidora Silvia Shalom Álvarez Torres Valle, manifiesta: “ En

mi carácter de presidenta de la Comisión de Equidad de Género y Desarrollo de Las Mujeres,

quisiera informar que el día miércoles pasado, sostuve una reunión de trabajo por la invitación de

la Antropóloga Adela Bonilla Vidal, Directora de Equidad de Género y Desarrollo de las Mujeres,

con el propósito de crear una mesa de trabajo para la organización del primer foro titulado “Trans

formándonos a una Agenda Municipal de Garantía de Derecho de las personas Trans, en el marco

internacional de los Derechos Humanos”, celebrado el 10 de diciembre. Esta iniciativa intenta la

inclusión de todas y todos en Igualdad de Género y propone la participación de los Gobiernos

Locales, en las políticas públicas, para que implementen acciones con un enfoque de respeto a los

Derechos Humanos de todos los Individuos por igual. Por tal razón y como resultado del seguimiento

que se le ha dado por parte del municipio, a los diversos sucesos que, lamentablemente, privaron

de la vida a un integrante de la Comunidad LGTVI, en la que han participado las y los titulares de

las Direcciones de Equidad de Género y Defensoría Municipal de Derechos Humanos, la Fiscalía

Zona Altos, Zona Indígena, la Comisión de Derechos Humanos y diversas organizaciones, se ha

propuesto a través de la organización colectiva Chuvajetik, que reúne un conjunto de personas de

diferentes agrupaciones de la sociedad civil, quienes trabajan en defensa y promoción de los

Derechos Humanos de las personas LGTVI. Que se organice y se lleve a cabo el primer foro,

denominado como ya lo había mencionado “Trans- Formándonos…”. Con el propósito de construir

una agenda municipal de garantía de Derechos de las personas Trans con motivo del día

internacional de los Derechos Humanos, para celebrarse como propuesta, el día 9 de diciembre del

año en curso. Esta asociación, propone la realización de este Foro para el día 9 de diciembre en

nuestra ciudad, con la participación de ponentes expertos en el tema, con la finalidad de concientizar

a la sociedad en el respeto de la igualdad, la inclusión y principalmente los derechos humanos que

como individuos debemos tener libres de violencia y de acoso. En tal circunstancia la Organización

Chuventik, solicita el apoyo económico para poder llevar a cabo este evento, en donde Gobierno

Municipal proporcione los viáticos necesarios para el transporte aéreo, transporte terrestre,

hospedaje y alimentación, para dos ponentes provenientes de la ciudad de México y de Oaxaca, el

costo aproximado solicitado por la organización es aproximado a $19,000.00 (Diecinueve mil pesos

00/100 M.N. pesos), y por tal razón en corto haré llegar la solicitud y el costo de los apoyos

económicos solicitados a los y los integrantes de la Comisión de Hacienda, para que en su caso se

aprueben los recursos que solicitan para dicho evento. Es cuanto”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: “Muchas gracias, nuevamente quiero

agradecer a toda la ciudadanía sancristobalence, y porque no, a todos los que tuvieron la

oportunidad a los visitantes, el día domingo terminamos el evento importantísimo, del Festival

Cervantino Barroco en su XVII emisión, actividades culturales, actividades artísticas, muchísimas

gracias por el acompañamiento, gracias al Gobierno del Estado por todas las facilidades, lo que a

nosotros nos correspondió como Ayuntamiento queremos decirles, que lo logramos, que en lugar de

tres días o de cuatro días, fueron ocho días de actividades culturales, en algunos barrios, en algunas

colonias de este municipio. Y precisamente dándole continuidad a eventos ahora, el día de ayer

estuvimos ya en el panteón municipal, haciendo el recorrido para prepararnos y recibirnos en esta

celebración de los fieles difuntos, que debemos de ser bien cuidadosos, mi petición como Alcaldesa

de San Cristóbal de Las Casas, es que nos cuidemos, que nos protejamos, que entendamos que es la

oportunidad de un encuentro con los que se nos han adelantado y que debemos de participar en paz,

como el año pasado, lo determinamos también ahora, porque nos hemos dado cuenta, el que haya

bebidas alcohólicas en venta alrededor del panteón, genera en un momento dado inseguridad,

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nuevamente el día de ayer hicimos del conocimiento de que no habrá venta de bebidas alcohólicas,

y en ese sentido queremos pedirle a la ciudadanía, la comprensión el respeto y el acompañamiento

de esta ruta que estamos presentando como administración municipal. También, por supuesto cuidar

que no se use tanto unisel, popotes, bolsas de plástico, el día de ayer hicimos un recorrido junto con

Jurisdicción Sanitaria, para fumigar, aunque no tenemos el problema de dengue, o de chinkungunya,

para prever porque ha llovido mucho, en un programa de salud, que hicimos el arranque el día de

ayer, ver que haya suficiente agua, está interviniendo SAPAM por supuesto, para cuidar este

momento, la capilla, también ya está saneada en este momento y querer entre todos la

corresponsabilidad, que esta celebración, sea una fiesta tranquila y en paz en la corresponsabilidad

entre todas y todos. Decirles que vamos a seguir en esta misma ruta cuidándonos, protegiéndonos,

ofreciendo los servicios en la corresponsabilidad como siempre lo he estado diciendo con los

ciudadanos, las opiniones, las sugerencias para que esto vaya mejorando son bienvenidas y

bienvenidos, aquí justamente, este es el escenario con respeto por supuesto, este es el escenario, este

es el cabildo donde tenemos la oportunidad de escucharnos con todo el respeto que nos merecemos

entre todos, muchas gracias, yo deseo que esta celebración del día de los fieles difuntos, sea de

manera armónica con aquellos que se nos han adelantado. Muchas gracias”. Bueno creo que ha

llegado un momento importante para decirles, porque aquí lo anunciamos, cuando entendemos que

no hay recurso económico que alcance, tenemos situaciones en monumentos históricos en el centro

de la ciudad y como Ayuntamiento queremos participar en los trabajos de restauración que se están

haciendo, se organizó una Gala de Zarzuela a beneficio de la restauración de monumentos del Centro

Histórico con fecha 16 de octubre del 2019, a las 19:30 de la noche y queremos darles a conocer,

que la cantidad que se logró recaudar y que vamos a hacer entrega al Consejo es de $116, 350.00

pesos (Ciento dieciséis mil, trescientos cincuenta 00/100 M.N. pesos), completamente íntegros, para

apoyar a esta restauración, el Ayuntamiento se hizo cargo de toda la logística y queremos decirle a

este Consejo, que le den el buen uso, que le den lo más que se pueda lo que nosotros también

tengamos seguirlos apoyando. Me gustaría llamar a la señora María Dolores Pedrero Corzo y

Mercedes de María Pedrero Corzo, para entregarles el recurso que se obtuvo de esa gala, para

apoyar con los trabajos de la Restauración de Monumentos del Centro Histórico”.-Acto seguido se

hizo entrega de dicho recurso, firmando de recibido las personas antes citadas.- - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, manifiesta: “Muchas gracias, continuamos con asuntos

generales”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- -- - - - - - - - - - - - -

En uso de la Palabra la Regidora Claudia Patricia Sancho Aguilar, manifiesta:” Gracias, tuve el gusto

de asistir en representación de la Presidenta Municipal; Jerónima Toledo Villalobos, en conjunto

con la Licenciada Gabriela Gudiño Gual; Directora Municipal de Turismo, Integrantes del Comité

Ciudadano de Pueblos Mágicos, un grupo de Empresarios del Ramo Turístico, así como personal de

la Secretaria de Estado en la materia, a la primera edición del Tianguis Turístico de Pueblos

Mágicos, en la Ciudad de Pachuca Hidalgo, en donde tuvimos la oportunidad de mostrar parte de la

cultura, naturaleza, patrimonio y gastronomía de nuestro municipio, con el objetivo de promocionar

los servicios turísticos y entablar un intercambio comercial en esta nueva modalidad de tianguis.

Este escaparate, tuvo una fluencia de más de 120 mil personas y permitió establecer poco más de 30

citas de negocios para nuestro municipio, que se verán reflejadas en una mejor afluencia de visitantes

para el cierre del ejercicio 2019 y para ya el cercano 2020. Con estas acciones buscamos fortalecer

nuestra presencia como destino turístico, en el mercado nacional y presentarnos ante los países

invitados como una opción diferente y diversa, para tomar en cuenta los próximos periodos

vacacionales, es importante mencionar que los 121 pueblos mágicos, se encuentran actualmente en

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análisis a través de un expediente técnico que solicita SECTUR Federal, para continuar con este

nombramiento. Por ello solicito y exhorto a las distintas Direcciones y áreas involucradas en integrar

este expediente, para que nos faciliten información a través del Comité de Pueblos Mágicos, Comité

Ciudadano de Pueblos Mágicos y la Dirección de Turismo y en conjunto logremos conformarlo. Es

cuanto”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, indica: con esto damos por concluido el punto de asuntos

generales, por lo que damos paso al punto número ocho que corresponde a la Participación

Ciudadana, esta participación se da en los términos de lo que establece el artículo 122 del Reglamento

Interior del Ayuntamiento de San Cristóbal de Las Casas, Chiapas. Por lo que se les informa que las

personas que se anotaron previamente a la Sesión de Cabildo, cuentan con un tiempo de 7 minutos

como máximo para hacer su exposición.- -. En uso de la palabra al Sr. José Manuel Encinos López,

representando al Museo de Medicina Maya: “Buenas tardes, yo vengo en representación de lo

Organización de Médicos Indígenas, más conocido como Museo de la Medicina Maya, consideramos

que es importante que sepan la existencia de este lugar para recibir también el apoyo del

Ayuntamiento, no vengo preparado pero si quisiéramos también tomen en cuenta este lugar, que

sepan que hay un lugar turístico y que puedan visitarnos previamente. Estamos agradecidos con

ustedes y gracias por el espacio, es únicamente mi participación. Gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - --

. En uso de la Palabra la Presidenta Municipal, Manifiesta: “Muchas Gracias, Sr. José Manuel

Encinos López, es bueno saber efectivamente y le quiero pedir a la Regidora Claudia, al Regidor

David, que se acerquen al Señor José Manuel Encinos, desde su comisión para poder incluirlos en

diferentes actividades que tendremos muy pronto en San Cristóbal de Las Casas, muchas gracias

Señor”.- - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, manifiesta: Continuando con la participación ciudadana,

se le concede el uso de la palabra al Sr. Dámaso Villanueva Ramírez; él es el Secretario del Consejo

Vecinal, en la Colonia San José Buenavista.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la Palabra el Sr. Dámaso Villanueva Ramírez; expresa: “Gracias, muy buenos días a todas,

todos. Seguimos esperándoles desde el cuatro de noviembre de 2018, la Colonia San José Buenavista,

entrego en manos de la Presidenta Municipal, un documento en donde se le planteaban los problemas

y necesidades que tenemos como barrio, y nos pidieron paciencia para que resolvieran estos

problemas, cuatro de noviembre de 2018, aquí está la firma de la Sra. Presidenta, en donde se le

entregó en mano propia este documento. Se le hablaba en ese entonces que en el andador Teopisca

esquina con el andador Chamula, tenemos un problema de salud pública, porque hay un drenaje que

se colapsa cada vez que llueve y todo lo que tiene el drenaje, con el perdón de todas y de todos, el

agua de caca (sic) se sale hacia todo el barrio y se nos vuelve un problema que desde el cuatro de

noviembre del 2018 seguimos esperando que resuelvan. También en ese mismo documento se les

había recordado, que teníamos graves problemas con nuestros jardines de juegos infantiles, después

llegaron incluso varios Regidores a darse la vuelta y a conocer nuestro barrio, a ver que sembramos

plantas, árboles frutales y nos visitaron y nos saludaron y dijeron que allí iban a regresar para ver

los problemas que tenemos. Cuatro de noviembre de 2018, también les dijimos que no habían

terminado varios reductores de velocidad, que estaban enfrente de una escuela, de un jardín de

niños, cuatro de noviembre de 2018, también les habíamos dicho que tenemos graves problemas con

que el transporte público se brinca los semáforos y no les importa lo que pase con las señoras que

vienen cargando a un niño, la bolsa y no se paran, se arrancan, aquí están mis compañeras, pueden

levantar la mano por favor, para que se los puedan decir en el patio de su cara de la autoridad,

porque seguimos esperando desde el cuatro de noviembre de 2018. También en ese mismo tenor les

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habíamos dicho que la inseguridad es un problema gravísimo, por la falta de alumbrado público,

cuatro de noviembre de 2018, nos pidieron paciencia, les voy a recordar lo que les dijimos, porque

después, el quince de enero del 2019, les volvimos a entregar el documento, ahí está el sello de

recibido en la parte superior. Con recordatorio donde se les decía exactamente las mismas broncas

que seguimos teniendo, siguen las sabritas, sigue bonafon, siguen metiéndose sus camiones de alto

tonelaje en medio de las calles destruyéndolas, también otra denuncia que les habíamos hecho, era

que hay tapas del registro de drenajes del sistema de agua potable que están en medio de las calles,

en este caso en calle de la raza y de la calle tsotsiles y que estas se estaban hundiendo desde el cuatro

de noviembre de 2018, esas tapas se estaban hundiendo y van a quebrar los tubos que son del

dieciséis, son de los tubos grandes y que van a tener que romper nuestras calles que son de concreto,

para poderlas resolver y luego el problema va a ser mas mucho más grave de lo que ya tenemos,

cuatro de noviembre de 2018, y lo seguimos esperando, la última vez, el quince de enero se los dije

y se los vuelvo a repetir me recuerdan al gobierno de Fox, el gobierno de Fox decía que en quince

minutos iba a terminar con el problema de Chiapas, con el problema de los Zapatistas, son los quince

minutos más largos de la historia, porque los Zapatistas allí siguen y siguen resolviendo ellos solitos

sus problemas, ¿será que vamos a tener nosotros y nosotras quienes resolvamos los problemas?,

porque desde el cuatro de noviembre de 2018 seguimos esperando. ¿Qué van a hacer para solucionar

los problemas?, porque, pues aquí les vuelvo a repetir están algunas de las Regidoras, Regidores

que estuvieron en San José Buenavista y todavía no tenemos respuestas. ¿Qué van a hacer, cuando,

como, donde, a qué horas van a empezar?, es pregunta”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, manifiesta: “Perdón, no está permitido el dialogo, por

si gusta Usted continuar y la Presidenta Municipal le dará la respuesta. Por favor Señor Dámaso.

Bien gracias Sr. Dámaso. Adelante Presidenta Municipal”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: “Bien, Sr. Dámaso Villanueva Ramírez.

Tiene Usted toda la razón, al decir que del cuatro de noviembre del 2018, afortunadamente Usted

sabe que nos hemos reunido, si con alguien nos hemos reunido, en COCOSUR que usted también

es...”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - .

Intervención del Señor Dámaso: “Perdón, pero no vengo representando a COCOSUR, Señora, vengo

representando a la Colonia San José Buenavista y no estoy hablando de COCOSUR, eso es otro

asunto”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

. En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: “Haber permítame tantito, yo no vengo a

discutir con Usted, ni recriminar ni nada, yo solamente le quiero hacer la referencia principal, que

yo lamento y asumo la responsabilidad, por supuesto de lo que a mí me corresponda, pero yo lamento

muchísimo que si en varias ocasiones nos hemos estado reuniendo y no había tenido Usted, el

acercamiento como para decirme, oiga presidenta esto no se ha dado, yo lo lamento, pero además

asumo la responsabilidad que me corresponde en ese sentido,…”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Intervención del Señor Dámaso: “Por favor…”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: ”Y entiendo también, que existen otros

intereses que habría que cuidar, en ese sentido, a la Comunidad San José Buenavista, yo le quiero

decir, indiscutiblemente si hay algunos regidores que han asistido, podemos también decirles, que el

día de mañana, pasado, podemos poner un día y poder atender algo que nosotros ya debimos de

haber atendido, por supuesto que sí, pero que yo lamento y les quiero decir, es que muchas veces,

hemos tenido la oportunidad, aunque no como COCOSUR, pero si está muy pendiente, porque les

consta, que los hemos estado atendiendo. Sin embargo, insisto…”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Intervención del Señor Dámaso: “A nosotros no…”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - -

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En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: “Yo lo escuche Señor permítame terminar,

sea Usted respetuoso, yo lo escuche atentamente y no lo interrumpí, de tal manera que le pido por

favor que me permita terminar. Y así nos entendemos con respeto. De ninguna manera, estamos o

estoy, hablo como Presidenta Municipal, evadiendo lo que me corresponda hacer, si esto no ha sido

atendido, tengo el compromiso de asistir, ver y le pido al Director de Obras Públicas y le pido por

favor al de SAPAM y al de Alumbrado Público, que de manera inmediata, vayamos al lugar y

busquemos la manera de cómo resolver este tema, si ha sido por descuido, si ha sido por omisión, le

pido a los encargados de estas áreas, que atendamos a la comunidad, a la Colonia San José

Buenavista. No es nuestra intensión conflictuarnos, nuestra intención y nuestro compromiso es dar

respuesta. Y si desde el cuatro de noviembre, no se ha dado respuesta, tengan la plena certeza, que

yo en este momento, estoy instruyendo, que de manera inmediata al terminar esta sesión nos veamos

para fijar la fecha y estar ahí en esa colonia, con los Regidores que ahí se puedan y de acuerdo a su

agenda. Muchas gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -

Se le otorga el uso de la palabra, al Sr. Joaquín García Pérez; representante de colonias del Consejo

General de la Zona Norte.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - -

Se le concedió el uso de la palabra, al Sr. Joaquín García Pérez, quien expone: “Me permito dirigirme,

en este momento, con este escrito. Señora Presidenta, los que suscriben: Integrantes del Consejo

General de barrios, colonias y fraccionamientos de la Zona Norte, por este medio nos permitimos,

desglosar el siguiente punto único, sobre problemas referentes a la obra pública, que nos compete.

Uno, que a la brevedad sea, liquidada a las constructoras las obras en proceso, mismas que debieron

haberse terminado desde hace varios meses, pero que los contratistas justifican no poder terminar

por falta de fondos. Dos; así mismo del resto de las obras priorizadas, pero en espera, demandamos

el pronto inicio, para que el último trimestre, esto en sentido de haber sido integradas, en el mismo

paquete aprobado el mismo 2019. Sin más por el momento, le agradecemos la atención al mismo.

Señora Presidenta, esto le queremos decir, tenemos varios casos, en los que los constructores nos

hacen ver, desconocemos la causa, han estado despidiendo al personal que está trabajando en estas

colonias y dicen no tenemos dinero, y eso hace que la obra se retrase más y por lo consiguiente, hay

molestias en los vecinos, principalmente los que tienen vehículos, los dejan en otros lugares y han

sufrido varios percances, rayan los carros y así como está la delincuencia ahora desatada, con el

temor de que los carros puedan robarlos, entonces de ahí pues, la desesperación de los vecinos y la

urgente necesidad para que a esto se le dé una respuesta puntual y luego también quiero hacer

referencia de la Colonia Morelos, le hicieron ver que su obra probablemente iniciaba en septiembre

o probablemente en octubre, estamos por terminar octubre y los vecinos ya dan por hecho el inicio

de esta obra en este mes. Entonces ya fueron informados en la asamblea, la gente ya está

entusiasmada pero lógico es no ver la respuesta está la molestia, no solo de ellos sino todas las

colonias que tienen ya sus obras en proceso, si hay mucha molestia y nosotros como representantes,

tratamos de contener y hacerles ver que esto, no está en nuestro alcance, de ahí la razón que nos

hicimos presentes el día de hoy para que finalmente esto sea atendido. Ya su secretaria nos hizo el

favor ya nos agendaron una fecha y la hora. Lo que si pedimos que este el Director, el Subdirector

de obras públicas, el Tesorero Municipal y la comisión de Regidores que tengan que ver con obra

pública, para que estén presentes en este momento y se nos aclare, le estamos anticipando ya la

información y lo que vamos a necesitar, el día que ya se acordó, respuesta puntual a lo que estamos

planteando. Muchas gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, expresa: “Si Señor Joaquín García Pérez, le quiero

comentar efectivamente, que me informan, que la cita, es el día martes cinco a las 5 de la tarde, y

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que vamos a convocar al Director de Obras Públicas, al Tesorero por supuesto, y a los Regidores de

la Comisión, para que también estén presentes. Quiero decirles a todas y todos, de ninguna manera

nosotros nos negamos a cumplir, si están pendientes las obras, si están iniciadas y no se han

terminado, tengan la plena certeza de que les vamos a dar la respuesta, no es nuestra intención no

terminar obras. Como alguien decía, pareciera que fuera igual que las otras administraciones, esta

no es igual y se los vamos a demostrar por supuesto. Muchas gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Síndico Municipal, manifiesta: “Sobre el mismo punto, a mí me gustaría

aclararle a los representantes de la zona norte, en particular del consejo que hoy nos visita, que

todas aquellas empresas, que se encuentran pendientes de pago por obras terminadas, evidentemente

no hay ninguna intención de retener pagos, lo único es que si, cada empresa tiene que cumplir con

la normatividad en ese sentido si sus expedientes técnicos se encuentran debidamente integrados, si

las colonias se encuentran conformes con las obras, se realizaran los pagos, pero si falta algunos

de estos requisitos, evidentemente eso será un problema de la empresa. Lo digo y lo aclaro, que

entendemos perfectamente, la situación que se genera cuando obra esta inconclusa, pero la empresa

no puede estar argumentando la falta de recursos para concluir con sus compromisos. En todo caso

si no se ha pagado, es porque le falta a esa empresa, cumplir con los requisitos que corresponde y

que perfectamente ellos saben. Gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal sometió a consideración la participación momentánea

de un ciudadano, manifestando lo siguiente: Señores Regidores están Ustedes de acuerdo, que la

persona pueda ser el uso de la palabra, a pesar de no contar con la calidad de expositor. Se aprueba

por unanimidad. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

Se le concede el uso de la palabra al Sr. Manuel Pérez Pérez, quien manifiesta: “Vengo representando

a la Colonia Anexo Morelos, pertenecemos al Consejo, hemos estado trabajando de acuerdo a la

necesidad de todas las colonias y barrios que se han estado presentando, desde que inició esta

administración. Con el debido respeto Señores, nosotros en las colonias hemos presentado nuestras

necesidades, hemos presentado, todo lo que hace falta en nuestras colonias, independientemente de

la variedad que hay. Pero hemos tenido un problema, nos hemos dado cuenta de que lo único que

nos han estado haciendo son largas, largas y vueltas, en el caso, en lo particular en mi colonia, es

que hace como 25 días, empezaron a despedir el personal de los que estaban haciendo la obra en mi

colonia, cual fue la razón, me estaban diciendo de que el dinero que les habían prometido los de la

constructora o la contratista no les habían soltado, y entonces, nosotros hemos estado investigando

el porqué, y resulta que precisamente el Ayuntamiento, al igual que en otras partes, les han quedado

mal con el acuerdo que han hecho en este caso con los contratistas, nuestra colonia ha estado

preguntando, han estado investigando, han estado haciendo el trabajo que les corresponde a ustedes

como representantes y el pueblo de alguna otra manera se cansa, se fastidia de estar dando vueltas

y vueltas, porque al igual que todas las colonias hemos estado esperando la respuesta y no hay ni

una, ya va a finalizar el año, nos queda dos meses, para finalizar el año, el año que viene yo no creo

que vayan a concluir todas las obras que nosotros estamos esperando, entonces lo que pedimos de

parte de ustedes como funcionarios por lo menos le apretaran un poquito más, que por lo menos se

conteste las peticiones que nosotros como Consejo estamos pidiendo, de allí compañeros y señores

creo que podemos vivir en paz, si tan solo nos cumplieran una obra tan siquiera por colonia, pero ni

eso han cumplido, pues claro que la gente está ardida compañeros. Así que señores Regidores y

Presidenta con el debido respeto, lo que les pedimos es que por favor cumplan lo que prometieron y

que por derecho a nosotros nos corresponde como zona norte. Y de otra manera todo el periférico

está hecho un asco, ha habido accidentes, ha habido problemas con los transportistas, con diferentes

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medios de transporte, porque el periférico de la ciudad de la zona norte está hecho un asco, les

pedimos por favor que volteen a ver para este lado y así nos evitemos los problemas. Gracias

compañeros, señores Regidores y Presidenta”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Regidora Rosalinda Santiago Sánchez, manifiesta: “Señor Manuel Pérez

Pérez, también le quiero comentar, cuando habla de Ayuntamiento, habla de Presidenta, Sindico y

Regidores. Y quiero comentarle que al menos esta representación, no está ni informada de ninguna

obra que se esté realizando, no estoy en el Comité de Obras, entonces debería de ser únicamente lo

que es la Presidenta, Síndico, la Comisión de Obras, el Comité de Obras y los Regidores que integran

la Comisión de Obras. Otra cosa me gustaría preguntarle a la Presidenta Municipal, en la Glosa del

Informe, quien va a exponer la próxima Sesión de Cabildo”.- - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, manifiesta: “Bien también comentarles, que siguiendo

con el proyecto de la glosa del informe, en la siguiente Sesión, estará el Ingeniero Gabriel Entzin,

Director de Desarrollo Urbano, en la glosa de su informe”.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Secretaria Municipal, informa: Señores Regidores, aquí hay una persona un

ciudadano, que de igual forma no estaba inscrito, como expositor por lo que el Reglamento nos

menciona que son cinco expositores, por lo que como se ha hecho en otras ocasiones de igual forma,

someto a consideración de los integrantes del Honorable Cabildo, si ustedes permiten la participación

del ciudadano para que pueda otorgarse el uso de la palabra. De ser así por favor emitan su voto

levantando la mano. Aprobado por unanimidad de votos. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - -

Se le concede el uso de la palabra al Presidente de la Asociación Civil, Independencia e Inclusión si

podemos Chiapas, el cual manifiesta: “Me presento oficialmente como Presidente de la Asociación

Civil, Independencia e Inclusión si podemos Chiapas, ya estamos constituidos, son varias cosas, tres

rápido; primero participarles que desde el 20 de abril que iniciamos nuestro proceso, que ya

contamos con nuestra plaza de la Inclusión, que es una plaza que cuenta con servicios al público en

general, especializados en discapacidad que lo inauguramos este sábado, en el cual tenemos

psicoterapia, fisioterapia y un bufete jurídico gratuito y algunos talleres con discapacidad que

puedan aprender algún oficio. Otra cosa que hicimos este sábado que inauguramos con la

participación del 75% del costo de un handbike de un miembro del Ayuntamiento de ustedes, al cual

estamos muy agradecidos entregamos la tercera handbike. Estamos hablando que de 7 meses hemos

estado avanzando, estos dos meses me retire de ustedes un poquito, porque me dedique a terminar el

proyecto inicial de la plaza de la inclusión y ahí vienen un poquito las observaciones,

desafortunadamente estamos esperando no sé por qué no han empezado a operar, el tarjetón para

personas con discapacidad, el proyecto, que es un proyecto muy sencillo en el cual se lo entregamos

completo, desde cero a Tránsito Municipal y al DIF Municipal, en el cual ellos tienen las

características, supuestamente ya había sido aprobado, estamos esperando, creo que ya empezó algo

de señalética, esto es para que las personas, aquí en San Cristóbal, puedan acceder a todos los

lugares que marca la Ley General de Inclusión, la Ley Federal que todo lugar público o privado

debe tener acceso, en el cual tristemente el único espacio que tiene ese acceso es la Plaza de la

Inclusión, en San Cristóbal de Las Casas. No hay otro lugar. La otra, nosotros propusimos nuestro

propio consejo de atención e inclusión a personas con discapacidad, porque precisamente, en revotar

en todas las comisiones es muy pesado. Para ser algo aquí nosotros, aquí el compañero que tiene la

handbike que conseguimos mediante donativos, para que nos hiciera la rampa obras públicas, al

cual estamos agradecidos tuvimos que ir al INAH, nosotros, nosotros tuvimos que hacer el trámite

al INAH, para que nos autorizara la rampa y esperar a que la constructora de buena manera, porque

también la constructora, como no están capacitadas para hacer rampas de accesibilidad completa,

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después el compañero con un apoyo que le da el gobierno hizo su portón eléctrico, entonces de su

dinero, porque para él era muy molesto esperar que alguien le ayudara para abrir y cerrar su cuarto.

Entonces hemos ido avanzando de poquito a poquito, pero la accesibilidad es un problema, el único

lugar que tiene accesibilidad aquí en el municipio porque el MUSAC creo que ya lo maneja gobierno

del estado, o no sé cómo esta. Pero aparte del MUSAC, es este, igual en el palacio municipal, el

nuevo los elevadores no funcionan, las rampas no sirven, ya hicimos una propuesta porque este

aparato no gira en esas rampas, ellos siguen igual, siendo ignorados, ahorita paso el festival, pues

muy bonito, pero el Teatro Hermanos Domínguez no tiene accesibilidad, y muchos lugares, el Teatro

Zebadua. Entonces nosotros pedimos por favor, le hicimos la solicitud oficial al comité, oficialmente,

nos dijeron que si, nos dormimos, que iban a hacer la convocatoria, para que cinco representantes

de diferentes capacidades, fueran los encargados del consejo, hasta el momento no sabemos qué ha

pasado con la convocatoria y si esto no se hace, seguirá siendo lo mismo. Nosotros vamos a seguir

impulsando, pero si la verdad es muy molesto, muy pesado imagínense el que más se puede mover

soy yo, los compañeros hasta donde puede el aparato permitirles, ellos quisieran estar participando

más, quisieran estar entregando oficios, vaya, todo lo que tenemos que hacer, pero mientras no haya

accesibilidad, esto va a ser muy difícil. El Comité de Participación Ciudadana, ya se los entregamos

a ellos y realmente no sé lo que esté pasando, entonces realmente no recuerdo muy bien las fechas,

porque ahora no traigo todo el montón de oficios que he entregado, entonces le pido también aquí

al Ayuntamiento en pleno, que si tuvieran algún momentito de leer la Ley General de Inclusión, ahí

les va a aclarar, mucho, mucho porque aquí he escuchado que creen que no todos tienen que ver con

la inclusión, lamento decirles que sí, cada uno de ustedes tienen que ver en su área, sobre la inclusión

y entonces si nos decimos que trabajamos para todos, pues empecemos también a conocer un poquito

más. No lo digo personalmente, lo digo en general y estoy a sus órdenes soy Omar Sevilla Flores.

Gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra el Síndico Municipal, manifiesta: “En relación a este asunto o a este problema

planteado, por el expositor, a mí me gustaría pedirle, con las atribuciones que me establece el

artículo 58 de la Ley de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración

Municipal del Estado de Chiapas, que la Dirección de Obras Públicas del Municipio, se aboque a la

elaboración del proyecto y a la ejecución, cuanto antes sea posible, para adecuar, todas las

instalaciones públicas, para el acceso a todas las personas con discapacidad, es bien claro que las

personas con discapacidad no se pueden adecuar al entorno, es el entorno el que tiene que adecuarse

a las personas con discapacidad. En ese sentido, todas aquellas plazas públicas, todos aquellos

edificios públicos, comenzando por todos aquellos que son del Ayuntamiento, deben contar con el

acceso libre y como para cualquier persona a sus instalaciones y de hecho quizás también, pedirle

al DIF Municipal, que refuerce su programa, estoy seguro que tiene un programa, con relación a las

personas con discapacidad, para generar proyectos y apoyar a aquellos como estos que se han

presentado, que pueden llevar una vida digna a todas las personas con discapacidad. Muchas

Gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

En uso de la palabra la Presidenta Municipal, expresa: “ Comentarle que efectivamente, hemos tenido

la oportunidad de platicar, brevísimamente en algunos momentos, y que tenga Usted la confianza de

que en el trabajo que le vamos a pedir al Director de Obras Públicas, aunque la responsabilidad es

de todo el Ayuntamiento, nadie puede quedar y decir yo no juego, o yo no estoy en este juego, todos

estamos incluidos por supuesto para bien o para mal aquí estamos y tenga la plana certeza de que

como Ayuntamiento, le vamos a hacer frente a su petición en el proceso de inclusión, muchas

gracias”. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

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Se procedió al desahogo del punto número nueve del Orden del día, por lo que, no habiendo otro

asunto que tratar se dio por clausurada la presente Sesión Ordinaria Pública de Cabildo, siendo las

12:44 doce horas con cuarenta y cuatro minutos del mismo día de su inicio, firmando para constancia

todos los que en ella intervinieron. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

MTRA. JERONIMA TOLEDO VILLALOBOS

PRESIDENTA MUNICIPAL CONSTITUCIONAL

DR. MIGUEL ÁNGEL DE LOS SANTOS CRUZ

SÍNDICO MUNICIPAL

DRA. SILVIA SHALOM ÁLVAREZ TORRES VALLE PRIMERA REGIDORA

LIC. GUILLERMO ALONSO GÓMEZ LOARCA

SEGUNDO REGIDOR

LCDA. SONIA AYDEÉ RAMOS PANIAGUA TERCERA REGIDORA

LIC. EMILIANO VILLATORO ALCAZAR

CUARTO REGIDOR

LCDA. CLAUDIA PATRICIA SANCHO AGUILAR

QUINTA REGIDORA

LIC. JUAN DAVID HERNANDEZ GIRON SEXTO REGIDOR

LCDA. KARLA LUGO SARMIENTO

REGIDORA PLURINOMINAL POR EL PARTIDO PODEMOS MOVER A CHIAPAS

C.P. ROSALINDA SANTIAGO SÁNCHEZ

REGIDORA PLURINOMINAL POR EL PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL

DOY FE:

LCDA. MARÍA EUGENIA HERRERA DÍAZ

SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO