qué es un plan de pensiones

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¿Qué es un plan de ¿Qué es un plan de pensiones? pensiones? Héctor Trabanco Bermúdez Héctor Trabanco Bermúdez

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Page 1: Qué Es Un Plan De Pensiones

¿Qué es un plan de ¿Qué es un plan de pensiones?pensiones?

Héctor Trabanco BermúdezHéctor Trabanco Bermúdez

Page 2: Qué Es Un Plan De Pensiones

ConceptoConcepto

Un plan de pensiones es un producto que Un plan de pensiones es un producto que te permite ahorrar cómodamente, para te permite ahorrar cómodamente, para que puedas que puedas disponer de un capital o disponer de un capital o una renta en el momento de la una renta en el momento de la jubilaciónjubilación o en caso de incapacidad y, en o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan caso de fallecimiento, para que puedan disponer del mismo tus beneficiarios.disponer del mismo tus beneficiarios.

Pero, además, los planes de pensiones Pero, además, los planes de pensiones son, hoy por hoy, el producto que te son, hoy por hoy, el producto que te permite obtener el permite obtener el máximo ahorro fiscalmáximo ahorro fiscal en tu declaración de la renta.en tu declaración de la renta.

Page 3: Qué Es Un Plan De Pensiones

Principios y elementos de un plan Principios y elementos de un plan de pensionesde pensiones

Los Los principios básicosprincipios básicos que ha de cumplir un plan de pensiones  que ha de cumplir un plan de pensiones son:son:

• No discriminación. Cualquier persona física que reuna las condiciones No discriminación. Cualquier persona física que reuna las condiciones de vinculación o de capacidad de contratación con el promotor debe de vinculación o de capacidad de contratación con el promotor debe tener garantizado el acceso como partícipe.tener garantizado el acceso como partícipe.

• Capitalización, excluyéndose cualquier sistema de reparto.Capitalización, excluyéndose cualquier sistema de reparto.• Irrevocabilidad de las aportaciones.Irrevocabilidad de las aportaciones.• Atribución de derechos.Atribución de derechos.• Integración obligatoria a un fondos de pensiones.Integración obligatoria a un fondos de pensiones.

Los Los elementos personaleselementos personales de los planes de pensiones son: de los planes de pensiones son:

• El promotor, que puede ser cualquier entidad, corporación, sociedad, El promotor, que puede ser cualquier entidad, corporación, sociedad, empresa, asociación, sindicato o colectivo de cualquier clase, incluso empresa, asociación, sindicato o colectivo de cualquier clase, incluso un empresario individual y, por tanto, persona física. un empresario individual y, por tanto, persona física. 

• Los partícipes, es decir las personas físicas en cuyo interés se crea el Los partícipes, es decir las personas físicas en cuyo interés se crea el plan, realicen o no aportaciones.plan, realicen o no aportaciones.

• Los beneficiarios, es decir, las personas físicas con derecho a la Los beneficiarios, es decir, las personas físicas con derecho a la percepción de prestaciones hayan sido o no partícipes.percepción de prestaciones hayan sido o no partícipes.

Page 4: Qué Es Un Plan De Pensiones

Elementos constitutivos de un Elementos constitutivos de un fondo de pensionesfondo de pensiones

Entidad gestora: es la encargada de gestionar el patrimonio del fondo, su administración y facilitar información. Sus principales cometidos son: • Interviene en la constitución, modificación y liquidación

del fondo. • Es responsable de la contabilidad diaria de las

operaciones que lleva a cabo el fondo. • Emite certificados de pertenencia para los afiliados del

plan. • Toma las decisiones de compra y de venta de activos. • Ejerce una labor de control sobre el funcionamiento de

la entidad depositaria.

Page 5: Qué Es Un Plan De Pensiones

Entidad depositaria: es la responsable frente a la gestora, partícipes y beneficiarios del correcto desarrollo de las obligaciones del plan. Tiene como misión: • Custodiar los activos financieros que integran el fondo. • Vigilar las inversiones de la entidad gestora. • Realizar las operaciones de compra y de venta

ordenadas por la gestora. • Instrumentar los cobros y pagos. • Certificar las aportaciones y la pertenencia al fondo.

Comisión de control: controla el funcionamiento del fondo y de los planes de pensiones adscritos para los casos de planes de pensiones de los sistemas de empleo y asociado. Cuenta con representación de los diferentes planes integrados en el fondo.

Defensor del partícipe: será designado por parte de la entidad promotora de un plan de pensiones del sistema individual, como defensor tanto de los partícipes como de los beneficiarios del plan, debiendo ser entidades o expertos independientes de reconocido prestigio.

Page 6: Qué Es Un Plan De Pensiones

Tipos de fondos de pernsiones.Tipos de fondos de pernsiones. Pueden constituirse fondos de pensiones para la instrumentación

de varios planes de pensiones o de un único plan. En función de las modalidades de planes de pensiones que integren los fondos de pensiones se clasifican en: • • Fondos de pensiones de empleo, cuyo ámbito de actuación se

limita exclusivamente al desarrollo de planes de pensiones del sistema de empleo.

• • Fondos de pensiones personales, cuyo ámbito de actuación se limita al desarrollo de los planes del sistema individual o asociado.

En relación con los procesos de inversión desarrollados los fondos de pensiones podrán encuadrarse dentro de dos tipos: • • Fondo de pensiones cerrado, destinado exclusivamente a

instrumentar la inversión de los recursos del plan o planes de pensiones adscritos al mismo.

• • Fondo de pensiones abierto, caracterizado por poder canalizar y desarrollar, además, la inversión de los recursos de otros fondos de pensiones de su misma categoría. Requieren una autorización previa y un patrimonio mínimo de 30 millones de euros.

Page 7: Qué Es Un Plan De Pensiones

Comisiones de un fondo de Comisiones de un fondo de pensionespensiones

Los fondos de pensiones tienen dos clases de comisiones: Los fondos de pensiones tienen dos clases de comisiones: • Comisión de gestión: Es la comisión que percibe la sociedad Comisión de gestión: Es la comisión que percibe la sociedad

gestora, con un límite legal máximo del 2% del patrimonio del gestora, con un límite legal máximo del 2% del patrimonio del fondo. fondo.

• Comisión de depósito: Es la comisión que percibe la entidad Comisión de depósito: Es la comisión que percibe la entidad depositaria, con un máximo legal del 0,5% del patrimonio del depositaria, con un máximo legal del 0,5% del patrimonio del fondo. fondo.

Los fondos de pensiones también soportan otros gastos Los fondos de pensiones también soportan otros gastos de menos importancia, como pueden ser los derivados de de menos importancia, como pueden ser los derivados de la auditoría anual de las cuentas y de las reuniones la auditoría anual de las cuentas y de las reuniones periódicas de la comisión de control. periódicas de la comisión de control.

Tanto las comisiones como los otros gastos se prorratean Tanto las comisiones como los otros gastos se prorratean diariamente y se deducen del valor liquidativo diario de diariamente y se deducen del valor liquidativo diario de las participaciones del fondo. las participaciones del fondo.

Page 8: Qué Es Un Plan De Pensiones

Sujetos de un plan de Sujetos de un plan de pensionespensiones

Los sujetos implicados en un plan de Los sujetos implicados en un plan de pensiones son los siguientes: pensiones son los siguientes: • Promotor: la entidad que crea el plan de Promotor: la entidad que crea el plan de

pensiones y participa en su gestión posterior. pensiones y participa en su gestión posterior. • Partícipes: personas para las que se crea el plan, Partícipes: personas para las que se crea el plan,

realicen o no aportaciones dinerarias al mismo. realicen o no aportaciones dinerarias al mismo. • Beneficiarios: son las personas con derecho a la Beneficiarios: son las personas con derecho a la

percepción de las prestaciones, hayan sido o no percepción de las prestaciones, hayan sido o no partícipes. partícipes.

Page 9: Qué Es Un Plan De Pensiones

Aportaciones que realizanAportaciones que realizan Aportación anual máximaAportación anual máxima

• La aportación anual máxima que puedes La aportación anual máxima que puedes realizar depende de tu edad en el momento de realizar depende de tu edad en el momento de realizar la aportación:realizar la aportación:

Hasta los Hasta los 50 años50 años inclusive, la aportación anual inclusive, la aportación anual máxima se fija en máxima se fija en 10.000 euros10.000 euros..

A partir de los A partir de los 50 años50 años, la aportación anual máxima , la aportación anual máxima es de 12.500 euros.es de 12.500 euros.

• Límites aplicables conjuntamente a todos los Límites aplicables conjuntamente a todos los planes de pensiones individuales, asociados y planes de pensiones individuales, asociados y de empleo, planes de previsión asegurados, de empleo, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y planes de previsión social empresarial y seguros que cubran el riesgo de dependencia, seguros que cubran el riesgo de dependencia, así como a mutualidades de previsión social.así como a mutualidades de previsión social.

Page 10: Qué Es Un Plan De Pensiones

Aportaciones a favor del cónyugeAportaciones a favor del cónyuge• Además de las aportaciones a tu plan de pensiones, si tu Además de las aportaciones a tu plan de pensiones, si tu

cónyugecónyuge no tiene rentas a integrar en la base imponible, o no tiene rentas a integrar en la base imponible, o éstas son inferiores a 8.000 euros, podrás reducir las éstas son inferiores a 8.000 euros, podrás reducir las aportacionesaportaciones a su plan de pensiones, con un límite máximo a su plan de pensiones, con un límite máximo de de 2.000 euros2.000 euros. Estas aportaciones estarán . Estas aportaciones estarán exentas de exentas de tributacióntributación en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, con independencia del régimen ganancial que tengan.con independencia del régimen ganancial que tengan.

Aportaciones a favor de personas con alguna Aportaciones a favor de personas con alguna minusvalíaminusvalía • Si el titular tiene una minusvalía Si el titular tiene una minusvalía igual o superior al 65% o igual o superior al 65% o

psíquica igual o superior al 33%psíquica igual o superior al 33%, la aportación máxima que , la aportación máxima que puede realizar a su plan de pensiones es de puede realizar a su plan de pensiones es de 24.250 euros24.250 euros, , con independencia de su edad.con independencia de su edad.

• Pueden realizar Pueden realizar aportacionesaportaciones al plan tanto el al plan tanto el propio titularpropio titular como sus familiares en línea directa (hijos, padres, abuelos...) como sus familiares en línea directa (hijos, padres, abuelos...) o colateral hasta el tercer grado inclusive (hermanos, tíos, o colateral hasta el tercer grado inclusive (hermanos, tíos, sobrinos), así como su cónyuge o aquéllos que le tuviesen a sobrinos), así como su cónyuge o aquéllos que le tuviesen a cargo en régimen de tutela o acogimiento.cargo en régimen de tutela o acogimiento.

• Las Las aportacionesaportaciones realizadas por cada una de las personas realizadas por cada una de las personas que no son titulares del plan deben ser como que no son titulares del plan deben ser como máximo de máximo de 10.000 euros10.000 euros, independientemente de las aportaciones que , independientemente de las aportaciones que realicen a su propio plan.realicen a su propio plan.

Page 11: Qué Es Un Plan De Pensiones

Fiscalidad de las aportacionesFiscalidad de las aportaciones Fiscalmente, el límite anual de las reducciones por aportaciones realizadas Fiscalmente, el límite anual de las reducciones por aportaciones realizadas

a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se calcula de a planes de pensiones y planes de previsión asegurados se calcula de forma conjunta. Las aportaciones reducen la base imponible general del forma conjunta. Las aportaciones reducen la base imponible general del IRPF con una serie de limitaciones. Así, puede obtenerse un ahorro fiscal IRPF con una serie de limitaciones. Así, puede obtenerse un ahorro fiscal de hasta un 43%, y hasta un 42% en Navarra y hasta un 45% en el País de hasta un 43%, y hasta un 42% en Navarra y hasta un 45% en el País Vasco (según la legislación vigente en enero del 2007).Vasco (según la legislación vigente en enero del 2007).

El límite máximo de reducción será el menor entre las cantidades El límite máximo de reducción será el menor entre las cantidades siguientes, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser siguientes, teniendo en cuenta que la base liquidable general no podrá ser negativa:negativa:

El importe de las aportaciones realizadas (que están limitadas a 10.000 El importe de las aportaciones realizadas (que están limitadas a 10.000 euros anuales hasta los 50 años y a 12.500 euros anuales a partir de dicha euros anuales hasta los 50 años y a 12.500 euros anuales a partir de dicha edad).edad).

El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades El 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 económicas percibidos individualmente en el ejercicio. A partir de los 50 años, este porcentaje será del 50%.años, este porcentaje será del 50%.

Las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse podrán serlo Las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse podrán serlo durante los cinco ejercicios siguientes.durante los cinco ejercicios siguientes.

En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre En caso de defunción, los beneficiarios no tributan en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al Sucesiones y Donaciones, sino que el importe que reciben está sujeto al IRPF en concepto de rendimientos del trabajo.IRPF en concepto de rendimientos del trabajo.

Actualmente, los planes de pensiones individuales pueden contratarse on-Actualmente, los planes de pensiones individuales pueden contratarse on-line mediante el servicio Línea Abierta.line mediante el servicio Línea Abierta.

Page 12: Qué Es Un Plan De Pensiones

Ventajas de las aportaciones Ventajas de las aportaciones periódicasperiódicas

Para que puedas planificar tu futuro mientras disfrutas Para que puedas planificar tu futuro mientras disfrutas del presente, en ”la Caixa” ponemos a tu disposición del presente, en ”la Caixa” ponemos a tu disposición una variada una variada selección de planes de pensionesselección de planes de pensiones, con , con los que podrás realizar los que podrás realizar aportaciones desde hoy aportaciones desde hoy mismomismo de la manera que te resulte más cómoda, y de la manera que te resulte más cómoda, y por muy poco dinero al mespor muy poco dinero al mes..

Con la máxima flexibilidad: decides la Con la máxima flexibilidad: decides la periodicidadperiodicidad de tus aportaciones (mensual, trimestral…).de tus aportaciones (mensual, trimestral…).

Decides si quieres Decides si quieres incrementar las aportacionesincrementar las aportaciones según el porcentaje que nos indiques.según el porcentaje que nos indiques.

Incluso puedes decidir Incluso puedes decidir dejar de aportardejar de aportar en cualquier en cualquier momento.momento.

De este modo, al final del año no tendrás que realizar De este modo, al final del año no tendrás que realizar un desembolso importante de dinero para obtener el un desembolso importante de dinero para obtener el máximo beneficio fiscalmáximo beneficio fiscal..

Page 13: Qué Es Un Plan De Pensiones

PrestacionesPrestaciones Son el reconocimiento de un derecho económico a favor de los Son el reconocimiento de un derecho económico a favor de los

beneficiarios del plan de pensiones al producirse una de las beneficiarios del plan de pensiones al producirse una de las contingencias que cubre el citado plan. contingencias que cubre el citado plan.

Cuando llega el momento de percibir el dinero ahorrado hay que Cuando llega el momento de percibir el dinero ahorrado hay que tomar decisiones, ya que existen tomar decisiones, ya que existen distintas opciones al rescatar distintas opciones al rescatar el plan, en forma de: el plan, en forma de: • Renta: Renta:

Vitalicia (constante o variable): periódicamente hasta el fallecimiento. Vitalicia (constante o variable): periódicamente hasta el fallecimiento. Temporal: periódicamente, de acuerdo con cálculos financieros, hasta que se Temporal: periódicamente, de acuerdo con cálculos financieros, hasta que se

agote el dinero acumulado. agote el dinero acumulado.

• Capital: Prestación única: se cobra de una sola vez todo el dinero Capital: Prestación única: se cobra de una sola vez todo el dinero acumulado. acumulado.

El ahorrador puede tener más de un plan y definir para cada uno de El ahorrador puede tener más de un plan y definir para cada uno de ellos cómo quiere cobrar su jubilación. Podrá así recibir un capital y ellos cómo quiere cobrar su jubilación. Podrá así recibir un capital y una renta de los distintos planes y, además, la pensión que le una renta de los distintos planes y, además, la pensión que le corresponda de la Seguridad Social, ya que no existen corresponda de la Seguridad Social, ya que no existen incompatibilidades entre ambos conceptos. incompatibilidades entre ambos conceptos.

Page 14: Qué Es Un Plan De Pensiones

Cuando las prestaciones que se satisfagan consistan en rentas vitalicias o Cuando las prestaciones que se satisfagan consistan en rentas vitalicias o temporales, calculadas teniendo en cuenta la probabilidad de temporales, calculadas teniendo en cuenta la probabilidad de supervivencia, se precisaría, con la periodicidad que se considere supervivencia, se precisaría, con la periodicidad que se considere necesaria, la acreditación de que el beneficiario no ha fallecido (fe de necesaria, la acreditación de que el beneficiario no ha fallecido (fe de vida). vida).

La actual Ley 35/2006 (del IRPF y de modificación parcial de las leyes de La actual Ley 35/2006 (del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio) dotó de mayor flexibilidad al cobro de las prestaciones de el Patrimonio) dotó de mayor flexibilidad al cobro de las prestaciones de los planes de pensiones ya que la norma no obliga al beneficiario a los planes de pensiones ya que la norma no obliga al beneficiario a comunicar en los seis meses siguientes a la jubilación la forma y el plazo comunicar en los seis meses siguientes a la jubilación la forma y el plazo de cobro de su capital. de cobro de su capital.

Además el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en relación con Además el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones en relación con las prestaciones establece que, con carácter general y salvo que las las prestaciones establece que, con carácter general y salvo que las especificaciones del plan dispongan lo contrario, las fechas y modalidades especificaciones del plan dispongan lo contrario, las fechas y modalidades de percepción de las mismas serán fijadas y modificadas libremente por el de percepción de las mismas serán fijadas y modificadas libremente por el partícipe o el beneficiario, con los requisitos y limitaciones establecidos en partícipe o el beneficiario, con los requisitos y limitaciones establecidos en las especificaciones o en las condiciones de garantía de las prestaciones. las especificaciones o en las condiciones de garantía de las prestaciones. En otras palabras, desde el 1 de enero de 2007, el beneficiario podrá En otras palabras, desde el 1 de enero de 2007, el beneficiario podrá recibir el importe ahorrado en el plan cómo y cuándo quiera, acabando con recibir el importe ahorrado en el plan cómo y cuándo quiera, acabando con la situación anterior en la que se veía obligado a tomar decisiones en el la situación anterior en la que se veía obligado a tomar decisiones en el momento de la jubilación desconociendo sus necesidades futuras. momento de la jubilación desconociendo sus necesidades futuras.

De hecho, desde el 1 de enero de 2007, se recoge expresamente la De hecho, desde el 1 de enero de 2007, se recoge expresamente la posibilidad de que el partícipe siga realizando aportaciones al plan de posibilidad de que el partícipe siga realizando aportaciones al plan de pensiones a partir de la edad de jubilación. Ahora bien, en cualquier caso, pensiones a partir de la edad de jubilación. Ahora bien, en cualquier caso, una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones una vez iniciado el cobro de la prestación de jubilación, las aportaciones sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia. sólo podrán destinarse a las contingencias de fallecimiento y dependencia.

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ContingenciasContingencias Jubilación o situación asimilable. Se entiende por Jubilación o situación asimilable. Se entiende por

jubilación el momento en el que el partícipe se da jubilación el momento en el que el partícipe se da de baja como "activo" en cualquiera de los de baja como "activo" en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social. Suele regímenes de la Seguridad Social. Suele producirse, aunque no necesariamente, cuando el producirse, aunque no necesariamente, cuando el partícipe cumple 65 años. partícipe cumple 65 años.

Invalidez laboral total y permanente para la Invalidez laboral total y permanente para la profesión habitual o absoluta y permanente para profesión habitual o absoluta y permanente para todo trabajo, y la gran invalidez. todo trabajo, y la gran invalidez.

Muerte del partícipe o beneficiario, que pueden Muerte del partícipe o beneficiario, que pueden generar derecho a prestaciones de viudedad, generar derecho a prestaciones de viudedad, orfandad, o a favor de otros herederos o personas orfandad, o a favor de otros herederos o personas designadas. La muerte del beneficiario solo podrá designadas. La muerte del beneficiario solo podrá generar prestaciones de viuedad u orfandad. generar prestaciones de viuedad u orfandad.

Page 16: Qué Es Un Plan De Pensiones

Desde el 1 de enero de 2007, la contingencia de Desde el 1 de enero de 2007, la contingencia de dependencia dependencia severa o gran dependencia, conforme a lo dispuesto en severa o gran dependencia, conforme a lo dispuesto en la Ley de Promoción de la Autonomía personal y la Ley de Promoción de la Autonomía personal y Atención a personas en situación de dependencia.Atención a personas en situación de dependencia.

En caso de En caso de enfermedad grave (que requiera cirugía enfermedad grave (que requiera cirugía mayor o tratamiento hospitalario y cause baja de al mayor o tratamiento hospitalario y cause baja de al menos tres meses) o cualquier dolencia, o lesión física o menos tres meses) o cualquier dolencia, o lesión física o psíquica con secuelas permanentes, que limiten psíquica con secuelas permanentes, que limiten parcialmente o impidan totalmente la actividad habitual parcialmente o impidan totalmente la actividad habitual de la persona afectada, o la incapaciten para la de la persona afectada, o la incapaciten para la realización de cualquier actividad. realización de cualquier actividad.

Extinción de situación laboral y pase a situación legal Extinción de situación laboral y pase a situación legal de desempleo, como consecuencia de expediente de de desempleo, como consecuencia de expediente de regulación de empleo aprobado por la autoridad regulación de empleo aprobado por la autoridad laboral. Se entiende por paro de larga duración la laboral. Se entiende por paro de larga duración la situación legal de desempleo que cumple los siguientes situación legal de desempleo que cumple los siguientes requisitos : requisitos :

Una duración superior a 12 meses. Una duración superior a 12 meses. Que el partícipe esté inscrito en el INEM u organismo Que el partícipe esté inscrito en el INEM u organismo

equivalente como demandante de empleo. equivalente como demandante de empleo. Que no perciba prestaciones contributivas por desempleo. Que no perciba prestaciones contributivas por desempleo.

Page 17: Qué Es Un Plan De Pensiones

Modalidades de planes de Modalidades de planes de pensionespensiones

Según el sujeto constituyente: Según el sujeto constituyente: • Sistema de empleo: El promotor es una empresa o grupo de Sistema de empleo: El promotor es una empresa o grupo de

empresas y los partícipes sus empleados, admitiéndose como empresas y los partícipes sus empleados, admitiéndose como restricción posible que tengan una antigüedad en la empresa restricción posible que tengan una antigüedad en la empresa superior a 2 años, independientemente de cual sea el tipo de superior a 2 años, independientemente de cual sea el tipo de contrato laboral. contrato laboral.

Cada promotor sólo podrá serlo de un plan de pensiones con estas Cada promotor sólo podrá serlo de un plan de pensiones con estas excepciones: excepciones:

Empresas con menos de 250 empleados podrán hacerlo de forma Empresas con menos de 250 empleados podrán hacerlo de forma conjunta. conjunta.

Empresas de un mismo grupo empresarial podrán promover un único Empresas de un mismo grupo empresarial podrán promover un único plan. plan.

• Sistema asociado: aquellos cuyo promotor sea cualquier Sistema asociado: aquellos cuyo promotor sea cualquier asociación o sindicato siendo los partícipes sus asociados, asociación o sindicato siendo los partícipes sus asociados, miembros o afiliados. miembros o afiliados.

• Sistema individual: aquellos cuyo promotor sean una o varias Sistema individual: aquellos cuyo promotor sean una o varias entidades financieras y cuyos partícipes son cualquier persona entidades financieras y cuyos partícipes son cualquier persona física. física.

Page 18: Qué Es Un Plan De Pensiones

Según las obligaciones estipuladas: Según las obligaciones estipuladas: • Planes de aportación definida: aquellos en los que se define la Planes de aportación definida: aquellos en los que se define la

cuantía de las contribuciones (aportaciones) de los promotores cuantía de las contribuciones (aportaciones) de los promotores y/o de los partícipes desde el y/o de los partícipes desde el inicio. Las prestaciones, en inicio. Las prestaciones, en consecuencia, serán variables en función de las aportaciones consecuencia, serán variables en función de las aportaciones realizadas y de los rendimientos generados por ésta. realizadas y de los rendimientos generados por ésta.

• Planes de prestación definida: aquellos en que se define la Planes de prestación definida: aquellos en que se define la cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios en cuantía de las prestaciones a percibir por los beneficiarios en el momento de acaecimiento de la contingencia cubierta. Lo el momento de acaecimiento de la contingencia cubierta. Lo que varía serán las aportaciones realizadas y los rendimientos que varía serán las aportaciones realizadas y los rendimientos generados por éstas. generados por éstas.

• Planes mixtos: se definen tanto la cuantía de la prestación Planes mixtos: se definen tanto la cuantía de la prestación como la cuantía de la contribución en la constitución del plan. como la cuantía de la contribución en la constitución del plan.

Los planes de los sistemas de empleo y asociados podrán Los planes de los sistemas de empleo y asociados podrán ser de cualquiera de las tres modalidades anteriores y los ser de cualquiera de las tres modalidades anteriores y los del sistema individual sólo de la modalidad de aportación del sistema individual sólo de la modalidad de aportación definida.definida.

Page 19: Qué Es Un Plan De Pensiones

Según el activo en el que invierten: Según el activo en el que invierten: • Renta fija a corto plazo: su cartera no puede tener Renta fija a corto plazo: su cartera no puede tener

activos de renta variable y tiene una duración activos de renta variable y tiene una duración menor o igual de 2 años. menor o igual de 2 años.

• Renta fija a largo plazo: su cartera no puede tener Renta fija a largo plazo: su cartera no puede tener activos de renta variable y tiene una duración activos de renta variable y tiene una duración mayor de 2 años. mayor de 2 años.

• Renta fija mixta: su cartera incorpora activos de Renta fija mixta: su cartera incorpora activos de renta variable con un máximo del 30% del renta variable con un máximo del 30% del patrimonio. patrimonio.

• Renta variable mixta: su cartera incorpora activos Renta variable mixta: su cartera incorpora activos de renta variable con un porcentaje comprendido de renta variable con un porcentaje comprendido entre el 30% y el 75% del patrimonio. entre el 30% y el 75% del patrimonio.

• Renta variable: su cartera está integrada por Renta variable: su cartera está integrada por activos de renta variable con un porcentaje de activos de renta variable con un porcentaje de inversión mínimo del 75% del patrimonio. inversión mínimo del 75% del patrimonio.

• Garantizados: planes que tienen una garantía Garantizados: planes que tienen una garantía externa de un rendimiento. externa de un rendimiento.

Page 20: Qué Es Un Plan De Pensiones

Comparativa de productos

Planes de pensiones: son un sistema de ahorro colectivo, consistente en entregar de forma periódica cantidades de dinero que irán a un fondo gestionado por unos expertos que buscarán la mayor rentabilidad posible a ese dinero.

Planes de jubilación: son seguros contratados a un determinado plazo: de tal forma que el asegurado se garantiza el cobro de un capital en caso de supervivencia y de otra cantidad en caso de fallecimiento.

Page 21: Qué Es Un Plan De Pensiones

Planes de pensiones versus fondos de inversión

Con la normativa anterior la principal diferencia de los planes de pensiones frente a los fondos de inversión era que la movilidad entre planes y fondos presentaba una penalización distinta. Así, mientras que en los planes de pensiones se podían traspasar de uno a otro sin tener que tributar, la movilidad entre fondos de inversión exigía un pago a Hacienda por las plusvalías obtenidas.

Page 22: Qué Es Un Plan De Pensiones

Planes de pensiones versus inversión directa en bolsa

Existen varias diferencias entre planes de pensiones y la inversión directa en acciones. Los primeros son más ventajosos fiscalmente que la inversión directa en bolsa. Además, el objetivo del inversor que invierte en acciones suele diferir del que lo hace en planes. Por un lado, realiza inversiones a corto-medio plazo con la intención de aprovecharse de momentos de infravaloración de determinados activos de renta variable; por otro, busca beneficiarse de flujos recurrentes de ingresos derivados del pago de dividendos de las acciones en cartera.

Page 23: Qué Es Un Plan De Pensiones

Planes de pensiones versus planes de previsión asegurados Aunque de naturaleza mixta, los PPA son

seguros de vida. Por lo tanto, además de garantizar a sus suscriptores el capital invertido, garantizan un rendimiento fijo a través de un tipo de interés mínimo. Pueden suscribirse desde el 1 de enero de 2003 y se pueden definir como activos garantizados enfocados hacia el ahorro individual a largo plazo.

Page 24: Qué Es Un Plan De Pensiones

¿Cuándo podré cobrar mi plan?¿Cuándo podré cobrar mi plan? En caso de jubilación:En caso de jubilación:

• Cuando te jubiles en el régimen de la Seguridad Social Cuando te jubiles en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, podrás decidir cómo y cuándo deseas cobrar correspondiente, podrás decidir cómo y cuándo deseas cobrar tu plan en tu oficina de ”la Caixa”.tu plan en tu oficina de ”la Caixa”.

• Si Si no tienes acceso a la jubilaciónno tienes acceso a la jubilación (por el hecho de no (por el hecho de no haber cotizado nunca a la Seguridad Social, etc.), la haber cotizado nunca a la Seguridad Social, etc.), la contingencia se entenderá producida contingencia se entenderá producida a partir de la edad a partir de la edad ordinaria de jubilaciónordinaria de jubilación en el Régimen General de la en el Régimen General de la Seguridad Social (65 años), en el momento en el que el Seguridad Social (65 años), en el momento en el que el partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o partícipe no ejerza o haya cesado en la actividad laboral o profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia profesional y no se encuentre cotizando para la contingencia de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. No de jubilación para ningún régimen de la Seguridad Social. No obstante, puede obstante, puede anticiparse la prestación, anticiparse la prestación, siempre y siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos por la cuando se cumplan una serie de requisitos establecidos por la normativa aplicable, a partir de:normativa aplicable, a partir de:

los 60 años de edad.los 60 años de edad. los 45 años de edad, si el titular es minusválido.los 45 años de edad, si el titular es minusválido.

Page 25: Qué Es Un Plan De Pensiones

En caso de incapacidad:En caso de incapacidad: • El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral El plan puede hacerse efectivo en caso de incapacidad laboral

total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y total y permanente para la profesión habitual, o absoluta y permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, permanente para cualquier tipo de trabajo, o gran invalidez, determinadas conforme al régimen correspondiente de la determinadas conforme al régimen correspondiente de la Seguridad Social.Seguridad Social.

En caso de fallecimiento:En caso de fallecimiento: • En el supuesto de fallecimiento, tanto en el periodo en que se En el supuesto de fallecimiento, tanto en el periodo en que se

realizan las aportaciones (partícipe) como en el de cobro de realizan las aportaciones (partícipe) como en el de cobro de prestaciones (beneficiario).prestaciones (beneficiario).

En caso de enfermedad grave:En caso de enfermedad grave: • Cuando se acredite con un certificado médico de la Seguridad Cuando se acredite con un certificado médico de la Seguridad

Social o de una entidad concertada:Social o de una entidad concertada: cualquier dolencia física o psíquica que cualquier dolencia física o psíquica que incapacite temporalmenteincapacite temporalmente para la para la

ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado ocupación o actividad habitual durante un periodo continuado mínimo de 3 mínimo de 3 mesesmeses y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un y que requiera una intervención clínica de cirugía mayor en un centro hospitalario o tratamiento en el mismo.centro hospitalario o tratamiento en el mismo.

cualquier dolencia o lesión física o psíquica con cualquier dolencia o lesión física o psíquica con secuelas permanentessecuelas permanentes que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad que limiten parcialmente o impidan totalmente la ocupación o actividad habitual, requiera o no asistencia de otras personas.habitual, requiera o no asistencia de otras personas.

En caso de desempleo de larga duración:En caso de desempleo de larga duración: • Cuando el partícipe se encuentre en situación legal de Cuando el partícipe se encuentre en situación legal de

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