proyecto de ley cupo para alojamiento carcelario

5
4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 1/5 H.Cámara de Diputados de la Nación PROYECTO DE LEY Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación. Nº de Expediente 1336-D-2014 Trámite Parlamentario 015 (26/03/2014) Firmantes JAVKIN, PABLO LAUTARO - SANCHEZ, FERNANDO - ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA - CARRIO, ELISA MARIA AVELINA. Giro a Comisiones LEGISLACION PENAL; JUSTICIA; PRESUPUESTO Y HACIENDA. El Senado y Cámara de Diputados,... Régimen de alojamiento carcelario. TITULO I. ALOJAMIENTO CARCELARIO. CUPOS. Artículo 1º.- Toda persona privada de su libertad debe ser respetada en su dignidad humana y, por lo tanto, tiene derecho a ser alojada en un lugar decente. El Estado deberá garantizar a la misma el pleno ejercicio de todos los derechos reconocidos en nuestra Constitución y en toda la normativa internacional suscripta por nuestro país. Artículo 2º.- El estado garantizará que cada unidad carcelaria, penitenciaria, alcaidía, comisaría, instituto de menores y/o cualquier otro lugar destinado al alojamiento de personas privadas de su libertad dependiente del ámbito federal, tendrá un cupo máximo de alojamiento, el que será asentado en el Registro de Cupos Carcelarios. Para el cupo se deberá tener en cuenta que el lugar de alojamiento posibilite brindar atención sanitaria y psicológica, y permita desarrollar actividades recreativas, educativas en todos los niveles, y laborales, tal como establecen los capítulos 7, 8, 9 de la ley 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de Libertad. Artículo 3º.- El estado garantizará que cada celda individual deberá tener una superficie no menor de 7 (siete) metros cuadrados. Las celdas colectivas deberán tener una superficie no menor de entre 5 (cinco) y 6 (seis) metros cuadrados por detenido. Las celdas o cuartos destinados al aislamiento nocturno no deberán ser ocupados por más de un recluso, debiendo evitarse el alojamiento conjunto de dos reclusos por celda. Artículo 4º.- Las celdas deberán satisfacer las exigencias mínimas de higiene, tener en cuenta las condiciones climáticas, instalaciones eléctricas, calefacción y ventilación. A su vez las instalaciones sanitarias deberán ser adecuadas para que la persona privada de libertad pueda satisfacer sus necesidades naturales, en forma tal de respetar su privacidad, con la necesaria separación del área habitacional, ya sea por medio de tabiques, pared o división de algún tipo, en caso de encontrarse dentro de las celdas. Artículo 5º.- Se prohíbe el alojamiento de personas que se encuentren con prisión preventiva en comisarías dentro del ámbito de la justicia federal.

Upload: equipo-pablo-javkin

Post on 25-Jul-2015

51 views

Category:

Documents


1 download

TRANSCRIPT

Page 1: Proyecto de Ley Cupo para alojamiento carcelario

4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 1/5

H.Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE LEY

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser

tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por laImprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente 1336-D-2014

Trámite

Parlamentario015 (26/03/2014)

FirmantesJAVKIN, PABLO LAUTARO - SANCHEZ, FERNANDO - ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA - CARRIO,

ELISA MARIA AVELINA.

Giro a Comisiones LEGISLACION PENAL; JUSTICIA; PRESUPUESTO Y HACIENDA.

El Senado y Cámara de Diputados,...

Régimen de alojamiento carcelario.

TITULO I.

ALOJAMIENTO CARCELARIO. CUPOS.

Artículo 1º.- Toda persona privada de su libertad debe ser respetada en su dignidad humana y, por lo tanto,

tiene derecho a ser alojada en un lugar decente. El Estado deberá garantizar a la misma el pleno ejercicio de

todos los derechos reconocidos en nuestra Constitución y en toda la normativa internacional suscripta pornuestro país.

Artículo 2º.- El estado garantizará que cada unidad carcelaria, penitenciaria, alcaidía, comisaría, instituto de

menores y/o cualquier otro lugar destinado al alojamiento de personas privadas de su libertad dependiente

del ámbito federal, tendrá un cupo máximo de alojamiento, el que será asentado en el Registro de Cupos

Carcelarios. Para el cupo se deberá tener en cuenta que el lugar de alojamiento posibilite brindar atención

sanitaria y psicológica, y permita desarrollar actividades recreativas, educativas en todos los niveles, y

laborales, tal como establecen los capítulos 7, 8, 9 de la ley 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de

Libertad.

Artículo 3º.- El estado garantizará que cada celda individual deberá tener una superficie no menor de 7

(siete) metros cuadrados. Las celdas colectivas deberán tener una superficie no menor de entre 5 (cinco) y 6

(seis) metros cuadrados por detenido.

Las celdas o cuartos destinados al aislamiento nocturno no deberán ser ocupados por más de un recluso,debiendo evitarse el alojamiento conjunto de dos reclusos por celda.

Artículo 4º.- Las celdas deberán satisfacer las exigencias mínimas de higiene, tener en cuenta las condiciones

climáticas, instalaciones eléctricas, calefacción y ventilación. A su vez las instalaciones sanitarias deberán ser

adecuadas para que la persona privada de libertad pueda satisfacer sus necesidades naturales, en forma tal

de respetar su privacidad, con la necesaria separación del área habitacional, ya sea por medio de tabiques,

pared o división de algún tipo, en caso de encontrarse dentro de las celdas.

Artículo 5º.- Se prohíbe el alojamiento de personas que se encuentren con prisión preventiva en comisarías

dentro del ámbito de la justicia federal.

Page 2: Proyecto de Ley Cupo para alojamiento carcelario

4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 2/5

TITULO II.

REGISTRO. COMISION DE CONTROL

Artículo 6º.- Créase a nivel nacional el Registro de Cupos Carcelarios Federales, el que dependerá de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 7º.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación designará un Secretario del cual dependerá elRegistro de Cupos Carcelarios. Entre sus funciones estará actualizar permanentemente el Registro, realizar

los informes periódicos, y citar periódicamente a la Comisión de Control de Cupos Carcelarios.

Artículo 8º.- El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, convocará para la creación de la

Comisión de Control de Cupos Carcelarios a un/una representante del Ministerio de Justicia de la Nación,

un/una representante de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, un/una representante

del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación del área de infancia y adolescencia, un/una representante del

Ministerio de Economía, un/una representante del Ministerio de Planificación Federal Inversión Pública yServicios, un/una representante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un/una representante del

Ministerio Público de la Defensa, un/una representante de la Procuración General de la Nación, un/unarepresentante del Defensor del Pueblo de la Nación, y un/una representante por institución de la sociedad

civil de un total de cuatro (4) a designar, con probada trayectoria en la defensa de los Derechos Humanos delas personas privadas de libertad.

Artículo 9º.- La Comisión de Control de Cupos Carcelarios deberá reunirse un mínimo de cuatro veces al

año, salvo en casos en que la urgencia de la situación requiera una convocatoria especial. Estará entre susfunciones:

1) Determinar semestralmente el número de plazas disponibles en cada unidad penitenciaria federal,

comisarías federales, Institutos y centros de detención para jóvenes y/o cualquier otro lugar destinado apersonas privadas de su libertad dependientes del ámbito federal.

2) Asentar cada cupo por unidad o centro de detención en el Registro de Cupos Carcelarios.

3) Determinar, en caso de que existan, la cantidad de internos alojados que exceden la capacidad de

acuerdo a lo establecido en la presente ley.

4) Elaborar un informe anual en el que conste la cantidad de plazas libres y las que exige la demanda, a fin detomar las medidas pertinentes en los casos en los que la demanda sea superior a los cupos disponibles.

Además el informe deberá contener las cuestiones metodológicas abordadas.

5) Dictar su propio Reglamento.

6) Requerir toda aquella información que considere pertinente para el cumplimiento de sus funciones aorganismos estatales o privados, los que se verán obligados a brindarla.

7) Proponer medidas que tengan por objeto lograr el pleno ejercicio de los derechos contenidos en esta ley.

TITULO III.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

Artículo 10º.- Toda modificación edilicia en los centros de detención dependientes del ámbito federal que

implique aumento o disminución de cupos asentados en el Registro de Cupos Carcelarios, deberá ser

Page 3: Proyecto de Ley Cupo para alojamiento carcelario

4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 3/5

previamente habilitada por la Comisión de Control de Cupos Carcelarios, por decisión de las dos terceraspartes de sus miembros, para posteriormente determinar la nueva capacidad de alojamiento de cada uno de

los sectores que componen los distintos establecimientos y proceder a asentarla en el Registro.

Artículo 11º.-Los/las directores/as de los establecimientos federales destinados al alojamiento de personasprivadas de su libertad, comunicarán al Registro de Cupos Carcelarios de la Suprema Corte de Justicia de la

Nación en forma inmediata cuando su establecimiento haya alcanzado el 90% de su ocupación.

Artículo 12º.- Queda prohibido el alojamiento de personas privadas de su libertad en aquellas institucionescarcelarias que hayan excedido en un 10% el cupo asignado por el Registro de Cupos Carcelarios de la

Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Artículo 13º.- El Poder Ejecutivo Nacional deberá contratar un Seguro de Vida que brinde cobertura a todaslas personas que se encuentren privadas de libertad. Las personas privadas de libertad designarán a las

personas beneficiarias de los seguros; en defecto de ello, serán beneficiarios sus familiares directos.

TITULO VI.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

Artículo 14º.- La presente ley deberá ser reglamentada en el plazo de ciento veinte (120) días contados apartir de su entrada en vigencia.

Artículo 15º.- Se invita a las distintas jurisdicciones provinciales a adherir a lo establecido en la presente ley,

efectuando las adecuaciones edilicias y de infraestructura necesarias al respecto.

Artículo 16º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones presupuestarias queposibiliten el cumplimiento efectivo de la presente ley.

Articulo 17°.- DE FORMA

FUNDAMENTOS

Señor presidente:

El presente proyecto tiene por objetivo dar cumplimiento a todos los derechos reconocidos en nuestra

Constitución y en la normativa internacional suscripta por el país relativos a las personas privadas de su

libertad. El Estado debe garantizar el pleno ejercicio de los derechos constitucionales, y velar por el respetode la dignidad humana de todos los habitantes, lo que en este caso implica no agravar las penas impuestas

por la situación degradante de los establecimientos donde se cumplen, los cuales deben ser lugares aptos

para el fin que el sistema jurídico promueve. La iniciativa que sometemos a la consideración de este cuerpotiene como antecedente un proyecto de autoría del Diputado Horacio Piemonte que tramitó bajo el

expediente 3943-D- 2012.

Nuestra Constitución Nacional en su artículo 18 define:

Art. 18.- Ningún habitante de la Nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho

del proceso, ni juzgado por comisiones especiales, o sacado de los jueces designados por la ley antes del

hecho de la causa. Nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo; ni arrestado sino en virtud de orden

Page 4: Proyecto de Ley Cupo para alojamiento carcelario

4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 4/5

escrita de autoridad competente. Es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos. El

domicilio es inviolable, como también la correspondencia epistolar y los papeles privados; y una ley

determinará en qué casos y con qué justificativos podrá procederse a su allanamiento y ocupación. Quedanabolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes. Las

cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas,

y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, haráresponsable al juez que la autorice.

La ley nacional 24660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, en su artículo 58 establece: "El

régimen penitenciario deberá asegurar y promover el bienestar psicofísico de los internos. Para ello seimplementarán medidas de prevención y rehabilitación de la salud y se atenderán especialmente las

condiciones ambientales e higiénicas de los establecimientos". A su vez el artículo 59 establece: "El número

de internos de cada establecimiento deberá estar preestablecido y no se lo excederá a fin de asegurar un

adecuado alojamiento. Todos los locales estarán siempre en buen estado de conservación. Su iluminación,calefacción y dimensiones guardarán relación con su destino y los factores climáticos". El artículo 62

establece "El alojamiento nocturno del interno, en lo posible, será individual en los establecimientos cerrados

y semiabiertos".

En las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, adoptadas por el Primer Congreso de las

Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en Ginebra en 1955,

y aprobadas por el Consejo Económico y Social en sus resoluciones 663C (XXIV) de 31 de julio de 1957 y2076 (LXII) de 13 de mayo de 1977, el artículo 9.1 establece "Las celdas o cuartos destinados al

aislamiento nocturno no deberán ser ocupados más que por un solo recluso. Si por razones especiales, tales

como el exceso temporal de población carcelaria, resultará indispensable que la administración penitenciaria

central hiciera excepciones a esta regla, se deberá evitar que se alojen dos reclusos en cada celda o cuartoindividual" agregando en su regla 10 "Los locales destinados a los reclusos y especialmente aquellos que se

destinan al alojamiento de los reclusos durante la noche, deberán satisfacer las exigencias mínimas de higiene,

habida cuenta el clima, particularmente en lo concerniente al volumen de aire, superficie mínima y alumbrado,

calefacción y ventilación".

La Regla 12 establece que "las instalaciones sanitarias deberán ser adecuadas para que el recluso pueda

satisfacer sus necesidades naturales en el momento oportuno, en forma aseada y decente". En el Manual de

buena práctica penitenciaria, Implementación de las Reglas Mínimas de Naciones Unidas para Tratamientode Reclusos se establece que "Los baños ubicados en las celdas o al lado de ellas, deben estar cubiertos y

separados del área habitacional, por medio de una pared o al menos una división. Esto es particularmente

importante en las prisiones donde los presos comen en la celda"

El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura fija que una celda individual deberá tener no menos de

siete (7) metros cuadrados, y para las celdas colectivas no menos de entre cinco (5) y seis (6) metros

cuadrados por detenido. Este parámetro es utilizado en el fallo "Montero Aranguren y otros vs. Venezuela"en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, estableciendo que "Siete (7) metros cuadrados por cada

prisionero es una guía aproximada y deseable para una celda de detención", agregando "por otro lado un

espacio de cerca de dos (2) metros cuadrados para un interno es un nivel de hacinamiento que en sí mismo

es cuestionable" agregando que "no puede aceptarse como un estándar aceptable" y que "una celda de siete(7) metros cuadrados para dos internos es un aspecto relevante para determinar una violación".

Según datos que constan en la página web oficial de la Procuración Penitenciaria de la Nación, al 01 de

noviembre de 2013 el número de personas privadas de su libertad en las cárceles e institutos de menoresfederales alcanzó los 10.007 según el SPF, y se da cuenta de un incremento de los hechos de violencia

intrainstitucionales. Se registraron en 2009 47 fallecimientos, 15 violentos; en 2010, 33, 9 violentos; en 2011,

Page 5: Proyecto de Ley Cupo para alojamiento carcelario

4/9/2014 www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014

http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=1336-D-2014 5/5

39, 22 violentos; en 2012, 56, 24 violentos; y en 2013, 38, de los cuales 27 fueron violentos. Asimismo, secontabilizaron hasta el 01 de agosto de 2013 426 casos de torturas y malos tratos investigados y

documentados por la PPN, frente a 429 de todo 2012, 399 de 2011, 194 de 2010, 197 de 2009 y 113 de

2008. Por su parte, el detalle de cada una de las cárceles federales, que precisa la capacidad y la población

alojada, muestra desfasajes en diversas magnitudes.

Un ejemplo es la Unidad 2 de Marcos Paz donde la capacidad de sería de 1368 plazas y habría un total de

1389 internos. Justamente en esta unidad, en una visita realizada por distintos organismos de derechos

humanos en el año 2010, se pudo constatar que las celdas son de pequeñas dimensiones, aún para un solointerno, pero que en las mismas habría dos cuchetas en la parte superior, por ende tres internos la habitaban,

con lo cual queda evidente que las plazas muchas veces no tienen relación con la superficie exigida como

mínima por las reglas internacionales. Y al respecto, cabe remarcar que desde hace algunos años -que varíade acuerdo a la institución-, se viene negando el acceso a las cárceles federales a los organismos de

Derechos Humanos que tradicionalmente las vienen monitoreando, cosa que persiste hasta la fecha, pese a

las tramitaciones realizadas ante el Ministerio de Justicia.

El presente proyecto se inscribe en la necesidad de llevar a la práctica lo suscripto en nuestra Constitución

Nacional y en las normativas nacionales e internacionales vigentes.

En primer lugar nos anima el respeto de la dignidad de las personas, tal como se ha explicitado en elproyecto y en estos fundamentos.

En segundo lugar se hace imprescindible que el Estado tome las medidas necesarias, durante el periodo de

privación de la libertad, para lograr la reinserción social de los reclusos.

Y en tercer lugar estas medidas son centrales a la hora de resolver una de las preocupaciones principales en

la sociedad argentina que es el tema de la seguridad.

Esta situación se agrava considerablemente por las características propias que adquiere el encierro en las

cárceles argentinas. Según la socióloga Verónica Durand quien se desempeñara en la Subsecretaría de

Asuntos Penitenciarios de la Nación "El dispositivo carcelario genera exclusión, y el encierro, como método

de ejecución de la pena, difícilmente cumpla una función en relación al cambio de proyecto de vida de unapersona que delinque". La consecuencia de esto es el alto índice de reincidencia en el delito. No existen

estadísticas oficiales respecto a este tema, y las cifras que circulan varían de un 35% a un 51% el índice de

reincidencia en las cárceles nacionales.

Por ello son sumamente importantes los beneficios a los que acceden los detenidos en las cárceles federales

que optan por el estudio.

Según la UBA es la educación la que posibilita bajar el índice de reincidencia, estimando que esta baja a un

6% para aquellos presos que consiguen graduarse en los estudios medios y a un 0% en aquellos que obtienen

título universitario. Teniendo en cuenta que el 23% de la población penal en el país no finalizó los estudios

primarios y que sólo el 5% completó el secundario, adquiere suma importancia que se desarrolle y amplifiquela posibilidad de cursos de preparación y capacitación como herramienta eficaz para reducir la reincidencia.

Está absolutamente claro que una política penitenciaria correcta no solo posibilitaría la reintegración social del

detenido sino que impactaría fuertemente en mejorar la situación de inseguridad que tanto preocupa hoy a losargentinos.

Por todo lo expuesto, solicitamos a las/os señoras/es diputadas/os que acompañen el presente proyecto.