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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y PROTOCOLOS DE ACCIÓN Revisión 2018 Escuela Especial "Crecer"

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REGLAMENTO DE

CONVIVENCIA

ESCOLAR Y

PROTOCOLOS DE

ACCIÓN Revisión 2018

Escuela Especial

"Crecer"

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INTRODUCCIÓN

La Escuela de Audición y Lenguaje “Crecer”, acorde a los documentos legales y

considerando las Orientaciones Metodológicas sobre la Convivencia Escolar del

Ministerio de Educación, entrega a sus estudiantes, un conjunto de valores, principios,

conocimientos, normas y pautas de conducta que contribuyan a su formación integral y

armónica en sus dimensiones cognitiva, afectiva, social y ética, en un ambiente de

bienestar de convivencia, que faciliten la existencia de un sentido positivo de la vida.

La convivencia escolar da cuenta de la forma en que los miembros de una comunidad

se relacionan entre sí. Esta forma en que las personas establecen sus vínculos es una

experiencia de aprendizaje, puesto que a través de ella se modelan y aprenden los

modos de convivir que la escuela favorece. Desde este punto de vista, la convivencia

escolar es una dimensión esencial de la calidad de la educación.

La convivencia requiere de encuadres que regulen y orienten las maneras de

comportarse de la comunidad educativa. Estas se traducen en el reglamento de

convivencia de la Escuela Especial “Crecer”, cuya finalidad es favorecer formas

respetuosas de convivir.

MISION

Somos una escuela de educación especial particular subvencionada que educa a

estudiantes en situación de discapacidad auditiva, trastornos severos de la comunicación

y la relación, adaptando la enseñanza a la normativa educacional vigente, de acuerdo a

las características de los alumnos y las alumnas, para desarrollar los aprendizajes

cognitivos, sociales y ambientales que les permitan la participación en la comunidad.

VISIÓN

Ser una escuela que logre la participación de sus los estudiantes en la comunidad

durante los próximos diez años en la región de O’Higgins

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La convivencia escolar tiene en consideración los siguientes valores Institucionales

establecidos en el Proyecto Educativo Institucional

VALORES INSTITUCIONALES

- Responsabilidad, como actitud permanente

- Tolerancia y respeto, como actitudes que aseguran el encuentro cotidiano de las

personas.

- Libertad, como despliegue de las capacidades de las personas en un marco de

comunicación y convivencia humana.

- Honestidad, como comportamiento que asegure climas y espacios para compartir.

- Solidaridad y participación, para beneficio del bien común, en un contexto de norma y

disciplina para la buena convivencia social e institucional.

Sobre la base de las anteriores consideraciones se ha establecido el presente

documento, para mantener un proceso educativo ordenado, que promueve actitudes y

conductas apropiadas para el bienestar de la convivencia escolar y normas que regulen

los conflictos y sancionen las conductas no deseadas.

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y

completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a

través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté

permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

La escuela Crecer como una unidad educativa, está compuesta por distintos

estamentos:

a. Director

b. Coordinador Técnico

c. Docentes

d. Profesionales asistentes de la educación

e. Asistentes de la educación de aula

f. Personal de servicios

g. Padres y Apoderados

h. Alumnos

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TÍTULO I

Normas Generales: de acuerdo al Artículo 11 de la Ley General de Educación, este

reglamento de convivencia establece las siguientes normas generales en la relaciones

de sostenedores, directivos, docentes, asistentes de la educación, apoderados y

estudiantes.

TITULO II

DEL PERSONAL DEL ESTABLECIMIENTO

SON DEBERES DE LOS SOSTENEDORES

- Respetar al personal del establecimiento, en su dignidad de persona y en la calidad

de la función que desempeña.

- Pagar remuneraciones en conformidad a las estipulaciones legales contractuales.

- Instruir adecuadamente y con los medios necesarios acerca de los beneficios

otorgados por los Organismos de Seguridad Social y Previsional.

- Promover el perfeccionamiento profesional de los docentes, otorgándoles posibilidad

de estudio de Post Título y Post Grado, que consistirá en permisos con o sin goce de

remuneraciones previo conocimiento del organismo superior.

- Promover el perfeccionamiento del personal Asistente de la Educación en

conformidad a la legislación sobre capacitación profesional de acuerdo a lo

establecido en el punto anterior.

- Recoger y responder en forma verbal o por escrito los reclamos que formule el

personal del establecimiento respetándose el conducto regular (Profesores – Director

- Sostenedor).

- Avalar las postulaciones a proyectos de fondos concursables en beneficio de la

comunidad educativa. Disponer la documentación requerida en los plazos estipulados

- Velar por la mantención de la infraestructura y que ésta sea acorde a la labor que se

realiza.

SON DEBERES DE LA ENCARGADA DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

- Es el responsable de diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión, conforme a

las medidas que determine el Consejo Escolar. Además es el encargado de diseñar

en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de

trabajo (por niveles, por cursos, etc.) y la estrategia de implementación del Plan de

Gestión.

- En conjunto con el equipo técnico, debe elaborar y llevar acabo una estrategia de

seguimiento y monitoreo del Plan de Gestión.

- Sistemáticamente informar al equipo directivo y al Consejo Escolar de los avances o

dificultades en la implementación del Plan de Gestión y a la Comunidad Educativa,

los avances en la promoción de la convivencia escolar y de la prevención de la

violencia.

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SON DEBERES DE LA DIRECTORA

- Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la administración

educacional, teniendo siempre presente que la principal función del establecimiento

es educar.

- Determinar los objetivos propios del establecimiento educacional, en conjunto con el

Equipo de Liderazgo Escolar en concordancia a los fines de la educación chilena,

Políticas Nacionales, Planes y Programas de Estudios Oficiales y considerar las

necesidades de la comunidad local en que se encuentra.

- Participar en Equipo de Liderazgo Instruccional.

- Coordinar y supervisar las tareas del personal a su cargo.

- Proponer la estructura organizativa técnico pedagógico de su establecimiento que

estime conveniente, debiendo salvaguardar los niveles básicos de Dirección,

planificación y ejecución.

- Supervisar directamente todas las actividades pedagógicas del establecimiento.

Ello incluye las visitas a clases, revisión de libros de clases, de cuadernos de los

alumnos, de los documentos de apoyo

- Presidir los diversos consejos técnicos y delegar funciones cuando corresponda.

- Autorizar salidas de los alumnos(as), del establecimiento, retiro a los hogares, antes

del término de la jornada, por razones que lo justifiquen

- Velar por un buen clima organizacional.

- Liderar el Proyecto educativo institucional.

- Cumplir las normas e instrucciones emanadas de las autoridades educacionales

competentes.

- Otorgar las facilidades para la supervisión e inspección al establecimiento por parte

de los organismos del Ministerio de Educación.

- Establecer redes de colaboración con la comunidad.

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- Mantener informado mensualmente a FENISOR sobre inasistencias, permisos, etc.

Previa realización de la liquidación de sueldo.

- La ausencia de la Directora será subrogada por el cargo que la sucede

Coordinación Técnica, en ausencia de ambas la fonoaudióloga del establecimiento

- Informar oportunamente a FENISOR las necesidades y acontecimientos surgidos

en el establecimiento por vía directa, telefónica y correo electrónico.

- Informar oportunamente a los miembros de la comunidad educativa los

acontecimientos y necesidades surgidas en el establecimiento en consejo de

profesores, por vía directa, telefónica y correo electrónico.

- Solicitar oportunamente a los miembros de la comunidad educativa, documentación,

acciones y gestiones escolares en consejo de profesores, vía directa y correo

electrónico.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

SON DEBERES DE COORDINACIÓN TÉCNICA

a. EN RELACION CON LA DIRECCION

- Participar en Equipo de Liderazgo Instruccional.

- Trabajo colaborativo en las funciones directivas

b. FUNCION DE LA COORDINACIÓN TECNICA EN RELACION A LOS ALUMNOS

- Recepcionar a los alumnos el ingreso al establecimiento, recabar antecedentes,

documentos técnicos y de salud necesarios, a fin de conformar y mantener

actualizado el expediente individual.

- Participar cuando el caso lo requiera, en la realización de diagnóstico y

reevaluación de carácter pedagógico de los alumnos, emitiendo un informe

individual, considerando las orientaciones respectivas.

- Cautelar la entrega de documentación técnica en los tiempos establecidos por parte

de los profesionales docentes y Asistentes de la Educación

- Llevar al día los libros de clases, carpetas de seguimiento de los alumnos, registro

de salida y demás documentos a su cargo.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

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c. EN RELACION A LOS DOCENTES

- Asesorar y supervisar el desarrollo de las acciones técnicas relativas a planificación,

evolución de la intervención educativa, metodologías y material didáctico, a fin de

cautelar el cumplimiento de la normativa vigente.

- Promover y organizar jornadas de perfeccionamiento a nivel intra y extra-

institucional.

d. EN RELACION A LOS PADRES Y APODERADOS

- Entrevista con Padres y Apoderados para informarles acerca de las Necesidades

educativas, modalidad de la educación que imparte el establecimiento y entregar

orientaciones.

- Coordinar y participar conjuntamente con los profesionales Asistentes de la

Educación y docentes en el desarrollo de talleres de Escuela para Padres, con el

fin de informarles, orientarles y comprometerles en el proceso de enseñanza –

aprendizaje.

e. EN RELACION A LA COMUNIDAD

- Coordinar evaluaciones diagnósticas de los profesionales Asistentes de la

Educación solicitados por la comunidad extra institucional.

- Coordinar acciones de seguimiento escolar.

- Coordinar acciones de transición a la vida adulta.

SON DEBERES DE LA PROFESORA JEFE DE CURSO

- Planificar junto con el coordinador técnico, ejecutar personalmente, supervisar y

evaluar el proceso enseñanza-aprendizaje.

- Registrar en forma diaria la asistencia y actividades en el leccionario de clases.

- Entrevistas formales con los apoderados por lo menos dos veces en el año, con

registros de acuerdos tomados.

- Realizar visitas domiciliarias según necesidades.

- Disponibilidad de atención para los apoderados en caso de necesidad de la familia.

- Las entrevistas formales con los apoderados por lo menos dos veces en el año, con

registros de acuerdos tomados. Las entrevistas referidas a faltas al reglamento de

convivencia deben ser realizadas por la profesora de curso acompañada de otro

profesional dependiendo de la situación a tratar.

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- Revisar existencia y funcionamiento de implementación auditiva (implante coclear y

audífonos).

- Informar a los Padres y Apoderados de situaciones anómalas en el funcionamiento

de la implementación auditiva.

- Informar a los Padres y Apoderados de todas las situaciones de los alumnos/as a

su cargo.

- En caso de ausencia por permiso administrativo dejar cuaderno técnico y

planificación con actividades del día en coordinación técnica.

- Asistir a los Consejos Técnicos que le correspondan.

- Cumplir con los plazos estipulados en la entrega de documentación.

- Velar por la integridad física y emocional de sus alumnos durante toda la jornada

escolar, incluidos los recreos.

- Acompañar a los alumnos/as en toda actividad educativa, dentro de ellas

“Olimpiadas del Silencio”.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

SON DEBERES DE LA ASISTENTE DE SALA

- Apoyar la labor del profesor.

- Colaborar en el desarrollo de la clase.

- En ausencia del profesor continuar el desarrollo de la clase.

- Elaboración de material didáctico.

- Cuidado de los niños durante el recreo.

- Asistencia de los niños en el baño.

- Cautelar en todo momento y espacio la integridad y bienestar de los alumnos,

orientándolos en su conducta y actitud de acuerdo a las normas existentes en el

establecimiento.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

SON DEBERES DE LA FONOAUDIOLOGA

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Participar en Equipo de Liderazgo Instruccional.

- Mantener nexos con redes profesionales de la comunidad.

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b. EN RELACION A COORDINACIÓN TÉCNICA

- Coordinación técnica relativa a materia de la especialidad.

- Emitir informe de proceso del plan específico de cada alumno y alumna al término

de cada semestre.

- Emitir informe de egreso.

- Realizar re-evaluaciones y audiometrías cuando corresponda.

- Asistir a los Consejos Técnicos.

c. EN RELACION A LOS ALUMNOS

- Realizar evaluaciones diagnósticas de ingreso

- Entregar la intervención especializada según diagnóstico.

- Realizar reevaluaciones finalizado el proceso escolar

- Realizar visitas de acompañamiento de aula.

- Realizar postulación a ayudas técnicas.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

d. EN RELACION A LAS PROFESORAS

- Prestar asesoría y colaboración a la labor docente.

e. EN RELACIÓN A LOS DEMÁS PROFESIONALES

- Realizar coordinaciones con otros.

f. EN RELACION A PADRES Y APODERADOS

- Propiciar la continuidad del tratamiento en el hogar.

- Atender consultas individuales frente a la evaluación diagnóstica y la derivación

hacia los organismos de salud y otros mediante la entrega de derivaciones e

informes fonoaudiológicos.

- Participar en Equipo Liderazgo Instruccional.

- Elaboración Planes de intervención auditiva dentro del proceso de postulación

ayudas técnicas (Audífonos).

- Informar el estado de avance de los alumnos en forma semestral a través de una

entrevista personal.

- Realizar Talleres informativos y educativos para Padres.

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SON DEBERES DE LA ASISTENTE SOCIAL

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Participar en Equipo de Liderazgo Instruccional.

- Mantener nexos con redes sociales de la comunidad.

b. EN RELACION A APODERADOS Y ALUMNOS

- Realizar visitas domiciliarias.

- Emitir Informe Social.

- Gestionar ayudas sociales.

- Prestar asesoría a los Padres sobre leyes vigentes y tramitación de beneficios.

- Realizar Talleres informativos.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

- Realizar visitas de acompañamiento al aula.

c. EN RELACION A LOS PROFESORES

- Prestar asesoría y colaboración a la labor docente.

d. EN RELACION A LOS DEMÁS PROFESIONALES

- Realizar coordinaciones con otros.

SON DEBERES DEL PSICOLOGO

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Presentar programa de trabajo semestral.

- Mantener nexos con redes profesionales de la comunidad.

b. EN RELACION A COORDINACIÓN TÉCNICA

- Coordinación técnica relativa a materias de la especialidad.

- Emitir informes de evaluación psicológica.

c. EN RELACION A LOS ALUMNOS

- Realizar evaluaciones psicológicas, según se requiera.

- Derivar a especialistas cuando corresponda.

- Realizar talleres psicoeducativos

- Atención de alumnos/as según necesidad

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- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

- Realizar visitas de acompañamiento al aula.

d. EN RELACION A LOS PADRES

- Visitas domiciliarias según lo requiera.

- Informar sobre las evaluaciones realizadas.

- Entregar a la familia las orientaciones pertinentes.

- Realizar Talleres informativos y educativos para Padres.

e. EN RELACION A LOS PROFESORES

- Prestar asesoría y colaboración a la labor docente.

f. EN RELACIÓN A LOS DEMÁS PROFESIONALES

- Realizar coordinaciones con otros.

SON DEBERES DE LA TERAPEUTA OCUPACIONAL

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Presentar programa de intervención semestral.

- Mantener nexos con redes profesionales de la comunidad.

b. EN RELACION A COORDINACIÓN TECNICA

- Coordinación técnica relativa a materias de la especialidad.

- Emitir informe de proceso del plan específico de cada alumno y alumna al término

de cada semestre.

- Emitir informes de evaluación

c. EN RELACION A LOS ALUMNOS

- Realizar evaluación diagnostica

- Realizar reevaluación finalizado el periodo escolar.

- Derivar a especialistas cuando corresponda.

- Entregar la intervención especializada según evaluación

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

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d. EN RELACION A LOS PADRES

- Visitas domiciliarias según lo requiera.

- Informar sobre las evaluaciones realizadas.

- Entregar a la familia las orientaciones pertinentes.

- Realizar Talleres informativos y educativos para Padres.

e. EN RELACION A LOS PROFESORES

- Prestar asesoría y colaboración a la labor docente.

f. EN RELACIÓN A LOS DEMÁS PROFESIONALES

- Realizar coordinaciones con otros.

SON DEBERES DEL PRODUCTOR GASTRONOMICO

- Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de formación en el oficio de

Ayudante de Cocina.

- Organizar, supervisar y evaluar las actividades específicas del taller.

- Velar por la calidad del proceso enseñanza- aprendizaje en el ámbito de su

especialidad y de las habilidades sociolaborales.

- Entrevistas formales con los apoderados por lo menos dos veces en el año, con

registro de acuerdos tomados.

- Disponibilidad de atención para los apoderados en caso de necesidad de la familia.

- Informar a los padres y apoderados de la situación de los alumnos(as) del Taller a

su cargo.

- Asistir a los Consejos Técnicos.

- Cumplir con los plazos estipulados en la entrega de la documentación.

- Velar por la integridad física y emocional de sus alumnos durante toda la jornada

escolar, incluidos los descansos.

- Realizar visitas domiciliarias según necesidades.

- Asesorar a los alumnos(as), en prácticas laborales de diferentes instituciones.

- Explorar en la comunidad espacios de participación-formación laboral

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

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SON DEBERES DE LA SECRETARIA

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Colaborar con la función directiva.

- Organizar la documentación oficial del establecimiento requiriendo de los docentes

los antecedentes necesarios.

- Llevar al día registro de todo el personal del establecimiento.

- Clasificar y archivar los documentos oficiales del establecimiento.

- Procesar e imprimir documentación propia del establecimiento. Llevar registro.

- Llevar al día el registro diario de asistencia de los alumnos/as

- Registrar atrasos de los alumnos/as

- Atender apoderados y público en general.

- Cautelar seguridad del establecimiento ,cierre de puertas de acceso

- Registrar a diario llamados y recados.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

b. EN RELACION A COORDINACIÓN TECNICA

- Llevar al día registro de matrícula, de egreso.

- Mantener actualizada y ordenada la documentación de los expedientes de los

alumnos.

- Coordinar las horas de evaluación de ingresos.

c. EN RELACIÓN A LA ATENCIÓN DE PERSONAS

- Deberá cuidar el orden y aseo de su escritorio, y el entorno en cual desempeña sus

funciones.

- No deberá efectuar ni recibir llamadas personales dentro de la jornada laboral.

- Atención telefónica de acuerdo al siguiente protocolo:

Saludar en tono de voz amable “Escuela Crecer, buenos días o buenas tardes,

habla la secretaria”

Dirigirse al interlocutor con un Sr. o Sra., según sea el caso, sin tutearlo.

Al concluir el llamado despedirse y dar las gracias “Gracias por llamar a la

Escuela Crecer”

Cuidar el vocabulario evitando el uso de frases poco académicas o formas

coloquiales, como “espéreme un cachito”.

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SON DEBERES DEL ADMINISTRATIVO

a. EN RELACION A LA DIRECCION

- Prestar atención al orden y seguridad de recinto, informar y ejecutar acciones de

prevención

- Trasladar documentación, de la escuela y Fenisor cuando se le solicite

- Ejecutar trámites, comisionados por Fenisor

- Evaluar y solicitar reparaciones menores, cuando sea requerido por Dirección o

Fenisor, debidamente registrado en formulario para tales fines

- Realizar trámites en otros organismos, Inspección del trabajo, Dirección Provincial,

Secreduc, Serviu, Codelco, etc.

- Pago de cuentas, a solicitud de FENISOR

- Compra de materiales e insumos de oficina, a solicitud de Dirección, autorizados y

bajo el resguardo de Fenisor

- Mantener inventario actualizado de materiales.

- Preparar pagos personal de Escuela

- Llenar planillas de cotizaciones, etc.

- Cautelar la conservación mantención y resguardo del edificio escolar así como del

mobiliario.

- Al término de la jornada diaria deberá dejar cortado el suministro eléctrico y de agua

potable de las dependencias del establecimiento Educacional.

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

SON DEBERES DE LA AUXILIAR DE SERVICIO

- Realizar el aseo diariamente en todas las dependencias de la Escuela que

considere.

- Aseo en baños: al inicio de cada jornada y después de cada recreo.

- Vaciar y lavar papeleros diariamente.

- Usar guantes de aseo y utensilios necesarios para realizar la tarea.

- Guiarse por horarios de tareas asignadas.

- Abrir y cerrar la escuela

- Ajustar actuación a reglamento de convivencia y protocolos de acción.

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TÍTULO III

DE LOS PADRES Y APODERADOS

DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS

1. Los padres, madres y apoderados deben ser informados oportunamente, por parte

de la docente a cargo de la educación de sus hijos, respecto de los rendimientos

académicos y del proceso educativo de éstos. Así también recibirán informaciones

referidas a objetivos, aspectos curriculares y políticas educacionales que orienten el

quehacer educativo.

2. Ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les

corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la

normativa interna del establecimiento.

3. Elegir cargos dentro de la Directiva del curso y a ser elegido.

4. Ser informado sobre beneficios otorgados al alumno como: programas extra-

programático, talleres, programas de salud, becas, entre otros.

5. Plantear inquietudes y problemas ante el Profesor Jefe, por entrevista directa o por

escrito.

6. Plantear cualquier reclamo, solicitud o sugerencia a la Dirección en forma verbal o

escrita, de manera respetuosa, e individualizando la persona que emite dicha

situación, con firma responsable.

7. Solicitar una entrevista preferentemente a través de la agenda escolar, con

cualquier funcionario de la Unidad Educativa, previo aviso al profesor jefe.

DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

1. Son deberes de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse

sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento.

2. Apoyar el proceso educativo de sus hijos y/o pupilos.

3. Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional,

respetar su normativa interna y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la

comunidad educativa.

4. Velar por la formación de hábitos de estudio, logro de objetivos personales y

cumplimiento de responsabilidades escolares.

5. Enviar sistemáticamente a sus hijos al establecimiento para cumplir con el

desarrollo del plan de estudios.

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6. Asistir mensual y obligatoriamente a reunión de apoderados, sin niños.

7. Asistir a entrevistas cuando sea citado por la profesora de curso, profesionales del

Equipo Técnico o de la Dirección del colegio.

8. Justificar la inasistencia a reuniones de padres y apoderados por escrito vía libreta

de comunicaciones o personalmente, con la profesora de curso, a primera hora del

día siguiente.

9. Respetar los horarios de entrevista, atención de apoderados y de funcionamiento,

tanto administrativo como docente.

10. No ingresar a los sectores donde se desarrolle una hora de clases, actividad extra -

programática o deportiva.

11. Solicitar entrevistas con la profesora de curso de su hijo/a o con cualquier otro

integrante de la comunidad educativa, a través de la libreta de comunicaciones,

para informarse del proceso escolar y disciplinario de su pupilo o para informar de

situaciones que podrían afectar dicho proceso.

12. Establecer y mantener una actitud de respeto, buenos modales y cordialidad con los

miembros de la comunidad educativa. No se permitirá el uso de un lenguaje soez,

grosero ni descalificativo. La transgresión de estos principios básicos de

convivencia social, dará derecho al colegio para exigir el cambio de apoderado.

13. Proporcionar al estudiante el uniforme escolar y deportivo del establecimiento, en

buen estado, completo y cuidar que su pupilo asista de acuerdo a la normativa del

establecimiento.

14. Apoyar la labor de la profesora de curso y de la escuela en la consecución de las

metas que el grupo curso y la escuela se hayan propuesto.

15. Proporcionar a su pupilo todos los materiales solicitados y apoyar la labor docente

para el cumplimiento de las tareas y deberes escolares.

16. Considerar y aplicar sugerencias metodológicas entregadas desde la escuela, para

lograr el mejoramiento de la calidad de la educación de su pupilo/a.

17. Aceptar el cambio de su hijo/a, a otro curso de distinto nivel o a otro establecimiento

educacional y/o reducción horario, de acuerdo a la necesidad educativa y al proceso

escolar.

18. Aceptar propuestas que modifiquen estrategias, horario, funcionamiento y

medicación del alumno/a en caso de ser necesario.

19. Justificar personalmente o través de libreta de comunicaciones todas las

inasistencias de su pupilo, a más tardar, al día siguiente de ocurrida, presentar la

licencia médica, si corresponde.

20. Justificar personalmente los atrasos reiterados de su pupilo o venir a dejarlo cuando

esto ocurra.

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21. Revisar diariamente la agenda escolar y firmar las comunicaciones.

22. Evitar los atrasos e inasistencias de su pupilo, enviándolo puntual y regularmente a

clases, ya que son causales que inciden en el rendimiento académico del

estudiante.

23. Responder por los deterioros, destrozos o daños que ocasionen los estudiantes en

cualquier lugar del establecimiento. Estos serán de cargo de los apoderados y

aceptarán las medidas disciplinarias adoptadas, después de analizar cada caso en

particular.

24. Ser tolerante y aceptar las diferencias individuales de los otros estudiantes del

curso.

25. Evitar comentarios mal intencionado tanto verbalmente, como por escrito en redes

sociales, que dañen la imagen del colegio, a su personal o a la institución en

general. No causar menoscabo o daño moral mediante recursos o acusaciones que

desprestigien a la escuela, profesores, estudiantes, y/o apoderados.

26. Preocuparse de que su hijo (a) no traiga al colegio: joyas, dinero, juegos de

entretención, celulares, MP3, MP4, tablet y otros objetos de valor. La pérdida, robo,

daño o destrozo de alguno de estos elementos, libera de toda responsabilidad al

establecimiento y a sus funcionarios en su reposición, sin perjuicio de aplicar los

procedimientos internos

27. Solicitar documentación e informes escolares de su pupilo (a) en el establecimiento

a lo menos con una semana de anticipación.

28. Retirar personalmente a su hijo del colegio cuando necesite irse antes del término

de las clases y sólo por razones médicas o de causa mayor.

29. Firmar documento de autorización que permita a otras personas a retirar a su hijo,

en ausencia de la apoderada/o.

30. Actualizar oportunamente cambio de número telefónico, dirección y apoderado.

31. Entregar certificado médico en forma oportuna que permita adecuación curricular a

la clase de educación fisica.

DEBERES DEL CENTRO DE PADRES

1. El Centro General de Padre y Apoderados deberá ajustar su quehacer de acuerdo

al decreto 565 que aprueba reglamento general de centros de padres y apoderados

para los establecimientos educacionales.

2. Centro General de Padres deberá elegir una Directiva conformada por Presidente,

Secretario, Tesorero y dos Delegados.

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3. La Directiva del Centro General de Padres deberá dirigir dicho Centro de acuerdo a

los fines establecidos en el Plan de Trabajo anual, realizado por ellos mismos.

Además de administrar los bienes y recursos que se dispongan y los que se

generen posteriormente.

4. La Directiva deberá llevar un Registro con los datos de la Unidad Educativa y

número de apoderados con sus respectivas identificaciones.

5. Será deber del Tesorero consignar en cuenta y tabla el registro de la entrada y

salida de dineros, con fundamentación del por qué y para qué fue destinado.

Adherir fechas y boletas de las acciones llevadas a cabo.

6. El Centro General de Padres y Apoderados deberá realizar “rendición de cuentas”

por escrito al finalizar el año escolar a la comunidad escolar.

COMPROMISOS DE LOS APODERAROS CON EL COLEGIO

1. El apoderado como principal educador y cooperador de la labor educativa, deberá

cautelar permanentemente el buen rendimiento académico de su pupilo(a) en el

transcurso de cada período escolar.

2. Al formalizar la matrícula de un estudiante en la escuela, el apoderado y el alumno

se comprometen a aceptar, con plena conformidad las normas estipuladas.

3. La matrícula del estudiante significa la aceptación expresa del apoderado del

Proyecto Educativo Institucional y reglamento de convivencia escolar.

4. El apoderado es para todos los efectos legales el interlocutor oficial, válido y

responsable ante la escuela y frente a cualquier situación que afecte la trayectoria

del estudiante, sea esta de índole conductual, académico, social y económico.

5. Cumplirá la función de apoderado, aquella persona que contando con los requisitos

legales vigentes y mediante su firma, haga efectiva la matrícula.

6. La escuela exige de sus apoderados, acciones concretas que faciliten la formación,

hábitos y responsabilidades.

7. Es responsabilidad y obligación del apoderado asistir al colegio cuando su

presencia sea requerida por la Dirección, profesora de curso u otro representante

del colegio, en la fecha oportuna y en el horario fijado.

8. Queda estrictamente prohibido al apoderado mantener un trato informal y

transgredir el ámbito personal y privado de cualquier funcionario del

establecimiento, para presentar y/o solucionar asuntos de orden estrictamente

pedagógicos.

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TÍTULO IV

DE LOS ESTUDIANTES

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

1. Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca

oportunidades para su formación y desarrollo integral.

2. Tienen derecho a recibir una atención adecuada y oportuna, en relación a sus

necesidades educativas; a no ser discriminados; a estudiar en un ambiente

tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión, a que se respete su integridad

física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de

maltratos físicos o psicológicos.

3. Tienen derecho, además, a que se respete su libertad personal, sus convicciones

religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del

establecimiento.

4. Participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento

5. Ser comprendido por los adultos, en el proceso de su crecimiento biopsicosocial.

6. Equivocarse, reconocer sus faltas y a comprender su crecimiento y desarrollo

personal, acorde a sus ritmos psicológicos, especialmente los aspectos éticos y

conductuales que se le exigen.

7. Elegir cargos dentro del directorio de su curso y a ser elegido. Del mismo modo

desde el curso Básico 6 al nivel Laboral pueden formar parte del Centro de Alumnos

y ser elegidos acorde al decreto 524 de Centro de Alumno, modificado el año 2006.

8. Dar a conocer a su profesora de curso o dirección cualquier situación de salud o de

otra naturaleza que pudiese influir en el rendimiento o en su conducta.

9. Ejercer de modo responsable grados crecientes de libertad y autonomía personal y

realizar actos de generosidad dentro del marco de reconocimiento y respeto por la

justicia, la verdad y el bien común.

10. Tener un desarrollo personal integral con la asistencia de la orientación educativa

que le brindan sus profesores.

11. Tener adecuación curricular a la clase de educación física, al presentar Certificado

Médico que acredite el diagnóstico y el período que dure la adecuación de las

actividades.

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DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

1. Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no

discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa.

2. Asistir regular y puntualmente a clases.

3. Estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades.

4. Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar.

5. Cuidar la infraestructura educacional.

6. Reconocer y respetar el espacio de los demás, sin distinción de pensamientos,

creencias, sexo, edad, condición física, religión o situación económica.

7. Demostrar un compromiso personal por reconocer errores, desarrollar un alto

espíritu de superación, capacidad de asumir y hacerse responsable por las

consecuencias de su conducta.

8. Responder, junto a su apoderado, por los daños que pudiera ocasionar a la

infraestructura del colegio.

9. Desarrollar la capacidad de resolver problemas, la creatividad y la capacidad de

autoaprendizaje. Manifestar una conducta asertiva en situaciones de conflicto o

desacuerdo.

10. Demostrar valoración y respeto de la línea educativa y normativa del colegio,

cumpliendo con los deberes como estudiante.

11. Dar cumplimiento a todas las conductas específicas esperadas, asociadas a los

valores institucionales.

12. Respetar el proyecto educativo y el presente reglamento.

13. Usar el uniforme escolar completo, limpio y ordenado en todo momento, de acuerdo

a la normativa del establecimiento.

14. Asistir regularmente a clases y a todas las actividades programadas por el

establecimiento.

15. Presentarse a clases con todos los útiles escolares y materiales requeridos.

16. Presentar comunicaciones y justificativos firmados por el apoderado.

17. Ser puntual en el inicio de las actividades durante la jornada escolar.

18. Presentar trabajos y tareas encomendadas, en las fechas estipuladas.

19. Portar diariamente la Agenda Escolar y en buen estado.

20. Cooperar con el aseo de su sala y del establecimiento

21. Cumplir con las normas de funcionamiento establecidas en el Reglamento de

Convivencia Escolar.

22. Expresarse en forma respetuosa, absteniéndose de utilizar un lenguaje soez y

descalificatorio

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DE LOS VALORES INSTITUCIONALES Y LAS CONDUCTAS ESPECIFICAS

ESPERADAS

Responsabilidad, como actitud permanente.

- Responder a los compromisos personales adquiridos y responsabilizarse de sus

actos

- Velar y comprometerse por su desarrollo integral.

- Velar por la integridad física, social y psicológica propia y de los demás.

- Propiciar y cuidar el sano ambiente y clima colectivo dentro y fuera de la sala de

clases.

- La puntualidad es la demostración de respeto hacia los compañeros y profesores.

El atraso se considera una falta, más aún si es reiterado.

Tolerancia y respeto, como actitudes que aseguran el encuentro cotidiano de las

personas.

- Respetar al otro, valorar las creencias, opiniones e ideas ajenas.

- Expresar sus ideas en un lugar y momento oportuno.

- Ser cortés y deferente con los demás.

- Respetar y valorar a los otros, tanto en su corporalidad como en su dignidad y

derechos.

- Cuidar su intimidad, cuidar y respetar la intimidad de los otros, así como sus

espacios y su propiedad.

- Respetar los símbolos patrios y ceremonias oficiales.

- Resolver problemas o diferencias a través del diálogo, sin llegar a la violencia física

ni sicológica.

Libertad, como despliegue de las capacidades de las personas en un marco de

comunicación y convivencia humana.

- Ser capaz de distinguir lo positivo de lo negativo y las posibilidades de mejorar,

desarrollando su capacidad de discernimiento ético.

Honestidad, como comportamiento que asegure climas y espacios para compartir.

- Manifestar opiniones y emociones honestamente dentro de un marco de respeto.

- Usar los medios adecuados y permitidos para el logro de sus objetivos.

- Considerar la verdad como valor y conducta apropiada para la relación con los

demás.

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- Solicitar verbalmente o por escrito bienes o materiales necesarios para su

desarrollo educativo y no tomarlas sin autorización.

Solidaridad y participación, para beneficio del bien común, en un contexto de norma y

disciplina para la buena convivencia social e institucional.

- Actuar en forma desinteresada y generosa, tomando en cuenta el bien del otro.

- Ofrecer ayuda en forma voluntaria.

- Preocuparse por el bienestar de sus compañeros, en caso de ausencia facilitando

material y temas de estudio.

- Compartir y participar en actividades con los compañeros de su curso y otros

miembros de la comunidad.

- Acoger, ayudar y escuchar a sus compañeros y otros miembros de la comunidad.

- Utilizar y potenciar capacidad de liderazgo en forma positiva y solidaria.

- Mantener y promover una actitud positiva.

DEL UNIFORME OFICIAL Y PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ALUMNAS Y

ALUMNOS

Por razones de orden e identificación con la unidad educativa, el uso del uniforme

oficial y deportivo será de acuerdo al diseño y color institucional

Uniforme de las damas:

- El pelo debe estar ordenado y tomado, peinado; con el rostro descubierto y las

uñas cortas (se permite un brillo natural).

- Está prohibido presentarse con maquillaje exagerado y accesorios (aros colgantes,

piercings en lugares visibles del cuerpo, pulseras y/o cadenas). Está autorizado el

uso de un par de aros pequeños (que no sea colgante, uno en cada oreja) y el uso

de un discreto anillo.

- Zapatos o zapatillas negras de modelo escolar.

- Calcetas y/o panty de color azul marino.

- Falda azul marino de acuerdo al modelo y diseño institucional, (con un largo hasta 5

cm. sobre la rodilla y de tablas sueltas).

- Corbatín institucional y blusa blanca, usada dentro de la falda.

- Polar o chaleco de color azul marino. En temporada de invierno se permite el uso

de pantalón de tela, color azul marino, corte recto, no ceñido.

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- Parka de color azul marino o negro, sin logo ni aplicaciones de otros colores ni

dibujos.

- Para clases de Ed. Física: Buzo completo según diseño y color institucional.

- De Prebásico a Básico 6 se exigirá el uso obligatorio de delantal cuadrillé color rojo.

Uniforme de varones:

- Pelo corto, mantenido arriba del cuello de la camisa, limpio y ordenado, sin colitas

ni colorantes. No se acepta el uso de melenas, aros, piercings en ningún lugar

visible del cuerpo del estudiante.

- El estudiante debe presentarse diariamente rasurado (si corresponde).

- Pantalón de tela, color gris, corte recto, largo y uso tradicional, debidamente

abrochado a la cintura, camisa blanca, corbata institucional.

- Zapatos o zapatillas negras modelo escolar.

- Chaleco o polar, de color azul marino.

- Para clases de Ed. Física: Buzo completo y polera según el diseño y color

institucional.

- De Prebásico a Básico 6 se exigirá obligatoriamente el uso de cotona beige

tradicional.

- La parka, en período de invierno, es de color azul marino o negro, sin logos ni

aplicaciones de dibujos ni otros colores.

- Todas las prendas de vestir deben estar debidamente marcadas con el nombre y

curso, en un lugar visible, letra clara y tinta indeleble.

Uniforme Nivel Laboral (Damas y Varones)

- Varones: Pelo corto, limpio y ordenado, sin colitas ni colorantes. No se acepta el

uso de melenas, aros, piercings en ningún lugar visible del cuerpo del estudiante.

Uñas cortas, limpias.

- El estudiante debe presentarse diariamente rasurado (si corresponde)

- Damas: Pelo tomado, limpio y ordenado. No se acepta el uso anillos y de piercing

en lugares visibles del cuerpo de la estudiante. Uñas cortas, limpias y sin esmalte.

Se permite el uso de maquillaje de rostro sobrio.

- Vestimenta Damas y Varones: Polera manga corta o larga institucional, polerón

institucional, jeans azul tradicional y zapatillas obscuras.

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- En la cocina, Damas y Varones: Delantal, cofia o gorro blanco de cocina,

mascarilla cuando es necesario y zapatos o zapatillas adecuadas para la actividad.

- Para clases de Ed. Física: Buzo completo y polera según el diseño y color

institucional.

Uniforme Niveles Prebásico Decreto 815

- Buzo completo y polera según el diseño y color institucional.

- Niñas: Uso obligatorio de delantal cuadrillé color rojo

- Niños: Uso obligatorio de cotona beige tradicional.

DE LA ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS

1. El inicio de clases es a las 8:30 hrs. para la jornada de la mañana y 14:00 hrs. para

la jornada de la tarde.

2. La Dirección se reserva el derecho de aplicar las medidas, de acuerdo a este

reglamento, con aquellos alumnos que lleguen al establecimiento después de la

hora de inicio de clases. Cada atraso del estudiante se registrará en la Agenda

Escolar; el apoderado deberá tomar conocimiento firmando el registro de esta

anotación.

3. El procedimiento ante los atrasos será el siguiente:

En el caso de los alumnos que se trasladan en forma independiente, en transporte

escolar o con su apoderado:

- La profesora debe consignar el atraso en la agenda escolar, para informar a los

apoderados.

- La profesora debe citar al apoderado mensualmente para informar la cantidad de

tiempo no trabajado debido a los atrasos. La asistencia a clases y a las

actividades programadas por el colegio se consideran obligatorias para alcanzar

los objetivos académicos propuestos. Recordar permanentemente que el

cumplimiento de los horarios de ingreso a clases y el porcentaje de asistencia

incide en la calidad del rendimiento escolar y en la promoción escolar.

4. Si el apoderado NO concurre por tres veces consecutivas a la entrevista con

profesora, el establecimiento podrá solicitar el cambio de Apoderado.

5. Si el estudiante no realiza clases de Educación Física y presenta justificativo o se

presenta sin vestir el equipo deportivo, realizará una actividad teórica, la que

posteriormente será evaluada. Si esta situación se repite, se citará al apoderado.

6. El estudiante que presente Certificado Médico, para las clases de Educación Física

(total o parcial), se considerará y se validará desde el momento en que se presente

al establecimiento, con el timbre, fecha actualizada y la firma del profesional por el

cual fue extendido.

7.

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DE LA AGENDA ESCOLAR

1. La agenda escolar es el nexo comunicacional entre el hogar y el colegio, por tanto

es de uso obligatorio, en ella se registran circulares e informaciones de variada índole.

Debe traerse diariamente al colegio.

2. Toda adulteración, uso malintencionado o escrito con expresiones groseras,

dibujos que no corresponda a los objetivos para lo cual está diseñada, será inhabilitada,

siendo retenida por quien corresponda y reemplazada por otra nueva, con costo para el

apoderado.

3. Las comunicaciones enviadas desde el hogar al colegio, deben ser escritas y

firmadas por el apoderado, quien asume la responsabilidad de:

- Revisar diariamente y firmar toda comunicación enviada por el colegio

- Verificar que la agenda escolar salga del hogar diariamente y regrese en la

mochila.

DEL COMPORTAMIENTO DE LOS ESTUDIANTES

El P.E.I. de la Escuela Especial Crecer, basado en la teoría constructivista del

aprendizaje, todo estudiante deberá mantener un comportamiento que dignifique su

calidad de tal y de la comunidad educativa que integra, tanto dentro del establecimiento

como fuera de él. No pueden verse involucrados directa o indirecta en actos de

violencia o menoscabo, que dañen la integridad física y psicológica de cualquier

miembro de la unidad educativa o que dañen la imagen personal y el prestigio de la

escuela.

Los estudiantes deben cuidar sus bienes, los de sus compañeros, los del personal de la

escuela, los del Establecimiento y los bienes de la comunidad.

FALTAS

La escuela Crecer debe velar por la convivencia escolar para cumplir su misión, por lo

tanto se sancionara toda conducta que interfiera con la sana convivencia escolar.

Las conductas prohibidas se denominaran faltas, las cuales se clasifican según el

grado que corresponda en leves, graves y gravísimas.

Faltas leves: Se consideran faltas leves aquellas que dificulten el desarrollo normal de una

actividad escolar. Pueden ser entre otras;

- No permitir u obstaculizar el desarrollo normal de la clase de acuerdo a lo solicitado

por el profesor.

- Utilizar dispositivos electrónicos no autorizados por el profesor.

- Llegar atrasado al inicio de la jornada de clases.

- El atraso después de recreos, cambios de hora, u otras actividades programadas

escuela.

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- Uso incompleto del uniforme sin justificación.

- Presentación personal con evidente falta de higiene.

- No traer las comunicaciones firmadas.

- No traer la Agenda Escolar.

- Ingresar con objetos que no cumplan con un propósito pedagógico expresamente

solicitado por un docente.

- Utilizar lenguaje o gestos vulgares.

Faltas graves: Se consideran faltas graves las que resulten de un hecho intencionado con daño

físico o moral sobre sí mismo, sobre otra persona o sobre bienes ajenos. Estas faltas pueden

ser entre otras:

- Negarse a entregar la Agenda Escolar cuando sea solicitada para registro de

atraso, envío de comunicación y cualquiera otra necesidad.

- No cumplir una sanción o castigo sin la justificación correspondiente.

- Ausentarse de una hora de clase estando en el Colegio.

- Faltas a la ética del estudiante: copias en evaluaciones, presentar trabajos ajenos

como propios, mentiras, etc.

- Incumplimiento de acuerdos reparatorios ante una falta.

- Sacar hojas a la Agenda Escolar.

- Burlarse de los símbolos religiosos, patrios e institucionales.

- Participar en actividades de la escuela con hálito alcohólico debidamente

acreditado por el testimonio de dos testigos o por algún medio tecnológico como el

alcotest.

- Consumo de tabaco, esto incluye ej. aulas, patios, casino, oficinas,

estacionamientos externos, canchas y campo deportivo; así como en toda actividad

escolar dentro o fuera del establecimiento. (ej. jornadas, salidas pedagógicas,

viajes de estudio).

- Rehusarse a responder una prueba, ya sea en forma individual o colectiva.

- Realizar gestos obscenos o manifestaciones amorosas (de ìndole sexual) por

ejemplo: caricias, besos, por no considerarse la escuela el ámbito apropiado para

ello.

Las faltas graves deberán quedar consignadas siempre en el cuaderno técnico.

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- Faltas graves gravisimas: Se consideran faltas gravísimas aquellas que son

consecuencia de una actitud o hecho consciente y deliberado de los estudiantes,

provocando daño físico o moral sobre sí mismo o a otras personas y atentan

gravemente contra la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la

comunidad educativa y/o constituyen delito (incluyendo en algunos casos, la

integridad de quien comete la falta en cuestión). Son actitudes, acciones,

conductas u omisiones realizadas, que podrían ser entre otras:

- Retirarse o salir del establecimiento sin la correspondiente autorización.

- Robar dinero o bienes a cualquier miembro de la comunidad educativa.

- Adulterar firma en comunicaciones o cualquier documento oficial del Colegio.

- Realizar amenazas graves y explícitas, tanto verbales, gestuales y/o escritas con

cualquier medio, a cualquier miembro de la comunidad educativa.

- Levantar una denuncia sobre hechos que resultaren falsos (calumnia).

- Presentar conductas durante un viaje de estudios o actividad oficial fuera de la

escuela, que pongan en riesgo grave y evidente la seguridad personal o la de

cualquier miembro de la comunidad escolar y/o del lugar en que se encuentre.

- Causar daño grave e intencionado a la infraestructura de la escuela y/o bienes de

otros.

- Rayar y/o dibujar diseños o imágenes ofensivas y/u obscenas (graffitis) en la

escuela

- Vulnerar cerraduras.

- Incitar y/o participar en peleas o riñas fuera o dentro de la escuela.

- Agredir física, verbal o gestual a cualquier miembro de la comunidad educativa,

dentro o fuera del establecimiento.

- Ridiculizar una disposición emanada de alguna autoridad del establecimiento.

- Desacreditar a las autoridades de la escuela.

- Agredir física, o verbal grave, a cualquier miembro de una comunidad educativa.

- Ingresar y/o consumir bebidas alcohólicas y/o drogas al establecimiento o a

cualquier actividad organizada por la escuela , aunque la actividad se desarrolle

fuera de ésta.

- Acoso escolar o bullying y sus modos de ejecución (ciberbullying, que es la

manifestación de acoso escolar mediante plataformas virtuales y herramientas

tecnológicas: chats, blogs, fotologs,whatsapp, facebook, mensajes de texto para

celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan fotos, páginas webs,

teléfono y otros modos tecnológicos).

- Soborno a personal docente o no docente.

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- Grabar, filmar y difundir a las personas de la comunidad educativa sin su

consentimiento.

- Discriminar arbitrariamente a las personas por su genero, orientacion sexual, etnia,

religión, nacionalidad, color de piel.

- Inmiscuirse en documentación oficial de la escuela.

- Impedir el ingreso a la escuela o el desarrollo de las actividades académicas

normales

- Facilitar el ingreso a personas extrañas a la escuela sin autorización.

- Simular o dar falso aviso de situaciones de emergencia que provoquen evacuación.

- Alterar el orden público al interior de la escuela.

- Subir a lugares en altura, como por ejemplo, árboles y techumbres.

- Participar en actos vandálicos tanto al interior como al exterior de la escuela.

- Robo de evaluaciones.

- Participar en actividades de la escuela bajo los efectos del alcohol.

- Realizar microtráfico de drogas.

- Provocar incendios o explosiones.

- Ingresar armas al colegio o fabricarlas al interior de éste.

- Acoso, abuso sexual o violación a algún miembro de la comunidad

- Porte y difusión de material pornográfico, que pudiesen significar daño para la

integridad mental de sí mismo, de sus compañeros de curso o de otros cursos.

- Realizar actos sexuales al interior del establecimiento.

Cualquier falta no consignada en el presente reglamento será analizada y

Calificada por Consejo de Profesores y Dirección según corresponda.

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MEDIDAS FORMATIVAS O PEDAGÓGICAS

Se podrá aplicar a quien incurra en faltas reglamentarias generales o de

convivencia escolar una o más de las siguientes medidas formativas. Estas

medidas son acciones que permiten a los estudiantes tomar conciencia de las

consecuencias de sus actos, aprender a responsabilizarse de ellos y desarrollar

compromisos genuinos de reparación del daño, de crecimiento personal y/o de

resolución de las variables que indujeron la falta, entre otras:

• Servicio comunitario: Contemplará el desarrollo de alguna actividad que beneficie

a la comunidad educativa, en especial, aplicable frente a faltas que hayan

implicado deterioro del entorno, lo cual implica hacerse cargo de las

consecuencias de los actos negativos através del esfuerzo personal. Ejemplos:

Limpiar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, patio techado o su sala;

mantener el jardín; ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad;

colaborar con la ejecución de actividades extraprogramáticas; etc.

• Servicio pedagógico: Contemplará una o más acciones del estudiante que

cometió la falta, asesorado por un docente, que impliquen contribuir

solidariamente con la continuidad y/o efectividad de los procesos educativos de la

escuela, como: Recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos

inferiores al suyo; ser ayudante de un profesor en la realización de una o más

clases, según sus aptitudes; etc.; apoyar a estudiantes menores en sus tareas;

preparar y exponer temas educativos y otra medida que se considere adecuada de

acuerdo a la edad del estudiante.

• Diálogos Formativos: Contemplará la participación en reuniones, de carácter

individual y/o grupal; con uno o más miembros habilitados del establecimiento

(Directivos, docentes, psicólogo, encargado convivencia escolar) con el objeto de

reflexionar acerca del hecho ocurrido, sus consecuencias y formas de prevenirlas,

orientando las temáticas hacia la adopción o recuperación del modo de relación

basado en los valores de honestidad, respeto, tolerancia y solidaridad.

• Acciones Terapéuticas: Contemplará la derivación a tratamientos (personales,

familiares, grupales) que permitan comprender y evitar comportamientos que

constituyan faltas reglamentarias; también puede incluirse en este aspecto los

talleres de manejo de conductas, asistencia a charlas o talleres relativos a la

prevención o manejo de conductas de alto riesgo, etc.

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MEDIDAS DE REPARACION

Son Medidas de Reparación aquellos gestos u actos dirigidos a restituir el daño

causado a un tercero por cualquier tipo de acción u omisión perpetrado. Estas

medidas reparatorias deberán implementarse por la persona que cometió el daño,

o por sus padres o apoderados si es el caso. Las medidas reparadoras del

establecimiento podrán ser acordadas y aceptadas por los involucrados, entre

otras:

• Presentación formal de disculpas públicas o en privado, en forma personal, por

escrito.

• Restitución de objeto dañado, perdido, etc. Indemnización por daño causado.

MEDIDAS DISCIPLINARIAS O SANCIONES

La disciplina es un acto de respeto de la persona consigo misma y de adhesión y

lealtad al grupo al que pertenece. Su objetivo último es la educación de la libertad,

la responsabilidad y la búsqueda de actuar en consecuencia. Ésta supone un

compromiso que no puede darse más que en la interioridad del alumno/a, pues

implica la aceptación personal y libre de valores y normas que acata como válidos

y justos para ordenar la diaria convivencia. Debe desarrollarse en un proceso

graduado de internalización y en congruencia con los valores impartidos por el

establecimiento.

El desarrollo personal de los alumnos exige un continuo seguimiento por parte de

los profesores estimulando actitudes positivas y corrigiendo las negativas.

Los profesores deberán consignar por escrito las faltas de los estudiantes en el

cuaderno tecnico y procurará que el apoderado esté al tanto de los detalles de la

conducta de su hijo/a.

Entre otras y considerando desde un grado mínimo al máximo pueden ser:

- Amonestación verbal. Consiste en una conversación formativa realizada por el

Profesor jefe que busca hacer comprender al alumno/a lo inconveniente de su

comportamiento. Es registrada en el cuaderno técnico

-Trabajos formativos y/o académicos supervisados por un profesor. Consiste en la

asignación de tareas, comprensión lectora, guías y/o ejercicios de una o varias

asignaturas, que se realiza en sala designada por profesor jefe

-Carta de compromiso por acumulación de anotaciones negativas. Una vez

constatado el registro de, a lo menos, cinco observaciones negativas que no

constituya ninguna de ellas falta grave o gravísima, el alumno/a, bajo la iniciativa

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del profesor jefe, se compromete de manera explícita y escrita a mejorar su

comportamiento.

-Carta de advertencia de matrícula condicional. Es una carta que se envía a los

padres por parte del Director, donde se les hace ver los problemas de conducta

que ha tenido su hijo/a, y que, eventualmente, arriesga su continuidad en el

establecimiento. Esta sanción se decide al interior del Consejo Tècnico después

de analizados los comportamientos del alumno/a. Se revisa la mantención de la

carta en evaluación institucional.

-Suspensión temporal de 1 a 5 días. La suspensión de clases puede realizarse

hasta por cinco días hábiles en caso que la gravedad de la falta lo amerite. Este

período se podrá prorrogar por más días de manera indefinida, aplicándose

excepcionalmente si existe un peligro real (debidamente acreditado) para la

integridad física o psicológica para algún miembro de la comunidad educativa y

conforme al Ord. 476 de la Superintendencia de Educación Escolar.

-Suspensión de participar en actividades extra programáticas, ceremonias,

eventos o cualquier otro acontecimiento de la comunidad escolar, siempre y

cuando esto no cause interrupción al proceso curricular de enseñanza-

aprendizaje.

-Condicionalidad de la matrícula del estudiante. Es una carta que se envía a los

padres por parte del Director del establecimiento, donde se les informa de los

problemas de conducta que ha tenido su hijo/a, y que arriesga su continuidad en la

escuela. En la carta se deben definir claramente las razones que ameritan la

adopción de esta medida, los momentos en que se evaluará los avances del

estudiante respecto de los compromisos asumidos y una fecha cierta de

levantamiento de la medida si la evaluación es positiva. La condicionalidad de

matrícula siempre se revisa al final de cada semestre, independiente de la fecha

en la cual se haya aplicado

-Cancelación de la matrícula para el próximo año escolar. Debido a faltas

gravísimas a la buena convivencia, se decide que el alumno/a no puede

matricularse en el establecimiento el año siguiente.

-Expulsión. En este caso el alumno debe dejar el establecimiento cuando se

decide la medida y el retiro debe ser inmediato. Sólo opera si existe peligro real

para la integridad física o sicológica de alguno de los miembros de la comunidad

educativa.

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El Director, una vez que haya adoptado la medida de expulsión o cancelación de

matrícula, deberá informar de su aplicación a la Dirección Regional respectiva de

la Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de

que ésta revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento contemplado para

este tipo de medidas

CRITERIOS PARA PONDERAR Y APLICAR LAS MEDIDAS

Toda medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los

involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la

gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y

procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del

responsable. Las sanciones disciplinarias indicadas deben considerar antes de su

aplicación el diagnòstico del estudiante y la edad.

Durante el proceso de resolución frente a faltas a la buena convivencia escolar, la

autoridad encargada tomará en cuentas las atenuantes y agravantes que pudieran

estar presentes en el hecho. Entre éstas se encuentran:

a) Atenuantes

• Intachable conducta anterior, esto es inexistencia de faltas anteriores a la buena

convivencia

• Reconocer espontánea e inmediatamente la falta cometida y aceptar las

consecuencias de esta.

• Manifestar arrepentimiento por la falta cometida.

• Disculparse.

•Haber realizado, por propia iniciativa, acciones reparatorias a favor del

afectado(a).

• Actuar en respuesta a una provocación por parte de otros.

• Actuar en legítima defensa de su persona, bienes o derechos.

• Actuar bajo coerción, inducción o manipulación por parte de otra persona.

b) Agravantes:

• Reiteración de la falta.

• Haber actuado con intencionalidad (premeditación).

• Haber inducido a otras a participar o cometer la falta.

• Aprovechamiento de confianza depositada en la persona.

• Amenazas a víctimas, si las hubiere.

• Haber abusado de una condición superior, física, moral o cognitiva, por sobre la

persona afectada.

• Presencia de discapacidad o condición de indefensión por parte del afectado(a).

• Haber ocultado, tergiversado u omitido información antes y durante la indagación

de la falta.

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•Haber inculpado a otra persona o a alguien inexistente por la falta propia

cometida.

• Haber obrado a través de un tercero o bajo recompensa.

• Pluralidad de agresores

• Cometer la falta pese a la existencia de una mediación o arbitraje escolar previo,

en el que se hubiera acordado no reincidir en actos de esa naturaleza y/o no tener

otros problemas de convivencia con el afectado.

• No manifestar arrepentimiento.

• Poseer carta de compromiso, condicionalidad o haber sido ya sancionado por la

misma acción u otra similar en alguna ocasión anterior.

Las infracciones a las disposiciones del presente Reglamento por parte de los

estudiantes y conocidas por el respectivo Profesor Jefe deberán comunicarse al

alumno/a y a su apoderado a fin de lograr la rectificación de la conducta y, de ser

procedente, la aplicación de las medidas y/o sanciones disciplinarias que sean

oportunas. Lo mismo procederá respecto de las infracciones a lo dispuesto en el

PEI y si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las

medidas contempladas en el Reglamento del Personal, así como en la legislación

pertinente y vigente.

Previo al inicio del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el

Director del establecimiento deberá haber presentado a los apoderados la

inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e

implementado a favor del estudiante las medidas de apoyo pedagógico o

psicosocial que estén expresamente establecidas en el Reglamento interno del

establecimiento educacional, las que en todo caso deberán ser pertinentes a la

entidad y gravedad de la infracción cometida, resguardando siempre el interés

superior del alumno/a

Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una

conducta que atente directamente contra la integridad física o psicológica de

alguno de los miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo 3º del

Título I del decreto con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Misterio de Educación. En

ese caso se procederá con arreglo a los párrafos siguientes.

Las medidas de expulsión o cancelación de matrícula sólo podrán adoptarse

mediante un procedimiento previo, racional, justo y que garantice el derecho del

estudiante afectado y de sus padres a realizar sus descargos y a solicitar la

reconsideración de la medida.

La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser

adoptada por el Director del establecimiento. Esta decisión, junto a sus

fundamentos, deberá ser notificadapor escrito a los padres del estudiante afectado

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CUADRO DE MEDIDAS DISCPLINARES Y SANCIONES

Tipo de conducta Medidas a Adoptar Responsables

Falta leve Diálogo personal

pedagógico,

reflexivo y correctivo con

el propósito de hacerle

recapacitar.

Amonestación verbal.

Registro en cuaderno

técnico

Comunicación a los

padres.

Profesor Jefe

Reiteradas faltas leves Amonestación escrita.

Trabajo colaborativo.

Reparación si

corresponde

Citación a los padres.

Registro en cuaderno

técnico

Profesor Jefe

Faltas graves Trabajo formativo dentro

del

Colegio. Servicio

comunitario.

Derivación Sicosocial

(terapia

personal)

Citación a los padres.

Reparación si

corresponde.

Si lo amerita, suspensión

temporal de clases de 1 a

3 días.

Registro en cuaderno

técnico

Encargado de

convivencia escolar

Reiteradas faltas graves Suspensión de clases (1

a 3 días).

Directora, encargado de

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Carta de Advertencia de

Matrícula condicional.

Citación a los padres.

Reparación si

corresponde

Registro cuaderno

técnico, libro de clases.

convivencia escolar

Faltas gravisimas Matrícula Condicional, a

través de carta entregada

a los padres.

Suspensión de clases (1

a 5 días). Citación a los

padres.

Registro en cuaderno

técnico

Directora, encargado de

convivencia escolar.

Reiteradas faltas

gravisimas

Cancelación de Matrícula.

Expulsión.

Se comunica

personalmente a la

familia

Directora

RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL

Se considerará delito toda acción u omisión tipificada y penada por la ley que

exige la denuncia inmediata a la autoridad competente, el seguimiento y

tratamiento de acuerdo al marco legal vigente y la notificación inmediata a los

padres.

Un delito constituirá siempre falta gravísima en la tipificación del Manual de

convivencia y exigirá la inclusión de políticas y estrategias de prevención en el

ámbito escolar.

Existe responsabilidad penal para los menores de edad entre 14 y 18 años de

edad. La edad se considera al momento en que se dio inicio a la configuración del

delito.

Consecuencias de cometer delito para un menor entre 14 y 18

• Ser sometido a una pena privativa de libertad.

• Ser sometido a una pena no privativa de libertad como es: libertad asistida,

reparación del daño, etc.

• Recibir una sanción accesoria, como por ejemplo prohibición de conducir un

vehículo, tratamiento de drogas.

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Delitos que puede cometer un estudiante

- Contra la vida: Homicidio, Parricidio, Homicidio en Riña o Pelea, Auxilio al

Suicidio, aborto, entre otros.

-Contra la Integridad Física: Lesiones Graves, Gravísimas y Menos Graves.

Ejemplo: golpear a otro estudiante, porte o tenencia de armas, porte y tráfico de

drogas.

-Contra la Integridad Sexual: Violación, Abuso Sexual, Violación impropia (menor

de 14 años), Estupro, Pornografía infantil y Prostitución Infantil. Ejemplo: Obligar a

un estudiante a desvestirse.

-Contra la Propiedad: Hurto, Robo con Violencia, Robo con Intimidación, Robo con

Fuerza en las cosas y en lugar no habitado, Robo por Sorpresa. Ejemplo: Hurtar

un computador del Colegio

OBLIGACION DE DENUNCIAR DELITOS

a) Los directores, profesores y asistentes de la educación, tendrán la obligación de

denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte

a un estudiante del establecimiento, haya ocurrido esto dentro o fuera del

establecimiento, poniendo lo antecedentes en conocimiento de las autoridades

competentes dentro de las 24 hrs. hábiles de conocida la situación, con el objeto

de dar cumplimiento a las obligaciones legales establecidas en los Artículos 175

(letra e), 176 y 177 del Código Procesal Penal.

b) Los Delitos que deben denunciarse pueden ser, entre otros, las lesiones,

amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, porte

o tráfico de sustancias ilícitas u otros.

c) La persona responsable de presentar este tipo de denuncias a la autoridades

policiales o judiciales será el Director, misión que realizará conforme a lo señalado

en 173 y 174 Código Procesal Penal (Ley 19.696): La denuncia se realizará ante

el Ministerio Público y/o ante las autoridades policiales o Tribunales de Justicia

que tengan competencia sobre el hecho denunciado. La denuncia se hará por

escrito, y en esta constará la identificación del denunciante, su domicilio, el

nombre del Colegio, la narración circunstanciada del hecho, el señalamiento de

quienes presuntamente lo cometieron y/o fueron testigos del hecho y todos

aquellos antecedentes de que se tenga conocimiento.

d) El rol de los funcionarios frente al conocimiento de casos de tal naturaleza será

acoger los antecedentes que les sean reportados, poniéndolos a disposición de

las autoridades competentes para que estas se pronuncien sobre ellas.

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PROCEDIMIENTO DE SANCIONES Y MEDIDAS DISCIPLINARIAS

ACCIONES PREVENTIVAS:

La escuela dentro de la planificación de convivencia escolar desarrollará acciones

tendientes a la prevención como:

Para estudiantes:

-Elaboración y socialización de plan de convivencia escolar.

-Realizar sesiones sistemáticas abordando temas relacionados con resolución de

conflictos, desarrollo de herramientas comunicacionales a cargo de persona

responsable de convivencia escolar.

-Mantenerse atentos a cambios en la conducta habitual de los estudiantes.

-Informar cambios de conductas en alumnus/as a directora, para llevar a cabo

medidas pertinentes.

-Coordinar medidas a ejecutar con equipo técnico.

-Informar a padres y/o apoderados de situaciones observadas y medidas a

ejecutar.

-Generar un plan de acción que incorpore a los apoderados.

-Sesiones individuales con psicóloga en casos pesquisados.

-Derivación a redes de apoyo, cuando se requiere.

-Seguimiento individual y familiar, por el periodo de tiempo que amerite la

situación.

Para personal:

- Elaboración y socialización de plan de convivencia escolar.

-Talleres grupales con psicóloga sobre trabajo en equipo,

cohesión de la organización, herramientas comunicacionales, resolución

de conflictos.

PROTECCIÓN

-Si el afectado fuere un estudiante, se le deberá brindar protección, apoyo e

información durante todo el proceso.

-Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá

otorgar protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar

normalmente sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

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DEBIDO PROCESO

El debido proceso en el ámbito escolar implica el derecho de todos los

involucrados a:

• Ser escuchados

• Que los argumentos presentados sean tomados en cuenta

• Que se presuma su inocencia

• Apelar las medidas resueltas

Los protocolos de actuación para el manejo de faltas a la buena convivencia serán

ejecutados conforme al debido proceso, esto es, en su aplicación se garantizarán

los siguientes derechos, entre otros:

• Derecho a la protección del afectado.

• Derecho a la presunción de inocencia del presunto autor de la falta.

• Derecho de todos los involucrados a ser escuchados y a presentar descargos.

• Derecho de apelación ante las resoluciones tomadas en el procedimiento.

• Que el procedimiento en virtud del protocolo será claro.

• Que el establecimiento resguardará la reserva.

• Que el establecimiento resolverá con fundamento sobre los casos.

Mientras se esté llevando a cabo la investigación y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor

confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.

De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los

instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro

individual de cada reclamo.

No se podrá tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la

investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

NOTIFICACION A LOS APODERADOS

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a

sus padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio

idóneo (libreta de comunicaciones, e-mail, llamado de voz, etc.) En caso de

comunicación oral deberá quedar constancia de la notificación por medio de

correo electrónico u otro medio análogo.

INVESTIGACION.

a) Quien realice la investigación actuará guiado por el principio de inocencia frente

a quien, supuestamente, sea el autor de la falta. Para ello, estará autorizado para

disponer medidas que le permitan tener una visión clarificada de los hechos, tales

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como: entrevistas a los involucrados y otros que pudieran aportar antecedentes

relevantes (especialmente a los apoderados), revisión de documentos y registros,

solicitud de orientación y/o evaluación profesional (interna o externa), solicitud de

informes, confrontación de testigos, etc. En general, todas aquellas acciones que

sean prudentes y convenientes para manejar la situación conforme al justo

procedimiento.

b) Mientras se estén llevando a cabo las investigaciones aclaratorias y el

discernimiento de las medidas correspondientes, el o los encargados asegurarán a

todas las partes respeto por su dignidad y honra, cautelando el grado de

privacidad y/o confidencialidad que corresponda a los temas tratados (conforme a

las características y circunstancias del hecho abordado).

Asimismo, serán escuchadas las versiones de los involucrados y se acogerán los

antecedentes que estos pudieran aportar para mejor comprensión del hecho o con

el fin de presentar sus descargos.

c) Si el supuesto autor de la falta fuere un funcionario del establecimiento u

apoderado, y el afectado un estudiante, se actuará conforme al principio de

presunción de inocencia, pero considerando el interés superior del niño/a y su

condición de sujeto de protección especial, lo cual implicará priorizar medidas

destinadas a garantizar la integridad física y psicológica del menor durante todas

las etapas del procedimiento (incluso posteriores al cierre de este si fuera

necesario).

CITACION A ENTREVISTA.

Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la autoridad que

investiga la falta deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados

del alumno o los estudiantes involucrados en forma separada, a una reunión que

tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Esta reunion se

realizara al dia siguiente de ocurridos los hechos. Para esta entrevista, se

considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los estudiantes

o sólo entre adultos, según lo decida la Dirección o la persona designada por ésta.

En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la

investigación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones

por un período de tiempo convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones

impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta

circunstancia.

Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán

presenter todos los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar

a un profesional en la materia, quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.

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RESOLUCION

La autoridad designada para resolver sobre la falta deberá discernir si se cumplen

los requisitos para imponer una sanción, o bien si el reclamo debe ser

desestimado.

En casos de faltas graves o muy graves específicas, que pudieran ameritar

sanciones tales como suspensiones temporales, prohibición de participar en

actividades, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula o expulsión, el

Encargado de Convivencia Escolar, podrá exponer dicho discernimiento al Director

para ver el modo de resolver el conflicto.

Deberá quedar constancia de los fundamentos que justifiquen la decisión

adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a los padres en el plazo de hasta 5

dìas habiles despues de realizada la entrevista.

DE LA APELACION

Contra las resoluciones de las autoridades por faltas graves o gravísimas podrá

interponerse recurso de apelación dentro de un plazo máximo de cinco días

hábiles contados desde la fecha en que haya sido informada la resolución

respectiva.

La apelación se presenta por escrito al Director, quien estudiará los descargos y

resolverá en un plazo máximo de 10 días hábiles. Después de analizado el caso y

visto todos los antecedentes y las atenuantes, la resolución final no tiene derecho

a apelación ni recurso alguno.

En el caso de que la resolución sea la cancelación de matrícula o la expulsión, el

alumno/a afectado y/o sus padres podrán pedir por escrito al Director la

reconsideración de la medida dentro de quince días corridos de su notificación,

quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo de

Profesores deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los

informes técnicos psicoscociales pertinentes y que se encuentren disponibles.

DE LA MEDIACION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros

mecanismos de similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y

constructiva de los conflictos de convivencia escolar.

Definiciones:

Mediación: Procedimiento mediante el cual un docente, desde una posición

neutral, ayuda a los involucrados en un conflicto a llegar a un acuerdo o resolución

del problema, el cual pretende restablecer la relación entre los participantes y las

reparaciones correspondientes cuando estas sean necesarias.

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Derivación: El Proceso de Mediación será propuesto tanto para prevenir que se

cometan faltas, así como también, para manejar faltas ya cometidas. En tal

sentido, se podrá incluir Mediación:

• Como respuesta a una solicitud planteada por las propios involucrados.

• Como medida para resolver un conflicto de convivencia, sea que se haya o no

cometido alguna falta como consecuencia de éste.

• Como estrategia alternativa frente a una sanción disciplinaria o,

• Como una medida complementaria a la aplicación de otras medidas o sanciones.

Mediadores Escolares: Los miembros del establecimiento que pueden aplicar

medidas de mediación son el Profesor Jefe, Consejo de Profesores, Encargado de

Convivencia Escolar, Director.

Consideración Especial: Las estrategias de mediación no podrán aplicarse en los

casos que se verifique una situación de asimetría entre los participantes, es decir,

cuando la situaciónde maltrato implique abuso de poder (superioridad de fuerza,

edad, número y/o desarrollo psico-social a favor de quien o quienes cometen la

falta), tampoco frente a situaciones de acoso escolar.

PROCEDIMIENTO DE LA MEDIACION Y RESOLUCION DE CONFLICTOS

Los alumnos resolverán sus eventuales conflictos en atención a las personas

involucradas, buscando siempre el enriquecimiento personal de las partes,

considerando hechos verificables y evidentes, y la proposición de alternativas para

la resolución de conflictos.

Notificarán oportunamente irregularidades comunicativas en el establecimiento,

extendiendo cualquier tipo de solicitud con antelación y ante los estamentos

pertinentes.

Los alumnus/as establecerán un diálogo empático, abierto, directo y objetivo y

limitarse a la descripción de rasgos objetivos en torno a un hecho, excluyendo la

mera interpretación de gestos, palabras o acontecimientos.

Frente a un conflicto en que se vieran involucrados, solicitarán mediación del

personal docente del colegio o medidas de arbitraje por parte del Encargado de

convivencia Escolar, cuando lo estimen conveniente.

Para procedimientos de mediación, los alumnos seguirán el siguiente conducto

regular:

• Asuntos disciplinares:

1º Profesor Jefe

2º Encargado de Convivencia Escolar

3ª Director

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• Asuntos académicos:

1º Profesor jefe

2° Coordinadora Tècnica

3ª Director

Los alumnos presentarán oportunamente sus discrepancias personales,

excluyendo la controversia pública de conflictos particulares y asegurando la

solidez de los procedimientos preestablecidos y los principios institucionales.

Para procedimientos de apelación a eventuales sanciones, medidas o

disposiciones, los alumnos seguirán el siguiente conducto regular:

• Asuntos disciplinares:

1° Consejo de profesores

2° Consejo escolar

• Asuntos académicos:

1° Consejo de profesores

2° Consejo escolar

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PROTOCOLO DE PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN SOBRE MALTRATO ESCOLAR Y

BULLYING

MALTRATO ESCOLAR

El maltrato escolar es todo tipo de violencia física y/o psicológica, cometida por cualquier

medio (incluso tecnológico), en contra de un estudiante o un integrante de la comunidad

educativa, realizada por otro miembro de la comunidad escolar. Según quien cometa el

maltrato, se puede clasificar en;

- maltrato entre alumnos

- acoso escolar

- maltrato de alumno a adulto

- maltrato de adulto a un alumno

- maltrato entre adultos

MALTRATO ENTRE ALUMNOS

Todo tipo de violencia física y/o psicológica, cometida por un estudiante a través de

cualquier medio (incluso tecnológico) en contra de otro estudiante. Entre otras las

conductas de maltrato entre estudiantes pueden ser amenazas, descalificaciones,

aislamiento o marginación, lesiones físicas leves o graves. Estas conductas no suponen

permanencia en el tiempo ni reiteración, de suponerlo se aplicará el procedimiento para

acoso escolar.

ACOSO ESCOLAR

La Ley General de Educación define el acoso escolar como “toda acción u omision

constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado (…) por estudiantes que, en forma

individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una

situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en

este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de

carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en

cuenta su edad y condición”.

Art. 1.- Detección temprana: (Actuación de Oficio) El personal del Colegio tiene la

obligación de investigar y/o informar cualquier incidente de maltrato y acoso escolar y

seguir las acciones recomendadas, ya sea que lo presencie o tome conocimiento de él

por otras vías. Se debe investigar y /o informar aún si la víctima o sus padres o

apoderados no presentan una queja formal o expresen abiertamente su malestar. Ello,

porque la falta de compromiso y acción por parte de los adultos genera un ambiente de

temor y refuerza la creencia de algunos jóvenes e incluso adultos de que el acoso

escolar es “normal” y hasta cierto punto debe ser tolerado, y promueve el

comportamiento abusivo en las relaciones interpersonales.

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Art. 2.- Registro: Todos los incidentes de un posible caso de maltrato y acoso escolar

deben ser investigados y registrados independientemente de las conclusiones a que se

arribe, razón por la cual de cada actuación y resolución deberá quedar constancia

escrita en los instrumentos propios del establecimiento, debiendo mantenerse el registro

individual de cada reclamo. Dicho registro queda bajo la responsabilidad del Encargado

de Convivencia Escolar. No podrán tener acceso a dichos antecedentes terceros ajenos

a la investigación, a excepción de la autoridad pública competente.

Art. 3.- Todo reclamo o denuncia, por conductas constitutivas de maltrato y acoso

escolar deberá presentarse por escrito directamente al Director.

Art. 4.- El Encargado de Convivencia Escolar en primera instancia deberá entrevistar por

separado al denunciante, a los involucrados (agresor y víctima) y testigos para

determinar si está ante un caso de acoso escolar y/o bullying. De no ser así se registran

los hechos, se toman las medidas que correspondan y se archiva como denuncia de

acoso escolar y/o bullying sin fundamentos.

Art. 5.- En el caso cierto de maltrato y acoso escolar, el Encargado de convivencia

escolar deberá informar al Director, al profesor jefe de los alumnos involucrados (agresor

y víctima) y a los respectivos padres sobre la situación y los pasos a seguir en la

investigación.

Art.6.- Por respeto a la dignidad y honra de quien informó o denunció lo ocurrido, como

también de quienes resulten como posibles involucrados, todos quienes participen en la

indagatoria mantendrán en estricta reserva los antecedentes de la investigación.

Art. 7.- Mientras se estén llevando a cabo la investigación y el discernimiento de las

medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,

privacidad y respeto por su dignidad y honra, evitando de esta manera generar

acusaciones infundadas antes de obtener las resoluciones de la investigación.

Art. 8.- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las

decisions y la posibilidad de impugnarlas.

Art. 9.- En todo el proceso el encargado de convivencia escolar mantendra informado al

director del estado de la situación.

Art. 10.- Plan de Intervención: Instrumento que debe considerar acoger y educar a los

involucrados y trabajar con un equipo de observadores - facilitadores (Profesores Jefes y

encargado de convivencia escolar). Puede incluir el plan las medidas a aplicar en el caso

(pedagógicas, sancionatorias, reparatorias).

Es recomendable que él o los responsables de la investigación informen de la

investigación de maltrato acoso escolar y que entrevisten al alumno con dichas

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conductas y a la víctima por separado para evitar represalias. Se sugiere considerar los

siguientes aspectos en las entrevistas:

Entrevistar a la víctima en primera instancia:

a) Preocuparse primero de su seguridad física y sicológica.

b) Hacer ver que el comportamiento abusivo no es aceptable y que se arbitrarán todas

las medidas para que no vuelva a ocurrir.

c) Preguntar qué pasó y cuáles son sus sentimientos acerca de lo ocurrido.

d) No aconsejar a la víctima que enfrente al agresor o agreda en respuesta.

e) Buscar apoyo entre los compañeros para que le brinden soporte emocional y

contención.

f) Pedir a la víctima que registre cualquier incidente futuro para agregar a los

antecedentes.

Entrevista al agresor con posterioridad a la víctima:

a) Hacer que el alumno/a identifique el problema haciéndole preguntas que lo ayuden a

reflexionar y responsabilizarse del hecho.

b) Hacer preguntas que permitan tener información del incidente y que no intimiden al

alumno/a tales como ¿Qué estuvo mal en lo que hiciste? ¿Qué problema estabas

tratando de resolver? ¿La próxima vez que tengas un problema como lo resolverás?

c) Recordar al alumno/a las normas y políticas del establecimiento sobre el maltrato y

acoso escolar y lo que se puede esperar de su contravención y su responsabilidad en

tener un ambiente de sana convivencia.

Luego de realizadas las entrevistas y recabados los antecedentes del caso, se

redactarán las conclusiones de la investigación. En dichas conclusiones se establecerán

las responsabilidades de los participantes y se esbozarán las medidas formativas,

disciplinarias y reparatorias a aplicar según las disposiciones del Reglamento. De la

resolución que impone las medidas disciplinarias se podrá recurrir conforme a lo

establecido en el Procedimiento General.

Art. 11.- Medidas que deben tomarse a favor de un alumno/a víctima de maltrato y acoso

escolar:

Reunión con el Director o quién él designe para:

a) Conversar con el alumno sobre que siente respecto al incidente.

b) Desarrollar un plan que asegure la seguridad física y emocional del alumno en el

Colegio.

Reunión con el Encargado de convivencia Escolar.

a) Asegurar que el alumno/a no se siente responsable del incidente y ayudarle a

superarlo.

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b) Pedir al alumno/a que registre los comportamientos futuros.

c) Desarrollar habilidades, herramientas y estrategias para enfrentar el maltrato y acoso

escolar.

d) Reuniones de seguimiento con el alumno/a.

Es responsabilidad del Encargado de Convivencia Escolar, el transformar los casos de

maltrato y acoso escolar en oportunidades para formar a los alumnus/as en particular y a

la comunidad en general. Se debe velar porque los alumnus/as mejoren sus habilidades

sociales-emocionales, y se hagan responsables de sus actos y sus respectivas

consecuencias.

MALTRATO ADULTO (DIRECTIVO, PROFESOR, AUXILIAR, ADMINISTRATIVO O

APODERADO) HACIA UN ESTUDIANTE

El alumno/a agredido deberá informar a la brevedad a su profesor jefe, Coordinador

Tècnico, al Encargado de Convivencia o al Director. De esta situación deberá quedar

constancia expresa y formal, por medio de documento escrito o por correo electrónico,

en el cual se detalle claramente el o los hechos denunciados.

Si el agresor es un adulto apoderado/a del establecimiento , se le solicitará remediar

formativamente el hecho por medio de una disculpa dirigida al alumno afectado en

presencia del padre, madre o apoderado de éste, por vía formal escrita y teniendo como

Ministro de Fe al Director, quedando constancia escrita en la carpeta del caso y el

Cuaderno de Convivencia Escolar que tiene a su cargo el Encargado de Convivencia

Escolar.

Si el denunciado fuere un docente, directivo o asistente de la educación, u otro

funcionario del Colegio, como auxiliar o administrativo, además de dar las disculpas

correspondientes al alumno y a la familia de éste, por vía formal escrita y teniendo como

Ministro de Fe al Director, el funcionario denunciado deberá firmar además, un

documento de toma de conciencia ante el Director. Si el hecho antes descrito se repite

por parte del mismo adulto integrante de la comunidad educativa hacia el mismo alumno

u otro distinto, además de seguirse el procedimiento antes señalado, el Director definirá

si corresponde una medida interna mayor o una denuncia a la Fiscalía, a Policía de

Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún otro organismo de seguridad pública

(en caso de agresiones graves).

En el caso de verificarse agresión física o psicológica hacia un alumno por parte de un

adulto integrante de la comunidad educativa, previo cumplimiento de los pasos

anteriores de este protocolo, el hecho será puesto inmediatamente en conocimiento de

la Dirección, quien procederá a denunciar a la Superintendencia de Educación y según

sea el caso a Fiscalía, a Policía de Investigaciones, a Carabineros de Chile o a algún

otro organismo de seguridad pública. Procederá la desvinculación del denunciado, se

remite al Reglamento Interno del Personal.

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MALTRATO ALUMNO A ADULTO

(APODERADOS, DOCENTES, AUXILIARES, DIRECTIVOS Y OTROS

FUNCIONARIOS DEL ESTABLECIMIENTO)

El adulto agredido deberá informar a la brevedad al Director . De esta situación deberá

quedar constancia expresa y formal, de manera escrita en carpeta de convivencia

escolar, o a través de documento por vía virtual de correo electrónico, en el cual se

detalle claramente el o los hechos denunciados que explican claramente el tipo de

agresión, quién específicamente la ejecutó, la fecha, la hora, el lugar o dependencia

colegial en que ocurrió y la identificación y el nexo con el establecimiento del o la

denunciante.

En el evento de verificar la existencia de una agresión verbal por parte de un alumno/a,

el, Director procederá a conversar con el alumno denunciado. Se le exigirá a éste en

presencia de su apoderado, remediar formativamente el hecho por medio de una

disculpa dirigida al apoderado/a, docente, director, asistente de la educación, auxiliar,

administrativo u otro funcionario del Colegio agredido/a, por vía formal escrita y teniendo

como ministro de fe al director/a, quedando además constancia escrita en el Libro de

Clases del curso al cual pertenece el alumno/a, en la carpeta de convivencia Escolar que

tiene a su cargo el Encargado de Convivencia Escolar. El establecimiento, debido a la

gravedad del hecho y en concordancia con el Reglamento de Convivencia Escolar

vigente, condicionará la matrícula del alumno/a denunciado/a.

Si el hecho antes descrito se repite hacia el mismo apoderado/a, docente, director,

asistente de la educación, auxiliar, administrativo u otro/a distinto/a, por parte del mismo

alumno/a, además de seguirse el procedimiento señalado, el establecimiento procederá

a la cancelación de la matrícula del alumno/a denunciado.

En el caso de verificarse agresión física por parte de un alumno/a a un apoderado/a,

docente, asistente de la educación, director, auxiliar, administrativo u otro funcionario del

Colegio, después de seguirse el procedimiento señalado en el presente Protocolo, el

hecho será puesto inmediatamente en conocimiento de la Dirección del colegio y del

Consejo de Profesores. La Dirección, debido a la agresión física y en base a la Ley de

Responsabilidad Penal Juvenil, definirá si corresponde realizar denuncia a la Fiscalía, a

Policía de Investigaciones, a Carabineros de Chile o algún otro organismo de seguridad

Pública. Indistintamente lo anteriormente descrito, el establecimiento procederá a la

cancelación de la matrícula del alumno/a denunciado.

MALTRATO ADULTO – ADULTO

DE FUNCIONARIO DEL COLEGIO HACIA APODERADO

En esta hipótesis de maltrato, se evaluará según el concepto de maltrato indicado

anteriormente y se implementará el protocolo de actuación regular sobre el mismo.

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DE APODERADO A UN FUNCIONARIO DEL COLEGIO

Toda acción de violencia contra profesores/as u otro/a adulto/a de la comunidad

educativa, será considerada como una falta gravisima , aplicándose las sanciones

establecidas para esta en Protocolo de maltrato a profesores: Ley General de

Educación, Decreto 2 y Ley 20.501 sobre calidad y equidad de la educación.

Para esto se considera el siguiente procedimiento:

a) Denuncia: se realiza denuncia por escrito de parte del profesional maltratado a la

Encargado de Convivencia del Colegio.

b) Evaluación de la situación: Recibida la denuncia se informa a la Dirección del Colegio

y al apoderado la situación. La Coordinadora de Convivencia procede a realizar la

indagación de los hechos dentro de las 48 horas hábiles siguientes de la denuncia,

elaborando el informe concluyente y presentándolo a la Dirección del Colegio.

c) Adopción de medidas de urgencia para los implicados: en caso de agresión física,

inmediatamente se derivará a servicio de urgencia para constatación de lesiones y se

procede a denuncia en organismo de seguridad Pública y acciones legales contra el

agresor

d) Notificación por escrito al apoderado y alumno: Se da a conocer el resultado del

informe concluyente al apoderado, dentro de las 72 horas hábiles siguientes, por la

Encargada de Convivencia y director.

MALTRATO ENTRE APODERADOS

En esta hipótesis de maltrato, se estará al concepto de maltrato indicado anteriormente y

se implementará el protocolo de actuación regular sobre el mismo ante situaciones

acontecidas en el espacio escolar. El establecimiento ofrecerá mediación si hay voluntad

delas partes teniendo en cuenta la buena convivencia entre los miembros de la

comunidad educativa y el bien superior de los alumnos.

El establecimiento dejará registro del caso de maltrato en la Hoja de Registro de

Entrevista a apoderados- alumnos, en carpeta de convivencia escolar, en libro de Clases

o en registros electrónicos de uso regular del Colegio.

PROTOCOLO DE PREVENCION Y ABORDAJE DE MALTRATO INFANTIL, ABUSO

SEXUAL INFANTIL Y AGRESIONES SEXUALES

El presente documento contiene los criterios preventivos y procedimentales frente a

situaciones de maltrato infantil, abuso sexual infantil y de agresiones sexuales.

Un tipo grave de maltrato infantil es el abuso sexual infantil, entendido como “la

imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad

sexualizada en que el ofensor obtiene gratificación. Esta imposición se puede ejercer por

medio de la fuerza física, chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización

de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión”.

A su vez se definen las agresiones sexuales como “actos o hechos de connotación

sexual realizados por una persona mediante amenazas o fuerza o bien utilizando la

seducción, el engaño o el chantaje y que atentan contra la libertad o la seguridad sexual

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de otra persona, en este caso niño (a) o adolescente”.

Por lo tanto, se requiere:

- una relación de desigualdad o asimetría de poder.

- una utilización del afectado como objeto sexual, involucrándolo en actividades sexuales

de cualquier tipo.

- coercion de parte del agresor: seducción, manipulación, amenazas, etc.

Dentro de las medidas adoptadas por el establecimiento para prevenir el maltrato infantil,

abuso y agresiones sexuales se destacan.

a) Selección del Personal:

• Solicitar certificados de antecedentes vigentes a todos sus funcionarios, especialmente

en proceso de selección.

• Revisar el registro nacional de inhabilidad para trabajar con menores de edad,

especialmente antes de contratar a una persona.

Informar al personal que:

• Ante una situación de abuso sexual o maltrato se efectuarán las denuncias ante los

organismos correspondientes, prestándole toda la colaboración necesaria para los fines

de la investigación.

b) Procedimientos internos:

En baños:

• El aseo de los baños será realizado en horarios en que no hay estudiantes en uso de

los mismos.

Con los estudiantes:

• Los profesores, personal auxiliar y administrativo deben evitar muestras de afecto

innecesarias hacia los alumnos, que puedan ser mal interpretadas.

• En los períodos de cada recreo cada docente debe supervisar a sus alumnos/as.

.

c) Procedimientos para enfrentar el problema:

Frente a una sospecha de abuso sexual o maltrato por una persona externa al Colegio:

• La persona que tiene indicios de sospecha de abuso sexual o maltrato debe informar al

Encargado de Convivencia Escolar, de manera inmediata.

• El Encargado de Convivencia Escolar, recaba información relevante desde las

personas que tienen relación directa con el menor (profesor jefe, otros profesionales del

establecimiento) y del menor mismo, según corresponda.

• En caso que la sospecha no implique familiares directos, se cita al apoderado del

menor para una entrevista con la finalidad de conocer su situación familiar, que pueda

relacionarse con las señales observadas.

• Se clarifican las sospechas con la información recabada.

Si se descarta la ocurrencia de abuso sexual o maltrato:

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• Se realiza seguimiento al menor y se analiza, en compañía de los padres la posible

derivación a un especialista, sí corresponde.

En caso de contar con sospecha fundada se realizará lo siguiente:

• Se cita adulto responsable para comunicarle la situación ocurrida.

• Se le informa que es responsabilidad de él/ella hacer la denuncia en Carabineros,

Fiscalía, Policía de Investigaciones (PDI) o Servicio Médico Legal (SML) en caso de

violación, no obstante, la Dirección le ofrece al adulto poder acompañarlos en ese mismo

momento a realizar la denuncia.

• En caso de querer ir ellos solos, se les da plazo hasta la mañana del día siguiente

(8:30 am), para demostrar que realizó la denuncia. Se le explica al adulto que en caso

de no querer proceder o de no certificar la denuncia, el establecimiento procederá a

realizarla.

Si no se lleva a cabo la denuncia por parte del adulto responsable:

• Dirección se dirige a hacer la denuncia a: Carabineros, Fiscalía, Policía de

Investigaciones.

Frente a una probabilidad fundada de abuso sexual o maltrato por un funcionario del

establecimiento y que los hechos configuran un posible delito:

• Citación de los padres de la víctima para explicar la situación ocurrida.

• Dirección del establecimiento realiza la denuncia del caso a las autoridades

correspondientes: Carabineros, Policía de Investigaciones, Fiscalía.

• Se retira inmediatamente al funcionario de sus funciones.

• Se activan acciones inmediatas de protección de la integridad del menor: no dejarlo

solo, evitar la victimización procurando no tocar el tema del abuso o maltrato, mantener

la máxima discreción y delicadeza.

• Se resguarda la identidad del menor ante la comunidad educativa y los medios de

comunicación.

• El Director informa a los profesores y demás integrantes de la comunidad de la

situación, antes que la noticia aparezca en los medios de comunicación, resguardando la

identidad de los involucrados.

Si el caso de abuso se sospecha que ocurre al interior del grupo familiar se procede a la

denuncia inmediata.

III.- Lugares de Denuncia:

El establecimiento Educacional realizará la denuncia en los siguientes lugares,

dependiendo de los hechos concretos que se verifiquen, en directa relación a la calidad

de delito que estos tengan:

a) FISCALÍA DE RANCAGUA: Av. Libertador Bernardo O”Higgins 710, 72 2983100

b) CARABINEROS: San Martín 174, 72 2972092

c) BRIGADA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (PDI): Senador Florencio Duran 580, 72

2341021

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IV- Derivación a instancias externas de evaluación o apoyo:

Se sugerirá apoyo profesional a los afectados a través médicos especialistas, terapias

de reparación psicosocial, programas de apoyo a las competencias parentales,

programas de representación jurídica, entre otros.

V. Seguimiento:

Son aquellas acciones que permiten conocer la evolución de la situación de sospecha de

abuso, a través de llamados telefónicos, entrevistas, comunicación con profesionales

externos, entre otros.

Según sea el caso, se realizará seguimiento con el estudiante, con el fin de contener e

indagar en las repercusiones del proceso de denuncia.

PROTOCOLO DE LAS SALIDAS EXPLORATORIAS A LA COMUNIDAD Y ENTORNO

Dentro de las orientaciones pedagógicas contenidas en el currículo funcional del

establecimiento, nuestros alumnos y alumnas realizan salidas exploratorias del entorno

que tienen como objetivo propiciar aprendizajes de manera vivencial. Estas salidas

están sujetas a protocolos de actuación y seguridad siendo estos los siguientes:

1. Las salidas exploratorias a la comunidad y entorno deberán ser avisadas, vía

libreta de comunicación, con una semana de anticipación a los apoderados en

caso de las actividades planificadas. Para las actividades complementarias que se

realicen en forma regular se hará una autorización única para todo el año. Se

solicitará autorización en talón adjunto a la comunicación.

2. Cada salida a la comunidad y entorno debe estar contenida dentro de la

planificación de la clase.

3. El profesor a cargo deberá registrar a los alumnos en el libro de salida.

4. El día de la salida, el profesor(a) deberá dejar registrada la asistencia de los

alumnos(as) en el leccionario correspondiente.

5. Los alumnos deberán realizar la salida acompañados del profesor y otro miembro

de la escuela.

6. El profesor(a) de curso será el encargado y responsable de los alumnos(as) y del

desarrollo de la actividad.

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Accidente menor

1. En caso de algún accidente menor el profesor retorna al establecimiento con todos

los alumnos.

2. El profesor dará aviso telefónico al apoderado, informando del hecho ocurrido.

3. Se registrará documento de accidente escolar para que el apoderado haga uso del

seguro de accidente escolar.

4. El seguro de accidente escolar queda sin efecto, si el apoderado determina hacer

uso de un centro asistencial privado.

Accidente mayor

1. En caso de un accidente mayor, el profesor(a) deberá permanecer en el lugar y

llamar a la ambulancia (131).

2. El profesor(a) deberá llamar al establecimiento solicitando que algún miembro de

la escuela acuda al lugar donde se encuentre.

3. El miembro de la escuela que acuda en ayuda en caso de accidente, deberá

regresar al establecimiento con los alumnos(as).

4. El profesor(a) deberá acompañar al alumno(a) al centro asistencial e informar

telefónicamente al apoderado. El profesor(a) deberá acompañar al alumno hasta

que se haga presente el apoderado, apoderado suplente o un familiar directo.

5. El seguro de accidente escolar queda sin efecto, si el apoderado determina hacer

uso de un centro asistencial privado.

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DE LAS SALIDAS EDUCATIVA

Salidas dentro de la comuna

1. Los alumnos deben contar con la autorización firmada por el apoderado para las

salidas educativas dentro de la comuna.

2. Las salidas educativas dentro de la comuna deberán ser avisadas, vía libreta de

comunicación, con una semana de anticipación a los apoderados, especificando:

costo (si procede), fecha, lugar, hora de salida y llegada al establecimiento,

solicitando la autorización en talón adjunto a la comunicación.

3. Talones con la autorización de los padres de cada uno de los alumnos(as)

deberán ser entregados a la jefatura técnica.

4. La salida educativa debe estar contenida dentro de la unidad temática

5. En caso que la salida educativa no este contenida dentro de la unidad de

aprendizaje, deberá ser registrada en la planificación semanal de clase.

6. El profesor(a) de curso será el encargado y responsable de los alumnos(as) y del

desarrollo de la actividad.

7. Los alumnos serán acompañados por el profesor de curso y técnico asistente.

8. De acuerdo al tipo de actividad a realizar, se invitará a los padres a participar. Los

apoderados que acompañen a la actividad, serán los responsables del cuidado de

sus hijos(as).

9. Uso de locomoción que cuente con las medidas de seguridad para transportar

a los alumnos(as).

a. Buses: Los buses deberán estar provistos de:

- Permiso al día de circulación.

- Cinturón de seguridad para cada alumno(a)

- Asiento para cada alumno(a)

- Extintores y salidas de emergencia señalados.

- Acompañamiento de al menos un profesor arriba del transporte.

b. Transportes escolares: El servicio de transporte escolar debe contar con sus

permisos al día y con las normativas de seguridad correspondientes.

Igualmente debe contar con:

- Asientos para cada alumno(a)

- Extintores

- Acompañamiento de al menos un profesor arriba del transporte.

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10. Todas las salidas deben ser consignadas en el libro de “Registro de salidas”, que

se encuentra en la oficina de secretaría.

11. El día de la salida, el profesor(a) deberá dejar registrada la asistencia de los

alumnos(as) en el leccionario correspondiente.

12. El día de la salida, el profesor deberá llevar la carpeta de salida con los números

telefónicos de los alumnos, el cuaderno de retiro y ficha de seguro escolar.

13. El profesor(a) encargado de la salida deberá dejar su número celular anotado en el

registro de salida y deberá mantener contacto permanente con la escuela,

informando su llegada y salida del lugar de la visita al establecimiento o de alguna

dificultad que se presente durante el trayecto o estadía en el lugar.

14. Todos los alumnos(as) que salen en visita educativa deberán llegar de regreso al

establecimiento y no serán entregados en ningún punto de trayecto, constituyendo

esta una disposición para todos los cursos de la escuela.

15. El apoderado podrá hacer retiro del alumno(a) de la actividad, firmando el

cuaderno de retiro.

16. En caso de accidente menor, la profesora dará aviso telefónico al apoderado y se

registrará documento de accidente escolar para que el apoderado haga uso del

seguro correspondiente. El profesor(a) encargado, deberá continuar con el

desarrollo de la actividad.

17. En caso de accidente mayor, el profesor llamará a la ambulancia (131), y dará

aviso telefónico al apoderado. El miembro del establecimiento deberá dirigirse al

Hospital, quien deberá permanecer en el lugar hasta que el apoderado, apoderado

suplente o familiar directo acuda. El profesor(a) encargado deberá retornar a la

escuela con los alumnos(as).

18. En caso que durante el desarrollo de la actividad un alumno se extravíe, se realizará

una búsqueda durante 15 minutos. Después de pasado este tiempo se dará aviso a

carabineros y se informará al apoderado. Se designará un profesor que colabore en

la búsqueda, mientras el profesor(a) encargado regresa al establecimiento con los

alumnos restantes.

19. En caso que un profesor(a) se accidente, éste deberá dar aviso al establecimiento y

proceder de acuerdo al tipo de accidente según reglamento interno y Ley 16.744.

20. El seguro de accidente escolar queda sin efecto, si el apoderado determina hacer

uso de un centro asistencial privado.

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Salidas fuera de la comuna

1. Las salidas educativas fuera de la comuna deberán ser avisadas, vía libreta de

comunicación, con quince días de anticipación a los apoderados, especificando:

costo (si procede), fecha, lugar, hora de salida y llegada al establecimiento.

Solicitando la autorización en talón adjunto a la comunicación.

2. Presentar un oficio que informa salida de curso fuera de la comuna de Rancagua

en la Secretaria Ministerial de Educación de Rancagua con diez días hábiles de

anticipación. A dicho oficio deberá adjuntarse el listado de alumnos(as) del curso

con sus RUN, nombre y RUN de los apoderados y profesores(as) acompañantes.

3. Presentar un oficio “Aviso de desplazamiento”, que informa salida de curso fuera

de la comuna de Rancagua en Carabineros de Rancagua con tres días hábiles de

anticipación. A dicho oficio deberá adjuntarse el listado de alumnos(as) del curso

con sus RUN, nombre y RUN de los apoderados y profesores(as) acompañantes.

4. Talones con la autorización firmada por los padres de cada uno de los

alumnos(as) deberán ser entregados a la jefatura técnica.

5. Deberá hacerse uso de medios de locomoción que cuenten con las medidas de

seguridad para transportar a los alumnos(as):

a. Buses: Los buses deberán estar provistos de las siguientes medidas:

- Permiso de circulación al día

- Cinturón de seguridad para cada alumno/a

- Asiento para cada alumno

- Permiso para transportar alumnos

- Acompañamiento de al menos un profesor arriba del transporte.

- Extintores y salidas de emergencia.

6. Los cursos deben ser acompañados por personal docente, no docente y

apoderados de acuerdo a la necesidad de cada curso. Los apoderados que

acompañen a la actividad, serán los responsables del cuidado de sus hijos(as).

7. Todas las salidas deben ser consignadas en el libro de “Registro de salidas”, que

se encuentra en la oficina de secretaría, inclusive las salidas en fin de semana.

8. El día de la salida, el profesor(a) deberá dejar registrada la asistencia de los

alumnos(as) en el leccionario correspondiente.

9. El día de la salida, el profesor deberá llevar la carpeta de salida con los números

telefónicos de los alumnos, el cuaderno de retiro y ficha de seguro escolar.

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10. El profesor(a) encargado de la salida deberá dejar su número celular anotado en el

registro de salida y deberá mantener contacto permanente con la escuela,

informando su llegada y salida del lugar de la visita al establecimiento o de alguna

dificultad que se presente durante el trayecto o estadía en el lugar.

11. Todos los alumnos(as) y personal de la escuela que salen en visita educativa

deberán llegar de regreso al establecimiento y no serán entregados en ningún

punto de trayecto, constituyendo esta una disposición para todos los cursos de la

escuela.

12. En caso que el apoderado decida retirar al alumno del lugar de la actividad, deberá

firmar el cuaderno de retiro de alumnos(as) en actividades de salida.

13. En caso de accidente menor y/o enfermedad, la directora o el encargado de la

actividad dará aviso telefónico al apoderado y se dirigirá al centro asistencial más

cercano haciendo uso del seguro de accidente escolar.

14. En caso de accidente mayor, el traslado al centro asistencial se realizará en

ambulancia (131).

15. El profesor(a) encargado, deberá continuar con el desarrollo de la actividad.

16. En caso de que el transporte sufra algún accidente tanto los alumnos,

apoderados, docentes y no docentes deberán permanecer en el lugar y esperar

las indicaciones de los organismos correspondientes. El profesor(a) encargado

deberá informar telefónicamente a los apoderados acerca de la situación y los

pasos a seguir según corresponda:

a. Llamar ambulancia

b. Llamar carabineros

17. En caso que durante el desarrollo de la actividad un alumno se extravíe, se realizará

una búsqueda durante 15 minutos. Después de pasado este tiempo se dará aviso a

carabineros y se informará al apoderado. Se designará un profesor que colabore en

la búsqueda, mientras el profesor(a) encargado regresa al lugar de la estadía.

18. En caso que algún miembro del establecimiento se accidente en comisión de

servicio, deberá ser atendido en ACHS o Samu.

19. El seguro de accidente escolar queda sin efecto, si el apoderado determina hacer

uso de un centro asistencial privado.

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EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLARES DENTRO DE LA ESCUELA

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en

el desarrollo de actividades escolares que, por su gravedad, tengan como consecuencia

incapacidad o daño. Se considera también como accidente escolar los que puedan

sufrir los estudiantes en el trayecto desde y hacia sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los estudiantes están protegidos por el

Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el colegio. Este seguro

quedara sin efecto si el apoderado decide hacer uso del Sistema de Salud Privado.

Uso de fármacos: No se administrará ningún medicamento que no sea autorizado en

la ficha médica por los apoderados.

En caso de enfermedad o accidente menos grave y estado de salud que permita al

alumno volver a la sala de clases.

Casos: Cefaleas, dolor de garganta, dolor abdominal, anomalías leves

Acciones a seguir: El alumno deberá ser evaluado por la directora, continuando con

las actividades de la jornada. El profesor avisará al apoderado vía telefónica acerca de

la situación, dejando registro en su libreta de comunicaciones, donde se informará la

fecha, hora y motivo de la situación.

En caso de accidente leve y cuando el alumno debe retirarse del establecimiento

para ser evaluado por un profesional idóneo.

Casos: vómitos, diarrea, fiebre, otitis, procesos gripales, tos, dolor abdominal, caídas y

golpes leves.

Acciones a seguir: La profesora dará aviso vía telefónica al apoderado para que retire

al alumno, dejando registro en el libro de salida. Se entregará al apoderado el

documento de seguro escolar.

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En caso de accidente grave:

Casos: convulsiones con y sin pérdida de conciencia, traumatismos craneoencefálicos

moderados y graves, paro cardio-respiratorios, crisis de asma, reacciones alérgicas,

fracturas, heridas sangrantes, vómitos con presencia de sangre, abdomen agudo,

otorragias, contusiones y esguinces.

Acciones a seguir: Se brindarán las primeras atenciones que correspondan. En forma

simultánea la secretaria deberá contactar al centro asistencial (Hospital Regional)

indicado por apoderado en la ficha médica, para que envíen a una ambulancia con

urgencia al establecimiento. Posteriormente la secretaria dará aviso vía telefónica al

apoderado de la situación. La profesora de curso será quien deberá acompañar al

alumno en la ambulancia al centro asistencial, llevando el documento de seguro

escolar. La profesora deberá permanecer en el lugar hasta que el apoderado acuda. En

esta situación sólo es autorizado el traslado de los alumnos(as) en ambulancia, no se

puede transportar en vehículos particulares.

En caso de fallecimiento de un estudiante dentro del establecimiento:

- La secretaria deberá llamar a Carabineros y Hospital para verificar el deceso y el

procedimiento a seguir.

- La directora dará aviso a la familia acerca del deceso

- No se trasladará al estudiante fallecido en vehículos particulares, sólo en

ambulancia.

- Si el deceso del estudiante es en la mañana se suspende las clases, dando aviso vía

telefónica a los apoderados para que retiren a los alumnos.

- Se dará aviso a la comunidad escolar y estamentos: Superintendencia, Secretaria

Ministerial de Educación y Departamento Provincial.

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TÍTULO X

FICHA EN CASO DE SISMO CON GRADO DE TERREMOTO, INCENDIO U OTRAS

CATASTROFES.

Nombre y rut de dos personas que retirarán a su hijo/a de la escuela en caso de

catástrofe de la naturaleza. En situación que no pueda viajar sólo o que no esté

disponible bus escolar, o que no esté disponible auto-colectivo de transporte

Si por distancia o por complicaciones de catástrofe, usted o las personas que designe

no puedan llegar a buscar a su hijo/a a la escuela, registrar dos casas de compañeros

donde puede alojar, para que sea entregado a uno de estos apoderados.

En eventos de catástrofe aplica para los alumnos/as protocolo de accidentes en la

escuela.

Toma conocimiento y autorización de protocolo frente a sismo con grado de

terremoto, incendio u otras catástrofes.

Nombre apoderado:

Rut apoderado:

Nombre del alumno/a:

Firma apoderado:

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TÍTULO XI

PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS EN LA

ASIGNATURA DE EDUCACIÓN FÍSICA Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS

EXTRAPROGRAMÁTICAS

1. La clase de Educación Física o Talleres deportivos extra programáticos, están

sujetas a los Reglamentos y Protocolos de la escuela Crecer. Por tanto, la

supervisión y disciplina de la clase es de responsabilidad del profesor.

2. La escuela Crecer define prácticas para prevenir el riesgo o daño de los estudiantes

dentro y fuera del recinto escolar en las prácticas de actividades recreativas-

deportivas. Se promueve la conducta de auto cuidado y se evitan las actividades

riesgosas en el uso del material, por medio de instrucciones explicitas y reiteradas

dentro de la actividad.

3. El profesor de Educación Física o del taller extra programático es el encargado de

los implementos deportivos (balones, redes, colchonetas), etc., por tanto estos

materiales deben quedar guardados en la sala de motricidad al finalizar la clase, de

acuerdo a orientaciones técnicas de la ACHS

4. La escuela ha de empotrar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que

por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o generen riesgos, por

ejemplo los arcos de futbol y los aros de basquetbol

5. El profesor de educación física, realizará supervisión permanente de la actividad

deportiva, dirigida al adecuado comportamiento de los estudiantes en el uso de los

materiales deportivos

6. Frente a cualquier situación de presunción de algún factor de riesgo en algún/a

estudiante, el profesor de educación física, deberá informar la situación a la

profesora de curso.

7. En caso de producirse accidentes durante la clase de educación física o extra

programática, por mal uso de los implementos u otras situaciones, el profesor a

cargo de la clase, deberá seguir protocolo de accidente escolar.

8. Se solicita a los apoderados/as al inicio del año escolar, presentar certificado

médico, que indique salud compatible con la actividad.

9. Cuando el alumno o alumna se exima de participar de la clase de Educación Física,

Taller o actividad deportiva, por enfermedad temporal deberá presentar certificado

medico.

10. Para situaciones de salud de caracter permanente el apoderado deberá presentar

certificado médico que permita realizar adecuaciones curriculares a la clase de

educación física.

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11. El profesor de Educación Física o de Talleres deportivos deberá revisar antes de

cada actividad, el estado de los implementos deportivos. Frente cualquier anomalía,

deberá avisar a dirección de la escuela para su reparación. Por tanto, el profesor de

Educación Física tiene la responsabilidad de eliminar los implementos deportivos en

mal estado, preocuparse por la mantención, buen uso y solicitar reposición cuando

sea necesario.

PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES

EMBARAZADAS, MADRES Y PADRES ADOLESCENTES

Respecto del período de embarazo, el establecimiento debe establecer, entre los

derechos de la estudiante embarazada o progenitor adolescente:

- Permiso para concurrir a las actividades que demanden el control prenatal y el

cuidado del embarazo, todas ellas documentadas con el carné de salud o

certificado emitido por el médico tratante o matrona.

- En el caso de la alumna, velar por el derecho a asistir al baño cuantas veces lo

requiera

- Facilitar Durante los recreos que las alumnas embarazadas puedan utilizar las

dependencias de la biblioteca u otros espacios del establecimiento, para evitar

estrés o posibles accidentes.

- Realizar las gestiones necesarias para incorporar a las figuras parentales

significativas (padre, madre, u otro), como factor fundamental en la red de apoyo

necesaria para él o la estudiante, especialmente para aquellos/as en situación y/o

condición distinta (NEE).

Respecto del período de maternidad y paternidad

- Brindar el derecho a la madre adolescente a decidir el horario de alimentación del

hijo/a, que debiera ser como máximo una hora, sin considerar los tiempos de

traslado, evitando con esto que se perjudique su evaluación diaria. Este horario

debe ser comunicado formalmente al Director/a del establecimiento educacional

durante la primera semana de ingreso de la alumna.

- Para las labores de amamantamiento, en caso de no existir sala cuna en el propio

establecimiento educacional, se permitirá la salida de la madre en el horario

predeterminado para acudir a su hogar o sala cuna.

- Cuando el hijo/a menor de un año presente alguna enfermedad que requiera de su

cuidado específico, según conste en un certificado emitido por el médico tratante, el

establecimiento dará, tanto a la madre como al padre adolescente, las facilidades

pertinentes, considerando especialmente que esta es una causa frecuente de

deserción escolar post parto. JUNJI otorga acceso preferencial en su red de

jardines y salas cunas a las madres y padres que están en el sistema escolar.

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Las estudiantes en situaciones de embarazo o maternidad tienen derecho a asistir a

todas las actividades, curriculares y extraprogramáticas que se realicen al interior o

fuera del establecimiento, considerando las excepciones que se deriven de las

indicaciones del médico tratante

DEBERES DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD:

- La Alumna (y/o el apoderado) debe informar su condición a su Profesor(a) Jefe, o

director ,presentando certificado médico que acredite su condición.

- La Alumna debe comprometerse a cumplir con sus deberes y compromisos

escolares. La alumna debe presentar los certificados médicos de controles

mensuales de su embarazo o de los controles médicos del bebé.

- La alumna debe justificar las inasistencias por problemas de salud, tanto del bebé

como de la madre, con los respectivos certificados médicos. Se debe informar al

establecimiento sobre la fecha del parto para programar las actividades

académicas.

DERECHOS DE LA ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE EMBARAZO O

MATERNIDAD

- La alumna tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las personas que

trabajan en el Establecimiento

- La alumna tiene derecho a la Normalidad de la cobertura médica a través del

Seguro Escolar si llegara a requerirlo.

- La alumna tiene derecho a participar en organizaciones estudiantiles y en todo tipo

de eventos, como en la graduación o en actividades extra programáticas

- La alumna tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje de asistencia

menor a lo establecido, siempre y cuando dichas inasistencias hayan sido

debidamente justificadas por los médicos tratantes, y los registros del carnet de

control de salud, esto sumado a un rendimiento académico que permita la

promoción de curso (de acuerdo al reglamento de evaluación vigente)

- La alumna tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición de embarazo.

- La alumna tiene derecho a amamantar; para ello puede salir del Colegio en recreos

o en horarios que indique el Centro de Salud o médico tratante

DEBERES DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:

- El alumno debe informar a las autoridades del establecimikento de su condición de

progenitor, entregando los antecedentes correspondientes a Profesor Jefe y a la

Dirección del colegio. Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el

carné de salud o certificado médico correspondiente.

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DERECHOS DEL ESTUDIANTE EN CONDICIÓN DE PROGENITOR:

- El alumno tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de entrada y salida

dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como progenitor. (Dichos

permisos, entradas y salidas deben ser solicitados por el alumno a través de la

documentación médica respectiva)

- El alumno tiene derecho a justificar inasistencia a través de certificado médico por

enfermedad de su hijo, al tratarse de labores o cuidados acordes a su rol de padre.

DEBERES DE LOS APODERADOS DE ESTUDIANTES EN CONDICION DE

EMBARAZOMATERNIDAD- PATERNIDAD

- El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la condición de

embarazo o progenitor del estudiante

- Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá concurrir al

establecimiento a entregar el certificado médico correspondiente. Además deberá

velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y calendario de

evaluaciones.

- El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio

o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la

tutela o responsabilidad de otra persona. El apoderado deberá mantener su vínculo

con el colegio cumpliendo con su rol de apoderado

La escuela NO puede definir un periodo PRENATAL y POSTNATAL para las

estudiantes. La decisión de dejar de asistir a clases durante los últimos meses del

embarazo y postergar su vuelta a clases depende exclusivamente de las

indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la joven y el hijo o hija por

nacer.

REDES DE APOYO Se debe orientar a la alumna o alumno para que conozca las

redes de apoyo a las que puede acudir y de esta forma poder acceder a sus

beneficios. De acuerdo a esto se especifica a continuación las redes principales:

Acudir al consultorio respectivo donde automáticamente se le incorporará al

Programa Chile Crece Contigo, Solicitar en el establecimiento información de

JUNAEB sobre la Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE) y sobre el

Programa de apoyo a la retención escolar para embarazadas, madres y padres

adolescentes. Indicar al alumno o alumna que puede averiguar directamente sobre

beneficios en www.junaeb.cl .Indicar a las alumnas o alumnos que pueden

encontrar información para madres y padres respecto a las edades del desarrollo de

los y las párvulos/as, en la página principal de la Junta Nacional de de Jardines

Infantiles, JUNJI, www.junji.cl.

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El establecimiento educacional debe ingresar en el Sistema de Registro de

Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres de JUNAEB a sus estudiantes en esas

condiciones. Dicho registro permite hacer un seguimiento a la trayectoria escolar de

las y los estudiantes, y focalizar esfuerzos para disminuir las tasas de deserción

escolar.

LAS DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO

Cualquier denuncias por incumplimiento o trasgresión de los derechos de las

alumnas embarazadas o alumnos progenitores deben realizarse en

www.ayudamineduc.cl; en alguna Oficina de Atención Ciudadana AYUDAMINEDUC

o en los Departamentos Provinciales de Educación respectivos .

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TÍTULO XII

DISPOSICIONES FINALES:

La implementación de esta normativa compete a las autoridades educacionales de la

Escuela especial CRECER, entendiéndose que tal interpretación será sobre la base de

la normativa vigente del Ministerio de Educación, los valores institucionales y las

conductas asociadas esperadas que se presentan como objetivos y metas a alcanzar.

Dejo constancia, al firmar este documento, que he leído el Reglamento de convivencia

de la Escuela CRECER y estoy de acuerdo con todas las normas establecidas en dicho

documento. Me comprometo a cumplir a cabalidad, si esto no sucediere aceptaré que la

escuela adopte las medidas correspondientes.

TOMO CONOCIMIENTO Y ACEPTO EL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA

ESCOLAR DE LA ESCUELA ESPECIAL CRECER

Nombre Apoderado:

R.U.N.: Firma Apoderado:

Nombre del Estudiante:

R.U.N.: Firma del Estudiante: