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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4 Fecha de Autorización: 2010-12-03 RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A: RIO GRANDE, ZAC. 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESULTADOS DEL PROCESO DE AUDITORÍA A:

RIO GRANDE, ZAC.

2011

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 8

RESULTADO DEL EJERCICIO ............................................................................................................................... 16

BANCOS ............................................................................................................................................................... 18

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 20

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 23

ACTIVO DIFERIDO ................................................................................................................................................ 24

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 31

ACREEDORES DIVERSOS .................................................................................................................................... 33

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR ......................................................................................................... 34

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 35

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 40

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 40

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 54

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 56

HABITAT ............................................................................................................................................................... 57

FOPAM ................................................................................................................................................................. 58

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 59

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 59

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 64

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 65

FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES UNITARIOS .................................................................................... 72

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 86

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 87

6. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 88

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos -

Pliego de observaciones 6

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

5

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

-

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

26

Señalamientos -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

2

Solicitud de Aclaración 13

Subtotal 52

Acciones Preventivas

Recomendación2 29

Recomendación al Desempeño -

Subtotal 29

TOTAL 81

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Río Grande, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, con excepción del denominado: Revelación Suficiente.- En virtud de que el ente auditado no lleva un control contable de la cuenta de Caja General y del Fondo Fijo, dando como resultado que la información presentada en sus Estados Financieros no sea fidedigna.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Río Grande, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2011 por un monto total de $189,305,636.17 los cuales se encuentran conformados por $89,199,293.47 de Ingresos Propios, Participaciones y Deuda Pública con un alcance de revisión de 91.81%. Además de $10,980,559.33 de Agua Potable y Alcantarillado, $60,904,772.18 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $28,221,011.19 de Otros Programas. Los resultados de estos dos últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5. Programas Federales-Revisión Documental y 3.6. Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Sin Observación Se verificó que los ingresos que aparecen en los estados financieros del municipio representan operaciones efectivamente realizadas y cumplen con la normatividad aplicable, no habiendo observaciones que hacer constar en este rubro, salvo las siguientes:

Resultado AF-02, Observación AF-01 Derivado de la revisión al Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles generados durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, se observó que según el listado proporcionado por el ente fiscalizado el ingreso por dicho concepto ascendió a $1,889,841.88, mismo que al ser cotejado contra lo registrado en los informes contables financieros emitidos por el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) el monto recaudado por dicho concepto fue de $1,880,372.26, observándose una diferencia de menos por un importe de $9,469.62 en su Cuenta Pública Municipal.

AF-11/40-001 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 por un importe de $9,469.62, correspondiente a la diferencia de los reportes emitidos por el Departamento de Catastro y lo enterado en Tesorería Municipal, el cual se considera como ingresos no depositados, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones II y IV, 96 fracción I, 151 de la Ley Orgánica del Municipio y 24 del Código Fiscal Municipal, así como artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa

Resultado AF-03, Observación AF-02 De la revisión efectuada a la relación de licencias para la venta de bebidas alcohólicas, se observó que el municipio no realizó la

AF-11/40-002 Recomendación Se recomienda a la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

clausura temporal de establecimientos dedicados a la venta de vinos y cerveza por no efectuar la renovación de sus respectivas licencias dentro del plazo señalado en la Ley de la materia, o sea antes del 1° de marzo de cada año según corresponda, por lo que corresponde a 33 licencias de las cuales 18 no han sido renovadas, 13 fueron renovadas dentro del periodo de mayo a diciembre de 2011 y 2 se renovaron y pagaron en 2012.

Administración Municipal, en lo sucesivo aplicar las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas vigente, entre las cuales se incluye instruir el procedimiento de clausura temporal y/o definitiva según corresponda, a los establecimientos que no efectúen la renovación oportuna de sus respectivas licencias. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV y 96 fracción I de la Ley Orgánica del Municipio; 61, 105, 107 fracción I y 108 fracción IV de la Ley Sobre Bebidas Alcohólicas para el Estado de Zacatecas.

virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-003 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Resultado AF-04, Observación AF-03 Derivado de la revisión a los Informes Trimestrales elaborados por el Contralor Municipal respecto al ejercicio 2011, se observó que el Departamento de Seguridad Pública no reporta oportunamente sus ingresos a Tesorería Municipal, aspecto que fue corroborado por el personal actuante.

AF-11/40-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, establecer medidas de control interno para que los ingresos recaudados del Departamento de Seguridad Pública, sean depositados a más tardar al día siguiente de su

SOLVENTA

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recaudación a la Tesorería Municipal. Lo anterior con apego a lo establecido en los artículos 93 fracción IV y 96 fracciones I y III de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/40-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-05, Observación AF-04 Derivado de la revisión efectuada a la realización de la Feria Regional de Río Grande 2011, según el Informe Financiero presentado a esta Auditoría Superior del Estado, se detectó que obtuvo ingresos por $2,463,790.50 de los cuales presentó como soporte documental recibos de ingresos que manejó el Patronato de la Feria y recibos oficiales de Tesorería Municipal por un importe total de $2,445,596.50, faltando por comprobar un monto de $18,194.00.

AF-11/40-006 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal por conducto del Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011, presentar el soporte documental que compruebe y justifique los ingresos por un importe de $18,194.00. Lo anterior con fundamento en los artículos 24 del Código Fiscal Municipal, así como los artículos 11 fracción II, 13 fracciones I y V, así como 14 fracción IV y 22 fracción II del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande, Zacatecas y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

SOLVENTA

Resultado AF-06, Observación AF-05 El Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011 presentó ingresos por $314,476.00 de los cuales sólo están comprobados por recibos de ingresos, faltando la evidencia documental que los

AF-11/40-007 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal por conducto del

No se solventa, y se deriva en una Recomendación

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INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

compruebe y justifique, tales como contrato o convenio respectivos. Dicha cantidad se detalla a continuación:

NO. FECHA NO. DE RECIBO

NOMBRE CONCEPTO MONTO

1 05-abr-

11 70 S/N

Renta de lotes a feriantes

$ 20,000.00

2 29-

mar-11 69 S/N

Renta de lotes a feriantes

23,800.00

3 29-

mar-11 68 S/N

Contrato Atracciones Calderón

28,500.00

4 29-

mar-11 67 S/N

Recuperación estacionamiento

13,000.00

5 15-

mar-11 65

Atracciones Calderón

Contratos juegos feria

90,000.00

6 16-

mar-11 66 S/N

Recuperación venta de cerveza

76,176.00

7 29-

mar-11 161809

Atracciones Calderón

Anticipo contrato atracciones (juegos de feria)

35,000.00

8 19-ene-

11 155451

Embotelladora Zacatecas. S.A de C.V.

Aportación de embotelladora para Patronato de feria

28,000.00

TOTAL $314,476.00

Patronato de la Feria, presentar el soporte documental que compruebe y justifique los ingresos por un importe de $314,476.00, exhibiendo los convenios o contratos correspondientes. Lo anterior con fundamento en los artículos 24 del Código Fiscal Municipal, 11 fracción II, 13 fracciones I y V, así como 14 fracción IV y 22 fracción II del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-07, Observación AF-06 De la revisión a los ingresos presentados por el Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011, se observaron recibos por concepto de bailes en diferentes comunidades y en la cabecera municipal con fechas muy anticipadas a la realización de dicha feria, los cuales suman un importe de $41,880.50, sin embargo no se exhibió acta de Cabildo o convenio que autorice al Patronato la recaudación de dichos recursos.

AF-11/40-008 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal por conducto del Patronato de la Feria de Río Grande 2011, presentar acta de Cabildo o convenio, en el cual se otorgue el derecho de dichos recursos al Patronato de la Feria Regional Río Grande 2011 por el monto de $41,880.50. Lo anterior con fundamento en los artículos 24 del Código Fiscal Municipal, 11 fracción II, 13 fracciones I y V, así como 14 fracción IV, 16 y 22 fracción II del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

SOLVENTA

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Río Grande, Zacatecas, fue por $188,208,770.26 los cuales se encuentran conformados por $96,458,553.83; de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 31.25%. Además de $10,341,798.15 de Agua Potable y Alcantarillado, $5,710,740.86 de Obra Pública, $44,361,894.72 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $31,335,782.70 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados 3.5. Programas Federales-Revisión Documental y 3.6. Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-08, Observación AF-07 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada de egresos, se detectó que mediante la póliza número D00532 de fecha 28 de diciembre de 2011 se registra el gasto en la cuenta de subsidios 4212.- SIMAPARG la cantidad de $370,403.00 y como contrapartida la cuenta de pasivo 2103-01-0121.- SIMAPARG CONAGUA 11, no anexando la póliza en mención ni su soporte documental.

AF-11/40-009 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal presentar ante esta Auditoría Superior del Estado, la póliza número D00532, así como el soporte documental que sustente el registro del Pasivo registrado por la cantidad de $370,403.00. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción IV, 96 fracción I, 169, 184 y 185 de la Ley Orgánica del Municipio, así como 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

No Solventa y se le dará seguimiento

Resultado AF-09, Observación AF-08 De la revisión a la muestra seleccionada de egresos, se detectó que el municipio realizó erogaciones de las cuales existe error en el registro contable, ya que utilizó cuentas que no corresponden a la naturaleza del gasto.

AF-11/40-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar en lo sucesivo la clasificación y registro del gasto de conformidad con el origen y aplicación del mismo, con la finalidad de que los Estados Financieros presenten información confiable. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta

SOLVENTA

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EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-10, Observación AF-09 De conformidad a la revisión efectuada a los sueldos y prestaciones de los Funcionarios de Primer Nivel, según las Reformas a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75 publicado el día 11 de diciembre de 2010 que señala las remuneraciones máximas de los servidores públicos, se observó un excedente en las percepciones otorgadas al Presidente y Sindico Municipales, así como a los Regidores(as) del H. Ayuntamiento, durante el periodo de abril a diciembre de 2011 por $1,887,400.45, según se detalla a continuación:

NOMBRE DEL FUNCIONARIO

PUESTO PERCEPCIONES TOTAL PERCIBIDO

PERCEPCIÓN AUTORIZADA SEGÚN CPELSZ ABRIL-DICIEMBRE

DIFERENCIA

LIC. MARIO ALBERTO RAMÍREZ RODRÍGUEZ

PRESIDENTE MUNICIPAL

NÓMINA 419,387.70

$ 326,592.00

$ 313,675.03 DESC. PARTICIPACIONES

220,879.33

TOTAL 640,267.03

ING. AMINI YALILI SALCEDO CASTILLO

SÍNDICO MUNICIPAL NÓMINA 291,897.42 217,728.00 74,169.42

FRANCISCA HERRERA SANTANA REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JESÚS CRUZ SAMANIEGO REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

MA. DEL SOCORRO SALAZAR VEGA REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

MIGUEL HERNÁNDEZ BADILLO REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

FELICIANO ESPARZA ZAMARRIPA REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

MARÍA ANTONIETA GARCÍA DE LEÓN ALTAMIRANO REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

LEONARDO LEYVA GÓMEZ REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

SIMONA SALAISES QUIRINO REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

REYES GERARDO LONGORIA GARCÍA REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JUVENTINO CASTAÑEDA TERRONES REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

AF-11/40-012 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, Ing. Amini Yalili Salcedo Castillo, Profr. José Manuel Huitrado Rizo, C. Francisca Herrera Santana, C. Jesús Cruz Samaniego, C. Ma. Del Socorro Salazar Vega, C. Miguel Hernández Badillo, C. Feliciano Esparza Zamarripa, C. María Antonieta García De León Altamirano, C. Leonardo Leyva Gómez, C. Simona Salaises Quirino, C. Reyes Gerardo Longoria García, C. Juventino Castañeda Terrones, C. Dora Castañeda Tafolla, C. Juan Manuel Tovar Lara, C. Ma. De Los Ángeles Rodríguez Cisneros, C. Francisco Babún Suárez, C. Jesús Salvador Rosales Mares, C. Jaime Manuel Esquivel Hurtado, C. Rubí Michel González Zarzosa, C. Maclovio De La Torre Velázquez y el C. José Cuauhtémoc Hinojosa Herrera, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Síndico Municipal, Tesorero Municipal y Regidores(as), respectivamente, por el excedente en las percepciones otorgadas derivado de no atender las disposiciones contenidas en la reforma a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en el decreto número 75, lo que cita por $1,887,400.45; en la

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

DORA CASTAÑEDA TAFOLLA REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JUAN MANUEL TOVAR LARA REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

MA. DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ CISNEROS REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

FRANCISCO BABÚN SUÁREZ REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JESÚS SALVADOR ROSALES MARES REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JAIME MANUEL ESQUIVEL HURTADO REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

RUBÍ MICHEL GONZÁLEZ ZARZOSA REGIDORA NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

MACLOVIO DE LA TORRE VELÁZQUEZ REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

JOSÉ CUAHUTÉMOC HINOJOSA HERRERA REGIDOR NÓMINA 242,220.00 163,296.00 78,924.00

TOTAL $5,534,344.45 $3,646,944.00 $1,887,400.45

Cabe señalar que mediante escrito de solventación de confronta, el ente auditado manifestó: “Por lo que se refiere al total de percepciones recibidas del mes de abril al mes de diciembre de dos mil once...es de señalar que son las mismas percepciones que percibía el presidente municipal de la administración anterior. (2007-2010)...Se anexan copias certificadas de reportes de nómina en los cuales consta el salario y percepciones recibidas por el Presidente Municipal anterior a efecto de corroborar lo señalado por el suscrito, así como copia certificada del acta de sesión ordinaria de cabildo número ciento trece (113) de fecha treinta (30) de enero de 2010 de la administración 2007-2010, en la que fue aprobado el presupuesto de egresos correspondiente al año 2010, documentos que acreditan las percepciones del personal donde se incluye obviamente las percepciones que serían pagadas al suscrito al entrar en funciones". Sin embargo, no justifica lo observado en virtud de que no se apegó al Decreto No. 75 referente a las Reformas y Adiciones a diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, la cual en su artículo Tercero Transitorio señala: "Las remuneraciones de los servidores públicos que en el actual ejercicio sean superiores a la máxima establecida en el presente Decreto, deberán ser ajustadas o disminuidas en los presupuestos de egresos correspondientes al ejercicio fiscal del año siguiente a aquel en que haya entrado en vigor el presente Instrumento Legislativo", por lo

modalidad de Responsables directos todos los mencionados, para el Presidente, Síndico y Regidores(as), cada uno por el monto improcedente recibido y para el Tesorero por el importe total observado. Asimismo el Presidente Municipal como Subsidiario por el importe otorgado en exceso a la Síndico Municipal, Regidoras y Regidores. Lo anterior con fundamento en artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, 160, Tercero, Sexto y Séptimo Transitorios de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

AF-11/40-013 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de de Administración Tributaria (SAT), el aspecto observado al Municipio de Río Grande Zacatecas, con relación a los ingresos percibidos por el C. Presidente Municipal por el orden de $640,267.03, relativos al periodo del 1° de abril al 31 de diciembre del ejercicio 2011, relativo a la muestra seleccionada de egresos del C. Presidente Municipal Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, de conformidad al artículo 117 fracción III inciso e) de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

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tanto el municipio debería haber efectuado los ajustes correspondientes para el ejercicio 2011, ya que el Decreto mencionado entró en vigor el 12 de diciembre de 2010, de conformidad al Artículo Primero Transitorio.

Resultado AF-11, Observación AF-10 Derivado de la revisión a los Egresos del Patronato de la Feria Regional Río Grande 2011, se observa que según el Estado Financiero reporta un total de $2,951,764.87, mismo que al ser cotejado con el soporte documental entregado por el ente auditado por un total de $2,078,509.19, refleja un faltante en documentación comprobatoria que respalde la totalidad de los recursos erogados por $873,255.68.

AF-11/40-014 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los CC. L.A.E. Miguel Ángel Morquecho González y la C. Claudia Estela Leyva Villarreal, quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorera del Patronato de la Feria Regional de Rio Grande 2011, respectivamente, por un importe de $873,255.68, derivado de erogaciones informadas de las cuales no se presenta el soporte documental correspondiente, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directa la segunda. Lo anterior con fundamento en los artículos 11 fracción I y 13 fracciones I y V del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas, así como los artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa

Resultado AF-12, Observación AF-11 El Patronato de la Feria Regional de Rio Grande 2011 realizó una erogación el día 4 de marzo de 2011 por $15,000.00, por concepto de “Anticipo para el pago de 500 revistas tamaño carta con 35 páginas” de la cual presentó la póliza cheque a nombre de C. Martha Flores Delgado y firma de autorización de Claudia Leyva Villarreal, Tesorera del Patronato, además oficio con nombre y firma del Lic. Ricardo Suárez Flores, Gerente de "Diseños Gráficos de Zacatecas" y comprobante de transferencia electrónica del banco Santander 60-53998928-3, así como ejemplar de dicha revista, sin embargo no anexa el comprobante fiscal que compruebe el gasto realizado.

AF-11/40-015 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal por conducto del Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado el soporte documental que compruebe la erogación realizada por $15,000.00 y que además contenga los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Lo anterior con fundamento en los

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artículos 11 fracción I y 13 fracciones I y V del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas, así como los artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado AF-13, Observación AF-12 De la revisión efectuada a los egresos del Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011, se observaron erogaciones por un monto de $35,000.00 que presentan documentación comprobatoria incompleta, el cual se detalla como sigue:

NO. FECHA PÓLIZA CHEQUE CONCEPTO POR MOVIMIENTO MONTO

1 07/03/2011 Cheque 20

Pago de premiación de la carrera pedestre. Presenta evidencia fotográfica del evento realizado y recibo firmado del organizador del mismo, el Sr. José Luis Hernández Frausto, sin embargo no presentó evidencia documental que compruebe la recepción de los premios por parte de los ganadores de dicha carrera.

$ 25,000.00

2 07/03/2011 Cheque 23

Pago de premiación de la carrera pedestre. Presenta evidencia fotográfica del evento realizado y recibo firmado del organizador del mismo, el Sr. José Luis Hernández Frausto, sin embargo no presentó evidencia documental que compruebe la recepción de los premios por parte de los ganadores de dicha carrera.

3,000.00

3 04/04/2011 Cheque 59

Pago de premiación del concurso de dominó. Presenta copia del cheque y recibo con nombre y firma del organizador, el C. Raúl Noyola García, sin embargo no presentó evidencia documental que compruebe que los concursantes ganadores recibieron dicho recurso.

2,000.00

4 04/04/2011 Cheque 62

Pago de premiación a participantes del juego de carambola. Presenta copia del cheque y recibo con nombre y firma del organizador, el C. José Luis Romo Cornejo, sin embargo no presentó evidencia documental que compruebe que los concursantes ganadores recibieron dicho recurso.

5,000.00

T O T A L $

35,000.00

AF-11/40-016 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal por conducto del Patronato de la Feria Regional de Río Grande, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado, el soporte documental que compruebe las erogaciones realizadas por $35,000.00, consistente en relaciones firmadas por los beneficiarios de los premios otorgados y/o evidencia documental de la recepción de los recursos por los mismos, así como copia de su identificación oficial. Lo anterior con fundamento en los artículos 11 fracción I y 13 fracciones I y V del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas, así como los artículos 7 y 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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Resultado AF-14, Observación AF-13 El Patronato de la Feria Regional Río Grande 2011 realizó erogaciones por $1,218,028.00, de las cuales presentó soporte documental que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en los Artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

AF-11/40-017 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el

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NO. FECHA PÓLIZA CHEQUE CONCEPTO POR MOVIMIENTO MONTO

Erogaciones a favor de la C. Mónica Blas Zúñiga

1 11/03/2011 Transferencia electrónica

60539989283

Pago de presentación artística. Presenta la póliza cheque a nombre de C. Mónica Blas Zúñiga, así como contrato, sin embargo no presenta comprobante que cumpla con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

$ 223,928.00

2 04/03/2011 Transferencia electrónica

60539989283

Pago de anticipo de presentación artística. Presenta póliza cheque sin firma del beneficiario, comprobante de operaciones del banco Santander, memorándum, programa de la feria, evidencia fotográfica, y dos contratos con la Sra. Mónica Blas Zúñiga, sin embargo no presenta comprobante que cumpla con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

300,000.00

3 07/03/2011 Transferencia electrónica

60539989283

Pago de anticipo de presentación artística de JESSE Y JOY. Presenta póliza cheque sin firma del beneficiario, comprobante de operaciones del banco Santander, memorándum, programa de la feria, evidencia fotográfica, y un contrato con la Sra. Mónica Blas Zúñiga, sin embargo no presenta comprobante que cumpla con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

350,000.00

4 10/03/2011 Transferencia electrónica

60539989283

Complemento de pago total de artistas para el teatro del pueblo, LAS LAVANDERAS, MARIANA SEOANE, SONORA DINAMITA, ELEFANTE. Presenta póliza cheque sin firma del beneficiario, comprobante de operaciones del Banco Santander, memorándum, programa de la feria, evidencia fotográfica, y cuatro contratos con la Sra. Mónica Blas Zúñiga, sin embargo no presenta comprobante que cumpla con los requisitos fiscales.

229,100.00

SUBTOTAL $

1,103,028.00

Administración Tributaria (SAT), las erogaciones observadas al Patronato de la Feria Regional de Rio Grande 2011, por concepto de pagos realizados a diversos prestadores de servicios, sin haber expedido comprobantes con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, de conformidad con el siguiente detalle:

NOMBRE SERVICIO MONTO

C. Mónica Blas Zúñiga

Representación de diversos artistas.

$ 1,103,028.00

C. Manuel de Jesús Ramírez

Representante del grupo musical La Chacaloza.

70,000.00

C. Carla Elizabeth Jiménez Fraire

Representante del grupo musical, Conjunto Río Grande.

30,000.00

C. Jairo Ely Medina Aranda

Representante del grupo musical, La Descendencia.

15,000.00

Total $ 1,218,028.00

El detalle de la documentación observada se incluye en el Resultado que antecede.

Sistema de Administración Tributaria (SAT)

AF-11/40-018 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que con relación a las erogaciones realizadas por el Patronato de la Feria Regional de Río Grande Zacatecas, se efectúen adquisiciones y contratación de servicios con personas que se encuentren inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes y emitan comprobantes fiscales, con el objeto de que el municipio tenga la certeza de que sus operaciones se encuentren debidamente soportadas y a su

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5 10/03/2011 Cheque 28

Pago total de la BANDA LA CHACALOZA. Presenta contrato musical de la Banda La Chacaloza, sin embargo no contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Anexa copia de la identificación oficial del C. Manuel de Jesús Ramírez Guerrero, representante del grupo musical

$ 45,000.00

6 08/03/2011 Transferencia electrónica

60539989283

Anticipo para la participación de la banda La Chacaloza. Presenta contrato musical de la Banda La Chacaloza, sin embargo no presenta comprobante que cumpla con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Anexa copia de la identificación oficial del C. Manuel de Jesús Ramírez Guerrero, representante del grupo musical.

25,000.00

7 26/03/2011 Cheque 49

Pago de presentación del Conjunto Rio Grande. Presenta contrato musical del Conjunto Río Grande, sin embargo no contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Anexa copia de la identificación oficial de la C. Carla Elizabeth Jiménez Fraire, representante del grupo musical.

30,000.00

8 28/03/2011 Cheque 50

Pago de presentación del grupo La Descendencia. Presenta contrato musical del grupo La Descendencia, sin embargo no contiene los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. Anexa copia de la identificación oficial del C. Jairo Ely Medina Aranda, Director General del grupo.

15,000.00

SUBTOTAL $

115,000.00

TOTAL $

1,218,028.00

Aunado a lo anterior, se detectaron cuatro erogaciones no relevantes que se comprueban con documentación que no cumple con los requisitos fiscales establecidos en el ordenamiento citado. Cabe mencionar que mediante escrito de solventación de confronta el C. Miguel Ángel Morquecho González, Presidente del Patronato de la Feria Regional de Río Grande 2011, presentó escritos los cuales se enviaron a los prestadores de servicios, para alentarlos a que se dieran de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT) y así poder realizar operaciones y emitan comprobantes con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la

vez cumplan con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 27 fracción III del Reglamento de la Feria Regional de Río Grande, Zacatecas.

AF-11/40-019 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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EGRESOS

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Federación.

Resultado AF-15, Observación AF-14 De la revisión efectuada a la documentación entregada por el Patronato de la Feria Regional 2011, se observó documentación comprobatoria que aunque justifica el destino de los recursos erogados, carece de las firmas de los beneficiarios.

AF-11/40-020 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en lo sucesivo, al presentar el soporte documental referente a las erogaciones que realice el Patronato de la Feria Regional Río Grande, la documentación se encuentre debidamente firmada por los beneficiarios. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 186 de la Ley Orgánica del Municipio.

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AF-11/40-021 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

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RESULTADO DEL EJERCICIO

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El municipio de Rio Grande, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2011 un Superávit de $1,096,865.91, en virtud de que sus ingresos fueron superiores a sus egresos.

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CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-16, Observación AF-15 Derivado del análisis realizado al rubro de Caja, el cual presenta un saldo al 31 de diciembre de 2011 de $151,524.01, integrado por $9,567.21 de Caja General y $141,956.80 de Fondo Fijo de Caja, detectándose las siguientes observaciones:

1. La cuenta de Caja General no presentó movimiento alguno durante el ejercicio sujeto a revisión.

2. La cuenta de Fondo Fijo a nombre de Leticia Ramírez Leyva, presenta un saldo de $213,527.69, mientras que el monto autorizado es de $35,000.00.

Existe un saldo negativo por $71,570.89 de la cuenta denominada Caja Agua Potable.

AF-11/40-022 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, registrar contablemente los movimientos de la cuenta de Caja General y del Fondo Fijo según corresponda, reflejando en este último sólo el importe autorizado del mismo y de los registros derivados de su reposición; de la misma manera se recomienda realizar los ajustes correspondientes para corregir el saldo negativo de la cuenta de Caja Agua Potable, con la finalidad de que sus estados financieros reflejen la situación real del municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción XII, 93 fracción IV y 96 fracciones I y VII y 179 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-023 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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BANCOS

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Resultado AF-17, Sin Observación

La cuenta de Bancos presentó un saldo de $23,361,544.74, en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011, integrado en 23 cuentas bancarias a nombre del municipio, habiéndose verificado que el ente fiscalizado realizó en tiempo y forma los depósitos a las cuentas en mención, expide los cheques mediante el uso de firmas mancomunadas y de manera cronológica, se encontraron las chequeras resguardadas bajo llave y no se detectaron cheques firmados en blanco, no obstante, derivado del análisis efectuado a este rubro se determino la observación que a continuación se detalla:

Resultado AF-18, Observación AF-16 De la revisión efectuada a la documentación entregada por el Patronato de la Feria Regional Río Grande 2011, se observó que no se realizó la apertura de una cuenta bancaria a nombre de dicho Patronato para manejar los recursos provenientes de las actividades del mismo, situación que no se justifica ya que el Patronato mediante su Consejo Consultivo debe de vigilar los recursos públicos en cuentas específicas, con la debida autorización del H. Ayuntamiento. Es conveniente mencionar que el manejo de los recursos se realizó mediante la cuenta bancaria número 30-53998928-3 del Banco Santander, a nombre de Miguel Ángel Morquecho González Presidente del Patronato de dicha Feria.

AF-11/40-024 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, que en coordinación con el Patronato de la Feria Regional de Río Grande, aperture una cuenta bancaria exclusiva para manejar los ingresos y egresos generados por el Patronato de la Feria, los cuales deberán estar debidamente soportados. Asimismo, se recomienda en lo sucesivo y con la finalidad de transparentar el uso adecuado de los recursos públicos, evitar la práctica de operarlos en cuentas bancarias a nombre de particulares y/o funcionarios ya que este hecho contraviene la normatividad. Lo anterior con fundamento en los artículos 11 fracciones I y II, 13 fracciones I y V, así como 14 fracción IV y 22 fracción II del Reglamento del Patronato de la Feria de Río Grande Zacatecas de la Ley Orgánica del Municipio y el Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental denominado Ente Público.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-025 Solicitud de Intervención del Comisario Es necesario que el Comisario del Patronato de la Feria Regional de Río Grande, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

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La cuenta de Deudores Diversos al 31 diciembre de 2011 presentó un saldo de $1,596,437.11, según su Estado de Posición Financiera, el cual equivale a un incremento del 4.33% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior y está integrado por $492,857.26 de Empleados de Base y por $1,103,579.85 de Otros Deudores.

Resultado AF-19, Observación AF-17 De la revisión efectuada a este rubro, se detectaron las siguientes observaciones: Se detectaron préstamos personales efectuados durante el ejercicio sujeto a revisión que no cuentan con pagaré o documento mercantil alguno que les permita efectuar su recuperación legal, en su caso, por un importe de $83,706.46.

NO. CUENTA

NOMBRE SALDO

1105-01-0082

JESUS TAPIA REYES $ 1,000.00

1105-01-0131

MIGUEL ANGEL MORQUECHO G.

11,250.00

1105-01-0132

DOMUS HOLDING, S.A. DE C.V 41,456.46

1105-03-0077

SIMAPARG 11 30,000.00

TOTAL $ 83,706.46

También se observaron deudores que no presentaron amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión, que suman un importe de $1,506,730.65, los cuales están conformados por préstamos personales por $545,369.94 y adeudos entre cuentas propias del municipio por el orden de $961,360.71 que tampoco cuentan con pagaré.

NO. CUENTA

NOMBRE SALDO

1105-01-0058

ROGELIO ORTIZ TORRES $

248,212.00

1105-01-0061

MA. CONSUELO CASTAÑEDA ALMANZA

75,773.85

1105-01-0062

JOSE MANUEL PEÑA BADILLO

19,747.57

1105-01-0063

LUIS FERNANDO SAMANIEGO CHAIREZ

80,445.99

1105-01-0079

CLAUDIA ISABEL ROSALES 8,971.39

1105-03-0061

FONDOS FEDERALES 634,327.14

1105-03-0063

SRIA DE FINANZAS (PIARSE) 23,000.00

AF-11/40-026 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones a los a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente y Tesorero Municipales, respectivamente, por la cantidad de $83,706.46, derivado de préstamos otorgados durante el ejercicio sujeto a revisión, los cuales no se encuentran respaldados con documentos mercantiles que garanticen su recuperación, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción VIII, 93 fracción III, 96 fracción II, 151, 177,179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio y 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Se solventa

AF-11/40-027 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado promoverá ante la instancia competente, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron por el periodo sujeto a revisión, como Presidente y Tesoreros Municipales, por no realizar acciones tendientes a la recuperación de los créditos otorgados y/o depuración de los mismos, así como por continuar efectuando préstamos, además por desatender la recomendación AF-10/40-

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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1105-03-0071

FONDOS FEDERALES (APORT. CONVENIDAS)

304,033.57

1105-03-0074

GENARO HERNANDEZ OLGUIN

33,000.00

1105-03-0075

ARTURO SALAISES VEGA 79,219.14

TOTAL

$ 1,506,730.65

Es de importancia señalar que en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010 se emitió la Acción a Promover con número AF-10/40-052 consistente en una Recomendación, en el sentido de evitar efectuar préstamos, así como recuperar los ya existentes, misma que no fue atendida.

052 efectuada por esta Auditoría Superior del Estado en el Informe de Resultados correspondiente al ejercicio 2010. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracciones VII y VIII, 93 fracción III, 96 fracción I, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, infringiendo además lo establecido en el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/40-028 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal dar continuidad en forma consistente con la recuperación de los préstamos otorgados, asimismo con relación a los Deudores Diversos que no presentaron amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión, se realicen las acciones conducentes para la recuperación de los mismos y respecto de los préstamos que provienen de administraciones anteriores, sólo en caso de agotar las acciones de cobro, efectuar la depuración correspondiente, previa autorización del H. Ayuntamiento, exhibiendo la evidencia documental suficiente para ser considerados como créditos incobrables. Asimismo se recomienda abstenerse de otorgar préstamos personales, en el caso que correspondan a anticipos de sueldos a empleados, establecer lineamientos que permitan su recuperación al término del ejercicio fiscal que pertenezcan, ya que los recursos financieros del municipio deben ser aplicados única y exclusivamente en los conceptos autorizados en el Presupuesto de Egresos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracciones I y II, 177, 179, 181, 186, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-029 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal,

SOLVENTA

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2011 fue por $20,285,991.20, el cual incluye $233,568.03 correspondiente a incorporaciones del ejercicio 2010. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $2,763,923.74, de las cuales $474,787.48 (17.18%) se realizaron con Recursos Propios, $21,732.06 (0.79%) Sistema Municipal de Agua Potable, $2,253,276.20 (81.52%) con Recursos Federales y $14,128.00 (0.51%) con Otros Programas. Cabe mencionar que en el saldo del Activo Fijo al cierre del ejercicio 2011no se consideran $513,163.65 que corresponde a adquisiciones con Recursos Federales del Fondo IV y del Programa Hábitat, que no fueron incorporadas al Activo Fijo del municipio.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Durante el ejercicio 2011 se realizaron adquisiciones con Recursos Federales por un monto total de $2´253,276.20, del cual $880,608.55 deriva de la aplicación de recursos del Fondo III y $1´372,667.65 de Fondo IV, las adquisiciones señaladas corresponden a mobiliario y equipo de administración, equipo de cómputo y comunicación, equipo de construcción, equipo médico, vehículos, herramientas y otras adquisiciones (guitarras y contrabajo); es conveniente señalar que las adquisiciones antes señaladas fueron incorporadas al Activo Fijo incrementando el Patrimonio del municipio, con excepción de 3 patrullas para Seguridad Pública, un proyector, varios artículos pre-hospitalarios, un kit de trauma y herramientas para Protección Civil y 24 guitarras, 1 contrabajo y 15 atriles con un importe total de $499,035.65 de Fondo IV. Así mismo, la cantidad de $385,564.00 corresponde a la aportación del Consejo Estatal de Seguridad Pública (CESP) para la adquisición de patrullas, la cual no fue incorporada; así como $14,128.00 con recursos del Programa Hábitat para el pago complementario de 24 guitarras, 1 contrabajo y 15 atriles.

PF-11/40-001 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado realizar la incorporación al Activo Fijo e incremento al Patrimonio del municipio por un importe de $884,599.65 correspondiente a la totalidad de las adquisiciones realizadas con el Fondos IV, y la cantidad de $14,128.00 realizadas con recursos del Programa Hábitat, detalladas en el Resultado que antecede, incluyendo las mismas en el inventario del municipio con sus respectivos vales de resguardo, a efecto de salvaguardar los bienes propiedad del municipio.

SOLVENTA

Resultado AF-20, Sin Observación De las adquisiciones realizadas con Recursos Propios durante el ejercicio sujeto a revisión por $532,245.48, la más relevante fue la compra de una ambulancia asignada al Departamento de Protección Civil. Derivado de la revisión física de dichos bienes se corroboró que cuentan con su soporte documental y se encuentran al servicio de las actividades propias del ente auditado. Es conveniente mencionar que el saldo real de esta cuenta es por $474,787.48, ya que incluye $57,458.00 correspondiente a errores de registro.

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-21, Observación AF-18 La cuenta de Activo Diferido al 31 diciembre de 2011 presentó un saldo de $29,000.00, según su Estado de Posición Financiera, el cual corresponde a Depósitos en Garantía, mismo que no presentó movimientos durante el ejercicio sujeto a revisión. Cabe señalar que en el ejercicio 2010 se emitió la acción número AF-10/40-061 consistente en una Recomendación, misma que no fue atendida.

AF-11/40-030 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal realizar las gestiones necesarias para hacer efectivo tal derecho, o en su caso la cancelación contable del mismo previa autorización del H. Cabildo, recabando las pruebas necesarias para avalar que dicho importe no representa un beneficio para el municipio. Lo anteriormente expuesto es basado en los artículos 93 fracciones III y IV, 96 fracciones I y II, 177, 179, 181, 186, 191, 192, 193 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

SOLVENTA

AF-11/40-031 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-22, Observación AF-19 Derivado de la revisión física a los bienes muebles que se adquirieron en el ejercicio 2011, no se ubicó físicamente una cámara digital, marca Power Shoty modelo Elph con un costo de $2,774.00, la cual se pagó mediante cheque número 2507 de la cuenta bancaria 632944161 de Banorte, amparada con la factura 8154, expedida por

AF-11/40-032 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, realizar las acciones para determinar si el extravió del

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la C. Ma. Filomena Álvarez Márquez, el 31 de octubre de 2011 y que según el 4to. Informe Trimestral del Ejercicio 2011 debería tenerla en resguardo el Departamento de Protección Civil, sin embargo se acudió a dicha área y no fue localizada. En escrito de solventación de confronta el ente auditado manifestó lo siguiente: "Respecto a esta observación comento que fue extraviada por personal de Protección Civil el día 28 de marzo de 2012, en actividades propias de este departamento, tal y como lo dejan de manifiesto en oficio girado a la Sindicatura Municipal, para lo cual anexo copia del oficio en mención, así como de memorándum girado por la Síndico Municipal al Tesorero Municipal informando del extravío, copia del parte de actividades realizadas del día 28 de marzo por parte de Protección Civil, así como copia del resguardo de Bienes Muebles número 110".

bien descrito en el resultado que antecede fue descuido del personal del municipio, y de proceder, efectuar la reposición por el trabajador del cual se encontraba bajo su resguardo, o en su caso de derivarse a un caso fortuito, realizar la baja de inventario debidamente documentada y autorizada por el Cabildo. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio, así como en los artículos 7 y 39 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-033 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación

Resultado AF-23, Observación AF-20 Derivado de la revisión realizada a los expedientes de Bienes Inmuebles propiedad del Municipio, se detectó que existen 27 que no cuentan con escrituras y por ende no se encuentran inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Por otra parte 7 inmuebles que si están escriturados; pero no están inscritos ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Dichos bienes se relacionan a continuación:

AF-11/40-034 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, por conducto de la Síndico Municipal, dar continuidad al aspecto de regularizar la situación legal de sus bienes inmuebles en relación con la propiedad de los mismos, así como

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

No. CLAVE

CATASTRAL DEL PREDIO

DESCRIPCIÓN Y/O

UTILIZACIÓN UBICACIÓN SUPERFICIE

CON ESCRITURAS

INSCRITO EN EL

REGISTRO PÚBLICO

DE LA PROPIEDAD

SI NO SI NO

1 S/C PREDIO URBANO

COL. AL NORTE CON LUIS DONALDO COLOSIO CON SUP 216.19 MTS, AL PON. CON HIMNO NACIONAL MEXICANO (FRACCIONAMIENTO VISTA HERMOSA

1,203.49 MTS 2

X X

2 S/C PREDIO URBANO

UBICADO EN FRACCIONAMIENTO LOMA PRIETA (DONANDO HUGO CASTILLO ESQUEDA)

1,600.00 MTS2

X X

3 S/C PREDIO URBANO

UBICADO EN FRACC. LOMA PRIETA (DONANTE HUGO CASTILLO ESQUEDA)

1,600.00 MTS2

X X

4 S/C PREDIO URBANO

NORTE TERMINA EN VERTICE AL SUR MIDE 28 MTS LINDA CON PROP, PRIVADA AL ORIENTE 128 MTS AL PON. 96.50 MTS SAN NORBERTO

1327.33 MTS

X X

5 S/C PREDIO URBANO

UBICADO AL NTE 55.30 ACV. GRAL J. SANTOS BAÑUELOS TOMAS DOMINGUES (DONANTEJ. CARMEN APARICIO JUANES)

6,305.00 MTS2

X X

6 S/C PREDIO URBANO

PREDIO URBANO NTE 460.50 MTS C. FRANCISCO MURGUIA SUR 480.50 MTS PANFILO NATERA OTE 215 MTS C. EVARISTO PEREZ PTE 214.50 MTS C. JUAN J. RIOS

103.056.00 MTS 2

X X

7 241 FINCA

URBANA

UBICADA AL NTE 27 MTS PASO DE SERVICIO SUR 32.25 MTS CALLE MIGUEL HIDALGO OTE 3.30 MTS C. MORELOS PTE 214.40 C. JUAN J. RIOS

335.25 MTS 2

X X

8 S/C PREDIO URBANO

UBICADA AL NTE 30 MTS CASA DE JUSTICIA, SUR 30 MTS, AV. ALFONSO MEDINA OTE 50 MTS RUBEN JAIME RDZ MEDINA PTE 50 MTS OTILIA MORENO GOMEZ

1,500.00 MTS 2

X X

9 S/C PREDIO URBANO

UBICADO AL NTE 24 MTS C. FLORES MAGON SUR 37.50 MTS ESTACIONAMIENTO OTE 40 MTS Y 9.50 MTS CALLE FLORES MAGON PTE 55.50 MTS MALECON.

1,414.50 MTS 2

X X

llevar a cabo los trámites necesarios para que sean inscritos en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, en cumplimiento a lo establecido en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio y 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios de Zacatecas.

AF-11/40-035 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

10 01 02 PREDIO URBANO

FRACC. LA HACIENDA

1,759.40 MTS. 2

X X

11 6 10 29 PREDIO URBANO

CALLE NUEVO LEON Y SINALOA DE LA COLONIA DEL NORTE

408.54 MTS. 2

X X

12 6 10 27 PREDIO URBANO

CALLE COAHUILA Y SAN LUIS POTOSI, COLONIA DEL NORTE, R.G.

916.28 MTS. 2

X X

13 6 16 18 PREDIO URBANO

MANZANA 18, COLONIA DEL NORTE, RIO GRANDE, ZAC.

337.75 MTS. 2

X X

14 6 10 24 PREDIO URBANO

UBICADO EN CALLE SAN LUIS POTOSI Y CALLE GRAL. FCO, VILLA, COL. DEL NORTE

1,160.81 MTS. 2

X X

15 6 10 26 PREDIO URBANO

CALLE CHIHUAHUA, MANZANA 26 LOTE 1

131.47 MTS. 2

X X

16 6 10 28 PREDIO URBANO

CALLE ZACATECAS, COLONIA DEL NORTE, RIO GRANDE, ZAC.

86.08 MTS. 2

X X

17 S/C PREDIO URBANO

MANZANA 25, LOTE 1.

2,310.00 MTS. 2

X X

18 5 301 PREDIO URBANO

UBICADO AL NORTE 46.00 MTS. 118.85MTS, 20.50 MTS. BLVD. RICARDO FLORES MAGON SUR. 26.50 MTS. 17.38 MTS. 57 50 MTS. 71.00 CALLE OTE. 41.30 MTS. CALLE ALFONSO MEDINA

9,777.32 MTS. 2

X X

19 5 18 FINCA

URBANA

UBICADA AL NTE. 85.00 MTS. BLVD. R. FLORES MAGON SUR 83.70 MTS. MA. DE JESUS MENDEZ. MA. CRISTINA Y FELICITAS PANTOJA DIAZ OTE. 35.00 MTS. PRIVADA NIÑO MENDOZA PTE. 40.20 MTS. CALLE ATLANTICO.

3,100.00 MTS. 2

X X

20 2 10 1 PREDIO URBANO

UBICADA AL NORTE 50.24 MTS. LOCALES COMERCIALES SUR 46.55 MTS. HOTEL BADILLO , OTE. 71.61 MTS. CALLE CONSTITUCION PTE. 63.45 MTS. LOCALES COMERCIALES

7,210.58 MTS. 2

X X

21 S/C FINCA

URBANA

UBICADA ALNTE. 17.65 MTS. 27.10 MTS. SUR 16.60 MTS. 27.80 MTS. OTE. 27.10 MTS. 14.95 MTS. PTE. 30.25 MTS. 14.20 MTS. 22.95 MTS.

2,080.00 MTS. 2

X X

22 214 FINCA

URBANA

UBICADA AL NORTE 36 MTS. ADALBERTA BADILLO SUR 35.85 MTS. CALLEJON JUAREZ OTE. 12.65 MTS. CALLE CONSTITUCION PTE. 11.70 MTS.

433.00 MTS. 2

X X

23 5 19 20 PREDIO URBANO

UBICADO AL NORTE 11.15 MTS. ESGIMA

717.32 MTS. 2

X X

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

17.85 MTS. PROP. PRIV. SUR 31.00 PUERTO ALVARADO OTE. 18.85 MTS. 11.25 MTS PROPIEDAD PRIVADA, PTE. 31.45 MTS. ESGIMA.

24 S/C PREDIO URBANO

UBICADO AL NORTE 3.00 MTS. HERMANOS NAHLE SUR. 50.90 MTSCAMPO DEPORTIVO AZTECA OTE. OTE 20.60 MTS. CAMINO A LORETO PTE. 34.40 MTS. CARLOS NAHLE

1,751.00 MTS. 2

X X

25 5 19 001 PREDIO URBANO

UBICADO AL NTE. 54.00 MTS. PROP. PRIVADA SUR 54.35 MTS. CALLE Y PROP PRIVADA OTE. 29.20 MTS. PROP. PRIVADA PTE. 29.20 MTS. PROP. PRIVADA.

1,587.00 MTS. 2

X X

26 216 FINCA

URBANA

UBICADO AL NORTE 50 MTS. EVANGELINA SOTO SUR 41 MTS 1.00 17.50 MTS. SARA BABUN OLVERA OTE. 22 MTS. CALLE CONSTITUCION PTE. 19.70 MTS. C.R. FLORES 1,321.00 MTS. 2

1,321.00 MTS. 2

X X

27 S/C PREDIO URBANO

UBICADO AL NTE. 51.20 MTS. CALLE INDEPENDENCIA SUR 12.70 MTS. 9.40 MTS. 12.20 MTS. TOMAS JIMENEZ OTE. 31.30 MTS. ARROYO SECO PTE. 12 MTS. TERRENO MPL.

790.68 MTS. 2

X X

28 S/C PREDIO

RUSTICO

UBICADO AL NTE. 200MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO SUR 200 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO OTE. 250 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO PTE. 250 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO

5-00-00 HAS

X X

29 S/C PREDIO

RUSTICO

UBICADO AL NTE. 280 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO SUR 253 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO OTE. 186 MTS. PTE. 284 MTS. EJIDO VICENTE GUERRERO

6-14-45 HAS

X X

30 S/C PREDIO URBANO

UBICADO AL NTE. 71 MTS. MALECON SUR 69 MTS. C. DEL PARQUE OTE. 41.20MTS. C. DEL

3,912.50 MTS. 2

X X

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ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

PARQUE. 55 MTS. PARQUE.

31 S/C PREDIO

RUSTICO

COMUNIDAD DE IGNACIO ALLENDE ANTES SANTA TERESA

200 MTS 2

X X

32 S/C PREDIO URBANO

PREDIO URBANO NTE. 460.50 MTS.C. FRANCISCO MURGUIA SUR 480.50 MTS. C. PANFILO NATERA OTE. 215MTS. C. EVARISTO PEREZ PTE. 214.40MTS. C. JUANJ. RIOS

103,056.00 MTS.2

X X

33 5 19 001 PREDIO URBANO

UBICADO AL NORTE 54.00 MTS. PROP. PRIVADA, SUR. 54.35 MTS. CALLE Y PROP. PRIVADA OTE. 29.20 MTS. PROP PRIVADA , PTE. 29.20 MTS. PROP. PRIV.

1,587.00 MTS. 2

X X

34 S/C PREDIO URBANO

UBICADO EN AREA DE DONACION MANZANA, FRACCIONAMIENTO HACIEDA EL MEZQUITAL, R.G. COLINDANCIAS: NORTE 129.00 MTS EN LA CALLE JOAQUIN AMARO, AL SUR 129.00 MTS CON LA CALLE GONZALO RODRIGUEZ DIAZ, AL ORIENTE 44.00 MTS CON LA CALLE ANASTACIO V. HINOJOSA, AL PONIENTE 44.00 MTS CON LOTE NUM. 7

5,676.00 MTS2

X X

Resultado AF-24, Observación AF-21 Derivado de la revisión física practicada al parque vehicular, del inventario proporcionado por el ente auditado, se detectó la inexistencia de un vehículo VW Sedán, modelo 1990, color verde, sin datos como de fecha de adquisición, costo, serie y número de placas, únicamente contiene la leyenda de "extraviado". El valor comercial de dicho vehículo con base en sus características, fue determinado en $12,000.00.

AF-11/40-036 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal, presentar ante esta Auditoría Superior del Estado aclaración sobre el vehículo extraviado cuyo valor comercial con base en sus características, fue determinado en $12,000.00, así como evidencia documental de las acciones que se hayan realizado para la recuperación del mismo, además copia del expediente de dicho vehículo. Lo anterior con fundamento en los artículos

No se solventa

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACTIVO DIFERIDO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio, así como 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de los compromisos del municipio de Río Grande, Zacatecas, al 31 de diciembre de 2011, fue por la cantidad de $54,108,765.64, el cual representa un incremento del 12.42% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, el cual se integra por Proveedores $11,615,775.21 (21.47%), Acreedores Diversos $16,735,990.23 (30.93%) e Impuestos y Retenciones por Pagar $25,757,000.20 (47.60%). El incremento mencionado se refleja fundamentalmente en endeudamientos netos tanto en Proveedores, Acreedores Diversos e Impuestos y Retenciones por Pagar.

Resultado AF-25, Observación AF-22 La cuenta de Proveedores presentó un saldo al 31 de diciembre 2011 de $11,615,775.21, equivalente a un incremento del 14.94% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, integrado por $5,260,081.57 de proveedores de Gasto corriente y por $6,355,693.64 de proveedores de Obras Públicas. Derivado de la revisión efectuada a este rubro, se detectó que existen cuentas que no presentaron movimientos en el ejercicio sujeto a revisión por un monto de $6,203,894.54.

AF-11/40-037 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la circularización correspondiente, a efecto de confirmar cada uno de los saldos con sus Proveedores a fin de depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean plenamente aclarados, previa autorización del H. Ayuntamiento. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-038 Solicitud de Intervención del órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-26, Observación AF-23 Derivado de revisión la cuenta de Proveedores, se observó un adeudo por $368,426.38 proveniente de ejercicios anteriores, a favor del C. Francisco Javier López Acosta, propietario del taller mecánico el "El Javis", el cual tiene en su poder varios vehículos propiedad del

AF-11/40-039 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, efectuar la circularización

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

municipio, en calidad de garantía, en tanto recupera el monto que le adeuda el municipio. Es conveniente señalar, que mediante escrito de solventación de confronta el ente auditado acompaño copia de la demanda interpuesta en contra del C. Francisco Javier López Acosta, para efectos de lograr la devolución de los vehículos, sin embargo no presentó aclaración sobre el adeudo observado.

correspondiente, a efecto de confirmar el saldo del proveedor C. Francisco Javier López Acosta, a fin de programar su pago o realizar su depuración debidamente documentada, previa autorización del H. Ayuntamiento, asimismo dar seguimiento a la denuncia interpuesta para la devolución de los vehículos propiedad del municipio, exhibiendo evidencia documental a esta Auditoría Superior del Estado del proceso o resolución legal de la misma. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-040 Solicitud de Intervención del órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

ACREEDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-27, Observación AF-24 La cuenta de Acreedores Diversos presentó un saldo al 31 de diciembre

2011 de $16,735,990.23, equivalente a un incremento del 6.16% con relación

al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, integrado por

$5,881,746.11 de Acreedores Locales y por $10,854,244.12 de

Financiamientos. Derivado de la revisión a la cuenta de Acreedores

Diversos, se observó que existen saldos que no presentaron movimientos

durante el ejercicio sujeto a revisión por $1,383,146.40.

En importante mencionar que una situación similar se observó durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal 2010, emitiéndose la Recomendación AF-10/40-075, misma que no fue atendida.

AF-11/40-041 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, efectuar la circularización correspondiente, a efecto de confirmar cada uno de los saldos con sus Acreedores Diversos a fin de depurarlos para que su Estado de Posición Financiera presente una situación real, cancelando aquellos que no sean plenamente aclarados, previa autorización del H. Ayuntamiento y con su debido respaldo documental. Lo anterior con base a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-042 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

IMPUESTOS Y RETENCIONES POR PAGAR

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-28, Observación AF-25 Derivado de la revisión y análisis de la cuenta de Impuestos y Retenciones por Pagar que muestra un saldo al 31 de diciembre de 2011 de $25,757,000.20, el cual representa un incremento del 14.13% con relación al saldo registrado al cierre del ejercicio anterior, destacando adeudos por $17,129,164.68 de Cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social y de $1,406,854.63 de Impuesto del 5% para la Universidad Autónoma de Zacatecas, observándose en este último caso que no tuvo amortización alguna durante el ejercicio sujeto a revisión. Cabe señalar que se verificó que al 31 de marzo de 2012, el adeudo con el Instituto Mexicano del Seguro Social ya fue liquidado y cancelado ante el SACG y sólo se reporta un saldo de $1,980.95 por la Delegación Estatal de dicho Instituto. Además existen cuentas las cuales no tuvieron movimientos en el ejercicio por un monto de $90,262.03. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio 2010 se emitió la acción a promover AF-10/40-080 consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida.

AF-11/40-043 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, programe y lleve a cabo el pago de los recursos captados por impuestos y retenciones a las instituciones y/o instancias correspondientes, esto en virtud de que son recursos que no corresponden al municipio, además de ser una obligación enterarlos. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 191, 192 y 193 de la Ley Orgánica del Municipio.

No Solventa y se le dará seguimiento.

AF-11/40-044 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo un análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se verificó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma. El municipio de Río Grande, Zacatecas, realizó una modificación a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2011. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2011 el Municipio recaudó y recibió 8.67% menos de lo presupuestado observándose decrementos relevantes en las cuentas de Derechos, Aprovechamientos, Agua Potable y Alcantarillado y Deuda Pública, observándose que ésta última fue presupuestada y no tuvo movimientos; asimismo existe un subejercicio en el presupuesto de Egresos del 9.20%, registrándose desfase presupuestal sólo en la cuenta de Otros Programas y Ramo 20. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales no son de orden relevante.

Resultado AF-29, Observación AF-26 El H. Ayuntamiento de Río Grande, Zacatecas, no presentó a esta Entidad de Fiscalización Superior el Programa Operativo Anual por el ejercicio 2011. Cabe señalar que en el Informe de Resultados del ejercicio 2010, se efectúo la Acción a Promover número AF-10/40-082 consistente en una Recomendación, misma que no fue atendida.

AF-11/40-045 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, en lo sucesivo presentar oportunamente su Plan Operativo Anual sometiéndolo previamente a la autorización del H. Ayuntamiento, ya que además de ser una obligación prevista en la Ley, constituye una importante herramienta para una adecuada toma de decisiones. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-046 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-30, Observación AF-27 Derivado del análisis comparativo entre la nómina

de la segunda quincena del mes de diciembre de

2011 y la cédula emitida por el Sistema Único de

Autodeterminación de Cuotas Obrero Patronales

del Instituto Mexicano del Seguro Social

correspondiente al mismo mes, se observó que

existen 10 personas que se encuentran en nómina y

no así inscritas ante dicho Instituto y 1 inscrita al

mismo pero que no se demuestra documentalmente

AF-11/40-047 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, afiliar ante algún régimen de Seguridad Social a todos sus trabajadores a fin de cumplir con lo establecido en la Ley de la Materia y evitar multas por capital constitutivo, de igual manera dar de baja ante el IMSS a la persona con la que manifiesta tener un proceso laboral ante el Tribunal de

SOLVENTA

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la razón por la cual no aparece en nómina.

Cabe señalar que mediante escrito de solventación

de confronta el ente auditado manifiesta: ”A esta

persona se le suspendió el pago por abandono de

empleo y aun permanece ante el IMSS por…contar

con proceso laboral ante el Tribunal de

Conciliación y Arbitraje…” Sin embargo no

presentó evidencia documental que demuestre su

dicho.

Conciliación y Arbitraje, siempre y cuando haya terminado todo tipo de relación con el municipio. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XX, 170 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 12 fracción I y 15 fracción I de la Ley del Seguro Social.

AF-11/40-048 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-31, Observación AF-28 Derivado del seguimiento a las observaciones definitivas del Departamento de Análisis Financiero y Presupuestal, se detectó que el municipio no ha implementado la plantilla de Maestros Comisionados que prestan sus servicios al ente auditado autorizada por el H. Ayuntamiento, misma que deberá reflejar las prestaciones mensuales de cada funcionario erogadas vía participaciones y vía nómina, las cuales deberán estar apegadas al tabulador de sueldos aprobado por el mismo, con la finalidad de que tenga conocimiento del costo por Maestro Comisionado.

AF-11/40-049 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, implementar la plantilla de personal que contemple las categorías que existen, así como las percepciones que se asignen a cada una de ellas, incluyendo a los maestros comisionados, así mismo someterla ante el H. Ayuntamiento para su correspondiente autorización, cuidando en todo momento los límites establecidos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI penúltimo párrafo, 147 fracción V, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio; así como los artículos 65 fracción XII, 119 fracción III y 160, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-050 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento

No se solventa, y se deriva en una solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-32, Observación AF-29 Derivado del análisis efectuado a la subcuenta 3701.- Viáticos, se detectó que el municipio aún cuando presenta un Reglamento Interno en el que se señalan las tarifas pernoctables y no pernoctables de acuerdo a los lugares donde deberá realizarse la comisión y asimismo se establecen las políticas para su otorgamiento, el ente auditado no lo aplica como es debido, dado que se verificó que se siguen otorgando los viáticos en base a los usos y costumbres de ejercicios anteriores. Además cabe hacer notar que no está autorizado por el H. Ayuntamiento. Cabe señalar que en escrito de solventación de confronta el ente auditado manifestó: “La tesorería municipal presentará a la Comisión de Hacienda el Proyecto Final del Reglamento de Viáticos…para su análisis, discusión y aprobación correspondientes…”. Cabe señalar que en el Informe de Resultados de la revisión de la Cuenta Pública 2010 se realizó la Recomendación AF-10/40-084 para una observación similar, misma que no fue atendida.

AF-11/40-051 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal el estricto apego al reglamento interno de viáticos, el cual deberá contar con la correspondiente autorización del H. Ayuntamiento. Lo anterior con base a lo establecido en los artículos 49 fracción XVI, 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio, 17 fracciones II y X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

SOLVENTA

AF-11/40-052 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-33, Observación AF-30 De la verificación física del parque vehicular, se observó que existen vehículos en condición de chatarra y/o inservibles, además de que no se realizó en su totalidad el pago del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos 2011 y algunos de los choferes no cuentan con licencia de manejo vigente. Cabe mencionar que el departamento de Mantenimiento Vehicular y Sindicatura Municipal presentan variaciones en sus respectivos inventarios de vehículos y en la revisión física se encontró que en algunos casos, los datos no coincidían en ninguno de ellos.

AF-11/40-053 Recomendación Se recomienda nuevamente a la Administración Municipal, llevar a cabo la baja de las unidades chatarra y/o inservibles, debidamente autorizada por el H. Ayuntamiento y observar la normatividad aplicable para tal efecto, así como realizar el pago del Impuesto Sobre Tenencia y Uso de Vehículos hasta completar la totalidad de los mismos y exigir a los choferes de las unidades contar con su licencia de manejo vigente; además de dar continuidad a la actualización del inventario del parque vehicular en el cual

SOLVENTA

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es conveniente señalar que en escrito de solventación de confronta el ente auditado presentó evidencia documental del inicio de la actualización del inventario. Cabe citar que en el Informe de Resultados de la revisión de la Cuenta Pública 2010 se realizó la Recomendación AF-10/40-090, misma que no fue atendida.

se coordinen los departamentos de Sindicatura Municipal, Secretaría de Gobierno Municipal y el Departamento de Mantenimiento Vehicular. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-11/40-054 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

SOLVENTA

Resultado AF-34, Observación AF-31 De la revisión física realizada a los bienes muebles, se observó que no se tiene un control de los mismos, ya que no cuentan con la etiqueta que permita su identificación de manera práctica. Además que en algunos de ellos, su ubicación física era diferente a la que según su resguardo y los informes trimestrales 2011 indicaban. Cabe mencionar que en escrito de solventación de confronta el ente auditado presentó evidencia documental del inicio de la actualización del inventario de bienes muebles.

AF-11/40-055 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal, continuar con el proceso de etiquetación y actualización del inventario de bienes muebles de su propiedad, siendo obligación del Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio del municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la elaboración de inventarios físicos semestrales conjuntamente con el Secretario de Gobierno Municipal. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

SOLVENTA

AF-11/40-056 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

SOLVENTA

Resultado AF-35, Observación AF-32 AF-11/40-057 Recomendación Subsiste y por lo tanto no

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión practicada a un listado proporcionado por la Sindicatura Municipal, se detectaron 26 bienes muebles en proceso de baja o enajenación, los cuales no han sido sometidos ante el H. Ayuntamiento para su debida autorización, presentando el expediente documental que justifique la baja de los activos en mención.

Se recomienda a la Administración Municipal llevar a cabo la baja o enajenación de dichos bienes, previa autorización del H. Ayuntamiento y observar la normatividad vigente para tal efecto, así como la desincorporación al Patrimonio del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVIII, 78 fracción V y 154 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 28 fracción II, 30 y 31 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-11/40-058 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-02, Sin Observación El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2011 fue por el orden de $27,889,588.00, los cuales fueron distribuidos de la siguiente manera: 95.00% para Infraestructura Básica de Obras y Acciones por un importe de $26,495,108.60, 3.00% para Gastos Indirectos por $836,688.00 y 2.00% para Desarrollo Institucional por $557,792.00. Al 31 de diciembre del 2011 los recursos fueron aplicados en un 71.57% y revisado documentalmente el 100.00% de lo ejercido. Además de los recursos ya citados, se recibió un monto de $12,152.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio anterior, los cuales no fueron ejercidos en el año sujeto a revisión. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-03, Observación PF-02 Con recursos del Fondo III se aprobó la obra número 119939064 denominada “Ampliación del Sistema de Alcantarillado y Sanitarios Húmedos”, en la comunidad de Emiliano Zapata, la cual fue convenida con la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado (CEAPA) dentro del Programa para la Construcción y Rehabilitación de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales 2011 (PCRSAPSZR) por un monto total de $9,709,880.00, con la siguiente estructura financiera: Federal 49.0% por $4,757,842.00, Estatal 25.5% por $2,476,019.00 y Municipal 25.5% por $2,476,019.00), según convenio del 11 de abril del 2011, para la cual el municipio realizó aportaciones por $2,362,978.71, soportadas con recibos oficiales expedidos por la Secretaría de Finanzas, los cuales se detallan a continuación:

PF-11/40-002 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efectos de aclaración, exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, reporte fotográfico del término, generadores de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas y acta de entrega recepción, que comprueben documentalmente la ejecución y término de la obra “Ampliación del Sistema de Alcantarillado y Sanitarios Húmedos”, en la comunidad de Emiliano Zapata”, convenida con la CEAPA por $9,709,880.00 y para la cual el municipio realizó aportaciones del Fondo III por $2,362,978.71.

SOLVENTA

PF-11/40-003 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado, que para efecto de obras convenidas, aún y cuando sea otra la Entidad o Dependencia ejecutora, vigile y supervise que las obras programadas, se ejecuten conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos autorizados. Asimismo se recabe copia de la documentación técnica y social que permita comprobar que la

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

FECHA

CHEQUE

BENEFICIARIO

MONTO

NO. DE RECIBO DE LA SEFIN

FECHA

20-jun-11

126

SECRETARÍA DE

FINANZAS

$ 990,407.60

6236032 21-jun-11

27-oct-11

293 495,203.80

6388302 27-oct-11

09-dic-11

362 877,367.31

6643108 09-dic-11

TOTAL $ 2,362,978.71

Asimismo, exhiben copia del expediente técnico elaborado por la CEAPA, ejecutora de la obra. Sin embargo, no anexan reporte fotográfico del término, generadores de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas, así como acta de entrega recepción de la obra que demuestren documentalmente la ejecución y término de la obra. Cabe señalar, que no obstante que la instancia ejecutora es la CEAPA, el municipio está obligado a vigilar y supervisar la ejecución de la obra, conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos de conformidad con lo establecido en los artículos 79 penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 71 y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 49 fracción XVI, 74 fracciones XXIV y XXVI, 100, 167, 179, 181, 183, 184, 186 y 196 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y convenio del 11 de abril del 2011suscrito con la CEAPA.

aportación del municipio se ha aplicado conforme a los fines convenidos.

Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-11/40-004 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

Resultado PF-04, Observación PF-03 Con recursos del Fondo III se aprobó la obra número 119939066 denominada “Construcción de planta tratadora de aguas residuales”, en la comunidad de Francisco García Salinas, la cual fue convenida con la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado (CEAPA) dentro del Programa para la Construcción y Rehabilitación de los Sistemas de Agua Potable y Saneamiento en Zonas Rurales 2011 (PCRSAPSZR) por

PF-11/40-005 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado evidencia documental de las acciones de seguimiento emprendidas para la ejecución de la obra denominada “Construcción de planta tratadora de aguas residuales, Sistema RAFA”, en la comunidad de Francisco García Salinas, convenida con la CEAPA, de la cual se constató que el municipio realizó aportación de $463,212.40 a la Secretaría de Finanzas desde

No Solventa y se le dará seguimiento.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

un monto total de $5,146,813.00, con la siguiente estructura financiera: Federal 70.0% por $3,602,769.00, Estatal 15.0% por $772,022.00 y Municipal 15.0% por $772,022.00, según convenio del 11 de abril del 2011, para la cual el municipio realizó aportaciones por $463,212.40, soportadas con recibos oficiales expedidos por la Secretaría de Finanzas por dicho importe, tal como se detallan a continuación:

FECHA CHEQUE

BENEFICIARIO

MONTO

NO. DE RECIBO DE

LA SEFIN

FECHA

20-jun-11

127 SECRETA

RÍA DE FINANZAS

$ 308,808.00

6236033

21-jun-11

27-oct-11

291 154,404.40

6388303

27-oct-11

TOTAL $ 463,212.40

Sin embargo, la construcción de dicha obra fue cancelada, según Acta Circunstanciada de fecha 17 de noviembre de 2011, elaborada por la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcantarillado (CEAPA), con objeto de dejar constancia de la terminación anticipada de la obra de “Construcción de planta tratadora de aguas residuales, Sistema RAFA”, en la comunidad de Francisco García Salinas, correspondiente al contrato PROSSAPYS-LO93209996-N68-2011 suscrito con la empresa Agencia Integral del Agua S.A. de C.V., la cual a la fecha de elaboración del acta contaba con un avance de obra del 15.93%. El motivo de la cancelación fue derivado del resolutivo del dictamen de manifiesto de impacto ambiental, el cual de conformidad con lo descrito en el tercer punto de dicha Acta fue emitido con inconsistencias en las coordenadas del predio donde se pretendía realizar dicha obra, situación que fue constatada por parte del área técnica de la CEAPA en coordinación con el municipio, se anexa finiquito de obra por un monto de $925,221.53 por los trabajos realizados de

la fecha de su cancelación. En su caso, evidencia de los trámites realizados para obtener el reintegro de los recursos aportados para su depósito a la cuenta bancaria del Fondo III 2011, así como la reasignación de los mismos, mediante el acta de Consejo de Desarrollo Municipal correspondiente. Lo anterior con fundamento en los artículos 79 penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 71 y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 49 fracción XVI, 74 fracciones XXIV y XXVI, 100, 167, 179, 181, 183, 184, 186 y 196 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y Municipios de Zacatecas y convenio del 11 de abril del 2011suscrito con la CEAPA.

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fecha 19 de diciembre de 2011. No obstante, que lo anterior aclara la causa de la cancelación de la ejecución de la obra, el municipio no presenta evidencia documental de las acciones de seguimiento emprendidas o por emprender para solucionar este problema. Por tal motivo, se desconoce si la obra se ejecutará en otro sitio o definitivamente se cancela, en cuyo caso deberán exhibir evidencia del reintegro de los recursos aportados a la cuenta bancaria del Fondo III, para su respectiva reasignación. Cabe señalar, que no obstante que la instancia ejecutora es la CEAPA, el municipio está obligado a vigilar y supervisar la ejecución de la obra, conforme a las especificaciones técnicas de los proyectos de conformidad con lo establecido en los artículos 79 penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 71 y 121 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 49 fracción XVI, 74 fracciones XXIV y XXVI, 100, 167, 179, 181, 183, 184, 186 y 196 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y Municipios de Zacatecas y convenio del 11 de abril del 2011suscrito con la CEAPA.

Resultado PF-05, Observación PF-04 Con recursos de Gastos Indirectos del Fondo III, se aprobó la acción número 004 denominada "Refacciones y reparaciones menores", dentro de la cual se realizaron erogaciones por concepto de seguro de vehículos, tenencias y papelería, situación que denota incongruencia al no corresponder a los conceptos inicialmente autorizados, omitiendo exhibir el acta del Consejo de Desarrollo Municipal en la que se haya aprobado la reasignación de recursos. Asimismo, en el rubro de Desarrollo Institucional se aprobó la acción número 002, denominada “Equipamiento y

PF-11/40-006 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que tratándose de erogaciones correspondientes a Gastos Indirectos del Fondo III, éstas correspondan con los conceptos aprobados para cada una de las acciones aprobadas en dicho rubro y que en caso de ser necesario se realicen las reasignaciones correspondientes mediante el Acta de Consejo de Desarrollo Municipal respectiva. .

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-11/40-007 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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actualización del Departamento Desarrollo Económico y Social”, dentro de la cual se realizaron erogaciones por concepto de adquisición de sistema de audio y grabación para sala de Cabildo, así como papelería y artículos de oficina, mismos que no corresponden a los conceptos autorizados, sin que el municipio exhiba el acta del Consejo de Desarrollo Municipal en la que se haya aprobado la reasignación de recursos. Cabe señalar, que para el ejercicio 2012 el municipio exhibió evidencia de una programación más detallada en los rubros de Gastos Indirectos y Desarrollo Institucional, lo cual será objeto de seguimiento en dicho año, no obstante, la observación subsiste por tratarse de un ejercicio fiscal diferente.

los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado

Resultado PF-06, Observación PF-05 Con recursos de Desarrollo Institucional del Fondo III, se aprobaron las acciones número 003 y 004 denominadas “Sistema de información” y “Capacitación áreas técnica y administrativa” respectivamente, dentro de las cuales se realizaron pagos a prestadores de servicio, soportadas con los recibos de honorarios correspondientes, realizando la retención de ISR por $4,454.47, de los cuales el municipio no presentó evidencia de su entero ante el Sistema de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Aunado a lo anterior, no se realizaron los registros contables del pasivo correspondiente.

PF-11/40-008 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que tratándose del pago de honorarios y arrendamiento con recursos del Fondo III, además del comprobante con requisitos fiscales, realice las retenciones de ISR, así como su registro contable del pasivo correspondiente, para su entero posterior el Sistema de Administración Tributaria de la SHCP, anexando evidencia en el expediente unitario respectivo, con el fin de transparentar la adecuada aplicación de los recursos del Fondo III.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

PF-11/40-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

Resultado PF-07, Observación PF-06 El presupuesto 2011 del Fondo III asciende a la cantidad de $27,889,588.00, de los cuales el municipio presenta Actas del Consejo de Desarrollo Municipal, en las que consta la autorización para la distribución de

PF-11/40-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la

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dichos recursos, anexando las propuestas de inversión, sin embargo, se observa que tanto en las propuestas de obras y/o acciones presentadas ante la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional (SEPLADER), así como en los Oficios de Aprobación número PLA-AP/1553/11, PLA-AP/1548/11, PLA-AP/1199/11, PLA-AP/1176/11, PLA-AP/0537/11 y PLA-AP/0196/11 emitidos por dicha Dependencia, no se contempla la Aportación de Beneficiarios, es decir, en los presupuestos de las obras y acciones programadas se aprobaron únicamente con Recursos Federales para su ejecución, sin considerar dichas aportaciones. No obstante lo anterior, el municipio solicitó a los beneficiarios de las obras recursos por concepto de aportaciones, según actas constitutivas de los Comités Comunitarios y en los Convenios de Concertación incluidos en los expedientes unitarios de las obras y/o acciones, las cuales fueron ingresadas a la cuenta bancaria de “Beneficiarios de obra 2011” número 067225068-0 de Banorte S.A. por un monto de $4,714,396.18. Cabe mencionar que al 31 de diciembre de 2011 se ejerció la cantidad de $3,320,094.70, quedando un saldo pendiente de aplicar de $1,394,301.48 Asimismo, en el ejercicio presupuestal de dichas aportaciones se detectaron transferencias de recursos a otras cuentas bancarias del municipio por un importe total de $2,665,150.00, de los cuales se reintegró un importe de $591,000.00, faltando reintegrar recursos a la cuenta bancaria de “Beneficiarios de obra 2011” por $1,136,000.00, desconociéndose el destino de su aplicación, movimientos que enseguida se detallan: Transferencias de recursos de la cuenta de “Beneficiarios de obra 2011” número 067225068-0 a la cuenta de Fondo Único número 0632944152 ambas de Banorte, S.A. por un importe de $900,000.00, de los

se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron por el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre 2011, como Presidente Municipal, Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, Tesorero Municipal, Prof. José Manuel Huitrado Rizo y Director de Desarrollo Económico y Social, M.V.Z. Enrique Martín Ligo Dávila; por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo, por haber manejado discrecionalmente los recursos ingresados a la cuenta de “Beneficiarios de obra 2011”, de cuyas aportaciones no existe normatividad que obligue a la participación de estos recursos, no demostrando transparencia y claridad en la aplicación de las mismas, desvirtuando a otros conceptos obras o programas dichas aportaciones. Aunado a lo anterior, se realizaron transferencias de recursos de la cuenta de “Beneficiarios de obra 2011” número 067225068-0 de Banorte S.A. a cuentas de Fondo Único número 0632944152 por $900,000.000 de los que únicamente se reintegró la cantidad de $191,000.00; a la cuenta de Programas Convenidos número 0682734107 por $938,150.00, sin exhibir evidencia documental de su aplicación en dichos programas, a la cuenta de FOPAM número 0679208309 por $427,000.00, los cuales fueron transferidos por error en forma duplicada, sin exhibir evidencia del reintegro de los mismos, infringiendo lo dispuesto en los artículos 113, segundo párrafo y 109 fracc. III de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos, artículos 119 fracc. I y 121 segundo párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, artículos 33 inciso A y 49 segundo párrafo de la Ley de Coordinación Fiscal y artículos 74 fracciones III, XXIV y XXVI y 185 de la Ley Orgánica del Municipio.

Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

PF-11/40-011 Recomendación Se recomienda al Ente Fiscalizado que en los

No Solventa y se le dará seguimiento.

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cuales se reintegró a la cuenta bancaria de beneficiarios $191,000.00, faltando por reintegrar recursos por $709,000.00.

FECHA S/EDO. CTA.

TRANSFERENCIA SEGÚN ESTADO DE CUENTA BANCARIO

NO. DE PÓLIZA

DEL SACG BENEFICIARIO MONTO

17/05/2011 170511 E01701 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

$ 300,000.00

18/07/2011 180711 E02484 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

350,000.00

01/08/2011 010811 E03056 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

150,000.00

18/08/2011 180811 E02912 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

100,000.00

TOTAL TRASPASOS A FONDO ÚNICO $ 900,000.00

Transferencias de recursos de la cuenta de “Beneficiarios de obra 2011” número 067225068-0 a la cuenta de Programas Convenidos número 0682734107 ambas de Banorte, S.A. por un importe de $938,150.00, de los cuales no se exhibió la evidencia documental de su aplicación en dichos programas.

FECHA S/EDO. CTA.

TRANSFERENCIA SEGÚN ESTADO DE

CUENTA BANCARIO

NO. DE PÓLIZA

DEL SACG

BENEFICIARIO

MONTO

07/07/2011

070711 E02474

MUNICIPIO DE RÍO GRANDE

$ 20,000.00

07/07/2011

070711 E02475 105,000.00

07/07/2011

070711 E02476 202,000.00

07/07/2011

070711 E02477 100,000.00

07/07/2011

070711 E02478 30,000.00

07/07/2011

070711 E02479 21,000.00

07/07/2011

070711 E02480 26,000.00

26/07/2011

260711 E02485 27,000.00

11/08/2011

110811 E02908 103,400.00

12/10/2011

121011 E03955 25,000.00

17/10/2011

171011 E03957 139,600.00

03/11/2011

031111 E04379 129,000.00

22/11/2011

221111 E04380 8,150.00

30/11/2011

301111 E04381 2,000.00

casos en que se programen aportaciones de beneficiarios para la ejecución de obras y/o acciones aprobadas con recursos del Fondo III, se incluyan en las actas del Consejo de Desarrollo Municipal, así como en los oficios de propuestas presentadas ante la Secretaría de Planeación y Desarrollo Regional (SEPLADER) y que en consecuencia, éstas se vean reflejadas tanto en los Oficios de Aprobación expedidos por esta Dependencia Estatal como en la documentación técnica, social y financiera integrada en los expedientes unitarios correspondientes, lo anterior, con la finalidad de dar transparencia de la aplicación de dichas aportaciones en las obras y acciones que les dieron origen

PF-11/40-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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TOTAL $

938,150.00

Asimismo, el municipio anexa memorándums de solicitud de pago a la Tesorería Municipal, en los que se especifican los nombres de las obras a las que corresponden las aportaciones de los beneficiarios y copias de los recibos de ingresos de las mismas. Sin embargo, no se presenta evidencia documental del ejercicio de dichos recursos en las obras que dieron origen a dichas aportaciones, desconociendo en qué Programa de Obra se autorizó la ejecución de las mismas, o en su caso, el nombre de la Dependencia o Entidad con la que fueron convenidas.

a) Transferencias de la cuenta de

“Beneficiarios de obra 2011” número 067225068-0 a la cuenta de FOPAM número 0679208309 ambas de Banorte, S.A. por un importe de $427,000.00, según póliza de egresos del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) número E02059 del 15 de junio de 2011 y estado de cuenta bancario. Asimismo se anexa memorándum de solicitud de pago en el que se realiza el desglose de las obras que dieron origen a la aportación de los beneficiarios, mismas que enseguida se enlistan:

Aportación de Beneficiarios para obra “Drenaje en la comunidad de La Florida” por $105,000.00, anexando copia de los recibos de ingresos de tesorería número 159379 por $60,000.00 y no. 158640 por $45,000.00.

Aportación de Beneficiarios para obra “Drenaje en la comunidad de Los Márquez” por $20,000.00,

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anexando copia de recibo de ingresos de tesorería no. 160450 por $20,000.00.

Aportación de Beneficiarios para obra de drenaje en la comunidad de Morones (Emiliano Zapata) por $202,000.00, anexando copias de los recibos de ingresos de tesorería no. 165381 por $127,000.00 y no. 164598 por $75,000.00.

Aportación de Beneficiarios para perforación de pozo nuevo en la comunidad de Los Delgado (Ignacio López Rayón) por $100,000.00, anexando copia de los recibos de ingresos de tesorería no. 167347 por $10,000.00 y no. 164940 por $90,000.00.

De lo antes citado, el municipio presenta escrito en el que aclara que esta última transferencia fue realizada por error al FOPAM y que los recursos estaban destinados a Programas Convenidos, por lo que en fecha 5 de diciembre 2011, se realizó una transferencia de la cuenta de FOPAM no. 0679208309 a la cuenta de Programas Convenidos número 0682734107, ambas de Banorte por un importe de $427,000.00, según póliza de egresos no. E05360 del SACG y estado de cuenta bancario. Cabe mencionar, que además de la transferencia del inciso c), se realizaron otras según pólizas del SACG números E02474, E02475, E02476 y E02477 del 7 de julio de 2011, para la ejecución de las 4 obras antes mencionadas por un importe total de $427,000.00, aunque éstas fueron realizadas de manera individual, presumiéndose como una aportación duplicada.

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No se omite mencionar, que además de la transferencia antes citada, también se realizaron otras transferencias a la cuenta de Programas Convenidos, por los mismos importes de las obras descritas anteriormente, la cuales en su conjunto ascienden a un importe de $427,000.00, mismas que se detallaron en el inciso b), soportadas con la misma documentación comprobatoria, por lo tanto, se presume como una erogación duplicada, misma que a la fecha de revisión 15 de abril de 2012 no se ha realizado el reintegro de dichos recursos a la cuenta de Beneficiarios de Obra 2011. Transferencias de la cuenta de “Beneficiaros de Obra 2011” número 067225068-0 a la cuenta bancaria de Gasto Corriente número 0632944161 de Banorte, S.A. por un importe de $400,000.00, los cuales fueron reintegrados en fechas posteriores, mismas que se detallan a continuación:

FECHA CHEQ

UE

NO. DE

PÓLIZA

BENEFICIARIO MONTO

29/04/2011

290411 E012

90 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

$ 200,000.00

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03/06/2011

030611 E020

58 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

100,000.00

24/08/2011

240811 E029

11 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

20,000.00

19/09/2011

190911 E033

50 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

80,000.00

TOTAL TRASPASOS A GASTO CORRIENTE $

400,000.00

De lo anteriormente expuesto, no se presenta justificación para la realización de dichas transferencias, ya que los recursos derivados de las aportaciones de beneficiarios no deben ser utilizados como préstamos a otras cuentas del municipio, sino que deben destinarse exclusivamente para el pago de las obras y/o acciones que dieron origen a las mismas, sin que el municipio exhibiera documentos que comprueben y justifiquen la aplicación de dichas transferencias en los conceptos señalados. Aunado a lo anterior, en las actas del Consejo de Desarrollo Municipal, no se especifica el monto que corresponde a la aportación de beneficiarios. Por lo tanto y con base en lo expuesto, se

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determina un inadecuado control en cuanto al ejercicio de los recursos al manejarlos discrecionalmente, no demostrando transparencia y claridad en la aplicación de dichas aportaciones, considerando que las obras y acciones se realizaron solamente con los recursos federales del Fondo III, desvirtuando a otros conceptos, obras ó programas las aportaciones de los beneficiarios; aunado a que no existe normatividad que obligue la participación de estos recursos; situación que pone en desventaja a las personas con rezago social y pobreza extrema, población a la que corresponde el beneficio y aplicación de estos recursos, tal como lo establece la Ley de Coordinación Fiscal en sus artículos 33 y 49. Lo anterior no permitiendo al municipio cumplir

con su objetivo primordial, el de otorgar los

servicios básicos, infringiendo lo dispuesto en

los artículos 113, segundo párrafo y 109 fracc. III

de la Constitución Política de los Estado Unidos

Mexicanos, artículos 119 fracc. I y 121 segundo

párrafo de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Zacatecas, artículos 33

inciso A y 49 segundo párrafo de la Ley de

Coordinación Fiscal y artículos 74 fracciones III,

XXIV y XXVI y 185 de la Ley Orgánica del

Municipio.

Resultado PF-08, Observación PF-07 En el auxiliar contable de ingresos por Aportaciones de Beneficiarios del Fondo III, según cuenta del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con número 7106-01-0021, se registraron ingresos por un monto de $6,441,906.18, de los cuales no fue posible identificarlos en su totalidad con los Programas, obras y/o acciones que les dieron origen, faltando además documentación comprobatoria que evidencié el destino de aplicación de dichos ingresos.

PF-11/40-013 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado exhibir ante la Auditoría Superior del Estado, informe detallado de las aportaciones de beneficiarios registradas en la cuenta no. 7106-01-0021 del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental por un monto de $6,441,906.18, en el que se especifique claramente el Programa de que se trate, con nombre y número de obra, así como documentación comprobatoria que evidencie el destino de aplicación de dichos ingresos.

SOLVENTA.

Resultado PF-09 Observación PF-08

Derivado de la revisión de la cuenta de Beneficiarios de Obra (2010) no.

PF-11/40-014 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de

No Solventa

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0177853858 de Banorte, S.A. con número de cuenta contable 1102-06-0004 de la cual se detectaron erogaciones por un importe de $321,373.02, de los cuales no se presenta documentación comprobatoria que corresponda a la aplicación de recursos en las obras que dieron origen a la aportación de los beneficiarios por un monto de $170,115.61, así como documentación técnica y social, que transparente su uso adecuado, mismas que se detallan enseguida:

FECHA

CHEQUE / TRANSFERENCIA

NO. DE PÓLIZA

BENEFICIARIO

MONTO

14/01/2011

140111 E00328 MUNICIPIO DE RÍO GRANDE

$ 54,223.37

27/01/2011

1429 E00330

CONSTRUCTORA Y COMERCIALIZADORA EL PRISMA, S.A. DE C.V.

5,650.00

28/02/2011

030211 E00673 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

10,842.24

27/05/2011

1456 E01709

SECRETARIA DE FINANZAS

71,000.00

19/09/2011

1909201 E03342 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

28,400.00

TOTALES

$ 170,115.61

$170,115.61 a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, M.V.Z. Enrique Martín Lugo Dávila y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, como Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos, relativo a erogaciones de la cuenta de Beneficiarios de Obra (2010) número. 0177853858 de Banorte S.A., omitiendo presentar la documentación comprobatoria que justifique y respalde la aplicación de dichos recursos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracciones III y X, y 185 de la Ley Orgánica del Municipio; 36, 38, 39 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas; 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Resultado PF-10, Observación PF-09

Derivado de la revisión a la cuenta de Programas Convenidos no. 0682734107 de Banorte, S.A., se detectaron erogaciones por un importe de $2,241,446.04, de los cuales no se presenta documentación comprobatoria que corresponda a la aplicación de recursos en obras convenidas por un monto de $1,122,489.15, asimismo, se realizaron transferencias bancarias a la cuenta de Fondo Único no. 0632944152 de Banorte, S.A. por un monto de $540,000.00, de los cuales no se presenta evidencia documental del reintegro de las mismas, tal como se describe a continuación:

FECHA CHEQUE NO. DE PÓLIZA

BENEFICIARIO MONTO

31/07/2011 310711 D00267 S/C $ 290.00

PF-11/40-015 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por un monto de $1,122,489.15 a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, M.V.Z. Enrique Martín Lugo Dávila y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, como Responsable Subsidiario el primero y Directos los dos últimos citados, relativo a erogaciones realizadas de la cuenta bancaria de “Programas Convenidos“ no. 0682734107 de Banorte, S.A. por el monto antes mencionado, omitiendo presentar la documentación comprobatoria que justifique y respalde la

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

29/08/2011 2 E02992 C. ALFONSO SANDOVAL BLANCO

250,000.00

01/09/2011 010911 E03529 S/C 571,620.00

20/12/2011 8 E05284 TRACSA, S.A. DE C.V.

32,581.72

21/12/2011 11 E05287 C. ALFONSO SANDOVAL BLANCO

16,588.00

21/12/2011 12 E05288 C. ALFONSO SANDOVAL BLANCO

140,353.97

21/12/2011 14 E05290 C. LAZARO JAVIER TORRES DELGADO

108,851.46

21/12/2011 17 E05293 C. JESUS HERNANDEZ CARDONA

2,204.00

SUBTOTAL $ 1,122,489.15

19/09/2011 190911 E03504 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

270,000.00

30/09/2011 300911 E03530 MUNICIPIO DE RIO GRANDE

270,000.00

TOTALES

$ 1,662,489.15

aplicación de dichos recursos. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracciones III y X, y 185 de la Ley Orgánica del Municipio; 36, 38, 39 y 43 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas; 49 de la Ley de Coordinación Fiscal y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos para el Estado y Municipios de Zacatecas.

PF-11/40-016 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, M.V.Z. Enrique Martín Lugo Dávila y Profr. José Manuel Huitrado Rizo, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011 como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal respectivamente, como Responsables Subsidiario el primero y Directos los dos últimos citados, por haber realizado transferencias de la cuenta de Programas Convenidos no. 0682734107 a la cuenta de Fondo Único no. 0632944152 ambas de Banorte, S.A., omitiendo exhibir evidencia del reintegro de los recursos, por un monto de $540,000.00.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Por lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del D.F., por el orden de $26´550,596.00, estos fueron distribuidos de la siguiente manera: 74.10% en el rubro de Obligaciones Financieras por $19´672,726.05; 7.97% en Seguridad Pública por $2´116,354.45 y el 17.93% en Infraestructura Básica de Obras y Acciones por $4´761,515.50. El ejercicio de los recursos se realizó en un 89.07% al 31 de diciembre del 2011, revisándose documentalmente la totalidad de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $10,530.00, los cuales no fueron aplicados. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-11, Observación PF-10 Dentro del rubro de Infraestructura Social Básica del Fondo IV, el municipio realizó erogaciones mediante el cheque número 293 de fecha 22 de diciembre de 2011 a nombre de la Secretaría de Finanzas (SEFIN) por $100,000.00, comprobado con recibo oficial número B6643465 de fecha 22 de diciembre de 2011 por concepto de aportación municipal para la adquisición de cemento Con relación a lo anterior, se anexa convenio de fecha 27 de diciembre de 2011, celebrado con la Secretaría de Obras Públicas del Estado de Zacatecas (SECOP) para la adquisición de 400 toneladas de cemento, dentro del Programa Peso por Peso, con un costo total de $780,000.00, de los cuales $390,000.00 aporta el Municipio y $390,000.00 el Estado. El resto de la aportación municipal por $290,000.00, fue realizada con recursos de la cuenta bancaria 06827341107 denominada Programas Convenidos, mediante la expedición de los cheques número 18 por $95,000.00 y 19 por $195,000.00, ambos de fecha 22 de diciembre de 2011 y favor de la SEFIN, soportados con recibos oficiales número B6643464 y B6643463. Cabe mencionar que en fecha 23 de abril de 2012 se realizó declaración al Director de Obras y Servicios Públicos del municipio de Río Grande, Ing. Eleno Samaniego Cruz, en la que manifiesta: "De la aportación municipal para la adquisición de 400 toneladas de cemento convenida con SECOP, sólo se nos ha proporcionado la cantidad de 200 toneladas, mismas que se encuentran aplicadas, señalando que las restantes 200 toneladas, serán entregadas en fecha próxima”. Dicho material representa un importe de $390,000.00. En relación a la aplicación del cemento recibido por

PF-11/40-017 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado que para efectos de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado, expedientes unitarios con documentación técnica y social que incluya entre otros documentos, generador de obra de trabajos realizados y metas alcanzadas, reporte fotográfico y acta de entrega recepción de cada una de las obras programadas, así como vales por la entrega de cemento con nombre y firma de los responsables de la obra que reciben y de los funcionarios municipales que autorizan, con el fin de que se demuestre y justifique documentalmente la aplicación de las 200 toneladas de cemento convenidas con SECOP por valor de $390,000.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

el municipio, se exhibe programa que incluye información relativa a la aplicación de las 200 toneladas de cemento, así como vales por la entrega del mismo con autorización del Director de Obras y Servicios Públicos, reporte fotográfico, acta de entrega recepción y demás documentación técnica que evidencia la aplicación del cemento.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-12, Sin Observación Del Programa 3x1 para Migrantes se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $2´414,072.00 correspondientes a la muestra de 3 obras, mismas que fueron aprobadas en el rubro de Urbanización Municipal. La aplicación de los recursos se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre de 2011 habiendo, sido revisados documentalmente en su totalidad. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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HABITAT

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-13, Sin Observación Del Programa Hábitat Vertiente General se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $6´031,145.00 correspondientes a la muestra de 5 obras, mismas que fueron aprobadas en el rubro de Urbanización Municipal. La aplicación de los recursos se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre de 2011, habiendo sido revisados documentalmente en su totalidad. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

FOPAM

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado PF-14, Sin Observación Del Programa Fopam Vertiente General se revisaron documentalmente recursos por un monto total de $7´941,449.11 correspondientes a la muestra de 4 obras, mismas que fueron aprobadas en el rubro de Urbanización Municipal. La aplicación de los recursos se realizó en un 100.00% al 31 de diciembre de 2011, habiendo sido revisados documentalmente en su totalidad. De la revisión documental al ejercicio de los recursos, no se determinaron observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-01, Sin Observación. Para la ejecución del Programa Municipal de Obras del ejercicio 2011, se asignó un monto de $6,487,388.97; al cierre del 31 de diciembre de 2011 el Municipio ejerció el total del monto aprobado. Así mismo según informe del mes de diciembre presentado por el municipio, las 8 obras programadas, fueron terminadas; por lo que presenta cumplimiento en su programación y ejercicio del programa.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-02, Sin observación. Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar; sin embargo por solicitud del Contralor Municipal se revisó una obra de la cual se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-03, Observación OP-01 Para la obra "Rehabilitación de Plaza Principal, cabecera municipal"; se aprobó presuntamente del Programa Municipal de Obras un monto de $418,683.78, fue asignada a través de adjudicación directa al C. José Amado Márquez Rodríguez, se suscribió contrato s/n de fecha 10 de Mayo de 2011; para la construcción, mantenimiento, reparación y remodelación de balaustrados de cantera en la plaza principal, consistentes en: Desmontaje de piezas de cantera dañada, suministro y colocación de bases de cantera, limpieza de arcos en interior y exterior de kiosco; suministro y colocación de piezas y balaustres de cantera, varias medidas, pulido de pilastras, balaustres, zoclo y pasamanos; así como transporte de cantera al lugar de la obra. Cabe mencionar que ésta obra se incluyó en la muestra a solicitud del Contralor Municipal, por considerar que esta presenta irregularidades en su pago y su forma de ejecución. Durante la revisión física realizada el 13 de abril de 2012, en compañía de representantes de la Entidad Fiscalizada, la obra se encontró terminada y operando, de acuerdo a la verificación ocular y a lo mostrado por personal de la Dirección de Obras Públicas; sin embargo no fue posible realizar la comparativa de los conceptos pagados y ejecutados, en virtud de que el Ente Fiscalizado no presentó el expediente unitario de manera completa al no incluir estimaciones, números generadores de los conceptos ejecutados en la rehabilitación de la obra; por lo que en tanto el Municipio no exhiba la citada documentación para realizar la comparativa de conceptos pagados con respecto a los ejecutados; el monto observado corresponde al monto total de la obra $418,686.78. Cabe mencionar que este monto podrá disminuir conforme el Municipio presente la documentación solicitada para aclarar la observación realizada. Derivado de que la entidad fiscalizada no proporcionó

OP-11/40-001 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente el expediente unitario de obra debidamente integrado de la obra "Rehabilitación de Plaza Principal, cabecera municipal" realizada mediante el Programa Municipal de Obra; ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, no fue posible realizar la comparativa de los conceptos pagados con respecto a los ejecutados, en virtud de que el Ente Fiscalizado no presentó el citado expediente unitario de manera completa al no incluir estimaciones, números generadores de los conceptos ejecutados en la rehabilitación de la obra así como los documentos comprobatorios del gasto. Debiendo presentar para tal fin documentos comprobatorios, que constaten que el recurso aprobado por $418,686.78 fue aplicado de acuerdo a lo programado y presupuestado, tales como: pólizas-cheque, facturas, entre otros; así mismo documentación técnica, tal como: estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; así mismo deberá de presentare los documentos comprobatorios del gasto, tales como pólizas, facturas, entre otros; de igual manera deberá presentar las pruebas necesarias que demuestren que la obra fue

Solventada.

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REVISION FISICA A LA OBRA PUBLICA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

la documentación comprobatoria no se efectuó la revisión documental al respecto, desconociéndose con certeza el origen de los recursos de la obra en cuestión y de igual forma no es posible dar una opinión objetiva sobre la aplicación adecuada de los mismos.

terminada de acuerdo al proyecto aprobado, tales como: acta de entrega recepción en la cual participe el Contralor Municipal y de más documentos que sean necesarios para su justificación entre otras.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

APEGO A LA NORMATIVIDAD

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-04, Observación OP-02 De las obras de la muestra seleccionada el Municipio ejecutó 30 obras por contrato, cuatro de ellas obras y una adquisición, sin llevar a cabo el procedimiento de adjudicación establecido en la normatividad aplicable, como se enlista en la siguiente tabla:

N o . N OM B R E/ A C C IÓN P R OGR A M AM ON T O

A P R OB A D O

M ON T O

C ON T R A T A D O

A D JUD IC A C IÓ

N EN T E

F ISC A LIZ A D O

A D JUD IC A C IÓ

N SEGÚN

N OR M A T IVID

A D

OBRA PÚBLICA

2 Regularización y Alimentación

Loma Prieta, Colonia Vista

Hermosa, Cabecera M unicipal.

HÁBITAT $2,378,129.00 $2,373,413.67 Invitación

Restringida

Licitación Pública

4 Pavimentación en Calle

Principal en la Comunidad de las

Piedras.

FOPAM $2,323,020.00 $2,322,814.62 Adjudicación

Directa

Invitación

Restringida

7 Pavimentación en

Estacionamiento Unidad

Deportiva, Cabecera M unicipal.

FOPAM $467,614.27 $467,614.27 Adjudicación

Directa

Invitación

Restringida

6 Pavimentación en Calle M artin

Triana de la Colonia Unidad

Deportiva, Cabecera M unicipal.

FOPAM $443,008.00 $442,581.32 Adjudicación

Directa

Invitación

Restringida

ADQUISICIONES

1 Pavimentación y Guarniciones

en Calle Ricardo Flores M agón

(M alecón), Cabecera M unicipal.

FOPAM $3,659,368.15 $3,659,368.15 Adjudicación

Directa

Licitación Pública

Incumpliendo con el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al ejercicio 2011, la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

OP-11/40-002 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente Municipal Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, como Responsable subsidiario, M.C. Eleno Samaniego Cruz, Director de Obras y Servicios Públicos, como Responsable directo, M.V.Z. Enrique Martin Lugo Dávila, Director de Desarrollo Económico y Social como Responsable directo; por haber adjudicado de manera indebida cuatro obras y una adquisición de materiales, como se especifica en el anexo 1 de la observación, siendo que por sus montos contratados, la forma de adjudicación no corresponde a lo establecido en el Anexo 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación, de igual manera al no existir justificación del cumplimiento de la Ley de Obras y Servicios Públicos Relacionadas con las Mismas y la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, proceso que fue omitido por los servidores públicos del municipio de Río Grande quienes son los responsables directos de licitar, evaluar, analizar, presupuestar, vigilar, y autorizar todos y cada uno de los procesos

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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APEGO A LA NORMATIVIDAD

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

que involucran la realización de este tipo de obras, aún y cuando el Ente Fiscalizado cuenta con el personal capacitado para realizar todas y cada una de las actividades relativas a la licitación y vigilancia de este tipo de obras, con fundamento en lo establecido en el Anexo No. 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2011 y por haber incumplido las obligaciones inherentes a su cargo previstas en el artículo 5 fracciones I y XXII, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-05, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 14 (catorce) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-06, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RAMO 20 PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-07, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 3 (tres) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se observaciones que hacer constar.

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PROGRAMA HABITAT

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-08, Observación OP-03. Para la obra "Regularización y alimentación, Loma Prieta, Colonia Vista Hermosa, cabecera municipal"; se aprobó del Programa Hábitat un monto total de $2,378,129.00, con aportaciones federal de $1,140,000.00 y municipal de $1,238,129.00; aprobada mediante oficio No.AP-DSZ-152-760-HVG-RIO GRANDE-004/11 de fecha 26 de julio de 2011; fue asignada a través de invitación restringida a Tanques Vitro Fusionados del Norte S.A. de C.V., se suscribió contrato No. 045/4/HÁBITAT/2011; para suministro e instalación de tanque cilíndrico de 400.00 m3 de capacidad, de acero inoxidable tipo 304 2b diámetro de 8.50 m y 10.00 m de altura con capacidad de incrementar su capacidad a 600.00 m3, incluye techo y fondo de acero inoxidable, escalera marina, registro de limpieza, refuerzos tipo t-304 de 1"x1", soldadura de aporte 316L, así como pruebas radiográficas y líquidos penetrantes, manómetro de medición electronivel y aislamiento térmico del tanque. (garantía de 30 años); construcción de base para tanque elevado metálico, construcción de línea de conducción a base de excavación en terreno tipo "B" y "C", suministro e instalación, junteo y prueba hidrostática de tubería de PVC, (594.00 m tubería de 14", 1750 m tubería de 8" y 640.00 m tubería de 4"), suministro, instalación, junteo y prueba hidrostática de tubería de acero al carbono (incluye trabajos y acomodos en campo de salida del tanque superficial y cuello de garza, así como llegada al tanque), soldada por resistencia eléctrica de alta frecuencia, suministro e instalación de piezas especiales de Fo.Fo., suministro e instalación de piezas especiales de PVC, ruptura, demolición y reposición de concreto hidráulico de 15 cm. Durante la revisión física realizada el 13 de abril de 2012, en compañía de representantes de la Entidad Fiscalizada, la obra se encontró inconclusa, con un avance físico del 75%, no se encuentra personal trabajando en la obra; del análisis a los conceptos preponderantes revisados se encontró que presenta conceptos programados y contratados no ejecutados por un monto de $359,590.43, correspondientes a 17.00 m3 de excavación en material tipo "C" por $2,736.94, 594.00 m de suministro e instalación, junteo y prueba hidrostática de tubería de PVC de 14" por $225,336.75, 35.00 m de suministro e instalación de tubería de acero al carbono de 14" en salida de tanque, cuello de garza, así como llegada al tanque por $110,834.75, 1 lote de suministro e instalación de piezas especiales de Fo.Fo. por $11,706.12, suministro e instalación

OP-11/40-003 Solicitud de Aclaración Se solicita al Ente Fiscalizado para efecto de aclaración presente documentación de que la obra "Regularización y alimentación, Loma Prieta, Colonia Vista Hermosa, cabecera municipal", realizada mediante el Programa Hábitat; ha sido terminada y puesta en operación, ya que en la fecha de la visita de revisión y asentado en acta de revisión física, se constató que personal de la empresa constructora no se encuentra trabajando en la obra, verificándose un avance físico del 75% aproximadamente, por lo que con base en el análisis a los conceptos preponderantes revisados se encontró que presenta conceptos programados y contratados no ejecutados por un monto de $359,590.43, correspondientes a 17.00 m3 de excavación en material tipo "C" por $2,736.94, 594.00 m de suministro e instalación, junteo y prueba hidrostática de tubería de PVC de 14" por $225,336.75, 35.00 m de suministro e instalación de tubería de acero al carbono de 14" en salida de tanque, cuello de garza, así como llegada al tanque por $110,834.75, 1 lote de suministro e instalación de piezas especiales de Fo.Fo. por $11,706.12, suministro e instalación de piezas

No Solventa y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA HABITAT

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de piezas especiales de PVC (incluye coples codos, atraques, válvulas, registros con marco de fierro fundido y tornillería) por $5,706.91 y 14.00 m2 de reposición de concreto de 15 cm por $3,268.95. Derivado de la revisión documental se constató que el importe aprobado se liberó parcialmente mediante póliza-cheque No. 343, de fecha 30 de noviembre de 2011, con respaldo de factura No. 697, del 12 de diciembre de 2011, ambas por un monto de $712,024.10; póliza-cheque No. 465 de fecha 27 de enero de 2012, con respaldo de factura No. 707, ambas por un monto de $521,389.57; factura No. 704 del 23 de diciembre de 2011 por $554,991.75; factura No. 705 del 29 de diciembre de 2011 por $97,763.13; factura No. 708 del 30 de diciembre de 2011 por $487,245.13, pólizas-cheque y facturas a nombre de Tanques Vitro Fusionados del Norte S.A. de C.V. Cabe mencionar que están pendientes de erogar un monto de $1,140,000.00.

especiales de PVC (incluye coples codos, atraques, válvulas, registros con marco de fierro fundido y tornillería) por $5,706.91 y 14.00 m2 de reposición de concreto de 15 cm por $3,268.95. De igual manera para el mismo efecto de aclaración, deberá presentar documentos comprobatorios, que constaten que el recurso pendiente por $1,140,000.00 ha sido liberado y la obra ha sido finiquitada, tales como: pólizas-cheque, facturas, entre otros; así mismo documentación técnica, tal como: estimaciones, números generadores, bitácora de obra, entre otros; de igual manera las pruebas necesarias que demuestren que la obra se encuentra terminada y operando tales como: proyecto aprobado por la Entidad Normativa, acta de sitio en la cual participe el Contralor Municipal y los beneficiarios, evidencia fotográfica y demás documentos que sean necesarios para su justificación; lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción XXVI y 167 de la Ley Orgánica del Municipio.

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RAMO 11 PROGRAMA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

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Resultado OP-09, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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RAMO 11 PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-10, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no hay observaciones que hacer constar.

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RAMO 23 PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM)

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Resultado OP-11, Sin Observación. Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 12, Observación OP- 04. Derivado de la revisión Documental de 31 (treinta y uno) obras que integraron la muestra de auditoría, de las cuales corresponden 14 (catorce) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 3 (tres) al Programa 3x1 para Migrantes, 5 (cinco) al Programa Hábitat, 2 (dos) al Programa Infraestructura Educativa, 1(una) al Programa Infraestructura Deportiva, 4 (cuatro al Programa FOPAM y 1 (una) al Programa Municipal de Obras; se detectó la falta de integración en los Expedientes Unitarios de Obra de la documentación técnica y social, misma que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como: proyecto, programa, factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaraciones, acta de apertura de propuestas, dictamen y fallo, contrato, catalogo de conceptos contratado, programa de ejecución de la obra, fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, acta de entrega-recepción, fianzas de vicios ocultos y finiquito, los cuales se relacionan en la tabla siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN EJECUCIÓN

NO. DE OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y UBICACIÓN P

RO

YE

CT

O

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A) FONDO III

OP-11/40- 004 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2011, como Presidente Municipal Lic. Mario Alberto Ramírez Rodríguez, M.C. Eleno Samaniego Cruz, Director de Obras y Servicios Públicos, M.V.Z. Enrique Martin Lugo Dávila, Director de Desarrollo Económico y Social; por no haber integrado los expedientes unitarios con la documentación técnica y social de 31 (treinta y uno) obras que integran la muestra auditada, de las cuales corresponden 14 (catorce) al Fondo III, 1 (una) al Fondo IV, 3 (tres) al Programa 3x1 para Migrantes, 5 (cinco) al Programa Hábitat, 2 (dos) al Programa Infraestructura Educativa, 1(una) al Programa Infraestructura Deportiva, 4 (cuatro al Programa FOPAM y 1 (una) al Programa Municipal de Obras, documentación que se debe generar en todas las fases de la ejecución de las obras, tales como: proyecto, programa, factibilidad, estudio, permisos, impacto ambiental, uso del suelo, tenencia de la tierra, acuerdo de modalidad de ejecución, convenio de colaboración, bases de licitación, convocatoria, junta de aclaraciones, acta de apertura de propuestas, dictamen y fallo, contrato, catalogo de conceptos contratado, programa de ejecución de la obra,

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA 48 R

EGULARIZAC. Y ALIMENTACIÓN, LOMA PRIETA, COLONIA VISTA HERMOSA, CABECERA MUNICIPAL.

X 1 1 1 X X X X 1 X 1 N/A

N/A

1 X X 1 1 1 N/A

1 1 1 1 X X 1 X N/A

1 X 1 N/A

N/A

fianzas de anticipo y cumplimiento, programa de ejecución, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, reporte fotográfico, acta de entrega-recepción, fianzas de vicios ocultos y finiquito, no cumpliendo con lo establecido en los artículos 50, 51, 52, 59,65, 66, 70, 80, 91, 124, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Zacatecas y artículo 18, 35, 70, 86, 88, 88 fracción IV, 98, 101, 102, fracción I, 103, 121 de su Reglamento, artículos 24, 26, 27, 31, 34, 35 bis., 37, 39, 48, 49, 50, 54, 55, 56, 57, 58, 64, 66, 72, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas de la Federación y artículo 26, 84, 86, 87, 102 de su Reglamento y por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en el articulo 74 fracción XXVI, la Ley Orgánica del Municipio, la Ley de Coordinación Fiscal en su artículo 49 cuarto párrafo y en el artículo 5 de la Ley de Responsabilidades de Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA 99 A

MPLIACIÓN DE RED DE ALCANTARILLADO, ARROYO SECO, CABECERA M

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

103

PAVIMENTO EN CALLE FCO. I. M

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 X 1 1 N/A

1 1 1 N/A

N/A

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA ADERO 2DA. ETAPA, LA LUZ

105

PAVIMENTO EN CALLE MIGUEL ALEMAN, LORETO

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X X X 1 N/A

1 1 1 1 X X 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

106

PAVIMENTO EN CALLE LAZAR

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 X 1 N/A

N/A

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA O CARDENAS, LORETO

125

PAVIMENTO EN CALLE ALFONSO MEDINA, LA LUZ

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

124

PAVIMENTO EN CALLE GENARO COD

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA INA, LA LUZ

88 PAVIMENTO EN CALLE FCO. I. MADERO, LA LUZ

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 1 N/A

1 1 1 N/A

N/A

126

PAVIMENTACIÓN EN CALLE SIN NOMBRE, L

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

X 1 X X 1 X X X N/A

1 X X N/A

N/A

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA AS PIEDRAS

129

AMPLIACIÓN DE RED ELECTRICA EN PRIV LOS DURAZNOS, PASTELERA

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

1 1 X X 1 X X N/A

N/A

1 1 1 N/A

N/A

131

AMPLIACIÓN RED ELEC

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

1 X X X X X X N/A

N/A

X X X N/A

N/A

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OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA TRICA EN CALLE 20 DE NOVIEMBRE, IGNACIO ZARAGOZA.

75 CONSTRUCCION DE AULA EN ESCUELA PRIMARI

1 1 1 1 X X X X X 1 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

X X 1 1 X 1 1 X N/A

1 X 1 N/A

N/A

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA A FCO. VILLA, COL. LA CUESTA, CABECERA MUNICIPAL

113

CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRAL EN ESC.

1 1 1 1 X X X N/A

X 1 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

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INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA PRIM. PANFILO NATERA, COL. JARDINES DEL RIO, C.M

CONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRAL EN ESC

1 1 1 1 X X X N/A

X 1 1 N/A

N/A

X N/A

X 1 X 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

RIO GRANDE, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 82 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA . PRIMARIA, JOSE MA. MORELOS Y PAVON.

B) FONDO IV

27 CONSTRUCCIÓN DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO

1 1 1 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 X X 1 X 1 N/A

1 X 1 1 X X 1 1 N/A

1 X 1 N/A

N/A

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

RIO GRANDE, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 83 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA , CABECERA MUNICIPAL.

C) PROGRAMA HABITAT

6 PAVIMENTO EN CALLE FRANCISCO VILLA, BARRIO LA LUZ

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

25 PAVIMENTACION CON CONCRETO HIDRAULICO EN CALLE TENOCHTITLAN Y TACUBA, COL. AZTECA

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

14 PAVIMENTACION CON CONCRETO HIDRAULICO, COL ADOLFO LOPEZ MATEOS 2DA. SECCION.

1 1 1 1 X X X X X X 1 N/A

N/A

X N/A

1 1 X 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

2 REGULARIZACION Y ALIMENTACION LOMA PRIETA, COLONIA VISTA HERMOSA.

X 1 1 1 X X X X 1 X 1 N/A

N/A

1 X X 1 1 1 N/A

1 1 1 1 X X 1 X N/A

1 X 1 N/A

N/A

23 CONSTRUCCION DE CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO, COLONIA AZTECA.

1 1 1 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 X X 1 X 1 N/A

1 X 1 1 X X 1 1 N/A

1 X 1 N/A

N/A

C) PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

RIO GRANDE, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 84 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA 23 PAVIME

NTO EN CALLE FLORES GARCIA, COL A. LOPEZ MATEOS, CABECERA MUNICIPAL

1 1 1 1 X X X X N/A

X 1 N/A

N/A

1 1 1 1 X 1 N/A

1 1 X X X X 1 N/A

N/A

X X X N/A

N/A

16 CONSTRUCCION DE DOMO 1A ETAPA EN ESC. SEC. TECNICA NO. 37, LUIS DONALDO COLOSIO, JOSE MA. MORELOS

1 1 1 1 1 X X X X X 1 N/A

N/A

1 X X 1 1 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 1 N/A

1 1 1 N/A

N/A

15 CONSTRUCCION DE DOMO EN COBACH DE EL FUERTE,

1 1 1 1 1 X X X X X 1 N/A

N/A

1 X 1 X 1 1 N/A

1 1 1 1 X X 1 X N/A

X 1 1 N/A

N/A

D) PROGRAMA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA

12 CONSTRUCCION DE DOMO EN ESCUELA PRIMARIA ALFONSO MEDINA, LA FLORIDA

1 1 1 1 X X X X X X 1 N/A

N/A

X X X 1 X 1 N/A

1 X 1 1 1 1 1 X N/A

1 X X N/A

N/A

13 CONSTRUCCION DE TRES AULAS EN ESTRUCTURA REGIONAL EN EL CECYTES, CABECERA MUNICIPAL

1 1 1 1 X X X X 1 X 1 N/A

N/A

1 X X 1 1 1 N/A

1 1 1 1 X X 1 1 N/A

1 1 1 N/A

N/A

E) PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA

19 CONSTRUCCION DE CENTRO RECREATIVO, RIO GRANDE, COL.

1 1 1 1 X X X X X X 1 1 N/A

1 1 1 1 1 1 N/A

1 1 1 1 1 1 1 X N/A

1 1 1 N/A

N/A

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

RIO GRANDE, ZAC.

CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 85 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO:

OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA FONDOS III y IV, PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES, PROGRAMA HABITAT, PROGRAMA

INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, PROGRAMA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA y PROGRAMA FONDO DE PAVIMENTACIONES (FOPAM) - INTEGRACIÓN DE EXPEDIENTES

UNITARIOS DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA AZTECA

F) PROGRAMA FOPAM

1 PAVIMENTACION Y GUARNICIONES EN C. RICARDO FLORES MAGÓN (MALECÓN)

1 1 1 1 X 1 X 1 N/A

X 1 X X X X X X X 1 N/A

X X X X X 1 1 X N/A

X X X N/A

N/A

4 PAVIMENTACION EN C. PRINCIPAL DE LA COM. DE LAS PIEDRAS

1 1 X X 1 1 X X N/A

X 1 X X X X X X X X N/A

X X 1 1 1 1 1 1 N/A

1 1 1 N/A

N/A

7 PAVIMENTACIÓN EN ESTACIONAMIENTO UNIDAD DEPORTIVA, CABECERA MUNICIPAL.

1 1 1 1 X 1 X 1 X 1 X N/A

N/A

X X X 1 1 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 X N/A

1 X 1 N/A

N/A

6 PAVIMENTACION EN C. MARTIN TRIANA DE LA COL. UNIDAD DEPORTIVA, CABECERA MUNICIPAL

1 1 1 1 1 1 1 1 N/A

1 X N/A

N/A

1 X 1 1 X 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 1 N/A

X X 1 N/A

N/A

G) PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS (OBRAS POR CONTRATO)

5.A CONSTRUCCIÓN DE BODEGAS EN UNIDAD DEPORTIVA, CABECERA MUNICIPAL

1 1 1 1 X 1 X 1 X 1 1 N/A

N/A

N/A

N/A

1 1 1 1 N/A

X X 1 1 1 1 1 N/A

N/A

X 1 1 N/A

N/A

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

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Páginas : 86 de 89

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 13, Observación OP-05. Se observa que respecto al Relleno Sanitario del municipio cumple en un 78.9% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que el

Relleno Sanitario está ubicado a 2.5 km del área urbana

ocupando 3.5 hectáreas aproximadamente, carece de

estudios topográficos y geotécnicos que garanticen la

protección del medio ambiente, dentro de los cuales

incluye el suelo, subsuelo, agua superficial y

subterránea, asimismo la flora y la fauna; de igual

manera no cuenta con drenaje pluvial para el desvió de

escurrimientos pluviales.

Evaluando las características constructivas y operativas

se observó que no cumple con un drenaje pluvial, no

controlan la dispersión de materiales ligeros y la fauna

nociva.

OP-11/40-005 Recomendación

Se recomienda a la Administración

Municipal establezca las acciones que

considere pertinentes, con el objeto de

implementar los mecanismos que sean

necesarios a fin de que el Relleno

Sanitario cumpla con la Norma Oficial

Mexicana y las disposiciones de la Ley

de Salud del Estado de Zacatecas

aplicables a esta materia e implementar

y programar a la brevedad los estudios

topográficos y geotécnicos, así como

establecer un control de la dispersión de

materiales ligeros y la fauna nociva al

igual la construcción de un drenaje

pluvial; para dar cumplimiento a la

normatividad aplicable en esta materia y

de esta manera contribuir y cumplir con

las disposiciones técnicas dispuestas por

las dependencias reguladoras.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 14, Observación OP-06. El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y que las normas de construcción y operación se cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 84.6% de las normas y leyes antes descritas encontrando que no cuenta con la autorización operativa del impacto ambiental y actas informativas. En la verificación física de nuestro examen revela que existe un Rastro Municipal, sin embargo se encontraron en regular estado las instalaciones del servicio en general, no se cuenta con corral de cuarentena para animales enfermos, sospechosos o caídos, drenaje de red independiente para desechos orgánicos propios del rastro; carecen de autorización operativa del impacto ambiental y actas informativas, además de equipo adecuado, herramientas y de implementos de operación e higiene, así como de vigilancia. No cuenta con cámara frigorífica en donde se almacenen los productos. Existe daño ecológico a las recargas acuíferas superficiales y subterráneas ya que en éstas desembocan las aguas negras del drenaje general al cual está conectada la descarga del rastro municipal. Adicionalmente, carece de un área de desangrado adecuada, ya que la existente permite que los productos resultantes de la matanza se vayan al drenaje general. No existe equipo independiente de cloración para desinfectar el agua, no hay cisternas para la recuperación de grasas, asimismo carece de pisos adecuados.

OP-11/40-006 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual establecer las acciones que considere pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2011

RIO GRANDE, ZAC.

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Fecha de Autorización: 2010-12-03

RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2011 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

6 3 3 FRR 3

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

5 - - - 5

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

26 16 10 OIC 10

Solicitud De Aclaración.

13 7 6 SEG 6

Preventivas

Recomendación 29 15 15 REC 14

TOTAL 79 41 34 38